Número 3734
Documentos subidos:
Descargar el documento d3734.
NÚMERO 3734
MONTEVIDEO, MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2011
República Oriental del Uruguay
DIARIO DE SESIONES
CÁMARA DE REPRESENTANTES
38ª SESIÓN (ESPECIAL)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES DAISY TOURNÉ (1era. Vicepresidenta) GUSTAVO ESPINOSA (2do. Vicepresidente) HORACIO YANES (3er. Vicepresidente) Y DOREEN JAVIER IBARRA (4to. Vicepresidente)
ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y EL PROSECRETARIO Y DOCTOR ERNESTO LORENZO
XLVII LEGISLATURA SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO
2
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Texto de la citación
Montevideo, 16 de agosto de 2011.
LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá, en sesión especial (artículo 32 del Reglamento del Cuerpo), mañana miércoles 17, a la hora 10, con el fin de tomar conocimiento de los asuntos entrados y considerar el siguiente
– ORDEN DEL DÍA –
Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación). (Carp. 909/011). (Informado). (EN DISCUSIÓN). Rep. 604 y Anexos I a XXVII
JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ S e c r e t a r i o s
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
3
SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 3 y 5.- Exposiciones escritas …………………………………………………………………………………………………………… 5, 5 4.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………….. 5
CUESTIONES DE ORDEN 7, 9, 11, 14, 17, 19, 21, 25, 27, 31.- Integración de la Cámara ……….35, 61, 70, 75, 82, 105, 121, 140, 169, 187 13, 16, 23.- Intermedio…………………………………………………………………………………………………………… 74, 82, 126 33.- Levantamiento de la sesión………………………………………………………………………………………………………. 282 7, 9, 11, 14, 17, 19, 21, 25, 27, 31.- Licencias ………………………………35, 61, 70, 75, 82, 105, 121, 140, 169, 187 29.- Prórroga del término de la sesión …………………………………………………………………………………………….. 175
ORDEN DEL DÍA 6, 8, 10, 12, 15, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30, 32.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación). (Ver 35a. Sesión Especial, del 15/8/11) — Aprobación. Se comunicará al Senado …………………………………………………………… 5, 39, 62, 72, 77, 88 , 108, 126, 126, 142, 172, 175, 188 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………………
4
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Nelson Alpuy, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Amy, Andrés Arocena, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Balmelli, Julio Bango, Juan José Bentancor, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Marcelo Bistolfi, Hernán Bonilla, Cecilia Bottino, Heber Bousses, Fitzgerald Cantero Piali (1), Felipe Carballo, Germán Cardoso, Alberto Carrasco, Dardo Casas, Pablo Centurión, Gustavo Cersósimo, Carlos Coitiño, Eugenio Covian (10), Luis Da Roza, Sebastián Da Silva, Hugo Dávila, Walter De León, Marcelo Díaz, Martín Elgue, Gustavo A. Espinosa, Guillermo Facello, Álvaro Fernández, Julio Fernández, Martín Fernández, Angélica Ferreira, Roberto Frachia, Jorge Gandini, Javier García (2), Mario García, Juan Manuel Garino Gruss, Aníbal Gloodtdofsky (8), Daniel González (9), Norma Griego, Óscar Groba, Doreen Javier Ibarra, Pablo Iturralde Viñas, Andrés Lima, Daniel Mañana, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda Espino, Felipe Michelini, Martha Montaner, Daniel Morelli, Gonzalo Mujica, Fernando Nopitsch, Gonzalo Novales, José L. Núñez, Milo Ojeda, Raúl Olivera, Óscar Olmos (11), Jorge Orrico, Ruperto Ortega, Nicolás Ortiz, Miguel Otegui, César Edgar Panizza (12), Yerú Pardiñas, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Guzmán Pedreira (3), Daniel Peña Fernández, Aníbal Pereyra, Susana Pereyra, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Esteban Pérez (7), Ana Lía Piñeyrúa, Iván Posada, Jorge Pozzi, Daniel Radío, Edgardo Rodríguez, Edgardo Rostán (13), Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Richard Sander, Berta Sanseverino, Mercedes Santalla, Alba Sarasola, Pedro Saravia, Olga Silva, Mario Silvera, Juan C. Souza, Martín Tierno (4), Daisy Tourné, Jaime Mario Trobo (6), Guillermo Vaillant, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Álvaro Vega Llanes, Walter Verri, Carmelo Vidalín, Dionisio Vivián y Horacio Yanes (5). Con licencia: Verónica Alonso, Julio Battistoni, José Bayardi, Daniel Bianchi, Gustavo Borsari Brenna, Graciela Cáceres, Rodolfo Caram, Alberto Casas, Antonio Chiesa Bruno, Gonzalo de Toro, Álvaro Delgado, Rodrigo Goñi Romero, Luis Lacalle Pou, María Elena Laurnaga, José Carlos Mahía, Alma Mallo Calviño, Amín Niffouri, Mario Perrachón, Ricardo Planchón Geymonat, Luis Puig, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Víctor Semproni y Hermes Toledo Antúnez. Faltan con aviso: Alberto Perdomo Gamarra.
Observaciones: (1) A la hora 12:47 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Nicolás Ortiz. (2) A la hora 16:25 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Sebastián Da Silva. (3) A la hora 14:51 solicitó licencia, quedando sin efecto a las 14:52. A la hora 16:56 en virtud de una nueva solicitud de licencia, ingresa en su lugar la Sra. Olga Silva. (4) A la hora 14:51 solicitó licencia, quedando sin efecto a las 14:52. A la hora 16:56 en virtud de una nueva solicitud de licencia, ingresa en su lugar el Sr. Daniel González. (5) A la hora 16:56 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Luis Da Roza. (6) A la hora 18:45 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Martín Elgue. (7) A la hora 19:39 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Francisco Sánchez. (8) A la hora 21:11 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Milo Ojeda. (9) A la hora 23:45 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Martín Tierno. (10) A la hora 00:00 del día 18 cesó en sus funciones. (11) A la hora 00:00 del día 18 cesó en sus funciones. (12) A la hora 00:00 del día 18 cesó en sus funciones. (13) A la hora 00:00 del día 18 cesó en sus funciones. Actúan en el Senado: José Carlos Cardoso y Carlos Gamou.
2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 102 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que ha promulgado las siguientes leyes: • con fecha 4 de agosto de 2011, Nº 18.788, por la que se modifica el régimen legal que regula el relacionamiento de los contribuyentes con la Administración Tributaria. C/849/011 con fecha 10 de agosto de 2011: Nº 18.789, por la que se designa “Rogelio Calvente y José Posada” la Plaza de Deportes de la ciudad de Rivera. C/2321/008
• •
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
5
•
Nº 18.790, por la que se autoriza la salida del país de los buques ROU 23 “Maldonado” y ROU 11 “Río Negro” con su tripulación, a efectos de participar en el Ejercicio Combinado “ACRUX V”, a realizarse entre el 14 y el 24 de agosto de 2011, con escalas en los puertos de Buenos Aires, Zárate e Ibicuy, de la República Argentina. C/954/011 Archívense”.
de ordenamiento del tránsito y seguridad vial en dos tramos de la Ruta Nacional Nº 26. “Montevideo, 16 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Tacuarembó. En ocasión de la visita que realizamos a las localidades de Las Toscas y Cruz de los Caminos de Caraguatá, departamento de Tacuarembó, recogimos diferentes planteamientos de los compatriotas del lugar, aunque la mayor preocupación que tienen los vecinos se basa en dos temas básicamente. En primer lugar, solicitan la construcción de una rotonda y de una parada de ómnibus a la entrada del pueblo Las Toscas de Caraguatá, ubicado en el kilómetro 348 de la Ruta Nacional Nº 26 Brigadier General Leandro Gómez, como forma de ordenar el tránsito que, a esa altura, circula a gran velocidad por dicha ruta y dar protección a las personas que esperan allí los ómnibus. Existe una mayor preocupación por tratarse de la principal vía pública que se comunica con el liceo rural y la Junta Local de Caraguatá, donde además existen varias viviendas de MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber. En segundo lugar, se solicita la construcción de una rotonda y de una parada de ómnibus en el empalme de la Ruta Nacional Nº 26 con la Ruta Nacional Nº 6 Joaquín Suárez, al norte y sur, en el punto conocido como Cruz de los Caminos en el kilómetro 355, 8va. Sección del departamento de Tacuarembó. Por lo expuesto, solicitamos la tramitación, y en forma urgente, de la intervención del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, recordando que este problema involucra y afecta a vecinos, a la escuela y al liceo de Caraguatá. En representación de los compatriotas de Caraguatá, en consideración a estos aspectos, y apelando a la comprensión y ejecutividad de los organismos involucrados, esperamos una pronta solución a nuestro planteo. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RUPERTO MARÍA ORTEGA, Representante por Tacuarembó”.
–
3.- Exposiciones escritas.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné.).- Está abierto el acto. (Es la hora 10) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Ruperto María Ortega solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Tacuarembó, sobre la necesidad de construir obras de ordenamiento del tránsito y seguridad vial en dos tramos de la Ruta Nacional Nº 26. C/19/010”. Se votará oportunamente.
4.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión especial realizada el día 16 de agosto de 2011: Con aviso: Alberto Perdomo Gamarra”.
5.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de la exposición escrita de que se dio cuenta. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. (Texto de la exposición escrita:) Exposición del señor Representante Ruperto María Ortega al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Tacuarembó, sobre la necesidad de construir obras
6.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
——Se entra al orden del día con la consideración del asunto motivo de la convocatoria: “Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación)”.
6
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Continúa la discusión particular. Se pasa a considerar el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, que comprende los artículos 137 a 146, inclusive. (Texto del Inciso 06:) “INCISO 06 Ministerio de Relaciones Exteriores Artículo 137.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 170 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el siguiente: “Asígnase una partida anual de $ 734.400 (setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos pesos uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, a efectos de atender los gastos de funcionamiento de la Unidad de Análisis Estratégico”. Artículo 138.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 354 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 354.- Créase la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior (CIACEX), con el cometido de definir las principales líneas de acción del país en lo atinente a la inserción comercial internacional, la negociación internacional, la promoción comercial y captación de inversiones, así como los mecanismos de incentivos”. Artículo 139.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 203 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 355 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “El Instituto se comunicará y coordinará con el Poder Ejecutivo a través de la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior (CIACEX)”. Artículo 140.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 206 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 357 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Será designado por el Poder Ejecutivo, a propuesta de la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior (CIACEX), y durará en sus funciones hasta que se formule nueva propuesta y designación”. Artículo 141.- Los funcionarios del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, pertenecientes al
Escalafón “M” Personal de Servicio Exterior, Grados 1 al 7, sin perjuicio de lo establecido en literal b) del artículo 158 de la Ley Nº 12.803, de 30 de noviembre de 1960, referente al régimen de dedicación total de los funcionarios públicos, podrán ejercer actividad docente remunerada en los institutos públicos y privados de enseñanza de la República. Artículo 142.- Autorízase al Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores” a percibir un precio de 0 a 3 UR (cero a tres Unidades Reajustables) por la expedición de pasaportes diplomáticos y oficiales. El Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición. Artículo 143.- La recaudación consular que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores tanto en Cancillería como en sus oficinas consulares en el exterior se destinará en un 100% (cien por ciento) a Rentas Generales. Las retribuciones, gastos de funcionamiento e inversiones financiados con cargo a Recursos con Afectación Especial, pasarán a financiarse con cargo a Rentas Generales. Los compromisos no devengados, que se hubieren afectado a la referida financiación se entenderán realizados con cargo a Rentas Generales. Derógase el artículo 192 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Créase una compensación que percibirán los funcionarios que presten funciones en Cancillería, la cual será financiada con cargo a Rentas Generales y que mantendrá la escala de distribución vigente al 30 de junio de 2011 de la compensación derogada por el inciso precedente. Dicha compensación sólo podrá ser incrementada por los aumentos salariales de carácter general dispuestos para los funcionarios públicos de la Administración Central y no será considerada a los efectos de lo dispuesto por el artículo 105 de la llamada Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983. El presente artículo regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a efectuar las modificaciones presupuestales de los créditos vigentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, a efectos de dar cumplimiento a la misma. Artículo 144.- Sustitúyese a partir de la promulgación de la presente ley, el artículo 44 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, con el agregado introducido por el artículo 123 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987 por el siguiente:
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
7
“ARTÍCULO 44.- Los funcionarios del Escalafón A Técnico Profesional del Ministerio de Relaciones Exteriores, podrán ser destinados a desempeñar funciones en el Exterior por un período máximo de dieciocho meses con posibilidad de prórroga, un año más, en tareas de asesoramiento técnico, en las Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares, o Delegaciones Permanentes de la República en el exterior. La salida al exterior estará sujeta a las siguientes condiciones de cargo, grado, antigüedad y retribución: A) Grados 15 y 16 con un mínimo de diez años de antigüedad en el cargo de Asesor, en el Inciso 06, percibirán en el exterior la retribución y todos los beneficios sociales correspondientes a un Consejero del Servicio Exterior. B) Grado 14 con un mínimo de diez años de antigüedad en el cargo de asesor, en el Inciso 06 percibirán en el exterior la retribución y todos los beneficios sociales correspondientes a un Primer Secretario del Servicio Exterior. En todos los casos la acreditación en el exterior será como “Asesor”. Podrán encontrarse en el exterior simultáneamente hasta un máximo de diez Asesores en las diferentes representaciones diplomáticas de la República. El Poder Ejecutivo podrá determinar los destinos en el exterior en los cuales el servicio de asesoramiento y apoyo técnico referido resulten necesarios. Para tener derecho a ocupar nuevamente un cargo en el exterior, el asesor deberá permanecer un período de por lo menos cinco años de adscripción en la República luego de haber culminado sus funciones en el exterior. Los funcionarios del escalafón A del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores” que al momento de promulgarse la presente ley, estuvieran desempeñando funciones en el exterior, se les aplicará lo dispuesto en este artículo al término de sus funciones”. La aplicación de esta norma, se realizará comprendida en el presupuesto de gastos que dispone el Inciso para financiar sus misiones en el exterior.
Artículo 145.- Derógase el artículo 143 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2006. Artículo 146.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 16.021, de 13 de abril de 1989, por el siguiente: “Interprétase el artículo 74 de la Constitución de la República en el sentido que debe entenderse por avecinamiento la realización de actos que pongan de manifiesto, de manera inequívoca, la voluntad de la persona en ese sentido, tales como, por ejemplo: A) La permanencia en el país por lapso superior a tres meses. B) El arrendamiento, la promesa de adquirir o la adquisición de una finca para habitar en ella. C) La instalación de un comercio o industria. D) El emplearse en la actividad pública o privada. E) La inscripción en un centro de estudio público o privado. F) Cualquier otro acto similar demostrativo del propósito mencionado”. ——En discusión el artículo 137. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en sesenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 138. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 139. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en setenta: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 140. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en setenta y tres: AFIRMATIVA.
8
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
En discusión el artículo 141. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta en setenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 142. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 143. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 144. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señora Presidenta: este artículo 144, cuyos antecedentes en la Comisión tienen algunas particularidades… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA.- No se puede escuchar al orador. Solicito a los señores Diputados que hagan silencio. Puede continuar el señor Diputado Trobo. SEÑOR TROBO.- El artículo 144 tiene o ha tenido algunas dificultades en el ámbito de la carrera diplomática y presenta serias objeciones. A nuestro juicio, la Cámara no lo debería aprobar. ¿Por qué razón? Por la razón que muchas veces se expone, en el sentido de profundizar en el estudio de un tema y de analizarlo seriamente. Cuando se toma una determinación que tiene efecto sobre el funcionamiento de una estructura de las características, en este caso, del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuando se presenta una norma que puede afectar el buen desarrollo de una carrera profesional como la del Servicio Exterior, por lo menos, se necesita un estudio mediante el cual se pueda conocer cabalmente la opinión del señor Ministro de Relaciones Exteriores. No olvidemos que el señor Ministro no envió este artículo en el proyecto original, sino que fue introducido en la Comisión -lo
trajo en mano, como señala el señor Diputado Posada, miembro de la Comisión de Hacienda-, y ha generado controversias, diferencias y dificultades, y es muy probable que las advertencias que se hacen desde esas controversias sean problemas para el futuro. Creo que, razonablemente, la Cámara de Representantes debe pensar en analizar este tema nuevamente, en todo caso, en la Comisión de Presupuestos, participando del análisis la Comisión de Asuntos Internacionales. No tengo dudas de que este tema, que, por cierto, es una materia prioritaria para la Comisión de Presupuestos de la Cámara de Representantes, también debe ser analizado por la Comisión de Asuntos Internacionales. Digo esto porque en esta Legislatura todavía no se ha dado el análisis sobre el Servicio Exterior, sobre la forma en la que se desarrollará hacia el futuro, sobre la profesión diplomática, sobre las garantías que esta ofrece y sobre las certezas que tiene Uruguay en una cuestión tan trascendente como la política exterior, de Estado, entre paréntesis. Digo “entre paréntesis”, porque es sabido que el Partido Nacional reclama lo que no existe: una política exterior de Estado en la que el componente profesional pase a ser un elemento esencial. La Administración, el Ministro y el Gobierno se llenan la boca diciendo que están profesionalizando el Servicio Exterior, pero las prácticas, las señales, los actos y los movimientos van en una dirección absolutamente contraria. Por un lado, se dice que, antes, los funcionarios entraban a dedo, y que ahora solo ingresan por concurso -como sucede desde hace mucho tiempo- pero, por otro, hay más de cincuenta y siete cargos en la Cancillería con sueldos que están por encima de los US$ 2.000 y US$ 3.000, ocupando posiciones de responsabilidad que corresponden a los diplomáticos, no solo en el Servicio Exterior, sino también en la propia Cancillería. A nuestro juicio, ha habido -lo decimos responsablemente- una politización del Ministerio de Relaciones Exteriores en este artículo en particular. Por supuesto que no corresponde dar a esta afirmación ninguna vinculación con cualquiera de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores -no me refiero a los funcionarios del Servicio Diplomático que puedan estar incluidos en este artículo, profesionales sobre cuya capacidad técnica y lealtad funcional no podemos señalar ninguna duda-, pero no hay duda de que
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
9
este aspecto se agrega a los innumerables elementos que al día de hoy demuestran que en la Cancillería no hay una dirección correcta en la línea de la profesionalización de la carrera diplomática y del respeto al desarrollo de esa carrera. Entonces, nos parece inconveniente la forma en que ingresó este asunto y consideramos que hay que presentar respeto a la dura controversia que todos sabemos se ha generado con la aplicación de una norma de estas características, que afecta la carrera diplomática. Asimismo, nos parece que no hay elementos suficientes que la justifiquen, porque detrás de esta norma no hay un apoyo en cuanto a las capacidades técnicas de la plantilla de funcionarios, que, eventualmente, podrían ingresar por este régimen, capacidades técnicas que no ponen en duda su capacidad personal, pero que no están necesariamente correspondidas con las capacidades técnicas que necesita la Cancillería. Aquí no se nos trae un estudio diciendo que la Cancillería necesita determinada cantidad de economistas, de abogados, de negociadores, de especialistas en medio ambiente que apoyen la tarea en tal área, en tal organismo internacional o en tal Embajada. Lo que se nos trae es una norma que establece que los profesionales pueden pasar a cumplir funciones en el exterior; nada más. Creo que un Gobierno que se precia de responsable, que se proclama serio y que dice que lo que está haciendo es profesionalizar el Servicio Exterior, no puede aprobar una norma de estas características. Lo digo con respeto; he hecho afirmaciones políticas con las que el Partido Nacional está comprometido, pero señalo la necesidad de que, en este tema, haya más estudio, más seriedad y que realmente se pueda realizar un análisis responsable que nos permita acordar una norma que, eventualmente, pueda servir al Servicio Exterior. De lo contrario, terminará siendo un agregado más a los innumerables errores que, a nuestro juicio, está cometiendo la Cancillería, sobre todo, asignando a personas totalmente ajenas a la carrera diplomática, funciones y responsabilidades que en cualquier otro país del mundo, serio, cumplen diplomáticos de carrera. Entonces, no solo deberíamos admirarnos de algunas Cancillerías, sino también analizar de qué modo se estructuran y organizan, ver si los éxitos de su ne-
gociación diplomática no son el resultado de su capacidad técnica y no exclusivamente de su vocación política. Por eso, solicitamos respetuosamente a los integrantes de la Comisión que admitan que este asunto sea retirado de este proyecto y destinado a la Comisión de Presupuestos, que debería integrarse con la de Asuntos Internacionales que, en virtud de la jerarquía del tema, sería el ámbito adecuado para que, con el tiempo suficiente y sin obstáculos, podamos estudiar este asunto de forma responsable y recibir las opiniones correspondientes, en primer lugar, la del señor Ministro -en profundidad- y, luego, la de todos los actores involucrados, cuya opinión es particularmente importante. Muchas gracias. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: este tema no es nuevo; tiene varios antecedentes. Un artículo de similar naturaleza fue analizado en el período anterior, fue incluido en el Presupuesto, fue aprobado por la Cámara de Diputados -con nuestra oposición, por supuesto- y rechazado en el Senado. Inclusive, el hecho de tratar de destrozar la carrera de Servicio Exterior proviene de la época de la dictadura. En ese momento, el Servicio Exterior uruguayo fue diezmado por la destitución de funcionarios de carrera y, para suplirlos, se permitió que el Escalafón Técnico Profesional saliera al exterior, es decir, revistiera el grado de Embajador. Recordemos también que en el año 1987, el artículo 123 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre, limitó la salida al exterior de los funcionarios del Escalafón A Técnico Profesional. Dicha norma expresa: “La presente disposición será de aplicación exclusivamente a los funcionarios que al 31 de diciembre de 1985 integran dicho escalafón”. Es decir, que se limitó la situación que se había producido durante el período de la dictadura. De más está decir lo que significa para un país tener un Servicio Exterior de carrera. De hecho, para ingresar al Servicio Exterior, se debe rendir un exigente examen. Según los testimonios que tenemos de muchas personas que han ingresado al Servicio Exte-
10
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
rior, a veces, ha significado estudiar durante un año o más para prepararse y tener posibilidades de salvarlo. Pero no se agota allí, porque los funcionarios que ingresan al Servicio Exterior deben realizar, durante dos años -después de cumplir su horario habitual-, cursos de entrenamiento y de preparación, un complemento indispensable para su formación profesional. La norma que se pretende aprobar hoy, que fue aprobada en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, va a suponer alterar significativamente el desempeño de esos funcionarios que, primero, dieron un examen y, después, se prepararon para ser parte del Servicio Exterior uruguayo. Además, con la excusa del asesoramiento -luego veremos por qué hablo de “excusa”-, va a habilitar que Técnicos Profesionales del Escalafón A puedan salir al exterior. Por otra parte, se ha dicho que este artículo no tiene costo. En los hechos, no lo tiene, porque el fondo que va a ser afectado es el mismo que permite la salida de los integrantes del Servicio Exterior de carrera. En consecuencia, el hecho de que salga un asesor va a impedir que lo haga un funcionario de carrera del Servicio Exterior. Esto representará un gran desestímulo para quienes se prepararon, primero, para salvar un examen de ingreso, y después, para poder salir al exterior. El argumento que se ha utilizado es que se necesitan asesores. Esto es una absoluta falacia. Es realmente insostenible que el Canciller de la República traiga en mano este artículo y lo defienda en la Comisión diciendo que se necesitan asesores para el Servicio Exterior. La realidad es que el Escalafón M del Servicio Exterior uruguayo tiene once abogados; cuarenta y nueve doctores en derecho y ciencias sociales; ochenta y un licenciados en relaciones internacionales; sesenta y dos doctores en diplomacia; nueve licenciados en estudios internacionales; once escribanos; un contador; seis economistas; tres analistas internacionales; cuatro traductores públicos; tres técnicos en administración de empresas, y cuatro cónsules universitarios. Además, cincuenta y cuatro de estos profesionales que integran el Servicio Exterior uruguayo tienen maestrías y posgrados, y diecinueve tienen doctorados en historia y geografía, licenciaturas en historia, o son procuradores, técnicos en gerencia, maestros, profesores de Historia y de Inglés.
Si esta es la conformación de nuestro Servicio Exterior, ¿dónde está el fundamento para permitir que integrantes del Escalafón A Técnico Profesional salgan al exterior? Evidentemente, el único es permitir que algunos amigos salgan por la ventana al exterior. Esto es lo que ha planteado el señor Ministro de Relaciones Exteriores, y merece nuestro rechazo, porque supone destrozar la carrera diplomática en el Uruguay y exponernos a situaciones absolutamente anómalas. En lo que respecta a la Convención de Viena ¿cómo serían acreditados estos asesores que no figuran en ninguno de los convenios que la República ha ratificado relativos a la integración de su Servicio Exterior? Esta situación va a desmerecer la profesionalidad de nuestro Servicio Exterior. Por eso, como lo hemos hecho en otras circunstancias y como lo hicimos recientemente cuando se aprobó en la Cámara de Diputados la Ley de Presupuesto, vamos a votar negativamente este artículo y exhortamos a la Cámara a rechazarlo. Muchas gracias. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señora Presidenta: me voy a referir en los mismos términos que los legisladores que me precedieron en el uso de la palabra. En la Comisión, por supuesto, se dio el debate relativo a esta inclusión en el articulado, pero como bien se dijo aquí, cuando el señor Ministro concurrió a la Comisión para defender el articulado que corresponde a la Cancillería no dijo ni una sola palabra al respecto. Según manifestó el señor Diputado Pardiñas, en conversaciones con el señor Ministro y la Cancillería acordaron presentar este artículo en los términos en que lo está considerando la Cámara en la mañana de hoy. No queremos ser reiterativos porque coincidimos con los argumentos que se han dado. De hecho, coincidimos con el señor Diputado Posada, con quien fundamentamos en el mismo sentido cuando nos opusimos expresamente a la votación de este artículo. Creemos que con su aprobación se desnaturaliza la carrera diplomática, lo que no hace otra cosa que sumarse
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
11
a las decisiones que viene tomando el señor Canciller de la República, quien está politizando su gestión al frente del Ministerio. Nosotros pensamos que su gestión no debería ir en esa dirección, pero lamentablemente en los últimos tiempos esto ha sido así en esa área del Estado, aunque el Uruguay siempre se ha distinguido por respetar la carrera de sus funcionarios y mantener una actitud ecuánime y neutral de su representación a través del Servicio Exterior. Si se aprobara esta norma se generaría un efecto discriminatorio hacia los funcionarios del Servicio Exterior, quienes ingresaron a la carrera diplomática por concurso, cumpliendo las notorias exigencias que imponen el hecho de dedicarse a esta carrera. Quienes tomar esta decisión saben perfectamente cuáles son las reglas de juego. Quienes revistan en el Servicio Exterior tienen que realizar un esfuerzo muy importante, estudios y exámenes -como destacaba el señor Diputado Posada- porque en la carrera diplomática se asciende por concurso, y para ello se deben aprobar los cursos de Servicio Exterior que imparte el Instituto de Profesores Artigas. Sin embargo, a los funcionarios del Escalafón A no se les ha exigido ninguno de estos requisitos. Ellos ingresaron al Ministerio de Relaciones Exteriores para prestar funciones en Montevideo. A mi juicio, también es importante destacar que los funcionarios que realizan funciones diplomáticas en el Servicio Exterior deben dedicarse a esta actividad en forma única y exclusiva -full time-, lo cual, a partir de la aprobación de esta norma, los pondría en una situación de inferioridad económica, ya que a los funcionarios del Escalafón A se les permite realizar actividades diversas y no dedicarse exclusivamente a esa tarea. Por lo tanto, se están planteando reglas de juego diversas porque estos funcionarios están sujetos a diferentes exigencias. Entonces, nos parece que con la elección a dedo que realizará la Cancillería, que elegirá a los funcionarios del Escalafón A que serán enviados a cumplir funciones en el Servicio Exterior, se probará una notoria discriminación, lo que irá en desmedro de quienes, a partir de la entrega, el esfuerzo, el estudio y la realización de concursos, se han abocado a construir una carrera por méritos personales. Sin duda, estas personas pueden verse afectadas por las decisiones políticas que el señor Ministro tome de aquí en más.
Por lo anteriormente expuesto, queremos dejar en claro el rechazo de la bancada del Partido Colorado a este artículo. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señora Presidenta: estoy de acuerdo con lo que han manifestado hasta el momento quienes me precedieron en el uso de la palabra. A mi entender, si se procediese a habilitar lo propuesto en el artículo 144 del proyecto a consideración de la Cámara, los profesionales pertenecientes al Escalafón A Técnico Profesional, que han sido contratados para trabajar en el Ministerio de Relaciones Exteriores y no para salir al exterior, realizarán misiones diplomáticas, irán a oficinas consulares y cumplirán delegaciones permanentes como Consejeros del Servicio Exterior, que es el grado medio de la carrera; además, cumplirán funciones de manera permanente, o sea durante dieciocho meses con posibilidad de prórroga. Esto no es nuevo en este país, porque una cantidad de veces se ha insistido en ello; esta es la enésima vez, y también se hizo en la dictadura. Durante la dictadura en este país se atacó con particular saña al Servicio Exterior, se destituyeron funcionarios diplomáticos y se nombró a otros, coincidentemente, pertenecientes al Escalafón A, para ocupar los lugares de aquellos. A la salida de la dictadura estos actos fueron legitimados, y de aquellos funcionarios ingresados de facto hoy solamente quedan ocho. De la aprobación de este artículo dependerá si siguen siendo ocho o pasan a ser más, y punto. A partir de aquel proceso se comenzó a exigir el ingreso al Servicio Exterior solamente por concurso de oposición y méritos. Luego del ingreso se debían realizar concursos para ascender, por lo que debían seguir las reglas de juego. Cabe agregar que hacer la carrera implicaba transitar los siete grados, sin saltearlos. Ahora, en cambio, se propone que algunos funcionarios entren al Servicio Exterior por la ventana, ganando como Consejeros y vulnerando la carrera profesional, que tendrá un claro efecto discriminador hacia aquellos funcionarios que ingresaron y ascendieron por concurso y aprobaron los cursos del Servicio Exterior del Instituto de Profesores Artigas. Como dije, ganarán el sueldo de Consejero y realizarán una fun-
12
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ción de asesor. ¿Hay necesidad? ¿Hay necesidad de hacer esto con personas que, seguramente, son buenos amigos, buenas personas y, probablemente, buenos funcionarios del Escalafón A Técnico Profesional? ¿Para qué necesitamos que un abogado, que conoce cabalmente la ley uruguaya -por eso ingresó al Ministerio de Relaciones Exteriores-, vaya a asesorar a otro país, que tiene otras normas legales y otro ordenamiento jurídico, de forma permanente? ¿Es para que aprenda? ¿No alcanzaba con duplicar el número de Embajadores de confianza? ¿Hay que crear nuevos cargos en el exterior, considerando lo que implica en términos de gasto? Digo esto porque aquí se ha dicho que esto no tiene gasto, lo que implicaría que no se le hicieran aportes adicionales al salario que perciben estos funcionarios. Hay que recordar que los funcionarios que realizan la carrera del Servicio Exterior no pueden concursar nuevamente antes de tres años, por lo que llegar a estos lugares sin los atajos indebidos, realizando la carrera con dedicación total, concursos mediante, no llevaría menos de quince años. Reitero: no menos de quince años. Entonces, ¿hay necesidad de ingresar a gente por la ventana al Servicio Exterior, asesores con sueldos de Consejeros, sin cumplir con ningún requisito de la carrera diplomática? Nosotros consideramos que la aprobación de este artículo será un tremendo error. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: creo que debemos enfrentar este debate con franqueza. No podemos partir de la base de que históricamente en la Cancillería se hacía todo por concurso, no había ningún problema, se correspondían las carreras administrativas, no entraba gente por la ventana, y ahora poco menos que viene el Frente Amplio a destruir todo. Me parece que no es así. Creo que debemos enfrentar un debate racional sobre cómo fortalecer un ejercicio estratégico para el país, que hoy como ayer está en una situación delicada. El país necesita un Servicio Exterior altamente profesionalizado y tiene serios problemas porque arrastra una lógica endémica desde su constitución. El concurso ha sido bienvenido, pero du-
rante varios años no se hicieron llamados, y el Frente Amplio ha intentado hacerlos. Reitero que el Servicio Exterior es fundamental, es estratégico para el país, y creo que el Ministro está pidiendo que lo ayudemos y le demos herramientas. Podemos discutir todo lo demás. Yo creo que hay serios problemas en la Administración. La lógica del concurso hace, por ejemplo, que todo el Servicio Exterior se paralice. Esto lo sabemos todos. (Interrupciones) ——Es así. Hay misiones en el exterior que tuvieron que cerrar porque la gente venía a concursar. Eran derechos adquiridos. Nadie les podía decir que no. Además, esto no es solamente para las Embajadas de tipo tradicional, que pierden cada vez más valor. Acá están incluidos los organismos multilaterales, que son trascendentes. Uruguay esta compitiendo -imagino que con el apoyo de todos- para poder participar del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en 2016. ¿Cuánto apoyo va a necesitar esa participación en materia de asesores en derecho internacional, en derecho económico internacional? Creo que debemos dar los instrumentos necesarios a este Canciller y al que venga para tener la Cancillería en las mejores condiciones. Ahora bien, se podrá decir que esta no es la solución adecuada. Sinceramente, tengo serias dudas de que lo sea, pero no acepto y no me parece justo partir de la base de que la Cancillería ha sido históricamente un lugar intocable del Estado uruguayo, donde no se daba ninguna de las prácticas clientelares a que nos tenían acostumbrados los partidos tradicionales. Tampoco acepto que a partir del artículo 144 y siguientes se cuestione toda la política exterior y se diga que la política exterior de Estado está entre paréntesis, etcétera. Me parece que no se puede debatir así. La política de Estado fue rota cuando el Gobierno uruguayo del doctor Batlle, apoyado por los dos partidos tradicionales, rompió relaciones políticas y diplomáticas con Cuba, ¡y vaya las cosas que dijeron! Fue rota cuando se puso la política exterior al servicio del señor Bush. Podemos discutir muchísimo acerca de la política exterior, pero no me parece que sea este el momento oportuno.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
13
Lo que digo es que respaldamos al Ministro. Queremos un Servicio Exterior que… SEÑOR CARDOSO (don Germán).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MICHELINI.- No, porque tengo pocos minutos. Discúlpeme, señor Diputado. (Interrupción del señor Representante Germán Cardoso) ——Solicito a la señora Presidenta que me ampare en el uso de la palabra. (Campana de orden) ——Primero: es necesario apoyar el trabajo del Servicio Exterior de la Cancillería. Tengo muchos amigos y conocidos, no necesariamente del Frente Amplio, que hacen un trabajo estupendo con muy pocos medios. Segundo: respaldamos al señor Ministro abriendo la posibilidad de estudiar los mecanismos para fortalecer el Servicio Exterior. Tercero: no aceptamos el cuestionamiento al señor Ministro por una vía indirecta. Discutamos después, en otras instancias, la política exterior en su conjunto. Vaya si este Gobierno ha tenido muchos éxitos reconocidos en el mundo, que es lo que debería tomarse en cuenta, y no solo lo que opine este Parlamento. Por último, en cuanto a la decisión, creo que el Senado deberá trabajar con determinación con los diversos involucrados. Es cierto que lo de los funcionarios Clase AaA empezó en la dictadura, pero también lo es que desde el año 1985 en adelante se continuó de la misma manera. También es verdad que pusieron a quien quisieron en la Cancillería. ¡Seamos francos! ¿Dónde estaban los agregados culturales? ¿En qué ganaban cuando vivían en el exterior? ¿En pesos o en francos y luego en euros? ¿No los mandaban como asesores y después los presupuestaban con leyes de Rendición de Cuentas? Yo estoy dispuesto a dar un debate en profundidad porque quiero una Cancillería potente, que abra más Embajadas, que se desarrolle, y que no suceda lo que nos hicieron, que las abrían y al otro año las cerraban. ¿Esa es la lógica? No. (Interrupciones)
——Fue así. Durante la Administración del doctor Batlle cerraron Embajadas que habían abierto antes. ¿Por quién estaba apoyado, señor Diputado Trobo, el Gobierno del doctor Batlle? Estaba apoyado por su Partido. (Interrupción del señor Representante Trobo.Respuesta del orador.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Debe dirigirse a la Mesa, señor Diputado. (Interrupciones) —Ya hicimos la observación correspondiente. Desarrollemos la discusión en paz. Puede continuar el señor Diputado Michelini. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: en resumen y sin ánimo de ofender ni aludir a nadie, primero, nosotros respaldamos al Canciller Almagro con todas las letras. Segundo: Respaldamos la política exterior de este Gobierno, que ha sido gravitante y excelente durante estos dos años del Presidente Mujica. Tercero: trabajemos para dar al Servicio Exterior los mejores instrumentos para hacer una labor de calidad. Cuarto: analicemos en el Senado con tranquilidad si este artículo es el más conveniente, en colaboración con el sindicato de funcionarios del Servicio Exterior, con los funcionarios Clase AaA y con los servicios de la Cancillería. Quinto: construyamos todos la política de Estado en materia de política exterior. Sexto: no pensemos que no tenemos memoria. Nosotros sabemos muy bien cómo eran las cosas y la gente también. Muchas gracias. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señora Presidenta: primero que todo vamos a decir que nada de amigos. No es bueno anatematizar este asunto diciendo que este es un club de amigos, que con esto se va a favorecer a amigos. No es bueno que en el análisis de una ley presupuestal, luego de tantos días de trabajo de la Comisión, quienes han estado específicamente en el estudio de este tema arriben a Sala diciendo que este es un asunto de amigos. Queremos desechar esto absolutamente.
14
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Tampoco conviene exagerar. Con este artículo no vemos que vaya a caer ninguna carrera ni que se vaya a suplir la fundamental función de los diplomáticos. Nosotros hemos conversado con los dos grupos involucrados, porque quienes están en litigio por este tema en la Cancillería han visitado a cuanto legislador han deseado. Este artículo apela, en parte, a los recursos humanos de la Cancillería. Son funcionarios del Escalafón A Técnico Profesional, que podrán ser destinados para desempeñar funciones en el exterior por un período claramente establecido en el artículo. Se trata de un máximo de diez funcionarios y por eso -teniendo en cuenta las cifras que hemos dado y que figuran en el artículo- creemos que es una exageración decir que con esto cae la carrera diplomática. El año pasado, la Cámara de Representantes lo aprobó, y recordábamos los argumentos que en Comisión había dado el señor Ministro Almagro. En el Distribuido Nº 460/2010, decía: “La idea es que estos funcionarios vayan a prestar tareas de asesoramiento y sean acreditados en el exterior como asesores”. Luego agrega: “[…] la salida al exterior no puede pertenecer a un solo Escalafón”. También señala: “La idea de este artículo es blindar la carrera del Servicio Exterior, de modo que no haya perforaciones ni excepciones en ella”. Asimismo, afirma: “prevé la salida de los asesores, y a su vez blinda la carrera para que no haya perforaciones […]”. Nosotros queremos decir que estamos de acuerdo con hacernos un tiempo y detenernos en una reforma de la Cancillería. Cuando los miembros de la Comisión de Asuntos Internacionales nos entrevistábamos con el ex Ministro Gonzalo Fernández, nos decía que había un déficit de hasta 200 funcionarios en la Cancillería para prestar tareas diplomáticas. Esa hora llegará en algún momento porque la Cancillería está flaqueando en cuanto a presencia en el exterior en múltiples foros y representaciones, tarea que debe asumir por la República. Por último, queremos decir que los profesionales universitarios son los únicos que no están habilitados para salir al exterior. Según información que obra en nuestro poder, el personal diplomático, escalafón “M” está integrado por 302 funcionarios que pueden salir; los Embajadores de confianza son 20 y pueden salir; los Embajadores itinerantes son 5 y pueden salir; los funcionarios del escalafón “B”, técnico universitario, son 21 y pueden salir; los del escalafón “D”, especiali-
zado, son 23 y pueden salir; los integrantes del escalafón “A”, profesionales universitarios anteriores al año 1985 son 8, hay 4 en el exterior y 4 que dejarán de salir por una cuestión de edad y quedan los 41 profesionales universitarios que no pueden salir al día de hoy. Con lo dispuesto en el artículo 144 se está intentando que 10 funcionarios puedan salir para prestar asesoramiento. Entonces, señora Presidenta, con ese panorama en cuanto a los funcionarios -todos pueden salir al exterior-, me parece demasiado exagerado decir que mediante este artículo cae la carrera diplomática y afirmar, poco menos, que la Cancillería es un club de amigos. Nosotros vamos a votar con total tranquilidad política este artículo. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: quizás no se terminó de entender bien lo que señalábamos en oportunidad de nuestra intervención. El fondo que financia la salida de los funcionarios para prestar servicios en el extranjero es el mismo que va a financiar la salida del escalafón técnico profesional. Consecuentemente, si se aprueba este artículo, cuando se designe a alguien del escalafón técnico profesional para salir al exterior, alguna de las personas que ingresó por concurso, hizo los cursos durante dos años y, eventualmente, ascendió por concurso, va a quedar pospuesto, rezagado frente a la salida de ese funcionario técnico profesional que, eventualmente, puede haber ingresado por concurso al Ministerio de Relaciones Exteriores. Pero lo que está claro es que mientras los otros tienen una absoluta exclusividad en la prestación del Servicio Exterior, ese otro profesional pudo haber realizado un estudio en Montevideo, por ejemplo, sin ningún tipo de problemas, porque no tiene ningún tipo de contravención en ese sentido. Esa es la realidad. Y por eso hemos insistido en que no hay un fundamento para este artículo. La única fundamentación posible es la que le molesta al Diputado preopinante y es que, en realidad. se quiere favorecer a algunos amigos. Es así; no hay otra fundamentación. Gracias. (Apoyados)
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
15
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Amy. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: tenemos algunas coincidencias, pero hay ciertos puntos de vista en los cuales no coincidimos. Quiero dejar bien en claro, como coordinador de la bancada del Partido Colorado, cuál va a ser la postura de nuestro sector -que ya fue adelantada por el Diputado Germán Cardoso- en el sentido de que vamos a votar negativamente esta parte de la Rendición de Cuentas y queremos dar las argumentaciones. Vamos a ir por las coincidencias. Nadie duda de que el Servicio Exterior es un apéndice del Estado, indudablemente estratégico, sobre el cual deberíamos tener -como también dijimos en la sesión de ayer en materia de defensa-, políticas de largo plazo. Y creo -más allá de las discusiones- que es un área estatal donde la profesionalización y la capacitación son de las cosas que indudablemente nos destacaba en el exterior. Por lo tanto, en eso coincidimos. Creo que con respecto a este tema se está transitando un camino que no es el correcto -como en otras materias que oportunamente analizaremos, por ejemplo, la educación- porque vamos a contrapelo del resto del mundo. (Murmullos) ——Yo me pregunto -hemos estado indagando- qué capacidades se exigen en el mundo moderno a quienes van a acceder a la carrera del Servicio Exterior en otros países. Estas exigencias que tenemos son total y absolutamente nimias… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Agradeceríamos mucho a los señores legisladores que colaboren haciendo silencio. Puede continuar el señor Diputado Amy. SEÑOR AMY.- Decía que son exigencias que van a contrapelo de las de los países de punta en esta materia. Nosotros ni siquiera estamos viendo ni tomando como referencia a aquellos países en los que, supuestamente, el Gobierno tiene cierta… (Murmullos) ——Hay algunos en Sala a quienes les encanta conversar durante horas porque se ve que en la casa no los escuchan, y nosotros indudablemente, los tenemos que…
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Señor Diputado: puede expresarse libremente sobre el punto en discusión. SEÑOR AMY.- Nadie se da por aludido; gracias, señora Presidenta. Decía que vamos a contrapelo de lo que son las relaciones internacionales en el mundo exterior. Inclusive aquellos países con los que este Gobierno ideológicamente se puede sentir afín, van por el camino contrario. Tendrían que analizar cuáles son las exigencias del Servicio Exterior boliviano, las del Servicio Exterior de Ecuador e, inclusive, del Estado cubano; son total y absolutamente distintas a las que vamos a transitar nosotros. Quiere decir que ni el supuesto eje ideológico progresista tiene afinidad con esta actitud de trastocar la carrera del Servicio Exterior. Creo, señora Presidenta, que el argumento principal que es el que los miembros del escalafón “A” vienen a complementar las necesidades que se tienen sobre el escalafón profesional no es de recibo. Además, quiero saber cuál va a ser el rango con el cual se van a presentar ante las distintas Cancillerías del mundo porque la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas establece claramente que no está contemplado en el derecho diplomático la categoría de asesor. Entonces, en el momento de la acreditación ante las respectivas Cancillerías de los Estados receptores, ¿por qué categorización habrá que optar? Lo pregunto porque de eso va a depender el estatus con el que se va a desempeñar en el Estado donde presente sus credenciales. (Interrupción del señor Representante Abdala) ——Si quiere, con mucho gusto le concedo una interrupción, señor Diputado Abdala. (Interrupción del señor Representante Abdala) ——Cuando haga uso de la palabra lo voy a interrumpir varias veces. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Diríjase a la Mesa, señor legislador. Es una cosa increíble que tenga que estar aclarándoles lo que dice el Reglamento. (Interrupción del señor Representante Amy) ——Tranquilícese, señor Diputado Amy, que nos queda una larga sesión.
16
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
(Interrupción del señor Representante Amy) ——En eso estoy y le pido que se dirija a la Mesa con respeto. Y le diré que el éxito no depende de mí sino del autocontrol de los señores legisladores, que parecen no tenerlo. Y, por favor, remítase al punto que estamos considerando. Puede continuar el señor Diputado Amy. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: es imposible hablar así. Si cada tres minutos se nos interrumpe, es imposible. Acá hay una cuestión fundamental que refiere a las señales. Nosotros accedimos a ver las bases del concurso por el cual se hizo un llamado hace tres meses. Se pidió un nivel de calificación extremadamente alto y no solo había que certificar los requerimientos con títulos universitarios sino que se trató de un examen muy riguroso en cuanto al manejo de las habilidades orales y de escritura de idiomas y de las condiciones psicopedagógicas de cada individuo. Inclusive, psicólogos del Oficina Nacional del Servicio Civil fueron a testear cada uno de los perfiles que debían reunir quienes iban a ingresar. Entonces, la señal que estamos mandando a todos esos jóvenes que se han esforzado para tratar de cumplir con los requerimientos es: premiemos el esfuerzo menor. El mensaje que damos al joven es que no tiene sentido prepararse ni es necesario porque después, por la ventana, va a entrar gente sin preparación ni capacitación. Creo que debemos premiar el esfuerzo mayor y trabajar sobre ese, sin perder de vista el que queda en la cola del pelotón. Pero no dejemos de priorizar al capacitado para intentar recuperar al que muchas veces es irrecuperable; esa es la señal que mandamos. Pagamos la educación para que vayan a clase, y el que va y cumple, ¿que se joda? Creo que hay una cuestión fundamental en esto. Cuando aquí se mencionó que los servicios exteriores anteriores habían sido complacientes con Bush, a alguno le vamos a tener que arrimar alguna pastilla para la memoria, porque quiero decir que quien se confundió con Bush y habló del compendio del mal fue, nada más ni nada menos, que el ex Presidente Vázquez. Creo que también Mujica como Ministro participó en San Juan. Vamos a decir todas las cosas como son. ¿O nos olvidamos que antes pintábamos “Yankies go home” y que Bush era asesino?
Creo que está bien que los representantes del Gobierno y de su colectividad política defiendan su gestión, y es entendible. Pero no se nos quiera hacer creer que el proceso fundacional del Servicio Exterior arranca con Almagro, porque hemos tenido connotadísimos Cancilleres. Hablamos de Héctor Gros Espiell, de -nada más ni nada menos- Enrique Iglesias, de Opertti, de Barrios Tassano, del propio Abreu. Fueron Cancilleres. Indudablemente, esta es una señal más para tratar de ir horadando de a poco una carrera que durante muchísimos años hizo sentir orgullosos a todos los uruguayos. Este no es un tema de corporativismo sino de ir por donde el mundo va: a buscar la excelsitud, la preparación. No tenemos fuerza numérica, no tenemos grandes economías de escala; nos tenemos que destacar por las capacidades. Y este es un Gobierno que no solo no premia las capacidades sino que premia el esfuerzo menor. Creo que ese es un camino errado. Hay que rever esta actitud porque esto va a terminar con una carrera en la que mucha gente, con gran esfuerzo y sacrificio, tuvo que luchar para llegar adonde está. SEÑOR NOVALES.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR AMY.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR AMY.- ¿De cuánto tiempo dispongo, señora Presidenta? SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dispone de un minuto, señor Diputado. Tiene la palabra el señor Diputado Novales. SEÑOR NOVALES.- Señora Presidenta: en las últimas exposiciones se hizo una especie de panegírico de la política exterior, fundamentalmente, de los últimos dos años. Se habla de concursos, de preparaciones o del perfeccionamiento que debe tener quien nos va a representar de una manera o de otra en el exterior. Hace unos días escuché en una emisora montevideana una mesa redonda en la que uno de los expositores preguntaba, concretamente al señor Valenti -quien era el otro interlocutor-, cuál era el concurso -si es que lo había dado- para ingresar -si es que ingresó al Servicio Exterior- como asesor cultural en la Embajada argentina el ex Senador Nicolini. Entonces, si eso fue-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
17
ra cierto -el señor Valenti no lo desmintió en ese momento y, por lo tanto, pienso que debe ser verdad-, me gustaría saber cuál es el ejemplo que da para el Servicio Exterior el ex Senador Nicolini, ejerciendo un cargo de asesor en la Embajada argentina. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en minoría, señor Diputado Abdala. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: este tema fue controversial en el ámbito de la Comisión y se analizó en más de una oportunidad. Cuando se votó por vez primera al analizarse el articulado y en la instancia de la discusión en particular, el Partido Nacional demostró dos visiones con relación a este mismo asunto, y debemos reconocerlo sin mayores dificultades. Hablamos de una decisión que tiene que ver con apreciaciones de tipo programático, en parte, pero sobre todo con apreciaciones de tipo pragmático. Acá tampoco hay cuestiones de principios. En los principios, los integrantes de esta bancada parlamentaria y en las grandes líneas de la política -en particular, con relación a la política exterior y vaya si mi Partido Nacional es un punto de referencia a lo largo de la historia-, estamos consustanciados en la misma dirección. Nosotros respaldamos y votamos afirmativamente este artículo en las dos votaciones que tuvieron lugar en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Votamos con enormes dudas -debo decirlo-, que en buena medida son las que aquí se han expresado por parte de varios señores legisladores, en particular, legisladores de la oposición. Se trata de dudas que provienen o que nos inspira el señor Canciller, quien -debemos decirlo con toda honestidad- no nos genera tranquilidad desde el punto de vista del estilo que viene imprimiendo a su gestión. Coincidimos con la afirmación de que lejos estamos actualmente en la Cancillería de una concepción que tienda a la profesionalización y en la que hay una buena dosis de politización a la hora de administrar el Ministerio de Relaciones Exteriores. En esta coyuntura, el señor Canciller tampoco nos inspiró confianza por la actitud que tuvo -y tiene, en tiempo presente- en ocasión del análisis de la Rendición de Cuentas en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. En la discusión en general -lo voy a reiterar ahora y probablemente lo repita cuando analicemos los artículos subsiguientes que tienen que ver con la modificación de las condiciones de la ciudadanía natural-
dije que el señor Ministro de Relaciones Exteriores tuvo para con el Parlamento y para con la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda una actitud poco digna, porque impulsó soluciones importantes, del tenor de la que estamos analizando y de la que vamos a analizar después, sin dar la cara. Cuando vino por vez primera a la Comisión, nada dijo de esto hasta que se le preguntó. Sobre el tema de la ciudadanía natural no dijo nada, antes ni después, porque hizo llegar simplemente una solución -como veremos luego- a través de sus representantes en el ámbito de la Comisión. Esa es una actitud poco digna que, por supuesto, merece nuestra absoluta condena y que, en algún sentido, implica para nosotros una sobrecarga a la hora de definir nuestra posición y nuestra actitud con relación a las propuestas que el señor Ministro de Relaciones Exteriores hace llegar al Parlamento. Creo que el señor Diputado Trobo ha planteado esta discusión desde el centro y ha fijado el eje -por lo menos desde el punto de vista de la coyuntura en la que nos encontramos- de una manera correcta y acabada. Sin duda, merecería y merece un análisis más profundo y más completo la organización del Servicio Exterior en su conjunto y la organización de la estructura administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en particular, a la luz de todos los antecedentes que se han mencionado y que yo he reiterado. Por eso creo que la alternativa que se sugería en Sala de desglosar esta disposición, de volverla a Comisión, de recabar la opinión de la Comisión de Asuntos Internacionales y de hacer comparecer ante ella a todos quienes con relación a esto tendrían algo para aportar, sin duda, sería una conducta prudente que la Cámara de Representantes asumiría hoy si resolviera recorrer ese camino. Por lo tanto, adelanto que estoy dispuesto a respaldar lo que seguramente será una moción que, por lo que adelantó el señor Diputado Trobo, habrá de presentarse a la Mesa en ese sentido. Si esa moción no prosperara y la mayoría de esta Cámara insistiese en la aprobación del artículo 144, por una razón de coherencia con nosotros mismos y con la posición que asumimos hace pocos días en dos votaciones en la Comisión de Presupuestos y el año pasado en ocasión de tratarse la Ley de Presupuesto correspondiente al quinquenio que transcurre, vamos a votar afirmativamente esta disposición. Por supuesto que con dudas -como decíamos antes-, conscientes
18
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
de que habría que revisar todo. Y cuando decimos todo incluimos también a otro escalafón que tiene una solución similar a la que aquí se propone -que posibilita que los funcionarios del escalafón administrativo salgan a integrar misiones en el exterior- y que también debería ser motivo de revisión y de análisis en una concepción completa de una reestructura de los servicios de la Cancillería y de su organización administrativa. Vamos a votar afirmativamente a partir de un análisis riguroso y estricto del contenido y de las consecuencias prácticas desde el punto de vista jurídico que a nuestro juicio puede tener la aplicación de este artículo 144. Admitimos, por supuesto, que puede haber visiones o talantes diferentes pero lo que aquí dice es eso y, en definitiva, de lo que se trata es de que estos funcionarios puedan ser destinados a las misiones en el exterior, no para cumplir funciones diplomáticas sino de asesoramiento técnico. Se reclama esto como un instrumento para profesionalizar el Servicio Exterior. Por otro lado, se argumenta -puedo admitir que se haga en esa dirección- que esto en verdad tiende a desprofesionalizar la carrera diplomática porque, en definitiva, termina perforándola. Nosotros, a priori, no advertimos ese riesgo, entre otras cosas porque, preocupados por esta situación, intentamos profundizar cuál es la realidad del escalafón A) Técnico Profesional y llegamos a alguna conclusión o al menos pudimos recabar algunos datos que ahora nos permitirían votar con cierta tranquilidad. Esta disposición establece una serie de regulaciones, requisitos y condiciones, de grado y de antigüedad. Y quienes hoy están en condiciones -ese es un dato que hemos obtenido- de salir al exterior al amparo de este artículo -si llegare a aprobarse- porque tienen diez años en el escalafón y, además, reúnen los grados que exigen los literales A) y B) del artículo 144, no son más de siete u ocho funcionarios de un total de cuarenta o cincuenta que componen este escalafón. Ellos también merecen ser contemplados por su abnegación a la hora de desempeñar sus funciones y de desarrollar su carrera profesional. Si los diplomáticos son sacrificados, dan concurso, se profesionalizan y se capacitan -por cierto, acepto que es así- no debemos desestimar que también quienes integran el escalafón Técnico Profesional puedan ser merecedores -de hecho lo sonde la misma calificación. Seguramente también son -a muchos los conozco- funcionarios abnegados que han realizado carreras exitosas, transparentes y honestas
a lo largo de los años, y que tienen diez años de antigüedad cumpliendo esa misión. Por lo que acabo de mencionar, creo que el riesgo de amiguismo, al menos, se atempera. Me preocupé de hablar con el gremio que representa a los funcionarios técnico profesionales. Si esto estuviera viciado de amiguismo, estaríamos hablando de cuatro, cinco o diez que estarían “acomodados” -digámoslo así-, esperando que este artículo salga para que el Ministro lo aplique y los mande al exterior. Sin embargo, constaté que todos los funcionarios que se encuentran en este escalafón, cuya enorme mayoría está afiliada a la organización gremial respectiva, apoyan esta solución. Por lo tanto, eso me permite concluir que el riesgo del amiguismo en este caso en particular estaría al menos controlado. El argumento de que los abogados no pueden cumplir funciones técnicas en las misiones en el exterior es relativo. No pueden presentar escritos ante los Juzgados, sin duda, ni pueden hacer la procuración de asuntos que se ventilan en los estrados judiciales, pero pueden asesorar en materia jurídica. Si hay una aplicación del derecho y del derecho internacional en particular, es en el ámbito de las misiones diplomáticas del derecho internacional público y del derecho internacional privado. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Por todo eso concluyo -con todas las dudas que he señalado pero a partir de una definición objetiva y lo más serena posible, y tratando de ser coherentes con la posición que hemos mantenido desde el año pasado- que si no prospera la moción para que vuelva a Comisión, nosotros vamos a votar afirmativamente el artículo 144. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: si tuviera que votar este artículo en abstracto, es decir, sin mirarlo en su contexto, lo votaría afirmativamente. No comparto alguna visión que se manifiesta en Sala sobre los efectos que tendría el texto del artículo. Me parece que un país en serio puede tener un servicio diplomático en cuyas sedes convivan los funcionarios de carrera con los funcionarios administrativos que, a veces, tienen que salir al exterior -eso está en
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
19
la normativa vigente y salen al exterior a dar soporte administrativo a algunas sedes diplomáticas- con funcionarios del escalafón profesional, si es necesario asistir a esas misiones con un abogado, un contador o un economista, etcétera, porque las misiones no son solo las embajadas y puede ser que se les necesite. De hecho, algunas han tenido importantes déficits en algunas de las gestiones que se han requerido. No me parece que esos escalafones tengan que mezclarse. Es más: conozco en la Cancillería algún técnico profesional abogado que termina siendo el mejor asesor de las autoridades ministeriales en los pleitos y temas de negociación de mayor jerarquía y no necesariamente es un diplomático; sin embargo, en su especialidad es el que más sabe. Puede haber otros funcionarios profesionales que no tengan esa cualidad, pero vemos que algunos, luego de haber transcurrido mucho tiempo, pueden tenerla. El artículo es prudente. Dice que solo pueden salir por dieciocho meses, con una eventual prórroga de un año más; luego tienen que permanecer en el país cinco años, a diferencia del escalafón M) Diplomático que puede permanecer cinco años, tener alguna prórroga, y luego permanece dos años en el país. Además, tienen que tener diez años en el Ministerio y determinados grados. Me parece que si miramos el artículo en abstracto, no advertiremos que esté perforando la carrera diplomática. No creo que sea así porque la calidad de asesor en una misión diplomática donde se supone que hay un diplomático al frente no termina sustituyendo a los funcionarios diplomáticos en la realidad. Sin embargo, este artículo viene complicado por todos lados. Primero, porque el Ministro no hace las cosas como debe. En un Ministerio pequeño, muy profesionalizado, con funcionarios de alta jerarquía, este artículo ha generado un enfrentamiento que el Ministro no ha podido laudar adecuadamente. De hecho, no lauda adecuadamente porque a todos les dice lo que quieren escuchar. Siguiendo esa forma que ha ganado espacio de que “como te digo una cosa, te digo la otra”, a los profesionales les dice que los manda y a los diplomáticos les dice que no. Y después no manda el artículo pero viene y lo defiende. No se pueden hacer las dos cosas al mismo tiempo, porque hay un día en que las moscas se atan por el rabo y hay que tener una sola posición. Mientras tanto, se puede tener las dos pero un día hay que tener una, y ese día se arma el lío y con alguien se queda mal.
Como el Ministro dijo a los funcionarios que se quedaran tranquilos porque no mandaba el artículo -y, de hecho, no lo mandó-, se quedaron tranquilos pero reaccionaron muy mal cuando vieron que el Ministro se afilió a esta postura en Comisión. Y los otros defienden lo que dijo el Ministro, aunque evidentemente el Ministro no lo mandó o el Poder Ejecutivo en su conjunto no amparó al señor Ministro en su pretensión. El mensaje del Poder Ejecutivo firmado por el Canciller no llegó al Parlamento. Esto ha generado en el Ministerio un problema incómodo para los funcionarios, para la propia gestión y para todos nosotros que tenemos visiones contrapuestas y hasta enfrentadas sobre este tema. Eso no hace bien. Nosotros no somos jueces en un tema bastante complicado. Por otra parte, este artículo tiene contexto. Desde la Administración del ex Ministro Gargano se han ido modificando algunas reglas de juego. Es cierto que en algún momento el Ministerio tenía perforaciones de todo tipo, pero también es cierto que desde hace un buen tiempo se fue profesionalizando la gestión. Quiero recordar la gestión del ex Ministro Ramos, en la que se hicieron importantes avances para profesionalizar el Ministerio en materia de concursos para el ascenso, que privilegiaban el conocimiento, la trayectoria y la experiencia sobre la confianza personal o política. Siempre hay margen en este Ministerio, porque todos son Embajadores, pero no es lo mismo serlo en el Congo que en Argentina; no es lo mismo serlo en Portugal, en España o en las Naciones Unidas que en un país con el que Uruguay prácticamente no tiene comercio y apenas tiene unas relaciones históricas de tipo formal. Claro que siempre hay margen y todos son Embajadores. Hay una gran corriente de cargos de confianza en aumento. Actualmente hay veinte Embajadores de confianza política, algunos de los cuales son funcionarios pero no tienen la jerarquía de Embajador, por lo que ocupan el lugar del Embajador o de Jefe de Misión en esa cuota política. Otros, ni siquiera pertenecen al Ministerio, como siempre lo hubo pero ahora se duplican. Asimismo, este Ministerio utiliza todos los Adscriptos en posiciones dentro de la Cancillería más que en posiciones de asesoramiento al Ministro. Además, en el Gabinete hay una ausencia importante de Embajadores de larga trayectoria, que ha sido cubierta con personas de corta trayectoria pero de confianza del Ministro. Todo esto hace ver que
20
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
quizás un artículo como este puede despertar suspicacias y preocupación en los funcionarios de carrera, y que a partir de él salgan al exterior los que están comprometidos, no con la gestión, sino con el Ministro. Y eso implica discrecionalidad, porque pueden salir diez de los cuarenta, pero los elige el Ministro. Entonces, no hay una carrera o un orden de prelación objetivo; hay una preferencia o decisión ministerial para ver quiénes son los diez. Esto también genera la preocupación de que el Ministro prefiera mandar a algunas personas de su confianza a algunas misiones diplomáticas, aunque revistan en otro escalafón, no para cumplir tareas estrictamente técnico profesionales, sino de tipo diplomático paralelo. Ante esta evidencia, prefiero que el tema sea discutido un poco más. Esto no vino de manos del Ministro y, la verdad, no deseo que nos pase nuevamente lo que sucedió con la Ley de Presupuesto, que después de un largo, sesudo y comprometido debate, que no nos deja ni bien ni mal con unos y con otros, el Senado nos corrigió la plana y terminó laudando un tema que nosotros estaríamos en condiciones de resolver con mucha seriedad si lo discutiéramos adecuadamente en el ámbito en que corresponde, que es la Comisión de Asuntos Internacionales. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta de una moción de orden, presentada por los señores Diputados Berois, Germán Cardoso y Posada. (Se lee:) “Mocionamos para que el artículo 144 del proyecto en discusión pase a estudio de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Asuntos Internacionales”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Treinta y dos en ochenta y tres: NEGATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 144. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta y ocho: AFIRMATIVA.
SEÑORA PAYSSÉ.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PAYSSÉ.- Señora Presidenta: no quisimos intervenir anteriormente, pero dejamos sentada la posición de Asamblea Uruguay. No estamos convencidos de que esta sea la mejor solución, lo que no significa, de ninguna manera, un cuestionamiento al señor Ministro; quiero dejarlo bien en claro para que conste en la versión taquigráfica. Este planteamiento se ha hecho reiteradamente; ya pasó por el Presupuesto y el Senado lo dejó afuera. Nosotros realmente tenemos dudas en cuanto a que este artículo no sea el comienzo de una vulneración de derechos. Si bien es cierto que la primera ley se aprobó en 1974, hubo una modificación en 1987 que hizo que quienes habían entrado de la forma como se expresó acá, tuvieran que concursar, y concursaron. Por otra parte, tenemos claro que este artículo, tal como está enunciado, no generaría gastos, pero podríamos estar incurriendo, de alguna manera, en la distorsión de la carrera profesional. Hay una carrera profesional que exige prepararse y concursar, y se haría un bolsón que de alguna forma mezclaría técnicos profesionales con integrantes de la carrera diplomática. Esto, por la vía indirecta, estaría generando lo que a nosotros nos parece una eventual distorsión. Queremos dejar clara nuestra postura, que es la de acompañar a nuestra bancada, como no podía ser de otra manera, pero también manifestamos nuestras dudas con todo lo que se ha planteado acá, sin atribución de intenciones. Tampoco nos queda claro -lo que me parece debe ser motivo de una discusión previa- que el asesoramiento para los Embajadores están en el exterior necesariamente tenga que provenir de técnicos profesionales que lo acompañen, porque muchas veces enfrentan dificultades vinculadas con las leyes o los sistemas tributarios de los países donde están que exigen profesionales locales que dominen los temas locales. Este artículo fue mejorado, se redujeron los plazos la permanencia en el exterior, se aumentaron los
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
21
plazos de permanencia en el país, pero nuestras dudas primigenias las seguimos teniendo, y nos parece bueno evacuarlas. Gracias, señor Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: por esta vía, dejamos constancia de que, tal como lo anunciamos en nuestra última intervención, votamos en primer lugar la moción que promovió el Partido Nacional en el sentido de regresar este artículo a Comisión, pero ante el rechazo de la Cámara de esa tesitura que considerábamos la más acertada, resolvimos acompañar esta disposición y por eso votamos afirmativamente. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- En discusión el artículo 145. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: estaba tratando de ubicar la Hoja original que plantea la derogación del artículo 143 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2006. Esta derogación violenta derechos adquiridos por otros funcionarios, a los cuales nos estuvimos refiriendo recién. Se trata de aquellos que eran originalmente del Escalafón A Técnico Profesional y, por la aprobación de la ley durante el período democrático, se les reconoció el derecho a pertenecer al Escalafón M. Consecuentemente, si ahora se deroga la norma y se establece un régimen distinto, es notorio que se van a violentar derechos adquiridos, y estos funcionarios van a reclamar al Estado y van a lograr que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo les reconozca sus derechos. Nosotros queremos, entre otras cosas, ahorrar al Estado una situación de reclamo. Por otra parte, consideramos que ese tema ya fue oportunamente laudado durante el período democrático. Por lo tanto, vamos a votar negativamente este artículo 145. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señora Presidenta: en los mismos términos que el señor Diputado preopinante, considero que a veces hay una tendencia a creer que el progreso manuscrito resuelve todos los problemas, que tiene puntos de comparación con esconder la basura debajo de la alfombra. Puede ser que este artículo sea una proclama referida a alguna demanda histórica, pero esta va a causar graves problemas. Me gustaría que el señor Ministro Almagro, el día que el Estado pierda los juicios que van a hacer estos funcionarios, esté en el primer lugar de la cola para pagar los gastos que el Estado deberá desembolsar. De hecho -ya ha ocurrido en otros casos en la Cancillería-, se han perdido muchos juicios cuya responsabilidad tiene que enfrentar el ciudadano. Entonces, a veces se proclama mediante un artículo una histórica demanda con algún objetivo político que termina teniendo consecuencias económicas que no pagan los que la proclaman, sino que la pagan los ciudadanos. Advierto que en este caso, como se ha señalado, seguramente, ante un reclamo por los derechos adquiridos, el Estado va a perder los juicios en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo o en el que corresponda. Por eso, creo que es inconveniente la aprobación de esta norma, que no solo no resuelve absolutamente nada, sino que, como he señalado, ocasiona una proclama. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en setenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: simplemente, deseo manifestar que las consideraciones que hizo la señora Diputada Payssé con respecto al artículo anterior también valen para este.
22
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- En discusión el artículo 146. SEÑORA MONTANER.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MONTANER.- Señora Presidenta: el Partido Colorado no va a acompañar el artículo 146, porque no solo le merece dudas sino que lo rechaza de plano. (Murmullos) ——Solicito a la Mesa que me ampare en el uso de la palabra. (Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene razón la señora Diputada. El murmullo en Sala no está permitiendo trabajar. La Mesa solicita a los señores Diputados que tomen asiento en sus bancas y que suspendan los diálogos o, en su defecto, los realicen fuera del recinto. A veces siento que nuevamente tengo que recurrir al rol magisterial. Puede continuar la señora Diputada Montaner. SEÑORA MONTANER.- Como decía, el Partido Colorado rechaza el artículo 146. Esta Rendición de Cuentas tiene aspectos poco transparentes y uno de ellos es, puntualmente, este artículo. Consideramos que este tema no tendría que estar en la Rendición de Cuentas por tratarse de una materia sumamente delicada como las condiciones habilitantes para la ciudadanía, como por ejemplo, el manejo de la base electoral para llegar al sufragio. Y voy a explicar por qué lo digo. En el artículo 146 el Poder Ejecutivo pretende alterar el artículo 4º de la Ley Nº 16.021, que refiere a la interpretación del artículo 74 de la Constitución de la República, que dice textualmente: “[…]Son también ciudadanos naturales los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento, por el hecho de avecinarse en el país e inscribirse en el Registro Cívico”. Según la ley, el tiempo de avecinamiento debe ser un año y en ese lapso ya se puede considerar que esa persona es ciudadana y está habilitada para muchas cosas, entre ellas para votar. El Poder Ejecutivo
envía a la Comisión de Presupuestos, integrada con la de Hacienda la propuesta de un mes. Pero ante el rechazo de los miembros de la Comisión que analizó esta Rendición de Cuentas, se hace una contemplación y lo extiende a tres meses. Pero nosotros creemos que ese tiempo no es suficiente. Consideramos que este no es un tema para tratarse en la Rendición de Cuentas y, además, tiene que ver con la ciudadanía que refiere a las condiciones habilitantes para, por ejemplo, ejercer el voto. Esto nos trajo a la memoria el tema del voto epistolar, que podría entrar en forma oblicua porque no se aprobó en la última elección de 2009 cuando se plebiscitó, pues obtuvo solamente el 36,93% de los votos. El artículo 146 toca elementos fundamentales de la convivencia pacífica de los uruguayos y lo hace a través de una ley. Nosotros entendemos que tuvo mucho que ver lo que se plebiscitó en la elección de 2009, y esta es una forma de enmendar la plana al pueblo que no podemos acompañar, porque cuando este se expresa lo debemos respetar. Este artículo 146 de la Rendición de Cuentas encubre directamente una acción y cambia radicalmente la base electoral de la ciudadanía porque modifica la cantidad de habilitados a votar, la convivencia pacífica y enmienda la plana al pueblo, que ya se expidió en el plebiscito sobre el voto epistolar, en el año 2009. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: este es otro de los artículos que llegaron a la Comisión a través del señor Ministro de Relaciones Exteriores y no en el Mensaje del Poder Ejecutivo. Este tipo de modificaciones -como otra que felizmente fue desechada en la Comisión, que era una clara violación a la Constitución de la República-, este tipo de iniciativas del señor Ministro de Relaciones Exteriores, más que generar un cuestionamiento de nuestra parte, lo que hace es descalificarla. Que se promueva reducir la permanencia en el país -actualmente la ley vigente establece el lapso de un año- puede dar lugar a discutir el momento a partir del cual se toma como permaneciendo en el país -reitero que entiendo que es un tema debatible-, pero
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
23
que la mera inscripción en un centro de estudio, público o privado, sea un requisito para avecinarse a la República, es una situación inconveniente. Centros públicos y privados hay muchos, y de todo tipo. Esta modificación legal no hace mención a ninguno en particular por lo que, de hecho, está sugiriendo un criterio amplio. A su vez, deja abierta la puerta para que la inscripción, por ejemplo, pueda realizarse por un medio electrónico, es decir, a través de Internet sin que la persona esté avecinada en la República. Por otra parte, no olvidemos que la mención a estos literales no es taxativa sino simplemente enunciativa, y como tal se tienen en cuenta en un tema que, en función de la ley vigente, está aprobado, instrumentado, reglamentado por la Corte Electoral, que expide un certificado de avecinamiento de la República. Esa disposición claramente se refiere a hijos de padre o madre uruguayos, nacidos fuera del territorio nacional que deben probar su avecinamiento, hace mención a los distintos literales establecidos en la ley vigente y exige “[…] Documento público o privado, expedido dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud que pruebe el avecinamiento en el país. Si el documento fuera privado, un Escribano Público mediante certificación, deberá acreditar que le fueron exhibidos y compulsó el o los documentos o asientos que sirven de base para la expedición del documento privado de que se trate y que de la compulsa resulta la correspondencia o exactitud del contenido de este último, del cual deberá, además, autenticar su expedición, otorgamiento o ratificación, certificar su firma o el reconocimiento de ella y la legitimación o representatividad de quien lo expide, otorga o ratifica […]”. Hago referencia a este párrafo y a estas exigencias… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Solicito, por favor, hacer silencio. Puede continuar el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Decía que hago referencia a este párrafo y a estas exigencias porque me pregunto cómo va a cerciorarse el escribano público que tenga que certificar una situación de esta naturaleza de este
nuevo literal E), que hace referencia a la inscripción en un centro de estudio público o privado. Nos parece que la modificación es absolutamente inconveniente, que genera ciertas prevenciones sobre cuál es la verdadera intención que está detrás de una modificación de esta naturaleza. En todo caso, reitero, si nos atenemos al contenido del artículo que felizmente fue desechado por la Comisión de Presupuestos, integrada con la de Hacienda -que también había sido enviado por el señor Ministro-, veremos que lo descalifica. Gracias, Presidenta. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señora Presidenta: el artículo que la Cámara no debería analizar tiene, como se ha señalado, una historia poco clara. A nuestro juicio, sería conveniente que este asunto fuera enviado a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, integrada con la de Asuntos Internacionales, y para ello vamos a presentar una moción en ese sentido. En primer lugar, es un artículo reglamentario de la Constitución de la República que viene incluido en un proyecto de ley de Rendición de Cuentas. No sé si todos los señores Diputados saben que este artículo modifica un artículo de una ley reglamentaria de la Constitución de la República en una materia de especial sensibilidad política, de especial sensibilidad jurídica y de una jerarquía especial, como lo es la legislación electoral. Podríamos encarar nuestra exposición en este tema desde la perspectiva de la ciudadanía, del ejercicio de la ciudadanía, de la nacionalidad, de la condición de nacional. Abro un paréntesis para decir que este tema se comenzó a analizar en el seno de la Comisión de Asuntos Internacionales como resultado de una convocatoria que se hizo al señor Ministro de Relaciones Exteriores hace no más de treinta días, sesión en la que denunciamos que la Cancillería había ordenado a los Consulados en España expedir documentos oficiales en los que se dice que un uruguayo no es uruguayo, con el propósito de beneficiar alguna acción en el exterior de los padres de esos niños, que realmente
24
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
quieren que su hijo no sea uruguayo porque, eventualmente, no serlo tiene el beneficio de ser nacional de otro Estado. Ese tema fue discutido, analizado y se le reclamó al señor Ministro que la Cancillería cesara en esas actuaciones, pero él nos dijo que no lo iba a hacer, que iba a continuar expidiendo documentos a padres uruguayos con hijos nacidos en el exterior en los que constara que no eran naturales de Uruguay. El señor Ministro apenas se comprometió a analizar ese tema en un ámbito más amplio, con otra profundidad porque, a su juicio -en esto poco compartimos-, era una materia trascendente y muy importante. Y nos dijo: “No, no, vamos a propiciar un análisis con todos los partidos políticos para que estas decisiones que se toman en esta materia lleguen a niveles de consenso que las hagan representativas del sentir político de todos los partidos”. Nos pareció una señal buena; por lo menos, una señal positiva. Y tras esa señal, ¿cuál es la inmediata? ¿Cuál es la primera? Mandar -o no mandar, pero si hoy el Frente Amplio defiende este proyecto en la Cámara es porque la Cancillería está de acuerdo- dos artículos que se vinculan con una ley que si uno va a las fuentes se da cuenta de que fue objeto de un trabajo serio, responsable y profundo; una ley originaria de la pluma del escribano Dardo Ortiz que en el año 1989 tuvo un análisis cuya conclusión y consecuencia fue el acuerdo de todos los partidos políticos. Podría leer aquí expresiones de los entonces señores Senadores Gargano, Batalla, Aguirre, Tourné y Ortiz y de Senadores del Partido Colorado avalando esa ley, que dio un marco de aplicación a la disposición constitucional que establece la condición de naturales orientales o uruguayos y el ejercicio de la ciudadanía para aquellos individuos hijos de padres nacidos en territorio oriental que han nacido en el exterior, una materia de mucha sensibilidad. Esperamos que la convocatoria que el Ministro dijo que iba a hacer se realice, porque por supuesto que nos importa que haya uruguayos y que no rechacemos a los que nazcan en el exterior, y mucho menos que lo haga el Estado uruguayo diciendo que un individuo natural del Uruguay no es uruguayo porque ello le convenga circunstancialmente a su padre. Precisamente, en la discusión de esa ley lo que se decía era que Uruguay no podía tener una actitud de apatridia respecto de sus connacionales.
Ahora, si esto en su momento generó un debate importante y de fondo, si la decisión política que se tomó fue la de sancionar una ley reglamentaria de la Constitución en la que coincidieron todos los partidos, ¿cómo es posible que en una ley de Presupuesto se pretenda modificar dos aspectos sustantivos de esa norma? Y ha quedado uno, que es este que está tratando la Cámara, que refiere a lo que debe ofrecer como prueba un individuo que es nacional, uruguayo nacido en el exterior, porque lo manda la Constitución, para ejercer la ciudadanía: es ciudadano y la ejerce, siempre y cuando cumpla con determinadas condiciones, y en esas condiciones en aquel momento nos pusimos de acuerdo en aquella ley. Si se deben modificar las condiciones a exigir, en ello tenemos que ponernos de acuerdo ahora. Pero no solamente porque esto es un imperativo político para una ley de tanta importancia y trascendencia, sino porque es un imperativo constitucional. Porque esta ley no se puede reformar con una mayoría simple, ni en la Cámara ni en el Senado, pues las leyes vinculadas al Registro Cívico Nacional y todas aquellas que tengan que ver con la elección o con el ejercicio del sufragio merecen una mayoría especial, y la Cámara no está en condiciones hoy, de acuerdo con lo que hemos escuchado, de darle la mayoría a esta norma. Entonces, señora Presidenta, lo que pido, en primer lugar, es que reflexionemos sobre las mayorías necesarias para aprobar estas disposiciones. No discutamos sobre el fondo de la norma, porque no es la ocasión. Además, la instancia de la Rendición de Cuentas ¡no es la oportunidad para discutir sobre estas cosas! Esta es una cuestión que tiene otra profundidad y otra sensibilidad; y mucho menos para establecer un plazo de tres meses, o un año, según le parezca al que firma un artículo aditivo en ocasión del análisis del proyecto en la Comisión. Tengo muchos más argumentos para manejar. Creo que la Cámara debe evitarse este debate hoy, en esta instancia. La forma de evitarlo es cumplir con la norma constitucional, y esto no es nada más que una advertencia sobre el alcance de las disposiciones que nos sujetan a todos. ¡Claro!, acá se puede votar cualquier cosa por cualquier mayoría creyéndose que porque haya voluntad por parte de algunos los temas tienen legitimidad. Pero esta norma no tiene legitimidad si la Cámara no la aprueba por una mayoría especial que es la requerida por la Constitución para los temas vinculados con la ley de elecciones o con el
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
25
ejercicio del sufragio. Es en ese sentido que pido a la Mesa que nos dé su opinión al respecto. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Según hemos consultado, entendemos que no se necesitan mayorías especiales para votar esta ley, al igual que no tuvo mayoría especial la ley sancionada en su momento, que fue aprobada por 45 votos. Es una interpretación. SEÑOR TROBO.- ¿Me permite, señora Presidenta? SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Le permito, señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señora Presidenta: lo que tiene que decir la Mesa no es cómo se votó la ley anterior, porque que se haya votado una ley inconstitucional no es justificación para que se vote otra ley de la misma condición. En todo caso, las inconstitucionalidades se resuelven reclamando ante la Suprema Corte de Justicia. Lo que nosotros creemos es que, prudentemente, el numeral 7) del artículo 77 de la Constitución es el que debe ser aplicado a este punto. Voy a pedir que se dé lectura al numeral 7) del artículo 77 de la Constitución para que podamos conocer a cabalidad lo que dice y cuál es su alcance respecto de esta norma que se pretende votar. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Léase el numeral 7) del artículo 77 de la Constitución de la República. (Se lee:) “Artículo 77.- Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación; como tal es elector y elegible en los casos y formas que se designarán.- El sufragio se ejercerá en la forma que determine la Ley, pero sobre las bases siguientes: […] 7º) Toda nueva ley de Registro Cívico o de Elecciones, así como toda modificación o interpretación de las vigentes, requerirá dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara. Esta mayoría especial regirá sólo para las garantías del sufragio y elección, composición, funciones y procedimientos de la Corte Electoral y corporaciones electorales. Para resolver en materia de gastos, presupuestos y de orden interno de las mismas, bastará la simple mayoría”. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: vamos a hacer una reflexión de carácter político y de carácter general, estribando por supuesto en los antecedentes que este tema registra en su paso por la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Cuando hace algunos minutos dijimos que el Canciller de la República había tenido una actitud poco digna en su relación con el Parlamento y en la consideración que le dispensó a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, especialmente estribábamos en el artículo 146 que en este momento la Cámara está analizando. Cuando anteayer, en ocasión de la discusión general, dijimos que esta Rendición de Cuentas y esta propuesta presupuestal del Gobierno, en muchos segmentos de los artículos que componen la estructura de la ley, se caracterizaba por el oscurantismo, entre otras cosas, referíamos a soluciones del tenor de la que estamos analizando y sobre todo al procedimiento que el Gobierno resolvió emplear con relación a esto. El Canciller de la República compareció el 25 de julio a la Comisión para explicar los artículos correspondientes al Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”. ¿Cómo puede explicarse, señora Presidenta, que nada menos que el Ministro de Relaciones Exteriores comparezca al Parlamento, se detenga a analizar disposiciones como la que asigna una partida de $ 700.000 para atender los gastos de funcionamiento de la Unidad de Análisis Estratégico -esto mencionado simplemente a título de ejemplo-, profundice en el análisis, se deshaga en argumentos a los efectos de persuadir a los miembros de la Comisión de que es necesario aprobar una disposición de ese tenor, pero nada diga de su intención de modificar, ni más ni menos, las bases que regulan la ciudadanía natural? Yo creo que eso es especialmente grave y por eso es que nosotros -cuando digo nosotros, me refiero obviamente al Partido Nacional entero- reaccionamos con vehemencia en el ámbito de la Comisión y con la misma vehemencia tenemos que hacerlo en la mañana de hoy, a la hora de analizar esta disposición, porque aquí se están afectando las bases de nuestro pacto político, que es el que está contenido en la Constitución de la República. La modificación, el ajuste o la alteración de un instituto de esta importancia, que tiene
26
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
incidencia, sin ninguna duda -tal como se señalaba aquí, y se decía muy bien-, en la conformación del Registro Cívico no puede ser objeto del capricho, de la actitud antojadiza o de la opinión, por más legítima que pueda ser, de un solo partido político o del Gobierno de turno. En todo caso, ese es el resultado de los consensos políticos que se deben procurar. Eso debe ser motivo de análisis, de intercambio y de acuerdo entre Gobierno y oposición, hacia adentro y hacia afuera del sistema político, a nivel de toda la sociedad. Y son decisiones que, si es necesario, deben terminar -por supuesto, estas sí- en una consulta popular, en la medida en que implican modificar la Constitución. Por algo la propia Constitución establece que para su modificación se requiere una consulta plebiscitaria. No es por casualidad: es para dar a la norma constitucional y a todos los aspectos que regulan -reitero- los sustentos de nuestra convivencia democrática, la legitimidad, la fijeza y la rotundidad que ese tipo de disposiciones deben tener. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Espinosa) ——Aquí se modifican las condiciones del avecinamiento. Pero, ¿a juicio de quién? ¿En función del punto de vista de quién? ¿Del sistema político? ¡No! ¿Del conjunto de los partidos? Tampoco. ¿Del Gobierno nacional? Suponemos. ¿Está de acuerdo todo el Partido de Gobierno con esta modificación? Ni siquiera tuvimos tiempo de aquilatarlo, porque aquí las manos se levantan en forma absolutamente regimentada y disciplinada. Pero importa poco a esta altura, por lo que acabamos de decir, porque estos temas no se resuelven, por lo menos desde el punto de vista democrático, de la forma en la que aquí se pretende solucionarlos. Déjeme decir además, señor Presidente, que este tema se resolvió en un día -porque el aditivo correspondiente ingresó cuando la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda estaba analizando y resolviendo sobre los artículos y votando las disposiciones de la Rendición de Cuentas, en la discusión particular- pero, además, con una enorme frivolidad. Porque la propuesta original -creo que ya se ha dicho, pero lo voy a reiterar- implicaba acortar el plazo de un año a un mes. Cuando apenas pudimos mantener un intercambio en el ámbito de la Comisión, se dijo: “Bueno, no, en vez de un mes, vamos a llevarlo a tres”, como si fuera materia de que lo pongo un poco
más acá o un poco más allá, o tiro el chico más lejos, cuando estamos hablando ni más ni menos que de la obtención de la ciudadanía natural y de la inscripción en el Registro Cívico. Y en ese momento, mire usted, se dijo: “En definitiva, por tres meses nadie va a venir de vacaciones al Uruguay. Entonces, en vez de un mes, ponemos tres, y con eso nos precavemos de que alguien pueda venir de vacaciones al país y, de paso, realizar los trámites para el avecinamiento y para obtener la ciudadanía natural”. Yo creo que es verdaderamente grave el paso que la Cámara esta por dar, si es que esto llega a concretarse. Y permítame decir también, señor Presidente, que esto demuestra que se trata de un tema más de fondo que a nosotros mucho nos preocupa, porque tiene que ver con las relaciones entre el Gobierno y la oposición en una perspectiva más duradera. El 15 de febrero del año pasado, cuando asumimos nuestras responsabilidades en la Cámara de Diputados, en el inicio de la Legislatura actual, dijimos que estábamos muy entusiasmados porque advertíamos que esta vez, desde la Presidencia de la República, el señor Presidente Mujica se proponía dar a su gestión una impronta de intercambio entre los partidos políticos, de respeto y de consideración hacia el Parlamento. Por cierto que esto se reafirmó después con gestos del Presidente, en el sentido de reconocer la importancia institucional del Poder Legislativo, visitándonos frecuentemente y generando instancias de diálogo con la oposición. Ahora, yo me pregunto, ¿para qué sirve todo eso? ¿Qué verosimilitud tiene todo eso? ¿Qué legitimidad? ¿Qué credibilidad pueden tener a esta altura el Presidente de la República y el Gobierno que él encabeza cuando después de todo eso se propone modificar las condiciones vinculadas a la ciudadanía natural utilizando un pronto despacho -podríamos decirlo así- de carácter legislativo, como el que ha escogido el Gobierno del Frente Amplio en la instancia presupuestal en la que estamos inmersos? Evidentemente, en adelante nos va a costar mucho creer, cuando se nos convoque a conversar, que se lo hace a partir de un sentido de entonación nacional y con el propósito de encontrar soluciones para todos y en las que todos podamos coincidir. Y yo diría algo más, ¿no será que el Gobierno nos convoca, o genera instancias de intercambio con la oposición, cuando las circunstancias lo apremian, como por
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
27
ejemplo con relación a las inversiones mineras y a esta Comisión que se ha convocado para discutir, ahora sí entre todos, el proyecto Aratirí? ¿No será que hablar con la oposición y con los demás partidos políticos viene bien cuando el Gobierno necesita hacerlo para salir del paso y para encontrar un atajo? Porque esas son las cosas que, sin ninguna duda, nos sugieren estas actitudes: lo tenemos que decir con absoluta honestidad. Ahora, si es importante y corresponde hablar con la oposición con respecto a proyectos de inversión, ¿no tendríamos que hablar también cuando nos proponemos ni más ni menos que modificar las condiciones del contrato político, la forma de acceder a la ciudadanía y de inscribirnos en el Registro Cívico? Finalmente, señor Presidente, quisiera dejar solo una constancia. Sin ninguna duda, esto requiere la mayoría especial que aquí se reclamaba, que es de los dos tercios de cada Cámara, porque esto implica, directa o indirectamente, modificar las leyes de carácter electoral, y el artículo77 de la Constitución de la República, en particular su numeral 7º) -que acaba de ser leído-, tiene la suficiente amplitud como para que esta conclusión resulte inequívoca, porque en él se dice que esa mayoría especial se requerirá para “Toda nueva ley de Registro Cívico o de Elecciones, así como toda modificación o interpretación de las vigentes”, y aquí estamos modificando una norma reglamentaria de la Constitución de la República. De manera que, tal como dijimos en la discusión general y vamos a reiterar ahora -yo lo lamento mucho porque en la Comisión, el vocablo que utilizamos generó una suerte de impacto por parte de quienes lo recibieron-, evidentemente estamos frente a un atentado. Esto es un atentado de naturaleza política, en la medida en que implica adecuar la Constitución de la República y las reglas del juego democrático a los caprichos, a las demandas, a las necesidades y a los antojos del que está gobernando, pasando por encima de todos los demás. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: quisiera hacer referencia, al menos para dejar testimonio de ello en las actas, a que en la sesión del 22 de junio del presente año 2011, efectivamente, compareció ante la Comisión el Ministro de Relaciones Ex-
teriores y estuvimos manejando los asuntos relativos al artículo 74 de la Constitución de la República y también de la Ley Nº 16.021. Y quiero decir que si bien mantuvimos una ardua polémica aquella tarde, en ningún momento de la discusión -por eso proporcioné la fecha, para que los legisladores puedan acceder a la versión taquigráfica-, anotamos ningún renunciamiento por parte del Ministro ni de la Cancillería de la República en cuanto a la nacionalidad en los documentos que expide. El señor Ministro leyó un documento que se expide en España a los efectos de anotar a los hijos de uruguayos en los Registros españoles, pero en ninguna instancia pudimos corroborar lo que se afirmó hace instantes. Queremos ser muy claros y precisos porque, seguramente, en su momento este tema va a regresar a la Comisión y al plenario de la Cámara. En aquel momento nosotros dijimos claramente que no veíamos ninguna afectación ni a la soberanía, ni a la ciudadanía ni a los términos de nacionalidad. Y lo dejo por acá porque, obviamente, estaría fuera de tema si abordase lo registrado en la versión taquigráfica de la Comisión de ese día. En cuanto al artículo 146, voy a decir tajantemente que acá no se trata ni de antojos ni de caprichos, porque no es cuestión de adjetivar estas cosas, que son muy serias. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Tourné) ——Lo único que busca este artículo es facilitar el avecinamiento, bajando la primera exigencia del artículo 4º de la Ley Nº 16.021, y agrega otra instancia, dirigida a los jóvenes, donde se propone un literal que tiene que ver con un acto que pone de manifiesto la voluntad de una persona de avecinarse; como tal debe tomarse, entonces, la inscripción en un centro de estudios público o privado. La filosofía de esta modificación no altera en absoluto la filosofía de la Ley Nº 16.021, de 1988. Quiero decir que no se desvirtúa de modo alguno; por el contrario, esta norma llenó un vacío legal, cubrió un debe que tenía el país con respecto al artículo 74, es decir, emitió una reglamentación. (Diálogos)
28
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
——Sin mengua de eso, entre 1924 y 1988, durante sesenta y cuatro años, el avecinamiento lo administraba la Corte Electoral, al expedir las credenciales cívicas. (Campana de orden) ——El instrumento previsto en el artículo 146 busca promover la nacionalidad en el exterior y asegurar la continuidad generacional de la identidad uruguaya. Al mismo tiempo, se trata de facilitar la reinserción de los hijos de uruguayos nacidos en el exterior, porque es evidente que ellos son parte de nuestra comunidad nacional; esto es irrefutable y es lo que buscamos, en un momento diferente de la historia del Uruguay. No se trata, como se ha dicho, del voto de los compatriotas en el exterior sino, como dije recientemente, de facilitar su avecinamiento, si bien se sabe que la inscripción como ciudadano implica tener un documento: la credencial cívica, que es para sufragar. La credencial cívica o la ciudadanía no solo sirven para sufragar; el ciudadano tiene que ejercer plenamente su ciudadanía y, por lo tanto, este artículo persigue ese objetivo. También quiero decir que el artículo 4º de la Ley N° 16.021 que se proyecta modificar se discutió ampliamente y en profundidad en 1988. Intervinieron todos los Senadores de aquella época: Paz Aguirre, Aguirre Ramírez, Batalla, Cigliuti, Ricaldoni, Batlle, Terra Gallinal, Gargano, Ortiz, Cersósimo. No se trató de una instancia en la que los partidos consideraron una base patriótica, de unidad, para discutir la reglamentación del artículo 74; el Senador Ortiz presentó un proyecto, ingresó al Senado y promovió una fenomenal discusión. Ratifico que no se está violando el espíritu de la ley ni hay que magnificarla. Es una ley y, por lo tanto, puede ser modificada a posteriori. En determinado momento, el entonces Senador Aguirre, cuando se discutía el artículo 4º y los extremos que indica la ley que se deben cumplir para el avecinamiento, decía lo siguiente: “Pero no se trata” -el artículo 4º- “de una disposición draconiana, que establezca requisitos imposibles de cumplir. Por el contrario, permite una amplísima latitud a la Corte Electoral para juzgar si hay o no avecinamiento y los requisitos que en forma optativa se establecen en la norma no son de carácter taxativo sino meramente enunciativo. La norma dice que se interpreta el artículo 74 de la Constitución” -abre comillas- “‘en el
sentido de que debe entenderse por avecinamiento la realización de actos que pongan de manifiesto, de manera inequívoca, la voluntad de la persona en ese sentido, tales como, por ejemplo:'” -cierra las comillas- “etcétera. Observen los señores senadores” -decía el Senador Aguirre Ramírez- “que el giro empleado demuestra que se están incluyendo en la norma determinadas formas de probar el avecinamiento, que no son excluyentes de otras y que solo se citan a título de ejemplo”. Es decir que puede haber muchas más, como seguramente habilita el literal E) de ese artículo, como lo dice “[…] cualesquiera otros actos similares demostrativos del propósito mencionado”. El Senador Aguirre Ramírez continuaba: “[…] en el literal E) del artículo se habilita a dar por probado el avecinamiento con ‘cualesquiera otros actos similares demostrativos del propósito mencionado’. Quiere decir que la norma da a la Corte Electoral la necesaria latitud para no encerrarse en una exigencia exagerada de requisitos imposibles de cumplir y, al mismo tiempo, habilita de una vez por todas a cumplir con el requisito exigido por la Constitución, que en la práctica y respecto de los ciudadanos naturales nacidos fuera del territorio de la República, se ha venido desconociendo de manera sistemática”. Es muy claro que esta propuesta de la Cancillería no modifica en lo más mínimo el espíritu de la Ley Nº 16.021 y mucho menos el de sus proponentes, de quienes debatieron aquella tarde de 1988. Quiero decir que estas citas fueron tomadas del Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores Nº 245, Tomo 314 de 4 de mayo de 1988. Por otra parte, quiero decir que la bancada del Frente Amplio entiende que no corresponde la mayoría de dos tercios con total tranquilidad y se ciñe a lo que acaba de expresar la Mesa. Tuve que leer más de cuarenta páginas ayer para develar el misterio de estos dos tercios que tanto se reclaman. Hubo un momento en aquella discusión en el cual, liderados por aquel gran Senador del Partido Colorado, que fue Cigliuti, que encabezaba la posición de los dos tercios contraria a la posición de Dardo Ortiz y del doctor Aguirre Ramírez, se tensó la sesión El Presidente de la Cámara de Senadores de entonces, el doctor Enrique Tarigo, en determinado momento dijo: “Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en primer lugar la moción formulada por el señor senador Ortiz en el sentido de que el Cuerpo decida si se requieren o no dos tercios. Se entenderá que el voto por la afirmativa
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
29
implica que se requieren dos tercios y por la negativa, que no se necesitan”, porque se habían formado dos parcialidades. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado. La Mesa le pide que redondee su pensamiento. SEÑOR yó once Senado, resuelto votos”. MARTÍNEZ HUELMO.- La votación concluen veinticuatro, negativa, y el Presidente del doctor Enrique Tarigo, dijo: “El Senado ha que el artículo 4º no requiere dos tercios de
dice la Constitución de la República, raptándole la condición de nacional uruguayo a ese individuo por el solo hecho de que alguien tenga interés de que no lo sea, haciendo renunciar a su condición de nacional a un nacional. Este documento es una nota que lleva el número 048/11 de la Embajada de Uruguay en España; se puede leer todo pero es un documento de tres carillas; voy a leer lo sustancial, lo que tiene que ver con lo que estoy diciendo: que el Uruguay dice que ese niño o niña no es uruguayo. El numeral 7 dice así: “7. De tal modo serán nacionales uruguayos todos los nacidos en el territorio de la República y para los hijos de los nacidos en la República se estipula que solamente podrán llegar a ser nacionales” -o sea, uruguayos; o sea, orientales”una vez que hubieran cumplido con dichas exigencias: el avecinamiento con ánimo de permanecer y su inscripción en el Registro Cívico nacional”. O sea que solo es uruguayo el que viene y se inscribe en el Registro Cívico nacional, mezclándose dos cosas que son diferentes: la nacionalidad, que es irrenunciable, y la ciudadanía, que es una opción que tiene el individuo si viene y se inscribe, pero si no viene y no se inscribe, no deja de ser uruguayo. Sin embargo, lo que está diciendo la Cancillería es que ese individuo no es uruguayo. Porque en este documento dice más adelante: “Sin el cumplimiento de los requisitos mencionados” -o sea, avecinarse e inscribirse”los nacidos de padres uruguayos en el exterior no se consideran titulares de la nacionalidad uruguaya, corriendo el riesgo de caer en la categoría de ‘apátridas’ si el Estado en el cual han nacido no les confiere la nacionalidad originaria por su nacimiento”. ¿Qué dice la Embajada de Uruguay en España, con el respaldo del señor Canciller? Que los hijos de uruguayos nacidos en el exterior no son uruguayos; dice que son apátridas. Y como hay disposiciones internacionales que establecen que los Estados no pueden negar la nacionalidad a quienes han nacido en las condiciones que establecen sus normas -en este caso, la Constitución-, Uruguay da ese documento que he mencionado para que España los registre como españoles, porque ese documento da la garantía de que determinado individuo no es nacional uruguayo. O sea, el uruguayo que tiene hijos en España, con el papel que le da el Consulado uruguayo por orden del señor Ministro, va a un Registro español a decir: “Este
He concluido mi alocución. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Cersósimo. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Perdone, señor Diputado Cersósimo. Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Muchas gracias señora Presidenta y señor Diputado Cersósimo; le pido disculpas por interrumpir el inicio de su exposición. Señora Presidenta: no puedo dejar pasar la ocasión para ilustrar a la Cámara sobre algunos de los antecedentes que tienen que ver con la comparecencia del Ministro en la Comisión de Asuntos Internacionales. Yo afirmé, y lo repito, que la Cancillería ha ordenado a los Consulados uruguayos en España extender un documento que dice que un uruguayo no es uruguayo, y voy a fundar mis dichos. Y los voy a fundar en un documento presentado por la Embajada de Uruguay al Estado español, que el Ministro en su momento no me supo explicar quién lo había hecho ni quién lo había firmado y mucho menos supo decir el Ministro si quienes lo habían firmado tenían la suficiente condición, calidad y respaldo técnico y de antecedentes como para hacer tales asertos Escúchese lo que voy a leer; se trata de una nota oficial del Estado uruguayo dirigida al Estado español, fundando -¡fundando!- la cuestión de que un uruguayo, un niño o niña hijo de uruguayos nacido en territorio español, no es uruguayo, contraviniendo lo que
30
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
niño, si ustedes no lo inscriben como español, es apátrida”. ¡Es una vergüenza que el Estado uruguayo esté indicando como apátrida a un individuo que es nacional de nuestro Estado! Y esta es una cuestión de mucha sensibilidad, porque por resolver la situación de alguien o de algunos, se está expidiendo un documento por el cual el Estado uruguayo renuncia irresponsablemente a dar la condición de nacional a quien la tiene, no la puede perder y, además, no la puede renunciar. Por eso este tema es de tanta sensibilidad y tiene tanta importancia y es por esto que desmiento categóricamente las afirmaciones en el sentido de que el Ministro defendió la posición del Gobierno. ¡No lo hizo! Y no lo hizo a tal punto que estoy leyendo un documento del que quiero que se hable aquí para que se nos dé la razón sobre el tema que estamos tratando y sobre los otros temas. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ahora sí tiene la palabra el señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señora Presidenta: la aclaración del señor Diputado Trobo -a la que con mucho gusto accedimos porque es mucho más entretenido y tiene mucha más experiencia parlamentaria-, en realidad, no fue una aclaración, sino una verdadera exposición que nos ahorra, a la Cámara y a mí, la explicación de por qué vamos a votar negativamente este artículo, entre otras cosas, por entender también que es necesario un análisis en profundidad. Es un tema muy delicado. Quien analizó este asunto en profundidad hace unos días -tal vez un mes- fue Óscar Botinelli, quien hizo un pormenorizado y profundo análisis en un artículo que publicó en “El Observador”. Su análisis y sus expresiones provocaron en mí la iniciativa de hacer un pedido informes a la Cancillería, precisamente, para que se nos aclarara esa contradicción legal y constitucional en la que se estaba incurriendo por parte del Consulado uruguayo en España, en el sentido de facilitar la adquisición de la ciudadanía española a los nacidos de padre o madre oriental que estaban reclamando su nacionalización en un país que no admite la doble ciudadanía. Entonces, para ayudar a estas personas en sus trámites, el Consulado terminó expidiendo un certificado que se contradice con la norma-
tiva uruguaya. Dicho pedido de informes no fue contestado todavía. Asimismo, consideramos que este artículo que se incluye en la Rendición de Cuentas es ajeno a la temática de este proyecto y no ha sido analizado en profundidad. Necesitamos que la Cancillería nos conteste el pedido de informes para estudiar más profundamente este tema, por cuanto es esencial y requiere una mayoría especial de dos tercios. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: la exposición de mis colegas me exime de muchos comentarios. La contundencia de los argumentos que expuso aquí el señor Diputado Trobo, quien ha estado muy asociado a este tema, esclarece muchísimo. De todas maneras, se evidencia con toda claridad que este no es un tema presupuestal. No tiene derecho el señor Ministro de Relaciones Exteriores de mandar bajo cuerda, dos días antes de que la Comisión vote, este artículo y el otro -que se sacó finalmente, luego de un buen debate en Comisión- a la Comisión de Presupuestos conteniendo un cambio de las reglas de la ciudadanía. No tiene derecho. Es un Ministro muy extraño, ¿no? Nos mandó en el artículo 140 de la Ley de Presupuesto un tratado internacional como un artículo más de la Rendición de Cuentas para su aprobación. Lo tuvimos que retirar. Convencimos al Ministro de que Uruguay tiene que depositar ese acuerdo ante La Haya y de que se habría terminado depositando la promulgación de la ley; le preguntamos si iba a depositar la Rendición de Cuentas marcando el artículo 140 con flúor. ¡Es una vergüenza! ¡Pero, además, no nos mandó el tratado! Nos mandó el artículo, pero no nos mandó el tratado. Bueno, finalmente, primó la cordura. Ahora, así como nos mandó eso, que no corresponde, nos envió por fuera, sin dar la cara, esto otro. Vino a Comisión; habló de lo que tenía que hablar, habló de lo que se le preguntó, pero como ignorábamos la existencia de esto, se hizo el distraído y no nos dijo nada. Sin duda que tampoco convenció al Poder Ejecutivo, porque este no es un artículo que venga con la firma del Presidente Mujica -como todos los demás-, ni de sus colegas de Gabinete, ¡ni con la suya propia!, lo que le da la posibilidad de desentenderse en algún momento. Se lo encomendó a su bancada, y
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
31
esto se confirmó en Comisión. Yo pregunté al señor Presidente de la Comisión si este artículo tenía iniciativa en la bancada del Frente Amplio o le estaban dando estado parlamentario a una iniciativa del Canciller de la República, y la respuesta fue esta. El Canciller no lo presentó; lo hizo presentar. No lo defendió; lo hizo defender. No dio la cara para defender una modificación a las reglas que regulan la ciudadanía. Y nosotros hoy estamos discutiendo un tema que no es presupuestal y que algunos legisladores abordan en el fondo. Los países discuten sobre la ciudadanía -tema hoy muy vigente en el mundo- en largos debates en los que también participa la gente, porque con esto estamos cambiando la condición a la gente y también estamos haciendo un ejercicio de soberanía en cosas como las que planteó el señor Diputado Trobo en los documentos que leyó. Por conveniencias de tipo económico, legítimas a veces, de algún particular, estamos renunciando a un derecho que no le pertenece a él, que le pertenece al país. Y esto lo hace alegremente la Cancillería. Esto merece un muy profundo debate. Y, luego, venimos a cambiar y dejamos este artículo 74, que ya existía, pero volvemos a interpretar la Constitución en una Ley de Presupuesto. ¡Y la interpretamos flexibilizando las condiciones para el avecinamiento! En realidad, el Ministro dijo que bastaba con estar un mes; acá dice tres, porque la bancada del Frente Amplio lo cambió. O sea que alguien podía venir de vacaciones y ya estaba avecindado. Pero mucho peor que eso es lo que quedó, porque se agregó el literal E), según el cual basta con “La inscripción en un centro de estudio público o privado”. ¡Hablamos de la inscripción, no de cursar! Quiere decir que pueden anotarse en la PITMAN por Internet y están avecindados. Esto es lo que dice el artículo. ¡Por Internet! O puede ser que cuando vengan de vacaciones a visitar a la familia pasen por el turno nocturno del Zorrilla, se anotan, ¡y ya estarían avecindados! Después podrían seguir hacia Punta del Diablo y finalmente volverían a su lugar de origen. Esto no es serio. A mí me gustaría discutirlo. ¿Por qué vino esto? No pude preguntárselo a nadie. Me gustaría conocer la opinión del Ministro responsable y de otras jerarquías, pero no pasaron por aquí. De modo que creo que, como este proyecto viene del Poder Ejecutivo, haríamos bien en desglosarlo; discutirlo en el ámbito que corresponde, que es el de la Comisión de Asuntos Internacionales, debatirlo bien y lue-
go, en todo caso, aprestarnos a modificar las reglas de juego acerca de nuestra pertenencia o no a la nación y la de nuestra descendencia. Pero no podemos aprobar esto así, casi de contrabando, en un proyecto de ley de Rendición de Cuentas. Por estos motivos apostamos a la reflexión, a que se desglose y a que de pronto mañana volvamos a pensar en este tema; podríamos dejarlo para más adelante. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: voy a empezar por reflexionar acerca de por qué discutimos esto hoy. Lo hacemos porque están volviendo. ¡Los hijos de los uruguayos, los hijos que nacieron en el exterior están volviendo al país! ¿Para qué? ¡Para tener un futuro en el Uruguay! No están volviendo para otra cosa. Es por eso que el Gobierno plantea esta medida, sin razones espurias, solo con la intención de darles la posibilidad de desarrollarse en el país del que son naturales por ser hijos de uruguayos. ¡Hoy vuelven y están acá porque hay oportunidades! ¡Porque ahora las oportunidades se las brinda el Uruguay, no el extranjero! Es por eso que hoy estamos discutiendo este tema, no por oscurantismo ni por ninguna otra razón espuria, como aquí se ha pretendido decir. Por otra parte, si hay alguna duda, leamos lo que establece la Ley Nº16.021. ¿En qué contexto se discutió la Ley Nº16.021? Yo creo que nuestro compañero, el Diputado Martínez Huelmo, lo dejó claro. ¡No fue un acuerdo político entre los partidos! ¡Mentira! No fue eso. Fue la iniciativa de un legislador y se discutió en el ámbito que correspondía. Hubo coincidencias y discrepancias, como ante cualquier proyecto de ley, como está ocurriendo hoy. Acá todos tenemos derecho a opinar sobre este tema; es lógico. Si hay coincidencia en los sectores políticos para sacar un tema parlamentario, ¡bienvenida sea! Pero no hay coincidencia en todos los temas. Esta Rendición de Cuentas es aprobada en general por el voto de la fuerza de Gobierno, porque la oposición no la votó. Entonces, ¿qué me vienen a hablar de la señal que dio el Presidente para que se integraran? ¿Cuál es la respuesta? ¡No votan la Rendición de
32
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Cuentas del Gobierno, en el que hay gobernantes -porque los hay- que pertenecen a la fuerza opositora! ¡Ellos también ejecutaron estos gastos! Entonces, vamos a usar los argumentos tal como son. Es lógico que, según quien los esgrima, se vayan hacia un lado o hacia el otro, ¡pero no vengan a enredarme la piola! ¡Esta medida no requiere que debamos tener un gran acuerdo acerca de quién se avecina en el país! ¡Esto es fruto de que la Cancillería, que recibe todos los días a la gente que quiere retornar, pretende facilitar las cosas, sobre todo, a los jóvenes que quieren volver a radicarse en el país, muchos de los cuales están capacitados, tienen doctorados y pueden venir a brindar sus conocimientos a un país que los necesita! Eso es lo que queremos con esta medida referida al avecinamiento, como se dice en el artículo. Esto no se hace para otorgar credenciales cívicas por el voto de no sé quién, porque a nadie se le pregunta a quién vota. En este caso, el país está haciendo un esfuerzo para que vuelva su gente, vote a quien vote. Muchas gracias, señora Presidenta. VARIOS bien! SEÑORES REPRESENTANTES.¡Muy
-como si tuviéramos la obligación de votar a favor; es una instancia constitucional de naturaleza presupuestal en la que los partidos se pronuncian sobre las cuentas que exhibe el Gobierno-, como represalia, el Gobierno nos mete el avecinamiento. Además, esto se nos dice con el tono de que a los ganadores no se le ponen condiciones. ¿Recuerdan esa frase que se hizo muy célebre en otro tiempo? ¡Acá ganamos nosotros! ¡Nosotros mandamos! Entonces, metemos lo que sea necesario en la Rendición, y al que no le guste, que se calle la boca. (Interrupciones) ——Parece que ni siquiera tenemos derecho a opinar ni a enojarnos. ¿Cómo no vamos a enojarnos? ¡Somos los que tenemos que enojarnos! Cuando dijimos algo en la Comisión se nos contestó que agraviábamos. Ahora no se dijo que estábamos agraviando, pero faltó poco. Lamento que se sientan agraviados quienes, en todo caso, son receptores de nuestro enojo. Pero ¿cómo no vamos a enojarnos si -como dijimos antes- aquí se pretende, entre gallos y medianoche, a partir de la acción de un Ministro al que sigo llamando indigno -iba a decir algo peor, pero digo solo indigno-… (Interrupciones) ——… que ni siquiera fue capaz de venir a defender lo que quería proponer, nada menos que modificar las bases de nuestra convivencia política, el pacto político que está contenido en la Constitución y que tiene como emblemas fundamentales los institutos de la ciudadanía y de la nacionalidad? ¿Nosotros tenemos que hacernos cargo de esto y ni siquiera podemos opinar ni fundamentar en contra? ¡Claro que lo vamos a hacer! ¡Lo estamos haciendo y lo seguiremos haciendo! ¡No nos van a acallar, porque es lo que corresponde que hagamos en nombre, en definitiva, de los principios más caros de este país, de la defensa de la institucionalidad, de la democracia y la defensa de la República, porque estos son temas que tienen que ver -cómo que no- con la vigencia de los principios republicanos! (Interrupciones) ——¡Claro que sí, señora Presidenta! ¡Acá estamos por fuera de las partidas presupuestales, del aumento del gasto público y de la creación de cargos de confianza! Acerca de todo eso he-
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: creo que decir las cosas en alta voz no da más razón ni justifica necesariamente los malos procedimientos cuando estos se concretan. Además, me parece que hay que separar la paja del trigo y no mezclar -como se decía ayerpapas con zapallos. Creo que hoy estamos empezando a mezclar papas con zapallos de nuevo, porque una cosa es que vengan los uruguayos y los hijos de los uruguayos -lo que a todos nos pone contentos y estamos dispuestos a facilitar todo lo que sea necesario para que así ocurra-, pero otra son las condiciones del avecinamiento, de la ciudadanía y de la inscripción en el Registro Cívico Nacional. Y también es otra cosa la Rendición de Cuentas, que no tiene nada que ver con este tema, el que no puede estar en una Rendición de Cuentas. Por lo que dijo y por cómo lo dijo el Diputado preopinante, me da la impresión que como castigo a que votamos en contra de la Rendición de Cuentas
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
33
mos debatido y vamos a seguir debatiendo. ¡Tendríamos que estar debatiendo sobre eso, porque para eso es la instancia de la Rendición de Cuentas, no para esto otro! Si tan interesados están el Frente Amplio y el Gobierno nacional en esta disposición o en una similar para fomentar que vengan los uruguayos -muchos de los cuales se fueron durante el Gobierno del doctor Tabaré Vázquez, recordémoslo también—… (Interrupciones) ——…¡pues que lo planteen como corresponde, en una ley aparte, en una instancia especial! ¡Así podremos dar esa discusión y plantear nuestras ideas! Pero esto de venir a decir primero un mes y después llevarlo a tres, porque resulta que nadie viene a veranear un mes y entonces podemos extender el plazo un poco más, es -como dijimos antes- de una frivolidad que no resiste el menor análisis. Supongo que por eso no se ha ensayado ninguna respuesta ante las afirmaciones que en este sentido la bancada del Partido Nacional ha expresado a lo largo de esta discusión. Gracias, señor Presidenta. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señora Presidenta: hemos dado solemnidad al tránsito legislativo de la ley que mencionábamos, la que se quiere reformar aquí en forma sumaria, porque realmente tuvo importancia política esa instancia legislativa. Como parece que aquí la lectura no es lo que abunda, sino simplemente hablar por hablar, voy a leer lo que expresaron los entonces Senadores Batalla y Gargano -los dos miembros del entonces lema “Partido Demócrata Cristiano”, que era la fachada detrás de la cual actuaba el Frente Amplio-,… (Interrupciones) ——…en la discusión de esta ley a efectos de que quede constancia de cuál fue la visión del Frente Amplio en aquel momento en que se aprobó esta ley, hoy denominada “Ley Ortiz”, en memoria de tan brillante legislador. El entonces Senador Batalla expresó: “[…] en lo que me es personal, a estos hijos de uruguayos que
andan por el mundo les quiero dar todas las posibilidades para que se sientan integrantes del país y para que no corten sus vínculos con la tierra de sus padres; no para que vengan inmediatamente al Uruguay. Quiero darles toda la protección en el exterior. Basta que uno solo de esos niños no tenga nacionalidad y sienta que no tiene una patria para que yo entienda que esta norma es inmensamente positiva”. El entonces Senador Gargano expresó: “Aquí de que se trata es de dar protección de la nacionalidad en el exterior o el reintegro al país con la calidad de nacionales, a los hijos de orientales que han debido emigrar… Se trata de analizar una situación peculiar de este país en determinada coyuntura y de clarificar disposiciones constitucionales que merecían esa labor, a través de normas transparentemente expuestas en el proyecto”. Nadie va a decir que tengo alguna complicidad con el ex Senador Gargano o él conmigo, pero lo cierto es que el ex Senador Gargano habló en aquel momento, nada más ni nada menos que de “normas transparentemente expuestas en el proyecto” del entonces Senador Ortiz. Esto, señora Presidenta -que lo vuelvo a vincular con la convocatoria al señor Ministro de Relaciones Exteriores-, se da de frente con la actitud que en la actualidad tiene la Cancillería, con la vergonzosa actitud que tiene de decir que un hijo de uruguayos nacido en el exterior no es uruguayo, no es oriental ni compatriota nuestro. (Interrupciones) ——Además, en el numeral 14 de la nota que mencioné, que fue presentada al Gobierno de España, Uruguay señala -escuche bien, señora Presidenta, porque se está haciendo alusión a los derechos humanos para justificar tal tropelía-: “Por otra parte, todo estado signatario de la Convención de los Derechos del Niño asume la obligación de conferir una nacionalidad a todo aquel que nace en su territorio y no tiene una nacionalidad […]. Al mismo tiempo, dicha obligación emana de las normas universales de protección de los derechos humanos tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, todos ellos suscritos y ratificados por España”. Y en el numeral 15 establece: “A modo de conclusión: El derecho uruguayo está basado en el principio del ‘ius soli’ complementado en forma limitada por el ‘ius sanguinis’ establecido para ciertos casos y no confiere en forma automática la
34
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
nacionalidad a los hijos de uruguayos nacidos en el exterior”. Esta es la prueba de la infamia de quienes están diciendo que debe renunciar a la condición de nacional el hijo de un uruguayo nacido en el exterior, ¡vaya a saber con qué propósito! De ningún modo parece ser el argumento que está usando el Gobierno para defender esta norma aquí, diciendo que lo que pretende es abrazar a los uruguayos que están en el exterior cuando, por otro lado, se presentan ante un Gobierno extranjero diciendo que los uruguayos nacidos en el exterior no lo son. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: ciertamente, hay momentos en los que sentimos que esta discusión tiene ribetes insólitos, en primer lugar, porque estamos discutiendo un tema que no tiene naturaleza presupuestal ni de Rendición de Cuentas. Este tema ha ingresado de la mano del señor Ministro de Relaciones Exteriores el Poder Ejecutivo no se hizo responsable-, y supone cambios en materia de avecinamiento. Se exagera porque, en los hechos, las referencias en el artículo que se quiere modificar son de carácter enunciativo; es decir, cada una de ellas es un indicador, pero puede haber otros. Ahora, ¿no sería más lógico que, cumpliendo con el segundo inciso del artículo 216 de la Constitución de la República, este tema se debatiera en los ámbitos de las Comisiones asesoras correspondientes? ¿Qué sentido tiene esta discusión que se ha tenido en el día de hoy, salvo para tener prueba documentada -como la que se ha exhibido- respecto a la actuación del Ministro de Relaciones Exteriores? Digo esto, porque, ciertamente, el documento que acaba de leer el señor Diputado Trobo descalifica al Ministro de Relaciones Exteriores en el ejercicio de su cargo. (Apoyados) —-La permanencia del Ministro de Relaciones Exteriores, habiendo cometido errores de esta naturaleza, me parece que, a esta altura, es un hecho inusual en un ámbito legislativo.
En todo caso, todo ese asunto se podría haber ahorrado si hubiéramos optado por cumplir con la Constitución de la República. Como ya expresamos, señora Presidenta, no vamos a votar este artículo. Nos parece razonable que esta discusión se dé en un ámbito especializado como el de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, en todo caso, integrada con la Comisión de Asuntos Internacionales, porque este es un debate ajeno a la consideración de la Rendición de Cuentas que estamos discutiendo en este momento. Muchas gracias. (¡Muy bien!) SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: quiero dejar una constancia y realizar una aclaración. En primer lugar, nuestra fuerza política de ninguna manera va a permitir que se diga lo que se está diciendo de ningún integrante del Gobierno. Estamos construyendo un país nuevo porque estaba en la ruina, y estamos haciendo un esfuerzo enorme, reconocido en lo nacional, en lo regional y también en lo internacional. Esto se ha hecho con un gran equipo. Por lo tanto, quiero dejar constancia del rechazo total a lo que se está diciendo en estos momentos del señor Ministro de Relaciones Exteriores, de un caballero, como es nuestro compañero Luis Almagro. En segundo término, voy a realizar una aclaración. En el día de ayer dijimos que no esperábamos que la oposición votara esta gran Rendición de Cuentas, que viene precedida del mejor Presupuesto de la historia de nuestro país. Esta Rendición de Cuentas es la mejor Rendición de Cuentas -responsable, medida y concreta- que se plantea a los efectos de seguir por el camino que el Frente Amplio está elaborando desde hace años. Sabíamos y sabemos que la oposición no puede avalar el Presupuesto que elaboramos en el Período anterior ni tampoco esta Rendición de Cuentas; tiene que hacer su trabajo y ser oposición. Y lo está haciendo, sin argumentos, pero sí utilizando epítetos de todo calibre, que no vamos a permitir. No se pide a la oposición que vote este proyecto de país -¡que no lo haga!-, pero sí que dé razones y argumentos vale-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
35
deros a los efectos de presentar una propuesta diferente, si quiere, a la del Frente Amplio. No obstante, de ninguna forma se deben incluir en este debate los epítetos que hemos escuchado hoy, de los cuales queremos preservar a nuestro compañero. Señora Presidenta: queríamos dejar constancia en el sentido de que vamos a salvaguardar a nuestros compañeros, en especial, al Ministro Luis Almagro, y que de que ninguna manera vamos a pedir a la oposición que vote esta Rendición de Cuentas; que haga su trabajo como oposición.
sión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira. Del señor Representante Fitzgerald Cantero Piali, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 17 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Ortiz”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cuatro en sesenta y seis: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por medio de la presente, al amparo de lo previsto en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme licencia, por razones personales, el día 17 de los corrientes. Sin otro particular, lo saludo atentamente, DANIEL BIANCHI Representante por Colonia”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi consideración: Por medio de la presente, renuncio por esta única vez a la convocatoria que se me hiciera para integrar el Cuerpo que usted preside el 17 de los corrientes. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Claudia Allietti”.
7.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Daniel Bianchi, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 17 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Edgardo Rostán. Del señor Representante Roque Arregui, en misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para asistir a la reunión de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) y visita al Centro Penitenciario Modelo de San Francisco de Macoris, a desarrollarse en República Dominicana, por el período comprendido entre los días 31 de agosto y 5 de setiembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Alberto Guigou. Del señor Representante Juan Souza, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 28 y 31 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira. Del señor Representante Juan Souza, en misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para asistir a la reunión de la Comi-
36
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi consideración: Por medio de la presente, renuncio por esta única vez a la convocatoria que se me hiciera para integrar el Cuerpo que usted preside el día 17 de los corrientes. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Nibia Reisch”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 17 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señoras Claudia Allietti y Nibia Reisch. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi, por el día 17 de agosto de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por las suplentes siguientes señoras Claudia Allietti y Nibia Reisch. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2015, del Lema Partido Colorado, señor Edgardo Rostán. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Solicito a usted tenga a bien concederme licencia desde el 31 de agosto al 5 de setiembre del corriente año por misión oficial al haber sido convocado en mi carácter de Primer Vicepresidente de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y políticas Carcelarias del PARLATINO, para la reunión de la misma a realizarse en Republica Dominicana y posterior visita a Centro Penitenciario Modelo y ante el desistimiento `por esta vez de varios suplentes se convoque al Dr. Alberto Guigou que ya ha sido proclamado por la Corte Electoral. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, ROQUE ARREGUI Representante por Soriano”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted en mi carácter de suplente del diputado Roque Arregui, que ante la convocatoria que se me formula para asumir el cargo, por esta única vez no acepto asumir dicho cargo, motivo por el cual solicito se convoque a quien corresponda. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Beatriz Cuadrado”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted en mi carácter de suplente del diputado Roque Arregui, que ante la convocatoria que se me formula para asumir el cargo, por esta única vez no acepto asumir dicho cargo, motivo por el cual solicito se convoque a quien corresponda. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Alejandro Poloni”.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
37
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted en mi carácter de suplente del diputado Roque Arregui, que ante la convocatoria que se me formula para asumir el cargo, por esta única vez no acepto asumir dicho cargo, motivo por el cual solicito se convoque a quien corresponda. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Roberto Soca”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Soriano, Roque Arregui, para asistir a la Reunión de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) y visitar el Centro Penitenciario Modelo de San Francisco de Macoris, a desarrollarse en la República Dominicana. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 31 de agosto y 5 de setiembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Beatriz Cuadrado, Alejandro Poloni y Roberto Soca. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 31 de agosto y 5 de setiembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Soriano, Roque Arregui, para asistir a la Reunión de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) y visitar el Centro Penitenciario Modelo de San Francisco de Macoris, a desarrollarse en la República Dominicana. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Beatriz Cuadrado, Alejandro Poloni y Roberto Soca.
3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 218990, del Lema Partido Frente Amplio, señor Alberto Guigou. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia desde el día 28 al 31 del corriente, por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 28 y 31 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su
38
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Souza, por el período comprendido entre los días 28 y 31 de agosto de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Con motivo de haber sido convocado como miembro, a participar de la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo, a llevarse a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República del Brasil, los días 25 y 26 de agosto próximo, solicito al Cuerpo que usted preside se me autorice licencia (Ley Nº 17.827, literal C) del 24 al 27 de agosto inclusive. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos
VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Souza, para asistir a la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011, al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Souza, para asistir a la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 17 de agosto del corriente año.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
39
Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima, FITZGERALD CANTERO PIALI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Fitgerald Cantero Piali. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 17 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Fitgerald Cantero Piali, por el día 17 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Nicolás Ortiz. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
——Veintisiete en sesenta y siete: NEGATIVA. Continúa la consideración del asunto en debate. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 146 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en setenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: solicito la reconsideración del artículo 145 en virtud de que debemos hacer una corrección a la fecha de la ley que se deroga en el texto que fue votado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar la reconsideración del artículo 145. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 145. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: simplemente, se debería modificar la fecha de la Ley Nº17.930 a la que se hace referencia en este artículo, estableciendo que es de 19 de diciembre de 2005. SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 145 con la modificación propuesta. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en sesenta y nueve: NEGATIVA. SEÑOR PARDIÑAS.- ¡Que se rectifique la votación! SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cuarenta y siete en setenta y uno: AFIRMATIVA.
8.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
——Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor Diputado Trobo. (Se lee:) “Mociono para que el artículo 146 del proyecto de ley en discusión pase a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración integrada con la de Asuntos Internacionales” ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)
40
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Se pasa a considerar el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, que comprende los artículos 147 a 165, inclusive. (Texto del Inciso 07:) “INCISO 07 Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Artículo 147.- Incorpórase al inciso primero del artículo 39 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, el siguiente numeral: “3) Fondo de Desarrollo Rural, creado por el artículo 383 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. Exceptúase de lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, a las disponibilidades financieras que se encuentren depositadas en la Cuenta Única Nacional, con destino al referido Fondo. Este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley.
Artículo 148.- Autorízase a disminuir la suma de $ 17:500.000 (diecisiete millones quinientos mil pesos uruguayos), en la Financiación 1.1 “Rentas Generales” en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Proyecto 720 “Institucionalización de la gestión de información ganadera”, incrementándose los créditos de gastos de funcionamiento de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, en el mismo importe y financiación. La Contaduría General de la Nación realizará los ajustes que correspondan.
Artículo 149.- Sustitúyense las vacantes a suprimir previstas por el artículo 365 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 por las siguientes:
U.E.
Vínculo cional
Fun-
Esc.
Grado
Denominación Serie del Cargo Asesor I
Cant.
01
Presupuestado A
15
Administración de Personal – 1 Montevideo 1 1 2 1 3 1 2
01 01 01 01 01 01 01
Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado A
15 13 13 13 12 12 12
Jefe de Depar- Arquitecta tamento Montevideo Jefe de Sec- Agronomía ción Interior Asesor III Asesor III Asesor IV Asesor IV Asesor IV Agronomía Montevideo Arquitectura Montevideo Agronomía Interior Estadística Montevideo Agronomía Montevideo
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
41
01
Presupuestado A
12
Asesor IV
Economía Agraria – Mon- 3 tevideo Escribanía Montevideo Abogacía Montevideo Abogacía 1 3 1
01 01 01 01 01 01 01 01 01
Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado B Presupuestado B Presupuestado E Presupuestado F Presupuestado F Presupuestado R
12 12 12 11 11 07 06 06 12
Asesor IV Asesor IV Asesor IV Técnico IV Técnico IV Oficial I Auxiliar I Auxiliar I Asesor IV
Construcción 1 Montevideo Procuración Montevideo 1
Oficios – Mon1 tevideo Servicios Montevideo Servicios 2 1
Análisis y Programación – 3 Montevideo Análisis y Programación – 2 Montevideo Agronomía Interior Agronomía Montevideo Agronomía Interior Analista 1 1 1 1
01
Presupuestado R Cont. Pca. Cont Cont. Pca. Con. Pca. Func. Func. Func.
11
Asesor V
01 01 01 01
A A A R
15 12 12 01
Asesor I Asesor IV Asesor IV Asesor
02
Presupuestado A
15
Ciencias EcoJefe de Deparnómicas – Mon- 1 tamento tevideo Asesor XII Sub-Jefe Dpto. Biología quera Pes2
02 02
Presupuestado A Presupuestado B
04 13
de Administración 1 – Montevideo
42
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
02
Presupuestado D
08
Estadística Especialista VI Pesquera Montevideo Oficial II Oficial II Auxiliar I Asesor XII Asesor Auxiliar I Asesor IV Asesor IV Sub-Jefe Sección
– 1
02 02 02 02 02 02 03 03 03 03 03 03 03 03 04 04 04 04
Presupuestado E Presupuestado E Presupuestado F Cont. Pca. Cont. Pca. Cont. Pca. Func. Func. Func. A A F
06 06 06 04 04 06 12 12 12 08 07 06 06 06 12 12 08 08
Chofer – Mon1 tevideo Oficios – Mon1 tevideo Servicios – In1 terior Veterinaria Biología quera Pes1 1
Servicios – In1 terior Agronomía Interior Agronomía Montevideo de Agronomía Montevideo 1 2 1
Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado D Presupuestado D Presupuestado F Presupuestado F Presupuestado F Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado C Presupuestado C
Especialista VI Especialista VII Auxiliar I Auxiliar I Auxiliar I Asesor IV Asesor IV Administrativo I Administrativo I
Dibujo – Mon3 tevideo Dibujo – Mon1 tevideo Servicios – In4 terior Servicios Servicios Montevideo Agronomía Montevideo Agronomía Interior Administrativo 2 2 2 2 1
Administrativo 1 Montevideo
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
43
04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 05
Presupuestado C Presupuestado C Presupuestado C Presupuestado D Presupuestado D Presupuestado D Presupuestado D Presupuestado D Presupuestado E Presupuestado E Presupuestado E Presupuestado E Presupuestado F Cont. Pca. Cont. Pca. Cont. Pca. Cont. Pca. Cont. Pca. Func. Func. Func. Func. Func. F A A A D
07 06 06 08 08 07 06 06 08 06 06 06 08 06 04 04 04 01 11
Administrativo II Administrativo III Administrativo III Especialista VI
Administrativo 1 Interior Administrativo 2 Montevideo Administrativo Agronomía Montevideo 1 1 1 1 1 1
Especialista VI Especializado Especialista VII Especialista VIII Especialista VIII Capataz II Oficial II Oficial II Oficial II Agronomía Montevideo Laboratorio Agronomía Montevideo
Oficios – Mon1 tevideo Oficios – Mon1 tevideo Oficios – Mon1 tevideo Chofer – Mon2 tevideo 1 3 1 1 1 2 1
Jefe de Sec- Servicios ción Montevideo Auxiliar I Asesor Asesor Asesor XII Especialista Técnico IV Servicios Montevideo Agronomía Veterinaria Agronomía Inspección Electrónica Montevideo
Presupuestado B
44
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
05 05 05 05 05
Presupuestado D Presupuestado E Presupuestado F Presupuestado F Presupuestado F
06 06 06 06 06
Especialista VIII Oficial II Auxiliar I Auxiliar I Auxiliar I
Inspección Montevideo Oficios Servicios Montevideo Servicios
–
4 1
–
4 1
Servicios – In3 terior Análisis y Programación – 1 Montevideo Servicios Montevideo 2
05
Presupuestado R Cont. Pca. Cont. Pca. Func. Func.
11
Asesor V
05 05 06 06 08
F R
06 10 15 15 13
Auxiliar I Asesor VI Asesor I Asesor I
Operación – In1 terior Agronomía Montevideo Agronomía Interior 1 1 2
Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado A
Jefe de Sec- Agronomía ción Interior
08 08 08 08 08 08
Presupuestado A Presupuestado A Presupuestado C Presupuestado D Presupuestado F Cont. Pca Func. B
13 12 06 06 06 11
Jefe de Sec- Agronomía ción Montevideo Asesor IV Administrativo III Especialista VIII Auxiliar I Técnico IV Agronomía
–
2 1
Administrativo 3 Montevideo Telefonista Montevideo 1
Servicios – In3 terior Veterinaria Montevideo 1
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
45
Interprétase que los cargos y funciones transformados por el referido artículo, en “funciones contratadas”, deben ser transformados en “cargos presupuestados”. La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 150.- Increméntase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, la partida anual establecida en el artículo 366 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para el Grupo 0 “Servicios Personales”, Objeto del Gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir”, en $ 8:227.775 (ocho millones doscientos veintisiete mil setecientos setenta y cinco pesos uruguayos), disminuyéndose la misma suma en el Objeto del Gasto 099.001 “Partida Proyectada”, en el Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”. El Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” distribuirá la partida asignada por el inciso anterior, con informe previo de la Contaduría General de la Nación. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 151.- Sustitúyese el artículo 205 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 205.- El Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, fijará anualmente el importe que, por concepto de viáticos, percibirán los observadores a que refiere el artículo anterior por día o fracción, sea de embarque o a disposición de la empresa, generándose desde el momento en que se presenta el observador en el buque de acuerdo a la designación de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. En el caso que el puerto de embarque sea en el exterior, los viáticos se generarán desde la salida del observador de su domicilio hasta la hora de regreso al mismo. El importe será fijado teniendo en cuenta las características, condiciones y términos de las campañas a ser realizadas por la embarcación de que se trate y será abonado por los titulares de permisos de pesca a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en la forma y condiciones que establezca la reglamentación. Los titulares de permisos de pesca estarán obligados a
proporcionar alojamiento y alimentación a los citados observadores”. Artículo 152.- Las contrataciones que se efectúen en el marco del artículo 373 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Artículo 153.- Dispónese que los cometidos asignados a la “División Áreas Protegidas y Fauna” de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales Renovables” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, pasarán a la Unidad Ejecutora 004 “Dirección Nacional de Medio Ambiente” del Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”. Transfiérense los créditos, personal y puestos de trabajo correspondientes, así como las atribuciones para el cumplimiento de sus fines, en la forma que establezca la reglamentación. Artículo 154.- Autorízase a las Unidades Ejecutoras 002 “Dirección Nacional de Recursos Acuáticos”, 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” y 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” del Inciso 07 – “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a habilitar, registrar y auditar laboratorios de naturaleza pública, paraestatal o privada, para la realización de los análisis, diagnósticos y ensayos requeridos para el cumplimiento de los cometidos sustantivos que le fueron asignados, en sus respectivas áreas de competencia, en materia de control, verificación y certificación sanitaria, higiénico-sanitaria, inocuidad, fitosanitaria o de calidad. Artículo 155.- El Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” determinará las condiciones higiénico-sanitarias y fitosanitarias requeridas para la certificación de procesos y productos, así como para la habilitación de los establecimientos que lo requieran. Facúltase a la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” a efectuar, en las áreas de su competencia, el control de las citadas condiciones y a otorgar o denegar las habilitaciones y certificaciones correspondientes. Artículo 156.- Increméntase en $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) la partida anual destinada a la equiparación por trabajo en laboratorios de los funcionarios de la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, la que incluye aguinaldo y cargas legales. Simultáneamente, se disminuirán los créditos asignados a dicha Unidad Ejecutora, en los Objetos del Gasto 141 “Combusti-
46
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
bles derivados del petróleo”, 151 “Lubricantes y otros derivados del petróleo” y 212 “Agua”, por los importes de $ 110.829 (ciento diez mil ochocientos veintinueve pesos uruguayos), $ 277.531 (doscientos setenta y siete mil quinientos treinta y un pesos uruguayos) y $ 111.640 (ciento once mil seiscientos cuarenta pesos uruguayos), respectivamente. Artículo 157.- Facúltase a la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a determinar oficialmente las plagas de importancia económica para la producción vegetal presentes en el país y las plagas reglamentadas. Las plagas que se incluyan en esta última categoría cumplirán con la definición de plaga reglamentada prevista en la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria. Todo reporte sobre la presencia en el país de nuevas plagas deberá ser comunicado a la Dirección General de Servicios Agrícolas, en la forma y bajo las condiciones que establezca el Poder Ejecutivo Artículo 158.- Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 3.921, de 28 de octubre de 1911, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas determinará las medidas fitosanitarias necesarias para la prevención, manejo o control de plagas que afecten o puedan afectar la producción vegetal. A los efectos anteriormente indicados, facúltase a la Dirección General de Servicios Agrícolas a condicionar o prohibir el ingreso al país, la movilización y/o el transporte de vegetales, productos o subproductos de origen vegetal, la actividad viverista y la plantación de especies vegetales susceptibles a plagas sujetas a control, así como a disponer la destrucción de plantas o productos vegetales, cuando no existan otras medidas fitosanitarias que permitan mitigar el riesgo de introducción o diseminación de plagas. Las personas físicas o jurídicas, organismos o instituciones públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza jurídica, están obligadas a aplicar las medidas previstas en el inciso primero, incluidas las de emergencia que se determinen para cada situación en particular con el objetivo de suprimir, contener o erradicar una población de plaga determinada”. Artículo 159.- Todo lugar, área, parcela, sitio o establecimiento de producción, propagación, multiplica-
ción, procesamiento, acopio o empaque, almacenamiento, distribución, comercialización de plantas y productos vegetales, deberá contar con habilitación fitosanitaria y quedará sujeto a los procesos de registro y control que establezca el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas. Facúltase a la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, a determinar, en función del riesgo fitosanitario involucrado, las categorías de plantas y productos vegetales comprendidos en el inciso anterior, así como los requisitos, plazos y condiciones para el otorgamiento de la habilitación indicada y los mecanismos de control que deberán instrumentarse. Las infracciones a lo previsto en el inciso primero, serán sancionadas con multas, clausuras o suspensiones conforme a lo previsto en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por los artículos 203 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 203 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 160.- Cométese al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de sus Unidades Ejecutoras competentes, la regulación y control de cumplimiento de las normas relativas a la protección y bienestar de los animales de las especies productivas, de acuerdo a la normativa nacional e internacional, y a los requerimientos de los mercados compradores de animales y sus productos. A dichos efectos, serán sujetos obligados, todos los actores que participen en la cadena productiva como propietarios o tenedores a cualquier título de animales de importancia económica, y en actividades conexas o afines. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en este artículo y las que se dicten a su amparo, podrá aparejar para el obligado, la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por los artículos 203 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 203 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo dentro de los ciento ochenta días de vigencia de la presente ley. Artículo 161.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, al
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
47
amparo de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, un cargo en el Escalafón R, Grado 10, Asesor VI, Serie Operación. Suprímese en la misma Unidad Ejecutora, un cargo del Escalafón D “Especializado”, Grado 06, Especialista VIII, Serie Digitación. Artículo 162.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” a afectar recursos del seguro creado por el artículo 1º de la Ley Nº 17.730, de 31 de diciembre de 2003, correspondiente a los aportes del sector de ganado lechero, para abonar las indemnizaciones previstas en el artículo 378 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, cuando los recursos del Fondo Permanente de Indemnización creado por el artículo 14 de la Ley Nº 16.082, de 18 de octubre de 1989, resulten insuficientes para atender dichas erogaciones. La afectación prevista en el inciso precedente podrá realizarse, siempre que existan fondos excedentes, y con cargo a oportuno reintegro. Artículo 163.- Modifícanse los créditos presupuestales del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en la siguiente forma:
U.E. Proyecto 005 001 001 001 000 000 720 000 095.002 299 799 198.005 5:530.100 800.000 3:600.000 5:530.100 800.000 5:530.100 800.000 (6:330.100) Objeto 2012 2013 2014
uruguayos) en los Ejercicios 2012 a 2014, a efectos de contribuir a la adquisición de dispositivos electrónicos para la identificación del ganado bovino”. SEÑOR BEROIS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Señora Presidenta: para ahorrar tiempo a la Cámara vamos a hablar una sola vez de los artículos correspondientes a este Inciso que no vamos a votar. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Yanes) ——La primera objeción tiene que ver con un tema sobre el que mucho se ha batallado. Me refiero a la necesidad de achicar el Ministerio en la capital del país y tratar de tener la mayor cantidad de infraestructura posible en apoyo a la producción nacional en el interior. Esa siempre ha sido la prédica de todos los partidos políticos y de los principales dirigentes que hoy están ocupando puestos muy importantes en la esfera nacional. Sin embargo, se presenta un artículo con adecuaciones presupuestales y cambios propuestos que llevarían a que el 80% de los funcionarios estuviera en Montevideo y el 20% restante en el interior del país, cuando hoy la relación en el Ministerio es de 60% a 40%. De manera que este artículo propone más cargos para Montevideo que para el interior. Esta puntualización no hace a la cosa, pero, en definitiva, tiene relación con lo que pretendemos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Esto no refiere a un tema geográfico, sino a que en el interior realmente hay una necesidad muy importante, porque se han agregado muchos controles a los productores nacionales, de los que ya hacía el Ministerio. Nos parece positivo y apoyamos todo lo relacionado con recursos acuáticos. Quería referirme a este tema porque la investigación en las áreas de recursos acuáticos es muy importante para el país, y hace tiempo que no se está realizando bien por falta de recursos materiales y humanos. Por eso vamos a apoyar este artículo. Lo que no vamos a apoyar es el pase de la División Áreas Protegidas y Fauna a la órbita del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. ¿Por qué? Porque las áreas protegidas y la fauna siempre han estado vinculadas con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Es más: en algunas
(9:930.100) (6:330.100)
Artículo 164.- Autorízase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a reasignar la suma de $ 300.000 (trescientos mil pesos uruguayos) de la Financiación 1.1 “Rentas Generales” a la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, del Proyecto 766 “Equipamiento para control de la calidad de la Sidra” de la Unidad Ejecutora 006 “Dirección General de la Granja” Programa 323 “Cadena de valor generadoras de empleo y desarrollo productivo local”, al Objeto del Gasto 299 “Otros Servicios no Personales no incluidos en los anteriores”, del mismo Programa y Unidad Ejecutora. Artículo 165.- El Instituto Nacional de Carnes (INAC) transferirá anualmente a Rentas Generales una partida de $ 20:000.000 (veinte millones de pesos
48
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
campañas relacionadas con la lucha de epidemias ambos Ministerios han tenido que trabajar en conjunto. Por eso es bueno que se parta del mismo Inciso. Más allá de algunos cambios, sobre todo, en los recursos humanos que esta área no tiene – motivo por el cual se quiere que pase a otro Ministerio-, creemos importante que se mantenga con las mismas funciones y en el Ministerio que está. Voy a referirme a un artículo que me parece medular sobre un tema importante de la producción nacional: la brucelosis. Hay un artículo específico que trata de afectar recursos de un fondo que se creó en base a la Ley N° 17.730. Dicha norma crea el Seguro para el Control de la Brucelosis con destino a complementar el precio obtenido por el animal con reacción positiva. La brucelosis es una enfermedad, con una repercusión económica en el comercio internacional, de animales y productos, que genera cuantiosas pérdidas en la producción pecuaria, desde todo punto de vista. Es una infección de carácter epidémico, abortiva, que afecta en mucho a los productores y al comercio. Por lo tanto, ¿qué es lo que se hizo en 2003 frente a la repercusión que la enfermedad estaba teniendo en la producción nacional? Se formó una Comisión, y quiero remarcar la importancia de su trabajo y cómo está integrada. Nosotros entendemos que lo básico en la producción y, sobre todo, en la agropecuaria es el relacionamiento permanente que deben tener los privados con lo público. Es muy importante que las asociaciones de productores estén vinculadas en la actividad y que trabajen junto con el Estado y, en particular, con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que mantiene relación directa en todo lo que es la producción nacional. El artículo 5° de la Ley N° 17.730 establece: “La titularidad, administración y disposición del Seguro para el Control de la Brucelosis (SCB) corresponderá a una Comisión de Administración integrada por un delegado del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y su alterno, un delegado y su correspondiente alterno designado por la Asociación Rural del Uruguay, Cooperativas Agrarias Federadas, Comisión Nacional de Fomento Rural, Federación Rural, Asociación Nacional de Productores de Leche e Intergremial de Productores de Leche”. Esta Comisión, prácticamente, está integrada con todas las gremiales de la producción nacional y el Ministerio, que es uno más.
(Suena el timbre indicador de tiempo) ——Esta Comisión ha administrado ese fondo que se financia con el aporte de la producción de leche y carne. O sea que es un fondo que deviene de la producción nacional; deviene de la misma actividad de los privados, que son los que administran, controlan y, sobre todo, tratan de indemnizar a los productores que se ven perjudicados por esta infección. Y ha venido trabajando bien… SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- La Mesa solicita al señor Diputado que redondee. SEÑOR BEROIS.- Sí, señor Presidente. Como decía, la Comisión ha venido trabajando bien y ha creado fondos. Ahora bien, lo que se quiere hacer con el artículo 162 es afectar ese fondo para que lo administre el Estado. Creemos que esto dilapida una muy buena relación público-privada, que siempre ha existido -y ojalá que exista- para el control de esta enfermedad y de mucho más. El Poder Ejecutivo es uno más en esta Comisión, y en este artículo se afecta ese fondo y el Ministerio -el Poder Ejecutivo- será el que los administrará. ¿Por qué? Si vienen siendo bien administrados por los privados y los públicos… (Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Redondee, señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Estoy haciendo un esfuerzo para hablar de todos los artículos de este Inciso; han hablado de un Inciso durante toda la mañana, y yo voy a hablar de esto exclusivamente un rato y nada más. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Busquemos en el Reglamento la forma adecuada para que pueda seguir haciendo uso de la palabra. SEÑOR BEROIS.- Está bien; pero en el Partido Nacional acordamos que iba a hablar uno solo por tema. Estamos hablando de un Inciso muy importante para la vida del país, y lo voy a hacer yo solo, en nombre de mi Partido. Por lo tanto, le pido un poco de consideración… (Apoyados) SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Los compañeros me indican que están de acuerdo en que se tome el tiempo que necesite para redondear.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
49
Puede continuar el señor Diputado Berois. SEÑOR BEROIS.- Estamos dinamitando una relación público- privada que puede generar un antecedente peligroso en ese ámbito. Eso me parece que no es bueno. Es más: a esta Comisión integrada por productores no se la consultó sobre este tema. Se le va a afectar fondos que viene administrando bien, y no se la consultó. Entonces, me parece que estamos generando un antecedente peligroso para el futuro en una relación público-privada. Aspiramos a que cuando este tipo de artículos se presenten en el Parlamento, se trate de consultar, por lo menos, a aquellos que generan y administran fondos, ya que en este caso se repercutirá directamente en su bolsillo y en la economía nacional. Pido disculpas por haberme extendido, pero tenía necesidad de exponer sobre este tema. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Discúlpeme usted, señor Diputado, pero el Reglamento es el que marca las pautas. SEÑORA MATIAUDA ESPINO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MATIAUDA ESPINO.- Señor Presidente: en nombre de mi Partido, el Partido Colorado, queremos poner énfasis en cada uno de los artículos antes de votarlos. Hemos realizado un trabajo en equipo, a conciencia, haciendo un pormenorizado y exhaustivo análisis, evaluando con responsabilidad cada punto a fin de que la decisión al votar defina nuestra visión como partido. Nuestro compromiso con el tema del agro perfiló cada voto. Hemos estudiado en profundidad cada artículo, proyectando debidamente cada opción, a fin de prever la mejor decisión, lo cual es vital para nuestro país. La Rendición de Cuentas es un mecanismo a través del cual las autoridades informan a la población sobre la gestión que se proyecta. Su finalidad es incrementar la responsabilidad y la transparencia con que se ejercen las acciones, así como prevenir actos -u omisiones irregulares- arbitrarios o ilícitos. Debe tenerse en cuenta lo que el pueblo necesita y nos exige desde su soberanía, poniendo énfasis en aquellos
temas de mayor relevancia para la formulación del Presupuesto, así como para el seguimiento y la evaluación de los resultados. El Partido Colorado va a acompañar muchos artículos pero va a votar negativamente los artículos 147, 148, 149 y 150. Vamos a votar en forma negativa el artículo 147 porque consideramos que aumentar los fondos de financiamiento enfocando en otras actividades e incluir el Fondo de Desarrollo Rural no es coherente, ya que contaba con su propia forma de financiamiento y constituía una estrategia para estimular el fortalecimiento del medio rural. Exceptuar un proyecto para favorecer los fondos de otro es una vía de acción ilógica e inapropiada. Con esta modificación, daríamos un paso hacia atrás, perdiendo una conquista muy valiosa que pertenecía al Fondo de Desarrollo Rural. El artículo 148 -que también vamos a votar negativamente- no tiene costos pero sí aumenta la concentración de poder en la Secretaría del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Si bien no genera aumento de costos, cambia el destino presupuestal. Los gastos de funcionamiento en el fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios que han tenido como destino la institucionalización de la gestión de información ganadera, ahora tendrían destinos nuevos, sin razones que expliquen esta decisión. Además, no se especifica si esta generalización rige para todo el fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios. Vamos a votar por la negativa el artículo 149 porque se cambian las funciones contratadas a presupuestadas, lo cual implica inamovilidad del funcionario. El simple hecho de cambiar las funciones contratadas a presupuestadas genera no solamente una movilidad laboral menos fluida por parte del plantel de trabajadores sino que, a mediano y largo plazo, este cambio de carácter en los cargos aumentará el presupuesto, ya que los derechos generados en los cargos presupuestados implican gastos mayores y, muchas veces, una actitud del funcionario que puede derivar en una caída de calidad amparada en la seguridad de la efectividad. Por último, incrementar la partida anual disminuyendo otros gastos, como establece el artículo 150, implica destinar -aun cuando el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca la distribuya con el informe previo de la Contaduría General de la Nación- una
50
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
partida que era específica a varias partidas globales salariales. En resumen, se trata de un cambio de partidas presupuestales que no apoyamos. Gracias. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: el Poder Ejecutivo no está planteando una serie de artículos que apuntan a la mejora de la gestión del Ministerio. Inclusive, algunos modifican normas que fueron aprobadas en la Ley de Presupuesto, porque el Ministerio no tiene empacho en reconocer que es necesario mejorar. Por eso, se plantean algunas adecuaciones en el articulado. En otros casos, como el del artículo 147 -el primero que corresponde a este Inciso y tiene que ver con el Fondo de Desarrollo Rural-, simplemente, se trata de tener una norma que habilite que esto sea un Fondo. Se establece que los rubros no ejecutados en un Ejercicio puedan mantenerse disponibles para ser ejecutados en el siguiente, con el destino que tienen instituido, que es el Fondo de Desarrollo Rural, que precisamente tiene una población objetivo determinada y cometidos definidos en la Ley de Presupuesto para trabajar en esa área, sobre todo en el medio rural, en el interior del país. Hay una serie de artículos que generan un marco normativo adecuado a la realidad que vive el mundo. En este caso -coincido fuertemente con lo que decía el señor Diputado Berois-, la actividad pública que realiza Uruguay en materia agropecuaria no debe estar circunscrita a nuestro país sino que debe estar pensada para el mundo. ¿Por qué? Porque somos un país exportador. La gran mayoría de nuestros productos están destinados al mundo y no al consumo interno. Por eso, hay algunas normas que modifican la legislación vigente en el país. Tengamos presente que, siendo un país agropecuario exportador, todavía tenemos normas que regulan algunos aspectos fitosanitarios que datan de 1911, cuando el concepto de plaga era totalmente diferente al actual que está recogido en la normativa internacional y que Uruguay ha tenido que ir abordando y practicando porque si no, no le exportamos a nadie.
Algunas de ellas tienen que ver con el bienestar animal, concepto nuevo, que antes no existía en la producción agropecuaria. Cuantos de los que nos hemos criado afuera hemos visto cómo históricamente el ganado se manejaba con perros, y cuanto más ladraba el perro y cuanto más le pegaba a un animal, más gaucho era el hombre. Resulta que hoy, por el concepto de bienestar animal, los mercados que nos compran dicen: no usen perros y si los usan, que no ladren. No golpeen, no usen el arreador sino la banderita. Entonces, ahora vemos a esos gauchos nuevos, con banderitas de nailon arreando el ganado. Por eso hay que tener una normativa acorde. (Murmullos.- Campana de orden) ——Estas son las cosas que vienen en el Mensaje presupuestal. En lo que tiene que ver con modificaciones en la asignación de recursos, es importante lo que ha manifestado el señor Diputado Berois en cuanto al avance que ha tenido nuestro país últimamente en el control de la brucelosis. Esta es una enfermedad que se consideró erradicada en determinado momento, pero el país cometió el error -cuando la declaró erradicada allá por el año 1993- de no llevar adelante lo que decía la propia ley sobre erradicación, que era hacer el monitoreo permanente del rodeo, los sangrados al azar, hasta que en un momento explotó nuevamente y apareció. Hoy, a partir de los esfuerzos que se están realizando, tenemos cada vez menos focos, por lo cual hay fondos de este sistema que deben ser utilizados también en el financiamiento del control de otras zoonosis, es decir, de enfermedades que afectan al ganado y al ser humano. Estos fondos existen. No se va a desproteger el control de la brucelosis, porque el Ministerio tiene el objetivo de erradicarla, y así lo dijo el Ministro en la Comisión. Estamos próximos a erradicar esta enfermedad y se están instituyendo diez cargos de médico veterinario y de laboratoristas para trabajar en el interior en este aspecto. Pero también tenemos que avanzar, por ejemplo, en la trazabilidad aviar. ¿Por qué? Porque hoy el país está exportando carne aviar y tenemos que avanzar en el control sanitario de nuestra producción en esta materia. Por tal motivo se proponen estas transferencias de rubros. Finalmente, quiero fundamentar por qué el Ministerio entiende que la División Áreas Protegidas y Fau-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
51
na debe pasar a la DINAMA. No hay dudas de que, hoy en día, la evaluación del impacto ambiental de la producción, la urbanización y el manejo del territorio corresponde a la DINAMA. La División Áreas Protegidas y Fauna tiene un cometido que está muy vinculado a la protección de nuestros animales autóctonos, especialmente los que están en vías de extinción. Por eso se entiende mejor que esté en un Ministerio que tiene que ver con el control y la evaluación del impacto ambiental más que en la Cartera de Ganadería, Agricultura y Pesca, donde este tema ha quedado bastante restringido en el sentido de que actualmente se manejan otros conceptos en materia de conservación y manejo de la fauna. Por lo tanto, acompañamos esta medida que, además, se sustenta en una negociación que está siendo llevada adelante en forma fructífera entre los dos Ministerios. Estamos dispuestos a hacer los bloques de votación que las demás bancadas entiendan pertinentes. Muchas gracias.
guen en forma individual y, luego, propondría un bloque más importante. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- En discusión el artículo 147. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y tres: AFIRMATIVA. De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, en discusión los artículos 148, 149 y 150. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 151. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)
SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Sería bueno que acercaran a la Mesa lo antes posible las propuestas de bloques de votación. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: a los efectos de abreviar la discusión, simplemente vamos a dejar constancia de los artículos de este Inciso que vamos a votar negativamente. Se trata de los artículos 148, 149, 150, 152, 153, 156, 162, 163 y 164. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Antes de que yo ocupara la Presidencia se acordó discutir el Inciso en general y luego votar, como hicimos ayer con el Capítulo relativo a Compras Estatales. Por lo tanto, teniendo en cuenta que los artículos mencionados por el señor Diputado Posada deben ser desglosados, espero recibir las propuestas de bloques de votación. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: sugeriría votar el artículo 147 en forma individual y estamos en condiciones de proponer un bloque con los artículos 148, 149 y 150. Habría que votar los tres artículos que si-
——Sesenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 152. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 153. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en sesenta y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: estamos en condiciones de proponer un bloque que va del 154 al 165, desglosando los artículos 156, 162, 163 y 164. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, en discusión los artículos 154, 155, 157, 158, 159, 160, 161 y 165, con el desglose de los artículos 156, 162, 163 y 164. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
52
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
(Se vota) ——Sesenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 156. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 162. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 163. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 164. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA. Hay un aditivo que figura en la Hoja Nº 8, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Todos los sistemas de información emergentes de la aplicación de los Art. 154, 155, 157, 159, 162 y 165 de la presente Ley, deberán radicarse en la estructura informática centralizada y única existencia en la Asesoría en Sistemas de Información y Comunicaciones (ASIC) de la Unidad Ejecutora 001, conformando un único Banco de Datos Institucional del MGAP”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: aquí estamos recogiendo una solicitud de la Asociación de funcionarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
que nos pareció razonable por la explicación que recibimos, no solo de la gremial sino de los técnicos del organismo, en cuanto a que todos los registros que se disponen en los artículos mencionados no generen una información dispersa, desconcentrándola, lo que haría perder la facilidad que hoy tienen para ubicarla. Por lo tanto, se dispone que se ubiquen en un sistema centralizado que ya existe en el Ministerio, la ASIC, de modo que la información que se recoge en distintos ámbitos quede centralizada en esta Unidad. Esto nos pareció razonable y trasmitimos al Cuerpo la posibilidad de aprobar esta norma. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiséis en setenta y setenta y tres: NEGATIVA. SEÑOR AMY.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMY.- Señor Presidente: como coordinador de bancada, quiero dejar constancia de que hemos votado afirmativamente este aditivo. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: en el mismo sentido, queremos dejar constancia de que hemos acompañado esta propuesta de aditivo presentada por el Partido Nacional. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 9, presentado por la señora Diputada Ferreira y por los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Habilitase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” con cargo a la financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial” una partida de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales, para la adecuación de las inequidades salariales en el Inciso, de acuerdo a la disponibilidad existente en los recursos aprobados por el art. 162 de la ley 17.930.- La partida asig-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
53
nada será distribuida por el jerarca del Inciso debiendo comunicar, en forma previa a su ejecución, a la Contaduría General de la Nación, así como la distribución de la referida partida entre los objetos del gasto correspondientes”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: este artículo también fue propuesto y fundamentado en la Comisión por la Asociación de Funcionarios. Establece que se pueda habilitar un crédito para que se utilicen recursos de afectación especial del organismo, que se recaudan por un monto aproximado de $ 250:000.000 por año, pero que, como no existe un crédito habilitante, el dinero termina en Rentas Generales. Hay una norma que establece que el organismo tiene recursos de afectación especial, que esos recursos recaudan hoy en día, pero no quedan en el organismo porque no hay habilitación de créditos para utilizarlos. A nuestro juicio, esto no genera un incremento del gasto, porque está contabilizado como un rubro del Ministerio que, al final del Ejercicio, termina contabilizándose como un recurso no utilizado y, por lo tanto, una economía. Desde el punto de vista estrictamente presupuestal, este monto de $ 90:000.000 no integra el déficit, sino que es parte de los ingresos que, luego, no se ejecutan, ya que para el Ministerio de Economía y Finanzas, desde el punto de vista estrictamente contable, están asignados a un Ministerio, que luego no se pueden aplicar. Por lo tanto, no estaríamos desfinanciando el Presupuesto con este monto y proponemos que esos $ 90:000.000 -una parte de los recursos de afectación especial, porque el resto volvería a Rentas Generalesse asignen al mismo organismo para adecuar las inequidades salariales existentes en todo el Inciso. Esta es la fundamentación, que nos parece justa y razonable, y por eso, la acompañamos. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiuno en setenta: NEGATIVA. SEÑOR AMY.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado.
SEÑOR AMY.- Señor Presidente: en esta oportunidad, como en la anterior, como coordinador de bancada del Partido Colorado, queremos dejar constancia de que hemos votado por la afirmativa el aditivo recientemente puesto a consideración. SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BERNINI.- Señor Presidente: hemos votado negativamente, porque utilizar este tipo de economías, es decir, este dinero no ejecutado, en el balance del Estado, significaría incrementar el gasto, el déficit. Precisamente, hemos argumentado respecto de la necesidad de tener un déficit controlado. Por lo tanto, en la medida en que esta partida, de utilizarse, lo incrementaría, ello nos ha motivado para votarla negativamente. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se pasa a considerar el Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, que comprende los artículos 166 a 170, inclusive. (Texto del Inciso 08:) “INCISO 08 Ministerio de Industria, Energía y Minería Artículo 166.- Sustitúyese el artículo 331 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por el siguiente: “ARTÍCULO 331.- Créanse las tasas de “Aprobación de Modelo”, “Verificación Primitiva”, “Verificación Periódica” y “Control de Productos Premedidos” las que se deberán abonar por cada instrumento de medición reglamentado sometido a control o por lote de producto ensayado, las que serán recaudadas por la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”. Serán sujetos pasivos de dichas tasas la persona física o jurídica, nacional o extranjera, privada o pública, y en este último caso estatal o no estatal, que en el ejercicio de sus actividades de producción, construcción, transformación, montaje, reparación, importación, distribución, servicios o comercialización utilice, fabrique, importe, repare o comercialice instrumentos de medición reglamentados, así como quien fabrique, industrialice, importe, fraccione, distribuya y/o comercialice productos premedidos.
54
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Las tasas deberán abonarse en el plazo de treinta días a contar de la fecha en que se realice la verificación o control, configurándose la mora por el no pago en este término. El testimonio de la resolución administrativa firme donde se registre la falta de pago de la tasa, incluidas multas y recargos, constituirá título ejecutivo. Facúltase al Poder Ejecutivo a fijar el valor de las referidas tasas en función de los siguientes criterios y procedimientos: 1) El monto de las tasas se fijará en función del precio promedio de venta al público del instrumento para cada clase de precisión, capacidad y categoría, fijándose la misma por aplicación de la siguiente tabla y expresado en Unidades Indexadas (UI): Precio de Venta en UI tasa en UI – Hasta 25.000 UI hasta el 18% del precio de venta al público. – De 25.001 UI en adelante 4.501 UI y hasta el 0,5% del monto que exceda las 25001 UI. 2) Tasa por control de lotes de productos premedidos: Lote tasa – De 0 a 19 unidades 600 UI. – De 20 a 79 unidades 1.100 UI. – De 79 unidades en adelante 1.300 UI. 3) Se entiende por “Precio de Venta al Público” el vigente al 31 de diciembre del año anterior al de fijación de la tasa, según información que debe suministrar el fabricante, importador, vendedor, reparador o distribuidor que comercializa el instrumento de medición, en función del monto por el cual aporta Impuesto al Valor Agregado del mismo. 4) Cuando el interesado en el control de instrumentos de medición aplicados a la comercialización de bienes y servicios solicite verificación conjunta de cincuenta unidades o más, siendo éstos de igual clase, capacidad, categoría y modelo, el valor de la tasa será del 70% (setenta por ciento) de la que correspondería abonar por verificación periódica. 5) Cuando se deban realizar verificaciones o controles técnicos fuera de la planificación de Metrología Legal originados en solicitud de parte, de oficio o por denuncia y que requieran el traslado de personal, equipos o patrones, el usuario deberá abonar los cos-
tos operativos asociados a dicha prestación, sin perjuicio del pago de la tasa que correspondiere. 6) Las aprobaciones de modelo tendrán dos años de vigencia a partir de la resolución correspondiente, renovándose automáticamente salvo decisión en contrario. 7) A solicitud de parte interesada, el Ministerio de Industria, Energía y Minería podrá autorizar quitas a la tasa de verificación y control, hasta la remisión parcial o total de la deuda, en aquellos casos que razones de fuerza mayor, interés público o social así lo justifiquen”. Derógase el artículo 174 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 216 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Artículo 167.- Agrégase al artículo 188 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, el siguiente inciso: “En la misma forma, podrá delegar el cometido de firmar resoluciones de transferencias, cambios de nombre, cambios de domicilio y cambios de nombre y de domicilio en solicitudes de registro y en registros concedidos de signos distintivos y en solicitudes de renovación de signos distintivos”. Artículo 168.- Sustitúyese el artículo 29 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente: “La solicitud de registro de una marca se hará ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial y será acompañada de los recaudos que ésta requiera a sus efectos”. Artículo 169.- La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial podrá adoptar el uso de expediente electrónico, de documento electrónico, de clave informática simple, de firma electrónica, de firma digital, de comunicaciones electrónicas y de domicilio electrónico constituido en todas las gestiones referidas a su competencia, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales, de acuerdo a lo previsto en el artículo 104 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, y en el artículo 122 de la Ley Nº 17.164, de 2 de setiembre de 1999. Artículo 170.- Transfiérese al Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería” la organización, desarrollo y mantenimiento del servicio nacional de la hora oficial”.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
55
SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: proponemos que se desglose el artículo 166 y que los cuatro restantes se voten en bloque. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- En discusión el artículo 166. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: vamos a votar por la negativa este artículo, porque la modificación que se introduce mantiene un error en el que incurre la legislación vigente. Originalmente, se habían creado tasas de “Aprobación de Modelo”, “Verificación Primitiva”, “Verificación Periódica” y “Control de Productos Premedidos”. Con el paso del tiempo, en legislaciones posteriores, esto devino en un impuesto o en un precio, pero nunca en una tasa, porque se perdió la razonable equivalencia, que es lo que establece el Código Tributario que debe existir para que un tributo sea considerado una tasa. El artículo propuesto mantiene la situación vigente y, en consecuencia, no podemos hablar de una tasa, sino de un impuesto o de un precio. En la medida en que se mantiene este error, el Partido Independiente va a votar negativamente. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: este tema también fue discutido en la Comisión y tenemos las mismas diferencias con el señor Diputado preopinante. El Código Tributario refiere a distintos tipos de tributos, en particular, las tasas. Establece: “La tasa es el tributo cuyo presupuesto de hecho se caracteriza por una actividad jurídica específica del Estado hacia el contribuyente; su producto no debe tener un destino ajeno al servicio público correspondiente y guardará una razonable equivalencia con las necesidades del mismo”. Precisamente, todas las características que el Código Tributario otorga a la tasa se cumplen en este
caso dado que, tal como se explicara en Comisión, el total de la recaudación de la tasa que se paga por efectuar los análisis, se corresponde con los servicios que presta el Laboratorio Tecnológico del Uruguay. Por eso, debe haber una razonable equivalencia; el Código no dice exacta, sino razonable; a veces, se gana, y a veces se pierde en ella, pero debe estar fijada en función de algo. Aquí está fijada en función de que el ingreso por esa tasa se vuelca a financiar las erogaciones generadas por los controles que realiza el LATU. Ajustando este mecanismo al costo que tiene el instrumento, se logra una equidad importante, en función de que las pequeñas, medianas y grandes empresas deben invertir. Por eso, creemos que esta modificación que, como bien decía el señor Diputado preopinante, viene desde la creación de esta tasa de contralor y por los análisis que se realizan, tiene una verdadera contraprestación para quienes quieren utilizar el servicio. No puede ser un impuesto, porque solo está gravado quien utiliza el servicio de inspección. Esa es la diferencia entre un impuesto, que no tiene ningún presupuesto de intervención del Estado y esto, que sí lo tiene, por realizar esos análisis de inspección, que solamente efectúan quienes quieran comercializar determinados productos, en este caso, los importadores de balanzas, básculas, termómetros, etcétera. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: la definición de tasa del Código tributario que se acaba de leer me da la razón, porque dice que tiene que haber una razonable equivalencia. Si los señores legisladores leen el numeral 1) del artículo 331 de la Ley N° 15.809, advertirán que expresa: “1) El monto de las tasas se fijará en función del precio promedio de venta al público[…]”. Es decir, que no se cobra en función del costo del servicio que presta el Ministerio de Industria, Energía y Minería sino del precio, y entonces, deja de ser una tasa. Esa es la realidad. Entonces, no existe la razonable equivalencia, se cobra en función de un precio, y por esa razón, votamos en forma negativa.
56
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: reiteramos que la razonable equivalencia está dada porque el total del producido de esta tasa se vuelca a pagar lo que cobra el Laboratorio Tecnológico del Uruguay por realizar estos análisis. Allí está la razonable equivalencia que exige la normativa vigente. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: no se puede torcer lo que dicen las normas. La razonable equivalencia tiene que estar en función del costo del servicio en que incurre, en este caso, el Estado, y no de la globalidad del costo del servicio, porque, en definitiva, por el mismo servicio que brinda el Estado, se cobra distinto a diferentes sujetos pasivos. ¿Por qué? Porque se cobra en función del precio. En consecuencia, eso no es una tasa. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta: AFIRMATIVA. SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BERNINI.- Señor Presidente: quiero referirme al debate que se ha dado aquí y también en la Comisión, porque entiendo los fundamentos del señor Diputado Posada. Quiero aclarar que lo único que este artículo varía respecto a la ley original es en el pasaje a Unidades Indexadas, para favorecer -como fue fundamentado- a los pequeños y medianos comerciantes y empresarios que tenían entre sus costos fijos una tasa mucho más alta que trasladaban a los precios y que hacía más difícil la competencia. No tengo ninguna duda de que este es un debate de carácter tributario. Simplemente, estamos votando pequeñas modificaciones y no estamos abordando el
tema conceptual, más allá de que respetamos mucho la opinión del señor Diputado Posada. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- En discusión los artículos 167 al 170. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 09 “Ministerio de Turismo y Deporte”, que comprende el artículo 171. (Texto del Inciso 09:) INCISO 09 Ministerio de Turismo y Deporte Artículo 171- Declárase, con carácter interpretativo, que las actividades de camping, colonia de vacaciones o similares, brindadas por las entidades gremiales de trabajadores a sus afiliados, se encuentran directamente relacionadas con los fines específicos que han motivado su inclusión en el régimen de exenciones”. ——En discusión. SEÑOR PÉREZ GONZÁLEZ.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PÉREZ GONZÁLEZ.- Señor Presidente: este artículo fue aprobado en Comisión por unanimidad, pero quiero hacer una breve referencia a él. El artículo establece: “Declárase, con carácter interpretativo, que las actividades de camping, colonia de vacaciones o similares, brindadas por las entidades gremiales de trabajadores a sus afiliados, se encuentran directamente relacionadas con los fines específicos que han motivado su inclusión en el régimen de exenciones”, y tiene como objetivo -tal como manifestó el señor Ministro en la Comisión- avanzar en la justicia social. A través de las exoneraciones propuestas, se propone fomentar las colonias de vacaciones y brindar el goce de las vacaciones a los ciudadanos y ciudadanas de este país, considerando el derecho a las vacaciones como un derecho humano. Así lo definen las Naciones Unidas a través de su oficina especializada y la Organización Mundial del Turismo.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
57
Se promueve el derecho al descanso, conocer otras realidades del territorio, sus actividades culturales, sus fuentes laborales y sus características. Se trata de una manera de ver el Uruguay integral e integrado y, en definitiva, de reforzar el conocimiento y el vínculo entre los pueblos del país. A su vez, significa una participación solidaria desde el punto de vista económico de los ciudadanos de la República. Esta medida tiende a potenciar el Sistema Nacional de Turismo Social, establecido desde junio de 2006, que ha permitido que mujeres y hombres que nunca habían salido de sus localidades conocieran otros horizontes que no fueran los de sus propios pueblos. Esto lo ha hecho posible el acercamiento y la participación del sector privado y los convenios con los gobiernos departamentales, con la central sindical y con los gremios que la componen. Este Gobierno ha entendido que los trabajadores -un sector fundamental para el desarrollo- y los jubilados -quienes contribuyeron al desarrollo del paístienen derecho a las vacaciones como cualquier ciudadano. El hecho de que miles de personas, niños, niñas, abuelos, padres y madres hayan podido viajar o acercarse al mar por primera vez, conocer las zonas termales, gozar del turismo rural, conocer ciudades y polos de desarrollo turístico y productivo de este país, ha sido posible por el desarrollo del turismo social. De ahí el estímulo a este tipo de desarrollos y emprendimientos, que van a permitir fortalecer este aspecto. Hoy hay emprendimientos como “El Viaje hacia el Mar”, que ha sido desarrollado por emprendedores privados y que, inspirándose en la obra de Morosoli, ha permitido que una cantidad de gente como la que en aquella época ese autor describió en su libro -aún hoy en el país existen sectores sociales que están en la misma situación-, conociera el mar. El refuerzo de este sistema de turismo social y la infraestructura que hace posible su desarrollo es lo que fomentamos con este tipo de medidas que determinan estas exoneraciones. Sabido es que en el mundo más del 50% de las personas pasan sus vacaciones en esta clase de colonias, albergues y posadas, y que reforzar estas medidas contribuye al fortalecimiento de la infraestructura y aumenta la existencia de locales o centros donde se pueda desarrollar turismo de carácter social. Es notorio que en el Uruguay, a partir del desarrollo de esta política de turismo social, se ha incrementado el turismo interno. El señor Ministro planteaba que
más de US$ 400:000.000 es lo que se mueve en el país por concepto de turismo interno, del cual forma parte el turismo social. Además, hoy en el Uruguay el turismo ha sido desarrollado en todos los lugares. No hay localidades en ningún lugar del territorio nacional que no tengan, de alguna manera, su objetivo puesto en el fomento y el desarrollo del turismo. Entonces, entendemos que esta medida -más allá de que sea una solacontribuye grandemente al desarrollo de este aspecto y también fortalece la conciencia nacional, la identidad nacional y nuestra cultura. Era cuanto quería expresar. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 171. (Se vota) —Sesenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, que comprende los artículos 172 a 185, inclusive. (Texto del Inciso 10:) “INCISO 10 Ministerio de Transporte y Obras Públicas Artículo 172.- Créase la “Dirección Nacional de Transporte Ferroviario” como órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo que funcionará en el ámbito del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, dependiendo jerárquicamente del Ministro de Transporte y Obras Públicas o de quien él delegue y que tendrá como cometidos: 1. Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de política de transporte ferroviario. 2. Definir, en acuerdo con Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE), los estándares aceptables para la infraestructura, incluyendo los límites de carga y velocidad en cada tramo de la vía. 3. Establecer los requisitos para ser operador ferroviario y habilitar los operadores ferroviarios que cumplan con dichos requisitos. 4. Establecer, con el asesoramiento técnico de AFE, las normas que deberá cumplir el material tractivo y remolcado y habilitarlo. 5. Reglamentar los requisitos para ser conductor ferroviario. La habilitación del conductor ferro-
58
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
viario en los diferentes tramos de vía será materia de la reglamentación. 6. Definir los recorridos de cada operador en la red y establecer los criterios de prioridad entre los diferentes operadores, determinando las preferencias sobre cada canal de circulación o tramo de infraestructura, así como los límites a dichas preferencias. 7. Proponer al Poder Ejecutivo, y en acuerdo con AFE, el establecimiento de los cánones y tarifas a abonar por los operadores habilitados y los criterios sobre los cuales se deberán calcular los peajes a abonar por el derecho de uso de la infraestructura ferroviaria. 8. Establecer las normas que deberán cumplir los dispositivos de señalización y comunicaciones. 9. En general, establecer y controlar el cumplimiento de los reglamentos, resoluciones e instrucciones necesarias para el correcto funcionamiento del modo ferroviario, y su correspondiente régimen de sanciones. 10. Regular los servicios complementarios al transporte que se brinden a los operadores ferroviarios. 11. Gestionar el centro de circulación por la red ferroviaria, participando, junto con AFE, en la vigilancia y el control del desplazamiento de trenes y todo otro elemento que circule por la infraestructura ferroviaria. AFE autorizará el uso de la vía a solicitud del operador ferroviario correspondiente, de acuerdo a la disponibilidad, en tiempo real. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. Artículo 173.- Créase el cargo de particular confianza de Director Nacional de Transporte Ferroviario, que estará comprendido en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Autorízase una partida de $ 12.500.000 (doce millones quinientos mil pesos uruguayos) para la financiación del cargo creado en el inciso anterior y de las contrataciones de personal que se consideren imprescindibles para cumplir las competencias de la Dirección Nacional que se crea, hasta la aprobación de su estructura organizativa y de cargos. La habilitación de la referida partida, estará supeditada a su efectivo financiamiento con supresión de cargos vacantes del Inciso, reasignaciones de créditos del Grupo 0 “Retri-
buciones Personales” y disminución de créditos de funcionamiento. Estos créditos serán utilizados para la financiación de la estructura, por lo que una vez aprobada la misma, la Contaduría General de la Nación realizará las trasposiciones pertinentes. Artículo 174.- Autorízase a la Unidad Ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura” del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a percibir de los organismos comitentes hasta el equivalente a un 2% (dos por ciento) del importe de los respectivos contratos que ejecute por la modalidad de contratación de Obra Pública con Privados, con la finalidad de atender gastos de administración, excluidas las retribuciones personales, que irroguen dichas contrataciones. Dichos fondos constituirán Recursos de Afectación Especial. Artículo 175.- Facúltase a la Unidad Ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura” del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, a compensar en dinero los días de licencia por antigüedad generados por el personal obrero ocupado efectivamente en obras, depósitos y talleres de la referida unidad ejecutora y hasta un máximo equivalente a ocho jornales por ejercicio vencido, en los casos en que los mismos opten por no hacer uso de dicha licencia. Artículo 176.- Sustitúyese el artículo 326 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 15.258, de 22 de abril de 1982, por el siguiente: “ARTÍCULO 326.- Autorízase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, dentro del límite de sus competencias, a través de la Dirección Nacional de Transporte, a imponer multas de hasta 850 UR (ochocientas cincuenta unidades reajustables), por concepto de violación de las disposiciones vigentes en materia específica de transporte”. Artículo 177.- Autorízase al Director Nacional de Transporte a delegar, por acto administrativo expreso, en el personal inspectivo que éste determine, la potestad de imponer sanciones por violación a las disposiciones en materia de transporte. En el mismo acto en que constate la infracción se extenderá la boleta de contravención, y se otorgará vista por el término de diez días, comunicándole por vía electrónica a la dirección de la empresa para que el infractor pueda presentar sus descargos, vencido el cual, la multa se hará efectiva sin necesidad del dictado de un nuevo acto administrativo.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
59
Cométese a la Dirección Nacional de Transporte la reglamentación del procedimiento. Artículo 178.- Las multas impuestas por violación a las disposiciones en materia de transporte, tendrán una bonificación del 20% (veinte por ciento), siempre que el pago de las mismas se realice dentro del plazo de los diez días posteriores a su constatación. Artículo 179.- La Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte” del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, no expedirá los Permisos Nacionales de Circulación a las empresas que tengan adeudos pendientes con la Administración por concepto de multas derivadas de la contravención a las disposiciones en materia de transporte. Artículo 180.- Las resoluciones firmes de la Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte”, que impongan multas por contravención a las disposiciones en materia de transporte, constituirán título ejecutivo en los términos previstos por el artículo 91 del Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974 (Código Tributario). Artículo 181.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a fijar el valor en unidades indexadas de los distintos permisos especiales que emite para el transporte de pasajeros y de cargas. Artículo 182.- Las empresas de transporte fluvial y marítimo y todos aquellos que brinden servicios de pasaje a usuarios de terminales de pasajeros instaladas en puertos bajo la administración de la Administración Nacional de Puertos, serán agentes de percepción de las tarifas por “uso de infraestructura y administración de terminal de pasajeros”. En tales casos, el precio por el servicio de pasaje incluirá la tarifa referida. Artículo 183.- El ejercicio de las competencias asignadas al Capitán de Puerto de Nueva Palmira de conformidad con la Ley Nº 16.246, de 8 de abril de 1992, comprenderá la totalidad de las operaciones imputables a Personas de Derecho Público o Privado, cumplidas o a cumplirse, en la extensión del puerto de Nueva Palmira bajo la jurisdicción de la Administración Nacional de Puertos (ANP). Artículo 184.- Quedan solidariamente obligados al pago de las obligaciones que se generen en ocasión del uso de los puertos administrados por la Administración Nacional de Puertos (ANP), las personas físicas o jurídicas que hayan solicitado los servicios o suministros correspondientes, los propietarios de los buques, sus armadores, así como los agentes o re-
presentantes de los intereses de los mismos ante la administración portuaria. Artículo 185.- La Administración Nacional de Puertos (ANP) tendrá acción ejecutiva para el cobro de todos los créditos que resultaren a su favor, generados en ocasión del uso de los puertos que administra. A tales efectos, constituirán títulos ejecutivos: A) Las facturas de la ANP, debidamente conformadas, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 5 del artículo 353 del Código General del Proceso. B) Los testimonios de las resoluciones firmes dictadas por la Administración Nacional de Puertos, que aprueben liquidaciones de deudas. Serán aplicables en lo pertinente, las previsiones de los artículos 91 y 92 del Código Tributario”. ——La Mesa quiere advierte que el artículo 173 requiere una mayoría especial. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: quiero sugerir que los artículos 172 y 173 se voten en bloque, ya que están vinculados. Por más que el artículo 173 requiera una mayoría especial, lo votará quien también va a votar el 172, porque están íntimamente vinculados uno con otro. Propongo que luego se vote por separado el artículo 174 y luego sugeriré dos bloques para votar buena parte del Inciso. Muy brevemente quiero dar algún argumento de por qué no vamos a votar estos dos primeros artículos del Inciso. En estos se crea la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario y se establecen, por este primer artículo, los cometidos que tendrá esta nueva Dirección, que funcionará como un organismo desconcentrado dentro del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Por el artículo siguiente se crea el cargo de confianza que la dirige, y se otorga una partida de $ 12:500.000 para contratar personal. No votaremos estas dos normas, tal como lo dijimos desde el primer día del tratamiento de este proyecto en Comisión. No las vamos a votar porque no sabemos para qué son. Dijimos que si el Poder Ejecutivo no nos explicaba cuál era el plan para AFE no po-
60
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
díamos dar nuestro voto sin saber qué contenidos tendrá esta decisión que se toma. El artículo 172 no solo crea la Dirección sino que modifica la Carta Orgánica de AFE. Hoy lo que está vigente es la existencia de un organismo, que es un Ente Autónomo industrial, que tiene como cometidos en el transporte ferroviario de carga y pasajeros. Ese Ente Autónomo -que existe y seguirá existiendo, aun votada esta norma- verá que algunos de sus cometidos se trasladan al Poder Ejecutivo. Entonces, a nosotros nos gustaría saber cuál es el plan Por ejemplo, entre los cometidos de esta nueva Dirección de Transporte Ferroviario, el numeral 4. dice: “Establecer, con el asesoramiento técnico de AFE, las normas que deberá cumplir el material tractivo y remolcado y habilitarlo”. Esta es una típica función del Ente, que pasa a una Dirección del Ministerio de Transporte y Obra Públicas que deberá habilitar a AFE, inclusive, el material tractivo y el material remolcado, o sea, los vagones. Esa función se traslada de la autonomía a la centralidad y del mundo técnico empresarial al mundo político, porque el Director ya no será designado con venia del Senado sino que será alguien de confianza del Poder Ejecutivo. El numeral 5. dice: “Reglamentar los requisitos para ser conductor ferroviario. La habilitación del conductor ferroviario en los diferentes tramos de vía será materia de la reglamentación”. Es decir que será el Poder Ejecutivo, a través de un órgano desconcentrado, que reglamente los requisitos para ser conductor ferroviario. La habilitación del conductor será materia de la reglamentación del Poder Ejecutivo, típica tarea del Ente público. Pero el numeral 6. dice: “Definir los recorridos de cada operador en la red y establecer los criterios de prioridad entre los diferentes operadores, determinando las preferencias sobre cada canal de circulación o tramo de infraestructura, así como los límites a dichas preferencias”. Lo que queda claro es que alguien sabe lo que va a hacer con AFE; nosotros no, pero alguien sabe. Por algo aquí dice que corresponderá al Poder Ejecutivo definir los recorridos de cada operador en la red. O sea que ya está definido que en la red habrá varios operadores. El Poder Ejecutivo establecerá los criterios entre los diferentes operadores. Además, habrá canales de circulación o tramos de infraestructura. Uno puede preguntarse si habrá distintos propietarios de los tramos de la infraestructura. ¿Habrá sociedades
anónimas? ¿Habrá participación público-privada fuera de la ley de participación público-privada en otra modalidad, que puede existir? ¿O se utilizará la ley de participación público-privada? ¿El Estado creará otra sociedad anónima? ¿Tendrá mayoría en ella? ¿Será entre Entes estatales y no estatales, pero públicos? ¿O habrá particulares? Todas estas hipótesis se manejan; depende quién hable sobre este tema. El Parlamento no tiene información. El Subsecretario de Transporte y Obras Públicas dijo que cualquier solución requería de un aporte del Estado de entre US$ 300:000.000 y US$ 400:000.000, porque no había posibilidades de que el sector privado que se involucrara en un proyecto de esta naturaleza aportara esos recursos para áreas no rentables, que eran recursos públicos. Le preguntamos al señor Ministro dónde estaban esos recursos y se nos dijo que mientras no hubiera proyecto no había previsión. Es decir que la plata no está. El informe económico financiero que acompaña esta Rendición de Cuentas dice que la mayor recaudación prevista para los años 2012 a 2014 está toda gastada. Se prevé que los $ 7.044:000.000 que se gastan en más de lo previsto del Presupuesto, que es el espacio fiscal proyectado, están todos gastados y no figura lo de AFE. ¿Entonces, qué se va a hacer con AFE? Nos parece que nos vienen a pedir el voto para algo que quiere ir adelantando una interna que el Gobierno aún no resolvió, porque según el sector del Gobierno que uno escuche se pueden apreciar matices importantes en este tema. Inclusive, algunas de las soluciones están bloqueadas por una resistencia sindical muy fuerte. Entonces, así como el señor Ministro de Economía y Finanzas dice que no prevé recursos del Presupuesto sin que haya una ley que habilite ese gasto o que anuncie que ese gasto se va a hacer, nosotros deberíamos expresar que no aprobamos ninguna norma en el Presupuesto que prevea una situación que aún no está resuelta. El Gobierno no sabe lo que quiere con AFE y eso se nos dijo en la Comisión. Es más: nuestro único insumo fue un acta de acuerdo firmada entre el Gobierno y el sindicato del organismo, que luego se dijo que fue desconocida y generó conflictos gremiales. Ese es nuestro único insumo como borrador de hoja de ruta. Nos parece que la actual etapa no es la más adecuada para que el Parlamento apruebe una norma de este tipo, que es una especie
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
61
de cheque en blanco que condiciona la negociación, la encorseta, la encapsula en este espacio y no deja que avance libremente hasta que se encuentre una solución que satisfaga a todas las partes y dé futuro al transporte ferroviario y luego venga al Parlamento para el debate político. Creemos que los tiempos están dispuestos a la inversa. Por todo esto, no vamos a votar estos dos artículos, señor Presidente. Gracias. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señor Presidente: en el mismo sentido que el señor Diputado Gandini, queremos dejar clara la posición del Partido Colorado, que no va a acompañar los artículos 172 y 173. En la presentación que hizo el señor Ministro en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda no nos quedó claro para qué se creaba esta Dirección. A cierta altura de la discusión apareció un acta de acuerdo entre el Ministerio y los trabajadores, y luego seguimos este debate por los medios de prensa donde observamos que apareció un mediador del Gobierno. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Tourné) ——En definitiva, la situación no quedó clara y creemos que se sigue concentrando poder dentro de los Ministerios. Se trata de un organismo sobre el que no sabemos qué va a pasar, aunque es importante para el país. Nos gustaría saber qué se va a hacer con AFE y qué se ha decidido. Por esos motivos el Partido Colorado no va a acompañar esta propuesta con su voto, y menos va a votar otro cargo de confianza, en este caso para el Director de esa nueva unidad. Gracias.
“La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la solicitud de licencia del señor Representante Gerardo Amarilla, en misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para integrar la delegación que acompañará al señor Presidente de la Cámara de Representantes, en una visita oficial a las Repúblicas de Costa Rica y El Salvador, por el período comprendido entre los días 23 y 29 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Roberto Araújo.” —En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) —Cincuenta y cuatro en cincuenta y cinco: AFIRMATIVA. Queda convocado el correspondiente suplente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 16 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a efectos de solicitar licencia de acuerdo a lo dispuesto en el Literal C), del artículo 1º, de la Ley Nº 17.827, desde el día 23 de agosto hasta el 29 del mismo. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, para integrar la delegación que acompañará al señor Presidente de la Cámara de Representantes, en una visita oficial a las Repúblicas de Costa Rica y El Salvador. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 23 y 29 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su
9.- Licencias. Integración del Cuerpo.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:)
62
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 23 y 29 de agosto de 2011, al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señor Roberto Araújo. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
10.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010 (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR POZZI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POZZI.- Señora Presidenta: en este artículo de la Rendición de Cuentas que crea la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario lo que está plasmado -por lo menos según la visión del Gobierno- es algo largamente anunciado y que finalmente, a nuestro juicio, comienza a gestarse. Me refiero a la creación de un modo ferroviario -como ha sido dicho desde el principio de este Gobierno- distinto al que hemos visto desde 1947 a la fecha en el país. Este modo ferroviario consta de tres patas. Una es la creación de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, con todos los cometidos que se le adjudican, a los que nos referiremos. La segunda es el mantenimiento de AFE Ente Autónomo, ahora con la posibilidad de que dirija la empresa AFE Infraestructura, que se encargará de la infraestructura ferroviaria y tendrá bajo su órbita la reparación, mantenimiento y construcción de nuevas vías férreas. La otra es AFE operadora de los servicios ferroviarios -no sé cuál será su nombre de fantasía-, que se encargará del transporte de cargas, una sociedad anónima estatal de derecho privado cuyo decreto de conformación -si no me equivoco- está en trámite
en estas horas, ya que desde el año 2005 hay leyes habilitantes para que esto suceda. La Dirección Nacional de Transporte Ferroviario es un organismo que va a estar dentro del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que va a tener los cometidos de regular el sistema de AFE operadora y del resto de los operadores ferroviarios, que ya están habilitados desde hace mucho tiempo para operar en nuestro ferrocarril, aunque en la práctica no se ha dado y no sabemos si se va a dar en el futuro. Para que estas normas que hoy están vigentes puedan ser una realidad a mediano o largo plazo no puede ser que el organismo que se encarga de mantener y controlar el tráfico ferroviario sea el mismo que hoy o mañana habilite a otro operador ferroviario. A través de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario se trata de crear un organismo que pueda establecer los mecanismos -los controles, los cánones, los peajes, las regulaciones de los operadores ferroviarios y los requisitos- que deben cumplir los conductores ferroviarios. Esto regirá para AFE S.A., que se está creando, y para otro operador ferroviario en la eventualidad que exista, ya que tendrá que pasar por las regulaciones que disponga la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. De manera que esto responde a un plan concreto, específico, que se está diseñando y gestando en el mismo momento. Creo que una vez aprobado esto, y antes de fin de año, tendremos como resultado un modo ferroviario que comience a ver nuevas luces el próximo año. Con respecto a los cometidos de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, en lo esencial estamos de acuerdo. Tal vez haya algunos aspectos sobre los que se pueda discutir si no crean algún conflicto de intereses. Me refiero, por ejemplo, al numeral 2, que establece que la Dirección de Transporte Ferroviario deba estar de acuerdo con la Administración de Ferrocarriles del Estado para fijar los estándares y demás. El problema es qué pasa si no se ponen de acuerdo, lo que puede suceder. Creo que está bien el numeral 3, que establece que este organismo debe ser el que fije los requisitos que deben cumplir todos los operadores ferroviarios que van a circular por la red. Habrá un estándar único para todos los operadores ferroviarios que circulen por la red, sea AFE o el que sea. Me parece que este es un cometido que notoriamente tiene que estar en
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
63
esta Dirección y no puede quedar en la nueva AFE que estamos creando ahora. El numeral 4 expresa el cometido de: “Establecer, con el asesoramiento técnico de AFE, las normas que deberá cumplir el material tractivo y remolcado y habilitarlo”. Creo que esta es una cuestión típica de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. Tengo mis dudas con respecto a qué sucede si AFE Ente Autónomo se queda sin personal técnico, porque este puede ir a AFE S.A., que se está creando. Esta será una cuestión que habrá que resolver. A nuestro juicio, en algunas atribuciones -adelanto que vamos a votar tal cual están las cosas-, debería quedar establecido a texto expreso que la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario será la que autorice el uso de la vía. Si bien se puede colegir del numeral 6, no figura a texto expreso que la autorización del uso de vía, aspecto clave del sistema, la otorgará la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario a pedido de los operadores ferroviarios. Por otra parte, hay algunos aspectos como la fijación de cánones y peajes en los que podría plantearse algún conflicto, por lo que habría que ver quién lo resuelve. Por lo tanto, dejando de lado estas consideraciones, creemos que tal cual están redactados estos artículos se permitirá el relanzamiento del modo ferroviario en el país pues, en conjunción con esto, la creación de AFE S.A. para operar los trenes de carga y la creación de AFE Infraestructura para mantener la propiedad de la red y establecer los sistemas de reparación y mantenimiento, completan el trípode sobre el que se asienta la recuperación del ferrocarril. En este artículo deberíamos incluir lo que nos hizo notar el señor Diputado Gandini -es cierto; nosotros estábamos pensando que la instancia en el Senado sería ideal para hacerlo-, en el sentido de que este artículo debería derogar las atribuciones establecidas en la Carta Orgánica de AFE -que tienen el mismo cometido que la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario- a efectos de que no haya competencia de intereses. A priori estamos dispuestos a dar nuestro voto para esto, en el entendido de que lo que se busca es el relanzamiento del modo ferroviario que, sin duda, verá luz el próximo año, mejorando lo que ha sido hasta ahora. Gracias, Presidenta.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en minoría, señor Diputado Abdala. SEÑORA ABDALA.- Señora Presidenta: nosotros vamos a votar en forma negativa por los argumentos que adelantó el señor Diputado Gandini, aunque queremos realizar algunas reflexiones. En primer lugar, el señor Diputado Pozzi acaba de dar a la Cámara mucha más información sobre este tema que la que brindó el señor Ministro Pintado ante la Comisión de Presupuestos, integrada con la de Hacienda. El señor Diputado Pozzi ha transmitido definiciones muy concretas, específicas, que supongo se inscriben en un plan que no existía -como aquí bien se expresó en ocasión de analizarse este tema en la Comisión-, si es que ahora existe, como podemos llegar a presumir a partir de lo que aquí se ha dicho. Lo único que el señor Ministro atinó a decir en esa oportunidad fue que querían crear el cargo de confianza, y que tenían pronto y firmado un acuerdo con la Unión Ferroviaria, documento que se distribuyó y figura en la versión taquigráfica. Sin embargo, a los pocos días se dijo que este acuerdo se había roto, que se volvía a fojas cero, y que eso se correspondía con diferencias políticas por el tema que estamos analizando, ya no solo entre el Gobierno y el sindicato sino, inclusive, en la propia interna, entre el Gobierno y los distintos sectores que lo componen. De manera que más allá del aporte que ha realizado el señor Diputado Pozzi -que reconozco y valoro-, es claro que aquí seguimos sin conocer definitivamente un modelo, un plan, un proyecto, un planteamiento con relación a algo que el Gobierno definió como estratégico. Y no lo hizo ahora, en esta Rendición de Cuentas, pues el señor Presidente de la República, en su condición de candidato presidencial, fue insistente en cuanto al futuro del país, la reactivación de la producción y la maximalización de las posibilidades económicas de Uruguay, que se vinculaba, entre otros temas, con la posibilidad de abaratar costos para el traslado de nuestra producción por el modo ferroviario. El señor Presidente fue enfático cuando dijo que este era uno de los buques insignia de su Gobierno; en lo social el Plan Juntos, y en lo productivo, en lo vinculado con las infraestructuras y lo económico, la reactivación del ferrocarril. Esto todo el país lo vio.
64
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Cuando el señor Ministro Pintado concurrió hace un año a la Comisión de Presupuestos, integrada con la de Hacienda a presentar el proyecto del Ministerio de Transporte y Obras Públicas no incluía nada sobre el transporte ferroviario. Y le hicimos la misma pregunta que le formulamos ahora en Comisión cuando se trató la Rendición de Cuentas, ¿cuál es el plan? En aquel momento se nos dijo que estaban debatiendo o analizando las alternativas, que querían definir si iba a haber una sola empresa o dos, una dedicada a la administración de las vías y la otra a la tarea de asumir el transporte ferroviario como tal -es decir, los ferrocarriles, los vagones-, pero que era un diseño en el que el Gobierno aún no había alcanzado una definición. Hace pocos días, en la Comisión de Presupuestos, nos dijo prácticamente lo mismo. Inclusive, nosotros le señalamos un aspecto que me parece que es parte del análisis, y que no se resuelve bien con esta disposición. Decía el señor Diputado Pozzi -yo lo comparto- que no está bien que quien asume la tarea de transporte ferroviario, o sea, es parte en cuanto a competir brindando esos servicios, sea el mismo que habilita esa condición para que otros lo hagan. Es decir, no se puede ser Juez y parte. Y está bien. A eso le agrego: en el caso específico de la potestad regulatoria y de la política de transporte ferroviario, ¿está bien que esas dos funciones se concentren en un solo organismo? Es una pregunta que nos debemos hacer. La propuesta del Poder Ejecutivo, a la hora de crear este cargo y en función de los cometidos que propone el artículo 172, define claramente que este es un aspecto no resuelto, yo diría inconsistente, de la propuesta del Gobierno. ¿Cómo se inserta en el plan general que el mismo organismo, la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, asesore en materia de política ferroviaria al Poder Ejecutivo -a sí mismo, podríamos decir, porque esta Dirección va a integrar el Poder Ejecutivo-, colabore en el cometido que le corresponde al Gobierno Central y al Ministerio de definir la política, pero, al mismo tiempo, como establece el artículo 10, regule los servicios de transporte que se brinden a los operadores? Una cosa es ser titular de la política, y otra es ser titular de la potestad regulatoria. Me parece que sería importante que se explicara cómo se compensa esto con un plan general que no conocemos. Lo que sabemos es que se propone crear una nueva estructura
burocrática que va a definir la política y, al mismo tiempo, actuar como entidad reguladora. No es el camino que el país ha estado siguiendo desde el punto de vista de los servicios públicos. Para algo creamos la URSEA, para algo creamos la URSEC y todas las demás entidades reguladoras No es el mismo camino. De manera que, en este caso, creo que hay una clara inconsistencia y una evidente indefinición. SEÑOR ASTI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR ABDALA.- Enseguida se la concedo, señor Diputado. También creo que en el fondo de todo esto hay una contradicción ideológica muy fuerte, que parecería empieza a resolverse a partir de lo que acaba de plantear el señor Diputado Pozzi. Cuando el señor Ministro concurrió a la Comisión se habló de un acuerdo que después no era tal. Todos sabemos que las organizaciones sindicales, la Unión Ferroviaria en este caso -y seguramente algunos sectores políticos que compone la coalición de Gobierno; eso es absolutamente legítimo-, se oponen a toda forma de participación privada del Estado en este rubro. La creación de una sociedad anónima, como aquí se anunció, de propiedad pública, no es algo que goce de aceptación generalizada. No lo es; por lo menos así se ha debatido públicamente y nos consta que hay posiciones distintas en el seno del Gobierno. Y también nos consta que la Unión Ferroviaria se opone a eso. Ahora parecería que se va a ir por ese camino. Bueno, ¡parecería! Está claro que no tenemos una propuesta definida, por escrito, ni hubo presentación en el Parlamento, en las instancias de Rendición de Cuentas ni fuera de esta, de forma tal que a todos nos permitiera, por lo menos, valorar la importancia de crear un cargo de confianza con estas características o, en todo caso, llegar a la conclusión de que no es necesario, o que desde el punto de vista de la participación pública y de los roles que le corresponden al Estado, no tendría que ser un solo organismo sino dos: la entidad reguladora y la Dirección desconcentrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Por eso es que no tenemos más remedio que votar en contra. Nos parece que aquí se empieza por el final. La creación de los instrumentos -se supone que
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
65
un cargo es un instrumento, salvo que sea un fin en sí mismo; supongo que eso no está en la fundamentación del Poder Ejecutivo ni en la de la bancada de Gobierno- tiene que ser funcional a un propósito, a un planeamiento estratégico, a un objetivo que se quiere perseguir. Ni el planeamiento ni el objetivo los conocemos porque no han sido definidos. No hay plan, no hay proyecto, pero habrá cargo de confianza. Ahora, sí, con mucho gusto le concedo la interrupción al señor Diputado Asti. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado Asti. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: se dice que se empieza por el final. Yo creo que es exactamente al revés: se empieza por fortalecer una dependencia de un Ministerio que, en el cumplimiento de sus cometidos esenciales como son el diseño y la instrumentación de políticas públicas junto a las tareas de regulación -palabras textuales del programa del Frente Amplio que se está aplicando en este caso-, crea un organismo especializado para el diseño de esas políticas públicas. Es precisamente para diseñar las políticas públicas y para intervenir en las tareas de regulación que se crea esta Dirección y se fortalecen desde el Poder Ejecutivo esas tareas de implementación de políticas. Esto ya se hizo en el Presupuesto anterior, cuando se potenciaba a la Dirección Nacional de Energía, pese a que existe una unidad reguladora y Entes Autónomos que se encargan de ello, o a la Dirección de Comunicaciones, y también existe un Ente Autónomo que debe aplicar las políticas fijadas desde el Estado para la prestación de esos servicios. O sea que, a través de una mayor eficiencia y maximización de los recursos, buscamos fijar esas políticas públicas para obtener esos resultados. Eso es lo que estamos tratando en esta Rendición de Cuentas; no estamos tratando otros temas que ya están resueltos en el Presupuesto del año 2005 cuando autorizamos a AFE a asociarse con la Corporación Nacional para el Desarrollo. Pero eso fue en el Presupuesto del año 2005, y no es en esta Rendición de Cuentas del año 2010. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Abdala, a quien le resta un minuto de su tiempo.
SEÑOR ABDALA.- Gracias, señora Presidenta, será más que suficiente. Creo que la explicación que ha dado el señor Diputado preopinante simplemente confirma que nuestras dudas tienen asidero. Si estamos creando un cargo simplemente para fortalecer las políticas públicas, pero nadie sabe cuáles son esas políticas, me parece que seguimos en la mayor de las indefiniciones y de la falta de concreción a la hora de hacer propuestas. Hablar de políticas públicas no define qué va a pasar con el transporte ferroviario si no se sabe cuál es la política; si no se sabe en qué va a quedar AFE; si va a haber una empresa o varias; si van a ser de propiedad pública o privada; si van a ser de naturaleza mixta. Algunas pistas dio el señor Diputado Pozzi, pero solo pistas de un legislador serio. Pero de un Ministro cuya responsabilidad es explicar al Parlamento y fundamentar para qué pide la creación un cargo de confianza, de eso nada tenemos. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Bernini. SEÑOR BERNINI.- Señora Presidenta: en el año 1952 culminó un proceso por el cual el Estado uruguayo se apropió de los ferrocarriles que originalmente eran de empresas británicas. En aquella oportunidad, si sería distinto el mundo que como contrapartida se le condonó la deuda al Reino Unido generada por la venta de carne en la época de la guerra. Así nos apropiamos de un ferrocarril que ya, en aquel momento, estaba muy alicaído y que, obviamente, a las empresas británicas no les interesaba seguir explotando. Desde aquel momento a la fecha, con algunas marchas e intentos -la mayoría de las veces contramarchas-, nos encontramos con un rezago en materia de explotación del transporte ferroviario realmente dramático. En los últimos veinte años, hubo una definición política: no existe más ferrocarril; se baja la cortina. En el medio quedaron poblaciones enteras que vivían en función de la estación del ferrocarril. No se midieron las consecuencias sociales que generaba una decisión de ese tipo. Obviamente, esto se debió a la falta de inversión y de políticas claras, aunada a lo que seguramente fue un “lobby” muy fuerte de los transportistas de carga y de los transportistas carreteros. Esto no es patrimonio del Uruguay pues es un fe-
66
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
nómeno que se ha dado en el mundo. Todos sabemos que al transporte carretero lo subsidia la sociedad. Voy a poner un solo ejemplo. Para romper lo mismo que un camión cargado con zorra que pasa una vez por un tramo de carretera, tiene que pasar veinticinco mil veces un vehículo familiar. Con esto quiero demostrar que el conjunto de la sociedad, en el Uruguay y en el mundo, está subsidiando al transporte carretero. Este no es un fenómeno que solo se dio en el Uruguay. Lo que pasa es que en otros países, sobre todo del mundo desarrollado, industrializado, que planifica a veinte o treinta años, y muchas veces subsidiando las pérdidas por el Estado, se mantuvo el modo ferroviario. En la mayoría de los países del Primer Mundo, sobre todo en Europa, las empresas de transporte ferroviario son del Estado, como es el caso de Francia donde hay dos empresas del Estado. En definitiva, el transporte ferroviario se visualiza como algo estratégico en un modelo económico y productivo, que necesita un fuerte respaldo del Estado para darle viabilidad y que sea funcional a los intereses y objetivos de desarrollo y de estrategia. Así llegamos a la fecha de hoy en que existe un rezago enorme en materia de inversiones, de infraestructura, de modernización y de tecnología. Miren, con los pocos trenes de AFE que circulan, las comunicaciones entre una estación y otra se hacen a través del aro de cuero. El aro de cuero se usaba en el Siglo XIX. El que iba al lado del maquinista se asomaba y dejaba un mensaje en el aro; el que venía del otro lado, se asomaba y lo tomaba. Esa es la tecnología que tiene el ferrocarril en el Uruguay del Siglo XXI. Si habrá rezagos en materia de inversión, de modernización y de una estrategia clara ante la necesidad de contar con ese modo ferroviario como algo estratégico, aunque no diría exclusivo porque debe ser complemento del transporte carretero. Esta fuerza política, históricamente en su programa, y a partir de que asumió como Gobierno, fue muy clara respecto a la necesidad de fortalecer el modo ferroviario. Y hoy con más razón, en la medida en que uno de los problemas que discutimos cuando tratamos la Ley de Participación Público-Privada fueron los rezagos, las carencias, las limitantes en materia de infraestructura para seguir desarrollándonos económica y productivamente. Hoy, nos encontramos con que no hay mejor ejemplo que el ferrocarril y el
transporte en general. Tenemos las carreteras destruidas; son carísimas; son antiecológicas; son inseguras y no están hechas para la escala de lo que hoy se traslada diariamente. Es el caso de la Ruta N° 5, la ruta de la madera. Por suerte, estamos por terminar la rehabilitación de 422 kilómetros de vías de ferrocarril, después de décadas en que no se hacía una inversión, para que transiten a 40 o 60 kilómetros por hora y con 18 toneladas por eje. No estamos haciendo el tren bala, pero, por lo menos, estamos generando las condiciones para que el transporte de carga por ferrocarril pueda competir en materia de costos. ¿A qué viene todo esto? Estamos absolutamente convencidos -y tenemos la voluntad política de hacerlo- de que en nuestro país el ferrocarril va y va. Ya perdimos demasiado tiempo; lo asumimos haciendo una autocrítica; no tomamos las decisiones a su debido tiempo. Pero no tenemos ninguna duda de que no hay dos opiniones en la fuerza política de Gobierno ni en el Gobierno sobre este tema. Por eso es que vamos a regular, a partir de la creación de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. No se trata de poner la carreta delante de los bueyes. En cualquier hipótesis, aún con la normativa actual en que no existe monopolio y hay libertad de competencia, de hecho y de derecho, necesariamente debía haber una Dirección Nacional de Transporte Ferroviario -como existe para la aeronáutica y la navegación- que se especialice, se vincule, coordine e integre los distintos modos de transporte para tener una política única y estratégica que apunte a niveles de competitividad adecuados en la región, sobre todo porque acá también está en juego la interconexión con Brasil y con Argentina. Y resultará muy difícil ser el polo de desarrollo logístico de la región, sin tener un transporte ferroviario potente, vinculado a los puertos y a la logística, a fin de competir a nivel regional para pasar a ser un país fuerte en esa materia. Estoy hablando de lo que esto implica no solo para el Uruguay, sino para toda la región. Esta es la justificación política; este es el diseño; este es el objetivo, estratégico. Es cierto que existen matices respecto a lo que debe ser la mejor forma de llevar a adelante este planteo estratégico sobre el cual no hay dos opiniones: estamos todos de acuerdo. Es más: el desarrollo del debate me obliga a decir que aún no está laudada la operativa con respecto a cómo se va a instrumentar el modo ferroviario. También somos fieles defensores -esto lo hemos escuchado en el transcurso de estos
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
67
dos días del debate de la Rendición de Cuentas- de que los trabajadores de nuestro país, en este caso los trabajadores públicos, no solo tienen el derecho, sino también la obligación de aportar, no ya la defensa de sus intereses corporativos, en el buen sentido de la palabra, sino su experiencia y su vinculación al desarrollo del modo ferroviario. Por lo tanto, cumpliendo con la ley de convenios colectivos de los funcionarios públicos, tienen un espacio para debatir, y eso es lo que se ha hecho. Este desarrollo, con estas competencias que estamos incluyendo en el articulado en discusión -que, como podrán percatarse los señores Diputados, tiene poco que ver con lo que era el Mensaje original del Poder Ejecutivo-, surge porque se arribó a un acuerdo con los propios trabajadores del ferrocarril, con la Mesa de Entes y con el PIT-CNT que avalaron -por eso se concretó el acuerdo- el diseño que está planteado para la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. Y es elocuente analizar el contenido de los incisos de este artículo, que refieren a las competencias de dicha Dirección que, en cualquier hipótesis, tiene que existir. Hasta podemos coincidir que en algún momento tendremos que poner la regulación en otra órbita, pero estamos andando sobre lo desandado durante tanto tiempo, por lo que necesariamente debemos adecuar una normativa que claramente refleje una voluntad política y un diseño que es compatible con cualquier hipótesis del desarrollo futuro. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Por eso, como se apreciará, vinculamos este desarrollo, esta regulación y esta definición de políticas con el Ente Autónomo, AFE, que tiene competencias que la Ley Orgánica le otorga como para realizar lo que se plantea -con los asesoramientos del caso y en coordinación- en cada uno de los ítems de este artículo, y con la creación de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor Diputado. Tiene la palabra el señor Diputado Asti. SEÑOR ASTI.- Concedo una interrupción al señor Diputado Bernini. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado.
SEÑOR BERNINI.- Agradezco la interrupción concedida por el compañero Asti. Señora Presidenta: yo ya estaba terminando. Decía que, desde nuestro punto de vista, la creación de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, con las competencias definidas, claramente genera el ámbito adecuado para el desarrollo, el relanzamiento y la repotenciación del modo ferroviario como un medio de transporte estratégico -según nuestra visualización- respecto al proyecto de desarrollo productivo de nuestro país. Digo más: en cuanto al financiamiento, que es una preocupación de todos -a lo cual había hecho referencia creo que el señor Diputado Gandini-, es objetivamente cierto que ni en el Presupuesto Nacional ni en esta Rendición de Cuentas se están votando recursos con ese destino. Y también lo es que hay un dato objetivo de la realidad: que para recuperar los cerca de 2.000 kilómetros de vía, simplemente para habilitarlos, para que pueda transitar carga, para que se desarrollen, sobre todo, los nudos más importantes del país a fin de brindar servicios a las empresas que transportan madera, granos, cemento, contenedores -también estamos hablando de la logística-, necesariamente precisamos entre US$ 350:000.000 y US$ 400:000.000. Hay un remanente de recursos del FOCEM -parte de los cuales se están utilizando ahora para la obra que se va a inaugurar de Pintado a Rivera, que son 422 kilómetros- y podemos acudir a empréstitos internacionales, crear fideicomisos o generar propuestas de PPP. Cuando fundamos la necesidad de contar con una ley como la de Participación Público Privada visualizábamos que la inversión en materia de infraestructura para el ferrocarril sería muy costosa por lo que, necesariamente, debíamos transitar por ese tipo de herramientas financieras, económicas y de desarrollo. Por lo tanto, termino como empecé -agradeciendo nuevamente al Diputado Asti-: estoy absolutamente persuadido de que no existen dos opiniones con respecto a que el desarrollo del modo ferroviario va y va. Hemos perdido tiempo -décadas-; asumimos que estamos atrasados, pero necesariamente debemos tomar las decisiones del caso para echar a andar algo que el país está pidiendo a gritos. Objetivamente, hoy esta carencia significa una limitante en materia de competencia para un país como Uruguay, enclavado en la región.
68
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Voy a poner un ejemplo y finalizo. Lo que cuesta transportar granos desde los silos hasta un puerto a 300 kilómetros de distancia, corresponde al 50% de lo que cuesta el transporte de esa mercadería desde ese mismo puerto a la China. Si será estratégico para la competitividad y la baja de costos impulsar el modo ferroviario que, sin duda, tiene las virtudes señaladas. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Asti. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: a esta altura de la discusión -ya llevamos tres días de análisis de esta Rendición de Cuentas- trataremos de cerrar este tema, apoyando casi todo lo reseñado por los compañeros Pozzi y Bernini. Me ha quedado pendiente algo de la intervención que anteriormente realicé a modo de interrupción. Cuando se reitera que el problema es un cargo de confianza más o menos es porque no se entiende qué implican las definiciones estratégicas de las políticas en infraestructura y en particular, la participación del transporte multimodal. En esos pocos minutos de interrupción intentamos poner énfasis en la necesidad de fijar políticas públicas y de contar con una Dirección especializada en el transporte ferroviario para determinar dichas políticas. Se ha intentado rebajar la discusión a la creación de un cargo más. Eso es pretender que el Estado haga las cosas sin que nadie se responsabilice de ellas. Hemos puesto los ejemplos de las actualmente reforzadas Direcciones de Ministerios, como la Dirección Nacional de Comunicaciones o la Dirección Nacional de Energía, para entender por qué el Estado debe fortalecer su capacidad de fijar políticas -y, en algunos casos, de regular- precisamente a partir de la fortaleza que le da la integración al Poder Ejecutivo. Por otra parte, quisiera hacer alguna mención a la afirmación de que no se conocía el texto de lo que sería el artículo definitivo que estamos votando hoy, es decir, a las modificaciones al artículo original. El Ministro Pintado anunció que iba a llegar una modificación que se había negociado con los trabajadores, que contó con la intervención nada más ni nada menos que del propio Presidente de la República y de los Ministros de Economía y Finanzas y de Transporte y Obras Públicas, habiéndose labrado un acta en el Poder Ejecutivo aceptando tales modificaciones en los
cometidos de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario. Es decir que este tema se está manejando al máximo nivel. Me acota la compañera Payssé que dicha resolución es del 1º de agosto de 2011. O sea que no estamos improvisando un cargo de confianza más o menos, sino realmente generando las posibilidades de contar con políticas públicas bien definidas para dinamizar una actividad trascendental para el país, como es el transporte multimodal que, por supuesto, no se agota en el ferrocarril, pero se le da principal importancia, de la misma manera que a los puertos y a la navegación de cabotaje, para potenciar toda nuestra infraestructura en una visión geográfica de un territorio integrado, que ahora no solo se desarrolla en la tradicional “L” del litoral y la zona metropolitana, sino en todo el país, para llegar a todo el país, con este impulso al crecimiento que queremos transformar no solo en desarrollo económico, sino también en desarrollo social y humano. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra por una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: pedimos la palabra para contestar una alusión, porque desde que se inició la Legislatura, si bien hemos discrepado -tenemos derecho-, lo hicimos con mucho respeto. Ahora bien, decir que “no se entiende nada”, en nuestra modesta opinión es un pequeño desliz. No queremos dejar pasar estas cosas porque con la cantidad de cargos que se han creado en estos seis años, sobre todo en el último Presupuesto, nuestra posición es bastante conocida. Por eso hemos dicho que esto representa más gastos y más burocracia para el Estado. Esa es nuestra posición, y el señor Diputado preopinante debería respetarla. Muchas gracias. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: el Partido Independiente va a acompañar estos dos artículos. Creemos que el modo de transporte ferroviario es una de las claves estratégicas de la consolidación del desarrollo del país y, por cierto, al respecto veni-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
69
mos con bastante rezago. Tanto es así que, en la medida en que hay un modo de transporte predominante en el interior de la República, hoy nuestro país se encuentra como rehén del transporte de carga, sin tener posibilidades alternativas de menores costos, que indudablemente supondrían una mejora en la productividad del país y en una consolidación de los procesos de desarrollo. Obviamente desconocemos bastante la propuesta del Gobierno, pero en todo caso me parece que la creación de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario es una señal en sentido positivo al tratar de desarrollar y comprometerse con una política que el país debió haber desarrollado antes; hace un par de décadas debió haber retomado una política de transporte ferroviario para multiplicar sus posibilidades. Hubo esfuerzos en Gobiernos pasados, pero en los hechos no se concretaron en acciones. Fue el caso del Gobierno encabezado por el doctor Batlle, de los dos Gobiernos del doctor Sanguinetti y del doctor Tabaré Vázquez. Creo que iniciar un camino de fortalecimiento del modo de transporte ferroviario es una decisión política de la que no dudamos. Se podrá señalar que la actividad reguladora debería ser distinta de la que ejecuta las políticas, y de la que asesora en materia de política. Esto es así, pero vayamos a la realidad: tenemos un modo de transporte ferroviario absolutamente debilitado. Hoy no hay nada para regular, sino para hacer, para ejecutar y, por eso, la creación de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario supondrá un avance, y esperemos que este compromiso que han asumido varios señores Diputados en el sentido de que el impulso al transporte ferroviario es una decisión del Gobierno sin retrocesos, se cumpla. Nosotros vamos a estar vigilantes de que eso sea así, no solo por el control parlamentario, sino por la importancia que tiene el transporte ferroviario para el desarrollo del país. Muchas gracias. SEÑOR IBARRA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR IBARRA.- Señora Presidenta: este es uno de los temas más importantes que contiene esta Rendición de Cuentas, porque realmente se apunta a que se dé un gran impulso al modo ferroviario, tanto a nivel de carga como de transporte, a fin de subsanar
errores y omisiones de otras épocas, cuando el gobierno del momento y el Directorio que presidía el contador Juan Berchesi, allá por el 2 de enero de 1989, decidieron prácticamente eliminar el modo ferroviario, comenzando por el servicio de pasajeros. Inclusive, no se tuvo ningún tipo de consideración con el sufrimiento y la desesperación de miles de usuarios, que se verían privados de utilizar el ferrocarril, no solo para trasladarse, sino también para remitir sus encomiendas o cargas, muchas vinculadas a la producción de menor escala. Una y otra vez, distintos gobiernos, diría premeditadamente, durante años comenzaron a deteriorar el ferrocarril. En 1986 se produjeron cortes en el servicio de pasajeros en el 24% de la red ferroviaria, se inutilizó un alto porcentaje del parque tractivo, se suprimieron sesenta estaciones -algunas principalísimas, como las de Fray Bentos, Rocha y La Paloma-, se retiraron líneas enteras de transporte y más adelante se insistió en suprimir cuarenta y dos estaciones y treinta y cinco paradas. Asimismo, se planeó el levantamiento de cientos de kilómetros de vía férrea. Lamentablemente, en aquella época la resistencia de gran parte de la sociedad y de los trabajadores ferroviarios fue vencida por la intransigencia de aquel momento y por los intereses, claramente detectados, para favorecer la actividad privada, en especial a las empresas de transporte carretero. En 1990 trabajamos mucho en el Parlamento, tratando de encontrar soluciones y de cambiar ese posicionamiento; recuerdo que trabajamos en la Cámara de Diputados y en el Senado con el invalorable, recordado y adorado compañero, ex Senador, Germán Araújo. Y de alguna manera, ese fue el principio del deterioro del ferrocarril en nuestro país. Ni el Gobierno ni el Directorio de la época tuvieron en cuenta una declaración que prácticamente trabajamos en consenso con la mayor parte de los legisladores de aquel momento, que decía que se consideraba inconveniente para los intereses generales del país la política de reordenamiento del Sistema Nacional de Transporte, lo que representaba la supresión de ramales ferroviarios. Estos son apenas algunos antecedentes de lo que ha acontecido con AFE, cuando -como dijo el compañero Bernini- en otros países se apostaba, como elemento esencial de transporte, precisamente, al transporte ferroviario de pasajeros y de carga. La realidad de hoy es esta. Sin duda, estamos empecinados, y me alegra, porque creo que la totali-
70
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
dad del sistema político está de acuerdo con que, de una forma u otra, hay que tratar de posicionar el modo ferroviario, AFE, como una empresa estratégica, fundamental para potenciar la cadena logística del país. En ese sentido, mi fuerza política, el Frente Amplio, hace muy pocos días, tomó esa resolución conjuntamente con otra que dice que, como elemento inmediato de acuerdo, hay que apoyar la llamada Dirección Nacional de Transporte Ferroviario en el marco de la discusión de la Rendición de Cuentas. Y es por ello que un grupo de legisladores del Frente Amplio que integra la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda trabajó denodadamente para lograr acuerdo y mejorar sensiblemente el artículo 166, relativo al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que venía en el proyecto original. Eso se logró y tengo que reconocerlo. Sin embargo, una de mis mayores preocupaciones es y sigue siendo -por eso lo estoy planteando- que en algunos puntos del artículo 172, fundamentalmente los incluidos en los numerales 7, 10 y 11 -sobre lo que me he asesorado en varias oportunidades por compañeros que entienden en la materia y tienen preparación como juristas- hay colisiones o superposiciones con respecto a la Carta Orgánica de AFE y con relación a la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario que se está creando. En alguna oportunidad dijimos que si esto era aprobado en la Cámara de Diputados y en el Senado, sin duda habría que hacer alguna revisión que permitiera un funcionamiento en forma independiente, pero coordinando a ambos organismos, ya sea AFE o esta nueva Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, que se instala como un órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo. Señora Presidenta: sinceramente, deseo que en forma rápida se encuentren acuerdos para restablecer el funcionamiento pleno del modo ferroviario, por supuesto que sin afectar a la empresa AFE ni a sus trabajadores, con quienes se está dialogando e, inclusive, se llegó a acuerdos importantes con relación al ex artículo 166. Mientras esperamos el plan de recuperación del modo ferroviario, vamos a votar este artículo, que ahora es el 172, a fin de cumplir con el objetivo de asegurar que AFE se constituya en un actor imprescindible en el mercado de cargas masivas y en el transporte de pasajeros, integrando el sistema multimodal que ayude al país a convertirse en un centro logístico regional con conectividad a los puntos de intercambio fronterizos terrestres y aportando para generar la interfase ferrocarril-puerto, tal como expresa
un documento que llegó a nuestro poder directamente del Directorio de AFE. De esta forma podremos seguir corrigiendo los errores cometidos -como dije en un principio-, actuando a contrapelo de lo que sucedía en el mundo, con el afán de privatizar y favorecer a empresas privadas del transporte carretero, tal como aconteció un 2 de enero de 1989. Muchas gracias.
11.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Martín Tierno, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 17 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel González. Del señor Representante Guzmán Pedreira, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 17 y 18 de agosto de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Olga Silva. Del señor Representante Daniel Peña, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 5 y 6 de setiembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Auro Acosta. Ante la incorporación a la Cámara de Senadores del señor Representante Daniel Peña, se convoca al suplente siguiente, señor Auro Acosta, por el período comprendido entre los días 23 de agosto y 4 de setiembre de 2011”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y nueve: AFIRMATIVA.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
71
Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por motivos personales por el día 17 de agosto de 2011. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, MARTÍN TIERNO Representante por Durazno”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 17 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno, por el día 17 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Daniel González. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales, los días 17 y 18 de agosto. Saluda atentamente, GUZMÁN PEDREIRA Representante por Flores”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Quien suscribe, Martín Pedreira, de acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, lo saluda atentamente, Martín Pedreira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 17 y 18 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Martín Pedreira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira, por los días 17 y 18 de agosto de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Martín Pedreira.
72
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 60977321, del Lema Partido Frente Amplio, señora Olga Silva. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Ante la convocatoria a ocupar la banca en la Cámara de Senadores por el período 23 de agosto al 4 de setiembre del corriente, solicito a usted sea citado mi suplente respectivo para ocupar mi banca en la Cámara de Representantes. Asimismo solicito licencia por motivos personales los días 5 y 6 de setiembre del corriente. Saluda atentamente. DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Daniel Peña Fernández. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 5 y 6 de setiembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Daniel Peña Fernández, por los días 5 y 6 de setiembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004505, del Lema Partido Nacional, señor Auro Acosta. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: Que el señor Representante por el departamento de Canelones, Daniel Peña Fernández, se incorporó a la Cámara de Senadores período comprendido entre los días 23 de agosto y 4 de setiembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y a la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945. La Cámara de Representantes, RESUELVE: Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el departamento de Canelones, período comprendido entre los días 23 de agosto y 4 de setiembre de 2011, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004505, del Lema Partido Nacional, señor Auro Acosta. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
12.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 172 y 173. (Se vota) ——Cincuenta y uno en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. SEÑOR DÁVILA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR DÁVILA.- Señora Presidenta: como gente del interior, sabemos que los jóvenes de veinte años prácticamente no han visto un tren, salvo por fotografías o por televisión. En nuestro departamento hay parajes a los que, después de terminado el transporte por ferrocarril, les resulta muy difícil tener comunicación con el resto del país. Para nosotros, como gente del interior, es importante que se empiece a retomar una política vinculada
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
73
con este transporte tan relevante, sobre todo, para nuestra producción. Valoramos los aportes de los distintos compañeros en el seno de la Comisión, en el sentido de mejorar la redacción y el contenido de este artículo que votamos afirmativamente. En el marco de la discusión que se viene dando por parte de nuestro Gobierno para retomar el transporte ferroviario del país, saludamos los acuerdos logrados con el PIT-CNT y con la Unión Ferroviaria. Parecía que estos temas no iban a ser discutidos, pero gracias a la lucha de los trabajadores, se ha generado la oportunidad de que sean escuchados y de que sus aportes sean tenidos en cuenta. En definitiva, los trabajadores del Uruguay no están solo para agachar el lomo y generar riqueza, sino que también integran un movimiento sindical maduro, serio y responsable, que tanto en este tema como en otros, vinculados con la vida política del país, tienen mucho que aportar. Es en este entendido que hemos apoyado los dos artículos presentados, señora Presidenta. Gracias. SEÑOR MUJICA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MUJICA.- Señora Presidenta: estamos en condiciones de proponer un bloque con los artículos 174, 178, 179, 180, 181, 182 y 183 inclusive, y otro con los artículos 175, 176 y 177 inclusive. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, en discusión los artículos 174 y 178 a 183 inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 174 y 178 a 183, inclusive. (Se vota) ——Setenta y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, en discusión los artículos 175 a 177, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA.
En discusión el artículo 184. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: el Partido Nacional va a votar negativamente el artículo 184. Nos parece que es una solución inconveniente, pues establece la responsabilidad solidaria de quienes contratan servicios portuarios con sus agentes marítimos o representantes; aclaro que al hablar de agentes marítimos o representantes hace referencia, básicamente, a las agencias marítimas. Nos parece francamente excesivo establecer el principio de la responsabilidad solidaria sin límite ni condición de clase alguna, porque esto va más allá del propósito que supongo se pretende perseguir, que es el de la responsabilidad. Este propósito sería razonable en cuanto al pago de los precios y tarifas por el uso del muelle, es decir, por los servicios portuarios que se contraten. Este principio, consagrado de manera tan genérica, va a determinar que esa responsabilidad solidaria pueda alcanzar cualquier tipo de evento: un accidente que no le es imputable al representante, sino a quien lo comete, o un hecho independiente de la relación contractual correspondiente entre el agente marítimo y el armador, por ejemplo, por el cumplimiento de los servicios portuarios, que suponga responsabilidad civil, también generará responsabilidad para el agente, a pesar de que nada tenga que ver con eso. Entre el agente marítimo y el usuario de los servicios hay una relación equivalente al contrato de mandato; por lo tanto, las obligaciones inherentes a esa relación son las que surgen entre mandante y mandatario. Nos parece que, en este caso, se da un paso imprudente y no se ha reflexionado debidamente sobre los efectos que esta disposición puede tener. Consultamos al Ministro Pintado cuando compareció en la Comisión y nos dio la impresión de que no había reflexionado suficientemente sobre esta disposición. El Ministro y el Director General de Secretaría -que fueron los voceros de la Cartera- simplemente nos dijeron que esto lo había pedido la ANP, pero no tuvimos oportunidad de hablar con sus representantes y ese fue todo el fundamento que el Poder Ejecutivo estuvo en condiciones de dar.
74
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Reitero que por esta razón, que nos parece muy peligrosa, vamos a votar negativamente el artículo 184. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 184. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 185. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: vamos a solicitar el desglose del último inciso del artículo 185, respecto del que vamos a votar en contra. Estamos de acuerdo con lo establecido en los incisos anteriores; nos parece bien que las facturas de la ANP constituyan títulos ejecutivos. Sin embargo, no estamos de acuerdo con hacer aplicable a esta situación lo que establecen los artículos 91 y 92 del Código Tributario, que son normas de procedimiento que, a nuestro juicio, implican una mayor severidad a la hora de la aplicación de los títulos ejecutivos. Nos referimos a una severidad mayor que la que surge de la propia condición extraordinaria del juicio monitorio, que es el que corresponde a los títulos ejecutivos. Desde el punto de vista de la posibilidad de defenderse que todos los administrados deben tener, es razonable que, en este caso, cualquier deudor de la ANP por concepto de tarifas portuarias pueda interponer cualquiera de las excepciones que el derecho común establece en el caso de los derechos extraordinarios. No entendemos muy bien por qué se plantea esta medida, salvo que sea por el afán de dar más poder y más facultades intimidatorias a la Administración. Por eso esta propuesta no nos parece debidamente proporcionada ni creemos que esté bien que, como se estipula en el último inciso, resulten aplicables los dos artículos del Código Tributario mencionados. Por esta razón, este inciso en particular merecerá el voto contrario del Partido Nacional. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- De acuerdo con lo propuesto por el señor Diputado Abdala, se van a votar los dos primeros incisos del artículo 185.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el último inciso del artículo 185. (Se vota) ——Cincuenta y seis en setenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: hemos votado afirmativamente todos los artículos de este Inciso, y queremos hacer una mención especial a algo que se dijo durante la discusión general sobre el nivel de ejecución. Se señaló que este Inciso no había logrado ejecutar todo lo previsto. Queremos dejar la constancia que en lo que refiere a inversiones no solamente se ejecutó el 100% del tope previsto sino que se superó el mismo. Recordemos que en el artículo 490 del Presupuesto fijamos topes a los créditos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En este caso, en el año 2010 se ejecutó más del tope establecido, tal como habilita la cláusula final del artículo 490, que establece que el Poder Ejecutivo podrá incrementar los montos referidos en función de la evolución de los ingresos del Gobierno Central. Así es que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en materia de inversiones, ejecutó más del 130% de los topes previstos. Gracias, señora Presidenta.
13.- Intermedio.
SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: solicito un intermedio de cuarenta y cinco minutos. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 15 y 8) ——Continúa la sesión. (Es la hora 16 y 23)
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
75
14.- Licencias. Integración de la Cámara.
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Javier García Duchini, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 17 y 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Da Silva. Del señor Representante Ricardo Planchón Geymonat, en misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para asistir a la XVI Reunión de la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Consumidor y el Usuario del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la Ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Morelli”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintinueve en treinta y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia, por motivos personales, por los días 17 y 18 de agosto de 2011. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, JAVIER GARCÍA DUCHINI “Representante por Montevideo”.
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que no acepto por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes los días 17 y 18 de agosto como suplente del Dr. Javier García. Saluda atentamente, Juan Curbelo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier García Duchini. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 17 y 18 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Juan Curbelo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier García Duchini, por el período comprendido entre los días 17 y 18 de agosto de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Juan Curbelo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor Sebastián Da Silva. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
76
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el literal C) de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que preside se sirva conceder al suscrito, uso de licencia a partir del día miércoles 24 al sábado 27 de agosto del corriente año, a fin de concurrir en Misión Oficial, a la convocatoria realizada por el Parlamento Latinoamericano, como miembro XVI Reunión de la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y el Consumidor en Río de Janeiro, Brasil. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT Representante por Colonia”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Javier Mallorca”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Edgar Collazo”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Gastón Berreta”.
“Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Néstor Bermúdez”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Alejandro Fioroni”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Diana Olivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Colonia, Ricardo Planchón Geymonat, para asistir a la XVI Reunión de la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y el Consumidor del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Javier Mallorca, Edgar Collazo, Gastón Be-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
77
rretta, Néstor Bermúdez, Alejandro Fioroni y Diana Olivera. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011, al señor Representante por el departamento de Colonia, Ricardo Planchón Geymonat, para asistir a la XVI Reunión de la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y el Consumidor del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Javier Mallorca, Edgar Collazo, Gastón Berretta, Néstor Bermúdez, Alejandro Fioroni y Diana Olivera. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1212, del Lema Partido Nacional, señor Daniel Morelli. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
ción y representación”, dos Fiscalías Letradas Departamentales. La Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación determinará la ubicación y fecha de instalación de las nuevas Fiscalías Letradas Departamentales creadas por la presente disposición y, provisoriamente, fijará el nuevo régimen de turnos, así como de distribución de expedientes en trámite, sin perjuicio de su homologación por el Poder Ejecutivo. Artículo 187.- Créanse en la Unidad Ejecutora 019 “Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación”, del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 200 “Asesoramiento, cooperación y representación”, a efectos de cubrir las necesidades de funcionarios de las Fiscalías Letradas Departamentales, sin perjuicio de la asignación posterior del destino, los siguientes: A) 2 cargos de Fiscal Letrado Departamental, Escalafón N. B) 2 cargos de Secretario Letrado, Abogado, Escalafón A, Grado 13, artículo 297 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. C) 4 cargos de Administrativo III, Escalafón C, Grado 6. Artículo 188.- Sustitúyese el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 239.- Las personas físicas o jurídicas contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas e Impuesto al Patrimonio, que efectúen donaciones en efectivo para proyectos declarados de fomento artístico cultural, gozarán de los beneficios fiscales siguientes, de acuerdo a los destinos elegidos para la donación según la siguiente escala: A) Para los aportes al Fondo Global o Fondo Común, el 75% (setenta y cinco por ciento) del depósito realizado en cuenta habilitada a tales efectos, se imputará como pago a cuenta de los tributos mencionados en el acápite. B) Para los proyectos artísticos individualizados, se imputará el 65% (sesenta y cinco por ciento) del monto depositado cuando se realicen o se gestionen en el interior del país. Cuando se trate de aquéllos individualizados correspondientes a Montevideo se imputará el 55% (cincuenta y cinco por ciento).
15.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
——Prosigue la consideración del asunto en debate. Se pasa a considerar el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, que comprende los artículos 186 a 201, inclusive. (Texto del Inciso 11:) “INCISO 11 Ministerio de Educación y Cultura Artículo 186.- Créanse en la Unidad Ejecutora 019 “Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación” del Inciso 11, “Ministerio de Educación y Cultura”, en el Programa 200 “Asesoramiento, coopera-
78
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
C) Para los casos de aportes a proyectos oficiales se imputará el 35% (treinta y cinco por ciento) del monto depositado. En todos los casos, el 25% (veinticinco por ciento) de la suma depositada en las cuentas correspondientes podrá ser imputado a todos los efectos fiscales como gasto de la empresa. El organismo beneficiario expedirá recibos que serán canjeables por certificados de crédito de la Dirección General Impositiva”. Artículo 189.- Sustitúyese el acápite del artículo 529 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 529.- La Dirección General del Registro de Estado Civil reglamentará la investidura transitoria de Oficiales de Estado Civil en funcionarios de su dependencia o en funcionarios públicos que se desempeñen en el Organismo, en régimen de comisión de servicios o de prestación de funciones, al amparo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 681 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en caso que los Oficiales de Estado Civil designados no pudieren cumplir su función, sobre las siguientes bases”. Artículo 190.- Sustitúyese el artículo 68 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, por el siguiente: “ARTÍCULO 68.- Facúltase a la Dirección General del Registro de Estado Civil para subrogar a los Oficiales de Estado Civil de la capital en caso de licencia, impedimento o cuando medien causas suficientes, a juicio de dicha Dirección, que justifiquen esa subrogación. Asimismo, podrá disponer las subrogaciones que entienda pertinentes, para el cumplimiento de las funciones propias del cargo, de Oficiales de Estado Civil de la capital o interior del país, debiendo mediar en el caso de éstos últimos, la conformidad del subrogante”. Artículo 191.- Facúltase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a realizar convenios referentes a la aplicación de políticas de prestación de servicios de Registro de Estado Civil, con los Gobiernos Departamentales y demás niveles de gobierno local. Artículo 192.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 528 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Serán percibidas por la Dirección General del Registro de Estado Civil, la que los distribuirá en partes iguales entre los funcionarios referidos en el
párrafo anterior que efectivamente realicen las ceremonias de matrimonio. Esta partida será la única que los Oficiales actuantes podrán percibir por tales conceptos. La Dirección General del Registro de Estado Civil reglamentará por resolución fundada tal situación”. Artículo 193.- Facúltase a la Unidad Ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos” y a la Unidad Ejecutora 024 “Canal 5 Servicio de Televisión Nacional”, del Inciso 11 Ministerio de Educación y Cultura, a realizar contratos temporales de derecho público para desempeñar las siguientes tareas: Director de Informativos, Dirección y/o realización audiovisual, Dirección de Arte, Dirección de Fotografía, Dirección de Promociones, Asistente de Dirección, Asesor de Programación, Programadores, realizadores audiovisuales, periodistas, reporteros, productores de programa, productores periodísticos, conductores o presentadores, columnistas, guionistas, corresponsales, locutores, operadores de radio, sonidistas de radio, fotógrafos de páginas web, gestores y vendedores publicitarios, encargados de Relaciones Públicas, en los casos que las Unidades no cuenten con funcionarios públicos capacitados para dichas tareas. Facúltase al Poder Ejecutivo a ampliar dicha nómina cuando por razones fundadas los avances tecnológicos requieran el desempeño de nuevas tareas en radio y/o televisión. Las contrataciones que se efectúen estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), y serán de aplicación las disposiciones contenidas en el artículo 43 de la llamada Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983, así como de la contenida en el artículo 260 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento previo y favorable de la ONSC, reglamentará la presente disposición en un plazo de noventa días. Quienes se encuentren desempeñando las tareas a la fecha de vigencia de la presente ley, mencionadas en el inciso primero del presente artículo, cualquiera sea la naturaleza del vínculo, podrán ser contratadas en las condiciones previstas, previa conformidad del jerarca. Habilítase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de crédito correspondientes a los objetos del gasto que actualmente financian estas contrataciones. Artículo 194.- Derógase el literal c) del artículo 169 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
79
1996, en la redacción dada por el artículo 287 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, destinándose el porcentaje establecido en el mismo a Rentas Generales. Las partidas presupuestales financiadas con los recursos establecidos en la norma citada, pasarán a financiarse con cargo a Rentas Generales, en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión Radiotelevisión y Espectáculos”. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a realizar las modificaciones presupuestales a efectos del cumplimiento de la presente norma. Artículo 195.- Sustitúyese el artículo 287 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 287.- Habilítase a las Unidades Ejecutoras 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos” y 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a realizar canjes publicitarios con la finalidad de acceder a insumos materiales o servicios necesarios para su adecuado funcionamiento, imagen corporativa, desarrollo de la programación, producciones, actividades, eventos o servicios en páginas web. La valoración de los canjes se realizará a partir del 50% (cincuenta por ciento) del régimen tarifario de publicidad aprobado por las mencionadas unidades ejecutoras, entendiendo por tal el valor de los tiempos y espacios de publicidad establecidos, guardando la razonable equivalencia con la contrapartida de bienes y servicios que eventualmente se reciban bajo esta modalidad, para lo cual deberá presentar cotización de al menos tres precios. Los canjes publicitarios no podrán representar más de un 30% (treinta por ciento) del tiempo estimado como disponible con destino a publicidad en radio o televisión. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. Agrégase al numeral 3 del artículo 33 de la Sección II del Título I del TOCAF, el siguiente literal: “Z) Las contrataciones que realicen las Unidades Ejecutoras 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos” y 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cul-
tura”, bajo la modalidad de canjes publicitarios”. Artículo 196.- Autorízase a la Unidad Ejecutora 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a solventar con cargo a sus gastos de funcionamiento el costo de pasajes, alojamiento, alimentación y otros gastos de producción derivados de acuerdos de coproducción con canales y productoras extranjeras. A efectos de individualizar el gasto dispuesto en el inciso anterior, la Contaduría General de la Nación creará un objeto del gasto específico. Artículo 197.- La Unidad Ejecutora 024 “Canal 5 Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, podrá obtener recursos a través del cobro de precios por la prestación de servicios asociados a su giro, como arrendamiento de móviles y equipamiento de producción, y por la comercialización de sus producciones. La Unidad Ejecutora 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” en el marco de sus actividades, fijará previo informe del Ministerio de Educación y Cultura, las tarifas publicitarias y de los demás servicios, incluyendo la autorización de descuentos sobre los precios y condiciones de pago. Artículo 198.- Autorízase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Unidad Ejecutora 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, a reasignar hasta la suma de $ 4:000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto del Gasto 299.000 “Otros Servicios No Personales no incluidos en los anteriores”, al Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público”. En el importe a reasignar se entenderán incluidos aguinaldo y cargas legales”. Artículo 199.- Sustitúyese el artículo 32 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 32.- Créase, en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la Beca Carlos Quijano, para ser otorgada a ciudadanos uruguayos para la realización de cursos de postgrado. Asígnase una partida de $ 725.100 (setecientos veinticinco mil cien pesos uruguayos) a efectos de integrar los fondos destinados a dicha beca. Autorízase al Fondo de Solidaridad creado por el artículo 1º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, a reforzar
80
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
la partida prevista en el inciso anterior así como la destinada al fondo de becas establecido por el artículo 115 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986″. Artículo 200.- Increméntase en el Ejercicio 2012 en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 340 “Acceso a la Educación”, la partida destinada a horas docentes del Programa Nacional de Educación y Trabajo (PNET-CECAP) en $ 30:000.000 (treinta millones de pesos uruguayos), disminuyéndose del Objeto del Gasto 299 “Otros servicios no personales” $ 20:000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) y del Objeto del Gasto 577.001 “Becas de Estudio -Territorio Nacional”. $ 10:000.000 (diez millones de pesos uruguayos) del mismo Programa y Unidad Ejecutora. Artículo 201.- Sustitúyese el numeral 10) del artículo 45 de la Ley Nº 9.739, de 17 de diciembre de 1937, por el siguiente: “10) Las transmisiones de obras musicales -con o sin palabras-, obras coreográficas y/o figuras humanas, por los Medios de Radiodifusión del Estado o por cualquier otro procedimiento conocido, cuando estén destinadas exclusivamente a fines culturales”. ——En discusión el artículo 186. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº10, presentado por el señor Diputado Germán Cardoso. (Texto del artículo sustitutivo:) “Créanse en la Unidad Ejecutora 019 ‘Fiscalía de Corte y Procuraduría de la Nación’ del Inciso 11, ‘Ministerio de Educación y Cultura’, en el Programa 200 ‘Asesoramiento, cooperación y representación’, dos Fiscalías Letradas Departamentales, una de las cuales se instalará en la ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado.- La Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación determinará la ubicación de la restante y la fecha de instalación de las nuevas Fiscalías Letradas Departamentales creadas por la presente disposición y, provisoriamente, fijará el nuevo régimen de turnos si correspondiera, así como de distribución de expedientes en trámite, sin perjuicio de su homologación por el Poder Ejecutivo”.
——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 186 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Treinta y dos en treinta y cuatro: AFIRMATIVA. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: creo que en el Senado debería revisarse el artículo 186, correspondiente al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”. Digo esto porque me parece que corresponde que las Fiscalías se establezcan por ley, no en forma abierta ni según lo que el Fiscal de Corte establezca. Entendemos que no debería haber una delegación de destino, porque se trata de una decisión política muy importante. Según la información que tengo, el Ministerio de Educación y Cultura sugirió que una de las Fiscalías se instalara en el departamento de Artigas y la otra en la localidad de Toledo. Esto puede estar bien o mal, pero hace a la cuestión. La lógica de que la ubicación pueda ser determinada por la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación no me parece de buena técnica legislativa y considero que el Poder Ejecutivo debería tener injerencia en la elección de los destinos. SEÑORA MONTANER.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MONTANER.- Señora Presidenta: quisiera saber si ya se dio lectura al sustitutivo de este artículo. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Sí, señora Diputada; el sustitutivo ya se leyó. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: tal como expresó el señor Diputado Michelini, las autoridades han planteado la necesidad de establecer dos nuevas Fiscalías que, en principio, estarían ubicadas en Artigas y
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
81
en Toledo. A nuestro entender, es la autoridad, en este caso el Poder Ejecutivo, la que debe definir su ubicación en función de los datos que tenga y de la generalidad que implica observar todas las situaciones que se dan en nuestro país. Además, en el próximo artículo que vamos a tratar se hace referencia a los cargos para su funcionamiento. En el Presupuesto anterior este tema había quedado sujeto a aprobación y en esta Rendición de Cuentas estamos creando las dos Fiscalías, con sus recursos respectivos. SEÑOR GARINO GRUSS.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señora Presidenta: quiero hacer una consulta a la Mesa. Hace un instante hubo una votación y después se leyó el sustitutivo. No me queda claro el procedimiento utilizado y por eso consulto a la Mesa. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Señor Diputado: se puso en discusión el artículo y se leyó el sustitutivo. Luego procedimos a votar el artículo tal como viene de Comisión, y como obtuvo mayoría, el sustitutivo cae. No omitimos ni la lectura ni la votación. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: queremos proponer dos bloques de artículos para poner a votación. El primero con los artículos 187, 188, 189 y 190 y, el segundo, con los artículos 196, 197, 198, 199, 200 y 201. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Según me indica la Secretaría, estas propuestas ya están votadas. De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, en discusión los artículos 187, 188, 189 y 190. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se votan) ——Cuarenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, en discusión los artículos 196, 197, 198, 199, 200 y 201. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se votan) ——Cuarenta y ocho en cuarenta y nueve: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 191. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y seis en cincuenta: AFIRMATIVA. SEÑOR BEROIS.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Señora Presidenta: quiero dejar constancia de que estoy a favor y de que voté afirmativamente este artículo. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: simplemente quería dejar establecido que este artículo permite la realización de convenios entre el Ministerio público y los Gobiernos Departamentales y Locales. Esto se puede hacer en función del artículo 262 de la Constitución de la República y de la Ley N° 18.567, que confiere la potestad de generar y transferir determinadas competencias a los Gobiernos Locales. Esto nos parece importante para fortalecer esta herramienta que se ha creado, ya que tenemos ochenta y nueve municipios y eventualmente allí podrían realizarse casamientos. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se pasa a considerar el artículo 192. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y tres: AFIRMATIVA.
82
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
16.- Intermedio.
SEÑORA MONTANER.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MONTANER.- Señora Presidenta: solicito un intermedio de quince minutos. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y siete en cincuenta y cuatro: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 16 y 35) ——Continúa la sesión. (Es la hora 16 y 54)
Defensa del Consumidor y el Usuario del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la Ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Da Roza. Del señor Representante Luis Puig, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Coitiño. De la señora Representante Alma Mallo Calviño, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Álvaro Fernández. De la señora Representante Daisy Tourné, en misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para concurrir en su carácter de Secretaria de de Comisiones del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a las reuniones a desarrollarse en la República de El Salvador, por el período comprendido entre los días 31 de agosto y 6 de setiembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Núñez. Del señor Representante José Carlos Mahía, en misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para integrar la delegación parlamentaria que acompañará al señor Presidente de la Cámara, en su visita a las Repúblicas de Costa Rica y El Salvador, por el período comprendido entre los días 22 y 29 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Eduardo Márquez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.
17.- Licencias. Integración de la Cámara.
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Guzmán Pedreira, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 17 y 18 de agosto de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Olga Silva. Del señor Representante Martín Tierno, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 17 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel González. Del señor Representante Horacio Yanes, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 17, 18 y 29 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Da Roza. Del señor Representante Horacio Yanes, en misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para asistir a la XVI Reunión de la Comisión de Servicios Públicos,
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
83
(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales, el día 17 y 18 de agosto. Saluda atentamente, GUZMÁN PEDREIRA Representante por Flores”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Quien suscribe, Martín Pedreira, de acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, lo saluda atentamente, Martín Pedreira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 17 y 18 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Martín Pedreira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira, por el período comprendido entre los días 17 y 18 de agosto de 2011.
2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Martín Pedreira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 60977321, del Lema Partido Frente Amplio, señora Olga Silva. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales, el día 17 de agosto de 2011. Saluda muy cordialmente, MARTÍN TIERNO Representante por Durazno”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 17 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno, por el día 17 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Daniel González. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
84
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se sirva concederme el uso de mi licencia para el día 17, 18 y 29 de agosto del presente año, por razones personales. Saluda a usted cordialmente, HORACIO YANES Representante por Canelones”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia presentada por el Representante Nacional Sr. Horacio Yanes. Sin otro particular le saludo atentamente, Nora Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 17, 18 y 29 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente, señora Nora Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes, por los días 17, 18 y 29 de agosto de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Nora Rodríguez.
3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99000, del Lema Partido Frente Amplio, señor Luis Da Roza. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Con motivo de haber sido convocado por el Parlamento Latinoamericano, como miembro, a la XVI Reunión de la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y el Consumidor, que se llevará a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República de Brasil, del 24 al 27 de agosto del presente año, solicito a usted, de entenderlo pertinente, la autorización para participar de dicho evento en representación del Parlamento Nacional, amparado en la Ley Nº 17.827, literal C) del artículo 1º. Saluda a usted cordialmente, HORACIO YANES Representante por Canelones”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la intermedio de la presente comunico que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia presentada por el Representante Nacional Sr. Horacio Yanes. Sin otro particular le saludo atentamente, Nora Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial del señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes, para asistir a la XVI Reunión de la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y el Consumidor del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
85
CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente, señora Nora Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el literal C) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial por el período comprendido entre los días 24 y 27 de agosto de 2011, al señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes, para asistir a la XVI Reunión de la Comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y el Consumidor del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señora Nora Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99000, del Lema Partido Frente Amplio, señor Luis Da Roza. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 15 de julio de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por motivos personales el día 18 de agosto de 2011, asumiendo en mi lugar el respectivo suplente señor Carlos Coitiño. Le saluda muy cordialmente, LUIS PUIG Representante por Montevideo”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig, por el día 18 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Coitiño. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted preside se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día jueves 18 de agosto del corriente año. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, ALMA MALLO CALVIÑO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Alma Mallo Calviño. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su
86
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Alma Mallo Calviño, por el día 18 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Álvaro Fernández. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Me dirijo a usted con el fin de solicitar licencia del 31 de agosto al 6 de setiembre del presente año, para concurrir en mi carácter de Secretaria de Comisiones del Parlamento Latinoamericano, a las reuniones del mismo a realizarse en República de El Salvador. El motivo es la visita de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias a centro penitenciario. La Comisión también realizará una reunión en dicha oportunidad. Solicito entonces se convoque a mi suplente respectivo. Sin más, lo saluda, DAISY TOURNÉ Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daisy Tourné, para asistir en su carácter de Secretaria de Comisiones del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a las reuniones de las Comisiones a desarrollarse en la República de El Salvador. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 31 de agosto y 6 de setiembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de
24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el literal C) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 31 de agosto y 6 de setiembre de 2011, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daisy Tourné, para asistir en su carácter de Secretaria de Comisiones del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a las reuniones de las Comisiones a desarrollarse en la República de El Salvador. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Núñez. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por los días 22 al 29 de agosto inclusive y se convoque a mi suplente correspondiente, de conformidad con la Ley Nº 17.827, literal C), que establece la causal “misión oficial” del legislador. Motiva dicha solicitud mi participación en la delegación parlamentaria que presidirá nuestro Presidente de la Cámara de Representantes Sr. Luis Lacalle Pou, en visita oficial a la República de El Salvador y a la República de Costa Rica. Se adjunta invitación. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
87
José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Luis Enrique Gallo”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Juan Ripoll”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Gabriela Garrido”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Silvia Camejo”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, para integrar la delegación parlamentaria que acompañará al señor Presidente de la Cámara, en su visita a las Repúblicas de Costa Rica y El Salvador. CONSIDERANDO I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 22 y 29 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Luis Gallo, Juan Ripoll, Gabriela Garrido y Silvia Camejo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el literal C) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 22 y 29 de agosto de 2011, al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, para integrar la delegación parlamentaria que acompañará al señor Presidente de la Cámara, en su visita a las Repúblicas de Costa Rica y El Salvador. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Luis Gallo, Juan Ripoll, Gabriela Garrido y Silvia Camejo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121738, del Lema Partido Frente Amplio, señor Eduardo Márquez. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
88
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
18.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
——Prosigue la consideración del asunto en debate. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señora Presidenta: solicito que se reconsidere el artículo 186. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en sesenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión nuevamente el artículo 186. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja N° 10, presentado por el señor Diputado Germán Cardoso. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en minoría. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señora Presidenta: mediante el artículo 186 se crean dos Fiscalías en el Ministerio de Educación y Cultura. Hemos presentado un sustitutivo para dar cumplimiento a una demanda de la sociedad del departamento que representamos. La ciudad de San Carlos, segunda en importancia del departamento de Maldonado, tiene dos Juzgados Letrados -uno creado en el mes de febrero próximo pasado- que son atendidos por una sola Fiscalía. Ambos Juzgados tienen competencias en todas las materias, lo cual hace realmente dificultoso el desempeño y el funcionamiento de esa Fiscalía, que dispone de dos funcionarios para atender a las dos sedes a la vez. Por eso, a partir de un planteo que nos realizaron todos los legisladores del departamento y la Red Social de San Carlos, red integrada por personas pertenecientes a diversos estratos de la sociedad, con diferentes filiaciones políticas, filosóficas y religiosas, solicitamos que el destino de una de las dos sedes que se crean sea la ciudad de San Carlos. Le planteamos esta necesidad al señor Ministro Ehrlich cuando compareció ante la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Nos manifestó que comprendía la necesidad de la ciudad de San Carlos en esta materia, que era consciente de ella y que se iban a realizar los es-
fuerzos correspondientes para satisfacer esta demanda. Por lo tanto, solicitamos que se someta a votación el sustitutivo que hemos propuesto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Léase nuevamente el sustitutivo al artículo 186 que figura en la Hoja N° 10. (Se vuelve a leer) ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veinticinco en setenta y cuatro: NEGATIVA. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: si no entendí mal, se pidió la reconsideración del artículo 186 y fue votado por la Cámara. Entonces, se volvió a discutir el artículo y se propuso que se leyera el sustitutivo, que fue votado en forma negativa, pero deberíamos votar el artículo 186 tal como viene de Comisión porque si no, no estaría aprobado. Me parece que la voluntad de la Cámara es clara en cuanto a que lo quiere votar tal como viene de Comisión, pero deberíamos formalizarlo, por lo menos. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Al votar la reconsideración de un asunto anterior, se pone en discusión un artículo nuevo. Al no alcanzar la mayoría, queda firme el artículo votado anteriormente. Esa es la interpretación que tenemos en la Mesa. Por lo tanto, el artículo 186 quedó firme, tal como fue votado en su oportunidad. SEÑOR PÉREZ GONZÁLEZ.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PÉREZ GONZÁLEZ.- Señora Presidenta: ya habíamos estado hablando del sustitutivo con el Diputado Olmos, y -tal como dijo el Diputado Germán Cardoso- en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda se había planteado al Ministro Ehrlich que se tuviera en cuenta la creación de una Fiscalía para la ciudad de San Carlos. Él nos dijo que iba a trasladar el planteo al Fiscal de Corte porque es el que define técnicamente la distribución de vacantes o la
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
89
creación de cargos. Entonces, comunicamos a representantes del movimiento social de San Carlos -que fueron los que realizaron la propuesta- que debían dirigirse al Fiscal de Corte porque era quien resolvía estas cosas en la órbita del Ministerio. No obstante ello, tanto en la instancia del Presupuesto como en la de la Rendición de Cuentas, hay algo que se repite y no solo está relacionado con las Fiscalías sino también con los Juzgados. Me refiero a los reclamos legítimos, y seguramente necesarios, que surgen en las distintas localidades de todo el país. Lo que vamos a discutir es si la facultad para el nombramiento de los fiscales o la creación de juzgados compete exclusivamente a la Fiscalía -en el caso de los fiscales- y a la Suprema Corte de Justicia -en lo que respecta a la creación de juzgados- o si hay que definir cuál es el nivel de injerencia del Parlamento. Si bien este tiene derecho a plantear estas cosas y puede votar por mayoría la creación de un juzgado, somos conscientes de que estamos interfiriendo en una decisión que -partimos de la base—es técnica o adoptada por el órgano competente, que tiene todos los elementos para resolver. Por lo tanto, dejo constancia de que estamos en un todo de acuerdo con la reivindicación, más allá de entender que el procedimiento es el planteado por el señor Ministro en cuanto a solicitar al Fiscal de Corte una Fiscalía para San Carlos. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: fundamenté cuando consideramos por primera vez el artículo 1986. Como usted me informaba, quedó firme el texto original porque no alcanzaron los votos para aprobar el sustitutivo. Ahora bien, por este artículo 186 se crean dos Fiscalías Letradas Departamentales y se autoriza a la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación a determinar la ubicación y fecha de su instalación. Discrepo con esta solución. Me parece que no hay decisión más política que crear una Fiscalía y determinar su ubicación. Reivindico el derecho del Poder Legislativo de establecer los destinos en este sentido y me
consta que la opinión del Ministerio de Educación y Cultura era que los destinos fueran el departamento de Artigas y la localidad de Toledo. No ha habido oportunidad de discutir esto. Sucede que, entre otras cosas, para el Ministerio de Educación y Cultura todos estos temas son residuales, pese a que el 50% del personal y el 40% del presupuesto está destinado a asuntos de justicia. En definitiva, estas cosas las discutimos muy mal. Creo que deberíamos debatir dónde queremos poner las Fiscalías, en qué plazos y en qué términos. Esas son decisiones políticas que, en todo caso, corresponden al Ministro de Educación y Cultura, no al Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, que dicho sea de paso, tiene muchos temas de los que ocuparse y no debería distraerse con estas decisiones operativas. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señora Presidenta: coincidimos plenamente con el concepto que ha dejado al plenario el Diputado Michelini. Somos nosotros -el Poder Legislativo- los que nos pronunciamos a favor o en contra de asignar los recursos. También somos nosotros quienes podemos -estamos capacitados y está dentro de nuestras funciones y competencias—decidir a dónde van esos recursos. SEÑOR MICHELINI.- ¡Apoyado! SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Es parte de la función que tenemos tanto en la instancia presupuestal como de Rendición de Cuentas. Entonces, más allá de que sin lugar a dudas existen capacidades técnicas dentro del Ministerio de Educación y Cultura para determinar las necesidades y, sobre todo, las infraestructuras que se necesitan para hacer lugar a la creación de una Fiscalía, entendemos que no estamos haciendo ningún planteamiento descabellado. Es de conocimiento del pleno ahora -porque lo hemos manifestado y puesto en conocimiento de todos los legisladores, incluidos los del departamento de Maldonado- que desde febrero ha comenzado a funcionar en la ciudad de San Carlos un Juzgado Letrado con competencias múltiples. Por lo tanto, ya que la Fiscalía de San Carlos revista única-
90
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
mente con dos funcionarios para atender dos sedes judiciales, entendemos que para un buen desempeño y un normal funcionamiento, esto debe ser acompañado por una nueva Fiscalía. Es en esos términos y con ese espíritu que planteamos al plenario la necesidad de destinar la creación de los recursos del Ministerio de Educación y Cultura como destino a una de estas dos Fiscalías que estamos autorizando a crear en la ciudad de San Carlos. Era cuanto queríamos decir. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR PÉREZ BRITO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PÉREZ BRITO.- Señora Presidenta: en realidad, durante el período pasado se pensó que no era necesario el Juzgado Letrado de San Carlos y hoy ya cuenta con dos Juzgados. Está desbordado y ha servido, en todo caso, para descongestionar el tratamiento de la Justicia en el departamento de Maldonado. No existe la menor duda de que se necesita otro Fiscal. Creo que esto no es ni muy muy ni tan tan. Ni muy muy como que es absolutamente un criterio técnico, ni tan tan como que solamente pechando y pechando vamos a tener un Fiscal. En el camino del medio, a veces aparecen transposiciones de rubros o cosas por el estilo y también soluciones. Vamos a ver si en el Senado, donde se corta el bacalao de otra manera, logramos algunas de esas cosas para San Carlos. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR OLMOS.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR OLMOS.- Señora Presidenta: lo expresado por los señores Diputados Germán Cardoso y Pérez Brito, por el departamento de Maldonado, resume lo que quería manifestar. Cuando el señor Diputado Michelini habla de que la definición es un tema político, yo digo qué mejor que en el Parlamento, que los Representantes de Maldonado por los distintos partidos políticos manifiesten la necesidad de la ciudad de San Carlos y del departamento. A nadie escapa el gran crecimiento de
todo el departamento en todas las áreas. Por lo tanto, creo que digitar -si se me permite- la Fiscalía para San Carlos no es más ni menos que la consecuencia de la lucha del departamento y de la ciudad para la creación de dicho Juzgado. Al día de hoy, están desbordados y esta es una necesidad para el futuro de la administración de la Justicia y de todos los temas que competen al área judicial. Era lo que quería agregar. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: quiero decir dos cosas. En primer lugar, según se me informa, el de Fiscal de Corte no es un cargo técnico sino político, propuesto por el Poder Ejecutivo y cuenta con la venia del Senado. Por lo tanto, no hablamos de que en el momento en que se defina cuáles van a ser las ubicaciones se va a tomar un criterio técnico, sino que se hará en función de las necesidades del Ministerio y del conocimiento de todo el país. Por eso sostengo que está muy bien que el organismo lo defina. Desde aquí, todos los legisladores que representamos a un departamento… SEÑOR CARDOSO (don Germán).- ¿Me permite una interrupción, señor Diputado? SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- No se puede conceder interrupciones en los fundamentos de voto. Puede continuar el señor Diputado Sabini. SEÑOR SABINI.- Reafirmo lo que estaba diciendo, señora Presidenta. Todos los legisladores que venimos de algún departamento en particular podríamos decir que nuestras localidades necesitan una Fiscalía, pero somos nosotros quienes conocemos la situación sino los jerarcas competentes. Por eso considero que el criterio que ha seguido el Ministerio es el correcto. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- En discusión el artículo 193. SEÑOR IBARRA.- Pido la palabra.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
91
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR IBARRA.- Señora Presidenta: hace poco rato, periodistas del Canal 5, Servicio de Televisión Nacional, reiteraron un planteamiento hecho en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda cuando nos visitaron de parte de la Asociación de la Prensa Uruguaya. La preocupación de ellos radica en que en el artículo 193, a raíz de los desfases que había en cuanto a los distintos tipos de contrataciones que existían para el Canal 5 -régimen de caché, empresas unipersonales, etcétera-, se dispone que varios funcionarios con determinados cargos -periodistas y productores periodísticos- pasen a contratos temporales de derecho público para desempeñar sus tareas. Hasta allí la preocupación de estos trabajadores, en el sentido de que podrían perder salario con el pase de empresa unipersonal a contrato temporal de derecho público. Aclaro que este es un instrumento nuevo que se creó en el Presupuesto quinquenal por medio de los artículos 53, 54 y 55, que tiene varias figuras. Por lo tanto, queremos dejar expresado en la versión taquigráfica -oportunamente hablaremos con los señores Senadores de mi fuerza política- que la intención no solo de la bancada del Frente Amplio sino de todas las demás representadas en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda era aceptar este reclamo, salvo algunas modificaciones que se hicieron en el artículo que antes era 189 y que pasó a ser 193. Por supuesto, la intención es que no haya ningún tipo de pérdida salarial para estos trabajadores, como los periodistas, reporteros, productores de programas, etcétera. Queríamos dejar constancia de esta voluntad de la bancada del Frente Amplio, que no tengo dudas será compartida por el resto de las bancadas. Si hay necesidad de ajustar la redacción del artículo 193, una vez hechas las consultas en la Oficina Nacional del Servicio Civil y en el Ministerio de Educación y Cultura, que se haga. Ahora ya no tenemos tiempo porque lo vamos a votar en este momento. Esa es la recomendación que queremos hacer, más allá de que lo plantearemos a los señores Senadores para que lo estudien en profundidad y para que hagan las consultas del caso porque hay mucha preocupación por parte de estos trabajadores del Canal 5. Esa era la constancia que quería realizar.
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: antes que nada, solicitamos el desglose del segundo inciso de este artículo. El Partido Nacional va a votar afirmativamente el resto de los incisos de este artículo 193 por las mismas razones que acaba de expresar el señor Diputado Ibarra. Creo que está bien haber eliminado los contratos caché y, por supuesto, dar estabilidad laboral a estos trabajadores, sin perjuicio del aspecto que se señalaba relacionado con el ingreso, algo que se dilucidará en alguna instancia legislativa futura, tal vez en la discusión de esta disposición en el Senado. De todos modos, entiendo que es razonable proceder en esta dirección. Todos sabemos que el Canal 5 es un organismo que tiene especificidades y una naturaleza jurídica muy especial. Es un organismo público, pero quienes compiten con él actúan en el marco del derecho privado, lo que les da mayor flexibilidad y mayor competitividad a la hora de prestar servicios. De manera que el Partido Nacional comparte esta disposición. No compartimos el segundo inciso y solicitamos su desglose porque nos parece que el primer inciso es suficientemente descriptivo e inclusivo en lo que tiene que ver con las distintas situaciones laborales involucradas, que son las que aquí se describen. Creo que no conviene establecer una prerrogativa tan amplia para el Poder Ejecutivo que pueda extender esta nómina, que ya es extensa, en el sentido de incorporar situaciones que en el futuro puedan aparecer. Si esta situación llega a darse, el Poder Ejecutivo simplemente podrá solicitar una ampliación al Parlamento de carácter legal y, con seguridad, ello se podría considerar. Me parece que -así quedó claro en la discusión en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda- la concepción del primer inciso es suficientemente abarcativa y comprende -por algo se establece a texto expreso- la situación de periodistas, reporteros, productores, conductores, presentadores, columnistas, etcétera. Creo que, claramente, allí está comprendida la amplia diversidad que, sin lugar a dudas, se da desde el punto de vista de los vínculos laborales y de las distintas funciones que se cumplen en el canal estatal.
92
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Por lo tanto, vamos a votar afirmativamente este artículo, pero pedimos el desglose del segundo inciso, que votaremos negativamente por las razones que acabo de expresar. SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señora Presidenta: siguiendo la misma línea, creo que aquí nadie está para cuestionar o desproteger a los trabajadores de Canal 5. Sí debo confesar que tengo grandes y profundas diferencias con la gestión y la conducción de Canal 5. Por ejemplo -no por problemas de sus trabajadores-, con el 40% del presupuesto con el que se sostiene diariamente el informativo -los contenidos son de una hora y media- hace un tiempo se producían tres horas de contenido diario. Es una gestión que, de alguna manera, sorprende, llama poderosamente la atención, porque cuando tienen alguna diferencia con sus trabajadores aparecen determinadas encargaturas interinas y se adjudican responsabilidades que quizá no sigan la línea de la conducción administrativa ni contemplen el derecho de otros trabajadores. Llama poderosamente la atención que en esa conducción de Canal 5 de alguna manera se privilegien algunas productoras; sin embargo, se aplican otros términos para otras productoras. Por supuesto que todos queremos que se proteja al trabajador, pero desde mi punto de vista, este artículo 193 implica una peligrosa o tentadora discrecionalidad que no puedo comprender. No me queda claro lo que se dice en cuanto a que se podrán hacer contrataciones temporales en los casos en que las unidades no cuenten con funcionarios públicos capacitados para las tareas. ¿Quién va a hacer esa medición? ¿Quién va a ser el juez que determine que un funcionario público no está apto o no es profesionalmente capaz de realizar determinada tarea, quizás después de muchos años en su querido Canal 5? Con esto no pretendo que se impida el ingreso a sangre nueva, sangre fresca, que quiera modernizar las cuestiones técnicas o los contenidos del Canal, pero hay que respetar los derechos adquiridos. Asimismo, cuando este artículo establece: “[…] Las contrataciones que se efectúen estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil
(ONSC) […]”, también marca una discrecionalidad que a nosotros nos preocupa sobremanera. Por estas razones votaremos negativamente este artículo. El desglose es una señal de que, indudablemente, determinadas cuestiones con seguridad se resolverán en el Senado. Quiero que quede bien claro que no se trata de ir en contra de los trabajadores de la comunicación y de la prensa, sino de establecer reglas claras, precisas y concretas a la administración o conducción que corresponda, en el presente y en el futuro. Reitero que, desde mi punto de vista, la conducción actual del Canal 5 genera muchas dudas. SEÑOR GARINO GRUSS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señora Presidenta: el señor Diputado Espinosa hizo referencia a la discrecionalidad. El Partido Colorado no va a acompañar este artículo 193 en el que se establece una excepción con respecto al uso de contratos temporales de derecho público para determinados casos que se detallan en el primer inciso. En el segundo inciso se establece una nueva excepción dentro de la excepción para otorgar un cheque en blanco -y que, en definitiva, se incorporen más casos- para luego proceder a utilizar dicha modalidad contractual. Por lo tanto, ante tanta discrecionalidad, el Partido Colorado no va a acompañar este artículo. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: vamos a acompañar este artículo con la salvedad que expresó el señor Diputado Abdala en cuanto al segundo inciso. De todos modos, queremos dejar algunas constancias. Este artículo comprende exclusivamente al Canal 5 y al SODRE, y por las funciones a las que refiere, dentro de este último, a las radios. La Ley de Presupuesto eliminó el contrato caché y lo transformó en contrato artístico para quienes corresponde. Por lo tanto, los periodistas, los técnicos, los sonidistas y los iluminadores del Canal que estaban comprendidos en ese régimen, perdieron la posi-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
93
bilidad de tener un contrato artístico pues no son artistas. En ese sentido, la Ley de Presupuesto estableció que para estos casos se realizara un contrato temporal de derecho público por el plazo que le restaba al contrato original, pero esto resuelve el problema por muy poco tiempo. Esta norma brinda una solución de más largo plazo, en tanto establece que todos aquellos que tengan cualquier vínculo laboral con el Canal o con las radios van a poder tener un contrato temporal de derecho público con un plazo de tres años y, eventualmente, tres más. Por supuesto, no tendrán que dar ningún concurso; simplemente, se reconvierte su actual contrato. Para quienes no están contratados y para las funciones que se detallan -que son bien amplias- esto significa la posibilidad de ser contratado bajo ese régimen, siendo estos organismos la única excepción en cuanto a que no pasan por la ventanilla única y, por lo tanto, no deben concursar. Eso es lo que establece la norma. Este artículo no resuelve el problema de Canal 5 porque el contrato temporal de derecho público es un contrato que da derechos por única vez durante tres años y, eventualmente, tres más. Entonces, el Canal podrá quedar impersonal porque una empresa de comunicaciones se identifica por la voz o por la imagen de los comunicadores, a los podrá perder una vez que venza ese plazo. Por lo tanto, más adelante habrá que buscar alguna forma contractual que ofrezca condiciones excepcionales para una circunstancia excepcional. También es cierto que usando este mecanismo se han generado injusticias debido a que, funcionarios que ahora están contratados por el régimen de contrato temporal de derecho público y que antes lo estaban por el régimen de caché -amparados en la escala salarial que establece el decreto de febrero que reglamenta el artículo 53 de la Ley de Presupuesto-, ganan bastante más que sus jerarcas que son funcionarios presupuestados del organismo. Es decir que el presupuestado que hace veinte años que está gana menos que aquellos que tiene bajo su responsabilidad. Esto ha generado inequidades salariales que generan mucho malestar en el organismo, lo que reconoció en Comisión la Directora del Canal. Además, este sistema no resuelve las garantías de que el Canal sea estatal, no oficial. No las resuelve porque el personal se elige a discreción del jerarca.
Inclusive, el penúltimo inciso dice que por este régimen se le puede renovar el contrato a los que están -si el jerarca así lo entiende- y que se podrá contratar a unos o a otros sin concurso, también según estime el jerarca. Y tiene una gran discrecionalidad para manejar recursos públicos en un canal de comunicación que es del Estado, no del Gobierno. Sobre este tema el Gobierno últimamente ha dejado muchas dudas. El Presidente de la República está utilizando todo el poder del Estado para mandar señales absolutamente reprobables -muy chavistas, muy ecuatorianas- a los medios de comunicación: “O dicen lo que nos gusta o les cortamos la publicidad”, que es de lo que viven los medios de comunicación. Si esto se hace públicamente hacia los medios privados, nos da preocupación la tentación que se pueda tener desde el manejo del canal oficial, máxime si quienes están allí son seleccionados por la discrecionalidad del jerarca. Vamos a aprobar este artículo -con excepción del segundo inciso- porque hoy el Canal no tiene otro horizonte. Pero sabemos que esto no resuelve el problema. No estamos conformes con la forma como se maneja el Canal, ni con su programación ni con sus resultados: el Canal recibe importantísimos recursos de otros organismos públicos, los resultados no son los esperados y su gestión tampoco. Por tanto, en los próximos meses vamos a ingresar a una suerte de contralor político sobre la Unidad Ejecutora Canal 5 y sobre las radios del SODRE a los efectos de tener mayor información -en todo sentidoque la que tenemos actualmente. Se trabajará lo que se debe trabajar desde el Parlamento: el contralor de la gestión de un órgano al que le estamos dando todo lo que pide, pero como contraparte debemos controlarlo con mayor dedicación y atención. Era cuanto quería decir, señora Presidenta. Muchas gracias. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: lo primero que debemos analizar sobre este artículo son las funciones que tienen el SODRE y Canal 5 y las herramientas para desarrollar esa función. Nosotros establecimos un marco general de acceso al Estado que tiene que ver con una “ventanilla única”, que es rígido y está bien
94
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
que sea así porque da garantías, genera controles y nos permite que los mejores ingresen a las funciones por concurso. En el caso del SODRE y del Canal 5, esa regla general no necesariamente se cumple con los tiempos que esto implica. ¿Por qué? Porque están en un régimen de competencia, porque tienen que competir con las demás radios y con los canales privados. Obviamente, los canales privados no tienen esa limitación. Entonces, ¿qué estamos haciendo mediante este artículo? Estamos dando mecanismos y herramientas a los medios de difusión del Estado para que mejoren su gestión, flexibilizando la contratación, y eso está bien. Pero, además, se dan garantías. Aquí se preguntaba quiénes eran los que iban a definir. Y será la jerarquía de turno. No dice que no se pueda hacer concursos sino que se establecerán otros mecanismos, que también tienen garantías y serán públicos en algunos casos. Quizá en otros no, porque puede haber eventuales que así lo requieran. Por ejemplo -dicen que los ejemplos son peligrosos, pues pueden ser buenos pero también muy malos-, supongamos que Uruguay va a jugar la Copa América y queremos contratar un relator. ¿Vamos a hacer un llamado por la “ventanilla única” para contratar a Víctor Hugo Morales? Imposible. Esto es parte de la discusión. La lógica de los medios de comunicación privados es totalmente diferente a la que tienen los públicos. Entonces, debemos dotar de herramientas a nuestros organismos de difusión para que puedan ser más eficaces y eficientes y competir; de lo contrario, les estamos atando las manos. Sabemos claramente que esta no es la solución definitiva, pero debemos dar alguna respuesta. Si seguimos como hasta ahora, seguramente las autoridades de estos organismos seguirán teniendo los mismos problemas, y también los trabajadores, tal como decía el señor Diputado Ibarra. Está en el ánimo de esta bancada lograr que ningún trabajador pierda poder adquisitivo. Creo que nadie puede discutir en este Parlamento que los trabajadores del Estado ganan mejor hoy que hace unos años. Además, se define con claridad cuáles son las tareas; están detalladas; no es necesario leerlas. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señora Presidenta: coincido absolutamente con las palabras del señor Diputado preopinante. Canal 5 no compite con las demás oficinas públicas; compite con otros canales de televisión. Si nosotros queremos que Canal 5 sea competitivo, tenemos que darle herramientas; de lo contrario, siempre habrá una especie de subsistencia del Canal 5, y yo quiero tener un canal en serio, jugando en la cancha grande. ¿Este artículo resuelve los problemas del Canal 5? No, es verdad lo que dijo el señor Diputado Gandini pero, ¿qué artículo resuelve los problemas de Canal 5? Nunca un artículo de una Ley de Rendición de Cuentas va a resolver los problemas de un canal de televisión. ¿Este artículo brinda todas las garantías o genera alguna garantía adicional para los caprichos del Primer Mandatario de turno? No, tampoco. Ningún artículo de ninguna Rendición de Cuentas va a brindar garantías, si al Presidente de la República se le ocurre que las cosas tienen que ser como no son. Pero yo quiero que Canal 5 tenga algunas herramientas adicionales y tampoco me inquieta que los contratos de Derecho Público sean temporales, de corto plazo, porque no quiero tupir al Estado de empleados públicos que tengan garantía de por vida en su función, sino que quiero gente eficiente, que haga las cosas bien y que encare. Y si a los tres años la situación es distinta, consideramos qué hacer con ese contrato. El artículo es valioso, por lo que el Partido Independiente lo va a apoyar. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Vamos a proceder a votar todo el artículo 193, excepto su segundo inciso, cuyo desglose fue solicitado por el señor Diputado Abdala. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 193, excepto su segundo inciso. (Se vota) ——Sesenta y dos en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el inciso segundo del artículo 193. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta: AFIRMATIVA.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
95
En discusión el artículo 194. SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señora Presidenta: simplemente, quiero señalar que el Partido Colorado no acompañará este artículo porque no le parece pertinente que el porcentaje ofrecido al SODRE -a los efectos de ejecutar las obras y el mantenimiento de sus nuevas instalaciones- sea devuelto a Rentas Generales. Si bien entendemos que ese organismo podría de alguna manera reintegrar esos importes, no comprendemos la conveniencia en cuanto a la celeridad, oportunidad y quizá -sin prejuzgar- pueda haber algún desvío involuntario o decidido. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en ochenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: en este artículo que acabamos de votar no hay ninguna pérdida de recursos por parte del SODRE. Además, contiene un criterio general: el Estado debe recaudar todo lo posible en un solo organismo. Si tenemos varios organismos que están recaudando, ahí sí se pueden generar problemas, pero es una cuestión contable que hay que atender. El Estado tiene que centralizar los ingresos y este artículo busca eso, es decir, dar coherencia a los ingresos del Estado. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- En discusión el artículo 195. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: vamos a votar en contra el artículo 195. Si bien suponemos que está inspirado en la misma filosofía de flexibilizar las condiciones imperantes en materia de contratación para el
Canal 5 y en la finalidad de darle instrumentos para competir con más éxito, nos parece que todo tiene un límite. La flexibilización del Derecho Público y de los controles vinculados al Derecho Administrativo, también tiene un límite. No se puede trasvestir el Derecho Público para que parezca Derecho Privado. Tal vez, en algún momento debamos -no es tema para votar en el día de hoy- replantearnos si el Canal oficial desde el punto de vista de la naturaleza jurídica, de su ubicación institucional, del régimen jurídico al que está sujeto, efectivamente está ubicado en el ámbito correcto y, por lo tanto, regido por las normas que lo tienen que regir. Pero en la medida que sigamos eludiendo esa discusión, se van poniendo parches en el camino y, a mi juicio, son negativos. Fuimos muy amplios en el artículo anterior -ya se analizó- para habilitar que el Canal contrate todos los periodistas, conductores, presentadores, columnistas, guionistas, locutores, etcétera -un largo etcétera-, sin que el Gobierno o el Poder Ejecutivo nos planteara cantidades, perfiles, grados, categorías. No; que contrate y que lo haga en la forma de contrato de Derecho Público. Este régimen ya existe; esto no es una innovación; el canje de publicidad ya está previsto en la Ley Nº 18.362 de 2008. Pero nos parece demasiado rebajar los controles internos que, por imperio de la norma vigente, tiene hoy el Canal 5 a la hora de practicar estos canjes de publicidad. También nos parece demasiado eliminar, como aquí se propone, el control del Ministerio de Economía y Finanzas que establece la ley vigente, es decir un control externo dentro del propio Estado, dentro del propio Poder Ejecutivo, de la equivalencia en el canje de esa publicidad que se practica. A su vez, tampoco estamos de acuerdo con eliminar la obligación imperativa -como todas las obligaciones, pero en este caso muy específica- de instrumentar mecanismos internos, es decir que el Canal registre en algún lado los canjes de publicidad, las características y el valor que tienen y, fundamentalmente, con rebajar la condición de que esos canjes se realicen sobre la base del tarifario vigente, permitiendo que se haga sobre la base del 50%. Los señores legisladores saben -en particular los que pertencen al Gobierno, que durante tanto tiempo lo han postulado como imperioso e ineludible para toda la actividad pública- que el Derecho Público está estructurado sobre la base de la desconfianza, y por
96
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
eso funcionan los controles, tanto los previos como los concomitantes y los posteriores. Esa es la realidad. Repito: aquí se llevan las cosas demasiado lejos. Se introduce el literal Z -se agota el abecedario-, como excepción para las contrataciones directas que prevé el artículo 33 del TOCAF. Estamos estirando demasiado la buena voluntad de flexibilizar el Derecho Público para que el Canal 5 pueda competir con éxito. No nos estamos oponiendo a una idea, que además no es de este Gobierno sino del Gobierno anterior -que está vigente y está bien-, como la del canje de publicidad. Pero está bien como fue prevista en el año 2008, con los controles complementarios, coincidentes y para nada abundantes, sino suficientes y necesarios que se flexibilizan de una manera peligrosa. Por lo tanto, nosotros no estamos en condiciones de acompañar esta propuesta. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señora Presidenta: en la misma línea, quiero referirme a una nueva discrecionalidad, a un terreno bastante oscuro, donde no sabemos cómo va a operar este sistema de canje desde el gerenciamiento del Canal 5. Este canje nos parece inoportuno en la forma que está determinado en esta propuesta. Quisiera que esto no fuera el justificativo de lo que se hace actualmente, cuando a algunas productoras se les aplica el Reglamento a rajatabla, mientras que a otras se les premia con siete u ocho minutos gratis de la programación en el espacio televisivo. Aspiro a que eso no sea una confirmación de esta duda que me queda sobrevolando. Reitero -como dijo el señor Diputado preopinante- que estamos siendo extremadamente generosos al votar este tipo de normas. Considero que no existen garantías ni equilibrio, y nuevamente los superpoderes para un canal público, un canal oficial que, hoy por hoy, claramente responde a las directivas del Gobierno, no son buenos para este Gobierno ni para los futuros. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado.
SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: me estaba acordando de lo que pasaban en el Canal 5 cuando yo era chico. Voy a nombrar dos o tres programas: “El sello de hoy”, “Don Gato”, y los documentales de la televisión española, que creo que los vi todos cinco o seis veces. Era lo único que pasaban y lo repetían casi frenéticamente. Los capítulos de “Don Gato” me los sé todos de memoria. ¿Por qué pasaba eso? Porque era un Canal de televisión gestionado como una oficina pública. Entonces, la pregunta que nos tenemos que hacer es si queremos un canal de televisión gestionado como una oficina pública, o queremos un canal de televisión eficiente, entretenido, que eduque, que dé ganas de verlo. Me parece que el Canal 5 -es una opinión muy personal- hoy se puede ver, tiene información de calidad, trasmite documentales de la BBC, cine nacional y muy buenas producciones del exterior. Esto se ha logrado modernizando la gestión. Y para algún Diputado preopinante que está preocupado por las garantías, el artículo establece la modalidad de la cotización de, al menos, tres precios. Por supuesto, siempre es mejorable, pero cualquiera que conozca un poco cómo funcionan los medios de comunicación sabe que el canje es una necesidad. (Interrupción del señor Representante Abdala.Respuesta del orador) ——Gracias, Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: por supuesto que el canje es una necesidad; ya existe, y nos parece bien. Lo que pasa es que, lamentablemente, las condiciones para practicarlo -en esto no podemos pelearnos contra la realidad-, en el marco del Derecho Público implica determinados límites que no pueden sobrepasarse, porque los jerarcas del organismo Canal 5, que es una Unidad Ejecutora, no pueden hacer lo que quieran sin control de ningún tipo y sin siquiera dejar registro de lo que hacen. El señor Ministro del Interior -voy a tomar esta referencia que capaz que sirve para establecer una comparación- nos pidió duplicar los gastos confidenciales en el ámbito del Ministerio del Interior. Nosotros votamos en contra por determinadas razones, pero
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
97
los gastos confidenciales están justificados: son para determinadas operaciones especiales. No se rinden cuentas en esta instancia de Rendición de Cuentas. ¿El señor Ministro puede disponer y hacer lo que quiera con esos gastos ni dejar ningún tipo de registro o constancia? No, quedan registros internos, tal como explicó el señor Ministro Bonomi. En este caso -sé que estamos hablando de materias bien distintas-, la señora Directora de Canal 5 va a poder hacer el canje que se le ocurra sin pedir permiso a nadie, sin que la controle, como hasta el día de hoy, el Gobierno, el Ministerio de Economía y Finanzas y además, sin tener la obligación de llevar un registro de lo que hizo. ¡No está bien! En el ámbito del derecho público, eso no está bien. Invirtamos los términos y planteémonos la discusión del modelo. Comparto el principio y el final de lo que decía el señor Diputado Sabini, yo quiero llegar al mismo objetivo, y no dudo que es la intención de la actual Administración, pero con el régimen actual, tal como está, no se puede, porque sortearemos esta situación, pero en cualquier momento se nos presentará otra y vamos a volver a tener la misma discusión. Me parece que no es la mejor manera de actuar, ir emparchando la situación planteada para ir corrigiéndola en lugar de solucionarla definitivamente. Tal vez aquí tengamos que priorizar también las discusiones y asumir que si queremos un Canal que compita con otros que tienen instrumentos que él no tiene, lo que debemos cambiar es el régimen de funcionamiento y que pase a un régimen de Derecho Privado, que no es privatizar nada, ni deja de ser pública la gestión. Lo que ocurre es que se hace en un marco distinto, el del Derecho Privado y no el del Derecho Público, que está ahora y no funciona todo lo bien que debería. Esa es la diferencia. Reitero que me parece que hay límites para todo, porque tampoco podemos generar, en aras de la flexibilidad, de la competitividad y de dar instrumentos al Canal, condiciones por las cuales los jerarcas de turno -estos o los que vengan en el futuro- hagan lo que quieran, sin rendir cuentas a nadie. No, los funcionarios públicos no pueden actuar de esa manera, estén en el Canal 5 o en la repartición de la Administración en que les toque actuar. Gracias.
SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señora Presidenta: cuando yo era chico, me aburría durante horas y horas mirando la señal de ajuste de los canales privados para ver qué programación tenían, hasta que llegó la modernización, cambiaron de contenido y todo el mundo fue evolucionando. Cuando era chico, no tenía Internet. Lo que quiero señalar es la preocupación que tenemos por los poderes que hoy se están entregando al canal oficial. ¿Quiere que le diga la verdad, señora Presidenta? Los veo un poco sugestionados, porque desde el propio Gobierno, el Presidente de la República, el Presidente de todos los uruguayos, libremente, está diciendo que va a cortar la publicidad oficial en los medios de comunicación, dado que a su entender exageran la crónica roja, y trasladar eso a un ámbito tan sensible, territorial, que llega a todo el país, con gran penetración cultural y de comunicación como el canal del Estado, el canal público, otorgándole esas superpotestades o superpoderes que bajan del Presidente de la República, hacia la conducción del Canal, es algo desmedido. Muchas gracias. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: no tenía intención de intervenir, pero se han ido incorporando elementos de diverso calibre que hacen necesario poner las cosas en su lugar. No voy a aburrir a la Cámara contando lo que miraba o dejaba de mirar en la televisión hace muchos años, cuando era un niño. Me parece que lo que importa es que estamos discutiendo la Rendición de Cuentas específica y artículos muy concretos para emparchar una situación. Creo que necesitamos un abordaje general sobre el tipo de Canal que queremos, y eso requiere un debate con mayor profundidad. Me parece muy bien que se hagan anuncios de abordaje político. Podríamos historiar, desde 1985, las diversas iniciativas, de diversos partidos políticos, so-
98
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
bre el manejo diferente, pues será un insumo para dicho debate. La solución concreta, estos “parches” -lo digo entre comillas- que la bancada oficialista acompaña, está en una lógica de razonabilidad. Eventualmente, podremos identificar si algunos de los aportes hechos en la Cámara por la oposición ameritan algún cambio en el Senado. Pero no se puede aceptar sin dejar estas constancias -al menos de mi parte- algunas otras referencias que se han hecho en Sala, a la libertad de prensa, comunicación y expresión, pues en forma lateral se ha ingresado en algo que no es cierto. El Gobierno del Frente Amplio del período anterior promulgó leyes modelo en la región relativas a la libertad y defensa de los trabajadores de la prensa. Eliminamos algo muy común en el continente: el desacato por ofensas de los trabajadores de los medios de comunicación. Inclusive, la Comisionada sobre libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha establecido claramente el hecho de que se trata de un avance notorio y sustantivo, no solo para Uruguay, sino para la región y el mundo. Además, tenemos una ley de habeas data y una ley de archivos; se podrá decir que hay que mejorarla, que hay que profundizarla y hacer que sea de aplicación más sencilla, pero son los pilares básicos que queremos: un Estado transparente y eliminar la cultura del secretismo de la Administración, endémico a la cultura del país. No aceptamos que se tomen aisladamente las expresiones del señor Presidente de la República, en esa manera informal que tiene de comunicarse con la ciudadanía, como si esto fuera un ataque decidido a la libertad de prensa. Eso no se lo cree nadie. Basta salir de fronteras para darse cuenta de que cuando hay gobiernos autoritarios que quieren acallar a los trabajadores de la prensa, las condiciones son muy distintas; son bien diferentes. Este y el anterior Gobierno de nuestro Frente Amplio no tienen en sus antecedentes el cierre de ningún medio de comunicación, así como tampoco el acallamiento ni la persecución a ningún periodista; bienvenido sea ese hecho. Si se quiere, en otra oportunidad, podemos discutir si el estilo del señor Presidente es del gusto de
los señores Diputados, pero ese es otro debate, otra discusión. SEÑOR ORRICO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MICHELINI.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ORRICO.- Señora Presidenta: quiero aclarar que -es una cuestión de edad- cuando era niño, no había televisión. Y cuando hubo televisión, yo era más crecidito, y jamás se me ocurrió pararme frente a la pantalla a mirar la señal de ajuste. Es algo que nunca hice. Quizás tenga su parte divertida que yo desconozco. Quiero destacar acá que hubo una decisión política muy seria en este país, reconocida hace muy pocos días por Carlos Maggi, uno de los intelectuales uruguayos más importantes del siglo XX y de lo que va del siglo XXI, cuando, recuperada la democracia, se lo nombró a él y a mi inolvidable Rubén Castillo como Directores de Canal 5. Todos sabemos que por un incidente con la prensa privada -digamos-, esos dos Directores dejaron el Canal 5, porque su apuesta era hacer un Canal 5 competitivo, en el mejor de los sentidos. De manera que, creo que antes de apelar a especulaciones, a veces hay que mirar un poco para adentro y ver lo que la historia dice y no lo que yo supongo que la historia va a decir. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Michelini. SEÑOR MICHELINI.- Es cuento tenía para decir. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 195. (Se vota) ——Cuarenta y seis en setenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: en primer lugar, quiero reafirmar que la Dirección del Canal 5
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
99
está sujeta a jerarquía del Ministro de Educación y Cultura. Por lo tanto, no es para hacer cualquier cosa. En segundo término, creemos que el Poder Ejecutivo ha designado a gente que entiende competente, responsable y con capacidad como para llevar adelante la dirección de un canal. Podrá gustar o no gustar; podrá ser del colectivo en cuanto a sus designaciones para luego diseñar la programación y que guste o no guste a la mayoría de la población, pero hay una tarea profesional, responsable y competente que el señor Ministro de Educación y Cultura dejó claro en la instancia en que compareció a la Comisión de Presupuesto integrada con la de Hacienda. Gracias. SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señora Presidenta: votamos negativamente este artículo porque entendemos que se inicia un camino muy peligroso. Quienes estando enfermos por más de 45 días, sin poder movernos, prendíamos la televisión, y mientras aparecía la señal de ajuste escuchábamos radio. Y yo nunca escuché a un Presidente intentar inferir que habría alguna medida por lo que dijeran los medios de prensa. Ahora, también digo que, en este contexto, votando negativamente este artículo, no queremos que la conducción de Canal 5, el canal del pueblo, el canal del Estado, tenga tantas facultades y discrecionalidades, sino que la señal que emita sea la más coherente, la más equilibrada y la más democrática posible conforme a derecho, y a los controles y equilibrios correspondientes. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se pasa a considerar el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, que comprende los artículos 202 a 211, inclusive. (Texto del Inciso 12:) “INCISO 12 Ministerio de Salud Pública Artículo 202.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a redistribuir en el Programa 441 “Rectoría en Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Gene-
rales”, el monto de $ 1:000.000 (un millón de pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 199 “Otros bienes de consumo” al Objeto del Gasto 721 “Gastos extraordinarios”, en las Unidades Ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaría” y 003 “Dirección General de la Salud”, con destino a la financiación de las actividades relacionadas a la UNASUR, al MERCOSUR y otras relativas a la ejecución de las políticas de descentralización de los planes de salud. Artículo 203.- Autorízase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a redistribuir de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 441 “Rectoría en Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Generales” del Objeto del Gasto 048.025 “Recuperación salarial MSP A104 L18046”, la suma de $ 12:423.995 (doce millones cuatrocientos veintitrés mil novecientos noventa y cinco pesos uruguayos), a los Programas, Unidades Ejecutoras, Proyectos y Objetos del Gasto de acuerdo al siguiente detalle, en moneda nacional:
Progr. 441 441 441 440 440 441 Total
U.E. 001 102 103 103 104 105
Proy. 000 000 000 000 000 000
ODG 042.510 042.510 042.510 042.510 042.510 042.510
Importe 4.500.000 23.995 5.100.000 1.300.000 500.000 1.000.000 12:423.995
Los importes correspondientes a aguinaldo y cargas legales, deberán reasignarse a las Unidades Ejecutoras y Programas en la misma proporción en que se redistribuye la partida. Artículo 204.- Aplícase lo dispuesto en el artículo 568 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a las inversiones de equipamiento médico de alto o mediano porte realizadas por cualquier persona física o jurídica. Artículo 205.- Modifícase el artículo 565 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a efectos de establecer que la retribución del cargo de “Subdirector General de la Salud” de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección General de la Salud”, Programa 441 “Rectoría en Salud”, del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, estará comprendida en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.
100
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
La diferencia entre la retribución establecida por el artículo modificado, y la que corresponde por aplicación del presente, se abonará con cargo al crédito autorizado en el Objeto de Gasto 099.001, de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 440 “Atención Integral de la Salud”, del Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 206.- Autorízase a la Unidad Ejecutora 105 “Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud” del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a percibir ingresos por concepto de expedición de certificados, inspecciones y multas, para el cumplimiento de los cometidos establecidos por el artículo 573 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. La titularidad, disponibilidad y uso de los fondos, a que refiere este artículo, se regulará por las mismas normas establecidas para la Unidad Ejecutora 103 “Dirección General de la Salud”. El Ministerio de Salud Pública, en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, autorizará las trasposiciones de créditos correspondientes en la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, comunicándolas a la Contaduría General de la Nación. Artículo 207.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 324 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “Las erogaciones autorizadas por la presente disposición deberán ser atendidas con cargo a los créditos vigentes de la Unidad Ejecutora 105 “Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud”, y estarán condicionadas a la entrega de un plan de trabajo anual y/o proyectos de desarrollo que se ajusten a los objetivos del Sistema Nacional Integrado de Salud”. Artículo 208.- Aplícase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” lo dispuesto en el literal A) del inciso primero del artículo 719 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en cuanto a otorgar altas por bajas en igual función, previa realización de llamado, sin que implique costo presupuestal. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley y cesará cuando se aprueben las designaciones de los titulares de los puestos de trabajo resultantes de la reestructura del Inciso o cuando finalice el plazo contractual, en caso de que no se hubieren completado las referidas reestructuras.
Artículo 209.- La Red Nacional de Donación y Trasplante, creada por el artículo 570 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, se implementará a través de la coordinación entre los efectores públicos y privados del Sistema Nacional Integrado de Salud y la Unidad Ejecutora 004 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”. Dicho Instituto será responsable de la formación de los recursos humanos de la Red Nacional de Donación y Trasplante, y de su auditoría. Artículo 210.- Facúltase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, Unidad Ejecutora 004 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos” a contratar guardias a retén y suplentes a través de un contrato temporal de derecho público, cuya retribución se fijará por guardias, con cargo a la partida asignada por el artículo 569 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Los cuadros de suplentes y las guardias a retén se renovarán cada tres años, efectuándose la selección a través del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil. La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la vigente ley. Artículo 211.- Créase, a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, Unidad Ejecutora 004 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”, un cargo de particular confianza de Director, cuyo titular será designado por el Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 331 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. El Ministerio de Salud Pública comunicará dentro de los treinta días de promulgación de la presente ley, los créditos presupuestales a transferir de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” a la Unidad Ejecutora 004 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”, necesarios para financiar la retribución del cargo que se crea en el inciso anterior”. ——En discusión el artículo 202. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en setenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 203. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
101
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: vamos a proponer una corrección verbal. En el cuadro donde están indicadas las Unidades Ejecutoras, del segundo renglón en adelante debe figurar 002, luego 003, 003, 004 y 005. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 203, con las modificaciones propuestas por el señor Diputado Pardiñas. (Se vota) ——Sesenta y uno en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 204. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: si se estima conveniente, podríamos votar este artículo junto con el 205. De todas formas, quiero argumentar nuestro voto negativo a ambos, particularmente, al artículo 204. Este es un tema que ya discutimos mucho al tratarse la Ley de Presupuesto. Se trata de una modificación al artículo 568 de dicha norma, que establece que el Ministerio de Salud Pública puede aprobar las inversiones en materia de equipamiento por parte de los prestadores integrales o parciales de salud, así como también decidir quién puede importar determinado equipamiento. Esto generó un largo debate, porque esa potestad que pasa a tener el Ministerio de Salud Pública puede interferir -de hecho, interfiere- en los negocios privados, dando a unas instituciones y a unos prestadores la posibilidad de incorporar determinados equipamientos y negándosela a otros. En algunos casos, se llevaba adelante políticas -que fueron muy cuestionadas en algún momento- de no permitir a prestadores privados traer determinados equipamientos médicos, porque el Estado aún no los tenía, en esa filosofía que, a veces, prima en el Gobierno de emparejar hacia abajo: lo que no le puedo dar a todos, no se lo doy a nadie. Entonces, que los que más pueden, vayan a la Argentina, y los demás, que se arreglen, cuando algunas instituciones podrían estar prestando ese servicio.
Lo que hace este artículo 204 es agregar a la prohibición no solo a las personas jurídicas, a las empresas, sino a las personas físicas, que se ve que se les escaparon. Se ve que la prohibición a las personas jurídicas no fue del todo eficaz, porque terminaron importando equipamiento personas físicas que ahora también van a ser controladas por el Ministerio de Salud Pública en sus decisiones en esta materia. Al final, lo que terminan haciendo es privando al usuario de estos equipos o encareciendo el servicio. Todos sabemos que cuando hay mucha oferta en el mercado, los precios bajan, y se mantienen altos -en el negocio médico esto pasa mucho- cuando la oferta es escasa. Desde el principio, no nos gustó que se regulara esta actividad; la preferimos liberalizada y restringido el control a las condiciones técnicas de los equipos, pero no fue este el camino que se eligió. Del mismo modo, vamos a votar negativamente el artículo 205 que insiste en ese camino. Gracias. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: estamos entrando al tratamiento del Inciso 12, Ministerio de Salud Pública, el órgano rector en materia de la salud del país. El Partido Colorado tiene ciertas diferencias. Hicimos preguntas al Ministro cuando estuvo en la Comisión. Respondió a algunas inquietudes, y en cuanto a otras, quedó en contestarlas cuando se diera el debate correspondiente. Luego, cuando concurrió ASSE, sus representantes nos dieron algunas respuestas. No vamos a acompañar la mayoría de los artículos. Sí vamos a votar el artículo 210 que refiere al Instituto Nacional de Donación y Transplante de Células, Tejidos y Órganos, pero no vamos a acompañar la creación del cargo de confianza por lo que ya hemos repetido desde la discusión Presupuesto Nacional. Tampoco votaremos el artículo 204. Ya planteamos al señor Ministro nuestra preocupación debido a la falta de equipos médicos en Uruguay y su distribución, sobre todo en lo que refiere a la gente que vive en el interior del país y tiene grandes dificultades para acceder a esos exámenes tan importantes para su salud.
102
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Vamos a ser muy breves porque el tiempo apremia. En definitiva, así como no acompañamos en general el proyecto de ley de Rendición de Cuentas, no vamos a votar los artículos 202, 204, 205, 207, 208 y 211. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Vega Llanes. SEÑOR VEGA LLANES.- Me voy a referir a los artículos 204 y 205; sobre todo al 204, que es el que realmente me interesa. Aquí empezaremos por alinear los discursos, porque la medicina ¿es un negocio o no es un negocio? ¿Hay libre mercado o no hay libre mercado? Y si hay libre mercado, después a llorar al cuartito. Luego, cuando suceden algunos hechos, lo primero que dicen es: “no, porque el empresismo”, etcétera. Vamos a ponernos de acuerdo: si hay libre mercado, esta es la ley de la selva. Es como vender leche, Coca Cola o alguna otra bebida gaseosa, “según el precio, me comprás o no”. ¿Ese es el escenario que estamos planteando? ¿Ese es el escenario que buscamos? Particularmente, en el período pasado junto con el Ministerio, con nuestro acuerdo y nuestro apoyo, prohibimos el ingreso de un aparato de última generación para hacer tomografías de positrones. Lo prohibimos, entre otras cosas, debido a que técnicamente no estaba justificado, porque da la casualidad que el material radioactivo que es necesario inyectar al paciente tiene una vida media de una hora. Eso lo hacían en Buenos Aires y ese material no se puede traer en un avión de línea. Entonces, no teníamos idea de cómo iban a hacer para realizar los estudios, aunque lo suponíamos. La FEMI quería instalar el equipo y la sugerencia fue que lo pusieran en Tacuarembó. ¿Por qué había que ponerlo en Montevideo? En Tacuarembó no querían, tenía que ser en Montevideo. Ahora, a nivel público, se puso en marcha el PET-SCAN. Es el único que hay en el Uruguay, y no va a ser negocio porque no tiene ese fin y está a disposición de todos los uruguayos, independientemente de si puedan pagar o no. Creo que esa es la línea de trabajo que está planteada. ¿Qué ha pasado con la liberalización que permite traer el equipo que a cualquiera se le ocurra e instalarlo para hacer un negocio, como si fuera abrir un quiosco? Por supuesto que estos aparatos no están dentro del sistema mutual, ni del sistema público. Están afuera porque son para ha-
cer negocio: “yo voy a hacer plata contigo, no brindarte salud”. Si se produce un terremoto que destruya 18 de Julio, la Ciudad Vieja y Bulevar España, nos quedamos sin la mitad de esos aparatos, que se irían con el mar, porque todos están metidos en el centro de Montevideo. No hubo una planificación que determinara dónde se precisan y dónde hay que instalarlos; ha sido donde al negocio lo indique. Eso ha generado que en pocas cuadras de Montevideo se concentren todos los aparatos de tecnología, producto de no planificar la salud, política que teníamos hasta 2005. Es absolutamente imprescindible planificar la salud. No se puede dejar que cada uno vaya y ponga su negocio, como si fuera un quiosco en la esquina que se le ocurra. Ni los quioscos se pueden poner en cualquier esquina, porque es necesario contar con un permiso y tener una fundamentación. Pero parece que resonadores magnéticos y tomógrafos de positrones se pueden poner en cualquier lado, inclusive en una plaza pública. Y, precisamente, la idea es la contraria para que se optimicen los recursos. Además, esos aparatos se importan. No se trata de que venga un empresario privado y ponga la plata. El país también se endeuda trayéndolos, por más que los termine pagando un privado. Y así tenemos gente que se puede atender con facilidad y otra a la que le es imposible. La salud no es un negocio, pero cuando uno dice esto tiene que asumir lo que está diciendo e incluye que no se pueda traer cualquier cosa y ponerla en cualquier lado. Es necesario que exista una planificación y que el Estado -en el sentido más bueno del término, porque a veces lo usamos para el otro ladorealice una planificación que permita que los ciudadanos uruguayos se puedan atender con absoluta tranquilidad y con eficiencia, en vez de esperar un montón de tiempo. Después nos echan la culpa; eso es lo más gracioso de todo. Tampoco se planificó en función de la necesidad de especialistas o de mamógrafos. Ahora se dice: “En tal lugar no se pueden hacer mamografías”. Claro, si era un ¿Viva la Patria! ¿Quién iba a ir a Artigas a poner un mamógrafo? Nadie, porque no sirve al negocio. Esa es una característica que el Estado uruguayo tenía hasta ahora, que por suerte cambió. Creo que hay que votar este artículo con las dos manos. De lo contrario, estamos en las garras de
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
103
quienes negocian con nuestra salud. Todos sabemos que el día de la verdad, cuando estás enfermo y de dicen cualquier cosa lo hacés con tal de que te vaya bien. Traés agua de Querétaro o andá a saber qué. Lo más fácil es engañar a un enfermo; ¡lo más fácil! Eso ocurre porque la persona está desesperada, quiere salir de la situación y gasta lo que tenga para pagar su salud, y muchas veces cae en el engaño. No hay técnicas maravillosas; nada es maravilloso; todo tiene límite; todo es bueno en algunos aspectos y malo en otros; nada sirve para todo. Entonces, ¿para qué íbamos a meter a los uruguayos a hacerse PET-SCAN a lo loco, si sabíamos que técnicamente era imposible? Por eso lo prohibimos, y me alegra que lo hayamos hecho. Prohibimos a la FEMI que ingresara un aparato que no tenía cómo hacerlo marchar; recién ahora empieza a funcionar el Ciclotrón -que está instalado en el CUDIM, un instituto del Estado uruguayo-, que produce los elementos necesarios para hacer estos estudios. ¿El origen de este negocio era para los seres humanos? No; no era para los seres humanos. El fondo de este asunto estaba en la experimentación animal, porque a los laboratorios de productos farmacéuticos les lleva mucho tiempo la investigación para saber cuál es la acción real del medicamento. Ahora bien, marcándolo, y después buscando con la cámara de positrones, se sabe exactamente dónde se fija para determinar sus acciones. Entonces, el tiempo de investigación es mucho más corto. Ese es el gran negocio que estaba en el fondo de todo esto. En la esquina del Hospital de Clínicas, el Estado uruguayo tiene un lugar donde se va a hacer todo eso. Y, naturalmente, se va a recaudar plata con los laboratorios, pero a los uruguayos que tengan la necesidad de utilizar esa técnica se los va a atender, independientemente de dónde vengan, de cuál sea su condición socioeconómica, y no se va lucrar con ellos. Señora Presidenta: a mí me parece que esta es una gran medida y que el sistema político bien haría en votarla, porque daríamos la señal de que realmente estamos imbuidos de la convicción de que la medicina no es un negocio. Después, si te va mal con esto, no te acuerdes de Santa Bárbara cuando truena. Muchas gracias, señora Presidenta. (Apoyados)
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 204 y 205. (Se vota) ——Cuarenta y siete en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 206. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: propongo formar dos bloques. El primero con los artículos 206, 209 y 210, y el segundo con los artículos 207, 208 y 211. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Existe un problema, señor Diputado, porque el artículo 211 necesita mayoría absoluta. Por lo tanto, la Mesa sugiere formar un primer bloque con los artículos 206, 209 y 210, un segundo bloque con los artículos 207 y 208 y por último discutir el artículo 211. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: queremos proponer una modificación en el último renglón del inciso primero del artículo 206. Se trata de sustituir “Unidad Ejecutora 103” por “Unidad Ejecutora 003”. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- En discusión los artículos 206, con la modificación propuesta por el señor Diputado Pardiñas, 209 y 210. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 207 y 208. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 211.
104
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑOR ORRICO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ORRICO.- Solicitamos un intermedio de cinco minutos. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: me imagino cuál es el problema, y por eso voy a pedir que se desglose el artículo 211 y continuemos. (Apoyados) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 11, presentado por la señora Diputada Montaner y los señores Diputados Silvera, Sander, Amarilla, Trobo, Morelli, García, Niffouri, Lacalle Pou, Díaz y Novales. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Transfiérense los créditos no ejecutados a la fecha de promulgación de la presente ley de la partida asignada por el artículo 560 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, al programa 441 “Rectoría en salud”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” al Programa de Salud Mental de esa Secretaría de Estado, con destino a las organizacione4s no gubernamentales (ONGs) u otras instituciones que implementan programas de rehabilitación y recuperación de adictos.- El Ministerio de Salud Pública distribuirá dichas partidas entre las ONGs que lo soliciten en función del número de adictos que se encuentran en rehabilitación y/o recuperación por parte de cada una de ellas”. ——En discusión. SEÑOR AMARILLA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMARILLA.- Señora Presidenta: ya habíamos presentado este aditivo en el Presupuesto Nacional el año pasado, en virtud de que entendíamos que el Estado uruguayo debería asumir un papel mucho más activo en el trabajo de rehabilitación y recuperación de adictos. Además, lo hicimos porque nuestro Partido tuvo una firme posición en cuanto a este tipo
de gastos de los Ministerios y tenemos la certeza -no contamos con las cifras, pero es una suma muy importante, que asciende aproximadamente a US$ 13.000 por mes, que corresponde a una partida que tiene asignada el Ministerio de Salud Pública para contrataciones destinadas a una supuesta reestructura administrativa- de que ese dinero no se ha imputado ni ejecutado. Presentamos esta iniciativa a efectos de que se transfieran estos rubros al Programa de Salud Mental, para que se pueda apoyar a diferentes organizaciones no gubernamentales e instituciones que trabajan en esta materia. La semana pasada estuvimos recorriendo una institución muy reconocida en el medio, ya que trabaja en varios departamentos del país, particularmente Rivera, REMAR, que es una organización que trabaja con una visión bastante más amplia que el problema de las adicciones, por cuanto se dedica a la recuperación de marginados -su nombre proviene de ahí-, trabaja con mujeres víctimas de violencia doméstica y con gente que intenta salir del alcoholismo. Esta institución tiene en Rivera casi doscientas personas en sus programas, en diferentes chacras y locales, que además de hotelería trabajan en metalúrgica, en producción agropecuaria y en carpintería. Realmente, es un trabajo que se lleva con mucha dignidad y esfuerzo, prácticamente sin ningún apoyo del Estado uruguayo. Por eso, entendemos que el Estado debe asumir un rol más activo. Sabemos que la Comisión Especial sobre Adicciones, Consecuencias e Impacto en la Sociedad Uruguaya está trabajando en un informe. Sería importante destinar un fondo para que el Ministerio de Salud Pública comenzara a apoyar a las organizaciones e instituciones que trabajan con mucho ahínco, esfuerzo, desinterés y sacrificio en una tarea tan importante para recuperar a un sector marginado de la sociedad. Se trata de fondos que ya fueron destinados en el Presupuesto, que no se han ejecutado y que no se ejecutarán en este período. Por lo tanto, proponemos que lo que no se ejecute sea transferido a este Programa, que está dentro del Ministerio de Salud Pública, para que cumpla ese objetivo. Muchas gracias.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
105
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja N° 11. (Se vota) ——Veintisiete en setenta y cinco: NEGATIVA.
19.- Licencias. Integración de la Cámara.
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Pablo Abdala, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 19 de agosto y 5 de setiembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Guekdjian. Del señor Representante Alberto Casas, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Dardo Casas. Del señor Representante Jaime Mario Trobo, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 17 y 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Martín Elgue. Del señor Representante Andrés Lima, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 24 y 31 de agosto de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Ana Irene Lima”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y seis: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:)
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por razones personales solicito licencia desde el día 19 del corriente hasta el 5 de setiembre y pido se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saludo atentamente, PABLO ABDALA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Pablo Abdala. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 19 de agosto y 5 de setiembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Pablo Abdala, por el período comprendido entre los días 19 de agosto y 5 de setiembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Jorge Guekdjian. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales, por el día 18 de agosto del año en curso. Lo saluda atentamente. ALBERTO CASAS Representante por San José”.
106
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
“San José, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que esta vez no acepto la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes de la que he sido objeto. Sin otro particular, saluda atentamente al señor Presidente, Juan Atilio”. “San José, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que esta vez no acepto la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes de la que he sido objeto. Sin otro particular, saluda atentamente al señor Presidente, Rubén Bacigalupe”. “San José, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que esta vez no acepto la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes de la que he sido objeto. Sin otro particular, saluda atentamente al señor Presidente, Mercedes Antía”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de San José, Alberto Casas. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Antonio Atilio, Rubén Bacigalupe y Mercedes Antía. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de
24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de San José, Alberto Casas, por el día 18 de agosto de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Antonio Atilio, Ruben Bacigalupe y Mercedes Antía. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 22, del Lema Partido Nacional, señor Dardo Casas. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por medio de la presente, solicito a usted licencia por motivos personales, por los días miércoles 17 y jueves 18 de los corrientes. Asimismo, solicito que se convoque al suplente correspondiente por el mencionado período. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, JAIME MARIO TROBO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 17 y 18 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes,
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
107
RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo, por los días 17 y 18 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Martín Elgue. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por este medio y por motivos de índole personal, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia, por los días miércoles 24 y miércoles 31 de agosto de 2011. Sin otro particular, saluda atentamente, ANDRÉS LIMA Representante por Salto”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular doctor Andrés Lima, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saludo atentamente, Felipe Mutti”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular doctor Andrés Lima, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saludo atentamente, Nadia Cordone”.
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular doctor Andrés Lima, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saludo atentamente, Martín Pertusatti”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Salto, Andrés Lima. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 24 y 31 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Felipe Mutti, Nadia Cardone y Martín Pertusatti. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Salto, Andrés Lima, por los días 24 y 31 de agosto de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Felipe Mutti, Nadia Cardone y Martín Pertusatti. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados lapsos, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 888, del Lema Partido Frente Amplio, señora Ana Irene Lima. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
108
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
20.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
Se pasa a considerar el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, que comprende los artículos 212 a 214, inclusive. (Texto del Inciso 13:) “INCISO 13 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Artículo 212.- Créase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, la Unidad de Evaluación y Monitoreo de las Relaciones Laborales y Empleo. Esta Unidad dependerá directamente del Director General de Secretaría. Artículo 213.- Serán funciones de la “Unidad de Evaluación y Monitoreo de las Relaciones Laborales y Empleo”: A) Asesorar y proporcionar la información necesaria para la toma de decisiones de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social referidas a políticas de trabajo, empleo, negociación colectiva y formación profesional. B) Generar y procesar información y conocimiento sobre el mercado de trabajo a nivel regional, nacional y departamental. C) Sistematizar y analizar la información que surge de los convenios colectivos y en general del funcionamiento de los Consejos de Salarios. D) Diseñar informes periódicos a partir del procesamiento de datos de fuentes internas o externas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. E) Diseñar indicadores de gestión que permitan el monitoreo y evaluación de los distintos programas y acciones de las diferentes Unidades Ejecutoras del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. F) Analizar la demanda y oferta de empleo a nivel nacional, regional y departamental. Artículo 214.- Créase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, la Unidad de Coordinación para los uruguayos que retornan al país, la que estará integrada por representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto de Em-
pleo y Formación Profesional, con los siguientes cometidos: A) Planificar, implementar y evaluar las medidas tendientes a facilitar la inserción laboral y social de los uruguayos que retornan al país. B) Solicitar a través del INEFOP la convocatoria a las distintas entidades capacitadoras públicas y privadas, para la capacitación de dicha población. C) Coordinar con los Centros Públicos de Empleo y las distintas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social relacionados con los temas de migración, seguridad social y formación profesional. D) Interactuar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Junta Nacional de la Migración y la Comisión Sectorial de Población, organismos internacionales así como organizaciones representativas del sector trabajador y empleador y de la sociedad civil referentes en esta temática, a los efectos de intercambiar información que contribuya a la elaboración de los planes que lleven a la integración social y laboral de esa población”. ——En discusión el artículo 212. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: este Inciso tiene tres artículos. El artículo 212 crea la Unidad de Evaluación y Monitoreo de las Relaciones Laborales y Empleo. En el artículo 213 se explican las funciones de esa Unidad. El artículo 214 crea la Unidad de Coordinación para los uruguayos que retornan al país y explica sus cometidos. En estas normas no se establece ningún incremento en materia de recursos, sino que simplemente se reasignan funcionarios para las áreas que se crean y que recién mencioné. Por lo tanto, propongo que estos tres artículos se voten en bloque. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, se van a votar en bloque los artículos 212, 213 y 214.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
109
(Se votan) ——Cincuenta y nueve en sesenta y seis: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, que comprende los artículos 215 a 220, inclusive. (Texto del Inciso 14:) “INCISO 14 Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Artículo 215.- Sustitúyese el artículo 606 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 606.- A partir del 1º de enero de 2013, la realización de los proyectos o programas a cargo del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y MEVIR – Dr. Alberto Gallinal Heber, financiados por el Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, estará supeditada a la aprobación por parte de los Gobiernos Departamentales, de los instrumentos de Ordenamiento Territorial que correspondan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, modificativas y concordantes”. Artículo 216.- Sustitúyese el artículo 600 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 600.- Autorízase al Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Grupo 0 “Servicios Personales”, una partida anual de $ 36:000.000 (treinta y seis millones de pesos uruguayos), para financiar la modificación de la estructura de puestos. Los créditos presupuestales autorizados por este artículo serán utilizados para la contratación del personal que se considere imprescindible, hasta que se efectivicen las designaciones en los puestos de trabajo resultantes de la reestructura organizativa y de cargos del Inciso o cuando finalice el plazo contractual, en caso de que no se hubieren completado las referidas reestructuras”. Artículo 217.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, no podrá contratar personal eventual al amparo del artículo 446 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por los artículos 456 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, 409 de la Ley
Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 332 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, 16 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, 103 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007 y 364 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Los contratos eventuales vigentes no podrán extenderse más allá del actual período de Gobierno. Artículo 218.- Extiéndese la facultad de disponer retenciones sobre retribuciones salariales y prestaciones de la seguridad social conferida a la Agencia Nacional de Vivienda por el artículo 34 de la Ley Nº 18.125, de 27 de abril de 2007, a los créditos otorgados o que otorgue, cuando actúe en carácter de acreedor, administrador o fiduciario de fideicomisos. Las retenciones resultantes de lo dispuesto en el inciso precedente tendrán el mismo orden de prioridad establecido para el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), por el artículo 1º de la Ley Nº 17.829, de 18 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.358, de 26 de setiembre de 2008, y cuando concurra con una orden similar del referido Banco, se priorizará la que proceda del crédito más antiguo. Artículo 219.- Exceptúanse de la prohibición establecida por el artículo 16 de la Ley Nº 10.723, de 21 de abril de 1946, en la redacción dada por el artículo 2º de la Ley Nº 18.367, de 10 de octubre de 2008, los fraccionamientos elaborados o que se elaboren en el marco de programas públicos de vivienda de interés social o de regularización de asentamientos irregulares, cuando dichos programas se hayan iniciado con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008. Artículo 220.- Facúltase a los Gobiernos Departamentales para categorizar como urbanos o suburbanos, aquellos inmuebles rurales que con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, hayan sido adquiridos, prometidos en compra o reservados en compra por MEVIR Dr. Alberto Gallinal Heber, o designados para expropiar por el Poder Ejecutivo o por los Gobiernos Departamentales con destino a programas de MEVIR”. ——En discusión el artículo 215. SEÑORA MONTANER.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MONTANER.- Señora Presidenta: desde el Partido Colorado seguiremos siendo fieles a nuestra tradición: continuar apoyando los recursos y las he-
110
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
rramientas legislativas, haciendo todo lo que podamos por el tema de la vivienda para los uruguayos. Queremos destacar que Uruguay tuvo el privilegio de ser, en el siglo XX, uno de los países con más alto porcentaje de propietarios de vivienda. Los uruguayos siempre quisimos mantener esa tradición, colaborando para que todos tengan acceso a aquello a lo que por la Constitución tienen derecho. Y por sensibilidad tenemos que solidarizarnos con quienes no lo pueden hacer solos, procurando hacérselos llegar de alguna manera. En la Ley de Presupuesto, votamos los recursos que nos pidió el Gobierno para el quinquenio, que fueron $ 20.000:000.000. También votamos la ley relativa al acceso a la Vivienda de Interés Social. Fue aprobada por unanimidad en la Comisión y, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, se le dio trámite urgente. El Partido Colorado lo hizo y sigue en esa línea. Sabemos que la ley que promueve el acceso a la Vivienda de Interés Social conlleva un costo para la sociedad, porque el Estado deja de percibir tributos a través de las exoneraciones que se hacen al sector privado para promover la construcción de este tipo de viviendas para aquellos sectores pertenecientes a las franjas sociales económicamente más vulnerables. Esta ley consta de tres grandes capítulos que, desde nuestro punto de vista, son importantes, dado que establece exoneraciones tributarias, otorga garantías para acceder a créditos hipotecarios y amplía el acceso al régimen de propiedad horizontal. Es decir que el Partido Colorado sigue aportando con su voto; sigue apostando, sigue dando al Gobierno un voto de confianza. Por tanto, en la próxima Rendición de Cuentas queremos ver ejecución, resultados, que es lo que nos importa ante tanto esfuerzo. Entendemos que hay una emergencia habitacional, como dijo el Presidente Mujica hace un año y medio. Queremos salir de esa emergencia y para ello es que estamos contribuyendo de la manera en que lo estamos haciendo pero, reitero, para la próxima Rendición de Cuentas queremos ver un resultado para esta emergencia, esta colaboración, esta solidaridad y esta apuesta a la confianza por los uruguayos y su vivienda. Quiero hacer hincapié en dos cosas.
En Uruguay hay un déficit de 600.000 soluciones habitacionales; si consideramos que somos 3:200.000 habitantes, es mucho. También entiendo que el presupuesto de $ 20.000:000.000 que se votó para el quinquenio no se pudo utilizar en su totalidad para ejecutar programas y proyectos para este período porque hubo que financiar proyectos que quedaron sin financiación de la Administración anterior. El presupuesto global quedará liberado en el año 2013, porque en 2011 y 2012 va a estar comprometido en un 75% y en un 50%, respectivamente, para pagar obras que no pudieron ser financiadas en la Administración anterior porque se dio prioridad a otras áreas y no a la vivienda. Por eso es que vamos a votar. Asimismo, quiero decir que me preocupa mucho la situación de los uruguayos que viven en los asentamientos irregulares. En esta Cámara se ha hablado reiteradamente del crecimiento del país. Se ha hablado de que somos cuatro veces más ricos que lo que fuimos en 2002. Hemos escuchado que el Producto Bruto Interno y el crecimiento económico alcanzaron un porcentaje que por décadas no habíamos visto. Sin embargo, los problemas sociales no condicen con el crecimiento económico del país. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Ibarra) ——Quiero dejar sentado que, en la actualidad, hay 257.000 personas que viven en asentamientos. Hay 257.000 personas viviendo en total estado de precariedad. Al día de hoy, hay 562 asentamientos y 61.525 viviendas precarias. Entre 1998 y 1999, se creó el PIAI, Programa de Integración de Asentamientos Irregulares. Se creó durante Gobiernos colorados y se siguió instrumentando en Gobiernos frenteamplistas, pero no ha tenido impacto. Estas cifras no me dejan faltar a la verdad: los asentamientos han crecido y la cantidad de sus habitantes ha aumentado. Por lo tanto, existe un contrasentido entre el crecimiento económico y la realidad social de la clase más vulnerable. Lo más grave es que el número de personas que vive en asentamientos ha crecido en forma importante en los dos últimos años, y quiero destacar las cifras. En 2008, había 251.884 personas viviendo en asentamientos irregulares y, en 2010, la cifra ascendió a 256.958 personas.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
111
Esto quiere decir que en dos años hay 5.000 personas más viviendo en asentamientos irregulares, en un país que tiene índices económicos que no habíamos registrado en muchos años. En los asentamientos también creció la cantidad de viviendas precarias, que pasó de 10.111 a 12.043. Por eso hacemos hincapié en que seguiremos apostando y dando nuestro voto para proporcionar instrumentos financieros, normas jurídicas y recursos, pero insistimos en que las herramientas que brindamos no se condicen con el impacto social que se está logrando en la clase social más vulnerable, más pobre, de peor condición económica y social. Nuevamente vamos a dar un voto de confianza a la Rendición de Cuentas, y de los seis artículos del Inciso 14 vamos a acompañar todos menos uno: el artículo 216. En el Presupuesto votamos negativamente el artículo 600 y tampoco votaremos este. ¿Por qué? Porque con el artículo 216 de la Rendición de Cuentas se busca otra vez conseguir recursos para la contratación de personal que se considere imprescindible hasta la aprobación de las reestructuras organizativas y de los cargos del Inciso. Con el artículo 216 se pretende eliminar el límite de $ 12:000.000 anuales destinados a la contratación de personal, para pasar a un monto de $ 36:000.000. El Partido Colorado deja constancia de que, una vez más, está aportando con su voto las herramientas necesarias para atender a la clase más vulnerable y sus necesidades de vivienda, que constituyen un problema social. Esperamos que en la próxima Rendición de Cuentas, considerando todo lo que hemos aportado, haya resultados positivos con respecto a la vivienda social. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado Silvera Araújo. SEÑOR SILVERA ARAÚJO.- Señor Presidente… SEÑOR GANDINI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR SILVERA ARAÚJO.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: a los efectos de ordenar el debate desde ya quiero proponer que se ponga a consideración todo el Inciso, con el desglose
del artículo 216. Podemos hacer dos bloques: el artículo 216 por un lado y el resto de los artículos del Inciso por el otro. Lo planteo ahora a los efectos de que los señores Diputados puedan referirse a cualquiera de estos artículos. Por nuestra parte, queremos señalar que no vamos a acompañar el artículo 216 porque refiere al artículo 600 del Presupuesto Nacional, que tampoco votamos. De acuerdo con aquel artículo, se otorgaba una partida de $ 36:000.000 para la reestructura del organismo, de los que $ 12:000.000 podían ser utilizados para contratar funcionarios imprescindibles hasta la reestructura. Con la sustitución que ahora se plantea se permite que los $ 36:000.000 puedan ser utilizados para contratar, o sea, que en este Ministerio puedan emplearse US$ 2:000.000 por año para contratar, con independencia del momento en que se haga la reestructura. Por lo tanto, lo vamos a votar negativamente. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Puede continuar el señor Diputado Silvera Araújo. SEÑOR SILVERA ARAÚJO.- Señor Presidente: voy a expresarme en el mismo sentido en que lo hice una semana atrás, cuando se estaba votando en esta Sala el proyecto de acceso a la vivienda de interés social, que había sido informado por la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, que presido. La Ministra del ramo y autoridades de esa Cartera se comunicaron con nosotros, y también lo hicieron los colegas de la bancada oficialista, para informarnos acerca de la importancia de este proyecto para la ejecución de la política de Gobierno en materia de vivienda. Los partidos de la oposición, conscientes de la urgencia por aprobar la iniciativa y de la emergencia que existe en materia de vivienda -que fue categorizada en esos términos por el Poder Ejecutivo-, hicimos un esfuerzo para dar un tratamiento sumamente responsable, con una discusión lo más corta posible, a efectos de que a la brevedad el proyecto pudiera ser enviado al plenario para su votación. Precisamente eso fue lo que sucedió. Como hemos manifestado, tanto a nivel personal como de bancada del Partido Nacional, somos conscientes de la gravedad de la emergencia que existe en el Uruguay en materia de vivienda. Nuestro país necesita que las políticas que atiendan este problema se
112
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ejecuten de la forma más inmediata posible, a los efectos de ir abatiendo el déficit existente y de ir contemplando el preciado anhelo de nuestros compatriotas de acceder a una vivienda propia de la cual, lamentablemente, al día de hoy muchos están muy lejos. En este entendido, el Partido Nacional -como expresó de forma contundente el señor Diputado Gandini, que me antecedió en el uso de la palabra- apoyará todos los artículos del Inciso con excepción de uno. Sabemos que el país necesita que los anhelos del Gobierno -que en materia de solución de vivienda también son los del Partido Nacional- de una vez por todas comiencen a concretarse con la ejecución de políticas que todos esperamos sean eficientes, de resultado sumamente positivo y que nos coloquen en una situación mucho mejor que aquella en la que hoy nos encontramos. Siempre hemos exigido soluciones en este sentido y lo seguiremos haciendo. Esperemos que con todos los instrumentos que desde este ámbito se están proporcionando al Poder Ejecutivo se pueda hacer realidad lo que se pretende y fuera anunciado cuando se enviaron proyectos de ley relacionados con la vivienda. Ansiamos que los grandes instrumentos que han surgido desde este ámbito estén en consonancia con la ejecución que se haga desde el Poder Ejecutivo. SEÑOR OTEGUI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR SILVERA ARAÚJO.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR OTEGUI.- Señor Presidente: como señalaron mis compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra, el Partido Nacional va a votar con convicción absoluta los artículos de referencia, salvo el artículo 216. Estamos convencidos de que la política que se nos planteó desde el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con sus soluciones habitacionales -no son viviendas, sino soluciones habitacionales-, dan respuesta a una demanda insatisfecha de nuestra población. Queremos resaltar que los artículos 215 y 216 tienen que ver con la posibilidad de que los Gobiernos Departamentales regularicen asentamientos y puedan
disponer de fraccionamientos realizados con destino a la vivienda social, lo que complementa lo establecido por el proyecto de ley de acceso a la vivienda social que votamos hace poco. Como es sabido y ha señalado la Diputada Montaner, el PIAI es muy importante para el trabajo en los asentamientos, pero una de sus grandes limitantes tiene que ver con la regularización de la tierra. De modo que con esta disposición estaríamos solucionando un problema importante. Quiero resaltar otro aspecto. En el artículo 216 se consagra la facultad de que los Gobiernos Departamentales, cuando se trate de MEVIR, no tengan la limitante establecida por la ley presupuestal, que imponía una fecha tope para los ordenamientos territoriales. En ese sentido, estamos absolutamente contestes en que esta es una medida fundamental para el mantenimiento y desarrollo de esas políticas de vivienda. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Puede continuar el señor Diputado Silvera Araújo. SEÑOR SILVERA ARAÚJO.- He finalizado, señor Presidente. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: vamos a acompañar todos los artículos de este Inciso. Queremos destacar que en la presentación que hizo la señora Ministra de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, tanto en oportunidad de la consideración de la Ley de Presupuesto como en esta instancia, realmente hizo un vasto informe sobre lo actuado por su Ministerio y nos ha generado beneplácito por el cumplimiento de una tarea bien desarrollada. Inclusive, si analizamos lo que fueron los cinco años de la gestión anterior del Frente Amplio, advertiremos que en el año 2010 -que es, en definitiva, el objeto de análisis de esta Rendición de Cuentas-, se ha desarrollado en materia de soluciones habitacionales una respuesta mayor que en todo el período anterior. Este es un aspecto que, por lo menos, debe destacarse en la medida en que no puede pasar desaper-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
113
cibido cuando un Ministro ejecuta, como en este caso, prácticamente el 99% de los recursos asignados a inversiones, en un área que tiene especial significación desde el punto de vista social, del contralor del medio ambiente y de lo territorial. Creo que es una buena noticia que merece ser especialmente destacada, como consecuencia del trabajo que se realizó en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Gracias, señor Presidente. SEÑORA PEREYRA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PEREYRA.- Señor Presidente: es cierto que en este período de Gobierno se priorizó la vivienda, pero esto no quiere decir que en el período pasado no se haya hecho nada al respecto. Se hizo referencia al PIAI y, como el señor Presidente sabe, es un tema muy caro para mí, porque fui Directora en el período anterior. Por lo tanto, hay muchas cosas que me gustaría compartir con el resto de los colegas aquí presentes. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Tourné) ——Quiero decir que en el período anterior hubo una inversión en los asentamientos como nunca antes, desde la concesión del préstamo del BID para la creación del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares. El préstamo original del BID para este destino fue de US$ 100:000.000. Luego, por distintas razones, el país revió ese préstamo y lo achicó a aproximadamente US$ 80:000.000, teniendo en cuenta ciertas variantes. Sin embargo, en ese período de Gobierno en el que se estableció el préstamo con el BID, se invirtieron nada más que US$ 7:000.000 en asentamientos. En el período anterior al actual, en materia de asentamientos, en el año 2005 hubo una inversión de US$ 10:000.000; en 2006, US$ 15:000.000; en 2007 -fue un récord-, US$ 27:000.000; en 2008, US$ 15:000.000, y en 2009, US$ 15:000.000. Esto último era lo que nosotros teníamos asignado por Presupuesto para los asentamientos.
Este préstamo exigía una contrapartida de parte del Gobierno, además del préstamo; no era el préstamo del BID puro. Eso fue fundamental, porque cuando en el período de Gobierno del doctor Jorge Batlle se hizo este préstamo, no se pudo seguir solicitando porque a raíz de la situación que vivió el país, no había una contrapartida para poder seguir haciendo una inversión en los asentamientos, tal cual se había comprometido. Este Programa se realizó en todo el país, pero se trabajó especialmente en los departamentos de Artigas, Rivera, Salto, Paysandú, Canelones y Montevideo, y todavía se siguen las obras en muchos de ellos -como valoraba un Diputado preopinante-, lo que es muy importante para los departamentos del interior, sobre todo, para los de frontera. En ese sentido, quiero decir que el PIAI no es solo un programa que hace viviendas, sino que es integral. Se han hecho más de cien equipamientos sociales. ¿Qué son los equipamientos sociales? Son policlínicas, centros CAIF, clubes de niños y de jóvenes, de acuerdo con la necesidad que plantee el barrio. Quiero decir que se han terminado las obras en sesenta y cinco asentamientos completos, pero no solo se han construido viviendas, sino que se han construido barrios, con calles, saneamiento, luz eléctrica, tendido eléctrico. Además, en muchos de los sitios en los que la inversión en saneamiento resulta muy importante, a través de distintos programas del Gobierno y del Ministerio de Desarrollo Social que se han instrumentado -entre otros-, se pudieron hacer los baños por autoconstrucción. Entonces, en el período anterior hubo un salto muy importante, insuficiente, pero muy importante respecto a la inversión en los asentamientos. Los artículos 219 y 220 de este proyecto de ley tienen que ver con la regularización de esos asentamientos y con MEVIR y la Ley Nº 18.367, que se aprobó en el año 2008, es muy precisa al respecto. Allí se establece que si un predio no tiene más de 300 metros cuadrados, no se puede regularizar. Cuando un asentamiento es irregular, muchas veces los predios no tienen exactamente la dimensión que exige la ley: a veces tienen más y, a veces, menos, y en ocasiones el padrón está desfasado del del vecino. Entonces, se necesita flexibilidad para lograr que esos asentamientos puedan regularizarse como excepción, a pesar de lo estipulado en la ley.
114
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
El artículo 220 establece: “Facúltase a los Gobiernos Departamentales para categorizar como urbanos o suburbanos, aquellos inmuebles rurales que con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, hayan sido adquiridos […]”. Esta Ley es muy precisa con los predios en terrenos rurales, pero antes de su aprobación, MEVIR había comprado terrenos en lugares no aptos. También se necesita la excepción. Además, se pretende que esto quede determinado y que el cambio de la categoría de suelos se analice en los Gobiernos Departamentales o en las Juntas Departamentales a partir de la iniciativa de las Intendencias, que podrán variar la categoría del suelo de acuerdo con la necesidad y con las características del departamento. En ese sentido, vamos a votar -como no podía ser de otra manera- todos los artículos del Inciso 14. También nos comprometemos -como bien decía la señora Diputada Montaner- a tratar de cubrir las necesidades en esta materia con todas las iniciativas que están a consideración de la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. En este sentido, es muy importante haber votado hace algunos días la ley de acceso a la vivienda de interés social. Tenemos la seguridad de que habrá un cambio cualitativo en todo lo que tiene que ver con la vivienda en este período, continuando con el trabajo que se empezó en el anterior. Es cuanto tenía que decir. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR BANGO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BANGO.- Señora Presidenta: por supuesto, conjuntamente con nuestra bancada, vamos a acompañar los seis artículos del Inciso 14, que están a consideración del plenario. En función de ello y de algunas expresiones de Diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, quiero hacer algunas consideraciones políticas. En primer lugar, voy a hacer una aclaración. En la sesión en la que aprobamos por unanimidad la ley de acceso a la vivienda de interés social se dijo que en Uruguay había un déficit de seiscientas mil soluciones habitacionales. Como esa cifra se ha repetido y a los efectos de que conste en la versión taquigráfica,
quiero decir que si reflexionamos cinco segundos sobre lo que ese déficit supondría en la sociedad uruguaya, en un país que tiene un poco más de un millón de hogares, nos daríamos cuenta de que prácticamente el 60% de los que componemos esta Cámara estaría durmiendo a la intemperie. El déficit habitacional en Uruguay es objeto de discusión en términos cuantitativos, pero la gente que sabe calcula que está en el orden de las sesenta mil viviendas -no de soluciones habitacionales; hablamos de un déficit habitacional de viviendas- y no de las seiscientas mil, como se ha planteado. SEÑORA MONTANER.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR BANGO.- Con mucho gusto se la concederé cuando termine mi intervención. (Diálogos) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- La Mesa ruega a los señores Diputados que no dialoguen. Puede continuar el señor Diputado Bango. SEÑOR BANGO.- Disculpe, señora Presidenta. Hoy tenemos algunas cifras que nos provee el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que nos permiten contar con información ahora, sin tener que esperar hasta la próxima Rendición de Cuentas. Seguramente en ese momento se verán los esfuerzos y el acompañamiento que han hecho todos los partidos que integran esta Cámara, al aprobar determinados instrumentos que van a permitir una ejecución acorde a las necesidades del Ministerio en cuestión. Precisamente, en el año 2011 tenemos posibilidades de ver los frutos de una muy buena gestión, tal como ha informado el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. En el cuadro relativo a la ejecución presupuestal, como bien aludía el señor Diputado Posada, se puede ver que la ejecución llega a poco más del 98% y, en particular en el caso del Fondo Nacional de Vivienda, orilla el 99%. Asimismo, se informa que en el año 2010, en lo que refiere al Plan Nacional de Relocalización, se implementaron 332 soluciones habitacionales y en lo que tiene que ver con la línea de rehabilitación y consolidación urbano-habitacional, se lograron 6.060 soluciones habitacionales, de las 28.000 previstas para el quinquenio. En cuanto al programa de nuevas urbanizaciones, debemos decir que no hubo
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
115
ejecución, precisamente porque el Ministerio estaba esperando la sanción parlamentaria de la ley de Acceso a la Vivienda de Interés Social que, no me canso de decir, ha contado con el apoyo de todos los partidos representados en este Parlamento. En consecuencia, el año próximo empezaremos a ver realizaciones en este sentido. Con respecto a la política nacional de alquileres y viviendas de interés social, en el año 2010 se implementaron 1.055 garantías de las 5.493 previstas. Asimismo, en la línea de vivienda rural y pequeñas localidades, MEVIR implementó 492 de las 5.500 soluciones habitacionales que tiene previstas. Todo lo que refiere a los incentivos a la inversión privada en viviendas de interés social, también está pendiente hasta tanto se ponga en marcha la ley que hemos aprobado. En el año 2010 el PIAI implementó 2.800 soluciones habitacionales de las 10.324 previstas para el quinquenio, que supondrán una inversión total de $ 20.000:000.000. Si consideramos la replicación del último año en el Presupuesto Nacional, en 2015, es decir en seis años, la inversión alcanzará los $ 24.000:000.000. Este es un verdadero récord en la historia del país; se está poniendo las soluciones habitacionales en un lugar de privilegio. En el quinquenio pasado el Gobierno tuvo que dedicarse principalmente a otros menesteres. Las prioridades que definió fueron la protección social, la emergencia social, el empleo, la educación y la salud. Además, en materia de vivienda y de política habitacional, hubo que hacerse cargo de la catástrofe que se había acumulado en los últimos quince años. En ese período el Banco Hipotecario se fundió cinco veces, los niveles de morosidad llegaron al 82% -es decir, de cada cien préstamos que hacía, llegó al récord de no poder cobrar ochenta y dos- y hubo actos de corrupción. Como todos recordarán, la institución tuvo Presidentes presos por conceder apartamentos en Punta del Este a sus hijas. Entonces, hubo que reestructurar el sistema. Se creó la Agencia Nacional de Vivienda -como decíamos en ocasión de aprobación de la ley de acceso a la vivienda de interés social- para que se ocupara de la cartera de los complejos habitacionales que no tenían capacidad de pago, a fin de que no fuera medida con criterios bancocentralistas y pudiera hacerse la retasación de todas las viviendas. Muchos de estos casos
en todo el país han quedado a cero y no han tenido que pagar más. Asimismo, hubo que sanear el Banco Hipotecario para que nuevamente pudiera ofrecer créditos, sobre todo a los sectores de la clase media y media alta. Esta es la realidad. No se puede resolver todos los problemas que se generan en un solo acto. Seguramente, el Gobierno que nos sucederá en 2015, sea o no de nuestro partido, tendrá que seguir trabajando en materia de política habitacional para que en los próximos quince o veinte años se puedan resolver los déficits, que no son solo cuantitativos sino también cualitativos. La acción del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en lo que tiene que ver con la política de vivienda no se detiene en las soluciones habitacionales. También tiene competencias muy relevantes en materia de ordenamiento territorial. En ese sentido, se han producido avances sustantivos en la definición de las directrices nacionales -llegará al Parlamento la directriz nacional para protección de zonas costeras-, en el ordenamiento territorial del área metropolitana y también en el trabajo que se está realizando con los gobiernos departamentales. Precisamente, se está pidiendo una prórroga para terminar de definir estos instrumentos de ordenamiento territorial, en un trabajo conjunto del Ministerio con los gobiernos departamentales de todo el país. Asimismo, se ha avanzado mucho en materia medioambiental, lo que es clave en función de los temas que el país tiene por delante. Se han reforzado las capacidades institucionales; se ha constituido una red de sesenta y seis laboratorios certificados en todo el país para el control medioambiental; se ha efectuado el control medioambiental del río Uruguay a la altura del río Negro y, también, de los ríos Cuareim y Santa Lucía; se ha llevado adelante la implementación de un plan de apoyo al desarrollo de las cuencas. Tenemos muchos desafíos por delante. Los artículos que vamos a votar en esta Rendición de Cuentas van a reafirmar la inversión que el país está realizando en un área tan relevante como la vivienda, el ordenamiento territorial y el medio ambiente. SEÑOR RODRÍGUEZ.- ¿Me permite una interrupción?
116
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑOR BANGO.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ.- Señora Presidenta: suscribo totalmente lo que han expresado la compañera Diputada Pereyra y el señor Diputado Bango, pero quisiera complementar con algún aspecto que me parece que tiene que ver con lo que estamos aprobando. Una de las líneas importantes de la labor del Ministerio ha sido el trabajo con las Intendencias. En algunas de las intervenciones que se realizaron cuando comenzó el análisis de este Inciso se dijo que se esperaban resultados de la gestión del Ministerio, y nosotros, lógicamente, también: todos esperamos resultados de su gestión. En el Plan Quinquenal había un gran desafío que refería, precisamente, a encontrar los mecanismos de gestión adecuados que permitieran que un volumen importante de recursos destinados a las políticas de vivienda pudiera tener un impacto real. Y esto constitituye un gran desafío para el Ministerio. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Esta Cartera ha creado una línea de trabajo con todas las Intendencias. En ese sentido, se han firmado convenios con las Intendencias de Artigas, Salto, Paysandú, Río Negro, Soriano, Rivera, Cerro Largo, Rocha, Maldonado, Colonia, Florida, San José y Canelones; ya se ha acordado la realización de un convenio con la Intendencia de Lavalleja, el cual está por firmarse y con la de Treinta y Tres todavía no se ha acordado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Señor Diputado, lamento comunicarle que su tiempo ha finalizado. SEÑOR RODRÍGUEZ.- Precisamente para realizar toda esta actividad se debe reforzar el personal que el Ministerio necesita para trabajar. Ese es el motivo que justifica la aprobación del artículo 216. SEÑORA MONTANER.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MONTANER.- Señora Presidenta: sinceramente, veníamos bien, y vamos a seguir bien, no tengo dudas. Yo soy una persona que trata de informarse muchísimo, porque siento la responsabilidad de de-
cir las cosas bien y poder respaldar lo que expreso aquí. Reitero: el déficit que existe es de seiscientas mil soluciones habitacionales. Así lo dijo la señora Ministra Muslera en Comisión, en múltiples ocasiones, no solo cuando se analizó el Presupuesto. Por supuesto que no faltan seiscientos mil techos, pero cuando hablamos de soluciones habitacionales también nos referimos a precariedad y a muchas otras cosas más. Y no sé por qué el compañero Diputado Bango quiso embarrar la cancha y hablar de la corrupción y de temas del pasado que no son edificantes. Yo también recuerdo que el hermano del ex Presidente Tabaré Vázquez estuvo en entredicho por la obtención de un crédito de no ahorrista, por encima de muchos cientos de miles de dólares, para ir a un barrio más tranquilo. Entonces, señor Diputado Bango, si vamos a ese tipo de cosas desvirtuamos el eje… SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Señora Diputada: por favor no aluda. SEÑORA MONTANER.- No, señora Presidenta, escuchéme: yo fui aludida por las cifras que mencioné… SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Diríjase a la Mesa. SEÑORA MONTANER.- Como fui aludida por las cifras que expuse, las estoy respaldando y estoy diciendo dónde se pueden consultar, en un documento escrito, no solo con palabras. Estoy aclarando que si vamos a ampliar muy malamente el ámbito del debate, yo también estoy en condiciones de hacerlo, y le puse un ejemplo al señor Diputado Bango para decir que es una lástima que vayamos por ahí, pero que podemos hacerlo. Nada más, señora Presidenta. SEÑOR BALMELLI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BALMELLI.- Señora Presidenta: es una gran alegría saber que todos estamos de acuerdo con que es necesario instrumentar una política de vivienda, no solo en el corto, sino también en el largo plazo. Esto tiene que ver porque cuando hablamos de los déficit habitacionales -es verdad, la señora Diputada Montaner tiene razón- no se trata solamente de la falta de techo, sino también de las necesidades de mejoras y reparaciones, lo que puede llegar a cifras
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
117
de dinero importantes. La Facultad de Arquitectura y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente -este y el anterior- han manejado durante años que el déficit ronda en las cien mil viviendas, lo que también ha sido señalado por FUCVAM. De todos modos, es cierto que cuando contamos los asentamientos irregulares y las reparaciones que deben realizarse se puede llegar a cifras mayores. Pero lo que sí es importante -y se ha señalado en esta Sala- es la voluntad del conjunto del sistema político de dedicarle a la vivienda el esfuerzo mayor en los próximos años; y sabemos que cinco años no van a alcanzar para reducir el déficit actual ni para mejorar la situación, que se viene generando de muchos tiempo atrás, no comenzó hace cinco años. Hace mucho que en el Uruguay se ha caído en una situación de desamparo de muchas familias, de huída hacia los asentamientos irregulares, dejando amplias zonas de la ciudad sin gente, ya que las personas se van a construir lo que pueden en donde pueden, y no solamente en la región metropolitana. Por las cifras que tenemos, en 2006 había 217 asentamientos en Montevideo y la región metropolitana, 110 en Canelones, y, después, en diferentes departamentos, como Maldonado, Paysandú y Salto, había aproximadamente unos 70 u 80 en conjunto. En eso se ha trabajado. En ese sentido, en los últimos años se ha logrado mejorar la tendencia al crecimiento, que venía aumentando hasta el año 2004, lo que coincide con las crisis económicas. Esta situación se va a agravar cada vez que haya crisis económicas: en esas circunstancias la gente no puede pagar alquileres o mantener su vivienda, por lo que debe venderla e irse a otro lado. Entonces, lo que se revirtió -y no es solamente porque se haya construido, sino porque mejoró la situación económica- es la tendencia al crecimiento de esa situación crítica, que se ha enlentecido. Este Gobierno ha manejado la necesidad de declarar como emergencia nacional el tema de la vivienda, y eso es muy importante, como fueron la creación del Sistema Nacional Integrado de Salud en el período pasado, el abordaje del tema laboral y la lucha contra la pobreza. Ahora nos tenemos que dedicar en conjunto, todo el sistema político, a mejorar la situación de la vivienda. En ese sentido fue que me pareció muy importante el apoyo a estos artículos, pero lo más trascendente que debemos entender es que el problema de la vivienda no solo se soluciona mejorando el PIAI,
organismo que en los primeros cinco años intervino en doce o trece asentamientos, porque no tenía fondos para seguir trabajando, como bien dijo la compañera Susana Pereyra. En los últimos cinco años se intervino en setenta u ochenta asentamientos, y se sigue trabajando en ellos, pero el problema es que la situación no va a terminar allí. No es solo con el PIAI que podremos revertir la situación, sino atacando en conjunto el tema de la vivienda. Por eso nos parece muy importante la intervención de la señora Ministra cuando nos mostraba seis o siete programas que atienden este tema y cuando vemos que, además, se toman iniciativas como la promoción de la actividad privada en la construcción de vivienda social y fundamentalmente que se brinda apoyo a los grupos cooperativos. Me parece muy importante que entendamos que podremos mejorar la situación de la vivienda cuando la ataquemos en forma colectiva. Y en ese sentido en Uruguay tenemos una gran experiencia a partir del desarrollo de la Federación Unificada de Cooperativas y de FECOVI, que es la otra central de cooperativas. Eso es lo que me parece importante señalar con relación a lo que se va a desarrollar y lo que ya estamos efectuando. Además de esto, tenemos una gran conjunción de grupos en todo el país, que son las cooperativas en el ámbito sindical, sobre lo cual la Ministra también nos informó que se va a trabajar. Ese va a ser uno de los temas clave en este proceso, así como continuar con el desarrollo de MEVIR, que ha sido un ejemplo desde hace mucho tiempo; es decir que MEVIR ha sido un hito, no solo en los últimos años, sino en el conjunto del proceso uruguayo, y va a seguir trabajando. Creo que en ese sentido es que debemos entender el tema de la vivienda, porque el problema no es solamente tener una vivienda, sino poder mantenerla. Para ello, las políticas sociales son de suma importancia. Es verdad -como decía el señor Diputado Bangoque el Ministerio no solo se ocupa de construir viviendas, sino del ordenamiento territorial y del medio ambiente. Entonces, todos estos programas sobre los que hemos hablado con la señora Ministra, más todas las iniciativas relativas al medio ambiente -que son muy importantes en este momento, además de las inversiones que se hacen en el país- y al ordenamiento territorial -sobre lo cual ya tenemos una ley que fue aprobada en el Período pasado- determinan que precisemos reconstruir, ver las nuevas situaciones y ana-
118
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
lizar los nuevos contratos que se necesitan. Por eso es que en la bancada de Gobierno creemos importante apoyar el artículo 216. En ese sentido, me congratulo; creo que debemos continuar con la gran cruzada nacional que nos espera para los próximos años y aprobar todos estos artículos. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PEREYRA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PEREYRA.- Señora Presidenta: la aclaración imprescindible es precisar que el licenciado Jorge Vázquez, Prosecretario en el Período anterior, compró la casa por una ley que se votó en el Parlamento. Él, como Prosecretario, tenía la responsabilidad de dirigir el combate a la droga, y esa ley se votó no solo para el licenciado Vázquez, sino para todos los que estaban en la misma situación. Me consta que quienes trabajan luchando contra la droga en el Ministerio del Interior tienen un riesgo de vida muy importante, sobre todo por la gente que viene del exterior, que es mucho más peligrosa que la que estamos acostumbrados a combatir en nuestro país. Esa ley establece que todas las personas que tienen riesgo de vida por la tarea que desarrollan en el combate contra las drogas pueden acceder a un crédito especial del Banco Hipotecario. Quería precisar el carácter de la compra de la vivienda del licenciado Vázquez, que se hizo en ese marco. SEÑOR AMARILLA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMARILLA.- Señora Presidenta: comenzando por esto último, reconocemos que el licenciado Jorge Vázquez es un hombre afortunado, ya que tuvo la posibilidad de acogerse a esa ley y de resolver rápidamente su problema habitacional, adquiriendo una muy buena vivienda y en un muy buen barrio de Montevideo, a pesar de que el Banco Hipotecario estaba desarticulado, como lo decía un Diputado del Gobierno. Más allá de que el Banco Hipotecario estaba en una situación de crisis y de caos, no le impidió resolver los problemas acuciantes de algunos funcionarios, como en el caso del Prosecretario de la Presidencia de
ese momento. Así que nos alegramos y celebramos, tanto por la suerte que tuvo el licenciado como por la gestión del Banco que, a pesar su situación, pudo resolver este problema. Queremos responder a lo que manifestó la señora Diputada Montaner, que creemos que cometió un error. Me acuerdo claramente de que cuando la Ministra concurrió a la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente en oportunidad de discutirse el Plan Quinquenal de Vivienda, no habló de seiscientas mil viviendas. Está equivocada la señora Diputada Montaner: fue de un millón la cifra de viviendas sobre las que la Ministra, arquitecta Graciela Muslera, dijo en la Comisión que había problemas serios en lo que refiere al stock. Habló de un millón de viviendas, lo que a mí me asombró, porque si somos tres millones de habitantes y hay un promedio de tres o cuatro personas por núcleo familiar, no me cerraban los números. Esto consta en la versión taquigráfica. Nos reunimos en la Sala 7 del subsuelo del Edificio Anexo, donde la Ministra dijo exactamente que eran un millón las viviendas que presentaban problemas de carencias o de stock. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Hay demasiados murmullos en Sala que impiden que el orador desarrolle su exposición. Puede continuar el señor Diputado Amarilla. SEÑOR AMARILLA.- Le agradezco, señora Presidenta. Quiero hacer una alusión personal reconociendo la grandeza y la hombría de bien del señor Diputado Balmelli, que, extrañamente, reconoció acciones de gobiernos anteriores en la obra de MEVIR. Lo quiero destacar porque no es habitual que desde esa bancada se reconozcan acciones del pasado. A su vez, digo una cosa que me parece que se ha obviado; se obvió el otro día y lo dejé pasar, pero esta vez lo voy a manifestar. Quiero decir que el agravamiento de la situación habitacional en el período anterior no se debió a los problemas del Banco Hipotecario: fue consecuencia de la ineficacia y la ineficiencia del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que estaba en perfectas condiciones y, lamentablemente, no tuvo recursos para hacer ninguna obra y no hubo voluntad política de actuar por parte de quienes estuvieron al frente del Ministerio.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
119
La población más carenciada no es la que atendía el Banco Hipotecario. La que terminó engrosando las filas de los asentamientos no era la población objetivo ni el mercado que atendía el Banco Hipotecario, sino la que atendía el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que fue una herramienta apta, con toda su estructura armada y que, lamentablemente, fue despreciada por la conducción política del Estado. SEÑOR ABDALA.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR NOVALES.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR AMARILLA.- Concedo, por su orden, las interrupciones que me solicitan los señores Diputados Abdala y Novales. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el miembro informante en minoría, señor Diputado Abdala. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: yo simplemente quiero hacer un aporte que tiene que ver con un antecedente que pudimos recabar en el análisis de este proyecto de Rendición de Cuentas. Por cierto, ya se han pronunciado los compañeros que, con mucho mayor grado de especialización que yo, vienen siguiendo este tema en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. Me da la impresión de que aquí hay una actitud algo así como hiperbólica de parte de la bancada de Gobierno, de transmitir la sensación de que -también en esto; utilizamos la misma expresión antes- estamos poco menos que tocando el cielo con las manos. Nadie duda -y nosotros dimos nuestros votos- que hubo una apuesta fuerte en materia de vivienda. ¡Por supuesto!, y en la instancia presupuestal del año pasado nosotros votamos con mucho gusto los recursos. Ahora, a partir de allí transmitir la sensación de que aquí está todo resuelto, de que hemos dado un vuelco radical a la situación y, por lo tanto, vamos en camino a estar en el mejor de los mundos, me parece que hay, no quiero decir que un abismo, pero sí una distancia muy prolongada. Me voy a remitir a las manifestaciones de una de las delegaciones que recibimos, concretamente el 29 de julio, un viernes, el día en que recibíamos a las entidades que solicitaban entrevista con la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Ese día recibimos en primer lugar a las autoridades de FUC-
VAM, que nos transmitieron dos cosas que yo quiero aportar al debate. Hace un ratito el señor Diputado Balmelli sostenía que en función de esta apuesta fuerte que el Gobierno ha hecho a la vivienda y al movimiento cooperativo han surgido cooperativas de vivienda a lo largo y ancho del país. Y es cierto; eso todos lo sabemos, y lo reconoce FUCVAM. Lo que no se dijo y sí manifestaron los representantes de FUCVAM es que se han multiplicado las organizaciones sociales al influjo de lo que el Gobierno había dicho, que era precisamente darle prioridad al movimiento cooperativo, pero los recursos no alcanzan. Siendo más ahora que antes los recursos en el Presupuesto con la finalidad de invertir en el cooperativismo y de darle los recursos correspondientes, sin embargo, parece que nos vamos acercando a una suerte de cuello de botella. Tanto es así que, al menos FUCVAM -yo estoy transmitiendo lo que a nosotros se nos dijo-, esperaba que en las sucesivas instancias de Rendición de Cuentas, empezando por esta, hubiera un ajuste presupuestal a los efectos de poder financiar adecuadamente todo este crecimiento exponencial que el movimiento cooperativo de vivienda ha tenido, pero que hasta ahora se ha quedado en la expectativa. Según FUCVAM, hacemos los números y la plata no alcanza para cubrir toda la demanda que se ha generado a partir de una pauta que el Gobierno dio en el sentido de dar privilegio a esta forma de lucha por la vivienda. Hay otro dato que FUCVAM aportó que me parece elocuente porque en estos debates, no ahora sino siempre, se pone en entredicho dos conceptos: el de la vivienda y el de la solución habitacional. El último es una especie del género más amplio, pero la solución habitacional -como se dijo acá y es verdad- no implica solo el techo o la vivienda, sino otra serie de conceptos. Con respecto a eso, FUCVAM dijo textualmente: “[…] de ciento cuarenta y cinco mil soluciones habitacionales” -que se proyectaron- “lo que tiene que ver con construcción de vivienda nueva anda en el entorno de las dieciocho o diecinueve mil, incluyendo MEVIR, PIAI, Sistema Cooperativo y otros. El resto de los fondos” -estoy leyendo, señora Presidenta- “están destinados a conexiones al saneamiento, regularización de deuda, aspectos de tenencia y cosas por el estilo, pero no a construcción de vivienda nueva”. Me parece que esto ayuda a ilustrar el debate. Por supuesto, es la versión de FUCVAM, pero, natu-
120
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ralmente, me he encargado de chequearla, y lo que me dicen los compañeros especializados en esta materia es que la Federación, al menos en estos aspectos, no está para nada desencaminada. Gracias, señora Presidenta. Gracias, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado Novales. La Mesa aclara que le restan dos minutos al señor Diputado Amarilla. SEÑOR NOVALES.- Señora Presidenta: entonces, voy a tratar de resumir en dos minutos el motivo por el que solicité la interrupción. No querría dejar de hacer algunas consideraciones que me merece este suceso, el préstamo otorgado al señor Jorge Vázquez. No es tan sencillo como se ha dicho, sino que hay una rarísima acumulación, nunca vista, de privilegios en el otorgamiento de este crédito. Esto nos hace acordar al tristemente célebre artículo 383, que estableció unos asqueantes privilegios, fundamentalmente para las personas que habían ejercido el Gobierno o estaban en el Parlamento. Es bien sabido cuáles son las condiciones que debe tener cualquier hijo de vecino para acceder a un préstamo -hay que tener determinada edad, contar con un ahorro previo, etcétera-, ninguna de las cuales se cumplieron con el señor Vázquez Y con respecto al seguro de vida, en este caso el Estado se hace cargo de la deuda; si por un motivo u otro el señor Vázquez fallece, el Estado es solidariamente responsable de esta deuda. No hay que olvidar que esto es legal, pero inmoral porque nace de un convenio que el señor Vázquez firmó como Presidente de una institución del Estado con otra institución estatal, desconociendo el principio de la especialidad porque dentro del Estado uno puede hacer todo lo que está autorizado, pero no lo que no está autorizado. Y el señor Vázquez no podía firmar. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Además -y voy a terminar-, el convenio se firmó el 28 de setiembre y el señor Vázquez firmó la escritura el 3 o 4 de octubre, y como estaba en Punta del Este, el Banco Hipotecario del Uruguay le mandó un vehículo con un escribano para levantarle la firma. ¡Yo quisiera saber si el banco le manda a doña Juana o a doña Pepa un auto para que el escribano le levante la firma en el lugar en que esté vacacionando! Nada más; gracias.
SEÑOR BANGO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BANGO.- Señor Presidente: como el tiempo es un bien cada vez más escaso en la medida en que pasan los minutos, no me anoté para responder una alusión, pero voy a hacer una aclaración respecto de lo que recién decía el señor Diputado Abdala. No sé si en el transcurso de mi exposición él tuvo que salir o no pudo mantener el foco de atención. Nosotros dijimos -consta en la versión taquigráfica- que la resolución de los problemas habitacionales va a sobrepasar la gestión de este Gobierno, por más exitosa que resulte. Y cualesquiera sean los Gobiernos que se sucedan a partir de 2015, la solución de los problemas habitacionales -que es el eufemismo que ahora se usaincluye abordar problemas de fragmentación social, de segregación social, de segregación residencial, que son los que están en la base de la explicación de los déficit habitacionales. Esos problemas se van a tener que resolver desarrollando una tarea muy fuerte durante mucho más tiempo que los años que quedan por delante para terminar esta Legislatura. Para terminar quiero decir que no fueron los Diputados de esta bancada los que quisieron iniciar un debate -que siempre es bueno cuando se hace en términos respetuosos-, sino que algunas de las consideraciones que este Diputado realizó partieron de las evaluaciones que los legisladores preopinantes hicieron sobre la gestión del Gobierno pasado. Nosotros no tenemos ningún problema en jugar en las coordenadas que el debate se plantee. Y siempre que nos inviten a comparar gestiones pasadas, ahí estaremos para defender la que entendemos ha sido una gestión muy correcta del primer Gobierno de la izquierda, también en política habitacional. Así que queda aclarada la situación: si proponen el debate nosotros no tendremos ningún problema en hacerlo en las coordenadas en que se plantee. Gracias. SEÑOR BALMELLI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BALMELLI.- Señora Presidenta: me iba a referir a lo que planteó el señor Diputado Abdala, pero
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
121
antes quiero decir que MEVIR no es ningún hallazgo mío. Ahora bien: MEVIR solo actúa en zonas rurales; es para erradicar la vivienda rural insalubre, y acá el déficit habitacional no está a nivel rural. Creo que es un programa muy bueno, que va a continuar desarrollándose, pero no es el que va a impactar; aquí va a impactar otro tipo de programas. Es verdad lo que planteaba el señor Diputado Abdala sobre las cooperativas. ¿Qué sucede? ¿Saben todos cuánto cuesta regularizar un asentamiento, en promedio? US$ 1:000.000. Y me refiero a pequeños asentamientos. Una cooperativa pequeña, de cincuenta casas, cuesta US$ 1:000.000, entre tierra, construcción, BPS, etcétera. Entonces, esto no es fácil de resolver. Por eso dije que esta es una cruzada nacional que va a llevar mucho tiempo. Este déficit habitacional no se va a solucionar con estos fondos y quizás tampoco se resuelva en el próximo período. Conseguir los fondos que se precisan para revertir la situación, reparando casas de ochenta y cien años, de las que está lleno este país, va a requerir mucho tiempo. Y deberá haber inversión privada y del Estado y es por eso que dije que en el terreno de la vivienda hay que pensar en muchos años para adelante. Y es cierto, tanto para FUCVAM como para mí, que soy integrante de la Federación de Cooperativas, que las viviendas nuevas no nos alcanzan. Y no nos van a alcanzar en este período ni en el próximo porque la gente sigue naciendo, sigue necesitando casas y los hijos quieren independizarse; entonces, cada vez son más necesarias. Por eso creo que no solo se trata de construir vivienda nueva, como decía el Diputado Abdala que planteó FUCVAM, sino que también hay que pensar en soluciones habitacionales, porque estamos en emergencia, y en una situación de emergencia hay que actuar acorde a las circunstancias. Gracias. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: es una alusión en reiteración, que más que contestar, quiero comentar porque es coadyuvante, va en una misma dirección.
Sabe el señor Diputado Bango -lo vuelvo a aludir, pero positivamente- que nosotros siempre le prestamos la debida atención porque, además, es muy interesante escucharlo. Por un momento nos preocupó que esta pudiera ser la excepción, pero no lo fue porque me parece que los comentarios que formuló confirman la información que trasmitimos, cuya fuente es FUCVAM, en la instancia presupuestal que mencioné. Precisamente, lo que hace no es desmentir a FUCVAM, sino simplemente comentar esa afirmación. Desde ese punto de vista me deja una gran tranquilidad en el sentido de que, por esa vía, la propia bancada de Gobierno está dando certidumbre a lo que nos trasmitió FUCVAM en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y que ahora entendimos positivo volcar al análisis de la Cámara de Representantes. En cuanto a la alternativa de comparar gestiones y de realizar un debate con relación a estos asuntos, esta no es la instancia ni la oportunidad. Además, tenemos pendiente un debate con el señor Diputado Bango sobre la evolución de las cifras de la pobreza cuando a cada uno de nuestros partidos le tocó gobernar. Aprovecho a decirlo porque están presentes los medios de comunicación; capaz que a alguno en algún momento se le ocurre generar esa instancia y darnos el escenario y así podremos tener ese debate. (Interrupciones de varios señores Representantes) ——Me parece bueno agregar ahora a ese debate -porque tiene que ver- la discusión sobre qué hicimos con la vivienda. Entre 1990 y 1995 nosotros dimos 54.000 soluciones habitacionales. El Gobierno actual habla de 180.000 soluciones habitacionales, de las cuales FUCVAM dice -y no ha sido desmentido- que apenas 18.000 serán viviendas nuevas. Gracias.
21.- Licencias. Integración del Cuerpo.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia:
122
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Del señor Representante Esteban Pérez, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por los días 17 y 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Francisco Sánchez. Del señor Representante Ricardo Planchón Geymonat, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Morelli. Del señor Representante Iván Posada, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 24 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Philippe Sauval. Del señor Representante Guillermo Facello, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para realizar una visita a Taiwan, por el período comprendido entre los días 1º y 16 de setiembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Osta”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en setenta: AFIRMATIVA. Quedan convocados los correspondientes suplentes quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Me dirijo a usted a efectos de solicitar licencia por los días 17 y 18 de agosto de 2011, por motivos personales. Saluda atentamente, ESTEBAN PÉREZ Representante por Canelones”.
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Antonio Vadell”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis. Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Javier Rodríguez”. Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis. Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Fernando Andrade”. Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis. Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Juan Carlos Ferrero”.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
123
Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis. Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Daniel Vallejo”. Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis. Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Gustavo Moratorio”. Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis. Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Nancy García”. Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis. Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Milton Perdomo”.
Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis. Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Rosina Lema”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Esteban Pérez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 17 y 18 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Antonio Vadell, Javier Rodríguez, Fernando Andrade, Juan Carlos Ferrero, Daniel Vallejo, Gustavo Moratorio, Nancy García, Milton Perdomo y Rosina Lema y el señor Nelson Alpuy integra la Cámara por el período indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Esteban Pérez, por los días 17 y 18 de agosto de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Antonio Vadell, Javier Rodríguez, Fernando Andrade, Juan Carlos Ferrero, Daniel Vallejo, Gustavo Moratorio, Nancy García, Milton Perdomo y Rosina Lema. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Francisco Sánchez. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
124
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por medio de la presente, solicito a usted y por su intermedio a la Cámara, que preside, licencia por motivos personales durante el día jueves 18 del corriente. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT Representante por Colonia”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Javier Mallorca”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Edgar Collazo”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Gastón Berreta”.
“Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Néstor Bermúdez”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Alejandro Fioroni”. “Colonia, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Diana Olivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Colonia, Ricardo Planchón Geymonat. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Javier Mallorca, Edgar Collazo, Gastón Berretta, Néstor Bermúdez, Alejandro Fioroni y Diana Olivera. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
125
artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Colonia, Ricardo Planchón Geymonat, por el día 18 de agosto de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Javier Mallorca, Edgar Collazo, Gastón Berretta, Néstor Bermúdez, Alejandro Fioroni y Diana Olivera. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1212, del Lema Partido Nacional, señor Daniel Morelli. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Cúmpleme solicitar a Ud. tenga a bien, poner a consideración del Cuerpo que Ud. preside concederme el uso de licencia, por motivos personales, al amparo de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, por el día 24 de agosto de 2011. Saluda atentamente, IVÁN POSADA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Iván Posada. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 24 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes,
RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Iván Posada, por el día 24 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 909, del Lema Partido Independiente, señor Philippe Sauval. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley 17.827, artículo 1º, literal D), solicito se sirva poner a consideración del Cuerpo la autorización para hacer uso de licencia en virtud de obligaciones notorias entre el 1º y el 16 de setiembre, inclusive, a los efectos de cumplir con la invitación de la República de China en Taiwán para visitar sus país y participar de una serie de reuniones, de acuerdo al detalle que se adjunta. Sin otro particular, le saluda con su más alta estima, GUILLERMO FACELLO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no acepto la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes de la que he sido objeto. Sin otro particular, saluda atentamente al señor Presidente, Alberto Scavarelli”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Guillermo Facello, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta
126
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
inherente a su representación política, para realizar una visita a Taiwán. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 1º y 16 de setiembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Alberto Scavarelli. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el literal D) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Guillermo Facello, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para realizar una visita a Taiwan, por el período comprendido entre los días 1º y 16 de setiembre de 2011. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Alberto Scavarelli. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2000, del Lema Partido Colorado, señor Gustavo Osta. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
——Cincuenta y dos en ochenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: pedimos que se vote el artículo 211, que había quedado pendiente, relativo al Ministerio de Salud Pública. Vamos a proponer verbalmente un ajuste en su texto. Al final del primer renglón, donde dice: “Inciso 11” debe decir “Inciso 12”. Precisamente, se hace referencia al Inciso 12 que corresponde al Ministerio de Salud Pública. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 211, que fue aplazado en su momento, con la corrección indicada por el señor Diputado Pardiñas. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en ochenta y uno: NEGATIVA.
23.- Intermedio.
SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: solicito un intermedio de diez minutos. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en ochenta: AFIRMATIVA. Se pasa intermedio. (Es la hora 19 y 44) ——Continúa la sesión. (Es la hora 19 y 54)
22.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010 (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 215, 217, 218, 219 y 220. (Se votan) ——Setenta y nueve en ochenta y dos: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 216. (Se vota)
24.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: solicito que se rectifique la votación del artículo 211. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- La Mesa ruega a los señores Diputados que ocupen sus bancas. Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y seis: AFIRMATIVA.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
127
Se pasa a considerar el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, que comprende los artículos 221 a 226, inclusive. (Texto del Inciso 15:) “INCISO 15 Ministerio de Desarrollo Social Artículo 221.- Sustitúyese los incisos segundo y tercero del artículo 625 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por los siguientes: “Asígnase una partida anual de $ 17:238.145 (diecisiete millones doscientos treinta y ocho mil ciento cuarenta y cinco pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales a partir del 1º de enero de 2011, incrementándose en $ 10:151.634 (diez millones ciento cincuenta y un mil seiscientos treinta y cuatro pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, a partir del 1º de enero de 2012, a los efectos de financiar las retribuciones de los cargos creados y sus respectivas compensaciones, así como la de todos los cargos existentes en la Serie “Informática”. Exceptúase la retribución de dichos cargos de lo establecido en el artículo 105 de la denominada Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983″. Artículo 222.- Sustitúyese la denominación del cargo “Director del Programa de Atención a Colectivos y Población Vulnerable”, creado por el inciso tercero del artículo 39 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, por la de “Director del Instituto Nacional del Adulto Mayor”, manteniendo todas las características asignadas por la ley de creación. Artículo 223.- Increméntase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” la suma de $ 10:000.000 (diez millones de pesos uruguayos) en el Objeto del Gasto 042.521 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas” y la suma de $ 2:500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) en el Objeto del Gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantías”, incluido aguinaldo y cargas legales, disminuyéndose por igual importe los créditos de los Grupos 1 “Bienes de Consumo”, 2 “Servicios no personales” y 5 “Transferencias” del mismo Programa.
El Ministerio de Desarrollo Social comunicará a la Contaduría General de la Nación las modificaciones presupuestales a efectos de dar cumplimiento a la presente norma. Artículo 224.- Reasígnase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, los créditos presupuestales establecidos en el artículo 617 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el Programa 346 “Educación Media”, para el Proyecto 104 “Medidas de Inclusión Social” según el siguiente detalle:
Grupo 0
Denominación
2012
2013
2014
Serv. Persona- 4:259.200 les
5:111.041
5:111.041
2
Serv. no Per- 5:740.800 sonales Total 10:000.000
4:888.959
4:888.959
10:000.000
10:000.000
Artículo 225.- Autorízase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, a otorgar préstamos a personas físicas o jurídicas, estableciendo reembolsos totales o parciales, con la finalidad de promover el fortalecimiento de emprendimientos productivos. Con el recupero de los préstamos otorgados, se constituirá un fondo rotatorio destinado a los mismos fines, el que se incorpora a la nómina de fuentes de financiamiento establecidas en el inciso segundo del artículo 47 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. El mismo incluirá a partir del Ejercicio 2012 los recuperos procedentes de los préstamos otorgados con cargo al crédito autorizado para el Ejercicio 2011 por el artículo 617 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 226.- Facúltase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a transferir, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta $ 40:000.000 (cuarenta millones de pesos uruguayos) de gastos de funcionamiento excluidos suministros, a efectos de financiar las contrataciones mínimas imprescindibles hasta que se efectivicen las designaciones en los puestos de trabajo resultantes de la reestructura organizativa y de cargos del Inciso o cuando finalice el plazo contractual, en caso de que no se hubieren completado las referidas reestructuras”.
128
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
——En discusión. SEÑOR IBARRA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR IBARRA.- Señora Presidenta: estamos en condiciones de votar el Inciso completo. No obstante, voy a hacer una breve reseña de cada uno. El artículo 221 refiere a la ampliación de una partida anual de unos $ 17:000.000, en la que se incluyen los cargos existentes en la Serie “Informática”. Por supuesto, esto es mucho más equitativo. Debemos tener en cuenta que esta partida ya había sido votada en el artículo 625 del Presupuesto Nacional. El artículo 222 es un cambio de denominación; antes la designación era Director del Programa de Atención a Colectivos y Población Vulnerable, y ahora será Director del Instituto Nacional del Adulto Mayor, tema en el que hemos trabajado muchos legisladores. El artículo 223 incluye una trasposición de recursos para gastos de recursos humanos hasta tanto no concluya la reestructura; esto ha sido planteado en forma permanente en el Presupuesto Quinquenal y también en esta Rendición de Cuentas. Tiene que ver, fundamentalmente, con la contratación de becas de trabajo y pasantías. El compañero Bango se referirá con posterioridad a los artículos 224 y 225. Por el artículo 226 se transfiere una partida de hasta $ 40:00.000 de Gastos de Funcionamiento para financiar las contrataciones imprescindibles hasta la concreción de la reestructura. En cuanto a la Rendición de Cuentas, estamos absolutamente conformes con la tarea realizada por el Ministerio de Desarrollo Social. Se sigue ejecutando el Plan de Equidad, que es uno de los puntos más importantes en la atención social de los sectores más vulnerables. A través de las Asignaciones Familiares se atienden cerca de 440.000 niños y adolescentes. Todo esto permite creer que, poco a poco, pero lo más rápidamente posible, haremos desaparecer la indigencia y disminuir al máximo posible la pobreza. Estos son objetivos claros de la jerarquía del Ministerio de Desarrollo Social. En ese sentido, la Rendición de Cuentas y el Balance de Ejecución Presupuestal es abundante en cuanto a información. Era cuanto quería decir, señora Presidenta.
SEÑORA SANSEVERINO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA SANSEVERINO.- Señora Presidenta: quiero hacer una breve referencia a dos artículos del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”. El primero es el artículo 222, que hace referencia a la sustitución del cargo denominado Director de Programa de Atención a los Colectivos y Población Vulnerable por el de Director del Instituto Nacional del Adulto Mayor. En realidad, me parece una medida muy acertada, porque debemos recordar que en el año 2009 este Parlamento aprobó la creación del Instituto Nacional del Adulto Mayor, a través de la Ley N° 18.617, en la órbita de este Ministerio de Desarrollo Social. Este Ministerio ha venido trabajando durante todos estos años, muy vinculado con la Dirección Nacional de Políticas Sociales. También ha tenido un rol importante en la articulación del Encuentro Nacional de Organizaciones de Adultos Mayores. Son muy importantes estas organizaciones, porque en Uruguay el peso de los adultos mayores en la sociedad es muy fuerte y seguirá en crecimiento. Por lo tanto, tener instrumentos en cuanto a la seguridad social, a la salud, a la cultura y al esparcimiento, que habiliten una sociedad más amigable con los adultos mayores, es un esfuerzo muy importante. Ahora, con esta designación, habrá una persona con un cargo de confianza dirigiendo ese Instituto Nacional del Adulto Mayor, que también contribuirá a fortalecer esas políticas que viene desarrollando exitosamente desde hace varios años. El otro artículo que también me parece muy importante es el 225, vinculado a los emprendimientos sociales. Siempre me ha irritado esa valoración que se hace en cuanto a que las políticas sociales son solo asistencialistas. Durante estos seis años, hemos dado pruebas de atender las políticas asistenciales, pero también hemos creado los puentes de inclusión social y atendido los emprendimientos productivos, es decir, las políticas proempleo y las políticas de generación de cooperativas sociales -aquí mismo se votó una ley-; son políticas de altísimo valor social. Basta recordar el trabajo que hizo el banquero Muhammad Yunus en la India, donde creó el Banco Grameen. Se le conoce como el banquero de los pobres, porque hizo una experiencia interesantísima de
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
129
préstamos a los sectores más pobres que ciertamente tienen algunas puertas cerradas para comprar, por ejemplo, una pequeña herramienta. A veces son cooperativas o emprendimientos productivos donde hacen algún trabajo textil, artesanías o productos de alimentación. Entonces, en estos años, más de mil emprendimientos han permitido a familias salir de su condición de pobreza de una manera muy digna en el Uruguay. En este caso, el artículo 225 establece que el MIDES estará facultado para otorgar préstamos a personas físicas o jurídicas, estableciendo reembolsos totales o parciales. Es decir que el dinero en el Presupuesto Nacional se incrementó para esta línea de emprendimientos productivos, que iba a tener una asignación fija de $ 40:000.000 en el año 2011 y una fija en 2012, 2013 y 2014 de $ 86:000.000. Esa devolución va a ir fortaleciendo ese fondo rotatorio y permitirá que nuevas familias hagan un proceso serio de inclusión social. Esto nos permite avizorar que el Uruguay, con la tasa de desempleo que tiene hoy, histórica, de 5,5% de promedio, con estas políticas sociales -tanto las que está llevando adelante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social como el MIDES con Uruguay Trabaja- y con esta línea de microemprendimientos y emprendimientos productivos, con ese esfuerzo de dignificar a las familias uruguayas, va por muy buen camino y realmente queremos que todo esto siga saliendo muy bien. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: entiendo el tenor de la propuesta del señor Diputado Ibarra al analizar el conjunto de las disposiciones que componen este Inciso. Entonces, queremos adelantar que el Partido Nacional no va a votar los seis artículos que estamos analizando, por las razones que expresaremos a continuación. Desde el año 2005, el Partido Nacional definió una actitud de apoyo crítico a los planes sociales y a la política social que el Gobierno está impulsando, que se denominó primero “Plan de Emergencia Social” y que después adoptó la forma de “Plan de Equidad”. Ahora, según anuncia el novel Ministro de Desarrollo
Social, vamos camino a una nueva reforma social en sustitución de los planes existentes, que incluiría el fortalecimiento de las redes sociales, a los efectos de llegar, fundamentalmente, al núcleo duro de la marginación y de la pobreza extrema objetivos que, por supuesto, compartimos. Sin embargo, no compartimos las sugerencias incluidas en el ajuste presupuestal del Ministerio de Desarrollo Social, por las razones de carácter general que nos llevan a votar en contra de la Rendición de Cuentas, es decir, las reasignaciones de recursos para financiar becas o para contratar personal sin mayores fundamentos y sin una justificación que nos satisficiera cuando compareció el señor Ministro de Desarrollo Social a la Comisión, o bien por algunas innovaciones también incluidas aquí, que tampoco nos convencen demasiado porque no nos dan certeza. Por todo eso, no vamos a votar estas disposiciones. Quiero estribar en dos artículos en particular, que fueron comentados por los legisladores que me precedieron en el uso de la palabra. En efecto, el artículo 222 implica el cambio de denominación del cargo que estaba referido al área del adulto mayor en el organigrama actual del Ministerio de Desarrollo Social, por el de Director del Instituto Nacional del Adulto Mayor que, como bien se dijo, fue creado a través de una ley especial que, con esa finalidad el Parlamento aprobó en el año 2009. Con relación a este tema, preguntamos en la Comisión, pero en esa oportunidad, el señor Subsecretario no nos respondió en forma cabal; no se nos dijo qué era lo que se había hecho en esta materia hasta este momento. En efecto, el Instituto Nacional del Adulto Mayor ya lleva dos años de creado; hasta ahora no se había instalado y aún no lo ha hecho. No ha sido designado su Director. A partir de la pregunta que, precisamente, formulamos, nos enteramos de que hay un área del adulto mayor donde se desarrollan determinadas líneas de acción. No quedó demasiado claro cuáles eran estas líneas y tampoco quedó demasiado claro cuáles son las acciones que el Gobierno irá desgranando de aquí en adelante en cuanto al denominado -todos sabemos qué quiere decir- Sistema Nacional de Cuidados, que estaría dirigido a los sectores de mayor vulnerabilidad social, esto es, a los discapacitados, a los niños en condición de vulnerabilidad y, precisamente, a los adultos mayores, porque se ha hablado muchísimo de esto, en particular en este segundo Gobierno del Frente Amplio.
130
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Con la asunción del señor Ministro Brenta en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y con la de la entonces señora Ministra Vignoli, el tema se instaló en la agenda. Se dijo que el Gobierno iba a avanzar en el desarrollo de un sistema de cuidados. Se puso como referencia la ley española, que es verdad es muy avanzada en lo que tiene que ver con esa temática. Inclusive, el año pasado se llegó a sostener por parte del señor Ministro Lorenzo -cuando muy generosamente se reunió con los legisladores nacionalistas en el ámbito de la agrupación parlamentaria de mi Partido Político para conocer lo que en ese entonces era un adelanto de los contenidos de la Ley de Presupuesto- que en el Presupuesto ya vendrían algunas medidas, algunas propuestas y algunas partidas para empezar a construir ese Sistema Nacional de Cuidados. Sin embargo, nada vino en el Presupuesto, nada vino en esta Rendición de Cuentas, salvo este aspecto que es meramente burocrático y que implica cambiar la denominación de un cargo que fue creado legalmente hace dos años, pero hasta ahora no ha funcionado. Nos estamos refiriendo al Instituto del Adulto Mayor. En cuanto al artículo 225 también se expresó la importancia y la justificación de autorizar al Ministerio a otorgar préstamos reembolsables. El fin puede ser muy loable y no tengo por qué dudar de la buena intención, pero tal como está concebido el artículo me parece, por lo menos, de una gran peligrosidad. Aquí se habla de dar préstamos a personas físicas y jurídicas. Ya no estamos hablando solo de instituciones de bien público o de organizaciones sociales que merezcan la asistencia financiera del Estado, como las cooperativas sociales que aquí se mencionaban -que fueron objeto de una ley aprobada en el período pasado-, sino de personas físicas. Yo pregunto: ¿quién va a calificar? Por supuesto que se me dirá que el Ministerio. ¿Con qué criterios el Ministerio de Desarrollo Social va a decir: “a este le presto y a este no”? ¿Con qué criterios el Ministerio va a decir: “presto tanto o cuanto”, o “a este le presto más que al otro”? Me parece que aquí no hay definiciones objetivas que den certezas. Estamos hablando de dineros públicos y de la autorización a un Inciso, a un Ministerio, a un organismo del Poder Ejecutivo, para que reparta dinero, otorgue préstamos reembolsables, que después van a estar destinados -como se expresa- a la constitución de un fondo rotatorio que, supuestamente, iría alimentando el sistema que el Poder Ejecutivo pretende implementar.
Una de las críticas -en el marco de ese apoyo crítico al que me he referido que el Partido Nacional ha hecho, por ejemplo, a la concepción del PANES en el año 2005- tiene que ver con una suerte de discrecionalidad importante que hay a la hora de calificar, de otorgar los beneficios, de asistir a la población o a las personas o familias que integran la población objetivo a la cual los planes de emergencia primero y de equidad después estuvieron dirigidos. Repito que eso nos parece peligroso. Y más peligroso nos parece -quiero ser honesto- en la coyuntura actual. El cambio político que se ha dado en el Ministerio de Desarrollo Social también fue motivo de discusión en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. No es lo mismo una solución de estas características en manos de un Ministro que a todos nos dé garantías y certezas, que en manos de otro, a quien no vamos a cometer el agravio de calificar desde el punto de vista personal, pero sí a algunas de sus manifestaciones. El señor Ministro Olesker, cuando recientemente asumió la titularidad de la Cartera, hizo una invocación que rechazamos categóricamente, pero además nos preocupa mucho que la haya hecho a la luz de estos instrumentos que después solicita: el reparto de dinero. El Ministro empezó por convocar a la militancia de su partido político a colaborar con los planes sociales, y eso está muy mal y está escrito. Cuando nosotros dijimos esto, primero lo negó y dijo que no había sido así, que la prensa lo había malinterpretado; una vez más la prensa aparece como el chivo expiatorio que había generado el problema. Entonces, el señor Diputado Gandini compareció en la Comisión con el texto completo del discurso que, según tengo entendido, fue bajado de la página web del Ministerio de Desarrollo Social, y leyó determinados párrafos, en función de los cuales es incontrastable y no se puede desmentir que el Ministro hizo una convocatoria a sus correligionarios. ¿Para qué? Para que lo ayudaran en la implementación de los planes. Eso está muy mal y condiciona la confianza política que desde la oposición debemos tener, aunque sea mínimamente, con relación a un Ministro que pertenece a un Gobierno que nosotros no integramos, pero aunque discrepemos con él, podemos llegar a admitir que se haga cargo de la ejecución de la política del Gobierno, como es legítimo que ocurra. Eso deja de ser legítimo cuando se propone actuar sobre la base de convocar a una parte de la sociedad, de convocar a los compañeros y de excluir a los que no son
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
131
compañeros, que implícitamente es lo que aquí aconteció. Después, el Ministro trató de explicar la evidencia que se le presentó cuando se leyeron tramos de su discurso y dijo: “Bueno, no. En realidad, yo convoqué a toda la ciudadanía pero, por supuesto, tengo más afinidad o cercanía con mis correligionarios”. Eso ya lo sabíamos; no era necesario que le hiciéramos ninguna pregunta. Lo que nos preocupa, y está mal, es que se haya hecho esa invocación. Por lo tanto, no es lo mismo el artículo 225 con un Ministro que dice esas cosas, que analizado en forma aséptica, al margen de cualquier expresión desafortunada como la que el señor Ministro Olesker manifestó el día de su asunción. Por todo esto, vamos a votar negativamente el capítulo correspondiente al Ministerio de Desarrollo Social. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: tengo en mi poder la versión taquigráfica y participé de la sesión de la Comisión que contó con la comparecencia del señor Ministro y, en realidad, se expresa que lo que hizo el Ministro fue convocar a los frenteamplistas. De todos modos, se da un debate muy curioso, porque eso se dijo el lunes -cuando se discutió en general la Rendición de Cuentas-, se reiteró ayer y se vuelve a repetir hoy. Entonces, simplemente voy a recurrir a la versión taquigráfica. En ella consta que se le pregunta al señor Ministro -como aquí se dijo- si es cierto que él convocó a la ciudadanía frenteamplista en primer lugar. Lo que se leyó allí fue que se convocó en primer lugar a todos los ciudadanos y, naturalmente, después se hizo referencia al Frente Amplio. Y cuando respondió el Ministro, se expresó con total claridad. Cuando le preguntaron si era cierto que había dicho eso, el Ministro respondió que el propio Diputado había contestado a su pregunta al leer lo que se había desgrabado en esas manifestaciones. Por lo tanto, quiero precisar y aclarar que lo que hizo el Ministro fue convocar a toda la ciudadanía y después hizo referencia al pueblo frenteamplista.
Quería hacer esta precisión que surge de la versión taquigráfica de la sesión a la que se hacía referencia. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: quería agradecer al señor Diputado Groba por haber hecho referencia a la versión taquigráfica, de la que surge claramente lo que él acaba de expresar. El Ministro convocó al pueblo frenteamplista. Pudo haber convocado a toda la ciudadanía antes, después o no haberlo hecho, pero convocó al pueblo frenteamplista. Reitero que agradezco al señor Diputado Groba porque creo que esto resuelve la discusión que estamos manteniendo y, por tanto, la Cámara podrá avanzar en la consideración de este Inciso y de los siguientes. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: lo que figura en la versión taquigráfica es que es un llamado a toda la ciudadanía, pero también al pueblo frenteamplista. Por lo tanto, el señor Ministro convocó a todos los ciudadanos. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: me congratulo del buen uso que está haciendo del Reglamento, que es lo que corresponde. En atención a ello, vamos a referirnos a la votación que la Cámara se dispone a realizar con relación a los artículos correspondientes al Ministerio de Desarrollo Social. Creo que el señor Diputado Abdala ha sido muy certero sobre la posición del Partido Nacional que, por cierto, es muy similar a la que mantenemos los colorados en cuanto al voto negativo.
132
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
A fin de ser lo más sintético posible, quiero señalar que con respecto a los diferentes planes que se manifiestan y explican en el articulado, hemos llegado a la conclusión de que hay escasez y poca visibilidad de los resultados, ya sea en el plano de la información que el Parlamento y toda la ciudadanía debería tener, como en la vista de los problemas que se abordan. Queremos detenernos particularmente en el artículo 225, dada la desconfianza -me atrevería a decirque despertó la actitud del señor Ministro -que fuera relatada y diera lugar a esa suerte de ping-pong entre dos señores Diputados, aclarando si se refirió al pueblo o a los frenteamplistas; hago mías las palabras del señor Diputado Abdala respecto a que efectivamente se convocó al pueblo frenteamplista- al dar a esa Cartera la posibilidad de mantener un programa de préstamos como el que aquí se establece. Sin expresar ningún tipo de intencionalidad de parte del señor Ministro, se llama a la prudencia en cuanto al manejo y uso de dicho programa. Pensamos que se pierde una gran oportunidad en la aplicación de este sistema de préstamos que se propone; este Diputado batllista va a exponer estrictamente en su condición de Representante por Montevideo. Entendemos que Montevideo vive una verdadera crisis sanitaria, fruto de la situación de los residuos en la ciudad. La recolección de residuos tiene como eje fundamental la situación de una cantidad de gente que se dedica a la recolección y clasificación, es decir, los mal llamados hurgadores que, en realidad, son clasificadores. Este sistema que se está proponiendo era una solución que a Montevideo le habría venido muy bien a la hora de reconvertir a esa masa de trabajadores que vive en los asentamientos montevideanos, pues se requiere de sistemas y préstamos de este tipo que permiten recuperar a esa gente para volcarla en otra actividad. Este es el mejor momento que tenemos para llevar adelante y aplicar una política de esta naturaleza, de este tipo, por cuanto el país pasa por un buen momento -y vaya esto para alegría de la bancada oficialista-, con índices mínimos de desempleo. Que desaparezcan estos carritos no solo es bueno para esta gente, sino también para la ciudad de Montevideo, pues llaman a la indignación por la forma en que trabajan las personas y los niños, sobre todo porque lo habríamos podido resolver con un sistema de este tipo. Nuestra preocupación es por la alarma
sanitaria que Montevideo tiene y que, a juzgar por lo dicho por el Director de Limpieza de la Intendencia de Montevideo, señor Andrés Martirena, corresponde y es únicamente fruto de la herencia maldita recibida de la administración del pasado Intendente Ehrlich. SEÑOR CERSÓSIMO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señora Presidenta: quiero confirmar que el Partido Colorado no va a votar afirmativamente estos artículos. Hemos tenido oportunidad de hablar con representantes del Ministerio en la Comisión Especial de Población y Desarrollo, y vemos que sigue habiendo una política de aumento de remuneraciones y de compensaciones a expensas de los servicios, y no una mejora de los servicios. Vislumbramos el amiguismo y, sobre todo, el aumento de burocracia, pero no la mejora en la calidad de los servicios. El artículo 222 también nos merece alguna objeción y es el que establece un cambio de denominación, pues el cargo de “Director del Programa de Atención a Colectivos y Población Vulnerable” pasará a llamarse “Director del Instituto Nacional del Adulto Mayor”. Nos quedan dudas en cuanto a si el cambio de denominación se debe a la disminución en el campo de aplicación de las políticas a los sectores sociales vulnerables, concretándolas solamente a los adultos mayores. A su vez, tenemos una objeción mayor al artículo 225, que prevé una suerte de préstamo en beneficio de personas físicas o jurídicas. Esto lo vemos más como una función bancaria, propia de la especialización que tiene el Banco de la República Oriental del Uruguay. Sin dudas, sería y es mucho más conveniente, serio y profesional ir por ese lado hacia el préstamo social, al préstamo de contenido familiar o -como dice acá- al fortalecimiento de emprendimientos productivos, propios de la competencia y profesionalización del Banco de la República y no de esta forma y en esta institución ministerial, que va a politizar las decisiones que se tomen al respecto. Gracias, Presidenta.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
133
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Gloodtdofsky. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta… SEÑORA SANSEVERINO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Sí, señora Diputada. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir la señora Diputada. SEÑORA SANSEVERINO.- Señora Presidenta: quiero aclarar la creación del cargo de Director. Cuando se aprobó la estructura del Ministerio de Desarrollo Social, el Instituto Nacional del Adulto Mayor no existía pues su ley de creación es del año 2009. En la Dirección de Asistencia Crítica e Inclusión Social, que atiende los sectores vulnerables, existían tres Directores de distinto nivel. Es uno de esos cargos de Director que se transforma en Director del Instituto Nacional del Adulto Mayor, que viene a completar lo que establece la ley respecto a que debe haber un Director de confianza política. Entonces, si tenemos en cuenta lo manifestado por el señor Diputado Cersósimo, no se vulnera el trabajo hacia los sectores más marginados y necesitados -que han estado muy en boga en los últimos meses, sobre todo en invierno-, y se adecua la institución de los adultos mayores con una cabeza política. No se crea un cargo, sino que se traslada a ese Instituto, que viene trabajando desde el año 2009, momento en que se aprobó la ley de creación en este Parlamento. Muchas gracias, señora Presidenta. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado Gloodtdofsky. SEÑOR BANGO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BANGO.- Señora Presidenta: queremos comentar dos artículos en particular, tal como nos ha solicitado el compañero Ibarra; concretamente me refiero a los artículos 224 y 225. En función del debate que se ha venido desarrollando y de las opiniones que han vertido los colegas, queremos efectuar algunas precisiones sobre estos
dos artículos porque, quizá, estamos a tiempo de que se acompañen si se da una explicación con mayor profundidad de la que seguramente hubo en la Comisión. Por ejemplo, el señor Diputado preopinante planteaba la necesidad de ayudar a determinados colectivos sociales con préstamos de estas características, pero a pesar de eso no va a votar el artículo. Si pudiéramos desarrollar una explicación que fuera satisfactoria, contaríamos con su voto, lo que no sería menor. Me gustaría hacer algunas precisiones sobre lo que se ha dicho acá. En la reforma social se ha puesto en un mismo nivel el pasaje del Plan de Emergencia al Plan de Equidad, como si fueran sinónimos o grifas que cambian en función de la coyuntura. Queremos destacar que, conceptualmente -y a los efectos de informar en un debate posterior, que no habremos de dar aquí- el Plan de Emergencia comenzó y terminó, puesto que cuando hay una situación de emergencia esta no se puede volver indefinida; de lo contrario, se trata de un problema que no es solo resolver la urgencia, sino algo más estructural. Ese Plan de Emergencia, que comenzó en 2005 y terminó en 2007 -tal como lo expresaron las autoridades del Ministerio- era una asistencia a la emergencia que dista de ser lo que se entiende por asistencialismo, aunque ambos términos se utilizan de manera intercambiable y como sinónimos. En nuestra opinión, el asistencialismo es una práctica técnicamente errónea y políticamente criticable, porque apunta a resolver el problema de inmediato, pero no a hacerse cargo de las causas que lo están originando. Hay otra veta del asistencialismo, que es la criticable políticamente: esa acción, a veces, sirve para pedir votos o para hacer clientelismo político a través de políticas de estas características, medrando con la necesidad de la gente. Nosotros, al igual que todos los que están aquí, descartamos estas prácticas. Entonces, cuando hablamos de asistencia a la emergencia, nos referimos a determinados servicios que resuelven un problema puntual, pero que, a la vez, están enganchándose con políticas sociales estructurales. Por tanto, a las personas que no son pobres, sino que están en situación de pobreza -porque las personas no tendrían por qué nacer pobres; no es un rasgo genético sino una situación social heredada y construida-, hay que incluirlas en las políticas sociales estructurales como son la educación, vivienda, etcétera. El Plan de Equidad es, precisamente, el inten-
134
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
to de aprovechar el envión del Plan de Emergencia y meter a esos colectivos en una estrategia de desarrollo social más amplia. En definitiva, la reforma social apunta a tres planos que no todos son trabajables desde las políticas sociales. El primero es trabajar en el plano de la política del mercado de trabajo, empleo y salarios; el segundo, es la política social estructural propia: educación, salud, vivienda, seguridad social; y el tercero es consolidar y aumentar la red de protección social. Esos son los tres planos sobre los cuales el Ministro Olesker dio en llamar la reforma social. En todo caso, será puesta a consideración en futuras etapas. Ahora bien, quiero señalar que el artículo 224 no plantea un incremento del gasto sino una redistribución. ¿A qué se debe? Esto tiene que ver con un programa que forma parte del Programa interinstitucional Compromiso Educativo. En ese marco, el MIDES efectuó convenios con el Consejo de Educación Secundaria, a fin de participar, a través del Instituto Nacional de la Juventud, en el desarrollo de alternativas extracurriculares, abriendo los liceos y las UTU los fines de semana y promoviendo una serie de actividades que permitan minimizar el divorcio que existe entre cultura juvenil y cultura escolar. Para eso, se necesitan recursos humanos. Cuando se planificó inicialmente para el Presupuesto, todo el dinero estaba volcado a gastos de funcionamiento. Pero, básicamente, después de que se hicieron las negociaciones con la ANEP, lo que quedó claro es que también el INJU tenía que cubrir el pago de recreadores o profesores de educación física para esas actividades extracurriculares. Por esa razón, se está planteando a la consideración de este Cuerpo modificar la asignación inicial -que estaba en un solo rubro, reitero, el de gastos de funcionamiento- para compartirlo con gastos de servicios personales. No se trata de un incremento presupuestal sino de una redistribución y apunta a las alianzas que son bienvenidas entre las instituciones que tienen competencia en materia de política social. Lamentamos que esta cuestión que viabiliza un acuerdo interinstitucional no sea acompañada por los partidos de la oposición. Pero sus razones tendrán que uno no alcanza a comprender, aunque las respeta.
En relación al artículo 225, queremos lo siguiente. Los préstamos a iniciativas productivas en el período pasado se hicieron en base a una donación de US$ 1:000.000 que el Gobierno de Venezuela efectuó al Ministerio de Desarrollo Social. Como el Ministerio institucionalmente no podía recibir donaciones, esos dineros fueron administrados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo que le cobraba al Estado -es decir, a los uruguayos- por hacerse responsable, un porcentaje que oscilaba entre 3,5% y 7% anual. En la medida en que hoy el MIDES tiene capacidad institucional, se ha fortalecido -ahora cuenta con funcionarios; recuérdese que hasta 2006 el MIDES ni siquiera tuvo presupuesto propio porque no existía en la estructura institucional del Estado-, se consolidó una Dirección Nacional de Economía Social y está en condiciones de administrar esos préstamos, entonces, salimos de la órbita de los organismos internacionales. Se hace una apuesta del Presupuesto Nacional y ya no se precisan fondos del exterior -que además se acabaron- sino que se utiliza fondos presupuestales genuinos; se invierte, sacando los costos de administración -que la sociedad pagaba a través del Estado a los organismos internacionales-, y se pasa a ejecutar directamente. Ese es el sentido de lo que está planteado en el artículo 225. Se preguntó sobre los criterios con que se otorgaban préstamos a personas físicas y personas jurídicas. En todo caso, y como miembro del MIDES que fui en el último año, los criterios que se van a utilizar son los mismos que se aplicaron durante los cinco años pasados y que no merecieron ningún pedido de informes por parte de ningún Diputado de la oposición o del oficialismo. Es más: se está mejorando la red de criterios con la que se otorgan esos préstamos a efectos de dar todas las garantías del caso. Obviamente -como se podrá entender-, eso no se pone en una ley presupuestal. Pero la red de criterios existe y, reitero, no ha merecido la observación de este Parlamento en cinco años. Por lo tanto, está sembrada la confianza institucional suficiente como para aportar una herramienta que va a servir a los sectores a los que aquí se aludía y a los que queremos llegar. ¿Y por qué no se hace a través del Banco de la República? Porque una cosa es apoyar a una microempresa con gente que tiene el capital cultural como para encarar los desafíos, y otra, una obra desde la perspectiva de la economía social: aprovechando un trabajo socioeducativo y de ruta de
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
135
salida, se incorpora el elemento del préstamo para viabilizar emprendimientos productivos. Pero el centro no está en la cuestión “te doy y te cobro un préstamo”. Se trata de una labor socioeducativa y no es del Banco de la República sino del MIDES. A esto se suma, con las debidas garantías y controles -repito que no han merecido observaciones de la oposición en los últimos años-, que se facilite en un proceso educativo la salida desde el punto de vista económico. Con ese criterio, con ese espíritu, y con esa confianza institucional que el MIDES se ha sabido ganar de este Parlamento, solicitamos, entonces, que se tenga a bien reconsiderar, por lo menos, estos dos artículos, pues lo establecido permitiría instrumentar mejor, de manera más eficiente y con menos costo para el Estado las políticas que estamos dirigiendo a los sectores más vulnerables que a todos nos importan. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señora Presidenta: quiero aclarar lo que acaba de decir el señor Diputado Bango. Precisamente, el funcionamiento de estos préstamos que ya se están otorgando, a través el Ministerio y no de una institución bancaria, es la objeción y la razón que nos lleva a no dar nuestro apoyo a esta norma. Hemos visto una clara y contundente politización de este instrumento que, por supuesto, de estar en manos de profesionales de la banca, con los subsidios correspondientes, daría objetividad y abriría la posibilidad de recibir el apoyo de todos los partidos políticos. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: quisiera informar al señor Diputado Bango que no ha logrado convencerme. Si el costo implicara que una oficina del prestigio y con las garantías del PNUD se encargase de otorgar esos préstamos -en función de lo expresado por el señor Ministro Olesker al hacerse cargo de la Cartera-, sería mucho mejor pagarlo. Muchas gracias.
SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señora Presidenta: quisiera dejar constancia de que, lamentablemente, en lo personal, el MIDES no me ha ofrecido ninguna confianza. Tanto es así que recuerdo que cuando comparecía la ex Ministra del MIDES del Gobierno pasado a Comisiones de este ámbito parlamentario, se pretendía difundir alguna suerte de confianza y de garantías. Se nos decía en aquella época -y uno nuevo en estas lides hasta iluso era- que nos quedáramos tranquilos porque todo lo que preguntásemos, los pedidos de informes, las consultas, iban a figurar en la página web del MIDES. ¿Sabe qué, señora Presidenta? No solo nunca vi nuestros pedidos de informes colgados en la página web de ese Ministerio, lo cual me hubiera generado un poquito de confianza y por lo menos alguna garantía, sino que tampoco, incumpliendo con la Constitución de la República, jamás -escúchese bien: jamás- respondieron ninguno de nuestros pedidos de informes Por lo tanto, señora Presidenta, quiero aclarar que la confianza que se expresa que ha ganado el MIDES, en lo que respecta a mi persona, no ha sido así. SEÑOR GARINO GRUSS.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señora Presidenta: ya que aquí se mencionó la palabra “confianza”, acerca de este supuesto manto de seguridad que quiere justificar el Diputado Bango sobre el Ministerio de Desarrollo Social, vale recordar lo que sucedió en la comparecencia de la señora ex Ministra Vignoli en lo que tiene que ver con el tema de los refugios y de las personas en situación de calle. Concretamente, se dispuso la fecha 5 de julio como término para que se hicieran cuatro o cinco refugios nuevos, precisamente, en ocasión de que habían acaecido muertes, señora Presidenta. Entonces, se actuó en base a ello. Convocamos a la señora ex Ministra Vignoli y la propia Comisión Especial de Población y Desarrollo Social de esta Cámara le dio su total y absoluta satisfacción y respaldo. Eso ocurrió un jueves, pero el lunes siguiente,
136
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
el Presidente de la República, José Mujica, le retiró la confianza y tuvo que sustituirla debido a una pésima gestión. De manera que cuando aquí se habla de confianza o de un excesivo halo de seguridad en torno a una gestión, por lo menos nos permitimos dudarlo. Muchas gracias. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: voy a ser muy breve porque ya me olvidé de lo que iba a decir; así que voy a hablar de la parte que me acuerdo, nada más. (Hilaridad) ——Simplemente, quisiera hacer un resumen de los seis artículos que tenemos a consideración: cuatro de ellos trasponen recursos y todos están destinados a contratar nuevo personal o a compensar partidas salariales. Así que de seis artículos, cuatro son para contratar más gente: el último, por $ 40:000.000, más de US$ 2:000.000 anuales -por supuesto- para contratar más imprescindibles. Es un Ministerio repleto de gente imprescindible. Si no los tuviéramos, deberíamos cerrar las políticas sociales, porque está repleto de imprescindibles: ahora US$ 2:000.000 por año. El quinto artículo es para un cargo de confianza y el sexto tiene que ver con este sistema de préstamos o créditos reembolsables. No quiero ahondar en el debate sobre las políticas sociales y el asistencialismo; ya las evaluaremos en una discusión de fondo. Me quedo con la definición que hizo el señor Diputado Bango con respecto a lo que debe ser una política social y soy muy crítico de las que se desarrollan en el Ministerio, que no están destinadas a enseñar a pescar, para que la gente salga adelante, sino más bien a confortar a muchísimas personas que por este camino -sea por un plan del MIDES, el de la tarjeta de plástico o algún otro-, jamás cultivarán el hábito de trabajo. Yo continúo recorriendo Montevideo y sigo haciendo esa observación: hay una cantidad de gente que prefiere vivir en la informalidad, colgada de la luz, sin pagar impuestos, en un terreno que no le pertenece, con la asistencia de los programas sociales y cumpliendo con algunos mínimos requisitos para poder recibir algunas otras prestaciones. Me parece que son
básicamente asistencialistas y en algunos casos -para seguir con los “istas”- también son clientelistas. Pero no vamos a discutir eso en el día de hoy porque, si no, nos quedaríamos en este punto. Decimos, simplemente, que no vamos a acompañar estos artículos porque insisten con la aplicación de destinos, de recursos a programas que, a nuestro juicio, no obtienen buenos resultados. SEÑOR OTEGUI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GANDINI.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR OTEGUI.- Señora Presidenta: en el mismo sentido de lo que planteaba el señor Diputado Gandini, quiero decir que en el interior del país se da un poco la misma situación. Cuando uno busca gente para trabajar -esto pasó sobre todo en el período pasado, pero sigue aconteciendo-, en muchos casos, prefiere estar en la informalidad o en negro antes de perder el apoyo de las políticas sociales. Evidentemente, esa no es la forma de enseñarle a pescar. Ahora bien, quisiera hacer dos preguntas concretas al señor Diputado Bango, que fue quien expuso sobre el tema. Por el artículo 225 se autoriza a otorgar préstamos a personas físicas o jurídicas, estableciendo reembolsos totales o parciales. El parcial puede ser desde 0,1% hasta 100%. Entonces, me interesaría saber si el señor Diputado Bango tiene conocimiento de cuál es el monto del préstamo que está manejando el Ministerio y cuál es el criterio del término “parciales” que, evidentemente, es muy elástico. Luego, cuando se habla de la finalidad de promover el fortalecimiento de emprendimientos productivos, no me cierra con el tema de las políticas de desarrollo social. Adviértase que “emprendimientos productivos” puede comprender desde un grupo de trabajadoras o trabajadores que, juntos o individualmente realizan alguna manualidad, hasta una empresa de gran porte. Me gustaría que se me aclarasen estos dos puntos. Agradezco al señor Diputado Gandini por haberme concedido la interrupción. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Gandini. SEÑOR GANDINI.- He finalizado, señora Presidenta.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
137
SEÑOR BANGO.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BANGO.- Señora Presidenta: con todo gusto voy a intentar aclarar, por lo menos algunas cosas: las que pueda en este momento con la información de que dispongo en Sala. Creo que es oportuna la pregunta del Diputado Otegui porque nos lleva a clarificar un poco más cuál es la población que será destinataria de todo esto, en qué condiciones funciona y por qué a veces apoyar emprendimientos de estas características solamente con criterios bancarios, puede condenar la política al fracaso total. Ha sucedido en otros campos, en el trabajo de ONG, que apostaron a abrir microempresas de personas en situación de pobreza y le erraron como a las peras, porque el capital cultural de partida que tenían esas personas no les permitía sostener lo que se supone es la gestión, el marketing, es decir, todo el trabajo de una empresa para que funcione. Por eso, hay que hacer un trabajo socioeducativo que, además, incorpore el elemento económico para generar procesos de salida de la situación de vulnerabilidad en que están estos colectivos. Asimismo, este instrumento se sumará a lo que han sido las políticas, primero, Trabajo por Uruguay, y después, Uruguay Trabaja, por los que pasaron treinta mil personas, que fueron destinatarios y protagonistas de estos programas, y a partir de la experiencia de la práctica, se entendió que era necesario crear nuevos instrumentos para habilitar salidas. Estos préstamos son muy pequeños, y pueden estar en el orden de los $ 10.000 hasta un máximo de aproximadamente $ 60.000 para entidades económicas muy básicas y esenciales, que pueden ser particulares o en grupos asociados, por ejemplo, cooperativas de producción. Se indica que el retorno será total o parcial, porque la experiencia con estos sectores sociales, no del Ministerio de Desarrollo Social, sino de todos los programas sociales que se han implementado con la sociedad civil en los últimos veinte años, demuestra que, en general, los retornos de los préstamos no son del 100%, sino que oscilan en el entorno del 50%. Hablamos de gente que tiene emprendimientos que empiezan a funcionar y empiezan a pagar el préstamo
para generar ese fondo rotatorio y se le preste a otras personas. Por eso, no se trata de apoyar emprendimientos productivos de personas que, simplemente, precisaban capital de giro para iniciar un negocio, sino de incorporar el elemento ingreso para una política socioeducativa, con el objetivo de generar procesos de salida. Por lo tanto, los retornos que pueden esperarse nunca son del 100%, y por eso no se puede pensar con criterio bancario. Ojalá sirvan estas respuestas, a cuenta de una información posterior y más detallada de las propias autoridades de las Direcciones correspondientes del Ministerio de Desarrollo Social. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Pidieron la palabra para una aclaración los señores Diputados Rodríguez y Bernini y se la voy a conceder, pero voy a pedir a la Secretaría que lea, y a los Diputados y Diputadas que escuchen atentamente, el artículo 71 del Reglamento de la Cámara, que hace referencia a las aclaraciones. (Se lee:) “Después que un orador haya terminado su discurso, aquel o aquellos a quienes hubiese aludido podrán, antes que el orador siguiente inicie el suyo, hacer rectificaciones o aclaraciones, o contestar alusiones, las que no podrán durar más de cinco minutos. (Artículos 83, inciso segundo y 153, inciso tercero).- Se entenderá que corresponde la aclaración o rectificación, cuando se hicieren referencias equivocadas a las opiniones vertidas por el o los aludidos, y la contestación a una alusión únicamente cuando esta tenga relación directa con la persona del aludido o con sus actitudes políticas o su partido político (Artículo 105, literal F)”. ——De la lectura se desprende claramente que pueden pedir la palabra para hacer una aclaración las personas que hubieran intervenido en el debate y hubieran sido malinterpretadas. De cualquier manera, por última vez, habiendo aclarado la interpretación de la Mesa el artículo correspondiente del Reglamento, tiene la palabra el señor Diputado Edgardo Rodríguez.
138
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑOR RODRÍGUEZ.- Señora Presidenta: creo que, a esta altura, ya no nos vamos a convencer, pero quiero aportar alguna información. Varios Ministerios tienen políticas de créditos no bancarios, no solo el Ministerio de Desarrollo Social. Por ejemplo, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente está lanzando en todo el país un programa de créditos para autoconstrucción en terreno propio o público. Se trata de un crédito a quince años al que puede acceder cualquier persona. No es un préstamo clientelista, porque en mi departamento el funcionario que maneja esta política es un Edil del Partido Nacional. Por otra parte, hace muchos años que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca tiene varias líneas de crédito para pequeños productores rurales. El Programa Uruguay Rural sigue con un programa de microcréditos en zonas rurales, que también atiende a la población en condiciones de pobreza, y no es un crédito bancario. El Programa, antes PPR, para alumbramiento de agua, también consiste en créditos no bancarios, y tiene una parte retornable y otra no. Por lo tanto, esto no es una novedad; está dirigido a determinado sector de la población y tiene la misma transparencia que los demás programas de este tipo que se aplican a lo largo y ancho del Estado. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor Diputado Bernini. SEÑOR BERNINI.- Señora Presidenta: para no violentar el Reglamento ni ponerla en un aprieto, me voy a anotar para hacer uso de la palabra. Muchas gracias. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: el Partido Independiente va a acompañar los primeros cuatro artículos del Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, y no va a votar los artículos 225 y 226. Me interesa aclarar nuestra posición con respecto al artículo 225, especialmente porque aprobamos los fondos previstos para financiarlo cuando se votó la Ley de Presupuesto. En este artículo estaba previsto el Programa Políticas de Empleo, y dentro de él, el
proyecto de iniciativas sociolaborales, a efectos de financiar emprendimientos productivos. Hasta ahora, seguimos ratificando el fundamento que adoptamos cuando se votó la Ley de Presupuesto. Ahora bien, ocurre que se maneja, como instrumento para desarrollar y ayudar en emprendimientos productivos, los préstamos a personas jurídicas o físicas. Por cierto, no se me ocurriría plantear que esto lo tendría que realizar el Banco de la República; sería absolutamente inapropiado que un ámbito bancario desarrollara este tipo de políticas. Es obvio que tiene que ser desarrollado en un ámbito de política social. No obstante, cuando se manejan fondos públicos, es necesaria la transparencia, y de este artículo no se puede deducir que haya transparencia en el manejo de estos fondos porque, al margen de lo que establece el artículo, debe expresarse cuáles son los aspectos, los fundamentos y los criterios que el Ministerio adopta a la hora de impulsar este programa en particular. Y eso no está. Se podrá decir que existe algún aspecto reglamentario en el Ministerio de Desarrollo Social; en realidad, no se conoce, ni tampoco se presentó en el fundamento del artículo cuando vino el Ministro a la Comisión. Va de suyo que si se hace una propuesta en este sentido, debería acompañarse, por lo menos, con un decreto reglamentario, o directamente, con una reglamentación que dicte el propio Ministerio para desarrollar una política de esta naturaleza porque, de lo contrario, entramos en la cuestión de la falta de transparencia. A mi entender, este artículo, tal como está redactado, no da ninguna garantía para el uso de los fondos, conforme a lo que habíamos votado cuando aprobamos el artículo 617 de la Ley de Presupuesto. Era cuanto queríamos decir. SEÑOR BEROIS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Señora Presidenta: he escuchado a muchos oradores y se hace difícil hacer una apreciación. Estamos en esto desde los primeros días de julio; llevamos muchas horas reunidos y aún quedan algunas más, por lo que se hace mucho más difícil el intercambio. En cuanto a lo que dijo el señor Diputado Bango con relación al artículo 225, no sé si no se me ocurre
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
139
que el Banco de la República otorgue el crédito. En definitiva, es lo que ha hecho durante mucho tiempo, y lo ha hecho bien. Hay créditos sociales que el Banco de la República ha otorgado, y lo ha hecho bien. Sé que me van a decir que esto es otra cosa, que es diferente, porque acá estamos hablando, concretamente, de una máquina de cortar fiambre o de cortar césped; no lo podemos comparar con los créditos que otorga el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que no tienen nada que ver, porque lo hace a través del Banco de la República. Todo lo que tiene que ver con el proceso de otorgamiento del crédito, está bien que lo haga el MIDES, porque es el que focaliza, el que estudia y el que realmente tiene conocimiento técnico para enfocar el crédito. La cuestión es la impersonalidad del crédito; ahí está la sospecha. No se trata de una institución que se dedica a eso; la sospecha surge cuando lo otorga una Unidad Ejecutora, como en este caso. Yo no voy a atribuir intenciones, pero queda claro que la personalidad, la foto, el seguimiento, lo hace personalmente el mismo que hace todo el proceso de otorgamiento del crédito. Esa es la diferencia, que me parece clave a la hora de atribuir intenciones. Desde esta Cámara no se han pedido informes porque, en lo personal, no tengo nada que decir. Si tuviera la más mínima sospecha, lo haría, pero no es eso lo que estamos cuestionando, sino que en el Estado hay organismos que impersonalmente pueden hacer eso y otros que se pueden dedicar a otra parte, y perfectamente se pueden complementar. No son incompatibles. Me parece que, en definitiva, el objetivo es el mismo. Al hacer uso de la palabra, yo quería dejar sentado un punto de vista diferente a la sospecha permanente acerca de este artículo, sobre el que todos los compañeros han dado su opinión y que se viene discutiendo desde hace tanto rato. No me quiero extender mucho más. Avalo lo que dijeron los compañeros del Partido Nacional respecto a todo lo que tiene que ver con el MIDES. De todas maneras, es bueno aclarar o dar nuestro punto de vista a la Cámara -como intentamos hacer en Comisiónsobre sospechas que pueden caber -no digo que sean reales- con respecto al artículo 225. SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BERNINI.- Señora Presidenta: no iba a intervenir, pero quiero trasmitir la experiencia que vivimos quienes integramos la Comisión de Hacienda, donde estamos tratando un proyecto de ley muy importante -en este momento, interrumpimos su tratamiento por el Presupuesto- que se denomina Monotributo Social MIDES. Lo que se pretende con esta iniciativa es contar con una nueva herramienta para la inclusión, en este caso, diría, la integración social. No varía mucho con respecto al monotributo común y corriente, y lo que pretende es hacerlo en forma gradual, en cuatro años, para permitir la formalización de pequeñísimos emprendimientos, casi de sobrevivencia, en las más variadas ramas de actividad. Esto tiene que ver con lo que estamos discutiendo. ¿Por qué? Porque una de las virtudes que puede llegar a tener el Monotributo Social MIDES es la formalidad. ¿Y qué permite la formalidad? Entre otras cosas, permite pedir un préstamo. Porque alguien que no es formal, no puede ir a ninguna institución financiera y pedir un préstamo. Es imposible. Cuando el artículo habla de personas jurídicas, se refiere a las cooperativas sociales, para cuya formación hay un programa específico. Este tipo de préstamos ya se ha realizado, pero con financiamiento de donaciones del exterior. Lo que estamos tratando de hacer ahora es implementarlo con fondos propios, de Rentas Generales. Los índices de devolución superan el 50%. Hay una importante cultura de devolución. Es más, cuando tratamos el tema del Monotributo Social MIDES -lástima que no tengo la versión taquigráfica en mi poder-, se explicó que hay grupos técnicos de sectores de control del Ministerio de Desarrollo Social. Sucede como en cualquier institución: hay sectores que controlan a otros. Pues bien: en estos pequeñísimos préstamos que se otorgan, hay control por parte de oficinas que están para eso, pero no solamente a nivel de contadores, sino de psicólogos sociales, asistentes sociales, que acompañan el proceso que se lleva adelante, y hasta hacen un asesoramiento para que, por ejemplo, con ese préstamo, la persona se compre una máquina de coser y como modista del barrio logre mejorar su capacidad y escala de trabajo, o una garrafa. Estamos hablando de ese tipo de préstamos. No es el préstamo al que puede acceder cualquier ciudadano de este país que, primero, necesita
140
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ser formal porque, si no lo es, no se lo dan. Y la idea es que tampoco caiga en los préstamos al consumo a los que, a veces, hasta con un recibo o una factura se puede acceder porque, entre otras cosas, las tasas de interés son infinitamente superiores a la amortización del préstamo que recibe y a la rentabilidad que le pueden dejar esos micro, micro, micro emprendimientos. Estamos hablando de eso. Coincido totalmente con lo que se dijo -no sé si fue el señor Diputado Abdala, el señor Diputado Berois o el señor diputado Gandini- en cuanto que esto debería tener una reglamentación. Obviamente que tiene que tener una reglamentación, como toda ley que, sobre todo, implique determinado tipo de formalidades y criterios que coadyuven, precisamente, a que el fin por el cual se crea este mecanismo, se cumpla. Esta es una herramienta más, al igual que el Monotributo Social, “Uruguay Trabaja”, “Uruguay Clasifica”, y podríamos seguir. Lo que me animó a intervenir fue la necesidad de contextualizar el tema del que estamos hablando y la experiencia que hay. Lo importante de todo esto es que, quizás, el nivel de repago sea mucho mejor que el de otros a los que, en otro momento histórico de este país y siendo muchísimo más poderosos, les prestamos dinero y no lo devolvieron, por lo que debe pagarlo el conjunto de la sociedad. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR CASAS (don Dardo).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CASAS (don Dardo).- Señora Presidenta: creo que no es bueno desconfiar de la Administración. Partimos de la base de que las personas que están trabajando en el MIDES tienen la facultad de hacer lo que deben con los dineros públicos. O sea que parto de la base de que se va a hacer de la forma correcta. Sin embargo, me cuesta bastante entender lo siguiente. Acá se habla de asignar $ 17:000.000, $ 10:000.000, y empezamos a sumar. Después, cuando estamos debatiendo sobre el tema presupuestal y hablamos de los números macro del país, vemos que hay mucha inversión, poco desempleo, no hay inflación. Estamos en un país de primera, está todo brillante y es mucho mejor lo de ahora que todo lo que pasó. Entonces, si hay tan pocos pobres, capaz que lo que tene-
mos que hacer es sumar esta plata y dividirla entre los que quedan, y así se terminan los pobres; si casi que no hay pobres. Si no hay desempleo, no hay pobres. Sin embargo, seguimos invirtiendo en un Ministerio que tendría que ir tendiendo a ser cada vez más pequeño y a acotarse en gastos, porque estamos hablando de que este es un país de primera y está todo bien. Entonces, no puedo entender por qué seguimos en esta línea. Pero, bueno, tendremos que darle un poco de crédito a esta persona, más allá de que nuestro Partido no va a acompañar esta disposición. Insisto en que es poco entendible que, habiendo tan pocos pobres, tan poca inflación y tanta inversión en un país tan brillante sigamos dándole plata al MIDES. Quiere decir que algo no está funcionando: hay tantos o más pobres que antes en este país y se está mintiendo al respecto -es una posibilidad- o el MIDES, como alguna vez públicamente se dijo, funciona a favor de un aparato político. Muchas gracias.
25.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: De la señora Representante Verónica Alonso, por enfermedad, literal A) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Martín Fernández. Del señor Representante Aníbal Gloodtdofsky, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 17 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Milo Ojeda.” ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y nueve: AFIRMATIVA.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
141
Quedan convocados los correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito a usted tenga a bien gestionar la licencia correspondiente al día jueves 18 de agosto, por razones de salud. Adjunto certificado médico. Solicito se convoque a mi suplente (sistema preferencial). Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente. VERÓNICA ALONSO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Verónica Alonso. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011 y adjunta certificado médico. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el literal A) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por enfermedad, por el día 18 de agosto de 2011, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Verónica Alonso. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 33, del Lema Partido Nacional, señor Martín Fernández. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011.
“Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día de la fecha del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, ANÍBAL GLOODTDOFSKY Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 17 de agosto de 2011. II) Que los suplentes siguientes, señores Álvaro Fernández y Nicolás Ortiz integran la Cámara por el período indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky, por el día 17 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Milo Ojeda. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011.
ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
142
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
26.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
—Continúa la consideración del tema en debate. Tal como sugirió el señor Diputado Ibarra, votaríamos en bloque el Inciso 15, que incluye los artículos 221 a 226, inclusive. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: podríamos votar en dos bloques, uno del artículo 221 a 224, inclusive y otro, conformado por los artículos 225 y 226. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 221 a 224, inclusive. (Se vota) —Cincuenta en setenta y tres: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 225 y 226. (Se vota) —Cincuenta en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. Corresponde iniciar el tratamiento de la Sección V, “Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República”, que comprende los artículos 227 a 256, inclusive. Se pasa a considerar el Inciso 16 “Poder Judicial”, que comprende los artículos 227 a 236, inclusive. (Texto del Inciso 16:) “SECCIÓN V ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 16 Poder Judicial Artículo 227.- Los funcionarios que ocupen cargos en el Escalafón II “Profesional” del Poder Judicial cuyas remuneraciones se encuentren equiparadas al Escalafón I “Magistrados” por aplicación del artículo 495 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, podrán optar por ser incluidos en el régimen de retribuciones correspondiente a la escala salarial por-
centual de los Escalafones II a VI, dentro de los ciento ochenta días de entrada en vigencia de la presente ley, sin que ello implique un incremento del crédito presupuestal asignado. Artículo 228.- Autorízase al Inciso 16 Poder Judicial a asignar la función de Asistente Técnico a un funcionario, según el régimen establecido por el artículo 632 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y con destino al nuevo Tribunal de Apelaciones en lo Penal creado por los artículos 637 y 638 de la mencionada ley. Suprímese el cargo de Asistente Técnico del Escalafón ll creado desde el 1º de enero de 2011 por el artículo 638 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con cuyo crédito presupuestal se financiará la compensación que corresponda por la asignación de funciones establecida en el Inciso primero del presente artículo. Artículo 229.- Autorízase la presupuestación de los funcionarios contratados con cinco años de antigüedad ininterrumpida y continua a la fecha de vigencia de la presente ley, en los cargos de “Arquitecto” que se desempeñan en la División Arquitectura y de “Asesor” que se desempeñan en la División Jurídico Notarial, y pertenecen al Escalafón II “Profesional”, Grado 12 del Poder Judicial. La presupuestación se realizará en base al puntaje asignado en las calificaciones, según reglamentación que dicte la Suprema Corte de Justicia, sin que ello implique un incremento del crédito presupuestal asignado. Artículo 230.- Transfiérense, en los Ejercicios 2012 a 2014, las asignaciones presupuestales del Proyecto 801 “Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo BID”, del Programa 203 “Gestión, Administración y Servicios de Apoyo a Tribunales y Defensorías Públicas”, Financiación 2.1 “Endeudamiento Externo”, al Proyecto 973 “Inmuebles”, del mismo Programa, Financiación 1.1 “Rentas Generales”. Artículo 231.- El Poder Judicial comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de promulgada la presente ley, las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de financiar las erogaciones con destino a la realización y financiación de programas de capacitación permanentes en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, para Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público del Uruguay en materia de Derechos Humanos, que contengan cursos sobre la debida investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de desaparición forzada de personas y de sustracción de niños y ni-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
143
ñas, con la contratación de expertos nacionales y extranjeros en el tema. Artículo 232.- Sustitúyese el artículo 63 de la Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985, en la redacción dada por el artículo 346 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, por el siguiente: “ARTÍCULO 63.- La integración de oficio de los Tribunales se efectuará, para todas las materias, cuando existiera impedimento por causa de licencia por plazo superior a quince días o por vacancia, con el Ministro del Tribunal de Apelaciones Suplente, de acuerdo con la reglamentación que dicte la Suprema Corte de Justicia. El nuevo miembro continuará conociendo del asunto hasta dictar la sentencia que motiva la integración”. Artículo 233- Derógase el artículo 19 de la Ley Nº 11.460, de 8 de julio de 1950, en la redacción dada por los artículos 153 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969 y 257 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967. Artículo 234.- Autorízase al Poder Judicial a realizar la digitalización del Archivo Judicial, existente y futuro, de todos los procedimientos judiciales y administrativos, el que debidamente certificado mantendrá idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que el equivalente en soporte papel. La Suprema Corte de Justicia reglamentará el uso del sistema y su implantación gradual, quedando facultada para ordenar la destrucción de expedientes judiciales y administrativos archivados. Artículo 235.- En los procesos que se tramiten ante Tribunales del Poder Judicial en los que se persiga el cobro de una suma de dinero, a los efectos de facilitar el control de las liquidaciones de créditos y de los intereses usurarios, en su caso, el Tribunal podrá requerir a las partes, en la etapa procesal en que lo considere pertinente, la agregación de la liquidación en soporte magnético. La Suprema Corte de Justicia reglamentará los aspectos técnicos necesarios para dar cumplimiento con lo previsto en el inciso anterior, y en particular los datos mínimos que deberán ser incluidos en la liquidación, a los efectos de su debido cotejo a través de los instrumentos electrónicos correspondientes. Artículo 236.- Créase un Tribunal de Apelaciones del Trabajo. El Poder Judicial comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de promulgación de la presente ley, las reasignaciones de
créditos presupuestales a efectos de financiar las erogaciones correspondientes a retribuciones personales y gastos de funcionamiento para el cumplimiento de la presente norma”. ——En discusión el artículo 227. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: por lo menos para el Partido Nacional sería factible realizar dos bloques. Proponemos que se vote todo el Inciso, a excepción de los artículos 231 y 236. Esta es nuestra situación; no sé si se compadece con la de los demás partidos. SEÑOR MUJICA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MUJICA.- Señora Presidenta: a efectos de ajustar la propuesta del Diputado Abdala propongo que se desglosen los artículos 231, 235 y 236 y que el resto del Inciso se vote en bloque. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: voy a proponer una corrección verbal en el artículo 233, que integra el bloque que se votará. Según nos indica la Secretaría, debemos ordenar cronológicamente las normas citadas. Por lo tanto, el artículo debería quedar redactado de la siguiente forma: “Derógase el artículo 19 de la Ley Nº 11.460, de 8 de julio de 1950, en la redacción dada por los artículos 257 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, y 153 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969”. Hay que invertir el orden de las últimas dos normas citadas. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ha quedado claro que hay que ordenar cronológicamente las leyes mencionadas, tal como propone el señor Diputado Pardiñas. De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, en discusión todos los artículos del Inciso 16 “Poder Judicial”, menos los artículos 231, 235 y 236, que votaremos aparte.
144
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) —Setenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 231. Hay un sustitutivo en la Hoja N° 12, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo .- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial una partida adicional de gastos de funcionamiento, financiación 1.1 “Rentas Generales” por un monto anual de $ 3.733.080 (tres millones setecientos treinta y tres ochenta pesos uruguayos ) con destino a la realización de programas de capacitación permanentes en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, para magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público del Uruguay en materia de Derechos Humanos, que contengan cursos sobre la debida investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de desaparición forzada de personas y de sustracción de niños y niñas, con la contratación de expertos nacionales y extranjeros en el tema. Si la partida establecida en el presente artículo resultare insuficiente, la Contaduría General de la Nación deberá reforzar los créditos presupuestales de gastos de funcionamiento en oportunidad de constatar el faltante para hacer efectivo el financiamiento de los programas de capacitación citados, en todo el ejercicio”. ——En discusión. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: el Partido Nacional presentó un sustitutivo del artículo 231 que finalmente aprobó la Comisión, que recoge el artículo 25 del Mensaje del Poder Judicial. La solución que se plantea es esencialmente distinta desde el punto de vista de la resolución presupuestal, pero apunta al mismo objetivo, con una diferencia cualitativa. Lo que el Gobierno resuelve es transferir al Poder Judicial un problema que este vino a plantear y que no es solo de este organismo sino del Estado urugua-
yo. La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos referida a las causas de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura y a la obligación del Estado de remover los obstáculos provenientes de la Ley de Caducidad, supone también otras obligaciones para el Estado uruguayo respecto de las que el Poder Judicial viene a alertar. Nos referimos a la obligación -que existe en la misma medida para el Estado uruguayo- de dotar al Poder Judicial de los recursos necesarios y suficientes para que pueda capacitar a los magistrados -Jueces y Fiscales- en lo que tiene que ver con las causas que acabamos de mencionar. En atención a ello, la Suprema Corte de Justicia solicitó primero al Poder Ejecutivo -sin éxito- y después al Parlamento -sin éxito- una partida de $ 3:700.000 a los efectos de hacer frente a esa obligación que, repito, no es solo del Poder Judicial sino del Estado uruguayo en su concepción más amplia. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Espinosa) ——Lo que aquí se propone es otra cosa: decirle al Poder Judicial que vamos a asumir la obligación, pero que tiene que resolver de dónde saca la plata. No corresponde que el Poder Judicial haga eso. El que asigna los recursos desde el punto de vista presupuestal es el Poder Ejecutivo, en lo que corresponde, y el Poder Legislativo, al dar aprobación legal a las normas de Presupuesto, de Rendición de Cuentas y de ajuste presupuestal. De manera que, a nuestro juicio, esto expone al país al incumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo menos en este aspecto que estamos analizando, y creo que es algo sobre lo que se debe reflexionar. La obligación no solo consiste en que se haga la capacitación -que, probablemente, es lo que se me querrá contestar ahora-, sino también en que se proporcionen los recursos. Es verdad que el Poder Judicial dijo: “Nosotros, de todas formas, vamos a realizar la capacitación como podamos, a través del Centro de Estudios Judiciales del Uruguay”. Pero no será la misma solución, porque, entre otras cosas, los recursos que se solicitan son para financiar, por ejemplo, la concurrencia -digámoslo mal y pronto- de expertos del exterior, lo que no se podrá cumplir. De la misma forma, entonces, no se cumplirá desde el punto de
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
145
vista formal y sustancial la obligación que emerge de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por esa razón, apoyamos la propuesta del Poder Judicial en el sentido de que el Estado uruguayo cumpla con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y no la solución que la mayoría de la Comisión acordó que, a nuestro juicio, se aparta de esa situación. Gracias, señor Presidente. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: estamos de acuerdo con la propuesta que está planteada en el Inciso del Poder Judicial por las razones que ha expresado el señor Diputado preopinante, en cuanto a la necesidad imperiosa de cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Eso ha sido expresado así por todos los integrantes de la Comisión y consta en la versión taquigráfica, así como también ha quedado de manifiesto el compromiso -como no puede ser de otra manera- con la Corte Interamericana de Derechos Humanos en ese sentido. El señor Diputado preopinante hizo un análisis y él mismo se contestó. Me parece bárbaro que lo haga porque me ahorra mucha argumentación. En la versión taquigráfica figura que el doctor Chediak expresó: “El Poder Judicial tiene la voluntad de cumplir con la sentencia y tiene la infraestructura para hacerlo, que es el Centro de Estudios Judiciales, que, como se informó oportunamente durante el juicio, brinda cursos de derechos humanos a los aspirantes a Magistrados”. Además, hay una voluntad expresa del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien en esa misma sesión de la Comisión expresó: “Naturalmente, nosotros vamos a cumplir con esa norma aunque no nos suministren fondos presupuestales”. Precisamente, la norma que estamos considerando deja en manos de Poder Judicial la decisión de reasignar los recursos, así como también la de adoptar acciones concretas a fin de destinar parte de los recursos que tiene a las prioridades que la ley determina y a las que el Parlamento indica, precisamente, a la Suprema Corte de Justicia.
Por lo tanto, con estas afirmaciones de la Suprema Corte de Justicia, más esta norma que estamos considerando ahora, creo que se da cumplimiento a esa aspiración de la Suprema Corte de Justicia. Gracias, señor Presidente. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: el Poder Judicial -voy a decir algo obvio-, como Poder del Estado, integra el Estado. El Poder Judicial tiene presupuesto -que estamos modificando en esta Rendición de Cuentas- y estamos otorgándole la facultad de reasignar recursos para cumplir con esta obligación. Por último, el Poder Judicial tiene la competencia exclusiva de dar los cursos correspondientes, tanto a los actores del Poder Judicial como a los Fiscales, porque cuenta con el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay. Por lo tanto, con esta norma cumplimos estrictamente con la disposición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al respecto, otorgando el Estado los recursos correspondientes para su cumplimiento. Gracias, señor Presidente. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: más allá de las explicaciones que puedan ensayarse, creo que hay cosas que necesariamente deben plantearse en blanco o en negro porque no admiten tonalidades intermedias. Quedó claro -además fue explicado por el doctor Van Rompaey- que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece la obligación de proporcionar los recursos. Por eso, para que el Estado cumpla con la sentencia el Poder Judicial solicitó $ 3:700.000. Sostener que estos son innecesarios o que el Poder Judicial puede cumplir reasignando recursos, sin indicar qué recursos se deberán reasignar, en un organismo al que, como todos sabemos, no le sobran los recursos presupuestales sino que, por lo general, plantea necesidades -lo vimos en esta Rendi-
146
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ción de Cuentas- que el Parlamento o el Gobierno no están en condiciones de complacer, no parece ser una forma de satisfacer el planteo. En todo caso, implícitamente se estaría indicando que hay una actitud incorrecta o caprichosa de la Suprema Corte de Justicia porque pide plata y no la necesita. No; si la pide es porque la necesita. Si el Poder Judicial y la Suprema Corte de Justicia dicen que van a cumplir con la sentencia, no es el mismo escenario. Lo que quiso trasmitir el doctor Van Rompaey -más allá de lo que aquí se ha expresado- es que por supuesto que la Suprema Corte de Justicia va a hacer todo lo que esté a su alcance para capacitar a los Magistrados. Obviamente, esto no trae consecuencias jurídicas inmediatas para el país -como dijo el doctor Van Rompaey cuando le preguntamos expresamente- ni tampoco de carácter pecuniario, pero sí desde el punto de vista de su reconocido prestigio internacional en lo que tiene que ver con el cumplimiento de los pronunciamientos de carácter internacional. El Poder Judicial nos dice: “Si no nos dan la plata, haremos todo lo que podamos”. Ahora, no es lo mismo, porque -reitero- la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no solo habla de una obligación de resultados en el sentido de que se debe capacitar a los Magistrados sino que, en un esquema de obligación de medios, establece que se deben proporcionar los recursos. El Poder Judicial no tiene autonomía presupuestal. De acuerdo con la Constitución de la República, los recursos los asigna por Inciso y por Programa el Poder Ejecutivo, con la aprobación del Parlamento. Por eso, no se puede pedir esto a la Suprema Corte de Justicia. Es transferirle una responsabilidad de manera absolutamente ilegítima el hecho de pedirle que resuelva un tema que no es de su competencia. Su competencia, en este caso concreto, es capacitar a los Magistrados para cumplir con la sentencia de la Corte; no es conseguir los recursos. Estos deben ser proporcionados por el que los maneja, que es el Gobierno con la anuencia del Parlamento. Esos son los hechos, más allá de las explicaciones que -reitero- se intenten administrar y manejar con relación a este asunto. Gracias, señor Presidente. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado.
SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: el Partido Colorado no va a votar el artículo 231 porque considera que una mejor forma de cumplir con la sentencia del caso Gelman, que obliga a la difusión, a los cursos de capacitación de los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, es la propuesta alternativa que se plantea. Indudablemente, como dijo el señor Diputado Sander en oportunidad de la discusión de este asunto en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, en nuestro país el Poder Judicial tiene un mínimo porcentaje, prácticamente insuficiente para el real cumplimiento de la función jurisdiccional que tiene a su cargo. La propuesta que se presenta, precisamente, contempla el cumplimiento por parte de todo el Estado uruguayo de esta sentencia, otorgando los recursos necesarios al Poder Judicial y no extrayéndolos de otras partidas que, con mucha limitación, este Poder utiliza. De manera que el Partido Colorado va a votar favorablemente el sustitutivo presentado para coadyuvar en el cumplimiento de este aspecto de la sentencia del caso Gelman, porque considera que es la mejor fórmula. También debemos decir que conversamos sobre este tema con una delegación del PIT-CNT que nos visitó en la sede del Partido Colorado. Precisamente, allí hablamos de las distintas acciones, medidas y apoyos que el Partido Colorado va a dar para que se pueda dar cumplimiento a los fallos internacionales sobre derechos humanos. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: queremos dejar constancia de que el Partido Independiente va a acompañar el artículo 231 tal como viene de Comisión. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 231 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cuarenta y seis en setenta y tres: AFIRMATIVA. SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
147
SEÑOR BERNINI.- Señor Presidente: participé en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda en el momento en que se debatió este tema y nos visitaran las autoridades de la Suprema Corte de Justicia. Tres veces preguntamos a sus integrantes si el hecho de que no se habilitara esta partida -propuesta por ellos- impedía concretar la intención clara del organismo de cumplir con el fallo de la Corte Internacional y en las tres oportunidades nos respondieron que no, que esto era para agregar la participación de algún experto internacional a la capacitación que ya estaban dando. Reitero que en tres oportunidades se aseguró que no votarlo no significaba que no se pudiera cumplir a cabalidad con la intención de la Suprema Corte de Justicia. Por ese motivo, acompañé la propuesta que aprobó la mayoría de la Comisión. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: hemos acompañado el artículo 231 tal como viene de Comisión en el sentido de que el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gelman contra Uruguay es de una enorme complejidad. Nuestro país va a cumplir en tiempo y forma, y lo hará en base a la construcción de consensos en forma aproximativa; ese cumplimiento no va a ser por arte de magia. Por lo tanto, estamos convencidos de que está muy bien que la solución figure en el articulado. En ese marco de mayor amplitud y teniendo presentes los efectos simbólicos y no solamente de Rendición de Cuentas, estamos convencidos de que es muy probable que en el Senado de la República este artículo tenga una redacción de distinto tenor, aunque no sabemos cuál será. Considero que no deberíamos perder la perspectiva de los aspectos simbólicos de la acción del Estado en la lógica del cumplimiento. Esta no es simplemente una cuestión presupuestal o de Rendición de Cuentas. Eso hay que trabajarlo porque este es un tema complejo, que la Cámara ya ha abordado al tratar otras cuestiones. Me parece que todos lo abordaremos de esa manera. Gracias, señor Presidente. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: ya hemos expresado los fundamentos de nuestra actitud. Por esta vía queremos, simplemente, anotar dos últimos conceptos. En primer lugar, con relación a lo que se acaba de mencionar, digo que ojalá esto pueda rectificarse en el Senado. Si el proyecto de ley de Rendición de Cuentas vuelve a esta Cámara con las modificaciones correspondientes, lo reconoceremos con mucha alegría y con mucho gusto. En segundo término, queremos aportar a la reflexión -sobre todo para que figure en el Diario de Sesiones de esta sesión- lo que expresó el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, precisamente, cuando fue inquirido con relación a este tema. Voy a citar textualmente lo que dijo el doctor Leslie Van Rompaey el día 26 de julio. Manifestó: “Estamos hablando de un compromiso que el Estado uruguayo asumió con la comunidad internacional. El Gobierno uruguayo se obligó a cumplir la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gelman. Este artículo es casi la transcripción literal de uno de los ítems que integra la decisión de la Corte Interamericana. Por lo tanto, a mí me sorprende que el Poder Ejecutivo no lo haya incluido en su mensaje porque se trata del cumplimiento de una obligación internacional asumida por el Estado uruguayo. Además,” -escúchese bien- “la Corte Interamericana de Derechos Humanos exige que se aporten fondos presupuestales para el cumplimiento de esta obligación”. Esto era cuanto quería decir. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- En discusión el artículo 235. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta y ocho: AFIRMATIVA. SEÑOR POSADA.- ¡Qué se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta y ocho: AFIRMATIVA.
148
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Se pasa a considerar el artículo 236. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 13, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo.- Créanse en el Poder Judicial a partir del 1º de enero de 2012 tres cargos de Ministro de Tribunal de Apelaciones con destino a la creación de un nuevo Tribunal de Apelaciones del Trabajo. Artículo.- Créanse en el Poder Judicial a partir del 1º de enero de 2012 los siguientes cargos técnicos, administrativos y auxiliar con destino a la creación de un Tribunal de Apelaciones del Trabajo:
SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: vamos a votar negativamente esta disposición porque respaldaremos el sustitutivo que presentó el Partido Nacional, que recoge la propuesta original de la Suprema Corte de Justicia. Me refiero a los artículos 12, 13 y 14 del mensaje del Poder Judicial, que tienen que ver con la creación -a nuestro juicio, como corresponde- de un nuevo Tribunal de Apelaciones. El Parlamento viene analizando este tema desde la discusión de la Ley de Presupuesto, que se trató el año pasado. Hay una necesidad imperiosa, que todos reconocemos -por algo llegamos a ella por distintos caminosque, sin duda, tiene que ver con el incremento exponencial de los trámites judiciales en el ámbito de la justicia laboral. Esto se vincula con otro aspecto que la Suprema Corte de Justicia denunció cuando compareció ante la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, y que refiere al atraso severísimo que hay en lo que tiene que ver con la Ley de Abreviación de los Juicios Laborales y con la acumulación de más de 4.500 expedientes, en virtud de que se ha declarado la inconstitucionalidad de esa ley. Además, este Parlamento aún no ha reaccionado para modificar los aspectos de la norma declarados inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia, aun cuando el Poder Ejecutivo envió una propuesta modificativa -que será más o menos buena, según el criterio de cada quienque apunta a corregir esas inconstitucionalidades; reitero que el Parlamento no ha resuelto proceder en ese sentido. Creemos que el Tribunal de Apelaciones del Trabajo debe ser creado, pero no por la vía presupuestal. Al Poder Judicial no se le puede imponer la creación de un órgano y decirle: “Bueno, fináncielo como pueda”. No se puede. Me parece que está fuera de las coordenadas constitucionales; está fuera de los límites de lo razonable. No es así que funcionan los aspectos presupuestales. Creo que con esto solamente se sale del paso para cumplir con la demanda insatisfecha desde hace ya más de un año en lo que tiene que ver con la organización de los tribunales. Pero seguramente terminará siendo letra muerta, o una norma declarativa. Quizás a alguien todavía se le ocurra demandar la responsabilidad de los integrantes de la Corte porque no pudieron crear el Tribunal. Francamente, no sé cómo va a hacer la Corte, ni de dónde
Canti dad 1
Esca lafón II
Grado
Denominación
Vigencia
17
Secretario Abog.Esc.
I
01.01.2012
1
V
11
Jefe de Sección
01.01.2012
2
V
10
Administrativo I
01.01.2012
2
V
7
Administrativo lV
01.01.2012
1
VI
6
Auxiliar II
01.01.2012
Artículo.- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial una partida adicional a los créditos presupuestales de Servicios Personales, financiación 1.1 “Rentas Generales”, por un monto total de $ 511.007 (quinientos once mil siete pesos uruguayos) a efectos de asignar la función de Asistente Técnico a un funcionario según el régimen establecido por el artículo 632 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y con destino al Tribunal de Apelaciones del Trabajo creado por la presente ley”. ——En discusión. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
149
va a sacar la plata -si quien tiene que dársela no se la da- para conformar el Tribunal de Apelaciones del Trabajo que aquí se sugiere. Además, esto supone crear tres cargos de Ministro y dar a ese organismo una dotación de recursos humanos, tal como la Suprema Corte de Justicia -con seriedad y responsabilidad- propuso en los tres artículos que ahora el Partido Nacional sugiere se voten por la vía de las normas sustitutivas. Por estos motivos vamos a votar en forma negativa el artículo 236 tal como viene de la Comisión. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: seré muy breve, como me ha enseñado el Diputado preopinante, de quien aprendo mucho. Nosotros vamos a acompañar el artículo 236. La propuesta incluida en el Inciso “Poder Judicial” con destino a la creación de un Tribunal de Apelaciones del Trabajo afirma y refleja las prioridades parlamentarias, tal como aquí se dijo. Además, están enmarcadas en la política general de no incrementar el gasto presupuestal. Simultáneamente, permite otra vez al Poder Judicial tomar la decisión de qué reasignar, así como las acciones que crea convenientes adoptar, a fin de destinar parte de los recursos que tiene a estas prioridades que la ley establece. Gracias, señor Presidente. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señor Presidente: el Partido Colorado no va a acompañar este artículo. En la exposición de motivos que realizamos el lunes dijimos que si queríamos una Justicia independiente, teníamos que darle los fondos necesarios. Lamentablemente, no solo no queremos darle los fondos, sino que tampoco se le dice cómo debe hacer para redistribuirlos. Entonces, yo propondría eliminar del artículo 173, esos $ 12:500.000 del cargo de confianza que se crea para la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a fin de reasignar ese dinero. De este forma, nos ahorraríamos tener que votar este artículo. Gracias, señor Presidente.
SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: como acaba de decir el señor Diputado Sander, el Partido Colorado apoya este sustitutivo porque comparte la necesidad de crear un Tribunal de Apelaciones del Trabajo debido a la enorme cantidad de juicios y reclamaciones que hay. Creemos que esta es la forma que mejor cumple con ese cometido, ya que en lugar de solicitar asignación de recursos -lo que sería inviable-, se solicita una reasignación dentro del escaso presupuesto del Poder Judicial. Por lo tanto, vamos a apoyar este sustitutivo y no el artículo tal como viene de Comisión SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: vamos a votar este artículo por la negativa. Pensamos acompañar los aditivos presentados por el Partido Nacional. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 236 tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en setenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: queremos decir que lo planteado en el artículo que acabamos de votar, -y sobre el cual queremos fundamentar nuestro posicionamiento- se vincula al artículo desglosado anteriormente, para el cual se votó una solución similar. Esta se sustenta en dos aspectos que quedaron claros en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Uno de ellos tiene que ver con que la Suprema Corte de Justicia liquidó los sueldos de los Ministros y también de los cargos de confianza hasta el 15 de abril, según la escala dada, interpretando el artículo del Presupuesto Nacional que fijaba el sueldo de los Ministros de Estado. Eso generó un gasto superior al
150
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
que estaba presupuestado, y se nos aseguró que dicho gasto iba a comprometer el Rubro 0. Pero aun así en el artículo 6° del Mensaje de la Suprema Corte de Justicia se solicita la facultad de distribuir economías a fin de cada ejercicio. Además, en la Comisión se nos informó que esas economías en el Rubro 0, rondarían en los $ 40:000.000 al año. Entonces, ante una Rendición de Cuentas que no puede incrementar el gasto, que queremos que sea responsable pero a la vez dé satisfacción y respuesta a las cosas que hay que hacer, entendimos que en esta instancia era mejor reasignar, porque del propio mensaje de los miembros de la Corte surge que hay posibilidades de manejar economías. Por eso hemos votado de esta forma el articulado. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Han sido presentados cuatro artículos aditivos. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 14, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Facúltase al Inciso 16 Poder Judicial, a disponer anualmente del excedente global de crédito presupuestal del Grupo 0 ‘Servicios Personales’ del Inciso 16, que surge de la suma de saldos de aquellos objetos del gasto de retribuciones personales que no corresponden a partidas estimativas y/o con destino específico, para otorgar una partida extraordinaria anual a los funcionarios que ocupen cargos y/o funciones contratadas en todos los escalafones del Inciso, sujeta a montepío y demás contribuciones a la seguridad social, según reglamentación que se dictará oportunamente”. ——En discusión. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: el miembro informante en mayoría, señor Diputado Pardiñas, se introdujo en el fundamento contrario a estos artículos aditivos antes de que fueran leídos, pero eso no inhabilita ni quita valor a su fundamentación.
Simplemente, en función de lo que se expresó antes, queremos decir que el artículo 6° no implica un aumento del gasto sino que, con relación a créditos presupuestales ya asignados, otorguemos la facultad de disponer de ellos al Poder Judicial, que ya los tiene asignados con el destino que aquí se dice. En términos de encaminarnos hacia una mayor autonomía presupuestal o una mejor dotación de recursos presupuestales y de mayores posibilidades para el Poder Judicial -que seguramente es un objetivo que todos compartimos más allá de la forma en que votemos en cada oportunidad-, era prudente proceder en el sentido que el Poder Judicial solicita. Por eso hemos presentado este aditivo y lo vamos a votar, obviamente. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 14. (Se vota) ——Veintisiete en setenta y cuatro: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 15, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial, una partida adicional al crédito presupuestal de Servicios Personales del año 2011 por un monto de $ 48.902.222 (cuarenta y ocho millones novecientos dos mil doscientos veintidós pesos uruguayos) para hacer efectiva la financiación de la liquidación de sueldos en cumplimiento con el artículo 64 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 de los escalafones ‘I’ Magistrados, ‘Q’ Particular Confianza, ‘II’ Profesionales Equiparados a Magistrados y ‘VII’ Defensa Pública equiparados a Magistrados. La vigencia del presente artículo es 1º de enero de 2011”. ——En discusión. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: decía bien el miembro informante en mayoría, señor Diputado Pardiñas, que esto tiene que ver con un comportamiento que asumió la Suprema Corte de Justicia con relación
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
151
a la liquidación de los salarios de los Ministros y de los magistrados que, como se sabe, tienen sus salarios atados -por decirlo así- al de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia. Nosotros estamos haciendo esta propuesta porque entendemos que significa respaldar el criterio que la Corte ha asumido con relación a este tema, que es el legalmente correcto y en forma implícita supone desconocer la ley interpretativa que este Parlamento aprobó -a mi juicio en forma absolutamente indebidahace algunos meses, con relación a una disposición de la Ley de Presupuesto que pretendió eliminar la equiparación salarial de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y de los magistrados judiciales con los Ministros de Estado. Al Gobierno se le ocurrió que eso ya no estaba vigente. Pretendió reafirmarlo a través de una ley interpretativa, pero ni la interpretación inicial de la disposición correspondiente de la Ley de Presupuesto ni esa ley interpretativa derogan o eliminan la norma específica que en esta materia rige, que es la Ley N° 15.750, la Ley Orgánica de la Judicatura, que establece expresamente que los Ministros de la Suprema Corte de Justicia están equiparados a los Ministros de Estado desde el punto de vista de su dotación salarial. Por lo tanto, la Suprema Corte de Justicia y el Poder Judicial, que es un Poder del Estado de la misma jerarquía que este Poder Legislativo y que el Poder Ejecutivo, entendió que esa equiparación estaba vigente, como sin duda lo está. Después resolvió suspender la liquidación por las razones que dijo el señor Diputado Pardiñas, y es verdad: de lo contrario, se quedaban sin plata para pagar el sueldo a los demás funcionarios, entre otras obligaciones de carácter presupuestal. Me parece que esto demuestra que, por lo menos en una primera instancia, por suerte el Poder Judicial intentó reivindicar su fuero y su independencia, pero lamentablemente el Poder Ejecutivo se ha empecinado en ir por un camino que le va a generar enormes dificultades al propio Gobierno, porque este tema termina mal. Los magistrados ya están iniciando acciones en contra de la famosa ley interpretativa y seguramente las van a ganar. Vaya si las van a ganar que la propia Suprema Corte de Justicia -que no puede caer en prejuzgamiento, por supuesto-, en los hechos, ya ha indicado que esa ley interpretativa es violatoria de los preceptos legales y constitucionales. ¿Por qué razón? Porque la propia Suprema Corte de Justicia optó por no aplicarla. ¿Por qué no lo hizo?
Porque es contraria a las normas jurídicas en vigencia, en particular a una norma específica que no ha sido derogada, que es la Ley Orgánica de la Judicatura. Para intentar solucionar eso -aunque no tuvimos eco y el Gobierno no entendió porque está ciego en esto: desde un primer momento se ha enceguecido y no acepta las cosas tal cual son-, por lo menos intentamos salir de esta encrucijada o ayudar al Gobierno a que saliera, y propusimos ir en el sentido del artículo 7°, que sugirió la Suprema Corte de Justicia, que está recogido en el aditivo que se acaba de leer y que está a consideración de esta Cámara. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: el Partido Colorado va a apoyar este aditivo porque, tal como acaba de manifestar con toda razón el miembro informante en minoría, señor Diputado Abdala, es lo que corresponde. Están en trámite reclamaciones que con casi absoluta certeza van a ser exitosas, de manera que esta solución evita más gastos al Estado. Es un derecho, una expectativa justa, ajustada a derecho, que tienen los magistrados, que incluso dispusieron oportunamente la liquidación de sus haberes con la interpretación correcta, pero el pago fue impedido por razones de hecho y de falta de recursos. Este aditivo soluciona el problema, evita conflictos y su resultado es más barato que lo que va a surgir de esas acciones judiciales. Damos nuestro total apoyo a este artículo aditivo. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señor Presidente: simplemente, queremos dejar constancia de que el Partido Independiente no va a acompañar este aditivo propuesto por el Partido Nacional. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 15. (Se vota) ——Veintisiete en setenta: NEGATIVA.
152
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
En discusión un aditivo que figura en la Hoja Nº 16, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Créanse en el Poder Judicial a partir del 1º de enero de 2012 dos cargos de Defensor de Público Capital con destino a los dos nuevos Juzgados Letrados de 1ª Instancia de Familia especializados en Violencia Doméstica creados por el artículo 639 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiséis en setenta: NEGATIVA. En discusión un aditivo que figura en la Hoja Nº 17, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Autorízase al Poder Judicial a incluir en el escalafón Especializado el cargo de “Obrero” (actualmente en el escalafón VI Auxiliar), manteniendo el grado y la retribución al cargo de acuerdo a la reglamentación que a tales efectos dicte la Suprema Corte de Justicia. Los funcionarios que a la fecha de vigencia de la presente ley ocupen ese cargo podrán optar por permanecer en el escalafón Auxiliar, en cuyo caso se transformará su denominación, pasando a ser “Auxiliar I” manteniendo el grado, la retribución al cargo y su condición de presupuestados o contratados según corresponda”. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: simplemente para fundamentar en el sentido de que este artículo no tiene costo y, según lo explicó la Suprema Corte de Justicia, implica un cambio de escalafón para no más de uno o dos funcionarios que mantienen la retribución y el grado. Ellos simplemente cambian de escalafón adecuando su situación presupuestal a la realidad. De manera que es una lástima que no se acepte esta propuesta porque, en definitiva, es absolutamente
inocua. Nosotros estamos de acuerdo con votarla y por eso la traemos a consideración de la Cámara. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veinticuatro en setenta y uno: NEGATIVA. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señor Presidente: nosotros presentamos un aditivo, que figura en la Hoja Nº 41, en el que se propone la supresión de determinados cargos y funciones, reasignando los créditos pertinentes al Inciso 24. Al no haber Inciso 24 en la Rendición de Cuentas, antes de pasar al Inciso 25, entendemos que habría que votarlo para que quede en orden correlativo. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- En discusión el aditivo que figura en la Hoja Nº 41, presentado por los señores Diputados Germán Cardoso y Amy. (Texto del artículo aditivo:) “Suprímense los cargos y funciones de Coordinador previstos en los artículos 83 y 467 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 respectivamente, reasignándose los créditos correspondientes al Inciso 24 “Diversos Créditos” unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, con destino a las acciones definidas en la estrategia nacional contra las drogas, según lo prevé el artículo 762 de la citada Ley Nº 18719. La Presidencia de la República comunicará a la Contaduría General de la Nación la desagregación de los recursos reasignados en grupos y objetos del gasto”. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señor Presidente: es para informar que esta propuesta refiere a una redistribución de gastos del Presupuesto Nacional. Es un dinero que no ha sido utilizado, que fue dispuesto y votado para los Coordinadores Presidenciales Regionales y para los coordinadores en cada departamento del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Entendemos que son cargos que no tienen
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
153
utilidad en cuanto al buen funcionamiento del Estado y, en el entendido de que el Presidente Mujica, durante la campaña política y antes de asumir, declaró su voluntad de combatir la adicción a la pasta base y otras drogas, el hecho de aumentar la cantidad de dinero destinado específicamente al programa citado en el aditivo sería de gran utilidad e implicaría un buen retorno a la sociedad. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiséis en setenta y cuatro: NEGATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, que comprende los artículos 237 a 245, inclusive. (Texto del Inciso 25:) “INCISO 25 Administración Nacional de Educación Pública Artículo 237. Aumento salarial y superación de inequidades- Asignase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a partir del 1º de enero de 2011 una partida anual en el Grupo 0 “Servicios Personales”, de $ 243.400.000 (doscientos cuarenta y tres millones cuatrocientos mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero de 2011, de los recursos provenientes del artículo 867 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con destino a financiar costos asociados a incremento de la masa salarial. Artículo 238.- Pasaje de grado y antigüedad- Asignase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a partir del 1º de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 91.500.000 (noventa y un millones quinientos mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación de Rentas Generales, a fin de solventar las erogaciones correspondientes al pasaje de grado docente, a la prima por 28 y 32 años de actividad docente, y a la prima por veinticinco y treinta años de actividad no docente. Artículo 239.- Cambio por Concepto de InversiónAsignase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a partir del 1º de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 280.600.000 (doscientos ochenta millones seiscientos mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación 1.1 Rentas Generales, a fin de solventar las necesidades derivadas del cambio del concepto de Inversión del artículo 78 de la Ley
Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 73 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 240.- Gastos por compromisos asumidos en el cumplimiento de servicios educativos- Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a partir del 1º de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 237.900.000 (doscientos treinta y siete millones novecientos mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación Rentas Generales, a fin de solventar las necesidades derivadas del crecimiento de la matrícula y la apertura de nuevos grupos, cursos y carreras. Artículo 241.- Increméntase a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, los créditos presupuestales anuales correspondientes a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, destinados a gastos de funcionamiento, en $ 120:200.000 (ciento veinte millones doscientos mil pesos uruguayos). Artículo 242.- Modifícase el artículo 671 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, Inciso 25 Administración Nacional de Educación Pública, en las asignaciones presupuestales correspondientes a Inversiones en las Financiaciones Rentas Generales y Endeudamiento Externo, para los ejercicios que se indican, a valores de 1º de enero de 2011, de acuerdo al siguiente detalle:
FINANCIACION RENTAS GENERALES 2012 Inversiones Proyectos de Funcionamiento (PAEPU PAEMFE) Otros Proyectos de Funcionamiento TOTAL 1.519.172.288 1.519.172.288 1.519.172.288 121.441.894 124.209.094 126.976.294 y 1.332.041.826 65.688.568 2013 1.335.564.118 59.399.076 2014 1.343.768.817 48.427.177
FINANCIACION ENDEUDAMIENTO EXTERNO 2012 Inversiones Proyectos de Funcionamiento TOTAL 13.000.000 438.800.629 9.621.836 438.800.629 4.611.390 438.800.629 425.800.629 2013 429.178.793 2014 434.189.239
154
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
La Administración Nacional de Educación Pública distribuirá los créditos autorizados en la presente norma para Proyectos de Funcionamiento en los correspondientes programas, en retribuciones personales y gastos de funcionamiento, comunicando a la Asamblea General, al Tribunal de Cuentas de la República y a la Contaduría General de la Nación. Artículo 243.- Aplícase a la Administración Nacional de Educación Pública el régimen previsto en el artículo 47 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 para los contratos de arrendamiento de obra. En las contrataciones que efectúe la Administración Nacional de Educación Pública, en la modalidad de arrendamiento de obra no regirá la incompatibilidad prevista en el inciso quinto de la referida disposición, para el caso de funcionarios dependientes de esa Administración. Artículo 244.- Sustitúyese el inciso octavo del artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “La selección se realizará mediante concurso a través del Sistema de Reclutamiento y Selección de los recursos humanos de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC), a cuyo efecto se dictará la reglamentación correspondiente. En el caso de becas o pasantías para la prestación de servicios generales en ANEP la selección se hará entre los estudiantes de sus centros escolares, mediante llamados a aspirantes de acuerdo a la reglamentación que el Ente establezca”. Artículo 245.- Agréganse al artículo 482 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por los artículos 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, 738 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, 6º de la Ley Nº 17.088, de 30 de abril de 1999, 27 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 8º de la Ley Nº 17.978, de 26 de junio de 2006, y 26 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, el siguiente literal: “Para adquirir o reparar bienes destinados a cubrir necesidades provenientes de cursos de capacitación laboral, hasta un monto anual de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) en la ANEP cuando los mecanismos previstos para ello no hagan posible las contrataciones en los plazos adecuados para su instrumentación. El jerarca del inciso deberá autorizar el gasto en cada caso”. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: es simplemente para introducir unas modificaciones a los artículos 237, 238, 239 y 240, que son los primeros cuatro artículos de la Administración Nacional de Educación Pública. Estos recogen el título, que se había puesto a cada uno de los aditivos y que ahora se debe eliminar. En el artículo 237 se dice: “Aumento salarial y superación de inequidades”. No corresponde que figure esto. Lo mismo pasa con el artículo 238, cuya redacción se inicia estableciendo: ” Pasaje de grado y antigüedad”, lo que tampoco debería quedar registrado. Es el mismo caso del artículo 239, que dice: “Cambio por Concepto de Inversión”, lo que se debe eliminar. Y en el artículo 240, se debe eliminar la parte que dice: “Gastos por compromisos asumidos en el cumplimiento de servicios educativos”. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Habiéndose tomado debida nota de las correcciones por parte de la Secretaría, en discusión el artículo 237. SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: con respecto al Inciso 25 “ANEP”, queremos referirnos a varios aspectos: a los montos globales presupuestales e incrementales, a la situación de la educación pública y a sus causas, a las políticas educativas que se están aplicando y otras que deben aplicarse, a la vinculación de los artículos de la Rendición de Cuentas con las políticas educativas a implementar, a los artículos que no implican costos y, por último, a la infraestructura del parque edilicio. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Tourné) ——Con relación a los montos globales presupuestales, la historia presupuestal de la ANEP, de la Educación Pública, previa a 2005 -sin entrar en ningún tipo de valoraciones-, nos indica que fueron muchas décadas de bajísima inversión, aproximadamente un 2,9% de un Producto Bruto Interno que era mucho más pe-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
155
queño que el actual. En aquel momento el Producto Bruto Interno sobrepasaba levemente los US$ 20.000:000.000; hoy sobrepasa levemente los US$ 41.000:000.000. Para ser bien objetivo y preciso, no se me escapa que el valor del dólar en aquel momento era mayor al de hoy, pero si entramos en la comparación, evidentemente era un poquito más de la mitad de lo que ahora se ha comenzado a asignar. Por lo general, a nivel de la educación, se acostumbra tomar como referencia un porcentaje del Producto Bruto Interno, cuando en realidad la mejor referencia sería tomar cuánto se destina por cada alumno o estudiante, lo cual surge de dividir la inversión presupuestal total entre la cantidad de estudiantes. Y ahí tenemos exactamente cuánto se destina a cada uno. ¿Por qué decimos que lo fundamental es tomar eso? Lo fundamental es tomar el gasto educativo por alumno -es lo más ajustado- porque, por ejemplo, si comparamos al Uruguay, que tiene una población envejecida, con un país de América Latina o del mundo que tenga una población mucho más joven, es evidente que la cantidad de educandos que van al sistema educativo en Uruguay es menor y, entonces, lo que se destina por cada alumno es mayor. Además, hay que tener en cuenta que si tomamos solamente el porcentaje del Producto Bruto Interno, si la cobertura crece o si la matrícula crece, no es lo mismo que si está estancada. Hay que repartir esos recursos económicos entre más estudiantes, entre más jóvenes, adolescentes y niños. Tampoco es lo mismo un porcentaje de un Producto Bruto Interno que sea muy pequeño que de uno que sea muy grande. Finalmente, no es lo mismo un Producto Bruto Interno que está estancado que uno que está creciendo, como es lo que sucede en Uruguay en estos últimos tiempos. En el período anterior, de 2005 a 2010, se pasó de casi el 3% a un 4,5% del Producto Bruto Interno. Eso se realizó por etapas y se llegó al 4,5% recién en el último año, pero debemos hacer la precisión de que ese Producto Bruto Interno, al culminar el período de Gobierno, fue muchísimo mayor que aquel con el cual se empezó. Ahora, vamos a referirnos a lo previsto en el Presupuesto, en la Ley N° 18.719 y a lo incremental votado por las Comisiones integradas de Presupuestos y Hacienda -que comparto- y que, tomado en su monto global, coincide con el proyecto del Poder Ejecutivo. Para ello es muy ilustrativo dar lectura a algunas ci-
fras que sobre educación contiene el informe económico-financiero que elaboró el Poder Ejecutivo, a los efectos de remitirlo al Parlamento. En ese informe se expresa que la Ley de Presupuesto refleja el enorme esfuerzo que está realizando el país en materia de recursos fiscales, destinando a la educación el 39% del total de los recursos adicionales asignados en el Presupuesto. La proyección del crédito global para la educación, para el período 2011-2014 contempla el mantenimiento del 4,5% del Producto Bruto Interno, y con las proyecciones de crecimiento del Producto Bruto Interno vigentes al momento en que se elaboró el Presupuesto quinquenal se asignó un aumento de los créditos presupuestales destinados a la educación, a precios de 2010, de $ 8.413:000.000 al 2014. Este incremento ya otorgado en la Ley de Presupuesto implica un aumento real del gasto público en educación del 24% respecto al crédito vigente en 2010. Quiere decir que va a aumentar un 24%, de acuerdo con la Ley de Presupuesto. Pero hubo una disposición en la Ley de Presupuesto, el artículo 867, que estableció que el Poder Ejecutivo debe incluir en las rendiciones de cuentas -en este caso, en la asignación adicional de 2011, en los créditos presupuestales, tanto para la ANEP como para la Universidad de la República- aquellos incrementos que resulten de que el Producto Bruto Interno crezca más de lo que en principio se había pensado. En tal sentido, en agosto de 2010 la proyección de crecimiento real del PBI que se tenía era de 4,5% para 2011. De acuerdo con la nueva previsión al alza del Banco Central del Uruguay para 2011 se fijó una proyección con una variación real del Producto Bruto Interno del orden del 6,0%, o sea que el Producto Bruto Interno crece un punto y medio más de lo que inicialmente se había pensado. La partida adicional que se prevé para la educación en este proyecto de Rendición de Cuentas alcanza los $ 1.217:000.000. Este es el monto que se propone asignar a la ANEP y a la Universidad para que se cumpla con que el gasto público en educación sea del 4,5% del Producto Bruto Interno en 2011, bajo las nuevas proyecciones de crecimiento económico. Con este incremento se vuelve a proyectar el gasto público en educación a 2014 y va a alcanzar a ese año los $ 45.080:000.000 de 2010.
156
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
El crecimiento entre 2009 y 2014 ya previsto va a ser del 30,4% en términos reales, lo cual significa valores muy importantes. Los recursos adicionales para la ANEP en 2011, aprobados en la Ley de Presupuesto, alcanzaron los $ 1.956:000.000, por lo que este nuevo incremento va a ser un 50% adicional en los créditos incrementales que se habían previsto para 2011 en la Ley de Presupuesto. Debemos señalar que la Ley de Presupuesto destinó para la ANEP $ 6.009:000.000 incrementales a 2014. Esto representa un 30,4% de incremento real a lo largo del período. Si consideramos este nuevo incremento por el ajuste del Producto Bruto Interno va a ascender a un 34% respecto de 2009 al terminar el Presupuesto. No vamos a continuar con la mención de las cifras enviadas en el informe económico-financiero, a los efectos de poder sintetizar. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Por lo tanto, vamos a referirnos a la situación de la educación pública y de sus causas. En primer lugar, queremos hablar de la inclusión. Lo que hoy está en discusión acerca de la matrícula y la cobertura refiere a enseñanza media, ya que en Primaria es casi universal, alcanza prácticamente el 100%, puesto que en el último período se ubicó en el 98%. En educación inicial, a partir de 1996 y hasta el presente, las sucesivas Administraciones, sin distingo de quiénes estuvieron al frente, casi universalizaron el nivel de cinco años, y estamos aproximadamente en un 80% en el nivel de cuatro años. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Fui tolerante, pero su tiempo ha terminado, señor Diputado. Tiene la palabra el señor Diputado Mujica. SEÑOR MUJICA.- Señora Presidenta… SEÑOR ARREGUI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MUJICA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Señora Presidenta: ahora vamos a hablar de la inclusión en la educación media, que es donde tenemos un grave problema como sociedad, porque en fracciones globales, un tercio de quienes ingresan a la educación media se caen en el Ciclo Básico y otro tercio se cae en educación básica. Solo egresa un tercio en los cursos de seis años, con la
agravante de que los del quintil de ingresos más bajos se empiezan a caer del sistema a partir de los trece años y los del quintil de ingresos más bajos se empiezan a caer del sistema recién a partir de los 16 o 17 años. Si en materia de inclusión nos comparamos con los países de América Latina, la verdad es que no salimos bien parados porque estamos en el tercer nivel, en los países de bajo egreso del nivel secundario. Uruguay está junto con Paraguay, Honduras, Guatemala y Nicaragua. Aquí debemos ser muy claros: los porcentajes de egresos no corresponden a idénticas calidades de aprendizaje. Al mismo tiempo, no debemos pasar por alto que hace medio siglo la educación media era extremadamente selectiva y no se llegaba a los cien mil alumnos, cuando hoy tenemos doscientos ochenta mil, con un crecimiento vegetativo de la población. Esta es una de las razones por las cuales la calidad ha bajado; no es la única causa. En el quinquenio 2005-2010, la inclusión creció en quince mil estudiantes y en el último año, solo Secundaria incorporó tres mil estudiantes más, y UTU también crece. En la Comisión se planteó una falsa contradicción en cuanto a si crecerá o disminuirá la matrícula entre 2012 y 2015. Se dijo que el Poder Ejecutivo sostenía que bajará la matrícula y que ANEP sostenía que subiría. Aquí no hay ninguna contradicción; sí hay diferencias en otros aspectos. No hubo comprensión lectora de lo que se analizó. Por eso, estoy tentado a dar lectura textual a lo que se establece en el proyecto que envió el Poder Ejecutivo. En el informe económico-financiero se dice lo siguiente: “Efectivamente, las proyecciones de población que realiza el Instituto Nacional de Estadística muestran una sensible caída de la población en edad de asistir a la enseñanza media a partir de 2013. Se proyecta que […] la cohorte en edad de asistir a la educación media se reducirá en unas 11.000 personas”. Pero eso es si tenemos en cuenta solamente la población total en edad de asistir, no los que van a asistir. Porque, por otra parte, lo que nosotros tenemos son las políticas educativas que se están implementando en la ANEP a los efectos de que aumente la inclusión. Si tomamos, por una parte, la variable de que los nacimientos -que son aproximadamente cuarenta y ocho mil- han ido bajando, tenemos que solo por ese efecto se reduciría la cantidad de alumnos en la educación media, y como el impacto de las políticas educativas inclusivas es más poderoso aun que la caída de los nacimientos, por lo tanto, va a
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
157
aumentar la cobertura y la educación media en los próximos años. En inclusión se va avanzando, aunque quisiéramos que fuese más rápido, pero se va democratizando. Para avanzar se van aplicando distintas estrategias, como el Programa Compromiso Educativo, el Programa Uruguay Estudia, el Programa de Aulas Comunitarias y la semestralización de cursos para adultos, políticas que comparto plenamente que dan resultado y que -agrego yo- es necesario complementar con otras para seguir avanzando. Al mismo tiempo, señalo que los que están fuera del sistema proceden de los niveles socioeconómicos más deprimidos, con una alta correspondencia con niveles de escolaridad más bajos, y muchos proceden de hogares monoparentales, lo que implica que los esfuerzos deben ser cada vez mayores para incluir y, al mismo tiempo, más afinados, a fin de generar acciones de alta motivación. A continuación, me voy a referir a la calidad de los aprendizajes en la ANEP. La calidad de los aprendizajes está vinculada a varios factores. En primer lugar, está vinculada al compromiso de todas las partes; al compromiso de los estudiantes que, en general, ha descendido… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Perdone que lo interrumpa, señor Diputado. Ha finalizado su tiempo. Puede continuar el señor Diputado Mujica. SEÑOR ARREGUI.- ¿Me permite otra interrupción? SEÑOR MUJICA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Muchas gracias, señor Diputado. También se debe al compromiso de las familias, y estadísticamente se ha demostrado que solo el 35% de las familias tiene compromiso con la educación de sus hijos. Se debe al compromiso de los docentes y a su formación. Se debe a los sectores socioeconómico y educativo al que pertenecen los hogares, a los recursos que brinden los gobiernos, a lo que pasaba y a lo que pasa con las políticas educativas. La calidad de los aprendizajes, señora Presidenta, no nos satisface: hay que mejorarlos. Existe una alta correspondencia con la estratificación social y es un gran reto que te-
nemos todos como sociedad. Por ello, saludo la multiplicación de acciones que acordamos todos los partidos políticos en la Comisión multipartidaria, que se vienen instrumentando y a los que debemos sumar más acciones. Otro tema, señora Presidenta, es la discusión entre la inversión y sus resultados. Más de una vez se ha planteado en forma simplista, equivocada y totalmente desconocedora de los procesos educativos, el siguiente concepto: “Aquí está la plata y ahora quiero los resultados, y los quiero para mañana”. Esto implica un gran desconocimiento de la educación, y vamos a aclarar el porqué. Si se trata de recursos para equipamiento y este no se adquiere luego de tres o cuatro meses, ahí sí hay que pedir cuentas. Si se trata de recursos para edificación escolar y pasaron dos o tres años y no están los resultados, entonces, también hay que reclamar resultados. Pero si se trata de lo sustancial en la educación, de la inclusión, de los aprendizajes, etcétera, esto lleva tiempo, son procesos que se deben imbricar entre sí y que implican otras líneas de trabajo: intensificación de la formación docente, políticas para que ingresen más estudiantes en la vocación docente, convertir lo que se ha llamado el profesor taxi en profesor cargo; que no se pase de un grado a otro simplemente por antigüedad, sino por concurso y méritos para perfeccionarse, y continuar con políticas sociales que contribuyan con las políticas educativas, así como ir aumentando progresivamente el compromiso de los centros educativos con proyectos motivadores hacia el alumno y hacia el medio social. Entonces, para poder implementar estas políticas tenemos que considerar que en la Ley de Presupuesto ya se contemplaban recursos para reducir los déficit de cobertura de 19.200 alumnos a lo largo del quinquenio. En ese mismo Presupuesto se destinaron $ 62:000.000 y un total incremental de $ 323:000.000 al final del período para la concentración horaria y la carrera docente. Esto, que ya estaba previsto, representa solo el 0,3% de la masa salarial total. A su vez, en el proyecto de Rendición de Cuentas que envió el Poder Ejecutivo se incrementa la masa salarial en $ 243:400.000, de los cuales $ 124:000.000 son para desarrollar estas políticas, para la concentración horaria, para la carrera docente y para el presentismo. Entre lo asignado en el Presupuesto, entre lo que se previó que se aumentaba para el año 2012 y los $ 100:000.000 adicionales que da ahora el Poder Eje-
158
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
cutivo a través de este proyecto de Rendición de Cuentas, suman $ 175:000.000, a los efectos de cubrir estas nuevas políticas educativas que impliquen más inclusión y más calidad. A continuación, me voy a referir concretamente a los artículos votados en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, que contemplan el monto total asignado por el Poder Ejecutivo y que comparto plenamente. En el artículo 237 se aumenta la masa salarial por compromisos asumidos en convenios que se realizaron con los organismos sindicales, pero también… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ha finalizado el tiempo del señor Diputado Mujica. SEÑOR BANGO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BANGO.- Señora Presidenta… SEÑOR ARREGUI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR BANGO.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Como decía, en el artículo 237 se aumenta la masa salarial por compromisos asumidos en convenios que se realizaron con los organismos sindicales, pero también para las políticas educativas inclusivas y de mejora de la calidad del aprendizaje. El artículo siguiente implica lo mismo, es decir, seguir aplicando políticas para que el profesor taxi se convierta en profesor cargo, con permanencia en el centro docente y para una carrera docente que esté vinculada, no al mero hecho de ser más viejo, sino de perfeccionarse y comprometerse más con la educación. El artículo 240, aunque se le sacó el título, corresponde a gastos por compromisos asumidos en el cumplimiento de servicios educativos, porque se prevé que va a crecer en aproximadamente veinte mil la cantidad de estudiantes que van a ingresar a la educación media.
En el artículo 241 se prevé un incremento en el financiamiento que es fundamental para el mejor funcionamiento del sistema educativo. El artículo 242 hace ajustes de redistribución para que se sigan llevando a cabo dos proyectos que tienen una contrapartida nacional para un endeudamiento externo. Uno de ellos es el proyecto que ahora se llama PAEPU -antes MECAEP-, para el mejoramiento de la calidad de la educación primaria, y otro es el proyecto que ahora se llama PAEMFE, antes MEMFOD, para aplicar a la educación media, tanto en Secundaria y educación técnica como en formación docente. Este artículo prevé contrapartidas nacionales y no se aumenta un peso. El artículo 243 no tiene costo. Es para que no rija la incompatibilidad de los contratos de arrendamiento de obras que se realicen con aquellos funcionarios que sean de la propia ANEP, como hoy ocurre en la Universidad de la República. El artículo 244 permite a la ANEP que las becas y pasantías se seleccionen entre los estudiantes del propio organismo. El artículo 245 tampoco tiene costo y establece una modificación al TOCAF para permitir que la ANEP no tenga necesidad de hacer licitaciones hasta un valor de $ 5:000.000, en aquellos casos exclusivos en los cuales se precisen para realizar capacitación laboral, con la finalidad de que el tiempo que insumen no impida la realización de esos cursos. Esos son los artículos de la Rendición de Cuentas. Finalmente, me voy a referir a la infraestructura edilicia. ANEP tiene casi tres mil centros educativos que hay que mantener, que hay que refaccionar; además, hay que construir nuevos porque se necesitan. En la Comisión Multipartidaria de Educación, todos los partidos políticos acordamos duplicar la cantidad actual de escuelas de tiempo completo, crear cincuenta y ocho centros de educación media y refaccionar y ampliar centros de formación docente. Para esto entendemos fundamental -comparto el criterio del Poder Ejecutivo que vino a plantearlo y el Parlamento aprobó- que la Corporación Nacional para el Desarrollo intervenga a efectos de que las autoridades de la educación puedan tener más tiempo destinado a las políticas educativas. Esto es fundamental aplicarlo porque contamos con una Dirección de Infraestructura del CODICEN que tiene serias dificultades de fun-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
159
cionamiento, que no permiten ejecutar todos los montos. Esto no significa desmantelarla, sino apoyar y tener otra herramienta más. Asimismo, estamos planteando que como en estos dos programas, el MECAEP y el MEMFOD, también hay estructuras para la infraestructura edilicia que funcionan muy bien, que ellas sigan funcionando dentro de la caja de herramientas. También creo -esto lo digo a título personal- que los proyectos de participación público-privada deben ser utilizados para la ANEP porque le permitirá invertir más cantidad de recursos e incrementar la infraestructura edilicia. Habrá que pensar en futuras rendiciones de cuentas a cuánto ascenderán las contrapartidas que deberá poner el Estado a los efectos de obtener financiamiento privado para esto. Entonces, entre la Corporación Nacional para el Desarrollo, la Dirección de Infraestructura del CODICEN, las partes de infraestructura del MECAEP y del MEMFOD y los proyectos de participación público-privada, estaremos desarrollando un excelente plan de edificación como nunca hemos tenido. Era cuanto quería decir, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Bango. SEÑOR BANGO.- He culminado, señora Presidenta. (Hilaridad) SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Gracias, Presidenta; va a seguir entretenida conmigo; no se preocupe. Señora Presidenta: vamos a sugerir que se voten en bloque todos los artículos que vienen propuestos por parte del CODICEN y del Poder Ejecutivo, que fueron adaptados por la Comisión y que votamos, y algunos otros del Organismo que no tienen costo. Estos últimos van a contar con nuestro apoyo, así como cuatro o cinco hojas aditivas que presentaremos. Lo que hacemos aquí es asignar los recursos que la Ley de Presupuesto indica que deben aportarse. Según el informe del Poder Ejecutivo, la ANEP, en la cuota parte que le corresponde por el crecimiento del PBI más allá de lo previsto, tiene unos $ 970:000.000
y acá les damos destino. Por lo tanto, esto cuenta con nuestro apoyo. Creemos que hay que hacer algunas cosas más. Tenemos una visión crítica de los resultados de estos últimos años y el Cuerpo lo sabe; lo hemos debatido públicamente. Pero también hemos demostrado una actitud constructiva y positiva. Cuando empezó la Administración, con este Gobierno firmamos un compromiso educativo, con metas y objetivos que todos apoyamos y, consecuentemente, también lo hemos apoyado desde lo presupuestal. Lo que pasa es que después los hechos desmienten la voluntad, porque no solo hay que tener recursos y apoyo político; hay que tener capacidad de gestión. El componente ANEP de la educación pública hoy es destinatario de US$ 1.500:000.000 por año. Lo tengo que decir en dólares, porque en pesos no me dan los ceros. Cada hogar -reitero: cada hogar- pone más de US$ 100 por mes; pone $ 3.000 por mes para la enseñanza. Corresponde ser lo suficientemente serios y responsables para rendir cuentas a esos contribuyentes a los cuales, tengan o no tengan hijos, tengan dinero o no lo tengan, el Estado les reconduce parte de los impuestos que pagan, en ese volumen, para cumplir con un pacto social que enorgullece a esta Nación desde los principios de su construcción, apostando a que la educación pública sea el primer factor de igualación social y democrática. Y este valor se ha ido perdiendo, no en los últimos seis años, aunque en los últimos seis años agarró un tobogán enjabonado donde no para porque las corporaciones encontraron ámbito y espacio para hacer crecer su demanda, que no tiene contrapartida en calidad. Ese es el grave problema. Puedo comprender las cosas que hoy se han dicho en Sala expresadas desde el partido de Gobierno, que tiene que defender la gestión oficial, pero me preocupa que el miembro informante crea en ellas, que esté convencido, porque si no hay capacidad de autocrítica no habrá capacidad para corregir. Y nosotros tenemos que rendir cuentas. En la Comisión recibimos a las autoridades de la ANEP, rodeadas de todos sus asesores -casi nos corrieron de la Sala porque no entrábamos- para decirnos que además de estos US$ 1.500:000.000 y de los US$ 50:000.000 más que se les da por el crecimiento de la economía, ¡nos venían a pedir otros US$ 250:000.000 más y US$ 350:000.000 porque son incrementales hacia el 2014! Nos vinieron a proponer un Presupuesto hecho por sumatorias, sin análisis; era el resultado de la su-
160
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ma de lo que trajo el Consejo de Educación Inicial y Primaria, el Consejo de Educación Secundaria y el Consejo de Educación Técnico-profesional; la suma les dio U$ $ 250:000.000, pusieron la cifra y lo mandaron. ¡Y lo ponen con los votos de los gremios y del oficialismo! Y hay dirigentes políticos del Gobierno y del Parlamento que dicen que hay que revisar la integración de los Entes Autónomos donde participan la oposición y los gremios porque el Gobierno está en mayoría y eso atenta contra la gestión. No es así. ¡Nunca jamás, en ninguno de los Organismos donde participa la oposición hizo mayoría, y podría hacerla con los gremios! ¡Jamás! ¡Vienen acá de ASSE y de ANEP la suma de los sindicatos corporativos y del Gobierno, que pone gente que representa más la camiseta del sindicato que la del Gobierno!; ¡se suman, no cuentan con la oposición, que es responsable, y vienen a las risas a decir que quieren US$ 350:000.000 más, que salen de los bolsillos de algunos que los ponen todos los meses, y se quieren llevar un pedazo de una torta que es finita, sin rendirnos cuentas acá con seriedad de los resultados de lo que hacen! ¿Qué es lo que pasa con nuestra educación? Lo que pasa es que aumentamos la masa salarial y el número de docentes y, concomitantemente, aumentó el ausentismo docente. ¡Mañana hay paro de los estudiantes del Liceo Zorrilla -cosa que hacía años que no pasaba- protestando por el ausentismo docente! ¡Los gurises protestan por el ausentismo docente! ¡Están podridos de ir a clase y que no vaya el profesor! ¡Y les aumentamos los sueldos! ¿Quién rinde cuentas de eso? En los Consejos Desconcentrados no está la oposición; están los gremios y está el Gobierno. Y como hay ausencia de liderazgo sobre lo que se quiere, porque la educación es la base de un proyecto de transformación nacional de cualquier partido que gobierne -porque cualquiera que llega aspira a gobernar un largo tiempo- y de una visión de país -porque se supone que el que gobierna entiende que se educa para algo, para un mundo del mañana-, hay compartimentos estancos desde los que se generan proyectos autónomos y donde pesan más las corporaciones que los programas. Y desde allí viene la visión diferente y compartimentada; desde allí vienen algunos pensamientos y declaraciones que no vamos a traer acá, que deberían ser parte de una revisión, del debate nacional que hemos dado, del congreso que se dice se va a hacer ahora para revisarlo todo y de los com-
promisos que firmamos todos los partidos políticos. Después hay que contrastar lo que se nos viene a decir con la realidad y la realidad es que la calidad educativa ha disminuido en los últimos años; la realidad es que en Secundaria de cada diez chiquilines que ingresan a los liceos públicos, siete abandonan, quedan por el camino, y menos de uno va a la enseñanza terciaria. La realidad es que ha bajado la calidad educativa comprobada no solo por las pruebas PISA, sino por los decanos de la UDELAR, que lo dicen asombrados. En la Facultad de Ingeniería los estudiantes no pueden resistir el análisis de un texto. Esto no lo inventamos nosotros. La realidad es que aumenta el índice de repetición y esto no tiene que ver con la pobreza, sino con la gestión. Hay ejemplos de escuelas públicas que gestionan con cierta autonomía, de escuelas públicas radicadas en el interior del país, donde la comunidad participa más activamente, los padres se involucran y obtienen mejores resultados. Hay ejemplos en la educación privada, como el Jubilar, un liceo instalado en el barrio Ellauri, entre el Borro y Casavalle, de horario completo, con una población que raya la extrema pobreza y tiene un 2% de deserción y 0% de repetición; existe un compromiso de la comunidad educativa muy fuerte, sin ninguna maravilla y sin ningún misterio, pero lo pueden gestionar docentes de la enseñanza pública sin ningún problema, sin ningún problema. Y no hay esfuerzos por cambiar el modelo pedagógico; los esfuerzos son para tener más recursos. Pero acá se dice como un gran descubrimiento que la Corporación Nacional para el Desarrollo ahora va a tener los recursos para hacer lo que hay que hacer. (Suena timbre indicador de tiempo) ——Yo quiero informar que con los $ 386:000.000, que alcanzan para hacer veinticuatro centros educativos en 2011 -que era el programa que teníamos entre escuelas de tiempo completo y liceos-, no se va a hacer ninguno, porque han pasado ocho meses y la ANEP todavía no firmó el convenio con la Corporación Nacional para el Desarrollo. ¡No firmó! Después de que firme, hay que elegir los técnicos, hacer los pliegos, elegir los lugares, llamar a licitación y poner un ladrillo arriba del otro. Así que los Diputados van a ver cómo empieza otra vez el año con liceos y escuelas que no abren, con lugares que se llueven, con paredes rajadas, porque no hay capacidad de gestión. Entonces, analicemos resultados y vamos a ver lo lejos que estamos. Lo otro es un lindo discurso…
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
161
(Suena timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Gracias, señora Presidenta. Dejo por acá. SEÑOR GARINO GRUSS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. (Interrupciones) SEÑOR GARINO GRUSS.- ¿Me está pidiendo una interrupción el señor Diputado Sabini para hacer una aclaración? SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ya leí el Reglamento en lo que respecta a las aclaraciones. ¿Será necesario leerlo de nuevo? Diputado Sabini: está anotado en la lista. Puede continuar el señor Diputado Garino Gruss. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señora Presidenta: mucho se ha dicho por parte del señor Diputado Gandini y algunas otras cosas también por parte del señor Diputado Arregui. Creo que hay que hacer una lectura general en cuanto a lo que es la educación y la asignación de recursos que estamos dando hoy a la educación pública. La idea general que manejamos nosotros es que no necesariamente más recursos aseguran mejores resultados. La visión que hoy tenemos es crítica y obedece a nuestra capacidad de indignarnos. Lo que vamos a decir aquí también lo hemos sostenido en la Comisión de Educación y Cultura de este Cuerpo y no es solo por las pruebas PISA, que han tenido una gran divulgación y han provocado alarma en algunos casos, sino por los resultados que demuestran un estancamiento. Los países que son exigentes con la educación tienen resultados que evidencian un mejoramiento progresivo y paulatino. El estancamiento es malo y hay que decirlo. En este lugar se discute el Presupuesto. Previo al año electoral, desde la oposición hemos criticado la compra de las butacas para el Paraninfo de la UDELAR, y así lo hicimos saber en varias oportunidades; cada una de ellas costaba US$ 900. Luego se prosiguió con la compra de mesas de ping-pong, de futbolitos, que duplicaban el precio del mercado. También
hemos visto cómo se ha dado dinero a este congreso del CLAE, que ha invadido las calles de Montevideo con cinco mil estudiantes. Hemos visto cómo la UDELAR ha destinado recursos, así como ANTEL, y ANCAP, que dio vales de nafta. (Interrupciones.- Diálogos) ——¿El señor Diputado Pereyra me está pidiendo una interrupción? (Interrupciones) ——Me dice que no. Bueno, prosigo. El señor Diputado Gandini hacía referencia a las horas docentes no dictadas y al respecto quiero decir que los docentes tienen catorce motivos para justificar sus faltas según el estatuto docente. Pero, a pesar de tener catorce motivos para justificar sus faltas, ha habido cientos de miles de horas no dictadas en el último año, lo que originó una suma para nada menor de US$ 6:000.000 que el propio CODICEN decidió distribuirlos entre los docentes. Esto habla a las claras de que el problema no es solo de recursos y hasta parece que no se necesitan. Concuerdo con algunas apreciaciones que realizó el señor Diputado Arregui. Creo que dar dinero a la educación no implica ver resultados automáticos. Quiero compartir con el Cuerpo una noticia que me alegra. Me refiero a un programa que se impartió en 1.500 hogares del Departamento de Canelones, que se publica en la prensa de hoy, denominado “Canelones crece contigo”, por el cual se dio dinero para cubrir necesidades nutritivas. Ni qué hablar que eso va a dar resultados y va a tener significación en muchos chicos de esos 1.500 hogares vulnerables desde el punto de vista socioeconómico. Evidentemente, ello va a arrojar buenos resultados en la educación a futuro, aunque no inmediatos, ni de un momento a otro. El señor Diputado Gandini hizo referencia a que uno de cada tres estudiantes ingresaba a la Universidad y tres de cada diez que ingresan a Secundaria logran egresar, graduarse, llegar a sexto, mientras que siete quedan por el camino. Esas cifras vienen desde hace años. Y por eso hay que indignarse. No hemos visto propuesta pedagógica alguna o es muy leve, como así también lo es la propuesta de políticas inclusivas, salvo algunas que voy a detallar, que son positivas y compartidas en parte -no entiendo
162
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
por qué no se profundizan-, lo cual no quiere decir que estemos de acuerdo con el dinero asignado. Voy a hacer referencia a lo que se propone en cuanto a la progresiva transformación de cargos para eliminar poco a poco los llamados profesores taxi; esto se comparte; esta es una de las cincuenta medidas de educación propuestas por el Partido Colorado. También está el cambio de grado docente. Históricamente, para ascender en la educación solo había que respirar; el pasaje de grado era automático por el solo hecho de la antigüedad. Por eso hay que indignarse y mejorarlo. Hoy parece que hay una propuesta que es solo para Primaria, pero que está bien: que el cambio de grado docente se haga por concurso. Y hay que decirlo: la política de concurso no ha sido buena en la educación. Hubo un concurso para 353 cargos de Secretario de los liceos, pero se suspendió por errores garrafales. La política de concursos no ha sido la mejor, está lejos, pero hay que empezar a hacer los cambios en tal sentido. Hay que empezar a ingresar y a ascender en la educación por concurso, y no por antigüedad. El aumento de los equipos multidisciplinarios también es una de las propuestas del Partido Colorado, y el fomento de la educación a distancia o semipresencial, para mí es algo positivo y es bueno que se haga y se acompañe. Se ha señalado que uno de los problemas de la educación en nuestro país es la ausencia total de un sistema que atienda la construcción y el mantenimiento edilicio en todos los centros educativos. Tuvimos varias reuniones con la Secretaria General de ADEMU, señora Iglesias, y hemos recibido varios informes muy negativos, pues algunos de ellos señalan que 800 escuelas presentan problemas edilicios de todo tipo. Hemos visto una total falta de respuesta. Estamos en una época de bonanza económica, pero por desgracia está la contradicción de tener 850 escuelas en mal estado. Y en cuanto a las 350 escuelas de tiempo, las propuestas realizadas en un acuerdo multipartidario en marzo de 2010 no serán cumplidas. Esto lo admitió en su oportunidad el señor Ministro Ehrlich. El señor Diputado Gandini hizo referencia a la Corporación Nacional para el Desarrollo, a la que se encomendaba la construcción de escuelas, y aún -prácticamente un año después- estamos esperando
la firma del convenio para su implementación. Hay errores gravísimos, groseros, de gestión. El sistema de mantenimiento edilicio no existe, mejor dicho, es malo y ha demostrado fallas de todo tipo. En definitiva, los resultados de nuestra educación son malos, demuestran estancamiento, y ante la ausencia de propuestas pedagógicas y políticas inclusivas, el aporte de más dinero no asegura mayores o mejores resultados en la calidad educativa. Estamos alimentando un sistema que presenta fallas, pero pensamos que con dinero vamos a solucionar los problemas. Básicamente, uno de los puntos centrales está en Secundaria, donde vemos cómo se apuesta a un modelo que no es el adecuado para los tiempos que corren. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señora Presidenta: lo primero que quiero expresar es mi satisfacción por la forma en que el señor Diputado Arregui comenzó su presentación, respecto a que no deberíamos medir el aporte, la inversión que la sociedad hace a la educación, en porcentajes del PBI. Coincido plenamente con eso y me alegra escucharlo de un representante del Gobierno. Además, para mí es una novedad. Hace algunos años, en este país tuvimos que soportar un plebiscito que contaba con el apoyo de la fuerza política que hoy es gobierno, que pretendía establecer un porcentaje fijo en la Constitución de la República. Capaz que algunos se pueden acordar de aquel momento. Reitero que para mí esta es una novedad que me pone muy contento. Si bien esto me pone contento, al mismo tiempo me hace evidenciar una contradicción porque, entre otras cosas, hoy estamos aumentando el gasto público y la cantidad de recursos porque hay un compromiso de la fuerza política que nos gobierna respecto a establecer el 4,5% del PBI para la educación. ¡Es una contradicción! Nos parece que está mal que sea un porcentaje del PBI, pero vamos a invertir más porque debemos establecer ese porcentaje del PBI. Alguien podría advertir una contradicción en esto. Decía el señor Diputado que los resultados en la educación no se deben pedir para el día de mañana,
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
163
no se pueden pedir de un día para el otro. ¡Estoy absolutamente de acuerdo! Las metas, los objetivos finales no se deben pedir para el día de mañana. De todos modos, uno pensaría que deberían existir algunas evaluaciones, si no son de resultados, de procesos. Si no, ¿para cuándo? ¿Y en función de qué uno sigue confiando? Hay que seguir votando con los ojos cerrados a la fuerza política que nos gobierna porque no se pueden pedir resultados todavía; hay que esperar porque como no sabemos nada, debemos tener confianza, fe ciega, nunca más ciega que esta, hasta que dentro de unos cuantos períodos alguien tenga un acceso de honestidad y reconozca: “Está bien, fracasamos. No anduvo, la cosa no anduvo. Lo que nosotros diagnosticábamos, no era”. ¿Cuántas generaciones de orientales se deben perder en el camino? Estamos hablando de gente de verdad, de carne y hueso. ¿Cuántos orientales, mientras tanto, están perdiendo la única vida que tienen porque no se pueden pedir resultados de hoy para mañana y tampoco se puede evaluar porque estas cosas son a largo plazo? Y el panorama mientras tanto, ¿es muy esperanzador? Sinceramente, con la mano en el corazón, ¿alguien piensa que en este país el panorama en la educación es muy esperanzador? ¿Les parece que vamos bien? ¿Les parece que vamos bien cuando desde las autoridades de la educación, día por medio, recibimos un “guascazo”? ¿Cuando desde las autoridades de la educación nos proponen, un día sí y el otro también, cerrar los liceos para cambiar? ¡Cerrar los liceos para cambiar, para pensar de nuevo los planes educativos! Eso es lo que se nos propone desde las autoridades de la educación. ¿Alguien piensa que eso es esperanzador, que vamos bien y que entonces hacemos mal en pedir resultados, en querer controlar y hacer evaluaciones de proceso? Y mientras tanto, que no podemos pedir resultados, que estamos inhibidos de pedir resultados, ¿vamos a seguir con el carnaval? ¿Siga el corso? ¿Vamos a seguir con la comparsa Congreso Educativo en el que las corporaciones se solazan? ¿Mientras tanto vamos a seguir en eso? No evaluemos. ¡Por favor! No pidamos resultados. ¿Vamos a seguir afirmando que el único problema que tenía la educación -ahora no lo tiene, ya estamos encaminados- eran los recursos, que el único
problema de la educación en el Uruguay eran los recursos? ¿Vamos a seguir poniendo plata en el agujero oscuro -iba a decir en el agujero negro; si hay un agujero oscuro es el de la educación- de la educación, de quienes reivindican que solo ellos se pueden controlar a sí mismos? Y no hablo de los docentes; no hablo de los docentes. Hay que quebrar una lanza por los docentes de este país, que todos los días salen a trabajar en malas condiciones, que tienen que hacer esas cosas que se dicen acá y deben trabajar con no sé cuantos estudiantes, yendo de un liceo para otro. Hablo de las corporaciones, que no es lo mismo. Después, cuando llegamos a ASSE, voy a referir a otra cosa. En una época alguien hubiera entendido que la reivindicación de la presencia de las corporaciones en los organismos públicos de este país no es una reivindicación de izquierda. En la década del 30, en España, a José Antonio Primo de Rivera le hubiera parecido un gran adelanto tener a los sindicatos gobernando la educación y la salud. ¿Vamos a seguir pensando estas cosas? ¿Y vamos a seguir sin pedir resultados y sin controlar? ¡Y vamos a seguir sin pensar que en gran parte la responsabilidad de la modificación de las cosas en este país, de la educación, está en esta Casa por el gigantesco retroceso que representó la ley de educación, el paradigma de cómo no se tiene que hacer las cosas! Una ley de educación que dejó disconformes a todos los estamentos involucrados. SEÑOR MICHELINI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR RADÍO.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: me parece que la reforma de la educación si es un proceso, está en el contexto de una sociedad. Los problemas de la educación no empezaron con la Ley General de Educación; empezaron mucho antes. Comenzaron cuando desde las estructuras de la dictadura se diezmó a los sectores docentes y continuaron cuando desde 1985 se ninguneó constantemente a los docentes. Y no hay educación sin docentes. Uruguay comenzó con una tradición cultural importante; terminó reclutando sus docentes en familias y en hogares sin libros, sin acervo cultural. Es tremendamente meritorio para esos
164
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
docentes, pero los estratos sociales de los que ellos salían básicamente estaban constituidos por docentes o empleados de supermercado. Entonces, me parece muy injusto atribuir responsabilidades a la Ley General de Educación que aprobó la Administración pasada. Gracias, señora Presidenta; gracias, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Radío. SEÑOR RADÍO.- En realidad, hoy escuchaba una argumentación parecida con respecto a esta cuestión del escalafón M) y del escalafón A) en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Como resulta que en otra época las oficinas públicas eran el reino del clientelismo y había mucho clientelismo y mucho ingreso por la ventana, ahora ¿por qué no vamos a poner un poquito? ¿Por qué no vamos a tener derecho a poner un poquito? Si antes no estaba todo bien, ¿por qué me piden que esté todo bien ahora? Y bueno, ahora es lo mismo. Resulta que como la educación está mal porque antes los Gobiernos eran un desastre, entonces, ahora nosotros tenemos derecho un poquito a que sea un desastre. Y no nos controlen todavía; esperen un poquito más. Vamos a seguir el desastre un rato más. La Ley General de Educación es el paradigma de cómo no se tuvo que hacer las cosas en este país. Ninguno de los estamentos sociales involucrados quedó conforme. Y los que menos conformes deben estar, y ni sabemos si están conformes porque nunca nadie les pregunta, son los estudiantes; no son protagonistas. En el proceso educativo de este país los más alejados de ser protagonistas son los estudiantes. ¡Ojo que yo insisto que mi problema no son los docentes; al contrario! Hay que pensar en los docentes positivamente. El problema son las corporaciones, los gremios, los sindicatos. ¿Por qué digo esto? Porque todos sabemos que los que deberían en teoría estar representados en los organismos de conducción de la educación son los órdenes, son los docentes; y todos sabemos que eso no pasa. Todos sabemos que, en realidad, el que no vota la lista única, la lista del sindicato, está afuera. Entonces, es mentira que es el orden. Son los sindicatos, son las corporaciones. Y
eso, permítanme que les diga, no es de izquierda. Reivindicar eso no es de izquierda. Yo sé que hay alguna gente que, con la mano en el corazón, piensa como yo pero no lo puede decir. Sé que hay alguna gente que, con la mano en el corazón, piensa que eso no es de izquierda. El Partido Independiente no va a acompañar ninguno de los artículos de la ANEP porque implican un aumento del gasto que para nada está justificado, porque tiene como único objetivo el cumplimiento del 4,5% del PBI, lo que el señor Diputado Arregui aclaraba al principio de su intervención que le parecía inconveniente como una manera de medir los recursos que la sociedad invierte en educación. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Señora Presidenta: voy a contestar una cantidad de alusiones. En primer lugar, quiero expresar que no hay ninguna contradicción con que el término de referencia final en el Uruguay para el sistema educativo debe ser cuánto destinamos por alumno. Pero, ¿qué pasa? A partir de 2005, era tan baja la asignación presupuestal para la ANEP, no llegaba al 3% del Producto Bruto Interno, que se tomó como referencia a los efectos de ir alcanzando mayores porcentajes. Eso era lo que el país podía dar en ese momento. O sea que estamos hablando de proyectos finalistas en cuanto a que lo fundamental es lo que se destina por alumno. Ahora, según expresó el señor Diputado preopinante, se dijo que hay que cerrar los liceos para cambiar. Bueno, que yo sepa, ningún consejero electo que proceda del partido del Gobierno o de la oposición ha dicho eso. Podrá cuestionar los dichos de un consejero electo por los docentes. Pero esa expresión no es de recibo para nosotros. Después manifestó que acá se decía que el único problema eran los recursos. ¿Cuándo desde el Frente Amplio se ha expresado, cuando fuimos oposición o siendo Gobierno, que los únicos problemas y causas que operan sobre la inclusión y la calidad de los aprendizajes en el sistema educativo son los recursos? Sí hemos hecho hincapié en que sin los recursos tam-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
165
poco se puede hacer nada. Son los recursos y son otra cantidad de acciones más que deben aplicarse. Por eso no hay que ser tan simplista en las expresiones. Por último, porque el tiempo no da para más, el señor Diputado preopinante podrá discrepar frontalmente con la Ley General de Educación. Le asiste toda la libertad de expresión. Pero la Ley General de Educación lleva poco más de un año y medio de aprobada. Y el mismo Diputado dice que los resultados educativos llevan tiempo. Por otra parte, dice que por culpa de la Ley General de Educación hoy tenemos los problemas que tenemos. Allí veo una contradicción flagrante. Si los resultados educativos llevan tiempo, y mucho tiempo, ¿cómo se va a adjudicar los problemas a la Ley General de Educación? Podrá discrepar frontalmente desde el primero hasta el último artículo, pero no adjudique causas donde no están. Muchas gracias, señora Presidenta, y perdón por referirme directamente al señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: me parece que en la Administración anterior cuando el Frente Amplio asumió el Gobierno, el tema educativo era, fundamentalmente, que teníamos proyección hacia adelante. Ahora, el Frente Amplio garantizó no solo recursos, sino paz, tolerancia, diálogo y participación. Me parece que es un cambio sustantivo porque no hay proceso educativo sin docentes compenetrados. Y con la Ley General de Educación, los docentes fueron a votar, y votaron como lo hicieron. Nadie les obligó; hubo voto secreto. Además, hubo más de una lista, o sea que no hubo una imposición. Entonces, claramente, la Ley General de Educación es un marco mucho mejor para el desarrollo de la energía positiva de cambiar. Lo que pasa es que en un país con los índices de pobreza, la pauperización con que el Frente Amplio asumió, es muy difícil tener posibilidades de desarrollar un proceso educativo exitoso, cuando además los resultados se ven en el largo plazo.
Por lo tanto, decir que la situación de hoy es el resultado de la Ley General de Educación, es tremendamente injusto. Por último, aquí no estamos viendo qué es de izquierda o qué no es de izquierda. Aquí estamos analizando temas puntuales de la Rendición de Cuentas. El debate educativo lo podemos dar cuando quieran y en cualquier momento. Gracias. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: intentaré ser lo más ordenado posible. En realidad, se tocaron tantos temas que parece complicado poder ordenarse. Voy a empezar por un ejemplo que creo es excelente, pero a la vez, un mal ejemplo. Es un excelente ejemplo porque el Liceo Jubilar funciona muy bien, pero lo hace muy bien en la órbita privada. En la órbita pública uno no puede decir a los estudiantes que no vengan el año que viene porque repitieron. Entonces, quiero creer que el señor Diputado que habló del proyecto del Liceo Jubilar no está proponiendo eso para la educación pública. (Interrupción del señor Representante Gandini.Respuesta del orador) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Por favor, no dialoguen, señores Diputados; diríjanse a la Mesa. Puede continuar el señor Diputado Sabini. SEÑOR SABINI.- La educación pública tiene que contener a todos los estudiantes, repitan o no repitan. Esa es la base. Es más: los invito a leer la edición de “Brecha” de la semana pasada en que se habla de este debate que hay entre la enseñanza pública y la enseñanza privada. Pero yo me voy a referir a otro estudio, que es del BID -creo que nadie puede decir que levante banderas de izquierda, ya que aquí se habló de izquierda y de derecha-, que explica claramente que a nivel de gestión la educación pública y la educación privada no tienen diferencia. A nivel de resultados educativos tampoco tienen diferencia; lo que hay que hacer es despejar las variables socioeconómicas, es decir, el origen socioeconómico de los alumnos y no el lugar donde está el centro de estudios. Por
166
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
supuesto que haré llegar este material a quien quiera consultarlo. Se habló de caída de la enseñanza. Señora Presidenta: lo único que ha caído aquí desde 1997 es el salario docente, hasta el año 2005. de, Si tomamos como base el año 2005, en el año 1997 el salario docente estaba un 13% por debajo. Ahora bien, desde 2005 hasta 2011 el salario docente nominal en pesos aumentó un 48,2%. ¿Es suficiente? No, y quizás nunca lo sea, porque las necesidades siempre son crecientes, pero por primera vez los docentes pueden decir que tienen un salario que se acerca a la posibilidad de resolver los problemas de sus familias; y esto es lo primero. ¿Qué es lo segundo? Lo segundo es -¡claro que sí!- mejorar los centros de estudio. ¿Estamos lejos? ¡Sí! ¡Claro que estamos lejos! ¡Pero si tuvimos cincuenta años de baja inversión educativa en infraestructura! ¡Cincuenta años! ¿En seis años podemos resolver todos los problemas de 3.040 centros educativos? ¡No! Y seguramente nos lleve diez años más. Pero yo voy a poner un ejemplo porque, en realidad, alguien podría decir: “Está gargareando”. No, no estoy gargareando. En el informe del Ejercicio 2010 figura el detalle de todas las obras que se hicieron. Por ejemplo, las Comisiones descentralizadas llevaron a cabo 245 obras, sin contar Montevideo. ¡Claro que no alcanza! Y seguramente seguirá sin alcanzar. Por eso nos jugamos a que la CND construya los nuevos liceos y las nuevas escuelas de tiempo completo: porque el sistema que teníamos no nos daba garantías, y no las da. ¡No las da! Entonces, necesitamos que a los privados, que son los que construyen, en lugar de pagarles al final de la obra, se les vaya pagando paulatinamente para asegurarnos la calidad de la infraestructura educativa. Y sí: yo comparto que nos demoramos ocho meses, pero este año va a estar firmado el convenio y eso, seguramente -así lo esperamos-, va a ser un logro del Gobierno porque, de lo contrario, va a ser dificil que podamos llegar a cumplir los compromisos que tenemos. También se habla de la necesidad de resultados. En este sentido quiero hacer una digresión personal. En educación los resultados no son como en cualquier ámbito de la vida, como en una industria o en una empresa. No se ponen insumos de un lado y se obtienen resultados del otro; es mucho más complejo: la educación es un proceso que involucra seres huma-
nos. Por supuesto que el salario no es para nada lo más determinante, aunque importa, porque interesa si el docente trabaja sesenta o cuarenta horas. No podemos medir los resultados de la educación únicamente por los recursos; eso es verdad. No obstante, voy a dar algunos resultados, porque me parece que también son importantes. Aquí se habló de estudiantes; entonces, yo voy a hablar de estudiantes. En el año 2008, en el nivel superior de la Enseñanza Técnica había 31.397 estudiantes; en 2009, 33.578; en 2010, 33.858. En el nivel terciario, en 2008, 4.650; en 2009, 5.243; en 2010, 6.443. Si uno mira el global, advertirá que en esos tres años la matrícula cayó en 2.000 estudiantes. Ahora bien, la matrícula global se mantuvo, más o menos, en 70.000. ¿Qué significa esto? Que estamos sosteniendo a los estudiantes en los últimos años. Claro que nos duelen todos los que se caen. Sí, nos duele, pero estamos haciendo políticas educativas inclusivas para que no se caigan, y eso amplía la cobertura y la matrícula: todos estos gurises antes no llegaban y ahora están llegando. Además, se habla de Secundaria; entonces, yo también voy a hablar de Secundaria. En 2007, 218.096 estudiantes; en 2008, 222.165; en 2009, 226.346; en 2010, 226.975, y en 2011, 230.145. Es decir que desde que esta fuerza política ejerce el poder -en definitiva, el Gobierno- la matrícula ha aumentado y esto tiene que ver con políticas educativas. Pero además se nos dice que no hay modelo, y es mentira. Yo invito a los legisladores -esta propuesta la hemos hecho en la Comisión de Educación y Cultura y aquí hay varios Representantes que pertenecen a ellaa ir al liceo de San Luis, donde por primera vez estamos haciendo una experiencia que une la enseñanza propedéutica con la enseñanza técnica. ¿Y saben cuántas deserciones hubo en ese liceo? Ninguna. Entonces, es mentira que no hay modelo. Ahora bien, de un día para el otro, ¿podemos transformar 340 centros educativos? No, eso lleva tiempo. Por supuesto que el tiempo apremia. ¡Por supuesto! Pero creemos que vamos por el camino correcto. Yo quisiera nombrar algunos otros programas. El compañero Arregui hoy comentaba algunos, pero hay uno muy concreto: Centros Educativos Abiertos; creo que el Diputado Bango también hizo mención a esto. Inclusive, hace un año referimos a esos Centros en esta Sala. Ese proyecto apunta a humanizar los centros de estudio; si mal no recuerdo, un Senador de la República lo comentó y nosotros lo estamos llevando
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
167
adelante. Esto implica llevar la comunidad a su centro educativo, haciendo actividades recreativas, deportivas, culturales, para que el centro de estudios sea, justamente, un lugar comunitario que ayude a que los estudiantes se identifiquen con él. Este proyecto se ha llevado adelante en Brasil, Guatemala, Nicaragua, México, Argentina. ¿Y saben lo que lograron? Reducir la violencia y abatir la deserción. ¿Esta es la solución a todos los problemas de la enseñanza? No, pero es una buena propuesta que estamos instrumentando. (Apoyados) ——Voy a dejar por aquí, señora Presidenta. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: he seguido con atención la intervención del señor Diputado Sabini y, en verdad, me alegro mucho de escuchar en su espíritu y en su tono un idealismo que espero no pierda jamás. Espero que ese idealismo no tenga que ver con que cuando él miraba “Don Gato” yo ya estaba lejos de tener tiempo para mirar televisión, que esté asociado a la juventud y que se vaya muriendo con el realismo y con el tiempo. Yo comparto ese idealismo y esa visión positiva de que es posible hacer cosas y cambiar. Sucede que en la gestión real, lo que nosotros evaluamos -a lo mejor estamos equivocados- y percibimos -y cuando digo “percibimos” me coloco fuera del sistema, a diferencia del Diputado Sabini que se coloca dentro y dice: “hacemos”, “estamos”, “nosotros”, con esa idea de que forma parte de una gestión, y me encantaría que efectivamente formara parte para que viera que no es tan así- es que dentro de los ambientes de la enseñanza donde se toman decisiones está instalada una lucha de poder ideológico muy fuerte que, como en otros ámbitos, termina anulando la gestión. En la educación aún no se han podido renovar los cargos de confianza, que son el brazo ejecutor de los decisores. Todavía no lo han hecho porque no han podido distribuir el poder adentro -¡y tienen cincuenta cargos de confianza política en la ANEP!-, como tampoco se han podido poner en marcha proyectos que están en debate porque conviven visiones diferentes. Si bien existe una enorme dosis de vocación docente en bastante gente y muchos actores de la educación
tienen voluntad de dar más de lo que deberían pues queda mucha gente con vocación, en los hechos hay mucha gente desmoralizada, defraudada y decepcionada porque a seis años de gobierno de la izquierda, a pesar de que se decía que se harían muchas cosas, muchas siguen igual. También quiero decir al señor Diputado que el aumento de matrícula no es más que eso, aumento de matrícula, y no necesariamente aumento de interés por estudiar. En algunos casos, ese aumento de matrícula está asociado a políticas de estímulo económico para ir a estudiar, y muchos jóvenes pasados de edad para su nivel de clase ingresan a algunos liceos y cambian el ambiente educativo porque no tienen ganas de estudiar y van obligados a fin de que se cobre en su casa la asignación correspondiente. Estas son evaluaciones objetivas de medidas que, a lo mejor, no son acertadas. Por eso tenemos una visión crítica de los resultados que se exhiben, y si bien es cierto que los resultados en educación se miden en generaciones, también hay otros que van dando indicios de por dónde va el camino, y nosotros no vemos bien los resultados que se generan. A lo mejor tenemos que instalar un nuevo debate y la visión más positiva que tiene el señor Diputado Sabini nos envuelve y convence un poco, pero también sería bueno que se escuchara nuestra visión, quizás más realista, de por dónde se deberían tomar algunas medidas para cambiar el modelo. Existen experiencias positivas, por supuesto, y no hay un modelo definido. Muchas gracias. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: es cierto que existe idealismo, pero también tengo que decir que fui docente muchos años y conozco la enseñanza desde adentro; no me lo contó nadie. Todo lo que dije está en el libro al que me remití. SEÑORA MONTANER.- Pido la palabra.
168
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MONTANER.- Señora Presidenta: sabemos que la educación es un tema fermental. Obviamente tenemos visiones muy distintas y por eso debatimos. Sinceramente, creo que el sistema educativo ha colapsado, y no lo digo yo; luego voy a explicar por qué. Lo que más me preocupa es que cuando un pueblo, una sociedad, un gobierno o un país no pueden dar educación a su gente le están quitando la libertad porque el único instrumento que hace libre a las personas es la capacitación, la formación y la educación. Además, es el único instrumento que da movilidad a los estratos sociales. El pobre deja de ser pobre en recursos económicos si puede tener una buena educación y capacitarse para avanzar e ingresar a otra esfera, a otro estrato económico que le permita superarse. Basta con mirar el pensamiento de Varela, de Vaz Ferreira y de Grompone para decir qué importante y qué rica es la educación, porque puedo entender que los planes sean de emergencia, pero no son más que una limosna, porque no generan al individuo la proyección para superarse y lograr movilidad social. Entre hombres libres y mendigos presupuestados, prefiero una sociedad de hombres libres. La deserción y la repetición estudiantil, el ausentismo docente y los problemas edilicios constituyen un conjunto de problemas que, evidentemente, atacan la calidad y el proyecto educativo de un país. Esto no lo digo yo, sino el Presidente Mujica. “Vamos a reunirnos y debatir”, dijo en su discurso del 1º de marzo, y agregó: “Educación, educación y educación”. También dan cuenta de este problema los resultados de la prueba PISA que indican que Uruguay pasó del lugar 39 al 47, y los Decanos de distintas Facultades: Odontología e Ingeniería. Esto no lo afirmo yo como integrante de la oposición, sino importantes actores sociales, que están distribuidos en todo el escenario político y social. Por ejemplo, la Vertiente Artiguista, que forma parte de este Gobierno, titula una nota: “Sistema educativo propicia deserción”, que más adelante dice: “La Vertiente Artiguista reconoce que ‘hay una situación grave'” donde se provoca una frac-
tura social. Por su parte, el Senador Enrique Rubio señala textualmente: “‘los resultados de las pruebas PISA y de otras mediciones son inocultables y demoledoras’, respecto al bajo nivel educativo que se registra en términos promedio. […] Gestión. En tanto, en la educación media se reconoce una ‘crisis de inclusión’ que se traduce en un 30% de deserción en el Ciclo Básico”. Cito este documento para demostrar que no se trata simplemente de una visión ideológica y política focalizada, porque me referí a las más dispares posiciones, desde la del Presidente de la República, hasta la de los Decanos de Facultades, los resultados de las pruebas PISA y la opinión del Senador Rubio, que no comulga con mi fuerza política e integra el Gobierno. Entonces, no podemos esconder la cabeza debajo de la tierra como el avestruz, sino que debemos enfrentar los problemas, reconocerlos y diagnosticar para procesar soluciones y alcanzar los objetivos de la educación. Estoy de acuerdo con el señor Diputado Sabini en cuanto a que la prueba del liceo de San Luis es modelo, y nos está dando la razón en el tiempo extendido, porque el horario de ese centro educativo es extendido. Por eso nosotros apuntamos a las escuelas de tiempo completo, tan criticadas, que tenían horario extendido, donde los educandos y educadores tenían más tiempo conviviendo; a su vez, los jóvenes que venían de contextos críticos podían estar en esos centros enriqueciéndose y rompiendo la espiral de pobreza, cortando algunas pautas culturales de ese tejido social que se había fracturado en sus hogares, y las escuelas de tiempo completo podían empezar a reincorporar estos valores. Las autoridades de la educación hoy piden tiempo más extendido. El señor Diputado Sabini se refirió al caso del liceo San Luis, que tiene tiempo extendido. Me pregunto por qué no volcar los recursos que está recibiendo la educación para crear centros de tiempo completo, como lo están pidiendo las autoridades de la educación y quizás esos niños. Estoy de acuerdo con el señor Diputado Arregui -a quien respeto mucho y reconozco su capacidad y formación docente; leí muchas de sus intervencionescuando afirma que el resultado no es inmediato porque la educación es inclusión, pero si incluimos mucho corremos el riesgo de perder calidad. Entonces,
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
169
realmente se trata de un problema, y reconozco y respeto el planteo. No obstante, el problema de las estructuras edilicias es distinto al del resultado del proceso humano, y por eso hoy paran 1.700 alumnos del Liceo Zorrilla: porque una profesora se fracturó el coxis y el brazo al resbalarse por una inundación provocada por las cañerías en mal estado. Asimismo, los padres de los 1.000 alumnos de la escuela Maracaná, en el barrio Maracaná, hicieron piquetes y protestas porque la escuela no cuenta con la estructura edilicia adecuada para impartir educación pública. ¿No estaremos nosotros reforzando no solo una brecha educacional, sino un enfrentamiento casi social entre los que van a la educación pública y tienen que enfrentar estos problemas y los que van a la privada? Digo yo que es una brecha importante. La educación es democratizadora y nosotros no podemos poner estos dos modelos enfrentados, sino que tienen que estar contenidos.
Entonces, después de asignar estos recursos -la sociedad, tenga o no tenga hijos, como dijo el señor Diputado Gandini, debe cumplir con el mandato de aportar para la educación-, tiene que haber un retorno. Nosotros esperaremos un año más, pero las que no van a esperar son las generaciones que pasan, cuyo tiempo de aprendizaje también pasa, así como el momento que tienen para crecer y ser libres. Reitero: una sociedad con educación va de la mano de la libertad. El resto son mendigos presupuestados. Gracias, señora Presidenta.
27.- Licencias. Integración del Cuerpo.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante José Mahía, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Norma Griego. Del señor Representante Fitzgerald Cantero Piali, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Ortiz. Del señor Representante Aníbal Gloodtdofsky, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Milo Ojeda”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y siete en cincuenta: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.
A esta altura de la noche no nos vamos a convencer, pero esta sociedad tiene que darse un debate educativo. Lo piden desde el Presidente Mujica hasta los padres que tienen hijos que se forman en la educación pública. Creo que nos lo debemos porque las cifras, las personas, las opiniones, confluyen siempre en que la educación está en crisis. Y el Ministro Lorenzo -lo repito siempre porque me merece respeto su opinión- dice que la distribución del ingreso ha fracasado a pesar del crecimiento brutal de la economía y del PBI porque no hemos logrado que la educación funcione, y si no funciona la educación y no damos capacitación, las personas no pueden acceder a tener otro tipo de ingresos y, por tanto, no podemos ir emparejando el Índice Gini. Si la educación mejora, la distribución del ingreso, también. Si lo dice el Ministro de Economía y Finanzas, los Decanos de las Facultades, índices como el PISA y la Vertiente Artiguista -que viene de otro ángulo político- y quienes estamos percibiendo la deserción estudiantil, el ausentismo docente y la repetición, no tenemos que ponernos la banda del Gobierno de turno o de la oposición y decir que esto está mal o está bien; debemos tener la humildad de reconocer la situación y empezar a transitar otro camino, porque la peor injusticia que puede hacer un Gobierno a una sociedad es no dar educación a los más pobres y humildes, que van a los institutos públicos, que son hijos del Estado.
170
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día 18 de agosto, por motivos personales, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Luis Enrique Gallo”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Juan Ripoll”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente.
De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Gabriela Garrido”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Silvia Camejo”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Eduardo Márquez”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
171
Darío Álvarez de Ron”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Marcela Brignoni”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Walter González”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Andrés Neves”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011.
II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Luis E. Galllo, Juan Ripoll, Gabriela Garrido, Silvia Camejo, Eduardo Márquez, Darío Álvarez de Ron, Marcela Brignoni, Walter González y Andrés Neves. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, por el día 18 de agosto de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Luis E. Gallo, Juan Ripoll, Gabriela Garrido, Silvia Camejo, Eduardo Márquez, Darío Álvarez de Ron, Marcela Brignoni, Walter González y Andrés Neves. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121738, del Lema Partido Frente Amplio, señor Norma Griego. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 18 de agosto del corriente año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima, FITZGERALD CANTERO PIALI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Fitzgerald Cantero Piali.
172
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011. II) Que el suplente siguiente, señor Álvaro Fernández integra la Cámara por el período indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Fitzgerald Cantero, por el día 18 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Nicolás Ortiz. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día de la fecha del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, ANÍBAL GLOODTDOFSKY Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011. II) Que los suplentes siguientes, señores Álvaro Fernández y Nicolás Ortiz integran la Cámara por el período indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de
24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky, por el día 18 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Milo Ojeda. Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
28.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010 (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: en virtud de las afirmaciones de la señora Diputada preopinante, quiero señalar que el pensamiento del señor Ministro Lorenzo figura en el Anexo II del Repartido de la Rendición de Cuentas. Nada más. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 237 a 245, inclusive. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en sesenta y uno: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 18, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Gandini y Otegui. (Texto del artículo aditivo:)
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
173
“Artículo .- Asígnase al Inciso 25 – Administración Nacional de Educación Pública, una partida anual de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para Servicios Personales, Financiación 1.1 Rentas Generales a valores del 1º de enero de 2011, a fin de comenzar a solventar la estabilidad y permanencia de los docentes de educación media en los centros educativos, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley General de Educación Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: el artículo aditivo que se propone en la Hoja Nº 18 recoge parte del artículo 5º propuesto por el CODICEN, en el que se solicitan $ 200:000.000 incrementales en diversos años -aquí se establece un mismo monto para cada año-, con un destino que compartimos -y creemos que también el señor Diputado Arregui, porque lo introdujo en su exposición como un valor importante-, pero no tiene financiamiento, que es el llamado “profesor cargo”, es decir el profesor que está dedicado a un centro educativo vinculado a él en la educación media. Del mismo modo, la Hoja Nº 19 -ya me adelanto y explico su contenido para que a la hora de votar se tenga una visión general- dispone una partida de $ 102:363.000, solicitada por la ANEP, que recogemos parcialmente, con destino a aumentar, por un lado, el número de auxiliares de servicio en la Educación Inicial y Primaria, y por otro, el de porteros para el Consejo de Educación Secundaria. En ese artículo que envió la ANEP hay otros conceptos que llegan a una cifra mayor. En nuestra selección, nosotros decidimos priorizar, y por un monto menor, estos dos, que nos parecen necesidades imprescindibles. La presencia de porteros en Secundaria es fundamental. Dice la ANEP que en Secundaria hay seis y, ante la nueva realidad en seguridad y en materia social en términos generales, es fundamental la figura del portero, que conoce a los alumnos, que hace una tarea que no es la del policía que cumple el Servicio 222, sino la de un funcionario parte de la comunidad educativa, vinculado a su proyecto y a los estudiantes, que cumple una tarea de vigilancia, de porte-
ría, pero que en alguna medida también colabora con los objetivos pedagógicos. Y los auxiliares de servicio constituyen un reclamo no solo de Montevideo, sino particularmente del interior, donde es la comunidad, a través de las Comisiones de apoyo, la que debe sostener el estado adecuado de los centros de estudio. Para financiar estos $ 302:363.000 que es la suma de estos dos artículos, en el aditivo que figura en la Hoja Nº 25 proponemos una reasignación de recursos -método que el proyecto de Rendición de Cuentas que tenemos a consideración sigue a lo largo de todo el articulado- de créditos previstos en diversos objetos del gasto que aquí se señalan, que han sido producto de un trabajo de búsqueda de objetos de gasto que Rendición tras Rendición y Presupuesto tras Presupuesto no se ejecutan y, a pesar de estar previstos, vuelven como economías a Rentas Generales. Por lo tanto, como están previstos en partidas no puede decirse que incrementen el gasto ni el déficit. La reasignación de estos productos de gasto que se detalla en este artículo tiene destino a la Administración Nacional de Educación Pública para financiar “[…] el aumento de auxiliares de servicio y porteros así como la estabilidad y permanencia docente en los centros educativos […]”, según los proyectos que resulten aprobados en el proyecto de ley a consideración. Por lo expuesto, solicitamos que se consideraran en conjunto los aditivos que figuran en las Hojas Nos. 18, 19 y 25, en dos de las cuales se prevén asignaciones de recursos y en la tercera el financiamiento correspondiente. Quiere decir que las tres están unidas por el mismo sentido. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Señora Presidenta: voy a referirme a una de las propuestas que hizo el Diputado Gandini, relativa a la concentración de las horas de trabajo del docente en un solo centro educativo, que es lo que se llama “profesor cargo”. Se trata de que el profesor no deambule de un centro educativo a otro, que es lo que se denomina “profesor taxi”. Felizmente, todos los partidos políticos estamos de acuerdo con esa propuesta. Lo está también el CODICEN, que la ha incluido en su Rendición de
174
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Cuentas, y quiero decir que esta propuesta ya está financiada por tres vías. Digo esto porque cuando se envió al Parlamento el proyecto de ley de Presupuesto, que se aprobó como Ley Nº 18.719, ya se previó que el 0,3% de toda la masa salarial se destinaría al “profesor cargo”, al pasaje de grado por concurso, al presentismo y a otras políticas. Por esta vía ya se destinaban $ 62:000.000, con un total incremental al terminar el período de $ 323:000.000. A estos $ 62:000.000 asignados en el Presupuesto debemos sumarles $ 13:000.000 adicionales en virtud de lo establecido por el artículo 867 de esa ley. Además, acabamos de votar una disposición del proyecto de ley de Rendición de Cuentas que envió el Poder Ejecutivo que establece que de la partida de $ 243:400.000, $ 100:000.000 tendrán como destino este tipo de políticas educativas. En definitiva, entre la Ley de Presupuesto, la partida adicional del artículo 867 de esa Ley y los $ 100:000.000 adicionales contenidos en los $ 243:400.000, tendremos $ 175:000.000 para instrumentar el “profesor cargo”, el pasaje de grado, el presentismo y otras políticas. Por lo expuesto, no vamos a acompañar el aditivo que propone el Diputado Gandini. Era esto lo que queríamos decir. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: quiero hacer una aclaración referida a la intervención del señor Diputado Arregui. Según se señala, no se votará nuestra propuesta, uno de cuyos aspectos corresponde al denominado “profesor cargo” y el otro, a porteros y auxiliares de servicio. La cuestión es que toda la larga explicación que ha dado el Diputado Arregui debería plantearla a las autoridades de la enseñanza, porque se supone que los recursos con ese destino fueron votados en el Presupuesto Nacional, pero no se dieron cuenta de ello; en el artículo 5º de su proyecto presupuestal está fundamentado ese destino -prácticamente copiamos esa redacción par confeccionar nuestro aditivoy, además, se incluye una larguísima exposición de motivos acerca de por qué necesitan ese dinero, es-
pecificando año a año las modificaciones que se registran por el incremento de la vinculación de los docentes con el centro de estudios. Creo que en esto hay un error de la propia enseñanza, que no ha advertido que tiene la plata y por eso no ha podido usarla o la está empleando en otra cosa; se la dimos para una, pero la usa para otra. Yo realmente creo que no la tiene. Escuchamos a las autoridades cuando fundamentaron este artículo; leímos el proyecto, y nos resultan confiables las explicaciones que dieron. Por eso, si la intención fuera que los docentes estén vinculados con su centro de estudio, deberíamos acompañar esta norma que incrementa razonablemente los recursos para la educación y no genera un nuevo incremento del gasto público. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Según lo propuesto, vamos a tratar conjuntamente los aditivos que figuran en la Hojas Nos. 19 y 25. Se pasan a considerar los aditivos que figuran en las Hojas Nos. 19 y 25, presentados por la señora Diputada Ferreira y por los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 19:) “Asígnanse a la Administración Nacional de Educación Pública Inciso 25, una partida anual de $ 102.363.000 (pesos ciento dos millones trescientos sesenta y tres mil) para Servicios Personales, Financiación Rentas Generales, a valores del 1 de enero de 2011, a fin de aumentar el número de auxiliares de servicio en el Consejo de Educación Inicial y Primaria (CEIP) y de porteros en el Consejo de Educación Secundaria (CES) para comenzar a dar cumplimiento del Objetivo Estratégico Nº 5 de la ANEP: ‘Fomento al protagonismo de los centros educativos y su construcción como ámbitos participativos y amigables para aprender, enseñar y crecer'”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 25:) “Reasígnase una partida de $ 302.363.000 (trescientos dos millones trescientos sesenta y tres mil pesos) de los créditos previstos en los Objetos del Gasto 199 ‘Otros bienes de consumo
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
175
no incluidos en los anteriores’, 299 ‘Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores’, 399 ‘Otros bienes de uso no incluidos en los anteriores’ y 749 ‘Otras partidas a reaplicar’ de los Incisos 02 al 15 al Inciso 25 ‘Administración Nacional de Educación Pública’ con destino a financiar el aumento de auxiliares de servicio y porteros así como la estabilidad y permanencia docente en los centros educativos, según los proyectos aprobados en la presente ley. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos del objeto del gasto disminuidos en el inciso anterior”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Veintidós en sesenta y siete: NEGATIVA.
previstas por el artículo 675 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010.
RENTAS GENERALES 2012 Servicios Personales Gastos Corrientes 13.982.585 20.255.992 21.063.167 21.553.847 11.551.448 12.207.596 2013 2014
29.- Prórroga del término de la sesión.
Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor Diputado Michelini. (Se lee:) “Mociono para que se prorrogue la hora de finalización de la sesión”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA.
La Administración Nacional de Educación Pública podrá efectuar las trasposiciones de créditos que se requieran para el mejor funcionamiento de sus servicios, conforme a las normas legales que rigen en la materia para dicha Administración”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: del mismo modo que en el artículo anterior, vamos a proponer que se considere el aditivo que figura en la Hoja Nº 20 junto con el que figura en la Hoja Nº 26. El aditivo que figura en la Hoja Nº 20 establece una asignación de recursos, mientras que la Hoja Nº 26 determina su financiamiento. El artículo propuesto en la Hoja Nº 20 asigna a la ANEP partidas presupuestales para los Ejercicios 2012, 2013 y 2014, tal cual solicita la ANEP en su artículo 30, que representan aproximadamente $ 25:000.000 para cada uno de esos Ejercicios, aunque con límites diferentes, según se trate de servicios personales o de gastos corrientes en cada año. Este destino de los recursos está previsto en el artículo para financiar los proyectos transversales de innovación educativa. Hay una serie importante de proyectos de innovación que se aspira a incorporar a la Educación en sus diferentes niveles, que atraviesan todos los programas.
30.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010. (Aprobación).
Se pasa a considerar el aditivo que figura en la Hoja Nº 20, presentado por la señora Diputada Ferreira y por los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 20:) “Asígnanse a la Administración Nacional de Educación Pública Inciso 25, las partidas presupuestales, financiación Rentas Generales, a valores del 1º de enero de 2011, que a continuación se detallan, a efectos de reforzar las erogaciones resultantes de Proyectos de Funcionamiento,
176
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Nos parece que esta es una de las apuestas importantes que solicitó la ANEP en su articulado y no implica un monto demasiado importante. Por lo tanto, proponemos financiarlo -lo planteamos en el aditivo que figura en la Hoja Nº 26- con un artículo que disminuye en un 50% el crédito presupuestal asignado por el artículo 58 de la Ley de Presupuesto del año 2010, que crea las partidas para el financiamiento de adscriptos en cada uno de los Ministerios. Este no es un artículo caprichoso. Nosotros hicimos pedidos de informes a todos los Ministerios y consultamos a algunos de los Ministerios que no habían contestado aún; con la única excepción de la Cancillería, que ha ocupado todo el crédito disponible de $ 4:000.000, y del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que ha utilizado la mitad de los $ 8:000.000 disponibles, todos los demás Ministerios han contratado entre ninguno y tres adscriptos, teniendo presupuesto para muchos más. Entonces, si no se ha utilizado esa partida que totaliza $ 76:000.000 anuales -solo se ha usado un monto cercano al 30%- proponemos disminuir el 50%, salvo -lo establece el segundo inciso de este artículo- los organismos que a la fecha hayan comprometido más que el porcentaje autorizado. De todos modos, los recursos van a alcanzar, porque el 50% son $ 38:000.000, y para financiar el artículo que proponemos en el aditivo que figura en la Hoja Nº 20, alcanza con $ 25:000.000. Entonces, parece razonable que si los Ministros no han dispuesto en el primer Ejercicio la contratación de más adscriptos de los que han solicitado, se dispongan las economías resultantes a estos efectos y se destine menos dinero a adscriptos -además, no se ha usado- y más dinero a proyectos de innovación educativa que nos solicitan las autoridades de la enseñanza pública. Por lo tanto, solicitamos que se voten en conjunto estos dos artículos, porque son la cara y la contracara de una misma moneda. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- De acuerdo con lo propuesto, conjuntamente con el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 20, se considerará el que figura en la Hoja Nº 26, que fue presentado por la señora Diputada Ferreira y por los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 26:)
“Disminúyase al 50% (cincuenta por ciento) el crédito presupuestal asignado por el artículo 58 de la Ley Nº 18.719 para la contratación de adscriptos que colaboren con los Ministros de Estado.- Los organismos que a la fecha de promulgación de la presente ley hayan comprometido más que el porcentaje autorizado por el Inciso anterior limitarán su crédito a ese monto.- Reasígnase el monto resultante de la aplicación de los incisos anteriores a la Administración Nacional de Educación Pública para financiar los proyectos Transversales de Innovación Educativa.- La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes a las partidas reasignadas”. ——En discusión los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nº 20 y Nº 26. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Veinticuatro en setenta y uno: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 21, presentado por la señora Diputada Ferreira y por los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 21:) “Modifícase el artículo 575 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera:- ‘ARTÍCULO 575.- La ANEP podrá transferir al ejercicio siguiente las asignaciones presupuestales de los proyectos incluidos en el plan de inversiones con financiación rentas generales, cuando se difiera el trámite de la licitación, adjudicación o contratación de las obras. El monto a transferir no podrá superar el 20% del crédito original'”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: los aditivos que figuran en las Hojas Nos. 21, 22, 23 y 24 recogen algunos artículos que propuso el organismo -que corresponden a los artículos 34, 35, 36 y 39- que no tienen costo. Así fueron fundamentados en la Comisión
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
177
por las autoridades de la ANEP, y nosotros compartimos esa opinión. Por lo tanto, nos parece que si la enseñanza necesita estos artículos para su mejor gestión y no tienen costo presupuestal, deberíamos acompañarlos. No tenemos opinión en contrario, así que lo vamos a hacer de ese modo. Con esta intervención, doy por fundamentados los artículos aditivos que figuran en estas cuatro Hojas que se van a considerar cuando la Mesa lo disponga. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tal como se ha solicitado, junto con la Hoja Nº 21, se pasan a considerar los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 22, 23 y 24, que fueron presentados por la señora Diputada Ferreira y por los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 22:) “Exceptúase a la Administración Nacional de Educación Pública, a partir del Ejercicio 2011, de la limitación establecida en el inciso 7 del artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2011”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 23:) “Sustitúyese el inciso decimotercero del artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente:- ‘El haber sido contratado bajo el régimen de beca y pasantía no inhabilita a la persona a ser contratada bajo este régimen en la misma oficina o en cualquier otro órgano y organismo del Estado (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, órganos y organismos de los artículos 220 y 221 de la Constitución de la República y Gobiernos Departamentales) siempre que la suma de todos los períodos contractuales, incluida la licencia anual, no supere los dieciocho meses'”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 24:) “Extiéndase para los Ejercicios 2012 y 2013 la autorización otorgada a la Administración Nacio-
nal de Educación Pública por el artículo 681 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. ——En discusión los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nº 22 a Nº 24, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Veintitrés en sesenta y siete: NEGATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 26 “Universidad de la República”, que comprende los artículos 246 y 247. (Texto del Inciso 26:) “INCISO 26 Universidad de la República Artículo 246.- Increméntase en el Inciso 26 “Universidad de la República” una partida anual de carácter permanente con vigencia a partir del Ejercicio 2011, de $ 243.400.000 (doscientos cuarenta y tres millones cuatrocientos mil pesos uruguayos), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 867 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con destino al fortalecimiento de los programas presupuestales y de acuerdo al siguiente detalle: – Programa 347 “Académico” $ 59.460.000. – Programa 348 $ 134.620.000. “Desarrollo Institucional”
– Programa 349 “Bienestar y Vida Universitaria” $ 5.070.000. – Programa 350 “Atención a la Salud del Hospital de Clínicas” $ 26.750.000. – Programa 351 “Desarrollo de la Universidad en el Interior del País” $ 2.070.000. – Programa 352 “Inversiones en Infraestructura Edilicia – POMLP” $ 15.430.000. Se comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución por objeto de gasto. Artículo 247.- Facúltase a la Universidad de la República a acordar, en un plazo de hasta ciento ochenta días desde el inicio de cada Ejercicio, la administración de los créditos presupuestales de inversión correspondientes al Programa 352 – Plan de Obras de Mediano y Largo Plazo con la Corporación Nacional para el Desarrollo en ejercicio de los cometidos asignados por el artículo 11 de la Ley Nº 15.785, de 4 de diciembre de 1985, en la redacción dada en el artículo 34 de la Ley Nº 18.602, de 21 de setiembre de 2009. En dicho caso, la Corporación Nacional para
178
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
el Desarrollo se ajustará estrictamente a las directivas de la Universidad de la República y realizará todas las contrataciones mediante procedimientos competitivos que aseguren el cumplimiento de los principios de publicidad e igualdad de los oferentes, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 114 del TOCAF 1996”. ——En discusión el artículo 246. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. SEÑOR BONILLA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BONILLA.- Señor Presidente: está muy bien votar recursos para la Universidad de la República. Además, así se cumple con lo establecido en el Presupuesto votado el año pasado. No quiero pasar por alto el reciente congreso que realizó la Universidad de la República, porque entiendo que la autonomía universitaria no es óbice para violar la laicidad, como significó este congreso. Además, fue organizado por la OCLAE, Organización Continental Latinoamericana y Caribeña de Estudiantes, con sede en La Habana. Para ahorrar tiempo, no voy a leer su declaración de principios, pero quiero decir que tiene un claro componente castrista y de defensa de Cuba. (Interrupciones) (Ocupa la Presidencia el señor Representante Espinosa) ——El Congreso fue una actividad político partidaria para montar un tinglado al Frente Amplio. Si uno analiza la lista de expositores, advierte… (Interrupciones) SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Señor Diputado: lamentablemente, está fuera de tema. La Mesa le solicita que se remita al tema que estamos discutiendo. Puede continuar el señor Diputado Bonilla. SEÑOR BONILLA.- Voy a redondear la idea, señor Presidente.
Todos los participantes de este congreso son dirigentes del Frente Amplio. No leo la lista porque no me dejan, pero no hay un político que no sea del Frente Amplio. (Interrupciones) ——Por lo tanto, esto es violatorio de la laicidad. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- En discusión el artículo 247. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en setenta: AFIRMATIVA. Hay dos aditivos a este Inciso, que figuran en las Hojas Nos. 27 y 28. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 27, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Los créditos correspondientes a fondos de libre disponibilidad, se incrementarán en la medida en que la recaudación de la Universidad de la República exceda las asignaciones establecidas en el artículo 684 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: quiero informar al Cuerpo que esta redacción corresponde al artículo 4º del Mensaje que remitió la Universidad de la República, y no tiene costo presupuestal, tal como quedó claro en la Comisión. Lo mismo sucede con el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28, y que corresponde al artículo 5º del Mensaje del organismo. Son dos de los artículos que presentó la Universidad de la República y que la bancada del Partido Nacional entendió pertinente presentar como aditivos, aunque no tuvieron apoyo en la Comisión. Reitero que no generan costos. El artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28 establece que los créditos asignados a inversiones que
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
179
no sean ejecutados al 31 de diciembre, por razones fundadas, podrán transferirse al ejercicio siguiente con igual destino al previsto. Si hay razones fundadas para no haber ejecutado a tiempo, creo que es mucho mejor que esos créditos se transfieran a que vayan a Rentas Generales o a que se termine comprando butacas nuevas, a un precio exuberante, para gastarlos. Parece de buena administración que si hay razones fundadas para no haber ejecutado el dinero proyectado -a veces, a la Administración le cuesta mucho hacer los planos de una inversión, recabar todos los permisos y autorizaciones formales y legales, lograr las intervenciones de los órganos de contralor para llegar a tiempo en el Ejercicio-, cuando no se pudo llegar, inclusive, por razones ajenas a la voluntad del organismo o a su burocracia, dar esa oportunidad, y que no sea Rentas Generales la que se beneficie con esos créditos y la Universidad de la República la que se perjudique. Por estas razones, nos parece que habría que votar este aditivo. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja N° 28. (Se vota) ——Veintiséis en setenta: NEGATIVA. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señor Presidente: los niveles de ejecución de la Universidad de la República son del 99% y entiendo que la norma existente es un buen incentivo para que siga ejecutando. De hecho, ha demostrado que las previsiones de ejecución están por encima de los montos que se le han destinado. Por este motivo hemos votado negativamente el aditivo. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 28,
presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Los créditos asignados a inversiones que al 31 de diciembre no se hubieran ejecutado por razones fundadas, podrán transferirse al ejercicio siguiente con igual destino al previsto”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiséis en setenta: NEGATIVA. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: votamos negativamente este artículo aditivo en virtud de que el artículo 685 de la Ley de Presupuesto habilitó, para el Ejercicio 2011, la transferencia de hasta el 40% de la partida asignada y no ejecutada de la Universidad de la República, y para los siguientes Ejercicios, hasta un 20%. Además, según la información relativa a la ejecución del Presupuesto que figura en la Rendición de Cuentas, los porcentajes que hoy tienen habilitados son más que suficientes y no ha sido necesario utilizarlos. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Se pasa a considerar el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, que comprende los artículos 248 y 249. (Texto del Inciso 27:) “INCISO 27 Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay Artículo 248.- Increméntase en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, el Grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en la suma de $ 262:500.000 (doscientos sesenta y dos millones quinientos mil pesos uruguayos), anuales, para el ingreso de personal al “Sistema de Ejecución de Medidas a Jóvenes en Infracción”. Artículo 249.- Agrégase al inciso segundo del artículo 693 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, lo siguiente:
180
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
“Autorízase al Fondo de Infraestructura Educativa Pública – INAU, a contratar directamente con organismos del Estado y la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Insalubre (MEVIR)”. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión el artículo 248. SEÑOR IBARRA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR IBARRA.- Señor Presidente: vamos a votar estos dos artículos del Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”. El artículo 248 tiene que ver con un compromiso y un acuerdo del sistema político para crear el SIRPA. Cumpliendo con un artículo que fue votado oportunamente en el Presupuesto quinquenal, se destina la suma de $ 262: 500.000 para determinado fin. Se va a contratar a aproximadamente 670 funcionarios para el SIRPA a los efectos de comenzar, lo más rápido posible, a cumplir con el compromiso asumido por la totalidad del sistema político, al que la ciudadanía está sumamente atenta. En este articulado no figura algo que fue expresado por el Ministerio de Economía y Finanzas y por el doctor Salsamendi, Presidente del INAU. Me refiero a que se dispondrá de $ 300:000.000 para comenzar a trabajar en la infraestructura de ese Sistema de Ejecución de Medidas para Jóvenes en Infracción. Creemos que es algo muy importante que, por supuesto, va a beneficiar a los jóvenes infractores, quienes recibirán una atención de excelencia, pero también a la sociedad en su conjunto desde el punto de vista de la seguridad. A través del artículo 249 se autoriza al INAU a que el Fondo de Infraestructura de Educación Pública pueda contratar directamente con organismos del Estado y la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Insalubre, MEVIR. En el Presupuesto quinquenal también se lo había autorizado a realizar contratos con la Corporación Nacional para el Desarrollo con respecto al tema de infraestructura, y esto que se otorga ahora es una ampliación, porque quedó comprobado que es importante la participación de MEVIR en la construcción de centros CAIF, etcétera.
Por tanto, vamos a votar los artículos que refieren al INAU. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: el Partido Independiente va a acompañar estos dos artículos. Vamos a votar el artículo 248 cumpliendo el acuerdo político que creó el SIRPA, en sustitución del Sistema de Ejecución de Medidas a Jóvenes en Infracción. Sin embargo, me llama la atención que se haga referencia al SEMEJI en este artículo, cuando debería mencionarse el SIRPA -Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente- porque ya está aprobado. Si se incluyera esta nueva sigla se contemplaría la ley que fue votada con acuerdo de todos los partidos políticos. Gracias, señor Presidente. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: quiero dejar constancia de que el Partido Nacional va a acompañar estas dos disposiciones que componen el Capítulo referido al INAU. Creo que la acotación que acaba de formular el señor Diputado Posada es acertada, teniendo en cuenta la nueva institucionalidad. Y en función de ella y de todo el proceso político que se vivió previo a la aprobación de esa norma, creo que el Presidente del INAU dio una muy buena noticia cuando compareció en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, y tiene que ver con aspectos presupuestales no contenidos en la Rendición de Cuentas. De todos modos, implica dar un paso fundamental con relación a un problema muy serio que el país tiene planteado, como es el de la minoridad infractora, y también con relación al hasta ahora denominado SEMEJI. Esperamos que este conjunto de disposiciones y de acciones gubernativas representen el inicio de una etapa distinta que permita cumplir con lo que manda la legislación vigente en el sentido de contener, en primer lugar, a los menores infractores y después proceder a su reeducación y su reinserción social. Además, creo que se ha encontrado un camino presupuestal adecuado, que es el del artículo 404 de
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
181
la Ley N° 15.903. Esta norma prevé la utilización de recursos en ocasión de acontecimientos graves e imprevistos, y más allá de la calificación teórica o técnica entiendo que esta es una ventana presupuestal que está bien que el Gobierno recorra. Al hacerlo, seguramente contará con el respaldo de todo el sistema político, porque esto es el resultado de un consenso que se ha alcanzado en este Parlamento y que nosotros, por cierto, celebramos. Naturalmente, en la culminación de ese modelo llegamos a ese destino por caminos distintos y con valoraciones diferentes. Sabemos que este no es el momento de iniciar un debate sobre ese asunto -seguramente se ha hecho en el pasado y probablemente se haga en el futuro-, pero lo fundamental en esta instancia es celebrar -como se ha dicho y lo comparto- que más temprano que tarde pueda iniciarse la construcción del establecimiento de este nuevo Instituto. Sin duda, en este momento es un órgano desconcentrado del INAU, pero aspiramos a que rápidamente -eso también es parte de los acuerdos- se avance un poco más en las definiciones institucionales a fin de que ese organismo adquiera un nivel de autonomía mayor, tal como está previsto en la norma que aprobó el Parlamento, y se convierta en un servicio descentralizado, ya que nos parece que hay que terminar de separar esta tarea, lo antes posible, del Instituto del Niño y del Adolescente del Uruguay. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Ibarra) ——Por todo esto vamos a votar gustosos esos dos artículos. También queríamos dejar nuestra constancia con relación a los anuncios que se realizaron en la Comisión y que tienen que ver con el nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente. Gracias, señor Presidente. SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señor Presidente: sin ánimo de disentir, quiero destacar que el Partido Colorado también está de acuerdo con esta propuesta legislativa. Sin embargo, quiero dejar determinadas constancias. Una de ellas refiere a que se otorgan facultades al Gobierno para que siga contratando personal para un Instituto que en los últimos cuatro o cinco años ha
superado los 1.500 nuevos funcionarios. No digo esto con relación a los funcionarios en sí mismos sino por una cuestión de gestión, ya que no hemos visto resultados favorables. Estamos hablando del SEMEJI, que debido al acuerdo político alcanzado se ha convertido en un nuevo Instituto, pero este no es el momento para reflexionar sobre la coyuntura que allí se vive. Por otro lado, quisiera destacar que la sociedad uruguaya en su conjunto es la víctima permanente de los jóvenes que egresan de ese sistema sin ningún tipo de rehabilitación ni reinserción social, y ni qué hablar de los que se fugan. Asimismo, aspiramos a que esta partida sirva para contratar funcionarios con todas las garantías. En ese sentido quisiera decir que aquí se han levantado voces para hablar de la cristalinidad y de los ingresos por concurso, pero el propio sindicato del INAU desde 2007 ha denunciado en forma permanente el ingreso a dedo, el clientelismo político, los ingresos sin concurso También quiero dejar constancia de algo que me preocupa sobremanera. Durante la anterior Administración se contrataron nuevos funcionarios especializados en materia de contención. Si mal no recuerdo, se trató de unos cuarenta y cinco que fueron contratados directamente. Aspiramos a que si son contratados específicamente para tareas de contención en Colonia Berro, ese sea su destino y no suceda lo que ha ocurrido a la postre, que los funcionarios deambulan por cualquier lado. Creo que queda un número inferior a cinco realizando esa tarea y no sabemos dónde están los demás ni qué están haciendo. A este respecto, ustedes me han escuchado hablar en más de una oportunidad sobre la violación permanente de la Constitución de la República que hace el INAU, que sistemáticamente no responde nuestros pedidos de informes. Celebramos también, por supuesto, este acuerdo partidario que va a permitir cambiar el rumbo de la situación. Aspiramos también a que el oficialismo permita a la oposición controlar esos ingresos, esa situación y el funcionamiento que en el futuro tendrá el nuevo sistema. Esperamos que esto no caiga en saco roto. A pesar de esa cantidad impresionante de mil quinientos funcionarios nuevos que se ha contratado en los últimos tiempos, ha fallado algo que es imperativo: la rehabilitación. Esta pasa por que esos funcionarios nuevos y los no tan nuevos eviten cosas tan
182
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
elementales como el ingreso de droga a los hogares del INAU, o que las menores a su cargo salgan a prostituirse en la noche. No se puede permitir que esas cosas vuelvan a ocurrir. Para el Partido Colorado esto significa un acto de buena fe, un aporte, y quiero dejar constancia de que en lo personal quizás lo haga con cierto sesgo de disgusto, pero no quiero que se señale jamás que mi Partido no tiene la responsabilidad institucional de contribuir a que esta situación mejore. No estamos apoyando al Gobierno sino a la sociedad, a un país que aspira a mejorar con este sistema de rehabilitación de menores en conflicto con la ley. Muchas gracias. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: quiero dejar dos constancias. La primera es de tipo político. Apoyamos dos artículos de los tres que mandó el organismo pero sigue pendiente el problema de las cuidadoras del INAU. No lo abordamos a conciencia, pero queremos dejar constancia de que es una materia pendiente. El INAU tiene instancias de litigios judiciales a este respecto y más allá de eso hay casi trescientas personas que han cumplido una tarea muy importante para el organismo y para los niños a su cargo. En este sentido, hay algo que resolver para el pasado y para el futuro. Espero que la instancia presupuestal en el Senado permita, no digo resolver el problema pero sí, al menos, generar un espacio con constancia legal para que en la próxima etapa interpresupuestal podamos encontrar una solución. Me gustaría que la próxima Rendición de Cuentas nos informara una solución. La bancada de Gobierno sabe que a este respecto no hay facturas sino voluntad para resolver el problema aunque tengamos distintas perspectivas. La segunda constancia es personal. Quiero dar un voto de confianza al actual Directorio del INAU. Tiene una tarea difícil. Tiene mucho por hacer. Arrancó haciendo lo que pudo y no necesariamente todo lo que debió. Creo que recompuso y reorientó su tarea adecuadamente. Pienso que tiene vocación y muy buena voluntad para enfrentar los problemas, sobre
todo en lo que hace a la minoridad infractora, porque el INAU es mucho más que eso. Lo hago porque tengo mucha confianza en los tres Directores, especialmente en dos de ellos, a los que conozco: su Presidente, que fue compañero de esta Casa, y el representante de la oposición, que pertenece al Partido Independiente, Dardo Rodríguez. No hablo tanto del tercer integrante, el señor Ferrando, porque no lo conozco demasiado. Me parece que es un Directorio que empezó a tener las cosas claras. Se está enfocando hacia un sistema de responsabilidad penal adolescente, y eso cambia todo el enfoque. No estamos hablando de la rehabilitación o de la contención. Estamos hablando de la responsabilidad penal de menores de entre trece y dieciocho años y con ese objetivo el Estado va a destinar, entre una cosa y otra, US$ 15:000.000 de inversión y unos US$ 13:000.000 de gasto corriente para seleccionar personal nuevo para desempeñar esa tarea. Resalto el carácter de nuevo. Creo que parte de la solución es que en buena medida el personal sea nuevo. Tengo mucha confianza en que, con el tiempo, entre la infraestructura, el organismo nuevo con su independencia futura, desconcentrado y los funcionarios nuevos, con otra cabeza, tratando de gestionar sin pensar en “mis pobres chiquilines” ni en las “víctimas del neoliberalismo” sino en la necesidad de contener primero y rehabilitar en la medida de lo posible después, veremos resultados. Con esa idea, libro una carta de confianza -reitero que en lo personal; no comprometo a mi Partido- al Directorio actual para que ejecute. Está claro que seremos severos a la hora de la rendición de cuentas, pero estamos a disposición para colaborar en tiempos difíciles. Hoy el organismo vive un momento complicado. A partir de que han sido eficaces en la contención y las fugas han disminuido e incluso han desaparecido en algunos períodos porque se han controlado internamente -al igual que los fenómenos de corrupción que todos sabemos que existen-, hay una sobrepoblación que no permite al organismo resolver la contención adecuadamente si no encuentra soluciones por fuera. Estas no van a ser ortodoxas sino innovadoras, y algunas quizás puedan ser cuestionables en tiempos normales. Nosotros vamos a tratar de apoyar, porque lo importante es que aquellos para quienes los Jueces disponen la internación sean internados y así queden. El mensaje debe ser que no se
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
183
entra por una puerta y se sale por la otra. Entonces, vamos a ayudar en ese tipo de medidas de emergencia, y esperemos que en un año esté construido el nuevo SIRPA, tenga nuevas autoridades, nuevos funcionarios y empiece a dar nuevas respuestas. Con estas constancias, vamos a votar afirmativamente con mucho gusto estos dos artículos que se nos propone. SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BERNINI.- Señor Presidente: no voy a debatir con el señor Diputado Espinosa. Tengo muchas ganas de hacerlo pero por la salud de todos y todas lo vamos a dejar para otro momento. Ya vamos a tener oportunidad de hacerlo. Destaco el tono y la apuesta final que hace el señor Diputado Gandini. Creo que es un gesto importante. Quiero hablar del tema de las cuidadoras. Nosotros recibimos al sindicato, a COFE, hablamos con las directamente involucradas y tratamos de articular la posibilidad de negociación. Creo que ese es el objetivo. Hay que entender también que se optó por un camino de juicios contra el INAU y hay que ser muy cuidadosos en los gestos políticos que podamos tomar, sobre todo en lo que puede ser introducir algún elemento en una ley, porque objetivamente traerá consecuencias en la defensa que hará el organismo de lo que entiende son sus derechos, que difieren de lo que reivindican las cuidadoras. No voy a ingresar en el tema de las cuidadoras en cuanto a lo que significa en la historia del país y en el mundo de hoy, si hay o no relación laboral; no me voy a meter en eso. Simplemente, quiero trasmitir a la Cámara que luego de haber conversado en distintos niveles, se nos ha reafirmado por parte de las autoridades del INAU, particularmente su Presidente, el compañero Javier Salsamendi, que hay una disposición absoluta a integrar un ámbito de diálogo. Me atreví a decir que también el Parlamento está dispuesto a participar integrando ese ámbito para facilitar el diálogo y que no debemos mezclar esto con el tema de los juicios. Creo que nosotros tenemos que defen-
der los intereses como en este caso lo está haciendo el INAU. Quería hacer esta reflexión y afirmación a efectos de que conste en la versión taquigráfica, en virtud de que se nos abre un escenario en el Senado y porque luego de la Rendición de Cuentas todos tendremos que involucrarnos en buscar una solución, no solo estudiando lo que ha pasado sino pensando en el futuro, a fin de ver cuál será el mejor vínculo que se puede tener respecto de este tema tan delicado, especial y complejo, tan uruguayo y tan “sui generis”, como es el de las cuidadoras. Quiero insistir en que no es que no debatamos por no tener ganas de hacerlo. En este momento, tenemos pocas ganas porque estamos cansados; en todo caso, lo haremos en otro momento. Gracias. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: antes de votar, quisiera que se tuviera presente la modificación que habría que realizar. La última parte del artículo diría: “Para el ingreso de personal al Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA), creado por la Ley Nº 18.771, de 1º de julio de 2011”. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: acompañamos el cambio de denominación, que es lo que corresponde porque fue el espíritu que marcó el Presidente del INAU en su comparecencia ante la Comisión. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Si no se hace uso de la palabra, y teniendo en cuenta la modificación propuesta por el Diputado Posada, se van a votar los artículos 248 y 249 del Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”. (Se vota) ——Sesenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
184
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑOR BANGO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BANGO.- Señor Presidente: hemos votado afirmativamente porque nos sentimos comprendidos en el espíritu de lo que trasuntaba el Diputado Gandini cuando hizo su fundamentación acerca de la asignación de fondos dispuesta por el primero de los dos artículos que acabamos de votar. Esta es la consecuencia de un proceso de construcción de acuerdos en el sistema político que, más allá del mayor o menor calor a la hora de levantar la mano o de resolver, a partir de las fallidas experiencias anteriores en las que casi todos estamos comprendidos -por lo menos esta fuerza política-, consolida esta solución. Es por eso que la hemos votado, porque creemos que es el único camino que va a resolver o reducir los problemas que tenemos con aquellos adolescentes que entran en conflicto con la ley y que son pasibles de ser recluidos, perdiendo su libertad por los delitos que cometen. La Convención Internacional de los Derechos del Niño es muchas veces citada para fundar los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes, pero en su último capítulo hay determinados artículos que refieren a una serie de responsabilidades que también competen a las niñas, los niños y los adolescentes. Es por esto que hemos trabajado en esta fuerza política -por suerte hemos obtenido consenso- para cambiar la lógica de la rehabilitación por la de la responsabilidad penal cuando ello es necesario y se cometen delitos que involucran la responsabilidad penal. Creo que como sistema político estamos dando un paso y ojalá sea ratificado por la gestión del INAU, en cuyo Directorio tenemos una enorme confianza así como también en el de la Comisión Delegada que hay que nombrar. Para finalizar, cuando estuvo el Directorio del INAU, su Presidente hizo un llamamiento en el sentido de que para integrar la Comisión Delegada hace falta el nombramiento de los tres Directores que van a formar parte por la oposición. Espero que esto sirva para recordar las palabras del Presidente del INAU y ojalá en el plazo más breve posible se pueda integrar la Comisión Delegada Autónoma del INAU. Muchas gracias.
SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Se pasa a considerar el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, que comprende los artículos 250 a 256, inclusive. (Texto del Inciso 29:) “INCISO 29 Administración de los Servicios de Salud del Estado Artículo 250.- Los ingresos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) se realizarán mediante contrataciones provisorias por el término de dieciocho meses, las que se financiarán con los créditos habilitados para las vacantes correspondientes, pudiendo ser rescindidas en cualquier momento por resolución fundada de la autoridad competente. Transcurrido el plazo del inciso anterior y previa evaluación favorable, el contratado será incorporado en un cargo presupuestado. La no aprobación de la evaluación determinará la rescisión automática del provisoriato. ASSE reglamentará el mecanismo de selección de los recursos humanos aspirantes a ser contratados en el presente régimen de provisoriato. Artículo 251.- La Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), transferirá del Objeto del Gasto 031 “Retribuciones zafrales y temporales” las partidas necesarias para la creación de cargos en los grados de ingreso de los Escalafones “A”, “B” y “D”, a efectos de incorporar en los padrones presupuestales, en las Unidades Ejecutoras y en las funciones que desempeñen, a los funcionarios suplentes que computen un año de actuación permanente al 30 de abril de 2011 y cuenten con evaluación favorable de su actuación. Artículo 252.- Los funcionarios de la Escuela de Sanidad “Dr. José Scosería” de la Universidad de la República, que desempeñen funciones en régimen de “Comisión de Servicio” en la Unidad Ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, podrán optar, en un plazo de noventa días a partir de la vigencia de la presente ley, por su incorporación definitiva a dicha unidad, previa conformidad de los Jerarcas de ambos organismos. Artículo 253.- La Administración de los Servicios de Salud del Estado, distribuirá las partidas asignadas por los artículos 735 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y literal A) del artículo 457 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en los Objetos del Gasto correspondientes a retribuciones personales, a efectos de abonar las partidas que correspon-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
185
dan a los profesionales que sean contratados por las Comisiones de Apoyo. Dicha distribución será comunicada a la Contaduría General de la Nación. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 254.- Facúltase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, a transferir, cuando se produzcan bajas en las Comisiones de Apoyo y en el Patronato del Psicópata, de los Grupos 5 “Transferencias” y 2 “Servicios no personales” al Grupo 0 “Servicios personales”, los créditos para financiar las erogaciones que demanden la creación de los cargos presupuestados con destino a financiar funciones equivalentes. Incorpóranse las funciones desempeñadas al 31 de julio de 2010, por personal contratado por las Comisiones de Apoyo y Patronato del Psicópata de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, a las dependencias del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a efectos de lo dispuesto en los artículos 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y 315 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Quedan incluidos en la presente disposición los cuidadores de pacientes que ejercen funciones en las Colonias de Asistencia Psiquiátricas Doctor Bernardo Etchepare y Santín Carlos Rossi, en el Hospital Doctor Piñeyro del Campo y en el Hospital Pereira Rossell. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 255.- No les será aplicable la prohibición dispuesta por el artículo 32 de la Ley Nº 11.923, de 27 de marzo de 1953, en la redacción dada por el artículo 12 de la Ley Nº 12.079, de 11 de diciembre de 1953, al personal asistencial (incluidos auxiliares de servicio) que se incorporen al Organismo cuando la situación que se exceptúa en la presente norma se produzca por aplicación de lo dispuesto en el artículo 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y artículo 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y que a la fecha de la promulgación de la presente ley cuenten con otro empleo público. La referida excepción cesará al vacar cualquiera de los cargos. Artículo 256.- Se faculta a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) a crear cargos de guardia retén en las funciones que la Administración determine y por las cargas horarias que requiera el servicio, a los efectos de lo preceptuado por
el artículo 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. ASSE reglamentará dicha modalidad de trabajo”. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: el Partido Nacional estaría en condiciones de votar el Inciso en bloque, es decir desde el artículo 250 al artículo 256. Sin perjuicio de que así se proceda, de la manera más breve posible queremos adelantar algunas consideraciones generales que nos merece el análisis de este Inciso. Esa fue una de las instancias más insólitas que se vivió en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Quien entonces estaba en ejercicio de la Presidencia del Directorio de ASSE, el doctor Córdoba, compareció acompañado de un grupo de técnicos, pero sin los demás Directores, a defender una propuesta presupuestal realmente insólita -como decíamos recién- por lo alejada de la realidad. Es absolutamente increíble -como lo advertimos en esa oportunidad- que pueda llegarse a una diferencia tan abismal entre las concepciones de lo que se tiene que hacer con relación a un servicio -en este caso el que administra ASSE- dentro de un mismo Gobierno: en un caso, la del Poder Ejecutivo, y en otro, la de la mayoría del Directorio de ASSE. Ambas propuestas -la del Poder Ejecutivo y la del Directorio de ASSE- fueron contradictorias entre sí desde el punto de vista de la diferencia presupuestal -estamos hablando de más de $ 2.316:000.000 adicionales que solicitó ASSE solo para el año 2012- y, por supuesto -como no podía ser de otra forma-, también desde el punto de vista de la visión, de la concepción y de la valoración con relación a estos asuntos que se trasmitieron. Sin embargo, ¡estamos hablando del mismo Gobierno! Porque el Poder Ejecutivo, por supuesto, es el Gobierno y el Directorio de ASSE o su mayoría -responsable de la propuesta de presupuesto para el organismo- también es el Gobierno. ASSE es un organismo de conducción compleja, pero de conducción política, y allí están los Directores que representan al Poder Ejecutivo -empezando por su Presidente-, que se supone son de designación política, entre otras cosas, para coordinar con ese Poder, con el Ministerio de Economía y Finanzas, con el Ministerio de Salud
186
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Pública y con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Pero aparentemente se coordinó tan mal que -como dijimos en Comisión-, o ASSE está fuera de la realidad del país o el Gobierno está fuera de la realidad de ASSE y me parece que esto quedó demostrado. Mientras tanto, el país se enteró de que en el Centro Hospitalario Pereira Rossell los niños tienen que esperar un año para poder acceder a un especialista. Al mismo tiempo, supimos que hay una lista de 700 niños y adolescentes que esperan por un oftalmólogo. La calidad de la atención -si es que así se la puede llamar- es mala, por no decir pésima. Creo que estamos frente a una omisión desde el punto de vista del cumplimiento de los servicios y de su función por parte de ese organismo. En el último año y medio este organismo ha vivido una situación de desquicio -así lo calificamos en la discusión general-, de falta de conducción, de vacío de poder, de lucha por el poder, porque eso es lo que ha ocurrido intestinamente en el ámbito de ASSE desde que se instaló esta compleja composición de representantes políticos, por un lado, y de representantes sociales, por otro.
Como dijo hace unos instantes el señor Diputado Gandini, y lo comparto, frente a una situación totalmente distinta -abrimos una carta de crédito para el Directorio del INAU en un contexto totalmente distinto-, yo quiero abrir una carta de crédito a la nueva Presidenta de ASSE, que fue designada en el día de ayer, a quien no conozco personalmente ni sé qué antecedentes tiene. Tengo entendido que su trayectoria, en todo caso, abre una expectativa de que pueda hacer una buena gestión en ASSE; ojalá la haga. Desesperadamente tenemos que augurar que este cambio político -que por sí solo no alcanza, pero es una oportunidad- conduzca a que en ASSE las cosas empiecen a cambiar. Esta valoración no es de la oposición exclusivamente; eso es lo otro que queremos dejar meridianamente claro en el debate de la noche de hoy. Esta es la posición del propio Poder Ejecutivo que, apelando a algún eufemismo, en el Informe EconómicoFinanciero que estamos analizando dijo más o menos lo mismo. El Gobierno propuso para el presupuesto de ASSE siete artículos que no aumentan el gasto, sino que simplemente modifican aspectos de carácter operativo, administrativo, de funcionamiento. Nosotros vamos a votar los siete artículos y por eso proponemos que se analicen en bloque. El Poder Ejecutivo destaca, con razón -estamos dispuestos a respaldar lo que el Gobierno central señala en este aspecto-, que ASSE ha recibido un enorme incremento presupuestal en los últimos años -$ 15.000:000.000 por año- y que eso permitió una mejor y mayor cobertura, entre otras cosas, porque ahora hay menos usuarios que se atienden en ASSE con respecto a los que había antes de la reforma de la salud. En función de todo eso, el Poder Ejecutivo en su mensaje señala, como dando un reto al Directorio, que esta nueva realidad presupuestal de ASSE se deberá traducir en mejoras de su gestión, de la calidad de los servicios y de las prestaciones brindadas, logrando una mejor utilización de los recursos disponibles y de las capacidades ociosas existentes. El Presidente Mujica y el señor Ministro de Economía y Finanzas no dicen que eso ya ocurre; dicen que eso deberá empezar a ocurrir. Entonces, me parece que esta es la expresión almibarada -apelando a un eufemismo- de lo que nosotros estamos diciendo con palabras un poco más contundentes, que es lo que podemos hacer desde la
Entendemos que el eje o la concentración de poder no estuvo donde debió estar, que es en la conducción política, en el sentido noble del término. Ese eje fue trasladándose paulatinamente y quien, sin ninguna duda, durante todo este tiempo ha detentado el poder real es el representante de los trabajadores, con el beneplácito, la complacencia, la aquiescencia o el consentimiento de quien hasta hace poco fuera el Presidente del organismo que, seguramente, es un hombre bienintencionado. A lo largo de todos estos meses he llegado a esa conclusión. El señor Presidente de la República lo definió como un poeta de la medicina -creo que algo así dijo- y me parece que en esas ocurrencias que él tiene, tal vez haya sido una forma elegante de decir lo que todos sabemos que era el doctor Córdoba -y aparentemente es-: un hombre sin temperamento, sin carácter, con buenas intenciones y propósitos, pero evidentemente, con una notoria falta de aptitud para el ejercicio del cargo, no por su capacidad intelectual -no quiero ser irrespetuoso-, sino por la falta de temperamento suficiente como para poder tomar las riendas de un organismo complejo. A quien le sobra temperamento aparentemente es al representante de los trabajadores que, de hecho, es quien ha gobernado durante todo este tiempo.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
187
oposición porque es la licencia que nos podemos tomar. Parece insólito que mientras los niños no pueden acceder a un especialista, el Directorio de ASSE venga a pedirnos $ 90:000.000 para dar una canasta de fin de año a todos los funcionarios y no recuerdo cuántas decenas de millones de pesos para invertir en lo que ellos llaman comunicación institucional. ¿Qué quiere decir? ¿Que la mayoría del Directorio de ASSE está preocupada por ver cómo se comunica con la población antes de preocuparse por brindarle los servicios que no presta por omisión? Esto, señor Presidente, es de una gravedad tremenda. Creo que es la prueba del dislate y del desquicio que se vive en este organismo. Y digo “se vive” porque si bien se han producido cambios políticos, veremos sus efectos en el curso de las próximas semanas y de los próximos meses. Realmente es lamentable que se haya llegado a tanto y creo que el Gobierno demoró mucho en introducir correctivos a esta situación. El doctor Córdoba no renunció; al doctor Córdoba le pidieron la renuncia hace ya muchas semanas. Estaba renunciado desde hace mucho tiempo, cuando estallaron todos los escándalos del Instituto Nacional del Cáncer. Lo que pasa es que el Gobierno, en esa tesitura de no cobrar al grito o de no reconocer las cosas tal como son -sobre todo cuando las denuncias provienen de la oposición-, lo que hizo fue decir que las cosas estaban bien, que se habían analizado cambios, pero que se había confirmado al Presidente del organismo, aunque a los pocos días, y en medio de otras noticias -una agenda cargada de distintos acontecimientos-, decide pedir la renuncia al señor Presidente del Directorio, diciendo que él había renunciado. Eso no se lo cree nadie. En este país nadie cree eso que el Gobierno pretendió instalar como verdad y todos saben cuál es la verdad material de las cosas. Gracias, señor Presidente.
ñor Representante Amín Niffouri, por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, por el día 18 de agosto de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Núñez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota). ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y seis: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 17 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales por el día 18 de agosto del año en curso. Sin otro particular, lo saluda atentamente, AMIN NIFFOURI Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Amin Niffouri. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 18 de agosto de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Amin Niffouri, por el día 18 de agosto de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 400, del Lema Partido Nacional, señor José Luis Núñez.
31.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la solicitud de licencia del se-
188
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Sala de la Comisión, 17 de agosto de 2011. ROBERTO FRACHIA, ÓSCAR OLMOS, NELSON ALPUY”.
32.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2010 (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el señor Diputado Sander. SEÑOR SANDER.- Señor Presidente: a esta altura de la noche iba a ser breve, pero voy a empezar con algo polémico. Hablando de salud, prácticamente se hace irrespirable el olor a cigarro que hay al lado de la puerta; lamentablemente esto ha sido así durante toda la noche y todo el día día de ayer. La ley antitabaco ha sido una de las grandes medidas tomadas por el Gobierno del ex Presidente Vázquez. No es mi estilo, pero me voy a quejar porque no soy fumador. No tengo nada contra los fumadores, pero lo pueden hacer en los ambientes en los que les está permitido hacerlo. Dejo la constancia en la versión taquigráfica porque, a esta altura del partido, para mí es bastante desagradable. El lunes hablamos de las cosas que no funcionaban bien y que tenían que mejorar. Mi intención no es debatir; solo quiero informar -como decía recién el señor Diputado Abdala- que en el mensaje del Gobierno se concluye que ASSE no está funcionando bien. Esto lo vemos en el interior y lo dijimos en Sala el otro día. En muchas ocasiones en la media hora previa hemos escuchado a señores Diputados del interior sentar quejas por un montón de fallas. Sabemos de lo que ocurre en el Pereira Rossell. Ayer se habló de la caída del techo del Hospital de Paysandú y del consiguiente traslado de algunos pacientes. El otro día hablábamos con el ex Presidente de ASSE y el doctor Buccino nos comentó acerca de las obras que se iban a hacer o el proceso de reforma que se pensaba llevar a cabo en los hospitales del interior, algo que nos pareció muy importante. Cuando se instrumentó el Sistema Nacional Integrado de Salud intentamos, por lo menos, que los hospitales se equipararan a las mutualistas en cuanto a prestaciones. Para eso se les dio más recursos y se mejoraron los sueldos, con lo cual estamos totalmente de acuerdo. Asimismo, bajó la cantidad de personas que se atienden, por lo que deberíamos tener una mejor relación de servicio y mayor
calidad. Sin embargo, hoy leímos en un diario de circulación nacional la cantidad de especialistas que faltan en el interior. Por ejemplo, en Rivera desde el año pasado seguimos esperando que dos jóvenes se reciban de anestesista porque tenemos solo uno -al que, lamentablemente, la Cátedra no reconoce porque le falta rendir algún examen, aunque hace más de veinte años que ejerce; es algo complicado, pero el doctor Dutra es quien opera todos los días- en el Hospital de Rivera, que esperamos no le pase nada. Este tema daría para mucho, pero no queremos entrar en debate con el doctor Vega Llanes porque no es la intención. En realidad queremos que mejoren estas cosas para todos los uruguayos porque los recursos están. Muchas gracias. SEÑOR BEROIS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Señor Presidente: voy a ser breve porque el señor Diputado Abdala dijo casi todo lo que uno podría expresar. Simplemente, quiero dejar una constancia que me parece interesante. Como bien decía el señor Diputado Abdala, asistimos a la Comisión con un montón de preguntas para formular al doctor Córdoba, a los asesores y al Directorio de ASSE, y nos encontramos al doctor, solo, defendiendo un presupuesto que excedía en más de US$ 120:000.000 lo propuesto por el Poder Ejecutivo. El doctor Córdoba asumió la responsabilidad de dar la cara frente al Parlamento, solo, pese a que no era el único que había elaborado ese presupuesto. De los cinco representantes, el único que estuvo un momento, fue el delegado de la oposición, que no participó en la elaboración del presupuesto que presentó ASSE al Parlamento. Eran cuarenta artículos pero, además, ¡hay que ver el contenido de cada uno! Aquí uno trata de trabajar con responsabilidad y dar la debida financiación a cada uno de los gastos. Eso es lo que corresponde. Quiero saber en dónde jugaba el Directorio de ASSE, en qué mostrador atendía, cuando se planteaban los gastos de funcionamiento de la Casa de Gardel -que realiza una obra importantísima desde el punto de vista social- o del CTI del Hospital Español. ¿Quién se puede negar a eso? También se planteó la situación de la Unidad de Respiración Asistida y del Polo Traumatológico del Hospital de Las Piedras, que atiende toda la zona al sur del río Negro, donde se
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
189
encuentra mi departamento de Flores y muchos otros. ¿Quién se puede negar a eso? Claro, para el Directorio de ASSE es muy fácil decir “nosotros lo propusimos”. Lo mismo ocurre con el Hospital de Colonia, cuya piedra fundamental la puso la ex Ministra, doctora María Julia Muñoz. Con toda razón, la ciudadanía de ese departamento está esperando que la construcción se concrete. Entonces, es muy fácil decir “nosotros lo propusimos pero el Poder Ejecutivo no resolvió” y así se queda bien con todos. Nos parece que esta no es la forma de actuar. Se dejó solo al doctor Córdoba cuando tuvo que venir a justificar los gastos del presupuesto; vino a pelear con un tenedor, absolutamente solo, para defender lo que se propuso en el presupuesto. Si bien no comparto las políticas que está llevando adelante ASSE -sin entrar al fondo del asunto porque no soy un entendido y en esto hay que ser muy preciso-, debo señalar que formulamos una serie de preguntas al doctor; unas fueron contestadas, otras no y respecto de algunas se dijo que se nos iba a enviar la información. Creo que tiene razón el Presidente de la República cuando dice que el doctor Córdoba es un poeta de la medicina. Se presentó, dio la cara aunque no es el único responsable del presupuesto que se propuso. Otros siguen estando, tienen responsabilidad política, pero la piola se cortó por el lado más débil. De aquí en más abrimos una carta de esperanza respecto a la sustitución del doctor Córdoba. Más allá del cansancio debido a las horas y días que hemos pasado con la Rendición de Cuentas, quería dejar esta constancia porque en esto, como en todo, hay que actuar con cierta responsabilidad. En este caso, no se actuó con responsabilidad y no es problema solo del doctor Córdoba. SEÑOR OTEGUI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR OTEGUI.- Señor Presidente: siguiendo la misma línea de argumentación de los señores Diputados Abdala y Gandini respecto al tema del INAU, debo decir que este cambio en ASSE, cuya Dirección ocupará la doctora Silva -a quien no conozco- me genera una gran expectativa y la esperanza de que la situación se corrija adecuadamente. Como es sabido, ASSE tiene un problema de gestión y de ejecución muy grande. Cuando se trató el
Presupuesto quinquenal y se eliminaron las dieciocho Unidades Ejecutoras, sostuvimos que esa centralización iba a ser negativa, sobre todo para el interior del país, y creo que el paso del tiempo nos está dando la razón. La semana pasada, los tres Diputados del departamento estuvimos reunidos con la Dirección del Hospital y la Dirección de Salud de Paysandú. En esa ocasión se habló sobre estos temas. Recién el señor Diputado Sander mencionaba que ayer se cayó el cielo raso y el techo de las salas 8 y 9 del Hospital. En la reunión que mencionaba el Director del Hospital nos dijo que en esas salas no había enfermos pero hoy la prensa señala que se tuvo que trasladar de urgencia a los enfermos allí internados. Evidentemente, el dinero está, pero la gestión y la ejecución no son adecuadas. Tengo la esperanza de que el cambio en el Directorio implique una racionalización y una ejecución diferentes. Hay que considerar que ha disminuido la demanda de servicios de ASSE. Por ejemplo, en Paysandú 35.000 usuarios pasaron al sistema privado y el Hospital que depende de ASSE pasó a atender menos de 60.000 pacientes. Sin embargo, contando con los mismos recursos y la mayor capacidad operativa y locativa, resulta su servicio deja bastante que desear. Eso no solo ocurre en el Hospital de Paysandú; en otros centros hospitalarios pasa lo mismo. Tenemos la esperanza de que el Sistema Nacional Integrado de Salud, a través de ASSE, pueda corregir el rumbo y brindar una respuesta adecuada a la ciudadanía. Como manifestaron los compañeros que me precedieron en el uso de la palabra, vamos a acompañar el articulado con la esperanza de revertir una situación que, a nuestro entender, es bastante crítica y caótica. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: proponemos que se voten en bloque los artículos 250 al 256, inclusive, exceptuando el artículo 255 que vamos a votar negativamente. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado.
190
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑOR SANDER.- Señor Presidente: queremos que se vote de la siguiente manera: un bloque desde el artículo 250 hasta el 253, inclusive y los demás -254, 255 y 256- en forma independiente, porque el Partido Colorado no va a acompañar algunos artículos. SEÑOR VEGA LLANES.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: vamos a empezar por reconocer que nunca conocí ninguna gestión perfecta en nada. En mi vida he visto a alguien que haya llevado adelante una gestión que no tenga puntos de crítica, que haya hecho cosas buenas y que haya hecho cosas más o menos, salvo antes de 2005, cuando la gestión era espectacular. A la gente no la atendíamos, pero la gestión era bárbara. En esa época trabajaba en Salud Pública y el Ministro siempre decía que estaba todo genial, aunque no había remedios para darle a la gente ni manera de operarla, pero todo andaba bárbaro. Los hospitales no se tocaban; se venían abajo, eran una mugre. Ojalá hubieran ido en esa época al Hospital Pasteur, porque estaba la teoría de: “ustedes hacen como que trabajan, y yo hago como que les pago”. Entonces, hoy, que hemos revertido esa situación desde el punto de vista salarial, nos cuesta mucho trabajo hacer entender, por ejemplo, a los médicos, que tienen que cumplir el engorroso trámite de ir a trabajar para poder cobrar el salario. Los únicos trabajadores que conozco que piensan que pueden faltar sin que les descuenten son los médicos y los Diputados. Todos los demás tienen claro que si no trabajan, no cobran. El único lugar donde hay lío por eso es en Salud Pública, porque en todos lados es clarísimo: no vas a trabajar, te descuentan, salvo los Diputados y los médicos de Salud Pública, que creen que pueden no ir a trabajar y que no pase absolutamente nada. (Interrupción del señor Representante Germán Cardoso.- Respuesta del orador) ——El tema es que nos ha costado mucho corregir algunas cosas, entre otras, la capacidad que tenía la asistencia pública, que hoy es ASSE, que en ese momento estaba en la órbita del Ministerio de Salud Pública, que era absolutamente mínima. Es más: a pesar de todas las dificultades que había, si uno quería ir a internarse a Salud Pública, le cobraban tres veces más que en el mejor sanatorio de Montevideo -desde el
punto de vista del lujo, no en lo asistencial-, porque la idea era no competir. Ahora, cuando te enloquecías, y pasabas más de treinta días, terminabas en Salud Pública, porque en la mutualista te bancaban treinta días y después “andá que te arregle el Estado”. Cuando había alguien diabético que quería ingresar a una mutualista, no podía hacerlo y tenía que terminar en el hospital. O sea que era una forma de decir: “Dejamos a los sanos en un lado y a los enfermos en el otro. A estos les damos poco y a aquellos les damos mucho”. Así funcionó. Entonces, reconozco que ahora hay una serie de dificultades y que, en particular, esta gestión tuvo una serie de problemas. Ahora, si los partidos de la oposición pretenden que nosotros votemos algo, nos tendrán que agarrar del cogote, porque tenemos mayoría. ¿Cómo hace uno para integrar un Directorio en el cual es minoría y obligar a los demás a que voten lo que uno quiere? Solo utilizando la violencia; es lo único que le queda. Espero que Beatriz Silva sea discípula de Chris Namús porque si, supuestamente, tiene dos votos y hay tres eventualmente en contra, no sé cómo va a hacer con carácter para arreglar un problema que, obviamente, es estructural, porque lo que no hay en el Directorio es una mayoría. (Interrupciones.- Respuesta del orador) ——Entonces, el asunto es bien claro. Hay un problema estructural que debemos resolver. No sé cuál es el sistema ni sé cuál es la manera, pero hay que resolverlo, porque ahí el Gobierno no tiene la capacidad de tener mayoría para gobernar y se hace muy difícil gobernar en esas condiciones. Después, por la vía de la discusión de la Rendición de Cuentas, nos metemos en una serie de problemas y dificultades. He dicho que primero debemos repartir culpas. Hasta 2008, la planificación de la salud no existió en este país. ¿Que faltan oftalmólogos? Claro que faltan, y deben faltar otros miles de profesionales, no solo en el sistema público, sino también en el privado. Miren que en las mutualistas que conozco hay un doctor “sin cobertura” -así se le llama-, que trabaja todos los días de varias cosas, porque no hay cómo cubrirlo. Aquí nadie pensó que había necesidad de cubrir las demandas asistenciales, que aumentaron, entre otras cosas, porque a la mayoría de la gente la incluimos en la posibilidad de asistirse, cosa que no existía. En este país, la gente quedaba ciega y no tenía salida, porque si tenía que ir a ponerse una lentilla, terminaba pa-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
191
gando US$ 2.000 por ojo, si tenía ese dinero; si no, quedaba ciega y que se embromara. Nosotros cambiamos esa historia. ¿Que tenemos dificultades en la gestión? Por supuesto que las tenemos. Sería de tontos no reconocerlo. ¿Que el presupuesto de ASSE hoy es el más grande que ha tenido en la historia? En todo caso, es un mérito porque, en realidad, los presupuestos que tenía antes el Ministerio de Salud Pública eran lamentables. Era el pariente pobre, junto con los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Educación y Cultura, es decir, los lugares que no importaban a nadie. Sin embargo, había otros Ministerios y bancos que salarialmente y desde otros aspectos estaban muy favorecidos, mientras que nosotros vivíamos en la miseria más profunda. En todo caso, es un mérito que nosotros hayamos dado a ASSE el presupuesto más grande de la historia. Pero lo que pasa es que cuando uno viene desde tan atrás, es muy difícil cambiar una realidad en siete años, porque primero hay que empezar a acostumbrar a la gente -a los médicos, en particular- a que vaya a trabajar. Aumentamos los salarios tres y cuatro veces, pero no logramos que trabajen; esa es la verdad. Les pagamos más que en la mutualista, pero no van a trabajar, porque los pacientes de Salud Pública tienen algunos otros ribetes que no tienen los de las mutualistas, y es mucho más cómodo estar en un ambiente que es lindo, ya que nos ha costado mucho recuperar la parte edilicia de los hospitales, a la que nadie le había dado bolilla durante muchísimo tiempo. Estaban en condiciones prácticamente indignas, pero nadie le echaba mano. No estoy con la teoría de algún ex Presidente que dice que no hay que tener ojos en la nuca. Eventualmente, creo que lo que se plantea acá es eso: no tenemos ojos en la nuca, nos olvidamos de lo que nos pasó, de lo que hicimos, porque aquí nadie es inocente. A la Salud Pública la mató todo el sistema político desde hace muchísimo tiempo y recién ahora empezó a funcionar. Fíjense los señores Diputados que cuando hablamos del Ministerio de Salud Pública, hay cosas que no se votaron. ¿Por qué no se votó la disposición que permite que Salud Pública regule cuáles son las tecnologías que ingresan? Porque lo que importa es lo privado, ya que esto es un negocio. Y bueno, a los otros les damos lo que podemos. Reconozco las dificultades que tuvo el Directorio de ASSE. Creo que son estructurales. Reconozco que
no hubo una gestión brillante, pero también veo las dificultades a las que se enfrenta, estructuralmente y desde el punto de vista de la acción. El único lugar donde te van a atender en cualquier sitio, en cualquier rincón del país, es en Salud Pública. A pesar de que FEMI dice que te atienden en cualquier lugar, es mentira. Vos vas a otra mutualista y de ahí llaman a la tuya para ver qué hacen y eventualmente te van a buscar, estés donde estés. Pero vos vas a Salud Pública y obtenés la atención en cualquier lado. La otra cosa que se ha desarrollado y ha sido un muy buen trabajo, es el primer nivel de asistencia, que es fundamental. Lo que pasa es que en este país nos acostumbramos a creer que cuantos más especialistas había era mejor. Pero en realidad el que te salva es el médico que está en tu barrio, a dos o tres cuadras de tu casa, que es el que conoce tu vida, tu historia y sabe lo que te pasa. Ese es el que termina resolviendo el 90% de los problemas. Toda la otra medicina es cara. En realidad, ese médico es el que Salud Pública ha puesto a trabajar en los lugares más recónditos del país. Así que ha habido errores en la gestión, pero también ha habido aciertos. Ya que vemos los errores, veamos también la parte buena. Vayan a una mutualista, donde les pase esto que yo estoy diciendo que sucede en el primer nivel de asistencia de ASSE, y verán que no lo encuentran. Pero ASSE lo tiene y es un gran valor que hay que mantener y profundizar. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Ya termino, señor Presidente. Ahora, ¡vamos a darle a ASSE el mismo estatuto que tienen las instituciones privadas!, porque el problema también es cultural, y culturalmente nosotros consideramos que ASSE es de segunda. Estoy seguro de que en estos años que nos quedan la vamos a transformar en algo de primera y mucho mejor que algunas mutualistas que hoy se lucen, pero que en realidad brindan servicios bastante deficientes a sus usuarios. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: por cierto que nosotros admitimos que la discusión histórica es legí-
192
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
tima. Por cierto que también nos afiliamos al criterio de que es válido hablar del pasado de la misma forma que hablamos del presente y proyectamos el futuro, y todo forma parte de un mismo análisis. A la vez, entendemos que no todo lo de antes era bueno y lo de ahora malo, o al revés. Obviamente que las instituciones, igual que las sociedades, admiten evoluciones en un sentido o en otro, y en función de eso se van produciendo los resultados, de acuerdo con la propia dinámica que las cosas tienen. Pero hoy, aquí, estamos analizando el presupuesto de ASSE del Ejercicio 2010-2015 y, en particular, el ajuste presupuestal que entrará a regir en el año 2012. Y no es un capricho de la oposición ni una situación impostada o inventada que hay una valoración crítica del propio Gobierno sobre la gestión del actual Directorio de ASSE -no de los de antes-, sobre la base de algo que también hemos reconocido, y es que se ha hecho un enorme esfuerzo presupuestal, pero que sin embargo resulta deslucido porque, según lo que dice el propio Gobierno, deberán mejorar los servicios -no que han mejorado-, que deberá mejorar la calidad de gestión y que deberá realizarse una utilización de los recursos y de las capacidades de manera más positiva, eficiente y eficaz que la que se ha hecho hasta el presente. Eso no lo dice el Partido Nacional: eso lo expresa el Presidente de la República, en su Mensaje, y los Ministros que integran el Poder Ejecutivo, porque, no antes sino ahora, ocurre lo que ocurre. En el Pereira Rossell no hay atención para los niños, como dijimos antes. En el INCA se ha vivido una situación caótica, en que se han perdido decenas de millones de dólares porque no ha habido una debida administración de los medicamentos. Se vive una situación de clientelismo entre político y sindical en el ámbito de ASSE, porque hay luchas de fracciones sindicales, unas contra otras. En el día de hoy, jueves, se realizan elecciones que sin ninguna duda están muy vinculadas a esta discusión presupuestal, porque ¡vaya si todas estas mejoras y propuestas de mejoras para los funcionarios que el ex Presidente de ASSE, doctor Córdoba, vino a presentar, tienen mucho que ver con esa discusión! ¡Claro que sí!, porque todos sabemos que detrás de esta propuesta de ASSE, que el Gobierno no comparte, está sin ninguna duda el brazo del sindicato y la impronta del representante sindical. Yo no creo que el análisis y la solución de este tema deban ser meramente cuantitativos. En parte
hay un problema institucional, pero también hay un problema de liderazgo político y de falta de conducción, porque la cuenta no es tan sencilla como decir que el Gobierno tiene dos Directores y todos los demás están en contra. ¡No! Acá, sobre esa base, no se han buscado consensos ni se ha intentado involucrar a quien se ha debido para intentar tener gobernabilidad. El señor Córdoba ha confiado más y yo diría que ató de pies y manos su destino y su futuro al del señor Silva, y por eso Córdoba ya no está. El Partido Nacional, a través de la gestión de una figura intachable como la del escribano Draper, sin perjuicio de la labor de oposición, contralor y testimonio que los Directores de la minoría deben asumir, ofreció su mano generosa, mantuvo una relación muy cordial con el doctor Córdoba, brindó gobernabilidad, votó muchas cosas y estaba dispuesto a votar muchas otras si se hubiera asumido que no se debía desconfiar de nosotros, que se podía creer en la posibilidad de construir consensos en lugar de ir por el camino que se recorrió trágicamente, que fue el de transferir poder político a quien en verdad se supone que está para representar a una corporación, para actuar con un sentido testimonial y para controlar en nombre de los trabajadores. Y ahí es donde se produjo la distorsión, esos polvos trajeron estos lodos y por eso hoy tenemos la realidad que tenemos. De lo que yo quiero discutir, señor Presidente, es del Presupuesto y lo que quiero juzgar y calificar es que resulta un verdadero disparate pretender que se incorporen 1.600 funcionarios, como hizo el señor Silva, utilizando el presupuesto de ASSE y a su entonces Presidente en la propuesta presupuestal que llegó al Parlamento. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Gracias, señor Presidente. SEÑOR OTEGUI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR OTEGUI.- Señor Presidente: me interesa hacer una aclaración. No todos los centros hospitalarios están en malas condiciones. Yo conozco los de Paso de los Toros, Tacuarembó, Durazno y Young, por lo menos, que están en buenas condiciones. Me parece importante dejar
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
193
esta constancia, porque algunos están mal por falta de mantenimiento o de cuidado y otros están bien desde hace años porque hubo gente que se dedicó a cuidarlos. Con respecto a la atención primaria de salud, en el caso de Paysandú y otros departamentos que conozco, las Intendencias han tenido presencia en todos los centros poblados del interior, aun en los pueblos más lejanos, y es cierto que en este momento están coordinando con ASSE. Pero esto no es algo nuevo ni se da a partir de 2005, sino que es de bastante más larga data. Gracias, señor Presidente. SEÑOR CASAS (don Dardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CASAS (don Dardo).- Señor Presidente: no quiero pasar por alto este tema ni eludir los debates -como dijo un Diputado del Frente Amplio-, pero este no es el momento de hablar de lo que pasó hace veinte años. Nos estamos refiriendo a la salud pública de hoy y a los problemas que tiene. Como miembro del Partido Nacional no voy a dejar pasar por alto que en el Gobierno de nuestro Partido se duplicó el presupuesto de Salud Pública. Había ambulancias en todos hospitales y llegaban a todos los pueblos, lo que hoy muchas veces no sucede. Otro día podremos debatir acerca de las gestiones de otros Ministros de Salud Pública y de otros Gobiernos, pero el problema es el de hoy. Comparto lo que se decía recién, porque actualmente el hospital de la ciudad de San José está mejor: tiene mejores condiciones, funciona mejor y se han hecho reformas. Es posible que estén faltando cosas, pero está mejor. Sin embargo, el hospitalillo de la Ciudad del Plata es una vergüenza. Entonces, hay que tener un poquito de autocrítica y tratar de mirar hacia adelante. Tener ojos en la nuca es bueno para mirar hacia atrás a fin de superarse, pero no todo lo que pasó fue malo, porque el Uruguay ha seguido avanzando y fue ejemplo en salud pública, no solo en el Gobierno del Partido Nacional, sino que lo venía siendo desde muchos años atrás. ¿Que se cometieron errores? Si, pero hubo mejores y peores gestiones. No por casualidad se decía que el Uruguay era la Suiza de América. Era por la
educación, por la salud, porque había millones de cosas buenas en este país. El Uruguay no se fundó cuando el Frente Amplio fue Gobierno. ¡No se vayan a comer la pastilla de que el Uruguay se fundó con el nacimiento del Frente Amplio, hace cuarenta años! Hay que mirar hacia adelante, ser autocrítico con lo que está mal y también destacar lo que se hace bien. Reitero: en el hospital de la ciudad San José hay cosas que funcionan mejor, el hospital de la ciudad de Libertad funciona peor y el hospitalillo de la Ciudad del Plata -que debería ser un hospital porque allí viven setenta mil habitantes- es un desastre. Si queremos hablar de lo que sucedió anteriormente, se fijará una sesión extraordinaria y discutiremos de la historia del Uruguay y veremos quién sale más herido, porque tal vez algunos que piensan que no, salen heridos también. Muchas gracias. SEÑOR SÁNCHEZ.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SÁNCHEZ.- Señor Presidente: voy a ser muy breve. Estoy seguro que esta intervención no va a seguir animando este debate muy bueno y profundo que tiene la Cámara. Por supuesto que suscribo las palabras del compañero de bancada, el señor Diputado Vega Llanes. Para informar a la Cámara nada más, me restaba comunicar un artículo publicado en “Últimas Noticias” el 15 de agosto de 2011. “Últimas Noticias” encomienda a la consultora Interconsult a realizar una encuesta de opinión pública sobre los servicios de salud. Esta encuesta de “Últimas Noticias”, llevada adelante por Interconsult en exclusividad para ese medio, dice: “[…] al inicio del gobierno de José Mujica ( mayo de 2011) la salud ocupaba el décimo lugar en los temas de preocupación de los entrevistados, mostrando que en términos relativos a otros problemas, como la seguridad, la atención de salud no era un problema importante. […]”. Y luego dice algo bastante interesante: “[…] Según lo declarado por los entrevistados, en el último año un 81% concurrió a una institución de salud para ser atendido, mientras que otro 9% acompañó a otra persona. Es decir” -se señala en la nota- “que las opi-
194
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
niones sobre la atención recibida son bastante ‘frescas’. […]”. ¿Qué es lo que responde la gente en este estudio de opinión pública? “[…] En ese sentido, más de un 80% considera que fue atendido ‘bien’ […] o ‘muy bien’ (33%), mientras que menos de la quinta parte considera que fue atendido ‘regular’ (12%) o mal o muy mal (6%). Los usuarios con mayores grados de conformidad en cuanto a la atención recibida son los asociados a las mutualistas de Montevideo (84%) y los usuarios de ASSE en sanatorios públicos (84%). Por el contrario, los mayores grados de disconformidad los encontramos entre los usuarios de los hospitales Militar y Policial (33%) y en las mutualistas o cooperativas médicas del interior del país (22%). […]”. Luego, la nota se refiere a quiénes son los más y menos conformes según su nivel socioeconómico. El estudio termina concluyendo: “[…] siendo los más conformes con la reforma los estratos bajos (71%), luego los estratos medios (52%) y los menos conformes son los estratos altos (46%) […]”. Me parecía importante que la Cámara conociera esta encuesta de opinión que realizó Interconsult en exclusividad para “Últimas Noticias” para, si se quiere, complementar los conceptos vertidos aquí por el señor Diputado Vega Llanes. Simplemente quería informar a la Cámara sobre este trabajo de opinión pública, que ha sido difundido por este medio de comunicación. Muchas gracias, Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- De acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, en discusión los artículos 2 50, 251, 252 y 253. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 254. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 255.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en sesenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 256. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y siete en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar los artículos aditivos de las Hojas N° 29 a 32. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 29, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Asígnase, a partir de la promulgación de la presente ley, a la Administración de los Servicios de Salud del Estado una partida anual de $ 8.440.000 (ocho millones cuatrocientos cuarenta mil pesos uruguayos) con destino a la Unidad Ejecutora 010 ‘Instituto Nacional de Reumatología Prof. Dr. Moisés Mizraji’, y $ 6.000.000 (seis millones de pesos uruguayos) para ARV con destino a la UE 006 Hospital Pasteur, Servicio de Enfermedades Infecto Contagiosas”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Dieciocho en sesenta y seis: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 30, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Abdala, Berois, Otegui y Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Asígnase, a partir de la promulgación de la presente ley, a la Administración de los Servicios de Salud del Estado una partida por única vez de $ 19.404.000 (diecinueve millones cuatrocientos cuatro mil pesos uruguayos) con destino al funcionamiento de la Unidad de Reproducción Asis-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
195
tida de la Unidad Ejecutora 004 ‘Centro Hospitalario Pereira Rossell'”. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: quiero decir algunas cosas, a modo de fundamentación de este artículo aditivo, del anterior y de los que vienen después, que estamos analizando. El Partido Nacional, en el marco de la friolera de recursos adicionales solicitados por el organismo -y que, reitero, para nosotros, en el balance, implican una concepción que cuestionamos-, resolvió acompañar dos o tres Programas, que son los que están aquí mencionados y que entendemos que tienen plena justificación. En esos casos, decidimos acompañarlos con nuestro voto. De estos cuatro artículos, tres de ellos implican naturalmente un costo, que entendemos que está dentro de los límites de lo razonable a la hora de las asignaciones presupuestales o de un eventual incremento presupuestal, teniendo en cuenta que el Poder Ejecutivo, en los siete artículos que envía, propone una Rendición de Cuentas de gasto cero para ASSE. El aditivo que figura en la Hoja N° 32, que sin ninguna duda implica la mayor asignación presupuestal de las que aquí se sugieren, está financiado. El propósito en este caso es recurrir a la reasignación de determinados recursos que oportunamente la Ley de Presupuesto previó para las contrataciones temporales, los adscriptos a los Ministros de Estado y las contrataciones imprescindibles, y en función de lo que ha sido una prédica constante del Partido Nacional entendemos que esos recursos tienen justificación en destinos como el que aquí se sugiere y no en aquellos que oportunamente aprobó el Gobierno en ocasión de la Ley de Presupuesto Nacional. Por lo tanto, en estas razones generales queremos fundamentar el sentido de estas cuatro propuestas que el Partido Nacional ha presentado y que figuran en los aditivos que se están analizando. Gracias. SEÑOR BEROIS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Tiene la palabra el señor Diputado.
SEÑOR BEROIS.- Señor Presidente: en el mismo sentido de lo mencionado por el señor Diputado Abdala, el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 31 es presentado, entre otros, por el señor Diputado Morelli -no se encuentra en este momento-, suplente del señor Diputado Planchón Geymonat, que nos había planteado con seriedad la necesidad del departamento y la población de Colonia en lo que refiere a la construcción del hospital de la ciudad de Colonia del Sacramento. Esto fue planteado por ASSE y tratamos de buscarle financiación a través de las transferencias no utilizadas para el Fondo de Inversión de Transporte y Obras Públicas. De esta forma, estamos dando por lo menos una financiación para el comienzo de esta obra tan esperada por el departamento de Colonia. SEÑOR PRESIDENTE (Ibarra).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja N° 30. (Se vota) ——Diecisiete en sesenta y cuatro: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 31, presentado por la señora Diputada Ferreira y los señores Diputados Lacalle Pou, Berois, Morelli y Javier García. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Asígnase a partir de la promulgación de la presente ley, a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, Programa 440 ‘Atención Integral a la Salud’, una partida de $ 80.000.000 (ochenta millones de pesos) para el ejercicio 2012, con destino a la construcción del Hospital de la ciudad de Colonia del Sacramento.La referida partida será financiada por el Fondo de Inversión para Transporte y Obras Públicas.La Contaduría General de la Nación efectuará las transposiciones correspondientes”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Quince en sesenta y tres: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 32, presentado por las señoras Diputadas Piñeyrúa y Ferreira y los señores Diputados Lacalle Pou, Panizza, Amarilla, Coviani, Saravia, Trobo, Ortega, Abdala, Novales, Olmos y Mario García. (Texto del artículo aditivo:)
196
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
“Artículo .- Asígnase, a partir de la promulgación de la presente ley, a la Administración de los Servicios de Salud del Estado una partida anual de $ 209.000.000 (doscientos nueve millones de pesos), que se distribuirá de la siguiente manera:- 1.- La suma de $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos); con destino a la Unidad Ejecutora 068 ‘Red Nacional de Atención a las Drogas’, para gastos de funcionamiento, con el fin de los proyectos ‘Ciudadela’, ‘Erica’, Atención en Crisis en Hospital ‘Pasteur’, Atención Ambulatoria en Comunidad en Ciudad de la Costa y Cerro.- 2.- La suma de $ 120.000.000 (ciento veinte millones de pesos) con destino a la Unidad Ejecutora 004 ‘Centro Hospitalario Pereira Rossell’, para gastos de funcionamiento de la Unidad de Reproducción Asistida.- 3.- La suma de $ 70.000.000 (setenta millones de pesos); con destino a la Unidad Ejecutora 062 ‘Centro Auxiliar de Las Piedras’, para gastos de funcionamiento del Polo Traumatológico Regional y Servicio de Neonatología.- 4.- La suma de $ 1.000.000 (un millón de pesos); con destino a gastos de funcionamiento del Centro de Recuperación ‘Casa de Gardel’.- La partida referida en el primer inciso será financiada con la reducción en un 40% de las partidas asignadas por la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para contrataciones temporales de personal y adscriptos de los Ministro de Estado (artículos 87, 106, 122, 125. 129, 162, 174, 190, 192, 193, 278, 340, 366, 372, 390, 426, 432, 467, 501, 560, 581, 583, 585, 591, 600, 623). Para el caso que dichos porcentajes no pudieran disponerse totalmente, a la vigencia de la presente ley, por encontrarse comprometidos, se irán transfiriendo a medida que los mismos queden disponibles por el cese de las contrataciones.- La Contaduría General de la Nación efectuará las transposiciones correspondientes”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Dieciséis en sesenta y seis: NEGATIVA. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Tourné) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Corresponde iniciar el tratamiento de la Sección VII, “Recursos”.
Se pasa a considerar el Capítulo I “Endeudamiento del sector público”, que comprende los artículos 257 y 258. (Texto del Capítulo I:) “SECCIÓN VII RECURSOS CAPÍTULO I ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO Artículo 257.- Sustitúyense los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, por los siguientes: “ARTÍCULO 1º.- A los efectos de la presente ley, la deuda pública neta está constituida por los pasivos netos -de acuerdo con los criterios vigentes de medición del Banco Central del Uruguay- a cargo del Gobierno Central, el Banco Central del Uruguay, la Administración de Ferrocarriles del Estado, la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, la Administración Nacional de Puertos; la Administración Nacional de Correos, la Administración Nacional de Telecomunicaciones, el Instituto Nacional de Colonización, la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, la Agencia Nacional de Vivienda, el Banco de Previsión Social y el Banco de Seguros del Estado. A efectos de la determinación de la deuda neta se incluirá como pasivo la base monetaria”. “ARTÍCULO 4º.- A partir del 1º de enero de 2011 la deuda pública nacional neta en cada ejercicio anual podrá ser incrementada en hasta un máximo equivalente a UI 5.500:000.000 (cinco mil quinientos millones de Unidades Indexadas)”. Derógase el artículo 2º de la Ley Nº 18.519, de 15 de julio de 2009. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 258.- Las operaciones financieras de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado, excluido el financiamiento de proveedores, que impliquen un endeudamiento superior al equivalente en moneda nacional a UI 85:000.000 (ochenta y cinco millones de Unidades Indexadas), deberán ser autorizadas por el Poder Ejecutivo e informadas a la Asamblea General dentro de los treinta días de aprobado. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
197
——En discusión el artículo 257. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: en este momento, tenemos que tratar el tema del endeudamiento público. Primero tenemos que hacer una consideración sobre algo que quedó pendiente del día de ayer, por supuesto que con la diferencia de que hoy no tenemos cámaras de televisión, no tenemos tiempo y no tenemos tantos ánimos como los que teníamos, precisamente, en la mañana de ayer. En la mañana de ayer se lanzó la irresponsable acusación de que el Poder Ejecutivo había mentido, de que le mentía a todo el Parlamento y de que la bancada de Gobierno también mentía porque había aceptado el informe del Poder Ejecutivo diciendo que se había cumplido con el tope del endeudamiento. El tope del endeudamiento está fijado por la Ley N° 18.519 en US$ 350:000.000, con la posibilidad de ampliarlo, con comunicación a la Asamblea General, en un 100%, o sea hasta US$ 700:000.000. El Poder Ejecutivo, con fecha 29 de diciembre de 2010 -en realidad, esa es la fecha de la nota; entró el 31 de diciembre de 2010, a la hora 13 y 10, y está firmado por el Secretario de la Asamblea General, el arquitecto Hugo Rodríguez Filippini-, envió a la Asamblea General, cumpliendo con lo que se establece de comunicarle, en ese caso, al Presidente de la Comisión Permanente -que era a quien debía referirse- la información de que haría uso de la facultad dispuesta en el artículo 5° de la Ley N° 17.947, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.519, en lo que refiere al tope de deuda correspondiente al Ejercicio 2010, y explica las causas de por qué necesita recurrir a esta autorización que ya estaba prevista en la ley. En el informe que acompaña la Rendición de Cuentas se dice que el endeudamiento llegó a U$S 403 millones y que el tope –ampliado- es de U$S 700 millones lo que es absolutamente cierto y comprobable. El propio martes, luego de escuchar esa acusación, tuvimos este documento en nuestras manos, lo anunciamos y, posteriormente, pedimos que se repartiera entre todos los legisladores presentes.
Yo no pretendo iniciar con esto un debate, pero era absolutamente necesario dejar registrado en la versión taquigráfica que el Poder Ejecutivo, y por supuesto, esta bancada de Gobierno no había mentido y había respetado estrictamente la ley y todo lo que establece su reglamentación. En el período pasado se comenzó a considerar el tope del endeudamiento, ya no solo con la emisión de títulos públicos, autorizado por el Poder Legislativo, tal como dice la Constitución de la República, sino con todo el endeudamiento neto de todos los organismos del Estado, salvo los Gobiernos Departamentales. También hay que destacar que dentro de ese tope de endeudamiento neto se incluye la base monetaria, un aspecto más para hacer mucho más exigente este tope de endeudamiento y convertirse en una regla fiscal, dado que todo el endeudamiento, incluyendo la emisión de moneda -la base monetaria- implica la responsabilidad del Estado y, de alguna manera, una regla fiscal que tiene absoluto cierre con la evolución del resultado fiscal año a año. Entonces, al ser el tope que se fija el endeudamiento neto de todos los organismos del Estado, es necesario que transcurra el Ejercicio como para poder saber en qué situación se encuentran con respecto a ese tema. Hechas estas consideraciones, vamos a comentar el artículo 257 que nos remitiera el Poder Ejecutivo y que se aprobara en Comisión. Previamente, quisiera establecer que en la Comisión consultamos, conjuntamente con algún otro legislador, en particular el señor Diputado Posada, al Ministro, acerca de la posibilidad de variar lo que se nos presentaba desde el Poder Ejecutivo, que era pasar el tope de deuda de dólares a unidades indexadas para adecuarse mejor a cómo ha evolucionado el endeudamiento público -que hoy está prácticamente en un 50% nominado en moneda nacional-, y también relacionarlo mejor con las variaciones que tiene el Producto Bruto Interno -que es sobre el cual se debe calcular la variación del endeudamiento-, dado que este se ajusta mucho más al deflactor del Índice de Precios al Consumo -que también ajusta a las Unidades Indexadas- que lo que lo hace la moneda extranjera dólar. Todos sabemos lo que ha pasado en estos últimos años, y en particular en estos últimos días, con las variaciones del tipo de cambio de una moneda que ya no es representa-
198
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
tiva de la seguridad que trasmitía en el pasado como moneda fuerte. El Poder Ejecutivo también plantea en el artículo que remite que dada la variabilidad del clima y el impacto que tiene sobre los aspectos energéticos y el resultado fiscal, la variación que se ha sufrido en los últimos meses, trimestres o semestres -depende lo que queramos tomar- hace que sea muy difícil absorber esas diferencias en el resultado fiscal de las empresas públicas de energía. Tuvimos un 2010 en el cual el resultado climático fue positivo; eso permitió constituir un Fondo de Estabilización Energética que hoy tiene US$ 150:000.000. La sólida situación fiscal permitió que el resultado fiscal por la creación de ese Fondo en el año 2010 se contabilizara como costo. Si no hubiese sido así, el resultado fiscal habría disminuido en medio punto del Producto Bruto Interno. Al día de hoy ya no están esas condiciones. Como se demuestra en el informe del Poder Ejecutivo, el primer trimestre de 2011 dio un resultado negativo muy importante en términos de generación hidráulica; el único sector de la actividad que no creció fue el de la generación de energía. Eso explica el resultado negativo que están teniendo las principales empresas energéticas -nuestras empresas públicas-, en particular, UTE. Ante esta variabilidad, ante este impacto que existe sobre los resultados fiscales, y por consiguiente el endeudamiento -resultado fiscal negativo, significa endeudamiento: eso lo debemos saber todos quienes trabajamos en este tema y aprobamos estas normas-, el Poder Ejecutivo plantea en el artículo 257 la exclusión de la Administración de Usinas y Trasmisiones Eléctricas -UTE- del cálculo del tope de endeudamiento. Estuvimos trabajando en una alternativa, conjuntamente con el señor Diputado Posada y, con seguridad, como a mí se me va a acabar el tiempo de que dispongo, él podrá continuar presentando esta iniciativa que plantea una forma de contemplar la situación del endeudamiento neto público total, manteniendo la inclusión de UTE, pero dejando de lado los costos extraordinarios que se puedan dar por razones climáticas. Esto demuestra que no solamente el Poder Ejecutivo, sino también esta bancada está dispuesta a escuchar. El Ministro y su equipo se comprometieron a que si esta bancada y el Parlamento consideraban una solución mejor que la que ellos presentaron, sería aceptada por el Poder Ejecutivo.
Gracias, señora Presidenta. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: de las conversaciones a las que hacía referencia el señor Diputado Asti surgió una nueva redacción para el artículo 257, que resume el planteo que nosotros realizamos en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, y toma en cuenta los efectos que tiene esta norma sobre otro artículo de la Ley Nº 17.947. En suma, señora Presidenta, el acápite del artículo 257 debería decir: “Sustitúyense los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, y el 5º de la citada ley, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.519, de 15 de julio de 2009, por los siguientes […]”. Y en el artículo 1º, la única variación que se plantea con respecto al que venía de Comisión es la incorporación de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a continuación de la Agencia Nacional de Vivienda. Es decir que se incluye a la UTE, tal como actualmente está en la legislación vigente. El primer inciso del artículo 4º es exactamente igual y se agrega un segundo inciso correspondiente al texto que estaba contenido en el aditivo que figura en la Hoja Nº 33, que dice: “Cuando medien situaciones climáticas adversas que determinen que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) deba asumir costos extraordinarios para la generación de energía, el tope referido en el inciso anterior podrá ser adicionalmente incrementado en hasta un máximo equivalente al 1,5% (uno con cinco por ciento) del Producto Interno Bruto (PIB). En ningún caso, a los efectos dispuestos en este artículo, los costos extraordinarios incurridos por UTE, sumados a la variación del Fondo de Estabilización Energética (Artículo 773 de la Ley 18.719, de 27 de diciembre de 2010), podrán superar el 1,5% (uno con cinco por ciento) del PIB. El Poder Ejecutivo dará cuenta de lo actuado a la Asamblea General”. Hasta aquí llegaría la modificación del artículo 4º. Finalmente, se agregaría una modificación al artículo 5º de la Ley Nº 17.947, que establece: “El Poder Ejecutivo podrá superar hasta en un 100% (cien por ciento) el tope de deuda” -acá viene la corrección con respecto a la legislación vigente- “fijado en el in-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
199
ciso primero del artículo 4º de la presente ley, para un año determinado en aquellos casos en los que factores extraordinarios e imprevistos así lo justificaren, dando cuenta a la Asamblea General y sin que ello altere el tope fijado para los ejercicios siguientes”. El resto del artículo seguiría tal como estaba: “Derógase el artículo 2º de la Ley Nº 18.519, de 15 de julio de 2009”. Y el último inciso diría: “Estas disposiciones” -en plural- “regirán a partir de la promulgación de la presente ley”. A los efectos de una mejor comprensión entregaré el artículo a la Mesa. SEÑOR BEROIS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Señora Presidenta: entiendo el esfuerzo que han hecho los Diputados Asti y Posada. Me parece interesante y se logró una redacción mucho mejor que la que se había planteado porque, en definitiva, no incluir en el tope de deuda a UTE era esconder algo que los uruguayos pagamos. Creo que en el año 2010 la deuda generada por UTE anduvo en el orden de los US$ 500:000.000: es cierto que resulta muy aleatorio, porque depende de un montón de circunstancias. Ahora bien, los señores Diputados comprenderán -nosotros le hicimos un planteo al propio Ministro y entendemos que él también lo dijo cuando compareció- que en este momento y a esta altura -la primera reunión fue el 12 de julio y estamos a 18 de agostono tengo capacidad para absorber todo esto y simplemente nos quedamos con aquello de no votar porque no hay duda de que el Partido Nacional está en desacuerdo con el aumento del tope, que está en el orden de los US$ 700:000.000. Si bien entendemos que se ha avanzado en parte con esta redacción, mantenemos nuestra discrepancia con el aumento del tope. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: el Partido Colorado no va a acompañar esta propuesta. Entendemos que el país crece y seguirá creciendo, según las previsiones que constan en el Mensaje
del Poder Ejecutivo, y que el país tiene suficientes reservas. Mañana vamos a escuchar al señor Ministro y al Vicepresidente de la República que van a aclarar estos puntos, como lo ha anunciado la prensa. Creemos que US$ 700:000.000 es un importante nivel de endeudamiento, y por eso el Partido Colorado no va a acompañar esta propuesta, a pesar de que reconozcamos los cambios que se aceptaron a la oposición, en este caso el Partido Independiente. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: se estima que el monto de 5:500.000 unidades indexadas representa un 1,3% del PBI, por lo que no es un aumento significativo, habida cuenta, como dijimos, que esto actúa como una regla fiscal, en virtud de que es lo necesario para que cierren financieramente los resultados fiscales del Poder Ejecutivo. Reitero que se debe tener en cuenta que se trata del endeudamiento neto total del Estado, excepto el de los Gobiernos Departamentales, por lo que en esta cifra está reflejado todo el endeudamiento, inclusive el de proveedores y la base monetaria. Por eso, acompañamos este artículo. Aprovecho para decir que el artículo 258 establece un límite de endeudamiento para los organismos públicos comerciales e industriales, que hoy tienen esa limitante para contraer préstamos con organismos internacionales. En este caso, las empresas públicas también deberán pedir autorización al Poder Ejecutivo y este dar cuenta a la Asamblea General de otro tipo de endeudamiento, salvo con los proveedores si supera los 85 millones de UI. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: simplemente quiero sugerir un procedimiento para votar. Creo que la guía es el artículo 257 aprobado por la Comisión, al que introduciremos cambios. Algunos
200
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
de esos cambios estaban en el aditivo que figura en la Hoja Nº 33. Entonces, sugerimos que primero se vote el acápite, tal como figura en el artículo 257, hasta “8 de enero de 2006”, luego de lo que se agregaría “y 5º de la citada ley, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.519 de 15 de julio de 2009, por los siguientes:”. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ya que el señor Diputado Posada leyó todo el artículo acordado con el señor Diputado Asti, la Mesa cree que sería más sencillo votar el artículo 257 tal como viene de Comisión y luego leer y votar el artículo 257 con los agregados que se propusieron, retirando la Hoja Nº 33, ya que las modificaciones están contempladas en la nueva redacción propuesta. A la Mesa le parece bastante más sencillo este procedimiento que votar por partes, porque generaría confusión. Si el señor Diputado está de acuerdo, procederíamos en consecuencia. SEÑOR POSADA.- Estoy totalmente de acuerdo. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 257, tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cero en setenta y dos: NEGATIVA. Unanimidad. Léase el artículo 257, con la nueva redacción propuesta. (Se lee:) “Artículo 257.- Sustitúyense los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, y 5º de la citada ley, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.519 de 15 de julio de 2009, por los siguientes: ‘ARTÍCULO 1º.- A los efectos de la presente ley, la deuda pública neta está constituida por los pasivos netos -de acuerdo con los criterios vigentes de medición del Banco Central del Uruguay- a cargo del Gobierno Central, el Banco Central del Uruguay, la Administración de Ferrocarriles del Estado, la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, la Administración Nacional de Puertos; la Ad-ministración Nacional de Correos, la Administración Nacional de Telecomunicaciones, el Insti-
tuto Nacional de Colonización, la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, la Agencia Nacional de Vivienda, la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, el Banco de Previsión Social y el Banco de Seguros del Estado.- A efectos de la determinación de la deuda neta se incluirá como pasivo la base monetaria’.’ARTÍCULO 4º.- A partir del 1º de enero de 2011 la deuda pública nacional neta en cada ejercicio anual podrá ser incrementada en hasta un máximo equivalente a UI 5.500:000.000 (cinco mil quinientos millones de Unidades Indexadas).Cuando medien situaciones climáticas adversas que determinen que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) deba asumir costos extraordinarios para la generación de energía, el tope referido en el inciso anterior podrá ser adicionalmente incrementado en hasta un máximo equivalente al 1,5% (uno con cinco por ciento) de Producto Interno Bruto (PIB). En ningún caso, a los efectos dispuestos en este artículo, los costos extraordinarios incurridos por UTE, sumados a la variación del Fondo de Estabilización Energética (Artículo 773 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010) podrán superar el 1,5% del PIB. El Poder Ejecutivo dará cuenta de lo actuado a la Asamblea General’.’ARTÍCULO 5º.- El Poder Ejecutivo podrá superar hasta en un 100% (cien por ciento) el tope de la deuda fijado en el inciso primero del artículo 4º de la presente ley, para un año determinado en aquellos casos en los que factores extraordinarios e imprevistos así lo justificaren, dando cuenta a la Asamblea General y sin que ello altere el tope fijado para los ejercicios siguientes’.- Derógase el artículo 2º de la Ley Nº 18.519, de 15 de julio de 2009.-. Estas disposiciones regirán a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 258. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta en setenta y uno: AFIRMATIVA.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
201
Se pasa a considerar el Capítulo II, “Normas Tributarias”, que comprende los artículos 259 a 261, inclusive. (Texto del Capítulo II:) “CAPÍTULO II NORMAS TRIBUTARIAS Artículo 259.- Sustitúyese el artículo 78 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 78.- Donaciones especiales. Beneficio.- Las donaciones que las empresas contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas e Impuesto al Patrimonio realicen a las entidades que se indican en el artículo siguiente, gozarán del siguiente beneficio: – El 75% (setenta y cinco por ciento) del total de las sumas entregadas convertidas a UI (unidades indexadas) a la cotización del día anterior a la entrega efectiva de las mismas, se imputará como pago a cuenta de los tributos mencionados. El organismo beneficiario expedirá recibos que serán canjeables por certificados de crédito de la Dirección General Impositiva, en las condiciones que establezca la reglamentación. – El 25% (veinticinco por ciento) restante podrá ser imputado a todos los efectos fiscales como gasto de la empresa. El monto total anual de donaciones que podrá ampararse a este beneficio, será de $ 100:000.000 (cien millones de pesos uruguayos) que deberán primordialmente destinarse a proyectos, con límite temporal. En las instancias de aprobación de leyes presupuestales o de rendición de cuentas, se establecerán topes individuales para cada entidad beneficiaria o grupos de entidades de similar naturaleza. Las donaciones que corresponderá computar dentro de cada tope, serán las efectivamente recibidas dentro del año civil. Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar dicho monto hasta en un 20% (veinte por ciento). Artículo 260.- Sustitúyese el artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, por el artículo 1º de la Ley Nº 18.628, de 10 de diciembre de 2009, y por los artículos 787, 788 y
789 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 79.- Donaciones especiales. Entidades.- Se encuentran comprendidas en el beneficio establecido por el artículo precedente, las donaciones destinadas a: 1) Educación terciaria: A) Establecimiento de Educación Primaria, de Educación Secundaria, de Educación Técnico-Profesional y de Formación Docente, Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico-Profesional y los servicios que integren al Consejo de Educación Primaria, equipos técnicos universitarios interdisciplinarios, que funcionen en el marco de proyectos dirigidos a mejorar la calidad educativa, previamente estudiados y aprobados por las autoridades pertinentes. La Administración Nacional de Educación Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones incluidas en el presente literal. B) Instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, secundaria, técnico profesional, debidamente habilitadas y que atiendan efectivamente a las poblaciones más carenciadas. En el caso de proyectos para nuevas instalaciones o incorporación de instituciones, se exigirá aprobación provisoria del Ministerio de Educación y Cultura. El Ministerio de Educación y Cultura informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 2) Educación terciaria e investigación: A) La Universidad de la República y las fundaciones instituidas por la misma. B) Universidad Católica del Uruguay. C) Universidad de Montevideo. D) Universidad ORT Uruguay. E) Universidad de la Empresa. F) Instituto Universitario CLAEH. G) El Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable y la Fundación de
202
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Apoyo al Instituto Clemente Estable (FAICE). H) Fundación Instituto Pasteur. I) Instituto Antártico Uruguayo. El Ministerio de Educación y Cultura informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 3) Salud: A) La construcción de locales o adquisición de útiles, instrumentos y equipos que tiendan a mejorar los servicios de las entidades con personería jurídica dedicadas a la atención de personas en el campo de la salud mental, que hayan tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos a la fecha de recibir donación. El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. B) La Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de las Colonias de Asistencia Siquiátrica “Doctor Bernardo Etchepare” y “Doctor Santín Carlos Rossi”. C) La Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica. D) La Fundación Peluffo Giguens de apoyo al niño con cáncer. E) La Fundación Álvarez-Caldeyro Barcia. F) La Fundación Porsaleu. G) La Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer. H) Asociación Nacional para el Niño Lisiado Escuela Franklin Delano Roosevelt. El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 4) Apoyo a la niñez y adolescencia: A) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. B) Fundación Niños con Alas.
C) Aldeas Infantiles S.O.S. En caso que el monto total de los proyectos presentados supere el tope establecido en el artículo precedente, la distribución de dicho monto de donaciones se realizará de forma tal que los numerales 1) a 3) de este artículo tengan como tope un 30% (treinta por ciento) cada uno del total y el numeral 4) un tope de 10% (diez por ciento) del total. Si esta situación se produce no habiéndose presentado donaciones para las instituciones mencionadas en los correspondientes numerales, la distribución se realizará entre aquellas que tuvieren donaciones en forma proporcional a los porcentajes adjudicados precedentemente. Cuando se presenten proyectos para instituciones públicas y privadas, que superen el tope previsto en el inciso anterior, la asignación del total de las instituciones públicas será el monto menor entre el total de las donaciones que les correspondan y el 50% (cincuenta por ciento) del máximo asignado al numeral. El Poder Ejecutivo determinará montos máximos para las Instituciones comprendidas en la presente norma, teniendo en consideración los criterios establecidos precedentemente, y reglamentará la forma de presentación de los proyectos considerando que los mismos deberán ser presentados al Ministerio de Economía y Finanzas, antes del 31 de marzo de cada año. Los proyectos declarados de fomento artístico cultural, de acuerdo a lo establecido por el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, se seguirán rigiendo por dicha ley y sus modificativas”. Artículo 261.- Agrégase al Título 4 del Texto Ordenado de 1996 el siguiente artículo: “ARTÍCULO 79. bis.- Donaciones Especiales Formalidades.- Para tener derecho a los beneficios establecidos en el presente capítulo, la entidad beneficiaria, deberá presentar, en forma previa a la recepción de la donación, un proyecto donde se establezca, el destino en que se utilizarán los fondos donados, así como el plazo estimado de ejecución. Una vez utilizados los fondos donados, la institución beneficiaria rendirá cuenta documentada referente al cumplimiento del proyecto, dentro de los treinta días siguientes al cumplimiento del plazo referido en el inciso anterior.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
203
A partir de la promulgación de la presente ley, no se aceptarán nuevos proyectos que no cumplan con todos los requisitos establecidos en este capítulo. Para los proyectos en ejecución a dicha fecha, se podrán recibir donaciones hasta el 30 de junio de 2012 sin reformular el proyecto, debiéndose cumplir con las normas específicas aplicables a cada caso. Si a esa fecha, aún quedaran proyectos sin cumplir en su totalidad, se deberá presentar una adecuación al nuevo sistema. El presente régimen entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2012. Las donaciones deberán depositarse en efectivo, en el Banco de la República Oriental del Uruguay, en una cuenta única y especial, creada a estos efectos, a nombre del Ministerio de Economía y Finanzas. El Poder Ejecutivo establecerá la forma de presentación de los proyectos, así como la forma de comunicación del cumplimiento de los mismos”. ——En discusión el artículo 259. SEÑORA PAYSSÉ.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PAYSSÉ.- Señora Presidenta: voy a referirme a los artículos 259, 260 y 261, que conforman el Capítulo II, “Normas Tributarias”, que en el proyecto original estaban numerados como 254, 255 y 256. Quiero hacer una aclaración. Como se podrá apreciar, en este proyecto de Rendición de Cuentas no aparece el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, como es habitual. Esto sucede porque en la Ley de Presupuesto -que fuimos mejorando- ya presupuestamos dicho Inciso para los cinco años. Al no haber un aumento de rubros, no hay nada que decir al respecto, pero siempre se daba el debate de las eventuales exoneraciones que algunas organizaciones planteaban al Poder Ejecutivo. Y como recordarán, el Poder Ejecutivo nos pidió oportunamente que le diéramos tiempo para ordenar esto, porque no se puede establecer un costo a priori; es necesario tener una noción de las entidades que pedían acogerse al beneficio de las exoneraciones tributarias, a efectos de armar una propuesta. Así que llegan estos tres artículos, a los cuales me voy a referir muy rápidamente.
El artículo 259 fija el porqué de las exoneraciones a las donaciones y con el 260 determina las instituciones. Es más: cuando compareció el señor Ministro de Economía y Finanzas ante la Comisión, explicó -al igual que el economista Borchardt- los criterios aplicados. En el artículo que mencioné antes, el Poder Ejecutivo topea el monto anual de donaciones que podrá ampararse en este beneficio en una cifra de $ 100:000.000. La diferencia que tiene el actual artículo 259 con el que vino del Poder Ejecutivo es que agregamos una parte final que dice: “Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar dicho monto hasta en un 20% (veinte por ciento)”. Esta es una facultad. Sabemos muy bien que no es competencia nuestra aumentar esto, pero precisamente porque estamos innovando y es la primera vez que estamos haciendo el listado correspondiente de instituciones, dejamos un margen de potestades de un 20% al Poder Ejecutivo. A continuación voy a comentar el artículo 260. Recibimos un listado del Poder Ejecutivo y resolvimos reordenarlo, porque consideramos que tenemos potestades para hacerlo. Inclusive, el Poder Ejecutivo ya había incluido algunas fundaciones con nombre y apellido -por decirlo de alguna manera- y nosotros decidimos -a propuesta del señor Diputado Asti, que trabajó en esto, aunque también lo trabajamos mucho con el señor Diputado Ibarra- clasificar a las organizaciones en cuatro categorías -como habíamos hecho en el Inciso “Subsidios y Subvenciones”-, según su área de vinculación, que son las siguientes: Educación terciaria, Educación terciaria e investigación, Salud y Apoyo a la niñez y adolescencia. En este listado incorporamos tres organizaciones que consideramos debían estar, y quiero explicar por qué. Una es Aldeas Infantiles S.O.S., que fue un reclamo recurrente; otra, la Fundación Niños con Alas, en una situación similar, y la tercera, la Escuela Franklin Delano Roosevelt, en la que me gustaría detenerme porque realmente realizó una excelente exposición. Voy a citar lo que dijo el contador García cuando se presentó ante la Comisión. Dijo lo siguiente: “[…] si bien en un principio solicitamos ser amparados por el artículo 79 del TOCAF, hoy venimos a pedir lo contrario. Pero no vamos a decir que no al esfuerzo que puedan hacer ustedes para apoyarnos económicamente, ampliando la partida que se nos otorga”.
204
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
En realidad, el artículo original planteaba que las entidades que recibieran subsidios o subvenciones del Presupuesto Nacional, deberían optar entre percibir esto o ampararse en el beneficio de la misma norma. La Escuela Franklin Delano Roosevelt, que peleaba por conseguir exoneraciones, nos venía a decir que tenía que pedir lo contrario. Nos pareció injusto. Lo analizamos y decidimos quitar ese renglón que establecía las incompatibilidades, a pesar de que el Ministerio de Economía y Finanzas, en su afán de ordenar, había sido claro en plantear que esto nada tenía que ver con el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”. Nosotros mantenemos esto, solo que decidimos que hay una institución que, a pesar de figurar en “Subsidios y Subvenciones”, también merece beneficiarse de la posibilidad de exoneración. El artículo 261 es importante porque es el que fija las condiciones para que estas instituciones puedan solicitar los beneficios correspondientes. Me olvidé de plantear que en el ordenamiento que se hizo de cuatro grupos, también se establecieron porcentajes de cada grupo, porque podía suceder que una sola organización llegara al tope asignado por el Poder Ejecutivo. Por lo tanto, se hizo una redistribución ajustada para atender el planteo del Poder Ejecutivo. Asimismo, el artículo 261 habla de las condiciones, que no son arbitrarias, pero sí exigentes. Plantea que las organizaciones que quieran beneficiarse de dichas exoneraciones, con independencia de otras condiciones que se pueden leer en el texto, deberán indefectiblemente presentarlas o solicitarlas antes del 30 de junio de 2012, teniendo en cuenta que esta propuesta es para ese año. SEÑOR ASTI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA PAYSSÉ.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Le resta un minuto de su intervención. Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: lo que dijo la señora Diputada Payssé respecto a topes por grupos de instituciones es lo que se estipula en el artículo del Poder Ejecutivo, que dice que en cada oportunidad de Presupuestos o Rendiciones de Cuentas será el Parlamento el que deba fijar qué porcentaje de esas exo-
neraciones pueden corresponder por grupos de instituciones o por institución. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar la señora Diputada Payssé. SEÑORA PAYSSÉ.- He finalizado, señora Presidenta. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: antes que nada voy a plantear algunos aspectos previos sobre este tema. Se trata de una regulación que tiene algunos años, que nació en el Gobierno anterior y -como dijimos en Comisión- sabemos que fue impulsada por el contador Astori, que le dio mucho empuje a esta modalidad que ha funcionado bien y que ha ido tomando cuerpo -digámoslo así- a través de las instituciones que han tenido que desarrollar un aprendizaje de gestión de estos mecanismos. Lo digo porque las empresas que son donantes tienen que confiar en el sistema y también deben dedicar recursos a este mecanismo. No se trata de que las empresas dejen de aportar; siguen aportando lo mismo que aportaban a las arcas del Tesoro Nacional con sus impuestos pero, aparte, aportan a las instituciones. También es cierto que las empresas tienen que estar dispuestas a mostrar su contabilidad. Por lo tanto, el sistema como tal es bueno en tanto ayuda a la formalidad. Las empresas que eligen donar de esta manera deben poder abrir sus libros de par en par. Quiero dejar constancia, además, de que en la Comisión todos estamos contestes en que este es un buen sistema y hay que ayudar a que funcione mejor, pero tenemos diferencias con respecto a cómo lograrlo. El Poder Ejecutivo nos remitió una propuesta que creo que ordena las cosas mejor de lo que estaban, porque a la redacción del artículo 79 del Texto Ordenado se le fueron anexando instituciones en cada Rendición de Cuentas, y aquello era un desorden: aparecía la Universidad, varios literales más abajo las fundaciones universitarias, luego el Clemente Estable, etcétera. El Poder Ejecutivo ordena eso y está bien que lo haga. Pero establece un tope total de $ 100:000.000. Es decir que el sistema va a funcionar hasta $ 100:000.000.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
205
Eso está por encima de lo que hoy se ejecuta; es más de lo que hoy se ejecuta, pero las instituciones que vinieron a hablar con nosotros nos dijeron que ese monto limitará el desarrollo que el sistema puede tener, y por eso nos piden que no pongamos ese límite en la ley, que -obviamente- es muy rígida. Actualmente el sistema tiene monto, pero es el Poder Ejecutivo el que lo establece. Nos dicen: “No lo pongan en la ley”. La solución que encuentra el Frente Amplio -que conversa internamente sobre este tema y, lamentablemente, no comparte con la oposición las reflexiones al respecto-, a nuestro juicio, complica más las cosas. Creo que el exceso de regulación es malo; sobre todo, es malo regular lo que funciona bien. Ahora tenemos una propuesta que en estos tres artículos no solo pone un tope de $ 100:000.000 para el total -como decía el Poder Ejecutivo, aunque se agrega la posibilidad de incrementar un 20%-, sino que subdivide a las instituciones según el tipo de actividad -terciaria, educación, salud, atención a la niñez, etcétera- y para cada subsector fija un tope de 30%. Luego, en el artículo 261, determina que a través de la reglamentación el Poder Ejecutivo pondrá un tope por institución. O sea que hay un tope general, uno por sector y otro por institución. Esto complica mucho, porque ninguna de las instituciones sabe con certeza hasta dónde gestiona sus proyectos, ya que compite con las demás dentro del tope general, del de su sector y además, del propio. Entonces, en vez de dejar que se desarrollen -todas hacen tareas que debería realizar el Estado, pero asumió la sociedad civil, y aprovechan mucho mejor los recursos públicos y los vuelca a la comunidad, agregando voluntariado, esfuerzo e imaginación, lo que las hace rendir muy bien-, les ponemos una cantidad de limitantes que van a complicar la gestión del Estado y de las propias instituciones. Independientemente de que propondremos en los aditivos nuestra visión de las cosas, seguiremos intentando trabajar sobre este tema en el Senado, para que del Parlamento pueda salir una solución que contemple mejor esta circunstancia. En el sustitutivo que figura en la Hoja Nº34 estamos proponiendo un cambio en los dos últimos incisos del artículo 259, que es el que establece el monto de $ 100:000.000 y además, una modalidad que no nos gusta. En el artículo 259 del proyecto se señala: “El monto total anual de
donaciones que podrá ampararse a este beneficio, será de $ 100:000.000 […]. En las instancias de aprobación de leyes presupuestales o de rendición de cuentas, se establecerán topes individuales para cada entidad beneficiaria o grupos de entidades de similar naturaleza. Las donaciones que corresponderá computar dentro de cada tope, serán las efectivamente recibidas dentro del año civil. […]”. ¿Por qué no nos gusta? Porque le dejan al Parlamento el establecimiento de los topes, y nosotros sabemos cómo funciona esto. Cada Diputado tiene en su departamento una institución que quiere estar incluida, y el Diputado la tiene que traer y pelear por ella. Entonces, terminamos negociando. Hay instituciones de gran prestigio nacional, conocidas en todos lados, y hay otras de pequeña influencia nacional, pero de mucha relevancia y prestigio en un departamento o una localidad, y el Diputado debe traerlas y tiene que pelear por ellas. Entonces, vamos a terminar como con subsidios y subvenciones: tratando de incluir a todos los que podamos. En este caso peor, con una dificultad mayor, porque el sistema tiene un tope, o sea que cuantas más instituciones haya, un poquito menos habrá para cada una y tendrán que competir entre sí para alcanzar el mayor porcentaje posible. En ese marco, las más aptas -las que tengan mejores recursos humanos, más capacitados para gestionar y gerenciar este sistema con las empresas privadas, las que tengan mejor lobby- captarán más y las otras quedarán afuera. Entonces, en cada Rendición de Cuentas el Parlamento tendrá que barajar posibilidades, y cada Diputado vendrá con su carpetita bajo el brazo, y defenderá a su institución de discapacitados, de deportes, educativa, de salud, de ancianos, para ver si la incluye y luego quizás la institución logre que alguna empresa se acoja al sistema. Me parece que esto entorpecerá una gestión que hoy hace bien el Ministerio de Economía y Finanzas, que no pertenece a nuestro Partido. Las instituciones rinden cuentas; hay un librito que no está en el material -es uno de los Repartidos del Presupuesto-, en el que cada Universidad incluye la información de todo el dinero que le ha entrado, en qué forma y de qué institución. Eso va al Ministerio de Economía y Finanzas y lo cuenta al Parlamento. Ese dinero no se deposita en la institución; se deposita en el Ministerio de Economía y Finanzas, para que no pase lo que ocurrió
206
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
alguna vez, de que se daba un recibo por veinte pero se entregaban diez. De este modo, si hay veinte, los veinte se depositan en una cuenta del Ministerio de Economía y Finanzas, que después transfiere los fondos, y hay un control sobre eso. Entonces, ¿para qué andar enredando todo el asunto? SEÑORA PAYSSÉ.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GANDINI.- Sí, señora Diputada. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Le informo que le resta un minuto de su tiempo, señor Diputada. Puede interrumpir la señora Diputada. SEÑORA PAYSSÉ.- Señora Presidenta: voy a hacer dos simples aclaraciones. En primer lugar, estamos ordenando; todavía no está ordenado del todo. El Capítulo “Subsidios y subvenciones” está bien ordenado y, como bien dijo el Ministro, pretendemos que este régimen de beneficios de las donaciones especiales esté muy separado de los subsidios y subvenciones. El Ministro también señaló que el arbitraje entre instituciones y monto total compete al Parlamento. Por eso redactamos el que antes figuraba como artículo 255 y que actualmente aparece como artículo 260, de forma tal que evite la concentración en una sola institución y haga que más de una pueda beneficiarse de esa exoneración que fijó el Poder Ejecutivo. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor Diputado Gandini. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: reitero que en el régimen actual los topes existen; los fija el Poder Ejecutivo por mandato legal. Y es el Poder Ejecutivo el que nos pide en su mensaje que intervengamos en la fijación de esos topes -en este caso, lo hacemos agrupando instituciones-, es decir, que el Parlamento decida sobre el particular. ¿Por qué es necesario que haya topes? Porque si no hay un tope -como expresó la señora Diputada Payssé- fijado por el Poder Ejecutivo o por el Parla-
mento, una institución pública o privada que tiene mucha presencia en la opinión pública hace un gran proyecto y para recibir apoyo se conecta con una empresa pública o privada, que en aras de su responsabilidad social empresarial -hoy tan en boga, estudiada y promovida- y esta decide donarle $ 100:000.000 a cambio, por ejemplo, de que los estudiantes de esa institución hagan pasantías en esa empresa -podría ser acordado de esa manera-, las demás instituciones que tienen menos presencia mediática y que pueden hacer menos “lobby”, se quedarían sin ningún aporte. Esto se debe a que el Poder Ejecutivo o el Parlamento no podrían limitar esa situación ni intervenir a efectos de que se dé una cantidad equivalente a la educación, a la investigación, a la salud o a la atención de los niños y de los adolescentes. Lo que planteamos aquí es una distribución de un 30% para la educación, un 30% para la educación terciaria e investigación, un 30% para la salud y un 10% para las instituciones que atiendan a la niñez y la adolescencia. Dejamos abierta esta disposición y dijimos a la oposición que estábamos dispuestos a discutir los porcentajes establecidos pero, obviamente, por las razones expuestas por el señor Diputado Gandini, no hubo tiempo de hacerlo; seguramente, en el Senado quedará la discusión abierta para modificar esos topes. Reiteramos: si se fijan topes es porque el Poder Ejecutivo, que era el que los determinaba, pide que los fije el Parlamento para que la opinión de los parlamentarios indique, por lo menos, hacia dónde se deben dirigir. No se trata de complicar, sino de evitar que quienes tienen mayor capacidad de proponer proyectos se queden con la mayor parte de la torta y que las demás instituciones se queden sin nada. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: el Partido Colorado va a apoyar esta iniciativa. Inclusive, el artículo aditivo que presentamos fue agregado; me refiero a la inclusión de Aldeas Infantiles. Nada más, señora Presidenta. SEÑOR AROCENA.- Pido la palabra.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
207
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AROCENA.- Señora Presidenta: como decía el señor Diputado Gandini, que cada Diputado pelea por su institución local, en este momento no puedo dejar de solicitar un artículo aditivo -supongo que no será aprobado, pero es nuestra obligación presentarlo- a efectos de que se incluya a la Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado de Florida. Hemos sido recurrentes con esa institución. Es una institución que tiene poco “lobby”; es chica para Uruguay, pero muy grande para nosotros, el departamento de Florida. La Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado de Florida fue fundada en octubre de 1983. Su objeto social es, entre otros, promover la rehabilitación e integración del discapacitado. Su misión es prestar la asistencia necesaria en su centro de atención, llamado “Centro Jacobo Zibil”, a un promedio de ciento treinta niños que padecen discapacidades diferentes, de múltiples etiologías. Entre sus fuentes de financiamiento se encuentran convenios de asistencia financiera con el Banco de Previsión Social, el INAU y la Intendencia de Florida. Los artículos 78 y 79 del Título 4 del Texto Ordenado de 1996 disponen importantes exoneraciones fiscales para determinadas empresas que realicen donaciones a instituciones que se determinan. Por su parte, la Ley Nº18.628, de 8 de diciembre de 2009, amplía las exoneraciones impositivas a otras instituciones, entre ellas, de rehabilitación pediátrica, de enseñanza y de salud. La Asociación citada sabe, a ciencia cierta, que muchas empresas se abstienen de realizarle importantes donaciones debido a que no pueden deducirlas de su liquidación del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas, IRAE. Por tal motivo, se considera oportuno extenderle el beneficio fiscal consistente en imputar como pago a cuenta del IRAE o del Impuesto al Patrimonio el 75% del monto donado y que el 25% restante se compute como gasto deducible en la liquidación del IRAE. Asimismo, solicitamos que se agregue en el numeral 3) del artículo 260 del proyecto de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del Ejer-
cicio 2010, el literal I), que quedará redactado de la siguiente forma: “Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado de Florida, ‘Centro Dr. Jacobo Zibil'”. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señora Presidenta: en realidad, quiero decir que tengo la intuición de que el articulado aprobado en la Comisión implica un retroceso con respecto al planteado por el Poder Ejecutivo. Tuve oportunidad de leer la versión taquigráfica de la sesión de la Comisión a la que concurrió el señor Ministro de Economía y Finanzas -no estuve presentey sus declaraciones me parecieron muy valiosas en el sentido de reconocer que este era un sistema importante, al que le interesaba respaldar. El señor Ministro expresó que, en definitiva, estas donaciones representan una renuncia fiscal y que, por lo tanto, debían ser consideradas como un gasto y tener el mismo tratamiento. Además, expresó que si el Poder Legislativo tiene algo para decir de los otros gastos, ¿por qué no podría decir algo con relación a este gasto? Parece un razonamiento lógico. Ahora bien, Uruguay hace muchas otras renuncias fiscales y no solo esta. ¿Cuánto tenemos de renuncia fiscal en las Zonas Francas, por citar un ejemplo? No tenemos nada para decir sobre el particular y hasta el momento nadie nos ha preguntado nada. Me parece que se generan inconvenientes. En realidad, la lógica del Poder Ejecutivo de establecer un tope, en la misma medida en que consideraba que es un gasto, se podía entender y uno podía mirar para el otro extremo de la donación, es decir, en lugar de poner el tope a quien recibe la donación, poner el tope a quien da la donación. Eso estaba; existía el tope, que consistía en que no se podía donar más del 5% de la renta de la empresa. Creo que eso era lógico y en todo caso hasta se podía disminuir ese margen, si se quería, pero establecer el tope del otro lado no parecía aconsejable. Además, con las recomendaciones adicionales direccionamos esas donaciones. Me parece que eso no es conveniente. En realidad, nosotros no debemos permitir que las donaciones se dirijan hacia una institución porque es educativa o no, sino que, en definiti-
208
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
va, se debe hacer una valoración de la calidad de cada una, que se dará en función de las características de esta institución. Considero que el artículo que se aprobó en Comisión es un retroceso con respecto al mensaje enviado por el Poder Ejecutivo. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: esta es la tercera jornada que estamos tratando este tema; es la hora 2 y 30, estamos todos cansados, pero creo que vale la pena detenerse un poco más en este asunto. Se decía que ya se tiene un tope. Es verdad; hoy se tiene un tope no legal -digámoslo- que fija el Poder Ejecutivo. Nosotros preferimos ese tope porque si la evidencia lo convence, el Poder Ejecutivo lo cambia a través de una resolución. Sin embargo, cuando el tope es legal -además del tope en general hay un tope por sector y por institución, lo que está establecido en la ley-, es imposible circular excedentes de unos hacia otros -pueden existir porque la sociedad es mucho más flexible que eso-, por lo que parece inconveniente establecerlo aquí. Por eso no estamos de acuerdo. con ponerlo en esta norma. Además, ante el argumento que se expresó, quiero insistir en lo que manifestaba el señor Diputado Radío. En Comisión dijimos al Ministro que acabábamos de aprobar una iniciativa que había mandado el Poder Ejecutivo, que es la Ley de Fomento del Deporte. Esta norma es muy parecida a la que estamos tratando porque refiere a las instituciones que hacen donaciones en beneficio del desarrollo del deporte, de las federaciones, de los juveniles, etcétera, estableciendo que podrán hacer descuentos de su renta, de su patrimonio; eso no tiene un tope. Estamos hablando de una iniciativa que mandó el Poder Ejecutivo hace poco tiempo, que fue aprobada por el Senado y que la Comisión respectiva de esta Cámara ya votó, por lo que próximamente estará en el orden del día de la Cámara. Además, acabamos de aprobar todo tipo de exoneraciones para las viviendas de interés social; esto no tiene tope. Tampoco lo tienen los proyectos de in-
versión. Es decir que hay exoneraciones y renuncias fiscales que no tienen tope; en todo caso, es el Poder Ejecutivo el que los pone. Por otra parte, propongo que el artículo 259 se vote por incisos, de manera que los dos últimos puedan votarse junto con la Hoja Nº 34, que propone sustituirlos por un artículo que presenta el Partido Nacional, que establece un monto de $ 100:000.000 y, a su vez, permite que el Ministerio de Economía y Finanzas, por razones fundadas, pueda ampliar ese monto hasta en un 100%. De esta manera, se determina un monto y se da flexibilidad -quizá pueda considerarse una transacción-, sin establecer ninguna obligación al Parlamento en el sentido de fijar los límites en cada Rendición de Cuentas; a nuestro entender, esto parece lo más razonable. De esta forma hago el fundamento de la Hoja Nº 34. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Señora Presidenta: dado lo avanzado de la hora no me voy a extender en el uso de la palabra. Simplemente, quiero dejar una constancia porque en algún momento el Parlamento debería abocarse al tratamiento de este tema. Estamos en buen camino cuando tratamos de encauzar a través del Presupuesto Nacional las donaciones para que sean cristalinas. Voy a leer el artículo 190 de la Constitución. Dice así: “Los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados no podrán realizar negocios extraños al giro que preceptivamente les asignen las leyes, ni disponer de sus recursos para fines ajenos a sus actividades normales”. Ante un eventual incumplimiento de este artículo, el Poder Ejecutivo podría hacer observaciones en virtud de lo que establecen los artículos 197 y 198 de la Constitución. Por este motivo reitero que en algún momento este Parlamento debería abocarse a regular esta temática, que ha sido confusa y se ha salido del cauce constitucional. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PAYSSÉ.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
209
SEÑORA PAYSSÉ.- Señora Presidenta: obviamente la votación por incisos no se discute. Sin embargo, quiero aprovechar esta oportunidad para hacer una puntualización. Como propuse que los tres artículos se trataran juntos y, de hecho, se van a separar, quiero aclarar que se han presentado aditivos y sustitutivos a los artículos que estamos considerando. Uno de ellos es un sustitutivo que vamos a votar a continuación y, otro, es el que mencionó el señor Diputado Gandini. Además, hay otros dos artículos que proponen agregar instituciones; algunas son coincidentes como es el caso de “Un Techo para mi País” -que es del Partido Nacional y del Partido Colorado- y el de la “Casa de Gardel”. Como partido político queremos decir que en este momento no estamos en condiciones de modificar la estructura de topes internos, pero sí tenemos total disposición a que en el análisis del artículo 259 en el Senado se incorporen esas organizaciones, en la medida en que no aumenten el tope establecido por el Poder Ejecutivo y se coordinen en la lógica del enunciado que tiene actualmente el artículo 259. Decimos esto ahora para no intervenir más adelante, y ahorrar tiempo. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el primer inciso del artículo 259, tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el segundo inciso del artículo 259, tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta y uno: AFIRMATIVA. La Mesa aclara que en virtud del resultado de esta votación, la Hoja Nº 34 queda desechada. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: creo que me confundí. Cuando se hizo referencia al primer inciso
del artículo 259, entendí que votaríamos el acápite y que, luego, analizaríamos cada uno de los incisos, pero cuando se refirió al segundo no advertí que estábamos hablando del que se pretende sustituir con la Hoja Nº 34. Por lo tanto, solicitamos que se rectifique la votación del segundo inciso del artículo 259 porque no acompañamos la redacción propuesta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en setenta y dos: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el tercer inciso del artículo 259, tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: nosotros no votamos la totalidad del artículo porque si no se aprobaba quedaba vigente el texto actual, que es mejor que este. De todos los textos, yo prefiero el que propusimos nosotros, pero entre el que se acaba de aprobar y el que está vigente, me quedo con el que está vigente. De todos modos, al descartarse la Hoja Nº 34 que propusimos y aprobarse el texto tal cual vino de Comisión, hemos dado nuestro voto a este último inciso porque faculta al Poder Ejecutivo a incrementar esos $ 100:000.000 hasta en un 100%. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- En discusión el artículo 260. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante por la mayoría. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: en el punto 1) se debería decir simplemente “Educación”, eliminando la palabra “terciaria”.
210
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Así se procederá. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: presentamos un sustitutivo que figura en la Hoja N° 35. Tomamos el artículo presentado por el Poder Ejecutivo, que tiene un orden que nosotros compartimos, y agregamos algunos literales que incluyen las instituciones que el Frente Amplio ha agregado; entre estas reponemos el Instituto Antártico Uruguayo -que estaba y que el Poder Ejecutivo quitó-, la Asociación Nacional para el Niño Lisiado, Escuela Franklin Delano Roosevelt, la Fundación Niños con Alas y Aldeas Infantiles S.O.S. Hemos elaborado una redacción que nos parece más ajustada al literal P) original del Poder Ejecutivo. Está mejor definido en nuestra propuesta. Entonces, preferimos mantener la redacción original, que difiere básicamente en que no arma sectores y subsectores y pone topes para ellos. En principio, vamos a votar en contra este artículo. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: con respecto a la aclaración que hizo el señor Diputado Pardiñas de eliminar la palabra “terciaria”, quiero decir que originalmente en la redacción decía “educación no terciaria”. Creo que esto es lo que correspondería, porque educación es todo. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- ¿Hay acuerdo con esa modificación? SEÑOR PARDIÑAS.- No, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- No hay acuerdo. Quisiéramos hacer algunas modificaciones de redacción. En el literal A) del numeral 1), donde dice: “[…]y los servicios que integren el Consejo de Educación Primaria “, debería decir “[…]los servicios que integren el Consejo de Educación Inicial y Primaria”, para que corresponda el nombre con el que tiene actualmente el Consejo.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 260 con las modificaciones realizadas en Sala. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en setenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: sin ánimo de complicar la votación, pero para que quede claro quiero decir que nuestra voluntad -que seguirá vigente para tratar de mejorar esta redacción en el futuro tratamiento parlamentario- es pedir la rectificación de la votación de este artículo con la particularidad de que se desglosen los tres penúltimos incisos. Nosotros votaríamos todo el artículo hasta los tres penúltimos incisos y, luego, votaríamos el último. Cuando digo los tres penúltimos incisos me refiero al que empieza luego de “Aldeas Infantiles” y dice: “En caso de que el monto total de los proyectos […]” y los dos siguientes, que son los que establecen los porcentajes para cada uno de los sectores. El último inciso quedaría incorporado al primer bloque de votación. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Como se propone un procedimiento diferente de votación, deberíamos reconsiderar el artículo. Se va a reconsiderar el artículo 260. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y siete: AFIRMATIVA. La propuesta es votar todo el articulo 260, menos los tres penúltimos incisos, que van a continuación de “Aldeas Infantiles S.O.S.” Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los tres incisos anteriores al último. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta y ocho: AFIRMATIVA.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
211
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el último inciso del artículo. (Se vota) ——Sesenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 261. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: queremos pedir que se desglose el inciso que establece: “A partir de la promulgación de la presente ley, no se aceptarán nuevos proyectos que no cumplan con todos los requisitos establecidos en este capítulo”. Nos parece que esta frase es redundante e innecesaria. Es lógico que cuando la ley esté promulgada los proyectos no ingresarán bajo otra norma. Además, consideramos que lo que sigue va a complicar mucho la gestión de los proyectos que están en marcha. Esto fue advertido por las instituciones que nos visitaron y, por lo tanto, como no agrega nada -más bien quita o complica- no vamos a votar ese inciso. Entonces, pedimos que se desglose o se vote por incisos. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar todo el artículo 261, desglosando el inciso tercero del artículo 79 bis. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el inciso tercero del artículo 79 bis, contenido en el artículo 261. (Se vota) ——Cincuenta y siete en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Existen cuatro aditivos en la Mesa. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 36, presentado por el señor Diputado Asti. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Sustitúyese el inciso primero del artículo 472 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Nº 18.788, de 4 de agosto de
2011, por el siguiente:- ‘La Dirección General Impositiva (DGI) podrá disponer, en la forma y condiciones que establezca la reglamentación, una reducción de los recargos incluidos en los acuerdos previstos en el artículo anterior, en tanto dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la firma del acuerdo, el contribuyente: a) cancele el total del acuerdo, o b) cancele el total del acuerdo mediante un pago equivalente al 20% (veinte por ciento) y por el saldo restante cuotas mensuales y consecutivas mediante la entrega de cheques diferidos cuyos vencimientos no podrán exceder los 180 días, contados desde la entrega inicial, o c) constituya aval bancario o seguro de caución por el total del adeudo, a satisfacción de la Administración'”. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: ya habíamos anunciado en Comisión que íbamos a presentar los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos 36 y 37. No pudimos hacerlo en su momento, dado que faltaba la promulgación de la Ley N° 18.788. Cuando se trató en Comisión de Hacienda esta ley que modifica las relaciones entre los contribuyentes y la Dirección General Impositiva, definimos que había dos aspectos a modificar. Como el proyecto venía con la aprobación del Senado, no quisimos demorar su sanción, teniendo en cuenta que estábamos próximos a la instancia de la Rendición de Cuentas. En nuestro informe como medio informante anunciamos este compromiso. Uno de los aspectos a modificar es la cantidad de cheques diferidos con que se pueden cancelar determinadas obligaciones. La ley vigente dice que se puede hacer hasta con seis cheques diferidos. Entendíamos que eso podía significar una limitación a los acuerdos que puede realizar la Dirección General Impositiva con sus deudores. Ya está establecido el plazo de ciento ochenta días, y el hecho de que sean seis o diez cheques, no varía el plazo total de la financiación. Puede darse el caso de que el contribuyente pueda pagar una cuota con más de un cheque, y eso estaría limitando la cantidad de cuotas. O sea que, con el primer aditivo, simplemente, eliminamos la ex-
212
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
presión “seis cheques”, manteniendo el plazo en el cual debe cancelarse la obligación. La segunda modificación tiene que ver con las actas de inspección. La nueva redacción da mayor seguridad al contribuyente en el sentido de que cuando sea notificado de alguna inspección de la Dirección General Impositiva, podrá conocer, por cada impuesto y por cada período, los montos en vía de determinación de los tributos que correspondan. Esos dos aspectos que, obviamente, fueron consultados con la Dirección General Impositiva y fueron planteados en la Comisión de Hacienda y en la Cámara en momentos de aprobar esta ley, ahora los traemos acá para posibilitar una mejor redacción final. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: vamos a votar negativamente estos aditivos. Tal vez sean muy buenas propuestas, pero a pesar de que el señor Diputado proponente es miembro de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda al igual que nosotros, francamente no recordamos que nada de esto haya sido planteado. Capaz que fue insinuado o sugerido -no sé si en voz baja o en voz alta-, pero francamente no me consta. La Cámara de Diputados aprobó recientemente un proyecto de ley que estudió la Comisión de Hacienda denominado Estatuto del Contribuyente que todos analizamos detenidamente y lo acompañamos. Se supone que estas normas tienen la misma naturaleza, pero solo se supone. Yo quiero dejar constancia de que, por más que estemos ante una magnífica propuesta, nos vemos en la necesidad de no acompañarla por aquello de no votar a ciegas y de votar a conciencia. No es la mejor manera de legislar, sobre todo -en esto también hay casos y casos- cuando la propuesta viene de integrantes de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, en la perspectiva, además, de que estas normas resulten aprobadas por la mayoría sin consulta con la minoría. Así que adelanto que el Partido Nacional no las va a acompañar por las razones de prudencia legislativa que acabo de señalar.
SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: quiero complementar lo que decía el miembro informante, señor Diputado Abdala. Es desprolijo, ¿no? Estamos modificando una ley que se promulgó el 4 de agosto. Hoy es 18; la ley no tiene ni siquiera quince días y se están sustituyendo dos de sus artículos. Votamos un disparate -no sé si algún estudio jurídico habrá asesorado mal-, o está difícil de entender que se nos proponga modificar una norma que estaba bien hace catorce días. Por lo tanto, mejor lo vemos con más tranquilidad y, de repente, después decidimos acompañar la propuesta. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: lamento que haya malos recuerdos de lo sucedido en la Comisión de Hacienda. Lamento que no esté presente el señor Diputado Posada, que fue el impulsor de una de estas modificaciones. Quedó clarísimo el compromiso asumido, y cuando votamos aquí, en el plenario de la Cámara -se puede recurrir a la versión taquigráfica-, dijimos que lo hacíamos porque queríamos que entrara en vigencia esta ley, que permitía a la Dirección General Impositiva hacer otras cosas, pero que había dos problemas de redacción. Lo reiteramos en presencia del Ministro en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda cuando tratábamos esta sesión de la Rendición de Cuentas, y dijimos cuáles iban a ser las modificaciones. Todo consta en la versión taquigráfica de dicha Comisión, al igual que en la de la Comisión de Hacienda. No es una desprolijidad hacer esta propuesta ahora porque recién cuando fue promulgada la ley pudimos tener su número para hacer la referencia correspondiente. No hay ninguna desprolijidad en esto. No hay ningún asesoramiento de ningún estudio. Cuando aprobamos el texto de la hoy Ley N° 18.788 en la Comisión de Hacienda, dijimos que debía modificarse, pero si lo hacíamos, volvería al Senado y demoraría su entrada en vigencia y la aplicación en otras situaciones que no han sido modificadas.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
213
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja Nº 36. (Se vota) ——Cuarenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 37, presentado por el señor Diputado Asti. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 18.788, de 4 de agosto de 2011, por el siguiente: ‘ARTICULO 6º.- A partir de la vigencia de la presente ley, cuando los sujetos pasivos sean auditados por la Dirección General Impositiva, el acta final de inspección deberá establecer los períodos y para cada uno de los impuestos los montos en vías de determinación que correspondan'”. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. ——Cuarenta y ocho en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En consideración el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 38, presentado por las señoras Diputadas Piñeyrúa y Ferreira y los señores Diputados Lacalle Pou, Coviani, Trobo, Saravia, Berois, Javier García, Olmos, Amarilla, Ortega, Abdala, Panizza, Mario García y Novales. (Texto del artículo aditivo:) “Agrégase al artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado de 1996, los siguiente literales:.- P) La Asociación Civil Un Techo Para Mi País – Uruguay.- Q) El Centro de Recuperación “Casa de Gardel”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
por lo que las donaciones que las empresas contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas e Impuesto al Patrimonio realicen a dicha entidad, contarán con los beneficios previstos en la referida norma”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiuno en sesenta y ocho: NEGATIVA. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: como dijo oportunamente la Diputada Payssé, la votación de esta instancia no significa que en el Senado no se vaya a estar dispuestos a analizar estas situaciones u otras en cuanto a lo que se ha hecho con relación a las donaciones especiales, es decir, a tratar de ordenar y de establecer criterios. Por supuesto, la solución no necesariamente es perfecta, pero también me parece que vamos por buen camino, tal como se hizo en el Presupuesto con el tema de las contribuciones. En ese sentido, reitero que la votación en la Cámara de Diputados no debe tomarse como algo definitivo, sino como que no se llegó a la instancia de analizar debidamente los aditivos que se plantearon; en el Senado ya habrá oportunidad para estudiarlos con mayor detenimiento. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se pasa a considerar la Sección VIII, “Disposiciones Varias”. (Texto de la Sección Viii, “Disposiciones Varias”:) “SECCIÓN VIII
(Se vota) ——Trece en sesenta y ocho: NEGATIVA. En discusión un artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 39, presentado por los señores Diputados Germán Cardoso y Amy. (Texto del artículo aditivo:) “Incorpórase a la nómina de instituciones comprendidas en el beneficio previsto por el artículo 78 del Título 4 del Texto Ordenado de 1996, a la Asociación Civil Un Techo Para Mi País,
DISPOSICIONES VARIAS Artículo 262.- Agrégase al artículo 527 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, el siguiente inciso: “Lo dispuesto en el inciso anterior será de aplicación a la enajenación de bienes inmuebles a un fideicomiso. Si el contrato de fideicomiso facultase al fiduciario a enajenar a terceros los referidos bienes, deberá establecerse en el mismo que, para el llamado y selección de ofertas, se observarán procedimientos que cumplan con los principios de
214
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
publicidad, igualdad de los oferentes y concurrencia. Dicho contrato deberá establecer como destino del producido, el indicado por la norma habilitante”. Artículo 263.- Facúltase al Fondo Nacional de Recursos a brindar servicios a terceros, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en lo relativo a evaluación, auditorías, capacitación, revisión de procesos, estudios de costos y diseño de sistemas de gestión, tendientes a lograr mejoras en la calidad de la gestión de los servicios de salud. La prestación de estos servicios se documentará mediante contrato escrito, debiendo establecerse expresamente el sistema de recuperación de los costos que se originen al Fondo Nacional de Recursos. Artículo 264.- A los efectos del adecuado cumplimiento de los cometidos puestos a cargo del Fondo Nacional de Recursos, los Institutos a que refieren los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 16.343, de 24 de diciembre de 1992, y las entidades públicas o privadas, estatales o no estatales, que tengan directamente a su cargo la asistencia médica de afiliados, beneficiarios o usuarios que sean asistidos en relación con afecciones, técnicas o medicamentos con cobertura financiera del Fondo Nacional de Recursos, deberán suscribir con el mismo convenios de gestión. Los convenios deberán establecer las responsabilidades que asume cada una de las partes, con el objetivo de mejorar el funcionamiento de los mecanismos de gestión y fortalecer y desarrollar el sistema de medicina altamente especializada, jerarquizando la calidad de las prestaciones, la evaluación de los riesgos y la seguridad de los pacientes. Asimismo incluirán, cuando corresponda, los criterios necesarios para el correcto manejo, entrega, distribución, utilización y conservación de los medicamentos que dicho Fondo financie, así como para la determinación e implementación de actividades conjuntas que aseguren un correcto seguimiento e información actualizada de la evolución de los pacientes que requieran prestaciones o medicamentos financiados por ese Fondo. En caso que los Institutos e Instituciones referidos no suscriban el respectivo convenio, o incurran en incumplimiento del mismo, el Fondo Nacional de Recursos estará facultado para disponer y aplicar las medidas necesarias para obtener el adecuado acceso y suministro de los medicamentos y prestaciones a los pacientes que así lo ameriten. Los costos que de ello se deriven podrán ser repetidos contra la Institución o Instituto respectivo.
Artículo 265.- Las encomiendas postales internacionales de entrega expresa, cuyo peso unitario no exceda los 20 kilogramos y de un valor equivalente en moneda nacional, de hasta US$ 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), con excepción de aquellas que contengan productos gravados por el Impuesto Específico Interno (IMESI), estarán exentas del pago de los tributos que graven las importaciones, exportaciones y el tránsito, así como del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El régimen tributario previsto en el párrafo anterior se aplicará respecto de las encomiendas postales internacionales de entrega expresa, que se tramiten en condiciones normales, de conformidad con lo que dispongan las normas reglamentarias dictadas por el Poder Ejecutivo. Artículo 266.- Incorpórase a los cometidos de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP), creada por la Ley Nº 8.764, de 15 de octubre de 1931, el desarrollo de actividades vinculadas a la elaboración, fabricación y comercialización de alimentos para animales, derivados de productos y subproductos de la cadena de producción de biocombustibles. Artículo 267.- Facúltase al Poder Ejecutivo a partir de la promulgación de la presente ley, a destinar el pago inicial adicional al canon anual que se obtenga como consecuencia de la ampliación del plazo de la concesión de la explotación del casino privado en Punta del Este, a los fideicomisos que constituya la Intendencia de Maldonado para la construcción y operación del centro de convenciones y exposiciones y con destino a los planes y programas de vivienda de interés social. Dando cuenta a la Asamblea General. Artículo 268.- Todas las referencias establecidas en el ordenamiento jurídico vigente al “salario mínimo del peón especializado plenamente ocupado”, como base para la determinación del aporte patronal rural mínimo a la seguridad social, serán sustituidas por el valor de veintidós bases fictas de contribución. Artículo 269.- Sustitúyese el inciso final del artículo 87 de la Ley Nº 16.713, de 3 setiembre de 1995, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 16.869, de 25 de setiembre de 1997, por el siguiente: “La falta de cumplimiento de esta obligación será sancionada por el Banco de Previsión Social por cada afiliado comprendido en la infracción, según la siguiente escala:
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
215
A) Multa de UR 0,10 (diez centésimos de unidad reajustable) a UR 1 (una unidad reajustable), si el pago o presentación de la declaración jurada de no pago, se verifica dentro del mes del respectivo vencimiento. B) Multa de UR 0,25 (veinticinco centésimos de unidad reajustable) a UR 2.50 (dos y media, unidades reajustables), si el pago o la declaración jurada de no pago se cumple más allá del plazo referido en el inciso anterior. C) Multa de UR 1 (una unidad reajustable) a UR 10 (diez unidades reajustables), si la declaración se efectúa de oficio por el Banco de Previsión Social”. Artículo 270.- Derógase el artículo 4º del DecretoLey Nº 9.299, de 3 de marzo de 1934. Artículo 271.- Autorízase al Banco de Previsión Social, a publicar los certificados comunes, previstos en el artículo 663 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990, que hayan sido emitidos y se encuentren vigentes, incluyendo los datos estrictamente necesarios para el cumplimiento de la finalidad de acreditación perseguida”. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: en aras de avanzar lo más rápidamente posible, proponemos que se vote en bloque esta Sección, desglosando los artículos 266 y 267, que el Partido Nacional va a votar en contra. Aprovecho para adelantar rápidamente el fundamento de voto contrario al artículo 266, en el sentido de que aquí estamos frente a una disposición que modifica la Carta Orgánica de ANCAP. Está por demás claro que no es una norma presupuestal, empezando porque ANCAP no integra el Presupuesto Nacional. Además, esto se vincula con el proyecto de inversión sucroalcoholero de Bella Unión, que resulta, por lo menos, polémico y sobre el que el Partido Nacional tiene una visión crítica. Además, es lógico que la reforma de la Carta Orgánica de una empresa pública se haga por ley aparte. Por otra parte, entendemos que hay otros aspectos que se han planteado públicamente y que podrían motivar ajustes a la Carta Orgánica de ANCAP, que es del año 1931. Por lo tanto, nos parece imprudente
que se promueva esta modificación a través del artículo 266. La propuesta concreta es desglosar estos dos artículos y, si los demás sectores parlamentarios están en condiciones, votar en bloque el resto de las disposiciones de esta última sección del Presupuesto Nacional. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: estamos en condiciones de votar, pero en dos bloques: uno, que va del 262 al 265 y otro, del 268 al 271, desglosando los artículos 266 y 267, que vamos a votar negativamente. (Interrupciones) ——Pero el Diputado Abdala hablaba de un solo bloque. En cuanto a la fundamentación de nuestro voto respecto del artículo 266, compartimos la opinión del Diputado Abdala. Con respecto al 267, queremos decir que, después de haber escuchado los argumentos del Diputado Bango y de algún otro Diputado del Partido de Gobierno en el día de ayer, esperamos que haya un cambio. Aspiramos a que hoy no definan destinar el primer pago del canon del Conrad para obras en el departamento de Maldonado, después de haber fundamentado en contra de que el resultado de la venta de la casa de Maldonado fuera para hacer viviendas en ese departamento. En este caso, presentamos un aditivo, que no fue considerado, solicitando que el dinero del primer pago del canon fuera destinado a las ochenta y nueve Alcaldías de todo el país. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Entonces, si no entendí mal, de acuerdo con el criterio general adoptado oportunamente, pongo en discusión el primer bloque, compuesto por los artículos 262, 263, 264 y 265. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en setenta: AFIRMATIVA.
216
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
En discusión el bloque integrado por los artículos 268, 269, 270 y 271. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 266. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 267. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 40, presentado por los señores Diputados Amarilla y Sander. (Texto del artículo aditivo:) “Disminúyese al 50% (cincuenta por ciento) el crédito presupuestal asignado por el artículo 58 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para la contratación de adscriptos que colaboren con los Ministros de Estado.- Los organismos que a la fecha de promulgación de la presente ley hayan comprometido más que el porcentaje autorizado por el inciso anterior, limitarán su crédito a ese monto.- Reasígnase el monto resultante de la aplicación de los incisos anteriores para reforzar el artículo 762 del Presupuesto Nacional (Adicciones).- La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes a las partidas reasignadas”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintiuno en sesenta y nueve: NEGATIVA. Queda aprobado el proyecto de ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2010 y se comunicará al Senado. (Texto del proyecto aprobado:) “SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2010, con un resultado deficitario de: A) $ 11.879.708.000 (once mil ochocientos setenta y nueve millones setecientos ocho mil pesos uruguayos) correspondientes a la ejecución presupuestaria. B) $ 15.263.571.000 (quince mil doscientos sesenta y tres millones quinientos setenta y un mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales. Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley como Anexo y forman parte de la misma. Artículo 2º.- La presente ley regirá a partir del 1º de enero de 2012, excepto en aquellas disposiciones que en forma expresa establezcan otra fecha de vigencia. Los créditos establecidos para sueldos, gastos de funcionamiento e inversiones están cuantificados a valores de 1º de enero de 2011, y se ajustarán en la forma dispuesta en los artículos 4º de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y 68, 69, 70 y 82 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. La base de aplicación de dicho ajuste será la suma de los créditos referidos más los incrementos diferenciales de las remuneraciones otorgadas por el Poder Ejecutivo en el ejercicio 2011. SECCIÓN II FUNCIONARIOS Artículo 3º.- Sustitúyese el artículo 11 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 11.- Las convocatorias o llamados que realicen los organismos estatales para el desempeño en la Administración Pública, cualquiera fuera la naturaleza y el término del vínculo a establecerse, deberán ser publicados en el portal del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil, durante todo el período de inscripción dispuesto para el llamado, por un período no inferior a quince días, sin perjuicio de la publicidad específica que de los mismos realice cada organismo”. Artículo 4º.- Sustitúyese el artículo 73 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 6º de la Ley Nº 17.678, de 30 de julio de 2003, por el siguiente:
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
217
“ARTÍCULO 73. (Causales de destitución).Sin perjuicio de otros actos u omisiones que puedan configurar causales de destitución, los funcionarios del Estado incurrirán en ineptitud u omisión cuando acumulen diez inasistencias injustificadas en un año calendario, o cuando -a través de los mecanismos de control de asistencia- efectúen registros correspondientes a otra persona o resulten beneficiados por el registro realizado por otra persona, siempre que lo hubieran solicitado”. Artículo 5º.- Las personas contratadas bajo el régimen del arrendamiento de obra en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, que se desempeñen como médicos o técnicos de la salud en la unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas”, así como los contratados por el Inciso 09 “Ministerio de Turismo y Deporte” al amparo de los artículos 185 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, 233 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, y 259 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y cuyos contratos continúen vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, podrán ser contratados bajo la modalidad del Contrato Temporal de Derecho Público, prevista en el artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, previa conformidad del jerarca del inciso contratante y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, debiendo cesar indefectiblemente cuando se haya implementado el proceso de reformulación de las estructuras organizativas y de puestos de trabajo o cuando finalice el plazo contractual en caso de que no se hubieren implementado las referidas reestructuras. La Contaduría General de la Nación reasignará las partidas presupuestales que correspondan. En el caso del Inciso 09 “Ministerio de Turismo y Deporte” se incorporará además la partida prevista en el artículo 432 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Deróganse el artículo 185 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, el artículo 233 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, y el artículo 259 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Lo dispuesto en este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 6º.- Interprétase que por aplicación del artículo 56 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, deberán suprimirse todos los cargos vacantes, de los niveles de dirección y subdirección, de direc-
ción y subdirección de división, de jefatura y subjefatura de departamento, pertenecientes o asimilables al sistema escalafonario de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, cualquiera sea su denominación, procediéndose con los créditos de las vacantes suprimidas, conforme lo dispone el inciso segundo del citado artículo. El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Contaduría General de la Nación y la Oficina Nacional del Servicio Civil, determinará las vacantes comprendidas en el presente artículo. En oportunidad de aprobarse la reformulación de las reestructuras organizativas y de puestos de trabajo, así como la transformación o creación de cargos, al amparo del artículo 6º de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, no podrán crearse cargos de dirección, subdirección, jefatura, subjefatura o conducción del sistema escalafonario de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, o del Sistema Integrado de Retribuciones y Ocupaciones previsto en las Leyes Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Artículo 7º.- Sustitúyese el artículo 39 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 39.- En los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, los funcionarios que ocupen cargos presupuestados correspondientes al sistema escalafonario de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, podrán solicitar la transformación de sus cargos, en cargos de otro escalafón del mismo sistema, hasta la aprobación de la reestructura de los puestos de trabajo del Inciso. Los cambios no podrán solicitarse hacia los escalafones “J”, “K”, “L”, “M” y “N”, ni desde los escalafones “M”, “N”, “R” y “S” del sistema referido. Las transformaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos: A) Probar fehacientemente los créditos educativos y demás requisitos exigidos por los artículos 29 y siguientes de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y modificativas, así como los dispuestos en este artículo, para acceder al escalafón que se solicita. B) Acreditar haber desempeñado satisfactoriamente, a juicio del jerarca de la unidad ejecutora, las tareas propias del escalafón al que se pretende acceder, durante por lo
218
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
menos los dieciocho meses anteriores a la solicitud. Para ingresar a los escalafones “A” Personal Profesional Universitario y “B” Personal Técnico Profesional, los solicitantes deberán presentar los respectivos títulos o créditos habilitantes, expedidos por la Universidad de la República u otras universidades o institutos de formación terciaria habilitados por el Ministerio de Educación y Cultura, que expidan títulos o créditos equivalentes, o la Administración Nacional de Educación Pública, según corresponda. Para ingresar al escalafón “C” Personal Administrativo, los solicitantes deberán demostrar formación administrativa, a través de certificados de cursos de nivel medio expedidos por los Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico-Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública, o instituciones habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura. Para ingresar al escalafón “D” Personal Especializado, los solicitantes deberán certificar en forma fehaciente el haber adquirido el conocimiento de las técnicas que les permitan desarrollar las funciones propias del escalafón al que accederían. Para ingresar al escalafón “E” Personal de Oficios, los solicitantes deberán acreditar fehacientemente conocimientos y destreza en la ejecución de las labores del oficio que desempeñarían. Para ingresar a los escalafones “F” Personal de Servicios Auxiliares y “S” Personal Penitenciario, deberán poseer destrezas y habilidades para desarrollar las tareas definidas para los respectivos escalafones. El jerarca del Inciso deberá avalar que la transformación de cargo solicitada es necesaria para la gestión de la unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo, previo informe de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, transformará los cargos respectivos asignándoles el equivalente al último grado ocupado del escalafón, siempre y cuando no signifique costo presupuestal. Dicha transformación se financiará, de ser necesario, con cargo a los créditos autorizados en la unidad ejecutora correspondiente, en el grupo 0 “Servicios Personales”. En todos los casos, se mantendrá el nivel retributivo de los funcionarios. Efectuada la transformación, la diferencia que existiera entre la retribución del funcionario en el cargo anterior y la del cargo
al que accede será asignada como una compensación personal transitoria, que se irá absorbiendo en futuros ascensos. La misma llevará todos los aumentos que el Poder Ejecutivo disponga para los funcionarios de la Administración Central”. Artículo 8º.- Interprétase que las contrataciones de personal, que se realicen al amparo de los artículos 52, 55, 87, 106, 122, 129, 162, 174, 190, 192, 193, 278 inciso primero, 340, 366, 372, 390, 426, 432, 467, 498, 560, 581, 583, 585, 591, 600 y 623 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, cesarán cuando se aprueben las designaciones de los titulares de los puestos de trabajo resultantes de la reestructura del inciso o cuando finalice el plazo contractual, en caso de que no se hubieren completado las referidas reestructuras. Los créditos asignados para las contrataciones a que refiere el inciso anterior, serán considerados disponibles para la creación de cargos en la reformulación de las estructuras de puestos de trabajo, y serán reasignados por la Contaduría General de la Nación para su financiamiento al momento de proveerse los cargos que surjan de dicha reestructura. Artículo 9º.- Los contratos de arrendamientos de obra o de servicio que celebre la Administración Pública en aplicación de contratos de préstamo o de cooperación técnica con organismos internacionales, financiados, en todo o en parte por los mismos, se regirán por lo dispuesto en el presente artículo, sin perjuicio del procedimiento establecido en el artículo 486 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 523 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 (artículo 42 del TOCAF 1996). Las convocatorias o llamados a consultores deberán ser publicados en el portal del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil, durante todo el período de inscripción establecido en el llamado, sin perjuicio de la publicidad específica que de los mismos realice cada organismo. La persona seleccionada deberá cumplir con los siguientes requisitos: A) No ser funcionario público, excepto los docentes y el personal médico quienes podrán ser contratados siempre que no superen en conjunto las sesenta horas semanales, ni haya superposición en los horarios. B) Si no es funcionario público y posee un vínculo con el Estado, podrá celebrar contratos de arrendamiento de servicios o de obra, financia-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
219
dos por organismos internacionales, siempre que no superen en conjunto las sesenta horas semanales, ni haya superposición en los horarios. La persona contratada no podrá trabajar en el mismo inciso del proyecto y su contratación no podrá generar conflicto de intereses. C) Si la persona seleccionada percibe pasividad por haber sido funcionario público deberá suspender la percepción de la misma mientras dure la contratación. D) En ningún caso la persona seleccionada podrá poseer vínculos familiares con el coordinador del programa o con otra persona que tenga un contrato vigente dentro del mismo proyecto con una función superior o subordinada en la vía jerárquica a la del contrato a suscribir. Se entiende por tal, ser cónyuge, concubino o concubina o tener un vínculo de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad. Una vez suscriptos los contratos, el organismo deberá inscribirlos en el Registro de Vínculos con el Estado, creado por el artículo 13 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y en el caso de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional a través del Sistema de Gestión Humana. Artículo 10.- Quienes a la fecha de vigencia de la presente ley tengan contrato vigente al amparo de lo dispuesto por el artículo 288 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, continuarán en funciones hasta el cumplimiento del plazo contractual establecido en los respectivos contratos o en las correspondientes resoluciones de designación. Prohíbese la realización de nuevas contrataciones zafrales al amparo de la norma citada precedentemente. Artículo 11.- Modifícase el inciso séptimo del artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Habilítase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones correspondientes a los efectos de financiar las contrataciones que se crean por el presente artículo con las limitaciones establecidas en el literal A) del numeral 1) del artículo 72, sin perjuicio de las situaciones especiales autorizadas en otros artículos de la presente ley. Las reasignaciones tendrán vigencia por todo el período del contrato”. SECCIÓN III
ORDENAMIENTO FINANCIERO CAPÍTULO I COMPRAS ESTATALES Artículo 12.- Las disposiciones de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado deberán aplicarse de acuerdo con prácticas de transparencia, celeridad y eficiencia, en base a las normas vigentes y a las que se incorporan en el presente Capítulo. Artículo 13.- Sustitúyense los artículos 81 y 82 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por los siguientes: “ARTÍCULO 81.- Créase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, la “Agencia de Compras y Contrataciones del Estado” (ACCE o Agencia de Compras), como órgano desconcentrado, que funcionará con autonomía técnica y se comunicará con el Poder Ejecutivo a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. La Agencia de Compras tendrá como finalidad promover y proponer acciones tendientes a la mejora de la gestión y la transparencia de las compras y, en general, de las contrataciones del sector público. Tendrá un Consejo Directivo Honorario encargado de diseñar las líneas generales de acción, dirigir la Agencia de Compras y evaluar el desempeño y resultados obtenidos. Estará integrado por cinco miembros, uno de los cuales será el Presidente, a propuesta conjunta de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas; los cuatro restantes actuarán en representación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento y de las empresas públicas, siendo todos ellos designados por el Presidente de la República. El Consejo Directivo Honorario podrá proponer la integración de distintos Consejos Asesores Honorarios, cuya creación será resuelta por el Poder Ejecutivo. El objetivo de dichos Consejos será fortalecer capacidades en materia de compras, incorporando para ello el asesoramiento de actores relevantes en áreas específicas”. “ARTÍCULO 82.- La Agencia de Compras tendrá los siguientes cometidos: A) Asesorar al Poder Ejecutivo en la elaboración y seguimiento de políticas de compras
220
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
públicas y en los procesos de actualización de la normativa. B) Asesorar a los organismos dependientes del Poder Ejecutivo en materia de compras y contrataciones estatales y, mediante convenios, a los demás organismos públicos autónomos. C) Desarrollar y mantener el Registro Único de Proveedores del Estado al servicio de las administraciones públicas estatales y de las empresas proveedoras de los mismos. D) Desarrollar y aplicar catálogos comunes de bienes y servicios adecuados para el intercambio de información entre las administraciones públicas estatales. E) Realizar la más amplia difusión, preparación de materiales y capacitación en las normativas relativas a las contrataciones del Estado y a las mejores prácticas aplicables, propugnando la aplicación de criterios y procedimientos simples y uniformes que faciliten la tarea de compradores y proveedores. F) Desarrollar y mantener el sitio web de contrataciones estatales donde las administraciones públicas estatales publiquen la información referida a contrataciones de obras, bienes y servicios, de forma tal que constituya una herramienta de transparencia puesta a disposición de la ciudadanía. G) Desarrollar normas de calidad de productos y servicios, coordinando con organismos de normalización y certificación y con el Instituto Nacional de Calidad. H) Asesorar a las administraciones públicas estatales para mejorar su gestión de compras, proponer manuales de procedimientos, sugerir acciones que contribuyan a la eficiencia y eficacia de los procesos y realizar evaluaciones posteriores de las contrataciones. I) Asesorar a los proveedores en las mejores prácticas y los procedimientos y herramientas aplicables en los procesos de contratación. La Agencia de Compras podrá comunicarse directamente con todas las administraciones públicas estatales, los organismos públicos y las entidades privadas para el cumplimiento de sus cometidos”.
Artículo 14.- Sustitúyese el artículo 451 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 451.- Constituye materia de la presente ley de Contabilidad y Administración Financiera los hechos, actos u operaciones de los que se deriven transformaciones o variaciones en la Hacienda Pública. Quedan comprendidos en la misma, en carácter de Organismos de Administración-Financiero Patrimonial, sin perjuicio de las atribuciones y facultades, derechos y obligaciones que les asignen la Constitución de la República y las leyes: – Los Poderes del Estado. – El Tribunal de Cuentas. – La Corte Electoral. – El Tribunal de lo Contencioso Administrativo. – Los Gobiernos Departamentales. – Los entes autónomos y los servicios descentralizados. – En general todas las administraciones públicas estatales. Para los entes industriales o comerciales del estado, esta ley será de aplicación en tanto sus leyes orgánicas no prevean expresamente regímenes especiales”. Artículo 15.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 482 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 482.- Las contrataciones se realizarán mediante el procedimiento competitivo que mejor se adecue a su objeto y a los principios generales de la contratación administrativa, de acuerdo a lo previsto en esta ley y en sus reglamentaciones, correspondiendo la licitación pública en ausencia de disposición que autorice otro procedimiento”. Artículo 16.- Establécese que el monto máximo de la licitación abreviada y la compra directa previstas en los numerales 1) y 2) del artículo 482 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, será de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) y $ 250.000 (doscientos cincuenta mil pesos uruguayos), respectivamente.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
221
Artículo 17.- Sustitúyese, a partir de la promulgación de la presente ley, el literal Y) del numeral 3) del artículo 482 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987 (artículo 33 del TOCAF 1996), incorporado por el artículo 495 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Y) La contratación de bienes o servicios por parte de los organismos señalados en el artículo 451 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, cualquiera sea su modalidad, con asociaciones y fundaciones vinculadas a la Universidad de la República”. Artículo 18.- Se podrá aplicar el procedimiento de pregón o puja a la baja cuando de la contratación a realizar se deriven gastos de funcionamiento o de inversión para la administración y la misma tenga un objeto preciso, concreto y fácilmente determinable que permita establecer y uniformizar, en forma previa, sus requisitos básicos y esenciales así como los extremos que deberán acreditar y cumplir los eventuales oferentes. La adjudicación se realizará al postor que ofrezca un precio menor excepto que se haya previsto la adjudicación parcial a dos o más oferentes. El pregón o puja a la baja podrá realizarse en forma convencional o electrónica. El Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado, reglamentará este procedimiento. Artículo 19.- Se podrá aplicar el procedimiento de subasta o remate cuando de la contratación a realizar se deriven entradas o recursos para la Administración y la misma tenga un objeto preciso, concreto y fácilmente determinable. La adjudicación se realizará al mejor postor. Artículo 20.- Sustitúyese el artículo 483 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y el artículo 522 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 483.- El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado, previo dictamen del Tribunal de Cuentas, podrá autorizar regímenes y procedimientos de contratación especiales, basados en los principios generales de contratación administrativa, cuando las características del mercado o de los bienes o servicios lo hagan conveniente para la Administración. Las autorizaciones respectivas serán comunicadas a la Asamblea General.
Las restantes administraciones públicas estatales podrán aplicar los regímenes y procedimientos autorizados precedentemente”. Artículo 21.- El Poder Ejecutivo podrá crear regímenes centralizados de compras corporativas o convenios marco, para bienes, obras y servicios de uso común en las administraciones públicas estatales, basado en que: A) El objeto del contrato sea uniforme y claramente definido. B) Se realice un llamado público a proveedores. C) Haya acuerdo con un número mínimo, si es posible, de dos proveedores en precios, condiciones de compra y especificaciones de cada objeto de compra por un período de tiempo definido. D) Se publiquen los catálogos electrónicos de bienes y servicios comprendidos en convenios marco. E) Los ordenadores competentes de los organismos públicos tengan la posibilidad de compra directa por excepción, de los objetos y a las empresas comprendidas en el convenio, previa intervención del gasto. F) De corresponder, los precios estén escalonados según el volumen de compras que se realicen en el período, así como los costos de transporte y comunicación. Artículo 22.- El Poder Ejecutivo establecerá por vía reglamentaria las políticas, bases y lineamientos de los aspectos de sustentabilidad ambiental que deberán observarse en las contrataciones de bienes, obras y servicios con el objeto de optimizar y utilizar de forma sustentable los recursos para disminuir costos ambientales. Artículo 23.- Sustitúyense los artículos 513, 515 y 516 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por los siguientes: “ARTÍCULO 513.- En los casos de locación o arrendamiento de inmuebles deberá solicitarse informe previo de la Dirección Nacional de Catastro, o de la oficina técnica del organismo o de dos técnicos del mismo u otra dependencia pública de la localidad, con respecto al valor del arrendamiento a pagar o cobrar por el Estado. La determinación del monto del contrato a los efectos de esta ley se
222
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
hará teniendo en cuenta el importe anual del arrendamiento. Se podrá proceder en forma directa a la renovación de los contratos, previo informe técnico en cuanto a su valor. Cuando el monto anualizado del arrendamiento sea menor a $ 750.000 (setecientos cincuenta mil pesos uruguayos), se podrá prescindir de las publicaciones”. “ARTÍCULO 515.- Podrán permutarse bienes muebles o inmuebles cuando el valor de los mismos sea equivalente o existiendo una diferencia reducida, se compense la misma en bienes o en efectivo. En el caso de la permuta se aplicarán los procedimientos de contratación previstos en la normativa vigente”. “ARTÍCULO 516.- Las donaciones, de acuerdo con su monto, deberán ser aceptadas por el ordenador competente. El mismo deberá verificar la posibilidad y legalidad de las condiciones o modos que eventualmente se impongan en la donación, además de la conveniencia con respecto a los intereses del Estado. Exceptúanse las pequeñas donaciones de objetos o elementos cuyo justiprecio no exceda el límite de las contrataciones directas, las que podrán ser aceptadas por la autoridad de la oficina o servicio respectivo. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, en todos los casos en que el Estado o persona pública no estatal sea o haya sido gravada por un plazo, modo o condición establecida por voluntad testamentaria o por una donación onerosa, (artículos 947, 956 y 1615 del Código Civil), dicho gravamen podrá cumplirse en una forma razonablemente análoga a la prescrita por el testador o por el donante, siempre que lo autorizare el juzgado competente por motivos fundados de interés público, a petición del organismo beneficiario y con audiencia de quienes pudieren tener derecho a oponerse. La pretensión se tramitará en la forma establecida para el proceso extraordinario (artículos 346 y concordantes del Código General del Proceso). Lo previsto en este artículo se aplicará aún si el modo contiene cláusula resolutoria (artículo 958 del Código Civil). En los casos a que se refiere esta disposición, siempre que no se hubiere obtenido la autorización judicial prevista anteriormente, la acción para
exigir el cumplimiento del plazo, condición o modo caducará a los cuatro años de la apertura legal de la sucesión o de la fecha del contrato de donación. El Estado o cualquier otra persona pública estatal, podrán disponer por acto administrativo la venta de los inmuebles habidos por donación o legado sujetos a modo o condición, luego de transcurridos treinta años. En este caso el acto administrativo que disponga la enajenación del inmueble se notificará mediante tres publicaciones en dos diarios de circulación nacional a los efectos del debido conocimiento de los interesados”. Artículo 24.- Sustitúyese el artículo 484 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 484.- Los ordenadores de gastos adoptarán las medidas necesarias para contratar los suministros o servicios por grupos de artículos o servicios, de forma de facilitar la presentación del mayor número posible de oferentes. Las previsiones de necesidades de suministros, servicios y obras y las respectivas contrataciones deberán hacerse de la forma que mejor se adecue al objeto de estas últimas y a las necesidades y posibilidades de la Administración contratante. Los ordenadores, bajo su responsabilidad, podrán fraccionar las compras dejando expresa constancia de su fundamento y de su conveniencia para el servicio. Cuando el Tribunal de Cuentas observe reiteradamente el fraccionamiento, sin que se corrija tal situación, podrá suspender la facultad establecida en el inciso anterior a los ordenadores responsables y, de corresponder, a los organismos involucrados dando cuenta a la Asamblea General o a la Junta Departamental que corresponda”. Artículo 25.- Sustitúyese el artículo 485 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y por el artículo 402 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, por el siguiente: “ARTÍCULO 485.- Sin perjuicio de las excepciones establecidas en los artículos 482 y 486 de la presente ley, amplíase para los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado, comprendidos en el ar-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
223
tículo 221 de la Constitución de la República, a $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) el tope de licitación abreviada y a $ 750.000 (setecientos cincuenta mil pesos uruguayos) el tope de compra directa, siempre que tengan: A) Un buen sistema de gestión y de control interno en las áreas de contrataciones. B) Estén comunicados electrónicamente con el Registro Único de Proveedores. C) Publiquen todo lo relativo a sus contrataciones superiores al límite de su procedimiento de compra directa en el sitio web de contrataciones estatales contribuyendo a la transparencia de su sistema, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación, la que podrá modificar ese límite; las compras realizadas al amparo de la excepción establecida por el artículo 108 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, podrán clasificarse como reservadas por el organismo. Este régimen podrá ser suspendido por decisión fundada del Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado y previo dictamen del Tribunal de Cuentas, si evalúa que no se cumplen las condiciones precedentes, lo que deberá declarar expresamente en la resolución respectiva. El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado y previo dictamen del Tribunal de Cuentas, podrá autorizar este régimen, total o parcialmente, a otros organismos públicos que cumplan dichos requisitos y cuando sea conveniente para la buena administración. Cuando no exista acuerdo entre el Poder Ejecutivo y el Tribunal de Cuentas o no haya dictamen de éste luego de sesenta días de solicitado, la resolución del Poder Ejecutivo será remitida a conocimiento de la Asamblea General”. Artículo 26.- Sustitúyese el artículo 487 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 524 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 487.- Están capacitados para contratar con el Estado las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que teniendo el ejercicio de la capacidad jurídica que señala el derecho común, no estén comprendidas en alguna disposición que expresamente se lo impida o en los siguientes casos:
1) Ser funcionario público o mantener un vínculo laboral, dependiente de los organismos de la administración contratante, no siendo de recibo las ofertas presentadas a título personal, o por firmas, empresas o entidades con las cuales la persona esté vinculada por razones de dirección o dependencia. No obstante, en este último caso de dependencia, tratándose de personas que no tengan intervención en el proceso de la adquisición, podrá darse curso a las ofertas presentadas en las que se deje constancia de esa circunstancia. 2) Tener declaración judicial de concurso. 3) Estar suspendido o eliminado del Registro Único de Proveedores del Estado. 4) No estar inscripto en el Registro Único de Proveedores del Estado de acuerdo con lo que establezca la reglamentación. 5) Haber actuado como funcionario u otro vínculo laboral, asesor o consultor, en el asesoramiento o preparación de pliegos de bases y condiciones particulares u otros recaudos relacionados con la licitación o procedimiento de contratación administrativa de que se trate. 6) Carecer de habitualidad en el comercio o industria del ramo a que corresponde el contrato, salvo que por tratarse de empresas nuevas demuestren solvencia y responsabilidad”. Artículo 27.- Sustitúyese el artículo 488 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 488.- El Poder Ejecutivo, previo informe de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado y con la conformidad del Tribunal de Cuentas, podrá formular reglamentos o pliegos únicos de bases y condiciones generales para los contratos de: A) Suministros y servicios no personales. B) Obras públicas. Dichos pliegos deberán contener como mínimo: 1) Los requisitos de admisibilidad de las propuestas, los efectos de la falta de cumplimiento del contrato y, en particular, las penalidades por mora, causales de rescisión y la acción a ejercer con
224
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
respecto a las garantías y los perjuicios del incumplimiento, determinados con precisión y claridad. 2) Las condiciones económicoadministrativas del contrato y su ejecución. 3) Los derechos y garantías que asisten a los oferentes. 4) Toda otra condición o especificación que se estime necesaria o conveniente, o ambas cualidades, para asegurar la plena vigencia de los principios generales de la contratación administrativa. Dichos reglamentos o pliegos serán de uso obligatorio para todas las administraciones públicas estatales en las contrataciones que superen $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos) salvo en lo que no fuere conciliable con sus fines específicos, establecidos por la Constitución de la República o la ley”. Artículo 28.- Sustitúyese el artículo 489 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 489.- El pliego único de bases y condiciones generales será complementado con un pliego de bases y condiciones particulares para cada contratación. Dicho pliego deberá contener como mínimo: A) La descripción del objeto. B) Las condiciones especiales o técnicas requeridas. C) El o los principales factores que se tendrán en cuenta para evaluar las ofertas, así como la ponderación de cada uno a efectos de determinar la calificación asignada a cada oferta, en su caso. D) El o los tipos de moneda en que deberá cotizarse, el procedimiento de conversión en una sola moneda para la comparación de las ofertas y el momento en que se efectuará la conversión. E) Las clases y monto de las garantías, si corresponden. F) El modo de la provisión del objeto de la contratación.
G) Si se otorgan o no beneficios fiscales o de otra naturaleza y la determinación de los mismos. H) Toda otra especificación que contribuya a asegurar la claridad necesaria para los posibles oferentes. El ordenador interviniente determinará el precio del pliego particular o que no tenga costo. El pliego particular podrá establecer que la adjudicación se pueda dividir de determinada forma entre dos o más oferentes. Cuando el pliego particular no determine precisamente la cantidad a comprar, los oferentes podrán proponer precios distintos por cantidades diferentes de unidades que se adjudiquen. El pliego particular no podrá imponer al oferente ningún requisito que no esté directamente vinculado a la consideración del objeto de la contratación y a la evaluación de la oferta, reservándose sólo al oferente que resulte adjudicatario, la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que pudieran corresponder. Lo establecido precedentemente es sin perjuicio de las disposiciones sobre contenido de los pliegos a que refiere el artículo 8º de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, y a las disposiciones contractuales sobre comparación de ofertas contenidas en contratos de préstamo con organismos internacionales de los que la República forma parte”. Artículo 29.- Sustitúyense los artículos 491 y 492 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y modificativas, por los siguientes: “ARTÍCULO 491.- Para las licitaciones públicas y remates se deberá efectuar la publicación en el Diario Oficial y en el sitio web de contrataciones estatales, sin perjuicio de otros medios que se consideren convenientes para asegurar la publicidad del acto. La publicación deberá hacerse con no menos de quince días de anticipación a la fecha de apertura de la licitación, o con no menos de veinte días cuando se estime necesaria o conveniente la concurrencia de proponentes radicados en el exterior. Este término podrá ser reducido por el ordenador
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
225
competente en cada caso, cuando la urgencia o conveniencia así lo requiera, pero en ningún caso podrá ser inferior a cinco o diez días respectivamente. Los motivos de la excepción deberán constar en el acto administrativo que disponga el llamado. El inicio del cómputo de los plazos para realizar los llamados a licitación pública y remate se contará a partir del día hábil siguiente a la publicación realizada en el sitio web de contrataciones estatales. El plazo que se establezca para la presentación de ofertas debe ser apropiado para que los oferentes puedan preparar adecuadamente sus ofertas y solicitar precios en plaza o al exterior, sin perjuicio de la eventual urgencia o conveniencia del llamado que requiera establecer plazos menores”. “ARTÍCULO 492.- Cuando corresponda el procedimiento de licitación abreviada se deberá publicar la convocatoria, a través del Diario Oficial y en el sitio web de contrataciones estatales, sin perjuicio de otros medios que se estimen convenientes, debiendo realizarse la publicación en dicho sitio web como mínimo tres días antes de la apertura de ofertas. Este plazo podrá reducirse hasta cuarenta y ocho horas anteriores a la apertura, cuando la urgencia o conveniencia así lo requieran. Los motivos de la excepción deberán constar en el acto administrativo que disponga el llamado y deberá, en este caso, invitarse como mínimo a tres firmas del ramo, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe por lo menos con dos días de antelación a la apertura de la propuesta. Deberán aceptarse todas las ofertas presentadas por firmas no invitadas”. Artículo 30.- Es obligatoria la publicación por parte de los organismos estatales en el sitio web de contrataciones estatales de la información correspondiente a contrataciones de obras, bienes y servicios de todas las licitaciones y convocatorias a procedimientos competitivos que se realicen. La publicación de la convocatoria tendrá el alcance establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 15.869, de 22 de junio de 1987. Todas las administraciones públicas estatales deberán dar publicidad, en el mismo sitio del acto de adjudicación, declaración de desierta o de rechazo de ofertas, de todos sus procedimientos de contratación de monto superior al límite de su procedimiento de compra directa, incluidas las realizadas por mecanismos de excepción, así como a las ampliaciones y los
actos de reiteración de gastos observados por el Tribunal de Cuentas, en la forma que disponga la reglamentación. Estos organismos contarán para ello con un plazo de 10 (diez) días luego de producido el acto que se informa. La Agencia de Compras y Contrataciones del Estado podrá facilitar a las empresas interesadas la información de la convocatoria a licitaciones en forma electrónica y en tiempo real. Artículo 31.- Cuando se utilice el procedimiento de subasta o remate, deberá conferirse amplia publicidad al mismo y se efectuarán publicaciones en el sitio web de contrataciones estatales y en un diario de circulación nacional con una antelación no menor a quince días de la fecha fijada para la subasta. Cuando la subasta se realice en un departamento del interior del país, se efectuará dicha publicación en un diario de circulación del respectivo departamento. La subasta o remate podrá realizarse en forma convencional, electrónica o a través de las bolsas de valores en su caso. Artículo 32.- Cuando se utilice el procedimiento de pregón o puja a la baja, deberá conferirse amplia publicidad al mismo a través de la publicación en el sitio web de contrataciones estatales y otros medios idóneos de publicidad, con una antelación no menor a diez días de la fecha fijada para la puja. También podrá invitarse a firmas del ramo a que corresponda el contrato, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe por lo menos con cinco días de antelación a la puja, debiendo igualmente aceptarse la participación de firmas no invitadas. Artículo 33.- Sustitúyese el artículo 493 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 493.- Las publicaciones, cualquiera sea el medio a través del cual se realicen, deberán contener: 1) Administración pública estatal que formula el llamado. 2) Objeto del llamado y especificación sintética que permita su fácil interpretación por los posibles oferentes. 3) Lugar, fecha y hora de apertura. 4) Sitio web donde se publica el pliego de condiciones particulares, si corresponde”.
226
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Artículo 34.- Sustitúyese el artículo 496 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 496.- En los casos de adquisición o arrendamiento de inmuebles por parte del Estado, bastará una publicación en un diario de circulación nacional, la que podrá sustituirse por cualquier medio idóneo de publicidad”. Artículo 35.- Sustitúyense los artículos 502 y 503 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por los siguientes: “ARTÍCULO 502.- Los oferentes deberán presentar sus ofertas en las condiciones que se establezca en los pliegos respectivos, pudiendo agregar cualquier otra información complementaria pero sin omitir ninguna de las exigencias esenciales requeridas. Las ofertas deberán ajustarse razonablemente a la descripción del objeto requerido, teniendo en cuenta la complejidad técnica del mismo. Se considerará que las condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones particulares tienen carácter indicativo para la consecución del objeto del llamado. Si el pliego de condiciones particulares así lo autoriza, podrán presentarse modificaciones, alternativas o variantes, inclusive sin presentarse la propuesta básica. Las ofertas podrán presentarse personalmente contra recibo, en el lugar habilitado al efecto, o por correo, fax, en línea a través de los sitios web de compras estatales u otros medios remotos de comunicación electrónica según lo disponga el llamado, no siendo de recibo si no llegaren cumpliendo el plazo, lugar y medio establecido. En todos los casos será responsabilidad de la administración contratante el resguardo de las ofertas utilizando los procedimientos y tecnologías que aseguren la confidencialidad de la información de tal forma que sea inviolable hasta el momento fijado para su apertura”. “ARTÍCULO 503.- Los oferentes podrán garantizar el mantenimiento de su oferta mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza, por un valor fijo en moneda nacional o extranjera que la administración deberá determinar expresamente
en el pliego particular. Cada oferente podrá optar por no presentar garantía si ella no es obligatoria. En tal caso, el incumplimiento en el mantenimiento de su oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta, multa que será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado. Los adjudicatarios deberán garantizar el fiel cumplimiento del contrato mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza, por un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) de la adjudicación. Esta garantía se podrá acrecer con una retención de los sucesivos pagos lo que deberá estar establecido en el pliego particular. La Administración podrá establecer en dicho pliego el derecho de los adjudicatarios a optar por no presentar garantía. En tal caso, el incumplimiento del contrato se sancionará con una multa equivalente al 10% (diez por ciento) de la adjudicación, multa que será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la Administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado. La Administración podrá establecer en el pliego particular, para oferentes y adjudicatarios, garantías o montos diferentes a lo expresado precedentemente, determinar que sean obligatorias cuando la contratación lo justifique o exonerar de la presentación cuando ello le resulte conveniente. No se presentarán garantías de mantenimiento de ofertas cuando las mismas sean inferiores al tope de la licitación abreviada, ni garantías de fiel cumplimiento del contrato por aquellas inferiores al 40% (cuarenta por ciento) del tope de la licitación abreviada. Su incumplimiento se sancionará en la forma establecida anteriormente. Cuando no corresponda retener garantías, las mismas deberán ser devueltas en el menor plazo posible, sea de oficio o a pedido de la parte interesada”. Artículo 36.- El contrato se perfeccionará con la notificación al oferente del acto de adjudicación dictado por el ordenador competente, sin perjuicio que en los pliegos de bases y condiciones generales y particulares o en la resolución de adjudicación, se esta-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
227
blezca la forma escrita o requisitos de solemnidad a cumplir con posterioridad al dictado del mencionado acto o existan otras condiciones suspensivas que obsten a dicho perfeccionamiento. En todos los casos deberá haberse cumplido con lo establecido en el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República. Artículo 37.- La Administración podrá rescindir unilateralmente el contrato por incumplimiento total o parcial del adjudicatario, debiendo notificarlo de ello. No obstante, la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente por cualquiera de las causales previstas en la ley. La rescisión por incumplimiento del contratista, aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a la Administración y la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio del pago de la multa correspondiente. En caso de rescisión del contrato antes de iniciarse su ejecución material, el ordenador podrá efectuar la adjudicación al siguiente mejor oferente de ese procedimiento de compra, previa aceptación de éste. Artículo 38.- Sustitúyese el artículo 504 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y por el artículo 398 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, por el siguiente: “ARTÍCULO 504.- La apertura de las ofertas se hará en forma pública en el lugar, día y hora fijados en las publicaciones en presencia de los funcionarios que designe a tal efecto la administración pública licitante y de los oferentes o sus representantes que deseen asistir. Abierto el acto no podrá introducirse modificación alguna en las propuestas, pudiendo, no obstante, los presentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen. En dicho acto no se podrá rechazar la presentación de ninguna propuesta sin perjuicio de su invalidación posterior y se controlará si en las propuestas se ha adjuntado la garantía constituida, cuando ello correspondiera. Finalizado el acto se labrará acta circunstanciada que será firmada por los funcionarios actuantes y los oferentes que lo deseen hacer, quienes podrán dejar consignadas las constancias que estimen necesarias.
La admisión inicial de una propuesta no será obstáculo a su rechazo si se constataren luego defectos que violen los requisitos legales o aquellos sustanciales contenidos en el respectivo pliego. Se consideran apartamientos sustanciales aquellos que no pueden subsanarse sin alterar materialmente la igualdad de los oferentes. La Administración podrá otorgar a los proponentes un plazo máximo de dos días hábiles para salvar los defectos, carencias formales o errores evidentes o de escasa importancia; este plazo podrá ampliarse para el caso de proveedores del exterior y en tal caso se aplicará a todos los oferentes. El plazo antes mencionado no se otorgará cuando a juicio de la Administración se altere materialmente la igualdad de los oferentes, cuando existan defectos o errores habituales en un oferente determinado, o cuando se presuma la existencia de alguna maniobra destinada a obtener una ventaja indebida. La apertura de las licitaciones electrónicas se efectuará en forma automática y el acta se remitirá a la dirección electrónica de los oferentes, de acuerdo con lo establecido en la reglamentación. Los oferentes que así lo deseen podrán requerir a la Administración que le facilite copia o archivo electrónico de las ofertas presentadas para su análisis. El costo será de cargo del peticionario. En el contenido de las ofertas se considerarán informaciones confidenciales, siempre que sean entregadas en ese carácter (artículo 10 de la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008), la información de clientes, la que puede ser objeto de propiedad intelectual y aquellas de naturaleza similar de acuerdo con lo que establezcan los pliegos únicos o, en su caso, el pliego particular. No se consideran confidenciales los precios y las descripciones de bienes y servicios ofertados y las condiciones generales de la oferta. Examinada la admisibilidad de las ofertas, a los efectos de determinar la oferta más conveniente a los intereses de la administración pública y las necesidades del servicio, se tendrán en cuenta los factores de evaluación cuantitativos y cualitativos aplicables en cada caso, que deberán constar en el pliego de condiciones particulares. Se deberá: A) Prever razonablemente una ejecución efectiva y eficiente del contrato.
228
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
B) Obtener las mejores condiciones de contratación de acuerdo con las necesidades de la Administración. C) Juzgar los antecedentes de los oferentes y el contenido de las ofertas en base a los criterios objetivos que se determinen en los pliegos”. Artículo 39.- Sustitúyese el artículo 505 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y por el artículo 479 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, por el siguiente: “ARTÍCULO 505.- En cada administración pública estatal funcionarán una o varias Comisiones Asesoras de Adjudicaciones designadas por la autoridad superior de la misma, la que también designará entre los miembros de cada Comisión un responsable de su citación, facilitar su ágil funcionamiento y el cumplimiento de los plazos requeridos. La actuación de dichas Comisiones será preceptiva en los procedimientos de licitación de más de $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos), pudiendo el ordenador competente solicitar su dictamen en cualquier otro caso en que lo considere conveniente. Serán cometidos de las mismas informar fundadamente acerca de la admisibilidad y conveniencia de las ofertas, a cuyo efecto dispondrán de plazos máximos. El informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones deberá contener los fundamentos que respalden su juicio de admisibilidad y su opción por la oferta más conveniente, exponiendo las razones de la misma. A los efectos de producir su informe, la Comisión Asesora podrá: A) Solicitar a cualquier oferente las aclaraciones necesarias, no pudiendo pedir ni permitir que se modifique el contenido de la oferta. B) Recabar otros asesoramientos. Los organismos deberán establecer sus procedimientos internos de compras en los que se establecerán los plazos máximos para cada paso. Las actuaciones posteriores a la apertura de ofertas deberán tramitarse con agilidad y realizarse dentro de los plazos establecidos, lo que será supervisado por los encargados de las diferentes
unidades intervinientes y el responsable designado y remitirse a la consideración de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, cuando corresponda, dentro del plazo más breve posible, a efectos de que la misma proceda al estudio y evaluación de las ofertas. A requerimiento de los encargados o del miembro responsable, el ordenador competente, o quien tenga delegada tal atribución, podrá extender dichos plazos. Si se presentaren dos o más ofertas que reciban calificación similar o que tengan precio similar según sea el criterio de evaluación aplicado, la Comisión Asesora de Adjudicaciones, o el ordenador, en su caso, podrá invitar a los oferentes respectivos a mejorar sus ofertas, otorgándoles un plazo no menor a dos días para presentarlas. Se considerarán ofertas con calificación similar aquellas que no difieran en más de un 5% (cinco por ciento) de la mejor calificada conforme a los criterios cuantificados definidos en los pliegos de condiciones. Se considerarán ofertas con precio similar a aquellas que no difieran en más del 5% (cinco por ciento) del precio de la menor. Recibidas las ofertas mejoradas, se adjudicará al oferente que haya alcanzado la mejor evaluación. En caso de que, como resultado de la mejora de ofertas, dos ofertas o más resultaran iguales en valor, se podrá promover una puja a la baja de precios entre ellas en la oportunidad que determine la Administración, pudiendo la Administración, dividir la adjudicación entre dos o más oferentes o efectuar un sorteo. Si el pliego particular lo prevé en el caso de presentación de ofertas similares, se podrán entablar negociaciones reservadas y paralelas con los respectivos oferentes, a fin de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio. Si la Comisión Asesora o el ordenador, en su caso, considera que los precios de la o las ofertas recibidas son manifiestamente inconvenientes, podrá solicitar directamente, y negociar con cada oferente, mejoras en sus condiciones de precio, plazo o calidad. De lo actuado con relación a la negociación de cada oferta se labrará acta sucinta.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
229
La Comisión Asesora elevará su informe y recomendación, con todas las actuaciones, a consideración del ordenador competente”. Artículo 40.- Sustitúyese el artículo 506 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 526 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 506.- En todo procedimiento competitivo de contratación cuyo valor supere el cuádruple del monto máximo para la licitación abreviada correspondiente al organismo, una vez obtenido el pronunciamiento de la Comisión Asesora de Adjudicaciones y antes de la adjudicación o rechazo de las ofertas por apartamiento de las normas o condiciones preestablecidas, la Administración deberá dar vista del expediente a los oferentes. A tales efectos se pondrá el expediente de manifiesto por el término de cinco días, notificándose a los interesados en forma personal, telegrama colacionado, fax, correo electrónico u otro medio hábil de comunicación dentro de las veinticuatro horas de decretado el trámite aludido. Los oferentes podrán formular por escrito, dentro del plazo establecido en el inciso precedente, las consideraciones que les merezca el proceso cumplido hasta el momento y el dictamen o informe de la Comisión Asesora. No será necesario esperar el transcurso de dicho plazo si los interesados manifestaren que no tienen consideraciones que formular. Los escritos o impugnaciones que se formulen en esta etapa por los interesados serán considerados por la Administración como una petición de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 30 y 318 de la Constitución de la República a tener en cuenta al momento de dictar la resolución de adjudicación y respecto de la cual debe existir informe fundado. El interesado remitirá copia del escrito o impugnación presentada al Tribunal de Cuentas, disponiendo de un plazo de cuarenta y ocho horas a tales efectos”. Artículo 41.- Sustitúyese el artículo 507 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 507.- Recibido el informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones o de los servicios de compra y de la vista, en su caso, el ordenador competente dispondrá del plazo establecido en los procedimientos de contratación del organismo de-
ntro del cual deberá adjudicar, declarar desierta o rechazar todas las ofertas así como solicitar ampliación de información o seguir otros cursos de acción por razones de buena administración. El ordenador efectuará la adjudicación a la oferta más conveniente a los intereses de la Administración Pública y las necesidades del servicio, apreciando el dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones. En caso de apartarse del mismo, deberá dejarse expresa constancia de los fundamentos por los cuales se adopta resolución divergente. En los casos en que los pliegos fijen el cumplimiento de requisitos mínimos exigibles referidos, entre otros, a aspectos técnicos, económicos, financieros o comerciales y los oferentes cumplan con los mismos, se podrá adjudicar en base exclusivamente al factor precio u otro elemento cuantitativo establecido en el mismo”. Artículo 42.- Sustitúyese el artículo 658 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 658.- Facúltase al Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado, a establecer regímenes de actualización del precio de los contratos según su naturaleza, y un régimen de pago contado o el pago de intereses y recargos de mora para el caso de incumplimiento en el plazo de pago de las contrataciones estatales. El compromiso correspondiente se regirá por lo establecido en el inciso tercero del artículo 463 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, debiendo la Contaduría correspondiente efectuar las debidas previsiones. Los intereses de mora originados por incumplimiento del plazo de las contrataciones estatales solicitadas con la condición de precio contado establecido en esta Ley, serán abonadas con cargo al mismo rubro que los originó. Las demás administraciones públicas estatales podrán aplicar este régimen”. Artículo 43.- Sustitúyese el artículo 510 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 527 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 510.- Los actos administrativos dictados en los procedimientos de contratación podrán ser impugnados mediante la interposición de los recursos correspondientes en las condiciones y
230
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
términos preceptuados por las normas constitucionales y legales que regulan la materia. El plazo para recurrir se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación. El interesado remitirá copia, del escrito o impugnación presentada, al Tribunal de Cuentas, disponiendo de un plazo de cuarenta y ocho horas a tales efectos. Los recursos administrativos tendrán efecto suspensivo, salvo que la Administración actuante por resolución fundada declare que dicha suspensión afecta inaplazables necesidades del servicio o le causa graves perjuicios. Resuelto el recurso, se apreciarán las responsabilidades de los funcionarios actuantes y del propio recurrente. Si se comprobara que el recurrente hubiere actuado con mala fe, manifiesta falta de fundamento o malicia temeraria, previa vista, podrán aplicarse sanciones de suspensión o eliminación del Registro Único de Proveedores del Estado y del Registro del organismo, sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieran corresponder por reparación del daño causado a la Administración”. Artículo 44.- Sustitúyese el artículo 517 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 400 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, por el siguiente: “ARTÍCULO 517.- Las prestaciones objeto de los contratos podrán aumentarse o disminuirse, respetando sus condiciones y precios con adecuación de los plazos respectivos, hasta un máximo del 20% (veinte por ciento) o del 10% (diez por ciento) de su valor original en uno y otro caso, mediando resolución del ordenador competente. También podrán aumentarse o disminuirse en las proporciones que sean de interés para la Administración y que excedan de las antes indicadas, con acuerdo del adjudicatario, por resolución fundada del ordenador competente y en las mismas condiciones preestablecidas en materia de su aprobación. Los aumentos así acordados no podrán exceder el 100% (cien por ciento) del objeto o plazo, o ambos, de la contratación. Excepcionalmente y por razones fundadas de conveniencia para la Administración, el ordenador competente podrá solicitar la ampliación del objeto hasta un 100% (cien por ciento), porcentaje adicional al anterior, debiendo solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas la certificación de los extremos que habilitan la cau-
sal, en la forma que reglamente el Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado. Para el Poder Judicial, la Administración Nacional de Educación Pública, la Universidad de la República y las Intendencias esa certificación la realizará el Tribunal de Cuentas. Para ampliar un contrato no será aplicable el tope del procedimiento utilizado a efectos de la determinación del ordenador competente, debiendo disponerlo el competente de acuerdo al monto total adjudicado”. Artículo 45.- Sustitúyese el artículo 518 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 518.- Celebrado el contrato o encontrándose en ejecución sólo podrá aceptarse su cesión a otra firma a solicitud fundada del adjudicatario y siempre que la administración pública contratante lo consienta en forma escrita previa demostración de que el nuevo adjudicatario reúne o da las mismas seguridades de cumplimiento, registrándose el hecho en el Registro Único de Proveedores del Estado. Si se diera el caso de adjudicatarios que, por haber cedido su contrato en más de una oportunidad, hicieran presumir habitualidad en el procedimiento, se tomará en cuenta esa circunstancia a efectos de futuras contrataciones. En todos los casos el cesionario deberá probar que tiene capacidad para contratar con el Estado y que reúne los requisitos exigidos por esta u otras leyes para contratar con el mismo”. Artículo 46.- Sustitúyese el artículo 523 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 523.- La Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE) será responsable del funcionamiento del Registro Único de Proveedores del Estado. Sin perjuicio de ello los demás organismos podrán llevar sus propios Registros, complementarios del Registro Único, intercambiando con éste la información común en forma electrónica y en tiempo real. Los interesados en contratar con el Estado, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación, deberán inscribirse en dicho Registro Único excepto los que realicen contrataciones de monto inferior al límite fijado en la misma. Los proveedores
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
231
extranjeros no domiciliados en el país que se inscriban en Registros llevados por organismos contratantes que transfieran electrónicamente la inscripción al Registro Único de Proveedores del Estado, no requerirán inscripción especial en éste último. El Registro Único incorporará la información sobre sanciones a proveedores que resuelvan las administraciones públicas estatales una vez que se encuentren firmes, las que se considerarán como antecedentes de los mismos para futuras contrataciones que se realicen. Cada proveedor tendrá derecho a conocer la información que el Registro tenga sobre el mismo, ya sea en forma directa o en forma electrónica en tiempo real, sin más trámite que su identificación. En el caso de la suspensión o eliminación resuelta por un organismo, la ACCE podrá hacerla extensiva para todos los organismos contratantes, previa vista a los proveedores involucrados. Los hechos relevantes referidos al cumplimiento de contratos serán comunicados al Registro Único por parte de los funcionarios autorizados al efecto, sin agregar ninguna valoración subjetiva, de acuerdo con lo que determine la reglamentación. Todos los organismos públicos deberán verificar en el Registro Único la inscripción e información de los oferentes en sus procesos de contratación que superen el límite de compra directa en la forma que establezca la reglamentación. Los oferentes inscriptos en el Registro Único tendrán derecho a no presentar certificados o comprobantes de su inscripción en el mismo, siendo suficiente su declaración al respecto y estando la misma sujeta a las responsabilidades legales en caso de falsedad. Igualmente no será necesario presentar certificación o comprobantes de la información que sobre ellos conste, válida y vigente, en el Registro Único y que fuera presentada por los proveedores o incorporada al mismo a través de transferencia electrónica con otros Registros Públicos. La certificación de cumplimiento de las obligaciones legales vigentes para oferentes o adjudicatarios que se presenten al Registro Único serán válidas ante todos los organismos públicos mediante el intercambio de información por medios electrónicos en tiempo real”. Artículo 47.- Sustitúyese el artículo 508 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redac-
ción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 508.- Los ordenadores, asesores, funcionarios o quienes mantengan cualquier vínculo laboral, de los órganos competentes de la Administración Central deberán excusarse de intervenir en el proceso de contratación cuando la parte oferente o contratante esté ligada por razones de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad. En igual sentido deberán excusarse en caso de tener o haber tenido en los últimos doce meses con dicha parte alguna vinculación de índole profesional, laboral o empresarial”. Artículo 48.- Sustitúyese el artículo 524 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, con la modificación dada por el artículo 497 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, por el siguiente: “ARTÍCULO 524.- Las Administraciones Públicas Estatales deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, para ofertar y contratar obras, mientras no esté disponible su verificación en forma electrónica, la presentación de los siguientes certificados expedidos por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas: A) De inscripción, cuando el monto supere el límite de compra directa que tiene habilitado el organismo y no supere el tope máximo de la licitación abreviada. B) De inscripción y cuantificación de la capacidad, cuando el monto supere dicho tope”. Artículo 49.- Sustitúyese el numeral IV) del artículo 562 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 659 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “IV) Las intervenciones preventivas de gastos y pagos a cargo del Tribunal de Cuentas se entenderán tácitamente producidas luego de transcurridas cuarenta y ocho horas en aquellos casos cuyo monto sea hasta $ 250.000 (doscientos cincuenta mil pesos uruguayos) inclusive; cinco días hábiles, en los montos mayores a $ 250.000 (doscientos cincuenta mil pesos uruguayos) y menores de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) inclusive; en aquellos casos cuyo monto sea superior a $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) quince días hábiles, a contar de la recepción del asunto
232
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
sin que haya mediado pronunciamiento expreso. En caso de compras directas, amparadas en causales de excepción, el plazo será el que hubiere correspondido según el monto del contrato. En casos de especial complejidad o importancia, el plazo de la intervención previa del Tribunal de Cuentas podrá ser extendido por éste, hasta veinticinco días hábiles, debiendo comunicar al organismo interesado que hará uso de esta prórroga antes del vencimiento del plazo inicial. Dichos plazos podrán suspenderse por una sola vez, cuando se requiera ampliación de información. Respecto de los organismos comprendidos en el artículo 485 de la presente ley, el plazo para la intervención será de cinco días cuando el gasto no exceda de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) y de diez días hábiles cuando exceda de dicho monto y no supere $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos)”. Artículo 50.- Sustitúyese el artículo 476 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 476.- El Tribunal de Cuentas podrá disponer que se caratulen como de urgente consideración al comunicarse a la Asamblea General o, en su caso, a las Juntas Departamentales, aquellas resoluciones, con observaciones del Tribunal, reiteradas las primeras por el ordenador y mantenidas las segundas por el organismo de control, y en especial en aquellos casos que refieran a alguna de las siguientes situaciones: A) Contrataciones por procedimientos competitivos, de montos superiores a $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos), con violación de las normas vigentes y en las que haya habido recursos administrativos o denuncia fundada de irregularidades por parte de particulares. B) Contrataciones directas por razones de excepción, de montos superiores a $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos), con violación de las normas vigentes y en las que haya habido recursos administrativos o denuncia fundada de irregularidades por parte de particulares. C) Contratos de concesión, cuyo valor económico se considere superior a $ 7.500.000
(siete millones quinientos mil pesos uruguayos) por año, con violación de las normas vigentes y en las que haya habido recursos administrativos o denuncia fundada de irregularidades por parte de particulares. La Presidencia de la Asamblea General o de la Junta Departamental, en su caso, al recibir estas observaciones caratuladas de urgente consideración, podrá solicitar a la Junta de Transparencia y Ética Pública asesoramiento especializado sobre las mismas, actuando para ello con las más amplias facultades de auditoría e investigación, como auxiliar pericial del órgano legislativo, con autonomía técnica. En tal caso, la Junta deberá emitir un dictamen técnico en un plazo máximo de cuarenta días hábiles, salvo solicitud expresa de prórroga. El informe será remitido a la Asamblea General para su consideración y, de corresponder, al Poder Judicial. Las observaciones, al caratularse de urgente consideración, deberán ser publicadas de inmediato en el sitio web del Tribunal de Cuentas, en un apartado exclusivo. El Poder Ejecutivo deberá otorgar a la Junta de Transparencia y Ética Pública los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el cabal cumplimiento de este cometido”. Artículo 51.- Sustitúyese el numeral VI) del artículo 562 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 659, de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “VI) Los principios generales de actuación y contralor en materia de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado serán los siguientes: A) Flexibilidad. B) Publicidad, igualdad de los oferentes y concurrencia en los procedimientos competitivos para el llamado y la selección de las ofertas. C) Razonabilidad. D) Delegación. E) Ausencia de ritualismo. F) Materialidad frente al formalismo. G) Veracidad salvo prueba en contrario. H) Transparencia.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
233
I) Buena fe. Los principios antes mencionados servirán de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las disposiciones pertinentes”. Artículo 52.- Sustitúyese el artículo 586 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “ARTÍCULO 586.- Los montos establecidos en las presentes disposiciones serán ajustados durante el transcurso del mes anterior al inicio de cada año, de acuerdo con la variación del Índice de Precios del Consumo habida desde noviembre de 2010 hasta noviembre del año corriente, por parte del Instituto Nacional de Estadística, la que redondeará su monto a millares, lo publicará en su sitio web y lo comunicará a la Agencia de Compras y Contrataciones Estatales para su publicación en el sitio web de contrataciones estatales”. Para la determinación del monto de cada gasto se incluirá el Impuesto al Valor Agregado”. Artículo 53.- Sustitúyese el artículo 587 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 587.- Cuando se invoquen razones de urgencia o imprevistos de carácter excepcional deberán fundarse adecuadamente, y en el primer caso informar sobre la imposibilidad de la previsión en tiempo”. Artículo 54.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la actualización del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), dando cuenta a la Asamblea General. Artículo 55.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo, por intermedio de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado, la difusión del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF). Artículo 56.- Las normas referidas a la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado incluidas en este Capítulo entrarán en vigencia el primer día del mes siguiente al de la publicación en el Diario Oficial del Texto Ordenado, excepto las normas referidas al Registro Único de Proveedores del Estado, que entrarán en vigencia a partir de la puesta en marcha del mismo, fecha que será dispuesta en su reglamentación. CAPÍTULO II
OTRAS NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO Artículo 57.- Sustitúyese el artículo 36 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 36.- Los Incisos de la Administración Central que generen economías en la ejecución de los créditos asignados en los distintos programas presupuestales para gastos de funcionamiento, incluido suministros en las financiaciones 1.1 “Rentas Generales” y 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, podrán disponer en el ejercicio siguiente de hasta el 100% (cien por ciento) de las mismas para reforzar sus créditos de inversión, de acuerdo con lo que determine el Poder Ejecutivo. A estos efectos, antes del 31 de marzo de cada ejercicio, el jerarca del Inciso respectivo deberá justificar ante el Ministerio de Economía y Finanzas y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que las economías se obtuvieron habiendo dado cumplimiento a los objetivos de unidad ejecutora establecidos para dicho programa”. Artículo 58.- Los Incisos del Presupuesto Nacional que celebren contratos remunerados por desempeño con empresas de servicios energéticos registradas en el Ministerio de Industria, Energía y Minería, podrán disponer para el pago de los mismos, de hasta el 100% (cien por ciento) de los ahorros generados en el consumo del suministro objeto de contrato. Dichos ahorros efectivos podrán ser utilizados en el ejercicio en que se producen o en el ejercicio siguiente, hasta la finalización del pago del contrato celebrado, de acuerdo con la reglamentación que, con informe previo del Ministerio de Economía y Finanzas, dicte el Poder Ejecutivo. Artículo 59.- Sustitúyese el artículo 78 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 78.- El Poder Ejecutivo y los organismos del artículo 220 de la Constitución de la República, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán autorizar, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas, trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de funcionamiento y de inversión con igual denominación, financiados total o parcialmente con financiamiento externo. Para los proyectos de funcionamiento incluidos en la presente norma no regirán las limitaciones establecidas para trasposi-
234
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ciones y cambios de fuente de financiamiento de gastos de funcionamiento. De lo actuado se dará cuenta al Tribunal de Cuentas y a la Asamblea General”. Artículo 60.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas al pago de sentencias judiciales dictadas en países extranjeros contra el Estado Persona Pública Mayor, laudos arbitrales o transacciones a ser ejecutadas en el extranjero y que impliquen el pago de una cantidad de dinero líquida y exigible. Los letrados patrocinantes del Estado uruguayo en el exterior, deberán remitir testimonio autenticado y legalizado de la respectiva sentencia al Ministerio de Economía y Finanzas. El proceso del gasto, a partir de la recepción de la documentación referida, seguirá el procedimiento establecido en la normativa vigente para las sentencias dictadas en el país y se imputará con cargo al objeto del gasto 711 “Sentencias Judiciales”, de la unidad ejecutora 024 “Dirección General Secretaría – Ministerio de Economía y Finanzas”, del Inciso 24 “Diversos Créditos”. SECCIÓN IV INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Artículo 61.- Declárase que la partida creada por el artículo 50 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, podrá destinarse, además de a los fines indicados en dicho artículo, para la premiación de proyectos concursables de prevención y tratamiento de adicción a las drogas. Artículo 62.- El producido de la venta de los padrones Nos. 2911, 2912 y 2913 de la Primera Sección Judicial del departamento de Maldonado, Residencia Presidencial de Punta del Este, será destinado en un 100% (cien por ciento) al Proyecto de Inversión 950 “Plan Juntos”. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 63.- El personal del escalafón CO “Conducción” del Inciso 02 “Presidencia de la República”, podrá percibir las compensaciones previstas en la unidad ejecutora en que se desempeñe, siempre y cuando no supere la retribución máxima establecida de acuerdo con lo previsto en el artículo 34 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. La compensación autorizada en el inciso precedente se financiará con cargo al objeto del gasto
099.001 “Partida Proyectada”, de la unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”. Artículo 64.- Autorízase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, programa 481 “Políticas de Gobierno”, a suprimir y crear cargos, según el siguiente detalle: Cargos a suprimir: – Escalafón A: once cargos de Asesor VI, grado 11, y dos cargos de Asesor XIII, grado 04. – Escalafón B: un cargo de Técnico VI, grado 10. – Escalafón C: dos cargos de Administrativo V, grado 07, y un cargo de Administrativo IX, grado 03. – Escalafón E: un cargo de Oficial IV, grado 05. – Escalafón F: un cargo de Conserje III, grado 06. Cargos a crear: – Escalafón A: trece cargos de Asesor III, grado 12. – Escalafón B: un cargo de Técnico V, grado 11. – Escalafón C: dos cargos de Administrativo IV, grado 08. Artículo 65.- Reasígnase el crédito presupuestal del objeto del gasto 749 “Otras Partidas a Reaplicar”, del Proyecto de Funcionamiento 402 “Fortalecimiento Institucional del Estado”, del programa 481 “Política de Gobierno”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, del Inciso 24 “Diversos Créditos”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, por los montos de $ 1.773.551 (un millón setecientos setenta y tres mil quinientos cincuenta y un pesos uruguayos) para el ejercicio 2011 y de $ 18.866.790 (dieciocho millones ochocientos sesenta y seis mil setecientos noventa pesos uruguayos) para el ejercicio 2012 y siguientes, al objeto del gasto 095.002 “Fondos para Contratos Temporales de Derecho Público”, en el mismo proyecto, programa y unidad ejecutora, y con cargo a la misma financiación. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 66.- Reasígnase el crédito presupuestal del objeto del gasto 749 “Otras Partidas a Reaplicar”, del Proyecto de Funcionamiento 102 “Centros de Atención a la Ciudadanía en el Territorio”, del programa 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
235
locales”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, del Inciso 24 “Diversos Créditos”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los montos de $ 323.617 (trescientos veintitrés mil seiscientos diecisiete pesos uruguayos) para el ejercicio 2011 y de $ 1.294.468 (un millón doscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos uruguayos) para el ejercicio 2012 y siguientes, al objeto del gasto 095.002 “Fondos para Contratos Temporales de Derecho Público”, del mismo proyecto, programa, unidad ejecutora e igual financiación. Este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 67.- Agrégase al artículo 23 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, el siguiente inciso: “Los contratos a que refiere el inciso anterior, deberán ser comunicados con carácter previo a su suscripción, a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto”. Artículo 68.- Las partidas previstas en el artículo 107 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, correspondientes a los ejercicios 2012 a 2014, serán destinadas para financiar contratos temporales de derecho público, por la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional. Artículo 69.- Autorízase a la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional a integrar el Fondo de Cooperación Técnica Internacional, creado por el artículo 34 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, con recursos provenientes de entidades donantes, nacionales o internacionales. El Poder Ejecutivo reglamentará el uso de dicho Fondo. Artículo 70.- Habilítase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua”, una partida anual de $ 1.737.883 (un millón setecientos treinta y siete mil ochocientos ochenta y tres pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, en el objeto del gasto 057 “Becas de Trabajo y Pasantías”, a efectos de atender las contrataciones de becarios y pasantes. La Contaduría General de la Nación abatirá dicho monto del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada” de la unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
Artículo 71.- Autorízase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 482 “Regulación y Control”, unidad ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua” a reasignar créditos del grupo 0 “Servicios Personales”, para incrementar el objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público”, por un monto de $ 1.573.185 (un millón quinientos setenta y tres mil ciento ochenta y cinco pesos uruguayos), para financiar la contratación de los recursos humanos necesarios para el cumplimiento de lo establecido en el literal H) del artículo 117 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. A los efectos dispuestos en el inciso anterior, podrán eliminarse los cargos y funciones que no resulten necesarios para la unidad ejecutora, gestionándose ante la Contaduría General de la Nación las reasignaciones necesarias en los objetos de gasto del grupo 0 “Servicios Personales”. Lo dispuesto en este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 72.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 189 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), tramitará directamente ante la Presidencia de la República sus asuntos relativos a recursos humanos, financieros, contables u otros, que no refieran a aspectos técnicos específicos de las competencias de la URSEA, cuyos trámites continuarán la vía administrativa establecida en el artículo mencionado. Artículo 73.- Las tasas de “Verificación de Calderas de Vapor” y de “Inspección Anual de Calderas de Vapor”, creadas por los artículos 346 y 347 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, este último, en la redacción dada por el artículo 219 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, pasarán a calcularse en el equivalente a unidades indexadas, a partir de la fecha de vigencia de la presente ley. En caso de generarse atrasos en el pago de las tasas mencionadas, la deuda se convertirá a pesos uruguayos al vencimiento del plazo de pago, y sobre el monto resultante se aplicarán las multas y recargos establecidos en el régimen general del Código Tributario, hasta la fecha de su cancelación. Facúltase a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, a reglamentar, en base a criterios técnicos, la definición de superficie de calefacción, siendo ésta la base de cálculo de las tasas mencionadas.
236
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Artículo 74.- Cuando se comprobare la comisión de una infracción administrativa grave, por parte de los establecimientos o empresas por medio de los cuales se presta una actividad o se involucra un equipamiento sujeto a regulación y control de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), ésta quedará habilitada para promover ante la sede judicial competente, la clausura del establecimiento o empresa incurso en tal hipótesis, hasta el lapso de seis días hábiles. El período de clausura podrá ser de hasta quince días hábiles en caso de reincidencia, de acuerdo a los antecedentes administrativos que tuviere el establecimiento o empresa. La solicitud de clausura debe estar acompañada de los antecedentes administrativos que constaten la infracción, donde se haya cumplido con el debido procedimiento. La clausura debe decretarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, quedando la URSEA habilitada a disponerla si el Juez no se pronunciare dentro de dicho término. Si el Juez denegare posteriormente la clausura, ésta deberá levantarse de inmediato por el órgano regulador. Los recursos que se interpongan contra la resolución judicial que hiciere lugar a la clausura no tendrán efecto suspensivo. Para hacer cumplir dicha resolución, la URSEA podrá requerir el auxilio de la fuerza pública. La competencia de la sede judicial se determinará de acuerdo con las reglas contenidas en la Ley Orgánica de la Judicatura y Organización de los Tribunales, Nº 15.750, de 24 de junio de 1985. Artículo 75.- Facúltase al Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, a contratar encuestadores, para el relevamiento de datos de servicios especiales o de carácter extraordinario solicitados por organismos públicos o privados nacionales o internacionales, que lleve a cabo la misma, bajo el régimen de contrato laboral, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. Quienes desempeñen las funciones de encuestador percibirán sus retribuciones por encuesta, en función de la complejidad del respectivo formulario, el grado de dificultad previsto para la concreción de cada entrevista y la duración de la misma. El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, re-
glamentará las condiciones y los requisitos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en los incisos anteriores. Artículo 76.- Facúltase a la Oficina Nacional del Servicio Civil, a designar al personal docente de la Escuela Nacional de Administración Pública, para integrar los Tribunales de Concursos que se realicen a través del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Administración Central. La participación de dichos docentes se financiará a través del programa 343 “Formación y Capacitación”, objeto del gasto 051 “Dietas”, no pudiendo exceder el monto a percibir las diez horas docentes semanales mensuales, por cada Tribunal integrado. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo, con el previo y favorable asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Artículo 77.- Habilítase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 010 “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento”, una partida anual de $ 2.300.142 (dos millones trescientos mil ciento cuarenta y dos pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, en el objeto del gasto 057 “Becas de Trabajo y Pasantías y otras Retribuciones”, a efectos de atender las contrataciones de becarios y pasantes en la mencionada unidad ejecutora. Las contrataciones se financiarán con los créditos de dicha unidad ejecutora en el objeto del gasto 092 “Partidas Globales a Distribuir”. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 78.- Facúltase al Director Ejecutivo de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), a delegar su participación en los consejos ejecutivos de los órganos desconcentrados de la misma, por resolución fundada. El Director Ejecutivo de AGESIC podrá, en todo momento, revocar dicha delegación o reasumir personería. Artículo 79.- Sustitúyese el artículo 72 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por los artículos 54 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, y 118 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, con las modificaciones introducidas por el artículo 70 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y por el artículo 148 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente:
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
237
“ARTÍCULO 72.- Créase como órgano desconcentrado dentro del Inciso 02 “Presidencia de la República”, el programa 484 “Políticas de Gobierno Electrónico” y la unidad ejecutora 010 “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” que actuará con autonomía técnica. Tendrá un Consejo Directivo Honorario, encargado de diseñar las líneas generales de acción, evaluar el desempeño y resultados obtenidos. Estará integrado por cinco miembros, uno de los cuales será el Director Ejecutivo de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento, un representante de la Presidencia de la República y tres miembros designados por el Presidente de la República. Asimismo tendrá los siguientes Consejos Asesores Honorarios: A) Consejo para la Sociedad de la Información, integrado por los Rectores de la Universidad de la República y de las universidades privadas, el Presidente de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, el Presidente de la Administración Nacional de Educación Pública, el Ministro de Industria, Energía y Minería, el Ministro de Educación y Cultura, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Presidente de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y el Presidente de la Cámara Uruguaya de Tecnologías de la Información, o quienes ellos designen como representantes. B) Consejo Asesor de Empresas, integrado por cinco representantes de empresas nacionales o internacionales instaladas en el país, pertenecientes al sector de las tecnologías de la información y de la comunicación. Será requisito para integrar el Consejo acreditar experiencia a nivel internacional en ventas de servicios o productos vinculados al sector. C) Consejo Asesor de Informática Pública, compuesto por siete miembros nombrados anualmente por el Presidente de la República, a propuesta del Consejo Directivo Honorario, elegidos entre los jerarcas del sector Informática de los organismos estatales”.
Artículo 80.- Sustitúyese el artículo 160 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 160.- La Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento deberá ejercer todas las acciones necesarias para el cumplimiento de los fines y principios establecidos en los artículos 157 a 159 de la presente ley, y tendrá las siguientes potestades: A) Dictar y proponer las políticas, normas, estándares y procedimientos que deberán ser tenidos en cuenta por los organismos estatales y no estatales para garantizar la interoperabilidad. B) Crear el Registro de Acuerdos de Interoperabilidad. C) Asesorar en forma preceptiva al Poder Ejecutivo en la consideración de proyectos de ley o reglamentos que refieran total o parcialmente a lo dispuesto en lo referente a intercambio de información. D) Fiscalizar el cumplimiento de los extremos establecidos en los artículos 157 a 159 de la presente ley. E) Resolver todo caso de controversia entre el organismo emisor y receptor, adoptando resolución fundada y vinculante dentro de los cuarenta y cinco días corridos de conocida la posición de ambas partes. F) Apercibir directamente a los organismos estatales y no estatales que incumplan con lo establecido en los citados artículos”. Artículo 81.- Sustitúyese el artículo 276 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 276.- Créase en la órbita del Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 010 “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento”, el Proyecto “Sistema Nacional de Registro de Empresas”, que tendrá como cometido sustantivo gestionar la integración de la información identificatoria de las empresas del país. El Proyecto “Sistema Nacional de Registro de Empresas” contará con un Consejo Consultivo integrado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, por la Dirección General de Registros, por
238
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
la Dirección General Impositiva, por la Auditoría Interna de la Nación, por el Instituto Nacional de Estadística, por la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social, por el Banco de Previsión Social, por el Ministerio de Economía y Finanzas, por la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales y por el Banco de Seguros del Estado. Facúltase al Consejo Directivo Honorario de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento a modificar la integración del referido Consejo Consultivo. Los cometidos y obligaciones asumidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto relativos al Sistema Nacional de Registro de Empresas pasarán de pleno derecho a la unidad ejecutora 010 “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” en el Inciso 02 “Presidencia de la República”. Habilítase a la Contaduría General de la Nación, a realizar las transferencias de créditos presupuestales necesarias a efectos de dar cumplimiento a la presente norma”. INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Artículo 82.- Sustitúyese el artículo 165 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 165.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, a suprimir en las unidades ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, 004 “Comando General del Ejército”, 018 “Comando General de la Armada” y 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, cargos vacantes del escalafón “K” Militar, en el ejercicio 2010 hasta mil quinientos, en el ejercicio 2011 hasta dos mil quinientos, en el ejercicio 2012 hasta mil quinientos y en el ejercicio 2013 hasta un mil. Los créditos correspondientes a los cargos suprimidos serán destinados a financiar, a partir del ejercicio siguiente al de la supresión de las vacantes, un incremento adicional al previsto en el artículo 163 de la presente ley. El crédito de los cargos a suprimir deberá incluir los objetos del gasto 122.001 “Dif. Reintegro por concepto de Equipo Oficiales MDN A1 D497/97” y 234.002 “Dif. de Viáticos de MDN A2 D497/97″, el incremento dispues-
to por el artículo 163 citado, así como el aguinaldo y las cargas legales. El incremento financiado por la presente norma para el ejercicio 2011, se distribuirá como una partida equivalente que comprenda a todo el personal contemplado en el artículo 163 de la presente ley, en los grados de Soldado de 1ra. a Alférez y grados equivalentes. A partir del ejercicio 2012, los incrementos salariales deberán atender prioritariamente las jerarquías de Personal Superior, Aprendices y Cadetes. La distribución de dicho incremento para ese ejercicio y siguientes será establecida en las Rendiciones de Cuentas respectivas a partir de la correspondiente al ejercicio 2010. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos de los cargos suprimidos al amparo de la presente norma entre los objetos del gasto y unidades ejecutoras correspondientes. La reasignación de créditos tendrá carácter permanente en los objetos y unidades ejecutoras de destino”. Artículo 83.- Autorízase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, el pago de una compensación de acuerdo al siguiente detalle: 1) Para las jerarquías de Personal Superior y Subalterno, en los grados de Suboficial Mayor y Sargento 1ro. y equivalentes, del escalafón “K” militar y civiles equiparados a los grados militares correspondientes a dicho personal, excluido el personal de la unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas” comprendido en el artículo 103 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, de hasta un 22% (veintidós por ciento) sobre las retribuciones permanentes sujetas a montepío, descontando los aumentos dispuestos por el artículo 163 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, sin incluir los objetos del gasto 041.003 “Permanencia en el grado Esc. Militar” y 044.001 “Prima por antigüedad”, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 165 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. 2) Para Aprendices y Cadetes, en los porcentajes que se detallan, sobre el sueldo nominal de un Soldado de 1ra. descontando lo que perciben actualmente por remuneración salarial: Grados Porcentajes hasta
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
239
Grados Aprendiz y Cadete Aspirante Cadete 1er. año Cadete 2º año Cadete 3er. año
Porcentajes hasta 50% 70% 90% 100%
no afecte el servicio al que están destinados como oficiales. Dichos profesores e instructores, en los términos establecidos por los artículos 223 y 224 del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero de 1974, serán remunerados con cargo al crédito asignado al objeto del gasto 051.001 “Dietas” horas docentes de funcionarios Escalafón No Docente”. Artículo 85.- Sustitúyese el artículo 183 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 183.- Autorízase al Servicio Geográfico Militar a comercializar productos o servicios relativos a información geográfica, destinando los ingresos que obtenga por dicha actividad, a financiar los gastos de funcionamiento e inversión, necesarios para la producción de información geoespacial actualizada y para la instalación y conservación de las estaciones satelitales de referencia continua, señales geodésicas y topográficas de utilidad pública con fines de catastro, cartográficos, científicos, prospección e infraestructura civil y militar. Los precios serán fijados por el Poder Ejecutivo”. Artículo 86.- Increméntase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 421 “Sistema de Información Territorial”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, el crédito presupuestal del Proyecto 858 “Equipamiento del Servicio Geográfico Militar”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 300.000 (trescientos mil pesos uruguayos), disminuyéndose el mismo importe de los créditos de funcionamiento de la unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, con destino a la actualización y conservación del sistema cartográfico nacional, completando la asignación de la partida anual de $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos) otorgados por el artículo 97 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Artículo 87.- Modifícase el artículo 83 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, en la redacción dada por el artículo 162 del Decreto-Ley Nº 14.189, de 30 de abril de 1974, y modificada por el artículo 102 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y modificada por el artículo 164 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 83.- Asígnase una partida anual de hasta $ 7.362.013 (siete millones trescientos sesenta y dos mil trece pesos uruguayos) en la unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada” y de $ 481.812 (cuatrocientos ochenta y un mil
La Contaduría General de la Nación, con la finalidad de financiar el aumento previsto en este artículo, habilitará en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, un objeto de gasto específico para dicha compensación que se financiará con los créditos correspondientes a las vacantes que se supriman en el ejercicio 2011 y con la reasignación de un monto de $ 79.949.244 (setenta y nueve millones novecientos cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y cuatro pesos uruguayos) del objeto del gasto 051.001 “Horas docentes de funcionarios Escalafón No Docente”, creado por el artículo 181 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y el monto correspondiente a aguinaldo y cargas legales, de las unidades ejecutoras 004 “Comando General del Ejército”, 018 “Comando General de la Armada” y 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”. La Dirección General de Secretaría procederá a redistribuir la partida reasignada entre las unidades ejecutoras que correspondan. La compensación creada en este artículo, estará sujeta a montepío, no será objeto de recálculo y percibirá exclusivamente los incrementos salariales de carácter general que determine el Poder Ejecutivo para los funcionarios públicos de la Administración Central, no pudiendo ser utilizada como base de cálculo de ninguna otra retribución que se fije en base a porcentajes. Artículo 84.- Establécese que las actividades de instrucción y formación esenciales y necesarias para desarrollar las capacidades militares del Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aérea serán ejercidas por instructores militares, en la medida que dicha actividad no afecte el servicio al que están destinados dichos instructores. Los profesores podrán ser civiles o militares y podrán ser designados aquellos que mediante concurso público y abierto resulten habilitados a tales efectos. Los militares que sean designados profesores, podrán ejercer la docencia en la medida que dicha actividad
240
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ochocientos doce pesos uruguayos) en la unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército” para otorgar un adicional de $ 195,68 (ciento noventa y cinco pesos uruguayos con sesenta y ocho centésimos) diarios para el Personal Superior y $ 152,91 (ciento cincuenta y dos pesos uruguayos con noventa y un centésimos) diarios para el Personal Subalterno, al personal que se indica a continuación: 1) Personal de las Fuerzas Armadas cumpliendo funciones de Represión de Contrabando en lugares aislados y alejados de centros poblados. 2) Personal del Servicio Geográfico Militar del programa 420 “Información Oficial y Documentos de Interés Público” del Ejército (Estudios Geográficos), por el cumplimiento de misiones de relevamientos cartográficos de la República, por los días pasados en trabajos de campo. 3) Personal de la Armada Nacional del programa 380 “Gestión Ambiental y Ordenación del Territorio”, por los días pasados en trabajos de campo o embarcados, realizando levantamientos hidrográficos en las aguas de jurisdicción o interés de la República con el objetivo principal de mantener actualizadas las Cartas y Publicaciones Náuticas del Servicio de Oceanografía, Hidrografía y Meteorología de la Armada. 4) Personal de la Armada Nacional del programa 380 “Gestión Ambiental y Ordenación del Territorio”, por los días pasados en trabajos de campo o embarcados en tareas de balizamiento para el Servicio de Iluminación y Balizamiento de la Armada (SERBA) y personal del SERBA desempeñando funciones en faros. 5) Personal del Servicio de Electrónica de la Armada, del programa 380 “Gestión Ambiental y Ordenación del Territorio”, cumpliendo tareas de instalación y mantenimiento del Sistema de Cadena de Radares, Micro-Ondas y Comunicaciones, por los días que permanezca fuera del Departamento de Montevideo. La partida asignada para atender esta compensación no podrá superar el monto del crédito asignado al objeto del gasto 042.024 “Adicional 30% desempeño funciones expresamente detalladas” al 1º de enero de 2011.
La partida se ajustará en oportunidad y porcentaje igual a lo que se disponga para la Administración Central”. Artículo 88.- Sustitúyese el artículo 59 de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946, “Ley Orgánica de la Armada”, por el siguiente: “ARTÍCULO 59.- Aquellos oficiales que estén en condiciones de ascenso a los grados de Teniente de Navío y Capitán de Corbeta, podrán ascender utilizando las vacantes existentes en otros cuerpos. De generarse nuevamente la vacante deberá ser restituida a su cuerpo de origen”. Artículo 89.- Sustitúyese el literal D) del artículo 20 de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946, en la redacción dada por el Decreto-Ley Nº 14.956, de 16 de noviembre de 1979, por el siguiente: “D) Cuerpo auxiliar integrado por Técnicos que posean título universitario expedido, reconocido o revalidado por la Universidad de la República, o título registrado en el Ministerio de Educación y Cultura, o expedido por Instituciones Públicas autorizadas a expedir títulos de dicho carácter”. Artículo 90.- Autorízase a la unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada” al cobro de un tique por concepto de visita a los faros, dependientes del Servicio de Balizamiento. La recaudación se destinará a gastos de funcionamiento e inversiones. Los precios serán fijados por el Poder Ejecutivo. Artículo 91.- Autorízase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, programa 300 “Defensa Nacional”, la supresión y creación de los siguientes cargos presupuestados del escalafón “K” Personal Militar: Cargos a eliminar: – 2 Teniente Coronel (Mantenimiento). – 1 Teniente Coronel (Meteorología). – 3 Mayor (Comunicaciones y Electrónica). – 5 Capitán (Sanidad Aeroespacial). Cargos a crear: – 2 Teniente Coronel (Navegante). – 4 Mayor (Navegante). – 4 Capitán (Navegante). Artículo 92.- Increméntase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 033 “Di-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
241
rección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas” en hasta $ 154.000.000 (ciento cincuenta y cuatro millones de pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, la partida asignada por artículo 103 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Disminúyese en igual monto, los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento e inversiones en la Financiación 1.1 “Rentas Generales” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, con excepción de los asignados a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas y de los objetos del gasto 111.000 “Alimentación”, 122.001 “Dif. Reintegro por concepto de Equipo de Oficiales” y 234.002 “Dif. de Viáticos de MDN”. Inclúyese a los auxiliares de enfermería en la nómina establecida en el inciso primero del citado artículo 103, como beneficiarios de la compensación autorizada en la misma. Las modificaciones presupuestales a realizarse al amparo de la presente norma serán comunicadas por el Ministerio de Defensa Nacional a la Contaduría General de la Nación, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General, en un plazo de treinta días de promulgada la presente ley. Artículo 93.- La contribución que cada beneficiario -activo o pasivo- realiza a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, debe liquidarse sobre el total de las retribuciones nominales sujetas a montepío que perciba, tomando como base de cálculo su equivalente en Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) que fija el Poder Ejecutivo y en función de los porcentajes que se detallan a continuación: – De 0 a 2,5 BPC: 1% (uno por ciento). – De 2,5 a 5 BPC: 2,5% (dos con cinco por ciento). – Más de 5 BPC: 4% (cuatro por ciento). El monto que cada beneficiario aporta comprende a todo su núcleo familiar y es preceptivo en todas las situaciones con la excepción de los funcionarios civiles y el personal militar extranjero, en cuyos casos se deberá solicitar la asistencia de manera específica. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo estableciendo –en especial- los beneficiarios de dicho sistema de salud, núcleo familiar comprendido y el procedimiento de aportes del personal militar extranjero. El Poder Ejecutivo fijará asimismo los montos a abonarse por medicamentos que se suministren y es-
tudios médicos que se realicen a través de la institución mencionada. Artículo 94.- Deróganse los artículos 1º, 2º, 4º y 6º del Decreto-Ley Nº 15.675, de 16 de noviembre de 1984. Artículo 95.- Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar los bienes inmuebles de propiedad del Estado del Ministerio de Defensa Nacional ubicados en el país o en el extranjero que sean considerados prescindibles para el cumplimiento de sus cometidos sustantivos. Las enajenaciones de los bienes ubicados en el extranjero se realizarán en forma directa al amparo de lo dispuesto en el artículo 482 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987 (literal G), numeral 3), del artículo 33 del TOCAF 1996). El Poder Ejecutivo individualizará y declarará prescindibles los bienes a enajenarse, e indicará el destino de los recursos obtenidos dentro de las distintas unidades ejecutoras del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, comunicando en cada oportunidad a la Asamblea General. Artículo 96.- Transfórmase en la unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, dentro del escalafón “K” Personal Militar, 167 cargos ocupados de Soldado de Primera del Subescalafón de Servicios en 99 cargos ocupados de Soldado de Primera del Subescalafón Especializado B y en 68 cargos ocupados de Soldado de Primera del Subescalafón Administrativo, de acuerdo a los requisitos técnicos exigidos para cada Subescalafón. Artículo 97.- Sustitúyese el artículo 94 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 94.- Asígnase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas”, programa 443 “Ciencia y Tecnología de la Salud” una partida de $ 1.093.000 (un millón noventa y tres mil pesos uruguayos), Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a financiar los gastos de funcionamiento del “Banco de Tumores”. Créase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas”, programa 443 “Ciencia y Tecnología de la Salud” el Pro-
242
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
yecto de Inversión 772 “Banco de Tumores”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con un crédito anual de $ 200.000 (doscientos mil pesos uruguayos)”. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 98.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 16.720, de 13 de octubre de 1995, en la redacción dada por el artículo 187 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- Facúltase a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas a abonar al personal médico, técnico y auxiliar al mismo, que actúe en forma directa en la prestación de exámenes médicos y servicios asistenciales a terceros no usuarios de dicha Dirección Nacional, fuera de sus horarios normales de trabajo, una compensación por acto técnico realizado. El total del importe destinado al pago de dicha compensación será desde un 25% (veinticinco por ciento) y hasta un 50% (cincuenta por ciento) del total de lo recaudado por la prestación de servicios a terceros no usuarios, según lo determine la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo, y será distribuido entre el personal mencionado, en la forma que determine la citada Dirección Nacional. Esta compensación no se computará a los efectos de la determinación del tope establecido en el artículo 105 de la llamada Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983”. Artículo 99.- Autorízase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, programa 300 “Defensa Nacional”, la supresión y creación de los siguientes cargos presupuestados del escalafón “K” Personal Militar: Cargos a suprimir: – 10 Mayor (Administración y Abastecimiento). – 3 Mayor (Mantenimiento). – 2 Mayor (Meteorología). – 2 Mayor (Sanidad Aeroespacial). Cargos a crear: – 4 Coronel (Seguridad Terrestre). – 2 Coronel (Administración y Abastecimiento). – 3 Coronel (Comunicaciones y Electrónica). – 2 Coronel (Mantenimiento).
Artículo 100.- Sustitúyese el artículo 53 del Decreto-Ley Nº 14.747, de 28 de diciembre de 1977, por el siguiente: “ARTÍCULO 53.- Ampliando lo establecido en el artículo 143 del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero de 1974, se establecen los tiempos mínimos de antigüedad computable para el ascenso en los grados siguientes: A) Como Cadete-Alumno de la Escuela Militar de Aeronáutica: el que fije el plan de estudios del referido instituto. B) Oficiales del Cuerpo de Comando (escalafones A, B, C, D, E, F y G): Alférez 2 años. Teniente Segundo 3 años. Teniente Primero 4 años. Capitán 4 años. Mayor 4 años. Teniente Coronel 4 años. Coronel 5 años”.
Artículo 101.- Transfórmase en la unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, los cargos que a continuación se detallan: Dentro del escalafón “A” Técnico Profesional: – 20 cargos de Subjefe de Sección, grado 9, Serie Odontólogo en 20 cargos de Asesor, grado 9, Serie Médico. Dentro del escalafón “D” Especializado: – 2 cargos de Especialista IX, grado 4, Serie Analista de Organización y Métodos en 2 cargos de Especialista IX, grado 4, Serie Procesamiento de Datos. – 1 cargo de Especialista X, grado 3, Serie Analista de Organización y Métodos en 1 cargo de Especialista X, grado 3, Serie Procesamiento de Datos. Artículo 102.- Facúltase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutirca”, a abonar a los funcionarios que desempeñen tareas en la propia unidad ejecutora una compensación, de acuerdo con la reglamentación que apruebe el Poder Ejecutivo, hasta la aprobación de la reestructura administrativa y de puestos de trabajo.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
243
Quedan excluidos aquellos funcionarios que cumplen tareas de control de tránsito aéreo de la misma unidad ejecutora cuya actividad fue compensada por el artículo 193 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. La partida destinada a financiar la compensación será de hasta $ 42.183.413 (cuarenta y dos millones ciento ochenta y tres mil cuatrocientos trece pesos uruguayos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales. La compensación se financiará con la reasignación desde los objetos del gasto 042.102 “Compensación A4 L17904”, 047.002 “Equipar. Salarial Simil. Responsab. Reforma Estado A.726 L.16736” y 048.012 “Comp. del 5,3%-personal esc. K y Equip. – L.16.333 A.2” y sus correspondientes aguinaldo y cargas legales, con financiación 1.1 “Rentas Generales”, así como con la partida asignada al amparo de lo dispuesto por el artículo 347 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. La Contaduría General de la Nación habilitará un objeto del gasto específico, en la categoría “Compensación Especial” según lo previsto en el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. Artículo 103.- Las personas contratadas como eventuales al amparo del artículo 21 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, en la redacción dada por los artículos 108 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, 103 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y 184 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, para desempeñarse en el Servicio de Construcciones, Reparaciones y Armamento, y cuyos contratos continúen vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, podrán ser contratadas bajo la modalidad del Contrato Temporal de Derecho Público, prevista en el artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, previa conformidad del Jerarca del inciso contratante y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, debiendo cesar indefectiblemente cuando se haya implementado el proceso de reformulación de las estructuras organizativas y de puestos de trabajo o cuando finalice el plazo contractual en caso de que no se hubieren implementado las referidas reestructuras. La Contaduría General de la Nación reasignará las partidas presupuestales que correspondan. Derógase la modalidad contractual establecida en el artículo 21 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviem-
bre de 1988, en la redacción dada por los artículos 108 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, 103 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y 184 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Lo dispuesto en este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 104.- Créase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica” una compensación especial con cargo a Rentas Generales, para quienes presten funciones en los servicios aeronáuticos y aeroportuarios, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo. La compensación, el aguinaldo y las cargas legales correspondientes, se financiarán con la disminución del crédito presupuestal con financiación 1.2 “Recursos de Afectación Especial” de los siguientes objetos del gasto: 031 “Retribuciones zafrales y temporales” $ 147.362 (ciento cuarenta y siete mil trescientos sesenta y dos pesos uruguayos), 042.053 “Compensación funcionarios DGIA a cuenta de lo establecido en inc. 4, Art. 106, Ley 17.296” $ 542.113 (quinientos cuarenta y dos mil ciento trece pesos uruguayos), 048.009 “Aumento de sueldo partida Dec. 203/92” $ 7.686 (siete mil seiscientos ochenta y seis pesos uruguayos), 048.015 “Aumento MDN Art. 2, y MI Art. 3, Ley 17.269” $ 22.076 (veintidos mil setenta y seis pesos uruguayos), 048.017 “Aumento salarial a partir del 1/05/03 Dec. 191/003” $ 9.662 (nueve mil seiscientos sesenta y dos pesos uruguayos), 048.023 “Recuperación salarial inc. 2 al 27, Art. 454, Ley 17.930” $ 6.786 (seis mil setecientos ochenta y seis pesos uruguayos), 048.026 “Recuperación salarial enero/2007 Art. 454, Ley 17.930” $ 6.868 (seis mil ochocientos sesenta y ocho pesos uruguayos) y 099 “Otras retribuciones” $ 7.352.619 (siete millones trescientos cincuenta y dos mil seiscientos diecinueve pesos uruguayos). La Contaduría General de la Nación habilitará un objeto del gasto específico para hacer efectiva la compensación que se crea. INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR Artículo 105.- Suprímense en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, en las unidades ejecutoras y programas, los cargos que se detallan en la siguiente tabla:
244
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Unidad Ejecutora 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 002 004 004 004 004 004 004 004 006 007
Profesión/ Programa Grado Denominación Cantidad Subescalafón Especialidad 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 1 9 10 9 8 6 2 1 2 1 17 16 1 5 5 4 4 3 3 2 1 1 Agente de Se6 gunda Subcomisario Comisario Subcomisario Oficial pal Princi2 1 1 1 Ejecutivo Ejecutivo Técnico Técnico Técnico Técnico Especializado Especializado Servicios Servicios CO 3 “Alta Conducción” CO 2 “Conducción” Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Asistente Social Especialidades Varias Especialidades Varias Escribano
Oficial Sub2 ayudante Agente Primera de 14
Agente de Se11 gunda Agente Primera de 1
Agente de Se5 gunda CO “Conduc5 ción” CO “Conduc1 ción” Agente de Se2 gunda Sargento mero Sargento mero Sargento Sargento Cabo Cabo Agentes Primera de PriPri1 6 4 4 4 4 9
Agente de Se2 gunda Agente de Se- 1
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
245
Unidad Ejecutora
Profesión/ Programa Grado Denominación gunda Cantidad Subescalafón Especialidad
008 010 011 011 014 015 018 018 019 021 022 026 026 026
460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 461 461 461
1 2 2 1 1 1 3 4 1 2 2 1 9 8
Agente de Se1 gunda Agente Primera Agente Primera de de 1 1
Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Ejecutivo Técnico Técnico Jefe Servicio Otorrinolaringología Jefe Servicio Radiología Licenciado en Archivos Médicos
Agente de Se1 gunda Agente de Se1 gunda Agente de Se2 gunda Cabo Sargento 1 1
Agente de Se2 gunda Agente Primera Agente Primera de de 2 2
Agente de Se15 gunda Subcomisario Oficial pal Oficial pal Princi1 1
026
461
8
Princi-
1
Técnico
026
461
6
Oficial Sub1 ayudante Oficial Sub3 ayudante Oficial Sub1 ayudante Agente de Se14 gunda Agente de 1
Técnico
026 026 026 026
461 461 461 461
6 6 1 2
Técnico Técnico Administrativo Administrativo Psiquiatría
246
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Unidad Ejecutora
Profesión/ Programa Grado Denominación Primera Cantidad Subescalafón Especialidad
026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026
461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461
3 4 5 1 3 7 6 5 5 5 5 5 5 5 5 5 4 4 4 4 4 4 4
Cabo Sargento Sargento mero Pri-
6 4 4
Administrativo Administrativo Administrativo Servicios Servicios Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Especializado Plomero Maestro Enfermero Albañil Electricista Sanitario Herrero Analista gramador Cerrajero Maestro Albañil Maestro de Herrería Maestro Electricista Maestro Sanitario Técnico Electricista Maestro Pro-
Agente de Se1 gunda Cabo Oficial dante Ayu3 1
Oficial Sub1 ayudante Sargento mero Sargento mero Sargento mero Sargento mero Sargento mero Sargento mero Sargento mero Sargento mero Sargento mero Sargento Sargento Sargento Sargento Sargento Sargento Sargento PriPriPriPriPriPriPriPriPri1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
247
Unidad Ejecutora 026 026 028
Profesión/ Programa 461 461 460 Grado 3 3 6 Denominación Cabo Cabo Cantidad 5 1 Subescalafón Especialidad Especializado Especializado Ejecutivo Maestro
Oficial Sub1 ayudante
Artículo 106.- Suprímense en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, en las unidades ejecutoras y programas, las siguientes funciones de contratados policiales y civiles:
Unidad Ejecu tora
Prog.
Grado del Cargo
Denominación del Cargo
Contrato Policial (CP) Contrato Civil (CC) CC CC CC
Profesión/ Cant Subescalafón Especialidad
001 001 001
460 460 460
5 4 1
Sargento mero Sargento
Pri-
2 2 2
Administrativo Administrativo Administrativo
Agente de Segunda Oficial Subayudante Oficial Subayudante Sargento Cabo Inspector Mayor CO “Conducción” CO “Conducción” Oficial Subayudante Oficial Subayudante Oficial Sub-
001
460
6
CP
1
Especializado
Maestro Técnico
001 001 001 001
460 460 460 460
6 4 3 12
CP CC CC CP
1 1 1 1
Especializado Paramédico Especializado Especializado Técnico CO·3 “Alta Conducción” CO·3 “Alta Conducción” CO·3 “Alta Conducción” Lic. Ciencias Humanas o Sociales Médico Sicólogo
001
460
18
2
001
460
19
1
001
460
20
1
025
402
6
CP
1
Técnico
026
461
6
CP
4
Técnico
248
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Unidad Ejecu tora
Prog.
Grado del Cargo
Denominación del Cargo
Contrato Policial (CP) Contrato Civil (CC)
Profesión/ Cant Subescalafón Especialidad
ayudante
026
461
6
Oficial Subayudante
CP
1
Técnico
Psiquiatra
026
461
1
Agente de Segunda
CP
1
Especializado
Maestro
026
461
12
Inspector Mayor
CP
1
Técnico
Abogado
Artículo 107.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, escalafón L “Personal Policial”, subescalafón técnico (PT), las siguientes funciones contratadas:
Unidad Ejecutora
Prog.
Grado del Cargo
Denominación del cargo
Cantidad de cargos
Subescalafón
Profesión/Especialidad
001
460
10
Comisario
1
Técnico
“Licenciado en Relaciones Internacionales” “Abogado” “Sociólogo” “Politólogo” “Analista de Sistemas” “Semiólogo”
001 001 001 001 001
460 460 460 460 460
10 10 10 10 10
Comisario Comisario Comisario Comisario Comisario
1 1 1 1 1
Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
249
Artículo 108.- Transfórmase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior” un cargo de Oficial Principal grado 8 (PT) Procurador en un cargo de Oficial Principal grado 8 (PT) Abogado. Artículo 109.- Facúltase al Poder Ejecutivo, en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, a promover al grado inmediato superior, a los titulares de hasta 15 cargos de Agente de Segunda Ejecutivo, que obtengan los mejores puntajes en su evaluación. Quienes accedan al grado inmediato superior por esta vía, deberán realizar y aprobar el curso de pasaje de grado no más allá del 31 de julio de 2012. En caso contrario quedarán comprendidos en lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley Orgánica Policial – Texto Ordenado por Decreto Nº 75/972, de 1º de febrero de 1972, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 15.098, de 23 de diciembre de 1980. Suprímense 10 cargos de Agente de Segunda Ejecutivo una vez efectuados los ascensos. Artículo 110.- Transfórmanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 423 “Información y Registro sobre Personas Físicas y Bienes”, unidad ejecutora 031 “Dirección Nacional de Identificación Civil”, tres funciones contratadas de Oficial Subayudante grado 6 (PE) (CP) en tres funciones contratadas de Comisario grado 10 (PE) (CP). Artículo 111.- Habilítase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior” a efectuar la racionalización administrativa de todos sus cargos y escalafones, de conformidad con la naturaleza de la función que efectivamente desempeñan, previo informe de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. Artículo 112.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, los siguientes cargos: Subdirector Administrativo, Subdirector Técnico, Subdirector Operativo (Seguridad), Coordinador de Zona Metropolitana y Coordinador de Zona Interior, los que tendrán el carácter de particular confianza, escalafón Q y serán
incluidos en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Artículo 113.- Asígnase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, una partida anual de $ 2.592.000 (dos millones quinientos noventa y dos mil pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con cargo a la Financiación 1.1 Rentas Generales, para el pago de horas docentes, la que será destinada a la Unidad de Coordinación Nacional de Desarrollo Penitenciario. Disminúyese en igual importe la asignación presupuestal en el objeto del gasto 199 “Otros bienes de consumo”, Financiación 1.1 Rentas Generales, en la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”. Artículo 114.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 033 “Guardia Republicana”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, en el Subescalafón Ejecutivo, escalafón L “Personal Policial”, cuarenta funciones contratadas de Guardia de Segunda (GR). Artículo 115.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 033 “Guardia Republicana”, escalafón L “Personal Policial”, Subescalafón ejecutivo, ochenta y nueve cargos de Guardia de Segunda (GR). Artículo 116.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 135 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 252 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Créase el cargo de Sub Director de la Policía Nacional, el que será de particular confianza escalafón Q y estará incluido en el artículo 64 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con un 60% (sesenta por ciento). A dicho cargo le corresponderá secundar al Director de la Policía Nacional y será elegido entre los Oficiales Superiores de la Policía Nacional en actividad o retiro”. Artículo 117.- Autorízase al Ministerio del Interior a abonar una compensación extraordinaria a los funcionarios de las distintas reparticiones y dependencias, que participen en la realización de actividades u operaciones especiales de prevención y represión del delito, que impliquen un alto riesgo a la integridad física. El jerarca del Inciso, con el asesoramiento de la Dirección de Policía Nacional, determinará qué activi-
250
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
dades u operaciones especiales quedan comprendidas en tal calificación. Esta compensación no integrará la base de cálculo de ninguna otra retribución que se fije en base a porcentajes. Asígnase una partida anual de $ 11.000.000 (once millones de pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de las compensaciones autorizadas en la presente norma. Artículo 118.- Autorízase al Ministerio del Interior a abonar una compensación a quienes desempeñen funciones de director o encargado de los establecimientos de reclusión de personas privadas de libertad, sujeta al cumplimiento de los compromisos de gestión que determine la reglamentación, la que se dictará en un plazo de sesenta días a contar de la promulgación de la presente ley. Dicha reglamentación definirá escalas para la determinación de los montos a percibir y tendrá en cuenta el grado de complejidad de cada establecimiento. Esta compensación no será utilizada para el cálculo de ninguna otra retribución que se fije en base a porcentajes. Asígnase una partida anual de $ 3.753.616 (tres millones setecientos cincuenta y tres mil seiscientos dieciséis pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, a efectos del pago autorizado por el inciso primero del presente artículo. Artículo 119.- Suprímese en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, en el programa 460 “Prevención y Represión del Delito” la unidad ejecutora 027 “Dirección Nacional de Información e Inteligencia”. Los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la misma, serán transferidos a la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”. La Dirección General de Información e Inteligencia funcionará en la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior” y dependerá directamente del Ministro del Interior. Artículo 120.- Increméntase en la suma de $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos) la asignación presupuestal del objeto del gasto 731 “Gastos Confidenciales”, Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial” de la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior” del Inciso 04 “Ministerio del Interior”. Disminúyese en igual cifra la asignación presupuestal del objeto del gasto 199 “Otros materiales de consumo” en la misma financiación y unidad ejecutora.
Artículo 121.- Modifícase el último inciso del artículo 49 de la Ley Orgánica Policial, Texto Ordenado Decreto Nº 75/972, de 1º de febrero de 1972, en la redacción dada por el artículo 97 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Los ascensos al grado de Inspector Principal, Inspector Mayor y Comisario Inspector o Mayor del Subescalafón Ejecutivo, se dispondrán de la misma forma establecida por el inciso anterior para el ascenso al grado de Inspector General. Lo dispuesto en este inciso se aplicará para los ascensos que se produzcan a partir del 1º de febrero de 2012”. Artículo 122.- Facúltase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 343 “Formación y Capacitación”, unidad ejecutora 029 “Escuela Nacional de Policía”, a celebrar convenios con entidades públicas o privadas nacionales o internacionales y con el objeto de brindar capacitación en seguridad, y a efectuar inspecciones en Instituciones privadas que brindan servicios educativos en seguridad. El precio derivado de la prestación de los servicios al amparo de dicho convenio será presupuestado por la unidad ejecutora y reembolsado por los usuarios que lo hayan requerido. Créase una tasa por inspección de cursos que será de 1.000 UI (mil unidades indexadas). El producido de lo recaudado será destinado a financiar las actividades de formación y capacitación que se llevan adelante en la referida unidad ejecutora y estará comprendido en lo dispuesto en el literal C) del artículo 595 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Artículo 123.- En el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 033 “Guardia Republicana”, el paréntesis “GC” o “GG” será sustituido por “GR”, y los cargos de Coracero de 1a. y de 2a. pasarán a denominarse Guardia de 1a. GR y Guardia de 2a. GR. Unifícase en un solo grupo calificatorio al personal de los grados 1 al 9 que revista en la citada unidad ejecutora, con vigencia a partir de las calificaciones del 30 de noviembre de 2011 para las promociones del 1º de febrero de 2012. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
251
Artículo 124.- Sustitúyense los artículos 44 y 45 del Decreto-Ley Nº 14.470, de 2 de diciembre de 1975, por los siguientes: “ARTÍCULO 44.- El trabajo será organizado y dirigido por el Instituto Nacional de Rehabilitación con la debida asistencia técnica y siguiendo los criterios del Ministerio del Interior en cuanto a la rehabilitación de las personas privadas de libertad. Facúltase al Instituto Nacional de Rehabilitación a celebrar convenios con instituciones públicas o privadas, relacionados con el desarrollo de tareas por parte de personas privadas de libertad, dentro o fuera de los establecimientos penitenciarios y en este último caso previa autorización judicial. En los referidos convenios podrá determinarse la utilización de los talleres del Instituto Nacional de Rehabilitación, así como permitir el establecimiento de talleres directamente administrados por el contratante y previa reglamentación del Poder Ejecutivo. Todos estos casos constituirán relación laboral especial penitenciaria. El Instituto Nacional de Rehabilitación podrá utilizar mano de obra de personas privadas de libertad, para que desarrollen labores en su ámbito y les otorgará a cambio el pago de peculio, cuyo valor será del 50% (cincuenta por ciento) del salario mínimo nacional, con cargo al presupuesto del Inciso. Ninguna de las situaciones descriptas precedentemente estarán reguladas por el régimen laboral de derecho común, aunque se lo aplicará armónicamente”. “ARTÍCULO 45.- El trabajo de personas privadas de libertad, deberá ser remunerado. La remuneración se fijará teniendo en cuenta la naturaleza, corrección y rendimiento del mismo. Cuando la persona privada de libertad realice tareas para una institución pública o privada (a excepción del Ministerio del Interior), la retribución y demás prestaciones sociales estarán estipuladas en forma previa en el convenio marco que se celebre y serán de cargo de la institución pública o privada con la cual el Instituto Nacional de Rehabilitación suscriba el convenio, no siendo éste en ningún caso responsable solidario o subsidiario por las mismas. La retribución que perciba la persona privada de libertad será considerada Fondos de Terceros. El hecho de que la persona privada de libertad trabaje, no le exime de ejecutar las demás presta-
ciones personales para labores generales del establecimiento penitenciario o para el desempeño de comisiones que se le encarguen de acuerdo con los reglamentos. Estas actividades no serán remuneradas”. Artículo 125.- Agrégase al Decreto-Ley Nº 14.470, de 2 de diciembre de 1975, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 46 bis.- Hasta el 10% (diez por ciento) de la remuneración que perciban las personas privadas de libertad por las relaciones laborales penitenciarias será destinado al Centro de Atención a las Víctimas de la Violencia y el Delito y estará incluido dentro de lo dispuesto por el artículo 595 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, con las modificaciones introducidas por los artículos 117 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, 128 y 457 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, 136 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y 399 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008”. Artículo 126.- Autorízase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, a retener de los haberes del funcionario el costo del equipamiento policial, en caso de extravío o desapoderamiento del mismo, cuando de las circunstancias del caso surja que dicho funcionario actuó con culpa o dolo. Artículo 127.- Sustitúyese el literal B) del artículo 152 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “B) Por tener funcionarios o vehículos no habilitados, de cinco a quince veces el importe que hubiese correspondido pagar por la habilitación”. Artículo 128.- Sustitúyese el artículo 148 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por los artículos 143 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y 237 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 148.- Créase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, una compensación equivalente al porcentaje que se indica del sueldo básico de Inspector General, a la que tendrán derecho los policías integrantes del Personal Superior que se encuentren en los cargos que se detallan a continuación: A) Director de la Policía Nacional y Subdirector General de Secretaría, cuando las funciones correspondientes a dichos cargos sean
252
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
cumplidas por personal policial en actividad: 84% (ochenta y cuatro por ciento). B) Encargados si los hubiere de: Jefatura de Policía de Montevideo, Instituto Nacional de Rehabilitación, Dirección General de Información e Inteligencia, Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e INTERPOL, Dirección Nacional de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, Subdirección de la Policía Nacional y de la Dirección de la Escuela Nacional de Policía: 84% (ochenta y cuatro por ciento). C) Directores Nacionales o Encargados si los hubiere de: Migración, Policía Caminera, Bomberos, Asistencia y Seguridad Social Policial, Policía Técnica, Identificación Civil, Sanidad Policial, Guardia Republicana, Dirección del Centro de Comando Unificado y Jefe del Estado Mayor Policial: 84% (ochenta y cuatro por ciento). D) Encargado de Jefatura de Policía del Interior y Dirección del Registro Nacional de Empresas de Seguridad: 72% (setenta y dos por ciento). E) Subjefe o Encargado de Subjefatura de Policía de Montevideo: 72% (setenta y dos por ciento). F) Subjefe o Encargado de Subjefatura de Policía del Interior y Dirección de Coordinación Ejecutiva de la Jefatura de Policía de Montevideo: 60% (sesenta por ciento). G) Subdirector Nacional o Encargado de Subdirección Nacional, Subdirección de Asuntos Internos, Subdirección de Información e Inteligencia, Subdirección de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, Subdirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e INTERPOL, Direcciones de Seguridad, Investigaciones y grupos de apoyo de la Jefatura de Policía de Montevideo, Jefe de Inspección General de la Dirección Nacional de Policía Caminera, Direcciones de Coordinación Ejecutiva de las Jefaturas de Policía del Interior, y aquellos cargos que el Ministerio del Interior estime conveniente hasta un máximo de diez: 54% (cincuenta y cuatro por ciento). La presente compensación solo podrá ser considerada para la determinación del haber de retiro, si se hubiere percibido por un período mínimo de
dos años, a partir de la vigencia de la presente norma y no integrará la base de cálculo de ninguna otra retribución fijada como porcentaje”. Artículo 129.- Agrégase al artículo 152 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, el siguiente inciso: “Quienes contraten servicios de seguridad privados a empresas que no cuenten con la autorización vigente otorgada por el Ministerio del Interior, serán solidariamente responsables del pago de las multas que se impongan a los prestadores de dicho incumplimiento. El Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición”. INCISO 05 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Artículo 130.- Los funcionarios del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, unidad ejecutora 013 “Dirección General de Casinos”, que pasen a prestar funciones en comisión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por el artículo 67 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, dejarán de percibir los beneficios establecidos por el artículo 2º de la Ley Nº 13.797, de 28 de noviembre de 1969, en la redacción dada por los literales a) y b) del artículo 5º de la Ley Nº 13.921, de 30 de noviembre de 1970. Artículo 131.- Sustitúyese el artículo 278 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 278.- Increméntanse las siguientes partidas en el Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, a efectos de financiar las contrataciones de personal que se considere imprescindible hasta la aprobación de la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso, de acuerdo con el siguiente detalle, en moneda nacional:
UE 001
2011 6.200.000
2012 18.318.000
2013 34.818.000
2014 34.818.000
La Dirección General de Secretaría distribuirá dicha partida entre las diferentes unidades ejecutoras, de acuerdo con las necesidades planteadas. Los créditos del grupo 0 “Servicios Personales” de la unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Aduanas”, serán complementados además, con
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
253
las asignaciones presupuestales de todas las financiaciones habilitadas en el planillado anexo para el Proyecto de Modernización de la Dirección Nacional de Aduanas, a partir del ejercicio 2011, así como con las habilitadas para contratación de becarios y pasantes que serán consideradas para el proyecto de reestructura del organismo”. Artículo 132.- Sustitúyese el artículo 299 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 299.- El Director de la Dirección General Impositiva podrá designar hasta siete funcionarios públicos para cumplir tareas de asesoramiento directo al jerarca, percibiendo, cuatro de ellos, una compensación equivalente a la diferencia con el nivel de remuneración de Encargado de Departamento y, tres de ellos, una compensación equivalente a la diferencia con el Encargado de Sección. Tanto la designación como el cese podrán disponerse en cualquier momento sin expresión de causa. Las designaciones cesarán automáticamente al cesar el jerarca que las realizó. Los funcionarios designados podrán reservar su cargo o función en el organismo al que pertenezcan. En caso de que sean funcionarios de la Dirección General Impositiva podrán reservar además la función de encargatura a la que hubieren accedido por el procedimiento establecido en el artículo 291 de la presente ley”. Artículo 133.- Sustitúyese el artículo 291 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 291.- Las funciones de Encargados de Departamento y de Sección de la Dirección General Impositiva, serán provistos mediante concursos de oposición y méritos entre los funcionarios pertenecientes a dicho organismo, salvo las funciones de Encargados de las Asesorías, Departamento Apoyo Técnico – Administrativo y Sección Apoyo Administrativo del Departamento Apoyo Técnico – Administrativo de la Dirección General, el Auditor Interno y Adjuntos a los Directores de División y el Sub Director General de Rentas. En estos últimos casos, el Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General Impositiva, atribuirá la titularidad de las referidas funciones a funcionarios públicos. Los funcionarios designados podrán reservar su cargo o función en el organismo al que pertenezcan. En caso de que sean funcionarios de la Dirección General Impositiva podrán reservar además la función de
encargatura a la que hubieren accedido por el procedimiento establecido en la presente norma. A partir de la vigencia de la presente ley, los Encargados de Departamento y de Sección continuarán desempeñando las funciones que les fueron encomendadas, hasta la provisión efectuada mediante los concursos referidos en el inciso primero”. Artículo 134.- Créanse las siguientes funciones en la unidad ejecutora 005 “Dirección General Impositiva” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”: -Director de División Administración. -Director de División Interior. -Director de División Atención y Asistencia. -Director de División Grandes Contribuyentes. -Director de División Recaudación y Controles Extensivos. -Director de División Fiscalización. -Director de División Informática. -Director de División Técnico Fiscal. El Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General Impositiva, atribuirá la titularidad de las referidas funciones, cuyo plazo de contratación no podrá renovarse más allá del período de gobierno. Para el caso que las designaciones recaigan en funcionarios públicos, éstos podrán reservar su cargo o función. En caso de que sean funcionarios de la Dirección General Impositiva podrán reservar además la función de encargatura a la que hubieren accedido por el procedimiento de concurso establecido en el artículo 291 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. En el caso de que las mismas se encuentren ocupadas por funcionarios contratados al amparo del régimen de alta prioridad, establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, se mantendrá la titularidad de las mismas hasta tanto se produzca el cese del titular actual. Artículo 135.- Facúltase en el Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas” a destinar de la partida asignada por el artículo 278 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, hasta $ 3.600.000 (tres millones
254
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
seiscientos mil pesos uruguayos) al objeto del gasto 057 “Becas de trabajo y pasantías”. Artículo 136.- Autorízase al Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” en las unidades ejecutoras 005 “Dirección General Impositiva” y 009 “Dirección Nacional de Catastro”, a incluir en los contratos suscritos al amparo de los dispuesto por el artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, la percepción de partidas extraordinarias por concepto de los regímenes de cumplimiento de metas y compromisos de gestión específicos existentes. INCISO 06 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 137.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 170 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el siguiente: “Asígnase una partida anual de $ 734.400 (setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos pesos uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, a efectos de atender los gastos de funcionamiento de la Unidad de Análisis Estratégico”. Artículo 138.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 354 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 354.- Créase la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior (CIACEX), con el cometido de definir las principales líneas de acción del país en lo atinente a la inserción comercial internacional, la negociación internacional, la promoción comercial y captación de inversiones, así como los mecanismos de incentivos”. Artículo 139.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 203 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 355 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “El Instituto se comunicará y coordinará con el Poder Ejecutivo a través de la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior”. Artículo 140.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 206 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 357 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Será designado por el Poder Ejecutivo, a propuesta de la Comisión Interministerial para Asun-
tos de Comercio Exterior, y durará en sus funciones hasta que se formule nueva propuesta y designación”. Artículo 141.- Los funcionarios del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, pertenecientes al escalafón “M” Personal de Servicio Exterior, grados 1 al 7, sin perjuicio de lo establecido en el literal b) del artículo 158 de la Ley Nº 12.803, de 30 de noviembre de 1960, referente al régimen de dedicación total de los funcionarios públicos, podrán ejercer actividad docente remunerada en los institutos públicos y privados de enseñanza de la República. Artículo 142.- Autorízase al Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores” a percibir un precio de 0 a 3 UR (cero a tres unidades reajustables) por la expedición de pasaportes diplomáticos y oficiales. El Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición. Artículo 143.- La recaudación consular que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores tanto en Cancillería como en sus oficinas consulares en el exterior se destinará en un 100% (cien por ciento) a Rentas Generales. Las retribuciones, gastos de funcionamiento e inversiones financiados con cargo a Recursos con Afectación Especial, pasarán a financiarse con cargo a Rentas Generales. Los compromisos no devengados, que se hubieren afectado a la referida financiación se entenderán realizados con cargo a Rentas Generales. Derógase el artículo 192 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Créase una compensación que percibirán los funcionarios que presten funciones en Cancillería, la cual será financiada con cargo a Rentas Generales y que mantendrá la escala de distribución vigente al 30 de junio de 2011 de la compensación derogada por el inciso precedente. Dicha compensación sólo podrá ser incrementada por los aumentos salariales de carácter general dispuestos para los funcionarios públicos de la Administración Central y no será considerada a los efectos de lo dispuesto por el artículo 105 de la llamada Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983. El presente artículo regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a efectuar las modificaciones presupuestales de los créditos vigentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, a efectos de dar cumplimiento a la misma.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
255
Artículo 144.- Sustitúyese a partir de la promulgación de la presente ley, el artículo 44 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, con el agregado introducido por el artículo 123 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 44.- Los funcionarios del escalafón A “Técnico Profesional” del Ministerio de Relaciones Exteriores podrán ser destinados a desempeñar funciones en el exterior por un período máximo de dieciocho meses con posibilidad de prórroga, un año más, en tareas de asesoramiento técnico, en las Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares o Delegaciones Permanentes de la República en el exterior. La salida al exterior estará sujeta a las siguientes condiciones de cargo, grado, antigüedad y retribución: A) Grados 15 y 16 con un mínimo de diez años de antigüedad en el cargo de Asesor, en el Inciso 06, percibirán en el exterior la retribución y todos los beneficios sociales correspondientes a un Consejero del Servicio Exterior. B) Grado 14 con un mínimo de diez años de antigüedad en el cargo de Asesor, en el Inciso 06, percibirán en el exterior la retribución y todos los beneficios sociales correspondientes a un Primer Secretario del Servicio Exterior. En todos los casos la acreditación en el exterior será como Asesor. Podrán encontrarse en el exterior simultáneamente hasta un máximo de diez Asesores en las diferentes representaciones diplomáticas de la República. El Poder Ejecutivo podrá determinar los destinos en el exterior en los cuales el servicio de asesoramiento y apoyo técnico referido resulten necesarios. Para tener derecho a ocupar nuevamente un cargo en el exterior, el asesor deberá permanecer un período de por lo menos cinco años de adscripción en la República luego de haber culminado sus funciones en el exterior. A los funcionarios del escalafón A del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores” que al momento de promulgarse la presente ley, estuvieran desempeñando funciones en el exterior, se les
aplicará lo dispuesto en este artículo al término de sus funciones”. La aplicación de esta norma, se realizará comprendida en el presupuesto de gastos que dispone el Inciso para financiar sus misiones en el exterior. Artículo 145.- Derógase el artículo 143 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Artículo 146.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 16.021, de 13 de abril de 1989, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- Interprétase el artículo 74 de la Constitución de la República en el sentido que debe entenderse por avecinamiento la realización de actos que pongan de manifiesto, de manera inequívoca, la voluntad de la persona en ese sentido, tales como, por ejemplo: A) La permanencia en el país por lapso superior a tres meses. B) El arrendamiento, la promesa de adquirir o la adquisición de una finca para habitar en ella. C) La instalación de un comercio o industria. D) El emplearse en la actividad pública o privada. E) La inscripción en un centro de estudio público o privado. F) Cualquier otro acto similar demostrativo del propósito mencionado. INCISO 07 MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Artículo 147.- Incorpórase al inciso primero del artículo 39 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, el siguiente numeral: “3) Fondo de Desarrollo Rural, creado por el artículo 383 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. Exceptúanse de lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, a las disponibilidades financieras que se encuentren depositadas en la Cuenta Única Nacional, con destino al referido Fondo. Este artículo entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley. Artículo 148.- Autorízase a disminuir la suma de $ 17.500.000 (diecisiete millones quinientos mil pesos
256
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
uruguayos), en la Financiación 1.1 “Rentas Generales” en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Proyecto 720 “Institucionalización de la gestión de información ganadera”, incrementándose los créditos de gastos de funcionamiento de la unidad ejecutora 001 “Direc-
ción General de Secretaría”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, en el mismo importe y financiación. La Contaduría General de la Nación realizará los ajustes que correspondan. Artículo 149.- Sustitúyense las vacantes a suprimir previstas por el artículo 365 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por las siguientes:
U.E.
Vínculo Funcional Presupuestado
Esc.
Grado
Denominación del Cargo Asesor I
Serie Administración de Personal Montevideo –
Cant.
01
A
15
1
01 01 01 01 01 01 01
Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado
A A A A A A A
15 13 13 13 12 12 12
Jefe de Depar- Arquitecta tamento Montevideo Jefe de Sec- Agronomía ción Interior Asesor III Asesor III Asesor IV Asesor IV Asesor IV Agronomía Montevideo Arquitectura Montevideo Agronomía Interior Estadística Montevideo Agronomía Montevideo
1 1 2 1 3 1 2
01
Presupuestado
A
12
Asesor IV
Economía Agraria – Montevideo Escribanía Montevideo Abogacía Montevideo Abogacía Construcción Montevideo Procuración Montevideo –
3
01 01 01 01 01
Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado
A A A B B
12 12 12 11 11
Asesor IV Asesor IV Asesor IV Técnico IV Técnico IV
1 3 1 1 1
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
257
U.E. 01 01 01 01
Vínculo Funcional Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado
Esc. E F F R
Grado 07 06 06 12
Denominación del Cargo Oficial I Auxiliar I Auxiliar I Asesor IV
Serie Oficios – Montevideo Servicios Montevideo Servicios Análisis y Programación Montevideo Análisis y Programación Montevideo Agronomía Interior Agronomía Montevideo Agronomía Interior Analista –
Cant. 1 2 1 3
01
Presupuestado Cont. Pca. Cont Cont. Pca. Cont. Pca. Func. Func. Func.
R
11
Asesor V
2
01 01 01 01
A A A R
15 12 12 01
Asesor I Asesor IV Asesor IV Asesor
1 1 1 1
02
Presupuestado
A
15
Ciencias EcoJefe de Deparnómicas – Montamento tevideo Asesor XII Sub-Jefe Dpto. Biología quera Pes-
1
02 02
Presupuestado Presupuestado
A B
04 13
2 1
de Administración – Montevideo –
02
Presupuestado
D
08
Estadística Especialista VI Pesquera Montevideo Oficial II Oficial II Auxiliar I Asesor XII Asesor Auxiliar I
1
02 02 02 02 02 02
Presupuestado Presupuestado Presupuestado Cont. Pca. Cont. Pca. Cont. Pca. Func. Func. Func.
E E F A A F
06 06 06 04 04 06
Chofer – Montevideo Oficios – Montevideo Servicios – Interior Veterinaria Biología quera Pes-
1 1 1 1 1 1
Servicios – Interior
258
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
U.E. 03
Vínculo Funcional Presupuestado
Esc. A
Grado 12
Denominación del Cargo Asesor IV
Serie Agronomía Interior Agronomía Montevideo –
Cant. 1
03
Presupuestado
A
12
Asesor IV Sub-Jefe Sección
2
03
Presupuestado
A
12
de Agronomía Montevideo
–
1
03
Presupuestado
D
08
Especialista VI Especialista VII Auxiliar I Auxiliar I Auxiliar I
Dibujo – Montevideo Dibujo – Montevideo Servicios – Interior Servicios Servicios Montevideo Agronomía Montevideo Agronomía Interior Administrativo Administrativo Montevideo Administrativo Interior Administrativo Montevideo Administrativo Agronomía Montevideo –
3
03
Presupuestado
D
07
1
03 03 03
Presupuestado Presupuestado Presupuestado
F F F
06 06 06
4 2 2
04
Presupuestado
A
12
Asesor IV
2
04
Presupuestado
A
12
Asesor IV Administrativo I Administrativo I Administrativo II Administrativo III Administrativo III Especialista VI
2
04
Presupuestado
C
08
1
04
Presupuestado
C
08
1
04
Presupuestado
C
07
1
04
Presupuestado
C
06
2
04
Presupuestado
C
06
1
04 04 04
Presupuestado Presupuestado Presupuestado
D D D
08 08 07
1 1
Especialista VI Especializado Especialista VII Especialista VIII Agronomía Montevideo Laboratorio –
1
04
Presupuestado
D
06
1
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
259
U.E.
Vínculo Funcional Presupuestado
Esc.
Grado
Denominación del Cargo Especialista VIII Capataz II
Serie Agronomía Montevideo Oficios – Montevideo Oficios – Montevideo Oficios – Montevideo Chofer – Montevideo –
Cant.
04
D
06
1
04
Presupuestado
E
08
1
04
Presupuestado
E
06
Oficial II
1
04
Presupuestado
E
06
Oficial II
1
04 04 04 04 04 04 04 05 05 05 05 05 05
Presupuestado Presupuestado Cont. Pca. Cont. Pca. Cont. Pca. Cont. Pca. Cont. Pca. Func. Func. Func. Func. Func.
E F F A A A D B D E F F F
06 08 06 04 04 04 01 11 06 06 06 06 06
Oficial II
2 1 3 1 1 1 2
Jefe de Sec- Servicios ción Montevideo Auxiliar I Asesor Asesor Asesor XII Especialista Técnico IV Especialista VIII Oficial II Auxiliar I Auxiliar I Auxiliar I Servicios Montevideo Agronomía Veterinaria Agronomía Inspección Electrónica Montevideo Inspección Montevideo Oficios Servicios Montevideo Servicios
Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado Presupuestado
–
1 4 1
–
4 1 3
Servicios – Interior Análisis y Programación Montevideo Servicios Montevideo –
05
Presupuestado Cont. Pca. Cont. Pca. Func. Func.
R
11
Asesor V
1
05 05
F R
06 10
Auxiliar I Asesor VI
2 1
Operación – Interior
260
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
U.E.
Vínculo Funcional
Esc.
Grado
Denominación del Cargo
Serie
Cant.
06
Presupuestado
A
15
Asesor I
Agronomía Montevideo
–
1
06
Presupuestado
A
15
Asesor I
Agronomía Interior
–
1
08
Presupuestado
A
13
Jefe de Sec- Agronomía ción Interior
–
2
08
Presupuestado
A
13
Jefe de Sec- Agronomía ción Montevideo
–
2
08
Presupuestado
A
12
Asesor IV
Agronomía
1
08
Presupuestado
C
06
Administrativo III
Administrativo Montevideo
3
08
Presupuestado
D
06
Especialista VIII
Telefonista Montevideo
–
1
08
Presupuestado
F
06
Auxiliar I
Servicios – Interior
3
08
Cont. Pca
Func.
B
11
Técnico IV
Veterinaria Montevideo
–
1
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
261
Interprétase que los cargos y funciones transformados por el referido artículo, en “funciones contratadas”, deben ser transformados en “cargos presupuestados”. La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 150.- Increméntase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, la partida anual establecida en el artículo 366 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para el grupo 0 “Servicios Personales”, objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir”, en $ 8.227.775 (ocho millones doscientos veintisiete mil setecientos setenta y cinco pesos uruguayos), disminuyéndose la misma suma en el objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, en el programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”. El Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” distribuirá la partida asignada por el inciso anterior, con informe previo de la Contaduría General de la Nación. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 151.- Sustitúyese el artículo 205 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 205.- El Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, fijará anualmente el importe que, por concepto de viáticos, percibirán los observadores a que refiere el artículo anterior por día o fracción, sea de embarque o a disposición de la empresa, generándose desde el momento en que se presenta el observador en el buque de acuerdo con la designación de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. En el caso que el puerto de embarque sea en el exterior, los viáticos se generarán desde la salida del observador de su domicilio hasta la hora de regreso al mismo. El importe será fijado teniendo en cuenta las características, condiciones y términos de las campañas a ser realizadas por la embarcación de que se trate y será abonado por los titulares de permisos de pesca a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en la forma y
condiciones que establezca la reglamentación. Los titulares de permisos de pesca estarán obligados a proporcionar alojamiento y alimentación a los citados observadores”. Artículo 152.- Las contrataciones que se efectúen en el marco del artículo 373 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Artículo 153.- Dispónese que los cometidos asignados a la “División Áreas Protegidas y Fauna” de la unidad ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales Renovables” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, pasarán a la unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Medio Ambiente” del Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”. Transfiérense los créditos, personal y puestos de trabajo correspondientes, así como las atribuciones para el cumplimiento de sus fines, en la forma que establezca la reglamentación. Artículo 154.- Autorízase a las unidades ejecutoras 002 “Dirección Nacional de Recursos Acuáticos”, 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” y 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a habilitar, registrar y auditar laboratorios de naturaleza pública, paraestatal o privada, para la realización de los análisis, diagnósticos y ensayos requeridos para el cumplimiento de los cometidos sustantivos que le fueron asignados, en sus respectivas áreas de competencia, en materia de control, verificación y certificación sanitaria, higiénico-sanitaria, inocuidad, fitosanitaria o de calidad. Artículo 155.- El Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” determinará las condiciones higiénico-sanitarias y fitosanitarias requeridas para la certificación de procesos y productos, así como para la habilitación de los establecimientos que lo requieran. Facúltase a la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” a efectuar, en las áreas de su competencia, el control de las citadas condiciones y a otorgar o denegar las habilitaciones y certificaciones correspondientes. Artículo 156.- Increméntase en $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) la partida anual destinada a la equiparación por trabajo en laboratorios de los funcionarios de la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” del Inciso 07 “Minis-
262
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
terio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, la que incluye aguinaldo y cargas legales. Simultáneamente, se disminuirán los créditos asignados a dicha unidad ejecutora, en los objetos del gasto 141 “Combustibles derivados del petróleo”, 151 “Lubricantes y otros derivados del petróleo” y 212 “Agua”, por los importes de $ 110.829 (ciento diez mil ochocientos veintinueve pesos uruguayos), $ 277.531 (doscientos setenta y siete mil quinientos treinta y un pesos uruguayos) y $ 111.640 (ciento once mil seiscientos cuarenta pesos uruguayos), respectivamente. Artículo 157.- Facúltase a la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a determinar oficialmente las plagas de importancia económica para la producción vegetal presentes en el país y las plagas reglamentadas. Las plagas que se incluyan en esta última categoría cumplirán con la definición de plaga reglamentada prevista en la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria. Todo reporte sobre la presencia en el país de nuevas plagas deberá ser comunicado a la Dirección General de Servicios Agrícolas, en la forma y bajo las condiciones que establezca el Poder Ejecutivo. Artículo 158.- Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 3.921, de 28 de octubre de 1911, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas determinará las medidas fitosanitarias necesarias para la prevención, manejo o control de plagas que afecten o puedan afectar la producción vegetal. A los efectos anteriormente indicados, facúltase a la Dirección General de Servicios Agrícolas a condicionar o prohibir el ingreso al país, la movilización y/o el transporte de vegetales, productos o subproductos de origen vegetal, la actividad viverista y la plantación de especies vegetales susceptibles a plagas sujetas a control, así como a disponer la destrucción de plantas o productos vegetales, cuando no existan otras medidas fitosanitarias que permitan mitigar el riesgo de introducción o diseminación de plagas. Las personas físicas o jurídicas, organismos o instituciones públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza jurídica, están obligadas a aplicar las medidas previstas en el inciso primero, incluidas las de emergencia que se determinen para cada situación en particular con el objetivo de su-
primir, contener o erradicar una población de plaga determinada”. Artículo 159.- Todo lugar, área, parcela, sitio o establecimiento de producción, propagación, multiplicación, procesamiento, acopio o empaque, almacenamiento, distribución, comercialización de plantas y productos vegetales, deberá contar con habilitación fitosanitaria y quedará sujeto a los procesos de registro y control que establezca el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas. Facúltase a la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, a determinar, en función del riesgo fitosanitario involucrado, las categorías de plantas y productos vegetales comprendidos en el inciso anterior, así como los requisitos, plazos y condiciones para el otorgamiento de la habilitación indicada y los mecanismos de control que deberán instrumentarse. Las infracciones a lo previsto en el inciso primero, serán sancionadas con multas, clausuras o suspensiones conforme a lo previsto en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por los artículos 203 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 203 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 160.- Cométese al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de sus unidades ejecutoras competentes, la regulación y control de cumplimiento de las normas relativas a la protección y bienestar de los animales de las especies productivas, de acuerdo a la normativa nacional e internacional, y a los requerimientos de los mercados compradores de animales y sus productos. A dichos efectos, serán sujetos obligados, todos los actores que participen en la cadena productiva como propietarios o tenedores a cualquier título de animales de importancia económica y en actividades conexas o afines. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en este artículo, y las que se dicten a su amparo, podrá aparejar para el obligado, la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por los artículos 203 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 203 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
263
El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo dentro de los ciento ochenta días de vigencia de la presente ley. Artículo 161.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, al amparo de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, un cargo en el escalafón “R”, grado 10, Asesor VI, Serie Operación. Suprímese en la misma unidad ejecutora, un cargo del escalafón “D” “Especializado”, grado 06, Especialista VIII, Serie Digitación. Artículo 162.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de la unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” a afectar recursos del seguro creado por el artículo 1º de la Ley Nº 17.730, de 31 de diciembre de 2003, correspondiente a los aportes del sector de ganado lechero, para abonar las indemnizaciones previstas en el artículo 378 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, cuando los recursos del Fondo Permanente de Indemnización creado por el artículo 14 de la Ley Nº 16.082, de 18 de octubre de 1989, resulten insuficientes para atender dichas erogaciones. La afectación prevista en el inciso precedente podrá realizarse siempre que existan fondos excedentes, y con cargo a oportuno reintegro. Artículo 163.- Modifícanse los créditos presupuestales del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en la siguiente forma:
de la Sidra” de la unidad ejecutora 006 “Dirección General de la Granja” programa 323 “Cadena de valor generadoras de empleo y desarrollo productivo local”, al objeto del gasto 299 “Otros Servicios no Personales no incluidos en los anteriores”, del mismo programa y unidad ejecutora. Artículo 165.- El Instituto Nacional de Carnes transferirá anualmente a Rentas Generales una partida de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) en los ejercicios 2012 a 2014, a efectos de contribuir a la adquisición de dispositivos electrónicos para la identificación del ganado bovino. INCISO 08 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Artículo 166.- Sustitúyese el artículo 331 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por el siguiente: “ARTÍCULO 331.- Créanse las tasas de “Aprobación de Modelo”, “Verificación Primitiva”, “Verificación Periódica” y “Control de Productos Premedidos” las que se deberán abonar por cada instrumento de medición reglamentado sometido a control o por lote de producto ensayado, las que serán recaudadas por la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”. Serán sujetos pasivos de dichas tasas la persona física o jurídica, nacional o extranjera, privada o pública, y en este último caso estatal o no estatal, que en el ejercicio de sus actividades de producción, construcción, transformación, montaje, reparación, importación, distribución, servicios o comercialización, utilice, fabrique, importe, repare o comercialice instrumentos de medición reglamentados, así como quien fabrique, industrialice, importe, fraccione, distribuya y/o comercialice productos premedidos. Las tasas deberán abonarse en el plazo de treinta días a contar de la fecha en que se realice la verificación o control, configurándose la mora por el no pago en este término. El testimonio de la resolución administrativa firme donde se registre la falta de pago de la tasa, incluidas multas y recargos, constituirá título ejecutivo. Facúltase al Poder Ejecutivo a fijar el valor de las referidas tasas en función de los siguientes criterios y procedimientos: 1) El monto de las tasas se fijará en función del precio promedio de venta al público del instrumento para cada clase de precisión,
U.E.
Proyecto
Objeto
2012
2013
2014
005 001 001 001
000 000 720 000
095.002 299 799 198.005
5.530.100 800.000 3.600.000 (9.930.100)
5.530.100 800.000 (6.330.100)
5.530.100 800.000 (6.330.100)
Artículo 164.- Autorízase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a reasignar la suma de $ 300.000 (trescientos mil pesos uruguayos) de la Financiación 1.1 “Rentas Generales” a la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, del Proyecto 766 “Equipamiento para control de la calidad
264
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
capacidad y categoría, fijándose la misma por aplicación de la siguiente tabla y expresado en unidades indexadas (UI): Precio de venta en UI tasa en UI – Hasta 25.000 UI hasta el 18% del precio de venta al público. – De 25.001 UI en adelante 4.501 UI y hasta el 0,5% del monto que exceda las 25.001 UI. 2) Tasa por control de lotes de productos premedidos: Lote tasa – De 0 a 19 unidades 600 UI. – De 20 a 79 unidades 1.100 UI. – De 79 unidades en adelante 1.300 UI. 3) Se entiende por “Precio de Venta al Público” el vigente al 31 de diciembre del año anterior al de fijación de la tasa, según información que debe suministrar el fabricante, importador, vendedor, reparador o distribuidor que comercializa el instrumento de medición, en función del monto por el cual aporta Impuesto al Valor Agregado del mismo. Cuando el interesado en el control de instrumentos de medición aplicados a la comercialización de bienes y servicios solicite verificación conjunta de cincuenta unidades o más, siendo éstos de igual clase, capacidad, categoría y modelo, el valor de la tasa será del 70% (setenta por ciento) de la que correspondería abonar por verificación periódica. Cuando se deban realizar verificaciones o controles técnicos fuera de la planificación de Metrología Legal originados en solicitud de parte, de oficio o por denuncia y que requieran el traslado de personal, equipos o patrones, el usuario deberá abonar los costos operativos asociados a dicha prestación, sin perjuicio del pago de la tasa que correspondiere. Las aprobaciones de modelo tendrán dos años de vigencia a partir de la resolución correspondiente, 7)
renovándose automáticamente salvo decisión en contrario. A solicitud de parte interesada, el Ministerio de Industria, Energía y Minería podrá autorizar quitas a la tasa de verificación y control, hasta la remisión parcial o total de la deuda, en aquellos casos que razones de fuerza mayor, interés público o social así lo justifiquen”.
Derógase el artículo 174 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 216 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Artículo 167.- Agrégase al artículo 188 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, el siguiente inciso: “En la misma forma, podrá delegar el cometido de firmar resoluciones de transferencias, cambios de nombre, cambios de domicilio y cambios de nombre y de domicilio en solicitudes de registro y en registros concedidos de signos distintivos y en solicitudes de renovación de signos distintivos”. Artículo 168.- Sustitúyese el artículo 29 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente: “ARTÍCULO 29.- La solicitud de registro de una marca se hará ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial y será acompañada de los recaudos que ésta requiera a sus efectos”. Artículo 169.- La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial podrá adoptar el uso de expediente electrónico, de documento electrónico, de clave informática simple, de firma electrónica, de firma digital, de comunicaciones electrónicas y de domicilio electrónico constituido en todas las gestiones referidas a su competencia, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 104 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, y en el artículo 122 de la Ley Nº 17.164, de 2 de setiembre de 1999. Artículo 170.- Transfiérese al Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería” la organización, desarrollo y mantenimiento del servicio nacional de la hora oficial.
4)
5)
6)
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
265
INCISO 09 MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE Artículo 171- Declárase, con carácter interpretativo, que las actividades de camping, colonia de vacaciones o similares, brindadas por las entidades gremiales de trabajadores a sus afiliados, se encuentran directamente relacionadas con los fines específicos que han motivado su inclusión en el régimen de exenciones. INCISO 10 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS Artículo 172.- Créase la “Dirección Nacional de Transporte Ferroviario” como órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo que funcionará en el ámbito del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, dependiendo jerárquicamente del Ministro de Transporte y Obras Públicas o de quien él delegue y que tendrá como cometidos: 1) Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de política de transporte ferroviario. 2) Definir, en acuerdo con la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE), los estándares aceptables para la infraestructura, incluyendo los límites de carga y velocidad en cada tramo de la vía. 3) Establecer los requisitos para ser operador ferroviario y habilitar los operadores ferroviarios que cumplan con dichos requisitos. 4) Establecer, con el asesoramiento técnico de AFE, las normas que deberá cumplir el material tractivo y remolcado y habilitarlo. 5) Reglamentar los requisitos para ser conductor ferroviario. La habilitación del conductor ferroviario en los diferentes tramos de vía será materia de la reglamentación. 6) Definir los recorridos de cada operador en la red y establecer los criterios de prioridad entre los diferentes operadores, determinando las preferencias sobre cada canal de circulación o tramo de infraestructura, así como los límites a dichas preferencias. 7) Proponer al Poder Ejecutivo y, en acuerdo con AFE, el establecimiento de los cánones y tarifas a abonar por los operadores habilitados y los criterios sobre los cuales se deberán calcular los peajes a abonar por el derecho de uso de la infraestructura ferroviaria.
8) Establecer las normas que deberán cumplir los dispositivos de señalización y comunicaciones. 9) En general, establecer y controlar el cumplimiento de los reglamentos, resoluciones e instrucciones necesarias para el correcto funcionamiento del modo ferroviario, y su correspondiente régimen de sanciones. 10) Regular los servicios complementarios al transporte que se brinden a los operadores ferroviarios. 11) Gestionar el centro de circulación por la red ferroviaria, participando, junto con AFE, en la vigilancia y el control del desplazamiento de trenes y todo otro elemento que circule por la infraestructura ferroviaria. AFE autorizará el uso de la vía a solicitud del operador ferroviario correspondiente, de acuerdo con la disponibilidad, en tiempo real. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. Artículo 173.- Créase el cargo de particular confianza de Director Nacional de Transporte Ferroviario, que estará comprendido en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Autorízase una partida de $ 12.500.000 (doce millones quinientos mil pesos uruguayos) para la financiación del cargo creado en el inciso anterior y de las contrataciones de personal que se consideren imprescindibles para cumplir las competencias de la Dirección Nacional que se crea, hasta la aprobación de su estructura organizativa y de cargos. La habilitación de la referida partida estará supeditada a su efectivo financiamiento con supresión de cargos vacantes del Inciso, reasignaciones de créditos del grupo 0 “Retribuciones Personales” y disminución de créditos de funcionamiento. Estos créditos serán utilizados para la financiación de la estructura, por lo que, una vez aprobada la misma, la Contaduría General de la Nación realizará las trasposiciones pertinentes. Artículo 174.- Autorízase a la unidad ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura” del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a percibir de los organismos comitentes hasta el equivalente a un 2% (dos por ciento) del importe de los respectivos contratos que ejecute por la modalidad de contratación de obra pública con privados, con la finalidad de atender gastos de administración, excluidas las retribuciones personales, que irroguen dichas contrata-
266
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ciones. Dichos fondos constituirán Recursos de Afectación Especial. Artículo 175.- Facúltase a la unidad ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura” del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, a compensar en dinero los días de licencia por antigüedad generados por el personal obrero ocupado efectivamente en obras, depósitos y talleres de la referida unidad ejecutora y hasta un máximo equivalente a ocho jornales por ejercicio vencido, en los casos en que los mismos opten por no hacer uso de dicha licencia. Artículo 176.- Sustitúyese el artículo 326 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 15.258, de 22 de abril de 1982, por el siguiente: “ARTÍCULO 326.- Autorízase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, dentro del límite de sus competencias, a través de la Dirección Nacional de Transporte, a imponer multas de hasta 850 UR (ochocientas cincuenta unidades reajustables), por concepto de violación de las disposiciones vigentes en materia específica de transporte”. Artículo 177.- Autorízase al Director Nacional de Transporte a delegar, por acto administrativo expreso, en el personal inspectivo que éste determine, la potestad de imponer sanciones por violación a las disposiciones en materia de transporte. En el mismo acto en que constate la infracción se extenderá la boleta de contravención y se otorgará vista por el término de diez días, comunicándole por vía electrónica a la dirección de la empresa para que el infractor pueda presentar sus descargos, vencido el cual, la multa se hará efectiva sin necesidad del dictado de un nuevo acto administrativo. Cométese a la Dirección Nacional de Transporte la reglamentación del procedimiento. Artículo 178.- Las multas impuestas por violación a las disposiciones en materia de transporte tendrán una bonificación del 20% (veinte por ciento), siempre que el pago de las mismas se realice dentro del plazo de los diez días posteriores a su constatación. Artículo 179.- La unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte” del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, no expedirá los Permisos Nacionales de Circulación a las empresas que tengan adeudos pendientes con la Administración por concepto de multas derivadas de la
contravención a las disposiciones en materia de transporte. Artículo 180.- Las resoluciones firmes de la unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte”, que impongan multas por contravención a las disposiciones en materia de transporte, constituirán título ejecutivo en los términos previstos por el artículo 91 del Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974 (Código Tributario). Artículo 181.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a fijar el valor en unidades indexadas de los distintos permisos especiales que emite para el transporte de pasajeros y de cargas. Artículo 182.- Las empresas de transporte fluvial y marítimo y todos aquellos que brinden servicios de pasaje a usuarios de terminales de pasajeros instaladas en puertos bajo la administración de la Administración Nacional de Puertos serán agentes de percepción de las tarifas por “uso de infraestructura y administración de terminal de pasajeros”. En tales casos, el precio por el servicio de pasaje incluirá la tarifa referida. Artículo 183.- El ejercicio de las competencias asignadas al Capitán de Puerto de Nueva Palmira, de conformidad con la Ley Nº 16.246, de 8 de abril de 1992, comprenderá la totalidad de las operaciones imputables a Personas de Derecho Público o Privado, cumplidas o a cumplirse, en la extensión del puerto de Nueva Palmira bajo la jurisdicción de la Administración Nacional de Puertos. Artículo 184.- Quedan solidariamente obligados al pago de las obligaciones que se generen en ocasión del uso de los puertos administrados por la Administración Nacional de Puertos, las personas físicas o jurídicas que hayan solicitado los servicios o suministros correspondientes, los propietarios de los buques, sus armadores, así como los agentes o representantes de los intereses de los mismos ante la administración portuaria. Artículo 185.- La Administración Nacional de Puertos (ANP) tendrá acción ejecutiva para el cobro de todos los créditos que resultaren a su favor, generados en ocasión del uso de los puertos que administra. A tales efectos, constituirán títulos ejecutivos: A) Las facturas de la ANP, debidamente conformadas, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 5 del artículo 353 del Código General del Proceso.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
267
B) Los testimonios de las resoluciones firmes dictadas por la Administración Nacional de Puertos, que aprueben liquidaciones de deudas. Serán aplicables en lo pertinente, las previsiones de los artículos 91 y 92 del Código Tributario. INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 186.- Créanse en la unidad ejecutora 019 “Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, en el programa 200 “Asesoramiento, cooperación y representación”, dos Fiscalías Letradas Departamentales. La Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación determinará la ubicación y fecha de instalación de las nuevas Fiscalías Letradas Departamentales creadas por la presente disposición y, provisoriamente, fijará el nuevo régimen de turnos, así como de distribución de expedientes en trámite, sin perjuicio de su homologación por el Poder Ejecutivo. Artículo 187.- Créanse en la unidad ejecutora 019 “Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 200 “Asesoramiento, cooperación y representación”, a efectos de cubrir las necesidades de funcionarios de las Fiscalías Letradas Departamentales, sin perjuicio de la asignación posterior del destino, los siguientes: A) 2 cargos de Fiscal Letrado Departamental, escalafón N. B) 2 cargos de Secretario Letrado, Abogado, escalafón A, grado 13, artículo 297 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. C) 4 cargos de Administrativo III, escalafón C, grado 6. Artículo 188.- Sustitúyese el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 239.- Las personas físicas o jurídicas contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas e Impuesto al Patrimonio, que efectúen donaciones en efectivo para proyectos declarados de fomento artístico cultural, gozarán de los beneficios fiscales siguientes, de acuerdo con los destinos elegidos para la donación según la siguiente escala: A) Para los aportes al Fondo Global o Fondo Común, el 75% (setenta y cinco por ciento)
del depósito realizado en cuenta habilitada a tales efectos se imputará como pago a cuenta de los tributos mencionados en el acápite. B) Para los proyectos artísticos individualizados, se imputará el 65% (sesenta y cinco por ciento) del monto depositado cuando se realicen o se gestionen en el interior del país. Cuando se trate de aquellos individualizados correspondientes a Montevideo se imputará el 55% (cincuenta y cinco por ciento). C) Para los casos de aportes a proyectos oficiales se imputará el 35% (treinta y cinco por ciento) del monto depositado. En todos los casos, el 25% (veinticinco por ciento) de la suma depositada en las cuentas correspondientes podrá ser imputado a todos los efectos fiscales como gasto de la empresa. El organismo beneficiario expedirá recibos que serán canjeables por certificados de crédito de la Dirección General Impositiva”. Artículo 189.- Sustitúyese el acápite del artículo 529 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 529.- La Dirección General del Registro de Estado Civil reglamentará la investidura transitoria de Oficiales de Estado Civil en funcionarios de su dependencia o en funcionarios públicos que se desempeñen en el Organismo, en régimen de comisión de servicios o de prestación de funciones, al amparo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 681 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en caso que los Oficiales de Estado Civil designados no pudieren cumplir su función, sobre las siguientes bases:”. Artículo 190.- Sustitúyese el artículo 68 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, por el siguiente: “ARTÍCULO 68.- Facúltase a la Dirección General del Registro de Estado Civil para subrogar a los Oficiales de Estado Civil de la capital en caso de licencia, impedimento o cuando medien causas suficientes, a juicio de dicha Dirección, que justifiquen esa subrogación. Asimismo, podrá disponer las subrogaciones que entienda pertinentes, para el cumplimiento de las funciones propias del cargo, de Oficiales de Estado Civil de la capital o in-
268
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
terior del país, debiendo mediar en el caso de estos últimos, la conformidad del subrogante”. Artículo 191.- Facúltase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a realizar convenios referentes a la aplicación de políticas de prestación de servicios de Registro de Estado Civil, con los Gobiernos Departamentales y demás niveles de gobierno local. Artículo 192.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 528 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Serán percibidas por la Dirección General del Registro de Estado Civil, la que los distribuirá en partes iguales entre los funcionarios referidos en el párrafo anterior que efectivamente realicen las ceremonias de matrimonio. Esta partida será la única que los Oficiales actuantes podrán percibir por tales conceptos. La Dirección General del Registro de Estado Civil reglamentará por resolución fundada tal situación”. Artículo 193.- Facúltase a la unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos” y a la unidad ejecutora 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a realizar contratos temporales de derecho público para desempeñar las siguientes tareas: Director de Informativos, Dirección y/o realización audiovisual, Dirección de Arte, Dirección de Fotografía, Dirección de Promociones, Asistente de Dirección, Asesor de Programación, Programadores, realizadores audiovisuales, periodistas, reporteros, productores de programa, productores periodísticos, conductores o presentadores, columnistas, guionistas, corresponsales, locutores, operadores de radio, sonidistas de radio, fotógrafos de páginas web, gestores y vendedores publicitarios, encargados de Relaciones Públicas, en los casos que las Unidades no cuenten con funcionarios públicos capacitados para dichas tareas. Facúltase al Poder Ejecutivo a ampliar dicha nómina cuando por razones fundadas los avances tecnológicos requieran el desempeño de nuevas tareas en radio y/o televisión. Las contrataciones que se efectúen estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), y serán de aplicación las disposiciones contenidas en el artículo 43 de la llamada Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983, así como de la contenida en el artículo 260 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005.
El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento previo y favorable de la ONSC, reglamentará la presente disposición en un plazo de noventa días. Quienes se encuentren desempeñando las tareas, a la fecha de vigencia de la presente ley, mencionadas en el inciso primero del presente artículo, cualquiera sea la naturaleza del vínculo, podrán ser contratadas en las condiciones previstas, previa conformidad del jerarca. Habilítase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de crédito correspondientes a los objetos del gasto que actualmente financian estas contrataciones. Artículo 194.- Derógase el literal C) del artículo 169 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 287 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, destinándose el porcentaje establecido en el mismo a Rentas Generales. Las partidas presupuestales financiadas con los recursos establecidos en la norma citada, pasarán a financiarse con cargo a Rentas Generales, en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a realizar las modificaciones presupuestales a efectos del cumplimiento de la presente norma. Artículo 195.- Sustitúyese el artículo 287 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 287.- Habilítase a las unidades ejecutoras 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos” y 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a realizar canjes publicitarios con la finalidad de acceder a insumos materiales o servicios necesarios para su adecuado funcionamiento, imagen corporativa, desarrollo de la programación, producciones, actividades, eventos o servicios en páginas web. La valoración de los canjes se realizará a partir del 50% (cincuenta por ciento) del régimen tarifario de publicidad aprobado por las mencionadas unidades ejecutoras, entendiendo por tal el valor de los tiempos y espacios de publicidad establecidos, guardando la razonable equivalencia con la contrapartida de bienes y servicios que eventualmente se reciban bajo esta modalidad, para lo cual deberá presentar cotización de al menos tres precios.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
269
Los canjes publicitarios no podrán representar más de un 30% (treinta por ciento) del tiempo estimado como disponible con destino a publicidad en radio o televisión. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley”. Agrégase al numeral 3 del artículo 33 de la Sección II del Título I del TOCAF, el siguiente literal: “Z) Las contrataciones que realicen las unidades ejecutoras 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos” y 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, bajo la modalidad de canjes publicitarios”. Artículo 196.- Autorízase a la unidad ejecutora 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a solventar con cargo a sus gastos de funcionamiento el costo de pasajes, alojamiento, alimentación y otros gastos de producción derivados de acuerdos de coproducción con canales y productoras extranjeras. A efectos de individualizar el gasto dispuesto en el inciso anterior, la Contaduría General de la Nación creará un objeto del gasto específico. Artículo 197.- La unidad ejecutora 024 “Canal 5 Servicio de Televisión Nacional” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, podrá obtener recursos a través del cobro de precios por la prestación de servicios asociados a su giro, como arrendamiento de móviles y equipamiento de producción, y por la comercialización de sus producciones. La unidad ejecutora 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional” en el marco de sus actividades, fijará, previo informe del Ministerio de Educación y Cultura, las tarifas publicitarias y de los demás servicios, incluyendo la autorización de descuentos sobre los precios y condiciones de pago. Artículo 198.- Autorízase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 024 “Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, a reasignar hasta la suma de $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” del objeto del gasto 299.000 “Otros Servicios No Personales no incluidos en los anteriores”, al objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público”. En el importe a reasignar se entenderán incluidos aguinaldo y cargas legales.
Artículo 199.- Sustitúyese el artículo 32 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 32.- Créase, en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la Beca Carlos Quijano, para ser otorgada a ciudadanos uruguayos para la realización de cursos de postgrado. Asígnase una partida de $ 725.100 (setecientos veinticinco mil cien pesos uruguayos) a efectos de integrar los fondos destinados a dicha beca. Autorízase al Fondo de Solidaridad creado por el artículo 1º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, a reforzar la partida prevista en el inciso anterior así como la destinada al fondo de becas establecido por el artículo 115 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986″. Artículo 200.- Increméntase en el ejercicio 2012 en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 340 “Acceso a la Educación”, la partida destinada a horas docentes del Programa Nacional de Educación y Trabajo PNET – CECAP en $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos), disminuyéndose del objeto del gasto 299 “Otros servicios no personales” $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) y del objeto del gasto 577.001 “Becas de Estudio – Territorio Nacional” $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) del mismo programa y unidad ejecutora. Artículo 201.- Sustitúyese el numeral 10) del artículo 45 de la Ley Nº 9.739, de 17 de diciembre de 1937, por el siguiente: “10) Las transmisiones de obras musicales -con o sin palabras-, obras coreográficas y/o figuras humanas, por los medios de radiodifusión del Estado o por cualquier otro procedimiento conocido, cuando estén destinadas exclusivamente a fines culturales”. INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Artículo 202.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a redistribuir en el programa 441 “Rectoría en Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el monto de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) del objeto del gasto 199 “Otros bienes de consumo” al objeto del gasto 721 “Gastos extraordinarios”, en las unidades ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaría” y 003 “Dirección General de la Salud”, con destino a la financiación de las activida-
270
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
des relacionadas a la Unión de Naciones Suramericanas, al Mercado Común del Sur y otras relativas a la ejecución de las políticas de descentralización de los planes de salud. Artículo 203.- Autorízase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a redistribuir de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 441 “Rectoría en Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Generales” del objeto del gasto 048.025 “Recuperación salarial MSP A104 L18046”, la suma de $ 12.423.995 (doce millones cuatrocientos veintitrés mil novecientos noventa y cinco pesos uruguayos), a los programas, unidades ejecutoras, proyectos y objetos del gasto de acuerdo al siguiente detalle, en moneda nacional:
tora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 206.- Autorízase a la unidad ejecutora 105 “Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud” del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a percibir ingresos por concepto de expedición de certificados, inspecciones y multas, para el cumplimiento de los cometidos establecidos por el artículo 573 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. La titularidad, disponibilidad y uso de los fondos, a que refiere este artículo, se regulará por las mismas normas establecidas para la unidad ejecutora 003 “Dirección General de la Salud”. El Ministerio de Salud Pública, en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, autorizará las trasposiciones de créditos correspondientes en la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, comunicándolas a la Contaduría General de la Nación. Artículo 207.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 324 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “Las erogaciones autorizadas por la presente disposición deberán ser atendidas con cargo a los créditos vigentes de la unidad ejecutora 105 “Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud” y estarán condicionadas a la entrega de un plan de trabajo anual y/o proyectos de desarrollo que se ajusten a los objetivos del Sistema Nacional Integrado de Salud”. Artículo 208.- Aplícase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” lo dispuesto en el literal A) del inciso primero del artículo 719 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en cuanto a otorgar altas por bajas en igual función, previa realización de llamado, sin que implique costo presupuestal. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley y cesará cuando se aprueben las designaciones de los titulares de los puestos de trabajo resultantes de la reestructura del inciso o cuando finalice el plazo contractual, en caso de que no se hubieren completado las referidas reestructuras. Artículo 209.- La Red Nacional de Donación y Trasplante, creada por el artículo 570 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, se implementará a través de la coordinación entre los efectores
Programa 441 441 441 440 440 441
U.E. 001 002 003 003 004 105 Total
Proy. 000 000 000 000 000 000
ODG 042.510 042.510 042.510 042.510 042.510 042.510
Importe 4.500.000 23.995 5.100.000 1.300.000 500.000 1.000.000 12.423.995
Los importes correspondientes a aguinaldo y cargas legales, deberán reasignarse a las unidades ejecutoras y programas en la misma proporción en que se redistribuye la partida. Artículo 204.- Aplícase lo dispuesto en el artículo 568 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a las inversiones de equipamiento médico de alto o mediano porte realizadas por cualquier persona física o jurídica. Artículo 205.- Modifícase el artículo 565 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a efectos de establecer que la retribución del cargo de “Subdirector General de la Salud” de la unidad ejecutora 003 “Dirección General de la Salud”, programa 441 “Rectoría en Salud” del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, estará comprendida en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. La diferencia entre la retribución establecida por el artículo modificado y la que corresponde por aplicación del presente, se abonará con cargo al crédito autorizado en el objeto del gasto 099.001, de la unidad ejecu-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
271
públicos y privados del Sistema Nacional Integrado de Salud y la unidad ejecutora 004 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”. Dicho Instituto será responsable de la formación de los recursos humanos de la Red Nacional de Donación y Trasplante y de su auditoría. Artículo 210.- Facúltase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 004 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos” a contratar guardias a retén y suplentes a través de un contrato temporal de derecho público, cuya retribución se fijará por guardias, con cargo a la partida asignada por el artículo 569 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Los cuadros de suplentes y las guardias a retén se renovarán cada tres años, efectuándose la selección a través del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil. La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 211.- Créase, a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 004 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”, un cargo de particular confianza de Director, cuyo titular será designado por el Poder Ejecutivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 331 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. El Ministerio de Salud Pública comunicará, dentro de los treinta días de promulgación de la presente ley, los créditos presupuestales a transferir de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” a la unidad ejecutora 004 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”, necesarios para financiar la retribución del cargo que se crea en el inciso anterior. INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Artículo 212.- Créase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, la Unidad de Evaluación y Monitoreo de las Relaciones Laborales y Empleo. Esta Unidad dependerá directamente del Director General de Secretaría. Artículo 213.- Serán funciones de la Unidad de Evaluación y Monitoreo de las Relaciones Laborales y Empleo:
A) Asesorar y proporcionar la información necesaria para la toma de decisiones de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social referidas a políticas de trabajo, empleo, negociación colectiva y formación profesional. B) Generar y procesar información y conocimiento sobre el mercado de trabajo a nivel regional, nacional y departamental. C) Sistematizar y analizar la información que surge de los convenios colectivos y en general del funcionamiento de los Consejos de Salarios. D) Diseñar informes periódicos a partir del procesamiento de datos de fuentes internas o externas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. E) Diseñar indicadores de gestión que permitan el monitoreo y evaluación de los distintos programas y acciones de las diferentes unidades ejecutoras del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. F) Analizar la demanda y oferta de empleo a nivel nacional, regional y departamental. Artículo 214.- Créase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, la Unidad de Coordinación para los uruguayos que retornan al país, la que estará integrada por representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), con los siguientes cometidos: A) Planificar, implementar y evaluar las medidas tendientes a facilitar la inserción laboral y social de los uruguayos que retornan al país. B) Solicitar a través del INEFOP la convocatoria a las distintas entidades capacitadoras públicas y privadas, para la capacitación de dicha población. C) Coordinar con los Centros Públicos de Empleo y las distintas unidades ejecutoras del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social relacionados con los temas de migración, seguridad social y formación profesional. D) Interactuar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Junta Nacional de la Migración y la Comisión Sectorial de Población, organismos internacionales así como organizaciones representativas del sector trabajador y empleador y de la sociedad civil referentes en esta temática, a los efectos de intercambiar información que
272
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
contribuya a la elaboración de los planes que lleven a la integración social y laboral de esa población. INCISO 14 MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Artículo 215.- Sustitúyese el artículo 606 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 606.- A partir del 1º de enero de 2013, la realización de los proyectos o programas a cargo del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de MEVIR – Dr. Alberto Gallinal Heber, financiados por el Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, estará supeditada a la aprobación por parte de los Gobiernos Departamentales, de los instrumentos de ordenamiento territorial que correspondan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, modificativas y concordantes”. Artículo 216.- Sustitúyese el artículo 600 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 600.- Autorízase al Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, grupo 0 “Servicios Personales”, una partida anual de $ 36.000.000 (treinta y seis millones de pesos uruguayos), para financiar la modificación de la estructura de puestos. Los créditos presupuestales autorizados por este artículo serán utilizados para la contratación del personal que se considere imprescindible, hasta que se efectivicen las designaciones en los puestos de trabajo resultantes de la reestructura organizativa y de cargos del Inciso o cuando finalice el plazo contractual, en caso de que no se hubieren completado las referidas reestructuras”. Artículo 217.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no podrá contratar personal eventual al amparo del artículo 446 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por los artículos 456 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, 409 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 332 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, 16 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, 103 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y 364 de la Ley
Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Los contratos eventuales vigentes no podrán extenderse más allá del actual período de Gobierno. Artículo 218.- Extiéndese la facultad de disponer retenciones sobre retribuciones salariales y prestaciones de la seguridad social conferida a la Agencia Nacional de Vivienda por el artículo 34 de la Ley Nº 18.125, de 27 de abril de 2007, a los créditos otorgados o que otorgue, cuando actúe en carácter de acreedor, administrador o fiduciario de fideicomisos. Las retenciones resultantes de lo dispuesto en el inciso precedente tendrán el mismo orden de prioridad establecido para el Banco Hipotecario del Uruguay, por el artículo 1º de la Ley Nº 17.829, de 18 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.358, de 26 de setiembre de 2008, y cuando concurra con una orden similar del referido Banco, se priorizará la que proceda del crédito más antiguo. Artículo 219.- Exceptúanse de la prohibición establecida por el artículo 16 de la Ley Nº 10.723, de 21 de abril de 1946, en la redacción dada por el artículo 2º de la Ley Nº 18.367, de 10 de octubre de 2008, los fraccionamientos elaborados o que se elaboren en el marco de programas públicos de vivienda de interés social o de regularización de asentamientos irregulares, cuando dichos programas se hayan iniciado con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008. Artículo 220.- Facúltase a los Gobiernos Departamentales a categorizar como urbanos o suburbanos aquellos inmuebles rurales que con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, hayan sido adquiridos, prometidos en compra o reservados en compra por MEVIR – Dr. Alberto Gallinal Heber o designados para expropiar por el Poder Ejecutivo o por los Gobiernos Departamentales con destino a programas de MEVIR. INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Artículo 221.- Sustitúyense los incisos segundo y tercero del artículo 625 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por los siguientes: “Asígnase una partida anual de $ 17.238.145 (diecisiete millones doscientos treinta y ocho mil ciento cuarenta y cinco pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, a partir del 1º de enero de 2011, incrementándose en $ 10.151.634 (diez mi-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
273
llones ciento cincuenta y un mil seiscientos treinta y cuatro pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, a partir del 1º de enero de 2012, a los efectos de financiar las retribuciones de los cargos creados y sus respectivas compensaciones, así como la de todos los cargos existentes en la Serie “Informática”.
Grupo 0
Denominación Serv. Personales
2012 4.259.200
2013 5.111.041
2014 5.111.041
2
Serv. no Personales Total
5.740.800
4.888.959
4.888.959
10.000.000
10.000.000
10.000.000
Exceptúase la retribución de dichos cargos de lo establecido en el artículo 105 de la denominada Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983″.
Artículo 222.- Sustitúyese la denominación del cargo “Director del Programa de Atención a Colectivos y Población Vulnerable”, creado por el inciso tercero del artículo 39 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, por la de “Director del Instituto Nacional del Adulto Mayor”, manteniendo todas las características asignadas por la ley de creación.
Artículo 225.- Autorízase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a otorgar préstamos a personas físicas o jurídicas, estableciendo reembolsos totales o parciales, con la finalidad de promover el fortalecimiento de emprendimientos productivos. Con el recupero de los préstamos otorgados, se constituirá un fondo rotatorio destinado a los mismos fines, el que se incorpora a la nómina de fuentes de financiamiento establecidas en el inciso segundo del artículo 47 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. El mismo incluirá a partir del ejercicio 2012 los recuperos procedentes de los préstamos otorgados con cargo al crédito autorizado para el ejercicio 2011 por el artículo 617 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 226.- Facúltase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a transferir, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos uruguayos) de gastos de funcionamiento excluidos suministros, a efectos de financiar las contrataciones mínimas imprescindibles hasta que se efectivicen las designaciones en los puestos de trabajo resultantes de la reestructura organizativa y de cargos del Inciso o cuando finalice el plazo contractual, en caso de que no se hubieren completado las referidas reestructuras. SECCIÓN V
Artículo 223.- Increméntase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” la suma de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) en el objeto del gasto 042.521 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas” y la suma de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) en el objeto del gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantías”, incluido aguinaldo y cargas legales, disminuyéndose por igual importe los créditos de los grupos 1 “Bienes de Consumo”, 2 “Servicios no personales” y 5 “Transferencias” del mismo programa.
El Ministerio de Desarrollo Social comunicará a la Contaduría General de la Nación las modificaciones presupuestales a efectos de dar cumplimiento a la presente norma.
ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 16 PODER JUDICIAL
Artículo 224.- Reasígnase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, los créditos presupuestales establecidos en el artículo 617 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el programa 346 “Educación Media”, para el Proyecto 104 “Medidas de Inclusión Social” según el siguiente detalle:
Artículo 227.- Los funcionarios que ocupen cargos en el escalafón II “Profesional” del Poder Judicial cuyas remuneraciones se encuentren equiparadas al escalafón I “Magistrados” por aplicación del artículo 495 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, podrán optar por ser incluidos en el régimen de retribuciones correspondiente a la escala salarial porcentual de los escalafones II a VI, dentro de los ciento ochenta días de entrada en vigencia de la presente
274
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
ley, sin que ello implique un incremento del crédito presupuestal asignado. Artículo 228.- Autorízase al Inciso 16 “Poder Judicial” a asignar la función de Asistente Técnico a un funcionario, según el régimen establecido por el artículo 632 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y con destino al nuevo Tribunal de Apelaciones en lo Penal creado por los artículos 637 y 638 de la mencionada ley. Suprímese el cargo de Asistente Técnico del escalafón II creado desde el 1º de enero de 2011 por el artículo 638 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con cuyo crédito presupuestal se financiará la compensación que corresponda por la asignación de funciones establecida en el inciso primero del presente artículo. Artículo 229.- Autorízase la presupuestación de los funcionarios contratados con cinco años de antigüedad ininterrumpida y continua a la fecha de vigencia de la presente ley, en los cargos de “Arquitecto” que se desempeñan en la División Arquitectura y de “Asesor” que se desempeñan en la División Jurídico Notarial, y pertenecen al escalafón II “Profesional”, grado 12 del Poder Judicial. La presupuestación se realizará en base al puntaje asignado en las calificaciones, según reglamentación que dicte la Suprema Corte de Justicia, sin que ello implique un incremento del crédito presupuestal asignado. Artículo 230.- Transfiérense, en los ejercicios 2012 a 2014, las asignaciones presupuestales del proyecto 801 “Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo BID”, del programa 203 “Gestión, Administración y Servicios de Apoyo a Tribunales y Defensorías Públicas”, financiación 2.1 “Endeudamiento Externo”, al proyecto 973 “Inmuebles”, del mismo programa, financiación 1.1 “Rentas Generales”. Artículo 231.- El Poder Judicial comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de promulgada la presente ley, las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de financiar las erogaciones con destino a la realización y financiación de programas de capacitación permanentes en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, para Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público del Uruguay en materia de Derechos Humanos, que contengan cursos sobre la debida investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de desaparición forzada de personas y de sustracción de niños y niñas, con la contratación de expertos nacionales y extranjeros en el tema.
Artículo 232.- Sustitúyese el artículo 63 de la Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985, en la redacción dada por el artículo 346 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, por el siguiente: “ARTÍCULO 63.- La integración de oficio de los Tribunales se efectuará, para todas las materias, cuando existiera impedimento por causa de licencia por plazo superior a quince días o por vacancia, con el Ministro del Tribunal de Apelaciones Suplente, de acuerdo con la reglamentación que dicte la Suprema Corte de Justicia. El nuevo miembro continuará conociendo del asunto hasta dictar la sentencia que motiva la integración”. Artículo 233- Derógase el artículo 19 de la Ley Nº 11.460, de 8 de julio de 1950, en la redacción dada por los artículos 257 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, y 153 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969. Artículo 234.- Autorízase al Poder Judicial a realizar la digitalización del Archivo Judicial, existente y futuro, de todos los procedimientos judiciales y administrativos, el que debidamente certificado mantendrá idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que el equivalente en soporte papel. La Suprema Corte de Justicia reglamentará el uso del sistema y su implantación gradual, quedando facultada para ordenar la destrucción de expedientes judiciales y administrativos archivados. Artículo 235.- En los procesos que se tramiten ante Tribunales del Poder Judicial en los que se persiga el cobro de una suma de dinero, a los efectos de facilitar el control de las liquidaciones de créditos y de los intereses usurarios, en su caso, el Tribunal podrá requerir a las partes, en la etapa procesal en que lo considere pertinente, la agregación de la liquidación en soporte magnético. La Suprema Corte de Justicia reglamentará los aspectos técnicos necesarios para dar cumplimiento con lo previsto en el inciso anterior, y en particular los datos mínimos que deberán ser incluidos en la liquidación, a los efectos de su debido cotejo a través de los instrumentos electrónicos correspondientes. Artículo 236.- Créase un Tribunal de Apelaciones del Trabajo. El Poder Judicial comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de promulgación de la presente ley, las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de financiar las erogaciones correspondientes a retribuciones perso-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
275
nales y gastos de funcionamiento para el cumplimiento de la presente norma. INCISO 25 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 237.- Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a partir del 1º de enero de 2011, una partida anual en el grupo 0 “Servicios Personales”, de $ 243.400.000 (doscientos cuarenta y tres millones cuatrocientos mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero de 2011, de los recursos provenientes del artículo 867 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con destino a financiar costos asociados a incremento de la masa salarial. Artículo 238.- Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a partir del 1º de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 91.500.000 (noventa y un millones quinientos mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación de Rentas Generales, a fin de solventar las erogaciones correspondientes al pasaje de grado docente, a la prima por veintiocho y treinta y dos años de actividad docente, y a la prima por veinticinco y treinta años de actividad no docente. Artículo 239.- Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a partir del 1º de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 280.600.000 (doscientos ochenta millones seiscientos mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación 1.1 Rentas Generales, a fin de solventar las necesidades derivadas del cambio del concepto de inversión del artículo 78 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 73 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 240.- Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a partir del 1º de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 237.900.000 (doscientos treinta y siete millones novecientos mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación Rentas Generales, a fin de solventar las necesidades derivadas del crecimiento de la matrícula y la apertura de nuevos grupos, cursos y carreras. Artículo 241.- Increméntanse, a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, los crédi-
tos presupuestales anuales correspondientes a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, destinados a gastos de funcionamiento, en $ 120.200.000 (ciento veinte millones doscientos mil pesos uruguayos). Artículo 242.- Modifícase el artículo 671 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, en las asignaciones presupuestales correspondientes a Inversiones en las Financiaciones Rentas Generales y Endeudamiento Externo, para los ejercicios que se indican, a valores de 1º de enero de 2011, de acuerdo al siguiente detalle:
FINANCIACIÓN RENTAS GENERALES 2012 Inversiones Proyectos de cionamiento (PAEPU y PAEMFE) Otros Proyectos de Funcionamiento TOTAL 1.519.172.288 1.519.172.288 1.519.172.288 121.441.894 124.209.094 126.976.294 Fun65.688.568 59.399.076 48.427.177 1.332.041.826 2013 1.335.564.118 2014 1.343.768.817
FINANCIACIÓN ENDEUDAMIENTO EXTERNO 2012 Inversiones Proyectos de 13.000.000 438.800.629 9.621.836 438.800.629 4.611.390 438.800.629 425.800.629 2013 429.178.793 2014 434.189.239
Funcionamiento TOTAL
La Administración Nacional de Educación Pública distribuirá los créditos autorizados en la presente norma para Proyectos de Funcionamiento en los correspondientes programas, en retribuciones personales y gastos de funcionamiento, comunicando a la Asamblea General, al Tribunal de Cuentas y a la Contaduría General de la Nación.
276
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
Artículo 243.- Aplícase a la Administración Nacional de Educación Pública el régimen previsto en el artículo 47 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para los contratos de arrendamiento de obra. En las contrataciones que efectúe la ANEP, en la modalidad de arrendamiento de obra no regirá la incompatibilidad prevista en el inciso quinto de la referida disposición, para el caso de funcionarios dependientes de esa Administración. Artículo 244.- Sustitúyese el inciso octavo del artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “La selección se realizará mediante concurso a través del Sistema de Reclutamiento y Selección de los recursos humanos de la Oficina Nacional de Servicio Civil, a cuyo efecto se dictará la reglamentación correspondiente. En el caso de becas o pasantías para la prestación de servicios generales en Administración Nacional de Educación Pública la selección se hará entre los estudiantes de sus centros escolares, mediante llamados a aspirantes de acuerdo a la reglamentación que el ente establezca”. Artículo 245.- Agrégase al artículo 482 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por los artículos 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, 738 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, 6º de la Ley Nº 17.088, de 30 de abril de 1999, 27 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 8º de la Ley Nº 17.978, de 26 de junio de 2006, y 26 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, el siguiente literal: “Para adquirir o reparar bienes destinados a cubrir necesidades provenientes de cursos de capacitación laboral, hasta un monto anual de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos) en la ANEP cuando los mecanismos previstos para ello no hagan posible las contrataciones en los plazos adecuados para su instrumentación. El jerarca del Inciso deberá autorizar el gasto en cada caso”. INCISO 26 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Artículo 246.- Increméntase en el Inciso 26 “Universidad de la República” una partida anual de carácter permanente con vigencia a partir del ejercicio 2011, de $ 243.400.000 (doscientos cuarenta y tres millones cuatrocientos mil pesos uruguayos), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 867 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con destino
al fortalecimiento de los programas presupuestales y de acuerdo al siguiente detalle: – Programa 347 “Académico”, $ 59.460.000. – Programa 348 $ 134.620.000. “Desarrollo Institucional”,
– Programa 349 “Bienestar y Vida Universitaria”, $ 5.070.000. – Programa 350 “Atención a la Salud del Hospital de Clínicas”, $ 26.750.000. – Programa 351 “Desarrollo de la Universidad en el Interior del País”, $ 2.070.000. – Pr ogr am a 352 “Inver s iones en Infr aestr uc tur a Edilic ia PO MLP”, $ 15.430.000. Se comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución por objeto de gasto. Artículo 247.- Facúltase a la Universidad de la República a acordar, en un plazo de hasta ciento ochenta días desde el inicio de cada ejercicio, la administración de los créditos presupuestales de inversión correspondientes al programa 352 – Plan de Obras de Mediano y Largo Plazo con la Corporación Nacional para el Desarrollo en ejercicio de los cometidos asignados por el artículo 11 de la Ley Nº 15.785, de 4 de diciembre de 1985, en la redacción dada en el artículo 34 de la Ley Nº 18.602, de 21 de setiembre de 2009. En dicho caso, la Corporación Nacional para el Desarrollo se ajustará estrictamente a las directivas de la Universidad de la República y realizará todas las contrataciones mediante procedimientos competitivos que aseguren el cumplimiento de los principios de publicidad e igualdad de los oferentes, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 114 del TOCAF 1996. INCISO 27 INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY Artículo 248.- Increméntase en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” el grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en la suma de $ 262.500.000 (doscientos sesenta y dos millones quinientos mil pesos uruguayos) anuales, para el ingreso de personal al “Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA)”, creado por la Ley Nº 18.771, de 1º de julio de 2011″.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
277
Artículo 249.- Agrégase al inciso segundo del artículo 693 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, lo siguiente: “Autorízase al Fondo de Infraestructura Educativa Pública – INAU, a contratar directamente con organismos del Estado y la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Insalubre (MEVIR Doctor Alberto Gallinal Heber)”. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO Artículo 250.- Los ingresos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) se realizarán mediante contrataciones provisorias por el término de dieciocho meses, las que se financiarán con los créditos habilitados para las vacantes correspondientes, pudiendo ser rescindidas en cualquier momento por resolución fundada de la autoridad competente. Transcurrido el plazo del inciso anterior y previa evaluación favorable, el contratado será incorporado en un cargo presupuestado. La no aprobación de la evaluación determinará la rescisión automática del provisoriato. La Administración de los Servicios de Salud del Estado reglamentará el mecanismo de selección de los recursos humanos aspirantes a ser contratados en el presente régimen de provisoriato. Artículo 251.- La Administración de los Servicios de Salud del Estado transferirá del objeto del gasto 031 “Retribuciones Zafrales y Temporales” las partidas necesarias para la creación de cargos en los grados de ingreso de los escalafones “A”, “B” y “D”, a efectos de incorporar en los padrones presupuestales, en las unidades ejecutoras y en las funciones que desempeñen, a los funcionarios suplentes que computen un año de actuación permanente al 30 de abril de 2011 y cuenten con evaluación favorable de su actuación. Artículo 252.- Los funcionarios de la Escuela de Sanidad “Dr. José Scosería” de la Universidad de la República, que desempeñen funciones en régimen de “Comisión de Servicio” en la unidad ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, podrán optar, en un plazo de noventa días a partir de la vigencia de la presente ley, por su incorporación definitiva a dicha unidad, previa conformidad de los jerarcas de ambos organismos.
Artículo 253.- La Administración de los Servicios de Salud del Estado distribuirá las partidas asignadas por los artículos 735 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y literal A) del artículo 457 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en los objetos del gasto correspondientes a retribuciones personales, a efectos de abonar las partidas que correspondan a los profesionales que sean contratados por las Comisiones de Apoyo. Dicha distribución será comunicada a la Contaduría General de la Nación. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 254.- Facúltase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a transferir, cuando se produzcan bajas en las Comisiones de Apoyo y en el Patronato del Psicópata, de los grupos 5 “Transferencias” y 2 “Servicios no personales” al grupo 0 “Servicios personales”, los créditos para financiar las erogaciones que demanden la creación de los cargos presupuestados con destino a financiar funciones equivalentes. Incorpóranse las funciones desempeñadas al 31 de julio de 2010, por personal contratado por las Comisiones de Apoyo y por el Patronato del Psicópata de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, a las dependencias del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a efectos de lo dispuesto en los artículos 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y 315 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Quedan incluidos en la presente disposición los cuidadores de pacientes que ejercen funciones en las Colonias de Asistencia Psiquiátricas “Doctor Bernardo Etchepare” y “Santín Carlos Rossi”, en el Hospital Centro Geriátrico Dr. Luis Piñeyro del Campo y en el Hospital Pereira Rossell. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 255.- No les será aplicable la prohibición dispuesta por el artículo 32 de la Ley Nº 11.923, de 27 de marzo de 1953, en la redacción dada por el artículo 12 de la Ley Nº 12.079, de 11 de diciembre de 1953, al personal asistencial (incluidos Auxiliares de Servicio) que se incorporen al Organismo cuando la situación que se exceptúa en la presente norma se produzca por aplicación de lo dispuesto en el artículo 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y en el artículo 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre
278
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
de 2005, y que a la fecha de la promulgación de la presente ley cuenten con otro empleo público. La referida excepción cesará al vacar cualquiera de los cargos. Artículo 256.- Se faculta a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a crear cargos de guardia retén en las funciones que la Administración determine y por las cargas horarias que requiera el servicio, a los efectos de lo preceptuado por el artículo 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. La Administración de los Servicios de Salud del Estado reglamentará dicha modalidad de trabajo. SECCIÓN VII RECURSOS CAPÍTULO I ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO Artículo 257.- Sustitúyense los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, y 5º de la citada ley, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.519, de 15 de julio de 2009, por los siguientes: “ARTÍCULO 1º.- A los efectos de la presente ley, la deuda pública neta está constituida por los pasivos netos -de acuerdo con los criterios vigentes de medición del Banco Central del Uruguay- a cargo del Gobierno Central, el Banco Central del Uruguay, la Administración de Ferrocarriles del Estado, la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, la Administración Nacional de Puertos, la Administración Nacional de Correos, la Administración Nacional de Telecomunicaciones, el Instituto Nacional de Colonización, la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, la Agencia Nacional de Vivienda, la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, el Banco de Previsión Social y el Banco de Seguros del Estado. A efectos de la determinación de la deuda neta se incluirá como pasivo la base monetaria”. “ARTÍCULO 4º.- A partir del 1º de enero de 2011, la deuda pública nacional neta en cada ejercicio anual podrá ser incrementada en hasta un máximo equivalente a UI 5.500.000.000 (cinco mil quinientos millones de unidades indexadas). Cuando medien situaciones climáticas adversas que determinen que la Administración Nacional de
Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), deba asumir costos extraordinarios para la generación de energía, el tope referido en el inciso anterior podrá ser adicionalmente incrementado en hasta un máximo equivalente al 1,5% (uno con cinco por ciento) del Producto Bruto Interno (PIB). En ningún caso, a los efectos dispuestos en este artículo, los costos extraordinarios incurridos por UTE, sumados a la variación del Fondo de Estabilización Energética (artículo 773 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010) podrán superar el 1,5% (uno con cinco por ciento) del PIB. El Poder Ejecutivo dará cuenta de lo actuado a la Asamblea General”. “ARTÍCULO 5º.- El Poder Ejecutivo podrá superar hasta en un 100% (cien por ciento) el tope de deuda fijado en el inciso primero del artículo 4º de la presente ley, para un año determinado en aquellos casos en los que factores extraordinarios e imprevistos así lo justificaren, dando cuenta a la Asamblea General y sin que ello altere el tope fijado para los ejercicios siguientes”. Derógase el artículo 2º de la Ley Nº 18.519, de 15 de julio de 2009. Estas disposiciones regirán a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 258.- Las operaciones financieras de los entes autónomos y servicios descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado, excluido el financiamiento de proveedores, que impliquen un endeudamiento superior al equivalente en moneda nacional a UI 85.000.000 (ochenta y cinco millones de unidades indexadas), deberán ser autorizadas por el Poder Ejecutivo e informadas a la Asamblea General dentro de los treinta días de aprobado. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. CAPÍTULO II NORMAS TRIBUTARIAS Artículo 259.- Sustitúyese el artículo 78 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 78.- Donaciones especiales. Beneficio.- Las donaciones que las empresas contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas e Impuesto al Patrimonio realicen a las entidades que se indican en el ar-
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
279
tículo siguiente, gozarán del siguiente beneficio: – El 75% (setenta y cinco por ciento) del total de las sumas entregadas convertidas a unidades indexadas a la cotización del día anterior a la entrega efectiva de las mismas, se imputará como pago a cuenta de los tributos mencionados. El organismo beneficiario expedirá recibos que serán canjeables por certificados de crédito de la Dirección General Impositiva, en las condiciones que establezca la reglamentación. – El 25% (veinticinco por ciento) restante podrá ser imputado a todos los efectos fiscales como gasto de la empresa. El monto total anual de donaciones que podrá ampararse a este beneficio será de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) que deberán primordialmente destinarse a proyectos, con límite temporal. En las instancias de aprobación de leyes presupuestales o de rendición de cuentas, se establecerán topes individuales para cada entidad beneficiaria o grupos de entidades de similar naturaleza. Las donaciones que corresponderá computar dentro de cada tope serán las efectivamente recibidas dentro del año civil. Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar dicho monto hasta en un 20% (veinte por ciento). Artículo 260.- Sustitúyese el artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, por el artículo 1º de la Ley Nº 18.628, de 10 de diciembre de 2009, y por los artículos 787, 788 y 789 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 79.- Donaciones especiales. Entidades.- Se encuentran comprendidas en el beneficio establecido por el artículo precedente, las donaciones destinadas a: 1) Educación: A) Establecimiento de educación primaria, de educación secundaria, de educación técnico-profesional y de formación docente, Consejos de Educación Secundaria y de Educación TécnicoProfesional y los servicios que integren el Consejo de Educación Inicial y Primaria, equipos técnicos universitarios
interdisciplinarios, que funcionen en el marco de proyectos dirigidos a mejorar la calidad educativa, previamente estudiados y aprobados por las autoridades pertinentes. La Administración Nacional de Educación Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones incluidas en el presente literal. B) Instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, secundaria, técnico-profesional, debidamente habilitadas y que atiendan efectivamente a las poblaciones más carenciadas. En el caso de proyectos para nuevas instalaciones o incorporación de instituciones, se exigirá aprobación provisoria del Ministerio de Educación y Cultura. El Ministerio de Educación y Cultura informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 2) Educación terciaria e investigación: A) La Universidad de la República y las fundaciones instituidas por la misma. B) Universidad Católica del Uruguay. C) Universidad de Montevideo. D) Universidad ORT Uruguay. E) Universidad de la Empresa. F) Instituto Universitario CLAEH. G) El Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable y la Fundación de Apoyo al Instituto Clemente Estable. H) Fundación Instituto Pasteur. I) Instituto Antártico Uruguayo. El Ministerio de Educación y Cultura informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 3) Salud: A) La construcción de locales o adquisición de útiles, instrumentos y equipos que tiendan a mejorar los servicios de las entidades con personería jurídica dedicadas a la atención de personas en el
280
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
campo de la salud mental, que hayan tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos a la fecha de recibir donación. El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. B) La Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de las Colonias de Asistencia Psiquiátrica “Doctor Bernardo Etchepare” y “Doctor Santín Carlos Rossi”. C) La Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica. D) La Fundación Peluffo Giguens de apoyo al niño con cáncer. E) La Fundación Álvarez – Caldeyro Barcia. F) La Fundación Porsaleu. G) La Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer. H) La Asociación Nacional para el Niño Lisiado Escuela Franklin Delano Roosevelt. El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 4) Apoyo a la niñez y la adolescencia: A) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. B) La Fundación Niños con Alas. C) Aldeas Infantiles S.O.S. En caso de que el monto total de los proyectos presentados supere el tope establecido en el artículo precedente, la distribución de dicho monto de donaciones se realizará de forma tal que los numerales 1) a 3) de este artículo tengan como tope un 30% (treinta por ciento) cada uno del total y el numeral 4) un tope de 10% (diez por ciento) del total. Si esta situación se produce no habiéndose presentado donaciones para las instituciones mencionadas en los correspondientes numerales, la distribución se realizará entre aquellas que tuvieren donaciones en forma proporcional a los porcentajes adjudicados precedentemente.
Cuando se presenten proyectos para instituciones públicas y privadas, que superen el tope previsto en el inciso anterior, la asignación del total de las instituciones públicas será el monto menor entre el total de las donaciones que les correspondan y el 50% (cincuenta por ciento) del máximo asignado al numeral. El Poder Ejecutivo determinará montos máximos para las Instituciones comprendidas en la presente norma, teniendo en consideración los criterios establecidos precedentemente, y reglamentará la forma de presentación de los proyectos considerando que los mismos deberán ser presentados al Ministerio de Economía y Finanzas antes del 31 de marzo de cada año. Los proyectos declarados de fomento artístico cultural, de acuerdo con lo establecido por el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, se seguirán rigiendo por dicha ley y sus modificativas”. Artículo 261.- Agrégase al Título 4 del Texto Ordenado de 1996 el siguiente artículo: “ARTÍCULO 79. bis. Donaciones Especiales. Formalidades.- Para tener derecho a los beneficios establecidos en el presente Capítulo, la entidad beneficiaria deberá presentar, en forma previa a la recepción de la donación, un proyecto donde se establezca el destino en que se utilizarán los fondos donados, así como el plazo estimado de ejecución. Una vez utilizados los fondos donados, la institución beneficiaria rendirá cuenta documentada referente al cumplimiento del proyecto dentro de los treinta días siguientes al cumplimiento del plazo referido en el inciso anterior. A partir de la promulgación de la presente ley no se aceptarán nuevos proyectos que no cumplan con todos los requisitos establecidos en este Capítulo. Para los proyectos en ejecución a dicha fecha, se podrán recibir donaciones hasta el 30 de junio de 2012, sin reformular el proyecto, debiéndose cumplir con las normas específicas aplicables a cada caso. Si a esa fecha, aún quedaran proyectos sin cumplir en su totalidad, se deberá presentar una adecuación al nuevo sistema. El presente régimen entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2012. Las donaciones deberán depositarse en efectivo, en el Banco de la República Oriental del Uruguay, en una cuenta única y especial, creada a estos
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
281
efectos, a nombre del Ministerio de Economía y Finanzas. El Poder Ejecutivo establecerá la forma de presentación de los proyectos, así como la forma de comunicación del cumplimiento de los mismos”. Artículo 262.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 472 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Nº 18.788, de 4 de agosto de 2011, por el siguiente: “La Dirección General Impositiva podrá disponer, en la forma y condiciones que establezca la reglamentación, una reducción de los recargos incluidos en los acuerdos previstos en el artículo anterior, en tanto dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la firma del acuerdo, el contribuyente: A) Cancele el total del acuerdo, o B) Cancele el total del acuerdo mediante un pago equivalente el 20% (veinte por ciento) y por el saldo restante cuotas mensuales y consecutivas mediante la entrega de cheques diferidos cuyos vencimientos no podrán exceder los ciento ochenta días, contados desde la entrega inicial, o C) Constituya aval bancario o seguro de caución por el total del adeudo, a satisfacción de la Administración”. Artículo 263.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 18.788, de 4 de agosto de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º.- A partir de la vigencia de la presente ley, cuando los sujetos pasivos sean auditados por la Dirección General Impositiva, el acta final de inspección deberá establecer los períodos y, para cada uno de los impuestos, los montos en vías de determinación que correspondan”. SECCIÓN VIII DISPOSICIONES VARIAS Artículo 264.- Agrégase al artículo 527 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, el siguiente inciso: “Lo dispuesto en el inciso anterior será de aplicación a la enajenación de bienes inmuebles a un fideicomiso. Si el contrato de fideicomiso facultase al fiduciario a enajenar a terceros los referidos
bienes, deberá establecerse en el mismo que, para el llamado y selección de ofertas, se observarán procedimientos que cumplan con los principios de publicidad, igualdad de los oferentes y concurrencia. Dicho contrato deberá establecer como destino del producido, el indicado por la norma habilitante”. Artículo 265.- Facúltase al Fondo Nacional de Recursos a brindar servicios a terceros, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en lo relativo a evaluación, auditorías, capacitación, revisión de procesos, estudios de costos y diseño de sistemas de gestión, tendientes a lograr mejoras en la calidad de la gestión de los servicios de salud. La prestación de estos servicios se documentará mediante contrato escrito, debiendo establecerse expresamente el sistema de recuperación de los costos que se originen al Fondo Nacional de Recursos. Artículo 266.- A los efectos del adecuado cumplimiento de los cometidos puestos a cargo del Fondo Nacional de Recursos, los Institutos a que refieren los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 16.343, de 24 de diciembre de 1992, y las entidades públicas o privadas, estatales o no estatales, que tengan directamente a su cargo la asistencia médica de afiliados, beneficiarios o usuarios que sean asistidos en relación con afecciones, técnicas o medicamentos con cobertura financiera del Fondo Nacional de Recursos, deberán suscribir con el mismo convenios de gestión. Los convenios deberán establecer las responsabilidades que asume cada una de las partes, con el objetivo de mejorar el funcionamiento de los mecanismos de gestión y fortalecer y desarrollar el sistema de medicina altamente especializada, jerarquizando la calidad de las prestaciones, la evaluación de los riesgos y la seguridad de los pacientes. Asimismo incluirán, cuando corresponda, los criterios necesarios para el correcto manejo, entrega, distribución, utilización y conservación de los medicamentos que dicho Fondo financie, así como para la determinación e implementación de actividades conjuntas que aseguren un correcto seguimiento e información actualizada de la evolución de los pacientes que requieran prestaciones o medicamentos financiados por ese Fondo. En el caso que los Institutos e Instituciones referidos no suscriban el respectivo convenio o incurran en incumplimiento del mismo, el Fondo Nacional de Recursos estará facultado para disponer y aplicar las medidas necesarias para obtener el adecuado acceso
282
CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 17 de agosto de 2011
y suministro de los medicamentos y prestaciones a los pacientes que así lo ameriten. Los costos que de ello se deriven podrán ser repetidos contra la institución o instituto respectivo. Artículo 267.- Las encomiendas postales internacionales de entrega expresa, cuyo peso unitario no exceda los 20 kilogramos y de un valor equivalente en moneda nacional, de hasta US$ 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), con excepción de aquellas que contengan productos gravados por el Impuesto Específico Interno, estarán exentas del pago de los tributos que graven las importaciones, exportaciones y el tránsito, así como del Impuesto al Valor Agregado. El régimen tributario previsto en el inciso anterior se aplicará respecto de las encomiendas postales internacionales de entrega expresa, que se tramiten en condiciones normales, de conformidad con lo que dispongan las normas reglamentarias dictadas por el Poder Ejecutivo. Artículo 268.- Incorpórase a los cometidos de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, creada por la Ley Nº 8.764, de 15 de octubre de 1931, el desarrollo de actividades vinculadas a la elaboración, fabricación y comercialización de alimentos para animales, derivados de productos y subproductos de la cadena de producción de biocombustibles. Artículo 269.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a partir de la promulgación de la presente ley, a destinar el pago inicial adicional al canon anual que se obtenga como consecuencia de la ampliación del plazo de la concesión de la explotación del casino privado en Punta del Este, a los fideicomisos que constituya la Intendencia de Maldonado para la construcción y operación del centro de convenciones y exposiciones y con destino a los planes y programas de vivienda de interés social, dando cuenta a la Asamblea General. Artículo 270.- Todas las referencias establecidas en el ordenamiento jurídico vigente al salario mínimo del peón especializado plenamente ocupado, como base para la determinación del aporte patronal rural mínimo a la seguridad social, serán sustituidas por el valor de veintidós bases fictas de contribución. Artículo 271.- Sustitúyese el inciso final del artículo 87 de la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 16.869, de 25 de setiembre de 1997, por el siguiente:
“La falta de cumplimiento de esta obligación será sancionada por el Banco de Previsión Social por cada afiliado comprendido en la infracción, según la siguiente escala: A) Multa de UR 0,10 (diez centésimos de unidad reajustable) a UR 1 (una unidad reajustable), si el pago o presentación de la declaración jurada de no pago se verifica dentro del mes del respectivo vencimiento. B) Multa de UR 0,25 (veinticinco centésimos de unidad reajustable) a UR 2,50 (dos con cincuenta centésimos unidades reajustables), si el pago o la declaración jurada de no pago se cumple más allá del plazo referido en el inciso anterior. C) Multa de UR 1 (una unidad reajustable) a UR 10 (diez unidades reajustables) si la declaración se efectúa de oficio por el Banco de Previsión Social”. Artículo 272.- Derógase el artículo 4º del DecretoLey Nº 9.299, de 3 de marzo de 1934. Artículo 273.- Autorízase al Banco de Previsión Social a publicar los certificados comunes, previstos en el artículo 663 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, que hayan sido emitidos y se encuentren vigentes, incluyendo los datos estrictamente necesarios para el cumplimiento de la finalidad de acreditación perseguida”. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: en primer lugar, voy a solicitar que se comunique de inmediato. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Antes de proceder a lo solicitado por el señor Diputado Michelini, me voy a tomar el atrevimiento de agradecer a los funcionarios y, en especial, a los integrantes de la Cámara que han colaborado enormemente con la Mesa para que llegáramos a buen término. Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cinco: AFIRMATIVA.
33.- Levantamiento de la sesión.
SEÑOR MICHELINI.- Solicito que se levante la sesión.
Miércoles 17 de agosto de 2011
CÁMARA DE REPRESENTANTES
283
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en sesenta y dos: AFIRMATIVA.
Se levanta la sesión.
(Es la hora 3 y 11 del día jueves 18)
DAISY TOURNÉ 1ra. VICEPRESIDENTA
Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora
Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor
Arq. Julio Míguez Supervisor del Cuerpo de Taquígrafos
Dep. Legal N° 322.569/01 Impreso en la División Ediciones de la Cámara de Representantes