Número 3756

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NÚMERO 3756

MONTEVIDEO, MARTES 6 DE DICIEMBRE DE 2011

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
60ª SESIÓN
PRESIDE EL SEÑOR REPRESENTANTE LUIS LACALLE POU (Presidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y EL PROSECRETARIO TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI
XLVII LEGISLATURA SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Martes 6 de diciembre de 2011

Texto de la citación

Montevideo, 1º de diciembre de 2011.

LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión ordinaria, el próximo martes 6, a la hora 16, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente – ORDEN DEL DÍA 1º.- Comisión Permanente del Poder Legislativo. (Elección de miembros para el Segundo Período de la XLVII Legislatura). (Artículo 127 de la Constitución). 2º.- Ex-Representante Nacional Hugo Cores. (Homenaje al cumplirse cinco años de su fallecimiento). (Exposición del señor Representante Carlos Coitiño por el término de quince minutos). 3º.- Campaña Antártica 2011/2012 – Operación ANTARKOS XXVIII. (Se autoriza la salida del país de la Plana Mayor, Tripulación, Medios y los Buques de la Armada Nacional ROU 04 “General Artigas”, ROU 26 “Vanguardia” y ROU 22 “Oyarvide”, a efectos de participar en la misma). (Carp.1212/011). (Informado). Rep. 718 y Anexo I 4º.- Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros. (Creación en régimen de fideicomiso). (Carp. 1163/011). (Informado). Rep. 692 y Anexo I 5º.- Julio César Dalmao Iglesias. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable). (Carp. 765/011). (Informado). Rep. 540 y Anexo I 6º.- Acuerdo Marco de Asociación Estratégica con la República del Perú. (Aprobación). (Carp. 540/010). (Informado). Rep. 451 y Anexo I 7º.- Acuerdo con la República de Chile sobre Nacionales Residentes en el Exterior. (Aprobación). (Carp. 1165/011). (Informado). Rep. 694 y Anexo I 8º.- Acuerdo de Inversiones suscrito con la República de Chile y sus Anexos. (Aprobación). (Carp. 952/011). (Informado). Rep. 623 y Anexo I 9º.- Prefectura Nacional Naval. (Se la autoriza a controlar la presencia de alcohol o drogas psicotrópicas en la tripulación de buques en jurisdicción nacional). (Carp. 831/011). (Informado). Rep. 574 y Anexo I 10.- Día del Bebé. (Se declara el primer viernes del mes de octubre de cada año). (Carp. 1112/011). (Informado). Rep. 677 y Anexo I JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ S e c r e t a r i o s

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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 5 2, 21.- Asuntos entrados ……………………………………………………………………………………………………………….. 5, 82 3, 22.- Proyectos presentados ……………………………………………………………………………………………………… 10, 83 4 y 6.- Exposiciones escritas ……………………………………………………………………………………………………….. 27, 28 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………… 28 MEDIA HORA PREVIA 7.- Recordación del maestro Julio Castro. — Exposición de la señora Representante Payssé ……………………………………………………………………….. 35 8.- Problemas del Área de Control Integrado en la frontera con Brasil. — Exposición del señor Representante Amarilla …………………………………………………………………………… 36 9.- Investigaciones por una publicación oficial en el diario la “La República”. — Exposición del señor Representante Cantero Piali ……………………………………………………………………. 36 10.- Solicitud de que se regule el sistema de tarjetas de crédito. — Exposición del señor Representante Vidalín …………………………………………………………………………….. 37 11.- Avances logrados en el departamento de Rocha. — Exposición del señor Representante Pereyra …………………………………………………………………………… 39 12.- Reconocimiento a los oftalmólogos cubanos del Hospital de Ojos “José Martí”. Reclamo del cese al bloqueo contra Cuba y de la liberación de cubanos presos en USA. — Exposición del señor Representante Groba ……………………………………………………………………………… 40 CUESTIONES DE ORDEN 13.- Aplazamiento …………………………………………………………………………………………………………………………….. 41 19, 28, 33.- Integración de la Cámara …………………………………………………………………………………… 50, 106, 220 15, 32.- Intermedio……………………………………………………………………………………………………………………… 44, 220 34.- Levantamiento de la sesión………………………………………………………………………………………………………. 221 19, 28, 33.- Licencias…………………………………………………………………………………………………………….. 50, 106, 33 17, 26.- Urgencias………………………………………………………………………………………………………………………. 47, 103 VARIAS 30.- Cuestión política planteada por el señor Representante Bayardi……………………………………………….. 217 ORDEN DEL DÍA 14.- Ex Representante Nacional Hugo Cores. (Homenaje al cumplirse cinco años de su fallecimiento). (Exposición del señor Representante Carlos Coitiño por el término de quince minutos). — Expresiones de varios señores Representantes ……………………………………………………………………….. 41 16.- Campaña Antártica 2011/2012 – Operación ANTARKOS XXVIII. (Se autoriza la salida del país de la Plana Mayor, Tripulación, Medios y los Buques de la Armada Nacional ROU 04 ‘General Artigas’, ROU 26 ‘Vanguardia’ y ROU 22 ‘Oyarvide’, a efectos de participar en la misma). Antecedentes: Rep. N° 718, de octubre de 2011, y An exo I, de noviembre de 2011. Carp. N° 1212 de 2011. Comisión de Defensa Nacional. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 44 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 47

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18.- Juan E. Pivel Devoto. (Designación al Liceo N° 2 de la ciudad de Paysandú). Antecedentes: Rep. N° 513, de marzo de 2011. Carp. N° 660 de 2011. Comisión de Educación y Cultura. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………… 47 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 47 20.- Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros. (Creación en régimen de fideicomiso). Antecedentes: Rep. N° 692, de octubre de 2011, y An exo I, de diciembre de 2011. Carp. N° 1163 de 2011. Comisión de Hacienda. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 65 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 70 23.- Julio César Dalmao Iglesias. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable). Antecedentes: Rep. N° 540, de mayo de 2011, y Anexo I, de agosto de 2011. Carp. N° 765 de 2011. Comisión de Seguridad Social. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 84 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 84 24.- Acuerdo Marco de Asociación Estratégica con la República del Perú. (Aprobación). Antecedentes: Rep. N° 451, de diciembre de 2010, y Anexo I, de julio de 2011. Carp. N° 540 de 2010. Comisión de Asuntos Internacionales. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 86 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 87 25.- Acuerdo con la República de Chile sobre Nacionales Residentes en el Exterior. (Aprobación). Antecedentes: Rep. N° 694, de octubre de 2011, y An exo I, de octubre de 2011. Carp. N° 1165 de 2011. Comisión de Asuntos Internacionales. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 97 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 97 27.- Inmuebles Padrones Nos. 858 y 17.813 de la Sexta Sección del Departamento de San José. (Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferirlos, a título gratuito, del dominio del Estado al del Instituto Nacional de Colonización)”. Antecedentes: Rep. N° 450, de diciembre de 2010, y Anexo I, de noviembre de 2011. Carp. N° 539 de 2010. Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. — Aprobación. Se comunicará al Senado ………………………………………………………………………………….. 103 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 105 29.- Acuerdo de Inversiones suscrito con la República de Chile y sus anexos. (Aprobación). Antecedentes: Rep. N° 623, de julio de 2011, y Anex o I, de octubre de 2011. Carp. N° 952 de 2011. Comisión de Asuntos Internacionales. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………. 107 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………… 214 31.- Prefectura Nacional Naval. (Se autoriza a controlar la presencia de alcohol o drogas psicotrópicas en la tripulación de buques en jurisdicción nacional). Antecedentes: Rep. N° 574, de mayo de 2011, y Anexo I, de noviembre de 2011. Carp. N° 831 de 2011. Comisión de Defensa Nacional. — Aprobación. Se comunicará al Senado ………………………………………………………………………………….. 217 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 217

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Nelson Alpuy, Alda Álvarez, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Amy, Daniel Aquino, Andrés Arocena, Alfredo Asti, Julio Balmelli, Julio Bango, Julio Battistoni, José Bayardi, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Daniel Bianchi, Samuel Bradford, Irene Caballero, Daniel Caggiani, Walter Campanella, Fitzgerald Cantero Piali, Rodolfo Caram, Felipe Carballo, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Dardo Casas, Gustavo Cersósimo, Pablo Centurión, Antonio Chiesa Bruno, Carlos Coitiño, Beatriz Cuadrado, Luis Da Roza, Hugo Dávila, Walter De León, Álvaro Delgado, Pablo Díaz, Martín Elgue, Gustavo A. Espinosa, Guillermo Facello, Julio Fernández, Martín Fernández, Antonio Gallichio, Jorge Gandini (2), Javier García, Mario García, Juan Manuel Garino Gruss, Aníbal Gloodtdofsky, Rodrigo Goñi Romero, Norma Griego, Óscar Groba, Diego Guadalupe, Jorge Guekdjian, Doreen Javier Ibarra, Luis Alberto Lacalle Pou, María Elena Laurnaga, Andrés Lima, Daniel López Villalba, José Carlos Mahía (3), Alma Mallo Calviño, Rubén Martínez Huelmo, Pablo Mazzoni, Martha Montaner, Gonzalo Mujica (1), Amín Niffouri, Gonzalo Novales, Nicolás Núñez, Raúl Olivera, Jorge Orrico, Miguel Otegui, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Guzmán Pedreira, Daniel Peña Fernández, Nicolás Pereira, Aníbal Pereyra, Susana Pereyra, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Esteban Pérez, Mario Perrachón, Ana Lía Piñeyrúa, Ricardo Planchón Geymonat, Iván Posada, Jorge Pozzi, Daniel Radío, Carlos Rodríguez, Edgardo Rodríguez, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Richard Sander, Pedro Saravia, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Carmelo Vidalín, Dionisio Vivián, Jorge Zás Fernández y Luis Ziminov. Con licencia: Pablo Abdala, Verónica Alonso, Roque Arregui, Marcelo Bistolfi, Gustavo Borsari Brenna, Graciela Cáceres, Alberto Casas, Carlos Gamou, Pablo Iturralde Viñas, Daniel Mañana, Felipe Michelini, Yerú Pardiñas, Alberto Perdomo Gamarra, Luis Puig, Berta Sanseverino, Víctor Semproni, Mario Silvera, Juan C. Souza, Daisy Tourné, Jaime Mario Trobo, Álvaro Vega Llanes, Walter Verri y Horacio Yanes. Observaciones: (1) A la hora 18:12 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Alda Álvarez. (2) A la hora 18:12 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Irene Caballero.

(3) A la hora 18:12 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Norma Griego.

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 124 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que ha promulgado las siguientes leyes: • • con fecha 15 de noviembre de 2011: Nº 18.836, por la que se aprueba el Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, suscrito en La Haya, el 5 de octubre de 1961. C/1056/011 Nº 18.837, por la que se aprueba la Decisión Nº 18/11 “Funcionamiento del Parlamento del MERCOSUR”, pronunciada por el Consejo del Mercado Común en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el día 28 de junio de 2011. C/1090/011 con fecha 22 de noviembre de 2011, Nº 18.838, por la que se adhiere a la declaración del día 29 de octubre de cada año como “Día Mundial de la Prevención del Ataque Cerebral”. C/1134/011 Archívense

DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA GENERAL La Presidencia de la Asamblea General destina a la Cámara de Representantes los siguientes proyectos de ley, remitidos con su correspondiente mensaje por el Poder Ejecutivo: • por el que se prorroga, por el término de doce meses, la transferencia de la Dirección Nacional de Meteorología del Ministerio de Defensa Nacional al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. C/1272/011 A la Comisión de Presupuestos • por el que se designa “Carlos Gaspar Lupano” la Plaza de Deportes de Tomás Gomensoro, departamento de Artigas. C/1273/011 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración • por el que se modifica el artículo 2º de la Ley Nº 15.852, de 24 de diciembre de 1986, relativo a las empresas contratistas del sector agropecuario. C/1274/011 A la Comisión de Seguridad Social

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por el que se introducen ajustes al sistema tributario. C/1275/011 DE LA CÁMARA DE SENADORES

La Cámara de Senadores remite los siguientes proyectos de ley, aprobados por dicho Cuerpo: • por el que se modifican disposiciones de la Ley Nº 14.005, de 17 de agosto de 1971, relativas a la donación y trasplante de células, órganos y tejidos. C/1276/011 aprobados en nueva forma: por el que se adopta el uso del bastón verde como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión. C/2990/008 A la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social • con declaratoria de urgente consideración, por el que se crea el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares y se establecen subsidios para la extensión y fomento de la eficiencia energética de los sistemas de alumbrado público departamentales. C/1148/011 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración

Buques de la Armada Nacional ROU 04 ”GENERAL ARTIGAS”, ROU 26 “VANGUARDIA” y ROU 22 “OYARVIDE”, a efectos de participar en la Campaña Antártica 2011-2012 – Operación ANTARKOS XXVIII, desde el 20 de noviembre de 2011 hasta el 31 de marzo de 2012, con escalas en los puertos de Ushuaia, República Argentina y Punta Arenas, República de Chile. C/1212/011 La Comisión de Asuntos Internacionales se expide sobre el proyecto de ley por el que se aprueba el Acuerdo de Promoción y Protección de Inversiones con el Gobierno de la República de la India, suscrito en Montevideo el 11 de febrero de 2008. C/1052/011 La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se transfieren a título gratuito del patrimonio del Estado al de la Intendencia de Soriano los inmuebles ubicados en la 1º Sección Catastral de dicho departamento, empadronados con los números 10.737, 10.738 y 2.548. C/782/011 por el que se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir, a título gratuito, del dominio del Estado al Instituto Nacional de Colonización, los inmuebles empadronados con los números 858 y 17.813, de la Sexta Sección del departamento de San José. C/539/010 por el que se designa “José Leandro Andrade”, la Plaza de Deportes Nº 1 del departamento de Salto. C/207/010 por el que se sustituye el artículo 4º de la Ley Nº 16.021, de 13 de abril de 1989, relativo a la interpretación del artículo 74 de la Constitución de la República. C/1188/011

• •

La citada Cámara comunica que, en sesión de 16 de noviembre de 2011, ha sancionado los siguientes proyectos de ley: • por el que se autoriza el aumento de la cuota de la República Oriental del Uruguay en el Fondo Monetario Internacional. C/1092/011 por el que se adhiere a la declaración del día 29 de octubre de cada año como Día Mundial de la Prevención del Ataque Cerebral. C/1134/011 Téngase presente INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Educación y Cultura se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se designa “República de Francia” la Escuela Rural Nº 5 del departamento de Canelones. C/1524/006 por el que se designa “Jorge Femenías Vigneau” la Escuela Técnica de la ciudad de La Paz, departamento de Canelones. C/429/010

La citada Comisión se expide sobre las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores al proyecto de ley por el que se deroga el artículo 102 de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, sobre el desarrollo de actividades de personas jurídicas titulares de empresas instaladas en zona franca. C/471/010 La Comisión de Hacienda se expide sobre el proyecto de ley por el que se crea el Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros, que funcionará en régimen de fideicomiso. C/1163/011 La Comisión Especial con Fines Legislativos Vinculados al Lavado de Activos y Crimen Organizado, se expide. C/1105/011 Se repartieron con fecha 29 de noviembre

a Comisión de Defensa Nacional se expide sobre el proyecto de ley por el que se autoriza la salida del país de la Plana Mayor, Tripulación, Medios y los

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La Comisión de Asuntos Internacionales se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se aprueba el Convenio con la República Portuguesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Estoril, el 30 de noviembre de 2009. C/271/010 por el que se aprueba el Convenio con la Confederación Suiza para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, firmado en la ciudad de Berna, el 18 de octubre de 2010. C/953/011 Se repartieron con fecha 2 de diciembre La Comisión de Asuntos Internacionales se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se aprueba el Convenio de Transporte por Agua con la República Argentina, suscrito en Montevideo el 14 de octubre de 1994. C/382/010 por el que se aprueba el Convenio con el Principado de Liechtenstein para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y Sobre el Patrimonio y su Protocolo, firmado en la ciudad de Berna el día 18 de octubre de 2010. C/729/011 por el que se aprueba el Convenio con la República del Ecuador para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y prevenir la evasión fiscal, firmado en la ciudad de Montevideo, el 26 de mayo de 2011. C/1088/011 Se repartirán

realizada por varios señores Ediles, sobre las actividades desarrolladas por los Voluntarios Unidos de Flores. C/11/010 realizada por una señora Edila, relacionada con la posibilidad de designar “Nidia de la Paz” la Escuela Nº 21 del citado departamento. C/11/010 A la Comisión de Educación y Cultura

La Junta Departamental de Paysandú remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, acerca de la situación de la denominada “clase media”. C/111/010 A la Comisión de Especial de Población y Desarrollo

La Junta Departamental de Artigas remite copia del texto de la exposición realizada por una señora Edila, sobre la distribución del Presupuesto Quinquenal del respectivo Gobierno Departamental con relación al Municipio de Bella Unión. C/72/010 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración

La Junta Departamental de Soriano remite los siguientes asuntos: • solicitud de audiencia con las Comisiones de Salud Pública y Asistencia Social y Especial sobre Adicciones, Consecuencias e Impacto en la Sociedad Uruguaya de la Cámara de Representantes. C/177/010 y C/78/010 A las Comisiones de Salud Pública y Asistencia Social y Especial sobre Adicciones, Consecuencias e Impacto en la Sociedad Uruguaya • nota relacionada con el tipo de lámparas utilizadas en vehículos automotores y la potencia de las mismas. C/178/010 A la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas

La Comisión de Legislación del Trabajo aconseja el archivo de los siguientes proyectos de ley: • por el que se modifican varios artículos de la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009, relativos a la abreviación de los juicios para el cobro de créditos laborales. C/330/010 por el que se deroga la Ley Nº 18.752, de 13 de setiembre de 2009, relativa a la abreviación de los procesos laborales. C/414/010 Si no se observa, así se procederá COMUNICACIONES GENERALES La Junta Departamental de Flores remite copia de las siguientes exposiciones:

La Junta Departamental de Canelones remite nota relacionada con la posibilidad de modificar las causales de jubilación por enfermedad. C/424/010 A la Comisión de Seguridad Social

La Junta Departamental de Maldonado remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, relacionada con las dificultades que aquejan a las diversas federaciones deportivas del país. C/112/010 A la Comisión Especial para el Deporte

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La Intendencia de Salto acusa recibo de la exposición escrita presentada por el señor Representante Fitzgerald Cantero Piali, sobre la celebración del Día del Periodista del Interior. C/19/010 A sus antecedentes COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Relaciones Exteriores contesta el pedido de informes del señor Representante Rodrigo Goñi Romero, sobre la información obrante en poder de dicha Secretaría de Estado relativa a riesgos que pudieran significar las centrales termonucleares instaladas en territorio de la República Argentina. C/661/011 El Ministerio de Defensa Nacional contesta los siguientes asuntos: • exposición realizada por el señor Representante José A. Amy, en sesión de 9 de marzo de 2011, por la que solicita la habilitación del Aeródromo “Ricardo de Tomasi” de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano. S/C pedido de informes del señor Representante José A. Amy, sobre la contratación de empresas dedicadas al rubro de encuestas o de mejora de la gestión institucional. C/1176/011

del señor Representante Miguel Otegui, sobre posibles irregularidades en el manejo de datos confidenciales de su cartera de clientes. C/1175/011 por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas: • del señor Representante Richard Sander, sobre el ingreso de funcionarios y el cargo asignado. C/962/011 • del señor Representante Gerardo Amarilla, referente al cumplimiento de la Ley Nº 16.095, de 26 de octubre de 1989, relativa al ingreso de personas discapacitadas a la administración pública. C/739/011

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente contesta los siguientes pedidos de informes: • del señor Representante Gerardo Amarilla, referente a diversos aspectos de funcionamiento y seguridad del aeropuerto de la ciudad de Rivera. C/1038/011 de los señores Representantes Gerardo Amarilla y Luis Alberto Lacalle Pou, relacionado con un informe sobre el impacto social y ambiental de un proyecto de extracción minera. C/1248/011

El Ministerio de Salud Pública contesta los siguientes pedidos de informes: • de la señora Representante Graciela Matiauda, relacionado con el funcionamiento de una policlínica del área metropolitana, ubicada en el departamento de Canelones. C/931/011 del señor Representante Luis Alberto Lacalle Pou, referente a las asignaciones presupuestales que se destinaban al Centro “Tiburcio Cachón” en el período inmediatamente anterior a su traspaso al Ministerio de Desarrollo Social. C/1046/011

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas contesta los siguientes asuntos: • pedido de informes de los señores Representantes Gustavo Cersósimo, Alberto Casas y Walter De León, sobre la viabilidad de la construcción de una doble vía en el tramo de la Ruta Nacional Nº 3 comprendido entre la Ruta Nacional Nº 1 y la ciudad de San José. C/1030/011 exposición escrita presentada por el señor Representante José Andrés Arocena, relacionada con el represamiento del arroyo Casupá. C/19/010

El Ministerio de Industria, Energía y Minería contesta los siguientes pedidos de informes, con información producida: • • por la Administración Nacional de Telecomunicaciones: del señor Representante Richard Sander: • acerca de los viajes realizados por directores y funcionarios durante el último año, discriminados por monto y agencia de viajes contratada. C/980/011 • referente a la nómina de empresas proveedoras de personal. C/983/011

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social contesta nuevamente el pedido de informes presentado por el señor Representante Luis Alberto Lacalle Pou, relacionado con las pensiones graciables otorgadas y las que se están efectivamente pagando a la fecha. C/721/011 El citado Ministerio contesta el pedido de informes del señor Representante Hugo Dávila, acerca de inspecciones realizadas en explotaciones rurales o mineras en el departamento de Artigas. C/1016/011 El Ministerio de Economía y Finanzas contesta la exposición realizada por el señor Representante Gon-

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zalo Novales, en sesión de 6 de abril de 2010, por la que plantea las posibles consecuencias que ocasionaría un cambio de tecnología para la televisión digital. S/C El Ministerio de Educación y Cultura contesta la exposición realizada por el señor Representante José Carlos Cardoso, en sesión de 10 de mayo de 2011, referente a planteos en materia de educación realizados por la Directora del Liceo Nº 6 “Francisco Bauzá”. S/C A sus antecedentes COMUNICACIONES REALIZADAS La Comisión de Educación y Cultura solicita se remita al Ministerio respectivo, a los efectos de lo dispuesto por el artículo 202 de la Constitución de la República, el texto de los siguientes proyectos de ley: • por el que se designa “Maestra María Catalina Hernández Gómez” la Escuela Nº 6 de Pueblo Belén, departamento de Salto. C/1253/011 por el que se designa “Maestro Daniel Alberto Fernández Cobelli” la Escuela Nº 331 del departamento de Montevideo. C/1254/011 Se cursaron con fecha 18 de noviembre PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Juan Manuel Garino solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, para su remisión al Consejo de Educación Secundaria, sobre un viaje de estudiantes de Bachillerato Artístico del Liceo Nº 4 de Montevideo a la ciudad de Piriápolis. C/1263/011 El señor Representante Germán Cardoso solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, relacionado con la compra de armamento y equipamiento técnico durante del años 2010 y 2011. C/1264/011 Se cursaron con fecha 23 de noviembre

rente a la contratación de una empresa para la realización de un estudio de integridad y vida residual de unidades de la Central Térmica José Batlle y Ordóñez. C/1266/011 Se cursó con fecha 29 de noviembre

El señor Representante Carmelo Vidalín solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, relacionado con la situación de los retirados policiales. C/1267/011 • Se cursaron con fecha 30 de noviembre a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, con destino al Instituto Nacional de Estadística, sobre las dificultades experimentadas en la realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas. C/1268/011

El señor Representante Gerardo Amarilla solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, relacionado con la producción y comercialización de cemento por parte del citado Ente. C/1269/011 al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social, acerca de la recaudación por aportes obreros y patronales vinculados a la construcción en los años 2009 a 2011. C/1270/011 Se cursaron con fecha 1º de diciembre

El señor Representante Gonzalo Novales solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y por su intermedio a la Dirección Nacional de Hidrografía, referente a la extracción de arena en el río San Salvador, departamento de Soriano. C/1271/011 Se cursó con fecha 5 de diciembre

El señor Representante Richard Sander solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, sobre los planes de viviendas previstos para varias localidades del departamento de Rivera. C/1285/011 al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de Seguros del Estado, relacionado con el monto anual de recaudación por concepto de Seguro Obligatorio de Automotores. C/1286/011 Se cursan con fecha de hoy

El señor Representante Luis Alberto Lacalle Pou solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública, acerca de las operaciones de ligadura de trompas practicadas en servicios dependientes de la referida Secretaría de Estado. C/1265/011 Se cursó con fecha 28 de noviembre •

El señor Representante Jorge Gandini solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, refe-

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PROYECTOS PRESENTADOS El señor Representante Ricardo Planchón presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que designa “Rodolfo Nater Stutz” la Escuela Nº 109 del departamento de Colonia. C/1277/011 El señor Representante Pablo Mazzoni presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de minuta de comunicación por el que se solicita al Ministerio de Educación y Cultura la instalación de una estación retransmisora de Televisión Nacional en la localidad de José Batlle y Ordóñez, departamento de Lavalleja. C/1278/011 Los señores Representantes Dionisio Vivian y Sebastián Sabini presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa “Marta Elena Vivas Borbonet” el Jardín de Infantes Nº 203 de la ciudad de La Paz, departamento de Canelones. C/1287/011 A la Comisión de Educación y Cultura

violencia y tortura para obtener la muerte de los animales domésticos. C/1283/011 El señor Representante Luis Alberto Lacalle Pou presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley constitucional por el que se modifican los artículos 93 y 114 de la Constitución de la República, relativos a los fueros de los señores Legisladores. C/1284/011 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración

La Mesa da cuenta que, con fecha 17 de noviembre de 2011, y a solicitud de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, se extrae del archivo el proyecto de ley por el que se regula la responsabilidad decenal emergente del contrato de construcción, pasando a estudio de la misma. C/983/996”.

3.- Proyectos Presentados.
A) “RODOLFO NATER STUTZ. (Designación a la Escuela Nº 109 del departamento de Colonia). PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase a la Escuela Pública Nº 109, dependiente del Consejo Nacional de Educación Inicial y Primaria, de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), situada en el paraje denominado “Costas de Polonia” del departamento de Colonia, con el nombre del filántropo “Rodolfo Nater Stutz”. Montevideo, 16 de noviembre de 2011. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Un grupo de ex alumnos y de vecinos de la Escuela Pública Nº 109, del paraje “Costas de Polonia” del departamento de Colonia, nos ha planteado el deseo del grupo humano, a los efectos de que la misma sea designada con el nombre del prestigioso ciudadano y filántropo “Rodolfo Nater Stutz”, a los efectos de rendir un merecido homenaje a quien contribuyera en forma altruista a la fundación y sustento de la misma, en su primera época. Cuando se fundó la Escuela Nº 109 en el año 1919 funcionaba en el establecimiento llamado “Mi Refugio”, propiedad de don Rodolfo Nater Stutz. Dicha escuela estuvo habilitada con el número 71 hasta el año 1936, aconteciendo que en ese año fue cerrada transitoriamente, retomando las

Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se regula el Sistema de Tarjeta de Crédito. C/1279/011 El señor Representante José Carlos Cardoso presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por que se deroga el artículo 542 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, relativo al adicional del Fondo de Solidaridad. C/1280/011 A la Comisión de Hacienda

El señor Representante Aníbal Gloodtdofsky presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se prohíbe a las dependencias del Estado brindar auspicio, patrocinio o apoyo de cualquier naturaleza a espectáculos que tengan como participantes animales equinos. C/1281/011 A la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca

El señor Representante Carmelo Vidalín presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se otorga una licencia especial con goce de sueldo por el lapso de doce meses, a las funcionarias públicas cuyos hijos nacieren con malformaciones o enfermedades congénitas. C/1282/011 A la Comisión de Presupuestos

El señor Representante Ricardo Planchón presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se tipifica el delito de

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clases en el año 1937 y funcionando sin número que la identificara hasta el año 1942. En todos esos años, contó con todo el apoyo económico y filantrópico de la familia Nater y de los padres de alumnos de la época, quienes se hicieron cargo del sueldo del maestro de la escuela y demás gastos de funcionamiento que ocasionaba la misma. En ese mismo año 1942, pasa a depender del Consejo de Educación Primaria y Normal, y se le adjudica el número 109 que actualmente la identifica. Como hecho relevante debemos manifestar que la señora Luisa Stutz de Nater, madre de don Rodolfo Nater Stutz, dona un terreno, propiedad de la familia, para la construcción de un nuevo edificio escolar. En el año 1983 se inaugura el nuevo edificio de la actual Escuela Nº 109, donde hoy funciona la misma. Debemos manifestar que la familia del señor Nater Stutz siempre apoyó en forma económica y moral, como filántropo, el mantenimiento de la Escuela Pública Nº 109 a quienes muchos conocen como la “Escuela de Nater”. Y es por ello que es nuestra intención que se designe a la Escuela Nº 109 con el nombre de “Rodolfo Nater Stutz” en homenaje a la memoria de quien junto con su familia tuvo tanto que ver con la fundación de la Escuela actual Nº 109 del Consejo de Educación Inicial y Primaria. Por ello solicitamos un trámite preferente en la consideración del actual proyecto de ley. Montevideo, 16 de noviembre de 2011. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia”. B) “ESTACIÓN RETRANSMISORA DE TELEVISIÓN NACIONAL. (Se solicita al Ministerio de Educación y Cultura la instalación en la localidad de José Batlle y Ordóñez, departamento de Lavalleja). MINUTA DE COMUNICACIÓN El abajo firmante propone a la Cámara de Representantes se curse al Ministerio de Educación y Cultura una minuta de comunicación solicitando la instalación de una retransmisora de la señal Televisión Nacional, en consideración de los siguientes argumentos expuestos. Montevideo, 17 de noviembre de 2011. PABLO MAZZONI, Representante por Lavalleja. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En nuestro carácter de Representante Nacional electo por la ciudadanía del departamento de Lavalle-

ja, y siendo receptivo a los distintos planteamientos que nos acerca la población del departamento, es que nos vamos a referir a la inquietud de la población de José Batlle y Ordoñez, ciudad situada al norte de nuestro departamento que cuenta (según el Censo Nacional 2004) con unos 2.700 habitantes. Dicho centro poblado se ubica sobre las rutas 14 y 7, vecino contiguo del poblado Nico Pérez del departamento de Florida. Es así que la televisión cumple un rol de entretenimiento y fundamentalmente de información y desarrollo, a la que sólo es posible acceder con el servicio del cable, dejando a la población de menos recursos sin la posibilidad de ver ningún canal, ni siquiera Televisión Nacional. Siendo este canal mencionado un difusor de lo nuestro, de la cultura nacional y de nuestros valores, es que solicitamos que se vea la posibilidad de instalar una retransmisora de la señal en dicha localidad. Destaco que actualmente aquellos que no son socios de las empresas privadas no reciben ningún canal por ahí. Es de destacar que esta retransmisora solicitada beneficiará también a los habitantes de Nico Pérez, unos 3.000 habitantes. Sin otra consideración, saluda a usted atentamente. Montevideo, 17 de noviembre de 2011. PABLO MAZZONI, Representante por Lavalleja”. C) “MARTA ELENA VIVAS BORBONET. (Designación al Jardín de Infantes Nº 203 de la ciudad de la Paz, departamento de Canelones). PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnese “Marta Elena Vivas Borbonet” al Jardín de Infantes Nº 203 de La Paz, Canelones, dependiente de la Administración Nacional de Educación Pública. Montevideo, 6 de diciembre de 2011. SEBASTIÁN SABINI, Representante por Canelones, DIONISIO VIVIÁN, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Marta Elena Vivas Borbonet nace el 23 de mayo de 1947, siendo la primera hija de una familia numerosa.

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Creció en un ambiente en que se valoraba la actividad docente, como preparación para la vida, como actividad que retribuía con satisfacciones y como opción de inserción en el mercado laboral. Cursó primaria en la Escuela Nº 101, de 2º grado, José Pedro Varela y secundaria en el liceo de Canelones. Al finalizar y, sin ningún titubeo ni dudas porque su vocación estaba absolutamente definida, ingresa a los Institutos Normales Joaquín R. Sánchez y María Stagnero de Munar en Montevideo para estudiar magisterio. Egresó en 1968 con el título de maestra de primer grado, Plan 55; en el año 1972 obtiene por concurso la efectividad en el cargo y luego como maestra de educación preescolar hasta el año 1975. Siguió su formación accediendo al cargo de maestra directora desde el año 1976 hasta 1994 y posteriormente al de Inspectora ocupando dicho cargo desde el año 1995 hasta su jubilación en el año 1999. Desde 1993 se desempeña como profesora en el lFD “Comenio”, como profesora de didáctica, orientación del aprendizaje y expresión por la plástica (1996). Toda su actividad docente estuvo signada por la excelencia de su trabajo en la educación preescolar exigiéndose el máximo y repartiendo el tiempo con su familia y actividades sociales. Siempre tuvo el profundo convencimiento de que educar para el futuro en una época de cambios vertiginosos, era hacerla cada día, desde los primeros años de la infancia, en derechos humanos, educación artística, científica, recreativa deportiva, para la salud, en educación sexual, para el cuidado del ambiente, para la preparación para la lectoescritura y matemática, para la libertad, para el espíritu de tolerancia y hermandad, para la amistad y el amor entre los seres humanos, para la paz y el espíritu democrático. Creyó como Vaz Ferreira, que cada elemento que se diera a los niños para su manejo, aunque estuviera en parte más allá de sus capacidades de comprensión en el momento, garantizaban ese aporte fermental que lo enriquecería con el tiempo. Entre sus obras principales citamos, como una de sus más queridas, al jardín de infantes de Barros Blancos, funcionaba en un club de la zona; Marta estuvo desde la gestión de compra del terreno hasta la supervisión de la construcción del edificio nuevo, la colocación de la piedra fundamental. Participó en numerosos cursos para el mejoramiento constante de su profesión, reflejando en el

crecimiento de su prestigio y en el quehacer diario con los alumnos, maestros, directores, colaboradores y familiares. Su labor se destacó en el Jardín Infantes Granja Nº 203 de la ciudad de La Paz donde la importancia de la relación ambiente-niño cristalizó en un proyecto de trabajo. La primera innovación fue la introducción de la informática en el área de preescolares. Ya entre los años 1990 y 1993 Marta Elena Vivas Borbonet en el jardín de infantes de La Paz como Directora y apoyada por sus compañeras inició una experiencia sin precedentes en la educación formal pública: Introdujo a sus alumnos al mundo de la informática, éste fue un paso formidable en la educación preescolar, impensable en esa época en educación pública. Su trascendencia solo hoy se puede medir. En el mismo jardín al que se pretende dar nombre puso en marcha el trabajo en talleres que después fue extendido a otras zonas siendo inspectora. Consistían en la creación de áreas de trabajo debidamente equipadas y delimitadas, elegidas libremente en el marco de la organización escolar, los mismos podían realizar las actividades deseadas acompañados por sus docentes. Así van rotando en los trabajos de ciencias, expresión por la plástica (con técnicas a elección), expresión corporal o musical, trabajo en la huerta o con animales, área de biblioteca, de recreación, de lengua, de desarrollo de capacidad lógica y de matemática, etcétera. Sobre este tema Marta Elena escribió, registrado en la biblioteca nacional, un trabajo reconocido y utilizado por maestros especializados. También lo difundió en charlas multiplicando una experiencia que fue exitosa. En su faceta social trabajó con padres y familiares integrándolos, comprometiéndolos y vinculándolos a la labor de la escuela pública. Protegió a mujeres maltratadas, orientándolas en los trámites a seguir. Su labor en educación se completó integrando la comisión de apoyo formada por padres del liceo departamental, la comisión de apoyo a la Biblioteca “Gabriela Mistral”, participó de la Comisión de Amigos del lFD “Comenio”, y la Comisión de Maestros Jubilados de la ciudad de Canelones. Por lo expuesto anteriormente entendemos oportuno designar a este jardín de infantes con su nombre. Montevideo, 6 de diciembre de 2011. SEBASTIÁN SABINI, Representante por Canelones, DIONISIO VIVIÁN, Representante por Canelones”.

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D)

“SISTEMA DE TARJETA DE CRÉDITO. (Regulación). PROYECTO DE LEY CAPÍTULO I DEL SISTEMA DE TARJETA DE CRÉDITO

zar las operaciones que dichos instrumentos permitan en virtud de las pautas del sistema. D) Adicional o beneficiario: Es aquel sujeto de derecho que utiliza la tarjeta de crédito con cargo a su titular, autorizado por éste y previo consentimiento del emisor. CAPÍTULO II DEL VÍNCULO ENTRE EL EMISOR Y EL PROVEEDOR O COMERCIO ADHERIDO Artículo 3º.- Todo contrato a ser suscrito entre el emisor de tarjeta de crédito y el proveedor o comercio adherido al sistema, deberá contar con la aprobación de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia. Asimismo, toda persona física o jurídica, que realice operaciones de financiamiento de operaciones comerciales con bienes o servicios realizados por terceros, en forma habitual y profesional a través del uso de tarjetas de crédito o similares, deberá contar con la autorización del Banco Central del Uruguay quien llevará un registro de las mismas. Artículo 4º.- A tales efectos dichos contratos deberán contener: A) Plazo de vigencia. B) Comisiones determinadas por tipo y monto, así como intereses y cargos administrativos. C) Plazos y pautas para la presentación de las liquidaciones. D) Todas las obligaciones que se encuentren en concordancia con las disposiciones establecidas en la legislación vigente y en particular en 1 la Ley Nº 18.159, de 20 de julio de 2007 , y en 2 la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000 , como forma de prevalecer el interés general. Artículo 5º.- Carecerá de efecto toda cláusula que impida al proveedor realizar promociones bajo la forma de pago contado o efectivo, cuando éstas resulten más beneficiosas para el consumidor final. Se entiende por promoción, toda vez que el proveedor por un tiempo determinado o coincidente con algún evento, ofrece sus servicios a un precio menor que el establecido en forma habitual en el precio de lista. Toda promoción deberá contar con la aprobación de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia y el Área Defensa del Consumidor a todos los efectos.
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Artículo 1º.- Se denomina sistema de tarjeta de crédito al que tiene por finalidad a través de la tarjeta de crédito, siendo éste todo instrumento magnético, electrónico o similar, posibilitar la adquisición de bienes o servicios, así como la obtención de adelantos de dinero en efectivo o préstamos dentro de un sistema de empresas y comercios adheridos al mismo. Se entenderá por tarjeta de débito todo instrumento magnético, electrónico o similar que permita al usuario realizar consumos o realizar retiros de dinero en efectivo con cargo automático a los haberes de su cuenta bancaria. Artículo 2º.- El sistema de tarjeta de crédito está integrado por los siguientes sujetos: A) Entidad emisora: Entidad financiera, comercial o bancaria que emite tarjetas de crédito, o cualquier otra tarjeta de financiamiento que posibilite tanto la adquisición de bienes o servicios así como el retiro de dinero en efectivo bajo la modalidad de adelanto o préstamo, sean éstas nacionales o internacionales, debidamente autorizadas por el Banco Central del Uruguay. También lo serán aquellas entidades que sin realizar la emisión de dichos instrumentos, contacten a los proveedores o comercios adheridos al sistema y que se relacionen contractualmente con el emisor para el desarrollo del mismo. B) Proveedor o comercio adherido: Son aquellos comerciantes o empresas que hayan adherido al sistema a través de un contrato con el emisor y que estarán debidamente autorizados para procesar los consumos directos del usuario, proporcionando los bienes, obras o servicios que les sean requeridos por éste, aceptando los instrumentos de pago que les sean presentados bajo las condiciones que establezca el sistema. C) Usuario o tarjetahabiente: Se entiende por tal a todo sujeto de derecho que previo contrato con el emisor se encuentre habilitado para el uso de un crédito, línea de crédito, cargo o débito a través de tarjetas de crédito o débito para reali-

Ley de Promoción y Defensa de la Competencia. Ley que regula las relaciones de consumo.

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Asimismo el emisor no podrá modificar unilateralmente el contrato sin previo consentimiento expreso del proveedor. Artículo 6º.- Quedan prohibidas las prácticas gremiales o corporativas que puedan afectar el libre relacionamiento entre proveedores y emisores y que tengan por objetivo la negativa a la venta o la imposición de todo tipo de condiciones comerciales que deban ser establecidas en la relación comercial. Artículo 7º.- En ningún caso los emisores de tarjetas de crédito, podrán establecer diferencias de aranceles por concepto de comisiones y otros cargos entre los comercios y proveedores por las liquidaciones presentadas superiores al 2% (dos por ciento). Dicha diferencia se apreciará respecto del comerciante o proveedor que haya acordado el arancel más bajo, no importando para ello el sector de mercado que se trate. Asimismo, no podrán establecerse aranceles diferenciados en un mismo sector de actividad. El arancel por concepto de comisiones en el caso de las tarjetas de débito no podrá superar el 1% (uno por ciento) de las liquidaciones presentadas. Artículo 8º.- El emisor deberá proporcionar al proveedor o comercio adherido todos los elementos que permitan realizar la transacción en un marco de seguridad y confianza como ser: A) Materiales e instrumentos identificatorios, así como publicaciones informativas sobre los usuarios del sistema. B) Cancelaciones de tarjetas por robo, sustracción, fuga de información electrónica, clonación voluntaria o por resolución del emisor. C) El detalle de los procedimientos en casos de robos, sustracciones o irregularidades. D) Formación técnica específica para aquellos casos en que se requiera. Artículo 9º.- El proveedor que deba controlar la identidad del usuario, lo hará teniendo en cuenta la diligencia media. Solo será responsable en aquellos casos en que la firma del usuario resulte visiblemente falsificada. En los casos de operaciones con tarjetas de crédito provenientes del exterior, éstas serán válidas en la medida que cuenten con la autorización del emisor, eximiendo en estos casos, de toda responsabilidad al proveedor. Artículo 10.- Una vez solicitada la autorización y otorgada la misma el emisor será responsable frente al proveedor de cualquier incumplimiento por parte del usuario. Asimismo los casos de robo, clonación o

fuga de información electrónica serán responsabilidad del emisor siempre que la autorización haya sido debidamente solicitada y otorgada. El emisor deberá informar de inmediato toda vez que tenga conocimiento de la comisión de algún ilícito o hecho irregular que pueda poner en peligro la transacción. Artículo 11.- El emisor no podrá realizar acuerdos comerciales promocionales que excluyan a determinados proveedores en un mismo sector de actividad o resulten perjudiciales para la libre competencia entre los comercios adheridos al sistema. A tales efectos dichos acuerdos deberán contar con el aval previo de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia. Artículo 12.- El emisor realizará el pago al proveedor luego de presentadas las liquidaciones respectivas, dentro de un plazo razonable en relación a las condiciones que hayan sido pactadas. Artículo 13.- El proveedor se obliga a: A) Aceptar las tarjetas que se encuentren en adecuación a la presente ley y que estén debidamente autorizadas solicitando la autorización respectiva. B) Verificar la identidad de acuerdo a lo establecido en los contratos y con la diligencia media del buen hombre de negocios. Artículo 14.- El emisor instrumentará medios electrónicos de consulta para los proveedores y pondrá al alcance de éstos todos los medios posibles para que los mismos puedan utilizar el sistema desde el lugar donde se encuentre su establecimiento y de la forma más segura y eficaz posible. Artículo 15.- A tales efectos las transacciones deberán cursarse por medios electrónicos del tipo terminales POS o similares homologadas para tal fin por el organismo que designe la reglamentación. Los emisores deberán asegurar la libre elección por parte de los comercios adheridos del proveedor de las terminales POS homologadas así como también asegurar la libre interconexión entre las distintas redes de POS, no pudiendo el emisor realizar acuerdos comerciales con redes de POS que excluyan a determinadas redes de POS, de acuerdo a la normativa vigente en materia de competencia, Ley Nº 18.159, de 20 de julio de 2007, siempre que las mismas se encuentren homologadas por las autoridades correspondientes.

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La reglamentación asimismo instrumentará el número necesario de comercios adheridos con los que deberá contar cualquier red para poder operar. Artículo 16.- El proveedor tendrá acción ejecutiva respecto del emisor y de acuerdo a lo establecido en el artículo 353 del Código General del Proceso, siempre y cuando acredite: A) La solicitud de reconocimiento judicial de firma del contrato. B) Copia de la liquidación presentada al emisor con la debida constancia de recepción. C) Las constancias de todas las operaciones que dan origen al saldo líquido y exigible reclamado. Artículo 17.- En el caso de las situaciones reguladas por el artículo 16 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, y cuando el pago se haya realizado mediante tarjeta de crédito, ante la comunicación del usuario al emisor, éste no abonará el importe al proveedor. En caso de haberlo efectuado no podrá debitarlo del usuario. CAPÍTULO III DE LA RELACIÓN ENTRE EL EMISOR Y EL USUARIO Artículo 18.- El contrato de tarjeta de crédito, débito o similares deberá regirse por lo previsto en la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, deberá contener como mínimo las siguientes previsiones: Serán realizados en idioma español. A) Además, los contratos deberán estar redactados en forma legible. B) Los caracteres tipográficos utilizados en los contratos de adhesión no podrán ser en ningún caso inferiores a 10 (diez) puntos de tamaño. Artículo 19.- El contrato deberá redactarse en ejemplares de igual tenor para los sujetos que sean parte del contrato. El contrato se perfeccionará cuando la aceptación del consumidor llegue al ámbito del emisor. El envío de tarjetas de crédito u otros productos comerciales o financieros no solicitados se regirá por lo dispuesto por el literal D del artículo 22 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000. Artículo 20.- Son consideradas cláusulas abusivas entre otras, las enumeradas en el artículo 31 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, y las siguientes entre otras: A) Las adhesiones tácitas a anexos del sistema de Tarjetas de Crédito.

B) Las que impongan al usuario la contratación de seguros o servicios no requeridos por éste, salvo el seguro que garantiza el cobro del crédito en caso de fallecimiento y en tal caso el emisor solo podrá accionar contra el asegurador. La reglamentación determinará los montos a percibir por dichos seguros. C) La que impida que el usuario pueda desvincularse unilateralmente y sin responsabilidad, una vez operada la renovación automática del contrato. D) La que habilite al emisor a convertir la moneda de la deuda original de pesos uruguayos a dólares americanos o viceversa, unilateralmente. E) La que prevea la suscripción de títulos valores incompletos al usuario. La inclusión de cláusulas abusivas, no vinculan al usuario y se tendrán por no puestas. Artículo 21.- El emisor deberá informar al usuario de todas las condiciones de la contratación entre otros: A) La responsabilidad de las partes en caso de robo, extravío o falsificación de la tarjeta y la forma en que el usuario deberá efectuar el procedimiento de denuncia de estos hechos, de acuerdo a lo establecido en los contratos. B) Las tasas de interés compensatorio y de mora vigentes. C) Los cargos, gastos, comisiones, tarifas, seguros, multas, tributos y otros importes aplicables, indicando concepto, monto, periodicidad de cobro y el carácter obligatorio u optativo de cada uno. D) El límite de crédito. En caso que alguno de los procedimientos pudiera cambiar, se deberán indicar las condiciones para su modificación y el medio y el plazo que se utilizará para el aviso previo al cliente. Artículo 22.- Se deberá remitir a los usuarios un estado de cuenta en el que figure, como mínimo: A) Identificación del titular y número de cuenta. B) Fecha, descripción e importe de cada débito y crédito. C) Saldo inicial y final de la cuenta en el período informado.

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D) Tasas de interés efectivas anuales aplicadas, indicando el período de vigencia respectivo. Se brindará la posibilidad, sin costo para el cliente, de sustituir el estado de cuenta impreso por el envío de un aviso indicando la dirección electrónica donde obtener el estado de cuenta y la posibilidad de retirarlo en las oficinas del emisor quien deberá enviar el estado de cuenta de cada usuario en un plazo máximo de siete días contados a partir de la fecha de cierre del período a que esté referido. Artículo 23.- Son obligaciones del emisor entre otras: A) Informar por escrito al usuario del instrumento electrónico, previo a la celebración del contrato, de sus obligaciones y responsabilidades en el uso del sistema. B) Revelar el número de identificación personal u otra clave únicamente al usuario. C) Proporcionar al usuario elementos que le permitan comprobar las operaciones realizadas, de los cuales al menos uno deberá ser sin costo para los clientes. D) Proporcionar al usuario elementos que le permitan identificar claramente el motivo de una operación no aceptada, salvo en los casos en que se deban respetar requisitos de confidencialidad establecidos legalmente. E) Informar al usuario sobre los principales riesgos a que está expuesto al utilizar el instrumento electrónico y proporcionarle recomendaciones sobre cómo debe protegerse para mitigar los mismos. F) Informar el procedimiento que deberá seguir el cliente para efectuar la notificación de robo o extravío del instrumento. G) Garantizar la existencia de medios adecuados para realizarla y acreditar que dicha notificación ha sido efectuada. A estos efectos, el emisor (o la entidad por él indicada) proporcionará al usuario un número que identifique su denuncia y señalará la fecha y hora de la misma. Los medios para efectuar la notificación deberán operar todos los días del año, durante las veinticuatro horas. H) Demostrar, en caso de un reclamo del usuario en relación con alguna transacción efectuada, y sin perjuicio de cualquier prueba en contrario que el usuario pueda producir, que la transacción ha sido efectuada de acuerdo con los pro-

cedimientos acordados con el cliente y no se ha visto afectada por un fallo técnico o por cualquier otra anomalía. I) Establecer medidas que permitan garantizar razonablemente la seguridad del sistema en que opera el instrumento, que incluyan metodologías de autenticación asociadas a los riegos de los distintos tipos de transacciones y niveles de acceso para asegurar que las operaciones realizadas en el mismo sean las efectuadas por las personas autorizadas. Asimismo, dicho sistema deberá permitir resguardar fechas y horas de las operaciones, contenidos de los mensajes, identificación de operadores, emisores y receptores, cuentas y montos involucrados, terminales desde las cuales se operó, entre otros. J) Velar por el correcto funcionamiento del sistema, y la prestación continua del servicio, en circunstancias normales. K) Anular del sistema a los instrumentos electrónicos el día en que pierdan validez (por vencimiento o por decisión de las partes conforme a los términos del contrato). L) Determinar los medios y formas por los cuales la institución se podrá comunicar con el cliente, indicándole, de ser el caso, que la institución nunca le solicitará que revele sus claves de identificación personal bajo ninguna circunstancia ni por ningún medio. LL) Custodiar y guardar reserva de los datos del usuario de acuerdo a los principios de legalidad, veracidad, finalidad, previo consentimiento del informado, seguridad, reserva y responsabilidad consagrados por la Ley Nº 18.331, de 11 3 de agosto de 2008 . Si el usuario no recibiera el estado de cuenta y optó por el pago de su envío, no se configura la mora del deudor, pudiendo abonar el monto adeudado de acuerdo al resumen mensual sin sanción alguna. Artículo 24.- El emisor será responsable frente al usuario de un instrumento electrónico entre otras, de las siguientes circunstancias: A) Las operaciones efectuadas desde el momento en que recibe la notificación del cliente del robo, extravío o falsificación del instrumento electrónico, o de su clave personal. El emisor no será responsable si prueba que las operacio3

Ley de protección de hábeas data.

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nes realizadas luego de la notificación fueron realizadas por el usuario o los autorizados por éste. B) Todos los importes imputados en la cuenta del cliente por encima del límite autorizado, con independencia del momento en que éste realice la notificación del robo, extravío o falsificación. C) El emisor no será responsable si prueba que estas operaciones por encima del límite autorizado fueron realizadas por el usuario o los autorizados por éste. D) Todos los importes imputados en la cuenta del cliente que se originen por el mal funcionamiento del sistema o por fallas en su seguridad, y no sean atribuibles a incumplimientos de las obligaciones del usuario. Artículo 25.- Serán válidos todos los mecanismos legales que sirvan a efectos de documentar la obligación del usuario. A tales efectos la firma electrónica al amparo de la Ley Nº 18.600, de 21 de setiembre de 4 2009 , así como el código de identificación personal serán medios idóneos a efectos de constituir la obligación de pago del usuario frente al proveedor. Son obligaciones del usuario del instrumento electrónico entre otras: A) Utilizarlo de acuerdo con las condiciones del contrato. B) Modificar y actualizar el código de identificación personal (“password”, “PIN”) u otra forma de autenticación asignada por el emisor, siguiendo las recomendaciones otorgadas por éste. C) No divulgar el código de identificación personal u otro código, ni escribirlo en el instrumento electrónico o en un papel que se guarde con él. Además, deberá tomar las medidas adecuadas para garantizar su seguridad. D) Guardar el instrumento electrónico en un lugar seguro y verificar periódicamente su existencia. E) Destruir los instrumentos electrónicos vencidos o devolverlos al emisor. F) No digitar el código de identificación personal en presencia de otras personas, aun cuando pretendan ayudarlo, ni facilitar el instrumento electrónico a terceros, ya que el mismo es de uso personal.

G) Informar al emisor, inmediatamente al detectarlo, sobre: • El robo o extravío del instrumento electrónico. • Aquellas operaciones que no se hayan efectuado correctamente. • El registro en su cuenta de operaciones no efectuadas. • Fallos o anomalías detectadas en el uso del servicio (retención de tarjetas, diferencias entre el dinero dispensado o depositado y lo registrado en el comprobante, no emisión de comprobantes, etcétera). H) No utilizar los dispositivos del sistema cuando se encuentren mensajes o situaciones de operación anormales. I) No responder a intentos de comunicación por medios y formas no acordados con el emisor. CAPÍTULO IV DEL PAGO Y LOS INTERESES Artículo 26.- El monto del pago mínimo deberá cubrir, al menos: A) La totalidad de los intereses devengados hasta la fecha prevista para efectuar dicho pago mínimo. B) La totalidad de los cargos por uso y mantenimiento de la tarjeta imputados en el estado de cuenta de ese mes. C) Un porcentaje prefijado, acordado con el usuario, del capital adeudado (saldo anterior más compras del mes), de forma tal que realizando únicamente los pagos mínimos la deuda se cancele en un período razonable. Artículo 27.- En la información a proporcionar mensualmente a los usuarios el emisor deberá informar: A) La fecha de cierre o período que comprende la información y la fecha de vencimiento del pago. B) El monto del crédito autorizado y el límite disponible con indicación de la moneda que corresponda y la cantidad de cuotas. C) La fecha, descripción e importe de cada una de las operaciones efectuadas. D) Las tasas de interés (compensatorio y de mora) aplicadas en el período.

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Ley de firma electrónica.

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E) Todo otro cargo pactado por cualquier concepto, con indicación de su carácter de obligatorio u optativo, siempre que el cliente estuviera debidamente informado del monto del mismo. F) Los tributos que hubiere. G) Un cuadro en el que aparezcan, con la misma relevancia: i) El monto del Pago Contado (aquel que cancela la totalidad de la deuda). ii) El monto del Pago Mínimo. iii) El monto de intereses (intereses que se devengaren a la fecha de vencimiento del estado de cuenta, en caso que no se efectúe ningún pago). iv) El monto del impuesto al valor agregado sobre los intereses. v) El monto del Pago a Crédito (monto que adeudará el tarjetahabiente a la fecha de vencimiento del estado de cuenta, en caso que no se efectúe ningún pago), que equivale a la suma de los apartados i), iii) y iv). H) Formas de pago. I) Indicación del monto y fecha del último pago realizado en caso de saldos pendientes. J) La tasa de interés compensatorio que corresponda a cada alternativa de financiación. K) La tasa de interés compensatorio y de mora que rigen para el período de facturación siguiente al de las compras informadas en el estado de cuenta. L) Una nota aclaratoria, con un vínculo desde el cuadro donde se indica el pago mínimo, advirtiendo que realizar únicamente los pagos mínimos aumentará significativamente el tiempo que llevará pagar la deuda, además de costar más. M) La fecha del próximo vencimiento del estado de cuenta. N) Una constancia, en el estado de cuenta del mes anterior a que se proceda al llenado del título valor incompleto señalando la fecha en que será completado en caso que el usuario no cancele el saldo adeudado o no acuerde una forma de pago antes de esa fecha. Ñ) Las tasas de interés deberán expresarse en términos efectivos anuales con todos los im5

puestos incluidos. Todo cargo a incluir en el estado de cuenta deberá haber sido expresamente pactado e informado en forma previa al cliente con indicación de su importe y motivo de cobro. O) Los estados de cuenta se deberán remitir al cliente con una periodicidad mensual, salvo indicación expresa en contrario del cliente. Si no existen compras, intereses, cargos ni adeudo alguno en el período de facturación, no será necesario el envío del estado de cuenta impreso y en caso de enviarse, el mismo será sin costo para el cliente. Artículo 28.- Será considerada como práctica abusiva, el exigir por parte del emisor respecto del usuario, la suscripción de un vale en blanco, siempre que se trate de una relación de consumo , no rigiendo para este último lo previsto en los artículos 4º y 61 del Decreto-Ley Nº 14.701, de 12 de setiembre de 1977. El saldo deudor en cuenta corriente a una fecha determinada, debidamente certificado por el emisor y notificado al usuario, constituirá título ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 353 del Código General del Proceso. Artículo 29.- De acuerdo con lo que establece la 5 Ley Nº 18.212, de 23 de setiembre de 2011 , en la utilización de tarjetas de crédito emitidas con finalidad de consumo personal o familiar, las compras de bienes y servicios realizadas entre dos fechas consecutivas de cierre del estado de cuenta, no devengarán intereses entre la fecha de compra o de imputación de gastos en cuenta y la del primer vencimiento del estado de cuenta posterior a la misma, cuando el tarjetahabiente optara por cancelar el total del saldo del estado de cuenta en la fecha de vencimiento. En este caso se entenderá que se ha usado la tarjeta como tarjeta de compra. Artículo 30.- Los intereses compensatorios o financieros se computarán: A) Sobre los saldos financiados entre la fecha de vencimiento del resumen mensual actual y la del primer resumen mensual anterior del que surja el saldo adeudado. B) Entre la fecha de la extracción dineraria y la fecha de vencimiento del pago del resumen mensual. C) Desde el vencimiento hasta el pago cuando se operasen reclamos injustificados y el rechazo Ley de usura.

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del mismo por el emisor, fuese aceptado por el usuario. CAPÍTULO V DEL ADICIONAL, EXTENSIÓN O BENEFICIARIO Artículo 31.- El titular de la tarjeta de crédito podrá solicitar para terceros extensiones de su tarjeta que se denominarán “adicionales”. El titular será el único responsable con su patrimonio, de los saldos deudores generados por éstos. Artículo 32.- El emisor estudiará en cada caso si procede o no dicha solicitud, pudiendo solicitar al titular de la tarjeta, garantías adicionales que respalden la operativa en la medida de que la misma implica una ampliación del crédito. Artículo 33.- El titular será responsable solidario por las deudas de las tarjetas adicionales que hubiera autorizado. Los titulares de dichas tarjetas adicionales no serán responsables bajo ningún concepto de lo adeudado por el titular de la tarjeta original. Artículo 34.- El emisor no podrá una vez otorgada la extensión de la tarjeta al adicional, hacer suscribir a este último ningún tipo de documentación que lo constituya en responsable de las deudas del titular, configurándose ésta, de verificarse, una práctica abusiva. CAPÍTULO VI DE LA AUTORIDAD COMPETENTE Y DE LAS SANCIONES ANTE EL INCUMPLIMIENTO Artículo 35.- Serán competentes, en materia de control, funcionamiento y sanciones, la Comisión de Defensa de la Competencia y el Banco Central del Uruguay sin perjuicio de las facultades de contralor y sanción por parte del Área de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas cuando se trate de denuncias o reclamos efectuados por el usuario de la tarjeta a cuyos efectos rige lo dispuesto por la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000. Artículo 36.- Las disposiciones de la presente ley son de orden público. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley. Montevideo, 18 de noviembre de 2011. DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ, Representante por Canelones, JAVIER GARCÍA, Representante por Montevideo, MARIO SILVERA, Representante por Treinta y Tres, PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por Cerro

Largo, MIGUEL OTEGUI, Representante por Paysandú, MARIO GARCÍA, Representante por Lavalleja, JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, GONZALO NOVALES, Representante por Soriano, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, JORGE GANDINI, Representante por Montevideo, PABLO DÍAZ ANGÜILLA, Representante por Montevideo, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El sistema de tarjetas de crédito constituye hoy en día un sistema complejo donde coexisten un cúmulo de relaciones jurídicas que son necesarias para el funcionamiento del mismo y que al mismo tiempo carecen de regulación. Producto de la falta de un marco jurídico claro, es que los acontecimientos de la vida comercial de los últimos años han puesto de manifiesto las carencias de un sistema que se ha convertido en imprescindible tanto para usuarios, como para comerciantes. Por un lado sustituye a la moneda, difiere los pagos y posibilita planificar la compra de bienes y servicios, por otro lado es una solución que se ha masificado e internacionalizado lo que permite al comercio incrementar sus ventas y ofrecer distintos esquemas de pago de los bienes y servicios en su circulación. Este sistema hoy se encuentra en manos de pocas empresas administradoras, que han integrado a las instituciones de intermediación financiera para que contacten a usuarios en forma masiva y por otro lado, éstas contactan a los comercios adheridos, fijando las condiciones y aranceles en contratos particulares, de adhesión con cláusulas predispuestas. El emisor y el administrador por su parte juegan frente al usuario y el comercio el rol de organizadores del sistema, recibiendo el pago de los usuarios, efectuando el pago a los proveedores y estableciendo las reglas generales a los que unos y otros deberán ajustarse para que el sistema funcione correctamente. El emisor y el administrador poseen dentro del sistema entonces una enorme responsabilidad, entes pagadores, administradores del sistema y proponentes del negocio jurídico tarjeta de crédito. El contrato tiene rasgos generales dentro de los cuales encontramos topes máximos por operación de la tarjeta que se trate, determinación de tipo y monto de comisiones, intereses y cargos administrativos de

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cualquier tipo, plazos para presentar las liquidaciones, obligación del proveedor de consultar previamente sobre la vigencia de la tarjeta y brindar seguridad a los sujetos involucrados en el sistema. La tarjeta de crédito debe ser para el comercio facilitador del mismo, sin perder de vista que el negocio principal es del comercio y no del sistema de pagos que solo debería facilitar, y ayudar a desarrollar. En definitiva permitir incrementar las ventas masivamente, y darle la posibilidad a quien no detenta efectivo y quiere diferir los pagos de comprar en mejores condiciones. Las tarjetas de crédito han creado un sistema cuyos contratos de adhesión fijan en general en forma corporativa y concertada las condiciones a los comercios adheridos; esto es aranceles y plazos, de forma tal que no existen en el mercado posibilidades de prescindir del sistema de pagos ni tampoco variar las condiciones de venta de bienes o de servicios. Es necesario por tanto proceder a la regulación de un cúmulo de relaciones jurídicas nuevas que se traban hoy día generando seguridad jurídica para todo el sistema. Nos enfrentamos ante un sistema, donde encontramos una serie de individuos que se han ido integrando al mismo y que no estaban incluidos dentro de la concepción básica de su creación. En efecto nos encontramos hoy al analizar las distintas relaciones jurídicas que se traban, con contratos conexos y nuevos actores que se han integrado de tal forma que su actividad es básica en algunos sectores de actividad, para que el sistema funcione. En primer término, el emisor; hoy nos enfrentamos a las entidades administradoras, que no siempre coinciden con las entidades emisoras, cuando éstas son entidades de intermediación financiera. En este aspecto señalamos que podemos encontrar que no necesariamente coinciden quien autoriza la compra, quien contacta el comercio adherido y quien emite la tarjeta de crédito. En segundo lugar el concepto inicial de usuario también ha sufrido variaciones, ya que encontramos la figura del “adicional” que no necesariamente es quien establece el vínculo contractual inicial con el emisor. Finalmente el proveedor de bienes o de servicios no siempre actúa directamente, sino que lo hace a través de intermediarios en las ventas, que son quienes establecen el vínculo contractual con el usuario, pero que al mismo tiempo carecen de vínculo contrac-

tual con el emisor o administrador para el caso concreto , y son quienes solicitan la autorización respectiva para realizar la venta al usuario y controlan además los extremos que convalidan la aceptación del vale, como corroborar la firma, los datos, etcétera. Indudablemente este cúmulo de relaciones nuevas no han sido contempladas por lo que la problemática se ha diversificado provocando en algunos casos y en determinados sectores de actividad, verdaderas crisis del sistema, causando daños de desestabilización y falta de confianza. El emisor en tanto organizador de sistema tiene como obligación la de brindar seguridad a todos los actores, usuarios, proveedores y posibles terceros que sin haber adherido pueden participar en actividades de intermediación por y para los actores del sistema. Uno de los aspectos medulares del sistema lo constituye la fijación de aranceles elevados y diferenciados por sector de actividad por parte de los emisores a los comerciantes. Si bien debe promoverse la libertad de competir, el contrato de tarjeta de crédito ha adquirido tal magnitud que en primer término los comerciantes no pueden prescindir del mismo; en segundo lugar de hacerlo no tienen mecanismos sustitutos y por tanto deben aceptar las condiciones que se les imponen siendo para el comercio minorista, una gran desventaja debido a la imposibilidad de negociar las mismas. Entendemos entonces que por la importancia del sistema, cualquier distorsión afecta seriamente el interés general; por tanto lejos de ser un tema entre privados, y por ser sustitutivo de la moneda, el arancel debe necesariamente ser regulado por el Estado quién además debe velar porque no exista desigualdad en la contratación y que las prácticas que se empleen no perjudiquen la competencia. La importancia de la actividad empresarial, la defensa de la competencia y del consumo, hacen necesario establecer pautas generales que regulen todos los aspectos de este sistema. Por todo lo expuesto, se eleva para su consideración, el presente proyecto de ley. Montevideo, 18 de noviembre de 2011. DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ, Representante por Canelones, JAVIER GARCÍA, Representante por Montevideo, MARIO SILVERA, Representante por Treinta y Tres, PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por

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Cerro Largo, MIGUEL OTEGUI, Representante por Paysandú, MARIO GARCÍA, Representante por Lavalleja, JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, GONZALO NOVALES, Representante por Soriano, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, JORGE GANDINI, Representante por Montevideo, PABLO DÍAZ ANGÜILLA, Representante por Montevideo, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas”. E) “ADICIONAL DEL FONDO DE SOLIDARIDAD. (Se deroga el artículo 542 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001). PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Derógase el artículo 542 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Montevideo, 18 de noviembre de 2011. JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS A partir de la aprobación de la Ley Nº 16.524 en julio de 1994, el Fondo de Solidaridad ha venido cumpliendo un fin de justicia social al posibilitar que muchos estudiantes, mayoritariamente provenientes del interior del país, continúen sus estudios universitarios. En el 2001, nuestra condición de Presidente de la Comisión Administradora del Fondo de Solidaridad, impulsamos modificaciones a la ley original. Entre ellas, se determinó la naturaleza jurídica del instituto como “como persona jurídica de derecho público no estatal”. Esta caracterización que no había sido definida originalmente, era importante a efectos del sistema de control de la institución a cargo del Tribunal de Cuentas y del régimen de recursos contra las resoluciones de la Comisión Administradora. Asimismo, se acotó a 25 años el período de aportación, que antes sólo cesaba por jubilación. Pero sustancialmente, esas modificaciones se orientaron a mejorar la gestión y administración de los recursos, con la finalidad exclusiva del otorgamiento de becas. La creación del adicional no fue iniciativa de la Comisión Administradora del Fondo de Solidaridad, sino que tuvo su origen en la Cámara de Senadores y

se hizo efectiva al aprobarse la Ley Nº 17.296 (artículo 542). Esa iniciativa se ambientó en la crisis de la economía, y por tanto en la imposibilidad de incrementar el presupuesto en la medida de las necesidades de la Universidad de la República. En función de ello por la vía del adicional, se dotaba a la UDELAR de recursos para el cabal cumplimiento de sus funciones. En función de ello se estableció que el producto del adicional seria asignado a la Universidad de la República con los siguientes destinos: – 35% (treinta y cinco por ciento) para proyectos institucionales en el interior del país. – 25% (veinticinco por ciento) para mejoras en la infraestructura edilicia destinada a la enseñanza, bibliotecas, formación de docentes y publicaciones. – 40% (cuarenta por ciento) para la infraestructura edilicia destinada a la enseñanza. Notoriamente, las restricciones del gasto público ambientadas en la situación económica general del país, determinaron que en aras de apoyar a la Universidad de la República, recayera el peso del esta decisión en los profesionales universitarios. Sin embargo, estas circunstancias han cambiado debido a la recuperación económica y al incremento del presupuesto para la Educación Pública en general y para la Universidad de la República en particular. Al sólo efecto de ilustrar lo que afirmamos, basta decir -según datos del Gobierno- que del total de recursos presupuestales incrementales para la educación, la ley de presupuesto quinquenal destinó para UDELAR $ 1.142 millones incrementales al 2014. Esto significa un incremento real al 2014 de 21,9% respecto al crédito ejecutado en 2009. Por otra parte, según lo establecido en el artículo 867 de dicha ley, se propuso en la Rendición de Cuentas del 2010, adicionar los créditos necesarios para cumplir con el objetivo de que el gasto público en educación represente el 4,5% del PIB. De esta forma el incremento real de los créditos de UDELAR al 2014 asciende al 26% respecto a 2009. Sólo en el área de infraestructura, las inversiones pasaron de $ 110 millones en el 2004 a $ 386 millones en el 2010, proyectándose que al 2014 alcanzarán los $ 754 millones. De modo que actualmente la UDELAR, en el ejercicio de su autonomía, dispone de una mayor dotación de recursos presupuestales para financiar, admi-

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nistrar y gestionar las actividades a las que se destinaba el adicional. Entonces, dado este reforzamiento del presupuesto universitario, hoy esos fondos transferidos a la Universidad no tienen destino concreto ni sostienen programa alguno. De modo que habiéndose superado los obstáculos que dieron origen al adicional, creemos que están dadas las condiciones para su derogación. No se justifica continuar manteniendo esta presión tributaria sobre los profesionales, por eso este proyecto elimina concretamente el adicional establecido en el artículo 542 de la Ley Nº 17.296; y mantiene en todos sus términos los aspectos de recaudación destinado a becas. Montevideo, 18 de noviembre de 2011. JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha”. F) “ESPECTÁCULOS QUE TENGAN COMO PARTICIPANTES ANIMALES EQUINOS. (Se prohíbe a las dependencias del Estado brindar auspicio, patrocinio o apoyo de cualquier naturaleza). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Se prohíbe a todas las dependencias del Estado, brindar el auspicio, patrocinio, o apoyo de cualquier naturaleza, a los espectáculos de jineteadas, domas, criollas, rodeos y similares que tengan como participantes a animales equinos. Artículo 2º.- A los efectos de la presente normativa se entenderán por equinos: los caballos, las mulas y los asnos. Artículo 3º.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente. Montevideo, 22 de noviembre de 2011. ANÍBAL GLOODTDOFSKY, Representante por Montevideo. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Dada la complejidad y el volumen alcanzado por la problemática de situaciones de maltrato, abandono y falta de asistencia de animales en nuestro país y siendo el Uruguay uno de los países más atrasados en este tema desde el punto de vista de la legislación, corresponde apuntar a implementar medidas que contribuyan a actualizar las normas y paliar la situación.

Mucha gente, asociaciones y organizaciones trabajan en defensa de los animales pero sin una regulación jurídica que los apuntale. Cada vez que se conmemora el Día del Animal, las protectoras salen a denunciar los principales problemas que sufren distintas especies. En Uruguay, principalmente los equinos suelen caer en situaciones de violencia, maltrato, abandono y falta de asistencia. Diversas asociaciones vinculadas al trato con animales, han coincidido en señalar que en cuanto al trato a los animales, Uruguay sigue siendo “un país subdesarrollado”. Muy recientemente, por la Ley Nº 18.471, de marzo de 2009, por el artículo 14, se creó la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal como organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Educación y Cultura. Y en la referida norma en su artículo 1º se estableció muy concretamente que: “Esta ley tiene por fin la protección de los animales en su vida y bienestar”. No obstante, esta normativa, no hay un mecanismo, ni previsiones específicas para abordar varias de las situaciones de los animales, donde los mismos sufren de malos tratos o se los hace víctimas de actos de crueldad. Disfrazadas de espectáculo, jineteadas, domas, criollas y similares son sin lugar a dudas situaciones donde se somete a los equinos a sufrimiento, violencia y maltrato. Donde los caballos muchas veces salen con lesiones graves o incluso fallecen. La práctica de dicha seudo destreza en el marco de un espectáculo, sin regulación legal adecuada, expone a los animales a sufrir actos de crueldad. Normalmente a fuerza de espuela y rebenque, se hace que el animal se desespere para sacarse de encima lo que lo atormenta y así, el jinete, poder demostrar su habilidad, lo que implica un acto de maltrato. Los animales sufren por un entrenamiento duro, se sienten solos, asustados e indefensos y muchas veces terminan con tendones doloridos, lesiones en el cuerpo, huesos rotos, fracturas, etcétera. Debe defenderse la dignidad de los animales, adoptando una forma de vida que no atente contra su integridad. El objetivo es concientizar para lograr consolidar una sociedad sin costumbres que fomenten la violencia y la humillación hacia los más débiles y reeducar con valores e ideales positivos. En tal sentido el Estado debe contribuir a dar el ejemplo, impulsando mecanismos para erradicar y terminar con la violencia hacia los animales.

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Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley como lo son los derechos de los seres humanos, según lo manifiesta la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, sancionada en 1977 por la ONU y por la UNESCO. Montevideo, 22 de noviembre de 2011. ANÍBAL GLOODTDOFSKY, Representante por Montevideo”. G) “FUNCIONARIAS PÚBLICAS CUYOS HIJOS NACIEREN CON MALFORMACIONES O ENFERMEDADES CONGÉNITAS. (Se otorga licencia especial con goce de sueldo por el lapso de doce meses). PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Se agrega al artículo 37 de la Ley Nº 16.104, de 23 de enero de 1990, el apartado D), el que quedará redactado de la siguiente manera: “D) La funcionaria pública que luego del parto se le diagnostica a su hijo una malformación o enfermedad congénita, se le concederá una licencia extraordinaria por el lapso de doce meses el que será con goce de sueldo”. Montevideo, 24 de noviembre de 2011. CARMELO JOSÉ VIDALÍN AGUIRRE, Representante por Durazno. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nos encontramos con casos de la realidad no prevista en nuestra legislación, que hacen al sentimiento humano, particularmente al amor de madre, donde nos sensibilizamos sobremanera. Hablamos de madres embarazadas que durante el curso del embarazo o después del parto se enteran que sus hijos padecen malformaciones o enfermedades congénitas. Sin lugar a dudas, esa aflicción que genera en los padres y sobre todo la madre, de enterarse que su hijo nacerá con una enfermedad o nacido se le diagnostica la misma. Esos primeros meses de vida, donde se hace imperiosa la necesidad de un vínculo permanente de la madre con su hijo, del período de lactancia, se encuentra con un gran escollo, la falta de licencia extraordinaria por un período prolongado, para que la madre se dedique por entero al cuidado de su hijo. La ley que regula el régimen de licencia de funcionarios públicos (Nº 16.104) en el Capítulo II prevé la licencia por enfermedad; en el Capítulo III, las licen-

cias por maternidad o paternidad, y específicamente en el artículo 26 habla que “En caso de enfermedad que sea consecuencia del embarazo, se podrá fijar un descanso prenatal suplementario”. Y el artículo 27: “En caso de enfermedad que sea consecuencia del parto, la funcionaria tendrá derecho a una prolongación del descanso puerperal, cuya duración será fijada por los servicios médicos respectivos”. Pero no se prevé el caso que el niño es el que nace con una enfermedad congénita o malformación, y necesita la atención permanente de su madre durante esos primeros meses. En el Capítulo IX de la Ley Nº 16.104, “Licencias especiales”, en su artículo 37 se deja una puerta abierta pero discrecional: “Sin perjuicio de las licencias establecidas precedentemente, se podrá conceder al personal comprendido en la presente ley, licencia en casos especiales debidamente justificados”. Pero se establece que si es por un lapso de treinta días será con goce de sueldo, si lo supera será sin goce de sueldo, y no se concederán licencias especiales por más de seis meses. En este mismo artículo se establecen excepciones a estos seis meses, en tres apartados. Con el proyecto que se pretende ingresar, consideramos a todas esas madres cuyos hijos nacen con malformaciones, o con enfermedades congénitas, para que durante el primer año de vida de su hijo gocen de una licencia extraordinaria con goce de sueldo. Es claro que se crea un vínculo aun más estrecho entre madre e hijo, sentimiento sobreprotector, período de lactancia, que hace necesaria la presencia permanente de su madre en ese primer año de vida. Montevideo, 24 de noviembre de 2011. CARMELO JOSÉ VIDALÍN AGUIRRE, Representante por Durazno”. H) “VIOLENCIA Y TORTURA PARA OBTENER LA MUERTE DE ANIMALES DOMÉSTICOS. (Se tipifica como delito). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Créase el delito: “de violencia y tortura para obtener la muerte de los animales domésticos”. Dicho delito será penado: A) Con 1 (uno) o 2 (dos) años de prisión cuando fueran cometidos por personas mayores de edad. B) Con penas de carácter sustitutivo en trabajos en beneficios en la comunidad cuando quienes

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realizan dicho delito sean menores de edad. El Juez de la causa evaluará la existencia de atenuantes al respecto, pudiendo sustituir la pena en el caso de patologías psiquiátricas constatadas por el médico forense actuante. Artículo 2º.- Será causa agravante el producirles torturas, o el realizar golpes con una intensidad desmedida, para lograr el objetivo de darles muerte a los animales domésticos; también lo será el hecho de inyectarles productos tóxicos en el cuerpo de los mismos para lograr idéntico fin. Exonérase de tal responsabilidad al tratamiento que en etapas terminales realicen los médicos veterinarios ante la constatación de enfermedades irreversibles en las patologías que afecten a las mascotas. Artículo 3º.- La constatación de que este acto sea filmado expresamente para difundirlo en la tecnología del “Facebook” o similares, creando la “alarma pública”, con este tipo de hechos crueles e irracionales, permitirá al Juez de la causa elevar este delito hasta en 1 (un) año adicional en lo previsto en el artículo 1º. Montevideo, 30 de noviembre de 2011. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La opinión pública uruguaya se ha visto sorprendida y dolida porque varios menores en la ciudad de Nueva Palmira, departamento de Colonia, introdujeron dentro de una bolsa a una perrita doméstica y le dieron muerte con golpes que registraban una violencia inaudita para con la mascota que se estaba tratando de matar. Cosa que al final, lamentablemente, se logró. El agravante de este caso es que otra adolescente tomó fotografías de este aberrante suceso y lo puso en los medios de difusión electrónicos, en la pantalla de los celulares, como que fuera para ellos una hazaña. Lamentablemente, el pueblo uruguayo condenó masivamente este cruel hecho, pero lo más sorprendente es que la magistrada actuante consideró que no había delito al respecto, y dispuso pasar el caso a la “Comisión Honoraria de Bienestar Animal” para que decida si los involucrados deben pagar una multa por la agresión que puede llegar a las 500 unidades reajustables. No obstante ello, pasó este caso concreto a la consideración de la Jueza de Familia. Haciéndonos eco de la preocupación masiva de la opinión pública sobre este hecho que demuestra insania mental en los ejecutores y que únicamente podría ser atenuado por la constatación de que tres de estos ado-

lescentes estaban en tratamiento psicológico y dos toman medicación para esta insania, es que presentamos este proyecto de ley que le otorga una base de sanción legal a un delito registrado y que merece una consideración preferente para darle protección a las llamadas mascotas que acompañan a los integrantes de la familia uruguaya en sus domicilios. Se aguarda un trámite preferente al respecto. Montevideo, 30 de noviembre de 2011. RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT, Representante por Colonia”. I) “FUEROS DE LOS SEÑORES LEGISLADORES. (Se modifican los artículos 93 y 114 de la Constitución de la República). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 114 de la Constitución de la República por el siguiente: “ARTÍCULO 114.- Los Senadores y Representantes podrán ser acusados penalmente por los delitos que fueren pasibles de haber cometido, no pudiendo invocar ningún tipo de fueros o inmunidades sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 112, 113 y 93. En el supuesto de que a un Senador o Representante, la Justicia competente le atribuya la comisión de un delito y decrete el procesamiento con prisión, el mismo quedará automáticamente suspendido en sus funciones debiendo ser sustituido por su respectivo suplente. Los Senadores y Representantes cesarán automáticamente en el cargo por sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada”. Artículo 2º.- Sustitúyese el artículo 93 de la Constitución de la República por el siguiente: “ARTÍCULO 93.- Compete a la Cámara de Representantes el derecho exclusivo de acusar ante la Cámara de Senadores a los miembros de ambas Cámaras, al Presidente y el Vicepresidente de la República, a los Ministros de Estado, a los miembros de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal de Cuentas y de la Corte Electoral, por violación de la Constitución, después de haber conocido sobre ello a petición de parte o de algunos de sus miembros y declarado haber lugar a la formación de causa”. Artículo 3º.- La presente ley constitucional será sometida a plebiscito de ratificación popular. Entrará

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en vigor en la fecha que quede firme la resolución de la Corte Electoral que proclame el resultado del plebiscito. Montevideo, 1º de diciembre de 2011 LUIS LACALLE POU, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. En un Estado Constitucional de Derecho todas las personas son responsables por sus actos, hechos u omisiones. La libertad, esencia de nuestro sistema jurídico político, implica responsabilidad. Cuando estos actos, hechos u omisiones son tipificados como delitos por la Constitución de la República o la ley, se compromete la responsabilidad penal. 2. No obstante, las Constituciones determinan excepciones al ejercicio de la acción penal con relación a determinados gobernantes, como por ejemplo, a los Senadores y Representantes, a los Ministros de Estado o al Presidente de la República. Dichas excepciones que establecen restricciones al ejercicio de la acción penal constituyen inmunidades o privilegios a los cuales también se denomina fueros. A nivel del Poder Legislativo, cuando dichas inmunidades alcanzan a los Senadores y Representantes Nacionales se les denomina fueros parlamentarios. 3. Los fueros parlamentarios no son privilegios de carácter personal sino que, por el contrario, son de carácter institucional y tienen por finalidad preservar el ejercicio de la función que los legisladores desempeñan. 4. Desde un punto de vista histórico, suele atribuirse este tipo de prerrogativas parlamentarias a los enfrentamientos que se sucedían entre la Corona y el Parlamento Británico en el Siglo XVI. Con motivo de dichos enfrentamientos, se buscó preservar la función legislativa del Parlamento respecto de las posibles injerencias de la Corona. De esta forma, protegiendo la tarea parlamentaria se protegía, asimismo, la función legislativa. Es decir, históricamente, los fueros aparecieron por primera vez en el ámbito del Poder Legislativo, fueron recogidos en las Cartas Magnas y luego se hicieron extensivos a otras autoridades o gobernantes en el ámbito del Poder Ejecutivo. 5. Los antecedentes constitucionales del régimen actual de fueros legislativos se encuentran en la Constitución de la República de 1830. En primer término, reguló el juicio político a los legisladores. Así, sus artículos 38 y 39 disponían que al Senado le co-

rrespondía “abrir juicio público a los acusados por la Cámara de Representantes, y pronunciar sentencia con la concurrencia, a lo menos, de las dos terceras partes de votos, al solo efecto de separarlos de sus destinos”. La parte “convencida y juzgada”, quedaba sujeta a acusación, juicio y castigo conforme a la ley. En segundo término, los artículos 49, 50 y 51 son los antecesores de los actuales artículos 112, 113 y 114. En efecto, el artículo 49 de la Constitución de 1830 disponía que “Los Senadores y Representantes jamás serán responsables por sus opiniones, discursos o debates, que emitan, pronuncien o sostengan durante el desempeño de sus funciones”. El artículo 50 establecía que “Ningún Senador o Representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado, sólo en el caso de delito infraganti; y entonces se dará cuenta inmediatamente a la Cámara respectiva, con la información sumaria del hecho”. Y el artículo 51, disponía que “Ningún Senador o Representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, podrá ser acusado criminalmente, ni aún por delitos comunes, que no sean de los detallados en el artículo veintiséis, sino ante su respectiva Cámara; la cual, con las dos terceras partes de su votos, resolverá si hay o no lugar a la formación de causa; y en caso afirmativo, lo declarará suspenso (sic) en sus funciones, y quedará a disposición del Tribunal competente”. La remisión al artículo 26 determinaba una excepción: los fueros no alcanzaban a los delitos de “traición, concusión, malversación de fondos públicos, violación de la Constitución, u otros que merezcan pena infamante, o de muerte, después de haber conocido sobre ellos, a petición de parte, o de alguno de sus miembros, y declarado haber lugar a la formación de causa”. En aquella época los límites al denominado fuero de procesamiento penal o de acusación penal eran mayores y dicha disposición detallaba los delitos específicos que no quedaban bajo inmunidad. Dicha norma era más estricta que el actual artículo 93 de la Constitución de la República. 6. El régimen vigente en materia de fueros legislativos o parlamentarios se encuentra regulado en los artículos 112, 113, 114 y 93 de la Constitución de la República. Se pueden distinguir tres tipos de inmunidades: a) Inmunidad en materia de votos y opiniones; b) Inmunidad de arresto o de privación de libertad; y c) Inmunidad de acusación penal o procesamiento penal.

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En la actualidad, es común que las Constituciones de los diferentes países establezcan situaciones o estatutos jurídicos especiales para los legisladores. El fundamento es, en definitiva, impedir que los otros poderes del Estado, en especial el Poder Judicial o el Ministerio del Interior (Poder Ejecutivo), en el ejercicio de sus funciones, obstaculicen la independencia del Poder Legislativo. Como se expuso precedentemente, el origen y real fundamento de este sistema de inmunidades está dirigido más a preservar el ejercicio de la función legislativa que a preservar al legislador en sí mismo. Es decir, no es -al menos en teoría- un fuero de privilegios a los legisladores sino a la propia función, o como lo ha denominado la doctrina “fuero real”. En definitiva, dos son las razones que sostienen la vigencia de los fueros parlamentarios: la conservación e independencia del Poder Legislativo; y el normal desenvolvimiento de la labor legislativa y de control. 7. Sin perjuicio de lo expuesto, en la actualidad este sistema ha demostrado que muchas veces el legislador se ampara en sus fueros para evadir a la Justicia en casos de presuntas conductas delictivas o delitos comunes; desvirtuando, por ende, este instituto. Como consecuencia, la Justicia competente no puede siquiera iniciar el proceso penal sin antes tener que solicitar ante el Poder Legislativo el desafuero del legislador lo que supone, a su vez, que el legislador además de ampararse en sus fueros, se ampare de las mayorías parlamentarias para que aquéllos no se levanten. Esto no es concebible en pleno Estado Constitucional de Derecho (actual etapa del clásico Estado de Derecho), donde toda interpretación jurídica e institucional debe ser realizada y contextualizada al amparo del bloque de constitucionalidad y del derecho internacional de los derechos humanos. Los fueros o inmunidades parlamentarias deben extenderse, naturalmente, a los votos y opiniones (artículo 112 de la Constitución de la República) y, al arresto o privación de libertad salvo, los casos o supuestos de infraganti delito, tal como lo dispone el artículo 113 de la Carta o los casos en que así lo disponga la Justicia competente en un proceso penal. Es decir, se justifica la existencia de fueros que otorguen al legislador la inmunidad de arresto pero no la inmunidad de procesamiento penal. En consecuencia, en los casos en que exista la presunción sumaria por parte de la Justicia competente, del acometimiento de delitos comunes, no debería el legislador poder ampararse en sus fueros; no se

justifica la existencia de inmunidades legislativas que impidan un procesamiento penal. En el presente proyecto de ley constitucional se elimina el fuero de “acusación penal” o de “procesamiento”, previsto en el actual artículo 114 de la Ley Mayor. De manera que de aprobarse el proyecto, los Senadores y Representantes podrán ser acusados penalmente y sometidos a proceso penal. En el caso en que un legislador sea procesado con prisión, el mismo quedará automáticamente suspendido en sus funciones debiendo ser suplantado de conformidad con el régimen de suplentes que rija el caso concreto. El mecanismo de la suplencia coadyuva, en este aspecto, a no alterar el funcionamiento parlamentario ni la representatividad del Cuerpo. En definitiva, la esencia del cambio de régimen es permitir el inicio de la investigación penal, facultando a la Justicia a actuar procesalmente en todas las etapas, a tomar declaración personal por la presunción de la comisión de un delito por parte de un legislador, a investigarlo y, eventualmente, procesarlo -con o sin prisión- evitando el actual procedimiento de previo pedido de desafuero. La finalidad última del proyecto es evitar que un Senador o Representante, en el caso de delinquir, se ampare en sus fueros para no ser acusado y juzgado. En concordancia con lo expuesto precedentemente, el artículo 93 de la Constitución se modifica con la intención de que el juicio político quede limitado al delito de violación de la Constitución. En suma, ha de tenerse presente, una primera y fundamental circunstancia, vinculada con el principio de la separación y función propia de los poderes del Estado. En este sentido, si bien es indudable la trascendental importancia que reviste el fuero parlamentario, como garantía del libre ejercicio de la función legislativa, no lo es menos, dentro de la armonía funcional de los poderes, el libre ejercicio de la función judicial. Los jueces deben de poder cumplir, sin obstáculos desmedidos, con su elevada misión, el delicadísimo deber de aplicar las leyes que el propio Parlamento sancionó para la preservación del cuerpo social que representa, o para resguardo de la vida, honor y patrimonio de sus integrantes, afectados o vulnerados. Montevideo, 1º de diciembre de 2011 LUIS LACALLE POU, Representante por Canelones”.

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4.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Está abierto el acto. (Es la hora 16 y 15) ——La Mesa informa a las señoras legisladoras y a los señores legisladores que a partir de hoy, y de acuerdo con el compromiso asumido el 1° de marzo de este año, las sesiones serán televisadas en vivo a través de dos portales: www.diputados.gub.uy y www.parlamento.gub.uy. Agradecemos a todos los funcionarios que trabajaron para que esto fuera posible y a la Comisión de Adjudicaciones. Me parece que esta es una buena forma de fortalecer el contralor del ciudadano hacia el gobernante. Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Miguel Otegui solicita se curse una exposición escrita a los Ministerios del Interior y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y a la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, sobre la posibilidad de transferir a la citada Comisión Honoraria, un predio de propiedad del Ministerio del Interior en el paraje “Parada Daymán”, departamento de Paysandú. C/19/010 El señor Representante Edgardo Rodríguez solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino a Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional, relacionada con la falta de recepción de dicho canal en la localidad de Villa Ansina, departamento de Tacuarembó. C/19/010 El señor Representante José Andrés Arocena solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, y por su intermedio al Instituto Nacional de Colonización; y a la Asociación de Colonos, acerca de la situación de un colono del departamento de Florida. C/19/010 El señor Representante Ricardo Planchón solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas a la Presidencia de la República: • y al Ministerio del Interior; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia, referente a la necesidad de aumentar los recursos materiales para el patrullaje en la ciudad capital del citado departamento. C/19/010

y al Ministerio de Turismo y Deporte; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Colonia; a la Asociación Uruguaya de Fútbol; a la Cámara Uruguaya de Turismo y a la Asociación Turística Departamental de Colonia, sobre la posibilidad de realizar torneos internacionales en el Campus Municipal “Alberto Supicci”. C/19/010 y a los Ministerios de Salud Pública, y por su intermedio a la Comisión Nacional del Zoonosis; y de Educación y Cultura, con destino a la Comisión de Bienestar Animal; a la Asociación Nacional de Protección Animal; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia, y por su intermedio al Municipio de Nueva Palmira; y a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, relacionada con la necesidad de prevenir hechos de maltrato animal y otros episodios de violencia. C/19/010 y al Ministerio de Turismo y Deporte, y por su intermedio a la Dirección Nacional de Deporte; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia; y a las Comisiones Especial de Deportes de la Cámara de Senadores y Especial para el Deporte de la Cámara de Representantes, acerca del apoyo presupuestal y de recursos humanos para las plazas de deportes del citado departamento. C/19/010 y al Ministerio del Interior; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia, y por su intermedio al Municipio de Juan Lacaze, referente a la necesidad de contar con otra unidad para el destacamento de bomberos de la referida ciudad. C/19/010

El señor Representante Ricardo Berois Quinteros solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas: • al Ministerio del Interior, sobre el reconocimiento al Cuerpo de Coraceros por su participación en la recreación de la “Redota del Pueblo Oriental”. C/19/010 a las Juntas Departamentales e Intendencias de Montevideo, Tacuarembó, San José, Flores, Soriano, Paysandú y Canelones; a la Sociedad Criolla Doctor Elías Regules; a la Sociedad Hípica, Social y Tradicionalista Potros y Palmas; al diario El País y a Radio Rural CX 4, relacionada con las domas, jineteadas y celebraciones criollas. C/19/010

El señor Representante Gonzalo Novales solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo

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Central de la Administración Nacional de Educación Pública, para su remisión al Consejo de Educación Técnico-Profesional, acerca de la posibilidad de ampliar los cursos que se dictan en la Escuela Técnica de Dolores, departamento de Soriano. C/19/010 ——Se votarán oportunamente.

Lunes 5 de diciembre ESPECIAL DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA INVESTIGACIÓN,

Con aviso: Daisy Tourné y Julio Battistoni. Sin aviso: Guillermo Facello”.

5.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión extraordinaria realizada el día 16 de noviembre de 2011: Con aviso: Marcelo Bistolfi Inasistencias a las Comisiones. Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas: Martes 15 de noviembre DEFENSA NACIONAL Con aviso: Ivonne Passada y José A. Amy. ESPECIAL: PARA EL ESTUDIO DEL COOPERATIVISMO Con aviso: Alejandro Sánchez. GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Con aviso: Rodrigo Goñi Romero. TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS Con aviso: Guzmán Pedreira. Miércoles 23 de noviembre AUNTOS INTERNACIONALES Con aviso: Daniel Peña Fernández. HACIENDA Con aviso: Alfredo Asti y Germán Cardoso. Jueves 24 de noviembre ESPECIAL DE GÉNERO Y EQUIDAD Con aviso: Martha Montaner y Verónica Alonso. Miércoles 30 de noviembre CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN Con aviso: Gustavo Cersósimo.

6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Treinta y cuatro en treinta y seis: AFIRMATIVA. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor Representante Miguel Otegui a los Ministerios del Interior y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y a la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, sobre la posibilidad de transferir a la citada Comisión Honoraria, un predio de propiedad del Ministerio del Interior en el paraje “Parada Daymán”, departamento de Paysandú.

“Montevideo, 18 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio del Interior, y al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, por su intermedio, a la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber). A pocos kilómetros del límite departamental de Paysandú y de Salto, se encuentra el paraje Parada Daymán, ubicado en el kilómetro 468 de la Ruta Nacional Nº 3 General José Artigas. Es una zona privilegiada por su sitial ecoturístico, así como por los atractivos naturales y, fundamentalmente, por ser el pasaje al corredor termal uruguayo. Algunos de los habitantes de la zona realizan tareas agropecuarias y otros aportan su mano de obra a emprendimientos turísticos y comerciales. En una reciente visita al lugar, un número importante de vecinos nos transmitió la necesidad de que en la zona se construya un complejo habitacional por parte de MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber, para lo que se contaría con un predio adyacente a la Subcomisaría, propiedad del Ministerio del Interior,

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el que no es aprovechado para ninguna actividad productiva. Dada la actividad laboral en la zona, 50 personas, aproximadamente, se afincaron en un asentamiento en las cercanías del complejo Los Naranjos, de gran categoría, lo que sin lugar a dudas contrasta y para nada contribuye a la imagen del área. En la zona están instaladas además, la Escuela Nº 72, que cuenta con casi 30 alumnos, la cabina telefónica de ANTEL, la Iglesia y, también, unas 25 familias dispersas que necesitan de un techo para vivir dignamente. Al no ocupar ni realizar tareas de ninguna índole en ese predio, sería de nuestro interés que el Ministerio del Interior dispusiera la transferencia del mismo a MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber, a efectos de prever en el futuro programas de vivienda para dicha zona. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. MIGUEL OTEGUI, Representante por Paysandú”. 2) Exposición del señor Representante Edgardo Rodríguez al Ministerio de Educación y Cultura, con destino a Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional, relacionada con la falta de recepción de dicho canal en la localidad de Villa Ansina, departamento de Tacuarembó.

esos habitantes no ven informativos de la televisión nacional que, para bien o para mal, son parte ineludible de la realidad. Sabemos que la situación que comentamos no es la única en el país y que son muchos los puntos del interior que padecen lo mismo. Hemos planteado también la situación de la localidad de Curtina, sobre la Ruta Nacional Nº 5 Brigadier General Fructuoso Rivera. Pero, aun reconociendo esa realidad, no podemos dejar de insistir en la necesidad de encontrar caminos para resolver esta situación de inequidad. Hoy están apareciendo, casi que a diario, nuevas tecnologías y quizá pueda ser la oportunidad para corregir la situación planteada. A través de la presente exposición escrita queremos recordarles a las autoridades la existencia de esta situación y solicitarles los máximos esfuerzos para remediarla. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. EDGARDO RODRÍGUEZ, Representante por Tacuarembó”. 3) Exposición del señor Representante José Andrés Arocena al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, y por su intermedio al Instituto Nacional de Colonización; y a la Asociación de Colonos, acerca de la situación de un colono del departamento de Florida.

“Montevideo, 23 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE). Villa Ansina es una población ubicada en el departamento de Tacuarembó, sobre la Ruta Nacional Nº 26 Brigadier General Leandro Gómez, a cincuenta y cinco kilómetros de la ciudad capital del referido departamento. El censo lo dirá con precisión, pero estimamos que la población de ese lugar ronda las 3.000 personas. Es, a su vez, el centro poblacional y de servicios de una zona o región mucho más amplia y con una población que está en el entorno de las 8.000 personas, contando las localidades de Las Toscas y de Caraguatá. Hay una importante actividad económica, a partir de la dinámica que le imprimen varios sectores productivos como la agricultura, la ganadería y la lechería, entre otras. Villa Ansina y toda la región que describimos no tienen acceso a la televisión nacional, exceptuando a las pocas familias que contratan televisión para abonados, el resto, la gran mayoría, se ve imposibilitada de acceder a ese medio de comunicación que, en la vida moderna, se vuelve muy necesario. Para darnos cuenta de lo que ello significa, basta con pensar que

“Montevideo, 24 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Colonización (INC), y a la Asociación de Colonos del Uruguay. Hemos recibido la inquietud de un vecino de la ciudad de Sarandí Grande, departamento de Florida, señor Julio Egüez, anterior ocupante de la Fracción Nº 5 de la Colonia Antonio María Fernández del mencionado departamento, quien está atravesando la siguiente problemática: 1) Se le retira el campo que consta de una superficie de 38 hectáreas de la citada Colonia, debido a que no habita en ella. El vecino admite que no vive en la propiedad y la ley es clara sobre ese punto, pero no resulta viable el trabajo en la superficie que le ha sido adjudicada, de 38 hectáreas. Eso llevó a que el señor Julio Egüez buscara un segundo trabajo como empleado rural en una estancia a 20 kilómetros de distancia de dicha Colonia, teniendo que quedarse allí durante toda la semana. 2) Al señor Julio Egüez, hijo de colonos, en el año 2006 le fue transferido por su madre el campo, y desde entonces lo trabajan directamente sin arrendar o subarrendar. 3) Durante los años 2006 y 2007, su hija

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estuvo seriamente enferma, por lo que debió vender los animales que ahí tenía para pagar los tratamientos y estudios. De todas formas, la hija perdió la audición y ese tiempo fue muy difícil para él, el poder trabajar en dos lugares distintos al mismo tiempo. 4) Al transferir el campo sus padres al señor Julio Egüez, el INC había tomado nota que era un hombre adulto, que tenía otro trabajo y que se había criado ahí, durante los 33 años anteriores. El INC entendió y avaló esas condiciones y cuatro años después le quita el campo, cayendo en una contradicción. 5) De todas formas, el señor Julio Egüez, aunque no acepta esto, entiende que hay una ley y que se debe cumplir, pero sí reclama que se le abone el importe justo de las mejoras realizadas por él en el campo. La presupuestación realizada por un tasador público y por el Gerente Regional, difieren de forma importante. 6) Ante esa diferencia notoria, el señor Julio Egüez solicita por nota un tercer tasador dentro de los plazos que determina el INC, nota que es aceptada por la mesa de entrada del Instituto. 7) Dicha nota no llevaba un timbre ni estaba firmada por el colono, pero igual es aceptada por el INC y se le avisa de esa falla cuando ya están vencidos los plazos de aceptación de un reclamo y, por lo tanto, no hacen lugar al mismo. 8) Entendemos que es responsabilidad del INC y no del vecino, que no es justo que se la pasemos a él y que por lo tanto el INC acepte el error y se permita una nueva tasación. Por lo expuesto, solicitamos al INC que reconsidere esa situación y permita presentar una tasación lo más justa posible que recompense el esfuerzo laboral y económico de dicho colono. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida”. 4) Exposición del señor Representante Ricardo Planchón a la Presidencia de la República y al Ministerio del Interior; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia, referente a la necesidad de aumentar los recursos materiales para el patrullaje en la ciudad capital del citado departamento.

integración familiar, presencia de drogas, crisis de valores. Es necesario que se brinde mayor seguridad a los ciudadanos residentes. Por tal motivo, es indispensable que el Ministerio del Interior incremente la partida que le asigna a la Jefatura de Policía de Colonia, destinando una partida mayor para la compra de combustible, necesario para efectuar el patrullaje en los barrios. Esta es una forma de prevención del delito, sin dudas con un efectivo patrullaje los delitos son menores y la gente se siente protegida. Por lo expuesto, solicitamos al Ministerio del Interior, que intensifique el apoyo presupuestal para que los recursos humanos asignados a la tarea cuenten con los recursos económicos imprescindibles para realizar su compromiso. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO PLANCHÓN, Representante por Colonia”. 5) Exposición del señor Representante Ricardo Planchón a la Presidencia de la República y al Ministerio de Turismo y Deporte; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Colonia; a la Asociación Uruguaya de Fútbol; a la Cámara Uruguaya de Turismo y a la Asociación Turística Departamental de Colonia, sobre la posibilidad de realizar torneos internacionales en el Campus Municipal “Alberto Supicci”.

“Montevideo, 24 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República; al Ministerio del Interior; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Colonia. Queremos exponer una problemática que se suscita en el departamento de Colonia. La realidad del departamento, como la de todo el Uruguay, ha cambiado, por múltiples motivos: des-

“Montevideo, 24 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República; al Ministerio de Turismo y Deporte; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Colonia; a la Asociación Uruguaya de Fútbol; a la Cámara Uruguaya de Turismo, y a la Asociación Turística Departamental de Colonia. La ciudad de Colonia del Sacramento, capital del departamento de Colonia, cuenta con un estadio, el Campus Municipal Alberto Suppici, que pertenece y es administrado por la Intendencia. El mismo, tiene una capacidad para 20.000 personas y fue una de las tres sedes donde se disputó el Sudamericano Sub-20 de 2003. Posee césped natural y está ubicado en un entorno privilegiado, con vista al Río de la Plata y en el centro de la ciudad, lo que favorece la concurrencia al mismo. Por contar con tantas virtudes, es que solicitamos al Ministerio de Turismo y Deporte, lo consideren para realizar distintos torneos internacionales, principalmente en la época estival que se inicia. La posibilidad de que se desarrollen diferentes torneos internacionales en la ciudad de Colonia del Sacramento, es una ventana abierta al mundo para promo-

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cionar nuestro departamento, en especial, torneos de verano de fútbol, donde participen equipos argentinos, uruguayos, brasileños y paraguayos, como así también torneos de rugby, como por ejemplo, los Seven, que se realizan en el Campus del departamento de Maldonado. Es de suma importancia apoyar ese tipo de competencias a fin de promover la imagen del lugar, como un destino con atractivos naturales y la infraestructura necesaria para realizar importantes eventos deportivos. Por lo expuesto, solicitamos que el Ministerio de Turismo y Deporte conjuntamente con la Intendencia de Colonia, realicen los contactos pertinentes para lograr los máximos espectáculos deportivos para esta sede. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO PLANCHÓN, Representante por Colonia”. 6) Exposición del señor Representante Ricardo Planchón a la Presidencia de la República y a los Ministerios de Salud Pública, y por su intermedio a la Comisión Nacional del Zoonosis; y de Educación y Cultura, con destino a la Comisión de Bienestar Animal; a la Asociación Nacional de Protección Animal; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia, y por su intermedio al Municipio de Nueva Palmira; y a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, relacionada con la necesidad de prevenir hechos de maltrato animal y otros episodios de violencia.

“Montevideo, 25 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República; al Ministerio de Educación y Cultura, con destino a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal; al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis; a la Intendencia de Colonia y, por su intermedio, al Municipio de Nueva Palmira; a la Junta Departamental de Colonia; a la Asociación Nacional de Protección Animal, y a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de esta Cámara. En nuestra calidad de Representante Nacional, queremos expresar el verdadero rechazo ante el hecho ocurrido en la ciudad de Nueva Palmira, departamento de Colonia, que está en conocimiento público del país y del mundo. Hecho aberrante en el que tres menores golpearon brutalmente hasta provocar la muerte de un perro. Desespera su perversión, su falta de humanidad, y el morbo de filmarlo bárbaramente. Sin quitarle la impor-

tancia innegable ante el hecho acontecido, y con la preocupación que tenemos todos los habitantes de nuestro departamento ante tan atroz hecho, debemos reconocer que en nuestro país, como en muchas partes del mundo, ocurre a diario violencia, maltrato hacia los animales. Nosotros como sociedad, no debemos acostumbrarnos a que esto siga ocurriendo y debemos, indefectiblemente, hablar sobre las causas y buscar una urgente solución. Es sabido que la violencia ejercida contra los animales y contra los seres humanos, surgen desde las mismas causas y deben ser prevenidas y tratadas de igual forma. En las últimas dos décadas los científicos, los sicólogos y los criminalistas coincidieron y documentaron esta asociación. A título de ejemplo, esos profesionales nos informan que los jóvenes que muestran crueldad hacia los animales, son más propensos a volverse agresivos hacia las personas a lo largo de su vida. Estadísticamente, las personas violentas que han resultado encarceladas, primariamente han maltratado a animales durante su infancia. Niños educados en espacios violentos, percibiendo mal trato, podrían imitar esta conducta con animales y personas. Los profesionales aducen que los niños maltratan a los animales para descargar la agresividad que sienten hacia adultos abusivos o a causa de traumas sociológicos. Hoy profesionales: terapeutas, asistentes sociales y docentes, coinciden en que el maltrato hacia los animales puede ser indicador de una seria desadaptación. Los niños se forman desde su entorno. Si aprenden a descuidar, ignorar, abusar y reaccionar con violencia, se lo enseñarán a la generación que sigue y el ciclo continúa. Los principales enfoques de la temática indican que estarían vinculados con la pérdida de valores, como lo son el respeto y la solidaridad. Temas como la violencia entre los adolescentes, las rapiñas, y la violencia doméstica, abordan la mayoría de las discusiones. Asimismo suceden, y muy a menudo, hechos de violencia dentro y fuera de los hogares, hacia animales. Es menester que estos hechos estén incluidos dentro del ciclo de la violencia, y no mostrar indiferencia ante ellos, no debería ser un caso extremo como lo sucedido en Nueva Palmira, el que nos haga recapacitar al respecto y trabajar en pos de lograr una solución que proteja a todos los seres vivientes del planeta. El abuso animal está estrechamente relacionado y es el primer paso hacia la violencia doméstica y se debe considerar violencia criminal. En Uruguay se han conocido muchos casos de abuso animal, a los que no se les da difusión, salvo en ciertos ámbitos relacionados con las protectoras de animales y la promoción del bienestar animal. Con lo expuesto, queremos remarcar que todos los

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hechos violentos, sea cual sea la víctima, el perpetrador, o el ambiente donde ocurran, no son hechos aislados, sino que forman parte de un mismo ciclo. Es necesario comprender que el maltrato animal es el primer indicio de lo que esa persona es capaz y muy probablemente llegue a cometer un acto de violencia hacia otra persona. No sólo se trata de velar por el bienestar de los animales, que ya en sí mismo es una buena causa. Velando por ellos, educando, previniendo y condenando estos hechos, estamos evitando también la violencia entre las personas. La violencia conjuntamente con la desintegración familiar, el consumo de drogas y la crisis de valores, presentes en distintos ámbitos de la sociedad, hacen que como Estado tengamos que trabajar fuertemente en la educación, en cuidar la familia como base de la sociedad y en valores, ya que nuestros niños y adolescentes están constantemente tomando ejemplo de cuanto hacemos y muchas veces terminan reflejándose en nosotros. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO PLANCHÓN, Representante por Colonia”. 7) Exposición del señor Representante Ricardo Planchón a la Presidencia de la República y al Ministerio de Turismo y Deporte, y por su intermedio a la Dirección Nacional de Deporte; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia; y a las Comisiones Especial de Deportes de la Cámara de Senadores y Especial para el Deporte de la Cámara de Representantes, acerca del apoyo presupuestal y de recursos humanos para las plazas de deportes del citado departamento.

que es necesario que el deporte cobre un lugar aun más importante, no solo a nivel profesional, sino también que llegue a todos los ciudadanos. Es fundamental que las plazas de deportes de las distintas localidades del departamento, se encuentren en mejor estado y que tanto los niños como los jóvenes, adolescentes y adultos, puedan acercarse a ese lugar con el fin de realizar actividades de esparcimiento. El mejor homenaje que puede hacerle el Gobierno Nacional a la Selección Uruguaya de Fútbol es aumentar los recursos económicos destinados a las plazas de deportes, con el fin de ser volcados en reestructuración, recursos humanos, reacondicionamiento y equipamiento, entre otros. Es fundamental que vuelvan a funcionar como tales, logrando de esa manera convertirlas en un lugar de encuentro, de reunión para llevar al acercamiento de niños y jóvenes, intentando alejarlos de hábitos que los perjudican como el consumo de alcohol y de drogas. Esa situación, no se arregla creando un nuevo Ministerio, ni creando más cargos, ni gastando más en el gran aparato burocrático estatal, sino invirtiendo en nuestras plazas de deportes, para que se beneficie el ciudadano. Por lo expuesto, solicitamos al Ministerio de Turismo y Deporte, que intensifique el apoyo presupuestal y designe recursos humanos para las plazas de deportes del departamento de Colonia, ya que en este momento se está atravesando una etapa de Rendición de Cuentas y se tiene la posibilidad de aumentar los recursos para esta área tan importante y fundamental para la vida, como es el deporte. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO PLANCHÓN, Representante por Colonia”. 8) Exposición del señor Representante Ricardo Planchón a la Presidencia de la República y al Ministerio del Interior; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia, y por su intermedio al Municipio de Juan Lacaze, referente a la necesidad de contar con otra unidad para el destacamento de bomberos de la referida ciudad.

“Montevideo, 24 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República; al Ministerio de Turismo y Deporte y, por su intermedio, a la Dirección Nacional de Deporte; a la Cámara de Senadores, con destino a la Comisión Especial de Deporte; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Colonia, y a la Comisión Especial para el Deporte de esta Cámara. Con fecha 3 de agosto del corriente año, cursamos a los citados organismos una exposición escrita planteando la problemática de varios vecinos del departamento de Colonia. A través de la presente exposición, deseamos reiterar dicho planteamiento. En esta etapa que está viviendo el país, donde la Selección Uruguaya de Fútbol nos emociona cada vez que participa de un torneo, consideramos

“Montevideo, 24 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio del Interior; a la Intendencia de Colonia y, por su intermedio, al Municipio de Juan Lacaze, y a la Junta Departamental de Colonia. Por la presente exposición, venimos a exponer una problemática planteada, en particular, por los vecinos de la ciudad de Juan Lacaze, del departamento de Colonia.

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Dicha ciudad, situada en la costa del Río de la Plata, se caracteriza por su intensa actividad industrial, ya que desde fines del siglo XIX contó con la Fábrica Nacional de Papel y con la Textil Campomar y Soulas, que daban empleo a miles de sus habitantes. Ésta última, tuvo que cerrar sus puertas en el año 1993, dando lugar a la empresa textil Agolan S.A., mientras que FANAPEL continúa con su intensa actividad fabril para el mercado local y para la exportación. En la actualidad, el cuartelillo de bomberos de la mencionada ciudad, cuenta solamente con un camión autobomba, vehículo empleado por los bomberos y diseñado para la lucha contra el fuego, siendo su principal misión transportar las herramientas necesarias para abordar una emergencia, en caso de incendio principalmente, ya que lleva un motor para bombear agua obtenida de boca de riego o de cualquier otra fuente disponible. Un camión bien equipado, debe poseer equipo de comunicaciones y diferentes herramientas que permitan abordar urgencias. Creemos que es necesario que se destine otro autobomba, en virtud de que el camión autobomba existente debe cubrir un área realmente grande, además de estar trabajando las urgencias que se generen, si tenemos en cuenta que la zona se destaca por su actividad industrial. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO PLANCHÓN, Representante por Colonia”. 9) Exposición del señor Representante Ricardo Berois Quinteros al Ministerio del Interior, sobre el reconocimiento al Cuerpo de Coraceros por su participación en la recreación de la “Redota del Pueblo Oriental”.

cuando nos referimos a la labor, profesionalismo y solidaridad del Cuerpo de Granaderos, debimos decir Cuerpo de Coraceros, que fueron quienes nos acompañaron en todo momento. Vaya nuestro reconocimiento a todas las instituciones mencionadas y, especialmente, que se tome en consideración esa enmienda, destacando la excelente labor del Cuerpo de Coraceros. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO BEROIS, Representante por Flores”. 10) Exposición del señor Representante Ricardo Berois Quinteros a las Juntas Departamentales e Intendencias de Montevideo, Tacuarembó, San José, Flores, Soriano, Paysandú y Canelones; a la Sociedad Criolla Doctor Elías Regules; a la Sociedad Hípica, Social y Tradicionalista Potros y Palmas; al diario El País y a Radio Rural CX 4, relacionada con las domas, jineteadas y celebraciones criollas. “Montevideo, 1º de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a las Intendencias y a las Juntas Departamentales de Canelones, Flores, Montevideo, Paysandú, San José, Soriano y Tacuarembó; a la Sociedad Criolla Elías Regules; a la Sociedad Hípica, Social y Tradicionalista Potros y Palmas; al diario ‘El País’, y a Radio Rural. Es de nuestro interés, precisar conceptos que por elevada ignorancia se manejan equivocadamente. Se quiere intentar dejar sin auspicios, patrocinio o apoyo a los eventos de jineteadas, domas, criollas, rodeos o similares. Ese fue el objeto de una exposición de un legislador, en la Cámara de Representantes haciendo uso de su media hora previa. Como la misma no tiene debate, no podemos dejar pasar afirmaciones que se hacen, demostrando un total desconocimiento del espectáculo criollo, usos y costumbres que nacen con la patria. En defensa del bienestar animal se quiere menospreciar, despreciar, agraviar a unos de los espectáculos más pretéritos de nuestra Nación, que nace junto con nuestro ser y en donde hasta hoy congrega las más altas tradiciones de lo que somos como orientales. El tiempo ha pasado y nuestra comunidad, sobre todo la zona urbana, ha incorporado usos y costumbres, espectáculos, conmemoraciones, representaciones, exhibiciones que nada tienen que ver con nuestra tradición y nuestro pasado, que mucho respetamos, y que han demostrado ser mucho más dañinas para el ser humano y para los animales. En las jineteadas, para que haya

“Montevideo, 1º de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio del Interior. El 9 de noviembre próximo pasado, se cursó por Oficio de esta Cámara Nº 13636, una exposición escrita destacando la organización, el apoyo y la labor de las diferentes instituciones que intervinieron en la recreación de ‘La Redota del Pueblo Oriental’, uniendo los departamentos de San José y de Salto. Siendo partícipes de esa memorable recreación, nuestras expresiones intentaron hacer justicia con todas aquellas personas e instituciones, que hicieron posible los más de 13 días de marcha. En la referida exposición cometimos un error, -que queremos corregir-,

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un buen espectáculo las tropillas tienen que estar bien alimentadas y con buena sanidad, esa es la regla de todos los tropilleros, que siempre hacen ese esfuerzo, porque en la competencia está el premio. Necesitan de los premios para mantenerse, conservar o construir un prestigio que es lo importante como valor intransferible que se va consiguiendo a lo largo del tiempo. Para hablar de este tema hay que conocer, ir, mirar, observar el estado de la caballada antes y después del espectáculo. Los accidentes suceden en todos los órdenes de la vida, pero no es la regla para el animal, sino que el riesgo esencialmente es para el jinete, que en una décima de segundos se juega la vida. Las jineteadas consisten en resistir sobre el lomo de un bagual durante unos segundos. La fuerza del animal -sin amansar- hace despareja la contienda, pero en esos segundos jinete y caballo, demuestran sus destrezas que confluyen en una ceremonia de disfrute excelso. Ese es el espectáculo, el que opina sin conocer, es porque no entiende, no disfruta con esto, podemos entenderlo -por algo los seres humanos somos diferentes- pero decir que este deporte es un atentando contra el bienestar animal, es de una ignorancia muy profunda sobre lo que es y lo que somos como Nación, que se hizo y se forjó por bravos orientales que hicieron la patria a lomo de caballo. En la capital se conoce esta actividad por la Semana Santa o Criolla, pero en el Uruguay profundo, es un espectáculo que disfruta la familia criolla en forma permanente. Se reúnen la familia, los amigos, el ‘pago’, muchas veces como forma de beneficio para la escuela rural, la policlínica o la ayuda para algún criollo que está en dificultades. Esos son los valores que cultiva esa forma de ser y sentir, no es barbarie, es comunión de afectos entre el hombre y el animal, es un deporte que no tiene el apoyo de las grandes empresas, pero sí el reconocimiento de nuestros paisanos que siguen manteniendo bien en alto la reputación de ser ‘Oriental’, hijo de esta tierra y de nuestras más ricas tradiciones. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO BEROIS, Representante por Flores”. 11) Exposición del señor Representante Gonzalo Novales al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, para su remisión al Consejo de Educación TécnicoProfesional, acerca de la posibilidad de ampliar los cursos que se dictan en la Escuela Técnica de Dolores, departamento de Soriano. “Montevideo, 5 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle

Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y al Consejo de Educación Técnico-Profesional, referida a la necesidad de ampliar las opciones de cursos que se impartirán en la Escuela Técnica de la ciudad de Dolores, del departamento de Soriano, en el próximo año lectivo. Haciéndonos eco de un planteo realizado por el Edil Fernando Vélez -que compartimos totalmente y del que adjuntamos copia- en la sesión del legislativo departamental, el pasado 28 de noviembre, es que nos dirigimos a ustedes a fin de que se nos informe y, eventualmente, se amplíen los cursos que se dictarán en el año 2012. Recientemente tomamos conocimiento que, aparentemente, las opciones de los cursos que se brindarán en la ciudad de Dolores, serán inferiores a las del presente año. Esa noticia nos llena de preocupación y, como legisladores nacionales, nos vemos en la necesidad y en la obligación, de hacer cuanto esté a nuestro alcance para revertir esa situación. Debemos trabajar para brindarles a los pobladores de la mencionada ciudad la mayor cantidad de oportunidades educativas. La ciudad de Dolores -como bien señala el legislador departamental- es uno de los centros productivos más importantes del país y, por ende, las posibilidades de estudio y de tecnificación personal deberían ir de la mano con su desarrollo. Entendemos que el Ministerio de Educación y Cultura y el Consejo de Educación Técnico-Profesional con el recorte de las opciones de estudio en la ciudad de Dolores van en contrasentido de lo que debería ser. Por un lado se produce más y mejor pero, por otro lado, obstaculizamos ese desarrollo y no propiciamos medidas que incentiven más y mejor educación, lo que iría de la mano con una mejor y mayor producción. Si tanto hablamos de descentralizar y buscamos que los uruguayos se afinquen y residan en el interior, mal hacemos limitando o recortando las oportunidades que el interior les brinda. Es por lo expuesto, que solicitamos al Ministerio de Educación y Cultura y al Consejo de Educación Técnico-Profesional que revean su postura y adopten una resolución estableciendo el dictado de una mayor variedad de cursos en el Escuela Técnica de Dolores. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GONZALO NOVALES, Representante por Soriano”.

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MEDIA HORA PREVIA 7.- Recordación del maestro Julio Castro.
——Se entra a la media hora previa. Tiene la palabra la señora Diputada Payssé. SEÑORA PAYSSÉ.- Señor Presidente: aunque hubiera tenido veinte medias horas previas preparadas, hoy no podría hacer otra cosa más que referirme a la muerte y al hallazgo de los restos del querido maestro Julio Castro. Si bien entiendo que este tema va a ameritar algún homenaje importante de esta Cámara, me parece fundamental señalar este hecho en la media hora previa. No me sentiría en paz con mi conciencia ni conmigo misma si no pusiera de manifiesto en este momento la indignación que debemos tener todas y todos frente a este hallazgo que demuestra no solo la saña, la barbarie y el horror sino, además, que nuestro pueblo fue engañado, que nos mintieron durante muchos años. Debemos continuar realizando esfuerzos para encontrar la verdad, que podrá demorar pero igual va a llegar. No voy a hacer la biografía de Julio Castro, maestro de maestros, quien fue secuestrado a los 68 años de edad y cuyos restos fueron encontrados en el Batallón N° 14 con un balazo en el cráneo. Tampoco voy a extenderme en todo lo que habría para decir de él. El comunicado que dio a conocer el Poder Judicial dice que fue difícil establecer lo sucedido porque, además, hubo un factor agresor de la materia orgánica, que fue la utilización de cal. Esto demuestra a las claras que en nuestro país había un operativo instalado para la desaparición de uruguayas y de uruguayos y que hay responsables de estos hechos. No parece sensato pasar por alto el tema de las responsabilidades. La historia reciente, esta que estamos construyendo -de la que a veces se ha dicho que es sesgada-, también va a tener que ser rectificada. En el Anexo 3.1 del libro “Investigación Histórica sobre Detenidos Desaparecidos.- Tomo II.- Datos de las víctimas.- Fichas personales” se hace referencia a Julio Castro, diciendo: “Sus restos -según la información recibida- habrían sido primero enterrados en el Batallón 14 de Toledo y después exhumados a fines del año 1984, incinerados y tirados al Río de la Plata”. Entonces, señoras legisladoras y señores legisladores, deberemos corregir la historia reciente. Y también lo

deberemos hacer reflexionando acerca de las palabras del Comandante en Jefe del Ejército, Pedro Aguerre, quien está dispuesto a terminar con el pacto de silencio que hay, que ha hecho que todavía estemos lejos de encontrar la verdad. Sé que no dispongo de mucho tiempo, pero quiero decir que comparto la afirmación de Miguel Soler, en el sentido de que es positivo en la lucha del pueblo uruguayo que haya aparecido el cuerpo de Julio, como deberían aparecer los cuerpos de todos los desaparecidos para hacer resplandecer en nuestro país la verdad y la justicia. Además, quiero rescatar uno de los tantos pensamientos de Julio Castro, maestro rural que fue enviado por la UNESCO a enseñar a distintos países de América Latina. Él decía: “Los principios generales que configuran la pedagogía moderna han surgido fundamentalmente de la nueva composición de lugar que se le asigna al niño en la escuela. Al ser él el centro principal de actividad, todos los elementos educativos giran a su alrededor: la escuela, el ambiente de la clase, la actividad del maestro, los métodos de enseñanza, […]”. Hoy en día, en momentos en que se está debatiendo sobre la enseñanza, rescatar el pensamiento del maestro Julio Castro es un acto de justicia y, también, de acercamiento a lo que deben ser las políticas en esta materia. Voy a terminar mi exposición haciendo referencia a una frase de una canción de León Gieco titulada “La memoria”. Dice así: “Todo está escondido en la memoria,/ refugio de la vida y de la historia./ La memoria estalla hasta vencer/ a los pueblos que la aplastan/ y que no la dejan ser/ libre como el viento”. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a los Directorios de todos los partidos políticos, en especial a la Mesa Política del Frente Amplio, a la Presidencia de la República, a las Intendencias y Juntas Departamentales, a la institución Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos y a la Comisión de Derechos Humanos del PIT-CNT. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

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8.- Problemas del Área de Control Integrado en la frontera con Brasil.
Tiene la palabra el señor Diputado Amarilla. SEÑOR AMARILLA.- Señor Presidente: hoy vamos a referirnos a un tema que afecta la frontera con Brasil, particularmente el paso de frontera ubicado entre Rivera y Santana do Livramento. En la década del noventa se pudo resolver los controles en este paso de frontera según lo que establecen los acuerdos del MERCOSUR, que implican la construcción y gestión de las Áreas de Control Integrado, tanto para carga como para pasajeros. Tenemos que decir que Brasil cumplió con la instalación en su territorio del Área de Control Integrado de cargas, que denominamos puerto seco, y que Uruguay construyó en suelo nacional el área de control de pasajeros. Esto quedó concretado más o menos por 1996 y funcionó bastante bien durante un tiempo. El área de cargas continúa funcionando muy bien, pero a partir de 2005, lamentablemente, el área de pasajeros no está cumpliendo sus funciones como corresponde. Esto se debe a que la Policía Federal del vecino país se retiró del área, argumentando imposibilidades de orden constitucional para cumplir con esa función fuera del territorio brasileño. Esto dejó prácticamente sin efecto el Área de Control Integrado, obligando a los turistas que circulan por ese paso fronterizo a hacer los trámites en el viejo control integrado de Uruguay, y después a dirigirse a las oficinas de la Policía Federal en Santana do Livramento para realizar los controles en el lado brasileño. Entonces, hemos retrocedido en lo que habíamos avanzado hace ya más de una década. Esta situación genera inconvenientes para los turistas y dificultades internas en ambas ciudades, que se ven desbordadas por el tráfico de personas y, muchas veces, de los ómnibus, que deben atravesar los dos centros urbanos para hacer los controles. Se requiere una urgente solución. En el Presupuesto Nacional hay una partida de aproximadamente ciento cincuenta mil dólares para resolver la relocalización del Área de Control Integrado. Además, los brasileños plantearon la idea de complementar la financiación con los fondos del FOSEM. Incluso, en julio de este año surgió una idea de los propios actores, de los funcionarios públicos involucrados en el control, de relocalizar esa Área de Con-

trol Integrado en un punto fronterizo, próximo a la línea divisoria, de modo de facilitar el acceso de todos los servicios públicos y dar mejor atención a los turistas. Quiero que mis palabras lleguen a los organismos involucrados, a los efectos de que se agilicen los trámites y rápidamente se pueda llegar a buen puerto, a fin de que se resuelva el problema que viven nuestras ciudades -el Área de Control Integrado no está cumpliendo con sus funciones- y, sobre todo, que se faciliten los controles para los turistas que pasan por nuestras fronteras. Por lo tanto, solicito que la versión taquigráfica pase a los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional -específicamente a la Dirección Nacional de Pasos de Fronteras-, de Transporte y Obras Públicas, de Economía y Finanzas -sobre todo por lo referente a la Dirección Nacional de Aduanas- y del Interior, por el control que hace la Dirección Nacional de Migración. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y uno: AFIRMATIVA.

9.- Investigaciones por una publicación oficial en el diario la “La República”.
Tiene la palabra el señor Diputado Cantero Piali. SEÑOR CANTERO PIALI.- Señor Presidente: hace unos días tomamos conocimiento que el diario “La República” estaba recorriendo Ministerios y las oficinas de la Presidencia, pretendiendo cobrar por una publicación oficialista que realizó sin contrato, sin orden de compra, sin nota, sin resolución mediante. Ante esta sorpresa, el propio Presidente de la República salió a aclarar que estaba investigando a qué se debía tal recorrida. Según lo que se informa, “La República” facturó tres mil dólares, más IVA, a cada uno de los trece Ministerios, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Presidencia de la República por la publicación “Al Día”, un suplemento de autobombo del Gobierno. Y facturó a los mencionados organismos dos mil dólares, más IVA, por concepto de “spots”, porque parece

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que la radio y el canal de cable del mismo grupo económico le hacían publicidad a ese suplemento. Quienes manejan las comunicaciones en los Ministerios se negaron -lógicamente- a pagar por algo para lo que no tenían autorización. El Presidente Mujica dijo: “Lo que yo le puedo decir es que ningún Ministerio pagó, ni nadie pagó, porque nadie recibió la orden de que tenía que pagar eso. Ni se va a pagar. No instruimos a ningún Ministro para que pague eso”. Sin embargo, aparece el Secretario de la Presidencia, Alberto Breccia, la mano derecha de José Mujica y, en contra de la afirmación del Presidente que acabo de leer, dice: “Los Ministerios se podrían hacer cargo porque esto entra dentro de las compras directas que se pueden hacer”. El viernes 2, el semanario “Crónicas” consultó al Director de la Secretaría de Comunicación de Presidencia, Gonzalo Carámbula, quien señaló “[…] que del comunicado del Presidente se desprende que Mujica dijo que no a la continuidad de la publicación, pero en lo personal el jerarca no tiene certeza si se pagará”. Y agregó, textualmente: “Es Breccia con quien corresponde hablar”. Si es con Breccia con quien hay que hablar, ya que no podemos convocar al señor Secretario de la Presidencia como a un Ministro, vamos a invitarlo a que nos visite en nuestra Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración para que nos explique todo este entredicho y nos cuente si se pagaron o se van a pagar los casi cien mil dólares que reclama el diario “La República”. El doctor Breccia dijo, además, que “La República” debe cobrar “[…] aunque no exista una orden de compra porque hay un trabajo realizado y no abonar este trabajo implicaría para la Presidencia un beneficio indebido”. Si es así, si se paga, señor Presidente, repárese en el grave antecedente que se generaría. Luego de esto, cualquier ciudadano que tenga la posibilidad de difundir una actividad de Gobierno reclamará esos servicios y el Estado -siguiendo el razonamiento del Secretario de la Presidencia- deberá pagar, aunque nadie haya dado la orden, aunque no haya orden de pago, aunque no haya resolución porque, de lo contrario, se estaría constituyendo un beneficio indebido, según Breccia. Es grave, señor Presidente. ¡Es muy grave!

Debemos discutir cómo manejar estos temas, cómo debe manejarse la publicidad oficial. De hecho, estamos intercambiando ideas con el señor Diputado Delgado para la presentación de un proyecto de ley. Ante la inacción de Presidencia, que hace meses anunció que enviaría uno, decidimos presentarlo. Es bueno recordar que el Consejo de Dirección del diario “La República” está integrado por Víctor Rossi, quien fuera Ministro del ex Presidente Tabaré Vázquez, y también ocupó un lugar Eleuterio Fernández Huidobro en el interregno en que renunció a su banca y asumió el Ministerio de Defensa. Como si a este lamentable episodio le faltaran agravantes, señor Presidente, debemos señalar que el Secretario de la Presidencia, quien acaba de pedir a la oposición que no “tinellice” la política, es el hermano de la esposa del Director y fundador de “La República”, el mismo que el año pasado estuvo vinculado a ANTEL, pues su sobrino consiguió un contrato único en esa empresa, debiendo intervenir directamente el Presidente de la República. Ese mismo jerarca que pide que no se “tinellice” la política es el que ahora argumenta para que su cuñado cobre algo por lo que no ha sido contratado. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras pase al Poder Ejecutivo, a la Presidencia de la República, a la Junta de Transparencia y Ética Pública, al Tribunal de Cuentas, a la Suprema Corte de Justicia, a los medios de comunicación de la capital y del interior del país, a ANDEBU, a la Asociación de la Prensa Uruguaya, a la Organización de la Prensa del Interior y al Grupo Medios y Sociedad. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y seis en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA.

10.- Solicitud de que se regule el sistema de tarjetas de crédito.
Tiene la palabra el señor Diputado Vidalín. SEÑOR VIDALÍN.- Señor Presidente: hace unos días, un grupo de Diputados del Partido Nacional -entre los que estaban los señores Diputados Peña Fernández, Silvera Araújo, Javier García, Mario García, Sara-

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via y otros- presentó un proyecto de regulación del sistema de tarjetas de crédito. Hoy, vamos a tratar de realizar un aporte al planteo que realizaron colegas Diputados de mi Partido. (Murmullos) ——Sin duda, son muchas las preocupaciones que tenemos los uruguayos diariamente -la inseguridad en la que vivimos, los problemas laborales, la alta conflictividad sindical, los problemas originados por los nuevos sistemas de salud, la drogadicción, el porvenir de nuestros hijos-, pero hoy nos vamos a referir a una preocupación que acucia a nuestra sociedad y en la que nos vemos inmersos todos los meses: llegar a fin de mes y cubrir con nuestro salario los gastos que hemos asumido debido al alto costo del diario vivir. (Murmullos.- Campana de orden) ——Gracias, Presidente. Nuestra sociedad se ha vuelto costosísima. Vivimos en un mundo consumista y el afán materialista, muchas veces, se transforma en un enemigo de nuestra economía familiar. En otras ocasiones, imprevistos como los problemas de salud, la falta de trabajo, el estudio de nuestros hijos, nos llevan a hacer gastos excepcionales que, muchas veces, no podemos cumplir con su pago a fin de mes. A través de los medios de comunicación y del boca a boca se ofrecen créditos en efectivo que se gestionan y entregan en minutos, sin más requisitos que la presentación de un recibo de sueldo y, muchas veces, a sola firma; en algunas ocasiones, aunque no se solicite, también se incluyen tarjetas de crédito. ¿Cuántos de nosotros -trabajadores, jubilados, policías, militares, docentes- hemos tenido que pasar por esto? La angustia, la desesperación, la responsabilidad por cumplir nos hace aferrarnos a estas oportunidades que se nos ofrecen para enfrentar el aumento del costo de vida, amén de los gastos imprevistos. En esa primera instancia, no tenemos en cuenta los altos intereses de financiación de esos créditos, que aumentan mucho más cuando se producen atrasos y generan intereses por mora que nos cuesta años y años pagar. Uno pasa al “Clearing de Informes” e, inclusive, puede llegar a ser embargado, debiendo asumir, en consecuencia, altos costos judiciales. ¿Cuántos de nosotros, compañeros Diputados, hemos estado o estamos en esta situación? Imaginen

cuál ha de ser la situación del ciudadano común, que no gana lo mismo que nosotros. Nuestras dificultades económicas, cuando realmente somos responsables, afectan a la familia, las relaciones interpersonales y también la salud. Por eso, como Diputado, deseo compartir esta inquietud con ustedes, mis pares. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——De acuerdo con la ley, la mayoría de las instituciones que prestan dinero deberían aplicar una tasa efectiva anual de hasta 75% y, en caso de atraso, de hasta 85%. Ahora, pido que escuchen lo siguiente. En este país, el Índice Medio de Salarios de los últimos doce meses llegó al 14,25% y hubo un 7,88% de inflación; sin embargo, la tasa efectiva anual que se paga por los créditos a los que me referí se encuentra entre 75% y 85%. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Ha expirado el tiempo de que disponía el señor Diputado. Redondee, por favor. SEÑOR VIDALÍN.- Señor Presidente: de 7,88% se llega a pagar un interés de 75% a 85%. Estamos rayando la usura. Por ese motivo, este tema nos preocupa. En algunos casos, se llega hasta el 120% de interés. Como nos preocupa el tema, queremos hacer llegar este aporte a la Comisión que está tratando el proyecto de ley de regulación del sistema de tarjetas de crédito, para lograr que los orientales tengamos menos dificultades económicas, dejemos de lado el afán materialista y el consumismo y ajustemos el cinturón a la realidad. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se envíe a la Comisión que está tratando el proyecto de ley de regulación del sistema de tarjetas de crédito -que fue presentado por varios Diputados de mi Partido- y al Ministerio de Economía y Finanzas. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y seis en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA.

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11.- Avances logrados en el departamento de Rocha.
Tiene la palabra el señor Diputado Aníbal Pereyra. SEÑOR PEREYRA (don Aníbal).- Señor Presidente: hoy nos pareció oportuno hablar de algunas realidades que, cuando pasa el tiempo, generalmente nos olvidamos de que sucedieron. Hoy nos parece oportuno mencionarlo, sobre todo en un tiempo en el cual nos estamos acostumbrando a dar pasos cada vez más grandes, a fin de ir logrando mejores condiciones de vida para nuestros conciudadanos. Creo que hay cosas sobre las que uno puede tener visiones ideológicas diferentes, colores distintos, pero hay realidades que son indiscutibles. La gente palpa los avances; son cuestiones de sentido común que a veces el fanatismo de los seres humanos no puede obviar. Analizando estos temas, desde esta perspectiva, quiero hablar de las realidades de nuestro departamento de Rocha -por el cual somos Representantes-, por el que hace no mucho tiempo -hablar de seis años en la historia de un país no es nada- prácticamente nadie daba un cobre, porque estaba en un callejón sin salida, desde todo punto de vista. Más allá de la crisis que vivió nuestro país, no se veían perspectivas lógicas de avance en las políticas departamentales. La gestión departamental llegó a atrasar en seis años los pagos de los salarios de los funcionarios municipales. Y hay que tener en cuenta lo que eso representa para un departamento en el que los niveles de desempleo llegaron a cifras increíbles. Si bien, obviamente, no estamos conformes -queremos que se siga abatiendo el desempleo-, el departamento de Rocha está en la media nacional de desempleo, aunque aun existen elementos que pueden ser preocupantes, como un mayor índice de desempleo en las mujeres, característica que se da en todo el país; de todas maneras, esas realidades han estado cambiando. Y no se cambiaron por obra y gracia del Espíritu Santo o de acciones mágicas, sino como consecuencia de decisiones políticas y de gestiones diferentes. La Intendencia de Rocha, articulando en forma importante con el Gobierno nacional, ha logrado superar muchas de las problemáticas que tenía nuestro departamento. En todas las ciudades, hoy se ven claros avances de generación de nuevas fuentes de trabajo. Al año

2010 se habían creado, en cinco años, mil empresas nuevas y cinco mil puestos de trabajo. Esto es algo prácticamente inédito en la historia desde que se miden esas realidades en nuestro país. Aun así, entendemos que hay que seguir trabajando, con la misma lógica que nos llevó a esta decisión. ¿Cuál es? Trabajar incluyendo a toda la ciudadanía; trabajar incluyendo condiciones amplias de apertura y tratar de que esas políticas apuntalen siempre a los más débiles. Serían innumerables los avances a detallar, desde la creación de la UTU en la ciudad de Chuy, que hacía treinta años se planteaba como tal, hasta la creación de fuentes de trabajo en la ciudad de Castillos o en Cebollatí, que eran de las localidades más relegadas, y en cinco años se construyeron ciento cincuenta viviendas que acaba de inaugurar MEVIR. Asimismo, el INAU ya anunció -como otro de los compromisos de seguir construyendo ciudadanía en la inversión pública- la instalación de un centro CAIF dentro de ese complejo de MEVIR. De los pasos que venimos dando, hay uno que entendemos que, entre las prioridades planteadas en el departamento, es de los más importantes: terminar de construir el tramo de la Ruta Nacional N° 15, con el empalme de la Ruta Nacional Nº 19, con villa Cebollatí. El señor Ministro de Transporte y Obras Públicas ha comprometido ese esfuerzo estando en la propia villa y ya están presupuestados esos recursos. Por lo tanto, en la lógica de seguir rompiendo las trabas y teniendo en cuenta que hemos salido del fondo del pozo, creemos que el planteo que estamos haciendo hoy también va a ser superado en este quinquenio. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Intendencia -con destino a los cuatro Municipios y a todas las Juntas Locales del departamento- y Junta Departamental de Rocha. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y seis en cincuenta y siete: AFIRMATIVA.

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12.- Reconocimiento a los oftalmólogos cubanos del Hospital de Ojos “José Martí”. Reclamo del cese al bloqueo contra Cuba y de la liberación de cubanos presos en USA.
Tiene la palabra el señor Diputado Groba. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: en esta media hora previa, en una jornada muy emotiva que seguramente seguirá así en el correr de la tarde, haremos un reconocimiento a los médicos y técnicos oftalmólogos cubanos que se han desempeñado en el Hospital de Ojos “José Martí”, que llevan realizadas más de veinticinco mil operaciones gratuitas en nuestro país. (Murmullos) ——Hemos estado con la ONAJPU -la representación de jubilados y pensionistas en el BPS- y con la representación de los trabajadores en el Banco de Previsión Social, y casualmente también nos hemos hecho presentes en el ranchito de pescadores del Buceo, donde se les rindió un homenaje que seguramente los oftalmólogos cubanos que parten dentro de dos días guardarán para siempre en su retina por su emotividad y efusividad. (Murmullos) ——En el año 2006 arribaron tres oftalmólogos cubanos, en el marco de cooperación firmado entre Cuba y Uruguay. Hasta febrero de 2008 fueron enviados a la isla 2.027 uruguayos para ser sometidos a cirugías oftalmológicas, sobre todo de cataratas, en forma totalmente gratuita. (Murmullos.- Campana de orden) ——En febrero se comienzan a realizar las operaciones en el Hospital de Ojos, situado en un ala del Hospital Saint Bois, inaugurada a fines de 2007. No nos olvidemos de que estos médicos fueron blanco de las más grandes y absolutas difamaciones por parte de la Asociación Uruguaya de Oftalmólogos y por las Sociedades Anestésico-Quirúrgicas. Inclusive, estos mismos médicos estaban dispuestos a ir a la cárcel si la Justicia se hacía eco de las denuncias presentadas contra su trabajo. Así comienza a hacer historia la “Operación Milagro”, llevada a cabo por las brigadas que hoy cumplen más de veinticinco mil cirugías de cataratas realizadas por los trabajadores médicos cubanos.

En el marco del convenio firmado entre el Hospital de Ojos “José Martí”, por medio de ASSE, y el BPS, este ha colaborado y coordinado con la “Operación Milagro” desde mediados de 2008. El 19 de junio de ese año se comienzan a coordinar las pesquisas en todo el país, con la estrecha colaboración de la ONAJPU y todas sus filiales, a lo largo y ancho de la República. Como acto destacado de este proceso está la firma del convenio por el cual el BPS da en comodato al Hospital de Ojos y al MIDES el Hogar Israelita, hoy Tarará Prado, donde alojará a los pacientes provenientes del interior hasta el primer examen post operatorio, realizado a veinticuatro horas de la cirugía. Como contrapartida, fueron operados de cataratas todos los jubilados y pensionistas que no son usuarios de ASSE que tuvieran una prestación menor a 10 BPC. Además, interviene ANTEL, con una línea 0800 para el uso del hospital. Desde la representación de los jubilados y pensionistas, el BPS ha coordinado las pesquisas en todo el país, además de encargarse del traslado y la logística. El Hospital de Ojos firmó convenios con Sanidad Militar y Policial, que fueron incluidos en las listas de pesquisas. También firmó convenio con las cooperativas de transporte. En ese sentido, ha sido acondicionado un ómnibus para trasladar todos los días en forma gratuita a los pacientes desde la terminal de Tres Cruces hasta el Centro Tarará Prado y, desde allí, al Hospital de Ojos. El BPS también firmó un convenio con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas para entregar pasajes a los pacientes que viajan más de 250 kilómetros de distancia para operarse. La coordinación se hace desde el equipo de representación de los jubilados con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y los referentes de todo el país. Además, se firmó una extensión del convenio primario con el PIT-CNT y los gremios de pequeños empresarios y pequeños productores rurales, que consiste en hacer cirugía refractiva además de las ya convenidas, a trabajadores y a pequeños empresarios. Señor Presidente: ante este derrame de humanidad que tanta solidaridad está demostrando, este pueblo heroico, humano y solidario todavía está expuesto al criminal bloqueo imperialista. ¿Cómo puede ser que representantes de tanta humanidad y solidaridad del pueblo cubano todavía estén presos en las

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mazmorras del imperialismo, como los cinco ciudadanos cubanos? El reconocimiento, entonces, para el pueblo cubano por su valentía, humanidad y solidaridad, y especialmente para esta brigada cubana que en dos días regresa a su país. Además, reiteramos nuestro reclamo del cese al criminal bloqueo contra Cuba y la liberación inmediata de los cinco ciudadanos cubanos. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la ONAJPU, al PIT-CNT, al Directorio del BPS, a la Mesa Política del Frente Amplio, al rancho de pescadores del Puertito del Buceo y a la Embajada de Cuba. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y siete en sesenta y uno: AFIRMATIVA. Ha finalizado la media hora previa.

Tiene la palabra el señor Diputado Coitiño. SEÑOR COITIÑO.- Señor Presidente: en primer lugar, corresponde agradecer a todos los miembros de esta Cámara y, en particular, a mis compañeras y compañeros del Frente Amplio y del Partido por la Victoria del Pueblo, por permitirnos hoy, en el recuerdo de Hugo Cores, integrar dos vidas que compartieron un largo proceso. Más allá de lo expresado por el señor Presidente, agradezco especialmente a quienes hoy desde la barra nos están acompañando. Con seguridad, entre ellos hay muchos compañeros que compartieron con Hugo una vida de militancia o que lo conocieron a lo largo de su vida. Hugo Cores nació en Argentina. El exilio de sus padres a ese país en el año 1935 se debió a la búsqueda de soluciones a los apremios económicos. Pero, a los dos años, en 1937 -por suerte, por lo menos, para muchos de nosotros-, pudieron volver a Uruguay. A partir de entonces se inicia el proceso de vida de alguien que posteriormente -inclusive en este propio espacio, en el Parlamento- expuso puntos de vista, conceptos y fundamentos de lo que le guiaba con total franqueza y transparencia en los debates políticos y no políticos. En el año 1954 Hugo Cores ingresa a sus estudios preparatorios. ¡Qué curiosa es la vida y sus consecuencias! Quien habla, en el año 1955 también ingresaba a sus estudios preparatorios en el famoso y conocido IAVA. En ese momento, en las décadas del cincuenta y del sesenta, comienzan a coincidir inquietudes en el ámbito estudiantil en pos de lo que significaron las luchas por la Ley Orgánica Universitaria. Se fueron moldeando relaciones y estableciendo coincidencias. Y en esa motivación inicial, de origen profundamente social y estudiantil se fue hilvanando la vida de Hugo Cores y también la elaboración de un pensamiento común, compartiendo compromisos y líneas de acción. En el recuerdo que la historia nos va marcando, la lucha estudiantil, que acuñó aquella frase “Obreros y estudiantes unidos y adelante”, significó la confrontación no solo en el terreno de los conceptos -que para el movimiento estudiantil representaba un tipo de ley orgánica para la Universidad- sino en un proceso social de nuestro país que va a ir marcando la vida de Hugo.

13.- Aplazamiento.
Se entra al orden del día. En mérito a que no han llegado a la Mesa las respectivas listas de candidatos, si no hay objeciones, correspondería aplazar la consideración del asunto que figura en primer término del orden del día y que refiere a la elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo para el Segundo Período de la XLVII Legislatura.

14.- Ex Representante Nacional Hugo Cores. (Homenaje al cumplirse cinco años de su fallecimiento). (Exposición del señor Representante Carlos Coitiño por el término de quince minutos).
Se pasa al asunto que figura en segundo término del orden del día: “Ex Representante Nacional Hugo Cores. (Homenaje al cumplirse cinco años de su fallecimiento). (Exposición del señor Representante Carlos Coitiño por el término de quince minutos)”. La Mesa saluda la presencia en el palco de la señora Paula Cores y de los señores Eduardo Pache y Miguel Fernández Galeano.

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En el año 1959, en el balance de las experiencias de carácter en el movimiento estudiantil, se empieza a desarrollar su interés por actores en el área política como, por ejemplo, Gerardo Gatti, en el proceso de lo que representó en nuestro país la Federación Anarquista del Uruguay. Así fue vinculándose, acercándose y compartiendo ideas e incorporando facetas. En esos momentos inicia una experiencia periodística -integrando un equipo- en una publicación que la Federación Anarquista del Uruguay editaba y que se titulaba “Lucha Libertaria”. Pero a las inquietudes de Hugo se incorpora su interés por la historia, que en el desarrollo de su vida va a aparecer con mucha fuerza. Por ese motivo, a partir de allí también se vincula al Instituto de Profesores Artigas, IPA, en la disciplina Historia. Simultáneamente, empieza a vivir una experiencia a nivel del movimiento sindical en su carácter de trabajador del Banco de Seguros del Estado. Ello lo lleva a compartir ideas y compromisos y a participar de un proceso de país que tenía dificultades enormes y que empieza a utilizar la represión estatal como forma de impedir el desarrollo de las reivindicaciones del movimiento sindical y popular. Lo que se buscaba era impedir que la sociedad uruguaya reclamara el modelo que se estaba agotando y resistiera las respuestas que se establecían a nivel del Estado, que ejercía la violencia para no permitir que en el marco de una expresión democrática se pudieran sostener concepciones y reivindicaciones distintas. Curiosamente, ese proceso genera un espacio de actividad en el movimiento social que lleva a programar un acto público el 23 de agosto de 1972, en el Teatro Artigas, ubicado en Colonia y Andes, que fue altamente promocionado. Pero ese día se emitió un comunicado de las Fuerzas Conjuntas, que sabía que se iba a realizar ese acto y que Hugo Cores iba a hablar en él, e inician su búsqueda. Quiero aclarar que ese comunicado fue publicitado antes de que dicho acto empezara; en realidad, podrían haber ido, pero el tema, indudablemente, era de otro orden. A partir de ahí comenzó una etapa relacionada con las luchas del movimiento sindical y se rompió el funcionamiento democrático del país. Entonces, el pueblo uruguayo fue haciendo la experiencia de resistirse a ese proceso dictatorial, que todos estamos de acuerdo en que existió, y que encontró en la clase trabajadora organizada un factor de resistencia, de

reivindicación y de lucha para que la democracia no fuera eliminada en la sociedad uruguaya. En esa instancia de lucha, Hugo Cores llevaba un año viviendo en la clandestinidad debido a las acciones que se estaban llevando a cabo contra todo el pueblo, y porque no esperaba que surgiera la posibilidad de esclarecer situaciones generadas en los debates públicos que desde el movimiento sindical y político se establecían. Todo esto motivó que participara desde la clandestinidad en esa formidable acción de lucha, de resistencia y denuncia que marcara a fuego lo que significó esa etapa en la vida del país. Por supuesto, todo ello llevó a que se fueran agotando los espacios, y en 1975 se fue a la Argentina buscando ámbitos de organización y de ayuda a esa actividad de resistencia que el pueblo uruguayo intentaba llevar adelante. Y ese mismo año, debido a la acción conjunta de los militares argentinos y uruguayos, es secuestrado en un lugar público. Durante veinte días estuvo desaparecido y luego quedó prisionero durante nueve meses, pero las acciones de denuncia que se llevaron a cabo desde Uruguay, Argentina y el mundo entero, lograron que a fines de 1975 fuera liberado. Mientras estuvo en Argentina, Hugo participó activamente en el proceso de elaboración de ideas y propuestas relativas al lanzamiento del Partido por la Victoria del Pueblo. Cabe destacar que su reclusión le impidió seguir las vivencias de un ataque indiscriminado que se realizó a quienes militaban en el Partido por la Victoria del Pueblo en Argentina, que llevó a que hubiera más de cuarenta compañeros desaparecidos y compañeras desaparecidas. Vaya si este aspecto es importante, sobre todo teniendo en cuenta que Hugo constituyó la memoria viva de la propuesta “Partido por la Victoria del Pueblo”, por ser el único dirigente de ese proceso de debate, de formación, de organización que sobrevivió. A partir de ahí Hugo tuvo el peso de ser la memoria histórica y de asumir su responsabilidad, lo cual abordó con mucha fuerza. Digo esto porque, estuviera donde estuviera, siempre llevó adelante una acción permanente de denuncia de la acción de la dictadura uruguaya, presentando testimonios diversos, no solo con respecto a las desapariciones de compañeros y de compañeras del Partido por la Victoria del Pueblo sino de todos los uruguayos -hubieran participado políticamente o no- como consecuencia de esa acción violenta que desarrolló el terrorismo de Estado en nuestro país. Sin ninguna duda,

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Hugo Cores realizó un esfuerzo denodado contra esas acciones y, por suerte, dejó materiales escritos. Sería interesante poder hablar de esas ideas en el día de hoy, pero sabemos que el tiempo es limitado. De todos modos, queremos decir que hasta la última noche de su vida, el 6 de diciembre de 2006, el compañero realizó esa militancia permanente. Hugo fallece en el marco de una discusión e intercambio de la fuerza política Partido por la Victoria del Pueblo, que seguía atendiendo sus compromisos por verdad, justicia y memoria. Hugo dejó, en algún aspecto, esa tarea para desarrollar. Sin duda acompañamos las expresiones de la compañera Daniela Payssé sobre lo que significa -llamémosle- la “aparición de un desaparecido”. Creemos que si hoy estuviera sentado aquí Hugo Cores, en esta banca que ocupamos legítimamente, habría dicho que la lucha no fue en vano, teniendo en cuenta el contexto del pueblo uruguayo. Para terminar, quiero decir que el día que falleció Hugo, quien fue velado en el local del Frente Amplio, algunos compañeros y algunas compañeras nos dieron el pésame por alguien que era muy querido, más allá de las definiciones político partidarias, y nos dijeron: “Hoy murió Hugo y murió el PVP”. Quiero terminar esta exposición diciendo: “Hugo, quedate tranquilo. El PVP sigue, tus ideas siguen, y el compromiso en la defensa de esas ideas está absolutamente asegurado”. Gracias, señor Presidente. (Aplausos en la Sala y en la barra) SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- También saludamos la presencia en el palco de la señora Senadora Constanza Moreira. Tiene la palabra el señor Diputado Berois. SEÑOR BEROIS.- Señor Presidente: en nombre del Partido Nacional, intentaré esbozar una línea de pensamiento sobre el ciudadano a quien hoy homenajeamos, que transitó por la vida al servicio de sus convicciones. Por supuesto que nos encontramos lejos del pensamiento de este compatriota; tal vez por eso nuestras palabras tengan otro significado que el de sus compañeros de camino. No lo conocimos personalmente. Sabemos de su compromiso en la acción. Hugo Cores era un hombre

de acción y nosotros respetamos y ponderamos a aquel ciudadano que hace de su vida una acción al servicio de su comunidad en el compromiso de sus certidumbres. Esto lo hemos aprendido de nuestros mayores y es lo que ha hecho grande a nuestro país, lo que lo distingue de otros países. Sabemos que hay diferencias entre el adversario y el enemigo. Con Cores teníamos los mismos enemigos: la desigualdad social, la lucha por un Uruguay con igualdad de oportunidades, contra la prepotencia, contra la intolerancia, el despotismo de la fuerza sobre la razón, yendo por caminos diferentes, pero con el permanente sueño de hacer un Uruguay mejor que el que encontramos. En los últimos tiempos, hemos sido testigos de la desaparición de tantos orientales contemporáneos que han ido construyendo este país de acuerdo con su leal saber y entender, que con sus aportes han dejado una línea de acción en procura de un país mejor. Fue docente, fundador de la CNT, militante político, perseguido por sus ideas, uno de los peores signos de un Uruguay intolerante que esperamos nunca más se vuelva a repetir, porque entre todos tenemos que combatir la prepotencia de los que no creen en el Estado de derecho. Estos ejemplos de hombres políticos comprometidos con su pensamiento son dignos de destaque. Cores supo renunciar a la comodidad de los cargos porque no estaba de acuerdo con una línea de acción del sector por el cual fue electo. ¿Qué mejor destino que te recuerden como el constructor de una idea política basada no solo en lo que se dice sino, esencialmente, en lo que se hace, valores que nuestra sociedad va perdiendo poco a poco? Queremos rescatar estos ejemplos de vida, esta coherencia al servicio del país, porque son la semilla de una tierra que nos abraza a todos en forma independiente, donde lo esencial es que todos somos hijos de este Uruguay de tolerancia y de respeto. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Posada. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: en nombre del Partido Independiente, queremos adherir en las sentidas palabras del señor Diputado Coitiño, al homenaje que la Cámara de Diputados está tributando al ex Diputado profesor Hugo Cores, al cumplirse cinco años de su fallecimiento. Deseamos saludar al Frente Am-

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plio y, en especial, al Partido por la Victoria del Pueblo, que supo contar entre sus filas a este luchador social de toda la vida. Muchas gracias.

15.- Intermedio.
SEÑOR BAYARDI.- ¿Me permite, señor Presidente? Mociono para que la Cámara pase a intermedio por el término de quince minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 17 y 22) ——Continúa la sesión. (Es la hora 17 y 46)

junto proyecto de ley por el cual se autoriza la salida del país de la Plana Mayor y tripulación de los buques de la Armada Nacional: Buque de Apoyo ROU 04 “GENERAL ARTIGAS” (280 tripulantes y helicóptero embarcado); Buque de Salvamento ROU 26 “VANGUARDIA” (75 tripulantes) y Buque Científico ROU 22 “OYARVIDE” (70 Tripulantes), a efectos de participar en la Campaña Antártica 2011/2012 Operación ANTARKOS XXVIII, desde el día 20 de noviembre de 2011 hasta el día 31 de marzo de 2012, con escalas en los Puertos de Ushuaia-República Argentina y Punta Arenas -República de Chile-. La realización de la Campaña Antártica con el aporte de buques de la Armada, constituye uno de los eventos tradicionales y de vital importancia dentro de las actividades del Programa Antártico Nacional y año a año la Armada Nacional procura incrementar el alistamiento de sus unidades, para que se cumpla de la mejor forma posible la misión de reabastecer por mar las instalaciones antárticas nacionales. A través de las unidades participantes en las campañas antárticas, se realiza un gran esfuerzo para mantener el alto grado de alistamiento de las tripulaciones, condición imprescindible para navegaciones más allá del paralelo 60º Sur. Durante la navegación hacia y desde la Antártida, las unidades navales también participan en actividades de control de la contaminación y preservación del medio ambiente dentro del área operativa. Una vez arribado a la base, la tripulación proporciona apoyo a la investigación científica que allí se desarrolla. Las capacidades de soporte logístico de las unidades que la Armada utiliza para las campañas antárticas son sumamente aptas para llevar a cabo esta misión. La preparación de una campaña antártica requiere de diversas coordinaciones con organismos nacionales y con las Armadas de otros países, la presencia de nuestras unidades en la Base “Artigas” constituye una verdadera necesidad para los compatriotas que cumplen su sacrificada labor a miles de kilómetros de nuestra patria y que esperan la llegada de las provisiones, equipos y repuestos que les permitirán seguir desarrollando su trabajo. El medio marítimo permite el transporte hacia y desde la base de materiales en cantidades y calidades tales que hacen imposible su desplazamiento por otros medios a costos comparables. Se aprovechará la oportunidad para brindar apoyo a programas antárticos de países amigos y operadores debidamente acreditados ante el Sistema del Tratado Antártico, que pueda requerir transporte de per-

16.- Campaña Antártica 2011/2012 – Operación ANTARKOS XXVIII. (Se autoriza la salida del país de la Plana Mayor, Tripulación, Medios y los Buques de la Armada Nacional ROU 04 ‘General Artigas’, ROU 26 ‘Vanguardia’ y ROU 22 ‘Oyarvide’, a efectos de participar en la misma).
——Se pasa a considerar el asunto que figura en tercer término del orden del día: “Campaña Antártica 2011/2012 – Operación ANTARKOS XXVIII. (Se autoriza la salida del país de la Plana Mayor, Tripulación, Medios y los Buques de la Armada Nacional ROU 04 ‘General Artigas’, ROU 26 ‘Vanguardia’ y ROU 22 ‘Oyarvide’, a efectos de participar en la misma)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 718 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Defensa Nacional Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio del Interior Montevideo, 1º de julio de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General Cr. Danilo Astori: El Poder Ejecutivo cumple en remitir a ese Cuerpo, conforme con lo preceptuado en el numeral 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, el ad-

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sonal y materiales, tal como otros países con anterioridad han apoyado al nuestro. Por los fundamentos expuestos, se solicita a ese Cuerpo la consideración del adjunto proyecto de ley, cuya aprobación se encarece. El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General atentamente. JOSÉ MUJICA, JORGE MENÉNDEZ, LUIS ALMAGRO, EDUARDO BONOMI. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Autorízase la salida del país de la Plana Mayor, tripulación, medios y los siguientes buques de la Armada Nacional: Buque de Apoyo ROU 04 “GENERAL ARTIGAS” (doscientos ochenta tripulantes y helicóptero embarcado); Buque de Salvamento ROU 26 “VANGUARDIA” (setenta y cinco tripulantes) y Buque Científico ROU 22 “OYARVIDE” (setenta tripulantes), a efectos de participar en la Campaña Antártica 2011/2012 Operación ANTARKOS XXVIII, desde el día 20 de noviembre de 2011 hasta el día 31 de marzo de 2012, con escalas en los Puertos de Ushuaia, República Argentina, y Punta Arenas, República de Chile. Montevideo, 1º de julio de 2011. JORGE MENÉNDEZ, LUIS ALMAGRO, EDUARDO BONOMI. CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Autorízase la salida del país de la Plana Mayor, Tripulación, Medios y los siguientes Buques de la Armada Nacional: Buque de Apoyo ROU 04 “GENERAL ARTIGAS” (doscientos ochenta tripulantes y helicóptero embarcado); Buque de Salvamento ROU 26 “VANGUARDIA” (setenta y cinco tripulantes) y Buque Científico ROU 22 “OYARVIDE” (setenta tripulantes), a efectos de participar en la Campaña Antártica 2011/2012 Operación ANTARKOS XXVIII, desde el día 20 de noviembre de 2011 hasta el día 31 de marzo de 2012, con escalas en los puertos de Ushuaia, República Argentina y Punta Arenas, República de Chile.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 19 de octubre de 2011. LUCÍA TOPOLANSKY Presidenta HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 718 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Defensa Nacional INFORME Señores Representantes: La Comisión de Defensa Nacional ha analizado el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo y aprobado por la Cámara de Senadores, por el cual se solicita autorización para la salida del país de la Plana Mayor, tripulación, medios y los siguientes buques de la Armada Nacional: Buque de Apoyo ROU 04 “GENERAL ARTIGAS” -doscientos ochenta tripulantes y helicóptero embarcado-; Buque de Salvamento ROU 26 “VANGUARDIA” -setenta y cinco tripulantes- y Buque Científico ROU 22 “OYARVIDE” -setenta tripulantes-, a efectos de participar en la Campaña Antártica 2011/2012; Operación ANTARKOS XXVIII; desde el día 20 de noviembre de 2011 hasta el día 31 de marzo de 2012, con escalas en los Puertos de Ushuaia, República Argentina, y Punta Arenas, República de Chile. La realización de la Campaña Antártica con el aporte de buques de la Armada, constituye uno de los eventos tradicionales y de vital importancia estratégica dentro de las actividades del Programa Antártico Nacional. A través de las unidades participantes en las campañas antárticas, se realiza un gran esfuerzo para mantener el alto grado de alistamiento de las tripulaciones, condición imprescindible para navegaciones más allá del paralelo 60º Sur. Durante la navegación hacia y desde la Antártida, las unidades navales también participan en actividades de control de la contaminación y preservación del medio ambiente dentro del área operativa. Las capacidades de soporte logístico de las unidades que la Armada utiliza para las campañas antárticas son sumamente aptas para llevar a cabo esta misión.

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La preparación de una campaña antártica requiere de diversas coordinaciones con organismos nacionales y con las Armadas de otros países. La presencia de nuestras unidades en la Base “Artigas” constituye una verdadera necesidad para los compatriotas que cumplen su sacrificada labor a miles de kilómetros de nuestra patria y que esperan la llegada de las provisiones, equipos y repuestos que les permitirán seguir desarrollando su trabajo. Por los fundamentos expuestos, se solicita al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley. Sala de la Comisión, 8 de noviembre de 2011. JAVIER GARCÍA, Miembro Informante, CECILIA BOTTINO, IVONNE PASSADA”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Javier García. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Señor Presidente: la Comisión de Defensa Nacional aconseja aprobar este proyecto de ley. Más adelante propondremos una modificación para corregir la fecha de salida de este contingente porque, como habrán advertido los señores legisladores, la fecha que figura en este proyecto ya caducó. Por lo tanto, este proyecto tendrá que volver al Senado, de donde fue remitido, para concluir su trámite parlamentario. La Operación ANTARKOS se repite todos los años, y ya estamos en la versión vigésimo octava. La repetición no puede restar a este proyecto de ley la importancia estratégica que tiene para Uruguay participar en las campañas antárticas. Como por razones climáticas estas operaciones se llevan a cabo a fin de año, muchas veces el trámite parlamentario es un tanto acelerado, pero corresponde señalar que todo el sistema político ha coincidido -desde que se instaló la presencia uruguaya en la Antártida- en que estas campañas tienen un altísimo contenido estratégico. Quizás conozcamos un porcentaje -no el mayorde la importancia de este tipo de operaciones, porque con seguridad en el futuro no muy lejano haya novedades de lo que representa la presencia uruguaya en la Antártida, presencia que muy pocos países más tie-

nen. Solo veintiocho países, de un universo de prácticamente doscientos -poco más del 10%-, están en un lugar donde, sobre todo, se encuentra una de las reservas estratégicas más importantes de la humanidad: el agua dulce. Más del 70% de la reserva de agua dulce del mundo está en la Antártida, donde Uruguay comparte su presencia con otros veintisiete países, en una permanencia que nos da un valor singular desde el punto de vista estratégico. Al mismo tiempo, debemos destacar lo que podría ser en un futuro no muy lejano la prospección de minerales y de metales, que seguramente están en ese continente y que hasta ahora, por disposición del Tratado Antártico y por el acuerdo de una moratoria -si corresponde el término-, no se pueden realizar prospecciones hasta no llegar a un nuevo acuerdo en el marco del Tratado. Sin duda que la presencia del Uruguay en la Antártida es una ventaja significativa. Creo que hace muy bien el sistema político al separar este tema de los debates, los enfrentamientos y las confrontaciones habituales que podamos tener desde el punto de vista político. El hecho de que todo el sistema político uruguayo, de que todo Uruguay respalde nuestra presencia en la Antártida y que se reconozca la importancia de marcar presencia en ese continente, ha servido para constituir dicha presencia en una política nacional, que está llamada a representar un diferencial en el concierto de las naciones del mundo. Por estos motivos solicitamos que se apruebe la salida de este contingente, con los detalles que se establecen en el proyecto de ley. Queda pendiente que en un futuro inmediato podamos analizar con detenimiento lo que ha representado esta presencia y las posibilidades que se nos abren, sobre todo desde el punto de vista científico y económico. Como dijimos al principio, proponemos que se modifique la fecha de salida de este contingente. En este proyecto figura que partiría el 20 de noviembre -así fue remitido por el Senado-, pero proponemos que la fecha sea el 12 de diciembre que, como es obvio, fue sugerida por el Ministerio de Defensa Nacional, a partir del señalamiento de nuestra Comisión de que la fecha que originalmente se estableció había caducado.

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Por lo tanto, solicitamos que el proyecto se apruebe con la modificación propuesta. Muchas gracias. SEÑOR VIDALÍN.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VIDALÍN.- Señor Presidente: voy a votar este proyecto, pero quiero señalar a la Presidencia que el Parlamento votó la creación de una Comisión Especial vinculada a los temas de la Antártida, que no sesionó en todo el año. Por eso fuimos criticados por diferentes medios de comunicación. Expresé mi preocupación en este sentido a distintos agentes de este Cuerpo y hoy lo quiero hacer en forma pública ante el señor Presidente de la Cámara de Representantes, para que esta Comisión comience a funcionar a partir del próximo Período. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Quiero aclarar que hasta este momento no había escuchado el comentario que ahora realiza el señor Diputado. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, con la modificación propuesta por el señor Diputado Javier García, de cambiar la fecha 20 de noviembre por 12 de diciembre. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y tres: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se devolverá al Senado. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- ¡Que se comunique de inmediato!

SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cinco: AFIRMATIVA. (Texto del proyecto aprobado:) “Artículo único.- Autorízase la salida del país de la Plana Mayor, Tripulación, Medios y los siguientes Buques de la Armada Nacional: Buque de Apoyo ROU 04 “General Artigas” (doscientos ochenta tripulantes y helicóptero embarcado); Buque de Salvamento ROU 26 “Vanguardia” (setenta y cinco tripulantes) y Buque Científico ROU 22 “Oyarvide” (setenta tripulantes), a efectos de participar en la Campaña Antártica 2011/2012 – Operación ANTARKOS XXVIII, desde el día 12 de diciembre del año en curso y hasta el día 31 de marzo de 2012, con escalas en los puertos de Ushuaia, República Argentina y Punta Arenas, República de Chile”.

17.- Urgencias.
Dese cuenta de una moción de urgencia presentada por los señores Diputados Bayardi, Delgado, Niffouri, Cantero Piali, Otegui y Posada. (Se lee:) “Mocionamos para que se declare urgente y se considere de inmediato el asunto relativo al ‘Juan E. Pivel Devoto. (Designación al Liceo N° 2 de la ciudad de Paysandú). (Carp. N° 660/011). (Rep. N° 513/011)'”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA.

18.- Juan E. Pivel Devoto. (Designación al Liceo N° 2 de la ciudad de Paysandú).
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el asunto relativo a: “Juan E. Pivel Devoto. (Designación al Liceo N° 2 de la ciudad de Paysandú)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 513 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Profesor Juan E. Pivel Devoto” el Liceo Nº 2 de la

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ciudad de Paysandú, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 15 de marzo de 2011. DANILO ASTORI Presidente HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: no sabíamos que se iba a tratar en la sesión del día de hoy este proyecto de ley, pero en razón del nombre que estamos dando al Liceo N° 2 de la ciudad de Paysandú, no lo podemos pasar por alto. No puede transcurrir solo con una votación la designación de un centro de educación con el nombre de Juan Pivel Devoto. Juan Pivel Devoto -de quien podríamos hablar más en extenso- es una figura absolutamente relevante para la educación pública, para la investigación de la historia en el país y por su aporte a la reconstrucción del sistema educativo -es uno de los valores

que más recordamos de su figura- en el proceso de redemocratización del Uruguay. Recordemos que en 1985 Juan Pivel Devoto fue designado Presidente del CODICEN y fue quien entonces volvió a democratizar la educación en Uruguay después de un largo proceso en el que ella estuvo sometida a un régimen absolutamente distinto al que la tradición uruguaya indicaba Pivel demostró que no solo había sido un gran investigador, que había recopilado en materia de historia lo que nunca nadie antes hizo -basta recordar sus aportes a la archivología nacional-, sino que además se incorporaba a la vida política. porque la conducción de la educación era una responsabilidad política que le asignaba el Senado de la República. En aquel momento el Gobierno del doctor Julio María Sanguinetti y la unanimidad del Senado le asignó tan importante tarea. Seguramente el nombre del liceo será una excelente oportunidad para que los jóvenes de Paysandú recuerden anualmente a este valioso hombre de la vida pública uruguaya. Muchas gracias, Presidente. SEÑOR AMY.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMY.- Señor Presidente: a nosotros también nos sorprendió la designación del Liceo N° 2 de Paysandú con el nombre de Juan Pivel Devoto. De trata de una de las figuras consulares desde el punto de vista de la investigación histórica. Fundamentalmente, Pivel tuvo la gran capacidad de haber sido uno de los precursores de una disciplina que durante muchísimos años gozó de cierto primitivismo en Uruguay: la historiografía, disciplina que se define como la historia de la historia. Además fue, indudablemente, quien tuvo la capacidad de acopiar, de calificar y de ser cuidadoso depositario de muchos bienes históricos. Contaba con lo que debe tener un investigador: la asepsia a la hora de llevar adelante una investigación, y ser cultor del cuidado de los bienes que tiene en custodia. Durante un período muy complicado para el Partido Nacional recorrió el interior del país y sirvió de contacto cuando todavía la clandestinidad campeaba en los partidos políticos, fundamentalmente, cuando

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su Partido tenía la insigne figura de Wilson Ferreira fuera de combate y de las lides políticas. Enfrentó el desafío de ser el Presidente de la ANEP, con una ley denominada Ley de Educación de Emergencia que presentaba todos los desafíos que tenía la educación, no solo por lo poco y malo que había hecho la dictadura respecto al sistema educativo, sino por la particularidad de ponerla en funcionamiento -con sus defectos y virtudes- con los primeros Consejos Desconcentrados, y las readecuaciones de los planes y de las currículas educativas, que no era algo menor. También tuvo la gran capacidad de fundar lo que se denominó “historia nueva” en el Uruguay. La posta la tomarían después quienes completaron esa trilogía, es decir, Lucía Sala de Touron y Nelson de la Torre, que tomaron la posta que él dejó para luego dar cabida a quienes son ahora principales referentes en materia historiográfica: Ana Ribeiro y Ana Frega, en historia nacional. Este no solo me parece un justo reconocimiento sino que se trata de recordar a una persona de una cabalidad y de una técnica profesional probadas, en cuanto a la investigación. Para todos nosotros, sobre todo para quienes a la hora de leer historia no tenemos prejuicios políticos, es un deleite releer a Pivel. Dejé para el final algo que quienes tenemos cuarenta años de edad pudimos disfrutar durante muchísimos años. Me refiero a la colección de clásicos uruguayos, que permitió que durante un tiempo extenso tuviéramos acceso a una rica y variada factura literaria. Me refiero a unos libros de tapa blanda, de color verde o gris, que cultivaron todas las disciplinas y que estuvieron bajo la coordinación de esa gran fuerza investigativa y de producción literaria histórica que fue Pivel. Reitero que para el Partido Colorado ha sido un honor votar la designación con el nombre de Pivel Devoto al Liceo N° 2 de Paysandú. Muchas gracias. SEÑOR OTEGUI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR OTEGUI.- Señor Presidente: como legislador por el departamento de Paysandú acompañamos con

gran alegría y orgullo este proyecto de ley para la designación del Liceo N° 2 con el nombre de don Juan Pivel, hombre que tuvimos el gusto y el honor de conocer, y con quien compartimos muchas instancias de reflexión y análisis. Más allá de todo lo que se dijo de él desde el punto de vista académico y como rector de la enseñanza, quiero resaltar que fue un gran luchador por la democracia, por la restitución de la democracia y, por encima de todo, por la convivencia nacional. Gracias, Presidente. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señor Presidente: los legisladores del Partido Independiente hemos votado con mucho gusto la designación del Liceo Nº 2 de Paysandú con el nombre de Juan Pivel Devoto quien, además de ser un historiador riguroso, fue un dirigente político del Partido Nacional, de esos que con su accionar político y su lucha por la democracia en este país son un patrimonio de todos los orientales. Gracias, señor Presidente. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señor Presidente: nos toma un poco de sorpresa esta designación; por supuesto vamos a acompañarla. La obra de Pivel Devoto en la historiografía nacional es inconmensurable. Creo que todos quienes gustamos de esa disciplina -los que somos docentes mucho más-, hemos leído todas las obras de Pivel Devoto, y todo lo que se escribió después de él fue para contestarle. Esto quedó de manifiesto en marzo de 2009, cuando el Ministerio de Educación y Cultura compra el archivo personal que luego pasa a ser patrimonio de todos los uruguayos. Eso no deja de ser un gran reconocimiento para una persona que no provenía de nuestras tiendas políticas. Me gustaría recordar también lo que fue la obra de Pivel en el marco del Archivo Artigas que, si no recuerdo mal, dirigió por más de veinte años. Por todas estas razones, vamos a acompañar esta designación.

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Nos hubiera gustado -lo digo con la mayor sinceridad- poder preparar un informe como se merece Pivel Devoto, pero las cosas están dadas de esta forma. Por lo tanto, votamos este proyecto de ley. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado).

De la señora Representante Verónica Alonso, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar de un seminario en el Estado de Israel, por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 8 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Martín Fernández, por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011. Del señor Representante Felipe Carballo, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Saúl Aristimuño. Del señor Representante Gonzalo Mujica, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 6 y 9 de diciembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Alda Álvarez. De la señora Representante Graciela Cáceres, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 6 y 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Pablo Centurión. Del señor Representante Álvaro Vega, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 6 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Rodríguez. Del señor Representante Carlos Gamou, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 6 y 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Julio Balmelli. Del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 7, 14 y 15 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Óscar Olmos. Del señor Representante Pedro Saravia, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Federico Ricagni.

19.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Gonzalo Novales, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 8 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Rodríguez Britos. Del señor Representante Daniel Mañana, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Samuel Bradford. Del señor Representante Luis Puig, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Coitiño. De la señora Representante Daisy Tourné, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 6 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Núñez. Del señor Representante Víctor Semproni, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 6 y 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Nelson Alpuy.

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Del señor Representante Carlos Mahía, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Norma Griego. Del señor Representante Alberto Perdomo, por enfermedad, literal A) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por los días 6 y 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel López Villalba. De la señora Representante Berta Sanseverino, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, para participar del Seminario Parlamentario Internacional “Políticas Económicas e Inclusión Social; Crecimiento, Eficiencia y Distribución”, a desarrollarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Zás Fernández. Del señor Representante Jorge Orrico, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 7 y 8 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Antonio Pérez García. Del señor Representante Álvaro Vega, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 7 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Rodríguez. Del señor Representante Julio C. Fernández, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 12 y 16 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Rubenson Silva. Del señor Representante Amín Niffouri, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 7 y 21 de diciembre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Núñez.

Del señor Representante Jorge Gandini, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 6 de diciembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Irene Caballero”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y seis: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito ante la Cámara de Representantes licencia por motivos personales, para el día 8 de diciembre de 2011. Sin más, lo saluda atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 8 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales, por el día 8 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Vota-

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ción Nº 903, del Lema Partido Nacional, señor Jorge Rodríguez Britos. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Por medio de la presente, solicito a usted y por su intermedio a la Cámara que preside, licencia por motivos personales, a partir del día 6 de diciembre hasta el día 8 de diciembre inclusive del corriente año. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, DANIEL MAÑANA Representante por Río Negro”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Río Negro, Daniel Mañana. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Río Negro, Daniel Mañana, por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 58, del Lema Partido Nacional, señor Samuel Bradford. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

“Montevideo, 23 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, me conceda licencia por motivos personales el día 7 de diciembre de 2011, asumiendo en mi lugar el respectivo suplente, señor Carlos Coitiño. Le saluda muy cordialmente, LUIS PUIG Representante por Soriano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 7 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig, por el día 7 de diciembre de 2011. 2 )Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Coitiño. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Me dirijo a usted con el fin de solicitar licencia por el día 6 de diciembre del presente año, por motivos personales.

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Solicito entonces se convoque a mi suplente respectivo. Sin más, lo saluda, DAISY TOURNÉ Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daisy Tourné. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 6 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daisy Tourné, por el día 6 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Núñez. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 5 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. De acuerdo a lo establecido en la Ley N 16.465, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia los días 6 y 7 de diciembre de 2011, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, VÍCTOR SEMPRONI Representante por Canelones”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Víctor Semproni. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 7 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Víctor Semproni, por el período comprendido entre los días 6 y 7 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nelson Alpuy. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI”. “Montevideo, 23 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito a usted tenga a bien gestionar la licencia correspondiente al período que va desde el día 28 de noviembre hasta el 8 de diciembre del corriente por obligaciones notorias, inherentes a su representación política literal D) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para participar en un Seminario a realizarse en Israel. Solicito se convoque a mi suplente (sistema preferencial), señor Martín Fernández. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente. VERÓNICA ALONSO Representante por Montevideo”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Verónica Alonso, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar de un seminario a desarrollarse en el Estado de Israel. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 8 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Verónica Alonso, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar de un seminario a desarrollarse en el Estado de Israel por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 8 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 33, del Lema Partido Nacional, señor Martín Fernández. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración. Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, me conceda licencia por el día 7 de diciembre de 2011, por motivos personales. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, FELIPE CARBALLO Representante por Montevideo”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 7 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo, por el día 7 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Saúl Aristimuño. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 16.465, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales, por el período comprendido entre el 6/12/2011 y el 9/12/2011. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GONZALO MUJICA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representan-

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te titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más saluda atentamente, Raquel Barreiro”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más saluda atentamente, Alma Chiodi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gonzalo Mujica. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 9 de diciembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señoras Alma Chiodi y Raquel Barreiro. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gonzalo Mujica, por el período comprendido entre los días 6 y 9 de diciembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señoras Alma Chiodi y Raquel Barreiro. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Alda Álvarez. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por motivos personales, durante los días 6 y 7 de diciembre de 2011. Sin otro particular, le saluda atentamente, GRACIELA CÁCERES Representante por Río Negro”. “Fray Bentos, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular Graciela Cáceres, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca los días 6 y 7 de diciembre de 2011. Sin más, le saluda atentamente, Álvaro Martínez”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular Graciela Cáceres, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca los días 6 y 7 de diciembre de 2011. Sin otro particular, le saluda atentamente, Nicomedes Giménez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Río Negro, Graciela Cáceres. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 7 de diciembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes, señores Álvaro Martínez y Nicomedes Giménez.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Río Negro, Graciela Cáceres, por el período comprendido entre los días 6 y 7 de diciembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes, señores Álvaro Martínez y Nicomedes Giménez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Pablo Centurión. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 6 de diciembre del corriente año, por motivos particulares. Sin otro particular, le saluda atentamente, ÁLVARO VEGA LLANES Representante por Florida”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, Álvaro Vega. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 6 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de se-

tiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Florida, Álvaro Vega, por el día 6 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Rodríguez. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 5 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales durante los días 6 y 7 de diciembre de 2011. Sin otro particular, saluda con la más alta consideración, CARLOS GAMOU Representante por Montevideo”. “Montevideo, 5 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Carlos Gamou, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Pablo Álvarez”. “Montevideo, 5 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Carlos Gamou, comunico a usted mi

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Renuncia por esta única vez, a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Javier Salsamendi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Gamou. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 7 de diciembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Pablo Álvarez y Javier Salsamendi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Gamou, por el período comprendido entre los días 6 y 7 de diciembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Pablo Álvarez y Javier Salsamendi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Julio Balmelli. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales por los días 7, 14 y 15 del corriente mes. Sin otro particular, saludo atentamente, NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO Representante por Maldonado”.

“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Martín Laventure”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Homero Bonilla”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Jesús Bentancur”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, José Hualde”.

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“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Solana Cabrera de Abásolo”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Ángel Ramos”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Ana Medina”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Carlos de León”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez.

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 7, 14 y 15 de diciembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Martín Laventure, Homero Bonilla, Jesús Bentancur, José Hualde, Solana Cabrera de Abásolo, Ángel Ramos, Ana Medina y Carlos De León. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez, por los días 7, 14 y 15 de diciembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Martín Laventure, Homero Bonilla, Jesús Bentancur, José Hualde, Solana Cabrera de Abásolo, Ángel Ramos, Ana Medina y Carlos De León. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados lapsos, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 21, del Lema Partido Nacional, señor Óscar Olmos. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia por razones personales el día 7 de diciembre de 2011, al amparo de la Ley Nº 17.827. Saluda atentamente, PEDRO SARAVIA Representante por Cerro Largo”.

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“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente le comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Pedro Saravia. Sin más, saluda atentamente, Myriam Álvez”. . “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente le comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Pedro Saravia. Sin más, saluda atentamente, Enrique Prieto”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Pedro Saravia. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 7 de diciembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Myriam Álvez Vila y Enrique Prieto. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Pedro Saravia, por el día 7 de diciembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Myriam Álvez Vila y Enrique Prieto.

3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor Federico Ricagni. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por los días 6, 7 y 8 de diciembre, el motivo es personal, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Luis Enrique Gallo”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Juan Ripoll”.

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“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Gabriela Garrido”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Silvia Camejo”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Eduardo Márquez”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional

José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Darío Álvarez”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Marcela Brignoni”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Walter González”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente. Andrés Neves”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Luis E. Gallo, Juan Ripoll, Gabriela Garrido, Silvia Camejo, Eduardo Márquez, Darío Álvarez de Ron, Marcela Brignoni, Walter González y Andrés Neves. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Luis E. Gallo, Juan Ripoll, Gabriela Garrido, Silvia Camejo, Eduardo Márquez, Darío Álvarez de Ron, Marcela Brignoni, Walter González y Andrés Neves. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121738, del Lema Partido Frente Amplio, señora Norma Griego. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio, solicito a usted licencia por los días 6 y 7 de diciembre de 2011, por motivos de salud. Adjunto certificado médico.

Le ruego convoque a mi suplente respectivo. Cordialmente, ALBERTO PERDOMO Representante por Canelones”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio le comunico que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Cordialmente, Mauricio Cusano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, del señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 7 de diciembre de 2011 y adjunta certificado médico. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Mauricio Cusano. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal A) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por enfermedad, por el período comprendido entre los días 6 y 7 de diciembre de 2011, al señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Mauricio Cusano. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2010, del Lema Partido Nacional, señor Daniel López Villalba. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

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“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito al Cuerpo se me otorgue licencia por los días 6, 7 y 8 de diciembre y se convoque a mi suplente correspondiente, de conformidad con la Ley Nº 17.827, artículo 1º, literal D), que establece la causal “obligaciones notorias” del legislador. Durante esos días participaré del Seminario Parlamentario Internacional “Políticas Económicas e Inclusión Social: crecimiento, eficiencia y distribución” organizado por el “Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile y Corporación Participa”. Dicho evento se realiza en la sede del Congreso Nacional de Santiago de Chile- Chile. Se adjunta invitación. Sin otro particular, lo saludo a usted atentamente. BERTA SANSEVERINO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por la Representante Nacional Berta Sanseverino, comunico mi renuncia por esta única vez solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima Jorge Patrone”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por la Representante Nacional Berta Sanseverino, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima Robert Alonso”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Berta Sanseverino, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir al Seminario Parlamentario Internacional “Políticas Económicas e Inclusión Social: Crecimiento, Eficiencia y Distribución”, a desarrollarse en la ciudad de Santiago, República de Chile. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Jorge Patrone y Roberto Alonso. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Berta Sanseverino, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir al Seminario Parlamentario Internacional “Políticas Económicas e Inclusión Social: Crecimiento, Eficiencia y Distribución”, a desarrollarse en la ciudad de Santiago, República de Chile por el período comprendido entre los días 6 y 8 de diciembre de 2011. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Jorge Patrone y Roberto Alonso. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Jorge Zas Fernández. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

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“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por los días 7 y 8 de diciembre, por motivos personales, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, JORGE ORRICO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Orrico. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 7 y 8 de diciembre de 2011. II) Que el suplente siguiente, señor Jorge Zás Fernández integra la Cámara por el período indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Orrico, por el período comprendido entre los días 7 y 8 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Antonio Pérez García. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 7 de diciembre del corriente año, por motivos particulares. Sin otro particular, le saluda atentamente, ÁLVARO VEGA LLANES Representante por Florida”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, Álvaro Vega. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 7 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Florida, Álvaro Vega, por el día 7 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Rodríguez. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia desde el 12 de diciembre hasta el 16 de diciembre inclusive (5 días) por motivos personales. Solicito a usted convoque al suplente respectivo.

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Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ Representante por Rivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Julio C. Fernández. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 12 y 16 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Rivera, Julio C. Fernández, por el período comprendido entre los días 12 y 16 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Rubenson Silva. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Amín Niffouri. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 7 y 21 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Amin Niffouri, por el período comprendido entre los días 7 y 21 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 400, del Lema Partido Nacional, señor José Luis Núñez. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito se me conceda licencia por motivos personales por el día 6 de diciembre de 2011. Sin otro particular, saluda a usted con la seguridad de su consideración más distinguida, JORGE GANDINI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini.

“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales el día 7 de diciembre por 15 días y se convoque a mi suplente correspondiente. Sin otro particular, lo saluda atentamente, AMIN NIFFOURI Representante por Canelones”.

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CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 6 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini, por el día 6 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señora Irene Caballero. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

empresas que lo componen, para las empresas de transporte de personas que operan en la zona suburbana. Operativa del Fondo El Fideicomiso se conformará con un Fondo que será integrado por las empresas concesionarias de servicios de transporte colectivo de pasajeros en la zona suburbana. Para ello se destinará el 5% de la recaudación mensual de las mismas por concepto de recaudación bruta total proveniente de la venta de boletos de los servicios de transporte considerados, así como por los montos correspondientes a dichas empresas de los subsidios abonados por la Administración Nacional de Educación Pública, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Fideicomiso de Administración del Boleto creado en cumplimiento del Decreto 347/006, de 28 de setiembre de 2006, y el Ministerio de Economía y Finanzas originado por Ley Nº 18.180, de 5 de diciembre de 2007. La finalidad prevista del Fondo es la de: 1- cancelar pasivos financieros de las empresas de transporte que lo constituyen; 2- financiar la realización de inversiones necesarias para la prestación de los servicios por parte de las empresas de transporte; 3- cancelar deudas que fueren contraídas por el Fondo para atender los objetivos anteriores. La titularidad y administración del Fondo corresponderá al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Asimismo el proyecto crea una Comisión de Contralor integrada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y un representante de cada una de las empresas que participan en el Fondo. Antecedente del proyecto El proyecto de ley que se envía adjunto al presente tiene como antecedente la experiencia exitosa del Fideicomiso aprobado en la Intendencia de Montevideo, por medio del Decreto de la Junta Departamental Nº 30.598 del mes de diciembre de 2003 En dicha oportunidad y en una situación económica totalmente diversa de la actual, ya que en dicho momento se empezaba a salir de la crisis financiera del año 2002 y sus graves consecuencias económicas y sociales, se entendió del caso la aplicación del instrumento del Fideicomiso a fin de que las empresas transportistas pudieran contar con el mismo para hacer frente a sus acuciantes necesidades.

20.- Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros. (Creación en régimen de fideicomiso)
Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del orden del día: “Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros. (Creación en régimen de fideicomiso)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 692 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Transporte y Obras Públicas Ministerio de Economía y Finanzas Montevideo, 21 de setiembre de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General Cr. Danilo Astori. El Poder Ejecutivo tiene el agrado de dirigirse a usted a fin de remitirle, para el correspondiente análisis parlamentario, el adjunto proyecto de ley por el que se crea el Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros, el que funcionará como fideicomiso. Esto es como un patrimonio de afectación separado e independiente del de las

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La experiencia de su puesta en funcionamiento fue muy exitosa cumpliendo cabalmente con los fines para los que fuera creado. En consecuencia se entiende del caso extender al ámbito nacional este valioso instrumento a fin de que las transportistas cuenten con el mismo en principio en el área suburbana. Situación del área suburbana La actual situación del área suburbana de transporte colectivo de pasajeros ha realizado una importante renovación de sus flotas de vehículos, en base al Decreto 218/006, de 10 de julio de 2006, con el consiguiente endeudamiento de las mismas. Por otra parte, en los últimos años se ha incrementado el número de boletos vendidos y por lo tanto los ingresos brutos de dichas empresas han aumentado, posibilitando promover esta iniciativa. Las concesionarias suburbanas consultadas al respecto manifestaron su conformidad en la creación del Fondo que se propone. Por su parte las mismas contrataron una consultora privada (CPA Ferrère) que ha actuado en conjunto con dichas empresas y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, analizando distintas cifras y proponiendo los mecanismos necesarios para obtener la finalidad de contar con el Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros. Para ello es de fundamental importancia promover el proyecto de ley que se adjunta, para la creación del fideicomiso que se propone. Por lo expuesto y teniendo en cuenta los argumentos esgrimidos, es que el Poder Ejecutivo solicita al Parlamento Nacional la consideración y aprobación del proyecto de creación del Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros. Saluda al señor Presidente de la Asamblea General con la mayor consideración. JOSÉ MUJICA, ENRIQUE PINTADO, FERNANDO LORENZO. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Créase el Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros, como un patrimonio de afectación separado e independiente con destino a: 1.- cancelar pasivos financieros de las empresas de transporte;

2.- financiar la realización de inversiones necesarias para la prestación de los servicios por parte de las empresas de transporte; 3.- cancelar deudas que fueran contraídas por el Fondo para atender los objetivos anteriores Artículo 2º.- El Fondo creado por el artículo precedente se financiará mediante una contribución, a cargo de las empresas permisarias y concesionarias de servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros que decidan participar en el Fondo de acuerdo a la reglamentación que se dicte, de hasta un 5% (cinco por ciento) de la recaudación bruta total de las mismas, proveniente de la venta de boletos por los servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros, y de los montos correspondientes a los subsidios abonados por la Administración Nacional de Educación Pública, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Fideicomiso de Administración del Boleto creado en cumplimiento del Decreto 347/006, de 28 de setiembre de 2006, el Ministerio de Economía y Finanzas originado en la Ley Nº 18.180, de 5 de octubre de 2007, así como proveniente de cualquier otro sistema de subsidio o compensación similar que pudiera establecerse en el futuro. El Poder Ejecutivo determinará en la reglamentación que se dicte a tales efectos, el porcentaje de contribución a aplicar sobre la recaudación total de las empresas, el cual no podrá superar el establecido en este artículo. Las empresas alcanzadas estarán obligadas a realizar dicha contribución a partir de la fecha que determine el Poder Ejecutivo en la reglamentación que dicte a estos efectos. Artículo 3º.- Estarán obligadas a realizar la contribución establecida en el artículo anterior: a) todas las empresas que participen inicialmente en el Fondo y tengan actualmente el permiso o la concesión respectiva por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para la explotación de los servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros y b) todas aquellas que obtengan dicho permiso o concesión en el futuro. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas notificará de esta obligación a los nuevos permisarios o concesionarios de servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros, al momento de adjudicar los permisos o concesiones correspondientes. Artículo 4º.- Las contribuciones creadas por el artículo 2º serán en pesos uruguayos y deberán ser vertidas por las empresas de transporte colectivo subur-

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bano de pasajeros, en una cuenta especial que, con el nombre Ministerio de Transporte y Obras Públicas / Fondo de Financiamiento del Transporte Suburbano Colectivo de Montevideo, se abrirá en el Banco de la República Oriental del Uruguay. Las contribuciones deberán ser depositadas por las empresas obligadas a su pago, dentro del plazo de veinticinco días corridos luego de la finalización de cada mes. En caso de cesión, afectación en garantía o securitización de los activos del Fondo, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como administrador del Fondo, indicará a las empresas la cuenta de la institución financiera que indique el cesionario o beneficiario de dichos activos cedidos, en la cual se deberán depositar las contribuciones. Artículo 5º.- La titularidad y administración del Fondo corresponderá al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, quien podrá actuar con relación al mismo, de acuerdo a lo establecido en la presente ley y a las normas reglamentarias que se dicten en el futuro. Artículo 6º.- A efectos de cumplir con los objetivos del Fondo, el Ministerio de Transporte de Obras Públicas, como administrador del Fondo, podrá ceder, ofrecer en garantía o securitizar los activos del Fondo, en los términos y condiciones y con las garantías que considere adecuadas. Si los activos del Fondo hubieran sido cedidos, afectados en garantía o securitizados total o parcialmente, las contribuciones se aplicarán hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones del Fondo por la o las operaciones realizadas. La obligación de realizar las contribuciones cesará en el momento que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas haya constatado el cumplimiento pleno de las obligaciones asumidas por el Fondo, con el consentimiento del cesionario o beneficiario de los activos y notifique en tal sentido a las empresas obligadas al pago de la contribución. Artículo 7º.- En caso de que los activos del Fondo sean cedidos, securitizados o afectados en garantía, el Estado garantiza bajo su responsabilidad la estabilidad de todas las normas legales y reglamentarias que incidan sobre los ingresos o fondos afectados y sus correspondientes garantías y que estuvieren vigentes al momento de suscribirse los contratos respectivos. Artículo 8º.- Las contribuciones creadas por esta ley serán inembargables.

Artículo 9º.- Créase una Comisión de Contralor integrada por un representante del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y un representante de cada una de las empresas que participen en el Fondo, los que serán designados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas a propuesta de cada una de las empresas. Encomiéndase a esta Comisión, el contralor que asegure el cumplimiento de los objetivos y de las obligaciones del presente y la recomendación para la aplicación de las sanciones establecidas seguidamente. La Comisión deberá informar periódicamente a todas las partes interesadas, el estado de situación del Fondo. Artículo 10.- Serán beneficiarias del Fondo: a) las empresas que actualmente son permisarias o concesionarias de servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros y b) que acuerden participar en el Fondo según lo que establezca la reglamentación que se dicte a tales efectos. Los montos que reciban las empresas de transporte del Fondo serán considerados un incremento patrimonial no gravado a efectos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas. Artículo 11.- Si los activos del Fondo fueran cedidos o securitizados, los fondos que se obtengan, luego de deducidos los gastos y costos que se generen por dicha operativa, serán distribuidos entre las empresas beneficiarias, con destino a cumplir con los objetivos establecidos en la presente ley. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas no podrá disponer de estos fondos para ningún otro fin que el indicado en el artículo 1º de esta ley. Artículo 12.- En caso que los activos o ingresos del Fondo sean cedidos o securitizados a favor de un fideicomiso financiero creado a tales efectos, dicho fideicomiso estará exonerado de todos los impuestos nacionales creados o a crearse, recibiendo los valores que el fideicomiso emita, el mismo tratamiento fiscal que reciban los títulos de deuda pública. Artículo 13.- La reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo establecerá la participación de cada empresa beneficiaria en los beneficios del Fondo y las obligaciones a asumir por parte de cada una de las empresas beneficiarias con relación al repago de las sumas que reciban del Fondo, en función de la participación de cada empresa en el total de la recaudación de todas las empresas que participen en el Fondo.

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Artículo 14.- El Poder Ejecutivo reglamentará la forma en que dichos fondos serán distribuidos y destinados a los fines establecidos en el artículo 1º de esta ley y controlará el cumplimiento por parte de las empresas beneficiarias en la inversión de los fondos recibidos del Fondo para los fines establecidos. Artículo 15.- En caso que alguna empresa obligada al pago, no abonara las contribuciones a las que se encuentra obligada, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas: 1.- comunicará dicha circunstancia al Fiduciario del Fideicomiso de Administración del Boleto creado en cumplimiento del Decreto 347/006, de 28 de setiembre de 2006, para que éste deduzca las contribuciones no pagadas por dicha empresa más las multas e intereses de mora que correspondan de los montos que el Fiduciario tenga para abonar a dicha empresa por ese concepto; 2.- identificará al beneficiario o cesionario de los activos del Fondo e indicará al Fiduciario del Fideicomiso de Administración del Boleto que pague los montos deducidos a dicho beneficiario o cesionario, en la misma forma en que debieron ser abonadas las contribuciones no pagadas por dicha empresa. El incumplimiento en el pago se generará con la no presentación al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, del comprobante de pago de la contribución. Artículo 16.- Las empresas de transporte colectivo suburbano de pasajeros deberán presentar ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como Administrador del Fondo, antes o dentro de los primeros tres días hábiles de cada mes, el comprobante de pago de las contribuciones abonadas el mes anterior, conjuntamente con la declaración jurada de la recaudación total realizada por dicha empresa por concepto de venta de boletos en el mes anterior. Esta declaración deberá ser complementada con el dictamen de los auditores externos independientes aceptables para el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el cual deberá ser presentado dentro de los 20 (veinte) días corridos del mismo mes de que se trate. Artículo 17.- Se considerarán infracciones a esta normativa por parte de las empresas obligadas al pago de la contribución creada por esta ley, las siguientes:

I) La falta de pago en fecha de las contribuciones al Fondo. II) Las diferencias entre los montos percibidos por concepto de recaudación de boletos y los declarados al Fondo. III) La omisión, falsedad, atraso o falta de correspondencia de la información o declaraciones que las empresas deban realizar o las solicitadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas o la Comisión de Contralor. La reiteración o reincidencia en la conducta que dé mérito a la aplicación de cualquier sanción, será considerada agravante de la misma. Artículo 18.- Las empresas que se encuentren obligadas al pago de la contribución creada por esta ley y que incurran en alguna de las infracciones previstas en los numerales I) y II) del artículo anterior, serán sancionadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en forma automática con una multa del 10% (diez por ciento) e intereses de mora por el no pago en fecha calculados a una tasa superior en un 50% (cincuenta por ciento) a la última tasa media del trimestre anterior a la infracción publicada por el Banco Central del Uruguay para préstamos bancarios en moneda nacional a empresas y para plazos menores a un año. Dicha multa e intereses serán calculados sobre los montos impagos desde que fueron exigibles y hasta su efectiva cancelación por parte de las empresas. Las empresas que incurran en algunos de los incumplimientos previstos en el numeral III) del artículo anterior, serán sancionadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con una multa del 10% (diez por ciento) calculada sobre el promedio de las contribuciones mensuales que debieron ser realizadas por dicha empresa en el año anterior, o fracción, al mes en que se aplique dicha multa. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá exonerar por vía reglamentaria la aplicación de las multas y recargos, cuando el incumplimiento se hubiera tornado inevitable por causas objetivas y ajenas al beneficiario. En caso de que los activos del Fondo sean cedidos, afectados en garantía o securitizados, la multa y los recargos serán abonados directamente al cesionario o beneficiario de dichos activos y afectados al repago correspondiente, debiendo la empresa obligada acreditar su pago ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

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Artículo 19.- En caso de omisión o incumplimiento en el pago en fecha de la contribución correspondiente por parte de una empresa por más de seis meses consecutivos o en caso que la garantía establecida en el artículo 4º de esta ley no sea suficiente para cubrir las contribuciones no pagadas por dicha empresa, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas suspenderá en forma automática el 5% (cinco por ciento) de los permisos o concesiones concedidos a dicha empresa para la explotación del servicio público de transporte colectivo suburbano de pasajeros, por cada mes de atraso en el pago de las contribuciones, hasta tanto dicha empresa efectúe el pago total de todas las contribuciones, multas e intereses de mora adeudados al Fondo. Una vez generados los incumplimientos señalados en el párrafo anterior, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas notificará en forma inmediata de la suspensión de los permisos o concesiones a la empresa de que se trate e implementará todas las medidas que sean necesarias para la efectiva aplicación de dicha suspensión. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá otorgar en forma temporal los permisos suspendidos a otra empresa, mientras dure la suspensión resuelta y hasta que la empresa sancionada demuestre el pago total de las contribuciones, multas e intereses de mora adeudados al Fondo. La empresa que se haga cargo de dichos permisos en forma temporal estará también obligada a realizar el pago de las contribuciones correspondientes al Fondo, en el porcentaje que determine el Poder Ejecutivo. En caso de incumplimiento en el pago de las contribuciones correspondientes al Fondo por parte de una empresa por un plazo de más de doce meses, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas revocará en forma permanente todos los permisos o concesiones otorgados a dicha empresa para la explotación del servicio público de transporte colectivo de pasajeros. Artículo 20.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 30 (treinta) días de su promulgación, estableciendo los mecanismos necesarios para la implementación del Fondo. Montevideo, 21 de setiembre de 2011. ENRIQUE PINTADO, FERNANDO LORENZO”.

Anexo I al Rep. Nº 692 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Hacienda INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Hacienda pone a consideración del Pleno, el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo referido a la creación del FONDO DE FINANCIAMIENTO DEL TRANSPORTE COLECTIVO SUBURBANO DE PASAJEROS. Dicho Fondo funcionará como Fideicomiso, con un patrimonio de afectación separado e independiente del de las empresas que participen del mismo. A los efectos de analizar el proyecto, la Comisión recibió la visita de los Ministerios de Economía y Finanzas (MEF), y de Transporte y Obras Públicas (MTOP); concurrieron además empresas de transporte suburbano de pasajeros y de la ANETRA, gremial que nuclea a los transportistas. Todos estos actores, directamente involucrados en el tema, opinaron a favor del proyecto. ANETRA manifestó la realidad de las empresas de transporte local, particularmente, dentro del departamento de Canelones. Su objetivo es incluir a las mismas dentro del Fondo referido. Por las características netamente departamentales, no pueden incluirse en el Fondo que estamos creando. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas nos informó que mantienen un diálogo, a los efectos de encontrar otros mecanismos financieros para atender su situación. OBJETIVOS DEL FONDO DE FINANCIAMIENTO A CREAR La finalidad prevista en el Fondo es para las siguientes operaciones: 1) Cancelar o reperfilar pasivos financieros de las empresas de transporte que lo integren. 2) Financiar inversiones que redunden en una mejor prestación de servicios, como la renovación de flota y la adecuación tecnológica de las empresas y unidades de transporte. 3) Cancelar deudas que fueren contraídas por el Fondo para atender los objetivos planteados anteriormente.

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OPERATIVA DEL FONDO Las empresas destinarán el 5% (cinco por ciento) de la recaudación mensual por concepto de recaudación bruta total, proveniente de la venta de boletos de los servicios de transporte considerados, así como por los montos adjudicados a dichas empresas por concepto de subsidios abonados por la ANEP, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Fideicomiso de Administración del Boleto creado por el Decreto 347/006, de 28 de setiembre de 2006 y del Ministerio de Economía y Finanzas originado por Ley Nº 18.180, de 5 de diciembre de 2007. La titularidad y administración del Fondo corresponderá al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. A su vez el proyecto de ley crea una Comisión de Contralor integrada por el MTOP y un representante de cada una de las empresas que participen del Fondo. ANTECEDENTES Con la creación de este Fondo para el transporte suburbano de pasajeros se está equiparando a la realidad del transporte urbano de pasajeros en el departamento de Montevideo. En efecto, a partir del Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 30.598 del mes de diciembre de 2003, se creó un Fideicomiso con el fin de que las empresas de transporte de pasajeros en la capital, pudieran contar con un mecanismo financiero que contribuyera a la mejora de sus servicios, con un financiamiento adecuado a la recaudación real de las empresas. Esta experiencia, que comienza en una época plagada de dificultades económicas en nuestro país, ha sido muy exitosa cumpliendo con los objetivos planteados desde su creación. A partir de ello consideramos que es una experiencia a recrear en el ámbito nacional, particularmente en el área suburbana de transporte de pasajeros. La oportunidad en que traemos a consideración este proyecto de ley es ajustada a la realidad que vive el sector. En el año 2006, a partir del Decreto 218/006, se otorgaron recursos para la renovación de flotas e ingreso de tecnología, con el consiguiente endeudamiento que ello generó. En la actualidad, el incremento de la venta de boletos ha sido permanente y por ello, los ingresos bru-

tos de las empresas de transporte de pasajeros suburbanas se han incrementado. Las empresas involucradas han hecho los estudios de factibilidad, a partir de los informes contratados a la consultora CPA Ferrére, conjuntamente con los estudios realizados por el MTOP. De esos estudios surge con contundencia la viabilidad del Fondo, a través de la creación de un Fideicomiso, y su optimización para lograr los fines planteados. CONCLUSIÓN En los 20 artículos que componen el proyecto de ley se desarrolla la creación del Fondo; los objetivos explícitos del mismo; el financiamiento; las empresas que pueden participar, actuales y futuras; la titularidad y administración del Fondo; las formas para ceder, ofrecer en garantía o securitizar los activos del mismo; la creación de la Comisión de Contralor ya referida; la responsabilidad del Poder Ejecutivo de reglamentar la participación de cada empresa en los beneficios, obligaciones y distribución de los fondos para el cumplimiento de los fines; los mecanismos a transitar en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas y las multas a aplicar; la suspensión de los permisos en caso de incumplimientos agravados en el tiempo; y finalmente, el plazo de 30 días para la reglamentación de este Fondo. Por lo expuesto, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes por unanimidad solicita al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley que se adjunta. Sala de la Comisión, 23 de noviembre de 2011. GUSTAVO BERNINI, MIEMBRO INFORMANTE, JOSÉ CARLOS CARDOSO, JORGE GANDINI, ANA IRENE LIMA, GONZALO MUJICA, LOURDES ONTANEDA, ANA LÍA PIÑEYRÚA, ALEJANDRO SÁNCHEZ, PHILIPPE SAUVAL. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Créase el Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros, como un patrimonio de afectación separado e independiente con destino a: 1) Cancelar pasivos financieros de las empresas de transporte.

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2) Financiar la realización de inversiones necesarias para la prestación de los servicios por parte de las empresas de transporte. 3) Cancelar deudas que fueran contraídas por el Fondo para atender los objetivos anteriores. Artículo 2º.- El Fondo creado por el artículo precedente se financiará mediante una contribución, a cargo de las empresas permisarias y concesionarias de servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros que decidan participar en el Fondo de acuerdo a la reglamentación que se dicte, de hasta un 5% (cinco por ciento) de la recaudación bruta total de las mismas, proveniente de la venta de boletos por los servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros, y de los montos correspondientes a los subsidios abonados por la Administración Nacional de Educación Pública, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Fideicomiso de Administración del Boleto creado en cumplimiento del Decreto 347/006, de 28 de setiembre de 2006, el Ministerio de Economía y Finanzas originado en la Ley Nº 18.180, de 5 de octubre de 2007, así como proveniente de cualquier otro sistema de subsidio o compensación similar que pudiera establecerse en el futuro. El Poder Ejecutivo determinará en la reglamentación que se dicte a tales efectos, el porcentaje de contribución a aplicar sobre la recaudación total de las empresas, el cual no podrá superar el establecido en este artículo. Las empresas alcanzadas estarán obligadas a realizar dicha contribución a partir de la fecha que determine el Poder Ejecutivo en la reglamentación que dicte a estos efectos. Artículo 3º.- Estarán obligadas a realizar la contribución establecida en el artículo anterior: a) todas las empresas que participen inicialmente en el Fondo y tengan actualmente el permiso o la concesión respectiva por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para la explotación de los servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros y b) todas aquellas que obtengan dicho permiso o concesión en el futuro. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas notificará de esta obligación a los nuevos permisarios o concesionarios de servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros, al momento de adjudicar los permisos o concesiones correspondientes. Artículo 4º.- Las contribuciones creadas por el artículo 2º de la presente ley serán en pesos uruguayos y deberán ser vertidas por las empresas de transporte

colectivo suburbano de pasajeros, en una cuenta especial que, con el nombre Ministerio de Transporte y Obras Públicas / Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros, se abrirá en el Banco de la República Oriental del Uruguay. Las contribuciones deberán ser depositadas por las empresas obligadas a su pago, dentro del plazo de 25 (veinticinco) días corridos luego de la finalización de cada mes. En caso de cesión, afectación en garantía o securitización de los activos del Fondo, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como administrador del Fondo, indicará a las empresas la cuenta de la institución financiera que indique el cesionario o beneficiario de dichos activos cedidos, en la cual se deberán depositar las contribuciones. Artículo 5º.- La titularidad y administración del Fondo corresponderá al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, quien podrá actuar con relación al mismo, de acuerdo a lo establecido en la presente ley y a las normas reglamentarias que se dicten en el futuro. Artículo 6º.- A efectos de cumplir con los objetivos del Fondo, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como administrador del Fondo, podrá ceder, ofrecer en garantía o securitizar los activos del Fondo, en los términos y condiciones y con las garantías que considere adecuadas. Si los activos del Fondo hubieran sido cedidos, afectados en garantía o securitizados total o parcialmente, las contribuciones se aplicarán hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones del Fondo por la o las operaciones realizadas. La obligación de realizar las contribuciones cesará en el momento que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas haya constatado el cumplimiento pleno de las obligaciones asumidas por el Fondo, con el consentimiento del cesionario o beneficiario de los activos y notifique en tal sentido a las empresas obligadas al pago de la contribución. Artículo 7º.- En caso de que los activos del Fondo sean cedidos, securitizados o afectados en garantía, el Estado garantiza bajo su responsabilidad la estabilidad de todas las normas legales y reglamentarias que incidan sobre los ingresos o fondos afectados y sus correspondientes garantías y que estuvieren vigentes al momento de suscribirse los contratos respectivos. Artículo 8º.- Las contribuciones creadas por esta ley serán inembargables.

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Artículo 9º.- Créase una Comisión de Contralor integrada por un representante del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y un representante de cada una de las empresas que participen en el Fondo, los que serán designados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas a propuesta de cada una de las empresas. Encomiéndase a esta Comisión, el contralor que asegure el cumplimiento de los objetivos y de las obligaciones del presente y la recomendación para la aplicación de las sanciones establecidas seguidamente. La Comisión deberá informar periódicamente a todas las partes interesadas, el estado de situación del Fondo. Artículo 10.- Serán beneficiarias del Fondo: a) las empresas que actualmente son permisarias o concesionarias de servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros y b) que acuerden participar en el Fondo según lo que establezca la reglamentación que se dicte a tales efectos. Los montos que reciban las empresas de transporte del Fondo serán considerados un incremento patrimonial no gravado a efectos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas. Artículo 11.- Si los activos del Fondo fueran cedidos o securitizados, los fondos que se obtengan, luego de deducidos los gastos y costos que se generen por dicha operativa, serán distribuidos entre las empresas beneficiarias, con destino a cumplir con los objetivos establecidos en la presente ley. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas no podrá disponer de estos fondos para ningún otro fin que el indicado en el artículo 1º de esta ley. Artículo 12.- En caso que los activos o ingresos del Fondo sean cedidos o securitizados a favor de un fideicomiso financiero creado a tales efectos, dicho fideicomiso estará exonerado de todos los impuestos nacionales creados o a crearse, recibiendo los valores que el fideicomiso emita, el mismo tratamiento fiscal que reciban los títulos de deuda pública. Artículo 13.- La reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo establecerá la participación de cada empresa beneficiaria en los beneficios del Fondo y las obligaciones a asumir por parte de cada una de las empresas beneficiarias con relación al repago de las sumas que reciban del Fondo, en función de la participación de cada empresa en el total de la recaudación de todas las empresas que participen en el Fondo.

Artículo 14.- El Poder Ejecutivo reglamentará la forma en que dichos fondos serán distribuidos y destinados a los fines establecidos en el artículo 1º de esta ley y controlará el cumplimiento por parte de las empresas beneficiarias en la inversión de los fondos recibidos del Fondo para los fines establecidos. Artículo 15.- En caso que alguna empresa obligada al pago, no abonara las contribuciones a las que se encuentra obligada, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas: 1) Comunicará dicha circunstancia al Fiduciario del Fideicomiso de Administración del Boleto creado en cumplimiento del Decreto 347/006, de 28 de setiembre de 2006, para que éste deduzca las contribuciones no pagadas por dicha empresa más las multas e intereses de mora que correspondan de los montos que el Fiduciario tenga para abonar a dicha empresa por ese concepto. 2) Identificará al beneficiario o cesionario de los activos del Fondo e indicará al Fiduciario del Fideicomiso de Administración del Boleto que pague los montos deducidos a dicho beneficiario o cesionario, en la misma forma en que debieron ser abonadas las contribuciones no pagadas por dicha empresa. El incumplimiento en el pago se generará con la no presentación al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, del comprobante de pago de la contribución. Artículo 16.- Las empresas de transporte colectivo suburbano de pasajeros deberán presentar ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como Administrador del Fondo, antes o dentro de los primeros tres días hábiles de cada mes, el comprobante de pago de las contribuciones abonadas el mes anterior, conjuntamente con la declaración jurada de la recaudación total realizada por dicha empresa por concepto de venta de boletos en el mes anterior. Esta declaración deberá ser complementada con el dictamen de los auditores externos independientes aceptables para el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el cual deberá ser presentado dentro de los 20 (veinte) días corridos del mismo mes de que se trate. Artículo 17.- Se considerarán infracciones a esta normativa por parte de las empresas obligadas al pago de la contribución creada por esta ley, las siguientes: I) La falta de pago en fecha de las contribuciones al Fondo.

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II) Las diferencias entre los montos percibidos por concepto de recaudación de boletos y los declarados al Fondo. III) La omisión, falsedad, atraso o falta de correspondencia de la información o declaraciones que las empresas deban realizar o las solicitadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas o la Comisión de Contralor. La reiteración o reincidencia en la conducta que dé mérito a la aplicación de cualquier sanción, será considerada agravante de la misma. Artículo 18.- Las empresas que se encuentren obligadas al pago de la contribución creada por esta ley y que incurran en alguna de las infracciones previstas en los numerales I) y II) del artículo anterior, serán sancionadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en forma automática con una multa del 10% (diez por ciento) e intereses de mora por el no pago en fecha calculados a una tasa superior en un 50% (cincuenta por ciento) a la última tasa media del trimestre anterior a la infracción publicada por el Banco Central del Uruguay para préstamos bancarios en moneda nacional a empresas y para plazos menores a un año. Dicha multa e intereses serán calculados sobre los montos impagos desde que fueron exigibles y hasta su efectiva cancelación por parte de las empresas. Las empresas que incurran en algunos de los incumplimientos previstos en el numeral III) del artículo anterior, serán sancionadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con una multa del 10% (diez por ciento) calculada sobre el promedio de las contribuciones mensuales que debieron ser realizadas por dicha empresa en el año anterior, o fracción, al mes en que se aplique dicha multa. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá exonerar por vía reglamentaria la aplicación de las multas y recargos, cuando el incumplimiento se hubiera tornado inevitable por causas objetivas y ajenas al beneficiario. En caso de que los activos del Fondo sean cedidos, afectados en garantía o securitizados, la multa y los recargos serán abonados directamente al cesionario o beneficiario de dichos activos y afectados al repago correspondiente, debiendo la empresa obligada acreditar su pago ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Artículo 19.- En caso de omisión o incumplimiento en el pago en fecha de la contribución correspondiente por parte de una empresa por más de seis meses

consecutivos o en caso que la garantía establecida en el artículo 4º de esta ley no sea suficiente para cubrir las contribuciones no pagadas por dicha empresa, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas suspenderá en forma automática el 5% (cinco por ciento) de los permisos o concesiones concedidos a dicha empresa para la explotación del servicio público de transporte colectivo suburbano de pasajeros, por cada mes de atraso en el pago de las contribuciones, hasta tanto dicha empresa efectúe el pago total de todas las contribuciones, multas e intereses de mora adeudados al Fondo. Una vez generados los incumplimientos señalados en el párrafo anterior, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas notificará en forma inmediata de la suspensión de los permisos o concesiones a la empresa de que se trate e implementará todas las medidas que sean necesarias para la efectiva aplicación de dicha suspensión. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá otorgar en forma temporal los permisos suspendidos a otra empresa, mientras dure la suspensión resuelta y hasta que la empresa sancionada demuestre el pago total de las contribuciones, multas e intereses de mora adeudados al Fondo. La empresa que se haga cargo de dichos permisos en forma temporal estará también obligada a realizar el pago de las contribuciones correspondientes al Fondo, en el porcentaje que determine el Poder Ejecutivo. En caso de incumplimiento en el pago de las contribuciones correspondientes al Fondo por parte de una empresa por un plazo de más de 12 (doce) meses, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas revocará en forma permanente todos los permisos o concesiones otorgados a dicha empresa para la explotación del servicio público de transporte colectivo de pasajeros. Artículo 20.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 30 (treinta) días de su promulgación, estableciendo los mecanismos necesarios para la implementación del Fondo. Sala de la Comisión, 23 de noviembre de 2011. GUSTAVO BERNINI, MIEMBRO INFORMANTE, JOSÉ CARLOS CARDOSO, JORGE GANDINI, ANA IRENE LIMA, GONZALO MUJICA, LOURDES ONTANEDA, ANA LÍA PIÑEYRÚA, ALEJANDRO SÁNCHEZ, PHILIPPE SAUVAL”.

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——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Bernini. SEÑOR BERNINI.- Señor Presidente: estamos considerando un proyecto de ley que tuvo iniciativa del Poder Ejecutivo, denominado “Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros”. Este Fondo va a funcionar como fideicomiso, con un patrimonio de afectación separado e independiente del de las empresas que participen de él. Vamos a ubicar algunos antecedentes que hacen referencia a este proyecto de ley. Con la creación de ese Fondo para el transporte suburbano de pasajeros se está equiparando la realidad del transporte urbano de pasajeros en el departamento de Montevideo. Por el Decreto Nº 30.598 de la Junta Departamental de Montevideo del mes de diciembre de 2003 se creó un Fideicomiso con el fin de que las empresas de transporte de pasajeros en la capital pudieran contar con un mecanismo financiero que contribuyera a la mejora de sus servicios, con un financiamiento adecuado a la recaudación real de las empresas. Esta experiencia, que comienza en una época plagada de dificultades económicas en nuestro país -recordemos que pocos meses antes había estallado la crisis de 2002-, funcionó en forma muy exitosa. Se trata de una experiencia muy interesante a recrear en el ámbito nacional, y es un antecedente inmediato del proyecto de ley que estamos analizando. La oportunidad en que traemos a consideración este proyecto de ley es ajustada a la realidad que hoy vive el sector de transporte suburbano. En 2006, a partir del Decreto 218/006, se otorgaron recursos a estas empresas para la renovación de flotas e ingreso de tecnología, con el consiguiente endeudamiento que ello generó. En la actualidad, el incremento en la venta de boletos ha sido permanente y por ello los ingresos brutos de las empresas de transporte de pasajeros suburbano se han incrementado. Las empresas involucradas en este tema han hecho estudios de factibilidad y encomendaron los in-

formes a la consultora CPA Ferrère. En tal sentido, se ha llegado a conclusiones favorables en cuanto a la viabilidad y sustentabilidad de un Fondo de esta naturaleza. Por su lado, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas también hizo los estudios del caso. De ambos estudios surge con contundencia que el Fondo es viable y que la creación de un Fideicomiso sería lo adecuado para lograr los fines planteados. ¿Cuáles serían los objetivos principales de este Fondo a través del Fideicomiso? Básicamente, las finalidades son tres. En primer lugar, cancelar o reperfilar pasivos financieros de las empresas de transporte que lo integren; en segundo término, financiar inversiones que redunden en una mejor prestación de los servicios. Estamos hablando de la renovación de flota y de una adecuación tecnológica de las empresas y de las propias unidades de transporte. Claramente, los empresarios que nos vinieron a visitar nos plantearon que en el año 2006 habían accedido a préstamos para renovación de flotas y que ya estaban llegando al límite en cuanto a la necesidad de renovar unidades y, sobre todo, la adecuación del sistema tecnológico de expendio de boletos. Algunas de ellas fueron pioneras en instalar en las unidades estas expendedoras de boletos. Por lo tanto, estos recursos son para dotar de elementos y de herramientas como el “software” y el “hardware” adecuados para la implementación de esta tecnología. El tercer eje principal, que es el objetivo de este Fondo que estaríamos creando, sería cancelar las deudas contraídas con él, a los efectos de cumplir con los objetivos planteados anteriormente. El mecanismo es muy claro. Las empresas destinarán el 5% de la recaudación mensual por concepto de recaudación bruta total proveniente de la venta de boletos de los servicios de transporte considerados. Además de ello, este Fondo también estará integrado por los montos adjudicados a las empresas por concepto de subsidios abonados por la ANEP por el transporte de estudiantes y escolares, por el propio Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Fideicomiso de administración del boleto creado por el Decreto Nº347/006, de 28 de setiembre de 2006 y por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, originado por la Ley Nº18.180, de 5 de diciembre de 2007. Esta sería la forma de integración al Fondo de las distintas economías; pero claramente la más importante es la generación del aporte del 5% de la recaudación bruta de las empresas por concepto de venta de boletos. Como podrán apreciar,

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la solvencia estará dada en que la integración de dinero para amortizar los adelantos de este Fondo de financiamiento se haga a partir del propio negocio de las empresas, y en función de la recaudación será el aporte mensual a este Fondo, a este Fideicomiso. Por lo tanto, el mecanismo es el más adecuado porque está vinculado al propio negocio. Por otra parte, la titularidad y la administración del Fondo corresponde al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y aquí queremos abrir un paréntesis. Según la ingeniería financiera del Fondo, estamos hablando de empresas de transporte interdepartamental, dentro del área metropolitana, es decir, las que van de Montevideo a Canelones y a San José, que serían las que voluntariamente podrían ingresar al Fondo y las que tendrían estos beneficios y estas obligaciones. Como dije al principio, este proyecto de ley tiene iniciativa del Poder Ejecutivo. A la Comisión concurrieron, entre otros, el Ministerio de Economía y Finanzas y el de Transporte y Obras Públicas, que defendieron fuertemente que esto pudiera prosperar. También asistieron a la Comisión las empresas directamente involucradas -particularmente COPSA, que es la más importante de las que realizan este tipo de servicio-, que están totalmente de acuerdo con la aprobación de este proyecto de ley. Es más: mucho de lo que ya tienen programado como plan estratégico para la renovación de la flota depende de que este proyecto sea aprobado antes de fin de año. Están muy interesadas en que esto sea así. Además, tendríamos que tomar en cuenta a los propios sindicatos de trabajadores de estas empresas que nos manifestaron su acuerdo y su beneplácito por la aprobación de este proyecto de ley. Esto también redundará en una mejora de las condiciones de trabajo, en la competitividad de las empresas y, por lo tanto, en las capacidades que puedan tener como sindicato para acceder a ámbitos de negociación y mejorar su calidad de vida. Por lo tanto, estamos hablando de la unanimidad de los actores sociales. Esta iniciativa fue aprobada por la unanimidad de la Comisión de Hacienda, por todos los legisladores que participamos y tuve el honor de ser designado pera redactar el informe. Por otra parte, quiero señalar que la ANETRA -Asociación Nacional de Empresas de Transporteconcurrió a la Comisión para trasladar la inquietud de que algunas empresas de carácter departamental -no

ya suburbanas; particularmente del departamento de Canelones- tenía interés en ingresar a este Fondo y a este Fideicomiso. Nos consta que también a nivel de cada departamento del país, sobre todo las empresas que tienen líneas directas entre localidades del propio departamento, estarían muy interesadas en acceder a este Fondo. Luego de hacer las consultas del caso y de intercambiar opiniones en la Comisión de Hacienda, concluimos que es inviable el ingreso a este Fondo específico de empresas que no tengan la condición de suburbanas, entre otras cosas, porque esto es de carácter nacional e involucra al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En el caso de las empresas departamentales -como ha sucedido en Montevideo que, como dije, tienen un Fideicomiso y un Fondo que están funcionando muy bien-, el Fondo es creado por la Intendencia, que es la que tiene esa responsabilidad -obviamente, avalado por todo lo que sea necesario a nivel del Ministerio de Economía y Finanzas- y administrado en conjunto con las empresas. ¿Qué nos dice el Ministerio de Transporte y Obras Públicas además de plantearnos que desde el punto de vista formal y jurídico es inviable por lo que acabo de decir? Desde el punto de vista de la sustanciabilidad del Fondo y de la viabilidad económica y financiera se han hecho estudios que implican, entre otras cosas, determinados costos fijos por parte de las empresas que pueden acceder, determinados costos por kilómetro. Objetivamente, las empresas de carácter suburbano tienen condiciones económicas y financieras como para hacer sustentable el Fondo, no así las empresas de carácter exclusivamente departamental. También se nos ha trasmitido que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en este momento está desarrollando un ámbito de intercambio con la ANETRA, que es la agremiación patronal que representa a las empresas de transporte a nivel nacional, a efectos de buscar mecanismos similares para las empresas de carácter departamental. Obviamente, mucho de esto tiene que ver con la viabilidad que puedan tener dentro de los mismos departamentos en cuanto a crear Fondos similares y no de carácter nacional, como el que estamos considerando en la actualidad. Como decía, la titularidad y la administración del Fondo corresponde al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. A su vez, el propio proyecto de ley

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crea una Comisión de contralor, que obviamente integra esta Cartera, además de un representante de cada una de las empresas que participen del Fondo. Es un ámbito que transparenta la administración y gestión del Fondo, con la participación directa del Estado a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de las empresas involucradas, que son las que se benefician, pero a su vez contraen obligaciones, producto de que voluntariamente accedan e ingresen a este Fondo. | Este proyecto de ley consta de veinte artículos, y voy a hablar someramente sobre lo que contiene cada uno de ellos. En el artículo 1º se crea el Fondo. En los primeros artículos se plantean sus objetivos específicos, así como también su financiamiento; yo hice referencia al 5%, más las otras partidas que corresponden por ley. Asimismo, se establece qué tipo de empresas son las que pueden participar: las que hoy están instaladas, pero también las que puedan crearse en el futuro en el ámbito suburbano y que generen las condiciones necesarias. A su vez, se genera la titularidad y la administración del Fondo, con las competencias correspondientes, las formas de acceder, ofrecer en garantía o securitizar sus activos. También figura la creación de la Comisión de Contralor -a la que acabo de hacer referencia-, la responsabilidad del Poder Ejecutivo de reglamentar la participación de cada empresa en los beneficios, las obligaciones y distribución de los fondos para el cumplimiento de los fines que plantea el propio proyecto de ley. Asimismo, se hace referencia a los mecanismos a transitar en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas y a las multas a aplicar en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas; a la suspensión de los permisos en caso de incumplimientos graves, en cuanto a los extremos que plantea como contrapartida el propio proyecto de ley y, finalmente, se otorga un plazo de treinta días para la reglamentación del Fondo que estamos considerando. Creemos representar al conjunto de la Comisión -que debatió el tema y que participó activamente- al decir que estamos muy interesados en que este proyecto de ley se apruebe rápidamente, a tal punto de que, luego de que lo votemos -esperamos que afirmativamente; con seguridad, así será-, propondremos

que se comunique de inmediato al Senado, a los efectos de que en ese ámbito pueda ser aprobado antes del receso parlamentario. Esta iniciativa se considera y se valora como urgente en la medida en que -como dije- muchas empresas están dependiendo de este Fondo a los efectos de poder concretar, en una primera instancia, la renovación de flota que ya tienen definida en sus planes estratégicos y que se abriría a principios del año que viene. Obviamente, todo ello va a redundar en un mejor servicio para quienes en definitiva son el centro de nuestra preocupación, que son los usuarios del sistema de transporte suburbano de pasajeros, para las propias empresas y, obviamente, para sus trabajadores. Es cuanto tenía para aportar. Por supuesto, solicitamos al Cuerpo que apruebe el presente proyecto de ley. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Amarilla. SEÑOR AMARILLA.- Señor Presidente: hemos estudiado el proyecto de ley que está a consideración. Respetamos mucho el trabajo de todos los integrantes de la Comisión, en particular el de los Representantes de nuestro Partido, quienes han trabajado y sumado esfuerzo y labor para que este proyecto haya sido remitido hoy a Sala con informe casi unánime. Tenemos que hacer alguna consideración especial con respecto a una serie de situaciones que están quedando fuera de los beneficios de esta iniciativa y que entendemos tienen similitudes en cuanto a las necesidades y a los requerimientos, por lo que nos parece de justicia y de equidad incluirlas. Por lo menos, hay dos situaciones que son muy similares a las que se plantean en el proyecto de ley para el caso de empresas posiblemente beneficiarias. Por un lado, tenemos empresas departamentales que están dentro del departamento, que funcionan dentro de una jurisdicción departamental, pero que atienden centros urbanos diferentes. No son empresas urbanas, sino las clásicas departamentales con servicios interurbanos. Son muy similares en el funcionamiento; son muy similares en las necesidades y en la realidad fáctica de su servicio. La única diferencia que tienen con las empresas beneficiarias de este proyecto es que no

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cruzan el límite departamental. Creo que sería de justicia, por la realidad que atienden y por las necesidades por las que se ven afectadas, que se les dé la posibilidad de acceder a este Fondo. Por otro lado, hay una realidad que tampoco se ve comprendida en este proyecto de ley. Cuando se habla de transporte suburbano se hace referencia necesariamente a una categoría cuyo nombre tal vez ni siquiera se ajuste a la realidad de lo que es, ya que solo se incluye a las empresas que llegan a Montevideo pero, por ejemplo, no se hace referencia a empresas que están fuera del área metropolitana de Montevideo y que cruzan límites departamentales, como las que atienden localidades entre Lavalleja y Maldonado, entre Rivera y Tacuarembó, entre Rivera y Cerro Largo, entre Tacuarembó y Paysandú o Tacuarembó y Salto, que en definitiva tienen la misma realidad de las empresas a las que se busca beneficiar con este proyecto de ley. Con el señor Diputado Niffouri, hemos propuesto dos artículos -que, en realidad, serían aditivos, pero por su redacción creo que terminarán votándose como sustitutivos- por los cuales serían incluidas en este Fondo las empresas de origen departamental. Sabemos que un tema que se ha planteado como una limitación es que, precisamente, estas empresas no están bajo el control del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, pero ¡vaya si se han implementado otros fondos y otros beneficios -inclusive, el sistema de renovación de flotas- para empresas departamentales, donde se incluye al Ministerio y también a las Intendencias, que funcionan como aval de las empresas que tienen líneas de servicio departamental! Entonces, planteamos que se permita la inclusión de las empresas con servicios departamentales entre las beneficiarias del Fondo y que las respectivas Intendencias se constituyan en aval frente al Ministerio de Transporte y Obras Públicas para que puedan acceder a ese beneficio. Esto es lo que hemos planteado con el señor Diputado Niffouri y vamos pedir que oportunamente se lean los artículos presentados como sustitutivos. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado Niffouri.

SEÑOR NIFFOURI.- Señor Presidente: como bien dijo el señor Diputado Amarilla, estamos totalmente de acuerdo con el Fondo que se crea, pero se dan algunas situaciones particulares que creemos tendrían que estar incluidas en el proyecto de ley que estamos considerando. En particular, voy a hablar como Representante del departamento de Canelones, donde más de diez empresas de transporte quedan fuera del Fondo que se va a votar en el día de hoy, aunque por supuesto están muy interesadas y les serviría mucho ingresar y participar en él. Parece que cuando se trata de exigir, el departamento de Canelones es considerado zona metropolitana, pero cuando vienen los beneficios, queda por fuera, como es el caso de estas empresas. En el departamento de Canelones, al igual que en el de San José, se da la particularidad de que hay empresas que prestan servicios en el sector suburbano -o sea que tienen como origen o destino Montevideo- que comparten corredores con las empresas departamentales. En el caso concreto de Canelones, hay empresas que realizan servicios exclusivamente dentro del departamento, que tienen tratamientos diferentes en varios aspectos los cuales, sin duda, inciden en forma directa sobre sus economías. Puntualmente, queremos marcar algunas diferencias que estas empresas tienen en el departamento de Canelones. A las empresas suburbanas se les paga $ 23,98 por litro de gasoil y a las empresas departamentales de Canelones $ 17,72 por litro consumido. Las empresas suburbanas reciben por concepto de subsidio al transporte colectivo de pasajeros $ 1 por cada boleto vendido en el área de protección -que va de 0 a 18 kilómetros- y $ 1 en el tramo de 32 kilómetros. Las empresas departamentales no reciben ningún subsidio. Con respecto al boleto estudiantil gratuito, a las empresas suburbanas se les paga $ 10 por boleto y a las departamentales, por una parte de esto, se les paga $ 7. Sin duda, existe una inequidad bastante grande. A todas estas empresas, en particular a las de Canelones, se les hace muy difícil y muy cuesta arriba trabajar, ya que quedan por fuera de estos beneficios, inclusive del que estamos tratando en el día de hoy. A nuestro entender, estas empresas deberían estar incluidas en este beneficio. Se habla del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la inclusión y del sistema de transporte metropolitano; todos estamos de acuerdo con estos

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conceptos. Para estar allí se tienen que cumplir las exigencias, pero también se deben recibir beneficios, y estas empresas no los tienen. Por todos estos motivos, junto al señor Diputado Amarilla hemos presentado sustitutivos a fin de que se incluya a estas empresas del departamento. Creemos de equidad que sean incorporadas en este proyecto porque, al igual que para las empresas que están esperando la creación de este Fondo, este sería un beneficio muy importante. Como dijimos antes, como representantes de Canelones nos molesta bastante que cuando se habla de zona metropolitana no se la incluya en los beneficios y solamente se le exija. Por ese motivo, presentamos los sustitutivos, que esperamos sean votados por la afirmativa en esta sesión. SEÑORA MATIAUDA ESPINO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA MATIAUDA ESPINO.- Señor Presidente: vamos a votar afirmativamente la creación de este Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros. Este beneficio va a hacer justicia con mi departamento de Canelones, pero será una justicia a medias, porque algunas empresas quedarán afuera. El privilegio que ha tenido Montevideo desde marzo de 1990 con los subsidios ha sido discriminatorio para con nuestro departamento. No me refiero solamente al primer subsidio establecido por la Intendencia a partir de marzo de 1990, sino al que el año pasado le concedió el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Por supuesto que estamos contentos con que esta medida se apruebe. Permitirá que las empresas modernicen su flota y tengan más tecnología, mejorando el transporte y beneficiando al usuario que tiene necesidad de utilizar el transporte colectivo. Sin embargo, no podemos obviar que este es un beneficio a medias. Hubiésemos querido tener los mismos privilegios que Montevideo pero, una vez más, sentimos que Canelones es el segundón. Montevideo siempre se lleva la mejor parte. Pero, bueno, así están dadas las cosas. De todos modos, queremos decir que esta iniciativa nos alegra. Gracias, señor Presidente.

SEÑOR OTEGUI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR OTEGUI.- Señor Presidente: este proyecto de ley me genera la misma duda que planteaban los señores Diputados Amarilla y Niffouri con respecto a la definición de “suburbano”. Entendemos que este término es muy genérico y poco preciso. Quien realizó el informe de la Comisión habló de zona suburbana y de área metropolitana, y se refirió a los departamentos cercanos a Montevideo. Debo decir que la situación que se da en Rivera, Salto, Tacuarembó y Paysandú, es decir, al norte del Río Negro, es similar. No sabemos el alcance de la definición de “suburbano”. Por otra parte, compartimos el planteo de los compañeros referido a las empresas que, si bien son departamentales, hacen circuitos más largos que el área metropolitana; Montevideo, Canelones, Florida y San José tienen un problema similar. Entonces, consulto cuál es la definición de suburbano -no sé si en Sala se encuentra el miembro informante para responderme- y manifiesto mi preocupación con respecto al planteo de los Diputados que proponen el sustitutivo. Muchas gracias. SEÑOR OLIVERA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR OLIVERA.- Señor Presidente: yo también soy Diputado por el departamento de Canelones, pero eso no implica que pierda la racionalidad política y la coherencia para plantear algunas cosas que parten de la realidad. Para crear un fideicomiso se debe tener un agente de retención que, además, regule y otorgue los permisos. Las que otorgan los permisos en los departamentos y regulan las tarifas son las Intendencias. Entonces, estas son las únicas que pueden crear un fideicomiso a partir de las potestades que tienen sobre los permisos. Cabe aclarar que las empresas solo son permisarias; no son dueñas de los permisos. Al introducir un elemento nuevo, que únicamente determinaría la inviabilidad del proyecto, no estaríamos contribuyendo al objetivo. En realidad, no queremos beneficiar a las empresas; queremos beneficiar a los usuarios del transporte colectivo. Este es un instrumento que, a partir de los esfuerzos que hacen los

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organismos del Estado ayudando a administrar este Fondo, se crea con recursos de los usuarios del transporte colectivo. Lo que estamos haciendo en este caso es maximizar los esfuerzos económicos para que se conserven en buen estado las unidades de transporte y se abatan los costos para establecer un boleto acorde con los datos que surgen de una paramétrica elaborada por las Intendencias y por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Otro aspecto a considerar es que los salarios del transporte interno de los departamentos no son iguales a los del transporte suburbano; este factor integra esa paramétrica y hace a los costos. Además, las que fijan los costos de los boletos en los departamentos son las Intendencias; no es el Ministerio. Por tanto, de esa manera estaríamos irrumpiendo en la tan mentada autonomía municipal. Si bien hemos avanzado en el sistema de transporte colectivo, hoy es necesaria la creación de este Fondo, ya que debemos tener una tecnología acorde y compatible para regular el transporte colectivo metropolitano y hacer las coordinaciones y las combinaciones que se están manejando en la reestructura. Compartimos conceptualmente que se debe ayudar a las empresas de transporte colectivo que sirven internamente a los departamentos, pero este no es el instrumento. Debemos explorar cuál es el instrumento que nos permitirá desarrollar todo lo que aquí se ha planteado. Además, si bien es cierto que tienen subsidios diferentes, también tienen costos diferentes y participan en la distribución de los boletos de estudiante dentro de los departamentos de forma diferente. Quienes vivimos en Canelones lo sabemos. Entonces, debemos compatibilizar todos estos instrumentos para que los usuarios del transporte no sean los que paguen las ineficiencias de las empresas o la mala gestión de medidas tendientes a mejorar la calidad del transporte, lo que significa mejorar la calidad de vida de los ciudadanos que lo utilizan. SEÑOR AMARILLA.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR OLIVERA.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR AMARILLA.- Señor Presidente: en el artículo 2º se establece la financiación del Fondo, que tiene dos orígenes claros: “[…] hasta un 5% (cinco por

ciento) de la recaudación bruta total de las mismas” -las empresas- “proveniente de la venta de boletos […]” -lo que ningún organismo puede retener, porque es un dinero que tienen las empresas y que pueden volcar, o no -, y “[…] los montos correspondientes a los subsidios abonados por la Administración Nacional de Educación Pública […]”. Aclaro que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas hace lo mismo con las empresas urbanas y con las departamentales: recibe el dinero de la ANEP y, en el caso de las líneas departamentales, no lo vuelca directamente, sino a través de las Intendencias respectivas. Entonces, creo que el obstáculo que planteaba el señor Diputado podría salvarse con la redacción del proyecto de ley, que podría incluir esta posibilidad para las empresas departamentales. Además, como se establece en los artículos sustitutivos, la reglamentación del Ministerio podrá habilitar que se firmen convenios con las Intendencias, a efectos de facilitar que se vuelquen esos montos. Por tanto, creo que el obstáculo no sería tal; es un tema de voluntad. Yo lo entiendo así, pero me parece que, de alguna forma, estamos discriminando a las empresas que no llegan a Montevideo, que no pasan el límite del arroyo Las Piedras, y no estaría tranquilo con mi conciencia si no reclamara por ello en el Cuerpo. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede continuar el señor Diputado Olivera. SEÑOR ASTI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR OLIVERA.- Con mucho gusto, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: el señor Diputado preopinante hablaba del artículo 2º y le quedaba alguna duda acerca de si podían estar incluidas otras empresas. Quiero aclarar que, en particular, en el artículo 3º queda explicitado: “Estarán obligadas a realizar la contribución establecida en el artículo anterior: a) todas las empresas que participen inicialmente en el Fondo y tengan actualmente el permiso o la concesión respectiva por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para la explotación de los servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros […]”.

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En otro artículo se establece que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en caso de incumplimiento o de que alguna empresa salga del Fondo, podrá otorgar los permisos a otra empresa -en base a la garantía que estos proporcionan- a la que le exigirá que cumpla con las obligaciones del Fondo. Por eso, como ya especificó muy bien el miembro informante, esto no quita que por otros mecanismos -como el decreto departamental, como se hizo en Montevideo-, se puedan crear fondos o fideicomisos para el financiamiento de las empresas de determinado departamento, cuya Intendencia otorgue los permisos correspondientes. Gracias, señor Diputado. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Puede continuar el señor Diputado Olivera. SEÑOR OLIVERA.- Voy a ser muy breve, señor Presidente. Para finalizar, volveré a insistir en lo que ya dije: las Intendencias de los distintos departamentos pueden explorar la creación de sus fideicomisos, del mismo modo que fijan las tarifas de los boletos, subsidian el transporte y marcan determinadas reglas de juego relacionadas, inclusive, con el tiempo durante el que las unidades tienen permitido circular y en ciertas condiciones. O sea que pueden crear sus propios instrumentos, independientemente de los que ya les proporciona el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como los subsidios al gasoil o las partidas para boletos de estudiantes, que no subsidian a las empresas, sino a los estudiantes, para permitir que accedan a la educación. De alguna manera, esto resuelve algo que tenemos pendiente. El proyecto cumple con los objetivos planteados. Todos los legisladores de este Cuerpo y las Intendencias podremos trabajar para determinar en base a qué instrumento se pueden generar estos fondos a nivel departamental. No creo que la retención de los montos de los boletos de estudiante pueda alcanzar para crear un fideicomiso. Y si el Ministerio creara un fideicomiso, de ninguna manera tendría potestades como para revocar permisos que no otorgó ni para retener más allá de los fondos correspondientes a los boletos de estudiante. Eso generaría una crisis en el transporte colectivo de las Intendencias y, reitero, este no tiene potestad alguna en ese tema. Muchas gracias, señor Diputado.

SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR BERNINI.- Señor Presidente: respeto las inquietudes que se han planteado y quiero hacer algunas aclaraciones porque conceptualmente estamos de acuerdo. Tendríamos que buscar mecanismos financieros adecuados a las realidades de las empresas de las que estamos hablando, que pudieran ser tan beneficiosos como este para la realidad de las empresas con las que estamos contribuyendo. Pero insisto en que el fin último es beneficiar al usuario. Estas no dejan de ser herramientas financieras, cuya elaboración supone una ingeniería de estudios, análisis, cálculos actuariales y prospectivas que les dan solidez. Se nos explicaba que se toma en cuenta, por ejemplo, cuál es el costo de cada unidad por kilómetro recorrido. No es lo mismo el costo que puede tener una empresa de estas características que otra con una realidad totalmente diferente por la cantidad de pasajeros que transporta, la cantidad de boletos que vende, las distancias que recorre, las cadencias que tiene -que también tienen que ver con los costos-, etcétera. No es lo mismo la realidad de las empresas departamentales de algunos lugares del interior que esta. Yo decía que para llegar a la conclusión de que esta iniciativa era sustentable hubo que hacer distintos estudios. Las empresas se aseguraron que, efectivamente, el sistema sería viable, les serviría, cumpliría con el objetivo previsto y, además, que podrían pagarlo. Y lo mismo hizo el Ministerio de Transporte y Obras Públicas porque no se puede crear un fondo a través de un fideicomiso que, de hecho, no sea sustentable a partir de la inclusión de realidades empresariales diferentes. En todo caso, lo que podemos acordar es manejarnos vía fideicomisos o fondos departamentales como el que existe en Montevideo -que fue creado por decreto y funciona muy bien-, o ir por el lado del Ministerio, que con las empresas de transporte de Canelones tiene un ámbito de discusión y está buscando alguna herramienta financiera similar en cuanto a su ingeniería, pero adecuada a la realidad que viven esas firmas, que es distinta a esta. Yo no advierto una contradicción; lo que veo es que tenemos a consideración un proyecto de ley que

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todos nos dicen que es sustentable, que va a redundar en un beneficio para la gente y que permitirá que se modernicen las flotas y la tecnología que se utiliza, pero la iniciativa alcanza solo a determinado sector de empresas. Quizás como parte de nuestra tarea debamos encontrar algún mecanismo similar, adecuado a la realidad de otro sector de empresas que también brinda un servicio muy importante a los vecinos y las vecinas de cada departamento. Decimos esto porque, desde nuestro punto de vista y según todo lo que hemos discutido y nos hemos informado, pretender incorporarlas a este mecanismo, tal como está armado, sería como intentar meter el pie de alguien que calza cuarenta en un zapato número treinta y seis: no va a entrar, no va a ser viable. Por lo tanto, tenemos que encontrar un zapato número treinta y seis para alguien que calza treinta y seis. Eso es lo que tiene que hacer cada uno en su departamento, tratando de recomendar, exigir y respaldar la posibilidad de que dentro del Ministerio se busquen instrumentos similares, pero con carácter departamental. Gracias, señor Presidente. SEÑOR OTEGUI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR OTEGUI.- Señor Presidente: cuando hice uso de la palabra, pregunté cuál era la definición de “suburbana” porque, en definitiva, no sé si entran en esta definición las empresas departamentales que tienen transportes interdepartamentales. Cuando se hizo el informe se habló de la zona metropolitana -de Canelones, de San José, de Florida y de Montevideo-, pero esos departamentos no tienen la misma realidad que el norte del país, donde hay empresas que tienen circuitos interdepartamentales y están regidas por el Ministerio. Hago una consulta en ese sentido. SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el miembro informante. SEÑOR BERNINI.- Señor Presidente: concretamente, la definición que contiene este proyecto de ley refiere al transporte suburbano en el área metropolitana de Montevideo y Canelones. No puede pasar más de un departamento; de lo contrario, sería interdeparta-

mental. Entonces, el proyecto es específico para las empresas que cumplan con estos servicios. Insisto: quizás haya que buscar herramientas similares para situaciones específicas en otros departamentos o entre departamentos. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Setenta y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. Léase el artículo 1º. SEÑOR BERNINI.- Mociono para que se suprima la lectura de todos los artículos y que se voten en bloque. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se deben desglosar los artículos 2º y 10, para los que se han presentado artículos sustitutivos. Se va a votar si se suprime la lectura de todos los artículos y se votan en bloque los artículos, desglosando los artículos 2º y 10, que tienen sustitutivos. (Se vota) ——Setenta y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión los artículos 1º a 20, inclusive, con excepción de los artículos 2º y 10. Si no se hace uso de la palabra, de acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se van a votar en bloque los artículos 1º a 20, inclusive, con excepción de los artículos 2º y 10. (Se vota) ——Setenta y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 2º. Léase el artículo sustitutivo presentado por los señores Diputados Amarilla y Niffouri. (Se lee:) “El Fondo creado por el artículo precedente se financiará mediante una contribución, a cargo de

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las empresas permisarias y concesionarias de servicios de transporte colectivo suburbano o departamental de pasajeros que decidan participar en el Fondo de recaudación bruta total de las mismas, proveniente de la venta de boletos por los servicios de transporte colectivo suburbano de pasajeros, y de los montos correspondientes a los subsidios abonados por la Administración Nacional de Educación Pública, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Fideicomiso de Administración del Boleto creado en cumplimiento del Decreto 347/006, de 28 de setiembre de 2006, el Ministerio de Economía y Finanzas originado en la Ley Nº 18.180, del 5 de octubre del 2007, así como proveniente de cualquier otro sistema de subsidio o compensación similar que pudiera establecerse en el futuro.- El Poder Ejecutivo determinará en la reglamentación que se dicte a tales efectos, el porcentaje de contribución a aplicar sobre la recaudación total de las empresas, el cual no podrá superar el establecido en este artículo.- Las empresas alcanzadas estarán obligadas a realizar dicha contribución a partir de la fecha que determine el Poder Ejecutivo en la reglamentación que dicte a estos efectos”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 2º, tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Cincuenta y siete en setenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 10. Léase el artículo sustitutivo presentado por los señores Diputados Amarilla y Niffouri. (Se lee:) “Serán beneficiarias del Fondo: a) las empresas que actualmente son permisarias o concesionarias de servicios de transportes colectivos suburbanos de pasajeros y b) que acuerden participar en el fondo según lo que establezca la reglamentación que se dicte a tales efectos.- También serán beneficiarias las empresas de transporte departamental, que cumplan servicios de transporte interurbano y que manifiesten su voluntad de participar en el Fondo. Estas deberán tener el aval de la respectiva Intendencia Departamental.- Los montos que reciban las empresas

de transporte del Fondo serán considerados un incremento patrimonial no gravado a efectos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 10, tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Cincuenta y seis en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR BERNINI.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar. (Se vota) ——Setenta y tres en setenta y cinco: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)

21.- Asuntos entrados fuera de hora.
Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor Diputado Bayardi. (Se lee:) “Mociono para que se dé cuenta de un asunto entrado fuera de hora”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Setenta en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. Dese cuenta de los asuntos entrados fuera de hora. (Se lee:) “Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley relativo a la atención de la población afrodescendiente. C/1288/011 A la Comisión Especial de Población y Desarrollo Social”.

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22.- Proyectos presentados.
“AFRODESCENDIENTES. (Norma para favorecer su participación en las áreas educativa y laboral). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- (Objeto de la ley).- La presente ley se funda en la necesidad del reconocimiento que la población afrodescendiente de nuestro país ha sido históricamente -desde los tiempos de la trata esclavistavíctima de discriminación racial y de estigmatización social; por lo que se entiende pertinente disponer acciones afirmativas que contribuyan a garantizar la igualdad en el ejercicio de derechos de todos los habitantes de la República. Artículo 2º.- (Definición de acciones afirmativas).- Se entiende por acciones afirmativas a aquellas medidas que otorgan un tratamiento preferencial a las personas pertenecientes a un colectivo o grupo social que por diferentes razones ha sido discriminado; dichas medidas se dirigen a contribuir a la eliminación de los efectos de tales prácticas discriminatorias, propendiendo a lograr una sociedad más justa y equitativa. Artículo 3º.- Dispóngase el 10% (diez por ciento) de las vacantes laborales del Estado para personas afrodescendientes con demostrada idoneidad, para lo cual se atenderán adecuadamente los procesos de formación y capacitación destinados a la población objetivo de la presente ley. Artículo 4º.- Agrégase al tercer inciso del artículo 11 de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, el siguiente literal: “g) Incorporen en la plantilla de la empresa personal afrodescendiente. Los proyectos de inversión declarados promovidos, computarán el incremento de dicho personal por una vez y media a los efectos de los beneficios a otorgar a la promoción del empleo”. Artículo 5º.- Impúlsese desde el Estado, un sistema de cuotificación de las becas de ayuda económica en las diferentes etapas del ciclo educativo formal (educación inicial y primaria, educación media y terciaria), con atención preferencial hacia jóvenes afrodescendientes. Artículo 6º.- Incorpórese a la currícula de Educación Primaria y Educación Secundaria nacional, la historia de los afrodescendientes en el Uruguay y su participación en los procesos más destacados de nuestra Nación. Artículo 7º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, solicitando opinión a los actores vinculados a la colectividad afrodescendiente.

Montevideo, 6 de diciembre de 2011.

DANIELA PAYSSÉ, Representante por Montevideo, CARLOS COITIÑO, Representante por Montevideo, FELIPE CARBALLO, Representante por Montevideo, SUSANA PEREYRA, Representante por Montevideo, DOREEN JAVIER IBARRA, Representante por Montevideo, ANTONIO GALLICCHIO, Representante por Montevideo, JULIO BANGO, Representante por Montevideo, NICOLÁS PEREIRA, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el Año Internacional de los Afrodescendientes, declarado por la ONU, se renovó un fuerte compromiso entre los países de América Latina para impulsar políticas públicas a favor de personas de origen afro. Hay países que se hallan a la vanguardia en materia de legislación a favor de los afrodescendientes, como lo demuestra la publicación “Compendio normativo regional afrodescendiente de América Latina”. En un cuadro comparativo en base a legislaciones favorables a la población afrodescendiente y políticas antidiscriminatorias, este trabajo coloca a Brasil, Colombia y Ecuador en los tres primeros lugares, en tanto que Uruguay se ubica en los últimos puestos, ya que solo cuenta con legislación antidiscriminatoria pero no tiene una ley que atienda la situación de vulnerabilidad de las personas afrodescendientes. Nuestro país solo se encuentra más adelante que Chile y El Salvador, quienes cierran el ranking como países sin leyes antidiscriminatorias ni normativa a favor de las personas afrodescendientes. Atento a la sensibilidad que genera este tema y en el marco de la conmemoración internacional, durante este año se han celebrado diferentes instancias para abordar la temática. A nivel de la ONU y de la OEA, a principios de año se celebraron sendos encuentros temáticos, con el fin de analizar la coyuntura internacional. En relación a Uruguay se reconocen avances hacia la igualdad de oportunidades, pero se advierte por la lentitud del cambio y la ausencia de políticas públicas focalizadas a este colectivo. Los afrodescendientes representan aproximadamente el 10% de la población uruguaya, según las estadísticas oficiales más recientes.

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A pesar de la existencia de la Ley Nº 17.817 de lucha contra el racismo y la xenofobia, la población afro es discriminada y se cuenta con cifras que muestran claramente esta realidad. Basta con decir que la mitad de los niños pobres uruguayos vive en hogares de afrodescendientes y que la proporción de pobres en la población afrodescendiente duplica al resto, tendencia que se agrava al considerar la indigencia. Recientemente el Ministerio de Trabajo divulgó otras estadísticas preocupantes: los afrodescendientes sufren un rechazo del 70% en el mercado de empleo y la mayoría de las mujeres que trabajan como domésticas en nuestro país pertenecen a este colectivo (causa directa de procesos educativos fallidos). Es un problema social que debe ser atendido sin más aplazamientos, promoviendo desde el Estado acciones inclusivas para incorporar definitivamente a este colectivo a nuestra vida en sociedad. Este planteo, en definitiva, recoge insistentes demandas de organizaciones afrodescendientes. Contamos con suficientes diagnósticos y es momento de plasmar en los hechos una serie de políticas de Estado para revertir esta situación. Consideramos oportuno que desde el Parlamento se apruebe una ley en el marco de lo que se denomina acciones afirmativas, con un conjunto de normas que favorezcan la participación de los afrodescendientes, principalmente en las áreas educativa y laboral. Los criterios de equidad suponen tratar diferente a quienes necesitan cosas diferentes. Está demostrado que el sistema por sí solo no corrige algunas inequidades y es entonces que se requiere la intervención del Estado, para ayudar a los sectores más vulnerables que no pueden salir de la pobreza estructural sin asistencia directa. Las estadísticas dicen que el cuello de botella para este colectivo es el tercer año liceal; muy pocos pasan a cuarto año, la mayoría queda afuera del bachillerato y constituyen una ínfima minoría los estudiantes de origen afro que acceden a la Universidad. En lo laboral, ocupan los empleos menos calificados, percibiendo los sueldos más sumergidos. Pensamos que así como se aprobaron otras leyes en salvaguarda de intereses de sectores vulnerables, justo sería aprobar un conjunto de normas para el caso de los afrodescendientes, por la realidad antedicha.

En definitiva, creemos que con este proyecto estamos contribuyendo decididamente a un cambio positivo, tendiente a la equidad racial y a la justicia social. A su vez, en cierta forma constituye una reivindicación histórica que Uruguay asume en el marco de sus 200 años. Legislar en este sentido también es, en última instancia, una aceptación del Estado uruguayo por su responsabilidad en la construcción histórica de la discriminación racial, cuyos alcances aún perduran. Montevideo, 6 de diciembre de 2011. DANIELA PAYSSÉ, Representante por Montevideo, CARLOS COITIÑO, Representante por Montevideo, FELIPE CARBALLO, Representante por Montevideo, SUSANA PEREYRA, Representante por Montevideo, DOREEN JAVIER IBARRA, Representante por Montevideo, ANTONIO GALLICCHIO, Representante por Montevideo, JULIO BANGO, Representante por Montevideo, NICOLÁS PEREIRA, Representante por Canelones”.

23.- Julio César Dalmao Iglesias. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable).
Se pasa a considerar el asunto que figura en quinto término del orden del día: “Julio César Dalmao Iglesias. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 540 “MINUTA DE COMUNICACIÓN Artículo Único.- La Cámara de Representantes solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para conceder una pensión graciable al señor Julio César Dalmao Iglesias, titular de la Cédula de Identidad N° 883.523-5. Montevideo, 26 de abril de 2011. JORGE GANDINI, Representante por Montevideo, JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida, PABLO D. ABDALA, Representante por Montevideo”.

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Anexo I al Rep. Nº 540 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Seguridad Social INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Seguridad Social, por unanimidad de sus miembros, ha aprobado la siguiente minuta de comunicación caratulada “Julio César Dalmao Iglesias. Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la concesión de una pensión graciable”. Julio Dalmao nació en Montevideo en marzo de 1940. Tuvo una destacada trayectoria como futbolista profesional en nuestro medio y representando a nuestro país en la selección nacional. El fútbol uruguayo lo cuenta entre aquellos que concretaron sus más significativos logros en la década del cincuenta. En el medio local, tuvo destacada actuación en el Club Atlético Cerro, donde disputó la recordada final de 1960 enfrentando al Club Atlético Peñarol. Se desempeñó también en el Club Social y Deportivo Huracán Buceo, Club Atlético Rentistas y Club Nacional de Football. Jugó además siete temporadas en el Club Atlético Vélez Sarsfield de Argentina, entre los años 1961 a 1967. En cuanto refiere a la representación de nuestro país a nivel internacional, integró el plantel de jugadores de la Selección Juvenil de Uruguay que obtuvo el “2do.Torneo Juventudes de América”, disputado en Chile en el año 1958. Integró también el plantel de la selección mayor que ganó el “Séptimo Campeonato Sudamericano Extra”, disputado en Ecuador, ciudad de Guayaquil, en el año 1959, oportunidad en que Uruguay invicto logró el titulo de Campeón Sudamericano con anticipación incluso a la disputa del último partido. Contribuyó sin duda a sumar una destacada presea en la larga cadena de logros deportivos que enorgullecen a nuestro país en su proyección internacional a través del deporte, sumándose a figuras de la talla de Alcides Vicente Silveira Montero, de similar trayectoria, que ha sido reconocido con esta prestación.

Integró igualmente la Selección Uruguaya de Fútbol en diversos partidos internacionales categoría “A”, entre los cuales puede mencionarse la disputa de la Copa Artigas y la IX Copa Río Branco. Este destacado deportista atraviesa hoy una situación económica acuciante, que justifica ampliamente la presente iniciativa; residiendo como usufructuario en la vivienda donde se aloja y sin ingresos de ninguna especie. Por su contribución a la promoción de nuestro país como deportista a nivel internacional, en atención a la circunstancia que transita en la actualidad y en virtud que existen antecedentes concretos de resoluciones favorables para casos similares, es que consideramos factible y de estricta justicia el otorgamiento de la pensión graciable propuesta. Es por tal motivo que solicitamos a la Cámara la aprobación de esta iniciativa. Por los motivos expuestos, la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Representantes, aconseja la aprobación de la minuta de comunicación que se adjunta. Sala de la Comisión, 13 de julio de 2011. DANIEL LÓPEZ VILLALBA, Miembro Informante, ALMA MALLO CALVIÑO, DIONISIO VIVIÁN”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y tres: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)

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24.- Acuerdo Marco de Asociación Estratégica con la República del Perú. (Aprobación).
Se pasa a considerar el asunto que figura en sexto término del orden del día: “Acuerdo Marco de Asociación Estratégica con la República del Perú. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 451 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 19 de noviembre de 2010. Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 7) del artículo 85, y numeral 20) del artículo 168 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo Marco de Asociación Estratégica entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú, firmado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 1º de diciembre de 2008. ANTECEDENTES En función de los sólidos y permanentes vínculos políticos, económicos, sociales y culturales que unen ambos países y que fueran reforzados, en ocasión de la visita del señor Canciller de la República del Perú, don José Antonio García Belaúnde (1º de diciembre 2008), al suscribirse un Acuerdo de Asociación Estratégica que reafirma las relaciones bilaterales existentes. Es un “Acuerdo Marco”, o sea que en base a él, se podrán elaborar nuevos convenios en las áreas abarcadas. En esencia, recoge los distintos vínculos existentes (políticos, económicos, culturales y de cooperación) entre Uruguay y Perú, destacándose como nuevo elemento institucional la conformación del Grupo Ejecutivo de Trabajo. Como objetivos se establece el fortalecimiento del diálogo entre Uruguay y Perú, tanto en los temas de interés bilateral, así como para actuar en forma conjunta o coordinada en el ámbito multilateral, reforzando en ambos casos los principios de Estado de derecho internacional, que guían el accionar de los dos países. En materia de cooperación se resalta la sur-sur, intercambiando experiencias y conocimientos de am-

bos países, previendo la posibilidad de gestionar la financiación para la implementación de los respectivos proyectos, pero sin comprometer fondos del erario nacional. En lo referente a la relación comercial bilateral, se remite al Acuerdo de Complementación Económica firmado en el marco de la ALADI (ACE 58). Se fomentará el envío de misiones comerciales recíprocas, así como se impulsará la cooperación entre instituciones públicas de ambos países encargadas de la promoción del comercio, el turismo y las inversiones. La República del Perú, a través de su Embajada por Nota 5-23-M/16, de 5 de febrero de 2009, propuso efectuar una corrección al Acuerdo ya que el mismo presentaba un error en su Artículo 10.2, segunda línea, cuando expresaba “de conformidad con el procedimiento establecido en el Artículo 8 de la presente sección”, cuando debía decir “de conformidad con el procedimiento establecido en el Artículo 9, de la presente sección”. Dicha modificación fue aceptada por la República Oriental del Uruguay, por nota N.V.Nº 75/09. Se adjuntan dichas notas por constituir parte integral del texto del “Acuerdo Marco de Asociación Estratégica entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú”. TEXTO El Acuerdo consta de un Preámbulo y 12 Artículos. En el Preámbulo, se destacan los sólidos y permanentes vínculos políticos, económicos, sociales y culturales que unen ambas Repúblicas y el respeto al derecho internacional como norma de conducta que rige entre las Partes. A su vez se hará conjunta la lucha contra el cambio climático y se avanzará hacia la integración del continente americano, particularmente el sudamericano, procurando fomentar el libre comercio internacional y reconociendo que el terrorismo y otros desafíos a la seguridad deben ser combatidos a través de medidas efectivas y conjuntas, dentro del marco del Estado de Derecho. – El Artículo 1 establece el Objetivo y el Ámbito de Aplicación. – El Artículo 2 indica cuál es el Marco Institucional en que se desarrollarán las actividades. – Los Objetivos perseguidos se señalan en el Artículo 3.

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– En el Artículo 4 se detallan los Mecanismos de Diálogo Político estableciendo que los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores y los Ministerios sectoriales trabajarán en conjunto para avanzar en las iniciativas contenidas en este Acuerdo de Asociación, las cuales serán revisadas en las reuniones del Mecanismo de Consultas Diplomáticas a nivel de Vicecancilleres. – El Artículo 5 ampliando lo dispuesto por el Artículo 3 apunta a objetivos de carácter general. – La relación comercial entre Uruguay y Perú continuará rigiéndose por lo dispuesto en el Acuerdo de Complementación Económica Nº 58, MERCOSUR-Perú, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (Artículo 6). – Se promoverá la organización y envío de misiones comerciales y empresariales (Artículo 7). – Los Convenios de cooperación interinstitucional se establecen en el Artículo 8. – Los Artículos 9, 10, 11 y 12 están referidos a las cláusulas de rigor en los Acuerdos, Entrada en Vigor, Modificaciones y Adiciones, Solución de Controversias, y Finalización del Acuerdo, respectivamente. En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, LUIS ALMAGRO, PEDRO BUONOMO, EDUARDO BONOMI, LUIS ROSADILLA, JORGE VENEGAS, RICARDO EHRLICH, EDUARDO BRENTA, ROBERTO KREIMERMAN, TABARÉ AGUERRE, ENRIQUE PINTADO, GRACIELA MUSLERA, ANA MARÍA VIGNOLI, HÉCTOR LESCANO. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo Marco de Asociación Estratégica entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú, firmado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 1º de diciembre de 2008. Montevideo, 19 de noviembre de 2010. LUIS ALMAGRO, PEDRO BUONOMO, EDUARDO BONOMI, LUIS ROSADILLA, JORGE VENEGAS, RICARDO EHRLICH, EDUARDO BRENTA, ROBERTO KREIMERMAN, TABARÉ AGUERRE, ENRIQUE PINTADO, GRACIELA MUSLERA, ANA MARÍA VIGNOLI, HÉCTOR LESCANO.

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Anexo I al Rep. Nº 451 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: El Poder Ejecutivo solicita la aprobación del Acuerdo Marco de Asociación Estratégica con la República del Perú. La Cámara ya ha aprobado similares documentos, uno con Chile en la pasada Legislatura y el último con México el 13 de julio pasado. Esos ejemplos, al que se suma este Acuerdo con Perú, certifican una intención de relacionamiento bilateral de rango mayor, en atención al grado de desarrollo de la misma. El presente documento consta de un preámbulo con las correspondientes consideraciones que hacen a la formalización del Acuerdo Marco de Asociación Estratégica. La redacción de esta parte del Acuerdo confirma aspectos en donde las Partes conjugan idénticos valores y principios, siendo esa suma de factores el conducto hacia entendimientos más profundos en la antigua relación entre Perú y Uruguay. Además de los múltiples ámbitos políticos que vinculan a las Partes, se suma la necesidad de aunar esfuerzos en la lucha contra el cambio climático en todos los niveles. Asimismo se debe destacar la convicción de avanzar hacia la evolución del proceso de integración continental, en particular el sudamericano. El Acuerdo reitera la importancia de fomentar el libre comercio internacional exento de subsidios y prácticas distorsivas, además de otros compromisos que las Partes en su relación bilateral impondrán por medio de este Acuerdo. Articulado El mismo se expresa mediante una estructura de 12 artículos dispuestos en 5 secciones. Sección I – Objetivo y ámbito de aplicación El Artículo 1 sienta la seguridad por la cual el establecer una Asociación Estratégica en materia política, económica, comercial y de cooperación, se cumplirá con el fin de fortalecer la relación bilateral.

A esos efectos se enumeran varios actos a ser promovidos, entre ellos la profundización de la relación comercial que ya se viene practicando por medio del ACE N° 58 (Acuerdo de Complementación Económica N° 58). El Artículo 2 fija el Marco institucional del Acuerdo, reuniendo con ese objeto una serie de ámbitos ya existentes y que las Partes han ejercido periódicamente. Sección II – Diálogo Político El Artículo 3 refiere a la intención de fortalecer el mismo, sin duda que la proximidad en aquellos principios, objetivos y valores comunes facilita un fluido entendimiento entre Uruguay y Perú para llegar a este Acuerdo. El Artículo 4 establece como mecanismo determinadas acciones de las Cancillerías para ejercer el diálogo a que refiere esta Sección. Sección III – Cooperación El Artículo 5 acuerda el mutuo interés por darle mayor desarrollo a la cooperación bilateral. Se pone énfasis en la cooperación Sur-Sur en áreas de interés bilateral como ser el sector agrícola, científico, educación, turismo, artesanías, PYMES y software. Sección IV – Relación Comercial Esta zona del documento se integra con los artículos 6, 7 y 8. Se dispone como instrumento central de la relación comercial el ACE N° 58 -MERCOSUR – Perú, en el marco de ALADI. A ello se agrega la promoción de misiones comerciales y empresariales y suscribir convenios de cooperación interinstitucional, de modo de promover el comercio y las inversiones. Al respecto cabe consignar que éste es un terreno en el que se debe poner un acento mayúsculo, en virtud que las actuales cifras del intercambio comercial son buenas. Uruguay XXI, en base a datos de la Dirección Nacional de Aduanas proporciona los siguientes datos: Importaciones en Uruguay desde Perú Año 2009 US$ 12:847.225 Año 2010 US$ 17:523.298

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Exportaciones desde Uruguay hacia Perú Año 2009 US$ 57:331.518 Año 2010 US$ 63:338.518 Las disposiciones finales van a la Sección V, artículos 9, 10, 11 y 12. Ellas son: entrada en vigor, duración (indefinida), modificaciones y adiciones, solución de controversias y denuncia y finalización del acuerdo. Al final se presenta un cambio de notas entre las Partes en virtud de una corrección sobre el Artículo 10.2 que forman parte integral del texto del presente Acuerdo. Luego del estudio respectivo, vuestra Comisión de Asuntos Internacionales no encuentra objeción alguna sobre este asunto; en consecuencia recomienda su aprobación. Sala de la Comisión, 27 de julio de 2011. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Miembro Informante, FERNANDO AMADO, MARÍA ELENA LAURNAGA, JOSÉ CARLOS MAHÍA, JAIME MARIO TROBO”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: este es un acuerdo muy similar a dos que ya hemos votado en esta Cámara, uno con Chile, en la pasada Legislatura, y otro con México, que fue aprobado el 13 de julio próximo pasado. Sumamos a esas dos iniciativas la que estamos tratando en este momento, que es el Acuerdo Marco de Asociación Estratégica con la República del Perú. Sin lugar a dudas, estas normas son diferentes a los típicos acuerdos marco, porque establecen una serie de factores a través de los cuales las partes se comprometen a profundizar la relación y a cooperar. La Sección I del informe refiere al “Objetivo y Ámbito de Aplicación”, la Sección II al “Diálogo Político”, la Sección III a la cooperación bilateral y la Sección IV a la “Relación comercial”. No voy a agregar mucho más, señor Presidente, porque todo está muy detallado en el informe

escrito que hemos elevado a consideración de la Cámara. Simplemente quisiera acentuar lo que tiene que ver con la Sección IV del informe, “Relación Comercial”, que entiendo reviste importancia para nuestro país en virtud de que dispone como instrumento central de la relación comercial el ACE Nº 58 MERCOSUR-Perú, en el marco de la ALADI. Ese instrumento ha sido válido para que nuestras relaciones comerciales se acrecentaran en sumo grado lo cual, sin ningún lugar a dudas, permite afirmar que el intercambio comercial con Perú va revistiendo un orden muy importante para nuestro país. En el informe se consigna determinada información. Por ejemplo, en el año 2009 las importaciones desde Perú fueron por un monto de aproximadamente US$ 12:847.000 y en el año 2010 aumentaron a US$ 17:523.000. En tanto, las exportaciones desde Uruguay hacia Perú aumentaron de poco más de US$ 57:000.000 en 2009 a algo más de US$ 63:000.000 en 2010. No tengo las cifras finales, porque este informe fue elaborado en el mes de julio aunque, seguramente, en este momento las cifra final será de alrededor de US$ 63:000.000 o más. Por lo tanto, en la actualidad para nuestros exportadores el mercado peruano es realmente importante entre los mercados de América del Sur. De manera que, en virtud de este dato y de otros que contiene el informe -de los cuales la Comisión se proveyó abundantemente-, la Comisión aprobó este proyecto por unanimidad y lo eleva a consideración del plenario, aconsejando su aprobación a fin de que pase al ámbito respectivo. Es cuanto quería manifestar recomendando, una vez más, la aprobación de esta iniciativa. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

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(Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al remitido por el Poder Ejecutivo)

la República de Chile. Los mecanismos de Cooperación que se establecen en el Acuerdo y que llevará a cabo la Comisión Binacional que se creará a tales efectos abarcarán amplias áreas de trabajo. TEXTO El Acuerdo consta de un Preámbulo, y 7 Artículos. El Artículo I establece los objetivos que consisten en el establecimiento de mecanismos de cooperación entre las Partes en las políticas de vinculación con los nacionales residentes en el exterior. El Artículo II detalla las áreas de trabajo y formas de cooperación. El Artículo III contempla la implementación del Acuerdo que estará a cargo de los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores. El Artículo IV señala los Proyectos de Cooperación los que formarán parte de un Programa de Actividades. El Artículo V contempla las Iniciativas de Vinculación. El Artículo VI se refiere al Intercambio de Información. El Artículo VII establece la entrada en vigor, la vigencia y la terminación. En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, LUIS ALMAGRO, RICARDO EHRLICH. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile sobre Nacionales Residentes en el Exterior firmado en la ciudad de Santiago de Chile el día 13 de mayo de 2011. Montevideo, 7 de setiembre de 2011. LUIS ALMAGRO, RICARDO EHRLICH.

25.- Acuerdo con la República de Chile sobre Nacionales Residentes en el Exterior. (Aprobación).
Se pasa a considerar el asunto que figura en séptimo término del orden del día: “Acuerdo con la República de Chile sobre Nacionales Residentes en el Exterior. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 694 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Educación y Cultura Montevideo, 7 de setiembre de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile sobre Nacionales Residentes en el Exterior firmado en la ciudad de Santiago de Chile el día 13 de mayo de 2011. El objetivo del Acuerdo es promover y defender los derechos humanos de los migrantes residentes en el exterior, en este caso en particular de los uruguayos residentes en Chile y los nacionales chilenos residentes en Uruguay. Los órganos encargados de proceder a esta política a través de la implementación del presente Acuerdo, son la Dirección de Asuntos Consulares y Vinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay y la Dirección de Asuntos Consulares y de Inmigración, a través de la Dirección para la Comunidad Chilena en el Exterior, del Ministerio de Relaciones Exteriores de

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Anexo I al Rep. Nº 694 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: El Poder Ejecutivo, tal como encomienda la Constitución de la República, somete a nuestra consideración el presente proyecto de ley por el cual se persigue la aprobación del Acuerdo con la República de Chile sobre Nacionales Residentes en el Exterior. El Acuerdo se presenta por medio de un Preámbulo y 7 artículos. La sustancia de este asunto queda prefigurada en un preámbulo en el que se diseña como línea de acción la promoción y defensa de los derechos, en particular con las personas migrantes. Al mismo tiempo se persigue desarrollar políticas públicas que amparen a los connacionales de las Partes residentes en el exterior, como aspecto insoslayable del proceso de integración regional en el que se encuentran inmersos Chile y Uruguay. El Artículo 1 fija como objetivos establecer mecanismos de cooperación por medio de políticas públicas de vinculación, estableciendo un intercambio fluido y permanente de información. El Artículo 2 establece las modalidades de cooperación que habrán de coordinar las Partes. El Artículo 3 dispone que ambas Cancillerías tengan a su cargo la implementación del Acuerdo, conformando a esos efectos una Comisión Binacional de Trabajo. El Artículo 4 señala que los proyectos de cooperación que se convengan formarán parte de un Programa de Actividades. El Artículo 5 dispone que las actividades de cooperación conjuntas incorporen de modo explícito las iniciativas de vinculación con los nacionales residentes en el exterior. El Artículo 6 establece lo relacionado con el intercambio de información. Finalmente el Artículo 7 dispone sobre la entrada en vigor, la vigencia y eventual denuncia.

En síntesis se trata de un Acuerdo base que permitirá a Uruguay y Chile trabajar conjuntamente, compartiendo experiencias y acordando la defensa de las personas migrantes de las Partes. Vuestra Comisión de Asuntos Internacionales no encuentra objeción al respecto y recomienda a la Cámara la aprobación respectiva. Sala de la Comisión, 12 de octubre de 2011. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Miembro Informante, MARÍA ELENA LAURNAGA, EDUARDO MÁRQUEZ, DOGOMAR MOROSINI, JAIME MARIO TROBO”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: la sustancia de este asunto queda prefigurada en un preámbulo en el que se diseña, como línea de acción, la promoción y defensa de los derechos, en particular de las personas migrantes. Al mismo tiempo, se persigue el desarrollo de políticas públicas que amparen a los connacionales de las partes residentes en el exterior como aspecto insoslayable del proceso de integración regional en el que se encuentran inmersos tanto Chile como Uruguay. El artículo I fija como objetivo el establecimiento de mecanismos de cooperación, por medio de políticas públicas de vinculación, determinando un intercambio fluido y permanente de información. El artículo II establece las modalidades de cooperación que habrán de coordinar las partes. El artículo III dispone que ambas Cancillerías tengan a su cargo la implementación del acuerdo, conformando a esos efectos una Comisión Binacional de Trabajo. El artículo IV señala que los proyectos de cooperación que se convengan formarán parte de un Programa de Actividades entre las partes. El artículo V dispone que las actividades de cooperación conjuntas incorporen de modo explícito

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las iniciativas de vinculación con los nacionales residentes en el exterior. El artículo VI establece lo relacionado con el intercambio de información y, finalmente, el artículo VII dispone aspectos de rigor en estos tratados, como la entrada en vigor, la vigencia, la eventual denuncia, etcétera. En síntesis, se trata de un acuerdo base que permitirá a Uruguay y a Chile trabajar conjuntamente, compartiendo experiencias y acordando la defensa de los derechos de las personas migrantes de los Estados parte. Este asunto también llega con el beneplácito de toda la Comisión y, por lo tanto, recomendamos su aprobación. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al presentado por el Poder Ejecutivo)

“Mociono para que se declare urgente y se considere de inmediato el siguiente proyecto de ley: ‘Inmuebles Padrones Nos. 858 y 17.813 de la Sexta Sección del Departamento de San José. (Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferirlos, a título gratuito, del dominio del Estado al del Instituto Nacional de Colonización). (Carp. N° 539/010). (Rep. N° 450/010)”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cuatro en sesenta y cinco: AFIRMATIVA.

27.- Inmuebles Padrones Nos. 858 y 17.813 de la Sexta Sección del Departamento de San José. (Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferirlos, a título gratuito, del dominio del Estado al del Instituto Nacional de Colonización)”.
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el asunto relativo a: “Inmuebles Padrones Nos. 858 y 17.813 de la Sexta Sección del Departamento de San José. (Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferirlos, a título gratuito, del dominio del Estado al del Instituto Nacional de Colonización)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 450 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Montevideo, 25 de noviembre de 2010. Señor Presidente de la Asamblea General Contador Danilo Astori: El Poder ejecutivo tiene el alto honor de dirigirse a ese Cuerpo a los efectos de elevar a su consideración el proyecto de ley que refiere a la transferencia de dos padrones rurales de la 6ª Sección del departamento de San José, en forma gratuita, al Instituto Nacional de Colonización. Al respecto corresponde señalar que la autorización a concederse en su caso deberá tener presente la necesaria regularización de la situa-

26.- Urgencias.
Dese cuenta de una moción de urgencia presentada por el señor Diputado Bayardi. (Se lee:)

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ción dominial y registral de los padrones involucrados que garantice en su momento la trasmisión dominial al Instituto Nacional de Colonización. JOSÉ MUJICA, FERNANDO LORENZO, TABARÉ AGUERRE. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Instituto Nacional de Colonización ha manifestado en forma expresa su interés en obtener a título gratuito dos padrones rurales de la 6ª Sección del departamento de San José. Los mismos son otorgados al Estado por el Fondo de Recuperación del Patrimonio Bancario (FRPB), en dación de pago al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) por su calidad de acreedor de dicho fondo. Dichos bienes inmuebles han sido dados en comodato al Instituto Nacional de Colonización (INC) en setiembre de 2008 y representan una superficie de 35 hectáreas 1.260 metros cuadrados el identificado como Nº 858, y de 3 hectáreas 2.117 metros cuadrados el Nº 17.813. Por tratarse de padrones rurales usufructuados por el Instituto, y ser éste el organismo idóneo para asignar el mejor destino a este tipo de inmuebles, se entiende pertinente transferir a título gratuito su propiedad del Estado al Instituto Nacional de Colonización. Montevideo, 25 de noviembre de 2010. FERNANDO LORENZO, AGUERRE. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir, a título gratuito, del dominio del Estado al Instituto Nacional de Colonización, los inmuebles empadronados con los números 858 y 17.813, de la 6ª Sección del departamento de San José. Montevideo, 25 de noviembre de 2010. FERNANDO LORENZO, AGUERRE. TABARÉ TABARÉ

“CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración INFORME Señoras y señores Representantes: Vuestra Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, por unanimidad de sus miembros, recomienda la aprobación del proyecto de ley por el que se transfiere a título gratuito, del patrimonio del Estado (Ministerio de Economía y Finanzas) al del Instituto Nacional de Colonización, los inmuebles empadronados con los números 858 y 17.813, de la 6ª Sección del departamento de San José. El proyecto de ley responde a una iniciativa del Poder Ejecutivo, de los Ministerios de Economía y Finanzas y de Ganadería, Agricultura y Pesca, presentada el 25 de noviembre de 2010, por la que se solicitaba una autorización legal para transferir los inmuebles de una repartición estatal a otra. La solución a la que se ha arribado en la Comisión es la de disponer directamente por ley la transferencia a título gratuito, del patrimonio del Estado (Ministerio de Economía y Finanzas) al del Instituto Nacional de Colonización, de los referidos inmuebles, lo que se hace por el artículo 1º del proyecto a estudio, tal como se ha legislado en casos similares recientemente aprobados. A su vez, en el artículo 2º se establece que la ley operará como título y modo de la traslación de dominio y que la misma constituye requisito suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, estableciendo los detalles formales necesarios para materializar dicha inscripción. Los referidos inmuebles los hubo el Ministerio de Economía y Finanzas por dación en pago efectuada por el Fondo de Recuperación del Patrimonio Bancario (FRPB) por su calidad de acreedor de dicho Fondo. Los referidos padrones representan una superficie de 35 hectáreas, 1.260 metros cuadrados el Nº 858 y de 3 hectáreas 2.117 metros cuadrados el Nº 17.813 y, según informa el Poder Ejecutivo, son usufructuados en este momento por el Instituto Nacional de Colonización y es éste el organismo idóneo para asignar el mejor destino a este tipo de inmuebles. Se entiende que esto constituye un aporte a la política colonizadora propia del Instituto Nacional de Colonización, lo que es compartido por

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los miembros de la Comisión, ya que se busca afincar a los productores en el medio rural, fomentando la pequeña empresa agropecuaria. En virtud de lo expuesto, se aconseja a la Cámara aprobar el adjunto proyecto de ley puesto a su consideración. Sala de la Comisión, 16 de noviembre de 2011. GUSTAVO CERSÓSIMO, Miembro Informante, JOSÉ BAYARDI, GUSTAVO BORSARI BRENNA, FITZGERALD CANTERO PIALI, PABLO ITURRALDE VIÑAS, SANDRA LAZO, FELIPE MICHELINI, JORGE ORRICO, DAISY TOURNÉ. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Transfiérense a título gratuito, del patrimonio del Estado (Ministerio de Economía y Finanzas), al del Instituto Nacional de Colonización, los inmuebles empadronados con los números 858 y 17.813, de la 6ª Sección del departamento de San José. Artículo 2º.- La ley operará como título y modo de la traslación de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, un testimonio de la presente disposición, el que podrá ser complementado con un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral. Sala de la Comisión, 16 de noviembre de 2011. GUSTAVO CERSÓSIMO, Miembro Informante, JOSÉ BAYARDI, GUSTAVO BORSARI BRENNA, FITZGERALD CANTERO PIALI, PABLO ITURRALDE VIÑAS, SANDRA LAZO, FELIPE MICHELINI, JORGE ORRICO, DAISY TOURNÉ. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: por este proyecto de ley, que es iniciativa del Poder Ejecutivo, de los Ministerios de Economías y Finanzas y de Ganadería, Agricultura y Pesca, presentada el 25 de noviembre de 2010, se solicita la autorización legal

para transferir inmuebles de una repartición estatal a otra. En lugar de autorizar, la solución que encontró la Comisión fue disponer directamente por ley la transferencia a título gratuito del dominio del Estado, del Ministerio de Economía y Finanzas al Instituto Nacional de Colonización, de los inmuebles padrones Nos. 858 y 17.813 de la 6a. Sección Judicial del departamento de San José. Esta es una solución que ya hemos adoptado y así se ha legislado en casos anteriores. En el artículo 2º se establece: “La ley operará como título y modo de la traslación de dominio […]”. Y un testimonio de la presente disposición constituye requisito suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, según las condiciones formales que el propio artículo determina. Los referidos inmuebles, los hubo el Ministerio de Economía y Finanzas por la acción en pago efectuada por el Fondo de Recuperación del Patrimonio Bancario en su calidad de acreedor. Los referidos padrones representan a una superficie de 35 hectáreas, 1.260 metros cuadrados el N° 858, y de 3 hectáreas 2.117 metros cuadrados el N° 17.813 y, según informa el Poder Ejecutivo, ya son usufructuados en este momento por el Instituto Nacional de Colonización. Esta iniciativa constituye un aporte a la política colonizadora propia del Instituto Nacional de Colonización, lo que es compartido por los miembros de la Comisión, ya que se busca afincar a los productores en el medio rural, fomentando la pequeña empresa agropecuaria. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo 1º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y dos: AFIRMATIVA.

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Léase el artículo 2º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y dos: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR PEREYRA (don Aníbal).- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta y uno: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)

Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 7 de diciembre de 2011 por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, GUZMÁN PEDREIRA Representante por Flores”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Presente. De mi mayor consideración: Quien suscribe, Martín Pedreira, de acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular para el día de la fecha, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, lo saluda atentamente, Martín Pedreira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 7 de diciembre de 2011. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Martín Pedreira . ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta.

28.- Licencias. Integración de la Cámara.
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Del señor Representante Guzmán Pedreira, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 7 de diciembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Olga Silva. Del señor Representante Hugo Dávila, por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el día 14 de diciembre de 2011, convocándose a la suplente siguiente, señora Elsa Hernández”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y tres: AFIRMATIVA.

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La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira, por el día 7 de diciembre de 2011. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Martín Pedreira . 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 60977321, del Lema Partido Frente Amplio, señora Olga Silva. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente nota, deseo comunicar que en atención a razones de orden estrictamente personal y de acuerdo al inciso 3º del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito licencia por el día 14 de diciembre del presente año y la convocatoria al suplente respectivo, Elsa Hernández. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, HUGO DÁVILA Representante por Artigas”.

La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Artigas, Hugo Dávila, por el día 14 de diciembre de 2011. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091011, del Lema Partido Frente Amplio, señora Elsa Hernández. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

29.- Acuerdo de Inversiones suscrito con la República de Chile y sus anexos. (Aprobación).
——Se pasa a considerar el asunto que figura en octavo término del orden del día: “Acuerdo de Inversiones suscrito con la República de Chile y sus Anexos. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 623 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Ministerio de Industria, Energía y Minería Montevideo, 6 de abril de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo de Inversiones entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile y sus Anexos, firmado en la ciudad de Montevideo, el 25 de marzo de 2010. ANTECEDENTES El Acuerdo de Inversiones suscripto entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile se enmarca en el Acuerdo Bilateral de Asociación Estratégica aprobado por la Ley Nº 18.639, de 30 de diciembre de 2009, que procura fortalecer

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Artigas, Hugo Dávila. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de diciembre de 2011. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta.

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las mutuas relaciones sobre la base del establecimiento de una Asociación en materia política, social, económica, comercial y de cooperación entre las partes fundada en la reciprocidad, el interés común, la complementariedad y la profundización en sus relaciones en todos los ámbitos de su aplicación. Entre los campos específicos de interés se identificó el lograr nuevos avances en materia de inversiones, lo que dio impulso al inicio de negociaciones a mediados del año 2009. El presente Acuerdo tiene una estructura moderna y de altos estándares que ofrece certeza jurídica, necesaria para los inversionistas privados, a través de un completo capítulo de solución de controversias Inversionista – Estado. TEXTO El Acuerdo consta de 38 Artículos. Está dividido en tres Secciones: Sección A – Disposiciones generales, Sección B – Solución de controversias Inversionista-Estado y Sección C – Disposiciones finales. Asimismo, se incluyen distintos anexos: Anexo A – Expropiación, Anexo B – Transferencias, Anexo C – Término del Acuerdo Bilateral de Inversiones, Anexo D – Decreto-Ley Nº 600, Anexo E – Diligenciamiento de la Documentación, Anexo F – Solución de Controversias entre las Partes, Apéndice al Anexo F – Reglas de Procedimiento de los Tribunales Arbitrales, Anexo I – Lista de Chile y Uruguay respecto a las medidas de cada Parte que no están sujetas a alguna o todas las disposiciones impuestas por los Artículos 3, 4, 7 y 8 del Acuerdo, Anexo II – Lista de Chile y Uruguay respecto de los sectores, subsectores o actividades específicas para los cuales cada Parte podrá adoptar o mantener medidas nuevas o más restrictivas que sean disconformes con las obligaciones impuestas por los Artículos 3, 4, 7 y 8, y Anexo III – Lista de Uruguay respecto de los sectores, subsectores o actividades específicas para los cuales la Parte podrá adoptar o mantener medidas nuevas o restrictivas que sean disconformes con las obligaciones impuestas por el Artículo 3. El principio base del Acuerdo es el de no discriminación entre inversiones nacionales y extranjeras a través del trato nacional y la aplicación del principio de nación más favorecida a los inversores amparados por el mismo.

Por otra parte, el Acuerdo establece ciertas excepciones relativas a la seguridad y a salvaguardar, si es el caso, la balanza de pagos. Ambas partes establecieron también una lista de reservas, que tiene por objeto resguardar la flexibilidad de ambos gobiernos para regular los sectores que se consideran sensibles y/o importantes desde una perspectiva de desarrollo a largo plazo. Dentro del articulado acordado destacan, entre otros: Sección A: Disposiciones Generales: Artículo 1. Definiciones, en que se establecen claramente los requisitos que deben cumplirse para que cada concepto mencionado esté amparado por el Acuerdo: incluyendo las definiciones de empresa, inversión, inversión cubierta, medida y territorio. Artículo 2 por el cual se establece el ámbito de aplicación específico del Acuerdo, con notas al pie para mayor certeza del intérprete, entre las que se excluyen a las compras gubernamentales de la cobertura del mismo. Artículo 3 que garantiza el trato nacional a los inversionistas de la otra Parte amparados por el Acuerdo, principio fundamental de no discriminación entre inversionistas nacionales y extranjeros en lo referente a las operaciones enumeradas en el artículo. Artículo 4 que establece el principio de trato de nación más favorecida, es decir, el garantizar un trato no menos favorable que el otorgado a inversionistas de cualquier otro país no parte en el Acuerdo en circunstancias similares. Artículo 5 que acuerda un nivel mínimo de trato por el cual se fijan como estándares internacionales los establecidos por el Derecho Internacional consuetudinario, incluidos el trato justo y equitativo y la protección y seguridad plenas. Artículo 10 que garantiza que toda transferencia vinculada con la inversión se haga libremente y sin demora desde y hacia su territorio, enumerando los conceptos incluidos en el término transferencia. Artículo 11 que define las condiciones en que puede operar la expropiación de inversiones cubiertas por el Acuerdo, fijando las garantías del debido proceso, la no discriminación el pago pronto, adecuado y efectivo de la indemnización y la necesidad de determinar que la causa es de utilidad pública. Artículo 12 que salvaguarda la potestad tributaria de los Estados Parte.

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Sección B: Solución de Controversias Inversionista – Estado: Se trata de un capítulo comprensivo que abarca todos los extremos necesarios para determinar reglas procedimentales claras en la eventualidad de una controversia. Artículo 16 que establece la obligatoriedad del proceso de consultas entre las Partes y el compromiso arbitral en el marco del Acuerdo. Artículo 18 que garantiza el consentimiento de los Estados Parte del sometimiento a un arbitraje en cumplimiento de lo establecido en el Convenio y Reglas de Procedimiento del CIADI y de la Convención de Nueva York. Siguen una serie de artículos relativos a las limitaciones y condiciones del consentimiento de cada Estado Parte, criterios para la selección de los árbitros, sede del arbitraje, fijación del español como idioma oficial de la controversia, posibilidad de presentación de amicus curiae, cuestiones preliminares, objeciones de competencia, medidas provisionales y publicidad del procedimiento arbitral especificando cuáles documentos serán de pública divulgación y estableciendo la excepción para aquellas informaciones catalogadas de confidenciales o reservadas. Artículo 23 que fija como derecho aplicable al texto del Acuerdo y las normas aplicables de Derecho Internacional, al tiempo de determinar que en caso que las Partes realicen una interpretación conjunta del Acuerdo, la misma será obligatoria para el Tribunal. Artículo 26 que establece las reglas acordadas en caso de acumulación de procedimientos. Artículo 27 que determina los plazos y contenidos de los laudos, incluyendo la obligación asumida por los Estados Partes de disponer la ejecución de laudos en su territorio sin demora, así como la posibilidad de recurrir la ejecución de laudos. Sección C: Disposiciones finales: Artículo 29 que fija la garantía de la publicación sin demora de las leyes y reglamentos aprobados por los Estados Parte en relación con este Acuerdo. Artículo 30 que limita la transparencia en protección de los intereses esenciales de seguridad de los Estados.

Artículo 31 que establece el derecho de adoptar medidas que salvaguarden la balanza de pagos, fijando los requisitos a ser cumplidos por las medidas para estar comprendidas en la presente reserva. Artículo 32 que ante la no asunción de compromisos entre las Partes en materia de inversiones e inversionistas en instituciones financieras, establece que dentro de un plazo máximo de 2 años se dará inicio a negociaciones en este ámbito. Artículo 34 que establece que los Anexos y Notas a pie del Acuerdo, constituyen parte integral del mismo. Artículo 35 que determina las reglas de entrada en vigor del Acuerdo. Artículo 37 que abre el Acuerdo alcanzado a la adhesión de demás miembros de ALADI previa negociación de los términos entre las Partes y el adherente. Artículo 38 que posibilita se acuerden modificaciones adicionales por escrito al texto adjunto. Entre los anexos se destacan particularmente el Anexo C relativo al término del Acuerdo Bilateral de Inversiones hoy vigente entre las Partes y Anexo F que fija las reglas de procedimiento para controversias derivadas de la interpretación, aplicación o implementación del Acuerdo. Finalmente, forman parte del Acuerdo las listas de excepciones establecidas por cada Parte en sectores específicos en virtud de sus programas de desarrollo. Desde un punto de vista práctico, cabe tomar en consideración que en la última década, Uruguay ha captado inversiones chilenas por un valor de US$ 700 millones, equivalente al 1,4% del total invertido por Chile en el exterior, principalmente en los sectores industrial, servicios y agropecuario (principalmente plantaciones forestales). Asimismo cabe señalar que en el original del Acuerdo en la versión para la República, se ha constatado un error en la impresión de la foja I-UY-1 correspondiente a las reservas de la lista Uruguay, en la que no figura el Sector a que se refiere la misma. Se ha omitido la impresión del rengión superior en el que debe constar: “Sector Pesca”. Se adjunta al presente, Informe de la Asesoría Política Comercial de la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas, so-

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licitando que habiéndose señalado la omisión antes indicada, se continúe con los trámites de estilo. En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, ROBERTO CONDE, PEDRO BUONOMO, TABARÉ AGUERRE, ROBERTO KREIMERMAN.

PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Inversiones suscripto entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile y sus Anexos, firmado en la ciudad de Montevideo el 25 de marzo de 2010. Montevideo, 6 de abril de 2011. ROBERTO CONDE, PEDRO BUONOMO, TABARÉ AGUERRE, ROBERTO KREIMERMAN”.

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CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Inversiones entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile y sus Anexos, firmado en la ciudad de Montevideo el 25 de marzo de 2010. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 12 de julio de 2011. DANILO ASTORI Presidente GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 623 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: La Comisión Asesora de Asuntos Internacionales tiene el honor de dirigirse al Cuerpo para recomendar la aprobación del proyecto de ley mediante el cual se aprueba el “Acuerdo de Inversiones suscrito con la República de Chile y sus anexos”. El Acuerdo de Inversiones fue suscrito por el gobierno de la República Oriental del Uruguay y la República de Chile en la ciudad de Montevideo el 25 de marzo de 2010. El Poder Ejecutivo envió la solicitud al Parlamento Nacional el 6 de abril de 2011, habiendo sido aprobado por la Cámara de Senadores el 12 de julio pasado. El Acuerdo se enmarca en el Acuerdo Bilateral de Asociación Estratégica aprobado por la Ley No. 18.639 de 30 de diciembre de 2009, que procura fortalecer las mutuas relaciones en materia política, social, económica, comercial y de cooperación entre las Partes fundada en la reciprocidad, el interés común, la complementariedad y la profundización en sus relaciones en todos los ámbitos de su aplicación. En ese mismo período se privilegió el interés de avanzar en materia de inversiones, lo que dio lugar a la elaboración del presente Acuerdo. El Acuerdo consta de 38 artículos, divididos en tres secciones y de diez anexos. El principio base del Acuerdo es el de no discriminación entre inver-

siones nacionales y extranjeras a través del trato nacional y la aplicación del principio de nación más favorecida a los inversores amparados por el mismo. Sigue estándares modernos y de certeza jurídica necesaria para ofrecer garantías a los inversionistas privados, a través de un completo capítulo de soluciones de controversias Inversionista/Estado. El Acuerdo establece ciertas excepciones relativas a la seguridad y a salvaguardar, si es el caso, la balanza de pagos. Ambas Partes establecen también una lista de reservas que tiene por objeto resguardar la flexibilidad de ambos gobiernos para regular los sectores que se consideran sensibles desde una perspectiva de desarrollo a largo plazo. En la Sección A se establecen las disposiciones generales. El Artículo 1 especifica las definiciones que articulan este Acuerdo. Entre ellas cabe destacar aquellas que definen una inversión en sus distintas formas, tales como empresa; distintas formas de participación en el patrimonio de una empresa; instrumentos de deuda donde se excluyen instrumentos de deuda de una “Parte” o de una empresa del Estado; futuros, opciones y otros derivados; derechos contractuales; derechos de propiedad intelectual; derechos otorgados de conformidad con la legislación interna; otros derechos tangibles o intangibles, muebles o inmuebles, arrendamientos, hipotecas, gravámenes y garantías de prenda. Se excluye del concepto de inversión, una orden o fallo ingresado en un proceso judicial o administrativo. El Artículo 2 define el ámbito de aplicación; el Artículo 3 establece las condiciones del trato nacional; el Artículo 4 el trato de nación más favorecida; el Artículo 5 el nivel mínimo de trato, con base en los criterios de justicia, equidad, protección y seguridad plenas, reconociendo las partes para ello que el “derecho internacional consuetudinario” resulta una práctica general y consistente de los Estados seguida por ambos en el sentido de una obligación legal. El Artículo 6 establece el tratamiento no discriminatorio, tanto en relación a los inversionistas de cada Parte como a las inversiones cubiertas, con respecto a medidas que adopte o mantenga la otra Parte en relación a pérdidas sufridas por inversiones en su territorio debidas a conflictos armados, contiendas civiles, insurrección, disturbio civil o cualquier otro evento similar.

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El Artículo 7 establece los requisitos de desempeño, excluyéndose específicamente aspectos tales como exigencias referidas a la localización de la producción, suministro de servicios, capacitación o empleo de trabajadores, construcción o ampliación de instalaciones particulares, o llevar a cabo investigación y desarrollo en su territorio. El Artículo 9 establece los parámetros para medidas disconformes; el Artículo 10 especifica las condiciones para las transferencias relacionadas con una inversión y sus respectivas restricciones. El Artículo 11 establece la imposibilidad de nacionalizar o expropiar inversiones directa o indirectamente y las correspondientes excepciones, tales como por ejemplo, por causa de utilidad pública, de una manera no discriminatoria, mediante el pronto pago de la indemnización, y de conformidad con el debido proceso. Los Artículos 12, 13 y 14 establecen las formalidades y requisitos de información; la denegación de beneficios, y las competencias de cada Parte para preservar el medio ambiente. Asimismo, el Artículo 15 mantiene toda obligación tributaria vigente en cada uno de los países del Acuerdo. La Sección B, de los Artículos 16 al 28, se establecen las condiciones para la solución de controversias Inversionista/Estado que de acuerdo a la fundamentación que realiza el Poder Ejecutivo, corresponde a una estructura moderna y de altos estándares en materia de garantías y certezas jurídicas para los inversionistas privados. La Sección C establece las disposiciones finales del Acuerdo. Los Artículos 29 y 30 establecen las medidas de seguridad y transparencia a que ambas Partes se obligan. El Artículo 31 define medidas para salvaguardar la balanza de pagos por medio de las cuales se habilita a un Estado Parte, en casos graves de desequilibrios o amenazas externas o internas, a adoptar medidas restrictivas respecto de los pagos o transferencias. De los artículos 32 al 38 se establecen las condiciones para las negociaciones futuras, la solución de controversias entre Estados y los plazos y condiciones para la entrada en vigor del mismo, señalándose que los anexos siguientes forman parte integral del Acuerdo.

ANEXOS. Al Convenio se agrega un protocolo que aclara en forma separada algunos aspectos referidos al articulado descripto. Los mismos hacen referencia a conceptos como: Expropiación (anexo A), Transferencias (anexo B), Términos del Acuerdo (anexo C), Antecedentes legales (anexo D), Diligenciamiento de la Documentación (anexo E), Solución de Controversias (anexo F) y Reglas de procedimiento de los Tribunales Arbitrales (Apéndice de anexo F). Por lo expuesto, vuestra Comisión de Asuntos Internacionales aconseja al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley. Sala de la Comisión, 12 de octubre de 2011. MARÍA ELENA LAURNAGA, Miembro Informante, EDUARDO MÁRQUEZ, RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, DOGOMAR MOROSINI, JAIME MARIO TROBO”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra la miembro informante, señora Diputada Laurnaga. SEÑORA LAURNAGA.- Señor Presidente: la Comisión de Asuntos Internacionales acordó por unanimidad recomendar al plenario la aprobación de este convenio de inversiones con Chile, firmado en la ciudad de Montevideo el 25 de marzo de 2010. El Poder Ejecutivo envió la solicitud al Parlamento nacional el 6 de abril de 2011, habiendo sido aprobado por el Senado el 12 de julio pasado. El Acuerdo se enmarca en el Acuerdo Bilateral de Asociación Estratégica aprobado por la Ley N° 18.639, de 2009, que procura fortalecer las mutuas relaciones en materia política, social, económica, comercial y de cooperación entre las Partes. El Acuerdo y sus anexos, que estaríamos aprobando si esta Cámara así lo resuelve, consta de 38 artículos, divididos en tres Secciones. El principio base del Acuerdo es el de no discriminación entre inversiones nacionales y extranjeras a través del trato nacional y la aplicación del prin-

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cipio de nación más favorecida a los inversores amparados en este. El Acuerdo establece ciertas excepciones relativas a la seguridad y a salvaguardar la balanza de pagos. Ambos países establecen también una lista de reservas que tiene por objeto resguardar la flexibilidad de ambos Gobiernos para regular los sectores que se consideran sensibles desde una perspectiva de desarrollo a largo plazo y que no puedan ser hoy anticipadas. En la Sección A se establecen las disposiciones generales, como es de orden, especificándose en particular las definiciones que articulan este Acuerdo. El artículo 2 define el ámbito de aplicación; el artículo 3 establece las condiciones del trato nacional; el artículo 4, el trato de nación más favorecida; el artículo 5, el nivel mínimo de trato, con base en los criterios de justicia y equidad. El Artículo 6 establece el tratamiento no discriminatorio; el Artículo 7, los requisitos para el desempeño de las funciones de inversión y todo lo que eso conlleva; el artículo 9, los parámetros para medidas disconformes; y el artículo 10 especifica las condiciones para las transferencias relacionadas con una inversión y sus respectivas restricciones. Queremos destacar que el artículo 11 establece la imposibilidad de nacionalizar o expropiar inversiones directa o indirectamente y las correspondientes excepciones como, por ejemplo, aquellas situaciones en las que por causa de utilidad pública, de una manera no discriminatoria, mediante el pronto pago de la indemnización respectiva, uno de los países socios tenga que actuar. Este artículo es interesante porque se reitera en varios de los tratados de inversión y me parece que de alguna manera preserva las garantías del Estado en contextos de procesos dinámicos de desarrollo, como el que vive Uruguay con sus eventuales socios. Y el artículo 15 mantiene toda obligación tributaria vigente en cada uno de los países del Acuerdo. En la Sección B, de los artículos 16 al 28, se establecen las condiciones para la solución de controversias entre inversionistas y Estado. La Sección C establece las disposiciones finales del Acuerdo. Importa señalar que el artículo 31 de-

fine medidas para salvaguardar la balanza de pagos por medio de las cuales se habilita a un Estado Parte -como decía previamente- en casos graves de desequilibrios o amenazas externas o internas, a adoptar medidas restrictivas respecto de los pagos o transferencias. Finalmente, en los artículos 32 al 38 se establecen las condiciones para las negociaciones futuras, incluyendo la solución de controversias. Al Convenio se le agrega un Protocolo con diez anexos que aclaran en forma separada algunos aspectos referidos al articulado antes mencionado. Por lo tanto, solicitamos a esta Cámara aprobar este convenio de inversiones en el entendido de que es una contribución, como decíamos al principio, a los objetivos de desarrollo económico, político y social entre ambas naciones. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al informado, que corresponde al aprobado por el Senado)

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30.- Cuestión política planteada por el señor Representante Bayardi.
SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra por una cuestión política. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: al amparo del artículo 50 del Reglamento, quisiera hacer un planteamiento breve -ya conversado con los señores coordinadores- con relación a la aparición de los restos del maestro Julio Castro. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar el carácter preferente de la cuestión política planteada por el señor Diputado Bayardi. (Se vota) ——Sesenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Tiene la palabra el señor Diputado Bayardi. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: de acuerdo con lo conversado con los señores coordinadores, y ante la aparición de los restos del maestro Julio Castro la semana pasada -que creo que ha conmocionado bastante a la opinión pública por las características del hecho-, los legisladores de todos los sectores de esta Cámara hemos dado nuestra firma en la tarde de hoy para convocar a la Asamblea General el día 15 de este mes, a la hora 16, a los efectos de referirnos a la personalidad del maestro Julio Castro y a su peripecia de vida y muerte. Quería plantear este tema porque esta es la primera sesión de la Cámara que se realiza desde que se constató la identidad de los restos aparecidos en el Batallón 14. Más allá de que en la media hora previa la compañera Daniela Payssé hizo referencia al tema, quería indicar institucionalmente, como Cuerpo, que ha sido la voluntad de todos los sectores políticos con representación parlamentaria fijar una instancia para referirnos a estos hechos. Gracias, señor Presidente.

31.- Prefectura Nacional Naval. (Se autoriza a controlar la presencia de alcohol o drogas psicotrópicas en la tripulación de buques en jurisdicción nacional).
SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se pasa a considerar el asunto que figura en noveno término del orden del día: “Prefectura Nacional Naval. (Se autoriza a controlar la presencia de alcohol o drogas psicotrópicas en la tripulación de buques en jurisdicción nacional)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 574 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Autorízase a la Prefectura Nacional Naval a controlar la eventual presencia y concentración de alcohol u otras drogas psicotrópicas en su organismo, a través de procedimientos de espirometría u otros métodos expresamente establecidos por las autoridades competentes, los que podrán ser ratificados a través de examen de sangre, orina y otros análisis clínicos o paraclínicos, en las tripulaciones de buques en jurisdicción nacional, dentro del ámbito de su competencia. Montevideo, 30 de mayo de 2011. PEDRO SARAVIA, Representante por Cerro Largo, JORGE POZZI, Representante por Montevideo. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Nº 18.191, de 30 de octubre de 2007, habilita a las autoridades competentes a realizar en su zona de jurisdicción las pruebas para detectar alcohol o el uso de drogas psicotrópicas, en los conductores de vehículos de todo tipo, buscando disminuir los accidentes y mejorar la seguridad en el tránsito. Sin embargo hay otras actividades que no quedan comprendidas en la ley, y en donde siendo responsables de conducir medios de transporte igualmente peligrosos, no está prevista la posibilidad de realizar estos controles por ninguna autoridad competente. Una de las actividades no comprendidas, pero donde resulta necesario hacer controles es la actividad marítima. Las naves de cualquier tipo que atracan en nuestros puertos o navegan en nuestros ríos o mar

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territorial, constituyen sin duda un medio de transporte necesario pero potencialmente peligroso de no tripularse en condiciones normales. Muchas de las reglas para que esta navegación sea segura están establecidas en los convenios internacionales que el país ha suscripto y controla en su jurisdicción. Sin embargo no hay nada que habilite a la Prefectura Nacional Naval como Policía Marítima a realizar los controles que el proyecto de ley establece y que son absolutamente necesarios. Buscando corregir esa omisión es que enviamos este proyecto de ley de artículo único. Montevideo, 30 de mayo de 2011. PEDRO SARAVIA, Representante por Cerro Largo, JORGE POZZI, Representante por Montevideo”. Anexo I al Rep. Nº 574 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Defensa Nacional INFORME Señores Representantes: La Ley Nº 18.191, de 30 de octubre de 2007, habilita a las autoridades competentes a realizar en su zona de jurisdicción las pruebas para detectar alcohol o el uso de drogas psicotrópicas, en los conductores de vehículos de todo tipo, buscando disminuir los accidentes y mejorar la seguridad en el tránsito, situación que ha servido para ir corrigiendo situaciones lamentables para nuestra sociedad, cuando en materia de vidas humanas nos estamos refiriendo. Sin embargo hay otras actividades que no quedan comprendidas en la ley y, en las que, siendo responsables de conducir medios de transporte igualmente peligrosos, no está prevista la posibilidad de realizar esos controles por ninguna autoridad competente. Una de las actividades no comprendidas, donde resulta necesario hacer controles es la actividad marítima. Las naves de cualquier tipo, que atracan en nuestros puertos o navegan en nuestros ríos o mar territorial, constituyen sin duda un medio de transporte necesario, pero potencialmente peligroso, de no tripularse en condiciones normales y más aún cuando esas condiciones pueden ser controladas y evitarse así accidentes.

Muchas de las reglas para que esa navegación sea segura están establecidas en los convenios internacionales que el país ha suscrito y controla en su jurisdicción. La Organización Marítima Internacional (OMI), órgano especializado de las Naciones Unidas, es el que adopta medidas para mejorar la seguridad del transporte marítimo internacional, es necesario crear un instrumento para dichos controles, para avanzar en esa materia. Sin embargo, no hay nada que habilite a la Prefectura Nacional Naval como Policía Marítima a realizar los controles que el proyecto de ley establece y que son absolutamente necesarios. Buscando corregir esa omisión enviamos el presente proyecto de ley de artículo único, y que esta asesora aconseja aprobar. Sala de la Comisión, 11 de octubre de 2011. IVONNE PASSADA, Miembro Informante, JOSÉ A. AMY, JAVIER GARCÍA”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra la miembro informante, señora Diputada Passada. SEÑORA PASSADA.- Señor Presidente: este proyecto de ley llegó a la Comisión de Defensa Nacional por iniciativa de los colegas Pedro Saravia y Jorge Pozzi, fue aprobado por unanimidad y aportamos a su promoción. La Ley N° 18.191, de 30 de octubre de 2007, habilita a las autoridades competentes a realizar en su zona de jurisdicción las pruebas para detectar alcohol o el uso de drogas psicotrópicas en los conductores de vehículos de todo tipo, buscando disminuir los accidentes y mejorar la seguridad en el tránsito, lo que ha servido para ir corrigiendo situaciones que han tenido lamentables consecuencias para nuestra sociedad. Sin embargo, en la norma mencionada no quedan comprendidos los responsables de conducir transportes igualmente peligrosos, ya que no está prevista la posibilidad de que la autoridad competente realice los controles necesarios. Una de las actividades no comprendidas, en la que deberían realizarse los controles, es la marítima.

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Las naves de cualquier tipo que atracan en nuestros puertos o navegan en nuestros ríos o mar territorial, sin duda constituyen un medio de transporte necesario, pero potencialmente peligroso si no se tripulan en condiciones normales. Esto puede ser controlado, para evitar accidentes. Muchas de las reglas para que la navegación sea segura están establecidas en varios convenios internacionales que el país ha suscrito y controla en su jurisdicción. La Organización Marítima Internacional, órgano especializado de las Naciones Unidas, es la que adopta medidas para mejorar la seguridad del transporte marítimo internacional. Creemos necesario que puedan realizarse estos controles, por lo que apoyamos esta iniciativa. Planteamos la necesidad de legislar en este sentido porque no hay nada que habilite a la Prefectura Nacional Naval, como policía marítima, a realizar los controles que el proyecto de ley establece y que son absolutamente necesarios para estar en la escala internacional de otros países. Por estos motivos, acompañamos esta iniciativa y la Comisión de Defensa Nacional aconseja su aprobación. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo único. SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: quiero plantear una duda sobre el texto. El artículo único dice: “Autorízase a la Prefectura Nacional Naval a controlar la eventual presencia y concentración de alcohol u otras drogas psicotrópicas en su organismo, a través de procedimientos de espirometría u otros métodos expresamente establecidos por las autoridades competentes, los que podrán ser ratificados a través de examen de sangre, orina y otros análisis clínicos o paraclínicos,

en las tripulaciones de buques en jurisdicción nacional, dentro del ámbito de su competencia”. Mi duda es si la expresión “en su organismo” no está de más. Debería decir: “Autorízase a la Prefectura Nacional Naval a controlar la eventual presencia y concentración de alcohol u otras drogas psicotrópicas, a través de procedimientos de espirometría u otros métodos expresamente establecidos por las autoridades competentes, los que podrán ser ratificados a través de examen de sangre, orina y otros análisis clínicos o paraclínicos, en las tripulaciones de buques en jurisdicción nacional, dentro del ámbito de su competencia”. Propongo eliminar la expresión “en su organismo”. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Léase el artículo único con la modificación sugerida, que tiene el visto bueno de los miembros de la Comisión. (Se lee:) “Autorízase a la Prefectura Nacional Naval a controlar la eventual presencia y concentración de alcohol u otras drogas psicotrópicas, a través de procedimientos de espirometría u otros métodos expresamente establecidos por las autoridades competentes, los que podrán ser ratificados a través de examen de sangre, orina y otros análisis clínicos o paraclínicos, en las tripulaciones de buques en jurisdicción nacional, dentro del ámbito de su competencia”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑORA PASSADA.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en sesenta y nueve: AFIRMATIVA.

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(Texto del proyecto aprobado:) “Artículo único.- Autorízase a la Prefectura Nacional Naval a controlar la eventual presencia y concentración de alcohol u otras drogas psicotrópicas, a través de procedimientos de espirometría u otros métodos expresamente establecidos por las autoridades competentes, los que podrán ser ratificados a través de examen de sangre, de orina y otros análisis clínicos o paraclínicos, en las tripulaciones de buques en jurisdicción nacional, dentro del ámbito de su competencia”.

convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Núñez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y tres en cincuenta y cuatro: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:)

32.- Intermedio.
SEÑOR BAYARDI.- ¿Me permite, señor Presidente? Mociono para que la Cámara pase a intermedio por el término de diez minutos, a fin de resolver un problema administrativo por el ingreso de una licencia que hace a la integración de las Comisiones en el día de mañana. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 19 y 35) ——Continúa la sesión. (Es la hora 19 y 51)

“Montevideo, 6 de diciembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou Presente. De mi mayor consideración: Me dirijo a usted con el fin de solicitar licencia por motivos médicos, por los días 7 y 8 de diciembre de 2011. Solicito entonces se convoque a mi suplente respectivo. Sin más, lo saluda, DAISY TOURNÉ Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daisy Tourné. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 7 y 8 de diciembre de 2011 y adjunta certificado médico. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal A) del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por enfermedad, por el período comprendido entre los días 7 y 8 de diciembre de 2011, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daisy Tourné.

33.- Licencias. Integración de la Cámara.
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: De la señora Representante Daisy Tourné, por enfermedad, literal A) del artículo primero de la Ley Nº 17.827, por el período comprendido entre los días 7 y 8 de diciembre de 2011,

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2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Núñez. Sala de la Comisión, 6 de diciembre de 2011. NELSON RODRÍGUEZ, PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY”.

SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BAYARDI.- Señor Presidente: agradeciendo la deferencia de los señores legisladores que permanecieron en Sala para votar la licencia, mociono para que se levante la sesión, ya que quedan pocos minutos para llegar a la hora 20. SEÑOR PRESIDENTE (Luis Lacalle Pou).- Se levanta la sesión. (Es la hora 19 y 52)

34.- Levantamiento de la sesión.
SEÑOR BAYARDI.- Pido la palabra.

LUIS LACALLE POU PRESIDENTE Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora Héctor Luis González Director del Cuerpo de Taquígrafos Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor

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