Número 3552

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NÚMERO 3552

MONTEVIDEO, LUNES 1° DE DICIEMBRE DE 2008

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
75ª SESIÓN (EXTRAORDINARIA)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES ALBERTO PERDOMO GAMARRA (Presidente) UBERFIL HERNÁNDEZ (1er. Vicepresidente) Y JOSÉ CARLOS MAHÍA (2do. Vicepresidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTOR MARTI DALGALARRONDO AÑÓN Y DOCTOR JOSÉ PEDRO MONTERO Y LOS PROSECRETARIOS DOCTORA MARGARITA REYES GALVÁN Y DOCTOR GUSTAVO SILVEIRA
XLVI LEGISLATURA CUARTO PERÍODO ORDINARIO

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Lunes 1° de diciembre de 2008

Texto de la citación

Montevideo, 27 de noviembre de 2008.

LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá, en sesión extraordinaria, el próximo lunes 1º de diciembre, a la hora 9, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente – ORDEN DEL DÍA –

Ley General de Educación. (Aprobación). (Carp. 2599/008). (Informado). Rep. 1267 y Anexo I

MARTI DALGALARRONDO AÑÓN JOSÉ PEDRO MONTERO S e c r e t a r i o s

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SUMARIO

Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2 y 17.- Asuntos entrados ……………………………………………………………………………………………………………. 4, 132 3 y 18.- Proyectos presentados ……………………………………………………………………………………………………. 6, 132 4 y 6.- Exposiciones escritas …………………………………………………………………………………………………………… 7, 8 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………….. 7 CUESTIONES DE ORDEN 7, 9, 11, 13, 16, 20, 23, 26 y 28.- Integración de la Cámara ………………10, 83, 97, 118, 128, 153, 170, 176, 180 25.- Intermedio ……………………………………………………………………………………………………………………………….. 176 7, 9, 11, 13, 16, 20, 23, 26 y 28.- Licencias ……………………………………..10, 83, 97, 118, 128, 153, 170, 176, 180 14 y 21.- Preferencias……………………………………………………………………………………………………………….. 121, 155 ORDEN DEL DÍA 8, 10, 12, 15, 19, 22, 24, 27 y 29.- Ley General de Educación. (Aprobación). Antecedentes: Rep. N° 1267, de junio de 2008, y Anexo I, de noviembre 2008. Carp. N° 2599 de 2008. Comisión de Educación y Cultura. — Aprobación. Se comunica al Senado…………………………………..19, 85, 99, 121, 133, 155, 173, 178, 181 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 190

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo Abdala, Washington Abdala (1), Álvaro Alonso, Hugo Arambillete, Beatriz Argimón, Roque Arregui, Miguel Asqueta Sóñora, Alfredo Asti (6), Manuel María Barreiro, Ariel Barrios, Gloria Benítez (5), Bertil R. Bentos, Gustavo Bernini, Eleonora Bianchi, José Luis Blasina, Gustavo Borsari Brenna, Sergio Botana, Eduardo Brenta, Juan José Bruno, Alfredo Cabrera, Diego Cánepa, Rodolfo Caram, Daniel Carbajal, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Julio Cardozo Ferreira, Federico Casaretto (4), Alberto Casas, Raúl Casás (11), Nora Castro (15), Hebert Clavijo, Alba M. Cocco Soto, Roberto Conde, Beatriz Costa, Mauricio Cusano, Silvana Charlone (2), Ana De Armas, José Di Paulo, David Doti Genta, Edgardo Duarte, Carlos Enciso Christiansen, David Fernández, Eduardo Fernández, Martín Fernández, Julio Fiordelmondo, Luis Galbarini, Luis Gallo Cantera, Luis José Gallo Imperiale (7), Carlos Gamou, Jorge Gandini, Javier García, Daniel García Pintos, Nora Gauthier, Carlos González Álvarez, Óscar Groba, Gustavo Guarino, Tabaré Hackenbruch Legnani, Uberfil Hernández, Fernando Longo Fonsalías (3), Álvaro F. Lorenzo, Guido Machado, José Carlos Mahía (17), Daniel Mañana, Eduardo Márquez, Rubén Martínez Huelmo, Carlos Maseda, Carlos Mazzulo, Artigas Melgarejo, Mario Mesa (16), Remo Monzeglio, Eloísa Moreira, Gonzalo Mujica, Pablo Naya, Gonzalo Novales, Lourdes Ontaneda, Jorge Orrico (9), Edgardo Ortuño, Rubens Ottonello, Gabriel Pais, Ivonne Passada, Jorge Patrone, Daniela Payssé, Daniel Peña Fernández, Adriana Peña Hernández, Alberto Perdomo Gamarra (8), Aníbal Pereyra, Darío Pérez Brito, Esteban Pérez, Enrique Pintado, Alicia Pintos, Iván Posada, Jorge Pozzi, Juan A. Roballo, Edgardo Rodríguez, José P. Rodríguez, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Jorge Romero Cabrera, Javier Salsamendi (13), Miguel Santini, Alberto Scavarelli, Víctor Semproni (12), Rubenson Silva, Juan C. Souza (10), Héctor Tajam, Gonzalo Texeira, Hermes Toledo Antúnez, Mónica Travieso, Jaime Mario Trobo, Carlos Varela Nestier, Álvaro Vega Llanes, Homero Viera y Horacio Yanes (14). Con licencia: Pablo Álvarez López, José Amorín Batlle, Carlos Baráibar, Juan José Bentancor, Daniel Bianchi, Richard Charamelo, Álvaro Delgado, Juan José Domínguez, Gustavo A. Espinosa, Sandra Etcheverry, Julio Fernández, Rodrigo Goñi Romero, Doreen Javier Ibarra, Luis Alberto Lacalle Pou, Pablo Pérez González, Luis Rosadilla, Dardo Sánchez Cal y Pedro Soust.

Falta sin aviso: Orlando Lemes. Actúa en el Senado: Pablo Iturralde Viñas. Observaciones: (1) A la hora 10:14 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Alberto Scavarelli. (2) A la hora 10:14 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Julio Fiordelmondo. (3) A la hora 12:00 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Eduardo Fernández. (4) A la hora 12:00 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. David Fernández. (5) A la hora 13:19 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Artigas Melgarejo. (6) A la hora 15:56 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Eloísa Moreira. (7) A la hora 15:56 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Luis Gallo Cantera. (8) A la hora 15:56 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Raúl Casás. (9) A la hora 15:56 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. José P. Rodríguez. (10) A la hora 17:44 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Pablo Naya. (11)A la hora 18:35 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Alberto Perdomo Gamarra (12) A la hora 19:25 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Mario Mesa. (13) A la hora 19:25 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Daniel Carbajal. (14) A la hora 21:56 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Edgardo Duarte. (15) A la hora 21:56 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Óscar Groba. (16) A la hora 22:07 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Víctor Semproni. (17) A la hora 22:07 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Eduardo Márquez.

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 313 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunique que ha promulgado las siguientes leyes:

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con fecha 20 de noviembre de 2008, Nº 18.418, por la que se aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 3 de abril de 2007. C/2612/008 con fecha 21 de noviembre de 2008: Nº 18.419, por la que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo a los trabajadores de ENTICOR Sociedad Anónima. C/2912/008 Nº 18.420, por la que se aprueba la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 61ª Reunión, y firmada por nuestro país el 6 de febrero de 2007, en la ciudad de París, Francia. C/2804/008 Nº 18.421, por la que se aprueban las enmiendas al Acuerdo Constitutivo de “INTELSAT” adoptadas por la Vigésimoquinta Reunión de la Asamblea de Partes, celebrada entre el 13 y el 17 de noviembre de 2000, en Washington DC, Estados Unidos de América, y la Trigésima Asamblea de Partes de la ITSO, celebrada entre el 20 y el 23 de marzo de 2007, en la ciudad de París, República Francesa. C/2805/008 Nº 18.422, por la que se aprueba el Convenio de Protección y Restitución de Bienes Culturales y Otros Específicos, con la República de Bolivia, suscrito en la ciudad de Santa Cruz, el 17 de julio de 2007. C/2669/008 Archívense

bita del Poder Legislativo y se establecen normas para su funcionamiento. C/3002/008 A la Comisión de Derechos Humanos

• •

La citada Cámara remite nota por la que comunica que designó para integrar la Comisión Administrativa del Poder Legislativo para el Cuarto Período de la XLVIa. Legislatura a los señores Senadores Víctor Vaillant, Juan Justo Amaro y Gustavo Lapaz. C/923/006 Téngase presente INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Educación y Cultura se expide, con un informe en mayoría y dos informes en minoría, sobre el proyecto de ley por el que se aprueba la Ley General de Educación. C/2599/008 Se repartió con fecha 27 de noviembre COMUNICACIONES GENERALES La Junta Departamental de Maldonado remite copia del texto de la exposición realizada por una señora Edila, sobre el cumplimiento de la normativa laboral en un establecimiento hotelero de Punta del Este. C/25/005, C/485/005 y C/10/005 A la Comisiones de Derechos Humanos, de Turismo y de Legislación del Trabajo

La Junta Departamental de Colonia remite copia del texto del informe elaborado por la comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del referido Cuerpo, relacionado con la adquisición de tierras por parte de extranjeros en el citado departamento. C/26/005 A la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca

DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA GENERAL La Presidencia de la Asamblea General destina a la Cámara de Representantes el proyecto de ley, remitido con su correspondiente mensaje por el Poder Ejecutivo, por el que se modifica el artículo 9º de la Ley Nº 18.219, de 20 de diciembre de 2007, relativa al endeudamiento del sector agropecuario. C/3001/008 A la Comisión de Hacienda DE LA CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley, aprobado por dicho Cuerpo, por el que se crea la Institución Nacional de Derechos Humanos, en la ór-

La Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre acusa recibo de la exposición realizada por el señor Representante Miguel Asqueta Sóñora, en sesión de 2 de setiembre de 2008, acerca de diversos problemas a resolver en relación con la inserción laboral y con la rehabilitación de las personas con discapacidad. S/C La Suprema Corte de Justicia contesta la exposición escrita presentada por la señora ex Representante Paola Pamparatto, sobre la posibilidad de realizar un llamado a profesionales abogados habilitados por la Suprema Corte de Justicia, para ocupar las vacantes de jueces de paz en el interior del país. C/22/005 A sus antecedentes

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COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Salud Pública contesta los siguientes pedidos de informes: • del señor Representante David Doti Genta, sobre el traslado del equipamiento para efectuar intervenciones de litotricia desde el Hospital Escuela del Litoral, en la ciudad de Paysandú, al Hospital Maciel, en la ciudad de Montevideo. C/2563/008 del señor Representante Jaime Mario Trobo, relacionado con la situación edilicia, de equipamiento y operativa del Instituto Nacional de Traumatología. C/2702/008 del señor Representante Carlos Enciso Christiansen, acerca del procedimiento licitatorio para la contratación de un servicio de ambulancias, destinado al traslado de pacientes desde y hacia el departamento de Florida. C/2705/008 del señor Representante Dardo Sánchez Cal, referente al área de psiquiatría del Hospital Departamental de Treinta y Tres. C/2774/008 del señor Representante Gonzalo Novales, sobre el funcionamiento del Hospital de Ojos dependiente de la citada Secretaría de Estado. C/2815/008

• al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de Seguros del Estado. C/2996/008 El señor Representante Luis R. Burgos solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, relacionado con presuntas investigaciones realizadas por la División Asuntos Internos en varias dependencias policiales del departamento de Paysandú. C/2997/008 El señor Representante Gustavo Borsari Brenna solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, acerca de diversos datos relativos a la entrega de viviendas por parte de dicha Cartera. C/2998/008 El señor Representante Gustavo A. Espinosa solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, sobre diversos datos relacionados con la situación de los reclusos en el Penal de Libertad. C/2999/008 Se cursaron con fecha 26 de noviembre

El señor Representante Gonzalo Novales solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública, relacionado con las actuaciones administrativas cumplidas para la habilitación de médicos de nacionalidad cubana para ejercer la medicina en el territorio nacional. C/3000/008 Se cursó con fecha 27 de noviembre PROYECTOS PRESENTADOS El señor Representante Alberto Perdomo Gamarra presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de resolución por el que se dispone la colaboración de la Cámara de Representantes al financiamiento de la publicación titulada “Mujeres Parlamentarias”. C/3003/008 A la Comisión de Asuntos Internos”.

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente contesta los siguientes pedidos de informes: • del señor Representante Dardo Sánchez Cal, relacionado con un concurso para ocupar el cargo de Director del Área Protegida Quebrada de los Cuervos, departamento de Treinta y Tres. C/2840/008 de varios señores Representantes, acerca de los contratos celebrados con consultoras o encuestadoras de opinión pública por dicha Secretaría de Estado, desde el 1º de marzo de 2005 hasta la fecha. C/2918/008 A sus antecedentes PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Dardo Sánchez Cal solicita se cursen los siguientes pedidos de informes, sobre la situación de una persona que sufriera un accidente laboral prestando servicios para el Ministerio de Desarrollo Social: • al Ministerio de Desarrollo Social. C/2995/008

3.- Proyectos presentados.
“PUBLICACIÓN TITULADA ‘MUJERES PARLAMENTARIAS’. (Se dispone la colaboración de la Cámara de Representantes para el financiamiento de la misma). PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- La Cámara de Representantes contribuirá al financiamiento de la publicación que en convenio con la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO) realizará el Ministro

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de la Corte Electoral, profesor Rodolfo González Rissotto, titulado “Mujeres Parlamentarias”. Montevideo, 26 de noviembre de 2008. ALBERTO PERDOMO GAMARRA, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Ministro de la Corte Electoral, profesor Rodolfo González Rissotto, se ha abocado a la tarea de escribir un libro en el que hace un resumen histórico de la participación de las mujeres en el Parlamento Nacional. El trabajo contiene información sobre la lucha por los derechos políticos de las mujeres uruguayas desde principios del siglo pasado hasta nuestros días y reflexiones acerca de la evolución de la participación femenina en el sistema democrático representativo. Asimismo, cuenta con una completa información estadística sobre la presencia de mujeres en el sistema político uruguayo, detallando los nombres de las mujeres que fueron electas y proclamadas Senadoras y Diputadas a lo largo de nuestra historia. Por considerar que se trata de una obra de profundo valor a los efectos de conocer la evolución de los derechos de la mujer en nuestra República, se entiende pertinente que la Cámara de Representantes contribuya al financiamiento de esta publicación, titulada “Mujeres Parlamentarias”. Montevideo, 26 de noviembre de 2008. ALBERTO PERDOMO GAMARRA, Representante por Canelones”.

Industria, Energía y Minería; al Congreso de Intendentes; a la Junta Departamental y a la Intendencia Municipal de San José; al Instituto Plan Agropecuario; a la Asociación Rural del Uruguay; a la Federación Rural del Uruguay; a la Cooperativa Nacional de Productores de Leche; a la Asociación Nacional de Productores de Leche; a la Cámara de la Industria Láctea del Uruguay; a la Cámara Uruguaya de Productores de Leche; a la Intergremial de Productores de Leche; a la Sociedad de Productores de Leche de Florida y a la Asociación de Productores de Leche de Villa Rodríguez, relacionada con la necesidad de adoptar medidas urgentes a los efectos de minimizar el impacto negativo provocado por la sequía que afecta al territorio nacional. C/22/005″. ——Se votarán oportunamente.

5.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión extraordinaria realizada el día 26 de noviembre de 2008: Con aviso: Alfredo Álvarez, Beatriz Argimón, Luis Galbarini, Luis García Da Rosa, Eduardo Guadalupe, Remo Monzeglio, Francisco Sanabria, Jorge Schiappapietra y Óscar Zabaleta. Sin aviso: Alma Gallup. Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas: Miércoles 26 de noviembre CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN Con aviso: Beatriz Argimón; Luis Alberto Lacalle Pou. HACIENDA Con aviso: Alfredo José Álvarez Bogliolo; Héctor Tajam; Iván Posada; José Amorín; Pablo Pérez González. INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Con aviso: Mauricio Cusano. Sin aviso: Sandra Etcheverry. SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Con aviso: Miguel Asqueta Sóñora.

4.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Está abierto el acto. (Es la hora 10 y 7) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Gonzalo Novales solicita se curse una exposición escrita a la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, sobre los requisitos establecidos para postularse como adjudicatarios de unidades del citado Instituto. C/22/005 Varios señores Representantes solicitan se curse una exposición escrita a los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca; de Economía y Finanzas, y de

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Jueves 27 de noviembre. ESPECIAL PARA INFORMAR, PROYECTAR Y EVENTUALMENTE LEGISLAR SOBRE LOS INTERESES URUGUAYOS EN LA ANTÁRTIDA Con aviso: Daniel García Pintos; Juan José Bentancor; Luis Alberto Lacalle Pou. INVESTIGADORA PARA ESTUDIAR Y PRONUNCIARSE SOBRE LA LEGALIDAD, OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA DE GASTOS REALIZADOS POR DETERMINADOS ENTES AUTÓNOMOS Y SERVICIOS DESCENTRALIZADOS ENTRE EL 1° DE MARZO DE 2000 Y EL 1° DE MARZO DE 2005 Con aviso: Álvaro Delgado; Gustavo Borsari Brenna. Sin aviso: Gonzalo Mujica; Luis Alberto Galbarini Álvarez”.

6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y tres: AFIRMATIVA. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor Representante Gonzalo Novales a la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, sobre los requisitos establecidos para postularse como adjudicatarios de unidades del citado Instituto.

“Montevideo, 26 de noviembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Gamarra. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR). Hemos recibido la inquietud de un grupo de vecinos del interior del departamento de Soriano -específicamente de la ciudad de Cardona- por la que nos trasmitían su preocupación por lo dificultoso que resulta acceder a una solución habitacional y, puntualmente, a lo que entienden -y nosotros compartimos- impropios o injustos requisitos exigidos por MEVIR, para inscribirse como postulante en el proyectado complejo de viviendas, que tiene planificado construir el Gobierno en dicha ciudad. El artículo 45 de nuestra Constitución de la República establece: ‘Todo

habitante de la República tiene derecho a gozar de vivienda decorosa. La ley propenderá a asegurar la vivienda higiénica y económica, facilitando su adquisición…’. Actualmente, dentro de los requisitos establecidos por MEVIR, se solicita a una familia que pretende inscribirse, que informe cómo está compuesto su núcleo familiar, el número de hijos, su edad, el sexo y demás. Por ejemplo, un matrimonio con un hijo o, uno con dos hijos del mismo sexo, se podrán inscribir para una vivienda de dos dormitorios, un matrimonio con dos hijos de diferente sexo o tres o cuatro hijos, siendo todos del mismo sexo, o dos mujeres y dos varones, podrán inscribirse para una vivienda de tres dormitorios. Si bien entendemos que son totalmente justificados estos criterios, que tienen su base científica y que con ellos se busca el correcto desarrollo físico, psicológico, cultural y emocional de los integrantes del grupo familiar, consideramos que, por parte de las autoridades del organismo, deberían estudiarse algunas situaciones que merecen una atención especial apartándose de esas rígidas estructuras. Hemos tomado conocimiento de la situación de algunas familias que, teniendo cuatro hijos y siendo tres de un mismo sexo y un cuarto de sexo diferente, no fue aceptada su inscripción para una vivienda de tres dormitorios, ya que uno de los hijos debería compartir el cuarto con otro de diferente sexo. Al no poder postularse para estas viviendas deben seguir habitando en una precaria casa con un solo cuarto, durmiendo todos juntos. Frente a esto nos preguntamos: ¿Qué es peor? Situaciones como éstas se repiten a lo largo y ancho de todo el país y, desde nuestra posición de legisladores, nos vemos en la necesidad de instar a las autoridades correspondientes a que revean las formas de adjudicación, que se estudie cada caso en particular y, den a quienes realizan las inscripciones e inspecciones las herramientas necesarias para que puedan apartarse de esas estrictas ordenanzas, por lo menos al principio o en forma transitoria, otorgando un plazo para solucionar el problema, por ejemplo, un año más de plazo para construir otro cuarto. Si bien tiene su base científica la forma de adjudicación actual, estamos convencidos que debe ser peor estar cohabitando todos juntos en un solo cuarto. Por lo expuesto, solicitamos a las autoridades de MEVIR que revean las condiciones exigidas para las inscripciones para las viviendas. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GONZALO NOVALES, Representante por Soriano”. 2) Exposición de varios señores Representantes a los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca; de Economía y Finanzas, y de Industria, Energía y Minería; al Congreso de Intendentes;

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a la Junta Departamental y a la Intendencia Municipal de San José; al Instituto Plan Agropecuario; a la Asociación Rural del Uruguay; a la Federación Rural del Uruguay; a la Cooperativa Nacional de Productores de Leche; a la Asociación Nacional de Productores de Leche; a la Cámara de la Industria Láctea del Uruguay; a la Cámara Uruguaya de Productores de Leche; a la Intergremial de Productores de Leche; a la Sociedad de Productores de Leche de Florida y a la Asociación de Productores de Leche de Villa Rodríguez, relacionada con la necesidad de adoptar medidas urgentes a los efectos de minimizar el impacto negativo provocado por la sequía que afecta al territorio nacional. “Montevideo, 26 de noviembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Gamarra. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca; al Ministerio de Economía y Finanzas; al Ministerio de Industria, Energía y Minería; al Congreso de Intendentes; a la Intendencia Municipal y a la Junta Departamental de San José; al Plan Agropecuario; a la Asociación Rural del Uruguay; a la Federación Rural; a la Cooperativa Nacional de Productores de Leche; a la Asociación Nacional de Productores de Leche; a la Cámara de la Industria Láctea del Uruguay; a la Cámara Uruguaya de Productores de Leche; a la Intergremial de Productores de Leche; a la Sociedad de Productores de Leche de Florida, y a la Asociación de Productores de Leche de Villa Rodríguez. Los productores de los departamentos de San José, de Florida y de Soriano se ven doblemente golpeados. En primer lugar, por la crisis internacional que afecta el precio de la leche y demás productos agropecuarios y, en segundo lugar, por la sequía. Estamos atravesando la peor sequía, para esta época del año, que se ha vivido en 35 años, tanto es así que ha dejado a varios pequeños productores sin agua, incluso para el consumo humano y, al límite de sus resistencias para mantener sus establecimientos. Frente a esta gravísima situación, el pasado 18 del corriente, la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca de esta Cámara recibió a los representantes de las gremiales lecheras, quienes solicitaron a los legisladores que se plantearan una serie de medidas y/o recomendaciones para el sector productivo buscando, en parte, revertir la situación actual y prevenir males mayores. El sector lechero en particular, ha tenido como conducta histórica el respeto por los contratos y por las obligaciones financieras asumidas por

todos los actores. En los últimos 18 meses el sector lechero pasó desde una situación estable, a un cuadro de particular crecimiento de los precios, que se quebró abruptamente en la actual primavera. Es entonces que, acompañando lo expresado por los representantes de las gremiales lecheras, exhortamos al Poder Ejecutivo a tomar urgentes medidas, a saber: Financiamiento de la industria en forma prioritaria, a fin de que ésta pueda cumplir sus compromisos en los plazos pactados. Si el productor no cobra el escaso precio pactado en los plazos convenidos, no sobrevive al cabo de unas pocas semanas. Evitar la ruptura de la cadena de pagos. Asistencia financiera de uso discrecional, que deberá procesarse urgentemente, para lo que se requiere una ley que deberá ser de iniciativa del Poder Ejecutivo, sin mayores trámites burocráticos y que abarque a la totalidad de los productores (remitentes a plantas industrializadoras y a queseros artesanales). También se deberán flexibilizar las normas crediticias, para el sector productivo y aplazar los vencimientos. Adecuación del costo del gasoil. Los productores que tengan como forma de producción riego artificial, el costo fijo mayor que significa el mayor consumo, se podrá realizar a través de contratos cortos y a término, no en forma permanente, como ocurre hoy u otro tipo de incentivos. Aspectos tributarios: tasa 0% para el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA) en un período a determinar y suspender los adelantos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE). Postergar los vencimientos y rebajar los aportes al Banco de Previsión Social (BPS). En enero se acumulará una reliquidación. Negociación con los proveedores de insumos, principalmente fertilizantes, semillas, raciones, y demás. Disminución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), pasar de tasa básica a tasa mínima, para los productos lácteos. Flexibilizar las normas crediticias para el sector productivo, aplazamiento de vencimientos. La situación pasa a ser extremadamente delicada, con una cadena de pagos comprometida, altos stocks sin exportar, de la mano de una primavera que rápidamente se tornó en sequía; los históricos costos de la producción no han aterrizado aún a la nueva realidad de precios, por lo que a la fecha el productor lechero uruguayo está absolutamente desfinanciado tanto financiera como económicamente. En efecto, la iliquidez y los precios ridículos que hoy se perciben hacen insostenible la ecuación productiva. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ORLANDO LERETÉ, Representante por Canelones; SERGIO BOTANA, Representante por Cerro Largo; GASTÓN ELOLA, Representante por Lavalleja; FEDERICO CASARETTO, Represen-

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tante por Maldonado; GUSTAVO BORSARI BRENNA, ALFREDO CABRERA, SANDRA ETCHEVERRY, JORGE GANDINI y ÁLVARO F. LORENZO, Representantes por Montevideo; JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, y ALBERTO CASAS, Representante por San José”.

de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Rubenson Silva. Del señor Representante Álvaro Delgado, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Martín Fernández. Del señor Representante Gustavo Espinosa, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, para participar en el “Encuentro Iberoamericano: Juventud y Promoción de Oportunidades para el Trabajo Decente”, organizado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, por el período comprendido entre los días 1º y 5 de diciembre de 2008, convocándose a la suplente correspondiente siguiente, señora Ana de Armas. Del señor Representante Carlos Baráibar, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Patrone. Del señor Representante Dardo Sánchez Cal, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Orlando Lemes. De la señora Representante Silvana Charlone, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Julio Fiordelmondo. Del señor Representante Luis Rosadilla, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Hugo Arambillete. Del señor Representante José Amorín, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Gabriel Pais”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

7.- Licencias. Integración de la Cámara.
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Juan José Bentancor, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose a la suplente siguiente, señora Eleonora Bianchi. Del señor Representante Luis Lacalle Pou, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Rubens Ottonello. Del señor Representante Juan José Domínguez, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 1º y 2 de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Rombys. Del señor Representante Washington Abdala, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de la Reunión de la Comisión de Educación, Cultura, Tecnología y Comunicación (PARCUM) y de la XXIV Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Panamá, por el período comprendido entre los días 1º y 6 de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Alberto Scavarelli. Del señor Representante Julio César Fernández, por motivos personales inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.829, por el período comprendido entre los días 1º y 5 de diciembre

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(Se vota) ——Cincuenta y tres en cincuenta y cinco: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes y se les invita a pasar a Sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia a la Cámara por usted presidida por motivos personales por el día de hoy, convocándose al suplente respectivo. Sin otro particular, le saluda a usted atentamente, JUAN JOSÉ BENTANCOR Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted mi renuncia por esta vez al cargo para el he sido convocado. Sin otro particular, le saluda atentamente, Gabriel Weiss”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted para comunicarle que por esta única vez no aceptaré la banca. Sin otro particular, le saluda atentamente, Laura Fernández”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan José Bentancor. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008.

II) Que, por esta vez, no aceptan la convocatoria los suplentes siguientes, señor Gabriel Weiss y señora Laura Fernández. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada a su artículo primero por la Ley N° 17.827 de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de la citada. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan José Bentancor. 2) Acéptanse las negativas que, por esta vez presentan los suplentes siguientes, señor Gabriel Weiss y señora Laura Fernández. 3) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 77 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señora Eleonora Bianchi. Sala de la Comisión, 1° de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 28 de noviembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales, para el día lunes 1º de diciembre del año en curso. Lo saluda atentamente, LUIS ALBERTO LACALLE POU Representante por Canelones”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto. Sin otro particular, lo saludo atentamente, Orlando Lereté”.

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“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto. Sin otro particular, lo saludo atentamente, Óscar Perdomo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto. Sin otro particular, lo saludo atentamente, Américo Carrasco”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto. Sin otro particular, lo saludo atentamente, Rosa Imoda”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Canelones, Luis A. Lacalle Pou. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que, por esta vez, no aceptan la convocatoria los suplentes siguientes, señores Orlando Lereté, Óscar Perdomo, Américo Carrasco y señora Rosa Imoda. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de se-

tiembre de 2004 y en el inciso tercero de artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Canelones, Luis A. Lacalle Pou. 2) Acéptanse las negativas que, por esta vez, presentan los suplentes siguientes señores Orlando Lereté, Óscar Perdomo, Américo Carrasco y señora Rosa Imoda. 3) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 400 del Lema Partido Nacional, señor Rubens Ottonello. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito se me concedan 2 días de licencia, el 1º y el 2 de diciembre del presente año, por motivos particulares. Sin otro particular, le saluda atentamente, JUAN JOSÉ DOMÍNGUEZ Representante por Paysandú”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Me dirijo a usted a efectos de informarle, que por esta única vez, no acepto la convocatoria a la integración de ese Cuerpo en mi calidad de suplente del Diputado Sr. Juan José Domínguez. Saluda atentamente, Mario Córdoba”.

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“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Me dirijo a usted a efectos de informarle, que por esta única vez, no acepto la convocatoria a la integración de ese Cuerpo en mi calidad de suplente del Diputado Sr. Juan José Domínguez. Saluda atentamente, Ricardo Mello”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Paysandú, Juan José Domínguez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 1º y 2 de diciembre de 2008. II) Que, por esta vez, no aceptan la convocatoria los suplentes siguientes, señores Mario Córdoba y Ricardo Mello. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada a su artículo primero por la Ley N° 17.827 de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de la citada. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por los días 1º y 2 de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Paysandú, Juan José Domínguez. 2) Acéptanse las negativas que, por esta vez presentan los suplentes siguientes, señores Mario Córdoba y Ricardo Mello. 3) Convóquese por Secretaría, por los días 1º y 2 de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Gustavo Rombys. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, artículo único solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia en Misión Oficial entre el 1º y el 6 de diciembre inclusive, a los efectos de participar de la Reunión de la Comisión de Educación, Cultura, Tecnología y Comunicación (PARCUM) y XXIV Asamblea Ordinaria del PARLATINO, de acuerdo a la invitación adjunta. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, WASHINGTON ABDALA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Washington Abdala, para participar de la Reunión de la Comisión de Educación, Cultura, Tecnología y Comunicación (PARCUM) y de la XXIV Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de Panamá. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 1º y 6 de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Washington Abdala, por el período comprendido entre los días 1º y 6 de diciembre de 2008, para participar de la Reunión de la Comisión de Educación, Cultura, Tecnología y Comunicación (PARCUM) y de la XXIV Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de Panamá. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Vota-

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ción N° 2000, del Lema Partido Colorado, señor Alberto Scavarelli. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 27 de noviembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente nota solicito a usted tenga a bien autorizar la licencia por motivos personales desde el 1.12.2008 hasta el 5.12.2008 inclusive (5 días). Solicito se convoque a mi suplente respectivo. Le saluda con la mayor estima, JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ Representante por Rivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Rivera, señor Julio César Fernández. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 1º y 5 de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y por el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el período comprendido entre los días 1º y 5 de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Rivera, Julio César Fernández. 2) Convóquese por Secretaría, por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Rubenson Silva. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente me dirijo a usted a los efectos de solicitar licencia por motivos personales para el día 1º de diciembre y se convoque a mi suplente. Sin otro particular, saluda atentamente, ÁLVARO DELGADO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Delgado. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley N° 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y en el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Delgado. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 33 del Lema Partido Nacional, señor Martín Fernández. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, artículo único, literal D) solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia

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por “ausencia en virtud de obligaciones notorias, cuyo cumplimiento sea de interés público, inherentes a su investidura académica o representación política dentro o fuera del país”, desde el día 1º de diciembre hasta el 5 de diciembre inclusive a los efectos de participar en el “Encuentro Iberoamericano, Juventud y Promoción de Oportunidades para el Trabajo Decente” organizado por la OIJ, la INJUVE, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el PREJAL, a realizarse entre el 1º y el 5 de diciembre en Cartagena de Indias, Colombia, conforme a lo expuesto en la invitación que se adjunta. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, GUSTAVO ESPINOSA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior del señor Representante por el departamento de Canelones, Gustavo Espinosa, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar en el “Encuentro Iberoamericano: Juventud y Promoción de Oportunidades para el Trabajo Decente”, organizado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 1º y 5 de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior al señor Representante por el departamento de Canelones, Gustavo Espinosa, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar en el “Encuentro Iberoamericano: Juventud y Promoción de Oportunidades para el Trabajo Decente”, organizado por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, por el período comprendido entre los días 1º y 5 de diciembre de 2008. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el mencionado lapso, a la

suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 2005 del Lema Partido Colorado, señora Ana de Armas. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración. Por la presente solicito al Cuerpo se me otorgue licencia por motivos personales por el día de la fecha y se convoque a mi suplente correspondiente. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, CARLOS BARÁIBAR Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Baráibar. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley N° 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y en el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Baráibar. 2) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Jorge Patrone. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

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“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia, por motivos personales el día 1º de diciembre, solicitando que se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular, saluda atentamente, DARDO SÁNCHEZ CAL Representante por Treinta y Tres”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Dardo Sánchez Cal. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Dardo Sánchez Cal. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 738 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Orlando Lemes. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 10.618, en la redacción dada por el artículo 1º

de la Ley Nº 17.827, solicito se me autorice el goce de licencia por motivos personales por el día de la fecha. Sin más, lo saluda atentamente, SILVANA CHARLONE Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: El que suscribe Sr. Gabriel Courtoisie, con cédula de identidad Nº 1.449.22-7, en mi calidad de primer suplente de la Sra. Representante Nacional Silvana Charlone, quien ha solicitado licencia, comunico a usted que desisto por esta vez, de asumir el cargo. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, Gabriel Courtoisie”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que me fuera realizada por esa Cámara para integrar dicho Cuerpo, no acepto por esta única vez. Sin más, lo saludo atentamente, Jorge Mazzarovich”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que me fuera realizada por esa Cámara para integrar dicho Cuerpo, no acepto por esta única vez. Sin más, lo saluda a usted muy atentamente, Jorge Pandolfo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: La que suscribe Carmen Anastasía, Cédula de Identidad Nº 3.529.236-5, en mi calidad de suplente

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del Señor Representante Nacional, comunico a Ud. que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, lo saluda a Ud. muy atentamente, Carmen Anastasía”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: La que suscribe Diana Pérez, Cédula de Identidad Nº 1.969.801-4, en mi calidad de suplente del Señor Representante Nacional, comunico a Ud. que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente, Diana Pérez”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: El que suscribe Juan Silveira, en mi calidad de suplente del Señor Representante Nacional, quien ha solicitado licencia, comunico a Ud. que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente, Juan Silveira”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: El que suscribe Walter Morodo, en mi calidad de suplente del Señor Representante Nacional, quien ha solicitado licencia, comunico a Ud. que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocado por ese Cuerpo.

Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente, Walter Morodo”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Silvana Charlone. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que por esta única vez, no aceptan la convocatoria de que han sido objeto, los suplentes correspondientes siguientes, señores Gabriel Courtoisie; Jorge Mazzarovich y Jorge Pandolfo, señoras Carmen Anastasía y Diana Pérez, señores Juan Silveira Walter Morodo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Silvana Charlone por el día 1º de diciembre de 2008. 2) Acéptanse, por esta única vez, las denegatorias presentadas por los suplentes correspondientes siguientes, señores Gabriel Courtoisie; Jorge Mazzarovich y Jorge Pandolfo, señoras Carmen Anastasía y Diana Pérez y señores Juan Silveira y Walter Morodo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 90 del Lema Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Julio Fiordelmondo. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

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“Montevideo, 28 de noviembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 16.465, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día lunes 1º de diciembre por motivos personales. Sin más saluda atentamente, LUIS ROSADILLA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Saludo a usted muy atentamente, Julio Battistoni”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Rosadilla. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que, por esta vez, no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Julio Battistoni, y la señora Beatriz Costa integra la Cámara durante la fecha mencionada. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada a su artículo primero por la Ley N° 17.827 de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de la citada. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Rosadilla. 2) Acéptase la negativa presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente, señor Julio Battistoni.

3) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Hugo Arambillete. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted a efectos de solicitar licencia por motivos personales, al amparo de lo establecido en la Ley Nº 17.827, convocando a mi suplente respectivo durante el día 22 de octubre del mes en curso. Saluda a usted muy atentamente, JOSÉ AMORÍN Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, José Amorín. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, José Amorín. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15 del Lema Partido Colorado, señor Gabriel Pais. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008.

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VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

8.- Ley General de Educación. (Aprobación).
——Se entra al orden del día con la consideración del asunto motivo de la convocatoria: “Ley General de Educación. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 1267 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 2 de junio de 2008. Señor Presidente de la Asamblea General Don Rodolfo Nin Novoa El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese alto Cuerpo con el fin de someter a su consideración el proyecto de ley General de Educación y la exposición de motivos que se acompaña. Sin otro particular, saluda al señor Presidente, y por su intermedio al resto de los integrantes de ese alto Cuerpo, con la consideración más distinguida. TABARÉ VÁZQUEZ, MARÍA SIMON, RICARDO BERNAL, GONZALO FERNÁNDEZ, DANILO ASTORI, JOSÉ BAYARDI, VÍCTOR ROSSI, DANIEL MARTÍNEZ, JORGE BRUNI, MARÍA J. MUÑOZ, ERNESTO AGAZZI, HÉCTOR LESCANO, JACK COURIEL, MARINA ARISMENDI. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La educación es la mejor inversión que un país pueda hacer para su desarrollo individual y colectivo. De la educación que se ordene ahora dependerá en gran parte cómo sea el Uruguay dentro de veinte o treinta años. El gobierno nacional, obedeciendo a un compromiso ético, especialmente con los sectores más desfavorecidos, y al mandato otorgado por la ciudadanía, está desarrollando un proyecto de país democrático, solidario y con justicia social. Ha impulsado e impulsa el desarrollo productivo, promoviendo la innovación, la ciencia, la tecnología y la inserción competitiva de Uruguay a la región y al mundo, así como la cultura y su accesibilidad. Coherente con estos propósitos, desde el primer momento ha reconocido el papel central de la educación en ese proyecto.

La inversión del 4,5% del Producto Bruto Interno para la educación pública demuestra la prioridad que se le otorga a la educación como un derecho humano fundamental. Sin embargo, la sola asignación de recursos no es suficiente. Es preciso un proyecto que comprometa a toda la sociedad y que asegure que estos recursos son destinados a lograr los objetivos deseados. Por esta razón se propone una Ley General de Educación que contenga fuertes elementos programáticos. La intención de aprobar una nueva ley de educación fue señalada desde un comienzo por este gobierno y consagrada en el acuerdo firmado por todos los partidos con representación parlamentaria en febrero de 2005. La aprobación de una nueva Ley de Educación es una deuda del sistema político con la educación. La Ley Nº 15.739 permitió el tránsito de la dictadura a la democracia. Sin embargo, su propia denominación, “Ley de Emergencia”, recoge el sentir mayoritario de que era necesario elaborar otra norma legal. Esta ley, por su contenido y denominación no condice con el rol protagónico que la ciudadanía y este gobierno asignan a la educación. Si bien una ley no opera por sí misma los cambios, sí puede y debe facilitarlos, favorecerlos y orientarlos programáticamente. En atención al objetivo de elaborar una ley que abarque a toda la educación, desde el nacimiento hasta la vida adulta, el presente proyecto deroga la Ley Nº 16.802 que regula las “guarderías” privadas e incorpora la educación de la primera infancia al Sistema Nacional de Educación. El gobierno se comprometió a que la discusión y elaboración de la nueva Ley de Educación se hiciera con la más amplia participación de todos los sectores directa o indirectamente involucrados. Por ello, se realizó durante 2006 el Debate Nacional sobre la Educación, promovido por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y la Universidad de la República (UdelaR) y organizado por una Comisión integrada por personas de amplia representatividad de todos los ámbitos de la educación nacional y de los partidos políticos. El proyecto de ley que se presenta al Poder Legislativo se nutre de este proceso y pretende dar continuidad al mismo al abrir espacios de participación social diversos, incluida la institucionalización del Congreso Nacional de Educación con cometidos de asesoramiento y consulta.

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Se propone un ordenamiento de acuerdo a principios impulsados por el gobierno y recogidos en el proceso del Debate. El proyecto establece metas de futuro inmediato y mediato para un proyecto educativo sólido y abarcativo, y establece la coordinación entre dicho proyecto educativo y el proyecto de país democrático, productivo, innovador e integrado. Aspira a ser un marco flexible, capaz de generar los elementos para su propia transformación. La meta es educación de calidad, con equidad, relevancia y pertinencia para todos, como derecho inalienable, y durante toda la vida, en una sociedad de aprendizaje, tanto de saberes organizados en disciplinas como de actitudes y modos de vida. Democratización de una educación conectada con el trabajo, en que todos puedan seguir aprendiendo siempre. Se mantienen y exaltan los principios varelianos: laicidad, gratuidad y obligatoriedad. En particular se establecen las metas programáticas de obligatoriedad de la enseñanza desde los 4 años y hasta la educación media superior con extensión del horario a un mínimo de 900 horas al año, con vistas a llegar a la jornada escolar extendida para todos los niños y jóvenes, de manera que las oportunidades de cada uno no estén signadas por su origen. Metas sumamente ambiciosas pero imprescindibles para el Uruguay del siglo XXI. El proyecto pretende lo mismo que se quiere para los propios hijos, o para los jóvenes compatriotas. Que sean buenas personas, solidarios, honestos: entonces las líneas transversales que atraviesan el proyecto en Derechos Humanos, formación en ciudadanía y desarrollo de criterio propio; no como asignaturas, sino que impregnen toda la educación. Que lleguen a ser independientes: entonces la formación en el trabajo, para un mundo en que la capacitación es un requisito imprescindible. Que entiendan el mundo en que viven y sean capaces de transformarlo: para ello conocimientos científicos y sociales. Que sean capaces de disfrutar de la vida individual y social: por eso educación en artes, para la salud, la educación física, la recreación, la sexualidad. Que comprendan la relación de los seres humanos con la naturaleza, por eso la educación ambiental. Que sean capaces de comunicarse adecuadamente, por ello la educación lingüística. Hay muchas formas de aprender que deben ser estimuladas y reconocidas, por eso se habla de sociedad de aprendizaje. Se aprende en el trabajo, en los sindicatos, en organizaciones variadas. Por este

motivo se incluye la educación no formal y se establecen sus lazos con la formal. Se apunta a una educación cuyo sujeto es el educando. Se jerarquiza el centro educativo como un espacio de aprendizaje y de socialización clave para la política educativa nacional, promoviendo la participación de alumnos, docentes, padres o representantes y de la comunidad. Se estimula la descentralización, creando Comisiones Departamentales y posibilitando instancias regionales. Se propone un sistema coordinado, que en su parte formal contempla los siguientes niveles. La educación inicial (3 a 5 años de edad), la educación primaria (de seis años de duración) y la educación media básica (de tres años). Esta educación media básica busca atender los intereses y necesidades de los adolescentes y se propone recoger todas las experiencias de la enseñanza secundaria, la técnico profesional y la rural. La enseñanza media superior tiene varias orientaciones y perfiles, que pueden ser de egreso o de tránsito. La enseñanza terciaria tiene tres vertientes: la profesional, la universitaria y la formación para la educación. El tránsito o la reválida entre las tres será facilitado por el reconocimiento de créditos y por la posibilidad de cursos de complementación. Los niveles de postgrado son maestría y doctorado. Se prevé que desde las distintas vertientes sea posible llegar a los niveles más altos.

La educación media se estructura de manera que el aprendizaje sea uno solo en cuanto a aprender trabajando y trabajar aprendiendo, generando egresados capaces de integrarse al mundo del trabajo y de seguir estudiando a través de diferentes opciones terciarias. Se busca entonces que trabajo y estudio no sean antagónicos sino complementarios en la vida. Se da especial importancia a las formaciones de tipo profesional y terciario (incluyendo tecnológicas, comerciales, idiomas, servicios); son opciones de interés para muchas personas y son indispensables para el desarrollo del país. El proyecto de ley caracteriza como universitaria la formación de los docentes. Para ello, se crea el Instituto Universitario de Educación el que deberá consignar el cogobierno de los actores directos, y recibir el

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apoyo y la complementariedad de la Universidad de la República, admitiendo que estas formaciones deben ser compatibles y de tránsito fácil entre ellas. Esta nueva institucionalidad, en el futuro podría desembocar en la autonomía de este Instituto o en la creación de una nueva Universidad. El proyecto atiende la educación de personas jóvenes y adultas, de personas con alguna forma de discapacidad, de la población carcelaria, procurando la integración de todos a la educación a la que acuden las personas de similar edad, para promover la integración social y la tolerancia. En la formación terciaria profesional y en la de educación, se prevé la participación de la Universidad de la República, creando sistemas abiertos, que colaboren en la capacitación de personas, en la investigación en sus diferentes disciplinas, así como en la enseñanza y en el aprendizaje. Se busca entonces que el sistema sea un gran cuerpo coordinado a su interna, coordinado con la investigación, la innovación y la cultura y coordinado con el desarrollo. Se establecen equilibrios entre coordinación, autonomía y participación, entre multiplicidad de actores y especializaciones; equilibrios que no deben ser disyuntivos sino constructivos. El Consejo Directivo Central de la ANEP, autónomo, estará integrado con personas designadas por el Poder Ejecutivo con venia del Senado, como actualmente, ya que el gobierno electo representa a la ciudadanía y tiene entre sus roles armonizar el proyecto educativo con el de desarrollo nacional. Incluye la elección de dos miembros por los docentes del ente. Dos miembros de los Consejos de Educación dependientes del CDC de ANEP serán designados por el propio CDC y uno de ellos será electo por el cuerpo docente del respectivo Consejo. La participación docente en la elección de dos consejeros del CDC y uno en cada Consejo constituye un cambio sustancial, promueve la coparticipación de los docentes y responde a la consideración de que no hay transformaciones en la educación sin su participación. La ley crea el Sistema Nacional de Educación Pública (SNEP) conformado por el MEC, la ANEP y la UdelaR. El propósito es que el Estado tenga un ámbito de concertación y coordinación de políticas educativas y que permita que cada institución se responsabilice de su propio ámbito. Se crean mecanismos de evaluación independientes que permiten rendir cuentas a la sociedad y tener bases objetivas para seguir cambiando fundadamente. La creación del Instituto Nacional de Evaluación

Educativa es una innovación clave para conocer la realidad y para rendir cuentas a la sociedad de cómo se avanza en materia educativa. En suma, el país necesita una Ley General de Educación, que conforme un verdadero sistema educativo articulado con el proyecto de desarrollo del país, que establezca metas y objetivos ambiciosos, propios del siglo XXI, que incorpore y promueva innovaciones, que permita crear nuevas instituciones y que abra espacios de participación docente, estudiantil y social. Lo necesita porque la situación actual no satisface y requiere cambios. Uruguay requiere una ley para cambiar la educación para que colabore en la transformación del país. Montevideo, mayo de 2008. PROYECTO DE LEY TÍTULO 1 DEFINICIONES, FINES Y ORIENTACIONES GENERALES CAPÍTULO I Artículo 1º. (De la educación como derecho humano fundamental).- Declárase de interés general la promoción del goce y el efectivo ejercicio del derecho a la educación, como un derecho humano fundamental. El Estado garantizará y promoverá una educación de calidad para todos sus habitantes, a lo largo de toda la vida, facilitando la continuidad educativa. Artículo 2º. (De la educación como bien público).Reconócese el goce y el ejercicio del derecho a la educación, como un bien público y social que tiene como fin el pleno desarrollo físico, psíquico, ético, intelectual y social de todas las personas sin discriminación alguna. Artículo 3º. (De la orientación de la educación).La educación estará orientada a la búsqueda de una vida armónica e integrada a través del trabajo, la cultura, el entretenimiento, el cuidado de la salud, el respeto al medio ambiente, y el ejercicio responsable de la ciudadanía, como factores esenciales del desarrollo sostenible, la tolerancia, la plena vigencia de los derechos humanos, la paz y la comprensión entre los pueblos y las naciones. Artículo 4º. (De los Derechos Humanos como referencia del ejercicio del derecho a la educación).- La educación tendrá a los Derechos Humanos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Constitución de la República y en el conjunto de los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país, como elementos esenciales in-

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corporados en todo momento y oportunidad a las propuestas, programas y acciones educativas, constituyéndose en un marco de referencia fundamental para la educación en general y en particular para los educadores en cualquiera de las modalidades de su actuación profesional. Artículo 5º. (Del sujeto de la educación).- Los titulares del goce y efectivo ejercicio del derecho a la educación, son los educandos. Los educadores como agentes de la educación deben formular sus objetivos y propuestas, y organizar los contenidos en función de los educandos, de cualquier edad. CAPÍTULO II Artículo 6º. (Interpretación).- Para la interpretación de esta ley, se tendrán en cuenta las disposiciones y principios generales que informan la Constitución de la República, los tratados internacionales en la materia, las leyes nacionales y demás instrumentos internacionales que obligan al país. En caso de duda, se deberá recurrir a los criterios generales de interpretación y, especialmente, a las normas propias de cada materia. Artículo 7º. (Integración).- En caso de vacío legal o insuficiencia se deberá recurrir a los criterios generales de integración y, especialmente, a las normas propias de cada materia. Artículo 8º. (Principio específico de interpretación e integración).- Para la interpretación e integración de esta ley se deberá tener en cuenta el interés superior del educando, que consiste en el reconocimiento y respeto de los derechos inherentes a su calidad de persona humana. En consecuencia, este principio no se podrá invocar para menoscabo de tales derechos. TÍTULO II DE LOS PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I Artículo 9º. (De la universalidad).- Todos los habitantes de la República son titulares del derecho a la educación, sin distinción alguna. El cuidado y educación de los hijos para que éstos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social, es un deber y un derecho de los padres. Artículo 10. (De la obligatoriedad).- Es obligatoria la educación inicial para los niños de cuatro y cinco años de edad, la educación primaria y la educación media básica y superior. A tales efectos, se asegurará un mínimo de actividad curricular de novecientas ho-

ras anuales a los alumnos de educación primaria y media básica. Los padres o responsables legales de niños y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje. Artículo 11. (De la diversidad e inclusión educativa).- El Estado asegurará los derechos de aquellos colectivos minoritarios o en especial situación de vulnerabilidad, con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades en el pleno ejercicio del derecho a la educación y su efectiva inclusión social. Para el efectivo cumplimiento del derecho a la educación, las propuestas educativas respetarán las capacidades diferentes y las características individuales de los educandos, de forma de alcanzar el pleno desarrollo de sus potencialidades. Artículo 12. (De la participación).- La participación es un principio fundamental de la educación, en tanto el educando debe ser sujeto activo en el proceso educativo para apropiarse en forma crítica, responsable y creativa de los saberes. Las metodologías que se apliquen deben favorecer la formación ciudadana y la autonomía de las personas. Artículo 13. (De la libertad de enseñanza).- La libertad de enseñanza estará garantizada en todo el territorio nacional y tal como lo establece el artículo 68 de la Constitución de la República, la intervención del Estado será “al solo objeto de mantener la higiene, la moralidad, la seguridad y el orden públicos”. Asimismo promoverá la calidad y pertinencia de las propuestas educativas. Artículo 14. (De la libertad de cátedra).- El docente, en su condición de profesional, es libre de planificar sus cursos realizando una selección responsable, crítica y fundamentada de los temas y las actividades educativas, respetando los objetivos y contenidos de los planes y programas de estudio Asimismo, los educandos tienen la libertad y el derecho a acceder a todas la fuentes de información y de cultura. TÍTULO III POLÍTICA EDUCATIVA NACIONAL Artículo 15. (Concepto).- La Política Educativa Nacional tendrá como objetivo fundamental, que todos los habitantes del país logren aprendizajes de calidad, a lo largo de toda la vida y en todo el territorio nacional, a través de acciones educativas desarrolla-

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das y promovidas por el Estado, tanto de carácter formal como no formal. Asimismo, el Estado articulará las políticas educativas con las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico, y económico. También articulará las políticas sociales para que favorezcan al cumplimiento de los objetivos de la Política Educativa Nacional. Artículo 16. (Fines).- La Política Educativa Nacional tendrá en cuenta los siguientes fines: 1. Promover la justicia, la solidaridad, la libertad, la democracia, la inclusión social, la integración regional y la convivencia pacífica. 2. Procurar que las personas adquieran aprendizajes que les permitan el desarrollo de las competencias relacionadas con aprender a ser, aprender a aprender, aprender a hacer y aprender a vivir juntos. Para ello, la educación deberá contemplar los diferentes contextos, necesidades e intereses, para que todas las personas puedan apropiarse y desarrollar los contenidos de la cultura local, nacional, regional y mundial. 3. Formar personas reflexivas, autónomas, solidarias y protagonistas de la construcción de su comunidad local, de la cultura, la identidad nacional y de una sociedad con desarrollo sostenible. 4. Promover la búsqueda de soluciones alternativas en la resolución de conflictos y una cultura de paz y de tolerancia, entendida como el respeto a los demás y la no discriminación. 5. Fomentar diferentes formas de expresión, promoviendo la diversidad cultural y el desarrollo de las potencialidades de cada persona. 6. Estimular la creatividad y la innovación científica y tecnológica. 7. Integrar el trabajo como uno de los componentes fundamentales del proceso educativo, promoviendo la articulación entre el trabajo manual e intelectual. Artículo 17. (Tratados internacionales y cooperación internacional).- Los Poderes del Estado, en el ejercicio de la representación indirecta de la soberanía de la Nación, al definir la Política Educativa Nacional promoverán, que la educación sea concebida como un bien público y que la cooperación internacional sea coadyuvante a los fines establecidos en el artículo precedente. No se suscribirá acuerdo o trata-

do alguno, bilateral o multilateral, con Estados u Organismos Internacionales, que directa o indirectamente signifiquen considerar a la educación como un servicio lucrativo o alentar su mercantilización. TÍTULO IV PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 18. (Principios).- La educación estatal se regirá por los principios de gratuidad, de laicidad e igualdad de oportunidades, además de los principios y fines establecidos en los títulos anteriores. Toda institución estatal dedicada a la educación deberá velar en el ámbito de su competencia por la aplicación efectiva de estos principios. Artículo 19. (De la gratuidad).- El principio de gratuidad asegurará el cumplimiento efectivo del derecho a la educación y la universalización del acceso y permanencia de las personas en el sistema educativo. Artículo 20. (De la laicidad).- El principio de laicidad asegurará el tratamiento integral y crítico de todos los temas en el ámbito de la educación pública, mediante el libre acceso a las fuentes de información y conocimiento que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. Se garantizará la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias. Artículo 21. (De la igualdad de oportunidades o equidad).- El Estado brindará los apoyos específicos necesarios a aquellas personas y sectores en especial situación de vulnerabilidad, a los efectos de que alcancen una real igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro de los aprendizajes. El Estado asegurará a los alumnos que cursen la enseñanza pública obligatoria el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación. Promoverá su máximo aprovechamiento para la educación, su uso con sentido y su apropiación por parte de los educandos. Artículo 22. (De los recursos).- El Estado proveerá los recursos necesarios para asegurar el derecho a la educación y el cumplimiento de lo establecido en esta ley. TÍTULO V SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN CAPÍTULO I Ámbito Artículo 23. (Concepto).- El Sistema Nacional de Educación es el conjunto de propuestas educativas

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integradas y articuladas para todos los habitantes a lo largo de toda la vida. CAPÍTULO II La educación formal Artículo 24. (Concepto).- La educación formal estará organizada en niveles que son las diferentes etapas del proceso educativo, que aseguran su unidad y facilitan la continuidad del mismo. Artículo 25. (De la estructura).- La estructura de la educación formal se estructurará de acuerdo a los siguientes niveles: Nivel 0 1 2 3 Descripción Educación Inicial: 3, 4 y 5 años de edad Educación Primaria Educación Media Básica Educación Media Superior Incluye tres modalidades: educación general, educación tecnológica y formación técnica profesional. 4 a. Educación Terciaria. Incluye cursos técnicos no universitarios, tecnicaturas y educación tecnológica superior b. Formación en educación con carácter universitario c. Educación Terciaria Universitaria: Incluye carreras de grado. 5 Educación de postgrado.

de su entorno familiar, de la comunidad y del mundo natural. Artículo 28. (De la Educación Primaria).- La Educación Primaria abarcará seis años escolares y tendrá el propósito de adquirir los conocimientos básicos y desarrollar las competencias, principalmente comunicativas y de razonamiento, que permitan a niños y niñas la convivencia responsable en su comunidad. Artículo 29. (De la Educación Media Básica).- La Educación Media Básica abarcará tres años posteriores a la educación primaria, profundizará el desarrollo de las competencias y los conocimientos adquiridos y promoverá el dominio teórico-práctico de diferentes disciplinas que pueden ser: artísticas, humanísticas, biológicas, científicas y tecnológicas, a través de la presentación de asignaturas. Artículo 30. (De la Educación Media Superior).La Educación Media Superior abarcará hasta tres años posteriores a la Educación Media Básica, según las modalidades ofrecidas en el nivel y tendrá un mayor grado de orientación o especialización. Tendrá tres modalidades: la educación general que permitirá la continuidad en la educación terciaria (bachilleratos generales); la tecnológica que permitirá continuar estudios terciarios y la inserción laboral (bachilleratos tecnológicos); y la formación técnica y profesional que estará orientada principalmente a la inserción laboral. La culminación de todas sus modalidades permitirá la continuidad educativa. Artículo 31. (De la Educación Terciaria).- La Educación Terciaria requerirá la aprobación de los ciclos completos de educación primaria y media (básica y superior); profundiza y amplía la formación en alguna rama del conocimiento; incluye, entre otras, la educación tecnológica y técnica. Artículo 32. (De la Educación Terciaria Universitaria).- La Educación Terciaria Universitaria será aquella cuya misión principal será la producción y reproducción del conocimiento en sus niveles superiores, integrando los procesos de enseñanza, investigación y extensión. Permitirá la obtención de títulos de grado y postgrado. Artículo 33. (De la Formación en Educación).- La Formación en Educación se concebirá como enseñanza terciaria universitaria y abarcará la formación de maestros, profesores, profesores de educación física y educadores sociales, así como de otras formaciones que el Sistema Nacional de Educación requiera.

Artículo 26. (De la movilidad de los estudiantes).Los conocimientos o créditos correspondientes, adquiridos dentro de cualquiera de los niveles educativos, serán reconocidos o revalidados de forma de permitir la movilidad horizontal de los educandos. Se facilitará la movilidad de los estudiantes entre las modalidades del nivel 4, reconociendo o revalidando los conocimientos adquiridos en cada una de ellas, con el propósito de crear un sistema de formaciones variado y no compartimentado. Artículo 27. (De la Educación Inicial).- La Educación Inicial tendrá como cometido estimular el desarrollo afectivo, social, motriz e intelectual de los niños y niñas de tres, cuatro y cinco años. Se promoverá una educación integral que fomente la inclusión social del educando, así como el conocimiento de sí mismo,

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Artículo 34. (De la Educación de Postgrado).- Los postgrados universitarios corresponden a estudios realizados con posterioridad a la obtención de un primer grado universitario o licenciatura. Estos cursos pueden ser de especialización, maestría o doctorado. Artículo 35. (De las modalidades de la educación formal).- La educación formal contemplará aquellas particularidades, de carácter permanente o temporal, personal o contextual, a través de diferentes modalidades, entendidas como opciones organizativas o metodológicas, con el propósito de garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. Se tendrá especial consideración a la educación en el medio rural, la educación de personas jóvenes y adultas y la educación de personas con discapacidades, promoviéndose la inclusión de éstas en los ámbitos de la educación formal, según las posibilidades de cada una, brindándoles los apoyos necesarios. Artículo 36. (De la educación formal en el medio rural).- La educación formal en el medio rural tendrá por objetivo asegurar, como mínimo, la educación obligatoria de las personas, teniendo en cuenta las especificidades del medio en que se desarrolla. Artículo 37. (De la educación formal de personas jóvenes y adultas).- La educación formal de jóvenes y adultos tendrá como objetivo asegurar como mínimo, el cumplimiento de la educación obligatoria en las personas mayores de 15 años. CAPÍTULO III Otras modalidades Artículo 38. (De la educación a distancia y semipresencial).- La educación a distancia, en línea o asistida, comprenderá, los procesos de enseñanza y de aprendizaje que no requieren la presencia física del alumno en aulas u otras dependencias similares, para el dictado regular de sus cursos, siempre que se empleen materiales y recursos tecnológicos específicamente desarrollados para obviar dicha presencia, y se cuente con una organización académica y un sistema de gestión y evaluación específico, diseñado para tal fin. La modalidad semipresencial, además de las características anteriores, requiere instancias presenciales. Las certificaciones de estas modalidades serán otorgadas por los organismos competentes del Sistema Nacional de Educación Pública, los cuales reglamentarán la habilitación y autorización a instituciones privadas para el dictado de cursos a través de estas modalidades, y el reconocimiento de los certificados otorgados.

CAPÍTULO IV La educación no formal Artículo 39. (Concepto).- La educación no formal, en el marco de una cultura del aprendizaje a lo largo de toda la vida, comprenderá todas aquellas actividades, medios y ámbitos de educación, que se desarrollan fuera de la educación formal, dirigidos a personas de cualquier edad, que tienen valor educativo en sí mismos y han sido organizados expresamente para satisfacer determinados objetivos educativos en diversos ámbitos de la vida social (capacitación laboral, promoción comunitaria, animación sociocultural, mejoramiento de las condiciones de vida, educación artística, tecnológica, lúdica o deportiva, entre otros). La educación no formal estará integrada por diferentes áreas de trabajo educativo, entre las cuales se mencionan: alfabetización, educación social, educación de personas jóvenes y adultas. Se promoverá la articulación y complementariedad de la educación formal y no formal con el propósito de que ésta contribuya a la reinserción y continuidad educativa de las personas. CAPÍTULO V La Educación de la Primera Infancia Artículo 40. (De la Educación en la Primera Infancia).- La Educación en la Primera Infancia comprenderá el ciclo vital desde el nacimiento hasta los tres años, y constituirá la primera etapa del proceso educativo de cada persona, a lo largo de toda la vida. Tendrá características propias y específicas en cuanto a sus propósitos, contenidos y estrategias metodológicas, en el marco del concepto de educación integral. Promoverá el desarrollo armónico de los aspectos intelectuales, socio-emocionales, y psicomotores en estrecha relación con la atención de la salud física y mental. CAPÍTULO VI La reinserción y continuidad educativas Artículo 41. (De la validación de conocimientos).El Estado, sin perjuicio de promover la culminación en tiempo y forma de los niveles de la educación formal de todas las personas, podrá validar para habilitar la continuidad educativa, los conocimientos, habilidades y aptitudes alcanzados por una persona fuera de la educación formal, que se correspondan con los requisitos establecidos en algún nivel educativo. La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública en el plazo de 180 días poste-

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riores a la entrada en vigencia de la presente ley, reglamentará los procedimientos de validación y evaluación, estando a cargo de la Institución del Sistema Nacional de Educación Pública correspondiente, la expedición de los certificados, previa solicitud del interesado. CAPÍTULO VII Líneas transversales Artículo 42. (De las líneas transversales).- El Sistema Nacional de Educación, en cualesquiera de sus modalidades contemplará líneas transversales entre los cuales se encuentran: 1. la educación en derechos humanos, 2. la educación ambiental para el desarrollo humano sostenible, 3. la educación artística, 4. la educación científica, 5. la educación lingüística, 6. la educación a través del trabajo, 7. la educación para la salud, 8. la educación sexual, 9. la educación física, la recreación y el deporte, de acuerdo a los lineamientos que se especifican: 1. La educación en derechos humanos tendrá como propósito que los educandos, sirviéndose de conocimientos básicos de los cuerpos normativos, desarrollen las actitudes e incorporen los principios referidos a los derechos humanos fundamentales. Se considerará la educación en derechos humanos como un derecho en sí misma, un componente inseparable del derecho a la educación y una condición necesaria para el ejercicio de todos los derechos humanos. 2. La educación ambiental para el desarrollo humano sostenible tendrá como propósito que los educandos adquieran conocimientos con el fin de fomentar actitudes y comportamientos individuales y colectivos, para mejorar las relaciones entre los seres humanos y de éstos con el entorno. Procurará desarrollar habilidades para potenciar un desarrollo humano sostenible en la búsqueda de una mejora sostenida de la calidad de vida de la sociedad. 3. La educación artística tendrá como propósito que los educandos alcancen a través de los diferentes lenguajes artísticos, una educación integral, promoviendo el desarrollo de la creatividad, la sensibili-

dad y la percepción, impulsando la creación de universos singulares que den sentido a lo que es significativo para cada ser humano. 4. La educación científica tanto en las áreas: social, natural y exactas tendrá como propósito promover por diversas vías, la comprensión y apropiación social del conocimiento científico y tecnológico para su democratización. Significará, también, la difusión de los procedimientos y métodos para su generación, adquisición y uso sistemáticos. 5. La educación lingüística tendrá como propósito el desarrollo de las competencias comunicativas de las personas, el dominio de la lengua escrita, el respeto de las variedades lingüísticas, la reflexión sobre la lengua, la consideración de las diferentes lenguas maternas existentes en el país (español del Uruguay, portugués del Uruguay, lengua de señas uruguaya) y la formación plurilingüe a través de la enseñanza de segundas lenguas y lenguas extranjeras. 6. La educación a través del trabajo tendrá como propósito incorporar a los educandos en el concepto del trabajo como actividad propia de los seres humanos e integradora a la vida social. 7. La educación para la salud tendrá como propósito la creación de hábitos saludables, estilos de vida que promuevan la salud y prevengan las enfermedades. Procurará promover, en particular, la salud mental, bucal, ocular, nutricional, la prevención del consumo problemático de drogas y una cultura de prevención para la reducción de los riesgos propios de toda actividad humana. 8. La educación sexual tendrá como propósito favorecer que los educandos se sitúen ante sus relaciones de género y ante la sexualidad en general, proporcionándoles instrumentos adecuados que promuevan actitudes y conductas elaboradas desde una ética de la racionalidad y la reflexión crítica, para un disfrute responsable de la misma. 9. La educación física, en recreación y deporte, tiene como propósito el desarrollo del cuerpo, el movimiento, la interacción y la actividad humana, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida, al desarrollo personal y social, así como a la adquisición de valores necesarios para la cohesión social y el diálogo intercultural. Las autoridades velarán para que estas líneas transversales estén presentes, en la forma que se crea más conveniente, en los diferentes planes y programas.

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CAPÍTULO VIII Los Centros Educativos Artículo 43. (Concepto).- El centro educativo de cualquier nivel, o modalidad será un espacio de aprendizaje, de socialización, de construcción colectiva del conocimiento, de integración social y de convivencia social y cívica y de respeto y promoción de los Derechos Humanos. Será un ámbito institucional jerarquizado, dotado de recursos y competencias, a los efectos de lograr los objetivos establecidos en su proyecto educativo. El proceso de formulación, seguimiento y evaluación del mismo contará con la participación de los docentes del centro y se promoverá la participación de funcionarios, padres y estudiantes. El Estado fortalecerá la gestión de los centros educativos públicos en los aspectos pedagógicos, de personal docente y no docente, administrativos y financieros para cumplir con lo precedentemente expuesto. Asimismo, se procurará la concentración horaria de los docentes en un centro educativo y se fomentará su permanencia en el mismo. El centro educativo público dispondrá de fondos presupuestales para el mantenimiento del local, la realización de actividades académicas y proyectos culturales y sociales de extensión. Los centros educativos podrán realizar convenios con otras instituciones, con la autorización correspondiente. CAPÍTULO IX Los órganos del Sistema Nacional de Educación Artículo 44. (De la Comisión Nacional de Educación. Integración).- Créase la Comisión Nacional de Educación, que se identificará con la sigla COMINE y estará integrada por: 1. Los miembros de la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública. 2. Los Directores Generales de los Consejos de Educación integrantes de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). 3. El Director General del Instituto de Educación. 4. El Presidente del Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia. 5. El Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Educación No Formal. 6. El Presidente del Directorio del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.

7. El Director Nacional de Deporte, del Ministerio de Turismo y Deporte. 8. Dos representantes de la educación privada inicial, primaria, media y técnico profesional. 9. Un representante de la educación universitaria privada. 10. Un representante de los trabajadores. 11. Dos representantes de los trabajadores de la educación. 12. Dos representantes de los estudiantes. 13. Un representante de los empresarios. 14. Un representante del movimiento cooperativo. 15. Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales. Los organismos o sectores integrantes de la COMINE además de los representantes titulares ante dicha Comisión, podrán designar representantes alternos. El Poder Ejecutivo reglamentará en su caso, el procedimiento para la elección o designación de los representantes arriba mencionados. Artículo 45. (Naturaleza y cometidos).- La COMINE constituirá el ámbito nacional de deliberación sobre políticas educativas del Sistema Nacional de Educación y tendrá carácter asesor y consultivo en los siguientes cometidos: 1. Recibir y formular propuestas sobre lineamientos generales de política educativa, en los temas referidos a esta ley y a otras normas vinculadas a la materia educativa. 2. Procurar la articulación de las políticas educativas con otras políticas públicas. 3. Integrar comisiones de asesoramiento o de coordinación en temas educativos. 4. Propiciar foros, congresos y conferencias referidos a temas educativos. La COMINE dictará su propio reglamento de funcionamiento y el Ministerio de Educación y Cultura asegurará el apoyo presupuestal, administrativo, organizativo y técnico que requiera la Comisión para cumplir con sus cometidos. Artículo 46. (De la creación del Congreso Nacional de Educación).- Créase el Congreso Nacional de Educación que tendrá una integración plural y amplia

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que refleje las distintas perspectivas de los involucrados en el Sistema Nacional de Educación. Artículo 47. (Naturaleza y Cometidos del Congreso Nacional de Educación).- El Congreso Nacional de Educación constituirá el ámbito nacional de debate del Sistema Nacional de Educación y tendrá carácter asesor y consultivo en los temas de la aplicación de esta ley. Será convocado por la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública como mínimo en el primer año de cada período de gobierno. TÍTULO VI SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Capítulo I Principios Artículo 48. (De la Autonomía).- La Enseñanza Pública estará regida por Consejos Directivos Autónomos de conformidad con la Constitución de la República y la ley, que en aplicación de su autonomía tendrán la potestad de dictar su normativa, respetando la especialización del ente. Artículo 49. (De la Coordinación).- Los Consejos Directivos Autónomos y los demás organismos que actúen en la Educación Pública deberán coordinar sus acciones con el fin de cumplir con los principios, las orientaciones y los fines de la educación establecidos en la Constitución de la República y la ley. Artículo 50. (De la Participación).- La participación de los educandos o participantes, docentes, madres, padres o responsables y de la sociedad en general, en la Educación Pública constituirá uno de sus principios básicos. Se promoverá el cogobierno en los ámbitos que corresponda, atendiendo los diferentes ámbitos y niveles educativos. CAPÍTULO II Órganos Artículo 51. (Integración).- El Sistema Nacional de Educación Pública estará integrado por el Ministerio de Educación y Cultura, la Administración Nacional de Educación Pública y la Universidad de la República. Artículo 52. (Coordinación).- El Sistema Nacional de Educación Pública estará coordinado por la Comisión Coordinadora de la Educación Pública, creada por el artículo 107 y siguientes de esta ley.

CAPÍTULO III Ministerio de Educación y Cultura Artículo 53. (Del Ministerio de Educación y Cultura).- El Ministerio de Educación y Cultura, en relación a los temas de la educación nacional, tendrá los siguientes cometidos: 1. Desarrollar los principios generales de la educación. 2. Facilitar la coordinación de las políticas educativas nacionales. 3. Articular las políticas educativas con las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico y económico. 4. Promover la articulación de la educación con la investigación científica y tecnológica y con la cultura. 5. Presidir los ámbitos de coordinación educativa. 6. Relevar y coordinar la información y documentación educativa. 7. Confeccionar las estadísticas del sector educativo, en el marco del Sistema Estadístico Nacional. 8. Coordinar la representación internacional de la educación nacional. 9. Realizar propuestas al Consejo Coordinador del SNEP y a la Comisión Nacional de Educación. 10. Relacionarse con el Poder Legislativo, en los temas relativos a la educación, en el marco de lo establecido en la Constitución de la República. CAPÍTULO IV La Administración Nacional de Educación Pública Artículo 54. (Creación y naturaleza).- La Administración Nacional de Educación Pública, que se identificará con la sigla ANEP, ente autónomo con personería jurídica creado por la Ley Nº 15.739, funcionará de conformidad a los artículos 202 y siguientes de la Constitución de la República y de la presente ley. Artículo 55. (Cometidos).- La Administración Nacional de Educación Pública tendrá los siguientes cometidos: a) Garantizar la educación en los diferentes niveles y modalidades educativas de su competen-

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cia a todos los habitantes del país, asegurando el ingreso, permanencia y egreso. b) Asegurar el cumplimiento de los principios y orientaciones generales de la educación establecidos en la presente ley en los ámbitos de su competencia. c) Promover la participación de toda la sociedad en la formulación, implementación y desarrollo de la educación en la órbita de su competencia. Artículo 56. (De los órganos).- La Administración Nacional de Educación Pública tiene los siguientes órganos: el Consejo Directivo Central, los Consejos de Educación Inicial y Primaria, de Educación Media Básica, de Educación Media Superior, de Educación Técnico-Profesional (UTU) y del Instituto Universitario de Educación. Artículo 57. (De los bienes).- La Administración Nacional de Educación Pública tendrá la administración de sus bienes. Los bienes que estén destinados a los Consejos o al Instituto Universitario de Educación o en el futuro fuesen asignados específicamente por resolución del Consejo Directivo Central, estarán a cargo del Consejo respectivo o Instituto. Artículo 58. (Adquisición, enajenación y afectación de bienes inmuebles).- La adquisición y enajenación de bienes inmuebles a título oneroso, así como su afectación o gravamen por parte de la Administración Nacional de Educación Pública, deberán ser resueltas en todos los casos por cuatro votos conformes, previa consulta a los Consejos y al Instituto Universitario de Educación cuando se tratare de bienes destinados o a destinarse a su servicio. Las enajenaciones a título gratuito requerirán la unanimidad de votos del Consejo Directivo Central. Artículo 59. (De los ingresos).- Forman parte del patrimonio de la Administración Nacional de Educación Pública: a) Los recursos y las partidas que se le asignen por las leyes de Presupuesto Nacional y las de Rendición de Cuentas y el Balance de Ejecución Presupuestal. b) Los frutos naturales, industriales y civiles de sus bienes. c) Los recursos o proventos que perciba el ente por la venta de la producción de los centros educativos o de los servicios que éstos vendan o arrienden, de conformidad con los reglamentos que oportunamente se dicten. d) Los que perciba por cualquier otro título.

CAPÍTULO V Consejo Directivo Central de la ANEP Artículo 60. (Del Consejo Directivo Central).- El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública estará integrado por cinco miembros, los que deberán poseer condiciones personales relevantes, reconocida solvencia y méritos acreditados en temas de educación, y que hayan actuado en la educación pública por un lapso no menor de diez años. Tres de sus miembros serán designados por el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros, previa venia de la Cámara de Senadores, otorgada sobre propuestas fundadas, por un número de votos equivalentes a los tres quintos de sus componentes elegidos conforme al artículo 94 inciso primero de la Constitución de la República. Si la venia no fuera otorgada dentro del término de sesenta días de recibida su solicitud, el Poder Ejecutivo podrá formular propuesta nueva, o reiterar su propuesta anterior, y en este último caso deberá obtener el voto conforme de la mayoría absoluta del Senado. Por el mismo procedimiento será designado de entre los propuestos por el Poder Ejecutivo el Presidente del Consejo Directivo Central. Las designaciones deberán efectuarse al comienzo de cada período de gobierno y los miembros designados permanecerán en sus cargos hasta tanto no hayan sido designados quienes les sucedan. En caso de vacancia definitiva, el cargo correspondiente será provisto en la forma indicada en los incisos anteriores. Los otros dos miembros serán electos por el cuerpo docente del ente, según la reglamentación que oportunamente apruebe el Poder Ejecutivo. Durarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos solamente por un período subsiguiente debiendo para una nueva elección mediar por lo menos cinco años desde su cese. La elección estará a cargo de la Corte Electoral y se deberá realizar en el año anterior a las elecciones nacionales. Los Directores Generales de los Consejos y del Consejo del Instituto Universitario de Educación también integrarán de pleno derecho con voz y sin voto el Consejo Directivo Central. Artículo 61. (Cometidos del Consejo Directivo Central).- El Consejo Directivo Central tendrá los siguientes cometidos:

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a) Promover un clima de participación democrática y propiciar en forma permanente una reflexión crítica y responsable, en todo el ámbito organizacional. b) Definir las orientaciones generales de los niveles y modalidades educativas que se encuentran en su órbita. c) Designar a los integrantes de los Consejos de Educación, según lo establecido en el artículo 65 de esta ley. d) Homologar los planes de estudio aprobados por los Consejos de Educación y el Consejo Directivo del Instituto Universitario de Formación en Educación. e) Definir el proyecto de presupuesto y de rendición de cuentas, como resultado de un proceso de elaboración que atienda las diferentes propuestas de los Consejos de Educación, del Instituto Universitario de Formación en Educación y considere las iniciativas de otros sectores de la sociedad. f) Representar al ente en las ocasiones previstas por el artículo 202, inciso tercero de la Constitución, oyendo previamente a los Consejos respectivos en los asuntos de su competencia. g) Dictar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. h) Aprobar los Estatutos de los funcionarios docentes y no docentes del servicio, con las garantías establecidas en la Constitución y en esta ley. i) Designar al Secretario General y al Secretario Administrativo del Consejo Directivo Central con carácter de cargos de particular confianza. El Secretario Administrativo deberá haber sido funcionario del ente por un lapso no menor a diez años. j) Destituir por ineptitud, omisión o delito, a propuesta de los Consejos y del Instituto Universitario de Educación cuando dependieren de éstos y con las garantías que fija la ley y el Estatuto, al personal docente, técnico, administrativo, de servicio u otro de todo el ente. k) Destituir por ineptitud, omisión o delito a los miembros de los Consejos de Educación y del Instituto Universitario de Educación, por cuatro votos conformes y fundados, previo ejercicio del derecho constitucional de defensa.

l) Coordinar los servicios de estadística educativa del ente. m) Conceder las acumulaciones de sueldo que sean de interés de la Educación y se gestionen conforme a las leyes y reglamentos. n) Establecer lineamientos generales para la supervisión y fiscalización de los institutos privados habilitados de educación inicial, primaria, media y técnico profesional, siguiendo los principios generales de esta ley y los criterios establecidos por cada Consejo de Educación, con participación de representantes de las instituciones de educación privada. o) Resolver los recursos de revocación interpuestos contra sus actos, así como los recursos jerárquicos. p) Organizar o delegar la educación formal de personas jóvenes y adultas en los niveles correspondientes. q) Delegar en los Consejos de Educación y en el Instituto Universitario de Educación, por resolución fundada, las atribuciones que estime conveniente. No son delegables las atribuciones que le comete la Constitución de la República y aquellas para cuyo ejercicio esta ley requiere mayorías especiales. Artículo 62. (Presencia de los Directores de los Consejos de Educación).- El Consejo Directivo Central, en cumplimiento de las competencias indicadas en los literales b), d), e) y h) del artículo precedente, tomará decisión con la presencia de los Directores Generales de los Consejos, sin perjuicio de que pueda convocarlos cada vez que lo entienda pertinente. El Consejo Directivo Central convocará a los Directores Generales de los Consejos y del Instituto Universitario de Educación cada vez que lo entienda pertinente y cuando se traten asuntos relacionados con las competencias de los respectivos consejos. Artículo 63. (De las remuneraciones, incompatibilidades y prohibiciones).- El Presidente del Consejo Directivo Central percibirá idénticas remuneraciones que un Secretario de Estado y los demás Consejeros el equivalente al noventa por ciento de su remuneración. Terminado el ejercicio del cargo, los integrantes del Consejo Directivo Central y de los Consejos tendrán derecho a ser restablecidos en su caso a la situación docente que ocupaban o que tenían derecho a ocupar, en el momento de asumir sus funciones, sin perjuicio de la aplicación del régimen de seguridad social que corresponda. Será aplicable lo dispuesto

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en los artículos 200 y 201 de la Constitución y no podrán tener vinculaciones laborales o patrimoniales con instituciones de enseñanza privada, ni desempeñar la función docente a título particular en la órbita de la educación básica y general. CAPÍTULO VI Consejos de Educación Artículo 64. (Ámbito de competencia).- Cada Consejo será responsable en el ámbito de la ANEP de los siguientes niveles educativos de la educación formal: a) el Consejo de la Educación Inicial y Primaria (CEIP) tendrá a su cargo la educación inicial y la educación primaria; b) el Consejo de Educación Media Básica (CEM Básica) tendrá a su cargo la educación media básica; c) el Consejo de Educación Media Superior (CEM Superior) tendrá a su cargo la educación media superior general (bachilleratos diversificados); d) el Consejo de Educación Técnica y Profesional (UTU) tendrá a su cargo la formación profesional, la educación media superior técnica (bachilleratos tecnológicos), la educación media superior orientada al ámbito laboral y la educación terciaria técnica (tecnicaturas). Artículo 65. (Cometidos de los Consejos).- Compete a los Consejos de Educación: 1. Promover un clima de participación democrática y propiciar en forma permanente una reflexión crítica y responsable, en todo el ámbito de la institución a su cargo. 2. Desarrollar los procesos de enseñanza y aprendizaje correspondientes a su respectivo nivel educativo. 3. Verificar en el caso de los Consejos de Educación Media Básica, Educación Media Superior y Educación Técnica y Profesional (UTU), la aprobación o validación en su caso del nivel anterior, así como habilitar para cursar los niveles educativos superiores correspondientes. 4. Aprobar los planes de estudio y los programas de las asignaturas que ellos incluyan. 5. Administrar los servicios y dependencias a su cargo. 6. Supervisar el desarrollo de los planes, programas y cursos.

7. Reglamentar la organización y el funcionamiento de los servicios a su cargo y adoptar las medidas que los mismos requieran. 8. Realizar toda clase de nombramientos, reelecciones, ascensos y sanciones, así como otorgar licencias y designar el personal docente y no docente, conforme al Estatuto del Funcionario y a las ordenanzas que apruebe el Consejo Directivo Central. Podrán también dictar normas en esta materia con arreglo al Estatuto y a las ordenanzas. 9. Proponer al CDC de la ANEP la destitución del personal docente o no docente a su cargo, por razones de ineptitud, omisión o delito con las garantías que fija la ley y el Estatuto respectivo. 10. Designar al Secretario General de cada Consejo, con carácter de cargo de particular confianza, quien deberá haber sido funcionario del ente por un lapso no menor a diez años. 11. Proyectar las normas estatutarias que crea necesarias para sus funcionarios y elevadas al Consejo Directivo Central a los efectos de su aprobación e incorporación al Estatuto de los Funcionarios del ente. 12. Proyectar los presupuestos de sueldos, gastos e inversiones correspondientes al nivel educativo asignado y sus modificaciones; así como las rendiciones de cuentas y balances de ejecución presupuestal correspondientes a los servicios a su cargo. 13. Habilitar, autorizar, supervisar y fiscalizar los institutos del nivel educativo correspondiente, en consonancia con los lineamientos aprobados por el Consejo Directivo Central. 14. Conferir y revalidar certificados de estudio nacionales y revalidar certificados de estudio extranjeros en los niveles y modalidades de educación a su cargo. 15. Adoptar las resoluciones atinentes al ámbito de su competencia, salvo aquellas que por la Constitución, la presente ley y las ordenanzas correspondan a los demás órganos. 16. Ejercer las demás atribuciones que le delegare especialmente el Consejo Directivo Central. Artículo 66. (De la designación o elección de los integrantes de los Consejos).- Los Consejos de Educación Inicial y Primaria, de Educación Media Básica y de Educación Media Superior y de Educación Téc-

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nico Profesional (UTU) se integrarán con tres miembros que hayan ejercido la docencia en la educación pública por un lapso no menor a diez años. Dos de ellos serán designados por el Consejo Directivo Central por cuatro votos conformes y fundados. De no haberse realizado las designaciones a los sesenta días de instalado el Consejo Directivo Central o en el mismo plazo en caso de vacancia definitiva, la designación podrá ser realizada por mayoría absoluta de integrantes del Consejo. Por el mismo procedimiento y con el mismo sistema de mayoría especial, será designado el Director General de cada Consejo. El tercer miembro de cada Consejo será electo por el cuerpo docente del mismo, según la reglamentación que oportunamente apruebe el Consejo Directivo Central. Durarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos solamente por un período subsiguiente debiendo para una nueva elección mediar por lo menos cinco años desde su cese. La elección estará a cargo de la Corte Electoral y se deberá realizar en el año anterior a las elecciones nacionales. Artículo 67. (Atribuciones de los Presidentes del Consejo Directivo Central y de los Directores Generales de los Consejos de Educación).- El Presidente del Consejo Directivo de la ANEP y los Directores Generales de los Consejos de Educación, tendrán las siguientes atribuciones: 1. Presidir los Consejos respectivos, dirigir las sesiones, cumplir y hacer cumplir los reglamentos y resoluciones. 2. Representar al Consejo cuando corresponda. 3. Autorizar los gastos que sean necesarios, dentro de los límites que establezcan la ley y las ordenanzas. 4. Tomar resoluciones de carácter urgente que estime necesarias para el cumplimiento del orden y el respeto de las disposiciones reglamentarias. En ese caso dará cuenta al Consejo en la primera sesión ordinaria, y éste podrá oponerse por mayoría de votos de sus componentes, debiendo fundar su oposición. 5. Adoptar las medidas de carácter disciplinario que correspondan, dando cuenta al Consejo en la forma señalada en el inciso precedente. 6. Inspeccionar el funcionamiento de las reparticiones de su competencia y tomar las medidas que correspondan.

7. Preparar y someter a consideración del Consejo los proyectos que estime conveniente. Artículo 68. (Vacancia).- En caso de vacancia temporal por licencia o impedimento, o vacancia definitiva del Presidente del Consejo Directivo Central o de los Directores Generales de los Consejos, el Consejo Directivo Central, por mayoría simple, designará a quien ocupe esa función en forma interina hasta tanto se reincorpore o designe en su caso, al titular. CAPÍTULO VII Estatuto del Docente y del Funcionario Artículo 69. (Del Estatuto Docente y del Funcionario no Docente).- El Consejo Directivo Central de la ANEP, previa consulta a los Consejos e Instituto Universitario de Educación, aprobará el Estatuto Docente y el Estatuto del Funcionario, de acuerdo a las siguientes bases: 1. Para el ejercicio de cargos docentes, administrativos y de servicio será preciso acreditar dieciocho años de edad cumplidos y estar inscriptos en el Registro Cívico Nacional, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 76 de la Constitución de la República. 2. Los Maestros de Educación Inicial y Primaria y los Profesores de Educación Media Básica deberán poseer el respectivo título habilitante. 3. El sistema de concurso será de precepto para ocupar en efectividad cualquier cargo docente, así como será obligatorio para el ingreso y ascenso del personal administrativo. 4. A los efectos de la carrera docente se jerarquizará la evaluación del desempeño en el aula, los cursos de perfeccionamiento o postgrado, así como las publicaciones e investigaciones realizadas por los docentes. 5. La destitución de los funcionarios sólo podrá ser resuelta por causa de ineptitud, omisión o delito, previo sumario durante el cual el inculpado haya tenido oportunidad de presentar sus descargos, articular su defensa y producir prueba. Artículo 70. (De las Asambleas Técnico Docentes).- En cada Consejo de Educación funcionará una Asamblea Técnico Docente (ATD) representativa del cuerpo docente que tendrá derecho a iniciativa y función consultiva en aspectos educativos de la rama específica y de educación general. El Consejo Directivo Central reglamentará su funcionamiento, previa opinión de los Consejos respectivos.

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Las Asambleas Técnico Docentes serán preceptivamente consultadas antes de la aprobación o modificación de Planes o Programas del nivel correspondiente. En cada Centro Educativo (escuela, liceo o instituto de enseñanza media o técnica), funcionará una Asamblea Técnico Docente con función consultiva y derecho a iniciativa frente a la Dirección del Centro Educativo. Se relacionará con la ATD nacional de la forma que la reglamentación lo indique. CAPÍTULO VIII De las Comisiones Consultivas Artículo 71. (De las Comisiones Consultivas).- En cada Consejo de Educación se integrarán Comisiones Consultivas de funcionarios no docentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la Constitución de la República, de estudiantes y de madres, padres o responsables. En el Consejo de Educación Técnico Profesional (UTU), se integrará una o más Comisiones Consultivas con participación de trabajadores y empresarios. El Consejo Directivo Central, en consulta con los Consejos respectivos, reglamentará la conformación y funcionamiento de estas Comisiones, a propuesta de los respectivos Consejos. CAPÍTULO IX Derechos y deberes de los educandos y de madres, padres o responsables Artículo 72. (De los derechos de los educandos).Los educandos de cualquier centro educativo tendrán derecho a: 1. Recibir una educación de calidad y acceder a todas las fuentes de información y cultura, según lo establecido por la presente ley. 2. Participar, emitiendo opinión y realizando propuestas a las autoridades de los centros educativos y de los Consejos de Educación, en aspectos educativos y de gestión del centro educativo. 3. Recibir los apoyos educativos específicos y necesarios en caso de discapacidad o enfermedad que afecte su proceso de aprendizaje. 4. Agremiarse y reunirse en el local del centro educativo, siempre que no obstaculice el normal funcionamiento de los mismos. Cada Consejo y centro educativo reglamentará el ejerci-

cio de este derecho, con participación de los educandos. Artículo 73. (De los deberes de los educandos).Los educandos de cualquier centro educativo tendrán el deber de: 1. Cumplir con los requisitos para el cumplimiento de los planes y programas de estudio aprobados y para la aprobación de los cursos respectivos. 2. Respetar la normativa vigente y las resoluciones de los órganos competentes y de las autoridades del centro educativo. 3. Respetar los derechos de todas las personas que integran la comunidad educativa (docentes, funcionarios, estudiantes, familiares y responsables). Artículo 74. (De las alumnas en estado de gravidez).- Las alumnas en estado de gravidez tendrán derecho a continuar con sus estudios, en particular el de acceder y permanecer en el centro educativo, a recibir apoyo educativo específico y justificar las inasistencias pre y post parto, las cuales no podrán ser causal de pérdida del curso o año lectivo. Artículo 75. (De los derechos y deberes de las madres, los padres o responsables).- Las madres, los padres o responsables de los educandos tienen derecho a: 1. Que su hijo o representado pueda concurrir y recibir clase regularmente en el centro educativo que le corresponda y así poder cumplir con la obligatoriedad establecida en esta ley. 2. Participar de las actividades del centro educativo y elegir a sus representantes en los Consejos de Participación establecidos en el artículo 75 y en las Comisiones Consultivas que se constituyan según lo establecido en el artículo 70 de esta ley. 3. Ser informados periódicamente acerca de la evolución del aprendizaje de sus hijos o representados. Las madres, los padres o responsables de los educandos tienen el deber de: 1. Asegurar la concurrencia regular de su hijo o representado al centro educativo, de forma de cumplir con la educación obligatoria establecida en esta ley. 2. Seguir y apoyar el proceso de aprendizaje de su hijo o representado.

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3. Respetar y hacer respetar a sus hijos o representados la autoridad pedagógica del docente, las normas de convivencia del centro educativo y los demás integrantes de la comunidad educativa (educandos, funcionarios, padres o responsables). CAPÍTULO X Consejos de Participación Artículo 76. (Concepto).- En todo centro educativo público de Educación Inicial, Primaria, Media Básica y Medio Superior y Educación Técnico Profesional, funcionará un Consejo de Participación integrado por: estudiantes o participantes, educadores o docentes, madres, padres o responsables y representantes de la comunidad. Los respectivos Consejos de Educación reglamentarán su forma de elección y funcionamiento. Artículo 77. (Cometidos).- A los Consejos de Participación les compete realizar propuestas a la Dirección del centro educativo en relación a: 1. Al proyecto educativo que en ejercicio de su responsabilidad profesional elabore la dirección y el cuerpo docente del centro educativo. 2. La suscripción de acuerdos y convenios con otras instituciones según lo establecido en el artículo 43 de la presente ley. 3. La realización de obras en el centro educativo. 4. La obtención de donaciones y otros recursos extrapresupuestales. 5. Al destino de los recursos obtenidos y asignados. 6. Al funcionamiento del centro educativo. 7. La realización de actividades sociales y culturales, en el centro educativo. 8. Sobre todo aquello que lo consulte la Dirección del centro educativo. CAPÍTULO XI La Educación Terciaria Artículo 78. (Ámbito).- La Educación Terciaria Pública se constituirá con: la Universidad de la República, el Instituto Universitario de Educación y los Institutos de Educación Terciaria. Artículo 79. (Régimen Legal).- La Universidad de la República se regirá por la Ley Nº 12.549, de 16 de octubre de 1958. El Instituto Universitario de Educa-

ción y los Institutos de Educación Terciaria se regirán por las disposiciones de esta ley. Artículo 80. (Ingreso).- La Educación Terciaria Pública facilitará el ingreso a sus cursos y carreras a los estudiantes que hayan cursado en otras instituciones terciarias, por medio de reválidas, o del reconocimiento de los créditos correspondientes. Artículo 81. (De la educación terciaria privada).La educación terciaria privada se regirá por lo establecido en la Ley Nº 15.661 y sus decretos reglamentarios. CAPÍTULO XII Instituto Universitario de Educación Artículo 82. (Creación).- Créase el Instituto Universitario de Educación que funcionará en la órbita de la Administración Nacional de Educación Pública. Artículo 83. (Naturaleza y cometidos).- El Instituto Universitario de Educación es un órgano desconcentrado de la ANEP de carácter universitario y desarrollará actividades de enseñanza, investigación y extensión. Formará maestros, profesores y educadores sociales, así como otorgará otras titulaciones que la educación nacional requiera. Artículo 84. (Estructura y funcionamiento).- Se encomienda a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública la conformación de una comisión de trabajo con representantes del MEC, ANEP, INAU y Universidad de la República, que en un plazo de un año de promulgada la presente ley, elabore, teniendo en cuenta las formaciones en educación existentes al momento de aprobarse la presente ley, una propuesta de estructura y funcionamiento del Instituto Universitario de Educación que contemple la participación en su órgano de conducción de los órdenes docente, estudiantil y de egresados, en forma de cogobierno. La propuesta será aprobada por la Comisión Coordinadora del SNEP, previa resolución expresa de los organismos que la integran. Artículo 85. (Validación de títulos anteriores a la fecha de creación del Instituto Universitario de Educación).- El Poder Ejecutivo, a propuesta de la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, reglamentará, en un plazo no mayor a los dieciocho meses de promulgada la presente ley, el procedimiento para revalidar los títulos docentes otorgados por ANEP con anterioridad a la fecha de creación del Instituto Universitario de Educación.

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CAPÍTULO XIII Institutos de Educación Terciaria Artículo 86. (Creación).- Créanse los Institutos de Educación Terciaria que funcionarán en la órbita de la Administración Nacional de Educación Pública. Artículo 87. (Estructura y funcionamiento).- Se encomienda a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública la conformación de una comisión de trabajo con representantes del MEC, del CDC de la ANEP, del CETP-UTU y de la Universidad de la República, con el cometido de elaborar, en un plazo de un año a partir de la promulgación de la presente ley, un proyecto académico y organizativo para la creación y funcionamiento de Institutos de Educación Terciaria que funcionarán en la órbita de la Administración Nacional de la Educación Pública, para el dictado de carreras terciarias teniendo en cuenta necesidades e intereses nacionales y locales. La comisión recabará opiniones y propuestas de las Asambleas Técnico Docentes, así como de sindicatos de trabajadores y de organizaciones empresariales. La propuesta será aprobada por la Comisión Coordinadora del SNEP, previa resolución expresa de los organismos que la integran. CAPÍTULO XIV Descentralización y coordinación territorial Artículo 88. (Concepto).- La descentralización y coordinación territorial entre todas las instituciones vinculadas a la educación es un elemento central para el logro de las metas educativas. Artículo 89. (Creación de las Comisiones Departamentales de Educación).- Créanse por cada departamento de la República una Comisión Coordinadora Departamental de la Educación integrada por los siguientes representantes: uno por cada Consejo de Educación de la ANEP, del Instituto Universitario de Educación, del Instituto Nacional de Educación no Formal, del Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia, de la Universidad de la República y del Gobierno Departamental. La Comisión Coordinadora del SNEP reglamentará el funcionamiento de las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación y podrá establecer mecanismos de coordinación regional, entre las Comisiones Departamentales. Artículo 90. (Cometidos).- Las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación tendrán los siguientes cometidos:

1. Coordinar acciones en el departamento. 2. Convocar a los representantes de los Consejos de Participación de los Centros Educativos para recibir opinión acerca de las políticas educativas en el departamento. 3. Promover la coordinación de planes y programas procurando se contemple las necesidades, intereses y problemas locales. 4. Asesorar a los diferentes órganos del SNEP en la aplicación de los recursos en el departamento y en la construcción y reparación de locales de enseñanza. 5. Difundir, seleccionar y proponer las becas a otorgarse a estudiantes con dificultades económicas, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 15.851 y en función de lo previsto en el artículo 95 de la presente ley. CAPÍTULO XV Instituto Nacional de Educación No Formal Artículo 91. (Creación).- Créase el Instituto Nacional de Educación No Formal, como órgano desconcentrado del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 92. (Integración).- El Instituto Nacional de Educación No Formal tendrá un Consejo Directivo integrado por tres representantes designados respectivamente por la ANEP, la Universidad de la República y el Ministro de Educación y Cultura, que lo presidirá. Artículo 93. (Cometidos).- Al Instituto de Educación No Formal le compete: 1. Articular los programas y proyectos de educación no formal que se desarrollen en el país, en función de los principios, orientaciones y fines que determina esta ley. 2. Ejecutar programas y proyectos de educación no formal. 3. Llevar un registro de instituciones de educación no formal. 4. Promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal. 5. Orientar y supervisar los proyectos y acciones de las instituciones privadas de educación no formal que se desarrollen en el país. Artículo 94. (De la Dirección).- El Instituto Nacional de Educación No Formal tendrá un Director Ejecutivo, que tendrá la responsabilidad de implementar las propuestas de educación no formal de acuerdo a las

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directivas del Consejo Directivo dictadas en función de los principios, fines y orientaciones de esta ley, así como de las recomendaciones del Consejo Asesor y Consultivo El Director será designado por el Consejo Directivo previa selección, mediante concurso abierto de méritos y oposición. El tribunal de dicho concurso estará integrado por un representante de la ANEP, uno de la Universidad de la República y uno del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 95. (Del Consejo Asesor y Consultivo).Créase el Consejo Asesor y Consultivo del Instituto Nacional de Educación No Formal integrado por el Consejo Directivo, que lo presidirá, y un representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, del Ministerio de Desarrollo Social, del Ministerio de Deporte y Turismo, del Instituto Nacional de la Juventud, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, del Congreso de Intendentes, y por dos representantes de los educadores y por dos de las instituciones de educación no formal privada. El Consejo Asesor y Consultivo del Instituto Nacional de Educación No Formal tendrá funciones de asesoramiento y consulta, así como iniciativa en materia de educación en general y de educación no formal en particular, y promoverá la coordinación de programas y proyectos de educación no formal. El Instituto Nacional de Educación No Formal consultará al Consejo Asesor y Consultivo en las materias de su competencia. CAPÍTULO XVI Comisión Coordinadora de la Educación de Personas Jóvenes y Adultas (EPJA) Artículo 96. (Creación).- Créase la Comisión Coordinadora de la Educación de Personas Jóvenes y Adultas en la órbita del Instituto Nacional de Educación No Formal. Artículo 97. (Integración).- La Comisión Coordinadora de la Educación de Personas Jóvenes y Adultas se integrará por un representante de cada Consejo de Educación o Dirección de la ANEP que realice actividades de Educación de Jóvenes y Adultos, uno del Ministerio de Desarrollo Social y uno del Instituto Nacional de Educación No Formal que lo coordinará. Artículo 98. (Cometidos).- La Comisión Coordinadora de la Educación de Personas Jóvenes y Adultas tendrá los siguientes cometidos: 1. Coordinar las acciones educativas dirigidas a personas mayores de 15 años.

2. Promover y coordinar planes de alfabetización. 3. Articular acciones con sectores de la sociedad civil que trabajan en la educación de personas jóvenes y adultas. 4. Impulsar campañas educativas dirigidas a personas jóvenes y adultas. 5. Impulsar acciones para la atención educativa de la población carcelaria. CAPÍTULO XVII La Educación en la Primera Infancia Artículo 99. (Integración).- La Educación en la Primera Infancia, definida en el artículo 40 de esta ley, estará a cargo, según sus respectivos ámbitos de competencia, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), la Administración Nacional de la Educación Pública (ANEP) y el Ministerio de Educación y Cultura (MEC). El INAU regirá la educación de niños y niñas de estas edades que participen en programas, proyectos y modalidades de intervención social bajo su ámbito de actuación, en consonancia con lo establecido por la Ley Nº 15.977, de 14 de setiembre de 1988, y el artículo 68 de la Ley Nº 17.823, de 7 de diciembre de 2004. La ANEP supervisará y orientará la educación en la primera infancia que ofrezcan las instituciones privadas habilitadas por el Consejo de Educación Inicial y Primaria. El MEC autorizará, supervisará y orientará la educación de los Centros de Educación Infantil Privados definidos en el artículo 105, según lo establecido por la presente ley. Artículo 100. (Creación del Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia).- Créase el Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia como órgano desconcentrado del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 101. (Integración del Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia).- El Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia estará integrado por un representante del Ministerio de Educación y Cultura, que lo presidirá, y representantes del Consejo de Educación Inicial y Primaria de la ANEP, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, del Ministerio de Salud Pública, del Congreso de Intendentes, de los educadores en Primera Infancia y de los Centros de Educación Infantil Privados.

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Artículo 102. (Cometidos).- Al Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia le compete: 1. Promover una educación de calidad en la primera infancia. 2. Articular y coordinar los programas y proyectos de educación en la primera infancia que se desarrollen en el país, en función de los principios, orientaciones y fines que determina esta ley. 3. Realizar propuestas relacionadas con la educación en la primera infancia a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública y a la Comisión Nacional de Educación. 4. Promover la articulación de las políticas educativas con las políticas públicas para la primera infancia. 5. Promover la profesionalización de los educadores en la primera infancia. 6. Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura para la autorización, supervisión y orientación de los Centros de Educación Infantil Privados. Artículo 103. (Cometidos del Ministerio de Educación y Cultura en la Educación en la Primera Infancia).- El Ministerio de Educación y Cultura tendrá los siguientes cometidos relacionados con la Educación en la Primera Infancia: a) Autorizar el funcionamiento de los Centros de Educación Infantil Privados, definidos en el artículo 105. b) Llevar el Registro Nacional de Centros de Educación Infantil Privados sustituyendo al Registro Nacional de Guarderías creado por la Ley Nº 16.802. c) Supervisar y controlar los Centros de Educación Infantil Privados. d) Aplicar sanciones, cuando los Centros de Educación Infantil Privados no cumplan con la normativa, desde la observación hasta la clausura definitiva del Centro. También podrá recomendar sanciones económicas en aplicación de los artículos 95 y concordantes del Código Tributario. Artículo 104. (De la Dirección).- El Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia tendrá un Director Ejecutivo, que será responsable de implementar las propuestas de educación en la primera

infancia de acuerdo a las orientaciones del Consejo Coordinador establecidas en función de los principios, fines y orientaciones de esta ley. El Director Ejecutivo será designado, previa selección, mediante concurso abierto de méritos y oposición. El tribunal de dicho concurso estará integrado por un representante de la ANEP, del INAU, del MSP y del MEC. CAPÍTULO XVIII Los Centros de Educación Infantil Privados Artículo 105. (Concepto).- Toda institución que desarrolle actividades de educación de niños y niñas entre 0 y 5 años de edad en forma presencial, por períodos de doce horas o más semanales, deberá estar habilitada o autorizada para funcionar por los organismos competentes -ANEP, MEC o INAU- en el marco de esta ley y de las competencias correspondientes. Se considera Centro de Educación Infantil Privado, a todos los efectos legales, toda institución que cumpla con lo establecido en el inciso anterior, independientemente de su razón social -incluyendo instituciones oficiales, intendencias municipales o empresas públicas-, y que no sea habilitada o supervisada por la ANEP o el INAU. Los Centros de Educación Infantil Privados, realizarán su actividad en el marco de la Constitución de la República y esta ley. Asimismo, el Estado velará por el cabal cumplimiento del respeto a los derechos del niño, especialmente en los consagrados en las Leyes Nos. 16.137 (Convención sobre los Derechos del Niño) del 28 de setiembre de 1990 y 17.823 (Código de la Niñez y la Adolescencia) del 7 de setiembre de 2004. Artículo 106. (Condiciones Generales para la autorización).- Los Centros de Educación Infantil Privados, deberán contar con personal idóneo para la atención de niños y orientar sus actividades hacia fines educativos, constituyéndose en espacios educativos de calidad, implementando proyectos institucionales con lineamientos curriculares específicos y acordes a las características de la edad. Artículo 107. (Requisitos para la autorización).Los Centros de Educación Infantil Privados para ser autorizados a funcionar deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Tener un proyecto educativo. 2. Un Director responsable técnico de la institución, que deberá poseer título de nivel terciario

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universitario vinculado al área educativa, social o de la salud, expedidos por el Instituto Universitario de Educación, la Universidad de la República o revalidados, o tengan reconocimiento del Ministerio de Educación y Cultura en el marco de lo establecido por el Decreto 308/1995, de 11 de agosto de 1995. 3. Al menos la mitad del personal de docencia directa deberá ser egresado de carreras o cursos específicos en la materia, cuyos planes de estudio supongan más de 500 horas de duración, dictadas durante un año lectivo completo. Esa nómina incluirá otro profesional que deberá poseer título de nivel terciario con formación específica en las áreas de educación, social o de la salud expedidos por el Instituto Universitario de Educación, la Universidad de la República o revalidados, o tengan reconocimiento del Ministerio de Educación y Cultura en el marco de lo establecido por el Decreto 308/1995, de 11 de agosto de 1995. 4. El inmueble y las instalaciones deberán cumplir las normas de higiene, salud y seguridad, así como las comodidades básicas para satisfacer las necesidades de los niños matriculados y contar con las certificaciones correspondientes. 5. No podrán instalarse a menos de cien metros de locales donde se estuvieran desarrollando actividades potencialmente peligrosas para la salud física o moral de los niños, asimismo esas actividades no podrán instalarse para funcionar en locales a menos de cien metros de distancia de un centro de educación infantil ya funcionando. CAPÍTULO XIX Educación policial y militar Artículo 108. (Concepto).- La educación policial y militar, en sus aspectos específicos y técnicos estará a cargo de los Ministerios del Interior y Defensa Nacional respectivamente. Los aspectos curriculares generales se regirán por los mismos criterios que los niveles educativos correspondientes. La selección e ingreso de los docentes, cumplirá los mismos requerimientos que se establezcan para cada nivel educativo. En sus planes de estudio deberán estar presentes las líneas transversales establecidas en el artículo 42 de esta ley. Con respecto a la educación terciaria se regirán de acuerdo a la normativa y disposiciones que emanen de esta ley y las que se dicten a sus efectos.

CAPÍTULO XX Coordinación del Sistema Nacional de Educación Pública Artículo 109. (Creación).- Créase la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública, que funcionará en la órbita del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 110. (Integración).- La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública, se integrará por: 1. El Ministro o en su defecto el Subsecretario de Educación y Cultura, que la presidirá. 2. El Director de Educación del Ministerio de Educación y Cultura. 3. Rector de la Universidad de la República o en su defecto el Vice-Rector. 4. Dos integrantes del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República. 5. El Presidente o en su defecto otro integrante del Consejo Directivo Central de la ANEP. 6. Dos integrantes del Consejo Directivo Central de la ANEP. Artículo 111. (Cometidos).- A la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública le compete: 1. Velar por el cumplimiento de los fines y principios establecidos en la presente ley. 2. Coordinar y concertar las políticas educativas de la educación pública e impartir recomendaciones a los entes. 3. Promover la planificación de la educación pública. 4. Cumplir con los cometidos expresamente señalados en esta ley. 5. Promover la aplicación de los principios, fines y orientaciones generales que emanan de esta ley. 6. Convocar al Congreso Nacional de Educación. Artículo 112. (De la Secretaría Ejecutiva).- La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública tendrá una Secretaría Ejecutiva con el cometido de apoyar el funcionamiento e implementar sus resoluciones. El Ministerio de Educación y Cultura y los Entes de Enseñanza designarán los funcionarios asignados a

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la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública. Artículo 113. (De la coordinación en Educación en Derechos Humanos).- La Comisión Coordinadora del SNEP conformará una Comisión Nacional para la Educación en Derechos Humanos que tendrá como cometido proponer líneas generales en la materia. Artículo 114. (De la coordinación en educación física, la recreación y el deporte).- La Comisión Coordinadora del SNEP conformará una Comisión a los efectos de coordinar políticas, programas y recursos, así como promover y jerarquizar la educación física, la recreación y el deporte en el ámbito educativo. Artículo 115. (Coordinación del Sistema Nacional de Becas).- La Comisión Nacional de Becas, constituida de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 15.851, aprobará las solicitudes de becas que las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación le remitan a su consideración. La supervisión será realizada por la Comisión Nacional de Becas con la colaboración de las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación. La Comisión Nacional de Becas procurará articular los sistemas de becas y apoyos a estudiantes para lograr una mayor racionalidad en la gestión y mayor impacto en los fines perseguidos con las becas. TÍTULO VII INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Artículo 116. (Creación).- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” como órgano desconcentrado con carácter privativo la Unidad Ejecutora “Instituto Nacional de Evaluación Educativa”. Artículo 117. (Dirección).- El Instituto será dirigido por una Comisión integrada por cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo: uno a propuesta del Ministerio de Educación y Cultura que la presidirá; dos a propuesta del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública; uno propuesto por la Universidad de la República y uno propuesto por la educación privada de nivel inicial, primaria y media. Los miembros deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y conocimiento en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados nuevamente por única vez por igual período de-

biendo mantenerse hasta la designación de quienes deberán sucederlos. Artículo 118. (Cometidos).- El Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá como cometido evaluar la calidad de la educación nacional, a través de estudios específicos y el desarrollo de líneas de investigación educativas. Asimismo deberá: 1. Evaluar la calidad educativa en el Uruguay en sus niveles inicial, primario y medio. 2. Aportar información que contribuya a garantizar el derecho de los educandos a recibir una educación de calidad. 3. Aportar información acerca de los aprendizajes de los educandos. 4. Rendir cuentas a la sociedad acerca del grado de cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por los diferentes organismos, entes y demás instituciones educativas. 5. Favorecer la investigación educativa. 6. Proponer criterios y modalidades en los procesos evaluativos del Sistema Nacional de Educación en los niveles inicial, primario y medio. 7. Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura y a la Administración Nacional de Educación Pública en cuanto a la participación en instancias internacionales de evaluación y realizar los procesos correspondientes a las mismas. 8. Celebrar convenios con instituciones públicas o privadas a fin de lograr el cumplimiento de sus cometidos. Artículo 119. (De la Dirección Ejecutiva).- Créase una función de Alta Prioridad de Director Ejecutivo que se considerará incluida en el artículo 7º de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. El Director Ejecutivo será designado por el Poder Ejecutivo previo concurso abierto de oposición y méritos. Artículo 120. (Informe del Estado de la Educación).- El Instituto Nacional de Evaluación Educativa cada dos años realizará un Informe sobre el Estado de la Educación en el Uruguay que tendrá en cuenta entre otros aspectos los resultados de las pruebas de evaluación nacionales o internacionales en las que el país participe, el acceso, la cobertura y la permanencia en cada nivel educativo, los resultados del aprendizaje, la relevancia y la pertinencia de las propuestas

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y contenidos educativos y la evolución y características del gasto educativo. El mismo será aprobado por el Poder Ejecutivo el que lo comunicará al Poder Legislativo y a los distintos organismos de la enseñanza. En el marco de sus respectivas competencias corresponde a cada organismo de enseñanza brindar al Instituto los medios necesarios para obtener la información que se requiera para realizar el referido Informe e implementar las evaluaciones en las que participen los centros dependientes de su órbita. Artículo 121. (Criterios Rectores).- Para la evaluación de la calidad de la educación el Instituto tendrá en cuenta los siguientes criterios rectores: 1. La coherencia entre los currículos y recursos educativos con las orientaciones, principios y fines de la educación establecidos en la presente ley. 2. La calidad de la formación y el desarrollo profesional de los docentes. 3. La eficiencia de la administración de los recursos humanos y materiales disponibles y de las condiciones edilicias y equipamiento de los centros educativos. La evaluación se realizará según normas técnicas e indicadores establecidos por la Comisión del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. TÍTULO VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y EXCEPCIONALES A) Las autoridades del Consejo Directivo de la ANEP y de los Consejos de Educación en ejercicio al momento de la promulgación de la presente ley se mantendrán en sus funciones hasta la designación de los nuevos integrantes, de acuerdo a los mecanismos establecidos en esta ley. La renovación de la integración de los nuevos Consejos se realizará por única vez en forma completa y conjunta, ingresando al mismo tiempo los designados y los electos por el cuerpo docente. B) Hasta tanto se integre el Instituto Universitario de Educación, se faculta al Consejo Directivo Central de la ANEP a adoptar las decisiones que correspondan para mantener la continuidad de los servicios a su cargo. C) La Administración Nacional de Educación Pública deberá incorporar a la escuela a todo niño de cuatro años de edad, cuyos padres o res-

ponsables legales hayan solicitado su matriculación, a partir del 1° de enero de 2009. D) La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, al efecto de cumplir con la obligatoriedad de la educación media superior, establecida en el artículo 10 de esta ley remitirá a la Asamblea General antes del 1 ° de setiembre de 2010, un plan específicamente diseñado para tal fin. E) La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública remitirá a la Asamblea General, antes del 1º de setiembre de 2010, un plan con el objetivo de asegurar a los alumnos de educación primaria y educación media básica un mínimo de 900 horas anuales de actividad curricular y para avanzar en la implementación de la extensión del tiempo pedagógico en esos niveles. F) A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 64 literal b) se crea una Comisión integrada por representantes de los Consejos de Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Técnico-Profesional (UTU) con el cometido de elaborar una propuesta de Educación Media Básica, a partir de las experiencias de los Ciclos Básicos de las diferentes modalidades existentes, incluyendo 7º, 8º y 9º año del medio rural. La Comisión deberá constituirse en los siguientes noventa días, recibirá la opinión de las Asambleas Técnico Docentes y elevará su informe para consideración y aprobación del CDC de la ANEP, con la presencia de los Directores Generales de los Consejos de Educación, en un plazo de un año a partir de la instalación formal de la misma. G) Se encomienda al Consejo de Educación Media Básica elaborar en un plazo de 180 días de su creación, un plan para asegurar el cumplimiento del literal 2 del artículo 69 de la presente ley, el que será aprobado por el CDC en presencia de los Directores Generales de los Consejos. H) El Poder Ejecutivo en un plazo de noventa días remitirá a la Asamblea General Poder Legislativo un proyecto de ley que establezca procedimientos adecuados, técnicamente diseñados y que ofrezca garantías a las instituciones y a la sociedad, para la autorización, el reconocimiento y el seguimiento de las instituciones privadas de educación terciaria. TÍTULO IX

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Derogaciones y observancia de esta ley Deróganse las siguientes leyes: la Nº 15.739 a excepción de los artículos 29 a 43; la Nº 16.115, de 3 de julio de 1990, la 16.802, de 16 de diciembre de 1996 y la Nº 18.154, de 9 de julio de 2007, así cómo todas las disposiciones legales que se opongan a esta ley. Montevideo, 2 de junio de 2008. MARÍA SIMON, RICARDO BERNAL, GONZALO FERNÁNDEZ, DANILO ASTORI, JOSÉ BAYARDI, VÍCTOR ROSSI, DANIEL MARTÍNEZ, JORGE BRUNI, MARÍA J. MUÑOZ, ERNESTO AGAZZI, HÉCTOR LESCANO, JACK COURIEL, MARINA ARISMENDI”. Anexo I al Rep. Nº 1267 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Educación y Cultura INFORME EN MAYORÍA Señores Representantes: El presente informe sintetiza los fundamentos por los cuales aconsejamos al Cuerpo la aprobación del proyecto de Ley General de Educación, fundamentos que ampliaremos y complementaremos en Sala. Conscientes del significativo papel que la educación tiene en la formación del ser humano y en la construcción social, como asimismo su ligazón con un proyecto de país apegado a valores de democracia, de justicia, de solidaridad y de progreso, es que se viene encarando una integralidad de acciones para que la educación cumpla con el rol que se le asigna. El crecimiento permanente y significativo de los recursos hasta llegar a la meta planteada del 4,5% del Producto Bruto Interno, ha permitido aumentar el poder adquisitivo de los trabajadores de la enseñanza, crear cargos que se hacían imprescindibles, realizar importantes inversiones en materia de infraestructura edilicia e invertir en planes, programas y equipamiento, fundamentales para mejores resultados educativos. La instrumentación del Plan Ceibal, de profundas características integradoras y que coloca a todos los niños y las niñas en pie de igualdad para el acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación, ha significado una acción revolucionaria que ha pasado a ser ejemplo a nivel internacional.

La obligatoriedad de la educación inicial en el nivel de cuatro años a partir del año 2009 y la obligatoriedad de la educación física en todas las clases de las escuelas públicas urbanas y rurales del país a partir de la misma fecha, marca dos nuevos e importantes mojones en lo que significa una acción más temprana en la educación formal y una concepción de formación integral del ser humano. La elaboración de nuevos planes y programas a nivel de Educación Primaria, Media y de Formación Docente, la incorporación de la enseñanza de la historia reciente y de una clara orientación, y acción para no retrasar más la educación sexual, forman parte de lo mucho que se ha venido trabajando y avanzando en la materia educativa. Todo ello debe complementarse con la aprobación de una nueva normativa legal que es un debe que se arrastra desde 1985, cuando en un período muy especial de la vida de nuestro país, en una etapa en la cual se salía de la dictadura y se procedía a la reinstitucionalización democrática se aprobó la Ley Nº 15.739, de 28 de marzo de 1985, denominada “Ley de Emergencia”, donde se hicieron los acuerdos mínimos para avanzar, con la conciencia plena, manifestada en el propio título de la ley que era para la emergencia y había que proceder a realizar transformaciones legales mucho más profundas. Veintitrés años han pasado de aquel entonces, hasta que el actual gobierno asume la responsabilidad de poner manos a la obra e inicia el proceso para aprobar la nueva Ley de Educación. Para ello se convoca a un participativo debate educativo donde, a lo largo y a lo ancho del país, a través de asambleas de base y de un congreso nacional, se vuelcan los más variados aportes que reflejaron plurales opiniones y sentires ligados a la educación. Dichos aportes constituyeron insumos privilegiados al momento de elaborar la ley. También se recogieron otros múltiples aportes que enriquecieron la elaboración del proyecto a estudio. El Título I del proyecto de ley que trata sobre las “Definiciones, fines y orientaciones generales de la educación” y el Capítulo VII referente a las “Líneas transversales”, le ponen un norte y una orientación al sistema educativo. La educación no es neutra ni aséptica, implica compromiso con valores y principios comunes de la sociedad y por lo tanto compromete a todos los actores vinculados a ella: alumnos, docentes, autoridades.

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Se define a la educación como un derecho humano fundamental y como un bien público. La prioridad es el sujeto de la educación: el educando. Se reafirman los principios varelianos: la obligatoriedad y la gratuidad (que hace a la universalidad) y la laicidad (que está íntimamente ligada a la libertad de enseñanza y a la libertad de cátedra). Se eleva a la categoría de principio a la diversidad e inclusión educativa como, asimismo, a la participación. Se promueve como fines: la justicia, la solidaridad, la libertad, la democracia, la inclusión social, la integración regional e internacional y la convivencia pacífica. Se busca formar personas reflexivas, autónomas, solidarias, no discriminatorias y protagonistas de la construcción social. Para ello se transversaliza la vida del sistema a través de la educación en derechos humanos, ambiental, artística, científica, lingüística, a través del trabajo, para la salud, la educación sexual y la educación física. Se estructura la educación formal a través de los distintos niveles y modalidades, que van desde la educación inicial hasta la educación de postgrado, pasando por la educación primaria, media básica, media superior, terciaria y universitaria. Se establece la movilidad horizontal de los educandos a través del reconocimiento y revalidación de los conocimientos adquiridos. Se fijan normas relativas a la educación a distancia y semipresencial, como modalidades que aportan a la enseñanza. Se establece la validación de conocimientos adquiridos en la vida, como forma de contribuir a la reinserción y continuidad educativas. Tema neurálgico y de enorme trascendencia, que traerá significativo avance en la educación, es el papel que se le asigna al centro educativo, al que se considera como el lugar clave, el núcleo básico donde se desarrolla el proceso enseñanza-aprendizaje, la socialización y la construcción colectiva de conocimiento. Por tal motivo, la norma legal establece que será un ámbito institucional jerarquizado, dotado de recursos y de competencias y que dispondrá de fondos presupuestales para el mantenimiento del local y la realización de actividades académicas y proyectos culturales y sociales de participación.

La creación de Consejos de Participación en los centros educativos públicos, integrados por estudiantes, docentes, madres, padres o responsables y representantes de la comunidad, jerarquiza la vida del centro y generan compromiso, identidad y sentido de pertenencia en todos los actores involucrados, al participar activamente en su vida interna. La norma que establece que al menos un tercio de los miembros de los Consejos de Participación sean estudiantes, fortalece en ellos el sentimiento de compromiso y de identidad con la institución, alejando la ajenidad que es de consecuencias nefastas. La creación del Congreso Nacional de Educación, como ámbito nacional de debate del Sistema Nacional con carácter asesor y consultivo, de integración plural y amplio, se constituye como ámbito privilegiado de participación. La creación de la Comisión Nacional de Educación, integrada por representantes de los organismos públicos más directamente ligados a la educación, más representantes de trabajadores, estudiantes, empresarios, Organizaciones No Gubernamentales, y la educación privada, permitirá la articulación de las políticas educativas con las otras políticas públicas, como asimismo integrar comisiones de asesoramiento y de coordinación. Tres principios son resaltados en la ley y se manifiestan en su articulado: la autonomía y la coordinación (ambos establecidos en la Constitución de la República) y la participación. Se definen los cometidos del Ministerio de Educación y Cultura en lo que hace a los temas de la educación nacional. Con respecto a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), ente autónomo creado por la Ley Nº 15.739, de 28 de marzo de 1985, se fijan sus cometidos y sus órganos: el Consejo Directivo Central (CODICEN), el Consejo de Educación Inicial y Primaria, el Consejo de Educación Media Básica, el Consejo de Educación Media Superior, y el Consejo de Educación Técnico-Profesional. Al igual que en la normativa vigente el CODICEN se integra por cinco miembros, pero el gran cambio está dado en que dos de ellos serán electos por voto secreto y directo por los propios docentes, lo que significa un nivel de participación muy importante nunca llevado a cabo en el sistema educativo de nuestro país. Esto permitirá que la visión, aspiraciones y expectativas del cuerpo docente, que es parte indisoluble de la vida educativa, esté representado en el máximo

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organismo de dirección, lo que implicará un valioso aporte diario para la dirección de la educación como, asimismo, un importante compromiso de los docentes. Establecer a su vez legalmente la presencia de los Directores Generales de los Consejos Desconcentrados en reuniones del CODICEN, permitirá un nivel de aporte muy importante al momento de definir políticas educativas y de tomar decisiones. Cada uno de los cuatro Consejos Desconcentrados estarán integrados por tres miembros, uno de los cuales será electo por el cuerpo docente respectivo por voto secreto y directo, lo que está en consonancia con el principio de participación que caracterizará al sistema educativo y que tan importantes resultados traerá. La creación de Comisiones Consultivas de funcionarios no docentes, de estudiantes, de madres, padres o responsables y de otros sectores permitirán canalizar y recibir aportes de actores ligados a la educación, cuya visión es importante tomar en consideración. De una gran trascendencia es la creación del Instituto Universitario de Educación, con carácter de ente autónomo, que formará maestros, profesores, maestros técnicos y educadores sociales y otorgará otras titulaciones que la educación nacional requiera. Ha sido una aspiración largamente planteada por los docentes de nuestro país que sus títulos tengan carácter universitario. Con este instituto habrá una formación de carácter universitario donde la formación académica, la investigación y la extensión serán sus características. Se establece que el Consejo Directivo Central de este Instituto estará integrado por docentes, egresados y estudiantes que serán electos por sus respectivos órdenes, así como por un representante designado por ANEP, uno por la Universidad de la República y otro por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU). Para su implantación se constituirá una comisión que antes del 30 de abril de 2010 deberá proponer a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública todos los aspectos para su puesta en marcha: organización, funciones, plan, lo académico y curricular, el personal, patrimonio y demás. Otra creación de gran trascendencia es el Instituto Terciario Superior, ente autónomo que vendrá a llenar una necesidad enormemente sentida como lo es la formación de técnicos y tecnólogos de nivel terciario,

que el mundo del trabajo y la producción en el Uruguay actual está requiriendo. Su organismo de dirección estará integrado por docentes, egresados y estudiantes, que serán electos por sus respectivos órdenes, así como por un representante de la ANEP y uno de la Universidad de la República. La descentralización y coordinación territorial entre todas las instituciones vinculadas a la educación estará dada por Comisiones Departamentales de Educación que cumplirán funciones de coordinación, de asesoramiento e intervendrán en el tema becas. Para la educación no formal, que cumple una importante labor en materia educativa en el seno de la sociedad, con la liberación y aporte de valiosas energías, se crea el Consejo Nacional de Educación No Formal en el Ministerio de Educación y Cultura, que tendrá un Consejo Asesor y Consultivo. Para la educación en la primera infancia, definida a los efectos legales al tramo comprendido entre 0 y hasta 3 años, se crea un Consejo Coordinador integrado por representantes de quienes tienen mayor vinculación directa: el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), el Consejo de Educación Inicial y Primaria, el INAU, el Ministerio de Salud Pública (MSP) y los educadores y los centros de educación infantiles privados, con múltiples cometidos para una mejor atención de este tramo etáreo en la educación. Importantes son las definiciones legales en materia de Educación Policial y Militar como, asimismo, la creación de una comisión con el cometido de elaborar un proyecto de ley de rediseño integral de esta área de la educación. El establecimiento de la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, cumplirá en el ámbito estatal fines de cooperación, de promoción de los principios, fines y orientaciones que se establecen en este proyecto de ley. Finalmente, y con el claro criterio de que la evaluación en materia de educación es un instrumento invalorable para mejorar sus niveles, medir resultados, analizar eficiencia y realizar informes sobre el estado de la educación, y que no sólo debe haber evaluación interna sino que también debe existir la externa, es que se crea el Instituto Nacional de Evaluación Educativa como persona de derecho público no estatal. Sala de la Comisión, 27 de noviembre de 2008.

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ROQUE ARREGUI, Miembro Informante, DANIEL CARBAJAL, NORA CASTRO, JOSÉ CARLOS MAHÍA. PROYECTO DE LEY TÍTULO I DEFINICIONES, FINES Y ORIENTACIONES GENERALES DE LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I Artículo 1º. (De la educación como derecho humano fundamental).- Declárase de interés general la promoción del goce y el efectivo ejercicio del derecho a la educación, como un derecho humano fundamental. El Estado garantizará y promoverá una educación de calidad para todos sus habitantes, a lo largo de toda la vida, facilitando la continuidad educativa. Artículo 2º. (De la educación como bien público).Reconócese el goce y el ejercicio del derecho a la educación, como un bien público y social que tiene como fin el pleno desarrollo físico, psíquico, ético, intelectual y social de todas las personas sin discriminación alguna. Artículo 3º. (De la orientación de la educación).La educación estará orientada a la búsqueda de una vida armónica e integrada a través del trabajo, la cultura, el entretenimiento, el cuidado de la salud, el respeto al medio ambiente, y el ejercicio responsable de la ciudadanía, como factores esenciales del desarrollo sostenible, la tolerancia, la plena vigencia de los derechos humanos, la paz y la comprensión entre los pueblos y las naciones. Artículo 4º. (De los derechos humanos como referencia del ejercicio del derecho a la educación).- La educación tendrá a los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Constitución de la República y en el conjunto de los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país, como elementos esenciales incorporados en todo momento y oportunidad a las propuestas, programas y acciones educativas, constituyéndose en un marco de referencia fundamental para la educación en general y en particular para los educadores en cualquiera de las modalidades de su actuación profesional. Artículo 5º. (Del sujeto de la educación).- Los titulares del goce y efectivo ejercicio del derecho a la educación, son los educandos. Los educadores como agentes de la educación deben formular sus objetivos

y propuestas, y organizar los contenidos en función de los educandos, de cualquier edad. CAPÍTULO II DE LOS PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN Artículo 6º. (De la universalidad).- Todos los habitantes de la República son titulares del derecho a la educación, sin distinción alguna. El cuidado y educación de los hijos e hijas para que éstos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social, es un deber y un derecho de los padres. Artículo 7º. (De la obligatoriedad).- Es obligatoria la educación inicial para los niños y niñas de cuatro y cinco años de edad, la educación primaria y la educación media básica y superior. A tales efectos, se asegurará la extensión del tiempo pedagógico y la actividad curricular a los alumnos de educación primaria y media básica. Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje. Artículo 8º. (De la diversidad e inclusión educativa).- El Estado asegurará los derechos de aquellos colectivos minoritarios o en especial situación de vulnerabilidad, con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades en el pleno ejercicio del derecho a la educación y su efectiva inclusión social. Para el efectivo cumplimiento del derecho a la educación, las propuestas educativas respetarán las capacidades diferentes y las características individuales de los educandos, de forma de alcanzar el pleno desarrollo de sus potencialidades. Artículo 9º. (De la participación).- La participación es un principio fundamental de la educación, en tanto el educando debe ser sujeto activo en el proceso educativo para apropiarse en forma crítica, responsable y creativa de los saberes. Las metodologías que se apliquen deben favorecer la formación ciudadana y la autonomía de las personas. Artículo 10. (De la libertad de enseñanza).- La libertad de enseñanza estará garantizada en todo el territorio nacional y tal como lo establece el artículo 68 de la Constitución de la República, la intervención del Estado será “al sólo objeto de mantener la higiene, la moralidad, la seguridad y el orden públicos”. Asimismo, promoverá la calidad y pertinencia de las propuestas educativas.

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Artículo 11. (De la libertad de cátedra).- El docente, en su condición de profesional, es libre de planificar sus cursos realizando una selección responsable, crítica y fundamentada de los temas y las actividades educativas, respetando los objetivos y contenidos de los planes y programas de estudio. Asimismo, los educandos tienen la libertad y el derecho a acceder a todas las fuentes de información y de cultura, y el docente el deber de ponerlas a su alcance. CAPÍTULO III POLÍTICA EDUCATIVA NACIONAL Artículo 12. (Concepto).- La política educativa nacional tendrá como objetivo fundamental, que todos los habitantes del país logren aprendizajes de calidad, a lo largo de toda la vida y en todo el territorio nacional, a través de acciones educativas desarrolladas y promovidas por el Estado, tanto de carácter formal como no formal. Asimismo, el Estado articulará las políticas educativas con las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico, técnico, científico y económico. También articulará las políticas sociales para que favorezcan al cumplimiento de los objetivos de la política educativa nacional. Artículo 13. (Fines).- La política educativa nacional tendrá en cuenta los siguientes fines: A) Promover la justicia, la solidaridad, la libertad, la democracia, la inclusión social, la integración regional e internacional y la convivencia pacífica. B) Procurar que las personas adquieran aprendizajes que les permitan un desarrollo integral relacionado con aprender a ser, aprender a aprender, aprender a hacer y aprender a vivir juntos. Para ello, la educación deberá contemplar los diferentes contextos, necesidades e intereses, para que todas las personas puedan apropiarse y desarrollar los contenidos de la cultura local, nacional, regional y mundial. C) Formar personas reflexivas, autónomas, solidarias, no discriminatorias y protagonistas de la construcción de su comunidad local, de la cultura, la identidad nacional y de una sociedad con desarrollo sustentable y equitativo. D) Propender al desarrollo de la identidad nacional desde una perspectiva democrática, sobre la base del reconocimiento de la diversidad de aportes que han contribuido a su desarrollo, a

partir de la presencia indígena y criolla, la inmigración europea y afrodescendiente, así como la pluralidad de expresiones culturales que enriquecen su permanente evolución. E) Promover la búsqueda de soluciones alternativas en la resolución de conflictos y una cultura de paz y de tolerancia, entendida como el respeto a los demás y la no discriminación. F) Fomentar diferentes formas de expresión, promoviendo la diversidad cultural y el desarrollo de las potencialidades de cada persona. G) Estimular la creatividad y la innovación artística, científica y tecnológica. H) Integrar el trabajo como uno de los componentes fundamentales del proceso educativo, promoviendo la articulación entre el trabajo manual e intelectual. Artículo 14. (Tratados internacionales y cooperación internacional).- El Estado al definir la política educativa nacional promoverá que la educación sea concebida como un bien público y que la cooperación internacional sea coadyuvante a los fines establecidos en el artículo precedente. No se suscribirá acuerdo o tratado alguno, bilateral o multilateral, con Estados u organismos internacionales, que directa o indirectamente signifiquen considerar a la educación como un servicio lucrativo o alentar su mercantilización. CAPÍTULO IV PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA ESTATAL Artículo 15. (Principios).- La educación estatal se regirá por los principios de gratuidad, de laicidad e igualdad de oportunidades, además de los principios y fines establecidos en los títulos anteriores. Toda institución estatal dedicada a la educación deberá velar en el ámbito de su competencia por la aplicación efectiva de estos principios. Artículo 16. (De la gratuidad).- El principio de gratuidad asegurará el cumplimiento efectivo del derecho a la educación y la universalización del acceso y permanencia de las personas en el sistema educativo. Artículo 17. (De la laicidad).- El principio de laicidad asegurará el tratamiento integral y crítico de todos los temas en el ámbito de la educación pública, mediante el libre acceso a las fuentes de información y conocimiento que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. Se garantizará la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias.

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Artículo 18. (De la igualdad de oportunidades o equidad).- El Estado brindará los apoyos específicos necesarios a aquellas personas y sectores en especial situación de vulnerabilidad, y actuará de forma de incluir a las personas y sectores discriminados cultural, económica o socialmente, a los efectos de que alcancen una real igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro de los aprendizajes. Asimismo, estimulará la transformación de los estereotipos discriminatorios por motivos de edad, género, raza, etnia u orientación sexual. El Estado asegurará a los educandos que cursen la enseñanza pública obligatoria, el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación. Promoverá su máximo aprovechamiento para la educación, su uso con sentido y su apropiación por parte de los educandos. Artículo 19. (De los recursos).- El Estado proveerá los recursos necesarios para asegurar el derecho a la educación y el cumplimiento de lo establecido en la presente ley. TÍTULO II SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN CAPÍTULO I ÁMBITO Artículo 20. (Concepto).- El Sistema Nacional de Educación es el conjunto de propuestas educativas integradas y articuladas para todos los habitantes a lo largo de toda la vida. CAPÍTULO II LA EDUCACIÓN FORMAL Artículo 21. (Concepto).- La educación formal estará organizada en niveles y modalidades que conforman las diferentes etapas del proceso educativo, que aseguran su unidad y facilitan la continuidad del mismo. Artículo 22. (De la estructura).- La estructura de la educación formal comprenderá los siguientes niveles:

2 Educación media básica 3 Educación media superior Incluye tres modalidades: educación general, educación tecnológica y formación técnica profesional 4 a. Educación terciaria Incluye cursos técnicos no universitarios, tecnicaturas y educación tecnológica superior b. Formación en educación con carácter universitario c. Educación terciaria universitaria: Incluye carreras de grado 5 Educación de postgrado

Artículo 23. (De la movilidad de los estudiantes).Los conocimientos o créditos correspondientes, adquiridos dentro de cualquiera de los niveles educativos, serán reconocidos o revalidados de forma de permitir la movilidad horizontal de los educandos. Se facilitará la movilidad de los estudiantes entre las modalidades de los niveles 2, 3 y 4, reconociendo o revalidando los conocimientos adquiridos en cada una de ellas, con el propósito de crear un sistema de formaciones variado y no compartimentado. Artículo 24. (De la educación inicial).- La educación inicial tendrá como cometido estimular el desarrollo afectivo, social, motriz e intelectual de los niños y niñas de tres, cuatro y cinco años. Se promoverá una educación integral que fomente la inclusión social del educando, así como el conocimiento de sí mismo, de su entorno familiar, de la comunidad y del mundo natural. Artículo 25. (De la educación primaria).- La educación primaria tendrá el propósito de brindar los conocimientos básicos y desarrollar principalmente la comunicación y el razonamiento que permitan la convivencia responsable en la comunidad. Artículo 26. (De la educación media básica).- La educación media básica abarcará el ciclo inmediato posterior a la educación primaria. Profundizará el desarrollo de las competencias y los conocimientos adquiridos y promoverá el dominio teórico-práctico de diferentes disciplinas que pueden ser, entre otras, artísticas, humanísticas, biológicas, científicas y tecnológicas. Artículo 27. (De la educación media superior).- La educación media superior abarcará hasta tres años

Descripción 0 Educación inicial: 3, 4 y 5 años de edad 1 Educación primaria

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posteriores a la educación media básica, según las modalidades ofrecidas en el nivel y tendrá un mayor grado de orientación o especialización. Tendrá tres modalidades: la educación general que permitirá la continuidad en la educación terciaria (bachilleratos generales); la tecnológica que permitirá continuar estudios terciarios y la inserción laboral (bachilleratos tecnológicos); y la formación técnica y profesional que estará orientada principalmente a la inserción laboral. La culminación de todas sus modalidades permitirá la continuidad educativa. Artículo 28. (De la educación técnico profesional).- La educación técnico profesional estará dirigida a personas de quince años y más. Tendrá el propósito de la formación para el desempeño calificado de las profesiones y de técnicos medios y superiores vinculados a diferentes áreas ocupacionales comprendiendo la formación profesional (básica y superior) técnica y tecnológica del nivel medio incluyendo a las tecnicaturas. Las propuestas de la educación técnico profesional deben permitir la continuidad educativa de los educandos. Los conocimientos o créditos adquiridos serán reconocidos o revalidados para continuar estudios en los niveles educativos que correspondan. Artículo 29. (De la educación terciaria).- La educación terciaria requerirá la aprobación de los ciclos completos de educación primaria y media (básica y superior); profundiza y amplía la formación en alguna rama del conocimiento; incluye, entre otras, la educación tecnológica y técnica. Artículo 30. (De la educación terciaria universitaria).- La educación terciaria universitaria será aquella cuya misión principal será la producción y reproducción del conocimiento en sus niveles superiores, integrando los procesos de enseñanza, investigación y extensión. Permitirá la obtención de títulos de grado y postgrado. Artículo 31. (De la formación en educación).- La formación en educación se concebirá como enseñanza terciaria universitaria y abarcará la formación de maestros, maestros técnicos, profesores, profesores de educación física y educadores sociales, así como de otras formaciones que el Sistema Nacional de Educación requiera. Artículo 32. (De la educación de postgrado).- Los postgrados universitarios corresponden a estudios realizados con posterioridad a la obtención de un primer grado universitario o licenciatura. Estos cursos pueden ser de especialización, diplomaturas, maestría o doctorado.

Artículo 33. (De las modalidades de la educación formal).- La educación formal contemplará aquellas particularidades, de carácter permanente o temporal, personal o contextual, a través de diferentes modalidades, entendidas como opciones organizativas o metodológicas, con el propósito de garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. Se tendrá especial consideración a la educación en el medio rural, la educación de personas jóvenes y adultas y la educación de personas con discapacidades, promoviéndose la inclusión de éstas en los ámbitos de la educación formal, según las posibilidades de cada una, brindándoles los apoyos necesarios. Artículo 34. (De la educación formal en el medio rural).- La educación formal en el medio rural tendrá por objetivo asegurar, como mínimo, la educación obligatoria de las personas, teniendo en cuenta las especificidades del medio en que se desarrolla. Artículo 35. (De la educación formal de personas jóvenes y adultas).- La educación formal de jóvenes y adultos tendrá como objetivo asegurar como mínimo, el cumplimiento de la educación obligatoria en las personas mayores de quince años. CAPÍTULO III OTRAS MODALIDADES Artículo 36. (De la educación a distancia y semipresencial).- La educación a distancia, en línea o asistida, comprenderá los procesos de enseñanza y de aprendizaje que no requieren la presencia física del alumno en aulas u otras dependencias similares, para el dictado regular de sus cursos, siempre que se empleen materiales y recursos tecnológicos específicamente desarrollados para obviar dicha presencia, y se cuente con una organización académica y un sistema de gestión y evaluación específico, diseñado para tal fin. La modalidad semipresencial, además de las características anteriores, requiere instancias presenciales. Las certificaciones de estas modalidades serán otorgadas por los organismos competentes del Sistema Nacional de Educación Pública, los cuales también reglamentarán la habilitación y autorización a instituciones privadas para el dictado de cursos a través de estas modalidades y el reconocimiento de los certificados otorgados. CAPÍTULO IV EDUCACIÓN NO FORMAL Artículo 37. (Concepto).- La educación no formal, en el marco de una cultura del aprendizaje a lo largo

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de toda la vida, comprenderá todas aquellas actividades, medios y ámbitos de educación, que se desarrollan fuera de la educación formal, dirigidos a personas de cualquier edad, que tienen valor educativo en sí mismos y han sido organizados expresamente para satisfacer determinados objetivos educativos en diversos ámbitos de la vida social, capacitación laboral, promoción comunitaria, animación sociocultural, mejoramiento de las condiciones de vida, educación artística, tecnológica, lúdica o deportiva, entre otros. La educación no formal estará integrada por diferentes áreas de trabajo educativo, entre las cuales se mencionan, alfabetización, educación social, educación de personas jóvenes y adultas. Se promoverá la articulación y complementariedad de la educación formal y no formal con el propósito de que ésta contribuya a la reinserción y continuidad educativa de las personas. CAPÍTULO V EDUCACIÓN DE PRIMERA INFANCIA Artículo 38. (De la educación en la primera infancia).- La educación en la primera infancia comprenderá el ciclo vital desde el nacimiento hasta los tres años, y constituirá la primera etapa del proceso educativo de cada persona, a lo largo de toda la vida. Tendrá características propias y específicas en cuanto a sus propósitos, contenidos y estrategias metodológicas, en el marco del concepto de educación integral. Promoverá la socialización y el desarrollo armónico de los aspectos intelectuales, socio-emocionales, y psicomotores en estrecha relación con la atención de la salud física y mental. CAPÍTULO VI REINSERCIÓN Y CONTINUIDAD EDUCATIVAS Artículo 39. (De la validación de conocimientos).El Estado, sin perjuicio de promover la culminación en tiempo y forma de los niveles de la educación formal de todas las personas, podrá validar para habilitar la continuidad educativa, los conocimientos, habilidades y aptitudes alcanzados por una persona fuera de la educación formal, que se correspondan con los requisitos establecidos en algún nivel educativo. La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública en el plazo de ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley, reglamentará los procedimientos de validación y evaluación, estando a cargo de la institución del Sistema Nacional de Educación Pública corres-

pondiente, la expedición de los certificados, previa solicitud del interesado. CAPÍTULO VII LÍNEAS TRANSVERSALES Artículo 40. (De las líneas transversales).- El Sistema Nacional de Educación, en cualesquiera de sus modalidades contemplará líneas transversales entre las cuales se encuentran: A) La educación en derechos humanos. B) La educación ambiental para el desarrollo humano sostenible. C) La educación artística. D) La educación científica. E) La educación lingüística. F) La educación a través del trabajo. G) La educación para la salud. H) La educación sexual. I) La educación física, la recreación y el deporte, de acuerdo a los lineamientos que se especifican: 1) La educación en derechos humanos tendrá como propósito que los educandos, sirviéndose de conocimientos básicos de los cuerpos normativos, desarrollen las actitudes e incorporen los principios referidos a los derechos humanos fundamentales. Se considerará la educación en derechos humanos como un derecho en sí misma, un componente inseparable del derecho a la educación y una condición necesaria para el ejercicio de todos los derechos humanos. 2) La educación ambiental para el desarrollo humano sostenible tendrá como propósito que los educandos adquieran conocimientos con el fin de fomentar actitudes y comportamientos individuales y colectivos, para mejorar las relaciones entre los seres humanos y de éstos con el entorno. Procurará desarrollar habilidades para potenciar un desarrollo humano sostenible en la búsqueda de una mejora sostenida de la calidad de vida de la sociedad. 3) La educación artística tendrá como propósito que los educandos alcancen a través de los diferentes lenguajes artísticos, una educación integral, promoviendo el desarrollo de la creatividad, la sensibilidad y la percep-

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ción, impulsando la creación de universos singulares que den sentido a lo que es significativo para cada ser humano. 4) La educación científica tanto en las áreas social, natural y exactas, tendrá como propósito promover por diversas vías, la comprensión y apropiación social del conocimiento científico y tecnológico para su democratización. Significará, también, la difusión de los procedimientos y métodos para su generación, adquisición y uso sistemáticos. 5) La educación lingüística tendrá como propósito el desarrollo de las competencias comunicativas de las personas, el dominio de la lengua escrita, el respeto de las variedades lingüísticas, la reflexión sobre la lengua, la consideración de las diferentes lenguas maternas existentes en el país (español del Uruguay, portugués del Uruguay, lengua de señas uruguaya) y la formación plurilingüe a través de la enseñanza de segundas lenguas y lenguas extranjeras. 6) La educación a través del trabajo tendrá como propósito incorporar a los educandos en el concepto del trabajo como actividad propia de los seres humanos e integradora a la vida social. 7) La educación para la salud tendrá como propósito la creación de hábitos saludables, estilos de vida que promuevan la salud y prevengan las enfermedades. Procurará promover, en particular, la salud mental, bucal, ocular, nutricional, la prevención del consumo problemático de drogas y una cultura de prevención para la reducción de los riesgos propios de toda actividad humana. 8) La educación sexual tendrá como propósito proporcionar instrumentos adecuados que promuevan en educadores y educandos, la reflexión crítica ante las relaciones de género y la sexualidad en general para un disfrute responsable de la misma. 9) La educación física, en recreación y deporte, tiene como propósito el desarrollo del cuerpo, el movimiento, la interacción, y la actividad humana, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida, al desarrollo personal y social, así como a la adquisición de valores necesarios para la cohesión social y el diálogo intercultural.

Las autoridades velarán para que estas líneas transversales estén presentes, en la forma que se crea más conveniente, en los diferentes planes y programas. CAPÍTULO VIII LOS CENTROS EDUCATIVOS Artículo 41. (Concepto).- El centro educativo de cualquier nivel o modalidad será un espacio de aprendizaje, de socialización, de construcción colectiva del conocimiento, de integración y convivencia social y cívica, de respeto y promoción de los derechos humanos. Será un ámbito institucional jerarquizado, dotado de recursos y competencias, a los efectos de lograr los objetivos establecidos en su proyecto educativo. El proceso de formulación, seguimiento y evaluación del mismo contará con la participación de los docentes del centro y se promoverá la participación de funcionarios, padres y estudiantes. El Estado fortalecerá la gestión de los centros educativos públicos en los aspectos pedagógicos, de personal docente y no docente, administrativos y financieros para cumplir con lo precedentemente expuesto. Asimismo, se procurará la concentración horaria de los docentes en un centro educativo y se fomentará su permanencia en el mismo. El centro educativo público dispondrá de fondos presupuestales para el mantenimiento del local, la realización de actividades académicas y proyectos culturales y sociales de extensión. Los centros educativos podrán realizar convenios con otras instituciones, con la autorización correspondiente. CAPÍTULO IX LOS ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN Artículo 42. (De la Comisión Nacional de Educación. Integración).- Créase la Comisión Nacional de Educación, que se identificará con la sigla COMINE y estará integrada por: A) Los miembros de la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública. B) Los Directores Generales de los Consejos de Educación integrantes de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). C) La máxima autoridad del Instituto Universitario de Educación.

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D) El Presidente del Directorio del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. E) Dos representantes de la educación privada inicial, primaria, media y técnico profesional. F) Un representante de la educación universitaria privada. G) Un representante de los trabajadores. H) Un representante de los trabajadores de la educación. I) Dos representantes de los estudiantes. J) Un representante de los empresarios. K) Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales vinculadas a la educación. Los organismos o sectores integrantes de la COMINE además de los representantes titulares ante dicha Comisión, podrán designar representantes alternos. El Poder Ejecutivo reglamentará en su caso, el procedimiento para la elección o designación de los representantes arriba mencionados. Artículo 43. (Naturaleza y cometidos).- La COMINE constituirá un ámbito nacional de deliberación sobre políticas educativas del Sistema Nacional de Educación y tendrá carácter de asesoramiento y de consulta en los siguientes cometidos: A) Procurar la articulación de las políticas educativas con otras políticas públicas. B) Integrar comisiones de asesoramiento o de coordinación en temas vinculados a la presente ley y a otras normas de la materia educativa. C) Propiciar foros, congresos y conferencias referidos a temas educativos. La COMINE dictará su propio reglamento de funcionamiento y el Ministerio de Educación y Cultura asegurará el apoyo presupuestal, administrativo, organizativo y técnico que requiera la Comisión para cumplir con sus cometidos. Artículo 44. (De la creación del Congreso Nacional de Educación).- Créase el Congreso Nacional de Educación que tendrá una integración plural y amplia que refleje las distintas perspectivas de la ciudadanía en el Sistema Nacional de Educación. Artículo 45. (Naturaleza y cometidos del Congreso Nacional de Educación).- El Congreso Nacional de Educación constituirá el ámbito nacional de debate del Sistema Nacional de Educación y tendrá carácter

asesor y consultivo en los temas de la aplicación de la presente ley. Será convocado por la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública como mínimo en el primer año de cada período de gobierno. TÍTULO III SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO I PRINCIPIOS Artículo 46. (De la autonomía).- La educación pública estará regida por Consejos Directivos Autónomos de conformidad con la Constitución de la República y la ley, que en aplicación de su autonomía tendrá la potestad de dictar su normativa, respetando la especialización del ente. Artículo 47. (De la coordinación).- Los Consejos Directivos Autónomos y los demás organismos que actúen en la educación pública deberán coordinar sus acciones con el fin de cumplir con los principios, las orientaciones y los fines de la educación establecidos en la Constitución de la República y la presente ley. Artículo 48. (De la participación).- La participación de los educandos o participantes, funcionarios docentes, otros funcionarios, madres, padres o responsables y de la sociedad en general, en la educación pública constituirá uno de sus principios básicos. Se promoverá el cogobierno en los ámbitos que corresponda, atendiendo los diferentes ámbitos y niveles educativos. CAPÍTULO II ÓRGANOS Artículo 49. (Integración).- El Sistema Nacional de Educación Pública estará integrado por el Ministerio de Educación y Cultura, la Administración Nacional de Educación Pública, la Universidad de la República y demás entes autónomos de la Educación Pública Estatal. Artículo 50. (Coordinación).- El Sistema Nacional de Educación Pública estará coordinado por la Comisión Coordinadora de la Educación Pública, creada por el artículo 109 y siguientes de la presente ley. CAPÍTULO III MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 51. (Del Ministerio de Educación y Cultura).- El Ministerio de Educación y Cultura, en relación a los temas de la educación nacional, tendrá los siguientes cometidos:

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A) Desarrollar los principios generales de la educación. B) Facilitar la coordinación de las políticas educativas nacionales. C) Articular las políticas educativas con las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico y económico. D) Promover la articulación de la educación con la investigación científica y tecnológica y con la cultura. E) Presidir los ámbitos de coordinación educativa que le corresponde según la presente ley. F) Relevar y difundir en coordinación con los entes autónomos la información estadística y documentación educativa. G) Confeccionar las estadísticas del sector educativo, en el marco del Sistema Estadístico Nacional. H) Coordinar en forma preceptiva con los entes autónomos de la educación, qué integrantes del Sistema Nacional de Educación Pública compondrán la representación internacional de la educación nacional. I) Realizar propuestas a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública y a la Comisión Nacional de Educación. J) Relacionarse con el Poder Legislativo, en los temas relativos a la educación, en el marco de lo establecido en la Constitución de la República. CAPÍTULO IV ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 52. (Creación y naturaleza).- La Administración Nacional de Educación Pública, que se identificará con la sigla ANEP, ente autónomo con personería jurídica creado por la Ley Nº 15.739, de 28 de marzo de 1985, funcionará de conformidad a los artículos 202 y siguientes de la Constitución de la República y de la presente ley. Artículo 53. (Cometidos).- La Administración Nacional de Educación Pública tendrá los siguientes cometidos: A) Elaborar, instrumentar y desarrollar las políticas educativas que correspondan a los niveles de educación que el ente imparta.

B) Garantizar la educación en los diferentes niveles y modalidades educativas de su competencia a todos los habitantes del país, asegurando el ingreso, permanencia y egreso. C) Asegurar el cumplimiento de los principios y orientaciones generales de la educación establecidos en la presente ley en los ámbitos de su competencia. D) Promover la participación de toda la sociedad en la formulación, implementación y desarrollo de la educación en la órbita de su competencia. Artículo 54. (De los órganos).- La Administración Nacional de Educación Pública tiene los siguientes órganos: el Consejo Directivo Central, los Consejos de Educación Inicial y Primaria, de Educación Media Básica, de Educación Media Superior y de Educación Técnico-Profesional (UTU). Artículo 55. (De los bienes).- La Administración Nacional de Educación Pública tendrá la administración de sus bienes. Los bienes que estén destinados a los Consejos o al Instituto Universitario de Educación o en el futuro fuesen asignados específicamente por resolución del Consejo Directivo Central, estarán a cargo del Consejo respectivo o Instituto. Artículo 56. (Adquisición, enajenación y afectación de bienes inmuebles).- La adquisición y enajenación de bienes inmuebles a título oneroso, así como su afectación o gravamen por parte de la Administración Nacional de Educación Pública, deberán ser resueltas en todos los casos por cuatro votos conformes, previa consulta a los Consejos y al Instituto Universitario de Educación cuando se tratare de bienes destinados o a destinarse a su servicio. Las enajenaciones a título gratuito requerirán la unanimidad de votos del Consejo Directivo Central. Artículo 57. (De los ingresos).- Forman parte del patrimonio de la Administración Nacional de Educación Pública: A) Los recursos y las partidas que se le asignen por las leyes de Presupuesto Nacional y las de Rendición de Cuentas y de Balance de Ejecución Presupuestal. B) Los frutos naturales, industriales y civiles de sus bienes. C) Los recursos o proventos que perciba el ente por la venta de la producción de los centros educativos o de los servicios que éstos vendan o arrienden, de conformidad con los reglamentos que oportunamente se dicten.

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D) Los que perciba por cualquier otro título. CAPÍTULO V CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA ANEP Artículo 58. (Del Consejo Directivo Central).- El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública estará integrado por cinco miembros, los que deberán poseer condiciones personales relevantes, reconocida solvencia y méritos acreditados en temas de educación, y que hayan actuado en la educación pública por un lapso no menor de diez años. Tres de sus miembros serán designados por el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros, previa venia de la Cámara de Senadores, otorgada sobre propuestas fundadas, por un número de votos equivalentes a los tres quintos de sus componentes elegidos conforme al inciso primero del artículo 94 de la Constitución de la República. Si la venia no fuera otorgada dentro del término de sesenta días de recibida su solicitud, el Poder Ejecutivo podrá formular propuesta nueva, o reiterar su propuesta anterior, y en este último caso deberá obtener el voto conforme de la mayoría absoluta del Senado. Por el mismo procedimiento será designado de entre los propuestos por el Poder Ejecutivo el Presidente del Consejo Directivo Central. Las designaciones deberán efectuarse al comienzo de cada período de gobierno y los miembros designados permanecerán en sus cargos hasta tanto no hayan sido designados quienes les sucedan. En caso de vacancia definitiva, el cargo correspondiente será provisto en la forma indicada en los incisos anteriores. Los otros dos miembros serán electos por el cuerpo docente del ente, según la reglamentación que oportunamente apruebe el Poder Ejecutivo. Durarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos solamente por un período subsiguiente debiendo para una nueva elección mediar por lo menos cinco años desde su cese. La elección estará a cargo de la Corte Electoral y se deberá realizar en el año anterior a las elecciones nacionales. Los Directores Generales de los Consejos de Educación también integrarán de pleno derecho con voz y sin voto el Consejo Directivo Central. Artículo 59. (Cometidos del Consejo Directivo Central).- El Consejo Directivo Central tendrá los siguientes cometidos:

A) Promover un clima de participación democrática y propiciar en forma permanente una reflexión crítica y responsable, en todo el ámbito organizacional. B) Definir las orientaciones generales de los niveles y modalidades educativas que se encuentran en su órbita. C) Designar a los integrantes de los Consejos de Educación, según lo establecido en el artículo 65 de la presente ley. D) Homologar los planes de estudio aprobados por los Consejos de Educación. E) Definir el proyecto de presupuesto y de rendición de cuentas, como resultado de un proceso de elaboración que atienda las diferentes propuestas de los Consejos de Educación y considere las iniciativas de otros sectores de la sociedad. F) Representar al ente en las ocasiones previstas por el inciso tercero del artículo 202 de la Constitución de la República, oyendo previamente a los Consejos respectivos en los asuntos de su competencia. G) Dictar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. H) Aprobar los estatutos de los funcionarios docentes y no docentes del servicio, con las garantías establecidas en la Constitución de la República y en la presente ley. I) Designar al Secretario General y al Secretario Administrativo del Consejo Directivo Central con carácter de cargos de particular confianza. El Secretario Administrativo deberá haber sido funcionario del ente por un lapso no menor a diez años. J) Destituir por ineptitud, omisión o delito, a propuesta de los Consejos cuando dependieren de éstos y con las garantías que fija la ley y el estatuto, al personal docente, técnico, administrativo, de servicio u otro de todo el ente. K) Destituir por ineptitud, omisión o delito a los miembros de los Consejos de Educación, por cuatro votos conformes y fundados, previo ejercicio del derecho constitucional de defensa. L) Coordinar los servicios de estadística educativa del ente.

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M) Conceder las acumulaciones de sueldo que sean de interés de la educación y se gestionen conforme a las leyes y reglamentos. N) Establecer lineamientos generales para la supervisión y fiscalización de los institutos privados habilitados de educación inicial, primaria, media y técnico profesional, siguiendo los principios generales de la presente ley y los criterios establecidos por cada Consejo de Educación, con participación de representantes de las instituciones de educación privada. O) Resolver los recursos de revocación interpuestos contra sus actos, así como los recursos jerárquicos. P) Organizar o delegar la educación formal de personas jóvenes y adultas en los niveles correspondientes. Q) Delegar en los Consejos de Educación, por resolución fundada, las atribuciones que estime conveniente. No son delegables las atribuciones que le comete la Constitución de la República y aquellas para cuyo ejercicio la presente ley requiere mayorías especiales. Artículo 60. (Presencia de los Directores de los Consejos de Educación).- El Consejo Directivo Central, en cumplimiento de las competencias indicadas en los literales B), D), E) y H) del artículo precedente, tomará decisión con la presencia de los Directores Generales de los Consejos, sin perjuicio de que pueda convocarlos cada vez que lo entienda pertinente. El Consejo Directivo Central convocará a los Directores Generales de los Consejos cada vez que lo entienda pertinente y cuando se traten asuntos relacionados con las competencias de los respectivos Consejos. Artículo 61. (De las remuneraciones, incompatibilidades y prohibiciones).- El Presidente del Consejo Directivo Central percibirá idénticas remuneraciones que un Secretario de Estado y los demás Consejeros el equivalente al 90% (noventa por ciento) de su remuneración. Terminado el ejercicio del cargo, los integrantes del Consejo Directivo Central y de los Consejos tendrán derecho a ser restablecidos en su caso a la situación docente que ocupaban o que tenían derecho a ocupar, en el momento de asumir sus funciones, sin perjuicio de la aplicación del régimen de seguridad social que corresponda. Será aplicable lo dispuesto en los artículos 200 y 201 de la Constitución de la República y no podrán tener vinculaciones laborales o patrimoniales con instituciones de enseñanza

privada, ni desempeñar la función docente a título particular en la órbita de la educación básica y general. CAPÍTULO VI CONSEJOS DE EDUCACIÓN Artículo 62. (Ámbito de competencia).- Cada Consejo será responsable en el ámbito de la ANEP de los siguientes niveles educativos de la educación formal: A) El Consejo de la Educación Inicial y Primaria (CEIP) tendrá a su cargo la educación inicial y la educación primaria. B) El Consejo de Educación Media Básica (CEM Básica) tendrá a su cargo la educación media básica. C) El Consejo de Educación Media Superior (CEM Superior) tendrá a su cargo la educación media superior general (bachilleratos diversificados). D) El Consejo de Educación Técnica y Profesional (UTU) tendrá a su cargo la formación profesional (básica y superior), la educación media superior técnica tecnológica (bachilleratos tecnológicos), la educación media superior orientada al ámbito laboral y la educación terciaria técnica (tecnicaturas). Artículo 63. (Cometidos de los Consejos).- Compete a los Consejos de Educación: A) Desarrollar los procesos de enseñanza y aprendizaje correspondientes a su respectivo nivel educativo. B) Aprobar los planes de estudio y los programas de las asignaturas que ellos incluyan. C) Administrar los servicios y dependencias a su cargo. D) Supervisar el desarrollo de los planes, programas y cursos. E) Reglamentar la organización y el funcionamiento de los servicios a su cargo y adoptar las medidas que los mismos requieran. F) Proyectar los presupuestos de sueldos, gastos e inversiones correspondientes al nivel educativo asignado y sus modificaciones, así como las rendiciones de cuentas y balances de ejecución presupuestal correspondientes a los servicios a su cargo.

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G) Realizar toda clase de nombramientos, reelecciones, ascensos y sanciones, así como otorgar licencias y designar el personal docente y no docente, conforme al Estatuto del Funcionario y a las ordenanzas que apruebe el Consejo Directivo Central. Podrán también dictar normas en esta materia con arreglo al estatuto y a las ordenanzas. H) Proponer al Consejo Directivo Central de la ANEP la destitución del personal docente o no docente a su cargo, por razones de ineptitud, omisión o delito con las garantías que fija la ley y el estatuto respectivo. I) Designar al Secretario General de cada Consejo, con carácter de cargo de particular confianza, quien deberá haber sido funcionario del ente por un lapso no menor a diez años. J) Proyectar las normas estatutarias que crea necesarias para sus funcionarios y elevarlas al Consejo Directivo Central a los efectos de su aprobación e incorporación al Estatuto de los Funcionarios del ente. K) Habilitar, autorizar, supervisar y fiscalizar los institutos del nivel educativo correspondiente, en consonancia con los lineamientos aprobados por el Consejo Directivo Central. L) Conferir y revalidar certificados de estudio nacionales y revalidar certificados de estudio extranjeros en los niveles y modalidades de educación a su cargo. M) Adoptar las resoluciones atinentes al ámbito de su competencia, salvo aquellas que por la Constitución de la República, la presente ley y las ordenanzas correspondan a los demás órganos. N) Verificar en el caso de los Consejos de Educación Media Básica, Educación Media Superior y Educación Técnica y Profesional (UTU), la aprobación o validación en su caso del nivel anterior, así como habilitar para cursar los niveles educativos superiores correspondientes. O) Promover un clima de participación democrática y propiciar en forma permanente una reflexión crítica y responsable, en todo el ámbito de la institución a su cargo. P) Ejercer las demás atribuciones que le delegare especialmente el Consejo Directivo Central. Artículo 64. (De otros cometidos del Consejo Directivo Central – UTU).- Además de los cometidos es-

tablecidos en el artículo anterior, el Consejo de Educación Técnico Profesional – UTU tendrá los siguientes: A) Impartir cursos de capacitación laboral. B) Producir bienes y servicios, con la participación de alumnos y docentes, en el marco de su actividad educativa. C) Administrar los fondos generados por la venta o arriendo de los bienes y servicios producidos, informando al CDC de la ANEP, según las normas establecidas a tales efectos. D) Promover la coordinación con otras instituciones públicas en materia de la formación profesional. E) Participar en procesos de certificación de saberes o competencias técnicas. Artículo 65. (De la designación o elección de los integrantes de los Consejos).- Los Consejos de Educación Inicial y Primaria, de Educación Media Básica y de Educación Media Superior y de Educación Técnico Profesional (UTU) se integrarán con tres miembros que hayan ejercido la docencia en la educación pública por un lapso no menor a diez años. Dos de ellos serán designados por el Consejo Directivo Central por cuatro votos conformes y fundados. De no haberse realizado las designaciones a los sesenta días de instalado el Consejo Directivo Central o en el mismo plazo en caso de vacancia definitiva, la designación podrá ser realizada por mayoría absoluta de integrantes del Consejo. Por el mismo procedimiento y con el mismo sistema de mayoría especial, será designado el Director General de cada Consejo. El tercer miembro de cada Consejo será electo por el cuerpo docente del mismo, según la reglamentación que oportunamente apruebe el Consejo Directivo Central. Durarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos solamente por un período subsiguiente debiendo para una nueva elección mediar por lo menos cinco años desde su cese. La elección estará a cargo de la Corte Electoral y se deberá realizar en el año anterior a las elecciones nacionales. Artículo 66.- Los Consejos de Educación Media Superior y de Educación Técnico Profesional – UTU podrán incorporar con voz y sin voto a un representante estudiantil del nivel, que no haya cumplido los veinte años de edad, electo por la Comisión Consultiva respectiva. Los Consejos acordarán con las respectivas Comisiones Consultivas las demás condicio-

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nes que deberá poseer el estudiante para ser electo y las características de su participación. Artículo 67. (Atribuciones de los Presidentes del Consejo Directivo Central y de los Directores Generales de los Consejos de Educación).- El Presidente del Consejo Directivo de la ANEP y los Directores Generales de los Consejos de Educación, tendrán las siguientes atribuciones: A) Presidir los Consejos respectivos, dirigir las sesiones, cumplir y hacer cumplir los reglamentos y resoluciones. B) Representar al Consejo cuando corresponda. C) Autorizar los gastos que sean necesarios, dentro de los límites que establezcan la ley y las ordenanzas. D) Tomar resoluciones de carácter urgente que estime necesarias para el cumplimiento del orden y el respeto de las disposiciones reglamentarias. En ese caso dará cuenta al Consejo en la primera sesión ordinaria, y éste podrá oponerse por mayoría de votos de sus componentes, debiendo fundar su oposición. E) Adoptar las medidas de carácter disciplinario que correspondan, dando cuenta al Consejo en la forma señalada en el inciso precedente. F) Inspeccionar el funcionamiento de las reparticiones de su competencia y tomar las medidas que correspondan. G) Preparar y someter a consideración del Consejo los proyectos que estime conveniente. Artículo 68. (Vacancia).- En caso de vacancia temporal por licencia o impedimento, o vacancia definitiva del Presidente del Consejo Directivo Central o de los Directores Generales de los Consejos, el Consejo Directivo Central, por mayoría simple, designará a quien ocupe esa función en forma interina hasta tanto se reincorpore o designe en su caso, al titular. CAPÍTULO VII ESTATUTO DEL DOCENTE Y DEL FUNCIONARIO Artículo 69. (Del estatuto docente y del funcionario no docente).- El Consejo Directivo Central de la ANEP, previa consulta a los Consejos e Instituto Universitario de Educación, aprobará el estatuto docente y el estatuto del funcionario, de acuerdo a las siguientes bases: A) Para el ejercicio de cargos docentes, administrativos y de servicio será preciso acreditar die-

ciocho años de edad cumplidos y estar inscriptos en el Registro Cívico Nacional, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 76 de la Constitución de la República. B) Los Maestros de Educación Inicial y Primaria y los Profesores de Educación Media Básica deberán poseer el respectivo título habilitante. C) El sistema de concurso será de precepto para ocupar en efectividad cualquier cargo docente, así como será obligatorio para el ingreso y ascenso del personal administrativo. D) A los efectos de la carrera docente se jerarquizará la evaluación del desempeño en el aula, los cursos de perfeccionamiento o postgrado, así como las publicaciones e investigaciones realizadas por los docentes. E) La destitución de los funcionarios sólo podrá ser resuelta por causa de ineptitud, omisión o delito, previo sumario durante el cual el inculpado haya tenido oportunidad de presentar sus descargos, articular su defensa y producir prueba. Artículo 70. (De las Asambleas Técnico Docentes).- En cada Consejo de Educación funcionará una Asamblea Técnico Docente (ATD) representativa del cuerpo docente que tendrá derecho a iniciativa y función consultiva en aspectos educativos de la rama específica y de educación general. El Consejo Directivo Central reglamentará su funcionamiento, previa opinión de los Consejos respectivos. Las Asambleas Técnico Docentes serán preceptivamente consultadas antes de la aprobación o modificación de planes o programas del nivel correspondiente. En cada centro educativo (escuela, liceo o instituto de enseñanza media o técnica), funcionará una Asamblea Técnico Docente con función consultiva y derecho a iniciativa frente a la Dirección del Centro Educativo. Se relacionará con la ATD nacional de la forma que la reglamentación lo indique. CAPÍTULO VIII DE LAS COMISIONES CONSULTIVAS Artículo 71. (De las Comisiones Consultivas).- En cada Consejo de Educación se integrarán Comisiones Consultivas de funcionarios no docentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la Constitución de la República, de estudiantes y de madres, padres o responsables.

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En el Consejo de Educación Técnico Profesional (UTU), se integrará una o más Comisiones Consultivas de carácter sectorial atendiendo a la diversidad productiva con participación de los diversos actores públicos y privados, trabajadores y empresarios. El Consejo Directivo Central, en consulta con los Consejos respectivos, reglamentará la conformación y funcionamiento de estas Comisiones, a propuesta de los respectivos Consejos. CAPÍTULO IX DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCANDOS Y DE MADRES, PADRES O RESPONSABLES Artículo 72. (De los derechos de los educandos).Los educandos de cualquier centro educativo tendrán derecho a: A) Recibir una educación de calidad y acceder a todas las fuentes de información y cultura, según lo establecido por la presente ley. B) Recibir los apoyos educativos específicos y necesarios en caso de discapacidad o enfermedad que afecte su proceso de aprendizaje. C) Agremiarse y reunirse en el local del centro educativo. Cada Consejo reglamentará el ejercicio de este derecho, con participación de los educandos. D) Participar, emitiendo opinión y realizando propuestas a las autoridades de los centros educativos y de los Consejos de Educación, en aspectos educativos y de gestión del centro educativo. E) Emitir opinión sobre la enseñanza recibida. Los Consejos deberán reglamentar la forma en que los educandos podrán ejercer este derecho. Artículo 73. (De los deberes de los educandos).Los educandos de cualquier centro educativo tendrán el deber de: A) Cumplir con los requisitos para el cumplimiento de los planes y programas de estudio aprobados y para la aprobación de los cursos respectivos. B) Respetar la normativa vigente y las resoluciones de los órganos competentes y de las autoridades del centro educativo. C) Respetar los derechos de todas las personas que integran la comunidad educativa (docentes, funcionarios, estudiantes, familiares y responsables).

Artículo 74. (De las alumnas en estado de gravidez).- Las alumnas en estado de gravidez tendrán derecho a continuar con sus estudios, en particular el de acceder y permanecer en el centro educativo, a recibir apoyo educativo específico y justificar las inasistencias pre y post parto, las cuales no podrán ser causal de pérdida del curso o año lectivo. Artículo 75. (De los derechos y deberes de las madres, los padres o responsables).- Las madres, los padres o responsables de los educandos tienen derecho a: A) Que su hijo o representado pueda concurrir y recibir clase regularmente en el centro educativo que le corresponda y así poder cumplir con la obligatoriedad establecida en la presente ley. B) Participar de las actividades del centro educativo y elegir a sus representantes en los Consejos de Participación establecidos en el artículo 76 de la presente ley y en las Comisiones Consultivas que se constituyan según lo establecido en el artículo 71 de la presente ley. C) Ser informados periódicamente acerca de la evolución del aprendizaje de sus hijos o representados. Las madres, los padres o responsables de los educandos tienen el deber de: A) Asegurar la concurrencia regular de su hijo o representado al centro educativo, de forma de cumplir con la educación obligatoria establecida en la presente ley. B) Seguir y apoyar el proceso de aprendizaje de su hijo o representado. C) Respetar y hacer respetar a sus hijos o representados la autoridad pedagógica del docente, las normas de convivencia del centro educativo y los demás integrantes de la comunidad educativa (educandos, funcionarios, padres o responsables). CAPÍTULO X CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN Artículo 76. (Concepto).- En todo centro educativo público de Educación Inicial, Primaria, Media Básica y Media Superior y Educación Técnico Profesional, funcionará un Consejo de Participación integrado por: estudiantes o participantes, educadores o docentes, madres, padres o responsables y representantes de la comunidad.

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Los respectivos Consejos de Educación reglamentarán su forma de elección y funcionamiento. Los Consejos de Participación de Centros Educativos de Educación Media Básica, Educación Media Superior y Educación Técnico Profesional – UTU deberán incluir entre sus miembros, al menos un tercio de representantes estudiantiles. Artículo 77. (Cometidos).- A los Consejos de Participación les compete realizar propuestas a la Dirección del centro educativo en relación: A) Al proyecto educativo que en ejercicio de su responsabilidad profesional elabore la Dirección y el cuerpo docente del centro educativo. B) La suscripción de acuerdos y convenios con otras instituciones según lo establecido en el artículo 41 de la presente ley. C) La realización de obras en el centro educativo. D) La obtención de donaciones y otros recursos extrapresupuestales. E) Al destino de los recursos obtenidos y asignados. F) Al funcionamiento del centro educativo. G) La realización de actividades sociales y culturales en el centro educativo. H) Sobre todo aquello que lo consulte la Dirección del centro educativo. Artículo 78. (De la información a los Consejos de Participación).- Los Consejos de Participación podrán solicitar informes y realizar propuestas al Consejo de Educación respectivo, así como requerir la presencia de un representante de dicho Consejo, ante situaciones que lo ameriten a juicio de sus integrantes. Las Direcciones escolares deberán poner a consideración de los Consejos de Participación sus memorias anuales. Los Consejos de Educación deberán remitir anualmente a los Consejos de Participación un informe de lo realizado durante el año. Los Consejos de Participación participarán en los procesos de autoevaluación que desarrolle el centro educativo y podrán emitir opinión sobre el desarrollo de los cursos, la enseñanza impartida, la convivencia en el centro, la asiduidad y dedicación de los funcionarios docentes y no docentes, que será recibida por la Dirección del Centro y los Consejos de Educación.

Serán convocados por la dirección al menos tres veces al año o a pedido de la mayoría de sus miembros, sin obstaculizar el desarrollo de los cursos. CAPÍTULO XI LA EDUCACIÓN TERCIARIA Artículo 79. (Ámbito).- La Educación Terciaria Pública se constituirá con: la Universidad de la República, el Instituto Universitario de Educación y los Institutos de Educación Terciaria. Artículo 80. (Régimen legal).- La Universidad de la República se regirá por la Ley Nº 12.549, de 16 de octubre de 1958. El Instituto Universitario de Educación y los Institutos de Educación Terciaria se regirán por las disposiciones de la presente ley. Artículo 81. (Ingreso).- La Educación Terciaria Pública facilitará el ingreso a sus cursos y carreras a los estudiantes que hayan cursado en otras instituciones terciarias, por medio de reválidas, o del reconocimiento de los créditos correspondientes. Artículo 82. (De la educación terciaria privada).La educación terciaria privada se regirá por lo establecido en la Ley Nº 15.661, de 29 de octubre de 1984 y sus decretos reglamentarios. CAPÍTULO XII INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACIÓN Artículo 83. (Creación).- Créase el Instituto Universitario de Educación (IUDE), ente autónomo, con personería jurídica, que funcionará de conformidad a los artículos 202 y siguientes de la Constitución de la República y a lo dispuesto en la presente ley. Artículo 84. (Naturaleza y cometidos).- El IUDE funcionará en el ámbito del Sistema Nacional de Educación Pública (SNEP) y desarrollará actividades de enseñanza, investigación y extensión. Formará maestros, profesores, maestros técnicos y educadores sociales, y otorgará otras titulaciones que la educación nacional requiera. Artículo 85. (De su órgano de conducción).- El IUDE estará regido por un Consejo Directivo Central integrado por docentes, egresados y estudiantes, que serán electos por sus respectivos órdenes, así como por un representante designado por Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, otro por la Administración Nacional de Educación Pública y otro por la Universidad de la República. Artículo 86. (Estructura y funcionamiento).- Constitúyase una Comisión de Implantación del IUDE cuyo cometido será proponer a la Comisión Coordinadora

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del SNEP, antes del 30 de abril de 2010, la organización y funciones del ente, su plan de funcionamiento inicial, su estructura académica y curricular, así como determinar la cuantía y características del personal, patrimonio, presupuesto y finanzas necesarios para la instalación y puesta en marcha del mismo. Esta Comisión estará integrada por representantes del Ministerio de Educación y Cultura, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, la Administración Nacional de Educación Pública y la Universidad de la República que cuenten con reconocida competencia y experiencia en la materia. La Comisión Coordinadora del SNEP, con la información proporcionada por la Comisión de Implantación, decidirá los plazos de puesta en marcha del IUDE. Artículo 87. (Validación de títulos anteriores a la fecha de creación del Instituto Universitario de Educación).- El IUDE expedirá títulos universitarios y reglamentará en un plazo no mayor a los dieciocho meses de su constitución efectiva el procedimiento para revalidar los títulos docentes otorgados o habilitados por la educación pública con anterioridad a la fecha de su creación. CAPÍTULO XIII INSTITUTO TERCIARIO SUPERIOR Artículo 88. (Creación).- Créase el Instituto Terciario Superior (ITS), ente autónomo con personería jurídica, que funcionará de conformidad a los artículos 202 y siguientes de la Constitución de la República y a lo dispuesto en la presente ley. Artículo 89. (Naturaleza y cometidos).- El ITS funcionará en el ámbito del SNEP y estará constituido por una red de instituciones ubicadas en diferentes lugares del país. Desarrollará actividades de educación terciaria, integrando enseñanza, investigación y extensión. Formará técnicos en diversas áreas de la producción y los servicios. Los conocimientos y créditos adquiridos serán reconocidos o revalidados por las demás instituciones terciarias o universitarias, de forma de facilitar la continuidad educativa de sus estudiantes y egresados. Artículo 90. (Del Consejo Directivo Central del ITS).- El ITS estará dirigido por un Consejo Directivo Central integrado por docentes, egresados y estudiantes, que serán electos por sus respectivos órdenes, así como por un representante designado por la Administración Nacional de Educación Pública y otro designado por la Universidad de la República.

Artículo 91. (Estructura y funcionamiento).- Constitúyase una Comisión de Implantación del ITS cuyo cometido será proponer a la Comisión Coordinadora del SNEP, antes del 30 de abril de 2010, la organización y funciones del ente, su plan de funcionamiento inicial, su estructura académica y curricular, así como determinar la cuantía y características del personal, patrimonio, presupuesto y finanzas necesarios para la instalación y puesta en marcha del mismo. Esta Comisión estará integrada por representantes del Ministerio de Educación y Cultura, la Administración Nacional de Educación Pública y la Universidad de la República que cuenten con reconocida competencia y experiencia en la materia. La Comisión de Implantación del ITS, consultará a las organizaciones representativas de trabajadores, empresarios y movimiento cooperativo, así como a las Intendencias, Ministerios y otras entidades públicas y privadas cuyo aporte se entienda necesario. La Comisión Coordinadora del SNEP, con la información proporcionada por la Comisión de Implantación, decidirá los plazos de puesta en marcha del ITS. CAPÍTULO XIV DESCENTRALIZACIÓN Y COORDINACIÓN TERRITORIAL Artículo 92. (Concepto).- La descentralización y coordinación territorial entre todas las instituciones vinculadas a la educación es un elemento central para el logro de las metas educativas. Artículo 93. (Creación de las Comisiones Departamentales de Educación).- Créanse por cada departamento de la República una Comisión Coordinadora Departamental de la Educación integrada por los siguientes representantes: uno por cada Consejo de Educación de la ANEP, del Instituto Universitario de Educación, del Consejo Nacional de Educación no Formal, del Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia, de la Universidad de la República. La Comisión Coordinadora del SNEP reglamentará el funcionamiento de las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación y podrá establecer mecanismos de coordinación regional, entre las Comisiones Departamentales. Artículo 94. (Cometidos).- Las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación tendrán los siguientes cometidos: A) Coordinar acciones en el departamento.

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B) Convocar a los representantes de los Consejos de Participación de los Centros Educativos para recibir opinión acerca de las políticas educativas en el departamento. C) Promover la coordinación de planes y programas procurando se contemple las necesidades, intereses y problemas locales. D) Asesorar a los diferentes órganos del SNEP en la aplicación de los recursos en el departamento y en la construcción y reparación de locales de enseñanza. E) Difundir, seleccionar y proponer las becas a otorgarse a estudiantes con dificultades económicas, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y en función de lo previsto en el artículo 115 de la presente ley. CAPÍTULO XV CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN NO FORMAL Artículo 95. (Creación).- Créase el Consejo Nacional de Educación No Formal en el Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 96. (Integración).- El Consejo Nacional de Educación No Formal tendrá una Comisión Directiva integrada por tres representantes designados respectivamente por la ANEP, la Universidad de la República y el Ministro de Educación y Cultura. Artículo 97. (Cometidos).- Al Consejo Nacional de Educación No Formal le compete: A) Articular y supervisar los programas, proyectos y acciones de educación no formal que se desarrollen en el país, en función de los principios, orientaciones y fines que determina la presente ley. B) Llevar un registro de instituciones de educación no formal. C) Promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal. D) Promover y coordinar acciones educativas dirigidas a personas jóvenes y adultas. E) Contribuir a reincorporar a la educación formal a quienes la hayan abandonado. Artículo 98. (Del Consejo Asesor y Consultivo).Créase el Comité Asesor y Consultivo del Consejo Nacional de Educación No Formal integrado por una Comisión Directiva, que lo presidirá, y un representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, del

Ministerio de Desarrollo Social, del Ministerio de Turismo y Deporte, del Instituto Nacional de la Juventud, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, por dos representantes de los educadores y por dos representantes de las instituciones de educación no formal privada. El Consejo Nacional de Educación No Formal tendrá funciones de asesoramiento y consulta, así como iniciativa en materia de educación en general y de educación no formal en particular, y promoverá la coordinación de programas y proyectos de educación no formal. El Consejo Nacional de Educación No Formal consultará al Consejo Asesor y Consultivo en las materias de su competencia. CAPÍTULO XVI LA EDUCACIÓN EN LA PRIMERA INFANCIA Artículo 99. (Integración).- La educación en la primera infancia, definida en el artículo 38 de la presente ley, estará a cargo, según sus respectivos ámbitos de competencia, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), la Administración Nacional de la Educación Pública (ANEP) y el Ministerio de Educación y Cultura (MEC). El INAU regirá la educación de niños y niñas de entre cero y hasta tres años que participen en programas, proyectos y modalidades de intervención social bajo su ámbito de actuación, en consonancia con lo establecido por la Ley Nº 15.977, de 14 de setiembre de 1988 y el artículo 68 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004. La ANEP supervisará la educación en la primera infancia que ofrezcan las instituciones privadas habilitadas por el Consejo de Educación Inicial y Primaria. El MEC autorizará, supervisará la educación de los Centros de Educación Infantil Privados definidos en el artículo 105, según lo establecido por la presente ley. Artículo 100.- Toda institución que desarrolle actividades de educación de niños y niñas entre cero y cinco años de edad en forma presencial, por períodos de doce horas o más semanales, deberá estar habilitada o autorizada para funcionar por los organismos competentes -ANEP, MEC o INAU- en el marco de la presente ley y de las competencias correspondientes. Artículo 101. (Creación del Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia).- Créase el Consejo Coordinador de Educación en la Primera In-

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fancia en el Ministerio de Educación y Cultura, dependiente de la Dirección de Educación. Artículo 102. (Integración del Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia).- El Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia estará integrado por un representante del Ministerio de Educación y Cultura, que lo presidirá, y representantes del Consejo de Educación Inicial y Primaria de la ANEP, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, del Ministerio de Salud Pública, de los educadores en primera infancia y de los centros de educación infantil privados. Artículo 103. (Cometidos).- Al Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia le compete: A) Promover una educación de calidad en la primera infancia. B) Articular y coordinar los programas y proyectos de educación en la primera infancia que se desarrollen en el país, en función de los principios, orientaciones y fines que determina la presente ley. C) Realizar propuestas relacionadas con la educación en la primera infancia a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública y a la Comisión Nacional de Educación. D) Promover la articulación de las políticas educativas con las políticas públicas para la primera infancia. E) Promover la profesionalización de los educadores en la primera infancia. F) Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura para la autorización, supervisión y orientación de los Centros de Educación Infantil Privados. Artículo 104. (Cometidos del Ministerio de Educación y Cultura en la educación en la primera infancia).- El Ministerio de Educación y Cultura tendrá los siguientes cometidos relacionados con la Educación en la Primera Infancia: A) Autorizar el funcionamiento de los centros de educación infantil privados, definidos en el artículo 105 de la presente ley. B) Llevar el Registro Nacional de Centros de Educación Infantil Privados sustituyendo al Registro Nacional de Guarderías creado por la Ley Nº 16.802, de 19 de diciembre de 1996.

C) Supervisar y controlar los centros de educación infantil privados. D) Aplicar sanciones, cuando los centros de educación infantil privados no cumplan con la normativa, desde la observación hasta la clausura definitiva del centro. También podrá recomendar sanciones económicas en aplicación de los artículos 95 y concordantes del Código Tributario. CAPÍTULO XVII LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL PRIVADOS Artículo 105. (Concepto).- Se considera centro de educación infantil privado, a todos los efectos legales, toda institución que cumpla con lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, independientemente de su razón social -incluyendo instituciones oficiales, intendencias municipales o empresas públicas-, y que no sea habilitada o supervisada por la ANEP o el INAU. Los centros de educación infantil privados, realizarán su actividad en el marco de la Constitución de la República y la presente ley. Asimismo, el Estado velará por el cabal cumplimiento del respeto a los derechos del niño, especialmente en los consagrados en las Leyes Nº 16.137 (Convención sobre los Derechos del Niño), de 28 de setiembre de 1990 y Nº 17.823 (Código de la Niñez y la Adolescencia), de 7 de setiembre de 2004. Artículo 106. (Condiciones generales para la autorización).- Los centros de educación infantil privados, deberán contar con personal idóneo para la atención de niños y orientar sus actividades hacia fines educativos, constituyéndose en espacios educativos de calidad, implementando proyectos institucionales con lineamientos curriculares específicos y acordes a las características de la edad. Artículo 107. (Requisitos para la autorización).Los centros de educación infantil privados para ser autorizados a funcionar deberán cumplir con los siguientes requisitos: A) Tener un proyecto educativo. B) Un Director responsable técnico de la institución, que deberá poseer título de nivel terciario universitario vinculado al área educativa, social o de la salud con especialización en el área, expedidos por el Instituto Universitario de Educación, la Universidad de la República o revalidados, o tengan reconocimiento del Ministerio

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de Educación y Cultura en el marco de lo establecido por el Decreto 308/995, de 11 de agosto de 1995. C) Al menos la mitad del personal de docencia directa deberá ser egresado de carreras o cursos específicos en la materia, cuyos planes de estudio supongan más de quinientas horas de duración, dictadas durante un año lectivo completo. Esa nómina incluirá otro profesional que deberá poseer título de nivel terciario con formación específica en las áreas de educación, social o de la salud expedidos por el Instituto Universitario de Educación, la Universidad de la República o revalidados, o tengan reconocimiento del Ministerio de Educación y Cultura en el marco de lo establecido por el Decreto 308/995, de 11 de agosto de 1995. D) El inmueble y las instalaciones deberán cumplir las normas de higiene, salud y seguridad, así como las comodidades básicas para satisfacer las necesidades de los niños matriculados y contar con las certificaciones correspondientes. E) No podrán instalarse a menos de cien metros de locales donde se estuvieran desarrollando actividades potencialmente peligrosas para la salud física o moral de los niños, asimismo esas actividades no podrán instalarse para funcionar en locales a menos de cien metros de distancia de un centro de educación infantil ya funcionando. CAPÍTULO XVIII EDUCACIÓN POLICIAL Y MILITAR Artículo 108. (Concepto).- La educación policial y militar, en sus aspectos específicos y técnicos estará a cargo de los Ministerios del Interior y Defensa Nacional, respectivamente. Los aspectos curriculares generales se regirán por los mismos criterios que los niveles educativos correspondientes. La selección e ingreso de los docentes, cumplirá los mismos requerimientos que se establezcan para cada nivel educativo. En sus planes de estudio deberán estar presentes las líneas transversales establecidas en el artículo 40 de la presente ley. Con respecto a la educación terciaria se regirán de acuerdo a la normativa y disposiciones que emanen de la presente ley y las que se dicten a sus efectos. Créase una Comisión integrada por el Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio del Interior, la ANEP y la Univer-

sidad de la República, con el cometido de elaborar un proyecto de ley de rediseño integral de la educación policial y militar. La Comisión tendrá como plazo hasta el 1º de enero de 2012. CAPÍTULO XIX COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 109. (Creación).- Créase la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 110. (Integración).- La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública, se integrará por: A) El Ministro o en su defecto el Subsecretario de Educación y Cultura. B) El Director de Educación del Ministerio de Educación y Cultura. C) El Rector de la Universidad de la República o en su defecto el Vice-Rector. D) Dos integrantes del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República. E) El Presidente o en su defecto otro integrante del Consejo Directivo Central de la ANEP. F) Dos integrantes del Consejo Directivo Central de la ANEP. G) Representantes de las nuevas instituciones autónomas que se crean. Artículo 111. (Cometidos).- A la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública le compete: A) Velar por el cumplimiento de los fines y principios establecidos en la presente ley. B) Coordinar, concertar y emitir opinión sobre las políticas educativas de la educación pública e impartir recomendaciones a los entes. C) Promover la planificación de la educación pública. D) Cumplir con los cometidos expresamente señalados en la presente ley. E) Promover la aplicación de los principios, fines y orientaciones generales que emanan de la presente ley. F) Convocar al Congreso Nacional de Educación.

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G) Conformar comisiones de asesoramiento y estudio de distintas temáticas educativas. Artículo 112. (De la Secretaría Permanente).- La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública tendrá una Secretaría Permanente con el cometido de apoyar el funcionamiento e implementar sus resoluciones. El Ministerio de Educación y Cultura y los entes de enseñanza asignarán los funcionarios necesarios a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública y proporcionarán la infraestructura necesaria. Artículo 113. (De la coordinación en educación en derechos humanos).- La Comisión Coordinadora del SNEP conformará una Comisión Nacional para la Educación en Derechos Humanos que tendrá como cometido proponer líneas generales en la materia. Artículo 114. (De la coordinación en educación física, la recreación y el deporte).- La Comisión Coordinadora del SNEP conformará una Comisión a los efectos de coordinar políticas, programas y recursos, así como promover y jerarquizar la educación física, la recreación y el deporte en el ámbito educativo. Artículo 115. (Coordinación del Sistema Nacional de Becas).- La Comisión Nacional de Becas, constituida de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y por un representante del Fondo de Solidaridad creado por la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994 y modificativas, aprobará las solicitudes de becas que las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación le remitan a su consideración. La supervisión será realizada por la Comisión Nacional de Becas con la colaboración de las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación. La Comisión Nacional de Becas procurará articular los sistemas de becas y apoyos a estudiantes para lograr una mayor racionalidad en la gestión y mayor impacto en los fines perseguidos con las becas. TÍTULO IV INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Artículo 116.- Créase el Instituto Nacional de Evaluación Educativa como persona jurídica de derecho público no estatal, el cual tendrá su domicilio en la capital de la República y se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 117.- El Instituto será dirigido y administrado por una Comisión Directiva integrada por siete

miembros: uno designado por el Ministerio de Educación y Cultura que lo presidirá; tres designados por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública; dos designados por la Universidad de la República; y uno por la educación privada inicial, primaria y media habilitada. Estos deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y conocimiento en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados nuevamente por única vez por igual período, manteniéndose en los mismos hasta la designación de quienes deberán sucederlos. Artículo 118.- El Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá como cometido evaluar la calidad de la educación nacional a través de estudios específicos y el desarrollo de líneas de investigación educativas: Asimismo deberá: A) Evaluar la calidad educativa en el Uruguay en sus niveles inicial, primario y medio. B) Aportar información que contribuya a garantizar el derecho de los educandos a recibir una educación de calidad. C) Dar a conocer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por los diferentes organismos, entes y demás instituciones educativas. D) Favorecer la producción de conocimiento sobre los procesos de evaluación. E) Aportar información acerca de los aprendizajes de los educandos. F) Proponer criterios y modalidades en los procesos evaluativos del Sistema Nacional de Educación en los niveles inicial, primario y medio. G) Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura y a la ANEP en cuanto a la participación en instancias internacionales de evaluación. Artículo 119.- El Instituto Nacional de Evaluación Educativa cada dos años realizará un informe sobre el estado de la educación en el Uruguay que tenga en cuenta entre otros aspectos los resultados de las pruebas de evaluación nacionales o internacionales en las que el país participe, el acceso, la cobertura y la permanencia en cada nivel educativo, los resultados del aprendizaje, la relevancia y la pertinencia de

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las propuestas y contenidos educativos y la evolución y características del gasto educativo. El mismo será publicado, será enviado al Poder Legislativo, al Poder Ejecutivo y a los distintos organismos de la enseñanza, dándole la máxima difusión. En el marco de sus respectivas competencias corresponde a cada organismo de enseñanza, brindar al Instituto los medios necesarios para obtener la información que se requiera para realizar el referido informe e implementar las evaluaciones en las que participen los centros que de ellos dependan. La política de difusión de esta información resguardará la identidad de los educandos, docentes e instituciones educativas, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización y discriminación. Artículo 120. (Criterios rectores).- Para la evaluación de la calidad de la educación el Instituto tendrá en cuenta los siguientes criterios rectores: A) La coherencia entre los currículos y recursos educativos, con las orientaciones, principios y fines de la educación establecidos en la presente ley. B) La calidad de la formación y el desarrollo profesional de los docentes. C) La adecuación de los procesos educativos de cada nivel a las características, necesidades e intereses de los educandos y su pertinencia en relación a los ejes transversales del Sistema Nacional de Educación establecidos por la presente ley. D) La eficiencia de la administración de los recursos humanos y materiales disponibles. E) Las condiciones edilicias, equipamiento y mantenimiento de los centros educativos. La evaluación se realizará según normas técnicas e indicadores establecidos por la Comisión del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Artículo 121.- A los efectos del cumplimiento de los cometidos establecidos en el artículo 118 de la presente ley, la Comisión Directiva tendrá las siguientes atribuciones: A) Administrar, distribuir y fiscalizar sus recursos económicos. B) Celebrar convenios con instituciones públicas o privadas. C) Designar al personal dependiente, fijar sus retribuciones y disponer su cese.

D) Establecer el régimen del personal dependiente de acuerdo con lo que disponga la respectiva reglamentación. Artículo 122.- Contra las resoluciones de la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa procederá el recurso de reposición, que deberá interponerse dentro de los diez días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación del acto al interesado. Una vez interpuesto el recurso, la Comisión dispondrá de treinta días hábiles para instruir y resolver el asunto, configurándose la denegatoria ficta por la sola circunstancia de no dictarse resolución dentro de dicho plazo. Denegado el recurso de reposición, el recurrente podrá interponer, únicamente por razones de juridicidad, demanda de anulación del acto impugnado ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil del Turno asignado por la Oficina Distribuidora de Asuntos. La interposición de esta demanda deberá hacerse dentro del término de los veinte días siguientes al de la notificación de la denegatoria expresa o, en su defecto, del día siguiente al que se configura la denegatoria ficta. La demanda de anulación sólo podrá ser interpuesta por el titular de un derecho subjetivo o de un interés directo, personal y legítimo, violado o lesionado por el acto impugnado. La sentencia del Tribunal no admitirá recurso alguno. TÍTULO V PRINCIPIO ESPECÍFICO DE INTERPRETACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA LEY Artículo 123. (Principio específico de interpretación e integración).- Para la interpretación e integración de la presente ley se deberá tener en cuenta el interés superior del educando, que consiste en el reconocimiento y respeto de los derechos inherentes a su calidad de persona humana. En consecuencia, este principio no se podrá invocar para menoscabo de tales derechos. TÍTULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y EXCEPCIONALES A) La elección de los docentes para integrar el Consejo Directivo de la ANEP y los Consejos de Educación se realizará en el momento que lo considere oportuno la Corte Electoral, antes del 1º de marzo de 2010. Los docentes electos

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asumirán sus funciones en el mismo momento que lo hagan los designados según los procedimientos establecidos en la presente ley. B) Hasta tanto se integre el Instituto Universitario de Educación, se faculta al Consejo Directivo Central de la ANEP a adoptar las decisiones que correspondan para mantener la continuidad de los servicios a su cargo. C) La Administración Nacional de Educación Pública deberá incorporar a la escuela a todo niño de cuatro años de edad, cuyos padres o responsables legales hayan solicitado su matriculación, a partir del 1º de enero de 2009. D) El Consejo Directivo Central de la ANEP, a los efectos de cumplir con la obligatoriedad de la educación media superior establecida en el artículo 7º de la presente ley, propondrá a la Comisión Coordinadora del SNEP, un plan específicamente elaborado para tal fin. El mismo, luego de ser aprobado por esta Comisión será elevado al Poder Legislativo antes del 30 de agosto de 2010. E) El Consejo Directivo Central de la ANEP, a los efectos de cumplir con el objetivo de asegurar a los alumnos de educación primaria y educación media básica la extensión del tiempo pedagógico en esos niveles, establecido en el artículo 7º de la presente ley, propondrá a la Comisión Coordinadora del SNEP, un plan específicamente elaborado para tal fin. El mismo, luego de ser aprobado por esta Comisión será elevado al Poder Legislativo antes del 30 de agosto de 2010. F) A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el literal B) del artículo 62 de la presente ley se crea una Comisión integrada por representantes de los Consejos de Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Técnico-Profesional (UTU) con el cometido de elaborar una propuesta de educación media básica, a partir de las experiencias de los Ciclos Básicos de las diferentes modalidades existentes, incluyendo 7º, 8º y 9º año del medio rural. La Comisión deberá constituirse en los siguientes noventa días, recibirá la opinión de las Asambleas Técnico Docentes. La Comisión de Implantación del Consejo de Educación Media Básica remitirá informes periódicos al Consejo Directivo Central de la ANEP con recomendaciones vinculadas a la educación media básica. Establecerá un plan que tenga en cuen-

ta la infraestructura edilicia, los recursos materiales y los recursos humanos necesarios para el funcionamiento del nuevo Consejo. Propendiendo al logro del objetivo de universalización del ciclo básico, incluirá en su propuesta objetivos mínimos comunes de egreso, y distintas modalidades y trayectos de acuerdo a los requerimientos de la población objetivo a atender. El Consejo Directivo Central de la ANEP, a partir de las recomendaciones de la Comisión realizará las modificaciones y adoptará las normas necesarias a los efectos de constituir el Consejo a partir del 1º de enero de 2013. G) Se encomienda al Consejo de Educación Media Básica elaborar en un plazo de ciento ochenta días de su creación, un plan para asegurar el cumplimiento del literal B) del artículo 69 de la presente ley, el que será aprobado por el Consejo Directivo Central en presencia de los Directores Generales de los Consejos. H) El Poder Ejecutivo en un plazo de noventa días remitirá a la Asamblea General del Poder Legislativo un proyecto de ley que establezca procedimientos adecuados, técnicamente diseñados y que ofrezca garantías a las instituciones y a la sociedad, para la autorización, el reconocimiento y el seguimiento de las instituciones privadas de educación terciaria. I) Los cursos de tecnólogos realizados actualmente entre la Universidad de la República y la ANEP, se continuarán realizando como hasta el presente, y progresivamente se irán integrando a los institutos pertenecientes al Instituto Terciario Superior (ITS). TÍTULO X DEROGACIONES Y OBSERVANCIA Deróganse las Leyes Nº 15.739, de 28 de marzo de 1985, a excepción de los artículos 29 a 43; Nº 16.115, de 3 de julio de 1990, Nº 16.802, de 19 de diciembre de 1996 y Nº 18.154, de 9 de julio de 2007, así como todas las disposiciones legales que se opongan a la presente ley. Sala de la Comisión, 27 de noviembre de 2008. ROQUE ARREGUI, Miembro Informante, DANIEL CARBAJAL, NORA CASTRO, JOSÉ CARLOS MAHÍA.

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Comisión de Educación y Cultura INFORME EN MINORÍA Señores Representantes: Nadie merece ser condenado desde el inicio a una vida sin perspectiva. Esta idea forma parte de nuestra moral compartida, pero debe estar acorde con la otra idea que juzgamos igualmente valiosa: toda persona tiene derecho a compartir con los suyos aquello a lo que accedió gracias a su responsabilidad y esfuerzo. El sistema de educación pública enfrenta una crisis muy profunda de resultados y de pérdida de prestigio. Lo que otrora fue orgullo de los uruguayos y admiración de los intelectuales del mundo hoy ha perdido ese brillo. En las últimas décadas la educación no ha sido instrumento para la formación del ciudadano, ni ha tenido el nivel que permita al país desarrollarse como las circunstancias lo requieren, bajando el nivel de formación así como los recursos humanos. Uno de los síntomas de no dar respuesta a las expectativas requeridas, es el alto índice de deserción en todos los ciclos, sobre todo en secundaria. El sistema debería formar individuos para el futuro, como ciudadano con determinados valores y con capacidad de ser útil para el país. La formación ciudadana implica trasmitir los valores permanentes para la convivencia social y la capacidad de interpretar eventos nacionales y globales. La formación de recursos humanos requiere inculcar ciertas actitudes básicas para participar en el mercado laboral y la capacidad de aprendizaje continuo. El formar de una vez y para toda la vida ha quedado obsoleto, la dinámica del mundo, las realidades nacionales cambiantes, el acceso a las nuevas tecnologías son un permanente desafío para los sistemas educativos actuales, no solamente en nuestro país. La educación es un asunto político, en el sentido más noble del término, por lo que los ciudadanos deben de saber en el hoy para qué futuro estamos formando. Para que un sistema educativo sea organizado y moderno debe de estar focalizado sobre la calidad en los aprendizajes y a partir de ello llevar adelante la gestión. La sociedad necesita que sus miembros se preparen para contribuir al buen funcionamiento de las instituciones y a la generación de riqueza

El Uruguay es un país pequeño pero con realidades territoriales distintas, con una fuerte centralización administrativa, una histórica transferencia de recursos desde el interior a la capital, situación que ha ido generando concentración de bienes y servicios en la capital del país, entre ellos los educativos, tanto públicos como privados. En los últimos años no solamente ha decaído el nivel educativo sino también el clima social que reina en los centros de estudio, producto del traslado de la realidad social externa al centro educativo. El concepto de la subsidiariedad es fundamental para atacar el fenómeno social y educativo, que permita soluciones para los dos aspectos, desde el nivel más pequeño hacia el mas grande, pero ello implica un marco legal que conciba al centro de estudio como un elemento importante en la gestión. Los docentes realizan una tarea admirable y están movidos por una vocación genuina, pero además constituyen una corporación formada por miles de personas que comparten intereses. Hubo una época en que la función docente era muy valorada y resultaba atractiva para muchos. En ese tiempo era posible tener a Carlos Real de Azúa como profesor en el Instituto Alfredo Vázquez Acevedo (IAVA). Pero las cosas han cambiado desde entonces: el prestigio social de la profesión se ha reducido, los niveles de remuneración han caído y, consiguientemente, han crecido las dificultades para reclutar personas que quieran formarse para la tarea. Entre 1995 y 2002, el número de alumnos de educación primaria y secundaria creció en casi ciento veinte mil individuos, pero la cantidad de inscriptos en los centros de formación docente sólo aumentó en nueve mil. En el año 2002, sólo el 49% de los profesores de enseñanza secundaria tenía un título de formación docente. Un 8% se había formado como maestro, un 19% había hecho otros estudios y el 23% no había concluido ningún estudio terciario. Las cosas han mejorado desde entonces, en parte porque se impulsaron políticas que resultaron exitosas (como la creación de los CERP) y en parte porque disminuyó la matrícula de secundaria tras haber alcanzado su pico histórico en el año 2003. Luego se inició una contracción que, sólo en el período 2004-2005, significó una pérdida de trece mil estudiantes. Según un censo docente realizado por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), en el año 2007, la proporción de docentes de secundaria con título específico es hoy del 59% ciento, diez puntos más que en 2002. La situación es me-

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jor en primaria, donde la totalidad de los maestros están titulados y peor en la enseñanza técnica, 46% con titulación específica. Compensar este déficit no es una tarea sencilla, dadas las necesidades de reposición de una fuerza de trabajo compuesta por unos cuarenta y cinco mil docentes, la cuarta parte de los cuales tiene cincuenta o más años de edad. La profesión docente atrae menos interesados de los que necesita el sistema, y además tiene dificultades crecientes para reclutar candidatos entre las personas con mayor capital cultural, los docentes más jóvenes tienden a provenir de hogares que son apenas más fuertes en términos culturales que el hogar uruguayo promedio. Ante esta realidad debemos buscar los caminos de cambios que no sean solamente formales o coyunturales sino de fondo y con aspiración de permanencia. El proyecto de ley Panorama general Características No es una ley general de educación sino una ley orgánica de un ente autónomo, la Administración Nacional de Enseñanza Pública (ANEP). Enfatiza lo orgánico-institucional por sobre lo estrictamente educativo, debería priorizar los objetivos pedagógicos y sociales, asegurar la pertinencia de los contenidos curriculares y la calidad académica, definir valores esenciales a preservar y no define el perfil técnico de integrantes de los distintos organismos. Resigna el principio representativo en la conducción de los órganos de dirección de la educación en favor del gobierno corporativo. Tiene un fuerte perfil declarativo. Impulsa la burocratización del sistema porque se multiplican los órganos de conducción y la cantidad de personas que los integran Instala una participación de actores sociales a todos los niveles, con lo que diluye el principio de autoridad, desdibujando las líneas de responsabilidad y complejizando la gestión. Violenta la autonomía de la ANEP en numerosos artículos, habilitando la injerencia del Poder Ejecutivo contra lo que dice la Constitución de la República. Define de manera restrictiva el principio de laicidad.

Principios Generales El proyecto se refiere a los principios clásicos, en general en forma correcta, salvo en lo que refiere a la laicidad. Laicidad. El principio de laicidad es devaluado y degradado en dos aspectos: Se omite la obligación ética del docente de impartir enseñanza con “objetividad” e “imparcialidad”, sólo mantiene de la ley vigente el concepto de “integralidad”. Se omite toda referencia a la prohibición de hacer proselitismo de cualquier especie y de respetar la conciencia autónoma del alumno. Se enfatiza el garantizar “la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias”, con lo que se oculta que la relación Maestro-Profesor/Alumno es asimétrica en términos de poder institucional, de autoridad y saber por parte del docente. De hecho, la norma habilita a que el docente ejerza influencia en el alumno con sus ideas y creencias, con tal que admita la libertad de opinión, cosa que siempre es relativo porque, en definitiva, el que califica luego al alumno es el docente. Obligatoriedad y Autonomía Es declarativa la obligatoriedad de la educación media superior donde existe un notable rezago de cobertura y retención de la matrícula. En las disposiciones transitorias se intenta avanzar operativamente, encomendando a la Comisión Coordinadora Nacional de Educación Pública la presentación de un plan para alcanzar esas metas de obligatoriedad. Se afecta con ello doblemente la autonomía de la ANEP. Encomendando el plan a un organismo externo a la ANEP (presidido por el MEC e integrado por la UDELAR) en una materia de su especialidad orgánica. Por otra parte remite al Poder Legislativo aspectos que corresponden a la gestión interna de la ANEP. Tiene innovaciones en lo institucional. Se multiplican los consejos, comisiones e institutos. Se crean diecinueve organismos y una gran variedad de integrantes. Comisión Nacional de Educación, veintidós miembros; Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, ocho miembros; Comisiones Co-

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ordinadoras Departamentales de Educación, diecinueve, siete miembros por cada una; Congreso Nacional de Educación, Consejo Directivo Central (CODICEN), cinco miembros; Consejo de Educación Inicial y Primaria, tres miembros; Consejo de Educación Media Básica, tres miembros; Consejo de Educación Media Superior, tres miembros; Consejo de Educación Tecnológica y Superior, tres miembros; Comisiones Consultivas de los Consejos de Educación integrados por funcionarios, docentes, padres y alumnos; Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia, siete miembros; Consejo Directivo del Instituto Nacional de Educación No Formal; Instituto Universitario de Formación en Educación (cogobierno de estudiantes, docentes y egresados); Comisión Coordinadora de la Educación de Personas Jóvenes y Adultas; Instituto Nacional de Evaluación Estadística; Comisión Nacional para la Educación en Derechos Humanos; Consejos de Participación de los Centros Educativos, lo integran padres, docentes, funcionarios, estudiantes y vecinos; Asambleas Técnico Docentes Nacionales; Asambleas Técnico Docentes por Centro Educativo. De un criterio de participación emana también la representación corporativa en la dirección de los Consejos de Enseñanza de la ANEP. La idea expresada por los sindicatos de la enseñanza es que para acceder a una “real y auténtica autonomía” se debe partir del co-gobierno, de modo que los directamente involucrados en la educación designen a los jerarcas del ente. Se unifica el Ciclo Básico de la enseñanza media que se imparte en Secundaria y en UTU en un solo organismo, el Consejo de Enseñanza Media Básica. Es impracticable en este momento, porque el ciclo básico de UTU que funciona en las escuelas técnicas tiene más de quince mil alumnos y, al salir de las mismas, no hay disponibilidad locativa para albergarlos. En el estatuto del docente se adiciona como novedad la exigencia del respectivo titulo docente para la educación media básica. Aunque es una medida deseable e ideal, no puede cumplirse para la enseñanza media básica. Hay cuantiosos profesores sin titulación especialmente en Ciencias y en el interior del país, esto implicaría dejar sin profesores a multitud de alumnos. Se crea como persona jurídica de derecho público no estatal el Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Su integración no es la más conveniente, será dirigido por una Comisión Honoraria de cinco miem-

bros; uno designado por el Ministerio de Educación y Cultura, dos por el CODICEN, uno por la Universidad de la República y uno por la educación privada. Hubiera sido mejor que no fuera honorario y designado de una manera más independiente de los organismos públicos de la educación que debe evaluar. El Instituto Terciario Superior y el Instituto Universitario de Educación son órganos que se consideran necesarios si se los concibe individualmente, incluso conceptualmente se puede coincidir con algunas de sus fundamentaciones, pero en el presente proyecto pasan a ser parte de un sistema educativo inadecuado y parcializado de la visión del país. No se le da la importancia mediante un marco legal adecuado a los centros educativos, sólo buenas intenciones declarativas. La distribución de cometidos entre los Consejos de la ANEP está presidida por una lógica que desdibuja el papel del CODICEN, operando respecto a la normativa vigente una distribución de competencias a favor de los Consejos de las diversas ramas de la enseñanza. Debilita en forma significativa la coordinación de políticas que opera el actual CODICEN. En cuanto al proceso que se llevó adelante, es de destacar el valioso aporte del “debate educativo”, en cuanto que ciudadanos de distintos lugares y dedicados a distintas actividades del quehacer nacional pudieron expresarse. La integración y posterior funcionamiento del Congreso de la Educación sólo fue una puesta en escena del Gobierno para tratar de mostrar su preocupación por la educación y de los gremios tratando de fortalecer su posición, que actuaron con mayorías artificiales constituidas por negociaciones. El resultado ha sido que el proyecto presentado no contempla el mandato emanado del Congreso, según esas mismas organizaciones gremiales. Este proyecto no ha sido consensuado entre los sectores políticos y sociales, lo que hace discutible su legitimidad y por lo tanto su permanencia en el tiempo. Por los fundamentos expuestos votamos negativamente el proyecto de ley. Sala de la Comisión, 27 de noviembre de 2008. JUAN JOSÉ BRUNO, Miembro Informante, DAVID FERNÁNDEZ.

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PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- Recházase el proyecto de Ley General de Educación. Sala de la Comisión, 27 de noviembre de 2008. JUAN JOSÉ BRUNO, Miembro Informante, DAVID FERNÁNDEZ. Comisión de Educación y Cultura INFORME EN MINORÍA Señores Representantes: La consideración de un proyecto de ley de educación implica por sobre todas las cosas apostar a una herramienta que efectivamente permita un salto cualitativo en el proceso educativo, acompasando éste a los vertiginosos cambios que en el área del conocimiento, la ciencia y la tecnología ocurren hoy en el mundo. Ese desafío debiera ser el principio rector de cualquier iniciativa que demuestre que con lo establecido en la Ley Nº 15.739, de 28 de marzo de 1985, esos objetivos no sean pasibles de lograr. Entendemos que este proyecto en consideración no apunta en términos generales en esa dirección. Se trata en su inmensa mayoría de disposiciones que establecen un complejo organigrama de distribución de autoridades y competencias, con un evidente aumento de la burocracia y una pretendida participación de múltiples sectores en las propuestas y decisiones que debilitan la verdadera efectividad de esa participación. Ciertas disposiciones en particular ofrecen dudas y otras despiertan franca discrepancia de forma y fondo. La discusión de los diferentes artículos que se dará en Sala no nos exime de realizar comentarios y fijar posición sobre algunas de estas disposiciones proyectadas. La creación de una Comisión Nacional de Educación, con la capacidad de recibir y formular propuestas sobre política educativa, limita a nuestro entender las potestades del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional Educación Pública, a quien compete por ley establecer la orientación general de los planes y programas de estudio. La integración del Consejo Directivo Central de ANEP con miembros electos por el cuerpo docente del ente, que a su vez serán definitorios en la designación de los integrantes de los Consejos de Educación, transfiere desde el ámbito político representativo hacia el corporativo el poder de decisión, descono-

ciendo la legítima autoridad emergente de las decisiones ciudadanas. Se crean multiplicidad de Consejos de Educación, Coordinadores y Consultivos, con superposición de funciones y un aumento desmedido de cargos de confianza que desdibujan las atribuciones y cometidos de cada uno. Queremos dejar constancia que algunas propuestas contenidas en este proyecto podrían ser objeto de consideración oportunamente y fuera del contexto de esta ley, ya que compartimos la creación de algunos de estos organismos y así lo hemos manifestado en su momento, aunque no con las características y la integración de sus órganos conductores como se propone. Nos referimos a la creación de un Instituto Universitario de Educación y un Instituto Terciario Superior a nivel tecnológico u órganos similares. Finalmente, la creación de un Instituto Nacional de Evaluación Educativa, si bien avanza en el sentido de independizarlo de la órbita del Ministerio de Educación y Cultura, no asegura la absoluta independencia del juicio evaluatorio que debería ser externo al país. Por todo lo expresado, voto negativamente el proyecto de ley. Sala de la Comisión, 27 de noviembre de 2008. MANUEL MARÍA BARREIRO, Miembro Informante. PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- Recházase el proyecto de Ley General de Educación. Sala de la Comisión, 27 de noviembre de 2008. MANUEL MARÍA BARREIRO, Miembro Informante”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante en mayoría, señor Diputado Arregui. SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: la Cámara de Diputados se apresta a votar la nueva Ley General de Educación que va a tener nuestro país. Cuando un Parlamento se apresta a votar una normativa del área que corresponda, esta no está aislada sino que forma parte de un conjunto de acciones y del quehacer nacional. Es por eso que nosotros enmarcamos esta

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nueva Ley General de Educación en el concepto de que la educación tiene un significativo papel en la formación del ser humano y en la construcción social; asimismo, tiene su ligazón con un proyecto de país apegado a valores de democracia, de justicia, de solidaridad, de promoción de los derechos humanos y de progreso. Por tal motivo, la actual Administración está encarando una integralidad de acciones para que la educación cumpla con el rol que mencionábamos. El crecimiento permanente y significativo de los recursos económicos hasta llegar a la meta planteada del 4,5% del Producto Bruto Interno para la enseñanza pública -que para el próximo año va a representar US$ 1.500:000.000 invertidos- está permitiendo una cantidad de mejoras en distintas áreas de la educación; por ejemplo, nos viene posibilitando aumentar el poder adquisitivo de los trabajadores de la enseñanza -que se encontraban a niveles bastante depreciadosde manera gradual y sostenida. Así se está realizando; era un compromiso de nuestro Gobierno. Esto ha permitido crear cargos que se hacían imprescindibles para cumplir funciones docentes en distintas áreas y para reducir la cantidad de alumnos por grupo. Se trata de cargos de maestros comunitarios, de profesores y de trabajadores de la enseñanza en tareas de apoyo, como, por ejemplo, adscriptos y auxiliares de servicio, personal que es fundamental. En tal sentido quiero señalar lo siguiente, señor Presidente: si hay algo básico en el proceso educativo es el recurso humano, que es el que está en contacto con el educando, con el niño, con el joven y con el adulto que participa de la educación. Por eso, es fundamental priorizar y prestigiar la función del docente y la de los otros trabajadores de la enseñanza que colaboran en su apoyo. Este crecimiento de los recursos permite realizar importantes inversiones en materia de infraestructura edilicia, en un sistema educativo que cuenta con cerca de tres mil centros que tenían déficit crónicos, carencias de mantenimiento, necesidades de refacción. También se necesita construir más cantidad de centros educativos. Dicho crecimiento también ha permitido invertir en planes, en programas, en equipamientos y en materiales didácticos fundamentales para lograr mejores resultados educativos.

Entre la integralidad de acciones debemos mencionar, asimismo, el Plan Ceibal y su instrumentación, que tiene profundas características integradoras y coloca a todos los niños y a las niñas de este país en pie de igualdad en cuanto al acceso a la tecnología de la información y la comunicación. Ha representado una acción realmente revolucionaria, que ha pasado a ser ejemplo a nivel internacional. Es importante señalar que, luego de la reforma vareliana, que tanto representó en cuanto a la democratización de la educación y del conocimiento y a la socialización, el Plan Ceibal ha sido el paso posterior de mayor trascendencia en la materia, que permite cerrar la brecha digital. ¿Cómo no vamos a mencionar entre esta integralidad de acciones la obligatoriedad de la educación inicial en el nivel de cuatro años a partir de 2009, que fue votada por unanimidad en este Parlamento, porque se ha entendido la importancia que tiene la educación a nivel temprano? Por otra parte, quiero señalar la importancia de otra ley que hemos votado en este Parlamento, que establece la obligatoriedad de la educación física en la totalidad de las escuelas públicas urbanas y rurales y en todas las clases, porque partimos del concepto de que hay que formar al ser humano de manera integral y la educación física forma parte de ello. La elaboración de nuevos planes y programas a nivel de la educación primaria, media y de formación docente es parte de esa integralidad de acciones. Además, la incorporación de la historia reciente es fundamental para cubrir ese tremendo bache que teníamos, que hacía que los educandos no estuvieran en contacto con algo que es fundamental; así, de alguna forma, por omisión aunque no por acción, se estaba violando la laicidad, porque en la medida en que existe ignorancia, hay violación de la laicidad. Asimismo, hay una clara orientación y una acción efectiva en marcha para no retrasar más la educación sexual, que es fundamental y que de alguna forma estaba detenida; realmente, no estaba a la altura que correspondía. En todo esto y mucho más es en lo que se ha venido trabajando y avanzando en materia educativa. Ahora bien; todo ello debe complementarse con la aprobación de una nueva normativa legal, que es

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un debe que se arrastra desde 1985, cuando en un período muy especial de la vida democrática de nuestro país, cuando se salía de la dictadura y se procedía a la reinstitucionalización democrática, se aprobó la Ley N° 15.739, denominada Ley de Emergencia. Fue una ley de emergencia que aún hoy está vigente para el sistema educativo; en su título se estableció que era una ley de emergencia, lo cual implica que la totalidad del espectro político de este país que en aquel tiempo se expidió, entendió que había que hacer modificaciones de fondo, profundas, para poner la educación a la altura de lo que necesita nuestra gente y nuestro país. Veintitrés años han pasado desde entonces, señor Presidente, y el actual Gobierno asume la responsabilidad de poner manos a la obra e inicia el proceso para aprobar una nueva ley de educación. Queremos hacer una pequeña acotación antes de proseguir con esta exposición. Se nos ha dicho que ha habido incapacidad de parte del actual Gobierno y de la Administración para fomentar un diálogo y para poder avanzar en la materia. Yo digo que lo que ha habido en este país en los veinte años posteriores al 1° de marzo de 1985 fue incapacidad propositiva de parte de quienes tenían las mayorías parlamentarias para cambiar la actual normativa legal. Ha faltado capacidad propositiva, aun en este período de Gobierno, como para que desde otros ámbitos muy legítimos, con visiones distintas o coincidentes, se propusieran nuevos contenidos para modificar la ley de emergencia. Esto es lo que ha habido en cuanto a incapacidad, señor Presidente. Para aprobar una nueva ley general de educación, la actual Administración entendió que era fundamental dar participación a todos los que tuviesen la posibilidad de efectuar aportes en esta materia, pero también, en una integralidad de acciones, de hacer propuestas educativas de todo tipo. Y es así que se convocó a un debate educativo, que se realizó a lo largo y ancho de este país, en asambleas de base territorial en ciudades, en pueblos, en barrios. Esto dio lugar a un Congreso Nacional, en el que se realizaron valiosos, muy importantes y plurales aportes. Eso habla de la característica de nuestra sociedad democrática y de la diversidad de opiniones, que en algunos casos eran coincidentes y, en otros, contradictorias, pero fundamentales para que el legislador, en el rol

que le concede la ciudadanía de ser su representante, tomase precisamente esos aportes. Cuando se elaboró el proyecto de ley que hoy está a consideración, los aportes de las asambleas de base, del Congreso Nacional, fueron insumos privilegiados para la definición de sus contenidos. También se tomaron otros insumos procedentes de la sociedad civil, de las distintas orientaciones, porque es obligación del legislador y de la Administración oír todas las voces, todas las opiniones y, posteriormente, definir. La que se está proponiendo, señor Presidente, es una ley general de educación. Una ley general de educación significa que contempla la educación en los distintos estadios, desde la primera infancia hasta el final, en el sistema formal, en lo que hoy es la ANEP y en lo que serán el Instituto Universitario de Educación y el Instituto Técnico Superior. Además, una ley general de educación debe contemplar el ámbito de la educación no formal, es decir, esa educación que se da en el seno de la sociedad civil a través de distintas instituciones sociales, deportivas, culturales, a través de distintas organizaciones, cuyas energías liberadas para contribuir a la formación del ser humano en las distintas áreas son fundamentales. El Título I del proyecto de ley, que trata sobre las “Definiciones, fines y orientaciones generales de la educación” y el Capítulo VII del Título II, referente a las “Líneas transversales”, le ponen un norte y una orientación al sistema educativo. La educación no es neutra ni aséptica; implica compromiso con valores y principios comunes de la sociedad y, por lo tanto, compromete a todos los actores vinculados a ella: alumnos, docentes, autoridades, etcétera. Se ha dicho que la primer parte de este proyecto de ley es meramente declarativa porque habla de fines, de principios, de políticas educativas, de orientaciones generales. Como decía antes, esta ley de educación no puede ser neutral ante los valores de la sociedad; tiene que tomar partido. Ante la solidaridad y el individualismo no puede ser neutral; toma partido por la solidaridad. Ante la justicia y la injusticia no puede ser neutral; toma partido por la justicia. Ante los derechos humanos y la violación de ellos, toma partido, genera un compromiso. Y de eso se trata: de que las autoridades de la enseñanza, de que las autoridades nacionales, de que los docentes, los padres, los alumnos y la sociedad en general estén mandatados por una norma al servicio de los valores comunes

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de toda la sociedad. Por eso es importante dejar consignado en la primer parte del proyecto lo que estaba mencionando. En el artículo 1º de este proyecto de ley -y no es casual que sea en su primer artículo- se define la educación como un derecho humano fundamental. Se establece que la educación es un bien público, o sea, un bien de la sociedad en su conjunto, de todos sin excepción. Asimismo, se establece una orientación: la de que en el ámbito educativo van a estar plenamente vigentes los derechos humanos, que el sujeto de la educación, la prioridad de todo el accionar, el centro, es el educando y que todos los demás tenemos que contemplar esa situación. El Capítulo II del Título I está referido a los principios de la educación. En él estamos tomando y reafirmando los principios varelianos, que son fundamentales y característicos de la sociedad uruguaya y de la educación pública. En cuanto a que exista universalidad, se reafirma el principio de la gratuidad de la enseñanza, para que todos tengan acceso a ella. Los otros principios son la obligatoriedad y la laicidad. En este último quiero detenerme unos instantes. La laicidad es un principio fundamental, no solamente para esta fuerza política, sino para la totalidad de las fuerzas políticas democráticas de este país y para la totalidad de la sociedad uruguaya. Eso significa -está establecido en el proyecto- que los educandos, los alumnos, van a estar en contacto con todas las interpretaciones de la realidad. Se les debe proporcionar una visión integral que les permita, en la libertad de conciencia posterior y en su autonomía, tomar sus propias definiciones en un ámbito de libertad plena. No existe laicidad sin libertad de cátedra, porque el docente, como profesional de la enseñanza, formado como corresponde y cumpliendo con los planes, con los programas, con los fines, las orientaciones y los principios que este proyecto de ley claramente establece, lo que debe hacer, con libertad y respetando lo que decíamos, es una exposición integral de todas las posturas ante aquellos temas que se requieran. En el Capítulo II, “De los principios de la educación”, que no figuraban en la ley, se contemplan los temas de la diversidad y de la inclusión para quienes tienen capacidades diferentes, para que los colectivos minoritarios que se encuentran en situación de vulnerabilidad, para que a aquellos sectores que social, cultural o geográficamente de alguna manera están en

inferioridad de condiciones en el ámbito de la educación, efectivamente se los incluya, se les respete la libertad y se adopten las medidas correspondientes. Entre los fines de la política educativa -y esto será mandato por ley- se establece promover la justicia, la solidaridad, la libertad, la democracia, la inclusión social, la integración regional e internacional y la convivencia pacífica. El tema de la igualdad de oportunidades o de la equidad pasa a ser fundamental para incluir a todas las personas y poder lograr situaciones de igualdad, independientemente de la edad, del género, de la raza, de la etnia y de la orientación sexual. Cuando llegue el momento de concretar esos fines, esos principios y la orientación de la política educativa de este proyecto de ley de educación, habrá dos ámbitos en los cuales deberá plasmarse y concretarse: el de la educación formal y el de la educación no formal. En el ámbito de la educación formal se estructura y se recoge buena parte de lo que ya existe en los distintos niveles. Estamos hablando de la educación inicial -que a los efectos legales se establece entre los tres y cinco años de edad-, de la educación primaria, de la educación media básica, de la educación media superior, de la educación terciaria, de la formación en la educación con carácter universitario, de la educación terciaria universitaria y de la educación de posgrado. Hay algo que nosotros entendemos importante que se haya plasmado en este proyecto de ley general de educación. Me refiero a la movilidad de los estudiantes, a permitir que a aquel alumno que ha realizado un curso en determinada orientación y decide cambiarla -ya sea por distintas situaciones en su vida, porque cree que otra orientación es la mejor o por motivos laborales-, se le acrediten las materias que sirven para la otra orientación, es decir, le sirva lo cursado, aprendido e integrado, de modo que todo ello no sea en vano y tenga que empezar desde el principio. Nos parece que ello es fundamental. También incorporamos normas relativas a la educación a distancia y semipresencial como modalidades que aportan a la enseñanza. Antes de Internet, la educación a distancia y semipresencial se usaba a través de distintos mecanismos, pero con la tecnología de la información y de la comunicación, con la

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democratización de ese acceso, debemos tomar en cuenta la educación a distancia y semipresencial como un instrumento más, aunque no como un instrumento sustitutivo de la presencia, porque nos queda absolutamente claro -como docentes que somos- que el relacionamiento directo del docente con el educando es fundamental para lograr resultados educativos. Pero debemos admitir que estas tecnologías pasan a ser un aporte fundamental y contribuyen sobre todo con aquellos que están más alejados geográficamente de un centro educativo y con aquellos que por motivos laborales no pueden asistir a la totalidad de los cursos. De esa manera tienen la posibilidad de acceder a conocimientos y hasta de hacer intercambios de información directamente con los docentes. Por eso consideramos que es necesario modernizar y poner a tono la actual Ley de Educación, que hoy no contempla estos aspectos. Hay otro ámbito que nos parece insustituible, que es la educación no formal. Me refiero a las instituciones de la sociedad civil, a las que se les reconoce -como veremos más adelante- su importancia, y se analiza si aportan, para ver qué puede hacer el Estado en esa materia, sin sustituirla. La educación en la primera infancia es considerada fundamental, tomada desde el punto de vista legal desde el nacimiento hasta los tres años de edad, con la importancia y la conciencia que tiene para esa etapa la estimulación temprana, la integralidad de acciones entre lo educativo, la salud y lo social. Hay un Capítulo que no podemos mencionar en forma muy sintética. Me refiero a la reinserción y a la continuidad educativa. En este punto es fundamental lograr el abatimiento de la deserción; encontrar mecanismos para que quienes han abandonado el sistema formal se reinserten. Ello nos parece muy importante. Para reinsertar en el sistema de educación formal a dichas personas -niños, jóvenes o adultos- es necesario tomar en cuenta los conocimientos que la propia vida les ha dado, porque quizás se aprende más en la sociedad y en la vida que en un centro educativo. Esto no es nuevo, señor Presidente. En la educación primaria hay un instrumento de validación de conocimientos por el sistema de acreditación por aprendizaje, con lo cual se realizan evaluaciones y se ve si esos conocimientos son los adecuados para poder reinsertarse. Lo que hacemos ahora -damos un

paso más- es encarar esto hacia los niveles superiores, hacia la educación media y la educación superior. Ahora quiero referirme -porque tenemos que medir los tiempos para poder desarrollar nuestra exposición- al rol que le asignamos a los centros educativos. Estos son clave; son la esencia misma donde se desarrolla el fenómeno educativo. Es el núcleo base, es la célula fundamental, allí donde está el alumno y el docente; todo lo demás debe estar al servicio del centro educativo como institución. Por eso, al centro educativo le asignamos una importancia fundamental, porque es el lugar del proceso de la enseñanza-aprendizaje, de la socialización, de la construcción colectiva del conocimiento, de la integración, de la convivencia social y cívica, del respeto, de la promoción de los derechos humanos. Es por eso que el proyecto de ley establece que el Estado fortalecerá la gestión de los centros educativos en los aspectos económicos y financieros, en lo que tiene que ver con el equipamiento pedagógico y la parte edilicia. Asimismo, fortalecerá lo relativo al personal docente, no docente, administrativo y en todo aquello que requiera para su funcionamiento. No puedo pasar por alto -aunque esto está en otra parte del proyecto de ley general de educaciónla creación de algo que va a ser fundamental para el sentido de pertenencia; me refiero a los Consejos de Participación. Creemos que todos aquellos que, de una u otra forma, están ligados al centro educativo, tienen que participar de él, planteando iniciativas, generando asesoramiento, comprometiéndose y colaborando. Para eso estamos dando forma institucional a este principio, creando Consejos de Participación en cada una de las escuelas, en cada liceo y en cada centro de la UTU. Esos Consejos de Participación estarán integrados por representantes de los docentes, de los estudiantes en el caso de la educación media, de los padres, de las madres o de los referentes familiares o de la comunidad. Esa participación va a generar más eficiencia en el centro educativo y, además, algo que es muy importante: compromiso. Quiero señalar un aspecto de uno de los sectores que es fundamental para los Consejos de Participación: los estudiantes. Actualmente, como vemos que el sistema normativo legal no permite la vida institucional de los estudiantes, legislamos para que en los Consejos de Participación de las escuelas, los liceos y las escuelas de la UTU por lo menos un tercio de los

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miembros sea estudiante, de manera que no quede supeditado al azar o a la voluntad, estableciendo un mínimo de sesiones de los Consejos de Participación para que funcionen efectivamente. Esto es fundamental, porque que un estudiante pueda llevar al Consejo de Participación sus inquietudes, sus sensibilidades, sus necesidades, sus pedidos, sus críticas, sus discrepancias con el funcionamiento del centro educativo, genera mejores lineamientos en ese centro y compromiso de parte de ellos. Se termina con ese sentimiento de ajenidad que muchas veces existe, por el cual el educando está esperando que suene la campanilla o el timbre final para irse cuanto antes y no volver más. Queremos que el estudiante sienta a la institución educativa como algo propio y de su vida; pero no lo puede sentir así mientras no esté participando efectivamente. Además, estamos creando algo que, por resolución y voluntad política, se hizo por la vía administrativa: que se institucionalice el Congreso Nacional de Educación. Así, estamos planteando muy claramente tres principios básicos para el funcionamiento del sistema educativo, que se complementan uno con el otro, por lo que no se pueden tomar en forma aislada pues sería un error. Estos son: el principio de la autonomía, el principio de la coordinación y el principio de la participación, participación que elevamos a la categoría de principio y no como algo meramente declarativo. La autonomía es fundamental, y así lo entendemos en nuestras convicciones. Además, hay un mandato expreso de la Constitución de la República que establece que los servicios docentes del Estado estarán a cargo de Entes Autónomos. Por tal motivo, estamos creando dos instituciones fundamentales para la educación de este país: el Instituto Universitario de Educación, que formará a los docentes, y el Instituto Terciario Superior, que formará técnicos calificados para el mundo de la producción y del trabajo. Reitero que estas instituciones se crean como Entes Autónomos. El siguiente principio es el de la coordinación. No nos quedaríamos contentos si no relacionáramos uno con el otro, porque si cada Ente Autónomo no coordinase con los otros, en un sistema nacional de educación pública, tendríamos un sistema de chacras aisladas, sin comunicaciones, sin continuidad en la política educativa. Entonces, quienes estarían perdiendo no

serían los distintos sectores de la sociedad ni los diferentes partidos políticos, sino los estudiantes y la educación. La formación del ser humano es una sola desde su nacimiento hasta el último día, y las políticas educativas deben estar coordinadas. De ahí lo fundamental de la coordinación. Tan importante es la coordinación que en la Constitución de la República, además de la autonomía, se prevé que la ley establecerá la coordinación de las instituciones. El constituyente estableció con claridad y con inteligencia que la autonomía y la coordinación son aspectos complementarios y no antagónicos. El otro principio es el de la participación. Ya nos referimos a este cuando hablamos de los Consejos de Participación, de la participación en el centro docente. Veremos después la participación en los organismos de dirección de la enseñanza. Ahora vamos a pasar a los organismos de dirección de la enseñanza. Por una parte, tenemos que delimitar claramente y establecer con precisión cuáles son los roles del Ministerio de Educación y Cultura en la materia. Por algo se llama Ministerio de Educación. Pero no puede asumir ninguna competencia relativa a los Entes Autónomos, como la ANEP y la Universidad de la República, ni a los otros dos institutos que se crean. Este lineamiento sigue los cometidos establecidos en la ley. Ahora, pasamos a lo que es la Administración Nacional de Educación Pública, ANEP. Hoy, está regida por un Consejo Directivo Central, que es el titular del Ente Autónomo y que tiene varios Consejos Desconcentrados: el de Primaria, el de Secundaria y el de UTU. Entonces, respetando esa estructura general como Ente Autónomo y con consejos desconcentrados, pero haciendo variaciones que son muy importantes, estamos proponiendo un cambio en lo que es la integración de los organismos directivos. Dicha integración nos parece fundamental para avanzar en el lineamiento de la participación a la cual hacíamos referencia. Voy a dar un ejemplo concreto. En el caso del CODICEN, titular del Ente Autónomo ANEP, hoy está integrado por cinco miembros, designados en su totalidad por el Poder Ejecutivo con venia de la Cámara de Senadores. Nosotros estamos

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incorporando algo que nos parece un avance sustantivo: la integración de los docentes en el Consejo Directivo Central, electos por los propios docentes. Dos representantes de los docentes, electos por voto secreto y directo, van a formar parte del CODICEN. Se trata de un avance sustantivo en materia de participación. Se nos ha criticado diciendo que esto es participacionismo. Se nos ha dicho que esto es ceder a las corporaciones. Nosotros decimos que aquí lo que se hace es integrar inteligentemente la representación de la sociedad uruguaya en un sistema democrático representativo, con lo que significa la integración de los directamente involucrados, los docentes, en el fenómeno educativo. ¡Vaya si habrá experiencias interesantes y positivas en la vida de nuestro país! Voy a tomar el ejemplo del Banco de Previsión Social. Allí, los trabajadores eligen a sus representantes, los jubilados al suyo y los empresarios a otro. Este CODICEN nuevo, que se va a integrar de una manera distinta a partir de esta Ley General de Educación, tendrá la virtud de integrar dos visiones fundamentales: la de aquellos que fueron designados por el Gobierno electo democráticamente y la de los propios docentes, que van a llevar sus pensamientos, sus iniciativas, sus asesoramientos, sus críticas y sus discrepancias a fin de construir modelos educativos integrados y comprometidos, de mayor eficiencia, con conocimiento de la realidad. Y, ¿en beneficio de quién? De quien corresponde: del sujeto y centro de la educación, el educando; el joven; el estudiante; el niño y el adulto que concurren al sistema de educación formal. Luego, en este Ente Autónomo están los Consejos Desconcentrados. Vamos a seguir teniendo el Consejo de Educación Primaria, pero le hacemos una corrección en el título. En realidad, este Consejo hoy cumple también la función de Consejo de Educación Inicial. Por eso, se cambia la denominación y pasa a llamarse: Consejo de Educación Inicial y Primaria. En cuanto al ciclo básico, en la actualidad una parte está a cargo de la UTU, otra de Secundaria y el siguiente fragmento de Séptimo, Octavo y Noveno años funciona en las escuelas. Si creemos que tenemos que dar igualdad de oportunidades a los estudiantes, más allá de valoraciones y modalidades distintas, debe haber una propuesta común y unificadora de alta calidad, de formación integral, en la que se incorpore de forma importante la tecnología que hoy

tiene el ciclo básico de la UTU. Y es importante rescatar este elemento para todo el ciclo básico. A fin de no tener fragmentos del ciclo básico en distintos consejos desconcentrados, estamos creando el Consejo de Educación Media Básica. Luego, como Consejos Desconcentrados tendremos el Consejo de Educación Media Superior y el Consejo de Educación Técnico Profesional, la UTU, de tan importante valor en la vida de nuestro país y que muchas veces fue dejada como la cenicienta cuando el rol que ha venido cumpliendo es fundamental para la formación profesional, tecnológica, y para cuanta cosa sea necesaria para el futuro. Hoy, los Consejos Desconcentrados están integrados por tres miembros. En el proyecto de ley general de educación nosotros establecemos que los docentes deben participar de forma tal que uno de los tres miembros de cada Consejo sea electo por los propios docentes, por voto secreto y directo, en línea con lo que significan los fundamentos de la participación que antes explicitábamos para otros aspectos. Algo que nos quedó en el debe -antes de seguir avanzando en la consideración del proyecto de ley- es aclarar a partir de cuándo se instalará el Consejo de Educación Media Básica. Como esto no puede hacerse de un día para otro, ya que hay que formular planes y programas que den igualdad de oportunidades, formación integral y que incorporen lo tecnológico, teniendo en cuenta la infraestructura edilicia y la necesidad de establecer un proceso gradual y armónico en materia de docentes y de recursos humanos, así como otra cantidad de aspectos, lo que aquí se propone es una transición. Desde ahora hasta el 1º de enero de 2013 va a funcionar una Comisión que trabaje en este tema, en coordinación con el CODICEN, Secundaria, UTU, y también en diálogo con los docentes y los distintos actores involucrados. Otra referencia, a modo de titular, es la creación de comisiones consultivas en las que participen estudiantes, madres, padres, otros responsables, trabajadores, empresarios y otros actores de la vida civil y social. Voy a pasar a otro aspecto que nos parece un avance sustancial para la educación uruguaya: la creación de dos instituciones con carácter de Ente Autónomo. Me estoy refiriendo al Instituto Universitario

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de Educación y al Instituto Terciario Superior. Me quiero detener en la consideración de sus fines, su funcionamiento, su estructura y las condiciones políticas para crearlos, porque son fundamentales. Tanto es así que por lo menos en dos bancadas de la oposición se ha manifestado, a texto expreso, que se trata de instituciones necesarias. Entonces, tenemos que buscar la forma de que estas se instalen. ¿Qué es el Instituto Universitario de Educación con carácter de Ente Autónomo? (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor miembro informante. SEÑOR CONDE.- ¡Que se prorrogue! SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Se va a votar si se prorroga el tiempo del orador por quince minutos más. (Se vota) ——Cincuenta y tres en cincuenta y siete: AFIRMATIVA. Puede continuar el miembro informante en mayoría, señor Diputado Arregui. SEÑOR ARREGUI.- Muchas gracias. El Instituto Universitario de Educación va a formar a los maestros, a los profesores, a los maestros técnicos y a los educadores sociales, que hoy son formados en el INAU. De esa manera, los docentes egresados de este Instituto tendrán su título de carácter universitario, reclamo largamente realizado. Además de ser fundamental para los propios docentes, tener un título universitario otorga una importancia enorme en la educación, porque si hay algo clave en esta materia son los docentes; su formación es el factor neurálgico, porque son ellos, en contacto con el alumno, en el proceso de socialización, de integración, de enseñanza, de aprendizaje, quienes ponen el norte a la educación. Cuando hablamos del carácter universitario no nos referimos a un mero rótulo sino a un verdadero contenido donde deben estar permanentemente presentes una formación académica de buen nivel, la investigación -hoy en día este es un déficit- y la extensión.

También se establece la forma de validar los títulos de maestros y profesores que no cursaron en este Instituto que ahora se va crear, y que precisen la validación universitaria. El Instituto Universitario de Educación es uno de los Entes Autónomos que estamos proponiendo crear. ¿Cuál es el otro? El Instituto Terciario Superior, que se encargará de formar técnicos de alto nivel de calificación para el mundo del trabajo y de la producción, que son fundamentales. Crear una red de instituciones terciarias con técnicos de alto nivel es esencial para que los trabajadores puedan acceder a puestos de trabajo a los que no llegan porque no existen niveles de calificación. Hace pocas semanas, o pocos meses, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social hizo un estudio que demuestra que sobra mano de obra en puestos no calificados y que están faltando técnicos calificados, por lo cual algunas industrias del mundo de la producción, a veces contratan en el exterior, habiendo trabajadores uruguayos con amplias capacidades como para formarse aquí. Esto también es fundamental para el mundo de la producción. Por eso estamos creando este Instituto Terciario Superior que, como Ente Autónomo, además de la formación académica tendrá como característica la extensión y la investigación. Y para estos dos Institutos -Entes Autónomos-, el Universitario y el Terciario Superior, establecemos una forma de Dirección que realmente supondrá un carácter universitario, porque van a estar cogobernados por representantes de los distintos órdenes: docentes, estudiantes, egresados. En la Dirección también habrá representantes de ANEP, que tienen mucho para aportar porque es donde hoy se forman los docentes y técnicos. Habrá representantes de la Universidad de la República porque su participación es fundamental en lo que hace a la investigación y al carácter universitario. En el Instituto Universitario de Educación habrá representantes del INAU, porque allí se van a estar formando los educadores sociales que trabajan en su ámbito y que cumplen un rol social importantísimo en la integración de los niños para lograr una sociedad mucho más equilibrada. Decíamos que también nos íbamos a referir a las condiciones políticas para la creación de estos dos Institutos, Entes Autónomos. Sabido es por todos los colegas Diputados de este Cuerpo que para poder

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crear Entes Autónomos se necesitan dos tercios de votos, y que esta bancada, a pesar de contar con la mayoría absoluta, no los tiene. Por lo tanto, para su creación como Entes Autónomos vamos a necesitar el concurso de fuerzas de la oposición. Hemos escuchado manifestaciones y leído expresiones de las fuerzas de la oposición sobre la importancia que podían tener estos Institutos. Cada uno asume libremente la posibilidad de optar; cada uno de nosotros, con el voto afirmativo o negativo, asumimos nuestras responsabilidades, que después son puestas a consideración de la ciudadanía, que es la que juzga nuestras acciones como sus representantes. Quisiéramos contar con su voto, quisiéramos que estos Institutos hoy quedasen integrados como Entes Autónomos. Respetamos profundamente las decisiones que se adopten, pero no podemos quedarnos en la sociedad en que vivimos sin hacer absolutamente nada, sabiendo qué es lo que precisa la educación. Si bien no tenemos las mayorías necesarias y somos profundamente respetuosos de la Constitución de la República cuando establece las mayorías requeridas para aprobar algunas leyes, estamos buscando formas de avanzar en estos dos Institutos en caso de que no se alcancen los dos tercios de votos. En ese sentido, estamos comenzando dos líneas de acción. Una de esas líneas es la creación de estos dos Institutos, en forma transitoria, dentro de la ANEP, que ya es un Ente Autónomo. La otra línea sería insistir en que estos dos Institutos se creen con carácter de Ente Autónomo, para lo cual se estaría encomendando a organismos como la Universidad de la República y la ANEP la elaboración -además del paquete de planes, programas, estructuras de funcionamiento, patrimonio y recursos humanos que precisan estos dos Institutos- de una normativa legal, que el Poder Ejecutivo deberá enviar al Parlamento para que, si en el futuro las condiciones políticas varían por cualquier circunstancia, la sociedad uruguaya pueda contar con estos dos Institutos con carácter de Entes Autónomos. Como veo que estoy llegando al final del tiempo reglamentario, voy a hablar de la educación en la primera infancia. Acá nos referimos a instituciones con responsabilidad estatal en la materia; estamos legislando y reafirmando los conceptos. A efectos legales, como primera infancia se define al tramo comprendido entre el nacimiento y los

tres años de edad. Hay tres instituciones estatales: el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, la Administración Nacional de Educación Pública y el Ministerio de Educación y Cultura, que reafirman sus competencias en el contralor y el desarrollo de la educación en distintos aspectos. Es necesario que estas tres instituciones trabajen en forma coordinada y tengan un Consejo Coordinador de todos aquellos sectores y ámbitos de la institucionalidad estatal y actores sociales para que participen en un mejor desarrollo. Por eso estamos creando un Consejo Coordinador, integrado por representantes del INAU, del Consejo de Educación Inicial y Primaria, del Ministerio de Educación y Cultura y del Ministerio de Salud Pública -incluimos a esta última Cartera porque en esta franja etaria es fundamental la salud, en los centros de educación privados-, y representantes de los educadores que trabajan con la primera infancia. Para los centros de educación infantil privados, en cuanto al contralor y supervisión de distintos aspectos hoy rige la Ley de Guarderías; estamos tomando aspectos fundamentales de esa norma vigente y estamos modificando algunas cuestiones para avanzar en el tema. En primer lugar, quitamos el título de guardería, porque encierra un significado que no nos parece el más adecuado para los niños de cero a tres años de edad que tienen que estar en centros de primera infancia. Los padres no llevan a sus niños para que se los guarden mientras tanto y no suceda nada, sino para que durante el tiempo en que deben permanecer allí logren la integración y el desarrollo educativo de acuerdo con sus características psicológicas, físicas, fisiológicas y sociales. No es una guardería, y por eso la modificación del nombre, entre otros cambios. En este proyecto de Ley General de Educación también nos estamos refiriendo a la educación policial y militar, y claramente establecemos y reafirmamos algo que para nosotros es clave: los aspectos específicos y técnicos deben estar a cargo de los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional. En esto somos muy claros y categóricos porque, felizmente, para nosotros está muy vigente la esencia de los derechos humanos y la igualdad de formación de todos los seres humanos en una sociedad democrática; en todo momento, en la educación policial y militar los valores deben ser exactamente los mismos, compartidos por toda la sociedad uruguaya. Por lo tanto, la selección y

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el ingreso de los docentes a este tipo de centros educativos debe cumplir con los mismos requerimientos que existen para ingresar a Secundaria, UTU o a otros niveles de la educación. Nos parece fundamental repensar para el futuro la formación policial y la militar. Muchas veces el pasado nos deja enseñanzas, muchas veces nos deja prejuicios, muchas veces nos deja aspectos a corregir. Por lo tanto, en un ámbito de racionalidad para sopesar serenamente todo lo que significa la educación de los seres humanos -más allá de si están en la Policía, en el Ejército o en las Fuerzas Armadas- hay que ver cómo modificamos, construimos y repensamos las situaciones. Creamos la Coordinación del Sistema Nacional de Educación Pública. No queremos chacras aisladas, sino respetar la autonomía; la coordinación no va en desmedro de ello, tal como lo establece la Constitución de la República. Por lo tanto, estamos integrando todos los Entes Autónomos y el Ministerio de Educación y Cultura. También estamos creando el Instituto Nacional de Evaluación Educativa como persona de derecho público no estatal, a efectos de dar mayor grado de independencia a lo que representa el sistema de educación formal. Desde allí se tendrá la posibilidad, no solo de realizar evaluaciones internas -que no hay que sustituirlas jamás- sino también evaluaciones externas. La evaluación interna es la que hace el docente en las aulas; la evaluación de la Dirección se hace en cada centro educativo; la evaluación de la inspección se hace en cada circunscripción, y la que realizan los Consejos en cada uno de los subsistemas son insustituibles, fundamentales para avanzar. La evaluación externa está inmersa en ese proceso educativo porque fruto de las evaluaciones son los avances. Esas evaluaciones permiten ver en qué se ha sido fuerte, qué debilidades hay que corregir y en qué hay que avanzar. Estos son los motivos de la creación de este Instituto Nacional de Evaluación Educativa. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Como no puede ser de otra manera, decimos que el principio de interpretación de la ley, con las disposiciones transitorias establecidas, siempre debe poner como prioridad al sujeto educativo.

Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el miembro informante en minoría señor Diputado Bruno. SEÑOR BRUNO.- Señor Presidente: en esta oportunidad -como dijimos en Comisión- vamos a fundamentar nuestra posición en el plenario dejando constancia de lo que pudimos votar en Comisión. Ante todo, quiero agradecer a la Secretaría de la Comisión, que trabajó muy arduamente; creo que es importante subrayar este aspecto. Voy a procurar ser lo más breve posible al trasmitir la posición que los integrantes del Partido Nacional hemos llevado adelante desde hace algún tiempo. Digo “desde hace algún tiempo” porque la verdad es que debemos relatar algunas cosas no menores que han sucedido con respecto al proyecto de Ley General de Educación. Esta iniciativa comenzó con el debate educativo, y nuestro Partido tuvo su representante en la Comisión organizadora del ese debate. En ese sentido, debemos separar algunos aspectos que es bueno subrayar, porque cuando uno habla en los medios el tiempo es tirano. Lo que ha manifestado el Partido Nacional en el correr del debate educativo -así lo ha expresado en el seno de su Directorio- fue muy valioso. Independientemente de la otra discusión en el sentido de si la participación ha sido buena, mala o regular, creemos que lo que en su momento han expresado muchos vecinos a lo largo y ancho del país fue muy valioso, y eso no lo podemos dejar de expresar en este momento. El Partido Nacional tuvo una fuerte discrepancia por la conformación del Congreso Nacional de Educación. Este Congreso fue conformado de acuerdo con la negociación que se hizo con cada uno de los integrantes en cuanto a su participación y el producto que saldría, por mayoría o minoría, respondía a esa negociación. Por eso, en aquel momento el Partido Nacional retiró a su representante de la CODE. Queremos manifestarlo, porque esas cosas pasan inadvertidas, pero trascienden. Hay cosas que trascienden el resultado que hoy va a tener esta votación, y es que hasta la presentación del proyecto, y ante la posición inamovible de los legisladores del Gobierno de no trabajar en él en el ámbito legislativo -más allá de que se recibieron delegaciones-, las autoridades del Partido

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resolvieron pedir una audiencia para entrevistarse con la señora Ministra de Educación y Cultura, a los efectos de trasmitirle su voluntad de discutir la problemática de la educación de modo conjunto con el resto de los partidos políticos, en un ámbito donde se pudiera hablar no formalmente -como se hace en el Parlamento cuando se está tomando versión taquigráfica-, pero sí más en profundidad, sobre los temas que nos pudieran interesar a los efectos de lograr acuerdos. Digo esto porque cuando hablamos y se nos pregunta por qué no apoyamos esta ley -más allá de lo que vamos a decir más adelante-, es importante tener en cuenta los aspectos que se van dando a nivel de la articulación política, de la gestión política que se da, quizás, hasta por actores que no pertenecen al Parlamento pero que, en definitiva, son tan o más responsables de la situación a la que llegó la Ley de Educación como cualquiera de nosotros, porque quien tenía en aquel momento la movida para hacer esto, la Ministra de Educación y Cultura, no lo hizo. No sabemos qué mecanismos la movieron, pero no lo hizo. Sí lo hizo una semana o diez días después, cuando concurrió al Senado e invitó a sus integrantes a hablar del proyecto de ley cuando ya teníamos conocimiento de que iba a sufrir modificaciones en el seno de la Comisión, lo que nos pareció que era para llenar el ojo. Se trataba de una excusa, pues a los partidos de la oposición se los había llamado para conversar al respecto. Por otra parte, queremos verter algunos conceptos. En primer lugar, vamos a hablar de lo que pensamos de la educación, para luego hacer algunas consideraciones sobre la iniciativa que se ha presentado y modificado posteriormente en el seno de la Comisión. Como Representantes del pueblo, en este mundo en el que todo es relativo, los que tenemos un cargo hoy no debemos olvidar que nuestra misión debe tener como objetivo mejorar la calidad de vida de los ciudadanos del país. El país necesita una política educativa al servicio de todos los ciudadanos, independientemente del color político del Gobierno; un sistema educativo que coloque los intereses de sus propios funcionarios por delante de cualquier otro interés es un sistema educativo que se ha desnaturalizado. En el centro de atención deben estar los alumnos, que serán quienes impulsen el desarrollo de la sociedad en el mañana. Poco a poco hemos ido descubriendo las dificultades que ha tenido nuestra educación, aquellas que enfrentamos y cuya gravedad vamos admitiendo.

Tomar conciencia de esto no es la solución pero representa un paso para encontrarla. En 2008 seguimos sintiéndonos orgullosos de la larga tradición educativa, pero no nos podemos sentir orgullosos de lo que ocurre día a día en la enseñanza. Nuestra misión está guiada por principios orientadores como la libertad de enseñanza, el control ciudadano, la igualdad de oportunidades, la calidad educativa y la rendición de cuentas. La libertad de enseñanza tiene dos caras: la libertad de oferta educativa y la libertad de demanda. Nadie puede elegir libremente la educación que quiere para sus hijos si no hay diferentes opciones, y difícilmente alguien pueda embarcarse en el esfuerzo de construir una nueva opción educativa si no hay padres y alumnos con capacidad real para elegir. Así es que el artículo 68 de la Constitución de la República dice: “Queda garantida la libertad de enseñanza”. Luego hace dos especificaciones. La primera dice: “La ley reglamentará la intervención del Estado al solo objeto de mantener la higiene, la moralidad, la seguridad y el orden públicos”. La segunda señala: “Todo padre o tutor tiene derecho a elegir, para la enseñanza de sus hijos o pupilos, los maestros o instituciones que desee”. Ante ello, el Gobierno uruguayo está obligado a respetar la libertad de enseñanza por mandato constitucional, por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas del año 1998 y la Convención de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del año l966, que afirma que los padres tienen derecho a que la educación religiosa y moral de sus hijos sea impartida de conformidad con sus propias convicciones. Conceptualmente, el Estado no puede imponer un instituto o un maestro específico a quienes no lo quieran; tampoco puede no autorizarlo, a no ser que estas instituciones atenten contra la higiene, la moralidad, la seguridad o el orden público. El control ciudadano en la educación es un asunto político, en el sentido más noble del término; involucra al conjunto de la sociedad y requiere del respeto, que puede ser considerado legítimo por todos. También la educación plantea problemas técnicos que requieren de la participación de los especialistas. Desarrollar instrumentos de evaluación y poner puentes nuevos como recursos pedagógicos son tareas que requieren de un mayor entendimiento profesional. Hay tres razones para no poner la educación en manos de técnicos. La primera es porque todos estamos directamente involucrados. Por eso mencionábamos anteriormente el valor que para nosotros tiene

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el centro del debate educativo que hubo en su momento. En el mediano y en el largo plazo, de la educación dependen asuntos tan vitales como la estabilidad de las instituciones, la paz social y la viabilidad económica del país. También somos todos -incluyendo a quienes no tienen hijos o a quienes no los tienen en edad escolar- los que financiamos el presupuesto educativo con nuestro esfuerzo como contribuyentes. Tenemos, por lo tanto, el legítimo derecho de controlar el uso que se hace de esos recursos. El gobierno de la educación exige muchas decisiones que no son técnicas sino políticas. ¿Qué debemos priorizar en la distribución de los recursos? ¿La enseñanza primaria, a la que asiste la inmensa mayoría de los ciudadanos, o la universitaria, donde se desarrollan los recursos más calificados? ¿Dónde debemos colocar nuestras prioridades en materia de aprendizaje? ¿Qué debemos priorizar, en definitiva? ¿La formación en las artes o en la historia reciente; la formación tecnológica o el aprendizaje de lenguas extranjeras? Estas son decisiones netamente políticas, como decíamos anteriormente, y están en función de nuestra visión de ciudadanos y de responsables, cuando somos elegidos por el pueblo. En tercer lugar, está el peligro del corporativismo. Nosotros decimos que es legítimo y debemos reconocer que los docentes hacen una tarea admirable y están movidos por una vocación genuina; no tenemos duda de que la vocación es fundamental en la tarea docente, porque de lo contrario se elegiría otra actividad. También debemos reconocer que se trata de un cuerpo conformado por miles de personas que legítimamente defienden sus intereses, pero esa legitimidad debe tener determinados límites en cuanto a su participación. Voy a referirme a la igualdad de oportunidades. Nadie merece ser condenado desde el inicio a una vida sin perspectivas. Esto debe estar en equilibrio con una moral compartida pero que, en definitiva, está en tensión por lo antedicho. Toda persona tiene derecho a compartir con los suyos aquello a lo que accedió gracias a su responsabilidad y a su esfuerzo. Las sociedades democráticas intentan responder a esa tensión por la vía de garantizar un mínimo de oportunidades, tendiendo a la igualdad. Creo que estos son conceptos importantes, y los Representantes debemos estar siempre atentos a este tipo de aspectos. Un ciudadano debe ser responsable,

capaz de ejercer sus deberes y sus derechos, así como de involucrarse en la vida pública y ser un agente económico independiente, capaz de asegurar su propia subsistencia y de aportar a la construcción de una prosperidad sustentable. Por lo antedicho, esto es fundamental a la hora de destinar los recursos como deberíamos. Un punto muy importante para nosotros es la calidad educativa. Los sistemas educativos existen para que los alumnos aprendan, y esa es una premisa muy importante para nosotros. Lo que define la calidad de un sistema educativo no es la cantidad de docentes titulados, de alumnos por aula o de horas de clase dictadas, sino la calidad y la pertinencia de los aprendizajes. La sociedad necesita que sus miembros se preparen para contribuir al buen funcionamiento de las instituciones y a la generación de riqueza. Mucha evidencia confirma que el dinero es necesario pero no suficiente para mejorar la calidad educativa. En ese sentido podemos dar algunos ejemplos del exterior, evaluados por el programa PISA. Por ejemplo, Estados Unidos de América gasta US$ 8.700 por alumno y Finlandia US$ 7.500. Sin embargo, en la calificación PISA, Finlandia está en primer lugar y Estados Unidos de América en el vigésimo noveno. Quiere decir que también es muy importante el destino del dinero. El dinero de los edificios escolares, los planteles docentes, la cantidad de horas de clase dictadas, pueden ser condiciones necesarias para que se produzcan aprendizajes de calidad, pero no son condiciones suficientes. Si lo importante es lograr aprendizajes de calidad para la mayor cantidad posible de alumnos, necesitamos mecanismos que nos permitan evaluar en forma regular los resultados de los esfuerzos y, eventualmente, introducir medidas correctivas. Se ha pensado en dos mecanismos. Uno de ellos es que los expertos de educación rindan cuentas a los responsables políticos educativos, lo que podríamos llamar una rendición de cuentas interna. En segundo lugar, necesitamos mecanismos que lleven a los responsables de esas políticas educativas a rendir cuentas ante la sociedad en su conjunto, lo que podríamos llamar rendición de cuentas externa. La rendición de cuentas educativa es un concepto ajeno al actual Gobierno, cuya política consiste en aumentar el gasto sin evaluar el impacto ni considerar el financiamiento y el cumplimiento de metas específicas. Pero de manera más general, la

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idea de rendición de cuentas ha estado largamente ausente en nuestra tradición educativa. La enseñanza uruguaya funcionó tradicionalmente según reglas que impiden la rendición de cuentas. A los docentes se los evalúa según su titulación y sus años de ejercicio. La antigüedad explica por sí misma casi todas las mejoras que se pueden producir en la carrera funcional. También se controla en cierta medida el ausentismo -que es un flagelo muy grande en la educación media, ya que hoy por hoy, en muchos casos, llega al 30%- y se hace el seguimiento de los planes de estudio. Pero la carrera de un docente no se ve afectada por el hecho de que los alumnos aprendan o no, ni por formar parte de un emprendimiento exitoso o fracasado en términos de aprendizaje. Creo que esto es neurálgico en el sistema educativo; y lo mismo ocurre con los cargos jerárquicos. Un inspector departamental o regional no ve afectada su carrera porque suba la deserción o baje la calidad de los aprendizajes en su zona. Existen múltiples formas de control burocrático, pero no existe un control de resultados educativos. Esto es malo para los alumnos y también para los docentes, que no tienen elementos para mejorar sus criterios y sus sistemas de enseñanza. La conducción de la educación es llevada adelante por un Ente como la ANEP -Administración Nacional de Educación Pública-, conformado por cinco miembros, donde está el Consejo Directivo Central, y el único control de los recursos se da en la instancia del Presupuesto, cuando concurre al Parlamento. El desafío futuro es encontrar mecanismos de rendición de cuentas que sean compatibles con este ordenamiento. En cambio, no hay ningún obstáculo importante para fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas internos, aun por la ley vigente. El último aspecto conceptual importante es la subsidiariedad, que es un principio que afirma que los problemas se resuelven mejor en el nivel más bajo. Por ejemplo, si un problema se puede resolver en el centro educativo es mucho más positivo, rápido y ejecutivo a que siempre sea trasladado a la decisión central de las autoridades. En ese sistema, a las autoridades centrales solo les correspondería actuar cuando las autoridades locales se vean sobrepasadas en sus potestades o en su capacidades de acción. Busca una acción particularmente eficiente y sensible a las nece-

sidades de los usuarios, y en especial respetuosa de la libertad. Mientras las necesidades educativas siempre son personalizadas, las respuestas de los grandes sistemas son rígidas y burocráticas. Las ideas rectoras para este concepto son la diversidad pedagógica y la descentralización de la gestión. La diversidad pedagógica es esencial para atender la multiplicidad de necesidades y características de los alumnos. Alumnos que son diferentes y provienen de entornos sociales y familiares disímiles requieren estrategias educativas también diferenciadas. Si a nuestro país se lo analiza solo desde Montevideo, se podría manifestar lo contrario, pero si se lo analiza en toda su dimensión, desde su globalidad, se podrá advertir que existen realidades muy disímiles, pese a la pequeñez de nuestro territorio. Una amplia evidencia confirma que una educación de calidad requiere establecimientos que funcionen con comodidades educativas rigurosas. Por eso, la descentralización de la gestión contribuye a lograr estos resultados. La diversidad pedagógica no representa caos ni improvisación, sino la consolidación del derecho al trabajo y un ejercicio de permanente comparación entre ellos. La descentralización de la gestión no implica dividir responsabilidades ni multiplicar chacras de poder, sino fortalecer la iniciativa, facilitando la comparación entre poderes organizativos y generar responsabilidades con esos resultados. Vamos a enunciar los principales problemas a resolver, pero indudablemente son desafíos para este proyecto o para la ley vigente. Estos problemas refieren a la calidad, a la deserción en la enseñanza secundaria, al debilitamiento de la función docente y al deterioro del clima interno de los locales de enseñanza. Vamos a pasar a puntualizar algunos aspectos de este proyecto de Ley de Educación que tenemos a estudio. El título del proyecto es: “Ley General de Educación”. Creemos que no se trata de una ley general porque no comprende a la Universidad de la República. En definitiva, se trata de un proyecto que refiere a la reorganización de la ANEP, de la enseñanza secundaria, y no toca la Universidad de la República, a no ser cuando enumera las actividades que esta desarrollará, violando la autonomía de la propia ley.

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En cuanto al panorama general, como características, creemos que enfatiza lo orgánico institucional por sobre lo estrictamente educativo. Debería priorizar los objetivos pedagógicos y sociales, asegurar la pertinencia de los contenidos curriculares y la calidad académica, y definir valores esenciales a preservar. Este proyecto no define el perfil técnico de los integrantes de los distintos organismos. Asimismo, cuando el Senado tiene que aprobar la venia enviada por el Poder Ejecutivo para nombrar a los integrantes de los cuerpos que dirigen la enseñanza, se tiene en cuenta el perfil de las personas haciéndose hincapié en su antigüedad en la docencia, en aspectos vinculados a lo pedagógico. En ese sentido, quizás el docente que se presente sea muy bueno en su materia -por ejemplo, Matemática, Geografía, etcétera- pero, en definitiva, lo importante para la gestión de la educación es que la persona que integre el CODICEN tenga cualidades de buen administrador. Por lo tanto, creo que es fundamental que se exija formación en administración en general y en administración de educación en particular. Asimismo, el proyecto resigna el principio representativo en la conducción de los órganos de dirección de la educación en favor del gobierno corporativo. En ese sentido, el proyecto plantea que dos representantes sean designados a propuesta del Poder Ejecutivo, con venia del Senado, y dos designados por las distintas corporaciones. Este proyecto tiene un perfil fuertemente declarativo. Impulsa la burocratización del sistema, porque se multiplican los órganos de conducción y la cantidad de personas que los integrarán. Asimismo, instala una participación de actores sociales en todos los niveles, inclusive en la enseñanza primaria, problema que habrá que analizar, porque esto generará dificultades a los alumnos. También violenta la autonomía de la ANEP en numerosos artículos, y define de manera restrictiva el principio de laicidad. Además, minimiza la acción en la formación técnica, ya que saca la formación técnica CTEP en los primeros años y en Secundaria, estableciéndose un ciclo básico único, que dejaría de lado el ciclo básico técnico.

En cuanto a la laicidad, este principio es devaluado y degradado en dos aspectos. En primer lugar, se omite la obligación ética del docente de impartir la enseñanza con objetividad e imparcialidad, y solo mantiene de la ley vigente el concepto de integralidad. En segundo término, se omite toda referencia a la prohibición de hacer proselitismo de cualquier especie y de respetar la conciencia autónoma del alumno. Se enfatiza en garantizar “la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias”, con lo que se oculta que la relación maestro-profesor-alumno es asimétrica en términos de poder institucional, de autoridad y de saber, por parte del docente. De hecho, el proyecto habilita que el docente ejerza influencia en el alumno con sus ideas y creencias, con tal de que admita la libertad de opinión, cosa que siempre es relativa porque, en definitiva, quien luego califica es el docente. Por otra parte, la obligatoriedad de la educación media superior, donde existe un notable rezago de cobertura y de retención de la matrícula, es declarativa. En las disposiciones transitorias se intenta avanzar operativamente, encomendando a la Comisión Coordinadora Nacional de Educación Pública la presentación de un plan para alcanzar estas metas de obligatoriedad, pero no se desarrolla en la propia ley. Con esto, se afecta doblemente la autonomía de la ANEP porque, en primer lugar, se encomienda el plan a un organismo externo de la ANEP -presidido por el Ministerio de Educación y Cultura e integrado por la Universidad de la República- en una materia de su especialidad orgánica. En segundo término, porque se remiten al Poder Legislativo aspectos que corresponden a la gestión interna de la ANEP. Se ha mejorado este aspecto con los artículos aditivos que presentó el Frente Amplio, por cuanto se redujeron las horas establecidas en el proyecto original para la educación media. El proyecto presenta innovaciones en lo institucional. Se multiplican los Consejos, las Comisiones y los Institutos. Se prevé la creación de diecinueve organismos, lo que realmente creemos es un exceso. También vamos a hacer algún comentario sobre lo organizativo. En lo que refiere a la participación, se enumera como un principio de organización de la educación pública y, con tal fin, se dice que se promoverá el cogobierno en los distintos niveles en que corresponda, así como la participación en los asuntos

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educativos de los docentes, de los educandos, de los padres o referentes familiares y de la sociedad en general. Podemos coincidir con este concepto pero, indudablemente, a la hora de hablar de gestión esto redunda en un enlentecimiento importante, y si lo sumamos a la creación de organismos que mencionábamos anteriormente, podemos decir que se generará una gran dificultad, porque cuando participa mucha gente los procesos se enlentecen. Si a esto agregamos el efecto de la burocracia que hoy ya existe, es preocupante pensar qué pasará en el futuro con estos organismos que se plantean. Con respecto a la forma de designación en el ámbito de la ANEP, ya hicimos algún comentario. Esta propuesta mixta que se hace no coincide con lo que manifestó el Congreso de la Educación. Debemos dejar claro que desde nuestro Partido tampoco coincidíamos con las conclusiones en cuanto a la participación de los docentes en los organismos de decisión de la enseñanza. Por supuesto -y tal como nuestro Partido manifestó insistentemente-, sí coincidíamos en general con la participación en las Asambleas Técnico Docentes y, además, con que tuvieran un nivel distinto de participación con las autoridades de la enseñanza. Muchas veces, las autoridades de la enseñanza han hecho oídos sordos a las decisiones de las Asambleas Técnico Docentes; en esto debemos ser claros, porque es un punto que debe resolverse con esta ley o sin ella. Este es un problema muy serio que debe ser solucionado y que también se ha dado en esta Administración. Nosotros decimos que no se trata solo de una cuestión de voluntad política, sino que hay que establecer más regulación en este sentido. Con respecto a la propuesta de creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, en principio la vemos como algo positivo, aunque en la presente iniciativa no se desarrolla como desearíamos. Debemos decir con mucha claridad que, más allá de que hay aspectos que no deben incluirse en la ley para dar flexibilidad a los mecanismos, esta debe garantizar determinados aspectos, a efectos de que después no se desvirtúe la gestión de los distintos organismos. Entonces, si bien la creación de este Instituto es conceptualmente compartible, en esta propuesta -que se ha modificado- su concepción resulta muy pobre, y desde el Partido Nacional realmente no hemos podido hacer los aportes que hubiéramos deseado.

El Instituto Universitario de Educación y el Instituto Terciario Superior son órganos distintos. Uno de ellos controlaría la formación de todos los docentes -maestros, profesores, educadores-, sustituyendo al IPA, a los CERP y a los distintos instrumentos que hoy existen en la educación. Conceptualmente, coincidimos en que debe existir un Instituto de este tipo, pero no vamos a apoyar su creación porque está inmersa en una ley general que no compartimos y, como lo expresáramos anteriormente, los términos en los que está concebido son muy pobres. Como se planteó en su momento, cuando nos reunimos con la señora Ministra, estamos dispuestos a llevar adelante iniciativas independientes de este proyecto, incluida la creación de estos dos Institutos, sobre la que hubiéramos querido trabajar y desarrollar con más detenimiento. Más allá de que, como dijimos, compartimos la idea de que deben crearse estos dos institutos, insistimos en que no estamos de acuerdo con el desarrollo que se les ha dado en esta iniciativa, que es muy pobre, tanto en el caso del Instituto Universitario de Educación como en el del Instituto Terciario Superior. En este sentido, debo reivindicar una propuesta que en su momento expuso el interesado pero que no ha sido tratada; me refiero a la iniciativa de crear la Universidad Nacional del Uruguay, presentada por el compañero Diputado Javier García hace ya mucho tiempo. Como se manejó el argumento de que en este proyecto se incluiría algo similar, no fue tratado, pero es un proyecto con el que coincidimos en lo conceptual y que difiere muy fuertemente de este Instituto cuya creación se está planteando hoy. Creemos que el Uruguay debe transitar hacia una educación terciaria que no esté centralizada solo en Montevideo, que responda a una realidad que no es la de carreras largas y solo a la formación de profesionales, sino a la formación de técnicos y tecnólogos que se necesitan a lo largo y ancho de todo el país para afianzar la producción y el desarrollo armónico. El Instituto que se pretende crear en esta iniciativa creemos que no responde a esa realidad sino a la que se ve desde el papel, desde Montevideo. En cuanto a los centros educativos, debemos ser sinceros: en este proyecto se les da un poco más de jerarquía con respecto a lo que está vigente hoy, pero no se va a la propuesta que el Partido Nacional quería concretar, en el sentido de dar cabida a los centros de

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la comunidad en los que, quizás sin el conocimiento pedagógico pero con un conocimiento de vida, participen los padres y los agentes de desarrollo de la comunidad, que pueden ser los integrantes de las sociedades comerciales, empresariales y de trabajadores. Muchas veces, desde estos ámbitos se pide a gritos cursos de formación por medio del fondo que tiene la Junta Nacional de Empleo, pero gracias a la burocracia estos demoran hasta dos y tres años en hacerse, y terminan concretándose cuando el tren ya pasó, cuando los emprendimientos ya se instalaron y, lamentablemente, trajeron personal formado, a veces ni siquiera de nuestro país sino del exterior, para hacer las tareas que necesitan emprender los uruguayos. En este proyecto de ley también hay un gran debe en este sentido. Por otra parte, decimos que este procedimiento es violatorio de la autonomía de la ANEP, que da injerencias preponderantes al Ministerio de Educación y Cultura y que llega al extremo de anular el Consejo Directivo Central como órgano de planeamiento educativo. Nosotros nos preguntamos si una ley de educación es un asunto partidista o un asunto nacional. Nos preguntamos qué pasará con esta ley de educación si, por un motivo o por otro, distintos sectores de la sociedad están en contra de ella. Quizás esto sea por distintos motivos, pero la oposición política, que no es menos del 50% de la población, por lo menos de la hoy representada, no está de acuerdo con este proyecto de ley. Nosotros decimos que el Gobierno tiene derecho a plantear su visión con mucha fuerza porque tiene la mayoría, pero también decimos que tener la mayoría no significa tener la razón, y por eso creemos que los ámbitos de diálogo y negociación hubiesen sido muy importantes para elaborar este proyecto de ley de educación. Por otra parte, decimos que la ley que hoy se critica, que quizás tenga muchos inconvenientes y defectos, tiene una gran virtud: salió a la luz con la aprobación de todos los partidos políticos, incluido el Frente Amplio en ese entonces, y de todos los sectores sociales. Ese no es un valor menor cuando hablamos de educación y es de las cosas que debemos subrayar y que el Partido Nacional va a seguir subrayando. Por eso es que decimos que este proyecto está basado en un sustento político netamente del Partido de Gobierno y desconoce algo muy valorado por no-

sotros, como una ley de educación que, como otras leyes, tenga el sentido de ley de Estado y no el de ley partidista. Además, debemos decir que este es un texto muy voluntarista pero que, en definitiva, va a terminar sumiendo a la enseñanza en problemas más graves que los que hoy tiene. Finalmente, quiero decir que este es un proyecto de ley que no está adaptado a la realidad social, a la realidad política, a la realidad de nuestra producción nacional ni a lo que representa todo aquello que ha sido tradicional y a lo que también el Partido de Gobierno ha contribuido en su momento, como generar una ley de Estado, a fin de cuentas. Es un proyecto de ley que, en definitiva, no responde a las grandes mayorías porque, aun en las discrepancias, no responde a vastos sectores que apoyan al Partido de Gobierno y hoy no se sienten reflejados en esta iniciativa. Por eso es que aconsejamos al Cuerpo no acompañar el presente proyecto de ley, ya que no va a dar respuestas a lo que todos queremos, que es una enseñanza para todos, una enseñanza sin exclusiones, una enseñanza que sea orgullo de todos los uruguayos y, sobre todas las cosas, que sea una herramienta válida para los ciudadanos de los años por venir. Agradezco la atención. Muchas gracias, señor Presidente.

9.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Federico Casaretto, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor David Fernández. Del señor Representante Fernando Longo, por motivos personales, inciso tercero del artículo

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primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Eduardo Fernández. De la señora Representante Sandra Etcheverry, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Ariel Barrios”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes y se les invita a pasar a Sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia el día de la fecha en razón de motivos personales. Atentamente, FEDERICO CASARETTO Representante por Maldonado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Maldonado, Federico Casaretto. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Federico Casaretto.

2) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 22 del Lema Partido Nacional, señor David Fernández. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 28 de noviembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito licencia por motivos personales por el día lunes 1º de diciembre de 2008. Por consiguiente, solicito se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, FERNANDO LONGO Representante por Flores”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Flores, Fernando Longo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Flores, Fernando Longo. 2) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10790 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Eduardo Fernández. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

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“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito a usted licencia por el día de la fecha, por motivos de índole personal. Le saluda muy atentamente. SANDRA ETCHEVERRY Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Sandra Etcheverry. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Sandra Etcheverry. 2) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004 del Lema Partido Nacional, señor Ariel Barrios. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

que hacen al espíritu general y a los objetivos, y fundamentar de esta manera nuestro voto negativo. La consideración de un proyecto de ley de educación implica, sobre todas las cosas, apostar a una herramienta que efectivamente permita un salto cualitativo en el proceso educativo, acompasando este a los vertiginosos cambios que en el área del conocimiento, la ciencia y la tecnología ocurren hoy en el mundo. Ese desafío debería ser el principio rector de cualquier iniciativa, y con lo establecido en esta se demuestra que no es posible lograr esos objetivos. Entendemos que este proyecto de ley no apunta, en términos generales, en esa dirección. En su inmensa mayoría, se trata de disposiciones que establecen un complejo organigrama de distribución de autoridades y competencias, con un evidente aumento de burocracia y una pretendida participación de múltiples sectores en las propuestas y decisiones, lo que debilita su verdadera efectividad. En particular, ciertas disposiciones ofrecen muchas dudas y otras despiertan francas discrepancias, tanto en aspectos de forma como de fondo. La discusión de los distintos artículos, obviamente, se va a dar en Sala, pero nos gustaría adelantar algunos comentarios y fijar posición sobre algunas de estas disposiciones que entendemos hacen al espíritu general del proyecto. La creación de una Comisión Nacional de Educación con la capacidad de recibir y formular propuestas sobre política educativa limita, a nuestro entender, las potestades del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, al que compete por ley establecer la orientación general de los planes y programas de estudio. En efecto, el artículo referido a naturaleza y cometidos de la Comisión Nacional de Educación establece que constituirá un ámbito nacional de deliberación sobre políticas educativas del sistema. De la misma manera, según este proyecto, compete al Congreso Nacional de Educación constituir el ámbito nacional de debate del Sistema Nacional de Educación, teniendo carácter asesor y consultivo. Por otra parte, por el artículo 111, compete a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública coordinar, concertar y emitir opinión sobre las políticas educativas de la educación pública e impartir recomendaciones a los Entes.

10.- Ley General de Educación. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Prosiguiendo con la lista de oradores, tiene la palabra el señor Diputado Barreiro. SEÑOR BARREIRO.- Señor Presidente: trataremos de ser muy breves, dando nuestra opinión general sobre este proyecto de Ley de Educación y refiriéndonos a algunos aspectos emanados de sus disposiciones

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La política educativa, señor Presidente, es, y deberá ser, una política de Estado, y no está claro quién la va a implementar y a ejecutar. La integración del Consejo Directivo Central de ANEP con miembros electos por el cuerpo docente del Ente, que a su vez serán definitorios en la designación de los integrantes de los Consejos de Educación, a nuestro entender, transfiere el poder de decisión desde el ámbito político representativo hacia el corporativo, desconociendo la legítima autoridad emanada de las decisiones ciudadanas. En efecto, se establece que el Consejo Directivo Central de la ANEP estará conformado por cinco miembros; tres de ellos designados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, previa venia de la Cámara de Senadores, y los otros dos miembros serán electos por el cuerpo docente del Ente, según la reglamentación que oportunamente acuerde el Poder Ejecutivo. En cuanto a la integración de los Consejos de Educación, dos de sus miembros serán designados por el Consejo Directivo Central por cuatro votos conformes y fundados, y el tercero por el cuerpo docente, de acuerdo con la reglamentación que se dicte oportunamente. Esto fundamenta la opinión precedente con respecto a esa participación y al poder de decisión que se tendrá en el CODICEN. Además, se crean multiplicidad de consejos: Consejos de Educación, Consejos Coordinadores, Consejos Consultivos, con superposición de funciones y un aumento desmedido de cargos de confianza que desdibujan las atribuciones y cometidos de cada uno. Queremos dejar constancia de que, por otro lado, algunas propuestas contenidas en este proyecto podrían ser objeto de consideración, oportunamente y fuera del contexto de esta ley, ya que compartimos la creación de alguno de estos organismos y así lo hemos manifestado en su momento, aunque no con las características y la integración de sus órganos conductores como se propone en el articulado del proyecto. Nos referimos a la creación de un Instituto Universitario de Educación y a un Instituto Terciario Superior en el ámbito tecnológico u órganos similares. Finalmente, nos referiremos a la creación de un Instituto Nacional de Evaluación Educativa. El proyecto original del Poder Ejecutivo creaba en el Inciso 11, Ministerio de Educación y Cultura, como órgano desconcentrado y con carácter privativo, la Unidad Ejecutora Instituto Nacional de Evaluación Educativa. El

proyecto modificado crea, en su artículo 116, el mismo Instituto como persona jurídica de derecho público no estatal, que tendrá como domicilio la capital de la República y se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura. Entendemos que se avanza en el sentido de independizar al Instituto Nacional de Evaluación Educativa de la órbita del Ministerio de Educación y Cultura. De cualquier manera, consideramos que por su composición no asegura la absoluta independencia del juicio evaluatorio. Entendemos que este debe provenir del exterior del país, de organismos internacionales especializados, que hay varios en ese sentido. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Hernández) ——Estas son algunas de las opiniones sobre las disposiciones más importantes del proyecto; ahondaremos en este en la discusión en particular. Todo lo expresado nos lleva a aconsejar votar negativamente el proyecto de ley tal como fue presentado. SEÑOR SCAVARELLI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR BARREIRO.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR SCAVARELLI.- Señor Presidente: seguramente a lo largo de la jornada van a quedar claras las posiciones sobre los contenidos de este proyecto, pero cuando uno va a hablar sobre un tema de esta complejidad y trascendencia debe quedar bien establecido el principio general. Cuando hablamos de educación estamos hablando de formación, de trasmisión de civilización, no solo de trasmisión de conocimiento sino de principios, de valores, de los temas que nos son esenciales como seres humanos y como nación. Una norma de este tipo requiere, como pocas en materia política, cumplir con dos requisitos fundamentales: tiene que ser conveniente y, además, debe ser dictada oportunamente. La condición de oportunidad no la voy a medir desde mi posición de Partido de oposición, constructivo pero de oposición. Voy a utilizar la referencia del señor Presidente de la República, quien ha suspendido un Consejo de Ministros público para explicar los logros de su gestión por entender que no estaban da-

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das las condiciones políticas en el momento que nos ocupa. Estos temas son para el principio de un Gobierno; hay un tiempo en que se gobierna y hay un tiempo en que se administra, hay un tiempo en que se innova y otro en el que se desarrolla. Uno no puede desarrollar ideas en un tramo final de gobierno, sometido a todas las vicisitudes que se están generando en el sistema político de acuerdo con las reglas de juego democráticas y, al mismo tiempo, en la propia estructura del Partido de Gobierno. Tampoco ha sido conveniente no aceptar la integración -o condicionarla de tal modo que la tornó imposible- a los órganos superiores de conducción de la educación nacional de los partidos de oposición. Al principio de este Gobierno, en ese período que felizmente la democracia tiene, con la ilusión de que todo acuerdo es posible, coincidimos con los temas esenciales, pero lamentablemente, cuando llegó el momento de ponerlos en práctica, de estar cerca de la ejecución y de la construcción, eso no fue posible. Pero al Gobierno no le bastó con que no fuera posible la integración en los órganos de conducción. Convocó a los operadores técnicos de la educación, a los docentes, y les pidió opinión, como también se la pidió a los partidos políticos. Es una forma de organización que no voy a calificar porque, como siempre digo, estoy formado en la vida pública y privada desde la presunción de la buena fe. Lo que sí digo es que no se puede convocar a una movilización de todo el sistema educativo nacional para luego, en la hora de la concreción, al igual que pasa con la omisión de la conducción política pluralista de todos los partidos políticos del país, no tener en cuenta los puntos fundamentales. Una ley de educación puede tener oposiciones y crear un régimen de rispideces porque, naturalmente, hay muchos valores en juego, hay concepciones del mundo y de la vida que están incluidas en estos temas, pero este es un proyecto de ley orgánica, de organicidad, de creación de instrumentos. ¿Quién puede estar en contra de los primeros párrafos de este proyecto, de los primeros capítulos, donde se establecen y recogen principios generales por los que todos somos capaces de dar lo mejor de nosotros mismos? Me refiero a los principios que rigen a la humanidad: el humanismo, el valor, la civilización, la libertad, la democracia, la libertad de cátedra. Pero también habla de conceptos de bien público y de polí-

ticas, y esto no es algo que se pueda construir desde una caja negra en la que solo participan determinadas personas a las que se les ha dado espacio, y mucho menos teniendo en cuenta que otros que han querido estar no lo han logrado y otros que han sido convocados no han sido considerados. Por eso sería prudente entender que cuando un proyecto de ley no tiene la mayoría suficiente no es un buen mecanismo legislativo encontrar algún atajo para ver si dejamos de transformar, de crear un organismo con la naturaleza de Ente Autónomo, porque los votos no dan -¡por algo no dan!-, y tratamos de crear otra cosa distinta para estudiar algo para dentro de unos años, con un Parlamento y un sistema político integrado, seguramente, de un modo distinto al de esta tarde. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado. Puede continuar el señor Diputado Barreiro. SEÑOR BARREIRO.- Señor Presidente:… SEÑOR SCAVARELLI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR BARREIRO.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR SCAVARELLI.- Creo que de esta manera haríamos un buen servicio a una legislación que deberá resolver un tema inminentemente práctico. Me refiero a que tenemos problemas en la creación de centros educativos, tenemos problemas para el estímulo y la presencia de los educadores y tenemos uno de los índices de deserción estudiantil más grandes que ha conocido el país; algo está fallando. Fallará la ejecución; fallarán las personas que están a su cargo; fallará el sistema; fallarán las normas jurídicas que lo rigen; fallarán las normas de organización; fallará el estímulo desde el Gobierno Central; fallará una oposición que no es racional con el sistema. Todo esto es tan importante, señor Presidente, que no puede ser madurado violentamente tratando de sacar un proyecto de ley o de crear institutos de otra naturaleza porque los votos no alcanzan. Ojalá que una vez que salga esto -del modo que fuere-, todos quedemos con el espíritu abierto para

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pensar en el futuro, porque deberá ser tema central de los programas de Gobierno -que constitucionalmente los partidos políticos tienen la obligación de considerar- para que a tan poco tiempo de la elección nacional, cuando desde el punto de vista gubernamental se está más cerca del arpa que de la guitarra, se escuche la sinfonía con la nueva integración de la filarmónica. No dejemos condicionado el repertorio para otros ejecutores cuando el sistema está haciendo agua, como ocurre actualmente. Es por ello que todos tenemos la obligación de construir algo que lo haga mejor. No sentimos que este proyecto de ley lo haga mejor, y además, sabemos que hay diferencias en el propio partido de Gobierno, hay diferencias porque la oposición no lo aprueba, hay diferencias porque el sistema educativo no las lleva y hay diferencias porque los educandos no están conformes Entonces, ¿hacia dónde vamos? Nada menos que en la educación, donde no puede haber margen para otra cosa que para profundizar el acuerdo y disentir en lo mínimo, estamos construyendo el disenso desde lo máximo, tratando de rascar en la superficie de un proyecto de ley inadmisible -porque no es viable- algún punto de acuerdo artificiosamente construido. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede continuar el señor Diputado Barreiro. SEÑOR BARREIRO.- He finalizado, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado Posada. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: para el Partido Independiente el tema de la educación es medular y, sin duda, constituye una de las claves estratégicas del desarrollo económico y social de nuestro país. Por lo tanto, entendemos que la ley que fije criterios orientadores en materia de educación debe ser representativa de la opinión de los uruguayos, reflejada a través de sus representantes, que, en definitiva, son el sistema político de nuestro país. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Si hay algún tema para discutir, solicitamos a los señores Diputados que pasen al ambulatorio.

Puede continuar el señor Diputado Posada. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: cuando conocimos esta iniciativa que hoy tenemos a consideración en el plenario de la Cámara de Diputados y que hizo llegar la señora Ministra de Educación y Cultura, la respuesta del Partido Independiente fue solicitar inmediatamente una entrevista con ella a los efectos de procurar un diálogo que entendíamos absolutamente imprescindible. De hecho, el 24 de junio de este año, una delegación de nuestro Partido encabezada por nuestro Presidente, el doctor Pablo Mieres, por quien habla y por los educadores José Pedro Rilla, Javier Lasida y Loreley Álvarez, mantuvimos una reunión con la señora Ministra, con el señor Subsecretario, con el señor Director de Educación y con diversos asesores. En esa oportunidad planteamos lo que nosotros entendíamos como una necesidad y era que, concomitantemente a la tarea parlamentaria, se integrara un grupo de trabajo donde todos los partidos políticos estuvieran representados para que una vez que este proyecto de ley saliera del ámbito parlamentario, se pudiera decir que era una norma representativa de la opinión de todo el país y que contaba con el consenso básico en materia de educación entre los uruguayos. Lamentablemente, este planteo, que fue reiterado por nota en julio de este mismo año, no obtuvo respuesta. A pesar de ser un tema de tanta importancia, no hubo interés del Gobierno en generar un ámbito de intercambio para lograr avances en algo que para nosotros es una clave fundamental. No es posible que un solo partido tenga la respuesta en un tema estratégico como la educación. No es posible que, de alguna manera, se ignore el pensamiento y las propuestas que los demás partidos -seguramente todosestamos en condiciones de establecer con respecto a una cuestión tan importante. Por eso, señor Presidente, en el comienzo de nuestra alocución queríamos destacar de manera especial que nuevamente -como en otros proyectos, pero en este queremos recalcarlo- hemos sentido la frustración de no encontrar de parte del Poder Ejecutivo, de parte de la bancada de Gobierno, la posibilidad de generar ámbitos de verdadero debate. Una vez más, como pasó en el caso de la reforma tributaria, el debate -ahora sobre la educaciónestuvo ausente en el Parlamento. Una vez más, después de que los sectores del Frente Amplio llegan a

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un acuerdo -que no sé si son representativos de todo el Frente Amplio, pero sí de una gran mayoría-, se acelera la aprobación de una norma en el ámbito parlamentario sin que haya una instancia cierta de debate de temas en los que indudablemente nos está yendo la vida a todos los uruguayos. Este país no tendrá posibilidades de una verdadera integración social mientras no defina una estrategia educativa acertada. Nuevamente, el sistema político uruguayo, en función de la actitud que ha mantenido el Gobierno primero y su bancada de legisladores después, se ha perdido la oportunidad de generar y de construir el consenso básico fundamental para avanzar en el tema de la educación. En la instancia a la que hacía referencia, nos comprometimos a hacer llegar a la señora Ministra, por lo menos, algunos comentarios sobre cuál era la posición de nuestro Partido respecto a este proyecto de ley. Permítaseme que haga una lectura parcial de estos aspectos porque me parece que son importantes desde la consideración del Partido Independiente sobre este proyecto de ley que está hoy a estudio de la Cámara de Representantes. Entre los comentarios que proponíamos como parte de la agenda de ese grupo de trabajo representativo de todos los partidos políticos, nosotros señalábamos, como lo afirma el proyecto de ley, que la institucionalidad jurídica de la educación parece destinada a perdurar en Uruguay. La ley hoy vigente lleva más de dos décadas de aplicación y fue concebida como una norma de emergencia. Hay que recordar -y no es menor, señor Presidente- que esa norma que hoy nos rige fue producto de los acuerdos establecidos a nivel de la CONAPRO y, por cierto, reflejó la posición de consenso de todos los partidos políticos uruguayos a la salida de la dictadura en relación a la educación, lo cual constituye, sin duda, un antecedente que debería tenerse en cuenta cuando estamos analizando un tema como este. Esa perdurabilidad de las leyes que organizan la educación y la intensidad de los cambios en el mundo y en nuestro país indican que lo más razonable en materia de legislación educativa es procurar normas escuetas, que reúnan el mayor acuerdo político posible. Dicho de otro modo: una ley frondosa y con apoyo unipartidario es el peor camino que pueda seguirse.

El proyecto de ley que estamos considerando nos refiere a un marco normativo destinado a regir en los próximos treinta años. La principal preocupación del legislador debería ser, antes que nada, procurar que la educación deje de ser un campo de batalla de partidos, de corrientes sindicales, de enfoques tecnocráticos y corporativos, luchas todas que reducen el papel de padres y alumnos a la situación pasiva y, a menudo, de rehenes. El proyecto de ley y su inminente debate político y parlamentario pueden hacer pensar que el problema de la educación uruguaya es legal. Esta reificación de la ley oculta, o puede inducir a ocultar los urgentes problemas y las verdaderas soluciones, que mínimamente pasan por una nueva ley. A la vez que respondemos a la convocatoria del Gobierno a discutir la ley, no queremos dejar de manifestar que las prioridades no estuvieron adecuadamente definidas, primero, porque la mayor parte de los problemas y de los desafíos que hoy presenta nuestra educación no requiere de cambios legales; segundo, porque eran preferibles reformas legales puntuales, orientadas a determinadas objetivos y metas que acompañaran un proceso de reforma efectivo, a esta estrategia que ha sobredimensionado la relevancia de la ley en la agenda de las cuestiones educativas. Muchas veces, en la vida democrática es más importante el rol del Gobierno en la propuesta de la agenda pública que en las decisiones que toma. La expectativa desmedida respecto del papel y del impacto de la ley tiene dos consecuencias negativas. En primer lugar, desde el proyecto oficial y el oficialismo, la pretensión excesiva de resolver una serie de cuestiones por la vía de la norma legal; en segundo término, desde algunos sectores gremiales, la ley se traduce, básicamente, en una cuestión de poder: quién manda y cómo se llega a lugares de mando. La confianza desmedida en la ley, sobre todo cuando ella tiene un talante tan detallado como programático, deslegitima la propia ley, en tanto el cumplimiento de varias de las metas que se proponen no se puede lograr por la sola sanción de la norma. A su vez, la reducción a una cuestión de poder no hará sino poner a la educación en el campo de batalla y a los padres y alumnos, una vez más, en situación de rehenes, estimulando la fuga de quienes puedan optar por la educación privada.

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La organización que establece la ley está sobrecargada de organismos con cometidos superpuestos y con exceso de ámbitos con funciones de consulta, deliberación y coordinación. Se establece una estructura demasiado compleja, que dificultará un ejercicio efectivo del Gobierno, que puede estimarse que tenderá a bloquearse, aún más que en la actualidad, en el laberinto asambleario que se instaurará. La participación docente no debe reemplazar ni significar limitación alguna a las responsabilidades que corresponden al Gobierno de la educación, que debe ser ejercido por quienes sean designados por las mayorías y las minorías políticas. En caso contrario, se pasa de la participación al corporativismo, donde la voluntad de un sector profesional reemplaza a la del conjunto de los ciudadanos. No comprendemos las razones que fundamentan que la educación deba estar dirigida o cogobernada por los docentes, como tampoco compartimos que la salud o la política de vivienda sean definidas por los colectivos profesionales de cada una de estas áreas. En este sentido, consideramos que la representación de los docentes debe ser tal que les posibilite estar informados, expresar su opinión respecto de las decisiones a tomar y, en lo posible, incluso, contribuir a consensuarlas, pero su intervención no debe alcanzar un papel determinante en las decisiones en ningún sentido, porque estaría reemplazando la opinión de los representantes del conjunto de la ciudadanía. El proyecto reproduce tres graves problemas que tiene nuestro sistema educativo, manteniendo la estructura centralizada y estatista, que fue eficaz en etapas fundacionales pero que en la actualidad está entre las causas de varios de los principales problemas de la educación. En primer lugar, como en tantas oportunidades y en referencia a otros temas del país, también aquí reinan la confusión y la asimilación entre lo estatal y lo público que, además, son colocados erróneamente en las antípodas de lo privado. Todas las instituciones educativas, sean del Estado o de la sociedad civil, con iniciativa privada, tienen y cumplen una función pública. En segundo término, a pesar de la intención declarada de jerarquizar los centros educativos locales -escuelas, liceos, escuelas técnicas-, la redefinición de su rol es insuficiente y contradictoria. Estarán sometidos a múltiples y confusas opiniones de los excesivos ámbitos intermedios y superiores, cualquiera de los

cuales podrá opinar o recibir opiniones sobre lo que ocurre en un determinado centro. Los centros no tienen ninguna intervención en la selección de sus recursos humanos, y se continúa, como en la actualidad, impidiéndoles, incluso, realizar acuerdos con otras organizaciones que pretendan colaborar o desarrollar iniciativas conjuntas, para lo cual cada uno, desde cada localidad del país, debe solicitar la autorización a las autoridades centrales. En tercer lugar, en contraste con los avances que el país muestra en otras áreas -algunas tan críticas y sensibles como por ejemplo la salud, las telecomunicaciones o la investigación y la innovación-, el proyecto no diferencia adecuadamente las funciones de juez y parte, salvo en lo que concierne al instituto de evaluación. Las autoridades de la educación estatal administran respondiendo solo a sí mismas y sin contar con mecanismos efectivos de rendición de cuentas. A la vez, las instituciones de gestión privada están sometidas a las determinaciones de quienes gestionan las instituciones estatales, con reglas y funciones que continúan siendo vagas en el texto propuesto, tal como ocurre hasta hoy. En conclusión, se mantiene un sistema centralizado en el que los responsables de las instituciones estatales continuarán controlándose a sí mismos, a la vez que controlan a las instituciones privadas. La complejización, superposición y proliferación de ámbitos que se mencionó en los apartados anteriores, junto con el corporativismo, acentuarán una cultura de gobierno educativo que prevemos como de extendida deliberación, escasa y concentrada decisión, orientada por un enfoque excluyentemente estatista. Si bien no compartimos el enfoque general del proyecto -tal como se desprende de ítems anteriores-, ello no obsta reconocer coincidencias en algunos aspectos parciales. Sin perjuicio de insuficiencias conceptuales y de las reglamentaciones pendientes, debe ser favorablemente considerada la propuesta de integrar el nivel universitario a la formación docente. Ello viene a superar una antigua carencia del sistema uruguayo al respecto, vincula de manera más fluida al país con el mundo y supone, si se quiere, una formación universitaria de los docentes y su encuadre en las instituciones de investigación y capacitación, técnicamente autónomas. Más aún: ensanchando la consideración, el país debe asociar la formación docente al nivel uni-

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versitario, del mismo modo que las universidades deben mejorar urgentemente su formación docente, afectada por graves carencias, aunque señalamos que lo deben hacer sobre la base de la calidad y de la libertad irrestricta, eliminando el veto que las instituciones privadas sufren para formar docentes habilitados a enseñar en todo el sistema. Otra novedad digna de mención y apoyo es la constitución de mecanismos de evaluación que permitan rendir cuentas a la sociedad, algo demasiado demorado si consideramos la experiencia internacional. Por último, el alcance de la definición de laicidad presenta diferencias positivas con respecto a formulaciones legales anteriores, por cuanto se propone una consideración más positiva que negativa del problema. El principio de laicidad asegurará el tratamiento integral y crítico de todos los temas en el ámbito de la educación pública mediante el libre acceso a las fuentes de información y conocimiento, lo que posibilitará una toma de posición consciente de quien se educa y se garantizará la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias. Las formulaciones anteriores ponían el acento en lo vedado, en lo que no podía hacerse ni decirse, deviniendo laicista lo que en rigor debería ser laico. Aquí, en cambio, se propone un enfoque garantista, que pretende asegurar el efectivo tratamiento de saberes y creencias y el acercamiento a posibilidades de conocimiento. Señor Presidente: en función de todo lo expuesto, quiero señalar que nuestro Partido va a votar negativamente este proyecto en términos generales, si bien va a acompañar, en particular, los primeros Capítulos, que contienen aspectos vinculados a los principios generales de la educación que, a nuestro juicio, deberían ser compartidos por todo el sistema político. Es todo cuanto quería expresar. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra la señora Diputada Castro. SEÑORA CASTRO.- Señor Presidente: en realidad -quiero que no se tome esto como una mala intención, sino hasta con cierto sentido del humor-, haciendo referencia a algo expresado en Sala con relación a las arpas y las guitarras, quiero decir que sin haber trabajado en ninguna consultora de opinión y

tampoco hacerlo actualmente, ni tenerles muchas confianza, sobre todo cerca de las campañas electorales, a esta altura nadie puede predecir, pero si hay alguien que les tiene mucha confianza, mejor debería mirar las cifras. En los últimos años hay coincidencia nacional en un par de enunciados en materia educativa que podrían sintetizarse de la siguiente manera. Por un lado, se dice que vivimos la era del conocimiento a nivel mundial. Por otro, que el Uruguay debe insertarse en este mundo por dos razones básicas: por el desarrollo pleno de nuestra gente -tomada individualmente- y porque para alcanzar mayores niveles de desarrollo como país es imprescindible más y mejor educación. En tercer lugar, los actores políticos y sociales hemos señalado diversas y múltiples carencias de la educación nacional. En cuarto término, en el país no existe un sistema nacional de educación integrado que tenga en cuenta las definiciones constitucionales y las necesidades que los desafíos actuales y futuros nos plantean. Hasta aquí las coincidencias que figuran en esto que yo he llamado “enunciados generales”, pero el análisis de sus causas y de cómo nos paramos para delinear posibles soluciones, claramente divergen en muchos planos. Antes de continuar, quiero hacer un par de precisiones previas en esta discusión general del proyecto de ley que estamos considerando. En primer lugar, vivimos en una sociedad que se caracteriza por las asimetrías en las relaciones de poder. Y aclaro que para nosotros, tener el Gobierno, con lo importante que es, no significa tener todo el poder. En segundo término, una de las áreas muy trascendentes para contribuir a construir el poder nacional y popular en pro de una sociedad mejor, más justa y solidaria, tarea que no solo lleva mucho tiempo, sino que implica trabajar a diario con cabeza amplia y democrática es, precisamente, la de la cultura, donde la educación, en el más amplio de los sentidos, juega un papel fundamental. En tercer lugar, la matriz cultural hegemónica en el Uruguay de hoy, la que prima, la que viene preñada por más de un siglo, si bien recoge algunas tradiciones muy valiosas que nadie regaló al pueblo uruguayo -por ejemplo, la de ser un Estado laico, la de haber

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reconocido tempranamente en el siglo XX la coeducación, es decir, el derecho de las mujeres a educarnos, o haber potenciado la educación pública-, discrimina, muchas veces en silencio, sin llegar a lo explícito verbal, lo cual no le quita su fuerza antidemocrática. Es una cultura que aún cultiva la concepción decimonónica del único saber válido, concebido como el saber académico, siempre y cuando cuente con el respaldo del poder dominante, y, consecuentemente, desestima los otros saberes. Dentro de esta racionalidad, los “otros” -entre comillas- saberes y, por lo tanto, los otros sujetos, tan humanos y uruguayos como nosotros, no pueden ser más que “beneficiarios” -entre comillas- de las soluciones a los problemas que solo quienes tienen el poder real, global, pueden imponer. Las categorías y los códigos culturales valederos están enmarcados en esta concepción. La formulación política de la democracia representativa no solo es altamente preponderante desde el punto de vista constitucional -como todos sabemos-, sino que es impuesta culturalmente como la de mayor valor. De esta forma, se excluye en la práctica el cultivo de la participación ciudadana, como forma de mantener las asimetrías de poder, consciente o inconscientemente. A esta altura, bien vale hacer otro par de aclaraciones por si alguien se ve tentado de hacer lecturas lineales de lo que he señalado. En primer lugar, estoy firmemente convencida del papel central que juega la educación en la conformación de la cultura de una nación y de cómo esta, la educación, pauta la formación de su gente e influye fuertemente en el proyecto de país. Sin embargo, no veo a la educación como una polea estricta y simple de reproducción de lo que sea, de lo que está, de lo nuevo o de lo que está por venir. Creo no hacer una lectura banal de aportes tan valiosos como los de Bourdieu, entre tantos otros, en el sentido de reconocer a la interna del campo educativo y aun de los propios sistemas educativos, la existencia del o de los conflictos derivados de las asimetrías de poder a las que nos referíamos antes. Digo esto porque en este ámbito no es muy frecuente oír hablar del reconocimiento del conflicto, y menos aún hacernos cargo de lo que esto significa. Entonces, nos quedamos en posiciones pedagogicistas, sustentando que la educación por sí sola puede hacer todos los cambios o, en la otra punta, atrincherados en la posibilidad de reproducción que la educación contiene im-

plícitamente, desechamos el valor de tener instituciones educativas apostando solamente a una educación de tipo familiar, encerrada o de tipo corporativo. Esta última posición, que tuvo un auge importante en la década del sesenta, con Iván Illich, y en cierto sector en América Latina y en Europa, prácticamente hoy no tiene adeptos. Pero la primera, la del pedagogicismo, sigue instalada con fuerza, aunque no creo que muchos de los ardientes defensores de este concepto estén efectivamente tan convencidos de que la economía y la producción no tienen nada que ver con los cambios posibles y estén convencidos de que todo arranca de la educación. Más bien pienso, señor Presidente, que es una forma de ocultar, de poner velos al análisis y, sobre todo, a la comprensión de la realidad ante la amenaza de una posible transformación que ponga en cuestión sus privilegios. Por otra parte, siempre he pensado -mucho antes de ser legisladora- que las leyes solo expresan, en el mejor de los casos, una parte de la solución que se proponen, no solo porque luego viene su reglamentación sino porque lo que efectivamente las valida como solución o como una propuesta que no es solución, es su puesta en práctica. El otro aspecto que quiero señalar es que proclamar un cambio así, a secas, dice muy poco, por la diversidad de sentidos que encierra. Cambiar sin aclarar en qué dirección y con qué sentido puede significar, también, más de lo mismo, por más que se agite y se proclame que se está cambiando. Este no es el caso. Globalmente analizado, este proyecto no es más de lo mismo, no es más de la Ley Nº 14.101 ni es más de la Ley Nº 15.739, por más que como sector hayamos propuesto otros cambios -quiero aclararlode los que seguimos convencidos. En ese sentido, quiero dejar constancia de que, en pro de los acuerdos para viabilizar salidas comunes y, como siempre, siendo leales a lo acordado, votaremos los cambios que están planteados. Señalo esto para dejar en claro que este proyecto recoge consensos y acuerdos trabajosamente construidos, y todos los que estamos aquí y muchísima gente de este Uruguay conoce la diferencia entre consenso y acuerdo. Reitero esto por el valor que damos a la unidad de acción de la fuerza política pero, fundamentalmente, porque estamos convencidos de que aquí se incluyen mejoras sustantivas a la educación nacional y, por ende, al presente y al futuro de los uruguayos y de la nación.

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Por otro lado, hemos sido impulsores, entre tantos, coherentemente en la palabra y en la acción, desde mucho antes de ser Gobierno, del concepto de que la educación es materia de todos y que su discusión y trazado de lineamientos generales no puede estar encerrada entre cuatro paredes, ni siquiera en el caso de que allí tuviéramos a los más grandes sabios del mundo. Esa ha sido una de las razones por las que nos opusimos a la llamada reforma educativa de los noventa y también es el argumento central por el que impulsamos el Debate Educativo que, a nuestro juicio, no fue una merienda de negros, como peyorativamente lo calificó un connotado dirigente político de la actual oposición. Fuimos a ese Debate e impulsamos el posterior Congreso -del que lamentamos no haya podido resolver todos los asuntos-, sabiendo que sus conclusiones no eran legal ni constitucionalmente vinculantes y que el examen afinado de muchas de ellas mostraba contradicciones, y sabiendo también que existía un compromiso político. Es lógico que esas contradicciones se dieran, porque tanto el Debate como el Congreso tuvieron una integración abierta y plural. Allí, quien no estuvo fue quien no quiso, y no porque se le cerraran las puertas, y lo digo con énfasis por algo que se ha vertido en esta Sala. No hubo cuotificaciones partidarias, ideológicas ni de confesión. Allí estuvo todo uruguayo, toda uruguaya y aun habitante del país que quiso estar para debatir en los ámbitos que quiso debatir. Todo nuestro esfuerzo estuvo, y está, basado en la convicción de que habilitar instancias de participación tiende a abrir cauces para que las personas recuperen y ejerciten ese poder silenciado, ese poder que solo se les permite ejercer una vez cada cinco años, eligiéndonos, pero a los solos efectos de delegar su soberanía, en definitiva, su poder. Además, estamos convencidos de que la participación educa, y cuando es real, es decir cuando la gente efectivamente toma decisiones, aunque sea al ritmo que la sociedad uruguaya lo permite, contribuye fuertemente a la democratización de la sociedad, en tanto son las desiguales relaciones de poder las que están en juego. Desde nuestro punto de vista, las principales apuestas en este proyecto podrían caracterizarse de la siguiente manera, más allá de que hemos compartido la exposición que hiciera el compañero Arregui como miembro informante. En primer lugar, este país, a pesar de que no partimos de cero, no solo por las disposiciones constitucionales, tiene una tradición, y una

tradición con una realidad educativa fragmentada, no coordinada, no integradora, que muestra la necesidad de un sistema nacional educativo integrado; integrado en varios de los planos, en los aspectos de la educación formal con la responsabilidad estatal y en los aspectos que cubren la educación no formal. Pero tiene -porque estamos en un país con una particularidad que a veces es difícil entender en el exterior cuando uno la explica-, gracias a las disposiciones constitucionales, una fuerte responsabilidad adjudicada al Estado y un artículo 68 que establece la libertad de enseñanza. Esto viene desde hace mucho tiempo y es reconocido como parte de nuestra realidad. Sin embargo, hay que integrar ambos planos, respetando las disposiciones constitucionales pero, por sobre todo, teniendo en cuenta que el sujeto de derecho es quien aprende. En este sistema nacional de educación integrado nos pareció que hasta ahora habían faltado ámbitos -en el proyecto de ley se plantean- donde se puedan intercambiar y coordinar -no elaborar sino coordinarpropuestas educativas desde la perspectiva de la ANEP, de la UDELAR, del INAU, del propio Ministerio de Educación y Cultura, de las instituciones privadas, de los trabajadores, de los estudiantes. Se planteó que en el proyecto original que envió el Poder Ejecutivo había una excesiva cantidad de integrantes y, por ese motivo, la Comisión aprobó una modificación. Además, quiero resaltar que aspectos que podrían dar a suponer que estos ámbitos estaban forzando las autonomías técnicas fueron totalmente eliminados, quedando como un ámbito de intercambio y de coordinación, teniendo claro que la autonomía y la coordinación son principios constitucionales. Por otro lado, el otro aspecto que responde a una de nuestras punterías básicas es rescatar el concepto de la educación como un derecho humano. Por primera vez en este país, con esta ley, se rechaza explícitamente la concepción mercantilista de la educación, que no solo la OMC quiso imponer, sino que primó por estas tierras, la uruguaya y las regionales, a través de la reforma de la década del noventa, y que arrancó con la reforma de 1988 de Pinochet y luego se extendió como una mancha. Esto lo hace explícitamente. Pero, implícitamente, también rechaza la concepción productivista de la educación al plantear una educación integral, porque la necesaria conexión

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que debe tener la educación con el medio para que responda a esas necesidades deberá expresarse como una estrategia didáctica -ya que participamos de la idea de una educación integral- y para ello nuestros docentes tendrán sus respectivas formaciones. En definitiva, esas estrategias didácticas permitirán que la conexión con esa realidad les haga operar no como un techo a la formación de la gente, sino como un piso cercano y conocido a partir del cual la gente se pueda proyectar. Otro de los aspectos de particular importancia es la imprescindible articulación entre el trabajo intelectual y manual. En una sociedad y en un sistema social que discrimina claramente estos aspectos, no creemos que la educación, por algo que ya hemos señalado, por sí sola abata estas diferenciaciones; pero sí creemos que debe contribuir, y hacerlo fuertemente. Se trata de una relación con el trabajo, con los problemas que plantea el trabajo. Trabajar pensando y pensar trabajando, como decimos los frenteamplistas desde hace muchísimos años. Creemos que esta interrelación, junto al cultivo de la innovación, son condiciones básicas para la producción del conocimiento nacional, no solo a fin de incorporarlo como valor agregado a nuestra producción, sino para contribuir a achicar esa brecha de la dependencia científica y tecnológica, que es también contribuir a acortar la dependencia y defender la soberanía nacional. Pero nadie inicia sus estudios terciarios, ya sea en la Universidad o en otros institutos, y como tocado por una varita mágica se convierte en investigador o innovador si no ha recibido una educación en la que desde las primeras edades se fomente esta orientación. Entonces, estas orientaciones tienen que estar y constituyen una de las punterías, como decíamos anteriormente. Por otra parte, como ya señalamos, ubicar también en forma explícita por primera vez en la historia de este país que el sujeto de derecho es quien aprende y que todo lo demás debe estar supeditado a que aprenda cada día más y mejor, es uno de los aspectos principales. Esto no significa desconocer los derechos de los funcionarios y del personal docente ni las necesarias dotaciones que se tienen que instrumentar, sino reconocer en quien aprende, a lo largo de toda su vida, los derechos que le corresponden y cómo la sociedad entera debe tener esto presente.

Nos llama la atención que actores políticos que han estado muy preocupados en estos últimos tres años por el deterioro de la calidad de la educación nacional no se hayan preocupado antes, durante decenas de años, de establecer esto como un principio básico, no solo en lo declarativo sino en la práctica educativa concreta, y hayan priorizado otro tipo de situaciones. Por otro lado -ya lo decía el compañero Diputado Arregui-, encontramos el señalamiento a nivel de la política educativa de los ejes transversales, que tienen que ver con la enseñanza de los derechos humanos, de la educación sexual, de la educación ambiental, del deporte, de la educación física y de la recreación y tantos otros, y que se irán desarrollando a medida que se pongan en práctica estas orientaciones. Tenemos claro que acá simplemente estamos recogiendo una parte de los nuevos lineamientos de la política educativa a concertarse a través de los distintos organismos y que luego, por supuesto, su implementación deberá desarrollar otros aspectos: nada más ni nada menos que su planificación y la valoración de los impactos que ella misma tendrá. No es nada para desestimar el cierto oxígeno civil ciudadano -permítaseme utilizar una expresión particular- en la formación que se imparte hasta ahora en los liceos militares y policiales, y la posibilidad de reformularla. Nos parece que tiene que ver no solo con los muchachos y las muchachas que deciden por estas opciones, sino con el futuro de la integración de los cuerpos militares y policiales con la ciudadanía toda. Nos parece que es muy bueno poner esto sobre la mesa, discutirlo, y que hoy los profesores, que pueden elegir cualquiera de nuestros liceos, también puedan optar por estas instituciones, y, por supuesto, que la práctica educativa, en lo curricular, común con la educación media, tenga esas mismas características. Todos los que estamos acá sabemos que el currículo contiene muchas más cosas que enseñar Matemática o Física; incluye posturas, saludos, valores y tantas cosas más que se le meten en la cabeza a los gurises. Aquí se pretende que la educación obligatoria se extienda hasta el bachillerato, y se ponen plazos para su implementación, teniendo en cuenta que para ello se van a necesitar mayores presupuestos, no solo por el requerimiento de nuevos locales, sino de más pro-

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fesores formados, a fin de llegar a todos los lugares del país. El proyecto también hace referencia a los derechos de la madre adolescente, que si bien estaban recogidos en normativas internas de los Consejos de Educación Media, hoy se elevan al rango de la norma que estamos planteando. Creo que tenemos que reservar un capítulo aparte para la nueva política de lenguas. Por primera vez este país va a dar un salto, desde el siglo XIX al siglo XXI. Por primera vez, señor Presidente, este país va a reconocer que no tenemos una sola lengua, el idioma español, que en Uruguay existe la lengua española, pero también existen la lengua de señas y los dialectos portugueses. Eso hace a la identidad y a la integración nacionales, así como al respeto por la diversidad. También tenemos que mencionar como una gran puntería con relación al reconocimiento del principio de la participación como un principio educativo, que en la propia iniciativa se haya establecido la convocatoria al Congreso Nacional de Educación, con participación, no solo de los involucrados, sino de toda la ciudadanía. Y en este proceso, en un país, en una sociedad que no se atropella para participar, no por tontería sino por siglos de imposición del individualismo, habrá que trabajar, y mucho, para que todas las uruguayas y todos los uruguayos tengamos la posibilidad de expresarnos con la mayor claridad posible en estos Congresos Nacionales de Educación. Y siempre en lo que hace a la participación, para nosotros -en lo particular, además, como sector- uno de los aspectos más relevantes está representado por la inclusión de estos Consejos de Participación que a partir de ahora se instalarán en cada centro educativo, donde no solo los docentes, sino los otros funcionarios, los referentes familiares, los estudiantes y la propia comunidad se van a poder expresar, no como una simple APAL o Comisión de Fomento, con todo lo valiosas que ellas han sido en la historia de la educación nacional… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha finalizado el tiempo de que disponía la señora Diputada. Tiene la palabra el señor Diputado Rombys. SEÑORA CASTRO.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR ROMBYS.- Sí, señora Diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede interrumpir la señora Diputada. SEÑORA CASTRO.- Gracias, señor Presidente; gracias, señor Diputado. Decía que esto es diferente a las APAL y a las Comisiones de Fomento, que fueron muy valiosas, pero que en realidad habían quedado reducidas a recolectar los recursos para el mantenimiento de los locales. Como ahora esos recursos están garantizados por una política de financiamiento del sistema educativo y, además, por una concepción de cómo la colectividad debe tomar parte en los asuntos de la educación, por esa razón planteamos estos Consejos de Participación, donde se podrá pedir informes, se podrán solicitar esas tan mentadas rendiciones de cuentas -mencionadas hoy en Sala- de los Consejos Desconcentrados o los organismos superiores, sobre las políticas educativas y sobre la situación en materia educativa en concreto; se podrán elaborar iniciativas, etcétera. Yo quiero recalcar algo. Acá estamos hablando también de la participación de quien aprende. La posibilidad de arribar a acuerdos llevó a establecer que luego se reglamentará, y quizás en la cabeza de muchísimos uruguayos y de muchísimas uruguayas -no solo de los que estamos acá hoy reunidos- está planteada la interrogante acerca de cuál será la edad a partir de la cual los estudiantes adolescentes podrán participar. Y yo me animo a decir, con propiedad, que los niños tienen mucho, muchísimo para decir. Si no, pensemos en todo lo que nos han dicho a nosotros, los legisladores, con quienes ellos no conviven a diario, esos mismos niños provenientes de todos los rincones del país. Entonces, ¿cuánto más tendrán que opinar y decir acerca de la realidad concreta de sus centros educativos? Ojalá, por este camino que empezamos, un día podamos escuchar sus voces y tener en cuenta sus reflexiones. Por otra parte, hemos planteado la necesidad de formar a nuestros docentes, a todos, desde los docentes de educación inicial a los de educación universitaria, donde quizás existan los mayores vacíos en lo que hace a formación docente. No quiero recordar tristes experiencias como docente universitaria, cuando alguna vez un colega dijo, hasta con cierto tono de orgullo, que hacía mucho tiempo que nadie le salvaba un exa-

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men, y yo morí de vergüenza, porque en realidad lo que merecía era tener una instancia de reflexión. En estos Institutos que estamos proponiendo que se creen en calidad de Entes Autónomos, no solamente se va a alcanzar la cantidad de horas establecidas a nivel nacional y regional por los acuerdos, sino también la imprescindible articulación de la docencia, la investigación y la extensión. Y para validar los títulos anteriores no vamos a admitir una habilitación o una acreditación administrativa, sellito por medio y vamo’ arriba, porque eso barre de un plumazo el respeto por el estudiante, por el educando. Quiero decir lo siguiente: si acá, como se ha expresado en Sala, muchas colectividades políticas estamos dispuestas a considerar un instituto con cogobierno, un instituto que tenga representación de docentes, de estudiantes y de egresados, ¿qué es lo que pasa, que cuando estamos pensando en la representación de los docentes a nivel de la ANEP lo vemos como un corporativismo? Yo, sinceramente, quiero dirigirme a mis colegas universitarios, a quienes les calculo la edad por arriba, sin pedirles que saquen la cédula, y pienso que se formaron ya después de la Ley Orgánica, y preguntarles: ¿qué daño les hizo que estuvieran presentes sus propios colegas, elegidos en su época de estudiantes, en su época de egresados o en su época de docentes? ¿En qué los marcó negativamente? No descarto que puedan existir corporativismos, como en otras áreas de la actividad humana pero, para ello, también hay formas de pararse en la cancha y establecer, con cabeza amplia, otras tácticas y otras estrategias. Entonces, cuando uno está en contra y lo plantea tan claramente, tiene que decir por qué en un lado sí y en el otro no. Y si además se está en contra -cosa que tampoco entiendo- del papel acotado de las propias Asambleas Técnico-Docentes, a las que en realidad se les mantiene más o menos el mismo papel de iniciativa y carácter consultivo, teniendo en cuenta que fueron creadas -todos lo recordaremos- en el año 1985, por la Ley Nº 15.739, pero recién se pusieron en funcionamiento en el año 1991, yo pregunto: ¿qué Gobierno tenía este país entonces? ¿Quién reglamentó la ley? ¿Por qué no se dio carácter resolutivo a las ATD, algo, además, tantas veces reclamado? ¿Hay acuerdo nacional para que esto suceda? Pues, bueno, vamos a discutirlo. Si hay que discutirlo después y aparte, lo

discutiremos. Pero ¡a no sacar banderas de cosas que en su momento no se hicieron porque no se quiso! Finalmente, señor Presidente, quisiera señalar otras cosas que se expresaron, simplemente un par de aspectos. Acá se dijo que no se vota este proyecto de ley porque propone un sistema educativo que pone en el centro a los docentes y no a los alumnos. Realmente, yo recomendaría una lectura más detenida. Asimismo, se señalan tres argumentos de crítica fuerte por los cuales no se comparte la presencia de los técnicos, y supongo que se refiere a los maestros. Por un lado -se dice- porque estamos todos involucrados de diversas maneras, también por el financiamiento. Y en realidad, si este argumento es el que prima, y prima con gran fuerza, yo digo que hace sesenta años -como mínimo- que tendríamos que haber hecho una propuesta de sistema educativo integrada por el conjunto de la ciudadanía. Lo que ocurre, señor Presidente, es que tenemos distintas concepciones de cómo se representa a la ciudadanía: algunos seguimos pensando que alcanza con una vez, con un voto muy importante, pero solo cada cinco años, y otros tenemos otra manera de ver las cosas. El otro argumento que se planteó es el de que la educación debe priorizar las decisiones que no son técnicas, sino políticas. Por ejemplo, ¿qué debemos priorizar: la educación técnica o la artística? Mire, señor Presidente: en primer lugar, no voy a ingresar en la discusión acerca de los campos que abarca la técnica y la tecnología; este no es un ambiente para discutirlo. Pero, además, no creo ni en las ciencias, ni en la técnica, ni en la tecnología, ni en la educación asépticas. ¡No lo son!, de acuerdo con mi humilde juicio. Por último, el tercer argumento fuerte que se interpone es el del peligro del corporativismo, a pesar -se señaló- de la vocación de los docentes. ¡Menos mal! Creo que los médicos también tienen vocación, pero hay médicos -ya tiene el país ejemplos, como el de algunos anestesistas, no todos, o algunos oculistas, no todos- que han demostrado ser muy corporativistas. Se dice que son miles los docentes y que, legítimamente, defienden sus intereses, pero que esto debe tener límites. Bueno, yo creo que el proyecto plantea claramente las áreas donde pueden actuar los docentes, a través de los Consejos Consultivos, de los Consejos Desconcentrados o de las Asambleas Técnico-Docentes. Entiendo que son lineamientos normati-

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vos que obviamente, luego, a través de la práctica, veremos qué resultados dan y en qué nos benefician. Finalmente, en esta primera intervención, quiero señalar que, por todas estas razones y otras más que expresaremos en lo que resta de la discusión, damos nuestro apoyo a este proyecto con la firme confianza de que avanzamos, no todo lo que hubiésemos querido pero avanzamos, para poder seguir haciéndolo más aún en otros momentos. Gracias, señor Presidente.

11.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: De la señora Representante Gloria Benítez, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Artigas Melgarejo. Del señor Representante José Carlos Cardoso, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para asistir en su carácter de Presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a la Reunión del Pleno de Directivas del Parlamento latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de Panamá, por el período comprendido entre los días 2 y 9 de diciembre de 2008, convocándose a la suplente siguiente, señora Mary Pacheco”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en cuarenta y seis: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:)

“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración. Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside, licencia por el día 1º de diciembre del corriente, por razones de índole personal. Asimismo, pido se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular le saluda atentamente, GLORIA BENÍTEZ Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración. La que suscribe Carmen Anastasía, Cédula de Identidad Nº 3.529.236-5 en mi calidad de suplente de la señora Representante Nacional, comunico a Ud. que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente, Carmen Anastasía”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración. La que suscribe Diana Pérez, C.I. Nº 1.969.801-4 en mi calidad de suplente de la señora Representante Nacional, comunico a Ud. que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente, Diana Pérez”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración. El que suscribe Juan Silveira, C.I. Nº 3.013.093-6 en mi calidad de suplente de la señora Representante Nacional, comunico a Ud. que me encuentro imposibili-

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tado por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente, Julio Silveira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Gloria Benítez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que por esta única vez, no aceptan la convocatoria de que han sido objeto, los suplentes correspondientes siguientes, señoras Carmen Anastasía, Diana Pérez y señor Juan Silveira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Gloria Benítez por el día 1º de diciembre de 2008. 2) Acéptanse, por esta única vez, las denegatorias presentadas por los suplentes correspondientes siguientes, señoras Carmen Anastasía y Diana Pérez y señor Juan Silveira. 3) Convóquese para integrar la referida representación por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 90 del Lema Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Artigas Melgarejo. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Con motivo de haber sido convocado, en mi carácter de Presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano, al Pleno de Directivas, reunión que tendrá lugar el 4

de diciembre próximo en la ciudad de Panamá solicito licencia, conforme a lo establecido en el Literal C) de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 2 al 9 de diciembre de 2008 (inclusive). Atentamente, JOSÉ CARLOS CARDOSO Representante por Rocha”. “Rocha, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez desisto a la convocatoria de la Cámara para suplir al diputado José Carlos Cardoso. Sin otro particular saludo a usted atentamente, Alejo Umpiérrez”. “Rocha, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez desisto a la convocatoria de la Cámara, para suplir al diputado José Carlos Cardoso. Sin otro particular saludo a usted atentamente, Marta Cánova”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Rocha, José Carlos Cardoso, para asistir, en su carácter de Presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), al Pleno de Directivas del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de Panamá. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 2 y 9 de diciembre de 2008. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señor Alejandro Umpiérrez y señora Marta Cánova. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y en el literal C) del artículo primero de esta.

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La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial, al señor Representante por el departamento de Rocha, José Carlos Cardoso, por el período comprendido entre los días 2 y 9 de diciembre de 2008, para concurrir, en su carácter de Presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), al Pleno de Directivas del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) a realizarse en la ciudad de Panamá. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señor Alejandro Umpiérrez y señora Marta Cánova. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 71 del Lema Partido Nacional, señora Mary Pacheco. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

tuya a la llamada Ley de Emergencia y tenga estabilidad en el tiempo. En el año 2005, el doctor Vázquez, habiendo sido electo Presidente, convocó a una reunión en la que participaron su Ministro designado Danilo Astori, su Ministro designado Reinaldo Gargano y su Ministro designado Jorge Brovetto, y firmaron un documento -que aquí tengo- en el que el señor Presidente de la República, sus tres Ministros designados y los Presidentes o los Secretarios Generales de los partidos políticos del Uruguay: el doctor Jorge Larrañaga en representación del Partido Nacional, el doctor Julio María Sanguinetti en representación del Partido Colorado y el doctor Pablo Mieres en representación del Partido Independiente, se comprometían a trabajar en varios temas de la educación, de economía y de relaciones exteriores. Y el documento de educación, que tengo en mi poder, termina diciendo que el Gobierno electo contempla abordar una nueva ley de educación. Seguramente que se hizo firmar este documento a los partidos de la oposición y se los puso en la agenda porque se pensaba hablar de este tema con las distintas colectividades, porque se pensaba convocarlos a construir en forma conjunta una ley de educación, sobre algunos supuestos básicos en los que nos poníamos de acuerdo. Sin embargo, la ley de educación que se ha puesto a consideración no es fruto de este compromiso: es el fruto de un proyecto del Gobierno y llega con el amparo solitario del Gobierno. Porque el Frente Amplio, el Ministro Brovetto, entonces Presidente de esa colectividad y Ministro de Educación y Cultura, con los dos roles y los dos sombreros, salió a elaborar una ley por el atajo, yendo a buscar apoyo popular, convocando a asambleas en el interior del país, convocando a docentes y a organizaciones sociales para que aportaran ideas. Sin duda que lo hizo con el ánimo de que, al final de ese largo debate, se trajera atado un proyecto de ley que uniera al Partido de Gobierno y a las bases, que fuera el fruto del diálogo con las organizaciones sociales, con los sindicatos, con los convocados. Seguro que eso fue lo que todos reconocimos como el debate educativo que acabó en un Congreso Nacional de Educación. Pero de la torta salió un pan, porque hoy los convocados están rodeando el Palacio Legislativo y han encendido las viejas cubiertas para hacer fuego y anunciar su rechazo a este proyecto de

12.- Ley General de Educación. (Aprobación).
——Continuando con el tema en discusión, tiene la palabra el señor Diputado José Carlos Cardoso. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: creo no exagerar si señalo que hoy estamos considerando uno de los proyectos o de los temas de debate nacional más importantes de la vida de la República. Los temas de la educación, para el país todo y para el sistema político en particular, constituyen un punto central del que nos ocupamos en campañas electorales, en tiempos políticos, teniendo presente lo que el Uruguay tiene en su cabeza: que la educación es algo básico y fundamental, que somos hijos de nuestra educación. Por lo tanto, debatir una ley de educación sin duda implica un tiempo y un espacio relevantes. Hoy estamos analizando un proyecto de ley que el Frente Amplio ha llevado adelante en soledad, que ha llevado adelante en exclusividad política, y ha arruinado una excelente oportunidad, teniendo una mayoría parlamentaria como la que posee, de haber aprovechado este tiempo, estos últimos cuatro años, para construir una nueva ley de educación que susti-

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ley de educación. ¡Los socios del Frente Amplio durante dos años y medio de discusión son los que hoy rodean el Palacio Legislativo para decir: “Ese no es nuestro proyecto, eso no recoge en nada nuestras aspiraciones, eso no es lo que dijimos durante el tiempo en que fuimos convocados. Nada de la ley que trae hoy el Frente Amplio recoge lo que dice el Congreso Nacional de Educación”! ¡Eso dicen los convocados, los socios del debate, los compañeros de ruta en ese largo atajo de dos años y medio! Así que no convocaron a los partidos, que legítimamente somos los que representamos a la opinión pública. Eligieron convocar al pueblo -a ver si este respondía- y a los sindicatos, y estos dicen que no tienen nada que ver con el proyecto que ustedes han elaborado. Es decir que el proyecto que ahora traen aquí es de cuño exclusivamente frenteamplista, con el agravante de que hasta las últimas horas -creo que hasta la jornada de ayer- han debido tejer ese dificultoso acuerdo interno al que la izquierda nos tiene acostumbrados cada vez que hay un debate central en la vida del país. Terminan cosiendo con hilo de seda para que todos los sectores logren votar, y siempre alguna puntada queda sin enhebrar, como vamos a ver cuando hoy se vote este proyecto. Hay una puntada que no lograron cerrar, y por lo tanto el hilo no abarcó a todos. Seguro que un partido político que tiene ese esquema está inhabilitado de debatir. ¿Cómo es posible que el Frente Amplio venga a discutir con el Partido Nacional un proyecto de educación, si primero lo tiene que acordar? Y si después nosotros les cambiamos algo, ¿qué hacen? ¿Tienen que volver a reconstruir su acuerdo? Entiendo esa dificultad, que es parte de la lógica política del funcionamiento del Frente Amplio como una coalición de partidos, pero sin el acuerdo no pueden volver a abrirlo porque eso desarmaría toda la discusión. Esto es lo que ha invalidado la posibilidad de que los partidos políticos hayamos acordado, no digo sobre el cien por cien pero sí sobre una base, sobre asuntos centrales de la educación. Podríamos habernos dado un tiempo para ese acuerdo y decir a los ciudadanos: “Miren, no importa quién gane. Después de la próxima elección hay cosas que no vamos a cambiar. Van a quedar en la institucionalidad de la educación pública uruguaya, estatal o general, porque nos hemos puesto de acuerdo”.

Habrá otros asuntos que sí vamos a discutir, porque el marco de la educación es tan amplio que da para todo. Pudimos haber hecho eso, pero no fue así. Se trajo una iniciativa de cuño frenteamplista, lo que demuestra que no se apunta a una ley nacional de educación sino que es un proyecto frenteamplista de educación, que recoge solamente una mirada sobre la educación del país. No recoge la riqueza ni la diversidad que tiene el país para analizar un asunto de tal envergadura y tanta relevancia como es la educación en el Uruguay. En las propias expresiones que se han vertido hoy se puede percibir que en la izquierda hay una suerte de complejo. No logro entender cómo es posible que, cada vez que tienen la oportunidad de ser generosos hasta en el discurso, no lo sean. El señor Diputado Arregui mencionó como logros del Gobierno algunas cuestiones que tienen origen en el Partido Nacional, pero no lo reconoció. Estuve leyendo su informe y, si bien el proyecto de obligatoriedad de la educación desde los cuatro años es una iniciativa del Partido Nacional -presentada en esta Legislatura por el señor Senador Da Rosa-, se lo asume como una de las gestiones del Gobierno. No hay generosidad ni en el reconocimiento público, ¡ni en el mínimo reconocimiento público! Esto es algo que se debe tener, porque demuestra grandeza. No hay problema cuando uno reconoce que el otro hace algo. ¿Por qué se esconden esas cosas, si son amplias? Es una especie de ninguneo que se quiere hacer al no reconocer lo que el otro aporta. Podemos aportar aun sin votar. ¿Cómo no vamos a poder aportar? A veces se aporta sin votar. Yo no le voy a decir al Frente Amplio lo que es aportar sin votar. ¡Si tendremos ejemplos de leyes corredactadas por el Frente Amplio y luego no votadas, por asuntos políticos! ¡Varias tenemos! ¡Hasta reformas constitucionales, en las que la redacción es de la pluma, puño y letra de Senadores del Frente Amplio, que después no se votaron por razones políticas! Por lo tanto, se puede coparticipar aunque sea en la elaboración, aun sin votar. Nosotros tenemos un ejemplo en esta Legislatura: la ley de ASSE. Ahí tienen un ejemplo de cómo se puede acordar. Nos invitaron a sacar los hospitales del Ministerio de Salud Pública y nosotros les dijimos que sí. Trajeron el proyecto, lo corregimos entre todos y lo votamos por unanimidad. ¿Quién dice hoy que eso vuelve para atrás? No vuelve para atrás. Eso ya quedó consolidado y el Ente Autónomo va a seguir funcionando porque es fruto de un acuerdo.

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En este proceso se insiste con que lo que se ha querido hacer con esta Ley de Educación es un sistema nacional de educación. Me permito señalarles mi primera discrepancia: este no es un sistema. No lo es por una razón elemental. Vuelvo a hacer una comparación con el sistema de salud. ¿Qué nos dijo acá la izquierda con respecto al sistema de salud? La salud es una sola. Los prestadores son públicos y privados, pero la salud es una sola y por eso cofinanciamos todo. La salud es tan importante como la educación en el país. Tiene un peso relevante, significativo, desnivelante a la hora de tomar decisiones políticas. Y este Gobierno, la Ministra Muñoz y su principal asesor de entonces, Olesker, en la elaboración de la ley de salud, decían: “Es un sistema porque tiene dos prestaciones: hay operadores privados y públicos que prestan servicios a un mismo sistema”. Pero en esta ley de educación no hay dos prestadores, públicos y privados, porque aquí hay un arrinconamiento a la educación privada. No hay un reconocimiento, ni siquiera un empuje relevante hacia la educación privada para que se transforme en un operador del sistema educativo, en un prestador privado del sistema, como ha sido históricamente, porque la educación privada en el Uruguay -a la que algunos miran con cierto resentimiento- viene desde el fondo de nuestra historia y está metida en la raíz del país. Sin embargo, en el proyecto se la arrincona, no se le da ninguna relevancia, se la reduce y se hace mención reiteradamente a la educación estatal, a la educación del Estado y no a un sistema integrado de educación pública y privada. Ni voy a hablar de lo que aconteció con la Universidad de Montevideo y ese papelón que vivimos todos con respecto a la formación universitaria. Acá he escuchado quejas en torno a por qué no se da la posibilidad de la educación universitaria que se ha estado proponiendo. Bueno, basta ver lo que pasó durante este Período, cuando le cerraron el paso a la Universidad de Montevideo para formar maestros con carácter universitario. ¡Se lo impidieron, después de habérselo otorgado! Alguien hizo tanta presión que dieron marcha atrás a la autorización que la Universidad de Montevideo tenía para formar docentes con carácter universitario. De modo que no es cierto que tengan entre sus prioridades transformar el título docente en universitario, porque esto demuestra el fondo de la cuestión. El único documento que conozco -capaz que la izquierda tiene uno- sobre educación universitaria que hay en el país, “Formación Docente

Universitaria”, lo hizo el Partido Nacional. Ahí planteamos todas las alternativas, y más adelante me voy a ocupar de esto. En todas las alternativas dijimos: “Esto no puede salir como una ley de partido, esto tiene que ser acordado”. Allí planteábamos que podía ser un Ente Autónomo y otras modalidades, porque hay varias. Todos los Diputados de la Comisión de Educación y Cultura tienen un documento que yo les entregué, que hicimos en el año 2000, preparándonos para lo que para nosotros era muy importante, es decir, una transformación de la carrera docente en el Uruguay para darle carácter universitario. El proyecto que estamos tratando discurre, desde los primeros artículos, metiéndose en profundidades. Por supuesto, redefine el concepto de laicidad, y se equivoca. ¡Lo definen mal! Se apoyan en la Ley de Emergencia y eliminan conceptos clave, como por ejemplo la imparcialidad. Eliminan la palabra “imparcialidad”, que está vigente en la Ley de Educación que rige. Se trata de un concepto que desde nuestro punto de vista es muy importante. Por otra parte, agregan un concepto que tuve oportunidad de debatir con la propia Ministra en estos últimos meses en un lugar en el que nos encontramos, respecto a la confrontación de saberes y creencias. Y ese es un concepto equivocado cuando se refiere a la laicidad. La laicidad no es el fruto de la confrontación libre de saberes y creencias entre el profesor y el alumno. No es así porque quienes somos docentes sabemos que tenemos una posición prevalente, dominante en el aula. La definición de laicidad tiene que proteger al educando, porque el que domina en el aula es el docente. No hay confrontación libre de saberes con un estudiante de 2° año de liceo. No es cierto. Es un concepto equivocado. Un jovencito de trece años, que está en 2° año de liceo, no puede confrontar libremente conmigo. Mi posición en el aula es prevalente, dominante. Y lean ustedes la definición que se hace del concepto de laicidad. Se quita la protección fundamental que debe establecerse en un concepto central de la educación pública uruguaya, que es el concepto de laicidad. Por eso decimos que lo definen mal. Se equivocan quitando la palabra imparcialidad y agregando un concepto que puede ser aplicado en la educación universitaria. Podríamos reconocer en la educación universitaria el concepto de libertad de cátedra. Es como esa discusión que no voy a dar ahora respecto a qué es el concepto de libertad de cátedra y dónde se ejerce. En Primaria y Secundaria el concepto de libertad

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de cátedra es totalmente diferente al que existe en la Universidad, y no se puede aplicar en forma equivalente entre un maestro de escuela, un docente de Secundaria o un docente universitario, porque el docente de Secundaria tiene limitaciones. ¡Por supuesto que las tiene, y las debe tener! Pero esto no viene de ahora, ni es un concepto equivocado porque ha habido un error, o porque no fue suficientemente tratado. La izquierda ha definido claramente que la educación pública es un escenario ideológico. Tengo en mi poder los fundamentos del cambio del programa de Primaria. Y en ellos hay una definición clara respecto a qué piensan de la laicidad quienes hoy están dirigiendo la educación, y a que lo que se debe hacer en el aula es incidir ideológicamente. El documento, que es público y auténtico de quienes elaboraron el programa de Educación Primaria actual, que fue aprobado por las autoridades actuales de la educación, dice: “Lo que mueve a ser ético por sobre todo es saber que como la educación es, por su naturaleza, directiva y política, yo debo respetar a los educandos, sin jamás negarles mi sueño o mi utopía” -se refiere al docente”Defender una tesis, una posición, una preferencia, con seriedad y con rigor, pero también con pasión, estimulando y respetando al mismo tiempo el derecho al discurso contrario […]”. Esta concepción no puede ser aplicada en Primaria ni en Secundaria porque es adoctrinamiento. Allí no hay un libre y equilibrado debate con el alumno. No existe. Me hago cargo de lo que digo, y lo digo como docente. En Primaria y Secundaria un docente domina toda la escena en el aula. Es el actor fundamental y principalísimo. Por lo tanto, es a él a quien hay que ponerle límites, y los límites deben estar para defender al alumno y evitar que esto acontezca. Este debate podrá darse en 3° de Facultad de Derecho, donde un profesor podrá ir con su utopía y sus pasiones, y si hay un alumno preparado enfrente podrá contradecirlo y no alinearse con él. ¿Pero ustedes creen que en 2° de liceo un profesor con una utopía y apasionado puede establecer un libre debate con un estudiante? ¡Por favor! Esto es adoctrinamiento. Este concepto está protegido por este proyecto de ley de educación que la izquierda pretende aprobar, porque está definido de esta manera y estos son textos auténticos aprobados por las actuales autoridades de la educación. También hay algunas desprolijidades en las que no me voy a detener, por ejemplo, en la reproducción incorrecta del artículo referente a la garantía de la educación. El artículo 10 reproduce mal el artículo 68 de la Constitución, que dice que queda garantida la li-

bertad de la enseñanza, lo que significa que la Constitución no la establece, sino que ya existe como un derecho a la personalidad humana y lo que hace el Estado es garantizar su funcionamiento y accesibilidad. Eso es lo que el Estado debe garantizar. La educación del ser humano es un derecho inalienable y no es un Gobierno ni una ley que la garantizan. Es intrínseca al individuo. Lo que el Estado garantiza es el escenario, las disposiciones y el alcance o las posibilidades de acceder al sistema educativo. Se introducen aspectos casi ridículos, como el alcance toponímico. Se dice que “se garantiza en el territorio nacional”. ¿Qué significa que se garantiza en el territorio nacional? ¿Alguien que está fuera del territorio, como un uruguayo que acceda a educación vía Internet, no tiene la educación garantizada? ¿Por qué se hace esta disquisición de lo territorial? ¿Qué tiene que ver lo territorial con el concepto de educación sobre el ser humano y la persona? Esa definición nos parece absolutamente de más y mal redactada. Obviamente, el proyecto se detiene, y lo hace con lujo de detalles, en una reestructura de la burocracia educativa. El aparato burocrático educativo es revisado en este proyecto de ley para fortalecerlo, para aumentar la burocracia. Se dice que hay cambios relevantes en el nuevo sistema diseñado, pero nosotros decimos: “No, señor”. ¿Cuál es el cambio relevante de la escuela, de la unidad básica, o del liceo? ¿Dónde aparece un cambio por el que uno pueda identificar que ingresaremos en el tiempo de una escuela nueva o un liceo nuevo? Recuerdo haber preguntado al Presidente del CODICEN en Comisión: “¿Ustedes ensayaron o trabajaron la idea o, por lo menos, hicieron el esfuerzo de imaginar una escuela con más autonomía presupuestaria? ¿Se imaginaron una escuela con currículum más diversificado, como existe en algunos países del mundo, que han hecho avances muy fuertes en esta dirección? ¿Hay alguna apuesta a cambiar?”. No; no hay ninguna apuesta a cambiar. En ese aspecto este proyecto es absolutamente conservador, pero conservador en todos sus límites, porque deja abajo la institución educativa tal cual está hoy, sin hacerle ninguna remoción, sin conmoverla, como podríamos haberlo hecho y quizás como debiéramos hacerlo si es que deseamos elaborar una ley moderna. En cambio, vuelven a ser conservadores, y fuertemente conservadores arriba, e intentan reproducir un modelo similar al universitario en algunos aspectos, de coparticipación y cogobierno, que

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deviene de la década del cuarenta. Esa es una idea obsoleta, no una idea moderna. La Ley Orgánica Universitaria -que es del año 1958- es el fruto, la consecuencia, de la generación del cuarenta, que terminó en 1958 con la ley universitaria. En esta nueva concepción hay algo de eso y se fortalece fuertemente la burocracia. ¿Ustedes pueden creer que los problemas de Educación Secundaria se vayan a resolver porque ahora tengamos dos Consejos, uno que se va a ocupar de 1°, 2° y 3° y el otro de 4°, 5° y 6°? Los problemas de Educación Secundaria no están en la ley. No puede decirse que algunos de los problemas importantes que tenemos en la educación uruguaya hoy sean culpa de una ley, que se deban a un problema legal. ¿El ausentismo docente en Secundaria es un problema legal? ¿La deserción escolar es un problema legal? Ninguno de esos problemas se debe a la ley sino a la Administración. Entonces, este fortalecimiento burocrático, procurando un aparato de la burocracia educativa fortalecido, no agrega ninguna solución. Sí establece un entramado de poder muy importante y un nivel de participación corporativa docente que a nosotros nos parece inconveniente. Eso lo queremos decir con toda claridad porque, además, los sindicatos conocen nuestra opinión. Nosotros no compartimos este proyecto de ley y lo vamos a cambiar. Si en las próximas elecciones nacionales conseguimos mayorías parlamentarias suficientes, vamos a cambiar esta integración del CODICEN. Esta integración con dos sindicalistas, con dos Directores provenientes de la elección de los docentes, dándoles poder de veto, va a ser modificada. Este proyecto de ley nace mal y con la amenaza de ser cambiado. El Frente deberá mantener la mayoría parlamentaria si quiere conservar esa integración en el CODICEN, porque nosotros no la compartimos. Esa integración no es docente, y debemos decirlo con toda claridad. No es que se quiera subir a los docentes a un ámbito de decisión. No es así. “Por sus frutos los conoceréis”. Si los docentes tuvieran un nuevo rol que cumplir, si para ellos se reservara un espacio de poder y de decisión relevante, entonces las ATD de Primaria y de Secundaria tendrían un nuevo rol, de acuerdo con este proyecto. Sin embargo, no se agrega absolutamente nada. ¿Por qué no se animaron a establecer, por ejemplo, que cuando se elaboran los programas de educación primaria, la opinión de las ATD es vinculante? Bastaría que fuera vinculante para que no se pudiera hacer un programa sin la opinión del cuerpo

docente nacional expresado en su órgano técnico, que es la ATD. No hay una letra sobre eso, porque no es a los docentes a quienes se quiere dar el poder. Lo que se quiere es subir a quienes van a ser elegidos todos sabemos cómo, con una presencia sindical muy fuerte y con ese entrecruzamiento tan fuerte que tiene la izquierda con los sindicatos, por el que un día están de un lado y otro de otro. Ya lo hemos visto y todos lo sabemos. Pedro Balbi estaba sentado aquí hace unos años, donde hoy está Alicia Pintos, pero hoy está en la carpa y tal vez mañana esté nuevamente aquí, porque así ha sido. Cuando dimos el debate sobre la salud, Bermúdez estaba en la calle haciendo un discurso representado a la FUS y de pronto apareció aquí, sentado en una banca, votando. Esto demuestra un entrecruzamiento político muy claro, explícito; ni siquiera se cuida la forma en que los sindicalistas vienen y votan. Por ejemplo, Bermúdez votó la Ley del Sistema Nacional Integrado de Salud -quizás lo recuerden-, y hacía discursos en la calle alentando a la FUS respecto a su posición. Lo mismo pasa en la de educación. Entonces, lo que se quiere “subir” al CODICEN es una representación sindical con poder de veto: dos representantes en cinco. No se podrá nombrar al Consejo de Educación Primaria, si esos dos representantes no tienen mandato para hacerlo y, por lo tanto, no consiguen su representación equivalente en los Consejos Desconcentrados. Seguramente, los sindicatos quieran los cinco representantes, y por eso decimos que estamos en esquinas distintas, y ellos lo saben. Lo legítimo es decirlo antes, y por eso lo decimos ahora: si ganamos la elección, vamos a cambiar esta conformación. Los sindicalistas sienten que el Frente Amplio no les respondió, y algo de razón tienen porque los engañaron; el Frente los engañó. En 1990 el Frente Amplio presentó un proyecto de ley, que tengo en mi mesa, por el que se modificaba la ley de emergencia de la educación, que ahora se pretende derogar, y se establecía que los cinco integrantes del CODICEN serían electos por los docentes; ¡los cinco! Este proyecto está firmado por algunos Diputados del Frente que aún hoy ejercen como tales. Es decir, les vendieron El Obelisco; les dijeron: “Si el Frente gana, nosotros pensamos que todos los cargos deben ser electivos: los cinco del CODICEN, los tres de Primaria y los tres de Secundaria”. Acá tengo el proyecto. Seguro, ahora ellos dicen: “¿Pero cómo? El Frente es el Gobierno. Lo van a votar solo ellos; no acordaron con blancos ni

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colorados, así que no habría problemas -los blancos sabemos que no quieren-, pero el Frente quería,” -tengo en mi poder el proyecto de ley respectivo en el que se establece que todos los cargos serían electivos- “y ahora resulta que me dejan tres para los políticos y dos electivos”. Los sindicalistas se sienten engañados, y fueron engañados. Fueron incentivados a creer que la izquierda finalmente aprobaría que todos los cargos fueran electivos. Como dice aquella máxima: se puede engañar a pocos mucho tiempo, se puede engañar a muchos poco tiempo, pero lo que no se puede es engañar a todos todo el tiempo, porque llega un momento en que las cosas se descubren. Esos eran tiempos de oposición, tiempos más fáciles, más cómodos, y alentábamos a la barra del sindicato, señalándole que teníamos esa intención. Ellos ahora se sienten frustrados porque no alcanzaron todo el objetivo al que, de alguna manera, la izquierda los había alentado. El proyecto contiene dos aspectos respecto a los cuales en estos últimos días el Frente pretende que aparezcamos en contradicción; nos dicen: “Si ustedes creen en la educación docente universitaria, ¿por qué no votan la creación de un Ente Autónomo?” En primer lugar, recién dije que existe un documento del Partido Nacional del año 2000 en el que planteamos varias alternativas, porque las hay. El señor Diputado Arregui dijo que existen varias alternativas, y es cierto. Una de ellas es que la ANEP tiene la suficiente potencia jurídica como para lograr que la carrera docente sea universitaria. Podrá limitársele la palabra universitaria, pero no se le puede inhibir la posibilidad de crear efectivamente una carrera con validez universitaria. Tienen potencia jurídica para hacerlo y en muchas oportunidades, incluso, lo reclamó. En este documento del Partido Nacional planteábamos muchas posibilidades. Una de ellas, la última, era crear el Ente Autónomo. Recuerdo que en 2000, cuando el Rector era Brovetto -de nuevo Brovetto-, la Universidad de la República se oponía a la creación de una segunda Universidad pública. Inclusive, recuerdo algunos argumentos: se hablaba del singular que utiliza la Constitución, al decir “la Universidad de la República”, no dando lugar a que existan dos universidades de la República. Recuerdo que la Universidad de la República decía, aportando muchos argumentos, que no podía votarse en el Parlamento la creación de una segunda Universidad pública. Nosotros decíamos que

era una alternativa que había que estudiar y que dábamos por buena otras, una de ellas dentro del paraguas de la ANEP, lo que hoy son los IFD -Institutos de Formación Docente-, los CERP, el propio IPA. Pueden estos organismos conformar una unidad dentro de la ANEP, que además tenga características universitarias en lo que más importa, que no es el cogobierno. Lo que más importa es la extensión, la investigación en áreas en las que realmente uno mira si hay una carrera universitaria. Hay que ir por el hueso duro de lo universitario, que es el contenido de la carrera y su profundidad. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha terminado el tiempo de que disponía, señor Diputado. Tiene la palabra el señor Diputado Casas. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR CASAS.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Muchas gracias, señor Diputado. Hay que ir por las cuestiones que realmente hacen al corazón de una carrera universitaria, que son sus contenidos. Entiendo que la izquierda haya generado en los últimos tiempos algunos compromisos, pero recorrió mal el camino y es culpable por ello. Si querían alcanzar un acuerdo con la oposición para crear un Ente Autónomo, debieron construir un acuerdo de larga data. Tendríamos que habernos sentado en torno a una mesa para discutir aspectos clave del sistema político educativo uruguayo y acordar juntos una nueva ley. Pero eligieron el camino del exclusivismo, que termina en estas frustraciones, porque no vamos a votar el proyecto. Debe existir un claro mensaje político de que esta es una ley de ustedes, de la izquierda, del Frente Amplio, que no es una ley de educación y que la vamos a rechazar integralmente; vamos a rechazar todo el concepto y la forma en que se debatió, porque esto también hace a la cuestión. No es solo cuestión de forma, porque también hay que tener en cuenta el fondo, es decir, cómo se encara un proceso de transformación educativa en un país que la necesita y que tiene problemas con su educación, que tiene proble-

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mas profundos como la deserción, como los rendimientos educativos. Cuando uno compara los datos internacionales, se da cuenta de que, por ejemplo, Corea nos pasó por encima, que tiene doscientos veinte días de clase, y que tiene rendimientos en ciencias, lenguas y matemáticas que superan a los nuestros ampliamente. En este caso, uno siente el dolor del rezago, de haberse quedado, después de haber tenido una educación fuerte y pujante a mediados del siglo pasado. Todos somos responsables de esto; yo no escurro el bulto. Hay responsabilidades de todos porque, de una manera u otra, todos dejamos caer el sistema educativo, y le ha costado mucho recuperarse por su propio conservadurismo. Queda un amplio campo del que no se habla en el proyecto, que es la habilitación de la carrera universitaria por parte de los institutos privados de educación. Salgamos de la controversia Universidad-IPA, heredada por dos personajes históricos que se ubicaron en contraposición y nosotros quedamos atrapados en esa discusión. Todos sabemos de qué se trata esa discusión IPA-Universidad, cómo se creó la unidad temática dentro de la Universidad y cómo desde afuera, y en el ámbito de un Ente Autónomo, se hizo algo paralelo que impidió la unión por estar atrapados en esa discusión. Entonces, ¿por qué no se animaron a habilitar una carrera universitaria en el ámbito privado? ¿Por qué una Universidad privada de Uruguay que forma médicos, arquitectos, ingenieros y abogados no puede formar maestros? ¿Cuál es la razón? ¿Qué fue lo que llevó al CODICEN a echar marcha atrás cuando la Universidad de Montevideo le dijo: “Puedo hacer que los docentes sean universitarios, porque tengo pronta y disponible una carrera docente”? ¿Cuál es la razón? ¿Es ideológica? ¿Es una concepción? ¿De qué tipo? No logro ubicar en el campo político qué lleva a alguien a ser tan pero tan conservador al grado de impedir que exista una formación de maestros en el ámbito de la Universidad privada, cuando esta forma médicos, porque ya tenemos la carrera de medicina a ese nivel privado. Médicos sí, pero maestros no; el exclusivismo estatal: solo el Estado produce maestros. ¿Dónde está la razón? ¿Cuál es el fundamento? Así que si quisiéramos tener carrera universitaria -se lo digo a mi amigo y colega el señor Diputado Arregui- la podríamos tener mañana; no esperen a que se apruebe este proyecto, ya que lo podrán hacer mañana, si autorizan a la Universidad de Montevideo a que inicie sus cursos, y ya está. De esa manera, ya

se habrá liberado el terreno para la obtención de un título de docente universitario. Lo otro será discusión política, que yo estoy dispuesto a dar, y si nos quisieran llevar al terreno del enfrentamiento con el IPA diciendo: “Por culpa de los blancos, no tenemos carrera universitaria”, lo discutiremos. Yo no tengo problema. Algún Diputado del Frente me preguntaba: “¿Cómo van a explicar esto?”. Lo vamos a explicar; la gente entiende de qué estamos hablando. Yo me animo a explicar esto en cualquier lugar. ¡No vamos a votar un Ente Autónomo! ¡No lo vamos a votar! Por supuesto que no lo vamos a votar, porque rechazamos el procedimiento que eligieron, porque nos quisieron “ningunear” a los partidos políticos, negociando en los supuestos debates educativos, en reuniones de treinta o cuarenta vecinos. ¡Ese era el gran acuerdo nacional! Eso salió mal. Hicieron el acuerdo interno y la semana pasada vinieron a consultarnos si íbamos a votar el proyecto de ley. ¡No! No es así que se actúa. Nosotros tenemos opinión política formada; somos un Partido con aspiración de Gobierno; somos un Partido que analiza estos temas con mucha preocupación y profundidad. Por lo tanto, tenemos opinión en todos los temas. No es cuestión de preguntar por qué no votan lo bueno. Ese es un discurso facilista en el que no vamos a entrar. Vamos a rechazar absolutamente todo el proyecto -tal como lo hemos señalado- y anunciamos desde ahora que a algunos aspectos clave, en los que para nosotros se introducen problemas y cuestionamientos que hemos descrito aquí, vamos a modificarlos, si conseguimos las mayorías suficientes en el próximo Gobierno. Vamos a modificarlos en 2010; es de las primeras cosas que tendremos que hacer. Tienen que saberlo todos: el Frente Amplio, los sindicatos y la opinión pública. Vamos a cambiarlo. Esta propuesta no asegura estabilidad. Es una iniciativa cortoplacista que no camina en la dirección de construir una política educativa como política de Estado. Todos hemos hablado de políticas de Estado: “En educación hay que tener políticas de Estado. ¡Salgamos de la cancha chica! ¡Alejémonos de los escenarios de confrontación! ¡Vayamos a las grandes políticas de Estado! ¡Pongámonos de acuerdo en conceptos clave y fundamentales!”. Nosotros estamos dispuestos. Hubiéramos estado dispuestos, por ejemplo, a introducir los conceptos de equidad y de calidad de educación con el mismo rango que los de obligatorie-

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dad, laicidad y gratuidad. Hubiéramos querido dar a estos dos conceptos ese mismo valor, para que no quedara supeditado a los programas políticos de los partidos la forma como se alcanza la equidad, para que la equidad fuera un concepto establecido transversalmente entre los partidos y, además, para que la definiéramos, para que dijéramos de qué se trata y saliéramos de esa discusión recientemente dada entre equidad e igualdad, en la que se dijo que, en realidad, la equidad no es un concepto fundamental sino que es más importante la igualdad. Nosotros creemos que es importante la equidad, que hay que incorporar ese concepto con un rango alto, como si fuera un principio fundamental. Termino -por lo menos por ahora- diciendo que el país ha perdido una excelente oportunidad de acordar esto entre los partidos políticos, que son los que tienen la mayor legitimidad. El cuerpo docente nacional tiene mucho que decir, pero no tiene la legitimidad democrática de los partidos. No confundamos. Yo soy docente, he estado integrando todos los sindicatos y todos los órganos de la educación, pero no quiero que en el sistema educativo demos a las corporaciones docentes un nivel de incidencia mayor o que vaya más allá del que se da a los ciudadanos que están representados a través de los partidos políticos. El Uruguay tiene una democracia representativa, y el cien por cien de los uruguayos estamos representados en los partidos, no en las corporaciones. Por lo tanto, nos afiliamos al valor de los partidos y no queremos comparar, equilibrar ni poner en pie de igualdad la discusión que se tiene entre los partidos políticos con la que se tiene en los sindicatos o en las corporaciones. Por supuesto que estos tienen muchas cosas para decir y que hacen aportes relevantes, pero no conducen ni pueden hacerlo. Tampoco pueden bloquear; no pueden tener capacidad de veto, porque la conducción debe estar siempre en el terreno político. Esa es la única manera de que haya talante democrático. Nuestra Universidad de la República es administrada desde hace cincuenta años por sesenta mil personas, y hay tres millones de uruguayos que no tenemos nada que ver con su rumbo. Yo no soy universitario y quisiera que algún día alguien me dijera a dónde puedo ir a opinar sobre el rumbo de mi Universidad. ¿En qué lugar se me da un espacio para hacerlo? A las páginas de lectores de los diarios puedo enviar una carta. Pero, ¿dónde puedo sentarme a opinar acerca de que el Uruguay debe tener menos aboga-

dos y más ingenieros alimentarios? ¿Dónde? ¿Hay un ámbito democrático en el que yo tenga esa posibilidad? ¡No! El Parlamento tampoco lo es, porque todos vemos que el Rector de la Universidad viene a contarnos lo que hace, no a consultarnos. La Universidad nunca viene a debatir con el Parlamento el rumbo universitario. Por lo tanto, esa conducción que en la década del cincuenta entregamos a la Universidad, aislándola del país, transformándola en una republiqueta que dirigen estudiantes, docentes y egresados y respecto a la cual el resto de los tres millones de uruguayos estamos “pintados” porque no podemos opinar sobre el rumbo universitario, no la quiero para ningún sistema, ni para el educativo ni para ningún otro. Aislar a las instituciones de la representación democrática que significan los partidos políticos, que ejercen libre y legítimamente el derecho de opinión sobre todos estos temas clave para la vida del país es un retroceso democrático, y por eso tenemos una concepción de fondo en esta cuestión y no queremos réplicas de la Universidad en ningún ámbito más. ¡Ojalá algún día repensemos el cogobierno universitario, veamos qué ha pasado con nuestra Universidad, y si ese es el rumbo que efectivamente el Uruguay necesitaba para esta institución! En principio, estas son nuestras razones para votar en contra el proyecto en general y en particular. Era cuanto quería decir. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede continuar el señor Diputado Casas, a quien le restan cinco minutos de su tiempo. SEÑOR CASAS.- He terminado, señor Presidente. SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: voy a contestar una alusión y luego a hacer una aclaración. Respeto plenamente que se exprese un pensamiento totalmente distinto, algo muy válido en una sociedad democrática, pero nos queda muy claro por qué no se aportan los votos para la conformación de dos entes autónomos. Por un lado, porque se tiene una concepción -diría- privatizadora de la educación pública que, de alguna manera, ha ido permeando el

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discurso del Diputado José Carlos Cardoso, nuestro colega docente, en distintos puntos de su exposición. Por otra parte, porque no se cree en la participación directa de los involucrados en los organismos de gobierno. En este sentido, para ser más coherente quizás tendría que presentar un proyecto de ley para eliminar la representación de los trabajadores, de los empresarios y de los jubilados en el Banco de Previsión Social. Quiero hacer una aclaración, porque quizás nuestro colega Diputado no leyó con justeza y precisión el artículo 17, referido a la laicidad. Expresó que en cuanto a la laicidad lo que planteaba el proyecto de ley era una confrontación entre el docente y el alumno, pero bajo ningún punto de vista es así. No se plantea que se confronte entre el docente y el alumno, porque en ese caso sí tendría razón al decir que el docente está en superioridad de condiciones. Estrictamente, se establece: “Se garantizará la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias”. No se trata de confrontación entre los dos sino de confrontación entre saberes y creencias; son cosas totalmente distintas. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor Diputado Ortuño. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: la bancada del Frente Amplio viene hoy a votar un proyecto de ley que cree de absoluta relevancia para el presente y, sobre todo, para el futuro del país, y de particular importancia para la población. El Parlamento Nacional debe encarar el tema de la educación y de una nueva ley de enseñanza desde una perspectiva que ponga en primer lugar y en el centro de la preocupación las necesidades y los intereses de los estudiantes, de la sociedad y del país. Creemos que es un error, una gran equivocación encarar el debate, el pensamiento y la reflexión acerca de una nueva ley de enseñanza pensando en temores ideológicos sesentistas sobre eventuales controles o injerencias político-ideológicas de la izquierda en la enseñanza, o preocupados estrictamente por las cuestiones del poder en el sistema educativo. Por el contrario, lo que este Parlamento debe hacer y esta fuerza política asume el compromiso de encarar, con humildad, pero con la mayor responsabilidad, es lo

que cree que necesita el Uruguay para afrontar un proyecto de desarrollo de futuro y, sobre todo, lo que necesita su sociedad y sus integrantes, que son los estudiantes, los padres y todas y todos los ciudadanos de este país que, de una y otra forma se ven afectados por la marcha de la educación, persiguiendo un objetivo fundamental, que es garantizar el derecho a la educación de todas y de todos. Pero no es cualquier educación, sino una educación de calidad, que se haga cargo de los desafíos planteados hoy, en el siglo XXI, por los nuevos tiempos, para cada uno de los jóvenes y para el Uruguay en su conjunto. De eso queremos hablar. Queremos poner en el centro de la discusión hacia dónde tiene que ir el sistema educativo, cuáles son los desafíos que debe encarar, y los desafíos que tiene planteados el país en el siglo XXI en medio de la revolución científicotecnológica, que coloca la cuestión del conocimiento y de la educación en el centro del debate del desarrollo y en el centro del debate de la igualdad y de las libertades de los individuos. Señor Presidente: entonces, lo primero que debemos preguntarnos es por qué una nueva ley de educación. El desafío que hoy encaramos lo hemos comenzado tomando en cuenta, por supuesto, las opiniones de los partidos políticos, que contrariamente a lo que se plantea, fueron consultados inmediatamente después de ser elegido nuestro Gobierno, en un ámbito multipartidario, promovido por el Presidente electo, nuestro compañero doctor Tabaré Vázquez, donde se recogieron muchas preocupaciones que hoy encuentran respuesta en este proyecto de ley de educación. Pero nuestro Gobierno y nuestra fuerza política también entendieron fundamental consultar a los actores sociales, porque no creemos en las reformas ni en las transformaciones de la educación que vienen desde arriba e impuestas en forma autoritaria. Por eso, muchos de nosotros nos opusimos a otros intentos, que fracasaron porque en su base no consultaron a los actores de la enseñanza ni tuvieron en cuenta sus propuestas. Y lo hacemos teniendo en cuenta también las demandas de la sociedad, los reclamos que padres y estudiantes han hecho, lamentablemente sin éxito, durante las últimas décadas, por más y mejor educación que les abra un mejor futuro a todos, independientemente del origen social del que provengan.

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Asimismo, nos hacemos cargo de los desafíos que tiene planteados este pequeño país para abrirse camino y para abrir camino a su desarrollo y a una prosperidad que brinde mejores condiciones de vida para su población, en un mundo en el que la educación, el conocimiento y la información se han transformado en elementos de importancia estratégica para mejorar, precisamente, esas condiciones de vida y las condiciones de sustentabilidad económica de cualquier proceso de desarrollo nacional. Entonces, este proyecto de ley de educación, también y fundamentalmente, responde a un proyecto de desarrollo y a un proyecto democrático de país y de sociedad. Y por eso asumimos, a pesar de las contradicciones y de la polémica que cualquier cambio en la educación supone -tanto en el presente como ha supuesto en el pasado reciente y largo de nuestra joven nación- el compromiso de encarar una transformación educativa sin la cual no sería posible el desarrollo del proyecto de cambio que el Frente Amplio viene llevando adelante en el país, con el respaldo de la mayoría de la población, democráticamente resuelto, le guste a quien le guste y le pese a quien le pese. En primer lugar, necesitamos una ley de educación porque nuestro país tiene todavía hoy, aunque parezca mentira, una ley concebida como ley de emergencia, que da el marco normativo al sistema educativo, la Ley N° 15.739, que nació como transitoria y lleva más de veinte años, que fue y es absolutamente parcial, que no encara el conjunto de los temas de la educación y que, por sobre todas las cosas, no asume los principales desafíos y problemas que tiene el sistema educativo en el país y, por lo tanto, ha sido incapaz de sentar bases para un mejor desarrollo futuro del sistema educativo. Pero también es necesaria una nueva ley por una segunda razón, que se suma a esta necesidad de actualización y de modernización de un marco normativo insuficiente, y esta segunda razón nos parece más importante: el país necesita cambios profundos en la educación. Ya no podemos retrasar más la implementación de cambios profundos a nivel general e institucional en el sistema educativo. El Uruguay tiene un marco institucional y lineamientos de política educativa de hace cincuenta años, y un país que piensa en su futuro no puede darse ese lujo; tiene que innovar, tiene que hacerse cargo de su tiempo y, sobre todo, debe tener la audacia de pensar en los tiempos que vienen.

Y esos cambios profundos deben instrumentarse para lograr y garantizar el acceso democrático de todas y de todos a más y mejor educación a lo largo de toda la vida, un derecho humano fundamental. Además, tendrá que plantearse un desafío que debe ser asumido como desafío país, por encima de los intereses menores o intereses legítimos sectoriales, sociales o político partidarios: el desafío de potenciar al Uruguay ante el avance global de la sociedad del conocimiento, que ha aumentado la importancia del saber, de la capacidad de aprender, del conocimiento y la innovación como factores de desarrollo de las naciones. No podemos pensar la educación como hace cincuenta años. No podemos pensar la educación dando la espalda a la revolución científicotecnológica que se viene llevando adelante, transformando absolutamente las relaciones productivas, sociales y entre los pueblos y los países de las últimas décadas. No es serio, no es responsable y, sobre todo, no encara las herramientas que deben darse al país para que no sucumba ante las nuevas y arrolladoras dinámicas del siglo XXI. Y en esa línea debemos plantearnos transformación para impulsar lo que nosotros llamamos un Uruguay productivo con desarrollo inteligente, porque así definimos el proyecto de futuro por el que trabajamos para los uruguayos y las uruguayas. Queremos un país productivo, con desarrollo inteligente, que permita mejores condiciones de vida para nuestra gente en el siglo XXI. Y para eso hay que apostar a un nivel educativo de excelencia de los uruguayos y las uruguayas, a que tengan nuevas capacidades para el trabajo de calidad, con crecientes niveles de incorporación de valor agregado en los procesos productivos, promoviendo el crecimiento de la investigación, de la ciencia, de la tecnología y de la innovación, abriendo y desarrollando áreas clave como la informática y las tecnologías de la información y las comunicaciones, la biotecnología, la energía, los recursos naturales, la asunción de los desafíos del cambio climático, encarar el desarrollo y el impulso de las industrias culturales, el crecimiento de las ciencias sociales, para comprender las dinámicas de los tiempos que vivimos y proyectar mejores relaciones entre los seres humanos. Esos son los desafíos de la educación, y a eso tendríamos que estar refiriéndonos cuando hablamos de una nueva ley marco sobre este tema.

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En tercer lugar, precisamos una nueva ley de educación porque se requiere en forma urgente una herramienta para encarar y superar los problemas y las insuficiencias de la educación uruguaya que heredamos de largos años de deterioro sucesivo, que la ha golpeado en las últimas décadas. Por supuesto que se ha avanzado en este camino y, como bien planteaba en su informe nuestro compañero, el señor Diputado Arregui -que suscribimos en su totalidad-, en esta primera Administración del Gobierno del Frente Amplio se ha asignado un presupuesto histórico a la educación, que se ha triplicado, y que va a permitir que la enseñanza pública cuente para su desarrollo con recursos económicos que nunca antes en su historia tuvo y que hoy sí tiene, con un Gobierno comprometido con la educación pública, para encarar los nuevos desafíos. Se ha avanzado en la obligatoriedad de la enseñanza para los niños de cuatro años. Es cierto que ha sido un objetivo y una meta planteada desde diversas tiendas partidarias, pero también es cierto que hoy, con las mayorías que tiene la bancada del Frente Amplio, se ha concretado en una realidad y es el punto de partida para seguir avanzando en la democratización del acceso a la enseñanza de nuestros niños en edades tempranas. No alcanza con postular las propuestas que se entiendan mejores para el país; hay que concretarlas con votos, hay que concretarlas con hechos. No basta, ahora que es Gobierno el Frente Amplio, con subirse a todos y cada uno de los avances que está concretando, diciendo: “Nosotros lo sabíamos, nosotros lo decíamos, nosotros lo proponíamos”, después de haber sido Gobierno durante décadas y décadas en el país y haber dejado que el sistema educativo se deteriorara en el país. Hechos y no palabras, señor Presidente. Esta es una fuerza política comprometida con la educación pública del país y este proyecto forma parte de una propuesta de fortalecimiento en beneficio de nuestra población. Se han instrumentado los maestros comunitarios, un programa absolutamente novedoso que tiende a vincular la educación con los problemas sociales también heredados, fuertes y profundos que afectan a nuestra gente. Se ha establecido la extensión de la educación física, otra novedad de largo reclamo de los actores de la educación y de nuestra gente. Se ha establecido la reformulación 2006 de los programas en Secundaria, y yo refresco, por si hay algún distraído que emparenta las

políticas educativas de este Gobierno con otros procesos de reforma, que hemos venido a reformar y a transformar profundamente y que eso está plasmado en esa reformulación 2006, en el pasaje de la enseñanza por áreas a una novedosa enseñanza asignaturista, de acuerdo con lo que se planteaba en la década pasada y que hoy se ha hecho realidad. También se ha avanzado en el establecimiento de los derechos de los estudiantes con la derogación de la nefasta Acta N° 14, que seguramente quienes han tenido que ver con el movimiento estudiantil en el país recuerdan, porque era la que limitaba la organización y el funcionamiento de nuestros gremios. Además, se está desarrollando el impulso a la universalización del ciclo básico, PIU 2008, y se ha implementado un plan absolutamente revolucionario en materia educativa, de conocimiento y de democratización del acceso al conocimiento: el Plan Ceibal. Este es un plan absolutamente democrático en materia educativa. No somos autosuficientes; somos conscientes y asumimos con responsabilidad los desafíos y los problemas que tiene nuestro sistema educativo y decimos con absoluta claridad y compromiso que todo esto no es suficiente, no alcanza, porque el sistema educativo uruguayo tiene problemas estructurales y dificultades de fondo que debemos encarar, que se suman a los desafíos que estos nuevos tiempos marcan para el Uruguay y para todos los sistemas educativos del mundo. ¿Y cuáles son esos problemas de los que esperábamos escuchar comentarios y soluciones en la mañana y en la tarde de hoy? ¿Cuáles son esos problemas que afectan y golpean a nuestra población en materia educativa y que este Gobierno, a pesar de las dificultades, asume el compromiso y la responsabilidad de encarar para su superación? En primer lugar, la ausencia real de un sistema. No hemos tenido un sistema articulado de educación que planifique a mediano y a largo plazo las políticas educativas y supere la fragmentación y el feudalismo que ha caracterizado al sistema educativo uruguayo en perjuicio de los estudiantes, que no tienen capacidad ni posibilidad de transitar con libertad entre los subsistemas y cuando asumen una orientación son presos de ella y no pueden cambiarse, optando muchas veces por abandonar sus estudios por imposibilidad de reencauzar su carrera educativa. Pero también perjudica al desarrollo global del país al impedir la planificación de políticas de mediano y largo plazo como políticas de Estado.

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Miremos los subsistemas que conviven con los uruguayos y las uruguayas desde su nacimiento y en su desarrollo como personas. Lo primero que debemos decir es que tenemos un desarrollo insuficiente y desigual de la enseñanza en la primera infancia y en la educación inicial; esa educación de los más chiquitos que hoy aparece como relevante porque en gran medida define la suerte y las oportunidades que van a tener las personas en el futuro y su desarrollo. Para una fuerza política que cree en la justicia social, en la igualdad y en la democracia, pasa a ser un aspecto central. Sin duda, tenemos una educación primaria que nos ha enorgullecido durante mucho tiempo, con cobertura y acceso universal, con egreso universal, pero ya ahí con problemas, porque aparece el rezago escolar como un fenómeno que ha golpeado en las últimas décadas el sistema de educación primaria y queremos encararlo. No deseamos los índices de repetición que se dan en 1° año de escuela y que tienen que ser encarados rápidamente, sobre todo porque sabemos que la repetición es mayor en los primeros grados y en los contextos más desfavorables y se muestra como una de las evidencias de las desigualdades. Pero si esos son los desafíos en la educación primaria, mucho mayores son en la educación secundaria, en nuestra educación media, en la que desde hace décadas creemos que tenemos una situación de emergencia. Me refiero a problemas de cobertura y de acceso; a todos nos han conmovido las cifras de jóvenes que no estudian ni trabajan y que son la expresión de un sistema educativo que a nivel medio no tiene la capacidad de retener a sus estudiantes y asegurar una educación de calidad y un egreso exitoso que ellos y el país necesitan. Tenemos problemas de deserción y, además, problemas de rezago; muchos de los que se quedan culminan sus estudios en edades avanzadas, con las dificultades que eso apareja para ellos y sus entornos. También tenemos el desafío de la calidad de los aprendizajes. Tenemos el desafío del tiempo pedagógico en nuestro país, uno de los más reducidos en la comparación internacional. Tenemos problemas de infraestructura, que con valentía nos vienen marcando desde hace décadas los docentes y los estudiantes organizados. A su vez, tenemos una inequidad alarmante que golpea las convicciones éticas de cualquiera de nosotros si efectivamente estamos en esta actividad por compromiso con las garantías de los derechos ciudadanos.

Tengo en mi poder un gráfico que me gustaría compartir con los pocos legisladores que están en Sala. Lamento que no se encuentren presentes los Representantes de la oposición que dicen estar tan preocupados por la educación del país. Este gráfico muestra el porcentaje de jóvenes que no culminaron la educación media secundaria, según los barrios de Montevideo. ¿Sabe qué dice este gráfico? Que si comparamos jóvenes de Casavalle, La Paloma, Camino Tomkinson, Tres Ombúes, Pueblo Victoria o Casabó -barrios populares- con las poblaciones de Pocitos, Punta Gorda, Parque Rodó y Punta Carretas, las diferencias de acceso, permanencia y egreso exitoso del sistema educativo son absolutamente indignantes. Mientras en Casavalle casi el 70% de los jóvenes -siete de cada diez- no culminó el Ciclo Básico de la enseñanza media, ese que nuestras leyes dicen que es obligatorio y que por lo tanto es nuestra responsabilidad garantizar, cuando consideramos lo que sucede con los jóvenes de Pocitos advertimos que la cifra se reduce a 6%, en Punta Gorda a un 5,2%, en Parque Rodó a un 5% y en Punta Carretas a un 3,9%. Insisto: mientras en Casavalle el 70% de los jóvenes no terminó la enseñanza media básica, en el otro extremo de la ciudad -no tan lejano- esas cifras, por suerte, apenas alcanzan el 5% o el 6%. Pero la situación es más grave aún cuando consideramos los resultados y desempeños en la educación secundaria en general. Este proyecto, a partir de estos datos y de estos desafíos, se plantea -quizás sea una utopía, pero se plantea con responsabilidad- la meta de la obligatoriedad de la enseñanza secundaria. En Casavalle, el 94,3% de los jóvenes no termina 6° de liceo; el 90,8% en La Paloma y Camino Tomkinson; el 96% en Casabó no termina la enseñanza secundaria. Cuando analizamos la situación de otros barrios encontramos que las cifras, por suerte, caen dramáticamente a un 19%, 20% o 25%. Estas son las desigualdades de las que tiene que hacerse cargo el sistema educativo, porque no podemos permitir que en nuestra secundaria pública no aprendan lo mismo y no obtengan el mismo resultado los jóvenes que provienen de hogares pobres con respecto a los jóvenes que provienen de las zonas con niveles de ingreso y condiciones de vida más acomodadas. Este es un desafío que asume nuestro Partido porque es una fuerza política progresista y porque antes que nada piensa en el país y no hace cálculos pe-

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queños acerca de cuáles son los costos políticos si se propone un cambio en la educación. Estas son las cosas que quisiéramos que todo el sistema político asumiera como tareas para encarar cuando discute una ley de educación en un debate en el que poco hemos oído de educación y mucho de retórica partidaria. También tenemos problemas y desafíos en la educación técnica. Lamentablemente, y no por responsabilidad de esta fuerza política -que lleva tan solo algo más de tres años en el Gobierno-, la UTU ha sido la Cenicienta del sistema educativo, y queremos cambiarlo, transformarlo. Tenemos escasa oferta de formación terciaria pública para el mundo del trabajo. Es una realidad que los jóvenes que logran salir del liceo y no desean ir a la Universidad de la República para formarse en las profesiones liberales y quieren seguir formándose para el mundo del trabajo pero a nivel terciario -porque son conscientes de que los tiempos de hoy requieren más y mejor capacitación permanente para obtener mejores niveles de ingresos-, deben recurrir a las ofertas de la enseñanza privada, porque no hay un sistema público extendido a nivel terciario de formación para el trabajo en las diversas áreas que el mundo de hoy está requiriendo. Y eso también lo vamos a encarar. En la formación docente tenemos otro de los nudos, u otro de los talones de Aquiles que afectan la calidad de los aprendizajes de nuestra gente y que también afectan al sistema educativo. No tenemos una formación docente de nivel universitario, y algunos que somos egresados orgullosos de institutos de formación como el IPA, debemos reconocer aquí, ante todos, que no podemos acceder a formaciones y cursos de posgrado en el país o en el exterior porque no tenemos título universitario que nos habilite a ello. El país debe preocuparse por que sus docentes se formen con la mayor calidad y sigan formándose en actividad luego de su titulación. Tenemos escasa oferta de formación terciaria con título universitario en forma descentralizada, y debemos encarar el desarrollo de la formación docente en el resto del territorio nacional. Tenemos déficit de docentes titulados, fundamentalmente en el interior, y ese, sin lugar a dudas, es un tema de Estado. Asimismo, tenemos problemas de formación en servicios.

No quiero aburrir con cifras, pero hay una que nos importa. Mientras en el Consejo de Educación Primaria, en las escuelas, el 100% de quienes enseñan a nuestros hijos tienen título habilitante y por lo tanto tienen la formación especializada para hacerlo… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha terminado el tiempo de que disponía, señor Diputado. Tiene la palabra el señor Diputado Brenta. SEÑOR ORTUÑO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR BRENTA.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: decía que mientras el 100% de los maestros que dan clases a nuestros niños tienen la formación y el título habilitante para hacerlo, esa cifra decae dramáticamente cuando miramos lo que sucede con los profesores de nuestros liceos, donde los titulados son tan solo el 59% a nivel general. Si consideramos el interior del país, las cifras caen al 53%. La mitad de los profesores que están dando clases en el interior del país, es decir en la mayoría del territorio nacional, no tiene formación ni título habilitante para ello. Yo me pregunto: si acá no hay un tema a encarar por una ley de educación, ¿dónde están los temas centrales a encararse en una ley de enseñanza? A estos desafíos, a estos problemas y con esta visión de qué es lo mejor para los estudiantes, para nuestra gente y para el país, pensando en su desarrollo futuro, es que apunta esta nueva ley de educación. El proyecto introduce apuestas innovadoras y respuestas a problemas clave en la educación nacional, como hemos tratado de demostrar en esta breve intervención. Se propone la creación de un Sistema Nacional de Educación, superando la fragmentación en el diseño actual, en el marco de un sistema que abarque desde la primera infancia hasta el nivel terciario, así como los ámbitos públicos y privados, formales y no formales, garantizando la educación de todos y todas a lo largo de toda la vida, con un fortalecimiento de las capacidades del Estado. No vamos a venir aquí a hacer discursos sobre las bondades y las ofertas que ha planteado el sistema privado de educación, que reconocemos y valoramos; venimos a hacernos cargo

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de nuestra responsabilidad como partícipes de los Poderes públicos y Representantes del pueblo, que es garantizar a todos, aun a los que no tienen recursos económicos para costearse una educación privada, una educación de igual nivel y de la mejor calidad. Se trata de un sistema basado en tres principios, como han dicho mis colegas: la autonomía -que reivindicamos-, la coordinación y la participación, establecidos como pilares, garantizando mecanismos para su vigencia efectiva. En primer lugar, tenemos la autonomía, que garantiza la no intervención del poder político en las determinaciones de las políticas educativas, afirmando el principio de laicidad. Aquí está la esencia del concepto de autonomía: impedir la intervención del poder político en la determinación de las políticas educativas, en aquello que se enseña que debe estar marcado por las cuestiones y los saberes técnicos de los profesionales de la enseñanza, lo que se fortalece con el establecimiento con rango legal de la libertad de cátedra del docente, que tanto incomoda a aquellos enemigos de la libertad de pensamiento. El principio de la coordinación es absolutamente central y debe desarrollarse en sintonía y en armonía con el de la autonomía. El proyecto de ley se desarrolla de acuerdo con el mandato constitucional establecido en el artículo 202, creando instancias como la Comisión Nacional de Educación, espacio de coordinación entre el sistema y la sociedad. ¡Cuánto hemos escuchado sobre la necesidad de que el sistema educativo abra sus puertas, que tome en cuenta el reclamo de los padres, que tenga una relación más fluida con la comunidad, que escuche las demandas del mundo del trabajo y que esté en sintonía con la sociedad en que está inserto! Se crea el Sistema Nacional de Educación Pública como un ámbito de coordinación entre los Entes y el Ministerio de Educación y Cultura en el marco de la vida del país. El tercer principio es absolutamente novedoso porque se incorpora la participación como pilar del sistema. Se introduce un mecanismo de participación de los actores del sistema educativo desde la base a su dirección, creándose los Consejos de Participación en los centros educativos, que asumen el desafío que planteaba algún señor legislador de darles autonomía para que tengan y desarrollen sus proyectos, en contacto con la comunidad y con participación de los actores involucrados. Esto se hace sin renunciar a la responsabilidad que las autoridades y los Poderes pú-

blicos tienen de dar a todos los centros educativos lo que necesitan para un desarrollo en igualdad, porque no queremos ni entendemos como autonomía que aquellos centros que están en los entornos económicos más poderosos tengan condiciones de desarrollo desiguales a aquellos que se encuentran en los barrios más carenciados, allí donde tiene que llegar con mejor calidad el derecho a la educación. Este proyecto de ley de educación crea las Comisiones Asesoras de los Consejos e introduce representantes docentes electos por estos, tanto en la conducción de los Consejos -uno de tres integrantes- como en el CODICEN, estableciendo que dos de los cinco integrantes serán electos por docentes, avanzando de una manera sustancial en el principio del cogobierno. Incorpora también -y las modificaciones que introdujimos los legisladores del Frente Amplio profundizan esa novedad- a los estudiantes en los distintos niveles de decisión. Queremos enfatizar esto en particular, porque creemos que no solo los docentes deben ser protagonistas en la enseñanza, también los estudiantes, con sus requerimientos, con sus realidades y con sus necesidades deben tener capacidad de llevar adelante sus planteos y enriquecer, en una novedosa relación docente-alumno, el resultado del proceso de enseñanza-aprendizaje. Además, el proyecto genera respuestas a los problemas y a los desafíos que recién reseñábamos y asumimos con responsabilidad, porque están planteados con fuerza desde hace años y años en la realidad del país. Aquí hay novedades y respuestas importantes, que se hacen pensando en el futuro, en ese rumbo, en esas metas y mirando hacia dónde tienen que ir las políticas educativas y la educación. No es que no valoremos la importancia de quienes conducen la nave -no somos ajenos a las cuestiones del poder-, pero consideramos que lo fundamental es saber hacia dónde se dirige, en beneficio del conjunto. Creemos, señor Presidente -permítaseme hacer un paréntesis-, que el proyecto de ley de educación que presentamos establece un adecuado equilibrio entre las distintas miradas y aportes que tienen que expresarse en la conducción de la educación. No compartimos la exclusión de los docentes ni de los actores de la educación de todos los ámbitos de la decisión que hemos vivido y padecido en las últimas décadas -en toda la historia reciente del Uruguay se ha excluido y se ha reprimido la participación de los acto-

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res de la enseñanza en las decisiones del sistema educativo-, pero tampoco queremos una conducción de la enseñanza que no dé cuenta de las necesidades que se expresan en la sociedad y que no siempre coinciden con las posturas y los requerimientos de los actores del sistema. Pensemos, si no, en el ausentismo docente, un tema que coloca en una vereda y en otra a padres y a profesores, que necesariamente debe encararse desde una perspectiva integral que incorpore en la misma balanza las dificultades que tienen los docentes para cumplir, víctimas de los bajos salarios, de condiciones pésimas de trabajo, y también la preocupación de los padres, que quieren tener la tranquilidad de que sus hijos van a la escuela o al liceo y tienen clase, para encontrar la síntesis que sea mejor para el país. Entonces, este proyecto de ley incorpora el protagonismo de los docentes por primera vez en la historia en la conducción del sistema y, al mismo tiempo, mantiene la representación de la expresión de la voluntad de la sociedad, mediante la forma de designación parlamentaria de tres de sus integrantes, que expresan, por mecanismos democráticos, esas necesidades y desafíos que plantea la sociedad y una tercera cuestión que necesariamente debe reflejarse en las orientaciones de la educación, que tienen que ver con el proyecto de país. No podemos, compañeros y compañeras, llevar adelante un proyecto de país sin que la educación armonice con él. No podemos hablar de país productivo, incentivar la instalación de fábricas, de industrias, de emprendimientos absolutamente relevantes como el de Botnia, y que nos suceda que no tengamos soldadores o personal calificado, como hemos visto en los últimos años. Por suerte, el país ha retomado la ruta del crecimiento económico y del desarrollo, pero muchas veces no encuentra la formación necesaria en sus trabajadores para estar a la altura y ponerse a la vanguardia de ese desarrollo del futuro que estamos soñando y llevando adelante. Por ese motivo, asignamos los recursos del 4,5% para la educación, que hemos asumido en cumplimiento de los compromisos históricos, porque somos conscientes de que al hablar de educación nos referimos a un tema estratégico para el desarrollo del país y clave para el desarrollo de las personas y para establecer en la realidad, en los hechos, la igualdad de oportunidades para todos y para todas.

Esta iniciativa asume el desafío que tenemos planteado en la educación inicial y en primera infancia, con las modificaciones del Consejo de Educación Primaria, con las disposiciones que reglamentan y articulan la educación privada en esos niveles, pero sobre todo asume el desafío que tenemos planteado en la educación media básica, generando un nuevo Consejo que permita concentrar los esfuerzos donde se registran los principales déficit. A su vez, se establecen metas que incluyen la ampliación del tiempo pedagógico y la obligatoriedad de la educación secundaria superior, absolutamente básica y fundamental para el país, pero sobre todo para el futuro de nuestros jóvenes, que cada vez más padecen o disfrutan de la relación directa entre la capacidad, los años de formación y de educación obtenidos y los niveles de empleo y de salario que reciben y que marcan las posibilidades de su vida. Como se ha dicho, se apuesta al fortalecimiento de los centros educativos y se encara el desafío de la creación de un sistema de instituciones terciarias públicas, que permitan, en primer lugar, con el Instituto Universitario de Educación, la profesionalización de la formación docente y su desarrollo de nivel universitario terciario y, en segundo término, con la creación del Instituto Terciario Superior, el desarrollo de una red de centros de formación terciaria técnica orientadas hacia ese país productivo, que amplíen la oferta educativa para los jóvenes del interior, a quienes deberán dar respuesta aquellos que hoy no votan y no dan su concurso para que el Uruguay tenga en todo su territorio instituciones de formación terciaria en áreas tan importantes como administración de empresas, tecnologías de la información y las comunicaciones, las agroindustrias, la biotecnología… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha finalizado el tiempo de que disponía, señor Diputado. Puede continuar el señor Diputado Brenta. SEÑOR BRENTA.- Señor Presidente: he finalizado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: en octubre de 2002 me desempeñaba como

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Subsecretario de Educación y Cultura y asistí a una conferencia en la Universidad de Montevideo que dictó el entonces Senador Astori. Recuerdo haberlo escuchado en una larga e interesante exposición sobre el viejo conflicto de la izquierda de confundir lo público con lo estatal. Hoy hemos tenido aquí otra prueba de que ese resabio no ha sido superado. Tanto el señor Diputado Arregui, que me adjudicó el ánimo privatizador porque yo dije que había que habilitarle a la Universidad de Montevideo el curso de docente universitario, como el señor Diputado Ortuño, desde mi punto de vista han caído en el mismo error de creer que hay una cosa privada y otra pública, y que en educación de lo que nosotros nos ocupamos es de lo público, porque lo privado es aquello de las elites. La educación es como la salud, ¿cómo no vamos a entender? El sistema público es todo. Es un bien público el que está en juego. La educación es un bien público. ¿Dónde se dicta? ¿Quién lo presta? Lo presta un servidor público estatal o un servidor público privado, pero público es todo.

ción y de la relevancia del bien educativo, que puede ser prestado de múltiples maneras. El British presta un servicio educativo, que es el que tienen todos en la cabeza. Pero también lo brindan las monjas del Lourdes, que atienden a los del barrio Borro, que se acaba de nombrar. ¿O no es así? ¿No hay un servicio privado ahí? Es una prestación privada de un servicio público, que se brinda en un lugar de mucha pobreza. No solamente hay educación privada en los lugares ricos. No hablen de la educación privada con esa marginación de que se trata de algo que eligen los ricos, porque además tampoco es cierto. Conozco familias humildes y trabajadoras que mandan a sus hijos a la educación privada porque entienden que obtienen mejores rendimientos. De hecho, la última encuesta que publicó “Búsqueda” demuestra que la mayoría de nuestros gobernantes de izquierda mandan a sus hijos a la educación privada. ¿Por qué? Porque piensan que allí hay un servicio educativo actual. Yo he mandado a todos mis hijos a la educación pública; ahora, tengo uno de cinco años y lo estoy mandando a un colegio marista, por una razón de tiempo y de ubicación de mi familia. No tengo problemas con la educación pública; tampoco con la privada. Son prestadores de servicios educativos. El señor Diputado Ortuño habló de la deserción y del ausentismo. Esos problemas no los resuelve la ley; no crean que la ley va a resolver estos problemas. El ausentismo docente es una situación en la que está atrapado el docente. Él es víctima del ausentismo, no es el que lo provoca, porque la forma para elegir las horas docentes hace que el docente elija plata. A principios de año elige veinte horas y, después, en la segunda ronda, veinte más, y si puede, veinte más, porque son sesenta horas y llega a $ 20.000. ¿Quién no quiere volver a su casa y decir que consiguió un sueldo de $ 20.000 porque eligió sesenta horas? Todos queremos eso. Yo lo haría, no tengan dudas. Ahora, seguramente, en junio tenga estrés y me enferme, me canse, porque no es bueno trabajar tanto tiempo… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado. SEÑOR CUSANO.- Pido la palabra para contestar una alusión.

Entonces, ese es un concepto equivocado, reiteradamente equivocado, y se persiste en esa equivocación. Se repite, y acabo de escuchar al señor Diputado Ortuño otra vez decir: “Ocupémonos de lo público; lo privado, lo resolverán los privados”. ¿Creen que estamos incentivando la educación privada universitaria docente? La Universidad de Montevideo, ¿qué es? Es educación pública; no tengan dudas de que es educación pública. No hay dos opiniones al respecto. Es un prestador privado de un servicio público, que es la educación. ¿Qué es la Española? ¿Qué es el CASMU? Son prestadores privados de un servicio público; tanto es así que el Estado les paga a través del FONASA para que lo brinden. Imagínense si yo dijera aquí que el Estado podría también pagar a los padres para que estos elijan la educación. Sería un sacrilegio; capaz que me adjudican un pecado capital. Me refiero a dar la plata a los padres y que estos elijan, como sucede con la salud: se da el dinero y la persona elige la mutualista. ¿Podríamos hacer eso con la educación? No, porque hay un atisbo conservador en la cabeza de los que piensan así, porque son profundamente conservadores y porque creen que educación y Estado es lo mismo y es un exclusivismo; cometen un error profundo de concepto, que deberían debatir con más profundidad, seguramente, hacia adentro de su partido, para establecer claramente el concepto de educa-

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SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CUSANO.- Señor Presidente: simplemente, quiero decir que está bien que se mire hacia las bancas de la oposición cuando se quiere mostrar en Sala algunas estadísticas, gráficas o lo que sea. Pero también debemos mirar alrededor de nosotros, porque en Sala se encontraban veintiséis legisladores más usted, señor Presidente, es decir, veintisiete legisladores que apoyan este sistema educativo. Por lo tanto, cuando se habla se debe mirar todas las bancas y no solamente hacia las de la oposición. Gracias, señor Presidente. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: celebro que encaucemos el debate y empecemos a hablar de los problemas de la educación y de lo que es mejor para los estudiantes, para los padres, para la gente y para el desarrollo del país. Lo celebro y pienso que debemos dejar de lado cuestiones menores que se han venido planteando en el debate. Creo que el señor Diputado preopinante no comprendió adecuadamente nuestros fundamentos y seguramente no leyó con atención el proyecto de ley que planteamos. Lo que nosotros hacemos, desde el Frente Amplio, no es contraponer la educación privada con la educación pública. Al contrario: reconocemos -¡y vaya si reconocemos!- el aporte que la educación privada hace al país y la necesidad de articularlo en el marco de una estrategia de desarrollo educativo nacional. Por eso el proyecto de ley crea una Comisión que articula y permite el diálogo fluido entre la educación pública y la privada. Nosotros no concebimos ni admitimos, desde nuestra ética política, que haya diferencias en la calidad y en los niveles de educación a los que pueden acceder los ciudadanos de acuerdo con su condición social; no admitimos que haya una educación para ricos y una educación para pobres, porque llegamos al Gobierno para transformar y fortalecer el sistema público, para garantizar el derecho de los ciudadanos a decidir. El que quiera ir a la educación privada, por supuesto que puede hacerlo, pero sabiendo que el que quiere la educación pública va a acceder a una educación con la misma calidad y con el mismo nivel

que aquellos que, por razones filosóficas o decisiones personales de sus familias, transiten el camino de la educación privada. Lamentablemente, en los últimos años, y diría en la larga historia de nuestro país, la educación pública se ha venido deteriorando y el nivel de aprendizaje de los estudiantes que no pueden costearse una educación privada ha ido decreciendo, marcándose estas diferencias en la calidad, en los accesos a la enseñanza y en el egreso de la educación. El compromiso que tenemos que asumir desde el Estado es fortalecer la educación pública y garantizar lo que este proyecto de ley establece por primera vez como un derecho fundamental de todas y todos los ciudadanos, vivan donde vivan y pertenezcan a la clase social que pertenezcan. Esa es nuestra filosofía, y quizás no guste que quede estampado en una ley. Este proyecto de ley establece novedades como el Plan Ceibal, que en forma absolutamente revolucionaria va a garantizar el acceso a las nuevas tecnologías y a la computación de las niñas y los niños de todos los sectores del país y de todas las condiciones sociales. Se obligará al Estado a garantizar el acceso a las tecnologías de la información de todas y todos los ciudadanos, ya que pasará a ser un derecho fundamental para el desarrollo del país, sobre todo para el desarrollo de oportunidades, en situación de igualdad, de todos nuestros ciudadanos a lo largo de su vida. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado Pais. SEÑOR PAIS.- Señor Presidente: vamos a votar negativamente el proyecto de ley a consideración. En primer lugar, queremos decir que este proyecto de ley ha seguido un procedimiento totalmente equivocado. A nuestro criterio hubiera correspondido que al comienzo de la Legislatura el Poder Ejecutivo remitiera una iniciativa, para que se contara con el tiempo suficiente para considerarla en Comisión y que todos los partidos políticos, representantes del cien por cien de la ciudadanía, pudieran realizar aportes, consultar a los técnicos, repasar, hacer agregados, modificaciones, contribuyendo así a su mejora. Y recién después de aprobada esa iniciativa en Comisión, llevarla a consulta de los grupos de interés, de los sindicatos, de los educadores, de los educandos. Se siguió el procedimiento inverso, y nos encontramos con esta trancadera donde se habla de gran-

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des principios, de grandes avances, pero la realidad es que este proyecto no trae soluciones ni va a mejorar la educación del país. Este proyecto es de creación autóctona, ya que se hizo sin tener en cuenta cómo funcionan los países exitosos en materia educativa. Estoy seguro de que quienes elaboraron este proyecto no analizaron cómo se organizaban los países desarrollados, cómo se organizaban aquellos países que en los últimos veinte años lograron mejorar sus niveles educativos y llevar una mejor educación a sus ciudadanos. Este proyecto toma lo que hay y, a través de sucesivas negociaciones políticas, inventa un sistema que no tiene parangón en el mundo: un conjunto de diecisiete órganos en total; teníamos siete y eran muchos. Estoy seguro de que no hay país en el mundo donde la educación requiera de diecisiete órganos distintos -con la complejidad interna de ser órganos colegiados- para poder tomar decisiones. No se hizo el trabajo que correspondía, no se trabajó en Comisión, no se miraron las experiencias exitosas en el mundo para dirigir la educación y generar mejores niveles educativos. Entonces, terminamos en esto que, como se dijo anteriormente, es un proyecto exclusivamente del Frente Amplio; no cuenta con el apoyo de la otra mitad de la ciudadanía representada en el Parlamento. Ese es uno de los motivos fundamentales por el cual no lo vamos a votar. Este invento generador de burocracia y de numerosos órganos provocará una irresponsabilidad absoluta en el éxito o fracaso de las políticas educativas. La responsabilidad se diluye en diecisiete órganos, cada uno de los cuales está integrado con un mínimo de tres miembros, en cantidad de Comisiones, Consejos, Institutos, donde al final nadie es responsable de nada. Cuando dentro de algunos años la educación esté todavía peor, no podremos pedirle cuentas a nadie porque nadie se va a sentir responsable de los fracasos. Esto es un reparto de responsabilidades entre numerosas personas y no habrá nadie que realmente se ponga al hombro la mejora de la educación. Por otra parte, por los adelantos de Sala, esto difícilmente llegue a aplicarse. Cada Ente Autónomo que crea, cada Consejo tiene un tiempo, un proceso, requiere de un presupuesto, de locales, de designación de personas, de formación de grupos humanos para hacerlo operativo. Esto va a demorar meses y meses, por lo que va a terminar el Gobierno; en caso de

aprobarse este proyecto de ley, no va a ser de aplicación, y el nuevo Gobierno seguramente revea todo lo hecho. Por lo tanto, estamos discutiendo sobre algo que dificulto vaya a tener aplicación en la práctica. Esta iniciativa crea numerosos cargos, y lo hace de manera inconstitucional, porque el artículo 229 de la Constitución prohíbe la creación de cargos en los doce meses anteriores a la elección nacional. Este fundamento de la inconstitucionalidad de la creación de cargos es, desde mi punto de vista, irrefutable. En caso de así quererse, debió aprobarse antes de los doce meses anteriores a la elección nacional. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PAIS.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: me parece que no voy a tener éxito en orientar la discusión acerca de lo público y lo privado. Veo que no se entiende y se confunde el concepto de fondo. Seguramente este sea un tema para un seminario y no para un debate: confundir educación pública con educación estatal. Seguramente el señor Diputado Ortuño, quien ha intervenido dos veces para hablar de ese tema, se está refiriendo a la educación estatal y no a la educación pública. La educación pública es todo. Uno de los conceptos que nos quedó por explicar es el relativo a la fragmentación. Se dice que el proyecto de ley camina en la dirección de mitigar la fragmentación del sistema. No es así. Tanto no es así que toda el área de la educación secundaria se subdivide en dos. Pero el problema de la educación secundaria no está en su estructura, no está en la organización, no está en si tiene uno o dos Consejos. Secundaria tiene un nivel de deserción -el señor Diputado Ortuño también recorrió algunas zonas de Montevideo- que se explica solamente porque no logra responder el “¿para qué?”. Cuando un estudiante ingresa a Secundaria y logra responder la pregunta “¿para qué?”, finaliza sus estudios. Ese no es un alumno que vaya a desertar. Ahora, cuando no se logra responder “¿para qué?”, cuando Secundaria no logra responder “¿para qué?”, cuando un chico no tiene definido que necesita de Secundaria para ir a la Universidad, que necesita de Secundaria para ser maestro, que necesita de Secundaria para un estudio terciario, cuando no

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sabe para qué está allí, es candidato a la deserción; ahí está la deserción En realidad, Secundaria tiene un problema de personalidad; es muy difícil reconocer para qué en Secundaria. Eso nos pasó toda la vida. ¿Por qué ahora se agranda el problema? Porque más acceden. Cuando yo iba al liceo, de diez que salimos de la escuela, tres fuimos al liceo. ¡Tres de diez! Y si vamos a la década del cuarenta, menos: de cada veinte, uno o dos. La diferencia que tenemos hoy es que van más a Secundaria. Es un problema del crecimiento. Pero esos más que van a Secundaria se encuentran con una dificultad: no saben para qué están allí, porque es muy difícil explicar la educación secundaria por sí misma. Mientras no se responda la pregunta “¿para qué?”, no vamos a resolver este problema. Y la ley no lo resuelve, porque además la ley no es el marco para eso. Esto refiere a la propia estrategia educativa de Secundaria. Es la falta de introducir una renovación, como serían los créditos, por ejemplo, pero que no están previstos en la ley; sin embargo, se pueden hacer por la vía administrativa. ¿Qué se ha hecho durante estos tres años contra la deserción? Nada. Es una solución administrativa, no legal. A principios de año hicimos una propuesta a Educación Secundaria vinculada al ausentismo docente, cambiando horas docentes por cargos docentes. ¿Qué se nos respondió? Silencio de radio. Nada. Ahí había una propuesta para modificar el problema del ausentismo, que como explicaba hoy es lógico y no es culpa del docente. El docente también es la víctima del ausentismo. Está obligado al ausentismo porque corre detrás de la plata y porque nadie deja de cobrar una hora más si la puede cobrar. Por lo tanto, termina comprometiéndose a una cantidad de horas docentes que no puede cumplir. Estos son los dos problemas intrínsecos a la educación secundaria, que no resuelve la ley ni mucho menos la subdivisión ahora en dos Consejos, lo que constituye más fragmentación. Me quedó un tema pendiente. El proyecto original traía aquello de las novecientas horas, que luego se quitó. Parecía una zanahoria interesante; plantear al sistema educativo novecientas horas es una buena zanahoria. Es decir, vamos a correr detrás de un calendario más grande que el que tenemos, porque es difícil alcanzar novecientas horas.

Yo integré el Consejo de Educación Primaria en el Gobierno del Partido Nacional y me consta que ese no es un problema de partidos, porque el calendario es atacado. El calendario escolar tiene varios enemigos. El Ministro de Turismo es el primero, que siempre quiere aumentar los fines de semana por el turismo interno, prolongar el inicio de las clases o adelantar el final de ellas. Hay varios enemigos del calendario escolar. Por lo tanto, mantener un calendario escolar extendido no es fácil para cualquier Gobierno, para cualquier Administración. En el proyecto original se incluían las novecientas horas, que implicaban cinco horas de clase. Esa era una modificación fuerte. Se me dice que se quitó porque alguien cree que eso viola la autonomía. Eso no viola la autonomía. La autonomía no es respecto a la ley. Si la ley obliga a novecientas horas, no viola ninguna autonomía. Lo que sí violaría la autonomía sería quién determina o cómo se aplican las novecientas horas. Pero las novecientas horas estaban en el proyecto original y era una buena idea. Se debió haber mantenido porque obligaba a extender el calendario anual y a darnos un volumen de horas de clase suficiente. El Plan Ceibal no puede… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha terminado el tiempo de que dispone el orador. Puede continuar el señor Diputado Pais. SEÑOR PAIS.- Señor Presidente… SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PAIS.- Si es breve sí, señor Diputado, porque tengo que terminar mi exposición. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Muchas gracias, señor Diputado Pais, por su tolerancia. Señor Presidente: finalmente, se introdujo el Plan Ceibal. Debo decir que el Plan Ceibal no es una estrategia educativa; digámoslo con serenidad, con calma, con respeto; pero todos sabemos que no se introdujo el Plan Ceibal como una estrategia educativa y pedagógica de las autoridades. El Plan Ceibal se introdujo como una decisión política del señor Presidente de la

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República, adecuada, correcta, bien tomada, acertada; pero no es una respuesta a un proceso de transformación pedagógica. Prueba de ello es que la computadora llega a la vez a niños y a maestros; maestros no preparados para trabajar con el Plan Ceibal. En muchas escuelas del país, la computadora permanece en la biblioteca o en el banco del niño porque no hay un plan pedagógico que lo sostenga. Eso lo sabemos todos. Todos sabemos que los maestros no tienen un plan pedagógico para el Plan Ceibal; sabemos que las computadoras no trajeron un programa para enseñar Matemáticas, cuando los hay en el mundo. Hay programas que se insertan en las computadoras y ayudan a la enseñanza de la Matemática. Se trata de una respuesta tecnológica correcta y adecuada. Aunque sea para abrir correos electrónicos y para navegar en Internet, es bienvenida. Me encanta ver a los niños fuera de horas de clase y los fines de semana alrededor de su escuela para conectarse a Internet. ¡Fantástico! Pero no se nos diga que se ha incorporado un proyecto pedagógico con el Plan Ceibal. ¡No! Es una herramienta como puede ser la calculadora. La calculadora entró a la escuela. Nos salteamos el televisor. Y los maestros somos muy responsables de ello. El televisor se introdujo en la vida de todos nosotros y no pasó por el sistema educativo. Nunca nos adaptamos a meter el televisor en la escuela. Por eso, las familias y los niños no saben qué hacer con el televisor, porque la escuela nunca lo hizo propio. Lo transformó en una especie de bicho raro que estaba afuera de la escuela, pero el televisor nunca entró al aula como debió. La computadora, por lo menos, entra por esta vía, pero no es un plan pedagógico construido por las autoridades ni por el sistema educativo. Gracias, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede continuar el señor Diputado Pais. SEÑOR PAIS.- Señor Presidente: de aprobarse el proyecto de ley que tenemos a consideración, las autoridades de la enseñanza pasarían de tener siete órganos a diecisiete; se pasaría de veintiocho miembros actuales a ciento quince como mínimo. Creo que tampoco hay un costeo de lo que significa para el Presupuesto Nacional este aumento de Consejos, institutos y miembros para ocupar esos cargos directivos. Todo ello me lleva a pensar que este proyecto de ley no

puede aprobarse así como está y que tiene que ser rechazado por la Cámara en la tarde de hoy. Gracias, señor Presidente.

13.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: De la señora Representante Nora Castro, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para asistir, convocada como secretaria de Relaciones Interinstitucionales del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a la reunión de Junta Directiva, que se llevará a cabo en la ciudad de Panamá, por el período comprendido entre los días 2 y 6 de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Óscar Groba. Del señor Representante Javier Salsamendi, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 2 de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Carbajal. Del señor Representante Darío Pérez, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 2 de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Carlos Corujo”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y tres en cuarenta y cinco: AFIRMATIVA. En consecuencia, quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo.

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Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito se me otorgue licencia entre los días 2 y 6 de diciembre inclusive, ya que se me ha convocado como Secretaria de Relaciones Interinstitucionales del Parlamento Latinoamericano, a participar a la reunión de Junta Directiva del PARLATINO que se llevará adelante en la ciudad de Panamá el día 4 de diciembre así como también a participar de las reuniones de las Comisiones Permanentes los siguientes días 5 y 6 en la misma ciudad. Sin otro particular saluda atentamente, NORA CASTRO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Julio Battistoni”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Hugo Arambillete”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en misión oficial, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Nora Castro, para asistir a la Reunión de la Junta Directiva del Parlamento Latinoamericano PARLATINO, a desarrollarse en la ciudad de Panamá. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 2 y 6 de diciembre de 2008. II) Que por esta única vez, no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes,

señores Julio Battistoni y Hugo Arambillete y la señora Beatriz Costa integra la Cámara por el período indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Nora Castro, por el período comprendido entre los días 2 y 6 de diciembre de 2008, para asistir a la reunión de la Junta Directiva del Parlamento Latinoamericano PARLATINO, a desarrollarse en la ciudad de Panamá. 2) Acéptanse, por esta única vez, las denegatorias presentadas por los suplentes siguientes, señores Julio Battistoni y Hugo Arambillete. 3) Convóquese por Secretaría, para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente siguiente de la Hoja de Votación N° 609 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio Nueva Mayoría, señor Óscar Groba. Sala de la Comisión, 1° de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, me conceda licencia el día martes 2 del corriente, por motivos personales, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 17.827. Sin otro particular, lo saluda atentamente, JAVIER SALSAMENDI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representan-

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te titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Saludo a Ud. muy atentamente, Julio Battistoni”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Saludo a Ud. muy atentamente, Hugo Arambillete”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Daniel Montiel”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Heber Bousses”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier Salsamendi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de diciembre de 2008. II) Que, por esta vez, no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, seño-

res Julio Battistoni, Hugo Arambillete, Daniel Montiel y Heber Bousses, y la señora Beatriz Costa y el señor Óscar Groba integran la Cámara en la fecha mencionada. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada a su artículo primero por la Ley N° 17.827 de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de la citada. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 2 de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier Salsamendi. 2) Acéptanse las negativas presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Julio Battistoni, Hugo Arambillete, Daniel Montiel y Heber Bousses. 3) Convóquese por Secretaría, por el día 2 de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Daniel Carbajal. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 2 de diciembre del corriente año, por motivos personales. Sin más, lo saluda muy atentamente. DARÍO PÉREZ Representante por Maldonado”. “Maldonado, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración:

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Habiendo tomado conocimiento que he sido convocada para actuar en el Cuerpo que usted preside los días lunes 1º, martes 2, miércoles 3 y jueves 4 del año en curso, le comunico que en esta oportunidad no ocuparé la banca como Representante Nacional. Sin otro particular, le saluda atentamente, María del Carmen Salazar”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria de la que he sido objeto con motivo de la licencia del Representante Nacional Dr. Darío Pérez. Atentamente, Julio Bonilla”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de diciembre de 2008. II) Que los suplentes siguientes, señora María del Carmen Salazar y señor Julio Bonilla, no aceptan por esta vez la convocatoria. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 2 de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez. 2) Acéptanse por esta vez las negativas presentadas por los suplentes siguientes, señora María del Carmen Salazar y señor Julio Bonilla. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el día 2 de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 181370890 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Carlos Corujo. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008.

VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

14.- Preferencias.
——Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Cánepa, Caram, Barreiro y Cardozo Ferreira. (Se lee:) “Mocionamos para que el asunto Carpeta N° 2798/2008. ‘Acuerdo Marco sobre Comercio e Inversión con los Estados Unidos de América. (Aprobación),’ se incluya como 2° punto del orden del día de la sesión ordinaria del martes 2 de diciembre”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y tres en cuarenta y cuatro: AFIRMATIVA. Dese cuenta de otra moción de orden presentada por los señores Diputados Cánepa, Caram, Barreiro y Cardozo Ferreira. (Se lee:) “Mocionamos para que el asunto Carpeta Nº 566/2005. ‘Aplicación de recargos por mora. (Se sustituyen los artículos 2° y 3° del DecretoLey N° 14.950, relativos a los usuarios de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, de la Administración Nacional de Telecomunicaciones y de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado)’ se incluya como 3° punto del orden del día de la sesión ordinaria del martes 2 de diciembre”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y seis: AFIRMATIVA.

15.- Ley General de Educación. (Aprobación).
Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría.

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SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: para que no parezca aquello de que el que calla otorga, quiero decir que escuchamos al señor Diputado preopinante refiriéndose a las remuneraciones correspondientes a la creación de cargos y todo lo que esto va a significar. Nosotros debemos aclarar expresamente, aunque surge de la simple lectura del proyecto de ley, que todos los organismos de coordinación, que todos los Consejos asesores, son absolutamente honorarios; no insumen un solo peso más al Erario. Actuarán en carácter de asesores, de delegados, ante distintos organismos de coordinación, que son enormemente necesarios. También se nos decía que este proyecto de ley es exclusivamente autóctono. No creo que sea un defecto que la iniciativa proceda de lo autóctono, de lo local, del país, de nuestra experiencia, de los antecedentes que son fundamentales y en los que nos hemos basado. Pero temerariamente se está afirmando algo, porque en materia educativa estuvimos recurriendo a la legislación comparada de otros países. Consta aquí, en los servicios del Parlamento, que hemos solicitado legislación comparada en materia de educación a países de los más disímiles en cuanto a su ideología, desde Estados Unidos de América a Cuba, desde España a Chile, a países desarrollados y no desarrollados. Entonces, se está desconociendo algo. Se habla también de que esto es un reparto de responsabilidades y al respecto quiero expresar lo siguiente. En un sistema de educación nacional y público, que tiene aproximadamente setecientos mil educandos, sesenta mil docentes, evidentemente hay que atribuir responsabilidades a cada uno de los niveles, a cada una de las modalidades, a cada uno de los sectores, porque de lo contrario no se lograría eficiencia, especialización. Independientemente de lo que se tome como filosofía de la educación, estaríamos siendo totalmente ineficientes, salvo que lo único que se quiera sea una autoridad todopoderosa de la cual emanen todas las órdenes; así no lo hemos pensado. Eso sí es cierto: hay un reparto de responsabilidades. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: ya que se hizo mención a las remuneraciones, es bueno señalar -no lo hicimos en nuestra exposición

inicial- que este proyecto de ley tiene un artículo francamente inconstitucional, grotescamente inconstitucional. Me refiero al artículo 61, que establece las nuevas remuneraciones de las autoridades de la educación, llevando el sueldo del Presidente del CODICEN a una remuneración idéntica a la de un Secretario de Estado. La Constitución de la República impide a texto expreso hacer esto, ya que el artículo 229 expresa: “El Poder Legislativo, las Juntas Departamentales, los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados no podrán aprobar presupuestos, crear cargos, determinar aumentos de sueldos y pasividades, ni aprobar aumentos en las Partidas de Jornales y Contrataciones, en los doce meses anteriores a la fecha de las elecciones ordinarias,” -estamos en esa fecha; estamos dentro de los doce meses- “con excepción de las asignaciones a que se refieren los artículos 117, 154 y 295”. Aclaro más. Se nos dice: “No; no. Pero no es ahora que se aumenta el sueldo, es para el próximo Período, es para después de las elecciones”. Precisamente, esto es lo que impide el artículo que acabo de leer, ya que las tres excepciones que el artículo establece están referidas al sueldo de los Diputados y de los Senadores, que se decide ahora, en estos doce meses y es para la próxima Legislatura; al sueldo del Presidente de la República, que también se decide ahora y es para el período siguiente; y al sueldo del Intendente, que también se resuelve ahora y es para el próximo período. Plantea tres excepciones, y las tres son para el siguiente período de Gobierno. De manera que no hay ninguna posibilidad de que el artículo 61 sea constitucional; no hay ninguna chance; es inconstitucional de cabo a rabo porque aumenta los sueldos. Aunque se diga que ello es para el período siguiente, reitero que las únicas tres excepciones son las establecidas en el mencionado artículo 229 de la Constitución que, insisto, establece que solo en tres casos se puede aumentar el sueldo para el siguiente período: Diputados y Senadores, Intendentes y Presidente de la República. Por lo tanto, reitero que, desde mi punto de vista, en el artículo 61 hay una franca inconstitucionalidad. Gracias. SEÑOR CÁNEPA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado.

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SEÑOR CÁNEPA.- Señor Presidente: antes de realizar otra intervención quiero hacer una aclaración. A pesar de que algunos señores Diputados lo creen y vociferan permanentemente, nosotros no somos de los que creen tener la verdad encerrada en un puño y la soberbia de no atender planteamientos razonables. Si se hubiese esperado al momento de la discusión particular, se habría notado que para ese artículo la bancada de Gobierno va a presentar un artículo sustitutivo que atiende, precisamente, lo que se ha planteado, no solo por el Diputado preopinante sino por otros señores legisladores. El artículo estaba en un proyecto que si se hubiese votado antes de la fecha constitucional no habría caído en la limitación que establece el artículo 229. Claramente, la intención de ese artículo era ordenar, porque no modifica el salario del Presidente del Ente, que es el mismo; la ley actual que lo rige es una modificación a la Ley Nº 15.739. Esa ley rige no solo las remuneraciones del Presidente de la ANEP, sino la de los Ministros de Estado y la de los Subsecretarios. Aclaro que modifica el salario de los Consejeros y de ahí hacia abajo. Para hacerlo más racional: es la pirámide salarial. Pero hoy, pasado el límite constitucional, no va a ser posible. Será materia de un debate posterior cuando se vote el presupuesto del año 2010. Si hay voluntad en el Parlamento de la época, en el Poder Ejecutivo del momento, se tratará de ordenar esto. La intención de este proyecto era buena, pero como en Sala se ha hecho un planteamiento, como no hemos tenido oportunidad de esperar al momento de la votación y como, repito, esta bancada de Gobierno no tiene la soberbia permanente que algunos creen, sino que, por el contrario, trabaja sincera y claramente en los temas que lleva adelante o en aquellos que ya hay un sustitutivo, adelanto que existe un sustitutivo que será presentado a la Mesa en su oportunidad, cuando se vote en particular, sin considerar que se ha hecho referencia a otros asuntos que guardaremos para nuestra intervención central. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor Diputado Mahía. SEÑOR MAHÍA.- Señor Presidente: por suerte, haber acordado con los compañeros de la bancada del Frente Amplio que intervendría a esta altura de la ora-

toria me hace ahorrar algunos comentarios al pleno en su conjunto. De todas maneras, vamos a utilizar el tiempo que tenemos asignado haciendo unas reflexiones generales y algunas referencias específicas que nos parece importante señalar. En primer lugar, entendemos que esta es una de las reformas fundamentales para el Uruguay del futuro porque es ni más ni menos que una reestructura institucional de la educación. Y es un detalle no menor que este proyecto sustituya a una ley de emergencia de más de veinte años, que si duró todo este tiempo no es exclusivamente por sus bondades, sino fundamentalmente porque no hubo prioridad política o acuerdos previos para que fuera modificada, cuando muchos de nosotros pensábamos que debía serlo. Es todo un símbolo acerca de qué prioridad se dio a la educación pública en los últimos tiempos. Para nosotros, la educación pública es parte de la identidad de los uruguayos; es parte de la identidad democrática, republicana y es parte del ser nacional. Por estos motivos entendemos a la educación pública como un factor integrador en lo social y especialmente en lo cultural. Esta iniciativa no va a ser analizada de modo aislado, por lo menos en nuestro caso. La vamos a analizar en un contexto de medidas que ha tomado este Gobierno, dirigiéndose fundamentalmente a apoyar al sector educativo y a la educación, como identidad de la democracia, del Uruguay y de los uruguayos. Todos los esfuerzos realizados nacen en un país que en marzo de 2005 -como todos sabemos, y es bueno recordarlo- tenía un millón de pobres, un cuarto de millón de indigentes, y donde el desempleo se ubicaba aproximadamente en un 13%. Y en ese contexto hubo que hacer políticas de inclusión social y políticas públicas que reafirmaran la educación nacional. En materia presupuestal, ubicamos la meta que propusimos durante la campaña electoral -y en varias campañas anteriores- de destinar a la educación el 4,5% del Producto Bruto Interno. Este fue un factor fundamental para desarrollar los planes y las propuestas en materia educativa. El 90% de ese 4,5% -que alcanzamos en esta Administración-, como es sabido y analizado en esta Sala, está destinado a la ANEP y a la Universidad de la República. Para nosotros es un motivo de particular orgullo haber alcanzado esta meta, más aún si se la compara con los antecedentes. Por ejemplo, para de-

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cirlo claro, en la última Administración, período 2001-2005, este Parlamento asignó a la educación pública uruguaya, por todo concepto, menos de US$ 400:000.000. Si tomamos la evaluación actual del dólar en forma constante, esta Administración, período 2006-2010, va a asignarle aproximadamente US$ 1.300:000.000. Creo que esas cifras, por sí solas hablan de los niveles de prioridad que esta Administración ha dado a la educación en su conjunto, en lo que refiere al sustento económico, y la recuperación salarial fue una de esas prioridades; me parece que fue una de las medidas más acertadas. No quedan dudas de que se hizo una fuerte apuesta en ese sentido, pero nos debe quedar bien claro que falta mucho camino por recorrer y que los salarios siguen siendo inferiores a lo que un verdadero profesional necesita para desarrollar sus tareas. El esfuerzo se realizó, se realiza y seguramente se realizará, y es por eso que creemos que para tener un cuerpo profesional dedicado a su trabajo son componentes esenciales el apoyo, su continuidad y el aumento de los recursos destinados a la educación. Por eso celebramos cuando aquí en Sala, ahora que se asigna a la educación el 4,5% del Producto Bruto Interno, se tiene en cuenta todo lo que han padecido durante tantos años los docentes de este país a la hora de llevar determinados recursos a sus casas; ir tras la plata lleva muchos años, como también se dijo en Sala. Pero es en esta Administración y no en otra -tal como lo establece la Constitución de la República, el Poder Ejecutivo, el Presidente de la República con sus Ministros, es el que debe asignar la cifra a la educación pública- que se han alcanzado las metas que hemos establecido. Y para hablar de esas metas en su conjunto vamos a referirnos a algunos aspectos. Por ejemplo, en la Administración pasada -estábamos en Sala- se logró la cuota mutual para docentes y no docentes de Enseñanza Primaria. En esta Administración se obtuvo -disposición incluida en el Presupuesto- no solo la cuota mutual para docentes y no docentes de educación media -cosa que no existía antes-, sino también para sus hijos menores de 18 años de edad, a partir de la vigencia del nuevo Sistema Nacional Integrado de Salud. Son cuestiones que antes los docentes de educación media las resolvían, cuando se podía, por propia iniciativa; no tenían apoyo alguno del Estado

para pagar su cuota mutual. Es más, muchas veces esa enorme cantidad de horas de clase que se dice, con razón, que trabajan los docentes, se hacían en liceos privados para acceder a la famosa DISSE y así cubrir los ingresos que no recibían en materia de salud por parte del Estado. También en esta Administración, a diferencia de anteriores, es claro que las autoridades de la educación y el Gobierno en general han mantenido un diálogo constante con gremiales de la educación, en acuerdo o en desacuerdo, según el tema y la circunstancia. He leído que en esta Administración había continuidad de otras experiencias -hacía referencia a esto en Sala el señor Diputado Ortuño-; íbamos a hablar y a reseñar sobre lo que se llamaban Actas represivas dictadas en otras Administraciones y sustituidas en esta Administración por un Acta de Reglamento acordada pacíficamente por todos los actores, así como del pasaje a la educación por áreas, que efectivamente se impuso a los docentes. Se fue avanzando y avanzando, inclusive contra pronunciamientos expresos de salas de docentes. Recuerdo que en mi departamento, Canelones, en el período 1995-2000, todo el cuerpo docente del liceo de Salinas no quería que se aplicara esa metodología de enseñanza -por llamarla de alguna manera-, pero igual se impuso. Además, dejo en claro que fue imposición pública. ¿Por qué imposición pública? Es bueno dejar establecido que de todos los liceos privados, o al menos de los de Montevideo -como se ha señalado reiteradamente aquí-, solo dos adoptaron como propios los planes educativos que la Administración extendía a toda la educación pública. Eso fue sustituido por el Plan de 2006. El año anterior, 2005, al inicio de este Gobierno, funcionaban en forma simultánea nueve planes educativos en Educación Secundaria. ¡Nueve a la vez! Pues bien, luego del trabajo de un año esto se sustituyó por el Plan de 2006 que, como todos sabemos, incluye mayor cantidad de horas de clase. Estos son cambios que se han desarrollado, más allá de la ley. Cuando se hacían acuerdos y cooperación con organismos internacionales -esto lo señalaba la señora Diputada Castro- muchas de las críticas referían a la vinculación entre los planes y propuestas educativas que se aplicaban en Uruguay con supuestos condicionamientos de dichos organismos internacionales.

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Voy a leer, para quede constancia en la versión taquigráfica, el artículo 14 del proyecto de ley. Dice así: “(Tratados internacionales y cooperación internacional) El Estado al definir la política educativa nacional promoverá que la educación sea concebida como un bien público y que la cooperación internacional sea coadyuvante a los fines establecidos en el artículo precedente. No se suscribirá” -lo remarco- “acuerdo o tratado alguno, bilateral o multilateral, con Estados u organismos internacionales, que directa o indirectamente signifiquen considerar a la educación como un servicio lucrativo o alentar su mercantilización”. Esto está establecido en este proyecto de ley. Pregunto: en anteriores Administraciones, particularmente en una de ellas, ¿este tipo de artículos era posible? ¿Este tipo de artículos lo votó el Parlamento? No, en ninguna circunstancia se hizo. Quienes somos del interior sabíamos que en Montevideo, fruto de las políticas sociales de los Gobiernos Municipales de este departamento y de Administraciones sensibles a los problemas sociales, los estudiantes de hasta 16 años de edad obtenían boletos gratuitos para asistir a sus clases, lo que generaba muchos escándalos. Esto no sucedía en otros departamentos, aunque creo que sí había uno. Pues bien, a partir de esta Administración, que comenzó en 2005, todos los estudiantes de todo el país tienen la posibilidad de acceder al boleto gratuito; todos y cada uno de ellos. Antes esto no se votaba en el Parlamento; estas iniciativas no estaban. Necesitaban iniciativa privativa del Poder Ejecutivo y esto no se hacía. Por suerte, ahora están y esa en particular la votamos todos. En Educación Primaria podemos ubicar -en lo personal- las políticas públicas que concentramos como más destacadas. ¿Por qué? Porque todos sabemos que ahí están ubicados los sectores sociales que demográficamente más atención necesitan. Como se dijo, se implementó la educación física en todas las escuelas públicas. Además, la universalidad de la enseñanza a los cuatro años de edad supondrá que más de 7.000 niños accedan a la educación pública. Esto estaba en los programas de varios partidos, pero se puede concretar a partir de esta iniciativa. Antes no estaba y, por suerte, ahora sí, y todos estamos de acuerdo.

Ni qué hablar del Plan Ceibal. Como también se dijo en Sala y hacemos acuerdo, en el Plan Ceibal tuvo iniciativa el Presidente de la República, quien lo impulsó muy fuertemente y muy bien. ¿Y por dónde empezó? A diferencia de otras experiencias, empezó por el interior, con una clara señal de descentralización y con una clara señal de prudencia a la hora de aplicar las políticas públicas. ¿Por qué? Porque era mucho más fácil de instrumentar y, de salir bien -creo que todos aquí en Sala apostamos a que esto salga muy bien-, debía ser llevado paso a paso, gradualmente, como se ha hecho, pero además, con éxito, que es hoy indisimulable. Esta es una verdadera transformación. En sí mismo no es un plan que signifique el norte de todas las cosas, pero es una transformación innovadora y necesaria. El hecho de que ciertos sectores sociales manejen herramientas informáticas como no lo podían hacer en otras circunstancias, hace que sea una transformación revolucionaria para cada hogar, para cada niño, en cada punto del país. Voy a omitir también algunas referencias a toda la historia de cómo se hizo la discusión pública, que muy bien reseñaba el compañero Diputado Roque Arregui en su informe, que compartimos totalmente, de la A a la Z. Sí agrego que no soy de aquellos a los que les gusta tapar el sol con el dedo. A la interna del Frente Amplio, nuestro congreso, el Congreso Líber Seregni, determinó una comisión que trabajó duramente para alcanzar acuerdos. Esos acuerdos se alcanzaron y modifican el proyecto original presentado por el Poder Ejecutivo. Creemos que estas modificaciones mejoran la propuesta y que son importantes a la hora de establecer una nueva iniciativa, no con respecto a la original, pero sí modificando cosas que entendimos recogían acuerdos generales. Desde lo sectorial o desde lo personal, este no es el proyecto que quizás suscribiríamos como tal, pero es una iniciativa que sin duda adelanta y mejora la actual situación de la educación pública en cuanto a lo institucional. Me voy a referir a algo que ya aconteció. En Comisión se votaron favorablemente los alrededor de ciento veinticinco artículos de este proyecto, pero la oposición votó absolutamente todos en contra. Esto me sorprendería si no conociéramos la actitud de la oposición en su conjunto con respecto a todos y cada uno de los proyectos presenta-

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dos. Esto para mí no es novedad; no es novedad para nosotros aquí, en Sala. Bien se podría marcar la posición en contra votando en general negativamente y votando a favor aquellos aspectos que trascienden las meras especulaciones electorales, que nada tienen que ver con la confrontación política cotidiana y en los que todos tenemos acuerdo. Pues no; aquí se optó por una estrategia netamente electoral, que no nació hoy, que hace tiempo que está -quizás en algunos aspectos empezó a partir del 2 de marzo de 2005- y que tuvo distintas expresiones. Se ha argumentado que hubo poco tiempo, que no se consultó a la oposición, que se trajo un acuerdo para ser votado “in totum”, sin decir “agua va”. Pero en esto de la política todas las actitudes valen. Y voy a hacer a la Cámara una referencia que tenía registrada pero que no recordaba; entonces, hice memoria, quizás por esto de que me gusta la historia. Aclaro que soy de los legisladores que hasta el día de hoy envían a sus hijos a la educación pública, en la que cree profundamente. En la página web del Partido Nacional, www.partidonacional.com.uy -voy a hacer un poco de publicidad a los colegas de ese Partido-, en uno de los “links”, titulado “Temas de Interés”, aparecen todos los temas, y luego de seleccionar “Educación” se lee: “Enviarán proyecto de ley de educación al Parlamento.- El proyecto de ley de educación fue aprobado ayer en el Consejo de Ministros y será enviado en las próximas horas al Parlamento.- En filas oficialistas generaron malestar los dichos del presidente del Directorio del Partido Nacional, Jorge Larrañaga, quien afirmó que si la reforma se aprueba los blancos juntarán firmas para derogarla”. En otra nota de prensa se lee: “El Encuentro Nacional de Educación del Partido Nacional expresó ayer su ‘alarma’ frente al proyecto de ley de educación del Poder Ejecutivo. El senador Jorge Larrañaga dijo que si se aprueba la ley ‘hay que plebiscitarla'”. Esto está fechado el 25 de mayo, dos días antes de que se firmara en el Consejo de Ministros el proyecto de ley que ingresara al Parlamento el 2 de junio de 2008. Entonces, si antes de que la iniciativa entrara al Parlamento ya se tenía la actitud política de juntar firmas para derogarla -como se anuncia hoy- acá no estamos hablando de que se entregó una semana antes y estamos sorprendidos en la buena fe. Acá, de pique, había una estrategia electoral, política, que yo reconozco como válida, aunque no la comparto porque creo que en estos aspectos -como

se ha dicho- debería haber puntos concretos motivo de acuerdos. Sin embargo, antes de que el proyecto ingresara al Parlamento Nacional se había dicho esto por parte de quien ejercía la Presidencia del Honorable Directorio del Partido Nacional. Tengo acá las resoluciones. Tengo en mi poder los proyectos de ley presentados para la creación, por ejemplo, de la Universidad de Formación Docente y Perfeccionamiento Docente; fueron presentados en esta Legislatura. Entonces digo: si en esto coincidimos y se anunció en mayo que no se votaba el proyecto y ahora que se va a derogar, ¿por qué esto, que trasciende a esta propia Administración, que es un reclamo que tiene cincuenta años, no lo sacamos del fragor de la lucha político partidaria? Podría citar los dichos de Senadores del Partido Nacional. Podría mostrar proyectos que presentaron Diputados del Partido Nacional con cuestiones muy similares. Entonces, ¿cómo podemos mostrarle al Uruguay que el apasionamiento político en el enfrentamiento electoral puede hacer que se dejen de lado reclamos que ahora en Sala tenemos para considerar y votar? Realmente, solo se explica si esta estrategia está inscripta en derogar todo. Ya lo dijeron: “Si ganamos las elecciones, adiós al IRPF”. Capaz que tenemos que decirle al señor que gana $ 20.000 nominales -como se dijo hoy en Sala-: “Señor: usted va a ganar $ 1.000 menos si gana la actual oposición”. Porque va a volver el IRP, y aquel que gana $ 200.000 va a tener un 6% y no un 20% de descuento en su salario”. Habrá que debatirlo, porque todos aquellos que ganen menos de $ 20.000 van a tener $ 1.000 menos en su bolsillo. Entonces, a ese señor hay que decirle: “Mire que si vuelve este impuesto, usted gana $ 1.000 menos”. Podrá pasar con los Consejos de Salarios y con esto también ¿ Por qué? Porque no se comparte, y es legítimo que no se comparta porque hay otra visión de país distinta a la nuestra, la que aquí representamos. Nos ha tocado estar en esta banca, viendo pasar acuerdos entre los partidos históricos, asistiendo a debates, estando ocho o diez horas en intermedio y comunicándonos en Sala el tenor de los acuerdos, y “a llorar al cuartito”. Las mayorías legítimas de las urnas determinaban que esos acuerdos eran los que valían, y acá democráticamente se aplicaba. Acá no hay mayorías que aplasten a otras; acá hay mayorías democráticas, respaldadas por la gente, que se aplican en función de las convicciones políticas que tiene cada quien y cada partido.

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En este proyecto de ley existen algunos elementos que no voy a dejar de mencionar. Pido disculpas a los colegas si caigo en alguno de los puntos señalados por mis compañeros como fundamentales. Simplemente voy a nombrarlos a manera de títulos. Por ejemplo, se habla de un Sistema Nacional de Educación. Sí, es necesario crear un Sistema Nacional de Educación. Todos sabemos lo traumático que muchas veces ha sido para los niños de Primaria que pasan a educación media; ¡ni qué hablar de la terciaria o universitaria! Los cambios a los que se refería en Sala el señor Diputado Ortuño indican la dificultad que tienen nuestros estudiantes para pasar de un sistema a otro ¿Es necesario o no hacerlo? Sí; creemos que es necesario hacerlo, y por eso proponemos un sistema que entendemos es de mayor integración. Creemos, además, que la educación pública… Antes de continuar, señor Presidente, quiero saber cuántos minutos me quedan. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Le restan ocho minutos, señor Diputado. SEÑOR MAHÍA.- Gracias, señor Presidente. Decía que los ejes transversales que hablan, por ejemplo, de derechos humanos, de educación ambiental, artística, científica, lingüística, sexual, salud y el mundo del trabajo son casi programáticos y es bueno que estén en el proyecto de ley; es bueno que después se tomen estos conceptos como parte del armado institucional de la ley futura. Ni qué hablar de la creación de Consejos de participación integrados por estudiantes, docentes, referentes familiares y representantes de la comunidad. No oculto que esto genera, sobre todo para muchos maestros, cierta aprensión, porque desde hace un tiempo largo estamos viviendo en una sociedad que ha sido fracturada, que está desintegrada. Y para esa desintegración, esa confrontación que se da en la escuela pública, que muchas veces es la primera barrera de batalla entre el Estado y la sociedad en su conjunto -es la cara visible que tiene el Estado ante la gente; la esperanza diaria de cada padre, madre y de los hijos se ve expresada, en primer lugar, en la escuela pública- esta es una apuesta inclusiva, que procura dar mayor autonomía a los centros y participación directa a los actores que también son los padres y la sociedad en su conjunto. Quizás esta sea una forma de evitar en el futuro aquellos conflictos que se

dan entre la comunidad y la institución, expresados en algunos hechos de violencia que todos conocemos; no me refiero a violencia interna sino hacia la institución en su conjunto. Este proyecto también tiene como uno de sus pilares fundamentales -hablamos de varios de ellos; voy a nombrar uno más- la participación de los docentes en la conducción de la educación. En este debate ya hemos visto algunas muestras de lo que hemos analizado en todo este tiempo. Entendemos que este proyecto de ley se ubica, no sé si en un justo medio pero sí en una distancia prudencial entre dos visiones. Una visión fue expresada en Sala, y según ella no se quiere absolutamente nada con la participación de los actores de la educación en su conducción. Esto fue expresado con franqueza y mucho respeto, pero no lo compartimos. Nosotros creemos que la participación de los docentes en la conducción de la educación mejora su calidad. Creo que es una apuesta innovadora que, a ese nivel, jamás se dio en la historia del Uruguay. Tampoco creemos -para decirlo con total honestidad- que la educación deba estar exclusivamente en manos de sus actores. Consideramos que la educación nos trasciende a todos y que el equilibrio que existe de mayorías establecidas por el sistema político, legitimadas a través de las urnas, con la participación de los docentes, muestra dos aspectos complementarios: por un lado, el que viene de la votación popular de la democracia republicana y representativa y, por otro, el de la participación directa técnica involucrada de quienes conocen desde dentro el sistema. Ese es un avance en la dirección correcta: la posibilidad de que los directamente involucrados, quienes son insustituibles en esta materia, los actores de la educación, estén en la conducción, en el rol que correctamente se les asigna. Por eso creemos que este proyecto de ley apunta a dar mayores posibilidades de desarrollo a la educación, que si no es con la participación de todos los actores, no funciona. Quiero señalar tres aspectos más. Uno de ellos es la coordinación, que tiene tanto rango constitucional como la autonomía, que en este proyecto también se contempla. La coordinación es esencial para articular el sistema educativo. Hasta ahora el rol de los Ministros ha sido prácticamente

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nominal, no porque la Constitución establezca que los aspectos técnicos específicos competan a los organismos especializados, sino porque, además, no han tenido instrumento legal alguno para ejercer un mayor nivel de incidencia. Es imposible acceder a mayores niveles de coordinación e integración de un sistema educativo como tal si no reforzamos la coordinación, y a ello está destinado el proyecto. Para nosotros hubiese sido fundamental alcanzar un acuerdo -que todo indica que no lograremos- para tener dos Entes, uno educativo y otro técnico con formación universitaria. Los uruguayos aquí y en el mundo han reclamado esto durante muchísimos años, especialmente en el interior. El título universitario es vital para transformar la formación docente que, indudablemente, es uno de los pilares fundamentales para la transformación de la educación en su conjunto. El instituto de evaluación es otro aspecto que creemos necesario y que ha estado en los distintos planes generales de la educación y de los programas de los partidos en los últimos debates públicos. Para finalizar, un proyecto de ley no determina en sí mismo los cambios en la educación sino que estos pasan por lograr consenso en materia de educación, de innovación tecnológica y cultural; pasan por profundizar los componentes tecnológicos de la educación media; pasan por la transformación de la educación terciaria; pasan por mejoras en la gestión educativa. Se han nombrado con justicia como problemas el ausentismo docente y los índices de deserción y de repetición, que nos siguen lastimando como sociedad. Pero eso no lo arregla, en sí mismo, ningún proyecto de ley sino una gestión moderna que esté pensada desde lo público para la sociedad en su conjunto. Además, entendemos que eso tiene que ser la base de la recuperación de determinados valores. No me refiero a la discusión de los valores que se dio en la Administración pasada sino a los que identifican y han identificado históricamente a los uruguayos: el trabajo, la solidaridad, la responsabilidad, el ganarse colectiva o personalmente cada cosa con el esfuerzo propio. Estos han sido valores republicanos y varelianos que formaron parte de la construcción de la educación pública. Esa es la apuesta a la cual nosotros nos sumamos y creemos que este proyecto de ley, sin ser en sí

mismo el que va a promover estas acciones, es un instrumento válido y mejorable para llevarla adelante. Gracias, señor Presidente.

16.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Alfredo Asti, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose a la suplente siguiente, señora Eloísa Moreira. Del señor Representante Manuel Barreiro, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 9 y 10 de diciembre de 2008, convocándose a la suplente correspondiente siguiente, señora Paola Pamparatto. Del señor Representante Luis José Gallo Imperiale, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Luis Gallo Cantera. Del señor Representante Alberto Perdomo Gamarra, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Raúl Casás. Del señor Representante Jorge Orrico, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor José Pedro Rodríguez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta y uno: AFIRMATIVA.

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Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración. Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día de la fecha, por motivos personales, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda a usted atentamente, ALFREDO ASTI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración. Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente, Elena Ponte “. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración. Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente, Miguel Vassallo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008.

II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señora Elena Ponte y señor Miguel Vassallo, el señor Jorge Patrone integra la Cámara por el día indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y en el inciso tercero de artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti. 2) Acéptanse las negativas presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señora Elena Ponte y señor Miguel Vassallo. 3) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señora Eloísa Moreira. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Salto, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por los días 9 y 10 de diciembre del año en curso. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, MANUEL BARREIRO Representante por Salto”. “Salto, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración:

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Por la presente comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria para integrar el Cuerpo, de la cual he sido objeto. Saluda atentamente, Ramón Simonet”. “Salto, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria para integrar el Cuerpo, de la cual he sido objeto. Saluda atentamente, Carlos Rattín”. “Salto, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria para integrar el Cuerpo, de la cual he sido objeto. Saluda atentamente, Antonio Lafuente”. “Salto, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria para integrar el Cuerpo, de la cual he sido objeto. Saluda atentamente, Rosario Giambiasi”. “Salto, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria para integrar el Cuerpo, de la cual he sido objeto. Saluda atentamente, Julio Flores”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Salto, Manuel Barreiro. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 9 y 10 de diciembre de 2008. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Ramón Simonet, Carlos Rattín, Antonio Lafuente, señora Rosario Giambiasi y señor Julio Flores. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por los días 9 y 10 de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Salto, Manuel Barreiro. 2) Acéptanse, por esta única vez, las denegatorias presentadas por los suplentes siguientes, señores Ramón Simonet, Carlos Rattín, Antonio Lafuente, señora Rosario Giambiasi y señor Julio Flores. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el mencionado lapso, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1 del Lema Partido Colorado, señora Paola Pamparatto. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día de la fecha, por motivos personales, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, LUIS J. GALLO IMPERIALE Representante por Canelones”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Canelones, Luis José Gallo Imperiale. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Canelones, Luis José Gallo Imperiale. 2) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Luis Gallo Cantera. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. 1er. Vicepresidente de la Cámara de Representantes, Uberfil Hernández. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia, por motivos personales por el día de la fecha. Sin mas saluda atentamente, ALBERTO PERDOMO Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de se-

tiembre de 2004 y en el inciso tercero de artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo. 2) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 20004 del Lema Partido Nacional, señor Raúl Casás. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito a la Cámara que usted preside, licencia por el día de la fecha, por asuntos particulares, convocándose al suplente correspondiente. Saludo a usted atentamente, JORGE ORRICO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Jorge Orrico, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente, Jorge Zás.” “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, señor Jorge Orrico. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008.

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II) Que, por esta vez, no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Jorge Zás Fernández. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y por el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Orrico. 2) Acéptase la negativa que, por esta vez, presenta el suplente siguiente, señor Jorge Zás Fernández. 3) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio, señor José Pedro Rodríguez. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

——A la Comisión de Asuntos Internos.

18.- Proyectos presentados
“LOGOTIPO ‘TODOS MERECEMOS UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD’ ‘SALVA VIDAS’ ‘SÉ DONANTE’ 0800-1835. (Se dispone su inclusión en todas las publicaciones oficiales de la Cámara de Representantes durante el año 2009). PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- Se aprueba la inclusión del logotipo “TODOS MERECEMOS UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD” “SALVA VIDAS” “SÉ DONANTE” – 08001835, en todas las publicaciones oficiales de la Cámara de Representantes durante el año 2009. Montevideo, 1º de diciembre de 2008. ÁLVARO VEGA LLANES, Representante por Florida. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El día 15 de octubre del corriente año, la Asociación de Transplantados del Uruguay (ATUR) ha dado comienzo a la campaña publicitaria “Todos merecemos una segunda oportunidad” “Salva vidas”. “Sé donante”, con el objetivo de lograr el millón de donantes. Dicha campaña está decretada de Interés Nacional por la Presidencia de la República. No es el cometido de este proyecto recordar a los ciudadanos de la República la necesidad de ser solidarios con el prójimo, que quien puede necesitar un órgano para seguir viviendo, que puede ser un hijo, un hermano, un ser querido. Diariamente la prensa de nuestro país, nos lo recuerda, con constantes llamados a la solidaridad ante casos desesperantes. El cometido de este proyecto es solicitar a la Cámara de Representantes que en sus publicaciones oficiales, papelería, cartelería, etcétera, rece impreso el logo de la campaña mencionada. Puede pensarse que son medidas administrativas, ante la grave necesidad que tiene nuestro país de donantes de órganos, pero no es así; esta medida servirá para poner en conocimiento de la ciudadanía y de las numerosas relaciones internacionales de nuestro Parlamento, en referencia a las comunicaciones con el PARLATINO, el Parlamento del MERCOSUR, Unión Interparlamentaria, etcétera, del involucramiento del Parlamento uruguayo con las acciones de la sociedad civil, que consecuentemente nos recuerdan los temas que importan a todos los uruguayos. Montevideo, 1º de diciembre de 2008.

17.- Asuntos entrados fuera de hora.
——Dese cuenta de una moción de orden, presentada por el señor Diputado Cánepa. (Se lee:) “Mociono para que se dé cuenta de un asunto entrado fuera de hora” ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. Dese cuenta del asunto entrado fuera de hora. (Se lee:) “El señor Representante Álvaro Vega Llanes presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de Resolución por el que se aprueba la inclusión del logotipo ‘TODOS MERECEMOS UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD’. ‘SALVA VIDAS’. ‘SÉ DONANTE’. – 0800-1835, en todas las publicaciones oficiales de la Cámara de Representantes durante el año 2009. C/3004/008″.

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ÁLVARO VEGA LLANES, Representante por Florida”.

Espero no insistir en este tema porque creo que ha quedado claro. Además, el señor Diputado Mahía hace pie en el artículo 14, que impide las contrataciones internacionales. Creo que es un pésimo artículo. Porque nosotros compartimos el criterio de oponernos a los países centrales que han querido incorporar la educación dentro de la OMC; por supuesto que sí. Estamos en contra de esa posición. Ahora: renunciar a la capacidad de Uruguay de producir conocimiento y acordar con países extranjeros es renunciar a nuestro crecimiento como país en servicios educativos que podemos brindar hacia afuera. Entonces, por ejemplo, nosotros quedamos invalidados de llevar la formación del español a China, y se la estamos regalando a los demás países de habla hispana, porque en el Uruguay no podemos celebrar más contratos internacionales ni hacer ninguna transacción más. ¡Cómo no vamos a poder exportar servicios educativos! Tenemos que dejar esa puerta abierta porque no nos podemos despedir de mercados emergentes que necesitan apoyos educativos, y algunos países de habla hispana los van a reclamar. Este artículo 14 liquida esa posibilidad y nos encierra aún más, por crear un rechazo a que los servicios educativos sean comercializables. Los servicios educativos son comercializables aunque ustedes digan que no, porque por algo se cobran los posgrados, y los cobra la Universidad de la República. ¿Por qué? Porque el servicio educativo genera un plus económico para quien recibe el servicio. Hay servicios educativos que se prestan en esa condición, a nivel estatal. La Universidad de la República tiene posgrados pagos. ¿Eso es comercialización o no? Yo no lo veo así. Es natural y lógico que así acontezca. ¿Por qué vamos a renunciar a exportar servicios educativos? ¿A santo de qué se incluye este artículo que bloquea la exportación de servicios educativos a otros países que nos van a querer comprar? ¿Podríamos ser un exportador de servicios educativos? ¡Claro que podríamos serlo! Podemos tener esa capacidad de salir fuera de fronteras con nuestros servicios. Sin embargo, este artículo lo impide por el temor de que algún organismo internacional -no sé qué temor tienen- venga y establezca un criterio de comercialización de la educación. Compartimos el criterio público de la educación y que es un bien público. Por supuesto que sí. Como dice la Constitución de la

19.- Ley General de Educación. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: quiero aclarar algunos conceptos que ha señalado el señor Diputado preopinante. Creo que quedó clara nuestra posición respecto de la coparticipación en las autoridades de la enseñanza -lo expusimos con todo detalle-, pero no queremos insistir con esa ingenuidad de que se nos plantee la controversia y se nos diga que hay quienes no quieren la participación de los docentes. Nosotros hacemos referencia a que la participación en esos órganos, obviamente, provendrá de los sindicatos, que tienen aparato político para hacer esa campaña. Si no, miremos cómo funcionó este sistema donde ya existe. ¿Quién integra la JUNASA en representación de los trabajadores? ¿Es un enfermero del Hospital de Nueva Helvecia? No, es Silva, el número uno de la FUS. ¿Quién es el representante de los trabajadores en el BPS? ¿Es un metalúrgico? No, es el candidato del PIT-CNT, por supuesto. Eso es lo que va a acontecer con quienes se postulen al CODICEN. ¿Quién va a sostener esa postulación? ¿Quién va a hacer la campaña? ¿Va a ser una maestra rural del departamento de Rocha? No, obviamente que no. Entonces, no caigamos en esa ingenuidad de que nosotros decimos “no a la participación docente”. Nosotros estamos hablando de lo que efectivamente va a pasar; estamos mirando un poco más allá. Cuando decimos “sí a la participación docente” nos referimos a asignar mucho más roles a las ATD; con el aspecto vinculante de sus decisiones cobra fuerza y valor la opinión docente dentro de la Administración. Ese es el instrumento, pero no está dado en este proyecto. Las ATD, cuerpo técnico, sin duda, de todos los subsistemas, no tienen ningún rol, salvo el de ser consultivas; no se les asigna rol vinculante alguno.

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República -no la ley- tenemos que dar garantía a todos al acceso a esa educación, pero no nos inhibamos de nuestras posibilidades de ser exportadores de servicios educativos por el temor de que alguien venga a vendérnoslo. Se argumenta el no ingreso a la OMC; Uruguay ya lo ha rechazado y lo vamos a seguir rechazando. En la OMC no hay ámbitos para discutir servicios educativos. Pero no renunciemos a nuestra capacidad de llegar a mercados emergentes, o se los regalaremos a Argentina, a México y a otros países de habla hispana, que sí lo seguirán haciendo. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PEÑA HERNÁNDEZ.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PEÑA HERNÁNDEZ.- Señor Presidente: no debo ni puedo dejar pasar por alto dos apreciaciones realizadas por el señor Diputado Mahía, porque puede ser que en esta Sala flote por encima de todos la impresión de que el ex Presidente del Directorio del Partido Nacional, Senador Larrañaga, era un ser inconsciente que apenas sintió que el Gobierno estaba trabajando en una nueva ley de enseñanza salió a decir que se oponía, sin ninguna razón. De ninguna manera. Ya se sabía y se conocían los lineamientos de este proyecto; por esa razón el doctor Larrañaga salió a explicar que si la oposición no tenía los votos para rechazar ciertos artículos de este proyecto, sería la gente la que tendría que salir a opinar. La segunda apreciación que formuló el señor Diputado Mahía tiene que ver con mi Partido y algunos proyectos de ley que integrantes de mi colectividad política han presentado al Parlamento, y que según el señor Diputado Mahía son similares o tienen puntos de encuentro con parte de este proyecto. En ese sentido, quiero decir que esto indica una vez más la poca disposición del Gobierno a dialogar. Indica la incapacidad de diálogo que tuvo el Gobierno, que hizo casi un fantoche de propuesta a la gente y al pueblo cuando les pidió que dijeran cómo debía ser la reforma de la educación y después hizo lo que quiso, desconociendo, inclusive, a las ATD, las Asambleas Técnico Docentes, que hace años están trabajando. Con

toda seguridad no servían, porque tenían muchos años de trabajo y capaz que estaban influenciadas por otro partido. Por otro lado, es buena cosa marcar que cuando se habla de que se cuenta con los votos, este no es el primer proyecto que se ha presentado y no ha necesitado los votos de la oposición. Al Gobierno no le interesa qué tiene que decir la oposición, así sea aportando, como esos artículos que eran tan parecidos a algo que incluye el proyecto que estamos analizando. Entonces, de ninguna manera se nos puede echar en cara que no opinamos y que no pudimos, por lo menos, hacer a este país el aporte que consideramos sería útil y trasladaría la opinión que el 50% de la población tiene acerca de un proyecto de esta naturaleza. SEÑORA CASTRO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA CASTRO.- Señor Presidente: quiero aclarar al conjunto del Cuerpo que los integrantes de todos los partidos de la Comisión de Educación y Cultura habíamos acordado un tiempo de debate de cinco jornadas completas, de mañana y de tarde. A solicitud expresa de integrantes del Partido Nacional, que no son miembros plenos sino delegados de sector en dicha Comisión, se acortó el tiempo de discusión. Por otro lado, con relación al tema de la participación de los representantes electos -en este caso, de los representantes docentes-, se puso el ejemplo de la salud. Bueno, vale aclarar que el señor Silva, en realidad, es un trabajador de Salud Pública. Pero yo quiero poner otro ejemplo que puede ser más claro todavía: el de los usuarios, nucleados en un movimiento que se formó recientemente y que no tiene ninguna característica corporativa, en el que participan blancos, colorados, frenteamplistas, gente sin ningún cintillo político -por decirlo de alguna manera-, que sigue este esquema de participación. Además, dentro de los distintos órdenes de la Universidad se expresan corrientes de opinión de las más diversas como, por ejemplo, la de la CGU, y no creo que los jóvenes integrantes del Partido Nacional -a quienes mucho respeto- que se expresan a través de la CGU estén en desacuerdo con que ellas lo ha-

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gan. Lo mismo sucede con tantas otras corrientes de opinión de la nación, porque no se trata de censurar a alguien sino de abrir el panorama para que todos se expresen. Con respecto al tema de fondo planteado, al artículo 14, me parece muy sano para este país que estemos todos de acuerdo con oponernos a los dictámenes de la OMC; me parece sanísimo que conste en la versión taquigráfica. Ahora bien: el tema no es que estamos renunciando -como se dice en Sala- a exportar servicios educativos; nos tenemos que poner de acuerdo. Si se piensa que estamos avalando la venta del conocimiento que se produce en este país para que se incorpore en otros lados y después venga como valor agregado en los mismos productos que nos venden, para profundizar la dependencia, estén tranquilos porque no es así; no lo estamos avalando. Si lo que se plantea es que los servicios educativos son comercializables porque generan un plus, ¡ah, sí!, eso está dentro de la concepción del capital humano, y nosotros, y esta legisladora en particular, no lo comparten de ninguna manera. Es más: en algunas instituciones del país hay posgrados que sí se cobran, y eso ha merecido una profundísima y muy amplia discusión. Y hay países en los que no se cobran, hay especialidades en las que no se cobran y ojalá podamos llegar a construir, entre todos, no solamente las formaciones básicas sino las de grado y de posgrados: diplomaturas, maestrías y doctorados para todos en forma gratuita en el Estado. El que quiera tener otro tipo de formación la puede tener; lo ampara la Constitución de la República, y si está en condiciones, que la tenga. Formarse en la educación privada no es solo un tema de dinero; es un tema de opción, de opción por una formación de otro tipo. Y, entonces, en el caso de que sea habilitada, además de recibir la formación que está habilitada, tendrá otra opción, filosófica, religiosa, confesional, de tipo profesional, etcétera. Concretamente, este artículo 14 nos parece uno de los mayores avances en materia de política educativa nacional. Gracias, señor Presidente. SEÑOR MAHÍA.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR MAHÍA.- Señor Presidente: voy a ser breve porque la intervención de la señora Diputada Castro me ahorró parte del tiempo que iba a utilizar, y a la Cámara también. (Murmullos) ——Aprovecho esta oportunidad para hacer una aclaración. Vemos coincidencias en los distintos partidos respecto a que en este país hubiera una formación docente de rango universitario como está propuesta en este proyecto de ley; pero no de la noche a la mañana, sino que se den dos años de plazo, al menos, para que se haga un diseño institucional que no tenga los errores de la actual formación docente ni de la actual Universidad, sino que reúna las mejores virtudes de ambas, un diseño institucional, administrativo y docente acorde, y para que el aspecto presupuestal sustente eso y no se hagan cambios a lo loco, es que formulamos la propuesta en estos términos. Ya existían y existen propuestas de otros partidos en similar dirección; las tenemos aquí y en la Comisión quedamos en analizarlas cuando se presentara el proyecto de ley de educación porque entendíamos que eran parte de los capítulos comunes. (Murmullos) ——Sin embargo, interpretamos -creemos que con acierto- que la actitud general de votar los ciento veinticinco artículos en contra, más allá de estar plenamente de acuerdo o de tener casi las mismas propuestas, es un error político que deja de rehén a la población, a los jóvenes y a la educación del Uruguay en el futuro. Se pudo haber votado en contra en general, marcando una posición clara, y en la discusión particular asumir esto como un capítulo que podíamos tirar todos hacia adelante, más allá de las circunstancias de cada quien, pero se tuvieron en cuenta las propuestas de todos los actores políticos y esta era la oportunidad que definimos para hacerlo. (Murmullos) ——Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Solicito que se evite el murmullo para que se comprendan mejor las ideas de las señoras y de los señores Representantes. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para contestar una alusión.

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SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: nosotros acordamos que el debate en el pleno de la Cámara no se hiciera durante tres, cuatro o cinco días, porque todos sabemos que es absolutamente innecesario. Acá venimos a plantear nuestras posiciones políticas y no hay marco negociador ninguno. Por supuesto que acordamos en la Comisión dar nuestras posiciones en el plenario, como acordamos que en la Comisión no estuviera cada uno dejando constancias en la versión taquigráfica durante horas. Sí reclamamos un ámbito de discusión que permitiera construir una ley; son cosas distintas. Acá podemos debatir hasta el domingo pero, ¿qué avance puede haber? Ninguno. Por lo tanto, nuestro acuerdo de que se discutiera en el plenario durante un día entero es en beneficio hasta de la salud mental de todo el mundo, hasta de la de los periodistas que nos escuchan, que podrían estar tres días escuchando lo mismo porque las posiciones ya están tomadas. Eso no significa que en algún momento dejáramos de decir que había que establecer una negociación política. Acá se dijo que nosotros hace dos meses dijimos que íbamos a derogar la ley. El Partido Nacional conoce todos los borradores que el Frente Amplio fue haciendo, algunos secretos, porque no hay cosa más conocida que los secretos. Cuando el Director Nacional de Educación, maestro Garibaldi, hizo un primer borrador que era secreto y circuló entre pocos, nosotros teníamos uno; así que ya sabíamos qué estaban elaborando y cuál era la línea. Nunca tuvimos oportunidad de sentarnos a una mesa y participar en la discusión de ese borrador. La señora Diputada Castro -con esto no quiero provocar una alusión- nos dice que el caso de la salud no es así. Bueno, no voy a entrar a discutir eso, pero todos sabemos cómo se eligió al representante de los usuarios. La organización que existía desde 1991 fue invalidada; había una representación de los usuarios que se llamaba ADUS y fue invalidada, y apareció otra creada en paralelo con la ley de la salud, que fue la que definitivamente accedió a la posición, pero este es tema de otro debate. La última precisión: se insiste en la confusión entre lo estatal y lo público. Nosotros vamos a mantener y a reafirmar el concepto de que lo público es mucho

más amplio que lo estatal; lo estatal está restringido a los servicios que presta el Estado directamente. Por supuesto que no compartimos eso de que los posgrados, toda la educación superior y más allá de la superior sea gratuitos, porque eso lo terminan pagando los de más abajo; el cono es invertido; se va afinando; son cada vez menos los que acceden; los servicios son cada vez más caros, y si se dice que el Estado los presta gratis, gratis no hay nada; el almuerzo siempre lo paga alguien. Si toda la educación de alta formación universitaria fuera gratuita la terminarían pagando los más pobres; sin dudas, eso es así. De manera que no compartimos ese razonamiento y nos parece que va en línea contraria con lo que hay que hacer y con lo que hace el mundo. Insisto: cuidado con seguir con la confusión de adjudicar a la prestación privada de los servicios educativos el concepto de que es educación privada y a la otra que es pública. Todo es educación pública. La educación privada está habilitada -¡habilitada!- por los organismos del Estado. Mi último concepto es que no se puede decir que acá se va a invalidar la formación universitaria para docentes. ¡No se puede decir! Está en poder de la Administración hacerlo mañana; lo repito y lo reafirmo. ¡Liberen el impedimento para que las universidades formen maestros y se terminó el problema! ¿Por qué no lo hacen? ¿Alguien podrá explicarlo esta tarde? ¿Por qué no permiten que la Universidad de Montevideo otorgue el título de maestro de educación primaria? ¿Por qué no? ¿Porque es un prestador privado de un servicio público? Entonces, hay una concepción ideológica. ¿Cuál es el problema de que haya maestros universitarios? Se puede hacer administrativamente; no se necesita una ley. No hay ningún impedimento legal; hay un impedimiento de la Administración, y la ANEP quiere mantener el monopolio por decisión del Poder Ejecutivo y por decisión del Gobierno. Mantienen el monopolio del cargo de maestro, lo que a esta altura empieza a tornarse ridículo. No tenemos el monopolio del título de médico ni del título de ingeniero ni del de arquitecto, pero sí el monopolio del título de maestro. Es casi ridículo; de manera que puede hacerse educación universitaria para docentes mañana, si liberan esa posibilidad. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado Cánepa.

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SEÑOR CÁNEPA.- Señor Presidente: a esta altura del debate y luego de las intervenciones, en particular, del miembro informante por la mayoría, nuestro compañero, el señor Diputado Arregui, de la compañera Diputada Castro, del Diputado Ortuño y del compañero que tengo a mi lado, el Diputado Mahía, que han sido muy completas, muy contundentes, para mí excelentes, que nos representan en todas sus expresiones y conceptos, se dice que no se quiere aburrir a nadie porque es el momento de debatir y de no caer en repeticiones, a lo cual se alienta, por lo que voy a pedir disculpas porque quiero reafirmar algunos temas. Forman parte de nuestra intervención y es el momento y el lugar para dar nuestra palabra y para volcar nuestras ideas de por qué vamos a votar esta nueva ley general de educación en el día de hoy y darle media sanción. Algunos legisladores de la oposición tienen la capacidad de utilizar todos los resquicios reglamentarios, de transformarse en una especie de miembros informantes ad hoc, de intervenir permanentemente y quieren debatir cada punto y cada coma, todo lo cual me parece correcto. Me parece correcto pero, entonces, vayamos a ese debate; que no se diga que vamos a aburrir a todo el mundo; debatamos lo que se quiera debatir, porque esta bancada de Gobierno está absolutamente convencida de este proyecto de ley y de lo bien que va a hacer este instrumento para el cambio que la educación uruguaya necesita hacia el futuro. Lo dijo muy bien el Diputado Mahía y lo hemos dicho en muchas oportunidades: nosotros no somos de los que creemos que las leyes solucionan cualquier problema, que solamente votándolas, son elementos de magia que apenas salen de esta Cámara de Diputados y salen del Parlamento sancionadas por los Senadores resuelven los problemas, solo porque nosotros nos reunimos aquí y las votamos. Pero son instrumentos poderosos de cambio; son instrumentos poderosos porque generan los marcos de actuación de determinados sectores o actores de la sociedad. Es para nosotros importante, y por eso hay un debate tan profundo como el de hoy, aquí y afuera del Parlamento nacional, en toda la sociedad. Por eso, este Gobierno, habiéndolo anunciado, cuando llegó en el año 2005, luego de ganar las elecciones nacionales en 2004, dijo inmediatamente que iba a llamar a un diálogo y a un debate nacional educativo y luego a un

congreso para tenerlo como insumo necesario y esencial para la construcción de este proyecto de ley. Voy a destacar y a repetir algo que me parece central. ¿Cómo se puede recriminar permanentemente y hablar de si se animaron o no, si hicieron o no, preguntar por qué no pusieron esto o lo otro, cuando se gobernó este país durante veinte años seguidos -por lo menos después de la salida de la dictadura y de la vuelta a la democracia- con mayorías parlamentarias acordadas en esta Cámara y no se tocó una línea, un punto ni una coma de una ley de emergencia? Hay que leer esas versiones taquigráficas -invito a cualquiera de los legisladores presentes a que lo haga- en las que los legisladores de la mayoría del Gobierno de esa época, de coincidencia nacional, decían que votaban la ley para reinstitucionalizar democráticamente la educación, pero que en forma rápida se debería ir a una reforma estructural de la ley de educación, para tener una educación con una ley acorde con los años que vivíamos. Terminó el siglo XX; comenzó el siglo XXI. Tuvo que venir este Gobierno a cumplir con lo que promete, a decir que definitivamente íbamos a tener una nueva ley de educación que generara un instrumento de cambio necesario para poder mejorar la calidad de la educación en el siglo XXI, que es un debe que tenemos todos, que tiene múltiples causas. Todos aquí nos podemos llenar de índices y saber cuál es el diagnóstico de los problemas que tenemos. Pero, ¡claro que hay problemas! ¿Quién quiere tapar el sol con una mano? ¿Quién quiere decir que no hay problemas en la educación pública uruguaya? Después voy a hablar de ese debate que se quiere meter hoy en esta Cámara acerca de la confusión entre lo público y lo estatal, lo público y lo privado. Voy a ocuparme de este tema, aunque más no sea por un segundo, porque no creo que hoy sea lo central. Sinceramente, hay una voluntad política legítima y se establece un proyecto. Hoy, cuando se planteó que un artículo era inconstitucional porque se había vencido el plazo constitucional del 25 de octubre de este año -no tenemos ningún problema al respecto; incluso, hay un sustitutivo para cambiarlo-, dijimos que no construimos nuestro trabajo con la soberbia de pensar que todo es perfecto y que por lo tanto no es pasible de ser mejorado, pero defendemos con pasión y convencimiento nuestras ideas, nuestras concepciones. Defendemos lo que estamos convencidos

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es mejor para todos los uruguayos y todas las uruguayas. Será la gente la que decidirá si esto es lo mejor o no, pero fue la gente la que nos puso aquí para discutir hoy sobre el sentido de esta norma que estamos convencidos que es necesario llevar adelante. Voy a resaltar algunas cosas porque me parecen sustanciales. Un Diputado preopinante -no en ánimo de debate- ya lo dijo: yo creo que no se pueden resumir todos los derechos y garantías en el artículo 72 de la Constitución y decir que no hay que poner nada en la ley, que no es necesario, que está todo en la Constitución nacional. No se puede decir, con una concepción jusnaturalista muy radical, que todo está previsto en el artículo 72 y que no es necesario poner nada en una ley ya que es una norma de rango inferior. Yo creo que es equivocado. Sin caer en el positivismo de creer que todo debe estar en una norma para que exista como derecho, está muy claro que los avances se han dado en los derechos de las personas, en particular, en los derechos de los trabajadores, cuando se han plasmado en las normas, cuando han tenido la Constitución y también la ley como garantía de la protección de esos derechos. Nadie dice que esos derechos nazcan en esas leyes; lo que está claro es que a partir de que sancione una ley, de que esta iniciativa se transforme en una norma general y obligatoria para todos, tendrán un rango de protección que no tenían hasta ese momento. A mí no me parecen menores los primeros capítulos de este proyecto de ley, que se han pasado rápidamente porque parece que en eso estamos todos de acuerdo y, por lo tanto, no hay que destacarlos. De todos modos, nosotros los queremos destacar, porque son temas importantes. Para nosotros sigue siendo sustancial repetir en una ley el concepto de la educación como bien público, el de la orientación de la educación, el tema de los derechos humanos como referencia a la hora del ejercicio del derecho a la educación. Claramente me estoy refiriendo a los principios de toda la educación, pública y privada, porque no hay que confundir lo que es la educación a nivel nacional… Y a este respecto se hizo una referencia jocosa preguntando por qué se hablaba de territorio nacional. Y es que las leyes obligan al Estado y a los ciudadanos dentro del territorio. Yo no puedo obligar al Estado uruguayo a que me garantice los derechos fuera del territorio nacional, que me garantice una extraterritorialidad en el ejercicio de mis derechos, de los derechos de los ciudadanos uruguayos con respec-

to a la educación en otros Estados. Esto se cae por su propio peso; así que ese planteo, más allá de lo pícaro que pudo haber sido, no se sostiene un segundo. Como decía, quiero destacar que se consagran los principios de universalidad, de obligatoriedad, de diversidad de inclusión educativa, de participación en toda la educación nacional, no solo en la pública o estatal -como se quiera llamar; a eso vamos a ir después-, sino también en la educación privada. Se establece que la participación es un principio fundamental de la educación en tanto el educando debe ser sujeto activo en el proceso educativo para apropiarse en forma crítica, responsable y creativa de los saberes y que las metodologías que se apliquen deben favorecer la formación ciudadana y la autonomía de las personas. ¡Vaya si es importante! ¡Vaya si se ha peleado por esto en este país! Y esto figura en esta ley. La libertad de enseñanza, la libertad de cátedra, son reafirmaciones legales necesarias y esenciales que hay en otras leyes nacionales, por supuesto, pero al figurar en una ley general, sistémica, que genera no solamente lo orgánico sino lo programático de toda la educación nacional, de una política educativa nacional están, como deben estar, en primer lugar. Yo voy a hacer un solo comentario con respecto a ese debate. Puedo entender conceptualmente el debate entre lo estatal y lo público, que lo público es más que lo estatal; sobre eso no hay ninguna duda. De hecho, nosotros tenemos personería jurídica, que es persona pública no estatal; es un instituto jurídico muy utilizado en Uruguay en su momento, y se ha usado como personería jurídica y, por tanto, no hay dudas en ese sentido. Ahora, de lo que tampoco hay duda -y voy a hacer una simple referencia para aclarar la confusión que algunos han querido traer a esta Sala- es de que si se siguiera hasta el absurdo el razonamiento de que en realidad lo público es todo, y dentro está lo estatal y lo privado en materia educativa, el artículo 202 de la Constitución puede estar equivocado desde el punto de vista conceptual, pero es el que nos rige hoy. Esa norma hace referencia a la Enseñanza Pública Superior y no a la enseñanza estatal superior. Concretamente, establece en su primer inciso: “La Enseñanza Pública Superior, Secundaria, Primaria, Normal, Industrial y Artística, serán regidas por uno o más Consejos Directivos Autónomos”, y además de todo esto, en el segundo inciso, hace referencia a los demás servicios docentes del Estado. Si

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alguien siguiera el razonamiento de que lo público engloba a lo privado y a lo estatal, la Constitución nos daría la potestad de votar consejos directivos autónomos de enseñanza privada: ¡una locura! ¡Nadie lo puede sostener racionalmente aquí en esta Sala! Y siguiendo con ese razonamiento del absurdo -estoy tratando de razonar por el absurdo para demostrar que la posición mencionada es equivocada de acuerdo con nuestra Constitución-, voy a citar el inciso primero del artículo 203 de la Constitución, que nos daría la potestad de votar la designación o electividad de esos Consejos Directivos Autónomos, ya sea de la educación pública, de la educación privada o de la estatal. No se puede seguir con ese razonamiento. Yo puedo comprender que se diga que hay un debate conceptual filosófico más profundo y que no todo lo público es estatal; estoy de acuerdo. Ahora, en el artículo 42, se hace referencia claramente a los órganos del Sistema Nacional de Educación, y la norma incluye a todos: representantes del Ministerio de Educación y Cultura, representantes de la educación pública y representantes de la educación privada. Cuando se va al Sistema Nacional de Educación Pública, a partir del artículo 46, se establecen principios específicos para ese ámbito porque nosotros no podemos obligar a la educación privada, ya que por el artículo 68 tiene la libertad de gozar de los mismos principios que queremos que rijan para la educación pública. Es por eso que en los artículos 46, 47 y 48 se establecen los principios específicos para la educación pública, que son el de autonomía, el de coordinación -que tienen rango constitucional y que obviamente son ratificados en este proyecto- y el de participación, que desde nuestra perspectiva es clave porque se lo pone en igualdad de condiciones a nivel legal. Y los órganos del Sistema Nacional de Educación Pública son diferentes al del Sistema Nacional de Educación que engloba lo público y lo privado. Creo que esto está muy claro en el proyecto de ley de educación y basta leerlo con atención para entender que aquí sí se está creando un sistema necesario y cumpliendo con el mandato del artículo 202 de la Constitución “in fine”, cuando establece: “La ley dispondrá la coordinación de la enseñanza”. En ese sentido, todos sabemos los problemas que hemos tenido en este país para contar con un sistema verdaderamente articulado y coordinado, dándole rango legal, porque ese es un mandato constitucional que no se ha cumplido. Este proyecto de ley también viene a cumplir ese mandato

constitucional que era un debe de todo el sistema político desde la vuelta a la democracia. Hoy se cumple con mejorar la coordinación y con darle un formato legal; coordinación que no debe confundirse con la autonomía, garantizada constitucionalmente también, pero ratificada en este proyecto de ley, porque lo que no se puede decir es que haya autonomía y que cualquier coordinación implique una lesión a la autonomía. Entonces, no hay forma de cumplir con la coordinación. Y nosotros no compartimos esa tesis; por eso, profundizamos en la coordinación en este proyecto de ley. Señor Presidente: quiero destacar algunos temas que no se han debatido, que han sido nombrados por los colegas del Frente Amplio, del Gobierno, y lo voy a hacer porque para nosotros son muy importantes. El artículo 40 de este proyecto es muy importante, ya que establece que el Sistema Nacional de Educación -para toda la educación nacional- en cualesquiera de sus modalidades contemplará líneas transversales, que me parecen sustanciales, y por eso me voy a referir a ellas. Bastaría leer el artículo; son claves. Concretamente, son: la educación en derechos humanos, la educación ambiental para el desarrollo humano sostenible, la educación artística, la educación científica, la educación lingüística, la educación a través del trabajo, la educación para la salud, la educación sexual y la educación física, la recreación y el deporte. Estas son las líneas transversales que pasarán a ser elementos centrales en cualquier modalidad educativa a partir de la sanción de este proyecto de ley. ¡Vaya si es un avance en sí mismo que tengamos esto hoy aquí! ¡Y ni que hablar de algo que para nosotros es muy importante! Me refiero al artículo 41, que el señor Diputado Ortuño mencionó y yo quiero reafirmar; se trata de un avance sustancial. Ese artículo refiere a los centros educativos. Esta norma es clave para nosotros, sobre todo en el inciso segundo, porque sí creemos en la participación y no hacemos ditirambos: “Participación, que no”, “Queremos la participación, pero no los sindicatos”. Al respecto, los sindicatos de la educación -o cualquiera- tienen la libertad de tener la opinión que quieran y nosotros siempre vamos a respetar profundamente las decisiones de los trabajadores organizados, porque creemos en la organización de los trabajadores. Pensamos que la mejor forma de defender los derechos de los trabajadores es a través de su propia organización, y como creemos en eso, si tiene que haber participación de los docentes, será a

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través de la organización que esos docentes se den, sea a través de sus sindicatos o como lo quieran resolver. Como creemos profundamente en esto, no vamos a poner cortapisas en el sentido de que cuando demos un canal de participación, después, no vamos a decir cómo y de qué manera se debe participar. Nosotros queremos que la ley regule y diga que haya participación. Después voy a abordar el aspecto vinculado con la dirección del Consejo Directivo Central de la ANEP y de los Consejos Desconcentrados. Volviendo al artículo 41, el inciso segundo establece: “[…] El proceso de formulación, seguimiento y evaluación del mismo contará con la participación de los docentes del centro y se promoverá la participación de funcionarios, padres y estudiantes”. Y además, en otros artículos, se garantiza -como no había sucedido hasta ahora- que dentro del centro educativo existirá la posibilidad de participación gremial de los estudiantes. Esto nos parece muy importante porque implica la creación de ciudadanía y la participación de los canales de búsqueda de democratización de nuestro sistema. Sin ninguna duda -lo ha dicho el señor Diputado Mahía-, cuando nosotros vimos algunos aspectos de este proyecto de ley, como es público, notorio y obvio, por supuesto que hubo un proceso de discusión muy profundo dentro de nuestra fuerza política para lograr un consenso en este proyecto. ¡Por supuesto que tenemos matices y diferencias! ¡Por supuesto que muchos compañeros y muchas compañeras debieron tener la capacidad de admitir que, manteniendo sus ideas y su convencimiento, estos eran los pasos que debíamos dar para que en este momento histórico este fuera el proyecto posible de avance para que en el Siglo XXI no siguiera rigiendo una ley que no estaba adecuada a nuestro tiempo ni generaba los instrumentos necesarios, y que no podíamos seguir enlenteciendo los cambios en la educación, solamente por no tener el 100% de acuerdo en todos los temas a discutir! Pero nosotros no tenemos problemas en reconocer nuestras discusiones; a nosotros nos fortalecen nuestras discusiones y no nos debilitan; a nosotros nos fortalece nuestra capacidad de construcción de consenso, nos fortalece la unidad construida en la diversidad, también la unidad construida sobre la base de que después de que discutimos, alcanzamos la unidad de acción entre todos los frenteamplistas. Señor Presidente: el Sistema Nacional de Educación Pública que creamos en este proyecto de ley tie-

ne la función fundamental de coordinar lo que no ha sido coordinado hasta ahora, lo que ha estado librado a la interpretación del alcance de las autonomías legítimas de los entes autónomos, pero que muchas veces no permitía avances esenciales para la construcción de líneas comunes de trabajo en la educación nacional. Básicamente, en lo que tiene que ver con la integración del Consejo Directivo Central, queremos decir -porque no vamos a escurrir el bulto- que estamos convencidos de que fue un consenso, más bien, un acuerdo político -y lo hemos hecho con mucho respeto- fruto de que hay compañeros que siguen sosteniendo que otra es la modalidad necesaria para mejorar la educación nacional a partir de su dirección. Nosotros afirmamos que creemos profundamente que ese proyecto de país debe estar vinculado a un proyecto educativo nacional y que debe tener una representación clara de aquellos a quienes la gente elige a través del sistema político, a través de sus partidos, para que ese proyecto educativo tenga una expresión en la educación nacional. Pero también pensamos que es un avance sustancial tener la participación directa de los docentes organizados en sus sindicatos, o como quieran hacerlo, para ser parte de la dirección de esos cambios. En la educación nacional no hay cambios profundos y no los va a haber si los actores del sistema no están comprometidos y convencidos. Podremos discutir mucho; podremos avanzar mucho, pero tenemos un debate permanente respecto al cual estoy absolutamente convencido de que la dinámica de la participación de la responsabilidad de la dirección va a generar la posibilidad de comprender las dificultades que existen y la necesidad de dar pasos en algunos momentos mucho más cortos que lo que uno aspiraría, pero pasos al fin, hacia el proyecto común que representa la generación de una educación de calidad y de acceso para todos los uruguayos. Señor Presidente: también quiero destacar algunos artículos del proyecto de ley -aunque han sido señalados por algunos compañeros- que para mí son centrales: los artículos 92 y 93; porque hay artículos que no se votan que son importantes, y después vamos a hablar de eso. Estos dos artículos se refieren a la descentralización y a la coordinación territorial. ¡Vaya si se ha insistido con esto en cada tema que tratamos en este Parlamento, y el señor Presidente lo

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sabe porque preside una Comisión Especial que está considerando una iniciativa sustancial, como la de descentralización! Cada tema que tocamos en este Parlamento Nacional lo hacemos legítimamente. Los legisladores de todos los partidos tienen la vocación de insistir en la necesidad de la descentralización territorial real de los procesos de toma de decisión y de participación, de cada uno de los sectores involucrados permanentemente en las leyes que tocamos. No es menor el alcance que le damos en los artículos 92, 93 y 94. Inclusive, quiero destacar los cometidos de las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación. Invito a leer este proyecto de ley en profundidad; después se dirá que nada es válido porque hay un tema central que no se considera, pero que no se me diga que no hay nada. Se establece difundir, seleccionar y proponer las becas otorgadas a estudiantes. Esto lo hace esta coordinación, cumpliendo con la Ley N° 15.851. Es un tema clave, que implica que puedan acceder y seguir con su educación, a través de becas, jóvenes, niños con enormes problemas y carencias desde su formación inicial. Hemos discutido muchísimo con respecto a cuál era la mejor forma de avanzar en este proceso. Aquí no hay chicana en cuanto a plantear: “Lo que pasa es que no hubo diálogo, no avanzaron, no cumplieron”. Inmediatamente de que el Poder Ejecutivo presentó el proyecto se nos trasmitió en forma pública por parte de la oposición que no iba a haber ninguna posibilidad de acuerdo, pero siempre hay diálogo y se intentó. Se podrá decir que cuando se decida que haya un cambio en el Poder Ejecutivo habrá un planteo para derogar totalmente este proyecto de ley, que es un problema del Gobierno no querer construir una política de Estado; como si la política de Estado solamente se construyera si nos ponemos de acuerdo en lo que hoy quiere la minoría del país y no la mayoría. Es muy complejo pretender construir políticas de Estado cuando lo único que se dice es: “Estamos dispuestos a votar solamente lo que nos guste y nada más”. Aquí han quedado plasmadas algunas diferencias y está bien que las tengamos, porque representamos cosas diferentes. Legítimamente, algunos sectores y Diputados de la oposición, en particular del Partido Nacional, han presentado algunos proyectos de ley en esta Legislatura y en anteriores para crear un instituto universitario de educación autónomo y un instituto

terciario superior, que es una red de politécnicos, viejas aspiraciones de la comunidad educativa de nuestro país -y no de un sindicato- a nivel académico. Todos hemos estado de acuerdo con la necesidad de jerarquizarlos para que existan las condiciones a fin de que haya investigaciones, creación, extensión, conocimientos y se produzca un avance en la política pedagógica en nuestro país. ¡Vaya si es necesario, no solamente tener un título universitario, sino crear las condiciones para que haya verdadera educación universitaria y eso nos permita generar una mejora de la calidad de nuestros docentes, que va a ser la clave esencial para la mejora de la calidad de nuestros educandos! Como dijimos al comienzo, en ese diagnóstico todos estamos de acuerdo. Tenemos un desafío enorme. Como ha dicho el señor Diputado Ortuño, este Gobierno ha otorgado a la educación un presupuesto como ningún otro en la historia de este país, pero somos conscientes de que no es suficiente. Sabemos que eso es imprescindible pero no suficiente y que esta ley es un paso más para el cambio sustancial de la educación, pero tampoco es suficiente. Necesitamos un cambio cultural profundo en la educación para que ella sea la palanca de desarrollo de este país y genere, en primer lugar, los ciudadanos para la construcción de la sociedad a que aspiramos con los valores que se quiere, y, en segundo término, la competitividad necesaria para lograr los rasgos de bienestar que deseamos hacia el futuro. No hay capacidad de construir ciudadanía en un país que no tenga resuelta su vía hacia el desarrollo. No hay capacidad de discutir sobre principios filosóficos si no resolvemos la base del desarrollo, que está dada a partir de una política educativa que debe ser parte de un proyecto nacional que, como dice la exposición de motivos de la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo, debe implicar la inserción nacional pensada en un sentido competitivo, a fin de generar la capacidad de bienestar de toda nuestra gente. Hemos avanzado en algunos aspectos que nos parecen centrales. Aunque hoy no estén los votos, porque la Constitución establece -sabiamente, en mi opinión- que se requiere las dos terceras partes de ambas Cámaras para crear un ente autónomo -es el formato jurídico que debe tener, el que mejor expresa la necesidad de desarrollo de un instituto universitario de la educación y de un instituto terciario superior-, no vamos a abandonar esa idea, porque tiene el consenso de la fuerza política del Gobierno. Buscaremos

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un sustitutivo, pero dejamos bien en claro que esta bancada va a seguir peleando permanentemente para que haya un ente autónomo cogobernado, para que exista formación docente autónoma y cogobernada en nuestro país, porque es el formato que necesitamos para garantizar la calidad que nos permita mejorar y de llevar a los niveles que deseamos a nuestros educandos. También lo vamos a hacer con los institutos terciarios superiores, porque creemos en un sistema terciario superior y porque creemos que ha llegado el momento de evolucionar en el Uruguay. Además, porque están dadas las condiciones históricas para tener un sistema terciario superior público que implique no solo la presencia de la Universidad de la República sino también de institutos terciarios que tengan autonomía y cogobierno. En definitiva, no quise debatir sobre algunos temas; simplemente quiero hacer unos comentarios sobre el Plan Ceibal. No solamente es un adelanto tecnológico; todos sabemos que ha habido un trabajo, un plan pedagógico construido por la Comisión de Enseñanza con participación de la Federación Uruguaya del Magisterio. El aparatito solo no es importante sin el plan pedagógico que hay detrás, que es recibido previamente por los maestros y luego lo trasladan a sus alumnos. Hay un mecanismo que está en el debate, sobre cómo debe ser el instrumento para el cambio. Caminando hacia eso que se planteaba hoy con respecto a las horas docentes, simplemente quiero hacer dos apostillas. Hace muy poco el Consejo de Educación Secundaria -lo anuncio porque deberíamos saberlo todos- resolvió que a partir de 2009 se elijan horas por tres años y no solamente por uno. Es un cambio que se quiere construir, como dijo bien el señor Diputado Ortuño; no solamente hay que trasmitir lo que se quiere hacer, sino que hay que tener la voluntad política de poner los votos o aportar acuerdos para avanzar en lo que se propone. Los que estamos cumpliendo y llevando adelante lo que propusimos no solo somos los que presentamos las ideas y los compromisos sino también los votos que la ciudadanía nos dio para representarla hoy en el plenario, porque estamos convencidos de que este es un avance sustancial, un instrumento clave para el desarrollo de la educación nacional. Seguramente luego, en la discusión particular, nos referiremos a algunos artículos, pero ahora quería

destacar aspectos distintivos de este proyecto de ley. Lo que más quiero resaltar es que este debate no se agota en una ley, ni en lo que podamos representar, no se agota en lo que los partidos políticos discutamos -que tenemos una responsabilidad sustancial-, porque no habrá futuro nacional de desarrollo únicamente con este instrumento, sino que vamos a tener que continuar debatiendo hacia dónde va la educación. Ese sí va a ser un debate permanente a fin de construir los instrumentos adecuados para cada momento histórico. No se puede recitar de memoria lo que alguna vez se dijo, porque coherente no es el que dice siempre lo mismo sino el que, manteniendo el mismo principio, lo adecua y reconoce el momento histórico que vive y proporciona los mejores instrumentos para el cambio de su gente. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: voy a realizar dos aclaraciones. No hay dos tercios, así que vayan presentando el aditivo, y ello no es por responsabilidad del Partido Nacional sino por la bancada de Gobierno. No nos van a tirar un churrasco para que nosotros nos enganchemos en votar algo de un proyecto de ley. El Partido Nacional fue excluido de un ámbito político después de que se había dado el debate educativo, después del CODE y ante reiterados pedidos institucionales y formales a la Ministra del ramo de abrir un espacio multipartidario para tratar de llegar a acuerdos sobre una ley de educación. En consecuencia, yo ya no entiendo por qué acá todos y cada uno de los Diputados del oficialismo reiteran, reiteran y reiteran que el Partido Nacional se opuso desde antes de conocer nada. ¡Era clavado que se iba a dar esto! ¡Estaba cantado! Es tal la fragilidad del acuerdo al que tiene que llegar la bancada oficialista que no tiene la más mínima posibilidad de abrir un debate más amplio. Entonces, acá lo que tenemos es un acuerdo frágil a lo interno de la fuerza política -que legítimamente tiene la mayoría para aprobarlo-, que representó la exclusión de otras fuerzas políticas en la discusión. Y como consecuencia de ello, el Partido Nacional va a votar todo en contra. Eso ya está aclarado desde el inicio. A lo largo de esta discusión queremos evitar

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que cada vez que habla un Diputado del oficialismo debamos salir a hablar desde el Partido Nacional para aclarar que no vamos a votar nada de esta ley, incluyendo los dos artículos con los que estamos de acuerdo conceptualmente, porque ni siquiera se nos dio la oportunidad de participar en la redacción. Nosotros estamos a favor del cogobierno y de la autonomía en ciertos ámbitos. En mi caso particular, quienes me conocen saben que he tenido una larga actuación -como muchos compañeros de esta bancada del Partido Nacional y también varios colegas del Frente Amplio- en ámbitos de cogobierno universitario. Creemos que tiene sus ventajas frente a otros sistemas. No estamos en desacuerdo con que en niveles de educación superior esto se mantenga, para nada. Por eso, si el proceso político de la discusión de toda esta ley -toda la ley- hubiera sido distinto, estaríamos de acuerdo con votar estos dos artículos. Pero tampoco esta es la panacea de la transformación, ¿ta? Acá se defiende la gratuidad de la enseñanza superior como si todo el Gobierno estuviese de acuerdo en eso. ¡Ni el Pepe Mujica está de acuerdo con eso! Y tiene derecho a opinar lo contrario. Sin embargo, se adjudica a los demás intenciones poco menos que privatizadoras y extranjerizantes. Acá se ha manifestado que se prefiere no exportar servicios educativos. Claro, porque lo que estamos exportando es gente: exportamos el servicio con el paquete humano, ¿ta? Y con eso lo que se hace es soslayar discusiones más profundas. En definitiva, más allá de estar anotado en la lista de oradores para hablar del tema de fondo, pedí la palabra para aclarar estas dos cosas. Primero, que la no participación y la oposición del Partido Nacional a este proyecto de ley no tiene que ver con una actitud de rechazo a todo lo que viene del Gobierno, sino con una exclusión de parte del Gobierno, aun existiendo un pedido institucional del Presidente y de todo el Directorio del Partido Nacional, y en estos ámbitos, en el sentido de tener una discusión multipartidaria. La segunda aclaración -que fue el primer punto al que hice referencia- es que no vamos a dar nuestros votos para reunir los dos tercios necesarios a efectos de crear entes autónomos en este proceso de discusión. En otro, con mucho gusto. Gracias, señor Presidente.

SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: se insiste en cuestiones de procedimiento, sobre el proceso de discusión, que pueden ser válidas. Ahora, yo me pregunto: aquí, como parlamentarios nacionales que tenemos la responsabilidad de legislar de acuerdo con lo que creamos que es mejor para el país y para nuestra gente, ¿vamos a anteponer cuestiones formales a la consagración en el país de avances sustantivos del sistema educativo y de las ofertas para nuestros jóvenes por cuestiones político partidarias que en un proceso formal fueron mal o poco consideradas? ¿Estamos de acuerdo o no con que en Uruguay exista una formación de nuestros docentes de nivel universitario, terciario, y de crear, entonces, con todas sus letras y potestades jurídicas, una nueva institución tendiente a formar a nuestros docentes con el mayor nivel para que enseñen mejor a nuestros estudiantes? ¿Estamos de acuerdo o no con que exista un instituto universitario de educación, ese que han reclamado a lo largo y ancho del país los propios docentes, y en particular en el interior? ¿Estamos o no estamos de acuerdo con que exista una institución o una red de instituciones terciarias superiores con la finalidad de formar a nuestros jóvenes para el mundo del trabajo y darle al país los recursos humanos necesarios para impulsar ese desarrollo inteligente -del que hablábamos hoy- y el país productivo? ¿Estamos de acuerdo o no con que esos institutos terciarios, como plantea este Gobierno, estén afincados en el interior del país y que den respuestas a las necesidades productivas que tiene el Uruguay? Bueno, yo creo que esa es la respuesta que hay que darle a la ciudadanía y a este Parlamento. Si estamos de acuerdo en que son cosas importantes para nuestros jóvenes, si estamos de acuerdo con que son cosas importantes para el país, pensando en su futuro, sea cual sea el Gobierno, ¡que se nos den los votos! Entonces, ¡habiliten los dos tercios para tener institutos terciarios y crear un sistema terciario público estatal, que es una de las grandes innovaciones que Uruguay reclama y necesita, y que ha encontrado grandes consensos institucionales y sociales! ¡Larguemos la calculadora chica de los cálculos políticos y las susceptibilidades de si me tuvieron en

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cuenta en tal o cual etapa y legislemos pensando en el país y en el futuro que todos tenemos que darle a nuestros hijos! Gracias, señor Presidente. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: quiero referirme al planteo del señor Diputado Ortuño. Reitero: sí estamos de acuerdo y -repito- no vamos a votar. Y no vamos a votar porque la bancada de Gobierno viene con la redacción que quiere. Si estamos de acuerdo con llegar a un punto, nos tenemos que sentar, juntos, a redactar. Y voy a poner un ejemplo de cosas en las que hay gente que está de acuerdo pero no vota: no están votando por integrar el Consejo Directivo Central de la ANEP sólo con representación docente y autonómicamente. ¿Por qué? ¿No era que estaban de acuerdo? ¿O esa pequeña calculadora es una gran calculadora? Cuando éramos oposición queríamos autonomía y gestión independiente con docentes. Ahora no. Somos Gobierno: ahora es muy importante articular la educación con la voluntad popular representada por lo menos con tres miembros… ¡Por favor! Está claro de qué estamos hablando acá. Nosotros podemos estar de acuerdo con algo, pero resulta que hay alguna posición política o algún proceso que hace que votemos en contra, ¿ta? ¿O qué es esto? ¿Este es un ámbito para someter redacciones ad referéndum? Ad referéndum hay otros mecanismos. Nosotros queremos coparticipar de la elaboración de una ley que sería muy bueno que tuviera una base política mayor. El proceso político interno del Gobierno y las promesas del pasado, cuando sí estaban de acuerdo con muchas cosas sobre las que ahora no lo están tanto, hacen que no estén en condiciones de coparticipar con otros partidos. Es legítimo, tienen las mayorías. No tienen los dos tercios. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra la señora Diputada Ontaneda. SEÑORA ONTANEDA.- Señor Presidente: este proyecto de ley general de educación que hoy estamos

tratando, propende a activar la herramienta y el instrumento más importante que este Parlamento sancionará sin lugar a dudas en este Período. Para nosotros, que somos docentes, como algunos de los compañeros que trabajaron en la Comisión, realmente esto es significativo para este Uruguay y no hay lugar a dudas sobre el momento en el que se está votando. Nosotros, señor Presidente, fuimos electos para ser gobernantes y legisladores durante todo el Período de Gobierno y, por lo tanto, el último día de Gobierno también estaremos instrumentando alguna ley que el país necesite. Tenemos a consideración una ley general de educación que hará proyección en el Uruguay en los próximos veinte o treinta años y que tuvo diferentes ámbitos de participación y de trabajo colectivo desde hace más de dos años; tanto el Gobierno Nacional como los Gobiernos Departamentales de todos los partidos han aportado el compromiso material y ético para que el debate educativo se desarrollara en los lugares más recónditos del país y contara con la participación de toda la gente, hasta producir los insumos que finalmente nosotros incluimos en este proyecto de ley. Cada uno de nosotros, si somos leales y formamos parte de este colectivo, dispuso desde el mes de junio de los ámbitos en los cuales discutir las diferencias y efectuar el análisis. A veces, cuando no hay voluntad política esperamos que nos llamen, y para estas cosas no es necesario que nos llamen: tenemos que ponernos a trabajar en ellas. Como decíamos, desde el Debate Educativo a la fecha hemos tenido más de dos años para realizar aportes en los ámbitos en los que estuvo abierta la discusión y hemos podido introducirnos en ella. No voy a referirme al aspecto estructural, porque ya lo hicieron excelentemente los compañeros que desde el mes de mayo actuaron en la Comisión de trabajo que se formó y que hoy aporta estos insumos para esta ley que es tan importante. Los compañeros han explicado de forma excelente la estructura, la articulación y los capítulos de este proyecto de ley; por eso no voy a referirme en forma específica a esos aspectos, sino a otros que la iniciativa contempla. Como docente, participé treinta años en la educación, en la que durante mucho tiempo nos quedamos sin las Asambleas Técnico-Docentes para trabajar y recién después de la dictadura pudimos contar con ellas nuevamente. Creo que estos ámbitos de partici-

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pación, que esta ley insiste en reflotar e institucionalizar, son muy importantes. Este proyecto de ley contempla y tiene que ver con el espíritu planteado en los insumos aportados por los diferentes actores y que fueron discutidos en distintas instancias, comenzando por la del Debate Educativo. Hablamos de un debate educativo plural y que se desarrolló a lo largo y ancho de todo el país, siguiendo por los insumos de las Asambleas Técnico-Docentes, del Congreso Nacional de Educación y otros. Se pudo arribar a consensos con un sentido de oportunidad y de necesidad de lograr, por ley, un Sistema Nacional de Educación fortalecido, más justo y más solidario, más técnico y más acorde con las necesidades de nuestra gente y de nuestro país. Además de los principios varelianos -que ya mencionaban los compañeros- de universalidad, gratuidad, laicidad, igualdad de oportunidades o equidad, se proponen para el Sistema Nacional de Educación Pública los siguientes principios: autonomía, coordinación y participación. Todo eso pensado y creado para un Sistema Nacional de Educación que solucione los problemas que presenta nuestra educación en general en todo el país. Es de público conocimiento el deterioro, no solo en la parte edilicia, sino también en cuanto a los aportes educativos, que nuestra educación ha sufrido durante los últimos cincuenta años, y que fue gracias al aporte generoso que han hecho los docentes y muchos vecinos de cada una de las localidades que se ha podido dar una decorosa educación al país. Hablamos de un Sistema Nacional de Educación que incluye un conjunto de propuestas educativas integradas y articuladas para todos los habitantes a lo largo de toda su vida. Se contextualiza de una vez por todas a la educación formal y a la no formal, ambas importantes y complementarias en un país como el nuestro, en el que los recursos deben ser puestos al servicio de los más desfavorecidos a efectos de arribar a un destino diferente del que han tenido a lo largo de los últimos cincuenta años. ¿Cómo olvidar el papel que muchos colegios y liceos privados y confesionales han cumplido en este Uruguay con tanta gente postergada? ¡Por supuesto que lo tenemos presente! Pero debemos encarar la necesaria articulación para trabajar bajo iguales condiciones y parámetros básicos en la educación; no

permitir que cualquiera hiciese de la educación una tierra privada y particular. El proyecto genera compromisos con los más chicos y los más grandes, en el entendido de que desde que se nace y por siempre se continúa aprendiendo. Se apunta a resaltar la importancia de la estimulación temprana, tan relevante para el desarrollo motriz, afectivo y socializador. La idea es dar respuesta desde el vamos a problemáticas que se pueden transformar desde la edad temprana, pero que si no se las atiende en tiempo y forma se tornan irreversibles. Se busca incorporar a la escuela a todos los niños de cuatro años de edad a partir del 1º de enero de 2009, cuando sus padres o responsables hayan solicitado su matriculación. Este proyecto de ley incluye y tiene en cuenta la diversidad, elimina la exclusión, en una línea humanista de consideración del ser humano como persona sujeto de derecho y sujeto de aprendizaje permanente. Siempre debió tenerse en cuenta al educando como lo contempla esta ley y no lo hicieron otras, en las que primero estaban los intereses de los gobiernos de turno y después la atención de las necesidades del educando. Esta es una iniciativa que integra y marca líneas transversales a aplicar en el Sistema Nacional de Educación, tal como señaló recientemente el señor Diputado Cánepa. Esto elimina una línea marcada a fuego desde la formación: los compartimentos de las leyes anteriores y la falta de intedisciplinariedad. En este sentido, los elementos que se consagran en el artículo 40 son fundamentales. Ya no se va a poder trabajar en asignaturas compartimentadas, olvidándose del otro y de cosas importantes como las que sí contiene este proyecto de ley: los derechos humanos, el sistema ambiental, la educación artística -tan importante para desarrollar la creatividad en los tiempos modernos-, la educación científica, la lingüística, la educación a través del trabajo y la educación para la salud. Y ¡oh!, que consagra esta ley la posibilidad de que los muchachos trabajen y estudien, para lo cual se diseñarán los mecanismos correspondientes. Se crea el Instituto de Evaluación, que tendrá información permanente, interna y externa, con un manejo imparcial y objetivo de los datos relativos a cómo se evalúa y a cómo nos referenciamos con el mundo,

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y de allí la doble calidad de evaluación interna y externa. Por otra parte, se fortalecen las Asambleas Técnico-Docentes y se institucionaliza el Congreso Nacional de la Educación, verdaderos ámbitos de participación, de elaboración y síntesis para aplicar las políticas de la enseñanza y propiciar los cambios y las actualizaciones necesarios. Con respecto a las Asambleas Técnico-Docentes recordábamos con la compañera Castro que en nuestro tiempo trabajábamos durante una o dos semanas preparando los talleres para el día de la ATD y que recién después de las diez, las once o las doce de la noche podíamos entregar los insumos. Hoy no es así; no sé la razón, porque la vocación docente no se pierde por falta de estímulos materiales, económicos o sociales; se pierde por otras cosas. Nosotros trabajábamos hasta las once de la noche para terminar aquellos insumos que aportábamos a las Asambleas TécnicoDocentes nacionales. Allí podíamos ver cómo el entusiasmo de los docentes se revitalizaba y cómo estaba presente su creatividad; se vivían jornadas de intercambio de ideas y de trabajo responsable, técnico y de labor permanente. En aquel ámbito se creaban los proyectos de los centros de educación en lo que hace al trabajo que se cumplía diariamente, se planificaba también la tarea anual y se hacían muchas tareas de extensión. Esta iniciativa contiene principios fundamentales en cuanto a rescatar al educando, dándole oportunidades de volver a acreditar lo hecho y lo que sabe para que pueda seguir creciendo y aprendiendo. El muchacho que quedaba por el camino, realmente quedaba por el camino en otras leyes, no podía hacer sus estudios en forma libre y dar los exámenes. Sin embargo, hoy, a través de este proyecto se le acredita lo que hizo, se examina los conocimientos que tiene y se lo pone en el nivel que corresponde. También contempla a aquellos alumnos que luego de haber elegido una orientación, sin perder lo acreditado, puedan tomar otro camino horizontal libremente sin quedar atados o, lo que es peor aún, sin un avance significativo. Ahora sí, por ley y no por resolución de algún Consejo, se va a permitir la modalidad semipresencial. Este también es un logro de las Asambleas TécnicoDocentes. Como elemento piloto, podemos mencionar

el semipresencial de la ciudad de San Carlos, que contempla las necesidades de tantos jóvenes que, además de estudiar, realizan otras actividades. También debemos mencionar la revitalización de los centros educativos. En este proyecto de ley, los centros educativos vuelven a adquirir el rol que nunca debieron perder: ser los centros culturales del medio donde se implantan, dotados de recursos y de competencias para desarrollar la tarea específica. Estos contarán con fondos presupuestales para el mantenimiento del local, la realización de actividades académicas y proyectos culturales y sociales de extensión. Asimismo, podrán realizar convenios con otras instituciones. Precisamente, se consagra el principio de descentralización y coordinación territorial, al cual hacen referencia los artículos 92, 93 y 94. Por otra parte, esta iniciativa propende a la integración de todos los actores. Para ello es necesario que los centros educativos vuelvan a tener un rol preponderante entre los educandos, los profesores, los padres, los vecinos y la comunidad toda. Asimismo, tenemos que hacer referencia a la creación de espacios de participación, que cumplen un papel preponderante en la educación. Aquí señalamos los Consejos de Participación. También debemos mencionar al Congreso, ahora incorporado en una ley, que es el elemento principal para crear el fermento o levadura de la educación pública del país. Ahora sí, este adquiere el rango de institución reconocida y a tener en cuenta. Hoy, en este proyecto, se contemplan las políticas de género, haciendo justicia con las alumnas en estado de gravidez. Antes, por más que tuvieran buenas calificaciones, perdían el año por inasistencia. Ahora podrán acreditar el año que cursen. Es decir que esto no será una preocupación más para esa futura madre. Hay algo que hemos reclamado toda la vida: la coordinación entre los sistemas y subsistemas, de tal manera que todos tengan una orientación común. Me refiero a educar para los fines señalados en el artículo 13, que creo es medular, y lo voy a leer. Dice así: “La política educativa nacional tendrá en cuenta los siguientes fines: A) Promover la justicia, la solidaridad, la libertad, la democracia, la inclusión social, la integración regional e internacional y la convivencia pacífica.- B) Procurar que las personas adquieran aprendi-

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zajes que les permitan un desarrollo integral relacionado con aprender a ser, aprender a aprender, aprender a hacer y aprender a vivir juntos. Para ello, la educación deberá contemplar los diferentes contextos, necesidades e intereses, para que todas las personas puedan apropiarse y desarrollar los contenidos de la cultura local, nacional, regional y mundial.- C) Formar personas reflexivas, autónomas, solidarias, no discriminatorias y protagonistas de la construcción de su comunidad local, de la cultura, la identidad nacional y de una sociedad con desarrollo sustentable y equitativo.- D) Propender al desarrollo de la identidad nacional desde una perspectiva democrática, sobre la base del reconocimiento de la diversidad de aportes que han contribuido a su desarrollo, a partir de la presencia indígena y criolla, la inmigración europea y afrodescendiente, así como la pluralidad de expresiones culturales que enriquecen su permanente evolución.- E) Promover la búsqueda de soluciones alternativas en la resolución de conflictos y una cultura de paz y de tolerancia, entendida como el respeto a los demás y la no discriminación.- F) Fomentar diferentes formas de expresión, promoviendo la diversidad cultural y el desarrollo de las potencialidades de cada persona.- G) Estimular la creatividad y la innovación artística, científica y tecnológica.- H) Integrar el trabajo como uno de los componentes fundamentales del proceso educativo, promoviendo la articulación entre el trabajo manual e intelectual”. La necesidad de que el educando permanezca más en el centro docente no solamente es preocupación del honorable Partido Nacional. Lo es de todos los integrantes de este Cuerpo, pero para ello el tiempo pedagógico debe ser superior al actual. Esa es la necesidad del país. También debe analizarse qué hicieron el Partido Nacional y el Partido Colorado para mantener estructuras, para mantener el diálogo fecundo entre los docentes y los estudiantes, y para que fuera un estímulo ser docente en este país y no una calamidad. Entonces, está en el espíritu, en la obligación, en nuestra voluntad política que el tiempo pedagógico sea una realidad para este país y no una utopía. Será una realidad en el corto y mediano plazo que podamos reflotar las estructuras que están en ruinas y los estamentos docentes, que recién se empiezan a nutrir de jóvenes docentes. En ese momento sí podremos

decir: novecientas horas o tiempo completo para cada uno de los estamentos de la educación. Como decíamos, han sido muchos años de desestímulo de la carrera docente y muchos años de desestímulo para poder concretar obras de la enseñanza. Más allá de que se hayan hecho muchas obras, no alcanza. Hoy en día no podemos concretar otras porque no hay docentes que las atiendan y que se puedan incluir en ellas. También se impulsa otro hecho muy anhelado por los docentes, que es la concentración horaria en un solo centro. Esto permitirá un mayor contacto con el educando, con el centro y sus proyectos y con la localidad, lo que les permitirá entender las realidades del medio. Aunque a ustedes les parezca mentira, actualmente el departamento de Maldonado está recibiendo un ómnibus y medio -para las ciudades de Maldonado, Pan de Azúcar y San Carlos- de docentes de otros lados. Contextualizo este tema a mi región. Quizás esta no es la realidad de otros lugares, pero es lo que sucede en mi departamento de Maldonado. Las autoridades han hecho todo lo posible para reflotar las escuelas que están en pie y para hacer nuevas escuelas, sobre todo donde realmente hay núcleos que han sido postergados y dejados de lado. Por otra parte, se debe incorporar a los docentes a los diferentes consejos elegidos por voto universal entre todos los docentes. Por primera vez -como decía el compañero Diputado Ortuño- serán actores protagonistas en la conducción de la enseñanza del país. También debemos mencionar la incorporación de los Centros Universitarios de Educación, que es una verdadera y permanente reivindicación de los docentes que han sido relegados de la formación de nivel terciario, como ciudadanos que no tienen la posibilidad de que su título docente sea de nivel universitario, con lo que representa esto para los docentes, única carrera muchas veces para los muchachos y las muchachas del interior. Como no hay interés en que este Gobierno solucione con esta salida por la puerta grande la formación docente, ya los compañeros preopinantes indicaron el plan B, que nos da una solución hasta que la Comisión de Articulación e Implementación logre la resolución definitiva de este tema. Creemos que los cambios provienen de procesos que deben darse paulatinamente para que, en última

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instancia, los resultados sean producto del análisis responsable y técnico. En el entendido de que este es el marco, estará en quienes conduzcan y participen en los diferentes estamentos -donde van a actuar y llevar adelante esta ley que hoy depositamos en manos de quienes van a ser los actores de aquí en más- solucionar todos estos temas de la enseñanza. Me dirán que quizás no solucione muchas cosas, pero si no hay voluntad política no se soluciona nada, y me parece que aquí hay voluntad política, hay voluntad docente y hay voluntad del Gobierno de llevar adelante estos cambios. Quiero señalar que los tiempos de las leyes no los ponen los legisladores sino los desafíos del país y la gente que participó durante más de dos años del debate en el Congreso de la Educación y los insumos de las Asambleas Técnico-Docentes, que creía en la necesidad de esta ley. Es cierto que no hay unanimidades, pero no es menos cierto que hemos recibido insumos de los diferentes actores, que hemos procesado y contemplado en la medida en que lo constitucional nos lo permitió, porque queremos un país nuevo, con leyes que no se adecuan a ese país nuevo que tenemos. Por lo tanto, adelantamos que vamos a votar el proyecto con el convencimiento de que se logra un gran avance, y reiterando que esta no es igual a la ley Sanguinetti ni a la ley Rama. Quiero señalar que ambos proyectos distan mucho de la participación y de la igualdad de condiciones dadas a todos. Este no es un modelo de la privatización de la enseñanza ni lleva adelante paradigmas reñidos con las más estrictas convicciones que tenemos los docentes de muchos años. Este proyecto de ley no entrega patrimonio, no privatiza ni entrega principios. Así que, por favor, señor Presidente, que queden bien señalados esos tres aspectos: no privatiza, no entrega principios ni hace de este proyecto de ley una cuestión política. Gracias, señor Presidente. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: en esta última intervención se insiste mucho con el tema de las Asambleas Técnico Docentes. Queremos reafirmar el concepto de que el proyecto no innova significativamente en las Asambleas Técnico Do-

centes. Cuando se habla de estas sería bueno recordar -por aquella cuestión inicial que planteábamos hoy del reconocimiento político- que fueron convocadas por primera vez en 1992, durante el Gobierno del Partido Nacional, lo que demuestra cabalmente cuál es el nivel de importancia que nosotros asignamos a este cuerpo integrado estrictamente por docentes y cuyo ámbito técnico es absolutamente relevante. Fue en la gestión del entonces Presidente del CODICEN, Juan Gabito Zóboli, que se pidió a la Corte Electoral la reglamentación, se llamó a elecciones y se integraron las ATD, se les dio el carácter consultivo que tiene la ley del año 1985 y se les dio los instrumentos para funcionar. De manera que en eso no nos duelen prendas. Por el contrario, nos parece que era un instrumento a perfeccionar, que ahí había una herramienta para trabajar y hubiéramos hecho nuestro aporte de haber existido ambiente para discutir. Otro aspecto es el del presupuesto. En términos efectivos, netos, el presupuesto de la Educación ha tenido un incremento muy importante. En el año 2009 vamos a totalizar US$ 1.500:000.000 destinados al sistema educativo ANEP y Universidad de la República. También quiero señalar -porque creo que en esto hay que ser justo- que estamos en el mismo nivel de porcentaje del gasto público del Período 1990-1995, en el que el Gobierno de mi Partido gastó el 25% del Presupuesto en la educación. Estos US$ 1.500:000.000 vuelven a ser el 25% del gasto público del Uruguay. Por supuesto que es mucho más en términos netos porque el PBI del Uruguay ha crecido y porque el gasto público es más alto, pero porcentualmente, con respecto a cuánta plata se invierte en el sistema educativo, seguimos poniendo un peso cada cuatro; es decir que de cada cuatro pesos que gasta el Estado uno va para la educación. Es lo mismo que gastábamos en la década del noventa durante el Gobierno del Partido Nacional: uno de cada cuatro pesos estaba destinado a la educación. Gracias, señor Presidente. SEÑOR SCAVARELLI.- Pido la palabra para contestar una alusión política. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SCAVARELLI.- Señor Presidente: realmente me sorprende que cuando se tiene un proyecto de ley que el Partido de Gobierno considera bueno, después

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de una dificultosa construcción de su propia bancada, donde ni siquiera sé si lo van a votar todos sus legisladores, en los discursos, reiteradamente, se hagan planteamientos de esta naturaleza como si estuviéramos en el albor del descubrimiento de la Humanidad. Realmente lamento que nada menos que en un tema como la ley de educación -que se está ventilando con un paro general de toda la educación del país, cuyo gremio no maneja mi Partido político ni tiene peso; en un momento en el que asistimos a que en la calle se están quemando cubiertas mientras aquí estamos debatiendo esto- nos vengan a hablar de que la situación edilicia es crítica. Sabemos que el ausentismo y la deserción estudiantil es de una magnitud tal que no ha conocido el país; tenemos un ausentismo docente como de los que no hay registros y resulta que el país nunca vivió la bonanza económica que se ha dado durante los últimos años. Hemos pagado anticipadamente deuda externa, mal paga porque hoy estamos pagando intereses más caros cuando pedimos plata a los privados. Parecería que estamos hablando de otro país, y queremos politizar este tema dando nombres de Presidentes de la República, integración de Directorios, hablando de que hay vocación de hacer universitaria la formación docente, sin reconocer el valor del IPA que lo único que le falta es categoría universitaria y no calidad educativa. Pero al mismo tiempo -como bien decía el señor Diputado José Carlos Cardoso-, cuando aparece un atisbo de poder hacer universitaria la formación docente, primero se autoriza y luego, por la mano mágica del mercado o de la política, se retira con la otra mano la autorización dada. Me parece que en estas cosas lo mínimo que hay que tener es una estrategia política para manejarlas. Si el Gobierno realmente tenía interés en esta ley, la debió plantear en el primer año y no faltando unos meses para terminar el mandato. Si realmente tenía interés en que esto saliera como un proyecto de todos debió permitir la integración en el CODICEN y en los órganos superiores de enseñanza de la representación de ciudadanos de otros partidos políticos. Hay monopolio en el gobierno de la enseñanza; hay monopolio en el Poder Ejecutivo que controla las actas de los Entes Autónomos; hay monopolio en el Parlamento en cuanto a mayorías básicas. En este Gobierno y en este Período no puede prosperar una interpelación con fundamento, cualquiera fuera, porque la aprobación ya está redactada antes de que se dicte la resolución.

No puede prosperar una Comisión investigadora. La oposición golpea la puerta para querer aportar y, normalmente, esa puerta no solo no se abre sino que se entreabre para dar un portazo. Entonces, no hablemos de la situación crítica de la enseñanza. Van cuatro años de bonanza en un período económico como no ha tenido antecedentes el país, y los recursos hubieran sobrado para eso. Y no me hablen del respeto de la opinión docente cuando es convocada y luego, porque dice lo que no gusta, es desatendida y ni siquiera se le reconoce fuerza vinculante. Hoy aquí se habló de la característica vinculante. En derecho público, vinculante no es obligatorio. Vinculante quiere decir que para apartarse de una opinión el jerarca debe tener un fundamento en qué basarse. Pues yo no encuentro en ninguno de estos capítulos, en ninguna de las partes de la exposición de motivos ni de los fundamentos un solo argumento de por qué se desatendió la opinión de esas reuniones convocadas. En definitiva, estoy exhortando a la prudencia. Se sabe que este proyecto de ley no puede salir porque su eje es la creación de un organismo, y el Partido de Gobierno no cuenta con la mayoría necesaria para ello. Si el Gobierno sabe que no tiene determinada mayoría, lo que debió hacer es no presentar este proyecto, porque sabe que no cuenta con los dos tercios de votos que exige la Constitución para crear una nueva estructura. ¿O nos vamos a poner a leer los principios generales? Pero estos principios generales forman parte del cerno de la nación uruguaya; son la esencia del respeto de la ciudadanía del país, del respeto de los uruguayos uno por el otro y de la formación humanística. ¿Cómo vamos a estar en contra de esto si lo tenemos escrito en el país antes de que el Frente Amplio existiera? Pero yo no le voy a faltar el respeto a una colectividad política de la importancia del Frente Amplio. Lo que exijo es que no se falte el respeto a la nación que ha ungido a los Presidentes y a los Gobiernos que nos han precedido, porque el país no empezó con esta Administración del Frente Amplio. Quizás nos hayan puesto en jaque mate, pero no nos va a terminar. Por lo tanto, un voto de respeto y de prudencia, una cuestión de fueros… (Suena el timbre indicador de tiempo)

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SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha terminado el tiempo de que disponía el orador. SEÑOR CASÁS.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CASÁS.- Señor Presidente: sé que estoy anotado para hablar a continuación, pero la Mesa entenderá que tengo solo quince minutos y, entonces quiero aprovechar esta oportunidad para contestar a la señora Diputada que estaba en uso de la palabra. A veces, en el fragor de la discusión y embargados por la emoción de plantear en Cámara lo que uno piensa o de leer lo que uno tiene escrito, se expresan algunos conceptos que no se analizaron muy bien y son volcados en la mesa, espero que con apresuramiento. Recientemente, se planteó una crítica a los Gobiernos anteriores de los partidos tradicionales -cada uno responderá por el suyo; yo respondo por el míorespecto a que no se incentivó o no se obligó a los docentes a que estimularan la formación de docentes dentro del alumnado. Quiero decir que no estoy de acuerdo con este planteo; ese no es mi rol como docente. Todos ustedes saben que lo soy porque lo he dicho muchas veces en Cámara; estoy orgulloso de serlo y no creo que sea una profesión paupérrima ni denigrante -no recuerdo bien qué adjetivos se utilizaron. Reitero que no creo que sea el rol del docente generar opinión desde el punto de vista del adoctrinamiento, sobre el que tempranamente hablaba hoy el señor Diputado José Carlos Cardoso. Pienso que como docentes estamos obligados a abrir la cancha y a tratar de que los alumnos puedan formar su propia opinión, pero jamás a impulsar desde la docencia, desde ese rol tan central del docente en el aula -que lo tiene y que es importante- la posibilidad de intervenir en la fomación de un alumno para que elija una carrera u otra. No nos corresponde hacerlo. Debemos trabajar y defender la libre decisión del alumno respecto a cuál va a ser su futuro. Lo que sí me preocupa es que si entendemos que esto puede hacerse, si cualquiera puede llevar agua a su molino en lo que refiere a la elección de una carrera, más allá de los fines altruistas de quien lo haya planteado, mañana podemos considerar que cualquiera

puede llevar agua a su molino en el tema de opinión que le parezca. Estoy en contra de esa visión del rol del docente en la enseñanza. A veces, se confunde el rol del docente en el aula -lo hemos vivido con compañeros y a través de muchos comentarios de los propios jóvenes con quienes trabajamos-, que tiene que ser ecuánime, independiente y tratar de no influenciar la opinión del alumno, con una esa especie de paternidad de opinión. Como bien decía el señor Diputado José Carlos Cardoso, no es lo mismo hablarle a un universitario que es mayor de edad que a un chico de doce o trece años de primero o segundo de liceo, presentándole una visión sesgada de la realidad. Entonces, no estoy de acuerdo con que desde la enseñanza se pueda llevar una opinión hacia un lado u otro, y como docente me niego rotundamente a ello. Si mi Partido, o el que fuera, cuando gobernó, me hubiese dicho que mi obligación y mi rol dentro de la enseñanza era construir opinión favorable, hubiera hecho la resistencia correspondiente; y si hubiese perdido, habría presentado la renuncia, como correspondía. Mi tarea como docente dentro del aula tiene sus garantías, pero el primero que debe cuidar esas garantías es el docente mismo, que no puede permitirse equivocar el camino y pensar que en lugar de estar formando a un libre pensador, debe formar a un pensador influido por la opinión del docente, mediante su participación y con esa aura de autoridad que lo rodea. Gracias, señor Presidente SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra para una aclaración SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: hemos escuchado algunas intervenciones recientes, incluso la de nuestro estimado colega Scavarelli, y quiero dejar expresa constancia de algunas cosas. Se insiste en que no se vota la ley o algunos organismos porque no se han dado los ámbitos adecuados para el diálogo. El tema es opinable y discutible; no quiero abundar al respecto. Lo que sí creo que queda claro, después de escuchar las distintas intervenciones surgidas de la oposición, es que acá no ha habido es capacidad propositiva. No hubo capacidad propositiva para elaborar un proyecto de ley general de educación en los veinte años anteriores y en este

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Período de Gobierno tampoco hubo desde la oposición una capacidad propositiva como para presentar un proyecto alternativo al que estamos discutiendo. Es más: hasta uno tiene derecho a pensar que dentro del Partido Nacional quizás no haya posibilidad de acuerdo para presentar un proyecto en conjunto, porque yo escuché al señor Diputado Lorenzo y también al señor Diputado José Carlos Cardoso, y evidentemente tienen posiciones antagónicas en lo que hace al cogobierno. Es muy difícil adoptar una postura común por lo menos en esa asignatura. En cuanto al tema de los monopolios, es muy claro en la vida de este país que cuando asumió la actual administración se ofreció a la oposición integrarse al Consejo Directivo Central a fin de que estuviera representada. ¿Pero qué fue lo que sucedió? La respuesta fue: o son tantos cargos o no entramos. O sea que se pusieron condiciones. Está perfecto que no se entre, que se pongan condiciones, que se opine otra cosa. Pero en el tema de los monopolios no es que no haya habido diálogo ni un ofrecimiento. Ahora, lo que más me preocupa de lo expresado acá es lo del monopolio en el Parlamento. Quienes colocaron a los Diputados y a los Senadores en las bancas del Parlamento para representarlos no fuimos nosotros mismos; fue la propia ciudadanía que democráticamente decidió, y creo que hay que respetarla. Es más: habría que pensar por qué la ciudadanía valoró en las elecciones anteriores que tenía que haber una mayoría absoluta -cambio la palabra monopolio- para llevar a cabo un proyecto de país. ¿Por qué habrá sido? Puede haber distintas interpretaciones, señor Presidente. Muchas gracias. SEÑORA CASTRO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA CASTRO.- Señor Presidente: me quiero referir a un par de temas que se vienen reiterando en las intervenciones en Cámara. En primer lugar, se reprocha que este proyecto de ley no haga alusión a los problemas del ausentismo docente, que sí existe, y del estudiantil. En realidad, esos son temas de la política y de la práctica educativa que no se expresan a nivel de una ley. Es-

taríamos invadiendo una serie de campos si lo hiciéramos y, además, tengamos presente que estos problemas no se deben pura y exclusivamente a lo que pasa en el seno del campo educativo sino a la interrelación del subsistema educativo con otros subsistemas que existen dentro de la sociedad. Es una de las razones por las cuales estamos apostando a un tipo diferente de formación de nuestros cuerpos docentes; pero no es el único tema porque no vamos a poner todo el sayo de la responsabilidad en los cuerpos docentes. Se trata de mejorar las estrategias en el aula y en la comunidad educativa como forma de contribuir a ese fin. En segundo término, acá se afirma, yo digo que con liviandad -con todos mis respetos-, que al IPA no le falta nada más que un reconocimiento. Hablo con la propiedad de ser no solo maestra sino egresada del IPA. Digo que al IPA, que respeto y quiero como institución -milité allí; lo he defendido y lo sigo defendiendo-, para tener un nivel universitario sí le falta articular la docencia con la investigación y la extensión. Y eso es lo que queremos nosotros y muchísima gente. Quiero salir de la viejísima discusión entre Vaz Ferreira y Grompone, porque acá no se trata de sumar una cosa con la otra sino de articular una nueva, porque eso es lo que estamos necesitando todos los uruguayos y es lo que demandamos. En tercer lugar, se insiste también con el planteo de que una ley de este tipo se debería haber presentado al inicio de este Período de Gobierno. ¿Sabe una cosa, señor Presidente? Nosotros no planteamos la ley en el año 2005 porque tenemos un concepto distinto acerca de cómo se deben tratar los temas educativos. Reitero: para nosotros no hay que hacerlo entre cuatro paredes ni se trata de aplicar una receta, sea de donde sea, por más brillante que fuera. Para nosotros era imprescindible la consulta a la gente. Recuerdo que fue desde este propio Parlamento, en el año 2005, que se convocó a escuchar a las organizaciones, y así se hizo aquí. Por último, al igual que lo planteó el compañero Diputado Roque Arregui, acá se ha expresado que no se abrió la puerta a la oposición, y se agregó algo todavía más grave: que el Gobierno no debería haber presentado este proyecto de ley. Yo digo que quienes así opinan evidentemente deben pensar que, en definitiva, lo que tenemos hasta ahora es mucho mejor que esto. En mi humilde juicio, la Ley Nº 15.739 -que

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conozco mucho, porque se elaboró digamos que a la orilla de la CONAPRO- del Gobierno del doctor Sanguinetti, es una hija maquillada de la Ley Nª14.101 que atravesó todo el período de la dictadura sin sufrir una sola modificación. Entonces, me siento en el derecho de pensar que le sirvió al funcionamiento de la educación en ese período de Gobierno tan triste para todos los que estamos acá y para todo el pueblo uruguayo. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: no es fácil seguir la ambivalencia del criterio de creer que se tiene legitimidad política porque se cuenta con mayorías, pero cuando nosotros decimos que tendrían que haber convocado a los partidos políticos nos responden que entre cuatro paredes no. ¿Y los partidos políticos no tienen legitimidad? ¿Acaso convocar a una mesa multipartidaria es resolver entre cuatro paredes? Convocar a los partidos políticos es convocar a la legitimidad democrática nacional. Esa es la más perfecta de las consultas. El que se hace con los partidos políticos es el más acabado de los debates, si es que se cree que los partidos políticos son los que representan a la opinión pública, máxime cuando se nos está diciendo acá que 52 votos significan el respaldo ciudadano para hacer lo que hay que hacer. Pero cuando les decimos que convoquen a los partidos políticos nos responden que tienen que consultar, porque entre cuatro paredes no. ¿Así que reunirse el Frente Amplio, el Partido Nacional y el Partido Colorado es entre cuatro paredes? No. Esa es la más legitima de las convocatorias; esa es la más rica y la más diversa de las formas de debatir; es la más profunda en un sistema democrático de partidos, como el que felizmente tiene el Uruguay, que además está avalado en forma permanente. Adviertan en las encuestas cuál es el nivel de adhesión de los uruguayos a los partidos políticos. ¿Cuántos uruguayos no tienen opinión política? El 10%; el 90% restante tiene adhesión partidaria. Por lo tanto, convocar a los partidos es convocar a la base más legitima del sistema democrático. Y eso es lo que no se hizo; eso es lo que no se quiso hacer, y se pudo haber hecho. Decía mi colega, el señor Diputado Arregui, que no hubo capacidad propositiva. Quizás es que no in-

terpretamos que los problemas en materia de educación estaban en la ley, como hoy tampoco creemos que suceda. Nadie me puede decir que las dificultades de nuestro sistema educativo -el descaecimiento en los rendimientos, el ausentismo docente, la baja calidad, el desestímulo de los maestros para trabajarresponden a un problema legal. Parece que hay que echar la culpa a la ley de Sanguinetti previa a la dictadura, o a la ley no sé cuanto. No; no están en la ley las responsabilidades y las culpas; la ley es solo un instrumento. Por eso, quizás, cuando fuimos Gobierno no nos adelantamos a proponer una ley. No nos parece mal que se haya tenido la iniciativa de trabajar en una ley, y por eso firmamos con el Presidente Vázquez un documento que hablaba de una nueva ley. Nos parece bien la iniciativa. Vamos a modificar la ley; muy bien. Lo que pasa es que siguieron un camino en solitario. ¿Y después hablan de capacidad propositiva? ¿En qué ámbito? Yo acompañé al Presidente de mi Partido a una reunión con la Ministra Simon, relativa a un tercer documento que tenía elaborado el Gobierno. El primero fue un borrador que después se cambió; el segundo, un borrador ya conocido en la época del Ministro Brovetto; y el tercero, surgió con la llegada de la Ministra Simon. ¿Dónde hubo un ámbito para abordarlo o cuando se realizó una reunión para trabajar y acordar? Porque, ¿que significa acordar? Significa ceder, conceder y pedir: incorporaciones, modificaciones, ajustes; eso es una negociación; no es sentarse frente al otro y decirle: “Che, ¿me vas a votar esto?” Eso no es negociación. En todo caso, eso podría ser -bien dicho- una invitación, pero no una negociación. La negociación se establece si cada uno de nosotros va a una reunión a trabajar sobre un documento que luego articularemos. Seguramente, no hubiera sido una ley de 130 artículos; es verdad, habría sido más reducida, algo más pequeño que concentrara los acuerdos. Así se negocia; así se trabaja. No voy a enseñar yo a la izquierda cómo se negocia, porque viven negociando entre ustedes en forma permanente. Si sabrá la izquierda lo que es poner y sacar en una negociación: ponen esto, sacan aquello; agregan una palabra, corrigen una frase; súbeme las 900 horas, bájame las 900 horas. ¡Si sabrán ustedes lo que es poner y sacar en una negociación! Eso queríamos nosotros, esa misma participación. El Partido Nacional habría participado de esa negociación; no tengan ninguna duda de que lo hubiéramos hecho.

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Con respecto a la integración de los órganos, la del CODICEN no era una concesión gratuita ni graciosa del Gobierno. Está establecido como una vieja tradición, que no fue de toda la vida, la coparticipación de los partidos en la Administración Pública. El Partido Nacional, después de muchos años de batallar, logró la coparticipación con un Partido Colorado fuerte y poderoso que administraba todo el Estado -no voy a hablar de historia ahora aquí-; y esa coparticipación no la tenemos ahora. De manera que no se trataba de pedir cargos. Cargos no; coparticipación sí. En la Administración Pública, sí; en los órganos y en los Entes Autónomos, sí, pero ¿en qué condiciones? En condiciones de equilibrio. No mayoría, pero tampoco testigos. Uno en cinco en el CODICEN era casi un testimonio: te sientas ahí y eres un testigo de lo que hacemos. Uno en cinco en el Banco de la República era un testimonio. De manera que… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor Diputado.

——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en cincuenta y seis: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted, de acuerdo a lo establecido en el literal C) de la Ley Nº 17.827, para solicitarle se sirva concederme el uso de licencia en Misión Oficial por el período comprendido entre los días 2 y 7 del mes en curso, para concurrir a la Reunión de la comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Comunicación del PARLATINO y a la XXIV Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano a realizarse en la ciudad de Panamá. Saludo a usted con mi más alta estima, ÁLVARO ALONSO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a fin de comunicarle que por el período comprendido entre los días 2 y 7 de diciembre del año en curso no acepto la convocatoria de la Cámara de Representantes con motivo de la licencia solicitada por el Diputado Álvaro Alonso. Sin otro particular saluda a usted atentamente, Sebastián Da Silva”.

20.- Licencias. Integración de la Cámara.
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Álvaro Alonso, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para asistir a la reunión de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Comunicación del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) y a la XXIV Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de Panamá, por el período comprendido entre los días 2 y 7 de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Freira. Del señor Representante Juan Carlos Souza, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Pablo Naya”.

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“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a fin de comunicarle que por el período comprendido entre los días 2 y 7 de diciembre del año en curso no acepto la convocatoria de la Cámara de Representantes con motivo de la licencia solicitada por el Diputado Álvaro Alonso. Sin otro particular saluda a usted atentamente, Gustavo Barrios”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a fin de comunicarle que por el período comprendido entre los días 2 y 7 de diciembre del año en curso no acepto la convocatoria de la Cámara de Representantes con motivo de la licencia solicitada por el Diputado Álvaro Alonso. Sin otro particular saluda a usted atentamente, Jorge Mutio”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a fin de comunicarle que por el período comprendido entre los días 2 y 7 de diciembre del año en curso no acepto la convocatoria de la Cámara de Representantes con motivo de la licencia solicitada por el Diputado Álvaro Alonso. Sin otro particular saluda a usted atentamente, Alfredo Susena”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Alonso, para asistir a la Reunión de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Comunicación del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) y a la XXIV

Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de Panamá. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 2 y 7 de diciembre de 2008. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Sebastián Da Silva, Gustavo Barrios, Jorge Mutio y Alfredo Susena. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y en el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Alonso, por el período comprendido entre los días 2 y 7 de diciembre de 2008, para asistir a la Reunión de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Comunicación del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) y a la XXIV Asamblea Ordinaria del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a realizarse en la ciudad de Panamá. 2) Acéptanse las negativas presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Sebastián Da Silva, Gustavo Barrios, Jorge Mutio y Alfredo Susena. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 903 del Lema Partido Nacional, señor Carlos Freira. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración. De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan digna-

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mente preside, se sirva concederme el uso de licencia para el día 1º del corriente por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, JUAN C. SOUZA Representante por Canelones”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración. En virtud de la licencia solicitada por el Sr, Representante titular Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Yamandú Orsi.” “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración. En virtud de la licencia solicitada por el Sr, Representante titular Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Matías Carámbula”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo Presente. De mi mayor consideración. En virtud de la licencia solicitada por el Sr, Representante titular Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Antonio Vadell”: “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan C. Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que, por esta vez, no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, seño-

res Yamandú Orsi, Matías Carámbula y Antonio Vadell. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan C. Souza. 2) Acéptanse por esta única vez, las renuncias presentadas por los suplentes siguientes, señores Yamandú Orsi, Matías Carámbula y Antonio Vadell. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Pablo Naya. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. VÍCTOR SEMPRONI, JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER”.

21.- Preferencias.
——Dese cuenta de una moción presentada por las señoras Diputadas Payssé y Cocco Soto, y los señores Diputados Cánepa y Novales. (Se lee:) “Mocionamos para que el asunto Carpeta Nº1486/2006, ‘Archivo Nacional de la Memoria. (Creación)’, se incluya como tercer punto del orden del día de la sesión ordinaria del miércoles 3”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y seis: AFIRMATIVA.

22.- Ley General de Educación. (Creación).
Continúa la consideración del asunto en debate.

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Tiene la palabra el señor Diputado Casás. SEÑOR CASÁS.- Señor Presidente: confieso que en todo este tiempo que ha pasado desde el anuncio de este proyecto de ley hasta su presentación -que ha sido mucho, por los motivos expuestos en Sala y marcados permanentemente por el señor Diputado José Carlos Cardoso-, se había generado en mí importante ansiedad porque esperaba que este Gobierno -que creía que conocía la enseñanza muy bien por dentro y porque buena parte de los compañeros que trabajan día a día con nosotros son reconocidos militantes de izquierda y, por lo tanto, permanentemente pueden auxiliar a sus partidos respecto a los contenidos- presentara un proyecto de ley removedor. También pensaba que en las instancias previas en la Comisión de Educación y Cultura o aquí en Sala -el Partido Nacional, por suerte, no integra el plenario del Frente Amplio, la Mesa Ejecutiva, ni la bancada del Partido de Gobierno, por lo que, previamente no hubo ámbito para poder discutir los contenidos de este proyecto de ley-, de alguna manera, este tema se abriría a la discusión, porque no debe haber política de Estado más importante que una ley de educación. No debe haber ninguna otra, ni de economía -que lo debe ser- ni de salud, ni de trabajo. No hay, no existe ley más importante ni participativa desde el punto de vista del Estado que una ley de educación. Esta debería ser la primera política de Estado porque es un instrumento, la herramienta que deberíamos tener para pensar cómo será el país en los próximos años. Es la principal herramienta para salir de la crisis que el país ha vivido y que ahora comienza a vivir nuevamente. No hay otra. Habrá algún parche momentáneo, alguna ley o algún Ministerio creado de apuro para dar una mano económicamente, pero la única manera de salir adelante, de proyectar el país que queremos, y de buscar una solución y un futuro para Uruguay, obligatoriamente tiene que pasar por la educación. Entonces, no debe haber mayor política de Estado que la educación. Uno, que conoce y ha vivido el uso frecuente y sistemático de la mayoría absoluta que este Gobierno tiene -que se la ganó en buena ley, hay que reconocerlo; es una fotografía de hace cuatro años, pero así funciona este sistema; cada cinco años se saca una fotografía nueva y uno supone que en el próximo Gobierno la fotografía será otra- esperaba que se abriera la cancha y que todos quienes estamos acá, represen-

tando a la población, discutiéramos cuál es la educación que queremos para adelante. Pero eso no pasó, porque declaraciones previas en la prensa durante los meses anteriores nos mostraban que era más importante presentar en esta Administración un proyecto de ley de educación que la ley en sí misma. Era mucho más importante marcar que el Gobierno tuvo iniciativa para cambiar la anterior ley de educación, que analizar realmente si esta futura ley es la herramienta adecuada para que el país pueda salir adelante y si, como señalaba una señora Diputada -tengo mis dudas, más allá de algunos puntos que luego discutiremos-, esta iniciativa es mejor que la ley anterior. Reitero que tengo mis dudas, y debo decirlo. Este proyecto de ley tiene vicios de forma y de fondo. El primer vicio de forma recién lo señalábamos: la falta de consenso. Una ley educativa debería ser aprobada por amplia mayoría, si no por unanimidad de este Parlamento. Son los partidos políticos los que representan a la mayor cantidad de gente de nuestra población y, además, son las herramientas que el sistema tiene para efectuar esa representatividad. El Gobierno trae a colación la famosa asamblea educativa, que se inició muy bien y terminó muy mal. ¿Acaso ahora no nos vamos a acordar cómo de a poco se iban yendo conocidas figuras vinculadas a la historia y a la educación y cómo, además, algunos partidos -las principales herramientas-, íbamos abandonando la Comisión de Educación y Cultura? No es lo mismo una organización social -lo digo con todo respeto, cualquiera sea ella- a la hora de convocar y de representar, que un partido político que tiene el 35%, el 50% o el 12% de apoyo de la población. En un proyecto de ley se prefiere acompañar la opinión de un grupo que quizás, con mucha suerte, represente a 30.000 personas, y dejar de lado a los principales operadores, los partidos políticos, los de mayor representatividad en este país. Además, ni siquiera se cumplió con ese mandato porque en la asamblea educativa se aprueba una cosa pero este Gobierno nos presenta algo -creo que con el apoyo de toda su bancada, aunque tengo algunas dudas- que no es exactamente igual a lo aprobado en dicha asamblea. Por lo tanto, cuando se habla de cuatro paredes, tenemos que decir que este proyecto no representa a todos los partidos, sino a uno solo, el que tenía la mitad de la representación. No estoy seguro de que todos sus sectores se sientan represen-

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tados por este proyecto, por lo que comenzamos a achicar esa representación. Por si fuera poco, se convocó a las bases, que después eligieron otro camino distinto al que el Gobierno puso sobre la mesa. Por lo tanto, a uno le queda la idea de que más preocupados por el instrumento, están preocupados por apuntarse un garbanzo en el casillero y decir que este Gobierno cambió una ley de educación que ya tenía unos cuántos años, planteando algo diferente. Diferente sí, mejor no. Asimismo, en esta mezcla de buenas intenciones y de algunos enunciados que figuraban en leyes anteriores se trae a colación a dos Institutos sobre los que la bancada del Partido Nacional ha dicho hasta el cansancio que comparte la filosofía y que quizás haya que discutir cómo deberían estar conformados y ver el articulado que corresponde a esto. El Gobierno ha puesto énfasis en eso; la discusión que he escuchado en esta Sala tiene que ver con si el Partido Nacional vota o no la creación de estos institutos. Yo le voy a hacer un pedido a la bancada de Gobierno: si esa es la discusión, no se preocupen, separemos las aguas y quitemos los artículos referidos a la creación de los institutos -porque estamos dispuestos a discutir en el plenario y en las Comisiones correspondientes cómo debería ser el articulado- y pongamos el resto del proyecto sobre la mesa. Seguramente encontremos votos para la creación de estos institutos, lo que no tiene nada que ver con una especie de chantaje de que el Partido Nacional no votaría porque no puede acompañar toda la ley. No tiene que ver con eso. Nuevamente se equivoca el Gobierno. En primer lugar, tiene que ver con un mínimo de respeto institucional y, en segundo término, con el articulado sobre la creación de estos institutos, con los que coincidimos en el espíritu, pero discrepamos con su contenido. Que la gente no se engañe, que lo tenga claro: compartimos la formación universitaria de los docentes -¡cómo no lo vamos a hacer si es una vieja bandera de los docentes!- y compartimos la creación del instituto técnico -¡cómo no lo vamos a hacer!-, pero no compartimos el hecho de que este Gobierno pretenda ponernos dos caramelos en el medio de esta discusión para ver si mordemos un proyecto de ley que, en caso de aprobarse, no sé si será mejor que la ley anterior.

Este es un problema de formas respecto a los mecanismos que se traen a Sala y a la manera en que se ha trabajado en este proyecto de ley. Insisto en que era importante presentar algo; no importa si eran dos páginas o qué dicen ciento quince artículos. En algunos puntos coincidimos y en otros tenemos diferencias, pero en todos nos parece que hay una especie de cosa enunciativa, que no dice realmente -después vamos a entrar en el tema de fondo- cómo hacemos para cambiar la ineficiencia que puede existir en el ámbito educativo, no dice qué soluciones tenemos que plantear ni cuál es la herramienta para mejorar la calidad educativa. Esto no lo plantea, no nos engañemos. El Gobierno eligió poner énfasis en otra cosa: un par de cargos para los docentes; recién escuché en Sala que ni siquiera lo definiría el Orden sino que sería a nivel gremial, lo cual me asusta, pero no por el gremio, que yo integro, sino porque me parece que para estas cosas hay que buscar amplias mayorías, bases más amplias y no achicar cada vez más el escenario. Tampoco llega al análisis de fondo ni sabe qué es lo que hay que hacer en la educación; no tiene un diagnóstico claro de lo que está pasando; se equivoca en la herramienta y, por lo tanto, falla en el cómo y en el con qué. Esto es, simplemente, para quedar bien, para apuntarse un garbanzo, como dije recién, y decir que este Gobierno cambió la ley de educación. Con ese tipo de planteos, carentes de contenido, no llegamos a lo que deberíamos lograr: que cualquier ley de educación que el país se proponga debería ser la principal política de Estado y, por lo tanto, para su definición, debería contar con la mayor amplitud en este Parlamento. No puede ser una ley renga, con una visión hemipléjica de esta Cámara y de la mitad del Senado -quedando la otra mitad de ambos Cuerpos afuera-, porque no vamos a reprochar las mayorías que el Gobierno tiene actualmente -y que tiene todo el derecho a utilizar-, pero tampoco vamos a negar nuestro derecho de ser apenas minoría en la oposición, representando a casi el 50% de los habitantes del país. Hay que saber -esto lo hemos hablado en los ámbitos educativos en los que trabajamos- que ni de un lado ni del otro se está de acuerdo con el proyecto de ley que se ha presentado. Algunos por poco y otros por demasiado, pero todos coinciden en que los problemas de fondo no están planteados en esta iniciativa. Aquí no hay soluciones claras para decir: “Cambiamos el rumbo de la educación; le damos al país una he-

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rramienta clara y contundente para, a través de la formación en el aula, buscar una salida a la crisis y, a través de la formación y el aula, buscar de alguna manera que en los próximos diez, quince o veinte años construyamos una sociedad mejor”. Lo digo más allá de los buenos enunciados que, insisto, son solo eso: enunciados. Vamos al contenido, al fondo de este tema. Este proyecto de ley no soluciona, por ejemplo, las dificultades de integración social que hoy el país está viviendo. Denunciamos muchas veces en esta Cámara -no arranca en este Período, es cierto, pero también en este Gobierno se ha mirado para otro lado- que el sistema educativo se equivoca cuando pretende que la educación media sea el lugar de integración social para aquellos jóvenes de calle, a los que indudablemente reconocemos que hay que sacar del medio donde están para reinsertarlos nuevamente en la sociedad; pero no se trata de sacar un chico que está en un semáforo pidiendo una moneda o limpiando un vidrio para que venga a estudiar Matemática, Física, Biología, Historia o Geografía. El que alguna vez pisó una institución educativa sabe que por ese camino no hay manera de lograrlo, que lo que estamos generando es que vengan algunos chicos durante un tiempo -con la mejor de las intenciones o preocupados por las compensaciones que el Estado da a cambio de participar en la instancia educativa-, desacomoden el ritmo de la clase y los perdamos, más tarde o más temprano, y seguramente también a los otros -como ha pasado-, a aquellos que tienen las condiciones intelectuales, pero que al enlentecerse el ritmo de clase -porque nos equivocamos de espacio o ámbito- se aburren y abandonan el sistema. Esto es lo que está dando la enseñanza hoy. Se sobrecarga a los docentes, los brazos tenedores del sistema educativo durante los últimos veinte años, con un montón de tareas y no vienen las compensaciones a cambio. Pero esto no pasa por la compensación sino por redistribuir roles y redefinir otro tipo de actores que tienen que participar en esto. Con esta ley el Gobierno eso no lo soluciona. Este Gobierno no soluciona el abandono educativo producto de la falta de incentivos. Creo que durante los últimos quince años hemos vivido cuatro o cinco programas de estudio en Secundaria. Un chico entra a estudiar una cosa y cuando termina el liceo estudia otra totalmente distinta porque la que empezó, no la pudo terminar. Ahí las herramientas fallan, así como los planes y los programas, que no son para una ley,

pero la herramienta tiene que estar arriba de la mesa para ver cómo se instrumenta. Lo cierto es que los planes y los programas no se adaptan a la situación del chico en su comunidad. Además, se ha venido renunciando al proyecto de centros, que no está planteado acá, a pesar de lo que se dice acerca de la participación de los padres. Un proyecto de centro tiene que ser algo más que una conjunción de voluntades en torno a una vecindad geográfica. De alguna manera tiene que haber un camino que reconozca la realidad social y local, no solo del entorno del liceo sino de la comunidad, de la localidad, de la ciudad donde está ubicado; eso tampoco está contemplado. No define el rol de la enseñanza media, la que ha perdido el viejo rol de preuniversitaria, lo que hace que muchas veces las opciones educativas que los jóvenes se plantean no sean las más adecuadas. Seguimos trabajando en torno a la formación de profesionales en un mercado saturado generando, con suerte, la culminación de los estudios y quizás el abandono del país o, con mala suerte, alimentando un sistema educativo ineficiente que paga -estamos de acuerdo con que lo pague, pero también queremos que haya eficacia- muchas veces a estudiantes que no pueden terminar sus estudios -los que abandonan- y eso es falta de calidad y de eficacia en el manejo de los dineros públicos que tenemos que cuidar. Además, aquí no se plantea la integración de otros ámbitos que están subaprovechados; quizás esa definición de no formal sea lo suficientemente vaga como para que queden incluidos. Tal vez esos ámbitos colaboren mucho más en la inclusión social del joven de la calle, por ejemplo, como espacios deportivos que hoy no están integrados, plazas de deportes. En nuestra opinión, falta un gran proyecto deportivo de aprovechamiento de esos espacios que haga que el joven que está fuera del sistema se integre primero a una cosa lúdica y después, si en sus avances logra de a poco integrarse a la sociedad, pueda continuar sus estudios secundarios. Este proyecto de ley plantea la creación de dos institutos. (Suena el timbre indicador de tiempo)

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SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Ha terminado el tiempo de que disponía, señor Diputado. Tiene la palabra el señor Diputado Monzeglio. SEÑOR MONZEGLIO.- Señor Presidente… SEÑOR CASÁS.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MONZEGLIO.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR CASÁS.- Señor Presidente: decíamos que este proyecto plantea la creación de dos institutos y, como bien anunciábamos más temprano, el Partido Nacional comparte su filosofía, pero quiere retocar su contenido. Repito el planteo a la Cámara: que se retiren del articulado estos dos proyectos, los trabajemos en un plazo breve, para votarlos por separado y dar los votos que necesita. Pero que hoy no haya dos tercios de votos en Cámara, no es culpa del Partido Nacional, como el Partido de Gobierno pretende plantear. El Partido de Gobierno ha focalizado la discusión de este proyecto en torno a los Institutos y a la falta de apoyo para su creación, porque no puede sostener lo otro, porque no puede decir que esta ley es buena desde el punto de vista educativo, y porque no se puede enojar cuando el Partido Nacional dice que la va a derogar, siendo que no ha generado las instancias de participación para trabajar en torno a esto. De alguna manera, en uso legítimo de sus mayorías pero en una visión, insisto, hemipléjica, plantea que así está la ley, así se vota y si les gusta bien y si no, que hagan lo que quieran. Entonces, no se puede mojar la oreja a la oposición y después pedirle que ponga los votos para crear unos institutos cuya filosofía compartimos, aunque no así el articulado relativo a ellos, sobre el que queremos trabajar. Que quede claro eso porque quizás como noticia en la prensa o del manejo que se haga de esto surja el pensar que la oposición no quiere en esta reforma educativa -llamada pomposamente “reforma educativa”- votar los institutos planteados por el Gobierno. ¿Cómo no vamos a querer votar? Con muchísimo gusto, pero insistimos: la principal política de Estado que un Gobierno debe tener -si quiere tener política de Estado y si no que se haga responsable por lo que genera, y le tocarán derogaciones, si corresponden- debe ser la educación. Y en esto uno no esperaba la mendicidad de un partido. Alguien dijo por ahí que el Partido poco menos que tenía que arrastrarse y golpear la puerta para pedir al

Gobierno que por favor nos dejara participar en el articulado de la ley. ¿Sabe qué, señor Presidente? Que las políticas de Estado tienen que surgir de la convocatoria del que tiene la mayoría; tienen que surgir de la responsabilidad del que posee el Gobierno. Hasta ahora nunca vi, ni en la democracia uruguaya ni en ninguna otra parte del mundo, que un partido de la oposición tenga que arrastrarse a golpear la puerta al Gobierno para ver si lo deja participar en una discusión. La invitación tiene que salir del Partido de Gobierno, porque es el que tiene la responsabilidad, en función de sus mayorías y del lugar que ocupa, de convocar a todos los actores. Pero hace tiempo que estamos gobernando solo para la mitad de la sociedad, cuando a veces ni siquiera llegamos a la mitad. De alguna manera eso lo estamos pagando todos, pero lo que más me preocupa es que con estos bocetos de leyes que no van a las soluciones de fondo, y que están aquí planteados, que no dejan contenta ni a la izquierda ni a la oposición, salvo a la bancada de Gobierno, que uno sabe que no cuentan con el apoyo ni en la calle ni en este Parlamento, más allá de los votos que el Gobierno posee, estamos perjudicando en definitiva lo que esta ley dice que tenemos que cuidar: a los jóvenes, a los chicos, al fin de la educación, a los chicos y a los jóvenes que día a día buscan su alternativa para salir del pozo, para cambiar su orientación social y quizás económica en todo esto. Creo que deberíamos tener una discusión más amplia. La Universidad de la República se ha tomado la molestia de opinar sobre el sistema educativo. Previo a su ingreso, ha hablado de la educación media en más de una oportunidad. Tenemos una ley orgánica de 1958 que impide que votemos modificaciones a la ley universitaria si no tenemos determinadas mayorías. De alguna manera la Universidad también debe estar involucrada en esto. Me gustaría que cuando hablamos de una ley de educación nos refiramos a una ley de educación integral y no solamente a los primeros estratos, dejando el final para otro momento. La educación en el país es una sola y no entiendo la defensa a ultranza que se hace desde el Gobierno de la educación pública, quizás en desmedro de la privada, porque hace poco se publicaron datos en un medio de prensa que trasmitieron que buena parte de los hijos de los legisladores de todas las bancadas se educan en instituciones privadas, así como lo hicieron algunos de ellos, y esto involucra a todos los partidos.

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|Cuando hablamos de lo público y de lo privado, tendríamos que discutir que no nos debería asustar, por cuanto deberíamos trabajar para que la educación pública tuviera una mejor calidad que la privada; en la mayoría de los casos es por eso y no por otros motivos que la gente opta por una institución privada y no por una pública. Cuando hacemos una defensa a ultranza en el discurso pero no buscamos mejorar la calidad educativa de lo público y seguimos temiendo que lo privado nos gane la cancha, en realidad estamos equivocando el procedimiento; estamos entregando de antemano la posibilidad de pelear, de construir una educación mucho más al alcance de todos y, por sobre todas las cosas -no está planteado en este proyecto; es mi opinión y creo que habría sido bueno que se planteara-, de analizar cuál es la forma más equitativa para impartirla, si dar el mismo tipo de educación a todo el mundo o dar educación diferente a personas diferentes. Hoy en día los padres no tienen posibilidad de opción. Actualmente una escuela es igual a otra, una universidad técnica es igual a otra y es igual un liceo a otro. Los planes, las formas de administración, los contenidos y, en muchos casos, hasta los docentes, son los mismos en una institución y en otra. Los padres son rehenes de un sistema educativo que no les permite -a no ser que paguen- buscar una alternativa mejor para formar a sus hijos. Nada más ni nada menos que los próximos quince o veinte años tendremos una sociedad desarrollada en función de esta educación que va a seguir padeciendo las mismas dificultades; y como hemos visto muchas veces, seguiremos viendo que aquellas personas con mejores condiciones intelectuales para desarrollarse en nuestro país se quedan por el camino porque, con razón, ponemos el énfasis en la integración de los más débiles, con lo que estamos de acuerdo; lo digo antes que alguien exprese que no estamos de acuerdo con eso. Seguimos pensando que la herramienta no es la educación que tenemos ahora ni la que está plasmada en el proyecto de ley del Gobierno y queríamos hacer este planteamiento. Nos parece que el camino es equivocado y no aspiramos a derogar por derogar; aspiramos a que raíz del resultado de la próxima elección esta ley se modifique, se derogue y se construya otra -se lo vamos a reclamar a nuestro Presidente- que tenga amplitud de base y de convocatoria a todos los partidos,

porque -insisto en lo del comienzo- la ley de educación y las políticas educativas deben ser las primeras política de Estado que nuestro país debe tener. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Puede continuar el señor Diputado Monzeglio. SEÑOR MONZEGLIO.- Señor Presidente: aprovecho estos minutos para dejar constancia, según me obliga el Reglamento, de que formo parte de un instituto de enseñanza privada a nivel de Dirección. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra la señora Diputada Passada. SEÑORA PASSADA.- Señor Presidente: durante las últimas dos horas hemos escuchado que la oposición habla del monopolio que tiene esta bancada, de su cantidad de integrantes, y otras veces se ha hablado de la mano de yeso. En cualquier momento podemos llegar a escuchar que las elecciones de 2004 fueron inconstitucionales y que, por lo tanto, aquí tenemos 52 legisladores porque la ciudadanía o el pueblo se equivocó en su opción política. También se dijo que se pide participación y me preocupa muchísimo escuchar eso y recordar que en la ley de Presupuesto del año 1995 se nos contrabandeó una reforma educativa. ¿A quién se consultó? A esta bancada no se le consultó. A los docentes, menos; a los estudiantes muchísimo menos; a las ATD no se las tuvo en cuenta. Entonces, uno se pregunta si está bien este doble discurso cuando estamos discutiendo un proyecto de ley como el que proponemos, cuando tuvimos más de siete planes diferentes durante estos últimos años y los docentes los teníamos que dar en las aulas sin chistar. No voy a repetir algunas de las claras exposiciones de los compañeros de mi bancada con relación al proyecto que hoy estamos tratando. Sin lugar a dudas estamos ante un nuevo marco normativo que supera la ley de educación que tenemos hasta hoy, cuya emergencia cumple más de veinte años. Estamos superando y acordando demandas de nuevos tiempos que este Gobierno no duda en hacer cumplir. Hay un camino que este Gobierno está empezando a desterrar y es el que se ha impuesto en estos últimos veinticinco años con las distintas reformas neoliberales que tuvieron claramente bajos resultados, más allá de

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que nos consta que cumplieron con todas las propuestas reformistas que les indicaron los organismos internacionales; hicieron absolutamente todos los mandados. Sin embargo, la deserción no bajaba y los índices de repetición tampoco. En materia de educación, cuando se considera un proyecto de ley con los contenidos del que hoy estamos tratando, no podemos dejar de lado el Presupuesto. ¿Quién no recuerda que aquí se votaban presupuestos y después teníamos Rendición de Cuentas cero, ya que los organismos devolvían a Rentas Generales el dinero que aquí se aprobaba porque no lo gastaban? No se creaban escuelas; no se creaban liceos; se cerraban cursos. Eso también es parte de la mirada diferente que se tiene del proyecto que está sobre la mesa. Se han hecho reformas que fracasaron y lo hicieron, fundamentalmente, porque no tenían apoyo distributivo. Tenían una clara forma asistencialista y eran focalizadas. Nos guste o no, el debate está y no nos vamos a poner de acuerdo sobre la clara intromisión entre lo público y lo privado. Yo entiendo que la oposición no acompañe este proyecto porque es otro. Mire si será otro proyecto: asumimos el Gobierno con US$ 500:000.000 de inversión y nos vamos a ir con US$ 1.500:000.000 de inversión; asumimos con menos del 2% del Producto Bruto Interno y vamos a llegar al 4,5%. Son proyectos diferentes. Tenemos que pensar que frente a los tremendos desafíos que se plantean en la actual situación educativa de la región -me atrevo a decir que en el planeta-, uno de los problemas centrales que se debe resolver es la participación de los trabajadores del sector y su real involucramiento en la aplicación de las políticas educativas; lo decía con muchísima claridad el compañero Diputado Cánepa. Ese ha sido uno de los grandes problemas que durante años sufrimos los educadores y los trabajadores de la educación. ¿Cómo, hasta el día de hoy, no van mantener su desconfianza los educadores en cuanto a que es posible participar en un proyecto educativo como lo hicieron? ¿Cómo no van a tener esa desconfianza si en el año 1996 muchos de mis colegas que están en esta Sala y muchos de mis compañeros que están en las barras pedíamos un debate educativo? Un connotado Consejero del CODICEN nos decía: “¿Dónde van a debatir? ¿En el Estadio Centenario?”. No debatimos en el Estadio Centenario; nos dimos nuestra forma de debate y

participación; lo tuvimos. No habremos colmado todas las expectativas pero nos dimos las formas que nos habíamos planteado. ¿Cómo pueden sentirse los docentes cuando debían aplicar los currículos sin tener en cuenta la mínima opinión técnica de ellos? Después de la aprobación de este proyecto podrán hacerlo. Tenemos que reconocer que, indudablemente, durante todo el proceso de estos veinticinco años hubo una ruptura del entramado social, y hay que zurcir y buscar los justos equilibrios. ¡Claro que negociamos y peleamos por la negociación! ¡Si habremos peleado por la negociación! Algunos no convocaron nunca más los Consejos de Salarios. Este Gobierno los convocó; esa es una idea de que peleamos por la negociación. La experiencia indica que no es posible el éxito de ninguna reforma educativa sin el convencimiento profundo de los docentes de que tal reforma será efectivamente un avance real en las condiciones de vida integrales de nuestros educandos y de sus familias. Entonces, aparecen sobre la mesa los debates acerca de cuáles son y cuáles deberían ser los grados de autonomía y de cogobierno, en lo que se refiere a gestión administrativa y financiera del sistema educativo y qué se entiende por ello. Este aspecto aún no resuelto en la inmensa mayoría de nuestros países representa uno de los nudos esenciales en la búsqueda de un posible consenso, que surja de grandes acuerdos básicos en el ámbito nacional y que permita explorar ordenadamente acuerdos regionales que involucren a la mayor cantidad posible de actores comprometidos con el hecho educativo. Una de las premisas para avanzar en el aspecto anterior es la garantía institucional de poseer autonomía, sin que ello represente un divorcio o una falta de coordinación con el resto de los sectores representativos de la sociedad organizada y sus diversos proyectos de nación. El hecho de tener en conjunto la administración del Estado y del sistema educativo, en el pasado operó inhibiendo la aplicación de los resultados de la innumerable participación de docentes, académicos, y la sociedad en general, realizando diagnósticos y propuestas desde y hacia los sistemas educativos. Por lo tanto, resulta indispensable avanzar en los aspectos concretos y legales que garanticen la institu-

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cionalidad, no solo en los aspectos consultivos, sino también resolutivos. Finalmente, quiero señalar algunos puntos que demuestran por qué estoy convencida de aprobar este proyecto de ley. En primer lugar, se rompe la lógica histórica de la no participación real de los docentes, no solo en términos consultivos -en muchos casos, lo que teníamos en forma permanente eran simulaciones de consulta, que no es lo mismo que tener en términos consultivos la participación-, ya que también se abordan los espacios resolutivos, independientemente de la cantidad de integrantes de los órganos de conducción de la enseñanza, lo cual puede ser un tema -como está sucediendo en la realidad- de debate y de visiones diferentes, en el que podemos seguir profundizando y trabajando. Esto en ningún caso impide que la participación amplia en términos de la demanda histórica de los trabajadores de la educación sea contemplada en este proyecto de ley en sus dos vertientes materializadas: por un lado, en la consulta y, por otro, en el consiguiente carácter resolutivo. En segundo término, se rompe la lógica neoliberal de autonomía desarrollada y propagandeada en los años noventa. Es importante recordar con precisión que los neoliberales hablaban, y hablan, de autonomía en términos de quitar la responsabilidad del Estado de la educación pública, eso que hoy hemos escuchado acá de parte de algunos colegas. Por lo tanto, queda claro que este proyecto ataca en su centro a la lógica neoliberal desde el momento en que el Estado reafirma su responsabilidad y deber de manutención presupuestaria del sistema público y, al mismo tiempo, introduce la participación docente, lo cual demuestra con claridad la diferencia entre un proyecto educativo y otro. El primero, el proyecto neoliberal, producto de la fracasada reestructuración capitalista de los noventa, por el que se daba una amplia participación e injerencia a empresas y a empresarios como gestores del dios mercado, mercado cambiante, que supo en la educación pública, y particularmente en la educación técnica, mediante injustas pruebas de ingreso, limitar la participación de los estudiantes en la Universidad del Trabajo, contrasta nítidamente con este proyecto, en el que se garantizan y se crean organismos en los que los trabajadores y los educandos tendrán voz y voto en el diseño, la evaluación y la toma de decisiones en el hecho educativo.

Por último, debe quedar claro que toda transformación deberá ser controlada, vigilada y evaluada en forma permanente para alcanzar los mejores resultados educativos para nuestro pueblo. Creemos que este proyecto es un paso importante en esa dirección y las puertas que hoy estamos abriendo nos permitirán cumplir los objetivos de mejorar un sistema que debe estar cada vez más cerca de la gente, del país y del desarrollo. Muchas gracias. SEÑORA CASTRO.- ¡Muy bien! (Ocupa la Presidencia el señor Representante Mahía) SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Mahía).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: la intervención que acabamos de escuchar parece más una exorcización que un planteamiento vinculado con el proyecto de ley. Entiendo las dificultades de jugar en los dos campos -un tiempo en el sindicato y un tiempo en el Parlamento-, y cuando afloran esas contradicciones, obviamente, se escuchan este tipo de planteamientos, que lo que hacen es tirar la pelota a la cancha del vecino, y por eso se hace más fácil atacar a los Gobiernos anteriores que responder al gremio de la UTU, que visitó la Comisión y dijo cosas como que: “Nosotros entendemos que este proyecto de ley va en dirección contraria y que profundiza el proceso de desmantelamiento que tiene la UTU […]”. Esto dice el gremio de la UTU respecto de este proyecto, los sindicalistas que están ahí afuera, ámbito que muchos de los presentes integraron y que supieron agitar este mismo discurso. ¡Seguro! Hoy hay que decir otra cosa acá adentro, pero esto lo dicen quienes provienen de la estructura sindical a la que se dice proteger y alentar, para la que, como se ha dicho acá, se está estableciendo un sistema nuevo. Además, los gremialistas de la UTU dicen que este proyecto “[…] concibe a la formación profesional pegada al mercado y al Poder Ejecutivo como regulador y tiende a separar la formación terciaria porque piensa las cosas desde los niveles de la UTU […] termina de disgregar la idea de sistema de enseñanza

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técnico profesional, alimentándose en sus distintos niveles”. Lo mismo afirma la Asamblea Técnica de la Universidad del Trabajo del Uruguay, que dice cosas muy distintas a lo que se ha manifestado en el Cuerpo con respecto a este proyecto de ley. No sé cómo es esa suerte de tratar de interpretar lo que quieren y dicen quienes supuestamente son beneficiarios del sistema y lo que realmente expresan. La mejor manera de hacerlo es a través de lo que ellos han dicho en el Parlamento, opinando acerca del proyecto de ley. Esto de hablar -con un discurso que hasta esta hora no habíamos escuchado- de proyectos neoliberales, no es otra cosa que etiquetar o estigmatizar políticas educativas, con las que se podrá coincidir o discrepar, estigmatizar una forma de conducción. Se dicen cosas contrarias a la realidad, que no se construyeron liceos, que no se abrieron nuevas escuelas, como si el proceso de inversión pública tuviera tres años en Uruguay y todo el sistema educativo nacional fuera fruto de la magia o hubiese aparecido en los últimos tres años, cuando todos sabemos que el sistema educativo ha recibido fuertes inversiones. Se ha dicho acá que antes se devolvía la plata pero, ¿qué pasó durante esta Legislatura? ¿O tengo que recordar lo que pasó en la Rendición de Cuentas de 2006, cuando el 40% de los dineros destinados a la ANEP y votados por el Parlamento para el rubro inversiones no se gastó? ¿Tengo que recordar la plata que este Gobierno devolvió en materia de inversiones, por mala gestión, por desconocimiento o quizás porque las autoridades eran nuevas y no tenían experiencia? No hay que ir muy lejos para encontrar ejemplos de devolución de plata. Hay que revisar en la casa: hay que ver primero la viga en el ojo propio y no la paja en el ojo ajeno, y saber cómo en este Gobierno no se ejecutaron los presupuestos. Sin duda, después utilizándose mecanismos presupuestales esos números no aparecen, porque ahora la plata se pasa para el Período siguiente; quizás esa haya sido la mejor forma de salir de la ineficacia de la inversión, es decir, no se devuelve la plata, sino que queda y la gastamos cuando podamos. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Hernández) ——De todas formas, no me parece que culpando al pasado se pueda explicar mejor este proyecto. Muchas gracias.

SEÑOR SCAVARELLI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SCAVARELLI.- Señor Presidente: voy a contestar una nueva alusión política, que parecería que es la forma de defender este proyecto de ley cuya parte sustantiva -insisto- no llega a conseguir los dos tercios de votos y, por lo tanto, es una nueva arquitectura absolutamente inviable. Aunque el señor Diputado José Carlos Cardoso ha adelantado alguno de mis argumentos, no puedo dejar pasar que hubo un momento en que, hablando de neoliberalismo y de privatizaciones, creí que en el orden del día estaba el tema de PLUNA o alguno similar. Es inadmisible para mi Partido que se atribuya la condición de neoliberal en materia educativa o en alguna otra, en mi caso particular. No se puede hablar de neoliberalismo en una educación que en nuestro Período tuvo el privilegio de instrumentar la enseñanza de tiempo completo, de llevar la educación a los lugares más críticos y de incorporar los niños a las aulas desde la primera edad. Creo que no le hacemos bien a este debate, y menos bien le hace que se insista en el consenso logrado en medio de una discusión que se da ante un paro general de toda la educación del país. ¿De qué estamos hablando? Yo no veo a la gente afuera de los centros educativos, a los docentes, a los gremialistas ni a los estudiantes clamando para que se vote este proyecto de ley. Al contrario, están afuera, prendiendo cubiertas -como cuando yo llegué- para tratar de impedir que esta iniciativa se trate. El panfleto que me dieron cuando venía para acá -que no leeré porque es agraviante, pero lo tengo en el bolsillo- dice cosas muy duras contra este proyecto y se supone que viene de gremialistas. Entonces, no quieran hacernos ver un mar de rosas, pluralista, democrático y socialdemócrata -como soy yo, y antes eso era batllismo- ni me digan que lo que está vigente es neoliberal y que lo defienden quemando cubiertas en la puerta, porque no se quiere este proyecto. Si usted no quiere el proyecto nuevo y hace paro general es porque, de algún modo, está negociando o admitiendo lo que viene de antes. Yo no los veo defendiendo un proyecto alternativo.

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No puedo admitir que se califique de neoliberal y no consultivo un CODICEN integrado por gente del calibre de Tornaría. ¿De qué estamos hablando? ¿De qué estamos hablando en este país? ¿Estamos comenzando una caza de brujas con respecto a la condición intelectual y comprometida con los temas sociales de uruguayos y uruguayas ilustres para esta comunidad? No es admisible discutir un proyecto del que acaban de leerse algunos principios que atienden a la construcción de la paz, de la tolerancia y de la creación de determinado clima entre los uruguayos si los parlamentarios estamos discutiendo y el mejor argumento, en el marco de una enseñanza en paro general por un proyecto que no quiere y porque los docentes han sido consultados y no tenidos en cuenta, es la historia del neoliberalismo aplicado a algo que no es neoliberal. Insisto: creo que si fuera responsable de la bancada de Gobierno -por supuesto, no lo soy y en ningún momento puse en tela de juicio la legitimidad de una ciudadanía que votó como lo hizo, lo que respetaré y haré respetar hasta el límite de mis fuerzas- diría que la dinámica del funcionamiento parlamentario del Gobierno ha sido exclusiva -lo que no sería grave-, pero en realidad ha sido excluyente. Esto es documentada e históricamente indiscutible. Por eso, creo que el mejor homenaje que se puede hacer es tratar de defender ideas. Si esto fuera para que comparáramos este proyecto de ley desde la CONAPRO a las legislaciones subsiguientes sería una buena cosa y el Partido de Gobierno se haría un gran favor volviendo a Comisión la iniciativa, para que los servicios técnicos elaboraran un cuadro comparativo estableciendo qué está y qué no estaba, qué se aplicó y qué no se aplicó. Pero, ¡claro!, yo me equivoqué al decir que estábamos en un régimen monopólico; no es así: es oligopólico. En unos instantes, en esta misma Cámara, sin los dos tercios de votos que harían que la reforma fuera viable -porque lo que queda es una parte de principios en la que estamos todos de acuerdo- estaremos votando la iniciativa en este desfiladero en el que las cosas se van aprobando para ver si después se rectifican. Insisto en que confío en la capacidad de reflexión. Sumo mi voz a lo que ha dicho el Partido Nacional: que si este proyecto se aprueba en estos términos tendremos que asumir el compromiso de modificarlo, y de hacerlo en el camino de lo que sentimos

que la ciudadanía aceptará cuando lo pongamos a su consideración en los planes de gobierno. SEÑORA PASSADA.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PASSADA.- Señor Presidente: en cuanto a lo vertido por el señor Diputado José Carlos Cardoso voy a hacer referencia a lo único que me preocupa: ni en mi vida política ni en mi vida sindical juego en dos canchas. Gracias, señor Presidente. SEÑORA CASTRO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Para una aclaración, tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA CASTRO.- Señor Presidente: en realidad, deseo hacer dos puntualizaciones. La número uno es que en esta Sala hay legisladores que hemos sido integrantes de sindicatos, inclusive, del mismo sindicato, y antes de ser Diputado, alguien ocupó un puesto de gobierno exhibiendo posturas muy diferentes a las que tenía ese sindicato en aquel momento. No se trata solo de lo que está diciendo esta legisladora; hay actas, hay documentación. La segunda puntualización tiene que ver con la caracterización de neoliberal de las políticas educativas que se desarrollaron en los noventa. No se trata de la valoración que ha hecho la compañera Passada o de la que puedo hacer yo. Léase la documentación del CODICEN de la época. Analícese paso por paso. ¿Qué eran los famosos PME, Proyectos de Mejoramiento Escolar y otras innovaciones? Luego de analizar esto se entenderá cómo desde esa perspectiva se tenía una concepción neoliberal; inclusive, en algunos casos, en algunas de las revistas que publicaba el propio CODICEN así se lo explicitaba. También se lo explicitó con anterioridad en la Conferencia de Jomtien, llamada “Educación para todos”, a la que se refirió en forma permanente la mal denominada reforma educativa de los noventa en el Uruguay, que todos conocimos y tuvo a su frente al profesor Rama. No estoy descalificando técnicamente a las personas que integraban y llevaban adelante los distintos Consejos. Este es un problema de ideas; estamos debatiendo ideas.

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Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Hernández).- Tiene la palabra el señor Diputado Pérez Brito. SEÑOR PÉREZ BRITO.- Señor Presidente: en primer lugar, voy a hablar desde dos lugares que me parece importante citar. Lo primero es que siento un profundo respeto por los compañeros que han trabajado en la Comisión, tanto en la del Frente Amplio como en la del Parlamento. Valoro enormemente ese trabajo; sé que han pasado horas y horas de discusiones, pero eso no implica que coincida exactamente con el resultado al que arribaron. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Perdomo Gamarra) ——La segunda cuestión que quiero mencionar para que quede muy clara es que participo orgulloso de mi Gobierno, porque este es el mayor presupuesto que se ha dado a la enseñanza en muchas décadas. Sin embargo, tengo la sensación -más a nariz que otra cosa- de que la opinión pública está ausente de este debate; es lo que noto: está como ausente, como lejana de la discusión que estamos teniendo en este lugar. Como me manejo como un vecino -no soy nabo, pero en algunos temas me manejo como un vecino-, me parece mentira que en un país tan pequeño como el nuestro, con pocos habitantes, no podamos ponernos de acuerdo para discutir un proyecto de educación que contemple una verdadera política de Estado que trascienda los partidos políticos, los Períodos de gobierno y hasta nuestras vidas. Lo digo porque de lo que hoy discutimos -la mayoría lo sabemos- es de la educación de nuestros hijos, de nuestros nietos, de los hijos de nuestros amigos y de los seres que queremos. No deberían existir tantas bibliotecas para tratar el tema de la educación; sin embargo, hoy esas bibliotecas están aquí presentes y por detrás de todo está la ideología. Detrás del discurso de cada uno y del pensamiento que tenemos con respecto a la educación está la ideología, y nos queda claro que no es lo mismo ver la educación desde la izquierda, desde la derecha o desde el centro. |Pero aún así, en un país democrático debería haber un esqueleto, una matriz en la que ponernos de acuerdo.

Compañeros de la Cámara: cuando se rompe una puerta, ¿a quién llamamos? ¿Al odontólogo, al mecánico, al orfebre? Llamamos al carpintero. Y cuando rompemos el auto, ¿a quién llamamos? ¿Al carpintero, al ebanista, al almacenero? Llamamos al mecánico. Y cuando estamos enfermos, ¿consultamos al trabajador rural, al mecánico, al joyero? No, llamamos al médico. Cada uno, en su oficio o profesión, ha obtenido la profundización de su conocimiento, que tiene historia, práctica, investigación y desarrollo futuro. Así que, generalmente, salvo que atente contra el sentido común, confiamos y creemos en el que tiene que ver con la cosa a estudiar. Para esta iniciativa, la opinión de los docentes y de los estudiantes es primordial, atendible; ellos son los que tienen la práctica, el conocimiento, la historia, la investigación y el desarrollo futuro. Y yo quiero que esto quede especialmente remarcado. Idealmente, un Gobierno debe tomar decisiones, ejecutar, trabajar a veces en el medio de posiciones antagónicas, tironear de uno y otro lado; es parte del ejercicio del poder. Pero cuando un Gobierno finalmente toma una decisión y la ejecuta, hay una parte importante de los actores que van a recibir sobre sus personas los efectos de esta acción, y cuando los que tienen que ejecutar lo que el Gobierno ha definido no están de acuerdo me pregunto cuál puede ser el futuro de esa decisión. Y si para colmo el Gobierno cambia de partido, como sucede en cualquier democracia, y mañana se les ocurre otra ley, ¿cuál puede ser el futuro? Pongámoslo más claro: si los gremios de docentes, si las asociaciones de estudiantes critican este proyecto, FENAPES, AFUTU, FEEUU y, por último, la Universidad dice que sí pero con reformas, esto va a ser un parto con fórceps, porque el gurí no quiere salir o está trancado en el canal de parto. Y la vida y la política me han enseñado que lo que no está aceitado o aprobado, aunque sea tácitamente, termina con dificultades, sobre todo cuando no se tiene en cuenta a los que más saben sobre el tema. La Mesa política de mi Partido ha tomado una resolución: primero, aprobar el proyecto de ley de educación acordado por una Comisión y, segundo, comunicar lo resuelto a las bancadas de Diputados y Senadores para su instrumentación. Menciono esta resolución porque no es la primera vez que no estoy de acuerdo con la dirigencia; no es la primera vez. Voy a ahorrar a la Cámara el recuerdo de algunas cosas que he dicho durante estos tres años que finalmente se dieron exactamente como las había

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previsto, y no porque tenga la bola de cristal. Podría citar situaciones públicas y no públicas en las que lamentablemente no coincido con la dirigencia de mi Partido. Insisto: dirigencia. Repito: dirigencia, porque, en realidad, me siento respaldado o en sintonía con una parte importante del pueblo frenteamplista, una parte importante de este pueblo. Y quiero decir que si bien, al igual que la Universidad, veo aspectos positivos de este proyecto de ley, se debería haber tenido en cuenta a los que más saben sobre el tema a lo largo y a lo ancho de la iniciativa, y la contrariedad que genera no le va a permitir un fácil aterrizaje en su instrumentación. A lo largo de la vida uno se va instalando un sistema de creencias; los de derecha tendrán el suyo y los de izquierda tenemos otro, y quiero citar algunos ejemplos de lo que me ayudó a armar mi sistema de creencias. El informe en minoría de la Comisión de Instrucción Pública de la Cámara de Diputados del 3 de noviembre de 1972, firmado por Hugo Batalla, Edmundo Soares Netto y José L. Veiga, dice que “la autonomía significa salvaguardar la enseñanza de los vaivenes del poder político, significa el reclutamiento y la jerarquización del profesorado en virtud de su capacidad docente, significa el derecho de este a elegir sus autoridades en vista de intereses superiores de la educación”. Y en esa época, Julio Castro, en “La caza de brujas”, Cuadernos de Marcha Nº 67, noviembre de 1972 -estaba yendo al liceo-, decía que “la defensa de la autonomía docente ha sido la lucha de más de medio siglo contra la intromisión del poder político en el orden educativo”. También tengo en mi poder la exposición de motivos presentada por la bancada del Frente Amplio en la Cámara de Diputados del 13 de marzo de 1990, firmada por Bayardi, Pita, Borges, Álvarez, Carámbula, Beramendi, Couriel, Díaz, Cores, Guadalupe, Chifflet, Legnani, González, Rodríguez Camusso, Ibarra, Lev, Previtali, Sanseviero y Toriani, donde se expresa que “La elección de los integrantes de los Consejos Desconcentrados de Educación Primaria, Secundaria y Técnico Profesional por los docentes de dichas ramas, por voto secreto, reflejará, además la calidad específica que distingue a los electores, la conciencia cívica del país”.

El arquitecto Mariano Arana decía en la Cámara de Senadores, el 26 de junio de 1990: “expresaba el profesor Cayota que el hecho de que las autoridades de la enseñanza dependan de los sectores políticos hace que se cree una vinculación con intereses y planteos sectoriales que perjudican en última instancia a la educación. Las disputas e intereses político partidarias no las podemos trasladar a un campo completamente distinto como el de la educación, el arte, la tecnología, en una palabra, la cultura en su acepción más amplia”. El ex Ministro Astori, el 27 de junio de 1990 -entonces Senador-, manifestó en la Cámara de Senadores que “la autonomía es una bandera nacional que está plasmada para la Universidad en su Ley Orgánica. Sin la autonomía no se puede entender el cogobierno y viceversa. Estos conceptos han transformado a la Universidad de Uruguay en un ámbito en el que durante 32 años se ha intentado dar un testimonio de ejercicio de autonomía y de cogobierno indisolublemente”. También tengo en mi poder pensamientos del Frente Amplio para la educación en resoluciones vigentes del Plenario de 1997, del Congreso “Zitarrosa”; solo voy a citar una: “Profundización de autonomía y descentralización en el marco del cogobierno”. En mi caso, sigo pensando lo mismo que pienso hace muchos años; eso está en mi médula, en mi espina dorsal, en la piel; es como pienso desde la izquierda, queridos compañeros. Hay proyectos que votamos con una sonrisa -por suerte han sido muchos en este Período de Gobierno-, hay otros que son neutros, hay algunos que votamos con desgano y otros, por disciplina partidaria. Y quiero decir -este es el ámbito donde lo puedo hacer porque no tengo representación en otro lugar y porque quiero que sea público- que creo que es un error táctico, estratégico y de procedimiento discutir este proyecto en este momento particular de la política nacional, cuando los que tienen que ver con este tema, docentes y estudiantes, lo resisten y lo critican. Aquí han estado representadas todas las opiniones: las de la oposición -que aclaro que son absolutamente contrarias a la mía-, las de mi Gobierno, y faltan algunas de los directamente involucrados, Asambleas Técnico Docentes, PIT-CNT, el Congreso del Pueblo, FUM, FEUU, organizaciones estudiantiles que apoyaron la propuesta surgida del Congreso Nacional de Educación “Maestro Julio Castro”. Tengo en mi poder una declaración de

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FENAPES que elegí al pasar, que dice algunas cosas que creo que deben quedar sentadas en la versión taquigráfica, aunque después nadie las revise. Por ejemplo, dice que respecto a la injerencia del Ministerio de Educación y Cultura, que coarta la autonomía de la ANEP, el documento en cuestión no cambia sustancialmente nada; respecto a la negativa a consagrar la autonomía y el cogobierno que reclaman las resoluciones del Primer Congreso Nacional de Educación tampoco se avanza sustancialmente; respecto a las injerencias de actores privados que el proyecto planteaba desde su primera formulación, tampoco hay cambios; respecto a mantener y profundizar orientaciones educativas de la reforma Rama, de tan nefasto resultado, tampoco hay cambio; respecto a la reducción de las competencias de la UTU y la división del actual Consejo de Educación Secundaria en un Consejo de Educación Media Básica y otro Consejo de Educación Media Superior, tampoco se cambia nada. Voy a evitar leer los otros para no extenderme mucho más. En mi vida política he tratado de ser siempre coherente; a veces es difícil, pero siempre coherente. Durante todo el día me he enfrentado a un dilema: votar esta ley o retirarme, son las dos opciones que tengo. No voy a votar en contra de esta iniciativa por sus aspectos positivos, pero tampoco voy a votar a favor por todas esas cosas que están metidas en el pensamiento de un tipo de izquierda. Sinceramente, compañeros, lo creo así y me hago cargo de cualquier consecuencia que pueda tener. Por lo tanto, no voy a estar en Sala en el momento de la votación. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra la señora Diputada Pintos. SEÑORA PINTOS.- Señor Presidente: escuchando las intervenciones de esta larga pero interesante sesión, parecería que no hay responsables de la realidad de la educación al día de hoy. Todos están por fuera de las cosas que están pasando, no vienen de ningún lado y entonces por eso queremos iniciar nuestra intervención haciendo algunas precisiones que creo no están de más. Desde siempre, los frenteamplistas, en distintos congresos, hemos dicho que “la educación constituye un asunto de Estado”. En este sentido, frente a la realidad de gobiernos de los partidos tradicionales, sostuvimos que era necesaria una “[…] verdadera trans-

formación que revolucionara la educación en el Uruguay, recogiendo el consenso y la participación, tanto en su elaboración como en su implementación, de todos los actores sociales y políticos involucrados -Estado, docentes, alumnos y padres […]”, porque “[…] el Frente Amplio, como fuerza política popular y participativa […]” debía asumir “[…] el compromiso de promover y tomar como propio el gran proyecto educativo que implícita y explícitamente se ha ido elaborando -a lo largo de los años- en innumerables discusiones, diagnósticos, documentos, etcétera, aportados por docentes, padres, alumnos y trabajadores”, es decir, por la sociedad en su conjunto. Esto es lo que siempre nos ha diferenciado de la derecha. Seguramente algún despistado tratará de argumentar que todos los partidos son la misma cosa. No lo son. Sepan -y nos recordamos a nosotros mismos, frenteamplistas- que somos parte de una fuerza política que accedió al Gobierno de la mano de un programa nacional, popular y democrático. Nuestro Frente Amplio se nutrió y se nutre de las elaboraciones y los reclamos del pueblo y sus organizaciones, del pueblo organizado y más allá de los aciertos o errores puntuales, de los hombres y las mujeres que componemos este Frente Amplio, nuestro norte ha sido siempre y es “que los más infelices sean los más privilegiados”. Y esto no nació de nosotros, lo tomamos de la tradición profunda de nuestra nación. Podemos demostrar que en nuestro país la clase dominante siempre buscó controlar la educación y por eso históricamente -y hoy también- se expresa en contra de la participación. Los representantes de los partidos llamados tradicionales hoy votarán en contra de este proyecto de ley, no porque reclamen mayor participación para los directamente involucrados, sino por el contrario, lo han denunciado porque contiene demasiada participación. Y en oposición a esta concepción, nuestro pueblo tiene una larga tradición de defensa de la educación frente a los intentos de cercenarla y dejarla sin su contenido democrático. Cómo no recordar, por ejemplo, a los maestros que lucharon por instaurar la escuela nueva, como le llamaban en las décadas del sesenta y del setenta, o la lucha de los obreros y estudiantes por el cogobierno y la autonomía en la lucha por la Ley Orgánica de la Universidad. Fue nuestro pueblo y sus organizaciones los que enfrentaron el “pachecato” en este país.

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Recordemos cómo durante su Gobierno se impidió que asumiera el delegado por las asambleas -artículo 40- en una concepción que trataba de someter la educación al poder político. Esa concepción es la que se plasma luego en 1972, con la Ley N° 14.101, emitida por el Poder Ejecutivo de la época, de Juan María Bordaberry, y el entonces Ministro de Educación y Cultura, Julio María Sanguinetti, hoy Senador de esta República, y que enfrentamos la sociedad toda y los trabajadores de la enseñanza en forma multitudinaria. Ahí sí había mucho más de lo que hay hoy, pero esa historia no podemos olvidarla. Esa concepción es reafirmada durante la dictadura cívico militar al intervenir la Universidad y la enseñanza toda. Hubo centenares de docentes destituidos por su filiación política y algunos de ellos pagaron con su vida su concepción democrática; son tantos que sería imposible nombrarlos hoy a todos. Fue la lucha del pueblo organizado al que apelamos y de amplios sectores democráticos que derrotaron la dictadura; hace poco se cumplió el aniversario del 27 de noviembre y había muchísimos que reclamaban su participación en la democracia. Sin embargo, los acuerdos de la CONAPRO, que se hicieron con el advenimiento de la democracia -hay compañeros aquí presentes que participaron activamente en esas negociaciones-, fueron olvidados por los legisladores blancos y colorados durante el primer Gobierno de Sanguinetti, quienes votaron la Ley de Emergencia, desconociendo los mismos acuerdos. En esa época solo obtuvimos las ATD -Asambleas TécnicoDocentes-, que después demoraron en ponerse en funcionamiento. La Ley de Emergencia continuó con el control de la educación, que reprimió con dureza en la década del ochenta a los sectores populares. Pongamos como ejemplo -traté de acordarme pero tengo una memoria débil-, para poder seguir luchando con entusiasmo, en esa década del ochenta la acción de Pivel Devoto reprimiendo a los estudiantes que ocuparon el IPA; las observaciones de Tarigo a una docente de Historia, alegando violación de la laicidad o la destitución del querido maestro y consejero Foch Puntigliano, colorado en ese entonces, que vino a trabajar por la educación del país y que después de años terminó adhiriendo al Frente Amplio por esa propia experiencia. También se dio la limitación del desarrollo de la educación en un sentido presupuestal. Esa política

concreta buscó ahogar a la educación, al no brindarle los recursos necesarios para recuperar la calidad perdida durante la dictadura. No hubo diferencias cuantitativas en políticas educativas entre el período de la dictadura y el primer Período democrático de Gobierno. Y el señor Presidente se jactaba de que no había un sindicato que le hubiera ganado ningún conflicto durante ese período, ¿o nos olvidamos? Frente a esto, el movimiento sindical respondió con firmeza. Yo era maestra en ese entonces y ahora estoy jubilada. Como dirección del sindicato de ADEMU Montevideo y la CSEU que integramos, la Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza, junto a otros compañeros del Frente Amplio que son hoy Diputados, que están al frente de un Ministerio u ocupando otros cargos de la Administración, ahí estuvimos dando la lucha. Nuestro Gobierno debe recordar, nosotros debemos recordar que en ese período iniciamos una huelga que duró cincuenta y tres días. ¿Qué reclamábamos? Lo mismo que hoy reclaman los trabajadores de la enseñanza nucleados en los sindicatos. Me duele, me molesta -y creo que se le escapa a algunos- cuando hablan de corporaciones. No son corporaciones; son sindicatos, son organizaciones sociales como tantas otras, e importantes para nuestra democracia. Se reclamaba mejoras en los salarios, mejores condiciones de trabajo, mejoras en la formación docente. Pero hay diferencias. En esa época, a pesar de la lucha y de estar junto a miles que compartíamos nuestro entusiasmo por haber recuperado la democracia, no conseguimos ni un peso, ni una de las reivindicaciones que llevábamos adelante. Tuvimos el apoyo de la Iglesia, estuvimos en la Catedral, hicimos una huelga de hambre; los trabajadores docentes se rodeaban del pueblo. Estaban los padres; realmente eran movilizaciones multitudinarias. Y hoy, sin tanta participación, tal vez -porque los tiempos y las circunstancias políticas cambian-, se han obtenido mejoras, que no son suficientes ni las que esperaban los trabajadores. Eso también es cierto, pero se trata de reivindicaciones superiores a todas las que conseguimos durante ese período. En la década del noventa, durante el Gobierno del doctor Lacalle -me gusta hablar de esto porque tengo bastantes parientes blancos y me lo recuerdan; fui la primera dirigente sindical que recibió- se inició el desmantelamiento de la UTU a través de los conve-

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nios con organismos internacionales; también se redujo a tres años la carrera de magisterio. Asimismo, se siguió cercenando la formación docente precarizando cada vez más la enseñanza pública o la pública estatal, como le gusta decir a algunos. En aquel momento decíamos pública, solamente. Con el segundo Gobierno de Sanguinetti entramos de lleno a las reformas neoliberales. Decimos “reformas neoliberales”. Puedo citar la reforma Rama, a pesar de la presencia de la compañera docente Tornaría en el CODICEN, que luego continuó en el mandato de Jorge Batlle. Debemos recordarlas porque es parte de la realidad que tenemos hoy en la enseñanza. Recordemos cuánto fue dañada la educación de los hijos de los trabajadores: educación por áreas, flexibilización en los reglamentos de pasaje de cursos, permisividad que dejó que se acentuaran las deficiencias en la formación de una década de generaciones de nuestros estudiantes de enseñanza media, cierre de escuelas rurales, desmantelamiento de la educación de adultos. Además, gracias a la oposición de hoy pero mayoría en ese entonces, se promovieron las instituciones privadas; era un negocio para ciertos intereses empresariales. Entonces, no podemos decir que la educación privada o pública privada sea tradicional en el Uruguay; seguirá siendo tradicional ahora. Si pensamos muy atrás en el tiempo, hasta Larrañaga no quiso poner en este pequeño país una Universidad Católica. A todo esto, el Frente Amplio siempre se ubicó del lado de los reclamos populares y de los trabajadores. Uno puede leer en los distintos congresos de nuestra fuerza política, en los distintos proyectos o intervenciones en las Cámaras del Poder Legislativo cómo los frenteamplistas nos posicionamos del lado de la lucha del pueblo. En nuestro IV Congreso ordinario “Tota Quinteros”, afirmábamos: “La democratización del conocimiento y de la educación es un capítulo fundamental de nuestra propuesta. La inteligencia humana y el conocimiento son en última instancia las claves determinantes de todo progreso. Por ello promovemos una fuerte apuesta a la educación en todos sus niveles como espacio fundamental para la enseñanza, el desarrollo, la consolidación y la elaboración colectiva de los principios éticos aplicables a toda la vida humana. Hoy más que nunca importa que los jóvenes aprendan y obtengan formación que les habilite su desempeño laboral; pero resulta fundamental además, que

desarrollen un espíritu crítico y solidario que los prepare para hacer frente a los nuevos desafíos que un mundo en permanente transformación les depara, para asumir plenamente sus derechos y responsabilidades ciudadanas.- La democratización del conocimiento y del acceso a la educación sólo se aseguran independizando estos procesos de los condicionamientos por parte de organismos financieros internacionales; así como transfiriendo a los principales actores del sistema educativo (alumnos, docentes y padres) la conducción de los procesos de reforma educativa, asegurando desde el Estado la realización de los mismos por la vía de la asignación de los recursos económicos necesarios”. Es por eso que cuando nuestro Gobierno convocó al debate educativo y al Congreso Nacional de Educación “Maestro Julio Castro”, vimos una señal muy positiva, convencidos de que los lineamientos medulares emanados de ese debate y Congreso se iban a reflejar en el nuevo marco normativo. Así inclusive lo reafirmó el V Congreso del Frente Amplio “Líber Seregni”, cuando aseveró que “la futura Ley de Educación se enmarcará en las resoluciones del Congreso Nacional de Educación”. Lamentablemente, ello no ha sido así, el proyecto en discusión contiene una serie de aspectos totalmente ajenos y en muchos casos contrarios a las conclusiones emanadas del debate y Congreso educativo. Es cierto que hemos escuchado a muchos defensores del proyecto decir que las conclusiones del mencionado debate no eran vinculantes, sino referenciales; pero aun así, cabe señalar que ni como referencias han sido tomadas en cuenta. Como ya hemos manifestado, desde siempre los gremios de la educación han reclamado la autonomía y el cogobierno, porque ambos garantizan la independencia de la educación del poder político; es decir, son la garantía de una educación nacional por encima de las banderías políticas de los gobiernos de turno. Nosotros, que desde la oposición compartimos la apreciación precedente, no tenemos hoy, siendo Gobierno, motivo alguno para apearnos de ella. No es solo este aspecto el que criticamos; es también la injerencia del Ministerio de Educación y Cultura en asuntos que deben ser materia de resolución de los diferentes Consejos. Es decir que a la autonomía relativa debemos sumarle el recorte aun mayor de ella por el Poder Ejecutivo.

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Nosotros, que no ponemos en duda que el objetivo es alcanzar una educación permanente y de calidad, estamos convencidos de que la normativa propuesta expresa una mirada tecnocrática, que no avanza en ese camino. El proyecto incursiona en aspectos que, a nuestro juicio, no deben ser materia de legislación, sino de resolución de las autoridades de la educación, como las cargas horarias, las modalidades, la educación a distancia, entre otros. Nosotros tenemos aquí el proyecto emanado de la Comisión de Seguimiento del Congreso “Maestro Julio Castro”. De su lectura y de la del proyecto en discusión surgen con claridad las diferentes concepciones que los animan: una continúa las mejores tradiciones varelianas y educativas nacionales, y la otra, contiene en su seno claudicaciones a la concepción neoliberal. ¿Qué otra cosa puede ser si no, la limitación de las competencias de la UTU o la fragmentación de la enseñanza secundaria? Estas no surgen de un estudio de las necesidades sociales o pedagógicas, sino de la pretensión de adaptar la educación a una reproducción de un modelo de sociedad al que precisamente los impulsores del proyecto afirman querer superar. Y estoy segura de que eso pretenden. Creemos que el proyecto no es el que la sociedad y el país están reclamando; sus defectos minimizan los contenidos transversales que en materia de valores contiene y relativizan la relación con el trabajo que en él también se proclama. Mucho más podríamos decir, pero no queremos distraer más la atención de este Cuerpo. Solo quiero agregar que lamentamos profundamente que en materia tan delicada y estratégica como la educación no hayamos tenido la capacidad de alcanzar un gran consenso nacional, fundamentalmente con los actores del proceso educativo. Nosotros queremos cambiar la Ley de Emergencia, pero así no; así no, como dijo el maestro Soler. Señor Presidente: pedí la palabra para manifestar que no vamos a acompañar ni en general ni en particular el proyecto de ley de educación remitido por el Poder Ejecutivo. Esta actitud no es un capricho; obedece a lo que son para nosotros, como integrantes del Espacio 1001, cuestiones de principios. Hemos buscado que se nos permitiera la libertad de acción en un tema en el que todos sabían cuál era

nuestra posición desde un principio. Lamentablemente, esto no nos fue concedido. Hemos sido leales y responsables al comunicar ayer al Presidente de nuestra fuerza política y al responsable de nuestra bancada la actitud que hoy tomaríamos, pero ellos estuvieron en conocimiento de las resoluciones de nuestro Congreso desde un principio. Somos plenamente conscientes de nuestros actos y estamos dispuestos, como Partido Comunista, a transitar todas las instancias orgánicas que nuestra fuerza política nos defina. Soy comunista y en mis hombros pesa la lucha histórica de nuestro Partido, fundador del Frente Amplio, en el que siempre permanecimos y al que siempre respetamos. Pero hoy pesa también la lucha de miles de hombres y de mujeres que dieron su vida por una sociedad más justa y democrática, en donde el respeto por las decisiones populares siempre fue el norte. ¿Cómo podría nuestro Partido seguir ocupando una banca en este Cuerpo si no respetara la tradición de educación democrática que va desde Artigas, Varela, Vaz Ferreira y Grompone -a pesar de su disputa-, Reina Reyes, Yolanda Valariño, Jesualdo Sosa, Julio Castro, Selmar Balbi, Paco Espínola, el maestro Soler, hasta jóvenes maestros no de nuestro sector, como Ángel Yoldi, Elena Quinteros, Carlos Chasale, que dieron su vida por esa concepción? ¿Cómo levantar la cabeza para mirar a los padres y a los maestros que nos acompañaron en luchas pasadas, a los trabajadores y a los estudiantes que hoy rodean el Palacio Legislativo o a los trabajadores organizados que el fin de semana en el X Congreso del PIT-CNT refrendaron su rechazo a este proyecto de ley? Soy representante de un Partido arraigado en la clase obrera y el pueblo, y en ese sentido, me tiembla hoy la voz, pero no me temblará el brazo para no votar esta ley. (Manifestaciones de la barra.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- ¡Que se desaloje la barra! (Así se procede)

23.- Licencias. Integración de la Cámara.
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo.

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(Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Víctor Semproni, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Mario Mesa. Del señor Representante Javier Salsamendi, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Daniel Carbajal. Del señor Representante Jaime Mario Trobo, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 2 y 15 de diciembre de 2008, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Andrés Abt”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta en setenta y tres: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 16.465, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 1º de diciembre de 2008, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, VÍCTOR SEMPRONI Representante por Canelones”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración:

De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Saludo a Ud. muy atentamente, Yamandú Orsi”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin más, saluda atentamente, Matías Carámbula”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin más, saluda atentamente, Antonio Vadell”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Canelones, Víctor Semproni. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que, por esta única vez, no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Yamandú Orsi, Matías Carámbula y Antonio Vadell y el señor Pablo Naya integra la Cámara por el día de la fecha. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE:

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1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Canelones, Víctor Semproni. 2) Acéptanse las negativas presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Yamandú Orsi, Matías Carámbula y Antonio Vadell. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609 del Lema Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Mario Mesa. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER” “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, se me otorgue licencia por el día lunes 1º de diciembre, por motivos personales, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 17.827. Sin otro particular, lo saludo atentamente, JAVIER SALSAMENDI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Saludo a Ud. muy atentamente, Julio Battistoni”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representan-

te titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Saludo a Ud. muy atentamente, Hugo Arambillete”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Daniel Montiel”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Heber Bousses”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier Salsamendi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que, por esta vez, no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Julio Battistoni, Hugo Arambillete, Daniel Montiel y Heber Bousses, y la señora Beatriz Costa y el señor Óscar Groba integran la Cámara en la fecha mencionada. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada a su artículo primero por la Ley N° 17.827 de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de la citada. La Cámara de Representantes, RESUELVE:

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1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier Salsamendi. 2) Acéptanse las negativas presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Julio Battistoni, Hugo Arambillete, Daniel Montiel y Heber Bousses. 3) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Daniel Carbajal. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER, MARIO MESA”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por medio de la presente, solicito a usted licencia desde el día 2 de diciembre, hasta el lunes 15 de diciembre inclusive, por motivos personales. Asimismo, solicito se convoque al suplente correspondiente por el mencionado período. Sin otro particular, le saluda atentamente, JAIME MARIO TROBO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 2 y 15 de diciembre de 2008. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el período comprendido entre los días 2 y 15 de di-

ciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo. 2) Convóquese por Secretaría, por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 71 del Lema Partido Nacional, señor Andrés Abt. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER, MARIO MESA”.

24.- Ley General de Educación. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR BOTANA.- Pido la palabra para responder una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BOTANA.- Señor Presidente: debo expresar que respeto la trayectoria como luchadora social de la maestra Alicia Pintos; que respeto -aunque discrepe con ellos- los fundamentos filosóficos y la orientación de su discurso; y respeto, sin ser quién para juzgarla, la decisión que la maestra Alicia Pintos toma hoy en el ejercicio de su banca. Es sumamente respetable; no soy yo quién para juzgarla y no lo voy a hacer. Es cierto que tenemos concepciones distintas sobre la educación pública y la privada. Es cierto que tenemos una muy diferente concepción sobre lo que es la legitimidad de la participación del poder político en la educación. Creemos que los asuntos delicados de la nación, esos que inciden sobre la gente como la salud, la economía, la seguridad pública, no deben ser entregados a las corporaciones; la educación tampoco. Entonces, creemos que los legítimos representantes de la soberanía popular deben ejercer su responsabilidad, decidir en este sentido y conducir los procesos que hagan de la educación un sistema al servicio de las demandas de la sociedad de hoy y del futuro. Señor Presidente: la alusión política está dada por el hecho de haber nombrado a la figura del profesor Juan Pivel Devoto de manera crítica y de modo no ajustado a la realidad, además. Es bueno decir en este lugar que el profesor Juan Pivel Devoto es uno de los grandes historiadores de nuestro país; es uno de nuestros mejores investigadores; es un docente respetado como ninguno; es un

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celoso guardián del patrimonio histórico y cultural de esta nación. Fue Presidente de aquel Directorio del Partido Nacional que siguió al triunviro que condujera al Uruguay hacia la recuperación de las libertades públicas y de la democracia, y un hombre que aplicó la ley cuando tuvo que hacerlo, para proteger su vigencia total. En aquella circunstancia en que tuvo que desalojar el Instituto de Profesores Artigas, el profesor Pivel Devoto lo hizo ajustándose a derecho. Aplicó el principio de autoridad, pero dentro de lo que es la ley y el derecho, la legalidad toda; abogando por y defendiendo el orden, que en el marco del derecho es el primer amigo de la libertad y de la democracia. ¡Miren cómo le ha ido a nuestra sociedad por romper el principio de autoridad y por romper con la vigencia y el orden público! ¡Miren cómo estamos por haber caído en el abandono del apego al respeto a los derechos de los demás y del apego a la vigencia de la legalidad de modo permanente! Así que creo que debe quedar en la versión taquigráfica lo que este Parlamento piensa por unanimidad respecto de lo que es la persona, la orientación política y la actitud permanente del profesor Juan Pivel Devoto. No creo que la oradora lo haya agredido de modo intencional. Supongo que habrá sido en algún lapsus de esos que tenemos cuando ejercemos el derecho de la oratoria aquí en Sala. Pero creo que todos tenemos claro quién es don Juan Pivel Devoto para la historia de este país, para la historia de la recuperación democrática y para la docencia en el Uruguay. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado Lorenzo. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente… (Murmullos) SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Disculpe, señor Diputado. Si hacemos silencio y tomamos asiento podremos terminar, como corresponde, con la lista de oradores. Se lo digo sobre todo al señor Diputado Pintado, que ha estado ocupando este sitial y sabe lo difícil que es. Tiene la palabra el señor Diputado Lorenzo.

SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: es razonable que haya tanta alegría después de tragar el jarabe que se tragó. (Interrupción del señor Representante Yanes.Respuesta del orador.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- ¡Señores Diputados! Señor Diputado Yanes: ¡por favor, silencio! Señor Diputado Lorenzo: estoy seguro de que usted sabe de Reglamento. (Interrupción del señor Representante Yanes) ——Señor Diputado Yanes: ¿me permite presidir? Gracias. Puede continuar el señor Diputado Lorenzo. SEÑOR LORENZO.- ¡Pero no soy yo, señor Presidente! Acabamos de presenciar un acto de intolerancia y de falta de respeto a la bancada de Gobierno. Pero esa intolerancia y esa falta de respeto a la opinión ajena, esa forma de calificar a otros entre “populares” y “clase dominante”, no la inventamos nosotros; no la inventó el Partido Nacional. Ese jarabe se fabricó en el laboratorio en el que se tomó ahora. Yo empecé mi militancia política y gremial en defensa de la democracia y en defensa de la educación, y de la educación pública. He tenido que tolerar acá, de la Sala -de acá arriba también, todos o casi todos, menos Pintos-, que pequeños burgueses nos califiquen entre “clase dominante” y “defensores de los intereses populares”. Esa es la falta de respeto. Así que nadie se ponga nervioso por lo que uno va a decir, porque yo lo digo con dureza pero con respeto. Estamos a veinticinco años de aquellas luchas y de la proclama del Obelisco. Porque a ver: la señora Diputada Pintos, en todo su derecho de exponer su posición, hizo todo un “racconto” histórico y ¡claro! tuvo que hacer la mayor parte de su intervención referida a otros partidos. Yo pensé que no iba a llegar al año 2008 ni a este proyecto, pero llegó, con valentía. Pero acá, en esa actitud de calificar a la gente, se desprecia la trayectoria de lucha de todos los que estamos acá, por temas muy importantes. La referencia que hago al Obelisco y a la proclama es para que quede constancia expresa

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de que no fuimos nosotros, los integrantes del Partido Nacional, quienes traicionamos la proclama. Por lo tanto, acá nadie, ni la barra ni la Sala, tiene derecho a cuestionar la trayectoria, la intención y los intereses que cada uno defiende en este ámbito y, repito, menos pequeños burgueses. Este proyecto tiene un error de concepción -increíblemente, coincido con la Diputada Pintos-, ya que pretende regular, de una manera omnicomprensiva, temas que no deben ser materia de ley como la educación a distancia, las metodologías, etcétera. Además, genera algunos artículos, incluidos en los capítulos iniciales, que pueden ser compartibles, más allá de errores de redacción -como ocurre en muchos proyectos- y epistemológicos. Quiero que se preste atención al artículo 40 que en el último párrafo tiene dos puntos y que, por supuesto, está mal redactado. Este artículo hace una descripción de distintos conceptos que serían líneas transversales en la educación, que en algún caso son incorrectas desde el punto de vista epistemológico. Pero me voy a quedar con esto porque ya estoy cansado de tratar de aportar algunas redacciones; bien saben los Diputados del Partido de Gobierno que entre ellos hay gente -digamos que todos- que está en condiciones de realizar el trabajo; saben a qué me refiero. Lo que pasa es que cuando una ley sale tan apurada, tan apretada y tan complicada, eso resulta difícil. Es gracioso que desde algunas concepciones se haga tanto hincapié en el poder transformador de la educación. Yo siempre he creído en eso, y creo; no parto de esa concepción que se ha esgrimido en la última intervención que se hizo recién, según la cual una superestructura como la educación está llamada simplemente a reproducir, y en el caso de algunos teóricos, a reproducir en forma ampliada la estructura social. Es evidente que la bancada de Gobierno no cree eso, ya que piensa que con un proyecto de ley como este está reformando la educación, y la educación no se reforma solo con una ley sino poniendo al educando, a la persona humana, en el centro de la educación, generando dinámicas en los centros educativos que permitan una gestión apropiada y fortaleciendo realmente la figura del docente, no entregándole la educación a sus gremios. Además de creer en ello, también creo en la libertad, y con independencia de las pretensiones he-

gemónicas que este proyecto puede expresar o de los espacios que se generen para adoctrinar -como se ha dicho acá-, creo que eso tiene un destino corto porque el hombre, individual o colectivamente, es libre, y tarde o temprano se libera de aquel que pretende oprimirlo. Así que este tipo de cosas no me preocupa demasiado porque va a llegar un punto en el cual todo aquel elemento restrictivo de la libertad caerá por sí solo, como han caído muchos otros en la historia de la humanidad, y recientemente ni hablemos. En las dos aclaraciones que hice dejé bien en claro que el Partido Nacional vota en contra de este proyecto de ley y de todo el contenido. Entonces, en esta fundamentación que tenía reservada para acá voy a omitir esa referencia, ya que creo que a esta altura ha quedado bien claro. La última reflexión que me permito -más allá de las críticas de las que yo mismo puedo participarapunta a saber si esa historia que supuestamente hoy se está cambiando a través de este proyecto -no creo que ocurra- ha sido tan espantosa. Porque si ha sido así, contradice la autopercepción -la percepción que tienen de sí mismos- de algunos legisladores que están en Sala y son docentes, porque supongo que se formaron en el país. No creo que este proyecto signifique un quiebre de ningún tipo. Es un proyecto malo por su concepción política. Va a ser votado legítimamente por la mayoría parlamentaria del Gobierno y, con seguridad, también legítimamente va a ser derogado por otra mayoría una vez convertido en ley. Después de eso seguramente nos podremos sentar a discutir todos juntos, cuando ninguno tenga mayoría, a analizar lo que debemos hacer con la educación de este país. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LORENZO.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Puede interrumpir el señor Diputado. La Mesa informa al señor Representante Lorenzo que le restan cuatro minutos. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Señor Presidente: comenzó esta sesión con el informe realizado por el señor Diputado Bruno en nombre de nuestro Partido,

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y luego también participó el señor Diputado José Carlos Cardoso. Durante varias horas desde la bancada oficialista se expresó un agravio acerca de por qué el Partido Nacional no votaba a favor de este proyecto de ley. Y los señores Diputados que mencioné en reiteradas oportunidades expresaron por qué no se apoyaba la iniciativa. Ahora, al final de la sesión, se agrega una nueva: ningún partido puede pedir los votos a otro partido político si el suyo propio no está de acuerdo con el proyecto. Para que un partido pida apoyo a otro primero debe mostrar unidad interna, y en el caso de este proyecto el Frente Amplio no tiene unidad interna. Ya hemos escuchado a señores legisladores de la bancada oficialista que han votado con los pies, yéndose de Sala. Otro integrante de la misma bancada anuncia que va a votar en contra. Para solicitar respaldos primero hay que tenerlos dentro de la propia colectividad. Señor Presidente: al final de la sesión se agrega un nuevo elemento. Comenzamos diciendo que este era un proyecto de ley de educación del Frente Amplio, y ahora vemos que ni siquiera es de todo el Frente Amplio

26.- Licencias. Integración de la Cámara.
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Horacio Yanes, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 1º y 2 de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Edgardo Duarte. De la señora Representante Nora Castro, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Óscar Groba”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, y se les invita a pasar a Sala. (ANTECEDENTES:)

25.- Intermedio.
SEÑOR CÁNEPA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CÁNEPA.- Señor Presidente: haciendo oídos sordos a provocaciones baratas, vamos a solicitar la realización de un intermedio de una hora y media. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Se va a votar. (Se vota) ——Setenta en setenta y dos: AFIRMATIVA. Se pasa a intermedio. (Es la hora 20 y 45) ——Continúa la sesión. (Es la hora 21 y 53)

“Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se sirva concederme el uso de licencia por los días 1º y 2 de diciembre de 2008, por motivos personales. Sin más, saluda atentamente, HORACIO YANES Representante por Canelones”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración:

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Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia presentada por el Representante Nacional Don Horacio Yanes. Saluda a usted muy atentamente, Diego Moizo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia presentada por el Representante Nacional Don Horacio Yanes. Saluda a usted muy atentamente, José Olivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 1º y 2 de diciembre de 2008. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto, los suplentes siguientes, señores Diego Moizo y José Olivera. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley N° 10.618 de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley N° 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y por el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por los días 1º y 2 de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes. 2) Acéptanse, por esta única vez, la denegatoria presentada por los suplentes siguientes, señores Diego Moizo y José Olivera. 2) Convóquese para integrar la referida representación, por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99000

del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Edgardo Duarte. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER, MARIO MESA”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 17.827, solicito me conceda licencia por motivos personales para el día 1º de diciembre. Sin otro particular saluda atentamente, NORA CASTRO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Julio Battistoni”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Nora Castro. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que, por esta vez, no aceptan la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente, señor Julio Battistoni y los suplentes siguientes señora Beatriz Costa y señor Hugo Arambillete integran la Cámara durante el referido lapso. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes,

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RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Nora Castro. 2) Acéptase la negativa que, por esta vez, ha presentado el suplente siguiente, señor Julio Battistoni. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Óscar Groba. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER, MARIO MESA”.

El riesgo que corríamos quienes participábamos en alguna de esas etapas no era solo que nos desalojaran de una barra -como nos pasó-, sino también el de poner el pellejo en la calle para enfrentar las circunstancias, como cuando nos quisieron imponer la ley de educación que creó el COSUPEN -que, en definitiva, impusieron a sangre y fuego en el Gobierno de Pacheco-, y perdimos a un compañero estudiante de Agronomía, Joaquín Kluver, en Paso Molino; Íbamos junto a él cuando una patrulla del Ejército nos interceptó en una manifestación y, persiguiéndonos, nos descargó sus fusiles. Tuve la suerte de que no me tocara ninguna bala, pero Joaquín no la tuvo. Por lo tanto, hay muchas cosas; hay mucha cosa acumulada para llegar al avance que significa este proyecto de ley que, además de reordenar el sistema educativo y de crear la coordinación necesaria, está avalado por el proceso que se ha dado en este Gobierno -del cual formamos parte- al destinar recursos para la educación como nunca antes se había hecho, que nos permitirá pasar de US$ 500:000.000 a US$ 1.500:000.000 en 2009. Seguramente es por eso que la gente visualiza que junto a los recursos, al Plan Ceibal y a este proyecto de ley de educación estamos avanzando; seguramente es por eso que tan poca gente se ve convocada para las manifestaciones que ha habido en estos días; concretamente, me refiero a las personas que hoy están en las barras y fuera de este recinto. ¡Qué diferencia con aquellas luchas! ¡Qué diferencia con aquella lucha por la Ley Orgánica de la Universidad de 1958, en la que miles de estudiantes acompañados por integrantes de la clase obrera, ahí sí, rodearon el Palacio, no con cubiertas encendidas, sino con gente palpitando el avance de la educación uruguaya! Por eso, señor Presidente, hemos votado con la tranquilidad, con la conciencia clara de que estamos avanzando en un proceso democrático en la educación de nuestro país. Muchas gracias. SEÑOR MACHADO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MACHADO.- Señor Presidente: hemos votado negativamente en general este proyecto de ley

27.- Ley General de Educación. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. SEÑOR GUARINO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GUARINO.- Señor Presidente: hemos votado afirmativamente este proyecto de ley, y también lo haremos en la instancia de su consideración en particular, con la tranquilidad de que esta norma es un avance para la educación de nuestro país, particularmente para la educación pública, y es fruto de un largo proceso de luchas populares que han ido imponiendo conquistas y enfoques, que no son de nadie sino que son patrimonio de quienes han luchado durante tantos años. Por supuesto que nos entristeció escuchar aquí y en la barra algunas expresiones de quienes creen tener el monopolio de la defensa de las luchas por la educación. Entiendo que el patrimonio de las luchas por la educación le pertenece al pueblo, a los distintos sectores que a lo largo de la historia de la educación del país han hecho sus aportes y han dado sus luchas.

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general de educación porque creemos que privilegia lo orgánico institucional frente a los caracteres esenciales de lo educativo, lo cual no es positivo. Si hay algo que en Uruguay necesitamos es mejorar notoriamente la calidad de la enseñanza, que es un clamor popular que sentimos permanentemente y que no se ve reflejado ni mejorado en este proyecto de ley. Se trata de un proyecto de ley que hace perder pie a la representación democrática frente a la representación corporativa, que genera una verdadera maraña burocrática en lo que hace a los órganos de conducción de la educación -que luego realmente va a ser muy difícil de conducir-, y que, además, genera una erosión importante a la laicidad, principio básico del cual no nos apearemos jamás porque creemos es uno de los pilares fundamentales de la democracia del Uruguay. Por todas estas razones que he expresado en forma sintética, hemos votado negativamente en general y vamos a votar negativamente en particular todo el proyecto de ley. Gracias. SEÑOR MASEDA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MASEDA.- Señor Presidente: quiero expresar en Sala el apoyo total al informe brindado por el miembro informante, señor Diputado Roque Arregui, al informe firmado por Daniel Carbajal, así como a lo dicho por la compañera Nora Castro, y por los compañeros Mahía y Ortuño, así como a las expresiones de cada uno de los compañeros de la bancada del Frente Amplio. Voy a resaltar, en la discrepancia, la actitud del compañero Darío Pérez Brito que expresó su convencimiento de conciencia y se retiró de Sala. Lo resalto y quiero que conste en la versión taquigráfica. También quiero que conste en la versión taquigráfica que el Diputado Carlos Maseda ha votado afirmativamente este proyecto de ley y también acompañará cada uno de los artículos. En mi vida política me ha costado mucho llamar traidor a un compañero y hoy, en silencio, callado, tuve que soportar que de la barra nos trataran de traidores. Entonces, quiero que conste en la versión ta-

quigráfica claramente que estamos acá votando afirmativamente este proyecto de ley. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- En discusión particular. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: si no hay otros colegas que vayan a hacer uso de la palabra en el fundamento de voto, quisiéramos proponer al Cuerpo una metodología para la votación particular. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Con mucho gusto, señor Diputado, pero tenga en cuenta que si va a solicitar la votación en bloque y la supresión de la lectura, cada votación va por separado porque tenemos al Diputado Cusano… (Hilaridad) SEÑOR ORTUÑO.- Perfecto, señor Presidente, usted tiene razón. Mocionamos para que se suprima la lectura de todo el proyecto de ley y luego propondremos la votación por bloques. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Se va a votar si se suprime la lectura de todo el proyecto de ley, con la salvedad de los aditivos y sustitutivos que tenemos que leer. (Se vota) ——Cincuenta y uno en setenta: AFIRMATIVA. Señor Diputado Ortuño: debido a la complejidad de la hoja de guía que me ha dejado, sugiero votar por Títulos y al inicio de cada uno, que usted nos dé la referencia de la metodología de votación en bloque. Entonces, se va a votar inicialmente por Títulos y haremos las salvedades de los desgloses y circunstancias al comienzo de cada uno. (Apoyados) ——Se va a votar la consideración por Títulos. (Se vota) ——Cincuenta y dos en setenta: AFIRMATIVA. En consideración el Título I, “Definiciones, fines y orientaciones generales de la educación”, Capítulos I,

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II, III y IV, que comprende los artículos 1º al 19, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en setenta: AFIRMATIVA. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: quiero dejar expresa constancia de que el Partido Independiente ha votado en general en contra de este proyecto, pero ha votado afirmativamente este Título I porque contiene las orientaciones generales en materia de educación, que compartimos. Hubiera sido un buen ejercicio, a partir de estas compartibles orientaciones de carácter general en lo que refiere a la política educativa, haber construido entre todo el espectro político una ley que representara el consenso básico de los uruguayos en materia de educación. Lamentablemente, el camino elegido por la mayoría ha sido el de imponer su propia visión respecto de este tema, haciendo naufragar un posible acuerdo que le hubiera dado a esta futura ley la condición de ser no solo representativa del pensamiento de los uruguayos en general, sino también una norma con permanencia real en el tiempo. Mucho nos tememos, señor Presidente, que las mayorías que surjan de la próxima elección que se realizará el año que viene, determinarán la modificación sustancial de este proyecto en función de que precisamente no representa el consenso básico de la sociedad uruguaya en materia de educación. Gracias, señor Presidente. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: los fundamentos en contrario ya se dieron. Yo simplemente quiero hacer constar que en el Capítulo “Política Educativa Nacional”, artículo 13, no está incluida la equidad como uno de los fines perseguidos, pero en el Capítulo siguiente, “De los Principios de la Educación Pública Estatal”, sí está la referencia, aunque de manera confusa, en el artículo 18, “De la igualdad de

oportunidades o equidad”. Solo quería dejar esta constancia. Gracias.

28.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la solicitud de licencia del señor Representante José Carlos Mahía, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de diciembre de 2008, convocándose al suplente siguiente, señor Eduardo Márquez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y siete: AFIRMATIVA. En consecuencia, queda convocado el correspondiente suplente y se le invita a ingresar a Sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día de la fecha, por motivos personales, solicitando la convocatoria de mi suplente. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta

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única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente, Gabriela Garrido”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente, Paul Moizo”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente, Hugo Vergara”. “Montevideo, 1º de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto Perdomo. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente, Silvia Camejo”. “Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de diciembre de 2008. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes correspondientes, señora Gabriela Garrido, señores Paul Moizo y Hugo Vergara y señora Silvia Camejo, y el señor Luis E. Gallo integra la Cámara durante el período mencionado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales por el día 1º de diciembre de 2008, al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía. 2) Acéptanse las negativas presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señora Gabriela Garrido, señores Paul Moizo y Hugo Vergara, y señora Silvia Camejo. 3) Convóquese por Secretaría, por el día 1º de diciembre de 2008, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121 del Lema Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio – Nueva Mayoría, señor Eduardo Márquez. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2008. JULIO CARDOZO FERREIRA, NORA GAUTHIER, MARIO MESA”.

29.- Ley General de Educación. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. En discusión el segundo bloque propuesto, compuesto por el Título II, “Sistema Nacional de Educación”, Capítulos I al IX, que comprende los artículos 20 a 45, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)

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——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el tercer bloque propuesto, compuesto por los artículos 46 al 57, Capítulos I, II, III y IV, del Título III, “Sistema Nacional de Educación Pública”. La Mesa hace una advertencia en función de las circunstancias que genera el artículo 52, que, a nuestro entender, requiere dos tercios de votos del total del Cuerpo. Por lo tanto, se votaría el tercer bloque, desglosando el artículo 52. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: vamos a hacer una propuesta para salvar la situación que se plantea con acierto. Proponemos desglosar y votar ahora el último Título del proyecto, que refiere a “Derogaciones y Observancia”, y un sustitutivo que presentamos que atiende la observación que plantea el señor Presidente. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: con esta ley no se está creando un nuevo Ente ni se está suprimiendo el ya existente. Entonces, creo que no se necesitan dos tercios, salvo que vayamos a la derogación. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- A nuestro entender, la ley está derogando. SEÑOR LORENZO.- No deroga la creación del Ente Autónomo ANEP. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Deroga el artículo 5°, de creación del organismo. SEÑOR LORENZO.- El propio artículo 52 hace referencia a la ley que creó la ANEP. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Justamente. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: creo entender la duda que expone el señor Diputado Lorenzo. No obstante, como existen dudas planteadas por las de-

rogaciones que traía inicialmente el proyecto, incluyendo la creación del Ente, hemos presentado un artículo sustitutivo para evitar cualquier tipo de confusión sobre una eventual derogación que nos ponga frente al requerimiento de mayorías especiales. Está claro que no ha sido el espíritu del legislador, pero nos parece que en este caso lo que aclara es positivo. (Interrupción el señor Representante José Carlos Cardoso) SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: el Título VII establece varias derogaciones. Como aquí no hay dos tercios, de acuerdo con el artículo 189 de la Constitución, la derogación de la ley que establece la creación de la ANEP -la Ley N° 15.739- no cuenta con la mayoría necesaria para suprimir el Ente Autónomo ANEP. En consecuencia, aunque se vote la derogación de la ley entera, en cuanto a la creación del Ente, no tiene la mayoría necesaria. Así que bien podemos votar el artículo 52 -que no crea nada, a pesar de que el nombre del artículo dice “(Creación y naturaleza)”-, como el propio Título VII, que no tiene artículo -hay que ver si lo van a mantener así-, que deroga todo menos aquello para lo cual se requiere una mayoría que no va a estar disponible. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Para la Mesa, si no lo crea, lo está suprimiendo. Más allá de que no es lo más prolijo que hemos visto en el proceso, vamos a votar primero el artículo sustitutivo del Título VII -que, por error, en el Anexo al Repartido figura como Título X-, y luego seguiremos con el bloque propuesto. Léase el artículo sustitutivo del Título VII, presentado por la señora Diputada Castro y los señores Diputado Ortuño y Arregui. (Se lee:) “Deróganse los artículos 1° a 4º, 6º a 28 y 44 a 50 de la Ley N° 15.739, de 28 de marzo de 1985 y las Leyes Nos. 16.115, de 3 de julio de 1990, 16.802, de 19 de diciembre de 1996 y 18.154, de 9 de julio de 2007, así como todas las disposiciones legales que se opongan a la presente ley”.

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——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta: AFIRMATIVA. En discusión nuevamente, entonces, el tercer bloque propuesto, integrado por el Título III, Capítulos I, II, III y IV, artículos 46 a 57. Se requiere mayoría absoluta. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el cuarto bloque propuesto, compuesto por el Título III, Capítulos V y VI, artículos 58 al 68, con el desglose del artículo 61, que tiene un sustitutivo. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 61 tal como vino de Comisión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cero en setenta y uno: NEGATIVA. Unanimidad. Léase el sustitutivo del artículo 61, presentado por la señora Diputada Castro y los señores Diputados Ortuño y Arregui. (Se lee:) “Art. 61 (De las remuneraciones, incompatibilidades y prohibiciones).- La remuneración del Presidente y de los Consejeros del Consejo Directivo Central se regirá por lo establecido por el Artículo 34 de la Ley 16.736. Terminado el ejercicio del cargo, los integrantes del Consejo Directivo Central y de los Consejos tendrán derecho a ser restablecidos a la situación docente que ocupaban o que tenían derecho a ocupar, en el momento de asumir sus funciones; tendrán las incompatibilidades establecidas en los artículos 200 y 201 de la Constitución; y no podrán tener vinculaciones laborales o patrimoniales, con instituciones de enseñanza privada ni desempeñar la

función docente particular en la órbita de la educación básica y general”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Título III, Capítulos VII, VIII, IX y X, que comprende los artículos 69 a 78, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: quiero volver al tema de las derogaciones y de las observancias. Un artículo que vino de Comisión no se votó por la negativa y, sin embargo, se votó con bastante anticipación -artículo al que habría que asignarle un número intercalado entre los Capítulos que se acaban de votar- una derogación que contiene un texto distinto. Creo que en este caso existe un problema de Reglamento. Nunca se votó así. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Para la Mesa quizás exista un problema de desprolijidad, pero no de Reglamento, porque esa metodología fue votada por el Cuerpo. Por lo tanto, sin duda hubo desprolijidad, pero no problemas de Reglamento. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: en consecuencia, el artículo que se votó -que se podría votar como aditivo, no como sustitutivo, en cualquier momento- altera la numeración que hemos votado. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Dijimos con absoluta claridad que se trataba del artículo que cerraba el proyecto, y correspondía al Título VII. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: si se tratara de un sustitutivo, el artículo que viene de Comisión debería votarse negativamente, pero no se procedió así. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Con la característica insistencia del señor Diputado Lorenzo, la Mesa debe decir que tiene razón con respecto al final. En realidad, la prolijidad no tiene que ver con el orden, pero es verdad que no se votó negativamente el artículo que viene de Comisión. Se ha procedido como señaló el señor Diputado Lorenzo. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: para exonerar a la Mesa del error, debemos admitir que el error fue nuestro, porque al presentar la propuesta la planteamos como un aditivo y no como un sustitutivo. Por lo tanto, queda disculpada la Mesa. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Para ordenar la cuestión. La bancada oficialista tiene los votos para aprobar todo, por lo que puede aprobar el sustitutivo al final de la votación y eso bastaría para ordenar la sesión. SEÑOR PINTADO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PINTADO.- Señor Presidente: si el problema es votar negativamente el artículo que viene de Comisión, propongo reconsiderar el Título VII, votar negativamente el artículo que viene de Comisión y votar el sustitutivo. Es una cuestión de trámite. Propongo esta metodología para evitar problemas formales. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Era la idea con la que la Mesa intentaría resarcir la omisión que señaló el señor Diputado Lorenzo. Por lo tanto, se va a votar la reconsideración del Título VII, que cierra el proyecto.

(Se vota) ——Cincuenta en setenta y dos: AFIRMATIVA. Se pasa a reconsiderar el Título VII, “Derogaciones y Observancia”, tal como vino de Comisión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cero en setenta y dos: NEGATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el sustitutivo al Título VII, presentado por la señora Diputada Castro y por los señores Diputados Ortuño y Arregui, que ya fue leído por la Mesa. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y dos: AFIRMATIVA. Zanjada esta omisión y circunstancia metodológica, se pasa a considerar el sexto bloque propuesto, constituido por el Título III, Capítulo XI, que comprende los artículos 79 a 82, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: en la hoja de ruta que presentamos a la Mesa se incluye un aditivo planteado por la bancada del Frente Amplio, vinculado con el Capítulo XI. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Efectivamente, se trata de un aditivo al Capítulo XI, que si se aprobara pasaría a ser el artículo 83. Léase un aditivo presentado por la señora Diputada Castro y por los señores Diputados Ortuño y Arregui. (Se lee:) “Artículo 83.- (Del Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública).- En el marco del Sistema Nacional de Educación se propenderá a la formación de un Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública (SNETP), que tendrá las siguientes finalidades: -a) promover la generalización de

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la enseñanza terciaria, de calidad y conectada a lo largo de toda la vida activa con el trabajo, el ejercicio de la ciudadanía, el acceso a la cultura, la mejora en la calidad de vida colectiva y la realización personal de carácter integral;- b) impulsar la articulación de esfuerzos públicos y de la sociedad civil para el enriquecimiento de las modalidades de enseñanza y su diversificación institucional;- c) contribuir a formar capacidades acordes con el desarrollo productivo del país;- d) contribuir a la dignificación de la profesión docente, así como a la formación de nivel universitario, la calificación permanente y la evaluación sistemática de todos los docentes de la enseñanza pública desde el nivel inicial hasta el superior;e) constituirse en un sistema integrado en que se pueda elegir variados trayectos, reconociéndose los saberes adquiridos en los distintos niveles y modalidades. (4 a, b y c definidos en el artículo 22 de la presente Ley);- f) acelerar los procesos de descentralización compartiendo recursos de las diferentes instituciones”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo que llevaba el número 83, y que pasó a ser 84, correspondiente al Capítulo XII. Se recuerda al Cuerpo que este artículo requiere dos tercios de votos para su aprobación. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y tres: NEGATIVA. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: mociono para que se vote en bloque el resto de los artículos del Capítulo XII, que comprende los artículos 84 a 87. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- En discusión el resto de los artículos del Capítulo XII, artículos 84 a 87, inclusive.

Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta: AFIRMATIVA. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: pedimos la reconsideración de los artículos que acabamos de votar. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión nuevamente los artículos 84 a 87. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: los artículos 84 a 87 definen la naturaleza, los cometidos, la estructura y el funcionamiento de un órgano de conducción que no se creó. SEÑOR ORTUÑO.- Efectivamente, por eso hemos pedido la reconsideración de esos artículos. VARIOS SEÑORES REPRESENTANTES.- ¡Que se vote! SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 84 a 87, tal como vienen de Comisión. (Se vota) ——Cero en setenta y uno: NEGATIVA. Unanimidad. Hay un sustitutivo correspondiente al Capítulo XII, artículos 84 a 86, presentado por la señora Diputada Castro y por los señores Diputados Ortuño y Arregui. Léanse. (Se lee:) “Instituto Universitario de Educación.- Artículo 84 (Creación).- Créase el Instituto Universitario de Educación (IUDE) en el ámbito del SNEP que desarrollará actividades de enseñanza, investiga-

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ción y extensión. Formará maestros, maestros técnicos, educadores sociales y profesores, y otorgará otras titulaciones que la educación nacional requiera.- Artículo 85 (Estructura y funcionamiento).- Constitúyese una Comisión de Implantación del Instituto Universitario de Educación (IUDE), integrada por un representante del MEC, uno del INAU, uno de la ANEP y uno de la Universidad de la República que cuenten con reconocida competencia y experiencia en la materia, cuyo cometido será: a) Elaborar, antes del 30 de abril de 2010, una propuesta general para la estructura académica y curricular, la cuantía y características del personal, el patrimonio, el presupuesto y finanzas necesarios para la instalación y puesta en marcha, en marco legal, fines, organización y mecanismos de dirección del Instituto Universitario de Educación.- El órgano de conducción de esta nueva institución deberá incluir representantes electos por docentes, estudiantes y egresados, y representantes de la ANEP y la Udelar.- La Comisión Coordinadora del SNEP, con la información proporcionada por la Comisión de Implantación, decidirá los plazos de puesta en marcha del IUDE.- A partir de dicha propuesta, el Poder Ejecutivo elevará al Parlamento el Proyecto de Ley Orgánica del IUDE, en un plazo no mayor a ciento veinte días posteriores a la presentación del informe.- b) Proponer a la ANEP y a la Universidad de la República programas conjuntos para la formación de docentes de todos los niveles de la enseñanza pública.- Artículo 86 (Validación de títulos anteriores a la fecha de creación del Instituto Universitario de Educación).- El IUDE expedirá títulos universitarios y reglamentará en un plazo no mayor a los dieciocho meses de su constitución efectiva el procedimiento para revalidar los títulos docentes otorgados o habilitados por la educación pública con anterioridad a la fecha de su creación”. ——Estos tres artículos sustituyen al Capítulo XII completo. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el octavo bloque propuesto, que corresponde al Capítulo XIII e incluye los artículos 88,

89, 90 y 91 del proyecto de la Comisión. Advierto que se ha presentado un sustitutivo. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: solicitamos el desglose del artículo 88, que requiere mayorías especiales. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene razón, señor Diputado. Gracias por la advertencia. En discusión el artículo 88, que fuera desglosado. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y nueve: NEGATIVA. En discusión los artículos 89, 90 y 91 tal como vienen de Comisión. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cero en sesenta y nueve: NEGATIVA. Unanimidad. Léase el sustitutivo correspondiente a la totalidad de los artículos del Capítulo XIII, presentado por la señora Diputada Castro y por los señores Diputados Ortuño y Arregui. (Se lee:) “Instituto Terciario Superior.- Artículo 87 (Creación).- Créase el Instituto Terciario Superior (ITS) en el ámbito del SNEP. Estará constituido por una red de Instituciones ubicadas en diferentes lugares del país. Desarrollará actividades de educación terciaria, integrando enseñanza, investigación y extensión. Formará técnicos en diversas áreas de la producción y los servicios. Los conocimientos y créditos adquiridos serán reconocidos o revalidados por las demás instituciones terciarias o universitarias, de forma de facilitar la continuidad educativa de sus estudiantes y egresados.- Artículo 88 (Estructura y funcionamiento).- Constitúyese una Comisión de Implantación del Instituto Terciario Superior, integrada por un representante del MEC, uno de la ANEP y uno de la Universidad de la República que cuenten con reconocida competencia y experiencia en la ma-

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teria, cuyo cometido será: a) Elaborar, antes del 30 de abril de 2010, una propuesta general para la estructura académica y curricular, la cuantía y características del personal, el patrimonio, el presupuesto y finanzas necesarios para la instalación y puesta en marcha, el marco legal, fines, organización y mecanismos de dirección del Instituto Terciario Superior.- El órgano de conducción de esta nueva institución deberá incluir representantes electos por docentes, estudiantes y egresados, y representantes de la ANEP y la UDELAR.La Comisión Coordinadora del SNEP, con la información proporcionada por la Comisión de Implantación, decidirá los plazos de puesta en marcha del ITS.- A partir de dicha propuesta, el Poder Ejecutivo elevará al Parlamento el Proyecto de Ley Orgánica del ITS, en un plazo no mayor a ciento veinte días posteriores a la presentación del informe.- b) Impulsar Programas Regionales de Enseñanza Terciaria, que reúnan en distintas regiones los esfuerzos de las instituciones educativas públicas, de otras instituciones públicas y de actores de la sociedad civil.- c) Impulsar Programas Nacionales de Desarrollo de la Enseñanza Terciaria en áreas específicas, tales como el área agraria, artística, de la salud, tecnológica, científica, humanística y social.- La Comisión de Implantación del ITS consultará a las organizaciones representativas de trabajadores, empresarios y movimiento cooperativo, así como a las Intendencias, Ministerios y otras entidades públicas y privadas cuyo aporte se entienda necesario”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el sustitutivo al Capítulo XIII. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el noveno bloque propuesto, que corresponde al Título III, Capítulos XIV, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX, que comprenden los artículos 92 a 115 del proyecto de la Comisión, que serían los artículos 89 a 112 con la nueva redacción. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: solicitamos el desglose de los artículos 93 y 107 del proyecto de la Comisión, o sea, los artículos 90 y 102 de la nueva redacción. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los Capítulos y artículos referidos, teniendo en cuenta el desglose de los artículos 90 y 102 de la nueva redacción propuesta. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. Léase el sustitutivo del artículo 93, del Capítulo XIV, que es el artículo 90 en la nueva redacción, presentado por la señora Diputada Castro y los señores Diputados Ortuño y Arregui. (Se lee:) “Artículo 90. (Creación de las Comisiones Departamentales de Educación).- Créanse por cada departamento de la República una Comisión Coordinadora Departamental de la Educación integrada por los siguientes representantes: uno por cada Consejo de Educación de la ANEP, del Instituto Universitario de Educación, del Instituto Terciario Superior, del Consejo Nacional de Educación no Formal, del Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia, de la Universidad de la República.- La Comisión Coordinadora del SNEP reglamentará el funcionamiento de las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación y podrá establecer mecanismos de coordinación regional, entre las Comisiones Departamentales”. ——En discusión. Para evitar posibles omisiones, vamos a votar primero el artículo 93 tal como viene de Comisión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cero en sesenta y cinco: NEGATIVA. Unanimidad. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el sustitutivo del artículo 93 de la Comisión, que pasaría a ser el artículo 90 de la nueva redacción. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y cinco: AFIRMATIVA.

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SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: quiero aclarar que en realidad el sustitutivo del artículo 107, correspondiente al Capítulo XVII, sería el artículo 104 de la nueva redacción, no el 102, como informara en su momento. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Propongo el criterio de que sea la Mesa la que luego numere los artículos, porque este mecanismo se está haciendo muy complejo. (Apoyados) Léase el sustitutivo del artículo 107, correspondiente al Capítulo XVII “Los Centros de Educación Infantil Privados”, que es el artículo 104 de la nueva redacción, presentado por la señora Diputada Castro y por los señores Diputados Ortuño y Arregui. (Se lee:) “Artículo 107.- (Requisitos para la autorización).- Los Centros de Educación Infantil Privados para ser autorizados a funcionar deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Tener un proyecto educativo.- 2. Un Director responsable técnico de la institución, que deberá poseer título de nivel terciario vinculado al área educativa, o social y de la salud con especialización en el área, expedidos por la ANEP o institutos habilitados por esta, el Instituto Universitario de Educación, la Universidad de la República, o revalidados, o aquellos que tengan reconocimiento del Ministerio de Educación y Cultura.- 3. Al menos la mitad del personal de docencia directa deberá ser egresado de carreras o cursos específicos en la materia, cuyos planes de estudio supongan más de 500 horas de duración, dictadas durante un año lectivo completo. Esa nómina incluirá otro profesional que deberá poseer título de nivel terciario con formación específica en las áreas de educación, social o de la salud expedidos por la ANEP o institutos habilitados por esta, el Instituto Universitario de Educación, la Universidad de la República, o revalidados, o aquellos que tengan reconocimiento del Ministerio de Educación y Cultura.- 4. El inmueble y las instalaciones deberán

cumplir las normas de higiene, salud y seguridad, así como las comodidades básicas para satisfacer las necesidades de los niños matriculados y contar con las certificaciones correspondientes.- 5 No podrán instalarse a menos de cien metros de locales donde se estuvieran desarrollando actividades potencialmente peligrosas para la salud física o moral de los niños, asimismo esas actividades no podrán instalarse para funcionar en locales a menos de cien metros de distancia de un centro de educación infantil ya funcionando”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 107 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cero en sesenta y seis: NEGATIVA. Unanimidad. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el sustitutivo del artículo 107 del proyecto de Comisión. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y seis: AFIRMATIVA. Se propone que en el décimo bloque se consideren los Títulos IV, “Instituto Nacional de Evaluación Educativa”, y V, “Principio específico de interpretación e integración de la ley”, que comprenden los artículos 116 a 123, tal como vienen de Comisión. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Se propone que en el undécimo bloque, correspondiente al Título VI, “Disposiciones Transitorias y Excepcionales”, se desglosen los literales B), F) e I) del proyecto de Comisión. Además, se han presentado sustitutivos a esas disposiciones excepcionales. Señor Diputado Ortuño: ¿no sería más claro votar de a uno los literales de las disposiciones transitorias? SEÑOR ORTUÑO.- La propuesta que hacemos tiene que ver con la temática de las disposiciones transitorias y su agrupamiento final. Si votáramos literal por literal y fuéramos intercalando los sustitutivos quedarían separadas las disposiciones referidas a los mismos temas. De la forma que estamos planteando, vamos a votar afirmativamente los literales A), C), D),

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E), G) y H), que luego van a ser renombrados de acuerdo con el abecedario, y al final, en el Capítulo de las Disposiciones Transitorias y Excepcionales vamos a proponer cuatro nuevas disposiciones que la Secretaría procederá a designar con literales. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- La Mesa aclara que tiene seis disposiciones transitorias al final, presentadas como aditivos. Pero si eso es lo que se plantea como metodología, seguimos adelante. En discusión los literales A), C), D), E), G) y H) de las Disposiciones Transitorias y Excepcionales del Título VI. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión los literales B), F) e I) de las Disposiciones Transitorias y Excepcionales, Título VI, tal como vienen de la Comisión. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cero en sesenta y siete: NEGATIVA. Unanimidad. Teniendo en cuenta que hay aditivos propuestos por la bancada oficialista, la Mesa solicita al señor Diputado Ortuño que aclare cómo se procederá. SEÑOR ORTUÑO.- Tenemos cinco disposiciones transitorias nuevas que solicito sean leídas por Secretaría y se voten en el orden en que son presentadas. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).Léanse los artículos aditivos al Título VI, “Disposiciones Transitorias y Excepcionales”, presentados por la señora Diputada Castro y los señores Diputados Ortuño y Arregui. (Se lee:) “Disposición transitoria G.- G) A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el literal B) del artículo 62 de la presente ley se crea una Comisión integrada por representantes de los Consejos de Educación Inicial y Primaria, Educación Secundaria y Educación Técnico-Profesional (UTU) con el cometido de elaborar una propuesta de educación media básica, a partir de las experiencias de los Ciclos Básicos de las diferentes modalidades existentes, incluyendo 7º, 8º y 9º

año del medio rural. La Comisión deberá constituirse en los siguientes noventa días, recibirá opinión de las Asambleas Técnico Docentes. La Comisión de Implantación del Consejo de Educación Media Básica remitirá informes periódicos al Consejo Directivo Central de la ANEP con recomendaciones vinculadas a la educación media básica. Establecerá un plan que tenga en cuenta la infraestructura edilicia, los recursos materiales y los recursos humanos necesarios para el funcionamiento del nuevo Consejo.- Disposición Transitoria H.- H) Hasta tanto no esté en funcionamiento el Instituto Universitario de Educación, se faculta al Consejo Directivo Central de la ANEP a adoptar las decisiones que correspondan para mantener la continuidad de la formación y perfeccionamiento docente a su cargo hasta el momento de aprobación de esta ley.- Transitoria I.I) Luego de que los Consejos Directivos de la ANEP y la Universidad de la República aprueben el Informe elaborado por la Comisión de Implantación, y hasta tanto no se apruebe su Ley Orgánica, el Instituto Universitario de Educación funcionará en el ámbito de la ANEP, como órgano desconcentrado de carácter privativo, con las atribuciones establecidas en dicho informe para esta situación.- Disposición Transitoria J.- J) Luego de que los Consejos Directivos de la ANEP y la Universidad de la República aprueben el Informe elaborado por la Comisión de Implantación, y hasta tanto no se apruebe su Ley Orgánica, el Instituto Terciario Superior funcionará en el ámbito de la ANEP, como órgano desconcentrado de carácter privativo, con las atribuciones establecidas en dicho informe para esta situación.- Disposición Transitoria K.- K) Los cursos de tecnólogos realizados actualmente entre la Universidad y la ANEP, se continuarán realizando como hasta el presente, y progresivamente se irán integrando a los institutos pertenecientes al Instituto Terciario Superior (ITS) de acuerdo por la Comisión de Implantación del mismo”. ——En discusión. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: voy a hacer una pregunta. ¿Las disposiciones transitorias I) y J)

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que se acaban de leer están estableciendo que las atribuciones de un instituto las fija un informe de una Comisión de Implantación? Nunca vi cosa más rara en derecho público. SEÑOR ORTUÑO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORTUÑO.- Señor Presidente: no es raro que por lo avanzado de la hora y la novedad de lo que estamos creando haya dudas. No hay problemas jurídicos en esto en la medida en que, como efectivamente se plantea en la disposición transitoria, los Consejos Directivos de la ANEP y el Consejo Directivo de la Universidad de la República van a ser los que aprueben el contenido de lo que informe la Comisión de Implantación. ¿Qué es lo que va a informar esta Comisión? Precisamente, la propuesta de contenidos, estructuración y funcionamiento de lo que estamos proyectando, razón por la cual no hay problemas jurídicos. Estamos estableciendo en el ámbito de la coordinación del Sistema Nacional de Educación Pública un grupo de trabajo llamado Comisión de Implantación con un mandato: elaborar una propuesta a ser elevada a los cuerpos directivos de los respectivos Entes Autónomos de la enseñanza que hoy rigen en el país. Luego de aprobados, estos funcionarán. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR LORENZO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LORENZO.- Señor Presidente: a pesar de lo que se argumentó, en el mejor de los casos estaríamos ante una redacción infeliz. Se debería haber habilitado una delegación de atribuciones de la ANEP y de la Universidad de la República, para que estas votaran esa delegación, pero no para que la opere un informe. Pero, bueno, así estamos… SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- La Mesa recuerda que el Título X que viene de Comisión es el VII, porque hubo un error y ya fue votado anteriormente.

SEÑOR CÁNEPA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CÁNEPA.- Señor Presidente: puedo compartir que la redacción no sea lo más clara posible, pero evidentemente lo que estableció el señor Diputado Lorenzo es lo que determina esta disposición transitoria, de acuerdo con lo que hemos votado en los artículos referentes a la Comisión de Implantación y sus funciones. Inclusive, una delegación de atribuciones impropia puede hacerse por vía legal. Creo que está muy bien la aclaración del señor Diputado Lorenzo, pero dejo esta explicación establecida en la versión taquigráfica por si alguien algún día plantea una duda. SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Ha quedado aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR CÁNEPA.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Perdomo Gamarra).- Se va a votar. (Se vota) Cincuenta en sesenta y tres: AFIRMATIVA. (Texto del proyecto aprobado:) “TÍTULO I DEFINICIONES, FINES Y ORIENTACIONES GENERALES DE LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I Artículo 1º. (De la educación como derecho humano fundamental).- Declárase de interés general la promoción del goce y el efectivo ejercicio del derecho a la educación, como un derecho humano fundamental. El Estado garantizará y promoverá una educación de calidad para todos sus habitantes, a lo largo de toda la vida, facilitando la continuidad educativa. Artículo 2º. (De la educación como bien público).Reconócese el goce y el ejercicio del derecho a la educación, como un bien público y social que tiene como fin el pleno desarrollo físico, psíquico, ético, intelectual y social de todas las personas sin discriminación alguna. Artículo 3º. (De la orientación de la educación).La educación estará orientada a la búsqueda de una vida armónica e integrada a través del trabajo, la cul-

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tura, el entretenimiento, el cuidado de la salud, el respeto al medio ambiente, y el ejercicio responsable de la ciudadanía, como factores esenciales del desarrollo sostenible, la tolerancia, la plena vigencia de los derechos humanos, la paz y la comprensión entre los pueblos y las naciones. Artículo 4º. (De los derechos humanos como referencia del ejercicio del derecho a la educación).- La educación tendrá a los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Constitución de la República y en el conjunto de los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país, como elementos esenciales incorporados en todo momento y oportunidad a las propuestas, programas y acciones educativas, constituyéndose en un marco de referencia fundamental para la educación en general y en particular para los educadores en cualquiera de las modalidades de su actuación profesional. Artículo 5º. (Del sujeto de la educación).- Los titulares del goce y efectivo ejercicio del derecho a la educación, son los educandos. Los educadores como agentes de la educación deben formular sus objetivos y propuestas, y organizar los contenidos en función de los educandos, de cualquier edad. CAPÍTULO II DE LOS PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN Artículo 6º. (De la universalidad).- Todos los habitantes de la República son titulares del derecho a la educación, sin distinción alguna. El cuidado y educación de los hijos e hijas para que éstos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social, es un deber y un derecho de los padres. Artículo 7º. (De la obligatoriedad).- Es obligatoria la educación inicial para los niños y niñas de cuatro y cinco años de edad, la educación primaria y la educación media básica y superior. A tales efectos, se asegurará la extensión del tiempo pedagógico y la actividad curricular a los alumnos de educación primaria y media básica. Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje. Artículo 8º. (De la diversidad e inclusión educativa).- El Estado asegurará los derechos de aquellos colectivos minoritarios o en especial situación de vulnerabilidad, con el fin de asegurar la igualdad de

oportunidades en el pleno ejercicio del derecho a la educación y su efectiva inclusión social. Para el efectivo cumplimiento del derecho a la educación, las propuestas educativas respetarán las capacidades diferentes y las características individuales de los educandos, de forma de alcanzar el pleno desarrollo de sus potencialidades. Artículo 9º. (De la participación).- La participación es un principio fundamental de la educación, en tanto el educando debe ser sujeto activo en el proceso educativo para apropiarse en forma crítica, responsable y creativa de los saberes. Las metodologías que se apliquen deben favorecer la formación ciudadana y la autonomía de las personas. Artículo 10. (De la libertad de enseñanza).- La libertad de enseñanza estará garantizada en todo el territorio nacional y tal como lo establece el artículo 68 de la Constitución de la República, la intervención del Estado será “al solo objeto de mantener la higiene, la moralidad, la seguridad y el orden públicos”. Asimismo, promoverá la calidad y pertinencia de las propuestas educativas. Artículo 11. (De la libertad de cátedra).- El docente, en su condición de profesional, es libre de planificar sus cursos realizando una selección responsable, crítica y fundamentada de los temas y las actividades educativas, respetando los objetivos y contenidos de los planes y programas de estudio. Asimismo, los educandos tienen la libertad y el derecho a acceder a todas las fuentes de información y de cultura, y el docente el deber de ponerlas a su alcance. CAPÍTULO III POLÍTICA EDUCATIVA NACIONAL Artículo 12. (Concepto).- La política educativa nacional tendrá como objetivo fundamental, que todos los habitantes del país logren aprendizajes de calidad, a lo largo de toda la vida y en todo el territorio nacional, a través de acciones educativas desarrolladas y promovidas por el Estado, tanto de carácter formal como no formal. Asimismo, el Estado articulará las políticas educativas con las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico, técnico, científico y económico. También articulará las políticas sociales para que favorezcan al cumplimiento de los objetivos de la política educativa nacional. Artículo 13. (Fines).- La política educativa nacional tendrá en cuenta los siguientes fines:

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A) Promover la justicia, la solidaridad, la libertad, la democracia, la inclusión social, la integración regional e internacional y la convivencia pacífica. B) Procurar que las personas adquieran aprendizajes que les permitan un desarrollo integral relacionado con aprender a ser, aprender a aprender, aprender a hacer y aprender a vivir juntos. Para ello, la educación deberá contemplar los diferentes contextos, necesidades e intereses, para que todas las personas puedan apropiarse y desarrollar los contenidos de la cultura local, nacional, regional y mundial. C) Formar personas reflexivas, autónomas, solidarias, no discriminatorias y protagonistas de la construcción de su comunidad local, de la cultura, de la identidad nacional y de una sociedad con desarrollo sustentable y equitativo. D) Propender al desarrollo de la identidad nacional desde una perspectiva democrática, sobre la base del reconocimiento de la diversidad de aportes que han contribuido a su desarrollo, a partir de la presencia indígena y criolla, la inmigración europea y afrodescendiente, así como la pluralidad de expresiones culturales que enriquecen su permanente evolución. E) Promover la búsqueda de soluciones alternativas en la resolución de conflictos y una cultura de paz y de tolerancia, entendida como el respeto a los demás y la no discriminación. F) Fomentar diferentes formas de expresión, promoviendo la diversidad cultural y el desarrollo de las potencialidades de cada persona. G) Estimular la creatividad y la innovación artística, científica y tecnológica. H) Integrar el trabajo como uno de los componentes fundamentales del proceso educativo, promoviendo la articulación entre el trabajo manual e intelectual. Artículo 14. (Tratados internacionales y cooperación internacional).- El Estado al definir la política educativa nacional promoverá que la educación sea concebida como un bien público y que la cooperación internacional sea coadyuvante a los fines establecidos en el artículo precedente. No se suscribirá acuerdo o tratado alguno, bilateral o multilateral, con Estados u organismos internacionales, que directa o indirectamente signifiquen considerar a la educación como un servicio lucrativo o alentar su mercantilización.

CAPÍTULO IV PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA ESTATAL Artículo 15. (Principios).- La educación estatal se regirá por los principios de gratuidad, de laicidad y de igualdad de oportunidades, además de los principios y fines establecidos en los títulos anteriores. Toda institución estatal dedicada a la educación deberá velar en el ámbito de su competencia por la aplicación efectiva de estos principios. Artículo 16. (De la gratuidad).- El principio de gratuidad asegurará el cumplimiento efectivo del derecho a la educación y la universalización del acceso y permanencia de las personas en el sistema educativo. Artículo 17. (De la laicidad).- El principio de laicidad asegurará el tratamiento integral y crítico de todos los temas en el ámbito de la educación pública, mediante el libre acceso a las fuentes de información y conocimiento que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. Se garantizará la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias. Artículo 18. (De la igualdad de oportunidades o equidad).- El Estado brindará los apoyos específicos necesarios a aquellas personas y sectores en especial situación de vulnerabilidad, y actuará de forma de incluir a las personas y sectores discriminados cultural, económica o socialmente, a los efectos de que alcancen una real igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro de los aprendizajes. Asimismo, estimulará la transformación de los estereotipos discriminatorios por motivos de edad, género, raza, etnia u orientación sexual. El Estado asegurará a los educandos que cursen la enseñanza pública obligatoria, el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación. Promoverá su máximo aprovechamiento para la educación, su uso con sentido y su apropiación por parte de los educandos. Artículo 19. (De los recursos).- El Estado proveerá los recursos necesarios para asegurar el derecho a la educación y el cumplimiento de lo establecido en la presente ley. TÍTULO II SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN CAPÍTULO I ÁMBITO

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Artículo 20. (Concepto).- El Sistema Nacional de Educación es el conjunto de propuestas educativas integradas y articuladas para todos los habitantes a lo largo de toda la vida. CAPÍTULO II LA EDUCACIÓN FORMAL Artículo 21. (Concepto).- La educación formal estará organizada en niveles y modalidades que conforman las diferentes etapas del proceso educativo, que aseguran su unidad y facilitan la continuidad del mismo. Artículo 22. (De la estructura).- La estructura de la educación formal comprenderá los siguientes niveles:

rrollo afectivo, social, motriz e intelectual de los niños y niñas de tres, cuatro y cinco años. Se promoverá una educación integral que fomente la inclusión social del educando, así como el conocimiento de sí mismo, de su entorno familiar, de la comunidad y del mundo natural. Artículo 25. (De la educación primaria).- La educación primaria tendrá el propósito de brindar los conocimientos básicos y desarrollar principalmente la comunicación y el razonamiento que permitan la convivencia responsable en la comunidad. Artículo 26. (De la educación media básica).- La educación media básica abarcará el ciclo inmediato posterior a la educación primaria. Profundizará el desarrollo de las competencias y los conocimientos adquiridos y promoverá el dominio teórico-práctico de diferentes disciplinas que pueden ser, entre otras, artísticas, humanísticas, biológicas, científicas y tecnológicas. Artículo 27. (De la educación media superior).- La educación media superior abarcará hasta tres años posteriores a la educación media básica, según las modalidades ofrecidas en el nivel y tendrá un mayor grado de orientación o especialización. Tendrá tres modalidades: la educación general que permitirá la continuidad en la educación terciaria (bachilleratos generales); la tecnológica que permitirá continuar estudios terciarios y la inserción laboral (bachilleratos tecnológicos); y la formación técnica y profesional que estará orientada principalmente a la inserción laboral. La culminación de todas sus modalidades permitirá la continuidad educativa. Artículo 28. (De la educación técnico profesional).- La educación técnico profesional estará dirigida a personas de quince años y más. Tendrá el propósito de la formación para el desempeño calificado de las profesiones y de técnicos medios y superiores vinculados a diferentes áreas ocupacionales comprendiendo la formación profesional (básica y superior), técnica y tecnológica del nivel medio incluyendo a las tecnicaturas. Las propuestas de la educación técnico profesional deben permitir la continuidad educativa de los educandos. Los conocimientos o créditos adquiridos serán reconocidos o revalidados para continuar estudios en los niveles educativos que correspondan. Artículo 29. (De la educación terciaria).- La educación terciaria requerirá la aprobación de los ciclos completos de educación primaria y media (básica y superior); profundiza y amplía la formación en alguna

Descripción 0 1 2 3 Educación inicial: 3, 4 y 5 años de edad Educación primaria Educación media básica Educación media superior Incluye tres modalidades: educación general, educación tecnológica y formación técnica profesional 4 A) Educación terciaria Incluye cursos técnicos no universitarios, tecnicaturas y educación tecnológica superior B) Formación en educación con carácter universitario C) Educación terciaria universitaria: Incluye carreras de grado 5 Educación de postgrado

Artículo 23. (De la movilidad de los estudiantes).Los conocimientos o créditos correspondientes, adquiridos dentro de cualquiera de los niveles educativos, serán reconocidos o revalidados de forma de permitir la movilidad horizontal de los educandos. Se facilitará la movilidad de los estudiantes entre las modalidades de los niveles 2, 3 y 4, reconociendo o revalidando los conocimientos adquiridos en cada una de ellas, con el propósito de crear un sistema de formaciones variado y no compartimentado. Artículo 24. (De la educación inicial).- La educación inicial tendrá como cometido estimular el desa-

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rama del conocimiento; incluye, entre otras, la educación tecnológica y técnica. Artículo 30. (De la educación terciaria universitaria).- La educación terciaria universitaria será aquella cuya misión principal será la producción y reproducción del conocimiento en sus niveles superiores, integrando los procesos de enseñanza, investigación y extensión. Permitirá la obtención de títulos de grado y postgrado. Artículo 31. (De la formación en educación).- La formación en educación se concebirá como enseñanza terciaria universitaria y abarcará la formación de maestros, maestros técnicos, profesores, profesores de educación física y educadores sociales, así como de otras formaciones que el Sistema Nacional de Educación requiera. Artículo 32. (De la educación de postgrado).- Los postgrados universitarios corresponden a estudios realizados con posterioridad a la obtención de un primer grado universitario o licenciatura. Estos cursos pueden ser de especialización, diplomaturas, maestría o doctorado. Artículo 33. (De las modalidades de la educación formal).- La educación formal contemplará aquellas particularidades, de carácter permanente o temporal, personal o contextual, a través de diferentes modalidades, entendidas como opciones organizativas o metodológicas, con el propósito de garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. Se tendrá especial consideración a la educación en el medio rural, la educación de personas jóvenes y adultas y la educación de personas con discapacidades, promoviéndose la inclusión de éstas en los ámbitos de la educación formal, según las posibilidades de cada una, brindándoles los apoyos necesarios. Artículo 34. (De la educación formal en el medio rural).- La educación formal en el medio rural tendrá por objetivo asegurar, como mínimo, la educación obligatoria de las personas, teniendo en cuenta las especificidades del medio en que se desarrolla. Artículo 35. (De la educación formal de personas jóvenes y adultas).- La educación formal de jóvenes y adultos tendrá como objetivo asegurar, como mínimo, el cumplimiento de la educación obligatoria en las personas mayores de quince años. CAPÍTULO III OTRAS MODALIDADES Artículo 36. (De la educación a distancia y semipresencial).- La educación a distancia, en línea o

asistida, comprenderá los procesos de enseñanza y de aprendizaje que no requieren la presencia física del alumno en aulas u otras dependencias similares, para el dictado regular de sus cursos, siempre que se empleen materiales y recursos tecnológicos específicamente desarrollados para obviar dicha presencia, y se cuente con una organización académica y un sistema de gestión y evaluación específico, diseñado para tal fin. La modalidad semipresencial, además de las características anteriores, requiere instancias presenciales. Las certificaciones de estas modalidades serán otorgadas por los organismos competentes del Sistema Nacional de Educación Pública, los cuales también reglamentarán la habilitación y autorización a instituciones privadas para el dictado de cursos a través de estas modalidades y el reconocimiento de los certificados otorgados. CAPÍTULO IV EDUCACIÓN NO FORMAL Artículo 37. (Concepto).- La educación no formal, en el marco de una cultura del aprendizaje a lo largo de toda la vida, comprenderá todas aquellas actividades, medios y ámbitos de educación, que se desarrollan fuera de la educación formal, dirigidos a personas de cualquier edad, que tienen valor educativo en sí mismos y han sido organizados expresamente para satisfacer determinados objetivos educativos en diversos ámbitos de la vida social, capacitación laboral, promoción comunitaria, animación sociocultural, mejoramiento de las condiciones de vida, educación artística, tecnológica, lúdica o deportiva, entre otros. La educación no formal estará integrada por diferentes áreas de trabajo educativo, entre las cuales se mencionan, alfabetización, educación social, educación de personas jóvenes y adultas. Se promoverá la articulación y complementariedad de la educación formal y no formal con el propósito de que ésta contribuya a la reinserción y continuidad educativa de las personas. CAPÍTULO V EDUCACIÓN DE PRIMERA INFANCIA Artículo 38. (De la educación en la primera infancia).- La educación en la primera infancia comprenderá el ciclo vital desde el nacimiento hasta los tres años, y constituirá la primera etapa del proceso educativo de cada persona, a lo largo de toda la vida. Tendrá características propias y específicas en cuanto a sus propósitos, contenidos y estrategias me-

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todológicas, en el marco del concepto de educación integral. Promoverá la socialización y el desarrollo armónico de los aspectos intelectuales, socio-emocionales, y psicomotores en estrecha relación con la atención de la salud física y mental. CAPÍTULO VI REINSERCIÓN Y CONTINUIDAD EDUCATIVAS Artículo 39. (De la validación de conocimientos).El Estado, sin perjuicio de promover la culminación en tiempo y forma de los niveles de la educación formal de todas las personas, podrá validar para habilitar la continuidad educativa, los conocimientos, habilidades y aptitudes alcanzados por una persona fuera de la educación formal, que se correspondan con los requisitos establecidos en algún nivel educativo. La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública en el plazo de ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley, reglamentará los procedimientos de validación y evaluación, estando a cargo de la institución del Sistema Nacional de Educación Pública correspondiente, la expedición de los certificados, previa solicitud del interesado. CAPÍTULO VII LÍNEAS TRANSVERSALES Artículo 40. (De las líneas transversales).- El Sistema Nacional de Educación, en cualesquiera de sus modalidades contemplará líneas transversales entre las cuales se encuentran: A) La educación en derechos humanos. B) La educación ambiental para el desarrollo humano sostenible. C) La educación artística. D) La educación científica. E) La educación lingüística. F) La educación a través del trabajo. G) La educación para la salud. H) La educación sexual. I) La educación física, la recreación y el deporte, de acuerdo a los lineamientos que se especifican: 1) La educación en derechos humanos tendrá como propósito que los educandos, sirviéndose de conocimientos básicos de los cuerpos normativos, desarrollen las ac6) 5) 4) 2)

titudes e incorporen los principios referidos a los derechos humanos fundamentales. Se considerará la educación en derechos humanos como un derecho en sí misma, un componente inseparable del derecho a la educación y una condición necesaria para el ejercicio de todos los derechos humanos. La educación ambiental para el desarrollo humano sostenible tendrá como propósito que los educandos adquieran conocimientos con el fin de fomentar actitudes y comportamientos individuales y colectivos, para mejorar las relaciones entre los seres humanos y de éstos con el entorno. Procurará desarrollar habilidades para potenciar un desarrollo humano sostenible en la búsqueda de una mejora sostenida de la calidad de vida de la sociedad. La educación artística tendrá como propósito que los educandos alcancen a través de los diferentes lenguajes artísticos, una educación integral, promoviendo el desarrollo de la creatividad, la sensibilidad y la percepción, impulsando la creación de universos singulares que den sentido a lo que es significativo para cada ser humano. La educación científica tanto en las áreas social, natural y exactas, tendrá como propósito promover por diversas vías, la comprensión y apropiación social del conocimiento científico y tecnológico para su democratización. Significará, también, la difusión de los procedimientos y métodos para su generación, adquisición y uso sistemáticos. La educación lingüística tendrá como propósito el desarrollo de las competencias comunicativas de las personas, el dominio de la lengua escrita, el respeto de las variedades lingüísticas, la reflexión sobre la lengua, la consideración de las diferentes lenguas maternas existentes en el país (español del Uruguay, portugués del Uruguay, lengua de señas uruguaya) y la formación plurilingüe a través de la enseñanza de segundas lenguas y lenguas extranjeras. La educación a través del trabajo tendrá como propósito incorporar a los educandos en el concepto del trabajo como acti-

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vidad propia de los seres humanos e integradora a la vida social. 7) La educación para la salud tendrá como propósito la creación de hábitos saludables, estilos de vida que promuevan la salud y prevengan las enfermedades. Procurará promover, en particular, la salud mental, bucal, ocular, nutricional, la prevención del consumo problemático de drogas y una cultura de prevención para la reducción de los riesgos propios de toda actividad humana. La educación sexual tendrá como propósito proporcionar instrumentos adecuados que promuevan en educadores y educandos, la reflexión crítica ante las relaciones de género y la sexualidad en general para un disfrute responsable de la misma. La educación física, en recreación y deporte, tiene como propósito el desarrollo del cuerpo, el movimiento, la interacción, y la actividad humana, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida, al desarrollo personal y social, así como a la adquisición de valores necesarios para la cohesión social y el diálogo intercultural.

puesto. Asimismo, se procurará la concentración horaria de los docentes en un centro educativo y se fomentará su permanencia en el mismo. El centro educativo público dispondrá de fondos presupuestales para el mantenimiento del local, la realización de actividades académicas y proyectos culturales y sociales de extensión. Los centros educativos podrán realizar convenios con otras instituciones, con la autorización correspondiente. CAPÍTULO IX LOS ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN Artículo 42. (De la Comisión Nacional de Educación. Integración).- Créase la Comisión Nacional de Educación, que se identificará con la sigla COMINE y estará integrada por: A) Los miembros de la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública. B) Los Directores Generales de los Consejos de Educación integrantes de la Administración Nacional de Educación Pública. C) La máxima autoridad del Instituto Universitario de Educación. D) El Presidente del Directorio del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. E) Dos representantes de la educación privada inicial, primaria, media y técnico profesional. F) Un representante de la educación universitaria privada. G) Un representante de los trabajadores. H) Un representante de los trabajadores de la educación. I) Dos representantes de los estudiantes. J) Un representante de los empresarios. K) Un representante de las organizaciones no gubernamentales vinculadas a la educación. Los organismos o sectores integrantes de la COMINE además de los representantes titulares ante dicha Comisión, podrán designar representantes alternos. El Poder Ejecutivo reglamentará en su caso, el procedimiento para la elección o designación de los representantes arriba mencionados. Artículo 43. (Naturaleza y cometidos).- La Comisión Nacional de Educación (COMINE) constituirá un

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Las autoridades velarán para que estas líneas transversales estén presentes, en la forma que se crea más conveniente, en los diferentes planes y programas. CAPÍTULO VIII LOS CENTROS EDUCATIVOS Artículo 41. (Concepto).- El centro educativo de cualquier nivel o modalidad será un espacio de aprendizaje, de socialización, de construcción colectiva del conocimiento, de integración y convivencia social y cívica, de respeto y promoción de los derechos humanos. Será un ámbito institucional jerarquizado, dotado de recursos y competencias, a los efectos de lograr los objetivos establecidos en su proyecto educativo. El proceso de formulación, seguimiento y evaluación del mismo contará con la participación de los docentes del centro y se promoverá la participación de funcionarios, padres y estudiantes. El Estado fortalecerá la gestión de los centros educativos públicos en los aspectos pedagógicos, de personal docente y no docente, administrativos y financieros para cumplir con lo precedentemente ex-

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ámbito nacional de deliberación sobre políticas educativas del Sistema Nacional de Educación y tendrá carácter de asesoramiento y de consulta en los siguientes cometidos: A) Procurar la articulación de las políticas educativas con otras políticas públicas. B) Integrar comisiones de asesoramiento o de coordinación en temas vinculados a la presente ley y a otras normas de la materia educativa. C) Propiciar foros, congresos y conferencias referidos a temas educativos. La COMINE dictará su propio reglamento de funcionamiento y el Ministerio de Educación y Cultura asegurará el apoyo presupuestal, administrativo, organizativo y técnico que requiera la Comisión para cumplir con sus cometidos. Artículo 44. (De la creación del Congreso Nacional de Educación).- Créase el Congreso Nacional de Educación que tendrá una integración plural y amplia que refleje las distintas perspectivas de la ciudadanía en el Sistema Nacional de Educación. Artículo 45. (Naturaleza y cometidos del Congreso Nacional de Educación).- El Congreso Nacional de Educación constituirá el ámbito nacional de debate del Sistema Nacional de Educación y tendrá carácter asesor y consultivo en los temas de la aplicación de la presente ley. Será convocado por la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública como mínimo en el primer año de cada período de Gobierno. TÍTULO III SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO I PRINCIPIOS Artículo 46. (De la autonomía).- La educación pública estará regida por Consejos Directivos Autónomos de conformidad con la Constitución de la República y la ley, que en aplicación de su autonomía tendrán la potestad de dictar su normativa, respetando la especialización del ente. Artículo 47. (De la coordinación).- Los Consejos Directivos Autónomos y los demás organismos que actúen en la educación pública deberán coordinar sus acciones con el fin de cumplir con los principios, las orientaciones y los fines de la educación establecidos en la Constitución de la República y la presente ley.

Artículo 48. (De la participación).- La participación de los educandos o participantes, funcionarios docentes, otros funcionarios, madres, padres o responsables y de la sociedad en general, en la educación pública constituirá uno de sus principios básicos. Se promoverá el cogobierno en los ámbitos que corresponda, atendiendo los diferentes ámbitos y niveles educativos. CAPÍTULO II ÓRGANOS Artículo 49. (Integración).- El Sistema Nacional de Educación Pública estará integrado por el Ministerio de Educación y Cultura, la Administración Nacional de Educación Pública, la Universidad de la República y demás entes autónomos de la educación pública estatal. Artículo 50. (Coordinación).- El Sistema Nacional de Educación Pública estará coordinado por la Comisión Coordinadora de la Educación Pública, creada por el artículo 106 y siguientes de la presente ley. CAPÍTULO III MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 51. (Del Ministerio de Educación y Cultura).- El Ministerio de Educación y Cultura, en relación a los temas de la educación nacional, tendrá los siguientes cometidos: A) Desarrollar los principios generales de la educación. B) Facilitar la coordinación de las políticas educativas nacionales. C) Articular las políticas educativas con las políticas de desarrollo humano, cultural, social, tecnológico y económico. D) Promover la articulación de la educación con la investigación científica y tecnológica y con la cultura. E) Presidir los ámbitos de coordinación educativa que le corresponde según la presente ley. F) Relevar y difundir en coordinación con los entes autónomos la información estadística y documentación educativa. G) Confeccionar las estadísticas del sector educativo, en el marco del Sistema Estadístico Nacional. H) Coordinar en forma preceptiva con los entes autónomos de la educación, qué integrantes

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del Sistema Nacional de Educación Pública compondrán la representación internacional de la educación nacional. I) Realizar propuestas a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública y a la Comisión Nacional de Educación. J) Relacionarse con el Poder Legislativo, en los temas relativos a la educación, en el marco de lo establecido en la Constitución de la República. CAPÍTULO IV ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 52. (Creación y naturaleza).- La Administración Nacional de Educación Pública, que se identificará con la sigla ANEP, ente autónomo con personería jurídica creado por la Ley Nº 15.739, de 28 de marzo de 1985, funcionará de conformidad a los artículos 202 y siguientes de la Constitución de la República y de la presente ley. Artículo 53. (Cometidos).- La Administración Nacional de Educación Pública tendrá los siguientes cometidos: A) Elaborar, instrumentar y desarrollar las políticas educativas que correspondan a los niveles de educación que el ente imparta. B) Garantizar la educación en los diferentes niveles y modalidades educativas de su competencia a todos los habitantes del país, asegurando el ingreso, permanencia y egreso. C) Asegurar el cumplimiento de los principios y orientaciones generales de la educación establecidos en la presente ley en los ámbitos de su competencia. D) Promover la participación de toda la sociedad en la formulación, implementación y desarrollo de la educación en la órbita de su competencia. Artículo 54. (De los órganos).- La Administración Nacional de Educación Pública tiene los siguientes órganos: el Consejo Directivo Central, los Consejos de Educación Inicial y Primaria, de Educación Media Básica, de Educación Media Superior y de Educación Técnico-Profesional (UTU). Artículo 55. (De los bienes).- La Administración Nacional de Educación Pública tendrá la administración de sus bienes. Los bienes que estén destinados a los Consejos o al Instituto Universitario de Educación o en el futuro fuesen asignados específicamente

por resolución del Consejo Directivo Central, estarán a cargo del Consejo respectivo o Instituto. Artículo 56. (Adquisición, enajenación y afectación de bienes inmuebles).- La adquisición y enajenación de bienes inmuebles a título oneroso, así como su afectación o gravamen por parte de la Administración Nacional de Educación Pública, deberán ser resueltas en todos los casos por cuatro votos conformes, previa consulta a los Consejos y al Instituto Universitario de Educación cuando se tratare de bienes destinados o a destinarse a su servicio. Las enajenaciones a título gratuito requerirán la unanimidad de votos del Consejo Directivo Central. Artículo 57. (De los ingresos).- Forman parte del patrimonio de la Administración Nacional de Educación Pública: A) Los recursos y las partidas que se le asignen por las leyes de Presupuesto Nacional y las de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal. B) Los frutos naturales, industriales y civiles de sus bienes. C) Los recursos o proventos que perciba el ente por la venta de la producción de los centros educativos o de los servicios que éstos vendan o arrienden, de conformidad con los reglamentos que oportunamente se dicten. D) Los que perciba por cualquier otro título. CAPÍTULO V CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA ANEP Artículo 58. (Del Consejo Directivo Central).- El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública estará integrado por cinco miembros, los que deberán poseer condiciones personales relevantes, reconocida solvencia y méritos acreditados en temas de educación, y que hayan actuado en la educación pública por un lapso no menor de diez años. Tres de sus miembros serán designados por el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros, previa venia de la Cámara de Senadores, otorgada sobre propuestas fundadas, por un número de votos equivalentes a los tres quintos de sus componentes elegidos conforme al inciso primero del artículo 94 de la Constitución de la República. Si la venia no fuera otorgada dentro del término de sesenta días de recibida su solicitud, el Poder Ejecutivo podrá formular propuesta nueva, o reiterar su

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propuesta anterior, y en este último caso deberá obtener el voto conforme de la mayoría absoluta del Senado. Por el mismo procedimiento será designado de entre los propuestos por el Poder Ejecutivo el Presidente del Consejo Directivo Central. Las designaciones deberán efectuarse al comienzo de cada período de gobierno y los miembros designados permanecerán en sus cargos hasta tanto no hayan sido designados quienes les sucedan. En caso de vacancia definitiva, el cargo correspondiente será provisto en la forma indicada en los incisos anteriores. Los otros dos miembros serán electos por el cuerpo docente del ente, según la reglamentación que oportunamente apruebe el Poder Ejecutivo. Durarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos solamente por un período subsiguiente debiendo para una nueva elección mediar por lo menos cinco años desde su cese. La elección estará a cargo de la Corte Electoral y se deberá realizar en el año anterior a las elecciones nacionales. Los Directores Generales de los Consejos de Educación también integrarán de pleno derecho con voz y sin voto el Consejo Directivo Central. Artículo 59. (Cometidos del Consejo Directivo Central).- El Consejo Directivo Central tendrá los siguientes cometidos: A) Promover un clima de participación democrática y propiciar en forma permanente una reflexión crítica y responsable, en todo el ámbito organizacional. B) Definir las orientaciones generales de los niveles y modalidades educativas que se encuentran en su órbita. C) Designar a los integrantes de los Consejos de Educación, según lo establecido en el artículo 65 de la presente ley. D) Homologar los planes de estudio aprobados por los Consejos de Educación. E) Definir el proyecto de presupuesto y de rendición de cuentas, como resultado de un proceso de elaboración que atienda las diferentes propuestas de los Consejos de Educación y considere las iniciativas de otros sectores de la sociedad. F) Representar al ente en las ocasiones previstas por el inciso tercero del artículo 202 de la Cons-

titución de la República, oyendo previamente a los Consejos respectivos en los asuntos de su competencia. G) Dictar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. H) Aprobar los estatutos de los funcionarios docentes y no docentes del servicio, con las garantías establecidas en la Constitución de la República y en la presente ley. I) Designar al Secretario General y al Secretario Administrativo del Consejo Directivo Central con carácter de cargos de particular confianza. El Secretario Administrativo deberá haber sido funcionario del ente por un lapso no menor a diez años. J) Destituir por ineptitud, omisión o delito, a propuesta de los Consejos cuando dependieren de éstos y con las garantías que fija la ley y el estatuto, al personal docente, técnico, administrativo, de servicio u otro de todo el ente. K) Destituir por ineptitud, omisión o delito a los miembros de los Consejos de Educación, por cuatro votos conformes y fundados, previo ejercicio del derecho constitucional de defensa. L) Coordinar los servicios de estadística educativa del ente. M) Conceder las acumulaciones de sueldo que sean de interés de la educación y se gestionen conforme a las leyes y reglamentos. N) Establecer lineamientos generales para la supervisión y fiscalización de los institutos privados habilitados de educación inicial, primaria, media y técnico profesional, siguiendo los principios generales de la presente ley y los criterios establecidos por cada Consejo de Educación, con participación de representantes de las instituciones de educación privada. O) Resolver los recursos de revocación interpuestos contra sus actos, así como los recursos jerárquicos. P) Organizar o delegar la educación formal de personas jóvenes y adultas en los niveles correspondientes. Q) Delegar en los Consejos de Educación, por resolución fundada, las atribuciones que estime conveniente. No son delegables las atribuciones que le comete la Constitución de la Repú-

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blica y aquéllas para cuyo ejercicio la presente ley requiere mayorías especiales. Artículo 60. (Presencia de los Directores de los Consejos de Educación).- El Consejo Directivo Central, en cumplimiento de las competencias indicadas en los literales B), D), E) y H) del artículo precedente, tomará decisión con la presencia de los Directores Generales de los Consejos, sin perjuicio de que pueda convocarlos cada vez que lo entienda pertinente. El Consejo Directivo Central convocará a los Directores Generales de los Consejos cada vez que lo entienda pertinente y cuando se traten asuntos relacionados con las competencias de los respectivos Consejos. Artículo 61 (De las remuneraciones, incompatibilidades y prohibiciones).- La remuneración del Presidente y de los Consejeros del Consejo Directivo Central se regirá por lo establecido por el artículo 34 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Terminado el ejercicio del cargo, los integrantes del Consejo Directivo Central y de los Consejos tendrán derecho a ser restablecidos a la situación docente que ocupaban o que tenían derecho a ocupar, en el momento de asumir sus funciones; tendrán las incompatibilidades establecidas en los artículos 200 y 201 de la Constitución de la República, y no podrán tener vinculaciones laborales o patrimoniales con instituciones de enseñanza privada ni desempeñar la función docente particular en la órbita de la educación básica y general. CAPÍTULO VI CONSEJOS DE EDUCACIÓN Artículo 62. (Ámbito de competencia).- Cada Consejo será responsable en el ámbito de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) de los siguientes niveles educativos de la educación formal: A) El Consejo de la Educación Inicial y Primaria (CEIP) tendrá a su cargo la educación inicial y la educación primaria. B) El Consejo de Educación Media Básica (CEM Básica) tendrá a su cargo la educación media básica. C) El Consejo de Educación Media Superior (CEM Superior) tendrá a su cargo la educación media superior general (bachilleratos diversificados). D) El Consejo de Educación Técnico-Profesional (UTU) tendrá a su cargo la formación profesional (básica y superior), la educación media superior técnica tecnológica (bachilleratos tecnológicos), la educación media superior orientada

al ámbito laboral y la educación terciaria técnica (tecnicaturas). Artículo 63. (Cometidos de los Consejos).- Compete a los Consejos de Educación: A) Desarrollar los procesos de enseñanza y aprendizaje correspondientes a su respectivo nivel educativo. B) Aprobar los planes de estudio y los programas de las asignaturas que ellos incluyan. C) Administrar los servicios y dependencias a su cargo. D) Supervisar el desarrollo de los planes, programas y cursos. E) Reglamentar la organización y el funcionamiento de los servicios a su cargo y adoptar las medidas que los mismos requieran. F) Proyectar los presupuestos de sueldos, gastos e inversiones correspondientes al nivel educativo asignado y sus modificaciones, así como las rendiciones de cuentas y balances de ejecución presupuestal correspondientes a los servicios a su cargo. G) Realizar toda clase de nombramientos, reelecciones, ascensos y sanciones, así como otorgar licencias y designar el personal docente y no docente, conforme al Estatuto del Funcionario y a las ordenanzas que apruebe el Consejo Directivo Central. Podrán también dictar normas en esta materia con arreglo al estatuto y a las ordenanzas. H) Proponer al Consejo Directivo Central de la ANEP la destitución del personal docente o no docente a su cargo, por razones de ineptitud, omisión o delito con las garantías que fija la ley y el estatuto respectivo. I) Designar al Secretario General de cada Consejo, con carácter de cargo de particular confianza, quien deberá haber sido funcionario del ente por un lapso no menor a diez años. J) Proyectar las normas estatutarias que crea necesarias para sus funcionarios y elevarlas al Consejo Directivo Central a los efectos de su aprobación e incorporación al Estatuto de los Funcionarios del ente. K) Habilitar, autorizar, supervisar y fiscalizar los institutos del nivel educativo correspondiente, en consonancia con los lineamientos aprobados por el Consejo Directivo Central.

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L) Conferir y revalidar certificados de estudio nacionales y revalidar certificados de estudio extranjeros en los niveles y modalidades de educación a su cargo. M) Adoptar las resoluciones atinentes al ámbito de su competencia, salvo aquellas que por la Constitución de la República, la presente ley y las ordenanzas correspondan a los demás órganos. N) Verificar en el caso de los Consejos de Educación Media Básica, Educación Media Superior y Educación Técnica-Profesional (UTU), la aprobación o validación en su caso del nivel anterior, así como habilitar para cursar los niveles educativos superiores correspondientes. O) Promover un clima de participación democrática y propiciar en forma permanente una reflexión crítica y responsable, en todo el ámbito de la institución a su cargo. P) Ejercer las demás atribuciones que le delegare especialmente el Consejo Directivo Central. Artículo 64. (De otros cometidos del Consejo Directivo Central – UTU).- Además de los cometidos establecidos en el artículo anterior, el Consejo de Educación Técnico-Profesional (UTU) tendrá los siguientes: A) Impartir cursos de capacitación laboral. B) Producir bienes y servicios, con la participación de alumnos y docentes, en el marco de su actividad educativa. C) Administrar los fondos generados por la venta o arriendo de los bienes y servicios producidos, informando al Consejo Directivo Central de la ANEP, según las normas establecidas a tales efectos. D) Promover la coordinación con otras instituciones públicas en materia de la formación profesional. E) Participar en procesos de certificación de saberes o competencias técnicas. Artículo 65. (De la designación o elección de los integrantes de los Consejos).- Los Consejos de Educación Inicial y Primaria, de Educación Media Básica y de Educación Media Superior y de Educación Técnico-Profesional (UTU) se integrarán con tres miembros que hayan ejercido la docencia en la educación pública por un lapso no menor a diez años.

Dos de ellos serán designados por el Consejo Directivo Central por cuatro votos conformes y fundados. De no haberse realizado las designaciones a los sesenta días de instalado el Consejo Directivo Central o en el mismo plazo en caso de vacancia definitiva, la designación podrá ser realizada por mayoría absoluta de integrantes del Consejo. Por el mismo procedimiento y con el mismo sistema de mayoría especial, será designado el Director General de cada Consejo. El tercer miembro de cada Consejo será electo por el cuerpo docente del mismo, según la reglamentación que oportunamente apruebe el Consejo Directivo Central. Durarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos solamente por un período subsiguiente debiendo para una nueva elección mediar por lo menos cinco años desde su cese. La elección estará a cargo de la Corte Electoral y se deberá realizar en el año anterior a las elecciones nacionales. Artículo 66.- Los Consejos de Educación Media Superior y de Educación Técnico-Profesional (UTU) podrán incorporar con voz y sin voto a un representante estudiantil del nivel, que no haya cumplido los veinte años de edad, electo por la Comisión Consultiva respectiva. Los Consejos acordarán con las respectivas Comisiones Consultivas las demás condiciones que deberá poseer el estudiante para ser electo y las características de su participación. Artículo 67. (Atribuciones de los Presidentes del Consejo Directivo Central y de los Directores Generales de los Consejos de Educación).- El Presidente del Consejo Directivo Central de la ANEP y los Directores Generales de los Consejos de Educación, tendrán las siguientes atribuciones: A) Presidir los Consejos respectivos, dirigir las sesiones, cumplir y hacer cumplir los reglamentos y resoluciones. B) Representar al Consejo cuando corresponda. C) Autorizar los gastos que sean necesarios, dentro de los límites que establezcan la ley y las ordenanzas. D) Tomar las resoluciones de carácter urgente que estime necesarias para el cumplimiento del orden y el respeto de las disposiciones reglamentarias. En ese caso dará cuenta al Consejo en la primera sesión ordinaria, y éste podrá oponerse por mayoría de votos de sus componentes, debiendo fundar su oposición.

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E) Adoptar las medidas de carácter disciplinario que correspondan, dando cuenta al Consejo en la forma señalada en el inciso precedente. F) Inspeccionar el funcionamiento de las reparticiones de su competencia y tomar las medidas que correspondan. G) Preparar y someter a consideración del Consejo los proyectos que estime conveniente. Artículo 68. (Vacancia).- En caso de vacancia temporal por licencia o impedimento, o vacancia definitiva del Presidente del Consejo Directivo Central o de los Directores Generales de los Consejos, el Consejo Directivo Central, por mayoría simple, designará a quien ocupe esa función en forma interina hasta tanto se reincorpore o designe en su caso, al titular. CAPÍTULO VII ESTATUTO DEL DOCENTE Y DEL FUNCIONARIO Artículo 69. (Del estatuto docente y del funcionario no docente).- El Consejo Directivo Central de la ANEP, previa consulta a los Consejos e Instituto Universitario de Educación, aprobará el estatuto docente y el estatuto del funcionario, de acuerdo a las siguientes bases: A) Para el ejercicio de cargos docentes, administrativos y de servicio será preciso acreditar dieciocho años de edad cumplidos y estar inscriptos en el Registro Cívico Nacional, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 76 de la Constitución de la República. B) Los maestros de Educación Inicial y Primaria y los profesores de Educación Media Básica deberán poseer el respectivo título habilitante. C) El sistema de concurso será de precepto para ocupar en efectividad cualquier cargo docente, así como será obligatorio para el ingreso y ascenso del personal administrativo. D) A los efectos de la carrera docente se jerarquizará la evaluación del desempeño en el aula, los cursos de perfeccionamiento o postgrado, así como las publicaciones e investigaciones realizadas por los docentes. E) La destitución de los funcionarios sólo podrá ser resuelta por causa de ineptitud, omisión o delito, previo sumario durante el cual el inculpado haya tenido oportunidad de presentar sus descargos, articular su defensa y producir prueba.

Artículo 70. (De las Asambleas Técnico Docentes).- En cada Consejo de Educación funcionará una Asamblea Técnico Docente (ATD) representativa del cuerpo docente que tendrá derecho a iniciativa y función consultiva en aspectos educativos de la rama específica y de educación general. El Consejo Directivo Central reglamentará su funcionamiento, previa opinión de los Consejos respectivos. Las Asambleas Técnico Docentes serán preceptivamente consultadas antes de la aprobación o modificación de planes o programas del nivel correspondiente. En cada centro educativo (escuela, liceo o instituto de enseñanza media o técnica), funcionará una Asamblea Técnico Docente con función consultiva y derecho a iniciativa frente a la Dirección del Centro Educativo. Se relacionará con la ATD nacional de la forma que la reglamentación lo indique. CAPÍTULO VIII DE LAS COMISIONES CONSULTIVAS Artículo 71. (De las Comisiones Consultivas).- En cada Consejo de Educación se integrarán Comisiones Consultivas de funcionarios no docentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la Constitución de la República, de estudiantes y de madres, padres o responsables. En el Consejo de Educación Técnico-Profesional (UTU) se integrará una o más Comisiones Consultivas de carácter sectorial atendiendo a la diversidad productiva con participación de los diversos actores públicos y privados, trabajadores y empresarios. El Consejo Directivo Central, en consulta con los Consejos respectivos, reglamentará la conformación y funcionamiento de estas Comisiones, a propuesta de los respectivos Consejos. CAPÍTULO IX DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCANDOS Y DE MADRES, PADRES O RESPONSABLES Artículo 72. (De los derechos de los educandos).Los educandos de cualquier centro educativo tendrán derecho a: A) Recibir una educación de calidad y acceder a todas las fuentes de información y cultura, según lo establecido por la presente ley.

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B) Recibir los apoyos educativos específicos y necesarios en caso de discapacidad o enfermedad que afecte su proceso de aprendizaje. C) Agremiarse y reunirse en el local del centro educativo. Cada Consejo reglamentará el ejercicio de este derecho, con participación de los educandos. D) Participar, emitiendo opinión y realizando propuestas a las autoridades de los centros educativos y de los Consejos de Educación, en aspectos educativos y de gestión del centro educativo. E) Emitir opinión sobre la enseñanza recibida. Los Consejos deberán reglamentar la forma en que los educandos podrán ejercer este derecho. Artículo 73. (De los deberes de los educandos).Los educandos de cualquier centro educativo tendrán el deber de: A) Cumplir con los requisitos para el cumplimiento de los planes y programas de estudio aprobados y para la aprobación de los cursos respectivos. B) Respetar la normativa vigente y las resoluciones de los órganos competentes y de las autoridades del centro educativo. C) Respetar los derechos de todas las personas que integran la comunidad educativa (docentes, funcionarios, estudiantes, familiares y responsables). Artículo 74. (De las alumnas en estado de gravidez).- Las alumnas en estado de gravidez tendrán derecho a continuar con sus estudios, en particular el de acceder y permanecer en el centro educativo, a recibir apoyo educativo específico y justificar las inasistencias pre y post parto, las cuales no podrán ser causal de pérdida del curso o año lectivo. Artículo 75. (De los derechos y deberes de las madres, los padres o responsables).- Las madres, los padres o responsables de los educandos tienen derecho a: A) Que su hijo o representado pueda concurrir y recibir clase regularmente en el centro educativo que le corresponda y así poder cumplir con la obligatoriedad establecida en la presente ley. B) Participar de las actividades del centro educativo y elegir a sus representantes en los Consejos de Participación establecidos en el artículo 76 de la presente ley y en las Comisiones

Consultivas que se constituyan según lo establecido en el artículo 71 de la presente ley. C) Ser informados periódicamente acerca de la evolución del aprendizaje de sus hijos o representados. Las madres, los padres o responsables de los educandos tienen el deber de: A) Asegurar la concurrencia regular de su hijo o representado al centro educativo, de forma de cumplir con la educación obligatoria establecida en la presente ley. B) Seguir y apoyar el proceso de aprendizaje de su hijo o representado. C) Respetar y hacer respetar a sus hijos o representados la autoridad pedagógica del docente, las normas de convivencia del centro educativo y a los demás integrantes de la comunidad educativa (educandos, funcionarios, padres o responsables). CAPÍTULO X CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN Artículo 76. (Concepto).- En todo centro educativo público de Educación Inicial, Primaria, Media Básica y Media Superior y Educación Técnico-Profesional, funcionará un Consejo de Participación integrado por: estudiantes o participantes, educadores o docentes, madres, padres o responsables y representantes de la comunidad. Los respectivos Consejos de Educación reglamentarán su forma de elección y funcionamiento. Los Consejos de Participación de Centros Educativos de Educación Media Básica, Educación Media Superior y Educación Técnico-Profesional (UTU) deberán incluir entre sus miembros, al menos un tercio de representantes estudiantiles. Artículo 77. (Cometidos).- A los Consejos de Participación les compete realizar propuestas a la Dirección del centro educativo en relación: A) Al proyecto educativo que en ejercicio de su responsabilidad profesional elabore la Dirección y el cuerpo docente del centro educativo. B) A la suscripción de acuerdos y convenios con otras instituciones según lo establecido en el artículo 41 de la presente ley. C) A la realización de obras en el centro educativo.

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D) A la obtención de donaciones y otros recursos extrapresupuestales. E) Al destino de los recursos obtenidos y asignados. F) Al funcionamiento del centro educativo. G) A la realización de actividades sociales y culturales en el centro educativo. H) Sobre todo aquello que lo consulte la Dirección del centro educativo. Artículo 78. (De la información a los Consejos de Participación).- Los Consejos de Participación podrán solicitar informes y realizar propuestas al Consejo de Educación respectivo, así como requerir la presencia de un representante de dicho Consejo, ante situaciones que lo ameriten a juicio de sus integrantes. Las Direcciones escolares deberán poner a consideración de los Consejos de Participación sus memorias anuales. Los Consejos de Educación deberán remitir anualmente a los Consejos de Participación un informe de lo realizado durante el año. Los Consejos de Participación participarán en los procesos de autoevaluación que desarrolle el centro educativo y podrán emitir opinión sobre el desarrollo de los cursos, la enseñanza impartida, la convivencia en el centro, la asiduidad y dedicación de los funcionarios docentes y no docentes, que será recibida por la Dirección del Centro y los Consejos de Educación. Serán convocados por la Dirección al menos tres veces al año o a pedido de la mayoría de sus miembros, sin obstaculizar el desarrollo de los cursos. CAPÍTULO XI LA EDUCACIÓN TERCIARIA Artículo 79. (Ámbito).- La Educación Terciaria Pública se constituirá con: la Universidad de la República, el Instituto Universitario de Educación y los Institutos de Educación Terciaria. Artículo 80. (Régimen legal).- La Universidad de la República se regirá por la Ley Nº 12.549, de 16 de octubre de 1958. El Instituto Universitario de Educación y los Institutos de Educación Terciaria se regirán por las disposiciones de la presente ley. Artículo 81. (Ingreso).- La Educación Terciaria Pública facilitará el ingreso a sus cursos y carreras a los estudiantes que hayan cursado en otras instituciones terciarias, por medio de reválidas, o del reconocimiento de los créditos correspondientes.

Artículo 82. (De la educación terciaria privada).La educación terciaria privada se regirá por lo establecido en la Decreto-Ley Nº 15.661, de 29 de octubre de 1984, y sus decretos reglamentarios. Artículo 83. (Del Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública).- En el marco del Sistema Nacional de Educación se propenderá a la formación de un Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública (SNETP) que tendrá las siguientes finalidades: A) Promover la generalización de la enseñanza terciaria de calidad y conectada a lo largo de toda la vida activa con el trabajo, el ejercicio de la ciudadanía, el acceso a la cultura, la mejora en la calidad de vida colectiva y la realización personal de carácter integral. B) Impulsar la articulación de esfuerzos públicos y de la sociedad civil para el enriquecimiento de las modalidades de enseñanza y su diversificación institucional. C) Contribuir a formar capacidades acordes con el desarrollo productivo del país. D) Contribuir a la dignificación de la profesión docente, así como a la formación de nivel universitario, la calificación permanente y la evaluación sistemática de todos los docentes de la enseñanza pública, desde el nivel inicial hasta el superior. E) Constituirse en un sistema integrado en que se pueda elegir variados trayectos, reconociéndose los saberes adquiridos en los distintos niveles y modalidades (4 A, B y C definidos en el artículo 22 de la presente ley). F) Acelerar los procesos de descentralización compartiendo recursos de las diferentes instituciones. CAPÍTULO XII INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACIÓN Artículo 84. (Creación).- Créase el Instituto Universitario de Educación (IUDE) en el ámbito del Sistema Nacional de Educación Pública que desarrollará actividades de enseñanza, investigación y extensión. Formará maestros, maestros técnicos, educadores sociales y profesores, y otorgará otras titulaciones que la educación nacional requiera. Artículo 85. (Estructura y funcionamiento).- Constitúyese una Comisión de Implantación del Instituto Universitario de Educación (IUDE) integrada por un representante del Ministerio de Educación y Cultura,

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uno del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, uno de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y uno de la Universidad de la República que cuenten con reconocida competencia y experiencia en la materia, cuyo cometido será: A) Elaborar, antes del 30 de abril de 2010, una propuesta general para la estructura académica y curricular, la cuantía y características del personal, el patrimonio, el presupuesto y finanzas necesarios para la instalación y puesta en marcha, el marco legal, fines, organización y mecanismos de dirección del IUDE. El órgano de conducción de esta nueva institución deberá incluir representantes electos por docentes, estudiantes y egresados, y representantes de la ANEP y la Universidad de la República. La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, con la información proporcionada por la Comisión de Implantación, decidirá los plazos de puesta en marcha del IUDE. A partir de dicha propuesta, el Poder Ejecutivo elevará al Parlamento el Proyecto de Ley Orgánica del IUDE, en un plazo no mayor a ciento veinte días posteriores a la presentación del informe. B) Proponer a la ANEP y a la Universidad de la República programas conjuntos para la formación de docentes de todos los niveles de la enseñanza pública. Artículo 86. (Validación de títulos anteriores a la fecha de creación del Instituto Universitario de Educación).- El Instituto Universitario de Educación expedirá títulos universitarios y reglamentará en un plazo no mayor a los dieciocho meses de su constitución efectiva el procedimiento para revalidar los títulos docentes otorgados o habilitados por la educación pública con anterioridad a la fecha de su creación. CAPÍTULO XIII INSTITUTO TERCIARIO SUPERIOR Artículo 87. (Creación).- Créase el Instituto Terciario Superior (ITS) en el ámbito del Sistema Nacional de Educación Pública. Estará constituido por una red de instituciones ubicadas en diferentes lugares del país. Desarrollará actividades de educación terciaria, integrando enseñanza, investigación y extensión. Formará técnicos en diversas áreas de la producción y los servicios. Los conocimientos y créditos adquiri-

dos serán reconocidos o revalidados por las demás instituciones terciarias o universitarias, de forma de facilitar la continuidad educativa de sus estudiantes y egresados. Artículo 88. (Estructura y funcionamiento).- Constitúyese una Comisión de Implantación del Instituto Terciario Superior, integrada por un representante del Ministerio de Educación y Cultura, uno de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y uno de la Universidad de la República que cuenten con reconocida competencia y experiencia en la materia, cuyo cometido será: A) Elaborar, antes del 30 de abril de 2010, una propuesta general para la estructura académica y curricular, la cuantía y características del personal, el patrimonio, el presupuesto y finanzas necesarios para la instalación y puesta en marcha, el marco legal, fines, organización y mecanismos de dirección del Instituto Terciario Superior (ITS). El órgano de conducción de esta nueva institución deberá incluir representantes electos por docentes, estudiantes y egresados, y representantes de la ANEP y la Universidad de la República. La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, con la información proporcionada por la Comisión de Implantación, decidirá los plazos de puesta en marcha del ITS. A partir de dicha propuesta, el Poder Ejecutivo elevará al Parlamento el Proyecto de Ley Orgánica del ITS, en un plazo no mayor a ciento veinte días posteriores a la presentación del informe. B) Impulsar Programas Regionales de Enseñanza Terciaria, que reúnan en distintas regiones los esfuerzos de las instituciones educativas públicas, de otras instituciones públicas y de actores de la sociedad civil. C) Impulsar Programas Nacionales de Desarrollo de la Enseñanza Terciaria en áreas específicas, tales como el área agraria, artística, de la salud, tecnológica, científica, humanística y social. La Comisión de Implantación del ITS, consultará a las organizaciones representativas de trabajadores, empresarios y movimiento cooperativo, así como a las Intendencias, Ministerios y otras entidades públicas y privadas cuyo aporte se entienda necesario.

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CAPÍTULO XIV DESCENTRALIZACIÓN Y COORDINACIÓN TERRITORIAL Artículo 89. (Concepto).- La descentralización y coordinación territorial entre todas las instituciones vinculadas a la educación es un elemento central para el logro de las metas educativas. Artículo 90.- (Creación de las Comisiones Departamentales de Educación). Créanse por cada departamento de la República una Comisión Coordinadora Departamental de la Educación integrada por los siguientes representantes: uno por cada Consejo de Educación de la Administración Nacional de Educación Pública, del Instituto Universitario de Educación, del Instituto Terciario Superior, del Consejo Nacional de Educación No Formal, del Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia y de la Universidad de la República. La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública reglamentará el funcionamiento de las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación y podrá establecer mecanismos de coordinación regional entre las Comisiones Departamentales. Artículo 91. (Cometidos).- Las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación tendrán los siguientes cometidos: A) Coordinar acciones en el departamento. B) Convocar a los representantes de los Consejos de Participación de los Centros Educativos para recibir opinión acerca de las políticas educativas en el departamento. C) Promover la coordinación de planes y programas procurando se contemplen las necesidades, intereses y problemas locales. D) Asesorar a los diferentes órganos del Sistema Nacional de Educación Pública en la aplicación de los recursos en el departamento y en la construcción y reparación de locales de enseñanza. E) Difundir, seleccionar y proponer las becas a otorgarse a estudiantes con dificultades económicas, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y en función de lo previsto en el artículo 112 de la presente ley. CAPÍTULO XV CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN NO FORMAL

Artículo 92. (Creación).- Créase el Consejo Nacional de Educación No Formal en el Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 93. (Integración).- El Consejo Nacional de Educación No Formal tendrá una Comisión Directiva integrada por tres representantes designados respectivamente por la Administración Nacional de Educación Pública, la Universidad de la República y el Ministro de Educación y Cultura. Artículo 94. (Cometidos).- Al Consejo Nacional de Educación No Formal le compete: A) Articular y supervisar los programas, proyectos y acciones de educación no formal que se desarrollen en el país, en función de los principios, orientaciones y fines que determina la presente ley. B) Llevar un registro de instituciones de educación no formal. C) Promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal. D) Promover y coordinar acciones educativas dirigidas a personas jóvenes y adultas. E) Contribuir a reincorporar a la educación formal a quienes la hayan abandonado. Artículo 95. (Del Consejo Asesor y Consultivo).Créase el Comité Asesor y Consultivo del Consejo Nacional de Educación No Formal integrado por una Comisión Directiva, que lo presidirá, y un representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, uno del Ministerio de Desarrollo Social, uno del Ministerio de Turismo y Deporte, uno del Instituto Nacional de la Juventud, uno del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, dos representantes de los educadores y dos representantes de las instituciones de educación no formal privada. El Consejo Nacional de Educación No Formal tendrá funciones de asesoramiento y consulta, así como iniciativa en materia de educación en general y de educación no formal en particular, y promoverá la coordinación de programas y proyectos de educación no formal. El Consejo Nacional de Educación No Formal consultará al Consejo Asesor y Consultivo en las materias de su competencia. CAPÍTULO XVI LA EDUCACIÓN EN LA PRIMERA INFANCIA

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Artículo 96. (Integración).- La educación en la primera infancia, definida en el artículo 38 de la presente ley, estará a cargo, según sus respectivos ámbitos de competencia, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), de la Administración Nacional de la Educación Pública (ANEP) y del Ministerio de Educación y Cultura. El INAU regirá la educación de niños y niñas, de entre cero y hasta tres años de edad, que participen en programas, proyectos y modalidades de intervención social bajo su ámbito de actuación, en consonancia con lo establecido por la Ley Nº 15.977, de 14 de setiembre de 1988, y el artículo 68 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004. La ANEP supervisará la educación en la primera infancia que ofrezcan las instituciones privadas habilitadas por el Consejo de Educación Inicial y Primaria. El Ministerio de Educación y Cultura autorizará y supervisará la educación de los Centros de educación infantil privados definidos en el artículo 102, según lo establecido por la presente ley. Artículo 97.- Toda institución que desarrolle actividades de educación de niños y niñas, entre cero y cinco años de edad, en forma presencial, por períodos de doce horas o más semanales, deberá estar habilitada o autorizada para funcionar por los organismos competentes -Administración Nacional de Educación Pública, Ministerio de Educación y Cultura o Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay- en el marco de la presente ley y de las competencias correspondientes. Artículo 98. (Creación del Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia).- Créase el Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia en el Ministerio de Educación y Cultura, dependiente de la Dirección de Educación. Artículo 99. (Integración del Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia).- El Consejo Coordinador de Educación en la Primera Infancia estará integrado por un representante del Ministerio de Educación y Cultura, que lo presidirá, y representantes del Consejo de Educación Inicial y Primaria de la ANEP, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, del Ministerio de Salud Pública, de los educadores en primera infancia y de los centros de educación infantil privados. Artículo 100. (Cometidos).- Al Consejo Coordinador de la Educación en la Primera Infancia le compete:

A) Promover una educación de calidad en la primera infancia. B) Articular y coordinar los programas y proyectos de educación en la primera infancia que se desarrollen en el país, en función de los principios, orientaciones y fines que determina la presente ley. C) Realizar propuestas relacionadas con la educación en la primera infancia a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública y a la Comisión Nacional de Educación. D) Promover la articulación de las políticas educativas con las políticas públicas para la primera infancia. E) Promover la profesionalización de los educadores en la primera infancia. F) Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura para la autorización, supervisión y orientación de los centros de educación infantil privados. Artículo 101. (Cometidos del Ministerio de Educación y Cultura en la educación en la primera infancia).- El Ministerio de Educación y Cultura tendrá los siguientes cometidos relacionados con la educación en la primera infancia: A) Autorizar el funcionamiento de los centros de educación infantil privados, definidos en el artículo 102 de la presente ley. B) Llevar el Registro Nacional de Centros de Educación Infantil Privados sustituyendo al Registro Nacional de Guarderías creado por la Ley Nº 16.802, de 19 de diciembre de 1996. C) Supervisar y controlar los centros de educación infantil privados. D) Aplicar sanciones, cuando los centros de educación infantil privados no cumplan con la normativa, desde la observación hasta la clausura definitiva del centro. También podrá recomendar sanciones económicas en aplicación de los artículos 95 y concordantes del Código Tributario. CAPÍTULO XVII LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL PRIVADOS Artículo 102. (Concepto).- Se considera centro de educación infantil privado, a todos los efectos legales, toda institución que cumpla con lo establecido en el artículo 97 de la presente ley, independientemente de

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su razón social -incluyendo instituciones oficiales, Intendencias Municipales o empresas públicas-, y que no sea habilitada o supervisada por la Administración Nacional de Educación Pública o el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. Los centros de educación infantil privados realizarán su actividad en el marco de la Constitución de la República y la presente ley. Asimismo, el Estado velará por el cabal cumplimiento del respeto a los derechos del niño, especialmente en los consagrados en las Leyes Nº 16.137 (Convención sobre los Derechos del Niño), de 28 de setiembre de 1990, y Nº 17.823 (Código de la Niñez y Adolescencia), de 7 de setiembre de 2004. Artículo 103. (Condiciones generales para la autorización).- Los centros de educación infantil privados deberán contar con personal idóneo para la atención de niños y orientar sus actividades hacia fines educativos, constituyéndose en espacios educativos de calidad, implementando proyectos institucionales con lineamientos curriculares específicos y acordes a las características de la edad. Artículo 104. (Requisitos para la autorización).Los Centros de Educación Infantil Privados para ser autorizados a funcionar deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1) Tener un proyecto educativo. 2) Un Director responsable técnico de la institución, que deberá poseer título de nivel terciario vinculado al área educativa o social y de la salud, con especialización en el área expedidos por la ANEP o institutos habilitados por ésta, el Instituto Universitario de Educación, la Universidad de la República o revalidados, o aquellos que tengan reconocimiento del Ministerio de Educación y Cultura. 3) Al menos la mitad del personal de docencia directa deberá ser egresado de carreras o cursos específicos en la materia, cuyos planes de estudio supongan más de quinientas horas de duración, dictadas durante un año lectivo completo. Esa nómina incluirá otro profesional que deberá poseer título de nivel terciario con formación específica en las áreas de educación, social o de la salud, expedidos por la ANEP o institutos habilitados por ésta, el Instituto Universitario de Educación, la Universidad de la República, o revalidados, o aquellos que tengan reconocimiento del Ministerio de Educación y Cultura.

4) El inmueble y las instalaciones deberán cumplir las normas de higiene, salud y seguridad, así como las comodidades básicas para satisfacer las necesidades de los niños matriculados y contar con las certificaciones correspondientes. 5) No podrán instalarse a menos de cien metros de locales donde se estuvieran desarrollando actividades potencialmente peligrosas para la salud física o moral de los niños, asimismo esas actividades no podrán instalarse para funcionar en locales a menos de cien metros de distancia de un centro de educación infantil ya funcionando. CAPÍTULO XVIII EDUCACIÓN POLICIAL Y MILITAR Artículo 105. (Concepto).- La educación policial y militar, en sus aspectos específicos y técnicos, estará a cargo de los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional, respectivamente. Los aspectos curriculares generales se regirán por los mismos criterios que los niveles educativos correspondientes. La selección e ingreso de los docentes cumplirá los mismos requerimientos que se establezcan para cada nivel educativo. En sus planes de estudio deberán estar presentes las líneas transversales establecidas en el artículo 40 de la presente ley. Con respecto a la educación terciaria se regirán de acuerdo a la normativa y disposiciones que emanen de la presente ley y las que se dicten a sus efectos. Créase una Comisión integrada por el Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio del Interior, la Administración Nacional de Educación Pública y la Universidad de la República, con el cometido de elaborar un proyecto de ley de rediseño integral de la educación policial y militar. La Comisión tendrá como plazo hasta el 1º de enero de 2012. CAPÍTULO XIX COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 106. (Creación).- Créase la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 107. (Integración).- La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública, se integrará por:

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A) El Ministro o en su defecto el Subsecretario de Educación y Cultura. B) El Director de Educación del Ministerio de Educación y Cultura. C) El Rector de la Universidad de la República o en su defecto el Vice-Rector. D) Dos integrantes del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República. E) El Presidente o en su defecto otro integrante del Consejo Directivo Central de la ANEP. F) Dos integrantes del Consejo Directivo Central de la ANEP. G) Representantes de las nuevas instituciones autónomas que se crean. Artículo 108. (Cometidos).- A la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública le compete: A) Velar por el cumplimiento de los fines y principios establecidos en la presente ley. B) Coordinar, concertar y emitir opinión sobre las políticas educativas de la educación pública e impartir recomendaciones a los entes. C) Promover la planificación de la educación pública. D) Cumplir con los cometidos expresamente señalados en la presente ley. E) Promover la aplicación de los principios, fines y orientaciones generales que emanan de la presente ley. F) Convocar al Congreso Nacional de Educación. G) Conformar comisiones de asesoramiento y estudio de distintas temáticas educativas. Artículo 109. (De la Secretaría Permanente).- La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública tendrá una Secretaría Permanente con el cometido de apoyar el funcionamiento e implementar sus resoluciones. El Ministerio de Educación y Cultura y los entes de enseñanza asignarán los funcionarios necesarios a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública y proporcionarán la infraestructura necesaria. Artículo 110. (De la coordinación en educación en derechos humanos).- La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública conformará

una Comisión Nacional para la Educación en Derechos Humanos que tendrá como cometido proponer líneas generales en la materia. Artículo 111. (De la coordinación en educación física, la recreación y el deporte).- La Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública conformará una Comisión a los efectos de coordinar políticas, programas y recursos, así como promover y jerarquizar la educación física, la recreación y el deporte en el ámbito educativo. Artículo 112. (Coordinación del Sistema Nacional de Becas).- La Comisión Nacional de Becas, constituida de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, y por un representante del Fondo de Solidaridad, creado por la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, y modificativas, aprobará las solicitudes de becas que las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación le remitan a su consideración. La supervisión será realizada por la Comisión Nacional de Becas con la colaboración de las Comisiones Coordinadoras Departamentales de la Educación. La Comisión Nacional de Becas procurará articular los sistemas de becas y apoyo a estudiantes para lograr una mayor racionalidad en la gestión y mayor impacto en los fines perseguidos con las becas. TÍTULO IV INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Artículo 113.- Créase el Instituto Nacional de Evaluación Educativa como persona jurídica de derecho público no estatal, el cual tendrá su domicilio en la capital de la República y se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 114.- El Instituto será dirigido y administrado por una Comisión Directiva integrada por siete miembros: uno designado por el Ministerio de Educación y Cultura que lo presidirá; tres designados por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública; dos designados por la Universidad de la República; y uno por la educación privada inicial, primaria y media habilitada. Estos deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y conocimiento en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados nuevamente por única vez por igual período, manteniéndose en los mismos hasta la designación de quienes deberán sucederlos.

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Artículo 115.- El Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá como cometido evaluar la calidad de la educación nacional a través de estudios específicos y el desarrollo de líneas de investigación educativas: Asimismo deberá: A) Evaluar la calidad educativa en el Uruguay en sus niveles inicial, primario y medio. B) Aportar información que contribuya a garantizar el derecho de los educandos a recibir una educación de calidad. C) Dar a conocer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por los diferentes organismos, entes y demás instituciones educativas. D) Favorecer la producción de conocimiento sobre los procesos de evaluación. E) Aportar información acerca de los aprendizajes de los educandos. F) Proponer criterios y modalidades en los procesos evaluativos del Sistema Nacional de Educación en los niveles inicial, primario y medio. G) Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura y a la ANEP en cuanto a la participación en instancias internacionales de evaluación. Artículo 116.- El Instituto Nacional de Evaluación Educativa cada dos años realizará un informe sobre el estado de la educación en el Uruguay que tenga en cuenta entre otros aspectos los resultados de las pruebas de evaluación nacionales o internacionales en las que el país participe, el acceso, la cobertura y la permanencia en cada nivel educativo, los resultados del aprendizaje, la relevancia y la pertinencia de las propuestas y contenidos educativos y la evolución y características del gasto educativo. El mismo será publicado, será enviado al Poder Legislativo, al Poder Ejecutivo y a los distintos organismos de la enseñanza, dándole la máxima difusión. En el marco de sus respectivas competencias corresponde a cada organismo de enseñanza, brindar al Instituto los medios necesarios para obtener la información que se requiera para realizar el referido informe e implementar las evaluaciones en las que participen los centros que de ellos dependan. La política de difusión de esta información resguardará la identidad de los educandos, docentes e instituciones educativas, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización y discriminación.

Artículo 117. (Criterios rectores).- Para la evaluación de la calidad de la educación el Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá en cuenta los siguientes criterios rectores: A) La coherencia entre los currículos y recursos educativos, con las orientaciones, principios y fines de la educación establecidos en la presente ley. B) La calidad de la formación y el desarrollo profesional de los docentes. C) La adecuación de los procesos educativos de cada nivel a las características, necesidades e intereses de los educandos y su pertinencia en relación a los ejes transversales del Sistema Nacional de Educación establecidos por la presente ley. D) La eficiencia de la administración de los recursos humanos y materiales disponibles. E) Las condiciones edilicias, equipamiento y mantenimiento de los centros educativos. La evaluación se realizará según normas técnicas e indicadores establecidos por la Comisión del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Artículo 118.- A los efectos del cumplimiento de los cometidos establecidos en el artículo 115 de la presente ley, la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá las siguientes atribuciones: A) Administrar, distribuir y fiscalizar sus recursos económicos. B) Celebrar convenios con instituciones públicas o privadas. C) Designar el personal dependiente, fijar sus retribuciones y disponer su cese. D) Establecer el régimen del personal dependiente de acuerdo con lo que disponga la respectiva reglamentación. Artículo 119.- Contra las resoluciones de la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa procederá el recurso de reposición, que deberá interponerse dentro de los diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación del acto al interesado. Una vez interpuesto el recurso, la Comisión dispondrá de treinta días hábiles para instruir y resolver el asunto, configurándose la denegatoria ficta por la

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sola circunstancia de no dictarse resolución dentro de dicho plazo. Denegado el recurso de reposición, el recurrente podrá interponer, únicamente por razones de juridicidad, demanda de anulación del acto impugnado ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil del Turno asignado por la Oficina Distribuidora de Asuntos. La interposición de esta demanda deberá hacerse dentro del término de los veinte días siguientes al de la notificación de la denegatoria expresa o, en su defecto, del día siguiente al que se configura la denegatoria ficta. La demanda de anulación sólo podrá ser interpuesta por el titular de un derecho subjetivo o de un interés directo, personal y legítimo, violado o lesionado por el acto impugnado. La sentencia del Tribunal no admitirá recurso alguno. TÍTULO V PRINCIPIO ESPECÍFICO DE INTERPRETACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA LEY Artículo 120. (Principio específico de interpretación e integración).- Para la interpretación e integración de la presente ley se deberá tener en cuenta el interés superior del educando, que consiste en el reconocimiento y respeto de los derechos inherentes a su calidad de persona humana. En consecuencia, este principio no se podrá invocar para menoscabo de tales derechos. TÍTULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y EXCEPCIONALES A) La elección de los docentes para integrar el Consejo Directivo de la Administración Nacional de Educación Pública y los Consejos de Educación se realizará en el momento que lo considere oportuno la Corte Electoral, antes del 1º de marzo de 2010. Los docentes electos asumirán sus funciones en el mismo momento que lo hagan los designados según los procedimientos establecidos en la presente ley. B) La Administración Nacional de Educación Pública deberá incorporar a la escuela a todo niño de cuatro años de edad, cuyos padres o responsables legales hayan solicitado su matriculación, a partir del 1º de enero de 2009. C) El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, a los efectos de cumplir con la obligatoriedad de la educación media superior establecida en el artículo 7º de la presente

ley, propondrá a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, un plan específicamente elaborado para tal fin. El mismo, luego de ser aprobado por esta Comisión será elevado al Poder Legislativo, antes del 30 de agosto de 2010. D) El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, a los efectos de cumplir con el objetivo de asegurar a los alumnos de educación primaria y educación media básica la extensión del tiempo pedagógico en esos niveles, establecido en el artículo 7º de la presente ley, propondrá a la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública, un plan específicamente elaborado para tal fin. El mismo, luego de ser aprobado por esta Comisión será elevado al Poder Legislativo, antes del 30 de agosto de 2010. E) Se encomienda al Consejo de Educación Media Básica elaborar, en un plazo de ciento ochenta días de su creación, un plan para asegurar el cumplimiento del literal B) del artículo 69 de la presente ley, el que será aprobado por el Consejo Directivo Central en presencia de los Directores Generales de los Consejos. F) El Poder Ejecutivo, en un plazo de noventa días, remitirá a la Asamblea General del Poder Legislativo un proyecto de ley que establezca procedimientos adecuados, técnicamente diseñados y que ofrezca garantías a las instituciones y a la sociedad, para la autorización, el reconocimiento y el seguimiento de las instituciones privadas de educación terciaria. G) A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el literal B) del artículo 62 de la presente ley se crea una Comisión integrada por representantes de los Consejos de Educación Inicial y Primaria, Educación Secundaria y Educación Técnico-Profesional (UTU), con el cometido de elaborar una propuesta de educación media básica, a partir de las experiencias de los Ciclos Básicos de las diferentes modalidades existentes, incluyendo 7°, 8° y 9° año del medio rural. La Comisión deberá constituirse en los siguientes noventa días, recibirá la opinión de las Asambleas Técnico Docentes. La Comisión de Implantación del Consejo de Educación Media Básica remitirá informes periódicos al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), con recomendaciones vinculadas a la educación media básica. Establecerá un plan que tenga en cuenta la infraestructura edilicia, los recursos materiales y los recursos humanos necesarios para el funcionamiento del nuevo Consejo.

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H) Hasta tanto no esté en funcionamiento el Instituto Universitario de Educación, se faculta al Consejo Directivo Central de la ANEP a adoptar las decisiones que correspondan para mantener la continuidad de la formación y el perfeccionamiento docente a su cargo hasta el momento de aprobación de esta ley. I) Luego de que los Consejos Directivos de la ANEP y la Universidad de la República aprueben el Informe elaborado por la Comisión de Implantación, y hasta tanto no se apruebe su Ley Orgánica, el Instituto Universitario de Educación funcionará en el ámbito de la ANEP, como órgano desconcentrado de carácter privativo, con las atribuciones establecidas en dicho informe para esta situación. J) Luego de que los Consejos Directivos de la ANEP y la Universidad de la República aprueben el informe elaborado por la Comisión de Implantación, y hasta tanto no se apruebe su Ley Orgánica, el Instituto Terciario Superior funcionará en el ámbito de la ANEP, como órgano desconcentrado de carácter pri-

vativo, con las atribuciones establecidas en dicho informe para esta situación. K) Los cursos de tecnólogos realizados actualmente entre la Universidad y la ANEP, se continuarán realizando como hasta el presente, y progresivamente se irán integrando a los institutos pertenecientes al Instituto Terciario Superior (ITS) de acuerdo con la Comisión de Implantación del mismo. TÍTULO VII DEROGACIONES Y OBSERVANCIAS Deróganse los artículos 1º a 4º, 6º a 28 y 44 a 50 de la Ley Nº 15.739, de 28 de marzo de 1985; las Leyes Nº 16.115, de 3 de julio de 1990, Nº 16.802, de 19 de diciembre de 1996, y Nº 18.154, de 9 de julio de 2007, así como todas las disposiciones legales que se opongan a la presente ley”. Se levanta la sesión. (Es la hora 22 y 56)

ALBERTO PERDOMO GAMARRA PRESIDENTE

Dr. José Pedro Montero Secretario Relator

Dr. Marti Dalgalarrondo Añón Secretario Redactor

Nahir Míguez Galli Supervisora del Cuerpo de Taquígrafos

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