Número 3787

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NÚMERO 3787

MONTEVIDEO, MARTES 12 DE JUNIO DE 2012

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
26ª SESIÓN
PRESIDE EL SEÑOR REPRESENTANTE Dr. JORGE ORRICO (Presidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y LOS PROSECRETARIOS SEÑORES TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI Y MARTÍN FERNÁNDEZ AIZCORBE
XLVII LEGISLATURA TERCER PERÍODO ORDINARIO

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Martes 12 de junio de 2012

Texto de la citación

Montevideo, 11 de junio de 2012. LA CÁMARA DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión ordinaria, mañana martes 12, a la hora 16, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente – ORDEN DEL DÍA 1º.Comisión Permanente del Poder Legislativo. (Elección de miembros para el Tercer Período de la XLVII Legislatura). (Artículo 127 de la Constitución). Sofía Margarita Mazali Mones. (Pensión graciable). (Carp. 1458/012). (Informado). Rep. 825 y Anexo I Alicia Raquel Mazali Mones. (Pensión graciable). (Carp. 1459/012). (Informado). Rep. 826 y Anexo I Lavado de activos. (Se dictan normas para su prevención y penalización). (Modificaciones de la Cámara de Senadores). (Carp.1105/011). (Informado). Rep. 674 y Anexos I a III Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscrito por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay. (Aprobación). (Carp. 1427/012). (Informado). Rep. 811 y Anexo I Acuerdo con la República Argentina para Establecer un Reglamento para los Comités de Integración. (Aprobación). (Carp. 1471/012). (Informado). Rep. 832 y Anexo I Acuerdo con la República Helénica en Materia de Cooperación Económica. (Aprobación). (Carp. 895/011). (Informado). Rep. 601 y Anexo I Protección y vigilancia ante hechos de contaminación en aguas jurisdiccionales. (Modificación de la Ley Nº 16.688). (Carp. 1162/011). (Informado). Rep. 691 y Anexo I Aeronaves de turismo o deportivas en tránsito. (Modificación del artículo 13 del Código Aeronáutico). (Carp. 1388/012). (Informado). Rep. 796 y Anexo I

2º.-

3º.-

4º.-

5º.-

6º.-

7º.-

8º.-

9º.-

10.- Profesor Salvador Fernández Correa. (Designación al Liceo de José Batlle y Ordóñez). (Carp. 1456/006). (Informado). Rep. 125 y Anexo I

JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ Secretarios

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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 6 2 y 23.- Asuntos entrados ……………………………………………………………………………………………………………… 6, 59 3 y 24.- Proyectos presentados ……………………………………………………………………………………………………… 7, 59 4 y 6.- Exposiciones escritas …………………………………………………………………………………………………………. 9, 10 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………….. 9 MEDIA HORA PREVIA 7.- Solicitud de que se cree un canal de televisión abierta para el departamento de Canelones. — Exposición del señor Representante Semproni ………………………………………………………………………… 12 8.- Preocupación por la situación de la empresa CALVINOR, en el departamento de Artigas. — Exposición del señor Representante Caram …………………………………………………………………………….. 13 9.- Exhortación a distintos organismos del Estado para que solucionen el litigio que involucra a la Estación de Ferrocarriles del Estado. — Exposición del señor Representante Vázquez………………………………………………………………………….. 14 10.- Rechazo a que se interprete el artículo 11 de la Constitución de la República. — Exposición del señor Representante Cantero Piali ……………………………………………………………………. 15 11.- Recordación del profesor Vivian Trías con motivo de conmemorarse los noventa años de su nacimiento. — Exposición del señor Representante Pardiñas………………………………………………………………………….. 16 12.- Preocupación por el precio de los combustibles. Situación de la Escuela Nº 128 del barrio Mandubí y del liceo de Vichadero, departamento de Rivera. — Exposición del señor Representante Sander ……………………………………………………………………………. 18 CUESTIONES DE ORDEN 13.16.20.18.20.35.37.Aplazamiento …………………………………………………………………………………………………………………………….. 19 Integración de Comisiones…………………………………………………………………………………………………………. 23 Integración de la Cámara……………………………………………………………………………………………………………. 41 Intermedio …………………………………………………………………………………………………………………………………. 36 Licencias …………………………………………………………………………………………………………………………………… 41 Sesión extraordinaria…………………………………………………………………………………………………………………. 95 Urgencias ………………………………………………………………………………………………………………………………….. 97 VARIAS 31.- Autorización al señor Representante Iván Posada para realizar una exposición en la sesión ordinaria del día 3 de julio. …………………………………………………………………………………………………………. 94 32.- Autorización al señor Representante Pablo Iturralde Viñas para realizar una exposición en la sesión ordinaria del día 1° de agosto………………………………………………………………………………………….. 94 33.- Autorización al señor Representante Jorge Gandini para realizar una exposición en la sesión ordinaria del día 11 de julio. ……………………………………………………………………………………………………….. 94 34.- Autorización al señor Representante Luis Lacalle Pou para realizar una exposición en la sesión ordinaria del día 15 de agosto. ……………………………………………………………………………………………. 94

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ORDEN DEL DÍA 14.- Pensiones graciables…………………………………………………………………………………………………………………. 19 15, 22, 28.- Lavado de activos. (Se dictan normas para su prevención y penalización). (Modificaciones de la Cámara de Senadores). (Ver 62a. sesión, de 13/12/2011) Nuevos Antecedentes: Anexos II y III al Rep. N° 674 de junio de 2012. Carp. N° 1105 de 2011. Comisión Especial con Fines Legislativos y de Investigación Sobre el Lavado de Activos y Crimen Organizado. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo…………………………………………………………………… 19, 59, 77 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 20 17, 19, 21.- Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscrito por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay. (Aprobación). Antecedentes: Rep. N° 811, de marzo de 2012, y Anexo I, de mayo de 2012. Carp. N° 1427 de 2012. Comisión de Asuntos Internacionales. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo…………………………………………………………………… 23, 36, 56 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 33 25.- Sofía Margarita Mazali Mones. (Pensión graciable). Antecedentes: Rep. N° 825, de abril de 2012, y Anexo I, de mayo de 2012. Carp. N° 1458 de 2012. Comisión de Seguridad Social. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………… 60 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 61 26.- Alicia Raquel Mazali Mones. (Pensión graciable). Antecedentes: Rep. N° 826, de abril de 2012, y Anexo I, de mayo de 2012. Carp. N° 1459 de 2012. Comisión de Seguridad Social. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………… 62 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 63 27.- Acuerdo con la República Argentina para Establecer un Reglamento para los Comités de Integración. (Aprobación). Antecedentes: Rep. N° 832, de abril de 2012, y Anexo I, de junio de 2012. Carp. N° 1471 de 2012. Comisión de Asuntos Internacionales. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 64 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 65 29.- Acuerdo con la República Helénica en materia de cooperación económica. (Aprobación). Antecedentes: Rep. N° 601, de junio de 2011, y Anexo I, de julio de 2011. Carp. N° 895 de 2011. Comisión de Asuntos Internacionales. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 77 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 78 30.- Protección y vigilancia ante hechos de contaminación en aguas jurisdiccionales. (Modificación de la Ley Nº 16.688). Antecedentes: Rep. N° 691, de octubre de 2011, y Anexo I, de abril de 2012. Carp. N° 1162 de 2011. Comisión de Defensa Nacional. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 83 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 90 36.- Aeronaves de turismo o deportivas en tránsito. (Modificación del artículo 13 del Código Aeronáutico). Antecedentes: Rep. N° 796, de marzo de 2012, y Anexo I, de mayo de 2012. Carp. N° 1388 de 2012. Comisión de Defensa Nacional. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 95 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 95 38.- Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela. (Modificación de la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007). Antecedentes: Rep. N° 890, de junio de 2012. Carp. N° 1621 de 2012. Comisión de Asuntos Internos. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 97 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 102

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39.- Profesor Salvador Fernández Correa. (Designación al Liceo de José Batlle y Ordóñez). Antecedentes: Rep. N° 125 de abril de 2010, y Anexo I, de diciembre de 2011. Carp. N° 1456 de 2006. Comisión de Educación y Cultura. — Aprobación. Se comunicará al Senado ………………………………………………………………………………….. 103 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 104

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Andrés Abt, Verónica Alonso, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Amy, Andrés Arocena, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Balmelli, Julio Bango, Julio Battistoni, José Bayardi, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Daniel Bianchi, Marcelo Bistolfi, Stella Borja, Gustavo Borsari Brenna, Heber Bousses, Irene Caballero, Graciela Cáceres, Daniel Caggiani, Fitzgerald Cantero Piali, Rodolfo Caram, Felipe Carballo, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Alberto Casas, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa Bruno, Hugo Dávila, Walter De León, Álvaro Delgado, Dante Dini, Gustavo A. Espinosa, Guillermo Facello, Álvaro Fernández, Julio Fernández, Javier García, Mario García, Rodrigo Goñi Romero, Óscar Groba, Mauricio Guarinoni, Doreen Javier Ibarra, Daniel Isi, Pablo Iturralde Viñas, María Elena Laurnaga, Orlando Lereté, Andrés Lima, Alma Mallo Calviño, Daniel Mañana, Eduardo Márquez, Rubén Martínez Huelmo, Pablo Mazzoni, Felipe Michelini, Gonzalo Mujica, Amin Niffouri, Gonzalo Novales, Nicolás Núñez, Raúl Olivera, Jorge Orrico, Nicolás Ortiz, Miguel Otegui, Yerú Pardiñas, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Guzmán Pedreira, Daniel Peña Fernández, Alberto Perdomo Gamarra, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Esteban Pérez, Mario Perrachón, Iván Posada, Jorge Pozzi, Luis Puig, Daniel Radío, Edgardo Rodríguez, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Richard Sander, Berta Sanseverino, Pedro Saravia, Víctor Semproni, Mario Silvera, Robert Sosa, Juan C. Souza, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez, Jaime Mario Trobo, Juan Ángel Vázquez, Álvaro Vega Llanes, Walter Verri, Carmelo Vidalín, Dionisio Vivian y Horacio Yanes. Con licencia: Carlos Gamou, Juan Manuel Garino Gruss, Aníbal Gloodtdosky, Luis Lacalle Pou, José Carlos Mahía, Graciela Matiauda Espino, Martha Montaner, Susana Pereyra, Ana Lía Piñeyrúa, Ricardo Planchón Geymonat, Daisy Tourné y Carlos Varela Nestier. Actúan en el Senado: Jorge Gandini y Aníbal Pereyra.

tos de ley, remitidos con su correspondiente mensaje por el Poder Ejecutivo: • por el que se dispone el cambio de denominación del Liceo Nº 23 “Cerrito”, de Montevideo, por el de “Prof. Hugo A. Licandro Martínez”. C/1638/012 A la Comisión de Educación y Cultura • por el que se crea el Consejo Asesor Consultivo (CAC) como órgano asesor del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. C/1639/012 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración INFORMES DE COMISIONES La Comisión Especial con Fines Legislativos vinculados al Lavado de Activos y Crimen Organizado se expide sobre el proyecto de ley, por el que se dictan normas para prevenir y penalizar el lavado de activos. C/1105/011 Se repartió con fecha 11 de junio COMUNICACIONES GENERALES La Intendencia de Salto acusa recibo de la exposición realizada por el señor Representante Daniel Caggiani, en sesión de 2 de mayo de 2012, sobre el mantenimiento y construcción de infraestructuras logísticas ante el aumento de la demanda de nuestros productos. S/C A sus antecedentes COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Desarrollo Social contesta los siguientes pedidos de informes: • del señor Representante José Andrés Arocena, sobre el personal asignado al departamento de Florida. C/1475/012 del señor Representante Pablo Abdala, relacionado con la presencia de una camioneta con matrícula oficial estacionada en el Montevideo Shopping el día sábado 19 de mayo del año en curso, en horario nocturno. C/1574/012

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 155 DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA GENERAL La Presidencia de la Asamblea General destina a la Cámara de Representantes los siguientes proyec-

El Ministerio de Defensa Nacional contesta el pedido de informes del señor Representante Juan Ángel Vázquez, acerca del cierre de una agencia de viajes y los pasajes y otros productos adquiridos a la misma por la referida Secretaría de Estado. C/1438/012

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El Ministerio de Transporte y Obras Públicas contesta la exposición escrita presentada por el señor Representante Gerardo Amarilla, acerca de la necesidad de proceder a repavimentar un tramo de la Ruta Nacional Nº 27 “Mario Heber”. C/19/010 A sus antecedentes PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Rubén Martínez Huelmo solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Economía y Finanzas, sobre el régimen tributario aplicado al sector agropecuario. C/1633/012 Se cursó con fecha 11 de junio

3.- Proyectos presentados.
“CONMEMORACIÓN DE LA FUNDACIÓN DE VILLA CARMEN, DEPARTAMENTO DE DURAZNO. (Se declara feriado laborable el día 10 de junio de cada año). PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Declárase feriado laborable para Villa Carmen, departamento de Durazno, el día 10 de junio de cada año, con motivo de conmemorarse en esa fecha su fundación. Montevideo, 11 de junio de 2012. CARMELO JOSÉ VIDALÍN AGUIRRE, Representante por Durazno EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La actual Villa Carmen es un centro poblado ubicado en la Cuarta Sección del departamento de Durazno, intercedida por las rutas 14, 19 y 42. Si recorriéramos sus antecedentes deberíamos primero ubicar geográficamente como así lo describió el doctor Huáscar Parallada la delimitación del área de la Cuarta Sección Judicial que comprende a “Tomás Cuadra, el Pantanoso, las nacientes de Salinas, una línea que bajaba a las de Maestre Campo, el curso de éste hasta su confluencia con el Yi y éste río, que era su frente, hasta la desembocadura del Cuadra”. Para comprender su historia debemos decir que esta área fue denunciada en 1780 y adquirida en junio de 1781 por Bernardo Bogarín y el paraguayo Juan Ignacio Vera, como bien lo describe el licenciado Oscar Padrón Favre, en su libro titulado “Historia de Durazno”. Fue una característica -continúa relatando el historiador duraznense- del primigenio proceso poblacional de la zona la importantísima concentración de paraguayos. Apellidos originarios del país guaraní que hasta la fecha se mantienen en la zona carmense. Pero, fue el oriental don Pedro Francisco Sastre el fundador de esta población. Don Pedro F. Sastre logró desde sus años de mocedad un sólido prestigio en el pago como un hombre honesto, decidido, servicial y, también como empresario exitoso. En una de sus empresas tuvo sociedad con Otto Schultze, donde resolvieron diagramar en terrenos de Sastre un bosquejo de plano con la intención que se desarrollara un centro poblado en virtud

El señor Representante Orlando Lereté solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con destino a la Administración Nacional de Puertos, relacionado con un llamado a concurso público abierto para cubrir cargos administrativos y de oficios. C/1634/012 El señor Representante Gustavo Cersósimo solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social, acerca del presunto cobro retroactivo de obligaciones tributarias a titulares de empresas unipersonales rurales. C/1635/012 El señor Representante Richard Sander solicita se cursen los siguientes pedidos de informes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado: • referente al estado de la red de saneamiento y aguas servidas en el barrio Magisterial del departamento de Rivera. C/1636/012 sobre la falta de saneamiento en las viviendas del barrio Esteves de la ciudad de Tranqueras, departamento de Rivera. C/1637/012 Se cursan con fecha de hoy PROYECTOS PRESENTADOS El señor Representante Carmelo Vidalín presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se declara feriado laborable para Villa Carmen, departamento de Durazno, el día 10 de junio de cada año, con motivo de conmemorarse en esa fecha su fundación. C/1640/012 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración”.

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de su inexistencia, lo cual dificultaba el progreso de la región. Siendo los terrenos donde se levantaría la población de El Carmen propiedad de don Pedro F. Sastre, el 12 de mayo de 1873, Otto Schultze elevó un petitorio a la Cámara de Senadores con el propósito de obtener apoyo para la empresa iniciada. En este pedido Schultze expresaba: “El paraje no puede ser más ventajoso por su situación favorable, porque la distancia que separa de las villas y pueblos más inmediatos son doce leguas, las que hay al Durazno y a San Gregorio de Polanco”. Asimismo, agregaba: “que la empresa ofrecía al Gobierno, como era de estilo, la donación de los terrenos destinados para escuela, comisaría, templo, cementerio y plaza pública”. Este proceso de tramitación culmina con la resolución del Gobierno de José Ellauri que expresa: “En Montevideo, el 10 de junio de 1874, con lo expuesto en este expediente el Gobierno autoriza la creación del pueblo proyectado por el solicitante en el departamento de Durazno que se denominará Nuestra Señora del Carmen, debiendo ser sometido los estudios de delineación a la aprobación superior. Acéptense asimismo, de las donaciones a favor del Estado”. El escritor docente don Luis Anchieri Pérez, en más de una oportunidad que ha tratado el tema sostuvo: “El nacimiento legal del pueblo debe situarse el 10 de junio de 1874 porque así lo determina el texto del decreto del gobierno de Ellauri”. El desarrollo y crecimiento del núcleo poblacional fue tan intenso que llevó a los legisladores Manini Ríos y Gabriel Terra presentaran en el año 1908 un proyecto de ley solicitando la elevación a “Pueblo” del centro carmense. De esta manera en la 48ª Sesión Ordinaria de 25 de junio de 1908 de la Cámara de Representantes y en la 35ª Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores de fecha 26 de junio de 1908 se aprueba el proyecto de ley que expresaba: “Artículo 1º. Declárase pueblo al núcleo de población existente en el departamento de Durazno y conocido con el nombre de ‘Carmen’. – Artículo 2º. El nuevo pueblo se denominará ‘Pueblo del Carmen'”. Posteriormente, el 29 de abril de 1975, se sanciona la Ley Nº 14.363 declarando como Villa a Pueblo del Carmen, entendiéndose incluido en el mismo al barrio General Laguna en el departamento de Durazno.

Esta zona ha tenido desde su fundación un constante crecimiento en rubros agropecuarios pero también debe destacarse que a partir de la radicación de don Andrés Faraut -natural de Francia- comenzó con una experiencia agrícola que modificará su historia como fue la plantación de viñedos en el año 1922 y concretando una bodega que la convertiría en una fuente laboral desconocida hasta ese entonces. El rubro de la vid se ha catapultado como el mayor generador de mano de obra, superando en proporción a otros rubros agropecuarios de la zona. Actualmente son más de un centenar las hectáreas plantadas de viñedos con las más diversas clases de uvas, logrando una calidad reconocida internacionalmente de sus vinos. Hoy en día existen en esta localidad cinco establecimientos vitivinícolas de reconocida trayectoria internacional como son “Centro Vitis” y su sello “Gobelet” de don Pedro González y sus hijos; Viñedos “Zaris”, Bruzzone y Sciutto, Virginia Bruzzone y últimamente se radicó la familia Deicas con su establecimiento Juanicó. Además, cuenta con una radicación de empresarios agrícolas y madereros que han encontrado en la Villa Carmen un lugar ideal para expandirse y aprovechar su ubicación como polo logístico. El Carmen ha tenido hijos pródigos y visionarios que lograron demostrar a un universo las calidades del trabajo cuando transita acompañada de la educación logrando de esta manera la perduración en el tiempo. Ejemplos han sido variados, pero queremos detenernos en don Francisco Davant mientras ocupaba su cargo de Presidente de la Junta Local del Carmen en el año 1958 impulsa la forestación con el objetivo de crear un parque con fin educativo, deportivo y turístico. Actualmente ese parque municipal ocupa un predio de cuarenta hectáreas forestadas y dentro de su exótica vegetación se distinguen sectores del parque de tipo paisajista y plantaciones con tipo utilitario. Se le ha ido agregando un área con lago artificial con vegetación propia del ambiente acuático y desde noviembre de 1997 se realiza todos los años en este hermoso parque el “Festival Forestal de Folklore” que fue decretado de interés turístico nacional por Ministerio de Turismo y Deportes. Asimismo, la “Fiesta de la Vendimia” es un clásico anual donde reciben visitantes nacionales y extranjeros festejando bajo el slogan de “Pueblo del mejor pan y mejor vino”, donde se muestra la calidad de sus

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vinos, la elección de la reina y princesas culminando con desfile por las calles de la localidad y espectáculos musicales. Además, en Villa Carmen existe la tradición de reunirse anualmente todos aquellos nacidos en esta villa pero que se encuentran residiendo en otros lugares dentro de frontera e incluso en el extranjero, logrando esos días el reencuentro de amigos, vecinos y familiares. Resulta fundamental sostener para que las historias locales se mantengan que cada comunidad tenga su día, su conmemoración para que las nuevas generaciones valoricen lo realizado por sus antepasados y continúen por esa senda de progreso y desarrollo de cada pueblo. Es de destacar que esta iniciativa cuenta además con el apoyo de la Comisión Directiva Vecinal de Villa Carmen, Ediles de la Junta Departamental, autoridades y vecinos. En virtud de lo expresado, se presenta este proyecto de ley con el motivo de proponer que se decrete feriado laborable para Villa Carmen, ubicada en la 4ª Sección del departamento de Durazno los días 10 de junio de cada año. Montevideo, 11 de junio de 2012. CARMELO JOSÉ VIDALÍN AGUIRRE, Representante por Durazno”.

el accidente sufrido por un camión militar el pasado 25 de mayo, en el kilómetro 480 de la Ruta Nacional Nº 5. C/19/010 El señor Representante Edgardo Rodríguez solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas: • al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de la República Oriental del Uruguay; y a la Junta Departamental de Tacuarembó, acerca de la posibilidad de instalar nuevos cajeros automáticos en la sucursal de la ciudad capital del referido departamento. C/19/010 a los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Dirección Nacional de Vivienda; y de Ganadería, Agricultura y Pesca, con destino a la Dirección General de Secretaría, y a la Comisión de Gestión Edilicia, referente a la posibilidad de realojar familias del barrio Batoví, departamento de Tacuarembó. C/19/010

El señor Representante Gerardo Amarilla solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública: • para su remisión al Consejo de Educación Primaria, sobre la falta de energía eléctrica en la Escuela Nº 128 del barrio Mandubí, departamento de Rivera. C/19/010 para su remisión al Consejo de Educación Secundaria, relacionada con la falta de energía eléctrica en el Liceo de Vichadero, departamento de Rivera. C/19/010″.

4.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Está abierto el acto. (Es la hora 16 y 23) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Gustavo Cersósimo solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social, sobre el cobro retroactivo de la diferencia de la cuota mutual rebajada a titulares de empresas unipersonales rurales. C/19/010 El señor Representante Antonio Chiesa Bruno solicita se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República; a los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional, y por su intermedio a la División de Ejército III y al Batallón de Ingenieros de Combate Nº 3 “Charrúa”; y a los medios de prensa del departamento de Tacuarembó, relacionada con

——Se votarán oportunamente.

5.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias a las Comisiones. Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas: Lunes 11 de junio ESPECIAL CON FINES LEGISLATIVOS VINCULADOS AL LAVADO DE ACTIVOS Y CRIMEN ORGANIZADO Sin aviso: Aníbal Gloodtdofsky, Irene Caballero y José Carlos Cardoso”.

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6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Treinta en treinta y uno: AFIRMATIVA. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor Representante Gustavo Cersósimo al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social, sobre el cobro retroactivo de la diferencia de la cuota mutual rebajada a titulares de empresas unipersonales rurales.

Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. 2) Exposición del señor Representante Antonio Chiesa Bruno a la Presidencia de la República; a los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional, y por su intermedio a la División de Ejército III y al Batallón de Ingenieros de Combate Nº 3 “Charrúa”; y a los medios de prensa del departamento de Tacuarembó, relacionada con el accidente sufrido por un camión militar el pasado 25 de mayo, en el kilómetro 480 de la Ruta Nacional Nº 5.

“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social (BPS). Vamos a referirnos al tema del derecho de los titulares de empresas unipersonales rurales, hasta con un dependiente, a la cuota mutual rebajada (45% del valor de la misma, Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, sin hijos o menores a cargo, ni mayores con discapacidad o el 60% del valor de la cuota con hijos) siempre que exploten predios de hasta 500 hectáreas valor coneat y no perciban otros ingresos derivados de dicha explotación. Se nos ha informado por pequeños y medianos productores del departamento de San José, que cuando ingresan su cédula de identidad para que se emita el recibo de pago de sus obligaciones contributivas con el BPS, les surge la obligación de pagar la diferencia de la cuota rebajada, multas y recargos retroactivamente desde el año 2008 y sin multas ni recargo desde los años 2003 al 2008 (RDT 170/2008). Se ha interpretado por la resolución del BPS indicada, que dichas empresas para beneficiarse del derecho a la cuota rebajada deben explotar el 100% de los predios de su propiedad y no haber dispuesto de ninguno de los mismos o parte de ellos en arrendamiento, comodato, usufructo o algún tipo de tenencia, u otros. Esta interpretación se ha puesto en práctica por la vía informática sin previa información suficiente de los administrativos. Por lo expuesto, solicitamos la solución a este problema que afecta a pequeños y medianos productores rurales.

“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República; al Ministerio de Defensa Nacional y, por su intermedio, al Comando General del Ejército, a la División Ejército III y al Batallón Charrúa de Ingenieros de Combate Nº 3; al Ministerio del Interior, y a los medios de comunicación del departamento de Tacuarembó. El 25 de mayo próximo pasado, los tacuaremboenses comenzamos el día sacudidos por la terrible noticia de un accidente ocurrido en el kilómetro 480 de la Ruta Nacional Nº 5 Brigadier General Fructuoso Rivera, que tuvo como consecuencia el fallecimiento de Óscar Delpino, y un número elevado de heridos. Luego, supimos que viajaban en un camión militar, que iba en convoy con destino a la Cárcel de Cerro Carancho, departamento de Rivera. Dicho convoy proveniente del Batallón Charrúa de Ingenieros de Combate N° 3 con asiento en la ciudad de Paso de los Toros, transportaba la guardia de relevo a los militares que hacen la custodia perimetral del establecimiento carcelario mencionado. El reventón de un neumático, fue la causa que originó el accidente que segara la vida de Delpino y que causó gran consternación y dolor entre los vecinos y familiares de los militares involucrados en Paso de los Toros, a quienes hacemos llegar nuestra solidaridad y comprensión. Al respecto, solicitamos: Al Ministerio de Defensa Nacional, que con urgencia se tomen todas las medidas de orden previsional dispuestas por la ley, a los efectos de que la familia de Óscar Delpino pueda recibir los beneficios legales que le corresponden por su fallecimiento en acto de servicio. Al Ministerio del Interior, como beneficiario de este servicio que prestan las Fuerzas Armadas, hacemos llegar la petición de que se instrumente la

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compra de un ómnibus que preste servicios en cada uno de los ámbitos divisionarios, a los solos efectos de transportar el personal militar encargado de la custodia carcelaria que presta tareas en dicho ámbito. Es así que, haciéndonos partícipes del dolor de los vecinos de Paso de los Toros, y contando con la buena voluntad de las autoridades, solicitamos que se tomen en cuenta lo más rápido posible las propuestas formuladas. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ANTONIO CHIESA BRUNO, Representante por Tacuarembó”. 3) Exposición del señor Representante Edgardo Rodríguez al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de la República Oriental del Uruguay; y a la Junta Departamental de Tacuarembó, acerca de la posibilidad de instalar nuevos cajeros automáticos en la sucursal de la ciudad capital del referido departamento.

rente a la posibilidad de realojar familias del barrio Batoví, departamento de Tacuarembó. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Dirección Nacional de Vivienda, y al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, con destino a la Dirección General de Secretaría y a la Comisión de Gestión Edilicia. En el barrio Batoví, de la ciudad capital del departamento de Tacuarembó, vive un conjunto de 22 familias de escasos recursos, gente de trabajo, que sufren a diario y desde hace mucho, el hecho de vivir en una zona inundable, al lado de una cañada conocida como zanja de Rigato. Estas familias tienen muchos niños y adolescentes, están en situación de hacinamiento y conviven con la contaminación del entorno de la cañada por lo que se presentan frecuentes problemas de salud. Estas familias han decidido organizarse para buscar soluciones. Se plantean el realojo de sus viviendas, en el marco de las políticas del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a través de la autoconstrucción. El mismo se haría en un terreno del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, padrón 3340, ubicado en el barrio Batoví, al lado de la Estación de la Administración de Ferrocarriles del Estado, a pocas cuadras de donde se alojan estas familias, en una superficie de 5.212 metros cuadrados. En ese padrón existen construcciones, un galpón y piezas que abarcan 2.646 metros cuadrados. De acuerdo a lo que pudimos saber, en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, funciona una Comisión de Gestión Edilicia. En ese ámbito se ha venido planteando la necesidad de utilizar estos lugares para que el propio Ministerio instale allí sus oficinas, evitando alquileres y poder guardar sus vehículos, que quedan en manos de cada funcionario. Las construcciones que mencionamos, nos parece, se ajustarían perfectamente a esta posibilidad. Se resolverían así, de manera eficiente, necesidades del Ministerio y, a la vez, se jerarquizaría el barrio. Por otra parte, las familias que mencionamos al principio, organizadas, plantean que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca transfiera al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente el área de terreno que no está edificada y allí construir las viviendas. El planteo de estos vecinos es pertinente. Tanto la legislación vigente como la política definida por el Gobierno Nacional, apuntan a que terrenos que estén ubicados en zona urbana, que no estén siendo utilizados y que cuenten con todos los servicios -como es el caso mencionado- sean destinados a la construcción de viviendas. Hace algunos dí-

“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), y a la Junta Departamental de Tacuarembó. A través de esta exposición escrita, nos sumamos al pedido hecho en la Junta Departamental de Tacuarembó, por el Edil maestro Edgardo Acuña, en el que solicitó a las autoridades del BROU que estudien la posibilidad de reforzar el servicio de cajeros automáticos que se brinda en la sucursal Tacuarembó. Están instalados allí, dos cajeros, que resultan insuficientes para atender la creciente demanda de servicios, sobre todo el cobro de haberes. Es cierto que también hay cajeros BROU en otra sucursal que está instalada en el supermercado TATA. De todas maneras, en ambos lugares es habitual ver filas importantes de personas que tienen que esperar a la intemperie, soportando el sol del verano o las inclemencias del invierno. Estamos apuntando a la bancarización de la mayor cantidad de habitantes. Con más razón aún, se hace necesario resolver con eficiencia el acceso de los usuarios a los cajeros automáticos. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. EDGARDO RODRÍGUEZ, Representante por Tacuarembó”. 4) Exposición del señor Representante Edgardo Rodríguez a los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Dirección Nacional de Vivienda; y de Ganadería, Agricultura y Pesca, con destino a la Dirección General de Secretaría, y a la Comisión de Gestión Edilicia, refe-

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as, estuvo de visita en la ciudad de Tacuarembó, la Directora Nacional de Vivienda, Lucía Echeverry. En esa oportunidad los vecinos le plantearon sus necesidades e ideas, quedando la Dirección en conocimiento de la propuesta y con el compromiso de responder a los planteos. A través de esta intervención nos sumamos al planteo que realizan los vecinos del Grupo de Barrio Batoví y alentamos a que los organismos involucrados puedan dar rápido trámite al mismo. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. EDGARDO RODRÍGUEZ, Representante por Tacuarembó”. 5) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública para su remisión al Consejo de Educación Primaria, sobre la falta de energía eléctrica en la Escuela Nº 128 del barrio Mandubí, departamento de Rivera.

su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública para su remisión al Consejo de Educación Secundaria, relacionada con la falta de energía eléctrica en el Liceo de Vichadero, departamento de Rivera. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y al Consejo de Educación Secundaria. De acuerdo a lo recientemente advertido al efectuar una recorrida por el departamento de Rivera, pudimos constatar que el liceo de la localidad de Vichadero hace varios días que se encuentra sin energía eléctrica en más de la mitad del centro educativo, lo que obliga a varios grupos a tomar sus clases en el patio, dado que en el salón de clases no hay suficiente luz natural como para que los cursos puedan ser dictados. Evidentemente, es una situación muy poco apropiada e inconveniente que disminuye no solamente la capacidad de aprendizaje de los alumnos sino, asimismo, el bajo rendimiento de los docentes que tienen que dictar clases al aire libre. No nos imaginamos cómo se podrá asimilar o dictar un curso al aire libre con las actuales temperaturas y menos aún en los días de lluvia. La falta de energía eléctrica se debe a que existe un cortocircuito, el que debe ser reparado en forma urgente, porque de lo contrario no será posible dictar clases durante el invierno. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”. ——La Mesa informa que se encuentran en la barra los alumnos de la escuela Suiza, ubicada en Millán y Las Violetas.

“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y al Consejo de Educación Inicial y Primaria. Hace pocos días nos contactaron varios padres de alumnos que asisten a la Escuela Nº 128 del barrio Mandubí, del departamento de Rivera, quienes nos expresaron su preocupación por la situación en la que se encuentra dicho centro educativo el que, hace varios meses, carece de energía eléctrica. Debemos tener en cuenta que no es posible que una escuela funcione sin energía eléctrica. Se trata de un centro educativo al que concurren, obviamente, niños pequeños, varios de los cuales no sólo tienen problemas de visión por la poca luz natural con que se cuenta, sino también, enfermedades respiratorias, estados gripales frecuentes, y demás. Realmente se hace difícil imaginar cómo las autoridades no han tomado aún las medidas necesarias para solucionar estos problemas, razón por la cual cursamos esta exposición escrita a efectos de hacer llegar nuestra preocupación al Ministerio de Educación y Cultura para que en coordinación con las autoridades del Consejo de Educación Inicial y Primaria, solucionen a la brevedad esta grave situación. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”. 6) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla al Ministerio de Educación y Cultura, y por

MEDIA HORA PREVIA 7.- Solicitud de que se cree un canal de televisión abierta para el departamento de Canelones.
Se entra a la media hora previa. Tiene la palabra el señor Diputado Semproni. SEÑOR SEMPRONI.- Señor Presidente: quiero compartir con el Cuerpo el reclamo de que se cree un canal de televisión abierta para el departamento de Canelones.

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La historia muestra que Canelones, por varias razones, no ha tenido un canal de televisión abierta y siempre ha sido subordinado y anulado por Montevideo. Eso le ha hecho perder identidad, protagonismo y presencia en los medios audiovisuales hasta el presente. Es bueno recordar que nuestro departamento de Canelones es el segundo en importancia a nivel nacional y permanentemente lucha por su identidad canaria. Además, debido a la cercanía geográfica con Montevideo, posee ciertas características que son favorables en algunos sentidos y desfavorables en otros, pero sin lugar a dudas forma parte del área metropolitana y ese entorno lo hace diferente a los diecisiete departamentos del interior restantes. Si bien a partir de la instalación de los canales por cable en el departamento -asignados a dedo durante el Gobierno del doctor Lacalle- se han generado contenidos locales a través de productoras audiovisuales y se ha logrado la difusión de algunos de ellos y del quehacer local, están siempre limitados a esa posibilidad. El Ministerio de Industria, Energía y Minería dictó el Decreto N° 585, del 11 de mayo de 2012, que en su artículo 1° reserva para todo el territorio nacional diecinueve canales de UHF -del 21 al 36 y del 38 al 41- en exclusiva para la prestación del servicio de radiodifusión de televisión digital abierta, gratuita y accesible en todo el país, llamado televisión digital terrestre. El artículo 2° reserva para el área metropolitana de Montevideo todos los canales asignados al territorio nacional. Si bien en el artículo 4° se deja la intención de reservar canales -tres públicos, tres comerciales y tres comunitarios- en cada una de las localidades del resto del país, dice: “siempre que fuera posible”. Esto nos preocupa porque Canelones quedaría excluido nuevamente por ser un área cercana y metropolitana. También debemos señalar que el Decreto no define un tiempo para el llamado a las localidades del resto del país, pero cuando eso suceda los canarios vamos a estar imposibilitados, debido a las razones técnicas de las plantas trasmisoras instaladas en Montevideo. Asimismo, queremos mencionar que este Decreto establece tres clases de asignaciones de canales de

televisión digital terrestre: las públicas, las comerciales y las comunitarias. Reclamamos para el departamento de Canelones la posibilidad de compartir el espacio radioeléctrico que pueda cubrir toda el área metropolitana y que represente la identidad canaria, o sea, un canal para Canelones que contemple el Decreto de los Ministerios de Economía y Finanzas y de Industria, Energía y Minería, que establece tres clases de asignaciones, en conjunto entre la Intendencia y tres o cuatro señales comerciales, constituidas por productoras y artistas del departamento. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Presidente de la República, don José Mujica; al Secretario de la Presidencia doctor Alberto Breccia; al Ministro y Subscretario de Industria, Energía y Minería, ingeniero Kreimerman y profesor Ortuño, respectivamente; a la URSEC, a la DINATEL y a la Cámara Uruguaya de Televisión para Abonados. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Treinta y uno en treinta y dos: AFIRMATIVA.

8.- Preocupación por la situación de la empresa CALVINOR, en el departamento de Artigas.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado Caram. SEÑOR CARAM.- Señor Presidente: queremos tratar un tema que nos preocupa mucho, referente a nuestro departamento de Artigas y a la empresa CALVINOR, ubicada en Bella Unión. La empresa está atravesando muchas dificultades. La situación está complicada en serio. Ayer lunes, UTE le cortó la luz por falta de pago y por el incumplimiento de un convenio anterior, lo que ya estaba anunciando las complicaciones. Llegamos a una situación extrema porque estamos hablando de una planta industrial, productora de vino, que se queda sin luz. En los últimos tiempos hemos tenido contacto con el sindicato de la empresa y sus funcionarios y con los productores de la zona que venden la uva para que allí se procese el vino. Desde el momento en que se hizo un negocio con una empresa nacional -no decimos negociado-, cuando José Mujica y Ernesto

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Agazzi eran Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca y Subsecretario respectivamente, ha pasado el tiempo y nos damos cuenta de que las autoridades de Gobierno -el Estado- fueron engañadas en su buena fe. Hubo una empresa que compró CALVINOR en aquel momento, cuando se realizó todo el proceso de disolución de CALNU, con la participación activa de la Corporación Nacional para el Desarrollo, que es la dueña de las acciones de CALVINOR y que participó de esas negociaciones. Resaltamos especialmente la figura del Presidente de la República y del Senador Agazzi -repito, en aquel momento Ministro y Subsecretario, respectivamente-, porque realmente el negocio fue hecho con las máximas garantías de parte del Estado. Lamentablemente, este negocio volvió a tener problemas. En aquel momento se resolvió venderlo a una empresa nacional para, precisamente, liberarse de un problema y mantener la fuente laboral y el aparato productivo, pero es lamentable que con el correr de los años nos enteremos de que volvemos a la misma situación. Hubo falta de pago por parte de los que hoy gestionan la empresa, que contrató en el ínterin a un operador comercial del área vitivinícola que no tenía la mejor reputación, que trajo el vino a granel de la planta de CALVINOR, por lo que no se pudo agregar mano de obra, lo que quiere decir que los obreros trabajaron menos y se pusieron en riesgo los puestos de trabajo. Aclaro que hoy la plantilla de CALVINOR tiene veintitrés empleados. Realmente se ha llegado a una situación compleja. En reiteradas oportunidades hubo importantes atrasos en los pagos y una intervención muy fuerte y presente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Se ha ido tratando de resolver la situación con cataplasmas. Es claro que el problema de fondo no se ha resuelto. La mitad de los productores que remiten la uva a la planta industrial no han cobrado, por lo que se reiteran los atrasos en los pagos de haberes de los obreros y hay deudas con instituciones y organismos del Estado. La intervención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha sido intensa, profunda y comprometida, pero no ha resuelto el tema. Hemos entablado contacto con las autoridades que tienen que ver con el tema, Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Trabajo y Seguridad Social y Corporación Nacional para el Desarrollo, pero por el momento no se avizora una solución.

Personalmente, creo que la mejor solución sería hacer una muy buena venta de esta planta, que pertenece a la Corporación Nacional para el Desarrollo, y corregir la situación de angustia y preocupación que están viviendo los trabajadores de la empresa. Es bueno que la Cámara se entere de esta situación. Queremos comprometer al Poder Legislativo en la medida de lo posible para que allí no se pierda un solo puesto de trabajo. A la solución necesaria, suficiente y urgente para la empresa CALVINOR se debe llegar sin sacrificar un solo puesto de trabajo, que es lo que más nos preocupa. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Corporación Nacional para el Desarrollo, a los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Trabajo y Seguridad Social, a la Junta Departamental de Artigas, a las Alcaldías de Baltasar Brum, Tomás Gomensoro y Bella Unión y a la Comisión de Legislación del Trabajo de esta Cámara. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Treinta y seis en treinta y siete: AFIRMATIVA.

9.- Exhortación a distintos organismos del Estado para que solucionen el litigio que involucra a la Estación de Ferrocarriles del Estado.
Tiene la palabra el señor Diputado Vázquez. SEÑOR VÁZQUEZ.- Señor Presidente: el próximo 15 de julio del corriente año se celebra el aniversario de la ex Estación Central de Ferrocarriles, ya que fuera inaugurada al servicio público un 15 de julio de 1897. Esa estación fue orgullo de los uruguayos y su diseño y construcción estuvo a cargo del talentoso ingeniero italiano Luigi Andreoni, basándose en la arquitectura vitrubiana, inspirada en el arte renacentista con sus arcos de medio punto, donde descansan columnas dóricas de granito. Las estatuas de cuatro sabios pioneros están colocadas en su frente y fueron realizadas por el escultor italiano Giovanni Berlini en hormigón armado, con una altura de 3,20 metros: la del físico francés Denis Papin -el primero en utilizar el vapor para mover una máquina de pistón-, la del físico italiano Alessandro Volta -inventor de la pila y descubridor de la corriente eléctrica-, la del ingeniero es-

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cocés James Watt -creador de la máquina a vapor y cuyo apellido nombra la unidad de potencia “wat” o “vatio”- y el ingeniero inglés George Stephenson, constructor de una de las primeras locomotoras que corrió por la ciudad de Londres en 1825. Por su bella concepción arquitectónica la estación fue considerada una de las más hermosas del mundo. Por sus espacios circularon millones de compatriotas, y junto a las paralelas de acero se potenció el progreso de la República por medio del ferrocarril. A partir del año 1988, al suprimirse los servicios de pasajeros, la estación se utilizó para exposiciones y eventos hasta el año 1991, cuando comenzaron a circular trenes especiales de pasajeros hacia diversos puntos del país. Cabe recordar que los escasos trenes de pasajeros que hoy circulan, parten y llegan desde la nueva estación que linda con el también moderno edificio Torre de las Telecomunicaciones, que formaba parte de aquel hermoso proyecto que se manejó en determinado momento y que quedó cercenado. Hace nueve años comenzó un deterioro de toda esa infraestructura edilicia por falta de mantenimiento, limpieza y vigilancia, lo que permitió que muchos malvivientes ocuparan sus instalaciones, produciéndose destrozos y robos. Hoy esa importante zona de Montevideo, La Aguada, se ve afectada seriamente, desde el punto de vista del urbanismo, por este amplio edificio de 15.000 metros cuadrados de construcción que, lamentablemente, se viene destruyendo; más de 50.000 metros cuadrados a cielo abierto componen el espacio donde estaban sus vías y la giratoria, y están cubiertos de maleza donde se reproducen por doquier todo tipo de alimañas. Es un entorno realmente deprimente en pleno centro de la ciudad de Montevideo que, sin duda, ofrece una pésima imagen a los visitantes. Sabemos del litigio que se arrastra desde 2009 y que aun no ha concluido, entre una empresa particular y el Estado por ese patrimonio, pero el paso del tiempo, la erosión y la falta de mantenimiento están destruyendo el edificio. Exhortamos a la Intendencia Municipal de Montevideo, al señor Alcalde del Municipio B, a los Ministerios de Educación y Cultura y de Transporte y Obras Públicas y demás organismos del Estado, a realizar

acciones dentro de sus potestades que permitan con prontitud detener este problema urbano que va en perjuicio de la ciudad. Espero que el próximo 15 de julio, fecha en que se cumplen 115 años de su inauguración, la estación se encuentre mejorada, remozada y sin estos problemas. Apoyan esta tesitura los inspiradores de la iniciativa de que hoy esté hablando sobre la estación: los vecinos de la zona de La Aguada. Además, aprovecho para enviar un saludo afectuoso a todo el funcionariado de AFE, que tanto colaboró conmigo desde 1995 a 1999, cuando fui Vicepresidente de ese organismo. Sobre todo en este momento, pido al sindicato que luche por los funcionarios que hoy tienen problemas para jubilarse por la falta de la instrumentación informática que documente ante el BPS una labor que se cumplía allí. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Presidencia de la República, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, al Directorio de AFE, a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación y al sindicato de AFE. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Treinta y dos en treinta y cinco: AFIRMATIVA.

10.- Rechazo a que se interprete el artículo 11 de la Constitución de la República.
Tiene la palabra el señor Diputado Cantero Piali. SEÑOR CANTERO PIALI.- Señor Presidente: hace algunas semanas actores del Gobierno manejaron la posibilidad de legislar para reglamentar o interpretar el artículo 11 de la Constitución de la República. Ese artículo se enmarca en la Sección II de la Carta, denominada “Derechos, deberes y garantías”, y dice así: “El hogar es un sagrado inviolable. De noche nadie podrá entrar en él sin consentimiento de su jefe, y de día, sólo de orden expresa de Juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley”. Estamos en contra de que se interprete este artículo de la Constitución de la República. La opción podría ser una reforma constitucional modificando el

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artículo 11 de la Constitución que acabo de leer. Este legislador también está en contra de una reforma de ese tipo. El ex Presidente y Ministro de la Suprema Corte de Justicia, doctor Jorge Chediak decía que son bien claros el artículo 11 y el 26, que en su primer inciso establece que “A nadie se le aplicará la pena de muerte”. Este artículo consagra una garantía para la ciudadanía y es un gran riesgo legislar al respecto. Hace días todos vimos por Canal 4 cómo en el barrio Colón a una familia se le hizo un allanamiento que, según la Policía, fue por error, pues se habían equivocado en la dirección. Se allanó esa casa por error, se mató a un cachorro que era la mascota del niño de la casa y se llevaron algunas pertenencias. La Policía explicó a los dueños de la casa que el allanamiento era por drogas. La dueña de la casa, entre llantos, afirmaba: “Nos dijeron que entraron con mi madre y eso es mentira. Entraron ellos solos. Teníamos plata, la filmadora, anillos de recuerdo, un par de guantes y de zapatos que compró mi marido, y se los llevaron”. El dueño de la casa contó que también tenían un cachorro y, según le relataron a los vecinos, “le pegaron un balazo y lo tiraron arriba de la camioneta”. El hombre dijo a la Policía que quería hacer la denuncia en Jefatura; le dijeron que sí, lo subieron en una camioneta y lo llevaron a la Seccional 19ª. Luego lo encerraron en el calabozo y le dijeron que no hiciera nada, porque si presentaba la denuncia iba a ser peor para ellos. A las dos horas y media fue liberado. La Jefatura dispuso una investigación interna, de urgencia, para determinar cuál fue el accionar de los policías, sus pasos previos y posteriores. Luego de obtener un resultado, el Jefe de Policía determinó las acciones a seguir, que podrían ser una investigación más profunda o un sumario a los funcionarios, dice la información. Se esperaban para ayer los resultados de esa investigación. Este hecho, que se me podrá decir es aislado, ya que se hacen muchos procedimientos y allanamientos y, en definitiva, en este caso se trató de un error, nos da una señal, una muestra del cuidado que se debe tener para garantizar a los ciudadanos el goce de su vida y de sus propiedades. Pensemos en llegar a nuestros hogares y encontrar nuestra casa dada vuelta, porque los policías cometieron un error, que falten

objetos, que maten a nuestra mascota, que nos encierren en un calabozo, que nos maltraten y que digan que no tenemos derechos. Esperemos que las investigaciones, judicial y policial, de esta situación lleguen a buenos resultados; seguramente ocasionará al Estado el juicio pertinente. Por eso, vamos a seguir desde acá este tema. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras pase al Ministerio del Interior, a la Presidencia de la República, a la Suprema Corte de Justicia, a la Comisión de Derechos Humanos de nuestra Cámara y al Instituto Nacional de Derechos Humanos. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y seis: AFIRMATIVA.

11.- Recordación del profesor Vivian Trías con motivo de conmemorarse los noventa años de su nacimiento.
Tiene la palabra el señor Diputado Pardiñas. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: hoy queremos rendir homenaje al querido compañero Vivian Trías, quien en otras oportunidades ha sido reconocido en el Parlamento nacional por su trayectoria, aportes, labor política y parlamentaria. La particularidad de hoy es que este año se conmemoran noventa años de su nacimiento. Vivian Trías nació el 30 de mayo de 1922 en su muy querida ciudad de Las Piedras. Falleció el 24 de noviembre de 1980, a los cincuenta y ocho años, habiendo dejado un legado político e ideológico al pensamiento nacional y popular del Uruguay y de Latinoamérica. Fue docente por excelencia; profesor de Historia en el liceo de Las Piedras y en otros centros educativos hasta la fecha de su destitución en el año 1973 por parte de las autoridades interventoras de la dictadura. En 1959, con treinta y siete años de edad, accedió a la Secretaría General del Partido Socialista, que ejerció hasta el año 1962. Fue legislador en tres legislaturas. En 1956 asumió para suplir al doctor Mario Cassinoni, quien fuera

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nombrado Rector de la Universidad. Fue reelecto en el año 1958. Posteriormente, fue electo otra vez en la XLI Legislatura, que ejerció desde el 15 de febrero de 1972 al 27 de junio de 1973, cuando fueron disueltas las Cámaras. Un diálogo que se dio en esta Cámara al inicio de su tarea parlamentaria, protagonizado con el entonces Diputado Zelmar Michelini, es ilustrativo de su capacidad para el debate. Trías dice: “Bueno Diputado Michelini usted me está obligando a hacer mi primer discurso parlamentario”. Michelini le interrumpe y le contesta: “No Diputado Trías, usted no está improvisando discursos. Yo lo escucho a usted siempre y usted es un orador de una experiencia y una capacidad como pocos tienen acá en esta Cámara”. Es recordado por sus brillantes intervenciones, en las que se apreciaba al docente y al político, con claridad de exposición, crítico y agudo en sus apreciaciones, con increíble capacidad de propuesta. Fue fundador, junto a los socialistas, con otros sectores progresistas y de izquierda, de dos procesos de acumulación política en el movimiento popular: la Unión Popular, en 1961, y el Frente Amplio, en 1971. “La ideología está al servicio del hombre, es su más preciosa herramienta para destruir la alienación que lo deshumaniza en la sociedad capitalista. Pero el punto de partida es el hombre mismo, la concreta y viva condición humana… porque en general los hombres nutren su personalidad con decisivas influencias derivadas de su tierra, de su pueblo, de sus amigos, de su familia, de su lar”. Este pensamiento fue expuesto por Trías en su obra “Por un socialismo nacional”, que mantiene una validez incuestionable. Fue un exponente calificado del pensamiento de la izquierda uruguaya, que enriqueció con numerosos aportes teóricos y conceptuales. El movimiento popular tuvo en Vivian a uno de los ciudadanos preclaros para interpretar la historia de nuestro país; para contextualizarla en nuestro continente latinoamericano; para comprenderla a la luz de los procesos internacionales, y para destacar y desarrollar el “artiguismo” como seña de identidad nacional y proyecto propio para el Uruguay y la región. Siempre planteaba las cosas desde un punto de vista estratégico, tanto en la política y en la comprensión del mundo de la dependencia como en la necesidad de la unidad. Asimismo, rescataba el valor de la

experiencia histórica de otros pueblos. Entonces, destacamos su perfil de investigador y su capacidad de propuesta. Inspirado en la corriente marxista, fue un integrador de los temas; del análisis económico y de la vinculación de los grupos económicos con el sistema político y el Estado; todos estos agudos planteos sociales y políticos que caracterizaban y realzaban sus obras. Estamos a noventa años de su nacimiento, y por eso el interés de recordar su trayectoria en la vida nacional, en especial en esta Cámara de Representantes que dignamente integró y prestigió. Cuando Trías hablaba, se acercaban todos; el volumen de su voz, su gesto de tribuno, su figura grande y la fuerza con la cual se hacía preguntas que los demás no habían imaginado, constituían un imán que atraía la atención. Su saber siempre estará al servicio de los que luchan por la justicia y por la libertad. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——En un texto vinculado al desarrollo, expresa: “Todo induce a pensar que nos movemos en un inflexible y doble círculo vicioso. No se puede modernizar y tecnificar la agropecuaria sin industrialización. Pero tampoco se puede industrializar sin elevar la productividad y organización de la agropecuaria hasta ciertos niveles. Y, por otra parte, no se puede emprender tal proceso, en los países subdesarrollados, sin un movimiento popular mayoritario y entusiasta capaz de apoderarse del poder político y remover los obstáculos derivados del estatuto colonial. Para ello se requiere realizar, paralelamente, el esfuerzo de la capitalización y del ascenso del estándar de vida de las masas”. Vivian: a noventa años de tu nacimiento estamos en ese camino progresista con la utopía constructora del socialismo. Solicito que la versión taquigráfica de estas palabras sea remitida a sus familiares y a la Fundación Vivian Trías. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y seis en cuarenta y nueve: AFIRMATIVA.

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12.- Preocupación por el precio de los combustibles. Situación de la Escuela Nº 128 del barrio Mandubí y del liceo de Vichadero, departamento de Rivera.
Tiene la palabra el señor Diputado Sander. SEÑOR SANDER.- Señor Presidente: hoy tenía pensado hablar de los combustibles y de por qué ANCAP no baja su precio, si tenemos en cuenta que en los últimos días el barril de petróleo bajó más de US$ 20. Ha quedado un margen suficiente para bajar el precio entre un 8% y un 10%, a pesar de que aumentó el tipo de cambio. Lamentablemente, tengo que cambiar el tema de esta media hora previa porque las denuncias que me llegaron este último fin de semana son más importantes para la población del departamento de Rivera. Quiero referirme a la Escuela N° 128 del barrio Mandubí -vecina de la nueva escuela de tiempo completo- y al liceo de Vichadero porque anoche, como uruguayo, me daba vergüenza ver a los alumnos envueltos en frazadas para recibir sus clases. Lamentablemente, la información nos llega a través de los padres. Parece que estuviéramos viviendo en otras épocas, ya que tenemos que dirigirnos a autoridades superiores para obtener información de cosas básicas que afectan a nuestros niños y jóvenes de barrios de gente trabajadora y humilde del interior profundo de nuestro departamento. Tenemos la información de que la Escuela N° 128, del barrio Mandubí, desde el mes de abril tiene problemas con la energía eléctrica, por lo que las aulas están prácticamente sin luz y han aparecido otros problemas en algunos lugares: por ejemplo, los niños van a beber agua en el bebedero y reciben descargas eléctricas. Esta información nos llegó este fin de semana y nos han comentado que las autoridades correspondientes están en conocimiento de estos hechos. Van varios meses desde el inicio de las clases y creemos que esta situación es insostenible. ¿Qué estamos esperando? ¿Qué pase algún accidente? ¿Dónde están los técnicos y por qué demoran tanto en dar respuestas? Días pasados recibíamos con profunda preocupación a los vecinos de Vichadero. Mediante

una carta, nos daban información acerca de la situación en la que -desgraciadamente- los estudiantes deben concurrir a clases. Dicho centro cuenta con tres aulas prefabricadas, es decir “containers” o contenedores, ubicados en el patio del predio liceal, debido a las críticas condiciones edilicias. La problemática planteada no es solo que los jóvenes deban estudiar en estos contenedores. De acuerdo con la información que nos brindan, estos contenedores cuentan con aire acondicionado, que no puede utilizarse debido a inconvenientes con la llave térmica general del liceo, que no soporta demasiada carga. Por este motivo, los estudiantes deben soportar horas de calor en verano y todo el frío en invierno. El problema no termina ahí, porque estos salones prefabricados están en un desnivel, lo que genera que los días de lluvia el agua se concentre alrededor de las instalaciones, ocasionando que cada vez que los jóvenes pretenden ingresar al predio central, tengan que mojarse los pies por la acumulación de agua y el resto del cuerpo por la falta de un sobretecho que los proteja. Quiero dejar constancia de que, de acuerdo con lo expuesto, se solicitó la presencia en el lugar del arquitecto residente en Rivera para que realice una revisión del lugar, es decir, de los siete salones además de los tres contenedores, y del octavo salón que funciona en ese liceo. El 22 de marzo concurrió a la institución el arquitecto Fernando Duarte, acompañado de la arquitecta Adriana Luisi y de técnicos de infraestructura del Consejo de Educación Secundaria. Días después, el cuerpo directivo de la institución dialogó con el arquitecto residente en Rivera, quien afirmó que el presupuesto ya había sido aprobado pero faltaban rubros. Para sorpresa de los afectados por esta situación, la arquitecta Luisi -según se nos dice-, informó que aún no había salido nada para esta casa de estudios, porque se aguardaba el informe de las evaluaciones realizadas por el arquitecto Duarte. Lamentablemente, la maldita burocracia hace que un montón de jóvenes de Vichadero y un montón de niños -más de cuatrocientos- de la Escuela N° 128 tengan aulas en malas condiciones.

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Para finalizar, señor Presidente hoy, tras idas y venidas, los alumnos en Vichadero no tienen clases, lo que nos preocupa muchísimo. Quiero aprovechar para recordar que en 2011 hicimos un pedido de informes sobre el tema al Ministerio de Educación y Cultura con destino al CODICEN, sobre el que aún no hemos recibido respuesta. Así estamos cumpliendo, señor Presidente, con la máxima que se expresó en este Parlamento: “Educación, educación y cada día más educación”. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Presidencia de la República, al Ministerio de Educación y Cultura, al Consejo de Ministros, a la ANEP, al CODICEN, a los Consejos de Educación Primaria y Secundaria, a la Intendencia y Junta Departamental de Rivera, a las Alcaldías del departamento y a la prensa nacional y departamental en general. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. Ha finalizado la media hora previa.

Se recuerda a las señoras Diputadas y a los señores Diputados que deben firmar la tirilla del sobre y que el voto es secreto, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 111 de la Constitución de la República.

15.- Lavado de activos. (Se dictan normas para su prevención y penalización). (Modificaciones de la Cámara de Senadores).
Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del orden del día: “Lavado de activos. (Se dictan normas para su prevención y penalización). (Modificaciones de la Cámara de Senadores)”. (NUEVOS ANTECEDENTES:) Anexo II al Rep. Nº 674 “TEXTO APROBADO POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES Artículo 1º.- Incorpóranse al artículo 8° de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, los siguientes incisos: “En los casos previstos en el presente artículo serán aplicables las disposiciones contenidas en los artículos 58 a 67 y 71 a 80 del Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, incorporados por el artículo 5º de la Ley Nº 17.016, de 22 de octubre de 1998, con las modificaciones introducidas posteriormente. Las disposiciones del presente artículo regirán aun cuando el hecho antecedente origen de los bienes, productos o instrumentos hubiera sido cometido en el extranjero, en tanto el mismo hubiera estado tipificado en las leyes del lugar de comisión y en las de nuestro ordenamiento jurídico interno”. Artículo 2º.- Todos los organismos del Estado, así como las personas de derecho público no estatal y las sociedades anónimas en las que participa el Estado, se encuentran obligados a brindar el asesoramiento que requieran los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal especializados en Crimen Organizado, en las causas de su competencia, a través del aporte de personal especializado. Artículo 3º.- Las entidades públicas, cualquiera sea su naturaleza jurídica, están obligadas a brindar información, asesoramiento y colaboración en los aspectos y de la forma que así lo requieran los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal espe-

13.- Aplazamiento.
Se entra al orden del día. En mérito a que no han llegado a la Mesa las respectivas listas de candidatos, si no hay objeciones, corresponde aplazar la consideración del asunto que figura en primer término del orden del día y que refiere a la elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo para el Tercer Período de la XLVII Legislatura.

14.- Pensiones graciables.
Los asuntos que figuran en segundo y tercer término del orden del día refieren al otorgamiento de una pensión graciable a las señoras Sofía Margarita Mazali Mones y Alicia Raquel Mazali Mones. Corresponde tomar la votación por cédulas, la cual se efectuará a partir de este momento y hasta la hora 18.

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cializados en Crimen Organizado por sí o a solicitud del Ministerio Público, a efectos de mejor instruir las causas de su competencia. Artículo 4º.- Modifícase el numeral 1) del inciso tercero del artículo 414 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, el que quedará redactado de la siguiente forma: “1) Los delitos contra la Administración Pública incluidos en el Título IV del Libro II del Código Penal y los establecidos en la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998 (delitos de corrupción pública), cuyo monto sea superior a US$ 20.000 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América)”. En los casos donde no haya o no se pueda determinar perjuicio económico, la sede especializada podrá solicitar competencia. Artículo 5º.- Modifícase el numeral 10) del inciso segundo del artículo 414 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “10) Las conductas delictivas previstas en la Ley Nº 17.815, de 6 de setiembre de 2004, en los artículos 77 a 81 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, y todas aquellas conductas ilícitas previstas en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía o que refieran a trata, tráfico o explotación sexual de personas, cuando tales delitos sean cometidos por un grupo criminal organizado, estándose en cuanto a la definición de éste a la ya establecida en la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008”. Artículo 6º.- Incorpórase a la Ley Nº 17.815, de 6 de setiembre de 2004, el siguiente artículo: “Los bienes materiales utilizados para cometer los delitos enunciados en los artículos anteriores serán decomisados o destruidos, salvo que por su naturaleza sean adjudicados a instituciones de beneficencia pública o privada”. Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 13 de diciembre de 2011. LUIS LACALLE POU Presidente JOSÉ PEDRO MONTERO Secretario

CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Incorpóranse al artículo 8° de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, los siguientes incisos: “En los casos previstos en el presente artículo serán aplicables las disposiciones contenidas en los artículos 58 a 67 y 71 a 80 del Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, incorporados por el artículo 5º de la Ley Nº 17.016, de 22 de octubre de 1998, con las modificaciones introducidas posteriormente. Las disposiciones del presente artículo regirán aun cuando el hecho antecedente origen de los bienes, productos o instrumentos hubiera sido cometido en el extranjero, en tanto el mismo hubiera estado tipificado en las leyes del lugar de comisión y en las del ordenamiento jurídico uruguayo”. Artículo 2º.- Todos los organismos del Estado, así como las personas de derecho público no estatal y las sociedades anónimas en las que participa el Estado, se encuentran obligados a brindar el asesoramiento que requieran los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal especializados en Crimen Organizado, en las causas de su competencia, a través del aporte de personal especializado. Artículo 3º.- Las entidades públicas, cualquiera sea su naturaleza jurídica, están obligadas a brindar información, asesoramiento y colaboración en los aspectos y de la forma en que lo requieran los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal especializados en Crimen Organizado por sí o a solicitud del Ministerio Público, a efectos de mejor instruir las causas de su competencia. Artículo 4º.- Modifícase el numeral 1) del inciso tercero del artículo 414 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, el que quedará redactado de la siguiente forma: “1) Los delitos contra la Administración Pública incluidos en el Título IV del Libro II del Código Penal y los establecidos en la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998 (delitos de corrupción pública), cuyo monto real o estimado sea superior a US$ 20.000

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(veinte mil dólares de los Estados Unidos de América)”. Artículo 5º.- Modifícase el numeral 10) del inciso segundo del artículo 414 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente forma: “10) Las conductas delictivas previstas en la Ley Nº 17.815, de 6 de setiembre de 2004, en los artículos 77 a 81 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, y todas aquellas conductas ilícitas previstas en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía o que refieran a trata, tráfico o explotación sexual de personas, cuando tales delitos sean cometidos por un grupo criminal organizado, estándose en cuanto a la definición de este a la ya establecida en la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008”. Artículo 6º.- Incorpórase a la Ley Nº 17.815, de 6 de setiembre de 2004, el siguiente artículo: “Los bienes materiales utilizados para cometer los delitos enunciados en los artículos anteriores serán decomisados o destruidos, salvo que por su naturaleza sean adjudicados a instituciones de beneficencia pública o privada”. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de junio de 2012. DANILO ASTORI Presidente MIGUEL C. SEJAS Prosecretario”. Anexo III al Rep. Nº 674 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión Especial con fines legislativos y de investigación sobre el lavado de activos y crimen organizado PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- Acéptanse las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores al proyecto de ley sobre “LAVADO DE ACTIVOS”. Se dictan normas para su prevención y penalización. Sala de la Comisión, 11 de junio de 2012. ALFREDO ASTI, Miembro Informante, JOSÉ BAYARDI, GUSTAVO BERNINI, GONZALO MUJICA”.

——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Asti. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: quiero dar un breve marco a este proyecto de resolución por el cual la Comisión Especial sobre lavado de activos va a aceptar las modificaciones que introdujo el Senado. Este proyecto, al que hoy estaríamos dando definitiva sanción, tuvo su origen en una ronda de consultas realizada por la Comisión Especial sobre lavado de activos el año pasado a diversos actores que tienen que ver con este tema: la Secretaría Antilavado, la Secretaría Antidrogas y Jueces y Fiscales especializados. De allí surgió la necesidad de modificar algunos aspectos de la Ley N° 18.494. (Murmullos) ——En su momento, como miembro de la Comisión, entendimos que había que dar un trámite rápido a algunas de esas modificaciones. (Murmullos) ——Señor Presidente: es bastante difícil hacer un informe de esta manera. (Murmullos.- Campana de orden) ——Decía que, como miembro de la Comisión, entendimos que había que dar un trámite rápido a algunas de esas modificaciones planteadas por estos actores, fundamentalmente del ámbito judicial. Esto nos llevó a la presentación de un proyecto firmado por todos los miembros de la Comisión, que fue aprobado por esta Cámara a fines del año pasado. El proyecto estaba compuesto por seis artículos, que incluían modificaciones en la consideración de perseguir el delito del lavado de activos cuando los actos precedentes fueran cometidos en el extranjero, de acuerdo con las normas y convenciones internacionales que nos obligan a tener esta legislación y que había sido eliminada por error cuando se modificó la Ley N° 17.835. Se establecía también la colaboración necesaria y obligatoria de los organismos públicos en la lucha contra este flagelo.

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(Murmullos) ——Asimismo, se establecía la limitación de competencia de los Juzgados especializados, precisamente para permitirles que se centraran en los casos de mayor importancia. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Solicito a las señoras Diputadas y a los señores Diputados que hagan silencio, porque es muy difícil seguir al orador en estas condiciones. Puede continuar, señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Gracias, señor Presidente. Decíamos que otros dos artículos limitaban las competencias de los Juzgados y las Fiscalías especializados, teniendo en cuenta la necesidad de dar prioridad a aquellos asuntos en los cuales estos Juzgados y Fiscalías podían desarrollar todas las facultades investigativas que la ley establece y no derivarse en otros temas laterales. Por último, hay otro artículo que refiere al destino de bienes incautados en algún tipo de delitos. Luego de seis meses de consideración en el Senado, la semana pasada ese Cuerpo aprobó este proyecto de ley, con dos modificaciones. Nos permitimos considerar que ambas son innecesarias, pero las vamos a aprobar por la urgencia que habíamos establecido que tenía la sanción de este proyecto aunque, lamentablemente, el trámite legislativo no acompañó esa urgencia. La primera de las modificaciones involucra el segundo inciso del artículo 1º, que hace referencia a los delitos precedentes al lavado de activos que se hubieran cometido en el extranjero. El texto aprobado en la Cámara de Representantes, dice: “[…] en tanto el mismo hubiera estado tipificado en las leyes del lugar de comisión y en las de nuestro ordenamiento jurídico interno”. El Senado entendió que en lugar de la expresión “ordenamiento jurídico interno” debería decir “ordenamiento jurídico uruguayo”. Vayan por cuenta de quien propuso esto en el Senado las consideraciones sobre el tema. Nosotros creemos que era mejor utilizar la expresión “nuestro ordenamiento jurídico interno”. La otra modificación refiere a las competencias de los Juzgados y Fiscalías especializados con relación a los delitos contra la Administración Pública. En el proyecto de ley que aprobamos se establecía que es-

tos Juzgados serían competentes cuando el monto fuera superior a los US$ 20.000. En este caso se tomó esta cifra porque es la misma que se utiliza para el contrabando, y se hizo así para que estos fueran asuntos de competencia de esta sede. Y en nuestra versión, aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados, agregábamos un párrafo final, que dice: “En los casos donde no haya o no se pueda determinar perjuicio económico, la sede especializada podrá solicitar competencia”. El Senado entendió conveniente eliminar ese inciso, que le da la posibilidad a la sede de pedir la competencia respectiva cuando el delito que se comete no pueda ser correctamente evaluado para determinar si supera los US$ 20.000. Obviamente, si hay contienda de competencias, luego vendría la resolución de la Suprema Corte de Justicia, como es de estilo, de acuerdo con nuestro Código de procedimiento. El Senado entendió que en lugar de ese inciso final correspondía establecer que el monto real o estimado debe ser superior a los US$ 20.000. Señor Presidente, como decíamos con anterioridad, creemos que no son necesarias, y en algún caso hasta inconvenientes, pero la urgencia, fundamentalmente, en lo que refiere al primer artículo, nos hace pensar -dada la demora que hubo en estos meses en el Senado- que es necesario que la Cámara apruebe estas modificaciones a fin de sancionar este nuevo proyecto en ley y, por lo tanto, cuanto antes incorporar estas disposiciones al texto de la Ley N° 18.494, de junio de 2009. Agrego que lo hacemos a cuenta de ir aportando información, tal como está previsto en la Comisión Especial con Fines Legislativos y de Investigación sobre el Lavado de Activos y Crimen Organizado, a través de la realización de una ronda de conversaciones con los nuevos actores a raíz de los cambios en las Fiscalías y en los Juzgados especializados por la asignación de nuevas funciones a quienes se desempeñaban en esos cargos. Asimismo, debemos proceder a la inclusión de las recientes recomendaciones del GAFI -que son cuarenta-, que seguramente nos orientarán a seguir cumpliendo con la normativa internacional y la convergencia que tiene el país, fundamentalmente ante la lucha contra delitos transnacionales como el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el tráfico ilícito de las armas de destrucción masiva. Seguramente, en las próximas semanas pondremos en conocimiento de la Cámara el trabajo realizado en la Comisión respectiva a efectos de seguir mo-

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dificando y actualizando permanentemente esta ley, porque como se trata de un delito transnacional, cometido generalmente por organizaciones criminales a veces más poderosas que los propios Estados y que van mutando, resulta necesario que la legislación acompañe esos cambios. Así es que la Comisión asesora recomienda a la Cámara aprobar las dos modificaciones a las que hicimos referencia. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Léase el proyecto de resolución. (Se vuelve a leer) ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y seis en cuarenta y ocho: AFIRMATIVA. Queda sancionado el proyecto, se comunicará al Poder Ejecutivo y se avisará al Senado. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al aprobado por el Senado)

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscripto por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República de! Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en San Juan, República Argentina, el 2 de agosto de 2010. ANTECEDENTES 1) INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL ACUÍFERO El acuífero no es una cavidad, es un relleno sedimentario. Son depósitos de arena de origen eólico, saturados de agua. Se calcula un volumen de agua dulce almacenada 3 3 de 40.000 km a 50.000 km . El espesor de ese paquete sedimentario podría ser de entre 200 y 800 metros. El acuífero podría abastecer durante 200 años la población mundial a razón de 100 litros por habitante por día. Es una de las reservas de agua potable más grandes del mundo, y con la poca existencia de agua dulce en el planeta es vital cuidarlo conociendo el funcionamiento del sistema para que la explotación que se haga del mismo sea racional, sustentable, para no deteriorar su calidad y cantidad. La temperatura varía de acuerdo a la profundidad. En el caso del área geográfica ocupada por el Guaraní, hay temperaturas entre 33 y 45 grados, y han llegado hasta 65 grados. Aumenta la temperatura 1 grado cada 30 metros, serían 30 grados para 1.000 metros. El acuífero está cubierto por una roca que se llama basalto. El basalto puede llegar a tener un espesor de hasta 1.000 metros. Esas capas de basalto que hay de Brasil a la Argentina, están en su inicio en la superficie y se van profundizando en dirección nordeste suroeste a medida que se prolonga la extensión del acuífero. La recarga del acuífero se produce principalmente donde afloran las areniscas, y también a través del basalto fracturado que está a nivel de superficie. Quiere decir que cuando llueve o cuando hay agua

16.- Integración de Comisiones.
Dese cuenta de la integración de Comisiones. (Se lee:) “El señor Representante Luis Puig actuará como delegado de sector en las Comisiones de Presupuestos y de Hacienda”.

17.- Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscrito por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay. (Aprobación).
——Se pasa a considerar el asunto que figura en quinto término del orden del día: “Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscrito por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 811 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 10 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General:

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superficial, esa agua puede penetrar, y es la que recarga el acuífero. Un riesgo de vulnerabilidad del acuífero es que en las áreas de recarga haya asentamientos poblacionales, industrias, fábricas o agroquímicos, lo que ambientaría la probabilidad de contaminación. El acuífero es anterior a que se separaran los continentes de América y África. En el pozo termal de Concordia el basalto está a poco más de 50 metros de profundidad, y se extiende (con intercalaciones) hasta los 950 metros pero aflora también en los rápidos del río Uruguay (Salto Chico y Salto Grande), en el Paso Hervidero, y en el propio lecho de ese curso. El Acuífero Guaraní es llamado en Brasil “formación Botucatú” conformado por areniscas de la era Mesozoica, depositadas por el viento en períodos anteriores al basalto: son arenas jurásicas y cretácicas. En Paraguay y la Argentina la formación Botucatú se llama “formación Misiones”. Y en Uruguay, “formación Tacuarembó”. Como un homenaje a la civilización que más tiempo ocupó el sitio donde se encuentra emplazado, el acuífero que contiene esta formación geológica fue bautizado Guaraní. En los últimos años también le llaman Acuífero del MERCOSUR, porque lo comparten Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay aunque no tiene demarcados aún los límites sur y oeste. Asimismo el presente Acuerdo no es interno del MERCOSUR, sino que constituye un Tratado Multilateral hecho independientemente de la Unión. El acuífero tiene una superficie de 1.175.000 kilómetros cuadrados. La mayor parte le corresponde a 2 2 Brasil, con 840.000 km ; Argentina tiene 225.000 km , 2 2 Uruguay 70.000 km y Paraguay 40.000 km . II) LA IMPORTANCIA ECONÓMICA Y POLÍTICO-SOCIAL En términos socio-políticos y económicos, varios documentos reflejan un interés estratégico por parte de los países del primer mundo, y esto no solamente tiene que ver con el manejo de una nueva forma en lo económico, sino con un “manejo estratégico de los recursos”, entendiéndose como recursos tanto a los naturales como a los energéticos. Los documentos difundidos en la década de 1980 a 1990 (conocidos como las “Actas de Santa Fe y el

Memorándum 200 del Pentágono) presentaban puntos esenciales: uno de ellos era la estrategia hacia el narcotráfico, redefiniendo ya no desde el punto de vista de cómo afecta el tráfico de estupefacientes a la propia sociedad, sino encarado como un negocio que provoca desequilibrios en las economías. Asimismo otro punto se refería al manejo de los recursos naturales y energéticos. En un momento se llegó a discutir que algunas de las negociaciones de la deuda externa podrían implicar la sesión de la soberanía sobre la administración de los recursos naturales. Es claro apreciar que un caudal de agua dulce de la magnitud del acuífero no escapa a la intención de las potencias del primer nivel respecto al monopolio del manejo de estos recursos, teniendo en cuenta que no pasa solamente por una cuestión de manejo de esos recursos en el presente, sino que tiene que ver con la explotación a futuro. El agua potable ha pasado a ser una de las necesidades más urgentes para la humanidad ya que son muy pocas las poblaciones que disponen de ella en cantidad suficiente. El Acuífero Guaraní representa un altísimo valor (en términos sociopolíticos, estratégicos y económicos) para los países del primer mundo debido a que, proyectando a futuro, es la fuente de agua dulce más rica que existe a nivel mundial, ya que si bien el Acuífero Australiano es mayor en reserva líquida, la extracción del agua es mucho más difícil y costosa que en el Acuífero Guaraní. El Acuerdo logrado por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay es muy importante y plasma en un documento la soberanía de estos Estados sobre el Acuífero Guaraní, y las responsabilidades que compete a cada uno de ellos para la preservación de tan preciada posesión. TEXTO El Acuerdo consta de un Preámbulo y veintidós Artículos. En el Preámbulo se destaca el propósito de ampliar el alcance de las acciones concertadas por los firmantes para la conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos hídricos transfronterizos del Sistema Acuífero Guaraní, que se encuentra localizado en sus territorios. Asimismo se tiene en cuenta

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la resolución 1803 (XVII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, relativa a la soberanía permanente sobre los recursos naturales; la resolución 63/124 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el Derecho de los Acuíferos Transfronterizos; la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de 1992; las conclusiones de la Cumbre sobre Desarrollo Sostenible en las Américas, de Santa Cruz de la Sierra de 1996; las conclusiones de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de Johannesburgo de 2002. Considerándose también los principios sobre protección de los recursos naturales y la responsabilidad soberana de los Estados en lo que se refiere a su aprovechamiento racional, como se expresa en la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano, Estocolmo, 1972; y manifestando el deseo de ampliar los niveles de cooperación respecto a un mayor conocimiento científico sobre el Sistema Acuífero Guaraní y a la gestión responsable de sus recursos hídricos. El Artículo 1 define lo que se entiende por Acuífero Guaraní. El Artículo 2 establece el dominio territorial soberano de cada una de las Partes sobre sus respectivas porciones del Sistema Acuífero Guaraní, de acuerdo con sus disposiciones constitucionales y legales y de conformidad con las normas de derecho internacional aplicables. Por el Artículo 3 las Partes se comprometen a ejercer en sus respectivos territorios el derecho soberano de promover la gestión, el monitoreo y el aprovechamiento de los recursos hídricos del Sistema Acuífero Guaraní, sobre la base de criterios de uso racional y sustentable, respetando la obligación de no causar perjuicio sensible a las demás Partes ni al medio ambiente. El Artículo 4 establece el compromiso de promover la conservación y la protección ambiental del Sistema Acuífero Guaraní Por los Artículos 5 y 6 las Partes deberán actuar de conformidad con los principios y normas de derecho internacional aplicables, y adoptarán todas las medidas necesarias para evitar que se causen perjuicios sensibles a las otras Partes o al medio ambiente. Según el Artículo 7 cuando se cause perjuicio sensible a otra u otras Partes o al medio ambiente, la Parte

cuyo uso lo cause deberá adoptar todas las medidas necesarias para eliminar o reducir el perjuicio. El Artículo 8 establece el intercambio de información; y el Artículo 9 contempla la obligación de cada Parte de informar a las otras Partes de todas las actividades y obras a que se refiere el Artículo 8, que se proponga ejecutar o autorizar en su territorio y que puedan tener efectos en el Sistema Acuífero Guaraní más allá de sus fronteras. El Artículo 10 amplía las obligaciones de las Partes ya que dispone que: la Parte que considere que una actividad u obra referida en el Articulo 8 que otra Parte se proponga autorizar o ejecutar, pueda a su juicio ocasionarle un perjuicio sensible, podrá solicitar a esa Parte que le transmita los datos técnicos disponibles, incluidos los resultados de una evaluación de los efectos ambientales. Asimismo cada Parte facilitará los datos y la información adecuada que le sean requeridos por otra u otras Partes con respecto a actividades y obras proyectadas en su respectivo territorio y que puedan tener efectos más allá de sus fronteras. Por su importancia el Artículo 11 se transcribe literalmente. 1. Si la Parte que recibe la información facilitada en los términos del numeral 1 del Artículo 10 llegar a la conclusión de que la ejecución de las actividades u obras proyectadas le pueden causar perjuicio sensible, indicará sus conclusiones a la otra Parte con una exposición documentada de las razones en que ellas se fundan. 2. En este caso, las dos Partes analizarán la cuestión para llegar, de común acuerdo y en el plazo mas breve posible, compatible con la naturaleza del perjuicio sensible y su análisis, a una solución equitativa sobre la base del principio de buena fe, y teniendo cada Parte en cuenta los derechos y los legítimos intereses de la otra Parte. 3. La Parte que proporciona la información no ejecutará ni permitirá la ejecución de actividades u obras proyectadas, siempre que la Parte receptora le demuestre prima facie que estas actividades u obras proyectadas le causarán un perjuicio sensible en su espacio territorial o su medio ambiente. En este caso, la Parte que pretende realizar las actividades u obras se abstendrá de iniciar o de seguirlas mientras duran

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las consultas y negociaciones que deberán concluirse dentro del plazo máximo de seis meses. El Artículo 12 contempla los programas de cooperación. El Artículo 13 establece la obligación de ajustarse al Derecho Internacional. El Artículo 14 se refiere a la cooperación entre las Partes. El Artículo 15 establece, en el marco del Tratado de la Cuenca del Plata, y de conformidad con el Artículo VI de dicho Tratado, una Comisión integrada por las cuatro Partes, que coordinará la cooperación entre ellos para el cumplimiento de los principios y objetivos de este Acuerdo. La Comisión elaborará su propio reglamento. El Artículo 16 es referido a las controversias que surjan relativas a la interpretación o aplicación del Acuerdo mediante negociaciones directas, y la información sobre dichas negociaciones al órgano previsto en el Artículo 15. El Artículo 17 dispone que si mediante las negociaciones directas no se alcanzare un acuerdo dentro de un plazo razonable o si la controversia fuere solucionada solo parcialmente, las Partes en controversia podrán, de común acuerdo, solicitar a la Comisión a que se refiere el Artículo 15 que, previa exposición de las respectivas posiciones, evalúe la situación y, si fuera el caso, formule recomendaciones. Según dispone el Artículo 18, este procedimiento no se podrá extender más de sesenta días a partir de la fecha en que las Partes solicitaran la intervención de la Comisión. El Artículo 19, está también referido a la solución de controversias, y establece en sus dos numerandos: 1. Cuando la controversia no hubiera podido solucionarse conforme a los procedimientos regulados en los Artículos precedentes, las Partes podrán recurrir al procedimiento arbitral a que se refiere el párrafo 2 de este Artículo, comunicando su decisión al órgano previsto en el Artículo 15. 2. Las Partes establecerán un procedimiento arbitral para la solución de controversias en un protocolo adicional a este Acuerdo.

Por disposición del Artículo 20 el presente Acuerdo no admitirá reservas. El Artículo 21 establece la entrada en vigor, su duración y designa a la República Federativa del Brasil depositaria del presente Acuerdo. El Artículo 22 establece su mecanismo de denuncia. En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, EDUARDO BONOMI, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, JORGE VENEGAS, RICARDO EHRLICH, EDUARDO BRENTA, ROBERTO KREIMERMAN, TABARÉ AGUERRE, ENRIQUE PINTADO, GRACIELA MUSLERA, LAURO MELÉNDEZ, HÉCTOR LESCANO. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscripto por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en San Juan, República Argentina, el 2 de agosto de 2010 . Montevideo, 10 de noviembre de 2011. LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, EDUARDO BONOMI, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDO-BRO, JORGE VENEGAS, RICARDO EHRLICH, EDUARDO BRENTA, ROBERTO KREIMERMAN, TABA-RÉ AGUERRE, ENRIQUE PINTADO, GRACIELA MUSLERA, LAURO MELÉNDEZ, HÉCTOR LESCANO.

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(SIGUEN FIRMAS).

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CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscrito por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en San Juan, República Argentina, el 2 de agosto de 2010. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de marzo de 2012. DANILO ASTORI Presidente HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 811 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: El presente proyecto de ley persigue la aprobación del Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscrito por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay. Sin duda que se trata de un instrumento de real trascendencia el que se ocupa de un recurso estratégico, sobre el cual los Gobiernos de los Estados de la región establecen disposiciones a efectos de promover la conservación y protección ambiental del mismo. Adquiere significación que el Acuerdo esté precedido por una declaración conjunta, en donde las Partes por medio de sus respectivas Cancillerías “se congratulan” por la firma del presente Acuerdo. Se constata con ello un gesto poco usual en este tipo de herramienta, lo cual debe entenderse como clara señal de la importancia que posee este instrumento internacional. Si bien este Acuerdo está signado por los cuatro países que integran el MERCOSUR, no se trata de un Acuerdo interno del bloque, constituyendo un Tratado Multilateral. El texto del Acuerdo está constituido por un preámbulo y 22 artículos.

El preámbulo, como plena justificación del Acuerdo nos recuerda una calificada nómina de resoluciones e instancias donde la comunidad internacional ha fijado doctrina en materia de recursos naturales, tanto sobre su preservación como en el ejercicio responsable de la soberanía de los Estados sobre ellos. No es posible para el informante soslayar consignar que Uruguay puede exhibir en la materia sujeto del Acuerdo, blasones que lo distinguen universalmente. Fue su ciudadanía la que en un acto de democracia directa, plebiscito del año 2004, aprobó la reforma del artículo 47 de la Constitución de la República. De ese modo Uruguay se transformó en el primer país en el mundo en declarar en su Constitución que el agua es un derecho humano fundamental y entre varias disposiciones el plebiscito estableció que “las aguas superficiales, así como las subterráneas…constituyen un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público estatal, como dominio público hidráulico”. Articulado El artículo 1 define al Acuífero Guaraní como un recurso hídrico transfronterizo integrante del dominio territorial de las Partes, únicos titulares del mencionado recurso. El artículo 2 dispone el dominio territorial soberano de las Partes sobre la porción del Acuífero Guaraní correspondiente a cada una de ellas. El artículo 3 confirma el derecho soberano de cada una de las Partes para promover la gestión, el monitoreo y aprovechamiento sustentable del mencionado recurso. El artículo 4 promueve la conservación y la protección ambiental del sistema Acuífero Guaraní. El artículo 5 dispone que se deba actuar conforme a los principios y normativa del Derecho Internacional respectivo, en aquellas circunstancias en las que una Parte lleve a cabo obras, estudios o actividades en su porción del Acuífero, cuando las mismas pudieran tener efectos más allá de sus fronteras. El artículo 6 es una disposición que estipula que las Partes que realicen obras o actividades de aprovechamiento del recurso hídrico, deberán tomar las medidas pertinentes para no causar perjuicios a los otros titulares del recurso o al medio ambiente. El artículo 7 establece que la Parte que cauce perjuicios al medio ambiente o a las otras Partes deberá

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mitigar o eliminar como responsable de tal circunstancia el perjuicio en cuestión. El artículo 8 estipula la conveniencia de proceder a un intercambio de información técnica, en lo concerniente a las diversas actividades que las Partes emprendan sobre los recursos hídricos a que refiere el Acuerdo. El artículo 9 se vincula con el anterior pues establece la obligación de todas las Partes a informar a las otras, toda vez que en su territorio se ejecuten o autoricen obras que puedan afectar al Acuífero Guaraní, más allá de sus fronteras. El artículo 10 se vincula con el artículo 8. Cuando una Parte considere que una actividad u obra que pretenda iniciar otra Parte pudiera causarle perjuicios, podrá solicitar a ella, la información respectiva y la evaluación correspondiente a impactos medioambientales. El artículo 11 dispone el proceso formal a seguir en la eventualidad en que una Parte concluya que las actividades u obras proyectadas por otra Parte le puedan causar perjuicios sensibles. Luego de examinar este fragmento del presente Acuerdo Multilateral consignamos que los artículos 8, 9, 10 y 11, conforman un bloque procesal a efectos de determinar si el aprovechamiento sustentable, como asimismo el uso o las actividades proyectadas por una Parte, no implica perjuicio para alguna de las otras. De confirmarse esto último las acciones pueden llegar a suspenderse por seis meses mientras se hacen las consultas y negociaciones del caso. El artículo 12 dispone que las Partes busquen el conocimiento técnico y científico sobre el Sistema Acuífero Guaraní, promoviendo el intercambio de información y la cooperación para el desarrollo de proyectos comunes. El artículo 13 explicita la compatibilidad entre la cooperación antes señalada y los emprendimientos que cada una de las Partes decidan ejecutar en sus respectivos territorios conforme al Derecho Internacional. El artículo 14 establece la cooperación para determinar áreas críticas en zonas fronterizas. El artículo 15 instituye una Comisión cuatripartita, la que coordinará la cooperación para el cumplimiento del presente Acuerdo.

A esos efectos las Partes fundamentan esta Comisión dentro de los alcances del Tratado de la Cuenca del Plata. Los artículos 16, 17, 18 y 19 establecen los procedimientos para dirimir las controversias. Todas las instancias determinadas por medio de estas disposiciones se remiten a la Comisión del artículo 15. El artículo 20 estipula que este Acuerdo no admite reservas. El artículo 21 presenta tres numerales los que disponen, la entrada en vigor, su duración que será ilimitada, y el depositario del presente instrumento. El artículo 22 versa sobre la denuncia. El Poder Ejecutivo eleva junto al proyecto de ley un enjundioso antecedente que fundamenta la procedencia de su solicitud. No podía ser de otro modo, cuando el agua dulce ha pasado a ser uno de los elementos estratégicos del planeta, teniendo en cuenta además que no son muchas las poblaciones que disponen del recurso en cantidad suficiente. Este Acuerdo inicia un proceso de profundización de la soberanía de los cuatro Estados sobre el Acuífero Guaraní y al mismo tiempo, señala las responsabilidades que caben a ellos a efectos de la administración y preservación de la reserva de agua que nos ocupa. Vuestra Comisión de Asuntos Internacionales ha examinado el presente Acuerdo tanto en su alcance como en otros aspectos que se remiten al valor estratégico de este asunto. Por todo ello vuestra Comisión de Asuntos Internacionales ha concluido en recomendar la aprobación correspondiente. Sala de la Comisión, 30 de mayo de 2012. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Miembro Informante, AURO ACOSTA, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, MARÍA ELENA LAURNAGA, JOSÉ CARLOS MAHÍA, JAIME MARIO TROBO”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Martínez Huelmo.

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SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: se trata de un instrumento de real trascendencia, que se ocupa de un recurso estratégico, el Acuífero Guaraní, sobre el cual los Gobiernos de los Estados de la región establecen disposiciones a efectos de promover su conservación y protección ambiental. Si bien está signado por los cuatro países que integran el MERCOSUR, no se trata de un acuerdo interno del bloque: en realidad es un Tratado Multilateral. El texto del Acuerdo está constituido por un preámbulo y veintidós artículos. Debo decir que, en el preámbulo, la Cancillería y las partes que suscriben este importante Acuerdo recurren a una serie de antecedentes en la materia, y a tratados y acuerdos que han sido signados por las partes en varios foros y ámbitos internacionales. El preámbulo, como plena justificación del acuerdo, nos recuerda una calificada nómina -como ya dijede resoluciones e instancias donde la comunidad internacional ha fijado doctrina en materia de recursos naturales, tanto en su preservación como en el ejercicio responsable de la soberanía de los Estados sobre ellos. Para nosotros, no es posible soslayar que Uruguay puede exhibir, en la materia sujeto de este Acuerdo, blasones que lo distinguen universalmente. Fue su ciudadanía la que, en un acto de democracia directa, en el año 2004 plebiscitó y aprobó la reforma del artículo 47 de la Constitución de la República. De ese modo, Uruguay se transformó en el primer país del mundo en declarar en su Constitución que el agua es un derecho humano fundamental. Y, entre varias disposiciones, el plebiscito estableció que las aguas superficiales, así como las subterráneas, constituyen un recurso unitario subordinado al interés general que forma parte del dominio público estatal como dominio público hidráulico. El artículo 1 define al Acuífero Guaraní como un recurso hídrico transfronterizo integrante del dominio territorial de las Partes, únicos titulares del mencionado recurso. El artículo 2 dispone el dominio territorial soberano de las Partes sobre la porción del Acuífero Guaraní correspondiente a cada una de ellas.

El artículo 3 confirma el derecho soberano de cada una de las Partes para promover la gestión, el monitoreo y el aprovechamiento sustentable del mencionado recurso. El artículo 4 promueve la conservación y la protección ambiental del sistema Acuífero Guaraní. El artículo 5 dispone que se debe actuar conforme a los principios y normativa del derecho internacional respectivo, en aquellas circunstancias en las que una Parte lleve a cabo obras, estudios o actividades en su porción del Acuífero que pudieran tener efectos más allá de sus fronteras. El artículo 6 dispone que las Partes que realicen obras o actividades de aprovechamiento del recurso hídrico deberán tomar las medidas pertinentes para no causar perjuicios a los otros titulares del recurso o al medio ambiente. El artículo 7 establece que la Parte que cause perjuicios al medio ambiente o a las otras Partes deberá mitigar o eliminar, como responsable de tal circunstancia, el perjuicio en cuestión. El artículo 8 estipula la conveniencia de proceder a un intercambio de información técnica en lo concerniente a las diversas actividades que las Partes emprendan sobre los recursos hídricos a que refiere el Acuerdo. El artículo 9 se vincula con el artículo 8, pues establece la obligación de todas las Partes a informar a las otras toda vez que en su territorio se ejecuten o autoricen obras que puedan afectar al Acuífero Guaraní, más allá de sus fronteras. El artículo 10 también se vincula con el artículo 8. Allí se establece que cuando una Parte considere que una actividad u obra que pretenda iniciar otra Parte pudiera causarle perjuicios, podrá solicitarle la información respectiva y la evaluación correspondiente a impactos medioambientales. El artículo 11 dispone el proceso formal a seguir en la eventualidad de que una Parte concluya que las actividades u obras proyectadas por otra Parte le puedan causar perjuicios sensibles. Luego de examinar este fragmento del presente Acuerdo Multilateral, consignamos que los artículos 8, 9, 10 y 11, conforman un bloque procesal a efectos de determinar si el aprovechamiento sustentable y el uso o las actividades proyectadas por una Parte no

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implican perjuicio para alguna de las otras. De confirmarse esto último, las acciones pueden llegar a suspenderse por seis meses mientras se hacen las consultas y negociaciones del caso. El artículo 12 dispone que las Partes busquen el conocimiento técnico y científico sobre el Sistema Acuífero Guaraní, promoviendo el intercambio de información y la cooperación para el desarrollo de proyectos comunes. El artículo 13 explicita la compatibilidad entre la cooperación antes señalada y los emprendimientos que cada una de las Partes decidan ejecutar en sus respectivos territorios conforme al derecho internacional. El artículo 14 establece la cooperación para determinar áreas críticas en zonas fronterizas. El artículo 15 es muy importante, porque instituye una comisión cuatripartita, que coordinará la cooperación para el cumplimiento del presente Acuerdo. Esto no tiene antecedentes, porque sobre el Acuífero Guaraní no hay ninguna disposición en este sentido. A esos efectos, las Partes fundamentan esta Comisión dentro de los alcances del Tratado de la Cuenca del Plata. Los artículos 16, 17, 18 y 19 establecen los procedimientos para dirimir las controversias. Todas las instancias determinadas por medio de estas disposiciones se remiten a la Comisión del artículo 15. El artículo 20 estipula que este Acuerdo no admite reservas. El artículo 21 presenta tres numerales, que disponen la entrada en vigor, la duración -que será ilimitada- y el depositario del presente instrumento, que es Brasil. El artículo 22 es clásico: versa sobre la denuncia. A nuestro entender, este Acuerdo, aprobado por unanimidad por la Comisión de Asuntos Internacionales, inicia un proceso de profundización de la soberanía de los cuatro Estados sobre el Acuífero Guaraní y, al mismo tiempo, señala las responsabilidades que le caben a efectos de la administración y preservación de la reserva de agua que nos ocupa. Señor Presidente: para no insumir mucho tiempo, no vamos a hacer avances mayores sobre este tema. Todos los colegas entenderán lo importante que es

que los cuatro países ratifiquen este Acuerdo Multilateral y se comience a tomar acciones directas sobre la soberanía subterránea de un bien estratégico para la humanidad como lo, sin ninguna duda, el Acuífero Guaraní. La Comisión de Asuntos Internacionales ha examinado este Acuerdo y lo ha debatido, por supuesto, pero ello no fue obstáculo para que los legisladores que integran la Comisión lo aprobaran por unanimidad. Gracias, señor Presidente.

18.- Intermedio.
SEÑOR MUJICA.- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MUJICA.- Señor Presidente: mociono para que la Cámara pase a intermedio por quince minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y siete en cincuenta y uno: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 17 y 20) ——Continúa la sesión. (Es la hora 17 y 49)

19.- Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscrito por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay. (Aprobación).
——Continuando la consideración del asunto en debate, tiene la palabra el señor Diputado Trobo. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: es indudable la importancia del Acuerdo que estamos tratando; tiene que ver, básicamente, con la soberanía nacional; con el acuerdo en relación al ejercicio de la soberanía en un bien compartido, como es el Acuífero Guaraní y, como ocurre con la legislación internacional, a los países pequeños como el Uruguay los provee de un beneficio que los iguala con los grandes.

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En el caso del Acuerdo del Acuífero Guaraní es notorio que Uruguay va a compartir un recurso nada más y nada menos que con los dos países más grandes de América del Sur. Con alguno de ellos tenemos inconvenientes, precisamente, con respecto a la administración conjunta de bienes mutuos, y por ello es necesario que este Acuerdo, tras el objetivo que persigue, provea las seguridades necesarias para que el Uruguay haga valer sus derechos. El Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní que tenemos a estudio cumple con los requerimientos técnicos y jurídicos suficientes, y -como dije- ofrece aspectos notoriamente positivos para nuestro país. Por eso, en la Comisión, luego de su análisis, la unanimidad de los distintos sectores que la integran resolvió aconsejar su aprobación. Este acuerdo establece un marco necesario para una racional y equitativa utilización de un recurso tan importante como el Acuífero, que los integrantes del MERCOSUR comparten. Pero debe quedar en claro que este no es un acuerdo del MERCOSUR; este es el Acuerdo del Acuífero Guaraní que, concomitantemente, es suscrito por los cuatro países que son socios fundadores del bloque. Los fundamentos que se explicitan en el preámbulo del Acuerdo son suficientes y adecuados para justificar las obligaciones de los Estados y los derechos que el convenio les establece. Sin embargo, creo que es necesario destacar que el principio de derecho internacional establece que “todo Estado se halla obligado a actuar de modo tal de no provocar un perjuicio sensible más allá del límite de su territorio” -como destaca el eminente internacionalista argentino Julio Barberis en un trabajo denominado “Los recursos naturales compartidos entre Estados y el Derecho Internacional”- “posee carácter consuetudinario y se aplica a los recursos naturales compartidos”. Es decir que, aun cuando no se pactaran obligaciones, aun cuando no existiera este Acuerdo, la República Oriental del Uruguay y todos los demás Estados que comparten el Acuífero estarían obligados por el derecho internacional a cumplir las obligaciones que resultan del tratado que estamos examinando. Por otra parte, este Acuerdo sigue los criterios consagrados en la Conferencia sobre Medio Ambiente, celebrada en Estocolmo, en 1972, y la Resolución Nº 2995 de la XXVII Asamblea General de las Nacio-

nes Unidas en la que, luego de establecer el principio de la cooperación entre los Estados en esta materia con el fin de evitar perjuicios sensibles, dispone en su tercer párrafo que “Reconoce además que los datos técnicos mencionados serán dados y recibidos con el mejor espíritu de cooperación y buena vecindad, sin que ello pueda ser interpretado como facultando a cualquier Estado a retardar o impedir los programas de exploración, explotación y desarrollo de los recursos naturales de los Estados en cuyos territorios se emprendan tales programas y proyectos de exploración y explotación”. Quiere decir que cuando se solicitan datos técnicos sobre intervenciones en el territorio nacional de un Estado que puedan afectar los derechos del Estado vecino en lo que respecta al Acuífero, estos pedidos de información no pueden ser considerados un impedimento para el desarrollo de los programas. Conforme a esta disposición, el régimen de intercambio de información no puede ser desnaturalizado y convertido en un obstáculo para demorar o impedir una obra determinada. Cuando decimos esto tiene que quedar claro que la analogía que hay con un hecho de la realidad con el que convivimos nos demuestra que, en algún caso, en alguna controversia o en algún análisis conjunto sobre detalles de inversiones a realizar, se está utilizando el mecanismo de no dar información con el propósito de impedir que las obras se realicen. Por eso, los aspectos que tienen que ver con el intercambio de información y el efecto que este intercambio tiene sobre la actuación de un Estado, deben estar clara y precisamente identificados en los documentos que se acuerdan y, en este caso, en el Acuerdo que estamos estudiando. En atención a ello, la obligación de informar, es decir, de intercambiar la información técnica sobre estudios, actividades y obras que contemplen el aprovechamiento sustentable de los recursos hídricos del sistema Acuífero Guaraní, como prescriben los artículos 8 in fine, 9, 10 y 11 del Acuerdo, no implica de ninguna manera que ese procedimiento pueda tener carácter suspensivo de las obras que hayan sido encaradas. Este Acuerdo realiza una conciliación muy acertada entre el principio de soberanía territorial sobre el recurso ubicado en su propio territorio y el derecho a utilizarlo, respetando la obligación a que hacíamos referencia antes de no causar perjuicio sensible a las demás Partes ni al medio ambiente, como está esta-

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blecido en los artículos 2 y 3. Estipula, además, en el artículo 4, la obligación de promover la conservación y la protección ambiental del sistema de manera de asegurar su uso múltiple, racional, sustentable y equitativo. Es, además, apropiado -según lo establece el Acuerdo- lo relativo a la obligación de las Partes de establecer programas de cooperación en todo lo relativo al estudio, intercambio de informaciones, prácticas de inversión y la eventual realización de proyectos comunes. Hasta aquí ubicamos los acuerdos plenos que tenemos con el contenido del convenio. De ahora en adelante vamos a hacer mención a dos cuestiones que nos parece muy importante que la Cámara tenga en cuenta, no por el hecho de que no vayamos a votar el Acuerdo -hemos dicho que lo vamos a votar-, sino porque nos parece conveniente que el Cuerpo recoja la discusión parlamentaria. Me refiero a algunas observaciones sobre cuestiones que el Acuerdo no incluye pero debería incluir y, si no están contempladas, el Gobierno deberá negociarlas y cerrarlas rápidamente, para que esos elementos sean complementarios de las bondades que, a nuestro juicio, el Acuerdo tiene. En primer lugar, en este Acuerdo -hay que tenerlo especialmente en cuenta- no se establecen normas en materia de responsabilidad por una utilización o explotación abusiva que cause perjuicio al Acuífero, o por una eventual contaminación con efectos transfronterizos que cause perjuicios sensibles a los demás Estados que lo comparten. En tal sentido, pensamos que hubiese sido conveniente, y creemos que es conveniente hacia el futuro, incorporar disposiciones análogas a las establecidas en los artículos 42 y 43 del Tratado suscrito entre Argentina y Uruguay el 26 de febrero de 1975, denominado Estatuto del Río Uruguay. El artículo 42 establece: “Cada Parte será responsable, frente a la otra, por los daños inferidos como consecuencia de la contaminación causada por sus propias actividades o por las que en su territorio realicen personas físicas o jurídicas”. No se olviden que estamos hablando del Acuífero Guaraní, de las consecuencias que pueden tener obras realizadas tras la frontera de nuestro país que afecten un bien común de los cuatro Estados signatarios del Tratado. Las obras realizadas en Argentina, Brasil o, eventualmente, Paraguay, pueden tener efectos negativos sobre la porción del Acuífero Guaraní que está en territorio

uruguayo, y ello debe suponer -lo que no está establecido en el Acuerdo- la responsabilidad de quien en ese caso esté afectando el Acuífero. Reiteramos que entendemos que Uruguay debería comenzar un camino de negociación para incluir cláusulas como las que mencionamos que se encuentran en el Estatuto del Río Uruguay. Por supuesto que este texto debería adaptarse a las actividades de explotación o utilización de este recurso que puedan causar perjuicio sensible, pero ofrece el interés de que consagra dos tipos de responsabilidades de cada Parte. Primero, la que puede resultar de la acción misma de uno de los Estados ribereños y, segundo, la que puede resultar de la actividad de personas físicas o jurídicas desarrollada en el territorio de ese país. Es decir que estaríamos en presencia de una culpa, si las actividades perjudiciales de explotación del recurso fueran desarrolladas por las autoridades del Estado correspondiente, y de una culpa por dejar de vigilar, si se tratase de particulares, ya fueran personas físicas o jurídicas, que tienen que ser controladas por el Estado en cuyo territorio desarrollan sus actividades. Entonces, el primer aspecto refiere a la responsabilidad por obras que afecten el Acuífero en otro Estado, que pueden ser culpa o responsabilidad de terceros por la realización de las obras o del mismo Estado, en este caso porque no vigila. Alguien tiene que asumir esa responsabilidad. Por eso, para nosotros, es necesario que esto se incluya en un futuro acuerdo que agregue a este algunos elementos y artículos al respecto. El segundo aspecto realmente es muy importante, porque en el artículo 19 del Acuerdo establece que para la resolución de las controversias y las discusiones que pueda haber entre los Estados con relación al intercambio de información y los efectos que las obras puedan tener sobre el otro Estado, debe utilizarse el método de arbitraje como mecanismo de solución de controversias. Pero el mismo Acuerdo establece que las cuestiones que deban decidirse por medio del arbitraje serán administradas por un mecanismo que se va a aprobar en el futuro. Se establece, específicamente, que ese acuerdo se va a negociar o que se va a desarrollar hacia el futuro. Francamente, nosotros creemos que esa es una carencia que tiene este Acuerdo, porque entendemos -hemos sido asesorados en ese sentido- que para que su redacción fuera perfecta, también debería establecerse el mecanismo del

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arbitraje, porque ahora tenemos que salir a negociar cuál será ese mecanismo. La falencia que observamos en cuanto a la solución de las controversias que se pudieran suscitar o que no se puedan resolver por negociaciones directas entre los Estados -según lo establecen los artículos 16, 17 y 18 del Acuerdo-, ya que las Partes están autorizadas por el artículo 19 a recurrir al procedimiento arbitral, es que no se cuenta con un procedimiento establecido para ese sistema de arbitraje, porque quedó postergado para ser regulado en un protocolo adicional a este Acuerdo. Pensamos que ello puede generar problemas, en cuanto a que suscitada una controversia que no se pueda solucionar por negociaciones directas, lo correcto sería que el procedimiento arbitral sea aprobado por la vía de ese protocolo adicional antes y no después. Cabe entonces plantear al Gobierno la necesidad -si no lo está haciendo- de que se aboque, a la brevedad, a negociar el protocolo de referencia. El Gobierno de Uruguay debe gestionar y exigir una pronta negociación y aprobación de normas sobre los mecanismos de arbitraje para la solución de controversias entre las Partes del Acuerdo que estamos analizando. Se trata, entonces, de un Acuerdo que ofrece ventajas indudables para nuestro país, al promover la explotación razonable, equitativa, sustentable y múltiple de este importante recurso con los demás países que lo comparten, por lo que naturalmente apoyamos su aprobación. Pero nos parece imprescindible dejar en claro en la discusión parlamentaria las dos carencias que encontramos a la luz de la lectura del Acuerdo. Reitero que una tiene que ver con la responsabilidad por los daños causados al Acuífero y quiénes deben asumirla y otra con la necesidad de una rápida negociación y aprobación de los términos del sistema de arbitraje para asegurar a Uruguay, sobre cuyos intereses debemos velar, en particular porque es el más pequeño de los países que comparten el Acuífero Guaraní y solo puede confiar en el derecho internacional y en el cumplimiento de sus normas, la defensa de sus derechos soberanos. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR TROBO.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don José Carlos).- Señor Presidente: generalmente, los tratados que aprobamos con poca discusión no merecen mucha atención en el debate y, en general, solo escuchamos los informes. Oí atentamente la explicación del señor Diputado Trobo con respecto al Acuerdo que Uruguay ya firmó -las Cancillerías ya lo firmaron-, que necesita ratificación parlamentaria, y advierto que como bien se señaló, tiene características muy especiales y refiere a un tema de especial relevancia. El tratamiento y uso del Acuífero Guaraní, que es compartido por cuatro países es, a todas luces, un asunto estratégico para la vida de nuestros pueblos. Toda la estructura turística del litoral del Uruguay está fundada en el Acuífero Guaraní; el agua caliente que sacamos para las termas es del Acuífero Guaraní; toda la explotación de carácter turístico que Argentina y Brasil hacen a lo largo del Río Uruguay tiene que ver con el agua que proviene del Acuífero. Mientras tanto, el 80% o el 85% de la recarga del Acuífero acontece en territorio brasileño. Es decir que el lugar donde el Acuífero recibe agua es administrado por el Brasil. Por lo tanto, en cuanto a las cosas a las que nos obliga el Acuerdo -que es el respeto al uso del Acuífero bajo determinadas normas, las condiciones en las que se va a desarrollar y cómo se va a usar el agua-, si uno mira el contexto reciente, en lo que concierne a las discusiones que hemos tenido con nuestros vecinos en la aplicación de Tratados como el del Río Uruguay, el planteo del Diputado Trobo parece cobrar especial importancia. ¿Qué pasa si no está resuelta la controversia? Imaginemos una controversia cualquiera sobre el uso del agua del Acuífero Guaraní, por ejemplo, su uso con destino turístico -que es uno de los que se hace-, o el uso con destino agrícola que puede llegar a realizarse. Hay lugares donde el agua es encontrada a 50 metros y es del Acuífero, y hay otros en los que está a 2.000 metros y también es del Acuífero. Sin duda en algún momento se va a producir una discusión sobre el uso del agua que se toma del Acuífero con destino agrícola y ello va a generar controversias. Eso nos puede generar controversias. Si avanzamos en un acuerdo, si suscribimos un texto pero antes no establecemos cabalmente cómo se va a solucionar la controversia, ¿qué hacemos? La última controversia que tuvimos la recordamos bien: fue por

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el Río Uruguay en oportunidad de la aplicación del tratado sobre el uso de sus aguas, y terminamos en La Haya, en una discusión muy compleja para nuestro país, cuyas consecuencias todavía arrastramos. De manera que me parece que la advertencia que hoy se hace en la Cámara es relevante a los efectos de la aplicación de un tratado, en la medida en que uno tiene que prever que pueda existir una controversia, un pedido de limitación. Pongamos, por ejemplo, como decía, el uso del agua del Acuífero con destino turístico -esta discusión ya la he escuchado en otras oportunidades- que, básicamente, es agua caliente que se utiliza para el desarrollo termal. Puede estar establecida una limitación en tal sentido. Entonces, si hay una controversia con ese uso, ¿dónde la dirimimos? Recién ahí empezaremos a discutir el instrumento. Por lo tanto, apunto como muy razonable e interesante el planteo que se nos está haciendo con respecto a una ausencia que tiene el tratado que es, precisamente, cómo se discute una controversia. Es cuanto quería manifestar. Agradezco al señor Diputado Trobo por concederme la interrupción. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el señor Diputado Trobo. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: para concluir mi exposición quiero decir que en la declaración conjunta firmada el 2 de agosto de 2010 en San Juan, República Argentina, los Cancilleres de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, se congratulan por la firma del Acuerdo y asumen el compromiso de iniciar a la brevedad posible la negociación del protocolo adicional sobre el procedimiento arbitral previsto en el numeral 2. del artículo 19 del Acuerdo. Reitero que esto se firmó el 2 de agosto de 2010 y estamos en junio de 2012. Por lo tanto, es muy importante que Uruguay acelere los trámites de la negociación de los procedimientos arbitrales. En ese sentido, desde la Comisión de Asuntos Internacionales vamos a procurar obtener la mayor información al respecto, sin perjuicio de señalar nuevamente la otra carencia: la de la responsabilidad que entendemos que Uruguay debería tener especialmente en cuenta para la negociación de una adenda posterior al acuerdo que fortalezca la posición de todas las partes. Obviamente -reitero-, la que a nosotros nos interesa aquí es la de nuestro Uruguay,

que debe confiar en las normas jurídicas internacionales para que puedan ser garantía en el ejercicio de sus derechos soberanos. He concluido. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: comprendemos el aspecto que maneja el señor Diputado Trobo. Como dije en el informe, en realidad este es un primer avance; no hay antecedentes de un acuerdo de este tenor sobre el Acuífero Guaraní. Yo diría que ni tanto ni tan poco, y para aclarar por qué digo “ni tanto ni tan poco” voy a leer del artículo 15 al artículo 19. El artículo 15 del Acuerdo dice: “Se establece, en el marco del Tratado de la Cuenca del Plata, y de conformidad con el artículo VI de dicho Tratado, una Comisión integrada por las cuatro Partes, que coordinará la cooperación entre ellos para el cumplimiento de los principios y objetivos de este Acuerdo. La Comisión elaborará su propio reglamento”. Quiere decir que lo que anota el Diputado Trobo, de acuerdo con este artículo, podemos señalarlo como algo que está para seguir progresando, avanzando. La Comisión que se crea tendrá que dictarse su propio reglamento. Luego, el artículo 16 dice: “Las Partes resolverán las controversias relativas a la interpretación o aplicación del presente Acuerdo en las que sean partes mediante negociaciones directas, e informarán al órgano previsto en el Artículo anterior sobre dichas negociaciones”. A continuación, en el artículo 17 se expresa: “Si mediante las negociaciones directas no se alcanzare un acuerdo dentro de un plazo razonable o si la controversia fuere solucionada solo parcialmente, las Partes en la controversia podrán, de común acuerdo, solicitar a la Comisión a que se refiere el Artículo 15 que, previa exposición de las respectivas posiciones, evalúe la situación, y si fuera el caso, formule recomendaciones”. Después en el artículo 18 se expresa: “El procedimiento descripto en el Artículo anterior no podrá extenderse por un plazo superior a sesenta días a partir

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de la fecha en que las Partes solicitaran la intervención de la Comisión”. Quiere decir que la Comisión es como un pivote en esta parte de la disputa por eventuales controversias. El Artículo 19 dice: “1. Cuando la controversia no hubiera podido solucionarse conforme a los procedimientos regulados en los Artículos precedentes, las Partes podrán recurrir al procedimiento arbitral a que se refiere el párrafo 2 de este Artículo, comunicando su decisión al órgano previsto en el Artículo 15.- 2. Las Partes establecerán un procedimiento arbitral para la solución de controversias en un protocolo adicional a este Acuerdo”. Es decir, ni tanto ni tan poco. Si mañana esto se aprueba por los cuatro países y hubiera alguna controversia, existen posibilidades de dirimirla. Por supuesto que suscribimos -porque es obvio- que las cuatro partes están interesadas -y por eso lo expresan en el propio artículo 19- en seguir avanzando y por acuerdo adicional, en complementar con más detalle lo relativo a eventuales controversias. Por eso decía “ni tanto, ni tan poco”. Creo que este es un proyecto positivo en cuanto a que avanza en algo sobre lo que no se había legislado de manera multilateral. Muchas gracias. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: hemos dicho que el Acuerdo nos parece bueno, que entendemos que constituye un progreso muy importante, pero creemos que debe contener otros avances. Y hemos manifestado que los propios Cancilleres han acordado avanzar. Hemos leído la declaración conjunta de San Juan, de 2 de agosto de 2010, en la que se dice que: “Los Cancilleres iniciarán a la brevedad posible la negociación del protocolo adicional sobre procedimiento arbitral […]”, y si este procedimiento es el caso extremo, entonces, creemos necesario que rápidamente se avance sobre esa cuestión. ¿Por qué? Porque el que se quema con leche, ve una vaca y llora. Y en el tema de la solución de una controversia por la administración de un recurso común, todos tenemos alguna experiencia en la que hemos sentido el mismo dolor y con la misma intensidad.

Por lo tanto, estamos planteando una cuestión preventiva. No le queremos -digamos- hacer una nota al Gobierno; no le queremos llamar la atención por algo que le falta. Lo que queremos decir es que resulta necesario que lo que el Gobierno dijo que era conveniente hacer -es decir, trabajar rápidamente sobre el protocolo de arbritraje- se resuelva rápidamente. Es nada más que eso. A nuestro juicio sí hay una carencia en lo que tiene que ver con la responsabilidad. Lo planteamos aquí; el Gobierno leerá la versión taquigráfica; se lo trasladaremos al Canciller cuando estemos con él y el Gobierno sabrá qué hacer. Como no podemos intervenir en la redacción del texto del Acuerdo, nos parece que esta instancia parlamentaria es la adecuada para expresar nuestra visión y nuestro sentimiento con respecto a esta cuestión.

20.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: En virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Carmelo Vidalín, para participar del Seminario Multilateral “Conocer China y el Partido Comunista de China”, a desarrollarse en la República Popular China, por el período comprendido entre los días 23 de junio y 7 de julio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Domingo Bocchiardo. Del señor Representante Luis Puig, para participar como expositor en el Seminario Internacional sobre Plan Cóndor, a realizarse en la Cámara de Diputados de la República Federativa del Brasil, en el marco de la instalación de la Comisión Nacional de la Verdad, por el período comprendido entre los días 3 y 6 de julio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Coitiño.

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De la señora Representante María Elena Laurnaga, para asistir como expositora al “II Congreso de Ciudades; La Regionalización y la Descentralización de la Construcción del Buen Gobierno”, a desarrollarse en la ciudad de Santa Fe, República Argentina, por el período comprendido entre los días 4 y 6 de julio de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Carmen Millán. Del señor Representante Javier García, para asistir, invitado por el señor Comandante en Jefe de la Armada, al Ejercicio Final de Adiestramiento Conjunto en Contingencia de Interdicción Ilícita de Buques, a desarrollarse en la Base Naval del Cerro, por el día 13 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Sebastián Da Silva. En misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Gerardo Amarilla, para participar de la Primera Cumbre Mundial de Legisladores, a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, por el día 15 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Roberto Araújo. Por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827: De la señora Representante Susana Pereyra, por el día 12 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Heber Bousses. Del señor Representante Gustavo Rombys, por los días 13, 14, 21 y 28 de junio de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Cecilia Bottino. Del señor Representante Ricardo Planchón Geymonat, por el día 12 de junio de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Stella Borja. Del señor Representante Juan Manuel Garino Gruss, por el día 12 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Álvaro Fernández. Del señor Representante Aníbal Gloodtdofsky, por el día 12 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Ortiz.

De la señora Representante Ana Lía Piñeyrúa, por el día 12 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Andrés Abt. De la señora Representante Graciela Matiauda, por los días 12 y 13 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Isi. De la señora Representante Daisy Tourné, por el día 12 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Núñez. Del señor Representante Alberto Perdomo, por el día 14 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel López Villalba. De la señora Representante María Elena Laurnaga, por los días 13 y 14 de junio de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Carmen Millán. Del señor Representante Amin Niffouri, por el día 13 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Núñez. Del señor Representante Aníbal Gloodtdofsky, por el día 13 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Álvaro Fernández. Del señor Representante Víctor Semproni, por el día 13 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nelson Alpuy. Del señor Representante Juan C. Souza, por el día 13 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira. Del señor Representante Juan C. Souza, por el día 14 de junio de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira. Ante la incorporación a la Cámara de Senadores del señor Representante Aníbal Pereyra, por el día 12 de junio de 2012, se convoca al suplente siguiente, señor Robert Sosa. Ante la incorporación a la Cámara de Senadores de la señora Representante Ana Lía Piñeyrúa, por el período comprendido entre los días 13 y 22 de junio de 2012, se convoca al suplente siguiente, señor Andrés Abt”. ——En discusión. SEÑOR SEMPRONI.- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SEMPRONI.- Señor Presidente: quiero saber si todas esas licencias cuentan por lo menos con dos firmas. Planteo esto porque por mí solamente pasaron dos trámites de licencia. Por lo tanto, estoy preguntando si están completas. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Señor Diputado: la Mesa lo desconoce; ese es un problema de la Comisión de Asuntos Internos. A nosotros nos llega el informe y lo trasladamos al Cuerpo. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted tramite ante la Cámara que preside, licencia en mi cargo de Representante Nacional, entre los días 23 de junio y 7 de julio inclusive, amparado en el literal D) de la Ley Nº 17.827, en virtud de haber sido invitado a participar del Seminario Multilateral “Conocer China y el Partido Comunista de China” según carta invitación que adjuntamos. Sin otro particular, y solicitando se convoque a mi suplente respectivo, lo saludo muy atentamente, CARMELO VIDALÍN Representante por Durazno”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Miguel Irrazábal”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Durazno, Carmelo Vidalín, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar del Seminario Multilateral “Conocer China y el Partido Comunista de China”, a desarrollarse en la República Popular China. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 23 de junio y 7 de julio de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Miguel Irrazábal. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Durazno, Carmelo Vidalín, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar del Seminario Multilateral “Conocer China y el Partido Comunista de China”, a desarrollarse en la República Popular China por el período comprendido entre los días 23 de junio y 7 de julio de 2012. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Miguel Irrazábal. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 41000, del Lema Partido Nacional, señor Domingo Bocchiardo. Sala de la Comisión, 11 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside,

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se sirva concederme licencia por obligaciones notorias inherentes al cargo, por el período comprendido entre los días 3 al 6 de julio de 2012, a los efectos de participar como expositor en el Seminario Internacional sobre Plan Cóndor, a realizarse en la Cámara de Diputados, en Brasilia, capital de la República Federativa de Brasil, Seminario organizado por la Cámara de Diputados de Brasil, en el marco de la instalación de la Comisión Nacional de la Verdad en el vecino país. Se adjunta invitación oficial. Le saluda muy cordialmente, LUIS PUIG Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar como expositor en el Seminario Internacional sobre Plan Cóndor, a realizarse en la Cámara de Diputados de la República Federativa del Brasil, en el marco de la instalación de la Comisión Nacional de la Verdad. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 3 y 6 de julio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar como expositor en el Seminario Internacional sobre Plan Cóndor, a realizarse en la Cámara de Diputados de la República Federativa del Brasil, en el marco de la instalación de la Comisión Nacional de la Verdad, por el período comprendido entre los días 3 y 6 de julio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Coitiño. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”.

“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted con el fin de solicitar, licencia desde el día 4 al día 6 de julio del corriente año, por obligaciones notorias al cargo, según inciso D) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827. Por mi actividad parlamentaria he sido invitada por la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas del Gobierno de Santa Fe, Argentina, para participar como expositora en el “II Congreso de Ciudades: la Regionalización y la Descentralización en la construcción del Buen Gobierno”, del cual se adjunta programa. Solicito convocar a la suplente correspondiente, señora Carmen Millán, Saluda atentamente, MARÍA ELENA LAURNAGA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, María Elena Laurnaga, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir como expositora al “II Congreso de Ciudades; La Regionalización y la Descentralización de la Construcción del Buen Gobierno”, a desarrollarse en la ciudad de Santa Fe, República Argentina. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 4 y 6 de julio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, María Elena Laurnaga, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir como expositora al “II Congreso de Ciudades; La Regionalización y la Descentralización de la Construcción del Buen Gobierno”, a desarrollarse en la ciudad de Santa Fe, Re-

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pública Argentina por el período comprendido entre los días 4 y 6 de julio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señora Carmen Millán. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia por el día 13 de junio por razones inherentes al cargo, al haber sido invitado por el Comandante en Jefe de la Armada, Almirante Ricardo Giambruno, al Ejercicio Final de Adiestramiento Conjunto en Contingencia de Interdicción Ilícita de Buques, a realizarse en el Cuerpo de Fusileros Navales. Sin otro particular, saludo atentamente, JAVIER GARCÍA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que no acepto por esta única vez a la convocatoria a la Cámara de Representantes, como suplente del Diputado Javier García Duchini. Sin otro particular, saludo atentamente, Juan Curbelo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia del señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier García Duchini, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir, invitado por el señor Comandante en Jefe de la Armada, al Ejercicio Final de Adiestramiento Conjunto en Contingencia de Interdicción Ilícita de Buques, a desarrollarse en la Base Naval del Cerro.

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de junio de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Juan Curbelo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Javier García Duchini, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para asistir, invitado por el señor Comandante en Jefe de la Armada, al Ejercicio Final de Adiestramiento Conjunto en Contingencia de Interdicción Ilícita de Buques, a desarrollarse en la Base Naval del Cerro por el día 13 de junio de 2012. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Juan Curbelo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor Sebastián Da Silva. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, me dirijo a usted a efectos de solicitar licencia según el literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, debido a que el 15 del corriente viajaré a Río de Janeiro, para participar de la Primera Cumbre Mundial de Legisladores. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, para participar de la Primera Cumbre Mundial de Legisladores, a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el día 15 de junio de 2012, al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, para participar de la Primera Cumbre Mundial de Legisladores, a desarrollarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señor Roberto Araújo. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 12 del mes en curso, por motivos personales. Saluda atentamente, SUSANA PEREYRA Representante por Montevideo”.

“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Lauro Meléndez”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Ricardo Muttoni”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Carlos Barceló”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Julio Baráibar”.

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“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Daniel Montiel”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, José Fernández”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 12 de junio de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Lauro Meléndez, Ricardo Muttoni, Carlos Barceló, Julio Baráibar, Daniel Montiel y José Fernández. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra, por el día 12 de junio de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Lauro Meléndez, Ricardo Muttoni, Carlos Barceló, Julio Baráibar, Daniel Montiel y José Fernández.

3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Heber Bousses. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por los días 13, 14, 21 y 28 de junio del corriente, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, GUSTAVO ROMBYS Representante por Paysandú”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Gustavo Rombys. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 13, 14, 21 y 28 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Paysandú, Gustavo Rombys, por los días 13, 14, 21 y 28 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados lapsos, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Cecilia Bottino. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”.

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“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, solicito a usted y por su intermedio a la Cámara que preside, licencia por motivos personales por el día 12 de junio del corriente. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, RICARDO PLANCHÓN GEYMONAT Representante por Colonia”. “Colonia, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Javier Mallorca”. “Colonia, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Edgar Collazo”. “Colonia, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Gastón Berreta”.

“Colonia, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Néstor Bermúdez”. “Colonia, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Alejandro Fioroni”. “Colonia, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Diana Olivera”. “Colonia, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Motiva la presente poner en su conocimiento que por esta única vez no acepto la convocatoria de la que fui objeto. Saluda a usted muy atentamente, Daniel Morelli”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Colonia, Ricardo Planchón Geymonat.

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CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 12 de junio de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Javier Mallorca, Edgar Collazo, Gastón Berretta, Néstor Bermúdez, Alejandro Fioroni, Diana Olivera y Daniel Morelli. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Colonia, Ricardo Planchón Geymonat, por el día 12 de junio de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Javier Mallorca, Edgar Collazo, Gastón Berretta, Néstor Bermúdez, Alejandro Fioroni, Diana Olivera y Daniel Morelli. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1212, del Lema Partido Nacional, señora Stella Borja. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 12 de junio del corriente año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, JUAN MANUEL GARINO GRUSS Representante por Montevideo”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Manuel Garino Gruss. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 12 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Manuel Garino Gruss, por el día 12 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Álvaro Fernández. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 12 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, ANÍBAL GLOODTDOFSKY Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 12 de junio de 2012.

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II) Que el suplente siguiente, señor Álvaro Fernández integra la Cámara por el día indicado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky, por el día 12 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Nicolás Ortiz. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito a usted licencia para el día 12 de los corrientes, por motivos personales. Asimismo, solicito que se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente. ANA LÍA PIÑEYRÚA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Ana Lía Piñeyrúa. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 12 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta.

La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Ana Lía Piñeyrúa, por el día 12 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Andrés Abt. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por los días 12 y 13 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, GRACIELA MATIAUDA Representante por Canelones”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Álvaro Perrone”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Canelones, Graciela Matiauda. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 12 y 13 de junio de 2012.

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II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Álvaro Perrone Cabrera. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Canelones, Graciela Matiauda, por los días 12 y 13 de junio de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Álvaro Perrone Cabrera. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Daniel Isi. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Me dirijo a usted con el fin de solicitar licencia por el día 12 de junio del presente año, por motivos personales. Solicito entonces se convoque a mi suplente respectivo. Sin más, lo saluda, DAISY TOURNÉ Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daisy Tourné. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 12 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de

24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daisy Tourné, por el día 12 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Núñez. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio, solicito a usted licencia por el día 14 de junio, por motivos personales. Le ruego convoque a mi suplente respectivo. Cordialmente, ALBERTO PERDOMO Representante por Canelones”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio al haber sido convocado el día 14 de junio, le informo que por esta única vez no acepto la convocatoria. Le ruego convoque a mi suplente respectivo. Cordialmente, Mario Cusano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo Gamarra. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de junio de 2012.

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II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Mauricio Cussano. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo Gamarra, por el día 14 de junio de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Mauricio Cussano. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2010, del Lema Partido Nacional, señor Daniel López Villalba. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe solicita a usted tenga a bien autorizar el uso de licencia por motivos personales, según inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, para los días 13 y 14 de junio del corriente año. Se solicita por lo tanto, se convoque al suplente correspondiente, Carmen Millán. Saluda atentamente, MARÍA ELENA LAURNAGA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, María Elena Laurnaga. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 13 y 14 de junio de 2012.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, María Elena Laurnaga, por los días 13 y 14 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señora Carmen Millán. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales por el día 13 de junio y se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saludo atentamente, AMIN NIFFOURI Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Amín Niffouri. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta.

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La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Amín Niffouri, por el día 13 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 400, del Lema Partido Nacional, señor José Luis Núñez. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 13 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, ANÍBAL GLOODTDOFSKY Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky, por el día 13 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al su-

plente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Álvaro Fernández. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 13 de junio de 2012, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, VÍCTOR SEMPRONI Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Víctor Semproni. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Víctor Semproni, por el día 13 de junio de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nelson Alpuy. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”.

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“Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia para el día 13 del corriente, por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan C. Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de junio de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan C. Souza, por el día 13 de junio de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield.

3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 1º de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia para el día 14 del corriente, por motivos personales. Sin más, saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan C. Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de junio de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1º por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1º de esta.

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La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan C. Souza, por el día 14 de junio de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En virtud de mi convocatoria al Senado solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día 12 de junio de 2012. Sin otro particular, saluda atentamente, ANÍBAL PEREYRA Representante por Rocha”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En mi calidad de suplente del diputado Aníbal Pereyra, fui convocado como suplente de ese Cuerpo. Comunico a usted, que por el día 12 de junio de 2012 no acepto la convocatoria. Sin otro particular, le saluda atentamente, Raúl Servetto”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En mi calidad de suplente del diputado Aníbal Pereyra, fui convocado como suplente de ese Cuerpo.

Comunico a usted, que por el día 12 de junio de 2012 no acepto la convocatoria. Sin otro particular, le saluda atentamente, Sandra Lazo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Que el señor Representante por el departamento de Rocha, Aníbal Pereyra, se incorporó a la Cámara de Senadores, por el día 12 de junio de 2012. CONSIDERANDO: Que por esta única vez no aceptan las convocatorias de que han sido objeto los suplentes siguientes señor Raúl Servetto y señora Sandra Lazo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y a la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señor Raúl Servetto y señora Sandra Lazo. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación, por el departamento de Rocha, por el día 12 de junio de 2012, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Robert Sosa. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, comunico a usted que debido a la licencia solicitada por el Senador Luis Alberto Lacalle ingresaré nuevamente a ocupar la banca en el Senado a partir del día 13 al 22 de los corrientes. Asimismo, solicito que se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, ANA LÍA PIÑEYRÚA Representante por Montevideo”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: Que la señora Representante por el departamento de Montevideo, Ana Lía Piñeyrúa, se incorporará a la Cámara de Senadores por el período comprendido entre los días 13 y 22 de junio de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y a la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945. La Cámara de Representantes, RESUELVE: Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el departamento de Montevideo, por el período comprendido entre los días 13 y 22 de junio de 2012, convocándose al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Andrés Abt. Sala de la Comisión, 12 de junio de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, ORLANDO LERETÉ”.

Pido disculpas al señor Diputado. Puede continuar el señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: decíamos que al comienzo de la Legislatura, en agosto de 2010, habíamos planteado ante esta Cámara el reinicio de las negociaciones en el marco del MERCOSUR, de modo de continuar con las actividades del Grupo “ad hoc” del Acuífero Guaraní -que fuera una iniciativa de Uruguay de diciembre de 2003-, creado en la XXVI Reunión del Consejo del Mercado Común realizada en Puerto Iguazú en julio de 2004, por Resolución Nº 25/04 del Consejo del Mercado Común. Esto es algo necesario e importante para preservar la riqueza natural de nuestro país. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Perdón, señor Diputado. ¡Por favor! Está hablando el señor Diputado Cersósimo. Seamos respetuosos con nuestro compañero de Cámara. Puede continuar el señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: es muy breve lo que queremos decir y es, fundamentalmente, para dejar constancia del apoyo del Partido Colorado a esta iniciativa. Nuestro país participa en un 3,8% de esta riqueza y es fundamental para los departamentos de Salto, Rivera, Tacuarembó, Paysandú y Artigas. Se trata de departamentos que cuentan con acceso a esta riqueza, que es de gran importancia preservar. Es muy importante acordar la explotación y el volumen de agua que se extrae porque no debe superar la capacidad natural de recarga del sistema. Indudablemente -como se ha dicho en Sala-, habrá que seguir acordando y negociando para garantizar que nuestro país no resulte perjudicado en sus recursos naturales, debido a un exceso en la explotación por parte de aquellos países que tienen una mayor extensión territorial para acceder a él y que, por ende, tienen una mayor extracción de agua, algo que puede generar indudables perjuicios a nuestro país. Por tanto, queremos manifestar que nos da plena satisfacción este paso que se ha dado, que responde a la inquietud que oportunamente planteamos en la Cámara, en el sentido de que se retomaran estas negociaciones y de que se concretaran, como se ha hecho.

21.- Acuerdo sobre el Acuífero Guaraní suscrito por la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay). (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: el Partido Colorado -como ya lo hizo en la Comisión- va a votar afirmativamente el proyecto de ley que refiere al acuerdo sobre el Acuífero Guaraní en el marco del MERCOSUR. (Murmullos.- Campana de orden) ——Consideramos que este es un avance importante en un tema que habíamos planteado al comienzo de la Legislatura, en agosto de 2010, haciendo una exposición ante la Cámara y realizando el correspondiente pedido de informes al Ministerio a los efectos de que se procediera… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Por favor, se ruega respetar al orador y no hacer aquí las reuniones, puesto que los taquígrafos no pueden oír lo que se dice y quienes ocupamos la Mesa no podemos hacer correctamente nuestro trabajo.

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SEÑOR VÁZQUEZ.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR CERSÓSIMO.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR VÁZQUEZ.- Señor Presidente: durante muchos años trabajé en el organismo que tiene la responsabilidad de suministrar agua potable y la legislación que hay respecto al uso del Acuífero Guaraní para ese menester es casi prohibitiva. Sé que Brasil lo usa sin ningún problema para suministrar agua potable a diversas ciudades, pero es precisamente ahí donde recarga el Acuífero. Entonces, quisiera saber si se consultó a fondo la legislación que Uruguay tiene sobre el uso de las aguas subterráneas; sé que existen normativas y que estas son muy restrictivas. Ya que no está presente el miembro informante de nuestro Partido, me gustaría conocer la opinión de los integrantes de la Comisión. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Por mi parte he concluido, señor Presidente. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: en la Comisión se manejaron todos los documentos que figuran como antecedentes de este proyecto y hubo un pequeño debate sobre estos asuntos y otros. Quiero decir al señor Diputado que no solo se manejó el tema internacional, sino que también trajimos a colación las últimas disposiciones en la materia, en especial, las que comenzaron a regir a partir del plebiscito del año 2004, que refieren a la reforma del artículo 47 de la Constitución. SEÑOR CARAM.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARAM.- Señor Presidente: es indiscutible que los temas ambientales y de agua dulce están de moda en el mundo. Por tanto, un acuerdo de esta naturaleza y de estos contenidos, que tiene que ver, ni

más ni menos con el Acuífero Guaraní, es bienvenido y, por supuesto, lo vamos a votar. Consideramos que este es un primer paso muy importante y compartimos plenamente que el país más chico debe protegerse, apegado al derecho internacional y a lo que las normas internacionales establecen, para preservarnos de los dos socios mayoritarios que tenemos en la región, que en general no tienen las mismas posturas que Uruguay en muchos aspectos. Y no digo esto como un experto en derecho internacional o en materia de relaciones exteriores, sino como un ciudadano de la frontera. Por la convivencia fronteriza tenemos impresiones que muchas veces se relacionan con todos estos aspectos. En la televisión brasileña todos los días, y varias veces por día, aparecen propagandas del Acuífero Guaraní: cómo se recarga, lo que significa, a qué países pertenece, y se hace referencia a la conciencia y la cultura ambiental. También se emite propaganda de Colonia del Sacramento como patrimonio cultural, y de los bañados de Rocha como patrimonio medioambiental y cultural mundial. Brasil tiene un sentido de pertenencia que alimenta y que, evidentemente, empieza a calar en los niños a corta edad. De esa manera, va generando conciencia ambiental y, como resultado final -ese debe ser el sueño de cualquier nación-, logra cultura ambiental. Creo que de esta manera Brasil nos saca ventaja, no solo por la diferencia de tamaño, sino también porque utiliza un medio masivo de comunicación como la televisión. Cuento una anécdota: la final del último programa de Gran Hermano de Brasil se dirimió con 60:000.000 de votos; eso nos da la idea de lo que representa este medio de comunicación en un país que tiene tantos millones de habitantes. Pero en términos generales, es impotente en aspectos internacionales, más allá de que es reconocida la diplomacia internacional brasileña, que es muy capaz, muy astuta, muy viva. No es igual el tratamiento que realiza la República Argentina; allí se utiliza agua del Acuífero Guaraní para riego de grandes extensiones, en la costa o en la franja del Río Uruguay. En Argentina no se utiliza este Acuífero para el riego de pequeñas extensiones, sino que se extrae el agua para riego de caña de azúcar o de arroz.

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Por tanto, me parece muy bien que se dé este primer paso; reconozco que es muy importante. Además, considero que se trata de un tema relevante para el país, máxime teniendo en cuenta -lo dice el proyecto de ley- lo que significa el agua para nosotros, ya que somos el único país del mundo que en la Constitución de la República ha incluido este recurso. Esto también me conduce a apoyar la iniciativa del señor Diputado Trobo en cuanto a que sería bueno que más aspectos quedaran establecidos. Ahora vamos a dar este primer paso, con mucho calor y entusiasmo, pero creo que no se deberían descuidar los aspectos relativos al arbitraje del Acuífero Guaraní. Yo provengo de un departamento fronterizo, que es vecino de otros que tienen aguas termales, las cuales tienen que ver con la explotación del Acuífero Guaraní. Inclusive, en muchas ocasiones hemos oído que existe una fuerte operativa del lado argentino para no permitir más perforaciones termales en nuestro país; nunca supimos si eso es cierto o no, pero lo hemos oído en reiteradas ocasiones. En ese sentido, muchas veces consultamos a organismos estatales para saber si eso es así. Artigas en la actualidad está empujando fuertemente para hacerse de un polo turístico termal, que se obtendría con la explotación de un pozo que ya existe, que se encuentra en una escuela pública, en Colonia Viñar. Por tanto, creo que a Uruguay le hace muy bien avanzar en un tratado. Además, aquí se manejan una serie de fechas, y si las vemos cronológicamente advertimos lo que cuestan los tratados internacionales. No está mal plantear un alerta y decir que se tenga cuidado y se tengan presentes los arbitrajes ante las contiendas o los posibles conflictos, porque contamos con dos socios del Acuífero Guaraní que son muy imponentes e importantes. De todos modos, no vamos a poner en tela de juicio ninguna de las actividades que realicen con respecto a la preservación del medio ambiente. Quizás el Brasil desarrollado -por decirlo de alguna manera- tenga un avance muy importante en cuanto al desarrollo sustentable, sostenible. Brasil le presta mucha atención a esto y le dedica mucho tiempo. De hecho, dentro de pocos días se llevará a cabo un gran evento mundial que tiene que ver con la sustentabilidad, con la sostenibilidad, denominado “Río + 20”, en donde, seguramente, cargarán las baterías y la bandera, porque creo que Brasil quiere llevar la bandera en este tema. Nosotros, sin duda, en muchas cosas podemos coincidir con esa política inter-

nacional que tiene Brasil relativa a la preservación y el cuidado del medio ambiente. Ese país ha sido injustamente estigmatizado, ya que se ha dicho que no preserva absolutamente nada y que crece y se desarrolla a cualquier costo, inclusive, del medio ambiente, pero no es así. Nosotros, como nación vecina, sabemos que no es así y que los gobiernos brasileños han sido serios en este aspecto. Pero nuestro país también lo es; lo que sucede es que no puede realizar la política de marketing que lleva adelante Brasil en esa materia, como en otras tantas, porque no tiene la fuerza económica que posee ese país. Lamentablemente, en esto tenemos que guardarnos de la reserva de nuestros queridos hermanos argentinos; quizás no de nuestros hermanos argentinos, sino de sus gobiernos. Creo que está muy bien aprobar este proyecto, ya que considero que es una muy buena medida de protección avanzar en este Tratado. También quiero dejar constancia de que estoy en la misma sintonía que un experto en materia de derecho internacional, integrante de la Comisión de Asuntos Internacionales, como el señor Diputado Trobo, y más allá de lo que aportó el señor Diputado Martínez Huelmo -por supuesto creemos en su buena fe y en su buena intención, así como en la buena fe y en las buenas intenciones del Gobierno-, nos gustaría que a la brevedad se pudiera avanzar en esto que consideramos que es importante, luego de la aprobación de este proyecto. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y tres: AFIRMATIVA. Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo.

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SEÑOR TROBO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (ORRICO).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: esta es la segunda Cámara que aprueba este proyecto, por lo que este Acuerdo estará en condiciones de ser ratificado por el Poder Ejecutivo. Además, quiero decir que este es el primer Estado, de los cuatro contratantes, que aprueba este Acuerdo. Este es un hecho relevante e indica la importancia que Uruguay le da a este Acuerdo del Acuífero Guaraní. Gracias, señor Presidente. SEÑOR TROBO.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cuatro en sesenta y seis: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al informado, que corresponde al aprobado por el Senado)

——Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA. Dese cuenta de los asuntos entrados fuera de hora. (Se lee:) “PROYECTOS PRESENTADOS Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de resolución por el que se conmemora el 18 de julio de cada año, el “Día Internacional de Nelson Mandela” C/1641/012 A la Comisión de Asuntos Internacionales”.

24.- Proyectos presentados.
“‘DÍA INTERNACIONAL DE NELSON MANDELA’. (Se conmemora el 18 de julio de cada año). PROYECTO DE RESOLUCIÓN La Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay en atención a la Resolución 64/13 aprobada por Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de noviembre de 2009, en su 42ª Sesión plenaria, RESUELVE Conmemorar el 18 de julio de cada año el “Día Internacional de Nelson Mandela”. Montevideo, 12 de junio de 2012. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Representante por Montevideo, MARÍA ELENA LAURNAGA, Representante por Montevideo, DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ, Representante por Canelones, JAIME MARIO TROBO, Representante por Montevideo, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo, EDUARDO MÁRQUEZ, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

22.- Lavado de activos. (Se dictan normas para su prevención y penalización). (Modificaciones de la Cámara de Senadores).
SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: solicito que el proyecto votado anteriormente también se comunique de inmediato. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Lamentablemente, señor Diputado, según el proceso de los proyectos, no podemos hacer eso.

23.- Asuntos entrados fuera de hora.
Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor Diputado Asti. (Se lee:) “Mociono para que se dé cuenta de los asuntos entrados fuera de hora”.

El 10 de noviembre de 2009, en la 42ª Sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó la Resolución 64/13 por la cual se decidió designar el 18 de julio “Día Internacional de Nelson Mandela”, el que se observará todos los años a partir de 2010. La mencionada Resolución también invita a todos los Estados Miembros a observar de manera apropiada el “Día Internacional de Nelson Mandela”.

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Vuestra Comisión de Asuntos Internacionales reconoce la larga trayectoria de Nelson Mandela como líder y promotor de la liberación y la unidad de África y su contribución a la creación de una Sudáfrica no racial, no sexista y democrática. Reconoce además la contribución de Nelson Mandela a la lucha por la democracia y la promoción de una cultura de paz en todo el mundo. Es por todas estas razones que se entiende pertinente obrar en el sentido que dispuso la Asamblea General de las Naciones Unidas, ante lo cual vuestra Comisión de Asuntos Internacionales propone el adjunto proyecto de Resolución de modo que la Cámara resuelva conmemorar de forma apropiada el “Día Internacional de Nelson Mandela”. Montevideo, 12 de junio de 2012. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Representante por Montevideo, MARÍA ELENA LAURNAGA, Representante por Montevideo, DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ, Representante por Canelones, JAIME MARIO TROBO, Representante por Montevideo, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo, EDUARDO MÁRQUEZ, Representante por Canelones”.

Mones hija de la gloria del deporte uruguayo don Andrés Mazali Gini, campeón olímpico de fútbol en Colombes (1924) y Ámsterdam (1928). El proyecto de ley, en su artículo 1º incluye el nombre de la beneficiaria, así como el monto de la pensión. En su artículo 2º establece que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales. Asimismo, a efectos de la tramitación ante el Banco de Previsión Social, se incluye en el texto el número de la cédula de identidad de la beneficiaria. El Poder Ejecutivo saluda al Presidente de la Asamblea General con su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Reconocer a través de la pensión graciable los grandes y singulares méritos de los deportistas que lograron las hazañas olímpicas de Uruguay constituye un deber ciudadano y una contribución a la forja, transmisión y consolidación de nuestra identidad nacional. Incuestionable resulta afirmar y reconocer que el deporte es una parte integrante de la cultura. Las gestas olímpicas arraigaron el sentido y la vocación deportiva de nuestro país; sirvieron para proyectar al Uruguay en el mundo. Lo dijo Mario Benedetti: “Fuimos campeones olímpicos de fútbol en los años veinte, en 1924 y en 1928, y en 1950 le ganamos a Brasil la final de la Copa del Mundo en el Maracaná. Gracias al fútbol nos conocieron en el mundo. ¡Cuando ganamos las Olimpíadas, en París, la gente no podía creer que un país tan chiquito, que casi no estaba en los mapas, saliera campeón! Cuando ganamos en 1924, me acuerdo que estábamos en Tacuarembó, y mi padre escuchaba una radio española con unos auriculares que no sé de dónde sacó”. Andrés Mazali Gini es uno de los mejores exponentes de esa pléyade de atletas. Medalla de oro en Colombes (1924), en los primeros juegos olímpicos que tuvieron una villa olímpica y cuyas instancias fueron trasmitidas por radio. Vuelve a repetir en los Juegos Olímpicos de 1928 los mismos logros y triunfos, en la semifinal con Italia. Se debe destacar que también incursionó en el atletismo obteniendo grandes logros como medallas de oro en los Campeonatos Sudamericanos de Atletismo de los años 1920 y 1922. Con el otorgamiento de una pensión graciable a su hija -Andrés Mazali Gini falleció en 1975-, estamos

25.- Sofía Margarita Mazali Mones. (Pensión graciable).
——Ha finalizado la recepción de votos con respecto a las pensiones graciables. Se va a dar cuenta del resultado de la votación acerca de la pensión graciable para la señora Sofía Margarita Mazali Mones. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 825 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Educación y Cultura Ministerio de Economía y Finanzas Montevideo, 8 de febrero de 2012. Señor Presidente de la Asamblea General Cr. Danilo Astori Sr. Presidente: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley por el que se concede una pensión graciable a la señora Sofía Margarita Mazali

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completando un merecido y tal vez tardío reconocimiento a esta figura del deporte nacional. La actual situación económica de su hija legítima Sofía Margarita Mazali Mones, justificada en el expediente administrativo, complementa las causales que justifican la presente iniciativa. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable a la señora Sofía Margarita Mazali Mones, cédula de identidad Nº 646.394-1, equivalente a cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones. Artículo 2º.- Precísase que la erogación resultante, será atendida por Rentas Generales. Montevideo, 8 de febrero de 2012. RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO. CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable a la señora Sofía Margarita Mazali Mones, cédula de identidad Nº 646.394-1, equivalente a 4 BPC (cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones). Artículo 2º.- Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de abril de 2012. DANILO ASTORI Presidente HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 825 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Seguridad Social INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Seguridad Social, por mayoría de sus Miembros, ha aprobado el proyecto de ley remitido por la Cámara de Senadores, por el que se establece concederle una pensión graciable a la señora Sofía Margarita Mazali Mones, hija legítima del señor Andrés Mazali Gini, equivalente a cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones.

Reconocer a través de la pensión graciable los grandes y singulares méritos de los deportistas que lograron las hazañas olímpicas de Uruguay constituye un deber ciudadano y una contribución a la forja, transmisión y consolidación de nuestra identidad nacional. Incuestionable resulta afirmar y reconocer que el deporte es una parte integrante de la cultura. Las gestas olímpicas arraigaron el sentido y la vocación deportiva de nuestro país; sirvieron para proyectar al Uruguay en el mundo. Lo dijo Mario Benedetti: “Fuimos campeones olímpicos de fútbol en los años veinte, en 1924 y en 1928, y en 1950 le ganamos a Brasil la final de la Copa del Mundo en el Maracaná. Gracias al fútbol nos conocieron en el mundo. ¡Cuando ganamos las Olimpíadas, en París, la gente no podía creer que un país tan chiquito, que casi no estaba en los mapas, saliera campeón! Cuando ganamos en 1924, me acuerdo que estábamos en Tacuarembó, y mi padre escuchaba una radio española con unos auriculares que no sé de dónde sacó”. Andrés Mazali Gini es uno de los mejores exponentes de esa pléyade de atletas. Medalla de oro en Colombes (1924), en los primeros juegos olímpicos que tuvieron una villa olímpica y cuyas instancias fueron trasmitidas por radio. Vuelve a repetir en los Juegos Olímpicos de 1928 los mismos logros y triunfos, en la semifinal con Italia. Se debe destacar que también incursionó en el atletismo obteniendo grandes logros, como medallas de oro en los Campeonatos Sudamericanos de Atletismo de los años 1920 y 1922. Con el otorgamiento de una pensión graciable a su hija -Andrés Mazali Gini falleció en 1975-, estamos completando un merecido y tal vez tardío reconocimiento a esta figura del deporte nacional. La actual situación económica de su hija legítima Sofía Margarita Mazali Mones, justificada en el expediente administrativo, complementa las causales que justifican la presente iniciativa. Por los motivos expuestos, la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Representantes aconseja la aprobación del proyecto de ley que se informa. Sala de la Comisión, 9 de mayo de 2012. DIONISIO VIVIAN, Miembro Informante, ALBERTO PERDOMO GAMARRA, ALMA MALLO CALVIÑO, discorde, por no disponer de información de la parte económica”.

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——Dese cuenta del resultado de la votación del artículo 1° del proyecto. (Se lee:) “Han sufragado setenta y nueve señores Representantes: cincuenta y siete lo han hecho por la afirmativa, diecinueve por la negativa y ha habido tres votos en blanco”. ——El resultado es: AFIRMATIVA. Léase el artículo 2°. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y seis: AFIRMATIVA. Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al informado, que corresponde al aprobado por el Senado)

pensión. En su artículo 2º, establece que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales. Asimismo, a efectos de la tramitación ante el Banco de Previsión Social, se incluye en el texto el número de la cédula de identidad de la beneficiaria. El Poder Ejecutivo saluda al Presidente de la Asamblea General con su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Reconocer a través de la pensión graciable los grandes y singulares méritos de los deportistas que lograron las hazañas olímpicas de Uruguay, constituye un deber ciudadano y una contribución a la forja, transmisión y consolidación de nuestra identidad nacional. Incuestionable resulta afirmar y reconocer que el deporte es una parte integrante de la cultura. Las gestas olímpicas arraigaron el sentido y la vocación deportiva de nuestro país; sirvieron para proyectar al Uruguay en el mundo. Lo dijo Mario Benedetti: “Fuimos campeones olímpicos de fútbol en los años veinte, en 1924 y en 1928, y en 1950 le ganamos a Brasil la final de la Copa del Mundo en el Maracaná. Gracias al fútbol nos conocieron en el mundo. ¡Cuando ganamos las Olimpíadas, en París, la gente no podía creer que un país tan chiquito, que casi no estaba en los mapas, saliera campeón! Cuando ganamos en 1924, me acuerdo que estábamos en Tacuarembó, y mi padre escuchaba una radio española con unos auriculares que no sé de dónde sacó”. Andrés Mazali Gini es uno de los mejores exponentes de esa pléyade de atletas. Medalla de oro en Colombes (1924), en los primeros juegos olímpicos que tuvieron una villa olímpica y cuyas instancias fueron trasmitidas por radio. Vuelve a repetir en los Juegos Olímpicos de 1928 los mismos logros y triunfos, en la semifinal con Italia. Se debe destacar que también incursionó en el atletismo obteniendo grandes logros como medallas de oro en los Campeonatos Sudamericanos de Atletismo de los años 1920 y 1922. Con el otorgamiento de una pensión graciable a su hija -Andrés Mazali Gini falleció en 1975-, estamos completando un merecido y tal vez tardío reconocimiento a esta figura del deporte nacional. La actual situación económica de su hija legítima Alicia Raquel Mazali Mones, justificada en el expe-

26.- Alicia Raquel Mazali Mones. (Pensión graciable).
Se va a dar cuenta del resultado de la votación acerca de la pensión graciable para la señora Alicia Raquel Mazali Mones. Rep. Nº 826 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Educación y Cultura Ministerio de Economía y Finanzas Montevideo, 8 de febrero de 2012. Señor Presidente de la Asamblea General Cr. Danilo Astori Sr. Presidente: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo con el objeto de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley por el que se concede una pensión graciable a la señora Alicia Raquel Mazali Mones hija de la gloria del deporte uruguayo don Andrés Mazali Gini, campeón olímpico de fútbol en Colombes (1924) y Ámsterdam (1928). El proyecto de ley, en su artículo 1º, incluye el nombre de la beneficiaria, así como el monto de la

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diente administrativo, complementa las causales que justifican la presente iniciativa. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable a la señora Alicia Raquel Mazali Mones, cédula de identidad Nº 799.632-9, equivalente a cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones. Artículo 2º.- Precísase que la erogación resultante, será atendida por Rentas Generales. Montevideo, 8 de febrero de 2012. RICARDO EHRLICH, FERNANDO LORENZO. CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable a la señora Alicia Raquel Mazali Mones, cédula de identidad Nº 799.632-9, equivalente a 4 BPC (cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones). Artículo 2º.- Precísase que la erogación resultante será atendida por Rentas Generales. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de abril de 2012. DANILO ASTORI Presidente HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 826 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Seguridad Social INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Seguridad Social, por mayoría de sus Miembros, ha aprobado el proyecto de ley remitido por la Cámara de Senadores, caratulado “Alicia Raquel Mazali Mones. Pensión graciable”. Reconocer a través de la pensión graciable los grandes y singulares méritos de los deportistas que lograron las hazañas olímpicas de Uruguay, constituye un deber ciudadano y una contribución a la forja, transmisión y consolidación de nuestra identidad nacional.

Incuestionable resulta afirmar y reconocer que el deporte es una parte integrante de la cultura. Las gestas olímpicas arraigaron el sentido y la vocación deportiva de nuestro país; sirvieron para proyectar al Uruguay en el mundo. Lo dijo Mario Benedetti: “Fuimos campeones olímpicos de fútbol en los años veinte, en 1924 y en 1928, y en 1950 le ganamos a Brasil la final de la Copa del Mundo en el Maracaná. Gracias al fútbol nos conocieron en el mundo. ¡Cuando ganamos las Olimpíadas, en París, la gente no podía creer que un país tan chiquito, que casi no estaba en los mapas, saliera campeón! Cuando ganamos en 1924, me acuerdo que estábamos en Tacuarembó, y mi padre escuchaba una radio española con unos auriculares que no sé de dónde sacó”. Andrés Mazali Gini es uno de los mejores exponentes de esa pléyade de atletas. Medalla de oro en Colombes (1924), en los primeros juegos olímpicos que tuvieron una villa olímpica y cuyas instancias fueron trasmitidas por radio. Vuelve a repetir en los Juegos Olímpicos de 1928 los mismos logros y triunfos, en la semifinal con Italia. Se debe destacar que también incursionó en el atletismo obteniendo grandes logros como medallas de oro en los Campeonatos Sudamericanos de Atletismo de los años 1920 y 1922. Con el otorgamiento de una pensión graciable a su hija -Andrés Mazali Gini falleció en 1975-, estamos completando un merecido y tal vez tardío reconocimiento a esta figura del deporte nacional. La actual situación económica de su hija legítima Alicia Raquel Mazali Mones, justificada en el expediente administrativo, complementa las causales que justifican la presente iniciativa. Por los motivos expuestos, la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Representantes, aconseja la aprobación del proyecto de ley que se informa. Sala de la Comisión, 9 de mayo de 2012. DIONISIO VIVIAN, Miembro Informante, ALBERTO PERDOMO GAMARRA, ALMA MALLO CALVIÑO, discorde, por no disponer de información de la parte económica”. ——Dese cuenta del resultado de la votación del artículo 1° del proyecto. (Se lee:) “Han sufragado setenta y nueve señores Representantes: cincuenta y nueve lo han hecho

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por la afirmativa, diecisiete por la negativa y ha habido tres votos en blanco”. ——El resultado es: AFIRMATIVA. Léase el artículo 2°. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al informado, que corresponde al aprobado por el Senado)

desarrollo de las áreas geográficas de jurisdicción de los Consulados de Frontera. Ante la necesidad de perfeccionar el funcionamiento de esos órganos, denominados Comités de Integración es que la República Oriental del Uruguay y la República Argentina resolvieron celebrar este Acuerdo interesados en identificar a través del funcionamiento de aquellos las medidas para facilitar el tránsito fronterizo de personas, vehículos y bienes, que promuevan la cooperación y el desarrollo de las zonas fronterizas, y que contribuyan a mejorar el medio ambiente y por lo tanto los niveles de salud y bienestar de las comunidades que habitan a ambos lados de la frontera Uruguay – Argentina. En el Capítulo I se establecen las Disposiciones Generales, sustituyendo el presente Acuerdo, en virtud del Artículo 1, al Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina para Establecer un Reglamento para los Comités de Frontera que fuera firmado en Montevideo el 27 de agosto de 1998. En el Capítulo II, Artículo 5º se establecen los objetivos que deberán alcanzar los Comités de Frontera, entre los que se destacan la participación activa en la solución de los problemas operativos del tránsito de vehículos, personas bienes y servicios, como asimismo la promoción de la cooperación e integración de zonas urbanas y asentamientos poblacionales, impulsando y coordinando proyectos conducentes al mayor desarrollo y entendimiento en las zonas fronterizas en las áreas geográficas de jurisdicción de los Consulados de Frontera. En el Capítulo III comprende los artículos del Acuerdo que regulan la composición de los Comités de Frontera, designándose además las autoridades de los organismos que asistirán a las reuniones de los mismos, que actúen en el área del control integrado de los puntos de frontera. Podrán ser invitados, cuando la temática a considerarse haga pertinente su participación, representantes del sector público y privado provenientes de distintas áreas del quehacer provincial, departamental y municipal, con el propósito de orientar y asesorar en las materias propias de los Comités. Bajo el Capítulo IV están comprendidas las disposiciones atinentes al mecanismo de funcionamiento de los Comités de Frontera entre las que se destaca el artículo 10 por el cual se establece que los Comités sesionarán obligatoriamente una vez al año en sesiones ordinarias en forma alternada en cada país, pudiéndolo hacer asimismo en forma extraordinaria

27.- Acuerdo con la República Argentina para Establecer un Reglamento para los Comités de Integración. (Aprobación).
Se pasa a considerar el asunto que figura en sexto término del orden del día: “Acuerdo con la República Argentina para Establecer un Reglamento para los Comités de Integración. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 832 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 27 de marzo de 2012. Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina para Establecer un Reglamento para los Comités de Integración, suscrito en Buenos Aires el 16 de marzo de 2011. El presente Acuerdo, que responde a la realidad de las zonas fronterizas con la República Argentina y a sus problemas operativos constituye un conjunto de disposiciones tendientes a regular el funcionamiento de los órganos encargados de participar en la solución de esos problemas y de considerar y promover el

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cuando la importancia o urgencia del tema lo requiera. La adopción de decisiones en las reuniones que celebren los Comités, tendrán el carácter de recomendaciones que deberán ser elevadas a las respectivas Cancillerías para su evaluación y decisión. En el Capítulo V se incluyen las disposiciones que posibilitan la creación de Comisiones para el funcionamiento de los Comités. En este sentido el Artículo 21 hace una enumeración no taxativa de las mismas dado que el Artículo 22 establece que el Comité, cuando lo estime conveniente, podrá crear otras comisiones. En el Capítulo de Disposiciones Finales (VI) se destaca el Artículo 23 referido al Artículo 3, que contempla las instancias de coordinación general para el desarrollo de las tareas de todos los Comités de Frontera que para la República lo será la Dirección Asuntos Limítrofes del Ministerio de Relaciones Exteriores y para la República Argentina, la Dirección de Límites y Fronteras del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. El Acuerdo tendrá vigencia indefinida, hasta que alguna de las Partes lo denuncie. Entrará en vigor cuando se notifique el último cumplimiento de las formalidades legales de cada una de las Partes. La importancia del presente marco regulatorio para el funcionamiento de los Comités de Integración que ordena las actividades propias de estos órganos de manera acorde con la realidad de las zonas fronterizas comunes con la República Argentina, justifica la aspiración del Poder Ejecutivo de una pronta imple-

mentación del mismo para lo cual se solicita la correspondiente aprobación de ese Cuerpo. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, LUIS ALMAGRO, EDUARDO BONOMI, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, FERNANDO LORENZO, JORGE VENEGAS, RICARDO EHRLICH, NELSON LOUSTAUNAU, ROBERTO KREIMERMAN, TABARÉ AGUERRE, ENRIQUE PINTADO, GRACIELA MUSLERA, DANIEL OLESKER, HÉCTOR LESCANO. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina para Establecer un Reglamento para los Comités de Integración, suscrito en Buenos Aires el 16 de marzo de 2011 . Montevideo, 27 de marzo de 2012. LUIS ALMAGRO, EDUARDO BONOMI, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, FERNANDO LORENZO, JORGE VENEGAS, RICARDO EHRLICH, NELSON LOUSTAUNAU., ROBERTO KREIMERMAN, TABARÉ AGUERRE, ENRIQUE PINTADO, GRACIELA MUSLERA, DANIEL OLESKER, HÉCTOR LESCANO.

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(SIGUEN FIRMAS)”.

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Anexo I al Rep. Nº 832 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: El presente proyecto de ley persigue la aprobación del “Acuerdo con la República Argentina para establecer un Reglamento para los Comités de Integración”. Los antecedentes entre ambos países en la materia objeto de este Acuerdo, se remontan al 19 de agosto de 1987, cuando se crean los Comités de Frontera por intermedio del Acta de Instalación de los Comités de Frontera entre Uruguay y Argentina. Más tarde Uruguay y Argentina, en 1998, instituyen el primer “Acuerdo para establecer un Reglamento para los Comités de Frontera”. La estructura del Acuerdo que nos ocupa se presenta por medio de un preámbulo y seis capítulos, integrados por un total de 25 artículos, por el que se busca perfeccionar el funcionamiento de los referidos Comités de Integración. El Capítulo I establece Disposiciones Generales, a esos efectos se determina el reemplazo del Acuerdo del 27 de agosto de 1998, que estableció el Reglamento para los Comités de Frontera, por el presente Acuerdo. Los referidos Comités de Frontera pasarán a denominarse “Comités de Integración” y sus objetivos serán la coordinación bilateral en torno a procedimientos ágiles y eficaces que fomenten la facilitación del tránsito y tráfico fronterizo de personas, vehículos, bienes y servicios entre una variada gama de acciones, temas y medidas pasibles de atenderse por medio de los citados Comités. Asimismo se determina cuáles serán las instituciones de cada Parte encargadas de coordinar el desarrollo de los Comités de Integración. El Reglamento se ha de aplicar a los Comités existentes, a los que se pudieran crear en el futuro, pudiéndose crear en el futuro y en atención a especiales circunstancias, subcomités de integración. El Capítulo II dispone los objetivos de los Comités de Integración por lo que deberán participar activamente en la solución de dificultades y problemas relacionados con el tráfico y tránsito en general, como del mismo modo en la promoción e impulso de otras ac-

ciones pertinentes al desarrollo fronterizo entre Uruguay y Argentina. El Capítulo III asigna responsabilidades y deberes institucionales para aquellas entidades que integren los mencionados Comités. A esos efectos se consigna una profusa lista de instituciones estatales de cada una de las Partes, las que deberán asistir a las reuniones del Comité respectivo. También se habilita a que puedan integrarse invitados no contemplados en la referida nómina (estatales nacionales y departamentales, provinciales y sociedad civil) cuando se entienda pertinente tal participación y puedan contribuir a la tarea de orientación y asesoramiento a las materias y actividades propias del Comité. A la Dirección de Límites y Fronteras por la Cancillería de la República Argentina y a la Dirección de Asuntos Limítrofes de la Cancillería del Uruguay les corresponderá ejercer la presidencia según el lugar donde se lleve a cabo la reunión, correspondiéndoles en cada una de esas oportunidades convocar a las reuniones de los Comités de Integración. El Capítulo IV fija el mecanismo de funcionamiento de los Comités de Integración, siendo obligatorio hacerlo por lo menos una vez al año en sesiones ordinarias en forma alternada en cada país, convocada con una antelación mínima de 30 días. Adquiere importancia el artículo 19 en virtud que allí se establece que corresponderá a las Direcciones coordinadoras del Acuerdo, referidas en el artículo 3, el diseño, instalación, mantenimiento y actualización de un portal informativo de formato electrónico en el que se encuentren accesibles al público, clasificadas en base a criterios que faciliten su búsqueda, las actas de las diferentes reuniones de los Comités de Integración, de sus Comisiones, Subcomisiones y Grupos Especiales, etcétera. Sin duda que se trata de una disposición innovadora que será dinamizadora de los temas que preocupan a la población litoraleña y cuya publicidad cumplirá un rol democratizador desde todo punto de vista. El Capítulo V instituye la creación de Comisiones con el fin de apoyar el funcionamiento y el desarrollo de los Comités. El Comité podrá, según convenga, crear Comisiones, Subcomisiones o Grupos Especiales, sin embargo en todos los Comités habrán de funcionar las cua-

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tro Comisiones mencionadas en el artículo 21, que son taxativas. El Capítulo VI establece las disposiciones finales, como lo relativo a la coordinación del calendario anual de las reuniones de los diferentes Comités de Integración, para lo cual se debe observar el artículo 3, lo cual será comunicado a todos los actores (Estado y privados) con la debida antelación. La entrada en vigor corresponderá una vez que las Partes comuniquen haber cumplido con las formalidades internas en cada país. Finalmente se establece la denuncia como es de rigor en todo documento de esta naturaleza. Habiendo examinado los antecedentes de este asunto vuestra Comisión de Asuntos Internacionales encuentra procedente solicitar a la Cámara el beneficio de la aprobación correspondiente. Sala de la Comisión, 6 de junio de 2012. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Miembro Informante, MARÍA ELENA LAURNAGA, JOSÉ CARLOS MAHÍA, DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: además del informe que se adjunta en el Anexo I del repartido, diremos que los Comités de Frontera fueron creados por el Acta de Instalación de los Comités de Frontera entre Uruguay y Argentina, el 19 de agosto de 1987. Es un instrumento bilateral suscrito por los gobiernos nacionales. En la Declaración de Anchorena, de 2 de junio de 2010, se dio un importante paso para la reactivación de las relaciones bilaterales argentino uruguayas. Ambos Presidentes manifestaron allí la voluntad de reactivar los Comités de Integración, para lo cual es necesario un reglamento que regule su funcionamiento adaptándose a la nueva realidad. Así, el 16 de marzo de 2011, en la ciudad de Buenos Aires, ambos Cancilleres firmaron un acuerdo para establecer un reglamento para los Comités de Integración. El proyecto de acuerdo -que es el que

tenemos en la mesa de trabajo- ya cuenta con aprobación en la República Argentina. Los objetivos que se persiguen son la coordinación general destinada a proponer procedimientos y soluciones ágiles y oportunas que contribuyan al desarrollo social, económico, cultural, ambiental y turístico de las comunidades fronterizas, así como fomentar la facilitación del tránsito y del tráfico fronterizos de personas, vehículos, bienes y servicios. El área de acción de los Comités de Integración es aquella donde poseen jurisdicción los Consulados de frontera. Estos órganos cuentan con la activa participación de autoridades locales, además de autoridades nacionales. Hasta ahora, señor Presidente, se han efectuado varias reuniones. Podemos señalar la reunión del Comité de Integración Bella Unión – Monte Caseros, llevada a cabo el 9 de junio de 2011; del Comité de Integración Salto – Concordia, el 16 de agosto de 2011; del Comité de Integración Colón – Paysandú, el 17 de agosto de 2011 y 9 de marzo de 2012. También se produjo la constitución del Comité Tigre – Carmelo; la semana próxima, los días 21 y 22 de junio, se llevará a cabo la primera reunión de trabajo en la ciudad de Carmelo. Algunos de los avances a destacar de estos instrumentos han sido la facilitación fronteriza en la coordinación con diversos actores, la facilitación de planes de contingencia en las áreas de control integrado y la tarjeta vecinal fronteriza; el acuerdo entre la Dirección Nacional de Migración de la República Oriental del Uruguay y la Dirección Nacional de Migraciones de la República Argentina para la emisión de tarjetas habilita cruzar la frontera con destino a la localidad contigua del país vecino mediante un procedimiento ágil y diferenciado de las otras categorías migratorias. También se han establecido marcos de colaboración en el control del crimen organizado. En cuanto a la infraestructura, diremos que se está coordinando con actores involucrados para la construcción y reparación de puentes, aeropuertos y demás obras en las ciudades fronterizas. Además, se constatan avances en la colocación de señalización vertical y horizontal, así como la ampliación del área de estacionamiento de camiones en Salto y Concordia. En materia de comercio y producción, es de destacar el acuerdo entre el LATU y el INTI, y los gobier-

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nos locales de Colón, Paysandú, Concordia y Salto para promover programas de integración productiva en los sectores de turismo, madera, metal, mecánica, textil y de alimentación. Luego, la creación del Grupo de Integración Productiva de la Cuenca del Río Uruguay en el marco de la Comisión de Comercio Binacional. En cuanto a políticas sociales, nos informan nuestros asesores que en Colón, Paysandú, Fray Bentos y Salto están desarrollándose actividades de capacitación en medidas preventivas y de detección del dengue, dirigidas a médicos. Destacamos la actividad “Unimos a Nado”, con la participación de personas discapacitadas, realizada en Colón y Paysandú. Este evento contó con más de un centenar de personas que cruzaron a nado el río, y con la presencia de autoridades de ambos países. Merece resaltar la importancia de esta actividad de inclusión social. Somos de los que creemos que, más allá de los problemas, la cooperación transfronteriza favorece la construcción de confianza por medio de acciones que se desarrollan en el territorio común, con estrecha colaboración de las autoridades gubernamentales y la sociedad civil local presente en ambos lados de la línea fronteriza. La Comisión de Asuntos Internacionales aprobó este proyecto por unanimidad, tomando en cuenta la importancia de estos aspectos que hacen a las comunidades que viven en ambas márgenes del río Uruguay. Además, nos hemos comprometido a invitar próximamente a las autoridades del Ministerio, en particular a la Dirección de Asuntos Limítrofes, para que podamos seguir trabajando en estos asuntos que interesan particularmente a la Comisión. SEÑORA CÁCERES.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Con mucho gusto le concedo una interrupción a la señora Diputada por Río Negro, que ha actuado en el seno de estos Comités de Integración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir la señora Diputada. SEÑORA CÁCERES.- Señor Presidente: he escuchado muy atentamente al miembro informante, compañero Martínez Huelmo, y ratifico totalmente sus palabras.

Fray Bentos es la puerta de entrada al turismo más importante que ha tenido este país. Los colegas presentes conocen los problemas que se han suscitado años atrás a raíz de la instalación de la planta de Botnia. De todas maneras, hemos trabajado muchísimo, aun sin este Reglamento, en materia social, deportiva y de libre tránsito -cuando pudimos solucionar los problemas- con la República Argentina. En este momento estamos necesitando sobremanera una reglamentación que nos proporcione instrumentos para funcionar más activamente y legalizar muchas actividades que ya estamos llevando adelante. Por esa razón solicitamos a la Cámara que apruebe este Reglamento. Muchas gracias, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- He finalizado, señor Presidente. SEÑOR OTEGUI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR OTEGUI.- Señor Presidente: en el mismo sentido que expresó la señora Diputada por Río Negro, quiero decir que he participado durante mucho tiempo en los primeros Comités de Frontera, hoy de Integración. Se trata de una herramienta fundamental para el desarrollo local, para el apoyo e integración de los actores sociales, culturales, laborales y empresariales de las regiones. En definitiva, el Partido Nacional va a acompañar ese proyecto con su voto, con la satisfacción de haber logrado un acuerdo de marco jurídico para que se pueda accionar en ese aspecto. Evidentemente, en la región fronteriza del Río Uruguay -como expresó el señor miembro informantela actividad es permanente y abarca una región de alta productividad, también con Río Grande del Sur. Por lo tanto, advertimos con satisfacción que este es un avance fundamental y, además, que el equipo de trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo que tiene que ver con integración de frontera, ha trabajado muy productivamente. Gracias, señor Presidente.

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SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta y siete en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en sesenta: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al remitido por el Poder Ejecutivo)

29.- Acuerdo con la República Helénica en materia de cooperación económica. (Aprobación).
Se pasa a considerar el asunto que figura en séptimo término del orden del día: “Acuerdo con la República Helénica en materia de cooperación económica. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 601 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Industria, Energía y Minería Ministerio de Educación y Cultura Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Ministerio de Turismo y Deporte Montevideo, 24 de mayo de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 7) del artículo 85 y numeral 20) del artículo 168 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Helénica en Materia de Cooperación Económica, suscripto en Atenas el 1º de octubre de 2010. El Acuerdo consta de un Preámbulo y cinco Artículos. Los fundamentos del Acuerdo se extraen de lo expresado en el Preámbulo, en el sentido de que está dirigido a intensificar las relaciones en materia de cooperación económica entre las Partes, sobre una base de equidad y reciprocidad de ventajas que permitan un aprovechamiento completo de las posibilidades creadas por el desarrollo económico y el fortalecimiento de los vínculos entre las Partes a diversos niveles. Los Artículos 1 y 2 establecen, en el marco de las respectivas leyes de las Partes y teniendo en cuenta sus otras obligaciones internacionales, como asimismo el Acuerdo Marco sobre Cooperación Interregional, entre la Unión Europea y el MERCOSUR, el objeto del Acuerdo, consistente en la promoción de la cooperación económica como factor de intensificación y diversificación de las relaciones bilaterales, y las formas de cooperación en áreas tales como la bancaria, financiera, industria, energía, agricultura, comunicaciones, transporte, construcción, mano de obra, turismo, entre otras; respe-

28.- Lavado de activos. (Se dictan normas para su prevención y penalización). (Modificaciones de la Cámara de Senadores).
La Mesa desea aclarar que ha rescatado a tiempo el proyecto tratado en cuarto término del orden del día, relativo a lavado de activos. De manera que, ahora sí, estamos en condiciones de votar lo solicitado por el señor Diputado Asti, si mantiene la propuesta de comunicarlo de inmediato. Los proyectos luego de aprobados en la Cámara tienen un proceso. Logramos detener este proceso. Si la carpeta hubiera estado aquí, hubiésemos podido votar, pero como no estaba, debimos rescatarla. Como no se le había dado entrada en el lugar siguiente, ahora podemos votar el trámite solicitado. Parece un trabalenguas, pero es así. Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en sesenta: AFIRMATIVA.

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tándose las obligaciones resultantes de la condición de miembro de la Unión Europea en el caso de la República Helénica y la condición de miembro del MERCOSUR en el caso de la República Oriental del Uruguay. El Artículo 3 contempla el estimular y facilitar el intercambio de información, como asimismo los contactos de los operadores económicos, la organización de ferias, exposiciones y simposios. Por el Artículo 4, para la ejecución del Acuerdo, se creará un Comité Conjunto del que formarán parte un número igual de representantes de las Partes que se reunirá alternadamente en cada país, en fecha y lugar a acordar por las Partes y que tendrá por objeto supervisar la cooperación económica entre ellas e identificar las áreas de cooperación más relevantes, recomendando medidas concretas a aplicar. El Artículo 5, se refiere a la entrada en vigor que será a los 30 días siguientes a la fecha de la última notificación del cumplimiento de los procedimientos internos requeridos, a la vigencia del Acuerdo (cinco años, renovable por períodos de un año), y a la solución de diferencias.

En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, ROBERTO KREIMERMAN, RICARDO EHRLICH, DANIEL GARÍN, HÉCTOR LESCANO”. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Helénica en Materia de Cooperación Económica, suscripto en Atenas el 1º de octubre de 2010. Montevideo, 24 de mayo de 2011. LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, ROBERTO KREIMERMAN, RICARDO EHRLICH, DANIEL GARÍN, HÉCTOR LESCANO.

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(SIGUEN FIRMAS)”.

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Anexo I al Rep. Nº 601 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: El presente proyecto de ley persigue aprobar el Acuerdo con la República Helénica en Materia de Cooperación Económica. Se trata de un documento sencillo que consta de un preámbulo y 5 artículos, cuya característica es la de un documento básico. El preámbulo fija claramente que las partes desean promover el desarrollo de la cooperación económica. El Artículo 1 suma al marco legal de cada Parte, el Acuerdo Marco Sobre Cooperación Interregional entre la Unión Europea y el MERCOSUR como ámbito donde Uruguay y la República Helénica llevarán a cabo el desarrollo de la cooperación económica en todo aquello que se considere de mutuo interés y beneficio. La cooperación a que refiere el Acuerdo es amplia sin mengua de dar acento a la promoción de las pequeñas y medianas empresas. El Artículo 2 establece la enumeración de los sectores sujetos de la cooperación; asimismo se proseguirá identificando nuevos sectores pasibles del consiguiente desarrollo y cooperación económica. El Artículo 3 especifica el modo sobre el cual se desarrollará la mencionada cooperación económica. El Artículo 4 dispone la creación de un Comité Conjunto encargado de implementar el presente Acuerdo. El Artículo 5 reúne formalidades de uso en este tipo de instrumento internacional; entrada en vigor (30 días a partir de la recepción de la última notificación), vigencia por un período de 5 años con prórroga tácita por períodos sucesivos de un año. Las controversias se resuelven por medio de consultas por la vía diplomática. Se trata de un Acuerdo básico por medio del cual las Partes esperan beneficios mutuos sobre el desarrollo de la Cooperación económica. En virtud de la permanente acción de nuestro país en busca de inversores y nuevas oportunidades comerciales, las que redundan fructíferamente sobre nuestra economía, y teniendo en cuenta que el presente Acuerdo va en esa dirección, vuestra Comisión

de Asuntos Internacionales tiene a bien recomendar la aprobación solicitada por el Poder Ejecutivo. Sala de la Comisión, 13 de julio de 2011. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Miembro Informante, MARÍA ELENA LAURNAGA, EDUARDO MÁRQUEZ, JAIME MARIO TROBO”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señor Presidente: este acuerdo estaba un tanto atrasado. A muchos llamará la atención el país con el que lo hacemos, pero en definitiva son compromisos que se establecen muchas veces sin tener en cuenta las diversas circunstancias ajenas a la construcción de estos instrumentos. Desde el año pasado, cuando hice este informe, se me han hecho jocosamente algunas observaciones que no son más que eso: bromas. Es verdad que la República Helénica está atravesando, como toda Europa, una situación crítica, pero eso no obsta para que podamos establecer formalmente un acuerdo básico, diría, casi un acuerdo clásico entre los llamados acuerdo marco, por medio del cual las partes esperan beneficios mutuos sobre el desarrollo de la cooperación económica. No se distingue mayormente de otros que hemos votado en el pasado y diría que tiene como principal motor el artículo 4, que dispone la creación de un Comité Conjunto encargado de implementar el presente acuerdo. Considero que es un proyecto básico, como ya he dicho. Esto fue lo que obró en el criterio de la Comisión para dar el visto bueno y el voto aprobatorio de quienes estaban presentes en esa jornada. Se le dio la aprobación correspondiente para el pase a la Cámara. Y hoy la Comisión no ve obstáculos para pedir a la Cámara su aprobación. Es cuanto tenía que decir, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular.

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(Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en sesenta y tres: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al remitido por el Poder Ejecutivo)

30.- Protección y vigilancia ante hechos de contaminación en aguas jurisdiccionales. (Modificación de la Ley Nº 16.688).
Se pasa a considerar el asunto que figura en octavo término del orden del día: “Protección y vigilancia ante hechos de contaminación en aguas jurisdiccionales. (Modificación de la Ley Nº 16.688)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 691 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Defensa Nacional Ministerio del Interior Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Ministerio de Transporte y Obras Públicas Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Montevideo, 8 de setiembre de 2011. Señor Presidente de la Asamblea General contador Danilo Astori: El Poder Ejecutivo cumple en remitir a consideración de ese Cuerpo, conforme con lo dispuesto por el numeral 7 del artículo 85 y el numeral 20 del artículo 168 de la Constitución de la República, el adjunto proyecto de ley que propone modificar disposiciones relativas al Régimen de Prevención y Vigilancia ante posible contaminación, aprobado por la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994.

La citada ley aprobó un régimen de prevención y vigilancia ante posible contaminación proveniente de buques, aeronaves y artefactos navales, creando asimismo un Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes. A su vez cometió al Comando General de la Armada, para que a través de la Prefectura Nacional Naval, establezca pautas de prevención, organización y procedimientos que permitan administrar una situación de contaminación en el ámbito marítimo nacional y en caso de producirse la puesta en ejecución de medidas de neutralización, efectuando la limpieza de las aguas dentro de su jurisdicción, para el restablecimiento, a posteriori, en el medio acuático y costero de las condiciones anteriores. La ley vigente consagró dentro de la normativa nacional y en especial, en el ámbito marítimo, el principio de Prevención, criterio prioritario de la política ambiental nacional según lo dispone el literal b del artículo 6º de la Ley General de Protección del Ambiente (Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000), principio que tiene como fin el evitar un daño futuro, pero cierto y mensurable, y que permitió mejorar el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la aplicación de los Convenios Internacionales en la materia. No obstante, los grandes avances en la política de lucha contra la contaminación que implicó la Ley Nº 16.688, se hace necesario ampliar el universo de actores intervinientes en dicha tarea y acompasar así la realidad internacional. En tal sentido a continuación se explicitan y fundamentan los cambios propuestos. Una de las modificaciones principales es la extensión del régimen de prevención y vigilancia ante una eventual contaminación de las aguas de jurisdicción nacional u otros elementos de ese medio, proveniente no sólo de actividades marítimas, sino también de otras fuentes, las cuales en la norma vigente no están incluidas. La propuesta también considera se incluya a texto expreso, en el artículo 3º, como elementos contaminantes de las aguas o del medio ambiente y sin perjuicio de mantener la facultad del Poder Ejecutivo de incluir a cualquier otro elemento o agente: a) las sustancias nocivas y potencialmente peligrosas de acuerdo a la definición dada por el Artículo 2º del “Protocolo sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra los Sucesos de Contaminación por Sustancias Nocivas y Potencialmente Peligrosas, 2000” aprobado por el artículo 1º de la Ley Nº 17.590, de 22 de noviembre de 2002 y b) la introducción intencional o ac-

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cidental de organismos acuáticos perjudiciales y agentes patógenos por conducto del lastre en los buques. Los posibles riesgos contaminantes derivados del transporte marítimo no solo responden a la ocurrencia de aquellos accidentes o derrames operacionales de hidrocarburos o sus mezclas. Muchas veces tal vez menos conocidos y espectaculares pero no por ello menos lesivos, estos accidentes o derrames han involucrado a diversas sustancias distintas a los hidrocarburos, las cuales pueden representar un peligro no solo para las tripulaciones de los buques, sino también para el buque, poblaciones costeras y medio ambiente. En este grupo ubicamos una amplia gama de cargas, transportada a granel o en bultos, por diversos tipos de naves (graneleros de cargas secas, buques de carga combinada, portacontenedores, de carga general, de transbordo rodado, quimiqueros, gaseros, etcétera). Tales materias son generalmente insumos de diversas industrias y como se desprende, de las cadenas de producción, distribución y consumo asociados, parte esencial de nuestra vida rutinaria; las cuales son transportadas diariamente por las rutas de navegación marítima del mundo entero. A través de pautas de prevención y básicamente de contralor, estas eventuales situaciones contaminantes originadas por estas sustancias quedarán bajo el amparo de la Ley Nº 16.688. Similar consideración merece la introducción de especies acuáticas perjudiciales o agentes patógenos a través de las aguas de lastre de los buques, la cual es considerada -junto a otras circunstancias- como una de las principales causas de pérdida de biodiversidad. A nivel global es aceptada la preocupación por esta introducción y se recoge en diversos instrumentos que han dado sustento jurídico y político a la misma, pudiendo mencionarse la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992 cuyas prescripciones específicas al respecto se incluyeron en el párrafo 17.30 a) vi) del Capítulo 17 del Programa 21, así como la Cumbre Mundial sobre el desarrollo sostenible, en el que se hace un llamado para acelerar la adopción de medidas para abordar este problema e instando a la Organización Marítima Internacional a adoptar un Convenio para el Control y la Gestión del agua de lastre de los buques con miras a reducir, evitar y eliminar la introducción de estos organismos por este vector de transferencia. El Convenio sobre Diversidad Biológica (aprobado por Ley Nº 16.408, de 2 de agosto de 1993) en su artículo 8 párrafo h) exhorta a las Partes “en la medida de lo posible y según proceda” a impedir que se introduzcan, controlar y/o erradicar las especies exóticas que amenacen a ecosistemas, hábitats o especies; en tanto la Convención de las Nacio-

nes Unidas sobre el Derecho del Mar (aprobada por Ley Nº 16.287, de 29 julio de 1992) dispone que los Estados tomarán todas las medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino causada por la utilización de tecnologías bajo su jurisdicción o control, o la introducción intencional o accidental en un sector determinado del medio marino de especies extrañas o nuevas que puedan causar en él cambios considerables y perjudiciales, todas estas, referencias válidas para la adopción de medidas que eviten la introducción de estas especies por conducto de las aguas de lastre y sus sedimentos. Es importante destacar que de esta manera, quedarán cubiertas las posibilidades de reparación ante diversos hechos contaminantes y diferentes a los hidrocarburos y sus mezclas. Se propone la modificación del artículo 4º relativo a instalaciones de recepción de sustancias contaminantes, incluyendo a las facilidades de recepción, en tanto en los aspectos técnicos no es lo mismo una estación de recepción, que una facilidad de recepción. Los residuos oleosos o los químicos se retiran a través de camiones tanque o en recipientes intermedios para graneles de 1.000 litros, que constituyen una “facilidad de recepción”, mientras que “estación de recepción” solo hay en ANCAP que posee una pileta de decantación que separa los residuos oleosos del agua, pero solamente recepciona los residuos de los buques que operan con la planta, quedando fuera los generados por otros buques, los que implican un alto porcentaje de los residuos retirados. La modificación propuesta establece la potestad del Poder Ejecutivo de reglamentar y autorizar a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, a las empresas u organismos públicos o privados que provean los servicios para la recepción de sustancias contaminantes, que buques y artefactos navales no deban arrojar a las aguas, en tanto las operaciones de las facilidades y estaciones de recepción en los buques se deberán ajustar a las normas que sobre la materia establezca el Comando General de la Armada a través de la Prefectura Nacional Naval, en función de leyes y reglamentos en vigencia. Con la modificación del artículo 5º se propone que en el caso de derrames de sustancias contaminantes con afectación al Medio Marino pero con origen en fuentes terrestres, sean puestos los sucesos y la información relacionada en conocimiento del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, en atención al principio de competencia y cubriendo situaciones que en la práctica se han susci-

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tado; estando a lo que esta determine y prestándole asistencia a requerimiento. Dicho procedimiento contribuiría a dar cumplimiento con la Convención sobre el Derecho del Mar ya mencionada, la cual en su Parte XII -Protección y Preservación del Medio Marinoartículo 194, insta a prevenir, reducir y controlar la contaminación procedente de todas las fuentes de contaminación, precisando en el literal a) del numeral 3 de dicho artículo que las medidas que se tomen serán destinadas a reducir en el mayor grado posible la evacuación de sustancias tóxicas, perjudiciales o nocivas, especialmente las de carácter persistente desde fuente terrestres, entre otras. La propuesta de modificación del artículo 8º pretende fijar un criterio objetivo en cuanto a la aplicación de multas, considerando tres situaciones: a) una para el caso de los derrames que involucren los hidrocarburos, b) otra para el caso de las sustancias nocivas y potencialmente peligrosas y c) para el caso de incumplimiento de la normativa de gestión del agua de lastre y sus sedimentos de acuerdo a lo estipulado. La primera considerando la cantidad y tipo de producto derramado, para la segunda de acuerdo a su peligrosidad de acuerdo a un criterio de persistencia en función de los tiempos en los cuales los efectos nocivos o peligrosos pueden ser eliminados y en el tercer caso para el incumplimiento de su obligación. De aprobarse se darían mayores garantías al régimen sancionatorio, adaptándolo a las limitaciones que imponen los principios de razonabilidad, proporcionalidad y adecuación, sin perjuicio de desestimular suficientemente todas las conductas infractoras que la ley establece. El artículo 10 de la Ley Nº 16.688 establece la obligación para los propietarios o armadores de buques, explotadores de aeronaves, artefactos navales, instalaciones establecidas en tierra o de plataformas, del pago de los gastos que por la limpieza de las aguas, resarcimiento de daños o por cualquier otro servicio que como consecuencia de la contaminación producida, haya debido realizar el Comando General de la Armada o cualquier otro organismo interviniente. En el proyecto que se acompaña, la obligación de pagar incluye también a los gastos en que haya incurrido la empresa designada para realizar las tareas de limpieza. Asimismo, se propone la modificación del artículo 10 de la Ley Nº 16.688 en relación a la obligación del armador de poseer un seguro contra derrames y vertimientos o contrato con una empresa de lucha contra la contaminación con asiento en nuestro país; para el caso de que una de estas empresas in-

cumpla las tareas para las que fue habilitada, se establece la responsabilidad de las mismas, disponiéndose la posibilidad de aplicar sanciones. La propuesta de modificación del artículo 12 amplía las posibilidades de establecimiento de garantías que puedan constituir los eventuales infractores. Al momento la única posibilidad es la constitución de garantía real, muchas veces de difícil constitución en caso de Empresas Armadoras extranjeras, por lo que, la inclusión de otros tipos de garantías permitirá con mayor facilidad para el Estado el resarcimiento de los perjuicios que haya sufrido, además de las otras medidas establecidas por la ley actual, es decir, la detención del buque interviniente en el siniestro o sobre el no despacho de otros buques pertenecientes al mismo armador o propietario, produciéndose de esta manera un estancamiento en la operativa comercial de los buques que derivaría en un perjuicio económico para los mismos. En tal sentido, se propone la aceptación de fianza o aval de la empresa aseguradora, bancaria o club de protección e indemnización en tanto este sea miembro de la Asociación Internacional de Clubes de Protección e Indemnización, a juicio suficiente de la Administración y siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en los reglamentos respectivos, solución adoptada por legislaciones de otros países; u otras garantías que a criterio del Poder Ejecutivo puedan ser consideradas suficientes. Las restantes propuestas de modificación se relacionan a la habilitación de empresas privadas (“empresas habilitadas”) para cumplir las tareas de neutralización de un derrame y de limpieza de las aguas o medio afectado para el restablecimiento (a posterior de un derrame) de las condiciones previamente existentes y debiendo tener aquellas asiento en nuestro país. El Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes mantendrá la dirección y supervisión de estas tareas, poniendo en práctica todas las necesarias para neutralizar el suceso contaminante y las relacionadas con la limpieza posterior y el restablecimiento más efectivo posible de las condiciones preexistentes. El Estado, a través del Comando General de la Armada -y por intermedio de la Prefectura Nacional Naval-, establecerá las condiciones para tal habilitación, dada su experiencia y responsabilidad como autoridad marítima, garantizando que las empresas habilitadas dispongan de un equipamiento mínimo y adecuado, previamente emplazado en el país, acorde al nivel de respuesta para el que se solicite la habilitación. De esta manera, se contribuirá a mejorar la capacidad de respuesta a derrames de sustancias y otros contaminantes previstos en la ley, en la medi-

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da que se fomenta la disponibilidad de un mayor equipamiento y personal a través de la inversión de privados, sin perder la conducción y supervisión por el Estado de las tareas. No obstante la existencia de este tipo de empresas, en casos de que las mismas no cumplan en forma adecuada con las tareas para las que fueron habilitadas, la Autoridad Marítima cumplirá, como hasta la fecha sus competencias, pudiendo complementar a la actividad privada si así se requiere. Finalmente se propone adecuar el literal A) del artículo 21 haciendo referencia a la reglamentación vigente, el Decreto 100/991, de 26 de febrero de 1991, Reglamento de Uso de Espacios Acuáticos, Costeros y Portuarios, en virtud de haber sustituido al Decreto 402/970, de 26 de agosto de 1970, Reglamento Preventivo y Represivo de Infracciones Marítimas, Fluviales y Portuarias, el cual se encontraba vigente al momento de aprobación de la Ley Nº 16.688. Por los fundamentos expuestos se solicita la atención de ese Cuerpo al adjunto proyecto de ley, cuya aprobación se encarece. El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General, atentamente. JOSÉ MUJICA, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, EDUARDO BONOMI, FERNANDO LORENZO, TABARÉ AGUERRE, ENRIQUE PINTADO, GRACIELA MUSLERA. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º. (Régimen aplicable y jurisdicción). La presente ley establece un régimen de prevención y vigilancia ante posible contaminación de las aguas de jurisdicción nacional u otros elementos de ese medio, surgida por agentes contaminantes provenientes de buques, aeronaves y artefactos navales y de fuentes terrestres”. Artículo 2º.- Modifícase el artículo 3º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º. (Inclusión de elementos contaminantes). Se incluyen en las prescripciones de la presente ley, las sustancias nocivas y potencialmente peligrosas de acuerdo a la definición dada por el Artículo 2º del “Protocolo sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra los Sucesos de

Contaminación por Sustancias Nocivas y Potencialmente Peligrosas, 2000″ aprobado por el artículo 1º de la Ley Nº 17.590, de 22 de noviembre de 2002, así como la introducción intencional o accidental de organismos acuáticos perjudiciales y agentes patógenos por conducto del lastre en los buques. El Poder Ejecutivo queda autorizado a incluir en el régimen de la presente ley a cualquier otro elemento o agente contaminante de las aguas o del medio ambiente que tengan origen en la actividad de los buques, aeronaves o artefactos navales”. Artículo 3º.- Modifícase el artículo 4º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4º. (Facilidades e instalaciones de recepción). El Poder Ejecutivo autorizará a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente y reglamentará a las empresas u organismos públicos o privados que provean los servicios para la recepción de sustancias contaminantes, que buques y artefactos navales no deben arrojar a las aguas, ello sin perjuicio de las autorizaciones de operación que deban gestionarse en los diferentes ámbitos de operación de los buques. Las operaciones de las Facilidades y Estaciones de recepción en los buques se deberán ajustar a las normas que sobre la materia establezca el Comando General de la Armada a través de la Prefectura Nacional Naval, en función de leyes y reglamentos en vigencia”. Artículo 4º.- Modifícase el artículo 5º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 5º. (Autoridades intervinientes). Dentro de las aguas portuarias el Comando General de la Armada a través de la Prefectura Nacional Naval, la Administración Nacional de Puertos y la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas tendrán a su cargo la vigilancia y cumplimiento de la presente ley, en las áreas de competencia específica de cada organización. Fuera de las áreas expresadas precedentemente, la vigilancia del cumplimiento de la presente será competencia exclusiva del Comando General de la Armada, a través de la Prefectura Nacional Naval. En caso de constatarse derrames originados o provenientes de fuentes terrestres se pondrá en conocimiento a la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en virtud de

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lo dispuesto en los artículos 192 y siguientes de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar aprobada por Ley Nº 16.287, de 29 de julio de 1992, para los efectos y medidas que esta estime correspondan, pudiendo la Prefectura Nacional Naval, prestar colaboración a requerimiento de dicho Ministerio”. Artículo 5º.- Modifícase el artículo 6º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 6º. (Investigaciones y sumarios administrativos). La investigación y la instrucción de sumarios administrativos motivados por las infracciones a la presente ley y su reglamentación, así como la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 8º y 10 estarán a cargo del Comando General de la Armada, a través de la Prefectura Nacional Naval”. Artículo 6º.- Inclúyese en la parte final del artículo 8º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, lo siguiente: “El criterio de aplicación de las multas será el siguiente: A.- Derrames de hidrocarburos Monto en U.R. Gas Oil / Diesel Oil Fuel Oil/Crudo Hasta 1.000 Hasta 2.000 Hasta 3.000 Hasta 4.000 Hasta 5.000 Hasta 6.000 Hasta 7.000 Hasta 8.000 Hasta 9.000 Hasta 10.000 hasta 1.000 lts hasta 4.000 lts hasta 6.000 lts hasta 8.000 lts hasta 10.000 lts hasta 12.000 lts hasta 14.000 lts hasta 16.000 lts hasta 18.000 lts hasta 20.000 lts hasta 250 lts hasta 1.000 lts hasta 1.500 lts hasta 2.000 lts hasta 2.500 lts hasta 3.000 lts hasta 3.500 lts hasta 4.000 lts hasta 4.500 lts hasta 5.000 lts

ser eliminados en un plazo no mayor de 12 horas de ocurrido el hecho. 2) Derrames que revisten un peligro grave Hasta 8.000 U.R. (ocho mil Unidades Reajustables): Se considera que reviste peligro grave de contaminación de las aguas, el derrame, descarga o vertimiento de un producto o una sustancia que de acuerdo a sus características y cantidad produce efectos nocivos o peligrosos que no pueden ser eliminados en un plazo de 12 horas de ocurrido el hecho. 3) Derrames que revisten un peligro gravísimo – Hasta 10.000 U.R. (diez mil Unidades Reajustables): Se considera que reviste peligro gravísimo de contaminación de las aguas, un derrame, descarga o vertimiento, cuando concurren uno o más de los siguientes factores: alta toxicidad, peligro de incendio o explosión, destrucción comprobada de flora y fauna, daños en la zona costera o que ocurran en un área declarada zona de protección especial o zona especial. Las graduaciones previstas precedentemente podrán ser incrementadas hasta en un 100% (cien por ciento), pero siempre que la multa a aplicar no supere las 10.000 U.R. (diez mil Unidades Reajustables) si se comprueba que el infractor actuó con intencionalidad, impericia, negligencia o si no concurrió con prontitud a reparar el daño o perjuicio ocasionado; considerándose además: – Las medidas adoptadas por el infractor para prevenir o minimizar los daños por contaminación. – La circunstancia de tratarse de reincidentes en infracciones del mismo tipo. – El haberse omitido por el infractor el dar cuenta oportunamente a la autoridad marítima del derrame, descarga o vertimiento”. Artículo 7º.- Modifícase el artículo 10 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera:

B.- Sustancias nocivas y potencialmente peligrosas 1) Derrames que revisten un peligro leve Hasta 5.000 U.R. (cinco mil Unidades Reajustables): Se considera que reviste peligro leve de contaminación de las aguas, el derrame, descarga o vertimiento de un producto o una sustancia que de acuerdo a sus características y cantidad produce efectos nocivos o peligrosos que pueden

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“ARTÍCULO 10. (Obligación de reparar). Sin perjuicio de la multa que eventualmente les pueda ser aplicada como consecuencia de la instrucción del sumario a que se hace referencia precedentemente, los propietarios o armadores de buques, explotadores de aeronaves, artefactos navales, instalaciones establecidas en tierra o de plataformas submarinas que hubieran ocasionado la contaminación, serán responsables en forma solidaria y objetiva, se hayan configurado o no las infracciones establecidas en los artículos respectivos de la presente ley, del pago de los gastos que por la limpieza de las aguas, resarcimiento de daños, o por cualquier otro servicio que como consecuencia del hecho haya debido realizar el Comando General de la Armada, cualquier otro organismo interviniente o empresa designada por el armador, propietario del buque o artefacto naval. El armador, propietario del buque o artefacto naval, a los efectos de verificar la limpieza, deberá poseer un seguro contra derrames y vertimientos o contrato con una empresa de lucha contra la contaminación con asiento en nuestro país. En caso de que la mencionada empresa incumpla las tareas para las que fue habilitada, ya sea por la no realización de la limpieza o por cualquier otra acción u omisión que agrave la contaminación o provoque una nueva, serán de aplicación a aquella lo dispuesto en el literal C) “SANCIONES” del presente Título. En caso de aplicación de una multa, esta se graduará entre un mínimo de 10 UR y un máximo de 10.000 UR. Las sanciones se aplicarán teniendo en cuenta la gravedad de los hechos y la responsabilidad de la empresa en los mismos. Artículo 8º.- Modifícase el artículo 12 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 12. (Garantía). El Comando General de la Armada, a través de la Prefectura Nacional Naval, exigirá garantía del pago de la multa o del servicio de limpieza de aguas a los presuntos responsables, la misma podrá constituirse por: a) Garantía real. b) Mediante fianza o aval de la empresa aseguradora, bancaria o club de protección e indemnización en tanto este sea miembro de la Asociación Internacional de Clubes de Protección e Indemnización, a juicio suficiente del Comando General de la Armada y

siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en los Reglamentos respectivos. c) Otras garantías que a criterio del Poder Ejecutivo sean consideradas suficientes. La garantía constituida se mantendrá hasta que sean pagas las multas y el servicio de limpieza o se determine que no existe responsabilidad. Será exigida bajo apercibimiento de detención del buque, no despachándose ningún otro perteneciente al responsable o explotado por él, si el presunto infractor ha salido de la jurisdicción nacional”. Artículo 9º.- Modifícase el artículo 13 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 13. (Orden para efectuar las operaciones). El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la Dirección Nacional de Hidrografía, o la Administración Nacional de Puertos en su caso, podrán ordenar al o a los buques a su cargo que realicen la limpieza de las aguas portuarias bajo su jurisdicción, la que se efectuará a su costo, bajo las directivas emanadas por el Director del Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes o contratar los servicios de las empresas habilitadas según lo establecido en el artículo 19 de la presente ley. Estos organismos podrán accionar en forma subsidiaria contra el o los buques responsables de la contaminación”. Artículo 10.- Modifícase el artículo 15 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 15. (Sistema Nacional). Créase el Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes cometiéndose al Comando General de la Armada, para que a través de la Prefectura Nacional Naval, establezca pautas de prevención, organización y procedimientos para administrar una situación de derrame de contaminantes provenientes de buques, aeronaves y artefactos navales en el ámbito marítimo nacional y en caso de producirse un derrame la puesta en ejecución de medidas de neutralización, efectuando la supervisión de la limpieza de las aguas dentro de su jurisdicción o interviniendo directamente en la limpieza del área afectada, para el restablecimiento a posteriori, en el medio acuático y costero, de las condiciones anteriores”.

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Artículo 11.- Agrégase al artículo 19 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el siguiente inciso: “La autoridad competente para habilitar a las empresas que cumplan tareas de lucha contra la contaminación a la que hace referencia el artículo 1º de la presente ley, es el Comando General de la Armada a través de la Prefectura Nacional Naval, la que establecerá las condiciones de habilitación”. Artículo 12.- Modifícase el literal A) del artículo 21 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “A) Multas establecidas por acciones contaminantes menores dispuestas en el Reglamento de Uso de Espacio Acuáticos, Costeros y Portuarios, Decreto 100/991, de 26 de febrero de 1991″. Montevideo, 8 de setiembre de 2011. ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, EDUARDO BONOMI, FERNANDO LORENZO, TABARÉ AGUERRE, ENRIQUE PINTADO, GRACIELA MUSLERA”. Anexo I al Rep. Nº 691 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Defensa Nacional INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Representantes, analiza el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, por el que se modifican disposiciones de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, relativas al régimen de protección y vigilancia ante posibles hechos de contaminación de las aguas jurisdiccionales. Se recibieron por el tema autoridades de los Ministerios de Defensa Nacional, en dos oportunidades; Transporte y Obras Públicas, así como inquietudes escritas de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland. Luego de un largo debate se llega al proyecto de ley modificativo que se adjunta, aprobado por unanimidad de los miembros de la asesora. La Ley Nº 16.688 aprobó un régimen de prevención y vigilancia ante posible contaminación proveniente de buques, aeronaves y artefactos navales, creando asimismo un Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes. A su vez cometió al Comando General

de la Armada, para que a través de la Prefectura Nacional Naval, establezca pautas de prevención, organización y procedimientos que permitan administrar una situación de contaminación en el ámbito marítimo nacional y en caso de producirse, la puesta en ejecución de medidas de neutralización, efectuando la limpieza de las aguas dentro de su jurisdicción, para el restablecimiento, a posteriori, en el medio acuático y costero de las condiciones anteriores. No obstante el gran avance que, en la política de lucha contra la contaminación, implicó la Ley Nº 16.688, se hace necesario ampliar el universo de actores intervinientes en dicha tarea y acompasar así la realidad internacional. El objetivo fundamental de este proyecto es actualizar un marco jurídico que fue creado en el año 1994. Tanto es así que esta ley fue creada solamente para prevenir los derrames de hidrocarburos. Dentro de las fortalezas, este proyecto amplía el sistema de prevención, puesto que antes solo se consideraban a los hidrocarburos y ahora se contemplan todas las sustancias nocivas potencialmente peligrosas. Crea una figura que ya existe a nivel mundial, exigiendo a los armadores o a los propietarios de los buques que para poder operar en cualquier terminal portuaria o en aguas jurisdiccionales uruguayas se deba tener cobertura por parte de una empresa, en respuesta a la prevención de contaminación. Ahora será la empresa la que deba actuar en forma inmediata. El Estado siempre tendrá el control y podrá actuar en caso de que la o las empresas no lo hagan. Ahora se abre ese estadio intermedio, donde se puede exigir a una o varias empresas que mitiguen el incidente de contaminación. Hoy si hay un incidente de contaminación debe actuar el Estado. Ante un desastre natural, existen distintas técnicas para combatir la contaminación. Si bien se puede provocar un incendio para destruir el elemento contaminante, siempre quedan algunos. A partir de ahora, existiría la posibilidad de que, previa autorización de la DINAMA, haya empresas que tengan instalaciones de recepción y tratamiento de esos desechos, producto de los incidentes de contaminación. Por todo lo expuesto se aconseja al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley modificativo. Sala de la Comisión, 10 de abril de 2012. IVONNE PASSADA, Miembro Informante, JOSÉ A. AMY, JAVIER GARCÍA, GUSTAVO ROMBYS.

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PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º. (Inclusión de elementos contaminantes).- Se incluyen en las prescripciones de la presente ley, las sustancias nocivas y potencialmente peligrosas de acuerdo a la definición dada por el Artículo 2º del “Protocolo sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra los Sucesos de Contaminación por Sustancias Nocivas y Potencialmente Peligrosas, 2000″ aprobado por el artículo 1º de la Ley Nº 17.590, de 22 de noviembre de 2002, así como la introducción intencional o accidental de organismos acuáticos perjudiciales y agentes patógenos por conducto del lastre en los buques. El Poder Ejecutivo queda autorizado a incluir en el régimen de la presente ley a cualquier otro elemento o agente contaminante de las aguas o del medio ambiente que tengan origen en la actividad de los buques, aeronaves o artefactos navales”. Artículo 2º.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º. (Facilidades e instalaciones de recepción).- El Poder Ejecutivo autorizará a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente y reglamentará a las empresas u organismos públicos o privados que provean los servicios para la recepción de sustancias contaminantes, que buques y artefactos navales no deben arrojar a las aguas, ello sin perjuicio de las autorizaciones de operación que deban gestionarse en los diferentes ámbitos de operación de los buques. Las operaciones de las Facilidades y Estaciones de recepción a los buques se deberán ajustar a las normas que sobre la materia establezca el Comando General de la Armada a través de la Prefectura Nacional Naval, en función de leyes y reglamentos en vigencia”. Artículo 3º.- Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º. (Autoridades intervinientes).- Dentro de las aguas portuarias el Comando General de la Armada a través de la Prefectura Nacional Naval, la Administración Nacional de Puertos y la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas tendrán a su cargo la

vigilancia y cumplimiento de la presente ley, en las áreas de competencia específica de cada organización. Fuera de las áreas expresadas precedentemente, la vigilancia del cumplimiento de la presente será competencia exclusiva del Comando General de la Armada, a través de la Prefectura Nacional Naval. En caso de constatarse derrames originados o provenientes de fuentes terrestres se pondrá en conocimiento a la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para los efectos y medidas que esta estime correspondan, debiendo la Prefectura Nacional Naval, prestar colaboración a requerimiento de dicho Ministerio”. Artículo 4º.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º. (Investigaciones y sumarios administrativos).- La investigación y la instrucción de sumarios administrativos motivados por las infracciones a la presente ley y su reglamentación, así como la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 8º y 10 estarán a cargo del Comando General de la Armada, a través de la Prefectura Nacional Naval”. Artículo 5º.- Agrégase al artículo 8º de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el siguiente inciso: “El criterio de aplicación de las multas será el siguiente: A. Derrames de hidrocarburos Monto en UR Hasta 1.000 Hasta 2.000 Hasta 3.000 Hasta 4.000 Hasta 5.000 Hasta 6.000 Hasta 7.000 Hasta 8.000 Hasta 9.000 Hasta 10.000 Gas Oil / Diesel Oil Fuel Oil/Crudo hasta 1.000 lts hasta 4.000 lts hasta 6.000 lts hasta 8.000 lts hasta 10.000 lts hasta 12.000 lts hasta 14.000 lts hasta 16.000 lts hasta 18.000 lts hasta 20.000 lts hasta 250 lts hasta 1.000 lts hasta 1.500 lts hasta 2.000 lts hasta 2.500 lts hasta 3.000 lts hasta 3.500 lts hasta 4.000 lts hasta 4.500 lts hasta 5.000 lts

B. Sustancias nocivas y potencialmente peligrosas 1) Derrames que revisten un peligro leve Hasta 5.000 UR (cinco mil Unidades Reajustables):

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Se considera que reviste peligro leve de contaminación de las aguas, el derrame, descarga o vertimiento de un producto o una sustancia que de acuerdo a sus características y cantidad produce efectos nocivos o peligrosos que pueden ser eliminados en un plazo no mayor de 12 (doce) horas de ocurrido el hecho. 2) Derrames que revisten un peligro grave Hasta 8.000 UR (ocho mil Unidades Reajustables): Se considera que reviste peligro grave de contaminación de las aguas, el derrame, descarga o vertimiento de un producto o una sustancia que de acuerdo a sus características y cantidad produce efectos nocivos o peligrosos que no pueden ser eliminados en un plazo de 12 (doce) horas de ocurrido el hecho. 3) Derrames que revisten un peligro gravísimo – Hasta 10.000 UR (diez mil Unidades Reajustables): Se considera que reviste peligro gravísimo de contaminación de las aguas, un derrame, descarga o vertimiento, cuando concurren uno o más de los siguientes factores: alta toxicidad, peligro de incendio o explosión, destrucción comprobada de flora y fauna, daños en la zona costera o que ocurran en un área declarada zona de protección especial o zona especial. Las graduaciones previstas precedentemente podrán ser incrementadas hasta en un 100% (cien por ciento), pero siempre que la multa a aplicar no supere las 10.000 UR (diez mil Unidades Reajustables) si se comprueba que el infractor actuó con intencionalidad, impericia, negligencia o si no concurrió con prontitud a reparar el daño o perjuicio ocasionado; considerándose además: – Las medidas adoptadas por el infractor para prevenir o minimizar los daños por contaminación. – La circunstancia de tratarse de reincidentes en infracciones del mismo tipo. – El haberse omitido por el infractor el dar cuenta oportunamente a la autori-

dad marítima del derrame, descarga o vertimiento”. Artículo 6º.- Sustitúyese el artículo 10 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, por el siguiente: “ARTÍCULO 10. (Obligación de reparar).- Sin perjuicio de la multa que eventualmente les pueda ser aplicada como consecuencia de la instrucción del sumario a que se hace referencia precedentemente, los propietarios o armadores de buques, explotadores de aeronaves, artefactos navales, instalaciones establecidas en tierra o de plataformas submarinas que hubieran ocasionado la contaminación, serán responsables en forma solidaria y objetiva, se hayan configurado o no las infracciones establecidas en los artículos respectivos de la presente ley, del pago de los gastos que por la limpieza de las aguas, resarcimiento de daños, o por cualquier otro servicio que como consecuencia del hecho haya debido realizar el Comando General de la Armada, cualquier otro organismo interviniente o empresa designada por el armador, propietario del buque o artefacto naval. El armador, propietario del buque o artefacto naval, a los efectos de verificar la limpieza, deberá poseer un seguro contra derrames y vertimientos y un contrato con una empresa de lucha contra la contaminación con asiento en nuestro país. En caso de que la mencionada empresa incumpla las tareas para las que fue habilitada, ya sea por la no realización de la limpieza o por cualquier otra acción u omisión que agrave la contaminación o provoque una nueva, serán de aplicación a aquella lo dispuesto en el literal C) “SANCIONES” del presente Título. En caso de aplicación de una multa, esta se graduará entre un mínimo de 10 UR (diez Unidades Reajustables) y un máximo de 10.000 UR (diez mil Unidades Reajustables). Las sanciones se aplicarán teniendo en cuenta la gravedad de los hechos y la responsabilidad de la empresa en los mismos. Artículo 7º.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Garantía).- El Comando General de la Armada, a través de la Prefectura Nacional Naval, exigirá garantía del pago de la multa o del servicio de limpieza de aguas a los presuntos responsables. La misma podrá constituirse por: a) Garantía real.

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b) Mediante fianza o aval de la empresa aseguradora, bancaria o club de protección e indemnización en tanto este sea miembro de la Asociación Internacional de Clubes de Protección e Indemnización, a juicio suficiente del Comando General de la Armada y siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en los Reglamentos respectivos. c) Otras garantías que a criterio del Poder Ejecutivo sean consideradas suficientes. La garantía constituida se mantendrá hasta que sean pagas las multas y el servicio de limpieza o se determine que no existe responsabilidad. Será exigida bajo apercibimiento de detención del buque, no despachándose ningún otro perteneciente al responsable o explotado por él, si el presunto infractor ha salido de la jurisdicción nacional”. Artículo 8º.- Sustitúyese el artículo 13 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, por el siguiente: “ARTÍCULO 13. (Orden para efectuar las operaciones).- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la Dirección Nacional de Hidrografía, o la Administración Nacional de Puertos en su caso, podrán ordenar al o a los buques a su cargo que realicen la limpieza de las aguas portuarias bajo su jurisdicción, la que se efectuará a su costo, bajo las directivas emanadas por el Director del Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes o contratar los servicios de las empresas habilitadas según lo establecido en el artículo 19 de la presente ley. Estos organismos podrán accionar en forma subsidiaria contra el o los buques responsables de la contaminación”. Artículo 9º.- Sustitúyese el artículo 15 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, por el siguiente: “ARTÍCULO 15. (Sistema Nacional).- Créase el Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes cometiéndose al Comando General de la Armada, para que a través de la Prefectura Nacional Naval, establezca pautas de prevención, organización y procedimientos para administrar una situación de derrame de contaminantes provenientes de buques, aeronaves y artefactos navales en el ámbito marítimo nacional y en caso de producirse un derrame la puesta en ejecución de medidas de neutralización, efectuando la supervisión de la limpieza de las aguas dentro de su jurisdicción o interviniendo directamente en la limpieza del área

afectada, para el restablecimiento a posteriori, en el medio acuático y costero, de las condiciones anteriores”. Artículo 10.- Agrégase al artículo 19 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el siguiente inciso: “La autoridad competente para habilitar a las empresas que cumplan tareas de lucha contra la contaminación a la que hace referencia el artículo 1º de la presente ley, es el Comando General de la Armada a través de la Prefectura Nacional Naval, la que establecerá las condiciones de habilitación”. Artículo 11.- Modifícase el literal A) del artículo 21 de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “A) Multas establecidas por acciones contaminantes menores dispuestas en el Reglamento de Uso de Espacio Acuáticos, Costeros y Portuarios, Decreto 100/991, de 26 de febrero de 1991″. Sala de la Comisión, 10 de abril de 2012. IVONNE PASSADA, Miembro Informante, JOSÉ A. AMY, JAVIER GARCÍA, GUSTAVO ROMBYS”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra la miembro informante, señora Diputada Passada. SEÑORA PASSADA.- Señor Presidente: la Comisión recibió a las autoridades de los Ministerios de Defensa Nacional -que participó en dos oportunidades- y de Transporte y Obras Públicas, así como las inquietudes por escrito de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, que fueron tenidas en cuenta en el momento de elaborar los informes y el proyecto de ley. Luego del debate, se llega a la modificación que estamos adjuntando. La Ley Nº 16.688 aprobó un régimen de prevención y vigilancia ante posible contaminación proveniente de buques, aeronaves y artefactos navales. Asimismo, cometió al Comando General de la Armada para que, a través de la Prefectura Nacional Naval, estableciera pautas de prevención, organización y procedimientos que permitieran controlar una situación de contaminación en el ámbito marítimo nacio-

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nal. En caso de producirse, se prevé la puesta en ejecución de medidas de neutralización, efectuando la limpieza de las aguas dentro de la propia jurisdicción, para el restablecimiento a posteriori en el medio acuático y costero de las condiciones anteriores. No obstante el gran avance que en política de lucha contra la contaminación implicó la Ley Nº 16.688, se hacía necesario ampliar el universo de actores intervinientes en dicha tarea y acompasar así una realidad internacional que nos obligaba necesariamente a hacer las modificaciones que se están proponiendo. El objetivo fundamental de este proyecto es actualizar el marco jurídico que fue creado en el año 1994. Tanto es así que esta ley fue creada solamente para prevenir en ese momento los derrames de hidrocarburos. Dentro de las fortalezas, este proyecto amplía el sistema de prevención, puesto que antes solo se consideraban los hidrocarburos y ahora, con la norma que estaríamos aprobando, se contemplan todas las sustancias nocivas potencialmente peligrosas. Además, crea una figura que ya existe a nivel mundial, exigiendo a todos los armadores o a los propietarios de los buques, para que puedan operar en cualquier terminal portuaria o en aguas jurisdiccionales uruguayas, que tengan cobertura por parte de una empresa, en respuesta, precisamente, a la prevención que atienda, nada más ni nada menos, que el tema de la contaminación. Ahora será la empresa la que deberá actuar de forma inmediata. A su vez, el Estado -que siempre tendrá el control-, en el caso de que la empresa o las empresas no lo hagan, deberá hacerlo cumplir. También se abre ese estado intermedio en el que se puede exigir a una o varias empresas que mitiguen el incidente de contaminación. Hoy, si hay un incidente de contaminación, debe actuar el Estado. Ante un desastre natural, existen distintas técnicas para combatir la contaminación. Si bien se puede provocar un incendio para destruir el elemento contaminante, siempre queda algo y a partir de ahora existirá la posibilidad de que, previa autorización de la DINAMA, haya empresas que tengan instalaciones de recepción y tratamiento de esos desechos producto de los incidentes producidos por contaminación. Por último, queremos resaltar la participación de la DINAMA, asesorando sobre ese proyecto.

Por lo tanto, aconsejamos al Cuerpo la aprobación de este proyecto de ley por el significado y la importancia que tiene para nuestro país. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión particular. SEÑORA PASSADA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PASSADA.- Señor Presidente: propongo votar en bloque y que se elimine la lectura de los artículos. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y tres en cincuenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 1º al 11. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y cinco: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto de ley y se comunicará al Senado. SEÑORA PASSADA.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y cuatro: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)

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31.- Autorización al señor Representante Iván Posada para realizar una exposición en la sesión ordinaria del día 3 de julio.
Dese cuenta de una moción presentada por los señores Diputados Caram, Cantero Piali, Otegui, Mujica y Posada. (Se lee:) “Mocionamos para que, al amparo del artículo 154 del Reglamento, se autorice al señor Representante Iván Posada a realizar una exposición por el término de quince minutos en la sesión ordinaria del día 3 de julio del 2012, en la que se rendirá homenaje a Aníbal Barrios Pintos”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA.

33.- Autorización al señor Representante Jorge Gandini para realizar una exposición en la sesión ordinaria del día 11 de julio.
Dese cuenta de una moción presentada por la señora Diputada Caballero y por los señores Diputados Caram, Cantero Piali, Mujica, Otegui y Posada. (Se lee:) “Mocionamos para, que al amparo del artículo 154 del Reglamento, se autorice al señor Representante Jorge Gandini para realizar una exposición por el término de quince minutos en la sesión ordinaria del día 11 de julio de 2012, en la que se rendirá homenaje al doctor Rodolfo Sienra”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y seis en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA.

32.- Autorización al señor Representante Pablo Iturralde Viñas para realizar una exposición en la sesión ordinaria del día 1° de agosto.
Dese cuenta de una moción presentada por los señores Representantes Caram, Cantero Piali, Mujica, Otegui y Posada. (Se lee:) “Mocionamos para que, al amparo del artículo 154 del Reglamento, se autorice al señor Representante Pablo Iturralde Viñas para realizar una exposición por el término de quince minutos en la sesión ordinaria del día 1º de agosto de 2012, en la que se rendirá homenaje a Rocío Villamil”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA.

34.- Autorización al señor Representante Luis Lacalle Pou para realizar una exposición en la sesión ordinaria del día 15 de agosto.
Dese cuenta de una moción presentada por los señores Diputados Lereté, Mujica, Cantero Piali, Otegui, Caram y Posada. (Se lee:) “Mocionamos para que, al amparo del artículo 154 del Reglamento, se autorice al señor Representante Luis Lacalle Pou para realizar una exposición por el término de quince minutos en la sesión ordinaria del día 15 de agosto de 2012, en la que se rendirá homenaje a Dalton Rosas Riolfo”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en sesenta: AFIRMATIVA.

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35.- Sesión extraordinaria.
Dese cuenta de una moción presentada por la señora Diputada Cáceres y los señores Diputados Niffouri, Cantero Piali, Yanes, Posada y Arocena. (Se lee:) “Mocionamos para que la Cámara se reúna en sesión extraordinaria el día 4 de setiembre de 2012, a la hora 15, a fin de conmemorar el centenario de la introducción del básquetbol en el Uruguay”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en sesenta: AFIRMATIVA.

pondrá su detención y sólo autorizará el vuelo para salir del país, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente”. La modificación del mencionado artículo se realiza en atención a la necesidad constatada por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica de adecuar la normativa nacional aeronáutica, relativa a las aeronaves de turismo o deportivas en tránsito, al marco actual del desarrollo del turismo nacional y regional. En efecto, dicho artículo establece un máximo de 4 (cuatro) meses para la permanencia de las aeronaves de turismo o deportivas extranjeras en el territorio nacional, por lo que resulta conveniente modificar la referida norma dado lo exiguo del plazo legal actualmente vigente. Ello permitirá utilizar al máximo la infraestructura aeroportuaria existente en nuestro país, así como también propiciar el desarrollo y fomento de la actividad aeronáutica a través de los servicios conexos, tales como la reparación, mantenimiento y aprovisionamiento de aeronaves, lo cual redundará en beneficios a la economía nacional. Asimismo, actualmente las infraestructuras aeroportuarias ubicadas en el interior del país se encuentran subutilizadas, por lo que la propuesta de modificación del artículo 13 del Código Aeronáutico tiene como finalidad contribuir a maximizar el uso de las instalaciones, posibilitando que aviones de matrícula extranjera puedan permanecer en el territorio nacional por un período más extenso. Por los fundamentos expuestos, se solicita la atención de ese Cuerpo al adjunto proyecto de ley, cuya aprobación se encarece. El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General, atentamente. JOSÉ MUJICA, EDUARDO BONOMI, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, RICARDO EHRLICH, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, JORGE VENEGAS, DANIEL GARÍN, HÉCTOR LESCANO, GRACIELA MUSLERA, DANIEL OLESKER. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Modifícase el artículo 13 del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto-Ley

36.- Aeronaves de turismo o deportivas en tránsito. (Modificación del artículo 13 del Código Aeronáutico).
Se pasa a considerar el asunto que figura en noveno término del orden del día: “Aeronaves de turismo o deportivas en tránsito. (Modificación del artículo 13 del Código Aeronáutico)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 796 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 1º de febrero de 2012. Señor Presidente de la Asamblea General contador Danilo Astori: El Poder Ejecutivo cumple en remitir a consideración de ese Cuerpo, conforme con lo dispuesto por el numeral 7 del artículo 168 de la Constitución de la República, el adjunto proyecto de ley por el cual se propone la modificación del artículo 13 del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto-Ley Nº 14.305, de 29 de noviembre de 1974. La norma que se proyecta modificar establece que: “(Aeronaves de turismo o deportivas en tránsito).- Se consideran también en tránsito, las aeronaves extranjeras de turismo o deportivas que lleguen en vuelo en las condiciones establecidas por los artículos 9 y 10 y no permanezcan en territorio nacional más de cuatro meses en total, dentro del año civil. Completado dicho término, si no hubieran abandonado el territorio nacional, la autoridad aeronáutica dis-

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Nº 14.305, de 29 de noviembre de 1974, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 13. (Aeronaves de turismo o deportivas en tránsito).- Se consideran también en tránsito, las aeronaves extranjeras de turismo o deportivas que lleguen en vuelo en las condiciones establecidas por los artículos 9º y 10 y no permanezcan en territorio nacional más de 365 (trescientos sesenta y cinco) días. Completado dicho término, si no hubieren abandonado el territorio nacional, la Autoridad Aeronáutica dispondrá su detención y sólo autorizará el vuelo para salir del país, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente”. Montevideo, 1º de febrero de 2012. EDUARDO BONOMI, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, RICARDO EHRLICH, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, JORGE VENEGAS, DANIEL GARÍN, HÉCTOR LESCANO, GRACIELA MUSLERA, DANIEL OLESKER”. Anexo I al Rep. Nº 796 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Defensa Nacional INFORME Señores Representantes: La Comisión analiza el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, por el cual se propone la modificación del artículo 13 del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto-Ley Nº 14.305, de 29 de noviembre de 1974. El tema fue fundamentado por autoridades del Ministerio de Defensa Nacional y de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, quienes expresaron que teniendo en cuenta las realidades de hoy desde el punto de vista aeronáutico en nuestro país y en la región, la extensión de cuatro a doce meses, es importante ya que se pretende tener la posibilidad de que las distintas empresas existentes en nuestro país generen mano de obra y activos para el mismo. La modificación del mencionado artículo se realiza en atención a la necesidad constatada por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica de adecuar la normativa nacional aeronáutica, relativa a las aeronaves de turismo o deportivas

en tránsito, al marco actual del desarrollo del turismo nacional y regional. Ello permitirá utilizar al máximo la infraestructura aeroportuaria existente en nuestro país, así como también propiciar el desarrollo y fomento de la actividad aeronáutica a través de los servicios conexos, tales como la reparación, mantenimiento y aprovisionamiento de aeronaves, lo cual redundará en beneficios a la economía nacional. Por lo expuesto es que solicitamos al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley. Sala de la Comisión, 2 de mayo de 2012. IVONNE PASSADA, Miembro Informante, JOSÉ A. AMY, GUSTAVO ROMBYS”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra la miembro informante, señora Diputada Passada. SEÑORA PASSADA.- Señor Presidente: la Comisión analizó el proyecto de ley, enviado por el Poder Ejecutivo, por el cual se propone la modificación del artículo 13 del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto-Ley Nº 14.305 de 29 de noviembre de 1974. El tema que estamos tratando fue fundamentado por las autoridades que recibimos en la Comisión, principalmente del Ministerio de Defensa Nacional y de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, quienes expresaron que, teniendo en cuenta las realidades que hoy vive el país desde el punto de vista del desarrollo aeronáutico y lo que se ha presentado en la región, es importante la extensión del plazo de cuatro a doce meses. De esta forma, se pretende que las distintas empresas instaladas en nuestro país generen mano de obra y activos para nuestro país, al extenderse el plazo de permanencia de estas aeronaves en nuestro territorio. La modificación del mencionado artículo se realiza en atención a la necesidad constatada por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica de adecuar la normativa nacional relativa a las aeronaves de turismo o deportivas en tránsito en el marco actual del desarrollo del turismo nacional y regional. Ello permitirá utilizar al máximo la infraestructura aeroportuaria existente en nuestro país -la que se ha desarrollado en los últimos años- así como propiciar el desarrollo y el fomento de la actividad aeronáutica, a través de los servicios conexos tales como la

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reparación, el mantenimiento y el aprovisionamiento de aeronaves, lo cual redundará directamente en beneficio de la economía nacional. O sea que aquí estaríamos atando dos elementos fundamentales que son, por un lado, el avance que se está produciendo en esta materia en nuestro país y, por el otro, el aumento de la mano de obra. Este proyecto ha sido aprobado por unanimidad e impulsado por la Comisión de Defensa Nacional. Por lo expuesto, solicitamos al Cuerpo la aprobación de este proyecto de ley. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y siete en sesenta: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR GROBA.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al remitido por el Poder Ejecutivo)

ción que modifica la Resolución de la Cámara de Representantes de fecha 3 de julio de 2007, referida al ‘Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela'”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y siete en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA.

38.- Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela. (Modificación de la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007).
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el asunto relativo a: “Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela. (Modificación de la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 890 “PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- Modifícanse los artículos 1°, 3º, 4º, 5º y agrégase el 8º a la Resolución de la Cámara de Representantes de fecha 3 de julio de 2007, que fuera modificada con fecha 16 de julio de 2008, referida al “Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela”; los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1°.- Institúyese, con carácter anual, el ‘Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela’, a ser concedido por la Cámara de Representantes a aquellas personas o grupo de personas vinculadas al deporte que hayan contribuido durante el transcurso de sus vidas al fortalecimiento de la identidad nacional en esa área de la sociedad”. “ARTÍCULO 3°.- Dicho Reconocimiento será entregado por el señor Presidente de la Cámara de Representantes, conjuntamente con el señor Presidente de la Comisión Especial para el Deporte, en sesión ordinaria de la Cámara de Representantes en la primera quincena del mes de setiembre de cada año”. “ARTÍCULO 4º.- Las postulaciones podrán ser promovidas por cualquier ciudadano uruguayo, asociaciones civiles, o deportivas nacionales, por escrito y con los fundamentos de la propuesta, an-

37.- Urgencias.
——Dese cuenta de una moción de urgencia presentada por los señores Diputados Posada, Mujica, Cantero Piali y Otegui Griego. (Se lee:) “Mocionamos para que se declare urgente y se considere de inmediato el proyecto de resolu-

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te la Cámara de Representantes, hasta el 30 de junio de cada año”. “ARTÍCULO 5º.- El estudio de las propuestas y la adjudicación del Reconocimiento serán resueltos por la Comisión Especial para el Deporte, o en su defecto por la Comisión de Educación y Cultura. Pudiendo éstas actuar de oficio ante situaciones especiales que lo ameriten, así como otorgar menciones especiales”. “ARTÍCULO 8º.- La Cámara de Representantes, a través de su página web y de los medios que entienda pertinente, dará amplia difusión del mencionado galardón que se establece en la presente Resolución, así como las condiciones para acceder al mismo”. Montevideo, 5 de junio de 2012. JUAN C. SOUZA, Representante por Canelones, AMIN NIFFOURI, Representante por Canelones, GRACIELA CÁCERES, Representante por Río Negro, JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida, JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ, Representante por Rivera, ÓSCAR GROBA, Representante por Montevideo, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, IVÁN POSADA, Representante por Montevideo, CARLOS VARELA NESTIER, Representante por Montevideo, HORACIO YANES, Representante por Canelones, VÍCTOR SEMPRONI, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Señores miembros de la Cámara de Representantes, con fecha 3 de julio de 2007, este Cuerpo aprobó por Resolución el “Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela” a ser entregado anualmente por la Cámara de Representantes, a aquellas personas o grupo de personas vinculadas al deporte que hayan contribuido durante el transcurso de sus vidas al fortalecimiento de la identidad nacional en esa área de la sociedad. En su artículo 2º establece que el mismo consistirá en una estatuilla u objeto de materia prima nacional, diseñado por artistas compatriotas. El artículo 3º define la fecha de entrega de la distinción de referencia.

Se establece en su artículo 4º quiénes podrán ser postulados y el plazo para efectivizar la propuesta. En la redacción del artículo 5°, se dispone que el estudio y adjudicación de la distinción, serán resueltos por la Comisión Especial para el Deporte o en su defecto por la Comisión de Educación y Cultura. El Artículo 6° de la citada Resolución define quiénes están inhibidos de ser propuestos para recibir el galardón a entregar por la Cámara de Representantes. Por último, en su artículo 7° establece el llamado a concurso abierto de artistas nacionales para el diseño y la creación de la estatuilla u objeto que pasará a ser denominado “Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela”; el cual se dio cumplimiento con fecha 2 de diciembre de 2008. Esta Resolución aprobada por el pleno de la Cámara de Representantes en el transcurso del año 2007, es un signo inequívoco de la voluntad de los señores legisladores de institucionalizar un procedimiento permanente que se deberá otorgar año a año, a los efectos de distinguir a ciudadanos y ciudadanas que hayan contribuido con sus actos, a la reafirmación de valores que hacen a la identidad nacional vinculada al deporte. Los actuales miembros de la Comisión Especial para el Deporte, hemos constatado que por razones que desconocemos, se dio cumplimiento a lo establecido en la mencionada Resolución únicamente en el año 2008, más concretamente el 3 de diciembre del citado año. Obviamente la entrega de la citada distinción cayó en el olvido, por lo que pretendemos a través de la presente corregir tal anomalía y restituir de forma jerarquizada, el cumplimiento de la voluntad de este Cuerpo. Quienes integramos la Comisión Especial para el Deporte, nos sentimos profundamente consustanciados con el espíritu que fundamenta dicha Resolución y reafirmamos la iniciativa de aquellos colegas legisladores, por lo que a través de la presente pretendemos jerarquizar la adjudicación de la distinción denominada “Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela”, por lo cual planteamos al señor Presidente de la Cámara Dr. Jorge Orrico la necesidad de reinstaurar el mismo, habiendo encontrado un inmediato respaldo a la iniciativa. Por lo expuesto, los legisladores abajo firmantes, integrantes de la Comisión Especial para el Deporte proponemos a este Cuerpo el siguiente proyecto de modificación de la Resolución de la Cámara de Re-

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presentantes del día 3 de julio de 2007, modificado en sus artículos 3° y 7°, el día 16 de julio de 2008. Montevideo, 5 de junio de 2012. JUAN C. SOUZA, Representante por Canelones, AMIN NIFFOURI, Representante por Canelones, GRACIELA CÁCERES, Representante por Río Negro, JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida, JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ, Representante por Rivera, ÓSCAR GROBA, Representante por Montevideo, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, IVÁN POSADA, Representante por Montevideo, CARLOS VARELA NESTIER, Representante por Montevideo, HORACIO YANES, Representante por Canelones, VÍCTOR SEMPRONI, Representante por Canelones. TEXTO DE LA RESOLUCIÓN APROBADA POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES Resolución de la Cámara de Representantes del día 3 de julio de 2007, modificado, artículos 3º y 7º, el día 16 de julio de 2008 RECONOCIMIENTO DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES “JOSÉ NASAZZI Y OBDULIO VARELA” Artículo 1º.- Establécese, con carácter anual, el “Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela”, a ser concedido por la Cámara de Representantes a aquellas personas o grupo de personas vinculadas al deporte que hayan contribuido durante el transcurso de sus vidas al fortalecimiento de la identidad nacional en esa área de la sociedad. Artículo 2º.- El Reconocimiento será una estatuilla u objeto de materia prima nacional, diseñado y creado por un artista nacional o un grupo de ellos. Artículo 3º.- Dicho Reconocimiento se entregará en el mes de noviembre de 2008 y posteriormente en el mes de julio de cada año. Artículo 4º.- Los postulantes podrán ser presentados por cualquier ciudadano uruguayo o por asociaciones civiles o deportivas nacionales ante la Cámara de Representantes, antes del 28 de febrero del año de entrega de cada Reconocimiento. Artículo 5º.- El estudio de las propuestas y la adjudicación del Reconocimiento serán resueltos por la Comisión Especial para el Deporte o, en su defecto,

por la Comisión de Educación y Cultura, y será entregado en ceremonia pública por el Presidente de la Cámara de Representantes. Artículo 6º.- No podrán ser candidatos al “Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela” los parlamentarios, sus suplentes, sus familiares ni autoridades públicas vinculadas que, al año de entrega del Reconocimiento, estén ejerciendo como tales. Artículo 7º.- La Cámara de Representantes llamará a un concurso abierto de artistas nacionales para el diseño y la creación del Reconocimiento”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión. SEÑOR SOUZA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SOUZA.- Señor Presidente: quienes integramos la Comisión Especial para el Deporte, en oportunidad de analizar algunos logros importantes de destacados atletas así como de delegaciones colectivas que han representado a nuestro país en materia deportiva, entendimos pertinente instaurar un reconocimiento formal por parte de la Cámara. Hete aquí que cuando buscamos antecedentes nos encontramos con que en la Cámara, en el Período pasado, ya había existido una iniciativa al respecto y que a propuesta de los integrantes de aquel momento de la Comisión Especial para el Deporte, el 3 de julio de 2007 la Cámara aprobó una Resolución que establece un reconocimiento anual denominado “José Nasazzi y Obdulio Varela”. Este reconocimiento consistía en la entrega de un objeto u obra de artista nacional, y se establecía cuál era el procedimiento que debía adoptarse para llamar a concurso y hacer la selección de la obra. Reitero que a partir de allí este reconocimiento se instauraba en forma anual. Lamentablemente -desconocemos los motivoseste trofeo, que fue seleccionado a raíz de la disposición que establecía la Resolución de la Cámara, se otorgó una sola vez, y después prácticamente quedó en el olvido. Cuando nos enteramos de esta situación tomamos la iniciativa y, acompañados de otros legisladores también integrantes de la Comisión Especial para el Deporte, estamos proponiendo al Plenario res-

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catar del olvido una Resolución que expresaba la voluntad de esta Cámara, que instauró un premio anual y que después se discontinuó. Nos parece que en los tiempos en los que el deporte nacional viene cobrando destacadas actuaciones -tanto en lo nacional como en lo internacional-, este es un buen ámbito para prestigiar a los atletas. De esta manera, se vuelve a poner vigente aquella voluntad de los legisladores que en el Período pasado instauraron este premio, que la Cámara lo hizo suyo, y que coincide con la voluntad y el espíritu de quienes hoy integramos la Comisión Especial para el Deporte. Por estos motivos en el día de hoy estamos proponiendo modificar algunos artículos de la citada Resolución que tienen que ver con los plazos establecidos, que prácticamente coincidían con el receso parlamentario y que tal vez determinaban que fuera ineficaz otorgar el reconocimiento aprobado en su momento. Por lo tanto, estamos proponiendo modificar las fechas de presentación de aspirantes, atletas u organizaciones para un momento en que la Cámara esté funcionando. Planteamos que la entrega del reconocimiento se haga a fines de año, por el mes de setiembre, después de que la Comisión Especial para el Deporte -como lo establece la Resolución de Cámara del año 2007-, o en su defecto la Comisión de Educación y Cultura, evalúe entre los nominados a quién entregará el reconocimiento. En ese sentido, proponemos sustituir los artículos 1°, 3°, 4° y 5° de la Resolución de la Cámara Representantes de 3 de julio de 2007, modificada por la Resolución de la Cámara de Representantes de 16 de julio de 2008, relativa al “Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela”, por el artículo 1°. Cuando se pongan a consideración los artículos, voy a volver a solicitar la palabra para proponer pequeñas modificaciones de redacción. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Léase el proyecto de resolución con las modificaciones establecidas. (Se lee:) “Artículo 1°.- Sustitúyense los artículos 1º, 3º, 4º y 5º de la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007, modificada por la Resolución de la Cámara de Representantes de 16 de julio de 2008, relativa al Reconocimiento

José Nasazzi y Obdulio Varela, por los siguientes:- ARTÍCULO 1º.- Institúyese, con carácter anual, el ‘Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela’, a ser concedido por la Cámara de Representantes a aquellas personas o grupo de personas vinculadas al deporte que hayan contribuido durante el transcurso de sus vidas al fortalecimiento de la identidad nacional en esa área de la sociedad.- ARTÍCULO 3º.- Dicho Reconocimiento será entregado por el señor Presidente de la Cámara de Representantes, conjuntamente con el señor Presidente de la Comisión Especial para el Deporte, en sesión ordinaria de la Cámara de Representantes en la primera quincena del mes de setiembre de cada año.- ARTÍCULO 4º.- Las postulaciones podrán ser promovidas por cualquier ciudadano uruguayo, asociaciones civiles, o deportivas nacionales, por escrito y con los fundamentos de la propuesta, ante la Cámara de Representantes, hasta el 30 de junio de cada año.- ARTÍCULO 5º.- El estudio de las propuestas y la adjudicación del Reconocimiento serán resueltos por la Comisión Especial para el Deporte, o en su defecto por la Comisión de Educación y Cultura. Pudiendo estas actuar de oficio ante situaciones especiales que lo ameriten, así como otorgar menciones especiales”. SEÑOR SOUZA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SOUZA.- Señor Presidente: vamos a proponer un segundo artículo que quedaría redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°.- Agrégase a la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007, modificada por la Resolución de la Cámara de Representantes de 16 de julio de 2008, relativa al reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela, el siguiente artículo: Artículo 8º.- La Cámara de Representantes, a través de su página web y de los medios que entienda pertinente, dará amplia difusión del mencionado galardón que se establece en la presente Resolución, así como las condiciones para acceder al mismo”. SEÑOR TROBO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado.

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SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: quiero hacer una consulta de forma sobre el contenido del proyecto. Aquí se dice que el reconocimiento se va a entregar en una sesión ordinaria de la Cámara de Representantes. Francamente, no entiendo el planteo. Soy muy cuidadoso de las formas de funcionamiento de la Cámara y en general me he negado -aunque puede ser la única opinión en ese sentido- a modificar ciertas lógicas tradicionales e históricas del funcionamiento de este Cuerpo. Me parece que este Cuerpo tiene ciertas formas de funcionamiento que a todos le garantizan la participación en forma equitativa. Existe un Reglamento y existen ciertas normas que creo que se deben cumplir en el procedimiento legislativo. No imagino una sesión en la que se esté discutiendo un punto -aunque sea la concesión de determinado premio- y se interrumpa su análisis para que ingrese el nominado y se le entregue el premio. Francamente creo que eso desnaturalizaría el procedimiento legislativo. No lo veo. Me gustaría que me lo explicaran un poco. Sé que a veces, con esto se intenta dar otro marco, otra visibilidad o espectacularidad al hecho, pero me gustaría escuchar alguna explicación para poder votarlo. SEÑOR SOUZA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SOUZA.- Señor Presidente: hoy tuvimos un intercambio de opiniones sobre estos aspectos entre los firmantes de este proyecto y coincidimos totalmente con la valoración que acaba de hacer el señor Diputado Trobo. Se trata de un error. El ánimo era, precisamente, omitir el término “ordinaria” en el momento de considerarse los artículos. Luego se establecerá si se trata de una sesión extraordinaria. Quiero aclarar que esta no es la única modificación que los firmantes queremos proponer, pues planteamos una modificación al artículo 4° en lo que refiere a los plazos para la postulación de los nominados por parte de los ciudadanos o de las organizaciones sociales. En la redacción original -que se leyó- se establece que “deberá ser presentado por escrito y con los fundamentos de la propuesta, ante la Cámara de Representantes, hasta el 30 de junio de cada año”.

La razón de la solicitar que este tema se considerara con carácter de urgente obedece, justamente, a la premura y a los plazos que corren. Por ello proponemos a la Cámara que por este año se modifique el plazo y se establezca “hasta el 31 de julio” la fecha para la presentación de las nominaciones, y que para los años subsiguientes se mantenga el 31 de mayo. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Señor Diputado: debería alcanzarnos una redacción con la aclaración que está haciendo. (Interrupción del señor Diputado Semproni) ——Si la Cámara no tiene inconvenientes, y en virtud de cómo se ha presentado el tema, la Mesa sugiere votar por separado cada uno de los puntos del artículo primero -por más que después sea una Resolución única-, para que los integrantes de la Comisión planteen las modificaciones que entiendan pertinentes. Si estamos de acuerdo con este criterio, comenzamos por el primer artículo. Léase la primera parte del artículo 1°. (Se lee:) “Sustitúyense los artículos 1º, 3º, 4º y 5º de la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007, modificada por la Resolución de la Cámara de Representantes de 16 de julio de 2008, relativa al Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela, por los siguientes:- ARTÍCULO 1º.- Institúyese, con carácter anual, el ‘Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela’, a ser concedido por la Cámara de Representantes a aquellas personas o grupo de personas vinculadas al deporte que hayan contribuido durante el transcurso de sus vidas al fortalecimiento de la identidad nacional en esa área de la sociedad”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y uno: AFIRMATIVA. Léase el segundo texto sustitutivo contenido en el artículo 1°. (Se lee:) “ARTÍCULO 3º.- Dicho Reconocimiento será entregado por el señor Presidente de la Cámara

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de Representantes, conjuntamente con el señor Presidente de la Comisión Especial para el Deporte, en sesión de la Cámara de Representantes en la primera quincena del mes de setiembre de cada año”. ——En discusión. SEÑOR SOUZA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SOUZA.- Señor Presidente: de la lectura se desprende que se ha eliminado la palabra “ordinaria”. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en cincuenta y uno: AFIRMATIVA. Léase el tercer texto sustitutivo contenido en el artículo 1° tal como vino de la Comisión. (Se lee:) “ARTÍCULO 4º.- Las postulaciones podrán ser promovidas por cualquier ciudadano uruguayo, asociaciones civiles, o deportivas nacionales, por escrito y con los fundamentos de la propuesta, ante la Cámara de Representantes, hasta el 30 de junio de cada año”. ——Léase el inciso sustitutivo presentado por los señores Diputados Niffouri Blanco, Souza, Yanes, Amado, Cáceres, Guarinoni, Mañana, Groba, Arocena Argul y Fernández. (Se lee:) “Las postulaciones podrán ser promovidas por cualquier ciudadano uruguayo, asociaciones civiles, o deportivas nacionales, por escrito y con los fundamentos de la propuesta, ante la Cámara de Representantes, hasta el 31 de julio del presente año y posteriormente hasta el 31 de mayo de cada año”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el texto tal como vino de Comisión. (Se vota) ——Cero en cincuenta y uno: NEGATIVA.

Se va a votar el texto sustitutivo propuesto por los señores Diputados mencionados. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta y uno: AFIRMATIVA. Léase el cuarto texto sustitutivo contenido en el artículo 1° (Se lee:) “ARTÍCULO 5º.- El estudio de las propuestas y la adjudicación del Reconocimiento serán resueltos por la Comisión Especial para el Deporte, o en su defecto por la Comisión de Educación y Cultura. Pudiendo estas actuar de oficio ante situaciones especiales que lo ameriten, así como otorgar menciones especiales”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en cincuenta y uno: AFIRMATIVA. Léase el artículo 2°. (Se lee) “Agrégase a la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007, modificada por la Resolución de la Cámara de Representantes de 16 de julio de 2008, relativa al Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela, el siguiente artículo:.ARTÍCULO 8º.- La Cámara de Representantes, a través de su página web y de los medios que entienda pertinente, dará amplia difusión del mencionado galardón que se establece en la presente Resolución, así como las condiciones para acceder al mismo”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto de resolución. (Texto del proyecto aprobado:) “Artículo 1º.- Sustitúyense los artículos 1º, 3º, 4º y 5º de la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007, modificada por la Resolución de la Cámara de Representantes de 16 de julio de 2008,

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relativa al Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela, por los siguientes: ‘ARTÍCULO 1º.- Institúyense, con carácter anual, el ‘Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela’, a ser concedido por la Cámara de Representantes a aquellas personas o grupo de personas vinculadas al deporte que hayan contribuido durante el transcurso de sus vidas al fortalecimiento de la identidad Nacional en esa área de la sociedad’. ‘ARTÍCULO 3º.- Dicho Reconocimiento será entregado por el señor Presidente de la Cámara de Representantes, conjuntamente con el señor Presidente de la Comisión Especial para el Deporte, en sesión de la Cámara de Representantes en la primera quincena del mes de setiembre de cada año’. ‘ARTÍCULO 4º.- Las postulaciones podrán ser promovidas por cualquier ciudadano uruguayo, asociaciones civiles o deportivas nacionales, por escrito y con los fundamentos de la propuesta, ante la Cámara de Representantes, hasta el 31 de julio del presente año y posteriormente hasta el 31 de mayo de cada año’. ‘ARTÍCULO 5º.- El estudio de las propuestas y la adjudicación del Reconocimiento serán resueltos por la Comisión Especial para el Deporte o, en su defecto, por la Comisión de Educación y Cultura, pudiendo estas actuar de oficio ante situaciones especiales que lo ameriten, así como otorgar menciones especiales’. Artículo 2º.- Agrégase a la Resolución de la Cámara de Representantes de 3 de julio de 2007, modificada por la Resolución de la Cámara de Representantes de 16 de julio de 2008, relativa al Reconocimiento José Nasazzi y Obdulio Varela, el siguiente artículo: ‘ARTÍCULO 8º.- La Cámara de Representantes, a través de su página web y de los medios que entienda pertinentes, dará amplia difusión del mencionado galardón que se establece en la presente Resolución, así como las condiciones para acceder al mismo'”.

(ANTECEDENTES:) Rep. Nº 125 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase “Profesor Salvador Fernández Correa”, al Liceo de José Batlle y Ordóñez, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). Montevideo, 20 de noviembre de 2006. DANTE NOGUEIRA LAIS, Representante por Florida. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El profesor Salvador Fernández Correa se desempeñó como Director y docente de literatura entre los años 1954 a 1962, siendo un ejemplo para los alumnos que le conocieron, y un ser humano muy respetado en la comunidad en la que actuó. Se le recuerda como un profesor ejemplar, austero, humilde, con destacada vocación docente y un amor especial por las letras que supo infundir a quienes pasaron por sus aulas. Transmitió en su forma de ser amor a las letras, sensibilidad y reconocimiento al ser humano, formando generaciones que a la distancia lo recuerdan gratamente y valoran aquella presencia en el aula. Esta iniciativa surge de ex alumnos, docentes y padres vinculados al Liceo, quienes entienden justo rendir un homenaje al profesor Salvador Fernández Correa, dando su nombre al centro de enseñanza al que entregó tanta dedicación y sapiencia. Montevideo, 20 de noviembre de 2006. DANTE NOGUEIRA LAIS, Representante por Florida”. Anexo I al Rep. Nº 125 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Educación y Cultura INFORME Señores Representantes: La Comisión de Educación y Cultura aconseja al Cuerpo aprobar la designación al Liceo de José Batlle y Ordóñez del departamento de Florida, con el nombre de “Profesor Salvador Fernández Correa”, en reconocimiento a su destacada trayectoria. Esta iniciativa fue promovida desde la propia comunidad educativa por ex alumnos, docentes y padres y presentada por el señor Representante Dante Nogueira Lais. Los méritos del profesor Salvador Fernández Correa en la labor docente, así como su condición de gran ser humano dejaron una marca imbo-

39.- Profesor Salvador Fernández Correa. (Designación al Liceo de José Batlle y Ordóñez)
Se pasa a considerar el asunto que figura en décimo término del orden del día: “Profesor Salvador Fernández Correa. (Designación al Liceo de José Batlle y Ordóñez)”.

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rrable en quienes tuvieron el privilegio de ser sus alumnos y colegas y justifican su aprobación. Se desempeñó como Director y docente de literatura entre los años 1954 y 1962. Profesor ejemplar, sensible, austero y humilde. Con una destacada vocación docente supo transmitir a sus alumnos un amor especial por las letras. Es por ello que se lo recuerda gratamente y se valora aquella presencia en el aula. Entendiendo que los méritos exhibidos por este docente justifican su reconocimiento, esta Comisión entiende como justo homenaje a su contribución la denominación que aconsejamos aprobar. Sala de la Comisión, 9 de junio de 2010. RODOLFO CARAM, Miembro Informante, ROQUE ARREGUI, WALTER DE LEÓN, SEBASTIÁN SABINI. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Profesor Salvador Fernández Correa” al Liceo de José Batlle y Ordóñez, departamento de Lavalleja, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública. Sala de la Comisión, 9 de junio de 2010. RODOLFO CARAM, Miembro Informante, ROQUE ARREGUI, WALTER DE LEÓN, SEBASTIÁN SABINI”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Caram. SEÑOR CARAM.- Señor Presidente: la designación del liceo de José Batlle y Ordóñez con el nombre de Profesor Salvador Fernández Correa es una iniciativa de la comunidad educativa de esa localidad, impulsada por los ex alumnos, padres, docentes, y fue oportunamente presentada hace mucho tiempo por el Representante Dante Nogueira Lais. Después del largo periplo que tiene que recorrer cada proyecto cuando ingresa al Poder Legislativo, estamos en condiciones de recomendar a la Cámara la aprobación del que estamos considerando. Los méritos del Profesor Fernández Correa en la labor docente, así como su condición de gran persona y ser humano, dejaron la marca imborrable en quienes tuvieron el privilegio de ser sus alumnos, colegas

y vecinos de la localidad de Batlle y Ordóñez, lo que justifica ampliamente la aprobación de este proyecto. Esta figura pública, como docente y Director del centro educativo, se destacó especialmente entre los años 1954 y 1962. Fue considerado un profesor ejemplar, sensible, humilde y austero. Con una destacada vocación docente, supo trasmitir a sus alumnos un amor especial por las letras, y por ello se lo recuerda gratamente y se valora aquella presencia en el aula en la comunidad y en la localidad. Ante los méritos exhibidos por la figura del Profesor Salvador Fernández Correa, la comunidad educativa hace este pedido, que las autoridades del Consejo correspondiente reconocen y valoran, y por eso la Comisión de Educación y Cultura expresa su beneplácito y satisfacción de aconsejar al Cuerpo la aprobación de este proyecto para designar a este centro educativo con el nombre indicado. Era cuanto teníamos que informar. SEÑOR AROCENA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AROCENA.- Señor Presidente: como dijo el señor Diputado Caram, el liceo de Batlle y Ordóñez merece que lleve el nombre del profesor Salvador Fernández Correa. Fue una persona con poca interacción en el pueblo de Batlle y Ordóñez y en Nico Pérez, porque vivió por y para la enseñanza y el liceo, que se manifestó solo en la educación y en el liceo. Fue muchos años, en varias generaciones, profesor de Sociología y de Literatura. Siempre fue vestido de negro, inclusive de corbata negra. Siempre escuchó a sus alumnos, y realmente es como dijo el señor Diputado Caram: la solicitud partió genuinamente del grupo de padres, ex alumnos, para que el liceo lleve su nombre. Nos da mucha alegría que esta iniciativa de Dante Nogueira, quien fuera Representante por el departamento de Florida, se vote hoy y que el liceo de Batlle y Ordóñez -que si bien está en el departamento de Lavalleja, allí concurren los alumnos de nuestro departamento de Florida- lleve el nombre de este prestigioso profesor. Muchas gracias. SEÑOR VEGA LLANES.- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: Salvador Fernández Correa no solo fue profesor, tuvo una vocación importante por la educación y generó inquietudes en sus alumnos, sino que además era un anarquista que dio libertad a sus propios alumnos. Además, fue Director. Fue perseguido por una institución que se llamó ORPADE, Organización de Padres Demócratas, a raíz de unas expresiones manifestadas un 19 de junio, cuando dijo que esta -no sé cómo llamarle- “obligación” que teníamos todos los uruguayos que jurábamos la fidelidad a la bandera había sido instaurada por una dictadura. Esto significó que la Organización de Padres Demócratas lo persiguiera ferozmente, a tal grado que mandaban cartas a algunos legisladores, entre otros, al profesor Hierro Gambardella, quien planteó en algún momento una cuestión de fueros para defender a su amigo, que en ese momento vivía en San José, donde finalmente murió. El profesor pasó por Florida, por la ciudad, y fue cuando se produjo este hecho que terminó en su persecución. Dijo Hierro Gambardella en esa oportunidad, cuando intervino en Cámara que, entre otras cosas, esta persecución fue la que afectó su salud y terminó con su vida. Quería recordar este hecho, porque creo que es bueno tener un recuerdo completo de la gente y porque, además, retrotraerse a algunas épocas de intolerancia

absoluta es bueno, para demostrar que había gente que a pesar de que confesara no tener las mismas ideas que el profesor Salvador Fernández Correa, tenía la hidalguía de defenderlo porque entendía que por y sobre todo estaba la honestidad que tenía este profesor. Me pareció bueno contar este episodio, para completar esta historia. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado) ——Habiéndose agotado el orden del día, se levanta la sesión. (Es la hora 19 y 32)

Dr. JORGE ORRICO PRESIDENTE

Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora

Dr José Pedro Montero Secretario Redactor

Sr. Héctor Luis González Director del Cuerpo de Taquígrafos

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