Número 3754

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NÚMERO 3754

MONTEVIDEO, MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2011

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
58ª SESIÓN
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES DAISY TOURNÉ (1era. Vicepresidenta) Y HORACIO YANES (3er. Vicepresidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y LOS PROSECRETARIOS TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI Y DOCTOR ERNESTO LORENZO
XLVII LEGISLATURA SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Martes 15 de noviembre de 2011

Texto de la citación

Montevideo, 10 de noviembre de 2011.

LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión ordinaria, el próximo martes 15, a la hora 16, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

– ORDEN DEL DÍA –

1º.- Comisión Permanente del Poder Legislativo. (Elección de miembros para el Segundo Período de la XLVII Legislatura). (Artículo 127 de la Constitución). 2º.- Luis Alberto Reyes Umpiérrez. (Pensión graciable). (Carp. 1119/011). (Informado). Rep. 679 y Anexo I 3º.- Guillermo Escalada Piriz. (Pensión graciable). (Carp. 1187/011). (Informado). Rep. 707 y Anexo I 4º.- Abreviación de los procesos laborales. (Modificaciones a la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009). (Carp. 1120/011). (Informado). Rep. 680 y Anexo I 5º.- Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. (Modificación de su integración). (Carp. 1029/011). (Informado). Rep. 646 y Anexo I 6º.- Acuerdo Marco de Asociación Estratégica con la República del Perú. (Aprobación). (Carp. 540/010). (Informado). Rep. 451 y Anexo I 7º.- Acuerdo con la República de Chile sobre Nacionales Residentes en el Exterior. (Aprobación). (Carp. 1165/011). (Informado). Rep. 694 y Anexo I 8º.- Acuerdo de Inversiones suscrito con la República de Chile y sus Anexos. (Aprobación). (Carp. 952/011). (Informado). Rep. 623 y Anexo I 9º.- Prefectura Nacional Naval. (Se la autoriza a controlar la presencia de alcohol o drogas psicotrópicas en la tripulación de buques en jurisdicción nacional). (Carp. 831/011). (Informado). Rep. 574 y Anexo I 10.- Día del Bebé. (Se declara el primer viernes del mes de octubre de cada año). (Carp. 1112/011). (Informado). Rep. 677 y Anexo I

JOSÉ PEDRO MONTERO Secretar io

TABARÉ HACKENBRUCH Prosecr etario

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SUMARIO Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 5 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 5 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 8 4 y 6.- Exposiciones escritas ……………………………………………………………………………………………………… 13 y 15 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………… 14 MEDIA HORA PREVIA 7.- Aspiración de que se instale una escuela técnica en Ombúes de Lavalle, departamento de Colonia. — Exposición del señor Representante Perrachón ……………………………………………………………………….. 25 8.- Solicitud de una antena para telefonía móvil e Internet que cubra una zona del departamento de Rivera. — Exposición del señor Representante Núñez …………………………………………………………………………….. 26 9.- Reflexiones sobre los actos de violencia contra animales. — Exposición del señor Representante Gloodtdofsky……………………………………………………………………. 26 10.- Dificultades del sector granjero. — Exposición de la señora Representante González…………………………………………………………………….. 27 11.- Soluciones ante las demoras en los pasos de frontera de los puentes Paysandú-Colón y Fray Bentos-Puerto Unzué. — Exposición del señor Representante Verri ……………………………………………………………………………….. 28 12.- Discrepancias con la gestión de la Intendencia de Montevideo. — Exposición del señor Representante Garino Gruss …………………………………………………………………… 30 CUESTIONES DE ORDEN 13.- Aplazamiento …………………………………………………………………………………………………………………………….. 31 16, 20, 30.- Integración de la Cámara …………………………………………………………………………………… 46, 84 y 161 32.- Levantamiento de la sesión………………………………………………………………………………………………………. 165 16, 20, 30.- Licencias…………………………………………………………………………………………………………… 46, 84 y 161 23.- Preferencias ………………………………………………………………………………………………………………………………. 89 26.- Prórroga del término de la sesión …………………………………………………………………………………………….. 137 22.- Sesión extraordinaria…………………………………………………………………………………………………………………. 89 21.- Supresión de sesión ordinaria ……………………………………………………………………………………………………. 89 24, 27.- Urgencias…………………………………………………………………………………………………………………….. 89 y 137

ORDEN DEL DÍA 14.- Pensiones graciables…………………………………………………………………………………………………………………. 31 15, 17.- Abreviación de los procesos laborales. (Modificaciones a la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009). Antecedentes: Rep. N° 680, de setiembre de 2011, y Anexo I, de noviembre de 2011. Carp. N° 1120 de 2011. Comisión de Legislación del Trabajo. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo………………………………………………………………………. 31 y 66 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 37

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18.- Luis Alberto Reyes Umpiérrez. (Pensión graciable). Antecedentes: Rep. N° 679, de setiembre de 2011, y Anexo I, de octubre de 2011. Carp. N° 1119 de 2011. Comisión de Seguridad Social. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 81 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 82 19.- Guillermo Escalada Píriz. (Pensión graciable). Antecedentes: Rep. N° 707, de octubre de 2011, y An exo I, de noviembre de 2011. Carp. N° 1187 de 2011. Comisión de Seguridad Social. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 83 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 84 25.- Acuerdo con la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y la reducción fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, protocolo adicional y notas reversales modificativas. Antecedentes: Rep. N° 738, de noviembre de 2011. Ca rp. N° 1246 de 2011. Comisión de Asuntos Internacionales. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………… 90 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………… 133 28.- Industria de la vestimenta. (Fortalecimiento y desarrollo) (Modificaciones de la Cámara de Senadores). (Ver 29ª.S.O. de 13/7/11). Nuevos Antecedentes: Anexo V al Rep. Nº 42 de octubre de 2011. Carp. N° 3554 de 2010. Comisión de Industria, Energía y Minería. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………. 137 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………… 141 29, 31.- Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. (Modificación de su integración). Antecedentes: Rep. N° 646, de agosto de 2011, y Ane xo I, de noviembre de 2011. Carp. N° 1029 de 2011. Comisión de Educación y Cultura. — Aprobación. Se comunicará al Senado …………………………………………………………………………. 146 y 162 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 165

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Verónica Alonso, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Amy, Daniel Aquino, Andrés Arocena, Roque Arregui, Alfredo Asti (4), Julio Balmelli, Julio Bango, Julio Battistoni, José Bayardi, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Daniel Bianchi, Marcelo Bistolfi, Hernán Bonilla, Graciela Cáceres, Daniel Caggiani, Fitzgerald Cantero Piali, Rodolfo Caram, Felipe Carballo, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Alberto Casas, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa Bruno, Hugo Dávila, Walter De León (1), Álvaro Delgado, Gustavo A. Espinosa, Julio Fernández, Jorge Gandini, Javier García, Mario García, Juan Manuel Garino Gruss, Aníbal Gloodtdofsky, Luján González, Óscar Groba, Diego Guadalupe, Mauricio Guarinoni, Juan C. Hornes, Doreen Javier Ibarra, Pablo Iturralde Viñas, María Elena Laurnaga, Sandra Lazo, Andrés Lima, Daniel López Villalba, José Carlos Mahía (2), Gustavo Magallanes, Alma Mallo Calviño, Daniel Mañana, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda Espino, Pablo Mazzoni, Felipe Michelini, Gonzalo Mujica, Amín Niffouri, Gonzalo Novales, Ruben Núñez, Raúl Olivera, Jorge Orrico, Gustavo Osta, Miguel Otegui, César Panizza, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Guzmán Pedreira, Daniel Peña Fernández, Susana Pereyra, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Esteban Pérez, Mario Perrachón, Ricardo Planchón Geymonat, Iván Posada, Jorge Pozzi, Luis Puig, Daniel Radío, Edgardo Rodríguez, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Berta Sanseverino (3), Pedro Saravia, Víctor Semproni, Mario Silvera, Juan C. Souza, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez, Daisy Tourné, Jaime Mario Trobo, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Álvaro Vega Llanes, Walter Verri, Carmelo Vidalín, Dionisio Vivián, Horacio Yanes y Jorge Zás Fernández. Con licencia: Gustavo Borsari Brenna, Guillermo Facello, Rodrigo Goñi Romero, Luis Alberto Lacalle Pou, Martha Montaner, Yerú Pardiñas, Alberto Perdomo Gamarra y Richard Sander. Falta sin aviso: Norma Griego. Actúan en el Senado: Carlos Gamou, Aníbal Pereyra y Ana Lía Piñeyrúa. Observaciones: 1. A la hora 17:36 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Juan C. Hornes.

2. A la hora 17:36 solicitó licencia, y a la hora 17:37 deja sin efecto la misma. 3. A la hora 17:36 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Jorge Zás Fernández. 4. A la hora 19:16 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Mauricio Guarinoni.

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 122 DE LA CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley, aprobado por dicho Cuerpo, por el que se autoriza la salida del país del Buque ROU 01 “Uruguay” o, eventualmente en su defecto, del Buque ROU 02 “Comandante Pedro Campbell” con su correspondiente Plana Mayor y Tripulación y con Alumnos y Oficiales de la Escuela Naval, a efectos de participar en la Operación ESNAL II, a llevarse a cabo entre el 11 y el 23 de diciembre de 2011, haciendo escala en puertos de la República Federativa del Brasil. C/1252/011 A la Comisión de Defensa Nacional

La citada Cámara comunica que ha sancionado los siguientes proyectos de ley: • en sesión de 8 de noviembre de 2011, por el que se aprueba el Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, suscrito en La Haya, el 5 de octubre de 1961. C/1056/011 en sesión de 9 de noviembre de 2011, por el que se aprueba la Decisión Nº 18/11 “Funcionamiento del Parlamento del MERCOSUR”, pronunciada por el Consejo del Mercado Común en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 28 de junio de 2011. C/1090/011 Téngase presente INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Legislación del Trabajo se expide sobre el proyecto de ley por el que se establecen modificaciones a la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, relativa a la abreviación de los procesos laborales. C/1120/011 La Comisión de Educación y Cultura se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se designa “Guyunusa” el Liceo Nº 65 de Montevideo. C/759/011

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por el que se designa “Maestro José Pedro Martínez Matonte” el Liceo Nº 52 de Montevideo. C/761/011 por el que se modifica el artículo 114 de la Ley Nº 18.437, de 28 de diciembre de 2008, relativo a la integración de la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. C/1029/011

La Junta Departamental de Río Negro remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, acerca del proyecto de ley por el que se crea el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y se establecen subsidios para la extensión y fomento de la eficiencia energética de los sistemas de alumbrado público departamentales. C/1148/011 La Intendencia de Salto acusa recibo de la exposición realizada por la señora Representante Berta Sanseverino, en sesión de 14 de setiembre de 2011, referidas a una encuesta realizada sobre el estado nutricional en niños de cero a dos años de edad. S/C A sus antecedentes COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Industria, Energía y Minería contesta, con información producida por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, el pedido de informes del señor Representante Mario García, sobre la matriz energética a usarse en la planta cementera de la ciudad de Minas. C/924/011 El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente contesta, con información producida por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, los siguientes pedidos de informes del señor Representante Richard Sander: • relacionado con los viajes realizados por directores y funcionarios durante el último año, discriminados por monto y agencia de viajes contratada. C/980/011 acerca de los gastos de publicidad en el último año, discriminados por empresas. C/984/011

La Comisión de Salud Pública y Asistencia Social se expide sobre el proyecto de ley por el que se declara el primer viernes del mes de octubre de cada año “Día del Bebé”. C/1112/011 La Comisión de Asuntos Internacionales se expide sobre el proyecto de ley por el que se aprueba el Convenio de Cooperación en Actividades Antárticas con la República Bolivariana de Venezuela, suscrito en Caracas, el 27 de enero de 2011. C/1130/011 La Comisión de Seguridad Social se expide sobre el proyecto de ley por el que se concede una pensión graciable al señor Guillermo Escalada Píriz. C/1187/011 Se repartieron con fecha 10 de noviembre

La Comisión de Industria, Energía y Minería se expide sobre las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores al proyecto de ley por el que se establece un conjunto de medidas interrelacionadas para fortalecer y desarrollar la industria nacional de la vestimenta. C/3554/010 Se repartirá

La Comisión de Educación y Cultura aconseja el archivo del proyecto de ley por el que se designa “Jorge Lazaroff” el Liceo Nº 1 de Solymar, Ciudad de la Costa, departamento de Canelones. C/354/010 Si no se observa, así se procederá COMUNICACIONES GENERALES La Junta Departamental de Paysandú remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, sobre la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad. C/70/010 A la Comisión de Derechos Humanos

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas contesta los siguientes asuntos: • pedido de informes del señor Representante Hermes Toledo Antúnez, referente a los costos, inversiones y aportes de un programa de recolección de residuos aprobado por la Intendencia de Treinta y Tres. C/1124/011 exposiciones escritas: presentada por el señor Representante Ricardo Planchón Geymonat, acerca de la necesidad de instalar servicios higiénicos y cajeros automáticos en las rutas nacionales. C/19/010 presentada por el señor Representante Andrés Lima, referente a la necesidad de ejecutar obras de mejoramiento vial en la Ruta Nacional Nº 4. C/19/010

• •

La Junta Departamental de Cerro Largo remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, relacionada con una propuesta para la creación de escuelas municipales. C/185/010 A la Comisión Especial con Fines Legislativos de Asuntos Municipales y Descentralización

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El Ministerio del Interior acusa recibo de los siguientes asuntos: • • • exposiciones escritas: presentadas por el señor Representante Gerardo Amarilla: acerca de la necesidad de dotar de mayor cantidad de efectivos a la Comisaría de Minas de Corrales, departamento de Rivera. C/19/010 referente a las necesidades de recursos humanos y equipamiento del Destacamento de Bomberos de Minas de Corrales, departamento de Rivera. C/19/010 presentada por el señor Representante Amín Niffouri, referente a la necesidad de contar con más efectivos en la Sub Comisaría de Empalme Olmos, departamento de Canelones. C/19/010 presentada por el señor Representante Edgardo Rodríguez, acerca de planteos formulados por el sindicato policial de Tacuarembó. C/19/010

COMUNICACIONES REALIZADAS La Comisión de Educación y Cultura solicita se remita al Ministerio correspondiente, a los efectos de lo dispuesto por el artículo 202 de la Constitución de la República, el texto del proyecto de ley por el que se designa “Jorge Lazaroff” el Liceo Nº 2 de Solymar, Ciudad de la Costa, departamento de Canelones. C/1245/011 Se cursó con fecha 14 de noviembre PEDIDOS DE INFORMES Los señores Representantes Gerardo Amarilla y Luis Alberto Lacalle Pou solicitan se cursen los siguientes pedidos de informes: • al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, sobre un proyecto para la construcción de una terminal portuaria por parte de una empresa privada. C/1247/011 al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Dirección Nacional de Medio Ambiente, relacionado con un informe sobre el impacto social y ambiental de un proyecto de extracción minera. C/1248/011 al Ministerio de Industria, Energía y Minería, acerca de un proyecto de explotación minera a gran escala. C/1249/011 Se cursaron con fecha 9 de noviembre

• exposiciones realizadas: • por el señor Representante Roque Arregui, en sesión de 7 de setiembre de 2011, sobre el nuevo sistema penitenciario de la República Dominicana. S/C por el señor Representante Horacio Yanes, en sesión de 7 de setiembre de 2011, relacionada con el Día Mundial del Turismo, que se conmemorara el 27 de setiembre. S/C por el señor Representante Carmelo Vidalín, en sesión de 9 de agosto de 2011, acerca de la presentación de un proyecto de ley sobre pasantías laborales para encarcelados o liberados. S/C •

El señor Representante Miguel Otegui solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Turismo y Deporte, referente a las inversiones realizadas o a realizar por dicha Secretaría de Estado en la región turística termal de los departamentos de Salto y Paysandú. C/1250/011 Se cursó con fecha 10 de noviembre

El Ministerio de Defensa Nacional contesta el pedido de informes del señor Representante Luis Alberto Lacalle Pou, acerca de los bienes inmuebles rurales de propiedad del Estado. C/1159/011 El Ministerio de Salud Pública contesta el pedido de informes del señor Representante Pablo Abdala, sobre dos resoluciones relativas a la Dirección Administrativa del Instituto Nacional del Cáncer. C/825/011 El Ministerio de Educación y Cultura contesta la exposición realizada por el señor Representante Carmelo Vidalín, en sesión de 16 de noviembre de 2010, por la que solicita apoyo a las instituciones que atienden a niños autistas. S/C A sus antecedentes

El señor Representante Javier García solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre la publicación de los resultados obtenidos de los muestreos de aguas en el Río Uruguay. C/1251/011 Se cursó con fecha 14 de noviembre PROYECTOS PRESENTADOS Los señores Representantes César Panizza, Marcelo Bistolfi y Andrés Lima presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa “Maestra María Catalina Hernández Gómez” la Escuela Nº 6 de Pueblo Belén, departamento de Salto. C/1253/011 Los señores Representantes Roque Arregui, Hermes Toledo Antúnez y Julio C. Fernández presen-

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tan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa “Maestro Daniel Alberto Fernández Cobelli” la Escuela Nº 331 del departamento de Montevideo. C/1254/011 A la Comisión de Educación y Cultura

El señor Representante Gonzalo Novales presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de minuta de comunicación por el que se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para conceder una pensión graciable al señor Juan Carlos Masnik. C/1255/011 El señor Representante Ricardo Planchón Geymonat presenta, con su correspondiente exposición de motivos, los siguientes proyectos de ley: • por el que se dispone la bonificación de servicios a los efectos jubilatorios para aquellos trabajadores públicos y privados que se desempeñen en cementerios y empresas de pompas fúnebres. C/1256/011 A la Comisión de Seguridad Social • por el que se designa “Profesor Ulises Anzuela Turienzo” la Plaza de Deportes de la ciudad de Nueva Palmira, departamento de Colonia. C/1257/011 A la Comisión Especial para el Deporte”.

Fue integrante de una numerosa familia, siendo la mayor de nueve hermanos; cursó sus estudios primarios en la Escuela Nº 6 de Belén, y los dos primeros años de educación secundaria en el Liceo Popular de la misma localidad, época en la que el referente educacional era el señor Héctor Rivas. Se radicó luego en la ciudad de Salto con el objetivo de cumplir 3º y 4º grado de educación segundaria e ingresar al Instituto Normal. Obtuvo así el título de maestra, siendo su primer destino la Escuela Nº 15 de San Antonio, donde dictó clases durante un año, siendo el único centro educativo en el que se desempeñó fuera de su querida Escuela Nº 6. Posteriormente ejerció el magisterio durante 32 años en su pueblo natal, ocupando en varias oportunidades la Dirección y Subdirección de esta escuela; ejerciendo también durante todo ese tiempo la docencia en UTU, dictando clases de idioma español y de ciencias cívicas. Estuvo ínsita en su persona la preocupación por los demás, integrando diversas comisiones de apoyo, siendo su última participación en el proyecto “Rancho Grande” del Ministerio de Educación y Cultura y UNESCO. Su carrera docente sólo sufrió una interrupción, consecuencia de una incurable enfermedad (cáncer) que la separó durante un año de su actividad educativa, falleciendo el 13 de octubre de 2004; descansando sus restos mortales en su pueblo natal. Dejó en sus alumnos, en los padres y en la comunidad belenense toda, una invaluable lección, demostrando vocación y amor en cada una de sus actividades, amparadas todas en un verdadero espíritu de servicio y respeto al prójimo; así fue ejemplo de vida para niños, padres y docentes. En este entendido, respaldado por la firma conforme de gran parte de los pobladores de la localidad, consideramos oportuna la designación de la Escuela Nº 6 de Pueblo Belén, departamento de Salto, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria (Administración Nacional de Educación Pública), con el nombre de “Maestra María Catalina Hernández Gómez”. Montevideo, 9 de noviembre de 2011. ANDRÉS LIMA, Representante por Salto, MARCELO BISTOLFI, Representante por Salto, CÉSAR EDGAR PANIZZA, Representante por Salto”.

3.- Proyectos presentados.
A) “MAESTRA MARÍA CATALINA HERNÁNDEZ GÓMEZ. (Designación a la Escuela Nº 6 de Pueblo Belén, departamento de Salto). PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase “Maestra María Catalina Hernández Gómez” la Escuela Nº 6 de Pueblo Belén -departamento de Salto-, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria (Administración Nacional de Educación Pública). Montevideo, 9 de noviembre de 2011. ANDRÉS LIMA, Representante por Salto, MARCELO BISTOLFI, Representante por Salto, CÉSAR EDGAR PANIZZA, Representante por Salto. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La maestra María Catalina Hernández Gómez nació el 13 de febrero de 1946 en Pueblo Belén, departamento de Salto. Hija del señor Juan José Hernández, oriundo del departamento de Colonia, y de la señora María Consuelo Gómez, oriunda de Pueblo Belén.

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B)

“MAESTRO DANIEL ALBERTO FERNÁNDEZ COBELLI. (Designación a la Escuela Nº 331 del departamento de Montevideo). PROYECTO DE LEY

Artículo Único.- Desígnase “Maestro Daniel Alberto Fernández Cobelli” a la Escuela Nº 331 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria (Administración Nacional de Educación Pública). Montevideo, 9 de noviembre de 2011. ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, HERMES TOLEDO ANTÚNEZ, Representante por Treinta y Tres, JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ, Representante por Rivera. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El maestro Daniel Fernández nació en el seno de una familia muy humilde el 28 de abril de 1948 en Montevideo, familia conformada por sus padres y un hermano. De su matrimonio nacieron cuatro hijos: tres mujeres y un varón. Fue un militante de la vida y un luchador social, que unió su existencia a la lucha por un mundo más justo y solidario. Lo hizo como estudiante magisterial, como maestro, como obrero portuario, como cooperativista y como militante gremial. En todos los ámbitos que compartió volcó generosas energías, construyó proyectos, sembró afecto y recogió amigos. Por eso, cuando un día se nos dijo que había fallecido no podíamos entender esto. A Daniel, a “El Pelado”, era imposible que le pudiera acontecer ello. Costó hacer conciencia en quienes le conocimos y compartimos ámbitos comunes, asumir la realidad. Cuando lo hicimos nos invadió la amargura y la tristeza. Daniel Fernández comenzó a trabajar como maestro en 1971, en la Escuela Nº 185 del departamento de Canelones, luego lo hizo en la Escuela Nº 106 de Las Piedras y en la Escuela Granja Nº 47 en Canelones, asumiendo en 1972 la efectividad por concurso en la Escuela Nº 178, de donde fue destituido luego de realizar la huelga. En 1975 se fue exiliado a Buenos Aires regresando en 1985 en que fue restituido.

Subdirector en las Escuelas Nos. 143 y 55 de Montevideo, Director en la Escuela 309 de Santa Catalina, pasando a ser Director efectivo por concurso en la Escuela Nº 331 de Montevideo, al crearse ésta en el año 1995. Por concurso accedió a cargo efectivo como Maestro Inspector. Sus niños eran sus amigos. Ellos recuerdan hoy emocionadamente sus vivencias diarias en el compartir del ámbito escolar. Militante del gremio magisterial, fue dirigente de ADEMU Montevideo y de la Federación Uruguaya del Magisterio e integrante de la Mesa Permanente de la ATD de Primaria, construyendo, siempre construyendo, mientras sembraba afecto en su entorno. La escuela pública le era un bien muy preciado, sabía muy claramente que ella es un instrumento clave en la búsqueda de la igualdad social y un mundo más justo. Montevideo, 9 de noviembre de 2011. ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, HERMES TOLEDO ANTÚNEZ, Representante por Treinta y Tres, JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ, Representante por Rivera”. C) “JUAN CARLOS MASNIK. (Pensión graciable). MINUTA DE COMUNICACIÓN La Cámara de Representantes solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para conceder una pensión graciable al señor Juan Carlos Masnik, titular de la cédula de identidad número 3.174.475-6, en base a la exposición de motivos que se adjunta. Montevideo, 9 de noviembre de 2011. GONZALO NOVALES, Representante por Soriano. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Juan Carlos Masnik fue una destacadísima figura del deporte uruguayo en particular del fútbol. Defendió a la selección uruguaya durante el período 1967 a 1974, fue durante dos años capitán de la selección mayor de Uruguay, fue campeón de América y del mundo con el Club Nacional de Football. En adjunto se remite informe de la Asociación Uruguaya de Fútbol -Gerencia Deportiva- donde se señalan los partidos que Juan Masnik jugó defendiendo a la selección mayor de Uruguay. Esta gloria de nuestro deporte no solo practicó fútbol sino que además jugó en el Club Esparta de Mer-

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cedes, fue integrante de la selección de básquetbol de Soriano siendo tres veces vicecampeón. Nadie debe desconocer lo que significó Juan Masnik para todo el Uruguay deportivo como ejemplo de gran persona y destacadísimo deportista. Su espíritu deportista lo llevó, incluso, al punto tal de defender su casaca infiltrado para poder así aguantar el dolor que las lesiones de su carrera deportiva le habían ocasionado. Es más, debido a lo sacrificado de su carrera deportiva, el dolor que tuvo que soportar, le provocó secuelas tan importantes que, hoy en día, apenas puede caminar, lo que le impide poder desarrollar cualquier tipo de otra actividad para la cual está preparado, por ejemplo director técnico. Otro punto que debemos tener presente para aprobar esta iniciativa

es que, un jugador de fútbol en aquella época, a lo sumo, podía vivir de su sueldo. Hoy en día Juan, con una muy modesta jubilación por incapacidad, que no llega a 5.000 pesos, se merece el reconocimiento de todo el pueblo uruguayo, que por esta vía le permitirá afrontar con la dignidad que corresponde a alguien que hizo vibrar a toda la nación y fue ejemplo como deportista y ser humano. Montevideo, 9 de noviembre de 2011. GONZALO NOVALES, Representante por Soriano.

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D)

“TRABAJADORES PÚBLICOS O PRIVADOS QUE SE DESEMPEÑEN EN CEMENTERIOS O EN EMPRESAS DE POMPAS FÚNEBRES. (Bonificación de servicios a los efectos jubilatorios). PROYECTO DE LEY

E)

“PROFESOR ULISES ANZUELA TURIENZO. (Designación a la Plaza de Deportes de la ciudad de Nueva Palmira, departamento de Colonia). PROYECTO DE LEY

Artículo 1º.- Los funcionarios que trabajen en las actividades de carácter funerario en los cementerios públicos y privados de todo el país, tendrán una bonificación de 1 (un) año de trabajo completo por cada 3 (tres) años efectivamente trabajados. Artículo 2º.- Dicho beneficio abarcará también a los funcionarios que realizan tareas en las empresas de pompas fúnebres públicas y privadas de todo el país con idéntica bonificación prevista en el artículo 1º, a los efectos del cómputo jubilatorio cuando los mismos resuelvan acogerse a la pasividad. Montevideo, 10 de noviembre de 2011. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Una de las tareas que posiblemente tengan un alcance en el aspecto de la salud del trabajador y en su estado psicológico, y emocional, es, sin lugar a dudas, la de atender el proceso de amortajamiento de los cuerpos humanos al producirse el deceso. Muchas personas poseen patologías que pueden afectar la salud de quien manipule su cuerpo para su inhumación. También, luego de transcurrida determinada cantidad de tiempo, se procede a la reducción de los restos mortuorios para su posterior ubicación en osarios en las necrópolis donde fueron sepultados. Posiblemente la cuantía del personal total nacional destinado a esta humana y emotiva tarea no sea muy numeroso, pero la función que cumple para quienes son los seres queridos es de una responsabilidad y de un grado de emoción profundo. He tomado conocimiento de que existe una movilización para que este tipo de tareas sea bonificada como se plantea en los artículos 1º y 2º de este proyecto de ley, y los consideramos de estricta justicia por los motivos expuestos y solicitamos en consecuencia que se atienda en forma favorable el adjunto proyecto de ley, por motivos que son muy comprensibles. Montevideo, 10 de noviembre de 2011. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia”.

Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Profesor Ulises Anzuela Turienzo” a la plaza de deportes de la ciudad de Nueva Palmira, del departamento de Colonia, dependiente del Ministerio de Turismo y Deporte. Montevideo, 9 de noviembre de 2011. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Sabido es que en la historia de una institución transcurren personas con muy diversas características, participando con mayor o menor incidencia en las instancias claves que definen la vida presente y futura de ella. Tratándose de instituciones públicas y particularmente de instituciones formativas, la actitud de una persona cobra especial importancia en cuanto con ello está participando en la definición de acciones que involucran un bien colectivo. En este sentido la presencia del profesor Ulises Anzuela Turienzo, en el departamento de Colonia durante años ha sido sustantiva. Se le consideró como uno de los mejores profesores de educación física del momento, teniendo además una condición de deportista activo, y destacándose en la práctica del fútbol, basquetbol, atletismo, a nivel local, departamental y regional. La designación de la plaza de deportes de Nueva Palmira con el nombre del “Profesor Ulises Anzuela Turienzo”, representa un homenaje merecido a una figura central para la educación física del Uruguay. El profesor Anzuela nació en la ciudad de Nueva Palmira el 10 de setiembre de 1911, y desde muy joven se dedicó a las actividades deportivas en general. En la década de 1930 integró además el seleccionado de fútbol de Colonia, estudió educación física en Montevideo, donde obtiene el título de profesor de la Comisión Nacional de Educación Física. En el año 1931 inició sus actividades docentes en la plaza de deportes de Nueva Palmira, en el año 1937 continuó sus actividades profesionales en las plazas de deportes de Sayago y La Unión en el departamento de Montevideo, donde desarrolló una proficua y reconocida actividad. Jugó en la primera del

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Club Atlético Peñarol, siendo suplente del número 5, Álvaro Gestido. Entre los años 1938 a 1942 fue director y preparador físico de los planteles del Club Central de Montevideo. En el año 1943 dirigió junto a Jorge Clulow la famosa tercera especial del Club Atlético Peñarol en el que se inició Juan Alberto Schiaffino. Posteriormente deja el camino ascendente logrado en la ciudad de Montevideo y se radica con su señora esposa (ambos palmirenses) y sus dos pequeños hijos en Nueva Palmira. Es nombrado profesor y Director de la plaza de deportes de Nueva Palmira donde realiza una intensa y reconocida labor durante 25 años con generaciones de niños, adolescentes y jóvenes, siendo nombrado popularmente como “El Maestro”. Además de atender a los deportistas de las plazas de deportes y del liceo de Nueva Palmira, realizaba actividades en las escuelas públicas de Primaria de la localidad, Nº 7 y Nº 8. Fue director técnico de las selecciones juvenil y de mayores de Colonia para el Campeonato del Sur. En la ciudad de Carmelo fue director técnico de los clubes Wanderers, Artigas, Libertad, Uruguayo y de la selección de Carmelo. En Nueva Palmira también dirigió al club Polanco. En el XXXI campeonato de atletismo de la federación atlética de Colonia, realizado en la pista “Evelio Iznardi” de Nueva Palmira el 17 de octubre de 1982 se le realizó un homenaje denominando al mismo “Profesor Ulises Anzuela”, homenaje que culminó en el gimnasio del club Peñarol donde el público colmó sus instalaciones. El profesor Ulises Anzuela Turienzo fallece el 29 de julio de 1989 y después de ello la Liga Palmirense decidió que el campeonato oficial llevara el nombre de “Profesor Ulises Anzuela”. En el 50 Campeonato Departamental de Atletismo efectuado en el estadio “Miguel Campomar” de Juan L. Lacaze el 17 de noviembre de 2001, la Federación Atlética Departamental de Colonia le realiza un homenaje a los pioneros del atletismo departamental, distinguiendo al profesor Ulises Anzuela Turienzo por su aporte al atletismo. Debido a ello solicitamos a la Cámara de Representantes la designación solicitada. Montevideo, 9 de noviembre de 2011. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia”.

——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante José Andrés Arocena solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas: • al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, sobre la adopción de medidas de seguridad vial en la localidad de Illescas, departamento de Florida. C/19/010 al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública; y de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas, relacionada con la necesidad de reparar la instalación eléctrica de una escuela rural en el departamento de Florida. C/19/010 al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, acerca del reconocimiento como patrimonio histórico nacional de varias escuelas rurales del departamento de Florida. C/19/010

El señor Representante Ricardo Berois Quinteros solicita se curse una exposición escrita a los Ministerios de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Inicial y Primaria; de Defensa Nacional; del Interior; a las Juntas Departamentales e Intendencias de los departamentos de San José, Flores, Soriano, Río Negro, Paysandú y Salto; a la Organización de la Prensa del Interior; a los diarios de circulación nacional; a las Radios Rural, Carve, Montecarlo, El Espectador, Sarandí, Oriental, SODRE y canales de televisión abierta y para abonados del país, referente a la recreación del Éxodo del Pueblo Oriental. C/19/010 El señor Representante Gonzalo Novales solicita se curse una exposición escrita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y por su intermedio al Instituto Nacional de Estadística, sobre dificultades constatadas en el desarrollo del Censo Nacional de Población y Vivienda. C/19/010 El señor Representante Aníbal Pereyra solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Rocha, con destino al Municipio de Castillos, y a la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 80 de la refe-

4.- Exposiciones escritas.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Está abierto el acto. (Es la hora 16 y 30)

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rida localidad, relacionada con la instalación en la misma, de una escuela de tiempo completo. C/19/010 El señor Representante Darío Pérez Brito solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Salud Pública, acerca de la necesidad de dotar de recursos humanos y materiales al Centro Auxiliar de Aiguá. C/19/010 El señor Representante Fitzgerald Cantero Piali solicita se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República, a la Suprema Corte de Justicia, a los Ministerios de Educación y Cultura, y por su intermedio a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal; de Salud Pública, y por su intermedio a la Comisión de Zoonosis; y del Interior; a la Universidad de la República, y por su intermedio a las Facultades de Medicina y Veterinaria; al Congreso de Intendentes; a todas las Intendencias y Juntas Departamentales; a las organizaciones civiles que dan amparo a los animales, y a los medios de prensa, referente a la necesidad de reglamentar la Ley de Bienestar Animal. C/19/010 La señora Representante Verónica Alonso solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, acerca de la necesidad de brindar mayores oportunidades de capacitación a las personas con discapacidad. C/19/010 El señor Representante Ricardo Planchón Geymonat solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia, y por su intermedio al Municipio de Tarariras, sobre la finalización de las obras de doble vía en la Ruta Nacional Nº 1 entre la radial Tarariras y la ciudad de Colonia del Sacramento. C/19/010 El señor Representante Nelson Rodríguez Servetto solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Maldonado, y por su intermedio a los Municipios del departamento, y a los medios de comunicación del mismo, relacionada con la necesidad de modificar los requisitos para el acceso a préstamos o subsidios para la adquisición de viviendas. C/19/010 El señor Representante Miguel Otegui solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, para su remisión a los Consejos de Educación Inicial y Primaria, y de Educación Secundaria, acerca

de diversos reclamos de centros educativos rurales del departamento de Paysandú. C/19/010 El señor Representante Gerardo Amarilla solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas: • al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública: • y al Consejo de Educación Secundaria, referente a la necesidad de dotar de mayores recursos humanos y materiales al Liceo Nº 4 de la ciudad capital del departamento de Rivera. C/19/010 • y al Consejo de Educación Técnico-Profesional, sobre la capacidad locativa de la Escuela Agraria de Minas de Corrales. C/19/010 • al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y por su intermedio a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado: • relacionada con la necesidad de proceder a reparar un vertimiento de aguas servidas en un predio de la ciudad de Rivera. C/19/010 • acerca de las necesidades de saneamiento del barrio Treinta y Tres Orientales de la ciudad de Rivera. C/19/010 • al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Instituto Nacional de Alimentación, referente a la necesidad de proveer de alimentos a una asociación civil sin fines de lucro destinada a atender personas discapacitadas. C/19/010 • al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Telecomunicaciones, sobre la conexión a Internet de los servicios de educación informática en el Liceo Nº 4 de la ciudad capital del departamento de Rivera. C/19/010 • al Ministerio del Interior, relacionada con las necesidades de seguridad pública en los centros educativos del departamento de Rivera. C/19/010 Se votarán oportunamente”.

5.- Inasistencias anteriores.
——Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión ordinaria realizada el día 9 de noviembre de 2011: Con aviso: Aníbal Gloodtkofsky y Daniel Mañana.

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Sin aviso: Iván Posada. Inasistencias a las Comisiones. Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas: Miércoles 9 de noviembre ASUNTOS INTERNACIONALES Con aviso: Jaime Mario Trobo. DERECHOS HUMANOS Con aviso: Gustavo A. Espinosa. ESPECIAL CON FINES LEGISLATIVOS DE ASUNTOS MUNICIPALES Y DESCENTRALIZACIÓN Con aviso: Auro Acosta y Gustavo A. Espinosa. INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Con aviso: Verónica Alonso. VIVIENDA, TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE Sin aviso: José Andrés Arocena Argul. Jueves 10 de noviembre ESPECIAL CON FINES LEGISLATIVOS VINCULADOS AL LAVADO DE ACTIVOS Y CRIMEN ORGANIZADO Con aviso: Jorge Gandini y Walter Verri. Viernes 11 de noviembre HACIENDA Con aviso: Andrés Lima”.

sentantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En el departamento de Florida, se encuentra una pequeña localidad denominada Illescas, ubicada sobre la Ruta Nacional Nº 7 General Aparicio Saravia. Su planta urbana, que comprende la escuela, el club, la capilla, un local feria y viviendas en general, queda a un lado de la vía férrea, mientras que cruzando la misma, nos encontramos con un numeroso barrio de MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber y la Seccional de Policía. Donde mayoritariamente se utiliza para cruzar a diario por parte de los pobladores, es justamente el paso existente entre la vía férrea y la Ruta Nº 7, por ser el epicentro de la localidad; lo cual conlleva a numerosos peligros para los niños y los adultos, debido a las altas velocidades que registran los vehículos que transitan por la mencionada ruta, razón por la cual urge, a fin de evitar males mayores, comunicar la situación al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y solicitarle a la mayor brevedad, la colocación de alguna clase de separador o divisoria, o bien la instrucción de una senda peatonal, que proteja a los vecinos cuando caminan sobre la Ruta Nº 7 y cruzan la vía férrea. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida”. 2) Exposición del señor Representante José Andrés Arocena al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública; y de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas, relacionada con la necesidad de reparar la instalación eléctrica de una escuela rural en el departamento de Florida.

6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Treinta y tres en treinta y seis: AFIRMATIVA. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor Representante José Andrés Arocena al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, sobre la adopción de medidas de seguridad vial en la localidad de Illescas, departamento de Florida.

“Montevideo, 10 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Repre-

“Montevideo, 10 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, y al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE). Es menester poner en conocimiento de las autoridades competentes, que la Escuela Nº 49 de la localidad de Mansavillagra, en el departamento de Florida, sita en la Ruta Nacional 41 y la vía del ferrocarril, no cuenta con luz eléctrica. El problema radica en una mala instalación de la co-

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nexión eléctrica y su contador, lo que provoca que la llave térmica salte en forma continua, impidiendo que la escuela utilice la bomba de agua, ya que la misma se ha roto. Se procedió a cambiarla, y la nueva no se puede utilizar, porque se rompería al saltar la llave. Además de no contar con agua, tampoco hay energía eléctrica, lo que dificulta enormemente un normal y correcto funcionamiento de la escuela, debido a que no se cuenta con baños, cocina, ni la mínima higiene de maestros y alumnos, ni agua para beber. Por lo expuesto, solicitamos que se proceda, a la mayor brevedad, a reparar el problema citado, para lo cual suministramos el número de identificación del contador de la escuela: 0000 144 637; indicando además, que al pie del mismo luce un precinto que posee el Nº 270384. Por tales motivos, agradecemos una rápida repuesta del ente energético UTE en solucionar el problema de una pequeña escuela rural, donde maestros y alumnos hacen grandes esfuerzos para asistir, siendo la obligación estatal brindarle un mínimo de salubridad e higiene. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida”. 3) Exposición del señor Representante José Andrés Arocena al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, acerca del reconocimiento como patrimonio histórico nacional de varias escuelas rurales del departamento de Florida.

con la cual se puede enfrentar la vida: la educación. Estas escuelas rurales han cumplido, aparte de su rol pedagógico, un enorme desafío social, por ser integradoras regionales y familiares, pues realmente son la segunda casa de los niños, que hacen varios kilómetros en condiciones nada fáciles para acceder a los conocimientos que el día de mañana le permitan abrir varias puertas. Por lo expuesto, es que deseamos que las citadas escuelas rurales, con cien años de creación, sean reconocidas y consideradas como Patrimonio Nacional. Sin duda alguna, nuestro más grande Patrimonio es la educación de nuestros niños y niñas, quienes les están por demás agradecidos a dichas escuelas y a sus maestros rurales. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida”. 4) Exposición del señor Representante Ricardo Berois Quinteros a los Ministerios de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Inicial y Primaria; de Defensa Nacional; del Interior; a las Juntas Departamentales e Intendencias de los departamentos de San José, Flores, Soriano, Río Negro, Paysandú y Salto; a la Organización de la Prensa del Interior; a los diarios de circulación nacional; a las Radios Rural, Carve, Montecarlo, El Espectador, Sarandí, Oriental, SODRE y canales de televisión abierta y para abonados del país, referente a la recreación del Éxodo del Pueblo Oriental.

“Montevideo, 10 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). En el presente año 2011, año del Bicentenario del inicio del proceso de emancipación nacional, se cumple a la vez, el centenario de varias escuelas rurales del departamento de Florida, en particular, las Escuelas Nº 42 de Paso de los Novillos, Nº 39 de Costas del Pintado, Nº 44 de Cerros de la Macana, Nº 46 de Palermo, y otras tantas existentes en el resto de los departamentos. Somos conscientes de que no son las escuelas más antiguas del país, pero de todas formas estas escuelas, y en este año tan particular, nos hacen tomar conciencia que a pesar de tener cada vez menos alumnos, han acompañado más de media vida independiente de nuestro país, ayudando a forjar mujeres y hombres armados de la mejor herramienta

“Montevideo, 9 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y al Consejo de Educación Inicial y Primaria; al Ministerio de Defensa Nacional; al Ministerio del Interior; a las Intendencias y Juntas Departamentales de San José, de Flores, de Soriano, de Río Negro, de Paysandú y de Salto; a la Organización de la Prensa del Interior; a los diarios de circulación nacional; a CX 4 Radio Rural; a CX 16 Radio Carve; a CX 20 Radio Montecarlo; a CX 14 Radio El Espectador; a CX 8 Radio Sarandí 690; a CX 12 Radio Oriental, a las Radioemisoras del SODRE y a los canales de cable y de aire de nuestro país. Es nuestro interés, agradecer a las diferentes instituciones que intervinieron en la organización de la recreación de La Redota. Sentimos

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el orgullo de haber sido un partícipe más de esos cientos de paisanos y paisanas que, con esfuerzo y animado espíritu, recorrimos más de 500 kilómetros hasta el río Ayuí. Esa recreación es esencialmente un homenaje, en los 200 años del comienzo revolucionario, al Jefe de los Orientales General José Artigas y a esos miles de orientales que lo siguieron en su marcha rumbo al río Ayuí. No tenemos la menor duda que ha sido uno de los acontecimientos más importantes de nuestra historia, donde nace nuestra nacionalidad, modelo de nación que nos identifica, bajo el trazo del General José Artigas. Durante los 14 días de recorrido fue un ejemplo la organización, no es fácil coordinar las rutas, los destinos, los campamentos, la logística de apoyo para más de 300 personas y más de 500 caballos. Estuvo todo detalladamente planificado por la comisión organizadora representada por el Ministerio de Educación y Cultura junto con las Intendencias de San José, de Soriano, de Flores, de Río Negro, de Paysandú y de Salto. Debemos destacar el trabajo de apoyo del Ejército Nacional, fue realmente un ejemplo de disposición de las diferentes unidades de las Fuerzas Armadas que les cupo las más diversas tareas de apoyo, destacando la excelente calidad de las comidas que brindaron a lo largo de toda la marcha. El Ejército Nacional demostró, en todo momento, un elevado nivel de profesionalidad, solidaridad, fraternidad y adhesión a la causa. En nuestras expresiones recogemos el sentir de todos los paisanos que acompañaron esa memorable recreación. No es menor el ejemplo de profesionalidad demostrado por el Cuerpo de Granaderos, por las diferentes Seccionales Policiales y por la Policía Caminera, que apoyaron el evento. El Cuerpo de Granaderos acompañó durante el transcurso de toda la marcha demostrando en todo momento una excelente disposición para solucionar los escollos que se presentaban. Es de destacar el apoyo de las Intendencias de San José, de Flores, de Soriano, de Río Negro, de Paysandú y de Salto en sus respectivos departamentos, coordinando tareas y allanando la labor en los diferentes espacios del recorrido. Felicitaciones al Consejo de Educación Inicial y Primaria, todas las Escuelas Rurales que se visitaron demostraron un alto nivel de trabajo con los alumnos, trasmitiendo cabalmente el significado de los acontecimientos. A los capataces de la marcha que, con mucha ecuanimidad, supieron administrar los momentos de la mejor forma, con la sapiencia del baquiano que soluciona y previene los acontecimientos. A los propietarios, arrendatarios y empleados de los establecimientos que nos dieron quedada, demostrando una generosidad digna de destaque. Fue para nosotros muy reconfortante ser

uno más de ese memorable recorrido en homenaje a nuestros mayores que supieron construir esta hermosa Banda Oriental. Hemos cumplido con nuestro pasado y con las más profundas tradiciones del ser oriental. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO BEROIS, Representante por Flores”. 5) Exposición del señor Representante Gonzalo Novales a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y por su intermedio al Instituto Nacional de Estadística, sobre dificultades constatadas en el desarrollo del Censo Nacional de Población y Vivienda.

“Montevideo, 9 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Estadística (INE), referida a aclararle a la población en general, y a los ciudadanos que continúan realizando el censo, las circunstancias en que éste se viene desarrollando y la demora en satisfacer los sueldos del personal involucrado en la encuesta. Recientemente tomamos conocimiento por medio de trabajadores del Censo de Población y Vivienda, que no se les ha hecho efectivo el pago de los haberes generados en el mes de octubre, los que debieron haberse efectuado dentro de los cinco primeros días hábiles de noviembre. Nos parece inaudito que el INE, organismo del Estado, permita que la empresa contratada para esta tarea no pague a los trabajadores sus haberes en fecha. Asimismo, de parte de los censistas y de los censados, nos han llegado infinidad de críticas en cuanto a las dificultades operativas a las que se enfrentaron, diferencias en cartografía, no validación de datos, errores en determinación, el mal funcionamiento de las terminales, inconvenientes a la hora de transmitir la información y demás. Por otro lado, a la población en general, le llama la atención, la demora en realizar esta tarea que en otro tiempo, se hacía en un día y por funcionarios públicos. Ha pasado más de un mes de la fecha estimada para la finalización del censo y aún quedan muchas personas y viviendas por censar. En algunos departamentos del interior se habla de que falta censar hasta un 20 % de hogares. Ha quedado de manifiesto la ineficiencia de las decisiones tomadas por el INE en cuanto a la implementación, desarrollo y gestión del censo y el control a la empresa contratada. Entendemos que no puede ese Instituto permitir el avasallamiento de los

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derechos de los trabajadores, de cobrar las sumas estipuladas en los plazos estipulados, ya que serán los trabajadores quienes se verán perjudicados en el cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud de sus salarios. Solicitamos que en forma urgente se efectivicen los pagos a los trabajadores involucrados y se analice críticamente la idoneidad de las personas que participaron en la dirección de este Censo, ya que en las entrevistas que se les realizaron y tomaron difusión pública han dejado una lamentable imagen de improvisación e ineficiencia. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GONZALO NOVALES, Representante por Soriano”. 6) Exposición del señor Representante Aníbal Pereyra al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Rocha, con destino al Municipio de Castillos, y a la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 80 de la referida localidad, relacionada con la instalación en la misma, de una escuela de tiempo completo.

sus padres carecen de recursos económicos, no pueden acceder a esta oportunidad educativa que ha demostrado muy buenos resultados. Si bien pueden existir otras razones relacionadas con temas laborales o con la propia composición familiar, lo más importante es el fortalecimiento de una herramienta educativa que les permite a los educandos enfrentar mejor posteriores instancias de capacitación. Sin dejar de reconocer los avances alcanzados para el cumplimiento de este objetivo, aspiramos a que se concrete lo antes posible el mismo, y así dar respuesta a una demanda surgida desde la población de la ciudad de Castillos. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ANÍBAL PEREYRA, Representante por Rocha”. 7) Exposición del señor Representante Darío Pérez Brito al Ministerio de Salud Pública, acerca de la necesidad de dotar de recursos humanos y materiales al Centro Auxiliar de Aiguá.

“Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP); a la Intendencia de Rocha, con destino al Municipio de Castillos; a la Junta Departamental de Rocha, y a la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 80 Doctor Víctor Hugo Briozzo, de la ciudad de Castillos de ese departamento. La presente exposición escrita reitera un planteamiento realizado a los organismos mencionados, cursado por Oficios de esta Cámara Nos. 28482 al 28485, de 10 de marzo de 2009. La existencia de escuelas de tiempo completo en el departamento de Rocha y la difusión de su funcionamiento, objetivos y alcance, han generado una creciente demanda en poblaciones donde la oferta educativa aún no presenta esta opción. Tal es el caso de la ciudad de Castillos, donde desde hace un tiempo, diversos sectores de la comunidad castillense han expuesto la necesidad de contar con una escuela de tiempo completo. Varios fueron los argumentos que se han planteado a favor de instalar una escuela que funcione en régimen de tiempo completo: la posibilidad de incorporar más capacitación para un sector de niños que, ya sea por falta de oferta en la plaza local o porque

“Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Salud Pública. En una reciente visita realizada al Centro Auxiliar de Aiguá, del departamento de Maldonado, hemos constatado algunas necesidades, de larga data, teniendo en cuenta su extensa zona de influencia rural, su numerosa población, con no menos de 2.000 usuarios, y que se encuentra situada en un enclave geográfico de cruce de rutas importantes. La primera necesidad es contar con una nueva ambulancia ya que las que tienen son vetustas o están en el taller para reparaciones debido al alto número de traslados que deben realizar por partos, por estudios especiales, pacientes con tratamientos complejos y demás. Como en otros lugares del departamento de Maldonado se necesitan más recursos humanos: licenciados en enfermería y varios auxiliares de enfermería. Además, es necesario un nuevo cardiodesfribilador con monitor, autoclave o nuevo pupinel pues se debe mandar a esterilizar material blanco y quirúrgico, entre otros, a la ciudad de San Carlos, del departamento de Maldonado. Solicitamos, también, que se estudie la posibilidad de adelantar para el año 2012 el Plan 2013 para reformas del hospital, de la emergencia y demás. Por ahí lo más importante, más otras cuestiones secundarias con la relatividad que este término puede tener en cuestiones de salud. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. DARÍO PÉREZ BRITO, Representante por Maldonado”.

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Exposición del señor Representante Fitzgerald Cantero Piali a la Presidencia de la República, a la Suprema Corte de Justicia, a los Ministerios de Educación y Cultura, y por su intermedio a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal; de Salud Pública, y por su intermedio a la Comisión de Zoonosis; y del Interior; a la Universidad de la República, y por su intermedio a las Facultades de Medicina y Veterinaria; al Congreso de Intendentes; a todas las Intendencias y Juntas Departamentales; a las organizaciones civiles que dan amparo a los animales, y a los medios de prensa, referente a la necesidad de reglamentar la Ley de Bienestar Animal.

“Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Suprema Corte de Justicia; a la Presidencia de la República; al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal; al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis; al Ministerio del Interior; a la Universidad de la República y, por su intermedio a las Facultades de Medicina y de Veterinaria; al Congreso de Intendentes; a las Intendencias, con destino a los Municipios; a las Juntas Departamentales; a las organizaciones civiles que dan amparo a los animales, y a los medios de comunicación nacional. Con profundo dolor, hemos visto el video en el que tres adolescentes dan muerte, golpeando con palos, a una perra. Esos jóvenes que ya estarían identificados y serían conducidos al Juzgado, podrían merecer alguna pena que la Justicia les aplique. Creemos que ese hecho aberrante no debe pasar desapercibido. Debe llamar la atención y a la reflexión de los tres Poderes del Estado y se debe actuar de inmediato. Desde esta Casa, debemos aprobar los proyectos que mejoren la Ley N° 18.471, de 27 de marzo de 2009, de bienestar animal, dándole mejores herramientas a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal para que pueda desarrollar su trabajo y estableciendo severas penas para quienes maltraten a los animales, agravándose en casos de sevicia, como el mencionado. La referida ley establece que ello está prohibido, pero no establece las sanciones. Al Poder Ejecutivo le debemos reclamar, y le reclamamos aquí, que reglamente de una buena vez la mencionada ley. Se escucha a veces que, como la ley no está reglamentada, no se puede aplicar. Eso no es así para este caso, es bien claro el artículo 332 de la Constitu-

ción de la República en ese sentido. De todos modos, es imprescindible la reglamentación y el Ministerio de Educación y Cultura debe reglamentarla de inmediato. Nos consta que al respecto existe un borrador en esa Secretaría de Estado. Así que exhortamos a su urgente reglamentación. Al Poder Judicial, le solicitamos la restitución de los Juzgados de Faltas. Somos conscientes de las restricciones presupuestales que llevaron a su cierre, pero es fundamental que nuestro sistema cuente con ese tipo de Juzgados, tanto para hechos como el que motiva la presente exposición, como para tantos otros que son el inicio de faltas graves y delitos violentos. Quien comete un hecho de este tipo (no decimos de esta naturaleza, porque es contra ella que actuaron esos individuos) son plenamente conscientes de lo que hacen. Está demostrado, además, que quienes tienen ese tipo de conductas son proclives a ejercer violencia doméstica y, por supuesto, ejercer violencia contra extraños. Debemos los tres Poderes del Estado actuar ya. Si nada hacemos, corremos el gran riesgo que, cometer abusos y maltratos, se convierta en una moda, una gracia entre inimputables que por perversa diversión, degraden la calidad de vida de humanos y animales, si es que cabe la distinción. Actuemos ya para no seguir lamentando situaciones indeseables Aguardando una respuesta favorable, saludamos al señor Presidente muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. 9) Exposición de la señora Representante Verónica Alonso al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, acerca de la necesidad de brindar mayores oportunidades de capacitación a las personas con discapacidad.

“Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública. De acuerdo con lo tipificado por el artículo 2º de la Ley Nº 18.651, de 19 de febrero de 2010, se considera con discapacidad, a toda persona que padezca o presente una alteración funcional permanente o prolongada, física (motriz, sensorial, orgánica, visceral) o mental (intelectual y/o psíquica) que en relación a su edad y medio social, implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional

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o laboral. El ciudadano con discapacidad, sin lugar a dudas, tiene una seria limitación en su accionar, creando dependencia en su desarrollo como ser humano. La sociedad como tal y el Estado en particular, deberán velar por la protección integral de los discapacitados en todos sus ámbitos. Percibimos, a nivel educativo por ejemplo, que las personas con discapacidad de más de 25 años, carecen o denotan un bajo nivel educativo (37.7%) en contraste a la población sin discapacidad (12.6%). Asimismo, al aumentar el nivel educacional, la brecha se distancia en relación a los ciudadanos que no la tienen. Lo mencionado, trae aparejado en consecuencia un desnivel y una desigualdad evidente. En consideración a lo establecido y a la realidad social, es esencial la capacitación del conglomerado de los ciudadanos con capacidades diferentes, como elemento fundamental y herramienta esencial, de incorporación e inclusión al mercado laboral, para poder palear en parte las desigualdades existentes. Es fundamental, rehabilitarlos integralmente, e incorporarlos a la actividad productiva, entendiendo la misma, como aquella generadora de recursos económicos. El abordaje y el estudio para la capacitación, requiere de una intervención de índole interdisciplinaria y transdisciplinaria, que considere la integridad del ciudadano con discapacidad. Por lo expuesto, consideramos necesario e imprescindible, teniendo en cuenta la demanda laboral específica en la materia, la implementación a nivel del Consejo de Educación Técnico Profesional de cursos abiertos, en los cuales se enseñen oficios tales como la confección de sillas de ruedas y de refacción de las mismas, de acuerdo con los protocolos internacionales, como medio idóneo de incorporación al mercado de trabajo y con la posibilidad latente de poder los egresados de los mismos, ser gestionantes de su propia pequeña o mediana empresa, símbolo de dignidad humana. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. VERÓNICA ALONSO, Representante por Montevideo”. 10) Exposición del señor Representante Ricardo Planchón Geymonat al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia, y por su intermedio al Municipio de Tarariras, sobre la finalización de las obras de doble vía en la Ruta Nacional Nº 1 entre la radial Tarariras y la ciudad de Colonia del Sacramento. “Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente expo-

sición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Intendencia de Colonia y, por su intermedio, al Municipio de Tarariras, y a la Junta Departamental de Colonia. En nuestra calidad de Representante Nacional por el departamento de Colonia, deseamos reiterar un asunto que está preocupando a los vecinos de la zona, debido a sus diferentes actividades de desarrollo. La misma fue cursada a través de una exposición escrita de fecha 5 de abril de 2011. Se trata del tramo final de la Ruta Nacional Nº 1 Brigadier General Manuel Oribe, ubicado más precisamente entre el kilómetro 149, radial Tarariras, y el puerto de la ciudad de Colonia del Sacramento, capital del departamento de Colonia. Finalizadas las obras viales que habilitan la doble vía de la mencionada ruta nacional, desde la capital del país hasta la radial Tarariras, no se ha continuado la misma, siendo trascendental para el desarrollo de nuestro departamento su culminación. El departamento de Colonia presenta un desarrollo industrial, comercial y turístico muy importante, de gran relevancia económica para el país, por lo que es necesario ofrecer buenos accesos. Consideramos necesario que se invierta en infraestructura para favorecer aún más la actividad turística. A su vez, los vecinos del departamento se merecen mejores condiciones de acceso. La existencia de la doble vía solucionaría o al menos disminuiría graves accidentes de tránsito. Por lo expuesto, solicitamos al Ministerio de Transporte y Obras Públicas que destine los recursos necesarios para la concreción de esta obra, lo que favorecerá al crecimiento del departamento de Colonia en materia de turismo y a la actividad comercial e industrial que, sin duda, benefician al país. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia”. 11) Exposición del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Maldonado, y por su intermedio a los Municipios del departamento, y a los medios de comunicación del mismo, relacionada con la necesidad de modificar los requisitos para el acceso a préstamos o subsidios para la adquisición de viviendas. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República; al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; a la Intendencia de Maldonado y, por su intermedio, a los Municipios; a la Junta Departamental

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de Maldonado, y a los medios de comunicación del departamento de Maldonado. El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en los llamados que ha realizado a interesados para otorgar préstamos y/o subsidios con cargo al Fondo Nacional de Vivienda, para la adquisición de viviendas nuevas a construirse en distintos departamentos, exige, entre otros requisitos, tener un ingreso entre 15 y 60 unidades reajustables, un hijo o discapacitado a cargo, no estar en el clearing de informes, y otros. Además, se exige el 2% de ahorro previo para la inscripción, después un 4% al momento de la ocupación y un 2% en la escrituración. El Ministerio les está pidiendo a familias que ganan entre $ 8.078 y $ 30.314, un total del 8% del valor de la propiedad para acceder a dicha vivienda, estamos hablando de $ 130.000 para el caso de viviendas de dos dormitorios y de $ 165.000 para las de tres dormitorios. Estos requisitos están más cercanos a lo que pide un Banco que a lo que debe ser un fin social, como es el cometido que tiene el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; se le pide a familias que tienen sueldos bajos, con un hijo o más a cargo y que seguramente están pagando alquiler, ciudadanos que claramente no tienen ninguna capacidad de ahorro, que aporten $ 130.000, lo cual es imposible y de esa forma nunca van a tener posibilidades de acceder a una vivienda con subsidio habitacional. Por lo expuesto, solicitamos que en los futuros llamados se modifiquen los requisitos para acceder a las viviendas, bajando drásticamente el ahorro previo que se exige para permitir que las familias que no tienen capacidad de ahorro puedan llegar a la casa propia. Esperamos una rápida atención del tema planteado en la presente exposición escrita. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO, Representante por Maldonado”. 12) Exposición del señor Representante Miguel Otegui al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, para su remisión a los Consejos de Educación Inicial y Primaria, y de Educación Secundaria, acerca de diversos reclamos de centros educativos rurales del departamento de Paysandú. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración

Nacional de Educación Pública (ANEP), al Consejo de Educación Secundaria y al Consejo de Educación Inicial y Primaria. En una reciente recorrida por distintas localidades del interior del departamento de Paysandú, recibimos diferentes planteamientos de los vecinos, que pretenden mejorar su calidad de vida y progresar en diversas actividades, alcanzar metas y mantener las costumbres, así como permanecer en sus lugares, sin tener que trasladarse a otros puntos del departamento o del país en busca de oportunidades. Es así que entre las demandas recibidas, nos encontramos que en la localidad de Lorenzo Geyres, la comunidad educativa de la Escuela N° 48, reclama la ampliación de dos salones de dicho centro educativo. La Escuela N° 52 de la localidad de El Euca lipto cuenta con 7° y 9° grado. Esa localidad se encue ntra ,8° ubicada a 100 kilómetros de la ciudad de Paysandú, en el medio de la Ruta Nacional Nº 26 Brigadier General Leandro Gómez. Los padres de los alumnos ven con preocupación, que al terminar 9° grado difícilmente sus h ijos puedan continuar con los estudios, debido a temas económicos, ya que son familias trabajadoras del medio rural. Plantearon la necesidad de ampliar en dos grados más los cursos en el mencionado centro docente. En tanto, los integrantes de la comunidad educativa de la Escuela N° 58 de Pueblo Esperanza advirtieron deficie ncias en la construcción del nuevo edificio. Las supervisiones no serían confiables, existen dudas, se construyeron columnas cuadradas, cuando los técnicos del Consejo de Educación Inicial y Primaria exigieron redondas por seguridad, cuenta con cuatro salones, cuando son siete clases, el costo de construcción es muy alto, se está pintando y no se cuenta con el techo, reclaman aula de informática y peligra la caída de una columna. Se trata de temas de solución mediata e inmediata, por lo que sería de suma trascendencia revisar estas solicitudes que provienen del interior del interior, que simplemente reclaman igualdad de condición con sus pares del resto del país. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. MIGUEL OTEGUI, Representante por Paysandú”. 13) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Secundaria, referente a la necesidad de dotar de mayores recursos humanos y materiales al Liceo Nº 4 de la ciudad capital del departamento de Rivera. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente expo-

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sición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y al Consejo de Educación Secundaria. En reciente visita realizada al Liceo Nº 4 de la ciudad capital del departamento de Rivera, constatamos una realidad que motiva este planteo. Se trata de un liceo relativamente nuevo, construido en el año 1993, que cuenta con, aproximadamente, 400 alumnos en dos turnos. El mismo tiene una situación edilicia relativamente buena, pero que, debido a la cantidad de estudiantes que allí concurren, no posee los recursos humanos necesarios. Si bien se cuenta con algunos funcionarios administrativos y de servicio, se les hace imprescindible tener, por lo menos, dos auxiliares de servicio más, un portero y algún funcionario administrativo, así como dos adscriptos más. Es del caso señalar que eso no constituye un capricho sino que, tratándose de un liceo que tiene previsto para el próximo año lectivo 12 grupos en turno corrido, incluyéndose además el brindarles desayuno, almuerzo y merienda, así como tutorías para alumnos con dificultades y talleres por la tarde, es absolutamente imprescindible contar con el mínimo número de funcionarios, número al que se llegaría de concretarse las aspiraciones antes planteadas. Tal como lo indicáramos, está prevista la construcción de una chancha de 20 metros por 40 metros techada, integrando vestuarios a la misma, así como cocina, comedor y un salón de uso múltiple. Asimismo, se torna necesario incluir en la construcción, un muro perimetral que actualmente no existe, el que se considera absolutamente necesario. Por último, destacamos que existen talleres de alfabetización informática para 23 padres de alumnos del liceo que se brindan en la sala de informática. En consecuencia, se trata de un centro educativo que funciona correctamente, con gran número de estudiantes y que lo único que les hace falta es lo antes mencionado. Por lo expuesto, solicitamos que se realicen las gestiones tendientes a dotar al Liceo Nº 4 de la ciudad capital del departamento de Rivera, de los recursos humanos y de los materiales que necesite. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”. 14) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Técnico-Profesional, sobre la capacidad locativa de la Escuela Agraria de Minas de Corrales. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el

artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y al Consejo de Educación Técnico Profesional. Hace unos días pudimos constatar con preocupación, la situación a la que se enfrenta la Escuela Agraria de Minas de Corrales, del departamento de Rivera, concretamente vinculada a la escasa capacidad locativa que posee no sólo para alojar a los alumnos que allí concurren sino, asimismo, por la falta de aulas para dictar los cursos. Se trata de un centro educativo al que asisten muchos estudiantes que no tienen la posibilidad de concurrir a otro porque en la zona no hay. Nuestro planteo es un problema grave, pues de no solucionarse vemos peligrar el dictado de los cursos el próximo año y, lo que es peor aún, enfrentarnos a la situación de que queden muchos estudiantes sin concurrir a ningún centro educativo. Vemos que fundamentalmente peligra la continuidad del Curso de 1er año de Enseñanza Media Tecnológica. Es necesario, entonces, ampliar las plazas para alojar a los alumnos, así como la urgente necesidad de construir dos salones lo que, sin duda, mejorará la crítica situación en la que hoy se encuentra esta escuela agraria, de gran importancia en la zona. Por lo expuesto, y teniendo en cuenta la gran preocupación que existe en la zona, fundamentalmente de quienes allí realizan sus estudios, solicitamos que se adopten las medidas necesarias para que dicho centro educativo pueda iniciar el próximo año lectivo con todos sus alumnos y en las condiciones mínimamente necesarias. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”. 15) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y por su intermedio a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado relacionada con la necesidad de proceder a reparar un vertimiento de aguas servidas en un predio de la ciudad de Rivera “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE). Hemos tomado conocimiento, según planteamientos que se nos efectuaron y por haberlo constatado per-

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sonalmente, de la existencia de un grave problema de saneamiento que existe en la ciudad capital del departamento de Rivera, concretamente en la calle Guadalupe, en su intersección con la calle César Mayo Gutiérrez. Existe un predio frente a las referidas calles, en el cual la Intendencia de Rivera realizó, sin consentimiento de sus propietarios, una perforación que debería recibir únicamente agua de los pluviales. Sin embargo, cuando las lluvias son copiosas, vierte en dicho terreno no sólo el agua que proviene de la lluvia, sino además aguas servidas debido a que OSE tiene una planta que deriva todo hacia el referido terreno. Evidentemente, eso no implica únicamente una fuente de contaminación sino, asimismo, que los propietarios del referido inmueble no puedan realizar ninguna obra o simplemente disfrutar de su predio, dado que, como es fácil de imaginar, los olores son absolutamente intolerables. Queremos recalcar sobre todo, que el mayor problema radica en el desborde de las aguas servidas debido a que con las lluvias, el desagüe de OSE que se encuentra más próximo, no es suficiente. Obviamente, los propietarios, aunque estarían en su derecho, no van a proceder a tapiar dicha salida, pues de hacerlo, significaría que todas las aguas servidas, al no tener esa salida, revirtieran hacia las viviendas en las que se producen, con las consecuencias que son fáciles de suponer. Solucionar ese tema nos parece no sólo de justicia para quienes hace tiempo vienen soportando esa situación, sino de imperiosa necesidad a efectos de no facilitar el derrame de aguas servidas en una propiedad particular. Por lo expuesto, comprendiendo la urgencia de nuestro planteamiento, solicitamos que se adopten las medidas necesarias para su solución. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”. 16) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y por su intermedio a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado acerca de las necesidades de saneamiento del barrio Treinta y Tres Orientales de la ciudad de Rivera. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicito que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE). Hace unos días pude constatar, con gran preocupa-

ción, el grave problema vinculado al saneamiento, que están sufriendo los habitantes del barrio 33 Orientales de la ciudad capital del departamento de Rivera. Sucede que, en dicho barrio, la planta del sistema de saneamiento de OSE no se encuentra en funcionamiento pues está totalmente destruida. En consecuencia, como es fácil imaginar, los problemas sanitarios que de esa situación se derivan son graves, razón por la que humildemente entiendo deben ser solucionados a la brevedad, no sólo por los niños que allí viven, sino por toda la población. Se trata de un barrio muy poblado en donde los habitantes deben sufrir la falta de saneamiento y sus obvias consecuencias. Por lo expuesto, solicito que se tomen las medidas necesarias a fin de reparar el sistema de saneamiento del barrio 33 Orientales, tema de gran trascendencia y del que el organismo competente no puede dejar de ocuparse. Saludo al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”. 17) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Instituto Nacional de Alimentación, referente a la necesidad de proveer de alimentos a una asociación civil sin fines de lucro destinada a atender personas discapacitadas. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Instituto Nacional de Alimentación (INDA). En reciente visita realizada a la Asociación Amigos de los Discapacitados de Rivera, tomamos conocimiento de una situación realmente preocupante. Dicha Asociación, sin fines de lucro y fundada en el año 1995, brinda servicio de hogar permanente y transitorio, a varias personas con capacidades diferentes. Dentro de la modalidad de vivienda permanente se encuentran doce internas, nueve de ellas pertenecientes al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) y dentro de la modalidad transitoria veinticuatro externas. En la misma, se realizan talleres de costura, cocina, belleza, jardinería, quintas y otros, brindándoles, asimismo, educación especial. La institución tiene suscritos varios convenios con el INAU, con el Banco de Previsión Social y con el INDA. Es la institución referida en último término quien les proporciona alimentos, pero lo preocupante es que los mismos les son brindados cada dos meses,

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menguando sensiblemente dicho aporte en los últimos meses. Por otra parte, el INAU les proporciona leche fresca para las internas. Sin embargo, y a consecuencia de esto, el INDA ha retirado el aporte de leche en polvo, alimento más que imprescindible para la alimentación de las personas que allí desayunan, almuerzan, meriendan y cenan. Pero eso no es todo, sino que, como hemos dicho, los alimentos son absolutamente escasos, careciendo por ejemplo de carne. En consecuencia, creemos imprescindible que el INDA realice algún esfuerzo, a efectos de aumentar el volumen de alimentos que se les brinda, que los mismos les sean remitidos mensualmente y que se restablezca el suministro de leche en polvo. No es necesario profundizar en el tema, para darse cuenta que lo que estamos solicitando es absolutamente imprescindible a efectos de que esa loable institución pueda continuar brindando los tan importantes servicios que presta a personas que se encuentran en una situación muy vulnerable. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera. 18) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Telecomunicaciones, sobre la conexión a Internet de los servicios de educación informática en el Liceo Nº 4 de la ciudad capital del departamento de Rivera. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicito que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL). Hace unos días efectué una visita al Liceo Nº 4 de la ciudad capital del departamento de Rivera, centro educativo que posee alrededor de 400 alumnos en dos turnos y que cuenta con una sala de informática con 15 computadoras, habiéndose previsto su ampliación. Asimismo, realiza talleres de alfabetización informática para 23 padres de alumnos en dicha sala. Sin embargo, carecen de conexión a Internet, es decir, no poseen servicio ADSL. Cuentan únicamente con muy baja receptividad para el funcionamiento de las ceibalitas, habiéndose efectuado planteamientos ante ANTEL, pero sin éxito. Se colocó una antena para puentear la conexión con la Escuela Nº 64 y eso es lo que permite que las referidas computadoras funcionen, aunque con mucha dificultad. Es decir, que poseen únicamen-

te esa conexión y con grandes dificultades. Las computadoras de la sala de informática carecen de conexión. Según se me manifestó, un Cyber muy próximo al liceo reclamó ante ANTEL y le solucionaron el problema cambiando de ramal. Esa podría ser una solución, o bien la conexión con fibra óptica. Creo que podría estudiarse la posibilidad de efectuar gestiones a fin de dotar a ese centro educativo de conexión a Internet. De esta manera se podrían brindar correctamente las clases de informática a padres y alumnos y no, como hasta el momento, tener una sala equipada que por falta de conexión a Internet se encuentra en desuso. Saludo al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”.

19) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio del Interior, relacionada con las necesidades de seguridad pública en los centros educativos del departamento de Rivera.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio del Interior. En el día de ayer, el Ministro del Interior, Eduardo Bonomi, declaró que debido a los problemas de seguridad que existen en las instituciones educativas, el propósito de su Secretaría de Estado era contratar más efectivos policiales de modo que, para el próximo año haya dos policías por cada liceo. Realmente, estas declaraciones nos causaron gran preocupación, debido a que, según parece, para el señor Ministro, solo existen problemas con la seguridad en los liceos del departamento de Montevideo, ignorando olímpicamente la realidad del interior del país. Como Representante del departamento de Rivera, hemos visto los problemas que surgen en las cercanías de los centros educativos, los que son más que frecuentes. Es más, en otras oportunidades nos hemos ocupado del tema, sin haber obtenido ninguna solución. Creemos entonces, que debe el referido Secretario de Estado, tomar las medidas para que, no solamente en la capital exista dicha seguridad, sino que se disponga que en todos los departamentos del interior -aunque personalmente nos referimos específicamente al departamento de Rivera-existan dos efectivos policiales por cada centro educativo. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”.

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MEDIA HORA PREVIA 7.- Aspiración de que se instale una escuela técnica en Ombúes de Lavalle, departamento de Colonia.
——Se entra a la media hora previa. Tiene la palabra el señor Diputado Perrachón. SEÑOR PERRACHÓN.- Señora Presidenta: en la actualidad, la localidad de Ombúes de Lavalle cuenta con una población aproximada a los 4.000 habitantes, y su zona de influencia se extiende hasta el cercano pueblo de Campana, mientras más allá de la frontera con Soriano abarca la villa de Perseverano y el llamado Pueblo Castillo. Con referencia a los institutos de enseñanza presentes en estas comunidades, encontramos allí una escuela primaria y el Liceo de Ombúes, que integra en su currícula solo algunas orientaciones con Bachillerato completo. Como podrán advertir, la oferta educativa aparece renga en Ombúes de Lavalle, ya que no dispone de una Escuela Técnica -lo que antes llamábamos UTUque pueda brindar a la gente joven otras posibilidades de acceso a una educación con inserción laboral clara, de manera de sumar incentivos para quedarse en la zona en la que nacieron. En el mes de octubre pasado, se realizó en la sede del Club de Leones una importante reunión convocada por la Comisión de Vecinos, con el objetivo de discutir los detalles para la instalación de una escuela técnica, dado que además esta ciudad es la única del departamento que, a pesar de la población que tiene -se estima más que suficiente-, no cuenta con un centro educativo identificado con la institución de enseñanza técnica. Hoy creemos que la situación de la región oeste del departamento ha cambiado y que el cambio parece ser de proporciones considerables; la mayor inversión industrial de la historia del país se está instalando a 40 kilómetros de este lugar, en Punta Pereyra, Conchillas. Debemos ser capaces de darnos cuenta de la relevancia de esta oportunidad para dotar a los ciudadanos de la zona de los conocimientos adecuados, a fin de que puedan insertarse en esta nueva realidad, que podrá extenderse mientras perdure la etapa constructiva y la posterior, con otras características en la demanda de mano de obra. Todo esto se debe hacer sin

olvidar el peso productivo y de creación de riqueza que el sector agropecuario ha tenido y tiene por estos lares. En los últimos tiempos aparecieron propuestas en el Consejo de Educación Técnico Profesional, que no solo capacitan para el mundo laboral sino que, además, permiten a los alumnos seguir estudiando en niveles superiores, inclusive para el acceso a la Universidad. Si bien la población sigue con la costumbre de que después de Primaria la educación continúa en el liceo y solo los alumnos de mejor condición económica acceden a la Universidad, hoy las escuelas técnicas brindan una mejor capacitación, impulsadas por la creación de los Bachilleratos Tecnológicos, en los que los jóvenes adquieren mejores competencias para afrontar ambos campos: trabajo y estudio. Otro aspecto que queremos subrayar es que, hasta el momento, aquellos jóvenes interesados en ingresar a una Escuela Técnica deben trasladarse a las ciudades cercanas, teniendo como opción Cardona, que se encuentra a 40 kilómetros; Carmelo, a 65 kilómetros, o Colonia, que dista 70 kilómetros. Por ese motivo, muchos de los interesados quedan por el camino en sus aspiraciones, mientras otros comienzan de esta manera el proceso de emigración de la zona. Ya que la población de Ombúes de Lavalle se propone como objetivo firme el establecimiento de una escuela técnica, entendemos que la mejor manera de hacerlo sería por etapas. Quizás, el próximo año podrían comenzar a dictarse algunos cursos de Bachillerato y en un horizonte de tres o cuatro años, se propiciarían las condiciones para la instalación definitiva del instituto. La educación técnica tiene posibilidades reales de desarrollarse en esta región, y quizás estemos cometiendo una especie de injusticia como sociedad si dejamos pasar esta oportunidad histórica, ya que se trata de una zona de impacto de grandes emprendimientos industriales. Todo apunta a que el crecimiento incipiente del presente se transformará en verdadero desarrollo hacia el futuro. Señora Presidenta: solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Educación y Cultura, al Consejo Directivo Central, al Consejo de Educación Técnico-Profesional, a la Escuela Técnica de la ciudad de Colonia, a la Junta Departamental de Colonia y a la Junta Local de Ombúes de Lavalle. Muchas gracias.

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SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Treinta y cuatro en treinta y cinco: AFIRMATIVA. En nombre de la Cámara de Representantes y en coincidencia con el planteo realizado por el señor Diputado Perrachón, la Mesa saluda a los jóvenes y a las jóvenes representantes del Ciclo Básico de la Escuela Técnica de Rivera. Sean ustedes muy bienvenidos.

Nº 30- o Manuel Díaz. Inclusive, a 20 kilómetros de la ciudad, en la Ruta Nº 5, el servicio se ve muy restringido, al igual que por la Ruta Nº 27, en Paso Serpa, Batoví, Ataques, Mangueras, La Calera, todas zonas pobladas con escuelas públicas. Creemos que se trata de un tema de suma importancia, considerando fundamental que se preste atención a las dificultades que atraviesan las personas que allí residen o visitan dichos puntos. Una antena podría llegar a brindar un buen servicio, no solo al poblado de los Lagos del Norte, sino también a una vasta zona adyacente muy poblada por su trabajo forestal. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a ANTEL, a la Junta Departamental de Rivera, a la Comisión de Vecinos de Lagos del Norte, a la Comisión Directiva del Club Social “Boulevard Lagos del Norte” y a los distintos medios de prensa del departamento. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Treinta y seis en treinta y ocho: AFIRMATIVA.

8.- Solicitud de una antena para telefonía móvil e Internet que cubra una zona del departamento de Rivera.
Tiene la palabra el señor Diputado Núñez. SEÑOR NÚÑEZ.- Señora Presidenta: hago extensivo mi saludo a los alumnos de la Escuela Técnica de Rivera. Deseo aprovechar esta instancia para referirme a la necesidad existente en varias zonas del departamento de Rivera con relación a la telefonía móvil y a Internet. En el mes de octubre del año pasado remitimos a ANTEL una exposición escrita en la que expresamos la problemática que viven los clientes de ANCEL y ANCEL móvil de la zona del centro poblado Lagos del Norte, ubicado a poco más de 8 kilómetros de la ciudad de Rivera, debido a los inconvenientes técnicos que sufren los usuarios. En el mes de setiembre de este año enviamos una nota al señor Director de ANTEL, doctor Carlos Guariglia, por este mismo tema. El centro poblado cuenta con más de 130 familias durante el invierno y más de 300 durante la temporada de verano, llegando los fines de semana a aproximadamente 2.000 las personas que visitan el lugar para disfrutar de los lagos artificiales allí existentes, el camping municipal y el club social y deportivo “Boulevard Lagos del Norte”. Los usuarios quedan sin cobertura parcial o total de los servicios mencionados, viéndose así limitados en su utilización por no recibir señal. Hemos constatado que esta realidad también afecta diversos puntos del departamento, como el Empalme de Tranqueras -entre las Rutas Nº 5 y

9.- Reflexiones sobre los actos de violencia contra animales.
Tiene la palabra el señor Diputado Gloodtdofsky. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: la sociedad está bajo un fuerte impacto en virtud de los acontecimientos de pública notoriedad acaecidos en el departamento de Colonia: la muerte de una perrita, en un acto de saña sin igual demostrado por tres jóvenes. Es en estos casos cuando uno se pregunta si la crueldad no es una suerte de callo que se va generando en cada uno, que luego pueda ir creciendo y lleve a cometer hechos mucho más peligrosos y graves. Uno se pregunta si después del acto cometido, quizás con el estímulo de alguna sustancia psicoactiva, no sería posible que la misma situación se diera contra una persona. Veamos algunas cosas. Decía Sarmiento: “Civilización o barbarie”. Creo que permanecen en nuestra cultura ciertas rémoras de barbarie y que el estímulo de dichos episodios está dado en esas rémoras. Con-

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sidero que algunos episodios son mucho más graves, porque la rémora tiene el estímulo del propio Estado. Batlle y Ordóñez, en una actitud ejemplar, abolió las corridas de toros y las riñas de gallos. Nosotros, en esta Cámara, hemos propuesto abolir la tracción a sangre en la ciudad de Montevideo, entre muchas otras cosas, para impedir el deleznable acto, salvaje y bárbaro, del castigo al que se somete a los caballos. Decimos que el Estado es responsable, al igual que las personas. Como decía Sarmiento, de la barbarie a la civilización hay un tránsito, y el tránsito es el que vive el Estado y el que vivimos cada uno de nosotros. He traído aquí, para ilustrar a la Cámara, una fotografía de un jinete arriba de un bagual. Esa foto fue tomada en la Laguna de las Lavanderas, en Tacuarembó, en las criollas que regenteara esa hermosa persona que se llamó Homero Formoso, tío de nuestra compañera Martha Montaner, un hombre destacado en la reconquista y recuperación de las mejores tradiciones. Resulta que ese jinete, que se llama Aníbal Gloodtdofsky, también realizó el tránsito de la evolución que el Estado y las sociedades se deben dar, siguiendo a Sarmiento: civilización o barbarie. Pues bien: yo digo que el Estado, la Intendencia de Montevideo, auspicia las criollas. Quien habla, como San Pablo que algún día estuvo equivocado y reconoció su error, hoy reconoce su error y está aquí proponiendo que la Intendencia de Montevideo no vuelva nunca más a auspiciar un acto de barbarie y de injusticia tan grave como el de las corridas de toros y las riñas de gallos. La Intendencia de Montevideo auspicia el apaleamiento de los caballos, que no es doma; no se trata de domas, sino de traer a un bagual, jinetearlo un día, regresarlo al campo, traerlo al año siguiente y así sucesivamente. Ese es más o menos el mismo periplo que viven los caballos cuando arrastran el carro durante el día, son alquilados nuevamente por la noche; por lo tanto, pasan doce horas más doce horas cinchando del mismo carro. Ese no es el único acto de barbarie incivil que se comete desde el Estado y desde el Gobierno de Montevideo. Quiero señalar que el Zoológico de Villa Dolores es otro acto penoso de tortura. ¡Hay que ver en esos cuchitriles encerrados a todos los animales! ¡Hay que ver cómo se veía el oso polar en una jaulita para gatos y con una palangana con poco menos de cua-

renta grados de temperatura! ¡Es tiempo de terminar con eso, porque no solamente no ilustra, no enseña, no es un paseo sino que, por el contrario, es un acto representativo de la incivilidad, de la barbarie de un Estado que se ha quedado entrampado en aquella circunstancia y en aquellos momentos culturales! Proponemos desde ya, señora Presidenta, que se envíen todos los animales al Parque Lecocq y se convierta Villa Dolores, a fin de respetar la donación modal, en un ámbito abierto para animales autóctonos. Estas son simplemente muestras de cómo Sarmiento supo tener razón allá por el año 1860. Solicito que la versión taquigráfica de estas palabras sea enviada a la Intendencia y Junta Departamental de Montevideo. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Treinta y seis en cuarenta y seis: AFIRMATIVA.

10.- Dificultades del sector granjero.
Tiene la palabra la señora Diputada González. SEÑORA GONZÁLEZ.- Señora Presidenta: el tema que me preocupa y que desarrollaré es la situación de la granja en nuestro país, ya que tengo el honor de ocupar esta banca por el departamento de Canelones, palpito muy de cerca su deterioro y, además, gran parte de mi familia pertenece a dicho sector. (Murmullos) ——La granja ocupa… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Discúlpeme, señora Diputada. Ruego a los señores parlamentarios que no dialoguen en Sala y que escuchen con respeto la exposición de la señora Diputada. Muchas gracias. Puede continuar la señora Diputada González. SEÑORA GONZÁLEZ.- Muchas gracias, señora Presidenta. La granja ocupa solo el 1% de la superficie de nuestro país, pero el 28% de los productores rurales

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pertenece al sector granjero. Da trabajo a 45.000 personas en forma permanente y a alrededor 5.300 de manera zafral. Asimismo, entre Montevideo y Canelones ocupan el 64% de esos empleados permanentes. Actualmente, el 85% de la producción hortícolafrutícola está concentrado solo en un 15% de los productores, lo que habla a las claras de la concentración cada día en menos manos de dicho sector. Además, se ve un progresivo envejecimiento de las personas que trabajan en el sector granjero, ya que no existe recambio generacional, porque la mayoría de los hijos de los granjeros dejan la actividad agrícola debido a que se encuentran totalmente desmotivados, al ver que los grandes sacrificios que realizan sus padres no condicen con la baja paga que tienen al momento de vender sus cosechas. El valor de los productos de granja representa solo un 3,5% del costo de la canasta básica familiar uruguaya. Sin embargo, periódicamente vemos en los medios de prensa que se quiere crear una rivalidad entre el campo y la ciudad hablando de la carestía del costo de vida de los uruguayos, mientras se pasan imágenes de las ferias vecinales. Eso es totalmente falso; hay una gran brecha entre los precios que obtiene el granjero por la venta de sus productos y el precio que pagan los consumidores finales, sobre todo las grandes superficies. Además, en los últimos años se ha producido en la población una baja del 40% del consumo de frutas y hortalizas, lo que representa una alerta para el Poder Ejecutivo en cuanto a la salud de nuestra población. La OMS sugiere un consumo mínimo de 400 gramos diarios por persona de frutas y verduras, y en los hogares urbanos del Uruguay solo se consumen 246 gramos, disminuyendo en forma notoria esa cantidad en los hogares del interior y en la población de menos recursos. Debido a estas alarmantes cifras se ha sugerido al Poder Ejecutivo que inicie una campaña masiva por todos los medios de prensa, así como a nivel de los centros de enseñanza, advirtiendo de los beneficios del consumo de frutas y verduras. En cuanto a la importación, debemos expresar que no hay instrumentada una política seria. Basta ver lo que pasó este año con la entrada al país del ajo chino, lo que ocasionó que nuestros productores terminaran tirando su producción; inclusive, hace casi un mes, se realizó una movilización -que tuve el agrado

de acompañar- en la Ruta Nº 5 y Camino Pérez, en la que se regalaban ajos y manzanas a quienes pasaban. En el año 2005, se importaron US$ 23:000.000 de productos procesados agrícolas y, en 2010 se importaron US$ 54:000.000. La agroindustria nacional está concentrada en Montevideo, Canelones y Colonia, pero maneja cifras insignificantes. Por otro lado, nuestra granja exporta unos US$ 16.000:000.000 al año, entre el 10% y el 15%, por lo cual sostenemos que aún tenemos tiempo de sacar adelante este sector, que es viable y que ocupa muchísima mano de obra. En este sentido, entendemos que se necesita un orden institucional y la inminente creación del Instituto Nacional de la Granja, ya que tan noble sector merece un trato más digno. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Presidencia de la República, al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a la Confederación Granjera, a la Comisión Nacional de Fomento Rural, a la Asociación de Productores Agrícolas de Canelones, a la Federación Rural, a la Comuna Canaria, a la Junta Departamental de Canelones y a toda la prensa acreditada. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y siete: AFIRMATIVA.

11.- Soluciones ante las demoras en los pasos de frontera de los puentes Paysandú-Colón y Fray BentosPuerto Unzué.
Tiene la palabra el señor Diputado Verri. SEÑOR VERRI.- Señora Presidenta: en el día de hoy queremos referirnos a un hecho que, si bien ocurre en la frontera de nuestro departamento, afecta a todo el país. Cada vez que se inicia la temporada de turismo, o está por comenzar, nos damos cuenta de lo importante que es esa actividad y de las divisas que genera para nuestro país. Sin embargo, no percibimos que en dos de los principales puntos de ingreso al Uruguay, como los pasos de frontera de los puentes PaysandúColón y Fray Bentos-Puerto Unzué -General Artigas y General San Martín, respectivamente-, a los turistas

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se los trata como si fueran el enemigo, en lugar de brindarles todas las comodidades para que sigan viniendo a nuestro país. Desde hace mucho tiempo, año tras año, los puentes se ven desbordados; los funcionarios de la Dirección Nacional de Migraciones no dan abasto y las colas se suceden hora tras hora. Ha habido casos extremos en los que la espera de los turistas argentinos para ingresar al Uruguay a dejarnos sus divisas, a consumir nuestros productos, ha llegado a ser hasta de seis horas. Creemos que eso es muchísimo tiempo, demasiado tiempo para hablar de un país en serio, que apuesta al turismo, para hablar de un país que apuesta a ser del Primer Mundo. Que se requiera de seis horas para cruzar una frontera con un país hermano del MERCOSUR nos demuestra que, más allá de las ineficiencias que debemos encarar en esta materia, también tenemos un grave problema: el Mercado Común del Sur todavía no ha logrado unirnos y, por el contrario, cada vez estamos más lejos cuando se trata de unión regional. Estamos hablando de la frontera con nuestros vecinos y no de personas que vengan de sitios más lejanos; estamos hablando de personas que viven a muy pocos kilómetros de nuestra frontera; sin embargo, no somos capaces de resolver este tema. En nuestro departamento, desde la Intendencia hasta el centro comercial, siempre se han manifestado preocupaciones en este sentido. Nos consta que en la ciudad de Fray Bentos ocurre lo mismo: no es posible que los turistas hagan seis horas de cola al rayo del sol y no cuenten con servicios para abastecerse de cosas tan elementales como algo para comer o beber. Simplemente bastará con que algún legislador, en los próximos días de diciembre o de enero, concurra hasta el puente de Fray Bentos o de Paysandú para constatar esta realidad. Los representantes del Centro Comercial e Industrial de Paysandú, con la inquietud lógica de quienes se preocupan por su zona, se han reunido con el Ministerio de Turismo y Deporte, con la CARU, con el Ministro de Defensa Nacional, y a todos les han planteado este tema. Nos consta que la Intendencia de Paysandú ha hecho lo mismo a través de su Intendente, quien también está muy preocupado por este tema, y de otras autoridades, como el Director de Turismo y el Director General de Servicios de esa Comuna. Sin embargo, las soluciones no llegan.

Hoy nos enteramos, entre otras cosas, que desde la Dirección Nacional de Migraciones se dice que se demorará aproximadamente dos años en establecer un sistema informático que agilice el tránsito. Nuestro documento de identidad no tiene código de barras; por lo tanto, no puede ser leído por las computadoras. Entonces, los trámites se hacen digitando. Imaginen los señores Diputados que si en un vehículo vienen cinco personas, los funcionarios uruguayos y los argentinos tienen que digitar cinco veces los datos que les pide el sistema. De manera que es prácticamente imposible agilizar el trámite si no mejoramos la tecnología que hay al alcance y de la que, sin embargo, no disponemos, tal vez por burocracia o por ineficiencia propia. El Director Nacional de Pasos de Frontera hoy está convocando para hablar de un plan de contingencia. En ese sentido, desde aquí queremos alzar nuestra voz de protesta para que estas esperas en los puentes internacionales no se vuelvan a dar en la temporada de turismo y para que el plan de contingencia sea una solución hoy, pero no se constituya en la salida definitiva. Debemos recorrer un camino para encontrar una solución definitiva a un problema que realmente es una vergüenza nacional cada vez que se aproxima la temporada de verano. Lo mismo ocurre en Semana de Turismo, en Carnaval y en feriados largos argentinos, y esto que afirmamos está documentado por todos los medios de este país que se han encargado de ello. Señora Presidenta: quiero trasmitir mi preocupación y mi reclamo para que estas situaciones no vuelvan a ocurrir, para que la Dirección Nacional de Pasos de Frontera aplique el plan de contingencia de la mejor forma, sin que nos lleve a creer que esa es la solución definitiva. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se curse al Centro Comercial e Industrial de Paysandú, a la Intendencia y Junta Departamental de ese departamento, a los Ministerios de Turismo y Deporte, del Interior y de Defensa Nacional, y a la Dirección Nacional de Pasos de Frontera. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y tres: AFIRMATIVA.

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En nombre de la Cámara de Diputados, la Mesa saluda la presencia en la segunda barra de niñas y niños de 5° y 6° año de la Escuela Brasil del departamento de Montevideo: sean ustedes muy bienvenidos.

12.- Discrepancias con la gestión de la Intendencia de Montevideo.
Tiene la palabra el señor Diputado Garino Gruss. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señora Presidente: cabe acotar que la Escuela Brasil tiene importantes problemas edilicios; en ese sentido, seguramente los chicos sepan más que varios legisladores. En esta oportunidad me voy a referir a un tema montevideano que, básicamente, hace a la gestión de la Intendencia. En el día de hoy, la Intendenta está en la Junta Departamental dando explicaciones económicas y tributarias sobre la patente única de rodados y su impacto para el departamento. Entonces, voy a hacer algunas reflexiones sobre lo que ha sido la gestión de los últimos años y algunas comparaciones. Empezaré este análisis con una comparación entre los años 1989 -Administración colorada- y 2010. Los ingresos de la Intendencia aumentaron un 66,26% en términos reales. Entre los años comparados y considerando el efecto de la inflación, a través del IPC, la Intendencia destina un 95% más a retribuciones personales, un 153% más a gastos de funcionamiento y apenas un 28,24% a inversiones. Como consecuencia de lo anterior, el incremento de la recaudación de la Intendencia no puede destinarse mayormente a inversiones, ya que de ese 66% de incremento real, apenas se dedicó un 5,43% a la realización de obras. Si el mismo análisis se lleva al período 2006-2010 -no del año 1989 a 2000, sino al período 2006-2010-, el aumento del gasto en términos reales totaliza el 8,03% y cierra el quinquenio con un déficit acumulado de más de US$ 85:000.000. No hay balance positivo alguno: existe un déficit anual de US$ 29:300.000, un gasto acumulado de US$ 85:000.000 y vale la pena recordar que en aquella Administración se entregó la Intendencia con un superávit de US$ 14:000.000. El 7,72% del Presupuesto total de la Intendencia es aportado por el Gobierno Central que financia despilfarros y el mal manejo financiero de la comuna. Durante el período 2006-2010 -como bien dijese originó un déficit de US$ 85:000.000. El porcentaje

de inversiones con respecto a la recaudación de 1989 era de 19%, mientras que en el último quinquenio alcanzó un 12%, es decir un 7% menos de inversiones. A esto hay que sumar varias desprolijidades que se han hecho evidentes a lo largo de estos años. Por ejemplo, el recientemente derogado decreto por el cual se fijaba que el 15% de las personas que participaban en los concursos de la Intendencia de Montevideo tenían que ser familiares de funcionarios de ADEOM. A mi entender, esto es claro nepotismo. Hay 133 hectáreas de la Intendencia que están inutilizadas y mal manejadas, no tienen un destino concreto; hay estadios derrumbados, como el Cilindro Municipal. Hay reaforos ilegales como los que ocurrieron en 2006, con sentencias del Tribunal de lo Contencioso Administrativo que declaran su nulidad. Vale la pena recordar que en esa oportunidad se fijaron los valores reales de los inmuebles, incrementándolos en un 200%, 300% y llegando hasta un absurdo de 1.200%. Por otra parte, se han cobrado impuestos de manera ilegal. Por ejemplo, al Centro Habitacional Buceo y al Centro Habitacional Centenario IV -que comprende 825 familias- se les cobró la contribución inmobiliaria durante cinco años, algo que no correspondía porque como propietaria figura la Intendencia de Montevideo. A través de un pedido de información que se realizara a la Intendencia de Montevideo, se supo que ello originó la friolera de $ 9:000.000, es decir, un 5 de Oro acumulado que se cobró a 825 familias. El nuevo plan de limpieza -que esperemos resulte- es un eslabón más en los fracasos, como fueron los “containers” naranjas y las bolsitas naranjas. Recientemente, hubo elecciones dudosas y realizadas para concretar la participación de los Concejos Vecinales. En esa ocasión, no hubo control de la Corte Electoral y tampoco se permitía a los vecinos que participaban de esa elección, presenciando el escrutinio. Fue una elección sin control por la que se elegía a los representantes vecinales y el Presupuesto participativo, destinando ascendió $ 60:000.000. (Suena timbre indicador de tiempo) ——Redondeo, señora Presidenta. También quiero agregar que cada Centro Comunal Zonal cuenta con siete u ocho móviles, cuando las

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Comisarías en el Departamento de Montevideo no llegan a veces ni a la mitad para vigilar a los uruguayos. Por último, deseo decir que desde diciembre de 2010, para acercar todas estas inquietudes a la señora Intendenta en forma personal, tengo pedida una entrevista, pero hasta la fecha no he recibido una respuesta. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la señora Intendenta de Montevideo, a la Junta Departamental, a los Concejos Municipales, a los Centros Comunales Zonales, al Comité Ejecutivo Departamental del Partido Colorado y a la prensa oral y escrita del departamento. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. Ha finalizado la media hora previa.

15.- Abreviación de los procesos laborales. (Modificaciones a la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009).
Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del orden del día: “Abreviación de los procesos laborales. (Modificaciones a la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 680 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 3 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General Cr. Danilo Astori Presente. De nuestra mayor consideración: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese alto Cuerpo, a fin de remitir para su consideración el proyecto de ley que se acompaña, por el cual se formulan algunas modificaciones a la denominada Ley de abreviación de los procesos laborales Nº 18.572. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

13.- Aplazamiento.
Se entra al orden del día. En mérito a que no han llegado a la Mesa las respectivas listas de candidatos, si no hay objeciones, correspondería aplazar la consideración del asunto que figura en primer término del orden del día y que refiere a la elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo para el segundo Período de la XLVII Legislatura.

El presente proyecto de ley sobre reforma del proceso laboral se propone cerrar y construir la reforma procesal laboral comenzada en el anterior mandato y establecer un marco adecuado, ágil, preciso y de pronta administración de justicia. Como acaba de señalarse durante el quinquenio pasado se dispuso una reforma o puesta a punto de la legislación laboral de nuestra Nación. En ese contexto se sancionaron nuevos instrumentos legales que establecieron a vía de ejemplo un marco para la negociación colectiva tanto pública, como privada; una ley de promoción y protección de la libertad sindical; leyes sobre la descentralización laboral, reforma del seguro de desempleo, nuevos estatutos para los trabajadores domésticos y rurales, etcétera. Debido a una morosidad casi endémica del sistema procesal uruguayo para con las causas del trabajo (el cual no se apartaba del resto de los de América Latina), se promovió la instalación de un nuevo proceso laboral, el cual fue consagrado en la Ley Nº 18.572. Entrada en vigencia la mencionada norma, fue objeto de sucesivas oposiciones de inconstitucionalidad, algunas de las cuales lograron conmover aspectos del nuevo esquema procesal. Cabe especial referencia los relativos al depósito previo del cincuenta por

14.- Pensiones graciables.
Los asuntos que figuran en segundo y tercer término del orden del día refieren al otorgamiento de pensiones graciables para los señores Luis Alberto Reyes Umpiérrez y Guillermo Escalada Píriz. Corresponde tomar la votación por cédulas, la cual se efectuará a partir de este momento y hasta la hora 18. La Mesa recuerda a los señores Diputados que se debe firmar las tirillas de los sobres y que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 111 de la Constitución, el voto es secreto.

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ciento de la condena como requisito preliminar para deducir el recurso de apelación; y el tratamiento igualitario de ambas partes en la hipótesis de incomparecencia a la audiencia preliminar. Frente a los pronunciamientos del máximo órgano judicial, se torna indispensable dictar normas que contemplen los señalamientos realizados por la Suprema Corte de Justicia sin que esta adecuación comprometa ninguno de los principios que orientaron la reforma original y muy especialmente el de celeridad procesal. Se utiliza también la oportunidad legislativa para efectuar algunos ajustes de redacción en el texto de la Ley Nº 18.572 y corregir mínimas situaciones que aparecían sin solución o con salidas imperfectas en la práctica. Se describen en el siguiente capítulo las reformas propuestas. En sede de audiencia administrativa de conciliación (artículos 3º a 6º de la Ley Nº 18.572), se mantiene en esencia su redacción efectuando correcciones de denominación de algún órgano del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, suprimiéndose una disposición que habilitaba eludir este requisito en ciertas zonas geográficas del país, en virtud de que la mencionada Secretaría de Estado posee competencia en todo el territorio nacional. Respecto a la contestación de la demanda, oposición de excepciones y su contestación (artículos 9º, 11 y 13 de la Ley Nº 18.572), se modifica el momento de inicio del cómputo del plazo para concluir el proceso, situándolo después del momento de la contestación u oposición de excepciones o contestación de estas últimas según sea el caso. El artículo 14 se modifica sustancialmente tomando en consideración especial la declaración de inconstitucionalidad dictada por la Suprema Corte de Justicia. En este caso, se sacrifica en una pequeñísima fracción, el principio de inmediación a cambio de los de celeridad, economía y seguridad procesal. En efecto, tomando como base el modelo procesal que regía durante la vigencia del Decreto-Ley Nº 14.188, se admite que el abogado con la sola suscripción de la demanda queda investido del carácter de representante del trabajador. En consecuencia, llegada la audiencia, si el trabajador no se encontrare, el letrado tendrá facultades suficientes para representarlo y seguir adelante con el proceso. Respecto al artículo 15, se lo modifica en el sentido que para el caso de no dictarse sentencia definiti-

va, el Juez deberá notificar electrónicamente la fecha cierta del dictado del pronunciamiento, todo lo cual refuerza la garantía del debido proceso y la notificación cierta de los actos procesales. La nueva redacción del artículo 17 suprime el depósito del cincuenta por ciento de la condena como requisito previo para deducir el recurso de apelación y obedece a una de las tres inconstitucionalidades declaradas por la Suprema Corte de Justicia. Mediante la nueva redacción proyectada para el artículo 18 de la Ley Nº 18.572, se resuelve una discusión doctrinaria respecto a nominar la totalidad de los recursos procedentes, en especial los de ampliación y aclaración, habiéndose optado por la posición de excluir el recurso de casación, dado los pocos casos en que procede. En lo que hace al procedimiento de pequeñas causas se innova, estableciendo un término de diez días para que el demandado formule su contestación y oponga excepciones. Se modifica el modelo existente donde el demandado tenía que realizar toda esta actividad en la propia audiencia, incluso oponer excepciones. De esta manera se fortifica la posición del trabajador ya que se le abre un espacio para contestar estas últimas y producir prueba en tiempo suficiente. Como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad de la forma en que resolvía la ley la incomparecencia del demandado a la audiencia única, también se vio afectado el artículo 22 de la norma que se revisa. Se opta aquí también por la posición utilizada para el proceso ordinario, esto es, el trabajador puede comparecer mediante representante y continuar adelante con el proceso por el apoderado para el caso de inasistencia del actor. Mediante la reforma del artículo 25 se pretende reforzar la celeridad del proceso, estableciendo que sólo se notifica a domicilio la providencia que concede el traslado de la demanda, las restantes se realizarán mediante notificación electrónica. En la práctica se apreciaron algunas imperfecciones en el régimen de cómputo de términos y plazos, por lo cual a través del artículo 26 se decidió unificar el sistema, adecuándolo a las previsiones del Código General del Proceso. Con la nueva redacción del artículo 28 se refuerza el principio de gratuidad para la parte trabajadora haciéndolo extensivo a algunas actuaciones donde persistían algunas dudas. En los artículos finales se aproxima a la ley a algunos procedimientos (tutela sindical e igualdad de

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trato) de la nueva estructura procesal, más simple y rápida. Concluido el trabajo de una Comisión ad hoc redactora del presente proyecto se sometió el mismo a la consulta de los sectores profesionales (empleadores, trabajadores y Suprema Corte de Justicia) sin que se recibieran comentarios. Se estima, que mediante estas correcciones a la Ley Nº 18.572, el sistema procesal laboral quedará en óptimas condiciones, cumpliendo con los principios de celeridad y economía procesal, dejando al sistema jurídico nacional, una norma de última generación si se repasan los sistemas de derecho comparado. Saludamos a ese Cuerpo con la más alta estima y consideración. JOSÉ MUJICA, EDUARDO BONOMI, ROBERTO CONDE, PEDRO BUONOMO, LUIS ROSADILLA, RICARDO EHRLICH, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, DANIEL OLESKER, TABARÉ AGUERRE, HÉCTOR LESCANO, GRACIELA MUSLERA, ANA MARÍA VIGNOLI. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Modifícase el artículo 3º de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º. (Conciliación previa).- Antes de iniciarse juicio en materia laboral, deberá tentarse la conciliación previa ante el Centro de Negociación de Conflictos Individuales de Trabajo en la ciudad de Montevideo o ante la Oficina de Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el interior de la República, según corresponda al domicilio del empleador o al lugar en que se cumplieron las prestaciones. La solicitud de inicio del procedimiento conciliatorio deberá realizarse por escrito presentado por el interesado o por apoderado, asistido de abogado, salvo que la reclamación fuera por sumas inferiores al equivalente de 20 UR (veinte unidades reajustables). En dicha solicitud deberán indicarse con precisión los hechos que fundamentan el reclamo y el detalle y el monto de los rubros reclamados. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regulará los mecanismos y la forma de presentación de la solicitud, así como el procedimiento que se sigue posteriormente a la misma”.

Artículo 2º.- Modifícanse los incisos segundo y cuarto del artículo 4º de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “En acta resumida deberá señalarse los datos identificatorios de cada una de las partes, los domicilios constituidos a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5º de la presente ley, los rubros y montos reclamados por el citante, la respuesta del citado y el resultado final obtenido”. “El acuerdo al que se arribe en el procedimiento habilitará su ejecución forzada por el proceso regulado en el Título V del Libro II del Código General del Proceso”. Artículo 3º.- Modifícanse los artículos 9º, 11 y 13 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO 9º. (Traslado, emplazamiento y contestación de la demanda).- Interpuesta la demanda en forma, el Tribunal decretará el traslado y emplazamiento al demandado. El demandado contestará por escrito en la forma prevista en el artículo 130 del Código General del Proceso, dentro del término de 10 (diez) días debiendo oponer al mismo tiempo, si las tuviere, todas las excepciones referidas en el artículo 133 del Código General del Proceso”. “ARTÍCULO 11. (Traslado de las excepciones).De las excepciones opuestas se dará traslado al actor por el plazo de 3 (tres) días hábiles. Vencido el plazo o evacuado el traslado, se convocará a audiencia o se dictará resolución si correspondiere”. “ARTÍCULO 13. (Convocatoria a audiencia y diligenciamiento de la prueba).- Dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de recibido el escrito de contestación de demanda o de traslado de las excepciones, o vencido el término, el Tribunal fijará el objeto del proceso y de la prueba, se pronunciará sobre los medios probatorios y ordenará el diligenciamiento de la que corresponda, instrumentando todo lo que sea necesario para agotar su producción en la audiencia única que será convocada dentro de un plazo no mayor a los 60 (sesenta) días, contados a partir de la fecha de la contestación de la demanda o del traslado de la excepciones o del vencimiento del término. En caso de allanamiento total a la pretensión o cuando no se hubiera contestado la demanda en tiempo, y sin necesidad de diligenciar otra prueba

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el tribunal fijará fecha para el dictado de la sentencia definitiva”. Artículo 4º.- Sustitúyase el artículo 14 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 14. (Audiencia única).- La audiencia se iniciará con la acreditación de las partes o sus representantes y será presidida por el tribunal bajo pena de nulidad que compromete su responsabilidad funcional. Iniciada la audiencia, se cumplirán las siguientes actividades: 1. Las partes ratificarán, en su caso, el contenido de la demanda y de la contestación, y podrán aclarar sus extremos por iniciativa propia o sujetas a la decisión del tribunal si resultaren oscuros o imprecisos. 2. El Tribunal dictará sentencia definitiva parcial ordenando el pago de los rubros o montos no controvertidos con las condenas accesorias preceptivas y los recargos, reajustes e intereses que correspondan y tentará la conciliación en los demás. Esta resolución será apelable sin efecto suspensivo y constituirá titulo de ejecución. 3. El diligenciamiento de toda la prueba pendiente que el tribunal estime necesaria. 4. Las resoluciones dictadas en el curso de la audiencia, así como la que fija el objeto del proceso y de la prueba y provee sobre los medios probatorios admitirán recursos de reposición y apelación con efecto diferido, los que deberán proponerse en la propia audiencia. 5. Las partes podrán formular sus alegatos de bien probado en la audiencia o reservarse hacerlo por escrito dentro del plazo que fije el tribunal, que no podrá exceder de diez días corridos. En tal caso, el término para dictar sentencia definitiva quedará reducido en el mismo número de días dispuestos para alegar por escrito. 6. La audiencia única podrá prorrogarse por única vez cuando exista prueba pendiente de diligenciamiento que no haya podido ser incorporada pese a la diligencia del Tribunal y de las partes. Si la falta de incorporación fuere imputable al tribunal, generará su responsabilidad y si fuera imputable a una par-

te determinará que se prescinda del medio probatorio propuesto por la parte omisa, salvo que la contraparte lo solicitare o el tribunal, en uso de las facultades previstas por el artículo 1º, Inciso 2º de esta ley y por resolución fundada, dispusiere igualmente su diligenciamiento. En ningún caso la audiencia podrá prorrogarse por más de seis días. 7. Los incidentes promovidos fuera de audiencia se sustanciarán con un traslado a la contraparte por tres días. Los incidentes promovidos en la audiencia única se sustanciarán y resolverán en la misma. En ambos casos tanto la demanda como la contestación ofrecerán la prueba bajo las mismas reglas que para el proceso principal. Si fuera necesario, la prueba se terminará de producir en la audiencia que se celebrará en plazo no mayor a tres días en la que además, se oirá brevemente a las partes y se dictará sentencia, salvo que por su complejidad y por resolución fundada el tribunal resuelva diferirla por plazo máximo de tres días a cuyos efectos y sin convocatoria de nueva audiencia, fijará día y hora. La inasistencia no justificada de cualquiera de las partes no impedirá el desarrollo de la audiencia y la continuación del proceso”. Artículo 5º.- Modifícase el inciso primero del artículo 15 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 15. (Sentencia definitiva).- El Tribunal podrá dictar sentencia definitiva en la audiencia única o fuera de audiencia y dentro de los 20 (veinte) días siguientes. En este caso, fijará fecha para su pronunciamiento notificándola electrónicamente el mismo día”. Artículo 6º.- Modifícase el artículo 17 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 17. (Apelación y segunda instancia).- El plazo para interponer el recurso de apelación contra la sentencia definitiva de primera instancia será de 5 (cinco) días. Si la sentencia se dictare en audiencia, el recurso deberá ser anunciado en la misma audiencia disponiendo de 5 (cinco) días para expresar y fundar por escrito los agravios. Si la sentencia se dictare fuera de audiencia, el recurso será interpuesto por escrito

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fundado en el que se expresarán los agravios y sus fundamentos. Del recurso de apelación se dará traslado a la contraparte por el término de 5 (cinco) días. Evacuado el traslado o vencido el término para hacerlo, se elevará el expediente ante el Tribunal que corresponda en un plazo no mayor a los 5 (cinco) días. El superior dictará sentencia dentro de los 30 (treinta) días contados desde que los autos hayan ingresado al Tribunal; en caso de discordia dicho plazo se extenderá proporcionalmente. Recibidos los autos por el Tribunal, en plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas se señalará la fecha del acuerdo dejándose constancia y serán pasados a estudio simultáneo durante 7 (siete) días corridos. Finalizado el estudio se considerará en el acuerdo y, acordada sentencia, será dictada en plazo de 10 (diez) días. En caso de discordia, en el mismo acuerdo se sorteará la integración y, reunidos los votos necesarios, se dictará sentencia en el mismo plazo”. Artículo 7º.- Sustitúyense los artículos 18, 21, 22, 23, 25 y 26 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, por los siguientes: “ARTÍCULO 18. (Recursos).- En el proceso ordinario solo se admitirán los siguientes recursos: aclaración y ampliación, reposición, apelación, queja por denegación de apelación y revisión. Los recursos de aclaración y ampliación y reposición proceden contra las todas resoluciones dictadas en el curso del proceso. Contra las resoluciones dictadas en audiencia, estos recursos se interpondrán verbalmente, se oirá a la contraparte en el mismo acto antes de decidir y se resolverán en la misma en forma inmediata. Contra las resoluciones dictadas fuera de audiencia, estos recursos se interpondrán por escrito dentro del plazo de 3 (tres) días, con un traslado a la contraparte por el mismo plazo. Evacuado el traslado o vencido el término para ello, el Tribunal deberá dictar resolución dentro del plazo de 3 (tres) días. Los recursos de aclaración y ampliación, apelación, queja por denegación de apelación y revisión proceden contra la sentencia definitiva y contra la sentencia interlocutoria que ponga fin al proceso. El recurso de aclaración y ampliación será interpuesto y sustanciado en la forma prevista en el inciso anterior.

El recurso de apelación procede contra la sentencia definitiva y contra la interlocutoria que pongan fin al proceso. Este recurso será interpuesto, sustanciado y resuelto en la forma prevista en el artículo 17 de la presente ley. El recurso de queja por denegación de apelación se interpondrá dentro del plazo de 5 (cinco) días, con un traslado a la contraparte por el mismo plazo y será resuelto en la forma prevista en el articulo anterior”. “ARTÍCULO 21. (Traslado, contestación de la demanda y convocatoria a audiencia única).- Interpuesta la demanda en forma el Tribunal decretará el traslado y emplazamiento al demandado. El demandado contestará por escrito en la forma prevista por el artículo 9º de esta ley dentro del término de 10 (diez) días, debiendo oponer al mismo tiempo, si las tuviere, todas las excepciones referidas en el artículo 133 del Código General del Proceso. Será aplicable lo previsto por el artículo 10 de la presente ley. Contestada la demanda o vencido el plazo, el tribunal fijará el objeto del proceso y de la prueba, se pronunciará sobre los medios probatorios y ordenará el diligenciamiento de la que corresponda, instrumentando todo lo que sea necesario para agotar su producción en la audiencia única que la convocará en plazo no mayor a 10 (diez) días. En caso de allanamiento total a la pretensión o cuando no se hubiera contestado la demanda en tiempo, y sin necesidad de diligenciar otra prueba el Tribunal fijará fecha para el dictado de la sentencia definitiva”. “ARTÍCULO 22. (Audiencia única).- En la audiencia única que será presidida por el Tribunal bajo pena de nulidad que compromete su responsabilidad funcional se cumplirán las siguientes actividades: 1. Las partes ratificarán, en su caso, el contenido de la demanda y de la contestación, y podrán aclarar sus extremos, por iniciativa propia o sujetas a la decisión del tribunal si resultaren oscuros o imprecisos. 2. De las excepciones se dará traslado al actor quien deberá contestarlas en audiencia y todas serán resueltas en la sentencia definitiva. 3. El Tribunal tentará la conciliación y fijará definitivamente el objeto del proceso y de la prueba y acorde con ello realizará el diligen-

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ciamiento de toda la prueba pendiente que estime necesaria. 4. Se oirán los alegatos de ambas partes y el Tribunal dictará sentencia en la misma audiencia o dentro del plazo de 6 (seis) días y fuera de audiencia a cuyos efectos fijará la fecha y la hora. 5. La audiencia no se suspenderá por la ausencia de cualquiera de las partes. En todo caso el Juez producirá la prueba ofrecida y dictará sentencia. 6. Los incidentes promovidos fuera de audiencia se sustanciarán con un traslado a la contraparte por 3 (tres) días. Los incidentes promovidos en la audiencia única se sustanciarán y resolverán en la misma. En ambos casos tanto la demanda como la contestación ofrecerán la prueba bajo las mismas reglas que para el proceso principal. Si fuera necesario, la prueba se terminará de producir en la audiencia que se celebrará en plazo no mayor a 3 (tres) días en la que además, se oirá brevemente a las partes y se dictará sentencia, salvo que por su complejidad y por resolución fundada el Tribunal resuelva diferirla por plazo máximo de 3 (tres) días a cuyos efectos y sin convocatoria de nueva audiencia, fijará día y hora. 7. La audiencia única solamente podrá prorrogarse cuando exista prueba pendiente de diligenciamiento que no haya podido ser incorporada pese a la diligencia del Tribunal y de las partes. Si la falta de incorporación fuere imputable al Tribunal, generará su responsabilidad y si fuera imputable a una parte determinará que se prescinda del medio probatorio propuesto por la parte omisa, salvo que la contraparte lo solicitare o el Tribunal en uso de las facultades previstas por el segundo inciso del artículo 1º de esta ley y por resolución fundada dispusiere igualmente su diligenciamiento. En ningún caso la audiencia podrá prorrogarse por más de 6 (seis) días”. “ARTÍCULO 23. (Recursos).- Las resoluciones dictadas en el curso del proceso de menor cuantía admitirán recursos de reposición, y aclaración y ampliación. Las dictadas en audiencia, se tramitarán a petición verbal de cualquiera de las partes, oyendo a la contraria y resolviéndose en la misma. Las dictadas fuera de audiencia, se impugnarán,

sustanciarán y resolverán en plazo de 3 (tres) días. La sentencia que pone fin al proceso será susceptible del recurso de aclaración y ampliación que se interpondrá, sustanciará y resolverá en los mismos plazos”. “ARTÍCULO 25. (Notificaciones).- Salvo que ya se hubiera constituido domicilio electrónico en autos, el traslado de la demanda y emplazamiento se notificará en el domicilio del demandado. Todas las demás providencias se notificarán electrónicamente (Ley Nº 18.237), salvo en aquellos lugares donde no se ha implementado la comunicación electrónica, en cuyo caso, la notificación se hará ficta en la oficina”. “ARTÍCULO 26. (Plazos). Todos los plazos previstos en la presente ley son perentorios e improrrogables. Salvo disposición en contrario, todos los plazos para la actuación del Tribunal serán de 48 (cuarenta y ocho) horas. Todos los plazos comenzarán a correr el primer día hábil siguiente a su notificación, salvo que sean comunes, en cuyo caso se contarán desde el primer día hábil siguiente a la última notificación. Los plazos que se cuentan por días sólo se suspenderán en las ferias judiciales y en la semana de turismo. Los plazos menores de 15 (quince) días sólo computarán los días hábiles y los mayores a 15 (quince) días, se contarán por días corridos. Los plazos que finalicen en día inhábil se entenderán prorrogados hasta el primer día hábil siguiente. Son horas y días hábiles las indicadas por el artículo 96 del Código General del Proceso. El incumplimiento de los plazos previstos para el Tribunal, deberá ser expuesto y comunicado a la Suprema Corte de Justicia, quedando aquel sometido a eventual responsabilidad por la dilación si no se la considerase justificada”. Artículo 8º.- Modifícase el artículo 28 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 28. (Gratuidad).- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la presente ley, todas las actuaciones administrativas y judiciales se-

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rán gratuitas para la parte trabajadora, incluidos impuestos y tasas registrales y catastrales, expedición de testimonios de partidas del Registro de Estado Civil, certificados y sus legalizaciones”. Artículo 9º. (Aplicación de la ley en el tiempo).Las modificaciones introducidas por la presente ley serán de aplicación inmediata, alcanzando a los asuntos en trámite. Exceptúanse los actos y plazos procesales que hayan tenido principio de ejecución. Artículo 10. (Proceso digital).- Dispónese la implantación del expediente electrónico en la justicia del trabajo. Artículo 11. (Proceso general de tutela de la actividad sindical).- Sustitúyese el procedimiento previsto en el numeral 1) del artículo 2º de la Ley Nº 17.940, de 2 de enero de 2006, por el proceso laboral ordinario previsto en la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, con las modificaciones introducidas por la presente. Artículo 12. (Proceso de infracción a la ley de igualdad de trato).- Sustitúyese el proceso previsto en el artículo 4º de la Ley Nº 16.045, de 2 de junio de 1989, por el proceso ordinario previsto en la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, con las modificaciones introducidas por la presente. Montevideo, 3 de marzo de 2011. EDUARDO BONOMI, ROBERTO CONDE, PEDRO BUONOMO, LUIS ROSADILLA, RICARDO EHRLICH, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, DANIEL OLESKER, TABARÉ AGUERRE, HÉCTOR LESCANO, GRACIELA MUSLERA, ANA MARÍA VIGNOLI. CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Modifícase el artículo 3º de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º. (Conciliación previa).- Antes de iniciarse juicio en materia laboral, deberá tentarse la conciliación previa ante el Centro de Negociación de Conflictos Individuales de Trabajo en la ciudad de Montevideo o ante la Oficina de Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el interior de la República, según corres-

ponda al domicilio del empleador o al lugar en que se cumplieron las prestaciones. La solicitud de inicio del procedimiento conciliatorio deberá realizarse por escrito presentado por el interesado o por apoderado, asistido de abogado, salvo que la reclamación fuera por sumas inferiores al equivalente de 20 UR (veinte unidades reajustables). En dicha solicitud deberán indicarse con precisión los hechos que fundamentan el reclamo y el detalle y el monto de los rubros reclamados. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regulará los mecanismos y la forma de presentación de la solicitud, así como el procedimiento que se sigue posteriormente a la misma”. Artículo 2º.- Modifícanse los incisos segundo y cuarto del artículo 4º de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “En acta resumida deberán señalarse los datos identificatorios de cada una de las partes, los domicilios constituidos a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5º de la presente ley, los rubros y montos reclamados por el citante, la respuesta del citado y el resultado final obtenido”. “El acuerdo al que se arribe en el procedimiento habilitará su ejecución forzada por el proceso regulado en el Título V del Libro II del Código General del Proceso”. Artículo 3º.- Modifícanse los artículos 9º, 11 y 13 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO 9º. (Traslado, emplazamiento y contestación de la demanda).- Interpuesta la demanda en forma, el Tribunal decretará el traslado y emplazamiento al demandado. El demandado contestará por escrito en la forma prevista en el artículo 130 del Código General del Proceso, dentro del término de 15 (quince) días debiendo oponer al mismo tiempo, si las tuviere, todas las excepciones referidas en el artículo 133 del Código General del Proceso”. “ARTÍCULO 11. (Traslado de las excepciones).De las excepciones opuestas se dará traslado al actor por el plazo de 5 (cinco) días hábiles. Vencido el plazo o evacuado el traslado, se convocará a audiencia o se dictará resolución si correspondiere”. “ARTÍCULO 13. (Convocatoria a audiencia y diligenciamiento de la prueba).- Dentro de las 48

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(cuarenta y ocho) horas de recibido el escrito de contestación de demanda o de traslado de las excepciones, o vencido el término, el Tribunal fijará provisionalmente el objeto del proceso y de la prueba, se pronunciará sobre los medios probatorios y ordenará a la oficina el inmediato diligenciamiento de los que corresponda, instrumentando todo lo que sea necesario para agotar su producción en la audiencia única que será convocada dentro de un plazo no mayor a los 60 (sesenta) días, contados a partir de la fecha de la contestación de la demanda o del traslado de las excepciones o del vencimiento del término. En caso de allanamiento total a la pretensión o cuando no se hubiera contestado la demanda en tiempo, y sin necesidad de diligenciar otra prueba el Tribunal fijará fecha para el dictado de la sentencia definitiva”. Artículo 4º.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 14. (Audiencia única).- La audiencia se iniciará con la acreditación de las partes o sus representantes y será presidida por el Tribunal bajo pena de nulidad que compromete su responsabilidad funcional. Iniciada la audiencia, se cumplirán las siguientes actividades: 1. Las partes ratificarán, en su caso, el contenido de la demanda y de la contestación, y podrán aclarar sus extremos por iniciativa propia o sujetas a la decisión del Tribunal si resultaren oscuros o imprecisos. 2. El Tribunal dictará sentencia definitiva parcial ordenando el pago de los rubros o montos no controvertidos con las condenas accesorias preceptivas y los recargos, reajustes e intereses que correspondan y tentará la conciliación en los demás. Esta resolución será apelable sin efecto suspensivo y constituirá título de ejecución. La apelación se regirá por el régimen aplicable a las sentencias definitivas. 3. El diligenciamiento de toda la prueba pendiente que el Tribunal estime necesaria. 4. Las resoluciones dictadas en el curso de la audiencia, así como la que fija definitivamente el objeto del proceso y de la prueba y provee sobre los medios probatorios, admitirán recursos de reposición y apelación con

efecto diferido, los que deberán proponerse en la propia audiencia. 5. Las partes deberán formular sus alegatos de bien probado en la audiencia o reservarse hacerlo por escrito dentro del plazo de 6 (seis) días. 6. La audiencia única podrá prorrogarse por única vez cuando exista prueba pendiente de diligenciamiento que no haya podido ser incorporada pese a la diligencia del Tribunal y de las partes. Si la falta de incorporación fuere imputable al Tribunal, generará su responsabilidad y si fuera imputable a una parte determinará que se prescinda del medio probatorio propuesto por la parte omisa, salvo que la contraparte lo solicitare o el Tribunal, en uso de las facultades previstas por el artículo 1º inciso segundo de esta ley y por resolución fundada, dispusiere igualmente su diligenciamiento. La prórroga de la audiencia será por 6 (seis) días, pudiendo el Tribunal extender el plazo hasta 20 (veinte) días por motivo debidamente fundado, que será comunicado a la Suprema Corte de Justicia, quedando aquél sometido a eventual responsabilidad por la dilación si no se la considerase justificada. 7. Los incidentes promovidos fuera de audiencia se sustanciarán con un traslado a la contraparte por 3 (tres) días. Los incidentes promovidos en la audiencia única se sustanciarán y resolverán en la misma. En ambos casos tanto la demanda como la contestación ofrecerán la prueba bajo las mismas reglas que para el proceso principal. Si fuera necesario, la prueba se terminará de producir en la audiencia que se celebrará en un plazo no mayor a 3 (tres) días en la que además, se oirá brevemente a las partes y se dictará sentencia, salvo que por su complejidad y por resolución fundada el Tribunal resuelva diferirla por un plazo máximo de 3 (tres) días a cuyos efectos y sin convocatoria de nueva audiencia, fijará día y hora. La inasistencia no justificada de una de las partes no impedirá el desarrollo de la audiencia y la continuación del proceso. En caso de inasistencia de ambas partes a la audiencia, el Tribunal archivará las actuaciones sin más trámite”.

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Artículo 5º.- Sustitúyese el artículo 15 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 15. (Sentencia definitiva).- El Tribunal podrá dictar sentencia definitiva en la audiencia única o fuera de audiencia y dentro de los 20 (veinte) días siguientes. En este último caso, en la misma audiencia fijará fecha para su pronunciamiento. La sentencia se notificará electrónicamente el mismo día de dictada. En aquellos casos en los que no se haya implementado la comunicación electrónica la sentencia definitiva se notificará en los domicilios constituidos en autos. En los procesos regulados por esta ley, las sentencias que condenen al pago de créditos laborales de cualquier naturaleza deberán establecer el monto líquido de los mismos, incluidas las multas, intereses, actualizaciones y recargos que correspondieren”. Artículo 6º.- Modifícase el artículo 17 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 17. (Apelación y segunda instancia).El plazo para interponer el recurso de apelación contra la sentencia definitiva de primera instancia será de 10 (diez) días. Si la sentencia se dictare en audiencia, el recurso deberá ser anunciado en la misma audiencia disponiendo de 10 (diez) días para expresar y fundar por escrito los agravios. Si la sentencia se dictare fuera de audiencia, el recurso será interpuesto por escrito fundado en el que se expresarán los agravios y sus fundamentos. Del recurso de apelación se dará traslado a la contraparte por el término de 10 (diez) días. Evacuado el traslado o vencido el término para hacerlo, se elevará el expediente ante el Tribunal que corresponda en un plazo no mayor a los 5 (cinco) días. El superior dictará sentencia dentro de los 30 (treinta) días contados desde que los autos hayan ingresado al Tribunal; en caso de discordia dicho plazo se extenderá proporcionalmente. Recibidos los autos por el Tribunal, en un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas se señalará la fecha del acuerdo dejándose constancia y serán pasados a estudio simultáneo durante 7 (siete) días corridos. Finalizado el estudio se considerará en el acuerdo y, acordada sentencia, será dictada en un plazo de

10 (diez) días. En caso de discordia, en el mismo acuerdo se sorteará la integración y, reunidos los votos necesarios, se dictará sentencia en el mismo plazo”. Artículo 7º.- Sustitúyense los artículos 18, 21, 22, 23, 25 y 26 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, por los siguientes: “ARTÍCULO 18. (Recursos).- En el proceso ordinario sólo se admitirán los siguientes recursos: aclaración, ampliación, reposición, apelación, queja por denegación de apelación, revisión y casación. Los recursos de aclaración, ampliación y reposición proceden contra todas las resoluciones dictadas en el curso del proceso. Contra las resoluciones dictadas en audiencia, estos recursos se interpondrán verbalmente, se oirá a la contraparte en el mismo acto antes de decidir y se resolverán en la misma en forma inmediata. Contra las resoluciones dictadas fuera de audiencia, estos recursos se interpondrán por escrito dentro del plazo de 3 (tres) días. Del recurso de reposición se dará traslado a la contraparte por el mismo plazo. Evacuado el traslado o vencido el término para ello, el Tribunal deberá dictar resolución dentro del plazo de 3 (tres) días. Del mismo plazo dispondrá el Tribunal para resolver los recursos de aclaración y ampliación. Los recursos de aclaración, ampliación, apelación y revisión proceden contra la sentencia definitiva y contra la sentencia interlocutoria que ponga fin al proceso. Los recursos de aclaración y ampliación serán interpuestos en la forma prevista en el inciso anterior. El recurso de apelación procede contra la sentencia definitiva y contra la interlocutoria que pongan fin al proceso. Este recurso será interpuesto, sustanciado y resuelto en la forma prevista en el artículo 17 de la presente ley. El recurso de queja por denegación de apelación se interpondrá dentro del plazo de 5 (cinco) días, con un traslado a la contraparte por el mismo plazo y será resuelto en la forma prevista en el artículo anterior. El recurso de casación se regirá por el artículo 268 y siguientes del Código General del Proceso, con excepción del plazo para interponerlo, que será de 10 (diez) días contados desde el día siguiente a la notificación de la sentencia definitiva. El traslado será por igual término, y la sentencia definitiva deberá pronunciarse y notificarse en un plazo máximo de 90 (noventa) días”.

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“ARTÍCULO 21. (Traslado, contestación de la demanda y convocatoria a audiencia única).- Interpuesta la demanda en forma el Tribunal decretará el traslado y emplazamiento al demandado. El demandado contestará por escrito en la forma prevista por el artículo 9º de esta ley dentro del término de 10 (diez) días, debiendo oponer al mismo tiempo, si las tuviere, todas las excepciones referidas en el artículo 133 del Código General del Proceso. Será aplicable lo previsto por el artículo 10 de la presente ley. Contestada la demanda o vencido el plazo, el Tribunal fijará el objeto del proceso y de la prueba, se pronunciará sobre los medios probatorios y ordenará el diligenciamiento de los que corresponda, instrumentando todo lo que sea necesario para agotar su producción en la audiencia única, que la convocará en un plazo no mayor a 10 (diez) días. En caso de allanamiento total a la pretensión o cuando no se hubiera contestado la demanda en tiempo, y sin necesidad de diligenciar otra prueba, el Tribunal fijará fecha para el dictado de la sentencia definitiva”. “ARTÍCULO 22. (Audiencia única).- En la audiencia única que será presidida por el Tribunal bajo pena de nulidad que compromete su responsabilidad funcional se cumplirán las siguientes actividades: 1. Las partes ratificarán, en su caso, el contenido de la demanda y de la contestación, y podrán aclarar sus extremos, por iniciativa propia o sujetas a la decisión del Tribunal si resultaren oscuros o imprecisos. 2. De las excepciones se dará traslado al actor quien deberá contestarlas en audiencia y todas serán resueltas en la sentencia definitiva. 3. El Tribunal tentará la conciliación y fijará definitivamente el objeto del proceso y de la prueba y, acorde con ello, realizará el diligenciamiento de toda la prueba pendiente que estime necesaria. 4. Se oirán los alegatos de ambas partes y el Tribunal dictará sentencia en la misma audiencia o dentro del plazo de 6 (seis) días y fuera de audiencia a cuyos efectos fijará la fecha y la hora. 5. La audiencia no se suspenderá por la ausencia de una de las partes. El Juez producirá la prueba ofrecida y dictará sentencia.

En caso de inasistencia de ambas partes a la audiencia, el Tribunal archivará las actuaciones sin más trámite. 6. Los incidentes promovidos fuera de audiencia se sustanciarán con un traslado a la contraparte por 3 (tres) días. Los incidentes promovidos en la audiencia única se sustanciarán y resolverán en la misma. En ambos casos tanto la demanda como la contestación ofrecerán la prueba bajo las mismas reglas que para el proceso principal. Si fuera necesario, la prueba se terminará de producir en la audiencia que se celebrará en un plazo no mayor a 3 (tres) días en la que, además, se oirá brevemente a las partes y se dictará sentencia, salvo que por su complejidad y por resolución fundada el Tribunal resuelva diferirla por un plazo máximo de 3 (tres) días a cuyos efectos y sin convocatoria de nueva audiencia, fijará día y hora. 7. La audiencia única solamente podrá prorrogarse cuando exista prueba pendiente de diligenciamiento que no haya podido ser incorporada pese a la diligencia del Tribunal y de las partes. Si la falta de incorporación fuere imputable al Tribunal, generará su responsabilidad y si fuera imputable a una parte determinará que se prescinda del medio probatorio propuesto por la parte omisa, salvo que la contraparte lo solicitare o el Tribunal en uso de las facultades previstas por el artículo 1º, inciso segundo de esta ley y por resolución fundada dispusiere igualmente su diligenciamiento. En ningún caso la audiencia podrá prorrogarse por más de 6 (seis) días”. “ARTÍCULO 23. (Recursos).- Las resoluciones dictadas en el curso del proceso de menor cuantía admitirán recursos de reposición, aclaración y ampliación. Los recursos interpuestos contra las providencias dictadas en audiencia, se tramitarán a petición verbal de cualquiera de las partes, oyendo a la contraria y resolviéndose en la misma. Las providencias dictadas fuera de audiencia se impugnarán, sustanciarán y resolverán en un plazo de 3 (tres) días. La sentencia que pone fin al proceso será susceptible de los recursos de aclaración y ampliación que se interpondrán, sustanciarán y resolverán en los mismos plazos”.

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“ARTÍCULO 25. (Notificaciones).- Salvo que ya se hubiera constituido domicilio electrónico en autos, el traslado de la demanda y emplazamiento se notificará en el domicilio del demandado. Todas las demás providencias se notificarán electrónicamente (Ley Nº 18.237, de 26 de diciembre de 2007), salvo en aquellos lugares donde no se haya implementado la comunicación electrónica, en cuyo caso, la notificación se hará ficta en la oficina, excepto los casos en que el Tribunal disponga que se practique en el domicilio constituido en autos”. “ARTÍCULO 26. (Plazos).- Todos los plazos previstos en la presente ley son perentorios e improrrogables. Salvo disposición en contrario, todos los plazos para la actuación del Tribunal serán de 48 (cuarenta y ocho) horas. Todos los plazos comenzarán a correr el primer día hábil siguiente a su notificación, salvo que sean comunes, en cuyo caso se contarán desde el primer día hábil siguiente a la última notificación. Los plazos que se cuentan por días sólo se suspenderán en las ferias judiciales y en la semana de turismo. Los plazos de hasta 15 (quince) días sólo computarán los días hábiles y los mayores a 15 (quince) días se contarán por días corridos. Los plazos que finalicen en día inhábil se entenderán prorrogados hasta el primer día hábil siguiente. Son horas y días hábiles las indicadas por el artículo 96 del Código General del Proceso. El incumplimiento de los plazos previstos para el Tribunal, deberá ser expuesto y comunicado a la Suprema Corte de Justicia, quedando aquel sometido a eventual responsabilidad por la dilación si no se la considerase justificada”. Artículo 8º.- Modifícase el artículo 28 de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 28. (Gratuidad).- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la presente ley, todas las actuaciones administrativas y judiciales serán gratuitas para la parte trabajadora, incluidos impuestos y tasas registrales y catastrales, expedición de testimonios de partidas del Registro de Estado Civil, certificados y sus legalizaciones”.

Artículo 9º. (Aplicación de la ley en el tiempo).Las modificaciones introducidas por la presente ley serán de aplicación inmediata, alcanzando a los asuntos en trámite. Exceptúanse los actos y plazos procesales que hayan tenido principio de ejecución. Artículo 10. (Proceso digital).- Dispónese la implantación del expediente electrónico en el ámbito de la jurisdicción laboral. Artículo 11. (Proceso general de tutela de la actividad sindical).- Sustitúyese el procedimiento previsto en el artículo 2º, numeral 1) de la Ley Nº 17.940, de 2 de enero de 2006, por el proceso laboral ordinario previsto en la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, con las modificaciones introducidas por la presente ley. Artículo 12. (Proceso de infracción a la ley de igualdad de trato).- Sustitúyese el proceso previsto en el artículo 4º de la Ley Nº 16.045, de 2 de junio de 1989, por el proceso ordinario previsto en la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, con las modificaciones introducidas por la presente ley. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 6 de setiembre de 2011. DANILO ASTORI Presidente HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 680 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Legislación del Trabajo INFORME Señores Representantes: La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Representantes ha considerado y aprobado el proyecto de ley sobre abreviación de los procesos laborales, por el que se modifica la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009. La Ley Nº 18.572 fue aprobada en la anterior Legislatura en el marco de una reforma de la legislación laboral vigente en el país. En el período anterior se sancionaron importantes leyes, se establecieron normas sobre negociación colectiva tanto pública como privada, de promoción y protección de la actividad sindical, reforma al instituto de desempleo, nuevos estatutos para los trabajadores rurales y domésticos.

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La sanción de la Ley Nº 18.572 intenta comenzar a saldar una vieja deuda del sistema procesal nacional con las causas del trabajo, consagrando un nuevo proceso laboral. El entrar en vigencia esta ley, fue objeto de sucesivas oposiciones de inconstitucionalidad, algunas de ellas fueron laudadas en ese sentido por la Suprema Corte de Justicia. Cabe destacar lo referente al depósito previo del cincuenta por ciento de la condena como requisito preliminar para deducir el recurso de apelación. Ante esta situación el Poder Ejecutivo encomendó a una comisión de juristas que redactara un proyecto que lograra resolver las inconstitucionalidades dictadas por la Suprema Corte, a la vez de corregir situaciones que aparecían sin solución o con salidas imperfectas en la práctica. El proyecto redactado cumple con los objetivos anteriormente descriptos, sin que se comprometa ninguno de los principios que orientaron la reforma original y muy especialmente el de celeridad procesal. Una vez culminado el trabajo de la comisión redactora el proyecto fue sometido a consulta de empresarios, trabajadores y la Suprema Corte de Justicia sin que en esa oportunidad mereciera comentarios. Este proyecto fue aprobado por unanimidad en el Senado con varias modificaciones. Posteriormente su contenido fue analizado por la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, ya en el año 2010 dicha Comisión había desarrollado una rica discusión sobre la Ley Nº 18.572 y diferentes propuestas de modificaciones, en ese marco se recibieron a diferentes actores como la Suprema Corte de Justicia, Asociación de Magistrados, Colegio de Abogados, Cátedra de Derecho Laboral, Cátedra de Derecho Procesal, Cámaras empresariales y PIT-CNT. En esta oportunidad se cursaron notas a los distintos actores, recibiendo respuesta de la Suprema Corte, señalando que el presente proyecto salva los pronunciamientos de inconstitucionalidad dictados. Compareciendo nuevamente ante la Comisión, el Colegio de Abogados señaló que si bien a su entender el proyecto aprobado en el Senado es superior al remitido por el Poder Ejecutivo, considera que se le debieran realizar otras modificaciones. La discusión del proyecto en Comisión dio como resultado que el mismo fuera aprobado por unanimi-

dad, mas allá que algunos señores legisladores manifiestan reserva con algunos de sus contenidos. Por lo anteriormente detallado esta Comisión asesora recomienda la aprobación del presente proyecto. Sala de la Comisión, 18 de octubre de 2011. LUIS PUIG, Miembro Informante, MARCELO BISTOLFI, RAÚL OLIVERA, MARTÍN TIERNO, CARMELO JOSÉ VIDALÍN AGUIRRE, PABLO D. ABDALA, con salvedades, que expondrá en Sala”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. (Murmullos.- Campana de orden) ——Rogamos a los señores Diputados que suspendan por un momento -aunque sea- los diálogos, para escuchar el informe del proyecto que luego deberemos votar. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Puig. SEÑOR PUIG.- Señora Presidenta: la Ley Nº 18.572 fue aprobada en la anterior Legislatura en el marco de una reforma de la legislación laboral vigente en el país. En el período anterior se sancionaron importantes leyes, se establecieron normas sobre negociación colectiva tanto pública como privada, de promoción y protección de la actividad sindical, la reforma al instituto de desempleo… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Perdón, señor Diputado, pero voy a reiterar mi pedido de silencio en la Sala para escuchar la exposición del colega Diputado acerca de un proyecto que vamos a considerar. ¡Por favor! Puede continuar el miembro informante, señor Diputado Puig. SEÑOR PUIG.- Gracias, señora Presidenta. Decía que se aprobaron normas de negociación colectiva tanto pública como privada, de promoción y protección de la actividad sindical, la reforma al instituto de desempleo y nuevos estatutos para los trabajadores rurales y domésticos.

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La sanción de la Ley Nº 18.572 intenta comenzar a saldar una vieja deuda del sistema procesal nacional con las causas del trabajo, consagrando un nuevo proceso laboral. La entrada en vigencia de esta ley fue objeto de sucesivas oposiciones de inconstitucionalidad, algunas de las cuales fueron laudadas por la Suprema Corte de Justicia. Cabe destacar lo referente al depósito previo del 50% de la condena como requisito preliminar para deducir el recurso de apelación. Ante esta situación, el Poder Ejecutivo encomendó a una comisión de juristas que redactara un proyecto para tratar de resolver las inconstitucionalidades dictadas por la Suprema Corte de Justicia, a la vez de corregir situaciones que aparecían sin solución o con salidas imperfectas en la práctica. El proyecto redactado cumple con los objetivos anteriormente descritos, sin que se comprometa ninguno de los principios que orientaron la reforma original y muy especialmente el de la celeridad procesal. Una vez culminado el trabajo de la comisión redactora, el proyecto fue sometido a consulta de empresarios, de trabajadores y de la Suprema Corte de Justicia sin que en esa oportunidad mereciera comentarios. El proyecto fue aprobado por la unanimidad del Senado y tuvo varias modificaciones. Posteriormente, su contenido fue analizado por la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados. Ya en 2010, dicha Comisión había desarrollado una rica discusión sobre la Ley Nº 18.752 y diferentes propuestas de modificaciones. En ese marco, en el año 2010, se recibió a diferentes actores, como la Suprema Corte de Justicia, la Asociación de Magistrados del Uruguay, el Colegio de Abogados del Uruguay, la Cátedra de Derecho Laboral, la Cátedra de Derecho Procesal, las cámaras empresariales y el PIT-CNT. En esta oportunidad se cursaron notas a diferentes actores y se recibió la respuesta de la Suprema Corte de Justicia señalando que el actual proyecto aprobado por el Senado salva los pronunciamientos de inconstitucionalidad. Compareciendo nuevamente ante la Comisión, el Colegio de Abogados del Uruguay manifestó que si bien a su entender el proyecto aprobado en el Senado es superior al remitido por el Poder Ejecutivo, se le deberían realizar otras modificaciones. La discusión del proyecto en Comisión dio como resultado que fuera aprobado por unanimidad, más

allá de que ciertos señores legisladores manifestaron reservas en algunos de sus contenidos. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión asesora recomienda la aprobación del proyecto de ley. Creemos necesario enmarcar la discusión que desarrollaremos en el día de hoy en torno a qué significó la aprobación de la Ley N° 18.57 por del Parlamento y cuáles fueron sus objetivos y fundamentos. Eso tiene que ver con aspectos sustanciales referidos a la necesidad de un proceso laboral autónomo basado en que el artículo 53 de la Constitución establece que el derecho al trabajo está protegido especialmente por la ley. Cuando el Instituto del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social compareció ante la Comisión de Legislación del Trabajo, uno de sus integrantes, el doctor Óscar Ermida Uriarte, realizó ciertas manifestaciones. Creo que en algún momento este Parlamento debería realizar un homenaje a quien fuera un destacado catedrático que representó a Uruguay en organismos como la OIT, redactor, asesor y consultor de este proyecto que, finalmente, fue sustanciado en ley. Reitero que en algún momento, el Parlamento le debería realizar un homenaje. El doctor Ermida Urirarte, en su visita a la Comisión, manifestó: “[…] los presupuestos del derecho laboral procesal […] son instrumentalidad y autonomía. El proceso no es un fin en sí mismo; el proceso no existe para sí. El proceso es un instrumento, una herramienta para garantizar la eficacia de los derechos sustantivos, en este caso, de los derechos laborales. El proceso laboral es una herramienta para lograr que se cumplan los derechos laborales. Por tanto, el proceso es instrumental al derecho sustantivo laboral. El proceso laboral es instrumental o adjetivo respecto al derecho laboral y, consecuentemente, autónomo respecto al derecho procesal civil. Un derecho tan particular, tan protector, tan distinto y tan desigualador como el derecho del trabajo, requiere un proceso distinto a su medida”. Más adelante agregaba: “[…] El derecho laboral y, consecuentemente, el proceso laboral, no parte de la igualdad formal; parte de la constatación de que en las relaciones de trabajo hay un fuerte y un débil, es decir, hay desigualdad. Y la función del derecho laboral y del proceso laboral es corregir esa desigualdad; por eso es protector y, por eso, el principio en el pro-

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ceso laboral no es la igualdad de las partes como en el proceso civil. […] En materia laboral lo inconstitucional es el tratamiento igual de los desiguales. En materia laboral y procesal laboral, lo constitucional es la igualación o desigualdad compensatoria. Y esto surge del artículo 53 de la Constitución […]. Por otra parte, ¿cuál fue el contexto de la aprobación de la Ley N° 18.572? Tuvo dos aspectos. En primer lugar, corregir lo que se dio en llamar la anomalía uruguaya, es decir, de ser el único país en América Latina que no tenía un proceso laboral específico, igualador y protector. Y el segundo motivo tuvo que ver con la intensa actividad legislativa que en materia laboral se dio entre los años 2006 y 2009. […] Este Parlamento o el anterior, con otra integración, entre 2006 y 2009, aprobó más de cuarenta normas con contenido laboral que casi todas intentaban mejorar la protección del trabajador. Pues bien, pretender que el Parlamento, que evitó toda esa legislación laboral protectora, dejara confiada su ejecución, su cumplimiento, su control a un procedimiento que ignoraba las diferencias entre trabajador y empleador, era un disparate; no había posibilidad que eso quedara librado así, que ese cordón quedara sin atar. Por eso, esa obra legislativa se coronó con la aprobación de la Ley N° 18.572. El legislador, consciente o inconscientemente, aunque no fuera más que por intuición, dijo: ‘Todo lo que aprobé ahora tengo que dárselo a cumplir, a aplicar a un mecanismo apropiado que responda a esta filosofía’, y eso fue la Ley N° 18.572. […]”. Como decía, el proceso que se inicia con las demandas de inconstitucionalidad -algunas fueron laudadas por la Suprema Corte de Justicia-, llevó a que el Poder Ejecutivo enviara un proyecto proponiendo modificaciones. Más allá de las modificaciones que se plantean en el proyecto analizado y aprobado por unanimidad en el Senado, se mantiene en esencia la redacción de los artículos 3° al 6°, efectuando correcciones de denominación de algún órgano del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, suprimiendo alguna disposición que habilitaba eludir este requisito en ciertas zonas geográficas del país en virtud… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Resulta imposible oír el informe del señor Diputado Puig debido al murmullo continuo que hay en Sala. Les solicito consideración. Cada vez que uno habla le gusta que los

demás lo escuchen; deberíamos escuchar también a los demás. Puede continuar, señor Diputado. SEÑOR PUIG.- En realidad, más que el interés de que me escuchen, creo que es necesario analizar estos aspectos para considerar la aprobación de este proyecto. Me estaba refiriendo a los artículos 3° al 6°. El artículo 3° modificativo de los artículos 9°, 11 y 13 de la Ley N° 18.572 cambia el momento del inicio del cómputo del plazo para concluir este proceso, situándolo después del momento de la contestación u oposición de excepciones o contestación de estas, según sea el caso. El Senado amplió los plazos establecidos en el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo. El artículo 14 de la Ley N° 18.572 se modifica sustancialmente, habida cuenta de la declaración de inconstitucionalidad dictada por la Suprema Corte de Justicia y, en ese caso, se sacrifica en pequeñísima fracción el principio de inmediación a cambio de la celeridad, economía y seguridad procesal. En efecto, tomando como base el modelo procesal que regía la vigencia del Decreto-Ley N° 14.188, se admite que el abogado, con la sola suscripción de la demanda, queda investido del carácter de representante del trabajador. En consecuencia, llegado el momento de la audiencia, si el trabajador no se encontrase presente, el letrado tendrá facultades suficientes para representarlo y seguir adelante con el proceso. El artículo 15 se modifica en el sentido de que para el caso de no dictarse sentencia definitiva, el Juez podrá modificar electrónicamente la fecha cierta del dictado del pronunciamiento, todo lo cual refuerza la garantía del debido proceso y la notificación cierta de los actores procesales. En la nueva redacción del artículo 17 se suprime el depósito del 50% de la condena como requisito previo para deducir el recurso de apelación, y ello obedece a una de las tres inconstitucionalidades dictadas por la Suprema Corte de Justicia. También en este artículo hubo una ampliación de plazos por parte del Senado. Mediante una nueva redacción del artículo 18 se resuelve una discusión doctrinaria respecto a nominar la totalidad de los recursos procedentes, en particular,

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de ampliación y aclaración. Si bien el Poder Ejecutivo excluía el recurso de casación, lo incorpora el Senado en este artículo. Asimismo, hay modificaciones en los artículos 22 y 25. En los artículos finales el proyecto se aproxima a algunos procedimientos de tutela sindical e igualdad de trato en la nueva estructura procesal más simple y rápida Se estima que estas modificaciones mejoran aspectos de redacción. Lo que queda claro es que no cambia el sentido, lo sustancial y el cometido que se planteó el Parlamento al aprobar la Ley N° 18.572. Nos parece importante señalar que, más allá de los retrasos que se han planteado -algunos son reales-, esta ley ha mejorado en varios aspectos algo sustancial: los plazos para resolver las demandas desde el punto de vista judicial. En el pasado, la larga duración de los juicios hacía que muchas veces los trabajadores desistieran de iniciar acciones. Por lo tanto, como los créditos laborales tienen que ver con la subsistencia misma del trabajador y su familia, esto implicaba la ausencia de justicia. Es por esto que estamos planteando al Cuerpo la aprobación de las modificaciones que ha remitido el Senado. Muchas gracias. SEÑOR GARINO GRUSS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señora Presidenta: en términos generales, el Partido Colorado va a acompañar este proyecto de ley, pero nos vemos obligados a decir algunas cosas. La Ley Nº 18.572 es un ejemplo de cómo no se tiene que legislar, más aun cuando son temas sensibles que hacen a los créditos laborales de naturaleza alimentaria, fundamentales para tanta gente. La Ley Nº 18.572, que refiere a la duración de los procesos laborales, fue aprobada en setiembre de 2009. El Uruguay lleva dos años con un proceso que es dificultoso, tortuoso por los plazos, y que posteriormente fue declarado inconstitucional. Con fecha junio de 2010 fueron declarados inconstitucionales los artículos 14, 17, 21 y 22. (Murmullos)

——En agosto de 2010 la bancada de Diputados del Partido Colorado presentó un proyecto de ley que, en líneas generales, subsanaba las dificultades con respecto a la Constitución; proponía plazos más acordes, para la actividad de los Jueces, los letrados y las notificaciones, entre otros aspectos. (Murmullos) ——En noviembre de 2010 compareció en la Comisión el Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social representando a la Cartera, quien en aquella oportunidad se comprometió… (Murmullos.- Campana de orden) ——Gracias, señora Presidenta. Decía que en esa oportunidad el señor Subsecretario se comprometió a enviar por escrito un proyecto sobre el que los legisladores podríamos trabajar y hacer nuestras propuestas. Sin embargo, eso ocurrió en marzo de 2011, cinco meses después. Eso habla de la poca seriedad con que se trató el tema. En estos diez a once meses que pasaron desde la declaratoria de inconstitucionalidad, el Poder Judicial tuvo que enfrentar miles de pedidos de inconstitucionalidad, lo que generó graves perjuicios para su correcto funcionamiento. Eso también sucedió en los juzgados laborales especializados en la materia en Montevideo, pero fue aún peor y de mayor gravedad en el interior del país, donde no hay juzgados especializados en la materia y había que conciliar los restantes procesos con los de materia laboral en plazos excesivamente cortos, inconvenientes. Además, hay que tener en cuenta los envíos a la Suprema Corte de Justicia por las inconstitucionalidades que imponían tanto los trabajadores como los empleadores, así como lo hizo el Estado en varias oportunidades cuando fue demandado. Como dije, el Partido Colorado va a acompañar el proyecto, pero quiere dejar algunas constancias. Va a haber problemas con algunos artículos. Si bien se va a votar en Sala mejorar lo que está mal, sigue teniendo algunos problemas prácticos de los que queremos dejar constancia. Va a haber problemas con la modificación del segundo inciso del artículo 17 de la Ley Nº 18.572, por el que se solicita que se eleve el expediente con cinco días al Tribunal. Eso nunca sucede.

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Tampoco se establece sanción si no se cumple con ese plazo, por lo cual no deja de ser una mera aspiración que, reiteramos, no se va a cumplir. (Murmullos.- Campana de orden) ——En el inciso segundo del artículo 17 se establecen plazos inadecuados para que los Jueces y el tribunal obren y estudien los expedientes; son excesivamente magros. A pesar de que eso se mejora, siguen siendo inconvenientes para el correcto funcionamiento de la Justicia. Por la modificación del numeral 4° del artículo 22, se establece un plazo de seis días para que el tribunal redacte la sentencia. Creo que si un juez tiene un solo caso, en seis días puede redactar la sentencia, pero los jueces no tienen un solo caso sino varios. Esto también va a generar problemas y trancazos, y va a hacer que los jueces tengan que trabajar a las corridas, en perjuicio de la búsqueda de justicia y verdad que siempre debe alumbrar los procesos judiciales. Seguirá habiendo problemas con los plazos. Un ejemplo tiene que ver con declarar los plazos improrrogables, cuestión que puede conspirar contra la voluntad de ambas partes cuando de común acuerdo solicitan prórrogas de audiencias por inconvenientes de los letrados o de los interesados. Esto puede conspirar con el principio de inmediatez, con el principio por el cual las personas involucradas deben tener inmediatez con los jueces. El artículo 23 modificado no consagra la apelación en los procesos de menor cuantía. Cuando se discutió este proceso se entendió que la apelación era una chicana procesal, una forma de demorar los procesos de forma innecesaria. Creemos que es todo lo contrario. La revisión del caso por el superior es la garantía que debe existir siempre en los procesos judiciales para evitar fallas, omisiones o errores en que pueden incurrir los jueces. La falta de apelación puede conspirar en contra de la búsqueda de la verdad y perjudicar tanto al actor como al demandado. En un juicio excesivamente corto y sin apelación, se puede incurrir en omisiones graves y, en definitiva, tener fallos injustos. Inclusive, en el Senado se modificó el proyecto original en lo que tiene que ver con los procesos ordinarios, es decir, aquellos que no son de menor cuantía. Se pudo negociar en Comisión la inclusión de la casación, es decir que la Suprema Corte

de Justicia pueda acceder a aquellos casos de montos superiores a las 4.000 UR. Sin embargo, para los juicios abreviados de menor cuantía, de hasta $ 81.000, ni siquiera hay apelación. Me voy a permitir hacer una reflexión sobre los juicios de menor cuantía. A veces se puede entender que $ 81.000 es poco dinero, y tal vez sea así para los grandes empleadores. Quizás los que tienen muchos trabajadores y mucha rotación tengan un acuerdo previo de varios años con un bufete de abogados, con la documentación en línea y acorde, pero sucede que muchas veces esto complicará a las PYMES, porque $ 81.000 no es poco dinero para ellas y tampoco lo es para doña María o don José, que pueden llevar adelante algún contrato laboral y verse sorprendidos con que en diez días deben juntar la documentación de cinco años de relación laboral, si es que no tienen el conocimiento, la capacidad y un abogado de confianza. De esta forma se verán sorprendidos por los magros plazos que consagra este proyecto de ley que, reitero, vamos a acompañar. Creo que es sensible en lo que tiene que ver con los haberes de los trabajadores aunque, en definitiva, esta iniciativa seguirá dando que hablar. Reiteramos que tiene plazos que serán muy difíciles de cumplir por parte de los jueces y los letrados, lo que va a conspirar contra la justicia y la verdad, atributos que siempre deben estar presentes en los procesos laborales. Gracias, señora Presidenta.

16.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Rodrigo Goñi Romero, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 15 y 16 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor César Edgar Panizza.

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Del señor Representante Daniel Mañana, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los período comprendido entre los días 13 y 15 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Samuel Bradford. De la señora Representante Martha Montaner, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 15 y 16 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Magallanes. Del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, por enfermedad, literal A) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 16 de noviembre 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Óscar Olmos. Del señor Representante Jaime Mario Trobo, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de la “I Reunión Ordinaria de la Alianza Parlamentaria Democrática de América (APDA), a desarrollarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, por los días 16 y 17 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Andrés Abt. Del señor Representante Walter Verri, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los período comprendido entre los días 5 y 9 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Alberto Ziminov. Del señor Representante Alberto Perdomo, por enfermedad, literal A) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 15 y 16 de noviembre 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel López Villalba. Del señor Representante Jaime Mario Trobo, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de una invitación del Gobierno de la República Federal de Alemania, como miembro del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín, por el período comprendido entre los días 23 de noviembre y 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Martín Elgue.

Del señor Representante Walter Verri, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de una invitación del Gobierno de la República Federal de Alemania, como miembro del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín, por el período comprendido entre los días 26 de noviembre y 3 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Alberto Ziminov. Del señor Representante Iván Posada, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de una invitación del Gobierno de la República Federal de Alemania, como miembro del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín, por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 4 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Philippe Sauval. Del señor Representante Iván Posada, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los período comprendido entre los días 21 y 25 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Philippe Sauval. De la señora Representante Berta Sanseverino, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 15 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Zás Fernández. Del señor Representante José Carlos Mahía, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 15 de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Norma Griego. Del señor Representante Julio Bango, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de una invitación del Gobierno de la República Federal de Alemania, como miembro del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín, por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 2 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Aldo Guerrini.

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Del señor Representante Pablo Pérez González, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 21 y 23 de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Lourdes Ontaneda. Del señor Representante Yerú Pardiñas, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 16 y 17 de noviembre de 2011 y 6 y 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Aquino. Ante la incorporación del señor Representante Aníbal Pereyra a la Cámara de Senadores a partir del día 15 de noviembre de 2011 y mientras dure la licencia de la señora Senadora Lucía Topolansky, se convoca para integrar la representación a la suplente siguiente señora Sandra Lazo. Del señor Representante Walter De León por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, entre el período comprendido entre los días 15 y 30 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Juan Carlos Hornes. Del señor Representante Luis Puig, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 16 de noviembre de 2011 y 6 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Coitiño. Del señor Representante José Bayardi, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar en la “Comisión de Asuntos Políticos, Seguridad y Derechos Humanos” de la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, a realizarse en la ciudad de Bruselas, Bélgica por el período comprendido entre los días 19 y 25 de noviembre de 2011 y por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, comprendido entre los días 26 y 30 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Juan José Bentancor. Del señor Representante Roque Arregui, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de las reuniones de la Subcomisión de Denuncias de Violaciones a los Derechos Humanos y de la Comisión de Dere-

chos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) por el período comprendido entre los días 26 de noviembre y 6 de diciembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Beatriz Cuadrado. Del señor Representante Doreen Javier Ibarra, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de la reunión de Modificación del Reglamento Internos del Parlamento del MERCOSUR, a desarrollarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, por el período comprendido entre los días 16 y 17 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Tutzó. Del señor Representante José Andrés Arocena, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 16 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Francisco Sanguinetti”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cinco: AFIRMATIVA. Quedan convocados los correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia los días 15 y 16 del mes en curso, por motivos personales. Atentamente. RODRIGO GOÑI ROMERO Representante por Salto”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Ud. que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar

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el Cuerpo que Ud. preside y de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el Representante Nacional por el departamento de Salto, Cdor. Rodrigo Goñi. Sin otro particular saludo a Ud. atentamente: Gustavo Coronel”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Salto, Rodrigo Goñi Romero. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 15 y 16 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Gustavo Coronel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Salto, Rodrigo Goñi Romero, por el período comprendido entre los días 15 y 16 de noviembre de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Gustavo Coronel. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor César Edgar Panizza. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, solicito a Ud. y por su intermedio a la Cámara que preside, licencia por motivos personales los días 13, 14 y 15 de diciembre. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atte. DANIEL MAÑANA Representante por Río Negro”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Río Negro, Daniel Mañana. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 13 y 15 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Río Negro, Daniel Mañana, por el período comprendido entre los días 13 y 15 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 58, del Lema Partido Nacional, señor Samuel Bradford. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. Presente De mi mayor consideración. Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia por razones personales para los días 15 y 16 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. MARTHA MONTANER Representante por Tacuarembó”.

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“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Quien suscribe Susana Montaner, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que Ud. tan dignamente preside para los días 15 y 16 del corriente mes y año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima. Susana Montaner”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración. Quien suscribe Dante Dini, le informo que por esta única vez no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside para los días 15 y 16 del corriente mes y año. Sin otro particular, la saluda con mi más alta consideración y estima. Dante Dini”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Tacuarembó, Martha Montaner. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 15 y 16 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señora Susana Montaner y señor Dante Dini Siqueira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Tacuarembó, Martha Montaner, por el período comprendido entre los días 15 y 16 de noviembre de 2011.

2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señora Susana Montaner y señor Dante Dini Siqueira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2215, del Lema Partido Colorado, señor Gustavo Magallanes. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por consulta médica por el día miércoles 16 de noviembre Sin otro particular saludo atentamente. NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO Representante por Maldonado”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no podré concurrir a la presente citación. Saluda a Ud. muy atentamente. Martín Laventure”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto para la sesión de la fecha. Sin otro particular saluda a Ud. atentamente Homero Bonilla”.

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“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no podré concurrir a la presente citación. Saluda a Ud. muy atentamente. Jesús Bentancur”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que haré uso de mi licencia por esta única vez. Saluda a Ud. muy atentamente. José Hualde”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no podré concurrir a la presente citación. Saluda a Ud. muy atentamente. Solana Cabrera de Abásolo”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no podré concurrir a la presente citación. Saluda a Ud. muy atentamente. Ángel Ramos”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no podré concurrir a la presente citación. Saluda a Ud. muy atentamente. Ana Medina”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no podré concurrir a la presente citación. Saluda a Ud. muy atentamente. Carlos de León”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 16 de noviembre de 2011 y adjunta certificado médico. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Martín Laventure, Homero Bonilla, Jesús Bentancur, José Hualde, Solana Cabrera de Abásolo, Ángel Ramos, Ana Medina y Carlos De León. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal A) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por enfermedad, por el día 16 de noviembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Martín Laventure, Homero Bonilla, Jesús Bentancur, José Hualde, Solana Cabrera de Abásolo, Ángel Ramos, Ana Medina y Carlos De León. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 21, del Lema Partido Nacional, señor Óscar Olmos. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, PABLO MAZZONI”.

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“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted a los efectos de solicitar licencia por los días 16 y 17 de noviembre inclusive del corriente año, de acuerdo al literal D) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, ausencia del país en virtud de obligaciones notorias, cuyo cumplimiento sea de interés público, inherente a su investidura académica o representación política. Asimismo, solicito que se convoque al suplente correspondiente por el mencionado período. Sin otro particular, le saluda atentamente, JAIME MARIO TROBO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Al haber sido convocado por el Cuerpo que Usted preside, por esta única vez, declino a la convocatoria por la que fui objeto para los días 16 y 17 de los corrientes. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente. Martín Elgue”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Al haber sido convocado por el Cuerpo que Usted preside, por esta única vez, declino a la convocatoria por la que fui objeto para los días 16 y 17 de los corrientes. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente. Raúl Giuria Barbot”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Al haber sido convocado por el Cuerpo que Usted preside, por esta única vez, declino a la convoca-

toria por la que fui objeto para los días 16 y 17 de los corrientes. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente. Silvana Olivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar de la I Reunión Ordinaria de la Alianza Parlamentaria Democrática de América (APDA), a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 16 y 17 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Martín Elgue, Raúl Giuria Barbot y Silvana Olivera. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar de la I Reunión Ordinaria de la Alianza Parlamentaria Democrática de América (APDA), a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia por el período comprendido entre los días 16 y 17 de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Martín Elgue, Raúl Giuria Barbot y Silvana Olivera. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Andrés Abt. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

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“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, entre los días 5 y 9 de diciembre inclusive, del corriente año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima. WALTER VERRI Representante por Paysandú”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 5 y 9 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri, por el período comprendido entre los días 5 y 9 de diciembre de 2011. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Luis Alberto Ziminov. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, me dirijo a Ud. a los efectos de solicitar uso de licencia por el día de hoy, y hasta el día 16 de noviembre de 2011 inclusive, por motivos de enfermedad. Adjunto certificado médico. Al saludarlo muy atentamente le ruego se sirva convocar a mi suplente respectivo. ALBERTO PERDOMO Representante por Canelones”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico a Ud. que renuncio, por esta única vez, a la citación para ocupar la banca de la que fui objeto. Sin otro particular, le saludo con mi más alta consideración y estima Mauricio Cusano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, del señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 15 y 16 de noviembre de 2011 y adjunta certificado médico. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Mauricio Cusano. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal A) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por enfermedad, por el período comprendido entre los días 15 y 16 de noviem-

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bre de 2011, al señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Mauricio Cusano. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2010, del Lema Partido Nacional, señor Daniel López Villalba. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito a Ud. licencia entre los días 23 de noviembre y 7 de diciembre del corriente año, de acuerdo al literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, en virtud de formar parte de la Delegación de legisladores que en carácter de Misión Oficial visitarán la República Federal de Alemania, dada su condición de integrar el Grupo de Amistad Interparlamentaria Uruguay-Alemania. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente. JAIME MARIO TROBO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay-Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 23 de noviembre y 7 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta.

La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay-Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín por el período comprendido entre los días 23 de noviembre y 7 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Martín Elgue. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración Al amparo de lo previsto por el literal C), artículo 1º, de la Ley Nº 17.827, “misión oficial”, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia entre el 26 de noviembre y el 3 de diciembre del corriente inclusive, a los efectos de participar de una invitación del Gobierno Alemán, como integrante del Grupo Interparlamentario UruguayAlemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima. WALTER VERRI Representante por Paysandú”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín.

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CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 26 de noviembre y 3 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín por el período comprendido entre los días 26 de noviembre y 3 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Luis Alberto Ziminov. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONII”.

Asimismo, solicito licencia entre los días 21 y 25 de noviembre, por motivos personales. Saluda a Ud. atentamente, IVÁN POSADA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Iván Posada, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 4 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Iván Posada, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 4 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 909, del Lema Partido Independiente, señor Philippe Sauval. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Iván Posada.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Cúmpleme solicitar a Ud. tenga a bien, poner a consideración del Cuerpo, concederme licencia de acuerdo a lo establecido en el literal C) del artículo 1 de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley 17.827, de 14 de setiembre de 2004, por el período comprendido entre el 27 del presente mes y el 4 de diciembre inclusive, a efectos de concurrir a la República Federal de Alemania, de acuerdo a la invitación cursada al Grupo de Amistad respectivo, por la Presidenta del Grupo de Amistad con los Países Sudamericanos Ingrid Honlinger, a efectos de realizar una visita de trabajo a la citada República, de acuerdo a lo establecido en la nota que se adjunta.

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CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 21 y 25 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Iván Posada, por el período comprendido entre los días 21 y 25 de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 909, del Lema Partido Independiente, señor Philippe Sauval. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día de la fecha, el motivo es personal, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, BERTA SANSEVERINO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por la Representante Nacional Berta Sanseverino, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Jorge Patrone”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por la Representante Nacional Berta Sanseverino, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Robert Alonso”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Berta Sanseverino. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Jorge Patrone y Roberto Alonso. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Berta Sanseverino, por el día 15 de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Jorge Patrone y Roberto Alonso. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Jorge Zás Fernández. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

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“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día de la fecha, el motivo es personal, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Luis Enrique Gallo”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Juan Ripoll”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta

única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Gabriela Garrido”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Silvia Camejo”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Eduardo Márquez”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Darío Álvarez”.

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Martes 15 de noviembre de 2011

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Marcela Brignoni”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Walter González”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Andrés Neves”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de noviembre de 2011.

II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Luis Enrique Gallo, Juan Ripoll, Gabriela Garrido, Silvia Camejo, Eduardo Márquez, Darío Álvarez de Ron, Marcela Brignoni, Walter González y Andrés Neves. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, por el día 15 de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Luis Enrique Gallo, Juan Ripoll, Gabriela Garrido, Silvia Camejo, Eduardo Márquez, Darío Álvarez de Ron, Marcela Brignoni, Walter González y Andrés Neves. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121738, del Lema Partido Frente Amplio, señora Norma Griego. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted con el fin de solicitar durante los días 28 de noviembre al 2 de diciembre del corriente año, por misión oficial. Motiva este pedido el hecho de que hemos sido invitados como miembros del Grupo de Amistad Interparlamentaria Uruguay-Alemania, en representación de la Cámara de Representantes, a realizar una visita de trabajo al Bundestag Alemán, la que se adjunta. Solicito se convoque a mi suplente respectivo. Atentamente. JULIO BANGO Representante por Montevideo”.

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“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: El que suscribe, Fernando Isabella, C.I. 2.912.781-3, en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, comunico a Ud. que me encuentro imposibilitado por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente Fernando Isabella”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi consideración: Quien suscribe, Daniel Espósito, C.I. 1.282.6870, en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, comunica a Ud. que se encuentra imposibilitado —solo por esta vez— de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente, Daniel Espósito”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Julio Bango, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay-Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 2 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE:

1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Julio Bango, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay-Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 2 de diciembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Fernando Isabella y Daniel Espósito. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Aldo Guerrini. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente, y conforme al inciso 3º del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito licencia por motivos personales para los días 21 al 23 de noviembre del corriente año y se convoque para el mismo a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saludo a usted atentamente. PABLO PÉREZ GONZÁLEZ Representante por Maldonado”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que renuncio por única vez a la convocatoria de la Cámara, desde el 18 al 23 de noviembre de 2011. Sin otro particular, saludo a usted atentamente. Carlos Olivet”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Pablo Pérez González. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 21 y 23 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Carlos Olivet. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Pablo Pérez González, por el período comprendido entre los días 21 y 23 de noviembre de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Carlos Olivet. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 219938, del Lema Partido Frente Amplio, señora Lourdes Ontaneda. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales desde el día 16 de noviembre al 17 de noviembre de 2011. Por lo que pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente YERÚ PARDIÑAS Representante por Cerro Largo”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales desde el día 6 de diciembre al 7 de diciembre de 2011. Por lo que pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente YERÚ PARDIÑAS Representante por Cerro Largo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Yerú Pardiñas. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 16 y 17 de noviembre de 2011 y, 6 y 7 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Yerú Pardiñas, por el período comprendido entre los días 16 y 17 de noviembre de 2011 y, 6 y 7 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Daniel Aquino. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

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“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: En virtud de haber sido convocado al Senado, solicito se convoque a mi suplente. Sin más, lo saluda atentamente, ANÍBAL PEREYRA Representante por Rocha”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Aníbal Pereyra Huelmo. Sin más, lo saluda atentamente, Raúl Servetto”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Que el señor Representante por el departamento de Rocha, Aníbal Pereyra, se incorporó a la Cámara de Senadores el día 15 de noviembre de 2011, por licencia concedida a la señora Senadora Lucía Topolansky. CONSIDERANDO: I) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Raúl Servetto. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Raúl Servetto. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el departamento de Rocha, a partir del día de la fecha y hasta tanto la señora Senadora Lucía Topolansky se encuentre en uso de licencia, a la suplente siguiente de la Hoja de Votación

Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Sandra Lazo. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Por la presente y conforme al inciso 3 del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito licencia por motivos personales por el período comprendido entre los días 15 y 30 inclusive, del mes de noviembre de 2011. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, WALTER DE LEÓN Representante por San José”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca Sin más, saluda atentamente Pablo Cortés”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca Sin más, saluda atentamente Marcos Sarazola”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de San José, Walter De León.

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Martes 15 de noviembre de 2011

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 15 y 30 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Pablo Cortés y Marcos Zarazola. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de San José, Walter De León, por el período comprendido entre los días 15 y 30 de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Pablo Cortés y Marcos Zarazola. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Juan Carlos Hornes. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 16 de noviembre de 2011 y 6 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig, por los días 16 de noviembre de 2011 y 6 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados lapsos, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Coitiño. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, me conceda licencia por motivos personales los días 16 de noviembre y 6 de diciembre de 2011, asumiendo en mi lugar el respectivo suplente, señor Carlos Coitiño. Le saluda muy cordialmente, LUIS PUIG Representante por Soriano”.

“Montevideo, 15 de noviembre de2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia en Misión Oficial desde el 19 al 25 de noviembre, debido a mi participación en la Comisión de Asuntos Políticos, Seguridad y Derechos Humanos de la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana. La misma se realizará entre el 21 y 23 de noviembre en la ciudad de Bruselas, Bélgica. Además solicito licencia por motivos personales entre el 26 y el 30 de noviembre. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, JOSÉ BAYARDI Representante por Montevideo”.

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“Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Eduardo Brenta”. “Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria a la Cámara que usted preside. Sin otro particular, saluda a usted atentamente. Eleonora Bianchi”. “Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio deseo comunicar que no acepto, por esta única vez la convocatoria a integrar el Cuerpo que usted preside. Cordialmente, Edgardo Ortuño”. “Montevideo, 14 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Daoiz Uriarte”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Las solicitudes de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, José Bayardi, para participar de la “Comisión de Asuntos Políticos, Seguridad y Derechos Humanos” de la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, a desarrollarse en la

ciudad de Bruselas, Bélgica, y por motivos personales. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 19 y 25 de noviembre de 2011, para concurrir al mencionado evento. II) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 26 y 30 de noviembre de 2011 por motivos personales. III) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Eduardo Brenta, Eleonora Bianchi, Edgardo Ortuño y Daoiz Uriarte. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) y en el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 19 y 25 de noviembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Montevideo, José Bayardi, para participar de la “Comisión de Asuntos Políticos, Seguridad y Derechos Humanos” de la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, a desarrollarse en la ciudad de Bruselas, Bélgica, y por motivos personales por el período comprendido entre los días 26 y 30 de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Eduardo Brenta, Eleonora Bianchi, Edgardo Ortuño y Daoiz Uriarte. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados lapsos, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 77, del Lema Partido Frente Amplio, señor Juan José Bentancor. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

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Martes 15 de noviembre de 2011

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Al haber sido convocado para las Reuniones de Directiva de Comisiones y Asamblea General del PARLATINO a realizarse en Panamá y en dicho marco participar de las reuniones de la Subcomisión de Denuncias de Violaciones a los Derechos Humanos y de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, solicito se me conceda licencia por misión oficial desde el 26 de noviembre al 6 de diciembre inclusive, convocándose a la suplente respectiva Beatriz Cuadrado. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, ROQUE ARREGUI Representante por Soriano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Soriano, Roque Arregui, para asistir a las reuniones de la Subcomisión de Denuncias de Violaciones a los Derechos Humanos y de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en ciudad de Panamá. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 26 de noviembre y 6 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 26 de noviembre y 6 de diciembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Soriano, Roque Arregui, para asistir a las reuniones de la Subcomisión de Denuncias de Violaciones a los Derechos Humanos y de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias, del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en ciudad de Panamá.

2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 218990, del Lema Partido Frente Amplio, señora Beatriz Cuadrado. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente Por intermedio de la presente comunico a Usted que fui convocado para la reunión que se realizará, con motivo de la modificación del Reglamento Interno del Parlamento del MERCOSUR, en la ciudad de Brasilia-Brasil. La misma se llevará a cabo el día jueves 17 de noviembre. Por consiguiente solicito licencia en carácter de misión oficial por los días 16 y 17 de noviembre de 2011, convocándose a mi suplente el Sr. Carlos Tutzó. Sin otro particular saluda atte., DOREEN JAVIER IBARRA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, señor Óscar Andrade comunica que por única vez no acepta la convocatoria de la cual ha sido objeto. Sin otro particular saluda atte., Óscar Andrade”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Doreen Javier Ibarra, para asistir a la reunión de Modificación del Reglamento Interno del Parlamento del MERCOSUR, a desarrollarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 16 y 17 de noviembre de 2011.

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II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Oscar Andrade. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 16 y 17 de noviembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Doreen Javier Ibarra, para asistir a la reunión de Modificación del Reglamento Interno del Parlamento del MERCOSUR, a desarrollarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Oscar Andrade. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Tutzó. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Germán Lapasta Ventura”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Nelson Pérez Cortelezzi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 16 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Germán Lapasta Ventura y Nelson Pérez Cortelezzi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena, por el día 16 de noviembre de 2011.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva autorizar licencia por motivos personales para el día 16 de noviembre, procediéndose a la convocatoria del correspondiente suplente. Sin más, saluda atentamente JOSÉ ANDRÉS AROCENA Representante por Florida”.

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2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Germán Lapasta Ventura y Nelson Pérez Cortelezzi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 62, del Lema Partido Nacional, señor Francisco Sanguinetti. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

17.- Abreviación de los procesos laborales. (Modificaciones a la Ley N° 18.572, de 13 de setiembre de 2009).
Continúa la consideración del asunto en debate. (Murmullos.- Campana de orden) ——Tiene la palabra el señor Diputado Vidalín. SEÑOR VIDALÍN.- Señora Presidenta: hemos acompañado este proyecto por considerarlo de trascendencia, en especial para los trabajadores de nuestro país, pero también para los empresarios. Tiene defectos; compartimos muchos de los artículos mencionados por el señor Diputado Garino Gruss. Consideramos que se está realizando una enmienda importante que va a permitir a nuestros magistrados actuar con justicia y equidad. Con esto lo que pretende la Comisión de Legislación del Trabajo es demostrar que el Parlamento cumple con su tarea de legislar. En ese sentido, quería aprovechar la ocasión para solicitar a la bancada del Frente Amplio -es preocupación de la Comisión de Legislación del Trabajo- tratar de aprobar este año la ampliación del proyecto de seguro de trabajo “in itinere” presentada por la señora Diputada Passada y por el señor Diputado Novales que, lamentablemente, está trancada porque no ha tomado decisión. Vemos con pesar que todos los días trabajadores de nuestro país experimentan accidentes y, por desgracia, quedan familias totalmente desprotegidas. Con el espíritu de legislar con grandeza -en especial en estos aspectos que atañen a la sociedad toda- es que realizamos este planteamiento. Muchas gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Abdala.

SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: queremos adelantar, en el mismo sentido que el señor Diputado Vidalín, que el Partido Nacional va a votar este proyecto de ley, que consagra una serie de modificaciones a la Ley Nº 18.572, de Abreviación de los Procesos Laborales. Lo vamos a hacer con el convencimiento de que mejora la situación imperante y también con la convicción de que, sin ninguna duda, persisten o persistirán en el ordenamiento jurídico una serie de defectos muy severos que, por lo tanto, mantendrán vigor con relación a normas procesales aplicadas a la realización de créditos laborales. Por cierto, eso nos resulta muy lamentable porque creemos que el Parlamento tuvo y tiene en este momento -aunque habrá de desaprovecharla- una oportunidad ya no solo de superar las inconstitucionalidades que señaló la Suprema Corte de Justicia, de mejorar todavía más los textos legales vigentes al tenor de distintos asesoramientos que recibió la Comisión de Legislación del Trabajo, en particular a partir de la comparecencia del Colegio de Abogados del Uruguay. Hace unos momentos, el señor Diputado Garino Gruss hacía un “racconto” de la historia fidedigna de este proyecto de ley, y a mí me parece que esos antecedentes son muy elocuentes en cuanto a lo mal que se hicieron las cosas. Creo que la Administración anterior -que en algún sentido es decir esta, porque todos sabemos que en estos temas ha habido una continuidad a partir de 2005- desoyó los señalamientos, las advertencias y los anuncios que no solo la oposición -eso formaría parte del juego político y de la dialéctica política entre quienes ejercen el Gobierno y quienes ejercen el contralor- sino también la Suprema Corte de Justicia en aquel momento realizaron en cuanto a las graves inconstitucionalidades de la ley que finalmente se aprobó. Esto no lo señaló la Suprema Corte a la hora de resolver las acciones de inconstitucionalidad, sino mucho antes, cuando compareció ante el Parlamento, en el marco del artículo 240 de la Constitución, es decir, a asesorar a las Comisiones legislativas al momento de definir un proyecto como este, que implica normas de carácter procesal sobre la sustanciación de determinados aspectos en los estrados judiciales. En el debate que se dio en esta Cámara en setiembre de 2009 nosotros dijimos que el proyecto de ley definía un buen objetivo, pero frente a un muy mal instrumento que la Cámara resolvía a los efectos de cumplir la meta de abreviar los plazos procesales

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y, por lo tanto, beneficiar al trabajador a la hora de hacerse de los créditos laborales y del cobro de sus haberes. Dijimos en aquel momento que esto podría terminar perjudicando a los propios trabajadores, a quienes supuestamente esta norma -la ley todavía vigente- pretendía favorecer. No lo dijimos porque fuéramos pitonisos o visionarios, sino a partir de la composición de lugar que nos hicimos después de haber escuchado a todos los actores que comparecieron: al Instituto de Derecho Laboral, al Instituto de Derecho Procesal -que se opuso cabalmente al entonces proyecto de ley- y a la propia Suprema Corte de Justicia. El doctor Larrieux, en aquel momento Presidente de la Suprema Corte de Justicia -aun a riesgo de incurrir en lo que a mi juicio no incurrió, es decir en el prejuzgamiento de un asunto que podía llegar a ser puesto a su consideración, como efectivamente ocurrió-, con enorme honestidad, y haciendo un gran servicio al Parlamento, que no lo supo aprovechar, dijo con gran contundencia que esto afectaba principios de raigambre constitucional relacionados con el debido proceso legal, con el principio de igualdad. Manifestó que podría llegar a incurrirse en la negación de la justicia, en la medida en que se aprobaran -como se hizo- determinados mecanismos que cercenaban las posibilidades de defensa de una de las partes, en este caso del sector empresarial. Muchas veces estos temas se prestan a un análisis reduccionista, se plantean en blanco y negro: los beneficiados están todos de un lado y los perjudicados están todos del otro, según la solución que se nos ocurra defender o que pretendamos impulsar. Y el doctor Larrieux dijo algo que efectivamente ocurrió: si esta ley se aprueba, seguramente los más perjudicados serán los trabajadores, sobre todo los de menores recursos, aquellos con menos posibilidades de defenderse. Probablemente no tengan dificultades los grandes empresarios, que deberán someterse a reglas procesales nuevas que supuestamente implican acortamiento de plazos y una disparidad de criterio a la hora de comparecer en un juicio. Pero los grandes empresarios, los poderosos, tienen la posibilidad de contratar estudios aviesos, que seguramente son capaces de encontrar vericuetos para realizar las chicanas -como se dice comúnmente- necesarias y suficientes como para dificultar las cosas al trabajador. Las chicanas se las terminó proporcionando el propio legislador porque en la Legislatura pasada

aprobamos una ley tan mala que tuvo como consecuencia inmediata que se interpusieran recursos de inconstitucionalidad por vía de excepción. Se paralizaron todos los juicios y, actualmente, dos años después -como señalaba muy bien el señor Diputado Garino Gruss-, hay más de cinco mil expedientes detenidos, tal como nos recordó el doctor Van Rompaey en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda cuando compareció a explicar el presupuesto del Poder Judicial. El doctor Van Rompaey poco menos que imploró al Parlamento que urgentemente resolviera esta situación. Nos dijo que los Juzgados estaban desbordados de papeles y expedientes, que estaban absolutamente paralizados, lo cual implicaba que los trabajadores que, en función de esos procedimientos judiciales, pretendían obtener justicia a la hora del reclamo de sus haberes impagos y de sus créditos laborales no satisfechos, en realidad no la consiguieran y hacía bastante más de dos años que se encontraban en una situación de indefensión. Eso es lo que ocurrió. Cuando en noviembre de 2009, casi dos años después de la aprobación por parte de esta Cámara de la Ley de Abreviación de los Procesos Laborales, se aprobó una nueva ley para postergar tres meses la entrada en vigencia de la anterior, nosotros pedimos en Sala al oficialismo que nos respondiera cómo iba a arreglar eso o en qué medida iba a enmendar las inconstitucionalidades que nosotros ya habíamos constatado y que, a esa altura de las circunstancias, la Suprema Corte de Justicia seguramente iba a decretar, como ocurrió poco tiempo después. Por respuesta obtuvimos silencio. En una sesión que se realizó el 3 de noviembre de 2009 -tengo en mi poder el Diario de Sesiones correspondiente- hicimos esas consultas, reiteramos nuestras objeciones y ni una sola voz desde la bancada de Gobierno ensayó por lo menos una explicación o una respuesta. ¿De qué servía postergar tres meses la vigencia de algo que notoriamente estaba mal resuelto, mal concebido, mal realizado, que ya estaba generando perjuicios y los iba a generar mucho más en el futuro, en la medida en que entrara en vigencia? Eso fue lo que ocurrió, y tanto fue así que no solo los grandes y los pequeños empresarios interpusieron acciones de inconstitucionalidad; el propio Estado fue uno de los principales litigantes. ¡Qué casualidad! ANTEL, INAU, algunos Ministerios integrantes de la Administración Central gobernados por el mismo par-

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tido político que promovió aquella solución de la abreviación de los juicios y que la votó en el Parlamento, interponían recursos de inconstitucionalidad contra dicha ley en los reclamos promovidos por funcionarios públicos de diversas reparticiones del Estado. Me parece que esta es la comprobación patológica de que esto estuvo muy mal planteado, muy mal concebido, muy mal resuelto y muy mal tramitado desde el inicio. Errores pueden cometerse y, de hecho, se han cometido. Para nosotros se han cometido varios durante estas Administraciones; no es el momento de mencionarlos todos y seguramente eso demandaría alguna sesión especial. Un error se puede cometer; lo que no es perdonable y nadie ha sabido explicar hasta ahora -en este debate ni en uno anterior- es por qué se demoró tanto. La Suprema Corte de Justicia dictó las primeras sentencias de inconstitucionalidad contra la Ley de Abreviación de los Juicios Laborales -yo la llamaría ley de empantanamiento de los juicios laborales- a mediados de 2010. Culmina el año 2011 y recién ahora estamos considerando este proyecto de ley que en algo -no totalmente- enmienda la situación y corrige por lo menos las observaciones a groseros errores que formuló la Suprema Corte de Justicia. Vamos a votar afirmativamente el proyecto en general, y de manera negativa algunas disposiciones en particular, por lo que decíamos antes. Si bien este corrige bastante, nos parece que la solución sigue siendo pobre. Pienso que muchas de las disposiciones que se mantienen vigentes y algunas que introdujeron ahora el Poder Ejecutivo y el Senado generarán dificultades en la tramitación de los reclamos de los trabajadores. Esto no lo digo yo sino el Colegio de Abogados del Uruguay cuando compareció a la Comisión el 5 de octubre -hace bien poco-, y señaló una serie de carencias y de defectos importantes, no de la ley vigente sino de la proyectada, de este proyecto que estamos analizando hoy, que seguramente pesarán en la realidad futura. El Colegio de Abogados cuestionó esta limitación al principio de la inmediación en materia laboral, es decir, a la presencia de las partes, no representadas por otros sino en forma personal, trabajador y empresario, en la audiencia judicial correspondiente. Cuestionó también lo que ya había cuestionado antes, que es la imposibilidad de citar a un tercero en garantía y de contrademandar en un juicio. Esta es una deficiencia que deberán enfrentar los empresarios, pequeños

o grandes -nos interesa, sobre todo, la situación de los pequeños, que constituyen la enorme mayoría y que con seguridad no podrán contratar estudios onerosos-, y eventualmente en una causa donde tengan que citar a otro, que es el verdadero responsable, no lo podrán hacer. Cuando tengan que contrademandar, tampoco lo podrán hacer. Asimismo, el Colegio de Abogados del Uruguay -no quiero enumerar todas las objeciones y dificultades que fueron señaladas, porque sería demasiado largo- hizo una serie de comentarios con relación a la forma de resolver los recursos de impugnación que prevé el proyecto, tanto con respecto a las sentencias definitivas como a las interlocutorias, y en particular el régimen previsto para los incidentes que tengan lugar en el marco de los procesos judiciales, porque inclusive allí se terminan por confundir los medios de impugnación de los incidentes con los de la causa principal. Después del 5 de octubre, propusimos en la Comisión que estas objeciones no cayeran en saco roto sino que las tomáramos, ya que teníamos la oportunidad, después de esperar tanto tiempo, de corregir estos aspectos que eran fácilmente corregibles. El propio Colegio de Abogados del Uruguay nos podía haber proporcionado -y se ofreció para eso- textos sustitutivos que mejoraran la redacción que venía del Senado. Es verdad: esto debería volver al Senado en la medida en que hoy la Cámara modificara el proyecto que se aprobó, pero era cuestión de darnos unos días más. Sin embargo, lamentablemente estos aspectos no fueron contemplados. Hubo una decisión política de la bancada de Gobierno para aprobar, sí o sí, el proyecto tal como lo envió el Senado. En ese sentido, creo que se desaprovecha una oportunidad que, a nuestro juicio, hubiera sido muy positiva para legislar bien y, sobre todo, mejor, en la medida en que constatábamos la posibilidad de mejorar estos instrumentos legales. Por estas razones -no queremos extendernos mucho más-, vamos a votar en general el proyecto. Hay algunos artículos que nos parecen verdaderamente intrincados y complicados. Creo que el Poder Ejecutivo se pasó de creativo a la hora de definir algunas soluciones de este proyecto como, por ejemplo, la que contiene el artículo 4º, que modifica el artículo 14 de la ley vigente de Abreviación de Juicios Laborales en todo lo a la audiencia única y, en particular, a la regulación de los incidentes, a lo que me referí recién. De la misma manera, el Partido Nacional no va a acompañar el artículo 7º, que modifica algunas dispo-

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siciones, en particular los artículos 18, 21, 22 y 23 que refieren a los procedimientos de menor cuantía. Nos parece que las soluciones en este caso incursionan en redacciones muy complejas, muy complicadas, muy difíciles de entender y seguramente darán lugar a más de una interpretación cuando se aplique esta norma, lo que generará nuevas dificultades. Creo que hubiera sido mucho mejor, como también lo propuso el Colegio de Abogados del Uruguay, que en lugar de establecerse un mecanismo específico para los procesos de menor cuantía se hubiera previsto simplemente un único proceso general, ordinario, y en aquellos de menor cuantía, donde se supone que se puede pensar de manera razonable en un tratamiento más diligente y rápido, eliminar la posibilidad de la segunda instancia y de la apelación eventual de un empresario perdidoso. Por eso, el Partido Nacional solo va a votar en general este proyecto. Nos reservamos, por si fuera necesario, la posibilidad de realizar algunos comentarios en la discusión particular. Francamente, no queremos dejar pasar la oportunidad para señalar lo que nos parece sustantivo: se ha escogido un mal camino a la hora de legislar en esta materia. Se ha demorado demasiado. Un año y medio es demasiado tiempo para que los trabajadores tengan sus expedientes parados. Entonces, si bien no se puede volver atrás a la hora de reparar la omisión en la que los Poderes públicos han incurrido, por lo menos hubiera sido mejor darnos unos días más para resolver esto de mejor manera. Espero que no ocurra, pero no me extrañaría que en un plazo razonable, que es difícil determinar ahora, tal vez el año próximo, tuviéramos que reeditar esta discusión porque la aplicación práctica de este proyecto que la Cámara está terminando de aprobar generará dificultades de tal magnitud que, una vez más, el Poder Ejecutivo y el Parlamento deberán abocarse a introducir correctivos y modificaciones. En ese sentido, ya confirmaríamos un camino de legislar por parches, y esa, sin duda, es la peor forma de resolver temas que deberían demandar un análisis más sereno, menos ideologizado, más sensato, más objetivo y menos apresurado, porque con apresuramiento se actuó la primera vez y después, diría, con un exceso de pereza. Muchas gracias, señora Presidenta.

SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: por un lado se dice que se demoró un año y medio y, por otro, se plantea que deberíamos habernos tomado más tiempo para legislar en esta materia. Como es natural, esto se podría haber hecho hace mucho, cuando gobernaban otros partidos. Sin embargo, se esperó una cantidad de años para que ahora se presente un gran proyecto, que no confunde a nadie, que es preciso, claro, y la habilidad generada durante muchos años por la chicana patronal no se podrá extralimitar de los tiempos que este proyecto establece. Estamos frente a un proyecto que va a desestimular el negocio de años de la chicana patronal. Todas las inconstitucionalidades que se plantearon dependen, ni más ni menos, de admitir la autonomía del derecho procesal del trabajo respecto del derecho procesal civil. Esas fueron las diferencias que hubo en el primer debate de la abreviación de los juicios laborales y que hoy continúan, que consisten -repito- en admitir o no la autonomía del derecho procesal del trabajo respecto del derecho procesal civil. Como se sabe, el derecho procesal del trabajo, como instrumento para que el trabajador obtenga satisfacción de sus derechos violados, ha formulado grandes principios que garantizan la igualdad necesaria en el debate jurídico. Antes de mencionar estos principios quiero recordar que si se cumple con la legislación, y se paga lo que corresponde a los trabajadores, no habrá por qué acudir a esta ley ni a ningún Juzgado. En el derecho procesal del trabajo se tiene en cuenta específicamente el principio de autonomía -que reivindico-, el derecho protector y el principio de compensación de la desigualdad y, por eso, el alboroto. Este proyecto de ley atiende específicamente el principio de compensación de la desigualdad. Asimismo, el derecho procesal del trabajo tiene en cuenta el principio de la realidad. Señora Presidenta: las normas autónomas -como deben saber todos los legisladores- de una rama del derecho requieren, necesariamente, que se ajuste su lenguaje jurídico, su praxis, a los caracteres de la ra-

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ma del derecho sustantivo a la que sirven. Son condiciones que tipifican cada disciplina. Así sucede en el derecho penal, en el derecho administrativo y en el derecho tributario, entre otros. Por eso el derecho del trabajo es distinto. La autonomía del derecho procesal del trabajo es una materia excepcional. En todos los discursos que hemos escuchado en esta Cámara y también en la Comisión de Legislación del Trabajo, en el proceso de este proyecto de ley de abreviación de juicios laborales no se dice que esta es una materia excepcional porque se trata del sometimiento de la energía humana al servicio de otro ser humano. Por eso el artículo 53 de la Constitución se expresa claramente en cuanto a la protección especial del derecho de los trabajadores. El trabajador vende su fuerza de trabajo a cambio de una remuneración del patrón. Esto es totalmente diferente a otros procesos. Estamos frente a un gran proyecto. Así se ha concretado este proceso, que comenzó hace seis años y medio, de una profunda igualdad y de un hondo debate en materia de derechos laborales y de respeto a los trabajadores. En este marco de procesos -Consejo de Salarios, ley para que las trabajadoras domésticas puedan tener su día especial, el reconocimiento de sus derechos, estar en planilla- es natural que el trabajador rural también esté protegido en la inclusión de relaciones laborales que ha hecho el Frente Amplio. Todo lo demás que se ha promovido en estos seis años y medio era natural, estaba en la tapa del libro; era la crónica de una muerte anunciada que este proyecto de abreviación de juicios laborales es -y era- una necesidad para proteger lo que dije recién. No me vengan a decir que el Gobierno estuvo un año y medio para elaborar este proyecto. En primer lugar, quienes lo dicen lo podrían haber hecho antes, en ciento noventa y cuatro años de Gobierno. En segundo término, se nos pidió más tiempo para procesar esta discusión, lo que hizo con creces la Comisión de Legislación del Trabajo y, además, así consta a todos los señores Diputados que la integran o que son delegados de sector. Por lo tanto, estamos ante un gran proyecto. En las modificaciones que se han hecho, más allá de que para mí no hay inconstitucionalidades -no las hubo ni las hay-, el trabajador puede comparecer con abogado o por apoderado. Según la ley vigente solo puede presentarse personalmente y, en caso justificado, por

representante. Ahora el trabajador puede comparecer con su representante, lo que favorece sus intereses. Tanto en la ley como en el proyecto, el empresario no puede contrademandar, o sea, demandar al trabajador. En mi opinión, esto está perfecto, puesto que si lo quiere demandar será por daños y perjuicios y no por motivos estrictamente laborales. Entonces, deberá acudir, como corresponde, ante el Tribunal competente o los Juzgados Civiles que entiendan en la materia por el proceso civil ordinario. Lo que vamos a aprobar hoy tiene muchas virtudes y es necesario para todo el paquete de cambios laborales que ha venido haciendo el Frente Amplio en seis años y medio. Es una lástima que no se pueda legislar hacia atrás, porque muchos trabajadores y muchas trabajadoras, por la chicana de los empresarios, han tenido que negociar un viernes en la puerta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social un despido, un crédito laboral de $ 8.000, $ 10.000 o $ 12.000, por $ 500, $ 600, $ 1.000 o $ 2.000, porque no tenían cómo pasar el fin de semana. El chicanero, en la puerta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, les decía: “Si arreglás ahora, te llevás esto para tu casa”. De repente, el trabajador o la trabajadora iban caminando al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para hacer su reclamo, terminaban chicaneados y, por necesidad, agarraban lo que les ofrecía el patrón. Estamos frente a un gran proyecto. Esta iniciativa hace justicia aparte con los derechos de los trabajadores y por eso la vamos a votar. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR PUIG.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR PUIG.- Señora Presidenta: se ha hecho referencia a la comparecencia del Colegio de Abogados en la Comisión. Se ha hecho hincapié en alguno de los argumentos que el Colegio de Abogados hizo en la Comisión. Se ha dicho -lo manifestó el Colegio de Abogados y se planteó en Sala- que este proyecto elimina la posibilidad de citar a un tercero en juicio, cuestión sumamente importante para los casos de tercerización. En realidad, no es así. Lo que ocurre es que se establece una oportunidad en la que el empleador deberá denunciar al tercero en la audiencia de conciliación del Ministerio de Trabajo y Seguridad

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Social. Si no existiera audiencia de conciliación por algún motivo, se podría hacer a posteriori, pero no se elimina la posibilidad de que sea convocado un tercero en el caso de las empresas tercerizadas. ¿Qué es lo que se hace? Se establece una oportunidad para que cuando el demandado es convocado al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social diga si, en definitiva, quien debe hacerse cargo de la demanda es un tercero. ¿Y para qué se establece esa oportunidad? Para que no se sigan extendiendo los plazos para la convocatoria y a fin de que el trabajador pueda conocer a las partes que tiene que demandar. O sea que no se elimina la posibilidad de la comparecencia de un tercero. También se ha dicho que se elimina la inmediación, porque las partes pueden ser representadas por un abogado. En realidad, ahora el trabajador tiene la posibilidad de ser representado, cosa que ocurrió siempre para la parte empleadora. La realidad dice que difícilmente el empleador sea quien concurre tras ser demandado. Por lo general van sus representantes, sus abogados o parte de su “staff” gerencial. Esto no solo es así en los juicios laborales. Asimismo, se ha dicho que este proyecto de ley genera perjuicios para el trabajador, pero no se dan elementos concretos. Podemos sostener -y en pocos días estará publicado- que juicios de menor cuantía en los que el promedio era de diecisiete meses, y en algunos casos años, hoy se están resolviendo en sesenta días. Entonces, es muy difícil sostener que la aprobación de este proyecto de ley va en contra de los intereses de los trabajadores. Por el contrario, ¿qué expresa esta ley, entre otros aspectos? La celeridad. Esto no es un capricho sino que es parte de la justicia para quien depende, por una cuestión de carácter alimentario, de los créditos laborales. La extensión indefinida que tenían los procesos laborales hacían a la negación de la justicia. Quiero hacer estas aclaraciones porque a través de este proyecto se está empezando a resolver una larga deuda que el proceso uruguayo tenía con las demandas laborales. Para los trabajadores es buena cosa que exista este proyecto de ley, como también lo es el conjunto de leyes que se aprobó en la Legislatura anterior y en esta, que empezaron a transformar la legislación laboral. Gracias, señora Presidenta.

SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: trataré de ser concreto y breve. La eliminación de la alternativa de citar a terceros fue denunciada por el Colegio de Abogados del Uruguay. Tengo en mi poder la versión taquigráfica del 5 de octubre, y voy a leer textualmente. Dice el doctor Pereira Campos: “El segundo tema es que el proyecto mantiene la eliminación de dos institutos importantísimos que son: la posibilidad de citar a un tercero y la posibilidad de contrademandar”. Después esto se explica y se profundiza. Tal vez exista una diferencia de interpretación, pero me parece que eso es parte de lo que yo señalaba antes en cuanto al riesgo que se corre cuando las definiciones legales no son certeras. Creo que esa ha sido la historia de la norma que estamos analizando, fundamentalmente en su primera versión, pero a nuestro juicio también en esta nueva versión que hoy estamos por aprobar y que modifica la anterior. Reitero que estamos de acuerdo con el objetivo. Está muy bien proponerse, como lo hicieron el Poder Ejecutivo anterior y este, dar más celeridad a los procesos laborales. Creo que hay que centrar bien la discusión. Diría que, más que una necesidad, en todo caso, es una idea compartible, porque no es cierto que antes los procesos laborales sumieran al trabajador en una situación de indefensión. Históricamente, este es un país que se ha caracterizado -creo que está en la propia tradición nacional, y sobre todo, en lo que refiere a los contratos individuales de trabajo; podemos tener otra discusión con relación al derecho laboral colectivo y a los convenios colectivos, para los que con seguridad habrá visiones diferentes- por la protección de los derechos laborales individuales. Hemos tenido una justicia laboral independiente, eficaz, que siempre ha hecho carne del principio del “in dubio pro operario”, de proteger a la parte más débil de la relación laboral. Históricamente, nuestra legislación laboral ha estado teñida y absolutamente condicionada por ese espíritu, por esa finalidad y por esos objetivos. Hemos tenido un Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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que, más allá de las sucesivas Administraciones, dio garantías de profesionalidad en el asesoramiento y asistencia jurídica y en las audiencias de conciliación en vía administrativa para los trabajadores que concurrían y que concurren porque se incumplieron sus derechos en la ejecución del contrato individual de trabajo. Esa ha sido la tradición de este país. Si ahora se quiere mejorar, ¡bienvenido! Nosotros estamos de acuerdo -¿cómo no?- con trabajar en una solución que implique dar mayor prontitud a las definiciones judiciales. Ahora: cuidado, que el afán de hacer las cosas no termine por traicionarnos. Esto fue lo que pasó cuando se aprobó la ley en el año 2009: perjudicamos a los trabajadores porque tuvimos los juicios parados durante dos años. Dije antes y reitero ahora: cuidado también, porque muchos de los aspectos que aquí se consagran pueden, eventualmente, representar excusas, chicanas o argumentos para que ahora los empresarios deshonestos -sin duda los hay-, utilizando la misma ley de Abreviación de los Juicios Laborales, puedan por esa vía chicanear, como se dice vulgarmente. El tema de la autonomía procesal es bien discutible. Lo dijo el doctor Larrieux en Comisión en el período anterior: la autonomía sustantiva nadie la discute. Obviamente, el derecho laboral es autónomo y consagra, desde ese punto de vista, los beneficios y las garantías para los trabajadores, como corresponde. La autonomía procesal puede ser, en todo caso, un objetivo que es posible compartir, pero eso no quiere decir que antes no hubiera regulación procesal. El artículo 350 del Código General del Proceso, que fue aprobado por todos los partidos y que tan ponderado y reconocido ha sido por su avance jurídico en el ámbito regional e internacional, consagra mecanismos específicamente referidos a los juicios laborales y a los derechos de los trabajadores. ¿Se entiende que esto no es suficiente y que es necesaria una ley? Está bien, elaborémosla, pero hagamos una ley como la gente; hagamos una ley que funcione. Hasta ahora, no lo hemos hecho. La ley que hicimos fue flagrantemente inconstitucional. En Sala se dijo que no había inconstitucionalidades. Esto es opinable. Los fallos de la Corte son opinables, pero los cinco Ministros actualmente en funciones dijeron que esto viola principios de raigambre constitucional y normas constitucionales específicas, y

por eso se paró todo. Que no nos vaya a pasar otra vez. Simplemente, es por esto que estamos abogando. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Iturralde Viñas. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Señora Presidenta: tal como acaba de indicar el señor Diputado Abdala, el Partido Nacional va a votar afirmativamente, con salvedades en determinados casos, porque entiende que es momento para que de una buena vez votemos esta ley de Abreviación de Juicios Laborales. No tiene una historia corta, sino que viene del período anterior, cuando discutimos largamente si era correcto lo que se intentaba hacer, dando por descontada la buena voluntad de todos los participantes, pero aclarando -como hicimos en su momento- que, a veces, cuando uno se saltea determinadas normas y procesos previstos en la Constitución para dar garantía al Estado de derecho y a todos los participantes de los juicios que, eventualmente, pudieran sucederse, podíamos lograr el efecto contrario al deseado. ¿Qué quiero decir con esto? Que por evitar determinados vericuetos jurídicos, por tratar de no proceder de determinada manera pensando que se acortaba el tiempo, sencillamente, lo que hicimos fue alargarlo. En vez de acortarlo, lo alargamos. En su momento, anunciamos que si se procedía a aprobar la ley de abreviación de juicios laborales -como le llamábamos-, se iba a declarar inconstitucional. Resulta que la ley se declaró inconstitucional, tal como señalamos entonces. Además, déjenme decirles: ¿saben quién es el principal impulsor de acciones de inconstitucionalidad? ¡El Ministerio del Interior! Porque he escuchado a algunos de los compañeros legisladores rasgándose las vestiduras por la actitud de las patronales, mientras el Ministerio del Interior es uno de los principales accionantes por inconstitucionalidad. ¡Pero caramba! ¿De qué se trata? ¿No estamos defendiendo a los trabajadores? (Interrupción del señor Representante Groba) ——¿U otra vez vamos por el camino de que cuando a nosotros nos simpatizan los trabajadores, los defendemos? Ahora: si llegan a accionar contra mí, que soy

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Gobierno, les prohíbo la ocupación, trato de obstaculizarles la plena defensa de sus derechos, hago lo que sea, los traslado cuando no me gusta cómo trabajan gremialmente, violo los fueros sindicales, pero eso sí: ¡en nombre del accionar popular en defensa de la gente! ¡Caramba! ¿Pero de qué se trata? Hace más de un año que pedimos al Poder Ejecutivo y a la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social -todo esto consta en la versión taquigráfica- que de una buena vez tratáramos las modificaciones necesarias para evitar las inconstitucionalidades que ya habían sido declaradas por la Suprema Corte de Justicia. Pero hete aquí que el Ministerio se demoró en venir. Expresamente, quiero dejar excluido de esta crítica al señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, que se preocupó en particular para que avanzáramos en conjunto y en forma plural en la discusión de lo que podían ser las mejoras a introducir a esta ley que había sido declarada inconstitucional. Se le encomendó al señor Subsecretario que rápidamente convocara a todas las fuerzas políticas para dialogar, lo que en más de un año no hizo. Y cuando envió el proyecto al Parlamento, ingresó por el Senado. Además, se señaló que esto se demoraba demasiado porque el Parlamento lo había demorado, faltando con esto a la verdad. No voy a abundar en detalles, porque todo lo que estoy diciendo consta en la versión taquigráfica, y no creo que aquí estemos dando una discusión técnica, porque no se trata de eso. Estamos hablando para las versiones traquigráficas, para quien tenga que estudiar el tema. El problema consiste en considerar de qué manera damos las garantías necesarias al Estado de derecho para que los trabajadores, los empleadores y todos los ciudadanos puedan accionar de acuerdo con todas las normas jurídicas que son necesarias para defender sus derechos. Cuando lo discutimos en el Período anterior, señalamos que iba a suceder lo que, lamentablemente, ocurrió: se la declaró inconstitucional. Y hace más de un año que estamos tratando de que esto se considere como urgencia. Es más: que conste en la versión taquigráfica que propusimos que se realizara un seminario y que llamáramos a todos los actores políticos para discutir y lograr que se agilitara el trámite, porque los juicios de aquellos trabajadores a los que, supuestamente, les estábamos defendiendo los derechos, están demo-

rados por la declaración de inconstitucionalidad. Ya son varios miles. (Interrupciones) ——Me acota el señor Diputado Abdala que llegan a 5.000. Por consiguiente, creo que hoy hacemos bien en aprobar esta norma en forma rápida. Hacemos mal en no tomar en cuenta lo que señaló el Colegio de Abogados del Uruguay. Hacemos mal en no tomar en cuenta recomendaciones que nos hizo la Asociación de Magistrados Judiciales del Uruguay. Ojalá no tengamos que volver a discutir esto porque haya algunas normas que vuelvan a ser declaradas inconstitucionales. Quiero llamar la atención respecto a que debemos tener cuidado al legislar, porque no se trata de ponerle forma jurídica al panfleto; se trata de tener en cuenta las normas y las garantías del derecho constitucional y que el Estado de derecho prevé para todos los ciudadanos. Reitero que vamos a votar afirmativamente este proyecto de ley, tal como manifestó el señor Diputado Abdala. Muchas gracias. SEÑOR PUIG.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el miembro informante. SEÑOR PUIG.- Señora Presidenta: lamento tener que reiterar la aclaración que realicé hace unos minutos. Yo sostuve que la afirmación que hizo el Colegio de Abogados, y que mencionó en Sala un señor Diputado, no es cierta. Y se me contesta que es cierto, prácticamente, porque lo dijo el Colegio de Abogados, que se elimina la posibilidad de citar a un tercero en juicio, cuestión sumamente importante para los casos de tercerización. Entonces, ante esto, invito a leer la ley, a leer el inciso tercero del artículo 4°, que dice: “Si el citado entiende que existe un tercero total o parcialmente responsable deberá individualizarlo en la audiencia, quedando constancia en el acta. Su omisión en este aspecto así como su incomparecencia a la audiencia constituirán presunciones simples contrarias a su interés en el proceso ulterior”. Además, en el artículo 10 dice: “Cuando por las circunstancias previstas en los artículos 3º y 6º de la presente norma no haya mediado instancia de conciliación previa, el demandado, si entiende que existe un tercero responsable, al contestar la demanda po-

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drá individualizarlo, pudiendo este ser emplazado si así lo considera el actor”. Por lo tanto, no se nos puede decir que se elimina la posibilidad de citar a un tercero porque lo diga el Colegio de Abogados del Uruguay, porque el texto de la ley que tenemos a la vista lo establece con absoluta claridad. Yo respeto mucho lo que dice el Colegio de Abogados del Uruguay, pero lo que se plantea no se corresponde con la realidad. Por último, no puedo admitir que se diga que queremos darle forma legislativa al panfleto. En realidad, desde 2005 hasta ahora, le estamos dando forma legislativa a los derechos de los trabajadores que estuvieron postergados durante años, porque nunca llegaban a acceder a la Justicia debido a la demora de los plazos. Insisto en que la celeridad tiene mucho que ver con la justicia para quienes dependen de los créditos laborales para sostener a su familia. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Señora Presidenta: simplemente, quiero decir que cuando señalé en el Período anterior que no se debió haber votado la ley tal cual venía porque iba a ser declarada inconstitucional lo hice, precisamente, pensando en la celeridad. Por otra parte, cuando el Ministerio del Interior interpuso la acción de inconstitucionalidad frente a varios juicios, quienes los habían iniciado también eran trabajadores. SEÑOR POZZI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR POZZI.- Señora Presidenta: me motivó a hablar la discusión que se dio en los últimos minutos. Quienes vivimos el proceso de esta ley -y de otras tantas- durante los cinco años anteriores, podemos decir que la oposición siempre realizaba dos planteos cuando no estaba de acuerdo. Uno de ellos era el de la inconstitucionalidad, sin importar el proyecto que se estuviera considerando. El otro, cuando se estaban discutiendo temas económicos y no se po-

día alegar inconstitucionalidad, era decir que lo que se estaba votando lo único que iba a hacer era ahuyentar las inversiones y propiciar que se perdieran puestos de trabajo en el mercado uruguayo. Si uno tuviera la paciencia de leer las versiones taquigráficas relativas a las discusiones de cada una de las leyes que se aprobaron en los cinco años anteriores, notaría que estos argumentos se esgrimieron con respecto a gran parte de las leyes sobre las que no nos pusimos de acuerdo, cuando las iniciativas planteadas transformaban cosas, a nuestro juicio, de fondo. Cuando se discutieron varias relativas a aspectos laborales, se apeló a la inconstitucionalidad o se dijo que, de aprobarse, se iba a generar una especie de caos económico que iba a llevar al país a la bancarrota. Por suerte, esto último no ocurrió con la aprobación de ninguna de esas leyes, ya que el país no estuvo ni está en la bancarrota. Quisiera comentarles una sensación que tuve en la Legislatura anterior. Una de las leyes que estaba clavado que iba a ser declarada inconstitucional era la de la abreviación de los juicios laborales, no sé si por su contenido o por los intereses que afectaba. En realidad, hasta el día de hoy no he logrado determinar por qué tuve la sensación de que esa ley iba a ser declarada inconstitucional, ya que sobre las otras que tuvieron la misma declaración no se realizó denuncia alguna. Sin embargo, en el caso de esta, parecía que estaba preparado para que declarara la inconstitucionalidad. Es más, es probable que también se plantee alguna inconstitucionalidad con respecto a la modificación que vamos a votar en esta sesión; no dejemos de lado esa posibilidad. Creo que de la única manera que no se plantearía la inconstitucionalidad con respecto a esta ley sería -aunque eso no se puede llevar adelante- si fuera redactada por los cinco miembros de la Suprema Corte de Justicia. Creo que hay otro aspecto que la bancada del Frente Amplio no ha tenido en cuenta y que está pesando en todo este asunto. En un juicio laboral hay tres partes: el que demanda, el demandado y el abogado. En realidad, el abogado es una parte y no es neutra, porque gana dinero con los juicios laborales. Y está bien que lo haga; es razonable que sea así, porque se le precisa, trabaja, y tiene que cobrar. Pero

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cuando en la Legislatura anterior se comenzó a discutir el primer proyecto, claramente se dio una contraposición entre los abogados procesalistas -que querían que todo se hiciera por el Código General del Proceso- y los que trabajaban en la justicia laboral que, inclusive, aventuraban que esa parte de la justicia debía ser independiente, con Juzgados distintos. Toda esa discusión entre abogados quedó claramente a la vista. En todo este proceso de juego de intereses, el que se ve perjudicado es el trabajador, pero no el que tiene la posibilidad de aguantar y resistir, que está en medio de un conflicto sindical largo pero que puede llevar adelante un proceso de este tipo porque tiene un sindicato fuerte detrás. Me refiero al trabajador aislado, que hace unos años era la gran mayoría. Tal como dijo el señor Diputado Groba, muchas veces, no tenía más remedio que transar el juicio para agarrar alguna plata, pero que no era la misma que agarraba el abogado después; la del abogado era otra plata, era la del juicio. Soy un tipo muy crédulo y pensaba que todo funcionaba bien, pero me enteré de dos cuestiones que sucedieron en la Legislatura anterior y en esta. Ahí me di cuenta de que no era tan así. Por las dudas, si el principal precursor de la inconstitucionalidad es el Estado, el Ministerio del Interior, o cualquier otro, yo estoy en contra, aunque esté hablando de mi Gobierno. Lo digo con la autoridad que me da el hecho de haber discutido contra mi Gobierno, mi fuerza política y mi sector político en algún conflicto de larga data que se dio en la Legislatura anterior, y a todos les consta que fue así. En determinado momento, ese conflicto se pudo haber levantado y la situación se pudo haber solucionado a favor de los trabajadores, pero resulta -quienes estuvieron en la Legislatura anterior recordarán que se planteó en Cámara- que cuando se estaba por levantar, abogados que defendían a los trabajadores vieron que se les escapaba la posibilidad de percibir una buena cantidad de dinero y les dijeron: “Si levantan las demandas, nosotros los embargamos a ustedes”. No sé si todos recuerdan que eso pasó; fue dicho en Sala, pero además todos tenían contacto con los trabajadores y sabían que la cosa era así. De manera que hay tres partes en este juego.

Otra situación que me hizo despertar, que me hizo dar cuenta de que estaba dormido en cuanto a la realidad, tiene que ver con los embargos y arrestos de buques, que queremos solucionar ahora. Resulta que hay un abogado que hace demandas por US$ 500.000 o US$ 600.000, da US$ 5.000 al que demanda y sigue el juicio para terminar cobrando US$ 40.000 o US$ 50.000. Parece que también ahí se transan los juicios y los trabajadores reciben una ínfima parte de lo que reclaman, pero el abogado sigue el juicio en nombre del trabajador. El otro pobre, que no tiene más remedio que irse para llevar un peso para la casa, agarra viaje por lo que sea. Es probable que esta norma no sea la panacea para todo; siempre hay vericuetos legales. Es un problema de voluntad, de cómo queremos encarar este tipo de situaciones en las que el más débil, en muchos casos -en la gran mayoría-, es el trabajador. Estoy seguro de que si se quiere encontrar el pelo al huevo, se va a encontrar. Si se quieren plantear recursos de inconstitucionalidad contra esta norma, se van a plantear y hasta es probable que se ganen, por lo que habrá que volver a modificarla. Pero, bueno, así son las cosas, parece, pero espero que la realidad me desmienta y, finalmente, logremos llevar adelante el objetivo que todos tenemos: que los trabajadores puedan acceder a un juicio justo y rápido. SEÑOR TIERNO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR POZZI.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR TIERNO.- Señora Presidenta: como acaba de señalarse, durante el quinquenio pasado se dispuso una reforma, una puesta a punto de la legislación laboral en nuestro país. La negociación colectiva, tanto pública como privada, es un ejemplo de ello, así como también la ley de promoción y protección de la libertad sindical, las leyes sobre la descentralización laboral, las reformas del seguro de desempleo y los nuevos estatutos para los trabajadores domésticos y rurales. Con relación a la Ley Nº 18.572, debido a una morosidad casi endémica del sistema procesal uruguayo para con las causas del trabajo -que no se apartaba del resto de América Latina-, se promovió la instalación de un nuevo proceso laboral que -como ya se dijo- fue consagrado en la mencionada ley, votada

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en setiembre de 2009. Entrada en vigencia dicha ley, fue objeto de sucesivas oposiciones por inconstitucionalidad. Frente a los pronunciamientos del máximo órgano judicial, se tornó indispensable dictar normas que contemplaran los señalamientos realizados por la Suprema Corte de Justicia, sin que esta adecuación comprometiera ninguno de los principios que orientaron la reforma original y, muy especialmente, el de celeridad procesal. En la Comisión, como han manifestado los compañeros Puig y Groba, recibimos a diferentes actores y solicitamos a la Suprema Corte de Justicia que se expidiera sobre el proyecto que había sido aprobado por unanimidad en el Senado. Con fecha 17 de octubre de 2011, la Suprema Corte de Justicia hizo llegar a la Presidencia de la Comisión de Legislación del Trabajo una nota que establece: “Cúmplenos dirigir a Usted el presente, a fin de poner en conocimiento de esa Comisión, en respuesta a la consulta efectuada por comunicación […] de 5 de octubre del corriente año, que el proyecto remitido salva las objeciones de inconstitucionalidad oportunamente recibidas por esta Corporación […] De todas formas, esta Corte urge la rápida aprobación de este proyecto en aras de la más efectiva prestación del servicio jurisdiccional en este ámbito, afectado por la proliferación de excepciones de inconstitucionalidad, en relación a la normativa vigente”. Esta nota fue firmada por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Leslie Van Rompaey. Para terminar, señora Presidenta, se estima que mediante estas correcciones a la Ley Nº 18.572, el sistema procesal laboral quedará en óptimas condiciones y cumplirá con los principios de celeridad y de economía procesal, dejando al sistema jurídico nacional una norma de última generación, si se repasan los sistemas del derecho comparado. Muchas gracias, señor Diputado. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Pozzi. SEÑOR POZZI.- Señora Presidenta… SEÑOR BERNINI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR POZZI.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede interrumpir el señor Diputado.

SEÑOR BERNINI.- Señora Presidenta: debo confesar que no he trabajado en este tema en la medida en que no pertenezco a la Comisión ni soy delegado de sector. Quiero hacer una reflexión de carácter político, particularmente por lo que ha formado parte de mi vida: luchar desde los sindicatos. En toda sociedad se da una superestructura jurídica en función de las mayorías que van gobernando los distintos procesos que la sociedad vive, y esas superestructuras jurídicas no pasan por la buena ni por la mala fe, sino por defender determinado tipo de intereses, haciéndolos primar sobre otros. Desde el año 2005, el Gobierno del Frente Amplio está empeñado en generar la superestructura jurídica necesaria en el mundo del trabajo para equilibrar la relación entre el trabajo y el capital desde distintos puntos de vista. No vale la pena que empiece a enumerar las más de treinta y siete leyes laborales -llevé la cuenta en su momento- que, precisamente, pretendían regular la relación entre el capital y el trabajo y no desregularla, que fue lo que prevaleció como concepto político a la hora de elaborar la superestructura jurídica en las décadas anteriores. Por eso, partimos de la base de que siempre existe buena fe; nadie puede señalar a un colega o a una fuerza política respecto a su mala o buena fe. Partimos de la base de que todos pretenden construir el mundo que, de acuerdo con su real saber y entender, consideran que es el mejor. Por lo tanto, este no es un problema de ética ni de valores; es un problema político de defensa de intereses. Precisamente esta norma apunta a generar una superestructura que rompa con una realidad en esa relación en la que dos partes puedan tener un diferendo ni más ni menos que en tribunales y a nivel procesal, y una de ellas es infinitamente más débil que la otra; me refiero al trabajador respecto al patrón. Por eso apuntamos a modificar la legislación en materia procesal; se intentó hacerlo en el período pasado y, por eso, se sancionó esta ley que estamos modificando. Seguramente puede tener errores y hoy vamos a tratar de corregirlos. Lo que quiero decir es que no debemos confundir los tantos. Acá no hablamos de buena o de mala fe, sino de romper, a través de la superestructura jurídica, en este caso procesal, con la vernácula injusticia que representaba para un trabajador recorrer los juz-

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gados, tratar de entender la ley y de definir por qué no le pagaban las horas extra, los despidos ni el salario vacacional. Creemos que con esta herramienta jurídica estamos avanzando en ese sentido. Gracias, señor Diputado. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Puede continuar el señor Diputado Pozzi. SEÑOR POZZI.- He finalizado, señora Presidenta. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Pido la palabra por una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ITURRALDE VIÑAS.- Señora Presidenta: simplemente quiero decir que en el Período pasado hicimos referencia -podrán buscarse las versiones taquigráficas- a que esta iniciativa iba a ser declarada inconstitucional. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra por una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: queremos hacer una aclaración para que figure en la versión taquigráfica porque, sin ninguna duda, a la hora de la interpretación jurídica y de la aplicación de la ley, son muy importantes los anales parlamentarios y los antecedentes que refieren a las normas que se aprueban y después se aplican. Cuando se leen oficios que llegan al Parlamento o textos legales, hay que hacerlo completamente, porque no hacerlo induce a error y puede llevar a confusión. Digo esto porque faltó leer parte del párrafo de la nota de la Suprema Corte de Justicia que ha sido invocada, y esta parte dice textualmente: “[…] sin perjuicio de la opinabilidad de algunas de las soluciones adoptadas […]”. Me parece que esto tiene significación. En este punto estoy de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia. ¡Claro que se salvan las objeciones de inconstitucionalidad fundamentales! Pero la Suprema Corte de Justicia también nos dice a través de un eufemismo -podríamos llamarlo así- que muchas de las soluciones que ahora se adoptan son opi-

nables. Lo dice la Suprema Corte de Justicia y es bueno que se sepa y conste en la versión taquigráfica. En cuanto a la citación a terceros, sostuvimos esa posición no porque fuera la del Colegio de Abogados del Uruguay sino porque es lo que establece la ley vigente. Nos tomamos tiempo -leyendo y releyendopara hacer esta aclaración y llegamos, inequívocamente, a esa conclusión. Si bien es cierto que el artículo 4º establece que en la audiencia se puede individualizar a los terceros -estamos hablando del Capítulo III de la Ley Nº 18.572, cuyo título es “Audiencia de Conciliación Previa”-, hace referencia a la audiencia de conciliación previa, que se lleva a cabo en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Allí sí se puede individualizar a un tercero. Sin embargo, eso no quiere decir que después se lo pueda citar en el juicio. Y no se lo puede citar en el juicio, no exclusivamente porque lo diga el Colegio de Abogados del Uruguay sino porque el inciso primero del artículo 10 de la Ley Nº 18.572 -este artículo no se modificó en el proyecto de ley que estamos analizando- empieza diciendo: “En ningún caso procederá la reconvención, el emplazamiento o la noticia de terceros”. Este es el motivo por el que supongo el Colegio de Abogados del Uruguay adoptó esa posición. Pero haya dicho lo que haya dicho, lo que establece la ley es incuestionable. Y esto es lo que dice la ley vigente, que no se modifica en el proyecto de ley que estamos analizando. Entonces, en aras de la historia fidedigna de la norma y en función de que mañana el intérprete puede recurrir a esta discusión, -por ejemplo, un Juez actuante que tiene que resolver un caso concreto y ver cómo aplica estas disposiciones-, me parece importante que esta aclaración conste en la versión taquigráfica. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado Osta. SEÑOR OSTA.- Señora Presidenta: hago la misma salvedad que el señor Diputado Bernini en el sentido de que no he participado del trabajo de la Comisión. Me han motivado a participar las intervenciones que desde el punto de vista más político que técnico se han hecho en esta sesión.

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El abordaje de estos temas tiene una connotación política y una connotación técnica. Como este es un Poder Legislativo de naturaleza básicamente política, vamos a comenzar por esta. Distintos Representantes del Gobierno han dicho que este tipo de iniciativas, que apuntan a proteger a los trabajadores, constituyen un hecho nuevo e insólito en la vida de la República. Desde hace unos poquitos años, desde 2005, estamos acostumbrados a escuchar cada tanto el berretín refundacional que el Gobierno intenta instalar en la República. Parece que nada tiene antecedentes, que todo aparece a partir de 2005. Esto ha tenido su expresión política en importantes voceros del Gobierno. Hace pocos días, en un pequeño acto que realizó un sector importante del Frente Amplio, el Senador Agazzi dijo que la refundación del país está instalada y no tiene marcha atrás. Quiero recordar que este tipo de actitudes políticas, de arrogarse esa potestad refundacional, no son nuevas en la República. Basta revisar los archivos sobre las motivaciones de muchos actos durante el período militar para comprobar que esa también era la motivación de quienes pretendían instalar un nuevo orden, desconociendo las tradiciones del país. Entonces, decir que la protección de los trabajadores a través de la acción del Estado comenzó en este país en 2005 puede ser para algunos un acto de ignorancia y, para otros, un acto de absoluta deshonestidad intelectual. Como Representante del Partido Colorado y del Batllismo, si bien podría hacer mención a los proyectos de ley que se han votado en este Período, que no desconocemos, podría también estar un buen rato haciendo la descripción clara y precisa de todos y cada uno de los proyectos de ley y de las acciones políticas que, desde el Gobierno, el Batllismo y el Partido Colorado han desarrollado desde su fundación. Esta es la primera contestación que desde el punto de vista político quiero realizar. En ese sentido, no le damos la derecha a nadie. La segunda aclaración también es desde el punto de vista político. Lo que quiero decir es que este tipo de discusiones dejan expuestas nuestras diferencias filosóficas e ideológicas sobre la organización de la sociedad. Yo creía que aquella visión que partía del análisis de las superestructuras jurídicas había finalizado con una caída estrepitosa, producto del fracaso

de la visión marxista de la sociedad, pero hoy me doy cuenta de que los resabios del pasado aparecen, con un tono casi de análisis histórico. Ahí también hay una diferencia porque claramente se expone una visión de la sociedad basada en el conflicto de la lucha de clases, pilar fundamental que alimentó a buena parte de la izquierda -sigue haciéndolo- y que nosotros confrontamos históricamente desde siempre, desde que Batlle y Ordóñez organizaba la protección social de los trabajadores, inclusive muchas veces contra la opinión de quienes se arrogaban esa visión conflictiva de la sociedad. Nosotros, desde el Batllismo, contestábamos que no era un tema de conflicto de clases ni de intereses sino de confluencia de intereses, de confluencia de las diferentes partes que componen la sociedad a efectos de construir y llevar adelante proyectos en común en un tono positivo, basados en la construcción y no en la destrucción, el odio, la confrontación y la venganza. Entonces viene bien que estas cosas se planteen. Son dos visiones absolutamente distintas: unas, que dieron base a dictaduras y, otras, que dieron base a democracias liberales. Hoy, por suerte, creo que nadie lo discute en el mundo, a excepción de quienes siguen apoyando algunas dictaduras nada más que por favores del pasado o por convicción ideológica, y también de quienes, lamentablemente, apoyan dictaduras violadoras de los derechos humanos, como la de Fidel Castro en Cuba. Como nosotros siempre estuvimos contra Pinochet y contra Fidel Castro, tenemos la autoridad para manifestarnos en este sentido. Es decir, estoy hablando de un proyecto no basado en el conflicto pero que, sin duda, dio protección a los trabajadores de este país, que fue modelo y que creo que nadie hoy puede objetar. Desde luego que el modelo que hoy se repudia también logró resultados, por ejemplo, en términos de distribución de la riqueza, que este modelo que aparentemente se inauguró a partir de 2005 no ha conseguido aún equiparar. Si utilizamos un indicador objetivo, como la distribución de la riqueza -es decir, cómo se reparte la torta-, actualmente, seguimos en el debe. La tercera apreciación desde el punto de vista político tiene que ver con la inconstitucionalidad. Hablar de la inconstitucionalidad de una ley no significa hacer referencia solamente a un aspecto técnico, sino también, y fundamentalmente, a una visión de una sociedad desde el punto de vista político. Si una ley va contra la Constitución, en definitiva, está yendo

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contra el contrato básico por el cual nos asociamos los uruguayos, y a partir de nuestro ordenamiento debe ser corregida. No se trata de que nos guste o no nos guste; no es un asunto de sabor. Es un tema institucional, de cómo nos paramos ante el respeto a la Constitución. Pensamos que en ese plano se debe actuar en función de lo que dispone la máxima autoridad en este sentido, que es la Suprema Corte de Justicia, cuando nos gusta y cuando no nos gusta, y no variar nuestra posición, lo cual hemos visto en estos días. Y aquí entro en el cuarto aspecto desde el punto de vista político: no puede ser que se cometan errores en la gestación de un proyecto y, luego, no se tenga la humildad, por lo menos, de admitir que no se utilizó el camino correspondiente. Digo esto porque el proyecto original, que tuvo observaciones de inconstitucionalidad, no fue sometido en su momento a la consideración de la Suprema Corte de Justicia. Y si hablamos de la celeridad y de la importancia que tiene el tiempo para el reclamo de los derechos de los trabajadores -con lo cual estamos de acuerdo-, lo primero que se debió demostrar es cautela cuando se estaba procesando la norma. En los ambientes universitarios se sabía que había objeciones acerca de la constitucionalidad, en función de que se había obviado la consulta a la Suprema Corte de Justicia por parte del Poder Ejecutivo, que remitió el proyecto sin más. Y ese tipo de errores se terminan pagando y afectan, precisamente, a quien se pretende proteger, y eso genera responsabilidad. Hay que decirlo con claridad: no es un tema de intenciones, sino de cómo se hacen las cosas. No puede ser que siempre se asuma la actitud infantil de atribuir o trasladar a la oposición los errores propios, porque este es, claramente, un error de gestión política que comienza en el Poder Ejecutivo y termina en el Poder Legislativo, cuando el oficialismo levanta las manos sabiendo que había aspectos de inconstitucionalidad. O sea que aquí lo que hubo fue un error de origen. Desde el punto de vista técnico, se ha generado mucha doctrina, en su mayoría, de respaldo a la solución que originariamente aprobó el Parlamento; había sectores en contra y también comentarios de profesores de Derecho Laboral de la Universidad de la República al momento de analizar las primeras sentencias de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia. Respecto al inciso primero del artículo 14 y del in-

ciso segundo del artículo 17 de la ley en cuestión, en un artículo publicado en la “Revista de Derecho Laboral”, el doctor Hugo Barretto Ghione, destacado profesor de la Universidad de la República, comenta la sentencia con una opinión que va en contra de la línea generada por la Suprema Corte de Justicia. ¿Quién es que dice que no se debe dar un trato diferencial a quienes deben ser tratados en una similar categoría? ¿Es la oposición? ¿Es el Colegio de Abogados? ¿Son los abogados que lucran? Es la Suprema Corte de Justicia, señora Presidenta. Para este tribunal, la igualdad procesal en materia laboral es igualdad formal de las partes que conforman una similar categoría. Lo dice la Suprema Corte de Justicia. El doctor Hugo Barretto comenta: “Lejos está la sentencia de reconocer que la ‘igualdad compensatoria’ afecta siempre, directamente y en todo caso la igualdad (formal) y que esto deriva en la inevitable inconstitucionalidad de las normas que la receptan”. Es decir que la discusión sobre este principio, que va ganando terreno en la discusión a nivel doctrinario, de la desigualdad compensatoria -que materialmente no se discute-, en el campo procesal va entrando de a poco como un objeto de discusión, pero la Suprema Corte de Justicia dice claramente que en este caso -y según los comentarios del citado catedrático de la Facultad de Derecho- no estaría corriendo. Y este artículo, precisamente, es uno de los que se corrigen. La referencia que se hace es a uno de los artículos que se corrigen, y parece que la bancada del Frente Amplio está adoptando la posición de la Suprema Corte de Justicia, que dice que prima la igualdad formal sobre la desigualdad compensatoria. Entonces, ¡pónganse de acuerdo! Pónganse de acuerdo en si van a sostener el argumento de la desigualdad compensatoria o si van a allanarse a la posición de la Suprema Corte de Justicia, que dispone la igualdad formal en función del artículo 8º de la Constitución. El doctor Barretto remata el artículo diciendo: “En síntesis, esta primera sentencia que resuelve las excepciones de inconstitucionalidad refleja, antes que nada, las dificultades que encuentra para abrirse camino el derecho laboral procesal”. Un experto explica con claridad que es un punto en discusión y sobre el cual, desde luego, falta mucho debate. A continuación, agrega: “Entre tanto, se impone una corrección legislativa para evitar la paralización de la justicia laboral”. Es ahí donde claramente existe -retomamos este punto porque nos parece fundamental- un daño

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que se ha generado y se ha irrogado a muchos de los trabajadores que, desde luego, en forma esperanzada y legítima, pretenden hacer valer sus derechos de la manera más rápida, porque se ha paralizado la justicia laboral. Hoy se habla de 5.000 procesos paralizados. ¿Quién es el responsable de eso? ¿Es la oposición, es el Colegio de Abogados, es la Suprema Corte de Justicia o es la ineptitud para gestionar políticamente una ley que tuvo su origen en el Poder Ejecutivo? Entonces, al momento de abordar este tipo de situaciones se necesita solvencia técnica pero, más que nada, responsabilidad política. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR PUIG.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR PUIG.- Señora Presidenta: en realidad, no quiero hacer una aclaración. Tal vez hace algunos años habría contestado a las provocaciones, pero se ve que me estoy poniendo viejo y ya no las contesto. Quiero proponer un criterio de votación en virtud de que algunos señores legisladores plantearon desgloses. Por lo tanto, propongo que se realicen los desgloses planteados y que el resto de los artículos sean votados en bloque, suprimiendo la lectura. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Previamente, debemos votar si se pasa a la discusión particular. Solicito a los señores Diputados que tomen asiento en sus bancas, si es posible, porque es muy difícil contar la votación debido a las montoneras que hay junto a las puertas. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA.Unanimidad. En discusión particular. Tomando en cuenta lo propuesto por el señor Diputado Puig y, de acuerdo con las exposiciones que seguí con mucha atención, se desglosarían -pido atención a quienes los propusieron para comprobar si tomé debida nota- los artículos 4º, 6º y el 7º, que se

refiere a los artículos 18, 21, 22 y 23 de la Ley Nº 18.572. Se va a votar el criterio propuesto. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta: AFIRMATIVA. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: quiero solicitar un desglose del desglose. Lo que se ha desglosado comprende los artículos que el Partido Nacional no va a votar, pero pediríamos que se votaran por separado los artículos 18, 21, 22 y 23 incluidos en el 7º, que es muy extenso porque modifica varias disposiciones de la ley vigente. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Voy a reiterar el mecanismo para comprobar si lo comprendí, y se votaría la propuesta realizada. A raíz de la anterior votación, se desglosaron los artículos 4º, 6º y 7º y, dentro de ese artículo, desglosaríamos la sustitución de los artículos 18, 21, 22 y 23 propuestas en el actual proyecto. SEÑOR GARINO GRUSS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señora Presidenta: no me quedó claro cuáles serían los artículos que se votarían en este momento, porque se hizo un desglose y tal vez me confundió el siguiente desglose planteado por el señor Diputado Abdala. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Voy a intentar aclarar su confusión. Se va a votar todo el proyecto a excepción de los artículos 4º, 6º y 7º. Adelanto una aclaración para que ningún otro señor legislador se confunda: de acuerdo con la propuesta del señor Diputado Abdala, el resto del desglose se hará a la hora de votar el artículo 7º. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 1º al 12 en bloque, con excepción de los artículos 4º, 6º y 7º. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA.

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Vamos a proceder a votar los artículos desglosados. En discusión el artículo 4º. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 6º. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 7º. Se van a votar todos los incisos, excepto los denominados “ARTÍCULOS” 18, 21, 22 y 23, que votaremos de a uno. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el inciso denominado “ARTÍCULO 18”. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA. En discusión el inciso denominado “ARTÍCULO 21”. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el inciso denominado “ARTÍCULO 22”. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el inciso denominado “ARTÍCULO 23”. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota) ——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. SEÑOR PUIG.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cuatro en setenta: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al informado, que corresponde al aprobado por el Senado)

18.- Luis Alberto Reyes Umpiérrez. (Pensión graciable).
——Ha finalizado la recepción de votos con respecto a las pensiones graciables. Se va a dar cuenta del resultado de la votación acerca de la pensión graciable para el señor Luis Alberto Reyes Umpiérrez. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 679 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Educación y Cultura Ministerio de Economía y Finanzas Montevideo, 31 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General Cr. Danilo Astori Señor Presidente: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley, por el que se concede una pensión graciable al señor Luis Alberto Reyes Umpierrez, distinguida figura del deporte nacional. El proyecto de ley en su artículo 1º incluye el nombre del beneficiario así como el monto de la pensión. En su artículo 2º establece que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales. Asimismo, a efectos de la tramitación ante el Banco de Previsión Social, se incluye en el texto el número de la cédula de identidad del beneficiario. El Poder Ejecutivo saluda al Presidente de la Asamblea General con su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Luis Alberto Reyes tuvo una destacada trayectoria en el boxeo, como púgil amateur y profesional, obteniendo el título de Campeón Latinoamericano en dos oportunidades en los años 1965 y 1967, como asimismo Campeón Sudamericano en el año 1968. La actividad boxística lo tiene como uno de sus exponentes más significativos. Su carrera como boxeador amateur es larga y fecunda, ocupando toda la década del 60 y parte de la década del 70. Además, luego de haber dejado la práctica activa del boxeo, se consagró como director técnico en varios clubes deportivos. Actividad que reviste singular importancia, en momentos en los cuales en nuestro país se le asigna a este deporte un potencial socioeducativo importante. El Poder Ejecutivo considera que se impone realizar este reconocimiento a la trayectoria deportiva del señor Luis Alberto Reyes, a través de la pensión graciable, concebida como una recompensa pecuniaria dispensada a quienes han realizado aportes relevantes al país, en el campo de la ciencia, el arte y la cultura, en general. En ese sentido hace suyo el criterio adoptado y puesto en práctica por la Comisión Permanente para el Tratamiento de Pensiones Graciables, según el cual, el cumplimiento de la condición emérita, tratándose de deportistas, está directamente relacionado con el hecho de haber ocupado un lugar en el pódium de campeonatos sudamericanos, mundiales, panamericanos o juegos olímpicos. Actualmente este destacado deportista cumple con los extremos requeridos por la normativa vigente para acceder a una pensión graciable, por lo que se justifica plenamente la presente iniciativa. RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable al señor Luis Alberto Reyes, cédula de identidad Nº 1.142.248-7, equivalente a seis Bases de Prestaciones y Contribuciones. Artículo 2º.- Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales. Montevideo, 31 de agosto de 2011. RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO”.

Anexo I al Rep. Nº 679 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Seguridad Social INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Seguridad Social, por unanimidad de sus miembros, recomienda la aprobación del proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, en el que se establece conceder una pensión graciable al señor Luis Alberto Reyes Umpiérrez, equivalente a seis Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC). Luis Alberto Reyes tuvo una destacada trayectoria en el boxeo, como púgil amateur y profesional, obteniendo el título de Campeón Latinoamericano en dos oportunidades en los años 1965 y 1967, como asimismo Campeón Sudamericano en el año 1968. La actividad boxística lo tiene como uno de sus exponentes más significativos. Su carrera como boxeador amateur es larga y fecunda, ocupando toda la década del 60 y parte de la década del 70. Además, luego de haber dejado la práctica activa del boxeo, se consagró como director técnico en varios clubes deportivos. Actividad que reviste singular importancia, en momentos en los cuales en nuestro país se le asigna a este deporte un potencial socioeducativo importante. Concordamos con el Poder Ejecutivo en cuanto a la necesidad de realizar este reconocimiento a la trayectoria deportiva del señor Luis Alberto Reyes, a través de la pensión graciable, concebida como una recompensa pecuniaria dispensada a quienes han realizado aportes relevantes al país, en el campo de la ciencia, el arte y la cultura, en general. En ese sentido hace suyo el criterio adoptado y puesto en práctica por la Comisión Permanente para el Tratamiento de Pensiones Graciables, según el cual, el cumplimiento de la condición emérita, tratándose de deportistas, está directamente relacionado con el hecho de haber ocupado un lugar en el pódium de campeonatos sudamericanos, mundiales, panamericanos o juegos olímpicos. Actualmente este destacado deportista cumple con los extremos requeridos por la normativa vigente para acceder a una pensión graciable, por lo que se justifica plenamente la presente iniciativa.

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Por los motivos expuestos, la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Representantes, aconseja la aprobación del proyecto de ley que se informa. Sala de la Comisión, 5 de octubre de 2011. DIONISIO VIVIÁN, Miembro Informante, ALMA MALLO CALVIÑO, ALBERTO PERDOMO GAMARRA”. ——Dese cuenta del resultado de la votación del artículo 1° del proyecto. (Se lee:) “Han sufragado noventa señores Representantes: setenta lo han hecho por la afirmativa, dieciséis por la negativa y ha habido cuatro votos en blanco”. ——El resultado es: AFIRMATIVA. Léase el artículo 2°. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y seis en sesenta y cinco: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al presentado por el Poder Ejecutivo)

el adjunto proyecto de ley, por el que se concede una pensión graciable al señor Guillermo Escalada Píriz, gloria del deporte uruguayo. El proyecto de ley en su artículo primero incluye el nombre del beneficiario así como el monto de la pensión. En su artículo segundo, establece que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales. Asimismo a efectos de la tramitación ante el Banco de Previsión Social, se incluye en el texto el número de la cédula de identidad del beneficiario. El Poder Ejecutivo saluda al Presidente de la Asamblea General con su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Reconocer a través de la pensión graciable los grandes y singulares méritos de los deportistas que lograron grandes hazañas, constituye un deber ciudadano y una contribución a la forja, transmisión y consolidación de nuestra identidad nacional. Guillermo Escalada Píriz tuvo una destacada trayectoria futbolística, integrando la Selección Mayor de Uruguay durante los años 1956 y 1959. El fútbol uruguayo lo cuenta entre aquellos que protagonizaran sus logros más importantes en la década del cincuenta. Así pues, con nuestra Selección Mayor fue Campeón Sudamericano en el año 1956 y en el inolvidable Séptimo Campeonato Sudamericano Extra, disputado en Ecuador, cuando Uruguay invicto logró el título de Campeón Sudamericano, con anticipación a la disputa del último partido. El Poder Ejecutivo considera que se impone realizar este reconocimiento a la trayectoria deportiva del señor Guillermo Escalada Píriz, a través de la pensión graciable, concebida como una recompensa pecuniaria dispensada a quienes han realizado aportes relevantes al país. En ese sentido hace suyo el criterio adoptado y puesto en práctica por la Comisión Permanente para el Tratamiento de Pensiones Graciables, según el cual, el cumplimiento de la condición emérita tratándose de deportistas, está directamente relacionado con el hecho de haber ocupado un lugar en el podium de campeonatos sudamericanos, mundiales, panamericanos o juegos olímpicos.

19.- Guillermo Escalada Píriz. (Pensión graciable).
——Se va a dar cuenta del resultado de la votación acerca de la pensión graciable para el señor Guillermo Escalada Píriz. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 707 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Educación y Cultura Ministerio de Economía y Finanzas Montevideo, 28 de setiembre de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General Contador Danilo Astori: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo con el objeto de someter a su consideración

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Actualmente este destacado deportista atraviesa una difícil situación económica extrema que justifica ampliamente la presente iniciativa. Montevideo, 28 de setiembre de 2011. RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable, al señor Guillermo Escalada Píriz, cédula de identidad Nº 828.213-9, equivalente a cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones. Artículo 2º.- Precísase que la erogación resultante, será atendida por Rentas Generales. Montevideo, 28 de setiembre de 2011. RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO”. Anexo I al Rep. Nº 707 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Seguridad Social INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Seguridad Social, por mayoría de sus miembros, ha aprobado el proyecto de ley por el que se establece la concesión de una pensión graciable al señor Guillermo Escalada Píriz, quien tuvo una destacada trayectoria futbolística, integrando la selección mayor de Uruguay durante los años 1956 y 1959. El fútbol uruguayo lo cuenta entre aquellos que protagonizaran sus logros más importantes en la década del cincuenta. Así pues, con nuestra selección mayor fue campeón sudamericano en el año 1956 y en el inolvidable Séptimo Campeonato Sudamericano Extra, disputado en Ecuador, cuando Uruguay invicto logró el título de Campeón Sudamericano, con anticipación a la disputa del último partido. Consideramos que se impone realizar este reconocimiento a la trayectoria deportiva del señor Guillermo Escalada Píriz, a través de la pensión graciable, concebida como una recompensa pecuniaria dispensada a quienes han realizado aportes relevantes al país. En ese sentido hace suyo el criterio adoptado y puesto en práctica por la Comisión Permanente para el tratamiento de pensiones graciables, según el cual, el cumplimiento de la condición emérita tratándose de deportistas, está directamente relacionado

con el hecho de haber ocupado un lugar en el pódium de campeonatos sudamericanos, mundiales, panamericanos o juegos olímpicos. Actualmente este destacado deportista atraviesa una difícil situación económica extrema que justifica ampliamente la presente iniciativa. Por los motivos expuestos, la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Representantes, aconseja la aprobación del proyecto de ley que se informa. Sala de la Comisión, 9 de noviembre de 2011. DIONISIO VIVIÁN, Miembro Informante, ALBERTO PERDOMO GAMARRA”. ——Dese cuenta del resultado de la votación del artículo 1° del proyecto. (Se lee:) “Han sufragado noventa señores Representantes: setenta y seis lo han hecho por la afirmativa, trece por la negativa y ha habido un voto en blanco”. ——El resultado es: AFIRMATIVA. Léase el artículo 2°. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y seis en sesenta y cinco: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al presentado por el Poder Ejecutivo).

20.- Licencias. Integración de la Cámara.
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia:

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Del señor Representante Rodolfo Caram, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para asistir a la reunión de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano PARLATINO, a desarrollarse en la ciudad de Panamá, por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 5 de diciembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Silvia Elena Silveira. Del señor Representante Yerú Pardiñas, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 15 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Aquino. Del señor Representante Alfredo Asti, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 15 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Mauricio Guarinoni. Del señor Representante Mario Silvera, en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de una invitación del Gobierno de la República Federal de Alemania, como miembro del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay – Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín, por el período comprendido entre los días 23 de noviembre y 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor José Amaro Machado. Del señor Representante Guzmán Pedreria, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 16 de noviembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Olga Silva”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en sesenta y dos: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:)

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou. De mi mayor consideración: Por la presente, acorde al Reglamento del Cuerpo que Ud. preside, solicito licencia entre los días 27 de noviembre al 5 de diciembre, de acuerdo al literal C) del artículo único de la Ley Nº 17.827, para concurrir a la reunión de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del PARLATINO, a la cual he sido convocado. La misma se llevará a cabo en la ciudad de Panamá-Panamá. Sin otro particular, lo saluda con la más alta consideración. RODOLFO CARAM Representante por Artigas”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Artigas, Rodolfo Caram, para asistir a la reunión de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Panamá. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 5 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 5 de diciembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Artigas, Rodolfo Caram, para asistir a la reunión de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevención al Narcotráfico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Panamá. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Vota-

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ción Nº 816, del Lema Partido Nacional, señora Silvia Elena Silveira. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales por el día 15 de noviembre, por lo que pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente YERÚ PARDIÑAS Representante por Cerro Largo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Yerú Pardiñas. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Yerú Pardiñas, por el día 15 de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Daniel Aquino. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Mediante la presente solicito al Cuerpo que preside licencia por motivos personales por el día 15 de noviembre del año en curso. Sin otro particular, saluda atentamente, ALFREDO ASTI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Mediante la presente, declino por esta única vez a la convocatoria de la que he sido objeto con motivo de la licencia del Representante Nacional Alfredo Asti. Sin otro particular, saluda atentamente, Carlos Varela Ubal”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Mario Guerrero”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Daniel Mesa”.

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“Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Jorge Patrone”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Jorge Iribarnegaray”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Robert Alonso”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración. Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente.

Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Antonio Pérez”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Alfredo Asti, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente. Óscar Curutchet”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Carlos Varela Ubal, Mario Guerrero, Daniel Mesa, Jorge Patrone, Jorge Iribarnegaray, Robert Alonso, Antonio Pérez García y Óscar Curutchet. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti, por el día 15 de noviembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Carlos Varela Ubal, Mario Guerrero, Daniel Mesa, Jorge Patrone, Jorge Iribarnegaray, Robert Alonso, Antonio Pérez García y Óscar Curutchet. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al su-

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plente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Mauricio Guarinoni. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito a usted licencia entre los días 23 de noviembre y 7 de diciembre del corriente año, de acuerdo al literal C), del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, en virtud de formar parte de la Delegación de legisladores que en carácter de Misión Oficial, visitarán la República Federal de Alemania, por integrar el Grupo de Amistad Interparlamentaria Uruguay-Alemania. Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente. MARIO SILVERA ARAÚJO Representante por Treinta y Tres”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Mario Silvera, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad Interparlamentario Uruguay-Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 23 de noviembre y 7 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Mario Silvera, en misión oficial, para concurrir como invitado del Gobierno de la República Federal de Alemania, como integrante del Grupo de Amistad

Interparlamentario Uruguay-Alemania, a desarrollarse en las ciudades de Hamburgo y Berlín por el período comprendido entre los días 23 de noviembre y 7 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 8, del Lema Partido Nacional, señor José Amaro Machado. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Alberto Lacalle Pou. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 16 de noviembre por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, GUZMÁN PEDREIRA Representante por Flores”. “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Quien suscribe, Martín Pedreira, de acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular para el día de la fecha, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, lo saluda atentamente, Martín Pedreira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 16 de noviembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Martín Pedreira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de

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24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira, por el día 16 de noviembre de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Martín Pedreira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 60977321, del Lema Partido Frente Amplio, señora Olga Silva. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y tres: AFIRMATIVA.

23.- Preferencias.
Dese cuenta de una moción presentada por los señores Diputados Bayardi, Cantero Piali, Saravia y Abdala. (Se lee:) “Mocionamos para que el tema ‘Adicciones, consecuencias e impactos en la sociedad uruguaya. (Recomendaciones)’, pase su tratamiento del día 6 de diciembre al orden del día del 7 de diciembre”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA.

21.- Supresión de sesión ordinaria.
——Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Bayardi, Otegui Griego, Cantero Piali, Espinosa, Caram y Abdala. (Se lee:) “Mocionamos para que se deje sin efecto la sesión ordinaria del día miércoles 16 de noviembre”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta y uno: AFIRMATIVA.

24.- Urgencias.
Desde cuenta de una moción de urgencia presentada por los señores Diputados Bayardi, Cantero Piali, Otegui Griego, Espinosa, Caram y Abdala. (Se lee:) “Mocionamos para que se declare la urgencia y se trata de inmediato el proyecto de ley ‘Acuerdo con la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y la reducción fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, protocolo adicional y notas reversales modificativas'”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y tres: AFIRMATIVA.

22.- Sesión extraordinaria.
Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Bayardi, Cantero Piali, Otegui Griego, Caram Espinosa y Abdala. (Se lee:) “Mocionamos para que la Cámara se reúna en sesión extraordinaria el próximo miércoles 16 de noviembre a la hora 14 a fin de considerar el siguiente orden del día: ‘Impuesto a la concentración de inmuebles Rurales (ICIR). Creación'”.

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25.- Acuerdo con la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y la reducción fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, protocolo adicional y notas reversales modificativas
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el siguiente asunto: “Acuerdo con la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y la reducción fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, protocolo adicional y notas reversales modificativas”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 738 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Montevideo, 26 de julio de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y la reducción fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en la ciudad de Montevideo, el 9 de marzo de 2010, su Protocolo Adicional y las Notas Reversales Modificativas de fecha 15 de julio de 2010 y 21 de febrero de 2011, los que forman parte integrante del Acuerdo. ANTECEDENTES La tendencia mundial en materia tributaria, particularmente en lo que se refiere a los impuestos sobre la renta, así como en lo que respecta a los impuestos al patrimonio, está orientada a facilitar y favorecer la inversión y el comercio internacionales. Es política de Estado auspiciar sus exportaciones. Por lo demás, constituye un hecho cierto que los capitales van en busca de oportunidades donde quiera que éstas se encuentren. La globalización es un proceso irreversible, y el Estado que pretenda dificultar las inversiones de sus contribuyentes en otros países perjudica, no sólo a esos contribuyentes, sino en definitiva al propio Estado.

Paralelamente, las administraciones tributarias de los diferentes países son conscientes que el comercio internacional puede ser fuente de evasión y fraudes fiscales toda vez que, en ocasiones, resulte difícil, por no decir imposible, acceder a los libros y documentos que respaldan determinado negocio cuando éstos se encuentran más allá de las fronteras del domicilio del contribuyente. De allí que muchos países suscriban tratados internacionales que aspiran a tutelar los dos aspectos citados en los párrafos anteriores: por una parte, que los contribuyentes que realicen negocios o efectúen inversiones en otros países no resulten castigados a través de la doble tributación, es decir, a pagar los impuestos en el país donde se realiza la inversión además de aquellos tributos que el contribuyente ha de pagar en el país donde se encuentra su domicilio fiscal; y por la otra, que las administraciones tributarias de los Estados contratantes tengan acceso a la información requerida para detectar la evasión y los fraudes fiscales que se produzcan eventualmente en virtud de negocios o inversiones realizados fuera del domicilio fiscal del contribuyente. La globalización de las economías, la apertura de los países al comercio internacional, la gran variedad de tratados de distinta índole y la tendencia a la integración mundial, constituyen hoy en día una realidad económica de primer orden, y son una prioridad nacional por sus múltiples contribuciones al desarrollo sustentable con equidad. El caso del Tratado de Libre Comercio Uruguay-México constituye un ejemplo claro al respecto. Todo lo anteriormente señalado puede verse frustrado por la carga impositiva impuesta por cada país, dada la soberanía que tiene cada Estado para aplicar impuestos dentro de su territorio, por lo cual la existencia de un Convenio que evite la Doble Imposición entre ambas naciones constituirá un aporte significativo a la profundización de las relaciones comerciales y de inversión entre ambas. Con respecto a la estructura de los Acuerdos de referencia, cabe consignar que, los primeros tratados internacionales se produjeron en torno de la actividad del transporte internacional. Incluso cuando no existía el término “globalización”, las empresas de transporte internacional aéreo y marítimo se sustentaban de los negocios internacionales. Los convenios más frecuentes se refieren al impuesto sobre la renta y al patrimonio.

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TEXTO El Acuerdo consta de un corto Preámbulo, 32 Artículos, su Protocolo Adicional y las Notas Reversales Modificativas de fecha 15 de julio de 2010 y 21 de febrero de 2011 por las que se modifican los Artículos 8, 9 y 26, las que forman parte integrante del Acuerdo. Artículo 1 – PERSONAS COMPRENDIDAS Artículo 2 – IMPUESTOS COMPRENDIDOS Artículo 3 – DEFINICIONES GENERALES Artículo 4 – RESIDENTE Artículo 5 – ESTABLECIMIENTO PERMANENTE Artículo 6 – RENTAS INMOBILIARIAS Artículo 7 – BENEFICIOS EMPRESARIALES Artículo 8 – NAVEGACIÓN MARÍTIMA Y AÉREA (MODIFICADO POR NOTA REVERSAL) Artículo 9 – EMPRESAS ASOCIADAS CADO POR NOTA REVERSAL) Artículo 10 – DIVIDENDOS Artículo 11 – INTERESES Artículo 12 – REGALÍAS Artículo 13 – GANANCIAS POR ENAJENACIÓN DE BIENES Artículo 14 – RENTAS DEL TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Artículo 15 – REMUNERACIÓN DE LOS MIEMBROS DE CONSEJOS DE VIGILANCIA Y JUNTAS DIRECTIVAS Artículo 16 – ARTISTAS Y DEPORTISTAS Artículo 17 – PENSIONES, HABERES PASIVOS Y ASIGNACIONES ANÁLOGAS Artículo 18 – FUNCIÓN PÚBLICA Artículo 19 – PROFESORES INVITADOS MAESTROS Y ESTUDIANTES Artículo 20 – OTRAS RENTAS Artículo 21 – PATRIMONIO Artículo 22 – MÉTODO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN EN EL ESTADO DE RESIDENCIA TEXTO DEL ACUERDO (MODIFI-

Artículo 23 – NO DISCRIMINACIÓN Artículo 24 – PROCEDIMIENTO AMISTOSO Artículo 25 – INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Artículo 26 – ASISTENCIA EN LA RECAUDACIÓN DE IMPUESTOS (MODIFICADO POR NOTAS REVERSALES) Artículo 27 – REGLAS DE PROCEDIMIENTO PARA LA RETENCIÓN EN LA FUENTE Artículo 28 – APLICACIÓN DEL ACUERDO EN DETERMINADOS CASOS Artículo 29 – MIEMBROS DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y DE OFICINAS CONSULARES Artículo 30 – PROTOCOLO Artículo 31 – ENTRADA EN VIGOR Artículo 32 – DENUNCIA Notas Reversales de fecha 15 de julio de 2010 y 21 de febrero de 2011 por las que se modifican los Artículos 8, 9 y 26, las que forman parte integrante del Acuerdo. En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Convenios, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébanse el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y la reducción fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en la ciudad de Montevideo, el 9 de marzo de 2010, su Protocolo Adicional y las Notas Reversales Modificativas de fecha 15 de julio de 2010 y 21 de febrero de 2011, los que forman parte integrante del Acuerdo. Montevideo, 26 de julio de 2011. LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO”.

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CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébanse el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y la reducción fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en la ciudad de Montevideo, el 9 de marzo de 2010, su Protocolo Adicional y las Notas Reversales Modificativas de fecha 15 de julio de 2010 y 21 de febrero de 2011, los que forman parte integrante del Acuerdo. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de noviembre de 2011. DANILO ASTORI Presidente HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. SEÑORA LAURNAGA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Tourné).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA LAURNAGA.- Señora Presidenta: antes que nada, quiero señalar que este convenio fue votado en el Senado la semana pasada y viene sin informe de la Comisión por ser considerado de carácter urgente y también estratégico. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Yanes) ——Por lo tanto, voy a hacer uso de la palabra en nombre de la Comisión, pero seguramente otros de sus integrantes lo harán después. Este acuerdo pretende evitar la doble imposición y la reducción fiscal en materia de Impuestos a la Renta y al Patrimonio e incluye las notas reversales entre Alemania y Uruguay. Hay dos elementos que me interesa destacar. El primero es de carácter político y tiene que ver con el contexto en el que se propone aprobar este acuerdo. El segundo dice relación con la importancia del acuerdo y sus componentes.

No queremos dejar pasar la ocasión sin mencionar la importancia del contexto en que esto se trata, que tuvo su momento bastante delicado y de mucha visibilidad la semana anterior. Este proyecto fue votado exclusivamente por los Senadores de Gobierno la semana pasada, básicamente por un argumento vinculado al tema de la oportunidad. En particular, quiero referirme a la oportunidad. Uruguay tiene una larga tradición de transparencia y de seguridad jurídica, y también tiene un reconocimiento internacional sobre la seriedad de sus normas. Hace tiempo que Uruguay está empeñado en negociaciones con la OCDE -por supuesto y sobre todo con su Comité Técnico-, a fin de cumplir con algunas de las condiciones que esta le establece y que tienen que ver con la firma de doce convenios. Recientemente, en octubre, recibimos una visita del Comité Técnico de la OCDE y Uruguay fue observado por no haber llegado todavía a esos doce convenios, pero se agregaron otras demandas, como ser que esos convenios sean celebrados con economías y países significativos. No hay un país más relevante ni más significativo en el contexto europeo -inclusive, tal vez, en la OCDE- que Alemania. Por eso, nos parece estratégica la aprobación de este convenio y, al mismo tiempo, que se apruebe en este momento. Obviamente, Alemania es de las economías más fuertes de Europa y, de alguna manera, ha venido avanzando con Uruguay hace ya largo tiempo en convenios y acuerdos que facilitan este tipo de intercambios. Este convenio viene a sustituir uno firmado el 5 de mayo de 1987, también para evitar la doble imposición y generar mayores mecanismos de transparencia fiscal. En este contexto, precisamente Uruguay ha planteado a los organismos internacionales y al sistema económico y político internacional por qué no es un paraíso fiscal y por qué estas herramientas vienen siendo ya un compromiso del país desde hace largo tiempo, y creemos que el convenio con Alemania suma en ese sentido. Por lo tanto, cumple con varios objetivos. El primero es este que no queríamos dejar pasar. El segundo es, obviamente, el de avanzar en las herramientas y en la metodología más contemporáneas para evitar la doble tributación, la doble imposición tributaria y, de esa manera, estimular y promo-

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ver la inversión entre ambos países, que es sin duda significativa. La negociación de este convenio se inició en el Período de Gobierno anterior. La firma del convenio fue en Montevideo el 9 de marzo de 2010. Quiero destacar que las notas reversales que acompañan este convenio que vamos a aprobar hoy revisan el convenio. Como saben, los convenios se tienen que negociar en los dos idiomas de los países interesados y las traducciones deben ser oficiales. Muchas veces, ese proceso -además del proceso de negociación del convenio-, es largo y complejo. El convenio se firmó en marzo de 2010 y, sin embargo, las últimas notas reversales enviadas por el Gobierno alemán, después de haber corregido algunos errores que encontraron en la traducción, son de julio de 2010 y de febrero de 2011. ¿Qué estoy diciendo con esto? Estoy diciendo que el proceso de negociación, así como el proceso de aplicación después y el de la firma definitiva de los convenios de doble imposición y de transparencia fiscal son complejos y que esto no necesariamente implica -lo digo por algunas versiones de prensa que han trascendido por ahí- debilidades o déficit del aparato administrativo, de la Cancillería, del Ministerio de Economía y Finanzas o, incluso, del Parlamento Nacional. Este convenio -como la mayoría de aquellos de doble imposición que estamos tratando- ha ingresado este año al Parlamento. El segundo punto al que quería hacer referencia es la importancia del acuerdo y sus contenidos. Con Alemania tenemos algunos acuerdos relevantes. Como decía, en 1987 se celebró el primer acuerdo para evitar la doble imposición. Asimismo, en 1995 se firmó un convenio para la cooperación financiera entre ambos países y, más recientemente, convenios más específicos básicamente sobre energías renovables, uno de los temas de mayor aporte tecnológico que está directamente vinculado con la productividad de las inversiones y de los capitales, tanto en Uruguay como en Alemania. Nosotros esperamos que la delegación de legisladores que va a ir a Alemania a fin de mes pueda profundizar en la actividad de diplomacia que este Parlamento está realizando en beneficio de las inversiones que existen con dicho país.

Alemania es tal vez la economía más importante de la Unión Europea. La Unión Europea es el mercado de mayor flujo de intercambio comercial con el Uruguay después del MERCOSUR. Un 15% del total exportado de Uruguay fue con destino a la Unión Europea y Alemania es el principal destino dentro de la Unión. El mercado alemán es el séptimo destino de nuestras exportaciones a nivel mundial. En 2010 se transaron US$ 239:000.000 de exportación y US$ 199:000.000 de importación. Por lo tanto, este acuerdo reviste una enorme importancia por los aspectos que ya señalé, para evitar la doble imposición tributaria y plantear mecanismos más amplios y profundos de transparencia fiscal y básicamente también para promover la inversión privada, el intercambio de tecnología, dar protección a los contribuyentes de ambos países, prevenir la discriminación y, por supuesto, evitar la evasión fiscal e impositiva. Este es un acuerdo bastante largo y exhaustivo, y contiene aquellos elementos más tradicionales como son las definiciones generales en las que están establecidas qué son personas físicas, qué son personas jurídicas, qué son personas o empresas residentes en cada uno de los países, el carácter de residencia permanente, etcétera. En la página 6 está la lista de impuestos de ambos países porque, obviamente, el modelo impositivo de cada uno es diferente. En la página 23 se encuentran las disposiciones relativas a todos los mecanismos vinculados a rentas, así como los tipos de rentas y la caracterización de patrimonio exigible para cada uno de los Estados. En este convenio se establecen las condiciones para la imposición y también para la exoneración de las imposiciones, determinándose las reservas para cada uno de los países en aquellos casos concretos en que prevean evitar exoneraciones. Se establecen así los casos en que las exoneraciones deben ser exceptuadas, en particular, en la página 26. El artículo 25 -que figura en la página 28- establece las condiciones para el intercambio de la información fiscal, que me parece importante resaltar y considerar. Esto no obliga a ninguno de los dos Estados -pero en particular no obliga al Estado uruguayoa suministrar información que no pueda ser obtenida con base en su propia legislación. Por lo tanto, el con-

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venio protege la legislación actual, más allá de los cambios de legislación que puedan formularse en el futuro. También está establecido en este acuerdo que si hay cambios al tipo de tributación -tanto a la renta como al patrimonio- que el Estado pueda considerar adecuado incluir en este marco, deberá ser objeto, entonces, de una consideración binacional en ese sentido. Para terminar, en su último artículo establece las condiciones de la asistencia recíproca en materia de recaudación y de devolución de impuestos, en los casos en que esto corresponda. Señor Presidente: quería señalar que nos parecía políticamente adecuado el momento para considerar, con carácter urgente, este tratado para evitar la doble imposición. También quiero adelantar a los señores y señoras parlamentarias que en los próximos días vamos a estar proponiendo en la Comisión de Asuntos Internacionales la aprobación de otros convenios. Este en particular, junto al convenio de transparencia fiscal con Francia, constituyen dos elementos estratégicos clave para el marco político en el que estamos tratando de trabajar. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: nosotros vamos a acompañar este acuerdo con Alemania. Voy a ser muy breve, pero quiero hacer algunas precisiones que me parecen adecuadas. En primer lugar, me parece inoportuno que se inicie el fundamento para la aprobación de este acuerdo mencionando a la OCDE, en circunstancias en las cuales, precisamente, el análisis político que se está haciendo en Uruguay sobre la compleja situación que se ha generado a partir de algunas declaraciones públicas de un Jefe de Estado extranjero, pone en discusión una cuestión que, a nuestro juicio, no tiene absolutamente nada que ver con este acuerdo de nuestro país con Alemania. Y no tiene que ver por los antecedentes y no tiene que ver por el proceso. Cuando Uruguay aprueba este tratado no es para cumplir con ninguna obligación ni pretensión de OC-

DE; es simplemente para mantener y sostener un régimen especial que tiene con la República Federal de Alemania desde hace muchísimo tiempo, antes de que la OCDE hiciera algún pronunciamiento respecto de los temas que hoy están en cuestión. Se ha dicho que Uruguay tiene un tratado sobre doble imposición con Alemania desde el año 1987. Han pasado muchos años desde la vigencia de este tratado, y este acuerdo es una modificación de aquel acuerdo original, simplemente para adaptarlo a las circunstancias de la economía actual y de la relación económica entre los dos países. Es un tratado que beneficia especialmente al Uruguay, porque permite que las inversiones alemanas en el Uruguay sean tratadas del mismo modo que las inversiones uruguayas en Alemania. Pero está claro que aquí notoriamente hay un beneficio para el Uruguay a partir de que hay una proporción mayor de inversiones de Alemania en Uruguay que inversiones de Uruguay en Alemania. Me parece necesario que esto se aclare en estas circunstancias. El hecho de tener que consentir que Uruguay está tomando una decisión en función de las exigencias que nos vienen desde otros ámbitos, a modo de la justificación de este acuerdo, al menos, no corresponde. Ya hemos dicho que todo lo que tiene que ver con la legislación nacional en los aspectos relativos al sistema financiero, al secreto bancario y a la información tributaria, son cuestiones de responsabilidad y de soberanía del Estado uruguayo. Me parece que bajo ningún concepto deben someterse como argumento a las presiones que eventualmente se esté sufriendo desde otros ámbitos. Pero en particular este acuerdo -puede ser contemporáneo con esa situación política que he señalado- no responde a ninguna exigencia. Este es la modificación de un acuerdo preexistente desde el año 1987, en el que notoriamente se beneficia Uruguay porque, sin este acuerdo, es muy difícil que haya fuertes inversiones alemanas en el Uruguay. Esa es la explicación que queremos dar nosotros. Además, es la razón por la cual admitimos que este tema fuera tratado como urgente y se votara en la jornada de hoy, porque el 28 de octubre el Parlamento alemán aprobó el mismo acuerdo y ya se está en condiciones, una vez que lo apruebe la Cámara de Representantes y que lo promulgue el Poder Ejecutivo -para lo cual vamos a pedir la comunicación urgente al Poder Ejecutivo- de intercambiar los instrumentos para que quede plenamente vigente. Esa es la razón

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por la cual vamos a acompañar este proyecto de ley que la Cámara tiene a estudio. Gracias. SEÑORA LAURNAGA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra la señora Diputado. SEÑORA LAURNAGA.- Señor Presidente: nosotros nos congratulamos de compartir con el Partido Nacional la posición que adelantó el señor Diputado Trobo. También nos congratulamos de la madurez política que esta Cámara y, en particular, esa bancada, están demostrando en este caso. Comparto con el señor Diputado preopinante la referencia que hice en cuanto a que esto tiene que ver con un acuerdo firmado en el año 1987. Simplemente, hice esa aclaración porque quedó más que explicitado en la sesión del Senado de la semana pasada, donde toda la bancada del señor Diputado Trobo no votó este proyecto por un problema de oportunidad con relación a este debate que se había procesado. En particular, creo que hay que distinguir la decisión de un Estado soberano como el nuestro y la seriedad que yo mencioné en su momento que tiene este país. Nuestros compromisos con la OCDE los asumimos libremente -nadie nos lo impone-, como asumimos pertenecer a algunos organismos multilaterales, no a todos. Como la semana pasada distinguí las malogradas apreciaciones de un señor Presidente de algún país, tan soberano como nosotros, que utilizó mal una coyuntura para decir cosas inadecuadas, no me pareció necesario hacerlo ahora. Gracias, señor Presidente. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: no creo que corresponda pretender comparar la actitud del Partido Nacional en el Senado y en la Cámara con relación a este tema, porque está muy claro por qué el Partido Nacional adoptó una actitud en el Senado. Creo que esta actitud también debería haberla tenido el Frente Amplio, pero no la tuvo, como tampoco el Gobierno, en torno a estos temas. Ahora, si cuando le facilita-

mos el camino para aprobar un tema, el propósito del Gobierno es tratar de generar por la vía de la alusión una discusión política lateral que impida la aprobación del proyecto, creo que se está recibiendo muy malos consejos. Los consejos hay que analizarlos. Hay bueno y malos y, en el debate legislativo, hay que seguir los buenos consejos. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR VÁZQUEZ.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VÁZQUEZ.- Señor Presidente: vamos a votar el proyecto que se presenta, en primer lugar, porque nació en un Gobierno del Partido Colorado y lo que se está haciendo hoy es una adecuación de aquel acuerdo firmado en el año 1987. Ahora, sería de una enorme felicidad para mí que, paralelamente a la aprobación de este proyecto, renunciara el señor Ministro de Relaciones Exteriores, que ha sido el o uno de los causantes de este desastre que estamos viviendo en materia internacional. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. SEÑOR TROBO.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta: AFIRMATIVA.

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(No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al aprobado por la Cámara de Senadores)

28.- Industria de la vestimenta. (Fortalecimiento y desarrollo) (Modificaciones de la Cámara de Senadores)
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el asunto relativo a “Industria de la vestimenta. (Fortalecimiento y desarrollo) (Modificaciones de la Cámara de Senadores)”. (NUEVOS ANTECEDENTES:)

26.- Prórroga del término de la sesión.
Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor Diputado Bayardi. (Se lee:) “Mociono para que se prorrogue la hora de finalización de la sesión”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA.

Anexo V al Rep. Nº 42 “TEXTO APROBADO POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES TÍTULO I APOYO A LA COMPETITIVIDAD DE LA INDUSTRIA DE LA VESTIMENTA DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. (Objetivos).- Las disposiciones de la presente ley están orientadas a obtener los objetivos generales y específicos en la industria de la vestimenta, que a continuación se detallan: I) Objetivos generales. A) Asegurar la sustentabilidad del sector. B) Mejorar la calidad y las condiciones del trabajo. II) Objetivos específicos. A) Mejorar el modelo productivo. B) Mejorar la competitividad y la productividad del sector. C) Crear fuentes de empleo con mano de obra calificada. D) Disminuir el empleo precario. Artículo 2º.- La política promocional explicitada en el presente Título, será formulada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería y el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 3º. (Órgano ejecutor).- La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería será el órgano ejecutor de esta política. Artículo 4º. (Beneficiarios).- Los beneficiarios de la presente ley serán las empresas que realicen las actividades correspondientes a la confección de los productos que se clasifican en los Capítulos 61 y 62, y las posiciones 4203.10, 4303.10.00.21, 6302.21,

27.- Urgencias.
Dese cuenta de una moción de urgencia presentada por los señores Diputados Bayardi, Cantero Piali, Espinosa, Otegui, Caram y Abdala. (Se lee:) “Mocionamos para que se declare urgente y se considere de inmediato el proyecto “Industria de la vestimenta. (Fortalecimiento y desarrollo) (Modificaciones de la Cámara de Senadores)”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y seis en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¿Me permite, señor Presidente? ¿Por qué se alteró el orden del día? ¿Por qué no se trata el asunto relativo a la educación y se deja para el final? SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Las mociones llegan a la Mesa y, según la información que tengo, responden a lo acordado por los coordinadores de cada sector.

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6302.22, 6302.31, 6302.32, 6505.90.00 y 9404.90.00.20 de la Nomenclatura Común del Mercosur. Para acceder al beneficio establecido en el inciso anterior, las empresas deberán acreditar que están registradas en la Dirección Nacional de Industrias según se dispone en el artículo 13 de la presente ley y que se encuentran al día con sus obligaciones tributarias, de seguridad social y responsabilidad social que serán determinadas por la reglamentación. Artículo 5º. (Subvención).- Otórgase una subvención transitoria a las actividades promovidas en la presente ley. Artículo 6º. (Monto de la subvención).- El monto de la subvención total destinado al sector de la vestimenta será de US$ 27.500.000 (veintisiete millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América) con la distribución anual que se establece en el artículo 7º y de acuerdo a los siguientes criterios: A) El 33% (treinta y tres por ciento) de la subvención se asignará a las empresas que demuestren calificar, de acuerdo a todos los conceptos detallados en el presente artículo y en cada caso de acuerdo al porcentaje de participación de la masa salarial de cada empresa, en el total de las empresas beneficiarias que cumplan con los requisitos del artículo 4º. Se considerará como masa salarial la suma de todas las partidas remuneratorias nominales mensuales abonadas por la empresa, derivadas de la prestación de servicios en relación de dependencia, que se encuentren sujetas a gravamen por la seguridad social y siempre que estén vinculadas a la actividad promocionada. En ningún caso el monto de la subvención para una empresa podrá superar el 20% (veinte por ciento) de su masa salarial en el período considerado. Para hacer efectivo el cobro de la misma las empresas deberán acreditar la nómina presentada al Banco de Previsión Social. La reglamentación establecerá la forma de realizar los cálculos referidos en el inciso anterior, la forma de asignación de la masa salarial en aquellos casos en que una misma empresa desarrolle actividades promovidas y no promovidas, y la aplicación de fondos excedentes si los hubiera. B) El 33% (treinta y tres por ciento) de la subvención se destinará a los trabajadores debidamente registrados en el Banco de Previsión

Social dentro de los rubros considerados en esta subvención. La reglamentación establecerá el procedimiento para la asignación del mencionado porcentaje así como las condiciones y oportunidades de acceso a la prestación referida. C) El 34% (treinta y cuatro por ciento) de la subvención y los eventuales excedentes de los fondos asignados al concepto anterior, se asignarán entre las empresas en base a los proyectos que presenten para el desarrollo de sus capacidades productivas: inversión en actualización tecnológica, ampliación de capacidad, capacitación, diseño, innovación, mejoras en la gestión comercial e industrial, con un tope anual por empresa equivalente al 100% (cien por ciento) de lo que recibe según el literal A). Para el primer año se tomará un monto de 10% (diez por ciento) de la masa salarial de los cuatro trimestres anteriores. Los proyectos deberán ser cofinanciados por la empresa en 20% (veinte por ciento) cuando se trate de certificaciones de responsabilidad social por parte de empresas internacionales o de formación de personal en institutos reconocidos y un mínimo de 40% (cuarenta por ciento) en cualquier otro concepto. La reglamentación determinará los indicadores para medir los avances en el logro de las metas planteadas en el artículo 1º. Artículo 7º. (Plazo y distribución anual del monto).- La subvención, con cargo a Rentas Generales, se extenderá por un período de siete años sobre una base de US$ 5.000.000 (cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América) anuales, de acuerdo al siguiente detalle: A) 100% (cien por ciento) de dicho monto en los primeros tres años. B) 75% (setenta y cinco por ciento) de dicho monto en los dos años siguientes. C) 50% (cincuenta por ciento) de dicho monto en el sexto y séptimo año. Artículo 8º.- Dicha subvención se volcará al sector de la vestimenta en forma trimestral de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6º. TÍTULO II COMISIÓN ASESORA Artículo 9º. (Comisión Asesora).- Créase en la órbita del Ministerio de Industria, Energía y Minería una Comisión Asesora, conformada por un representante

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del Ministerio citado, uno del Ministerio de Economía y Finanzas, uno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, un representante de los empresarios y uno de los trabajadores, en todos los casos con la designación de titular y alterno, con las siguientes competencias: – Asesorar en la redacción del Decreto Reglamentario de la presente ley. – Asesorar y aprobar su reglamento interno de funcionamiento, dentro de los ciento veinte días de la publicación de esta ley, adoptando las decisiones con el voto de la mayoría simple de sus integrantes. – Determinar el procedimiento para la asignación de las partidas definidas entre las empresas beneficiarias. – Aprobar los proyectos presentados según el criterio del literal c) del artículo 6º, así como determinar el porcentaje a subsidiar de acuerdo a la apropiabilidad por parte de la empresa. – Asesorar en la instrumentación del Régimen de Trazabilidad. – Cuantificar los objetivos de la presente ley. – Definir los indicadores de evaluación de cumplimiento de las metas propuestas y realizar el seguimiento de los mismos. – Según la evolución de la industria, sugerir las medidas, resoluciones o decretos que se entiendan necesarios para lograr los objetivos. – El Ministerio de Industria, Energía y Minería asistirá a la Comisión en la provisión de los recursos humanos, técnicos y materiales necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. TÍTULO III TRAZABILIDAD DE LA VESTIMENTA Artículo 10. (Objeto).- Con el objetivo de propender a la eliminación de la informalidad en la industria de la vestimenta, se promueve el diseño e instrumentación de un sistema de trazabilidad de la fabricación de las prendas de vestir y los otros productos definidos en el artículo 4º del Título I. Artículo 11. (Trazabilidad).- Se entiende por trazabilidad de la vestimenta, el proceso por el cual se puede identificar a los fabricantes del proceso productivo de una prenda o a sus importadores con fines comerciales y se reglamentará el ingreso con otros fines, cualquiera sea el estado en que ingrese al país.

Artículo 12. (Registro).- Créase el Registro de Empresas de la Vestimenta, el cual funcionará en la órbita del Ministerio de Industria, Energía y Minería. Artículo 13. (Habilitación).- Es obligatoria la inscripción en el Registro de Empresas de la Vestimenta al que refiere el artículo anterior, de todo sujeto comprendido en las actividades especificadas en los artículos 4º y 11 de la presente ley. Se considerará como sujeto, a los efectos de la aplicación de este artículo, a toda empresa industrial, tallerista, trabajador a domicilio, empresa unipersonal u otro agente que participen total o parcialmente en la fabricación o importación de prendas de vestir, cualquiera sea su estado o destino (exportación, reexportación o comercialización en plaza). Artículo 14. (Instrumentación).- El Ministerio de Industria, Energía y Minería en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas reglamentarán la forma de identificación en las prendas de los fabricantes e importadores que cumplan con las normas tributarias, de seguridad y responsabilidad social. Las empresas podrán utilizar esta forma de identificación de manera voluntaria durante los dos primeros años de vigencia de la ley, siendo obligatoria a partir del tercer año. Artículo 15. (Sanciones).- El incumplimiento de las obligaciones prescriptas en la presente ley sobre trazabilidad y trabajo a domicilio será sancionado mediante observación, multa, decomiso de mercadería o clausura del local, según corresponda a la autoridad competente. TÍTULO IV TRABAJO A DOMICILIO EN LA INDUSTRIA DE LA VESTIMENTA Artículo 16.- A los efectos de la presente ley: A) La expresión trabajo a domicilio significa el trabajo que una persona, designada como trabajador a domicilio, realiza: i) En su domicilio o en otros locales que escoja, distintos de los locales de trabajo del empleador. ii) A cambio de una remuneración. iii) Con el fin de elaborar un producto o prestar un servicio conforme a las especificaciones del empleador, independientemente de quién proporcione el equipo, los materiales u otros elementos utilizados para ello, a menos que esa persona tenga el grado de autonomía y de independencia económica

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necesario para ser considerada como trabajador independiente en virtud de la legislación nacional. B) Una persona que tenga la condición de asalariado, no se considerará trabajador a domicilio a los efectos de la presente ley por el mero hecho de realizar su trabajo como asalariado en su domicilio, en vez de realizarlo en su lugar de trabajo habitual. C) Se considerará asimismo como asalariado a todos los efectos laborales y previsionales, al tallerista que con la colaboración de trabajadores extraños a su familia, pero contribuyendo personalmente a la producción con su trabajo, elabora en las condiciones señaladas en el literal A) de este artículo, un producto o presta un servicio que no ofrece al público sino que lo hace por cuenta y orden de un empleador. Se entiende por empleador una persona física o jurídica que, de modo directo o por vía de un intermediario, esté o no prevista esta figura en la legislación nacional, da trabajo a domicilio por cuenta de su empresa. Artículo 17.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Todo empleador que dé trabajo para realizar por cuenta del establecimiento a un trabajador a domicilio, deberá llevar un registro electrónico en el que anotará los datos siguientes: A) Nombre, apellido y domicilio del trabajador. B) Indicación de la calidad y número de piezas de trabajo encomendado, y fechas de entrega y devolución del mismo. C) Remuneración del trabajador y constancia autenticada de su conformidad, por la firma de éste o su impresión digital si no supiere firmar. D) El precio y condiciones de compensación para el caso en que las cosas entregadas sean perdidas, no deberá ser superior al costo del material entregado, no pudiéndose aplicar multas a los trabajadores. En caso de no lograr acuerdo entre las partes, la reglamentación determinará los mecanismos de arbitraje”. Artículo 18.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2º.- El empleador dispondrá de un registro electrónico en donde cargará la información indicada en los literales A) y B) de este artículo y emitirá un comprobante al trabajador a domicilio con dicha información: A) Los datos indicados en los literales A), B) y D) del artículo precedente. B) Tarifa concertada o la mínima establecida. Los datos se proporcionarán en forma electrónica a la Inspección General del Trabajo, que llevará un registro de los trabajadores a domicilio, con todas las referencias necesarias que le serán suministradas por los respectivos establecimientos”. Artículo 19.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º.- Las normas en materia de seguridad y salud en el trabajo serán aplicables al trabajo a domicilio y la reglamentación establecerá las condiciones en que, por razones de seguridad y salud, ciertos tipos de trabajo y la utilización de determinadas sustancias podrán prohibirse en el trabajo a domicilio”. Artículo 20.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El trabajo a domicilio no podrá ser ejecutado en habitaciones donde viva persona afectada de enfermedad transmisible. Para los controles se aplicará la legislación vigente”. Artículo 21.- Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º.- Todo artículo elaborado a domicilio llevará una etiqueta o inscripción. La reglamentación indicará su texto así como otras características que el Poder Ejecutivo estime pertinentes”. Artículo 22.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 16.- En caso de incumplimiento de las normas de la presente ley, las responsabilidades respectivas de los empleadores y de los intermediarios para el caso de subcontratación, intermediación y cesión de mano de obra, se regirán por las disposiciones de la Ley Nº 18.251, de 6 de enero de 2008. El empresario o contratista de trabajo a domicilio será considerado como patrono, a los efectos laborales y previsionales”.

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Artículo 23. (Igualdad de trato).- En el trabajo a domicilio deberá promoverse la igualdad de trato entre trabajadores a domicilio y los otros trabajadores asalariados, teniendo en cuenta las características particulares del trabajo a domicilio y, cuando proceda, las condiciones aplicables a un tipo de trabajo idéntico o similar efectuado en una empresa. La igualdad de trato deberá fomentarse, en particular, respecto de: A) El derecho de los trabajadores a domicilio a constituir o a afiliarse a las organizaciones que escojan y a participar en sus actividades. B) La protección de la discriminación en el empleo y en la ocupación. C) La protección en materia de seguridad y salud en el trabajo. D) La remuneración. E) La protección por regímenes legales de seguridad social. F) El acceso a la formación. G) La edad mínima de admisión al empleo o al trabajo. H) La protección de la maternidad. Artículo 24.- Los trabajadores asalariados y talleristas a domicilio, estarán comprendidos en las normas del derecho laboral común salvo las excepciones establecidas en la presente ley. A los efectos del cálculo indemnizatorio y demás previsiones en caso de despido, se aplicará lo dispuesto por la Ley Nº 13.555, de 26 de octubre de 1966. Las tarifas mínimas de los talleristas se fijarán de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 18.566, de 11 de setiembre de 2009. Artículo 25.- Deróganse los artículos 6º a 15 y 17 de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 10.441, de 20 de agosto de 1943, y por el artículo 1º del Decreto Ley Nº 10.312, de 8 de enero de 1943, y demás disposiciones legales en cuanto se opongan a la presente ley. TÍTULO V VIGENCIA Y REGLAMENTACIÓN Artículo 26.- El Poder Ejecutivo informará al Poder Legislativo sobre los resultados de la aplicación de la presente ley al final de cada año.

Artículo 27.- Esta ley entrará en vigencia treinta días después de su publicación. Artículo 28.- El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley en un plazo de sesenta días a partir de su publicación en el Diario Oficial. DOREEN JAVIER IBARRA 4to. Vicepresidente JOSÉ PEDRO MONTERO Secretario”. CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY TÍTULO I APOYO A LA COMPETITIVIDAD DE LA INDUSTRIA DE LA VESTIMENTA DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. (Objetivos).- Las disposiciones de la presente ley están orientadas a obtener los objetivos generales y específicos en la industria de la vestimenta, que a continuación se detallan: I) Objetivos generales. A) Asegurar la sustentabilidad del sector. B) Mejorar la calidad y las condiciones del trabajo. II) Objetivos específicos. A) Mejorar el modelo productivo. B) Mejorar la competitividad y la productividad del sector. C) Crear fuentes de empleo con mano de obra calificada. D) Disminuir el empleo precario. Artículo 2º.- La política promocional explicitada en el presente Título, será formulada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería y el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 3º. (Órgano ejecutor).- La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería será el órgano ejecutor de esta política. Artículo 4º. (Beneficiarios).- Los beneficiarios de la presente ley serán las empresas que realicen las actividades correspondientes a la confección de los productos que se clasifican en los Capítulos 61 y 62 y

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las posiciones 4203.10, 4303.10.00.21, 6302.21, 6302.22, 6302.31, 6302.32, 6505.90.00 y 9404.90.00.20 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR. Para acceder al beneficio establecido en el inciso anterior, las empresas deberán acreditar que están registradas en la Dirección Nacional de Industrias según se dispone en el artículo 13 de la presente ley y que se encuentran al día con sus obligaciones tributarias, de seguridad social y responsabilidad social que serán determinadas por la reglamentación. Artículo 5º. (Subvención).- Otórgase una subvención transitoria a las actividades promovidas en la presente ley. Artículo 6º. (Monto de la subvención).- El monto de la subvención total destinado al sector de la vestimenta será de US$ 27.500.000 (veintisiete millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América) con la distribución anual que se establece en el artículo 7º de la presente ley y de acuerdo con los siguientes criterios: A) El 33% (treinta y tres por ciento) de la subvención se asignará a las empresas que demuestren calificar, de acuerdo con todos los conceptos detallados en el presente artículo y en cada caso de acuerdo al porcentaje de participación de la masa salarial de cada empresa, en el total de las empresas beneficiarias que cumplan con los requisitos del artículo 4º de la presente ley. Se considerará como masa salarial la suma de todas las partidas remuneratorias nominales mensuales abonadas por la empresa, derivadas de la prestación de servicios en relación de dependencia, que se encuentren sujetas a gravamen por la seguridad social y siempre que estén vinculadas a la actividad promocionada. En ningún caso el monto de la subvención para una empresa podrá superar el 20% (veinte por ciento) de su masa salarial en el período considerado. Para hacer efectivo el cobro de la misma las empresas deberán acreditar la nómina presentada al Banco de Previsión Social. La reglamentación establecerá la forma de realizar los cálculos referidos en el inciso anterior, la forma de asignación de la masa salarial en aquellos casos en que una misma empresa desarrolle actividades promovidas y no promovidas y la aplicación de fondos excedentes si los hubiera. B) El 33% (treinta y tres por ciento) de la subvención se destinará a los trabajadores debida-

mente registrados en el Banco de Previsión Social dentro de los rubros considerados en esta subvención. La reglamentación establecerá el procedimiento para la asignación del mencionado porcentaje así como las condiciones y oportunidades de acceso a la prestación referida. C) El 34% (treinta y cuatro por ciento) de la subvención y los eventuales excedentes de los fondos asignados al concepto anterior, se asignarán entre las empresas en base a los proyectos que presenten para el desarrollo de sus capacidades productivas: inversión en actualización tecnológica, ampliación de capacidad, capacitación, diseño, innovación, mejoras en la gestión comercial e industrial, con un tope anual por empresa equivalente al 100% (cien por ciento) de lo que recibe según el literal A). Para el primer año se tomará un monto de 10% (diez por ciento) de la masa salarial de los cuatro trimestres anteriores. Los proyectos deberán ser cofinanciados por la empresa en 20% (veinte por ciento) cuando se trate de certificaciones de responsabilidad social por parte de empresas internacionales o de formación de personal en institutos reconocidos y un mínimo de 40% (cuarenta por ciento) en cualquier otro concepto. La reglamentación determinará los indicadores para medir los avances en el logro de las metas planteadas en el artículo 1º de la presente ley. Artículo 7º. (Plazo y distribución anual del monto).- La subvención, con cargo a Rentas Generales, se extenderá por un período de siete años sobre una base de US$ 5.000.000 (cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América) anuales, de acuerdo con el siguiente detalle: A) 100% (cien por ciento) de dicho monto en los primeros tres años. B) 75% (setenta y cinco por ciento) de dicho monto en los dos años siguientes. C) 50% (cincuenta por ciento) de dicho monto en el sexto y séptimo año. Artículo 8º.- Dicha subvención se volcará al sector de la vestimenta en forma trimestral de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6º de la presente ley.

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TÍTULO II COMISIÓN ASESORA Artículo 9º. (Comisión Asesora).- Créase en la órbita del Ministerio de Industria, Energía y Minería una Comisión Asesora, conformada por un representante del Ministerio citado, uno del Ministerio de Economía y Finanzas, uno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, un representante de los empresarios y uno de los trabajadores, en todos los casos con la designación de titular y alterno, con las siguientes competencias: – Asesorar en la redacción del decreto reglamentario de la presente ley. – Asesorar y aprobar su reglamento interno de funcionamiento, dentro de los ciento veinte días de la publicación de esta ley, adoptando las decisiones con el voto de la mayoría simple de sus integrantes. – Determinar el procedimiento para la asignación de las partidas definidas entre las empresas beneficiarias. – Aprobar los proyectos presentados según el criterio del literal C) del artículo 6º de la presente ley. – Determinar el porcentaje a subsidiar de acuerdo con la posibilidad de apropiación de los beneficios por parte de una o más empresas. – Asesorar en la instrumentación del Régimen de Trazabilidad. – Cuantificar los objetivos de la presente ley. – Definir los indicadores de evaluación de cumplimiento de las metas propuestas y realizar el seguimiento de los mismos. – Según la evolución de la industria, sugerir las medidas, resoluciones o decretos que se entiendan necesarios para lograr los objetivos. – El Ministerio de Industria, Energía y Minería asistirá a la Comisión en la provisión de los recursos humanos, técnicos y materiales necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. TÍTULO III TRAZABILIDAD DE LA VESTIMENTA Artículo 10. (Objeto).- La reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo promoverá el diseño e instrumentación de un sistema de trazabilidad de la fabricación de las prendas de vestir y los otros productos

definidos en el artículo 4º del Título I de la presente ley, con el objetivo de propender a la eliminación de la informalidad en la industria de la vestimenta. Artículo 11. (Trazabilidad).- Se entiende por trazabilidad de la vestimenta el proceso por el cual se puede identificar a los fabricantes del proceso productivo de una prenda o a sus importadores con fines comerciales. El Poder Ejecutivo reglamentará el ingreso de esta vestimenta con otros fines, cualquiera sea el estado en que ingrese al país. Artículo 12. (Registro).- Créase el Registro de Empresas de la Vestimenta, el cual funcionará en la órbita del Ministerio de Industria, Energía y Minería. Artículo 13. (Habilitación).- Es obligatoria la inscripción en el Registro de Empresas de la Vestimenta a que refiere el artículo anterior, de todo sujeto comprendido en las actividades especificadas en el artículo 4º y en el inciso primero del artículo 11 de la presente ley. Se considerará como sujeto, a los efectos de la aplicación de este artículo, a toda empresa industrial, tallerista, trabajador a domicilio, empresa unipersonal u otro agente que participen total o parcialmente en la fabricación o importación de prendas de vestir, cualquiera sea su estado o destino (exportación, reexportación o comercialización en plaza). Artículo 14. (Instrumentación).- El Ministerio de Industria, Energía y Minería en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas reglamentará la forma de identificación en las prendas de los fabricantes e importadores que cumplan con las normas tributarias, de seguridad y responsabilidad social. Las empresas podrán utilizar esta forma de identificación de manera voluntaria durante los dos primeros años de vigencia de la ley, siendo obligatoria a partir del tercer año. TÍTULO IV TRABAJO A DOMICILIO EN LA INDUSTRIA DE LA VESTIMENTA Artículo 15.- A los efectos de la presente ley: A) La expresión trabajo a domicilio significa el trabajo que una persona, designada como trabajador a domicilio, realiza: i) En su domicilio o en otros locales que escoja, distintos de los locales de trabajo del empleador. ii) A cambio de una remuneración.

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iii) Con el fin de elaborar un producto o prestar un servicio conforme a las especificaciones del empleador, independientemente de quién proporcione el equipo, los materiales u otros elementos utilizados para ello. B) Un trabajador dependiente no se considerará trabajador a domicilio a los efectos de la presente ley por el mero hecho de realizar su trabajo en su domicilio, en vez de realizarlo en su lugar de trabajo habitual. C) Se considerará asimismo como trabajador dependiente a todos los efectos laborales y previsionales, al tallerista que con la colaboración de trabajadores extraños a su familia, pero contribuyendo personalmente a la producción con su trabajo, elabora en las condiciones señaladas en el literal A) de este artículo, un producto o presta un servicio que no ofrece al público sino que lo hace por cuenta y orden de un empleador. D) Se entiende por empleador una persona física o jurídica que, de modo directo o por vía de un intermediario, esté o no prevista esta figura en la legislación nacional, da trabajo a domicilio por cuenta de su empresa. Artículo 16.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Todo empleador que dé trabajo para realizar por cuenta del establecimiento a un trabajador a domicilio deberá llevar un registro electrónico en el que anotará los datos siguientes: A) Nombre, apellido y domicilio del trabajador. B) Indicación de la calidad y número de piezas de trabajo encomendado y fechas de entrega y devolución del mismo. C) Remuneración del trabajador y constancia autenticada de su conformidad, por la firma de este o su impresión digital si no supiere firmar. D) El precio y condiciones de compensación, para el caso en que las cosas entregadas sean perdidas, no deberá ser superior al costo del material entregado, no pudiéndose aplicar multas a los trabajadores. En caso de no lograr acuerdo entre las partes, la reglamentación determinará los mecanismos de arbitraje”. Artículo 17.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2º.- El empleador dispondrá de un registro electrónico en donde cargará la información indicada en los literales A) y B) de este artículo y emitirá un comprobante al trabajador a domicilio con dicha información: A) Los datos indicados en los literales A), B) y D) del artículo precedente. B) Tarifa concertada o la mínima establecida. Los datos se proporcionarán en forma electrónica a la Inspección General del Trabajo, que llevará un registro de los trabajadores a domicilio, con todas las referencias necesarias que le serán suministradas por los respectivos establecimientos”. Artículo 18.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º. Las normas en materia de seguridad y salud en el trabajo serán aplicables al trabajo a domicilio y la reglamentación establecerá las condiciones en que, por razones de seguridad y salud, ciertos tipos de trabajo y la utilización de determinadas sustancias podrán prohibirse en el trabajo a domicilio”. Artículo 19.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El trabajo a domicilio no podrá ser ejecutado en habitaciones donde viva alguna persona afectada de enfermedad transmisible. Para los controles se aplicará la legislación vigente”. Artículo 20.- Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º.- Todo artículo elaborado a domicilio llevará una etiqueta o inscripción. La reglamentación indicará su texto así como otras características que el Poder Ejecutivo estime pertinentes”. Artículo 21.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, por el siguiente: “ARTÍCULO 16.- En caso de incumplimiento de las normas de la presente ley, las responsabilidades respectivas de los empleadores y de los intermediarios para el caso de subcontratación, intermediación y cesión de mano de obra, se regirán por las disposiciones de la Ley Nº 18.251, de 6 de enero de 2008. El empresario o contratista de trabajo a domicilio será considerado como patrono, a los efectos laborales y previsionales”.

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Artículo 22. (Igualdad de trato).- En el trabajo a domicilio deberá promoverse la igualdad de trato entre trabajadores a domicilio y los otros trabajadores asalariados, teniendo en cuenta las características particulares del trabajo a domicilio y, cuando proceda, las condiciones aplicables a un tipo de trabajo idéntico o similar efectuado en una empresa. La igualdad de trato deberá fomentarse, en particular, respecto de: A) El derecho de los trabajadores a domicilio a constituir o a afiliarse a las organizaciones que escojan y a participar en sus actividades. B) La protección de la discriminación en el empleo y en la ocupación. C) La protección en materia de seguridad y salud en el trabajo. D) La remuneración. E) La protección por regímenes legales de seguridad social. F) El acceso a la formación. G) La edad mínima de admisión al empleo o al trabajo. H) La protección de la maternidad. Artículo 23.- Los trabajadores asalariados y talleristas a domicilio estarán comprendidos en las normas del derecho laboral común, salvo las excepciones establecidas en la presente ley. A los efectos del cálculo indemnizatorio y demás previsiones en caso de despido, se aplicará lo dispuesto por la Ley Nº 13.555, de 26 de octubre de 1966. Las tarifas mínimas de los talleristas se fijarán de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 18.566, de 11 de setiembre de 2009. Artículo 24. (Sanciones).- El incumplimiento de las obligaciones prescriptas en la presente ley sobre trazabilidad y trabajo a domicilio será sancionado por la autoridad competente mediante observación, multa, decomiso de mercadería o clausura del local, según corresponda. Artículo 25.- Deróganse los artículos 6º a 15 y 17 de la Ley Nº 9.910, de 5 de enero de 1940, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 10.441, de 20 de agosto de 1943 y por el artículo 1º del Decreto Ley Nº 10.312, de 8 de enero de 1943 y demás disposiciones legales en cuanto se opongan a la presente ley.

TÍTULO V VIGENCIA Y REGLAMENTACIÓN Artículo 26.- El Poder Ejecutivo informará al Poder Legislativo sobre los resultados de la aplicación de la presente ley al final de cada año. Artículo 27.- Esta ley entrará en vigencia treinta días después de su publicación. Artículo 28.- El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley en un plazo de sesenta días a partir de su publicación en el Diario Oficial. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 19 de octubre de 2011. LUCÍA TOPOLANSKY Presidenta HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión. SEÑOR DELGADO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR DELGADO.- Señor Presidente: la Comisión de Industria, Energía y Minería consideró las modificaciones realizadas por la Cámara de Senadores a un proyecto que tuvo su origen en la Cámara de Diputados y entiende que estas lo fortalecen desde el punto de vista formal y de redacción. Por eso, decidió por unanimidad aconsejar a la Cámara votar afirmativamente este proyecto de ley destinado al fortalecimiento y desarrollo de la industria de la vestimenta. Esta iniciativa tiene tres componentes. Se trata de una subvención económica, está dirigido a combatir el informalismo en el sector e incluye normas que regulan el trabajo a domicilio. Queremos recordar que el sector de la vestimenta en nuestro país es uno de los más intensivos en mano de obra, sobre todo de trabajo femenino, y ha sido y es uno de los sectores industriales más perjudicados. Para ilustración de los señores Diputados, podemos decir que la balanza comercial del año 2000 fue favorable en un 101%, mientras que en el año 2010 fue desfavorable en un 109%. En 2010 se exportaron US$ 39:000.000 y se importaron US$ 161:000.000.

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Como decíamos, este proyecto tiene un componente de subvención de US$ 27:500.000 a ser distribuido en siete años a empresas y trabajadores registrados en el Banco de Previsión Social. Esa subvención está dividida en tres partes: un 33% está destinado a empresas que califiquen; un 34% a proyectos que generen innovación, tecnología, gestión, mejora del comportamiento exportador -todo esto medido con determinados coeficientes-, y un 33% a trabajadores registrados en el Banco de Previsión Social vinculados a este sector. Además, se crea una Comisión asesora integrada por el Poder Ejecutivo, los empresarios y los trabajadores, en la que se van a fijar los indicadores para elaborar y aprobar los proyectos que califiquen para la subvención antes mencionada. Por otra parte, se trata de combatir la informalidad que en este sector llega a casi un 60%, creando un sistema de trazabilidad para las prendas de vestir y un registro de empresas de la vestimenta. Por último, se regula el trabajo a domicilio. En el país hay aproximadamente diecisiete mil trabajadores de la industria de la vestimenta, de los cuales solo diez mil están en el sistema formal. Se trata de un trabajo precario, que se da sobre todo en el sector femenino. Está regulado por normas de la OIT pero la legislación nacional vinculada al trabajo en domicilio es de 1940. Con este proyecto adecuamos a las normas internacionales la regulación del trabajo a domicilio. Este es un proyecto de política activa industrial, que trata de favorecer temporalmente a un sector. La subvención y los beneficios que da son temporales y están sujetos a informes al Parlamento. Esta iniciativa está destinada a uno de los sectores más complicados en materia de competitividad y balanza comercial desfavorable, por las exportaciones en relación con las importaciones de productos de vestimenta. Estamos tratando de colaborar, y no son las únicas medidas que se están implementando. Este proyecto fue votado por unanimidad en la Comisión, que lo armó, lo trabajó, lo reformuló en común acuerdo con el Poder Ejecutivo, los trabajadores y los empresarios. La Cámara también lo votó por unanimidad. Fue al Senado, donde le hicieron algunas correcciones formales, no sustantivas, que lo mejoraron, y por eso estamos proponiendo al Cuerpo la

aprobación de las modificaciones para que este proyecto se sancione definitivamente y se promulgue a la brevedad. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se aceptan las modificaciones propuestas por el Senado. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y ocho: AFIRMATIVA. Queda sancionado el proyecto, se comunicará al Poder Ejecutivo y se avisará al Senado. SEÑOR BATTISTONI.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al aprobado en la Cámara de Senadores)

29.- Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. (Modificación de su integración)
Se pasa a considerar el asunto que figura en quinto término del orden del día: “Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. (Modificación de su integración)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 646 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Sustitúyese el artículo 114 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, el quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 114 (Dirección).- El Instituto será dirigido y administrado por una Comisión Directiva integrada por seis miembros: dos designados por el Ministerio de Educación y Cultura, uno de los cuales lo presidirá; dos designados por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de la Educación Pública, uno designado por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República

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y uno por la educación privada, inicial, primaria y media habilitada. Estos deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y conocimientos en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados por única vez por igual período, manteniéndose en los mismos hasta la designación de quienes deberán sucederlos”. Montevideo, 3 de agosto de 2011. ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, DANIEL RADÍO, Representante por Canelones, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo, SEBASTIÁN SABINI, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley General de Educación Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, establece la creación y los cometidos del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) en los artículos 113 al 119. Este Instituto tendrá como cometido “evaluar la calidad de la educación nacional a través de estudios específicos y el desarrollo de líneas de investigación educativas” y especialmente estará dirigido a “evaluar la calidad educativa en el Uruguay en sus niveles inicial, primario y medio” (artículo 114). Su creación obedece a la necesidad de promover la evaluación como un fenómeno permanente del sistema educativo que ofrezca información pertinente y pública para la elaboración de políticas educativas y su adecuado monitoreo. Para su instalación la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública convocó en el año 2009 a un “Grupo de consulta a especialistas en evaluación”. Este Grupo funcionó durante el año 2009 y presentó a la Comisión Coordinadora un Informe Final y un Informe de Actividades que incluye varias sugerencias y propuestas. Este Grupo entendió pertinente recomendar la pronta instalación de la primera Comisión Directiva del INEE, teniendo en cuenta las múltiples tareas que deberá abordar y planificar. En este sentido, en el año 2010 ya con las nuevas autoridades de la educación designadas se procedió a instalar, con carácter provisorio, una Comisión de

Implantación cuyos cometidos quedaron establecidos en el Decreto 219, de 4 de noviembre de 2010. El objetivo fue el diseño de un plan de actividades, estructura y presupuesto para su funcionamiento. Esta Comisión se integró con el mismo número y origen de representantes que los que establece el artículo 114 de la Ley 18.437. Es decir uno del Ministerio de Educación y Cultura, tres de la Administración Nacional de la Educación Pública, dos de la Universidad de la República y uno por la educación privada inicial, primaria y media habilitada. Esta Comisión funcionó desde noviembre de 2010 hasta junio de 2011 en el que presentó su informe final. En enero de 2010, el señor Presidente de la República convocó a una Comisión Interpartidaria en Educación que abordó diversas temáticas, entre las cuales estuvo la Evaluación Educativa y sobre la cual, en mayo de 2010, se llegó a los siguientes acuerdos: 1) Se entiende necesario desarrollar un proceso permanente de evaluación educativa, tanto de aprendizajes como de políticas y acciones educativas. Si bien se reconoce la existencia de importantes antecedentes en la materia, se comparte que no existe un verdadero Sistema Nacional de Evaluación Educativa que incluya la realización de pruebas en grados de educación primaria y media. 2) Asimismo, es preciso avanzar en la creación de un Sistema Nacional de Evaluación Educativa que ofrezca información pública, comparable, elaborada con independencia y rigor técnico, siempre con el objetivo de mejorar la calidad de la educación nacional. 3) Se comparte también que sería importante estudiar la posibilidad de concebir y acordar la realización de una prueba nacional de egreso de la educación media superior que tenga carácter diagnóstico, desprovista de efectos selectivos y restrictivos. 4) Se reconoce la coincidencia en la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa y se enfatiza en que debe ser independiente, con fuerte carácter técnico y con autonomía de funcionamiento, como fuente de legitimidad, competencia técnica y neutralidad política. 5) Se entiende necesario promover la formación de recursos humanos que puedan desarrollar estos procesos con calidad académica y profesional. 6) Se comparte que la calidad de la oferta educativa y el nivel de los logros educativos no pueden analizarse sólo en el ámbito nacional sino que requiere también la comparación a escala internacional. En tal

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sentido, se propone mantener y ampliar la participación de Uruguay en evaluaciones internacionales, forma de conocer las competencias y conocimientos que manejan los alumnos uruguayos en comparación con los alumnos de otros países. En función del punto 4 antes señalado la Comisión abordó la integración de la Comisión Directiva de dicho Instituto. En este aspecto se señala en el documento que es preciso “revisar la integración de la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa establecida en el artículo 114 de la Ley”. El presente proyecto de ley modificatorio del artículo 114 de la Ley Nº 18.437 tiene como propósito cumplir con este acuerdo incluyendo una integración acordada por los cuatro partidos políticos con representación parlamentaria. Esta integración mantiene el mismo origen de las personas que integren la Comisión Directiva del INEE, pero en una proporción diferente. Se busca con ello contemplar los diversos intereses sin generar mayorías de quienes se encuentren directamente involucrados en los procesos de evaluación. La nueva integración recaería en seis miembros, dos designados por el Ministerio de Educación y Cultura, uno de los cuales lo presidirá; dos designados por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de la Educación Pública, uno designado por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República y uno por la educación privada, inicial, primaria y media habilitada. Estos deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y conocimientos en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados por única vez por igual período, manteniéndose en los mismos hasta la designación de quienes deberán sucederlos. Por último, cabe señalar que con el propósito de que el INEE pudiera iniciar sus acciones en el año 2011, el Poder Legislativo aprobó en su artículo 499 partidas de $ 16.000.000 para 2011, $ 30.000.000 para 2012, $ 35.000.000 para 2013 y 40.000.000 para 2014. Por lo tanto, con la aprobación de este proyecto de ley, no sólo se estará dando cumplimiento de los Acuerdos Interpartidarios de mayo de 2010, sino también un paso importante para la profundización e institucionalización de los procesos de evaluación educa-

tiva que el país necesita con la inmediata puesta en funcionamiento del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, una innovación educativa de la mayor importancia. Montevideo, 3 de agosto de 2011. ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, DANIEL RADÍO, Representante por Canelones, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo, SEBASTIÁN SABINI, Representante por Canelones”. Anexo I al Rep. Nº 646 “Comisión de Educación y Cultura INFORME Señores Representantes: La Comisión de Educación y Cultura aconseja al Cuerpo aprobar el proyecto de ley por el que se modifica la integración de la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, creado por la Ley General de Educación Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008. La evaluación de los procesos educativos a nivel de Educación Inicial, Primaria y Media, tanto del sector público como del privado, son parte fundamental para que los resultados e información que emerjan de la misma, sean puestos a disposición del sistema educativo y de la sociedad en su conjunto, a los efectos de poder implementar las mejores estrategias que permitan las necesarias transformaciones para la mejora educativa. Las evaluaciones externas, tanto nacionales como internacionales, son complementarias de las evaluaciones internas que se desarrollan dentro del sistema, ya sea a nivel de educandos, de docentes, de centros educativos como del sistema en su conjunto. Ambas son necesarias, constituyéndose en parte fundamental en la superación del sistema educativo para lograr los objetivos y metas planteadas. Con tal motivo es que la Ley General de Educación aprobada en diciembre de 2008 estableció la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE). Para comprender la importancia del papel de esta institución se transcriben los siete artículos de dicha ley referidos al tema:

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“Artículo 113.- Créase el Instituto Nacional de Evaluación Educativa como persona jurídica de derecho público no estatal, el cual tendrá su domicilio en la capital de la República y se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 114.- El Instituto será dirigido y administrado por una Comisión Directiva integrada por siete miembros: uno designado por el Ministerio de Educación y Cultura que lo presidirá; tres designados por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública; dos designados por la Universidad de la República; y uno por la educación privada inicial, primaria y media habilitada. Éstos deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y conocimiento en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados nuevamente por única vez por igual período, manteniéndose en los mismos hasta la designación de quienes deberán sucederlos. Artículo 115.- El Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá como cometido evaluar la calidad de la educación nacional a través de estudios específicos y el desarrollo de líneas de investigación educativas: A) Evaluar la calidad educativa en el Uruguay en sus niveles inicial, primario y medio. B) Aportar información que contribuya a garantizar el derecho de los educandos a recibir una educación de calidad. C) Dar a conocer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por los diferentes organismos, entes y demás instituciones educativas. D) Favorecer la producción de conocimiento sobre los procesos de evaluación. E) Aportar información acerca de los aprendizajes de los educandos. F) Proponer criterios y modalidades en los procesos evaluativos del Sistema Nacional de Educación en los niveles inicial, primario y medio. G) Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura y a la ANEP en cuanto a la participación en instancias internacionales de evaluación.

Artículo 116.- El Instituto Nacional de Evaluación Educativa cada dos años realizará un informe sobre el estado de la educación en el Uruguay que tenga en cuenta entre otros aspectos los resultados de las pruebas de evaluación nacionales o internacionales en las que el país participe, el acceso, la cobertura y la permanencia en cada nivel educativo, los resultados del aprendizaje, la relevancia y la pertinencia de las propuestas y contenidos educativos y la evolución y características del gasto educativo. El mismo será publicado, será enviado al Poder Legislativo, al Poder Ejecutivo y a los distintos organismos de la enseñanza, dándole la máxima difusión. En el marco de sus respectivas competencias corresponde a cada organismo de enseñanza, brindar al Instituto los medios necesarios para obtener la información que se requiera para realizar el referido informe e implementar las evaluaciones en las que participen los centros que de ellos dependan. La política de difusión de esta información resguardará la identidad de los educandos, docentes e instituciones educativas, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización y discriminación. Artículo 117.- (Criterios rectores).- Para la evaluación de la calidad de la educación el Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá en cuenta los siguientes criterios rectores: A) La coherencia entre los currículos y recursos educativos, con las orientaciones, principios y fines de la educación establecidos en la presente ley. B) La calidad de la formación y el desarrollo profesional de los docentes. C) La adecuación de los procesos educativos de cada nivel a las características, necesidades e intereses de los educandos y su pertinencia en relación a los ejes transversales del Sistema Nacional de Educación establecidos por la presente ley. D) La eficiencia de la administración de los recursos humanos y materiales disponibles. E) Las condiciones edilicias, equipamiento y mantenimiento de los centros educativos. La evaluación se realizará según normas técnicas e indicadores establecidos por la Comisión del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Artículo 118.- A los efectos del cumplimiento de los cometidos establecidos en el artículo 115 de la presente ley, la Comisión Directiva del Instituto Na-

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cional de Evaluación Educativa tendrá las siguientes atribuciones: A) Administrar, distribuir y fiscalizar sus recursos económicos. B) Celebrar convenios con instituciones públicas o privadas. C) Designar el personal dependiente, fijar sus retribuciones y disponer su cese. D) Establecer el régimen del personal dependiente de acuerdo con lo que disponga la respectiva reglamentación. Artículo 119.- Contra las resoluciones de la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa procederá el recurso de reposición, que deberá interponerse dentro de los diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación del acto al interesado. Una vez interpuesto el recurso, la Comisión dispondrá de treinta días hábiles para instruir y resolver el asunto, configurándose la denegatoria ficta por la sola circunstancia de no dictarse resolución dentro de dicho plazo. Denegado el recurso de reposición, el recurrente podrá interponer, únicamente por razones de juridicidad, demanda de anulación del acto impugnado ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil del Turno asignado por la Oficina Distribuidora de Asuntos. La interposición de esta demanda deberá hacerse dentro del término de los veinte días siguientes al de la notificación de la denegatoria expresa o, en su defecto, del día siguiente al que se configura la denegatoria ficta. La demanda de anulación sólo podrá ser interpuesta por el titular de un derecho subjetivo o de un interés directo, personal y legítimo, violado o lesionado por el acto impugnado. La sentencia del Tribunal no admitirá recurso alguno”. Luego de aprobada esta ley y como la construcción de una institución de estas características implica todo un proceso de importantes dimensiones, mediante el Decreto 219, de 4 de noviembre de 2010, se dispuso la creación de la Comisión de Implantación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, con carácter provisorio y previo a la instalación formal de la Comisión Directiva del INEE, a los efectos de diseñar un plan de actividades, estructura y presupuesto para su funcionamiento.

Esta Comisión de Implantación se integró con representantes del Ministerio de Educación y Cultura, de la Administración Nacional de Educación Pública, de la Universidad de la República y de la educación privada inicial, primaria y media. La misma abordó distintos asuntos entre los que se incluyeron el estado de situación con relación a las experiencias internacionales en el área, establecimiento del campo del futuro instituto, fines y cometidos del instituto, principios rectores del INEE, dimensiones a evaluar, diseño organizacional, relación con el sistema educativo público y con otras instituciones, estructura, técnica y organizacional, comisión directiva y gestión técnico-administrativa. Coincidentes con este propósito, los cuatro partidos políticos con representación parlamentaria, en mayo del pasado año, llegaron a trascendentes acuerdos en la materia, que en virtud de su importancia se transcriben: “1. Se entiende necesario desarrollar un proceso permanente de evaluación educativa, tanto de aprendizajes como de políticas y acciones educativas. Si bien se reconoce la existencia de importantes antecedentes en la materia, se comparte que no existe un verdadero Sistema Nacional de Evaluación Educativa que incluya la realización de pruebas en grados de educación primaria y media. 2. Asimismo, es preciso avanzar en la creación de un Sistema Nacional de Evaluación Educativa que ofrezca información pública, comparable, elaborada con independencia y rigor técnico, siempre con el objetivo de mejorar la calidad de la educación nacional. 3. Se comparte también que sería importante estudiar la posibilidad de concebir y acordar la realización de una prueba nacional de egreso de la educación media superior que tenga carácter diagnóstico, desprovista de efectos selectivos y restrictivos. 4. Se reconoce la coincidencia en la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa y se enfatiza en que debe ser independiente, con fuerte carácter técnico y con autonomía de funcionamiento, como fuente de legitimidad, competencia técnica y neutralidad política. 5. Se entiende necesario promover la formación de recursos humanos que puedan desarrollar estos procesos con calidad académica y profesional. 6. Se comparte que la calidad de la oferta educativa y el nivel de los logros educativos no pueden analizarse sólo en el ámbito nacional sino que requieren también la comparación a escala internacional. En tal

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sentido, se propone mantener y ampliar la participación de Uruguay en evaluaciones internacionales, forma de conocer las competencias y conocimientos que manejan los alumnos uruguayos en comparación con los alumnos de otros países. Revisar la integración de la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa establecida en el artículo 114 de la ley”. Posterior a dichos acuerdos se aprobaron las normas presupuestales que dan el sostén financiero al funcionamiento del INEE. En función de dichos acuerdos es que con la firma de Representantes de todos los partidos políticos, presentamos en agosto de este año el proyecto de ley que ahora ponemos a consideración del Cuerpo, mediante el cual se modifica la integración de la Comisión Directiva del INEE. En la Ley General de Educación se establece un representante del Ministerio de Educación y Cultura que ahora serían dos, tres de la Administración Nacional de Educación Pública que ahora serían dos, dos de la Universidad de la República que ahora sería uno y uno de la educación privada que se mantiene. Establecemos a su vez que los integrantes deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y conocimientos en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados por única vez, por igual período, manteniéndose en los mismos hasta la designación de quienes deberán sucederlos. En función de todos estos antecedentes y fundamentos es que estamos aconsejando al Cuerpo aprobar el presente proyecto de ley. Sala de la Comisión, 9 de noviembre de 2011. ROQUE ARREGUI, Miembro Informante, RODOLFO CARAM, WALTER DE LEÓN, DANIEL MAÑANA, SEBASTIÁN SABINI, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, con salvedades”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Arregui.

SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: este proyecto de ley fue presentado por Diputados de los cuatro partidos políticos con representación parlamentaria y fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara, motivo por el cual estamos aconsejando su votación afirmativa. En primer lugar, voy a hablar de la importancia de la evaluación y, en segundo término, de los antecedentes que tiene este tema, destacando la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa mediante la ley de educación. Me voy a referir al funcionamiento que tuvo la Comisión de Implantación creada con tal motivo, a los acuerdos alcanzados por la Comisión multipartidaria de educación en el mes de mayo pasado y a las previsiones presupuestales que se hicieron en 2010. Finalmente, vamos a culminar con el análisis del proyecto de ley, que es lo que tenemos a consideración. A nuestro juicio, la evaluación de los procesos educativos a nivel de educación inicial, primaria y media, tanto del sector público como del privado -que es de lo que se va a ocupar este Instituto de Evaluación-, es fundamental para que los resultados y la información que emerjan sean puestos a disposición del sistema educativo y de la sociedad en su conjunto, a los efectos de implementar las mejores estrategias -las más ajustadas- que permitan las necesarias transformaciones para la mejora educativa. Las evaluaciones externas, tanto nacionales como internacionales, son complementarias de las evaluaciones internas que se desarrollan dentro del sistema, ya sea a nivel de educandos, de docentes, de centros educativos, como del sistema en su conjunto. Ambas son necesarias, constituyéndose en parte fundamental en la superación del sistema educativo para lograr los objetivos y metas planteadas. Ha sido un tema de discusión pública en el pasado año el informe de las evaluaciones de las pruebas PISA, que son datos a tener en cuenta, a atender, que deben incorporarse en nuestra información para mejorar las estrategias. Sin embargo, al mismo tiempo tenemos que decir, en primer lugar, que esas pruebas no fueron organizadas por una institución de la sociedad uruguaya, que tomaron solo un fragmento para las evaluaciones. Por ejemplo, evaluaron la educación media a nivel de tercer año y solo en algunas disciplinas, tales como matemáticas, lenguaje y ciencias. Por tanto, son evaluaciones fragmentarias y, si

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bien no le quitan valor, la sociedad uruguaya tiene que hacer un esfuerzo para que esa evaluación, emprendida por una representación de la propia sociedad. sea lo más completa posible. Tampoco desconocemos las evaluaciones internas que se hacen, por ejemplo, la de los maestros y profesores en sus aulas, que tomando el punto de partida del grupo que se considera, luego hace sus propias evaluaciones de lo que se realizó en los procesos de enseñanza-aprendizaje. Asimismo, son válidas las evaluaciones que se hacen en los centros educativos, a nivel de un departamento, de una disciplina. Son todas evaluaciones internas y, como tales, precisan de la otra mirada que es la evaluación externa, es decir, la de aquel que no está comprometido con el propio proceso de enseñanza-aprendizaje, para tener una visión y una independencia mucho mayor. En ese sentido, damos una enorme importancia a la evaluación, que debe ser permanente, no muy periódica. Ahora nos vamos a referir a los antecedentes que tiene la creación de este Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Precisamente, la Ley General de Educación, aprobada en diciembre de 2008, estableció la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Para comprender la importancia que tiene este Instituto en la evaluación educativa, voy a referir a los distintos artículos de la Ley General de Educación. El artículo 113 crea, precisamente, el Instituto Nacional de Evaluación Educativa como persona jurídica de derecho público no estatal, que tendrá su domicilio en la capital de la República y se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura. Cuando se habla de vínculo significa que no será una relación jerárquica, aunque deberá haber algún vínculo por intermedio de algún referente institucional. El artículo 114 de la Ley General de Educación establece que el Instituto será dirigido y administrado por una Comisión Directiva, integrada por siete miembros. Precisamente, este es el artículo que modificaremos con este proyecto. Al comienzo, el Parlamento estableció que la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa estaría integrada por

siete miembros: uno designado por el Ministerio de Educación y Cultura, que lo presidiría, tres designados por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, dos designados por la Universidad de la República y uno por la educación privada. Cuando hablo de la educación privada, me refiero a los niveles inicial, primario y medio, que son los niveles donde se evaluará con este Instituto. En ese mismo artículo se establece muy claramente -para que se entienda que los miembros no deben tener un perfil meramente político-, que los integrantes de la Comisión Directiva deben tener una característica técnica de objetividad y de rigor científico muy claros. Por lo tanto, en el inciso segundo del artículo 114, que no modificamos en este proyecto de ley, se establece que estos miembros deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesionales y de conocimiento en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Se agrega que durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados nuevamente por única vez por igual período, manteniéndose en los mismos hasta la designación de quienes deberán sucederlos. El artículo 115 de la Ley General de Educación establece cuáles serán los cometidos del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Entre ellos está el de evaluar la calidad de la educación nacional a través de estudios específicos y del desarrollo de líneas de investigación educativas. Asimismo, se establece que los cometidos serán evaluar la calidad educativa en el Uruguay en sus niveles inicial, primario y medio; aportar información que contribuya a garantizar el derecho de los educandos a recibir una educación de calidad; dar a conocer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por los diferentes organismos, entes y demás instituciones educativas; favorecer la producción de conocimiento sobre los procesos de evaluación; aportar información acerca de los aprendizajes de los educandos; proponer criterios y modalidades en los procesos evaluativos del Sistema Nacional de Educación en los niveles inicial, primario y medio, y asesorar al Ministerio de Educación y Cultura y a la ANEP en cuanto a la participación en instancias internacionales de evaluación.

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Posteriormente, el artículo 116 establece que el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, cada dos años realizará un informe sobre el estado de la educación en el Uruguay que tendrá en cuenta, entre otros aspectos, los resultados de las pruebas de evaluación nacionales -es decir, de las que realice el Instituto, e internamente la ANEP y la educación privadao internacionales en las que el país participe, así como el acceso, la cobertura, la permanencia en cada nivel educativo, los resultados del aprendizaje, la relevancia y la pertinencia de las propuestas y contenidos educativos, y la evolución y características del gasto educativo. Es decir que la evaluación no solo va a comprender los resultados de los aprendizajes y los rendimientos, sino también el sistema educativo en su conjunto, porque estamos hablando de la inversión y del gasto educativo que se realice. Asimismo, este informe que se elaborará cada dos años, como mínimo, será publicado y enviado al Poder Legislativo, al Poder Ejecutivo y a los distintos organismos de la enseñanza, dándole la máxima difusión. Esto tiene su razón de ser, y es que, en primer lugar, los organismos e instituciones que brinden enseñanza, deben contar con esos datos para ajustar las estrategias a aplicar. También deberá ser un organismo que a la sociedad en su conjunto, a través de sus representantes, le brinde toda la información necesaria porque, en definitiva, la educación se debe al país y a la sociedad toda, y esta tiene el derecho de que con total objetividad y transparencia se le brinde esta información. Ese artículo establece que en el marco de esas respectivas competencias, corresponde a cada organismo de enseñanza brindar al Instituto los medios necesarios para obtener la información que se requiera a efectos de realizar el referido informe e implementar las evaluaciones en las que participen los centros que de ello dependan. Para decirlo en términos sencillos, esta Institución nunca puede estar pintada porque los organismos y las instituciones públicas y privadas están obligados a brindar los medios necesarios para que estas evaluaciones puedan realizarse por un organismo de carácter externo. Luego se expresa que la política de difusión de esta información va a resguardar la identidad de los educandos, de los docentes e instituciones educativas, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización y discriminación. Esto es muy importante porque si te-

nemos en cuenta que si se brindase de institución educativa a institución educativa, ¿cuáles serían los resultados? Muy seguramente habría instituciones ubicadas en contextos muy carenciados en las que los resultados de los aprendizajes no van a ser los mejores. En cambio, aquellas instituciones ubicadas en medios donde el nivel socioeconómico sea más alto y donde el patrimonio cultural y educativo de los hogares y de los padres sea mejor, van a tener mejores resultados y se va a estar estigmatizando, sin que ese sea el propósito, a aquellas instituciones y a aquellos docentes que no logren los mismos resultados porque el punto de partida no es el mismo. Entonces, a puntos de partida iguales, evidentemente sí se podrían publicar resultados por lo que hace cada docente y cada institución. Pero cuando los puntos de partida de los alumnos son distintos, estaremos realizando una estigmatización que flaco favor le haría al sistema educativo. En el artículo 117 de la Ley General de Educación, se indican los criterios rectores de esta Institución. Se expresa que para la evaluación de la calidad de la educación, el Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá en cuenta los siguientes criterios rectores: A) La coherencia entre los currículos y recursos educativos, con las orientaciones, principios y fines de la educación establecidos en la presente ley; B) La calidad de la formación y el desarrollo profesional de los docentes; C) La adecuación de los procesos educativos de cada nivel a las características, necesidades e intereses de los educandos y su pertinencia en relación a los ejes transversales del Sistema Nacional de Educación establecidos por la presente ley; D) La eficiencia de la administración de los recursos humanos y materiales disponibles y E) Las condiciones edilicias, equipamiento y mantenimiento de los centros educativos. O sea que todas estas partes de infraestructura y de apoyo que no hacen directamente al proceso enseñanza-aprendizaje, van a formar parte de la evaluación del sistema educativo y de sus resultados. Se expresa que la evaluación se va a realizar según normas técnicas e indicadores establecidos por esta Comisión del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. En el artículo siguiente de la ley que crea el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, se determina que a los efectos del cumplimiento de los cometidos establecidos en el artículo 115, la Comisión directiva

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de este Instituto va a tener diferentes atribuciones. Dicho Instituto deberá administrar, distribuir y fiscalizar los recursos económicos que se le brinden; deberá celebrar convenios con instituciones públicas o privadas; tendrá que designar el personal dependiente, fijar sus retribuciones y disponer su cese, y tendrá que establecer el régimen del personal dependiente, de acuerdo con lo que disponga la respectiva reglamentación. En el último artículo de la Ley General de Educación en que se establece esta nueva institución que va a tener el país, se expresa -aquí hay que ver cómo se hace para plantear un recurso frente a una resolución; hay que dejarlo establecido sabiendo que el Ministerio de Educación y Cultura no va a ser el organismo jerárquico superior- que contra las resoluciones de la Comisión directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa procederá el recurso de reposición que deberá interponerse dentro de los diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación del acto al interesado; que una vez interpuesto el recurso, la Comisión va a disponer de treinta días hábiles para instruir y resolver el asunto, configurándose la denegatoria ficta por la sola circunstancia de no dictarse resolución dentro de ese plazo; que denegado el recurso de reposición, el recurrente podrá interponer únicamente por razones de juridicidad demanda de anulación del acto impugnado ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil del Turno asignado por la oficina distribuidora de asuntos; que la interposición de esta demanda deberá hacerse dentro del término de veinte días siguientes al de la notificación de la denegatoria expresa o, en su defecto, al día siguiente al que se configura la denegatoria ficta; que la demanda de anulación solo podrá ser interpuesta por el titular de un derecho subjetivo o de un interés directo, personal y legítimo, violado o lesionado por el acto impugnado y, finalmente, que la sentencia del Tribunal no admitirá recurso alguno. Es decir que aquí estamos hablando del proceso y de quién va a ser el tribunal de alzada. Luego de aprobarse esta Ley General de Educación, en lo que hace a la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, tenemos que expresar que -como la construcción de una institución nueva trae aparejado una cantidad de complejidades-, se integró una Comisión de implantación para ir avanzando en ideas, en propuestas y en acciones para entregar

como insumo a las futuras autoridades de este Instituto. Por tanto, a través del Decreto N° 219, de fecha 4 de noviembre de 2010, se propuso la creación de esta Comisión de Implantación con carácter provisorio, previo a la instalación de la Comisión directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, para elaborar en base a esos temas que mencionábamos. Esta Comisión de Implantación se integró con representantes del Ministerio de Educación y Cultura, de la ANEP, de la Universidad de la República y de la educación privada, en lo que corresponde a los niveles inicial, primaria y media, y abordó distintos asuntos. ¿Qué asuntos? Por ejemplo, esta Comisión de Implantación, desde ese momento hasta el presente, trató el estado de situación sobre la temática, las experiencias internacionales en el área -por ejemplo, se tomaron experiencias internacionales que se han dado con signos ideológicos variados, como en México, Cuba, Argentina, Colombia-, la definición del campo del futuro Instituto, sus fines, sus cometidos, los principios rectores, las dimensiones a evaluar, el diseño organizacional, su relación con el sistema educativo público y con otras instituciones, su estructura en lo técnico y en lo organizativo y lo que debe ser una gestión técnicoadministrativa. Evidentemente, estos son insumos para ir avanzando, para no partir de la nada, de tabla rasa, cuando se vaya a instalar el nuevo organismo. Tenemos que decir que paralelamente a esto se instaló la Comisión Multipartidaria de Educación que llegó a acuerdos firmados en mayo de 2010, mediante los cuales se indicó la necesidad de revisar, precisamente, la Ley General de Educación en lo que hace a la integración de la Comisión directiva, que es a lo que obedece el presente proyecto de ley. ¿Cuáles son los acuerdos que en mayo del pasado año alcanzamos en este tema los cuatro partidos políticos con representación parlamentaria? Voy a hacer referencia a los acuerdos a los que llegamos, porque creo son muy importantes. En primer lugar, acordamos que se entiende necesario desarrollar un proceso permanente de evaluación educativa, tanto de aprendizajes como de políticas y acciones educativas. Si bien se reconoce la existencia de importantes antecedentes en la materia, se comparte que no existe un verdadero Sistema Nacional de Evaluación Educativa que incluya la realización de pruebas en grados de educación primaria y media.

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Acordamos también que es preciso avanzar en la creación de un Sistema Nacional de Evaluación Educativa que ofrezca información pública, comparable, elaborada con independencia y rigor técnico, siempre con el objetivo de mejorar la calidad de la educación nacional. Asimismo, se comparte también que sería importante estudiar la posibilidad de concebir y acordar la realización de una prueba nacional de egreso de la educación media superior que tenga carácter diagnóstico, desprovista de efectos selectivos y restrictivos. Acordamos que se reconoce la coincidencia en la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa y se enfatiza que debe ser independiente con fuerte carácter técnico y con autonomía de funcionamiento, como fuente de legitimidad, competencia técnica y neutralidad política. Acordamos que se entiende necesario promover la formación de recursos humanos que puedan desarrollar estos procesos con calidad académica y profesional. Asimismo, se comparte que la calidad de la oferta educativa y el nivel de los logros educativos no pueden analizarse solo en el ámbito nacional, sino que requiere también la comparación a escala internacional. En tal sentido, se propone mantener y ampliar la participación de Uruguay en evaluaciones internacionales como forma de conocer las competencias y conocimientos que manejan los alumnos uruguayos en comparación con los alumnos de otros países. Finalmente, establecimos la necesidad de revisar la integración de la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, establecida en el artículo 114 de la Ley de Educación. Posteriormente a estos acuerdos multipartidarios en la Ley de Presupuesto se establecieron los recursos necesarios para que esta institución pudiese funcionar; y funcionar significa poder contar con los recursos humanos necesarios, contar con los apoyos en infraestructura, logística, etcétera. Por lo tanto, los recursos presupuestales iniciales para que esta institución pueda funcionar ya están previstos. O sea que este es otro avance en el tema. Lo que estaba quedando pendiente para instalar la institución era, precisamente, cumplir con ese

acuerdo que hicimos los cuatro partidos políticos de ajustar la Ley de Educación en lo que hace a modificar la integración de la Comisión Directiva. En tal sentido, nos reunimos Diputados de los cuatro partidos con representación parlamentaria; hicimos consultas a los Senadores y a las internas de los respectivos partidos. También participó el Director Nacional de Educación, el maestro Luis Garibaldi, y acordamos un proyecto de ley que fue el que presentamos y aprobamos en Comisión. Este proyecto establece varios puntos importantes en cuanto a la integración, y tiene un artículo único que sustituye, precisamente al artículo 114 de la Ley de Educación, la Nº 18.437, y modifica el primer párrafo, que tiene que ver con la integración. El artículo 114 dice: “El Instituto será dirigido y administrado por una Comisión Directiva integrada por seis miembros: dos designados por el Ministerio de Educación y Cultura […]”. En la Ley de Educación se hablaba de uno solo. Quiere decir que se aumenta la representación del Ministerio de Educación y Cultura en un miembro. Asimismo, el artículo establece que uno de los miembros designados por el Ministerio de Educación y Cultura es el que lo va a presidir y que dos miembros serán designados por el CODICEN de la Administración Nacional de Educación Pública. Aquí tenemos que explicar que en la Ley de Educación se hablaba de tres representantes de la ANEP y que aquí se reduce a uno, pasando a ser dos. Asimismo, se establece que un miembro va a ser designado por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República. Debemos aclarar que en el artículo de la Ley de Educación se establecía dos representantes de la Universidad de la República, y que aquí pasa a ser uno. Finalmente, se establece que el otro integrante será el representante de la educación privada, que va a representarla en los tres niveles: educación inicial, primaria y media. Esta representación permanece idéntica a la de la educación privada, que estaba en la Ley de Educación. El segundo párrafo del artículo 114 de la nueva redacción quedará estipulado tal cual estaba en la Ley de Educación, o sea, que hará referencia al perfil netamente técnico, a las garantías de objetividad, imparcialidad, eficiencia e independencia de criterio que deberán tener los que integran esta Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa.

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En función de la importancia de la evaluación, de todos los antecedentes que hemos mencionado y del acuerdo que hemos logrado a nivel multipartidario, estamos aconsejando al Cuerpo aprobar el presente proyecto de ley. Era cuanto quería decir. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado Garino Gruss. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señor Presidente: el Partido Colorado va a acompañar este proyecto de ley, que modifica una ley de educación con la cual en más de una oportunidad ha demostrado disconformidad. Pero el objeto de este proyecto no es hacer una evaluación pormenorizada de la ley de educación. De todos modos, el Partido Colorado, en cumplimiento del acuerdo multipartidario llevado adelante en el año 2010, cuando se previó la creación de un sistema nacional de evaluación educativa, y dentro de él el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, que tiene presupuesto asignado, ha participado en la elaboración de este proyecto de ley y ha demostrado un espíritu constructivo. Recuerdo que en la primera reunión en la que el maestro Garibaldi citó a los cuatro miembros de la Comisión de Educación, todos los Partidos llegamos con propuestas difíciles, dispares y disímiles. Creo que todos hemos cedido un poco. Al extenso informe que ha hecho el señor Diputado preopinante voy a agregar dos salvedades sobre las cuales dejé constancia en la Comisión de Educación y Cultura. Me refiero a la participación de la UDELAR, que en un principio tenía dos integrantes y ahora tiene uno. La respuesta a esto obedece a criterios principalmente técnicos, y surge la inquietud de por qué no incluir -tal vez hasta por un principio de igualdad, o para compartir criterios técnicos- a un representante de universidades privadas, ya que desarrollan actividades en posgrado, son especialistas en evaluación y en carrera de profesores. Este proyecto estará a estudio de la Comisión del Senado, donde será puesto a consideración y se podrá solucionar la otra salvedad acerca de la que dejé constancia en la versión taquigráfica de la Comisión: la votación impar. Hoy se modifica la composición de dicho Directorio pasando de siete a seis integrantes. Eventualmente, puede haber una complicación con respecto a la votación, puede haber una votación de tres contra tres.

No está definida la situación que puede ser motivo de una obstrucción de dicho Directorio. Por lo tanto, quiero dejar constancia de estas salvedades, y desde ya adelanto que vamos a acompañar con nuestro voto afirmativo este proyecto de ley. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado José Carlos Cardoso. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: el proyecto que estamos discutiendo, como dijo el señor Diputado Arregui -comparto sus expresiones y la descripción que realizó de la historia de este proyecto-, viene a dar satisfacción a un acuerdo alcanzado en enero del año pasado, en la multipartidaria convocada por el señor Presidente de la República y que trabajó en el área de la educación durante dos meses. En esa multipartidaria se elaboró un documento que tuvo amplio debate e, inclusive, cuestionamientos. Dicho documento fue acordado por los cuatro partidos políticos y plasma lo que nosotros entendemos debe pasar en materia de educación. Entre los acuerdos alcanzados se encontraba, en primer lugar, el de poner en marcha lo que mandataba la ley, que es el Instituto Nacional de Evaluación Educativa. En esa ocasión, los partidos políticos acordaron que se necesitaba dar más amplitud a ese Consejo Directivo para otorgarle, obviamente, más garantías y pluralidad, que es lo que se busca con la ampliación de la estructura del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Creo que es necesario aprovechar esta oportunidad, no solo para hablar de este acuerdo, sino también de lo que está aconteciendo en Uruguay con la educación. Creo que tenemos que hablar acerca de por qué existe la necesidad de tener un instituto de evaluación y qué concepción estamos teniendo de dicha evaluación. Alguien puede decir que Uruguay tiene estructurado su sistema educativo desde hace ciento treinta o ciento cuarenta años y preguntarse si recién ahora necesita tener una institución de evaluación. También puede preguntarse si no había existido esa necesidad antes de conformar una institución que se ocupe especialmente de la evaluación. Efectivamente, ahora aparece esta necesidad, y en los últimos tiempos se ha requerido con más notoriedad la necesidad de evaluar y medir las competencias del sistema educativo con respecto a sus alumnos. Ahora debe-

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mos saber en qué condiciones se verifica el aprendizaje y si hay aprendizaje de calidad. Las evaluaciones internacionales a las que nos hemos sometido nos han dado un duro revés, porque han demostrado que el nivel educativo de Uruguay es muy bajo. Por lo tanto, nuestro tradicional sistema de autoevaluación, que es el que se ha utilizado históricamente -los docentes evaluamos lo que hacemos, no necesariamente las competencias del alumno- no puede seguir aplicándose -cualquiera de los que nos está escuchando esta noche puede recordar qué hacíamos en el liceo, qué hacían nuestros profesores y qué hacen los maestros en materia de evaluación-, y tanto es así que en materia de educación primaria este concepto también se ha modificado. En ese sentido, llegamos a discutir en Uruguay acerca de si era necesario hacer una medición de la evaluación por grado. Entonces, se planteó la pregunta de si había que hacer pasar al alumno por un proceso de medición de sus aprendizajes al final del primer año escolar. Por lo tanto, ¿qué es lo que tiene que saber el niño cuando termina primer año? ¿Tiene que saber leer o con silabear alcanza? ¿Tiene que saber hacer operaciones o con que apenas sume con los dedos alcanza? Además, cuando pasa de 2° a 3er. año de escuela, ¿tiene que haber dominado las operaciones y realizar una lectura corriente o no? Si miramos nuestro sistema educativo advertiremos que esto es lo que no tenemos y que sí tenemos dificultades en este sentido. Como se sabe, el padre va a la escuela a fin de año para que le entreguen el carné de su hijo, que tiene una calificación pero, en realidad, ¿cuál es el contenido de la evaluación? ¿El padre sabe lo que tiene que esperar a fin de año de su hijo, y puede ir a la escuela a preguntar si aprendió o no a leer? ¿Esa era la tarea que tenía que hacer? ¿La cumplió? Lo que quiero decir es que hay una desconexión entre lo que el sistema evalúa, lo que los padres reclaman y lo que nosotros sabemos que debe acontecer al fin de un ciclo educativo. En realidad, de lo que se trata es de evaluar las competencias del alumno y de esta forma, implícitamente, nos evaluamos los docentes. Por tanto, si esas competencias son adecuadas, la labor docente habrá sido exitosa, por supuesto, en función de determinados parámetros para cada uno de los ciclos. Nos aprestamos a construir un sistema de evaluación nacional que tiene a los actores dentro. Recuerdo haber hablado sobre esto con la Ministra de

Educación y Cultura del período pasado cuando discutíamos la ley en la Comisión de Educación y Cultura. También recuerdo haberle dicho: “Nuestra intención hubiera sido que se fuera mucho más desafiante y que ni el CODICEN ni el Ministerio de Educación y Cultura integraran el Instituto Nacional de Evaluación Educativa”. En realidad, hubiéramos querido eso, pero no lo planteamos porque solo estábamos debatiendo. Lo que queríamos era que el Instituto Nacional de Evaluación Educativa fuera independiente del sistema para que no se realizara una autoevaluación. Quizás la ampliación de su estructura aumente el nivel de garantías a efectos de que no haya una especie de complacencia mutua para no mostrar tanto déficit, teniendo en cuenta que el sistema no es tan duro a la hora de evaluar. Los sistemas de evaluación no recomiendan qué hacer. Imaginemos que el sistema de evaluación, por ejemplo, dirá: “En aritmética los niños han terminado con este nivel de aprendizaje, y es insuficiente”, tal como nos manifiesta la encuesta PISA, que nos dice en la cara una cosa durísima que no nos gusta escuchar. Inclusive, nos midió en un período de cuatro años y vimos que retrocedimos, que fuimos para atrás; esas evaluaciones son durísimas y tienen costo político. El Gobierno de la educación tiene que pagar ese costo y preguntarse: “¿Que nos ha pasado? Estamos fallando, fracasando, cuando los niveles de competencia no mejoran o no aumentan”. Seguramente, esta nueva estructura va a ser cuestionada; ya lo ha sido. Los representantes de los gremios docentes dicen que la encuesta PISA es para el Primer Mundo. ¡Mirá si nos vamos a comparar con el Primer Mundo! Es mucho mejor compararnos con el Tercer Mundo, y si fuera con el Cuarto, mejor, porque seríamos los mejores. Esto lo tuvimos que escuchar en el Uruguay de hoy; tuvimos que escuchar que el sistema de evaluación internacional que realiza PISA es para los países del Primer Mundo, y que nosotros no debemos compararnos con ellos. Creo que este sistema va a ser resistido, tal como lo están siendo muchas cosas en estos días; todos lo vemos. Adviertan lo que apareció hoy en la tapa de todos los diarios; allí dice que el Consejo de Educación Secundaria resiste, no un cambio, sino una experiencia piloto voluntaria; piloto y voluntaria, porque su origen parece ser político. Entonces, la resiste porque hay intervención. Estamos hablando de una experien-

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cia piloto y voluntaria que deberán realizar veinte liceos, pero ellos son los que deberán decidir si quieren participar de esa experiencia educativa. En realidad, el Consejo de Educación Secundaria, enfrentando al CODICEN, se opone a la realización de un ensayo -podríamos llamarlo así en términos vulgares-, a poner en marcha una experiencia piloto para ver si los liceos pueden mejorar en algo su funcionamiento. Reitero que se trata de una opción voluntaria y que el Director del liceo es quien debe decir que quiere llevar adelante dicha experiencia. El conservadurismo es brutal; estamos siendo presa del conservadurismo, de una cosa vetusta en la que se mira al pasado y se niega el futuro, se mira hacia atrás y se habla de conceptos perdidos, de una sociedad que no tenemos. Además, cada vez que se habla de cambios se acusa al sistema político, que cada vez tiene una mochila más liviana en materia de educación. Estoy convencido de que una de las primeras cosas que tenemos que decir desde la política es que todos los acuerdos que hagamos en materia de educación son relativos porque las corporaciones señalan que desde lo político no puede haber interferencia en materia de educación. En realidad, no estamos corriendo en una autonomía; estamos caminando rumbo a una autarquía, en la que el sistema educativo y nosotros no tendremos nada que ver. Esta es una tímida reforma, aunque creo que muy importante. Sin embargo, si uno la mira en el contexto de la estructura de la ANEP, puede advertir que es una tímida reforma: simplemente pone en marcha una institución nacional que avance en procesos de evaluación, de medición de competencias y que pueda, en algún momento, establecer, por ejemplo, los perfiles de salida de los que se habla en determinadas instituciones. Me refiero a lo que se debe llegar al final de un ciclo escolar y de un ciclo medio en materia de conocimientos y a qué se debe llegar al terminar el Bachillerato, es decir, las competencias que se deben adquirir. Esa medición, que siempre es dura y difícil, cuando no es complaciente nos tiene que indicar cambios de rumbo, no porque el Instituto de Evaluación lo aconseje, sino porque el Instituto de Evaluación informa, transparenta y muestra el sistema tal cual es para que pueda corregirse, cambiarse y modificarse. Nosotros somos eternos optimistas, aunque la realidad es durísima para serlo. Hoy estamos viendo

en el país el desorden de la Administración Pública y el caos imperante. ¡Imaginen cómo se refleja esto hacia abajo! Piensen en lo que puede estar imaginando un Director de un liceo del interior del país, que en la tapa de los diarios ve a sus autoridades enfrentadas y que una resolución del CODICEN no es aplicada por Secundaria. ¿Qué puede esperar el Director de un liceo? ¿Qué puede estar imaginando? Debe pensar que el sistema está fuera de control. ¿Alguien se hará cargo? ¿Alguien volverá a poner las cosas en su lugar? ¡No nos hagamos los tontos! Esto no es una cuestión menor, no es un episodio común, sino que es algo relevante para un sistema tan grande y tan complejo como el sistema educativo de la ANEP, que hoy no tiene determinado claramente un liderazgo, no tiene determinadas claramente las autoridades y no reconoce la legitimidad de las decisiones. Lo que Secundaria hizo fue no reconocer la legítima decisión del CODICEN que en una Resolución de sus autoridades, con total competencia para lo que están haciendo, adoptó una determinación que luego no fue reflejada. Supongo que no nos pasará algo parecido con este sistema de evaluación y que en algún momento nos enteraremos que no es bien visto por el sistema educativo, o que alguien considera que el sistema de evaluación debería ser otro, que no debería estar sometido a un organismo que evalúe todas sus competencias. Participé de los acuerdos y creo que esto está bien. La modificación que se está planteando a la futura institución, que recién se está poniendo en marcha, es correcta. Como dijo el señor Diputado Arregui, los recursos están. Este organismo tendrá recursos por varios años -ya están votados- para llevar a cabo estos planes, de manera que se contará con dinero, como hoy se tiene en el sistema educativo. Felizmente, los problemas que tenemos en la actualidad no son de recursos. Eso es bueno y hay que reconocerlo. Hay una dotación de recursos muy importante, pero estamos teniendo otro tipo de problemas que, para bien del país, esperamos que no se den en esta estructura del sistema de evaluación educativa. Muchas gracias, Presidente. SEÑOR MAHÍA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado.

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SEÑOR MAHÍA.- Señor Presidente: en primer lugar uno tiene que celebrar. Aunque votemos en forma casi unánime un proyecto de ley, igual nos detenemos por algunos momentos para debatir. Eso identifica a los Parlamentos y, en particular al nuestro. Este proyecto de ley plantea una modificación a la ley general. Este Instituto Nacional de Evaluación Educativa tendrá una integración distinta a la original, producto de acuerdos multipartidarios. A nuestro modo de ver, esto refleja más las características de un instituto externo -aunque del Estado, pero externo-, que efectivamente buscará diagnosticar desde fuera del sistema, aportando mejores propuestas para todo el sistema educativo. Aquí surge como necesidad la evaluación. Escuché decir que la necesidad de la evaluación aparecía en estos tiempos, y creo que ese es un error que el sistema educativo uruguayo acarrea desde hace mucho. ¿Por qué afirmar que la necesidad de evaluar el sistema educativo empieza ahora? Estoy convencido de que esto viene desde hace mucho. Es más, voy a contar una anécdota de hace algunos meses. En ocasión de una polémica que se instaló en torno a uno de los liceos de la capital, me reuní con su cuerpo docente y les dije: “Ustedes sostienen que hay que mejorar todo lo referido a la evaluación en el centro educativo, que se debe ser más estricto y más duro con las asistencias, las calificaciones y demás”. A continuación les hice la siguiente pregunta, que planteada aquí, en este lugar, puede tener una carga política, pero me llamó la atención la respuesta. Les pregunté: “¿Desde cuándo ustedes, que son profesores de 5°, de 6° y 7° grado ven que el sistema educativo uruguayo haya bajado en sus niveles de calidad y demás?”. La respuesta -aclaro que no conocía a casi ninguno de ellos-, casi unánime, fue: “Desde 1986 hasta la fecha”. Ese largo período de veinticinco años indica el pasaje de Administraciones de distinto sentido y signo. La pregunta que uno se debe formular es por qué no se evaluó antes y por qué no se evaluó desde afuera, cuando históricamente hicimos autoevaluaciones. Creo que todos debemos dar explicación de por qué no hicimos esto durante tantos años. ¿Por qué las pruebas PISA, que son una referencia internacional respetable, recién se empezaron a aplicar a partir del año 2003 y no antes? ¿Acaso será

-como se dijo en Sala, con legitimidad- que las evaluaciones externas y sus resultados tienen costo político para las Administraciones? Es posible. ¿Cuándo se empezó a aplicar la evaluación externa en Uruguay? ¿Quiénes tomaron la decisión política de llevarla adelante, y quiénes no? Digo esto porque parecería que como empezaron en el año 2003, antes no pasaba nada. Creo que en el pasado se tomó la decisión política de no hacer ese tipo de evaluaciones. Ese es un dato de la realidad. Ahora bien: debemos asumir que de un tiempo a esta parte este tema está planteado y que hay aspectos que podemos asimilar de dos maneras: lo abordamos cada uno cargando una mochila y pasándonos factura, o decidimos efectivamente intentar construir políticas de Estado con aquello que cada uno aporte. Cuando se afirma que hay un desorden administrativo y problemas de distinta índole y tenor en el sistema educativo, yo creo que particularmente los podríamos concentrar más en la educación media que en otras áreas, aunque el sistema educativo se debe evaluar en su conjunto, como un todo. Voy a dar un dato. En marzo de 2005, en la educación media, concretamente en Secundaria, había nueve planes de estudio simultáneos, con distintas modalidades. Después se avanzó hacia un programa. Esos nueve planes -algunos con más horas y otros con menos- tenían, en general, cuatro horas de clase. En el año 2006 se hizo un plan de estudios de cinco horas. Se aumentó el tiempo, se bajó la carga horaria de algunas materias y se aumentó en otras. Es cierto que puede ser polémico en cuanto a cuáles son las cargas horarias y a qué asignaturas se les pone mayor énfasis, pero hay que trascender este tipo de discusión. El tema se vuelve dramático cuando uno analiza los resultados, y no necesitamos recurrir a la evaluación de las pruebas PISA. Si analizamos los resultados del anuario estadístico del Ministerio de Educación y Cultura -no tenemos que ir más lejos- advertiremos que hay datos referidos a los sectores de menores condiciones socioeconómicas del país que resultan verdaderamente problemáticos. Ahí tenemos el verdadero y real problema. El sistema educativo público… Señor Presidente: quisiera saber de cuánto tiempo dispongo.

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SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Le restan nueve minutos de su tiempo, señor Diputado. SEÑOR MAHÍA.- Me va a sobrar tiempo, señor Presidente. Por decirlo de alguna forma, esto es un adelanto. Desde el punto de vista de la gestión pública y del sistema educativo público, en la educación media el problema real más fuerte está en el área metropolitana, con menor presencia en el interior del país. Notoriamente es así. Yo no fui tan lejos. Hace un rato le pregunté al señor Diputado Esteban Pérez si en Toledo, donde reside, había liceo privado. Allí no hay liceo privado, y no está tan lejos. Podríamos ir a algunos pueblos de Canelones para no ver opciones de este tipo. ¿Está bien? ¿Está mal? Ese no es un tema a evaluar. A veces podemos batir el parche entre nosotros. Por ejemplo, he escuchado reivindicar la gestión de la educación de determinada época del país; me parece legítimo y lo voy a decir con todas las letras. Me refiero al período 1995-2000. En esa época hubo una cantidad de ideas bastante polémicas, ya que se tuvo un estilo bastante confrontativo para llevar adelante esa iniciativa. Entre esa época y hoy en día, año 2011 ¿cuántos liceos privados del país llevaron adelante la iniciativa curricular y de contenido que se impulsó? Muy pocos. ¿Con qué se relaciona eso? Debemos analizar esas cosas, y tener bien claro por qué pasó. Una persona envía a sus hijos a un liceo privado de la capital y paga sus buenos pesos, pero resulta que quien puede optar por un modelo que está instalado en todo el país y que venía con mucha fuerza, decide no llevarlo adelante. ¿Alguna vez nos preguntamos por qué es así? ¿Alguien se lo preguntó? Yo creo que las respuestas pasan mucho por la gestión. La mejora en la gestión y la eficiencia en el manejo de la administración pública y privada son la clave de todo esto. En este período sucedió algo que nosotros no nos cansamos de mencionar. La existencia del Plan Ceibal como instrumento educativo es, a nuestro modo de ver, una especie de revolución pacífica. Van a pasar unos cuantos años para medir a fondo la transformación de generaciones y generaciones de niñas y de niños que a los cinco, seis, siete, ocho, nueve, diez, once, doce y hasta quince años tienen acceso di-

recto a un instrumento -que solamente existía en algunos hogares-, con conectividad y cierto asesoramiento docente, aunque en muchos casos las niñas y los niños han ido más lejos que sus propios docentes. Ese es un camino de transformación que está instalado en la sociedad uruguaya y que, por suerte, es celebrado por los padres, las madres y por ustedes, colegas legisladores que han ido a escuelas públicas y que asisten regularmente cuando se entrega las ceibalitas a los niños de 1er. año… (Interrupción de la señora Representante Matiauda Espino.- Respuesta del orador) ——El día que ustedes vayan a las escuelas a ver a las madres, a los padres y a los niños en el momento en que reciben ese instrumento educativo, observen sus caras y vean qué pasa con ellos, con la comunidad… Es un cambio bastante importante. (Murmullos) ——No sé si la señora Diputada me está pidiendo una interrupción. Si es así, con gusto se la doy después de que cierre la idea. No es que no me concentre, sino que tengo la tentación de contestar, señor Presidente. En mi caso particular, todos mis hijos van a la educación pública. Puedo hablar de este tema porque, además, es una opción familiar, personal y colectiva. Sé lo que pasa por vivirlo personalmente. En términos sociológicos hay elementos que no están medidos. Por eso, quizás dentro de este Instituto Nacional de Evaluación Educativa midamos el impacto de algunas políticas públicas que son positivas, como el Plan Ceibal o haber extendido, con el consenso de todos los partidos, la educación a los cinco años de edad y, después, a los niños de cuatro años de edad; también extendimos la educación física a todas las escuelas del país. Creo que eso va a significar un salto muy importante. No me gusta “gritar en la pulpería y callar en la comisaría”, como reza el dicho. Aquí se ha hecho referencia a la actitud y a la decisión del Consejo de Educación Secundaria de emitir un comunicado referido a una decisión del CODICEN en materia de política pública con relación a un plan piloto para veinte centros de estudios, diecisiete en educación media y tres en Primaria. Que haya diferencias en la interna de los Consejos desconcentrados, y entre los Consejos desconcentrados y el CODICEN, es la historia de la edu-

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cación del Uruguay. La decisión de ponerse eso a conocimiento de la opinión pública es un tema que está a consideración del CODICEN y cuya evolución nosotros vamos a seguir de cerca, no por el hecho de que técnicamente se pueda discrepar, que pueda ser una buena o mala iniciativa, sino por dar una unidad de gestión y un sentido determinado a la conducción de la educación. Plantear en el debate aspectos referidos a que estamos todos de acuerdo con un Instituto Nacional de Evaluación Educativa, y que surge como instrumento porque ahora, de golpe, Uruguay tiene la necesidad de evaluar, es una interpretación que respeto pero que no comparto. Creo que desde hace mucho tiempo Uruguay debió haber tenido un instituto de evaluación educativa técnico externo, dentro del Estado pero con la mayor independencia posible, que es el sentido de esta institución. Sin duda que algunos de los problemas que hoy estamos enfrentando, que no nacieron de la noche a la mañana, se van a ir corrigiendo a partir de la existencia de esta institución, porque mejorar el sistema educativo público y el sistema educativo en general es la mejor apuesta que podemos hacer como país. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR OSTA.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MAHÍA.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR OSTA.- Señor Presidente: el señor Diputado Mahía hacía una apreciación sobre la importancia del Plan Ceibal, que es verdad. En términos de gestión no es un gran ejemplo de una política muy complicada porque, básicamente, la primera etapa el Plan Ceibal consistió, en líneas generales, en gastar dinero y repartir computadoras. Digamos que en términos de gestión no es algo muy complejo. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Luego se habló de cómo se puede evaluar el Plan Ceibal. En función del articulado que estamos considerando, me gustaría que se describiera en qué indicador se está pensando para evaluar el efecto del Plan Ceibal, porque en el proyecto claramente se habla de normas técnicas e indicadores.

Gracias, Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Cuando el señor Diputado sea Ministro, le contestará en una interpelación. Ahora se le terminó el tiempo al señor Diputado Mahía. Lo lamento mucho. (Hilaridad.- Murmullos) SEÑOR MAHÍA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MAHÍA.- Señor Presidente: con respecto a la intervención del señor Diputado Osta, no voy a expresar aquí en términos técnicos cómo debe ser exactamente la evaluación de un instrumento informático, no porque no quiera hacerlo ni por no tener líneas generales en ese sentido, sino porque creo que es una experiencia que está extendida por todo el Uruguay y, además, hay una institución referida, que ha puesto en marcha el “knowhow” y ha colocado a nuestro país en la mejor vidriera del mundo a partir de la implantación de este Plan; sí tiene que ser evaluado. En otro momento podremos entrar en una polémica sobre este asunto, pero no estoy en nada de acuerdo con lo manifestado ni con la evaluación que se ha hecho en Sala del Plan Ceibal. En realidad, creo que la mejor medida tiene que ser técnica, para los técnicos; nosotros podemos adoptar la medida política, pero creo que la está dando la sociedad uruguaya en una forma extremadamente favorable.

30.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Dese cuenta del informe relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la solicitud de licencia del señor Representante Felipe Carballo, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 16 de noviembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Saúl Aristimuño”. ——En discusión.

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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y uno en cuarenta y tres: AFIRMATIVA.

31.- Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. (Modificación de su integración).
——Continúa la consideración del asunto en debate.

Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Sr. Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside, me conceda licencia por el día 16 de noviembre de 2011, por motivos personales. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente. FELIPE CARBALLO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 16 de noviembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo, por el día 16 de noviembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Saúl Aristimuño. Sala de la Comisión, 15 de noviembre de 2011. VÍCTOR SEMPRONI, NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”.

Tiene la palabra el señor Diputado Radío. SEÑOR RADÍO.- Señor Presidente: curiosamente, estoy de acuerdo con la opinión de casi todos los que me precedieron en el uso de la palabra, con casi todo lo que dijeron quienes me precedieron en el uso de la palabra porque no encuentro contradicciones sustantivas en lo que se ha dicho. Es difícil cambiar en este país; es difícil cambiar, particularmente en materia educativa, área en la que a cualquier propuesta se le enfrentan disposiciones o decisiones que emanaron de una dictadura del siglo XIX. Más allá de la valoración que se tenga -probablemente, tenga cosas muy buenas y, de hecho, las tiene-, no podemos seguir utilizando esto como respuesta ante cualquier propuesta de cambio y no puede ser el escudo protector de cualquier alternativa transformadora en materia educativa. Me parece que es un error entrar en la dicotomía pública-privada de la educación del Uruguay -voy a ser muy breve porque no quiero extenderme- porque la educación privada de este país, en gran medida, depende de los mismos organismos responsables de lo que está pasando con la educación pública. Entonces, me parece un error catastrófico entrar en esa dicotomía. El afamado Plan Ceibal fue posible porque se hizo por fuera de algunos de estos organismos. Curiosamente, lo más grande que tenemos para mostrar en materia educativa se tuvo que hacer por fuera: “bypassearon” a los organismos de conducción de la educación. Y muchos de los que enfrentaron el Plan Ceibal y lo resistieron son los mismos que hoy resisten otras modificaciones que se están planteando. Señor Presidente, hemos sido fuertemente críticos de la Ley Nº 18.437, General de Educación, de 12 de diciembre de 2008, pero esto no nos impide reconocer que la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa apunta en la dirección correcta. Comparto en su totalidad la exposición que hiciera el miembro informante, señor Diputado Arregui. Esta es una creación correcta. Es insuficiente, pero correcta, y apunta hacia la decisión adecuada. Apunta a

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una decisión que nos va a abrir cierto margen de posibilidad de cambios en materia educativa porque ante la situación aterradoramente catastrófica que vive la educación de nuestro país -que no sé si empezó el mes pasado, hace cinco, diez, veinte o treinta años, pero no da para más: es aterradoramente catastrófica-, lo que me interesa señalar -aquí quiero cargar las tintas y poner los énfasis- es que comienza a haber algunos signos esperanzadores. Hoy, desde todos lados, desde muchas partes del arcoíris político de nuestro país, comienzan a escucharse voces que no sé si se hacen eco, pero sí me permiten establecer algún tipo de asociación con ciertos planteos que nuestro Partido viene realizando desde hace mucho tiempo, cuando nos descalificaban con aquellas viejas consignas a las que hacíamos referencia. Por supuesto que, automáticamente, se despiertan los reflejos reaccionarios de algunos de los reivindicadores del atraso y defensores del statu quo en el Uruguay. Me gusta pensar que hay signos para ser optimista y que comienza a haber voluntad política para cambiar, pero para cambiar de verdad, para cambiar de fondo. Creo que estas cosas a las que hice referencia recién apuntan en este sentido, y me gusta llenarme de ilusión y pensar que hay margen para ser optimista. Entre otras cosas -y en esto quiero poner énfasis-, fui uno de los que participaron en el grupo que terminó acordando las modificaciones que se hicieron con respecto a este proyecto de ley que hoy tenemos a consideración del Cuerpo. Quiero señalar y destacar muy especialmente la actitud del señor Director General de Educación, maestro Luis Garibaldi, quien vino a conversar, a intercambiar ideas y con disposición a cambiar las cosas, y en particular la actitud con la que asistieron a estas reuniones los Representantes de la bancada oficialista. Los Diputados Sabini y Arregui, más allá de que compartieran o no los planteos que hicimos, los escucharon atentamente y los contemplaron, y hoy se ven plasmados en este proyecto de ley. Entonces, me interesa hacer hincapié en esto porque creo que forma parte de ese panorama novedoso, en el cual aparecen algunos signos que permiten alentar una cuota de optimismo con respecto a la posibilidad de hacer cambios en Uruguay, en particular en materia educativa. Gracias, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado Sabini. SEÑOR SABINI.- Señor Presidente: me voy a referir en general al proyecto que estamos tratando. Cuando discutimos de educación, cabe mencionar una palabra: paroxismo. Este término tiene tres significados; voy a mencionar dos. El primero es: “Exaltación […] de los afectos y pasiones”, y cuando hablamos de educación, parece que todos nos exaltamos, todos nos ponemos pasionales, y si no tenemos una posición radical en el sentido de que todo está bien o todo está mal, nos equivocamos. Pero me parece que el otro significado identifica mejor el problema: “Accidente peligroso o casi mortal, en que el paciente pierde el sentido y la acción por largo tiempo”. Creo que la educación uruguaya estuvo en el paroxismo durante muchos años. Y si hoy podemos empezar a plantearnos estas cosas -la creación de la APACET, del INEE, del IUDE, del ITS, de nuevas escuelas y liceos de tiempo completo, y podríamos seguir nombrando programas-, es porque hemos salido del paroxismo. ¿Por qué lo hemos hecho? Porque hoy tenemos recursos y podemos definir sobre ellos, y el Frente Amplio ha decidido que esa salida no solo pase por lo que piensa el Frente Amplio. A las pruebas me remito: hemos firmado un acuerdo, estamos haciendo enormes esfuerzos por llevarlo adelante, y el 27 de noviembre vamos a intentar un nuevo acuerdo. Aquí se han hecho algunas afirmaciones y algunas preguntas bienintencionadas aunque, en realidad, los señores legisladores tienen las respuestas en sus propios despachos; aparentemente, para algunos de estos legisladores la lectura no es un hábito común. Hoy se ha dicho que las ceibalitas se utilizaban para jugar, pero invito a los legisladores a que consulten la versión taquigráfica de la Rendición de Cuentas referida al Consejo de Educación Inicial y Primaria, y revisen lo referido a la evaluación: el año pasado se realizaron 270.000 evaluaciones en línea de matemáticas, lectura y ciencias naturales. Allí vamos a ver que la ceibalita tiene una utilidad muy concreta en el sentido en que estamos trabajando este proyecto. ¡Vaya si deberemos avanzar en esto! Pero ya no solo estamos en Primaria, sino también en el Ciclo Básico. Además, 85.000 estudiantes de la educación pública y privada también realizaron una evaluación pública y privada, esto es, el 85% de los estudiantes de 1er. año y de 6° año; participaron 3.850 docentes. Se

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realizaron síntesis e informes porque en evaluación educativa no partimos de cero. Existe una Dirección de Investigación, Evaluación y Estadística muy competente que todos los años nos entrega un anuario estadístico, donde aparecen todos los datos del estado de la enseñanza. Sin embargo, concuerdo en que es positivo que se cree el INEE para tener una mirada alternativa a esta que es interna, pero que es muy competente; además, debemos señalar que esta División trabaja muy bien. También quería hacer un comentario sobre los criterios rectores. En realidad, el INEE no surge de la nada, sino que se creó a partir de la ley. Luego se le dieron los recursos -$ 16:000.000 para 2011- y se creó una Comisión de Implantación que realizó un informe que tengo aquí, estableciendo los criterios. Aclaro esto porque algo decía la ley. La norma hablaba de coherencia; de calidad en la formación y en el desarrollo profesional de los docentes; de adecuar los procesos educativos a cada nivel sociocultural, socioeconómico y a las condiciones edilicias -porque, como muy bien decía el señor Diputado Arregui, no es lo mismo determinadas condiciones económicas y sociales si les sumamos las condiciones edilicias-, y eficiencia en la Administración. Sin embargo, esta Comisión de Implantación -integrada por la Universidad de la República, la ANEP y el propio Ministerio de Educación y Cultura- agrega idoneidad, pertinencia, transparencia, rigor, coherencia, adaptación a la diversidad y confianza mutua. Estos son los criterios con los que se tiene que regir el Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Era todo lo que tenía para decir. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: quiero complementar parte de mi intervención. Debo dejar constancia que la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa es una construcción política presentada mucho antes que la Ley de Educación. En el Parlamento hay un proyecto de ley presentado por el Partido Nacional -muy anterior al

debate de la Ley de Educación- que apuntaba a la creación de un instituto de evaluación. Expreso esto solamente como constancia política. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: hace unos momentos conversábamos con la Mesa para dejar claro que el artículo único que vamos a votar -porque puede haber una diferencia de interpretación- comienza diciendo: “Sustitúyese el artículo 114 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, por el siguiente: […]”. Esa es la modificación y luego continúa el artículo 114, tal como viene de Comisión. Quería hacer esta aclaración para cuando llegue el momento de votar. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. En discusión el artículo único. SEÑOR ARREGUI.- Mociono para que se suprima la lectura. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y seis en cincuenta y siete: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo único. (Se vota) ——Cincuenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado.

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SEÑOR ARREGUI.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y cinco: AFIRMATIVA. (Texto del proyecto aprobado) “Artículo único.- Sustitúyese el artículo 114 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 114 (Dirección).- El Instituto será dirigido y administrado por una Comisión Directiva integrada por seis miembros: dos designados por el Ministerio de Educación y Cultura, uno de los cuales lo presidirá; dos designados por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de la Educación Pública, uno designado por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República y uno por la educación privada, inicial, primaria y media habilitada. Estos deberán ser designados entre personas que, por sus antecedentes personales, profesiona-

les y conocimientos en la materia, aseguren independencia de criterio, eficiencia, objetividad e imparcialidad en su desempeño. Durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, pudiendo ser designados por única vez por igual período, manteniéndose en los mismos hasta la designación de quienes deberán sucederlos”.

32.- Levantamiento de la sesión.
SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: mociono para que se levante la sesión. SEÑOR PRESIDENTE (Yanes).- Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta: AFIRMATIVA. Se levanta la sesión. (Es la hora 21 y 5)

DAISY TOURNÉ 1ra. VICEPRESIDENTA

Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora

Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor

Arq. Julio Míguez Supervisor del Cuerpo de Taquígrafos

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