Número 3751

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NÚMERO 3751

MONTEVIDEO, MARTES 1º DE NOVIEMBRE DE 2011

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
55ª SESIÓN (EXTRAORDINARIA)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES LUIS LACALLE POU (Presidente) DAISY TOURNÉ (1era. Vicepresidenta) Y GUSTAVO ESPINOSA (2do. Vicepresidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y LOS PROSECRETARIOS TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI Y DOCTOR ERNESTO LORENZO
XLVII LEGISLATURA SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Martes 1° de noviembre de 2011

Texto de la citación

Montevideo, 27 de octubre de 2011.

LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión extraordinaria y permanente (literal d del numeral 7º del artículo 168 de la Constitución), el próximo martes 1º de noviembre, a la hora 10, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

– ORDEN DEL DÍA Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas). (Carp. 1148/011). Rep. 690 y Anexo I

JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ S e c r e t a r i o s

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SUMARIO Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 6 4 y 6.- Exposiciones escritas …………………………………………………………………………………………………………. 6 y 7 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………….. 6 CUESTIONES DE ORDEN 23.- Integración de Comisiones……………………………………………………………………………………………………….. 149 8, 13, 15, 17, 19, 21.- Integración de la Cámara …………………………………………………. 45, 83, 93, 108, 115 y 133 8, 13, 15, 17, 19, 21.- Licencias…………………………………………………………………………. 45, 83, 93, 108, 115 y 133 11.- Supresión de sesión ordinaria ……………………………………………………………………………………………………. 59 VARIAS 9.- Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. (Autorización a reunirse simultáneamente con la Cámara)……………………………………………………………………………………………………………………….. 55

ORDEN DEL DÍA 7, 10, 12, 14, 16, 18, 20, 22, 24.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas). Antecedentes: Rep. N° 690 de setiembre de 2011, y A nexo I, de octubre de 2011. Carp. N° 1148 de 2011. Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. — Aprobación. Se comunicará al Senado ………………………………….. 7, 55, 59, 85, 94, 109, 117, 135 y 149 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 169

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala (1), Verónica Alonso, Julio Álvarez, Fernando Amado, José Amy, Roberto Araújo, Andrés Arocena, Alfredo Asti, Laura Baccino, Julio Balmelli, Julio Battistoni, José Bayardi, Gustavo Bernini, Daniel Bianchi, Marcelo Bistolfi, Heber Bousses, Daniel Caggiani, Fitzgerald Cantero Piali, Rodolfo Caram, Felipe Carballo, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Alberto Casas, Pablo Centurión, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa Bruno, Evaristo Coedo (6), Carlos Coitiño, Beatriz Cuadrado, Luis Da Roza, Sebastián Da Silva, Hugo Dávila, Walter De León, Álvaro Delgado, Abel Duarte, Gustavo A. Espinosa, Álvaro Fernández, Julio Fernández, Juan C. Ferrero, Jorge Gandini, Mario García, Juan Manuel Garino Gruss (5), Aníbal Gloodtdofsky, Rodrigo Goñi Romero, Óscar Groba, Diego Guadalupe, Jorge Guekdjian, Aldo Guerrini, Pablo Iturralde Viñas, Luis Lacalle Pou, María Elena Laurnaga, Ana Lima, José Carlos Mahía, Alma Mallo Calviño, Daniel Mañana, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda Espino, Pablo Mazzoni, Martha Montaner, Gonzalo Mujica, AmÍn Niffouri, Gonzalo Novales, Raúl Olivera, Jorge Orrico, Miguel Otegui, Yerú Pardiñas, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Guzmán Pedreira, Daniel Peña Fernández, Alberto Perdomo Gamarra, Nicolás Pereira, Aníbal Pereyra, Susana Pereyra (3), Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Esteban Pérez, Mario Perrachón, Ana Lía Piñeyrúa, Ricardo Planchón Geymonat, Iván Posada, Jorge Pozzi, Daniel Radío, Edgardo Rodríguez, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Sebastián Sabini (2), Richard Sander, Berta Sanseverino, Pedro Saravia, Víctor Semproni, Mario Silvera, Walter Souto, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez, Daisy Tourné, Jaime Mario Trobo, Carlos Tutzó, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Álvaro Vega Llanes, Walter Verri (4), Carmelo Vidalín y Dionisio VivIán. Con licencia: Gerardo Amarilla, Roque Arregui, Julio Bango, Ricardo Berois, Gustavo Borsari Brenna, Graciela Cáceres, Guillermo Facello, Doreen Javier Ibarra, Andrés Lima, Felipe Michelini, Luis Puig, Alejandro Sánchez, Juan C. Souza y Horacio Yanes. Actúan en el Senado: Carlos Gamou y Javier García. Observaciones: (1) A la hora 11:30 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Jorge Guedkjian. (2) A la hora 16:35 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Juan C. Ferrero. •

(3) A la hora 17:11 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Evaristo Coedo. (4) A la hora 18:47 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Laura Baccino. (5) A la hora 18:47 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Álvaro Fernández. (6) A la hora 18:56 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Representante Nacional Susana Pereyra.

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 119 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que ha promulgado las siguientes leyes: • con fecha 23 de setiembre de 2011, Nº 18.813, por la que se modifica el Código de Minería. C/427/010 con fecha 21 de octubre de 2011: • Nº 18.821, por la que se aprueba el Protocolo con la República Checa sobre las Enmiendas al Acuerdo para la Promoción y Protección de Inversiones del 26 de setiembre de 1996, firmado en la ciudad de Praga, el 15 de mayo de 2009. C/242/010 Nº 18.822, por la que se aprueba el Acuerdo entre el Ministerio de Defensa de la República Argentina y el Ministerio de Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay para el Fortalecimiento de la Cooperación en Materia de Defensa, suscrito en San Juan de Anchorena, departamento de Colonia, el 2 de junio de 2010. C/858/011 Nº 18.823, por la que se aprueba el Acuerdo con la República Federativa del Brasil sobre Cooperación en el Ámbito de Defensa, suscrito en la ciudad de Santana do Livramento, el 30 de julio de 2010. C/859/011 Nº 18.824, por la que se aprueba el Convenio sobre Cooperación en Materia de Turismo con el Gobierno de la República Helénica, firmado en Atenas, el 1º de octubre de 2010. C/731/011 Nº 18.825, por la que se aprueba el Acuerdo con el Gobierno de la República de Corea en Materia de Promoción y Protección de Inversiones, firmado en la ciudad de Montevideo, el 1º de octubre de 2009. C/548/010 Nº 18.826, por la que se aprueba el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de

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Complementación Económica Nº 35 (ACE 35) entre el MERCOSUR y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 27 de mayo de 2009. C/787/011 • Nº 18.827, por la que se establecen disposiciones que regulan el Fondo de Fomento de la Granja. C/615/011 con fecha 24 de octubre de 2011, Nº 18.828, por la que se autoriza al Gobierno a suscribir el aumento general del capital del Banco Interamericano de Desarrollo y a efectuar aportes adicionales al Fondo para Operaciones Especiales de dicho organismo. C/1094/011 con fecha 26 de octubre de 2011, Nº 18.830, por la que se establece el día 31 de octubre de cada año como día del funcionario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en todo el territorio nacional. C/3355/009 Archívense

• exposiciones escritas: • presentada por el señor Representante Edgardo Rodríguez, referente a varias aspiraciones planteadas por la Comisión de Padres y representantes del Liceo Nº 2 del departamento de Tacuarembó. C/19/010 • presentada por los señores Representantes Alberto Casas, Gustavo Cersósimo y Walter De León, sobre la construcción de edificios para liceos y escuelas de tiempo completo, en distintas localidades del departamento de San José. C/19/010

• exposiciones realizadas: • por el señor Representante Gustavo Cersósimo, en sesión de 9 de marzo de 2011, relacionada con la trayectoria del escritor peruano señor Mario Vargas Llosa. S/C por la señora ex Representante Mercedes Santalla, en sesión de 7 de diciembre de 2010, por la que solicita que se efectúe el trámite oficial por parte del Poder Ejecutivo relacionado con la designación con el nombre de “Puerto Sauce” a la Escuela Nº 39 de la ciudad de Juan Lacaze, departamento de Colonia. S/C A sus antecedentes

COMUNICACIONES GENERALES La Junta Departamental de Paysandú remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, sobre la importancia de la educación para el futuro del país. C/11/010 A la Comisión de Educación y Cultura COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Economía y Finanzas contesta el pedido de informes del señor Representante Pablo Abdala, sobre presuntas investigaciones que involucrarían a un jerarca de la Dirección Nacional de Aduanas. C/1110/011 El citado Ministerio contesta la nota de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, relacionada con el proyecto de ley por el que se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir, a título gratuito, del dominio del Estado al Instituto Nacional de Colonización, los inmuebles empadronados con los números 858 y 17.813, de la Sexta Sección del departamento de San José. C/539/010 El Ministerio de Transporte y Obras Públicas contesta la exposición escrita presentada por el señor Representante Gustavo A. Espinosa, acerca de la posibilidad de crear un circuito turístico y promover las actividades recreativas, náuticas y deportivas en el lago artificial del arroyo Canelón Grande. C/19/010 El Ministerio de Educación y Cultura contesta los siguientes asuntos:

PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Pablo Abdala solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, sobre medidas adoptadas por dicho Organismo dirigidas a los deudores morosos del Impuesto de Enseñanza Primaria. C/1224/011 al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social, relacionado con los niveles de morosidad registrados en los tributos que recauda el citado Ente. C/1225/011

El señor Representante Mario García solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • al Ministerio de Salud Pública, con destino a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, acerca de un convenio entre una mutualista del departamento de Lavalleja y la referida Administración. C/1226/011 Se cursaron con fecha 27 de octubre • al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Servicio de Televisión Nacional, referente a los funcionarios que se desempeñan en el mencionado Servicio. C/1227/011 Se cursó con fecha 28 de octubre

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El señor Representante Luis Alberto Lacalle Pou solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública, sobre el cumplimiento de la reglamentación relativa al tiempo de espera para acceder a consultas médicas. C/1228/011 Se cursó con fecha 31 de octubre PROYECTOS PRESENTADOS El señor Representante Carmelo Vidalín presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de minuta de comunicación por el que se solicita al Ministerio de Educación y Cultura la instalación de una retransmisora de Televisión Nacional en la localidad de villa del Carmen, departamento de Durazno. C/1229/011 A la Comisión de Educación y Cultura”.

años. Es así que cumple un rol de entretenimiento y fundamentalmente de información y desarrollo, la TV; en la actualidad hay dos empresas privadas que brindan los servicios referidos, pero dentro de su formato a ofrecer no está la señal de Televisión Nacional durante las 24 horas, y siendo este canal mencionado un difusor de lo nuestro, de la cultura nacional, de nuestros valores, es que solicitamos que se vea la posibilidad de instalar una retransmisora de la señal antes mencionada en dicha localidad. Destaco que actualmente aquellos que no son socios de las empresas privadas no reciben ningún canal por aire. Sin otra consideración saluda a usted atentamente. Montevideo, 26 de octubre de 2011. CARMELO JOSÉ VIDALÍN AGUIRRE, Representante por Durazno”.

3.- Proyecto presentado
“ESTACIÓN REPETIDORA DE TELEVISIÓN NACIONAL. (Se solicita al Ministerio de Educación y Cultura su instalación en villa del Carmen, departamento de Durazno) MINUTA DE COMUNICACIÓN El abajo firmante propone a la Cámara de Representantes se curse al Ministerio de Educación y Cultura una minuta de comunicación solicitando la instalación de una retransmisora de la señal Televisión Nacional, en consideración de los siguientes argumentos expuestos. Montevideo, 26 de octubre de 2011. CARMELO JOSÉ VIDALÍN AGUIRRE, Representante por Durazno. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En nuestro carácter de Representante Nacional electo por la ciudadanía del departamento de Durazno, y siendo receptivo a los distintos planteamientos que nos presenta la población del departamento es que nos vamos a referir a la inquietud de la población de villa del Carmen, ciudad que posee según el último censo nacional ya realizado, 2.284 habitantes, cifra que ha sido modificada por un valor superior en la actualidad debido al desarrollo de la zona. Dicho centro poblado se halla ubicado sobre la Ruta 14 a 56 kilómetros de la ciudad capital departamental; es una zona de gran desarrollo en cuanto a la producción de viñedos, bodegas y la actividad forestal, teniendo en los últimos años la instalación de nuevas empresas en dichos rubros. Su población posee una franja de edades concentrada fundamentalmente entre los 15 y 40 años, como así también por encima de los 50

4.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Está abierto el acto. (Es la hora 10 y 25) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Edgardo Rodríguez solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Desarrollo Social, con destino al Programa Nacional de Discapacidad, sobre la necesidad de continuar dictando los cursos de lengua de señas uruguaya en el departamento de Tacuarembó. C/19/010” ——Se votará oportunamente.

5.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión extraordinaria realizada el día 26 de octubre de 2011: Con aviso: Marco Correa. Sin aviso: José Amaro, Carlos Corujo, Aldo Guerrini, Carlos Rodríguez, Alba Sarasola y Olga Silva.

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Inasistencias a las Comisiones: Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas:
Jueves 27 de octubre

ASUNTOS INTERNACIONALES Con aviso: Auro Acosta; Fernando Amado. HACIENDA Con aviso: Guillermo Vaillant”.

6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de la exposición escrita de que se dio cuenta. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y seis: AFIRMATIVA. (Texto de la exposición escrita:) Exposición del señor Representante Edgardo Rodríguez al Ministerio de Desarrollo Social, con destino al Programa Nacional de Discapacidad, sobre la necesidad de continuar dictando los cursos de lengua de señas uruguaya en el departamento de Tacuarembó. “Montevideo, 26 de octubre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Desarrollo Social, con destino al Programa Nacional de Discapacidad (PRONADIS). En estos días, la Comisión de Padres y Amigos de la Persona Sorda de Tacuarembó, envió una nota dirigida al PRONADIS, en la que solicita apoyo para dar continuidad al curso de lengua de señas uruguaya, que se viene realizando en nuestra ciudad desde hace algunos años. Este curso se ha venido dictando a través del Centro de Investigación y Desarrollo para las Personas Sordas, en un local proporcionado por la Diócesis de Tacuarembó-Rivera. En principio la parte docente se financiaba con un aporte que conseguía la iglesia en el exterior. Luego, cuando ese aporte ya no fue posible, cada alumno debió pagar su asistencia al curso. Así se ha hecho en los años 2009, 2010 y 2011. El problema planteado es que las personas que asisten para aprender el idioma de las señas, terminan desertando al no poder pagar la cuota mensual de asistencia. La situación relatada,

lleva directamente a la posibilidad de que los cursos no se puedan seguir dictando, porque no hay forma de financiarlos. Que los cursos de lengua de señas no puedan continuar en la ciudad capital del departamento de Tacuarembó, sería un retroceso imperdonable, habida cuenta que en estos años de trabajo a pulmón, se avanzó mucho: las personas sordas se han insertado en la escuela primaria, en la enseñanza media (donde se logró que secundaria y que las escuelas técnicas autorizaran y financiaran intérpretes de lengua de señas). Hay personas sordas que están culminando el bachillerato; y hay avances en la inserción en otros ámbitos de la sociedad como lo son el deporte y el empleo. A través de esta exposición escrita, nos sumamos al planteo de la Comisión de Padres y Amigos de la Persona Sorda y queremos solicitar al PRONADIS los mayores esfuerzos para financiar el curso de referencia, en el entendido de que es una herramienta para el avance en la integración de todos los miembros de nuestra sociedad. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. EDGARDO RODRÍGUEZ, Representante por Tacuarembó”.

7.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (normas).
——Se entra al orden del día con la consideración del asunto motivo de la convocatoria: “Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 690 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 22 de setiembre de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General Presente El Poder Ejecutivo, actuando en Consejo de Ministros tiene el honor de dirigirse a ese alto Cuerpo, a fin de remitir para su consideración el proyecto de ley que se acompaña, mediante el cual se adoptan una serie de medidas con el objetivo de contribuir a la homogenización de los sistemas de cobro del tributo de Patente de Rodados de los distintos Gobiernos Departamentales, así como para el mejoramiento, la eficiencia y la extensión del alumbrado público a cargo de los mismos. El artículo 297 de la Constitución de la República establece las fuentes de recursos de los Gobiernos

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Departamentales, entre ellos, en su numeral sexto, los correspondientes a los vehículos de transporte. Es de público conocimiento que, en aplicación de dicha normativa, mediante la utilización de diversos instrumentos, y desde larga data, el monto a pagar correspondiente a vehículos de características similares, presenta importantes diferencias, según a que Gobierno Departamental deba abonarse. Los numerosos intentos, también de larga data, que se han realizado para subsanar esa inconsistencia de nuestro sistema de cobro de patentes de rodados, han resultado infelizmente infructuosos y, lamentablemente, las consecuencias de esta circunstancia redundan negativamente en la ciudadanía e, incluso, en la percepción que ésta tiene con respecto al desenvolvimiento institucional de nuestra República en el punto. Por dicho motivo, este Poder Ejecutivo ha procurado, desde su asunción, un acercamiento entre las diversas y legítimas posiciones y aspiraciones planteadas por los Intendentes Municipales al respecto, así como, mediante numerosas y fructíferas reuniones e intercambios de ideas, coordinar y consensuar las bases sobre las cuales podría erigirse un sistema que logre el ansiado objetivo de homogeneizar el monto del tributo. Este proyecto, que cuenta con la aprobación general unánime de los miembros del Congreso Nacional de Intendentes, intenta ser una contribución a la solución del problema planteado, de modo de que, sin infringir en absoluto las competencias constitucionalmente establecidas para los Gobiernos Departamentales, faciliten a los Intendentes Municipales la obtención de los acuerdos necesarios, para el establecimiento de un sistema perdurable de homogenización en el monto del tributo a pagar correspondiente a los vehículos que circulan en el país. El Capítulo I de este proyecto se refiere a este aspecto. Los artículos 1º y 2º crean el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), que tendrá como finalidad realizar todas las acciones y gestiones necesarias para el cobro del tributo de Patente de Rodados de los vehículos automotores empadronados en cualquier departamento de la República, los recargos, multas y moras correspondientes al mismo, así como otras multas que pudieran corresponder a los propietarios, poseedores o conductores de dichos vehículos. De esta forma, se crea una herramienta que permite, a los Gobiernos Departamentales que se adhieran a ella mediante la suscripción de los contratos correspondientes, centralizar todas las operativas relativas al cálculo y cobro del tributo y otros ingresos

vehiculares, en base a los criterios que los Intendentes Municipales acuerden en el Congreso Nacional de Intendentes. La creación del sistema, y su funcionamiento, otorgará las garantías necesarias y la eficiencia imprescindible, para asegurar el cumplimiento recíproco de los acuerdos que se alcancen, en una perspectiva de largo plazo. Como parte de la garantía de responsabilidad, profesionalismo y seguridad del sistema se dispone que el SUCIVE deba ser administrado por un fiduciario profesional autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay, responsable no solo de su operación sino de transferir en forma inmediata los ingresos que reciba, al Gobierno Departamental correspondiente. Complementariamente se otorgan las potestades necesarias a los Intendentes Municipales para suscribir los contratos que puedan resultar necesarios. El artículo 3º crea la Comisión de Seguimiento del SUCIVE y detalla sus cometidos, previendo todos aquellos que el funcionamiento permanente y cotidiano del SUCIVE puede requerir, pero limitando en lo sustancial su accionar cuando dispone que informará al responsable de la operación del sistema los valores de aforo vehiculares, las alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor de la Patente de Rodados, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto de tributo a nivel nacional, de acuerdo a lo que resuelva el Congreso Nacional de Intendentes. La referida Comisión será la encargada de designar al agente fiduciario que administre el SUCIVE así como emitir todo tipo de instrucción que requiera el fiduciario, complementaria a lo pactado en los contratos respectivos. Se prevé además que la Comisión pueda autorizar al fiduciario a realizar las retenciones y transferencias correspondientes a cesiones de recaudaciones del tributo, que los Gobiernos Departamentales hayan realizado o puedan realizar, en sus potestades legales otorgadas, para el cumplimiento de compromisos de pago a garantía de financiamientos obtenidos o por obtener, asegurando de esta manera el cumplimiento de los contratos vigentes que pudieran existir. Se establece asimismo que la Comisión se integre por una mayoría de miembros designados por el Congreso de Intendentes y por representantes del Poder Ejecutivo que, por su vinculación con los temas departamentales y financieros, tienen la experticia necesaria para contribuir al mejor funcionamiento del sistema.

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Resulta destacable la competencia que se otorga a la Comisión a efectos de informar al Poder Ejecutivo acerca de la conveniencia de aplicar lo previsto en el artículo 300 de la Constitución de la República en lo referido a Patente de Rodados u otros impuestos que graven a los vehículos automotores. Este cometido procura que la Comisión, ejerza el seguimiento de las decisiones de los Gobiernos Departamentales y alerte al Poder Ejecutivo de aquellas que puedan, a su criterio, no contribuir al adecuado funcionamiento del sistema, a los efectos que éste, en uso de sus competencias constitucionales, decida, si considera que los mismos afectan el interés general, apelar ante la Cámara de Representantes, con los efectos y consecuencias previstas por el constitucionalista. Cabe destacar que el proyecto prevé la posibilidad que el sistema, si tal como se estima, redunda en una mayor eficiencia, transparencia y confiabilidad en el cobro de ingresos vehiculares, pueda ser utilizado para la recaudación de tasas, precios, peajes, etc. vinculados a la circulación de los vehículos automotores de cualquier tipo. Los artículos 4º y 5º tienen por efecto establecer una serie de plazos vinculados al establecimiento de todos los elementos que permitan al administrador del sistema poner al cobro el tributo al comienzo de cada ejercicio. El artículo 9º realiza una previsión especial en este sentido, de forma tal que el sistema se pueda implementar con vistas al ejercicio que comienza el 1º de enero de 2012, así como contribuir especialmente al objetivo buscado en su inicio. Los artículos 5º y 6º del proyecto, plasman la contribución material del gobierno nacional a la consecución del objetivo de homogenización de los montos del tributo de Patente de Rodados, mediante la creación de un fondo fiduciario que se nutre con recursos de Rentas Generales se procura tanto contribuir a los acuerdos que se alcancen sobre la cuantía del tributo como ser un aliciente para la adhesión al SUCIVE, asegurando a los Gobiernos Departamentales la preservación de sus ingresos, así como un mecanismo que contribuya a la disminución global del monto de la Patente de Rodados. El Fondo se nutre de transferencias de Rentas Generales y se establecen los límites de las mismas, asegurando el mínimo necesario para cubrir el monto de las recaudaciones alcanzadas por los Gobiernos Departamentales por concepto de Patente de Rodados en el año 2010 -en caso de ser necesario- y un máximo referido a la recaudación que Rentas Gene-

rales obtiene como consecuencia de la aplicación del Impuesto Especifico Interno que grava la primera enajenación de los automotores. Asimismo se dispone el aumento de las tasas máximas del IMESI, a los efectos que, de resultar necesario, las tasas vigentes puedan ser incrementadas para financiar los egresos que por la presente norma puedan generarse. A fin de establecer el incremento de ellas se tuvo en cuenta el monto máximo de transferencias que se autoriza a realizar desde Rentas Generales. También se dispone que los ingresos que correspondan u obtengan los Gobiernos Departamentales del Fondo, serán inembargables y no podrán ser cedidos ni ser objeto de transacción judicial o extrajudicial alguna, manteniendo de esta forma, las actuales condiciones de las que gozan los tributos departamentales actualmente. El artículo 7º del proyecto dispone que el Fondo que se crea sea administrado por un fiduciario financiero profesional autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay, que designará la Comisión que se crea en el artículo tercero del proyecto, a quien, mediante el contrato de fideicomiso correspondiente se le trasmitirá la propiedad fiduciaria de los recursos actuales y futuros del Fondo, asegurando la transparencia en la disposición de los recursos. El fiduciario no podrá ceder ni ofrecer en garantía o securitizar total ni parcialmente los recursos actuales y futuros del Fondo, sin perjuicio de los demás derechos y obligaciones previstos en la Ley Nº 17.703, de 27 de octubre de 2003, modificativas y concordantes. De esta forma se asegura la plena disponibilidad de los fondos a los fines de complementar en cada ejercicio los recursos que se obtengan por ingresos vehiculares. El artículo 8º dispone que los Gobiernos Departamentales que no se adhieran al SUCIVE o incumplan cualquier elemento de los contratos correspondientes podrán acceder únicamente a los seis décimos del porcentaje que les corresponda de las partidas que se establezcan con destino a los Gobiernos Departamentales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 214 de la Constitución de la República, para no solo incentivar de este modo la adhesión al sistema sino también asegurando que el porcentaje del Presupuesto Nacional con destino a los Gobiernos Departamentales se mantenga mediante la distribución de la fracción excedente entre los que se encuentren adheridos al mismo. El Poder Ejecutivo estima a la adhesión al sistema como un compromiso de gestión fundamental.

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Capítulo II. Subsidios para la extensión y fomento de la eficiencia energética de los sistemas de alumbrado público departamentales. Articulado y consideraciones sobre el mismo El Capítulo II del proyecto constituye una mejora de las condiciones previstas en la Ley Nº 18.172. Estas mejoras están vinculadas al establecimiento de incentivos para la eficiencia del sistema de alumbrado público, a la determinación de pautas razonables para el pago de las deudas con la Administración de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado y a la formulación de planes integrales de carácter nacional destinados a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. El capítulo se compone de tres artículos donde se establecen las condiciones para que los Gobiernos Departamentales perciban las transferencias para el pago de su facturación de alumbrado. El numeral 1 del artículo 11 plantea un incremento de un 10% del beneficio regulado por la Ley Nº 18.172, estableciéndose las siguientes condiciones: a) que se encuentren con al día por los consumos corrientes del año 2011, compromiso ya asumido oportunamente en la ley de Presupuesto Nacional, b) para aquellos que se encuentren con deudas con la Administración de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado, deberán suscribir convenio por las mismas, c) mantenerse al día con los consumos futuros. El numeral 2 del artículo 11 considera un adicional de un 10% llevando el subsidio al 50%, a partir de enero de 2013 para aquellas Intendencias que firmen con la Administración de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto un Plan Departamental de Eficiencia Energética de Alumbrado Público. El numeral 3 del artículo 11 considera un adicional de un 10% llevando el subsidio al 60%, a partir de enero de 2014, para aquellas Intendencias que firmen con la Administración de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto un Plan Departamental de Extensión y Mantenimiento de Porcentaje Medido de Alumbrado Público. El artículo 12 del presente proyecto determina que se deberá destinar únicamente el 25% del beneficio regulado en el artículo 11 para el pago de los convenios contraídos.

Por último, el artículo 13 plantea el origen de los recursos para atender estas transferencias, los mismos surgirán del Inciso 24 “Diversos Créditos”, con Financiamiento 1.1 Rentas Generales. En definitiva, el presente proyecto tiene como objetivo sentar bases sólidas que contribuyan a la existencia de un sistema único de percepción del tributo de Patente de Rodados, dispuesto y administrado por los Gobiernos Departamentales, de suma conveniencia para el desenvolvimiento institucional de nuestra República, conjuntamente con el incremento de los apoyos nacionales al desarrollo armónico de las políticas departamentales de contribución a la seguridad pública, la extensión de los servicios de alumbrado público y la eficiencia energética. En suma, el Poder Ejecutivo considera de enorme importancia la aprobación del presente proyecto de ley, remitiendo el mismo solicitando su urgente consideración, de acuerdo a lo previsto en el numeral séptimo del artículo 168 de la Constitución de la República. El Poder Ejecutivo saluda a ese Cuerpo con su mayor consideración. JOSÉ MUJICA, JORGE VÁZQUEZ, ROBERTO CONDE, FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, RICARDO EHRLICH, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, NELSON LOUSTAUNAU, LEONEL BRIOZZO, TABARÉ AGUERRE, HÉCTOR LESCANO, GRACIELA MUSLERA, DANIEL OLESKER. PROYECTO DE LEY CAPÍTULO I CREACIÓN DE SISTEMA ÚNICO DE COBRO DE INGRESOS VEHICULARES Artículo 1º.- Créase el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) que tendrá como finalidad realizar todas las acciones y gestiones necesarias para el cobro del tributo de Patente de Rodados de los vehículos automotores empadronados en cualquier departamento de la República, los recargos, multas y moras correspondientes al mismo, así como las multas que pudieran corresponder a los propietarios, poseedores o conductores de dichos vehículos. El SUCIVE será administrado por un fiduciario profesional autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay, que será responsable de transferir en forma inmediata los ingresos que reciba, al Gobierno Departamental correspondiente.

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El SUCIVE podrá además, prestar servicios de cobro de otros precios, tasas, peajes o similares, que corresponda abonar a los vehículos automotores, previa autorización de la Comisión que se crea por el artículo 3º de la presente ley. Artículo 2º.- La adhesión al SUCIVE, por parte de los Gobiernos Departamentales se realizará mediante la suscripción de los contratos correspondientes por parte de los Intendentes Municipales y se realizará por un plazo inicial de 15 años prorrogables automáticamente por períodos iguales. Autorízase a los Intendentes Municipales, dando cuenta a la Junta Departamental, a ceder los derechos de cobro emergentes de tributos, recargos, multas y moras departamentales necesarios para la adhesión al SUCIVE. Artículo 3º.- Créase la Comisión de Seguimiento del SUCIVE, la que tendrá los siguientes cometidos: a.- Designar al agente fiduciario que administre el SUCIVE y emitir todo tipo de instrucción que requiera el fiduciario, sin perjuicio de lo pactado en los contratos respectivos, b.- Informar al SUCIVE los valores de aforo vehiculares, las alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor de la Patente de Rodados, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto de tributo a nivel nacional, de acuerdo a lo que resuelva el Congreso Nacional de Intendentes, c.- Autorizar al SUCIVE a prestar servicios de recaudación de otros precios, tasas, peajes o similares, que corresponda abonar a los vehículos automotores, d.- Solicitar y recibir de parte del administrador toda la información necesaria para el cumplimiento de sus cometidos, e.- Autorizar al SUCIVE a realizar todas las retenciones y transferencias de las todas las cesiones realizadas por los Gobiernos Departamentales sobre la base de recaudaciones, pasadas o futuras, del tributo de Patente de Rodados realizadas por los sistemas de cobranzas descentralizados o redes de pagos, f.- Informar al Poder Ejecutivo acerca de la conveniencia de aplicar lo previsto en el artículo 300 de la Constitución de la República en lo referido a Patente de Rodados o cualquier otro tributo,

precio o tasa que graven a los vehículos automotores, g.- Todo otro que le asigne la presente ley o el Congreso Nacional de Intendentes. La Comisión estará integrada por tres miembros designados por el Congreso Nacional de Intendentes, uno designado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y otro por el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4º.- Antes del 31 de octubre de cada año una comisión conformada por delegados de los Intendentes Municipales, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas elevará al Congreso Nacional de Intendentes una propuesta de valores de aforo vehiculares, alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor de la Patente de Rodados correspondiente al ejercicio siguiente, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto de tributo a nivel nacional. El Congreso Nacional de Intendentes resolverá sobre la misma antes del 15 de noviembre de cada año. Artículo 5º.- Créase el Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados, como un patrimonio de afectación independiente, con destino a complementar la recaudación que obtienen los Gobiernos Departamentales por aplicación de lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 297 de la Constitución de la República en relación a los vehículos de transporte, que se integrará con las transferencias que se realice desde Rentas Generales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la presente ley. Los ingresos que correspondan u obtengan los Gobiernos Departamentales del Fondo, serán inembargables y no podrán ser cedidos ni ser objeto de transacción judicial o extrajudicial alguna. Artículo 6º.- El Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados, distribuirá sus recursos entre los Gobiernos Departamentales adheridos al SUCIVE, de acuerdo a los siguientes criterios: a.- en los ejercicios 2012 a 2015, de forma tal de asegurar que la recaudación total de cada Gobierno Departamental por concepto de Patente de Rodados no sea inferior a la correspondiente al ejercicio 2010, actualizada de acuerdo a la evolución del índice de precio del consumo.

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b.- en los ejercicios siguientes, proporcionalmente a la recaudación por concepto de Patente de Rodados correspondiente a los vehículos empadronados en el mismo a partir del 1º de enero de 2012. En caso de existir excedentes en cualquiera de los ejercicios 2012 a 2015, luego de aplicado el criterio previsto en el literal a, los mismos se distribuirán con el criterio establecido en el literal b. Artículo 7º.- El Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados será administrado por un fiduciario profesional autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay designado por la Comisión creada por el artículo 3º de la presente ley, a quien mediante el contrato de fideicomiso correspondiente se trasmitirá la propiedad fiduciaria de los recursos actuales y futuros del Fondo. El fiduciario no podrá ni ceder, ni ofrecer en garantía o securitizar ni total ni parcialmente los recursos actuales y futuros del Fondo, sin perjuicio de los demás derechos y obligaciones previstos en la Ley Nº 17.703, de 27 de octubre de 2003, modificativas y concordantes. Artículo 8º.- Los Gobiernos Departamentales que no se adhieran al SUCIVE o incumplan cualquier elemento de los contratos correspondientes referidos en el artículo 2º de la presente ley, podrán acceder únicamente a los seis décimos del monto que les corresponda de las partidas establecidas en cumplimiento de lo previsto en el artículo 214 de la Constitución de la República, procediéndose a la distribución de la fracción excedente entre los demás Gobiernos Departamentales. Artículo 9º.- Los valores de aforo vehiculares, alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor de la Patente de Rodados correspondiente al ejercicio 2012, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto de tributo a nivel nacional, serán aprobadas por el Congreso Nacional de Intendentes, teniendo en consideración la propuesta que realizará al respecto la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 10.- Autorízase a Rentas Generales a transferir al Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados las sumas necesarias para asegurar que la recaudación total de cada Gobierno Departamental por concepto de Patente de Rodados, en los ejercicios 2012 a 2015 no sea inferior a la correspondiente al ejercicio 2010, actualizada de acuerdo a la evolución del índice de precio del consumo.

A fin de contribuir al proceso de homogeneidad del monto de la Patente de Rodados, se podrán realizar transferencias adicionales siempre que el total no supere el 25% de la recaudación correspondiente al Impuesto Específico Interno que grava las enajenaciones de vehículos automotores de acuerdo a las categorías que el Poder Ejecutivo determine. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes en el Inciso 24 “Diversos Créditos”. A partir del 1º de enero de 2012 las tasas máximas establecidas por el numeral 11) del artículo 1º, Título 11 del Texto Ordenado 1996, se incrementarán en un 30% (treinta por ciento). CAPÍTULO II SUBSIDIOS PARA LA EXTENSIÓN Y FOMENTO DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS SISTEMAS DE ALUMBRADO PÚBLICO DEPARTAMENTALES Artículo 11.- El Poder Ejecutivo asumirá de la facturación que realice la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) por concepto de alumbrado público correspondiente a las zonas del alumbrado público que se encuentren debidamente medidas con instalaciones aprobadas por el correspondiente Gobierno Departamental y por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, los siguientes porcentajes: 1.- a partir del 1º de enero de 2012, 40% (cuarenta por ciento). A los efectos de asumir la erogación autorizada en el numeral 1, se deberá constatar que cada Gobierno Departamental ha: a.- mantenido al día los pagos de la facturación que haya realizado el Ente correspondiente a su porcentaje de potencia y energía asociada, así como la energía reactiva correspondiente. b.- abonado la totalidad de las facturaciones que el Ente haya realizado en el ejercicio 2011 por consumos corrientes de energía, su porcentaje de potencia y energía reactiva asociada a partir del 1º de enero de 2011, efectivizando su pago antes del 31 de diciembre de 2011. c.- suscrito un convenio con la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas estableciendo la forma de pago de las deudas por todo concepto anteriores al 1º

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de enero de 2011, incluyendo los acuerdos necesarios para que UTE realice por cuenta y orden del Gobierno Departamental, y conjuntamente con su facturación, el cobro de un precio o tasa que guarde razonable equivalencia con los egresos que debe realizar el Gobierno Departamental por consumos de energía del alumbrado público. 2.- A partir del 1º de enero de 2013 un 10%, adicional al establecido en el numeral 1 del presente artículo. A los efectos de asumir la erogación autorizada, se deberá constatar qué Gobierno Departamental correspondiente ha cumplido con los extremos previstos establecidos en el numeral 1 del presente artículo y suscrito con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas un Plan Departamental de Eficiencia Energética del Alumbrado Público y verificar semestralmente que el mismo se encuentra dentro de los márgenes de ejecución previstos. A los efectos de asumir la erogación autorizada, se deberá constatar qué Gobierno Departamental correspondiente ha cumplido con los extremos previstos establecidos para los numerales 1 y 2 del presente artículo y suscrito con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas un Plan Departamental de Extensión y Mantenimiento de Porcentaje Medido del Alumbrado Público y verificar semestralmente que el mismo se encuentra dentro de los márgenes de ejecución previstos. En ningún caso, el Poder Ejecutivo abonará por energía reactiva, que será de cargo de los Gobiernos Departamentales. Artículo 12.- La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas adoptará las medidas necesarias a los efectos que, como consecuencia de los convenios de pago establecidos en el literal C, del numeral 1 del artículo 11 de la presente ley, los Gobiernos Departamentales afecten al pago del mismo únicamente el 25% de las sumas que le correspondan de acuerdo al numeral 1 del artículo 11 de la presente ley. Artículo 13.- Las erogaciones resultantes de lo establecido en el artículo 11 de la presente ley norma, se financiarán con cargo al Inciso 24 “Diversos Créditos” Financiación 1.1 “Rentas Generales”, debiendo la Contaduría General habilitar los créditos adicionales correspondientes.

Artículo 14.- Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación. Montevideo, 22 de setiembre de 2011. JORGE VÁZQUEZ, ROBERTO CONDE, FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, RICARDO EHRLICH, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, NELSON LOUSTAUNAU, LEONEL BRIOZZO, TABARÉ AGUERRE, HÉCTOR LESCANO, GRACIELA MUSLERA, DANIEL OLESKER”. Anexo I al Rep. Nº 690 “Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración INFORME EN MINORÍA Señoras y señores Representantes: La mayoría de vuestra Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración propone al Cuerpo aprobar el presente proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo con declaratoria de urgente consideración, al amparo del numeral 7º) del artículo 168 de la Constitución de la República, referido al sistema único de cobro de ingresos vehiculares y sistema de alumbrado público departamentales. El proyecto de ley en consideración aborda dos aspectos de gravitante importancia, por una parte el de los ingresos por impuestos a los vehículos de transportes (popularmente conocido como Patente de Rodados) y por otra parte al tema del alumbrado público. Respecto al tema de los ingresos por impuesto a los vehículos de transporte, como expresa el Poder Ejecutivo, a criterio de los firmantes del presente informe, en forma benevolente: “Es de público conocimiento que, en aplicación de dicha normativa, mediante la utilización de diversos instrumentos, y desde larga data, el monto a pagar correspondiente a vehículos de características similares, presenta importantes diferencias, según a qué gobierno departamental deba abonarse”. “Los numerosos intentos, también de larga data, que se han realizado para subsanar esa inconsistencia de nuestro sistema de cobro de patentes de rodados, han resultado infelizmente infructuosos y, lamentablemente, las consecuencias de esta circunstancia redundan negativamente en la ciudadanía e, incluso, en la percepción que ésta tiene con respecto al desenvolvimiento institucional de nuestra República en el punto”.

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El proyecto se inscribe en la voluntad muy firme del señor Presidente de la República por encontrar una solución a la situación en torno a lo que se popularizó como “la Guerra de las Patentes”. Voluntad puesta de manifiesto ante los señores y señoras Intendentes en su comparecencia ante el Congreso de Intendentes, en la que comprometió el trabajo, el esfuerzo y el aporte del Gobierno Nacional para encontrar una solución a la misma. Queremos remarcar desde el inicio de nuestro informe la impronta llevada adelante, ya desde la anterior administración, en lo relativo al relacionamiento del Gobierno Nacional con los Gobiernos Departamentales. Dicha impronta se caracterizó por establecer un relacionamiento fluido y de cooperación entre dichos ámbitos de nuestro andamiaje institucional, en beneficio de los ciudadanos de todo el país. Más allá del dialogo entre el Gobierno Nacional y cada uno de los Gobiernos Departamentales, el ámbito preferencial para llevar adelante un nivel de coordinación que permitiera el avance conjunto entre el Ejecutivo Nacional y los Ejecutivos Departamentales fue la participación activa en intercambios en el marco del Congreso de Intendentes, consagrado constitucionalmente en el artículo 262 de nuestra Constitución con el fin de coordinar las políticas de los Gobiernos Departamentales. Que además consagró la potestad de acordar entre sí y con el Poder Ejecutivo, así como con los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, la organización y la prestación de servicios y actividades propias o comunes, tanto en sus respectivos territorios como en forma regional o interdepartamental. Dicha voluntad de desarrollar niveles crecientes de cooperación y coordinación quedó de manifiesto en la transferencia de recursos económicos que desde el Presupuesto 2005 – 2010, y ratificados en el Presupuesto aprobado en 2010, se ha venido incrementando, ya en forma directa o en diversos programas coordinados entre el Gobierno Nacional y los distintos Gobiernos Departamentales. Así como también en los niveles de coordinación que desde distintos ámbitos institucionales de la Administración Central, a través de los distintos Ministerios y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se ha ido incrementando en el correr de los años. Coordinación que ha estado pautada por la voluntad política recíproca que han puesto de manifiesto, en general, los señores y señoras Intendentas, sin distinción de partidos políticos y los representantes del Poder Ejecutivo. EN RELACIÓN CON EL ACTUAL PROYECTO. En reunión convocada en octubre de 2010, en la estancia presidencial de Anchorena, con el equipo de

la Presidencia y los diecinueve Intendentes, se planteó la necesidad de generar un grupo de trabajo que trabajara directamente con la Presidencia de la República y que abordara propuestas para cinco temas centrales. En esa reunión los intendentes plantearon informalmente la necesidad de trabajar para resolver la llamada “Guerra de las Patentes” y manifestaron la voluntad de unificar el cobro y el valor de la llamada patente de rodados. Y así quedó conformada la primera comisión de trabajo. Una segunda comisión de trabajo propuesta se relacionó con el alumbrado público. No nos vamos a extender en el presente informe en la importancia que en el actual estado de desarrollo tiene el alumbrado público con relación a las condiciones de vida de la población. Saben los señores y señoras diputadas que hasta 1975 el alumbrado público era responsabilidad de UTE. Fue a partir de ese año que se municipalizó el mismo. Nadie desconoce la demanda que sobre el alumbrado se hace sobre los gobiernos departamentales y los esfuerzos económicos que las Intendencias deben realizar para satisfacer la demanda de los ciudadanos. Esfuerzo económico que no ha evitado que existan deudas muy importantes por parte de muchos gobiernos departamentales con UTE; algunas de las cuales se arrastran desde décadas. La tercera comisión de trabajo se relaciona con los residuos y su disposición. La cuarta comisión, que se solicitara por parte de los Intendentes, se relaciona con la corporación vial regional. La quinta comisión solicitada se relaciona con la maquinaria vial. La coordinación de las cinco comisiones, por decisión del Poder Ejecutivo, recayó en la Prosecretaría de la Presidencia. En la Comisión de Impuesto a los vehículos automotores (Patentes de Rodados) participó la Mesa del Congreso de Intendentes, como representante del Congreso. Sobre fin del año pasado se planteó que el Congreso de Intendentes solicitara, en forma clara y unánime que el Poder Ejecutivo realizara una propuesta vinculada con el tema patentes. El 13 de enero de 2011, el Congreso de Intendentes resolvió que se convocara al grupo de trabajo que se había acordado en la reunión de Anchorena, el 16 de octubre de 2010. A su vez se le dio plenos poderes a la Mesa del Congreso de Intendentes para actuar en dicho grupo en representación del Congreso de Intendentes. Se acordó que, mientras se procesa-

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ran los trabajos del grupo, los Intendentes se comprometían a empadronar exclusivamente vehículos de personas físicas o jurídicas que tuvieran domicilio en su respectivo departamento. Y dado que ha estado en cuestión lo contenido en el artículo 8º del proyecto en consideración, vale tener presente, que también se acordó que el cumplimiento del compromiso precedente y de lo que se acuerde en el trabajo con el Poder Ejecutivo, deberá ser tenido en cuenta al determinar la distribución de recursos que aporte el Gobierno Nacional a los Gobiernos Departamentales. Es de destacar para los firmantes del presente proyecto de resolución la voluntad y responsabilidad de los señores y señoras intendentas para encontrar una solución al tema de las patentes. El Presidente de la República al asistir a la sesión de febrero del Congreso de Intendentes comprometió el trabajo del Ejecutivo Nacional en la búsqueda de una solución, reconociendo la voluntad que los Intendentes habían puesto de manifiesto en su reunión de enero de 2011. En marzo del presente año se presentó una hoja de ruta para trabajar en la búsqueda de una solución. Por una parte se requería el compromiso unánime de los intendentes. Se entendía por parte del Ejecutivo de la necesidad que lo que se acordase pasara por el Parlamento y que el señor Presidente consideraba la necesidad de un acuerdo que fuera aprobado por mayorías amplias más allá de las que tiene el Gobierno a nivel Parlamentario, tema que el señor Presidente volvió a ratificar cuando el Congreso de Intendentes votó el acuerdo en la reunión de setiembre pasado. Los firmantes del proyecto en mayoría queremos detenernos en este punto que fue traído a colación en la discusión en la Comisión de Constitución por parte de algunos de los señores Diputados de la oposición, frente a la voluntad de la bancada del Frente Amplio de trabajar para aprobar el proyecto de ley. Nos parece un acuerdo histórico, un instrumento idóneo para superar una situación que tuvo durante décadas a los ciudadanos de rehenes de un contencioso al que no lograba encontrársele una solución, bien por falta de voluntad, por falta de garantías, por falta de compromiso, o por falta de una iniciativa concreta que tendiera a salvaguardar los recursos legítimos con que cuentan los Gobiernos Departamentales. En el momento en que los diecinueve Jefas y Jefes Departamentales, en pleno goce de su autonomía para encontrar una solución, acuerdan con el Poder Ejecutivo una fórmula que va a garantizar los recursos con que, en materia de patente de rodados, cuentan los gobiernos departamentales, resulta obvio que el señor

Presidente tuviera la sana expectativa que la misma fuera acompañada por el conjunto del sistema político. Manifestamos en esa oportunidad que el oficialismo iba a trabajar para corregir las interpretaciones a que pudiera dar lugar el proyecto enviado por el Ejecutivo, pero fundamentalmente iba a trabajar para aprobar el proyecto respetando la voluntad de los diecinueve señores y señoras Intendentes. Y lo íbamos a hacer respetando el sentir del señor Presidente, pero sin quedar de rehenes de estrategias opositoras, que en nuestra opinión anteponen el interés sectorial al interés general que el proyecto en consideración tiene implícito. Y lo hacemos en el entendido que el Gobierno Nacional definió su compromiso aportando recursos económicos que harán posible que con la solución alcanzada los Gobiernos Departamentales no vieran afectados sus ingresos provenientes del tributo de la patente de rodados. Continuando con el análisis de lo acordado el 7 de marzo del presente año, en la denominada hoja de ruta, se acordó que la solución debía ser de aplicación desde el 1º de enero de 2012. Otro elemento constitutivo del acuerdo refiere a los mecanismos para que en el marco de lo establecido en la Constitución de la República, los aforos vehiculares y las alícuotas aplicables para el cálculo del tributo, así como los sistemas de descuentos por pronto pago y buen pagador fueran únicos en todo el territorio nacional y no se transformaran como hasta el presente en un mecanismo que distorsionaba los acuerdos y que hacia variar el valor de lo que por concepto del tributo se terminaba pagando en cada uno de los departamentos. Ya en marzo se planteó la idea de crear un instrumento, una entidad o un contrato con un agente fiduciario que permitiera la existencia de un sistema único de cobro de dicho tributo, de las multas asociadas y de las infracciones de tránsito. Se planteó también que hubiera un sistema que unificara hacia adelante a partir del 1º de enero de 2012 y un sistema que unificara hacia atrás para unificar las patentes ya existentes. A los efectos de considerar el aporte del gobierno central respecto de compensar las eventuales pérdidas, se acordó considerar la recaudación efectiva que dicho tributo hubo tenido al cierre del año 2010. Comprometiéndose el Gobierno Nacional a un aporte económico para el período de transición desde el 1º de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2015, quedando la transición contenida en el período presupuestal del presente gobierno.

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El último punto acordado el 7 de marzo fue que a los efectos de recibir el porcentaje sobre el monto de los recursos correspondientes a los Gobiernos Departamentales, se debería suscribir un compromiso de gestión específico, cuyo incumplimiento hará que la partida que corresponda al Gobierno Departamental que incumpla el mismo, se calcule en base a una partida equivalente al 2%. Esto fue planteado en la hoja de ruta. Hoja de ruta que contó con el visto bueno del pleno del Congreso de Intendentes reunidos el 8 de marzo en el departamento de Tacuarembó. Se trabajó durante los meses de mayo y junio se hizo un trabajo técnico para poder unificar las patentes anteriores al 1º de enero de 2012. A la par que se trabajaba en el tema patentes se avanzaba en el acuerdo acerca del alumbrado público, donde existía una diversidad de problemas que se arrastraba de larga data. Problemas que se vinculaban a las dificultades para calcular el gasto corriente en energía para el alumbrado de las Intendencias, deudas históricas por parte de algunas intendencias con UTE, dificultades por parte de algunas para cumplir con el pago en convenios establecidos, etc. En julio se trasmitió a los y las Intendentes que la propuesta respecto a Patentes iba a ir junto con la propuesta de alumbrado público. El esfuerzo económico del Gobierno Nacional en materia de alumbrado público es un esfuerzo grande. Mayor que el esfuerzo en materia de Patentes. Como los señores y señoras legisladoras tienen presente en el Presupuesto Nacional del período anterior, más precisamente en la Rendición de Cuentas de 2006, por primera vez se dio un subsidio de hasta el 30% para el pago del alumbrado público nacional que resultara efectivamente medido (artículo 337 de la Ley Nº 18.172). El presente proyecto de ley no solo duplica el subsidio, sino que cuenta con la voluntad expresa del Poder Ejecutivo y el acuerdo del Congreso de Intendentes para solucionar definitivamente el endeudamiento crónico de las Intendencias con UTE. En la actualidad de las diecinueve Intendencias solamente cinco no tiene deudas con UTE bien por estar al día o bien con convenio de refinanciación vigente. En algunos casos hay décadas sin pagar a UTE. Vale destacar que en el proyecto en consideración, se consolidan las deudas, se les quita a las Intendencias, para que puedan quedar al día y así puedan acceder a lo que muchas no han podido, o sea a acceder al 30% que ya estuvo votado y que por no poder cumplir, con las exigencias determinadas en la

ley, no pudieron acceder al mismo. A partir del presente proyecto de ley las diecinueve Intendencias podrán acceder a ese 30% o 40% y terminar accediendo al 60% del subsidio. Se trata a través del presente proyecto de fortalecer la gestión de los Gobiernos Departamentales. Con relación al subsidio para alumbrado público se incrementa el subsidio del 30% al 40% en condiciones similares a las que se venían desarrollando. O sea que todos los gobiernos departamentales que se mantengan al día con la facturación que realice UTE podrán recibir como subsidio 40% por el alumbrado medido, no así del estimado. A partir del 1º de enero de 2013 se prevé que pueda haber un incremento de un 10% adicional o sea llegar el subsidio al 50% de la facturación del alumbrado medido, estableciéndose como compromiso que el Gobierno Departamental conjuntamente con la OPP y UTE suscriban un convenio departamental para la promoción de la eficiencia energética. O sea hay dos objetivos, uno que el alumbrado resulte medido y otro que el alumbrado sea eficiente energéticamente. Esa fracción del subsidio intenta contribuir a financiar las obras que se requieren a esos efectos. A partir del 1º de enero de 2014 se establece un nuevo incremento del 10% en el subsidio que queda condicionado a la suscripción de un Plan departamental de extensión del alumbrado público y de extensión del alumbrado medido. O sea que el mecanismo de incremento del subsidio de alumbrado persigue, además de contar con un mecanismo de abatimiento del endeudamiento crónico e histórico, poner en condiciones a las intendencias de aumentar el porcentaje de alumbrado público que se encuentra medido (dado que el no medido generará aumento de deuda sin subsidio, o sea a más alumbrado efectivamente medido más subsidio); aumentar el porcentaje de alumbrado público que cuente con mecanismos de eficiencia energética y a su vez extender la red de alumbrado público. En la Comisión como datos estimativos se informó que los Gobiernos Departamentales contaban hasta el momento por el subsidio de la Ley Nº 18.172 con aproximadamente $ 130:000.000. (Ciento treinta millones de pesos). Muchos de ellos no lo habían recibido por no encontrase al día con la facturación de los consumos corrientes. El proyecto prevé que los Gobiernos Departamentales una vez que suscriban convenios con UTE por sus deudas van a comenzar a cobrar lo que hoy la ley les autoriza pero no están en condiciones de hacerlo.

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Según manifestó en Comisión la delegación del Poder Ejecutivo se cree que en el 2014 a valores constantes del año 2010, el monto que van a recibir los Gobiernos Departamentales, por ese concepto va a ascender a $ 300:000.000. (Trescientos millones de pesos). O sea el subsidio adicional va a implicar $ 100:000.000 adicionales en el 2014 y las partidas por eficiencia energética otros $ 100:000.000. Referido a la financiación del presente proyecto y respecto al tema Patente de Rodados, la delegación del Poder Ejecutivo a través del contador Cabrera detalló cómo se había dado la dispersión en materia de cobro del tributo y luego nos explicó cómo serían los mecanismos en que se pensaba trabajar para lograr avanzar en la homogenización de la misma. Planteó que se comenzó a trabajar con una propuesta que implicaba resolver el tema a partir del 2012 en adelante, aplicando una alícuota común y tomando los controles para aplicar a distintos valores de aforo esa alícuota común. Con la información suministrada por las Intendencias a la OPP, de la totalidad del empadronamiento vehicular, se pudo empezar a trabajar. La OPP tomó sustancialmente la categoría A que comprende los vehículos de afectación particular y que constituyen el 85% de la recaudación del padrón vehicular. A los efectos de que las señoras y señores legisladores tengan presente la información aportada en Comisión respecto a los cambios que se van a producir en el costo de la Patente de Rodados reproducimos una parte del acta donde consta dicha información (fojas 18, 19 y 20 de la versión taquigráfica del día 5 de octubre de 2011, acta 770). “Se definieron nueve franjas de afectación, a saber: de 1901 a 1975; de 1976 a 1980; de 1981 a 1985; de 1986 a 1991; del 1992 a 1995; de 1996 a 1999; de 2000 a 2003; de 2004 a 2007 y de 2008 a 2010. Aclaro que en breve vamos a incorporar el año 2011 en esta última franja”. “Entre 1976 y 1991 hay un grado de dispersión muy chico entre los distintos valores de aforo y de patente de los vehículos. Por tanto, para esa franja se tomaron valores absolutos para todos los vehículos, en la medida en que no va a haber una diferenciación muy grande entre lo que pagan hoy y lo que van a pagar. En general, entre los propietarios de este tipo de vehículos se encuentran los que van a pagar menos. Para los vehículos anteriores al año 1975 se trató de homogeneizar los distintos criterios de las Intendencias”.

“Muchas Intendencias exoneran los vehículos anteriores a 1975, y otras los anteriores al año 1970. A fin de homogeneizar estos valores se tomó el siguiente criterio. Los vehículos anteriores al año 1975 estarán exonerados siempre y cuando se agregue la certificación de una evaluación técnica de las condiciones del vehículo. Del relevamiento que se hizo de todas las Intendencias, solamente una aplica el control vehicular en términos de test. Las otras, básicamente cobran pero no dan una contraprestación con relación al servicio que se cobra. Esto es positivo en el sentido de que no solamente vamos a resolver el problema tributario sino a generar determinadas externalidades en términos de la unificación de este sistema de cobranzas”. “Para los vehículos comprendidos entre los años 1976 y 1980 se establecerá una franja de un único valor, que será de $ 1.000. Los vehículos de 1981 a 1985 pagarán $ 1.500, y los de 1986 a 1991, $ 3.000. El resto de los vehículos se dividieron en tres categorías, siempre por franjas de años, y se categorizaron en económicos, medios y caros en función del valor mediano del modelo, del rango y del año”. “Para los autos económicos se ubicó el valor de la patente por el valor del percentil 20 del modelo de rango y años. Para los vehículos medios se fijó el valor de la patente por el valor del percentil 40 del modelo de rango y años, es decir, por debajo de la media. Para los caros se fija el valor de la patente por el valor del percentil 70 del modelo rango y años. Estos vehículos tendrán un tope mínimo del orden de los $ 3.000, o sea que pagarán por encima de ese monto”. “En resumen, de todo el parque automotor, el 69% de los propietarios de vehículos van a pagar menos de lo que están pagando en este momento. ¿Cuánto menos? Entre un 20% y un 30%. Un 4% va a pagar lo mismo y un 27% va a pagar más. Ese 27% se encuentra concentrado sustancialmente en los vehículos de alta gama, con un valor superior a los US$ 40.000. ¿Y cuánto más van a pagar? En el entorno de un 30%. En ese sentido, lo importante a destacar es lo siguiente. En lo que tiene que ver con el financiamiento, lo que se hace es definir un valor de patente. Es una propuesta del Poder Ejecutivo, que lo somete al Congreso de Intendentes, que es el que lo va a aprobar. Básicamente, desde el primer momento se sabía que algunos vehículos iban a pagar más y otros menos, y que toda la financiación de este proceso debería tener un aporte del Gobierno nacional. La definición de estos valores nosotros hicimos la propuesta técnica va a recaer en la soberanía del Congreso de Intendentes y de los distintos Gobiernos departamentales”.

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Respecto a la declaración como ley de urgente consideración, el señor Prosecretario de la Presidencia, doctor Diego Cánepa, manifestó: “quiero explicar por qué se trata de un proyecto de urgente consideración, siguiendo lo previsto en el numeral 7º) del artículo 168 de la Constitución de la República que refiere a la potestad del Poder Ejecutivo de enviar proyectos de ley con declaratoria de urgente consideración. Como se acordó con los señores Intendentes que el 1º de enero de 2012 debería estar iniciado el proceso ya dije que todos estábamos de acuerdo en que esa era uno de los requisitos necesarios, cuando culminó la etapa de acuerdo y de negociación, vistos los plazos para implementarlo y que era una urgencia saber si el Parlamento lo acompañaba, queríamos tener la certeza de contar con los plazos que nos brinda la Constitución para dar una respuesta concreta. Aclaro que hoy, tanto las Intendencias como el Gobierno nacional están invirtiendo en una cantidad de implementaciones como si este proyecto funcionase. Los señores Intendentes nos solicitaron un plazo cierto para resolver este tema y, por lo tanto, hicimos uso de este mecanismo de urgente consideración porque estamos convencidos de que se encuadra en el típico uso de la potestad constitucional”. (Fojas 20 y 21 del acta del 5 de octubre de 2011). Con relación a las eventuales inconstitucionalidades que el proyecto pudiera contener y que quedaron de manifiesto por declaraciones públicas de referentes políticos, de señores legisladores y de lecturas que respecto al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo nos manifestaran algunos de los señores catedráticos que comparecieron invitados en nuestra Comisión, los firmantes del presente proyecto consideramos que a nuestro criterio dichas manifestaciones surgieron, principalmente de la lectura que se hizo de lo emanado del texto del artículo 4º y eventualmente del artículo 9º del proyecto. Ante ello manifestamos que de acuerdo a lo comunicado y manifestado en la Comisión nunca estuvo planteado por parte del Poder Ejecutivo soslayar las potestades que la Constitución de la República asigna tanto al Ejecutivo Departamental en materia de Iniciativa, ni las potestades que se asignan a las respectivas Juntas Departamentales. Reproducimos acá lo último que ya hemos citado, más arriba, de la explicación que diera en la Comisión el contador Cabrera respecto al valor futuro de las Patentes de Rodados: “La definición de estos valores nosotros hicimos la propuesta técnica va a recaer en la soberanía del Congreso de Intendentes y de los distintos Gobiernos departamentales”. En razón de las lecturas que se hicieran de dichos artículos los representantes del Frente Amplio en la

Comisión y firmantes del presente proyecto, a los efectos de aventar cualquier duda al respecto, le incorporamos al final del artículo 4º cuando refiere a que: “el Congreso de Intendentes resolvería sobre la propuesta de valores de aforos vehiculares, alícuotas a aplicar y todo otro elemento necesario para calcular el valor de la Patente de Rodado, que le elevaran a su consideración una comisión conformada por delegados de los Intendentes Municipales, la OPP y el MEF, agregamos que ello será sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 273, 275 y 297 de la Constitución de la República. Dejamos constancia que lo hicimos para despejar las dudas que pudieran haber quedado planteadas de una lectura que no se condice con lo que fue el espíritu de lo planteado. Y lo diga o no, toda ley que pueda ser sancionada lo será sin perjuicio de los dispuesto por la propia Constitución. A su vez en el artículo 9º del proyecto se pretendía extender la misma consideración respecto a la planteada para el artículo 4º. Ello nos llevó a cambiar el verbo aprobar por el de acordar. Potestad constitucional que tiene el Congreso de Intendentes en tanto órgano de coordinación de políticas. Otras consideraciones que fueron planteadas en Comisión respecto a la eventual inconstitucionalidad y que refieren a los contenidos del artículo 2º, no las consideramos de recibo por lo que expondremos. Dicho artículo determina que “la suscripción al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) se realizará mediante la suscripción de los contratos correspondientes por parte de los Intendentes y se realizará por un plazo inicial de 15 años prorrogables automáticamente por períodos iguales y en el segundo inciso del artículo 2º, refiere a la autorización a los Intendentes a ceder los derechos de cobros emergentes de tributos, recargos, multas y moras departamentales necesarios para la adhesión al SUCIVE, dando cuenta a la Junta Departamental. Señores legisladores de la oposición en Comisión plantearon aplicarle a dicha disposición la exigencia constitucional de mayorías especiales, contenidas en el artículo 301 de la Constitución. Las exigencias contenidas en el artículo constitucional citado (301) refiere a mayorías especiales y procedimientos exigidos respecto a: la emisión de deuda pública, concertar préstamos o empréstitos con organismos internacionales o instituciones o gobiernos extranjeros, o contratar otro tipo de préstamos. A criterio de los firmantes del presente proyecto no se da ninguna de las hipótesis planteadas en el artículo constitucional que se invoca. Con relación al articulado del proyecto:

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El Capítulo I refiere a la Creación del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares. Los artículos 1º y 2º crean el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), que tendrá como finalidad realizar todas las acciones y gestiones necesarias para el cobro del tributo de los vehículos automotores empadronados en cualquier departamento de la República, los recargos, multas y moras correspondientes al mismo, así como otras multas que pudieran corresponder a los propietarios, poseedores o conductores de dichos vehículos. Se crea una herramienta que permite a los Gobiernos Departamentales que se adhieran a ella mediante la suscripción de los contratos correspondientes, centralizar todas las operativas relativas al cálculo y cobro del tributo y otros ingresos vehiculares, en base a los criterios que los Intendentes acuerden en el Congreso Nacional de Intendentes. La creación del sistema, y su funcionamiento, otorgará las garantías necesarias y la eficiencia imprescindible para asegurar el cumplimiento recíproco de los acuerdos que se alcancen, en una perspectiva de largo plazo. Como parte de la garantía de responsabilidad, profesionalismo y seguridad del sistema se dispone que el SUCIVE deba ser administrado por un fiduciario profesional autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay, responsable no solo de su operación sino de transferir en forma inmediata los ingresos que reciba, al Gobierno Departamental correspondiente. Complementariamente se otorgan las potestades necesarias a los Intendentes para suscribir los contratos que puedan resultar necesarios. El artículo 3º crea la Comisión de Seguimiento del SUCIVE y detalla sus cometidos, previendo todos aquellos que el funcionamiento permanente y cotidiano del SUCIVE puede requerir, pero limitando en lo sustancial su accionar cuando dispone que informará al responsable de la operación del sistema los valores de aforo vehiculares, las alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor de la Patente de Rodados, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto de tributo a nivel nacional, de acuerdo a lo que resuelva el Congreso de Intendentes. La referida Comisión será la encargada de designar al agente fiduciario que administre el SUCIVE así como emitir todo tipo de instrucción que requiera el fiduciario, complementaria a lo pactado en los contratos respectivos.

Se prevé además que la Comisión pueda autorizar al fiduciario a realizar las retenciones y transferencias correspondientes a cesiones de recaudaciones del tributo, que los Gobiernos Departamentales hayan realizado o puedan realizar, en sus potestades legales otorgadas, para el cumplimiento de compromisos de pago a garantía de financiamientos obtenidos o por obtener, asegurando de esta manera el cumplimiento de los contratos vigentes que pudieran existir. Se establece asimismo que la Comisión se integre por una mayoría de miembros designados por el Congreso de Intendentes y por representantes del Poder Ejecutivo que, por su vinculación con los temas departamentales y financieros, tienen la experticia necesaria para contribuir al mejor funcionamiento del sistema. En Comisión y a pedido de legisladores del Partido Nacional se pasó de tres a cinco el número de integrantes del Congreso de Intendentes en dicha Comisión. Resulta destacable la competencia que se otorga a la Comisión a efectos de informar al Poder Ejecutivo acerca de la conveniencia de aplicar lo previsto en el artículo 300 de la Constitución de la República en lo referido a Patente de Rodados u otros impuestos que graven a los vehículos automotores. Este cometido procura que la Comisión, ejerza el seguimiento de las decisiones de los Gobiernos Departamentales y alerte al Poder Ejecutivo de aquellas que puedan, a su criterio, no contribuir al adecuado funcionamiento del sistema, a los efectos que éste, en uso de sus competencias constitucionales, decida, si considera que los mismos afectan el interés general, apelar ante la Cámara de Representantes, con los efectos y consecuencias previstas por el constitucionalista. Cabe destacar que el proyecto prevé la posibilidad que el sistema, si tal como se estima, redunda en una mayor eficiencia, transparencia y confiabilidad en el cobro de ingresos vehiculares, pueda ser utilizado para la recaudación de tasas, precios, peajes, etcétera vinculados a la circulación de los vehículos automotores de cualquier tipo. El artículo 4º tiene por efecto establecer una serie de plazos vinculados al establecimiento de todos los elementos que permitan al administrador del sistema poner al cobro el tributo al comienzo de cada ejercicio. Con relación a este artículo, y como quedo dicho con anterioridad, los abajo firmantes incorporamos, en el último inciso, que lo acordado y aprobado por los señores Intendentes y señoras Intendentas será, como no podía ser de otra manera, sin perjuicio de lo dispuesto por la Constitución, respecto a las facultades que en la materia compete al Ejecutivo y al Legis-

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lativo Departamental. Aventamos así cualquier duda de interpretación que se pueda hacer al respecto. El artículo 9º realiza una previsión especial en este sentido, de forma tal que el sistema se pueda implementar con vistas al ejercicio que comienza el 1º de enero de 2012, así como contribuir especialmente al objetivo buscado en su inicio. Con relación a este artículo, cambiamos la palabra “aprobadas” por “acordados” como potestad del Congreso de Intendentes. Los artículos 5º y 6º del proyecto, plasman la contribución material del gobierno nacional a la consecución del objetivo de homogenización de los montos del tributo a los vehículos automotores (Patente de Rodados), mediante la creación de un fondo fiduciario que se nutre con recursos de Rentas Generales que procura tanto contribuir a los acuerdos que se alcancen sobre la cuantía del tributo, como ser un aliciente para la adhesión al SUCIVE, asegurando a los Gobiernos Departamentales la preservación de sus ingresos, así como un mecanismo que contribuya a la disminución global del monto de la Patente de Rodados. El Fondo se nutre de transferencias de Rentas Generales y se establecen los límites de las mismas, asegurando el mínimo necesario para cubrir el monto de las recaudaciones alcanzadas por los Gobiernos Departamentales por concepto de Patente de Rodados en el año 2010 -en caso de ser necesario- y un máximo referido a la recaudación que Rentas Generales obtiene como consecuencia de la aplicación del Impuesto Especifico Interno que grava la primera enajenación de los automotores. También se dispone que los ingresos que correspondan u obtengan los Gobiernos Departamentales del Fondo, serán inembargables y no podrán ser cedidos ni ser objeto de transacción judicial o extrajudicial alguna, manteniendo de esta forma, las actuales condiciones de las que gozan los tributos departamentales actualmente. El artículo 7º del proyecto dispone que el Fondo que se crea sea administrado por un fiduciario financiero profesional autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay, que designará la Comisión que se crea en el artículo 3º del proyecto, a quien, mediante el contrato de fideicomiso correspondiente se le trasmitirá la propiedad fiduciaria de los recursos actuales y futuros del Fondo, asegurando la transparencia en la disposición de los recursos. El fiduciario no podrá ceder ni ofrecer en garantía o securitizar total ni parcialmente los recursos actuales y futuros del Fondo, sin perjuicio de los demás derechos y obligaciones previstos en la Ley Nº 17.703, de 27

de octubre de 2003, modificativas y concordantes. De esta forma se asegura la plena disponibilidad de los fondos a los fines de complementar en cada ejercicio los recursos que se obtengan por ingresos vehiculares. El artículo 8º dispone que los Gobiernos Departamentales que no se adhieran al SUCIVE o incumplan cualquier elemento de los contratos correspondientes podrán acceder únicamente a los seis décimos del porcentaje que les corresponda de las partidas que se establezcan con destino a los Gobiernos Departamentales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 214 de la Constitución de la República, para no solo incentivar de este modo la adhesión al sistema sino también asegurando que el porcentaje del Presupuesto Nacional con destino a los Gobiernos Departamentales se mantenga mediante la distribución de la fracción excedente entre los que se encuentren adheridos al mismo. El artículo 10 autoriza al MEF a través de Rentas Generales a transferir al Fondo creado por el artículo 5º la suma para asegurar que la recaudación por el impuesto a los vehículos automotores durante los años 2012 a 2015 no sea nunca inferior a lo efectivamente recaudado durante el ejercicio 2010. Con la intención de homogenizar lo relativo al impuesto a los vehículos automotores, se dispone que se podrán realizar transferencias adicionales siempre que el total no supere el 25% de lo recaudado por el Impuesto Específico Interno (IMESI) que grava la enajenación de vehículos automotores. A su vez se dispone el aumento de las tasas máximas del IMESI, a los efectos que, de resultar necesario, las tasas vigentes puedan ser incrementadas para financiar los egresos que por la presente norma puedan generarse. A fin de establecer el incremento de ellas se tuvo en cuenta el monto máximo de transferencias que se autoriza a realizar desde Rentas Generales. Con relación al Capítulo II. Subsidios para la extensión y fomento de la eficiencia energética de los sistemas de alumbrado público departamentales. Articulado y consideraciones sobre el mismo. El Capítulo II del proyecto constituye una mejora de las condiciones previstas en la Ley Nº 18.172 respecto al subsidio al alumbrado público departamental a nivel nacional. Estas mejoras están vinculadas al establecimiento de incentivos para la eficiencia del sistema de alumbrado público, a la determinación de pautas razonables para el pago de las deudas con la Administración de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado y a la formulación de planes integrales de carácter nacio-

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nal destinados a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. El capítulo se compone de tres artículos donde se establecen las condiciones para que los Gobiernos Departamentales perciban las transferencias para el pago de su facturación de alumbrado. El numeral 1 del artículo 11 plantea un incremento de un 10% del beneficio regulado por la Ley Nº 18.172, estableciéndose las siguientes condiciones: a) que se encuentren al día con los consumos corrientes del año 2011, compromiso ya asumido oportunamente en la ley de Presupuesto Nacional, b) para aquellos que se encuentren con deudas con la Administración de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado, deberán suscribir convenio por las mismas, c) mantenerse al día con los consumos futuros. El numeral 2 del artículo 11 considera un adicional de un 10% llevando el subsidio al 50%, a partir de enero de 2013 para aquellas Intendencias que firmen con la Administración de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto un Plan Departamental de Eficiencia Energética de Alumbrado Público. El numeral 3 del artículo 11 considera un adicional de un 10% llevando el subsidio al 60%, a partir de enero de 2014, para aquellas Intendencias que firmen con la Administración de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto un Plan Departamental de Extensión y Mantenimiento de Porcentaje Medido de Alumbrado Público. El artículo 12 del presente proyecto determina que se deberá destinar únicamente el 25% del beneficio regulado en el artículo 11 para el pago de los convenios contraídos. Por último, el artículo 13 plantea el origen de los recursos para atender estas transferencias, los mismos surgirán del Inciso 24 “Diversos Créditos”, con Financiamiento 1.1 Rentas Generales. Por todo lo expuesto los firmantes aconsejamos al Cuerpo la aprobación del presente proyecto de ley y coincidiendo con el Poder Ejecutivo, lo consideramos un instrumento de suma importancia para abordar dos problemáticas de indudable trascendencia relacionadas a la gestión de los Gobiernos Departamentales. Por una parte el contencioso respecto al Impuesto a los Vehículos Automotores que llevó a que durante décadas apareciera como un problema insolucionable

que generaba en forma cíclica enfrentamiento entre los diferentes Gobiernos Departamentales y sometían a la población, propietaria de vehículos automotores, a tensiones, ante la cual nada podía hacer. Situaciones que generaban malestar y ponían en cuestión la capacidad y la responsabilidad de los diferentes ámbitos institucionales. Por otra parte por encaminar una solución a la problemática del alumbrado público a nivel nacional que se arrastra desde hace décadas. Convencidos que la solución planteada redundará en un beneficio muy importante, con relación a la gestión, a la extensión del alumbrado en los distintos departamentos y a la eficiencia energética. Objetivos todos que aportarán tanto a las condiciones de vida de la población, como al fortalecimiento institucional de los Gobiernos Departamentales. Sala de la Comisión, 20 de octubre de 2011. JOSÉ BAYARDI, Miembro Informante, FELIPE MICHELINI, JORGE ORRICO, ROBERT SOSA, DAISY TOURNÉ, PABLO ITURRALDE VIÑAS, con salvedades. IVÁN POSADA, según lo establecido, en el inciso segundo del artículo 132 del Reglamento: De acuerdo a las facultades que me confiere el inciso 2º del artículo 132 del Reglamento de la Cámara de Representantes, dejo constancia de mi opinión en relación al proyecto de ley con declaratoria de urgencia, por el cual se fija un sistema único de cobro de ingresos vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. 1.- Antecedentes El Impuesto de Patentes de Rodados ha sido motivo de discusión desde hace larga data. Las decisiones dispares de cada Gobierno Departamental respecto a los valores de aforo las alícuotas aplicables o los descuentos concedidos, han sido los principales factores desencadenantes de la llamada “guerra de las patentes”. Por cierto que el enfrentamiento entre los Gobiernos Departamentales por este tema es de larga data. Para la gran mayoría de los Gobiernos Departamentales, los ingresos provenientes de la imposición a los vehículos de transporte era poco significativa al iniciarse la reinstauración democrática el 15 de febrero de 1985, y lo seguía siendo al comienzo del período siguiente. Sin embargo, en el departamento de Mon-

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tevideo el tributo referido representaba aproximadamente un 25% (veinticinco por ciento) de la recaudación total. Pero en el correr del año 1990, con la aprobación del Presupuesto Quinquenal del departamento de Montevideo, se produce un importante incremento del gasto público departamental, con el correspondiente incremento de los tributos en general, y en particular, del impuesto a los vehículos, lo que determinó un desfasaje con los demás departamentos. Además, en el Congreso de Intendentes, impulsado por el entonces Intendente de Montevideo doctor Tabaré Vázquez comenzó a gestarse un cambio en la base del tributo. Hasta entonces, el valor de aforo de los vehículos que servía de base para la aplicación de la alícuota correspondiente, y así determinar la cuantía del tributo, era el utilizado por el Banco de Seguros del Estado. Para la adopción de esta nueva base de cálculo se nombró una Comisión del Congreso de Intendentes que tomando como referencia los precios en plaza de los vehículos que aparecían en los avisos clasificados. Casi todos los Intendentes del interior de nuestro país, vieron la oportunidad de aumentar por esta vía la significación de este tributo en la recaudación de sus departamentos. En cambio, otros Intendentes optaron por competir con Montevideo, en la captación de vehículos automotores, generándose a partir de allí un continuo enfrentamiento por el tema de las patentes de rodados. El tributo, tal como se ha establecido por la mayoría de los Gobiernos Departamentales, es casi expropiatorio. La patente de rodados que paga un vehículo cero kilómetro es equivalente a un determinado porcentaje del precio de venta del vehículo. Sin embargo, en los años subsiguientes, en lugar de ajustar el valor del vehículo en función de la depreciación del mismo, la mayoría de las Intendencias, lideradas por la de Montevideo, han optado por mantener el mismo valor de patente del año anterior e incluso ajustarlo por la variación registrada en el Índice de Precios al Consumo (IPC). He allí el verdadero origen de la “guerra de las patentes”, fundamento sustancial del proyecto de ley con declaratoria de urgencia que envía el Poder Ejecutivo. 2.- El proyecto del Poder Ejecutivo La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración convocó a los catedráticos de Derecho Constitucional de distintas universidades, así como a especialistas en Derecho Administrativo, a efectos de analizar la constitucionalidad del proyecto de ley.

En general, la totalidad de los catedráticos comparecientes -con la única excepción del doctor Felipe Luzardo, quién expresó que “es un proyecto que está al borde de lesionar las autonomías”- objetaron el proyecto por inconstitucional. En ese sentido se expresó el doctor Martín Risso Ferrand: “Me parece muy claro, entonces, que es competencia constitucional de los Gobiernos Departamentales decretar y administrar, en este caso, el impuesto sobre los vehículos de transporte. Por principio general del Derecho, las competencias delegadas no pueden ser, a su vez, delegadas, salvo que haya una autorización expresa. Nuestra Constitución tiene algunas excepciones expresas que autorizan la delegación, por ejemplo, del Poder Ejecutivo -numeral 24 del artículo 168-, de los Ministros -artículo 181-, de los Intendentes -no la Junta Departamental- en los Directores Generales y Comisiones Sectoriales, pero esto no está previsto. De acuerdo con los principios generales, cualquier tipo de delegación o transferencia de competencias es inconstitucional. Por supuesto, puede haber actividades materiales que no haga directamente el Gobierno Departamental, como el envío de facturas o la contratación de estudios jurídicos para iniciar juicios; son actividades materiales y no la creación y determinación de cómo administrar los recursos. Entiendo que esto no cambia por el hecho de que sea aceptado por los Intendentes. Ni por mayoría ni en forma unánime los Intendentes pueden modificar la Constitución. En definitiva, en líneas generales, la idea aparece como inconstitucional y lesionando la autonomía departamental. Y hago la distinción porque creo que cualquier habitante de la República que sea intimado o emplazado judicialmente para pagar esta nueva patente con este sistema podrá excepcionarse y pedir la declaración de inconstitucionalidad. Al mismo tiempo, cualquier Intendente -actual o futuro-, cualquier Junta Departamental actual o futura-, podrá accionar ante la Suprema Corte de Justicia, invocando la lesión de su autonomía. En definitiva, las competencias no pueden afectarse. Como he señalado en alguna oportunidad, la guerra de patentes, que debe ser solucionada, requiere una modificación constitucional”. Más adelante, en su intervención, el doctor Risso sostuvo: “Con respecto al artículo 4º, que en cierta forma se reitera en el 9º, establece un nuevo procedimiento, distinto al de la Constitución, para aprobar los impuestos sobre los vehículos. La

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Constitución nos dice que es iniciativa de cada Intendente y debe ser aprobado por la Junta Departamental. Acá se establece un procedimiento distinto. Todo arranca en el Ministerio de Economía y Finanzas y en la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; este es un síntoma de centralización verdaderamente alarmante. Y el que resuelve es el Congreso de Intendentes, que en realidad es un órgano de coordinación, no resolutivo. En definitiva, con buenas intenciones, se escribió un procedimiento que no coincide con la Constitución y hay una incompatibilidad absoluta de procedimientos y de órganos involucrados. Por lo tanto, hay una inconstitucionalidad, a mi juicio, razonablemente clara”. Para concluir señalando: “En cuanto al artículo 8º, a mi juicio, es claramente inconstitucional, en la medida en que afecta la autonomía de los departamentos. Aparentemente, la adhesión al sistema es voluntaria, pero en los hechos el artículo 8º nos demuestra que no lo es. La amenaza para los que no ingresen al Sistema es que van a recibir menos recursos de los que según la Constitución les corresponde. Me parece que eso no puede aceptarse. El artículo 214 tiene que ser objeto de reglamentaciones. Este artículo dice que el Estado central debe distribuir recursos entre los departamentos. Hay que buscar criterios objetivos, como la población, la extensión geográfica, la buena administración, si tiene superávit, etcétera, que seguramente se van a combinar. El criterio de adhesión o no al SUCIVE parecería ser que se va a dar más al que renuncie a parte de su autonomía. Me parece que esa es una hipótesis inviable desde el punto de vista constitucional. Reitero que con este proyecto se viola la autonomía departamental, por lo que se transforma en inconstitucional”. Por su parte el doctor Augusto Durán Martínez manifestó que: “Una ley que imponga una patente unificada que es lo que procura este proyecto es claramente inconstitucional, como lo sería un acuerdo entre todos los Gobiernos departamentales a los efectos de fijar una patente unificada porque implicaría una renuncia de esa discrecionalidad que la Constitución le asignó. Es inconstitucional la ley y un eventual acuerdo entre todos los Gobiernos departamentales”. Más adelante agregó: “El segundo punto al que quiero referirme es el siguiente. El acápite del artículo 297 de la Constitución, cuando refiere a las

fuentes de recursos de los Gobiernos departamentales, dice que “serán decretados y administrados por éstos”. Según este proyecto se crea un sistema único de cobro de ingresos vehiculares administrado por un fiduciario y se crea una Comisión de seguimiento del SUCIVE, pero no se sabe bien qué naturaleza jurídica o qué posición institucional tienen estas entidades. Sin embargo, está muy claro que no integran los Gobiernos departamentales, de manera que también se produce una violación del artículo 297 de la Constitución. En definitiva, parece que sería el Congreso de Intendentes el que fijaría el monto del tributo, pero no es claro; es ambiguo. Si es así, es inconstitucional. Se podría salvar la inconstitucionalidad en función del precepto de interpretación conforme a la Constitución. Para salvar la inconstitucionalidad, ese tributo debería ser aprobado por cada una de las Juntas Departamentales, lo que resolvería ese aspecto pero no la primera inconstitucionalidad que he denunciado”. Por su parte el doctor Juan Pablo Cajarville fue categórico al expresar que: “En primer lugar, crea el SUCIVE, cuya naturaleza jurídica tal vez sea la de un fondo de afectación, pero creo que no viene al caso. En el artículo 1º se le atribuye todo lo que es función administrativa sobre patente de rodados y, eventualmente, otros impuestos. Esto está en los incisos primero y tercero del artículo 1º. A su vez, este SUCIVE será administrado por un fiduciario profesional, establecido por una Comisión de Seguimiento, integrada por miembros designados por el Congreso de Intendentes, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas, tal cual lo establece el artículo 1º. El régimen jurídico de este fiduciario profesional es de responsabilidad, que nada tiene que ver con los titulares de las funciones de los Gobiernos departamentales. El régimen de sus actos nada tiene que ver con los emanados de los Gobiernos departamentales. Es diferente la impugnabilidad y el control. Es decir que se confiere la administración que la Constitución confía a órganos electos popularmente y sometidos a un régimen que la propia Constitución consagra, y se transfiere esa función administrativa a un profesional privado, que está sometido al régimen propio de su profesión, es decir, de derecho privado. El régimen que la Constitución consagra para los Gobiernos departamentales no es disponible para el

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legislador. Es un régimen que se impone al legislador. Es decir que el legislador no puede sustituir el régimen constitucional por otro distinto. Eso tiene que ver con la función administrativa. En cuanto a la función legislativa, sin ninguna duda, en mi opinión, el proyecto de ley la confía al Congreso de Intendentes Así, el literal b.- del artículo 3º establece que la Comisión de Seguimiento informará al SUCIVE los aforos, las alícuotas y todo otro elemento del impuesto, de acuerdo a lo que resuelva el Congreso Nacional de Intendentes. El artículo 4º establece que una Comisión integrada por delegados de los Intendentes, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio elevará una propuesta al Congreso de Intendentes sobre aforo, alícuotas y todo otro elemento del impuesto, el que resolverá. Una solución parecida surge del artículo 9º. Es decir que lo que está establecido en la Constitución como competencia legislativa de los Gobiernos departamentales, con iniciativa privativa del Intendente y con mayoría especial de la Junta para su sanción, aquí se transfiere al Congreso de Intendentes. Creo que esta solución no resiste el menor análisis desde el punto de vista constitucional. Cada Intendente, en su propio departamento, no puede ejercer por sí solo la función legislativa. Tiene iniciativa privativa en el tema que estamos considerando y, además, promulga lo que la Junta sanciona, pero de ninguna manera puede ejercer función legislativa por sí mismo. Por otra parte, los Intendentes no pueden ejercer ninguna función, ninguna potestad, fuera del territorio de su departamento, por más materia departamental de que se trate. Si no puede hacerlo cada Intendente, no pueden hacerlo los Intendentes reunidos. Es clarísimo que el Congreso Nacional de Intendentes no puede ejercer función legislativa en materia departamental. También es meridianamente claro que ningún órgano del Estado que reciba competencia de la Constitución o, inclusive, de la ley, puede, mediante contrato, transferir el ejercicio de sus funciones a un tercero. Digo esto para aclarar que el artículo 2º no justifica las soluciones que estoy criticando. Existe un principio de interpretación de normas infraconstitucionales que prevé que siempre que una norma infraconstitucional legal o de cualquier otro tipo sea susceptible de más de una interpretación y una de ellas sea constitucional, esa es la que deba preferirse. Si ninguna in-

terpretación de una norma infraconstitucional es posible que sea adecuada a la Constitución, simplemente esa norma es inconstitucional. Si la norma admite más de una interpretación, una o más inconstitucionales y una o más constitucionales, debe preferirse la interpretación constitucional por la sencilla razón de que la interpretación constitucional es la que permite la aplicación simultánea de la Constitución y de la norma infraconstitucional. Si se intentara hacer una interpretación constitucionalizante de este proyecto de ley, requeriría suponer que, previamente a todos los mecanismos que esta norma prevé, tanto la Junta Departamental como el Intendente hayan ejercido sus funciones en la materia. Dicho en otras palabras, la Junta Departamental y el Intendente como colegislador deben haber dictado un acto con fuerza de ley en su jurisdicción que establezca todos los elementos del tributo de que se trata, que haya sido luego promulgado por el Intendente y que se hubiera cumplido con las competencias constitucionales previas. Si se intentara una interpretación de este tipo del proyecto a consideración, en algunos aspectos sería sumamente forzada. Supongamos que hiciera. Entonces, el resultado sería que la función homogeneizadora que este proyecto procura simplemente desaparecería en el sentido de que no se cumpliría. Además de lo que acabo de decir, la interpretación constitucionalizante requeriría limitar al Congreso de Intendentes a su función constitucional. ¿Cuál es? Como todos sabemos, el Congreso de Intendentes fue creado previamente a su constitucionalización, pero fue constitucionalizado como un órgano de coordinación en el marco de lo que en doctrina se llama coordinación paritaria, es decir, coordinación que solo puede resultar del acuerdo entre todos los integrantes del órgano al que se encomienda la coordinación. De ninguna manera, tal como está concebido constitucionalmente, el Congreso de Intendentes puede dictar decisiones por mayoría que vayan más allá de la coordinación política y se impongan como normas vinculantes a los Gobiernos departamentales. Ni siquiera se pueden imponer como normas vinculantes a los Intendentes; ni qué hablar de que no se podrían imponer como normas vinculantes a las Juntas Departamentales. Tal como está redactado, interpretar el proyecto de ley en este sentido, que es limitar al Congreso de Intendentes a su función constitucional, re-

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queriría todavía una interpretación más forzada que la que yo refería antes. Requeriría interpretar que lo que dice en el sentido de que resuelva el Congreso de Intendentes significa que este estaría emitiendo una especie de opinión a ser tenida en cuenta por los Gobiernos departamentales. En este aspecto, creo que la interpretación constitucionalizante no cabe de ninguna manera y las normas que confieren estas potestades decisorias en materia legislativa al Congreso de Intendentes son lisa y llanamente inconstitucionales, inconciliables con la Constitución”. De la opinión de los distintos catedráticos surge coincidencias manifiestas en cuanto a la inconstitucionalidad del proyecto, alguna de las cuales procuraron ser levantadas por los miembros de la mayoría en el ámbito de la Comisión, pero otras objeciones siguen presentes en el proyecto que es objeto del informe en mayoría. Al margen de la inconstitucionalidad del proyecto, ¿es conveniente que se apruebe una norma que establezca una patente única sin que ejerzan de ninguna manera, los controles legislativos departamentales? ¿Es conveniente que una Comisión como la prevista en este proyecto determine los valores de aforo de los vehículos? ¿Quién controlara los criterios adoptados? El solo planteo de estas preguntas deja en evidencia la inconveniencia de aprobar una normativa sobre la cual la ciudadanía no tendrá ningún tipo de control. 3.- La visión del Partido Independiente El Impuesto de Patentes de Rodados ha sido motivo de discusión desde hace larga data. Las decisiones dispares de cada Gobierno Departamental respecto a los valores de aforo, las alícuotas aplicables o los descuentos concedidos, han sido los principales factores desencadenantes de la llamada “guerra de las patentes”. La Constitución de la República establece en el artículo 297 las “fuentes de recursos de los Gobiernos Departamentales, decretados y administrados por éstos”, y en el numeral 6º, cita entre otros a “los vehículos de transporte”. En consecuencia, no existen dudas, que la única posibilidad para que pueda haber una ley de carácter nacional que termine de una vez por todas con esta discusión bizantina, es la aprobación de una reforma constitucional, que incluya en el numeral 6º, después de la expresión citada, una disposición que remita a la ley, la fijación de las características del tributo.

La Constitución, en el artículo 331, prevé diversos mecanismos para ser reformada. En tal sentido, y en mérito a la importancia de procurar un acuerdo político que ponga fin a este tema, nos inclinamos por el procedimiento previsto en el literal D) del referido artículo, o sea la aprobación de una ley constitucional. De acuerdo a este procedimiento se requiere que la citada ley sea aprobada por “los dos tercios del total de componentes de cada una de las Cámaras”, debiendo establecerse en la misma ley la fecha en que se convocará a la ciudadanía para su pronunciamiento sobre la reforma propuesta. En tal caso, el plebiscito podría realizarse en el curso del presente año, y si el resultado como estimamos, fuera favorable a introducir la modificación constitucional, podría abordarse inmediatamente la sanción de una ley que establezca las condiciones -de carácter nacional- para la percepción del tributo por parte de los Gobiernos Departamentales. Los restantes procedimientos previstos para reformar la Constitución resultan inadecuados para este caso, por cuanto supondrían que el pronunciamiento de la ciudadanía quedaría postergado hasta la instancia electoral de octubre del próximo año. Por lo expuesto, resulta que un proyecto de ley constitucional, en tanto exista la voluntad política de todos los partidos, es el procedimiento más adecuado para posibilitar que por ley se regule respecto a los criterios aplicables para la determinación del impuesto de patente de rodados. Nuestra propuesta consiste en agregar al final del numeral 6º del artículo 297 de la Constitución de la República, la expresión: “en las condiciones que establezca la ley”, para de esa forma remitir a la ley la fijación de las condiciones aplicables para la determinación del tributo. El Partido Independiente, al tiempo que propone un proyecto de ley constitucional con tal fin, considera necesario avanzar en la fijación de cuales debieran ser, para el caso que finalmente se aprobara por la ciudadanía la reforma, los aspectos centrales para la determinación del tributo. En tal sentido, presentamos un proyecto de ley donde se establecen las condiciones que a nuestro juicio, son las más adecuadas para la determinación del impuesto de patente de rodados. El artículo 1º del proyecto recoge la denominación histórica que ha tenido este tributo, al tiempo que ratifica la competencia de los Gobiernos Departamentales respecto a la administración y percepción del mismo.

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Por el artículo 2º se establece que el Impuesto de Patente de Rodados graba a los vehículos automotores y a los que sean tirados por éstos. Asimismo, define el concepto de vehículo automotor. El artículo 3º determina el alcance del tributo, estableciendo en forma expresa cuales son los vehículos que quedan fuera del ámbito de aplicación del tributo. Se excluyen del alcance del impuesto a los vehículos que sean propiedad de los Gobiernos Departamentales, la maquinaria de uso vial (excepto camiones y camionetas de cualquier tipo), la maquinaria de uso agrícola (excepto tractores), los vehículos y maquinarias utilizados por las Fuerzas Armadas y la Policía, para el cumplimiento de sus fines orgánicos, las ambulancias que pertenezcan a entidades prestadoras de servicios de salud públicas o privadas sin fines de lucro y los vehículos utilizados por las entidades educativas públicas. A través del artículo 4º, se pretende evitar todo tipo de exoneración que no esté prevista por el artículo 69 de la Constitución de la República, habida cuenta de la multiplicidad de exoneraciones departamentales existentes a la fecha. Por el artículo 5º se fija el criterio para determinar el valor de aforo de los vehículos automotores. El citado valor se determina por el precio de venta al público de los vehículos cero kilómetro, a la fecha de su primer empadronamiento, deducidos los impuestos que están incorporados al citado precio (Impuesto al Valor Agregado e Impuesto Específico Interno). El valor así determinado se convierte a Unidades Indexadas (UI) a efectos de evitar diferencias posteriores en los ajustes dispuestos por los Gobiernos Departamentales. En el caso de los de los vehículos automotores empadronados con anterioridad al 1º de junio de 2002, el valor de aforo será convertido a pesos uruguayos, y se actualizará por la variación mensual del Índice de Precios al Consumo según corresponda, hasta su conversión a Unidades Indexadas (UI), a partir de la fecha referida. Se prevé asimismo que la fijación del valor de aforo de los vehículos sin tracción propia sea producto del acuerdo de los Gobiernos Departamentales en el Congreso de Intendentes, previa aprobación de cada Junta Departamental. El artículo 6º establece el criterio para fijar el valor de la depreciación anual de cada vehículo automotor. El proyecto determina que la depreciación anual sea una vigésima ava parte del valor de aforo. De esta forma se establece un criterio objetivo de deprecia-

ción. Para el caso de los vehículos sin tracción propia no se prevé depreciación alguna. Por el artículo 7º se determina la cuantía del tributo. El impuesto a pagar surgirá de aplicar la alícuota 4.5% (cuatro y medio por ciento) sobre el valor de aforo, deducida la depreciación anual. Este criterio se aplica durante veinte años, contados desde la fecha del primer empadronamiento del vehículo automotor. En el caso de los vehículos automotores que tengan más de 20 (veinte) años, el impuesto anual por concepto de Patente de Rodados se fija en 1 (una) Base de Prestación y Contribución (BPC) cuando tengan cuatro o más ruedas, o de ¼ (una cuarta parte) de BPC, si tienen menos de cuatro ruedas. Asimismo, se establece que el pago del impuesto deberá ser realizado ante la Intendencia donde esté empadronado el vehículo automotor en el plazo y demás condiciones que establezca cada Gobierno Departamental. El artículo 8º prevé que la ley pueda establecer, por razones de interés nacional, regímenes especiales para determinar los valores de aforo de los vehículos automotores destinados al transporte de carga y al transporte público interdepartamental de pasajeros. Asimismo, se faculta a los Gobiernos Departamentales, por razones de interés departamental, a establecer para los vehículos automotores afectados al transporte público de pasajeros dentro del propio departamento, regímenes especiales a efectos de determinar los valores de aforo aplicables. Tales regímenes especiales deberán ser puestos en conocimiento del Congreso de Intendentes. El artículo 9º fija en 10% (diez por ciento) en cada caso, el máximo de descuentos especiales por concepto de pago contado del impuesto anual y de buen pagador. Por el artículo 10 se determinan los requisitos, que deberán acreditar los sujetos contribuyentes de este impuesto, para el empadronamiento y matriculación de los vehículos automotores, ante las Intendencias respectivas. El proyecto plantea como requisitos exigibles, al menos, algunos de los siguientes: domicilio o residencia o lugar de trabajo, en ese departamento. Para evitar que la discusión parlamentaria ingrese en la casuística, se propone que tales requisitos sean reglamentados por el Poder Ejecutivo, haciéndose exigibles a partir de la vigencia de esta ley, en oportunidad del próximo vencimiento de pago de la cuota de patente que corresponda. El artículo prevé asimismo que las Intendencias que verifiquen el incumplimiento de los requisitos re-

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feridos en el presente artículo, deban intimar al titular del vehículo a empadronar y matricular el mismo en el departamento que corresponda, dando cuenta en forma documentada al Congreso de Intendentes. El artículo 11 ratifica para este tributo, dado el carácter de administrador y perceptor que los Gobiernos Departamentales tienen respecto al mismo, la facultad de establecer un régimen de sanciones aplicables a los titulares de vehículos que no acrediten fehacientemente los requisitos previstos en el artículo anterior, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 10º) del artículo 297 de la Constitución de la República. Finalmente, por el artículo 12 se encomienda al Congreso de Intendentes la elaboración y difusión de un aforo nacional de vehículos automotores en base a lo dispuesto en el artículo 5º de este proyecto de ley. PROYECTO DE LEY CAPÍTULO I CREACIÓN DE SISTEMA ÚNICO DE COBRO DE INGRESOS VEHICULARES Artículo 1º.- Créase el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) que tendrá como finalidad realizar todas las acciones y gestiones necesarias para el cobro del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) empadronados en cualquier departamento de la República, los recargos, multas y moras correspondientes al mismo, así como las multas que pudieran corresponder a los propietarios, poseedores o conductores de dichos vehículos. El SUCIVE será administrado por un fiduciario profesional, autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay (BCU), que será responsable de transferir en forma inmediata los ingresos que reciba al Gobierno Departamental correspondiente. El SUCIVE podrá, además, prestar servicios de cobro de otros precios, tasas, peajes o similares que corresponda abonar a los vehículos automotores, previa autorización de la Comisión que se crea por el artículo 3º. Artículo 2º.- La adhesión al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) por parte de los Gobiernos Departamentales se realizará mediante la suscripción de los contratos correspondientes por los Intendentes y se realizará por un plazo inicial de quince años prorrogables automáticamente por períodos iguales. Autorízase a los Intendentes, dando cuenta a la Junta Departamental, a ceder los derechos de cobro emergentes de tributos, recargos, multas y moras de-

partamentales necesarios para la adhesión al SUCIVE. Artículo 3º.- Créase la Comisión de Seguimiento del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), la que tendrá los siguientes cometidos: A) Designar al agente fiduciario que administre el SUCIVE y emitir todo tipo de instrucción que requiera el fiduciario, sin perjuicio de lo pactado en los contratos respectivos. B) Informar al SUCIVE los valores de aforo vehiculares, las alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República), las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto de tributo a nivel nacional, de acuerdo a lo que resuelva el Congreso de Intendentes. C) Autorizar al SUCIVE a prestar servicios de recaudación de otros precios, tasas, peajes o similares que corresponda abonar a los vehículos automotores. D) Solicitar y recibir de parte del administrador toda la información necesaria para el cumplimiento de sus cometidos. E) Autorizar al SUCIVE a realizar todas las retenciones y transferencias de todas las cesiones realizadas por los Gobiernos Departamentales sobre la base de recaudaciones, pasadas o futuras, del tributo del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) realizadas por los sistemas de cobranzas descentralizados o redes de pagos. F) Informar al Poder Ejecutivo acerca de la conveniencia de aplicar lo previsto en el artículo 300 de la Constitución de la República en lo referido al impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución) o cualquier otro tributo, precio o tasa que graven a los vehículos automotores. G) Todo otro que le asigne la ley. La Comisión estará integrada por cinco miembros designados por el Congreso de Intendentes, uno designado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y otro por el Ministerio de Economía y Finanzas.

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Artículo 4º.- Antes del 31 de octubre de cada año una Comisión conformada por delegados de los Intendentes, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y el Ministerio de Economía y Finanzas elevará al Congreso de Intendentes una propuesta de valores de aforo vehiculares, alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) correspondiente al ejercicio siguiente, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto de tributo a nivel nacional. El Congreso de Intendentes resolverá sobre la misma antes del 15 de noviembre de cada año, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 273, 275 y numeral 6° del artículo 297 de la Constitución de la ) República. Artículo 5º.- Créase el Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados como un patrimonio de afectación independiente, con destino a complementar la recaudación que obtienen los Gobiernos Departamentales por aplicación de lo dispuesto en el numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República en relación a los vehículos de transporte, que se integrará con las transferencias que se realice desde Rentas Generales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10. Los ingresos que correspondan u obtengan los Gobiernos Departamentales del Fondo serán inembargables y no podrán ser cedidos ni ser objeto de transacción judicial o extrajudicial alguna. Artículo 6º.- El Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados, distribuirá sus recursos entre los Gobiernos Departamentales adheridos al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) de acuerdo a los siguientes criterios: A) En los Ejercicios 2012 a 2015, de forma tal de asegurar que la recaudación total de cada Gobierno Departamental por concepto del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) no sea inferior a la correspondiente al Ejercicio 2010, actualizada de acuerdo a la evolución del Índice de Precios del Consumo (IPC). B) En los ejercicios siguientes, proporcionalmente a la recaudación por concepto del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República)

correspondiente a los vehículos empadronados en el mismo a partir del 1º de enero de 2012. En caso de existir excedentes en cualquiera de los Ejercicios 2012 a 2015, luego de aplicado el criterio previsto en el literal A), los mismos se distribuirán con el criterio establecido en el literal B). Artículo 7º.- El Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados será administrado por un fiduciario profesional autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay (BCU) designado por la Comisión creada por el artículo 3º, a quien mediante el contrato de fideicomiso correspondiente se trasmitirá la propiedad fiduciaria de los recursos actuales y futuros del Fondo. El fiduciario no podrá ceder, ofrecer en garantía o securitizar ni total ni parcialmente los recursos actuales y futuros del Fondo, sin perjuicio de los demás derechos y obligaciones previstos en la Ley Nº 17.703, de 27 de octubre de 2003, modificativas y concordantes. Artículo 8º.- Los Gobiernos Departamentales que no se adhieran al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) o incumplan cualquier elemento de los contratos correspondientes referidos en el artículo 2º , podrán acceder únicamente a los 6/10 (seis décimos) del monto que les corresponda de las partidas establecidas en cumplimiento de lo previsto en el artículo 214 de la Constitución de la República, procediéndose a la distribución de la fracción excedente entre los demás Gobiernos Departamentales. Artículo 9º.- Los valores de aforo vehiculares, alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución) correspondiente al Ejercicio 2012, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto de tributo a nivel nacional, serán acordados por el Congreso de Intendentes, teniendo en consideración la propuesta que realizará al respecto la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 10.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir, a través de Rentas Generales, al Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados las sumas necesarias para asegurar que la recaudación total de cada Gobierno Departamental por concepto del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República), en los Ejercicios 2012

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a 2015 no sea inferior a lo efectivamente recaudado por dicho concepto en el Ejercicio 2010, actualizada de acuerdo a la evolución del Índice de Precios del Consumo (IPC). A fin de contribuir al proceso de homogeneidad del monto del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República), se podrán realizar transferencias adicionales siempre que el total no supere el 25% (veinticinco por ciento) de la recaudación correspondiente al Impuesto Específico Interno (IMESI) que grava las enajenaciones de vehículos automotores de acuerdo a las categorías que el Poder Ejecutivo determine. La Contaduría General de la Nación (CGN) habilitará los créditos correspondientes en el Inciso 24 “Diversos Créditos”. A partir del 1º de enero de 2012 las tasas máximas establecidas por el numeral 11) del artículo 1º, Título 11 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el numeral 11) del artículo 821 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, se incrementarán en un 30% (treinta por ciento). CAPÍTULO II SUBSIDIOS PARA LA EXTENSIÓN Y FOMENTO DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS SISTEMAS DE ALUMBRADO PÚBLICO DEPARTAMENTALES Artículo 11.- El Poder Ejecutivo asumirá de la facturación que realice la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) por concepto de alumbrado público correspondiente a las zonas del alumbrado público que se encuentren debidamente medidas con instalaciones aprobadas por el correspondiente Gobierno Departamental y por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, los siguientes porcentajes: 1) A partir del 1º de enero de 2012, 40% (cuarenta por ciento). A los efectos de asumir la erogación autorizada en el numeral 1), se deberá constatar que cada Gobierno Departamental ha cumplido con los siguientes requisitos: A) Mantener al día los pagos de la facturación que haya realizado el Ente correspondiente a su porcentaje de potencia y energía asociada, así como la energía reactiva correspondiente. B) Abonar la totalidad de las facturaciones que el Ente haya realizado en el ejercicio 2011

por consumos corrientes de energía, su porcentaje de potencia y energía reactiva asociada a partir del 1º de enero de 2011, efectivizando su pago antes del 31 de diciembre de 2011. C) Suscribir un convenio con la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas estableciendo la forma de pago de las deudas por todo concepto anteriores al 1º de enero de 2011, incluyendo los acuerdos necesarios para que UTE realice por cuenta y orden del Gobierno Departamental, y conjuntamente con su facturación, el cobro de un precio o tasa que guarde razonable equivalencia con los egresos que debe realizar el Gobierno Departamental por consumos de energía del alumbrado público. 2) A partir del 1º de enero de 2013 un 10% (diez por ciento), adicional al establecido en el numeral 1. A los efectos de asumir la erogación autorizada se deberá constatar qué Gobierno Departamental ha cumplido con los extremos previstos establecidos en el numeral 1) y suscrito con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas un Plan Departamental de Eficiencia Energética del Alumbrado Público y verificar semestralmente que el mismo se encuentra dentro de los márgenes de ejecución previstos. 3) A partir del 1º de enero de 2014 un 10% (diez por ciento), adicional a los establecidos en los numerales 1) y 2). A los efectos de asumir la erogación autorizada se deberá constatar qué Gobierno Departamental ha cumplido con los extremos previstos establecidos para los numerales 1) y 2) y suscrito con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas un Plan Departamental de Extensión y Mantenimiento de Porcentaje Medido del Alumbrado Público y verificar semestralmente que el mismo se encuentra dentro de los márgenes de ejecución previstos. En ningún caso el Poder Ejecutivo abonará por energía reactiva, la que será de cargo de los Gobiernos Departamentales. Artículo 12.- La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) adoptará las medidas necesarias a los efectos que, como conse-

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cuencia de los convenios de pago establecidos en el literal C) del numeral 1) del artículo 11, los Gobiernos Departamentales afecten al pago del mismo únicamente el 25% (veinticinco por ciento) de las sumas que les correspondan de acuerdo al numeral 1) del artículo 11. Artículo 13.- Las erogaciones resultantes de lo establecido en el artículo 11, se financiarán con cargo al Inciso 24 “Diversos Créditos” Financiación 1.1 “Rentas Generales”, debiendo la Contaduría General de la Nación (CGN) habilitar los créditos adicionales correspondientes. Artículo 14.- Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación. Sala de la Comisión, 20 de octubre de 2011. JOSÉ BAYARDI, Miembro Informante, FELIPE MICHELINI, JORGE ORRICO, ROBERT SOSA, DAISY TOURNÉ, PABLO ITURRALDE VIÑAS, con salvedades. Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración INFORME EN MINORÍA Señoras y señores Representantes: La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, aconseja al Cuerpo votar negativamente el proyecto de ley en tratamiento. Este informe es un extracto de un tema complicado, que con el paso del tiempo se ha transformado en una polémica trama que ha enfrentado a los Jefes Comunales, siendo el contribuyente un sacrificado espectador. El sistema único de cobro de ingresos vehiculares y sistema de alumbrado público departamentales -así está caratulado el proyecto de ley- es controvertido en su creación y controversial en sus fundamentos. A la Comisión que tiene a estudio el referido proyecto ya han acudido los principales actores políticos y los principales juristas del país en materia de Derecho Público. De esta forma se puede decir que se tienen todos los puntos de vista para definir el proyecto. El Parlamento Nacional ha actuado con la mayor responsabilidad en el tratamiento del tema, que el Poder Ejecutivo consideró de urgente consideración. El tiempo es breve, pero de todos modos las opiniones recibidas son muy calificadas, siendo un com-

ponente básico e imprescindible a la hora de tomar una decisión. El análisis jurídico es básico ya que los legisladores debemos actuar dentro del marco que la Constitución nos impone, principio fundamental en nuestro sistema de Derecho. No se puede legislar avasallando la Constitución, no puede el Poder Ejecutivo -con tal de resolver un viejo problema-, pasar por encima de la Carta Magna e ignorar principios básicos de Derecho. Todos los catedráticos recibidos en la Comisión, fueron terminantes en lo que hace al artículo 297 ordinal 6to. de la Constitución de la República, que refiere a los impuestos sobre los vehículos de transporte, llamado “patente de rodados”. El artículo es claro en sus expresiones, este impuesto y los demás, serán decretados y administrados por los Gobiernos Departamentales. Como muy bien dice el doctor Martín Risso Ferrand: “decretar es establecer, crear, fijar, modificar”, todas tareas del Gobierno Departamental. Además la Constitución distribuye las competencias dentro de los Gobiernos Departamentales. El Intendente propone a la Junta Departamental para su aprobación y el artículo 273 numeral 3º establece “que la Junta Departamental crea o fija a propuesta del Intendente impuestos, mediante la mayoría absoluta de sus componentes”. En este sentido todos los juristas consultados fueron concluyentes con esta apreciación; todo impuesto Departamental para que tenga efecto en la jurisdicción debe de tener este procedimiento, de lo contrario quedará siempre expuesto a cualquier acción de inconstitucionalidad, la que será de fácil resolución. En este sentido, es bueno leer las opiniones que dio en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración el pasado 13 de octubre, el doctor Juan P. Cajarville, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de la República: “El punto de partida para considerar el sistema de cobro y fijación de patentes que se proyecta es, por supuesto, el numeral 6° del artículo 297 de la ) Constitución que establece que los impuestos a los vehículos de transporte son fuente de recursos de los gobiernos departamentales decretados y administrados por estos. La afirmación de que son decretados por los gobiernos departamentales coordina con el numeral 3º) del artículo 273 de la Constitución que establece que es competencia de las Juntas Departamentales: “Crear o fijar, a proposición del Intendente, impuestos, tasas, contribuciones, tarifas y precios de los servicios

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que presten, mediante el voto de la mayoría absoluta del total de sus componentes”. “La Constitución establece la titularidad de esas funciones, titularidad que en el aspecto subjetivo de la titularidad del órgano resulta en ambos casos, tanto para los Intendentes como para las Juntas Departamentales, de elección por el cuerpo electoral respectivo”. “El régimen que la Constitución consagra para los Gobiernos departamentales no es disponible para el legislador. Es un régimen que se impone al legislador. Es decir que el legislador no puede sustituir el régimen constitucional por otro distinto. Eso tiene que ver con la función administrativa”. “El artículo 4º establece que una Comisión integrada por delegados de los Intendentes, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio elevará una propuesta al Congreso de Intendentes sobre aforo, alícuotas y todo otro elemento del impuesto, el que resolverá. Una solución parecida surge del artículo 9º. Es decir que lo que está establecido en la Constitución como competencia legislativa de los Gobiernos departamentales, con iniciativa privativa del Intendente y con mayoría especial de la Junta para su sanción, aquí se transfiere al Congreso de Intendentes”. “Creo que esta solución no resiste el menor análisis desde el punto de vista constitucional. Cada Intendente, en su propio departamento, no puede ejercer por sí solo la función legislativa. Tiene iniciativa privativa en el tema que estamos considerando y, además, promulga lo que la Junta sanciona, pero de ninguna manera puede ejercer función legislativa por sí mismo”. “Por otra parte, los Intendentes no pueden ejercer ninguna función, ninguna potestad, fuera del territorio de su departamento, por más materia departamental de que se trate. Si no puede hacerlo cada Intendente, no pueden hacerlo los Intendentes reunidos. Es clarísimo que el Congreso Nacional de Intendentes no puede ejercer función legislativa en materia departamental”. “Si se intentara hacer una interpretación constitucionalizante de este proyecto de ley, requeriría suponer que, previamente a todos los mecanismos que esta norma prevé, tanto la Junta Departamental como el Intendente hayan ejercido sus funciones en la materia. Dicho en otras palabras, la Junta Departamental y el Intendente como co-

legislador deben haber dictado un acto con fuerza de ley en su jurisdicción que establezca todos los elementos del tributo de que se trata, que haya sido luego promulgado por el Intendente y que se hubiera cumplido con las competencias constitucionales previas”. “Además de lo que acabo de decir, la interpretación constitucionalizante requeriría limitar al Congreso de Intendentes a su función constitucional. ¿Cuál es? Como todos sabemos, el Congreso de Intendentes fue creado previamente a su constitucionalización, pero fue constitucionalizado como un órgano de coordinación en el marco de lo que en doctrina se llama coordinación paritaria, es decir, coordinación que solo puede resultar del acuerdo entre todos los integrantes del órgano al que se encomienda la coordinación. De ninguna manera, tal como está concebido constitucionalmente, el Congreso de Intendentes puede dictar decisiones por mayoría que vayan más allá de la coordinación política y se impongan como normas vinculantes a los Gobiernos departamentales. Ni siquiera se pueden imponer como normas vinculantes a los Intendentes; ni qué hablar de que no se podrían imponer como normas vinculantes a las Juntas Departamentales”. “Creo que la interpretación constitucionalizante no cabe de ninguna manera y las normas que confieren estas potestades decisorias en materia legislativa al Congreso de Intendentes son lisa y llanamente inconstitucionales, inconciliables con la Constitución”. También transcribo las opiniones que dio en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración el pasado 12 de octubre, el Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Católica, Doctor Martín Risso Ferrand: “Entiendo que el punto de partida imprescindible e incuestionable en esta materia es el artículo 297, ordinal 6º, de la Constitución de la República, que refiere a los impuestos sobre los vehículos de transporte, vulgar e impropiamente llamado “patente de rodados”. De acuerdo con el exordio del artículo 297, este impuesto, y los demás, serán decretados y administrados por los Gobiernos Departamentales. Decretar es establecer, crear, fijar, modificar. La administración es exactamente lo mismo; sobre esto volveré más adelante”. “Además, la Constitución distribuye las competencias internamente dentro de las personas jurídicas Gobiernos Departamentales. El ar-

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tículo 275, en su numeral 4º, establece que es competencia del Intendente proponer a la Junta Departamental para su aprobación los impuestos, entre otros. Asimismo, el artículo 273, en su numeral 3º, establece que la Junta Departamental crea o fija, a proposición del Intendente, impuestos, mediante la mayoría absoluta del total de sus componentes. Me parece muy claro, entonces, que es competencia constitucional de los Gobiernos Departamentales decretar y administrar, en este caso, el impuesto sobre los vehículos de transporte”. “Entiendo que esto no cambia por el hecho de que sea aceptado por los Intendentes. Ni por mayoría ni en forma unánime los Intendentes pueden modificar la Constitución”. “En definitiva, en líneas generales, la idea aparece como inconstitucional y lesionando la autonomía departamental. Y hago la distinción porque creo que cualquier habitante de la República que sea intimado o emplazado judicialmente para pagar esta nueva patente con este sistema podrá excepcionarse y pedir la declaración de inconstitucionalidad. Al mismo tiempo, cualquier Intendente -actual o futuro-, cualquier Junta Departamental actual o futura-, podrá accionar ante la Suprema Corte de Justicia, invocando la lesión de su autonomía”. “Muchas veces sucede habitualmente la Constitución sella los temas. Y los temas sellados por la Constitución no pueden ser modificados por ley; la ley no puede modificar la Constitución”. “El primer inciso del artículo 2º hace referencia a la adhesión al SUCIVE. Con respecto a este tema, corresponde analizar también el artículo 8º. Creo que hay un problema serio con la adhesión en la medida en que los Gobiernos Departamentales no son libres al respecto, sino que indirectamente esto les es impuesto”. “En cuanto al artículo 8º, a mi juicio, es claramente inconstitucional, en la medida en que afecta la autonomía de los departamentos. Aparentemente, la adhesión al sistema es voluntaria, pero en los hechos el artículo 8º nos demuestra que no lo es. La amenaza para los que no ingresen al Sistema es que van a recibir menos recursos de los que según la Constitución les corresponde. Me parece que eso no puede aceptarse”. “El artículo 214 tiene que ser objeto de reglamentaciones. Este artículo dice que el Estado central debe distribuir recursos entre los departamen-

tos. Hay que buscar criterios objetivos, como la población, la extensión geográfica, la buena administración, si tiene superávit, etcétera, que seguramente se van a combinar. El criterio de adhesión o no al SUCIVE parecería ser que se va a dar más al que renuncie a parte de su autonomía. Me parece que esa es una hipótesis inviable desde el punto de vista constitucional”. “Reitero que con este proyecto se viola la autonomía departamental, por lo que se transforma en inconstitucional”. “El artículo 9º refiere al procedimiento en el que participa el Estado Central a través del Ministerio de Economía y Finanzas y la OPP y resuelve el Congreso de Intendentes, lo cual no coincide con la Constitución. Este tema me parece verdaderamente importante. Estamos en el Parlamento Nacional, pero desde la óptica de los Gobiernos Departamentales, aunque los Intendentes mayoritariamente acepten el proyecto, esto es muy grave. Es como que el Poder Legislativo delegara en otra autoridad, en algo distinto al Poder Legislativo, la facultad de establecer algún impuesto. Es algo absolutamente impensable que el Poder Ejecutivo haga eso. Eso es lo que parecería que con este proyecto se está haciendo a nivel departamental”. La del artículo 297 de la Constitución es, tal vez, la más flagrante omisión, pero los restantes artículos están sujetos a interpretaciones de dudosa constitucionalidad también. La adhesión al sistema por un plazo notoriamente superior (15 años) del período de Gobierno necesita aprobación de la Junta con mayorías especiales. Los artículos 4º y 9º están omisos, como vimos, al procedimiento que establece el constituyente, el que requiere iniciativa del Intendente y aprobación de la Junta. Además se le transfiere facultades al Congreso de Intendentes, fuera de sus competencias. El constituyente establece que el Congreso sólo coordina acciones entre los Intendentes, pero no puede imponer normas vinculantes ni frente a terceros, ni entre los Gobiernos Departamentales. El doctor Durán Martínez va mucho más allá, expresando que la Constitución no ha querido fijar una patente única, sino que otorga discrecionalidad a los Gobiernos Departamentales, para fijar este tributo en relación a sus particularidades, capacidad contributiva de los contribuyentes y las necesidades de cada Departamento.

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Podemos seguir analizando los diferentes artículos del Capítulo I del proyecto y todos son de dudosa aplicación. Este proyecto tiene, también, una clara tendencia centralizadora, en contra de la descentralización tantas veces reclamada, dándole una injerencia notoria a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y al Ministerio de Economía y Finanzas. No se puede de ninguna manera renunciar a facultades que el constituyente otorga, respetando la imprescindible autonomía departamental, base de nuestra vida institucional. El artículo 8º merece un estudio aparte, habiendo más de una interpretación, pero a nuestro entender este acto actúa como una amenaza, aparentemente la adhesión al sistema es voluntaria, pero en los hechos no lo es, si los Gobiernos Departamentales no se adhieren a la patente única dejarán de recibir recursos que se les otorga en el artículo 214 de la Constitución. Vulgarizando la definición “sería firmar con un revólver en el pecho”. Como si esto fuera poco, el costo de proyecto de ley es financiado con aumento del IMESI, lo que significará un incremento en el precio de los automóviles. De los cero kilómetro y como reflejo, de los usados. Con esta medida nuevamente se verán perjudicados los que menos tienen. El que más tiene, puede pagar más impuestos, el que menos tiene no. Nosotros no estamos dispuestos a seguir aumentando impuestos. Este proyecto, desde el punto de vista político, es dejar por el camino competencias que fueron fruto de décadas de lucha para vigorizar las autonomías. Por una situación específica, no podemos lesionar principios fundamentales que hacen al funcionamiento de los Gobiernos Departamentales, de lo cual el Partido Nacional ha sido siempre un abanderado. Es renunciar a nuestro pasado, ese legado hermoso que nos dejaron nuestros símbolos partidarios, que desde el llano construyeron un país basado en el respeto a las instituciones y al estado de derecho, consagrado en nuestra Constitución. Sala de la Comisión, 20 de octubre de 2011. GUSTAVO BORSARI BRENNA, Miembro Informante. PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- Recházase el proyecto de ley caratulado “Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehi-

culares y Sistemas de Alumbrado Público Departamentales. Normas”. Sala de la Comisión, 20 de octubre de 2011. GUSTAVO BORSARI BRENNA, Miembro Informante. Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración INFORME EN MINORÍA Señoras y señores Representantes: Los abajo firmantes, miembros de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración hemos analizado el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo, referido al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y Sistemas de Alumbrado Público Departamentales, cumplimos en formular el presente informe: 1. Generalidades. El proyecto persigue un fin loable como es alcanzar un acuerdo nacional que ponga fin a los diferendos generados entre los Gobiernos Departamentales por la patente de rodados y que, durante años, han generado disconformidad y molestias en la población propietaria de vehículos automotores. A partir de un genérico acuerdo político alcanzado con el Congreso de Intendentes, el Poder Ejecutivo pretende plasmar el mismo en un texto legal que afecta normas de rango constitucional como se detalla más adelante. Estas objeciones, entendemos, entorpecerán el normal funcionamiento del Sistema que se pretende implantar generando, probablemente, nuevos enfrentamientos entre los Gobiernos Departamentales o entre estos y el Poder Ejecutivo. En vano hemos procurado ante la Comisión la realización de todas las modificaciones al texto que permitieran garantizar una ejecución eficiente y acorde a derecho. 2. Análisis del Capítulo I – Creación del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares. Se promoverá el rechazo in totum del Capítulo I del proyecto remitido por el Poder Ejecutivo, en base a los siguientes fundamentos y consideraciones: a) Si bien no existen objeciones a la creación de un sistema único de cobro del tributo de paten-

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te de rodados, la implementación y estructura del mismo prevista en los artículos 2º a 10 del proyecto de ley resulta ser inconstitucional al violentar la autonomía tributaria de los Gobiernos Departamentales y legislar sobre aspectos que no son materia de la ley nacional. b) La Constitución de la República delimita en forma clara y precisa la potestad tributaria de los Gobiernos Departamentales, previendo incluso cuáles tributos deben ser decretados y administrados por éstos y cuáles pueden ser establecidos por ley nacional. No existen dudas en cuanto a que por imperio de lo dispuesto por el numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución, los impuestos a los vehículos de transporte deben ser decretados y administrados por los Gobiernos Departamentales, requiriéndose para el ejercicio de tal potestad la conjunción de voluntades del Intendente (iniciativa) y de la Junta Departamental (aprobación). Esta potestad tributaria es parte de la autonomía que la Constitución ha dado a los Gobiernos Departamentales, por lo que cualquier menoscabo a ella constituye una lesión a la citada autonomía. c) No es materia de la ley nacional “autorizar” a los Gobiernos Departamentales a ceder los derechos de cobro emergentes de los tributos, dado que en virtud de la autonomía que la Constitución les confiere es una cuestión que deben resolver por sí. Pero además, la aludida cesión operaría por 15 años, excediendo ampliamente el período de gobierno. d) El Congreso de Intendentes no tiene competencia para fijar aforos o alícuotas, pues según el inciso sexto del artículo 262 de la Constitución, solo tiene competencia para: “coordinar las políticas de los Gobiernos Departamentales” y “celebrar convenios con el Poder Ejecutivo, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, para la organización y la prestación de servicios y actividades propias o comunes, tanto en sus respectivos territorios como en forma regional o interdepartamental”. La potestad tributaria, como ya dijimos, es de los Gobiernos Departamentales, por lo que la pretendida potestad resolutoria que el proyecto pretende dar al Congreso de Intendentes en la materia, excede las competencias del mismo y violenta la autonomía departamental.

e) La aplicación de sanciones a los Gobiernos Departamentales que incumplan los contratos suscritos con el SUCIVE deben ser fijadas en el marco de lo que resuelvan los respectivos contratos. No es admisible la aplicación de sanciones como la prevista en el proyecto de ley, referidas a la disminución de la partida establecida en el artículo 214 de la Constitución de la República, a los Gobiernos que no adhieran al sistema o incumplan sus compromisos. Ello no corresponde, no solo porque no está previsto en la Constitución, sino porque además es una forma de presión que lesiona la autonomía departamental. f) Es de vital importancia para analizar un proyecto de esta naturaleza, contar con información completa y veraz sobre los distintos conceptos que permitan realizar una proyección de la distribución de los ingresos del Fondo a efectos de descartar cualquier inequidad futura o el desvío de recursos a favor de determinados Departamentos. Sin embargo, no se ha accedido a la totalidad de la información necesaria para conocer en detalle los efectos económicos, bajo argumentaciones carentes de fundamento y determinantes a la hora de tomar decisiones. g) Es conocido por todos que el valor de los automóviles en el Uruguay es muy alto en relación con la región y el mundo, debido principalmente al peso de los impuestos en el precio de los mismos. No obstante, el proyecto en estudio basa su financiamiento en un nuevo aumento del IMESI, incrementando el valor de los vehículos y distorsionando aún más su precio y la racionalización de la política tributaria en la materia, con efectos negativos en la eficiencia en el consumo energético y la seguridad en el tránsito. No es una objeción jurídico constitucional sino desde el punto de vista de que el sistema supone que se transfieran recursos de Rentas Generales sin un fundamento de políticas de descentralización, las que deben buscarse según el artículo 214 de la Constitución. Con estas decisiones nuestros compatriotas no pueden acceder a vehículos seguros a un precio razonable y este incremento de la alícuota solo tiene como finalidad aumentar la recaudación y no desestimular como política de mejoramiento ambiental, energético o de prevención de accidentalidad.

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h) El sistema que se pretende aprobar, consagra la privatización no solo de la gestión de cobro de los tributos, sino de los derechos de cobro de los mismos, cediendo entonces al privado todas las acciones a su alcance para hacer efectivo el pago del impuesto (intimaciones, juicios ejecutivos, etc.). El significado de la expresión “cesión de los derechos al cobro” no puede ser otro que la cesión plena de los derechos de crédito siguiendo el concepto civil más extendido. Éste concepto incluido en el artículo 2º del proyecto es muy distinto a lo que se menciona como potestades del SUCIVE en el artículo 1º. No es lo mismo actuar como agente de cobro o agente de pago, en virtud de contratos privados específicos, que ceder derechos de créditos. La cesión definitiva hace que los créditos salgan del patrimonio de los Gobiernos Departamentales para pasar al de un fondo, con lo que se está excluyendo activos del patrimonio departamental. No se trata de que ello sea imposible, pero aquí estamos en una zona delicada, pues involucra ingresos públicos por tributos, en cuya creación, cobro y gasto, los Gobiernos Departamentales tienen una potestad tributaria originaria, exclusiva, excluyente, irrenunciable e imprescriptible. i) Igualmente grave es el hecho de que el proyecto en estudio significa un retroceso al proceso descentralizador impulsado en la Reforma de la Constitución que entrara en vigencia en el año 1997, quitando poder y libertad de acción a los Gobiernos Departamentales. j) En conclusión, por todo ello podemos afirmar que el proyecto de ley lesiona la autonomía de los Gobiernos Departamentales de conformidad con el artículo 283 de la Constitución, por entrometerse en su potestad tributaria exclusiva, en este caso para crear impuestos sobre los vehículos automotores de acuerdo con el numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución. La consecuencia de la aplicación del sistema jurídico creado por el proyecto de ley es la renuncia de los Gobiernos Departamentales a su potestad tributaria. La creación del SUCIVE y la sanción por no adherir al régimen, más que inducir, impone a los Gobiernos Departamentales la renuncia a su potestad de definir la forma, monto imponible y alícuota aplicable sobre los vehículos automotores y se les impone, también, un criterio único como hecho generador, limitando su potestad tributaria que es, como

dijimos, originaria, exclusiva, excluyente, irrenunciable e imprescriptible según la normativa más recibida. 3. Análisis del Capítulo II – Sistemas de Alumbrado Público Departamentales Se comparte en su totalidad el contenido del Capítulo II, siendo de recibo los argumentos brindados por el Directorio de UTE ante la Comisión. 4. Conclusiones a) Se comparte el objetivo perseguido por el Poder Ejecutivo al remitir el proyecto de ley en consideración, pero se entiende que la forma de implementarlo no es admisible y, a mediano plazo, será susceptible de generar situaciones de controversia jurídica y política. b) Las soluciones al problema de la denominada “guerra de patentes” se deben encontrar en el marco de lo que marca la Constitución y respetando la Institucionalidad del Estado de Derecho uruguayo. El único camino posible para encontrar la verdadera solución al problema, inevitablemente pasa por una reforma de la Constitución o por un entendimiento coordinado de todos los Gobiernos Departamentales, de libre aceptación y con el apoyo del Poder Ejecutivo para proveer recursos económicos que corrijan desviaciones en la recaudación por este concepto, respecto de igualar el monto del tributo, en los niveles más bajos para contemplar el punto de vista del contribuyente. Sala de la Comisión, 20 de octubre de 2011. GUSTAVO CERSÓSIMO, Miembro Informante, Fitzgerald Cantero Piali. PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- Recházase en su totalidad el Capítulo I – Creación del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares, del proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo y apruébase en todos sus términos el Capítulo II del proyecto de ley, referido a los Sistemas de Alumbrado Público Departamentales. Sala de la Comisión, 20 de octubre de 2011. GUSTAVO CERSÓSIMO, Miembro Informante, Fitzgerald Cantero Piali”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general.

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Tiene la palabra el miembro informante en mayoría, señor Diputado Bayardi. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: vamos a ingresar al análisis de un proyecto que considero bien importante. Voy a comenzar con una anécdota que tiene que ver con la fecha en que comencé a desempeñarme como legislador, y que indica cuándo empieza a discutirse este tema, porque se sostiene que fue hace treinta, cuarenta o cincuenta años, pero no importa; voy a encararlo desde mi vivencia. En el año 1990 ingresé como legislador a esta Cámara; la empresa SEVEL Uruguay S.A. había puesto a consideración de los legisladores un plan de ventas para adquirir un auto de su línea en treinta y seis cuotas. El auto que adquirí es el que tengo en la actualidad, por lo que desde ya, tengo que considerarme exonerado, o por lo menos, beneficiado, de acuerdo con lo que establece el proyecto. Cuando fui a empadronarlo a la empresa que entregaba los autos a nombre de SEVEL Uruguay S.A., me sucedió lo siguiente. La funcionaria de la automotora me preguntó: “Empadronamos en Maldonado, ¿no?”. Imagínense la circunstancia: mi Partido político ganaba por primera vez la Intendencia de Montevideo, yo era legislador por primera vez y la funcionaria, con toda tranquilidad, me preguntaba: “¿Este lo empadronamos en Maldonado?”. Le dije: “No, yo soy legislador por Montevideo”. La muchacha no entendió lo que quería decirle; probablemente no siguiera la política de cerca ni tuviera idea de la cultura de mi fuerza política, razón por la cual, me dijo: “¿Y qué? ¡Mire que es mucho más barato en Maldonado!”. Le dije: “Le repito, señorita, que soy legislador por Montevideo por el Frente Amplio. ¿Se imagina?”. Me miró y me dijo: “No, no me imagino. Me imagino que le va a ir mejor si empadrona en Maldonado”. Ella insistía con Maldonado. Para no discutir, y para no explicarle que había determinadas normas a las cuales quedaba sujeto, le dije: “No; empadrone en Montevideo”, y ella se fue con la firme convicción de que yo era casi un tarado. Esta fue la impresión que tuve. No quiere decir que no lo sea; quiere decir que tuve la impresión de que ella llegaba a la constatación de que yo era un tarado. Este fue mi primer contacto y experiencia con el tema de la patente de rodados. Entonces, cuando se me pregunta qué importancia adquiere para mí este proyecto, digo que es sustantiva, porque estaríamos poniendo fin a una situa-

ción que genera varios problemas. En primer lugar, nadie asume que el impuesto a los vehículos de transporte -de aquí en más, le diré patente de rodados- es un impuesto que tiene el fin de mantener la vialidad del espacio geográfico por donde circula, mayoritariamente, el automotor de referencia, a los efectos de distribuir una carga que deba ser acorde con la responsabilidad que como contribuyente se debe tener. No obstante, antes de entrar a la consideración del proyecto, quisiera decir -también para la consideración histórica- que este tema ha estado planteado durante una enorme cantidad de años en el Congreso de Intendentes. Voy a tomar de las actas del Congreso de Intendentes del período 2000-2010 las consideraciones que le merecía este tema. Recordemos que el Congreso de Intendentes quedó incorporado a la Constitución de 1996 y que se instaló en el año 2000, por lo que voy a comenzar con las actas de ese año. Acá hay señores Diputados -creo que son solo señores; no señoras- que participaron en instancias del Congreso de Intendentes cuando tenían responsabilidades en los Gobiernos Departamentales. Voy a contar una anécdota a los miembros de la Cámara porque, probablemente, no hayan podido leer todas las versiones taquigráficas de las comparecencias a la Comisión. En una oportunidad, recibimos a un asesor que planteó en forma extensiva -en mi opinión- la lectura sobre inconstitucionalidad; me voy a referir a otras pero, en este caso, se fundamentó que la existencia de un único valor de patente a lo largo y ancho del país es inconstitucional. La verdad es que se fue mucho más allá de lo que, en mi opinión, merece una interpretación constitucional. El 13 de setiembre de 2000, en sesión realizada en Durazno, el Congreso de Intendentes toma una resolución, la N° 3, que en su punto 2, dice: “Que asume el compromiso ante el país y los ciudadanos de cada Departamento de lograr una real unificación en el monto del tributo a la mayor brevedad posible”. Quiere decir que desde que se instaló el propio Congreso de Intendentes, ya había una clara voluntad en este sentido. En 2001, se aprueba una tabla de aforos propuesta por la Comisión Intermunicipal de Aforos. En un acta de las reuniones realizadas en Paysandú los días 4 y 9 diciembre de 2003, se plantean los criterios para la patente del año siguiente; se aprueba una ta-

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bla de valores elaborada por la Comisión Intermunicipal de Aforos y también se plantean los niveles de rebajas que se pueden obtener. Es decir que se van acordando grados de política en materia de patente. En diciembre de 2004 se aprueba la tabla para el año 2005 y se fijan los incrementos y las actualizaciones que deberían tener. En noviembre de 2005 se establece como objetivo fundamental acercar los valores de patentes de rodados que aplicarán la totalidad de las Intendencias, a efectos de iniciar los procesos de unificación a nivel nacional. En 2006, siendo el tema de la patente de rodados el único punto del orden del día, se comienzan a determinar las comisiones de vigilancia del cumplimiento de los contratos, y para los vehículos cero kilómetro se resuelve que el valor de aforo y patente serán únicos y que deberán surgir de la Comisión Intermunicipal de Aforos. Allí surge una normativa que, obviamente, es aprobada por los Intendentes. También se fija un régimen único de bonificaciones, y por resolución de diciembre de 2006, se acuerda lo que se cobrará como patente para el año 2007. Se empieza a incorporar a las actas del Congreso de Intendentes una discusión que tiene relación con otro punto del orden del día de hoy, que es el sistema de alumbrado público departamental. Se propuso hablar con la Presidencia de la República de la época a los efectos de tomar definiciones. Menciono todo esto, porque los temas fueron discutidos por los Intendentes durante diez años, y vamos a ver cómo quedan plasmados en el proyecto de ley que estamos considerando. Voy a hacer referencia a algo interesante. En 2007 se resolvió estudiar la posibilidad de instalar una auditoría externa con la finalidad de monitorear el cumplimiento de la tabla de aforos de la patente de rodados. Quiere decir que los Intendentes y las Intendentas -en realidad, no recuerdo si en ese período había alguna señora Intendenta- ya estaban marcando el tema de contar con un auditor externo para el cumplimiento de los acuerdos. También se plantean las atribuciones de una comisión de vigilancia a los efectos del acuerdo. En el año 2008 también hay exhortaciones a los contribuyentes en cuanto a dónde deberían empadronar, tomando como base los domicilios, ya sea el de

la actividad laboral o el de residencia. En ese año, por resolución del Congreso de Intendentes -digo esto porque fue un tema que se consideró en la Comisión y figura en la versión taquigráfica-, se plantea la viabilidad de unificar por ley la patente de rodados y, obviamente, se vuelve a reeditar el asunto de la patente única de los cero kilómetro de 2008 en adelante. Hay un tema que me parece bien interesante por la discusión que vamos a mantener sobre el artículo 8°. La Resolución N° 9 del Congreso de Intendentes establece: “Se resuelve, por mayoría, (16 votos afirmativos y 3 abstenciones) elevar una minuta al Poder Ejecutivo planteando nuestra voluntad de que se incluya en los compromisos de gestión el cumplimiento, por parte de los Gobiernos Departamentales, de los acuerdos asumidos referidos a Patente de Rodados”. Vamos a ver que en la Comisión hubo fundamentos -seguramente, los haya en el plenario- en cuanto a que el artículo 8° es una especie de condicionamiento, de revólver en el pecho a los Intendentes para que hagan este acuerdo. En realidad, los Intendentes estaban pidiendo a gritos que el acuerdo sobre patente de rodados se incorporara a los compromisos de gestión. Hay un duro cuestionamiento a un departamento; si algún legislador me pide que lo nombre, lo mencioné, pero creo que no hace falta -figura en las versiones taquigráficas-; si no, generaríamos una suerte de problema con algún departamento. Vamos a entendernos: ante los incumplimientos que se producían, cada cual elegía la forma de salvar su interés inmediato. Digo esto porque se van a plantear algunos temas y no quisiera que soslayáramos una historia que refiere a cómo se fueron ubicando las señoras Intendentas y los señores Intendentes ante la patente de rodados, partiendo de la base de que el propio Gobierno nacional tomara alguna conducta -que se le reclamaba desde el Congreso de Intendentes- que por lo menos permitiera procesar de la mejor manera posible su unificación. Llegó el momento en que el Poder Ejecutivo envió a este Cuerpo el proyecto de ley con declaratoria de urgente consideración que incluye el sistema de alumbrado público y la patente de rodados que, como ya dije, es el impuesto de referencia. Este proyecto no cayó del cielo y no va contra la voluntad que en los últimos diez años manifestó el Congreso de Intendentes en reiteración real. No quiero aburrir más con las actas y resoluciones del Con-

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greso de Intendentes y voy a centrarme en el proyecto en discusión. En mi opinión, se trata de una iniciativa que da garantías a los Gobiernos departamentales, les transfiere recursos para que no pierdan los ingresos que hubieran obtenido al momento en que se hizo el acuerdo con el Poder Ejecutivo, con los únicos datos que había a la mano al cierre del año 2010. Además, enfrenta el problema -que, si me da el tiempo, voy a mencionar- de transferir muchos más recursos para el alumbrado público que los que va a transferir para homogeneizar el tema de la patente. Obviamente, el proyecto se inscribe en varias voluntades. Desde el punto de vista de las autoridades, se inscribe por lo menos en veinte voluntades. Me refiero a la voluntad del Presidente de la República de encontrar una solución y a la puesta de manifiesto por parte de los diecinueve señores Intendentes y señoras Intendentas, que hicieron un compromiso. Los partidos políticos con representación mayoritaria han tenido responsabilidad, y la tienen hoy, dentro de los Gobiernos municipales. Y en los partidos con representación mayoritaria, quiso el electorado que tuvieran representación y posibilidades de ejercer los Gobiernos municipales muchos sectores de los partidos, tanto del Partido Nacional, como del Partido Colorado y del propio Frente Amplio. Desde el inicio rescato la voluntad y el compromiso político del Presidente de la República y de los diecinueve jefes y jefas comunales para llegar a un acuerdo en cuanto a la patente de rodados. El Congreso de Intendentes se instala como tal en la reforma de 1996. En el período 2000-2005 -no lo voy a soslayar- hubo una crisis desde el punto de vista económico, catalogada como una de las más grandes que el país pueda haber tenido, pero a partir de 2005 se dio un nivel de relacionamiento importante que terminó transfiriendo recursos a los Gobiernos departamentales. Esos recursos se transfirieron desde el Gobierno nacional a todos los Gobiernos departamentales, como se establece en la Constitución, y se siguió trabajando con todos ellos, que demostraron voluntad de elaborar proyectos en conjunto con el Poder Ejecutivo. Entre paréntesis: fueron diecisiete de los diecinueve departamentos, que no solo recibieron recursos por la vía de los proyectos contenidos en la Ley de Presupuesto, sino a través de distintos pro-

gramas llevados adelante por el Poder Ejecutivo. El diálogo entre el Gobierno nacional y cada uno de los Gobiernos departamentales se dio fundamentalmente a través del Congreso de Intendentes, pero también en forma muy desarrollada desde el punto de vista bilateral, a tal grado que se hicieron transferencias de recursos. Al respecto, voy a contar una anécdota sobre mi fuerza política. Muchas veces legisladores nacionales y departamentales de nuestro Partido criticaron a las autoridades del Gobierno nacional de nuestro Partido porque decían que la transferencia de esos recursos para hacer obras, a las cuales se ponía a la cabeza a los Intendentes, significaba hacer campaña política para los Intendentes. Digo esto para que vean cómo se ha venido actuando desde el punto de vista de la transferencia de recursos y del nivel de coordinación que hoy existe entre el Gobierno nacional y los Gobiernos departamentales. Reitero, nivel de coordinación que se basa en dos aspectos: la voluntad de los señores Intendentes y las señoras Intendentas y la voluntad del Poder Ejecutivo nacional. Desde 2005 hasta el presente esa voluntad ha ido creciendo de manera significativa desde el punto de vista de los recursos económicos. Voy a relatar lo que sucedió con el actual proyecto de ley. En una reunión convocada en octubre de 2010 -está en el informe, pero no creo que todos los señores legisladores tengan la posibilidad de leerloen la estancia presidencial de Anchorena se planteó la necesidad de generar un grupo de trabajo para abordar cinco temas, entre ellos, el de unificar el cobro del impuesto a los vehículos automotores o patente de rodados. Para ello se formó la primera comisión de trabajo. La segunda comisión de trabajo fue para el sistema de alumbrado público. No voy a aburrir a los señores legisladores, pero tengo que decir que en algunos casos las deudas por alumbrado público llegan a 4.000% de la facturación y, en otros, durante décadas no se pagó absolutamente nada a UTE. Reitero que lo importante es trabajar sobre la base de lo conceptual. En lo que tiene que ver con el sistema de alumbrado -luego me voy a referir a la segunda parte- hay deudas históricas que, inclusive con los recursos que se estarían volcando una vez que se suscriban los convenios, algunas Intendencias tardarían cien años en pagar, según los cálculos más benevolentes. (Interrupción del señor Representantes José Carlos Cardoso)

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——Hay departamentos sin deudas, y me voy a referir a ello cuando llegue el momento. No menciono a los que tienen deuda porque, repito -no sé si el señor Diputado José Carlos Cardoso estaba en Sala cuando lo dije- que no quiero identificar particularmente, salvo que se me pida una aclaración por algún error que pueda cometer, porque lo central es analizar otro aspecto. Tengo todos los datos y podemos discutirlo. Efectivamente, hay departamentos sin deudas, algunos de los cuales corresponden a dos partidos que tienen representación en esta Cámara. La tercera comisión de trabajo se abocó a los residuos y su disposición. La cuarta comisión, con la corporación vial regional, que fue una propuesta de los Intendentes del Partido Nacional, y la quinta comisión de trabajo, con la necesidad de maquinaria vial. La coordinación se hizo a través de un conocido de esta Casa, designado por el Presidente de la República, el Prosecretario de la Presidencia, doctor Cánepa. En la comisión de trabajo sobre el impuesto a los vehículos automotores participó la Mesa del Congreso de Intendentes. A fines del año 2010 se planteó que el Congreso de Intendentes solicitara, en forma clara y unánime, que el Poder Ejecutivo realizara una propuesta sobre las patentes. Esto estuvo determinado en la multiplicidad de resoluciones que el Congreso de Intendentes adoptó en los últimos doce años y trasmitió al propio Poder Ejecutivo. Entonces, antes de ponerse a trabajar, se necesitaba la voluntad expresa de los Intendentes en este sentido, y así se efectivizó. El 13 de enero de 2011 el Congreso resolvió convocar al grupo de trabajo que se había acordado en la reunión de Anchorena el 16 de octubre de 2010. Además, se otorgaron plenos poderes a la Mesa del Congreso para que actuara en ese grupo mientras se procesaban las distintas vías de trabajo. Dado que está en cuestión el artículo 8º -sabemos que va a ser así, si se repite lo mismo que pasó en Comisión; me estoy adelantando-, vale tener presente que también se acordó que el cumplimiento de los compromisos precedentes y de lo que se acuerde en el trabajo con el Poder Ejecutivo, será tenido en cuenta al determinar la distribución de recursos que aporte el Gobierno nacional a los Gobiernos departamentales.

Destaco nuevamente la voluntad de las Intendentas y de los Intendentes para encontrar una solución a este problema. Cuando el Presidente asistió al Congreso en febrero de este año, reconoció la voluntad de los Intendentes y manifestó que iba a acelerar los mecanismos para encontrar una solución. El 7 de marzo de este año se empezó a trabajar en una hoja de ruta de una solución, que después fue acordada en la sesión del Congreso del día 8, en el departamento de Tacuarembó. Se requería el compromiso de todos los Intendentes. Además, el Poder Ejecutivo entendió que lo que se acordara debería pasar por el Parlamento. Asimismo, se entendió que la voluntad del Presidente debía ser respaldada por amplias mayorías y que debía buscarse ese respaldo. En Comisión se dijo -me adelanto al tema- que si esta iniciativa no tenía amplias mayorías, se iba a votar igual. Yo respondí que el Presidente tuvo la iniciativa y que, inspirado en lo que los Intendentes le manifestaron, tuvo la sana voluntad de que se lograra el mayor nivel de respaldo. Ahora bien: esta bancada va a aprobar el proyecto enviado, aunque sea sola. Quiero dejar planteado este tema, para sacarlo de la discusión de entrada. Era sana y legítima la aspiración del Presidente. Diecinueve Intendentes le elevaron una nota diciendo que iban a buscar una solución, y el Presidente -todos sabemos cómo es-, con su propia filosofía de vida, tenía la sana expectativa de obtener respaldo en el Parlamento. Entonces, yo aclaro: haya o no respaldo, nosotros vamos a ir para adelante con este proyecto. Después, en todo caso, el Presidente dispondrá de los mecanismos institucionales necesarios para hacer lo que entienda pertinente. A nuestro entender, este acuerdo es histórico y este es un instrumento idóneo para superar una situación que durante décadas tuvo a los contribuyentes de rehenes. ¿Cómo podía solucionarse este problema? Recordemos que el problema era que en el Congreso de Intendentes se llegaba a un acuerdo pero cuando las Intendencias tenían que dejar de empadronar o bajar el costo de la patente -para los casos que tuvieran que hacerlo-, perdían dinero. Entonces, era lógico que esta medida generara resistencia. ¿Cuál era la única forma en la que podía llegarse a un acuerdo? Solo con el firme compromiso del Gobierno nacional de volcar recursos a estos efectos. Y el Gobierno lo asumió como compromiso.

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En la hoja de ruta que mencioné se acordó que la solución debía aplicarse a partir del 1º de enero de 2012. A esto refiere -así se nos dijo en Comisión- la declaración de urgente consideración con la que el Poder Ejecutivo envió este proyecto. ¿Por qué? Porque entendió que el mecanismo debía comenzar a funcionar antes de 2013, en la medida en que es año preelectoral y no se quiere alterar la dinámica que ello implica. Así se nos planteó y se fundamentó en su momento. Otro elemento constitutivo del acuerdo son los mecanismos para que en el marco de lo establecido en la Constitución de la República, los aforos vehiculares y las alícuotas aplicables para el cálculo del tributo, así como los sistemas de descuentos por pronto pago y buen pagador, fueran únicos en todo el territorio nacional y no se transformaran, como hasta el presente, en un mecanismo que distorsionara los acuerdos y que hiciera variar lo que se pagara. Ya en marzo de 2011 se planteó la idea de crear un instrumento, una entidad o un contrato con un agente fiduciario que permitiera la existencia de un sistema único de cobro de dicho tributo, de las multas asociadas y de las infracciones de tránsito. Se planteó también que hubiera un sistema que unificara hacia adelante a partir del 1º de enero de 2012 y un sistema que unificara hacia atrás. En ese mes de marzo ya se acordó que el aporte del Gobierno Central para compensar las pérdidas referiría al cierre del año 2010, y que el Poder Ejecutivo haría un aporte para el período de transición con relación a los compromisos asumidos en el marco del Presupuesto Nacional, o sea, hasta diciembre de 2015. (Murmullos) ——El último punto acordado el 7 de marzo fue que a los efectos de recibir el porcentaje sobre el monto de los recursos correspondientes a los Gobiernos departamentales, se debería suscribir un compromiso de gestión específico, cuyo incumplimiento hará que lo que corresponda al Gobierno departamental se calcule en base a una partida equivalente al 2,9%. Este tema está referido en el artículo 8º. Algunos pusieron el grito en el cielo, ya que podría representar cierto grado de coacción. Vamos a entendernos: los Intendentes pidieron que fueran parte de los compromisos de gestión los acuerdos adoptados en forma unánime en el Congreso de Intendentes.

(Murmullos) ——A veces, para los que no son miembros de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, la consideración del Presupuesto Nacional pasa rápido. Vemos algunos de los artículos o analizamos aquellos sobre los que los compañeros nos alertan; es cierto. Sin embargo, quiero recordar al Cuerpo que el artículo 756 de la Ley Nº 18.719, de Presupuesto Nacional -que nos rige- establece que el porcentaje sobre el monto de recursos que corresponde a los Gobiernos departamentales según lo previsto en el literal C) del artículo 214 de la Constitución, será de 3,33%. También determina que este porcentaje se calculará sobre el total de los recursos del Presupuesto y que la partida nunca será inferior a $ 5.000:000.000. (Murmullos) ——Y el artículo 756 agrega: “El acceso por parte de cada Gobierno Departamental al porcentaje que le corresponda de la partida que se establece en el inciso primero del presente artículo, se realizará en la medida en que se cumplan las metas que emerjan de compromisos de gestión que los Gobiernos Departamentales suscribirán en el marco de la Comisión Sectorial de Descentralización. Dichos compromisos de gestión incluirán, entre otros, el pago de los consumos corrientes de los servicios públicos” […] (Murmullos.- Campana de orden) ——Le agradezco, señor Presidente, por ampararme en el uso de la palabra. Está colaborando para que después no tenga que hacer aclaraciones sobre algunos aspectos. Si me escuchan en esta oportunidad, vamos a poder sacar del medio algunos argumentos que se puedan plantear. Sé que es un esfuerzo, pero, bueno… Como decía, dichos compromisos de gestión incluirán, entre otros, el pago de ANTEL, OSE, Correo y UTE. Y el artículo agrega: “[…] y el cumplimiento de las resoluciones adoptadas en forma unánime por el Congreso de Intendentes. Los compromisos de gestión a adoptarse deberán contar con informe previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto”. Esto es lo que establece la norma presupuestal. Pero en el mismo artículo se determina: “En caso de incumplimiento de dichos compromisos de gestión, el porcentaje que le corresponda al Gobierno Departamental se calculará en base a una partida equivalente al 2,90% […]”. Acá se dice que es una especie de coacción, y

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que se viola la autonomía departamental; en realidad, los Intendentes pidieron que lo que no se cumpliera en materia de patente de rodados, se sancionara con las transferencias del Gobierno nacional, y esto fue incorporado en el artículo 756 de la Ley de Presupuesto. En la discusión particular me detendré en este punto, pero creo que está claramente planteado cómo se gesta. Esa hoja de ruta fue aprobada por unanimidad el 8 de marzo en el Congreso de Intendentes. Se trabajó en mayo y junio, y voy a destacar otro aporte bien importante de los Gobiernos departamentales. Por primera vez en la historia, los Gobiernos departamentales aportaron la información real y fidedigna de lo que se percibe por patente de rodados o tributo a los vehículos automotores, como gusta llamar a mi amigo el señor Diputado Orrico que, con razón, es la forma en que determina el tributo la Constitución. No obstante, de aquí en más seguiré hablando de patente de rodados, para que se pueda entender bien. Entonces, es la primera vez que se pudo calcular lo que se percibe por este tributo, y todos los Gobiernos departamentales transparentaron la información correspondiente. Hasta ahora ningún Intendente sabía lo que percibía por concepto de patente de rodados el departamento vecino, y esto por primera vez se pudo saber y sobre esa base se hizo un trabajo técnico bien importante, para saber dónde estábamos parados. Es decir, los Intendentes hablaron de avanzar en ese compromiso y lo consolidaron con hechos reales, con información fidedigna, transparentando toda esa información tributaria. En julio se trasmitió a las Intendentas y a los Intendentes que la patente iría junto con una propuesta para el alumbrado, para encarar el otro problema crónico que arrastraban muchos Gobiernos departamentales. En ese sentido, la Ley Nº 18.172 ya subsidiaba hasta un 30% el pago del alumbrado público. Este proyecto no solo duplica este subsidio, sino que incluye el acuerdo del Poder Ejecutivo y del Congreso de Intendentes para solucionar en forma definitiva el endeudamiento crónico de las Intendencias con UTE. En la actualidad, solo cinco Intendencias no tienen deudas con el Ente, porque están al día o porque tienen algún convenio. Este proyecto consolida las deudas, quedando sujetas a convenios, a fin de que las Intendencias

puedan quedar al día y acceder al 30%, que muchas no pudieron por no cumplir con la Ley Nº 18.172. De aprobarse este proyecto, las diecinueve Intendencias podrán acceder a este 30% de subsidio, que podrá aumentar a un 40% e, inclusive, llegar al 60%, que analizaremos en la discusión particular. Es decir, se está haciendo un esfuerzo en materia de recursos y fortaleciendo la gestión de los Gobiernos departamentales, porque en algunos casos la transferencia del Gobierno nacional llega al 45%, lo que constituye un problema; los señores Diputados Perdomo Gamarra y Pérez González, que conocen más esta realidad, me dicen que ese porcentaje puede ser superior. A partir de 2013, se prevé que pueda haber un incremento del 10% y del 2014, un 10% más, por lo cual estaríamos en un 60%. En la Comisión se informó que los Gobiernos contaban, conforme con los subsidios previstos en la Ley Nº18.172 para alumbrado público, con aproximadamente $ 130:000.000; muchas Intendencias no lo pudieron cobrar porque no estaban al día con la factura de sus consumos corrientes. El proyecto prevé que los Gobiernos departamentales, una vez que suscriban convenio con UTE por sus deudas, comenzarán a cobrar lo que tendrían que estar percibiendo hoy si estuvieran en condiciones. La delegación del Poder Ejecutivo dijo en Comisión que en 2014, a valores constantes de 2010, los Gobiernos departamentales recibirán por este concepto $ 300:000.000. El subsidio que se plantea representará $ 100:000.000 más para 2014. A su vez, las partidas por eficiencia energética, implicarán otros $ 100:000.000. Quiere decir que no se está duplicando, sino casi triplicando, de cumplirse los compromisos de gestión, los aportes transferidos desde Rentas Generales a los Gobiernos departamentales. Por eso dije que la transferencia de recursos para solucionar el problema del alumbrado, será mucho más importante que la que se hará para patente de rodados. (Murmullos) ——¿Cómo se financia el proyecto en materia de patentes? La delegación del Poder Ejecutivo detalló cómo se había dispersado el cobro del tributo, y explicó los mecanismos que se estaban trabajando para avanzar en la homogeneización. Planteó que la propuesta implicaba resolver el problema desde 2012 en

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adelante y, a partir de una alícuota común, tomar los controles para aplicarlos a distintos valores de aforo de esa alícuota común. Con la información suministrada por las Intendencias, referida a la totalidad del empadronamiento vehicular, se pudo empezar a trabajar. Se definió una categoría A de vehículos automotores, que comprende sustancialmente el 85% de la recaudación del padrón vehicular, que corresponde a vehículos particulares. (Murmullos) ——En la Comisión se definieron nueve franjas de afectación: de 1901 a 1975, de 1976 a 1980, de 1981 a 1985, de 1986 a 1991, de 1992 a 1995, de 1996 a 1999, de 2000 a 2003, de 2004 a 2007 y de 2008 a 2010; el 2011 se incorporará a la última franja. Se verificó que el grado de dispersión entre los distintos valores de aforo y de patente de los vehículos entre 1976 y 1991 era muy pequeño, por lo que para esa franja se tomaron valores absolutos, para todos los casos, porque no habrá una diferencia muy grande entre lo que se paga en la actualidad y lo proyectado. (Murmullos.- Campana de Orden) ——En general, en esta franja se encuentran los contribuyentes que pagarán menos. Para los vehículos anteriores a 1975, se trató de homogeneizar los distintos criterios de las Intendencias, ya que muchas exoneraban de pago a los vehículos anteriores a 1970 y otras a los de 1975. Por eso, se fijó el criterio de exonerar siempre y cuando los vehículos anteriores a 1975 contaran con un certificado de evaluación técnica de las condiciones del vehículo. Para la franja 1976-1980, se estableció un valor único, que es de $ 1.000; para la franja de 1981 a 1985, $ 1.500; de 1986 a 1991, $ 3.000. Los vehículos de 1991 en adelante se dividieron en tres categorías, siempre por franjas de años, y se categorizaron como económicos, medios y caros en función del valor medio del modelo, del rango y del año. Para los autos económicos, se ubicó el valor de la patente por el percentil 20 del modelo de rango y año. Para los vehículos medios, se fijó el valor de la patente por el percentil 40 del modelo de rango y año. SEÑOR ORRICO.- ¿Me permite, señor Presidente? Mociono para que se prorrogue el término de que dispone el orador.

SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Puede continuar el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR BAYARDI.- Gracias, señor Presidente. Para los vehículos caros, se fijó el valor de la patente por el percentil 70 del modelo de rango y año. Voy a ir resumiendo porque quiero hablar de algunos artículos del proyecto de ley. La información que se dio es que de todo el parque automotor registrado, el 69% de los propietarios de vehículos va a pagar menos. ¿Cuánto menos? Entre un 20% y un 30%. Un 4% va a pagar lo mismo y un 27%, más. Ese 27%, como dijimos, se encuentra concentrado en los vehículos de alta gama con un valor de entre US$ 30.000 y US$ 40.000. ¿Cuánto más van a pagar? Alrededor del 30%. Esta es la información con que contamos en la Comisión. Quiero referirme a algunas cuestiones sustanciales del proyecto, por lo que hubo de críticas y porque me quedan quince minutos. El artículo 1° crea el SUCIVE -Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares-, que será el encargado de las acciones y gestiones para el cobro del tributo de patente de los vehículos automotores empadronados en cualquier departamento. Cobrará los recargos, las multas y las moras. Se crea la figura de un administrador fiduciario profesional que estaría autorizado por el Banco Central. El SUCIVE puede prestar servicios de cobro de otros precios, tasas, peajes, etcétera. La adhesión al subsidio por parte de los Gobiernos departamentales se realizará mediante la suscripción de un contrato por parte de los Intendentes y por un plazo inicial de quince años prorrogables. Aclaro que esto tuvo alguna observación. Algún señor legislador refirió a las mayorías a que la Constitución obliga en algunos casos particulares. (Murmullos.- Campana de orden) ——Gracias, señor Presidente.

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Se pretendía para este artículo el respaldo de los dos tercios de las Juntas Departamentales. Aclaro que la Constitución exige -voy a decirlo de memoria porque no me quiero extender mucho-, creo que en el artículo 301, que los Gobiernos departamentales deben contar con el respaldo del Poder Legislativo, la mayoría absoluta de la Junta Departamental y el informe del Tribunal de Cuentas para concertar empréstitos con organismos internacionales. Esto lo tenemos todos presentes; ahora bien, no es la hipótesis que está planteándose en este artículo, por lo que nos parece excesivo exigir mayoría absoluta, que se cumplan los mecanismos necesarios para solicitar un empréstito o la mayoría de dos tercios que se requiere para endeudarse por un lapso superior a un período de gobierno, que tampoco es lo que está planteando este artículo. Quiero referirme al artículo 4° y a las eventuales inconstitucionalidades planteadas en los restantes informes, sobre lo que mucho discutimos en la Comisión. El artículo 4° define un mecanismo mediante el cual una Comisión conformada por delegados de los Intendentes -o sea que va a tener diecinueve delegados municipales-, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas elevará al Congreso de Intendentes una propuesta de valores de aforo vehiculares, alícuotas a aplicarles y todo otro elemento necesario para calcular el valor de la patente de rodados correspondiente al ejercicio siguiente, así como las formas de pago del tributo. Se está planteando una propuesta para lograr lo que durante diez años estuvieron tratando de conseguir los Intendentes, que pidieron al Poder Ejecutivo en oportunidad de discutir este proyecto. El último inciso del artículo dice: ” El Congreso de Intendentes resolverá sobre la misma antes del 15 de noviembre de cada año […]”. Acá está el eje central de las inconstitucionalidades planteadas. De los abogados, especialmente constitucionalistas que concurrieron a la Comisión, uno dijo que no había inconstitucionalidad y que se podía trabajar al filo. Como lleva agua a mi molino, no lo voy a tomar. Voy a recoger lo dicho por los doctores Risso Ferrand y Cajarville, que están citados en los restantes informes, y cuando intervengan los miembros informantes, ampliaré sobre algunas cosas que dicen en ellos, pero no me quiero adelantar.

Están planteando una eventual inconstitucionalidad por la lectura que desprendieron ellos de este artículo, en el sentido de que el Congreso de Intendentes, al resolver, ya estaba sancionando la alícuota y el aforo que se iba a instrumentar. Declaro intelectualmente que esa no fue mi lectura pero bien se la podía hacer, razón por la cual consulté a quienes habían estado en el proceso de negociación para saber si había estado implicada alguna eventualidad de este tipo. Se me contestó que no. Por tanto, propuse a la Comisión agregar al final del artículo que lo que los Intendentes resuelvan será “sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 273, 275 y numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República”. Hablamos de algo que ha estado presente en todos los acuerdos sobre patente única: cuánto cobrar en 2000, cuánto en 2006, en 2007, en 2009 -ya leí las versiones taquigráficas correspondientes-, pero para que se despejara la duda, hicimos ese agregado. El artículo 273 refiere a las atribuciones de la Junta Departamental, el artículo 275, a las atribuciones del Intendente y a los recursos con que cuentan los Gobiernos departamentales, y el numeral 6°) del artículo 297, al impuesto a los vehículos de transporte. Parece que estamos descubriendo la pólvora, y aclaro que cuando uno le acerca una llama sin dispararla, quema muy fuerte y lo puede quemar a uno. En realidad, los señores Intendentes y las señoras Intendentas de diecisiete departamentos no necesitan esto que se ha planteado acá porque ya acordaron, en la elaboración de su presupuesto, contar con una norma que los faculta a acordar las alícuotas entre un rango que no voy a citar pero que podemos decir es muy discrecional. En algún caso, es un rango de alícuota que llega a dos ceros. Así que no lo necesitan, ya tienen la facultad. En los otros dos departamentos deberá pasar lo que acuerden para tener la ratificación de la Junta Departamental correspondiente. He leído los informes en minoría y da la impresión de que, en gran parte, se refieren a otro artículo 4°, no al que finalmente se propone. La misma observación se hacía con respecto al artículo 9°. En la medida en que esta es una potestad con la que han actuado los Intendentes, que la mayoría de los años han terminado acordando en el Congreso, en el mes de noviembre, lo que se cobrará el año siguiente, cambiamos la palabra “aprobar” por la

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palabra “acordar”, para que no se interpretara que se estaba aprobando de manera sancionatoria. Reitero que es lo que han hecho siempre los Intendentes en el Congreso en el mes de noviembre de cada año. Ahora le estamos buscando inconstitucionalidades a un mecanismo que tal vez se desconociera. Me llama la atención que algunos señores Ediles -yo no lo tenía presente pero no tuve el honor de pasar por la Junta Departamental- estén dándose cuenta ahora de que había unos mecanismos que ya se han aplicado. Lo que hace el proyecto de ley es consagrar eso, no inventa absolutamente nada. Después, si me da el tiempo, voy a hablar de que tampoco inventó el fideicomiso. En todo caso, fue inventado y sancionado por ley -los recursos departamentales, los recursos municipales- en este mismo Parlamento, durante la Legislatura anterior, cuando también estuvo el tema del Fondo de Inversión. Precisamente, esta norma reproduce los mismos mecanismos que estaban en el proyecto de ley del Fondo de Inversión. No quisiera pensar -no lo pienso- que cuando los gobiernos departamentales de todos los partidos, de todos los sectores, y el Gobierno nacional llegan a un acuerdo para solucionar esto, en el Parlamento estemos actuando con un criterio menor. Eso no hablaría bien de la institucionalidad ni de las responsabilidades que tenemos desde ese punto de vista. Este tema nos llevó a que nos metiéramos a profundizar demasiado. Y si los señores miembros informantes de la minoría me lo permiten, para no tener que repetirlo después, a continuación voy a hacer la siguiente referencia, porque los legisladores que me conocen saben que el tema de la constitucionalidad me pica un poquito. El doctor Martín Risso Ferrand decía algo que también está reproducido en los otros informes: “Básicamente, la inconstitucionalidad se da en el artículo 4º. […]” y por su parte en el artículo 9º. Y expresaba: “Creo que la inconstitucionalidad radica en estos dos artículos […]”. Luego de ser preguntado por mí y por el señor Diputado Michelini, el doctor Risso Ferrand dice, en las páginas 30, 31 y 33 del Acta Nº 784: “Ahora bien, la Junta Departamental no puede estar limitada ni cuestionada en su potestad de aprobar. Podrá aumentar o bajar. Si voluntariamente todos los Gobiernos se pusieran de acuerdo para aprobar los mismos aforos y las mismas alícuotas, no habría ningún problema. Re-

pito: si todo esto es un procedimiento, de negociación y acuerdo entre las diecinueve Intendencias, que estarían de acuerdo, sería fantástico para todos los uruguayos” -yo creo, al igual que el doctor Risso Ferrand que esto sería fantástico para todos los uruguayos”pero no se puede renunciar a la potestad tributaria […]”. lo que ocurre es que debo atenerme a lo que dice el actual artículo 4º”, porque lo trajimos para que lo informara. Y dice: “Si cambian el artículo 4º, habrá que analizarlo y opinar nuevamente”. Así que lo que quiero dejar planteado es que no traigan al doctor Risso Ferrand porque él todavía no opinó del actual artículo 4º. Más adelante, el señor Diputado Michelini manifiesta: “Estoy razonando igual que el Diputado Bayardi:” -yo había hecho un largo razonamiento- ” efectos de afirmar lo último que decía el doctor Risso, si en el proyecto quedara explícitamente establecido que rige a todos sus efectos el artículo 275 de la Constitución, es decir, que el Intendente es el que propone y la Junta Departamental aprueba, no habría inconstitucionalidad, por lo menos con respecto a esta parte de la iniciativa”. Y el doctor Martín Risso Ferrand expresa: “La respuesta es afirmativa.- Entiendo que este proyecto es inconstitucional porque transfiere la potestad resolutoria al Congreso de Intendentes y da una participación decisiva al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto”. Estamos hablando del artículo 4º anterior. Y continúa diciendo: “Si esta participación pasa a ser solo un asesoramiento, un intercambio de ideas, una cuestión técnica y, en definitiva, cada Intendente es el que ejerce la iniciativa y cada Junta Departamental la que la aprueba, no habría ningún inconveniente; eso sería constitucional”. La otra cita que hice era del doctor Cajarville; cada cual elige la referencia que considera oportuna: ya mencioné por qué tomaba a algunos juristas y a otros no. Por otra parte, en la página 34 del Acta Nº 792, quien habla pregunta al doctor Cajarville: “[…] si el proyecto consagrara -una vez que hay acuerdo- la preservación de las facultades constitucionales del Intendente y la Junta Departamental, la pregunta concreta es si en lo relativo a este tema, usted entiende que se subsanaría la inconstitucionalidad, una vez que se preserva la facultad”. Y más adelante decía: “Entonces, reitero que la pregunta concreta es si en el

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caso de que el proyecto salvaguarde las potestades que la Constitución asigna al Intendente y a las Juntas Departamentales, a criterio del doctor Cajarville, se salvarían estas gruesas inconstitucionalidades, como fueron calificadas”. Por su parte, el doctor Cajarville responde: “[…] si se respetaran las competencias de la Junta Departamental y del Intendente como colegislador en el sentido de regular este tributo en todos sus aspectos y, por otra parte, se respetaran las competencias administrativas del Intendente en tanto jerarca de la administración municipal, efectivamente, desaparecerían mis objeciones en ese aspecto. Si se respetaran las competencias de la Junta Departamental y del Intendente como colegislador, necesariamente, desaparecerían las potestades de legislación que se confieren” -según el doctor Cajarville- “en este proyecto al Congreso de Intendentes, y si eso se subsanara, desaparecerían mis objeciones”. La última parte de la exposición del doctor Cajarville hacía referencia a la inconstitucionalidad; en tanto en la primera parte de su respuesta, aludía al artículo 2º, a aquello en lo que no nos pusimos de acuerdo con respecto a dónde está la potestad de administración. Aclaro que para mí la transferencia del cobro de la patente, de los recargos y de las multas, no afecta la potestad de administración. (Suena timbre indicador de tiempo) ——He tratado de informar sobre los aspectos que entendí medulares. Seguramente, en mi calidad de miembro informante en mayoría, a lo largo de la sesión podré pedir a la Mesa para hacer las aclaraciones que entienda necesarias. Muchas gracias, señor Presidente.

de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Coitiño. Del señor Representante Roque Arregui por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Beatriz Cuadrado. Del señor Representante Julio Bango, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Aldo Guerrini. Del señor Representante Guillermo Facello, por enfermedad, literal A) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 1º y 6 de noviembre de 2011 y por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 7 y 19 de noviembre de 2011, convocándose a los suplentes siguientes, señor Abel Duarte, por el día 1º de noviembre de 2011 y señor Gustavo Osta, por el período comprendido entre los días 2 y 19 de noviembre de 2011. Del señor Representante Gustavo Borsari, por enfermedad, literal A) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 1º y 15 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Diego Guadalupe. Ante la incorporación a la Cámara de Senadores del señor Representante Javier García Duchini, se convoca por el día 1º de noviembre de 2011, al suplente siguiente, señor Sebastián Da Silva. Del señor Representante Javier García Duchini, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para asistir a la VIII Conferencia de Seguridad Internacional del Forte de Copacabana, organizada por la Fundación Konrad Adenauer,, a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, por el período comprendido entre los días 2 y 5 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Da Silva.

8.- Licencias. Integración de la Cámara.SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Luis Puig, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 9 de noviembre

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Del señor Representante Andrés Lima, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Ana Irene Lima. Ante la incorporación a la Cámara de Senadores del señor Representante Carlos Gamou, se convoca por el período comprendido entre los días 1º y 16 de noviembre de 2011, al suplente siguiente, señor Julio Balmelli. Del señor Representante Gustavo Rombys, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 8 de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Cecilia Bottino. De la señora Representante Graciela Cáceres, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 1º y 2 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Pablo Centurión. Del señor Representante Alejandro Sánchez, por paternidad, literal B) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 1º y 11 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Heber Bousses. Ante la incorporación a la Cámara de Senadores del señor Representante Daniel Peña, se convoca por el período comprendido entre los días 7 y 9 de noviembre de 2011, al suplente siguiente, señor Auro Acosta. Del señor Representante Pablo Abdala, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Guekdjian”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en sesenta y dos: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.

(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 28 de octubre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, me conceda licencia por motivos personales el día 9 de noviembre de 2011, asumiendo en mi lugar el respectivo suplente Sr Carlos Coitiño. Le saluda muy cordialmente, LUIS PUIG Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 9 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig, por el día 9 de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Coitiño. Sala de la Comisión, 31 de octubre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011 Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Solicito se me conceda licencia el día 1º de noviembre de 2011, por motivos personales, convocán-

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dose a la suplente respectiva, señora Beatriz Cuadrado. Sin oro particular, saluda a Ud. muy atentamente, ROQUE ARREGUI Representante por Soriano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Roque Arregui. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Soriano, Roque Arregui, por el día 1º de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 218990, del Lema Partido Frente Amplio, señora Beatriz Cuadrado. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted con el fin de solicitar licencia el día 1º de noviembre, por razones personales. Solicito se convoque a mi suplente respectivo. Atentamente. JULIO BANGO Representante por Montevideo”.

“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: El que suscribe, Fernando Isabela, C.I. 2.912.781-3 en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, comunico a usted que me encuentro imposibilitado por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente, Fernando Isabella”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sra. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi consideración: Quien suscribe, Daniel Espósito, C.I. 1.282.687-0, en calidad de suplente del señor Representante Nacional, comunica a Ud. que me encuentro imposibilitado —solo por esta vez— de asumir el cargo de Representante para el cual fue convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a Ud. Muy atentamente, Daniel Espósito”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Julio Bango. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Fernando Isabella y Daniel Espósito. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Julio Bango, por el día 1º de noviembre de 2011.

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2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Fernando Isabella y Daniel Espósito. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Aldo Guerrini. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, octubre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia por enfermedad de acuerdo a lo expresado en el certificado médico adjunto del 1º de noviembre al 6 de noviembre inclusive y por razones personales del 7 al 19 de noviembre inclusive del presente año. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, GUILLERMO FACELLO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto. Sin otro particular, le saluda atentamente, Gustavo Osta”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que en virtud de la licencia solicitada por el Diputado Guillermo Facello, por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto, por el día de la fecha. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, Aramís Migues”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: Las solicitudes de licencia por enfermedad y por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Guillermo Facello. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por enfermedad por el período comprendido entre los días 1º y 6 de noviembre de 2011 y adjunta certificado médico. II) Que solicita se le conceda licencia por motivos personales por el período comprendido entre los días 7 y 19 de noviembre de 2011. III) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gustavo Osta, por el día 1º de noviembre de 2011 y Aramís Migues. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal A) y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por enfermedad, por el período comprendido entre los días 1º y 6 de noviembre de 2011, y por motivos personales por el período comprendido entre los días 7 y 19 de noviembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Guillermo Facello. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gustavo Osta, por el día 1º de noviembre de 2011 y Aramís Migues. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación a los suplentes correspondientes siguientes de la Hoja de Votación Nº 2000, del Lema Partido Colorado, señor Abel Duarte, por el día 1º de noviembre de 2011 y señor Gustavo Osta por el período comprendido entre los días 2 y 19 de noviembre de 2011. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

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“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito se me autorice licencia por enfermedad por 15 días. Para constancia adjunto certificado médico. Asimismo solicito se convoque a mi suplente. Sin otro particular, saluda a usted cordialmente. GUSTAVO BORSARI BRENNA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011 Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Al haber sido convocado para integrar el Cuerpo que usted preside, no acepto la convocatoria por esta única vez. Sin otro particular, saluda a usted cordialmente Hernán Luis Bonilla”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Borsari. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 1º y 15 de noviembre de 2011 y adjunta certificado médico. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Hernán Luis Bonilla. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal A) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por enfermedad, por el período comprendido entre los días 1º y 15 de noviembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Borsari.

2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Hernán Luis Bonilla. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Partido Nacional, señor Diego Guadalupe. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por el día 1º de noviembre por haber sido convocado al Senado de la República en mi calidad de suplente del Senador Eber Da Rosa y licencia entre los días 2 al 5 de noviembre por razones inherentes al cargo, al haber sido invitado por la Fundación Konrad Adenauer para participar en la VIII Conferencia de Seguridad Internacional del Forte de Copacabana, que se realizará en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente. JAVIER GARCÍA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou De mi mayor consideración: Presente Por la presente comunico a Ud. que no acepto por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes como suplente del Dr. Javier García, los días 1º al 5 de noviembre. Sin otro particular saluda muy atentamente, Juan Curbelo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Que el señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier García, se incorporó a la Cámara de Senadores el día 1º de noviembre de 2011.

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CONSIDERANDO: I) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Juan Curbelo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y a la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Juan Curbelo. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el departamento de Montevideo, por el día 1º de noviembre de 2011, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor Sebastián Da Silva. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier García, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir a la VIII Conferencia de Seguridad Internacional del Forte de Copacabana, organizada por la Fundación Konrad Adenauer, a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 2 y 5 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Juan Curbelo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier García, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir a la VIII Conferencia de

Seguridad Internacional del Forte de Copacabana, organizada por la Fundación Konrad Adenauer, a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil por el período comprendido entre los días 2 y 5 de noviembre de 2011. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Juan Curbelo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor Sebastián Da Silva. Sala de la Comisión, 1º de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes. Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por este medio y por motivos de índole personal, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia, por el día 1º de noviembre de 2011. Sin otro particular, saluda atentamente, ANDRÉS LIMA Representante por Salto”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes. Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular Dr. Andrés Lima, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente. Felipe Mutti”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes. Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Re-

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presentante titular Dr. Andrés Lima, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente. Nadia Cordone”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular Dr. Andrés Lima, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente. Martín Pertusatti”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Salto, Andrés Lima. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Felipe Mutti Severo, Nadia Teresita Cordone y Martín Pertusatti. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Salto, Andrés Lima, por el día 1º de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Felipe Muti Severo, Nadia Teresita Cordone y Martín Pertusatti. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 888, del Lema Partido Frente Amplio, señora Ana Irene Lima. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: En virtud de haber sido convocado para integrar la Cámara de Senadores, desde el 1º de noviembre al 16, solicito se convoque a mi suplente respectivo a integrar la Cámara de Representantes. Saluda atentamente CARLOS GAMOU Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico al Cuerpo que Ud. preside que desisto por esta única vez de ocupar la banca Sin más, saluda a Ud. atentamente Pablo Álvarez”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico al Cuerpo que Ud. preside que desisto por esta única vez de ocupar la banca Sin más, saluda a Ud. atentamente Javier Salsamendi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Que el señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Gamou, se incorporó a la Cámara de Senadores por el período comprendido entre los días 1º y 16 de noviembre de 2011. CONSIDERANDO: I) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Pablo Álvarez y Javier Salsamendi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y a la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945.

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La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Pablo Álvarez y Javier Salsamendi. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el departamento de Montevideo, por el período comprendido entre los días 1º y 16 de noviembre de 2011, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Julio Balmelli. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 8 de noviembre del corriente, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, GUSTAVO ROMBYS Representante por Paysandú”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Gustavo Rombys. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 8 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Paysandú, Gustavo Rombys, por el día 8 de noviembre de 2011.

2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Cecilia Bottino. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por motivos personales, durante los día 1º y 2 de noviembre. Sin otro particular, le saluda atentamente, GRACIELA CÁCERES Representante por Rio Negro”. “Fray Bentos, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la Sra. Representante titular Graciela Cáceres, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin otro particular, le saluda atentamente, Álvaro Martínez”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la Sra. Representante titular Graciela Cáceres, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca Sin otro particular, le saluda atentamente, Nicomedes Giménez”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Río Negro, Graciela Cáceres. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 1º y 2 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Álvaro Martínez y Ramón Nicomedes Giménez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Río Negro, Graciela Cáceres, por el período comprendido entre los días 1º y 2 de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Álvaro Martínez y Ramón Nicomedes Giménez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Pablo Centurión. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente Por la presente me comunico con usted para solicitarle me conceda licencia por paternidad desde el día 1º de noviembre de 2011, hasta el 11 de noviembre de 2011, literal B) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827. Sin otro particular, saluda Atte. ALEJANDRO SÁNCHEZ Representante por Montevideo”.

“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Sin más, lo saluda atentamente Julio Baráibar”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Sin más, lo saluda atentamente Daniel Montiel”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Sin más, lo saluda atentamente José Fernández”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por paternidad, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alejandro Sánchez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 1º y 11 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Julio Baráibar, Daniel Montiel y José Fernández.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal B) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por partenidad, por el período comprendido entre los días 1º y 11 de noviembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alejandro Sánchez. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Julio Baráibar, Daniel Montiel y José Fernández. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Heber Bousses. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente En virtud de la convocatoria de la que he sido objeto para integrar la Cámara de Senadores los días 7, 8 y 9 del corriente mes, solicito a usted sea citado mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, DANIEL PEÑA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Que el señor Representante por el departamento de Canelones, Daniel Peña, se incorporará a la Cámara de Senadores por el período comprendido entre los días 7 y 9 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y a la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945. La Cámara de Representantes, RESUELVE:

Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el departamento de Canelones, por el período comprendido entre los días 7 y 9 de noviembre de 2011, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004505, del Lema Partido Nacional, señor Auro Acosta. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Diputado Luis Lacalle Pou Presente De mi consideración: Por razones personales solicito licencia por el día de hoy y pido se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saluda atentamente, PABLO ABDALA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Pablo Adbala. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Pablo Adbala, por el día 1º de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Jorge Guekdjian. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

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9.- Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. (Autorización a reunirse simultáneamente con la Cámara).
——Dese cuenta de una moción de orden presentada por las señoras Diputadas Montaner y Pereyra y por el señor Diputado Silvera Araújo. (Se lee:) “Mocionamos para que se autorice a la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente a reunirse durante la sesión de la Cámara, a los efectos de recibir al señor Diputado Frankschwabe, portavoz de la política de Medio Ambiente del Partido Social Demócrata de la República Federal de Alemania”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y seis: AFIRMATIVA.

Este proyecto que hoy tenemos a consideración sigue fiel a las notas que este asunto ha tenido en su historia: es controvertido en su creación y en sus fundamentos. Los principales políticos y juristas del país en materia de derecho público han visitado la Comisión asesora que estudió este proyecto. Aclaramos que no somos expertos en materia jurídica, pero como hemos participado en la Comisión y los argumentos allí expresados nos han parecido muy fuertes, tomamos parte de lo que ellos expresaron para elaborar este informe. Por tanto, podemos asegurar que se tienen todos los puntos de vista para definir el proyecto. Sin duda, el Parlamento Nacional ha actuado con la mayor responsabilidad en el tratamiento del tema, que el Poder Ejecutivo consideró de urgente consideración. Aquí debemos preguntarnos, como hizo el doctor Esteva, si el contenido de este proyecto es acorde a lo que establece el numeral 7º) del artículo 168 de la Constitución de la República, en cuanto a la declaración de urgente consideración. El doctor Esteva sostiene: “La Constitución no admite dicha declaración cuando se trata de proyectos de Presupuesto; esto no es un proyecto de Presupuesto, aunque en el artículo 8º hace referencia al contenido de leyes presupuestales y en el artículo 13 está modificando una ley de Rendición de Cuentas”. El análisis jurídico es determinante para que los legisladores tengamos la certeza de actuar dentro del marco que la Constitución nos impone, principio fundamental de nuestro sistema de derecho. No se puede legislar avasallando la Constitución. El Poder Ejecutivo, con tal de resolver un viejo problema, no puede pasar por encima de la Carta Magna e ignorar los principios básicos de derecho, un problema que se origina por la voracidad fiscal de algunos departamentos a los que hoy se les atenderá con el sistema propuesto en este proyecto de ley. Todos los catedráticos recibidos por la mencionada Comisión fueron terminantes en lo que refiere al numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución, relativo a los impuestos sobre los vehículos de transporte y, concretamente, a la denominada “patente de rodados”. El artículo es claro en sus expresiones: este impuesto y los demás serán decretados y administrados por los gobiernos departamentales. Como dice el doctor Risso Ferrand: “Decretar es establecer, crear, fijar,

10.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas).
Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el señor Diputado Alberto Casas. SEÑOR CASAS.- Señor Presidente: es bueno reconocer que el miembro informante de este proyecto era nuestro compañero, el señor Diputado Borsari Brenna, pero por razones particulares, no ha podido concurrir a esta sesión. Este es un tema que los ciudadanos ven por demás complicado; con el paso del tiempo se ha transformado en una polémica que ha enfrentado a los Intendentes y ahora involucra al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo, siendo el contribuyente, hasta acá, un mero espectador. (Murmullos.- Campana de orden) ——Como integrante de la Comisión Especial con fines Legislativos de Asuntos Municipales y Descentralización, quiero agradecer a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración por habernos invitado a participar en el estudio de este tema tan importante, que ha resultado muy caro al país a lo largo de su historia.

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modificar”. Todas esas tareas son de competencia exclusiva y reservada del Gobierno departamental. Además, la Constitución distribuye las competencias dentro de los gobiernos departamentales. El Intendente propone a la Junta Departamental para su aprobación y el numeral 3º) del artículo 273 establece, con relación a la Junta Departamental: “Crear o fijar, a proposición del Intendente, impuestos, […] mediante el voto de la mayoría absoluta del total de sus componentes”. En ese sentido, todos los juristas consultados fueron concluyentes con esta apreciación: todo impuesto departamental, para que tenga efecto en su jurisdicción, debe seguir ese procedimiento; de lo contrario, siempre quedará expuesto a una acción de inconstitucionalidad que podrá iniciar cualquier persona directamente lesionada en forma individual, alguna de las Juntas Departamentales o los propios Intendentes, los actuales o los futuros que resulten electos en los sucesivos períodos de Gobierno, mientras se encuentre vigente el sistema que contiene este proyecto de ley. Esta gruesa falta ha tenido un agregado por parte del Gobierno -es bueno reconocerlo-, porque en el artículo 4º se establece: “[…] El Congreso de Intendentes resolverá sobre la misma antes del 15 de noviembre de cada año, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 273, 275 y numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República”. Esta propuesta tampoco resuelve el problema, porque escapa a las competencias del Congreso de Intendentes, que consisten solo en coordinar las políticas de los gobiernos departamentales. En este sentido, el doctor Juan Pablo Cajarville, expresó: “[…] la Constitución establece que los impuestos a los vehículos de transporte son fuente de recursos de los gobiernos departamentales decretados y administrados por estos”. En esta primera parte, los Intendentes han actuado como integrantes del Congreso de Intendentes, donde acordaron un camino a seguir, pero en definitiva ese acuerdo ignoraba la letra del proyecto que hoy tenemos a consideración. De ahora en más, cada Intendente se hará responsable de su propio Gobierno. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Hay murmullos en Sala que no permiten escuchar al orador.

Puede continuar el señor Diputado. SEÑOR CASAS (don Alberto).- Gracias, señor Presidente. Por encima de la ley está la Constitución. Por lo tanto, si el Intendente actúa contra esta, tendrá responsabilidades. En definitiva, cada Intendente, en su departamento, no puede ejercer, por sí solo, la función legislativa; tiene iniciativa privativa en el tema que estamos considerando y, además, promulga lo que sanciona la Junta Departamental. Por otra parte, los Intendentes no pueden ejercer ninguna función, ninguna potestad fuera del territorio de su departamento, por más materia departamental de que se trate. Si no puede hacerlo cada Intendente, tampoco podrán hacerlo los Intendentes reunidos. Es muy claro que el Congreso de Intendentes no puede ejercer función legislativa en materia departamental. De ninguna manera el Congreso de Intendentes puede dictar resoluciones o tomar decisiones por mayorías que vayan más allá de la coordinación política y se impongan como normas vinculantes a los gobiernos departamentales. El doctor Cajarville dice: “[…] un acuerdo de Congreso de Intendentes no subsana las inconstitucionalidades de un proyecto de ley que se dicte creyendo recoger ese acuerdo de coordinación entre los Intendentes […]”. Y agrega: “[…] Que el Congreso de Intendentes legisle para los 19 departamentos, me parece insostenible e indefendible bajo ningún concepto. Todo lo que implica decisiones del Congreso de Intendentes sobre la materia de este tributo debería desaparecer, nunca estableciendo actos imperativos”. Al respecto el Dr. Durán Martínez -quien también asistió a la Comisión- entiende que cada Gobierno departamental tiene discrecionalidad para fijar el monto de los tributos -artículo 297. La Constitución no ha querido fijar una patente única para todo el país, sino que ha dado discrecionalidad a cada Gobierno departamental para fijar su tributo, atendiendo las particularidades de cada departamento. Y se pregunta cuáles son esas particularidades. En primer lugar, la capacidad contributiva de los vecinos. En segundo término, las necesidades del departamento. Por eso de ninguna manera pueden ser iguales la patente de Montevideo, Artigas, Flores u otro departamento; de la misma manera tampoco lo son los ingresos familiares, los índices de desempleo, entre otros. Son realidades diferentes, que el constituyente ha querido que se ponderaran en cada departamento.

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En cambio -también afirma el doctor Durán Martínez-, cuando el constituyente ha querido fijar un tributo único para todos los departamentos lo ha definido expresamente como, por ejemplo, en la Contribución Inmobiliaria Rural, tributo fijado por el Poder Legislativo y que es igual para todos los casos. El doctor Risso Ferrand afirma que, por principio general del derecho, las competencias delegadas no pueden ser, a su vez, delegadas, salvo autorización expresa, por lo que cualquier tipo de delegación o transferencia de competencias es inconstitucional. En definitiva, “[…] las competencias no pueden afectarse, la guerra de las patentes, que debe ser solucionada, requiere previamente una modificación constitucional […]. Al mismo tiempo, cualquier Intendente actual o futuro, cualquier Junta Depar1amental actual a futura, podrá accionar ante la Suprema Corte de Justicia, invocando la lesión de su autonomía. […]”. Si se siguen analizando los diferentes artículos del primer capítulo del proyecto advertiremos que también son de dudosa aplicación y que la iniciativa también tiene una clara tendencia centralizadora. Todo arranca desde el Ministerio de Economía y Finanzas y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, lo cual es verdaderamente alarmante. El verdadero problema no es que se cobren distintos valores de patentes, sino que algunos departamentos, por necesidades financieras, han elevado en demasía estos montos. Según el doctor Durán Martinez “[…] este proyecto va a contramano de la reforma constitucional de 1997, que tendió a incentivar la descentralización, a fortalecer la autonomía departamental y la institución municipal; este proyecto centraliza una vez más en Montevideo una actividad importante como la materia tributaria y retacea recursos a aquellos Gobiernos Departamentales que no adhieran […]”. Según el doctor Cajarville: “[…] este proyecto de ley tiene cualquier cosa menos una tendencia descentralizadora […]. Conferir potestades a órganos nacionales que impongan soluciones de coordinación a los Gobiernos Departamentales no es posible sin modificar la Constitución […]”. Y agrega: “Mas allá del tema financiero que tengan en cuenta el tema patentes, la clave del proyecto es la violación grosera de las competencias departamentales […]”. Con este proyecto, el 40% o el 50% de los recursos que hoy transfiere el Gobierno Central a algu-

nas Intendencias pasará a ser prácticamente del 80%. Adviértase la dependencia que tendrán de aquí en más los Gobiernos departamentales del Gobierno Central. El artículo 8° del proyecto merece un estudio aparte, pues habiendo más de una interpretación, a nuestro entender actúa como una amenaza. Aparentemente, la adhesión al sistema es voluntaria, pero en los hechos no lo es. Si los Gobiernos departamentales no adhieren a la patente única dejarán de recibir los recursos que les corresponde, de acuerdo con el artículo 214 de la Constitución de la República, que dispone que el Estado central debe transferir recursos entre los departamentos, para lo cual se basa en criterios objetivos, como la población, la extensión la geográfica, la buena administración, el cumplimiento de determinadas metas, etcétera. EI criterio de adhesión o no al SUCIVE parecería ser que se va a dar más al que renuncie a parte de su autonomía tributaria, lo cual implica claramente una inconstitucionalidad. La Intendencia que no acepte tendrá una quita de cuatro décimos, y en lugar del 100% cobrará el 60%. Según el doctor Durán Martínez: “[…] el SUCIVE está claro que no integra los Gobiernos Departamentales, lo cual es violatorio del artículo 297 de la Constitución […]. Y agrega: “[…] me parece que es una verdadera extorsión y puede haber un delito por el acto legislativo […]”. El doctor Cajarville sostiene: “[…] tampoco se respetan las competencias administrativas del Intendente que se transfieren a1 SUCIVE, administrado por un fiduciario profesional”. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado. Tiene la palabra el señor Diputado Arocena. SEÑOR AROCENA.- Señor Presidente… SEÑOR CASAS.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR AROCENA.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado.

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SEÑOR CASAS.- Señor Presidente: decía que el doctor Cajarville sostiene lo siguiente: “Si al SUCIVE se le comunican los aforos, las alícuotas y todo lo necesario para liquidar el tributo quien realiza la liquidación no es el Gobierno departamental sino el SUCIVE; esto no es irrelevante, ya que el responsable es la administración estatal que lo dicta y puede ser impugnado”. Claramente se está impulsando la privatización del cobro de los tributos departamentales. Tampoco se dice cómo se van a hacer cargo de los costos del fideicomiso. La adhesión al sistema por un plazo de quince años también es de dudosa constitucionalidad. Según el doctor Esteva, dicho plazo sería razonable si uno lo mirara desde la perspectiva de la legislación sobre fideicomiso. Pero genera dudas mirado desde la Constitución porque está excediendo el período de gobierno de cada Intendente y de cada integrante de la Junta Departamental, para lo que se requieren dos tercios de los votos. Desde el punto de vista económico, el proyecto tendrá un sustento económico del Gobierno Central basado en un espacio fiscal actual y en el aumento del IMESI, que significará un aumento en el precio de los vehículos 0 kilómetro y, por reflejo, también en el de los vehículos usados, lo cual ya se ha notado con la disminución de sus ventas. Los que menos tienen serán los más perjudicados, por lo tanto, no estamos dispuestos a seguir aumentando los impuestos. Según el señor Del Castillo, de la Asociación de Comerciantes de Autos del Uruguay, el IMESI está vigente a partir de 1° de enero de este año y aumentarlo será inoportuno pues modificará la estabilidad porque en el comercio cada vez hay menos certidumbre. Y agrega: “Lo que el Poder Ejecutivo quiere es aumentar los impuestos; se nos informa que el monto total percibido por el IMESI es de 100 millones de dólares al año, al aumentar un 30% supondrá un costo impositivo de US$ 30 millones, más lo que hoy en día tiene el mercado de consumo de automóviles. […] Uruguay pasa a ser el país más caro de América y con respecto al mundo, bien arriba”. Estos han sido los argumentos desde el punto de vista jurídico, según surge del estudio de la versión taquigráfica y de la participación en la Comisión. Desde el punto de vista político, significa dejar por el camino competencias que fueron fruto del es-

fuerzo de décadas para vigorizar las autonomías. Por una situación específica no podemos lesionar principios fundamentales que hacen al funcionamiento de los Gobiernos departamentales, de lo que el Partido Nacional siempre ha sido un abanderado, desde la Junta de 1903 y las Constituciones de 1917, 1934, 1952, 1967 y 1997. (Murmullos.- Campana de orden) ——En la reforma de 1951, el Directorio del Partido Nacional, presidido por el doctor Echegoyen, emitió un manifiesto que, entre las ventajas del nuevo texto, decía: “[…] la autonomía municipal, en el orden financiero queda ampliamente extendida y la defensa de la Constitución contra la arbitrariedad de las leyes queda más ampliamente garantida, pues quien se sienta agredido en su derecho por una norma que resulte opuesta a la Carta Fundamental, podrá reclamar ante la Suprema Corte de Justicia”. En resumen, dice Risso Ferrand: “[…] en definitiva, en líneas generales, la idea aparece como inconstitucional y lesionando la autonomía departamental y hago la distinción porque creo que cualquier habitante de la República que sea intimado o emplazado judicialmente para pagar esta nueva patente con este sistema podrá excepcionarse y pedir la declaración de inconstitucionalidad. […] Al mismo tiempo, cualquier Intendente actual o futuro, cualquier Junta Departamental actual o futura, podrá accionar ante la Suprema Corte de Justicia, invocando la lesión de su autonomía. […] Con este proyecto, se lesiona la autonomía departamental, por lo que se transforma en inconstitucional”. Como parlamentarios, nuestra obligación es cumplir con el mandato histórico del Parlamento: defender al ciudadano y frenar la expansión y voracidad fiscal del Gobierno. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado. Puede continuar el señor Diputado Arocena. SEÑOR CASAS.- ¿Me permite otra interrupción? SEÑOR AROCENA.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado.

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SEÑOR CASAS.- Señor Presidente: hoy, todo el país está siendo arreado al corralito tributario más caro que, sin duda, es el de Montevideo y Canelones. Por todo lo expuesto, votaremos negativamente este proyecto de ley. En lo que respecta al Capítulo II, si bien compartimos su espíritu, entendemos que no fue la mejor práctica legislativa que formara parte de este proyecto, sino que debería haber tenido un tratamiento diferenciado. Creemos también que los Gobiernos departamentales van a perder cierta autonomía, porque para hacer algunas modificaciones en su red de extensión y de alumbrado tendrán que coordinarlas rigurosamente con UTE. Esto es cuanto quería informar, señor Presidente. Muchas gracias. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Tourné) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Arocena. SEÑOR AROCENA.- Señora Presidenta: quisiera agregar que, como nunca, estamos totalmente en contra de este proyecto. La semana pasada votamos un proyecto anticonstitucional y hoy lo haremos nuevamente, al parecer con el beneplácito del Partido de Gobierno. Parece que se está haciendo una costumbre votar en contra de la Constitución. Quizás debamos felicitarnos por este nuevo récord, ya que cada semana estamos considerando un proyecto de ley que va en contra de la Constitución. Podemos agregar que en Florida no hay guerra de las patentes. Sería fácil comprobarlo: si cuando uno sale a la calle pregunta si hay una “guerra de patentes”, con seguridad se dirá que no. Sí está en guerra Montevideo, pero no con su departamento vecino, sino con sus contribuyentes, a quienes en forma abusiva y disparatada cobra impuestos altísimos, no solo relativos a la patente de rodados. Bajen la patente y verán que los autos vuelven solos. De paso, pueden aprender a ser eficientes y buenos gobernantes, y se acaba la “guerra de patentes”. Ya está. A través de este proyecto estamos premiando a los malos gobernantes, a los malos administradores, y tenemos que darles más dinero para que disimulen esa mala gestión. Además, hay un artículo en el que claramente se hace una amenaza, una simple extor-

sión o, mejor dicho, un chantaje a aquellos departamentos que no se plieguen; no podemos aceptar eso. Además, mezcla, como propina para las Intendencias, un subsidio para el alumbrado público. ¿Qué tiene que ver una cosa con la otra? Que se dé el subsidio a las Intendencias, sí, pero mediante una ley o un decreto aparte o por el mecanismo que se quiera, no mezclando una cosa con la otra. En resumen, estamos manejando un proyecto claramente anticonstitucional, un expreso chantaje, un premio a la ineficiencia de malos gobernantes y un aumento al valor de los autos, haciéndolos menos accesibles para la población de menos recursos. Por lo tanto, no vamos a votar este proyecto. Gracias, señora Presidenta.

11.- Supresión de sesión ordinaria.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Bayardi, Cersósimo, Posada y Caram. (Se lee:) “Mocionamos para que se deje sin efecto la sesión ordinaria del día de la fecha”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA.

12.- Sistema Único de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas).
Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el miembro informante en minoría, señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señora Presidenta: en primer lugar, queremos decir que apoyamos todo lo relacionado con políticas de coordinación nacional y departamental. Además, esta fue la posición que siempre tuvieron los Intendentes a nivel del Congreso de Intendentes que después, en ejercicio de las potestades y autonomía de los Gobiernos departamentales, no se pudo concretar, lo que ha hecho que la solución a este problema no se haya alcanzado. Por supuesto que vemos con muy buenos ojos la actitud del Poder Ejecutivo, en la persona del señor Presidente de la Repú-

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blica, que estableció que este tema era prioritario para mejorar las condiciones políticas y la visibilidad del trabajo coordinado de los distintos Poderes del Estado, y prometió y adelantó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo vertiera los recursos necesarios para compensar cualquier tipo… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Perdón, señor Diputado. Hay demasiados murmullos en Sala para escuchar la exposición del miembro informante, por lo que rogamos a los colegas que guarden silencio. Gracias. Puede continuar el señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Decía que, inclusive, el Presidente había adelantado la voluntad política del Poder Ejecutivo de volcar recursos para compensar cualquier tipo de pérdida de recaudación que pudiera haber en la coordinación de este tema. Nosotros apoyamos a los Intendentes, no solo colorados, sino de todos los partidos, que también han puesto en conocimiento de la opinión pública su decisión y voluntad de solucionar este problema, pero el punto fundamental a solucionar es la situación de los contribuyentes, de los usuarios. Todo hacía pensar que el acuerdo iba a estar basado -por lo que acabamos de decir y por lo que había adelantado el Presidente de la República- en una coordinación a la baja de la patente de rodados, no a la alta, que es la que crea los problemas. Con la coordinación a la baja, en el nivel más bajo de la patente de rodados, se evita que los contribuyentes y los usuarios de los departamentos con un nivel adecuado y racional del pago de este tributo se vean perjudicados y paguen la reducción y la compensación de los recursos de recaudación de las otras Intendencias. Se ha hecho hincapié, fundamentalmente, en el acuerdo logrado, al que recién accedimos en las discusiones de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración y al que nos vamos a referir. Por otra parte, queremos aclarar que, en este tema, el Partido Colorado ha resuelto dejar en libertad de acción a los Diputados para que puedan votar a favor o en contra, según su leal saber y entender. A su vez, quiero señalar que el informe en minoría que hemos presentado se relaciona con la coincidencia

que tenemos con el señor Diputado Cantero Piali, con quien integramos la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. No obstante ello, quiero mencionar, en nombre del Partido Colorado, los puntos en los que todos coincidimos, en virtud de las conversaciones mantenidas. En cuanto al acuerdo tan manido por el cual tuvo lugar este proyecto de ley, nosotros afirmamos, sin temor a equivocarnos, que sobre esta iniciativa y sobre el sistema que se plantea no hubo ningún acuerdo. Hubo acuerdo o reiteración de voluntad y se dice en un renglón: “El Congreso Nacional de Intendentes aprueba en general” -en términos generales- “los proyectos de creación de un sistema único de cobro de ingresos vehiculares […]”. Ahí viene el punto; es todo lo que se dice respecto del contenido de este proyecto. A continuación se menciona “el otro proyecto”, lo que implica un plural. Quiere decir que ni siquiera se estaba de acuerdo con poner en el mismo proyecto los dos capítulos contenidos en la iniciativa a consideración de la Cámara de Diputados. El segundo capítulo, referido a la tasa de alumbrado -que en sí apoyamos, porque estamos en total acuerdo y no ha recibido ninguna crítica de inconstitucionalidad de ninguno de los especialistas que se han referido al tema-, se incluyó en este proyecto, lo cual ni siquiera se había acordado porque se hablaba en plural, de dos proyectos. Vamos a leer lo que dice este acuerdo genérico respecto del contenido de lo que estamos discutiendo. Nosotros, con total respeto por las opiniones contrarias, nos permitimos expresar las nuestras y sus fundamentos. En ese breve acuerdo se dice: “El trabajo de los legisladores dará sustancia y debida forma a este histórico acuerdo […]”. Y eso es lo que estamos haciendo. Por ello decimos que los Intendentes de nuestro Partido y, por supuesto, los otros que suscribieron este acuerdo, se comprometieron a eso y es lo que siguen cumpliendo. Pero como, además, este acuerdo se refiere a la autonomía de los Gobiernos departamentales constitucionalmente establecida, cabe señalar que faltaron a la cita 589 ediles y 130 legisladores porque no estaban expresadas de antemano las posibilidades de acuerdo en los términos de este proyecto. En definitiva, nos permitimos señalar todas las observaciones y críticas que nos merece el contenido de este proyecto que no contempla,

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precisamente, esa voluntad libre de coordinación entre instituciones soberanas. La idea que tenemos en el Partido Colorado es la de coordinar y acercar valores, como decíamos, a la baja, y defender al contribuyente, sobre todo a la hora de la elección de su lugar de residencia y del empadronamiento de su vehículo para que, después, cuando se traslade de un departamento a otro en nuestro pequeño país no sea objeto de procedimientos arbitrarios que no están previstos, y que sí se podrían reglamentar por ley para dar garantías tanto a los organismos recaudadores como a los usuarios de los vehículos automotores. Lo que se propone en este acuerdo general de los señores Intendentes es un régimen de privatización general -lo cual no criticamos, pero es la definición de lo que se realiza- de la administración y cobro de los tributos de patente de rodados y otros de todas las Intendencias. Los informes anteriores -inclusive el informe en mayoría expresado por intermedio del señor Diputado Bayardi- nos han ahorrado la explicación de los distintos cuestionamientos desde el punto de vista constitucional y de hacer referencia a todas las citas que se han invocado para fundar los distintos aspectos, pero de todos modos los vamos a resumir y puntualizar. Indudablemente, este proyecto sigue afectando la potestad tributaria de los Gobiernos departamentales. Eso está claramente establecido en los artículos 273 y 297 de la Constitución de la República. Aunque no lo diga le ley, lo dice la Constitución: en todo este tema es ineludible la intervención de las Juntas Departamentales y la iniciativa es del Intendente. Si no intervienen las Juntas Departamentales y el Intendente en la determinación y sanción del tributo, no hay tributo y, por ende, nada se podrá cobrar al contribuyente. Esto está claramente establecido. Y si intervienen las Juntas Departamentales -como corresponde y deberán hacer- prácticamente volvemos al sistema que siempre se manejó, es decir, al acuerdo que se hizo en varias oportunidades en el Congreso de Intendentes aunque después, cuando se iba a someter a la aprobación correspondiente, algunas de las Juntas Departamentales, en uso de su autonomía constitucional, no aceptaron los criterios adoptados en términos generales. Otro punto que nos merece un cuestionamiento y lo creemos es totalmente innecesario, salvo para obli-

gar y afectar la autonomía departamental, es el retaceo en la distribución de los recursos nacionales que se destinan a los Gobiernos departamentales, de acuerdo con el artículo 214 de la Constitución. Esa amenaza frente a un eventual incumplimiento -como muy bien se ha dicho en esta Sala- induce ni más ni menos que a adhesión. Es decir que si un Gobierno departamental, en uso y ejercicio de su soberanía y autonomía departamental, no adhiere a este acuerdo, a este sistema privatizador del cobro y administración del tributo de patente de rodados único para todo el país, es sancionado inconstitucionalmente con el retaceo de hasta el 40% de los recursos que le corresponden. Esto es inadmisible. En ese sentido, voy a citar las palabras del doctor Risso Ferrand en la Comisión. Con respecto a la distribución de los recursos previstos en el artículo 214 de la Constitución de la República, él dijo: “Hay que buscar criterios objetivos, como la población, la extensión geográfica, la buena administración, si tiene superávit, etcétera, que seguramente se van a combinar. El criterio de adhesión o no al SUCIVE parecería ser que se va a dar más al que renuncie a parte de su autonomía. Me parece que esa es una hipótesis inviable desde el punto de vista constitucional”. Otro punto que queremos señalar, es que se dan facultades decisorias al Congreso de Intendentes, aunque de acuerdo al artículo 262 de la Constitución de la República no tiene ninguna facultad en este sentido; solamente tiene posibilidades de coordinación. Este artículo dice en su inciso final: “Habrá un Congreso de Intendentes, integrado por quienes fueren titulares de ese cargo o lo estuvieren ejerciendo, con el fin de coordinar las políticas de los Gobiernos Departamentales”. También se dice que el Congreso de Intendentes puede celebrar convenios con el Poder Ejecutivo, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, pero no tiene ninguna facultad resolutoria, tal como le adjudica -eso se ha señalado en Sala y en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración- este proyecto de ley. Otro aspecto que queremos destacar y que nos lleva a no votar este Capítulo del proyecto de ley, es que con este sistema hay un retroceso en la evolución constitucional del concepto de descentralización, ya que se va en sentido contrario, es decir, a la centralización clara y terminante.

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Hace pocas horas recibimos en nuestro despacho un trabajo que se llevó a cabo con el apoyo de la Presidencia de la República, Uruguay Integra, llamado “Aportes y Reflexiones para la Agenda Nacional de Descentralización” que contiene conclusiones y recomendaciones. Parte de este trabajo dice lo siguiente: “Los gobiernos subnacionales requieren de recursos financieros suficientes para desarrollar sus nuevas funciones. En relación con las fuentes de recursos, el incrementalismo sugiere correr el menor riesgo posible, por lo tanto es posible pensar al inicio en transferencias anuales del gobierno central y, a medida que se desarrolla su capacidad administrativa, trasladar nuevos impuestos recaudados por el departamento. El mismo mecanismo sería aconsejable para el traslado de nuevas fuentes al nivel municipal y, además, habría que ir desarrollando poco a poco el presupuesto participativo. […] De modo que es bueno pensar en compensar disparidades con un fondo creado para ello. Dicho fondo irá disminuyendo con el tiempo, a medida que los gobiernos subnacionales asuman mayor cobro de impuestos y se reduzcan las desigualdades”. Quiere decir que, claramente, se contravierte y se da la espalda a este tipo de políticas internacionales que se vienen discutiendo y comparando en nuestro país para ser aplicadas por el Poder Ejecutivo y el Gobierno. El segundo inciso del artículo 2° de este proyecto de ley, que autoriza a los Intendentes, dando cuenta a la Junta Departamental, a ceder los derechos de cobro emergentes de tributos, recargos, multas y moras departamentales, es inconstitucional. En realidad, se otorga la cesión plena de los derechos siguiendo el concepto civil más extendido, ya que los créditos salen del patrimonio de los Gobiernos departamentales, los que pierden la potestad de creación, cobro y gestión, que es originaria, exclusiva, excluyente, irrenunciable e imprescriptible de estos. Nuestro informe en minoría dice: “[…] la expresión ‘cesión de los derechos al cobro’ no puede ser otro que la cesión plena de los derechos de crédito siguiendo el concepto civil más extendido. […] La cesión definitiva hace que los créditos salgan del patrimonio de los Gobiernos Departamentales para pasar al de un fondo, con lo que se está excluyendo activos del patrimonio departamental. No se trata de que ello sea imposible, pero aquí estamos en una zona delicada, pues involucra ingresos públicos por tributos, en cuya creación, cobro y gasto, los Gobiernos Departa-

mentales tienen una potestad tributaria originaria, exclusiva, excluyente, irrenunciable e imprescriptible”. El sistema que se crea a través de este proyecto de ley refiere a la renuncia clara a la voluntad de los Gobiernos departamentales de definir la forma, el monto imponible y la alícuota aplicable sobre los vehículos automotores. Por tanto, nosotros entendemos que no corresponde desprender y despojar a los Gobiernos departamentales de esta potestad y, por tanto, autonomía. Aquellos que manejamos la posibilidad de una reforma constitucional, creemos que es necesario resolver el problema del contribuyente para que pague una patente baja y estén coordinados los trámites y las fiscalizaciones, pero consideramos que no se debe despojar a los Gobiernos departamentales de la autonomía tributaria sobre la patente de rodados. Tampoco vamos a acompañar el incremento del IMESI, lo cual está previsto en el proyecto de ley, ya que en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración las empresas que intervienen en la comercialización de los vehículos informaron que estuvieron negociando con el Poder Ejecutivo más de un año acerca del establecimiento de franjas para la aplicación del IMESI, precisamente para que se llevaran adelante políticas tributarias de fomento del ahorro energético, de cuidado del medio ambiente y de disminución de la accidentalidad, beneficiando a los vehículos con sistemas de seguridad como “air bags”, frenos “ABS” y catalizadores. Esta suba indiscriminada del IMESI en un 30% castiga, precisamente, a los usuarios de vehículos que tienen mayor seguridad y cumplen con estas políticas, las cuales empezaron a regir, como dije, luego de un acuerdo alcanzado después de un año de negociaciones, el 1° de enero de 2011. Pero ahora, se da un paso atrás con el incremento del IMESI. Además, sin lugar a dudas, este proceso va en contra de la descentralización. Como dije, recibimos a la gremial, que fue muy precisa y dio importante información al respecto. En nuestro informe se expresa: “[…] el proyecto en estudio basa su financiamiento en un nuevo aumento del IMESI, incrementando el valor de los vehículos y distorsionando aún más su precio y la racionalización de la política tributaria en la materia, con efectos negativos en la eficiencia en el consumo energético y la seguridad en el tránsito”. Por tanto, que se transfieran recursos de Rentas Generales sin un fundamento de

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políticas de descentralización meramente recaudatorias es algo que nosotros no podemos apoyar. Desde el punto de vista de la conveniencia, hemos estado estudiando este proyecto totalmente a ciegas, y lo expresamos en la Junta Departamental de San José la semana pasada cuando fuimos invitados todos los Diputados del departamento junto con el Intendente y los Ediles. Allí se manifestó que no se cuenta con la información que deben tener los departamentos y que dice poseer la Oficina de Planeamiento y Presupuesto -obtenida de cada Gobierno departamental-, con la cual diseñaron los números y la posibilidad de distribución de los recursos que surjan del cobro de este tributo unificado. En cuanto a mi departamento, San José, entendemos que esto va a ser perjudicial para el contribuyente; además, el Gobierno departamental -no es de mi Partido-, que ha sido muy prolijo en esta materia, no va a recaudar un peso más; inclusive, es probable que pierda recaudación, según nos dijo el Intendente. | Quiere decir que no podemos acompañar una solución sin aporte de cifras -no conocemos la verdadera situación para el cálculo- con un renunciamiento a la potestad tributaria y con la pérdida del control sobre el monto del tributo por parte de las Juntas Departamentales, los órganos legislativos departamentales. Digo esto porque año a año se van a ir fijando los elementos fundamentales para la determinación del impuesto, como el aforo, la alícuota y los demás componentes -como dice el proyecto de ley-, que serán aprobados por el Congreso de Intendentes, dando cuenta a las Juntas Departamentales, es decir, “ipso facto”, con los hechos consumados. Eso es alejarse completamente de la posibilidad de tener una verdadera autonomía departamental en la fijación de este importante recurso. Hemos manejado soluciones, que expresamos en su momento, en el sentido de regular por ley este tributo, a través de una reforma constitucional. Si se nos pregunta si compartimos la posibilidad de derogar la autonomía departamental respecto de este tributo de patente de rodados, debemos decir que no. En lo personal, no estoy de acuerdo con eso sino con la coordinación de políticas y la búsqueda de una menor carga impositiva para el contribuyente. La otra opción, que era de fácil solución y que no requería ley, era hacer una coordinación a la baja de la patente. Sin duda, eso iba a ser respetado por to-

das las Juntas Departamentales, sería autorizado y llevado adelante. Inclusive, aceptamos que el Poder Ejecutivo -con esa voluntad que ha puesto de manifiesto de compensar cualquier pérdida de recaudación- lo hiciera respecto de aquellos departamentos que pudieran tener alguna pérdida en la recaudación que se fijó, tomando como referencia el 2010. De esa forma, el sistema estaría supeditado al ejercicio de la potestad tributaria departamental. Sin dudas, se iba a lograr un acuerdo porque todas las Juntas Departamentales iban a apoyar una coordinación a la baja. El hecho de que el Poder Ejecutivo estableciera con claridad su voluntad de compensar con recursos cualquier pérdida de recaudación es algo que apoyamos y que lo hemos destacado como una buena idea y un buen aporte en cuanto a políticas de coordinación y de consenso. El Capítulo II, que hace referencia a la tasa de alumbrado público -el pago de la factura de UTE en los departamentos-, vamos a apoyarlo porque estamos totalmente de acuerdo. Consideramos que es una salida inteligente, beneficiosa, que posibilitará que se lleven adelante políticas de ahorro energético, políticas de mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y que cubrirá necesidades importantes -que cada vez son más reclamadas por la gente-, como la de contar con mayor alumbrado en las ciudades y pueblos. Queríamos dejar en claro nuestra posición y nuestras razones. Hemos acercado algunas modificaciones e iniciativas durante el transcurso de la discusión en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, pero no fue posible apoyar esta propuesta que estamos realizando. Por ejemplo, sería un gran aporte eliminar la más flagrante inconstitucionalidad, que es la amenaza de retaceo de los recursos nacionales para los Gobiernos Departamentales, a que tienen derecho por disposición constitucional y que, como nos consta, es lo que más inquieta y presiona a los miembros de las Juntas Departamentales y a los señores Intendentes, por el temor de perder los ingresos que son fundamentales para sus políticas departamentales. Por todo lo expuesto, no vamos a acompañar el Capítulo I de este proyecto de ley y vamos a votar el Capítulo II, que refiere a la tasa de alumbrado público.

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SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Posada. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: ciertamente, el tema de la patente de rodados ha estado en la opinión pública de manera recurrente y, muchas veces, ha ocupado los titulares de los medios de comunicación, sobre todo, por lo que se ha dado en llamar “la guerra de las patentes”. Como en todo hecho, existen antecedentes, y es bueno recordarlos en este momento particular en que el Parlamento de la República va a legislar al respecto, a nuestro juicio, de manera inconstitucional, como veremos más adelante. La realidad es que al momento de la reinstauración democrática en febrero de 1985, en general a nivel del país, este tributo -salvo en el caso del departamento de Montevideo y en menor medida en Canelones- tenía una importancia relativa en la recaudación de los Gobiernos Departamentales. Sí la tenía en el departamento de Montevideo, donde casi una cuarta parte de los ingresos se debían al impuesto de patente de rodados; otra cuarta parte era por concepto de contribución inmobiliaria y otra cuarta parte estaba representada por el impuesto puerta a puerta, es decir, por la Tasa de Servicios Generales que cobra la Intendencia capitalina. En ese período de 1985 a 1990 quizás se dieron las primeras escaramuzas que se registraron en función del aumento que se dio en el departamento de Montevideo una vez que asumiera el entonces Intendente doctor Aquiles Lanza. En los hechos, dado el poco significado que tenía el tributo para los departamentos del interior, el tema del impuesto de las patentes de rodados no tenía la dimensión que se fue gestando particularmente a partir de 1990, cuando se aprueba el Presupuesto Quinquenal del Gobierno departamental encabezado por el doctor Tabaré Vázquez, con un importante aumento del gasto público y, en consecuencia, de los tributos. En ese momento, se generó un desfase sustancial entre la patente en Montevideo y los demás departamentos. Sin embargo, con inteligencia el Gobierno del doctor Tabaré Vázquez, trabajando en el ámbito del Congreso de Intendentes, logró constituir una Comisión con representación de los Gobiernos Departamentales para comenzar a trabajar en un cambio del aforo del tributo. En nuestro país, históricamente, el aforo del tributo de la patente de rodados era sobre la base del aforo utilizado por el Banco de Seguros del Estado. Por lo tanto, había una

relación directa y cierta lógica porque se trataba del valor que tenían los vehículos a los efectos de su seguro; desde ese punto de vista, se guardaba razón con el valor de referencia para la fijación de los seguros. La creación de esta Comisión dio lugar a un cambio en el valor del aforo, que pasó a fijarse en función de los precios de mercado de los vehículos. Tanto es así que se utilizaban los avisos clasificados de alguna publicación bien conocida para tomar como referencia el valor de los vehículos, a los efectos de la determinación de su aforo. Poco a poco, los Intendentes del interior del país comenzaron a entusiasmarse con la posibilidad de ver aumentada la participación del tributo de patente de rodados en su recaudación, ya que de alguna manera tenían dificultades para enfrentar los diferentes servicios que, de acuerdo con la Constitución de la República, deben cumplir en el ámbito de sus departamentos y, en particular, en las ciudades. Así se fue gestando un tributo de patente de rodados que es casi expropiatorio -hay que decirlo con todas las palabras-, porque ese valor se fija para los vehículos cero kilómetro, pero en lugar de que el vehículo sufra la depreciación lógica, esta se mantiene durante todo el período e, inclusive, se ajusta por la variación del Índice de Precios al Consumo. Es decir que al cabo de un tiempo tendríamos un excesivo tributo en función del valor del vehículo, notoriamente depreciado. Esos son los antecedentes de esta “guerra de las patentes”, en la medida en que algunos otros gobiernos departamentales, frente a esta realidad, vieron que había un premio muy importante en la posibilidad de rebajar el tributo y, de esa forma, trataron de competir con los demás departamentos que acordaron la aplicación de este nuevo valor de aforo, con tasas que también fueron convenidas a nivel de todos los departamentos, fundamentalmente a través del Congreso de Intendentes. Así se fue gestando todo ese enfrentamiento, para llegar a lo que todos a esta altura concluimos como una necesidad: a un tributo de patente única en el país. El problema es que para llegar a establecer un tributo único de patente de rodados hay un solo camino posible: la reforma de la Constitución de la República. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¡Apoyado!

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SEÑOR POSADA.- De la única forma que podemos llegar a establecer por ley una patente de rodados única en nuestro país es reformando la Constitución de la República, agregando al numeral 6º) del artículo 297, que se refiere a los impuestos a los vehículos de transporte, lo siguiente: “en las condiciones que establezca la ley”. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¡Muy bien! SEÑOR POSADA.- Bastaría ese agregado para que el Poder Legislativo pudiera establecer con carácter nacional una patente de rodados. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¡Apoyado! SEÑOR POSADA.- Lo que no se puede hacer es recorrer el camino del atajo, porque con respecto al cumplimiento de la Constitución de la República no hay atajos. Es más: me sorprende que algunas bancadas que en otra sesión colocaron la Constitución de la República sobre sus mesas no la tengan en esta, porque hoy también se está violando la Constitución de la República en forma flagrante, sobre todo porque se trata de partidos políticos o de sectores que tienen una larga tradición en defensa de la descentralización y de las autonomías departamentales. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¡También tiene razón! SEÑOR POSADA.- Durante el curso del trabajo que desarrolló la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, fueron recibidos diversos especialistas en Derecho Constitucional y Derecho Administrativo. Con la sola excepción del doctor Luzardo, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República en materia constitucional, que expresó que este proyecto de ley estaba en el borde de lo inconstitucional, el resto de los especialistas en Derecho Constitucional y Derecho Administrativo… SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Perdone, señor Diputado. Quizás estoy cometiendo un acto antirreglamentario, pero sé que me va a comprender. Quisiera saludar a los niños y a las niñas de la Escuela Daia de José Ignacio, Maldonado, que están en la barra. Como en este momento se están retirando, cometí el atrevimiento de interrumpir al señor Diputado, en un pasaje no de los más salientes de su intervención.

Muchas gracias por haberme concedido esta posibilidad. Puede continuar el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: decía que la concurrencia de los distintos catedráticos de Derecho Constitucional y especialistas en Derecho Administrativo fueron concluyentes en señalar diversas inconstitucionalidades de este proyecto. Creo que el esfuerzo que hay que reconocer a la bancada de Gobierno es la intención de salvarlas. Pero, lamentablemente, creo que este proyecto, tal cual está redactado, es absolutamente insalvable desde el punto de vista de las inconstitucionalidades que tiene, empezando por el artículo 1º). Como bien señala el doctor Juan Pablo Cajarville cuando se refiere a este artículo: “En primer lugar, crea el SUCIVE, cuya naturaleza jurídica tal vez sea la de un fondo de afectación, pero creo que no viene al caso. En el artículo 1º se le atribuye todo lo que es función administrativa sobre patente de rodados y, eventualmente, otros impuestos. Esto está en los incisos primero y tercero del artículo 1º.- A su vez, este SUCIVE será administrado por un fiduciario profesional, establecido por una Comisión de Seguimiento, integrada por miembros designados por el Congreso de Intendentes, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas, tal cual lo establece el artículo 1º.- El régimen jurídico de este fiduciario profesional es de responsabilidad, que nada tiene que ver con los titulares de las funciones de los Gobiernos departamentales. El régimen de sus actos nada tiene que ver con los emanados de los Gobiernos departamentales. Es diferente la impugnabilidad y el control. Es decir que se confiere la administración que la Constitución confía a órganos electos popularmente y sometidos a un régimen que la propia Constitución consagra, y se transfiere esa función administrativa a un profesional privado, que está sometido al régimen propio de su profesión, es decir, de derecho privado. El régimen que la Constitución consagra para los Gobiernos departamentales no es disponible para el legislador. Es un régimen que se impone al legislador. Es decir que el legislador no puede sustituir el régimen constitucional por otro distinto. Eso tiene que ver con la función administrativa”. Hay otros comentarios y testimonios a lo largo de las versiones taquigráficas de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración que recogen las expresiones de quienes fueron con-

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vocados. Todos marcan distintas conclusiones sobre diferentes artículos de este proyecto. Es cierto que algunos marcaron, como por ejemplo el doctor Cajarville, que el artículo 8º no era inconstitucional. Sin embargo, el doctor Risso señaló que este artículo es inconstitucional. Al margen de las opiniones, de lo que nadie puede dudar es de que en el artículo 8º se establece una verdadera coacción para que los Gobiernos departamentales adhieran a este proyecto. Es una adhesión que, en definitiva, van a hacer los Gobiernos departamentales; una adhesión que se les impone, y aquí hay notoriamente otro aspecto inconstitucional del proyecto. Esa potestad que tienen por el artículo 297 de la Constitución de decretar y de administrar los impuestos está siendo notoriamente vulnerada por este proyecto de ley. Señora Presidenta: nosotros, como Partido Independiente, hemos presentado oportunamente un proyecto de ley de reforma constitucional, precisamente, para dar respuesta a esta situación. Es más: también esbozamos los principales lineamientos de un proyecto de ley, que una vez aprobada esa reforma, pudiera regular y terminar con este tema de la guerra de patentes. Pero este proyecto que ha venido al Parlamento con declaratoria de urgencia no va a solucionar el tema. Bastará que se dé una situación de rechazo por alguna o algunas Juntas Departamentales para que el tema esté de nuevo presente. Y será un tema político de envergadura porque, además del problema existente de las patentes, agregará el que se suscitará -y allí será político- respecto a las eventuales sanciones que se establezcan en función del artículo 8º de este proyecto de ley. Además está claro que estas inconstitucionalidades, sobre las que se han expresado distintos constitucionalistas y especialistas en Derecho Administrativo, van a servir de base para los eventuales recursos de inconstitucionalidad que puedan presentar los ciudadanos de los distintos departamentos si se aplica esta norma que hoy va a aprobar la Cámara de Diputados. Por lo tanto, en lo que respecta al Partido Independiente, vamos a votar negativamente el Capítulo I de este proyecto, que por cierto rechazamos, y adelantamos que vamos a votar afirmativamente los artículos relativos a la solución que se plantea para el

endeudamiento que los Gobiernos departamentales tienen con la UTE. Al margen de ello, sería importante realizar algunos comentarios que me parecen de recibo, en función de la aprobación de este texto: nos referimos a la gran opacidad con que se va a manejar este tema. La forma, a nuestro juicio inconstitucional, por la cual se establece que una Comisión de seguimiento sea la que formule las propuestas para los valores de aforo y las alícuotas, en principio va a ser desconocida por la ciudadanía. Inclusive, es desconocida por las Juntas Departamentales. Estas van a tomar conocimiento de algo que hicieron otros. No lo hizo el Intendente respectivo sino que lo va a hacer esta Comisión de seguimiento. En todo caso, esa Comisión será la que someta a la aprobación, porque así lo dice: que resolverá el Congreso de Intendentes, un órgano que, como sabemos, se incorporó en la reforma de la Constitución de 1996 y solo tiene un carácter coordinador y no resolutivo. Al margen de ello, está claro que este tema va a ser ignorado por las Juntas Departamentales en su formulación, aspecto este que tampoco ha sido salvado en este proyecto de ley, que a todas luces juzgamos como inconstitucional. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: he elegido hacer un conjunto de aclaraciones después de que terminaran de hacer uso de la palabra los miembros informantes. No voy a contestar nada más respecto a la referencia a algunas inconstitucionalidades porque todos sabemos leer, podemos entender y creo que con las opiniones del doctor Cajarville -a quien yo no invité- y del doctor Risso se liquidó el tema para mí. Podrán no compartirse. Y quiero aclarar que a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración nunca invité a nadie por mí; o sea que si recibimos a alguien fue porque otros lo invitaron. De acuerdo con lo que dicen y leí, si no se quiere entender, es un problema de otros. Lamento no poder compartir con uno de los miembros informantes que la Constitución no puede, no ha querido fijar una patente única, y que si esta

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existe, es inconstitucional. Créanme: esto es un reverendo disparate; de la “de” a la “e”. Reverendo disparate. La voluntad de acordar no está impedida por la Constitución de la República. Es más: la propia Constitución de la República dice que uno de los objetivos es acordar y también establece que la ley puede hacer que los Intendentes deban acordar. Lean bien las competencias que se establecen para la Junta y el Intendente; se termina estableciendo que serán estas las atribuciones y todas las que la ley fije. Aclaro esto por si hay que leer la Constitución e interpretarla en una línea. Con respecto a la privatización del cobro, digo lo siguiente. Yo soy contribuyente de Montevideo y al igual que todos los Diputados presentes que son de acá, seguramente pagamos los tributos municipales en Abitab. El convenio con Abitab nunca pasó por la Junta Departamental. El hecho de transferir el valor del aforo y de la alícuota al SUCIVE es simple y lo resolverán los Gobiernos departamentales, no los Intendentes; es por un tema de garantía entre los Intendentes para que nadie esté ocultando o falseando la información. ¿Quién se hace cargo de las costas del fideicomiso? Si el ciento por ciento de lo que cobra el SUCIVE va para los Gobiernos departamentales, no cabe duda quién se hace cargo del SUCIVE, ¿no? Un Gobierno departamental termina cobrando todo lo que el contribuyente pagó por su recibo, entonces, no cabe duda de que el fideicomiso se hace con fondos de Rentas Generales. El Congreso aprobó en general el proyecto y mandató que la ley lo perfeccionara, y estoy de acuerdo. En realidad, eso es lo que tratamos de hacer, algunos, porque otros podrán haber tenido otras intenciones, pero dado que de entrada se había planteado que iba a haber ley, tratamos de mejorar lo que pudiera mejorarse. Faltaban a la cita 589 ediles y 130 legisladores; por lo menos hace doscientos años que faltan a la cita en este tema, o sea, desde los comienzos de nuestra institucionalidad; es parte del bicentenario, diríamos. No quiero repasar las versiones taquigráficas porque aburro a los colegas. Terminé leyendo todas las actas del Congreso de Intendentes, donde las señoras Intendentas y los señores Intendentes terminaban aprobando y acordando lo que iban a cobrar por patente de rodados al año siguiente. Algunos lo cumplían y otros no. Esto ha quedado claro. Siempre hay

criterios objetivos para repartir el fondo de 3,33, y se acuerda en el Congreso de Intendentes y con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Todas las veces se hace así y esos criterios objetivos están plasmados en la ley. Por último, ¿que el artículo 8º termina siendo una suerte de condición para forzar que adhieran al proyecto? Bueno, se puede tener esa interpretación. Creo que es voluntad de los Intendentes que haya un mecanismo que fuerce a acordar el proyecto. Pueden tener esa interpretación, pero que ella transforme una norma en inconstitucional -norma que este Parlamento ha votado en forma reiterada y que ya leí-, me parece un disparate. Agitar las inconstitucionalidades permanentemente, me parece un disparate. Y si hay tantas inconstitucionalidades, habría que desencadenar el mecanismo de juicio político para poder discutirlas en profundidad. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: la referencia de disparate para la afirmación de inconstitucionalidad del acuerdo entre todos los Gobiernos departamentamentales, supongo que alude a la afirmación que hizo el doctor Augusto Durán Martínez en el seno de la Comisión. No creemos que un acuerdo entre todos los Gobiernos departamentales pueda ser tildado de inconstitucional; no nos parece. Pero sí nos parecía importante hacer la referencia a la opinión del doctor Augusto Durán Martínez, por cuanto inclusive iba más allá de lo que era la renuncia de la discrecionalidad, o mejor dicho, de las facultades que tienen los Gobiernos departamentales para la fijación de los tributos. Ahora bien, comparar un sistema único de cobro de ingresos vehiculares con la naturaleza jurídica que tiene éste, administrado por un fiduciario profesional que se va a encargar de administrar todos los recursos recaudados por los Gobiernos departamentales de acuerdo con las Constitución de la República, con la ventanilla de cobro de Abitab o de una red de pagos, me parece que es una ignorancia. No son comparables. Acá los Gobiernos departamentales no le estarían dando la potestad a alguien que cobrara por ellos; acá se está creando una persona jurídica que va a

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funcionar en el ámbito del derecho privado y que va a administrar los recursos generados por los Gobiernos departamentales. Si eso no es inconstitucional, ¿qué cosa es inconstitucional en materia de gestión? Creo que la verdadera inconstitucionalidad comienza en el artículo 1º de este proyecto porque se está renunciando a la administración de los tributos como establece la Constitución de la República. Hay una renuncia a la administración. Creo que ese aspecto resulta -como bien dijo el doctor Juan Pablo Carjarville- absolutamente insalvable desde el punto de vista de tratar de dar constitucionalidad al proyecto. Respeto que la bancada de Gobierno haya hecho un esfuerzo por tratar de ajustarse, lo que sucede es que es imposible. El proyecto que les vino es inconstitucional y no hay forma -me parece que esto es lo que hay que entender- de saltearse la Constitución de la República. No hay atajos y, en consecuencia, debe reformarse la Constitución. Yo sería el primero en impulsar una reforma en ese sentido. Estoy totalmente de acuerdo con que debe haber una patente única, pero este no es el camino. Gracias. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- La Mesa recuerda que hay treinta y ocho legisladores anotados para hacer uso de la palabra. Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: en realidad, a cada uno le da para lo que le da. (Interrupción del señor Diputado José Carlos Cardoso) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- La Mesa solicita al señor Diputado Bayardi que no dialogue y al señor Diputado José Carlos Cardoso que colabore con la Mesa. Puede continuar el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Reitero que a cada uno le da para lo que le da. Cada uno sabrá dónde está parado en el percentil de la comprensión; capaz que uno está parado en el percentil uno. De ahí a hacer algunas consideraciones que no hice, es distinto.

Quiero hacer una aclaración. Cuando traigo invitados y critico algunas de sus posiciones tiendo a no nombrarlos. Lo que dijo el doctor Durán Martínez, tal como fue citado por señor Diputado Posada, me parece un reverendo disparate. Lo digo a raíz de una intervención que hizo el señor Diputado Casas y no el señor Diputado Posada, ya que en ese orden procedí a contestar las alusiones. De todos modos, cualquiera puede hacer una referencia. Si no me equivoco, el señor Diputado Posada se refirió a una cita del doctor Durán Martínez. En realidad, fue dicho así y así procedí. Inclusive, yo estaba mirando al señor Diputado Casas. En cuanto al tema de quién se va a encargar de administrar, en realidad va a pasar el nombre del contribuyente, el aforo que determinan el Intendente y la Junta Departamental, la alícuota que esté fijada y las resoluciones de las exoneraciones y las multas, etcétera. ¿Quién está definiendo lo que se va a transferir como información? El Gobierno departamental. ¿Quién está definiendo la información que se va a transferir? El Gobierno departamental. O sea que está transfiriendo la facultad de cobrar y esto lo está haciendo a través de este Fondo Fiduciario; está cediendo al Fondo, como ya se ha hecho en otras leyes -por ejemplo, en la ley del Fondo de Inversión, que no voy a leer porque no tengo tiempo, aunque ya leí hoy una parte-, el cobro y no se está renunciando a nada que tenga que ver con administrar. Esta es una condición diría casi “sine qua non” para dar garantías interpartes. Acá lo que ha faltado es la garantía interpartes y eso ha llevado a que algún Intendente de los departamentos que más abatió la patente de rodados en el último período, que la desbarrancó, lo haya hecho precisamente para forzar a los otros a negociar; lo hizo para generar las condiciones para forzar la negociación. Desbarrancó los precios que puso en las patentes para lograr ese objetivo. Él siempre dijo que quería llegar a la patente única. El problema es que como se estaban birlando por parte de otras Intendencias lo que se había acordado, subió la apuesta y la llevó a ese nivel. Todos sabemos de quién estamos hablando. A buen entendedor… Los que seguimos el tema lo tenemos claro y sabemos de lo que estamos hablando. Ahora bien, he dicho por qué creo que no hay inconstitucionalidades y he citado argumentos de los constitucionalistas que vinieron a dar una posición y plantearon otra. Vamos a ver qué dicen esos constitu-

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cionalistas en el Senado respecto a este proyecto. Todavía no los voy a citar porque supongo que serán invitados al Senado y comparecerán. Sí dije lo que manifestaron en nuestra Comisión: que si se salvaguardaban determinadas potestades contenidas en la Constitución, para ninguno de los dos juristas, esos artículos eran inconstitucionales. Esto está dicho, lo leí expresamente y lo separé de la versión taquigráfica. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señora Presidenta: quiero aclarar las aclaraciones que se han hecho. Nos concretamos a la expresión de que este no es un acuerdo histórico, porque es igual a los anteriores, como acaba de decirse. En los anteriores también faltaron todos los Ediles y los legisladores. Quiere decir que es igual a los acuerdos anteriores; no es un acuerdo histórico. (Interrupción del señor Representante Bayardi) —A eso voy. Si para que esto no sea inconstitucional, en cada instancia de la determinación del tributo deben intervenir las Juntas Departamentales, el acuerdo al que se ha arribado es igual a los anteriores, dado que el sistema propuesto puede ser rechazado por alguna de ellas. Entonces, lo único diferente es la necesidad de una amenaza: el retaceo de los recursos que según la Constitución de la República corresponde a los Gobiernos departamentales, lo que afecta su autonomía. Esta es una amenaza a la no adhesión. No es una sanción por incumplimiento -que claramente podría establecerse- sino una amenaza a la no adhesión. Aquellos Gobiernos departamentales que en el libre ejercicio de su autonomía decidan no adherir porque entienden que eso es conveniente a los intereses de su departamento, amparados por la Constitución, serán sancionados con el retaceo de hasta nada menos que el 40% de los recursos que según la Constitución les corresponde. Con respecto al ejemplo que se mencionó de la participación de Abitab o de otros privados en la gestión del cobro, el doctor Risso Ferrand dijo: “[…] puede haber actividades materiales” -no es la cesión de derechos- “que no haga directamente el Gobierno De-

partamental, como el envío de facturas o la contratación de estudios jurídicos para iniciar juicios; son actividades materiales y no la creación y determinación de cómo administrar los recursos”. Esto es lo que los catedráticos califican como inconstitucional, y se mantiene en el proyecto de ley. Más adelante señaló: “[…] la idea aparece como inconstitucional y lesionando la autonomía departamental. […]”. Cualquier habitante intimado o emplazado podrá accionar ante la Suprema Corte de Justicia, invocando la lesión de su autonomía, si no intervienen las Juntas Departamentales. Hecha la aclaración de las aclaraciones, es cuanto tenía para decir. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Aníbal Pereyra. SEÑOR PEREYRA.- Señora Presidenta: el miembro informante ha hecho una excelente presentación, por lo que voy a obviar algunos aspectos que mencionó, que fortalecen la propuesta que estamos discutiendo y que contestan los cuestionamientos de inconstitucionalidad que se han realizado. Por lo tanto, voy a tratar de ocuparme de lo que hasta ahora no se ha ocupado nadie y creo es lo que tenemos que discutir: la realidad que está viviendo nuestro país, no solo con respecto a las patentes y al alumbrado público sino a una lógica perversa que durante muchos años ha existido y que hoy estamos obviando. Me refiero a que si los Gobiernos departamentales no eran condescendientes con los Gobiernos nacionales y sus gobernantes, lisa y llanamente se les tapaba la boca por la vía de los hechos. Casi todos nosotros vivimos en departamentos en los que esa lógica se dio durante muchísimos años. Ese es el fondo del debate; no nos hagamos los distraídos. El fondo del debate es construir políticas para que el país siga avanzando en una dirección y los Gobiernos departamentales no sean retaguardia de políticas que los enfrenten con visiones partidarias, tomando a la gente como rehén. ¡Ese es el eje de la discusión! ¡Yo quiero discutir eso! Si aquí estuviera un ciudadano extranjero o un marciano diría que este Parlamento está actuando en función de un Poder Ejecutivo que tiene la lógica de ahogar a los Gobiernos departamentales y de no darles posibilidades de participación ni recursos, pero lo que estamos discutiendo va exactamente en el senti-

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do contrario. ¿Sabe qué determina eso, señora Presidenta? La realidad; la cruda realidad. En este sentido, debemos tener en cuenta -como muy bien lo planteó el señor Diputado Bayardi- las leyes que este Parlamento ha votado. Este proyecto va en esa dirección. Acá no se está cambiando absolutamente nada. Seguimos en la dirección de construir un país en el que, independientemente de las realidades de las regiones, la definición de sus políticas tenga un sentido común. Parece que hoy estamos discutiendo esto acá y que no existe la guerra de patentes ni hay departamentos que durante diez, quince o veinte años no han pagado el alumbrado público, a pesar de que sus contribuyentes pagaban la tasa correspondiente. Y estamos hablando de inconstitucionalidades futuras. ¿Y esto que es, señora Presidenta? ¿Qué es? ¿Un disparate? ¿Una inmoralidad? ¿Qué es? Esta es la realidad y queremos discutir cómo la cambiamos. Estamos convencidos de que esta es una herramienta para cambiarla. Estamos dispuestos a seguir corrigiendo y mejorando esa herramienta para cambiar esa lógica perversa de la realidad que nos han impuesto durante muchísimos años. Vivo en un departamento en el que hace unos cuantos años sus habitantes sufrieron esas lógicas perversas: como el Presidente de la República no estaba de acuerdo con la línea del Gobierno departamental, las partidas no llegaban. Vengo de un departamento en el que los funcionarios del Gobierno departamental estuvieron seis años sin cobrar su sueldo. La lógica de estas cuestiones empieza a partir de esos enfrentamientos y, obviamente, otro porcentaje corresponde a la mala gestión. Esas realidades son las que este proyecto de ley trata de cambiar. ¡Y vaya si se está cambiando! Digo esto porque esta iniciativa viene con una aprobación muy importante no solo del Congreso de Intendentes sino también de la gente, que está cansada de vivir esas lógicas absurdas según las cuales tiene que esperar para ver si el Intendente que viene tiene o no relación con el Gobierno nacional y si va a poder hacer esto o aquello. Para nosotros esa es la cuestión de fondo que ataca este proyecto, junto con otras leyes que este Parlamento ya votó. En función de lo que estaba diciendo, permítanme leer lo que manifestó el contador Cabrera, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y

Administración, con respecto a este tema, ya que me parece importante. Señaló: “A efectos de que se pueda tener una idea general de los niveles de recaudación de las Intendencias, podemos decir que en la actualidad quince de las diecinueve Intendencias” -dije bien- “reciben más del 30% de sus recursos por los aportes del Gobierno nacional y solo la Intendencia de Montevideo recibe un 7%. Los señores Diputados saben que, básicamente, el 50% de los ingresos de las Intendencias se destina a sus recursos humanos, por lo que podemos afirmar que la mayoría de las Intendencias no habría podido ejecutar las inversiones previstas si no hubieran existido transferencias del Gobierno nacional. Esto es algo que hay que mirar en perspectiva.- De la situación anterior, en lo que hace a la aprobación del Presupuesto del año 2005, debemos agregar que el Gobierno nacional desarrolló algunas líneas de aporte a las Intendencias en esta misma lógica, en términos de concertación de estrategia. En ese sentido, me permito destacar las siguientes. Una es la Ley Nº 18.565, a través de la cual se creó el Fondo de Inversión Departamental, que en su momento significó la transferencia de US$ 40:000.000 adicionales para solventar algunas inversiones al final del período -concretamente, en 2009- y que generó una herramienta bastante interesante, sobre todo para la gestión de activos y créditos de las Intendencias. Inclusive, en este período alguna Intendencia está utilizando este mecanismo.- Por otra parte, la Ley Nº 18.172 permitió el subsidio a las Intendencias de parte del valor del alumbrado, en la medida que fuera medido y se encontraran al día. Asimismo, podemos destacar las transferencias que se dieron para el funcionamiento de la agenda metropolitana.- La ley sobre caminería forestal significó la transferencia de US$ 6:000.000 por año -que hoy se recoge en el Presupuesto- para el mejoramiento de la caminería afectada por el transporte de madera.También tenemos otras dos leyes de marco programático importante, que tienen un efecto en su aplicación. Se trata de la Ley Nº 18.567, de descentralización, y la Ley Nº 18.308, sobre ordenamiento territorial y desarrollo sostenible.- Además, existe una serie de programas de aplicación que tuvieron algún nivel de gestión en el territorio. En ese sentido, las transferencias que se hicieron a los programas de cooperación y de electrificación rural lograron que menos del 2% de la población rural carezca de servicios de energía eléctrica, y pensamos que en este período ese

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guarismo se va a abatir aun más.- También quiero destacar diversos programas de cooperación. Los más conocidos son los Programas de Uruguay Integra y Mejora de Gestión, que son financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”. Esto lo afirmó el contador Cabrera en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, e hizo un resumen de un conjunto de herramientas legales que este Parlamento votó y que el Gobierno Central va incorporando para fortalecer las políticas territoriales. ¡Vaya si esto ha significado, entre otras cosas, coherencia en su aplicación y, a su vez, abatir las desigualdades y esa lógica perversa de la relación entre el Gobierno nacional y el departamental! Entendemos que se ha podido avanzar porque se trató de derribar esas barreras históricas, generando puntos de acuerdo para llegar a esta realidad. Por lo tanto, este proyecto no viene descolgado ni se impone por capricho del Presidente de la República o de la fuerza política de Gobierno, sino que va en la línea de construir ese país con una relación muy diferente a esas realidades a que históricamente nos acostumbramos. Pero, ¡parece que eso es bravo! Estamos una vida hablando de descentralización, hacemos carne con las políticas descentralizadoras, pero cuando empezamos a aplicar políticas descentralizadoras, nos vienen los chuchos, porque “es inconstitucional”, porque esto, porque aquello y por lo otro. Mientras tanto, la realidad sigue tan campante y crea un país de primera, de segunda y de tercera, dependiendo de dónde uno se encuentre. Tenemos que hacer un esfuerzo para dejar atrás estas lógicas. Nadie ha hablado de lo que esperan los Intendentes, y por eso quiero referirme a lo que dijeron algunos de ellos en el Congreso de Intendentes, cuando se aprobó esta iniciativa, que hoy se presenta como proyecto de ley. Decía el Intendente de Canelones, doctor Carámbula: “El Congreso de Intendentes está unánimemente conforme con esta propuesta ahora en consideración del Poder Legislativo. Se llegó a un acuerdo con el Poder Ejecutivo en un tema que todos sabemos lleva cincuenta años sin solución, con distintas coyunturas político institucionales.- En tiempos de la dictadura se intentó llegar a una patente única, pero a pesar de las condiciones político institucionales que reinaban en ese momento no se pudo lograr.Todos sentimos que era tiempo de encontrar soluciones y acordamos con el Poder Ejecutivo -en una tarea que se desarrolló durante el último año- trabajar sin

pausa para llegar al acuerdo que hoy está a consideración del Poder Legislativo.- Quiero subrayar la voluntad expresada por el Presidente de la República en tres oportunidades; creo que el liderazgo que ha tenido el Poder Ejecutivo en este tema ha sido fundamental.- El Presidente Mujica -ya electo, pero antes de asumir su cargo-, el 22 de diciembre de 2009 concurrió al Congreso de Intendentes -el cambio de autoridades iba a ser en mayo- y nos planteó su compromiso. Dijo que si este Cuerpo y el conjunto de los Intendentes no han podido definitivamente superar el problema de las patentes que lleva tantos años, ‘uno tiene que empezar por reconocer la enorme dificultad real que tiene este asunto’. Dijo que lo peor es no reconocer el hecho y que el futuro Gobierno ‘en la medida que por amplísima mayoría los Intendentes lo vieran necesario puede tratar de instrumentar otro tipo de soluciones’. Pero señaló que el Gobierno ‘no va a plantear por sí ni ante sí, porque se le ocurra’; solo lo hará en el caso de que haya ‘una mayoría explícita de las Intendencias que lo solicite’.- A partir de esa voluntad expresa del Presidente, hicimos una reunión de todos los Intendentes en Anchorena donde se puso sobre la mesa no solo el problema de las patentes, sino una serie de temas en los que estamos trabajando: alumbrado, residuos, caminería rural, maquinaria”. En la misma intervención, el Intendente Carámbula, en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración dice que otro “(…) aspecto que quiero subrayar es la voluntad unánime de los diecinueve Intendentes que representan a los distintos departamentos. Nosotros vamos a entregar la versión taquigráfica de la expresión de cada uno de los Intendentes con motivo del acuerdo, pero nos parece muy importante subrayar lo siguiente. En su momento, el Presidente pidió un acuerdo de la mayoría de los Intendentes, pero la declaración del Congreso de Intendentes, que se aprobó por unanimidad, establece: ‘El Congreso Nacional de Intendentes aprueba en general los proyectos de creación de un sistema único de cobro de ingresos vehiculares y de subsidios para la extensión y fomento de la eficiencia energética de los sistemas de alumbrado público departamentales.- El trabajo de los legisladores dará sustancia y debida forma a este histórico acuerdo, que viene a eliminar por un lado distorsiones y conflictos, y por otra parte a contribuir a la seguridad de los ciudadanos’. Esta declaración fue firmada por to-

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dos los Intendentes y votada por unanimidad”. Por lo tanto, el Parlamento va en consonancia con lo que el Congreso de Intendentes, por unanimidad, votó y entendió que este Parlamento debía seguir trabajando. Voy a leer tres intervenciones más, porque acabo de remitirme a expresiones del Presidente del Congreso de Intendentes, que pertenece a nuestra fuerza política, pero el consenso fue logrado por todos los Intendentes. Por lo tanto, me parece importante leer lo que dijo el Intendente Botana, el mismo día que el Congreso de Intendentes aprobó este acuerdo. Dijo lo siguiente: “‘Sin dudas estamos viviendo un día histórico, donde además los que somos defensores acérrimos de las autonomías de los departamentos y de la libertad de decisión en los temas que son de nuestra competencia, fuimos siendo movidos a lo largo del tiempo hasta asumir conciencia de las distorsiones que estaba generando este tema del desencuentro de las patentes. Distorsiones, desencuentros, dificultades de acuerdo, conflictos entre Intendencias. La imposibilidad de crecer juntos y de avanzar y defender temas comunes, sencillamente por una defensa que al final de cuentas uno no sabe dónde está la razón de tenerla'”. El Intendente del departamento de Salto, Coutinho, ese mismo día expresó lo siguiente: “Compartir este día histórico, la alegría de que el gran beneficiado de hoy es el uruguayo que vive en cada uno de nuestros departamentos.- Hoy ganó la gente, que va a pagar menos su patente, y ganó la gente que como siempre tendría que haber sido, va a recorrer cada uno de nuestros departamentos sin importar qué chapa usa o qué chapa utiliza.- Me parece que hoy gana el Uruguay, gana el uruguayo y que definitivamente en varios temas no somos diecinueve patrias, somos una patria sola y que en realidad a este Intendente lo deja orgulloso el pertenecer a esta Institución que es el Congreso y lo deja orgulloso el ser parte y colega de estos amigos Intendentes que definitivamente, durante todo este tiempo, hoy estamos reunidos para celebrar, pero muchas veces esperamos tiempos difíciles, tiempos duros”. Me parecía de orden citar estas manifestaciones del momento en que el Congreso de Intendentes daba aval a esta herramienta, a este proyecto, que hoy el Parlamento está considerando, para que los parlamentarios tuviéramos de primera mano las expresiones de los Intendentes. Y compartimos cada uno de

estos planteos porque van en la línea de tratar de superar las pequeñeces, las mezquindades y de seguir construyendo un país donde debemos tener grandeza y apostar a las cosas que nos unen. Tenemos que hacer el esfuerzo para que sea así. SEÑOR CAGGIANI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PEREYRA (don Aníbal).- Sí, señor Diputado, y consulto a la Mesa cuántos minutos me quedan. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Le restan once minutos. Puede interrumpir el señor Diputado Caggiani. SEÑOR CAGGIANI.- Señora Presidenta: yo tampoco voy a entrar en los antecedentes de este proyecto, ya que el señor Diputado Bayardi, en su informe, nos ilustró a todos acerca de la historia de la patente única y de la problemática que han tenido los Intendentes. Como bien señalaba el señor Diputado Aníbal Pereyra, hoy se habla de este proyecto de ley pero no de la situación generada ni del problema que enfrentan los ciudadanos del Uruguay con respecto al sistema de cobro de patentes. Creo que el sistema que hoy existe en cada Intendencia se ha convertido en un mecanismo ineficiente, perverso y desigual entre los departamentos e, inclusive, en su propia interna. Según las cifras que nos brindó la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en la Comisión cuando se trató el tema, se estima que el actual cobro de patentes por departamento se encuentra en un 20% por debajo de la recaudación posible. Esto significa que de $ 10 que podrían cobrar por concepto de patente de rodados los gobiernos departamentales, hoy tan solo se cobran $ 8. Esta ineficiencia e inequidad se originan a partir de la competencia entre los gobiernos departamentales que, a fin de captar nuevas porciones del mercado de contribuyentes y seguir manteniendo determinado nivel de recaudación, necesitaban bajar aún más el precio del tributo. Otro aspecto negativo son las sanciones por multas e infracciones de tránsito. Al no empadronarse los vehículos donde se reside, las multas no pueden cobrarse, ya que existen muy pocos convenios entre las Intendencias para cobrar multas cruzadas. Como informó la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República, en Latinoamérica, Uruguay es uno de los países con más bajo nivel de pre-

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valencia entre multa puesta y multa efectivamente cobrada. Ante esta “incobrabilidad” de las multas, se infiere que se ponen muchas menos multas de las debidas. Este asunto está relacionado también con la seguridad vial. Los siniestros de tránsito son uno de los problemas más graves del país, siendo la primera causa de muerte de jóvenes de hasta treinta y cinco años, como dejaron claro las cifras que se difundieron en ocasión de la Semana de la Seguridad Vial. Otro de los problemas, y una muestra de las ineficiencias e inequidades que este proyecto trata de resolver, refiere a las asimetrías en el costo de las patentes. Según la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en el estudio sobre el parque automotor de cada uno de los Gobiernos Departamentales se han detectado casos en que tomando un mismo modelo de automóvil paga un impuesto sensiblemente mayor uno más viejo que uno más nuevo. Incluso, las asimetrías en el costo de las patentes se daban también a la interna de un mismo departamento, donde iguales modelos de automóvil y del mismo año pagan montos diferentes. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Espinosa) ——La guerra de las patentes se ha agudizado y, por tanto, es necesario incluir un proyecto que considere esta diversidad de situaciones planteadas y que, en primera instancia, unifique criterios impositivos que nos permitan seguir avanzando en aspectos que hacen a la seguridad vial. Aquí se ha dicho que este proyecto va a provocar el aumento de la patente de rodados. Esto no es así. A partir de esta iniciativa se intenta generar un sistema de cobro eficiente y justo. De un total de 620.294 vehículos empadronados, el 69% va a pagar entre un 20% y un 30% menos; el 4% va a pagar lo mismo, y el 27%, alrededor del 30% más. Este 27% se encuentra concentrado sustancialmente en los vehículos de alta gama con un valor superior a los US$ 30.000, como señalaba el señor Diputado Bayardi. El Capítulo II del proyecto trata de solucionar los problemas que los diversos gobiernos departamentales están sufriendo a partir de la década del setenta, cuando la gestión del alumbrado público pasa a su órbita. Este proyecto complementa la Ley N° 18.172 e intenta establecer un apoyo técnico a las Intendencias

para que aquellas que tengan un convenio de pago con UTE puedan equilibrar los costos de gestión del alumbrado. Adicionalmente, se plantea una formulación para solucionar la situación de adeudos y desequilibrios en relación con los costos. No voy a ahondar en las cifras que vertió el Presidente de UTE en la Comisión, pero me parece importante destacar que debemos asumir la responsabilidad política que implicó este histórico acuerdo en el Congreso de Intendentes, ya que la formulación de este proyecto de ley brinda soluciones a dos problemáticas institucionales que como país no hemos podido solucionar adecuadamente y que repercuten en los servicios que los gobiernos departamentales brindan a sus ciudadanos y, por tanto, en su calidad de vida. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Puede continuar el señor Diputado Aníbal Pereyra. SEÑOR PEREYRA (don Aníbal).- Señor Presidente: finalmente, quiero reafirmar el convencimiento de nuestro voto afirmativo, que va en la línea de aportar en la construcción de un país que siga siendo equitativo, más justo y con políticas cada vez más serias en ese sentido. Es necesario desterrar de una vez por todas los hechos que, dos por tres, se generaban, convirtiendo a las Intendencias en una especie de republiquetas bananeras, tomando decisiones que en definitiva terminaban lastimando a los habitantes de todos los departamentos, que eran rehenes de esas situaciones. Estamos convencidos de que este proyecto de ley es un aporte sustancial a lo que ya se ha hecho. Por eso no lo podemos analizar aisladamente de este camino que hemos recorrido. Nosotros lo sabemos porque hemos hablando con Intendentes que no son precisamente de nuestro pelo y reconocen esta actitud del Gobierno hasta en su fuero más íntimo. Dicen: “A nosotros, como gobernantes departamentales, hasta nos vendría bárbaro que siguiera gobernando el Frente Amplio porque ha sido el único que con esta política ha tenido una visión de grandeza”. Yo digo que no, que no ha sido el Frente Amplio sino el Parlamento, que ha sancionado herramientas para avanzar en ese sentido. No es potestad solo del gobierno de turno. Hemos generado un antecedente que hará difícil la posibilidad de retroceder. Por eso queremos seguir avanzando. Por eso queremos seguir en esa lógica.

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Se ha hablado muy poco del alumbrado público. Hace un rato contaba lo que pasaba en mi departamento con respecto a la lógica que se daba cuando un Intendente discrepaba con determinadas definiciones nacionales y eso automáticamente provocaba el recorte de créditos, retrasos, etcétera. Eso es parte de la historia; ha pasado en casi todas las Intendencias. En cuanto al alumbrado público, se genera una injusticia enorme. Desde el año 1995 hasta 2007 o 2008, nuestro departamento no tuvo la posibilidad de poner un pico de luz nuevo. ¿Por qué? Porque durante todos esos años no se aportó lo que se recaudaba por la tasa de alumbrado. Eso significó que zonas enteras, barrios enteros, estuvieran sin luz y fueran rehenes totales de políticas nefastas. Eso es lo que hoy entendemos que el Parlamento está contribuyendo a eliminar para siempre. En nuestro departamento, en un barrio de la ciudad de Castillos, se inauguró este servicio, con bombos y platillos, pero al otro día vino la UTE, desenchufó los cables y el barrio se quedó sin luz hasta el año 2008. Quedaron los picos de luz durante trece o catorce años, herrumbrados, sin poder alumbrar a la gente que vive en un barrio humilde en un lugar equis de nuestro país. Esas son las cosas que entendemos que al votar este proyecto de ley estamos llevando a que sean historia. Por eso, debemos seguir avanzando en esta lógica de construir políticas públicas que tengan como centro a la gente. Gracias, señor Presidente. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: ya hemos analizado lo que dijeron y acordaron todos los Intendentes, incluidos los de nuestro Partido. Tenemos aquí lo que definieron, acordaron y coordinaron. Se trata de un aspecto genérico que, precisamente, es la voluntad de resolver un problema de la gente, pero sin avasallar la autonomía de los gobiernos departamentales. Repito que es resolver el problema de la gente, para que pueda trasladarse sin inconvenientes de un departamento a otro, empadronar su vehículo y pagar una patente de rodados racional y acorde a su

valor. Ese es el objetivo y eso es lo que todos buscaron. Todos han hecho lo posible para solucionar este tema, pero no avasallando las competencias de las Juntas ni de los propios gobiernos departamentales. En cuanto a la discrecionalidad, a los incumplimientos y a las discrepancias en la asignación de recursos nacionales con destino a los gobiernos departamentales, debo decir que esto se solucionó por el artículo 214 que se introdujo en la reforma constitucional del año 1997. Dicha reforma garantizó a los gobiernos departamentales la participación en los recursos nacionales. Es decir que no fue obra de ningún Gobierno, sino del creciente proceso de descentralización y de asignación de recursos a los gobiernos departamentales. Para esto se hizo la reforma constitucional. Este avance es el que hoy se atropella con el sistema que establece este proyecto de ley que estamos discutiendo en Sala; esa es la realidad. El fin que todos buscamos es solucionar los problemas a la gente que no puede circular libremente por el territorio nacional sin ser atropellada por inspecciones y fiscalizaciones que la llevan a situaciones ridículas desde el punto de vista fiscal. SEÑOR CASAS.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CASAS.- Señor Presidente: hace unos momentos se mencionaban los porcentajes de incidencia de la futura patente. Debemos aclarar que esos porcentajes son a nivel nacional. En la Comisión se trató que las autoridades del Poder Ejecutivo dijeran cuál iba a ser ese porcentaje por departamento, pero parece que eso es secreto de Estado. Hoy se le está pidiendo intervención a este Parlamento para solucionar un problema de tantos años, pero esos datos no fueron aportados a la Comisión respectiva. No sé cuánto va a incidir el porcentaje de la patente en cada uno de los vecinos de mi departamento. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado Iturralde Viñas. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Señor Presidente: como miembro de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración por Alianza Nacional, quiero anunciar que voy a votar por la afirmativa el proyecto en general. La gran mayoría de los miembros de nuestra agrupación ha tomado la deter-

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minación de acompañar el proyecto, porque es una buena solución para el país llegar a una patente única, culminando con la “guerra de las patentes”. No obstante, algunos compañeros no van a acompañar el proyecto, dado que entienden que hay algunas inconstitucionalidades. Nosotros apostamos a que estas inconstitucionalidades que creemos podrían existir en algunas de las normas se solucionen en el devenir del próximo tratamiento que tendrá este proyecto en el Senado y en negociación con la fuerza política que lo está impulsando. En primer lugar, queremos decir que el fin de la “guerra de las patentes” es una buena cosa para el país. Es muy positivo que tengamos un único criterio de fijación de patentes y que exista una patente única para el Uruguay. Quizás haya que recordar que todo este problema surge con motivo de una situación tributaria injusta, ya que en algunos departamentos, en particular en Montevideo, la patente de rodados de autos es la más cara del país y una de las más caras del mundo. Esto llevó a que muchos ciudadanos comenzaran a empadronar sus automóviles en el interior del país, generando la situación que se vive hoy. Yo no creo -como decían algunos de los Diputados preopinantes- que haya una nueva situación por la cual se ayuda a los Gobiernos desde el Poder Ejecutivo, si es que el signo político del Gobierno departamental coincide con el del Gobierno nacional. Pienso que eso no es así; por lo menos, no en el departamento de Montevideo. La renovación de la flota colectiva de Montevideo fue realizada en un Gobierno de mi Partido. Más del 50% del saneamiento de la capital también se realizó con fondos del Gobierno nacional. Entonces, esto no es así. De todos modos, creo que al discutir este tema, este Parlamento ingresa nuevamente en un mecanismo para buscar cuáles son las cosas en las que podemos ponernos de acuerdo para ir hacia delante, o bien podemos discutir en qué cosas discrepamos con lo hecho en el pasado, que no conduce absolutamente a ningún lugar. Hay una situación dada con un proyecto de ley que ha redactado mayoritariamente el Poder Ejecutivo en torno a un acuerdo que han realizado los diecinueve Intendentes del país. Los diecinueve gobiernos departamentales -a través de una decisión del Congreso de Intendentes, tomada por unanimidad- han apoya-

do un sistema único de patentes para culminar con la guerra de patentes. Nosotros creemos que este proyecto todavía tiene mucha cosa para pulir, no solo porque entendemos que hay algunos aspectos que pueden ser tildados de inconstitucionales sino porque, además, hay otras cosas que podemos solucionar. Este sistema debería pasar por las Juntas Departamentales a efectos de que estas lo aprueben. Naturalmente, allí encontraremos distintos enfoques con relación a la necesidad de obtener alguna mayoría especial, de acuerdo con los plazos en los que se apruebe, pero eso forma parte de la discusión que daremos más adelante. El Partido Nacional ha presentado cinco artículos aditivos que mejoran sustancialmente el proyecto. Uno de ellos, relativo a la modificación de la cantidad de miembros del Congreso de Intendentes en la Comisión de Seguimiento que fija los cometidos, ya fue considerado y aprobado por la Comisión -figuraban tres miembros y ahora cinco-; no obstante, estamos planteando la forma en que esos cinco miembros del Congreso deberán tomar decisiones. Otros artículos refieren promedio a tenerse en cuenta para fijar los recursos que correspondan a cada uno de los gobiernos departamentales a partir del año 2011, que es cuando notoriamente han crecido algunos de los gobiernos departamentales. También planteamos la necesidad de que esto pase por la Junta Departamental -como señalé anteriormente- así como otra cantidad de propuestas que obran en poder de la Mesa, a los efectos de mejorar el proyecto. Fundamentalmente, queremos poner énfasis en algunos aspectos. No deben existir nuevos sistemas de contralor, porque si vamos a llegar a una patente única en la que cada cual cobrará lo que corresponda, de acuerdo con la cantidad de automóviles que tenga, con un criterio acordado por los diecinueve gobiernos departamentales, pero después seguimos con la guerra de las patentes, no va a servir para nada; nada habrá valido la pena. Si no somos capaces de lograr un mecanismo por el cual los vecinos de Uruguay puedan cruzar los límites departamentales sin ser controlados, ¿para qué hacemos todo esto? ¿Qué sentido tiene? Por lo tanto, creemos que es fundamental la aplicación de un criterio a través del cual todos los Gobiernos se comprometan -estableciéndolo en la propia ley- a que no habrá más controles a las patentes de otros departamentos.

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SEÑOR GOÑI ROMERO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- La Mesa aclara al señor Diputado Iturralde Viñas que le restan veintitrés minutos de su tiempo. Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR GOÑI ROMERO.- Señor Presidente: se ha discutido la inconstitucionalidad de este proyecto de ley. Creo que no se va a discutir que a través de este proyecto de ley se van a fijar los aforos de los vehículos y la tasa que se va a pagar por esos aforos. Quiero decir que durante quince años he sido Edil en Salto y que durante quince años hemos tratado y discutido estos temas, votando los aforos y las tasas correspondientes. Ahora resulta que en el Cuerpo se esgrime la teoría de que durante quince años estuve actuando mal en mi departamento, que lo que hacía era inconstitucional, ya que no era competencia de la Junta Departamental. Creo que es una peregrina idea sostener que esto es materia nacional y no departamental. Según esta nueva teoría que se esgrime en el Parlamento por parte de algunos compañeros, durante décadas, todas las Juntas Departamentales del país han estado actuando inconstitucionalmente, porque en los presupuestos definían las patentes, el aforo y las tasas. Si esto no es inconstitucional, si esto no es desconocer la materia fundamental que tienen las Juntas Departamentales del país, no sé qué es. Entonces, uno se pregunta para qué están las Juntas Departamentales del país y para qué está el ordenamiento institucional, que indica claramente qué es materia departamental y qué es materia nacional. Sigo pensando que este es un grave error, y los errores tienen consecuencias. Voy a traer a colación aquí un error garrafal del Gobierno de mi Partido, en ocasión de ser Presidente el doctor Lacalle: el impuesto a los gasoleros. Se dijo que no era inconstitucional y se aprobó la ley aquí, pero finalmente hubo que derogarlo porque los fallos de inconstitucionalidad se reiteraban en la medida en que los contribuyentes reclamaban sus derechos y aducían que eso era inconstitucional, siendo ratificado por la Suprema Corte de Justicia. De manera que no es novedad que el Parlamento pretenda inmiscuirse en materia municipal y

que luego deba dar marcha atrás; ya daremos marcha atrás, no sé si en este Gobierno o en próximos, pero ocurrirá. Señor Presidente: hay un aspecto que me llama la atención. Estamos hablando de impuestos, pero no hemos tenido acceso a la base impositiva, a las proyecciones financieras. Aquí hay un ajuste fiscal. Se ha hablado de que magnánimamente el Gobierno va a subsidiar y contribuir con las Intendencias. ¡No es así! Esto se va a pagar con el aumento del IMESI. ¿Cuánto va a recaudar el IMESI? No es un dato que haya sido proporcionado. Esto va a traer como consecuencia un aumento en las patentes. Este aumento de la tasa de un 30% hará que el valor de los vehículos aumente entre un 10% y un 20%; en consecuencia, ese aumento de valores ocasionará una suba de un 10% o de un 20% en el valor de las patentes de los vehículos nuevos. Además, ello acarreará que suba el valor de los autos usados. En consecuencia, cuando la Comisión creada por esta ley se reúna y fije los aforos, advertirá que estos habrán subido y, por lo tanto, la patente será mayor. De manera que los propios ciudadanos seremos los que, en definitiva, vamos a pagar más impuestos para solucionar un problema que, en definitiva, ¿de quién es? En mi departamento este problema no existe. Tengo que ser bien claro, señor Presidente: en el departamento de Salto, el problema de las patentes no es tal. Desde hace años, tenemos un sistema que funciona y recauda; los datos así lo demuestran. De manera que creo que esto no solucionará el problema. Por otra parte, ¿cómo se va a distribuir el famoso Fondo? Ya sabemos que se hará para mantener la recaudación de los departamentos, pero ¿en qué departamento se va a volcar? ¿Cuánto pierde cada departamento? ¿Cuánto va a ganar cada departamento? Son datos de los que no disponemos. Además, esto será así hasta el año 2014, porque después cambiará la base de distribución. A partir del año 2015, la distribución de ese Fondo se hará en función del empadronamiento de los vehículos cero kilómetro entre 2012 y 2014. ¿Dónde se están empadronando los vehículos? (Suena el timbre indicador de tiempo)

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SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor Diputado Goñi Romero. Puede continuar el señor Diputado Iturralde Viñas. SEÑOR GOÑI ROMERO.- ¿Me permite una nueva interrupción? SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR GOÑI ROMERO.- Gracias, señor Diputado. Señor Presidente: ¿dónde se empadrona la mayor cantidad de vehículos? Ese es un dato fundamental, porque quiero saber qué va a ocurrir una vez que termine la gestión de los Intendentes que han realizado este acuerdo. En el año 2015 acabarán su gestión, terminará su problema. Ahora, el que llega, ¿cuánto va a recibir? ¿Cuántos habrán empadronado en Artigas, en Flores y cuántos en Montevideo y en Canelones? Allí estará el grueso de los recursos, que se habrá volcado en los departamentos más grandes. ¿Esto es descentralización? Yo creo que no. Se ha dicho que Montevideo recibirá el 7% de los recursos y que otros departamentos recibirán una cantidad mayor. Es cierto, y es bueno, porque Montevideo tiene muchas otras cosas. ¿Acaso el 60% de los empleados públicos del Estado no está radicado en Montevideo? Más del 60% de los funcionarios públicos están en la capital, y sus sueldos del Estado se vuelcan en Montevideo, pero se pagan con los impuestos de todo el país. De manera que hay compensaciones de todo tipo; el Estado central empadrona sus vehículos en Montevideo. Creo que para hacer justicia tributaria hay que mirar las diferencias. Pienso que este impuesto no reconoce diferencias y trata como iguales a los contribuyentes del Pueblo Saucedo, en Salto, del Pueblo Mataperros, en otro departamento, del pueblo Cerro Chato. ¿Los contribuyentes de cualquier pueblito pagarán la misma patente que los ciudadanos de Carrasco, de la capital? ¿Son los mismos ingresos? ¿Es igual el ingreso del ciudadano de Montevideo al del ciudadano del interior? Cuando las Intendencias y las Juntas Departamentales elaboran sus presupuestos lo hacen en función de las necesidades y de las posibilidades del contribuyente. No se están tomando en

cuenta las distintas realidades socioeconómicas de cada departamento del país Por eso es que son presupuestos autónomos, independientes, no equiparables. Sin duda, espero que se resuelvan las inconstitucionalidades; pero, además, es necesario que se aclaren todos estos datos y elementos que hacen a la proyección financiera del ajuste fiscal que se está haciendo con este proyecto de ley, del que nada se habla y que determina que este legislador, Representante por el departamento de Salto, no lo acompañe. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Puede continuar el señor Diputado Iturralde Viñas, a quien le restan quince minutos de su tiempo SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Señor Presidente: entendemos que muchos de los temas que aún no quedaron bien resueltos desde el punto de vista constitucional puedan ser subsanados en el período que queda pendiente. Esa es la apuesta que estamos haciendo. También apostamos a acompañar una resolución del Congreso de Intendentes adoptada por todos los Intendentes de nuestro Partido y, por consiguiente, esperamos que la solución pueda llegar. Tal vez podamos aspirar a un poco más y pensar que dentro de la política tributaria que se fija ahora se tomen en cuenta otros criterios para facilitar el trámite como, por ejemplo, teniendo en cuenta la contaminación que generan los distintos vehículos, qué cilindrada tienen y cuánto representan los gastos. Tal vez haya otros criterios que más adelante se podrían tener en cuenta. En principio entendemos que en el plenario hoy tenemos a estudio una propuesta en la que se fijarán algunos criterios, que podrán ser más o menos buenos o más o menos malos, pero encaminan una solución definitiva a algo que ya tiene muchos años. En definitiva, no parece razonable que en un país, que no tiene una dimensión que lo justifique, haya diecinueve criterios diferentes. Reitero que hay que tomar en cuenta otros criterios y a eso aspiramos. Esperamos que los legisladores de la mayoría en el Senado y que el Poder Ejecutivo, que ha dialogado con distintos Intendentes y legisladores, puedan escuchar algunos de los planteos

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que estamos haciendo a efectos de mejorar este proyecto y votar una buena iniciativa que solucione este tema. Vamos a hacer todo lo que esté a nuestro alcance para subsanar las inconstitucionalidades. De no lograrlo, no votaremos el proyecto, pero sí plantearemos alternativas que nos permitan votarlo sin la existencia de muchas inconstitucionalidades. Es cuanto tengo que decir, señor Presidente. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: quiero dejar algunas constancias. Acá me pongo la camiseta de Representante por Montevideo; prácticamente, desde el año 1995 no me la ponía cuando se discutía en esta Cámara. De acuerdo con una muestra que tengo en mi poder voy a separar los precios de los vehículos automotores en las gamas baja, alta y media. Si para la gama baja tomo en cuenta el período 2000-2003, advierto que Montevideo tiene por encima a dos departamentos. Si tomo los vehículos de gama alta -a los que hay que aplicar el percentil 70, como expliqué-, observo que por encima de Montevideo -de acuerdo con lo que se paga actualmente- hay diez departamentos. En cambio, si tomo a los de gama media, compruebo que por encima de Montevideo hay un departamento, que no es de una administración que políticamente coincida con la de Montevideo. Digo esto porque aquí se ha sostenido que Montevideo tiene las patentes más altas, pero no es así; hay diferencias. Todos sabemos que luego se aplican las exoneraciones y un montón de ventajas. Hay un departamento que para las gamas baja y media figura por encima de Montevideo, pero después termina aplicando una serie de exoneraciones porque la vincula a la contribución rural y a otro tipo de cosas. Asimismo, quiero referirme a algo que hace un momento comentaba con el señor Diputado Orrico. Debo decir que el pensamiento es una iniciativa espontánea del señor Diputado Orrico, y tiene que ver con lo que se paga de patente en un pueblo chico,

que podría tener una exoneración particular, pero eso debería ser acordado en el Congreso de Intendentes. Acá no se trata de saber cuánto paga el titular de la patente de rodados en un pueblo chico, sino de que el contribuyente de una ciudad con mucha potencia económica, que gasta la vialidad de esa ciudad, no se avive y quiera pagar la misma patente que se abona en el pueblo chico. ¡De eso se trata! Aclaremos: hacerlo sería ilegal en este país porque existe una ley del año 2009 que obliga claramente el lugar donde se debe patentar. Y se puede patentar donde se resida o se tenga el emprendimiento comercial o laboral. Desde la época de nuestra independencia -valga el homenaje al Bicentenario- todos sabemos que las normas no se elaboran para quienes cumplen porque no las necesitan -iba a decir “no las necesitamos”, pero sería demasiado pedante de mi parte-, sino para quienes no las cumplen. Por otro lado, quiero referirme a un señor Diputado por quien siento mucho respeto como persona, porque siguiendo la película “El secreto de sus ojos”, a veces hay que ver la esencia. La esencia del señor Diputado Berois es la de una muy buena persona. Podremos tener muchas diferencias políticas, pero como persona lo considero de esa forma. En la Comisión, con la espontaneidad que tiene expresó: “Cuando antes venía a Montevideo conocía a todos quienes tenían matrícula en Flores. Hace un tiempo que no conozco a nadie”. Esto es casi “A confesión de parte, relevo de prueba”. Si un auto de alta gama se pasea por la plaza de Trinidad -el señor Diputado Berois sabe qué pienso de esa ciudad-, a la segunda vuelta todo el mundo ya sabe de quién se trata. El señor Diputado Berois, que es un hombre inserto en su departamento, no conoce la matrícula de los autos patentados en ese departamento. Quería decir esto porque nobleza obliga y, además, para evitar que el señor Diputado Berois no siga desconociendo a sus conciudadanos cuando está en Montevideo. Este proyecto de ley también va a colaborar en ese sentido. Gracias, Presidente. SEÑOR CANTERO PIALI.- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CANTERO PIALI.- Señor Presidente: antes de ingresar al tema de fondo voy a hacer algunas aclaraciones. Una de ellas tiene que ver con algo mencionado por el miembro informante por la mayoría que, además, preside la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. De esta forma, si después lo desea, puede hacer uso de la palabra mediante la contestación a una alusión. Digo esto porque a través de aclaraciones, ha hablado después de que lo hiciera cada uno de los señores Diputados anotados en la lista de oradores. Reitero que ahora podrá hacerlo pidiendo la palabra para contestar una alusión. El señor Diputado Bayardi se refirió a los invitados a la Comisión. Debo decir que los invitados son de la Comisión. Cada legislador puede hacer una sugerencia para invitar a tal o cual persona a la Comisión porque entiende que puede hacer algunos aportes pero, reitero, los invitados son de la Comisión; no es el invitado de aquel, mi invitado o el invitado del otro. La segunda aclaración que quiero hacer tiene que ver con aditivos y sustitutivos. En la Comisión presenté algunas modificaciones que, a mi entender, hacían viable la votación de este proyecto. Antes de que la Comisión lo estudiara, yo había hecho un análisis y me pareció que no correspondía votar el proyecto. Por lo tanto, asumí frente a la Comisión y a mi bancada la responsabilidad de trabajar para proponer modificaciones que me permitieran acompañar algunos de los artículos propuestos. Lamentablemente, el Frente Amplio no acompañó las modificaciones que propuse en su oportunidad. Cuando el proyecto se votó en Comisión, el 20 de octubre, se nos dijo que se considerarían las modificaciones presentadas por los Diputados del Partido Nacional y por quien habla y que, independientemente de lo que se votó en Comisión, se nos iba a decir si se acompañarían algunas de las propuestas que habíamos hecho. En estos once días no hemos tenido ninguna comunicación al respecto. Por lo tanto, entendemos que el Frente Amplio no ha dado por válidas las modificaciones que propusimos en su oportunidad en la Comisión. No las hemos presentado en Sala porque sabe-

mos que con el voto de la mayoría se aprobarán los artículos del proyecto. Como dije al inicio, me comprometí a trabajar para votar esta propuesta, porque creo que si a cualquier uruguayo se le pregunta si quiere terminar con la llamada “guerra de las patentes”, ninguno va a decir que no está interesado. Me parece que todos estamos interesados. Además, se le ha denominado “guerra”, y creo que nadie quiere las guerras. Por lo tanto, sería bueno que, desde el sistema político, tomáramos decisiones que solucionaran este problema y, realmente, este proyecto no lo hace. No es la forma, y, además -por razones que explicaré más adelante- se incurre en inconstitucionalidades. Por otro lado, quiero suscribir el informe que ha hecho el señor Diputado Cersósimo -que acompañé con mi firma- en las palabras y aclaraciones que ha tenido que dar luego de brindarlo. Desde el punto de vista jurídico, son elocuentes las debilidades de los diez primeros artículos del proyecto, que refieren en su totalidad a la patente única. No voy a reiterar los conceptos jurídicos, ya que el señor Diputado Cersósimo los explicó con claridad, pero sí quiero subrayar algunos puntos. Respecto al artículo 1°, me pregunto y pregunto al Cuerpo cuál es la organicidad del famoso SUCIVE, quién tendrá su tutela jurídica y en qué parte del Estado lo vamos a ubicar. Al SUCIVE se le está dando la potestad de cobrar los tributos de patente de rodados, así como recargos, multas, moras, etcétera. ¿Y qué es el SUCIVE para ir contra los particulares a fin de hacerse de esos pagos? Si lo miramos del lado de un contribuyente que tiene que interponer un recurso porque le ponen una multa que no corresponde, ¿lo va a hacer contra el SUCIVE, o sea, contra la nada? Se puede decir que lo hace contra la Intendencia, pero esta cedió la soberanía tributaria; no va a decretar ni a administrar más los tributos; lo va a hacer el SUCIVE. En cuanto al artículo 2°, expresé en Comisión que si diéramos por bueno que los Gobiernos departamentales pueden ceder su soberanía tributaria -hay quienes afirman que solo se puede hacer con una reforma constitucional-, debería ser mediante la aprobación de la Junta Departamental, en tanto órgano del Gobierno departamental, y no dando cuenta, como se establece en este artículo.

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Además, entiendo que esa aprobación debe hacerse por una mayoría especial de dos tercios de los votos, ya que se compromete a futuras Administraciones; excede el período de Gobierno, al tratarse de un convenio que se debe firmar por quince años, renovable por igual período. Nosotros proponemos que se apliquen los mismos alcances del artículo 301 de la Constitución. Se me dirá que esa disposición rige para los préstamos a los que acceden los gobiernos departamentales y que esto no es un préstamo aunque, en realidad, es una renuncia a la soberanía tributaria. Asimismo, desde el punto de vista político, debo decir que el Presidente de la República, don José Mujica, cuando estaba suscribiendo con los Intendentes la declaración que hoy leyó el señor Diputado Cersósimo, dijo que quería que esta solución contara con una mayoría amplia, de más del 70%. Proponemos que esto sea aprobado por dos tercios de componentes de cada una de las diecinueve Juntas Departamentales, lo que representa una mayoría del 66%. Es decir que la mayoría que reclamamos es menor que la que pidió el señor Presidente de la República. Reitero que ninguna de nuestras propuestas -ni para este artículo ni para los otros- fue aprobada por la Comisión. Por otra parte, la Comisión de Seguimiento que se crea por el artículo 3° tiene una serie de facultades que exceden las competencias, no ya de esta Comisión, sino del propio Congreso de Intendentes. Por ejemplo, no se expresa de qué forma sesionará. En el artículo 4° se hace referencia a una Comisión, lo cual nos lleva a pensar que no es la misma que se menciona en el artículo 3°. El miembro informante por la mayoría decía hoy que la Comisión que se crea por el artículo 4° estaría integrada por un delegado de cada uno de los diecinueve Intendentes, más uno de la OPP, más otro del Ministerio de Economía y Finanzas. O sea que sería una Comisión conformada por veintiún miembros. En la Comisión dijimos que debía afinarse esta redacción, pero tampoco fue recogida la sugerencia. Respecto al literal A) del artículo 6°, a pedido del señor Diputado Bistolfi, del departamento de Salto, solicitamos en la Comisión que se considerara el Ejercicio 2011 y no el 2010. Tampoco esto fue acompañado por la mayoría.

Al artículo 8° lo podríamos llamar el de la amenaza. No abundaré al respecto, pero claramente la amplia mayoría de los especialistas que nos visitaron afirmó que era inconstitucional; solo uno opinó lo contrario. El artículo 10 aumenta en un 30% el IMESI para los vehículos más caros, aunque no queda para nada claro a partir de qué valor. Lo que sí queda claro es que el concepto va en contra de la prevención de accidentes de tránsito, como bien señala el informe del señor Diputado Cersósimo. En nuestro país tenemos alrededor de quinientas muertes por año a causa de accidentes de tránsito y, en lugar de facilitar el acceso a vehículos más seguros, que son los que menos contaminan y los que menos rompen, estos serán más caros y, por ende, quienes puedan pagarlos tendrán el privilegio de estar más seguros en nuestras calles y carreteras. Por el contrario, la vida de quienes menos tienen, de quienes no pueden acceder a vehículos más seguros, estará en mayor riesgo. No es verdad, como se afirma, que los Intendentes están de acuerdo con este proyecto que tenemos hoy sobre nuestras mesas. Están de acuerdo con lo que se expresa en la declaración general -que ya leyó el señor Diputado Cersósimo y no reiteraré-, donde los Intendentes hablan de los proyectos, porque se ve que tampoco tenían claro que se fuera a regular en el mismo proyecto el tema energético y el de patente de rodados. Además, estoy seguro de que esto que los Intendentes firmaron, cualquier uruguayo lo habría acompañado, pero cuando vemos el proyecto tal cual se remitió, sin sufrir modificaciones por parte de la Comisión, no podemos acompañarlo. De todas maneras, debemos reconocer que es claro que el actual Presidente de la República es uno de los Presidentes que más ha concurrido al Congreso de Intendentes. Creo que ha sido una estrategia muy habilidosa del Presidente tratar de unirse a los Intendentes en los diferentes temas y, de esta manera, comprometer a los partidos políticos. Ya lo habíamos visto el año pasado con los coordinadores departamentales, que después fueron coordinadores regionales y ahora él les dice a los propios Intendentes que tienen que ser ellos los coordinadores. De esta manera, hábilmente, se ha tratado de que los Intendentes estuvieran de acuerdo en un tema que, en el papel, no es lo que se firmó. Debemos decir muy claro que no habría guerra de patentes si

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Montevideo bajara su valor, porque son las más caras del país. ¿Por qué se van a matricular a Flores o a Colonia? ¿Es por una decisión de carácter político? ¿Es porque los Intendentes de Colonia y de Flores son tipos macanudos? Capaz que sí, seguramente lo sean pero, en realidad, empadronan allí por una razón muy simple: en Colonia y en Flores -como en otros departamentos- es más barato que en Montevideo. Basta andar por Montevideo y ver autos de personas que viven en Montevideo, con adhesivos del Frente Amplio, con chapa de Colonia o de Flores. Es decir que hasta los más fanáticos se van a Colonia y a Flores a matricular. Debe ser esa cultura del Frente Amplio que mencionaba el miembro informante cuando abrió el informe con su anécdota personal. Este tema, señor Presidente, se puede resolver hoy mismo sin necesidad de aprobar esta ley. Basta solamente con que la señora Intendenta de Montevideo firme una resolución en la cual se baje el valor de las patentes en la capital para que las aguas vuelvan a su cauce. No lo va a hacer, porque la ecuación financiera de la Intendencia es tan perversa que no le permite cerrar esos números. No me refiero a los números globales, porque esos nunca le cierran, y desde el año 1990 hasta hoy, siempre ha habido déficit en Montevideo. En el período anterior, la Intendencia de Montevideo llegó al absurdo de crear una tasa de circulación con la que se pretendía cobrar la diferencia entre la patente del interior del auto que estaba circulando y la patente de Montevideo. Esto es parte de la guerra de patentes. Esto es ley en el departamento de Montevideo, a menos que en el último Presupuesto se haya cambiado. Se interpusieron recursos ante tamaña desmesura. Recuerdo que, siendo Ediles, junto con el entonces Edil Daniel Graffigna, concurrimos al Parlamento a expresarnos sobre ese dislate municipal. ¿Podemos decir que, si se aprueba este proyecto, los Montevideanos pagaremos menos patente? No me animo. Realmente, no me animo a decir a los montevideanos: “Miren que ahora van a pagar menos patente”. Este proyecto, tal cual está redactado, no lo garantiza. Lo debería decir y hacer la señora Intendenta. Creo que, además, lo puede hacer hoy mismo. Hoy mismo la señora Intendenta de Montevideo puede decir a los contribuyentes de la capital y a los que se fueron a empadronar al interior: “Vengan a Montevideo que la patente va a salir más barata”.

Una vez que este proyecto se convierta en ley, ¿podremos decir que un auto del año 1998 o de 2008, o del año que quieran, pagará lo mismo en cualquier punto del país? No, señor Presidente. Todo quedará condicionado al Congreso de Intendentes, y no sabemos el grado de avance en que está esa negociación específica. Debemos enfatizar que el señor Intendente Marcos Carámbula, que compareció en la Comisión en calidad de Presidente del Congreso de Intendentes, no remitió la información prometida y solicitada, inclusive, por legisladores del oficialismo. De ese modo, se hizo muy dificultoso trabajar y proponer modificaciones a este proyecto. De todas maneras, las que propusimos -junto con nuestros técnicos y en función de los asesoramientos que recibimos-, lamentablemente, no fueron acompañadas por el Frente Amplio, a pesar de que iban en la línea de mejorar las graves inconstitucionalidades del proyecto. Como bien se dijo, el segundo capítulo de esta iniciativa referido al subsidio para la eficiencia energética no presenta objeciones de carácter constitucional, y tanto para las Intendencias como para UTE, asegura una situación mejor que la actual. Por ello, señor Presidente, no acompañaremos los diez primeros artículos y sí el segundo capítulo, que comprende los últimos cuatro artículos. SEÑOR ASTI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR CANTERO PIALI.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: quisiera hacer dos aclaraciones. En primer lugar, el señor Diputado se refería a que el pronunciamiento del Congreso de Intendentes respecto a la aprobación en general del proyecto se había hecho antes de conocerse el texto. En la Comisión, con el proyecto redactado, discutido y en conocimiento del Congreso de Intendentes y en particular de su mesa, los Representantes de más de un partido político volvieron a asegurar su acuerdo y, de alguna manera, a solicitar el apoyo de los legisladores. En segundo término, quiero hacer referencia al artículo que prevé la suba de las tasas máximas del IMESI. Se autoriza al Poder Ejecutivo a elevar hasta un 30% las tasas máximas. Eso no tiene absoluta-

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mente nada que ver con la política del Poder Ejecutivo de fijar las tasas del IMESI en función de algunos objetivos de interés nacional, como pueden ser la seguridad o el ahorro energético. Precisamente, el IMESI, por ser un impuesto específico interno, tiene la posibilidad de diferenciar por tasas, y así está establecido. Acá la autorización es simplemente para elevar las máximas, que podrán ser de aquellos vehículos de más valor, pero respetando, en función de los objetivos nacionales, los temas de seguridad y de ahorro energético y premiando con una menor tasa a esos valores. O sea que no se puede desprender del aumento de las tasas máximas que se cambie la política que ha sido implementada por el Poder Ejecutivo. Gracias, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Puede continuar el señor Diputado Cantero Piali. SEÑOR CANTERO PIALI.- He terminado, señor Presidente. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: comparto lo que dijo el Diputado Cantero Piali, los invitados son convocados por la Comisión. Quien habla no propuso nunca el nombre de ningún invitado y estaba haciendo referencia a eso. En realidad, se planteaba si tuvimos o no en cuenta las propuestas que el Diputado Cantero Piali había elevado. Cuando lo discutimos, dimos la respuesta que correspondía. Entendemos que para firmar un contrato, no se debe requerir la aprobación de la Junta, y así lo dijimos. Se estableció en los agregados y en los incisos que cada Junta debe aprobar -previo a la suscripción del contrato-, a propuesta del respectivo Intendente, los aforos, alícuotas y formas de pago que sugiera la comisión prevista en el artículo 4°; entendemos que está claro que debe aprobarlo, y esto ya lo hemos planteado. Cuando se habló del fondo de inversión, dijimos que está habilitado por ley a hacer la cesión de derechos, no necesita una anuencia particular. La modificación que se planteaba, respecto a que el Congreso de Intendentes lo debe elevar a la Junta, ya está contenida en el proyecto, no con esa redacción, sino con lo que agregamos en el artículo 4º y la

modificación propuesta al artículo 9º. En realidad, cambiamos la posición aprobada por el Congreso de Intendentes por la acordada, cosa que el Congreso ha hecho siempre. De cualquier manera, quiero hacer una salvedad, porque acá un señor Edil dijo que a él le había tocado aprobar durante equis cantidad de tiempo, y el 26 de diciembre de 2007 -cinco días antes de fin de año y cuatro días antes de destapar la primera espirituosa, por lo que el quinto día no lo cuento-, se aprobó la tabla de aforos para la patente de rodados de vehículos cero kilómetro de los grupos A y B que se empadronan en el departamento en 2008. Si esto pasó a aplicarse fue porque había alguna norma que facultaba a cada uno de los Intendentes que aprobaron la tabla -aunque ahora se dice que no podían hacerlo-, y esa fue la patente que corrió durante al año 2008. No quiero discutir más -lo voy a decir por última vez- sobre el artículo 301 de la Constitución que, en mi opinión, es de una claridad meridiana con respecto a las mayorías que se exigen en cuanto a los endeudamientos o a la emisión de título de deuda pública y a la concesión de préstamos con organismos internacionales. Esto no tiene absolutamente nada que ver con el artículo 301, por lo que mal podemos considerar que no lo tuvimos en cuenta. Ya dijimos que no tenía nada que ver. Se preguntó cómo va a sesionar la Comisión a que alude el artículo 4°. Va a sesionar como la Comisión lo defina -yo digo-, salvo que queramos establecer en la ley cómo va a funcionar; en ese caso estaríamos hilando fino. Lo que dije fue que esa Comisión va a contar con un delegado de cada Intendencia, porque es difícil que un Intendente quiera dar a otro la potestad de que acuerde por él. Va a funcionar antes de la fecha para fijar los acuerdos que se terminen de definir. Por tanto, como dije, la Comisión mencionada en el artículo 4° no es la misma que la referida en el artículo 3°. Se mencionó que se considera el Ejercicio 2011 y no el 2010, pero en mi intervención ya aclaré que el cierre se hizo con el conocimiento de lo que Rentas Generales y el Ministerio de Economía y Finanzas se comprometían a aportar. Los Intendentes están de acuerdo con este proyecto. Hasta demostración de lo contrario, los Inten-

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dentes están de acuerdo. Nadie ha demostrado lo contrario. Con respecto a que ha habido una estrategia habilidosa por parte del Presidente y a que se ha tratado de integrar a todos los partidos políticos, todos conocemos al Presidente, pero no transformamos un proyecto en inconstitucional por la habilidad del Presidente. Me alegro de que tenga habilidad, pero no transforma en inconstitucional un proyecto la habilidad ni la sagacidad de ningún Presidente. También se dijo que no habría guerra de patentes, si la de Montevideo no fuera la más cara. Eso ya lo aclaré; se pueden entender y aceptar los datos que mencioné con respecto a cada categoría y a cada relación. Si hay automóviles con pegotines del Frente Amplio que se han empadronado en Colonia o Flores, si fuera por un segundo Intendente o inspector de tránsito, le aplicaría toda la maza que pudiera, así que no me duelen prendas. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Termino con la última aclaración. Se dijo que no se remitió información, pero se envió toda la información relativa a lo que recaudaron las Intendencias por concepto de patentes desde 2006 hasta 2009. Aclaro que reclamé la información del año 2010, pero se me dijo que no se había enviado porque todavía no había informes del Tribunal de Cuentas. Digo esto para salvar la responsabilidad del Intendente Carámbula.

Del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 3 de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Solana Cabrera de Abásolo”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y uno en cuarenta y dos: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Alberto Lacalle Pou Presente Por la presente solicito al Cuerpo que Usted preside, licencia por el día 3 de noviembre, por motivos personales. Sin otro particular, saluda atentamente; ANÍBAL PEREYRA Representante por Rocha”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Alberto Lacalle Pou De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Aníbal Pereyra Huelmo. Sin más, lo saluda atentamente, Raúl Servetto”. “Comisión de Asuntos Internos

13.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Aníbal Pereyra, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 3 de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Sandra Lazo.

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rocha, Aníbal Pereyra. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Raúl Servetto.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Rocha, Aníbal Pereyra, por el día 3 de noviembre de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Raúl Servetto. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Sandra Lazo. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales por el día jueves 3 del presente mes. Sin otro particular saludo atentamente. NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO Representante por Maldonado”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda a Ud. muy atentamente. Martín Laventure”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento que, por esta única vez, no acep-

to la convocatoria de la que he sido objeto para la sesión de la fecha. Sin otro particular saluda a Ud. atentamente Homero Bonilla”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda a Ud muy atentamente. Jesús Bentancur”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda a Ud muy atentamente. José Hualde”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Martín Laventure, Homero Bonilla, Jesús Bentancur y José Hualde. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto, por el día 3 de noviembre de 2011.

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2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Martín Laventure, Homero Bonilla, Jesús Bentancur y José Hualde. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 21, del Lema Partido Nacional, señora Solana Cabrera de Abásolo. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

14.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas).
Tiene la palabra el señor Diputado Pardiñas. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: no hay duda de que estamos ante un debate crucial, de hondo contenido político. Este es un debate político, más allá de que las argumentaciones y la discusión ha transitado -en varios tramos- por aspectos legales y constitucionales en virtud de la tarea que llevó adelante la Comisión. Es tan político que recién se habló de la habilidad del señor Presidente. No hay nada más mezquino que no reconocer que no se trata de habilidad, sino del compromiso de gobernar el país, de sacarlo adelante para que, en definitiva, el beneficio sea para la nación. Para nosotros es importante centrar eso en este debate, porque uno de los elementos por los cuales no se quiere avanzar en el apoyo a este proyecto de ley es no reconocer el mérito que tuvo la Presidencia de la República en este aspecto por haber iniciado esta gestión -aún antes de asumir-, tratando de encontrar soluciones a los problemas de los gobiernos departamentales. La acción de los gobiernos departamentales también compete al Gobierno nacional, no por avasallar las autonomías, sino porque tiene muy claro que debe gobernar en beneficio de la nación, y es por eso que se quiere impulsar este tipo de normas. En ese sentido, me pregunto: ¿acá también se va a hablar de avasallamiento de las autonomías cuando el Gobierno nacional, junto con los Gobiernos departamentales, a través de la herramienta del Congreso de Intendentes, logre acuerdos en los otros temas que están planteados en la discusión como, por ejemplo, la política nacional en materia de residuos, la vi-

sión nacional en materia de caminería rural y de penetración, o la política nacional para mejorar la maquinaria a fin de mantener esa caminería en los departamentos del interior de la República? ¿Acaso eso también va a ser utilizado como elemento de avasallamiento, o se entenderá que se trata de un Gobierno nacional que piensa en su gente en cualquier rincón del país? Eso es lo que recoge este proyecto de ley, que tiene un gran mérito y es el de haber logrado el apoyo de los Intendentes. Este proyecto expone, tensa y contradice -¡claro que sí!- porque los Gobiernos departamentales tienen actores políticos de todos los Partidos y hay a quienes les hace mella, a algunos les hace roncha y otros no quieren, precisamente, que esos gobernantes piensen con cabeza propia. Algunos quieren seguir teniéndolos bajo la pata de los sectores para dominar políticamente. Y eso es lo que también se trasunta en esta discusión. Tanto es así que estamos hablando de la unificación de la patente de rodados, pero aquí no se ha hecho referencia alguna a que la patente se tiene que pagar donde se circula, donde uno vive. No; para nada. Hasta ahora no se ha tocado ese aspecto. Se ha dicho que la guerra de patentes existe porque en Montevideo es cara. ¡Qué equivocados que están! Al igual que el miembro informante de nuestro partido, voy a poner un ejemplo personal. Hace poco tiempo cambié de vehículo, compré una camioneta “pick-up” a un ciudadano que trabaja en San José y vive en la capital de ese departamento. La camioneta estaba empadronada en Colonia, por lo que tuve que enviar a la Junta de Nueva Helvecia hasta mi nombramiento como Representante del departamento de Cerro Largo para justificar por qué quería empadronar el vehículo allí. La Intendencia de Cerro Largo -como no podía ser de otra forma- me tuvo que reconocer la patente que estaba paga en forma anual, y perdió recursos. ¿Sabe por qué, señor Presidente? Porque, como dije, la patente estaba paga en su totalidad en el departamento de Colonia por un valor aproximado de $ 5.000, y por esa misma camioneta -para este Ejercicio 2011, en el que se hizo la transacción- en Cerro Largo se debería haber pagado $ 14.000. La guerra de patentes no es con Montevideo; la guerra de patentes es entre nosotros; es entre los uruguayos, entre los gobiernos departamentales, y eso es lo que hay que salvaguardar. ¡Por eso el esfuerzo de nuestro Partido, desde el Gobierno, sin avasallamientos, utilizando la acción po-

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lítica y de acuerdos! Eso es lo que duele también. La dictadura no pudo unificar las patentes. ¡Qué gran mérito de este Gobierno poder llegar a una ley con el respaldo de todos los Intendentes, como así se manifestara en el Congreso! ¡Eso les duele! ¡Eso le duele a la historia de la construcción de este país! Por eso decimos, señor Presidente, que este es un debate político, no técnico. Nuestro compañero, el Diputado Pereyra, ya leyó las expresiones acerca del acuerdo del Intendente Botana -que no es de mi Partido- en el Congreso. Eso ha sido señalado también por señores Intendentes de otros partidos. Sin embargo, hay otros aspectos que queremos mencionar. El señor Intendente Besozzi -quien también es Intendente de un departamento que tiene autonomía, tributos que cobrar y presupuestos que atender- planteó en el seno del Congreso de Intendentes que las autonomías, de hecho, se pasan por encima, se avasallan cuando vemos en nuestros departamentos a conciudadanos y a contribuyentes circular en vehículos que están empadronados en otras localidades que no pertenecen al departamento en el cual residen y producen. Esa es, en cierta manera, una de las cosas que se quiere corregir con esta iniciativa. El señor Intendente Zimmer, quien concurrió a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración en su calidad de Vicepresidente del Congreso, dijo: “Nadie es ajeno a que Zimmer en Colonia va a pagar un costo político. Hay mucha gente que tal vez me votó porque bajé la patente y ahora, si tengo alguna chance de seguir en el ámbito político, probablemente no se alinee conmigo. Pero es un costo político que vale la pena porque podemos dar el punto final al tema. De todos modos, creo que no va a haber vehículos que paguen más que ahora. El costo de la patente siempre estará a la baja, inclusive en ese tipo de autos”. ¡Por supuesto que hay costos políticos que asumir y algunos tal vez no tengan ganas de hacerlo! En definitiva, hay que poner el interés del contribuyente y de la gente por encima de los intereses políticos y de los costos políticos. La información volcada en el seno de la Comisión en cuanto a lo que las diferentes Intendencias están recaudando por concepto de patente de rodados -como siempre ocurre- es difícil de analizar y eso también ocurre en el seno de la discusión de las Juntas Departamentales cuando se considera el Presu-

puesto. La mayoría de las Intendencias informan sobre montos recaudados y no sobre contribuyentes. Esa es una limitante que tiene la gran mayoría en el manejo de la información en las Intendencias departamentales. No se puede cargar todas las tintas al Gobierno nacional, a quienes han trabajado en este proyecto, como la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Secretaría de la Presidencia, el Ministerio de Economía y Finanzas o el propio Congreso de Intendentes, de que hoy no tengamos mayor información distribuida con otros elementos identificatorios. Voy a dar algunos ejemplos para no aburrir con cifras. En la evolución del monto recaudado por patentes desde 2004 a 2009, el promedio de recaudación que se ha incrementado para el conjunto de los Gobiernos departamentales fue de 52,5%. Sin embargo, en ese promedio general, algunas Intendencias estuvieron muy por encima. Por ejemplo, en 2009, Colonia tuvo un 165% más de recaudación que en 2004; la Intendencia de San José tuvo un 166% más de recaudación en 2009 que en 2004. ¿Esto es solo porque los presupuestos municipales se ajustaron por la inflación o por el IPC? No, fue porque lograron captar más empadronamientos. Sin lugar a dudas, esa es la explicación. Pero cuidado, hay otras Intendencias que han recaudado por debajo del promedio nacional, es decir, de ese 52,5%. Canelones, por ejemplo, entre 2004 y 2009 incrementó un 44% su recaudación. Montevideo -se dice que es la Intendencia que tiene la patente más cara del mundo- incrementó un 14% su recaudación entre 2004 y 2009; es la que menos crecimiento tuvo en recaudación de patentes. Treinta y Tres -que es la otra que le sigue-, en el mismo período incrementó su recaudación solo un 22%. Pero ¿qué ha pasado en estos últimos tiempos si comparamos 2008 con 2009? Por ejemplo, Canelones incrementó un 8% la recaudación. Recordemos que la inflación en ese período fue de 6,3% o 6,4%. Por lo tanto, se recaudó apenas por encima de la tasa inflacionaria. Esto demuestra que hubo pocos automóviles empadronados en el departamento. Colonia incrementó un 34% su recaudación entre 2008 y 2009. Montevideo solo aumentó un 3,5%, quiere decir que incrementó por debajo de la actualización de su presupuesto por la inflación. San José incrementó un 6%. Treinta y Tres -que fue el otro departamento que utilizamos para estos ejemplos- incrementó un 4%,

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también por debajo de la inflación. ¿Qué quiere decir esto? Que acá hay políticas diferenciales. Acá hay Gobiernos que hacen políticas para capturar contribuyentes y que, por supuesto, no se corresponden con el incremento de la tasa de población en cada uno de ellos. Eso es lo que hay que evitar que siga ocurriendo a futuro y es lo que este proyecto de ley intenta hacer. El compromiso hoy ratificado, luego hay que ponerlo en práctica, y ese es el desafío de los gobernantes: del Gobierno nacional y de los Intendentes y, por supuesto, también de las señoras Edilas y señores Ediles que en cada ámbito deberán ratificar esto, como incorpora la modificación del artículo 4º. Estas son las cosas que están en debate. Estas son las cosas que hoy el Parlamento puede sancionar en beneficio de la nación. Estas son las cosas en las que hoy podemos comenzar a generar políticas de Estado para atender aspectos esenciales y que no son la identidad de las autonomías; esta corre por otros carriles. ¿Cómo se puede decir que alguien que vive en un pueblito tiene que pagar una patente menor cuando adquiere un vehículo que vale más de US$ 50.000? Si lo compra, no es porque vive en el pueblito; si lo compra, es porque tiene recursos suficientes para pagar la patente, el seguro y para circular por los caminos de su localidad. Por ende, deberá tener justicia tributaria. Si tiene capacidad de compra de automóviles caros, que pague una patente mayor. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——El proyecto, en definitiva, intenta generar justicia. Para los automóviles de menor costo, el proyecto implica que un 76% de los contribuyentes pague menos. Y eso es lo que queremos: que haya mayor justicia tributaria. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Espinosa).- Tiene la palabra el señor Diputado Trobo. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: el problema es la “guerra de las patentes”; implementación de mecanismos de coacción que impiden la libre circulación de los vehículos. Esa es la “guerra de las patentes”; es pretender aplicar una prohibición al tránsito de los vehículos con matrículas de otros departamentos. El origen: el ejercicio de las potestades conferidas por la Constitución de la República a los gobiernos departamentales -artículo 297 que tiene que ver con las fuentes de recursos. Las razones: las distintas participa-

ciones del tributo en los presupuestos de los gobiernos departamentales, y las distintas formas de gestión y de presión tributaria para sustentar esa gestión. Las consecuencias: las lógicas; una variada oferta de montos de tributos sobre bienes muebles que, en esencia, circulan con libertad por calles y caminos. Frente al problema y a los sucesivos intentos por resolverlo bajo la óptica presumiblemente justa y animada por un propósito superior, se diseña por los burócratas una solución legislativa que por la bondad intrínseca de sus objetivos y propósitos debe ser indiscutida e indiscutible. Así ingresa un proyecto iniciado en el Poder Ejecutivo que la bancada de Gobierno respalda sin temores ni dudas, pero que a poco de comenzar su análisis recibe una andanada de objeciones y críticas con relación a la constitucionalidad de sus fórmulas. La reacción, a saber por el talante del informe en mayoría que indica la dirección de su voto, resulta en pequeñas modificaciones de su texto que pretenden maquillar los errores y violaciones que contiene. La expresión de la bancada de Gobierno inserta en la página 3 del informe en mayoría revela el voluntarismo dirigido a superar cualquier obstáculo justificado por la bondad del propósito de resolver el problema. La voluntad superior, animada por propósitos superiores, convencida en la bondad justificante de sus objetivos, comienza a diseñar la fórmula mágica para resolver el problema, en cuyo trámite no repara en la legitimidad ni en la constitucionalidad de sus métodos. El autor, en este caso el Gobierno, y su sustento legislativo, se enamoran de la solución que idearon y que encuentran perfecta, y quien se atreva a oponerse a ella se convertirá en el enemigo del pueblo, animado por una conducción perversa. Fíjense que en la opinión del partido de Gobierno el proyecto se aprobará -abro comillas para leer el informe en mayoría- “[…] respetando el sentir del señor Presidente, pero sin quedar de rehenes de estrategias opositoras, que en nuestra opinión anteponen el interés sectorial al interés general que el proyecto en consideración tiene implícito”. O sea que quienes no están de acuerdo con este proyecto solamente plantean una estrategia opositora y anteponen el interés sectorial al interés general que el proyecto tiene implícito. No hay otra forma de resolver este grave pro-

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blema de patentes diferenciales que tiene Uruguay si no es a través de este magnífico proyecto de ley que está estudiando el Parlamento. El colosal mecanismo ideado, según lo describe el informe en mayoría cuando dice -adviertan los términos en que está planteada esta solución legislativa-: “Nos parece un acuerdo histórico, un instrumento idóneo para superar una situación que tuvo durante décadas a los ciudadanos de rehenes de un contencioso al que no lograba encontrársele una solución, bien por falta de voluntad, por falta de garantías, por falta de compromiso, o por falta de una iniciativa concreta que tendiera a salvaguardar los recursos legítimos con que cuentan los Gobiernos Departamentales. En el momento en que los diecinueve Jefas y Jefes Departamentales, en pleno goce de su autonomía para encontrar una solución, acuerdan con el Poder Ejecutivo una fórmula que va a garantizar los recursos con que, en materia de patente de rodados, cuentan los gobiernos departamentales, resulta obvio que el señor Presidente tuviera la sana expectativa que la misma fuera acompañada por el conjunto del sistema político”. Esto fue porque Mujica dijo en su momento que esta ley necesita una legitimidad de más del 75% de los parlamentarios. Esa es una opinión de Mujica. Las leyes salen por la mayoría que establece la Constitución. Pero él, que siempre tiene ideas tan interesantes, tan inteligentes, tan creativas y tan definitivas sobre el futuro del país, cree que esta que ha tenido necesariamente debe pasar por una mayoría que la legitime especialmente. Los legisladores del Gobierno dicen: “Manifestamos en esa oportunidad que el oficialismo iba a trabajar para corregir las interpretaciones a que pudiera dar lugar el proyecto enviado por el Ejecutivo, pero fundamentalmente iba a trabajar para aprobar el proyecto respetando la voluntad de los diecinueve señores y señoras Intendentes”. La voluntad de los diecinueve Intendentes es que se resuelva el tema, pero no es este proyecto de ley; y no se puede insistir con la falacia, si no mentira, de que los Intendentes están todos de acuerdo con este proyecto de ley. No lo están, porque los Intendentes no conocían este proyecto de ley en los términos en los que está redactado. Digo más: este proyecto de ley incluye una solución que es la de aumentar impuestos; es la única fórmula que el Gobierno ha encontrado para resolver los problemas con plata, a través del aumento de impuestos, que los Intendentes no sabían que se iba a incluir en

la solución legislativa que se pretendía presentar. Esto lo digo sin repetir la lectura de la resolución del Congreso de Intendentes que consta en las carpetas de los señores Representantes porque ha sido repartida en la Comisión y, seguramente, quien quiera leerla puede pedírnosla, que se la vamos a entregar. Montesquieu, en “El espíritu de las leyes”, decía: “No hay poder que no incite al abuso, a la extralimitación. ¡Quién lo diría! Ni la virtud puede ser ilimitada”. Para nosotros, sin adjudicarle un propósito maligno, la actitud y el proceder del Gobierno en este caso como en otros, animado por el objetivo de resolver un problema, constituye un abuso sobre cuyas particularidades podremos explayarnos en la discusión en particular. En este punto, aunque parezca ridículo plantearlo con relación a un tema de tributo de rodados, identificamos en la propuesta y en sus promotores y defensores la práctica de un vicio recurrente: como estoy animado por propósitos loables, recurro a cualquier instrumento para lograrlo. Reitero: como estoy animado por propósitos loables, recurro a cualquier instrumento para lograrlo. Este vicio, que entraña una soberbia incontinente, afecta el raciocinio de quien debe procurar soluciones adecuadas al Estado de derecho y a los preceptos constitucionales siempre difíciles, necesitadas de búsqueda de fórmulas complejas tanto como complejo es el problema. Si alguien se arriesga a enfrentar la fórmula de solución de un problema -aunque esta no respete los principios constitucionales- y su objetivo es bondadoso, sortea los obstáculos acusados de formales que impiden la solución y somete las reglas al consenso de algunos. Ahora, este ejemplo de voluntarismo legislativo no es la primera vez que en el transcurso de sus mandatos la izquierda aplica la máxima tan conocida de: “el fin justifica los medios”. No es la primera vez que la izquierda dice: “El fin justifica los medios”, y practica la fórmula, “el fin justifica los medios”. Como tengo un buen propósito y como ese propósito hay que lograrlo como sea, lo logro como sea, importándome muy poco la Constitución, las formas y las competencias. ¿Por qué? Porque me anima un buen propósito: soy bueno, quiero resolver un problema. Voy a citar algunos casos de legislaciones que se han aprobado con el gran objetivo, pero con un instrumento falaz: la ley de negociación colectiva, la ley de abreviación de juicios laborales, la ley de ordena-

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miento territorial, los decretos de prohibición de fumar, la anulación o la derogación de la ley de caducidad, las normas sobre procedimiento policial, la ley de educación, las leyes del FONASA y del Sistema Nacional de Salud e infinidad de disposiciones presupuestales. Esta enumeración, que no es definitiva ni recoge todos los casos que a nuestro juicio muestran una peligrosa tendencia, revela una práctica perversa, fórmula que puede estar animada por el propósito loable y bueno, pero perversa en cuanto quiere justificarse en sí misma sin reparar en principios constitucionales para satisfacerse con soluciones legislativas. El Estado constitucional involuciona hacia el Estado legislativo. A nosotros nos preocupa que los mecanismos que se ofrecen para solucionar el problema desconozcan el proceso constitucional que ha vivido el Uruguay en los últimos años. La descentralización, la afirmación de la autonomía y la participación más activa de lo departamental y lo local en la distribución de las competencias y recursos -orientación de la Constitución de 1996, significativo logro histórico del Partido Nacional que persiguió desde la historia y que la ciudadanía consagró en esa reforma- son desconocidos por las iniciativas centralistas y centralizadoras, cuya demostración más palmaria es el grado de concentración de decisiones en manos del Poder Ejecutivo y organismos nacionales, cuyo poder es inconmensurable frente al de los departamentos y especialmente el aumento considerable de las necesidades financieras de los Gobiernos departamentales a las contribuciones del Gobierno nacional. Hoy muchos Gobiernos departamentales están sometidos a funcionar si tienen transferencias del Gobierno Central y el camino de este proyecto de ley aumenta la dependencia de los Gobiernos departamentales a la determinación del Gobierno Central. Me atrevo a decir que no solamente están condicionados formal sino informalmente porque -me consta- hay mecanismos de presión directa sobre los Intendentes que el Gobierno tiene, a usanza, a través de distintos gestores de la Administración. Eso está ocurriendo en el Uruguay de hoy. Nos estamos pareciendo a la Argentina: el Gobierno Central dando, o no, según la cara de quien pide. Este mecanismo de la patente establecida a través del régimen que se crea en este proyecto de ley aumenta aún más el grado de dependencia de los Gobiernos departamentales y ello va en co-

ntra de la dirección de la Constitución de 1997 en lo que respecta a la descentralización. Claro, se nos podrá decir que esta solución recoge el beneplácito de todos los gobernantes departamentales y que ello la hace legítima. ¡No! ¡No la hace legítima! La voluntad de los señores Intendentes expresada en el sentido de que debería haber una patente única no legitima esta solución bajo ningún concepto. Además, en todo caso, tampoco es de su competencia exclusiva. Esas son cuestiones que no pueden resolver diecinueve Intendentes juntos en una reunión que no tiene otro sentido que el de la coordinación, según establece la Constitución de la República. Se magnifica la opinión de los Intendentes y la del Presidente en un acuerdo histórico, como se dice. Ante esa solución ¿nadie puede oponerse por razones formales? De ningún modo. No podemos renunciar a nuestras competencias y a nuestras responsabilidades en lo que hace al proceso de sanción de la ley y a la determinación de si existen violaciones a la Constitución de la República. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Luis Lacalle Pou) ——Esta solución compleja es admitida por diversas circunstancias, dentro de las cuales hay muchas que tienen que ver con el imperio de la dependencia a la que están sometidos hoy los gobiernos departamentales. Por esa razón, la solución necesita una consistente legitimidad constitucional. Solo esta es la garantía para los gobernados y sus gobernantes. En grandes trazos, este proyecto enajena una fuente de recursos que son propios de los Gobiernos departamentales. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Termino en breves instantes, señor Presidente. Se niega a admitir la constitucionalidad de la intervención de las Juntas departamentales con la exigencia de mayorías especiales -artículo 301 de la Constitución de la República-; amputa las potestades tributarias de los gobiernos departamentales -artículo 273 de la Constitución de la República-; sanciona el incumplimiento de un acuerdo muy complejo cuya vigencia supera el mandato constitucional de los gobiernos departamentales y cuya constitucionalidad merece reparos con un castigo económico sustrayendo a estos recursos legítimos creados por la orientación descentralizadora de la Constitución de 1997 -artículo 214-; crea una comisión que administra el sis-

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tema de cobro de patente de rodados y otros tributos y precios cuya personería jurídica se desconoce, que no es un órgano del Estado, y a pesar de ello se le comete a recibir informes, autorizar, solicitar, etcétera -artículo 3º del proyecto-; recurre nuevamente al fácil expediente de aumentar impuestos aprovechando la ocasión y gravando… SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Ha terminado su tiempo, señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Ya estoy terminando, y voy a redondear. Decía que recurre nuevamente al fácil expediente de aumentar impuestos aprovechando la ocasión y gravando aun más el precio de los vehículos, aumentando el IMESI y contribuyendo a que los uruguayos sean quienes más impuestos pagan en el MERCOSUR por la compra de vehículos. Aquí se paga el 100% del ahorro del vehículo por concepto de impuestos, y a partir del 1º de enero del año próximo, en caso de aprobarse este proyecto de ley, habrá otro aumento. En fin, animados con el propósito nada más ni nada menos que de terminar de una vez por todas con la guerra de las patentes, convencidos de la bondad de su misión, los promotores de la iniciativa, exculpados de toda sospecha por el propósito presidencial de encontrar una solución histórica a este magnífico problema, se encaminan a poner en práctica una solución voluntarista que no repara en los métodos ni en los medios y que a la larga no resultará. Su fragilidad está intrínseca en la imperfección de las soluciones que promueve. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: pido la palabra para una aclaración porque fui citado como firmante del proyecto. El Diputado Trobo ha dado lectura a un elaborado material decorado con un conjunto de apreciaciones a las que no nos tenía acostumbrado normalmente. Acá todos saben cuáles son los estilos que cada uno usa. Por tanto voy a tomar ese estilo que ahora ha asumido el señor Diputado Trobo para decir que el firmante del proyecto ratifica todo lo que dijo respecto

a que entiende que es histórico el acuerdo y que, en la medida en que se ha trabajado para mejorar las apreciaciones o lecturas que se daban adelante, el firmante del proyecto considera que si no se acompañan es por intereses menores sectoriales que someten el interés general. Lo que no quiere decir que considere a nadie enemigo. No estamos hablando de que de esa cita surge que alguien es enemigo del pueblo, razón por la cual quería aclarar esa apreciación. Es decir que no hay un alcance de considerar a nadie enemigo. Se ha hablado de muchos temas. Y en una de mis intervenciones -es posible que no haya estado presente el señor Diputado Trobo, por estar redactando lo que iba a leer- ya dije que estábamos cayendo en una situación difícil en lo que tiene que ver con el financiamiento que va del Gobierno nacional al Gobierno departamental. Yo dije que estaba en el orden del 45%. y dos señores legisladores -uno del Partido Nacional y uno del Frente Amplio- me corrigieron. Me refería a un promedio porque el aporte de Rentas Generales al Presupuesto de los Gobiernos departamentales oscila entre el 22% y el 57%. Esto no es un problema del Gobierno nacional. Si hubiera una moción que impidiera trasladar recursos querría ver qué pasaba con muchos Gobiernos departamentales. En todo caso, debemos tener un diseño para superar esa situación. Dije que quizás no se pudo hacer desde el año 2000 al 2005 porque hubo una crisis que azotó al país. Sin embargo, del año 2005 en adelante el Gobierno nacional, con la presidencia del doctor Tabaré Vázquez y con la del señor Mujica, han ido incrementando los aportes para solucionar los problemas de los Gobiernos departamentales. No me resulta admisible que se haya dicho que eso ha dado lugar a que se dé según la cara. Yo puedo decir acá quiénes estuvieron por fuera de los proyectos y no participaron en ellos, aunque había recursos económicos por fondos que había conseguido el Gobierno nacional. No lo hicieron y voy a decir por qué. Me parece que no lo hicieron porque en un caso la capacidad no le daba para saber de lo que se estaba hablando y en el otro no lo hicieron por animadversión política al Gobierno nacional. Y son dos departamentos. En uno, “lo que natura non da, Salamanca non presta” y, en el otro, lo que sobra desde el punto de vista de la naturaleza, Salamanca no lo corrige. Por lo tanto, estas fueron las situaciones que se dieron. Mientras tanto, gobierno tras gobierno, sin discriminación, dio más a los que no eran de este partido político.

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Repito que ya no voy a hablar -probablemente no se me haya escuchado- de las apreciaciones que hice con relación a la constitucionalidad. No voy a repetir la apreciación que refiere al artículo 301 y a las facultades establecidas en los artículos 273, 275 y 297 -puede no haberse oído por estar prestando atención a otra cosa- ni al contenido en el proyecto de Presupuesto nacional, según el artículo 214. No puedo dejar de reconocer que aquí existió la voluntad expresa de diecinueve Intendentes, a quienes se les presentó la línea del proyecto, los textos que se estaban acordando. Nadie dijo nada. ¿Por qué nadie dijo nada? Nadie dijo nada porque este es un proyecto muy beneficioso para los Gobiernos departamentales; extremadamente beneficioso: se va a garantizar lo que se cobra hoy por patente de rodados -porque si se sigue empadronando como hasta ahora, se va a caer en ilegalidades- y se va a obtener una enorme masa de recursos para el alumbrado público y para satisfacer la demanda de los contribuyentes. Gracias, señor Presidente. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: la verdad es que cómo se encaran los debates o se realizan las exposiciones es una cuestión que está vinculada al fuero de cada uno. Yo no tengo por qué admitir que el Diputado Bayardi ni ningún otro Diputado exprese que se sorprende porque yo lea algo; he leído muchas veces en la Cámara, señor Diputado Bayardi. Se lo digo porque usted lo sabe. (Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Por favor, diríjase a la Mesa, señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Usted también sabe eso, señor Presidente. Ocurre que no es fácil encarar este tema, porque lo que aparece ante la opinión pública es que quienes podemos estar en desacuerdo con esta diabólica fórmula, estamos en contra de que el mecanismo de la patente de rodados se fije con criterios análogos en todo el país. Yo estoy de acuerdo con que los vehículos paguen lo mismo en todo el territorio nacional. Pero con lo que no estoy de acuerdo es con esta fórmu-

la, porque creo que no es constitucional, que es violatoria de las autonomías, que va en dirección contraria a lo que establece la Constitución en materia de descentralización y porque es voluntarista. La he comparado con otras fórmulas aplicadas a otros temas; no hago el agravio de decir que el Gobierno tiene mala intención, pero sí que tiene mala praxis. No son prudentes para las soluciones legislativas, y creen más en el Estado legislativo que en el Estado constitucional. Necesariamente, una sociedad democrática y republicana tiene que vivir en el marco de un Estado constitucional, no de un Estado legislativo. Eso es lo que decimos nosotros. ¡Es muy claro! Señores: ustedes con el problema. ¿Ustedes quieren llevar adelante esta fórmula? Pues bien, háganlo. Lo que yo les digo es que honestamente creo que es una fórmula inconsistente, que no va a resolver los problemas y el fracaso va a ser aún mayor, porque creen haber encontrado el desiderátum de la solución de un problema, pero no es por esta vía. En cuanto a la aplicación del artículo 301, para que quede constancia en la versión taquigráfica me voy a permitir dar lectura a un material que nos envió el doctor Daniel Hugo Martins con su firma, cuyas condiciones y los antecedentes de su capacidad jurídica creo que exceden los del señor Diputado Bayardi, que ha sido intérprete de la Constitución ante nosotros para decirnos que dicho artículo no se puede mencionar. Dice: “La Resolución del Congreso de Intendentes fijando el impuesto no será obligatoria atento a lo dispuesto en el art. 281 y art. 299 de la Constitución.- Cualquier persona podrá impugnar dicho cobro.- Y qué pasa con lo que deben actualmente los propietarios de automóviles que no han pagado la patente en años anteriores.- Entiendo que cada Intendencia seguirá cobrando dicho impuesto.- Los Intendentes no pueden ceder por quince años renovables automáticamente por períodos iguales o sea indefinidamente el cobro del impuesto a la patente de rodados.- Para ceder el cobro por quince años, por analogía sería de aplicación el art.301 que exige para el caso en que el préstamos excediera el período de gobierno del Intendente proponente la aprobación por 2/3 de votos del total de componentes de la Junta Departamental”. ¿Qué es lo que pide el artículo 301? Una garantía. No pide por capricho los dos tercios cuando el In-

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tendente se va a endeudar más allá del período de Gobierno. Pide los dos tercios porque se va a endeudar más allá del período de Gobierno. En todo caso, en estas circunstancias, la Constitución exige los dos tercios y debe entenderse que es así para dar garantías a los ciudadanos y a los Gobiernos departamentales. Para ceder esa competencia y esa potestad durante los próximos quince años necesita mayoría especial de la Junta Departamental, según lo establece el artículo 301. Esta es la interpretación del doctor Martins que, por lo menos a mí, me parece más respetable y valiosa que algunas de las que se han vertido en Sala. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para contestar una alusión. (Interrupción del señor Representante Amy) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Entiendo el reclamo del señor Diputado Amy, pero reglamentariamente corresponde dar la palabra al señor Diputado Bayardi para contestar una alusión. Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: entiendo la molestia del señor Diputado Amy, pero creo que hubo una alusión personal, hasta con nombre. No entendí bien lo que se dijo, que se va por fuera de la pirámide del Kelsen en lo que tiene que ver con el Estado legislativo y el Estado constitucional. Obviamente, todo Estado legislativo está en un rango inferior y sujeto al Estado constitucional que emana de la supremacía de la Constitución sobre las leyes. Y si todos los males que contiene el actual proyecto fueran verdad, cualquier contribuyente, cualquier señor Intendente o cualquiera que viera violentado sus derechos constitucionales, podrá interponer los recursos de inconstitucionalidad que entienda. Yo lo dije en Comisión. No veo qué tan dramático podría ser que tuviéramos que enfrentar esa situación. En cuanto a lo dicho, obviamente tengo un gran respeto intelectual por el doctor Daniel Hugo Martins y lo quiero dejar expresado. Aplica por vía analógica el artículo 301 al artículo que cede o que transfiere por quince años el cobro de la patente. Reitero, con mucho respeto, que no corresponde aplicar la analogía porque el artículo 301 refiere a endeudamientos. No sé qué parte puede no haberse entendido del artículo 301. Refiere a endeudarse, a contraer présta-

mos. Y en un lado, como lo hace con organismos extranjeros o internacionales, obviamente pide que el Poder Legislativo lo controle más allá de que lo haga el Tribunal de Cuentas. Si no es con organismos o instituciones extranjeras, lo que hace es pedir determinadas mayorías especiales si pasa más allá del período de Gobierno. Ahora bien, acá no se está contrayendo ningún endeudamiento; no hay ninguna deuda. Lo que se está transfiriendo es lo que se va a cobrar por patente de rodados. Le doy a un organismo, en este caso al sistema, para que cobre la patente de rodados y está comprometido que apenas lo haga, se transfiera al Gobierno departamental. La verdad es que no puedo entender de dónde se desprende que esto es equiparable a un endeudamiento. Para nosotros no hay endeudamiento. Sí existe un compromiso de cesión de cobro para que se transfiera directamente a las arcas, sin siquiera pagar costos de administración. Recordemos que ya está aclarado que los costos de administración del agente fiduciario los va a pagar el Gobierno nacional; si cobro cien y tengo que transferir cien, alguien debe hacer el pago correspondiente. Entonces, no se puede insistir con la aplicación del artículo 301. El doctor Hugo Martins hizo un ilustrado análisis al respecto, pero en este caso me permito no compartir la analogía entre una norma que prevé garantías contra el endeudamiento y una norma que lo que hace es habilitar a que se firme un contrato para ceder el cobro que implica necesariamente la transferencia inmediata de esos recursos. Por lo tanto, lamento no compartir la apreciación. Gracias, señor Presidente. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: el artículo 301 dice que cuando el Gobierno departamental se va a comprometer con una deuda más allá del período, es necesaria una mayoría especial. ¿Qué pasa si comprometemos por quince años la recaudación del tributo de patente de rodados? Se están comprometiendo los presupuestos de los próximos tres períodos de Gobierno. Cuando se inicie el próximo período de Go-

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bierno departamental, la Junta Departamental deberá aprobar el proyecto de presupuesto que le envíe el Intendente, pero si no manda este mismo proyecto con estas mismas condiciones, caerá el acuerdo y el Gobierno departamental será sancionado. Quiero que se entienda que aquí lo que se está enajenando es la libertad de fijar los impuestos en los próximos dos períodos legislativos de los Gobiernos departamentales. Este es el motivo por el cual el doctor Martins señala que es necesaria una mayoría especial. Es claro que no se está tomando una deuda, pero se está comprometiendo un recurso, y este se fija cada vez que empieza una Legislatura. La Junta Departamental que sea, una vez que apruebe esto y comprometa por los próximos quince años la recaudación de un tributo -que está fijado por alguien que no es esa Junta, sino el Poder Ejecutivo, o un acuerdo que haga el Congreso de Intendentes, sin la anuencia de la Junta Departamental, porque esta ya la concedió-, estará comprometiendo lo mismo que si se estuviera endeudando por tres períodos de Gobierno. Por eso decimos que por analogía se aplica el artículo 301. Lo que hace la Constitución en este caso es amparar al contribuyente y las potestades del Gobierno. Por este motivo exige una mayoría especial. Entonces, creemos que debe ser aplicado en este caso, como bien dijo el doctor Martins. Gracias, señor Presidente.

blica de Chile, por el período comprendido entre los días 8 y 11 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Zás Fernández”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y tres en cuarenta y cinco: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente Por intermedio de la presente solicito al Cuerpo se me otorgue licencia por los días 8, 9, 10 y 11 de noviembre y se convoque a mi suplente correspondiente, de conformidad con la Ley Nº 17.827, artículo 1º, literal D) que establece la causal “obligaciones notorias” del legislador. Durante esos días participaré invitado por la “Corporación Participa” y el “Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile”, al Seminario sobre “Seguridad Ciudadana: la diversidad de amenazas y las formas de enfrentarla”. El encuentro se realizará en la antigua sede del parlamento de Santiago de Chile, Chile. Se adjunta invitación. Sin otro particular lo saludo atentamente JORGE ORRICO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Orrico, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir a la invitación realizada por la “Corporación Participa” y el “Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile”, al seminario sobre “Seguridad Ciudadana: la diversidad de amenazas y las formas de enfrentarla”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile.

15.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente solicitud de licencia: Del señor Representante Jorge Orrico, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para concurrir a la invitación de la “Corporación Participa” y del “Instituto de Asuntos Públicas de la Universidad de Chile” al seminario sobre “Seguridad Ciudadana: la diversidad de amenazas y las formas de enfrentarla”, a desarrollarse en la ciudad de Santiago, Repú-

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CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 8 y 11 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Orrico, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir a la invitación realizada por la “Corporación Participa” y el “Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile”, al seminario sobre “Seguridad Ciudadana: la diversidad de amenazas y las formas de enfrentarla”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile por el período comprendido entre los días 8 y 11 de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Jorge Zás Fernández. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, PABLO MAZZONI, SOLANA CABRERA”.

tud que muchas veces no comprendimos, más allá de que cada uno intentase llevar agua para su molino presupuestal. El hecho de estar tratando este tema en el día de hoy tiene que ver, fundamentalmente, con reconocer responsabilidades de quienes han sido los artífices de este problema. No tengo dudas al decir que desde 1990 -algunos más memoriosos refieren a 1967- los verdaderos responsables de este problema son los Intendentes de todos los partidos sin excepción. Y fíjese lo curioso de esta situación. Hablemos de la época postdictadura. Desde 1985 hasta la fecha no han podido llegar a un acuerdo y pretenden que el Parlamento, en cuarenta y cinco días, logre lo que no consiguieron en veinticinco años; esa es la verdad. Ese apresuramiento ha llevado a que todos tengamos limitadas las posibilidades de acceder a los suficientes elementos de juicio para munirnos de la información necesaria para tener una posición acabada sobre lo que tenemos que hacer, fundamentalmente -por lo menos desde mi perspectiva; creo que también la de todos los señores Representantes-, para preservar la confianza que cada uno de los votantes de nuestro departamento ha depositado en nosotros. Esta va a ser la matriz que va a reglar a la hora de decidir mi voto -que ya adelanto va a ser negativo- cuando me exprese libremente en esta Sala. Debo decir que me importa bien poco lo que acordaron los Intendentes. Además, lo que ellos acordaron no es lo que está consabido en este proyecto. Los Intendentes hicieron una expresión de deseo en un ámbito de coordinación, como muy bien se aclaró -a partir de la reforma de 1994 están muy bien establecidas cuáles son las potestades del Congreso de Intendentes-, y los Diputados debíamos convalidarla. Por lo tanto, en esto la opinión de los Intendentes, sean del color que sea, es irrelevante. Por otra parte, debo felicitar al Presidente, y lo hago sin ambages. Es el único que se puede felicitar por haber logrado lo que no consiguieron los Intendentes en veinticuatro, veinticinco y treinta años de desencuentros; esa es la realidad. Es el único que tiene para festejar; los otros deben ir a llorar al cuartito. Debemos aprender a decir las cosas sin eufemismos. Esa es la verdad. Pero el triunfo que ha tenido el Presidente de la República en su política de llevar adelante un acuerdo, indudablemente -ya lo han adelantado algunos

16.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el señor Diputado Amy. SEÑOR AMY.- Señor Presidente: uno de los temas que durante mis años de Edil seguí con mucha atención fue, precisamente, la famosa guerra de patentes. Recuerdo que el primer bosquejo de acuerdo -entre tantos- y el más proficuo en lograr avances fue el de Paso Severino, en 1994. Pero la mayor durabilidad que tuvo fue de setenta y dos horas porque automáticamente, una vez firmado, se violentó. Así comenzó un camino de desencuentros permanentes, con la gravedad de que en muchos casos eran protagonizados por Intendentes del mismo partido, en una acti-

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Diputados preopinantes- tiene un objetivo claro: reivindicar que es un logro que nadie pudo alcanzar. Inclusive, algunos dijeron que lo que no se acordó en la dictadura y en otros momentos, hoy se logra. Eso es verdad, pero siempre el Frente Amplio plantea la responsabilidad de su ejercicio en la función y la irresponsabilidad de los demás. En este punto, debemos tener en cuenta que en 1990 Tabaré Vázquez ya integraba el Congreso de Intendentes; después estuvo Arana -que indudablemente estaría preocupado por las ganancias de los casinos y no por los acuerdos respecto a las patentes- y luego estuvo Ehrlich. También lo integraron una serie de Intendentes de Gobiernos departamentales que eran del Frente Amplio. Me he tomado el trabajo de revisar las actas y desde el momento en que estuvo Vázquez en adelante no he visto que nadie discordara diciendo que se autoflagelaba porque lo que estaban haciendo los demás Intendentes estaba mal y lo que él hacía estaba bien. ¿Saben por qué? Porque en el Congreso de Intendentes no existen partidos políticos; existe una sola raza, que es la de “Intendente”. Esta es la verdad, le guste a quien le guste. En esa filosofía y a sabiendas de lo que los Intendentes llevan adelante, se ha armado este proyecto. Digo esto porque no debe haber cosa más perniciosa que conocer las debilidades ajenas para, en base a ellas, armar un proyecto como el que está encima de nuestras mesas. ¿Qué es lo primero que sabe la Oficina de Planeamiento y Presupuesto? Sabe que la mayoría de las Intendencias está empecinadas en presupuestos quinquenales extremadamente pequeños, donde el concepto de presupuesto de inversión cada día es más acotado, porque cada vez aumenta más el presupuesto de funcionamiento. Entonces, el Intendente, cuando llega al fin del quinquenio tiene que rendir cuentas, si es que se va a presentar a la reelección. Muchos de los que han convalidado este acuerdo, indudablemente no tienen la posibilidad de la reelección, porque si no, lo hubieran acordado antes. Lo impulsan ahora a sabiendas de que no pueden ser reelectos. En esa falta de presupuesto, fundamentalmente de inversión, ¿quién sabe cuánto se invierte del 100% del presupuesto? La Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Entonces, ¿por qué los que se presentarán a la reelección están tan dispuestos a acompañar este

acuerdo? Indudablemente, porque necesitan demostrar, y el que viene con la herencia de otra Administración, tiene que prolijear las cuentas y armar un presupuesto -achicando el de funcionamiento que hereda, o genera- en obras, del que pueda rendir cuentas como gobernante departamental. Entonces, ¿qué mejor que conocer las carencias y falencias de cada departamento para decir “a mengano le falta tanto para ser un buen plan de obras municipal”, “a zutano le falta que le renueven el parque automotriz de maquinaria pesada”. Por lo tanto, quienes hablan de que estamos ante un proyecto removedor, cargado de bondad, ¿hay tanta bondad o se elaboró a sabiendas de las debilidades ajenas y se hizo a gusto y antojo? Creo que la intención va por ese lado. Es más: este proyecto ha sido tan perversamente armado que se logra el desconocimiento, fundamentalmente, de uno de los pies básicos de un Gobierno Departamental, como son las Juntas Departamentales, con la complicidad de los Intendentes, porque tiene la filosofía de que cuanto más callada esté la Junta, menos se complican. Esto es lo primero que los Intendentes viejos dicen a los Intendentes nuevos: “Mirá: si hay algo que te complica, son las Juntas; cuanto más tranquilas las tengas, mejor”. Por lo tanto, si un proyecto desconoce a las Juntas Departamentales, bienvenido sea, porque es una forma de que se consolide una sola voz en el departamento. ¡Y este proyecto hace eso! No se consultó a las Juntas Departamentales. Es más: este proyecto es tan pernicioso que el artículo 2º dice: “Autorízase a los Intendentes, dando cuenta a la Junta Departamental (…)”. Algunos Intendentes tuvieron la osadía, después de haber firmado este documento y cheque en blanco, de aparecerse como Caperucita Roja en las Juntas Departamentales, a decir: “¿Saben que firmé esto, chiquilines? Pero ustedes lo van a tener que convalidar, o no, pero lo van a tener que convalidar, a su vez, los Diputados”. Por lo tanto, voy a votar total y absolutamente liberado de conciencia. Además, quiero decir que la creación de la Comisión de Seguimiento del Sistema Único de Ingresos Vehiculares, también deja afuera a una de las patas del Gobierno Departamental. Por otra parte, dos integrantes de esta Comisión serán del Poder Ejecutivo: el

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representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que no es Intendente y pertenece al Gobierno, y el del Ministerio de Economía y Finanzas, que también es de Gobierno, y me parece natural, porque quien gobierna por voto popular es el Frente Amplio. Por lo tanto, en este caso, tampoco habrá garantías. No obstante, existe algo mucho más grave. Nos piden que convalidemos con nuestro voto algo que cualquiera que haya pasado por una Junta Departamental sabe que es elemental: no se puede votar nada que tenga que ver con una norma presupuestal, que exceda el período de Gobierno, salvo que cuente con la debida convalidación de la Junta Departamental. Pero, ¿quién me asegura que el signo político que venga al departamento sea el mismo del que gobierna hoy? ¿Quién puede asegurar que se respetará ese acuerdo, si ni siquiera conozco a los candidatos? ¿Acaso estamos vendiendo de vuelta espejitos a la gente? No quiero cargar con esa responsabilidad, y quiero tener total y absoluta convicción de lo que voto. Por eso, no votaré este proyecto porque no me ofrece, entre otras cosas, la información suficiente. Asimismo, no concuerdo con algunas de las cosas que dijo el señor Diputado Bayardi, a quien atendí con la deferencia que siempre merece, y le consta el respeto legislativo que le tengo, porque en la página 29 de la versión taquigráfica de la sesión del 5 de octubre de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, el señor Diputado Cantero Piali reclama nuevamente la información, que fue lo mismo que pedimos al Congreso de Intendentes y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. ¿Saben qué se nos contestó? Prácticamente -invito a consultar la versión taquigráfica-, que se trata de un secreto de Estado. El número de la clave para el lanzamiento de misiles intercontinentales lo tiene el Congreso de Intendentes y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Pero, ¿cuál es el secreto de esto? ¿Cuál es el nudo gordiano? Es muy sencillo. Acá libremente nos han empaquetado diciéndonos: “El 60% baja, el 20% queda igual y el 20% aumenta”. Ahora, ¿por qué no se dio a cada Diputado, por departamento -no me refiero a la planilla que nos dio la Oficina de Planeamiento y Presupuesto-, una descripción de ese 60%, de la franja de automotores de cada departamento, y a qué año va a afectar? ¿De qué me sirve que baje la patente del 60% de los vehículos de 1990 en adelan-

te, si el monto imponible es menor y al aplicarse la alícuota lo que genera es mínimo? Entonces, ¿cuál es el arreglo y dónde está la condescendencia y la bondad del acuerdo? Nadie dice que la principal trampa de este proyecto se arrastra desde antes, porque el arreglo va a nivelar para adelante, pero sobre lo generado, ¡y lo generado fue lo que creó la guerra de patentes! Lo que no se dice acá es que el principal problema fue la trampa que los mismos Intendentes se hicieron todos los años. Todos son responsables. Entonces, ¿su irresponsabilidad la tengo que convalidar con mi voto? ¡No, señor! Porque acá es bueno decir que algún contador inescrupuloso de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto que asesoraba en la materia, recomendó a las Intendencias, en especial a los contadores municipales que, cuando anduvieran cortos de fluidos de caja, no adecuaran los montos imponibles ni depreciaran el valor de los autos usados, como tenían que hacerlo en base al acuerdo. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¡Apoyado! SEÑOR AMY.- Entonces, me pregunto: ¿Flores tiene la patente más barata porque hace magia, o se tomó el trabajo de ir disminuyendo todos los años el monto imponible? Por supuesto, al ser menor el monto imponible de un usado y al aplicarse un porcentaje a esto, la patente será menor. Esto lo sabían y no lo hicieron. ¿Por qué? Porque era mucho más sencillo guardar silencio y hacerse con la plata que cobraban de más a los contribuyentes. En ese sentido, hubo Administraciones que cobraban hasta un 70% de más, y después tuvieron el tupé de transformarse en policías, al estilo de las SA alemana, saliendo a cazar brujas y preguntar: “Usted, ¿dónde vive? ¿Por qué tiene patente de otro departamento?”. ¿Por qué un vecino que vive en Soriano iría a empadronar a Flores, a 135 kilómetros de su casa, si en su departamento costara lo mismo? Indudablemente, no lo haría. Entonces, acá hay un problema hasta de libertad. ¿Quién me va a obligar a comprar la yerba a $ 130 en un almacén, si en la de al lado cuesta $ 50? ¿Cuál es el aspecto fundamental? No existe ninguna justificación. Esa es la matriz del problema y la trampa que se han hecho, en muchos casos a sabiendas, porque les servía cobrar de más al contribuyente.

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Entonces, quiero dejar clara constancia de que nuestra bancada tiene libertad de acción, y no voy a votar el proyecto por la falta de información, por lo que no se me informó, por lo que se me escondió y por el pasaje de pelota de quién es el responsable de que sea “top secret” la descripción del 60% por departamento, porque cuando vino la Oficina de Planeamiento y Presupuesto -consta en la versión taquigráfica- se dijo que no daban esa información, porque eso formaba parte de un acuerdo con los Intendentes. ¡Qué lo van a decir, si saben que si lo dicen se cae el acuerdo! Entonces, no voy a votar este proyecto, y lo haré a conciencia, en defensa fundamentalmente de los contribuyentes de mi departamento, a quienes represento con tanto orgullo. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: primero voy a contestar una alusión y después voy a hacer una aclaración. Yo no soy quién para hacer recomendaciones a nadie, pero luego de largo tiempo acá he aprendido en política una cosa: cuando uno quiere mantener un estilo debería no horadar la sensibilidad y la honestidad de algunas personas por las que otros sienten reconocimiento, salvo que tenga las pruebas suficientes para hacerlo. Quiero dejarlo claro. En política me van a encontrar discutiendo hasta el final la ética intachable de algunas personas que hoy están en la Justicia penal, y me he llamado a silencio hasta que esta termine su evaluación. Después de que termine, me van a tener que pegar para que me calle. En cuanto a algunas consideraciones que se han hecho en Sala, nunca fui Edil y tengo una apreciación relativamente elevada de quienes desarrollan esa actividad en las Juntas Departamentales, y cada uno de ellos sabrá cómo enfrenta lo que se ha presentado como una suerte de ninguneo de los Intendentes hacia las Juntas Departamentales. Quiero aclarar que hemos tratado de salvaguardar -porque era la lectura que se hacía del proyecto original- las potestades de las Juntas Departamentales. Obviamente, no necesi-

tábamos salvaguardar la potestad del Intendente contenida en el artículo 275 de la Constitución. Necesitábamos reafirmar el artículo 273 y el numeral 6°) del artículo 297, y creo que ya ha quedado claro lo que se plantea en el proyecto. Nosotros, como legisladores, más allá de que contemos con los mecanismos para modificar la Constitución y las leyes, tenemos la obligación de defenderlas tal cual existen, por lo menos en el discurso político. ¿Quién va a obligar a alguien a empadronar donde debe empadronar? La ley aprobada libremente por este Parlamento, dice dónde se debe empadronar. Espero no tener que seguir haciendo aclaraciones con respecto a lo que se determina como una suerte de insubordinación a la ley. Aclaro que en la Comisión de Seguimiento tienen mayoría los Gobiernos departamentales. Antes, cuando la integración era cinco, tres y dos, podía sospecharse que los representantes del Poder Ejecutivo y el de un Gobierno departamental del mismo signo que el nacional podían dejar en minoría al resto de los representantes de los Gobiernos departamentales. Nosotros incorporamos una propuesta presentada por legisladores del Partido Nacional y aclaro que el texto que está en discusión hoy establece una Comisión de Seguimiento con cinco miembros en representación de los Intendentes y dos del Poder Ejecutivo. De esta manera quisimos dar más garantías. Tengo entendido que la información que trascendió era la que estaba. En todo caso, fue la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la que sintetizó toda la información e hizo el texto consolidado. El Congreso de Intendentes aportó lo que tenía: los promedios de evaluación de los modelos en mediana en el primer tercio y las medianas de cada uno de los modelos en el segundo y en el tercer tercio, estableciendo cuánto más y cuánto menos se va a sacar por las nueve categorías por año. Por otra parte, creo que el Congreso de Intendentes no se había hecho de la otra información en tanto y en cuanto recién le fue entregada a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto lo que, como dije, habla bien de los Intendentes y de su voluntad. Gracias. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: hace largo rato estamos discutiendo un proyecto que se basa en un acuerdo nacional que realizara el Poder Ejecutivo con los diecinueve Intendentes. Acá se ha intentado desvirtuar por parte de algunos señores legisladores este acuerdo nacional. Se ha dicho que no conocían el proyecto cuando afirmaron que estaban de acuerdo y esperaban que el Parlamento le diera rápida sanción. Lo dije hace un rato, pero lo reitero para empezar ordenadamente esta exposición. En la Comisión, la Mesa del Congreso de Intendentes -integrada por Intendentes de más de un partido político- reafirmó, con el proyecto arriba de la mesa, ya redactado, que estaba de acuerdo y nos sugirió que le diéramos rápido tratamiento. ¿Son nuevos estos acuerdos nacionales? No. En 2005 y 2010, se llegó a acuerdos en ocasión de tratarse el Presupuesto Nacional, en función de lo dispuesto en el artículo 214 de la Constitución de la República. Por primera vez desde que rige la reforma constitucional vino una propuesta única del Congreso de Intendentes y el Poder Ejecutivo para la distribución de los aportes que el Gobierno nacional hace a través del Presupuesto a los gobiernos departamentales, de acuerdo con lo que establece el artículo 214 de la Constitución. De paso, aclaro que dicho artículo -que seguramente tendré que analizar más adelanteestablece que debe haber una partida, pero no dice cómo se distribuye. El artículo 230 de la Constitución establece la forma y, en definitiva, es este Parlamento el que aprueba esa distribución. ¿Esto fue siempre así? No. La reforma de 1996 ya estaba vigente cuando se consideró el Presupuesto quinquenal del año 2000 y, sin embargo, no hubo acuerdo nacional en ese período. La primera vez que hubo acuerdo nacional fue en 2005. Me tocó participar en ese acuerdo, incluso antes de ser presentado al Parlamento, porque el Presidente de la Asamblea General me designó para participar en reuniones con los Intendentes electos -era abril o mayo de 2005- a fin de ir logrando avances. Hoy vemos la gran diferencia y percibimos la molestia de algunos legisladores que están presentes porque se hubiera llegado a ese acuerdo. En 2005, en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda vimos cómo muy enojados criticaban a los Intendentes de su Partido

por haber llegado a ese acuerdo. Este es uno de los elementos fundamentales por los que vamos a votar este proyecto de ley. Yo tengo reservas sobre algunos instrumentos de este proyecto de ley, en particular sobre el artículo 6°, que asegura a los Gobiernos departamentales que van a cobrar lo que han cobrado en el año 2010. Algunos legisladores de la oposición hablaban de este tema. Creo que, precisamente, consolidar una actitud, en el mejor de los casos desleal, de algunos Intendentes con sus compañeros del Congreso de Intendentes, no es la mejor solución. Pero es la solución a que se arribó y, por lo tanto, la voy a acompañar. Se ha dicho mucho en Sala sobre la autonomía de los gobiernos departamentales y, en particular, de los Intendentes para promover los niveles tributarios con respecto a los vehículos automotores. Se dice que la Constitución les ha dado discrecionalidad absoluta para fijar ese tributo. Ahora bien: la Constitución de la República les da esa misma discrecionalidad para acordar, y tienen la facultad de hacerlo como lo han hecho en este caso. La mayoría de los Intendentes -diría la inmensa mayoría- había acordado niveles de patente única, fundamentalmente para los autos cero kilómetro; sin embargo, llegamos a esta situación. ¿Qué ha cambiado? Entre otras cosas, que este Parlamento votó la Ley N° 18.456, que fija las normas de empadronamiento. Podría decirse que esta norma se aprobó en el año 2009 y preguntar por qué no se hizo antes el acuerdo. Ante esto debo decir que recién el 28 de febrero de 2011, a través de la Sentencia N° 505, la Suprema Corte de Justicia definió que no se lesionaba la autonomía de los gobiernos departamentales. Algunos gobiernos departamentales accionaron contra esta ley; esperaban este fallo para tomar alguna resolución. Voy a leer algunos comentarios de la Sentencia N° 505 de la Suprema Corte de Justicia porque viene bien, por algunas cosas que se dijeron en Sala y por otras que han dicho algunos juristas en la Comisión respecto al pretendido recurso de inconstitucionalidad, argumento que también fue manejado en esta Sala con relación a la Ley N° 18.456. En la Sentencia N° 505, respecto a lo dispuesto por la Ley N° 18.456 sobre el empadronamiento en el domicilio, la Suprema Corte de Justicia establece en la hoja Nº 25: “[…] a través de prácticas habituales y

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que son de público conocimiento, se procedía a denunciar ‘un supuesto domicilio’ dentro de la comuna que económicamente más les favoreciera, desnaturalizándose así el supuesto de hecho de la figura tributaria, que paguen el tributo los que circulan en el lugar.- Razón que, naturalmente, deviene justa y constitucionalmente adecuada, pues corresponde que sufraguen esos costos, quienes usan las vías, pues esos vehículos o móviles suponen o implican un factor de deterioro para las vías de tránsito”. Más adelante, dando marco final a una cantidad de elementos que abonaban la constitucionalidad y no lesión de la autonomía, la Suprema Corte de Justicia agrega: “En conclusión, por los fundamentos expuestos, se entiende que la Ley cuestionada es una norma de justicia tributaria que se aplica a todas las comunas por igual (art. 8 de la Carta), interpretando razonablemente el alcance de la autonomía tributaria departamental en punto a la patente de rodados y no afectando en forma relevante dicha potestad impositiva, ni verificándose apartamiento de criterios de razonabilidad y equidad tributaria entre los contribuyentes, en la norma legal atacada.- Cuando desde la óptica de la correcta interpretación del hecho generador que hace la norma legal en examen, y a partir de sus definiciones, puede inferirse que ella no afecta ni restringe la potestad departamental de decretar y administrar este tributo, mientras se aplique, como es lógico y razonable, el hecho generador ocurrido dentro de su jurisdicción, esto es, gravando con el tributo al propietario del rodado que tiene su domicilio permanente en el departamento donde paga la patente”. Hasta aquí las citas al fallo de la Suprema Corte de Justicia. En otro pasaje, la Suprema Corte de Justicia aclara que el Parlamento tiene facultades para determinar alguno de los elementos constitutivos de la acción de los gobiernos departamentales en tanto se refiera a todos ellos y no a alguno en particular. La Ley Orgánica Municipal -que es una ley nacional- y sus modificaciones son un claro ejemplo de que se puede avanzar en este sentido. Recién mencionaba que aquí se hizo hincapié en las apreciaciones de algunos juristas -casi como definitorias- que visitaron la Comisión. Solo voy a referirme al artículo 8°. Mientras uno de estos juristas decía que prácticamente se estaba incurriendo en una figura penal de extorsión a través de este artículo, otro

jurista, también de elevada y destacada actuación, decía que dicho artículo no solo no era ilegal sino absolutamente constitucional. Digo esto para enmarcar las apreciaciones que se pueden tener sobre este tema. Deseo aclarar que quien afirmaba que habría que ver si constituía un delito penal era el doctor Durán Martínez, mientras que quien sostenía que esto es constitucional era el doctor Cajarville. Se ha preguntado en forma reiterada por qué los ciudadanos tienen que pagar las ineficiencias de los gobiernos. Según esta teoría, los gobiernos eficientes tienen patentes bajas. Yo me pregunto: ¿a los ciudadanos de estos departamentos les importa que haya patentes bajas o les importa también que tengan contribuciones inmobiliarias bajas, esas contribuciones que no se pueden cambiar de departamento como sí se puede hacer con la patente de rodados? Hemos visto qué opina la Suprema Corte de Justicia respecto a tratar de captar, no a los contribuyentes propios para que se queden en ese lugar, sino a los de otros departamentos para que financien sus presupuestos departamentales. Se habla de que esto favorecería a Montevideo y a Canelones. Acá lo que hay es una transferencia hacia todos los Gobiernos departamentales porque esto implica una rebaja del cobro de la patente de rodados del conjunto de los Gobiernos departamentales. Hace algunos minutos el compañero Diputado Pardiñas hablaba de los porcentajes, que habían aumentado. Voy a utilizar esa misma información -que todos tenemos porque fue repartida en la Comisiónpara referirme a cuál era la participación de tres departamentos en el año 2004 en el total de patentes de rodados. Estos son datos que tienen el respaldo de su fuente: la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Tribunal de Cuentas y que figuran en las Rendiciones de Cuentas que publican en sus páginas web. En el año 2004 Montevideo tenía el 49,7% de los montos cobrados y en el 2009 tenía el 37,1%. Es decir, perdió el 12% de participación en el total de patentes. Canelones pasó de 9,6% a 9,1% y Treinta y Tres pasó de 1,2% a 1%. El resto de los departamentos aumentaron su participación. Casualmente, Colonia prácticamente duplicó su participación. Como preguntaba algún señor Diputado, ¿han sido tan eficien-

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tes en su gestión que pudieron duplicar la cantidad de vehículos allí empadronados? Sabemos -ha trascendido en los momentos de discusión- que hay algunas localidades en el departamento de Colonia que tienen más autos registrados que habitantes. Seguramente es la potencialidad económica de este departamento que permite que hasta los menores de edad tengan vehículos registrados a su nombre. Como siempre se habla de la voracidad nacional -es un tópico que en forma reiterada se menciona en esta Sala- porque se pretende hacer un ajuste fiscal incrementando las tasas máximas del IMESI. Reiteramos una vez más que acá hay una transferencia del Gobierno nacional al conjunto de los Gobiernos departamentales para que puedan bajar las patentes de rodados. Y cuando se dice que se verán perjudicados quienes menos tienen porque deberán pagar más por sus autos usados, no se pone en juego que quienes menos tienen gozarán de una rebaja en el impuesto al ingreso vehicular. Creo que acá se están defendiendo intereses empresariales que están muy preocupados porque pueda haber aumentos en alguno de los tributos que gravan los vehículos automotores de mayor valor que, precisamente, son los que más se han beneficiado en algunos departamentos con la baja de las patentes. Reitero: los vehículos de más valor, no los de menos valor, porque allí esos vehículos cero kilómetro, de alta gama, eran los importantes. Asimismo, quiero referirme al alumbrado público, porque si no lo hiciéramos no estaríamos dando a este tema su real importancia. Fue el Gobierno nacional del Presidente Vázquez el que comenzó a dar partidas a las Intendencias para subsidiar el alumbrado público. Y es este Gobierno del Presidente Mujica el que va a aumentar en forma significativa ese aporte a los gobiernos departamentales, también basándose en el interés de cada uno de los ciudadanos de esos departamentos por un mejor alumbrado y, a su vez, más seguridad. Nos preguntaban si el gobierno del Frente Amplio es fundacional en ese sentido, y debemos decir que sí, que somos fundacionales en el subsidio al alumbrado público. Por último, en cuanto a la constitucionalidad de algunos artículos, con relación a cómo resolver el te-

ma -vuelvo a la patente de rodados y al del cobro unificado-, el artículo 30 de la Constitución prevé que la ley pueda determinar, para la Comisión sectorial que se crea, nuevas facultades para armonizar todo lo que tiene que ver con la coordinación entre los gobiernos departamentales y entre estos y el Gobierno nacional. Esto puede ser fuente para subsanar cualquiera de los temas que aquí se han planteado con respecto a la constitucionalidad y a la injerencia de los gobiernos departamentales y de las Juntas Departamentales. Gracias, señor Presidente SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Gandini. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: voy a votar en general el proyecto, aunque tal cual está redactado tengo una posición crítica, por lo que no acompañaré varios de sus artículos. Como se dijo, este tema es esencialmente político aunque tiene un componente de legalidad que debemos analizar -somos legisladores, no podemos ignorar ese aspecto-, pero el debate debe centrarse, por lo menos desde mi punto de vista, en el aspecto político. Lo que no es más sostenible es que en un país como el nuestro existan diecinueve patentes diferentes. Este es un país pequeño, con autonomías, sí, pero con aspectos comunes a todos también. Este es un país en el que es muy difícil determinar dónde circula más un vehículo, por más que su propietario viva o trabaje en un determinado departamento. Lo cierto es que no puede ser que en determinado lugar un vehículo pague el doble que otro del mismo modelo y del mismo año si está empadronado en otro lado; eso es lo que no resiste argumento. (Murmullos) ——El sistema político tiene que dar respuesta. La gente no entiende cómo no nos podemos poner de acuerdo en este aspecto en apariencia tan elemental. Tenemos que explicar cómo inciden las autonomías, la Constitución, lo difícil que es poner de acuerdo todos los intereses económicos que hay detrás de esto, pero lo cierto es que la gente termina siendo rehén de un conflicto que no comprende. Entonces, tenemos que terminar con la manifestación más saliente y agraviante de este problema, que es conocida como “la guerra de las patentes”. ¿Pero por qué hay guerra de las patentes? Básicamente, porque Montevideo, durante años, ha venido metiendo la mano en el bolsillo

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a sus contribuyentes y la gente busca dónde la tratan con más justicia tributaria. Nadie acepta que le cobren el doble de lo que deberían cobrarle ni que el peso de la patente de su auto sobre su presupuesto sea tan importante y, además, le devuelvan tan poco. Este es el otro aspecto. (Murmullos.- Campana de orden) ——La gente dispara de este departamento para pagar precios más justos. La Intendencia de Montevideo persigue y reprime, pero no convence; en realidad, no hay manera de que convenza a la gente que tiene la oportunidad de salir de este lugar. Además, la Intendencia de Montevideo, por concepto de ingresos vehiculares, es decir, patente, multas y moras, permisos, transferencias, etcétera, recauda por año US$ 110:000.000. Digámoslo en pesos. En el período que va desde el 1º de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2010 -este es un documento oficial que consta en la Rendición de Cuentas de la Intendencia de Montevideo-, la comuna capitalina, por ingresos vehiculares, recaudó $ 2.155:000.000, pero este documento también informa que destinó a Vialidad $ 350:000.000 en el mismo período. Es decir que estamos hablando de $ 471:000.000 si sumamos los rubros relativos a servicios personales y funcionamiento. Es decir que el 22% de lo que recauda de los propietarios de vehículos que contribuyen en Montevideo es lo que les devuelve en obras y servicios; nada más que el 22%. Como decía, en Vialidad -distribuido en los Programas Estudios y Proyectos Viales, Mantenimiento del Patrimonio Vial y Construcciones Viales- invierte un poco más del 15%, es decir, $ 350:000.000, y recauda $ 2.155:000.000. Por eso la gente reacciona frente a una actitud fuertemente recaudatoria de la Intendencia, que es su principal objetivo; lo ve todos los días, ¿no?, cuando ve al Inspector detrás del árbol tratando de poner una multa, no dirigiendo el tránsito para que funcione mejor. Donde hay un embotellamiento, “arréglense como puedan”, pero en los lugares donde a veces los conductores cometen una infracción, allí van a estar escondidos y, entonces, se desarrollan los “chancho.com” para que la gente se avise de esa perversión fiscalizadora, que no tiene otro objetivo que ese, porque luego todo lo que se recauda por allí, no vuelve. Y la gente, naturalmente, busca otro camino. Por eso hay que ver exactamente cómo nace esto.

Voy a votar para que termine la guerra de las patentes, guerra que es entre las Intendencias, pero que termina teniendo entre sus bajas a los contribuyentes, que son siempre los que pagan. En realidad, como montevideano, quiero que esa situación se termine, que un auto de Montevideo pague igual que uno de San José, Flores, Colonia, Salto, Tacuarembó o de donde sea y que la gente no tenga que andar disparando para que no abusen de la autoridad, cobrándole impuestos que no le devuelven ni cerca en servicios. Voto para que Uruguay tenga una patente única, pero también un sistema transparente porque con un sistema de este tipo también se podrá controlar en forma adecuada a quien cometa una infracción de tránsito y se le ponga una multa, la pague igual, sea donde sea, porque también es cierto que esto no sucede, que aquel que circula por un departamento con matrícula de otro, muchas veces comete infracciones casi con la pasividad o la impunidad de saber que luego la multa nunca le va a llegar. Este sistema único da la posibilidad de lograr esa mayor justicia. Por lo tanto, me parece correcto y conveniente que liquidemos este tema, luego de tantos años, y haya en el país una patente única, un régimen de cobro de multas por el cual cuando se cometan infracciones, se puedan pagar al final y un mecanismo más justo que el actual. Pero también quiero advertir que este proyecto, tal cual vino al Parlamento y salió de la Comisión, a mi juicio, tiene artículos que son claramente inconstitucionales, en particular los artículos 2º, 4º y 9º. A mi entender, debe establecerse en ellos que además de la voluntad del Congreso de Intendentes, debe haber aprobación de la Junta Departamental, porque la Constitución fija atribuciones indelegables a los gobiernos departamentales y estos están integrados por los Intendentes y las Juntas Departamentales. El Gobierno departamental se ejerce a partir de la voluntad compleja de ambos órganos -el ejecutivo y el legislativo- y ninguno puede delegar por mandato constitucional potestades o atribuciones al otro y entre ellas están las que figuran en algunos de los artículos cuando fijan impuestos o contribuciones. Esa voluntad compleja del Gobierno departamental no puede ser sustituida por la voluntad exclusiva del Intendente ni por la voluntad colectiva de un órgano supradepartamental, como el Congreso de Intendentes; tampoco puede ser sustituida por la ley.

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Por lo tanto, a nuestro juicio, si los acuerdos para integrar el SUCIVE, así como la fijación de las alícuotas o el tributo no pasan por la Junta Departamental, se transformarán en inconstitucionales. Uno se pregunta por qué no quieren que pase. Parece tan fácil. Si uno lee el proyecto, se encuentra con que la redacción se resuelve agregando luego de “el Intendente” la expresión “y la aprobación de la Junta Departamental”; no es muy complicado. No incorporar esto tiene una razón política. ¿Por qué no se quiere poner esto? Varios Intendentes han manifestado en sus departamentos -algunos ante sus Juntas Departamentales y, la mayoría, públicamente- que, aunque no lo digan, lo van a hacer pasar por las Juntas Departamentales. Creemos que hay una razón política por la cual no se quiere incorporar esto. ¿Cuál es? ¿Qué sea el Parlamento el que obligue y no deje a la independencia soberana de las Juntas Departamentales realizar lo que la Constitución les otorga como potestad en representación de los ciudadanos de ese departamento? Porque no debemos olvidar que ese es el órgano legislativo, con otra escala pero es nuestro par a nivel departamental y tiene atribuciones que cumplir, y una de ellas es esta. Entonces, a nuestro juicio, no hay razón para que no pase por la Junta Departamental. Por tanto, mi voto es a favor del acuerdo que el Congreso hizo con el respaldo de los doce Intendentes de mi Partido; es a favor del espíritu del proyecto de ley, pero no puedo votar los artículos 2º, 4º y 9º, aunque sí lo voy a votar en general. Además, debo hacer la consideración de que lo hago porque esta es una ley de urgencia, tiene un plazo, el que se acabó en esta Cámara. Por lo tanto, esta iniciativa tendrá una segunda chance en el Senado. Cuando se alcanzaba este acuerdo, el Presidente de la República dijo dos cosas. Una era que estaba de acuerdo, que quería la patente única, pero siempre que tuviera el respaldo de más del 70%, y también dijo que este proyecto estaba abierto a cambios. Sin embargo, en el debate parlamentario el Frente Amplio no aceptó ningún cambio, por lo menos ninguno de relevancia o que contenga estos aspectos. Por eso voto para que este proyecto pase al Senado, pero aviso -el que avisa no traiciona- que si no se modifica en esa Cámara estos aspectos, al menos aquellos que refieren a la aprobación de las Juntas Departamentales, van a pasar dos cosas. Una de ellas es que se demostrará que el proyecto nunca estuvo abierto o, como sucedió otras veces, que el Presidente de la República

hizo una cosa y luego, sus parlamentarios, otra. La otra es que el proyecto resultará aprobado exclusivamente con los votos del Frente Amplio. No va a tener el famoso setenta y pico por ciento del que habló el Presidente de la República, porque mi sector no acompañará en general este proyecto ni en particular en el Senado si no contiene esas modificaciones, ya que apostamos a la patente única, pero no a cualquier costo; hay una Constitución que debemos respetar. El acuerdo con todos los Intendentes y con los blancos en particular no fue exactamente sobre este texto. Esta redacción tiene algunos aspectos que se deben modificar. Quiero agregar algo más. Si este proyecto se aprueba así, nacerá malherido y es muy probable que herido de muerte. Todos sabemos que de él saldrá una patente única con la que unos ganarán y otros perderán. Unos tendrán que pagar más; no tengan dudas. La mayoría pagará menos, pero algunos más. Y no hay nada más alentador para un contribuyente que se lo desafíe; nadie quiere pagar más. Aparecerán, como aparecieron, los promotores de los recursos de inconstitucionalidad, los que saldrán en serie de las computadoras -solo se les cambiará el nombre y la cédula de identidad- para presentar ante la Suprema Corte de Justicia. Si así sucede y muchos se enrolan en este camino, estoy seguro de que la Suprema Corte de Justicia declarará inconstitucional este proyecto, por lo que caerá. Ya pasó con el IRPF a los jubilados: cayó todo porque unos ganaron. Entonces, caerá, y todo este esfuerzo otra vez será en vano. Creo que si se introduce la modificación que establezca que son las Juntas Departamentales, parte del Gobierno departamental, que darán final aprobación a cada uno de los aspectos que aquí se remarcan, se estará superando en buena medida ese escollo y este proyecto tendrá viabilidad. De lo contrario, tendrá una condena que probablemente nos hará retroceder y volveremos a estar discutiendo este asunto en el país. Por ese motivo, señor Presidente, voy a votar en general este proyecto y en contra los artículos que he mencionado. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Sander. SEÑOR SANDER.- Señor Presidente: lamentablemente, este es otro tema muy importante para el país

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que tendremos que resolver en unos pocos días. Lo digo porque he estado muchos años en una Intendencia, con la responsabilidad de manejar las finanzas municipales. En este momento me acuerdo de algunas reuniones que tuvimos en la ciudad de Minas y en Montevideo. Quizás el señor Diputado Asti lo recuerde porque también participó en esas reuniones en las que se buscaba una solución al problema de la patente. En general, siempre hemos estado a favor de esto y tenemos que trabajar para que se concrete. Creo que este proyecto tiene varias inconstitucionalidades. Lo han repetido los Diputados que han hecho uso de la palabra -ya se ha dado un debate sobre eso- y no quiero volver a ese aspecto. Lo cierto es que las inconstitucionalidades están y este proyecto es un buen borrador para el debate que se va a dar en el Senado. Esperemos que la mayoría del Gobierno acepte en el Senado las modificaciones que ha venido proponiendo la oposición. Es por ello que voy a votar el proyecto en general, pero no voy a votar todos los artículos que desde mi punto de vista son inconstitucionales, es decir, el 2º, el 4º, el 8º y el 9º. Tal como decía el doctor Cajarville, este proyecto tiene una tendencia centralizadora al dar injerencia al Ministerio de Economía y Finanzas y a la OPP en una materia en la que claramente no la tiene. Este es otro problema grave: el de la lesión de las autonomías. Nosotros -y yo en particular- somos grandes defensores de las Intendencias, de la descentralización. Podemos leer el informe del Partido Colorado que en los puntos i) y g) hace referencia a este aspecto. Desde la discusión del Presupuesto nacional venimos planteando el tema de la descentralización y de las autonomías. ¡Vaya si discutimos en esta Sala sobre los famosos coordinadores departamentales que eran tan importantes para este país pero que después de un año de aprobado el Presupuesto nacional todavía no han aparecido! Este Gobierno habla mucho de descentralizar, pero las medidas que toma son centralizadoras. Eso también lo dijimos en la discusión del Presupuesto nacional. Basta ver cómo han dejado la Presidencia de la República después de aprobado el Presupuesto nacional. Esto tiene problemas de todo tipo, no solo de inconstitucionalidad sino para funcionar. Por ejemplo, en la página 6 del informe en mayoría se habla de franjas, y yo me pregunto lo siguiente. ¿Dónde están

esas franjas? En el proyecto de ley no se habla de eso. De esto hablaron mucho el doctor Cánepa y el profesor Apezteguía, así como mi colega el contador Cabrera, pero eso no está establecido en la propuesta sino que se va a discutir en esa Comisión. ¿Y qué va a hacer esa Comisión? Va a tener treinta días para aprobar esto y después las Intendencias tendrán que hacer un cambio total en los números y en los cálculos de las patentes. Creo que los tiempos son muy escasos y deberíamos haber tenido una mayor profundidad en el debate. Si hubiéramos esperado un mes más, habríamos contado con un proyecto mucho más sólido. Ni qué hablar que estoy en un todo de acuerdo con lo que dijo el señor Diputado Gandini: que esto tiene que pasar por la Junta Departamental. En algún momento, hoy o en algunos días en el Senado, se va a tener que hacer esa modificación porque, de lo contrario, lloverán recursos de inconstitucionalidad por lo que, lamentablemente, esta propuesta que tiene un buen objetivo, que es mejorar e igualar el tratamiento de los ciudadanos del país en materia de tributos de patente de rodado, va a naufragar. Escuché a algún Diputado preopinante hacer referencia al verdadero centro del debate. Eso me causa un poco de gracia, porque el verdadero centro del debate es que algunos cobran mucho y otros encontraron un filón en ese negocio, y bajaron las patentes. Pero no lo hicieron con los aforos o las alícuotas, sino con las bonificaciones; las bajaron con los descuentos, y en este proyecto no se dice nada de ese tema. Todos sabemos que las Intendencias tienen normas y decretos municipales, que son las ordenanzas, y todas tienen descuentos y bonificaciones. ¿Qué pasa con esas bonificaciones? ¿Que se va a hacer? ¿Van a quedar? ¿Las van a derogar? ¿No se van a aplicar más? Debemos tener en cuenta que están vigentes, por lo que hay que eliminarlas, derogarlas. ¿Las Intendencias cederán sus deudas al SUCIVE? ¿Cómo queda este tema? ¿Por qué se toma el año 2010? ¿Cuál es el apuro, si estamos en noviembre de 2011 y tenemos una proyección de los resultados de este año? Entonces, reitero, ¿por qué tomamos los datos de 2010? También me gustaría saber qué se hará con los vehículos cero kilómetro que se empadronaron en 2011. ¿Quién se queda con ese dinero? ¿Se va a repartir después? ¿Cómo se va a repartir? Eso tampoco queda claro en el proyecto de ley. Al parecer, se repartirá según lo que establecen los literales A), B) y C) pero,

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en definitiva, esos dineros dejarán de entrar a las Intendencias y se perjudicará todo su funcionamiento, pero para saber eso hay que estar adentro y haber conocido el tema. Tampoco se habla de los criterios que se tendrán en cuenta para reempadronar. Casi todas las Intendencias quedaron en una especie de laberinto, porque no querían entregar ningún vehículo aunque no fuera de ellas. Actualmente, hay que concurrir con un certificado de un escribano y un montón de recibos para probar que se vive en tal o cual departamento y que se puede liberar ese vehículo, pero para eso se debe pagar la patente de todo el año. Y esto debería quedar claro en este proyecto, porque si queremos que no se produzca una guerra de patentes debemos facilitar las cosas. Por tanto, tenemos que hablar del reempadronamiento. También se deberían otorgar facilidades, tal como ocurría antes, cuando se iba a la Intendencia con la libreta, el vehículo y el recibo de estar al día con el pago, y se hacía la transferencia del vehículo. En el informe en mayoría figuran algunos datos. Allí se dice que se va a pagar tanto y cuanto, que más del 60% pagará menos, que un 4% pagará lo mismo y que el resto, más del 20%, pagará más. Aquí ya hemos dicho -mis compañeros de bancada lo han repetido y se han referido al pedido que hizo en la Comisión el señor Diputado Cantero Piali- que estos números, lamentablemente, a pesar de las opiniones del señor Diputado Bayardi, no han sido vertidos. Lo que se nos entregó en una de las últimas sesiones de Comisión fue este cuadrito que tenemos acá y que dice que se trata de información sacada de las rendiciones de cuentas. Esto lo podemos obtener de la página del Tribunal de Cuentas, pero no es la información que queremos. Yo, como legislador, quiero saber cómo se hace para confirmar que más del 60% pagará menos, y que más del 20% pagará más, porque hay cosas que no me cierran. No soy constitucionalista sino contador, y de números algo entiendo. Además, no solo se nos retacea la información a los legisladores, sino que puedo decir con propiedad que no todos los Intendentes contaron con la información disponible; por lo menos así le ocurrió al Intendente de mi departamento, Rivera, a quien solo le entregaron datos hasta 1995, y ese año solo había un tercio del padrón de automóviles del país. ¿Los otros dos tercios dónde están? ¿Quién tiene esa información? Nosotros no la tenemos, y algunos Intendentes tampoco. Tal como se

dijo, parece un secreto de Estado, pero estas cosas se deberían saber. En realidad, tenemos que dar estos datos como buenos, y así lo estamos haciendo, pero sería importante, en aras de la transparencia de la información, que todos pudiéramos contar con todos los datos y los documentos existentes a la hora de votar. SEÑOR BAYARDI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR SANDER.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: solo voy a hablar de números. Nosotros tenemos una planilla en la que figuran los datos vertidos por las Intendencias sobre la recaudación por concepto de patentes desde 2004 a 2009. Esa planilla tiene una segunda hoja, que contiene el análisis del total del país, teniendo en cuenta los rangos escalonados que se realizaron, tomando las medianas del percentil que se iba a aplicar al 20%, al 4% y al 70%. Se preguntó cómo se sabe que el 68% va a pagar menos, que el 5% va a pagar lo mismo y que más del 20% va a pagar más, y eso surge de la planilla que se nos presentó. Aclaro que estas planillas -lo dije en mi informecontienen datos de las rendiciones de cuentas, brindados por los departamentos, los cuales fueron enviados a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para que construyera las tablas, porque esta información no figuraba en ningún lado. Por eso dije en mi intervención que agradecía y reconocía la buena voluntad que tuvieron los Intendentes en informar sobre las recaudaciones reales obtenidas. Por tanto, de ahí surgen los porcentajes mencionados. Efectivamente, falta una información -lo reconocí cuando el señor Diputado Cantero Piali estaba haciendo uso de la palabra- con los datos de cada departamento en forma discriminada. Sin embargo, tengo entendido que los Intendentes disponen de esa información. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede continuar el señor Diputado Sander. SEÑOR SANDER.- Agradezco la aclaración del señor Diputado Bayardi.

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Nosotros queríamos contar con los datos de cada departamento y por eso se los pedimos al colega Cabrera, que los tenía en su computadora y nos los iba a suministrar; eso es lo que, de alguna manera, estamos reclamando. Como dije, damos los números por buenos y por eso vamos a votar a favor el proyecto, porque se benefician más de los que se perjudican. De todos modos, hay cosas que no me quedan claras. Se dice que los vehículos de mayor valor van a pagar un 30% más, pero ya están pagando el 4,5%, que es lo máximo. Entonces, ¿cómo van a pagar más? ¿Vamos a eliminar las bonificaciones? Esa podría ser una explicación, pero eso no está en el proyecto de ley. En realidad, estaba aprobado por el Congreso de Intendentes que había hasta un máximo de un 20% de bonificación para pago contado y para buenos pagadores. Esa es la historia de la mayoría de las Intendencias, pero puede haber diferencias. Por eso surgen las dudas y por eso pregunté qué va a pasar con las bonificaciones, porque esto no figura en el proyecto de ley. Esas cosas faltan y por eso sería bueno completar esta iniciativa para que cuando se apruebe sea entendible, no tenga problemas y todos podamos interpretarla. También sería bueno establecer qué van a hacer las Intendencias, porque el problema ha sido el de las bonificaciones y los descuentos. Si eso queda vigente vamos a tener el mismo problema siempre. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Tourné) ——Tampoco nos queda claro cuánto van a recibir las Intendencias. Teníamos un listado en el que figuraban cinco Intendencias que iban a ser subsidiadas -Montevideo, Maldonado, San José, Canelones; no recuerdo la otra- y me gustaría saber cuánto le va a tocar a cada una. Hay otro tema que tampoco está claro y es el de los empadronamientos; en este proyecto debería quedar claro cómo se van a tomar. Nosotros, en nuestro departamento, tomamos como año de empadronamiento el que figura en el certificado de aduanas, DUA, pero otras Intendencias toman el día que se lleva el auto a empadronar. Por ejemplo, si hoy llevamos un auto a la Intendencia de Rivera con un certificado DUA de 2010, va a ser empadronado como modelo de 2010, aunque estemos en el año 2011. |Sin embargo, si hoy vamos con la factura y con el auto a otra Intendencia del sur del país, se lo empa-

drona como de 2011. Esas son diferencias. Es verdad que quizás la ley no puede contener toda la casuística, pero es importante plantear algunas cosas. Esto fue muy discutido, durante más de un año de debate -ello consta en las versiones taquigráficas-, por gente de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Presidencia de la República y por los propios señores Intendentes. Entonces, sería bueno que estos temas también quedaran bien aclarados. Insisto nuevamente en los decretos municipales. ¿Qué pasa? ¿Se van a anular? Debería establecerse algo que los anulara y eso debe ir a la Junta Departamental. Como ya lo han dicho los doctores Durán Martínez, Cajarville y Risso, esto tiene que pasar por la Junta Departamental. Vamos a pasar a la segunda parte para luego redondear la exposición. En la segunda parte vamos a hablar del alumbrado público, un tema que es muy caro no solo para los habitantes por una cuestión de seguridad, sino porque todos merecemos vivir en mejores condiciones. También escuchamos el reclamo de algún señor Diputado del interior que se quejaba porque en su departamento faltaban lámparas en otras épocas; en el nuestro cada vez hay más y de mejor calidad. Lamentablemente, para los que hicieron el esfuerzo, volvemos a lo mismo, a la medición. Esto es algo que yo planteaba en la Comisión cuando concurrió el señor Presidente de UTE. Aquí ya hay una limitante: de repente, hay Intendencias que tienen 20% o 30% de medición. Por lo tanto, hoy están recibiendo un 30% de un 20%, o de un 30%; están recibiendo un 6% o un 9%. Y en 2014 van a tener un 60%, pero van a recibir un 60% del 20%, que es el 12%, o un 60% del 30%, que es 18%. Entonces, no van a recibir el 60%. Entonces, lo que planteábamos al señor Presidente de UTE -queremos dejar sentada esta constancia- era por qué esa diferencia no se utilizaba para hacer las mediciones y mejorar a las Intendencias que hoy no tienen recursos. De alguna manera -también dejábamos constancia de ello-, en la página 161 del Mensaje que acompaña a la Rendición de Cuentas de 2010 se hablaba de un crédito de $ 226:000.000 presupuestados para el 30% que fuera aprobado en el Gobierno del doctor Vázquez. Lamentablemente, se usó nada más que $ 131:000.000, es decir el 58%.

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Quiere decir que las Intendencias perdieron en el entorno de $ 90:000.000 y no pudieron beneficiarse ellas ni todos los ciudadanos de cada uno de los departamentos. Perdimos $ 90:000.000 que fueron para Rentas Generales y que bien podríamos haberlos utilizado en mejorar la medición y, de alguna manera, seguir mejorando las condiciones de vida de todos los ciudadanos. Este es un proyecto de ley con un buen propósito -no lo dudamos- y por eso lo vamos a votar en general, pero está lleno de baches y genera más problemas. Además -como lo señalamos en esta Casa cuando debatimos el Plan Juntos-, la mayoría nuevamente hace oídos sordos. Creo que debería escuchar un poco más a la oposición y las buenas medidas que se plantearon. Quizás hoy una de ellas sea aprobada, por suerte. Esperamos que esto continúe mejorando y que en el Senado se puedan levantar estas observaciones. SEÑOR DUARTE.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR SANDER.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR DUARTE.- Señora Presidenta: quiero aclarar que estamos saliendo al aire. Antes de ingresar al tema en concreto, quiero agradecer a todos ustedes, a todos los señores Representantes del Frente Amplio, del Partido Nacional, del Partido Independiente y de mi querido Partido Colorado. Quizás ustedes están muy acostumbrados, pero quiero que se pongan en mi corazón y recuerden la primera vez que estuvieron aquí. Muchos de ustedes -quizás la mayoría- hace muchos años que están en esta Casa y quien habla hoy, es la primera vez. Vengo como comunicador. También quiero decir que me siento muy orgulloso de ser uruguayo. Me siento muy orgulloso porque este país da amplitud a todos nosotros. Provengo de un pequeño pueblito que visitó la señora Presidenta cuando ejerció el alto cargo de Ministra del Interior; me refiero a Tambores y Valle Edén en el departamento de Tacuarembó. Es muy difícil que alguien de una familia muy humilde llegue a entrar a un estrado como este. Para mí es el palacio cultural de la democracia.

Quería decir esto antes de ingresar al tema en consideración. En cuanto al motivo de la convocatoria de esta sesión, más que establecer un sistema único de pago de patentes con problemas y discusiones legales sobre su creación, considero que es necesario que la Comisión que tendrá a su cargo la fijación de los aforos de los vehículos ponga fin al sistema por el cual para el Estado, un automóvil o un camión tiene un valor mucho más alto de tasación de lo que vale realmente cuando uno lo va a vender. Por otra parte, el costo de la patente para el propietario de un vehículo tiene que estar en directa proporción con los servicios que presta cada Intendencia donde está empadronado. Lo que recibe un automovilista en materia de caminos pavimentados, calles sin pozos, semáforos funcionando, control de tránsito, es lo que importa realmente para cuidar la vida de los compatriotas, cuando tantos mueren o quedan lesionados de gravedad, por el estado de las calles y las rutas o por las condiciones de los vehículos. Estos temas, que son esenciales para todos los usuarios de la vía pública, son los que deben resolverse poniéndonos de acuerdo, ya sea con este proyecto de ley o con cualquier otro medio legal que permita a todas las Intendencias recibir lo necesario para funcionar mejor y para ofrecer más servicios a sus contribuyentes y a los dueños de las automotoras, dando la tranquilidad de que se les cobra sobre valores ajustados a la realidad del mercado. Saludamos la posibilidad de encontrar un camino justo para resolver el injusto tema de los valores realmente muy altos de las patentes que, además, se basan en tasaciones de automotores fuera de la realidad. Aquí lo importante es la protección de los derechos de los habitantes del país. Y esa protección se brinda mejor con calles en buen estado, con cruces señalizados y con automóviles a precios justos en su tasación. De lo contrario, tendremos cada vez más autos pero de menor valor y calidad. Hay que entender que si circulan vehículos de menor calidad, estos ofrecerán menor seguridad a los usuarios porque cuentan con menor seguridad mecánica. Votaré acompañando la posición de mi bancada con la esperanza de que la aplicación de esta ley sea constitucionalmente válida y le sirva a la gente por-

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que, en definitiva, es lo que importa. Si así no fuera, habrá que redoblar esfuerzos para encontrar caminos justos. Las patentes se pagan por un servicio que brindan los gobiernos municipales o el nacional, según los lugares donde se circule. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Ese servicio debe ser proporcional al valor de lo que se paga. Lo que se cobra por patentes debe aplicarse principalmente a la seguridad en el tránsito. De esa forma, salvaremos vidas; se evitará el dolor de la pérdida injusta de tantas personas que año a año son víctimas de esta epidemia mortal en que se ha convertido el tránsito. Entre todos podremos encontrar las soluciones, que podrá ser este proyecto de ley que hoy estamos tratando o cualquier otra ley que se constituya entre todos con espíritu generoso y constructivo. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Sander. SEÑOR SANDER.- ¿Cuánto tiempo me queda? SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Le restan seis minutos, señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta… :SEÑOR BISTOLFI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR SANDER.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR BISTOLFI.- Señora Presidenta: seré muy breve, dado que el tiempo que resta es poco. Voy a ser preciso porque no quiero reiterar lo que ya se ha dicho acá desde el punto de vista político y constitucional. Voy a acompañar este proyecto porque me parece que es una manera de dar respaldo no solo a mi Intendente, el de Salto, sino también al de Rivera. Creo firmemente que no es una solución mágica ni la mejor, pero es un camino que llevará a encontrar una solución a este problema tan antiguo de la guerra de las patentes. Realmente, no he compartido un ámbito como el que se dio cuando el Presidente Mujica y los Intendentes hablaban de solucionar este tema tan complejo. Se trata de un problema antiquísimo, al cual parece que los iluminados del momento dicen haber en-

contrado una solución a la que antes nunca se pudo llegar. Yo no lo veo tan así. Lo que creo es que el Presidente ha tenido la habilidad de convencer y de seducir a los Intendentes durante la negociación que ha estado haciendo con el Congreso de Intendentes, no solo por el tema de la patente única sino de todo este paquete. Lo que no estoy sintiendo acá es que lo tratemos de la misma manera que se ha planteado. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- La Mesa solicita a los señores legisladores que colaboren haciendo un poquito de silencio. Puede continuar el señor Diputado. SEÑOR BISTOLFI.- El Presidente siempre ha planteado este tema como un problema de país, de todos los uruguayos, al que definitivamente había que buscarle una solución. También lo planteó el Intendente Coutinho cuando dijo que no hay diecinueve patrias sino que la patria es una sola. Creo que ese es el ánimo con que se ha negociado este tema, pero no es cierto, como se ha defendido en Sala, que los diecinueve Intendentes están de acuerdo con este proyecto. Creo que todos estamos de acuerdo con alcanzar una solución -me incluyo y, reitero, voy a acompañar esta iniciativa-, pero no específicamente con este proyecto. El Presidente siempre dijo -creo que los Intendentes también- que mandaban un proyecto para que se enriqueciera, para que los legisladores aportaran, para que se mejorara y que si no era la solución definitiva, por lo menos que se lograra el mejor de los proyectos. Sin embargo, el proyecto vino a tapas cerradas. Por suerte pertenezco a “Vamos Uruguay”, un sector de legisladores libres, cada uno tiene libertad de acción. Pero estoy seguro de que muchos de los colegas de mi sector no lo van a acompañar porque vino a tapas cerradas. Hemos propuesto -no lo voy a repetir porque no tengo tiempo y, además, porque lo expuso muy bien el señor Diputado Cantero Piali- una serie de iniciativas para hacer un proyecto más rico, más completo, en pos de todos. Inclusive, este legislador hizo un planteo acerca de tomar la tarifa del monto de la patente 2011 en lugar de 2010 y fue rechazado de plano.

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Esto, sumado a la falta de información, y a un montón de cosas grises, hará que este proyecto no tenga un consenso como esperaban los Intendentes y el Presidente. ¿Qué estamos haciendo nosotros para hacer más rico ese proyecto? Sería bueno que esto fuese tenido en cuenta por la bancada oficialista. Creo que la adhesión se va a conseguir si se tome en cuenta lo que piense la oposición. Si insisten en traerlo a tapas cerradas y decir que hay que votarlo, van a quedar ellos y algunos de los que vamos a acompañarlo porque tenemos que dar respaldo a nuestros Intendentes. Pero me parece que este no es el camino. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Sander, a quien le resta un minuto de su tiempo. SEÑOR SANDER.- He finalizado.

(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente nota, deseo comunicar que en atención a razones de orden estrictamente personal y de acuerdo al inciso 3º del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito licencia por el día 9 de noviembre del presente año y la convocatoria al suplente respectivo, Elsa Hernández. Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente, HUGO DÁVILA Representante por Artigas”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Artigas, Hugo Dávila. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 9 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE:

17.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Hugo Dávila, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 9 de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Elsa Hernández. Del señor Representante Sebastián Sabini, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Juan Carlos Ferrero”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.

1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Artigas, Hugo Dávila, por el día 9 de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091011, del Lema Partido Frente Amplio, señora Elsa Hernández. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

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“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a Usted, solicitando me conceda licencia por el día 1º de noviembre del corriente año, por motivos personales según lo establecido en la Ley Nº 17.827. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, SEBASTIÁN SABINI Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Sebastián Sabini. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Sebastián Sabini, por el día 1º de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Juan Carlos Ferrero. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

Sobre el primer punto se ha dicho bastante. En lo personal, hacemos nuestro lo que han expresado los compañeros que nos han precedido en el uso de la palabra quienes, en forma muy clara y profunda, han hecho intervenciones que destacan la importancia de resolver un problema que se venía arrastrando desde hace muchas décadas y que nuestro Gobierno, nuestra fuerza política, tomó la iniciativa para encontrar una solución adecuada a una situación que tiene de rehén a muchísimos ciudadanos en el Uruguay. Por lo tanto, basta con decir que hacemos nuestras las palabras de los señores Diputados Aníbal Pereyra, Pardiñas y Bayardi, entre otros, quienes en forma muy clara se han expresado sobre este asunto. En cuanto al tema de la constitucionalidad o no, ya se ha hablado de las dos bibliotecas o más que hay, y me parece que hay que seguir avanzando porque lo que está en juego es encontrar soluciones a un problema real que tiene muchísima gente. Quiero centrar mi intervención en el alumbrado. A algunos Intendentes les interesa más este tema; el asunto de la patente es secundario, como es el caso de la Intendencia de Tacuarembó. Como saben, desde el año 1997 a la fecha, la Intendencia de Tacuarembó ha pagado el alumbrado público. Sin embargo, mes a mes ha cobrado la tasa de alumbrado público y de servicios generales a los contribuyentes. Entonces, quiero centrarme, sobre todo, en el artículo 11 del proyecto que establece: “El Poder Ejecutivo asumirá de la facturación que realice la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) por concepto de alumbrado público correspondiente a las zonas del alumbrado público que se encuentren debidamente medidas […] los siguientes porcentajes:- 1.- a partir del 1º de enero de 2012, 40% (cuarenta por ciento)”. Para que las Intendencias lleguen a obtener el 40% de subsidio el 1° de enero de 2012 tienen que cumplir algunos requisitos: mantener al día los pagos de la facturación que haya realizado UTE; abonar la totalidad de las facturaciones que el ente haya realizado en el ejercicio 2011. Me quiero detener en el literal C), que me parece central. La Intendencia tendrá que suscribir un convenio con la UTE para arreglar la deuda eterna que como departamento tenemos con el Ente. Hasta ahí todo bien. Ahora, aviso a los navegantes, aviso a la gente de Tacuarembó, que en el acuerdo celebrado entre la Intendencia y UTE también se va a incluir un instru-

18.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el señor Diputado Rodríguez. SEÑOR RODRÍGUEZ (don Edgardo).- Señora Presidenta: este proyecto abarca dos temas centrales: el de la patente única y el del alumbrado.

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mento para que a través de la factura de cada uno de los clientes, UTE cobre el alumbrado público. Este es un cambio en Tacuarembó ya que en otros departamentos este sistema ya existe. En el departamento de Tacuarembó la gente va a tener un aumento en su factura de UTE a partir del año 2012, en la medida en que la Intendencia va a estar obligada a firmar este convenio para acceder al beneficio de esta ley. El dinero que la Intendencia recauda nunca se sabe muy bien cuánto es; si hay cosa bien entreverada y oscura son las cuentas de la Intendencia. La gente tiene que saber a dónde fue ese dinero que aportó durante tantos años, que habrá ido quién sabe a dónde, menos al alumbrado público. Como consecuencia de esas políticas, a partir del año 2012 el alumbrado público lo va a pagar en su factura. ¿Cuántos minutos me quedan, señora Presidenta? SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Le quedan diez minutos, señor Diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (don Edgardo).- Me alcanza para redondear la idea. Creo que es importante dejar esto en claro. En principio teníamos la duda de que el convenio pudiera establecer el pago de la deuda en las facturas de los treinta y nueve mil clientes que tiene la UTE en Tacuarembó. Leyendo bien el artículo y a través del asesoramiento correspondiente que hemos buscado, decimos que el convenio comprende el tema de la deuda, que es enorme -por ahí tenemos los números-, y también, por otra de sus cláusulas, incluiría el cobro del alumbrado público en la factura de la UTE. Esto era algo que veníamos advirtiendo desde hace bastante tiempo y ahora la realidad nos da la razón. Por otra parte, debo decir que hay algo de lo que no se ha hablado claro. Creo que hay un mito en el sentido de que en los departamentos no se recauda casi nada y que las pobres Intendencias, con lo que perciben, no pueden hacer frente al alumbrado público. Para mí no es tan así porque, de acuerdo con una información que nos proporcionó UTE, en el 2010 el promedio mensual del costo del alumbrado público en Tacuarembó fue de $ 3:179.000. ¿Cuánto recauda la Intendencia por tasa de alumbrado público y tasa de servicios generales? Recauda $ 4:083.000. Por tanto, recauda más que lo que la UTE dice que cuesta cada mes el alumbrado público en Tacuarembó.

Creo que conviene decir estas cosas en Sala porque, a través del mecanismo que estamos aprobando, la sociedad toda va a terminar pagando la deuda de la Intendencia de Tacuarembó. A través de ese 10% de subsidio no es la Intendencia de Tacuarembó la que va a pagar en ciento cincuenta años; en realidad, el conjunto de la sociedad va a hacer frente a una administración que tiene las características que he contado. Además, lo que estoy diciendo no es ninguna novedad. Simplemente, lo estoy mencionando porque este tema pasó como sobrevolando o subyacente, y nadie hace referencia a él. Estoy seguro de que hay Intendentes que están desesperados para que esta ley salga, porque les saca de arriba una terrible mochila que generaron, que no saben cómo solucionar. Creo que para ellos esto es mucho más importante que el tema de las patentes. El señor Diputado Pérez González me había solicitado una interrupción, y se la concedo. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PÉREZ GONZÁLEZ.- Señor Presidente: quisiera aprovechar esta interrupción para reafirmar algunos conceptos, pero no desde el punto de vista jurídico porque los compañeros ya han abundado en ese aspecto. Quiero recordar que en determinado momento el miembro informante señaló que en una reunión convocada en octubre del año 2010, en la estancia presidencial de Anchorena, a la que asistieron el equipo de la Presidencia y los diecinueve Intendentes, se planteó la necesidad de generar un equipo de trabajo que trabajara directo con la Presidencia de la República y que abordara propuestas para cinco temas centrales. El primero de ellos era la llamada guerra de las patentes. El segundo tenía que ver con la formación de una Comisión para trabajar el tema que acaba de abordar el compañero Diputado Rodríguez, relativo al alumbrado público. El tercer equipo debía abordar el problema de los residuos y su disposición. El cuarto equipo de trabajo se formaría para estudiar el tema de una corporación vial regional. Y el quinto equipo debía analizar el tema de la maquinaria vial. Todos esos temas planteados con los diecinueve Intendentes se dan porque en este país, que ha cambiado muchísimo en los últimos siete años, se han generado nuevos problemas y nuevas situaciones. Ha quedado claro que hay una estructura que es eviden-

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te, no da satisfacción a los problemas actuales. Tanto es así que la ayuda del Gobierno nacional a los distintos Gobiernos departamentales en cinco departamentos supera el 50% de su presupuesto, en once supera el 30% y solo en tres está por debajo del 30%. Entiendo que no está mal la asistencia económica del Gobierno nacional a los Gobiernos departamentales, pero sí tenemos que sincerarnos y ver que si no accedemos a resolver los problemas planteados, como en este proyecto de ley la patente de rodados y la energía eléctrica, al menos se nos permita caminar hacia los objetivos centrales y los desafíos, que es cómo podemos organizarnos en cada región -como dijo el Presidente de la República- para tener corporaciones empresariales que nos permitan hacer frente al arreglo de toda la caminería, no solo rural sino también la que hace al interior de las ciudades y los departamentos. También debemos saber cómo hacer frente a las necesidades que nos están planteando las distintas unidades productivas que se desarrollan en cada región del país. Eso es lo que tenemos que plantearnos. Ya no hay departamentos, de acuerdo con las circunscripciones territoriales que existen desde hace muchísimos años, que puedan hacer frente a los distintos problemas porque todos los que hay que abordar son de carácter regional. Ya hay ejemplos concretos. En la región Este del país, Maldonado, Rocha, Treinta y Tres, Lavalleja e, inclusive, parte de Canelones, es necesario abordar conjuntamente el desafío de desarrollar la infraestructura del país para que se desenvolver la producción del lugar y generar puestos de trabajo genuinos, y así seguir por todo el país. Por lo tanto, este proyecto de ley viene a satisfacer dos de las principales necesidades o a resolver los problemas que tenemos planteados como desafío en este período. Eso es lo que estamos haciendo ahora y tratamos de dejar entrever que inevitablemente vamos hacia una regionalización del país, con un gran apoyo del Gobierno nacional. Hay un tema central que es preocupación de este Gobierno y es contrario a quitarle facultades a los gobiernos departamentales: generar capacidad en los distintos gobiernos departamentales para que pueda hacer frente a los desafíos. Para ello aprobamos una ley de desarrollo territorial y también por eso estamos aprobando estas normas que permitan que cada departamento tenga las capacidades suficientes como para, reitero, hacer frente a los desafíos. Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- La Mesa informa al señor Diputado Rodríguez que le restan dos minutos de su tiempo. Puede continuar el señor Diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (don Edgardo).- Señora Presidenta: creo que queda claro cuál es el planteo que queríamos trasmitir. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado José Carlos Cardoso. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señora Presidenta: el asunto que está en discusión y análisis ha sido abundantemente desarrollado en virtud de que ya se han expuesto casi todos los argumentos. Yo comparto algunos y otros, no. Como ha quedado en evidencia, en nuestro Partido hay más de una posición al respecto. Es un tema que ha estado en la agenda política del país desde hace mucho tiempo. No comparto que haya una verdadera guerra que afecte a los contribuyentes como se ha dicho, en el sentido de que están de rehenes. No creo en ese concepto; no creo que nadie esté de rehén. Las personas que empadronan en su departamento, en todo caso, están de rehenes de su Intendente si este fija una patente alta y la mejor manera de modificarlo es cambiándolo, porque los Intendentes se votan para hacer obras y fijar impuestos. Si el Intendente de mi departamento no me gusta porque fija impuestos altos, el camino que tengo es votar a otro. Por lo tanto, el ciudadano no está de rehén; puede estar de rehén de lo que vota y de quien gobierna en su departamento, pero no de la guerra de las patentes. No está atrapado en una batalla entre varias partes. Esto me hace acordar a aquello de que tanto juega el niño con el juguete que al final viene el papá y se lo saca porque rompió algo, y este chiche de los Intendentes duró demasiado. Este fue un juego en el que entraron los Intendentes a rapiñarse autos unos a otros. Esta es la verdad y creo que hay que hablar sin hipocresía. Hubo Intendentes que, en acuerdo con sus contadores, buscaron una manera de incrementar sus recursos y se les ocurrió poner una patente de rodados ridícula para que vinieran otros a empadronar a su departamento. No todos, pero hay algunos que lo hicieron. Si uno mira la cantidad de autos empadronados en ciertos departamentos advierte que algo es-

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tá mal ahí. La gente va a empadronar a lugares donde el valor de la patente es tres veces menor a la del departamento donde vive. ¡Si habré escuchado cosas sobre esto de la patente de rodados! Que era casi legítimo andar bajando la patente para que se empadronara en ese lugar. Además, hay Intendencias que ponen oficinas en otros departamentos para ese fin. ¿Qué explicación tiene eso? Alguno de los Intendentes que firmó este acuerdo lo hizo. ¿Y puede explicar el Intendente en un lugar público por qué pone una oficina en otro departamento para empadronar autos? Jugaron con el chiche demasiado tiempo, pero ahora se lo sacaron. Además, confiaron en Mujica y Mujica los mató; les hizo un acuerdo y los mató. Les quitó la autonomía y los sometió a una sanción si no entraban al acuerdo. Por supuesto, la norma constitucional que debiera amparar -que fue la que bien expuso hoy el señor Diputado Posada- no está presente y nadie se detuvo a analizarla. Yo siempre defendí que la patente de rodados se fije en el ámbito municipal. Los municipios -ahora las Intendencias- fijan dos impuestos: contribución inmobiliaria urbana y patente de rodados. Además, pueden crear algún otro impuesto. Por ejemplo, hace poco tiempo en el departamento de Rocha se creó el impuesto -lo comento para que lo sepa el señor Diputado preopinante- para pagar en el recibo de la UTE lo que antes era la tasa de alumbrado público. Eso en Rocha se paga como un impuesto en el recibo de la UTE y lo hizo el Frente Amplio. Se trata de un mecanismo que ya se ha aplicado; es un impuesto adicional. Básicamente, las Intendencias viven de dos impuestos. El Uruguay es un poco extraño porque ha transformado al auto en algo para capturar impuestos. En el resto del mundo los autos no pagan tanto; en Uruguay pagan mucho. Con el auto hemos creado un instrumento para recaudar y ver quién y cómo recauda más. Hay departamentos que han sido prolijos, que han rebajado genuinamente la patente a sus habitantes y no han ido a buscar patentes a los departamentos vecinos. No han hecho campaña publicitaria diciendo: “Venga y empadrone acá”. Eso es éticamente reprochable y hay que decirlo. Eso es lo que estuvo mal. Eso es lo que se ha ido generando, también -como dijo el señor Diputado Amy- con amparo desde arriba, porque había contadores en Presidencia de la República que decían a los Intendentes que hicieran eso y otras cosas, como, por ejemplo, que no modifi-

caran el aforo; entonces, un auto de diez años tenía el mismo aforo que un cero kilómetro. Eso lo sabían los Intendentes que firmaron este acuerdo. ¿Alguien puede ser Intendente y desconocer esto cuando es su principal fuente de recaudación? ¡Qué van a desconocer! No me siento obligado a votar porque los Intendentes hayan acordado con la Presidencia, porque nunca participé de esas prácticas. Nunca creí que esas prácticas de corretear a las personas para que fueran a empadronar a otro departamento, y llegar al grado sumo de que algunas localidades tienen más autos que familias, fuera un instrumento legítimo cuando lo que se tendría que hacer es administrar los recursos genuinos que se generan en el departamento y ser eficientes con lo que se recauda. Y si suben los impuestos, decir a los vecinos que lo eligieron: “Voy a subir este impuesto porque necesito más dinero”. No voy al departamento de al lado, a la Intendencia de vecina, a ver si le puedo sacar algo de su recaudación en función de una política que, desde mi punto de vista, es equivocada. Además, este proyecto de ley tiene cosas insólitas. Sigo con el ejemplo del chiche. Les sacó el chiche y les regaló un caramelo; les dio un caramelito para que se entretengan. ¿Qué tiene que ver el acuerdo de la UTE con la patente de rodados? ¿Hay algo que lo ate? ¿Hay alguna cosa que vincule al automóvil con la luz pública? No. Es un premio para que firmen. Es un regalo para que entres al acuerdo que yo estoy construyendo. El acuerdo se está construyendo, repito, por la ineficacia de los Intendentes en la política anterior, porque fueron profundamente ineficaces. Entonces, entran con un acuerdo de esta naturaleza que no tiene nada que ver con nada. Lo de UTE tendríamos que analizarlo bien en serio. Llevo tres períodos como Diputado y hace tres períodos que escucho hablar del tema de Tacuarembó. Lamento no haber escuchado hoy una defensa de los intereses de ese departamento como debió haberse hecho. Tacuarembó tiene razón en su lucha con la UTE, porque la UTE le quitó parte de su territorio y no le pagó nada. Por lo tanto, tiene razón en cuanto a la pérdida que la Intendencia ha sufrido con la UTE. Es una larga lucha. Se han presentado proyectos y ha habido idas y venidas, pero nunca logramos resolverlo. Obviamente, es la Intendencia que más se va a beneficiar con este acuerdo porque es la que tiene más deuda. En el otro extremo está la Intendencia de San José, que no debe a la UTE y le ha pagado reli-

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giosa y regularmente. Pero, ¿qué tiene que ver esto de la UTE, que deberíamos discutir en serio? Recién lo mencionó el señor Diputado Rodríguez; el tema apareció recién ahora. No hemos discutido un tema muy serio, relevante e importante. La cuestión de la UTE refiere no solo a una gestión municipal sino a la seguridad pública. Hoy la gente reclama luz no porque quiera su barrio mejor iluminado, sino porque tiene miedo y el Gobierno central debe hacerse cargo de esa responsabilidad. Es un tema de la seguridad; sin embargo, lo estamos discutiendo subsumido dentro del tema de la patente de rodados, como si tuviera algo que ver. No tiene nada que ver. Este proyecto también contiene la creación de un fondo para lo cual no tenemos competencia. El fiduciario, como ya se explicó, es un administrador de impuestos municipales. Las Intendencias van a cobrar, envían al fiduciario y este devolverá, de acuerdo con una fotografía muy poco equitativa, porque la fotografía inicial con la que arrancamos, ¿cuál es? “no se muevan; quedamos como estamos ahora”. Y como estamos ahora, estamos mal, porque hay departamentos que llevan ventaja a partir de una mala política de haber capturado el empadronamiento de automóviles. O sea que arrancan con ventaja y este lo consolida. La ventaja que sacaron esos departamentos rapiñando autos de otros municipios, ahora se quedó congelada. Se quedaron, en materia de patrimonio, con algo ilegítimo. Habían ido a buscar patentes de rodados en otros departamentos con una política impositiva inadecuada. Yo no me siento obligado a votar algo que hayan acordado los Intendentes de mi Partido, porque lo que han hecho ellos en algunos departamentos no es una política del Partido Nacional. No hay respaldo del Partido Nacional para esas cosas. Cada uno hace en su departamento lo que entiende conveniente, y tiene derecho a hacerlo. Yo respeto eso; cada uno hace lo que quiere. Pero yo también hago lo que quiero; yo también voto lo que me parece justo y conveniente. Sin reforma constitucional, no creo que tengamos que ir hacia una patente única. A la hora de elegir a nuestros gobernantes departamentales, uno de los elementos que nos diferencia es preguntarse cuántas obras me has hecho y cuántos impuestos me cobras. Si queremos cambiar el sistema impositivo nacional y centralizarlo, hagámoslo de una vez. Hagamos una reforma constitucional y eliminemos todas las compe-

tencias de fijación de impuestos de los Gobiernos departamentales. Hagámoslo en serio, con una reforma constitucional: que las Juntas departamentales no fijen más impuestos, como lo han hecho hasta ahora. ¿A quién se le ocurre, como decía el señor Diputado Gandini, que esto no puede ser aprobado por la Junta Departamental? ¿A la Junta Departamental no le van a dejar discutir esto? ¿Dónde se ha visto? ¡Si es el órgano competente! ¡Lo dice la Constitución de la República! ¿Cómo podemos mirar para el costado en función de un acuerdo hecho bajo condiciones tan poco equitativas y en términos, desde mi punto de vista, tan desaprobables? Porque se conversó durante mucho tiempo y se llegó a un acuerdo, pero no se entendió que uno de los actores que debía estar representado, si precisaban una ley, era el Parlamento. Se reunían en Anchorena, aquí y allá, y el Parlamento, nada. Y después traen esto, y hay que votar. Y todavía, algún Intendente dijo: “Espero que el Parlamento esté a la altura”. ¿A la altura de quién? ¿A mi altura o a la de él? Esta es una muy mala solución, porque atropella la Constitución y porque no entra a los problemas de fondo. Además, incluir el tema de la UTE, sin discutir lo que significa la electrificación, como una moneda de canje para que se firme un convenio, me parece inadecuado. Haber creado un fondo, con un fiduciario que administra el impuesto que recaudan las Intendencias -que ahora nos enteramos que en nuestro departamento ese departamento va a ser fijado y administrado por una entidad nacional-, sin que haya una reforma constitucional, desde mi punto de vista, es muy grave y no lo voy a votar; de ninguna manera votaría una cuestión como esta. Por supuesto, estoy dispuesto a discutir los aspectos que contiene este proyecto, porque son todos discutibles y muy interesantes bajo nuevas formas, pero no así, y mucho menos si no se dice cuál es el origen. Aquí hay muchos pecadores y algunos están reclamando hoy eficacia parlamentaria para resolverles un problema, que no creamos nosotros. Es una práctica que yo nunca compartí ni comparto; es una práctica totalmente equivocada. Por lo tanto, no voy a acompañar este proyecto de ley. Lamento mucho que la solución definitiva sea este instrumento absolutamente ineficaz que, además, abre el campo para que, sin un marco legal adecuado, sin una reforma constitucional, empecemos a

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toquetear lo que la Constitución establece. ¡Por algo está en la Constitución! ¡Por lo menos, respetemos eso! Si la Constitución establece que los impuestos se fijan a nivel departamental, no hay acuerdo posible. La intención del Presidente pudo haber sido muy buena; de hecho, fue una gran jugada política, pero desde el punto de vista de la norma, este Parlamento es el vigilante, y si el Parlamento no vigila el cumplimiento de la Constitución ¿quién lo va a vigilar? ¿El Congreso de Intendentes? Gracias, señora Presidenta. (Apoyados) SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una aclaración SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: voy a hacer una aclaración sobre las intervenciones que se hicieron. Creo que tienen mucho valor las cosas que se han dicho y en algunos casos las comparto. El ciudadano que está de rehén es el que no cumple con las normas. De hecho, siempre hablamos de guerra de patentes como una figura simbólica. Las salidas de las guerras siempre presuponen vencidos y vencedores que terminan firmando en función de la valoración que se hace de la correlación de fuerzas en ese momento. Lo que digo es que el Gobierno nacional decidió meterse en la guerra -hablo en sentido figurado- a efectos de buscar una solución que no pudieron encontrar los Intendentes Comparto que un auto en Uruguay paga mucho y que fue la fuente que se eligió. Se llegó a un acuerdo, pero en algún momento un Intendente no lo cumplió y otro de su mismo partido le echó la falta a ese y a todos. Entonces, bajó para generar un nuevo punto de equilibrio. Y hoy se da otro fenómeno, y es que los Gobiernos departamentales que tienen mayor mora con respecto a la patente son los que la bajaron al nivel más económico. ¿Por qué? Porque, en realidad, no circulo por ahí; capaz que voy si tengo que llevar a alguien a ver aquella famosa cosa que hicieron algunos en el pasado, cerca del año 1580, o si tengo que ir a otro lado, y si ligo mal, me agarran: si no, ni me agarran. Y después, veo si pago o no pago. Entonces, el año que viene, para mantener el nivel de recauda-

ción, hay que bajarla un poco más para seguir atrayendo. Esa fue la lógica que se dio. Por otra parte, quiero aclarar alguna cosa con respecto a la cual el señor Diputado José Carlos Cardoso podía tener dudas. El Gobierno entra y pone plata. Pero el que pone plata fija las condiciones del aporte, de la solución; está en la tapa del libro. Ahora bien, si alguien perdió la viginidad ayer, el ayer está en la máquina del tiempo. Ayer no la perdió nadie acá adentro, y en el Congreso de Intendentes, tampoco. Cuando el Gobierno dijo que estaba dispuesto a entrar y a considerar los dos temas de las comisiones que se habían formado para solucionarlos, todo el mundo sabía que iban enganchados. Sé que hoy podríamos escuchar a alguien decir que no lo sabía. A la mancha con la liebre jugamos todos y, en general, a pesar de mi peso, la quedamos poco. Esa es la realidad. Se estaba tratando de solucionar los dos problemas, es decir, también el del alumbrado. Repito que, probablemente, al final de 2015, lo que ponga el Gobierno nacional por concepto de alumbrado será diez veces más que por la patente; por lo menos, diez veces más. Entonces, quedaron ligados. ¿Se tiene la posibilidad de estar adentro? Se tiene la posibilidad de estar adentro. ¿Se tiene la posibilidad de estar fuera? Se tiene la posibilidad de estar fuera. Estar adentro o afuera es una opción que toman libremente los Intendentes de hoy y los que estarán en el futuro, porque el precepto del reparto, establecido en el artículo 214, está determinado por decisiones políticas que nosotros mismos consagramos. Ese es un dato de la realidad. Otro tema es el relativo a la consulta al Parlamento. Teníamos que consultar a los Ediles y al Parlamento. El Parlamento está siendo consultado. Se podrá cuestionar que en un corto período de tiempo. Es cierto, porque la declaración de grave y urgente acorta el plazo a cuarenta y cinco días en esta Cámara y a treinta en la otra. Las consultas al Parlamento se hacen enviando proyectos a efectos de que se pronuncie. Lo otro tiene que ver con la voluntad. La verdad es que no recuerdo Intendentes que hayan consultado a ninguna Junta a la hora de mandar iniciativas de aforos o de alícuotas, o lo que haya que cobrar. Puede existir, pero no es la norma; es casi una excepción. Gracias.

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SEÑOR RODRÍGUEZ (don Edgardo).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (don Edgardo).- Señora Presidenta: en honor a la verdad quiero decir, en primer lugar, que la ley y la Justicia han dicho en varias oportunidades a la Intendencia que no corresponde que UTE pague la Contribución Inmobiliaria. En segundo término, el monto que, eventualmente, la UTE tendría que pagar por concepto de Contribución Inmobiliaria Rural y el de Alumbrado Público no resisten comparación, porque el monto de la primera es ínfimo comparado con el del segundo. En tercer lugar, si la Intendencia entiende que no debe pagar a UTE, no tendría que recaudar la tasa de Alumbrado Público. Muchas gracias.

“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día de la fecha. Sin más, lo saluda atentamente, SUSANA PEREYRA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Lauro Meléndez”. “Montevideo, 1º noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante Sin más, lo saluda atentamente Ricardo Muttoni”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante Sin más, lo saluda atentamente Carlos Barceló”.

19.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos, relativa a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente solicitud de licencia: De la señora Representante Susana Pereyra, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Evaristo Coedo”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en sesenta y dos: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:)

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“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante Sin más, lo saluda atentamente Julio Baráibar”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante Sin más, lo saluda atentamente Daniel Montiel”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante Sin más, lo saluda atentamente José Fernández”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante Sin más, lo saluda atentamente Charles Carrera”.

“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Alberto Castelar”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Daniel Placeres”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Noris Menotti”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante Sin más, lo saluda atentamente Jorge Meroni”.

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“Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante Sin más, lo saluda atentamente Jorge Simón”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Lauro Meléndez, Ricardo Muttoni, Carlos Barceló, Julio Baráibar, Daniel Montiel, José Fernández, Charles Carrera, Alberto Castelar, Daniel Placeres, Noris Menotti, Jorge Meroni y Jorge Simón y el señor Heber Bousses integra la Cámara por el día indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra, por el día 1º de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Lauro Meléndez, Ricardo Muttoni, Carlos Barceló, Julio Baráibar, Daniel Montiel, José Fernández, Charles Carrera, Alberto Castelar, Daniel Placeres, Noris Menotti, Jorge Meroni y Jorge Simón. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Evaristo Coedo. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

20.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas).
——Continuando con la consideración del asunto en debate, tiene la palabra el señor Diputado Verri. SEÑOR VERRI.- Señora Presidenta: antes de comenzar mi exposición, quier|o decir que voy a votar el proyecto. El Cuerpo advertirá algunas fisuras o posiciones distintas en nuestro Partido, porque, a medida que avanza el debate, escuchamos a legisladores que desarrollaron toda una argumentación y parecía que iban a votar a favor, pero terminaron diciendo que votarán en contra, y viceversa. Con esto, quiero decir que este tema tiene tantas interpretaciones como conveniencias políticas genera en los Departamentos. Hay Departamentos donde a algunos Diputados les sirve votar el proyecto, y hay Departamentos donde no les sirve. Esa es una realidad que no se puede desconocer, y estas siete horas de debate lo han demostrado. Nosotros vamos a votar el proyecto, no porque estemos presionados por el acuerdo de Intendentes, sino porque entendemos que en los Intendentes y en este Presidente de la República se ha encontrado un camino para resolver un problema que tiene muchos años. La mayoría de los presentes fuimos Ediles y sabemos perfectamente que llevamos discutiendo este tema más de veinte años, prácticamente desde 1990, cuando a las Juntas departamentales nos hicieron convalidar el Acuerdo de Paso Severino, y hubo Juntas departamentales -algunas, a pedido de los Intendentes que habían firmado el acuerdo-, que no lo convalidaron. Estos Intendentes vieron en el incumplimiento del Acuerdo de Paso Severino una veta para rapiñar patentes de otros departamentos, como dijo el señor Diputado José Carlos Cardoso. Ese es el fondo de esta cuestión. A la Intendencia que más le duele este problema -y por eso se busca esta solución- es a la de Montevideo, porque le robaron patentes de todos lados. Tal vez porque los valores de las patentes de Montevideo son muy altos, pero se las robaron de mala forma; de eso no hay duda. Quizás, la Intendencia Municipal de Montevideo no haya sabido administrar bien sus recursos o haya aumentado mucho sus gastos, pero los Intendentes no tenían ningún derecho a bajar sus pa-

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tentes, a sabiendas de que las robarían, fundamentalmente a Montevideo y a Canelones. Se perjudicó a Montevideo y a Canelones, pero también a muchos otros departamentos, porque en estos veinticinco años también hubo Intendentes de todos los pelos que respetaron a rajatabla y cumplieron el acuerdo de patentes, tal vez, haciendo pagar a sus contribuyentes una patente más cara. Esa es la historia de esta guerra de patentes, una guerra que desencadenaron algunos Intendentes que vieron en la necesidad de la Intendencia de Montevideo de aumentar sus aforos una posibilidad para cobrar patentes baratas y robar matrículas. Para comprobarlo, basta analizar algunos ejemplos. Por ejemplo, Colonia tiene características muy particulares, similares a nuestro departamento. Tiene algunos habitantes más, pero no muchos y una extensión territorial bastante similar. Sin embargo, recauda US$ 5:000.000 más que la Intendencia de Paysandú. ¿Esto es lógico? ¿Está bien que se haga? Creo que no. Entonces, no me importa qué signo político tiene el acuerdo o si el Presidente de la República no es de mi Partido, sino que ha tratado de encontrar una solución, que es este proyecto. ¿Es buena? No; creo que no, que va a durar muy poco, en algunos casos, hasta que un juicio de inconstitucionalidad haga caer la ley en algunos Departamentos. Ojalá que eso no ocurra. En el mejor de los escenarios, este acuerdo solo durará hasta 2015, porque los departamentos que resultarán beneficiados hasta 2015 por el congelamiento de los ingresos percibidos en 2010 por concepto de cobro de patente -en algunos casos, ascienden a US$ 5:000.000, y en otros, es mucho más- asegurándoles esa recaudación -que no es auténtica, porque pertenece a otros departamentos-, en el año 2016, ya no van a tener ese plus, porque van a recaudar por las matrículas que les corresponde tener en su departamento. Entonces, el Intendente que esté gobernando en ese momento buscará una fórmula para salirse de este acuerdo, y la guerra de patentes volverá a comenzar. Por eso, creo que esta solución no es buena, pero es una solución. En esto hay muchas horas de trabajo de muchos Intendentes que, honesta y legítimamente, querían encontrar una solución a esta sangría que hacen algunos Intendentes en perjuicio de otros.

Entonces, vamos a respaldar el esfuerzo que hacen estos Intendentes y el Presidente de la República. Sin embargo, no vamos a respaldar los artículos que son inconstitucionales, porque creemos que las Juntas Departamentales merecían otro tratamiento. No se puede “ningunear” a las Juntas Departamentales, porque son la herramienta democrática que tienen los Gobiernos departamentales; debemos reconocerlo. Tenemos que darles más participación, y este proyecto no solamente no se las da, sino que, en algunos artículos, viola la autonomía departamental. Algunos se rasgan las vestiduras hablando de ella y, sin embargo, no nos damos cuenta de que hace mucho tiempo que los Gobiernos departamentales perdieron la autonomía, porque dependen de los aportes económicos que les transfieren el Gobierno Central y el Presidente de turno. Hace muchos años que lo que recaudan las Intendencias no alcanza ni siquiera para pagar los sueldos, porque se incrementó el número de funcionarios de forma exponencial, y eso también lo tenemos que decir. Ojalá que los Intendentes que asumieron hace poco no cometan estos errores, aunque lo dudo, porque en mi departamento, en apenas un año y algunos meses de gestión del Intendente, ya hubo más de quinientos ingresos. Los Gobiernos departamentales perdieron autonomía ante los Gobiernos nacionales. Los presupuestos departamentales cada vez alcanzan menos para hacer frente a los gastos y los Gobiernos departamentales, para hacer inversiones, dependen cada vez más de que el Gobierno nacional nos incluya en el Fondo de Desarrollo del Interior y nos envíe las partidas. Si bien constitucionalmente nos pertenecen, antes no era así, porque los Gobiernos departamentales pagaban sus sueldos, sus gastos de funcionamiento y todavía sobraba para invertir. Lo poco o mucho que los Gobiernos nacionales daban en esa época servía para generar más infraestructura. Hoy ya no es así. Por lo tanto, cuando hablamos de pérdida de autonomía departamental, a la mayoría de los Gobiernos departamentales poco les va a afectar perder un poco más. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- ¿Me permite, señor Diputado? Disculpe que lo interrumpa, pero sé que el Cuerpo va a entender, y usted también.

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Nos están visitando los alumnos de primero, segundo y tercer año del Liceo Santa Isabel, de Paso de los Toros, a quienes queremos saludar y dar la bienvenida a esta Casa. Puede continuar el señor Diputado Verri. SEÑOR VERRI.- Continúo, señora Presidenta. Se ha incorporado en este proyecto un premio, que es tema de la deuda por alumbrado público. Hace algunos meses, hablé con un Intendente, no de mi Partido -lo aclaro por las dudas-, y cuando hacíamos acuerdo en este tema de las patentes, lo que más nos resaltaba era que haber incluido el subsidio del alumbrado público era un “golazo”. ¡Claro que es un “golazo”! ¿Cómo no lo va a ser, si se están perdonando deudas millonarias a casi todas las Intendencias y no se está premiando a aquellas que estaban al día, que, precisamente, no es el caso de mi departamento? |Paysandú necesita ciento treinta y tres años para pagar la deuda por alumbrado público. ¿Saben qué es lo peor? La cobró todos los meses con la Tasa General de Servicio a los ciudadanos de Paysandú. No la vertió a las arcas de UTE, y eso ocurre en casi todos los departamentos, pues hay honrosas excepciones. Con este subsidio, a nuestro departamento -lo pongo como ejemplo porque es uno de los peores- le va a llevar ciento treinta y tres años pagar la deuda por alumbrado. Eso sí es producto de las malas administraciones. Ahora bien, uno se pregunta qué tiene que ver esto con la patente única nacional. Absolutamente nada. Esto es un premio que se da a los Intendentes como diciendo: “Ahí tenés el caramelo. Si vos me aprobás esto, yo te voy a dar este premio”. Obviamente, hay un acuerdo de diecinueve Intendentes detrás de esto. ¡Cómo no va a haberlo si, por un lado, la mayoría de los Intendentes resuelven el problema de la patente -aunque sea mala es una solución al fin- y, por otro, se soluciona el problema del alumbrado público a los malos pagadores que han sido los Gobiernos departamentales! ¡Claro que es una solución! Muchos de los actuales Intendentes han aprovechado esta situación y aquellos a los que no les sirve el acuerdo sobre las patentes, quizá estén pensando en buscar una salida para no aplicarlo una vez que se apruebe el proyecto de ley. Eso es lo que me temo, que esta solución no sea la mejor. Muy probablemente dure muy poquito y en algunos meses estemos vol-

viendo a discutir este tema. Eso sería lo malo. En este país damos soluciones a medias a los problemas. El Gobierno nacional tiene la mejor intención de resolver este asunto. Los Intendentes están dispuestos a negociar. ¿Por qué no encontrar un camino mejor? Mientras no exista ese camino -ojalá venga porque esto lo vamos a volver a discutir-, nosotros vamos a aprobar este proyecto porque aquellos que han tenido buena intención merecen nuestro respaldo. (Murmullos) ——Vamos a votar afirmativamente el proyecto de ley en general. No vamos a acompañar aquellos artículos que son inconstitucionales pero sí el resto del articulado, porque tampoco le encontramos sentido a no votar el Capítulo sobre la patente única y sí el subsidio al alumbrado público. Me parece que si no aceptamos una cosa, no deberíamos aceptar nada. SEÑOR SARAVIA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Antes de dar la palabra al señor Diputado, la Mesa solicita al Cuerpo que haga un poco de silencio para escuchar la exposición. Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SARAVIA.- Señora Presidenta: hace ya unas cuantas horas que estamos escuchando distintos enfoques, diferentes formas de entender un mismo proyecto de ley. Hemos escuchado historia. Algunos hemos participado en esa historia, en la época de 1990, cuando el Congreso de Intendentes tenía dificultades para encontrar una solución al problema de la patente diferenciada, cuando era más fácil hacer los ajustes por IPC que tener en cuenta el aforo y el valor verdaderos de los vehículos para aplicar una alícuota más justa. El tema tributario nunca es agradable. A nadie le gusta pagar impuestos y las Administraciones cada vez necesitan más recursos. Ya desde aquella época había un problema muy claro. Los que administraban no se animaban a decir a los ciudadanos que el importe de las patentes estaba de tal manera incorporado al presupuesto que ya no importaba el origen ni a dónde iba, sino que ingresara. Estoy hablando del año 1990. En 1995, representé al entonces Intendente Villanueva Saravia en el Congreso y tuve mi primer enfrentamiento con Intendentes de mi Partido por este

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tema. Quiere decir que nada de lo que se ha dicho acá me resulta ajeno. No todo es tan claro y fácil como cada uno lo cuenta. Hoy no tenemos algo novedoso sino la buena voluntad de buscar una solución para un problema al que no se ha querido encontrar una solución. Además, por distintas causas de administración y personales se ha entrado en un espiral de enfrentamientos personales que terminaron, como siempre, con los contribuyentes de rehén. Hemos visto a lo largo de los años todo tipo de atropellos: a las Administraciones, entre las Administraciones, a los ciudadanos por parte de los cuerpos inspectivos aduciendo derechos que a veces tenían y a veces no. Hubo que informar a inspectores de determinados departamentos que uno cumplía con la ley, que establece criterios para empadronar y que hay gente que se encuentra comprendida por más de uno y tiene derecho a empadronar donde quiere. Pero explicar a un inspector de Montevideo o de cualquier lugar -hablo de los de Montevideo porque eran los que más cuidaban- que uno podía tener dos o tres lugares para empadronar porque la ley así lo habilitaba, era perder el tiempo. Entonces, llegamos a esto: a la buena voluntad del Presidente, a la necesidad de la mayoría de los Intendentes de encontrar una solución a un problema como el de la patente única o, si lo queremos mirar del otro lado, a la necesidad de terminar la guerra de las patentes. El segundo tema que trata este proyecto de urgencia es el alumbrado público, mal endémico transferido malamente en una difícil época a Intendencias que no iban a poder cumplir, con la consiguiente acumulación de deudas, a veces por mala administración, a veces por desentendimientos. También por la Intendencia de Cerro Largo participé en muchas reuniones con jerarcas de UTE para buscar soluciones. Era un diálogo de sordos, ya que resultaba imposible pretender encontrar soluciones con quien no quería. De alguna manera, algo de eso se nos traslada acá. Es evidente que los Intendentes han aceptado una solución para el problema de las patentes. Es evidente también que son conscientes de que, como en todo acuerdo, están cediendo en algunos aspectos. Lo que no han hecho los Intendentes es razonar con cabeza legislativa. Han razonado con cabeza administradora, lo cual no está mal. Lo que está mal es trasladar al Parlamento, en este caso a la Cámara de Diputados, un problema para que le encuentre una so-

lución que ellos no previeron. Mi diferencia con este proyecto no está en el objetivo. Yo lo comparto, así como también la buena voluntad del Poder Ejecutivo; comparto la intención de los Intendentes y reconozco que quien paga, manda y, en este caso, el que manda es el Gobierno. De alguna manera, parafraseo a quien ha representado a la bancada mayoritaria con su informe: el Gobierno, para entrar en esta negociación, tiene que poner plata. En realidad, la vamos a poner los ciudadanos que pagamos impuestos pero a través del Gobierno, y es lógico que este imponga condiciones. Sinceramente, lo que me cuesta entender es por qué el Poder Ejecutivo y la bancada mayoritaria no encontraron una fórmula más apropiada de redacción para llegar al mismo objetivo. No necesito ninguna de las intervenciones de los Grados 5 que han estado en Comisión. Con mi escaso criterio jurídico de apenas ser Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, me doy cuenta de las irregularidades manifiestas -las inconstitucionalidades las declara la Corte; para mí son irregularidades- que podían haberse solucionado en gran parte, si se hubiera dado lo que se me dijo en un principio: que era un proyecto abierto, que el objetivo era lo que importaba, que había que cuidar determinados criterios que el Poder Ejecutivo planteaba pero sí se podía obviar aquellos aspectos que fueran discutidos en cuanto a su legalidad o su constitucionalidad. Después de los días que pasaron, de las intervenciones en las Comisiones, de nuestras reuniones de bancada, las aperturas no se dieron. Por lo tanto, con un poco de criterio, yo no puedo aceptar -porque me quedo sin argumentos para atrás y para el futuro- una iniciativa que, desde mi punto de vista, tiene varias situaciones irregulares. Hoy hemos escuchado no menos de treinta puntos de vista distintos. |La solución política es muy buena, la solución de voluntarismo es muy buena, pero la solución jurídica es muy mala. Hace dos o tres días alguien me dijo que había mucha expectativa, que sería bueno apoyar este proyecto para que en el Senado se subsanaran estas diferencias y que, si eso no fuera posible, los Senadores de mi sector del Partido Nacional no iban a apoyar esta iniciativa. Yo ya no creo más en eso. Lo mismo se me dijo cuando se negoció con la bancada mayoritaria el proyecto sobre minoridad y, en esa oportunidad, de cinco o seis puntos que estaban planteados se analizaron tres y dos no fueron tomados en cuenta.

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No debo hacer fe en que el Senado pueda solucionar los problemas jurídicos que este proyecto tiene. Lo digo con mucha pena. Como Diputados, nosotros estamos en condiciones de encontrar solución a los problemas en las Comisiones, con los diálogos correspondientes. ¡Tantas veces lo hemos hecho! Ahora, si en la Cámara de Diputados no va a haber una apertura, no creo que los Senadores la logren; por más que tienen un rango distinto y, en todo caso, de mayor jerarquía que nosotros, el voto es igual al nuestro. Si aquí no hay posibilidades de encontrar soluciones, ¿por qué las habrá en el Senado? No voy a hablar de las irregularidades porque ya se han dicho todas. Simplemente, quiero hacer una reflexión. Tal vez, pocas veces como en esta ocasión, todos estamos de acuerdo en que queremos encontrar una solución al problema de las patentes. Y mucho más a la electrificación rural que, quizá, muchos no conozcan porque es un tema más intrínseco de los departamentos, de las administraciones y no está tanto en el vuelo público. Las patentes están en la opinión pública porque los inspectores paran a todo el mundo y se habla mucho más. Capaz que es mucho más importante el acuerdo por el alumbrado público que el de las patentes. Numéricamente, en términos de plata, no hay dudas. El esfuerzo que hace el Poder Ejecutivo en esto es mucho más grande porque, en definitiva, el equilibrio de las diferencias de las patentes se logra con un aumento del IMESI. Hay otros temas que están planteados en esta iniciativa pero que no se dicen y que a mí me preocupan. ¿Qué va a pasar con el 1% que se cobra por los semovientes a nivel municipal? ¿Se derogará? Para mi departamento, Cerro Largo, eso implica $ 50:000.000 por año. Se trata de US$ 2:500.000 que son muy importantes y que, además, son de recaudación genuina. Este proyecto de a poco va haciendo perder recaudación genuina y aumentando la dependencia del Gobierno central, aunque sea con dinero votado para las Intendencias, según lo establecido constitucionalmente. En última instancia, dependen de que les transfieran. Se puede demorar una transferencia, se puede perder un certificado, se puede ser honesto y pagar puntualmente, pero lo que importa es que las Inten-

dencias, cada vez más van perdiendo -a veces por su mala administración, mala adjudicación de los porcentajes de recursos o porque el Rubro 0 supera ampliamente el 50%; todas posibilidades que conocemoslos dineros que son recaudados en forma departamental, porque cada vez son menos. Las Intendencias asumen roles que solo podrán cubrir con los dineros que llegan a través del Gobierno central, ya sean los que corresponden al departamento, según lo establecido por la Constitución, o por las partidas de acuerdo para otra cantidad de formas de apoyos y recursos que se requieren en el interior. Llego a un final para tratar de entender esta situación, que no me conforma en absoluto. ¿Por qué si tenemos el mismo objetivo -el cien por cien de nosotros, los Intendentes y el Poder Ejecutivo y sus distintas oficinas que han participado en esto- no pudimos encontrar una redacción que respetara las autonomías municipales, facilitara que no existan reclamos -esto será aprobado porque los votos están- y asegurara consistencia duradera? En primer lugar, nadie sabe si esto se podrá mantener y, en segundo término, van a llegar recursos de inconstitucionalidad, aunque sean por mala fe. A partir del primer recurso, más allá de que son puntuales uno a uno, el sistema empezará a flaquear y dará oportunidades tan malas como las que hoy tienen algunos Intendentes, que juegan a la baja para fortalecerse ellos y desestabilizar el sistema. ¿Por qué no pudimos encontrar una redacción y por qué no hubo una apertura racional, relativamente lógica del Poder Ejecutivo y de la bancada de Gobierno para que todos, definitivamente, apoyáramos este proyecto? Esto es lo que no entiendo. Me queda para pensar en términos políticos qué es lo que se busca. ¿Una verdadera solución que no está garantizada con este proyecto? Esta es una iniciativa en el tiempo porque los mismos que hoy lo están aprobando, en el futuro -pueden ser las mismas caras, u otras- lo pueden cambiar. ¿Lo que interesa es el titular? Perfectamente podría ser. El señor Presidente de la República tiene todo el derecho de adjudicarse la victoria con respecto a que consiguió una solución para la guerra de las patentes. (Suena el timbre indicador de tiempo)

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——Después hay que considerar si el problema se sostiene, o no. Me preocupa que la Constitución y el sistema jurídico, en este ámbito, no importen, no interesen. En definitiva, el fin justifica cualquier medio. Esto va desviando lo que entiendo que es nuestra tarea aquí. Quisiera apoyar este proyecto porque es bueno en su objetivo y nos dará tranquilidad a futuro, pero en estas condiciones de redacción me resulta imposible hacerlo porque como abogado estaría renunciando a mis más básicos principios: apegarme al país republicano, a la democracia, al Derecho, a las leyes y, especialmente, a la Constitución. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Antes de conceder el uso de la palabra al señor Diputado quiero decir lo siguiente. Sé que llevamos algo más de siete horas de debate, pero el continuo murmullo en la Sala no contribuye mucho al trabajo de los señores taquígrafos ni al transcurso de la sesión. Comprendemos que algunos señores y señoras legisladores quieran salir al ambulatorio a hablar de otros tópicos. Tiene la palabra el señor Diputado Bayardi. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: el señor Diputado Saravia hizo una intervención que he seguido particularmente, y quiero aclarar aquello en lo que me corresponde el sayo. Comparto la información brindada por el señor Diputado Saravia con respecto al cobro del 1% a los semovientes como recursos genuinos de las Intendencias. Aclaro que esto lo he conversado con los compañeros Diputados de la Comisión de Hacienda. Más allá de que se haya expresado la eventualidad de derogar el 1% a los semovientes, no hay nada que esté en conocimiento de la bancada de Gobierno, que hoy determine que se camine por ese lado, máxime cuando había dudas si se iba a caminar por el Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales, ICIR La bancada de Gobierno terminó de acordar un proyecto que está analizándose en la Comisión de Hacienda y no contiene ese punto.

Sí quiero contestar sobre tres puntos. Comparto la lectura sobre las irregularidades, como la llamó el señor Diputado Saravia. La declaración de inconstitucionalidad se considerará más adelante y es resorte de la Suprema Corte de Justicia: “Cuando lleguemos al río, veremos qué pasa arriba del puente”. Sí quiero decir por qué contestamos con respecto a las mociones que presentó el Partido Nacional. En el artículo 2° hubo una modificación que pedía -creo haber contestado esto durante mi intervención- que la adhesión al SUCIVE y la autorización para ceder derechos estuvieran planteadas en el marco de los requerimientos del artículo 301 de la Constitución, es decir, que se exigieran dos tercios de votos. Ya expliqué por qué la interpretación que hacemos no implica esa demanda para estos efectos. El aditivo por el que se cambiaba la integración de tres miembros del Congreso de Intendentes, más un delegado de la OPP y otro del Ministerio de Economía y Finanzas, por cinco miembros del Congreso de Intendentes más los delegados mencionados, que figura en el último inciso del artículo 3°, nos pareció de orden para evitar lo que también expliqué acá, que es llegar a la eventualidad de que el partido de Gobierno actual tuviera mayoría en esa Comisión. Hay otro sustitutivo que no tiene nada que ver con la constitucionalidad, sino con considerar el cierre de lo que se va a aportar en los años sucesivos al 31 de diciembre de 2011. También aclaré por qué se está cerrando en 2010: esto está chequeado y auditado por el Tribunal de Cuentas y es lo que aceptó el Ministerio de Economía y Finanzas que va a volcar. Supongo -porque otros legisladores me lo plantearon- que si en el acuerdo entre el Congreso de Intendentes y el Gobierno se establece una modificación a futuro, nosotros no tendríamos problema en acompañarla. El último aditivo que se me presentó antes del de hoy decía que los Gobiernos departamentales se abstendrían de realizar procedimientos y operativos de restricción de circulación por sus jurisdicciones de vehículos empadronados en otras jurisdicciones departamentales, y pedía la derogación de la Ley N° 18.456, sobre empadronamiento, lo que era inadmisible para la bancada de Gobierno, y por eso se contestó que no. Por último, hay un aditivo al artículo 9° que fue presentado hoy, firmado por legisladores del Partido

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Nacional, que establece: “A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, los Gobiernos Departamentales deberán cumplir con lo dispuesto por los artículos 273 numeral 3, y 275 num. 4 de la Constitución de la República”, que refieren a las facultades de la Junta y a la iniciativa del Gobierno departamental. Aclaro que en ese artículo se decía “aprobar por el Congreso de Intendentes” y nosotros lo cambiamos por “acordar”, lo que -reitero y el señor Diputado Saravia ya lo sabe- siempre se hizo. Hubo años en que el Congreso de Intendentes hizo acuerdos un 26 de diciembre que se aplicarían a partir del 1° de enero. No pensamos que la salvedad de la preocupación por lo de la Junta esté contenida en la modificación que introdujimos al artículo 4°. Que los Intendentes tendrán que arreglar en sus Gobiernos departamentales cómo llevarán adelante el proceso de legitimación en el marco de lo que la Constitución les exige, no está en cuestión para la bancada de Gobierno. Cada cual se arreglará como pueda, con las mayorías que lo respalden -o que no lo hagan-, en la gestión del Gobierno departamental. Gracias, señor Presidente. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Bianchi. SEÑOR BIANCHI.- Señora Presidenta: por supuesto que estamos de acuerdo con que en el país haya una patente única, pero creemos que este no es el mejor instrumento para concretar este anhelo, que seguramente es de todos los uruguayos. Por lo tanto, vamos a adelantar nuestro voto negativo. No vamos a votar porque se trata de un proyecto inconstitucional. El texto crea lo que se denomina Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares, a través del cual se realizará el cobro del tributo de patente de todos los vehículos automotores del departamento, recargos, multas, moras y lo que se ha dicho en Sala, que va todo a ese mismo fondo. La patente de rodados no figura como tal en la Constitución de la República, sino que en el literal 6°) del artículo 297 se establece como fuente de recursos de los gobiernos departamentales, decretados y administrados por estos, los impuestos a los espectáculos públicos, con excepción de los establecidos por la ley con destinos especiales, mientras no sean derogados, y a los vehículos de transporte. La Carta Magna es clara: “decretados y administrados por estos”. En consecuencia, ¿qué tienen que hacer aquí el Poder

Ejecutivo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas? Nosotros entendemos que nada. Por lo tanto, este proyecto es inconstitucional. Queremos citar al profesor Augusto Durán Martínez, que dice que: “No encontré ninguna observación desde el punto de vista jurídico en el Capítulo II pero sí varias de entidad en el Capítulo I.- Lo primero y más importante que quiero decir -es lo que me lleva a desaconsejar la aprobación del Capítulo I- es que cuando una norma asigna discrecionalidad a un órgano es para que ejerza sus potestades teniendo en cuenta las particularidades concretas de cada caso. De manera que si ese órgano que tiene potestad discrecional no la ejercita incurre en ilegitimidad. No hay discrecionalidad para no ejercer la discrecionalidad. Esta es una jurisprudencia constante del Consejo de Estado Francés con relación a los actos administrativos, pero es un concepto perfectamente trasladable a todo tipo de órganos y funciones. El artículo 297 de la Constitución asigna a los Gobiernos departamentales potestad tributaria discrecional. Cada Gobierno departamental tiene discrecionalidad para fijar el monto de los tributos que enumera el artículo 297, entre ellos el de los impuestos a los vehículos automotores, conocido con el nombre de Patente de Rodados. La Constitución no ha querido fijar una patente única para todo el país sino que ha dado discrecionalidad a cada uno de los gobiernos departamentales para fijar su tributo atendiendo las particularidades de cada departamento. ¿Cuáles son esas particularidades? La capacidad contributiva de los contribuyentes y las necesidades de ese departamento. Por eso es que de ninguna manera pueden ser iguales la patente de Montevideo, de Artigas, de Flores, de Maldonado, de Colonia o de Durazno. Son realidades diferentes que el constituyente ha querido que se ponderaran en cada uno de los departamentos. […] Una ley que imponga una patente unificada -que es lo que procura este proyecto- es claramente inconstitucional, como lo sería un acuerdo entre todos los Gobiernos departamentales a los efectos de fijar una patente unificada porque implicaría una renuncia de esa discrecionalidad que la Constitución le asignó. Es inconstitucional la ley y un eventual acuerdo entre todos los Gobiernos departamentales”. Además, no lo vamos a votar porque aquí se compromete a tres Administraciones; estamos hablando de quince años. Se señala que la adhesión al SUCIVE por parte de los gobiernos departamentales

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se realizará mediante la suscripción de los contratos correspondientes por parte de los Intendentes y por un plazo inicial de quince años, prorrogable automáticamente por períodos iguales, al tiempo que se autoriza a los Intendentes, dando cuenta a la Junta Departamental, a ceder los derechos de cobro emergentes de tributos, recargos, multas y moras departamentales necesarios para la adhesión. El proyecto promovido por el Poder Ejecutivo implica la adhesión compulsiva al SUCIVE, sin derecho a alternativa alguna, e incurre en otro error importante, ya que de ninguna manera puede comprometerse la gestión de tres Administraciones que forzosamente contarán con distintos Intendentes y diferente integración de las Juntas Departamentales. No hay participación del órgano de contralor de las Intendencias. El proyecto prosigue con la creación de una Comisión de Seguimiento con los siguientes cometidos: designar al agente fiduciario que administre el SUCIVE; informar a este los valores de aforo vehiculares, las alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor de la patente y las formas de pago del tributo, de acuerdo con lo que resuelva el Congreso de Intendentes; autorizar al SUCIVE a prestar servicios de recaudación de otros precios, tasas, peajes o similares que corresponda abonar a los vehículos automotores. Asimismo, esta Comisión estará integrada por tres miembros designados por el Congreso Nacional de Intendentes, uno, por la OPP, y otro, por el Ministerio de Economía y Finanzas. Por lo tanto, aquí también tendrá mayoría el Gobierno de turno. En dicha comisión no se incluye a representantes del Congreso Nacional de Ediles, cuando las Juntas Departamentales son los órganos de contralor por excelencia, que al ser obviados, pasan a ser meros testigos presenciales, sin posibilidad de manifestar su opinión. Ya lo hemos visto en todos los departamentos porque lo único que han hecho los Intendentes es ir a las Juntas a informar lo que ya han decidido. Además, implica demasiada liberalidad para que, por ejemplo, los peajes que hoy recibe el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en forma directa a través de la Dirección Nacional de Transporte o en forma indirecta, a través del canon que pagan los agentes privados en las rutas concesionadas, pasen a ser cobrados por la administración del fideicomiso, re-

cortando potestades de la mencionada Secretaría de Estado. Este proyecto es muy injusto porque pagarán quienes no tienen auto. El texto propone la creación de un Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados como un patrimonio de afectación independiente, con destino a complementar la recaudación que obtienen los gobiernos departamentales, por aplicación de lo dispuesto en el numeral 6º del artículo 297 de la Constitución relativo a los vehículos de transporte, el que se integrará con las transferencias que se realicen desde Rentas Generales. Es evidente la inconstitucionalidad que significa el proyecto y el error más grave es que la transferencia desde Rentas Generales implica que aquellos contribuyentes que no cuentan con automóvil, a partir de la promulgación de esta ley, deberán pagar en forma indirecta patente de rodados. Esto es absolutamente insólito. Para colmo, se está anunciando la posibilidad de un incremento adicional del IMESI, lo que resulta evidente para quien sepa leer entrelíneas. Pero tiene más inconstitucionalidades. Se establece que el mencionado fondo será administrado por un fiduciario profesional, autorizado a operar por el Banco Central del Uruguay y designado por la comisión antes mencionada, el que será responsable de transferir los ingresos a los gobiernos departamentales. Se trata de una nueva inconstitucionalidad ya que los recursos de los gobiernos departamentales por concepto de patente de rodados deben ser decretados y administrados por estos y no por el administrador de un fideicomiso. Este proyecto es, además, un atropello a la libertad porque tiene lugar una ilegalidad que no habíamos visto en nuestro país. Cuando el texto establece que los Gobiernos departamentales que no se adhieran al SUCIVE o incumplan cualquier elemento de los contratos referidos en la iniciativa, podrán acceder solo a seis décimos del monto que les corresponda de las partidas establecidas en el cumplimiento de lo previsto por el artículo 214 de la Constitución de la República. En síntesis, señora Presidenta, las franjas a las que se ha aludido a través de algunos medios de prensa -como la exoneración total a los automóviles hasta el año 1975, $ 1.000 para los modelos de entre 1976 y 1980, etcétera- podrían ser parte de un acuer-

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do interno de quienes elaboraron el texto, pero lo cierto es que no figuran en el proyecto, por lo cual, por el momento, su instrumentación es hipotética y quedará librada a la reglamentación que haga el Poder Ejecutivo. Por tanto, no aparecen las tasas, no aparecen escalas, no aparecen estas variaciones y esto es un cheque en blanco para la reglamentación de la ley. Tampoco se sabe cuál será el índice de incremento de la patente en el departamento de Colonia, nuestro departamento, que sabemos que será muy castigado. Seguramente, sus contribuyentes pagarán, por lo menos, el doble. Está claro que siendo esta la más barata del país, al promediar, los colonienses se verán damnificados. Como se observa, el proyecto es apenas una suerte de propósito de poner orden en un escenario muy disímil que los Intendentes durante más de tres lustros no han logrado homogeneizar, pero salvo esa intención, no tiene nada de bueno, nada de interesante y lo que es peor para los colonienses, nada de beneficioso. Estaríamos presenciando una nueva violación a la Carta Magna, un atentado a la libertad de elección porque estaría metiendo la mano en los bolsillos a un porcentaje muy importante de ciudadanos. Por tanto, señora Presidenta, adelantamos que no vamos a votar este proyecto de ley. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VEGA LLANES.- Señora Presidenta: quiero hacer una pequeña digresión, abusando de su bondad porque, en realidad, quería dejar establecido mi reconocimiento hacia el Diputado Lacalle Pou, Presidente de la Cámara, respecto a su actuación el miércoles pasado cuando se trató un tema bien difícil. Quiero reconocer -nobleza obliga- su ecuanimidad y su capacidad para mantener una sesión -que amenazó con desbordarse- dentro de los cauces posibles para tomar una resolución. Dicho esto, me voy a referir al tema, si puedo, porque en realidad a veces es difícil saber cuál es el tema. Vengo con una sobredosis de inconstitucionalidad. También me sucede que cuando pasa una semana que no violo la Constitución, me entra como un

síndrome de abstinencia y empiezo a sentir que me está faltando algo. Vengo acá desde hace siete años. Según lo que me han informado, después las declaraciones de inconstitucionalidad no fueron tales, pero por los dichos, parece que le hemos dado de punta a la pobre Constitución. Va a terminar como aquella representación que hizo “Peloduro”, en la que la patria empezó siendo gordita y terminó andrajosa y flaca. De todas maneras, debo reconocer que me siento feliz de violar, una vez más, la Constitución. Como no tengo formación jurídica, voy a esperar a que la Suprema Corte de Justicia un buen día decida -si es que alguien presenta un recurso; seguramente alguien lo haga- a ver qué hace con la inconstitucionalidad. Si dice que es inconstitucional, aceptaremos ese fallo. El problema es que si la Suprema Corte de Justicia dice que no es inconstitucional, quienes hoy señalan que sí lo es, no van a salir a reconocer que metieron la pata, señalando: “En realidad, lo que creíamos no es cierto”. Aquí se habla, pero después no se viene a reconocer: “Bueno, en realidad, nos equivocamos”. La Suprema Corte de Justicia, entre otras cosas, está compuesta por hombres y mujeres comunes. Tan variable ha sido su opinión que, en alguna época, dijo que una ley era constitucional y al rato, con otra integración, dijo otra cosa. En algunas oportunidades cambió el Presidente o ingresó un nuevo miembro, e impuestos que eran inconstitucionales, pasaron a ser constitucionales de la noche a la mañana. A pesar de que me gusta chichonear con los señores abogados que integran la Cámara respecto de que sobre un mismo texto todos dicen cosas distintas, es obvio que los temas jurídicos son opinables. Bueno sería que fueran opinables para los que saben, pero en realidad son opinables. Los temas jurídicos son como la Selección Uruguaya: todos tenemos una integración para ella, a pesar de que de fútbol a veces sabemos poco y que a nuestra edad, cuando vemos una “globa”, nos duele la espalda sin jugar siquiera un segundo, pero opinamos. A los uruguayos nos gusta opinar y tanto como nos gusta opinar, nos gusta no pagar impuestos. ¡Nos encanta no pagar impuestos! Acá se dijo que pagar menos es justo; puede ser o no. En realidad, pagar más o menos no es justo ni injusto. Por algo las leyes tributarias no pueden ser plebiscitadas, de lo contrario, no habría ni un impuesto. Todos serían derogados por plebiscitos populares aplastantes ya que a nadie le gusta pagar impuestos.

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Esa es una cosa que debemos cargar y nos parece que siempre nos están robando. No sé si los impuestos a la patente son más o menos caros que en el resto del mundo. También sé que los autos son bastante más caros en nuestro país que en otros lugares. Uno va por países mucho más desarrollados que este y, sin embargo, los autos son bastante más baratos. No entiendo que pagar menos sea más o menos justo. Para mí la justicia no está en el monto del tributo, sino en su distribución y, fundamentalmente, en este caso en que se trata de un impuesto que tiene cierto grado de territorialidad, en dónde uno termina pagando este impuesto. Estoy convencido de que esta “guerra de patentes” -porque no hay otro nombre para darle, aunque a algunos no les guste la guerra- tiene algunas características muy importantes. Entre otras, nos ha sacado lo peor que tenemos adentro. En Florida hay gente que gasta US$ 50.000, US$ 60.000 o US$ 70.000 en un auto y se ahorra $ 10.000 en patente, pero sigue usando y gastando las calles del departamento. Estas personas pagan la patente en Flores porque es más barata. En Flores hasta los perros deben tener auto: a pesar de la poca gente que hay, allí se empadronan muchos autos. Uno ve las matrículas, que se alinean desde la NAA, y siguen el abecedario, y podría decirse que hay hasta la NAX, y cada una de estas series implica diez mil vehículos; puede ser que no empiecen desde 001, pero el departamento tiene una cantidad impresionante de autos. Entonces, esta gente vive en Florida, le compramos -porque muchas veces son comerciantes y se enojan si no se les compra a ellos y se va a comprar afuera del departamento-, pero el día que tiene que pagar la patente se ahorra $ 10.000 pagándola en Flores. Este tema nos sacó de adentro las peores cosas que tenemos. ¿Por qué en estas circunstancias se nos ocurre hacernos los blandos con los impuestos? ¿Por qué no nos hacemos los blandos con la contribución inmobiliaria? Un amigo decía en broma: “Yo me voy a comprar un terreno y me lo voy a llevar de a pedacitos para Flores, a ver si ahí me cobran menos”. Pero, ¡claro!, no se puede. Con la contribución inmobiliaria no hay discusiones ni guerras. Ahí aplicamos lo que nos

parece, porque una casa no te la podés llevar, pero un vehículo sí. Ya no sé dónde empezó la guerra ni quién tiró el primer tiro, y no estoy seguro de que lo más importante hoy sea averiguar de dónde empezaron a salir las balas. Sí creo que debe haber pocos temas en discusión en el país que generen tanto desprestigio para todos los que han intervenido, como este. Además, el Congreso de Intendentes anunció por vigésima octava vez que iba a discutir sobre las patentes. Hizo un acuerdo, lo firmó, pero dos días después cayó. Cuando en Florida se supo que se había llegado a un acuerdo, los medios de prensa festejaron que al fin se iba a terminar la guerra de las patentes. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Luis Lacalle Pou) ——En ese momento fuimos entrevistados y dije: “Esperen, porque esto lleva un proceso y siempre va a haber alguien que le encuentre alguna cosa para estar en contra, y vamos a terminar discutiendo que el proyecto tiene algunas dificultades y no votándolo o tratando de impedir que este acuerdo -que creo es muy anhelado por los uruguayos- se concrete”. Lamentablemente, no tengo este poder adivinatorio para otros temas. En ese caso podría dedicarme -¡vaya uno a saber!-, comprándome una lámpara o una bolita de cristal, a adivinar el futuro y a hacer más plata que acá. (Hilaridad) ——Pero, de hecho, fue así y era obvio que iba a ser así, porque mientras por un lado apoyamos, por otro decimos que no se apoya. No conozco a algunos de los Intendentes. Tengo un generalizado respeto por ellos, sobre todo porque fueron electos por la ciudadanía de sus departamentos, y algún mérito han de tener. Entonces, no los puedo tratar hoy como si fueran un hato de incapaces a los que agarró Mujica en Anchorena y los embotelló a todos, los embolsó y les hizo llegar a un acuerdo. No es verdad. Tengo la impresión de que deben haber visto alguna cosa que les pareció buena, y seguramente eso es lo que les hizo apoyar por unanimidad el proyecto. Me parece hasta una falta de respeto decir que se avasalla la autonomía departamental de los jefes comunales, que son los que aprobaron este acuerdo, ya que en definitiva deberían ser los prime-

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ros en salvaguardar la autonomía departamental, que bueno sería que estuviera basada en independencia económica y no exclusivamente en una cuestión declarativa. De hecho, hoy ninguna Intendencia viviría si el Gobierno Central no hiciera sus aportes. Todos sabemos bien -y en algunos casos sufrimos- que cuando alguien no venía del lado que debía, del partido político correspondiente, lo pasaba muy embromado, porque las partidas llegaban tarde, mal y nunca. Creo que habrá que ver después si este proyecto es declarado inconstitucional, pero no tengo dudas de que viene a traer una solución que los uruguayos quieren, porque las autonomías departamentales no pueden transformarse en republiquetas en las que cada uno hace lo que quiere. La autonomía departamental es algo muy sabio, pero los uruguayos tenemos la capacidad de transformar las cosas buenas en un desastre como, por ejemplo, la ley de inamovilidad de los funcionarios públicos, que se aprobó con la intención de evitar que cada Gobierno que asumiera echara a los funcionarios que estaban y pusiera nuevos, y terminó protegiendo a quienes no quieren trabajar porque no se los puede echar. Creo que en el año 2005 por primera vez el Senado destituyó a alguien por incumplimiento. Casos de incumplimiento de la función pública conozco muchos, pero como nunca se llegaba a esta instancia, esa medida sabia terminó siendo una protección indirecta a quienes no trabajaban. Y ejemplos de esto hay montones. Muchas veces lo que no se tiene en cuenta -y creo que ha estado poco presente- es que, más allá de que se venden muchos autos nuevos, hay gran cantidad de uruguayos que no tienen auto, aunque de repente tienen una casa. Y mientras ellos pagaban la contribución inmobiliaria en el lugar donde vivían, quienes se podían comprar un auto caro -en algunos casos muy caro- tenían la posibilidad que ellos no tenían de llevárselo y pagar en otro lado que fuera más barato. Eso generaba una injusticia, porque seguían gastando la calle que los que no tenían auto también contribuían a financiar. En definitiva, estos no podían hacer lo mismo que quienes más tenían, y se terminaba en un proceso de este tipo que, reitero, volvía a sacar las peores cosas que tenemos los uruguayos. Se ha manejado que existen realidades diferentes, pero en realidad, por suerte, el precio del dólar es el mismo en todo el Uruguay, aunque en algún momento tal vez la autonomía departamental determine

cuánto debe valer en cada lugar. Si alguien gasta US$ 50.000 en un auto da igual que viva en Montevideo, Florida, Cerro Chato o donde sea, porque gastó ese dinero y, si el auto vale lo mismo, debería pagar la misma patente. No creo que haya que atender ese tipo de realidades, porque si alguien vive en el interior y se compra un auto caro, ¿no necesita el mismo dinero que la gente que vive en Montevideo, en Carrasco? Por estos motivos creo que haría bien el Parlamento -no lo va a hacer- en apoyar este proyecto con las mayorías más grandes posibles. No va a pasar eso, pero se va a empezar a resolver un problema; deberemos tener la flexibilidad necesaria para corregir aspectos que se presenten si es que luego, en la práctica, se aprecia que no funcionan. El Uruguay no tiene esto por costumbre, ya que vota leyes y después, aunque no funcionen, quedan de por vida y después, algún día, se pueden acomodar o no. Me parece que esta es una salida real y necesaria que los uruguayos están esperando para que en los informativos de radio y televisión o en los diarios el espacio dedicado a esto pueda ser destinado a otros temas. También está incluida en este asunto -bueno sería que en algún momento lo tengamos en cuenta- la libreta de conducir, que en algunos lugares se entrega según la cara del solicitante. No tengo muy claro que en todos los casos se tenga la misma rigidez para expedir libretas de conducir, y después vivimos de accidente en accidente. Gracias, señor Presidente, y perdón por lo extenso de mi exposición. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Delgado. SEÑOR DELGADO.- Señor Presidente: a esta altura del día quedan pocos argumentos para poner arriba de la mesa; ya hablaron los miembros de la Comisión y legisladores de todos los partidos políticos. Simplemente voy a aportar alguna reflexión que tiene que ver con quien está ausente acá y que es la perjudicada o beneficiada de muchas de las decisiones que aquí se toman: la gente. Coincido con el señor Diputado preopinante en que no es bueno mirar para atrás y ver cómo empezó todo esto, cuál fue el origen, cómo se desarrolló. Es un hecho; está arriba de la mesa y es un tema permanente, recurrente. Lo que sí tengo claro es que la

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gente no tiene la culpa y que va buscando sus propios caminos. De esta forma la gente termina siendo rehén, no de las decisiones de los gobiernos departamentales, sino muchas veces de las pequeñas revanchas que se terminan tomando a través de la fiscalización. Por lo tanto, me gustaría encarar este tema por el lado más sensible de todos, que es la gente, y la patente única nacional es una buena noticia. De todos modos, debemos discutir si este es el mejor instrumento para lograr eso, si hay otros, o si a este instrumento, como base, se le puede agregar algunas cosas o algunas salvaguardas para hacerlo menos vulnerable, más eficaz y más efectivo. Creo que este proyecto de ley tiene una buena intención y creo que va en un sentido que compartimos, es decir, el de dar a la gente la noticia de que va a tener una patente única. Ojalá que sea para todos más barata, aunque no va a ser así. Considero que este proyecto adolece de algunas fallas que lo hacen extremadamente vulnerable. Como comprenderá, no voy a mantener una discusión sobre derecho constitucional; tendría que ser una visión biológica del derecho constitucional, pero no la voy a dar. Eso ya lo han hecho varios en el día de hoy, y de todos los partidos. Simplemente leí las intervenciones de los cuatro constitucionalistas que vinieron expresamente a la Comisión. Si fuera el doctor Risso Ferrand, el doctor Durán Martínez o el doctor Cajarville -no sé si me olvido de algún otro; sé que el doctor Gonzalo Aguirre ha expresado alguna opinión, así como el doctor Daniel Hugo Martins-, me sentiría absolutamente frustrado por haber dedicado una vida a enseñar Derecho Constitucional, haber venido a explicar lo que nos parece que está dentro de las normas y, sin embargo, cuando se tiene que resolver se desoyen una serie de consejos, de recomendaciones, de observaciones, se desconocen las luces amarillas -como dijo alguno de ellos- y se vota igual, sin la menor discusión para mejorar el proyecto. Acá no se puede decir que hay constitucionalistas de un pelo o del otro y que han opinado diferente porque todos estuvieron de acuerdo con que este proyecto, más allá de la intención y del objetivo, viola autonomías departamentales, entre otras cosas, al no tener la anuencia de las Juntas Departamentales. También se altera el principio de discrecionalidad y, además, se comete una inconstitucionalidad grave al condicionar lo que establece el artículo 214 de la Constitución vinculado a los fondos del interior. Este proyecto condiciona este aspecto a

aquellas Intendencias que no suscriban el acuerdo que se expone en esta iniciativa. Se las condiciona quitando parte de los recursos previstos en el artículo 214 de la Constitución y que le corresponden según la reforma constitucional de 1996. Este proyecto aumenta impuestos, en este caso, el IMESI. Este proyecto transfiere dineros de Rentas Generales para mantener el statu quo y asegurar que se financien, de modo de congelar una situación a 2010. Esto quiere decir que la financiación de las Intendencias la va a pagar quien tenga auto y quien no lo tenga, sobre todo las que tienen mayor nivel de desbalance financiero con este tema y que, además, tienen falta de eficacia en su gestión. Quizás el caso más paradigmático sea Montevideo porque es una de las Intendencias que más vehículos ha perdido. La gente percibe, entre otras cosas, que la patente es cara y que los servicios no se brindan. Por otro lado, cerca hay otras Intendencias en las que la gente paga patentes más baratas y entiende que los servicios están acordes con las expectativas. Creo que se comete una injusticia -aunque sea durante un tiempo- porque esto termina en Rentas Generales y es algo que financiamos todos. El último concepto que quiero manifestar es que, si bien coincidimos con una estrategia para premiar la eficiencia energética, en algunos aspectos este proyecto de ley va en un sentido contrario porque no premia a los vehículos con mejor combustión, más eficientes, que contaminan menos el medio ambiente o que consumen menos, sino que lo hace en el sentido inverso, contraviniendo todas aquellas normas de eficiencia energética y de seguridad vial que tanto la UNASEV como el Ministerio de Industria, Energía y Minería pregonan desde el Poder Ejecutivo. Como decía algún señor Diputado, el alumbrado -que no tiene nada que ver con la patente- fue puesto arriba de la mesa y todos sabían por qué. Y algún señor Diputado, con mucha franqueza, dijo: “El que pone plata, pone condiciones”. Eso es verdad, pero la plata no solo la pone el Gobierno sino Rentas Generales, es decir, todos: los que tienen y los que no tienen auto. Esta fue una de las condiciones implícitas o explícitas que estuvo arriba de la mesa y que los señores Intendentes por supuesto aceptaron; de lo contrario, no habría figurado el alumbrado público en este proyecto de ley.

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Señor Presidente: creemos que ha habido una oportunidad histórica para no generar una nueva frustración. ¡Cuidado con eso! Hasta ahora, sobre este tema han abundado frustraciones de expectativas que se generan y que después no se cumplen; son muchas, de todos los gobiernos y de todos los pelos. Por lo tanto, debemos tener mucho cuidado en no generar una nueva frustración. Hay temas formales de este proyecto que podrían haberse arreglado. Es por ello que algunos señores legisladores del Partido Nacional vamos a presentar algunos sustitutivos para dar a este proyecto el anclaje constitucional que le está faltando, vinculado con el respeto al artículo 214 de la Constitución, con la anuencia de las Juntas Departamentales y con una frase que representa el entierro de la “guerra de las patentes”; me refiero a la prohibición de la fiscalización recíproca una vez que la iniciativa sea aprobada. Esa es la verdadera “guerra de las patentes”. Quizás, con estos pequeños sustitutivos habríamos dado a este proyecto un blindaje constitucional de modo de hacerlo viable porque, a mi juicio, así como está, corre riesgos. Si se aprueba el proyecto en esta sesión tal como está, y se sanciona en el Senado sin modificaciones, lamentablemente -quiero decirlo con todas las letras-, tengo miedo de que por aspectos formales, de resguardo constitucional, termine cayendo y, una vez más, generemos a la gente una expectativa que no se colma, una nueva frustración ante un tema que entre todos teníamos la posibilidad de resolver. La solución está cerca y solo hay que hacer un esfuerzo y tener la actitud y la amplitud para buscar algunos sustitutivos a efectos de dar el resguardo constitucional que este proyecto de ley no tiene. Por eso, señor Presidente, no podemos votar inconstitucionalidades a medias; no es un poquito inconstitucional. No lo digo yo, que soy veterinario; lo dicen -han hablado varios legisladores que no son juristas, pero yo no voy a cometer el atropello de hablar de derecho constitucional- todos los constitucionalistas que vinieron, y yo les creo. Entiendo que, además, lo que dicen tiene mucha lógica y mucho sentido común; respeto su trayectoria y la fundamentación vinculada con que este proyecto, con algunas correcciones, podría haber contado con un respaldo institucional que hoy no va a tener. SEÑOR OTEGUI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR BAYARDI.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR DELGADO.- Concedo, por su orden, las interrupciones que me solicitan los señores Diputados Otegui y Bayardi. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado Otegui. SEÑOR OTEGUI.- Señor Presidente: realmente no tenía mucha intención de hablar, pero quiero manifestar algunas cosas. En definitiva, voy a acompañar el proyecto, salvo algunos artículos que -como decían el señor Diputado Delgado y otros compañeros que me precedieron en el uso de la palabra- contienen elementos de inconstitucionalidad. Además, se nos dijo que era un proyecto abierto; el propio Presidente de la República dijo, expresa y públicamente, que el documento venía al Parlamento para ser modificado, dentro de lo razonable, y, hasta donde sé, en la Comisión no hubo posibilidad de modificar absolutamente nada, sobre todo los aspectos de inconstitucionalidad pues, como dijo el señor Diputado Delgado -no lo decimos nosotros sino varios constitucionalistas-, lo peor de todo es que puede suceder algo que ya ocurrió en el país: que una ley aprobada, una vez presentado un recurso, resulte derogada. En ese sentido, vamos a acompañar una parte del proyecto con el convencimiento de que tal vez en el Senado -esta es la primera etapa, en el Senado deberá tener su tratamiento- se le puedan hacer algunas modificaciones que para nosotros son de fundamental importancia; me refiero al respeto de las Juntas Departamentales, a las que por muchas leyes que nosotros votamos les asignamos funciones específicas y, en este caso, constitucionalmente les corresponden. Quería hacer dos aclaraciones. No solicité una interrupción al señor Diputado Verri cuando hizo uso de la palabra, porque yo pensaba hablar de esto. El señor Diputado habló de la tasa general de servicios en el caso de Paysandú, y debo decir que esa tasa es de servicios y no de alumbrado. En Paysandú nunca se cobró tasa general de alumbrado. Por lo tanto, mal se puede decir que la Intendencia no vuelca al alumbrado lo que se cobra por tasa en ese sentido. Desde el punto de vista del gasto corriente, la Intendencia de Paysandú está al día. En el año 2004, en uno de los momentos más complicados de la vida económica del país, la Intendencia de Paysandú firmó un convenio que fue cumpliendo; estoy hablando de

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la Administración Lamas del Partido Nacional. En el año 2007, la Administración Pintos, del Gobierno frenteamplista, dejó de cumplir con el convenio firmado y exclusivamente se destinaba al pago de UTE la diferencia de lo que el Ministerio de Economía y Finanzas asignaba. Eso generó un crecimiento de la deuda bastante importante. Quería que estas aclaraciones quedaran sentadas en la versión taquigráfica porque me parece que la información debe ser lo suficientemente clara. Con respecto al valor de los vehículos, sin duda son los más caros de la región, pero no debemos olvidar que los vehículos automotores tienen un 100% de IMESI y se pretende incrementarlo aún más. Gracias, señor Presidente; gracias, señor Diputado. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado Delgado. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: prometo que no voy a hablar más sobre el tema de la inconstitucionalidad; es un aporte al desarrollo de la sesión. Solamente voy a dejar una constancia: en Comisión, el doctor Luzardo dijo que no tenía ninguna inconstitucionalidad: los doctores Esteva y Durán Martínez dijeron que sí, y los doctores Risso Ferrand y Cajarville también dijeron que sí. Preguntados sobre la incorporación que hicimos, dijeron que si el artículo 4º se modificaba, tendrían que volver a pronunciarse, y no se los volvió a convocar. De todos modos, hay un tema que me interesa dejar claro, que sé es una preocupación del señor Diputado Delgado porque ha trabajado mucho sobre eso en la Comisión de Industria, Energía y Minería. Hoy tenemos un nivel de IMESI que está fijado por la norma: con motores diesel de pasajeros, hasta 180%; con motores diesel utilitarios, hasta 70%; restantes automotores de pasajeros, hasta 40% y restante automotores utilitarios, hasta un 10%. Esta es una norma facultativa que en esta iniciativa incrementamos en un 30%, o sea, 180% más 30%, 70% más

30%, 40% más 30%, etcétera. Hoy, con 180% no hay ninguno; el mayor valor de IMESI llega a 100% en los vehículos con motor diesel. En cuanto a los vehículos de pasajeros hasta el 40%, solo llegan a ese porcentaje la categoría F5, los motores de más de 3.000 centímetros cúbicos; los demás están por debajo. Concluir que no se va a tener una pauta de IMESI que respete el tema de la eficiencia energética, es un supuesto; no lo dice el proyecto. El propio Ministerio de Industria, Energía y Minería está trabajando en otras áreas con el IMESI, buscando lograr los niveles más bajos o exoneraciones en aquellos casos en que la eficiencia energética o la reconversión del parque automotor lo ameriten. El proyecto no dice cómo se va a aplicar esto en el marco de la eficiencia energética. Uno puede presuponer que va a aumentar para sacar recursos de acá, pero no necesariamente actuando con una política discriminatoria en materia de eficiencia energética. Quería aclarar esto. En cuanto a si modificamos algo en la Comisión, ya lo he dicho. Se han introducido modificaciones y se ha dado respuesta a todas las propuestas aclarando por qué sí unas y por qué no otras. Gracias, señor Presidente. SEÑOR DELGADO.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR DELGADO.- Señor Presidente: quizás no leímos las mismas versiones taquigráficas. Los juristas que menciona el señor Diputado manifiestan inconstitucionalidad y hacen referencia a dos artículos específicos. Por otro lado, la política de eficiencia energética se puede hacer de varias formas: a través del IMESI, poniéndole más impuestos a autos menos eficientes, y también con las patentes. En este caso, están los dos temas arriba de la mesa y muchas veces estamos premiando -sé que es un tema de debate- algunas situaciones que quizás no sean las más eficientes ni las más seguras en materia vial. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Gloodtdofsky.

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SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señor Presidente: estamos hoy reunidos discutiendo desde hace ya un buen rato este proyecto que desembocará, a nuestro juicio, en la instauración de una patente única, pretendiendo dar final a un largo culebrón que ha hecho -la verdadpoco honor a la historia del municipalismo uruguayo. Este proyecto viene impulsado por el Congreso de Intendentes y, particularmente, han participado el Intendente de Rivera, Marne Osorio, y el Intendente de Salto, Germán Coutinho, quien inclusive trabajó en la Comisión en la elaboración del acuerdo. Entendemos que en virtud del apoyo unánime de todos los jefes comunales, es imprescindible que esta Cámara dé su respaldo al proyecto de ley Es claro que esta iniciativa tiene unas cuantas inconstitucionalidades y unos cuantos aspectos que podrían ser mejorados. Decía bien el señor Diputado Otegui que está la posibilidad de trabajar en el Senado y así implementar algunos mecanismos que permitan mejorar el proyecto de ley que, más allá del apoyo concreto, esperamos que luego se cumpla en su totalidad, en lugar de generar -como se decía hace un rato- una nueva frustración, una “remake” del culebrón: “Guerra de las patentes. El regreso”. Es muy corriente -lo he visto en la Cámara en corto tiempo- que los Diputados del interior hablen en nombre de sus departamentos, pero rara vez los de Montevideo lo podemos hacer con esa misma tranquilidad y libertad, como debe ser. Hoy me comuniqué con la señora Intendenta de Montevideo y también con el Director de Recursos Financieros, economista Arturo Echevarría. Más allá del proyecto en sí y de su consideración nacional, me preocupé por saber qué representaba esta iniciativa para los montevideanos, que tienen tanto derecho a preocuparse por el costo de la patente de rodados como un fernandino, un sanducero o un coloniense. La verdad es que este proyecto no ayuda a la Intendencia de Montevideo. El 1º de enero de 2012 habrá US$ 9:000.000 que deberá cubrir el Gobierno nacional y que serán recuperados a través de los empadronamientos futuros y esta carrera terminará dentro de tres o cuatro años. Así que, en lo que hace a la Intendencia de Montevideo digo: que se arreglen, ¡que se arreglen! Los problemas de gestión, el Presupuesto desmadrado, la cifra millonaria en dólares que recauda por día, quizás, bien administrados, hubieran permitido que este problema estuviera resuelto hace ya mucho tiempo. Pero

no es así. Los problemas de gestión se traducen en el Presupuesto que pagan los montevideanos. Desde el punto de vista de la carga tributaria que impone la Intendencia, Montevideo tiene un peso altísimo. Siendo esto así, un cero kilómetro que cueste US$ 21.000 paga una patente de rodados de $ 14.000 y un vehículo de los años noventa paga $ 8.000 o $ 9.000. La aplicación de la alícuota, de la que tanto se ha hablado, permite que la reducción en el valor de la patente de rodados pueda estar entre más 4 y menos 30, cuando el promedio de la rebaja es entre el 15% y 20%. Estoy diciendo que los montevideanos podrían llegar a tener hasta un 30% de descuento en algunos vehículos que fueron de alta gama en los años noventa, pero en realidad para todos los que tienen un autito, para la clase media que lo banca como puede, la rebaja va a estar entre el 15% y el 20%. Quiero explicar mi razonamiento. Yo -Diputado batllista por Montevideo- digo: después de veinte años de una gestión desmadrada, ¿puedo aceptar que los montevideanos pierdan la posibilidad de reducir el valor de sus patentes entre un 15% y 20%, particularmente la clase media, que tiene los vehículos de los años noventa? Creo que no, que ya bastante tienen los montevideanos con el Frente Amplio veinte años en el Gobierno. ¡Ya bastante tienen los montevideanos! Mi deber, representando los intereses de los vecinos de Montevideo, es tratar de mitigar de la mejor manera posible lo que viene siendo un peso impositivo francamente arrollador por parte de la Intendencia de Montevideo. No lo digo solamente por los números sino porque tengo en cuenta la inversión en Montevideo en materia vial y de mantenimiento de la red vial existente, la atención a la caminería rural; los programas que agilitan el transporte y el mejoramiento de la flota en las vías rápidas, y la coordinación de los semáforos que -¡por Dios!-, es un drama. Todo esto no lo hace la Intendencia, pero recauda por concepto de patentes. Entonces, digo: para que recaude y no haga, ¿no es mucho mejor que el montevideano tenga la posibilidad de ver reducida entre un 15% y un 20% la patente de rodados y luego esperar? Obviamente, esto no termina acá porque las cuentas siempre van a volver; donde hay una gestión desmadrada, donde hay un manejo presupuestal como el de la Intendencia de Montevideo, este lío va a volver, pero por lo menos ganamos tiempo. Que pase como en las viejas películas, que dentro de cuatro años llegue la

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caballería y rescate al montevideano. ¿Que lo rescate de qué? De la falta de inversión; de un cobro sobrevalorado de la patente de rodados y de otros impuestos. No hay inversión, en absoluto. Por tanto, respaldando y siguiendo la línea de los Intendentes del Partido Colorado, Germán Coutinho y Marne Osorio, hago votos para que el Senado modifique aquellos aspectos inconstitucionales, para que esto sea posible, para que se apruebe y se apoye a los montevideanos. Termino mi exposición señalando que vamos a votar en general este proyecto y que, naturalmente, nos abstendremos de acompañar aquellas inconstitucionalidades que aparecen en el articulado. SEÑOR VÁZQUEZ.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR VÁZQUEZ.- Señor Presidente: no voy a votar este proyecto y voy a ser muy breve al decir por qué. No lo voy a votar por las inconstitucionalidades que contiene, por el arrasamiento de las autonomías departamentales que provoca y porque beneficia a dos Intendencias, Montevideo y Canelones, mal administradas, que son favorecidas para enjugar los déficit que padecen. Una vez más la soberbia mayoría oficialista no acepta los puntos de vista de la oposición ¡y qué bueno sería que se hubiera elaborado un proyecto entre todos! Una vez más se pone en práctica una reiterada indignidad, similar a la que se practica con los indigentes y los pobres, a quienes se les hace dádivas dinerarias, en este caso, en lo que tiene que ver con las deudas de las Intendencias con UTE para lograr su apoyo y después mantenerlas subyugadas al poder central. Definitivamente, no voy a votar este proyecto porque esta es la herencia maldita que desde 1990 implantó el doctor Tabaré Vázquez en el Congreso donde se reúnen todos los Intendentes, al querer cambiar la forma de hacer esa recaudación a través del impuesto a las patentes. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede continuar el señor Diputado Gloodtdofsky.

SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señor Presidente: voy a hacer un comentario final con relación a las Juntas Departamentales. Aquellos que hemos crecido en el municipalismo, entendemos que son los fieles representantes de la voluntad de los vecinos de cada departamento. Este es uno de los principales motivos por los cuales insistimos en que es imperioso que en el Senado se modifiquen algunos aspectos de este proyecto, particularmente este, que deja sin voz a los votantes, a los contribuyentes y habitantes de cada departamento. En ese sentido, reitero nuestra voluntad de que la mayoría en el Senado modifique lo resuelto por la Cámara de Diputados en cuanto a este tema y que en un tono mucho más civilizado permita la inclusión de las mejoras, particularmente de aquellos aspectos que violentan la Constitución de la República. Gracias. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: por esta vía voy a hacer además una aclaración. Obviamente, las evaluaciones con respecto a los Gobiernos las hacen los electores cada cinco años -eso ya se dijo en Sala-, por suerte. Algún día -no lo quiero incorporar ahora a la discusión- tendríamos que debatir qué es lo que se aplica en cada área, de acuerdo con la recaudación y el gasto de cada una de las Intendencias. Y entiéndase por área los gastos de funcionamiento, de salarios y, eventualmente, de inversiones. Digo esto porque no quiero dejar pasar algunas apreciaciones que, en mi opinión, no van en la línea de lo que se ha planteado. Yo dije que hacía como quince años que no asumía el papel de Diputado por Montevideo en el sentido de defender el departamento y lo hice con anterioridad durante la sesión de hoy. Ahora voy a defender a mi Intendenta, la compañera Ana Olivera. Vamos a ver al final del período cuál termina siendo el nivel de inversión de la actual Intendencia de Montevideo, fundamentalmente, en algo que tiene relación con la patente de rodados y es el Plan de Movilidad Urbana que está en curso. De todos modos, dejaré esa evaluación para esa etapa final, que podremos hacer no-

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sotros en el Cuerpo o donde sea, pero que hará la gente al final de cada período de Gobierno. Quiero aclarar que de votarse el presente proyecto de ley, las Intendencias que van a tener menos recaudación y, por ende, van a recibir más financiamiento -de acuerdo con lo proyectado- serán las de Montevideo, Canelones, San José, Río Negro y Maldonado. Por lo tanto, esas serán las Intendencias que, de acuerdo con la menor recaudación, van a recibir más financiamiento, por lo menos hasta el año 2015. Gracias.

el período comprendido entre los días 3 y 4 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Pablo Díaz”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y tres: AFIRMATIVA. En consecuencia, quedan convocados los correspondientes suplentes quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a Usted a los efectos de solicitar licencia el jueves 3 de noviembre, por motivos personales. Sin otro particular, saluda atentamente. MARIO SILVERA ARAÚJO Representante por Treinta y Tres”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Mario Silvera Araújo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes,

21.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Mario Silvera Araújo, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 3 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor José Amaro Machado. Del señor Representante Walter Verri, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Laura Baccino. Del señor Representante Juan Manuel Garino, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 1º de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Álvaro Fernández. Del señor Representante Pablo Iturralde, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para asistir como expositor en el seminario “El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales: su contenido y alcance”, organizado por Naciones Unidas, a desarrollarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, por

RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Mario Silvera Araújo, por el día 3 de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Vota-

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ción Nº 8, del Lema Partido Nacional, señor José Amaro Machado. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, el día 1º de noviembre del corriente año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima. WALTER VERRI Representante por Paysandú”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Le informo que por esta única vez renuncio a la convocatoria del Cuerpo que Usted tan dignamente preside. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima. Luis Ziminov”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Luis A. Ziminov. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes,

RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri, por el día 1º de noviembre de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Luis A. Ziminov. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señora Laura Baccino. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que Ud. tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día de la fecha del corriente mes y año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima. JUAN MANUEL GARINO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Manuel Garino. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 1º de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Monte-

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video, Juan Manuel Garino, por el día 1º de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Álvaro Fernández. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Me dirijo a Ud. a efectos de solicitar licencia en mi cargo de Representante Nacional, entre los días 3 y 4 del corriente por tareas inherentes a mi cargo, (literal d, del artículo 1º de la Ley Nº 17.827); a efectos de participar como expositor, en el seminario “El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: su contenido y alcance”, organizado por Naciones Unidas, a desarrollarse en Santiago de Chile, los días 3 y 4 como reza en invitación que adjunto. Sin otro particular, y agradeciendo se convoque a mi suplente respectivo, lo saluda atentamente; PABLO ITURRALDE VIÑAS Representante por Montevideo”. Montevideo, 1º de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Me dirijo a Ud. a efectos de comunicarle que no aceptaré la convocatoria para integrarme a la Cámara que Ud. preside entre los días 3 y 4 del corriente, por motivos personales. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente; Fernando Ripoll”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Pablo Iturralde, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar como expositor

en el seminario “El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: su contenido y alcance”, organizado por Naciones Unidas, a desarrollarse en la ciudad de Santiago, República de Chile. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 3 y 4 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Fernando Ripoll. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Pablo Iturralde, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar como expositor en el seminario “El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: su contenido y alcance”, organizado por Naciones Unidas, a desarrollarse en la ciudad de Santiago, República de Chile por el período comprendido entre los días 3 y 4 de noviembre de 2011. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Fernando Ripoll. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor Pablo Díaz. Sala de la Comisión, 1 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

22.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas).
Tiene la palabra el señor Diputado Perrachón. SEÑOR PERRACHÓN.- Señor Presidente: antes que nada, quisiera presentar nuestro respetuoso saludo a

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la colectividad del Partido Nacional por el reciente fallecimiento de un dirigente de Rosario Oriental, el ex legislador y capitán de navío retirado, don Carlos Garat. Estamos tratando hoy un tema que lleva como cincuenta años discutiéndose en nuestro país y que en la práctica ha llegado a tal extremo que al competir entre departamentos, algunos pocos han rebajado el costo del empadronamiento y de la patente a menos de la mitad de lo que se cobra en la mayoría de los restantes, llamándose periodísticamente “la guerra de las patentes”. Tanta diferencia se ve plasmada en los números que representan los totales cobrados por patente de rodados en todo el país desde 2004 a fin de 2009, en pesos corrientes, según la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en base a datos aportados por los mismos Gobiernos departamentales. El total cobrado en 2004 en todo el país fue de $ 2.456:632.669, que pasó a $ 3.746:973.863 en 2009. O sea que hubo un aumento de 52%. En el departamento de Colonia en 2004 se cobró $ 84:520.336 y en 2009 pasó a cobrarse $ 223:731.331, lo que representa un aumento de 166%. En Montevideo en 2004 se cobró $ 1.211:239.456 y pasó a cobrarse en 2009, $ 1.389:422.288, lo que representó un aumento de 15%. En mi departamento de Colonia vemos claramente que a partir de 2007, cuando el Ejecutivo departamental decide patear la mesa del Congreso de Intendentes y rebajar dichos tributos -el empadronamiento y la patente anual de rodados-, de manera muy brusca y acentuada se llega a tener empadronados un vehículo automotor por habitante, incluyendo motos, autos, camionetas y camiones. También debemos decir que hay Juntas Locales, como la de Cufré, que tiene más vehículos empadronados que el total de habitantes de esa localidad. Ahora bien; este cúmulo de vehículos que aportan el pago del tributo nos haría suponer que en las arcas del Ejecutivo departamental estarían los medios financieros para obras y renovación de maquinaria vieja, pero no es así. Las obras se llevan a cabo con el 31% del presupuesto departamental, que es aportado por el Gobierno nacional. Por su parte, la compra de maquinaria nueva no se realiza porque no hay dinero suficiente.

Hoy, en honor a la verdad, debo decir que felicito a mi Intendente por ser el integrante del Congreso más entusiasmado entre sus pares por este proyecto de ley que hoy estamos tratando. Tal vez sea porque esta iniciativa tiene un capítulo referido a subsidios para la extensión y fomento de la eficiencia energética de los sistemas de alumbrado público departamentales. Este capítulo tiene un aspecto muy importante relacionado con los subsidios que tendrán los Intendentes que convenien con UTE y estén al día en sus cuotas. El subsidio del Gobierno nacional aumentará del 30% actual al 60% en 2014, si las Intendencias siguen cumpliendo y adoptan planes de eficiencia energética. Colonia es uno de los departamentos con mayor deuda histórica con UTE y con mayores dificultades de cumplimiento, junto a Tacuarembó y Flores. La facturación total anual de UTE por todas las Intendencias se eleva a $ 1.450:000.000, y la deuda consolidada de las Comunas es de $ 2.400:000.000. Es decir, que deben un año entero más el 70% de otro año. Por su parte, la facturación mensual de la Intendencia de Colonia es de casi $ 5:000.000. El total de deuda en convenios asciende a $ 263:660.654. Además, como no llega a pagar la totalidad de la cuota convenida, la deuda sigue creciendo sin solución de continuidad. La luminaria que existe y se ampliará en el interior del país, conlleva beneficios para la calidad de vida y más seguridad en horas de la noche. Actualmente, el Gobierno nacional y los Gobiernos departamentales están haciendo un esfuerzo para coordinar la política tributaria en materia de patentes de rodados, multas y libretas de conducir, y para elaborar un plan de financiación de consumo energético. Lo expreso así como Representante Nacional por el departamento de Colonia, considerando lo importante que es un acuerdo global entre el Gobierno nacional y las Intendentas e Intendentes de los diecinueve departamentos. Hemos avanzado mucho en la construcción de un régimen basado en las voluntades de los Gobiernos departamentales. Desde hace cincuenta años se habla de cambiar el mecanismo por un sistema en el que

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prevalezca la justicia y la equidad, yendo en contra del sistema actual, que es ineficaz e ineficiente. Estoy convencido de que al abordar el tema impositivo durante estos años -me refiero a lo que es progresivo-, la equidad ha demostrado resultados formidables; eso es lo que nos tiene que importar. Hoy sucede lo mismo con los autos, porque existe injusticia. Aquí no se trata de que el que tenga más, pague más. Hasta ahora la situación era al revés: el que tenía un auto más caro y más nuevo, pagaba menos, según el departamento en el que pagase su patente. Este proyecto lleva a la unificación. Lo importante es que a partir del año 2012 habrá una patente única, si este Parlamento aprueba esta iniciativa, estando todos los Intendentes de acuerdo y beneficiando a la gente que conforma la sociedad de este país. A los colonienses nos molesta ser fiscalizados cuando llegamos a otro departamento para tener que comprobar que somos nativos de esa zona. El objetivo de esta iniciativa es que cada persona empadrone en su departamento, pagando lo que le corresponda por ser propietaria de un determinado vehículo. Los autos anteriores a 1975, sin importar la marca, van a estar sujetos a una inspección para controlar si están en condiciones de circular. Si superan esos controles, pagarán una tasa menor. Los camiones remolque y motos quedan afuera de este proyecto, por lo que seguirán con el régimen que cada Intendencia les aplique. Las Intendencias van a recaudar menos, porque con este proyecto de patente única bajarán los valores de este tributo. Por eso se establece que para la recaudación habrá un fideicomiso del Banco de la República Oriental del Uruguay integrado por una comisión presidida por el Congreso de Intendentes, que tendrá representantes del Gobierno nacional y del fideicomiso. Esto deja en claro que el dinero de las patentes no ingresa al Gobierno nacional. Este acuerdo marca que la patente única está atada a otra iniciativa del Gobierno nacional referida al incremento del subsidio del alumbrado público. Cuando la Junta Departamental de Colonia aprobó el último presupuesto departamental, en el capítulo referente a patentes estableció que regirá hasta que se apruebe un nuevo sistema de patente única. O

sea que tenemos el aval de la Junta Departamental de Colonia para este proyecto de ley que hoy estamos tratando; es un aval previo a su aprobación. Además de solucionar la deuda con UTE de catorce de las diecinueve Intendencias, se pretende que las Comunas mejoren la eficiencia energética. Para acceder al subsidio, las Intendencias deben aceptar la propuesta de patente única. Este proyecto es un éxito multipartidario. Por ello, señor Presidente, votaremos a favor. SEÑOR POZZI. – ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PERRACHÓN.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR POZZI.- Señor Presidente: por supuesto, no voy a hablar de los temas constitucionales, porque yo salí de la Universidad del Trabajo. Allí me enseñaron mucho sobre mecánica, hidráulica y neumática, pero no sobre la Constitución. En todo caso, podría dar una visión mecánica de la Constitución, en contraposición con la visión biológica que dio el señor Diputado Delgado. Sí quiero sostener que vamos a acompañar este proyecto de ley y que si en algún momento ciudadanos se presentan ante la Corte y esta falla que esta iniciativa es inconstitucional, no quepa ninguna duda a la oposición de que vamos a buscar una redacción que sea constitucional y a tratar de ponernos de acuerdo para solucionar este problema que hoy todos reconocemos existe. Ese es el compromiso que todos hemos asumido; no escuché a nadie que dijera que no había que buscar una solución a este problema. Entonces, si mañana hay un reclamo favorable a la ciudadanía por inconstitucionalidad, no tengan dudas de que vamos a volver a la carga para buscar otra forma de llegar a lo mismo. También quiero aclarar otros aspectos. Lamento mucho no haber hecho el aporte correspondiente con respecto a este proyecto. Es muy importante que las Intendencias recauden para realizar las obras necesarias para la felicidad de todos los ciudadanos; es muy importante. También es fundamental que acá nos pongamos de acuerdo en que este proyecto tenga alcance nacional y se aplique en todos los departamentos; de hecho, esto es lo que va a terminar sucediendo.

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Por otra parte, lamento muchísimo que con respecto a otro asunto tanto o más importante que este, como el relativo a la Ley Nº18.191, de tránsito, en Uruguay todavía no nos hayamos puesto de acuerdo para que se aplique en todos los departamentos y sea un tema de debate electoral o, peor aun, de promesa electoral, porque en este caso lo que está en juego son vidas de uruguayos, con el resultado de lesionados permanentes y familias destruidas por accidentes de tránsito. Sin embargo, todos nos golpeamos el pecho ante estos hechos. Lamento no haber tenido la capacidad para pelear lo suficiente e incluir en este mismo acuerdo que esta ley a la que me refiero tuviera carácter nacional, y se aplicara en todo el territorio. Por último, en cuanto al subsidio al alumbrado público, no sé quién dijo en algún momento que es medio idiota pretender resultados diferentes haciendo lo mismo. Creo que todas las Intendencias deben pensar en hacer cosas diferentes. Hoy existe tecnología disponible para todo el mundo para autoabastecerse de energía eléctrica. Sin embargo, las Intendencias optan por algo diferente, que es comprar energía a UTE. Si esa tecnología está disponible, ¿por qué las Intendencias no invierten para autoabastecerse de energía eléctrica y financiar su alumbrado y costos de energía? Podría ser un desafío, pensar en algo diferente para enfrentar un problema que siempre se está encarando de la misma manera, siempre con el mismo resultado. Es más: las Intendencias de todo el país se dan el lujo de enterrar y dilapidar la basura, fuente inagotable de energía y de dinero, sin hacer absolutamente nada, más allá de usarla como relleno. Capaz que habría que pensar en cosas diferentes con la basura, lo que podría facilitar desarrollos distintos, para otros tipos de producción de energía. Repito que lamento no haber estado a la altura de las circunstancias para incluir en el debate estas cuestiones cuando se discutió este proyecto, pero no faltará oportunidad. Quería dejar esta constancia. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede continuar el señor Diputado Perrachón, a quien le resta menos de un minuto de su tiempo.

SEÑOR PERRACHÓN.- He culminado, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Planchón. SEÑOR PLANCHÓN.- Señor Presidente: quiero sumarme a las expresiones del colega que me precedió en el uso de la palabra, también representante por Colonia, referidas al fallecimiento del ex Senador y ex Diputado, don Carlos Milton Garat. En estos días, los coordinadores agendarán una sesión para homenajear al ex integrante de este Cuerpo, pero hoy nos convoca otro tema. Como Representantes Nacionales por el departamento de Colonia, que sin duda será uno de los más perjudicados, tenemos que repetir algunos argumentos, pero debemos plantearlos dado que a nuestro entender, luego de escuchar a prestigiosos constitucionalistas, este proyecto es inconstitucional, porque viola las autonomías departamentales, y además no fueron consultadas las Juntas Departamentales, por más que se quiera decir otra cosa. Esta es la base principal de nuestro argumento. Asimismo, se ha dicho que todos los Intendentes apoyan fervientemente este proyecto, pero esto no es así. Los Intendentes, como la mayoría de los presentes, estamos de acuerdo con una patente única, pero nos preguntamos si su precio se fijará en función de lo que se paga en Montevideo o lo que se paga en Colonia, que es una de las patentes más baratas del país. El señor Diputado Mario Perrachón, del Frente Amplio, gran vecino y ciudadano, gran amigo y buen legislador, ha dicho que en Colonia bajaron las patentes por arte de magia. Ha costado mucho esfuerzo, tres años de trabajo, para que el departamento de Colonia hoy tenga las patentes más baratas del país. Por otra parte, no se aceptó ninguna modificación presentada por el Partido Nacional, especialmente por nuestro sector político, Unidad Nacional, y eso nos preocupa. Además, se dice que todos los Intendentes están de acuerdo con este proyecto. En el caso de Colonia, el Intendente está en una posición y nosotros en otra. ¿Cómo no van a estar de acuerdo los Intendentes actuales si el literal A) del artículo 6º les asegura que no van a perder un peso de recaudación? Indudablemente, están contentos.

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Asimismo, el artículo 8º presiona, por más que se diga que no es así y que algunos Intendentes de mi Partido así lo plantearon, y establece que la Intendencia que no adhiera a este nuevo sistema perderá los beneficios que allí se establecen. Este acuerdo ata por quince años a los Intendentes, y me pregunto qué pasará en el caso de los departamentos, especialmente de Colonia y de Flores, porque tendrán graves problemas. Indudablemente, los vecinos de mi departamento pasarán a pagar una patente mucho más cara, porque quisiera saber si el precio final de la patente se fijará en función de lo que se paga en Montevideo y Canelones, o se prestará más atención al interior más profundo y a las Intendencias que pudieron administrar bien sus recursos y hoy tienen la patente más barata del país, como es el caso de Colonia y Flores. No estamos de acuerdo con todo lo que se ha dicho. Queremos que se respete nuestra posición, porque existe una gran presión para aprobar este proyecto. Reitero que no se aceptó ninguna de las modificaciones que presentó nuestro Partido. Aspiramos a que se acepten en el Senado, porque para un vecino de Colonia o de Flores venir a Montevideo es como una gran excursión, porque su vehículo es constantemente fiscalizado y perseguido por los cuerpos inspectivos, además, con afán persecutorio. No vamos a votar este proyecto porque creemos que es malo. Sin embargo, personalmente quiero reconocer el esfuerzo realizado por el Presidente de la República, José Mujica, para solucionar este tema. No obstante, pensamos que este proyecto es una mala solución. SEÑOR NOVALES.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PLANCHÓN.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR NOVALES.- Señor Presidente: antes que nada, quiero decir que voy a votar este proyecto, pero al igual que el señor Diputado Planchón pensamos que se trata de un mal proyecto, en primer lugar, porque mezcla dos cosas que no tienen nada que ver, es decir, las tarifas de UTE con la patente de rodados, que es una vergüenza nacional. El presente griego que hizo la dictadura a las Intendencias en 1975, con la obsecuente aceptación de

Intendentes interventores y Juntas de Vecinos del Consejo de Estado cargó a las Intendencias con el problema del alumbrado público. Algunas Intendencias, como la de Soriano, están al día, siempre pagaron todos sus compromisos. Por lo tanto, no me corresponden las generales de la ley ni me duelen prendas al decirlo. Sí hay que decir que el Gobierno podría considerar, de una vez por todas, a las Intendencias como grandes consumidores. Se cobra más caro a las Intendencias que a cada uno de nosotros en nuestras casas. También ocurre que dentro del exceso que cobran a las Intendencias se incluye el IVA. Hay otras maneras de mejorar las Intendencias, teniendo en cuenta que el alumbrado tiene mucho que ver con la seguridad. Hay medidas que puede tomar el Gobierno con respecto a esto. Voy a votar afirmativamente este proyecto porque el problema de las patentes es una vergüenza nacional y, aun cuando esta no es la manera más idónea, es una forma de que se empiece a solucionar. Me hago eco de las palabras del señor Diputado Gandini, con la esperanza de que en el Senado se pueda llegar a un acuerdo que permita limar las enormes inconstitucionalidades que tiene este proyecto. Como soy una persona que tiene esperanza, creo que se va a lograr ese consenso y se van a limar las diferencias que hay, sobre todo desde el punto de vista de la constitucionalidad. Diría que no se cumplió con lo que se dijo en cuanto a que iba a ser un proyecto abierto, que se le iban a poder incorporar o sacar algunas cosas. Se faltó a la verdad con esa promesa. Mi esperanza es que en el Senado se cumpla. Es sabido que cada Intendente tiene su impronta, su manera de proceder, su forma de ser y su manera de presentarse frente a sus conciudadanos. Quiero señalar el mal gusto de tratar -aun sin nombrarlo- de Caperucita Roja al Intendente Besozzi porque, “motu proprio” y sin que fuera citado, fue a la Junta Departamental de Soriano a explicar de qué se trataba este proyecto de ley. En lugar de valorar esa apertura del Intendente Besozzi se le acusa de ser Caperucita Roja. Se le debió decir que esta era una mala ley en su comparecencia en la Junta Departamental de Soriano. Vale decir que se grita en la pulpería y se calla en la comisaría, porque ese era el ámbito donde se debía decir. El Partido Colorado tiene representantes en la Junta Departamental de Soriano. Tie-

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ne dos Ediles y uno de ellos opinó de esa manera peyorativa sobre el Intendente Besozzi. Por lo tanto, ese Edil fue quien debió decir en la Junta Departamental de Soriano a Caperucita Roja que se fuera a dormir la siesta con el lobo. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede continuar el señor Diputado Planchón. SEÑOR PLANCHÓN.- Señor Presidente: creemos -somos crédulos- que en el Senado se va a modificar este proyecto, se va a mejorar y se va a permitir que muchas sugerencias sean tomadas en cuenta. Lo que digo hoy -la historia y el tiempo lo diránes que los vecinos de mi departamento de Colonia, a partir de enero de 2012, van a pagar la patente mucho más cara, y eso es lo que nosotros estamos denunciando después del gran esfuerzo que se ha hecho. Esperemos que, de una vez por todas, por tener patente del departamento de Colonia no seamos fiscalizados ni perseguidos en Montevideo. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PERRACHÓN.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PERRACHÓN.- Señor Presidente: fue dicho por mi colega coterráneo que yo creía que por arte de magia se podían bajar las patentes en nuestro departamento. Debo decir que se bajan en perjuicio de las facturas de UTE, porque baja la recaudación de la patente y sube la deuda con UTE. Es muy fácil la operación matemática. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Vidalín. SEÑOR VIDALÍN.- Señor Presidente: lo primero que queremos expresar hoy es que es buena la voluntad del Gobierno nacional de establecer una patente única. Es bueno el espíritu para terminar la guerra de las patentes, para que los ciudadanos del interior, al venir a Montevideo, no se sientan perseguidos. A mí me ha pasado personalmente, simplemente por el hecho de que ven una chapa de Durazno. Lo entiendo oportuno por parte del Presidente, que muestra una vez más su actitud campechana, su espíritu de diálogo, tratando

de acercar y de encontrar a las partes. Lamentablemente, no se ha concretado la propuesta del Presidente, que pretendía encontrar de parte de la oposición aportes que pudieran significar mejoras en el proyecto. No lo hemos visto o, por lo menos, los aportes no han sido de recibo. Creo que también ha sido mala la actitud de aquellas Intendencias que tienen patentes elevadas con un afán recaudador que no se ve reflejado en obras o en inversiones y que para contemplar una paz laboral vierten el 60% o el 70% de los ingresos en el rubro sueldos. Un Intendente no debe ser tal solamente para los obreros municipales. Un Intendente tiene que serlo para el departamento e, indudablemente, debe realizar obras e inversiones. Por eso estoy en contra de aquellas patentes elevadas que ahuyentan a los contribuyentes hacia otros departamentos porque con ese ahorro pagan el seguro de su vehículo. No estoy a favor de ese contribuyente, porque no tiene espíritu de localismo ni siente orgullo de pertenecer a tal o cual departamento, pero lo entiendo porque cuando nos meten la mano en el bolsillo todos corcoveamos, y eso es lo que ha pasado. Tampoco estoy a favor de las Intendencias que, aprovechándose de la situación generada por malas administraciones, bajan la patente poniéndola a precios que están muy por debajo de lo acordado en el Congreso de Paso Severino. Yo no quiero hablar de arrebatar ni de hurtar, pero en muchos de estos casos se ha dado que se han sacado de otros departamentos tributos que corresponden a determinadas administraciones para verterlos en las suyas, actitud que tampoco es muy digna. Como decía hoy algún Diputado en Sala, el que quiera ser generoso con el contribuyente tiene la contribución inmobiliaria urbana o la contribución inmobiliaria rural. Sin embargo, no he visto que se haya sido generoso con ninguna de las dos, porque no puedo trasladar una casa ni un campo, pero puedo tener la tentación de trasladar un automóvil. También creo que no es bueno para el ciudadano pagar los aforos que hoy estamos pagando. Quiero trasmitir a mis colegas Diputados que los aforos que hoy pagamos por los vehículos no se ajustan a la realidad. Vendan su vehículo; compren un vehículo; fíjense en cuánto está tasado su vehículo. Yo creo que en el Uruguay hay una dependencia que es ASCOMA, que tiene un sistema a través de “AUTODATA” que fija los verdaderos valores de los vehículos. Ni siquiera el Banco de Seguros del Estado se ajusta al valor real

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de los vehículos. Si miramos el aforo en nuestras Intendencias de vehículos que tenemos nosotros, que pueden costar US$ 5.000, tengan la certeza de que va a ser de US$ 10.000 o US$ 12.000, lo que está muy lejos de la realidad de nuestros mercados automotores. También creo que esta alícuota que hoy estamos fijando de un 4,5% se aleja de la realidad que vive nuestro país y nuestra sociedad. Capaz que alguno me dice por ahí que estamos en un país donde vemos un gran consumo, donde hay una situación económica de grandeza; pero yo pregunto -y me alegro de que este Cuerpo lo esté tratando- cuántos ciudadanos uruguayos hoy están metidos en préstamos, en créditos, muchas veces con intereses que son prácticamente de usura y cuando llega fin de mes no pueden pagar, porque lamentablemente nos hemos acostumbrado a un afán materialista y lo que vemos es lo que queremos tener, aunque no podamos poseerlo. Entonces, creo que esta alícuota de un 4,5% es un real disparate. Anhelo y aspiro -porque es potestad de los señores Intendentes- que en el seno del Congreso, con la mano en el corazón, sean capaces de bajar esa alícuota de un 4,5% a 2,5%, 3% o 3,5% para dar una muestra a la ciudadanía de que son gobernantes que están cerca del pueblo y que les importa mucho más la gente que las arcas municipales. Hay algo que tampoco se ha dicho aquí, y es cómo vamos a financiar esto. Lo vamos a financiar con un nuevo aumento al IMESI y voy a usar un solo ejemplo: el de la Intendencia de Montevideo. Yo también soy un poco ciudadano de Montevideo, entonces, tengo que nombrar a la Intendencia del departamento en el que vivo durante tres días a la semana. La Intendencia de Montevideo se va a llevar de ese IMESI entre US$ 16:000.000 y US$ 18:000.000. ¡Es mucho dinero! Aquí se habla de franjas, y creo que ha sido muy buena la voluntad del Gobierno en ese sentido. Se dice que solamente alrededor de un 25% de los vehículos van a aumentar el valor de su patente; pero les puedo asegurar, como ex Intendente, que lamentablemente los datos que nosotros tenemos a nivel de todo el país -con respecto a lo que son las planillas de los automotores- no están actualizados. El número de automotores que hoy figura que pertenecen a los años anteriores a 1975, a 1980 o a 1990, está muy le-

jos de la realidad. Por lo tanto, los porcentajes que se mencionan no son correctos. Además de esa desactualización de la información -conste que soy un hombre sensible, con corazón, y que siempre me gusta estar cerca del necesitado-, lo que vamos a hacer con este proyecto es “cubanizar” el parque automotor. Vamos a ver salir y salir vehículos que hace tiempo están guardados en los desarmaderos de autos porque, si no pagamos patente, indudablemente vamos a recuperarlos, porque con lo que pagábamos antes, y hoy no pagamos, quizás podemos hacerles algún tipo de reparación. Pero también estaremos jugando con la vida de nuestros ciudadanos, con la vida de nuestra gente. Y vamos a estar atentando contra algo con lo que hoy nos llenamos la boca todos nosotros: el cuidado y la preservación de nuestro medio ambiente porque, indudablemente, esos autos son los que más lo van a contaminar. Por otra parte, en este proyecto -tal como bien decía hace instantes mi querido amigo, el elogiado Diputado del Frente Amplio por Colonia- queda fuera lo que tiene que ver con la patente de los camiones. Y en nuestro país son miles y miles los camiones que circulan por las rutas, aspecto que no hemos tenido en cuenta o no hemos podido avanzar en él. Tampoco figura lo que tiene que ver con el testeo de los vehículos. Me preocupa, entonces, que comience la guerra de los camiones, la guerra del testeo y, ¿ quién me asegura que Montevideo vaya a dejar de lado, de una vez por todas, la persecución de los vehículos del interior? Hay algo que establecen la mayoría de los constitucionalistas, y hay uno que a mí me gustaría nombrar, si es que encuentro la cita, si no, quedaré como Adán y Eva en el paraíso terrenal, pero por suerte tengo la hoja. (Hilaridad) ——Decía que quiero nombrar a don Daniel Hugo Martins. que dice: “Actualmente la Patente de Rodados es fijada en cada Departamento por las Juntas Departamentales a propuesta del Intendente, dichos decretos que tienen fuerza de ley en su jurisdicción, serán derogados por el Congreso de Intendentes que no tiene competencia para ello, pues su función es ‘coordinar las políticas de los Gobiernos Departamentales’ y no sustituirse a estos, que están integrados por una Junta Departamental y un Intendente quienes ejercen el gobierno y la administración de los Depar-

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tamentos”, de acuerdo a lo que establece el artículo 262 de la Constitución de la República. Por eso entiendo que es absolutamente necesaria la anuencia, y no solo el conocimiento, de las Juntas Departamentales, porque es el Intendente y las propias Juntas las que integran el Gobierno departamental. Y nosotros legisladores, Representantes nacionales, no podemos ignorar a nuestros hermanos menores. Bastante los ignoramos muchos que fuimos Ediles que clamábamos, por ejemplo, por el cambio de nuestra condición de honorarios; pero cuando nos sentamos en estos cómodos y mullidos sillones, nos olvidamos de cuál es el padecimiento de ellos. Hoy creo que tampoco debemos olvidar a las Juntas Departamentales como integrantes del Gobierno de cada uno de nuestros departamentos. Seguimos creando gobiernos de tercer nivel, Concejos Vecinales que no sabemos para qué sirven; invertimos e invertimos y, ¿de dónde sacamos los recursos? Del bolsillo del contribuyente. Alguien que estaba a mi izquierda, que ahora ya no está, decía que hay Intendencias que gastaban hasta el 50% del Presupuesto en el Rubro 0, “Sueldos”. ¡No señores! Se llega a más del 70% en muchas Intendencias. ¡Basta del afán recaudador! Tenemos que pensar más en la gente. Se terminó el tiempo en que se votaba la heladera: la gente va a razonar, a pensar y a votar al candidato que tenga propuestas y ganas de hacer las cosas correctamente, de acuerdo a los programas de gobierno. Se pretende dar al Congreso potestades para que firme en nombre de todos y el Congreso no lo puede hacer. Como dice don Daniel Hugo Martins: “A los Gobiernos Departamentales que no adhieran al sistema único o incumplan cualquier elemento de los contratos se les sanciona reduciendo ‘el monto que les corresponda de las partidas establecidas en cumplimiento de lo previsto en el artículo 214 de la Constitución de la República’, lo cual la propia ley a dictarse reconoce que viola el artículo 214.- ¿Qué norma constitucional le atribuye al Poder Ejecutivo retacear los montos de las partidas […]?- 6. Cualquier persona” -esto es importante que lo sepamos- “a quien una Intendencia pretenda cobrarle la patente de rodados, las multas, ‘recargos y moras’, ‘precios, tasas, peajes o similares’ establecidas mediante este proyecto ley, podrá solicitar a la Suprema Corte de Justicia que se declare inaplicable, por cuanto no fue aprobada por

decreto de la Junta Departamental respectiva, ni publicado en el ‘Diario Oficial’ como ordena el artículo 299 de la Constitución”. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el orador. SEÑOR VIDALÍN.- Termino, señor Presidente. Nos duele esta actitud coercitiva del Gobierno nacional. Lamento que muchos colegas Intendentes se hayan subido a este carro, como las liebres, simplemente porque vieron la zanahoria delante, porque se pretende dar posibilidades de pago por los atrasos con la UTE debido a las malas Administraciones o en función de la medida que se asumió en 1975 -como dijo el señor Diputado Novales- cuando ese ente debió hacerse cargo de eso; es parte de lo que hoy, quizás, debiera asumir el Ministerio del Interior con relación al orden público. No obstante, quiero decir -no porque quiera parecerme a Martín Recaredo Echegoyen- que a pesar de haber argumentado todo lo que argumenté, voy a dar un voto crítico a este proyecto de ley… (Hilaridad.- Interrupciones) ——… acompañándolo, porque aspiro… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Disculpe, señor Diputado, pero ha expirado el tiempo de que disponía. Tiene la palabra el señor Diputado Silvera Araújo. SEÑOR SILVERA ARAÚJO.- Señor Presidente: vamos a expresar los motivos por los cuales no acompañaremos este proyecto de ley. En primer término, en nuestro caso, creemos que es importante saber -aunque no es lo más importante- si los contribuyentes del departamento de Treinta y Tres terminarán pagando más o menos por concepto de patente de rodados. En el ámbito parlamentario no tenemos esa información ni contamos con un estudio realmente responsable del tema en el que se nos explique esto de forma financiera y contable. Por lo tanto, en el caso de los vecinos de Treinta y Tres, estamos ante una encrucijada, porque no sabemos cuánto pagaremos por concepto de patente de rodados.

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Además, hay un aspecto muy importante. Quien habla, como muchísimos de los presentes en Sala, fue Edil del departamento de Treinta y Tres. Creo que si algo es importante en la labor de las Juntas Departamentales, precisamente, es la tarea de colegislación en actos complejos en los que, por ejemplo en estos casos, el Intendente tiene la iniciativa privativa y luego participa en la promulgación. Entonces, quienes hemos estado en esos ámbitos, ahora que estamos aquí, desconocemos esa noble función que compete a las Juntas Departamentales y a los Intendentes en su jurisdicción departamental, regida nada más y nada menos que por nuestro máximo texto normativo, que es la Constitución de la República. En aproximadamente diez horas de debate hemos escuchado todos los fundamentos jurídicos en casi la totalidad de los planteos y las disposiciones políticas sobre el tema, por lo que sobreabundar en ello no ayudaría en nada al aprecio hacia mi persona por parte de los integrantes de esta Cámara. No obstante, creo que es importante, por lo que he expresado -por no saber si los vecinos de mi departamento pagarán más o menos por concepto de patente de rodados en los próximos años y en el devenir de las próximas administraciones y por haber sido Edil departamental-, pero también por algo fundamental: por haber cursado seis años en la Facultad de Derecho y haberme recibido de doctor en derecho, que mal haría en apoyar este proyecto. Si lo hiciera, lo más ético sería entregar el título. Por tal motivo, no votaré este proyecto de ley. Es cuanto tengo para decir. Muchas gracias. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR ORRICO.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- La Mesa entiende que no ha habido ninguna alusión. (Interrupción del señor Representante Orrico) ——El señor Diputado Bayardi, si lo desea, puede hacer uso de la palabra en su calidad de miembro informante y el señor Diputado Orrico, si lo desea, puede solicitarle una interrupción. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el miembro informante en mayoría, señor Diputado Bayardi. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente… SEÑOR ORRICO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR BAYARDI.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ORRICO.- Señor Presidente: voy a rechazar de plano lo que se acaba de decir respecto a los abogados. Soy abogado, estoy orgulloso de ser abogado y creo que en esta Cámara siempre he dado muestras de respeto y de consideración, no solo hacia mis colegas abogados, sino hacia todos los presentes. Por lo tanto, rechazo totalmente esta expresión, que me parece que es fruto de la bisoñez; de lo contrario, no se puede entender. Muchas gracias, señor Diputado Bayardi. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede continuar el miembro informante en mayoría, señor Diputado Bayardi. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: sé que, a veces, las sesiones largas son complicadas. Tiendo a estar en Sala desde que comienza la sesión hasta que termina -he tratado de hacerlo desde hace veintidós años-, por lo que nadie necesita repetirme lo que haya dicho en alguna oportunidad; basta con que lo diga para que, de ahí en más, lo registre y lo recuerde durante toda la sesión. Ya he explicado aquí, para todos aquellos colegas que hayan sido miembros de alguna Junta Departamental -cuestión que han mencionado en reiteración real-, que en las reuniones del Congreso de Intendentes se aprobaba el 26 de diciembre del año que terminaba -reitero, se aprobaba- la patente de rodados que entraba en vigencia el 1º de enero. O sea que eso no es novedoso. Ya he dicho que, a veces, cuesta retener la presunción de que existan normas que faculten a los señores Intendentes a moverse en ese plano y la información que tengo es que hay diecisiete Intendencias que tienen normas que habilitan a los Intendentes a proceder en el Congreso de Intendentes como se ha hecho históricamente.

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Tengo la virtud -valga mi pedantería- de leer todo lo que llega a mis manos. Leer no muerde. Todos los Congresos de Intendentes, todas las reuniones del Congreso de Intendentes, aprobaban sobre el final del período las alícuotas que comenzarían a regir para los autos que se empadronaran a partir del 1° de enero del año siguiente. Y nadie en este país consideró que se estuviera violando la Constitución. Termino diciendo que no soy abogado pero me he metido en cuanto tema jurídico ha habido después de que en mi primera Legislatura, una Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, muy pesada, me botijeaba cada vez que podía. Como decidí que no me iban a botijear más, comencé a meterme en esos temas. De todos modos, se ha dicho algo que es relativamente complicado. Voy a citar a un señor abogado que fue Presidente del Colegio de Abogados: me refiero al doctor Rodolfo Canabal, y espero que nadie ponga en duda su capacidad como abogado. En la versión de “La Democracia”, del viernes 28 de octubre de 2011, escribió un artículo que deberían haber leído todos -leo “La Democracia”, la dejan para que sea distribuida a los legisladores; en este caso el señor Diputado Groba me acercó el texto subrayado del doctor Canabal-, titulado: “La ley de patentes vehiculares en trámite es ajustada a la Constitución”. Quiero dejar planteado esto para no discutir más sobre las implicancias de las interpretaciones jurídicas, que pueden ser vastas, amplias y dar lugar a discusión. Me parece bien lo que planteó el señor Diputado Saravia. En todo caso, acá hablamos de irregularidades desde el punto de vista constitucional. Será la Suprema Corte de Justicia que determinará si hay inconstitucionalidad. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Mazzoni. SEÑOR MAZZONI.- Señor Presidente: no voy a hacer referencia a si el proyecto de ley es constitucional porque ya lo han hecho varios señores Diputados. Quiero dejar en claro que cualquiera de quienes estamos aquí, independientemente de nuestro oficio o profesión -yo soy veterinario-, está capacitado para interpretar la Constitución de la República si la lee y

estudia en profundidad. No es una cuestión de profesiones u oficios. Hay algo que me sorprende en algunas de las fundamentaciones que he escuchado en esta sesión. Parece que no estamos viviendo en el mismo país, aunque creo que integramos el mismo sistema político y lo reconocemos; somos distintos pero lo compartimos. No logro entender -tal vez alguien lo pueda explicar- el divorcio entre los gobiernos departamentales y el Parlamento nacional. Hay una clara determinación del Congreso de Intendentes y del Poder Ejecutivo que no se expresa en esta Sala ni se traduce en la composición política de esta Cámara. Hoy los signos de la geografía política de este país no coinciden con la integración de esta Cámara. Creo que debemos poner un poco más de voluntad política, de humildad y sentir la necesidad de solucionar estos problemas del país. Brevemente me referiré al proyecto de ley que nos ocupa porque hemos hablado poco de él y mucho de la constitucionalidad. Este proyecto se desglosa en dos Capítulos, y cada uno de ellos tiene vital importancia en la vida política y administrativa de Uruguay y de cada uno de los gobiernos departamentales. Sería un hecho histórico y de justicia tributaria llegar a un acuerdo en estos temas y destrabar la injusta situación de la que toda la población es rehén por nuestra imposibilidad legislativa y nuestra visión chacrista sobre estos dos grandes problemas de orden nacional. En primer lugar, me voy a referir al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares. Este sistema va a lograr varios hechos positivos. En primer lugar, cuenta con la aprobación unánime del Congreso de Intendentes y eso no es poca cosa; en segundo término, empareja el tributo de patentes a nivel nacional, es decir, en todo el país; en tercera instancia, favorece mayoritariamente al contribuyente, que es el destinatario final de nuestra tarea; en cuarto lugar, permite efectivizar las multas ya que poco y nada se hacía con el sistema vigente; en quinto término, es controlado directamente por el Congreso de Intendentes, ya que tendrá cinco miembros en la Comisión de Seguimiento, lo cual significa amplia mayoría; en sexto lugar, la administración por parte de un fiduciario profesional autorizado por el Banco Central brinda cristalinidad al sistema; en séptimo término, asegura

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a las Intendencias, como mínimo, lo que hubieran recaudado por concepto de patentes en el año 2010; en octavo lugar, en líneas generales, de los 620.000 vehículos empadronados en el país, el 69% pagará entre el 20% y 30% menos, el 4% pagará lo mismo y el 27% pagará un 30% más, es decir, los vehículos de valores más altos, estimados en US$ 40.000, aproximadamente. El segundo Capítulo de este proyecto refiere al alumbrado público departamental, tema no menor y tal vez de mayor importancia que el anterior, que hace a la calidad de vida de nuestros ciudadanos, tengan o no automóvil, e influye directamente en algo muy discutido, como la seguridad pública. La facturación anual de UTE por este concepto es de $ 1.450:000:000.000, pero la deuda actual de los gobiernos departamentales asciende a $ 2.450:000.000. Es decir, hay mil millones más que la facturación anual de UTE, lo que indica que varias Intendencias mantienen deudas de larga data con el Ente. Gracias a este proyecto recibirán una solución directa mediante un aporte económico del Gobierno Central. Paradojalmente, vemos que las Intendencias de Colonia y Flores, dos de los departamentos con patentes de rodados más bajas, son de los tres deudores más grandes de UTE por concepto de alumbrado público. No solo se favorecerán las Intendencias deudoras, sino también las que mantienen convenios vigentes y las que están al día; estas últimas serán las primeras beneficiadas al recibir en 2012 el 40% de subsidio por concepto de alumbrado público. En el año 2014 se llegará al 60% de subsidio por este concepto, pudiendo mejorarse la eficiencia del alumbrado público, la extensión y su mantenimiento. En el 2010 los Gobiernos municipales que estaban al día, es decir, cinco Intendencias, recibieron subsidios por $ 130:000.000, pero quienes no lo estaban no lo recibieron. De ahora en más, con esta futura ley, también cobrarán quienes deben o debían, siempre y cuando realicen un convenio de pago con UTE. Habría más para agregar, pero los compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra fueron sumamente claros y en este momento no deseo entrar a repetir argumentos. Para finalizar quiero recordar que a pesar de ser un proyecto de ley nacional, como Representante por

el departamento de Lavalleja, quiero dejar constancia de mi voto afirmativo pues cristaliza un viejo anhelo de todos los ciudadanos del país, más allá del partido político al que pertenezcan. Esto permitirá que todas las personas puedan circular por cualquier punto del país sin tener que justificar domicilio o residencia con facturas de UTE o constancia de escribano. A su vez, esto también mejorará la calidad de vida de quienes no tienen vehículos automotores mediante el alumbrado público. El departamento de Lavalleja presenta algunas particularidades y una de ellas es el escaso desarrollo en inversiones a pesar de tener condiciones desde el punto de vista turístico, forestal, agropecuario, etcétera. La Intendencia, como muchas, ha sobredimensionado a su personal, su Rubro 0, lo que implica que solo con sus ingresos genuinos departamentales sea muy difícil el cumplimiento de obras y servicios que figura en el Presupuesto quinquenal, fruto de los altos costos de sueldos y funcionamiento. Son fundamentales para nuestro desarrollo las partidas provenientes del Gobierno Central. Por eso, abrazamos este y otros proyectos que están en carpeta, en los que el Gobierno Central compensa a las Intendencias con partidas especiales, además, en este caso, solucionando los problemas ancestrales de patente de rodados y alumbrado público. SEÑOR TIERNO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MAZZONI.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR TIERNO.- Señor Presidente: desde hace casi diez horas estamos refiriéndonos a un proyecto de ley que consta de dos partes: patente de rodados y alumbrado público. La primera parte de este proyecto -la que más se ha discutido en Sala- viene con el acuerdo unánime entre el Poder Ejecutivo, encabezado por el compañero “Pepe” Mujica, Presidente de la República, y los diecinueve Intendentes representados en el Congreso de Intendentes. En el mes de octubre del año 2010, el Presidente y los diecinueve Intendentes e Intendentas trataron cinco temas centrales, como dijo el compañero Diputado Pérez González, Representante por el departamento de Maldonado. Voy a refrescar esto, porque me parece que es uno de los temas centrales para lograr este acuerdo.

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El primero de esos temas, a propuesta de los Intendentes, fue la voluntad de unificar el valor y el cobro de la llamada patente de rodados. La segunda propuesta de trabajo se relacionó con el alumbrado público. La tercera iniciativa, tuvo que ver con los residuos y su disposición final. Coincido plenamente con lo que dijo el señor Diputado Pozzi, en el sentido de que este es uno de los temas que hoy está arriba de la mesa en el Congreso de Intendentes para el cual, en el correr de los próximos años, tendrá que llegarse a una solución final, porque de ello no solo depende el bienestar de todos los uruguayos, sino también el costo y el beneficio que puede tener. La cuarta Comisión se relaciona con la Corporación Vial Regional y, la quinta, con la maquinaria vial. De estos cinco temas, dos están contenidos en el proyecto que estamos tratando en el día de hoy. En cuanto a la patente, indudablemente que mejora lo que hoy tenemos. Voy a hacer referencia a un comentario que hizo el Diputado colega del departamento de Durazno. Él, como ex Intendente, en más de una oportunidad manifestó que este era uno de los temas que quedaron en el debe de su gestión, en la de él y en la de muchísimos señores Intendentes que han pasado por el ejecutivo departamental desde hace por lo menos veinticinco años. Hablamos de que mejora e iguala porque se fija un valor nacional y eso va a representar, entre otras cosas, que el 73% de quienes hoy pagan este tributo se vean beneficiados, ya que pagarán menos o lo mismo que hasta el momento. Como ya se ha dicho, en el artículo 6º se asegura la misma partida por parte del Gobierno nacional que lo presupuestado por el tributo de patentes en todos los presupuestos departamentales del año 2010. Hay datos de los departamentos, sobre todo de aquellos que al día de hoy tienen el valor de patente de rodados más bajo, a los que ha hecho referencia el compañero Diputado Perrachón. Quienes hoy tienen el valor más bajo de tributo de patente de rodados son también, coincidentemente, quienes deben más por concepto de alumbrado público. Lamentablemente, el señor Diputado Sander no se encuentra en Sala. Él hizo referencia a que los Diputados no contábamos con los datos de cada departamento. Y yo digo al señor Diputado Sander y a todos los legisladores que cada Intendente posee los datos, por franjas, de la cantidad de autos que van a pagar y qué porcentaje les corresponderá. Estos datos fueron entregados por

la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a cada Intendente. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Sé que se terminó el tiempo de que dispongo, pero solo quiero decir que en mi departamento, quienes pagan este tributo van a dejar de abonar US$ 543.000 a partir del próximo año; esa cifra representa el 10% de lo que hoy se recauda por tributo de patente de rodados. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede continuar el señor Diputado Mazzoni, a quien le restan dos minutos. SEÑOR MAZZONI.- He culminado, señor Presidente. SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señor Presidente: el señor Diputado Sander dijo la verdad, y no juguemos a la mosqueta. En la Comisión correspondiente de la Cámara, el Congreso de Intendentes se comprometió a entregarnos el informe detallado, departamento por departamento, así como las franjas que subían y las que bajaban. No han llegado. Estamos a punto de finalizar este debate y no ha llegado ninguna información. ¡Viva la cara de los Intendentes si tienen la información! Este parlamentario y muchos de quienes estamos en Sala no la tenemos. El acuerdo era sobre los principios generales y, como se dice en el acuerdo del Congreso de Intendentes: “El trabajo de los Legisladores dará sustancia y debida forma a este histórico acuerdo, que viene a eliminar por un lado distorsiones y conflictos, y por otra parte a contribuir a la seguridad de los ciudadanos”. Para mí, la seguridad que voy a devolver a los ciudadanos de Canelones es tener la información en tiempo y forma. El señor Diputado Sander no estaba equivocado. Dijo la verdad de la milanesa. Si quieren decir otra cosa y pintarla de otro color, es problema del Gobierno. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Guekdjian. SEÑOR GUEKDJIAN.- Señor Presidente: en primer lugar, quiero agradecer la referencia que hizo el com-

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pañero de Cámara, Diputado Perrachón, a quien fuera integrante de este Cuerpo, el ex legislador Carlos Garat. Con la anuencia de los señores Diputados y del señor Presidente, quiero señalar que el jueves 27 de octubre falleció el doctor Roberto Rubio, quien fuera Presidente del Directorio del Partido Nacional. En 1960, junto al doctor Fiandra, por primera vez implanta, con éxito y a nivel mundial, un marcapasos traído de Suecia y perfeccionado en Uruguay. En 1986 y 1987, fue designado Profesor Emérito de la Facultad de Medicina y Maestro Cirujano por el Congreso Uruguayo de Cirugía. Ahora ingresaré al tema que nos convoca, que es el proyecto a estudio de esta Cámara, relativo al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y a sistemas de alumbrado público departamentales. El impuesto de circulación, también llamado impuesto municipal o impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, grava la titularidad de los vehículos aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera sea su clase y categoría. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Tourné) ——En ese sentido, el artículo 1º dice: “Créase el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) que tendrá como finalidad realizar todas las acciones y gestiones necesarias para el cobro del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República)[…]”. (Murmullos) ——A esta altura, queremos incursionar en un terreno que pensamos es de interés para los colegas. Vamos a referirnos al concepto de tributo o impuesto, a fin de ver luego cuál ha sido la razón del constituyente o del legislador para tratar este instituto del derecho tributario. (Murmullos) ——En este sentido, corresponde señalar que el artículo 10 del Código Tributario establece: “Tributo es la prestación pecuniaria que el Estado exige, en ejercicio de su poder de imperio, con el objeto de obtener recursos […]” Quisiera solicitar silencio a los compañeros. (Campana de orden)

SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Solicito a los señores legisladores que hagan silencio. Es verdad que hace muchas horas que estamos sesionando, pero todos los colegas deben ser escuchados con el mismo respeto. Puede continuar el señor Diputado Guekdjian. SEÑOR GUEKDJIAN.- Señalaba lo que establece el Código Tributario en su artículo 10: “Tributo es la prestación pecuniaria que el Estado exige, en ejercicio de su poder de imperio, con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines […]”. En el artículo 11 del citado Código, se establece: “Impuesto es el tributo cuyo presupuesto de hecho es independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente”. En el artículo 12 se señala lo que es una tasa, y en el 13, una contribución especial. Pero nos vamos a detener en el concepto del impuesto, porque tiene que ver con el proyecto a estudio. Recuerdo a un viejo y querido profesor de Derecho Financiero, hoy fallecido, Giampietro. Nos costaba entender estos conceptos, y siendo jóvenes, asumimos una expresión muy gráfica de este profesor, que nos decía: “Pero, muchachos, el impuesto es una exacción coactiva”. Me quedó tan grabada esa definición, que la usé durante algún tiempo en práctica docente, y los chicos en la Facultad entendían qué significaba la exacción coactiva. Por supuesto que lo digo en el buen sentido de exacción coactiva. ¿Por qué? Porque el constituyente, con mucha inteligencia, entendiendo que el impuesto es realmente una exacción coactiva, reguló en los numerales 4°) y 9°) del artículo 85, los numerales 3°) y 6º) del artículo 297, y los artículos 5º, 69, 79, 87, 133 y 214, cuál es la condición y la característica que debe tener el impuesto. El numeral 4°) del artículo 85 de la Constitución, que establece las competencias de la Asamblea General, expresa: “Establecer las contribuciones necesarias […]”. Por supuesto que, en este caso, son las recaudaciones y los impuestos. En el artículo 87 de la Constitución, se dispone: “Para sancionar impuestos se necesitará el voto conforme de la mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara”.

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En el artículo 5º se habla de la exención de la aplicación de impuestos a los cultos religiosos en Uruguay. En el artículo 69, se hace referencia exactamente al mismo concepto de exoneración de los impuestos municipales y nacionales. En el artículo 133 de la Carta Magna, se consigna: “Requerirá la iniciativa del Poder Ejecutivo todo proyecto de ley que determine exoneraciones tributarias o que fije salarios mínimos o precios de adquisición […]”. Hablando de la iniciativa, es importante hacer notar que en el artículo 79 de la Carta Magna se establece el siguiente concepto: “[…] El veinticinco por ciento del total de inscriptos habilitados para votar, podrá interponer, dentro del año de su promulgación, el recurso de referéndum contra las leyes y ejercer el derecho de iniciativa ante el Poder Legislativo”. Pero lo que sigue es lo que más nos importa: “Estos institutos no son aplicables con respecto a las leyes que establezcan tributos […]”. ¿Qué quiere decir esto? Que el constituyente, con mucho cuidado y detenimiento, reguló en la Constitución cuáles eran las características que debían tener los impuestos, quiénes debían imponerlos y en qué casos se daban las exenciones a su aplicación. Por esta razón es que quisimos inicialmente dar el concepto de tributo en términos generales, para luego entrar al examen de este proyecto que establece un Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares a fin de analizarlo desde el punto de vista jurídico y ver cómo el constituyente se preocupó específicamente por marcar en nuestra Constitución las características de los impuestos. A nuestro modesto modo de ver, esto nos va a permitir determinar si el proyecto contribuye, controla, regula, establece o ajusta a los cánones y a las reglas que establece la Constitución, o si no está de acuerdo con esta, según la interpretación de algún estudioso del derecho, jurista o legislador, dicho con el máximo respeto que tenemos a todos los compañeros Diputados. Al haber definido impuesto como una exacción coactiva y teniendo en cuenta que esto ha sido regulado específicamente en la Constitución, consideramos que el proyecto a estudio, en su artículo 1º, hace una referencia puntual al numeral 6°) del artículo 297 de la Carta, que parece ser uno de los “leit motiv” del proyecto. En el acápite de este artículo, se establece:

“Serán fuentes de recursos de los Gobiernos Departamentales, decretados y administrados por estos:”. Luego, se hace una descripción, y en el numeral 6º) se habla de los vehículos de transporte. O sea que es aplicable a este proyecto que tenemos a estudio. Teniendo en cuenta el acápite del artículo que recién señalamos, en el que se reseña que “serán decretados y administrados por estos”, nos deja la sensación legítima de que lo que el constituyente quiso es que fuesen decretados y administrados por el Gobierno departamental. En este sentido, tenemos que señalar qué quiere decir decretados y administrados para saber por qué la Constitución dictó esta solución. Por su parte, decreto significa la decisión tomada por la autoridad competente en materia de jurisdicción, disposición del Poder Ejecutivo de carácter general, decisión de la autoridad eclesiástica de carácter general y es un sustantivo masculino, cuyo plural es decretos. Administrar es gestionar de manera ordenada u organizada algo. En un sentido económico, sería gestionar y llevar la contabilidad, por ejemplo. En un sentido social, sería gestionar los recursos humanos. Es un proceso muy particular consistente en actividades de planeación, organización, ejecución y control, desempeñadas para determinar y alcanzar los objetivos señalados con el uso de seres humanos y otros recursos. Clushkov dice: “Es un dispositivo que organiza y realiza la transformación ordenada de la información, recibe la información del objeto de dirección, la procesa y la trasmite bajo la forma necesaria para la gestión, realizando este proceso continuamente”. Para Brech: “Es un proceso social que lleva consigo la responsabilidad de planear y regular en forma eficiente las operaciones de una empresa, para lograr un propósito dado”. Henry Fayol -considerado el verdadero padre de la moderna administración- dice: “[…] administrar es prever, organizar, mandar coordinar y controlar”. Y así sigue el resto de los conceptos que se dan sobre administrar y decretar. De acuerdo con el artículo 262 de la Constitución, en materia de administración departamental, el Gobierno y la Administración de los Departamentos, con excepción de los servicios de seguridad pública, serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente. De modo que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 297 de la Constitución, que dice que los impuestos a los vehículos automotores serán fuentes de

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recursos de los gobiernos departamentales, decretados y administrados, y lo que establece el artículo 262: “El Gobierno y la Administración de los Departamentos con excepción de los servicios de seguridad pública, serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente […]” nos hacen pensar que lo que quiso el constituyente fue que los impuestos de cualquier naturaleza, recaudados por las Intendencias y las Juntas Departamentales, fueran impuestos, decretados y administrados por los Gobiernos departamentales. Cuando el constituyente quiso que esto no fuera así, lo aclaró específicamente, y tenemos un ejemplo en el impuesto a la contribución rural, ya que es el Poder Legislativo el que lo resuelve. De lo expuesto se aprecia con meridiana claridad que los artículos de nuestra Carga Magna no refieren a una patente única. En realidad, la Constitución no ha querido fijar una patente única para el país sino que, atendiendo las realidades de cada departamento, ha dado autonomía, independencia y discrecionalidad para que cada uno de ellos determine el impuesto en la forma que estime conveniente. Sin embargo, esto está exceptuado en el numeral 1°) del artículo 297 de la Constitución, que se refiere a la contribución inmobiliaria rural. El proyecto establece que un fiduciario profesional administrará el SUCIVE lo cual, a nuestro entender, tiende a provocar una colisión con el artículo 297, porque los recursos deben ser administrados por el Gobierno departamental. Además, debemos tener en cuenta el concepto de Fayol, que dice que “administrar es prever, organizar, mandar, coordinar y controlar”, y eso debe hacerlo, por mandato constitucional, el Gobierno departamental, es decir, los Intendentes y las Juntas de los diecinueve departamentos de la República. Si bien tenemos más aspectos para mencionar, como el tiempo apremia, solo queremos señalar que en función de los artículos transcriptos, consideramos que el constituyente quiso que un impuesto fuera resuelto, dictado y aprobado por otra figura que no fuera un Gobierno departamental, como el Congreso de Intendentes -que fue institucionalizado en 1997 por la Constitución-, lo aclaró. En ese sentido, debemos tener en cuenta que el Congreso de Intendentes solo tiene facultades de coordinación.

En definitiva, por las razones expuestas, me permito disentir con el proyecto de ley a estudio de esta Cámara y no lo acompañaré con mi voto. Muchas gracias, señora Presidenta.

23.- Integración de Comisiones.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta de la integración de Comisiones. (Se lee:) “El señor Representante Daniel Caggiani sustituirá a la señora Representante Susana Pereyra en la Comisión Especial con fines legislativos de Asuntos Municipales y Descentralización”.

24.- Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y sistemas de alumbrado público departamentales. (Normas).
——Continuando la consideración del asunto en debate, tiene la palabra el señor Diputado Perdomo Gamarra. SEÑOR PERDOMO GAMARRA.- Señora Presidenta: hemos participado de un largo debate, de esos que cortan transversalmente la Cámara. Esto no es así para la bancada de Gobierno, que debe fijar una posición, pero en estos casos se adquiere la dimensión, por un lado, de Representante nacional, por otro, de Diputado del departamento y por otro, de integrante de un partido político. Evidentemente, estamos en una encerrona. La institucionalización del Congreso de Intendentes en un órgano colegiado que no funciona por esquemas de mayorías termina generando una serie de inconvenientes ulteriores que están aquí de manifiesto. Durante todo el día hemos escuchado con atención argumentos de toda naturaleza sobre descentralización, eficiencia y economía acorde a cada departamento. En realidad, en los tres períodos que tengo como Diputado, he defendido fehacientemente la descentralización y estoy en un partido que así lo profesa. Por lo tanto, no entiendo qué tiene que ver la circunstancia de circulación de un vehículo en algún pueblo con que se pague más o menos. Se dice que el que rompe una infraestructura en determinado lugar, debe pagar allí. Sin embargo, eso sería una tasa, pero aquí estamos hablando de un impuesto.

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En realidad, un impuesto no es otra cosa que gravar una expresión de riqueza, y los vehículos en este país son bienes muebles que están gravados por el IMESI, el IVA y por la patente, que son impuestos. Esta es la circunstancia que nos lleva, seguramente, a tener los autos más caros de la región al momento de adquirirlos y de mantenerlos. Y esto tiene que ver con la concepción, que no es la del vehículo como derecho, sino como artículo suntuario o de lujo. Creo que el Gobierno ha avanzado en ese sentido; creo que está muy bien que se escalone el IMESI de acuerdo a la cilindrada de los vehículos. Eso está expresando qué matriz de vehículos queremos, con austeridad y baja emisión; ojalá se incorporen elementos de seguridad a ese tipo de escalonamientos. Pero la verdad es que tenemos los vehículos y el mantenimiento más caros de todos y de todos modos se nos habla de la eficiencia. Diría que con honrosas salvedades el Estado uruguayo no tiene mediciones sobre la calidad del gasto. Hablamos de esto en 2008; creo que esa calidad del gasto a nivel del Estado debe medirla este Parlamento, pero a nivel de las Intendencias, tampoco existen coeficientes de seguimiento y de calidad que puedan medir, en acuerdo con el sistema político, la evolución de la calidad del gasto. Por tanto, la eficiencia o no del gasto en los recursos no me parece un argumento válido. Además, ¿a qué recursos aludimos cuando hablamos de descentralización? Cabe comentar que los artículos 214 y 298 de la Constitución de la República disponen el traslado de recursos de Rentas Generales a los Gobiernos departamentales, los cuales han ido en crecimiento. Esto es verdad, ¿pero cómo se establece su distribución? En realidad, se tiende a una centralización progresiva y en crecimiento, mucho más que la propia recaudación de cada uno de los departamentos. Pero ¿cómo se realiza la distribución de los recursos, establecida en los artículos 214 y 298 de la Constitución? En función de la población, en un 25% de ese cociente, en función del territorio, un 25% más, según las necesidades habitacionales otro 25% y en relación inversa al producto bruto departamental otro 25%. Desde 2006 no hay cálculo del producto bruto departamental; por lo tanto, se utiliza un ficto que no repara en focos de crecimiento relevantes del interior

del país y mantiene una misma foto de los recursos desde ese punto de vista. Por otro lado, a la hora de hablar de eficiencia hay que decir que casi el 60% del presupuesto de algunos Gobiernos departamentales es aportado por Rentas Generales y otros tienen un tratamiento bastante asimétrico. Como Diputado de Canelones, me toca decir que mi departamento tiene el 25% de la población del interior del país y recibe apenas el 15% del Fondo de Desarrollo del Interior. Además, los habitantes del departamento constituyen el 18% de la población nacional, pero solo recibimos un 9% de los fondos de libre disponibilidad. En realidad, sobre Canelones nada me asusta, porque tampoco tenemos representación en la otra Cámara, a pesar de tener más de trescientos mil votantes y más de medio millón de habitantes. Pero lo cito como ejemplo porque a la hora de hablar como Diputado, me toca. Creo que la descentralización conlleva la necesidad de medir eficientemente la calidad del gasto; está muy bien bajo parámetros objetivos. Diría que tenemos una concepción del vehículo como centro del gravamen y puesto que se expuso en más de una oportunidad que lo pagan todos los uruguayos, habría que hacer la cuenta para saber cuánto pagan todos los que tienen vehículos, para el resto de los uruguayos, pues se ha centrado al vehículo como el generador de recursos para una infinidad de cosas y materias. En realidad, aquí tenemos dos temas que se argumentan muy diferente. La verdad es que al señor Presidente lo caracteriza el pragmatismo y tuvo la voluntad de pagar costos políticos. Digo esto porque hay que pagar costos políticos cuando se dice cómo se financia. Yo puedo no estar de acuerdo en cómo se financia esto, pero lo que se está haciendo con mucho pragmatismo es arreglar los dos viejos e históricos temas que tienen las Intendencias pos dictadura y, luego, pos Congreso de Intendentes, pues en ese órgano colegiado no se pudo llegar a ninguna conclusión en cuanto a la patente de rodados, a ese impuesto que es el tercero en la relación que llevan los vehículos; diría que el cuarto, en función al crecimiento del precio de cada uno de esos bienes muebles, pasa a ser el seguro; tener un vehículo pasa a ser casi una cuestión privativa y elitista.

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Téngase en cuenta que muchos gobiernos en este país se midieron en cuanto a la cantidad de cero kilómetros que se vendían y cuando quisimos regular el mercado, lo hicimos bien, a través del IMESI. Cuando se quiso regular la forma en que obteníamos combustible destilado del petróleo, la verdad es que lo hicimos bien. Pusimos IMESI a los vehículos gasoleros y el parque automotriz fue cambiando paulatinamente. Esa fue una buena muestra de cómo queríamos conducir esta circunstancia. Eso estuvo muy bien, así como el escalonamiento por cilindrada. Sin embargo, hay que aumentar las medidas de seguridad. A la hora de hablar de eficiencia del gasto en cada Intendencia o de descentralización, hay que mirar cómo se han fijado estos parámetros de aporte por parte del Gobierno desde siempre, pasando por todos los gobiernos -es un tema que nadie ha querido tocar-, para saber que hay circunstancias de asimetría contraria, que hay circunstancias de diferenciación en contra de algunos departamentos como el mío, que tal vez sería bueno tener en cuenta a la hora del aporte de recursos. Debe tenerse en cuenta que somos una zona metropolitana, la cantidad de habitantes, la dispersión geográfica, que contamos con veintinueve municipios. Por donde lo quieran medir, hay una circunstancia de asimetría contraria para el departamento de Canelones, y es real. Felicito la articulación del anterior Congreso de Intendentes, del anterior Presidente, Wilson Ezquerra, y del actual Presidente, Marcos Carámbula, Intendente de mi departamento. Felicito el acuerdo que los doce Intendentes blancos realizaron para lograr este mensaje único, porque el señor Presidente estuvo dispuesto a juntar dos viejos temas y a pagar costos políticos, pues todo impuesto implica eso. Se termina obteniendo una solución que voy a acompañar porque no voy a votar la mitad sí y la mitad no. En realidad, me he perdido en el zigzagueo de argumentos. Planteo esto porque unos, con total y legítima validez, tienen el argumento de ser Diputados de un departamento y de tener un discurso y otros, otro diferente. Por todo lo expuesto, voy a acompañar este proyecto de ley porque es un avance enorme, aunque todavía falta muchísimo y hay que perfeccionarlo. Está bien que en el Senado se hagan los cambios necesarios. De todos modos, lo primero es el mensaje político de los diecinueve Intendentes quienes, solicitando ayuda para conseguir una solución, saben que el Eje-

cutivo está proclive a pagar los costos y a articular un gran acuerdo. Mucho podremos hablar en esta sesión de Constitución, de eficiencia, de descentralización, pero lo que va a quedar de verdad es que el sistema político ¡por fin! tiene patente única -o va en ese camino- y puso punto final a la circunstancia de endeudamiento endémico de la gran mayoría de los Gobiernos Departamentales para con la UTE. Por lo tanto, juntar estos temas es un elemento de pragmatismo básico que ha aplicado el Gobierno a la hora de llegar a un acuerdo. Cabe destacar que se llega a ese acuerdo en el momento en que los señores Intendentes solicitan esta intervención. He leído algún acta del Congreso de Intendentes y eso se expresa con absoluta claridad, de parte de todos los partidos. Como dije, voy a acompañar este proyecto de ley y espero que nos ponga en el camino adecuado. A la hora de hablar de eficiencias, será bueno ponernos de acuerdo en los coeficientes básicos para medir la calidad del gasto; una y otra vez hemos repetido esa aspiración. A la hora de la descentralización, sin duda, la profundización tiene que ver con tratar desigualmente a los desiguales pero no con gravar distinto impuestos que, al fin y al cabo, son expresiones de riqueza. A mi juicio, comenzamos un camino de acuerdo. La gente va a pensar que comenzamos el camino hacia la patente única y que se saldó el tema de que el Gobierno departamental debe al Estado nacional en materia energética. Ojalá que haya una buena optimización de la energía de modo de abaratar costos y para que se mejore la calidad en materia de seguridad y de su distribución. SEÑOR RODRÍGUEZ SERVETTO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PERDOMO GAMARRA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ SERVETTO.- Señora Presidenta: voy a tratar de ser breve, debido no solo a lo avanzado de la discusión sino también a que no quiero repetir muchos de los argumentos que se han manejado. Indudablemente, hay muchos temas -con toda seguridad haya otros más importantes-, pero este no debería dividirnos por sectores políticos porque, en

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definitiva, todos queremos lo mismo. No me cabe la menor duda de que todos hemos recibido de los vecinos de cada uno de nuestros departamentos la inquietud de que se encuentre una solución a este problema. Pero, lamentablemente, no voy a acompañar este proyecto de ley por la gran cantidad de argumentos que se han dado aquí en cuanto a irregularidades, o inconstitucionalidades, dependiendo de quién y cómo lo diga. Hace pocos meses, los distintos Gobiernos departamentales -en un acto complejo, como es la votación de los Presupuestos- estuvieron fijando los impuestos, la patente de rodados en cada departamento, tal como lo establece la Constitución de la República. A mi entender, no tenemos derecho a enmendar la plana del Gobierno departamental -hablo del Gobierno departamental porque me refiero al señor Intendente y a la Junta Departamental- modificando los Presupuestos Quinquenales y quitándoles la facultad que les otorga la Constitución para establecer como fuente de recursos genuinos los impuestos a los vehículos, la patente de rodados. Honestamente, en el fondo, debido a la excelente buena voluntad que hubo, al gran trabajo del Congreso de Intendentes y del Poder Ejecutivo, se llegó a este proyecto de ley como una alternativa de solución. El Partido Nacional ha propuesto una serie de modificaciones que no le cambian el espíritu ni el contenido de este proyecto de ley, pero lo hace más prolijo en cuanto a la participación de los Gobiernos departamentales a través de las Juntas Departamentales, entre otras propuestas que se han realizado y que, lamentablemente, no fueron tenidas en cuenta. Para no ser reiterativo, tengo el convencimiento de que este proyecto tiene -como decía un colega, no soy veterinario, abogado ni tengo título universitario; soy un humilde Diputado del interior- vicios de inconstitucionalidad, por lo que no puedo votarlo. Nada más, gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Perdomo Gamarra. SEÑOR PERDOMO GAMARRA.- Pido disculpas por la extensión. Lo que ocurre es que no lo preparé, como decía Churchill. En todo caso, fui recogiendo a lo largo del día las distintas imágenes.

Hay Diputados que están cumpliendo diferentes roles, lo que puedo entender, pero el pragmatismo con que este acuerdo político se lleva adelante, está muy bien; da un paso gigante hacia la población en lo que tiene que ver con la imagen del sistema político y su capacidad de llegar a acuerdos. Esto es lo que los diecinueve jefes comunales -entre ellos, doce de mi Partido- han llevado adelante. Por lo tanto, será otra la oportunidad en que hablemos de eficiencia y descentralización, porque esto no cabe en estas circunstancias. SEÑOR ORRICO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PERDOMO GAMARRA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ORRICO.- Señora Presidenta: en primer lugar, quiero manifestar mi alegría por sentir de vuelta la voz en esta Cámara del señor Diputado Perdomo Gamarra -que nos tuvo muy preocupados por mucho tiempo-, con el espíritu combativo de siempre, lo que me place mucho destacar. ¡Bienvenido! En segundo término, quiero destacar que voy a votar afirmativamente este proyecto en su totalidad. Puedo coincidir con algunas observaciones que se hicieron en cuanto a que esto es un impuesto. Se trata de un impuesto directo, departamental, porque está fijado por un decreto de la Junta Departamental, lo que no es más que una ley con fuerza de tal en su jurisdicción. Vale decir una norma jurídica general, impersonal y abstracta, que tiene la característica de ser totalmente obligatoria en su jurisdicción, que es el territorio de su departamento. Estoy totalmente de acuerdo con eso, pero hay que seguir con ese razonamiento, porque si no, entramos en un terreno en el que se justifican algunas prácticas deleznables. ¿Por qué digo esto? Porque va de suyo que quienes están obligados a pagar el impuesto son los que tienen domicilio en el departamento. Yo sé que se puede tener más de un domicilio, pero hay que tenerlo y no inventarlo. Si se inventa el domicilio estamos ante una falsificación. Esto, lamentablemente, viene sucediendo hace muchos años. Pero cuando un individuo que vive en Montevideo empadrona en otro departamento, y para eso en un documento público declara un domicilio falso con el objeto de tener una ventaja tributaria, está cometiendo una falsificación ideológica de documento público. Eso es así y todos lo sabemos.

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Para mayor abundancia, en el último fallo, la Suprema Corte de Justicia, cuando se le reprochó la constitucionalidad de una interpretación de la Constitución a través de la ley que decía que los que deben pagar son los del domicilio, contundentemente, con un fallo de mi amigo el doctor Van Rompaey, dijo que eso era así y que había que cumplirlo. Y dijo más: aunque no hubiera ley, habría que cumplirlo igual, porque esto va de suyo con el sistema. Como no soy partidario de un Derecho Penal máximo sino de un Derecho Penal mínimo y ni siquiera creo en la exacerbación del Derecho Penal y tampoco creo demasiado en el Derecho Penal como una forma reguladora de determinados hechos, no quiero que la gente vaya presa, que haya procesos contra la gente por este tipo de cosas. Pienso que tenemos que aprobar este gran acuerdo nacional que significa haber llegado a este proyecto. Este es un gran acuerdo político; un grandísimo acuerdo político que naturalmente es dinámico, porque la política siempre es dinámica. Aprobar este proyecto de ley implica respaldar ese acuerdo político, dar más armas para el acuerdo político y no quitar responsabilidades, obligaciones ni tampoco competencias a las Juntas; implica decirles: el sistema político uruguayo tiene que ponerse de acuerdo en este tema, porque ya es una vergüenza. Entonces, estas son razones más que suficientes para apoyar este proyecto. Creo firmemente que este es un impulso a un acuerdo que se ha llegado, que es histórico y ojalá dentro de poco estemos todos reunidos para festejar que este tema de una vez por todas ha tenido solución. Así no se puede seguir. Gracias, señora Presidenta y señor Diputado Perdomo Gamara. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Perdomo Gamarra. SEÑOR PERDOMO GAMARRA.- Señora Presidenta: he finalizado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Ferrero. SEÑOR FERRERO.- Señora Presidenta: lo primero que vamos a aclarar es que vamos a apoyar este proyecto porque es muy bueno y es el principio para llenar un vacío total y solucionar un problema que ya tiene décadas.

Resulta claro que a esta altura el Parlamento Nacional tiene en sus manos un tema cuya importancia deriva, a nuestro juicio, del malestar existente en la enorme cantidad de uruguayos que han sido molestados en el ejercicio de su derecho a la libertad en la libre circulación, derecho además, que por su significación, resulta uno de los más caros que la Constitución de la República garantiza y resguarda. Sin embargo, sería llamarse a engaño o, por lo menos, mirar la realidad en forma miope, si no dijéramos aquí que el tema planteado ha despertado a lo largo de las décadas reservas y preocupaciones en los jefes de los Gobiernos departamentales, quienes legítimamente han subrayado posiciones relativas al ejercicio constitucional de la autonomía departamental, así como el gerenciamiento de los recursos con que hoy cuentan. Dicho esto y habiendo cumplido conmigo mismo al decir que la realidad es como es y que en la diversidad de intereses -todos legítimos- deben primar aquellos que sustancialmente la Constitución de la República defiende, quiero expresar que tenemos en nuestras manos un tema al que hay que darle el punto final, encauzar y resolver. ¿Por qué? Porque la gente lo pide, y tiene razón al hacerlo. Ahora bien, resulta claro que el tema es complejo, que levanta pasiones -no irracionales- pero que por primera vez en cuarenta años, el Uruguay, expresado en todos nosotros como Representantes Nacionales, tiene la oportunidad histórica de resolver un problema que nos quita seriedad como país y nos deja mal parados, inclusive, ante quienes quieren invertir, que no solo analizan cuánto van a tributar por sus inversiones sino que también observan el nivel de madurez social con que el país resuelve estos entuertos. Dicho esto, y tomando por legítimas las reservas de los actores políticos de los diferentes partidos de oposición, decimos que las últimas modificaciones operadas en el proyecto original del Poder Ejecutivo han venido a subsanar cuestiones que también nos preocupaban a nosotros -como la inclusión de los necesarios ámbitos legislativos departamentales que la Constitución sabiamente manda, por ser ese el escenario fermental de la democracia… (Murmullos.- Campana de orden)

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SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dado que quedan pocos anotados, en la medida en que vamos llegando al final va subiendo el tono del murmullo y no es posible escuchar al colega que está haciendo uso de la palabra. Hasta ahora ha transcurrido muy bien la sesión; quedan pocos minutos por lo que pido que tratemos de llevarla bien. Puede continuar el señor Diputado Ferrero. SEÑOR FERRERO.- Señora Presidenta: decía que esas últimas modificaciones han sido sugeridas por los señores Intendentes y que con sensatez han sido recogidas por el Gobierno nacional. Estas modificaciones logran acrecentar aun más lo que ya hoy existe entre todos quienes tenemos responsabilidades políticas. Cuando decimos esto, queremos significar que hoy está instalada en todos nosotros la profunda convicción de que este es un problema que tenemos que solucionar pues la gente pide que se solucione y porque en definitiva el soberano es la máxima expresión refrendadora de los acuerdos políticos que surgen a partir de la voluntad, voluntad política de encauzar este tema. En esta línea de razonamiento considero que ha llegado la hora de que Uruguay termine con la guerra de las patentes, no solo por las molestias que esto ocasiona al contribuyente sino porque ha sido llevado a un extremo tal, que termina teniendo un cierto dejo de infantilismo, siendo que lo que no es infantil es la responsabilidad que hoy aquí ejercemos como Representantes nacionales y a la cual nos debemos porque entendemos, señora Presidenta, que todos los uruguayos necesitamos dar a este tema un punto final. En función de lo expuesto y en el entendido de que la buena voluntad de esta iniciativa radica en un amplio apoyo popular y jurídico, como la necesaria simbiosis que sintetiza a la democracia y al Estado de derecho, venimos a expresar una posición personal que entiende que la actual Constitución deja muchos espacios que no se adecuan a los procesos históricos en los que la voz del pueblo se haga escuchar con claridad, a la luz del Estado de derecho actual. SEÑOR PEDREIRA.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR FERRERO.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado.

SEÑOR PEDREIRA.- Señora Presidenta: tengo varias confesiones y una de ellas es que en esta Casa, con tantas escuelas de Jurídica y con tantos eruditos en la materia, cada vez entiendo menos de temas jurídicos y, por suerte, cada vez creo más y quiero más a la política. También aprendí que la palabra mezquindad tomó cuerpo en el diccionario. ¿A dónde voy con todo esto? Me veo sentado en una banca, a través de una lista mediante la cual el pueblo, primordialmente, eligió un Presidente. Tengo compañeras Edilas y compañeros Ediles sentados en sus bancas en las respectivas Intendencias, donde su pueblo también eligió primordialmente a un Intendente. Entonces, creo que el peso histórico y político que tiene este acuerdo no puede soslayarse por nada. No quiero ser genuflexo con el Poder Ejecutivo -más en un pueblo que tiene cultura legislativa, donde los grandes acontecimientos o los grandes reclamos se hacen alrededor de esta Casa- pero no quiero restar importancia al gran acuerdo político, que no sé si habrá otro con tanto peso histórico en la historia de este país. Humildemente, me parece que detrás de esta discusión subyacen dos modelos de país. Por un lado, el modelo de país integrado que quiere tener un norte, que quiere acuerdos y articulaciones donde hay un mensaje muy importante de todos los Intendentes y de nuestro Presidente, que atraviesa a todos los partidos, por suerte. Por otro lado, el modelo de país desintegrado, el de todos contra todos, del cual no queremos hablar. Ejemplos de estos sobran. Es irrisorio que, con validez o no, algunos habitantes de Tacuarembó pidan para sí aquellos recursos que perdieron por el embalse que posibilitó que la UTE diera energía eléctrica para todos los uruguayos. Este es un claro ejemplo de los sentimientos que nos unen y nos dividen a algunos uruguayos. También voy a confesar como Representante de Flores que siento alguna vergüenza, y no es ajena porque soy de ese departamento. En todo caso, quisiera que fuera ajena para deslindarme desde el punto de vista político partidario por no haber estado de acuerdo con esa idea de proyecto, que de alguna forma se nutre con dineros ajenos y tiene que ver con algunos números que ahora voy a relatar. Nuestra Intendencia debe $ 79:000.000 a la UTE -no ha pagado desde hace muchos años-; en el departamento hay 25.000 habitantes y más de 14.000 vehículos; me refiero a autos. Si contáramos camiones, motos y de-

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más motores, tenemos dos motores por habitante. Esto da un estándar de vida del primer mundo, o más, como el de mi amigo de Colonia, y hay que reconocer -nobleza obliga- que tenemos un proyecto departamental nutrido por las finanzas de los demás departamentos o por contribuyentes de los demás departamentos. Esto tiene que quedar claro. Me parece que no es bueno, en un proyecto de país integrado, donde tenemos que generar condiciones de diálogo y políticas de Estado, sentarnos a conversar en una mesa con un vecino al cual le metemos la mano en el bolsillo. Es difícil que yo convenza a un vecino de proyectar un norte de desarrollo, de crecimiento y de articulación si todos los días me meto en la casa y le pongo la mano en el bolsillo. Creo que puede haber dificultades. Todos hablan de la Junta. Fui Edil y defendí el rol de la Junta con mucho ahínco y creo que ningún Intendente se va a comprar el problema de no pasar estas iniciativas por la anuencia de la Junta. Les cuento una anécdota que el amigo “Pepe” Bayardi hoy destacaba sobre los decretos que hay en todas las Juntas departamentales. En el año 2006, siendo Edil, al final no votamos la anuencia para que la Intendencia elevara el costo de las patentes para el año siguiente. No obstante, la patente igual se cobró con el aumento considerado en aquella ocasión por el Intendente. ¿Por qué? Porque en el año 1995, una Junta anterior ya había decretado un modelo de criterio donde el Congreso de Intendentes era el que iba a establecer de ahí en más, el cobro de la patente de rodados. Hasta esta altura el Congreso de Intendentes no tenía aval constitucional, pero ya en la Junta de Flores, como departamento, habíamos trasladado esta potestad de la Junta, basados en el artículo 317. Yo defiendo la Constitución, desde acá y desde cualquier lugar, también la defendí desde la Junta, pero tendríamos que pedir a las Juntas departamentales que revisen estos viejos decretos. Se me terminó el tiempo; tenía mucho más para decir, varias anécdotas como conocidos jugadores de fútbol que no son de Flores y tienen… (Suena el timbre indicador del tiempo) ¿Me permite otra interrupción, Diputado Ferrero? SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- El señor Diputado Ferrero no puede otorgar otra interrupción porque ha finalizado el tiempo de que disponía.

Tiene la palabra la señora Diputada Piñeyrúa. SEÑORA PIÑEYRÚA.- Señora Presidenta: a esta altura de la noche y del debate se ha dicho todo y hemos escuchado todo. Por lo tanto, brevemente voy a hacer unas pocas puntualizaciones y algunas consideraciones. La verdad es que estoy preocupada por el curso que toman las discusiones en esta Cámara cuando abordamos los temas de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas que estamos tratando. Quiero decir que rechazo enfáticamente que los temas constitucionales se tomen como una cuestión de detalle y que los temas políticos deban ser priorizados por encima de los constitucionales. (Apoyados) ——Además, quiero decir -lo dije hace menos de una semana- que también rechazo la teoría que sostiene que nosotros no podemos pronunciarnos sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas que tratamos, porque esa es una competencia reservada a la Suprema Corte de Justicia. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- La Mesa vuelve a pedir silencio a la Cámara para escuchar con el respeto que se merece a la señora Diputada. Puede continuar la señora Diputada. SEÑORA PIÑEYRÚA.- Señora Presidenta: la Suprema Corte de Justicia tiene una competencia constitucional que es dictar fallos vinculantes en cada caso sobre la constitucionalidad o no de una ley. Pero nosotros tenemos la responsabilidad -lo dije días pasados- de juzgar cada una y todas las normas que se someten a nuestra consideración a la luz de las normas constitucionales que rigen en este país. Esa es una obligación y una responsabilidad que tenemos todos los legisladores. Los Diputados no juramos y nunca entendí por qué. Cuando me tocó jurar en el Senado, entre otras cosas, juré respetar la Constitución de la República. Entonces, tenemos esa obligación y esa responsabilidad y no podemos soslayarla por más acuerdos políticos que persigan un objetivo muy loable, como lo hace el instrumento que hoy estamos considerando, que sin embargo es malo a la luz de nuestras normas constitucionales.

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Debo decir que entiendo que hemos perdido una gran oportunidad para hacer un gran acuerdo político. Cuando leí los antecedentes de este acuerdo que termina en este proyecto de ley que tenemos a consideración -tema que empezó a tratarse el año pasado y a profundizarse en enero de este año- y las palabras del Prosecretario de la Presidencia, doctor Cánepa, en la versión taquigráfica de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, pensé por qué no habremos seguido el camino de una ley constitucional, de una reforma constitucional. Esa fue la primera oportunidad que tuvimos de alcanzar un gran acuerdo político para solucionar un problema que realmente tenemos desde hace mucho tiempo, como es el de las patentes. Seguramente, hubiéramos alcanzado un gran acuerdo político, no hubiera habido diferencias y a esta altura la ley ya habría sido plebiscitada y el instrumento aprobado. Nos perdimos una gran oportunidad. Sin embargo, se escogió este instrumento que tiene muchos artículos de dudosa constitucionalidad. Dos de ellos son incuestionablemente inconstitucionales. Me refiero a los artículos 4º y 9º. No hubo dudas en ninguno de los especialistas que concurrieron a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, en ese sentido. Estos dos artículos violan el numeral 4º) del artículo 275 de la Constitución, que se refiere a la iniciativa del Intendente, el numeral 3º) del artículo 273 de la Constitución, que refiere a las competencias de las Juntas departamentales para aprobar impuestos, entre otras cosas, y el numeral 6º del artículo 297 de la Constitución, que establece que la vulgarmente llamada patente de rodados es un recurso departamental, que fijan y administran las Juntas departamentales. Es muy cierto que se consultó a los especialistas sobre si en la hipótesis de que se le diera competencia en la aprobación a las Juntas departamentales, se salvaría la inconstitucionalidad. No se consultó a los especialistas sobre ningún texto en particular; se consultó sobre esa hipótesis. Es decir, si se diera intervención a las Juntas, ¿se salvaría la inconstitucionalidad? Y los especialistas respondieron que sí. Sin embargo, ahora tenemos una solución en el artículo 4º, que es insuficiente y confusa y un artículo 9º que continúa invariado. O sea que en el artículo 9º no se introdujo ninguna modificación y ninguna participación de las Juntas departamentales en la aprobación de las

bases de las alícuotas y de las bases para el cálculo de ese impuesto. Nosotros no estamos habilitados por ley para modificar las competencias de las Intendencias ni de las Juntas departamentales. Tampoco lo está el Congreso de Intendentes, por mayoría ni por unanimidad, porque la Constitución le asigna una función muy específica, que es la de coordinar políticas, pero no puede erigirse, como dijo alguno de los especialistas que pasó por la Comisión, en función de jerarca. No hay inconstitucionalidades anteriores, como se han mencionado acá, que habiliten a que hoy estemos aprobando textos de esta naturaleza y ningún acuerdo político, por más fuerte y celebrado por Intendentes que sea, puede habilitarnos a modificar los textos constitucionales. Lamentablemente es así y no podemos avalar esta solución que, repito, persigue un buen objetivo a través de un mal instrumento. Para terminar, quiero decir que tengo un matiz con algunos compañeros de mi bancada. El sistema en Uruguay es bicameral. Siento que no tengo que votar este proyecto de ley porque entiendo que su eje es inconstitucional. Gustosamente lo votaré si el Senado lo modifica y remite nuevamente a la Cámara de Diputados, enmendando las inconstitucionalidades. Aquí también nos hemos perdido la segunda oportunidad de alcanzar un acuerdo político, que hubiera sido posible si se hubiese tenido en consideración los artículos modificativos y aditivos que presentó el Partido Nacional y que están en la Mesa. Hemos perdido una segunda oportunidad. SEÑOR CHIESA BRUNO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA PIÑEYRÚA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR CHIESA BRUNO.- Señora Presidenta: a esta altura de la noche estamos bastante saturados por una cantidad de argumentos que hemos escuchado con mucho respeto, porque pensamos que los que estamos sentados en este Parlamento tenemos la mejor intención y voluntad de solucionar problemas. Por supuesto que felicitamos y saludamos el acuerdo al que hayan podido llegar los señores Intendentes para resolver un viejo problema. El tema está en el precio y ahí es donde tenemos nuestras dudas. Después de haber escuchado a prestigiosos compañeros del Cuer-

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po que tienen distintas posiciones, sobre todo en lo que tiene que ver con los artículos 4º y 9º, cuando nos presentan dudas, no estamos seguros de votarlos. Por supuesto que el enfoque en el tema de las patentes lo vemos de tres maneras. El primero es la situación actual, las patentes de rodados al día de hoy, que es un sistema en el cual un mismo auto, del mismo año y del mismo color, paga diferente en los distintos departamentos. Realmente, esto es un disparate total. El segundo enfoque es el proyecto de ley presentado por el Gobierno y el tercero, una propuesta diferente que, como decía muy bien la señora Diputada Piñeyrúa, nos perdimos la oportunidad de votar todos, porque creo que todos estamos absolutamente de acuerdo con el objetivo final de solucionar este problema. También fui Edil y tuve el honor de presidir en tres oportunidades la Junta de mi departamento de Tacuarembó. Por lo tanto, bajo ningún concepto puedo levantar mi mano para votar un proyecto de ley en el cual no se tiene en consideración la anuencia de la Junta departamental de mi departamento y de todos los demás. Ya dijimos que consideramos que el artículo 9º no se ajusta a la norma constitucional y otros dijeron que podía ser irregular debido a la necesidad de la iniciativa del Intendente, de la aprobación de la Junta y a la falta de facultades del Congreso de Intendentes para resolver esto. También se han hecho en el seno de esta Cámara algunas salvedades con respecto al Capítulo II, en lo que tiene que ver con el alumbrado público. Y esto me preocupa porque yo represento a doña María, a don José, a don Pedro y a todos los que viven en mi departamento, y no tienen la posibilidad de hablar acá en el día de hoy. También me preocupa lo que dijo algún compañero de Tacuarembó, que puso el acento en algo que realmente me hizo cambiar de postura y adelantar mi voto negativo a este proyecto. El literal C), del numeral 1) del artículo 11, contenido en el Capítulo II, establece: “Suscribir un convenio con la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas estableciendo la forma de pago de las deudas por todo concepto anteriores al 1º de enero de 2011, incluyendo los acuerdos necesarios para que UTE realice por cuenta y orden del Gobierno Departamental, y conjuntamente con su facturación, el cobro de un precio o tasa que guarde razonable

equivalencia con los egresos que debe realizar el Gobierno Departamental por consumos de energía del alumbrado público”. Creo entender la situación de los Intendentes frente a las deudas que tienen con UTE, pero me cuestiono si el acuerdo al que se llega no implica que Juan Pueblo vuelva a pagar por lo que ya pagó. No puedo volver a mi departamento y decir a los vecinos que en la factura de UTE les van a cobrar nuevamente una tasa correspondiente a una deuda en la que no tienen arte ni parte. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Señor Diputado: ha finalizado su tiempo. Puede continuar la señora Diputada Piñeyrúa, a quien le restan tres minutos. SEÑORA PIÑEYRÚA.- He terminado, señora Presidenta. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: mi aclaración va en un doble sentido. Como he dicho muchas veces, entendemos que los aspectos eventualmente vinculados a la inconstitucionalidad del artículo 4º están salvados con el aditivo que hicimos al último inciso; podrá compartirse o no, pero ratifica las potestades del Intendente y de las Juntas Departamentales. En el artículo 9º estamos reafirmando algo que ya hace el Congreso de Intendentes. Hoy el Congreso de Intendentes puede acordar, como ha hecho -reitero- en todas las instancias en las que se trató la alícuota y el aforo que se va a cobrar a partir del 1º de enero de cada año. Por otra parte, los artículos 273 y 275 de la Constitución tienen que ver con las atribuciones de cada uno de los ámbitos: del Intendente y de la Junta. Pero por ley se pueden asignar más atribuciones que las que asigna la Constitución, en la medida en que el artículo 273 establece: “[…] Además de las que la ley determine, serán atribuciones […]”. Entendemos que el artículo 9º, tal cual está redactado, no viola esta disposición. La fórmula anterior podía presuponer que

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lo aprobaba por sí y ante sí; eso fue lo que nos llevó a cambiar la redacción del artículo. De todos modos, la parte de la aclaración que más me importa refiere a lo que decía el señor Diputado Chiesa Bruno -que comparto- y que también estuve discutiendo esta tarde con el señor Diputado Rodríguez. En realidad, si fuéramos a cobrar de vuelta la deuda que en teoría ya pagaron -independientemente de que habría que ver si lo que se ha trasladado por tasa de alumbrado que cobra la UTE alcanza para cubrir la deuda que, como ya se sabe, tiene el departamento de Tacuarembó; no lo voy a discutir otra vez-, diría que perdimos la brújula. El literal C) del numeral 1) del artículo 11 establece: “C) Suscribir un convenio con la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas estableciendo la forma de pago de las deudas por todo concepto anteriores al 1º de enero de 2011, incluyendo los acuerdos necesarios para que UTE realice por cuenta y orden del Gobierno Departamental,” -lo que ya está haciendo en el departamento de Tacuarembó- “y conjuntamente con su facturación, el cobro de un precio o tasa que guarde razonable equivalencia con los egresos que debe realizar el Gobierno Departamental por consumos de energía del alumbrado público”. Una vez que el Gobierno departamental hace el convenio por la deuda, queda limpio y en condiciones de cobrar lo que hasta ese momento no cobraba, según lo que establece la Ley Nº 18.172. Estar limpio significa que esa deuda “conveniada” será amortizada, según lo previsto en el artículo anterior, que tiene que ver con que el 10% que se incrementa pueda ser aplicado para saldar la deuda. Quiere decir que una vez que la deuda esté “conveniada”, se separa y pasa a ser amortizada por el 10%, que estaba determinado podría utilizarse para el pago de la deuda. Se dice por ahí que el departamento de Tacuarembó tardaría unas cuantas decenas de años en hacerlo. De manera que todos los departamentos que tengan una deuda podrán “conveniarla” y quedar en cero. El Gobierno irá pagando del fondo y amortizando la deuda por el tiempo que sea necesario. No se va a trasladar a la tasa. El literal C) dice: “[…] por cuenta y orden del Gobierno Departamental, […] el cobro de un precio o tasa” -habrá que definirlo”que guarde razonable equivalencia […]” con lo que se consume ahora para no generar nueva deuda. Esta es la idea contenida en el literal C) del artículo 11. Hago esta aclaración porque entiendo que la preocupación es absolutamente de recibo, y ya la habíamos

discutido. Nos comunicamos con el Ministerio de Economía y Finanzas y nos reafirmó -creo que vale la pena decirlo para que figure en la versión taquigráficaque ese es el criterio con el que se va a proceder. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR CHIESA BRUNO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CHIESA BRUNO.- Señora Presidenta: está de más mencionar públicamente el respeto que le tengo al señor Diputado Bayardi por una cantidad de motivos que él conoce… (Interrupciones) ——…no jurídicos, pero sí de lucha de muchos años en momentos muy difíciles para este país. (Interrupción del señor Representante Bayardi) ——Sé que es recíproco, y por eso quiero tener la delicadeza de decirle que escucho con suma atención sus argumentos. De todos modos, entiendo que el departamento de Tacuarembó siempre va a terminar pagando eso; esa es la conclusión a la que llego. Creo que este es un tema político y se debió haber buscado una solución política. De cualquier manera, no entiendo por qué -ya lo han dicho otros señores Diputados- se junta este tema con el de las patentes, salvo que estemos pensando -y es lo que discuto- en los automóviles eléctricos; en ese caso sí habría una conexión directa con los vehículos. Si no es así, me parece que estos temas deberían haberse tratado en forma absolutamente separada. Vuelvo a insistir en lo del principio: no entiendo por qué no podemos ponernos de acuerdo entre todos en una solución que evite que tengamos las dudas que hoy han surgido en esta Cámara con respecto a un tema que todos compartimos. ¡Todos queremos solucionar este problema! Me parece estar repitiendo lo que sucedió en alguna instancia anterior, en la que por cuestiones menores -o no tanto- no pudimos ponernos de acuerdo. También digo que no comparto -lo hago con mucho respeto- alguna posición de mi bancada. Lo digo porque me gusta asumir mis responsabilidades. Creo que lo que hoy se nos pregunta es si estamos de acuerdo con este proyecto, y tengo que decir que no,

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y que lamentablemente, así como está, no lo vamos a votar. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Caram. Exhortamos a escucharlo en total silencio. SEÑOR CARAM.- Señora Presidenta: no voy a votar este proyecto ni sus artículos y no voy a hablar bien del proyecto. Voy a votar en contra y a hablar mal del proyecto porque me parece un mal proyecto. Más allá de que evidentemente es muy importante resaltar que hay consenso a nivel nacional y del sistema político, entre el Poder Ejecutivo y los señores Intendentes, en lo que no hay consenso es en el instrumento, en lo que no hay consenso es en la herramienta, en lo que no hay consenso es en el proyecto de ley. A nosotros este proyecto de ley nos deja mucho que desear y no lo vamos a acompañar porque lo consideramos malo. Es malo por muchas cuestiones que se relacionan con una lectura netamente política, malo porque presenta inconstitucionalidades -no preciso ser doctor en abogacía-, y malo porque yo tengo la posición que tengo. Podemos discrepar o no, pero no lo comparto. En este Parlamento no voy a entregar ni una sola bandera de Wilson Ferreira Aldunate. Jamás este Parlamento va a contar con mi voto a favor de un procedimiento o de un paso que sea en contra de la descentralización y que, por lo tanto, sea a favor de la centralización, y este es un proyecto centralizador. A nuestros Intendentes los corrieron con el poncho, a nuestros Intendentes les metieron pechera, les metieron la pesada, y los corretearon. ¡Que se queden tranquilos los señores Intendentes! Las leyes están a la altura de las circunstancias porque las hace el Parlamento. Cuando los Intendentes acuerdan y resuelven lo que quieren y no precisan del Parlamento, podemos opinar. Pero este caso tengo la obligación de decidir qué voy a hacer con mi voto. Y está a la altura de las leyes el Parlamento, claro que sí, acertada o equivocadamente! Por lo tanto, los Intendentes que opinan así, que se queden tranquilos -no importa de qué partido sonde que el Parlamento está a la altura de las circunstancias, y está a la altura de las leyes porque a nosotros nos compete hacer las leyes.

Quiero hacer una reflexión. No quiero que se finalice este debate creyendo que es la primera y única vez que hay un acuerdo con respecto a las patentes; es una reverenda mentira. Hubo varios acuerdos por las patentes -¡sí los hubo!-, pero siempre hubo uno que traicionó el acuerdo. En este sentido, me corresponden las generales de la ley porque el primero que lo hizo fue un Intendente de mi partido político, ya que llegó a su departamento y dijo: “En Paso Severino llegamos a un acuerdo”, pero la Junta votó en contra y bombeó el acuerdo. Y cayó el acuerdo. ¿Y quién arbitra? ¿Quién decide? ¿Quién define sobre este tema? ¿Será que somos tan ilusos en esta Cámara de creer que con una ley vamos a hacer hocicar a los señores Intendentes? ¿Será porque este proyecto contiene un castigo que vamos a hacer que los señores Intendentes echen para atrás? ¿Quién dice que mañana o pasado alguna Junta Departamental no diga: “No acompañamos esto”? ¿O que se interponga algún recurso y que la ley sea declarada inconstitucional? ¿O que no se interponga ningún recurso y la Junta diga: “Acá mandamos nosotros con el señor Intendente y hacemos lo que queremos, y pongo la patente más baja”? Y seguirá la lluvia de gente que irá para aquel lado. ¿Quién arbitra en este caso? ¿Quién dice: “¡No, señor! ¡Usted no puede ir para allá!? No hay quién arbitre. Acá hemos votado varias leyes con muchas promesas y muchas esperanzas que no se cumplen. ¡La ley que obliga a usar el casco! ¿Cuántos departamentos hay que no dispusieron el uso obligatorio del casco? ¡Vayamos a meternos con los señores Intendentes -¡oh dioses todopoderosos!-, entes autónomos! Están facultados para hacer lo que quieran; ¡son autónomos, inclusive del Gobierno nacional! Son ellos y las Juntas, y hacen lo que quieren. Recorramos el país y veremos en cuántos lugares se usa el casco -algo tan elemental- y dónde no. Hay tantas otras leyes que hemos votado con la mejor intención -quizás las hemos acompañado, con discrepancias o no-, pero no se cumplen. ¿No les parece que este proyecto, que es tan criticado por gente que tiene conocimiento del tema, lo están metiendo demasiado “a prepo” como para que siga adelante? ¿Por qué tenemos que dejar que el Senado resuelva todo? ¡Hasta las faltas de ortografía tiene que corregir el Senado!

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¿Por qué le ponen el caramelito de la UTE? A mí me deja muchas dudas que se ponga el caramelo de la UTE. Quiero recordar a la bancada oficialista y a todos los compañeros que estamos sentados en Sala que en mayo de 2005 votamos un proyecto que establecía que las Intendencias cobrarían a la UTE la Contribución Inmobiliaria Rural. ¿O se olvidaron? ¡Votamos todos! De la UTE se avisó al Ministerio de Economía: “¡Paren con eso! ¡Es un disparate! ¿Cómo van a poner a la UTE a pagar Contribución Inmobiliaria Rural?”. ¡Hagan memoria los legisladores! Aquí hay varios que estuvieron en la Legislatura anterior, incluyéndome. Esto pasó en mayo de 2005. Este proyecto tuvo media sanción, pero no se trató en el Senado. Y no se trató en el Senado porque vino el “lineazo”: “No voten ese disparate porque la UTE no está en condiciones de pagar un mango a nadie, y menos a las Intendencias”. ¡Que se arregle Tacuarembó con su deuda! Dijimos aquí muchos: dejémonos de hipocresías. La guerra de las patentes es una cuestión de guita, de plata, y se resuelve con plata. El departamento que tiene este gravísimo problema es Montevideo en primer lugar, y luego Canelones. Esta no es una cuestión que cause alarma pública nacional. Se ha magnificado totalmente; se ha agrandado enormemente. La preocupación, la molestia y quizás la irritación la tienen los que están -disculpen la expresión- garroneando, que quieren escaparse de los controles, también los Intendentes a los que les rapiñan -para utilizar un término más técnico- los autos y los que están rapiñando; al resto de la población no le importa nada. Lo estamos magnificando. Este problema se resuelve con plata. Me pregunto: ¿con plata de quién? Esa es mi otra gran duda. ¿Quien nunca se subió a un auto va a subsidiar la patente al rico? No nombro ningún barrio de Montevideo porque no quiero discriminar, pero el tipo que nunca tuvo un auto o el que se compra un auto, quizás usado, con un esfuerzo tremendo, ¿va a subsidiar al que se compra las mejores marcas, los mejores modelos y que vive en las zonas VIP de Uruguay? ¿Por qué vamos a pedir a Juan Pueblo que subsidie la patente a esa Intendencia? ¡No lo comparto! ¡Es una cuestión de principios! ¡No me parece justo! No creo que este proyecto persiga ningún fin espurio, ni intereses políticos a los que estamos queriendo arribar de cualquier manera para derrocar este

proyecto. ¡No! Hay una gran oportunidad porque hay voluntad de un consenso político. Entonces, aprovechemos y hagamos un muy buen instrumento legal para resolver este problema. La plata que salga para subsidiar las patentes de la capital -duela o no, es así- o de la zona metropolitana debe ser mucho más transparente, mucho más genuino. La gente del interior no tiene por qué pagar a la gente de la capital. No podemos seguir alimentando las diferencias entre la capital y el interior. ¡Basta de alimentar las diferencias entre interior y capital, entre capital e interior! Es obvio que el interior va a subsidiar a Montevideo, ¡si de cada diez autos, tres pertenecen al área metropolitana! ¡Si de cada tres autos que circulan en el país, dos están en Montevideo! (Interrupciones) ——Quizás garroneando patentes de otros lados -¡sí, señor!-, pero creo que hay que buscar otro mecanismo. No es mecanismo hacer que ponga la plata otra gente, que no tiene posibilidades de comprar auto o que va a comprar uno que nunca será como el de Montevideo, para subsidiar una patente carísima; convengamos que nadie duda de que la patente de Montevideo es carísima, es desproporcionada, y cuesta varias veces más que otras. ¡Ni qué hablar de aquellos que están buscando el cebo para atraer contribuyentes! ¡Eso es muy fuerte! ¡Eso es inmoral, antiético! ¡No es justo robar contribuyentes a otros departamentos! Nos preguntamos: ¿será que hemos llegado a tanta avaricia por el dinero tributario que el auto es la fuente de recursos tributarios para las Intendencias? ¿No habrá que repensar otras cosas? Si el 40% de los ingresos departamentales corresponde a patente de rodados de autos, ¡bienvenido sea! ¿Pero vamos a tener que matar a la gente porque sea la principal fuente de ingresos? No queremos hacer apreciaciones sobre cada una de las autonomías departamentales, porque es lo que eligen los ciudadanos, los vecinos, pero obviamente muchas veces se pueden equivocar. ¿Por qué tanta diferencia? ¿Por qué nos ocupamos tanto de este tema y no hablamos de las diferencias salariales abismales que existen entre un funcionario de la Intendencia de Artigas -mi departamento- y uno de la In-

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tendencia de Montevideo? Claro que no es el momento de tocar ese tema, pero no es un asunto menor. ¿Es justo que se empareje para todo el mundo el aumento del IMESI para subsidiar a los que más tienen? En definitiva, acá estamos resolviendo un gran problema a la gente de plata con la gente que no tiene plata. Estamos resolviendo un gran problema que tienen las Intendencias con sus contribuyentes -o no contribuyentes- de mucho dinero, con la plata de los otros que tienen mucho menos. Esa es una cruda realidad que cuesta decir, pero es así. Es doloroso tener que llegar a una solución de este tipo, a la que me opongo, como forma de posicionamiento político y por una cuestión de principios. No voy a acompañar este proyecto de ley. Reitero que me parece malo. Lamentablemente, no creo que con esto se vaya a solucionar el problema. Yo escuché decir a prestigiosos colegas de este Parlamento, en su momento, que ahora sí, con la ley de ordenamiento territorial, los pobres no van a tener más sus viviendas en barrios pobres. Los organismos del Estado siguen construyendo viviendas en barrios pobres para los pobres. He escuchado muchas cosas en este Parlamento que no se cumplen. Lamentablemente, les confieso, estimados colegas, señora Presidenta, que creo que esta es otra ley que vamos a votar y que no se va a cumplir. Lo lamento enormemente, por el esfuerzo que hace el Parlamento en cada uno de estos procesos. Es cierto que cobramos un sueldo para hacerlo, y bien que el Parlamento tiene que trabajar y estar en sintonía con los temas políticos del país -¡por supuesto que sí!-, pero no me parece bueno que esté generando leyes que, en definitiva, terminen en una corrección, una impugnación o siendo derogadas. También se dijo por parte de la oposición que la aplicación del IRPF a los pasivos era inconstitucional, y no se nos atendió. La oposición no tiene exclusivamente mezquindad, de ninguna manera. Hay mucha gente de la oposición que tiene un gran espíritu constructivo y, de hecho, aquí lo ven. En mi Partido -para no hablar de ninguna otra colectividad política- hay varias posiciones con respecto al tema, y creo que eso es bueno, pero mucho mejor hubiera sido que el oficialismo hubiese escuchado a la oposición, hubiese aprovechado esta hermosa oportunidad y, en función de la voluntad política de lograr un consenso, se elaborara un gran proyecto de ley que tuviera todo el respaldo, como lo pidió el Presidente en su momento.

Seguramente no será así y tendrá asignado un futuro de corto plazo por los gravísimos errores que contiene este proyecto de ley. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco en noventa: AFIRMATIVA. SEÑOR NIFFOURI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR NIFFOURI.- Señora Presidenta: dejo constancia de que los Diputados del sector Aire Fresco, del Partido Nacional, no votamos este proyecto de ley. Muchas gracias. SEÑORA MONTANER.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MONTANER.- Señora Presidenta: no acompaño este proyecto de ley por cuatro motivos fundamentales. Primero, como se ha dicho en Sala, se aparta de normas constitucionales. Segundo, se está omitiendo la intervención de la Junta Departamental. Para mí siempre es grave omitir la intervención de un organismo legislativo en el que están representados todos los partidos, que pueden enriquecer, controlar y participar en estos temas departamentales de tanta importancia. (Murmullos) ——Tercero, siento que se está premiando y estimulando algunas gestiones con déficit con respecto al alumbrado público y con este tipo de deudas que luego el contribuyente tiene que volver a pagar, como lo ha explicado correctamente el señor Diputado Chiesa Bruno. (Murmullos) ——Por estos motivos, como Representante por el departamento de Tacuarembó, no estoy de acuerdo con la forma en que este proyecto se instrumenta. A

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mí me parece, con total respeto, que acá las cosas se distorsionan… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- No podemos escuchar el fundamento de voto de la señora Diputada. Puede continuar la señora Diputada Montaner. SEÑORA MONTANER.- Gracias, señora Presidenta. Estamos de acuerdo con los objetivos que persigue este proyecto de ley, por ejemplo, con la existencia de una patente única, pero no vemos plasmadas en el texto las funciones y las competencias asignadas al Congreso de Intendentes cuando fue creado. Entonces, nos preguntamos por qué nos apartamos de la Constitución, por qué el Congreso de Intendentes asume facultades para las que no fue creado, por qué tenemos el criterio de premiar algunas gestiones con las cuales no estamos de acuerdo ya que, por ejemplo, tienen como consecuencia deudas por alumbrado público y por qué omitimos la participación de la Junta Departamental, que es la máxima representación legislativa departamental y un órgano democrático. Gracias. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: dejo constancia de que ninguno de los dos Diputados del Partido Independiente hemos acompañado el proyecto. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señora Presidenta: dejo constancia de que no he votado y, por economía parlamentaria, suscribo plenamente los fundamentos expresados por mi compañera de bancada, la señora Diputada Montaner. SEÑOR MAHÍA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR MAHÍA.- Señora Presidenta: quiero dejar constancia de mi voto afirmativo al proyecto. Si bien me pareció bueno en esta instancia no hablar en la discusión general, deseo utilizar esta vía para agregar dos conceptos que se han reiterado pero que me parece bueno subrayar. En primer lugar, este sistema va a tender a bajar el costo de la patente, lo que paga cada dueño de un vehículo en este país. En segundo término, como se ha dicho, esto es fruto de un acuerdo político histórico y ojalá tenga ratificación en el Senado, porque es la primera vez que diecinueve Intendentes de tres partidos políticos acuerdan una iniciativa como esta. En tercer lugar, creo que Uruguay, un país de poco más de tres millones de habitantes, no resiste diecinueve tributos distintos para un mismo vehículo. Esto es dar racionalidad a un sistema absolutamente irracional. Es darle también transparencia por aquello de que quien vive en un lugar, utiliza el sistema vial de ese lugar y tributa en ese lugar. Es como deben ser las cosas legítimamente y no como hoy que, por las razones que fuere, el ciudadano busca el hueco para evadir y tributar en otro lugar. Además, como si fuera poco, se da solución a un tema que sabemos es una carga muy pesada para muchas Intendencias, para muchos gobiernos departamentales: el alumbrado público. Tal como dijo el señor Diputado José Bayardi en el informe, aquí se incluye una modificación que explicita el involucramiento que la Constitución establece para todos los gobiernos departamentales. Por lo tanto, por razones jurídicas, políticas y por la gente que, a la larga, es a la que uno se debe, acompaño con mi voto este proyecto de ley. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR AMY.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: no he votado, en el entendido de que este proyecto no solo no contempla las autonomías, sino que las lesiona, y de que una de las partes fundamentales del Gobierno departamental, como la Junta Departamental, ha sido total y absolutamente ignorada en dos oportunidades: primero por los Intendentes y después por el proyecto del Poder Ejecutivo.

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Tampoco he votado porque pienso que como Representante por mi departamento, debo bregar fundamentalmente por que los contribuyentes reciban un beneficio de este supuesto acuerdo. Honestamente, privado de la información completa, no puedo expresar que eso vaya a suceder, y, ante la duda, prefiero tomar una opinión y hacerla efectiva en base a los elementos que manejo. Aquí ha sido un secreto de Estado algo que hemos reclamado: hasta el momento nunca se nos posibilitó que supiéramos a ciencia cierta cuánto afecta la franja del 60% que baja. El otro motivo es que este proyecto se ha armado en base a las debilidades del contrario. Sabedores de que muchas Intendencias están privadas de llevar adelante un presupuesto equilibrado a la hora de ejecutar un plan de obras, han ofertado un proyecto que se mueve con el único objetivo de asistir económicamente a los Municipios y a los gobiernos departamentales, llevando adelante un acuerdo que, a nuestro entender, lesiona una de las prerrogativas aseguradas por la Constitución, y que este Parlamento no debe violentar. Muchas gracias. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señora Presidenta: no hemos votado este proyecto, fundamentalmente por dos razones. En primer lugar, porque no nos parece correcto subsidiar la ineficiencia de los gobiernos departamentales. En muchos departamentos, la patente de rodados es cara y no por gusto ni por capricho de los señores Intendentes, sino porque los gobiernos departamentales no administran en forma adecuada los recursos que les da la gente. Este proyecto de ley propone mantener el ingreso que perciben los gobiernos departamentales por este concepto: los uruguayos seguirán pagando, directa o indirectamente, el mismo valor de la patente. Entonces, directa o indirectamente los uruguayos seguiremos subsidiando la ineficiencia. En segundo término, no hemos votado porque quedó meridianamente claro que este proyecto es violatorio de la Constitución de la República. Desde que estamos sentados en esta banca, ningún proyecto mereció tantas aclaraciones, y efectivamente aclararon. Más allá de la opinión de los constitucionalistas, quedó en evidencia que este proyecto viola la Consti-

tución de la República. No es competencia de los legisladores erigirse en constituyentes, y eso tampoco es competencia de un Intendente ni del Congreso de Intendentes, ni de la mayoría de los Intendentes, ni de la unanimidad de los Intendentes. Por lo tanto, auguro corta vida a este proyecto y a este acuerdo, van a caer ante la presentación del primer recurso de inconstitucionalidad. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Señora Presidenta: quiero decir que hemos levantado la mano para permitir el pasaje de este proyecto de ley al Senado, que entendemos que si bien no es un dechado de virtudes, apunta a solucionar un problema que el Uruguay tiene desde hace muchísimos años. Quizás no sea la solución ideal. Tal vez -y sin tal vez- haya que buscar solución a algunos problemas jurídicos que todavía tiene. Creemos que aún falta mucho por recorrer, pero entendemos que estamos en el camino para solucionar algo que lleva muchísimos años, puesto que no han aparecido otras propuestas. De esta manera manifestamos una voluntad política en el sentido de que esto se solucione, sin violar las autonomías, sin violar la descentralización, sin que existan inconstitucionalidades y apuntando sobre todo al usuario. Cuando los usuarios del interior vienen a Montevideo -son muchos más los que vienen desde el interior, que los que salen de Montevideo- se ven afectados por controles que no son los correctos y eso no es bueno para nadie. Por esa razón, hemos votado. Quizás a largo plazo la solución sea una rebaja de los impuestos. La patente es un impuesto muy caro que no permite a la gente de menores ingresos acceder a un automóvil; supone una tributación muy importante en automotores. Es así. Entonces, creemos que la solución del tema pasa por planificar a largo plazo un sistema más equitativo, que tome en cuenta lo que contaminan los automotores, la cilindrada y todo lo que ello conlleva para que, por sobre todas las cosas, exista una justicia tributaria implícita. Muchas gracias, señora Presidenta.

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SEÑOR GUEKDJIAN.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GUEKDJIAN.- Señora Presidenta: disentimos con el proyecto a estudio de esta Cámara por los fundamentos de hecho y de derecho que seguidamente daremos. Al amparo de lo dispuesto por el artículo 273 de la Constitución de la República, que en su acápite regula las atribuciones de las Juntas Departamentales, en su numeral 3º) establece: “Crear o fijar, a proposición del Intendente, impuestos, tasas, […]”. A su vez, en el artículo 274 de la Carta Magna se establecen las atribuciones del Intendente, y el numeral 4º) del artículo 275 dispone: “Proponer a la Junta Departamental, para su aprobación, los impuestos, tasas […]”. Por otra parte, el artículo 297 de la Constitución establece en su acápite los recursos de los gobiernos departamentales decretados y administrados por estos y, en su numeral 6º), habla del impuesto a los vehículos de transporte. En principio y por principio general del derecho, las competencias delegadas no pueden ser, a su vez, delegadas sin autorización expresa. Las únicas excepciones que establece nuestra Carta Magna, son las del artículo 168, que en su acápite dispone: “Al Presidente de la República, actuando con el Ministro o Ministros respectivos, o con el Consejo de Ministros, corresponde:”, y en su numeral 24, establece: “Delegar por resolución fundada y bajo su responsabilidad política las atribuciones que estime convenientes”. Por su parte, el artículo 181 del mismo cuerpo normativo establece: “Son atribuciones de los Ministros, en sus respectivas carteras y de acuerdo con las leyes y las disposiciones del Poder Ejecutivo:”, y en su numeral 9º) dispone: “Delegar a su vez por resolución fundada y bajo su responsabilidad política, las atribuciones que estimen convenientes”. Señora Presidenta: no está prevista en nuestra Constitución la posibilidad de delegar en los Gobiernos departamentales facultades como las expresadas. Por lo tanto, a juicio del dicente, hasta tanto no fuere modificada esta Constitución, el proyecto en la forma que está redactado no puede prosperar. Muchas gracias, señora Presidenta.

SEÑOR SEMPRONI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SEMPRONI.- Señora Presidenta: he dado mi voto afirmativo con la plena convicción y la gran satisfacción de que el Cuerpo, con esta resolución, está dando un importante paso a un reclamo generalizado de la ciudadanía, que es la unificación de la patente a nivel de todo el país. A esa satisfacción quiero agregar que el Cuerpo, además, ha cumplido con la expectativa que se trazó el compañero Presidente, José “Pepe” Mujica, que entendía que era conveniente que esta iniciativa tuviera el 70% de apoyo en la discusión parlamentaria. Como la votación resultó sesenta y cinco en noventa presentes, hemos obtenido el 72,2%, cumpliendo con la expectativa del compañero Presidente. Podemos decir, entonces, señora Presidenta: tarea cumplida y nueva medalla de oro para el compañero Presidente. Muchas gracias. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señora Presidenta: muy temprano habíamos expresado las razones por las cuales desde el punto de vista fundamentalmente jurídico no votaremos este proyecto de ley. El resultado final del régimen que se ha establecido será que paulatina, en forma uniforme y constantemente se irá dando un aumento en la patente general para todo el país, a través de las modificaciones de aforos y de alícuotas, sin la posibilidad de que puedan intervenir las Juntas Departamentales y el contribuyente. De manera que el contribuyente ha sido perjudicado y se lo desconoce por completo, y las Juntas Departamentales y los gobiernos departamentales han perdido su potestad descentralizada. Esta solución va en contra de los intereses del contribuyente y redundará, primero, en una baja de la patente en algunos lugares -sobre todo, en Montevideo y en Canelones- y en un incremento fundamentalmente en los demás departamentos y, por último,

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en un constante aumento generalizado del valor de las patentes. Por ese motivo, no hemos votado este proyecto de ley. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: nuestro sector, “Propuesta Batllista”, votó este proyecto de ley en general. Como dijimos, creemos que este es un buen paso, con errores y con problemas, hacia lo que la gente quiere: la patente única. Esperamos que en el Senado se corrijan las inconstitucionalidades que presenta este proyecto, que no votaremos en la discusión particular. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR ESPINOSA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ESPINOSA.- Señora Presidenta: lamentablemente, he tenido que votar este proyecto de ley, pero no soy de los que se queda con las cosas en el buche. He votado para dar el respaldo a los Intendentes que fueron elegidos por el pueblo, esté de acuerdo o no con lo que pactaron. También quiero dejar en claro que no me voy con la satisfacción de haber respaldado ninguna medalla de oro. No me siento medalla de oro cuando se viola en forma permanente la Constitución y ello casi se vuelve costumbre. Nuestro voto afirmativo se dio por una coyuntura política partidaria, entendiendo que nuestros Intendentes necesitan el respaldo de todos nosotros. Vamos a adelantar que no votaremos el articulado que se infiere es inconstitucional. Quiero que quede bien claro, especialmente a la bancada oficialista, que esto no es para premiar nada ni a nadie, sino que es un respaldo político a la democracia; los Intendentes han planteado una coyuntura en la que todos hemos quedado embretados. Gracias, señora Presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- En discusión particular. Se pasa a considerar el Capítulo I, “Creación de Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares”, que comprende los artículos 1º a 10, inclusive. SEÑOR PERDOMO GAMARRA.- Mociono para que se suprima la lectura y se voten en bloque aquellos artículos sobre los que no se hayan presentado sustitutivos, a efectos de facilitar la tarea a la Mesa. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- La Mesa aclara que, en especial en el Capítulo I, se van a plantear diferentes votaciones. Se han presentado artículos sustitutivos para los artículos 2º, 3º y 6º, y dos artículos aditivos para el artículo 9º. Se va a votar si se suprime la lectura y se votan en bloque los artículos que no tienen sustitutivos. (Se vota) ——Sesenta y tres en ochenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 1º, 4º, 5º, 7º, 8º, 9º y 10, inclusive. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: este procedimiento lo utilizamos cuando hay acuerdo y todos votamos a favor o en contra de esos artículos. Si se hace un bloque, nos veremos obligados a votar todos los artículos en contra. Nosotros proponemos que se desglosen los artículos 2º, 4º, 9º y 10, inclusive, mientras que otros sugerirán que se incorporen los artículos 8º y 6º. Por lo tanto, propongo votar los artículos de a uno, por lo menos hasta el artículo 10; luego podremos votar en bloque. (Apoyados) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Basta que un Diputado solicite votar cada uno de los artículos para que así se proceda. En discusión el artículo 1º. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en ochenta y seis: AFIRMATIVA.

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En discusión el artículo 2°, que tiene un sustitutivo presentado por la señora Diputada Piñeyrúa y los señores Diputados Trobo, Silvera Araújo, Delgado, Saravia, Niffouri, Casas, Arocena, Chiesa Bruno, Iturralde Viñas, Álvarez y Lacalle Pou. Léase el sustitutivo del artículo 2°. (Se lee:) “La adhesión al SUCIVE, por parte de los Gobiernos Departamentales se realizará mediante la suscripción de los contratos correspondientes por parte de los Intendentes Municipales y se realizará por un plazo inicial de 15 años prorrogables automáticamente por períodos iguales. Autorízase a los Intendentes Municipales, con la anuencia de la Junta Departamental, expresada de acuerdo a las disposiciones Constitucionales y legales vigentes, requiriéndose para ello los 2/3 de votos, a ceder los derechos de cobro emergentes de tributos, recargos, multas y moras departamentales necesarios para la adhesión al SUCIVE”. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: solicito que los colaboradores de la Mesa estén un poco atentos cuando los legisladores levantamos la mano. Voy a colaborar con el Cuerpo. Los legisladores que estuvieron presentes durante toda la sesión saben que en más de una oportunidad me he pronunciado sobre cada uno de los sustitutivos que se han presentado. Por esta razón, no voy a hacer valoraciones sobre cada uno de ellos, porque parto de la base de que muchos colegas que estuvieron presentes en la sesión saben que en las múltiples aclaraciones en las que participé ya di las debidas explicaciones. Por los motivos que expuse en la discusión en general, no voy a votar el sustitutivo que se ha presentado ni aquellos de los que dé cuenta la Mesa. SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 2° tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Cincuenta y uno en ochenta y cinco: AFIRMATIVA.

En discusión el artículo 3°, que tiene un sustitutivo para el inciso segundo, presentado por la señora Diputada Piñeyrúa y los señores Diputados Trobo, Silvera Araújo, Casas, Delgado, Chiesa Bruno, Iturralde Viñas, Arocena, Álvarez, Niffouri y Lacalle Pou. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 3° tal cual viene de la Comisión, con excepción del inciso segundo. (Se vota) ——Sesenta y uno en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA. Léase el sustitutivo del inciso segundo del artículo 3°. (Se lee:) “La Comisión estará integrada por cinco miembros designados por el Congreso Nacional de Intendentes, los que actuarán por mandato de acuerdo a lo que resuelva el Congreso, uno designado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y otro por el Ministerio de Economía y Finanzas”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el inciso segundo del artículo 3°, tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 4°. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 5°. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en ochenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 6°, que tiene un sustitutivo presentado por la señora Diputada Piñeyrúa y los señores Diputados Trobo, Silvera Araújo, Delgado, Saravia, Casas, Chiesa Bruno, Arocena, Iturralde Viñas, Álvarez, Niffouri y Lacalle Pou. Léase el sustitutivo del artículo 6°.

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(Se lee:) “El Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados, distribuirá sus recursos entre los Gobiernos Departamentales adheridos al SUCIVE, de acuerdo a los siguientes criterios: a.- en los ejercicios 2012 a 2015, de forma tal de asegurar que la recaudación total de cada Gobierno Departamental por concepto de Patente de Rodados no sea inferior a la correspondiente al ejercicio 2010, actualizada de acuerdo a la evolución del índice de precio del consumo. Antes del 30 de junio del 2012 este monto se deberá ajustar a lo correspondiente por ese concepto al ejercicio 2011.- b.- en los ejercicios siguientes, proporcionalmente a la recaudación por concepto de Patente de Rodados correspondiente a los vehículos empadronados en el mismo a partir del 1° de enero de 2012.- En caso de existir excedentes en cualquiera de los ejercicios 2012 a 2015, luego de aplicado el criterio previsto en el literal a, los mismos se distribuirán con el criterio establecido en el literal b”. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: no vamos a votar el artículo 6° con esta redacción, y no necesariamente porque no lo compartamos. Creemos que hay un espacio de negociación que han llevado adelante los señores Intendentes con el Poder Ejecutivo, que refiere a la fecha del cierre para el cálculo de la patente que se pagará a partir de 2012. Se hicieron los cálculos en función de lo que se había recaudado en 2010 por cada Intendencia. Así lo contestamos cuando se nos presentó por primera vez. En la medida en que este es el acuerdo y aquí está el compromiso del Ministerio de Economía y Finanzas de hacer frente a lo que ya conoce, que es lo que efectivamente se pagó en 2010, lo vamos a mantener por acá. Si se abriera una nueva etapa de negociación, votaríamos lo que resultara acordado. Gracias, Presidenta.

——Cincuenta y cinco en ochenta: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 7°. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en ochenta: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 8°. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en setenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 9º, que tiene un aditivo presentado por las señoras Diputadas Alonso y Piñeyrúa, y por los señores Diputados Trobo, Chiesa Bruno, Guekdjian, Novales, Iturralde Viñas, Niffouri, Goñi Romero y Vidalín. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 9º tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Cincuenta y uno en setenta y nueve: AFIRMATIVA. Léase el aditivo al artículo 9º. (Se lee:) “A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, los Gobiernos Departamentales deberán cumplir con lo dispuesto por los artículos 273, numeral 3°), y 275, numeral 4°), de la Constitución de la República”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Trece en setenta y nueve: NEGATIVA. En discusión el artículo 10. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en ochenta: AFIRMATIVA.

SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 6° tal cual viene de la Comisión. (Se vota)

Léase un nuevo artículo aditivo presentado por la señora Diputada Piñeyrúa y por los señores Diputados Trobo, Delgado, Silveira, Saravia, Casas, Chiesa Bruno, Iturralde Viñas, Arocena, Álvarez y Lacalle Pou.

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(Se lee:) “Los Gobiernos Departamentales se abstendrán de realizar procedimientos y operativos de restricción de circulación por sus jurisdicciones de vehículos empadronados en otras jurisdicciones departamentales.- Derógase la Ley Nº 18.456, de 26 de enero de 2009”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veinte en ochenta: NEGATIVA. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: esta noche se ha hablado de muchas inconstitucionalidades. Nos parece que esta norma es inconstitucional, ya que limita las facultades de los Intendentes para fiscalizar en el marco de su jurisdicción aquellas cuestiones que refieren al cumplimiento de las normas que el Gobierno departamental haya definido. Dado que ha sido una noche cargada de eventuales irregularidades constitucionales, queríamos fundar nuestro voto. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señora Presidenta: el aditivo que presentamos es la prueba del nueve. Más allá de la consideración que pueda haber sobre su constitucionalidad, está claro que aquí se pone de manifiesto que la guerra de las patentes va a continuar. El Gobierno ha votado en contra de una norma declarativa que generaría la tranquilidad de que este acuerdo se va a cumplir, no porque esta norma sea buena, sino porque las Intendencias no van a perseguir a los vehículos de otros departamentos circulando por sus jurisdicciones. Francamente, creímos que con esto iban a encontrar un mecanismo hasta para rebatir todos los argumentos que nosotros habíamos usado en contra de la ley, pero la voluntad manifiesta que probablemente se va a dar de parte de los gobiernos departamenta-

les, sobre todo de los ejercidos por mandatos frenteamplistas, es la de no cumplir con una cuestión elemental en este procedimiento: no hostigar a los automovilistas. Seguramente, el Gobierno no quiere asumir este compromiso. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: además de lo que dijo el señor Diputado Bayardi con respecto a la inconstitucionalidad de fijar normas a los Intendentes sobre fiscalizar o no, queremos ratificar que la ley que se pretende derogar ha sido declarada constitucional por la unanimidad de la Suprema Corte de Justicia. En el caso de la sentencia por lesión de autonomía, ha sido declarada así por mayoría. Es decir que estamos convencidos de los porqué de los fundamentos -lo leímos en nuestra intervención-; entendemos que esta es una ley justa y adaptada a las normas constitucionales vigentes. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se pasa a considerar el Capítulo II, Subsidios para la extensión y fomento de la eficiencia energética de los sistemas de alumbrado público departamentales, que comprende los artículos 11 a 14, inclusive. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señora Presidenta: propongo que votemos este Capítulo en bloque. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Si no se hace uso de la palabra se va a votar si se procede a la votación en bloque del Capítulo II. (Se vota) ——Sesenta y siete en setenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 11 a 14, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se votan) ——Sesenta y cinco en setenta y siete: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado.

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SEÑOR RODRÍGUEZ SERVETTO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ SERVETTO.- Señora Presidenta: quiero dejar constancia de que no hemos votado el artículo 11 por las razones que expresamos anteriormente. SEÑOR BAYARDI.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. (Texto del proyecto aprobado:) “Artículo 1º.- Créase el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) que tendrá como finalidad realizar todas las acciones y gestiones necesarias para el cobro del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) empadronados en cualquier departamento de la República, los recargos, multas y moras correspondientes al mismo, así como las multas que pudieran corresponder a los propietarios, poseedores o conductores de dichos vehículos. El SUCIVE será administrado por un fiduciario profesional, autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay, que será responsable de transferir en forma inmediata los ingresos que reciba al Gobierno Departamental correspondiente. El SUCIVE podrá, además, prestar servicios de cobro de otros precios, tasas, peajes o similares que corresponda abonar a los vehículos automotores, previa autorización de la Comisión que se crea por el artículo 3º. Artículo 2º.- La adhesión al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) por parte de los Gobiernos Departamentales se realizará mediante la suscripción de los contratos correspondientes por los Intendentes y se realizará por un plazo inicial de quince años prorrogables automáticamente por períodos iguales. Autorízase a los Intendentes, dando cuenta a la Junta Departamental, a ceder los derechos de cobro emergentes de tributos, recargos, multas y moras departamentales necesarios para la adhesión al SUCIVE.

Artículo 3º.- Créase la Comisión de Seguimiento del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), la que tendrá los siguientes cometidos: A) Designar al agente fiduciario que administre el SUCIVE y emitir todo tipo de instrucción que requiera el fiduciario, sin perjuicio de lo pactado en los contratos respectivos. B) Informar al SUCIVE los valores de aforo vehiculares, las alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República), las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto del tributo a nivel nacional, de acuerdo a lo que resuelva el Congreso de Intendentes. C) Autorizar al SUCIVE a prestar servicios de recaudación de otros precios, tasas, peajes o similares que corresponda abonar a los vehículos automotores. D) Solicitar y recibir de parte del administrador toda la información necesaria para el cumplimiento de sus cometidos. E) Autorizar al SUCIVE a realizar todas las retenciones y transferencias de todas las cesiones realizadas por los Gobiernos Departamentales sobre la base de recaudaciones, pasadas o futuras, del tributo del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) realizadas por los sistemas de cobranzas descentralizados o redes de pagos. F) Informar al Poder Ejecutivo acerca de la conveniencia de aplicar lo previsto en el artículo 300 de la Constitución de la República en lo referido al impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) o cualquier otro tributo, precio o tasa que graven a los vehículos automotores. G) Todo otro que le asigne la ley. La Comisión estará integrada por cinco miembros designados por el Congreso de Intendentes, uno designado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y otro designado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4º.- Antes del 31 de octubre de cada año una Comisión conformada por delegados de los In-

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tendentes, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas elevará al Congreso de Intendentes una propuesta de valores de aforo vehiculares, alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) correspondiente al ejercicio siguiente, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto del tributo a nivel nacional. El Congreso de Intendentes resolverá sobre la misma antes del 15 de noviembre de cada año, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 273 y 275 y en el numeral 6° del artículo 297 de la Constituci ón ) de la República. Artículo 5º.- Créase el Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados como un patrimonio de afectación independiente, con destino a complementar la recaudación que obtienen los Gobiernos Departamentales por aplicación de lo dispuesto en el numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República en relación a los vehículos de transporte, que se integrará con las transferencias que se realice desde Rentas Generales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10. Los ingresos que correspondan u obtengan los Gobiernos Departamentales del Fondo serán inembargables y no podrán ser cedidos ni ser objeto de transacción judicial o extrajudicial alguna. Artículo 6º.- El Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados distribuirá sus recursos entre los Gobiernos Departamentales adheridos al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares de acuerdo a los siguientes criterios: A) En los ejercicios 2012 a 2015, de forma tal de asegurar que la recaudación total de cada Gobierno Departamental por concepto del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) no sea inferior a la correspondiente al ejercicio 2010, actualizada de acuerdo a la evolución del Índice de Precios del Consumo. B) En los ejercicios siguientes, proporcionalmente a la recaudación por concepto del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) correspondiente a los vehículos empadronados en el mismo a partir del 1º de enero de 2012.

En caso de existir excedentes en cualquiera de los ejercicios 2012 a 2015, luego de aplicado el criterio previsto en el literal A), los mismos se distribuirán con el criterio establecido en el literal B). Artículo 7º.- El Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados será administrado por un fiduciario profesional autorizado a operar como tal por el Banco Central del Uruguay designado por la Comisión creada por el artículo 3º, a quien mediante el contrato de fideicomiso correspondiente se trasmitirá la propiedad fiduciaria de los recursos actuales y futuros del Fondo. El fiduciario no podrá ceder, ofrecer en garantía o securitizar ni total ni parcialmente los recursos actuales y futuros del Fondo, sin perjuicio de los demás derechos y obligaciones previstos en la Ley Nº 17.703, de 27 de octubre de 2003, modificativas y concordantes. Artículo 8º.- Los Gobiernos Departamentales que no se adhieran al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares o incumplan cualquier elemento de los contratos correspondientes referidos en el artículo 2º, podrán acceder únicamente a los 6/10 (seis décimos) del monto que les corresponda de las partidas establecidas en cumplimiento de lo previsto en el artículo 214 de la Constitución de la República, procediéndose a la distribución de la fracción excedente entre los demás Gobiernos Departamentales. Artículo 9º.- Los valores de aforo vehiculares, alícuotas a aplicar sobre los mismos y todo otro elemento necesario para calcular el valor del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República) correspondiente al ejercicio 2012, las formas de pago del tributo, así como todo otro aspecto que contribuya a la homogeneidad del monto del tributo a nivel nacional, serán acordados por el Congreso de Intendentes, teniendo en consideración la propuesta que realizará al respecto la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 10.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir, a través de Rentas Generales, al Fondo Nacional de Unificación del Tributo de Patente de Rodados las sumas necesarias para asegurar que la recaudación total de cada Gobierno Departamental por concepto del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República), en los ejercicios 2012 a 2015, no sea inferior a lo efectivamente recaudado por dicho concepto en el ejercicio 2010, actualizada

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de acuerdo a la evolución del Índice de Precios del Consumo. A fin de contribuir al proceso de homogeneidad del monto del impuesto a los vehículos de transporte (numeral 6º) del artículo 297 de la Constitución de la República), se podrán realizar transferencias adicionales siempre que el total no supere el 25% (veinticinco por ciento) de la recaudación correspondiente al Impuesto Específico Interno que grava las enajenaciones de vehículos automotores de acuerdo a las categorías que el Poder Ejecutivo determine. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes en el Inciso 24 “Diversos Créditos”. A partir del 1º de enero de 2012, las tasas máximas establecidas por el numeral 11) del artículo 1º, Título 11 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el numeral 11) del artículo 821 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, se incrementarán en un 30% (treinta por ciento). CAPÍTULO II SUBSIDIOS PARA LA EXTENSIÓN Y FOMENTO DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS SISTEMAS DE ALUMBRADO PÚBLICO DEPARTAMENTALES Artículo 11.- El Poder Ejecutivo asumirá de la facturación que realice la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) por concepto de alumbrado público correspondiente a las zonas del alumbrado público que se encuentren debidamente medidas con instalaciones aprobadas por el correspondiente Gobierno Departamental y por UTE, los siguientes porcentajes: 1) A partir del 1º de enero de 2012, 40% (cuarenta por ciento). A los efectos de asumir la erogación autorizada en el numeral 1), se deberá constatar que cada Gobierno Departamental ha cumplido con los siguientes requisitos: A) Mantener al día los pagos de la facturación que haya realizado el ente correspondiente a su porcentaje de potencia y energía asociada, así como la energía reactiva correspondiente. B) Abonar la totalidad de las facturaciones que el ente haya realizado en el ejercicio 2011 por consumos corrientes de energía, su porcentaje de potencia y energía reactiva asociada a partir del 1º de enero

de 2011, efectivizando su pago antes del 31 de diciembre de 2011. C) Suscribir un convenio con la UTE estableciendo la forma de pago de las deudas por todo concepto anteriores al 1º de enero de 2011, incluyendo los acuerdos necesarios para que UTE realice por cuenta y orden del Gobierno Departamental y conjuntamente con su facturación, el cobro de un precio o tasa que guarde razonable equivalencia con los egresos que debe realizar el Gobierno Departamental por consumos de energía del alumbrado público. 2) A partir del 1º de enero de 2013, un 10% (diez por ciento), adicional al establecido en el numeral 1). A los efectos de asumir la erogación autorizada se deberá constatar qué Gobierno Departamental ha cumplido con los extremos previstos establecidos en el numeral 1) y suscrito con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y UTE un Plan Departamental de Eficiencia Energética del Alumbrado Público y verificar semestralmente que el mismo se encuentra dentro de los márgenes de ejecución previstos. 3) A partir del 1º de enero de 2014, un 10% (diez por ciento), adicional a los establecidos en los numerales 1) y 2). A los efectos de asumir la erogación autorizada se deberá constatar qué Gobierno Departamental ha cumplido con los extremos previstos establecidos para los numerales 1) y 2) y suscrito con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y UTE un Plan Departamental de Extensión y Mantenimiento de Porcentaje Medido del Alumbrado Público y verificar semestralmente que el mismo se encuentra dentro de los márgenes de ejecución previstos. En ningún caso el Poder Ejecutivo abonará por energía reactiva, la que será de cargo de los Gobiernos Departamentales. Artículo 12.- La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas adoptará las medidas necesarias a los efectos que, como consecuencia de los convenios de pago establecidos en el literal C) del numeral 1) del artículo 11, los Gobiernos Departamentales afecten al pago del mismo únicamente el 25% (veinticinco por ciento) de las sumas que les

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correspondan de acuerdo al numeral 1) del artículo 11. Artículo 13.- Las erogaciones resultantes de lo establecido en el artículo 11, se financiarán con cargo al Inciso 24 “Diversos Créditos” Financiación 1.1 “Rentas Generales”, debiendo la Contaduría General de la Nación habilitar los créditos adicionales correspondientes.

Artículo 14.- Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación”.

——Se levanta la sesión.

(Es la hora 22 y 8)

LUIS LACALLE POU PRESIDENTE

Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora

Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor

Héctor Luis González Director del Cuerpo de Taquígrafos

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