Número 3597

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NÚMERO 3597

MONTEVIDEO, MIÉRCOLES 15 DE JULIO DE 2009

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
29ª SESIÓN (EXTRAORDINARIA)
PRESIDE EL SEÑOR REPRESENTANTE MAESTRO ROQUE ARREGUI (Presidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTOR JOSÉ PEDRO MONTERO Y ESCRIBANO ALBERTO BENSIÓN

XLVI LEGISLATURA

QUINTO PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Miércoles 15 de julio de 2009

Texto de la citación

Montevideo, 14 de julio de 2009.

LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá, en sesión extraordinaria, mañana miércoles 15, a la hora 14, a fin de oír al señor Representante Iván Posada, quien exaltará la personalidad del General José Artigas. (Resolución de 7 de junio de 1956).

JOSÉ PEDRO MONTERO ALBERTO BENSIÓN S e c r e t a r i o s

Miércoles 15 de julio de 2009

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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 ORDEN DEL DÍA 3.- Exaltación de la personalidad del General José Artigas. (Resolución de 7 de junio de 1956). — Expresiones del señor Representante Iván Posada ……………………………………………………………………. 5

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo Abdala, Washington Abdala, Pablo Álvarez López, María Argüello, Roque Arregui, Alfredo Asti, Manuel María Barreiro, Julio Battistoni, Gloria Benítez, Juan José Bentancor, Bertil R. Bentos, Gustavo Bernini, Daniel Bianchi, Eleonora Bianchi, Gustavo Borsari Brenna, Juan José Bruno, Rodolfo Caram, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Federico Casaretto, Alberto Casas, Raúl Casás, Margarita Catalogne, Hebert Clavijo, Beatriz Costa, Sergio Dancheff, David Doti Genta, Carlos Enciso Christiansen, Gustavo A. Espinosa, Julio César Fernández, Darío Ferraz, Javier García, Daniel García Pintos, Nora Gauthier, Carlos González Álvarez, Rodrigo Goñi Romero, Gustavo Guarino, Tabaré Hackenbruch Legnani, Uberfil Hernández, Orlando Lereté, Fernando Longo Fonsalías, Guido Machado, Jorge Machiñena, José Carlos Mahía, Daniel Mañana, Jorge Mazzulo, Gonzalo Mujica, Jorge Orrico, Edgardo Ortuño, Daniela Payssé, Daniel Peña Fernández, Adriana Peña Hernández, Aníbal Pereyra, Darío Pérez Brito, Esteban Pérez, Pablo Pérez González, Alicia Pintos, Juan Piñeyrúa, Iván Posada, Jorge Pozzi, Juan A. Roballo, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Jorge Romero Cabrera, Luis Rosadilla, Javier Salsamendi, Hermes Toledo Antúnez, Mónica Travieso, Jaime Mario Trobo, Álvaro Vega Llanes, y Horacio Yanes. Con licencia: Eduardo Brenta, Julio Cardozo Ferreira, Doreen Javier Ibarra, Luis A. Lacalle Pou, Álvaro F. Lorenzo, Carlos Mazzulo, Gonzalo Novales, Edgardo Rodríguez, Daisy Tourné y Carlos Varela Nestier. Faltan con aviso: Álvaro Alonso, José Amorín Batlle, Beatriz Argimón, Miguel Asqueta Sóñora, Carlos Baráibar, José L. Blasina, Alba M. Cocco Soto, Mauricio Cusano, Richard Charamelo, Álvaro Delgado, Sandra Etcheverry, Jorge Gandini, Pablo Iturralde Viñas, Rubén Martínez Huelmo, Ivonne Passada, Enrique Pintado, Dardo Sánchez Cal, Víctor Semproni, Gonzalo Texeira y Homero Viera. Sin aviso: Roberto Conde, Javier Chá, Silvana Charlone, Luis José Gallo Imperiale, Carlos Gamou, Carlos Maseda y Juan C. Souza. Actúan en el Senado: Eduardo Bonomi, Juan José Domínguez, Antonio Gallicchio, Alberto Perdomo Gamarra y Héctor Tajam.

realizarse las elecciones de miembros del Directorio y de la Comisión Asesora y de Contralor de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios. C/3317/009 Archívese INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Hacienda se expide sobre el proyecto de ley por el que se establecen en unidades reajustables nuevas multas administrativas por concepto de infracciones, a cobrar por el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, Unidad Ejecutora 004 “Comando General del Ejército – Servicio de Material y Armamento”. C/3287/009 La Comisión de Asuntos Internos se expide sobre el proyecto de resolución por el que se dispone el auspicio de la Cámara de Representantes para el 5º Curso Interdisciplinario del “Programa de Capacitación Permanente para una intervención asertiva en Violencia Familiar” a realizarse entre el 3 de junio y el 30 de setiembre de 2009 por el Centro Interdisciplinario “Caminos”. C/3309/009 Se repartieron con fecha 14 de julio. COMUNICACIONES GENERALES La Junta Departamental de Maldonado remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, sobre la creación e integración de la Junta Local de Punta del Este. C/105/005 A la Comisión Especial de Asuntos Municipales y Descentralización

La Junta Departamental de Florida remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, relacionada con la situación de inseguridad en la localidad de Cerro Colorado, ante el reciente saqueo de una escuela pública. C/24/005 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 355 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que, con fecha 13 de julio de 2009, ha promulgado la Ley Nº 18.518, por la que se determina la oportunidad en que deberán

La Intendencia Municipal de Rivera contesta la exposición realizada por la señora ex Representante Mary Pacheco, sobre el uso de plaguicidas y los desequilibrios ecológicos que los mismos provocan. C/22/005 A sus antecedentes COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio del Interior contesta los siguientes asuntos: • pedidos de informes:

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del señor Representante Dardo Sánchez Cal, sobre la falta de respuesta ante un llamado al servicio telefónico de emergencia 911. C/3118/009 de varios señores Representantes, relacionado con un mensaje de texto recibido por un teléfono celular declarado como número de contacto de una oficina pública. C/3166/009 del señor Representante Daniel García Pintos, acerca de un incidente protagonizado por funcionarios policiales en el edificio sede de esa Secretaría de Estado. C/3193/009 exposiciones escritas: • presentada por el señor Representante Bertil R. Bentos, relacionada con la seguridad vial frente a centros poblados en el departamento de Paysandú. C/22/005 presentadas por el señor Representante Alberto Casas y por el señor ex Representante Oldimar Deleón, acerca de la inauguración de un establecimiento penitenciario en el departamento de San José. C/22/005

• •

acerca de la adjudicación de viviendas a pasivos del Banco de Previsión Social. C/22/005 relacionada con el uso a dar por parte del INAU al inmueble sede del Hogar Femenino Estudiantil de Treinta y Tres. C/22/005 exposiciones realizadas:

• •

por el señor Representante Pablo Abdala, en sesión de 14 de abril de 2009, sobre el incumplimiento de diversos organismos públicos en el pago del Servicio 222, prestado por ese Ministerio. S/C por el señor Representante Gustavo A. Espinosa, en sesión de 14 de abril de 2009, relacionada con el respaldo del Gobierno a la gestión de la señora Ministra del Interior. S/C por el señor Representante Javier García, en sesión de 17 de marzo de 2009, acerca de la garantía de seguridad que el Estado debe dar a los ciudadanos. S/C por el señor Representante Bertil R. Bentos, en sesión de 18 de marzo de 2009, sobre el atraso en los pagos del Servicio 222 que cumplen los funcionarios policiales. S/C por el señor Representante Jorge Romero Cabrera, en sesión de 11 de marzo de 2009, relacionada con los concursos de ingreso a la Policía Nacional. S/C

El citado Ministerio acusa recibo de los siguientes asuntos: • • exposiciones escritas: presentada por el señor Representante José Carlos Cardoso, referente a la necesidad de aumentar las retribuciones especiales a funcionarios del Cuerpo de Bomberos que desempeñan tareas en los departamentos de Canelones, Maldonado y Rocha, durante la temporada estival. C/22/005 presentada por el señor Representante Darío Pérez Brito, referente a la instalación de una Oficina de Identificación Civil en la ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado. C/22/005 presentada por el señor Representante Miguel Asqueta Sóñora, acerca de la situación de inseguridad en el balneario Punta Gorda, departamento de Colonia. C/22/005 presentada por el señor Representante Dardo Sánchez Cal: • sobre la aspiración de funcionarios públicos y privados de ampararse a la ley que estableció consolidación de adeudos sobre sueldos y pasividades. C/22/005

A sus antecedentes
PEDIDOS DE INFORMES

El señor Representante Gustavo A. Espinosa solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, sobre las medidas a adoptar en los centros penitenciarios en caso de brote de gripe A/ H1N1. C/3362/009 Se cursó con fecha 14 de julio”.

3.- Exaltación de la personalidad del General José Artigas. (Resolución de 7 de junio de 1956).
SEÑOR PRESIDENTE (Arregui).- Habiendo número, está abierta la sesión. (Es la hora 14 y 27) ——En cumplimiento de su resolución de 7 de junio de 1956, la Cámara ha sido convocada a sesión extraordinaria a efectos de exaltar la personalidad del General José Artigas.

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Tiene la palabra el señor Diputado Posada. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: siempre es un inmenso honor asumir la responsabilidad, en estas sesiones que anualmente dispone la Cámara para homenajear a José Artigas, de representar a nuestro Partido y ser, de alguna manera, el vocero de todas las señoras Diputadas y los señores Diputados en una ocasión tan especial, sobre todo porque la inmensa personalidad de Artigas lleva a hacer que esta instancia sea difícil de abarcar. Y lo es porque podríamos desarrollar lo que fue José Artigas como el fundador de nuestra nacionalidad, como el fundador de esta República -como veremos más adelante- o simplemente referirnos al sin par valor de su aporte a la institucionalidad de este país y a forjarlo desde el principio, desde el vamos, en los valores de una república democrática. Artigas es el santo y seña de nuestra identidad nacional, el republicano por convicción que en medio de la inestabilidad política de aquellos tiempos planta la idea de la república, porque al fin de cuentas, ¿qué son las Instrucciones del Año XIII? En medio de la confusión, cuando algunos abogaban por regímenes monárquicos u otros soñaban con perpetuarse en regímenes autoritarios, en la margen izquierda del río Uruguay, su Jefe Político y Militar proponía la constitución de una república democrática. La célebre Oración de Abril, donde Artigas expresara la frase que preside esta Sala, es una muestra inequívoca de su convicción democrática. La Asamblea General de las Provincias Unidas había comenzado sus sesiones y ordenaba a los orientales su reconocimiento. Ante ese pedido, Artigas expresa, ante los representantes y villas de la Provincia Oriental, lo siguiente: “Resolver sobre este particular ha dado motivo a esta congregación, porque yo ofendería altamente vuestro carácter y el mío, vulneraría enormemente vuestros derechos sagrados si pasase a decidir por mí una materia reservada solo a vosotros”. ¡Qué lección de civismo! ¡Cuánto para aprehender en este concepto que plantea en forma sencilla y hermosa la esencia misma de la democracia! Luego, la opinión del conductor que orienta la discusión. Frente a la orden de reconocer a la Asamblea, Artigas expresa: “El tenor de mis contestaciones es el siguiente: ‘Ciudadanos, los Pueblos deben ser Libres. Ese carácter debe ser su único objeto, y forma el motivo de su celo. Por desgracia, va a contar tres

años nuestra revolución y aún falta una salvaguardia general al derecho popular. Estamos aún bajo la fe de los hombres, y no aparecen las seguridades del contrato'”. Y remata con una frase que revela el espíritu celoso de las garantías constitucionales: “Es muy veleidosa la probidad de los hombres, solo el freno de la constitución puede afirmarla. Mientras ella no exista es preciso adoptar las medidas que equivalgan a la garantía preciosa que ella ofrece”. Más adelante propone el centro de la cuestión, es decir, lo que debía de alguna manera resolver la Asamblea: “[…] examinad si debéis reconocer la Asamblea por obedecimiento o por pacto”, y agrega: “No hay un solo motivo de conveniencia para el primer caso que no sea contrastable en el segundo, y al fin reportaréis la ventaja de haberlo conciliado todo con vuestra libertad inviolable. Esto ni por asomo se acerca a una separación nacional: garantir las consecuencias del reconocimiento no es negar el reconocimiento […]”. Y finaliza: “Ciudadanos, hacernos respetar es la garantía indestructible de vuestros afanes ulteriores por conservarla”. Después está el Acta de reconocimiento condicional de la Asamblea Constituyente, fechada el 5 de abril de 1813. Y, con fecha 13 de abril de 1813, las bases del Estado naciente: las Instrucciones que se dieron a los Diputados de la Provincia Oriental para el desempeño de su misión en la Asamblea General Constituyente. ¿Por qué insistimos con los documentos emanados del Congreso de Abril de 1813? Porque allí, estimados Diputados y Diputadas, están las bases mismas de la gestación de nuestra República. Es esta la reafirmación de la existencia de un Estado Oriental; de un Estado integrante de una Confederación -y no una Federación, como se ha repetido hasta el cansancio-, cuya forma de Gobierno es republicana; de un Estado, tal cual lo expresa el artículo 11 de las Instrucciones, que “retiene su soberanía, libertad e independencia, todo poder, jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la Confederación a las Provincias Unidas juntas en Congreso”; de un Estado que reafirma su derecho “para levantar los regimientos que necesite, nombrar los oficiales de compañía, reglar la milicia de ella para la seguridad de su libertad, por lo que no podrá violarse el derecho de los pueblos para guardar y tener armas”, como lo establece el artículo 17; de un Estado que se propone

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aniquilar el despotismo militar con “trabas constitucionales que aseguren inviolable la soberanía de los pueblos”, según reza el artículo 18; de un Estado que exige que el Puerto de Maldonado y el Puerto de Colonia sean libres para todos los buques que concurren a la introducción de efectos y a la exportación de frutos, poniéndose las correspondientes aduanas, tal como se expresa en los artículos 12 y 13. Obviamente, la falta de referencia al Puerto de Montevideo es porque en ese momento todavía estaba bajo la dominación española. Las Instrucciones del Año XIII son las bases constitucionales sobre las cuales la nación oriental exige la creación de la Confederación de las Provincias. No es un acta de adhesión. Propone un pacto, tal como lo expresa el artículo 2º: “No admitirá otro sistema que el de Confederación para el pacto recíproco con las provincias que formen nuestro Estado”. Es en el año 1813 cuando el Pueblo Oriental establece las bases inviolables de su Estado. Aquí comienza el largo y tortuoso camino que culmina con el reconocimiento de la Convención Preliminar de Paz de 1828. Para que pueda existir un Estado, es necesario que exista vocación de tal. La República Oriental del Uruguay no es la consecuencia de un pacto promovido por Inglaterra entre Argentina y Brasil: es el reconocimiento a un Estado que en 1813 había condicionado su ingreso a las Provincias Unidas y había recibido por respuesta el silencio o el rechazo de sus propios delegados, con las argucias que en aquel momento inventara Carlos María de Alvear para evitar que los Diputados Orientales formaran parte de la Asamblea General Constituyente. Pero si existieran dudas de que allí están las bases mismas de nuestra República, hay documentos recopilados en un trabajo publicado hace cuatro o cinco años por don Arturo Ardao -obviamente, se trata de un material de bastante más larga data-, en un libro que se llama “Artigas y el Artiguismo”. Allí, don Arturo Ardao hace un análisis de cómo el nombre de nuestro país fue cambiando a lo largo del tiempo y cómo, ya en el período artiguista, adquiere la dimensión de una República. Después de la primera denominación utilizada en la época de la colonia, de “Banda Oriental del Río de la Plata” -que es recogida como tal, inclusive, en algunos de los primeros documentos artiguistas-, quizás el mismo Éxodo, la

Redota del Pueblo Oriental, le da una significación distinta al Uruguay, al Río Uruguay. Allí, los documentos de 1812 ya empiezan a hablar de la Banda Oriental del Uruguay. En las Instrucciones del Año XIII es donde se da la definición como provincia: pasa a ser la Provincia Oriental del Uruguay. Pero más que reiterar esos conceptos -que por cierto conocemos-, vale la pena encontrar dónde o cuándo en el período artiguista, en lugar de Provincia Oriental se empieza a hablar de la República Oriental; y el que suscribe esos documentos es el propio José Artigas. Dice don Arturo Ardao refiriéndose a estos hechos: “Con la misma celeridad de los pasos anteriores, propia del vertiginoso proceso revolucionario, dio muy pronto Artigas uno más. A la hora de la iniciación misma de la Segunda Invasión Portuguesa, encaró una amplia extensión de la lucha, llevándola al océano a través de los barcos corsarios. Armados estos, su acción habría de remontarse del Río de la Plata y el Atlántico Sur al Caribe y al Atlántico Norte, y aun al Mediterráneo. En tal emergencia, la ya efectiva personería internacional de la provincia no debía -no podía- suscitar ninguna duda. Inequívoca tenía que ser, en consecuencia, la terminología oficial que la identificase ante el ancho mundo con el que ahora entraba en directa relación. Rápidamente convirtió entonces Artigas la Provincia Oriental en República Oriental”. Y agrega: “En verdad, tal conversión del nombre se había producido ya en los hechos. No era sino el reconocimiento de estos. La Provincia Oriental venía actuando como un Estado independiente y soberano. ¿Desde cuándo?”. Desde las Instrucciones del Año XIII, desde ese abril de 1813. Continúo leyendo: “[…] el inmediato Gobierno provincial instaurado el día 20, que Artigas presidió, impuso juramentos del siguiente tenor a sus funcionarios comisionados: ‘¿Juráis que esta Provincia, por derecho debe ser un Estado libre, soberano e independiente, y que debe ser reprobada toda adhesión, sujeción y obediencia al Rey, Reina, Príncipe, Princesa, Emperador o Gobierno Español, y a todo otro poder extranjero cualquiera que sea, y que ningún Príncipe extranjero, persona, prelado, Estado, potentado, tienen ni deberán tener jurisdicción alguna, superioridad, preeminencia, autoridad u otro poder en cualquier materia civil o eclesiástica dentro de esta Provincia, excepto la autoridad y poder que es o puede ser conferida por el Congreso General de las

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Provincias Unidas?'”. Ese era el juramento y allí hay una clara referencia y una reafirmación de un Estado Oriental naciente. Luego agrega Ardao: “Una sola limitación había allí: la resultante de la autoridad y poder que fuesen delegados a la Confederación de las Provincias Unidas […]”. Nuevamente, Confederación y no Federación. Esa condición de Estado libre, independiente y soberano es puntualizada enfáticamente por Artigas “en su altiva comunicación del 24 de julio de 1816 al Director Pueyrredón a raíz de la Declaratoria de Independencia del día 9 por el Congreso de Tucumán: ‘Ha más de un año que la Banda Oriental enarboló su Estandarte Tricolor y juró su independencia absoluta y respectiva. Lo hará V.E. presente al Soberano Congreso para su superior conocimiento’.- Apenas días más tarde, en agosto, las iniciales columnas portuguesas invasoras. En noviembre, la respuesta corsaria de Artigas. Y desde el comienzo de la misma, la irrupción en la escena internacional de la Provincia Oriental con la denominación de República Oriental.- República Oriental fue ya el nombre de una de las primeras embarcaciones del corso artiguista, salida a la mar, desde Montevideo, tan temprano como el 21 de noviembre de 1816. Pero de mucho mayor significación que el nombre de aquel barco, fue la prolija documentación oficial -acorde con las más exigentes normas internacionales en la materia- de que fueron provistos tanto él como todos los numerosos del mismo carácter armados ese año y los años siguientes. Y todavía, las personalísimas cartas dirigidas por Artigas en el mismo período, a Monroe, Presidente de Estados Unidos, y a Bolívar, Presidente de la Gran Colombia.- Desde su asiento gubernativo de Purificación, expidió Artigas gran cantidad de Patentes de Corso, acompañadas para cada barco de respectivas Cartas de Navegación y Patentes de Presas -recibiendo el conjunto de las tres el nombre de ‘Letras Patentes’- en número total, según se ha calculado, de cerca de dos centenares. Ostentaban todas las piezas el siguiente destacado encabezamiento: ‘El Jefe de los Orientales y Protector de los Pueblos Libres de la República Oriental’.Amén de un constante sello de artístico diseño con el lema Libertad Republicana, figuraban en el texto de las mismas piezas diversos pasajes reiterativos de la mención República Oriental como nombre de un Estado independiente y soberano, en relación con otros

igualmente independientes y soberanos.- En una Patente de Oficial de Presas -muy especial por ser la única Letra Patente cuyo original se conserva en repositorio público del Uruguay- de fecha 15 de noviembre de 1817, se expresa: ‘…puedan [las presas] según las Ordenanzas Generales de Corso ser remitidas a cualesquiera de los Puertos de la República Oriental u otros cualesquiera de las Potencias neutrales o amigas […] hacer respetar el Pabellón de la República y hostilizar sus enemigos del modo que juzgue más oportuno según el Derecho de las Naciones […] ordeno y mando a los Buques Mercantes y de Guerra del Estado […] mandé extender esta presente, firmada de mi mano, refrendada por mí Secretario de Marina y sellada con las Armas de esta República. […] José Artigas. Por mandato de Su Excelencia, José Roso, Secretario de Marina’.- En otra Letra Patente, esta vez Patente de Corso en sentido estricto, de fecha 19 de noviembre de 1817: ‘Por tanto, y usando del poder y facultades que me están concedidas por los pueblos de la República Oriental para hacer respetar su pabellón Tricolor contra el poder de sus enemigos: Ordeno y mando se concedan Patentes de Corso contra los buques de España y Portugal, de modo que así los Bajeles de Guerra del Estado como cualesquiera otros que fuesen habilitados con la Patente de Corso y represalia […] debiendo dichos buques en Presa ser conducidos a nuestros Puertos u otros cualesquiera de los Poderes Neutrales o Amigos, si las circunstancias lo permiten, para que calificados de buena Presa ante este Gobierno según las leyes del Estado […] y para que estas Letras Patentes tengan todo el valor y fuerza que desea la República […] Ordeno y mando a todos los Buques así de Guerra como de Comercio de dicha República Oriental […] y ruego y encargo a los súbditos de las Potencias Neutrales o Amigas […] mando extender esta Patente […] firmada y refrendada con el sello de la República y por mi Secretario de Guerra y Marina. […] José Artigas. Por mandato de Su Excelencia, José Roso, Sec. de Ga. y Mna'”. Sí. Aquí están las bases mismas de la República Oriental del Uruguay, y si esta fue su denominación desde el período artiguista, ¿no es, como plantea don Arturo Ardao, que estamos ante una deuda institucional de reconocimiento a este período que va de 1813 a 1820 como la primera República y como el período donde realmente empieza a reafirmarse un proceso de creación de un Estado independiente

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que, en todo caso, después reconoce la Convención Preliminar de Paz? Cierto es que Artigas quería una confederación; habría querido ser parte de esa confederación Provincias Unidas del Río de la Plata. También es cierto -y así lo expresa con total fortaleza y claridad en la Oración de Abril- que no estaba dispuesto a ser parte de esas Provincias Unidas por obediencia sino por pacto. Por pacto era que se planteaba crear una confederación. Con todo el valor que tiene la declaratoria de la Florida en cuanto declara írritos, nulos y sin ningún valor para siempre sus vínculos con el Brasil, está claro que allí, en esa declaratoria de la Florida, hay una adhesión y no una clara determinación de exigir un pacto. La voluntad de José Artigas está plasmada en las Instrucciones del Año XIII y está referida en estos documentos a los que hacía mención, en los que por primera vez en nuestra historia se habla de República Oriental. Es más: con el pasar del tiempo, estos barcos corsarios operaron y en muchos casos se plantearon reclamos, frente a lo que había sido detener buques españoles y portugueses, que inclusive en vida independiente, en 1846, el Estado uruguayo tuvo que reconocer como continuidad histórica y, en consecuencia, dar cuenta y aceptar el reclamo que entonces se planteaba. Por lo tanto, creo que allí -como bien señala el doctor Arturo Ardao- hay verdaderamente una deuda que los uruguayos, esta República Oriental del Uruguay, no ha terminado de saldar. Si analizamos lo que festejamos como una gran mentira, porque la repetimos todos los años, un día de la declaratoria de independencia que no es tal, deberíamos, de una vez por todas -en un ánimo refundacional que tendría que incluirnos a todos-, reconocer en ese mes de abril las bases mismas de esta República y contribuir con ello a exaltar la importancia fundamental y manifiesta que tuvo José Artigas en la gestación de esta República Oriental del Uruguay. Creo que de una vez por todas hay que terminar con esa ley de 1860 que estableció e hizo repetir una mentira que hace que nuestros niños, cuando en la escuela tienen que ver las llamadas leyes de la Florida, sientan que están frente a una gran contradicción porque allí nada se habla de independencia sino, en todo caso, de romper los vínculos con Brasil -claro está, y ese es el gran valor de la declaratoria de la Florida- pero, por otra parte, de una adhesión

a la Argentina, a las Provincias Unidas del Río de la Plata. Pienso que tenemos esa gran deuda con Artigas, y la tenemos todos los partidos políticos sin excepción. Deberíamos, de una vez por todas, tratar de recorrer el camino para encontrar el justo reconocimiento que como República nos merecemos, el justo reconocimiento a ese proceso de conformación de nuestra República que inequívocamente nace en 1813 con el Jefe de los Orientales y, más tarde, Protector de los Pueblos Libres, José Artigas. Pero hay una deuda más, una deuda que, de alguna manera, comenzamos a saldar en la Legislatura pasada pero que, en todo caso, sigue pendiente. En la Legislatura pasada hubo un par de iniciativas: una del señor Senador Fernández Huidobro, que se presentó en el Senado y, otra, del ex señor Diputado Félix Laviña, presentada en la Cámara de Diputados, la que terminó transformándose en la Ley N° 17.631. El artículo 6º de dicha ley expresa: “Declárase monumento histórico el solar donde estuvieran emplazados el Cuartel General de Artigas y la villa de Purificación, ubicado dentro de las fracciones de campo individualizadas por los padrones 4980 y 4983 en mayor área, 4ta. Sección Catastral, zona rural en el departamento de Paysandú.- El Poder Ejecutivo dispondrá lo necesario para proceder a determinar su extensión, delimitación y señalamiento, previo informe fundado en asesoramiento competente, de acuerdo con los alcances de la Ley N 14.040, de 20 de octubre de 1971, a los efectos de la creación del Parque Nacional Purificación”. Señor Presidente: desde nuestro punto de vista es absolutamente imprescindible que ambas deudas que mantenemos los orientales, del Uruguay, con José Artigas sean saldadas. Creo que en el tiempo que viene deberíamos encontrar el momento -ya sea antes o, inevitablemente después de las elecciones nacionales- para que, juntos, todos los partidos políticos contribuyamos a sellar un compromiso que sería la mejor forma de exaltar a José Artigas y de recordar los cercanos doscientos años de las bases mismas de nuestro Estado, de las Instrucciones del Año XIII. Gracias. (Aplausos)

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SEÑOR PRESIDENTE (Arregui).- Ha finalizado la exposición del señor Diputado Posada.

Se levanta la sesión. (Es la hora 15 y 2)

MTRO. ROQUE ARREGUI PRESIDENTE

Esc. Alberto Bensión Secretario Relator

Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor

Nahir Míguez Galli Supervisora del Cuerpo de Taquígrafos

Dep. Legal N° 322.569/01 Impreso en la División Ediciones de la Cámara de Representantes