Número 3799
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NÚMERO 3799
MONTEVIDEO, MIÉRCOLES 8 DE AGOSTO DE 2012
República Oriental del Uruguay
DIARIO DE SESIONES
CÁMARA DE REPRESENTANTES
38ª SESIÓN ESPECIAL
PRESIDE EL SEÑOR REPRESENTANTE Dr. DANIEL BIANCHI (1er. Vicepresidente)
ACTÚAN EN SECRETARÍA EL TITULAR DOCTOR JOSÉ PEDRO MONTERO Y EL PROSECRETARIO SEÑOR TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI
XLVII LEGISLATURA TERCER PERÍODO ORDINARIO
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Miércoles 8 de agosto de 2012
Texto de la citación
Montevideo, 7 de agosto de 2012.
LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión especial, mañana miércoles 8, a la hora 15 y 30, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente – ORDEN DEL DÍA Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Modificación). (Carp. 1518/012). (Informado). Rep. 846 y Anexo I
JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ S e c r e t a r i o s
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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 5 ORDEN DEL DÍA 4.- Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Modificación). Antecedentes: Rep. N° 846, de mayo de 2012, y Anexo I, de julio de 2012. Carp. N° 1518 de 2012. Comisión de Asuntos Internos. — Aprobación…………………………………………………………………………………………………………………………….. 6 — Texto del proyecto de resolución aprobado ……………………………………………………………………………… 12
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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Verónica Alonso, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Amy, Saúl Aristimuño, Roque Arregui, Alfredo Asti, Laura Baccino, Julio Bango, Julio Battistoni, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Daniel Bianchi, Marcelo Bistolfi Zunini, Stella Borja, Gustavo Borsari Brenna, Cecilia Bottino, Fitzgerald Cantero Piali, Rodolfo Caram, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Carlos Corujo, Alberto Casas, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa, Hugo Dávila, Walter De León, Álvaro Delgado, Gustavo A. Espinosa, Álvaro Fernández, Julio Fernández, Juan C. Ferrero, Carlos Gamou, Mario García, Juan Manuel Garino Gruss, Rodrigo Goñi Romero, Norma Griego, Óscar Groba, Doreen Javier Ibarra, Pablo Iturralde Viñas, Luis Lacalle Pou, María Elena Laurnaga, Andrés Lima, Daniel López Villalba, Daniel Mañana, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda, Pablo Mazzoni, Felipe Michelini, Martha Montaner, Gonzalo Mujica, Amin Niffouri, Gonzalo Novales, Raúl Olivera, Óscar Olmos, Gustavo Osta, Miguel Otegui, Yerú Pardiñas, Daniela Payssé, Daniel Peña Fernández, Aníbal Pereyra, Susana Pereyra, Pablo Pérez González, Esteban Pérez, Mario Perrachón, Ana Lía Piñeyrúa, Iván Posada, Enrique Prieto, Luis Puig, Daniel Radío, Roque Ramos, Edgardo Rodríguez, Richard Sander, Berta Sanseverino, Víctor Semproni, Mario Silvera, Juan C. Souza, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez, Jaime Mario Trobo, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Carmelo Vidalín, Dionisio Vivian y Horacio Yanes. Con licencia: Felipe Carballo, Guillermo Facello, Javier García, José Carlos Mahía, Alma Mallo, Jorge Orrico, Alberto Perdomo, Darío Pérez Brito, Ricardo Planchon, Jorge Pozzi, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Sebastián Sabini, Pedro Saravia Fratti y Walter Verri. Faltan con aviso: Andrés Arocena, José Bayardi, Graciela Cáceres, Daniel Caggiani, Jorge Gandini, Aníbal Gloodtdofsky, Ivonne Passada, Guzmán Pedreira, Alejandro Sánchez, Daisy Tourné, Álvaro Vega Llanes y Jorge Zás Fernández. Sin aviso: Juan Curbelo.
la que se designa “Profesor Salvador Fernández Correa” el Liceo de José Batlle y Ordóñez, departamento de Lavalleja. C/1456/006 Archívese
DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA GENERAL La Presidencia de la Asamblea General destina a la Cámara de Representantes el proyecto de ley, remitido con su correspondiente mensaje por el Poder Ejecutivo, por el que se aprueba el Acuerdo Complementario de Cooperación entre los Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Convenio Andrés Bello (CAB) sobre Reconocimiento de Estudios, Títulos y Certificados de Educación Primaria/Básica y Media/Secundaria No Técnica, suscrito en Asunción, República del Paraguay, el 28 de junio de 2007. C/1773/012 A la Comisión de Asuntos Internacionales INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Defensa Nacional se expide sobre el proyecto de ley por el que se autoriza la salida del país de la Plana Mayor y Tripulación del Buque ROU 01 “Uruguay” compuesta de ciento setenta y cinco tripulantes, a efectos de participar en el Ejercicio “ATLASUR IX”, a llevarse a cabo en aguas del Atlántico Sur, entre el 30 de agosto y el 10 de octubre de 2012. C/1709/012 La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración se expide sobre el proyecto de ley por el que se transfiere a título gratuito, del patrimonio del Estado al del Instituto Nacional de Colonización, el inmueble Padrón Nº 1645 del departamento de Rocha. C/1093/011 La Comisión de Asuntos Internacionales se expide sobre el proyecto de resolución por el que se rechaza la condena y prisión de personas por sus creencias religiosas en la República Islámica de Irán. C/1133/011 Se repartieron con fecha 7 de agosto PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Darío Pérez Brito solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino a la Corporación Nacional para el Desarrollo, sobre la situación de los trabajadores de la empresa CALVINOR, adquirida por la empresa FERRACOR S.A. C/1774/012 El señor Representante Antonio Chiesa solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública, y por su intermedio a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, relacionado con la falta
2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 167 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que, con fecha 2 de agosto de 2012, ha promulgado la Ley Nº 18.938, por
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de fondos presupuestales para la construcción de un nuevo hospital para la ciudad de Colonia. C/1775/012 El señor Representante Jorge Gandini solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, acerca de un llamado a licitación para la instalación y mantenimiento de una Central de Ciclo Combinado en Puntas de Tigre. C/1776/012 El señor Representante Álvaro Fernández solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, referente a inversiones y deudas de la citada Administración. C/1777/012 Se cursaron con fecha 7 de agosto PROYECTOS PRESENTADOS El señor Representante Antonio Chiesa presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley relativo a la adquisición de vehículos por parte de las Intendencias por el modo de ocupación. C/1778/012 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración”.
D) En las situaciones que lo habilite la Ley Nº 18.791, de 14 de noviembre de 2007 y la normativa de tránsito de los Gobiernos Departamentales. E) Por haber sido retirados en un procedimiento policial que habiendo dado lugar a la intervención de la justicia, ésta no resolviera para el bien un destino contrario al previsto en la presente ley” Artículo 2º.- Modifícase el artículo 3º de la Ley Nº 18.791, de 14 de noviembre de 2007, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3º.- Luego de transcurridos 30 (treinta) días desde el traslado del vehículo al depósito y en el caso de que no se presente nadie a retirarlo, el organismo actuante emplazará a su propietario a que se presente dentro del término de 30 (treinta) días a reclamar el mismo, bajo apercibimiento de abandono voluntario del bien (artículo 719 del Código Civil). Para ello se efectuarán tres publicaciones en dos diarios, uno de los cuales deberá ser el Diario Oficial, sin perjuicio de otros medios que se consideren convenientes para asegurar la publicidad. En dichas publicaciones se individualizarán las unidades en la forma mas detallada posible a los efectos de ser reconocidas por aquellos que puedan tener derechos sobre esos bienes. Transcurridos treinta días desde la última publicación sin que se haga efectivo el retiro del vehículo por quien acredite su propiedad, y para los casos de los literales A), B), C) y D) del artículo 1º, se entenderá que su anterior propietario ha hecho abandono voluntario del mismo (artículo 719 del Código Civil) y por tanto, la propiedad del vehículo la adquirirá de pleno derecho el Estado o el Gobierno Departamental según corresponda, por el modo ocupación. El organismo actuante podrá optar por la destrucción del vehículo o por su remate en subasta pública para lo cual se fijará día, hora y lugar para la almoneda. El remate será precedido por varios que se publicarán en el Diario Oficial y en otro medio de prensa del lugar durante diez días, en los que se individualizarán las unidades y las condiciones del remate”. Montevideo, 7 de agosto de 2012. ANTONIO CHIESA BRUNO, Representante por Tacuarembó.
3.- Proyectos presentados.
“VEHÍCULOS. (Autorización a las Intendencias para adquirirlos por modo ocupación en determinados casos). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 18.791, de 14 de noviembre de 2007, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º.- El Ministerio del Interior, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y las Intendencias, podrán adquirir de pleno derecho por el modo de ocupación la propiedad y posesión de los vehículos que retiren de su jurisdicción en los siguientes casos: A) Por carecer de seguro obligatorio de automotores. B) Por encontrarse abandonados. C) Cuando constituya peligro o cauce perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones o al funcionamiento de algún servicio público o deteriore el patrimonio público.
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Como parte del ordenamiento y obtención de mejores resultados en las políticas de seguridad en el tránsito, es importante encarar la política de ordenamiento vehicular. En este caso en particular, el proyecto apunta a regular lo que sucede actualmente con los vehículos retenidos por las Intendencias. Principalmente en el interior del país, se da por parte de las respectivas Intendencias, la retención de vehículos -particularmente motos- debido a infracciones de tránsito y que no son retiradas por sus propietarios. El gran inconveniente es que a las Intendencias les resulta sumamente difícil disponer del destino de dichos vehículos retenidos, previendo entre ellos la posible destrucción y/o fundición de las mismas. Es así que siendo la propiedad uno de los derechos fundamentales protegidos por nuestra Constitución, la única posibilidad que tiene la Intendencia de destruir un vehículo es la previa adquisición de su propiedad, no siendo constitucionalmente viable en principio destruir propiedad ajena. Por ello proponemos que la Intendencia se haga propietaria mediante uno de los modos de adquirir el dominio, llamado “ocupación”, al amparo de los artículos 717 y 719 del Código Civil, que establecen: 717. La invención o hallazgo es una especie de ocupación por la cual el que encuentra una cosa inanimada que no pertenece a nadie, adquiere su dominio, apoderándose de ella. Acerca de la invención o hallazgo de las minas, se estará a lo prevenido en la legislación minera. 719. También pueden ser objeto de hallazgo las cosas cuya propiedad abandona voluntariamente su dueño, como las monedas que se arrojan para que las haga suyas el primer ocupante. Con esa motivación la Junta Departamental de Tacuarembó me ha hecho llegar un anteproyecto sobre el tema, el cual transformamos hoy en proyecto de ley, a los efectos de que desde nuestro ámbito, podamos contribuir al mejoramiento de la situación del tránsito en nuestro país. Montevideo, 7 de agosto de 2012. ANTONIO CHIESA BRUNO, Representante por Tacuarembó”.
4.- Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Modificación).
SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Habiendo número, está abierta la sesión. (Es la hora 15 y 42) ——Se entra al orden del día con la consideración del asunto motivo de la convocatoria: “Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Modificación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. N° 846 “PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo 1º.- Sustitúyense los artículos 4º, 7º, 25, 27 y 34 del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4º.- Los funcionarios se agruparán en los siguientes escalafones: A) Personal Profesional Universitario B) Personal Técnico Profesional C) Personal Administrativo D) Personal Especializado E) Personal Técnico Gráfico F) Personal Auxiliar de Intendencia R) Personal de Computación S) Personal Auxiliar de Sala y Barra T) Cuerpo Técnico de Taquigrafía” “ARTÍCULO 7º.- Para el desempeño de funciones en el escalafón A) Personal Profesional Universitario se requerirá título profesional universitario; en el escalafón B) Personal Técnico Profesional, se requerirá título universitario expedido, registrado o revalidado por las autoridades competentes y que corresponda a planes de estudio de duración no inferior a cuatro años, o una especialización de nivel universitario o similar, que corresponda a planes de estudio cuya duración deberá ser equivalente a dos años, como mínimo, de carrera universitaria liberal y en virtud de los cuales haya obtenido título habilitante, diploma o certificado, según corresponda; en el escalafón D) Personal Especializado, certificado de Técnico Especializado en Audio y Video expedido por el Consejo de Educación Técnico Profesional o equivalente; en el escalafón E) Personal Técnico Gráfico, certificado en la
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especialización de Impresor Gráfico, expedido por el Consejo de Educación Técnico Profesional o por institutos privados con habilitación oficial; en el escalafón R) Personal de Computación, Analista en Computación Plan 97, equivalente o superior”. “ARTÍCULO 25.- Los conceptos de actuación con sus respectivos índices de ponderación a utilizarse en cada escalafón, con excepción de los determinados en el inciso siguiente serán: A) Personal Profesional Universitario B) Personal Técnico Profesional C) Personal Administrativo F) Personal Auxiliar de Intendencia S) Personal Auxiliar de Sala y Barra Índice de ponderación Responsabilidad Rendimiento Iniciativa Conocimientos aplicados a la función 5 5 3 3
Iniciativa Comportamiento y relaciones funcionales
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Los conceptos de actuación con sus respectivos índices de ponderación a utilizarse en los siguientes cargos serán: A) Personal Profesional Universitario B) Personal Técnico Profesional C) Personal Administrativo D) Personal Especializado E) Personal Técnico Gráfico F) Personal Auxiliar de Intendencia S) Personal Auxiliar de Sala y Barra Índice de ponderación Capacidad de decisión Habilidad para el enfoque y resolución de problemas Habilidad para capacitar e instruir Autoridad Habilidad para delegar Relación Habilidad para la supervisión 6 6 6 5 4 4 5
Comportamiento y relaciones funcionales 2 Colaboración Habilidad para la supervisión D) Personal Especializado E) Personal Técnico Gráfico Índice de ponderación Responsabilidad Aptitud Rendimiento Iniciativa Conocimientos técnicos Comportamiento y relaciones funcionales Colaboración R) Personal de Computación Índice de ponderación Capacidad profesional Capacidad de control y organización Conocimientos técnicos Colaboración Rendimiento 5 5 4 3 3 2) 5 5 5 3 3 2 2 2 5
“ARTÍCULO 27.- Los funcionarios que se indican a continuación realizarán la calificación primaria, que deberá contener el informe detallado y fundamentado de la actuación del funcionario con el valor de las notas que estimen correspondan, de aquellos que tengan a sus órdenes: 1) En el escalafón C) Personal Administrativo se realizará por Área y en el siguiente orden: el Director General realizará las calificaciones primarias de los Directores de Área. El Director de Área realizará las calificaciones primarias de los Directores de División. El Director de Área y los Directores de División, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los Jefes de Departamento. El Director de Área, los Directores de División y los Jefes de Departamento, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de la actuación de los funcionarios de menores grados, según corresponda. En el escalafón D) Personal Especializado, el Director de Electrónica realizará las cali-
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ficaciones primarias de los Jefes de Departamento, el Director de Electrónica y los Jefes de Departamento, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de menores grados. 3) En el escalafón E) Personal Técnico Gráfico, el Director de Ediciones realizará las calificaciones primarias de los Supervisores Gráficos. El Director de Ediciones y los Supervisores Gráficos, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los Jefes de Departamento. El Director de Ediciones, los Supervisores Gráficos y los Jefes de Departamento, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los Encargados. El Director de Ediciones, los Supervisores Gráficos, los Jefes de Departamento y los Encargados, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de grados inferiores. En el escalafón S) Personal Auxiliar de Sala y Barra, el Director de División realizará las calificaciones primarias de los Jefes de Sector, el Director de División y los Jefes de Sector, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de grados inferiores. En el escalafón F) Personal Auxiliar de Intendencia, el Intendente realizará las calificaciones primarias de los Jefes de Sector, el Intendente y los Jefes de Sector, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los Encargados. El Intendente, los Jefes de Sector y los Encargados, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de grados inferiores. En el escalafón B) Personal Técnico Profesional, el Director de División realizará las calificaciones primarias sobre los funcionarios de su dependencia. En el escalafón A) Personal Profesional Universitario, el Director de Área (Contador), realizará las calificaciones primarias sobre todo el personal del escalafón, con excepción del Auditor. En el escalafón R) Personal de Computación, el Director de División realizará las calificaciones primarias de los Analistas Jefes. El Director de División y los Analistas Jefes, en conjunto, realizarán las califi-
caciones primarias de los funcionarios de grado inferior. “ARTÍCULO 34.- Habrá un Tribunal de Calificación para los escalafones A) Personal Profesional Universitario, B) Personal Técnico Profesional, C) Personal Administrativo y R) Personal de Computación, integrado por el Director General, el Director de Área del escalafón A), Personal Profesional Universitario y el Director de Área del escalafón C), Personal Administrativo, con excepción del Director Adscripto a la Dirección General, dicho tribunal tendrá a su cargo la calificación de todos los funcionarios de los escalafones mencionados. Éste será integrado, además, por el Director de División del escalafón R), Personal de Computación y el Director de División del escalafón B), Personal Técnico Profesional, cuando se consideren las calificaciones de los funcionarios de sus respectivos escalafones. El Director General calificará a los Directores de Área, quien consignará las actuaciones en actas que suscribirá conjuntamente con el representante de los funcionarios. Habrá un Tribunal de Calificación para los escalafones D) Personal Especializado, E). personal Técnico Gráfico, F) Personal Auxiliar de Intendencia y S) Personal Auxiliar de Sala y Barra integrado por el Director General y el Director Adscripto a la Dirección General, el que tendrá a su cargo la calificación de todos los funcionarios de los escalafones mencionados. Lo integrará, además, el Director de los escalafones D) Personal Especializado, E) Personal Técnico Gráfico, S) Personal Auxiliar de Sala y Barra, y el Intendente del escalafón F) Personal Auxiliar de Intendencia, cuando se consideren las calificaciones de los funcionarios de sus respectivos escalafones. Ambos Tribunales de Calificación serán presididos por el Director General, quien tendrá doble voto cuando excepcionalmente en aplicación del inciso segundo del artículo 37 la integración del Tribunal quede en número par. En el escalafón T) Cuerpo Técnico de Taquigrafía, no habrá calificadores primarios. Las calificaciones se harán de la siguiente manera: A) El Director calificará a los Supervisores Generales. B) Un Tribunal integrado por el Director, que lo presidirá y los Supervisores Generales, calificará a los Supervisores.
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C) Un Tribunal integrado por el Director, que lo presidirá, los Supervisores Generales y los Supervisores, calificará a los Revisores. D) Un Tribunal integrado por el Director, que lo presidirá, los Supervisores Generales y los cinco Revisores mejor calificados del último período, calificará a los Taquígrafos I. E) Un Tribunal integrado por el Director, que lo presidirá, los Supervisores Generales y los cinco Taquígrafos I mejor calificados del último período, calificará a los Taquígrafos II”. Montevideo, 20 de abril de 2012. VÍCTOR SEMPRONI, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En oportunidad del tratamiento por la Cámara de Representantes del Presupuesto de Secretaría aprobado el 31 de julio de 2007, se resolvió crear el escalafón B) Personal Técnico Profesional, e incluso se fijó a través de tres de sus artículos la existencia de una Dirección, la cantidad de integrantes y a quién corresponde su designación, así como la necesidad de dar cuenta de estas resoluciones a la Comisión de Asuntos Internos. Más allá de ello en oportunidad de la aprobación del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes, de fecha 7 de diciembre de 2010, se omitió incluir en dicho texto el escalafón B) Personal Técnico Profesional, carencia que el siguiente proyecto de resolución apunta a corregir integralmente. Montevideo, 20 de abril de 2012. VÍCTOR SEMPRONI, Representante por Canelones”. Anexo I al Rep. N° 846 “Comisión de Asuntos Internos INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Asuntos Internos ha considerado y aprobado el proyecto de resolución relativo a la inclusión del “Escalafón B) Personal Técnico Profesional” en el Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. En ocasión de la aprobación del Presupuesto de Secretaría de la Cámara de Representantes, de fecha 31 de julio de 2007, se creó el “Escalafón B) Personal Técnico Profesional”, estableciéndose en su articula-
do la existencia de una División con once cargos, diez de Asistente Técnico y uno de Director de División; los cuales no fueron provistos. En oportunidad de la modificación del “Estatuto del Funcionario” de la Cámara de Representantes, de fecha 7 de diciembre de 2010, no se agregó el “Escalafón B) Personal Técnico Profesional” a dicho anexo. El siguiente Proyecto de Resolución adecua el texto del Estatuto a efectos de salvar tal omisión, reconociendo la existencia del Escalafón B) desde el año 2007, sin perjuicio de lo establecido en las Disposiciones Transitorias del referido Estatuto, que permanecen vigentes. Por lo anteriormente expuesto solicitamos al Cuerpo la aprobación del proyecto de resolución. Sala de la Comisión, 16 de mayo de 2012. LUIS LACALLE POU, Miembro Informante, GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión. (Murmullos) ——Rogamos silencio en la Sala, porque disponemos solo de diecisiete minutos para considerar este proyecto. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Lacalle Pou. SEÑOR LACALLE POU.- Señor Presidente: ya anticipó que tenemos diecisiete minutos para discutir esta Carpeta, por lo que su consideración será contrarreloj. Este proyecto viene a saldar una situación que se da en la Cámara, porque un escalafón quedó afuera del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Murmullos.- Campana de orden) ——En efecto, el 31 de julio de 2007, en la discusión del proyecto de Presupuesto de Secretaría de la Cámara de Representantes, se creó el escalafón B) “Personal Técnico Profesional”, con sus respectivos cargos -en este caso, diez de asistente y uno de Director de División- que no fueron provistos. Cuando se modificó el Estatuto del Funcionario, el 17 de diciembre de 2010, se omite -desconozco la razón- incluir el escalafón B).
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Por esa razón, el año pasado presentamos un proyecto de resolución, que no prosperó. No obstante, el actual Presidente de la Cámara, señor Diputado Orrico, ante nuestra solicitud y la de otros legisladores, actuó en consecuencia, y fue así que el señor legislador trajo un articulado, al que propondremos alguna modificación. Conceptualmente, el mundo legislativo ha ido variando. El propio presupuesto de la Cámara de Representantes, presentado por su Presidente, señor Diputado Orrico, establece determinado giro, que necesariamente deberá tender a la tecnificación, ya sea de la utilización de instrumentos como de nuestros asesores. Los Parlamentos en el resto del mundo obtienen asesoramiento jurídico, notarial, contable, económico, industrial, etcétera. Se trata de funcionarios dedicados pura y exclusivamente a estas tareas, al servicio de todos y cada uno de los legisladores. Nos parece que legitimando esta situación, que se da de hecho -en este caso de derecho- en el Estatuto, podremos seguir avanzando en la tecnificación de los servicios del Poder Legislativo, en este caso de la Cámara de Representantes, lo que redundará necesaria y oportunamente en un mejor desempeño de nuestras funciones. Asimismo, el señor Diputado Germán Cardoso va a presentar un aditivo, vinculado al concepto de la antigüedad, que desde ya adelanto suscribiremos. Por su parte, el señor Diputado Semproni se va a referir a una omisión en el texto que se aprobó en la Cámara, que fue fortuita y no adrede, y por eso creemos conveniente agregar los nombres de los escalafones y los cargos. Es cuanto tengo que expresar por el momento; si se requiere más información, estamos a las órdenes. SEÑOR SEMPRONI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SEMPRONI.- Señor Presidente: estoy totalmente de acuerdo con el informe presentado por el miembro informante. No obstante, voy a proponer que se modifique y complete el último numeral del artículo 25, en el que se omitió describir las profesiones, que citaré para que cada legislador pueda seguir la modificación.
El artículo 25 establece: “Los conceptos de actuación con sus respectivos índices de ponderación a utilizarse en los siguientes cargos serán:”. Como aquí no se describen los cargos, proponemos agregarlos de la siguiente manera: en el escalafón A) Personal Profesional Universitario, Subcontador; en el B) Personal Técnico Profesional, Jefe de Departamento; en el C) Personal Administrativo, Director de Área. (Murmullos) ——Solicito a la Mesa que me ampare en el uso de la palabra, porque si no, será difícil saber qué se va a votar. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Restan solo doce minutos para la hora 16. Pedimos que se haga silencio para terminar con el trámite de este proyecto. Puede continuar el señor Diputado Semproni. SEÑOR SEMPRONI.- En el escalafón D) Personal Especializado, Jefe de Departamento; en el E), Personal Técnico Gráfico, Supervisor Gráfico, Jefe de Departamento y Encargado; en el F), Personal Auxiliar de Intendencia, Jefe de Sector, y en el S), Personal Auxiliar de Sala y Barra, Jefe de Sector. Aclaro que lo que se agrega es lo que está vigente en el Estatuto del Funcionario, pero al transcribirse el artículo 25 se omitió incluirlo en esta propuesta modificativa. Para responder por qué proponemos hoy esta modificación, alcanza con leer el Estatuto vigente. (Murmullos.- Campana de orden) ——El artículo 4º del Estatuto enumera las diferentes funciones que cumplen los funcionarios, y figuran primero las del escalafón A), las del B) no existen y después siguen los escalafones C), D) y E). De eso se trata precisamente, de saldar, como dijo el miembro informante, esa omisión cuando se aprobó el Estatuto del Funcionario. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señor Presidente: seremos breves, porque sabemos que el tiem-
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po es perverso, y ya nos deben quedar pocos minutos. Simplemente queremos manifestar nuestra voluntad expresa de reordenar el Estatuto del Funcionario. En la Comisión respectiva se trabajó en las propuestas de diferentes actores. También se recibieron las propuestas de las partes involucradas. Por lo tanto, vamos a votar este proyecto de resolución y, a la vez, presentaremos un aditivo vinculado con el escalafón Personal Técnico Profesional, que trata del reconocimiento de la antigüedad en el grado y en el escalafón de aquellas personas que quedarían formal y definitivamente integradas, luego de que votemos este proyecto. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señor Presidente: quiero dejar constancia de que el Partido Independiente también va a acompañar el proyecto de resolución que modifica el Estatuto del Funcionario. SEÑOR LACALLE POU.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LACALLE POU.- Señor Presidente: consulto a la Mesa si el proyecto se tiene que votar por artículos. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- No, es un solo artículo y se puede solicitar la supresión de la lectura. SEÑOR LACALLE POU.- Entonces, mociono para que se suprima la lectura. SEÑOR SEMPRONI.- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SEMPRONI.- Señor Presidente: en mi intervención omití decir que en el artículo 34, cuando habla de Personal Profesional Universitario, se establece “y el Director”, cuando es más de uno. Por consiguiente, tendría que figurar “y los Directores”. SEÑOR IBARRA.- Pido la palabra para una aclaración SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado.
SEÑOR IBARRA.- Señor Presidente: nosotros vamos a votar las modificaciones del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. El Personal Técnico Profesional nos ha hecho llegar la propuesta de incluir alguna frase que atienda al escalafón B), a fin de que se le compute como antigüedad en el cargo la generada en el ejercicio de la función en esa dependencia técnica. Varios legisladores del Frente Amplio consideramos que este planteamiento es absolutamente justo, pero entendemos que no tiene por qué incluirse en el proyecto de modificación del Estatuto. Por lo tanto, acabamos de presentar a la Mesa una recomendación para que se tenga en cuenta este escalafón en oportunidad de redactar las bases del concurso correspondiente. La aspiración que plantea el Personal Técnico Profesional nos parece de justicia. Por lo tanto, la moción que hemos presentado con la firma de varios señores Diputados tiene que ver con esta propuesta, pero no integra el contenido del escalafón. Se trata de una recomendación a la Presidencia de la Cámara. Gracias, señor Presidente. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señor Presidente: en la misma línea que manifestaba el señor Diputado Ibarra, nos parece que el reclamo es de justicia y que no debería incorporarse al texto del Estatuto. Pero al mismo tiempo, lo que estamos votando ahora es un proyecto de resolución, que tiene un artículo único y refiere a la modificación del Estatuto del Funcionario. Bien podría incluirse un artículo 2º que contemplara esta aspiración, que no modificara el Estatuto del Funcionario y que de alguna manera recogiera la pretensión de los funcionarios de la Asesoría Técnica. Gracias, señor Presidente. SEÑOR SEMPRONI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. Le pido que sea breve. SEÑOR SEMPRONI.- Señor Presidente: no se puede no dar una opinión sobre un tema que en primer lugar fue debatido suficientemente en la Comisión de Asuntos Internos, donde no hubo acuerdo.
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Lo que dicen los compañeros Diputados que presentaron la moción es correcto: no se puede establecer en un Estatuto el beneficio de puntuar para un concurso. Eso puede ir en las bases, y fue lo que sostuvimos oportunamente en la Comisión de Asuntos Internos. Pero hay más, y hay que decirlo. Ni siquiera se sabe quiénes son los que van a quedar, porque el personal técnico que está ahí hoy va a hacer primero los cursos, después pasar por los concursos y podrán quedar todos o ninguno. Por consiguiente, establecer de antemano que se les va a puntuar significa postergar a los que hoy no están. Es actuar en beneficio de los que están, que capaz que ni queden, y postergar a los que no están y pueden ingresar al personal técnico del escalafón B). Por consiguiente, cuando se discutan las bases podremos analizarlo, pero hoy de ninguna manera lo podemos aprobar. Yo, por lo menos, no lo voy a votar. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARDOSO (don Germán).- Señor Presidente: ya que se entra en la discusión de fondo, y que coincidimos con el señor Diputado Radío, entendemos que en la resolución que la Cámara va a adoptar en esta sesión perfectamente se puede incluir el aditivo que hemos presentado, más allá de la aclaración realizada por el Diputado preopinante. Nosotros arribamos a la más plena convicción de que la antigüedad generada por un trabajador es un derecho adquirido, por lo cual más allá del resultado de los concursos, es muy importante que quede específicamente aclarado que a las personas que concursen y obtengan resultados favorables, y que ya habían estado desempeñando funciones durante varios años en este escalafón, les sea reconocida la antigüedad de manera automática. Es cuanto quería decir. Esta es la razón por la cual fundamentamos poner a votación el aditivo que hemos presentado. SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BERNINI.- Señor Presidente: simplemente pido que la moción que acaba de presentar el Diputa-
do Ibarra se incluya como segundo artículo de esta resolución a modo de recomendación, tomando en cuenta lo manifestado por el señor Diputado Radío. SEÑOR PRESIDENTE (Bianchi).- La sesión fue convocada para la modificación del Estatuto del Funcionario; no podemos incluir la recomendación porque la Cámara no fue citada para eso. Se va a votar si se suprime la lectura. (Se vota) ——Setenta y ocho en setenta y nueve: AFIRMATIVA. Se va a votar el artículo 1º con las modificaciones presentadas por el Diputado Semproni. (Se vota) ——Setenta y nueve por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Léase un aditivo al artículo 134, en el que se agrega un inciso al literal E), presentado por el señor Diputado Germán Cardoso. (Se lee:) “En el caso del Escalafón B) Personal Técnico Profesional, se computará como antigüedad en el cargo la generada en el ejercicio de la función en la Asesoría Técnica”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y nueve: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto de resolución. (Texto del proyecto de resolución aprobado:) Artículo 1º.- Sustitúyense los artículos 4º, 7º, 25, 27 y 34 del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4º.- Los funcionarios se agruparán en los siguientes escalafones: A) Personal Profesional Universitario B) Personal Técnico Profesional C) Personal Administrativo D) Personal Especializado E) Personal Técnico Gráfico
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F) Personal Auxiliar de Intendencia R) Personal de Computación S) Personal Auxiliar de Sala y Barra T) Cuerpo Técnico de Taquigrafía”. “ARTÍCULO 7º.- Para el desempeño de funciones en el escalafón A) Personal Profesional Universitario se requerirá título profesional universitario; en el escalafón B) Personal Técnico Profesional se requerirá título universitario expedido, registrado o revalidado por las autoridades competentes y que corresponda a planes de estudio de duración no inferior a cuatro años o una especialización de nivel universitario o similar, que corresponda a planes de estudio cuya duración deberá ser equivalente a dos años, como mínimo, de carrera universitaria liberal y en virtud de los cuales haya obtenido título habilitante, diploma o certificado, según corresponda; en el escalafón D) Personal Especializado, certificado de Técnico Especializado en Audio y Video expedido por el Consejo de Educación Técnico-Profesional o equivalente; en el escalafón E) Personal Técnico Gráfico, certificado en la especialización de Impresor Gráfico, expedido por el Consejo de Educación Técnico-Profesional o por institutos privados con habilitación oficial; en el escalafón R) Personal de Computación, Analista en Computación Plan 97, equivalente o superior”. “ARTÍCULO 25.- Los conceptos de actuación con sus respectivos índices de ponderación a utilizarse en cada escalafón, con excepción de los determinados en el inciso siguiente, serán: A) Personal Profesional Universitario B) Personal Técnico Profesional C) Personal Administrativo F) Personal Auxiliar de Intendencia S) Personal Auxiliar de Sala y Barra
D) Personal Especializado E) Personal Técnico Gráfico Índice de ponderación Responsabilidad Aptitud Rendimiento Iniciativa Conocimientos técnicos Comportamiento y relaciones funcionales Colaboración R) Personal de Computación Índice de ponderación Capacidad profesional Capacidad de control y organización Conocimientos técnicos Colaboración Rendimiento Iniciativa Comportamiento y relaciones funcionales 5 5 4 3 3 3 2 5 5 5 3 3 2 2
Los conceptos de actuación con sus respectivos índices de ponderación a utilizarse en los siguientes cargos, serán: A) Personal Profesional Universitario, Subcontador B) Personal Técnico Profesional, Jefe de Departamento C) Personal Administrativo, Director de Área D) Personal Especializado, Jefe de Departamento E) Personal Técnico Gráfico, Supervisor Gráfico Jefe de Departamento y Encargado F) Personal Auxiliar de Intendencia, Jefe de Sector S) Personal Auxiliar de Sala y Barra, Jefe de Sector Índice de ponderación
Índice de ponderación Capacidad de decisión Responsabilidad Rendimiento Iniciativa Conocimientos aplicados a la función Comportamiento y relaciones funcionales Colaboración Habilidad para la supervisión 5 5 3 3 2 2 5 Habilidad para el enfoque y resolución de problemas Habilidad para capacitar e instruir Autoridad Habilidad para delegar Relación Habilidad para la supervisión 6 6 5 4 4 5”. 6
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“ARTÍCULO 27.- Los funcionarios que se indican a continuación realizarán la calificación primaria, que deberá contener el informe detallado y fundamentado de la actuación del funcionario con el valor de las notas que estimen correspondan, de aquellos que tengan a sus órdenes: 1) En el escalafón C) Personal Administrativo se realizará por Área y en el siguiente orden: el Director General realizará las calificaciones primarias de los Directores de Área. El Director de Área realizará las calificaciones primarias de los Directores de División. El Director de Área y los Directores de División, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los Jefes de Departamento. El Director de Área, los Directores de División y los Jefes de Departamento, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de la actuación de los funcionarios de menores grados, según corresponda. En el escalafón D) Personal Especializado, el Director de Electrónica realizará las calificaciones primarias de los Jefes de Departamento. El Director de Electrónica y los Jefes de Departamento, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de menores grados. En el escalafón E) Personal Técnico Gráfico, el Director de Ediciones realizará las calificaciones primarias de los Supervisores Gráficos. El Director de Ediciones y los Supervisores Gráficos, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los Jefes de Departamento. El Director de Ediciones, los Supervisores Gráficos y los Jefes de Departamento, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los Encargados. El Director de Ediciones, los Supervisores Gráficos, los Jefes de Departamento y los Encargados, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de grados inferiores. En el escalafón S) Personal Auxiliar de Sala y Barra, el Director de División realizará las calificaciones primarias de los Jefes de Sector. El Director de División y los Jefes de Sector, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de grados inferiores.
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En el escalafón F) Personal Auxiliar de Intendencia, el Intendente realizará las calificaciones primarias de los Jefes de Sector. El Intendente y los Jefes de Sector, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los Encargados. El Intendente, los Jefes de Sector y los Encargados, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de grados inferiores. En el escalafón B) Personal Técnico Profesional, el Director de División realizará las calificaciones primarias sobre los funcionarios de su dependencia. En el escalafón A) Personal Profesional Universitario, el Director de Área (Contador), realizará las calificaciones primarias sobre todo el personal del escalafón, con excepción del Auditor. En el escalafón R) Personal de Computación, el Director de División realizará las calificaciones primarias de los Analistas Jefes. El Director de División y los Analistas Jefes, en conjunto, realizarán las calificaciones primarias de los funcionarios de grado inferior”.
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“ARTÍCULO 34.- Habrá un Tribunal de Calificación para los escalafones A) Personal Profesional Universitario, B) Personal Técnico Profesional, C) Personal Administrativo y R) Personal de Computación, integrado por el Director General, el Director de Área del escalafón A) Personal Profesional Universitario y los Directores de Área del escalafón C) Personal Administrativo, con excepción del Director Adscripto a la Dirección General, dicho tribunal tendrá a su cargo la calificación de todos los funcionarios de los escalafones mencionados. Éste será integrado, además, por el Director de División del escalafón R) Personal de Computación y el Director de División del escalafón B) Personal Técnico Profesional, cuando se consideren las calificaciones de los funcionarios de sus respectivos escalafones. El Director General calificará a los Directores de Área, quien consignará las actuaciones en actas que suscribirá conjuntamente con el representante de los funcionarios. Habrá un Tribunal de Calificación para los escalafones D) Personal Especializado, E) Personal Técnico Gráfico, F) Personal Auxiliar de Intendencia y S) Personal Auxiliar de Sala y Barra integra-
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do por el Director General y el Director Adscripto a la Dirección General, el que tendrá a su cargo la calificación de todos los funcionarios de los escalafones mencionados. Lo integrará, además, el Director de los escalafones D) Personal Especializado, E) Personal Técnico Gráfico, S) Personal Auxiliar de Sala y Barra, y el Intendente del escalafón F) Personal Auxiliar de Intendencia, cuando se consideren las calificaciones de los funcionarios de sus respectivos escalafones. Ambos Tribunales de Calificación serán presididos por el Director General, quien tendrá doble voto cuando excepcionalmente, en aplicación del inciso segundo del artículo 37, la integración del Tribunal quede en número par. En el escalafón T) Cuerpo Técnico de Taquigrafía, no habrá calificadores primarios. Las calificaciones se harán de la siguiente manera: A) El Director calificará a los Supervisores Generales. B) Un Tribunal integrado por el Director, que lo presidirá, y los Supervisores Generales, calificará a los Supervisores.
C) Un Tribunal integrado por el Director, que lo presidirá, los Supervisores Generales y los Supervisores, calificará a los Revisores. D) Un Tribunal integrado por el Director, que lo presidirá, los Supervisores Generales y los cinco Revisores mejor calificados del último período, calificará a los Taquígrafos I. E) Un Tribunal integrado por el Director, que lo presidirá, los Supervisores Generales y los cinco Taquígrafos I mejor calificados del último período, calificará a los Taquígrafos II”. Artículo 2º.- Agrégase al literal E) del artículo 134 el siguiente inciso: “En el caso del escalafón B) Personal Técnico Profesional, se computará como antigüedad en el cargo la generada en el ejercicio de la función en la Asesoría Técnica”. ——No habiendo más asuntos, se levanta la sesión. (Es la hora 15 y 59)
Dr. DANIEL BIANCHI 1er. VICEPRESIDENTE
Sr. Tabaré Hackenbruch Legnani Prosecretario
Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor
Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo de Taquígrafos
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