Número 3794

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NÚMERO 3794

MONTEVIDEO, VIERNES 13 DE JULIO DE 2012

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
33ª SESIÓN (EXTRAORDINARIA)
PRESIDE EL SEÑOR REPRESENTANTE Dr. JORGE ORRICO (Presidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ
XLVII LEGISLATURA TERCER PERÍODO ORDINARIO

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Viernes 13 de julio de 2012

Texto de la citación

Montevideo, 11 de julio de 2012.

LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión extraordinaria, el próximo viernes 13, a la hora 14, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

– ORDEN DEL DÍA Leonardo Da Vinci. (Designación a la Escuela Nº 184 del departamento de Montevideo). (Carp. 614/011). (Informado). Rep. 496 y Anexo I

JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ S e c r e t a r i o s

Viernes 13 de julio de 2012

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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 7 4.- Exposiciones escritas ………………………………………………………………………………………………………………….. 11 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………… 12

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Fernando Amado, Roberto Araújo, Fitzgerald Cantero Piali, Guillermo Facello, Javier García, Jorge Orrico, Ana Lía Piñeyrúa y Luis A. Ziminov. Con licencia: Gerardo Amarilla, Andrés Arocena, Daniel Bianchi, Graciela Cáceres, Felipe Carballo, Germán Cardoso, Antonio Chiesa Bruno, Andrés Lima, Martha Montaner, Yerú Pardiñas, Ivonne Passada, Darío Pérez Brito, Jorge Pozzi y Walter Verri. Faltan con aviso: Pablo Abdala, Verónica Alonso, José Amy, Daniel Aquino, Saúl Aristimuño, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Bango, Julio Battistoni, José Bayardi, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Marcelo Bistolfi, Gustavo Borsari Brenna, Daniel Caggiani, Rodolfo Caram, José Carlos Cardoso, Alberto Casas, Pablo Centurión, Gustavo Cersósimo, Marco Correa, Carlos Corujo, Hugo Dávila, Walter De León, Álvaro Delgado, Dante Dini, Gustavo A. Espinosa, Julio Fernández, Carlos Gamou, Jorge Gandini, Mario García, Juan Manuel Garino Gruss, Aníbal Gloodtdofsky, Rodrigo Goñi Romero, Óscar Groba, Doreen Javier Ibarra, Pablo Iturralde Viñas, Luis Lacalle Pou, María Elena Laurnaga, Irene Lima, José Carlos Mahía, Alma Mallo Calviño, Daniel Mañana, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda, Pablo Mazzoni, Felipe Michelini, Daniel Montiel, Gonzalo Mujica, Amin Niffouri, Gonzalo Novales, Raúl Olivera, Ruperto Ortega, Miguel Otegui, Daniela Payssé, Guzmán Pedreira, Daniel Peña Fernández, Alberto Perdomo, Aníbal Pereyra, Susana Pereyra, Pablo Pérez González, Esteban Pérez, Nelson Pérez, Mario Perrachón, Ricardo Plachon, Luis Puig, Roque Ramos, Edgardo Rodríguez, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Edgardo Rostán, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Richard Sander, Berta Sanseverino, Pedro Saravia, Víctor Semproni, Mario Silvera, Juan C. Souza, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez, Daisy Tourné, Jaime Mario Trobo, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Álvaro Vega Llanes, Carmelo Vidalín, Dionisio Vivian y Horacio Yanes. Sin aviso: Iván Posada y Daniel Radío.

Nº 18.923, por la que se aprueba el Convenio de Seguridad Social con el Gobierno de la República Francesa, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 6 de diciembre de 2010. C/1164/011 Nº 18.924, por la que se designa “Santiago Navarro Ceballos” la Escuela Rural Nº 106 de Boquerón, departamento de Rivera. C/342/010 Nº 18.925, por la que se designa “República Francesa” la Escuela Rural Nº 5 del departamento de Canelones. C/1524/006 Nº 18.926, por la que se designa “Guyunusa” el Liceo Nº 65 del departamento de Montevideo. C/759/011 Nº 18.927, por la que se designa “Juana de América” el Jardín de Infantes Nº 221 del departamento de Montevideo. C/167/010 Archívense DE LA CÁMARA DE SENADORES

La Cámara de Senadores remite los siguientes proyectos de ley, aprobados por dicho Cuerpo: • • por el que se establecen normas relacionadas con la situación de PLUNA S.A.. C/1717/012 A la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas por el que se sustituye el artículo 11 de la Ley Nº 18.910, de 25 de mayo de 2012, relacionado con el impuesto a la enajenación de semovientes creado por la Ley Nº 12.700, de 4 de febrero de 1960. C/1718/012 A la Comisión de Hacienda • por el que se aprueban el Convenio con el Gobierno de la República de India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, firmados en la ciudad de Nueva Delhi el 8 de setiembre de 2011. C/1719/012

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 162 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que, con fecha 11 de julio de 2012, ha promulgado las siguientes Leyes:

La citada Cámara remite, a solicitud del señor Senador Carlos Baráibar, actuaciones relacionadas con la aprobación de Convenios y sus Protocolos. C/71/010 A la Comisión de Asuntos Internacionales

La referida Cámara comunica que, en sesión de 10 de julio de 2012, ha sancionado los siguientes proyectos de ley: • por el que se aprueban el Convenio con la República Portuguesa para evitar la doble imposi-

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ción y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, firmados en Estoril, el 30 de noviembre de 2009. C/271/010 • por el que se aprueba el Convenio con el Principado de Liechtenstein para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo, firmados en la ciudad de Berna, el 18 de octubre de 2010. C/729/011 por el que se aprueban el Convenio con la República del Ecuador para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y Prevenir la Evasión Fiscal y su Protocolo, firmados en la ciudad de Montevideo, el 26 de mayo de 2011. C/1088/011 por el que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general, por un plazo de hasta ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los ex trabajadores de la empresa KINDALE S.A.. C/1681/012 Téngase presente COMUNICACIONES GENERALES La Intendencia de Salto acusa recibo de la exposición realizada por el señor Representante José Carlos Cardoso, en sesión de 6 de junio de 2012, sobre la instrumentación de la televisión pública regional en base al nuevo decreto que regula las telecomunicaciones en el país. S/C La Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre acusa recibo de la exposición realizada por el señor Representante Martín Tierno, en sesión de 12 de junio de 2012, referida a la realización del Plan Nacional de Vivienda 2010 2014 en el departamento de Durazno. S/C La Junta Departamental de Maldonado remite copia del texto de de las exposiciones realizadas por dos señores Ediles: • relacionado con el proyecto de ley por el que se dictan normas para los inmuebles declarados judicialmente en abandono. C/1653/012 A sus antecedentes • sobre las actividades desarrolladas por la Dirección de Deportes de la Intendencia de dicho departamento. C/112/010 A la Comisión Especial para el Deporte

Las Juntas Departamentales de Maldonado, Rocha y Flores comunican la integración de la Mesa del Cuerpo para el período julio 2012-julio 2013. C/12/010 Téngase presente COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente contesta los siguientes asuntos: • • pedidos de informes: del señor Representante Fitzgerald Cantero Piali, acerca de los viajes al exterior realizados por funcionarios o autoridades de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, determinando costo, finalidad, resoluciones que los autorizaron, rendiciones de cuentas y demás aspectos pertinentes. C/1143/011 del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, relacionado con la falta de agua potable en la Necrópolis de Gregorio Aznárez, departamento de Maldonado. C/1260/011 del señor Representante Richard Sander, relacionado con los gastos en publicidad realizados en el año 2011, discriminados por empresas y por medios. C/1373/012 del señor Representante Pablo Abdala, relacionados con la presencia de una camioneta con matrícula oficial estacionada en el Montevideo Shopping el día sábado 19 de mayo del año en curso, en horario nocturno. C1574/012 exposiciones escritas presentadas: por el señor Representante Ricardo Planchon, sobre la instalación de la red de saneamiento en la ciudad de Nueva Helvecia, departamento de Colonia. C/19/010 por el señor Representante José Andrés Arocena, sobre la posibilidad de aplicar tarifa comercial únicamente a los comercios que superen el consumo de 100 metros cúbicos mensuales. C/19/010 por el señor Representante Darío Pérez Brito, acerca de la posibilidad de establecer tarifas bonificadas para un hogar de ancianos del departamento de Maldonado. C/19/010 exposición realizada por el señor Representante Juan Ángel Vázquez, en sesión de 18 de abril de 2012, referidas a la urgencia de desarrollar políticas de regularización de asentamientos. S/C

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El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social contesta los siguientes pedidos de informes: • del señor Representante Gerardo Amarilla, relacionado con la exclusión de las localidades de Tranqueras, Vichadero y Minas de Corrales del proyecto “Yo Estudio y Trabajo”. C/1530/012 del señor Representante Pablo Abdala, acerca de la presencia de una camioneta con matrícula oficial estacionada en el Montevideo Shopping el día sábado 19 de mayo del año en curso, en horario nocturno. C/1574/012

al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino a la Dirección General Impositiva, acerca del cumplimiento de las obligaciones tributarias de una inmobiliaria ubicada en la localidad de Playa Hermosa, departamento de Maldonado. C/1713/012

El señor Representante Hugo Dávila solicita se curse un pedido de informes a la Oficina Nacional de Servicio Civil, sobre la nómina de funcionarios declarados en situación de excedentarios por parte del Estado. C/1714/012 Se cursaron con fecha 11 de julio

El Ministerio de Salud Pública contesta los siguientes pedidos de informes: • del señor Representante Richard Sander, referente a la contratación de una empresa en el Hospital del departamento de Rivera. C/1303/011 de los señores Representantes Daniel Radío y Pablo Abdala, referente a la aplicación del reajuste salarial decretado por el Poder Ejecutivo, con vigencia al 1º de enero de 2012, para los funcionarios de ASSE. C/1379/012

El señor Representante Juan Ángel Vázquez solicita se curse un pedido de informes al Ministerio del Interior, relacionado con presuntas irregularidades que afectarían a los funcionarios del Hospital Policial. C/1715/012 El señor Representante Juan Manuel Garino solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco Central del Uruguay, acerca de una lista de personas que ocupan cargos incluidos en la definición de personas políticamente expuestas. C/1716/012 Se cursaron con fecha 12 de julio PROYECTOS PRESENTADOS Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se establecen normas para la inscripción de los nacimientos verificados en el territorio de la República. C/1720/012 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración

El Ministerio de Economía y Finanzas contesta el pedido de informes del señor Representante Luis Lacalle Pou, acerca de la presunta solicitud de un préstamo crediticio por parte de una empresa dedicada al rubro minería. C/1580/012 A sus antecedentes PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Daniel Peña solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública, y por su intermedio a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, sobre el personal disponible para prestar servicios durante el mes de julio en el Hospital de Canelones. C/1710/012 El señor Representante Nelson Rodríguez Servetto solicita se cursen los siguientes pedidos de informes: • • al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente: relacionado con una construcción sobre la costa en Playa Hermosa, departamento de Maldonado. C/1711/012 con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, referente a la entrega de facturas de consumo de agua potable en el departamento de Maldonado. C/1712/012

La señora Representante Ana Lía Piñeyrúa y los señores Representantes Jaime Mario Trobo y Gustavo Borsari Brenna presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de minuta de comunicación por el que se reclama al Poder Ejecutivo la efectiva aplicación de las normas que prohíben las “peores formas de trabajo infantil”. C/1721/012 A la Comisión de Legislación del Trabajo

Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, los siguientes proyectos: • de minuta de comunicación, por el que se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la iniciativa correspondiente a fin de sustituir el literal E) del numeral primero del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por

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el artículo 27 de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, relativo a la exoneración de IVA a la venta de gasoil en estaciones de servicio ubicadas en la frontera con la República Federativa del Brasil. C/1722/012 • de ley, por el que se sustituye el literal E) del numeral primero del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 27 de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, relativo a la exoneración de IVA a la venta de gasoil en estaciones de servicio ubicadas en la frontera con la República Federativa del Brasil. C/1723/012 A la Comisión de Hacienda”.

RARDO AMARILLA, Representante por Rivera, AMIN NIFFOURI, Representante por Canelones, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, MARCELO MAUTE SARAVIA, Representante por Montevideo, LUIS LACALLE POU, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El presente proyecto de ley tiene como finalidad contemplar una situación genérica y real que se da en nuestra sociedad en cuanto a la declaración de la inscripción de los nacimientos que ocurren en la República. No todas las zonas (sean urbanas-suburbanas o rurales) poseen servicios de maternidad en los Centros de Salud. En consecuencia se da la circunstancia de que el nacimiento por diversas razones (generalmente de acceso a la salud, de funcionamiento de la institución médica, de atención del ginecólogo que controló el embarazo, etc.) ocurre en un lugar, dentro o fuera del departamento, distinto y alejado del domicilio de los padres o tenedores, donde transcurrió el embarazo y seguramente donde continuará desarrollando su vida esa familia. Entendemos que es un derecho fundamental no sólo el de poseer una nacionalidad, sino una identidad local que identifique a esa persona. Así, no es lo mismo haber nacido en la ciudad de Montevideo, por razones de salud (por ejemplo porque se trataba de un parto con riesgo, o porque la localidad donde reside no cuenta con algún servicio de maternidad), ser anotado como nacido en Montevideo, pero haber sido nunca de la sociedad montevideana, ni con perspectivas de serlo. O al contrario, dar a luz en Maldonado porque la madre se encontraba circunstancialmente en ese departamento, ese hijo debe ser inscripto en Maldonado, pero su domicilio permanente es Montevideo, y no tiene intenciones de vivir en Maldonado, siendo su domicilio permanente en Montevideo, donde tiene ánimo de permanecer como lo requiere nuestra legislación. Esta realidad sabemos que se repite a lo largo y ancho del país y es de justicia buscar una posible solución. En suma, se pretende con este proyecto garantizar el derecho de la persona nacida en el país a que sea tenido como nacido para todos los efectos legales de su vida, en el lugar donde se domicilia por lo menos el progenitor declarante, si así lo decide, cuando su nacimiento ocurre en un lugar distinto al mismo.

3.- Proyectos presentados.
A) “NACIMIENTOS. (Normas para su inscripción). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- La declaración de los nacimientos verificados en el territorio de la República deberá hacerse ante el Oficial de Estado Civil del lugar del nacimiento, o del domicilio de los padres o tenedores, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir del siguiente al del parto. Para las secciones rurales el término será de (veinte) días hábiles. Artículo 2º.- Si en el lugar de nacimiento o el lugar del domicilio de los padres o tenedores, no existiera Oficina de Estado Civil, la inscripción se realizará ante la dependencia de Estado Civil más próxima. Artículo 3º.- Los padres o tenedores podrán optar porque se establezca en el acta de inscripción como lugar de nacimiento, la localidad donde nació la persona o la localidad donde residen los padres o tenedores, teniendo obligatoriamente que optar por uno de ambos. Artículo 4º.- El Oficial de Registro de Estado Civil deberá dejar constancia en el Acta de Inscripción como lugar de nacimiento, el elegido por los padres o tenedores declarantes, el que será tenido en cuenta para todos los actos posteriores de la persona inscripta como su lugar de nacimiento y distinto del lugar de la confección del acta. Artículo 5º.- Se mantienen en vigor los requisitos exigidos actualmente para la declaración de los nacimientos en toda la República. Montevideo, 11 de julio de 2012. NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO, Representante por Maldonado, GE-

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Se contempla así el derecho a la identidad local, que consagra la Constitución de la República al reconocer y propiciar la existencia de autoridades locales (artículos 262, 287 y disposición transitoria letra Y) y la Ley Nº 18.567, cuyo espíritu es el de reconocer en las localidades unidades con intereses comunes, con estructuras propias tanto sociales como culturales y con las que se identifique cada habitante. Montevideo, 11 de julio de 2012. NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO, Representante por Maldonado, GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera, AMIN NIFFOURI, Representante por Canelones, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, MAUTE SARAVIA, Representante por montevideo, LUIS LACALLE POU, Representante por Canelones”. B) “NORMAS QUE PROHÍBEN LAS ‘PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL’. (Se reclama al Poder Ejecutivo su efectiva aplicación). MINUTA DE COMUNICACIÓN La Cámara de Representantes reclama al Poder Ejecutivo su voluntad para que se dispongan los procedimientos correspondientes para la efectiva aplicación de las normas que prohíben las “peores formas de trabajo infantil”, entre las que se encuentran: Ley Nº 17.298, de 15 de marzo de 2001, ratificatoria del Convenio Internacional de Trabajo Nº 182, Resolución 1012/006 del Directorio del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, las Recomendaciones para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en todas las etapas de la recolección y clasificación de residuos elaborada por el Comité de Erradicación del Trabajo Infantil en 2008, y la emisión del Decreto Reglamentario de la Ley Nº 17.298 pendiente desde 2009, donde se establezcan precisamente actividades que están prohibidas por resultar peligrosas para la integridad de los niños, niñas y adolescentes, dando cumplimiento también a lo estipulado en el artículo 164 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004. Montevideo, 11 de julio de 2012 ANA LÍA PIÑEYRÚA, Representante por Montevideo, JAIME MARIO TROBO, Representante por Montevideo, GUSTAVO BORSARI BRENNA, Representante por Montevideo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con la sanción de la Ley Nº 17.298, de 15 de marzo de 2001, la República Oriental del Uruguay ratificó el Convenio Internacional del Trabajo Nº 182 (CIT-182), referente a las peores formas de trabajo infantil, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en la 87ª reunión celebrada en Ginebra en junio de 1999. Dicho Convenio establece que la ratificación del mismo implicará la adopción de medidas “para conseguir la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil con carácter de urgencia”. En tal sentido, estipula que la expresión “las peores formas de trabajo infantil” abarca: “el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños” (artículo 3); facultando a los Estados firmantes, su determinación (artículo 4), considerando las normas internacionales, en particular los párrafos 3 y 4 de la Recomendación sobre las peores formas de trabajo infantil (Recomendación Nº 190 de junio de 1999). Asimismo obliga a los firmantes a “adoptar, teniendo en cuenta la importancia de la educación para la eliminación del trabajo infantil, medidas efectivas y en un plazo determinado con el fin de: a) impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil, b) prestar asistencia directa, necesaria y adecuada para librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitación e inserción social, c) asegurar a todos los niños que hayan sido librados de las peores formas de trabajo infantil, el acceso a la enseñanza básica gratuita y, cuando sea posible y adecuado, a la formación profesional” (artículo 7). Años más tarde, en setiembre de 2004, el Parlamento nacional incluye en el texto del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley Nº 17.823) la obligación de proteger a los niños y adolescentes contra el desempeño de cualquier tipo de trabajo peligroso para su salud o para su desarrollo físico, espiritual, moral o social (artículo 163); obligando al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) a establecer con carácter de urgente el listado de tareas a incluir dentro de la categoría de “trabajo peligroso o nocivo para la salud o para su desarrollo físico, espiritual o moral”, los que estarán terminantemente prohibidos, cualquiera fuere la edad del que pretenda trabajar o ya se encuentre en relación de trabajo (artículo 164). La Resolución 1012/006 de fecha 29 de mayo de 2006 del Directorio del INAU, fijó los “Criterios para

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definir el Trabajo Peligroso” (TIP), partiendo de la base que el niño y el adolescente se caracterizan por encontrarse en una etapa especial de la vida, caracterizada por el crecimiento y desarrollo biológico, en cuyo período de su vida no debería exponerse a trabajos que puedan afectar su normal desarrollo, como son las “peores formas de trabajo infantil”. En el “apartado A” de dicha Resolución, se fijan los “criterios generales” para la determinación de los “trabajos peligrosos”, considerándose tales, todos los que, entre otros: “Tengan condiciones o situaciones de trabajo que someta a los niños a… c) Exposición a situaciones ilegales, inmorales o socialmente sancionados (prostíbulos, mendicidad, consumo de drogas, recolección y reciclamiento de basura)”. Más adelante, la Resolución 1012/006 enumera por “Rama de Actividad”, las tareas y los procesos peligrosos a los que no deben estar expuestos los niños y niñas, dentro de la que se encuentra la “Recolección y clasificación de residuos”. En 2008 una Subcomisión creada en la órbita del Comité de Erradicación del Trabajo Infantil (CETI), presenta un informe que contiene las “Recomendaciones para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en todas las etapas de la recolección y clasificación de residuos en Uruguay”, donde se manifiesta que “los niños, niñas y adolescentes que recorren la ciudad recolectando la basura que se halla en las calles, se encuentran constantemente expuestos a diversos riesgos que determinan importantes niveles de vulneración de sus Derechos”. Es por eso que el trabajo de los niños en los carros, además de ser ilegal fue declarado “trabajo peligroso” por Resolución Nº 1012/006 del Directorio de INAU, que establece el listado de trabajos considerados especialmente peligrosos. En particular es importante señalar los factores de riesgo físicos (inhalaciones tóxicas, quemaduras, mutilaciones, afecciones bronco pulmonares, reacciones alérgicas, problemas dermatológicos, enfermedades infecto-contagiosas); los factores de exclusión social (alejamiento de los espacios de socialización y crecimiento tales como los centros educativos y los contextos comunitarios) y factores de riesgo psicosocial (como un elemento crucial a destacar es el propio significado del trabajo “vivir de la basura”, “vivir de los desechos de otros”, la propia condición de niños, niñas y adolescentes recolectores y clasificadores imprime un estigma fuerte a los mismos, disminuyendo su autoestima y construyendo una imagen deteriorada de ellos mismos).

Por último, en setiembre de 2009, elevo a la consideración del Poder Ejecutivo, un proyecto de decreto que establecía las “actividades que están prohibidas por resultar peligrosas para la integridad de los niños, niñas y adolescentes”, entre las cuales se incluía “trabajo en la recolección, clasificación y reciclaje de residuos”. Este decreto nunca fue aprobado por el Poder Ejecutivo, incumpliendo de esta forma lo preceptuado en el artículo 2º de la Ley Nº 17.298 ratificatoria del CIT-182. Montevideo, 11 de julio de 2012 ANA LÍA PIÑEYRÚA, Representante por Montevideo, JAIME MARIO TROBO, Representante por Montevideo, GUSTAVO BORSARI BRENNA, Representante por Montevideo”. C) “EXONERACIÓN DE IVA A LA VENTA DE GASOIL EN ESTACIONES DE SERVICIO FRONTERIZAS CON LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la iniciativa correspondiente). MINUTA DE COMUNICACIÓN Se solicita al Poder Ejecutivo envié un mensaje al Poder Legislativo con el siguiente proyecto de ley: Artículo Único .– Sustitúyese el literal E) del numeral primero del artículo 19 T10 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 27 de la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 por el siguiente: “E) Combustibles derivados del petróleo, excepto fueloil y gasoil, entendiéndose por combustibles los bienes cuyo destino natural es la combustión. Asimismo las enajenaciones de gasoil realizadas en estaciones de servicio ubicadas en la frontera con la República Federativa del Brasil, en las condiciones previstas en la reglamentación”. Montevideo, 12 de julio de 2012. ÁLVARO DELGADO, Representante por Montevideo, MARIO SILVERA, Representante por Treinta y Tres, GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas, JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por Cerro Largo.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con la firma de los Diputados Rodolfo Caram, Gerardo Amarilla, Pedro Saravia, Mario Silvera, José Carlos Cardoso y quien suscribe, fue remitido un proyecto de ley que establece, por los motivos que siguen, la exoneración de IVA a la enajenación de gasoil en las estaciones de servicio ubicadas en la frontera con la República Federativa del Brasil. El precio de venta en surtidores del gasoil en Uruguay es de 36 pesos por litro, habiendo sido fijado por última vez en el Decreto 103/012 de 9 de abril de 2012. Del mismo modo, por el decreto ya mencionado, el precio de la nafta Super 95 SP fue fijado en 37.70 pesos, al tiempo que la nafta Premium 97 SP cuesta 39 pesos el litro, mientras que la Especial 87 SP vale 37.60 pesos el litro. Asimismo, el precio de venta del litro de gasoil en la República Federativa del Brasil es de aproximadamente 23 pesos uruguayos, lo que genera un desequilibro importante en los departamentos que tienen frontera con el país norteño. Esta situación que lleva a que los pobladores de zonas fronterizas con el citado país crucen la línea divisoria para cargar el mencionado combustible, registrándose pérdidas en las estaciones de servicio allí afincadas de entre un 18% y un 25%, según la zona. Una situación similar ocurre con la venta de naftas en la zona fronteriza con la República Argentina. En este último caso, el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 398/007 denominado “combustible de frontera”, en la redacción dada por el Decreto 199/010, autorizó reducir “el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de Nafta Premium 97 SP, Nafta Super 95 SP y Nafta Especial 87 SP, en el importe que surja de aplicar el 28% al precio de venta”. A diferencia de lo ocurrido con las naftas, el gasoil no está gravado con IMESI desde la sanción de la Ley Nº 18.109 de 2 de abril de 2007, estando solamente gravado por IVA en la tasa básica. Montevideo, 12 de julio de 2012. ÁLVARO DELGADO, Representante por Montevideo, MARIO SILVERA, Representante por Treinta y Tres, GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas, JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por Cerro Largo”.

D)

“EXONERACIÓN DE IVA A LA VENTA DE GASOIL EN ESTACIONES DE SERVICIO FRONTERIZAS CON LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL. (Se sustituye el literal E) del numeral primero del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 27 de la Ley Nº 18.083). PROYECTO DE LEY

Artículo Único.- Sustitúyese el literal E) del numeral primero del artículo 19 T10 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 27 de la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 por el siguiente: “E) Combustibles derivados del petróleo, excepto fueloil y gasoil, entendiéndose por combustibles los bienes cuyo destino natural es la combustión. Asimismo las enajenaciones de gasoil realizadas en estaciones de servicio ubicadas en la frontera con la República Federativa del Brasil, en las condiciones previstas en la reglamentación”. Montevideo, 12 de julio de 2012 ÁLVARO DELGADO, Representante por Montevideo, PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por Cerro Largo, JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas, MARIO SILVERA, Representante por Treinta y Tres. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El precio de venta en surtidores del gasoil en Uruguay es de 36 pesos por litro, habiendo sido fijado por última vez en el Decreto 103/012 de 9 de abril de 2012. Del mismo modo, por el decreto ya mencionado, el precio de la nafta Super 95 SP fue fijado en 37.70 pesos, al tiempo que la nafta Premium 97 SP cuesta 39 pesos el litro, mientras que la Especial 87 SP vale 37.60 pesos el litro. Asimismo, el precio de venta del litro de gasoil en la República Federativa del Brasil es de aproximadamente 23 pesos uruguayos, lo que genera un desequilibro importante en los departamentos que tienen frontera con el país norteño. Esta situación que lleva a que los pobladores de zonas fronterizas con el citado país crucen la línea divisoria para cargar el mencionado combustible, registrándose pérdidas en las estaciones de servicio allí afincadas de entre un 18% y un 25%, según la zona.

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Una situación similar ocurre con la venta de naftas en la zona fronteriza con la República Argentina. En este último caso, el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 398/007 denominado “combustible de frontera”, en la redacción dada por el Decreto 199/010, autorizó reducir “el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de Nafta Premium 97 SP, Nafta Super 95 SP y Nafta Especial 87 SP, en el importe que surja de aplicar el 28% al precio de venta”. A diferencia de lo ocurrido con las naftas, el gasoil no está gravado con IMESI desde la sanción de la Ley Nº 18.109 de 2 de abril de 2007, estando solamente gravado por IVA en la tasa básica. Es entonces, de acuerdo a los motivos expresados, que estamos remitiendo el presente proyecto de ley que permite que la venta de gasoil en surtidores, para quienes paguen con tarjeta de crédito, pueda efectuarse con un gravamen de IVA a tasa 0, a modo de intentar compensar, aunque no igualar, los precios existentes en el combustible entre Uruguay y Brasil. Montevideo, 12 de julio de 2012. ÁLVARO DELGADO, Representante por Montevideo, PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por Cerro Largo, JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas, MARIO SILVERA, Representante por Treinta y Tres”.

necesidad de ampliar el suministro de agua potable en el asentamiento “Los eucaliptos”, en el citado departamento. C/19/010 • a la Intendencia y a la Junta Departamental de Maldonado, con destino a la Comisión de Derechos Humanos y a la señora Marisa Cardozo Gutiérrez, relacionada con la posibilidad de realizar mejoras en las calles del asentamiento “Los eucaliptos”, en el citado departamento. C/19/010 al Ministerio de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas; a la Junta Departamental de Maldonado, con destino a la Comisión de Derechos Humanos, y a la señora Marisa Cardozo Gutiérrez, acerca de la posibilidad de extender el servicio de energía eléctrica al asentamiento “Los eucaliptos”, en el referido departamento. C/19/010 al Ministerio de Educación y Cultura y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública: para su remisión al Consejo de Educación Secundaria y al Liceo de Punta del Este; a la Junta Departamental de Maldonado, con destino a la Comisión de Derechos Humanos, y a los medios de prensa del referido departamento, referente a carencias de recursos humanos y materiales en el referido centro de estudios. C/19/010 para su remisión al Consejo de Educación Inicial y Primaria, sobre la posibilidad de transformar la Escuela Nº 99 de Villa Alegría del departamento de Maldonado, en una escuela de Tiempo Completo. C/19/010

4.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Está abierto el acto. (Es la hora 14) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Esteban Pérez solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas: • al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y por su intermedio a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado; a la Junta Departamental de Maldonado, con destino a la Comisión de Derechos Humanos, y a la señora Marisa Cardozo Gutiérrez, sobre la

El señor Representante Ricardo Planchon solicita se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República, al Ministerio de Turismo y Deporte; a la Junta Departamental y a la Intendencia de Colonia; al Comité Olímpico Uruguayo, y por su intermedio a las familias de los representantes uruguayos; y a las familias Collazo y Dumestre, relacionada con la participación de dos atletas del departamento de Colonia en los Juegos Olímpicos de Londres 2012. C/19/010” ——Se votarán oportunamente.

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Viernes 13 de julio de 2012

5.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión ordinaria realizada el día 11 de julio de 2012: Sin aviso: Jorge Rodríguez. Inasistencias a las Comisiones.

Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas: Jueves 12 de julio. ESPECIAL DE POBLACIÓN Y DESARROLLO Con Aviso: Berta Sanseverino; Doreen Javier Ibarra; Gustavo Cersósimo; Verónica Alonso”. ——No hay número para sesionar. (Es la hora 14 y 2)

Dr. JORGE ORRICO PRESIDENTE

Dra. Virginia Ortiz Secretario Relator

Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor

Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo de Taquígrafos

Dep. Legal N° 322.569/01 Impreso en la División Ediciones de la Cámara de Representantes