Número 3705

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NÚMERO 3705

MONTEVIDEO, MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2011

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
9ª SESIÓN
PRESIDE EL SEÑOR REPRESENTANTE HORACIO YANES (3er. Vicepresidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ
XLVII LEGISLATURA SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Miércoles 13 de abril de 2011

Texto de la citación

Montevideo, 12 de abril de 2011. LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión ordinaria, mañana miércoles 13, a la hora 16, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

– ORDEN DEL DÍA 1º.- Comisión Permanente del Poder Legislativo. (Elección de miembros para el Segundo Período de la XLVII Legislatura). (Artículo 127 de la Constitución). 2º.- Homenaje al Círculo de la Prensa del Uruguay. (Exposición del señor Representante Pablo Abdala por el término de 10 minutos con motivo del 102º aniversario de la fundación). 3º.- Violencia ejercida contra población civil en la República de Libia. (Condena). (Carp. 637/011). (Informado). Rep. 502 y Anexo I 4º.- Oficiales del Cuerpo de Servicios Generales de la Fuerza Aérea. (Modificación de la edad límite para el pase a retiro obligatorio). (Carp. 463/010). (Informado). Rep. 411 y Anexo I 5º.- Juana de América. (Designación al Jardín de Infantes Nº 221 de Montevideo). (Carp. 167/010). (Informado). Rep. 265 y Anexo I 6º.- Santiago Navarro Ceballos. (Designación a la Escuela Rural Nº 106 del departamento de Rivera). (Carp. 342/010). (Informado). Rep. 352 y Anexo I 7º.- Maestra Ofelia de Horta Campodónico. (Designación a la Escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones). (Carp. 356/010). (Informado). Rep. 363 y Anexo I 8º.- Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica. (Aprobación). (Carp. 3261/009). (Informado). Rep. 165 y Anexo I 9º.- Daniel Leyes. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable). (Carp. 520/010). (Informado). Rep. 444 y Anexo I 10.- Día Mundial de la Esclerosis Múltiple. (Se establece el último miércoles de mayo de cada año). (Carp. 137/010). (Informado). Rep. 244 y Anexo I

JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ S e c r e t a r i o s

Miércoles 13 de abril de 2011

CÁMARA DE REPRESENTANTES

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SUMARIO

Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 5 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 5 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 7 4 y 6.- Exposiciones escritas …………………………………………………………………………………………………………… 7, 8 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………….. 8 MEDIA HORA PREVIA 7.- Situación de la igualdad de género según el “Informe sobre el Desarrollo Mundial 2012″. — Exposición de la señora Representante Payssé ……………………………………………………………………….. 12 8.- Preocupación por falta de medidas que protejan a víctimas de violencia de género. — Exposición de la señora Representante Grisel Pereyra……………………………………………………………… 13 9.- Problemas de inseguridad en liceos públicos. — Exposición del señor Representante José Carlos Cardoso ………………………………………………………… 14 10.- Iniciativa de crear un cuarto liceo en la ciudad capital del departamento de Florida. — Exposición del señor Representante Arocena ………………………………………………………………………….. 15 11.- Propuesta de avanzar hacia las energías renovables. — Exposición del señor Representante Martínez Huelmo ……………………………………………………………… 16 12.- Necesidad de que la República del Perú reconozca que en sus cárceles hay presos políticos. — Exposición del señor Representante De Toro…………………………………………………………………………… 16 CUESTIONES DE ORDEN 14, 25.- Aplazamiento…………………………………………………………………………………………………………………… 20, 67 13, 21.- Integración de la Cámara …………………………………………………………………………………………………. 17, 67 26.- Levantamiento de la sesión………………………………………………………………………………………………………… 67 13, 21.- Licencias…………………………………………………………………………………………………………………………. 17, 34 16.- Vuelta de proyecto a Comisión …………………………………………………………………………………………………… 24

ORDEN DEL DÍA 15.- Homenaje al Círculo de la Prensa del Uruguay. (Exposición del señor Representante Pablo Abdala por el término de 10 minutos con motivo del 102º aniversario de la fundación). — Manifestaciones de varios señores Representantes………………………………………………………………….. 20 17.- Oficiales del Cuerpo de Servicios Generales de la Fuerza Aérea. (Modificación de la edad límite para el pase a retiro obligatorio) Antecedentes: Rep. N° 411, de noviembre de 2010, y Anexo I, de marzo de 2011. Carp. N° 463 de 2010. Comisión de Defensa Nacional. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 24 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 26 18.- Juana de América. (Designación al Jardín de Infantes Nº 221 de Montevideo). Antecedentes: Rep. N° 265, de junio de 2010, y Anex o I, de marzo de 2011. Carp. N° 167 de 2010. Comisión de Educación y Cultura. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 27 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 28

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19.- Santiago Navarro Ceballos. (Designación a la Escuela Rural Nº 106 del departamento de Rivera). Antecedentes: Rep. N° 352, de setiembre de 2010, y Anexo I, de marzo de 2011. Carp. N° 342 de 2010. Comisión de Educación y Cultura. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 29 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 31 20, 22.- Maestra Ofelia de Horta Campodónico. (Designación a la Escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones). Antecedentes: Rep. N° 363, de setiembre de 2010, y Anexo I, de marzo de 2011. Carp. N° 356 de 2010. Comisión de Educación y Cultura. — Aprobación. Se comunicará al Senado ………………………………………………………………………………. 32, 36 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 33 23.- Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica”. (Aprobación)”. Antecedentes: Rep. N° 165, de abril de 2010, y Anex o I, de marzo de 2011. Carp. N° 3261 de 2009. Comisión de Asuntos Internacionales. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 38 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 58 24.- Daniel Leyes. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable). Antecedentes: Rep. N° 444, de diciembre de 2010, y Anexo I, de abril de 2011. Carp. N° 520 de 2010. Comisión de Seguridad Social. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 63 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 66

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Andrés Abt, Auro Acosta, Nelson Alpuy, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Amy, Andrés Arocena, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Balmelli, Julio Bango, Julio Battistoni, José Bayardi, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Heber Bousses, Irene Caballero, Marcelo Bistolfi, Gustavo Borsari Brenna, Graciela Cáceres, Fitzgerald Cantero Piali (2), Rodolfo Caram, Felipe Carballo, José Carlos Cardoso, Alberto Casas, Antonio Chiesa Bruno, Carlos Coitiño, Walter De León, Gonzalo de Toro, Álvaro Delgado, Gustavo A. Espinosa (1), Guillermo Facello, Gustavo Fernández, Roberto Frachia, Javier García, Mario García, Juan Manuel Garino Gruss, Rodrigo Goñi Romero, Óscar Groba, Elsa Hernández, Doreen Javier Ibarra, Pablo Iturralde Viñas, María Elena Laurnaga, Sandra Lazo, Orlando Lereté, Andrés Lima, Daniel López Villalba, Alma Mallo Calviño, Daniel Mañana, Eduardo Márquez, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiaude Espino, Felipe Michelini, Martha Montaner, Gonzalo Mujica, Amin Niffouri, Gonzalo Novales, Nicolás Núñez, Raúl Olivera, Óscar Olmos, Lourdes Ontaneda, Nicolás Ortiz, Miguel Otegui, Yerú Pardiñas, Daniela Payssé, Grisel Pereyra, Susana Pereyra, Darío Pérez Brito, Esteban Pérez, Mario Perrachón, Ricardo Planchón Geymonat, Iván Posada, Jorge Pozzi, Enrique Prieto, Daniel Radío, Edgardo Rodríguez, Gustavo Rombys, Edgardo Rostán, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Francisco Sánchez, Richard Sander, Berta Sanseverino, Olga Silva, Rubenson Silva, Mario Silvera, Juan C. Souza, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez, Jaime Mario Trobo, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Álvaro Vega Llanes, Cecilia Vega, Carmelo Vidalín, Horacio Yanes, Jorge Zás Fernández y Luis A. Ziminov. Con licencia: Verónica Alonso, Daniel Bianchi, Germán Cardoso, Gustavo Cersósimo, Hugo Dávila, Julio Fernández, Carlos Gamou, Luis Lacalle Pou, José Carlos Mahía, Jorge Orrico, Ivonne Passada, Guzmán Pedreira, Alberto Perdomo Gamarra, Pablo Pérez González, Ana Lía Piñeyrúa, Luis Puig, Nelson Rodríguez Servetto, Pedro Saravia, Víctor Semproni, Daisy Tourné, Walter Verri y Dionisio Vivián. Falta con aviso: Aníbal Gloodtdosfky. Sin aviso: Francisco Zunino. Actúan en el Senado: Jorge Gandini, Daniel Peña Fernández y Aníbal Pereyra.

Observaciones: (1) A la hora 16:45 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Gustavo Fernández. (2) A la hora 17:30 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Nicolás Ortiz.

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 73 DE LA CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley, aprobado en nueva forma, por el que se declara como interpretación obligatoria que los artículos 1º, 3 y 4 de la Ley Nº 15.848, de 22 de diciembre de 1986, son violatorios de la Constitución de la República y se interpreta la misma en forma auténtica en lo relativo a la aplicación efectiva de las normas de derecho internacional ratificadas por la República en materia de derechos humanos. C/395/010 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración

La citada Cámara comunica que, en sesión de 12 de abril de 2011, sancionó el proyecto de ley por el que se autoriza la salida del territorio nacional de tres aeronaves de enlace y/o transporte con su correspondiente tripulación y personal de la Fuerza Aérea Uruguaya, y la entrada de fuerzas extranjeras a nuestro país entre los días 18 de abril y 6 de mayo de 2011, para participar en el Ejercicio Militar Combinado “URUBRA I”. C/633/011 Téngase presente COMUNICACIONES REALIZADAS La Comisión de Educación y Cultura solicita se remita al Ministerio correspondiente, el texto de los siguientes proyectos de ley, a los efectos de lo dispuesto por el artículo 202 de la Constitución de la República: • • por el que se designa “Juan E. Pivel Devoto” el Liceo Nº 2 de la ciudad de Paysandú. C/660/011 por el que se designa “Timbó” el Liceo Nº 2 de la ciudad de Young, departamento de Río Negro. C/712/011 por el que se designa “Solar del Charrúa” la Escuela Nº 49 de la ciudad capital del departamento de Colonia. C/713/011 Se cursan con fecha de hoy

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PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Gustavo Cersósimo solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • al Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre las previsiones relativas a la suscripción de un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América. C/734/011 al Ministerio de Salud Pública, y por su intermedio a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, relacionado con la existencia de proyectos para la instalación de un Centro de Tratamiento Intensivo en el departamento de San José. C/735/011 al Ministerio del Interior, acerca del pago de haberes al personal policial del departamento de San José por concepto del denominado Servicio 222. C/736/011 al Ministerio de Desarrollo Social, y por su intermedio al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, referente a la instalación de Centros CAIF en el departamento de San José durante el presente período de gobierno. C/737/011 al Ministerio de Educación y Cultura y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, y al Consejo de Educación Secundaria, acerca de las obras de ampliación y refacción en los liceos de Playa Pascual y Delta del Tigre. C/738/011

Banco Hipotecario del Uruguay; al Ministerio de Desarrollo Social, y por su intermedio al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay; y a la Corte Electoral, referente al cumplimiento de la Ley Nº 16.095, de 26 de octubre de 1986, relativa al ingreso de personas discapacitadas a la administración pública. C/739/011 • al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, acerca del cumplimiento de la señalización vial y cartelería en el puente “Alfredo Zitarrosa” y en el anillo perimetral de tránsito de Montevideo “Wilson Ferreira Aldunate”. C/740/011

Los señores Representantes Antonio Chiesa y Gerardo Amarilla solicitan se curse un pedido de informes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, referente a la fiscalización de los Institutos de Asistencia Técnica establecidos por el Decreto Nº 73/007, de 21 de febrero de 2007. C/741/011 Se cursaron con fecha 12 de abril

El señor Representante José Carlos Cardoso solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a la Oficina Nacional del Servicio Civil, sobre las condiciones exigidas para el acceso a los Ministerios de Defensa Nacional y del Interior. C/742/011 El señor Representante Gustavo A. Espinosa solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • al Ministerio del Interior, relacionado con las fugas de menores infractores en dependencias del INAU. C/743/011 al Ministerio de Defensa Nacional, acerca de un incidente ocurrido en el Congo por parte de un soldado uruguayo. C/744/011 Se cursan con fecha de hoy PROYECTOS PRESENTADOS La señora Representante Olga Silva y el señor Representante Ricardo Berois presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa “Lina Tourreilles” el Jardín de Infantes Nº 46 de la ciudad de Trinidad, departamento de Flores, y se deja sin efecto la denominación de la Escuela Nº 30 al Aire Libre de la referida ciudad. C/745/011 A la Comisión de Educación y Cultura

El señor Representante Gerardo Amarilla solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • a los Ministerios de Defensa Nacional; de Educación y Cultura, y por su intermedio a la Universidad de la República, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y a la Administración Nacional de Correos; de Economía y Finanzas, y por su intermedio al Banco de la República Oriental del Uruguay, al Banco Central del Uruguay y al Banco de Seguros del Estado; del Interior; de Ganadería, Agricultura y Pesca, y por su intermedio al Instituto Nacional de Colonización; de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas y a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; de Relaciones Exteriores; de Salud Pública; de Transporte y Obras Públicas, y por su intermedio a la Administración de Ferrocarriles del Estado, a PLUNA-Ente Autónomo y a la Administración Nacional de Puertos; de Trabajo y Seguridad Social, y por su intermedio al Banco de Previsión Social; de Turismo y Deportes; de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y por su intermedio a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado y al

La Mesa da cuenta que, a solicitud de la Comisión de Educación y Cultura, se extrae del archivo el proyecto de ley por el que se designa “República de Francia” la Escuela Rural Nº 5 del departamento de Canelones, pasando a estudio de la misma. C/1524/006”.

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3.- Proyectos presentados.
“LINA TOURREILLES. (Designación al Jardín de Infantes Nº 46 de la ciudad de Trinidad, departamento de Flores). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Déjase sin efecto el nombre “Lina Tourreilles” a la Escuela Nº 30 al Aire Libre de la ciudad de Trinidad, departamento de Flores. Artículo 2º.- Desígnase con el nombre de “Lina Tourreilles” al Jardín Nº 46 de la ciudad de Trinidad, departamento de Flores. Montevideo, 12 de abril de 2011. RICARDO BEROIS, Representante por Flores, OLGA SILVA DE RODRÍGUEZ, Representante por Flores. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El presente proyecto de ley pretende dar cumplimiento a una solicitud de vecinos y educadores de la ciudad de Trinidad, departamento de Flores, de designar la Escuela Jardín Nº 46 con el nombre de “Lina Tourreilles”. Antes de ocuparnos de los valores educativos y morales de esta legendaria maestra del departamento de Flores, haremos algunas aclaraciones a los efectos de comprender esta inquietud ciudadana. Este Jardín se encuentra ubicado en el edificio sito en el Parque Centenario de la ciudad de Trinidad, donde siempre funcionó la Escuela al Aire Libre Nº 30. Por resolución de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), deja de funcionar la Escuela Nº 30 al Aire Libre y se instala en el local el Jardín Nº 46. Ante esta situación, la generación de profundas raíces en la comunidad trinitaria, que vivió toda la instancia de lo que significó el nombre de esta ejemplar docente, se exasperan ante la desaparición del nombre de esta ilustre coterránea. La educadora Lina Tourreilles se distinguió por su labor docente y fue alma inspiradora de la educación de la época, brilló por su calidad humana, demostrando una preocupación permanente por los problemas de orden familiar y social. Se ganó en su comunidad un elevado concepto y reconocimiento que sobrevivieron a su desaparición física. Su obra fue tan valiosa que supo cumplirla silenciosamente, sin ostenta-

ciones, haciéndose presente siempre donde un niño o su familia reclamaran su apoyo. Estas condiciones personales enaltecen la vocación y jerarquizan la función de maestro, dando a su obra la más elevada dimensión humana, Lina Tourreilles labró en vida un destino para su memoria. Por todas estas condiciones -que se recogen de los antecedentes parlamentarios- la comunidad de la ciudad de Trinidad, muy sensible ante los mayores que nos legaron la mejor educación, quiere mantener en ese local, ahora asiento del Jardín Nº 46, el nombre de “Lina Tourreilles”. Es de extrema justicia y respeto hacia nuestra rica historia educativa, mantener el nombre que nuestra comunidad en el año 1964 reconoce en el nombre de Lina Tourreilles a un ejemplo de labor docente y de calidad humana. Por más que el paso del tiempo hace que las nuevas autoridades cambien la labor educativa de ese centro, dejando sin efecto una escuela y dándole cabida a un Jardín, debemos respetar nuestro pasado como forma de reconocer ese merecido homenaje a quien hizo tanto por la educación del pueblo de Flores. La designación con el nombre de “Lina Tourreilles” al Jardín Nº 46 hace justicia y mantiene en el pedestal la memoria de esta ejemplar docente del departamento. En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, se formula el presente proyecto de ley. Montevideo, 12 de abril de 2011. RICARDO BEROIS, Representante por Flores, OLGA SILVA, Representante por Flores”.

4.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Está abierto el acto. (Es la hora 16 y 11) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) El señor Representante Darío Pérez Brito solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas: • • al Ministerio de Educación y Cultura: sobre la posibilidad de otorgar una colaboración económica para la participación de un coro de la ciudad de San Carlos, en un certamen internacional. C/19/010

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y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, y al Consejo de Educación Inicial y Primaria, relacionada con la situación laboral y salarial de las auxiliares de servicio contratadas para desempeñarse en escuelas públicas. C/19/010 al Ministerio de Economía y Finanzas, y por su intermedio al Banco de la República Oriental del Uruguay, acerca de la posibilidad de instalar una nueva dependencia de la referida institución bancaria estatal en el ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado. C/19/010 al Ministerio del Interior, referente a la seguridad ciudadana en el balneario La Barra, departamento de Maldonado. C/19/010 a los Ministerios de Salud Pública y del Interior, referente a las necesidades en materia de servicios de seguridad y salud del barrio Hipódromo, situado entre las ciudades de San Carlos y Maldonado. C/19/010

5.- Inasistencias anteriores.
——Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión ordinaria realizada el día 12 de abril de 2011: Con aviso: Auro Acosta. Sin aviso: Julio Battistoni, José Bayardi y Álvaro Vega Llanes. Inasistencias a las Comisiones. Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas: Martes 12 de abril

ESPECIAL PARA EL DEPORTE Con aviso: José Andrés Arocena Argul. Sin aviso: Amín Niffouri Blanco. LEGISLACIÓN DEL TRABAJO

La señora Representante Cecilia Vega solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, sobre la creación de un Juzgado Letrado de Primera Instancia con competencia en materia penal en la ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado. C/19/010 La señora Representante Elsa Hernández solicita se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República; a los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Ganadería, Agricultura y Pesca; al Instituto Plan Agropecuario; al Instituto Nacional de Semillas; al Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Artigas, y por su intermedio al Municipio de Bella Unión , relacionada con las medidas a adoptar en relación a la proliferación de una maleza en la zona norte del país. C/19/010 La señora Representante Sandra Lazo solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, al Consejo de Educación Secundaria y al Liceo Nº 2 de Chuy; a la Asociación de Padres y Alumnos de dicho centro educativo; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Rocha, con destino al Municipio de Chuy, acerca de la necesidad de ampliar la capacidad locativa de dicho Liceo. C/19/010″.

Con aviso: Marcelo Bistolfi; Pablo Iturralde Viñas. SEGURIDAD SOCIAL Con aviso: Alma Mallo. TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS Con aviso: Guillermo Facello”.

6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Treinta y seis en treinta y ocho: AFIRMATIVA. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor Representante Darío Pérez Brito al Ministerio de Educación y Cultura sobre la posibilidad de otorgar una colaboración económica para la participación de un coro de la ciudad de San Carlos, en un certamen internacional.

Se votarán oportunamente.

“Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposi-

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ción escrita al Ministerio de Educación y Cultura. Recientemente el coro ‘Dando la nota’, nacido en la ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado, en el año 2005, integrado por 24 coreutas, ha ganado el primer lugar en la categoría Coro de Cámara y la clasificación para representar a nuestro país en el concurso sudamericano organizado por AMERIDE CIC 2011, en el mes de agosto del corriente año en Minas Gerais, República Federativa del Brasil. ACORDELUR (Asociación Coral del Uruguay) otorgó US$ 2.000, equivalente al 10% el costo total por traslado, estadía y alimentación de los coreutas. Es por esa razón y porque por las múltiples actividades que realizan -rifas, presentaciones y otros-, hacen difícil alcanzar la suma necesaria para su presentación en tan importante concurso, que planteamos la colaboración del Ministerio de Educación y Cultura, de modo que se aliviane el titánico trabajo de los coreutas para asistir al mencionado evento. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. DARÍO PÉREZ BRITO, Representante por Maldonado”. 2) Exposición del señor Representante Darío Pérez Brito al Ministerio de Educación y Cultura y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, y al Consejo de Educación Inicial y Primaria, relacionada con la situación laboral y salarial de las auxiliares de servicio contratadas para desempeñarse en escuelas públicas.

pueden hacerlo con las remuneraciones actuales. Si bien la Ley Nº 17.556, significó un avance en las condiciones de trabajo y de regularización de diferentes situaciones, es también cierta la insuficiencia de los salarios de las funcionarias precitadas. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. DARÍO PÉREZ BRITO, Representante por Maldonado”. 3) Exposición del señor Representante Darío Pérez Brito al Ministerio de Economía y Finanzas, y por su intermedio al Banco de la República Oriental del Uruguay, acerca de la posibilidad de instalar una nueva dependencia de la referida institución bancaria estatal en la ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado.

“Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y al Consejo de Educación Inicial y Primaria. Es necesario que alguien hable, escriba o comente la situación que viven las Auxiliares de Servicio de las escuelas contratadas desde hace 9 años por la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, que establece contratos a término. El contrato estipula una carga horaria de 40 horas con un sueldo de $5.656, que con descuentos termina en unos $4.900, aproximadamente, en igual forma que para Auxiliares y Cocineras. En momentos en que se discute en muchos ámbitos, consejos de salarios, o se discute sobre la redistribución de la riqueza y sobre los salarios o ingresos de los trabajadores uruguayos, sería bueno plantearse la pregunta de estas mujeres que muchas veces solas y con hijos deben hacer frente al costo de vida. Cómo

“Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Economía y Finanzas y, por su intermedio, al Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU). La ciudad de San Carlos, del departamento de Maldonado, y su zona de influencia cuentan con una población que ronda los treinta y cinco mil habitantes. Antes de la crisis del año 2002, la ciudad contaba con tres instituciones bancarias, de las que solo sobrevivió el BROU. Hoy la sucursal del referido Banco es insuficiente para atender la demanda de la zona, debido al aumento comercial y a la instalación de nuevos emprendimientos comerciales y productivos. Frente a esa situación, muchos vecinos de la ciudad han manifestado la necesidad de un nuevo local, por ejemplo un Mini BROU, con un cajero más en la zona este de San Carlos. Asimismo, habitantes de la populosa zona del barrio Cerro Pelado, de la ciudad capital del departamento de Maldonado, que alberga doce mil personas, aproximadamente, las que están a varios kilómetros del centro de la ciudad donde se encuentran los servicios bancarios, manifestaron la necesidad de que se instale un Mini BROU con cajero en esa zona. Por lo expuesto, esperamos una respuesta positiva a lo planteado teniendo en cuenta que las casas bancarias privadas, aparentemente, no tienen interés en abrir nuevas sucursales, hecho que objetivamente significaría un beneficio a nuestro país. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. DARÍO PÉREZ BRITO, Representante por Maldonado”.

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Exposición del señor Representante Darío Pérez Brito al Ministerio del Interior, referente a la seguridad ciudadana en el balneario La Barra, departamento de Maldonado.

“Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicito que se curse la presente exposición escrita al Ministerio del Interior. El pasado jueves 7 de abril la Unión de Comerciantes y Profesionales del balneario La Barra, del departamento de Maldonado, convocó a una reunión por el tema seguridad en el balneario y aledaños, por no compartir la evaluación hecha por el Ministerio en relación a la zona. Se manifestó la preocupación por la escasez de personal y de vehículos que tiene la Seccional del balneario La Barra, para cubrir más de cuatrocientos kilómetros cuadrados de jurisdicción, que van desde el este del arroyo Maldonado hasta el puente en la laguna José Ignacio, abarcando una extensa zona de chacras turísticas y los siguientes balnearios: El Tesoro, La Barra, Manantiales, El Chorro, Buenos Aires, Edén Rock y Santa Mónica. Actualmente, dicha Comisaría tiene por turno entre seis y ocho policías, y cuenta con un pequeño camión y un patrullero prestado que cuando se rompió, el señor Comisario de La Barra se trasladó personalmente hasta Montevideo a buscar el repuesto para evitar demoras. Los vecinos reclaman el nombramiento de más policías y la necesidad de contar con más vehículos para cubrir todo el territorio, estando dispuestos a donar cámaras para vigilancia y la compra de algún vehículo para complementar. Esa zona, en los últimos años, se ha convertido en lugar de residencia de muchos turistas extranjeros que han optado por venir a vivir a ese lugar por la tranquilidad y seguridad. También ha sido destino de muchas inversiones millonarias en comercios, complejos y residencias, en definitiva, se trata de cuidar a la gallina de los huevos de oro. Saludo al señor Presidente muy atentamente. DARÍO PÉREZ BRITO, Representante por Maldonado”. 5) Exposición del señor Representante Darío Pérez Brito a los Ministerios de Salud Pública y del Interior, referente a las necesidades en materia de servicios de seguridad y salud del barrio Hipódromo, situado entre las ciudades de San Carlos y Maldonado.

tantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a los Ministerios del Interior y de Salud Pública. Sabido es en nuestro departamento del enorme crecimiento demográfico y geográfico del llamado barrio Hipódromo, situado en la Ruta Nacional Nº 39 Domingo Burgueño Miguel, entre las ciudades de San Carlos y la capital del departamento de Maldonado, que alcanza probablemente unas 4.000 personas al día de hoy y, en este momento en crecimiento. Muchas son las inquietudes de estos vecinos, algunas relacionadas con la Intendencia de Maldonado y otras con diferentes organismos del Estado. Destacamos, particularmente, las vinculadas con la efectivización de un proyecto de Destacamento Policial, absolutamente necesario para el lugar, si tenemos en cuenta que ya existen más habitantes que en otros núcleos poblados, que cuentan con Comisarías y, en otra esfera, la necesidad de mejorar los servicios médicos, particularmente relacionados con el Ministerio de Salud Pública en coordinación con la Intendencia de Maldonado que brindan: la emisión del carné de asistencia, de vacunación, controles, realización de PAP, atención psicológica, especialistas, y otros. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. DARÍO PÉREZ BRITO, Representante por Maldonado”. 6) Exposición de la señora Representante Cecilia Vega al Ministerio de Educación y Cultura, sobre la creación de un Juzgado Letrado de Primera Instancia con competencia en materia penal en la ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado.

“Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Represen-

“Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Al amparo de las facultades que me confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicito que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura. En el día de hoy el Colegio de Abogados del departamento de Maldonado e integrantes del foro departamental, se reunieron con el Fiscal de Corte, doctor Rafael Ubiría, a efectos de poner en su conocimiento las carencias existentes en la Fiscalía de la ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado. En esa oportunidad, se le informó de la reciente creación del Juzgado Penal de 2º Turno de San Carlos, como corolario de las intensas gestiones realizadas desde el gremio y desde la sociedad civil, por la insuficiencia del único existente hasta ahora, para cubrir todas las materias, para cubrir el territorio cuya competencia abarca y por la cantidad y calidad de los asuntos que se litigan. De igual forma, concretando dicho Juzgado, es de suyo que debe ser acompañado por la creación de otra

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Fiscalía, que permita descongestionar el trabajo de la única existente, pues desde hace bastante tiempo la doctora Arenas, pese a su gran solvencia técnica y esfuerzo demostrado, se ve desbordada en sus tareas, por lo que es indispensable que se cree otra Fiscalía y se designe su titular, designación que redundará en beneficio de los actores (profesionales y justiciables) y agilizando una justicia que siendo lenta se transforma en injusticia. Por otra parte, existen treinta y ocho vacantes que es imperioso que se cubran y se designen a la brevedad Asistentes Técnicos para contribuir a un mejor desarrollo del instituto. Saludo al señor Presidente muy atentamente. CECILIA VEGA, Representante por Maldonado”. 7) Exposición de la señora Representante Elsa Hernández a la Presidencia de la República; a los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Ganadería, Agricultura y Pesca; al Instituto Plan Agropecuario; al Instituto Nacional de Semillas; al Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Artigas, y por su intermedio al Municipio de Bella Unión, relacionada con las medidas a adoptar ante la proliferación de una maleza en la zona norte del país.

“Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca; al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Intendencia de Artigas, con destino al Municipio de Bella Unión; a la Junta Departamental de Artigas; al Instituto Plan Agropecuario; al Instituto Nacional de Semillas, y al Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria, referente a una situación que provoca profunda preocupación en el norte del país; la proliferación del Capin Annoni, una maleza proveniente del sur de África, que causa enormes daños al sistema productivo nacional. Esta especie, que fue ingresada por primera vez a América del Sur por un productor brasileño -en la década del 50′-, ha invadido cerca de un millón de hectáreas en Río Grande del Sur, República Federativa del Brasil, hecho que fue considerado como una catástrofe ecológica por las autoridades de ese país. En Uruguay ingresó en el marco de la búsqueda de una alternativa a las devastadoras sequías, en el supuesto de que este forraje sustituiría las pasturas naturales de nuestros suelos. El Capin Annoni es un pasto que se torna invasor, aprovecha las sequías y la aplica-

ción de herbicidas -porque resiste sus efectos-, desplaza la vegetación nativa de mejor calidad y disminuye hasta en un 50% la productividad de los campos. Esta gramínea invasora compite por luz, nutrientes y agua con las especies de alto valor nutritivo con que cuentan nuestros suelos, base de la alimentación de la producción animal. Nos consta que se han llevado a cabo acciones puntuales para revertir esta situación, pero los hechos demuestran que no ha sido suficiente. El Presidente de la República señaló en una comparecencia en el departamento de Artigas, que hay que estar en guardia en relación a este tema y que sería muy positivo lograr contener este fenómeno como un tema estratégico para la economía nacional. Esto requiere un abordaje colectivo de todas las instituciones y organizaciones relacionadas a la producción, e incluso del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ya que la presencia de esta plaga se advierte claramente sobre tramos de las rutas nacionales hacia el norte del río Negro. Pensamos también en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en el Plan Agropecuario, en el Instituto Nacional de Semillas, en el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria, en las Facultades de Agronomía y Veterinaria y en las Intendencias de la región, entre otros. Hemos recabado múltiples reclamos de productores de Artigas, quienes ven en este tema un claro riesgo para su actividad. Como en otros años, la sequía está golpeando fuertemente a vastas zonas productivas del país, tornándose más grave la situación en los departamentos donde el Capin Annoni se ha propagado. Por lo tanto, bregamos por una atención especial para combatir este problema, no con una acción puntual sino a través de un programa permanente de control y erradicación. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ELSA HERNÁNDEZ, Representante por Artigas”. 8) Exposición de la señora Representante Sandra Lazo al Ministerio de Educación y Cultura con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, al Consejo de Educación Secundaria y al Liceo Nº 2 de Chuy; a la Asociación de Padres y Alumnos de dicho centro educativo; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Rocha, con destino al Municipio de Chuy, acerca de la necesidad de ampliar la capacidad locativa de dicho Liceo.

“Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposi-

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ción escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), al Consejo de Educación Secundaria y al Liceo Nº 2 de la ciudad de Chuy, departamento de Rocha; a la Intendencia de Rocha, con destino al Municipio de Chuy; a la Junta Departamental de Rocha, y a la Asociación de Padres de Alumnos del Liceo Nº 2 de Chuy. El actual edificio del Liceo Nº 2 de la ciudad de Chuy, del departamento de Rocha, actualmente se encuentra con su capacidad desbordada debido a la cantidad de alumnos que allí concurren. El edificio en su proyecto de construcción original en el año 1999, de acuerdo a la información que manejamos, contaba con cuatro aulas más, dos en la planta baja y dos en la planta alta, las que no se construyeron en ese momento por reducción de costos. Por lo expuesto, creemos conveniente y necesario que se proceda a la construcción de las cuatro aulas proyectadas originalmente, para dar al edificio una mayor capacidad locativa. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. SANDRA LAZO, Representante por Rocha”.

De ese preinforme, quisiera destacar algunos temas que me parecen importantes. El informe establece que la igualdad de género es importante, y lo es para el desarrollo. ¿Por qué? Porque la igualdad de género es importante en sí misma; es fundamental para el desarrollo. La subutilización del talento de las mujeres tiene un gran costo económico. Este costo se incrementa en la medida en que el mundo se vuelve más integrado. Las capacidades, las oportunidades y la voz de las mujeres determinan las de las generaciones siguientes. La integración de la perspectiva de género en el diseño de políticas de desarrollo hace que sean más efectivas muchas políticas generales. Esto lo dice el Banco Mundial. Al mismo tiempo, este informe analiza algunos aspectos positivos que se están generando en el mundo y plantea como un ejemplo notable de esos cambios las tasas de escolarización. Señala, por ejemplo, que las brechas entre niños y niñas en primaria y secundaria se han cerrado en gran parte del mundo. También se destaca como rasgo positivo la creciente participación de las mujeres en la fuerza laboral, aunque se afirma que todavía hay segregación y brecha de ingreso. Esto no cambia demasiado a lo largo del tiempo, ni siquiera en los países de altos ingresos. En todos los países las mujeres ganan menos que los hombres. Hay áreas donde las desigualdades persistentes continúan: en la mortalidad femenina, que es excesiva en la infancia, en la edad reproductiva y en la vejez; en la distribución de las tareas de cuidado; en la propiedad de activos; en la violencia doméstica y en la participación y representación política. En el rubro de distribución de labores de cuidado detalla una serie de aspectos que no voy a mencionar para ahorrar tiempo. Pero sí digo que en todo el mundo las mujeres pasan más horas del día en las labores domésticas y de cuidado, y los hombres en actividades de mercado. Con respecto a la violencia doméstica, se sigue afirmando que la violencia física, sexual y psicológica contra la mujer es endémica en todo el mundo, a pesar de que cada vez más países están introduciendo leyes al respecto. Por otra parte, el Banco Mundial plantea que la igualdad de género no deriva automáticamente del proceso de crecimiento económico. Aunque ha habido avances, estos no han sido del todo beneficiosos para las mujeres. En un mundo globalizado -señala el Ban-

MEDIA HORA PREVIA 7.- Situación de la igualdad de género según el “Informe sobre el Desarrollo Mundial 2012”.
——Se entra a la media hora previa. Tiene la palabra la señora Diputada Payssé. SEÑORA PAYSSÉ.- Señor Presidente: en esta media hora previa, voy a trasmitir al Cuerpo que, estando en la ciudad de Washington y participando del Foro Hemisférico Liderazgo de las Mujeres para la Democracia de Ciudadanía, fui invitada a un almuerzo con el objetivo de realizar una consulta acerca del “Informe sobre el Desarrollo Mundial 2012”, que tiene como temas la igualdad de género y de desarrollo, por parte del Banco Mundial. Este informe está en preparación y se presentará el año próximo. Allí recibimos un avance preliminar del trabajo definitivo, que tratará y examinará funciones cambiantes de los hombres y las mujeres en las esferas privadas y públicas, y analizará los cambios demográficos, en las estructuras de las familias y en la participación de la fuerza laboral, el acceso a los recursos productivos y la evolución de los derechos económicos, sociales, culturales y políticos.

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co Mundial-, la desigualdad de género tendrá costos más altos para los países. También se proponen rutas para el cambio, estableciendo que no existe un solo camino en el proceso de reformas de políticas para la igualdad de género. Asimismo, es fundamental garantizar derechos, que exista voluntad política e identificar retroalimentaciones positivas y priorizar áreas. Además, es conveniente la inclusión de la perspectiva de género en otras políticas porque se considera que ello es inteligente. Las políticas que aparecen como neutrales desde el punto de vista de género, como por ejemplo impuestos o legislación de protección del empleo, pueden tener impactos de género diferenciados. Considerar las interacciones de estas políticas por las causas subyacentes a la desigualdad de género, puede incrementar su efectividad. Señor Presidente: estas son algunas de las pautas que nos da a conocer el Banco Mundial en esta preconsulta. A mí me parecía importante trasmitirlas hoy a este ámbito. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Presidencia de la República, a todos los Ministerios, a todas las Intendencias y a todas las Secretarías de Género de las Juntas Departamentales. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y uno en cuarenta y tres: AFIRMATIVA.

con el contenido de esta norma. Sucede que aunque se cumplan las medidas cautelares ordenadas por el Juez, como la de disponer el retiro del agresor de la residencia común, la de prohibir, restringir o limitar la presencia del agresor en el domicilio de la víctima y prohibir comunicarse o relacionarse con la víctima, no es suficiente, ni mucho menos. Hay dos puntos que nos preocupan de manera especial. Uno de ellos es que en nuestro país no se haya comenzado a implementar el uso de medios tecnológicos como la pulsera electrónica. Así, la mujer que haya realizado las denuncias correspondientes ante el Juzgado especializado en materia de violencia doméstica y que vea violada la medida cautelar de prohibición al agresor de acercarse o comunicarse con ella, podría inmediatamente hacerlo saber a la Policía en una forma mucho más rápida y efectiva que llamando por teléfono, lo que a veces es impedido por el propio agresor. Hemos escuchado decir al señor Ministro del Interior que se ha hecho una licitación para la compra de dichas pulseras, pero la realidad es que aún no se ha efectivizado tal medida preventiva que podría salvar más de una vida, evitando que cada nueve días muera una mujer por violencia doméstica en nuestro país y, en ciertos períodos, cada siete días y medio. El otro punto que nos preocupa es que tampoco haya medios, ya no tecnológicos sino profesionales, así como lugares físicos que el Estado brinde para atender al victimario o agresor, porque sabido es -como resultado de estudios- que el este debe ser sometido a una terapia psicológica y/o psiquiátrica, una vez que reconoce que su conducta no es normal, y solo cuando eso sucede es que puede reeducarse e insertarse sanamente otra vez en el seno de su familia. No debemos olvidar que el artículo 23 de la Ley N° 17.514 expresa que la rehabilitación y la reinserción social del agresor deberán formar parte de una política que procure proteger a todas las personas relacionadas y que la asistencia y el tratamiento deberán ser instrumentos de esta política. Permítaseme citar el artículo 1° de la mencionada ley que establece: “Decláranse de interés general las actividades orientadas a la prevención, detección temprana, atención y erradicación de la violencia doméstica. Las disposiciones de la presente ley son de orden público”.

8.- Preocupación por falta de medidas que protejan a víctimas de violencia de género.
Tiene la palabra la señora Diputada Grisel Pereyra. SEÑORA PEREYRA (doña Grisel).- Señor Presidente: me quiero referir a un tema que además de ser extremadamente importante, lamentablemente, es muy actual, y es la violencia de género. A pesar de contar con la Ley Nº 17.514 del año 2002 -que como abogada entiendo es un muy buen instrumento jurídico para abordar el tema-, no se ha logrado el objetivo principal, que es evitar las muertes de las mujeres, que siguen siendo víctimas mortales a manos de sus agresores, debido a que no se cumple en su totalidad

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Es nuestro anhelo que este flagelo que azota a toda América Latina, a muchos países de Europa -en España recientes estudios dicen que siete millones de españolas han sufrido violencia-, así como a otras partes del mundo, sea atacado por todos los flancos posibles y que Uruguay sea conocido y tomado como modelo por ver que disminuya la cantidad de víctimas mortales de la violencia de género. Por lo expuesto, señor Presidente, creemos que todos los esfuerzos y la asignación de recursos humanos y económicos que se realicen con el fin de salvar una vida, sin pensarlo dos veces, valen la pena. Así habremos comenzado a lograr nuestro principal objetivo, que es defender la vida como el primero de los derechos humanos. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Comisión de Género y Equidad, al Consejo Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica, a la Suprema Corte de Justicia, al Ministerio Público y Fiscal, al Ministerio del Interior y a la Presidencia de la República. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y tres en cuarenta y cinco: AFIRMATIVA.

cundaria sobre la necesidad de volver a construir el liceo que nosotros conocimos. Alguien podrá decir que es volver al pasado, que es una propuesta antigua. En aquella oportunidad, le decíamos cuatro cosas: uniforme, portero, adscripto como profesor sustituto y profesores estables en el liceo, no más profesores taxis. Para ello, elaboramos por escrito una propuesta concreta de cómo aplicar una experiencia piloto que redujera sostenida y sistemáticamente el tránsito de los profesores de un liceo a otro. Esto, obviamente, trae como consecuencia que en el mediano plazo los profesores conozcan a sus alumnos por su nombre, sepan quiénes son estudiantes y quiénes no, quiénes van al liceo por otras razones, quienes entran pero no son estudiantes. Al conocer a los estudiantes por su nombre conocerán a sus familias, sabrán su origen, sus problemas, lo que nos pasaba a la inmensa mayoría de los que estamos acá cuando íbamos al liceo. Este era un lugar de estudio con una relación humana entre profesor y alumno que iba mucho más allá de la simple -y compleja, a la vez- experiencia del acto educativo. El profesor de inglés no solamente daba su materia sino también conocía a sus alumnos, y si alguno se dormía en clase sabía si era porque no había dormido de noche, porque trabajaba o porque tenía algún problema. En esa institución había una relación que, lamentablemente, ha desaparecido. Yo comencé leyendo una versión de la prensa de hoy en la que se dice que los profesores se reúnen con Secundaria para arreglar lo del portero y lo del Servicio 222, que los policías no quieren ir a los liceos porque les pagan poco, los profesores los tratan mal y los alumnos no los quieren allí, y que en un banco ganan $ 90 por hora y en el liceo, $ 60. Es decir que, efectivamente, estamos ante otro problema. Normalmente hablamos de la calidad de los aprendizajes, de los rendimientos; ya hemos visto las encuestas PISA, ya sabemos qué y cómo aprenden los estudiantes en nuestra educación, pero este aspecto que incorporamos hoy tiene que ver con otra estructura, con otra mirada al sistema educativo, en este caso, a Secundaria. No tiene que ver con la calidad de los aprendizajes sino con el entorno, con el espacio educativo, con el centro educativo en sí mismo como la institución en la que no solamente el alumno encuentra un docente, un conductor, alguien que lo ayuda a aprender, alguien que aprende con él, alguien que lo guía en el aprendizaje, sino también un

9.- Problemas de inseguridad en liceos públicos.
Tiene la palabra el señor Diputado José Carlos Cardoso. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: en la noche del lunes, los docentes y funcionarios del Liceo Bauzá en el Prado firmaron un acuerdo con las autoridades de Secundaria, por el que estas se comprometen a designar un portero y un Servicio policial 222. Este no es el Uruguay en el que yo nací. Estoy hablando de un Uruguay en el que los profesores de Educación Secundaria se reúnen con sus autoridades para plantearles que se los proteja en la institución educativa a la que asisten. En Shangrilá, una profesora fue agredida con un arma blanca -ahora está en el CTI- a la salida del liceo. Hace tres años, en esta Cámara y por esta misma vía, aconsejábamos al Consejo de Educación Se-

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ser humano que lo conoce, que lo respeta, que trata de ayudarlo. Esto que leemos acá refleja la ley de la selva. En el liceo prima la ley de la selva. ¿Para qué necesitamos policías? ¿Para contener a los alumnos? ¿Para que no atropellen a los profesores? ¿Para que no los golpeen? ¿Son los alumnos o es gente de afuera? Cuando hablamos del uniforme, nos dijeron que en la dictadura había uniforme. No necesariamente hay que asociar con algo negativo este tipo de medidas que nos ayudan a regular el funcionamiento de un centro educativo. Creo, señor Presidente, que el problema de la educación, que es de todos, nos tiene que ayudar a todos a pensar y, fundamentalmente, nos tiene que ayudar a todos a escuchar. Nosotros sentimos que en los últimos tiempos esto de escucharnos entre nosotros ha sido muy difícil y, a veces, querer llevar adelante una estrategia educativa sin escuchar a los demás porque no pertenecemos al partido que gobierna o porque no tenemos sintonía política con el que gobierna es un mal camino, es un mal precedente. Cuando se hacen aportes, deberían ser entendidos, discutidos, aceptados, creando ámbitos para solucionar estas cosas. Hoy se está pidiendo el Servicio 222. Los profesores están pidiendo vigilancia policial y ser protegidos adentro de los liceos. Hoy, los profesores de los liceos de Montevideo están de paro por seguridad, no por reivindicaciones salariales. A esto hemos llegado, fruto de la inercia, por no haber adoptado medidas o por haber desconocido algunas que, desde nuestro punto de vista, son muy importantes. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Consejo Directivo Central de la ANEP y al Ministerio de Educación y Cultura. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y nueve: AFIRMATIVA.

10.- Iniciativa de crear un cuarto liceo en la ciudad capital del departamento de Florida.
Tiene la palabra el señor Arocena. SEÑOR AROCENA.- Señor Presidente: nos vamos a referir a la creación de un cuarto liceo en nuestra ciudad de Florida. Es nuestro interés, como el de todos los aquí presentes, velar por la educación de nuestro Uruguay. Debido a la expansión que ha tenido la ciudad de Florida en territorio y en tamaño, requiere en forma urgente de la creación de un cuarto liceo que ofrezca a nuestros jóvenes ciudadanos la posibilidad de acceder a una correcta educación, sin necesidad de desplazarse de un extremo a otro de la ciudad, tal como ocurre actualmente. En los últimos años, la ciudad de Florida se ha extendido hacia el noroeste y por ello sería ideal que un nuevo liceo se ubicara en esa zona; me refiero a los barrios Burastero, San Fernando, Juan Pablo II, etcétera. De este modo, se crearían más oportunidades para estudiar. Es una forma de comprometer a los alumnos y de arraigarlos en el barrio y en su instituto de enseñanza. Teniendo en cuenta que la deserción estudiantil es un problema que se ha agravado en los últimos tiempos a nivel departamental y nacional y que se estima que la tendencia continuará si no se adoptan medidas correctivas apropiadas, consideramos muy importante que las autoridades implementen, a la brevedad, la creación de un nuevo liceo que sirva para lograr un rápido y más confortable acceso a la educación. Sabemos que toda la sociedad floridense, ya sea en lo local como en lo departamental, así como el pueblo uruguayo en general se verían beneficiados con la ampliación de los servicios educativos, evitando la deserción estudiantil y disminuyendo las dificultades -en la mayoría de los casos, verdaderos obstáculos insuperables- de quienes deben viajar a otros centros educativos con los consiguientes costos en tiempo y en dinero. Del mismo modo, se podría mejorar sustancialmente la calidad de estudio al tener aulas menos congestionadas y disponer de un moderno y equipado edificio que ayude a estos jóvenes a desempeñarse mejor como personas y como estudiantes.

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Creemos que esta propuesta va a solucionar gran parte de los problemas que tenemos y, por supuesto, va en sintonía con las manifestaciones del Presidente Mujica en la Asamblea General: “[…] educación, educación, educación. Y otra vez, educación”. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a las Comisión de Educación y Cultura de ambas Cámaras, al Ministerio de Educación y Cultura, al Consejo Directivo Central de la ANEP, al Consejo de Educación Secundaria, a la Junta Departamental de Florida y a los medios de comunicación de Florida. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y cuatro: AFIRMATIVA.

que propongan derogar la potestad parlamentaria establecida en el artículo 215 de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991. Por el contrario, se está en un compás de espera, en un proceso de reflexión, a tal punto que también se ha dicho que la instalación de una eventual central nuclear en nuestro país quedaría para el año 2030. Desconocemos cómo serán las cosas dentro de dos décadas, pero mientras tanto, avancemos hacia las energías renovables, que nos evitarán problemas de toda índole, problemas insolubles de los que trae consigo la tan mentada energía limpia. En las próximas Rendiciones de Cuentas asignemos a las energías renovables idénticos fondos que los destinados a la energía nuclear en el Presupuesto Nacional aprobado el año pasado, de modo de acelerar el desarrollo de energías genuinamente limpias y económicas. No deseamos emitir juicios ácidos, al menos hoy, pero junto a muchos ciudadanos y parlamentarios estaremos más atentos que ayer. Tan solo diremos que, en este tema, borrón y cuenta nueva, por lo menos en Uruguay y por muchos años. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se curse al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a las Juntas Departamentales y a las Comisiones de Industria, Energía y Minería de ambas Cámaras. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y seis: AFIRMATIVA

11.- Propuesta de avanzar hacia las energías renovables.
Tiene la palabra el señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: el lunes pasado, según informan los medios de prensa, la Agencia de Seguridad Nuclear Japonesa subió de cinco a siete el nivel del accidente de Fukushima en la Escala de Sucesos Nucleares y Radiológicos, situándolo en el mismo grado que el de Chernobyl, es decir, en el máximo. Las emisiones de una y de otra central son de diferente amplitud y naturaleza, pero ambas se asemejan en sus efectos, que son considerables para la salud y el medio ambiente, lo que ha sido confirmado por la Agencia Internacional de Energía Atómica. Por otra parte, el Gobierno japonés anunció nuevas evacuaciones más allá de la zona de exclusión de veinte kilómetros. Hay que decir, también, que la región de Fukushima, mayormente agropecuaria, va a quedar inhabilitada durante años, al igual que la de Chernobyl, donde existe una zona de exclusión de treinta kilómetros desde hace veinticinco años. Creo que estamos obligados a hacer una reflexión sobre estos temas. Hoy, en nuestro Parlamento ya no recibimos nuevos proyectos que intenten derogar las prohibiciones que existen en nuestro país respecto de este tema, así como tampoco proyectos

12.- Necesidad de que la República del Perú reconozca que en sus cárceles hay presos políticos.
Tiene la palabra el señor Diputado de Toro. SEÑOR DE TORO.- Señor Presidente: vamos a tocar dos temas que hacen a la realidad política nacional, internacional y latinoamericana: mejorar la calidad y profundizar la democracia, los derechos humanos y las libertades políticas. Como todos ustedes saben, el domingo pasado hubo elecciones generales en Perú, para Presidente y ciento treinta legisladores a nivel nacional. Para alcan-

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zar la Presidencia se necesitaba el 50% de los votos. Ninguno de los candidatos lo obtuvo y, por lo tanto, el 5 de junio se realizará la segunda instancia electoral. Pasaron a la segunda vuelta dos candidatos: uno progresista y otro que es representante de, yo diría, tradiciones bastante oscuras de la realidad del Perú, como es la hija del ex dictador Fujimori, Keiko Fujimori. En este marco se da una realidad muy particular, que muchas veces se oculta en lo que es la realidad latinoamericana: en Perú existen los presos políticos más antiguos del continente. Llevan dieciocho o diecinueve años presos por razones políticas, pero ni siquiera son reconocidos como tales, sino que conviven en cárceles que están bajo la órbita militar y en condiciones totalmente infrahumanas. Entre ellos se encuentra Víctor Polay, actualmente de cincuenta y ocho años, que viene de una familia de larga tradición en la política peruana. Compañero de militancia del actual Presidente de la República, Alan García, su madre y su padre participaron activamente en diferentes instancias políticas de la realidad peruana. Hoy, en esa realidad, se desarrollaron esas elecciones y se llevará a cabo la segunda vuelta, el balotaje a nivel nacional. El indulto presidencial al dictador Fujimori está planteado. Fue uno de los temas centrales de la candidata que pasó a segunda vuelta. No pasó lo mismo con la realidad de los presos políticos o estuvo muy circunstancialmente oculta por la prensa peruana y por las principales instituciones políticas. En este momento, en el que los derechos humanos y la democracia política están en boga e inclusive se desarrollan guerras importantes en función de las libertades políticas y las libertades individuales, nosotros queremos plantear la necesidad de que se reconozca esta situación, sin inmiscuirnos directamente en la realidad peruana. Simplemente, queremos denunciar un hecho que nos tiene que hacer sentir a todos en función de esta realidad, y por la vigencia de los derechos humanos y las libertades políticas en el continente. Por eso, solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se curse al Ministerio de Relaciones Exteriores y, a través de este, a los candidatos presidenciales del Perú, a la Embajada peruana en Uruguay, al Frente Amplio y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA. Ha finalizado la media hora previa.

13.- Licencias. Integración de la Cámara.
Dese cuenta del informe relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Alberto Perdomo, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 3, 4, 10 11 y 17 de mayo de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel López Villalba. Visto la licencia por motivos personales oportunamente concedida al señor Representante Dionisio Vivián y ante la denegatoria de la suplente convocada de aceptar la convocatoria realizada se convoca por el día 13 de abril de 2011 al suplente siguiente señor Francisco Sánchez. Del señor Representante Pablo Pérez González, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 25 y 26 de abril de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Lourdes Ontaneda. Del señor Representante Gustavo Espinosa, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 13 y 27 de abril de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Fernández”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en sesenta y dos: AFIRMATIVA.

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Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio, solicito uso de licencia por motivos personales por los días 3, 4, 10, 11 y 17 de mayo. le ruego convoque a mi suplente respectivo. Cordialmente, ALBERTO PERDOMO GAMARRA Representante por Canelones”. “Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, me dirijo a usted para comunicarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para saludarlo en mi más alta consideración y estima. Mauricio Cusano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 3, 4, 10, 11 y 17 de mayo de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Mauricio Cusano. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelo-

nes, Alberto Perdomo, por los días 3, 4, 10, 11 y 17 de mayo de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Mauricio Cusano. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2010, del Lema Partido Nacional, señor Daniel López Villalba. Sala de la Comisión, 13 de abril de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria, de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Dionisio Vivián. Saluda atentamente, Rosina Lema”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: I) La licencia por motivos personales oportunamente concedida al señor Representante por el departamento de Canelones, Dionisio Vivián. II) Que la Cámara de Representantes, con fecha 12 de abril de 2011, convocó a la señora Rosina Lema para ejercer la representación. III) Que, por esta única vez, la suplente convocada presenta la negativa correspondiente a la convocatoria. RESULTANDO: Que procede convocar al suplente siguiente para ejercer la representación referida. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

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La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Acéptase la negativa que, por esta única vez, ha presentado la suplente siguiente, señora Rosina Lema. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la representación por el departamento de Canelones, por el día 13 de abril de 2011, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación N° 609 del Lema Partido Frente Amplio, señor Francisco Sánchez. Sala de la Comisión, 13 de abril de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente y conforme al inciso 3 del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito licencia por motivos personales para los días 25 y 26 de abril del corriente año y se convoque para el mismo a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, PABLO PÉREZ GONZÁLEZ Representante por Maldonado”. “Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que renuncio por esta única vez a la convocatoria de la Cámara. Sin otro particular, saludo a usted atentamente. Carlos Olivet “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Pablo Pérez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 25 y 26 de abril de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Carlos Olivet. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su

artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Pablo Pérez, por el período comprendido entre los días 25 y 26 de abril de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Carlos Olivet. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 219938, del Lema Partido Frente Amplio, señora Lourdes Ontaneda. Sala de la Comisión, 13 de abril de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia por razones personales desde el día 13 de abril al 27 de abril inclusive. Sin otro particular, le saluda muy atentamente. GUSTAVO ESPINOSA Representante por Canelones”. “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto. Sin otro particular, le saluda muy atentamente. Julio Olivar”.

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“Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto. Sin otro particular, le saluda muy atentamente. Alberto Costa”. “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto. Sin otro particular, le saluda muy atentamente. Mario Musetti”. “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto. Sin otro particular, le saluda muy atentamente. Fernando Repetto”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Gustavo Espinosa. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 13 y 27 de abril de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Julio Olivar Méndez, Jerónimo Costa Batista, Julio Mario Musetti y Fernando Repetto. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su

artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Gustavo Espinosa, por el período comprendido entre los días 13 y 27 de abril de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Julio Olivar Méndez, Jerónimo Costa Batista, Julio Mario Musetti y Fernando Repetto. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1030, del Lema Partido Colorado, señor Gustavo Fernández. Sala de la Comisión, 13 de abril de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.

14.- Aplazamiento.
——Se entra al orden del día. En mérito a que no han llegado a la Mesa las respectivas listas de candidatos, si no hay objeciones, correspondería aplazar la consideración del asunto que figura en primer término del orden del día, que refiere a la elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo para el Segundo Período de la XLVII Legislatura.

15.- Homenaje al Círculo de la Prensa del Uruguay. (Exposición del señor Representante Pablo Abdala por el término de 10 minutos con motivo del 102º aniversario de la fundación).
Se pasa a considerar el asunto que figura en segundo término del orden del día: “Homenaje al Círculo de la Prensa del Uruguay. (Exposición del señor Representante Pablo Abdala por el término de 10 minutos con motivo del 102º aniversario de la fundación)”. Tiene la palabra el señor Diputado Abdala. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: el reconocimiento que la Cámara tributa hoy al Círculo de la Prensa del Uruguay viene a reparar una omisión que padecimos, accidentalmente, cuando se cumplieron

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los primeros cien años del Círculo, exactamente en 2009. Por distintas circunstancias, un homenaje que estuvo proyectado no se llevó a cabo. En el día de mañana se cumplen los ciento dos años de la fundación del Círculo de la Prensa, por lo que creo que es bueno proceder en aquel sentido y esa es la razón por la cual nos permitimos distraer la atención de la Cámara, solicitando esta oportunidad. Cuando el Uruguay transitaba firmemente hacia la etapa moderna, señor Presidente, un 14 de abril de 1909 nació el Círculo de la Prensa del Uruguay a los efectos de servir a la libertad de prensa, al ejercicio del periodismo y, por lo tanto, a la libre expresión del pensamiento en el más amplio sentido y extensión. Seguramente, recogió en ese momento histórico -tal vez incluso sin saberlo- el mensaje que venía de los campos de batalla de la recientemente terminada guerra civil que aconteció en el Uruguay a fines del siglo XIX y a principios del XX. Entonces, la historia del Círculo es -así podría decirse- la historia del Uruguay moderno, la del Uruguay que, apenas despuntado el siglo XX, se abocó a la consolidación de sus instituciones democráticas, abonando en el concepto de la coparticipación, introduciendo las garantías electorales para el ejercicio de los derechos políticos, reconociéndose a partir de ese momento histórico el derecho de las minorías a participar, es decir, a ser parte de la cosa nacional. Y el Círculo de la Prensa del Uruguay, en la labor tan especial y peculiar que le correspondió, no fue un mero y circunstancial testigo de esos acontecimientos sino que, sin ninguna duda, fue un actor destacado. Como toda obra humana, la institución Círculo de la Prensa, es el resultado de la labor y del compromiso de un conjunto de hombres que, en nombre de su talento, de su patriotismo y de su sentido de generosidad para con la comunidad, construyeron una obra que mañana cumplirá 102 años. Entre esos hombres hay que destacar al primero -en todos los sentidos; especialmente porque, además, fue el primer Presidente de la primera Comisión Directiva-, nada menos que don José Enrique Rodó, una referencia ineluctable de nuestras letras y de nuestra cultura; miembro de aquella generación formidable que se conoció como la “Generación del 900”. Con él y como él, otros nombres se suceden en lo que históricamente compone una larga cadena; entre ellos queremos destacar a Enrique Andreoli, a Pedro Manini Ríos, a Lorenzo Carnelli, a Carlos Roxlo, a Juan Andrés Ramírez, a Emilio

Frugoni y a Juan Vicente Chiarino; estos dos últimos presidieron en determinados momentos de la historia la Comisión Directiva de la institución. Nos parece justo decir que, más recientemente, la Comisión Directiva -presidida hoy por el licenciado Edmundo Sosa Saravia- tuvo a un dinamizador importante que ya no está entre nosotros pero que dejó una huella en la historia del Círculo de la Prensa del Uruguay: don Hugo Rodríguez Vera, fallecido recientemente. Es justo el recuerdo en momentos en que esta institución por la que él tanto hizo merece la evocación de la Cámara de Diputados. El Círculo explica su longevidad en su propia razón de ser, en la propia justificación de su existencia, como ocurre con todo lo que resulta sólido y duradero. En aquel país que buscaba afirmar el régimen de libertades y la plena vigencia de los derechos políticos, aquel 14 de abril, José Enrique Rodó dijo: “Escribir la historia de nuestra prensa sería escribir la historia borrascosa, pero noble y viril, de nuestros esfuerzos por alcanzar la definitiva organización de esta democracia”. En esa búsqueda afanosa de consolidar la democracia, de construirla y desarrollarla, sin ninguna duda, el Círculo de la Prensa realizó una contribución de enorme importancia. Ese lineamiento del precursor se manifestó en distintas expresiones bien concretas relacionadas con la libertad de prensa y con la libertad de expresión. La libertad de prensa y la libertad de expresión son esenciales a los efectos de que impere la democracia; son tan constitutivas de la misma como el propio derecho al voto, como la propia circunstancia de que cada cinco años se realicen elecciones para elegir autoridades o como la vigencia del principio de separación de Poderes, en el concepto de que las libertades formales importan mucho. Pero desde el punto de vista sustantivo, para que la democracia sea formal y sustancial es indispensable también la plena vigencia de los derechos materiales, entre ellos y en el primer orden de consideración, la libertad de prensa y la libertad de expresión. Ello se corresponde, obviamente, con la existencia de medios independientes, libres, plurales que ejerzan -o estén en condiciones de hacerlo- esa libertad de expresión, pero también con el tratamiento responsable y exacto -o con la mayor exactitud posible- de la información, con sentido profesional, con códigos voluntarios de conducta, a partir de un concepto de la propia autorregulación de la

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función periodística. En ese sentido, el Círculo de la Prensa históricamente ha cumplido y sigue cumpliendo en la actualidad una labor importantísima desde el punto de vista de la formación y de la capacitación; de la formación y la capacitación técnicas, desde luego, pero también desde el punto de vista del sentido ético con que la labor periodística debe desarrollarse, más allá de que siempre es, antes que nada y por encima de todo, una opción personal. La libertad de prensa no es solo el derecho de informar y de comentar sino también el derecho ciudadano de saber, de acceder a la información y de estar informado. La libertad de prensa tiene, además -y esta es una máxima a la cual el Círculo de la Prensa ha sabido servir- una, necesaria y suficiente, doble condición. Esto es que sin libertad de prensa no hay democracia, pero en el hipotético caso de la ausencia de democracia, en la medida en que sí exista un auténtico ejercicio de la libre expresión del pensamiento y de la libertad de prensa, eso actuará como condición determinante de la conquista, más temprana que tarde, de las libertades formales y de todos los demás derechos políticos que componen el estatuto cívico de la vigencia institucional y del vigor democrático en el que todos abrevamos. Homenajear al Círculo de la Prensa del Uruguay es rendir tributo a todos estos valores. No es meramente una evocación del pasado, es más bien una forma de reconocernos a nosotros mismos y al hacerlo es, por lo tanto, una evocación que tiene, fundamentalmente, vocación de futuro y no implica una añoranza o un comentario nostálgico de lo que ya aconteció. Creo que la Cámara hace bien en detenerse por algunos minutos para realizar este reconocimiento a la ardua labor que esta institución ha desarrollado. Y creo que hace mejor en celebrarlo en el día de hoy, cuando estamos en la víspera de su aniversario, pero además en las proximidades del Día Internacional de la Libertad de Prensa que, como todos sabemos, se conmemorará el 3 de mayo. Sin duda, homenajear al Círculo de la Prensa -dicho esto en la misma dirección que lo anterior- es reconocer la identidad que a todos nos define como nación. Así nos definió José Enrique Rodó -a quien evocamos antes- cuando dijo, en aquella memorable jornada, lejana pero cercana a la vez, del 14 de abril de 1909: “La iniciativa que hoy congrega a los periodistas […] alrededor de un centro

común es, además, virtualmente, una grande obra de cultura y concordia […]”. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Culminando -porque se ha agotado mi tiempo-, quiero decir que a esa cultura nacional y a esa concordia entre los orientales mucho tributo rindió el Círculo de la Prensa del Uruguay a lo largo de estos 102 años de existencia. Por ello, en el cierre, lo que queremos expresar, muy sencilla pero sentidamente, es: ¡salud al Círculo de la Prensa del Uruguay en estos 102 años de vida y de servicio a la democracia y a la comunidad en el convencimiento de que vendrán muchos años más! Muchas gracias. SEÑOR VÁZQUEZ.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VÁZQUEZ.- Señor Presidente: el Partido Colorado quiere sumarse a este merecido homenaje que se tributa hoy al Círculo de la Prensa del Uruguay. El Diputado preopinante, señor Abdala, ha realizado una alocución muy pormenorizada de los acontecimientos impulsados por el Círculo de la Prensa del Uruguay durante estos 102 fecundos años de vida, desde que fuera fundado, en el año 1909, por José Enrique Rodó junto a una destacada pléyade de figuras de la época. Contar con tales figuras es una característica que a lo largo de la historia ha tenido esta institución; basta nombrar a don Emilio Frugoni, a Domingo Arena o a Juan Vicente Chiarino. Hoy queremos resaltar a quienes integran a la Comisión Directiva actual, encabezada por el licenciado Edmundo Sosa Saravia, que ha saneado a esta institución y ha realzado la actividad periodística otorgando los denominados “Premios Rodó”. Asimismo, ha contado en estos últimos tiempos con la presencia enaltecedora del Premio Nobel de Literatura, el escritor Mario Vargas Llosa. El próximo viernes 15, este escritor inaugurará la biblioteca del Círculo de la Prensa del Uruguay, que llevará su nombre, y contará con bibliografía de escritores y pensadores uruguayos, y estará a disposición de una cátedra que versará sobre su vida, su trayectoria y sus obras. Entonces, deseamos a esta prestigiosa institución que continúe por ese camino, a fin de seguir siendo

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una especie de faro de la libertad de prensa y de la libertad de expresión. Deseo que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Poder Ejecutivo, al Ministerio de Educación y Cultura, al Comité Ejecutivo del Partido Colorado y al Círculo de la Prensa del Uruguay. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- La Mesa quiere saludar a las autoridades presentes del Círculo de la Prensa del Uruguay. SEÑOR VIDALÍN.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VIDALÍN.- Señor Presidente: nosotros también queremos adherir a este aniversario, valorando y reconociendo al Círculo de la Prensa del Uruguay, tan bien dirigido por nuestro amigo Sosa Saravia. Este Círculo cumple un rol realmente importante, porque lleva adelante la responsabilidad fundamental de la comunicación. El filósofo Karl Jaspers decía que los hombres filosofamos de diferentes maneras, que filosofamos a través del asombro, de la admiración y de las situaciones límite pero, fundamentalmente, filosofamos cada vez que nos comunicamos. Y la comunicación es la primera de las funciones que realiza el ser humano cuando viene a la vida, cuando a través del llanto le dice a su madre: “Madre, tengo vida”, para dar a esa mujer la alegría de ese fruto nuevo. Vaya pues si será importante la tarea que lleva adelante este Círculo. Por eso queremos adherir a las palabras que pronunciaron con anterioridad los compañeros. Asimismo, queremos hacer llegar un mensaje a las autoridades nacionales, valorando no solo la función que cumple este Círculo, sino también y en forma especial a la que cumplen todos los medios de prensa del Uruguay, de los que, como orientales, debemos estar orgullosos, por su objetividad y su responsabilidad. Como hombre del interior, quiero referirme especialmente a los medios de prensa de esa zona, muchas veces postergados y que viven situaciones difíciles en cuanto a la publicidad, ya que en estos tiempos no abunda. En ese sentido, queremos sensibilizar a las autoridades nacionales para que con la mano extendida sepan ayudar a estos medios de prensa, ya

que en la medida de que los orientales podamos sentirnos orgullosos de la prensa responsable y objetiva de nuestro país, vamos a hacer germinar más aún la semilla de la democracia. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Círculo de la Prensa del Uruguay, a la URSEC, a los Ministerios de Industria, Energía y Minería y de Educación y Cultura y a la Presidencia de la República. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Al finalizar este punto del orden del día, votaremos todos los trámites solicitados por los señores Diputados. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: como coordinador de la bancada del Frente Amplio, quiero dejar expresa constancia de que cuando el señor Diputado Abdala solicitó hacer una exposición con motivo del 102 aniversario del Círculo de la Prensa del Uruguay no tuvimos dudas en acompañar dicho trámite. En el día de hoy no solo se está homenajeando a una organización decana en el país, sino que, tal como expresaron el señor Diputado Abdala y otros legisladores, se está saludando el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de prensa, que son fundamentales en el ordenamiento jurídico del país. Naturalmente, muchas veces en nuestra función como representantes del pueblo, tenemos discrepancias con lo que hacen los medios o con la manera de informar de los señores periodistas. Pero ello no obsta, de ninguna manera, para que reafirmemos una y otra vez que la existencia de la libertad de expresión y de la libertad de prensa e información son aspectos que hacen a las bases de la nacionalidad. En ese sentido, puedo afirmar que la comunidad internacional ha estado muy atenta con relación a estos temas, porque la falta de libertad de prensa es un signo de que las cosas no andan bien. Cuando se persigue a los periodistas y a los trabajadores de la prensa, cuando en el ejercicio de su función, ellos y su familia, tienen comprometido el derecho a la vida, queda demostrado que las cosas en ese país o en esa sociedad no están funcionando bien.

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Nuestro país, con la aprobación parlamentaria de todos los partidos, ha ido mejorando sustancialmente su legislación. Podemos decir que tenemos una legislación modelo en materia de libertad de prensa y de expresión. Esto ha sido reconocido por el Relator Especial en la materia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos. Esto es un logro de la sociedad uruguaya en su conjunto; es un logro, en definitiva, de la calidad democrática de un país. Por lo tanto, bienvenido el homenaje al Círculo de la Prensa del Uruguay, ya que nos comprometemos una vez más en la búsqueda de la plena vigencia de la libertad de prensa y de expresión en el país. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Círculo de la Prensa del Uruguay y a los otros organismos mencionados, como así también a los Directorios de todos los partidos políticos que tienen representación parlamentaria. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- La Mesa quiere saludar a la señora Susana Dalmao, al señor Edmundo Sosa Saravia, al señor Vladimiro Villalta, Embajador de El Salvador, al doctor Rafael Inchausti, Presidente de ANDEBU, y al señor Elías D’ Atri, que se encuentran en el Palco. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señor Presidente: queremos dejar constancia de que el Partido Independiente también adhiere al homenaje por el 102 aniversario del Círculo de la Prensa del Uruguay. Se trata de una institución que, sin duda, cumplió un rol muy importante en la defensa de la libertad de prensa de nuestro país. Por lo tanto, hacemos nuestras las manifestaciones de los señores legisladores que nos precedieron en el uso de la palabra. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Antes de poner a votación las solicitudes presentadas, desde la Mesa también queremos saludar al Círculo de la Prensa del Uruguay por este aniversario, sabiendo que la defensa de la libertad de expresión se hace todos los días, en todos los ámbitos, y que nunca es poco el esfuerzo para defenderla y cultivarla. Se van a votar los trámites solicitados.

(Se vota) ——Setenta por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

16.- Vuelta de proyecto a Comisión.
Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor Diputado Michelini. (Se lee:) “Mociono para que el proyecto de resolución relativo a ‘Violencia ejercida contra población civil en la República de Libia. (Condena)’ vuelva a Comisión”. ——En discusión. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: hemos anunciado a todas las bancadas la voluntad del Frente Amplio de reenviar este proyecto a Comisión. Creemos que en realidad han cambiado algunos aspectos y, por lo tanto, esta iniciativa necesita ser reconsiderada. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y seis en setenta y dos: AFIRMATIVA.

17.- Oficiales del Cuerpo de Servicios Generales de la Fuerza Aérea. (Modificación de la edad límite para el pase a retiro obligatorio).
Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del orden del día: “Oficiales del Cuerpo de Servicios Generales de la Fuerza Aérea. (Modificación de la edad límite para el pase a retiro obligatorio)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 411 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Defensa Nacional Montevideo, 28 de octubre de 2010. Señor Presidente de la Asamblea General contador don Danilo Astori: El Poder Ejecutivo cumple en dirigirse a ese Cuerpo remitiendo el presente proyecto de ley, que se re-

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laciona con la modificación de las edades límites para pasar a retiro obligatorio de los señores Oficiales del Cuerpo de Servicios Generales de la Fuerza Aérea. El artículo 116 del Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de 1974 con la redacción dada por el artículo 94 de la Ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990, establece que: “El Personal Superior de las Fuerzas Armadas se organizará para el Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aérea Uruguaya en las siguientes formas: A) Cuerpos de Comando, constituidos por los profesionales militares egresados de las Escuelas de Formación de Oficiales correspondientes. B) Cuerpos de Servicios Generales, constituidos por los Oficiales de los Servicios y los equiparados a Oficiales”. Dicho Decreto-Ley en su artículo 119 establece que: “Los Oficiales de los Cuerpos de los Servicios Generales se reclutarán de acuerdo a las reglamentaciones establecidas para cada caso”. Acorde a la mencionada normativa, el Cuerpo de los Servicios Generales de la Fuerza Aérea ha sido reglamentado por el Decreto 373/994 de 23 de agosto de 1994 modificado por los Decretos 65/997 de 4 de marzo de 1997 y 232/997 de 15 de julio de 1997. El artículo 12 del Decreto 373/994 de 23 de agosto de 1994, dispone que las edades límites para pasar a situación de retiro obligatorio para el Personal Superior de los Servicios serán las que establece el artículo 70 del Decreto-Ley 14.747 (Orgánico de la Fuerza Aérea) de 28 de diciembre de 1977 para el escalafón “H” (Sanidad Aeroespacial). Este último artículo expresa que los integrantes del Escalafón “H” (Sanidad Aeroespacial) pasarán a situación de retiro obligatorio por haber alcanzado el límite de edad establecido en el artículo 192 del Decreto-Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas antes citado, aumentado en ocho años en cada Grado, por lo cual actualmente las edades límites para el retiro obligatorio son las siguientes: Teniente Coronel Mayor Capitán Teniente 1º Teniente 2º Alférez 60 56 52 52 52 56

Para su sistema de ascenso de acuerdo a lo establecido en la normativa citada, los Tenientes 2º, Tenientes 1º y Capitanes ascenderán por vacantes reales o por la tercera parte del número de su Grado anterior. Al Grado de Mayores y Tenientes Coroneles ascenderán por vacantes reales o por la cuarta parte del número de Capitanes y Mayores respectivamente. Resulta de primordial importancia para la Fuerza dar inmediata solución a la problemática relacionada con dicho personal que por la formación de nivel terciario y universitario, se encuentra altamente calificado, siendo la labor que desempeñan de significativa importancia, constituyendo un fundamental soporte técnico, administrativo y logístico para la Fuerza en la realización de sus cometidos. Al respecto, observando con mayor detenimiento la situación planteada se ha podido constatar que en general el proceso de formación académica le insume a este personal entre seis (6) y ocho (8) años aproximadamente, sin perjuicio de hechos fortuitos o retrasos involuntarios e independientes al tiempo normal de un curso lectivo de estas características. En la mayoría de las situaciones que son objeto de esta exposición, al momento de finalizar cualquier carrera de Grado se encuentra al límite de edad comprendida para ingresar al Cuerpo de los Servicios Generales y en otros casos ya han excedido dicho límite por lo que deben acogerse al amparo de lo que establece el literal b) del artículo 6° del citado Decreto 373/994 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto 65/997 de 4 de marzo de 1997, el cual expresa que: “…Excepcionalmente el Poder Ejecutivo, por Resolución fundada y a propuesta del Comando General de la Fuerza Aérea podrá exceptuar el límite máximo de edad para ingresar al Cuerpo”. Es menester mencionar que generalmente por la natural disponibilidad de vacantes establecida en el marco normativo regulatorio para este Cuerpo, es imposible ingresar al mismo inmediatamente de alcanzar las condiciones necesarias. Asimismo, a la situación planteada en el párrafo anterior se debe adicionar el tiempo que insume el ingreso a este Cuerpo como Alférez Precario, mediante concurso interno de oposición y méritos y el definitivo ascenso a este Grado tras haber aprobado el Curso de Capacitación Militar correspondiente, implica un mínimo de dos (2) años. En consecuencia de ello y teniendo en cuenta la edad con que se ingresa efectivamente a estos escalafones en el Grado de Alférez, sólo pueden alcanzar el Grado de Capitán y permanecer en él como máximo un (1) año.

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De modo que los años que este personal presta servicios en este Cuerpo son escasos con respecto a un criterio etario y a la potencial capacidad de rendimientos relativos a su área de conocimiento específico y aun menor en proporción al tiempo invertido para lograr tal grado de formación académica; además de contar con un amplio conocimiento del funcionamiento y la metodología de trabajo en la Fuerza, de haber logrado fortalecer, profundizar y enriquecer dichos conocimientos a través de la experiencia práctica en trabajos de campo aplicables a éstos. Todo ello sin perjuicio de que significa una pérdida importantísima para la Fuerza Aérea y para el Estado. Es por las razones expuestas y la preocupación que ellas significan, teniendo en cuenta que la Fuerza no puede prescindir de este personal de forma tan temprana como se estipula por la normativa actual, que se gestiona la modificación y extensión de las edades de retiro obligatorio para Oficiales del Cuerpo de Servicios Generales de la Fuerza Aérea que ingrese a los mismos en el Grado de Alférez, contemplando asimismo la posibilidad de extender en forma voluntaria a aquel personal que actualmente se encuentre revistando en dichos escalafones, tomando en cuenta como antecedente, a los efectos de la adecuación del régimen, lo preceptuado en la Ley 17.578 de 29 de octubre de 2002. En tal sentido, las edades cuya sanción se propone son: Teniente Coronel Mayor Capitán Teniente 1º Teniente 2º Alférez 67 66 65 60 58 56

glamentado por el Decreto 373/994 de 23 de agosto de 1994, modificativos y concordantes, pasará la situación de retiro obligatorio por haber alcanzado el límite de edad que se establece a continuación: Teniente Coronel Mayor Capitán Teniente 1º Teniente 2º Alférez 67 66 65 60 58 56

Artículo 2º.- El Personal Superior actualmente integrante de dicho Cuerpo podrá optar por escrito dirigido al Ministerio de Defensa Nacional, en el plazo de 90 días a partir de la vigencia de la presente ley, por acogerse a la misma. Montevideo, 28 de octubre de 2010. LUIS ROSADILLA”. Anexo I al Rep. Nº 411 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Defensa Nacional INFORME Señores Representantes: La Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Representantes, ha analizado el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el cual se modifica la edad límite para el pase a retiro obligatorio de los señores Oficiales del Cuerpo de Servicios Generales de la Fuerza Aérea, considerando que el planteo realizado es razonable. Sabemos las dificultades, en términos económicos, de mantener el personal profesional en las Fuerzas Armadas; se suma a esto que la capacitación lleva un período más largo de lo habitual y, en realidad, cuando se adquiere, la edad de retiro está próxima. Esta situación hace que el rendimiento para la Fuerza sea menor que el esperado, y la consiguiente dificultad para reemplazar a este personal altamente calificado. Es por esto que la Comisión decidió recomendar al plenario la aprobación del proyecto de ley. Sala de la Comisión, 30 de noviembre de 2010. ÁLVARO VEGA LLANES, Miembro Informante, JOSÉ A. AMY, SEBASTIÁN DA SILVA”.

De lograr este cambio, la Fuerza Aérea estará conservando una sustancial cuota de capital humano con especiales atributos profesionales y concomitantemente con ello, un ahorro de recursos económicos. Por los fundamentos expuestos, se solicita la atención de ese Cuerpo al proyecto de ley que acompaña y cuya aprobación se encarece. El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General. JOSÉ MUJICA, LUIS ROSADILLA. PROYECTO DE LEY Artículo1º.- El Personal Superior que ingrese al Cuerpo Servicios Generales de la Fuerza Aérea, re-

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——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Vega Llanes. SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: debo decir que, en realidad, este informe pertenece a mi pasado, porque integré la Comisión de Defensa Nacional en el año 2010 y en ese momento me tocó ser miembro informante. Ahora cambié, volví a mis raíces, y estoy en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. En este proyecto se plantea extender la edad límite para el retiro obligatorio porque los profesionales que integran las Fuerzas Armadas muchas veces ingresan con una edad que no les permite avanzar demasiado en los grados. Se ha constatado que una vez que adquieren la capacitación necesaria como para desempeñar determinados cargos -la medicina aeronáutica tiene algunas características distintas a la práctica médica habitual-, al poco tiempo les llega la edad de retiro. Es decir que cuesta mucho capacitar a este personal, pero después la Fuerza lo utiliza muy poco. A esto debemos sumar que los sueldos de las Fuerzas Armadas no son demasiado atrayentes. Por lo tanto, en general, el retiro se produce en los plazos establecidos. Además, como no se trata de personal combatiente, no habría problemas con la edad. En consecuencia, el Poder Ejecutivo envió un proyecto, que fue aprobado por la unanimidad de la Comisión, para extender la edad de retiro obligatorio de los Oficiales del Cuerpo de Servicios Generales -así se llama a los profesionales que trabajan en esta área- para que la Fuerza que lo ha formado pueda aprovechar un tiempo más la capacitación que le brindó. Por todos estos motivos, la Comisión de Defensa Nacional solicita a la Cámara que apruebe este proyecto a fin de remitirlo al Senado. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión particular.

Léase el artículo 1º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Léase el artículo 2º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR VEGA LLANES.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al remitido por el Poder Ejecutivo)

18.- Juana de América. (Designación al Jardín de Infantes Nº 221 de Montevideo).
Se pasa a considerar el asunto que figura en quinto término del orden del día: “Juana de América. (Designación al Jardín de Infantes Nº 221 de Montevideo)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 265 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase “Juana de América” el Jardín de Infantes Nº 221 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria de la Administración Nacional de Educación Pública. Montevideo, 15 de junio de 2010. ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS A iniciativa de la Dirección del Jardín de Infantes Nº 221 del departamento de Montevideo, de personal docente y no docente, de miembros de la Comisión de Fomento de padres y vecinos de la comunidad de dicho centro educativo, se está proponiendo nominarlo como “Juana de América”, en recuerdo y homenaje a Juana de Ibarbourou, reconocida nacional e internacionalmente por sus creaciones literarias. En la pasada legislatura se inició por parte del Poder Ejecutivo el trámite por la aprobación de la ley correspondiente, no pudiendo llegar a aprobarse por culminar la legislatura. Nació el 8 de marzo de 1892 Juana Fernández Morales (quien adoptó el nombre Juana de Ibarbourou tomando el apellido de su marido Lucas Ibarbourou). Creadora de una gran producción literaria, con un estilo sencillo y sin complejidad logró en sus obras una expresividad fresca y natural. Obras para niños y para adultos se han convertidos en deleite del lector, entre los cuales se pude mencionar: “Chico Carlo”, “El Cántaro Fresco”, “Canto Rodado”, “Las lenguas de Diamantes” y “La rosa de los vientos”. Cultivó tanto el verso como la prosa. Falleció a la edad de 87 años en Montevideo, el 15 de julio de 1979. Montevideo, 15 de junio de 2010. ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano”. Anexo I al Rep. Nº 265 Comisión de Educación y Cultura INFORME Señores Representantes: La Comisión de Educación y Cultura aconseja al plenario aprobar el proyecto de ley por el que se designa “Juana de América” al Jardín de Infantes Nº 221 del departamento de Montevideo. A iniciativa de la Dirección, personal docente y no docente y de miembros de la Comisión de Fomento, de padres y vecinos de la comunidad de dicho centro educativo, se está proponiendo nominarlo como “Juana de América”, en recuerdo y homenaje a Juana de Ibarbourou, reconocida en el ámbito nacional e internacional por sus creaciones literarias.

En la pasada Legislatura se inició, por parte del Poder Ejecutivo, el trámite para la aprobación de la ley correspondiente, no pudiendo llegar a aprobarse antes de finalizar la Legislatura. Nacida el 8 de marzo de 1892, Juana Fernández Morales adoptó el nombre Juana de Ibarbourou tomando el apellido de su marido, Lucas Ibarbourou. Creadora de una gran producción literaria, con un estilo sencillo y sin complejidad logró en sus obras una expresividad fresca y natural. Obras para niños y para adultos se han convertido en deleite del lector, entre las que se puede mencionar “Chico Carlo”, “El Cántaro Fresco”, “Canto Rodado”, “Las lenguas de Diamante” y “La rosa de los vientos”. Cultivó tanto el verso como la prosa. Falleció en Montevideo a la edad de 87 años, el 15 de julio de 1979. Siendo de estricta justicia esta nominación, la Comisión de Educación y Cultura aconseja al Cuerpo su aprobación. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2010. BEATRIZ CUADRADO, Miembro Informante, JOSÉ AUST, WALTER DE LEÓN, JUAN CARLOS FERRERO, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, DANIEL MAÑANA. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Juana de América” el Jardín de Infantes Nº 221 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2010. BEATRIZ CUADRADO, Miembro Informante, JOSÉ AUST, WALTER DE LEÓN, JUAN CARLOS FERRERO, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, DANIEL MAÑANA”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado.

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SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: quiero recordar que la iniciativa para designar al Jardín de Infantes Nº 221 del departamento de Montevideo con el nombre de Juana de América surgió de la comunidad educativa, de su personal docente, de su personal de servicio, de los miembros de la Comisión de Fomento y de los vecinos de la comunidad. Este proyecto fue presentado en el Período anterior, pero no alcanzó el tiempo de la Legislatura para aprobarlo. Entonces, ahora volvimos a presentarlo. Cabe recordar que esta iniciativa fue presentada por el Poder Ejecutivo y fue aprobada unánimemente por la Comisión. Creo que las palabras para referirnos a quién fue Juana de Ibarbourou están de más. Fue una gran poetisa y escritora, que nació el 8 de marzo de 1892, en Melo, departamento de Cerro Largo. En realidad, su nombre no era Juana de Ibarbourou; ese fue el seudónimo que adoptó. Juana de Ibarbourou se llamaba Juana Fernández Morales. Adoptó ese nombre por el apellido de su esposo, el Capitán Lucas Ibarbourou. Tuvo una vasta producción literaria. Se destacó, fundamentalmente, por la expresión sencilla de los sentimientos y de las cosas del pueblo. Eso hizo que su prosa y su poesía entraran muy profundamente en el corazón, tanto de los adultos como de los niños. Hace poco más de un año, el Parlamento, a través de la Cámara de Representantes, le brindó un muy emotivo homenaje a propuesta de la entonces señora Diputada Beatriz Argimón, ya que se cumplían ochenta años de su condecoración como Juana de América. Juana de Ibarbourou fue condecorada “Juana de América” en 1929, precisamente, en el Salón de los Pasos Perdidos de nuestra Casa. En ese mismo lugar, esta institución le rindió homenaje al cumplirse los ochenta años de esa condecoración. Falleció a los ochenta y siete años de edad en Montevideo, el 15 de julio de 1979, y su vasta literatura es una muy buena carta de presentación ante el mundo entero -así fue reconocido-, donde ganó laureles muy merecidos, tanto en América como en España. En nuestras Escuelas públicas, Liceos y centros de CETP-UTU es materia de estudio y de expresión por el lenguaje.

Por estos motivos, aconsejamos al Cuerpo aprobar este proyecto de ley. Era cuanto quería decir. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y dos: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado).

19.- Santiago Navarro Ceballos. (Designación a la Escuela Rural Nº 106 del departamento de Rivera).
——Se pasa a considerar el asunto que figura en sexto término del orden del día: “Santiago Navarro Ceballos. (Designación a la Escuela Rural Nº 106 del departamento de Rivera)” (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 352 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase la Escuela Rural Nº 106, de Boquerón, departamento de Rivera, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, ANEP, con el nombre de “Santiago Navarro Ceballos”. Montevideo, 1º de setiembre de 2010. JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ, Representante por Rivera. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Boquerón es una localidad ubicada en las serranías totalmente agrestes de la 3ª Sección del departa-

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mento de Rivera, sobre la Cuchilla Negra, conocida antes como Sierras de Lunarejo. Zona privilegiada por su belleza, donde las familias que allí habitan, dedicadas especialmente a actividades agropecuarias, disfrutan de un paisaje de naturaleza virgen, vientos, lunas y soles, y enfrentan con hidalguía las dificultades de las distancias, lluvias, crecidas y sequías. En este paraje tan alejado de la civilización, allá por el año 1916 se radica en estas tierras don Santiago Navarro Ceballos, con sus jóvenes 25 años, a probar suerte en tareas agropecuarias y comerciales. Venía del departamento de Florida, del pueblo 25 de Agosto donde había nacido el 25 de julio de 1891. Lo acompañaba su esposa, doña Lorenza Pascuala Paz Goncálvez, con la que procrearon siete hijos. Fue protagonista destacado junto a su esposa por casi medio siglo en Boquerón, impulsando con los vecinos todo aquello que a la comunidad beneficiara. En este medio siglo su colaboración con la escuela pública merece un capítulo aparte. A los efectos de que sus hijos y todos los niños de la zona pudieran recibir educación inicial, construyó una vivienda de palo a pique, con baño, en terreno de su propiedad, para que allí se instalara la Escuela Volante Nº 6, donde trabajaran destacadas maestras riverenses como las señoras Juana Fiat, Ada Bittencourt y Teresa Balostro. Recogimos testimonios de las maestras señoras Ada y Teresa, coincidentes de la enorme generosidad del señor Navarro y su esposa para con los maestros y niños que concurrían a la Escuela. Les daba alojamiento a los docentes, así como a los niños que por problemas de crecidas de arroyos no podían regresar a sus domicilios ubicados a varios kilómetros de la Escuela. Este centro docente fue clausurado en 1950. Cuando se retira de Boquerón en 1963, para radicarse en Tranqueras a consecuencia de haberse jubilado, dona al Consejo Nacional de Educación Primaria y Normal, el terreno donde se construye el edificio de la Escuela Nº 106, de Boquerón. Don Santiago Navarro Ceballos fallece en Tranqueras el 4 de julio de 1983, a los 91 años de edad. En razón de lo expuesto, con el apoyo de la comunidad educativa de la Escuela Nº 106 (Acta

Nº 8/2010) y de la Inspección Departamental de Educación Inicial y Primaria, Memorando Nº 106/2010 de fecha 20/08/2010, consideramos de total justicia que la Escuela Rural Nº 106 de Boquerón, departamento de Rivera, se designe con el nombre de “Santiago Navarro Ceballos”, como homenaje a hombres y mujeres que han aportado con tanta generosidad al crecimiento de la educación primaria pública en todos los rincones de la República Oriental del Uruguay. Montevideo, 1º de setiembre de 2010. JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ, Representante por Rivera”. Anexo I al Rep. Nº 352 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Educación y Cultura INFORME Señores Representantes: La Comisión de Educación y Cultura aconseja al plenario aprobar el proyecto de ley por el que se designa “Santiago Navarro Ceballos” a la Escuela Rural Nº 106 del departamento de Rivera. El señor Representante Julio Fernández, autor de la iniciativa, en su exposición de motivos señala: “Boquerón es una localidad ubicada en las serranías totalmente agrestes de la 3a. Sección del departamento de Rivera, sobre la Cuchilla Negra, conocida antes como Sierras de Lunarejo. Zona privilegiada por su belleza donde las familias que allí habitan dedicadas especialmente a actividades agropecuarias, disfrutan de un paisaje de naturaleza virgen, vientos, lunas y soles, y enfrentan con hidalguía las dificultades de las distancias, lluvias, crecidas y sequías. En este paraje tan alejado de la civilización, allá por el año 1916 se radica en estas tierras don Santiago Navarro Ceballos, con sus jóvenes 25 años a probar suerte en tareas agropecuarias y comerciales. Venía del departamento de Florida, del pueblo 25 de Agosto donde había nacido el 25 de julio de 1891. Lo acompañaba su esposa, doña Lorenza Pascuala Paz Goncálvez con la que procrearon siete hijos. Fue protagonista destacado junto a su esposa por casi medio siglo en Boquerón, impulsando con

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los vecinos todo aquello que a la comunidad beneficiara. En este medio siglo su colaboración con la escuela pública merece un capítulo aparte. A los efectos de que sus hijos y todos los niños de la zona pudieran recibir educación inicial, construyó una vivienda de palo a pique, con baño, en terreno de su propiedad, para que allí se instalara la Escuela Volante Nº 6, donde trabajaran destacadas maestras riverenses como las señoras Juana Fiat, Ada Bittencourt y Teresa Balostro. Recogí testimonios de las maestras, señoras Ada y Teresa coincidentes de la enorme generosidad del señor Navarro y su esposa para con los maestros y niños que concurrían a la escuela. Les daba alojamiento a los docentes, así como a los niños que por problemas de crecidas de arroyos no podían regresar a sus domicilios ubicados a varios kilómetros de la escuela. Este centro docente fue clausurado en 1950. Cuando se retira de Boquerón en 1963, para radicarse en Tranqueras a consecuencia de haberse jubilado, dona al Consejo Nacional de Educación Primaria y Normal, el terreno donde se construye el edificio de la Escuela Nº 106, de Boquerón. Don Santiago Navarro Ceballos fallece en Tranqueras el 4 de julio de 1983, a los 91 años de edad”. Compartiendo los fundamentos anteriormente señalados, la Comisión de Educación y Cultura aconseja al Cuerpo aprobar la referida designación. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2010. BEATRIZ CUADRADO, Miembro Informante, JOSÉ AUST, WALTER DE LEÓN, JUAN CARLOS FERRERO, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, DANIEL MAÑANA. “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Santiago Navarro Ceballos” a la Escuela Rural Nº 106, de Boquerón, departamento de Rivera, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública. Montevideo, 1º de diciembre de 2010. BEATRIZ CUADRADO, Miembro Informante, JOSÉ AUST, WALTER DE LEÓN, JUAN

CARLOS FERRERO, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, DANIEL MAÑANA”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. SEÑOR SILVA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SILVA.- Señor Presidente: nos satisface mucho saber que hoy se aprobará la designación de esta escuela rural en honor de una persona que donó el predio donde ella funciona. En el repartido figura la historia de Santiago Navarro Ceballos. En ese sentido, queremos destacar que hoy todavía existen personas que se dedican a apoyar a la escuela pública, y que sigue habiendo donaciones y actitudes dignas de resaltar. Por lo tanto, los riverenses vemos con satisfacción que se designe a esta escuela con el nombre de Santiago Navarro Ceballos. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)

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20.- Maestra Ofelia de Horta Campodónico. (Designación a la Escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones).
Se pasa a considerar el asunto que figura en séptimo término del orden del día: “Maestra Ofelia de Horta Campodónico. (Designación a la Escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 363 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase “Maestra Ofelia de Horta Campodónico” la Escuela Nº 286, de la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). Montevideo, 7 de setiembre de 2010. DIONISIO VIVIÁN, Representante por Canelones, VÍCTOR SEMPRONI, Representante por Canelones, DANIEL RADÍO, Representante por Canelones, ESTEBAN PÉREZ, Representante por Canelones, RAÚL OLIVERA, Representante por Canelones, GRACIELA MATIAUDE ESPINO, Representante por Canelones, SEBASTIÁN SABINI, Representante por Canelones, JUAN C. SOUZA, Representante por Canelones, JOSÉ CARLOS MAHÍA, Representante por Canelones, GUSTAVO A. ESPINOSA, Representante por Canelones, DANIEL LÓPEZ, Representante por Canelones, AURO ACOSTA, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La iniciativa para esta designación llega a través de un grupo de vecinos de la ciudad de Las Piedras, quienes pretenden realizar un merecido homenaje a quien fuera uno de los puntales de la educación pública en su más amplia expresión en el departamento de Canelones. La maestra Ofelia de Horta Campodónico nació en la ciudad de San Ramón, una comunidad vinculada desde siempre a la educación y la cultura; lo que sin duda marcaría su vida.

“Cielo”, como la conocían todos los vecinos, supo abrir siempre las puertas de su hogar y de la escuela para albergar así todas las inquietudes educativas y culturales de la comunidad. Dedicó su vida a la docencia durante casi cuarenta años, siendo maestra de niños, jóvenes y adultos, Directora, Inspectora e Inspectora Adscripta a la Dirección Departamental, cargos desde los cuales impulsó siempre propuestas educativas que respondieran a la calidad basada en el protagonismo del educando. Formada en la docencia en la década del 50, contó con excepcionales profesores y con contacto directo con experiencias como el Plan Estable o las distintas iniciativas llevadas adelante por Julio Castro, cuestiones que marcaron sus objetivos pedagógicos desde el inicio de su carrera. En 1960 asume como Maestra de 2º Grado en la Escuela Nº 106 “Artigas”, de la ciudad de Las Piedras, ocupando su Dirección desde 1962 hasta 1967. Luego ejerce la Dirección de la Escuela Nº 149 “Ansina”, también de Las Piedras, y la de la Escuela Nº 163 “Japón”, de La Paz. Luego de ello, concursa y obtiene el cargo de Inspectora de Zona. Las políticas educativas que intentará imponer la dictadura hacen que en al año 1979 solicite su jubilación y continúe ejerciendo la docencia en una institución privada, para reincorporarse a la educación pública en 1985, en su antiguo cargo de Inspectora de Zona. En 1987 asume el cargo de Inspectora Adscripta a la Dirección Departamental, desde donde se hará responsable de la reorganización de las instituciones del departamento. Creemos de justicia acompañar la iniciativa que los vecinos hicieran llegar por múltiples vías a las autoridades, por lo que presentamos a consideración del Poder Legislativo el presente proyecto de ley. Montevideo, 7 de setiembre de 2010. DIONISIO VIVIÁN, Representante por Canelones, VÍCTOR SEMPRONI, Representante por Canelones, DANIEL RADÍO, Representante por Canelones, ESTEBAN PÉREZ, Representante por Canelones, RAÚL OLIVERA, Representante por Canelones, GRACIELA MATIAUDE ESPINO, Representante por Canelones, SEBASTIÁN SABINI, Representante por Canelones, JUAN C. SOUZA, Representante por Canelones, JOSÉ

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CARLOS MAHÍA, Representante por Canelones, GUSTAVO A. ESPINOSA, Representante por Canelones, DANIEL LÓPEZ, Representante por Canelones, AURO ACOSTA, Representante por Canelones”. Anexo I al Rep. Nº 363 “Comisión de Educación y Cultura INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Educación y Cultura tiene el honor de informar en relación al proyecto de ley por el que se designa la Escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras, del departamento de Canelones, con el nombre de “Maestra Ofelia de Horta Campodónico”. Designar una escuela con el nombre de una maestra, es reconocer la labor silenciosa pero fructífera que ellas realizan desde las aulas. La maestra Ofelia de Horta Campodónico nació en la ciudad de San Ramón, una comunidad vinculada desde siempre a la educación y la cultura, lo que sin duda marcó su vida. “Cielo”, como la conocían todos, supo abrir siempre las puertas de su hogar y de la escuela para albergar así todas las inquietudes educativas y culturales de la comunidad. Dedicó su vida a la docencia durante casi cuarenta años. Fue maestra de niños, jóvenes y adultos, Directora, Inspectora e Inspectora Adscripta a la Dirección Departamental, cargos desde los cuales impulsó siempre propuestas educativas que respondieran a la calidad basada en el protagonismo del educando. Formada en la docencia en la década del 50, tuvo contacto directo con proyectos como el Plan Estable o las distintas iniciativas llevadas adelante por Julio Castro, experiencias que marcaron sus objetivos pedagógicos desde el inicio de su carrera. En 1960 asumió como maestra de 2º Grado en la Escuela Nº 106 “Artigas”, de la ciudad de Las Piedras. Ocupó su Dirección desde 1962 hasta 1967. Luego ejerció la Dirección de la Escuela Nº 149 “Ansina”, también de Las Piedras, y la de la Escuela Nº 163 “Japón”, de La Paz. Luego de ello, concursó y obtuvo el cargo de Inspectora de Zona. Las políticas educativas que intentó imponer la dictadura hicieron que en el año 1979 solicitara su ju-

bilación y continuó ejerciendo la docencia en una institución privada. A principio de los años ochenta convocó a docentes de Las Piedras y aledaños para integrar el CESCA (Centro de Estudios Sociales de Canelones). Este Centro reunió y coordinó grupos que trabajaron en diferentes áreas. Cada equipo de trabajo o profesional aportó al conocimiento de la realidad social desde su especificidad. En aquellos tiempos reunirse para encarar alguna actividad que tuviera repercusión social, era quedar inmediatamente expuesto al riesgo de la más dura represión, cuyas consecuencias podían ser fatales. El CESCA permitió generar redes de vínculos personales que fueron luego, el sostén de otras formas de participación social como las organizaciones sindicales y políticas. “Cielo” fue, en el grupo de educación del CESCA, un pilar fundamental. A pedido de su sindicato, la Federación Uruguaya del Magisterio, al que ayudó a recomponer luego de restaurada la democracia, se reintegró a la educación pública en 1985, en su antiguo cargo de Inspectora de Zona. En 1987 asumió el cargo de Inspectora Adscripta a la Dirección Departamental, desde donde se hizo responsable de la reorganización de las instituciones del departamento. Es gratificante constatar el cariño que le tienen aún hoy las maestras que tuvieron la suerte de trabajar con ella. Un ejemplo de ello son las palabras de una de ellas: “Guardamos en ese rincón del corazón, donde están los mejores recuerdos, el haber podido compartir con Cielo esa etapa tan especial de nuestras vidas y de la vida del país”. Por lo expuesto solicitamos al Cuerpo la aprobación del adjunto proyecto de ley. Sala de la Comisión, 1º de diciembre de 2010. JUAN CARLOS FERRERO, Miembro Informante, JOSÉ AUST, BEATRIZ CUADRADO, WALTER DE LEÓN, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, DANIEL MAÑANA. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Maestra Ofelia de Horta Campodónico” a la escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones, dependiente del Consejo de Educación Ini-

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cial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública”. Montevideo, 1º de diciembre de 2010. JUAN CARLOS FERRERO, Miembro Informante, JOSÉ AUST, BEATRIZ CUADRADO, WALTER DE LEÓN, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, DANIEL MAÑANA”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señor Presidente: vale decir que el informe que daré a continuación lo realizó el Diputado suplente, señor Juan Carlos Ferrero. Por lo tanto, vaya para él mi agradecimiento. La designación de una escuela con el nombre de una maestra siempre tiene un significado muy importante, porque nos habla de la labor que la maestra cumplió en la comunidad educativa, máxime en este caso, que se trata de una luchadora social del departamento de Canelones, más precisamente, de Las Piedras. La maestra Ofelia de Horta Campodónico nació en San Ramón, ciudad siempre vinculada al ámbito educativo, de hecho, nominada como “Ciudad Educativa”. Dedicó su vida a la docencia durante casi cuarenta años. Fue maestra de niños, jóvenes y adultos, Directora, Inspectora, Inspectora Adscripta a la Dirección Departamental, cargo desde donde impulsó propuestas educativas que respondieran a la calidad basada en el protagonismo del educando. Formada en la docencia en la década del cincuenta, tuvo contacto directo con proyectos como el Plan Estable o las distintas iniciativas llevadas adelante por Julio Castro, experiencias que marcaron sus objetivos pedagógicos desde el inicio de su carrera. En 1960 asumió como maestra de 2° grado en la Escuela Nº 106, Artigas, de la ciudad de Las Piedras, donde ocupó su Dirección desde 1962 hasta 1967. Luego ejerció la Dirección de la Escuela Ansina, también ubicada en Las Piedras, y de la Escuela Nº 163, Japón, de La Paz.

Las políticas educativas que intentó imponer la dictadura hicieron que en 1979 solicitara su jubilación y continuara ejerciendo la docencia en una institución privada. A principios de la década del ochenta convocó a docentes de Las Piedras y zonas aledañas para integrar el CESCA, Centro de Estudios Sociales de Canelones, que reunió y coordinó grupos que trabajaron en diferentes áreas. Cada equipo de trabajo profesional aportó el conocimiento de la realidad social desde su especificidad. En aquellos tiempos reunirse para encarar alguna actividad que tuviera repercusión social era exponerse inmediatamente a la más dura represión, cuyas consecuencias podían ser fatales. El CESCA permitió generar redes de vínculos personales que luego fueron el sostén de otras formas de participación social, como las organizaciones sindicales y políticas. A pedido de su sindicato, la Federación Uruguaya del Magisterio -al que ayudó a recomponer luego de restaurada la democracia-, se reintegró a la Educación Pública en 1985, en su antiguo cargo de Inspectora de Zona. En 1987 asumió el cargo de Inspectora Adscripta en la Dirección Departamental, donde se hizo responsable de la reorganización de las instituciones del departamento. Hasta hoy se la recuerda en la ciudad de Las Piedras y, sin duda, la comunidad educativa comparte este proyecto de ley. Muchas gracias.

21.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Darío Pérez Brito, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 27 de abril

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de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Corujo. Del señor Representante Fitzgerald Cantero Piale, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 13 de abril de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Ortiz. De la señora Representante Ana Lía Piñeyrúa, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 28 de abril de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Andrés Abt”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 27 de abril de 2011, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, DARÍO PÉREZ BRITO Representante por Maldonado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez Brito. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 27 de abril de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes,

RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez Brito, por el día 27 de abril de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1813, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Corujo. Sala de la Comisión, 13 de abril de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por compromisos asumidos inherentes a mi investidura, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 13 de abril del corriente año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, FITZGERALD CANTERO PIALI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 13 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside, por el día 13 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima Álvaro Fernández”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Fitgerald Cantero Piali. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de abril de 2011.

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II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Álvaro Fernández. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Fitgerald Cantero Piali, por el día 13 de abril de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Álvaro Fernández. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Nicolás Ortiz. Sala de la Comisión, 13 de abril de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito a usted licencia para el día 28 de los corrientes, por motivos personales. Asimismo, solicito que se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente. ANA LÍA PIÑEYRÚA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Ana Lía Piñeyrúa. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 28 de abril de 2011.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Ana Lía Piñeyrúa, por el día 28 de abril de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Andrés Abt. Sala de la Comisión, 13 de abril de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.

22.- Maestra Ofelia de Horta Campodónico. (Designación a la Escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra la señora Diputada Matiaude Espino. SEÑORA MATIAUDE ESPINO.- Señor Presidente: a propósito de la designación de la Escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras -perteneciente al departamento que represento- quiero, a modo de referencia, sintetizar la muy significativa historia de dicha escuela y su vínculo con la maestra Ofelia de Horta Campodónico. La creación de esta querida escuela surge a partir de la compra del terreno aledaño por medio de MECAEP, que se realizó con el único objetivo de crear una escuela de tiempo completo que es la que hoy conocemos como Escuela Nº 257. Hasta el momento, esta funcionaba en el edificio donde luego se crearía la Escuela Nº 286 pues, obviamente, al mudarse la Escuela Nº 257 al nuevo edificio, este quedó ocioso. El edificio fue en primer lugar objeto de interés por varios centros, entre ellos, el Liceo Nº 4, en la época de la búsqueda de un terreno para su construcción. Desde el punto de vista edilicio, la construcción era demasiado chica para albergar a un liceo de primer ciclo. La señora Graciela Aramburu, entonces Inspectora Departamental, junto al señor Óscar Gómez, Con-

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sejero del CEP, realizaron un estudio de la zona y descubrieron que existía una cantidad muy importante de niños en edad escolar. Este mapeo proyectó una necesidad en los padres de la zona: la de tener una opción de estudios que no fuera de tiempo completo, dada su realidad familiar. Fue así que el 25 de mayo de 2005 se creó la Escuela Nº 286, que empieza funcionando en un solo turno, el vespertino, de 13 a 17 horas, en el plan de tres niveles, en vez de funcionar con los seis cursos previstos en la escuela primaria urbana. La demanda de matrícula desbordó las expectativas originarias, de modo que pasó inmediatamente a funcionar en dos turnos. La maestra Carmen Silvera fue la primera Directora de la Escuela Nº 286; la acompañó, en carácter de préstamo, la maestra Amira Probo, quien desde un cargo de docencia indirecta realizó un trabajo comunitario impresionante, lo que llevó a la escuela a funcionar diversificando los niveles por curso. De esta forma, comenzó su época por cursos de 1° a 6° año. La maestra Cristina Cotto fue la segunda Directora de esta queridísima Escuela. La tercera Directora -primera en carácter efectivo- fue nada menos que Ana Celia Le Pera de Horta, hija de Ofelia de Horta Campodónico, quien ejerció funciones desde 2007 hasta 2009. En este período, la Directora se abocó a incluir a la escuela en la comunidad, y su más ambicioso proyecto fue transformar el edificio desde el punto de vista arquitectónico, para convertirlo en una escuela inclusora de niños con capacidades diferentes. En 2007 la escuela entró en un proyecto concursable cuyo premio era de $ 70.000. La esperanza era acceder al dinero como medio para poder desarrollar las expectativas de inclusión. El proyecto presentado por la Escuela Nº 286 gana el primer premio, e inmediatamente se vuelca el dinero en obras que, sin modificar los planos originales, transformaron a una escuela tradicional desde el punto de vista edilicio en una escuela funcional para aquellos niños que requieren trato diferencial. Se abrió un portón de acceso por la calle paralela a la del ingreso principal para las clases con niños más chicos y para los niños con capacidades diferentes, a fin de evitar la zona de mayor tránsito y evitar posibles inconvenientes a la entrada y salida de cada turno. Se construyeron rampas de acceso, a fin de solucionar el ingreso de aquellos niños a

los que las escaleras les representaban una dependencia que no fortalecía su autoestima. La escuela inauguró esta obra inclusora de la comunidad en forma integral el 25 de mayo de 2008, a tres años de su fundación, hecho que potenció la necesidad de realizar una merecida fiesta, a la que fueron invitadas autoridades de Primaria, maestros, exalumnos y familias que habían sido parte de lo vivido durante esos tres años y que eran amigos de la escuela pública en general. Entre los presentes se encontraba Mabel Protto, quien por su estrecho vínculo con la Comisión de Patrimonio y teniendo en cuenta que en el nomenclátor de la ciudad de Las Piedras no hay nombres de mujeres, mocionó espontáneamente para dar a la Escuela el nombre de una mujer que hubiera estado unida e implicada con la zona, lo cual se consideró muy importante y pertinente. Fue así que surgió el nombre de una mujer nacida el 12 de octubre de 1933 en San Ramón. Fue alguien que nació y creció en este departamento y que, por sus principios y valores, sintió una muy honorable vocación: la de docente. Fue una maestra que, sin dejar de ser madre y esposa ejemplar, destinó su vida a la formación de las generaciones más pequeñas. Reconocida por sus colegas, sus niños y las familias de los contextos en los que ejerció, tanto por su labor como maestra como por su desempeño como Inspectora, sumó cariños y desarrolló vínculos, al punto de que nadie ignora quién fue “Cielo”, como todos la conocían. Realizó estudios en la zona de influencia de la Escuela Nº 286, aportando información sobre las necesidades de la zona, a fin de incorporarlas a la capacidad de respuesta de la institución educativa primaria. Esto fue escuchado por todos los presentes en aquella fiesta inaugural del 25 de mayo de 2008, entre los que cabe destacar a dos personas que considero de gran importancia en ese preciso momento, una, por el impacto emocional que le representó, y otra, por la autoridad que en aquella circunstancia ejercía: la Directora de la Escuela, Ana Celia Le Pera de Horta, hija de quien se nominaba como mujer merecedora de tan alto honor, y el Inspector Departamental Miguel Umpiérrez, quien inmediatamente comulgó con la moción presentada, lo que permitió que se comenzara con las acciones burocráticas que requiere tal emprendimiento. Se dio andamiento a la moción, juntando las firmas necesarias para presentar el proyecto. La movili-

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zación fue masiva. Muchos fueron los implicados; gente perteneciente a distintos grupos sociales, maestros, padres y hasta exalumnos coincidieron en una cruzada sentida y deseada. La solicitud acompañada por las firmas se hizo llegar a la Cámara de Representantes a través de los entonces Diputados José Carlos Mahía, del Frente Amplio; Richard Charamelo, del Partido Nacional, y Tabaré Hackenbruch Legnani, del Partido Colorado. Creo que esta ratificación no solo es merecida, sino que generará en toda la población un sentimiento de gratitud, respeto y agradecimiento por una labor digna y muy meritoria, llevada a cabo por una maestra que supo ser reconocida por un alias muy simbólico: “Cielo”. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea remitida a la Escuela Nº 286, de Las Piedras, y a la familia de la maestra Ofelia Horta de Campodónico. SEÑOR NIFFOURI BLANCO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR NIFFOURI BLANCO.- Señor Presidente: creo que en la exposición de motivos y en lo que acaba de señalar la señora Diputada Matiaude Espino está contemplado todo lo que nosotros pensamos con respecto a esta designación. Asistimos con satisfacción y alegría a este merecido homenaje a una maestra que dio su vida por la enseñanza pública, actitud que tanto añoramos en estos tiempos. Dejó su enseñanza no solo en generaciones enteras, sino también en su propia familia, a la que supo formar, ya que una de sus hijas también siguió su vocación por la enseñanza. Queremos manifestar que estamos en un todo de acuerdo con este reconocimiento y aclaramos que cuando se recabaron las firmas de los Representantes del departamento, lamentablemente no pudimos participar; por eso nuestra firma no está en el proyecto. De todos modos, reitero que estamos en un todo de acuerdo con homenajear a esta mujer de la ciudad de Las Piedras que tanto trabajó por la enseñanza pública. Es cuanto quería decir. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular.

(Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único del proyecto. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. ——Se va a votar la solicitud de la señora Diputada Matiaude Espino de enviar sus palabras a la Dirección de la Escuela Nº 286 y a la familia de la maestra Ofelia de Horta Campodónico. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y siete: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)

23.- Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica”. (Aprobación)”.
Se pasa a considerar el asunto que figura en octavo término del orden del día: “Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica”. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 165 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Montevideo, 29 de diciembre de 2008. Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85, numeral 7, y 168, numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su

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consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Montreal, Canadá, el 29 de enero de 2000, y suscripto por nuestra República el 1º de junio de 2001. ANTECEDENTES Proceso de elaboración y el contenido del Protocolo A partir del año 1995 en el ámbito del Convenio de las Naciones Unidas para la Diversidad Biológica (del cual Uruguay es Estado Parte desde 1993) comenzaron las negociaciones sobre un acuerdo jurídicamente vinculante que abordara los posibles riesgos que plantean los Organismos Vivos Modificados (OVM). Finalmente en el año 2000 se aprobó el Protocolo de Cartagena, el cual establece, por primera vez, un sistema reglamentario para asegurar la transferencia, manejo y utilización segura de los OVM sujetos a movimientos transfronterizos buscando atender las necesidades de los consumidores, la industria y el medio ambiente en este delicado tema. Por lo tanto, el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica tiene como objetivo contribuir a la transferencia, manipulación y utilización segura de Organismos Vivos Modificados (OVM) -como plantas, animales y microbios alterados genéticamente- que cruzan las fronteras internacionales. Asimismo es el resultado de una serie de acuerdos internacionales relacionados con el medio ambiente y que tienen por objeto su preservación. El Protocolo vincula la evaluación de riesgo, basada en procedimientos científicos sólidos. Establece los principios y metodologías sobre cómo llevar a cabo una evaluación de riesgo. En él, se contempla el Principio de Precaución. Este principio establece que cuando exista peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente. El Protocolo se aplica al movimiento transfronterizo, tránsito, manipulación y utilización de todos los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología mo-

derna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica. Su objetivo es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de las prácticas mencionadas. Este acuerdo no comprende al movimiento transfronterizo de OVM, que son productos farmacéuticos destinados a los seres humanos que ya están contemplados en otros acuerdos u organizaciones internacionales pertinentes. Para OVM destinados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento, el Protocolo establece un procedimiento especial. La biodiversidad es el conjunto de medidas y acciones requeridas para minimizar los potenciales riesgos que puedan ocurrir cuando se utilizan Organismos Vivos Modificados (OVM), derivados y productos que los contengan, está basada en la aplicación de criterios científicos y tiene en cuenta los aspectos ambientales y de salud pública. Como efectos del Protocolo, se destacan: – Los países que transporten Organismos Vivos Modificados (OVM) para su introducción intencional en el ambiente deberán notificar al país importador que forme parte del Protocolo. La notificación se debe realizar antes del movimiento transfronterizo bajo el procedimiento conocido como “Acuerdo Fundamentado Previo”, Éste es una metodología establecida en el Protocolo que aplica al primer movimiento transfronterizo de OVM para su introducción intencional en el ambiente. El “Acuerdo Fundamentado Previo”, está constituido por cuatro componentes: 1. 2. 3. 4. Notificación escrita por parte del exportador a la autoridad nacional competente. Acuse de recibo de la notificación por parte del importador. Procedimiento para la toma de decisiones. Revisión de decisiones.

– Todos los cargamentos que contengan OVM para su introducción intencional en el ambiente serán claramente identificados y acompañados con la documentación que especifique la identidad y las características de OVM que contiene. Estos procedimientos y requisitos han sido diseñados para proveer a la Parte importadora con la información necesaria para to-

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mar decisiones informadas acerca de si aceptan o no esta importación. – Las Partes establecerán y mantendrán mecanismos, medidas y estrategias adecuadas para regular, gestionar y controlar los riesgos. – Cada parte firmante del Protocolo que apruebe el uso doméstico y la comercialización de OVM para su uso directo como alimento humano o animal o procesamiento que pueda ser objeto de exportación deberá comunicar esta decisión y los detalles de los OVM a la comunidad mundial a través del Centro de Información sobre Seguridad de la Biotecnología. El propósito de este procedimiento es asegurar que los países importadores tengan la oportunidad y la capacidad de evaluar los riesgos que puedan estar asociados con los OVM antes de acordar la importación. El procedimiento del Acuerdo Fundamentado Previo no aplica a ciertas categorías de OVM: OVM en tránsito. OVM destinados a uso confinado. OVM para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento.

El Centro de Intercambio de Información sobre la Seguridad de la Biotecnología o Biosafety Clearing House (BCH) es un mecanismo establecido por el Protocolo para facilitar el intercambio de información y experiencia científica, técnica, ambiental y jurídica con relación a los OVM entre los países miembros, así como para prestar asistencia en la aplicación del Protocolo. Los antecedentes del Protocolo de Cartagena se remontan a los años 90 con la formulación de la Agenda 21 convenida durante la “Cumbre de la Tierra” en Río en 1992 y del Convenio sobre la Diversidad Biológica, el cual en su artículo 19.3 contempla la necesidad de un protocolo que establezca procedimientos adecuados, en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización de organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica. El 13 de junio de 2003, Palau, país del Pacífico oeste, ratificó dicho Protocolo convirtiéndose en la quincuagésima nación ratificante cumpliéndose los requisitos para su entrada en vigor. Uruguay y la Bioseguridad Uruguay acompañó desde el principio las negociaciones que llevaron a la redacción final del Protocolo de Cartagena (1995-2000) asumiendo posiciones a través de sus delegados. Una vez aprobado el Protocolo en el año 2000 el Uruguay firmó el citado Acuerdo por parte del Poder Ejecutivo (año 2001), Sin perjuicio de lo mencionado, ha acompasado el proceso internacional con decisiones a nivel nacional. Como ejemplo puede señalarse que en el mismo año de la aprobación del Protocolo de Cartagena se promulga la Ley General de Protección del Ambiente Nº 17.283, con disposiciones específicas sobre bioseguridad y el Decreto 249/000 que establece un marco administrativo para el tratamiento de solicitudes de autorización de vegetales genéticamente modificados para diferentes aplicaciones. En el año 2007 el Decreto Nº 39/007 suspende el tratamiento de nuevas solicitudes para la autorización de vegetales y sus partes genéticamente modificadas y comete a un grupo de trabajo la redacción de un amplio marco normativo en bioseguridad. Como consecuencia de esto se dicta el Decreto 353/008 el cual deroga a los anteriormente mencionados (249/000 y 39/007), declara de interés la promoción de una política de coexistencia regulada entre organismos genéticamente modificados y no modifi-

El Acuerdo Fundamentado Previo solo aplica al movimiento transfronterizo, las demás acciones serán cubiertas por la regulación nacional. Los OVM destinados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento incluyen la gran mayoría de los productos agrícolas (commodities). Para el movimiento transfronterizo de este tipo de OVM el Protocolo establece un procedimiento simplificado. Bajo este procedimiento, la Parte importadora debe informar a las otras Partes a través del Centro de Intercambio de Información sobre la Seguridad de la Biotecnología su decisión con respecto al uso doméstico. La decisión de importar o no OVM para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento de una nación será tomada bajo el régimen regulatorio nacional. Los países en vía de desarrollo o con economías de transición pueden, en ausencia del marco regulatorio nacional, declarar a través del Centro de Intercambio de Información sobre la seguridad de la Biotecnología que su decisión acerca de la primera importación de este tipo de OVM será tomada de acuerdo con la evaluación de riesgo establecida en el Protocolo.

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cados y establece el diseño de una futura Ley Nacional de Bioseguridad. A su vez, también implanta una relación entre el Uruguay Productivo y el desarrollo de una producción con mayor conocimiento y uso de nuevas tecnologías, mencionando que se requiere “de mayor articulación y coordinación para el logro de objetivos, tales como el cuidado del medio ambiente, conservación de recursos naturales, promoción y protección de la salud, así como el desarrollo productivo sostenible”. También, el mencionado Decreto en sus considerandos, hace mención a los Convenios Internacionales suscritos por el país, en el cual estarían incluidos el Convenio de Diversidad Biológica (ratificado) y el Protocolo de Cartagena (firmado). Este nuevo Decreto incluye muchos temas tales como el intercambio de información, la evaluación de riesgo, la gestión del riesgo, el etiquetado, la participación pública, etcétera, los cuales están contemplados en las principales orientaciones del Protocolo de Cartagena, sin perjuicio de la necesidad de ajustar tales disposiciones en el caso de la futura ratificación del Protocolo. Estos compromisos tienen la virtud de “obligar” a los países a realizar avances técnicos y normativos en la materia. Paralelamente el MVOTMA ha desarrollado el Proyecto DINAMA-PNUMAFMAM sobre una “Propuesta de Marco Nacional de Bioseguridad para Uruguay” y actualmente viene desarrollando el “Proyecto de Creación de Capacidad para una Participación Eficaz en el Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología” (comúnmente denominado por sus siglas en inglés BCH) con el apoyo del PNUMA y del GEF, el cual es un requisito establecido en el Artículo 20 del Protocolo. Se debe tener en cuenta que el Protocolo de Cartagena surge en el ámbito de los denominados Acuerdos Multilaterales de Medio Ambiente (AMUMA) y por lo tanto implica trabajar en la dirección que la comunidad internacional le ha dado a la preocupación ambiental en los temas de bioseguridad. En este sentido hay que recordar que actualmente ya existen 147 países que han ratificado el Protocolo de Cartagena, el cual ha entrado en vigor (2003) y lleva cuatro Reuniones de las Partes en las cuales se han adoptado numerosas decisiones sin que nuestro país haya podido incidir en las mismas. En el ámbito del MERCOSUR, Brasil (incluyendo algunos principios del Protocolo en su Ley de Bioseguridad) y Paraguay son países Parte, y la Argentina no lo ha firmado todavía.

Intervenir como Estado Parte faculta a la participación con voz y voto en las discusiones y la toma de decisiones respecto al rumbo del Protocolo y futuras medidas de implementación del mismo. El hecho de ser Estado Parte facilitaría además a Uruguay el acceso a recursos de cooperación (casi siempre en la modalidad de donación) para el fortalecimiento de las capacidades nacionales en materia de bioseguridad, lo que redundaría en una mejor gestión de este delicado tema en el territorio nacional y en el ámbito internacional. Otro aspecto a considerar es que algunas de las decisiones ya tomadas en el ámbito del Protocolo respaldan las políticas que en materia de bioseguridad se plantean en nuestro país. Como ejemplo se pueden citar el Acuerdo Fundamentado Previo, decisiones fundamentadas en evaluaciones de riesgo que se basan en criterios científicos caso a caso, y consideración del principio precautorio. Debe considerarse que el Protocolo de Cartagena constituye de alguna manera un estándar de mínima para el movimiento transfronterizo de OVM y de ninguna forma afecta ni limita el derecho de los Estados de adoptar medidas más estrictas para la protección de su medio ambiente dentro de sus jurisdicciones. Las implicancias presupuestales de la ratificación resultan de la necesidad del seguimiento y aplicación del Protocolo de Cartagena, lo que implica una serie de procedimientos administrativos adicionales o paralelos a los que disponga el marco regulatorio nacional, que deberán mantenerse para llevar el control de los movimientos transfronterizos de OVM. Para ello sería necesario asignar recursos humanos capacitados y recursos materiales para las actividades que el acuerdo implica, muchos de lo cuales pueden ser en un principio gestionados a través de la cooperación internacional. De todas maneras esta situación es similar a la que se ha dado en cada uno de los Acuerdos Ambientales Multilaterales que el Uruguay ha firmado hasta la fecha (biodiversidad, cambio climático, desertificación, sustancias peligrosas, etcétera.), siendo en este sentido la experiencia general adquirida positiva, en tanto la ratificación de estos acuerdos ha permitido al país avanzar en la implementación de medidas concretas para minimizar los impactos ambientales a los que dichos acuerdos se refieren.

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TEXTO El Texto del Protocolo consta de un Preámbulo, 40 Artículos y 3 Anexos. Se destaca lo expresado en el Preámbulo en el sentido de que los firmantes son Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica; recordando, a su vez, los párrafos 3 y 4 del artículo 19 y el inciso g) del artículo 8 y el artículo 17 de dicho Convenio, y la decisión 11/5 de la Conferencia de las Partes en el Convenio, de 17 de noviembre de 1995, relativa a la elaboración de un Protocolo sobre Seguridad de la Biotecnología, centrado específicamente en el movimiento transfronterizo de cualesquiera organismos vivos modificados (OVM) resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, que establezca en particular, para su examen, procedimientos adecuados para un “acuerdo fundamentado previo”. Asimismo reafirma el enfoque de precaución que figura en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Los ANEXOS están referidos a: Anexo I INFORMACIÓN REQUERIDA EN LAS NOTIFICACIONES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 8,10 y 13 Anexo II INFORMACIÓN REQUERIDA EN RELACIÓN CON LOS ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS DESTINADOS A USO DIRECTO COMO ALIMENTO HUMANO O ANIMAL O PARA PROCESAMIENTO CON ARREGLO AL ARTÍCULO 11 Anexo III EVALUACIÓN DEL RIESGO En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. TABARÉ VÁZQUEZ, GONZALO FERNÁNDEZ, ANDRÉS MASOLLER, ERNESTO AGAZZI, CARLOS COLACCE.

PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Montreal, Canadá, el 29 de enero de 2000, y suscripto por nuestra República el 1º de junio de 2001. Montevideo, 29 de diciembre de 2008. GONZALO FERNÁNDEZ, MASOLLER, ERNESTO CARLOS COLACCE. TEXTO DEL PROTOCOLO Las Partes en el presente Protocolo, Siendo Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, en lo sucesivo “el Convenio”, Recordando los párrafos 3 y 4 del artículo 19 y el inciso g del artículo 8 y el artículo 17 del Convenio, Recordando también la decisión ll/5 de la Conferencia de las Partes en el Convenio, de 17 de noviembre de 1995, relativa a la elaboración de un Protocolo sobre seguridad de la biotecnología, centrado específicamente en el movimiento transfronterizo de cualesquiera organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, que establezca en particular, para su examen, procedimientos adecuados para un acuerdo fundamentado previo, Reafirmando el enfoque de precaución que figura en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Conscientes de la rápida expansión de la biotecnología moderna y de la creciente preocupación pública sobre sus posibles efectos adversos para la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, Reconociendo que la biotecnología moderna tiene grandes posibilidades de contribuir al bienestar humano si se desarrolla y utiliza con medidas de seguridad adecuadas para el medio ambiente y la salud humana, Reconociendo también la crucial importancia que tienen para la humanidad los centros de origen y los centros de diversidad genética, Teniendo en cuenta la reducida capacidad de muchos países, en especial los países en desarrollo, para controlar la naturaleza y la magnitud de los riesANDRÉS AGAZZI,

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gos conocidos y potenciales derivados de los organismos vivos modificados, Reconociendo que los acuerdos relativos al comercio y al medio ambiente deben apoyarse mutuamente con miras a lograr el desarrollo sostenible, Destacando que el presente Protocolo no podrá interpretar se en el sentido de que modifica los derechos y las obligaciones de una Parte con arreglo a otros acuerdos internacionales ya en vigor, En el entendimiento de que los párrafos anteriores no tienen por objeto subordinar el presente Protocolo a otros acuerdos internacionales, Han convenido en lo siguiente: Artículo 1 OBJETIVO De conformidad con el enfoque de precaución que figura en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el objetivo del presente Protocolo es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos. Artículo 2 DISPOSICIONES GENERALES 1. Cada Parte tomará las medidas legislativas, administrativas y de otro tipo necesarias y convenientes para cumplir sus obligaciones dimanantes del presente Protocolo. 2. Las Partes velarán por que el desarrollo, la manipulación, el transporte, la utilización, la transferencia y la liberación de cualesquiera organismos vivos modificados se realicen de forma que se eviten o se reduzcan los riesgos para la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. 3. El presente Protocolo no afectará en modo alguno a la soberanía de los Estados sobre su mar territorial establecida de acuerdo con el derecho internacional, ni a los derechos soberanos ni la jurisdicción de los Estados sobre sus zonas económicas exclusivas y sus plataformas continentales de conformidad con el derecho internacional, ni al ejercicio por los buques y las aeronaves de todos los Estados de los

derechos y las libertades de navegación establecidos en el derecho internacional y recogidos en los instrumentos internacionales pertinentes. 4. Ninguna disposición del presente Protocolo se interpretará en un sentido que restrinja el derecho de una Parte a adoptar medidas más estrictas para proteger la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica que las establecidas en el Protocolo, siempre que esas medidas sean compatibles con el objetivo y las disposiciones del presente Protocolo y conformes con las demás obligaciones de esa Parte dimanantes del derecho internacional. 5. Se alienta a las Partes a tener en cuenta, según proceda, los conocimientos especializados, los instrumentos disponibles, y la labor emprendida en los foros internacionales competentes en la esfera de los riesgos para la salud humana. Artículo 3 TÉRMINOS UTILIZADOS A los fines del presente Protocolo: a) Por “Conferencia de las Partes” se entiende la Conferencia de las Partes en el Convenio. b) Por “uso confinado” se entiende cualquier operación, llevada a cabo dentro de un local, instalación u otra estructura física, que entrañe la manipulación de organismos vivos modificados controlados por medidas específicas que limiten de forma efectiva su contacto con el medio exterior o sus efectos sobre dicho medio. c) Por “exportación” se entiende el movimiento transfronterizo intencional desde una Parte a otra Parte. d) Por “exportador” se entiende cualquier persona física o jurídica sujeta a la jurisdicción de la Parte de exportación que organice la exportación de un organismo vivo modificado. e) Por “importación” se entiende el movimiento transfronterizo intencional a una Parte desde otra Parte. f) Por “importador” se entiende cualquier persona física o jurídica sujeta a la jurisdicción de la Parte de importación que organice la importación de un organismo vivo modificado. g) Por “organismo vivo modificado” se entiende cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de la biotecnología moderna.

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h) Por “organismo vivo” se entiende cualquier entidad biológica capaz de transferir o replicar material genético, incluidos los organismos estériles, los virus y los viroides. i) Por “biotecnología moderna” se entiende la aplicación de: a. Técnicas in vitro de ácido nucleico, incluidos el ácido desoxirribonucleico (ADN) recombinante y la inyección directa de ácido nucleico en células u orgánulos, o b. La fusión de células más allá de la familia taxonómica, que superan las barreras fisiológicas naturales de la reproducción o de la recombinación y que no son técnicas utilizadas en la reproducción y selección tradicional. j) Por “organización regional de integración económica” se entiende una organización constituida por Estados soberanos de una región determinada, a la cual los Estados miembros han transferido la competencia en relación con los asuntos regidos por el presente Protocolo y que está debidamente autorizada, de conformidad con sus procedimientos internos, a firmado, ratificado, aceptado, aprobarlo o adherirse a él. k) Por “movimiento transfronterizo” se entiende el movimiento de un organismo vivo modificado de una Parte a otra Parte, con la excepción de que a los fines de los artículos 17 y 24 el movimiento transfronterizo incluye también el movimiento entre Partes y los Estados que no son Partes. Artículo 4 ÁMBITO El presente Protocolo se aplicará al movimiento transfronterizo, el tránsito, la manipulación y la utilización de todos los organismos vivos modificados que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. Artículo 5 PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 y sin menoscabar cualesquiera derechos de una Parte de someter todos los organismos vivos modificados a una evaluación del riesgo antes de adoptar una decisión sobre su importación, el presente Protocolo no se aplicará al movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados que son productos farmacéuti-

cos destinados a los seres humanos que ya están contemplados en otros acuerdos u organizaciones internacionales pertinentes. Artículo 6 TRÁNSITO Y USO CONFINADO Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 y sin menoscabar cualesquiera derechos de una Parte de tránsito de reglamentar el transporte de organismos vivos modificados a través de su territorio y de comunicar al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, cualquier decisión de dicha Parte, con sujeción al párrafo 3 del artículo 2, relativa al tránsito a través de su territorio de un organismo vivo modificado específico las disposiciones del presente Protocolo en relación con el procedimiento de acuerdo fundamentado previo no se aplicarán a los organismos vivos modificados en tránsito. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 y sin menoscabar cualesquiera derechos de una Parte de someter todos los organismos vivos modificados a una evaluación del riesgo con antelación a la adopción de decisiones sobre la importación y de establecer normas para el uso confinado dentro de su jurisdicción, las disposiciones del presente Protocolo respecto del procedimiento de acuerdo fundamentado previo no se aplicarán al movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados destinados a uso confinado realizado de conformidad con las normas de la Parte de importación. Artículo 7 APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ACUERDO FUNDAMENTADO PREVIO 1. Con sujeción a lo dispuesto en los artículos 5 y 6, el procedimiento de acuerdo fundamentado previo que figura en los artículos 8 a 10 y 12, se aplicará antes del primer movimiento transfronterizo intencional de un organismo vivo modificado destinado a la introducción deliberada en el medio ambiente de la Parte de importación. 2. La “introducción deliberada en el medio ambiente” a que se hace referencia en el párrafo 1 supra no se refiere a los organismos vivos modificados que esté previsto utilizar directamente como alimento humano o animal o para procesamiento. 3. El artículo 11 será aplicable antes del primer movimiento transfronterizo de organismos vivos

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modificados destinados a su uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento. 4. El procedimiento de acuerdo fundamentado previo no se aplicará al movimiento transfronterizo intencional de los organismos vivos modificados incluidos en una decisión adoptada por la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo en la que se declare que no es probable que tengan efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. Artículo 8 NOTIFICACIÓN 1. La Parte de exportación notificará, o requerirá al exportador que garantice la notificación por escrito, a la autoridad nacional competente de la Parte de importación antes del movimiento transfronterizo intencional de un organismo vivo modificado contemplado en el párrafo 1 del artículo 7. La notificación contendrá, como mínimo, la información especificada en el anexo I. 2. La Parte de exportación velará por que la exactitud de la información facilitada por el exportador sea una prescripción legal. Artículo 9 ACUSE DE RECIBO DE LA NOTIFICACIÓN 1. La Parte de importación deberá acusar recibo de la notificación, por escrito, al notificador en un plazo de noventa días desde su recibo. 2. En el acuse de recibo deberá hacerse constar: a) La fecha en que se recibió la notificación; b) Si la notificación contiene, prima facie, la información especificada en el artículo 8; c) Si se debe proceder con arreglo al marco reglamentario nacional de la Parte de importación o con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 10. 3. El marco reglamentario nacional a que se hace referencia en el inciso c) del párrafo 2 supra habrá de ser compatible con el presente Protocolo. 4. La ausencia de acuse de recibo de la notificación por la Parte de importación no se interpretará como su consentimiento a un movimiento transfronterizo intencional.

Artículo 10 PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN DE DECISIONES 1. Las decisiones que adopte la Parte de importación deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 15. 2. La Parte de importación, dentro del plazo a que se hace referencia en el artículo 9, comunicará al notificador, por escrito, si el movimiento transfronterizo intencional puede realizarse: a) Únicamente después de que la Parte de importación haya otorgado su consentimiento por escrito; o b) Transcurridos al menos 90 días sin que se haya recibido consentimiento por escrito. 3. La Parte de importación, en un plazo de 270 días a partir del acuse de recibo de la notificación, comunicará al notificador y al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, por escrito, la decisión a que se hace referencia en el inciso a) del párrafo 2 supra de: a) Aprobar la importación, con o sin condiciones, incluida la forma en que la decisión se aplicará a importaciones posteriores del mismo organismo vivo modificado; b) Prohibir la importación; c) Solicitar información adicional pertinente con arreglo a su marco reglamentario nacional o al anexo l. Al calcular el plazo en que la Parte de importación ha de responder, no se contará el número de días en que la Parte de importación haya estado a la espera de la información adicional pertinente; o d) Comunicar al notificador que el plazo especificado en el presente párrafo se ha prorrogado por un período de tiempo determinado. 4. Salvo en el caso del consentimiento incondicional, en la decisión adoptada en virtud del párrafo 3 supra se habrán de estipular las razones sobre las que se basa. 5. El hecho de que la Parte de importación no comunique su decisión en el plazo de 270 días desde la recepción de la notificación no se interpretará como su consentimiento a un movimiento transfronterizo intencional. 6. El hecho de que no se tenga certeza científica por falta de información o conocimientos científicos pertinentes suficientes sobre la magnitud de los

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posibles efectos adversos de un organismo vivo modificado en la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica en la Parte de importación, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, no impedirá a la Parte de importación, a fin de evitar o reducir al mínimo esos posibles efectos adversos, adoptar una decisión, según proceda, en relación con la importación del organismo vivo modificado de que se trate como se indica en el párrafo 3 supra. 7. La Conferencia de las Partes que actúe como reunión de las Partes decidirá, en su primera reunión, acerca de los procedimientos y mecanismos adecuados para facilitar la adopción de decisiones por las Partes de importación. Artículo 11 PROCEDIMIENTO PARA ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS DESTINADOS PARA USO DIRECTO COMO ALIMENTO HUMANO O ANIMAL O PARA PROCESAMIENTO 1. Una Parte que haya adoptado una decisión definitiva en relación con el uso nacional, incluida su colocación en el mercado, de un organismo vivo modificado que puede ser objeto de un movimiento transfronterizo para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento, informará al respecto a todas las Partes, por conducto del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, en un plazo de 15 días. Esa información deberá incluir, como mínimo, la especificada en el anexo Il. La Parte suministrará una copia impresa de la información al centro focal de cada Parte que haya informado por adelantado a la secretaría de que no tiene acceso al Centro de Intercambio de Información sobre la Seguridad de la Biotecnología. Esa disposición no se aplicará a las decisiones relacionadas con ensayos prácticos. 2. La Parte a que se hace referencia en el párrafo 1 supra al adoptar una decisión se asegurará de que existe una prescripción legal que estipule el grado de precisión de la información que debe proporcionar el solicitante. 3. Una Parte podrá solicitar información adicional del organismo gubernamental especificado en el inciso b) del anexo ll. 4. Una Parte podrá adoptar una decisión sobre la importación de organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento con arreglo a su marco

reglamentario nacional que sea compatible con el objetivo del presente Protocolo. 5. Las Partes pondrán a disposición del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología ejemplares de las leyes, reglamentaciones y directrices nacionales aplicables a la importación de organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal, o para procesamiento, en caso de que existan. 6. Una Parte que sea país en desarrollo o una Parte que sea país con economía en transición podrá declarar, en ausencia del marco reglamentario nacional a que se hace referencia en el párrafo 4 supra y en el ejercicio de su jurisdicción interna, por conducto del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, que su decisión anterior a la primera importación de un organismo vivo modificado destinada para uso directo como alimento humano o animal, o para procesamiento, sobre la cual ha suministrado información con arreglo al párrafo 1 supra, se adoptará de conformidad con lo siguiente: a) Una evaluación del riesgo realizada de conformidad con el Anexo ID, y b) Una decisión adoptada en plazos predecibles que no excedan los doscientos setenta días. 7. El hecho de que una Parte no haya comunicado su decisión conforme al párrafo 6 supra no se entenderá como su consentimiento o negativa a la importación de un organismo vivo modificado destinado para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento a menos que esa Parte especifique otra cosa. 8. El hecho de que no se tenga certeza científica por falta de información y conocimientos pertinentes suficientes sobre la magnitud de los posibles efectos adversos de un organismo vivo modificado en la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica en la Parte de importación, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, no impedirá a esa Parte, a fin de evitar o reducir al mínimo esos posibles efectos adversos, adoptar una decisión, según proceda, en relación con la importación de ese organismo vivo modificado destinado para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento. 9. Una Parte podrá manifestar su necesidad de asistencia financiera y técnica y de creación de capacidad en relación con organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento

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humano o animal o para procesamiento. Las Partes cooperarán para satisfacer esas necesidades de conformidad con los artículos 22 y 28 Artículo 12 REVISIÓN DE LAS DECISIONES 1. Una Parte de importación podrá en cualquier momento, sobre la base de nueva información científica acerca de los posibles efectos adversos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, revisar y modificar una decisión sobre un movimiento transfronterizo intencional. En ese caso, esa Parte, en el plazo de 30 días, informará al respecto a cualquier notificador que haya notificado previamente movimientos del organismo vivo modificado a que se hace referencia en esa decisión y al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, y expondrá los motivos por los que ha adoptado esa decisión. 2. Una Parte de exportación o un notificador podrá solicitar a la Parte de importación que revise una decisión adoptada en virtud del artículo 10 con respecto de esa Parte o exportador, cuando la Parte de exportación o el notificador considere que: a) Se ha producido un cambio en las circunstancias que puede influir en el resultado de la evaluación del riesgo en que se basó la decisión; o b) Se dispone de una nueva información científica o técnica pertinente. 3. La Parte de importación responderá por escrito a esas solicitudes en un plazo de 90 días y expondrá los motivos por los que ha adoptado esa decisión. 4. La Parte de importación podrá, a su discreción, requerir una evaluación del riesgo para importaciones subsiguientes. Artículo 13 PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO 1. Una Parte de importación podrá, siempre que se apliquen medidas adecuadas para velar por la seguridad del movimiento transfronterizo intencional de organismos vivos modificados de conformidad con los objetivos del presente Protocolo, especificar con antelación al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología de: a) Los casos en que los movimientos transfronterizos intencionales a esa Parte pueden efec-

tuarse al mismo tiempo que se notifica el movimiento a la Parte de importación; y b) Las importaciones a esa Parte de organismos vivos modificados que pueden quedar exentos del procedimiento de acuerdo fundamentado previo. Las notificaciones que se realicen con arreglo al inciso a) supra podrán aplicarse a movimientos ulteriores similares a la misma Parte. 2. La información relativa a un movimiento transfronterizo intencional que debe facilitarse en las notificaciones a que se hace referencia en el inciso a) del párrafo 1 supra será la información especificada en el anexo l. Artículo 14 ACUERDOS Y ARREGLOS BILATERALES, REGIONALES Y MULTILATERALES 1. Las Partes podrán concertar acuerdos y arreglos bilaterales, regionales y multilaterales relativos a los movimientos transfronterizos intencionales de organismos vivos modificados, siempre que esos acuerdos y arreglos sean compatibles con el objetivo del presente Protocolo y no constituyan una reducción del nivel de protección establecido por el Protocolo. 2. Las Partes se notificarán entre sí, por conducto del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, los acuerdos y arreglos bilaterales, regionales y multilaterales que hayan concertado antes o después de la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo. 3. Las disposiciones del presente Protocolo no afectarán a los movimientos transfronterizos intencionales que se realicen de conformidad con esos acuerdos y arreglos entre las Partes en esos acuerdos o arreglos. 4. Las Partes podrán determinar que sus reglamentos nacionales se aplicarán a importaciones concretas y notificarán su decisión al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología. Artículo 15 EVALUACIÓN DEL RIESGO 1. Las evaluaciones del riesgo que se realicen en virtud del presente Protocolo se llevarán a cabo con arreglo a procedimientos científicos sólidos, de conformidad con el anexo ID y teniendo en cuenta las técnicas reconocidas de evaluación del riesgo. Esas evaluaciones del riesgo se basarán como mínimo en la información facilitada de conformidad con el artícu-

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lo 8 y otras pruebas científicas disponibles para determinar y evaluar los posibles efectos adversos de los organismos vivos modificados para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. 2. La Parte de importación velará por que se realicen evaluaciones del riesgo para adoptar decisiones en virtud del artículo 10. La Parte de importación podrá requerir al exportador que realice la evaluación del riesgo. 3. El notificador deberá hacerse cargo de los costos de la evaluación del riesgo si así lo requiere la Parte de importación. Artículo 16 GESTÍÓN DEL RIESGO 1. Las Partes, teniendo en cuenta el inciso g) del artículo 8 del Convenio, establecerán y mantendrán mecanismos, medidas y estrategias adecuadas para regular, gestionar y controlar los riesgos determinados con arreglo a las disposiciones sobre evaluación del riesgo del presente Protocolo relacionados con la utilización, la manipulación y el movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados. 2. Se impondrán medidas basadas en la evaluación del riesgo en la medida necesaria para evitar efectos adversos de los organismos vivos modificados en la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, en el territorio de la Parte de importación. 3. Cada Parte tomará las medidas oportunas para prevenir los movimientos transfronterizos involuntario s de organismos vivos modificados, incluidas medidas como la exigencia de que se realice una evaluación del riesgo antes de la primera liberación de un organismo vivo modificado. 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 2 supra, cada Parte tratará de asegurar que cualquier organismo vivo modificado, ya sea importado o desarrollado en el país, haya pasado por un período de observación apropiado a su ciclo vital o a su tiempo de generación antes de que se le dé su uso previsto. 5. Las Partes cooperarán con miras a: a) Determinar los organismos vivos modificados o los rasgos específicos de organismos vivos modificados que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diver-

sidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana; y b) Adoptar las medidas adecuadas para el tratamiento de esos organismos vivos modificados o rasgos específicos. Artículo 17 MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS INVOLUNTARIOS y MEDIDAS DE EMERGENCIA 1. Cada Parte adoptará las medidas adecuadas para notificar a los Estados afectados o que puedan resultar afectados, al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología y, cuando proceda, a las organizaciones internacionales pertinentes, cuando tenga conocimiento de una situación dentro de su jurisdicción que haya dado lugar a una liberación que conduzca o pueda conducir a un movimiento transfronterizo involuntario de un organismo vivo modificado que sea probable que tenga efectos adversos significativos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana en esos Estados. La notificación se enviará tan pronto como la Parte tenga conocimiento de esa situación. 2. Cada Parte pondrá a disposición del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, a más tardar en la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo para esa Parte, los detalles pertinentes del punto de contacto, a fines de recibir notificaciones según lo dispuesto en el presente artículo. 3. Cualquier notificación enviada en virtud de lo dispuesto en el párrafo 1 supra deberá incluir: a) Información disponible pertinente sobre las cantidades estimadas y las características y/o rasgos importantes del organismo vivo modificado; b) Información sobre las circunstancias y la fecha estimada de la liberación, así como el uso del organismo vivo modificado en la Parte de origen; c) Cualquier información disponible sobre los posibles efectos adversos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, así como información disponible acerca de las posibles medidas de gestión del riesgo; d) Cualquier otra información pertinente; y e) Un punto de contacto para obtener información adicional.

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4. Para reducir al mínimo cualquier efecto adverso significativo para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, cada Parte en cuya jurisdicción haya ocurrido la liberación del organismo vivo modificado a que se hace referencia en el párrafo 1 supra entablará inmediatamente consultas con los Estados afectados o que puedan resultar afectados para que éstos puedan determinar las respuestas apropiadas y poner en marcha las actividades necesarias, incluidas medidas de emergencia. Artículo 18 MANIPULACIÓN, TRANSPORTE, ENVASADO E IDENTIFICACIÓN 1. Para evitar efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, las Partes adoptarán las medidas necesarias para requerir que los organismos vivos modificados objeto de movimientos transfronterizos intencionales contemplados en el presente Protocolo sean manipulados, envasados y transportados en condiciones de seguridad, teniendo en cuenta las normas y los estándares internacionales pertinentes. 2. Cada Parte adoptará las medidas para requerir que la documentación que acompaña a: a) Organismos vivos modificados destinados a uso directo como alimento humano o animal, o para procesamiento, identifica claramente que “pueden llegar a contener” organismos vivos modificados y que no están destinados para su introducción intencional en el medio, así como un punto de contacto para solicitar información adicional. La Conferencia de las Partes, en su calidad de reunión de las Partes en el presente Protocolo, adoptará una decisión acerca de los requisitos pormenorizados para este fin, con inclusión de la especificación de su identidad y cualquier identificación exclusiva, a más tardar dos años después de la fecha de entrada en vigor de presente Protocolo; b) Organismos vivos modificados destinados para uso confinado los identifica claramente como organismos vivos modificados; especifica los requisitos para su manipulación; el punto de contacto para obtener información adicional, incluido el nombre y las señas de la persona y la institución a que se envían los organismos vivos modificados; y c) Organismos vivos modificados destinados a su introducción intencional en el medio ambiente de la Parte de importación y cualesquiera otros organis-

mos vivos modificados contemplados en el Protocolo los identifica claramente como organismos vivos modificados; especifica la identidad y los rasgos/características pertinentes, los requisitos para su manipulación, almacenamiento, transporte y uso seguros, el punto de contacto para obtener información adicional y, según proceda, el nombre y la dirección del importador y el exportador; y contiene una declaración de que el movimiento se efectúa de conformidad con las disposiciones del presente Protocolo aplicables al exportador. 3. La Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo examinará la necesidad de elaborar normas, y modalidades para ello, en relación con las prácticas de identificación, manipulación, envasado y transporte en consulta con otros órganos internacionales pertinentes. Artículo 19 AUTORIDADES NACIONALES COMPETENTES Y CENTROS FOCALES NACIONALES 1. Cada Parte designará un centro focal nacional que será responsable del enlace con la secretaría en su nombre. Cada Parte también designará una o más autoridades nacionales competentes que se encargarán de las funciones administrativas requeridas por el presente Protocolo y estarán facultadas para actuar en su nombre en relación con esas funciones. Una Parte podrá designar a una sola entidad para cumplir las funciones de centro focal y autoridad nacional competente. 2. Cada Parte comunicará a la secretaría, a más tardar en la fecha de entrada en vigor del Protocolo para esa Parte, los nombres y direcciones de su centro focal y de su autoridad o autoridades nacionales competentes. Si una Parte designara más de una autoridad nacional competente, comunicará a la secretaría, junto con la notificación correspondiente, información sobre las responsabilidades respectivas de esas autoridades. En los casos en que corresponda, en esa información se deberá especificar, como mínimo, qué autoridad competente es responsable para cada tipo de organismo vivo modificado. Cada Parte comunicará de inmediato a la secretaría cualquier cambio en la designación de su centro focal nacional, o en los nombres y direcciones o en las responsabilidades de su autoridad o autoridades nacionales competentes. 3. La secretaría comunicará de inmediato a las Partes las notificaciones recibidas en virtud del párrafo 2 supra y difundirá asimismo esa información a

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través del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología. Artículo 20 INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y EL CENTRO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD DE LA BIOTECNOLOGÍA 1. Queda establecido un Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología como parte del mecanismo de facilitación a que se hace referencia en el párrafo 3 del artículo 18 del Convenio, con el fin de: a) Facilitar el intercambio de información y experiencia científica, técnica, ambiental y jurídica en relación con los organismos vivos modificados; y b) Prestar asistencia a las Partes en la aplicación del Protocolo, teniendo presentes las necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, y de los países con economías en transición, así como de los países que son centros de origen y centros de diversidad genética. 2. El Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología será un medio para difundir información a efectos del párrafo 1 supra. Facilitará el acceso a la información de interés para la aplicación del Protocolo proporcionada por las Partes. También facilitará el acceso, cuando sea posible, a otros mecanismos internacionales de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología. 3. Sin perjuicio de la protección de la información confidencial, cada Parte proporcionará al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología cualquier información que haya que facilitar al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología en virtud del presente Protocolo y también información sobre: a) Leyes, reglamentos y directrices nacionales existentes para la aplicación del Protocolo, así como la información requerida por las Partes para el procedimiento de acuerdo fundamentado previo; b) Acuerdos y arreglos bilaterales, regionales y multilaterales; c) Resúmenes de sus evaluaciones del riesgo o exámenes ambientales de organismos vivos modificados que se hayan realizado como consecuencia de su proceso reglamentario y de conformidad con el artículo 15, incluida, cuando proceda, información perti-

nente sobre productos derivados de los organismos vivos modificados, es decir, materiales procesados que tienen su origen en un organismo vivo modificado, que contengan combinaciones nuevas detectables de material genético replicable que se hayan obtenido mediante la aplicación de la biotecnología moderna; d) Sus decisiones definitivas acerca de la importación o liberación de organismos vivos modificados; y e) Los informes que se le hayan presentado en virtud del artículo 33, incluidos los informes sobre la aplicación del procedimiento de acuerdo fundamentado previo. 4. La Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo, en su primera reunión, examinará las modalidades de funcionamiento del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, incluidos los informes sobre sus actividades, adoptará decisiones respecto de esas modalidades y las mantendrá en examen en lo sucesivo. Artículo 21 INFORMACIÓN CONFIDENCIAL 1. La Parte de importación permitirá al notificador determinar qué información presentada en virtud de los procedimientos establecidos en el presente Protocolo o requerida por la Parte de importación como parte del procedimiento de acuerdo fundamentado previo establecido en el Protocolo debe tratarse como información confidencial. En esos casos, cuando se solicite, deberán exponerse las razones que justifiquen ese tratamiento. 2. La Parte de importación entablará consultas con el notificador si estima que la información clasificada como confidencial por el notificador no merece ese tratamiento y comunicará su decisión al notificador antes de divulgar la información, explicando, cuando se solicite, sus motivos y dando una oportunidad para la celebración de consultas y la revisión interna de la decisión antes de divulgar la información. 3. Cada Parte protegerá la información confidencial recibida en el marco del presente Protocolo, incluida la información confidencial que reciba en el contexto del procedimiento de acuerdo fundamentado previo establecido en el Protocolo. Cada Parte se asegurará de que dispone de procedimientos para proteger esa información y protegerá la confidencialidad de esa información en una forma no menos favorable que la aplicable a la información confidencial re-

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lacionada con los organismos vivos modificados producidos internamente. 4. La Parte de importación no utilizará dicha información con fines comerciales, salvo que cuente con el consentimiento escrito del notificador. 5. Si un notificador retirase o hubiese retirado una notificación, la Parte de importación deberá respetar la confidencialidad de toda la información comercial e industrial clasificada como confidencial, incluida la información sobre la investigación y el desarrollo, así como la información acerca de cuya confidencialidad la Parte y el notificador estén en desacuerdo. 6. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 5 supra no se considerará confidencial la información siguiente: a) El nombre y la dirección del notificador; b) Una descripción general del organismo u organismos vivos modificados; c) Un resumen de la evaluación del riesgo de los efectos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana; y d) Los métodos y planes de respuesta en caso de emergencia. Artículo 22 CREACIÓN DE CAPACIDAD 1. Las Partes cooperarán en el desarrollo y/o el fortalecimiento de los recursos humanos y la capacidad institucional en materia de seguridad de la biotecnología, incluida la biotecnología en la medida en que es necesaria para la seguridad de la biotecnología, con miras a la aplicación eficaz del presente Protocolo en las Partes que son países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, y las Partes que son países con economías en transición, a través de las instituciones y organizaciones mundiales, regionales, subregionales y nacionales existentes y, cuando proceda, mediante la facilitación de la participación del sector privado. 2. A los efectos de aplicar el párrafo 1 supra, en relación con la cooperación para las actividades de creación de capacidad en materia de seguridad de la biotecnología, se tendrán plenamente en cuenta las necesidades de las Partes que son países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y de los pequeños Estados insulares en desarrollo, de

recursos financieros y acceso a tecnología y a conocimientos especializados, y su transferencia, de conformidad con las disposiciones pertinentes del Convenio. La cooperación en la esfera de la creación de capacidad incluirá, teniendo en cuenta las distintas situaciones, la capacidad y necesidades de cada Parte, la capacitación científica y técnica en el manejo adecuado y seguro de la biotecnología y en el uso de la evaluación del riesgo y de la gestión del riesgo para seguridad de la biotecnología, y el fomento de la capacidad tecnológica e institucional en materia de seguridad de la biotecnología. También se tendrán plenamente en cuenta las necesidades de las Partes con economías en transición para esa creación de capacidad en seguridad de la biotecnología. Artículo 23 CONCIENCIACIÓN y PARTICIPACIÓN DEL PÚBLICO 1. Las Partes: a) Fomentarán y facilitarán la concienciación, educación y participación del público relativas a la seguridad de la transferencia, manipulación y utilización de los organismos vivos modificados en relación con la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. Para ello, las Partes cooperarán, según proceda, con otros Estados y órganos internacionales; b) Procurarán asegurar que la concienciación y educación del público incluya el acceso a la información sobre organismos vivos modificados identificados de conformidad con el presente Protocolo que puedan ser importados. 2. Las Partes, de conformidad con sus leyes y reglamentaciones respectivas, celebrarán consultas con el público en el proceso de adopción de decisiones en relación con organismos vivos modificados y darán a conocer al público los resultados de esas decisiones, respetando la información confidencial según lo dispuesto en el artículo 21. 3. Cada Parte velará por que su población conozca el modo de acceder al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología. Artículo 24 ESTADOS QUE NO SON PARTES 1. Los movimientos transfronterizos de organismos vivos modificados entre Partes y Estados que no son Partes deberán ser compatibles con el objetivo del presente Protocolo. Las Partes podrán concertar

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acuerdos y arreglos bilaterales, regionales y multilaterales con Estados que no son Partes en relación con esos movimientos transfronterizos. 2. Las Partes alentarán a los Estados que no son Partes a que se adhieran al Protocolo y a que aporten al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología información pertinente sobre los organismos vivos modificados liberados o introducidos en zonas dentro de su jurisdicción nacional o transportados fuera de ella. Artículo 25 MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS ILÍCITOS 1. Cada Parte adoptará las medidas nacionales adecuadas encaminadas a prevenir y, si procede, penalizar los movimientos transfronterizos de organismos vivos modificados realizados en contravención de las medidas nacionales que rigen la aplicación del presente Protocolo. Esos movimientos se considerarán movimientos transfronterizos ilícitos. 2. En caso de que se produzca un movimiento transfronterizo ilícito, la Parte afectada podrá exigir a la Parte de origen que retire a sus expensas el organismo vivo modificado de que se trate repatriándolo o destruyéndolo, según proceda. 3. Cada Parte pondrá a disposición del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología información sobre los casos de movimientos transfronterizos ilícitos en esa Parte. Artículo 26 CONSIDERACIONES SOCIOECONÓMICAS 1. Las Partes, al adoptar una decisión sobre la importación con arreglo a las medidas nacionales que rigen la aplicación del presente Protocolo, podrán tener en cuenta, de forma compatible con sus obligaciones internacionales, las consideraciones socioeconómicas resultantes de los efectos de los organismos vivos modificados para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, especialmente en relación con el valor que la diversidad biológica tiene para las comunidades indígenas y locales. 2. Se alienta a las Partes a cooperar en la esfera del intercambio de información e investigación sobre los efectos socioeconómicos de los organismos vivos modificados, especialmente en las comunidades indígenas y locales.

Artículo 27 RESPONSABILIDAD Y COMPENSACIÓN La Conferencia de las Partes que actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo adoptará, en su primera reunión, un proceso en relación con la elaboración apropiada de normas y procedimientos internacionales en la esfera de la responsabilidad y compensación por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de organismos vivos modificados, para lo que se analizarán y se tendrán debidamente en cuenta los procesos en curso en el ámbito del derecho internacional sobre esas esferas, y tratará de completar ese proceso en un plazo de cuatro años. Artículo 28 MECANISMO FINANCIERO Y RECURSOS FINANCIEROS 1. Al examinar los recursos financieros para la aplicación del Protocolo, las Partes tendrán en cuenta las disposiciones del artículo 20 del Convenio. 2. El mecanismo financiero establecido en virtud del artículo 21 del Convenio será, por conducto de la estructura institucional a la que se confíe su funcionamiento, el mecanismo financiero del presente Protocolo. 3. En lo relativo a la creación de capacidad a que se hace referencia en el artículo 22 del presente Protocolo, la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo, al proporcionar orientaciones en relación con el mecanismo financiero a que se hace referencia en el párrafo 2 supra para su examen por la Conferencia de las Partes, tendrá en cuenta la necesidad de recursos financieros de las Partes que son países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo. 4. En el contexto del párrafo 1 supra, las Partes también tendrán en cuenta las necesidades de las Partes que son países en desarrollo, especialmente de los países menos adelantados y de los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como de las Partes que son países con economías en transición, en sus esfuerzos por determinar y satisfacer sus requisitos de creación de capacidad para la aplicación del presente Protocolo. 5. Las orientaciones que se proporcionen al mecanismo financiero del Convenio en las decisiones pertinentes de la Conferencia de las Partes, incluidas aquellas convenidas con anterioridad a la adopción

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del presente Protocolo, se aplicarán, mutatis mutandis, a las disposiciones del presente artículo. 6. Las Partes que son países desarrollados podrán también suministrar recursos financieros y tecnológicos para la aplicación de las disposiciones del presente Protocolo por conductos bilaterales, regionales y multilaterales, y las Partes que son países en desarrollo y países con economías en transición podrán acceder a esos recursos. Artículo 29 CONFERENCIA DE LAS PARTES QUE ACTÚA COMO REUNIÓN DE LAS PARTES EN EL PRESENTE PROTOCOLO 1. La Conferencia de las Partes actuará como reunión de las Partes en el presente Protocolo. 2. Las Partes en el Convenio que no sean Partes en el presente Protocolo podrán participar en calidad de observadores en las deliberaciones de las reuniones de la Conferencia de las Partes que actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo. Cuando la Conferencia de las Partes actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo, las decisiones adoptadas en virtud del presente Protocolo sólo serán adoptadas por las Partes en éste. 3. Cuando la Conferencia de las Partes actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo, los miembros de la Mesa de la Conferencia de las Partes que representen a Partes en el Convenio que, en ese momento, no sean Partes en presente el Protocolo, serán reemplazados por miembros que serán elegidos por y de entre las Partes en el presente Protocolo. 4. La Conferencia de las Partes que actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo examinará periódicamente la aplicación del presente Protocolo y adoptará, con arreglo a su mandato, las decisiones que sean necesarias para promover su aplicación efectiva. La Conferencia de las Partes desempeñará las funciones que se le asignen en el presente Protocolo y deberá: a) Formular recomendaciones sobre los asuntos que se consideren necesarios para la aplicación del presente Protocolo; b) Establecer los órganos subsidiarios que se estimen necesarios para la aplicación del presente Protocolo; c) Recabar y utilizar, cuando proceda, los servicios, la cooperación y la información que puedan proporcionar las organizaciones internacionales y ór-

ganos no gubernamentales e intergubernamentales competentes; d) Establecer la forma y la periodicidad para transmitir la información que deba presentarse de conformidad con el artículo 33 del presente Protocolo y examinar esa información, así como los informes presentados por los órganos subsidiarios; e) Examinar y aprobar, cuando proceda, las enmiendas al presente Protocolo y sus anexos, así como a otros anexos adicionales del presente Protocolo, que se consideren necesarias para la aplicación del presente Protocolo; f) Desempeñar las demás funciones que sean necesarias para la aplicación del presente Protocolo. 5. El reglamento de la Conferencia de las Partes y el reglamento financiero del Convenio se aplicarán mutatis mutandis al presente Protocolo, a menos que se decida otra cosa por consenso en la Conferencia de las Partes que actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo. 6. La primera reunión de la Conferencia de las Partes que actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo será convocada por la secretaría, conjuntamente con la primera reunión de la Conferencia de las Partes que se prevea celebrar después de la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo. Las sucesivas reuniones ordinarias de la Conferencia de las Partes que actúe como reunión de la Conferencia de las Partes en el presente Protocolo se celebrarán conjuntamente con las reuniones ordinarias de la Conferencia de las Partes, a menos que la Conferencia de las Partes que actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo decida otra cosa. 7. Las reuniones extraordinarias de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo se celebrarán cuando lo estime necesario la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo, o cuando lo solicite por escrito una Parte, siempre que, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que la secretaría haya comunicado a las Partes la solicitud, ésta cuente con el apoyo de al menos un tercio de las Partes. 8. Las Naciones Unidas, sus organismos especializados y el Organismo Internacional de Energía Atómica, así como los Estados que sean miembros u observadores de esas organizaciones que no sean Partes en el Convenio, podrán estar representados en calidad de observadores en las reuniones de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las

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Partes en el presente Protocolo. Todo órgano u organismo, ya sea nacional o internacional, gubernamental o no gubernamental con competencias en los asuntos contemplados en el presente Protocolo y que haya comunicado a la secretaría su interés por estar representado en calidad de observador en una reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo, podrá aceptarse como tal, a no ser que se oponga a ello al menos un tercio de las Partes presentes. Salvo que se disponga otra cosa en el presente artículo, la aceptación y participación de observadores se regirá por el reglamento a que se hace referencia en el párrafo 5 supra. Artículo 30 ÓRGANOS SUBSIDIARIOS 1. Cualquier órgano subsidiario establecido por el Convenio o en virtud de éste podrá, cuando así lo decida la reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo, prestar servicios al Protocolo, en cuyo caso, la reunión de las Partes especificará las funciones que haya de desempeñar ese órgano. 2. Las Partes en el Convenio que no sean Partes en el presente Protocolo podrán participar en calidad de observadores en los debates de las reuniones de los órganos subsidiarios del presente Protocolo. Cuando un órgano subsidiario del Convenio actúe como órgano subsidiario del presente Protocolo, las decisiones relativas a éste sólo serán adoptadas por las Partes en el Protocolo. 3. Cuando un órgano subsidiario del Convenio desempeñe sus funciones en relación con cuestiones relativas al presente Protocolo, los miembros de la Mesa de ese órgano subsidiario que representen a Partes en el Convenio que, en ese momento, no sean Partes en el Protocolo, serán reemplazados por miembros que serán elegidos por y de entre las Partes en el Protocolo. Artículo 31 SECRETARÍA 1. La secretaría establecida en virtud del artículo 24 del Convenio actuará como secretaría del presente Protocolo. 2. El párrafo 1 del artículo 24 del Convenio, relativo a las funciones de la secretaría, se aplicará mutatis mutandis al presente Protocolo. 3. En la medida en que puedan diferenciarse, los gastos de los servicios de secretaría para el Pro-

tocolo serán sufragados por las Partes en éste. La Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo decidirá, en su primera reunión, acerca de los arreglos presupuestarios necesarios con ese fin. Artículo 32 RELACIÓN CON EL CONVENIO Salvo que en el presente Protocolo se disponga otra cosa, las disposiciones del Convenio relativas a sus Protocolos se aplicarán al presente Protocolo. Artículo 33 VIGILANCIA Y PRESENTACIÓN DE INFORMES Cada Parte vigilará el cumplimiento de sus obligaciones con arreglo al presente Protocolo e informará a la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo, con la periodicidad que ésta determine, acerca de las medidas que hubieren adoptado para la aplicación del Protocolo. Artículo 34 CUMPLIMIENTO La Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo, en su primera reunión, examinará y aprobará mecanismos institucionales y procedimientos de cooperación para promover el cumplimiento con las disposiciones del presente Protocolo y para tratar los casos de incumplimiento. En esos procedimientos y mecanismos se incluirán disposiciones para prestar asesoramiento o ayuda, según proceda. Dichos procedimientos y mecanismos se establecerán sin perjuicio de los procedimientos y mecanismos de solución de controversias establecidos en el artículo 27 del Convenio y serán distintos de ellos. Artículo 35 EVALUACIÓN Y REVISIÓN La Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo llevará a cabo, cinco años después de la entrada en vigor del presente Protocolo, y en lo sucesivo al menos cada cinco años, una evaluación de la eficacia del Protocolo, incluida una evaluación de sus procedimientos y anexos.

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Artículo 36 FIRMA El presente Protocolo estará abierto a la firma de los Estados y de las organizaciones regionales de integración económica en la Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi del 15 al 26 de mayo de 2000 y en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York del 5 de junio de 2000 al 4 de junio de 2001. Artículo 37 ENTRADA EN VIGOR 1. El presente Protocolo entrará en vigor el nonagésimo día contado a partir de la fecha en que haya sido depositado el quincuagésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión por los Estados u organizaciones regionales de integración económica que sean Partes en el Convenio. 2. El presente Protocolo entrará en vigor para cada Estado u organización regional de integración económica que ratifique, acepte o apruebe el presente Protocolo o que se adhiera a él después de su entrada en vigor de conformidad con el párrafo 1 supra, el nonagésimo día contado a partir de la fecha en que dicho Estado u organización regional de integración económica haya depositado su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, o en la fecha en que el Convenio entre en vigor para ese Estado u organización regional de integración económica, si esa segunda fecha fuera posterior. 3. A los efectos de los párrafos 1 y 2 supra, los instrumentos depositados por una organización regional de integración económica no se considerarán adicionales a los depositados por los Estados miembros de esa organización. Artículo 38 RESERVAS No se podrán formular reservas al presente Protocolo. Artículo 39 DENUNCIA 1. En cualquier momento después de dos años contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo para una Parte, esa Parte podrá denunciar el Protocolo mediante notificación por escrito al Depositario. 2. La denuncia será efectiva después de un año contado a partir de la fecha en que el Depositario haya recibido la notificación, o en una fecha posterior

que se haya especificado en la notificación de la denuncia. Artículo 40 TEXTOS AUTÉNTICOS El original del presente Protocolo, cuyos textos en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, se depositará en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los infraescritos, debidamente autorizados a ese efecto, firman el presente Protocolo. HECHO en Montreal el 29 de enero de 2000. Anexo I INFORMACIÓN REQUERIDA EN LAS NOTIFICACIONES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 8,10 Y 13 a) Nombre, dirección e información de contacto del exportador. b) Nombre, dirección e información de contacto del importador. c) Nombre e identidad del organismo vivo modificado, así como la clasificación nacional, si la hubiera, del nivel de seguridad de la biotecnología, del organismo vivo modificado en el Estado de exportación. d) Fecha o fechas prevista del movimiento transfronterizo, si se conocen. e) Situación taxonómica, nombre común, lugar de recolección o adquisición y características del organismo receptor o los organismos parentales que guarden relación con la seguridad de la biotecnología. f) Centros de origen y centros de diversidad genética, si se conocen, del organismo receptor y/o de los organismos parentales y descripción de los hábitats en que los organismos pueden persistir o proliferar. g) Situación taxonómica, nombre común, lugar de recolección o adquisición y características del organismo u organismos donantes que guarden relación con la seguridad de la biotecnología. h) Descripción del ácido nucleico o la modificación introducidos, la técnica utilizada, y las características resultantes del organismo vivo modificado. i) Uso previsto del organismo vivo modificado o sus productos, por ejemplo, materiales procesados que tengan su origen en organismos vivos modifica-

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dos, que contengan combinaciones nuevas detectables de material genético replicable que se hayan obtenido mediante el uso de la biotecnología moderna. j) Cantidad o volumen del organismo vivo modificado que vayan a transferirse. k) Un informe sobre la evaluación del riesgo conocido y disponible que se haya realizado con arreglo al anexo Ill. l) Métodos sugeridos para la manipulación, el almacenamiento, el transporte y la utilización seguros, incluido el envasado, el etiquetado, la documentación, los procedimientos de eliminación y en caso de emergencia, según proceda. m) Situación reglamentaria del organismo vivo modificado de que se trate en el Estado de exportación (por ejemplo, si está prohibido en el Estado de exportación, si está sujeto a otras restricciones, o si se ha aprobado para su liberación general) y, si el organismo vivo modificado está prohibido en el Estado de exportación, los motivos de esa prohibición. n) El resultado y el propósito de cualquier notificación a otros gobiernos por el exportador en relación con el organismo vivo modificado que se pretende transferir. o) Una declaración de que los datos incluidos en la información arriba mencionada son correctos. Anexo II INFORMACIÓN REQUERIDA EN RELACIÓN CON LOS ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS DESTINADOS A USO DIRECTO COMO ALIMENTO HUMANO O ANIMAL O PARA PROCESAMIENTO CON ARREGLO AL ARTÍCULO 11 a) El nombre y las señas del solicitante de una decisión para uso nacional. b) El nombre y las señas de la autoridad encargada de la decisión. c) El nombre y la identidad del organismo vivo modificado. d) La descripción de la modificación del gen, la técnica utilizada y las características resultantes del organismo vivo modificado. e) Cualquier identificación exclusiva del organismo vivo modificado. f) La situación taxonómica, el nombre común, el lugar de recolección o adquisición y las características del organismo receptor o de los organismos pa-

rentales que guarden relación con la seguridad de la biotecnología. g) Centros de origen y centros de diversidad genética, si se conocen, del organismo receptor y/o los organismos parentales y descripción de los hábitats en que los organismos pueden persistir o proliferar. h) La situación taxonómica, el nombre común, el lugar de recolección o adquisición y las características del organismo donante u organismos que guarden relación con la seguridad de la biotecnología. i) Los usos aprobados del organismo vivo modificado. j) Un informe sobre la evaluación del riesgo con arreglo al anexo III. k) Métodos sugeridos para la manipulación, el almacenamiento, el transporte y la utilización seguros, incluidos el envasado, el etiquetado, la documentación, los procedimientos de eliminación y en caso de emergencia, según proceda. Anexo III EVALUACIÓN DEL RIESGO Objetivo 1. El objetivo de la evaluación del riesgo, en el marco del presente Protocolo, es determinar y evaluar los posibles efectos adversos de los organismos vivos modificados en la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica en el probable medio receptor, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. Uso de la evaluación del riesgo 2. Las autoridades competentes utilizarán la evaluación del riesgo para, entre otras cosas, adoptar decisiones fundamentadas en relación con los organismos vivos modificados. Principios generales 3. La evaluación del riesgo deberá realizarse de forma transparente y científicamente competente, y al realizarla deberán tenerse en cuenta el asesoramiento de los expertos y las directrices elaboradas por las organizaciones internacionales pertinentes. 4. La falta de conocimientos científicos o de consenso científico no se interpretarán necesariamente como indicadores de un determinado nivel de riesgo, de la ausencia de riesgo, o de la existencia de un riesgo aceptable.

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5. Los riesgos relacionados con los organismos vivos modificados o sus productos, por ejemplo, materiales procesados que tengan su origen en organismos vivos modificados, que contengan combinaciones nuevas detectables de material genético replicable que se hayan obtenido mediante el uso de la biotecnología moderna, deberán tenerse en cuenta en el contexto de los riesgos planteados por los receptores no modificados o por los organismos parentales en el probable medio receptor. 6. La evaluación del riesgo deberá realizarse caso por caso. La naturaleza y el nivel de detalle de la información requerida puede variar de un caso a otro, dependiendo del organismo vivo modificado de que se trate, su uso previsto y el probable medio receptor. Metodología 7. El proceso de evaluación del riesgo puede dar origen, por una parte, a la necesidad de obtener más información acerca de aspectos concretos, que podrán determinarse y solicitarse durante el proceso de evaluación, y por otra parte, a que la información sobre otros aspectos pueda carecer de interés en algunos casos. 8. Para cumplir sus objetivos, la evaluación del riesgo entraña, según proceda, las siguientes etapas: a) Una identificación de cualquier característica genotípica y fenotípica nueva relacionada con el organismo vivo modificado que pueda tener efectos adversos en la diversidad biológica y en el probable medio receptor, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana; b) Una evaluación de la probabilidad de que esos efectos adversos ocurran realmente, teniendo en cuenta el nivel y el tipo de exposición del probable medio receptor al organismo vivo modificado; c) Una evaluación de las consecuencias si esos efectos adversos ocurriesen realmente; d) Una estimación del riesgo general planteado por el organismo vivo modificado basada en la evaluación de la probabilidad de que los efectos adversos determinados ocurran realmente y las consecuencias en ese caso; e) Una recomendación sobre si los riesgos son aceptables o gestionables o no, incluida, cuando sea necesaria, la determinación de estrategias para gestionar esos riesgos; y f) Cuando haya incertidumbre acerca del nivel de riesgo, se podrá tratar de subsanar esa incerti-

dumbre solicitando información adicional sobre las cuestiones concretas motivo de preocupación, o poniendo en práctica estrategias de gestión del riesgo apropiadas y/o vigilando al organismo vivo modificado en el medio receptor. Aspectos que es necesario tener en cuenta 9. Según el caso, en la evaluación del riesgo se tienen en cuenta los datos técnicos y científicos pertinentes sobre las características de los siguientes elementos: a) Organismo receptor u organismos parentales. Las características biológicas del organismo receptor o de los organismos parentales, incluida información sobre la situación taxonómica, el nombre común, el origen, los centros de origen y los centros de diversidad genética, si se conocen, y una descripción del hábitat en que los organismos pueden persistir o proliferar; b) Organismo u organismos donantes. Situación taxonómica y nombre común, fuente y características biológicas pertinentes de los organismos donantes; c) Vector. Características del vector, incluida su identidad, si la tuviera, su fuente de origen y el área de distribución de sus huéspedes; d) Inserto o insertos y/o características de la modificación. Características genéticas del ácido nucleico insertado y de la función que especifica, y/o características de la modificación introducida; e) Organismo vivo modificado. Identidad del organismo vivo modificado y diferencias entre las características biológicas del organismo vivo modificado y las del organismo receptor o de los organismos parentales; f) Detección e identificación del organismo vivo modificado. Métodos sugeridos de detección e identificación y su especificidad, sensibilidad y fiabilidad; g) Información sobre el uso previsto. Información acerca del uso previsto del organismo vivo modificado, incluido un uso nuevo o distinto comparado con los del organismo receptor o los organismos parentales, y h) Medio receptor. Información sobre la ubicación y las características geográficas, climáticas y ecológicas, incluida información pertinente sobre la diversidad biológica y los centros de origen del probable medio receptor.

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CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Montreal, Canadá, el 29 de enero de 2000, y suscripto por nuestra República el 1º de junio de 2001. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 6 de mayo de 2009. ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, Presidente, HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 165 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: El presente proyecto de ley persigue la aprobación del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptada en Montreal, Canadá, el 29 de enero de 2000, y suscripto por nuestra República el 1º de julio de 2001. Su estructura presenta un preámbulo, cuarenta artículos y tres anexos. El preámbulo señala que las Partes del presente Protocolo son Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, el que en nuestro país es la Ley Nº 16.408, de 27 de agosto de 1993. Éste en su artículo 8 inciso “g” conviene que las Partes “establecerán o mantendrán medios para regular, administrar o controlar los riesgos derivados de la utilización y la liberación de organismos vivos modificados como resultado de la biotecnología que es probable tengan repercusiones ambientales adversas que puedan afectar a la conservación y a la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana”. Al mismo tiempo el artículo 19 numeral 3 del Convenio sobre la Diversidad Biológica encomienda que “las Partes estudiarán la necesidad y las modalidades de un protocolo que establezca procedimientos adecuados, incluido en particular el consentimiento fundamentado previo, en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización de cualesquiera organismos vivos modificados, resultantes de la biotecnolo-

gía que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica”. Esos elementos serían sin mengua de otros, los nexos jurídicos entre el Convenio (madre) sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo que estamos abordando, que versa sobre la seguridad de la biotecnología. El mismo persigue como objetivo contribuir a la transferencia, manipulación y utilización segura de organismos vivos modificados, como plantas, animales y microbios alterados genéticamente que cruzan las fronteras internacionales. Son múltiples las definiciones internacionales sobre lo qué es o de qué se trata un organismo vivo modificado (OVM). Las directrices que promueve la organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), define que un “organismo vivo modificado es cualquier organismo que tenga una nueva combinación de material genético, producido a través de métodos biotecnológicos modernos”. Los mismos forman parte del subconjunto de organismos genéticamente modificados (OGM). Tanto las semillas, las estacas y los tejidos vegetales de cultivos genéticamente modificados son partes vivas de las plantas y en consecuencia son OVM. En el preámbulo se reconocen como antecedentes los párrafos 3 y 4 del artículo 19 y el inciso “g” del artículo 8 y el artículo 17 del Convenio sobre la Diversidad Biológica y el principio 15 de la Declaración de Río 1992, emitido durante la Cumbre de la Tierra. Articulado: El objetivo de este Protocolo tal como establece su Artículo 1 es garantir en un nivel adecuado de protección de la esfera de la transferencia, manipulación y utilización segura de los organismos vivos modificados, resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo en cuenta los riesgos para la salud humana, acorde a las precauciones que surgen del principio 15 de Río 1992, sustanciado específicamente en los movimientos transfronterizos. El Artículo 2 dispone fundamentalmente que las Partes tomen medidas legislativas, administrativas y otras, necesarias y convenientes, para cumplir con las obligaciones que se asumen con el presente Protocolo.

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Al respecto es menester consignar que nuestro país ha llevado a cabo lo que propone el Protocolo de Cartagena, desarrollando por motu propio, tal como lo expresa el mensaje del Poder Ejecutivo y también ratificó el señor Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca al momento de su presencia en Comisión. Ello en razón de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, “Ley General de Protección del Ambiente”, en especial en su artículo 23 el que expresa: “(Bioseguridad).- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, dictará las providencias y aplicará las medidas necesarias para prevenir y controlar los riesgos ambientales derivados de la creación, manipulación, utilización o liberación de organismos genéticamente modificados como resultado de aplicaciones biotecnológicas, en cuanto pudieran afectar la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y el ambiente. Cuando así corresponda, coordinará con otras entidades públicas y privadas las medidas a adoptar respecto de otros riesgos derivados de tales actividades, pero relacionados con la salud humana, la seguridad industrial y laboral, las buenas prácticas de laboratorio y la utilización farmacéutica y alimenticia. La introducción de organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología en las zonas sometidas a la jurisdicción nacional, cualquiera sea la forma o el régimen bajo el cual ello se realice, estará sujeto a la autorización previa de la autoridad competente. En tanto esa autoridad no fuera designada o cuando la introducción pudiera ser riesgosa para la diversidad biológica o el ambiente será competente el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”. En el mismo sentido el Decreto 249/000 que establece un marco administrativo para el tratamiento de solicitudes de autorización de vegetales genéticamente modificados para diferentes aplicaciones. Más tarde el Decreto 39/2007 suspendió el tratamiento de nuevas solicitudes para la autorización de vegetales y sus partes genéticamente modificadas y comete a un grupo de trabajo la redacción de un amplio marco normativo en bioseguridad. Durante el lapso de tiempo que transcurrió tras ese decreto nuestro país se dio un tiempo necesario para analizar los posibles efectos transgénicos, de modo de construir la normativa que vendría a aplicarse a partir del Decreto 353/008.

Éste establece el Gabinete Nacional de la Biodiversidad y la Comisión para la Gestión de Riesgo, la que tiene como objetivo analizar desde el punto de vista científico, productivo, medioambiental y de la salud pública cualquier evento transgénico que se vaya a autorizar. El Decreto 353/008 no estableció la prohibición de los transgénicos, por lo contrario establece su funcionamiento bajo el principio de la coexistencia regulada. O sea que Uruguay ya tiene su normativa en la línea que establece el Protocolo de Cartagena y del que estamos considerando, lo que equivale a asegurar la transferencia en el manejo y utilización segura de los OVM sujetos a movimientos transfronterizos. Disposiciones: El Artículo 1 fija como objetivos del presente Protocolo contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en torno a la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos. El Artículo 2 dispone que las Partes tomen medidas legislativas y administrativas a efectos del cumplimiento del presente Protocolo velando por reducir los riesgos para la diversidad biológica y atención a los riesgos para la salud humana. Asimismo se señala que el Protocolo no afectará a la soberanía de los Estados sobre su mar territorial establecida de acuerdo con el derecho internacional, ni a los derechos soberanos ni la jurisdicción de los Estados sobre sus zonas económicas exclusivas y en sus plataformas continentales. Tampoco se deberá interpretar en el sentido que pudiera restringir el derecho de una Parte a adoptar medidas más estrictas para proteger la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica que establece el Protocolo, siempre que esas medidas sean compatibles con el objetivo y las disposiciones del presente protocolo. En el numeral 5 del Artículo 2 alienta a las Partes a tener en cuenta los elementos componentes en la esfera de los riesgos para la salud humana. El Artículo 3 consigna los términos que se utilizan a los efectos de una adecuada interpretación del documento.

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El Artículo 4 establece el ámbito en donde se aplicará el Protocolo, ello es con “el movimiento transfronterizo, el tránsito, la manipulación y la utilización de todos los organismos vivos modificados que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. El Artículo 5 dispone que este Protocolo no se aplicará al movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados que sean productos farmacéuticos destinados a los seres humanos que ya estén contemplados en otros acuerdos u organizaciones internacionales pertinentes. El Artículo 6 refiere a que las disposiciones de este Protocolo no se aplicarán a los OVM en tránsito ni a los OVM destinados a uso confinado. Los Artículos 7, 8, 9, 10, 11 y 12 se caracterizan por detallar el trámite previo al movimiento transfronterizo conocido como “Acuerdo Fundamentado Previo” el que se constituye por cuatro pasos: A) Notificación escrita por parte del importador, B) Acuse de recibo de la notificación por parte del importador, C) Procedimiento para la toma de decisiones, 4) Revisión de decisiones. El Artículo 14 abre la posibilidad para que las Partes puedan concertar acuerdos y arreglos bilaterales, regionales y multilaterales relativos a los movimientos transfronterizos a que refiere este Protocolo siempre que los mismos sean compatibles con los objetivos del mismo. Los Artículos 15 y 16 refieren a la evaluación y gestión del riesgo. Los mismos persiguen que se tomen medidas oportunas y adecuadas en los movimientos transfronterizos de los OVM. En ese sentido se expresan los Artículos 17 y 18 los que atienden tanto los movimientos transfronterizos involuntarios y medidas de emergencia, como la manipulación, transporte y envasado e identificación de los OVM. Allí se detalla el tipo de documentación que debe acompañar a los OVM destinados a uso directo como alimento humano o animal para procesamiento; a los OVM destinados a uso confinado y OVM destinados a su introducción intencional en el medio ambiente de la Parte importadora y otros OVM contemplados por el Protocolo. A la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el presente Protocolo, se le encomienda la elaboración de normas que atiendan todo lo relativo a este Artículo 18.

En el Artículo 19 se establece que las Partes deberán designar un centro focal nacional y una autoridad competente que se encargará de todo aquello concerniente a las funciones administrativas que sean necesarias para cubrir los alcances del presente Protocolo. Desde el punto de vista institucional el Artículo 20 es relevante dado que instala un Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología el que se vincula al numeral 3 del Artículo 18 (actos de la Conferencia de las Partes). En el Artículo 29 se estipula que la Conferencia de las Partes actuará como reunión de las Partes, se fija además el grado de participación de aquellas Partes del Convenio de Cartagena que no sean Partes del presente Protocolo, las que actuarán como observadores en las deliberaciones de las reuniones de la Conferencia de las Partes que actúe como reunión de las Partes en el presente Protocolo. Por medio de este Artículo se establecen una serie de deberes consignados en los numerales 4 al 8. El Artículo 30 refiere al rol de los órganos subsidiarios que establece el literal b, numeral 4 del Artículo 29. El Artículo 31 conviene que la Secretaría del presente Protocolo será la establecida en virtud del Artículo 24 del Convenio de Cartagena y que como tal actuará. Sus funciones son: a) Organizar las reuniones de la Conferencia de las Partes, etc.; b) Desempeñar las funciones que se le asignen en los Protocolos; c) Preparar informes acerca de las actividades que desarrolle para presentarlos a la Conferencia de las Partes. La designación de la Secretaría obedecerá a factores de competencia en la materia objeto del Convenio de Cartagena. El Artículo 32 establece la relación del presente Protocolo con el Convenio de Cartagena. Ello se diligenciará de manera que “las disposiciones del Convenio relativas a sus Protocolos se aplicarán al presente Protocolo, salvo que en éste se disponga otra cosa. Finalmente, la Conferencia de las Partes, tal como se dice en el Artículo 35 llevará cada cinco años, luego de la entrada en vigor del presente instrumento, una evaluación de la eficacia, procedimientos y anexos del mismo. El presente Protocolo ya ha cobrado vigor y ha sido ratificado por más de ciento sesenta países.

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En cuanto a los tres anexos, el I y II son de procedimiento ante exigencias o requerimientos del articulado del Protocolo, mientras que el anexo III fija los objetivos que implica la evaluación del riesgo tanto en torno a su uso, a los principios que lo rigen, la metodología a seguir en cuanto el proceso de evaluación del riesgo, etcétera. También es importante dejar constancia que en la anterior legislatura este instrumento internacional fue aprobado por la Cámara de Senadores pero lamentablemente la Cámara de Diputados no pudo incluirlo en su agenda en virtud de tratarse de un año muy particular. Vuestra Comisión de Asuntos Internacionales ha examinado este asunto, haciéndolo en una oportunidad junto al Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca y concluye en recomendar a la Cámara el beneficio de la aprobación respectiva y el correspondiente pase al Senado de la República. Sala de la Comisión, 23 de marzo de 2011. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Miembro Informante, FERNANDO AMADO, MARTÍN ELGUE, JOSÉ CARLOS MAHÍA, CARMEN MILLÁN”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: este es un asunto que retiramos oportunamente del archivo, en virtud de que en la Legislatura anterior llegó a la Cámara de Diputados luego de ser aprobado por el Senado, pero no pudimos considerarlo en función de los tiempos electorales, como sucedió con otros proyectos que llegaron sobre el filo del año 2009. La Comisión de Asuntos Internacionales lo ha tomado como suyo y ha producido este informe del que voy a tomar algunos conceptos para que consten en la versión taquigráfica, dado que este tema presenta sus complejidades. Me parece que este proyecto relativo al Protocolo de Cartagena tiene su importancia, sobre todo para el medio productivo. El preámbulo de este asunto señala que las Partes del presente Protocolo son Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, que en nuestro país es ley desde 1993, Ley Nº 16.408. En su artículo 8°, inci-

so g), conviene que las Partes “establecerán o mantendrán medios para regular, administrar o controlar los riesgos derivados de la utilización y la liberación de organismos vivos modificados como resultado de la biotecnología que es probable tengan repercusiones ambientales adversas que puedan afectar a la conservación y a la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana”. Al mismo tiempo, el artículo 19, numeral 3, del Convenio sobre la Diversidad Biológica encomienda a las Partes a estudiar “[…] la necesidad y las modalidades de un protocolo que establezca procedimientos adecuados, […] incluido la manipulación y utilización de cualesquiera organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica”. Esos elementos serían, sin mengua de otros, los nexos jurídicos entre el Convenio madre sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo que estamos abordando, que versa sobre la seguridad de la biotecnología. Se persigue como objetivo contribuir a la transferencia, manipulación y utilización segura de organismos vivos modificados, como plantas, animales y microbios alterados genéticamente que cruzan las fronteras internacionales. Son múltiples las definiciones internacionales sobre qué es o de qué se trata un organismo vivo modificado. Las directrices que promueve la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación -FAO- definen que un “organismo vivo modificado es cualquier organismo que tenga una nueva combinación de material genético, producido a través de métodos biotecnológicos modernos”; forman parte del subconjunto de organismos genéticamente modificados. Las semillas, las estacas y los tejidos vegetales de cultivos genéticamente modificados son partes vivas de las plantas y en consecuencia son organismos vivos modificados. En el preámbulo de este Protocolo se reconocen como antecedentes los párrafos 3 y 4 del artículo 19, el inciso g) del artículo 8, el artículo 17 del Convenio sobre la Diversidad Biológica y el principio 15 de la Declaración de Río de Janeiro de 1992, emitido durante la Cumbre de la Tierra.

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El objetivo de este Protocolo, tal como lo establece su Artículo 1, es garantizar un nivel adecuado de protección de la esfera de la transferencia, manipulación y utilización segura de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo en cuenta los riesgos para la salud humana, acorde a las precauciones que surgen del principio 15 de Río de 1992, sustanciado específicamente en los movimientos transfronterizos. El Artículo 2 dispone, fundamentalmente, que las Partes tomen medidas legislativas, administrativas y otras, necesarias y convenientes, para cumplir con las obligaciones que se asumen con el presente Protocolo. ¿Qué ha sucedido en la República Oriental del Uruguay, señor Presidente? Hay que consignar que nuestro país ha llevado a cabo lo que propone el Protocolo de Cartagena desarrollando, “motu proprio”, tal como expresa el Mensaje del Poder Ejecutivo y como lo ratificó el señor Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca en oportunidad de su presencia en la Comisión. La Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, “Ley General de Protección del Ambiente”, en su artículo 23 expresa: “(Bioseguridad).- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, dictará las providencias y aplicará las medidas necesarias para prevenir y controlar los riesgos ambientales derivados de la creación, manipulación, utilización o liberación de organismos genéticamente modificados como resultado de aplicaciones biotecnológicas, en cuanto pudieran afectar la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y el ambiente.-Cuando así corresponda, coordinará con otras entidades públicas y privadas las medidas a adoptar respecto de otros riesgos derivados de tales actividades, pero relacionados con la salud humana, la seguridad industrial y laboral, las buenas prácticas de laboratorio y la utilización farmacéutica y alimenticia.- La introducción de organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología en las zonas sometidas a la jurisdicción nacional, cualquiera sea la forma o el régimen bajo el cual ello se realice, estará sujeto a la autorización previa de la autoridad competente. En tanto esa autoridad no fuera designada o cuando la introducción pudiera ser riesgosa para la

diversidad biológica o el ambiente será competente el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”. En el mismo sentido avanzó el Decreto N° 249/000, es decir, del año 2000, que establece un marco administrativo para el tratamiento de solicitudes de autorización de vegetales genéticamente modificados para diferentes aplicaciones. Más tarde, el Decreto N° 39/2007 suspendió el tratamiento de nuevas solicitudes para la autorización de vegetales y sus partes genéticamente modificadas y cometió a un grupo de trabajo la redacción de un amplio marco normativo en materia de bioseguridad. Durante el lapso en que se aplicó ese decreto, nuestro país se dio el tiempo necesario para analizar los posibles efectos transgénicos, de modo de construir la normativa que vendría a aplicarse a partir del Decreto N° 353/008, que establece el Gabinete Nacional de la Biodiversidad y la Comisión para la Gestión de Riesgo, cuyo objetivo es analizar desde el punto de vista científico, productivo, medioambiental y de la salud pública cualquier evento transgénico que se vaya a autorizar. El Decreto N° 353/008 no estableció la prohibición de los transgénicos. Por el contrario, establece su funcionamiento bajo el principio de la coexistencia regulada. O sea que Uruguay ya tiene una normativa en la línea que establece el Protocolo de Cartagena y del que estamos considerando, lo que equivale a asegurar la transferencia en el manejo y utilización segura de los organismos vivos modificados sujetos a movimientos transfronterizos. Quiero decir, señor Presidente, que en esta dinámica o en este razonamiento está articulado todo el informe que hemos realizado con el beneplácito y la aprobación por unanimidad de la Comisión de Asuntos Internacionales, y que figura en el Anexo I, del Repartido que estamos considerando. Antes de solicitar la aprobación respectiva, voy a cerrar mi exposición con las palabras que expresó el señor Ministro Aguerre en la Comisión, cuando concurrió el año pasado. Dijo así: “[…] la ratificación del Protocolo nos permitiría tener voz y voto en un acuerdo que, si bien se está ratificando, está en permanente elaboración y discusión. Sería bueno, dado que somos un país agroexportador, participar en las discusiones que pueden estar directa o indirectamente

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condicionando algunos aspectos de nuestros principales rubros productivos. ¿Sobre qué base y con qué argumento? Sobre la base de que Uruguay tiene una legislación” -que es la que acabamos de mencionar”que se basa en una política de bioseguridad que tiene como ejemplo paradigmático la coexistencia regulada caso a caso, que es algo que muchos países han querido instrumentar y que les ha costado mucho, y otros no han podido hacerlo”. En esta brevísima extracción de la larga alocución que el señor Ministro realizó ante la Comisión, está resumido el corazón de esto que estamos tratando en el día de hoy. La Comisión, en aquella jornada, le dio el apoyo y quizás nos hemos demorado un tanto en producir el informe escrito y traerlo a Sala, lo cual es nuestra responsabilidad. Al final del Anexo figuran las firmas de todos los señores legisladores integrantes de la Comisión, que al igual que quien habla -que es su emisario-, reconocen el beneficio de la aprobación de este Protocolo y su pase al Senado para que allí sea tratado nuevamente y se envíe al Poder Ejecutivo. Es cuanto tengo para decir por ahora. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto por ser igual al informado)

24.- Daniel Leyes. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable).
Se pasa a considerar el asunto que figura en noveno término del orden del día: “Daniel Leyes. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 444 “MINUTA DE COMUNICACIÓN Artículo Único.- La Cámara de Representantes solicita al Poder Ejecutivo, la remisión de la correspondiente iniciativa para conceder una pensión graciable al señor Daniel Leyes, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.025.212-8, en base a la exposición de motivos que se adjunta. Montevideo, 30 de noviembre de 2010. HUGO DÁVILA, Artigas. Representante por

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Daniel Leyes, ciudadano nacido en la ciudad de Artigas el 16 de junio de 1931 cuenta hoy con 79 años de edad, luego de una proficua labor como artista plástico que se remonta a 1946 cuando con solo 15 años de edad se traslada a vivir con su abuela a Montevideo donde se familiariza con el Taller Torres García, por intermedio de su tío, el profesor Daniel De Los Santos. En el año 1948 regresa a Artigas donde continúa pintando como una de sus principales tareas. Con 37 años de edad cuando trascurre el año 1968, comienza a realizar sus primeras exposiciones y ventas de cuadros dividiendo su tiempo con otras actividades laborales. Al año siguiente en 1969, ya expone su obra en el Congreso de Juntas Departamentales que se realiza en la ciudad de Artigas. Llegando a 1973 comienza sus estudios en el Taller de Artes Plásticas bajo la maestría del profesor Daniel De Los Santos. En ese mismo año expone en el Club Deportivo Artigas y en la Asociación Agropecuaria, ambos de la ciudad de Artigas; también lo hace en el salón municipal de artes plásticas de Montevideo. Llegando a 1975 expone su obra en la Asociación de Residentes de Artigas en Montevideo y también

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expone en la Feria Artesanal de Artigas. En 1976 expone en el Subte Municipal de Montevideo con otros pintores del norte del Río Negro y en la Semana de Integración Artiguense, cosa que repite en 1977 y 1978 donde también expone en la Asociación de Residentes de Artigas en Montevideo. Al llegar 1979 vuelve a Montevideo, sigue estudiando en el taller antedicho, pinta todo el año y realiza una exposición en la ciudad de Castro por encargo de la Secretaría de Cultura de Curitiba en el estado de Paraná, en Brasil, donde vende el total de las veinticinco pinturas expuestas. En 1980 pinta y vende sus obras a Brasil, Argentina y España. En 1981 estudia la importancia de la pintura de J. P. Cézanne y Matisse y vende 12 de sus pinturas a coleccionistas de Barcelona en España. Del año 1982 al 1990 estudia el Universalismo Constructivo del Maestro Joaquín Torres García, pintando y vendiendo sus obras a Francia, Alemania, España y Estados Unidos. Entre 1991 y 1995 estudia a los maestros Arp, Ozenfant, Barradas, Gaudi, Gris y Mondrian. Este último año expone con el Grupo de Arte Uruguayo en el Museo Mazoni de Maldonado, en tanto pinta y vende sus obras en Punta del Este. En 1996 expone en el local de AEBU de la ciudad de Artigas y en 1998 expone en el Ateneo de Montevideo en la muestra colectiva organizada por Gremeda. En 1999 cuando ya cuenta con 68 años de edad comienza sus actividades en el Taller de Artes Plásticas Pocositio de la Barra de Maldonado. Llegado el año 2000, expone sus obras en la Sociedad Española de la ciudad de Artigas en evento organizado por los artistas Manuel Arbiza y Cecilia Gómez. En el 2001 expone sus obras junto a las de su nieto, Richard Núñez Leyes en la Sala Luis Eduardo Juan de la ciudad de Artigas. En el 2002 realiza muestra con alumnos de arte constructivo en la Asociación Agropecuaria de la ciudad de Artigas. Llegando al 2003 es cuando abre su Taller de Arte Constructivo que mantiene hasta hoy en la calle Terán 387 de la ciudad de Artigas. En ese año comienza con charlas sobre arte y constructivismo en el Instituto de Formación Docente y en liceos y escuelas de Artigas. En el 2004, junto a sus alumnos, realiza una muestra en el Día del Patrimonio en la casa parroquial de Artigas dando una conferencia sobre arte y en ese año comienza un contrato con la Galería

M.D.V. la que comercializa su obra en muchas partes del mundo y es en el 2005 que sus alumnos comienzan a vender sus obras lo cual despierta interés por sus pinturas. En el año 2006 expone su arte en el Museo Municipal de Maldonado, en el Primer Salón Nacional de Pintores del Interior, en el Palacio Legislativo y en la muestra itineraria organizada por la embajada de Brasil. Ya en el 2007 concurre durante un año lectivo a la escuela rural de la localidad de Pintadito donde al finalizar el ciclo realiza mural con sus alumnos. En ese mismo año realiza una serie de palestras sobre constructivismo en el Instituto María Orticochea, hace varias charlas con alumnos en el Liceo Nº 3 de Artigas, realiza actividad pictórica en la Galería de Arte de Montevideo, hace charlas en la Escuela Nº 73 de Artigas a sus alumnos con mural al fin del ciclo y realiza charlas y muestra de pintura a los alumnos de la Escuela Nº 37, Barón de Río Branco en Artigas. En la actualidad está radicado en la calle Terán 387 donde tiene su taller, en la ciudad de Artigas, desde donde vende sus obras a gran parte del Uruguay, Brasil, Argentina, Estados Unidos y Japón. A tan avanzada edad, debe sobrevivir con la venta de sus obras, pues como es lógico con su trayectoria no cuenta con ningún tipo de jubilación digna, pese a haber sido durante gran parte de su vida un referente nacional en una actividad tan importante en lo cultural como es el artista plástico, lo que merece tener un reconocimiento por el pueblo uruguayo que le permita afrontar con dignidad sus últimos años de vida a alguien que tuvo un gran aporte para con nuestra sociedad. Es por lo expuesto que solicito se acceda a este planteamiento. Montevideo, 30 de noviembre de 2010. HUGO DÁVILA, Artigas”. Representante por

Anexo I al Rep. Nº 444 Comisión de Seguridad Social INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Seguridad Social, por la unanimidad de sus miembros, sugiere la aprobación de una minuta de comunicación a remitirse al Poder Ejecutivo, solicitando el envío de un proyecto de ley concediendo el beneficio de una pensión graciable para el señor Daniel Leyes, considerando los siguientes fundamentos:

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El señor Daniel Leyes, nacido en la ciudad de Artigas el 16 de junio de 1931, cuenta hoy con 79 años de edad, luego de una proficua labor como artista plástico que se remonta a 1946 cuando con solo 15 años de edad se traslada a vivir con su abuela a Montevideo, donde se familiariza con el Taller Torres García, por intermedio de su tío, el profesor Daniel De Los Santos. En el año 1948 regresa a Artigas donde continúa pintando como una de sus principales tareas. Con 37 años de edad cuando trascurre el año 1968, comienza a realizar sus primeras exposiciones y ventas de cuadros dividiendo su tiempo con otras actividades laborales. Al año siguiente en 1969, ya expone su obra en el Congreso de Juntas Departamentales que se realiza en la ciudad de Artigas. Llegando a 1973 comienza sus estudios en el Taller de Artes Plásticas bajo la maestría del profesor Daniel De Los Santos. En ese mismo año expone en el Club Deportivo Artigas y en la Asociación Agropecuaria, ambos de la ciudad de Artigas; también lo hace en el salón municipal de artes plásticas de Montevideo. En el año 1975 expone su obra en la Asociación de Residentes de Artigas en Montevideo y también expone en la Feria Artesanal de Artigas. En 1976 expone en el Subte Municipal de Montevideo con otros pintores del norte del Río Negro y en la Semana de Integración Artiguense, cosa que repite en 1977 y 1978 donde también expone en la Asociación de Residentes de Artigas en Montevideo. Al llegar 1979 vuelve a Montevideo, sigue estudiando en el taller antedicho, pinta todo el año y realiza una exposición en la ciudad de Castro por encargo de la Secretaría de Cultura de Curitiba en el estado de Paraná, en Brasil, donde vende el total de las veinticinco pinturas expuestas. En 1980 pinta y vende sus obras a Brasil, Argentina y España. En 1981 estudia la importancia de la pintura de J. P. Cézanne y Matisse y vende doce de sus pinturas a coleccionistas de Barcelona en España. Del año 1982 al 1990 estudia el Universalismo Constructivo del Maestro Joaquín Torres García, pintando y vendiendo sus obras a Francia, Alemania, España y Estados Unidos. Entre 1991 y 1995 estudia a los maestros Arp, Ozenfant, Barradas, Gaudi, Gris y Mondrian. Este último año expone con el Grupo de Arte Uruguayo en el Museo Mazzoni de Maldonado, en tanto pinta y vende sus obras en Punta del Este.

En 1996 expone en el local de AEBU de la ciudad de Artigas y en 1998 expone en el Ateneo de Montevideo en la muestra colectiva organizada por Gremeda. En 1999 cuando ya cuenta con 68 años de edad comienza sus actividades en el Taller de Artes Plásticas Pocositio de la Barra de Maldonado. Llegado el año 2000, expone sus obras en la Sociedad Española de la ciudad de Artigas en evento organizado por los artistas Manuel Arbiza y Cecilia Gómez. En el 2001 expone sus obras junto a las de su nieto, Richard Núñez Leyes en la Sala Luis Eduardo Juan de la ciudad de Artigas. En el 2002 realiza muestra con alumnos de arte constructivo en la Asociación Agropecuaria de la ciudad de Artigas. Llegando al 2003 es cuando abre su Taller de Arte Constructivo que mantiene hasta hoy en la calle Terán 387 de la ciudad de Artigas. En ese año comienza con charlas sobre arte y constructivismo en el Instituto de Formación Docente y en liceos y escuelas de Artigas. En el 2004, junto a sus alumnos, realiza una muestra en el Día del Patrimonio en la casa parroquial de Artigas dando una conferencia sobre arte y en ese año comienza un contrato con la Galería MDV la que comercializa su obra en muchas partes del mundo y es en el 2005 que sus alumnos comienzan a vender sus obras lo cual despierta interés por sus pinturas. En el año 2006 expone su arte en el Museo Municipal de Maldonado, en el Primer Salón Nacional de Pintores del Interior, en el Palacio Legislativo y en la muestra itineraria organizada por la embajada de Brasil. Ya en el 2007 concurre durante un año lectivo a la escuela rural de la localidad de Pintadito donde al finalizar el ciclo realiza mural con sus alumnos. En ese mismo año realiza una serie de palestras sobre constructivismo en el Instituto María Orticochea, hace varias charlas con alumnos en el Liceo Nº 3 de Artigas, realiza actividad pictórica en la Galería de Arte de Montevideo, hace charlas en la Escuela Nº 73 de Artigas a sus alumnos con mural al fin del ciclo y realiza charlas y muestra de pintura a los alumnos de la Escuela Nº 37, Barón de Río Branco en Artigas. En la actualidad está radicado en la calle Terán 387 donde tiene su taller, en la ciudad de Artigas, desde donde vende sus obras a gran parte del Uruguay, Brasil, Argentina, Estados Unidos y Japón.

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A tan avanzada edad, debe sobrevivir con la venta de sus obras, no contando con ningún tipo de jubilación digna, pese a haber sido durante gran parte de su vida un referente nacional en una actividad tan importante en lo cultural como es el artista plástico, lo que merece tener un reconocimiento por el pueblo uruguayo que le permita afrontar con dignidad sus últimos años de vida a alguien que tuvo un gran aporte para con nuestra sociedad. Es por todo lo expresado que solicitamos al Cuerpo se curse una minuta de comunicación al Poder Ejecutivo, a efectos de que se otorgue una pensión graciable al señor Daniel Leyes, titular de la cédula de identidad Nº 4.025.212-8. Sala de la Comisión, 5 de abril de 2011. DANIEL LÓPEZ VILLALBA, Miembro Informante, ALMA MALLO CALVIÑO, DIONISIO VIVIÁN. MINUTA DE COMUNICACIÓN La Cámara de Representantes solicita al Poder Ejecutivo que envíe un proyecto de ley otorgándole una pensión graciable al señor Daniel Leyes, titular de la cédula de identidad número Nº 4.025.212-8. Sala de la Comisión, 5 de abril de 2011. DANIEL LÓPEZ VILLALBA, Miembro Informante, ALMA MALLO CALVIÑO, DIONISIO VIVIÁN”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado López Villalba. SEÑOR LÓPEZ VILLALBA.- La Comisión de Seguridad Social, por la unanimidad de sus miembros, sugiere la aprobación de una minuta de comunicación a remitirse al Poder Ejecutivo, solicitando el envío de un proyecto de ley que conceda el beneficio de una pensión graciable para el señor Daniel Leyes, considerando los siguientes fundamentos. El señor Daniel Leyes, nacido en la ciudad de Artigas el 16 de junio de 1931, cuenta hoy con 79 años de edad, luego de una proficua labor como artista plástico que se remonta a 1946, cuando con solo 15 años de edad se traslada a vivir con su abuela a Montevideo, donde se familiariza con el Taller Torres Gar-

cía, por intermedio de su tío, el profesor Daniel De Los Santos. En el año 1948 regresa a Artigas, donde continúa pintando como una de sus principales tareas. Con 37 años de edad, transcurriendo el año 1968, comienza a realizar sus primeras exposiciones y ventas de cuadros, dividiendo su tiempo con otras actividades laborales Al año siguiente, en 1969, expone su obra en el Congreso de Juntas Departamentales que se realiza en la ciudad de Artigas. Llegando a 1973, comienza sus estudios en el Taller de Artes Plásticas, bajo la maestría del profesor Daniel De Los Santos. En ese mismo año, expone en el Club Deportivo Artigas y en la Asociación Agropecuaria, ambos de la ciudad de Artigas; también lo hace en el Salón Municipal de Artes Plásticas de Montevideo. En el año 1975, expone su obra en la Asociación de Residentes de Artigas en Montevideo y también en la Feria Artesanal de Artigas. En 1976, expone en el Subte Municipal de Montevideo con otros pintores del norte del Río Negro y en la Semana de Integración Artiguense, lo que repite en 1977 y 1978, cuando también expone en la Asociación de Residentes de Artigas en Montevideo. Al llegar el año 1979, vuelve a Montevideo, sigue estudiando en el taller antedicho, pinta todo el año y realiza una exposición en la ciudad de Castro por encargo de la Secretaría de Cultura de Curitiba en el Estado de Paraná, en Brasil, donde vende el total de las veinticinco pinturas expuestas. En 1980, pinta y vende sus obras a Brasil, Argentina y España. En 1981, estudia la importancia de la pintura de Cézanne y Matisse, y vende doce de sus pinturas a coleccionistas de Barcelona, en España. De 1982 a 1990, estudia el Universalismo Constructivo del Maestro Joaquín Torres García, pintando y vendiendo sus obras a Francia, Alemania, España y Estados Unidos de América. Entre 1991 y 1995, estudia a los maestros Arp, Ozenfant, Barradas, Gaudí, Gris y Mondrian. Este último año, expone con el Grupo de Arte Uruguayo en

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el Museo Mazzoni de Maldonado, mientras pinta y vende sus obras en Punta del Este. En 1996 expone en el local de AEBU de la ciudad de Artigas y en 1998 expone en el Ateneo de Montevideo, en la muestra colectiva organizada por Gremeda. En 1999, cuando ya cuenta con 68 años de edad, comienza sus actividades en el Taller de Artes Plásticas Pocositio, de la Barra de Maldonado. Llegado el año 2000, expone sus obras en la Sociedad Española de la ciudad de Artigas, en evento organizado por los artistas Manuel Arbiza y Cecilia Gómez. En 2001, expone sus obras junto a las de su nieto, Richard Núñez Leyes, en la Sala Luis Eduardo Juan, de la ciudad de Artigas. En 2002, realiza una muestra con alumnos de arte constructivo en la Asociación Agropecuaria de la ciudad de Artigas. Llegando a 2003 es cuando abre su Taller de Arte Constructivo, que mantiene hasta hoy, en la calle Terán 387 de la ciudad de Artigas. En ese año, comienza con charlas sobre arte y constructivismo en el Instituto de Formación Docente y en liceos y escuelas de Artigas. En 2004, junto a sus alumnos, realiza una muestra el Día del Patrimonio en la casa parroquial de Artigas, dando una conferencia sobre arte. En ese año, comienza un contrato con la Galería MDV, la que comercializa su obra en muchas partes del mundo. En 2005, sus alumnos comienzan a vender sus obras, lo que despierta interés por sus pinturas. En el año 2006, expone su arte en el Museo Municipal de Maldonado, en el Primer Salón Nacional de Pintores del Interior, en el Palacio Legislativo y en la muestra itineraria organizada por la Embajada de Brasil. Ya en 2007, concurre durante un año lectivo a la escuela rural de la localidad de Pintadito donde, al finalizar el ciclo, realiza un mural con sus alumnos. En ese mismo año, realiza una serie de palestras sobre constructivismo en el Instituto María Orticochea, da varias charlas a alumnos del Liceo Nº 3 de Artigas, desarrolla una actividad pictórica en la Galería de Arte de Montevideo, da charlas en la Escuela Nº 73 de Ar-

tigas y realiza un mural al fin del ciclo, y organiza charlas y muestras de pintura con los alumnos de la Escuela Nº 37, Barón de Río Branco, en Artigas. En la actualidad, está radicado en la calle Terán 387, donde tiene su taller, en la ciudad de Artigas, desde donde vende sus obras a gran parte del Uruguay, Brasil, Argentina, Estados Unidos de América y Japón. A tan avanzada edad, debe sobrevivir con la venta de sus obras, no contando con una jubilación digna, pese a haber sido, durante gran parte de su vida, un referente nacional en una actividad tan importante en lo cultural como es la de artista plástico. Ello amerita un reconocimiento por parte del pueblo uruguayo que permita afrontar con dignidad los últimos años de vida a alguien que realizó un gran aporte a nuestra sociedad. Por todo lo expresado en este informe que recibimos del Diputado Dávila del departamento de Artigas, la Comisión de Seguridad Social solicita al Cuerpo que curse una Minuta de Comunicación al Poder Ejecutivo a efectos de que se otorgue una pensión graciable al señor Daniel Leyes, titular de la cédula de identidad número Nº 4.025.212-8. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y seis: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)

25.- Aplazamiento. 26.- Levantamiento de la sesión.
—Correspondería considerar ahora el décimo punto del orden del día… SEÑOR MICHELINI.- ¿Me permite, señor Presidente?

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Miércoles 13 de abril de 2011

SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: con anterioridad a la sesión de esta tarde se nos ha comunicado el expreso deseo del señor Diputado Chiesa Bruno, miembro informante del décimo punto del orden del día, cuyo tratamiento seguiría a continuación, “Día Mundial de la Esclerosis Múltiple. (Se establece el último miércoles de mayo de cada año)”, de estar presente en el plenario para hacer el respectivo informe. Por lo tanto, en la medida en que hoy hemos cumplido la tarea y en término de proyectos tramitados prácticamente agotamos el orden del día, en

nombre de la bancada del Frente Amplio expreso la adhesión a esa solicitud y mociono para que se levante la sesión. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Se levanta la sesión. (Es la hora 18 y 4)

HORACIO YANES 3er. VICEPRESIDENTE

Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora

Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor

Héctor Luis González Director del Cuerpo de Taquígrafos

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