Número 3816
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NÚMERO 3816
MONTEVIDEO, MARTES 9 DE OCTUBRE DE 2011
República Oriental del Uruguay
DIARIO DE SESIONES
CÁMARA DE REPRESENTANTES
55ª SESIÓN
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES Dr. JORGE ORRICO (Presidente) Y SUSANA PEREYRA (2da. Vicepresidenta)
ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y LOS PROSECRETARIOS SEÑORES TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI Y MARTÍN FERNÁNDEZ AIZCORBE
XLVII LEGISLATURA SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO
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CÁMARA DE REPRESENTANTES
Martes 9 de octubre de 2012
Texto de la citación
Montevideo, 4 de octubre de 2012. LA CÁMARA DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión ordinaria, el próximo martes 9, a la hora 16, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente – ORDEN DEL DIA 1º.Comisión Permanente del Poder Legislativo. (Elección de miembros para el Tercer Período de la XLVII Legislatura). (Artículo 127 de la Constitución). Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación). (Carp. 3181/003). (In- formado). Rep. 113 y Anexo I Profesor Antonio María Ubilla. (Designación al Liceo Nº 4 de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo). (Carp. 1650/012). (Informado). Rep. 896 y Anexo I Humberto Segundo. (Designación a la Escuela Rural Nº 33 de Paso de las Piedras, departamento de San José). (Carp. 1131/011). (Informado). Rep. 686 y Anexo I Melchora Cuenca Pañera de Artigas. (Designación a la Escuela Nº 226 de Montevideo). (Carp. 760/011). (Informado). Rep. 535 y Anexo I Martha Gularte. (Designación a la Escuela Nº 22 de Paso de los Novillos, departamento de Tacuarembó). (Carp. 469/010). (Informado). Rep. 417 y Anexo I Queguay. (Designación al Centro Educativo Integrado del pueblo Lorenzo Geyres, departamento de Paysandú). (Carp. 348/010). (Informado). Rep. 356 y Anexo I Profesor Hugo A. Licandro Martínez. (Se dispone el cambio de denominación del Liceo Nº 23 “Cerrito”, de Montevideo). (Carp. 1638/012). (Informado). Rep. 892 y Anexo I Elio López Blanquet. (Designación a la Escuela Nº 61 de Barra de Valizas, departamento de Rocha). (Carp. 44/010). (Informado) Rep. 24 y Anexo I
2º.-
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10.- Marta Elena Vivas Borbonet. (Designación al Jardín de Infantes Nº 203 de la ciudad de La Paz, departamento de Canelones). (Carp. 1287/011). (Informado). Rep. 759 y Anexo I VIRGINIA ORTIZ Secretaria TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI Prosecretario
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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 8 4 y 6.- Exposiciones escritas ……………………………………………………………………………………………………… 18 y 19 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………… 18 MEDIA HORA PREVIA 7.- Preocupación por la actitud de casas crediticias que no informan a los clientes sobre el porcentaje cobrado por seguro de vida. — Exposición del señor Representante Amy………………………………………………………………………………… 22 8.- Interrogantes en torno al tema de Pluna. — Exposición del señor Representante Espinosa …………………………………………………………………………. 23 9.- Propuestas efectuadas a Ancap ante el aumento de la demanda de energía. — Exposición del señor Representante Campanella……………………………………………………………………… 23 10.- Centenario del Liceo Nº 1 de la ciudad de Tacuarembó, departamento del mismo nombre. — Exposición del señor Representante Dini…………………………………………………………………………………. 25 11.- Recordación del señor Ulises José Clivio Rodríguez. — Exposición del señor Representante Borsari Brenna…………………………………………………………………. 26 12.- Inauguración de la primera conexión de Internet mediante fibra óptica en la ciudad capital del departamento de Rocha. — Exposición del señor Representante Sosa……………………………………………………………………………….. 26 CUESTIONES DE ORDEN 14.- Aplazamiento …………………………………………………………………………………………………………………………….. 36 13, 20, 24.- Integración de la Cámara …………………………………………………………………………………….. 27, 62 y 94 26.- Levantamiento de la sesión………………………………………………………………………………………………………. 100 13, 20, 24.- Licencias…………………………………………………………………………………………………………….. 27, 62 y 94 18.- Preferencias ………………………………………………………………………………………………………………………………. 59 16.- Rectificación de trámite ……………………………………………………………………………………………………………… 56 22.- Reiteración de pedidos de informes …………………………………………………………………………………………… 71 ORDEN DEL DÍA 15, 17, 19, 21, 23, 25.- Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación). Antecedentes: Rep. N° 113, de abril de 2010, y Anexo I, de setiembre de 2012. Carp. N° 3181 de 2003. Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo…………………………………………………. 36, 57, 59, 67, 90 y 95 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 97
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1.- Asistencias y ausencias.
2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 184
Asisten los señores Representantes: Auro Acosta, Verónica Alonso, Nelson Alpuy, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Amy, Daniel Aquino, Saúl Aristimuño, Andrés Arocena, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Bango, Julio Battistoni, José Bayardi, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Marcelo Bistolfi, Gustavo Borsari Brenna, Heber Bousses, Irene Caballero, Walter Campanella, Fitzgerald Cantero Piali, Rodolfo Caram, Germán Cardoso, Alberto Casas, Pablo Centurión, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa, Carlos Coitiño, Luis Da Roza, Hugo Dávila, Walter De León, Álvaro Delgado, Pablo Díaz, Dante Dini, Martín Elgue, Gustavo A. Espinosa, Guillermo Facello, Álvaro Fernández, Daniel Fernández, Julio Fernández, Juan C. Ferrero, Carlos Gamou, Javier García, Mario García, Aníbal Gloodtdofsky, Óscar Groba, Mauricio Guarinoni, Jorge Guekdjian, Doreen Javier Ibarra, Luis Alberto Lacalle Pou, María Elena Laurnaga, Andrés Lima, José Carlos Mahía, Daniel Mañana, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda, Pablo Mazzoni, Felipe Michelini, Gonzalo Mujica, Amin Niffouri, Ruben Núñez, Raúl Olivera, Jorge Orrico, Nicolás Ortiz, Miguel Otegui, César Panizza, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Guzmán Pedreira, Alberto Perdomo Gamarra, Nicolás Pereira, Susana Pereyra, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Esteban Pérez, Mario Perrachón, Ana Lía Piñeyrúa, Ricardo Planchon, Jorge Pozzi, Enrique Prieto, Daniel Radío, Edgardo Rodríguez, Nelson Rodríguez Servetto, Gustavo Rombys, Edgardo Rostán, Alejandro Sánchez, Berta Sanseverino, Philippe Sauval, Estacio Sena, Robert Sosa, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez, Daisy Tourné, Juan Ángel Vázquez, Álvaro Vega Llanes, Walter Verri, Carmelo Vidalín y Dionisio Vivian.
PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que, con fecha 3 de octubre de 2012, promulgó las siguientes Leyes: • Nº 18.975, por la que se extienden hasta el 31 de diciembre de 2012 el plazo previsto en el inciso primero del artículo 8º de la Ley Nº 18.440, de 24 de diciembre de 2008, y las exoneraciones fiscales establecidas en el inciso segundo del citado artículo. C/1534/012 Nº 18.976, por la que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender hasta por ciento ochenta días el subsidio por desempleo de los trabajadores de ARTEVA S.A. C/1894/012 Archívense DE LA CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley, aprobado en nueva forma, por el que se aprueba la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al Ejercicio 2011. C/1680/012 A la Comisión de Presupuestos, integrada con la de Hacienda
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La citada Cámara comunica que, en sesión de 2 de octubre de 2012, ha sancionado el proyecto de ley por el que se declara, con carácter interpretativo, que los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, cuando cesen por aplicación de los artículos 250 y 308 de la Constitución de la República, les corresponde la aplicación del tope máximo jubilatorio en sus pasividades. C/1805/012 Téngase presente INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas se expide sobre el proyecto de ley por el que se dictan normas sobre los llamados a licitación de obras nacionales o binacionales o por convenios nacionales e internacionales dentro de las aguas jurisdiccionales y territoriales de la República. C/1571/012 La Comisión de Salud Pública y Asistencia Social se expide sobre el proyecto de ley por el que se declara el 14 de abril de cada año “Día de la Seguridad del Paciente”. C/1788/012 Se repartieron con fecha 4 de octubre
Con licencia: Pablo Abdala, Daniel Bianchi, Graciela Cáceres, Daniel Caggiani, Felipe Carballo, José Carlos Cardoso, Jorge Gandini, Juan Manuel Garino Gruss, Rodrigo Goñi Romero, Alma Mallo, Martha Montaner, Gonzalo Novales, Yerú Pardiñas, Daniel Peña Fernández, Iván Posada, Luis Puig, Sebastián Sabini, Richard Sander, Pedro Saravia Fratti, Víctor Semproni, Mario Silvera, Juan C. Souza, Jaime Mario Trobo, Carlos Varela Nestier y Horacio Yanes
Actúan en el Senado: Pablo Iturralde Viñas y Aníbal Pereyra.
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COMUNICACIONES GENERALES La Junta Departamental de Flores remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, sobre la difusión de la canción “A Don José”, creada por el señor Ruben Lena. C/11/010 A la Comisión de Educación y Cultura
COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Educación y Cultura contesta los siguientes asuntos: • • pedidos de informes: del señor Representante José Carlos Cardoso, relacionado con los procedimientos y la cobertura contratada para salvaguardar la integridad física de los alumnos ante accidentes o situaciones imprevistas. C/751/011 del señor Representante José Andrés Arocena, relacionado con el número de estudiantes extranjeros matriculados en universidades y escuelas técnicas del país. C/893/011 de los señores Representantes Mario García y Jaime Mario Trobo, sobre la Escuela Rural Nº 53 del departamento de Lavalleja. C/1114/011 del señor Representante José Amy, sobre la contratación de empresas dedicadas al rubro de encuestas o de mejora de la gestión institucional. C/1176/011 del señor Representante Richard Sander, sobre la recaudación por concepto del Impuesto de Primaria, discriminado por departamento, desde el año 2000. C/1408/012 del señor Representante Gerardo Amarilla, referente a los procedimientos judiciales registrados desde la entrada en vigencia de la Ley de Unión Concubinaria. C/1422/012 del señor Representante Luis Lacalle Pou: acerca de los montos del producido por el Impuesto de Enseñanza Primaria en los ejercicios económicos 2009, 2010 y 2011. C/1431/012 sobre la presunta presentación de piezas falsas en el Museo de Arte Precolombino e Indígena. C/1586/012 del señor Representante Juan A. Vázquez, relacionado con el cierre de una agencia de viajes y los pasajes y otros productos adquiridos a la misma por las referida Secretaría de Estado. C/1438/012 de la señora Representante Verónica Alonso, sobre el retraso del comienzo de clases en los liceos. C/1441/012 del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, relacionado con los recursos económicos transferidos al Gobierno Departamental de Maldonado desde el 1º de marzo de 2010 a la fecha. C/1753/012 del señor Representante Pablo Abdala: acerca de las medidas adoptadas por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional
La Junta Departamental de Maldonado remite copia del texto de la exposición realizada por una señora Edila, sobre la incorporación de unidades de transporte acondicionadas para el traslado de personas con discapacidad. C/70/010 A la Comisión de Derechos Humanos
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La Junta Departamental de Paysandú remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, acerca del proyecto de ley por el que se declara feriado no laborable el día 30 de abril, declarándolo “Día del Trabajador Rural”. C/1480/012 La Intendencia de Salto acusa recibo de las siguientes exposiciones realizadas: • por varios señores Representantes, en sesión de 4 de setiembre de 2012, con motivo del centenario de la introducción del basquetbol en el Uruguay. S/C por varios señores Representantes, en sesión de 18 de abril de 2012, referidas al Sistema Nacional de Cuidados. S/C por el señor Representante Guzmán Pedreira, en sesión de 4 de setiembre de 2012, referidas a la preocupación por la falta de tierras a ser adjudicadas para vivienda. S/C por el señor ex Representante Marcelo Bistolfi Zunini, en sesión de 5 de setiembre de 2012, por las que propone establecer sanciones ejemplarizantes para los responsables de graves accidentes de tránsito. S/C
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La Junta Departamental de Soriano remite copia del texto de la exposición realizada por un señor Edil, sobre el proyecto de ley por el que modifica el artículo 34 del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero de 1974, relativo a la jurisdicción de la Armada. C/1844/012 La Oficina Nacional de Servicio Civil contesta el pedido de informes del señor Representante Hugo Dávila, sobre la nómina de funcionarios declarados en situación de excedentarios por parte del Estado. C/1714/012 A sus antecedentes
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de Educación Pública, dirigidas a los deudores morosos del Impuesto de Enseñanza Primaria. C/1224/011 • relacionado con la presencia de una camioneta con matrícula oficial estacionada en el Montevideo Shopping el día sábado 19 de mayo del año en curso, en horario nocturno. C/1574/012 del señor Representante Richard Sander: acerca de la recaudación por concepto de Impuesto de Enseñanza Primaria en el departamento de Rivera. C/997/011 del señor Representante Gustavo Cersósimo, relacionado con la integración, actuación y propuestas realizadas por la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación. C/1675/012 exposiciones escritas presentadas: por el señor Representante José Andrés Arocena, sobre la necesidad de realizar reparaciones en la Escuela Nº 69 de Colonia Artigas, Casupá, el departamento de Florida. C/19/010 por el señor Representante Antonio Chiesa: acerca de la situación de los Auxiliares de Servicio de las Escuelas Públicas de Tiempo Completo. C/19/010 acerca de la implementación de enseñanza Técnico – Profesional en la localidad de Caraguatá. C/19/010 por el señor Representante Hugo Dávila, acerca de la posibilidad de utilizar instalaciones escolares en zonas próximas a Bella Unión para dictar cursos del Consejo de Educación Técnico Profesional. C/19/010 por la señora Representante Verónica Alonso, referente a la instrumentación de cursos de primeros auxilios en los centros de educación primaria y secundaria. C/19/010 por el señor Representante Edgardo Rodríguez, sobre la descentralización universitaria y la instalación de centros de la UDELAR en el interior del país. C/19/010 por los señores Representantes Luis Lacalle Pou y Amin Niffouri, acerca de la construcción de un local para el funcionamiento de los cursos técnicos en la localidad de Santa Rosa, departamento de Canelones. C/19/010 por el señor Representante Aníbal Pereyra, relacionada con la necesidad de construir un refugio peatonal al lado de la Escuela Rural de Quebracho, en el departamento de Rocha. C/19/010 por el señor Representante Gonzalo Novales, acerca de la posibilidad de ampliar los cursos
que se dictan en la Escuela Técnica de Dolores, departamento de Soriano. C/19/010 • por el señor Representante Gerardo Amarilla, relacionada con la necesidad de ampliar el edificio donde funciona la Escuela Técnica de Tranqueras. C/19/010 exposiciones realizadas: por el señor Representante Sebastián Sabini, en sesión de 8 de noviembre de 2011, referidas a la necesidad de realizar ciertos cambios en materia educativa. S/C por el señor Representante Richard Sander: en sesión de 15 de junio de 2011, sobre la ampliación de cursos liceales y de los que imparten las Escuelas Técnicas del Consejo de Educación Técnico Profesional en la ciudad capital del departamento de Rivera, y la instalación de una comisaría en el barrio Mandubí, de dicha ciudad. S/C en sesión de 10 de abril de 2012, sobre los problemas locativos existentes en el Liceo Nº 8 del barrio La Pedrera, de la ciudad capital del departamento de Rivera. S/C del señor Representante Julio Battistoni, en sesión de 6 de 2011, acerca de algunos aspectos de actualidad en la educación pública. S/C nota cursada por la Comisión de Educación y Cultura, relacionada con el proyecto de ley por el que se designa “Humberto Segundo” a la Escuela Rural Nº 33 de Paso de las Piedras, departamento de San José. C/1131/011
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El Ministerio de Desarrollo Social contesta el pedido de informes del señor Representante Richard Sander, referente a los planes sociales destinados al departamento de Rivera, discriminando montos y beneficios en cada uno de ellos. C/1386/012 El Ministerio de Turismo y Deporte contesta el pedido de informes del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, sobre los recursos económicos transferidos al Gobierno Departamental de Maldonado desde el 1º de marzo de 2010 a la fecha. C/1750/012 El Ministerio de Salud Pública contesta los siguientes asuntos: • pedido de informes del señor Representante Carmelo Vidalín, referente al fallecimiento de una persona con capacidad diferente en la ciudad de Sarandí del Yí. C/1478/012 exposiciones escritas presentadas: por el señor Representante Carmelo Vidalín, referente al fallecimiento de una persona con ca-
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pacidades diferentes en la ciudad de Sarandí del Yí. C/19/010 • por el señor Representante Gonzalo Novales, referente a la necesidad de asignar un odontólogo para la atención de usuarios de la localidad de Villa Soriano. C/19/010 El Ministerio de Industria, Energía y Minería contesta los siguientes asuntos: exposición escrita presentada por el señor Representante Gerardo Amarilla, referente a las dificultades en la comunicación mediante teléfonos celulares en el departamento de Rivera. C/19/010 pedido de informes del señor Representante Gustavo Cersósimo, sobre el funcionamiento de la Dirección Nacional de Minería y Geología. C/1434/012
El señor Representante Miguel J. Otegui solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Defensa Nacional, relacionado con al necesidad de mantener la calidad de internacional al aeropuerto Brigadier Aviador Tydeo Larre Borges del departamento de Paysandú. C/1931/012 Se cursó con fecha 4 de octubre
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El señor Representante Alfredo Asti solicita se curse un pedido de informes a la Suprema Corte de Justicia, referente a la designación de un Juez de Paz de 2da. Categoría en Pueblo Grecco, departamento de Río Negro. C/1932/012 El señor Representante Juan Ángel Vázquez solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura, acerca de un incidente registrado entre un vecino y alumnos del Liceo Nº 56 de Montevideo. C/1933/012 Se cursaron con fecha 8 de octubre
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El Ministerio de Transporte y Obras Públicas contesta los siguientes asuntos: • exposición realizada por el señor Representante Mario Silvera, en sesión de 11 de junio de 2012, relacionada con el estado en que se encuentra la Ruta Nacional Nº 8 Brigadier General Juan Antonio Lavalleja, en especial, en el tramo comprendido entre la ciudad capital del departamento de Treinta y Tres y la ciudad de Melo del departamento de Cerro Largo. S/C exposición escrita presentada por el señor Representante Edgardo Rodríguez, relacionada con la necesidad de agilizar el control técnico vehicular que se realiza en la ciudad de Tacuarembó. C/19/010
El señor Representante José Amy solicita se cursen los siguientes pedidos de informes al Ministerio de Salud Pública: • referente a una licitación pública llevada a cabo por ASSE para el Centro Departamental de Soriano. C/1934/012 sobre un predio propiedad de dicha Secretaría de Estado, ubicado en la ciudad de Cardona, departamento de Soriano. C/1935/012 Se cursan con fecha de hoy PROYECTOS PRESENTADOS Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se determina la actividad del trabajador nocturno. C/1936/012 A la Comisión de Legislación del Trabajo
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El Ministerio de Industria, Energía y Minería contesta los siguientes pedidos de informes: • del señor Representante Óscar Olmos, relacionado con el presunto traspaso de un predio contiguo al de la estación de UTE de Punta del Este, departamento de Maldonado. C/1558/012 del señor Representante Mario Silvera, relacionado con los montos destinados a contratar publicidad en diferentes medios, y los criterios utilizados para seleccionar a los mismos C/1780/012 A sus antecedentes PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Germán Cardoso solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Economía y Finanzas, sobre el arrendamiento de un local para la sede de la oficina central de la Dirección General de Casinos. C/1930/012 Se cursó con fecha 3 de octubre
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La señora Martha Montaner presenta, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se reglamenta el Instituto Universitario de Educación (IUDE). C/1937/012 A la Comisión de Educación y Cultura
Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se reglamenta el Programa Nacional de Promoción y Prevención de la Salud Bucal de Niños Escolares. C/1938/012 A la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social”.
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3.- Proyectos presentados.
A) “TRABAJADOR NOCTURNO. (Determinación) PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Declárase como trabajador nocturno todo aquel asalariado cuya función requiere la necesaria disposición de horas de trabajo nocturno comprendidas entre las 22 horas y las 6 horas de la siguiente jornada. Artículo 2º.- Conforme a los acuerdos establecidos y de normativa aplicada vigente se establece un incremento de la remuneración del trabajador nocturno la cual no sea inferior al 30 % (treinta por ciento) del salario base. Artículo 3º.- Se establece como único ámbito de referencia en acuerdo, la negociación en Consejo de Salario de cada rama de actividad. Artículo 4º.- Se establece la obligatoriedad de la conformación de la Comisión de Salud, con atención psicológica permanente. La función de la referida Comisión se regirá por los protocolos de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Artículo 5º.- Queda totalmente prohibida la rotación de horarios hacia la noche de las trabajadoras en estado de gravidez avanzado, tomándose como tope la semana número veinte de gestación. Montevideo, 8 de octubre de 2012 PABLO D. ABDALA, Representante por Montevideo, RAÚL OLIVERA, Representante por Canelones, MARTÍN TIERNO, Representante por Durazno, LUIS PUIG, Representante por Montevideo, CARMELO VIDALÍN, Representante por Durazno. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Uruguay ha ratificado el Convenio Internacional N° 171, de la Organización Internacional del Trabajo, del año 1990, sobre la necesidad de la compensación económica a los trabajadores que realizan sus actividades durante la noche, según lo expresado en el artículo 8° del referido Convenio. Dicho Convenio establece en su artículo 11, que los países firmantes podrán aplicar a través de la legislación nacional, convenios colectivos, laudos arbitrales o sentencias judiciales, las disposiciones del mismo, y agrega “Se deberán aplicar por medio de la legislación en la medida en que no se apliquen por otros medios”.
Si bien nuestro país tiene resuelto por medio de convenios colectivos este tema para la mayoría de las actividades, existe aun un importante número de trabajadores, muchos de ellos de grupos de actividad de reciente formación, que aun no han podido alcanzar el objetivo después de cuatro rondas de Consejos de Salarios. Se entiende que las afecciones a la salud afectan a todos los trabajadores que realizan su actividad en horario de la noche, por lo tanto si debido a las características propias de la función resulta imposible realizarla en turnos diurnos, esto debe ser compensado. Estando a lo dictaminado por la Facultad de Medicina sobre las afecciones a la salud que se derivan del trabajo nocturno, tal como surge del espíritu del referido convenio N° 171, que es de carácter amplio, manifestando específicamente que las excepciones a la regla deben contar con las consultas a las organizaciones representativas de empleadores y trabajadores se considera que para dar cabal cumplimiento al mismo debe legislarse. Se deja expresa constancia que la presentación del presente proyecto se realiza a los efectos de darle estado parlamentario al tema en cuestión. Montevideo, 8 de octubre de 2012 PABLO D. ABDALA, Representante por Montevideo, RAÚL OLIVERA, Representante por Canelones, MARTÍN TIERNO, Representante por Durazno, LUIS PUIG, Representante por Montevideo, CARMELO VIDALÍN, Representante por Durazno”. B) “INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACIÓN (IUDE). (Reglamentación). PROYECTO DE LEY CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. (Régimen general).- El Instituto Universitario de Educación (IUDE) es una persona jurídica pública, que funcionará como Ente Autónomo, de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Constitución de la República, de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, de esta ley y de las ordenanzas que dicte. Integrará el Sistema Nacional de Educación Pública y el Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública (artículo 22 numeral 4 literal B), 49 y 83, de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008).
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Artículo 2º. (Fines).- El Instituto Universitario de Educación (IUDE) tendrá los siguientes fines: A) Asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades, propiciando la equidad en todo su ámbito de acción. B) Jerarquizar y revalorizar la formación docente, como factor clave del mejoramiento de la calidad y de la equidad en la educación. C) Formar profesionales universitarios de la educación motivados y fuertemente comprometidos con el quehacer educativo, desarrollando sus capacidades y conocimientos para el trabajo en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo; todo ello de acuerdo con las orientaciones que al efecto establezca la autoridad educativa competente. D) Promover y desarrollar en todos los ámbitos la formación en educación a través de la enseñanza, investigación y extensión, contribuyendo con la consolidación de una educación de calidad. Artículo 3º. (Cometidos).- El Instituto Universitario de Educación (IUDE) tendrá a su cargo actividades de enseñanza pública terciaria universitaria en formación en educación, para lo cual cumplirá los siguientes cometidos: A) Formar profesionales universitarios de la educación: maestros, maestros técnicos profesores de educación física, educadores sociales y profesores, así como otros profesionales que la educación nacional requiera. B) Impulsar la formación científica en educación y contribuir al estudio de los problemas de interés público en esta área. C) Desarrollar extensión universitaria en contextos sociales e institucionales diversos, propiciando la descentralización y delegación en sus respectivos ámbitos. D) Desarrollar cursos y carreras de postgrado (diplomaturas, especializaciones, maestrías y doctorados) en educación. E) Desarrollar programas de formación permanente, contribuyendo a la actualización de los conocimientos y a la mejora del nivel de la práctica profesional. F) Formar parte activa del Sistema Nacional de Educación Pública y contribuir a la conformación del Sistema Nacional de Educación Tercia-
ria Pública en los procesos de transformación institucional de la educación y de generalización de la enseñanza terciaria y universitaria en todo el país. G) Cooperar con otras instituciones del Sistema Nacional de Educación Pública y relacionarse con otras instituciones universitarias con el fin de promover programas conjuntos de enseñanza, investigación y extensión en el área de la educación. H) Promover la formación en educación con compromiso social para actuar en contextos socioculturales diversos, promoviendo el desarrollo integral de los individuos y de la sociedad en su conjunto, en el ejercicio pleno de sus derechos. Contribuir a la creación, desarrollo y difusión de la cultura nacional y al desarrollo de los procesos productivos del país, dentro de un modelo basado en la justicia social y en el conocimiento y la mejora de la calidad de la educación nacional. Promover la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación y la formación en lenguas extranjeras de todos los profesionales universitarios de la educación, independientemente de su especialidad, estableciendo programas específicos de formación en este ámbito. Artículo 4º. (Integración).- El Instituto Universitario de Educación (IUDE) estará dirigido por un Consejo Directivo Central e integrado por Centros Universitarios de Formación Docente (CUFD) en cada una de las capitales departamentales y en aquellas localidades que el Consejo Directivo Central determine de acuerdo con las atribuciones conferidas en la presente ley. Artículo 5º. (Titulaciones).- El Instituto Universitario de Educación (IUDE) otorgará títulos de grado y de postgrado de carácter terciario universitario, de acuerdo a lo establecido en cada Plan de Estudio aprobado por el Consejo Directivo Central y en el marco de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008. Artículo 6º. (Formación permanente).- La formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo profesional de la educación y una responsabilidad del Instituto Universitario de Educación (IUDE) y de los propios centros educativos. Los programas de formación permanente, deberán contemplar la adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas, así como todos aquellos aspectos de coordi-
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nación, orientación, tutoría, atención educativa a la diversidad y organización encaminados a mejorar la calidad de la enseñanza y el funcionamiento de los centros. Artículo 7º. (Cargos docentes).- Los cargos docentes del Instituto Universitario de Educación (IUDE) serán de carácter efectivo fundamentalmente, por un período de (5) cinco años, renovables hasta por (10) diez siempre para el caso de que exista evaluación favorable. También los cargos docentes podrán poseer carácter interino. En todos los casos se proveerán por concurso y llamados a aspiraciones de acuerdo con lo que establezca la normativa que al efecto dictará el Consejo Directivo Central la que tendrá en cuenta la evaluación, la asiduidad, la formación y la capacitación. Artículo 8º. (Evaluación docente).- El Instituto Universitario de Educación (IUDE) realizará anualmente, la evaluación de sus docentes con el objetivo de propiciar la profesionalización de sus equipos técnicos en el marco de las formaciones de grado y de postgrado que se brinden. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN Artículo 9º. (Órganos).- El Instituto Universitario de Educación (IUDE) estará dirigido por un Consejo Directivo Central y por un Rector que lo presidirá. A su vez, se integrará un Consejo Asesor y Consultivo integrado por todos los Directores de los Centros Universitarios de Formación Docente el que sesionará una vez al mes. Artículo 10. (Del Consejo Directivo Central).- El Consejo Directivo Central del Instituto Universitario de Educación (IUDE) estará integrado por seis miembros, los que deberán poseer condiciones personales relevantes, reconocida solvencia y méritos acreditados en temas de educación. Tres de sus miembros serán designados por el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros, previa venia de la Cámara de Senadores, otorgada sobre propuestas fundadas, por un número de votos equivalentes a los tres quintos de sus componentes. Si la venia no fuera otorgada dentro del término de (60) sesenta días de recibida su solicitud, el Poder Ejecutivo podrá formular propuesta nueva, o reiterar su propuesta anterior, y en este último caso deberá obtener el voto conforme de la mayoría absoluta del Senado.
Por el mismo procedimiento será designado de entre los propuestos por el Poder Ejecutivo el Rector que presidirá el Consejo Directivo deI IUDE. Las designaciones deberán efectuarse al comienzo de cada período de gobierno y los miembros designados permanecerán en sus cargos hasta tanto no hayan sido designados quienes les sucedan. En caso de vacancia definitiva, el cargo correspondiente será provisto en la forma indicada en los incisos anteriores. Uno de los otros tres miembros será electo por el cuerpo docente, otro por los estudiantes y el tercero por los egresados del Ente, según la reglamentación que oportunamente apruebe el Poder Ejecutivo. Durarán en sus funciones (5) cinco años, pudiendo ser reelectos solamente por un período subsiguiente debiendo para una nueva elección mediar por lo menos (5) cinco años desde su cese. El control de la elección estará a cargo de la Corte Electoral y se deberá realizar en el año anterior al año en que se celebran las elecciones nacionales. Los miembros electivos integrarán el Consejo Directivo Central del lUDE con voz y sin voto. El Rector en su función de Presidente del Consejo Directivo Central tendrá doble voto para el caso de empate. Artículo 11. (Cometidos del Consejo Directivo Central).- El Consejo Directivo Central del Instituto Universitario de Educación (IUDE) tendrá los siguientes cometidos: A) Cumplir y hacer cumplir la presente ley en su órbita de competencia, estableciendo la orientación general del Instituto, en especial todo lo concerniente a la promoción y desarrollo de la educación a través de la enseñanza, investigación y extensión a través del desarrollo de los procesos de enseñanza y de aprendizaje correspondientes. B) Aprobar los planes y los programas de estudio correspondientes a las formaciones de grado y de postgrado que se impartan en su órbita, definiendo las orientaciones generales correspondientes, promoviendo la participación y propiciando la reflexión del colectivo docente involucrado a través de los mecanismos que establecerá al efecto, supervisando el desarrollo de los mismos y de los cursos correspondientes. C) Aprobar el proyecto de presupuesto y de rendición de cuentas el que será presentado ante el
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Parlamento Nacional de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución de la República D) Representar al Instituto en las ocasiones previstas por el artículo 202, inciso tercero, de la Constitución de la República. E) Dictar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de los cometidos establecidos en la presente ley orgánica, en particular lo concerniente a la organización y al funcionamiento de todos los servicios a su cargo. En especial deberá propiciar la descentralización de funciones y de la toma de decisiones procurando dotar a los centros universitarios de potestades que faciliten el cumplimiento de sus funciones. F) Aprobar los Estatutos de los funcionarios docentes y no docentes del servicio, con las garantías establecidas en la Constitución, en esta ley y demás normativas de aplicación. G) Designar al Secretario General del Consejo Directivo Central con carácter de cargo de particular confianza. H) Destituir por ineptitud, omisión o delito cuando con las garantías que fija la ley y el Estatuto, al personal docente, técnico, administrativo, de servicio u otro de todo el Ente. I) Desarrollar los servicios de estadística educativa del Ente en un marco de trabajo coordinado con el Instituto Nacional de Evaluación al que le brindará toda la información que le sea requerida y colaborará con el cumplimiento de los cometidos de éste en lo pertinente. L) Conceder las acumulaciones de sueldo que sean de interés de la Educación y se gestionen conforme a las leyes y reglamentos. M) Resolver los recursos de revocación interpuestos contra sus actos, así como los recursos jerárquicos. N) Delegar en las direcciones de los centros educativos las atribuciones que estime conveniente. No son delegables las atribuciones que le cometen la Constitución de la República y aquellas para cuyo ejercicio esta ley requiere mayorías especiales. Ñ) Administrar los servicios y dependencias a su cargo, propiciando un clima de participación democrática y social. O) Revalidar títulos y certificados de estudios terciarios y universitarios.
P) Diseñar e implementar procesos eficientes y eficaces para el desarrollo de la gestión administrativa en general, así como para la generación, transferencia y difusión de información. Q) Implementar procesos de auditoría interna, debiendo rendir cuentas a la sociedad de lo actuado una vez al año, presentando resultados de gestión en general. R) Generar y propiciar ámbitos de intercambio con distintos actores sociales (empresarios, sindicatos) para que, en el marco de la elaboración de ofertas educativas, los mismos participen activamente haciendo conocer sus necesidades y perspectivas. S) Realizar las designaciones y nombramientos de todo el personal, sus reelecciones, ascensos y eventuales sanciones, así como otorgar licencias y designar al personal docente y no docente conforme con el Estatuto aprobado y propiciando la descentralización a favor de los Centros Universitarios de Formación Docente. T) Propiciar instancias de coordinación con otras entidades universitarias nacionales y/o extranjeras. Artículo 12. (De las remuneraciones, incompatibilidades y prohibiciones de los integrantes del Consejo Directivo Central).- El Rector percibirá idénticas remuneraciones que un Ministro y los integrantes del Consejo Directivo Central el equivalente al 90% (noventa por ciento) de su remuneración. Terminado el ejercicio del cargo, los integrantes del Consejo Directivo Central tendrán derecho a ser restablecidos en su caso a la situación docente que ocupaban o que tenían derecho a ocupar, en el momento de asumir sus funciones, sin perjuicio de la aplicación del régimen de seguridad social que corresponda. Será aplicable lo dispuesto en los artículos 200 y 201 de la Constitución y no podrán tener vinculaciones laborales o patrimoniales con instituciones de enseñanza privada, ni desempeñar la función docente a título particular en la órbita de universidades o institutos que impartan formación en educación. Artículo 13 (Atribuciones del Rector deI IUDE).- El Rector tendrá las siguientes atribuciones: 1. Presidir el Consejo Directivo Central, dirigir las sesiones, cumplir y hacer cumplir los reglamentos y resoluciones. 2. Representar al Consejo cuando corresponda y en el marco de las disposiciones que éste dicte al efecto.
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3. Autorizar los gastos que sean necesarios, dentro de los límites que establezcan la ley y las ordenanzas, dando cuenta al Consejo Directivo Central en la forma que éste disponga. 4. Tomar resoluciones de carácter urgente que estime necesarias para el cumplimiento del orden y el respeto de las disposiciones reglamentarias, dando cuenta al Consejo Directivo Central en la primera sesión ordinaria siguiente. 5. Adoptar las medidas de carácter disciplinario que correspondan, dando cuenta al Consejo en la forma señalada en el inciso precedente. 6. Inspeccionar el funcionamiento de las reparticiones de su competencia y tomar las medidas que correspondan. 7. Preparar y someter a consideración del Consejo los proyectos que estime conveniente, en especial estará a su cargo la coordinación y elaboración de todo lo relativo a los proyectos de Presupuesto y de Rendición de Cuentas en general que se deberán llevar adelante en el marco de lo establecido en la presente ley y demás normativas de aplicación. 8. Presentar al Consejo Directivo Central para su consideración la memoria anual de las actividades de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 literal Q) de la presente ley. De la misma se dará la más amplia difusión y se remitirá copia a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, sin perjuicio de otras acciones que se dispongan al efecto. Artículo 14. (Vacancia del Rector).- En caso de vacancia temporal por licencia o impedimento, o vacancia definitiva del Rector, el Consejo Directivo Central por mayoría simple, designará a quien ocupe esa función en forma interina hasta tanto se reincorpore o se designe en su caso, al titular. Artículo 15. (Del Consejo Asesor y Consultivo).El Consejo Asesor y Consultivo de Formación Docente estará integrado por todos los Directores de los Centros Universitarios de Formación Docente. El mismo sesionará por lo menos una vez al mes, debiendo realizarse dichas instancias plenarias en el interior del país en un 60 % (sesenta por ciento) o más. Artículo 16. (De los cometidos del Consejo Asesor y Consultivo).- El Consejo Asesor y Consultivo tendrá los siguientes cometidos: Pronunciarse preceptivamente y en forma previa a la aprobación de planes de estudio correspondientes
a carrera de grado o de postgrado, así como en todo lo concerniente a la aprobación de normas de carácter general inherente a éstos. Ejercer iniciativa como entidad asesora del Consejo Directivo Central en toda temática técnicopedagógica, solicitando la información que considere pertinente para el cumplimiento de tal cometido. Elegir, entre sus integrantes, un Secretario Ejecutivo el que durará en sus funciones un año lectivo, pudiendo renovarse su función por decisión del Consejo Asesor y Consultivo. Pronunciarse en todos los temas de carácter técnico-pedagógico que el Consejo Directivo Central someta a su consideración e informe. Artículo 17. (Del Secretario General).- Habrá un Secretario General que dependerá del Consejo Directivo Central y será el responsable de la gestión del Instituto correspondiéndole el ejercicio de las funciones inherentes a la secretaría del Consejo Directivo Central, preparando los asuntos que ingresarán a consideración de éste y asegurando el cumplimiento de sus resoluciones. A la vez, coordinará todo lo concerniente a la gestión administrativa del Ente, propiciando la evaluación y mejoramiento de la misma en forma continua. CAPÍTULO III DE LOS CENTROS UNIVERSITARIOS DE FORMACIÓN DOCENTE Artículo 18. (De los Centros Universitarios de Formación Docente).- Los Centros Universitarios de Formación Docente (CUFD) son unidades administrativas y académicas que permiten cumplir las funciones de enseñanza, investigación y extensión. Habrá por lo menos un centro por departamento, el que estará ubicado en la capital departamental, sin perjuicio de aquellos que se instalen en otros puntos del país por resolución del Consejo Directivo Central teniendo en cuenta los centros educativos existentes a la fecha en todo el país. Artículo 19. (De la Dirección de los Centros Universitarios de Formación Docente).- Cada centro universitario contará con un equipo de Dirección conformado por un Director y Subdirectores, estos últimos para el caso de que las características del centro lo ameriten. Dichos profesionales serán seleccionados por concursos públicos convocados al efecto. El Consejo Directivo Central aprobará los criterios y procedimientos de aplicación.
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Artículo 20. (De los Consejos de Centro).- En cada Centro Universitario de Formación Docente se instalará un Consejo de Centro con atribuciones de carácter consultivo. Su organización será establecida por las ordenanzas que dicte el Consejo Directivo Central. El Consejo de Centro tendrá como cometido asesorar al equipo de Dirección del Centro Universitario de Formación Docente sobre las necesidades de la formación que se brinde en el mismo, sobre cuestiones de funcionamiento en general del centro universitario y sobre todos aquellos asuntos que la Dirección solicite su pronunciamiento o el Consejo Directivo Central lo disponga. El Consejo de Centro tendrá una integración amplia ya que en el mismo estarán representados los docentes, los estudiantes y los egresados en el número y de acuerdo con el procedimiento que dictará la normativa que al respecto aprobará el Consejo Directivo Central en un plazo no mayor a los 120 (ciento veinte) días de promulgada la presente ley. Artículo 21. (De los Departamentos Académicos).Cada Centro Universitario contará con Departamentos Académicos que se estructurarán por áreas de conocimiento. Los mismos serán ámbitos académicos y de elaboración de proyectos, asesorando y proponiendo a las direcciones respectivas con el propósito de reforzar la calidad de la enseñanza, la investigación y la extensión en su área respectiva y en general. El Consejo Directivo Central, previo asesoramiento del Consejo Asesor y Consultivo, aprobará la normativa concerniente a su funcionamiento. En todos los casos que la misma deba modificarse o complementarse deberá requerir el asesoramiento previo referido. CAPÍTULO IV DE LOS FUNCIONARIOS DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACIÓN Artículo 22. (Del Estatuto).- El Consejo Directivo Central aprobará el o los estatutos para todos los funcionarios del Instituto Universitario de Educación (IUDE), de acuerdo a lo establecido en los artículos 58, 61 y 76 de la Constitución de la República y a las siguientes bases: Para el ejercicio de cargos docentes y no docentes será necesario acreditar el cumplimiento de 18 (dieciocho) años de edad y estar inscripto en el Registro Cívico Nacional.
El personal docente del lUDE deberá contar con título docente o título universitario de grado o de postgrado vinculado con la especialidad en la que se desempeñará. El sistema de concurso será de precepto para ocupar en efectividad cualquier cargo en el IUDE. Las designaciones del personal docente serán prorrogables mediante sistemas de evaluación que ofrezcan las debidas garantías a todos los interesados y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7º de la presente ley. La carrera docente se desarrollará por grados. Para ascender se tendrá en cuenta la evaluación de desempeño, la asiduidad, la formación y capacitación (formación permanente), las investigaciones y publicaciones de interés que el docente desarrolle. Se propiciará la dedicación total de docentes del IUDE, debiendo establecerse el régimen a que estará sometido el personal docente que realice actividades con dedicación total, así como la remuneración a percibir. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACIÓN Artículo 23. (Bienes deI IUDE).- El lnstituto Universitario de Educación (IUDE) tendrá la administración de sus bienes. Artículo 24. (De la transferencia de recursos).- La asignación de bienes, créditos, ingresos y obligaciones que las disposiciones vigentes prevén respecto de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) correspondientes al Consejo de Formación en Educación, se transfieren de pleno derecho al Ente autónomo que se crea por esta ley a partir de su entrada en vigencia. La Administración Nacional de Educación Pública llevará adelante las medidas correspondientes en coordinación con el Instituto Universitario de Educación (IUDE). Artículo 25. (De los ingresos y bienes).- Forman parte de los bienes del Instituto Universitario de Educación (IUDE). A) Los recursos y partidas que se le asignen por las Leyes del Presupuesto Nacional y las de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal. B) Los frutos naturales, industriales y civiles de sus bienes.
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C) Los recursos o proventos que perciba el Ente, de conformidad con los reglamentos que oportunamente se dicte. D) Los que perciba por cualquier otro título. E) Los bienes muebles e inmuebles que integran los servicios actualmente administrados por el Consejo de Formación en Educación de la Administración Nacional de Educación Pública, los que pasarán de pleno derecho al Instituto Universitario de Educación, previo cumplimiento de los trámites y formalidades correspondientes. Artículo 26. (Adquisición, enajenación y afectación de bienes inmuebles).- La adquisición y enajenación de bienes inmuebles a título oneroso, así como su afectación o gravamen por parte del Instituto Universitario de Educación (IUDE) deberán ser resueltas por mayoría absoluta de los miembros del Consejo Directivo Central. Las enajenaciones a título gratuito requerirán la unanimidad de votos de dicho Consejo. Artículo 27.- (Donaciones y legados).- El Consejo Directivo Central podrá aceptar los legados y donaciones que se hagan en beneficio del Instituto Universitario de Educación (IUDE), aplicando los bienes recibidos en la forma indicada por el testador y de conformidad a los fines del servicio a su cargo. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES ESPECIALES Artículo 28. (Aportes previsionales y fondo de solidaridad).- Los docentes que obtengan la titulación universitaria por las disposiciones aquí establecidas realizarán sus aportes al sistema previsional en los mismos términos y condiciones que lo hacen a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, no estarán alcanzados por la prestación pecuniaria establecida por la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, y sus modificativas, a favor del Fondo de Solidaridad y sus respectivos adicionales. Artículo 29. (Validación de títulos).- El Consejo Directivo Central en el marco de lo establecido en el artículo 86 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, adoptará las resoluciones administrativas que correspondan. Los docentes interesados en obtener tal validación, previo cumplimiento de las exigencias que establezca el Consejo Directivo Central, deberán manifestarlo expresamente a través del procedimiento que se establezca al efecto. Artículo 30. (Becas).- El Consejo Directivo Central propiciará el otorgamiento de becas, en instituciones nacionales o extranjeras, a estudiantes y docentes
egresados con el propósito de fomentar la formación de grado y de postgrado en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura en lo pertinente. Artículo 31. (Funcionarios).- La Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y el Instituto Universitario de Educación (IUDE) llevarán adelante las acciones concernientes al traslado de los funcionarios que a la fecha se desempeñan en el Consejo de Formación en Educación a dicho Instituto, desarrollando los procedimientos que al efecto correspondan. Artículo 32. (Derogación).- Deróguense todas las disposiciones que se opongan a la presente ley. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo 33. (Período de Transición).- Establécese que hasta tanto se integre definitivamente el Consejo Directivo Central del lUDE el mismo funcionará con los miembros designados por el Poder Ejecutivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de esta ley. Montevideo, 8 de octubre de 2012. MARTHA MONTANER, Representante por Tacuarembó. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley General de Educación Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, en su artículo 84, estableció: Créase el Instituto Universitario de Educación (en adelante IUDE), en el ámbito del Sistema Nacional de Educación Pública que desarrollará actividades de enseñanza, investigación y extensión. Formará maestros, maestros técnicos, educadores sociales y profesores, y otorgará otras titulaciones que la educación nacional requiera. A la vez, dicha norma, constituyó una Comisión de Implantación integrada por representantes de varias entidades cometiéndole la elaboración de la propuesta general para la estructura académica y curricular, la cuantía y característica del personal, el patrimonio, entre otros aspectos. La Comisión, integrada en el 2009, se pronunció en abril de 2010 y a la fecha el Poder Ejecutivo no ha remitido el proyecto de ley orgánica habiendo vencido en exceso el plazo dispuesto al efecto. En tal sentido, atendiendo una justa reivindicación de los docentes de todo el país presentamos este proyecto de ley a fin de subsanar la omisión del Poder Ejecutivo. Mientras el Poder Legislativo no apruebe la ley orgánica, necesaria e imprescindible para que el IUDE comience a funcionar, seguiremos contemplan-
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do cómo los derechos de los docentes de Uruguay son vulnerados. Muchas cosas hay que hacer para profesionalizar y jerarquizar la tarea de nuestros docentes, pero si hay una necesaria y que se considera de suma importancia es otorgarte el rango universitario a sus títulos profesionales. El Poder Ejecutivo ha estado omiso no solo con lo que establece la ley de educación, aprobada con los votos del gobierno. También lo está con lo acordado en los Acuerdos Multipartidarios de Educación del año 2010 los que establecieron que la formación inicial y continua de los docentes constituye un factor clave para el sistema nacional de educación y para impulsar propuestas de transformación con calidad en la educación. En dicha oportunidad, todos los Partidos Políticos con representación parlamentaria, acordamos que la formación de profesionales de la educación deberá ofrecer carreras de grado y de postgrado universitarios, vinculándose con otras entidades universitarias, propiciando la descentralización y la existencia de un sistema de becas. A tales efectos se acordó que la institución pública que ofrezca esta formación se constituyera en un Ente autónomo. La necesidad de otorgar el rango universitario a los docentes ha sido, desde hace muchísimos años, reclamo y propuesta del Partido Colorado. En el año 2003 el Senador Yamandú Fau presentó un proyecto de ley por el que se modificaba la Ley de Educación Nº 15.739 otorgando tal carácter a los títulos que se expedían por la ANEP. El proyecto (Carpeta 895/002Rep. 743/003) fue aprobado en el Senado de la República y pasó a la Cámara de Representantes, donde quedó a consideración en la Comisión de Educación y Cultura. En la Legislatura siguiente, el Senador Julio María Sanguinetti -en el año 2005- presentó un nuevo proyecto de ley que nuevamente propuso modificar la ley de educación vigente estableciendo mecanismos de coordinación entre la ANEP y la UDELAR, entre otras cuestiones. En dicha oportunidad, se tomaron en cuenta todas las consideraciones efectuadas por los distintos actores vinculados con el quehacer educativo que se presentaron ante las comisiones parlamentarias. Posteriormente, el Partido Colorado, en las elecciones de 2009, lo presentó como una de sus propuestas programáticas y en marzo de 2011 fue la primera de las 50 Propuestas para Mejorar la Educación, instancia en la que se solicitó aprobar pronta-
mente la ley orgánica del IUDE ya que el tema se estaba difiriendo en forma por demás excesiva. La temática en cuestión es una larga aspiración y, como se dijo, un justo reclamo de los cuerpos docentes del país, contando con el apoyo de la comunidad educativa en su conjunto. Hoy venimos a presentar este proyecto siguiendo la línea desarrollada en los últimos años. Entendemos que no existen motivos para tanta demora. En el 2003 y 2005 los legisladores Colorados, al presentar los proyectos de ley, expresaron que se procuraba, a través de los mismos, atender la importante situación de desventaja que, desde hace décadas, los docentes uruguayos padecen. Estas desventajas se manifiestan no sólo cuando se presentan fuera del país, sino que también dentro de sus fronteras ya que existen Universidades o Institutos Universitarios que expiden títulos de carácter docente que luego son revalidados automáticamente o parcialmente por la ANEP. Esto implica, para quienes se formaron en instituciones privadas, una ventaja significativa a la hora de competir, ya que algunos tendrán a partir de estas situaciones doble titulación, una de carácter universitario y otra oficial de carácter docente, sin este rango. En pocas palabras, hace más de 8 años que los docentes de nuestro país esperan por la norma que finalmente haga justicia y reconozca de una vez y para siempre, el rango y carácter universitario de la formación que los mismos poseen. Sin dudas que diversas acciones y resoluciones administrativas habrá que adoptarse para realizar las transformaciones en programas Y planes, afianzando las tareas de investigación y de extensión a fin de consolidar un Instituto Universitario. Por lo expresado, se estima pertinente presentar a consideración del Poder Legislativo este proyecto de ley que contempla los aspectos necesarios para que el Instituto Universitario de Educación (IUDE) sea una realidad, ratificando una vez más el compromiso del Partido Colorado con la profesionalización de los docentes y con la tarea que estos realizan todos los días en las aulas de nuestros centros educativos. El proyecto prevé que el Instituto funcionará como Ente Autónomo (artículo 1º) los artículos 2º y 3º establecen sus fines y cometidos entre los cuales se encuentra la jerarquización y revalorización docente y la formación de profesionales universitarios de la educación.
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Se prevé que el IUDE estará dirigido por un Consejo Directivo Central (artículos 4º y 9º) el que estará compuesto por seis miembros de reconocida solvencia en temas de educación (artículo 10). Tres de ellos designados por el Poder Ejecutivo con venia del Senado de la República y tres designados uno por el cuerpo docente, otro por los estudiantes y el último por los egresados. Estos últimos con voz pero sin voto. A su vez se crean Centros Universitarios de Formación Docente, con la obligación de que exista por lo menos uno en cada departamento. Montevideo, 8 de octubre de 2012. MARTHA MONTANER, Representante por Tacuarembó”. C) “PROGRAMA NACIONAL DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD BUCAL DE NIÑOS ESCOLARES. (Reglamentación). PROYECTO DE LEY Artículo 1º. (Programa Nacional de Promoción y Prevención de la Salud Bucal de Niños Escolares).- El Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Educación Pública y la Administración Nacional de Enseñanza Pública, en coordinación interinstitucional, serán responsables del diseño y aplicación del “Programa Nacional de Promoción y Prevención de la Salud Bucal de Niños Escolares”. Artículo 2º. (Objeto).- La aplicación del “Programa Nacional de Promoción y Prevención de la Salud Bucal de Niños y Adolescentes” tendrá por finalidad fomentar en la población objetivo el desarrollo de conductas y prácticas que permitan prevenir enfermedades bucales, en especial caries. Artículo 3º. (Aplicación).- El Programa de Salud Bucal definido en el artículo 1º de esta ley será de obligatoria aplicación en todo centro de enseñanza pública de nivel preescolar y de primaria. Artículo 4º. (Sesión de Prevención Odontológica).- El “Programa Nacional de Promoción y Prevención de la Salud Bucal de Niños Escolares” se aplicará mediante un sistema de educación y de atención odontológica que asegure a todo niño, comprendido por esta ley, recibir cada seis (6) meses una “Sesión de Prevención Odontológica”. Artículo 5º. (Equipos Multidisciplinarios).- Las sesiones de prevención odontológicas, dispuestas por el Artículo 4° de la presente ley, se realizarán en los centros educativos y estarán a cargo de equipos mul-
tidisciplinarios (odontólogos y educadores), los cuales priorizarán involucrar a los padres de los educandos para que las acciones de promoción y prevención de salud bucal, llevadas a cabo por este Programa, no se discontinúen en el hogar. Artículo 6º. (Prestaciones).- Una “Sesión de Prevención Odontológica” implicará, como mínimo, la: A) Enseñanza de las técnicas de higiene oral (cepillado) para control de placa bacteriana. B) Información sobre hábitos saludables de alimentación, en especial referente al consumo de hidratos de carbono. C) Inactivación de caries y utilización de sellantes de fosas y fisuras. D) Aplicación profesional de fluoruros de alta concentración. Artículo 7º. (Carnet de Salud Bucal).- Establécese con carácter obligatorio, para la inscripción en cada año lectivo, la presentación por parte del educando de su “Carnet de Salud Bucal” al día. Se considera que el “Carnet de Salud Bucal” está vigente cuando al momento de su presentación no hayan pasado más de seis (6) meses corridos desde la última “Sesión de Prevención Odontológica”. Artículo 8º. (Exigencia del Carnet de Salud Bucal).- El “Carnet de Salud Bucal” será el único requisito, en relación a salud bucal, a exigir por los centros de estudios en el momento de las inscripciones anuales. La falta de este requisito no podrá ser impedimento de inscripción en un centro educativo debiendo ser obtenido en el transcurso de año lectivo. Artículo 9º. (Del Ministerio de Salud Pública).- El Ministerio de Salud Pública, a través de sus Direcciones Departamentales o de la autoridad sanitaria que disponga, será el responsable de la expedición del “Carne de Salud Bucal” y de brindar en forma gratuita la atención odontológica necesaria para su obtención, incluyendo el tratamiento de las piezas dentarias que lo necesiten (eliminación de caries y rehabilitación de piezas dentarias). Artículo 10. (Reglamentación).- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley y dispondrá lo necesario para su aplicación a partir del inicio del año escolar 2013. Montevideo, 8 de octubre de 2012. MARTHA MONTANER, Representante por Tacuarembó, JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo,
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GRACIELA MATIAUDA ESPINO, Representante por Canelones, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo, JOSÉ A. AMY, Representante por Soriano, ANÍBAL GLOODTDOFSKY, Representante por Montevideo. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Este proyecto de ley busca dar respuestas a uno de los problemas de salud más acuciantes presentes en la niñez uruguaya, en especial aquella con menores recursos económicos; y que es una enfermedad considerada crónica, compleja y multifactorial: la caries dental, la cual no tratada lleva a la mutilación bucal. La salud bucal debe ser una prioridad de la política de salud nacional, pues la prevalencia y la severidad de las enfermedades bucales afectan la calidad de vida de los uruguayos, en especial de la población más vulnerable desde un punto de vista socioeconómico. La salud sabemos que refiere a un equilibrio entre el ser humano y el ambiente en que se desenvuelve, y en ese equilibrio un adecuado estado bucal es fundamental. La falta de salud bucal puede afectar la calidad de vida de los jóvenes e incluso de su núcleo familiar, pues ello significa que no se logrará un pleno desarrollo físico, mental y social del niño o niña. Como es sabido los niños con caries en edades tempranas se encuentran en mayor riesgo de desarrollar caries a lo largo de su vida que aquellos que están libres de ellas; motivo por el cual la formación de hábitos de vida favorables a la salud bucal son imprescindibles para generar un ambiente de igualdad de oportunidades. La caries dental, además del dolor o infección local que puede desencadenar, puede generar consecuencias negativas sobre el estado de salud del niño; sus consecuencias pueden afectar el comportamiento psicológico del niño que se avergüenza de sonreír y se aleja de amigos e incluso de su centro educativo. Las acciones de prevención de las enfermedades bucales (caries, úlceras orales, etc.) son fundamentales para evitar afectar la calidad de vida del niño; no solo se trata de evitar un daño fisiológico sino y principalmente de generar una política pública de equidad, que permita el pleno desarrollo individual y social de todo niño sin importar su condición social, económica ni cultural. Es necesario que las agencias estatales de educación y salud generen una sinergia de acciones que permita avanzar con programas integrados que dis-
minuyan los factores de riesgo más comunes en patologías crónicas de tipo bucal. Lograr estabilidad de las políticas públicas de salud bucal, que permitan fortalecer el componente educativo para generar hábitos saludables de alimentación y de correcta higiene bucal, junto con una temprana atención odontológica, justifica legislar en un tema de tanto impacto social que no puede quedar librado al arbitrio del gobernante de turno. El ambiente educativo, en especial preescolar y primaria, es un escenario privilegiado donde poder implementar estrategias eficaces y eficientes de promoción y prevención de la salud bucal. Fomentar el cuidado de la salud bucal en las generaciones más jóvenes necesita del involucramiento de los padres, y para ello nada mejor que el punto de confluencia que son los centros educativos. Un programa integral como el propuesto incluye la enseñanza del cepillado que permite desorganizar la placa bacteriana que se forma sobre dientes y encías, la utilización de fluoruros y el uso de barnices fluorados como principal estrategia para la prevención y el control de la caries dental. Este proyecto de ley se enmarca en la experiencia nacional producto de la Ley Nº 18.640 del 2010; la legislación de la Provincia de Entre Ríos (Argentina) año 2007; el “Programa de Promoción y Prevención en Salud Bucal Para Niños y Niñas Preescolares” del Ministerio de Salud de Chile 2007; “Programa de Acción Especifico 2007-2012 de Salud Bucal” de la Secretaria de Salud de México del 2007; y el “Protocolo de Cepillado y Aplicación Comunitaria de Barniz de Flúor para Intervención en Párvulos” del Ministerio de Salud de Chile 2012. Actualmente las acciones públicas de promoción y prevención de la salud bucal son insuficientes y necesitan definirse como políticas públicas de estado, de largo aliento, por lo cual se propone legislar en esta materia. Montevideo, 8 de octubre de 2012. MARTHA MONTANER, Representante por Tacuarembó, JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo, GRACIELA MATIAUDA ESPINO, Representante por Canelones, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo, JOSÉ A. AMY, Representante por Soriano, ANÍBAL GLOODTDOFSKY, Representante por Montevideo”.
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4.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Está abierto el acto. (Es la hora 16 y 19) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Miguel J. Otegui solicita se curse una exposición escrita a los Ministerios de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y por su intermedio a la Dirección Nacional de Medio Ambiente, sobre la conservación del arbolado ubicado como cortinado de campos y de la Ruta Nacional Nº 3 en el tendido de fibra óptica que se está desarrollando sobre la referida ruta nacional. C/19/010 El señor Representante José Andrés Arocena solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, sobre la posibilidad de revisar los procesos para la construcción de Cooperativas de Viviendas, así como la de establecer cupos mínimos por departamento para cada sorteo. C/19/010 El señor Representante Ricardo Planchon solicita se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República; a los Ministerios de Economía y Finanzas, y por su intermedio al Banco de la República Oriental del Uruguay; de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre; a la Corporación Nacional para el Desarrollo, y a la Junta y a la Intendencia de Colonia, acerca de la necesidad de destinar recursos para la construcción de vivienda rural. C/19/010 El señor Representante Antonio Chiesa solicita se curse una exposición escrita a la Corte Electoral y a los medios de prensa del departamento de Tacuarembó, referente a la necesidad de instalar una Oficina Electoral en la ciudad de Paso de los Toros. C/19/010 El señor Representante Ruben Núñez solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Junta Departamental y por su intermedio a la Comisión de Obras de dicho Cuerpo, y a la Intendencia de Rivera, y por su intermedio a la Alcaldía de Tranqueras, y a la prensa local, sobre el reacondicionamiento del acceso a la ciudad de Tranqueras, desde la Ruta Nacional Nº 30 hasta el puente viejo. C/19/010
Varios señores Representantes solicitan se curse una exposición escrita al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Correos, relacionada con la emisión de series especiales de valores postales alusivas a los 250 años de la fundación de la ciudad de San Carlos. C/19/010”. ——Se votarán oportunamente.
5.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión ordinaria realizada el día 3 de octubre de 2012: Con aviso: Marcelo Díaz. Inasistencias a las Comisiones. Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas: Miércoles 3 de octubre ASUNTOS INTERNACIONALES Con aviso: Auro Acosta. ESPECIAL CON FINES LEGISLATIVOS DE ASUNTOS MUNICIPALES Y DESCENTRALIZACIÓN Con aviso: Auro Acosta. INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Con aviso: Verónica Alonso. LEGISLACIÓN DEL TRABAJO Con aviso: Fernando Amado. TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS Con aviso: Guillermo Facello. TURISMO Con aviso: Ricardo Planchon. Jueves 4 de octubre COMISIÓN ESPECIAL DE DROGAS Y ADICCIONES CON FINES LEGISLATIVOS Con aviso: Berta Sanseverino, Dante Dini; Gerardo Amarilla.
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ESPECIAL DE POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL Con aviso: Doreen Javier Ibarra, Juan Manuel Garino Gruss; Verónica Alonso. INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Con aviso: Verónica Alonso; Walter Verri. Lunes 8 de octubre ESPECIAL DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA INVESTIGACIÓN,
Con aviso: Antonio Chiesa y Walter de León”.
6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Treinta y tres en treinta y cuatro: AFIRMATIVA. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor Representante Miguel J. Otegui a los Ministerios de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y por su intermedio a la Dirección Nacional de Medio Ambiente, sobre la conservación del arbolado ubicado como cortinado de campos y de la Ruta Nacional Nº 3 en el tendido de fibra óptica que se está desarrollando sobre la referida ruta nacional.
venir por la Ruta Nacional Nº 3, entre la ciudad de Paysandú y la de Montevideo y viceversa, hemos podido apreciar el avance de las obras por parte de la empresa que tiene a su cargo las tareas del tendido. Detenidamente, apreciamos cómo se desarrolla la tarea por parte del personal y maquinaria y nos ha llamado poderosamente la atención en la forma que se dispone el zanjeado y cómo se arranca en forma indiscriminada parte del arbolado que sirve de cortinado tanto para los campos como para la propia Ruta Nacional Nº 3. Sería de interés que se tomara recaudo por parte de ambas Secretarías de Estado, así como de los organismos señalados, como forma de poder preservar las diferentes especies que en su momento fueron plantadas o crecieron a merced de las primeras y que conforman una panorámica diferente. Esperamos que se actúe rápidamente en el tema, ya que la obra avanza vertiginosamente por lo que podemos apreciar, y evitar una mayor afectación del medio ambiente. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. MIGUEL OTEGUI, Representante por Paysandú”. 2) Exposición del señor Representante José Andrés Arocena al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, sobre la posibilidad de revisar los procesos para la construcción de Cooperativas de Viviendas, así como la de establecer cupos mínimos por departamento para cada sorteo.
“Montevideo, 4 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), y al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, por su intermedio, a la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), con relación a preservar las cortinas arboladas a lo largo del trazo de la fibra óptica en la Ruta Nacional Nº 3 General José Artigas. Sin lugar a dudas, el tendido de la fibra óptica en nuestro país significa un avance sustantivo para las comunicaciones, por lo que ello supone para el desarrollo tecnológico nacional. En nuestro semanal ir y
“Montevideo, 3 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. En primer lugar, vecinos floridenses integrantes de cooperativas de vivienda nos plantean la necesidad de revisar los procesos para lograr la construcción de sus viviendas. Los trámites burocráticos que actualmente se requieren dilatan enormemente el acceso efectivo a la vivienda en un tiempo razonable. Es nuestra opinión, y también lo entienden así muchos cooperativistas, los trámites se pueden simplificar, abreviando los plazos en forma notoria. Adviértase que estimativamente transcurre un plazo de un año y medio de tramitación, para luego conseguir el terreno y posteriormente ir al sorteo para obtener eventualmente la financiación necesaria. Entre cuatro y seis años transcurren -y aún más- entre la formación de la cooperativa y el inicio de la construcción de viviendas. En segundo lugar, entendemos necesario que se establezcan cupos mínimos por depar-
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tamento para cada sorteo, a fin de contemplar las expectativas de todo el país y evitar la concentración de los sorteados en algunos de ellos. Así, podría establecerse, por ejemplo, que se sorteara al menos un cupo por departamento. Por lo expuesto, solicitamos a dicha Secretaría de Estado, estudie la implementación de las propuestas que anteceden. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida”. 3) Exposición del señor Representante Ricardo Planchon a la Presidencia de la República; a los Ministerios de Economía y Finanzas, y por su intermedio al Banco de la República Oriental del Uruguay; de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre; a la Corporación Nacional para el Desarrollo, y a la Junta y a la Intendencia de Colonia, acerca de la necesidad de destinar recursos para la construcción de vivienda rural.
“Montevideo, 3 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República; al Ministerio de Economía y Finanzas y, por su intermedio, al Banco de la República Oriental del Uruguay; al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; a la Intendencia y a la Junta Departamental de Colonia; a la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber), y a la Corporación Nacional para el Desarrollo. En esta oportunidad, queremos recordar la importancia del doctor Alberto Gallinal Heber, al haber impulsado la creación de la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber) hace 45 años, con el propósito de brindarle una solución al peón rural, al trabajador de tambos y al pequeño productor rural. El doctor Alberto Gallinal Heber dejó una huella imborrable en nuestro país. Este hombre visionario y humano fue pionero en nuestro país en referencia a la aplicación de nuevas técnicas destinadas a incrementar la producción y, al mismo tiempo, que nuestros pequeños productores se queden en el campo, sin huir a las ciudades. MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber nos da la pauta de cómo trabajando en forma corporativa se pueden lograr cosas. Logró objetivos tan importan-
tes como dar a niños, que no tenían casa o que habitaban un ranchito, una vivienda que le permitía a la familia del medio rural desarrollarse y tener una escuela cercana a la cual enviar a sus hijos. Estos ejemplos son los que nuestro país debe tomar como referencia. MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber es una persona pública de derecho privado, creada por la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, a impulsos del doctor Alberto Gallinal. Con los años, MEVIR amplió su objetivo original, pasando a trabajar en forma integral tanto con asalariados rurales como con pequeños productores familiares de bajos recursos, facilitando no sólo la construcción o refacción de viviendas, sino también de edificaciones productivas, servicios comunitarios, infraestructura (agua, electricidad, saneamiento), brindando capacitación y asistencia técnica. Es oportuno además hacer constar que en estos últimos siete años MEVIR -Doctor Alberto Gallinal Heber no ha logrado aportar las soluciones requeridas por muchísimos trabajadores rurales del interior profundo de nuestro país. Las expectativas de nuestra gente, que aguarda ilusionada tener su propio hogar, se ha postergado a tal punto que muchos nos han hecho llegar su desilusión ante tanto tiempo de espera de una solución a situaciones realmente de carencia total de vivienda. Por lo expuesto, solicitamos al Ministerio de Economía y Finanzas y al Gobierno Nacional, que brinden los recursos necesarios para que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber prioricen la construcción de vivienda rural. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RICARDO PLANCHON, Representante por Colonia”. 4) Exposición del señor Representante Antonio Chiesa a la Corte Electoral y a los medios de prensa del departamento de Tacuarembó, referente a la necesidad de instalar una Oficina Electoral en la ciudad de Paso de los Toros.
“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Corte Electoral y a los medios de comunicación del departamento de Tacuarembó. En varias reuniones hemos recibido planteos de vecinos de la ciudad de Paso de los Toros, del departamento de Tacuarembó, solicitando la instalación de una Oficina Electoral en forma definitiva en esa localidad. Dicho planteo incluso ha
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sido expresado por el Edil Bernardo Alonso en la Junta Departamental de Tacuarembó, justificado en el número de pobladores de la mencionada ciudad y su zona de influencia, así como en la distancia respecto de la capital departamental. Siempre hemos sostenido la necesidad de propender y atender al desarrollo de la zona sur del departamento de Tacuarembó, así como a una efectiva descentralización que tenga como uno de sus objetivos principales, llevar los servicios públicos a todos los lugares del mismo. Por lo expuesto, y descontando su buena voluntad, es que solicitamos a los señores Ministros de la Corte Electoral que evalúen esta propuesta y en su oportunidad resuelvan favorablemente sobre lo planteado o propongan las medidas presupuestales necesarias para llevar a cabo la instalación de una Oficina Electoral en la ciudad de Paso de los Toros. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ANTONIO CHIESA, Representante por Tacuarembó”. 5) Exposición del señor Representante Ruben Núñez al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Junta Departamental y por su intermedio a la Comisión de Obras de dicho Cuerpo, y a la Intendencia de Rivera, y por su intermedio a la Alcaldía de Tranqueras, y a la prensa local, sobre el reacondicionamiento del acceso a la ciudad de Tranqueras, desde la Ruta Nacional Nº 30 hasta el puente viejo.
de Rivera al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. La obra es de gran relevancia para la ciudad de Tranqueras, pues constituye la entrada y salida de la misma, por donde a diario se desplazan cientos de personas y vehículos de la más diversa naturaleza, incluyendo los de carga pesada (ómnibus, camiones de zonas forestales, etcétera). Es deber destacar que los rodados provenientes de los departamentos de Salto, de Artigas, de Tacuarembó, de zona del Valle Lunarejo, en un 70% ingresan y salen de la localidad por dicho acceso. Ha trascendido que las obras actuales del Ministerio de Transporte y Obras Públicas sobre el mantenimiento de la ruta, no alcanzarían el tramo de menos de un kilómetro señalado. Por lo sabedores del criterio y sensibilidad de ese Ministerio, recurrimos a esta vía para hacer llegar la voz de la ciudadanía. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. RUBEN NÚÑEZ, Representante por RIVERA”. 6) Exposición de varios señores Representantes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Correos, relacionada con la emisión de series especiales de valores postales alusivas a los 250 años de la fundación de la ciudad de San Carlos.
“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; Intendencia de Rivera y, por su intermedio, al Municipio de Tranqueras; a la Junta Departamental de Rivera y, por su intermedio, a la Comisión de Vialidad y Obras Públicas, y a los medios de comunicación del departamento de Rivera. Una de las obras que la comunidad tranquerense, por la importancia de la misma, ha reclamado, es el reacondicionamiento del acceso a la ciudad de Tranqueras, en el departamento de Rivera, desde la Ruta Nacional Nº 30 Brigadier General Eugenio Garzón, hasta el Puente Viejo en las cercanías del balneario Municipal. Consta de una extensión de unos 900 metros, que necesita tareas de mantenimiento extraordinario (maquinado, recargas, conformado y compactado) y colocación de carpeta asfáltica; en más de una oportunidad, se han elevado en tal sentido propuestas a través de la Intendencia
“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Correos (ANC). El próximo 8 de julio del año 2013, se celebrarán los 250 años de la fundación de la ciudad de San Carlos, departamento de Maldonado, por parte del Virrey Pedro de Ceballos. Por este motivo, solicitamos que, así como aconteciera en su bicentenario, se disponga la emisión de series especiales de valores postales alusivas a los 250 años de la fundación de la mencionada ciudad (sellos y matasellos). Emparentada con las más ricas tradiciones de la región, acompañante del proceso artiguista, con un lugar protagónico en la lucha por la independencia y la formación del Estado Oriental, le ha entregado a nuestro país extraordinarios hombres y mujeres del quehacer político, social, científico y cultural. Merecidas razones, entonces, para acompañar desde nuestro correo los festejos de la ciudad. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERMÁN CARDOSO; DARÍO PÉREZ BRITO; PABLO PÉREZ GONZÁLEZ, y NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO, Representantes por Maldonado”.
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MEDIA HORA PREVIA 7.- Preocupación por el hecho de que casas crediticias no informan a los clientes sobre el porcentaje cobrado por seguro de vida.
——Se entra a la media hora previa. Tiene la palabra el señor Diputado Amy. SEÑOR AMY.- Señor Presidente: queremos utilizar estos minutos de la media hora previa para poner a consideración un tema que, si bien a muchos nos ha llegado por distintas vías, creo que no tiene la suficiente difusión y, fundamentalmente, no ha sido categorizado como se merece. Algunos dicen que este tema aún está en las sombras por conveniencia; otros, porque en medio hay una serie de asuntos económicos que, indudablemente, condicionan su situación en esas circunstancias. Cuando uno va a contratar un crédito a través de las distintas financieras autorizadas -no me refiero a ninguna en particular y tampoco hago una generalización, sino que hablo de algunas- existe un mecanismo implícito que tiene que ver, fundamentalmente, con un porcentaje que se cobra para seguro de vida, único beneficio si uno fallece, del 0,5%. En principio, deberíamos entender como normal que se informe del cobro de este porcentaje cuando alguien va a contraer un préstamo. No sabemos si existe una orden tácita en las distintas sucursales de algunas financieras, pero está claro que este porcentaje no se pone en conocimiento de quien contrata un servicio en estas casas crediticias. Inclusive, el Banco Central del Uruguay, a través de la unidad reguladora competente, ha liberado una orden interna en la que deja claramente establecido cómo se deben comportar las empresas en las circunstancias a las que estamos haciendo mención. De alguna manera, estas tratan de silenciar este aspecto, que figura en lo que denominamos letra chica del contrato. Podemos imaginarnos a cuánto asciende este 0,56% en el volumen que existe en este momento en materia crediticia. Si bien conocemos que no hay endeudamiento en el agro, sabemos que existe un altísimo nivel de endeudamiento en la clase media y, fundamentalmente, en aquellos que apelan
al crédito como manera de terminar el mes. En esas circunstancias, de total y absoluta indefensión a la hora de contraer un préstamo, cuando se les reclama a algunas entidades por qué no ha puesto en conocimiento de los clientes ese 0,56% que se cobra, las respuestas han sido: “Si no le sirve, rescinda el contrato y vaya a buscar el préstamo a otro lugar”. Sabemos que si lo solicitan en otro lado, posiblemente les ocurra exactamente lo mismo. El artículo 360, de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero, dice claramente cómo debe establecerse. Allí nos encontramos con que algunas de las falacias que cometen las financieras, es no dar a conocer esta lectura en su debido momento. Uno puede optar o no por este préstamo; no es compulsivo, tal como lo quieren hacer aparecer o presentar. Asimismo, la posibilidad de cobrar el seguro está contemplada en la normativa vigente en el artículo 14 de la Ley Nº 18.212 y en el artículo 339, de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero. Me parece que sería bueno que se diera más importancia a esta situación. Si bien no hay una política tácita, creo que indudablemente -usted que es hombre de ley, mucho más- no debería obviarse la lectura, cuando alguien va a contraer un préstamo, que incluye el porcentaje tan especial del 0,56%. Podemos imaginar a cuánto alcanza esta cifra, teniendo en cuenta todas las actividades crediticias que operan en el país. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Banco Central del Uruguay, que es la unidad reguladora competente, a efectos de que se tomen cartas en el asunto, a la Liga Uruguaya de Defensa del Consumidor y a los medios locales de mi departamento. Además, quisiera que este tema se radicara en la Comisión de Presupuestos o de Hacienda de esta Cámara, o la que se estime pertinente. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y dos en cuarenta y cuatro: AFIRMATIVA.
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8.- Interrogantes en torno al tema de Pluna.
Tiene la palabra el señor Diputado Espinosa. SEÑOR ESPINOSA.- Señor Presidente: pocas veces en la historia, un Gobierno genera tantas dudas e incertidumbres como ocurre en la actualidad con el tema de Pluna. Desde sus inicios, lo que resultó ser un mal negocio, se convirtió luego en un cruce de acusaciones y suspicacias de toda índole. Inclusive, desde el propio Gobierno, el señor Presidente de Ancap denunció el mal inicio de esta operativa, señalando que todos los que trajeron a Matías Campiani eran unos fantasmas. La triste situación de Pluna culminó con la pérdida de nuestra conectividad aérea, cientos de funcionarios desempleados, riesgo de juicios millonarios y una subasta cargada de sospechas y falta de transparencia. El pueblo uruguayo se hace muchas preguntas. Por ejemplo, se pregunta por qué el señor Hernán Antonio Calvo Sánchez, comprador de los aviones Bombardier para la misteriosa y desconocida empresa europea Cosmo, utilizó solo parte de su nombre en la subasta pública y resultó ser además, hasta hace dos años, gerente de negocios de la filial Buquebús en Europa. La gente también se pregunta por qué no se exigieron documentos que acreditaran que el señor Hernán Antonio Calvo Sánchez es el representante legal de la empresa Cosmo. ¿Cómo sabía el señor Presidente Mujica, previo a la subasta, que esta no duraría más de cinco minutos, cuando se trataba de aviones valuados en unos US$ 100:000.000 por la mayoría de los técnicos y especialistas? ¿Cómo apareció un testaferro ofreciendo US$ 137:000.000 sin dar más trámite al asunto? La cifra de US$ 137:000.000, seguramente, servirá para cubrir la garantía bancaria que se adeuda pero, ¿quién pagará los platos rotos y las deudas de millones y millones de dólares contraídas con Ancap, el Banco de la República y con cientos de usuarios que habían pagado por adelantado sus pasajes y que continúan litigando? En cuanto a la connivencia de Cosmo -que ahora es denunciada como empresa que actúa como testaferro de Buquebús-, el señor Presidente Mujica señala públicamente que “toda la vida este tipo de negocios grandes aparecen así”. Dijo que esto pasó hace días con UTE: “Resultó que la ganadora era una subsidia-
ria y tuvimos que suspenderla”. Es muy común que una empresa represente a otra en las grandes licitaciones. La gente también se pregunta si el señor Presidente Mujica avala estos procedimientos. Luego de la suspensión sorpresiva de la primera subasta, el señor López Mena había expresado que no debería realizarse, que “no debería haber subasta pública de los aviones de Pluna”. Afirmó que podía venir un narcotraficante, ofrecer US$ 130:000.000 y quedarse con las líneas. Dijo: “Eso no es una subasta; en los países serios se elige a las empresas por su trayectoria y su solvencia”. Entonces, todos nos preguntamos si por el procedimiento seguido en este caso y por el protagonismo que están tomando algunos actores, Uruguay pasó a ser un país poco serio. Señor Presidente: en este ámbito expresamos una legítima y obligada aspiración. El pueblo uruguayo quiere saber la verdad, y el Gobierno debe colaborar permitiendo y auspiciando todos los ámbitos de investigación y judiciales posibles. Las legítimas mayorías parlamentarias deben ser abiertas a la aceptación de todas las vías de investigación y consultas que el caso exija. Son muchas las suspicacias, es mucha la falta de transparencia; debemos llegar a la verdad. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Presidencia de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas, al Congreso de Intendentes, a las Juntas Departamentales de todo el país y a los medios de prensa nacionales. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y uno en cuarenta y tres: AFIRMATIVA.
9.- Propuestas efectuadas a Ancap ante el aumento de la demanda de energía.
Tiene la palabra el señor Diputado Campanella. SEÑOR CAMPANELLA.- Señor Presidente: tenemos dos temas para tratar hoy y vamos a ser breves. En cuanto al tema energético, vamos a dar solo un titular. En lo que va de 2012, el costo de abastecimiento de la demanda eléctrica ha alcanzado US$ 1.029:000.000; UTE había presupuestado US$ 953:000.000 para todo el año. A mediados de junio
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de 2012, el costo diario del suministro tuvo un pico de casi US$ 8:000.000, como en 2008. Los valores diarios del costo de suministro oscilaron entre US$ 2:000.000 y US$ 5:000.000. El costo de abastecimiento de la demanda de este año constituirá un récord histórico, pudiendo superar los US$ 1.200:000.000, de mantenerse la tendencia actual. Humildemente, queremos hacer una serie de propuestas para Ancap. Uruguay, carente hasta la fecha de recursos energéticos fósiles, está inmerso en una realidad mundial marcada por una demanda creciente, precios elevados, producción petrolera estancada y elevadas emisiones de gases de efecto invernadero, amenazas a la seguridad energética, inestabilidad política y aumento de la demanda interna en muchos de los países exportadores de petróleo y gas, manipulación de su provisión, competencia por las fuentes de energía, ataques a la infraestructura, así como accidentes y desastres naturales. La necesidad de cambiar nuestras fuentes de energía primaria en un futuro previsible, alejándose de los combustibles fósiles, es la clave de la cuestión de la seguridad energética, y se constituirá en uno de los grandes desafíos del siglo XXI, durante el cual deberá procesarse esa transición energética. El problema prioritario para el sector energético nacional y para el resto del mundo es la provisión y el precio de los combustibles líquidos. Nosotros mandamos varias iniciativas a Ancap y seguramente alguna ya se esté estudiando. Podemos citar la mejora de la planta de cogeneración en la refinería, que participa en el mercado eléctrico mayorista para la venta de los eventuales excedentes de energía eléctrica. En lo relativo a los biocombustibles, sugerimos una planta de producción de biodiesel a partir del cebo vacuno, sin perjuicio de las inversiones en curso para producirlo a partir de aceites vegetales. La experiencia brasileña y paraguaya acumulada en este rubro es relevante y podría ser aprovechada. Por ejemplo, en Brasil, para salvar el inconveniente de las desfavorables propiedades del biodiesel así obtenido, cuando los motores funcionan en condiciones de baja temperatura ambiental, como las que se verifican en los Estados del sur se procesa, con excelentes resultados, un intercambio de este combustible con el producido de origen vegetal en los Estados norteños.
También proponemos la construcción de plantas de fabricación de pellet de madera, obtenido a partir de los residuos de biomasa forestal en distintas localidades de los departamentos donde existen plantaciones o a partir de forestaciones con fines energéticos. Esta producción sustituiría progresivamente a los combustibles líquidos utilizados en los procesos de calor industrial o acondicionamiento térmico ambiental por biomasa sólida, a semejanza de lo que sucede actualmente en Europa y Estados Unidos de América. Es importante la demanda de este combustible en las economías desarrolladas por lo que habría una salida inicial de la producción para la exportación. El consumo de pellet de madera crece en Europa a una tasa del 20% acumulativa anual y alcanzará a 20:000.000 de toneladas en 2015. Estados Unidos de América, Canadá y Brasil están abasteciendo esta creciente demanda europea y asiática. En 2015, Brasil exportará a Europa 2:000.000 de toneladas de pellet y Estados Unidos de América, 8:200.000. La forestación energética cuya tecnología es diferente a la aplicada hasta el momento en el sector forestal nacional, podría comenzar a aplicarse en las tierras que posee UTE en el perilago de las represas existentes. Esta inversión debería ser complementada con la fabricación nacional de estufas o los componentes que utilicen este combustible, así como de redes de distribución en las ciudades. Para promover este rubro debería modificarse la ley de biocombustibles incorporando este nuevo ítem. Además, a largo plazo debería pensarse en inversiones en biocombustibles de segunda generación, utilizando como materia prima la biomasa forestal. Vamos a enviar otras ideas más, como la producción de metanol en asociación con las fábricas de celulosa a partir de la destilación del licor negro producido en esas plantas. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Industria, Energía y Minería y a Ancap. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en cuarenta y seis: AFIRMATIVA.
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10.- Centenario del Liceo Nº 1 de la ciudad de Tacuarembó, departamento del mismo nombre.
Tiene la palabra el señor Diputado Dini. SEÑOR DINI.- Señor Presidente: mi exposición no puede ser larga y yo no puedo ser perezoso, pues tengo que hablar sobre cien años en cinco minutos. Agradezco al Representante por Paysandú, señor Diputado Verri, su generosidad por haberme cedido su espacio. Hoy, en el plenario, en esta instancia de la media hora previa, útil herramienta que amplifica los temas trascendentes de la República, deseo saludar el centenario del Liceo Nº 1 de la ciudad de Tacuarembó. En 1912, durante el segundo Gobierno de José Batlle y Ordóñez, se crearon los liceos departamentales que vinieron a saciar la sed de conocimientos que latía en lo más profundo del sentimiento de las y de los tacuaremboenses. Estudiantes urbanos y del campo, que superando peripecias, dificultades de caminos intransitables, llegaban en los rudimentarios medios de locomoción de la época a vivir en casas de familiares o de amigos. En una vieja casona de 18 y Artigas comenzaron las clases. Alumnos: 19 mujeres y 48 varones. Hoy son miles. El primer Director fue el señor Pol de Santandreu. El crecimiento natural, lógico, coherente de la población y en consecuencia de la matrícula amplió el horizonte y en 1934 se trasladó a la calle 25 de Mayo y Herrera, frente a Plaza 19, bajo la Dirección de Clelio Oliva. En 1951 se incorporaron los viejos y queridos preparatorios. El Director fue el histórico Souza Faccio. En 1956 se muda al edificio actual de Doctor Ivo y Ayala. La despedida estuvo a cargo de un joven estudiante, Diego Díaz Palermo, quien en su madurez se convirtió en uno de los mejores oradores de la política del departamento de Tacuarembó; pertenecía al Partido Nacional. Tengo una anécdota del profesor de Biología, el químico Luis Santos Dini. Un día, cuando se iba arrimando a su salón de clases escuchó una voz que iba in crescendo: Juan Domingo Perón que estaba dando
un discurso. Pensó que se trataba de una retransmisión de Radio “El Mundo” de Argentina. Pero detrás de un lugar parapetado, estaba estratégicamente ubicado Diego Díaz, que imitaba a la perfección al extinto Presidente de la República Argentina. En 1959, cuando la desolación, el azote y la marginación transitoria debida a la devastación de la inundación, esta casa solemne del Liceo Nº 1 fue refugio para que 140 personas vivieran allí durante varios días. Naturalmente, se paralizaron las clases. En 1961 se creó la Aegat, Agremiación de Estudiantes General Artigas, y quiero destacar de sus varios presidentes a un director amigo, “El Gringo”, Heber Uruguay Bandera y a Francisco Alderete que tuvo la iniciativa loable, en ese fermento de socialización que aglutina, que nuclea a los jóvenes, de realizar por primera vez la elección de “Miss Liceo del Uruguay”. Allí, y llegando por supuesto en la ONDA, estaban representantes de los diecinueve departamentos de nuestro país. En 1944, la Directora Meireles promueve que el liceo se denomine -nombre que hoy tiene- Ildefonso Esteves, alumno fundador, director, hombre probo de profesión agrimensor. Liceo 1, te estás mirando al espejo que te devuelve tu figura elegante y culta, nutrido de alumnos del asfalto y las luces, de calles polvorientas y perfil bajo. Aquellos años dorados, aquellos fueron los días que hoy siguen vertiginosos. Tus clases continúan, tus aulas, pupitres, pizarrones, tubos de ensayos, telescopios, corredores, patios, recreos han sido testigos privilegiados del nacimiento de amistad, de romances, de las ganas de vivir que exteriorizan como nunca antes ni después en su adolescencia, tus jóvenes que en imaginarias tribunas discutieron y creyeron arreglar el mundo, que con varios y todos argumentos defendieron a “Pepe”, a “Cabo Viejo”, a Frugoni que también lucharon por sus tendencias, por Nacional o Peñarol y por el clásico local, Oriental- Estudiantes. Recuerdo mi llegada a tu casa; éramos un puñado de varones provenientes del Colegio San Javier y había un murmullo: “Ojalá que en Literatura nos toque con ‘El Bocha’ Benavides”. Yo no tuve esa suerte, pero no me quejo, porque conté con dos extraordinarias profesoras de literatura: Graciela Estevez, hija del “Pocho”, y Dolly Clariget.
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También quiero recordar al inefable profesor de química, José Gil, a Raúl Goyenola, el Intendente que revolucionó y transformó a Tacuarembó en la década del cincuenta. Él personalmente me contó que cuando un día entró a dar la clase, en el pizarrón estaba escrito: “Goyenola a la Intendencia”. Y me dijo: “Agarré viaje”. Fue el gran Intendente de reformas válidas que ha tenido Tacuarembó. Además, recuerdo a Orestes Vidal, Paca Nadal, a los doctores Secundino de Matos, Nelson Ferreira y Diego Iravedra, Hugo Lairiol, “Petete” Dal Prá, Maruja Antúnez Maciel, “Chichí” Mujica, Estela Martinol, Enrique Trevilini, Senia Da Rosa, Leandro González Mieres, a la dietista María Benita y tantos otros. Recuerdo a nuestra Directora, eximia escritora, Susana Cabrera de Menéndez. Debo decir que para mí ha sido muy útil. Se trata de apuntes que he tomado de la profesora María Teresa Puentes insertos en el Semanario “Acción” de Tacuarembó. Me despido saludando al actual profesor Félix Varela con una palabra testimonial de la profesora de Italiano, Marta Martínez: ¡”Arrivederci”! Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la dirección del Liceo Nº 1 de Tacuarembó. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y siete: AFIRMATIVA.
Fue fundador de varias asociaciones de beneficencia. Siempre vinculado con la actuación social, Ulises Clivio fue fundador de varias cooperativas de vivienda y de ahorro y crédito, a los efectos de que la gente pudiera acceder, tanto a la vivienda como al crédito, ya que muchas veces es difícil obtener préstamos en el circuito bancario. Preocupado por el medio ambiente, Ulises Clivio fue fundador de la Sociedad de Amigos del Jardín Botánico y otros espacios verdes, coadyuvando así a conservar y preservar esos espacios montevideanos para el medio ambiente. En la Intendencia de Montevideo fue, sin ninguna duda, un funcionario ejemplar; instructor de salvavidas y cultor del deporte y de la natación, intervino en varias competencias en forma brillante. Desde aquí decimos a sus familiares y amigos que el Partido Nacional y este Parlamento recuerdan a Ulises José Clivio Rodríguez como un ciudadano oriental ejemplar. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se envíe a sus hijos e hijas, a sus nietos, a sus sobrinos y a los miembros de la Agrupación Corriente Renovadora Nacionalista. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en cuarenta y siete: AFIRMATIVA.
11.- Recordación del señor Ulises José Clivio Rodríguez.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado Borsari Brenna. SEÑOR BORSARI BRENNA.- Señor Presidente: me voy a referir a la desaparición física de un ciudadano ejemplar, como fue nuestro compañero del Partido Nacional y de nuestra agrupación, Ulises José Clivio Rodríguez. A una avanzada edad, pero con la lucidez de toda su vida, Ulises Clivio nos dejó hace pocos días para siempre, pero para siempre también quedarán en nosotros la bonhomía, el ser y el ciudadano ejemplar que era.
12.- Inauguración de la primera conexión de Internet mediante fibra óptica en la ciudad capital del departamento de Rocha.
Tiene la palabra el señor Diputado Sosa. SEÑOR SOSA.- Señor Presidente: quienes provenimos del interior del país no descuidamos ni desconocemos el carácter nacional de nuestra representatividad, pero muchas veces ocurren hechos en nuestro territorio que nos motivan a hacer uso de la palabra en este ámbito. La semana pasada, la ciudad capital del departamento de Rocha fue sede de la inauguración de la primera conexión a Internet mediante fibra óptica en
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el interior del país. Es un hecho importante porque representa un adelanto tecnológico para los hogares, instituciones y empresas. Se enmarca en el presente de nuestro departamento porque los eventos que ocurren inciden directamente en nuestras comunidades. El desarrollo del turismo y su infraestructura y los grandes proyectos como el puerto de aguas profundas de La Paloma, hablan de un crecimiento exponencial del departamento. Debemos recordar que este presente es parte de un proceso que se está produciendo y de caminos que los rochenses debemos transitar juntos. En ningún lugar del país era novedad qué pasaba y por qué los rochenses éramos noticia hace una década; es bueno saber de dónde partimos. A principios del año 2000, la principal generadora de empleos de Rocha, la Intendencia, no pagaba los sueldos, habiendo generado una deuda millonaria con los trabajadores y afectando directamente toda la plaza comercial. En 2003, los trabajadores de la Intendencia realizaron una marcha de varios días y llegaron caminando a Montevideo para entregar una carta al Presidente de la República planteando sus reclamos; este mes se cumple otro aniversario de esa movilización nacional. La estructura productiva del departamento estaba totalmente desarticulada y el entramado social sufría golpes adicionales, que afectaba a toda la sociedad uruguaya. En julio de 2005, un Intendente frenteamplista asumió una Intendencia que tenía $ 37 en caja. Al día siguiente, un jerarca tuvo que ir a comprar tinta y hojas a fin de imprimir licencias de conducir para la primera recaudación de una Intendencia que parecía inviable. Si decimos esto hoy, parece que habláramos de otro país, pero no hace mucho, mi departamento vivía esta realidad. La actualidad es fruto de un proceso que nos hemos dado todos los rochenses. Hay más trabajo genuino en el departamento, más expectativa y especialmente más ganas de vivir en Rocha. Las noticias como la de este adelanto tecnológico al que hacíamos referencia al comienzo de nuestra participación, hablan a las claras del desarrollo de este departamento, que apunta a ofrecer más y mejores servicios, no solo para quienes viven permanentemente allí sino para quienes nos eligen como punto turístico.
Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Industria, Energía y Minería con destino a Antel; a la Intendencia de Rocha con destino a las Juntas Locales de Velázquez, 19 de Abril, Coronilla, Punta del Diablo, Cebollatí, San Luis, Dieciocho de Julio y Barra del Chuy; a la Junta Departamental de Rocha y a los Municipios de Castillos, Lascano, Chuy y La Paloma. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. Ha finalizado la media hora previa.
13.- Licencias. Integración de la Cámara.
Desde cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “Se aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Jorge Gandini, por el día 9 de octubre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Irene Caballero. Del señor Representante Gerardo Amarilla, por el período comprendido entre los días 15 y 23 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Roberto Araújo. Del señor Representante Pedro Saravia Fratti, por el día 11 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Enrique Prieto. De la señora Representante Alma Mallo, por el día 10 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Álvaro Fernández. Del señor Representante Gonzalo Novales, por el día 11 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Fernández Sarutte.
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Del señor Representante Daniel Caggiani, por el día 9 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Heber Bousses. Del señor Representante Víctor Semproni, por los días 9 y 10 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nelson Alpuy. Del señor Representante Juan Carlos Souza, por los días 9, 10 y 11 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira. Del señor Representante Horacio Yanes por el día 9 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Da Roza. Del señor Representante Carlos Varela Nestier por el día 9 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Mauricio Guarinoni. Del señor Representante Rodrigo Goñi Romero por el día 11 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor César –Edgar Panizza. Visto la licencia oportunamente concedida por motivos personales al señor Representante Rodrigo Goñi Romero, por los días 9, 10, 16 y 17 de octubre de 2012, y ante la denegatoria del suplente de asumir la representación, convóquese al suplente siguiente, señor César Edgar Panizza”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en cincuenta y siete: AFIRMATIVA. Quedan convocados los correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto por el inciso 3º del Art. 1º de la Ley Nº 17.827, solicito se me conceda licencia por motivos personales por el día 9 de octubre de 2012.
Sin otro particular, saluda a usted con la seguridad de su consideración más distinguida, JORGE GANDINI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 9 de octubre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini, por el día 9 de octubre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señora Irene Caballero. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 2 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a Usted a efectos de solicitar licencia por motivos personales del día 15 al 23 de octubre, debiéndose convocar al señor Roberto Araújo (primer suplente). Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla.
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CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 15 y 23 de octubre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, por el período comprendido entre los días 15 y 23 de octubre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señor Roberto Araújo. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia por razones personales el día 11 de octubre de 2012, al amparo de la Ley Nº 17.827. Saluda atentamente, PEDRO SARAVIA FRATTI Representante por Cerro Largo”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente le comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Pedro Saravia. Sin más, saluda atentamente, Myriam Álvez”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Pedro Saravia Fratti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 11 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señora Myriam Álvez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Pedro Saravia Fratti, por el día 11 de octubre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señora Myriam Álvez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor Enrique Prieto. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que Ud. tan dignamente preside, se sirva otorgarme el uso de licencia por razones personales por el día miércoles 10 del mes en curso del presente año. Sin otro particular, le saluda con la más alta consideración y estima, ALMA MALLO Representante por Montevideo”.
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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Alma Mallo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 10 de octubre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Alma Mallo, por el día 10 de octubre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Álvaro Fernández. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito ante la Cámara de Representantes licencia por motivos personales para el día 11 de octubre de 2012 (inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827). Sin más, lo saluda atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”. “Risso, 4 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta vez no aceptaré la convocatoria de la cual fui objeto, en virtud de la solicitud de licencia presentada por el
señor Representante Nacional por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales para el próximo día 11 de octubre de 2012. Sin más, lo saluda muy atentamente, Jorge Rodríguez”. “Mercedes, 5 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted, con el fin de poner en su conocimiento, que de acuerdo a la convocatoria que he recibido para asumir la Cámara el próximo11 de octubre, por razones de fuerza mayor en esta oportunidad no podré asumir dicha convocatoria y solicito licencia para esta oportunidad. Sin más que agregar le saluda muy atentamente, Gonzalo Castillo”. “Mercedes, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted, con el fin de poner en su conocimiento, que de acuerdo a la convocatoria que he recibido para asumir la Cámara el próximo11 de octubre, por razones de fuerza mayor en esta oportunidad no podré asumir dicha convocatoria y solicito licencia para esta oportunidad. Sin más que agregar le saluda muy atentamente, Florencia Besozzi”. “Cardona, 8 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Desisto por única vez de acceder a la suplencia de la Banca del Partido Nacional en virtud de licencia solicitada por el Sr. Diputado Gonzalo Novales el día 11 de octubre. Sin otro particular saluda a usted atentamente, Juan Gronrróz”.
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“Mercedes, 8 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que en esta oportunidad no acepto, en mi carácter de suplente, ocupar la Banca de Diputado del titular Sr. Gonzalo Novales, quien solicitó licencia el día 11 de octubre del presente año. Saludo a usted atentamente, Alarico Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 11 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Jorge Rodríguez Britos, Gonzalo Castillo, Florencia Besozzi, Juan Gronroz y Alarico Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales, por el día 11 de octubre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Jorge Rodríguez Britos, Gonzalo Castillo, Florencia Besozzi, Juan Gronroz y Alarico Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 903, del Lema Partido Nacional, señor Daniel Fernández Sarutte. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”.
“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente me dirijo a Usted, solicitando me conceda licencia el día 9 de octubre, por razones personales. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, DANIEL CAGGIANI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin más, lo saluda atentamente, Rubén García”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Lucía Forteza”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Julio Baráibar”.
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“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Daniel Montiel”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, José Fernández”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel Caggiani. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 9 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Rubén García, Lucía Forteza, Julio Baráibar, Daniel Montiel y José Fernández. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel Caggiani, por el día 9 de octubre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Rubén García, Lucía Forteza, Julio Baráibar, Daniel Montiel y José Fernández.
3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Heber Bousses. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 8 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia los días 9 y 10 de octubre de 2012, por motivos personales. Saluda atentamente, VÍCTOR SEMPRONI Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Víctor Semproni. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 9 y 10 de octubre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Víctor Semproni, por los días 9 y 10 de octubre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nelson Alpuy. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”.
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“Montevideo, 8 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia para los días 9, 10 y 11 del corriente, por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 9 y 11 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza, por el período comprendido entre los días 9 y 11 de octubre de 2012.
2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se sirva concederme el uso de mi licencia, para el día 9 de octubre del presente año, por motivos personales. Saluda a Usted cordialmente, HORACIO YANES Representante por Canelones”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia presentada por el Representante Sr. Horacio Yanes. Saluda a usted cordialmente. Nora Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 9 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señora Nora Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de
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24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes, por el día 9 de octubre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señora Nora Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99000, del Lema Partido Frente Amplio, señor Luis Da Roza. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración. Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el 9 de octubre, el motivo es personal, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, CARLOS VARELA NESTIER Representante por Montevideo”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Carlos Varela Nestier, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente, Jorge Patrone”.
“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Carlos Varela Nestier, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente, Jorge Iribarnegaray”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Varela Nestier. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 9 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Jorge Patrone y Jorge Iribarnegaray. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Varela Nestier, por el día 9 de octubre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Jorge Patrone y Jorge Iribarnegaray. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Mauricio Guarinoni. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”.
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“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia el día 11 del corriente mes, por motivos personales. Muy atentamente, RODRIGO GOÑI ROMERO Representante por Salto”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Ud. que por ésta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo que Ud. preside y de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el Representante Nacional por el departamento de Salto, Cdor. Rodrigo Goñi. Sin otro particular saludo a Ud. atentamente, Gustavo Coronel”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Salto, Rodrigo Goñi Romero. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 11 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Gustavo Coronel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Salto, Rodrigo Goñi, por el día 11 de octubre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Gustavo Coronel.
3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor César Edgar Panizza. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Ud. que por ésta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo que Ud. preside y de la cual he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el Representante Nacional por el departamento de Salto, Cdor. Rodrigo Goñi. Sin otro particular saludo a Ud. atentamente, Gustavo Coronel”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La licencia oportunamente concedida por motivos personales, por los días 9, 10, 16 y 17 de octubre de 2012, al señor Representante por el departamento de Salto, Rodrigo Goñi Romero. Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Gustavo Coronel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Gustavo Coronel. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señor César Edgar Panizza. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”.
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14.- Aplazamiento.
Se entra al orden del día. En mérito a que no han llegado a la Mesa las respectivas listas de candidatos, si no hay objeciones, corresponde aplazar la consideración del asunto que figura en primer término del orden del día y que refiere a la elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo, para el Tercer Período de la XLVII Legislatura.
A los fines y efectos de esta ley son equivalentes las formaciones vitales denominadas conceptus, embrión, cigoto, mórula, blástula, blastocito y cualesquiera similares de orden científico, y les son aplicables todas sus disposiciones. Artículo 2º. (Requisitos).- Las Técnicas de Reproducción Humana Asistida se realizarán solamente cuando se cumplan todas las prescripciones establecidas en el presente artículo y en el artículo 6º, y: a) Cuando haya posibilidades razonables de éxito y no supongan riesgo grave para la salud de la mujer o la posible descendencia. b) En mujeres con reserva ovárica demostrable, mayores de edad, civilmente capaces y en buen estado de salud sicofísica, si las han solicitado y aceptado libre y conscientemente, y han sido debidamente informadas por escrito sobre las mismas (artículo 6º). La información contendrá precisamente los posibles riesgos para la descendencia y embarazo y abarcará todas las consideraciones de carácter biológico, jurídico, ético y económico que se relacionen con las técnicas. No se atenderá ninguna solicitud de reproducción humana asistida a la mujer sola. La mujer receptora de estas técnicas podrá pedir que se suspendan en cualquier momento, siempre que esa solicitud se realice previamente a la fecundación del óvulo, debiendo atenderse su petición. Por escrito, y como requisito previo, la pareja deberá autorizar la entrega en custodia y a los solos fines de la presente ley, al Centro actuante en el procedimiento de los embriones, excedentarios, y no utilizados por imposibilidad (artículo 10). Similar entrega, y con esos alcances, se entenderá realizada igualmente cuando el Centro actuante constate fehacientemente el desinterés de la pareja, durante el plazo de veinticuatro meses, contados desde la fecundación. Serán de cargo de la pareja todos los costos u otros gastos generados por la crioconservación de los embriones excedentarios, que permanezcan en custodia del Centro, durante el plazo antes mencionado. Todos los datos relativos a la utilización de estas técnicas, así como los demás extremos contenidos en esta ley, deberán recogerse en las historias clínicas individuales, llevadas en reserva y estricto secreto por los Centros, particularmente en lo relativo a la identidad de los intervinientes (artículos 17 y 23).
15.- Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación).
Se pasa a considerar el asunto que figura en segundo término del orden día: “Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 113 “CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo 1º. (Ámbito de aplicación y finalidades de la reproducción humana asistida).- Teniendo como base sustancial el respeto a la dignidad humana y a la vida, la presente ley regula las técnicas de Reproducción Humana Asistida de baja y alta complejidad médica, científica y clínicamente indicadas, que se realizarán sólo en Centros autorizados por el Ministerio de Salud Pública. La utilización de estas técnicas tendrá como fin favorecer la solución de los problemas reproductivos derivados de la esterilidad o de la infertilidad humana de la pareja (artículo 6º), y cuando no se disponga de otros medios terapéuticos eficaces para resolverlos o cuando los mismos hubieren fracasado. Cuando el Ministerio de Salud Pública expresamente lo autorice, estas técnicas podrán utilizarse en la prevención y tratamiento de enfermedades de origen genético, siempre que sea posible recurrir a ellas con suficientes garantías diagnósticas y terapéuticas que estén estrictamente indicadas, y en ningún caso podrán ser utilizadas con fines eugenésicos. La investigación con gametos sólo podrá realizarse en los términos señalados en el artículo 13 de esta ley.
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Artículo 3º. (Prohibición de fines ajenos a la procreación. Origen).- Se prohíbe la fecundación de óvulos humanos, con cualquier fin distinto a la procreación humana (artículo 22). La fecundación prevista en la presente ley lo será siempre con la utilización de gametos del integrante masculino de la pareja involucrada. Cuando ello no fuere posible por las causas determinadas en el artículo 6º, se podrá proceder de acuerdo a lo establecido en el mismo. De todo lo cual se dejará constancia precisa en la historia clínica. Artículo 4º. (Número de embriones transferibles).En aplicación de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida autorizadas, se inseminarán sólo los óvulos necesarios para transferir al útero exclusivamente el número de los mismos considerado científicamente más adecuado, para asegurar razonablemente el embarazo y evitar la multigestación. Los embriones a obtenerse lo serán siempre con el límite de tres por ciclo de tratamiento. Todos los óvulos fertilizados en un ciclo de tratamiento deberán ser transferidos a la cavidad uterina de la paciente, quedando prohibido desechar o eliminar embriones, o preservarlos para transferencia en ciclos subsecuentes de la misma paciente, o de otras mujeres, excepto en los casos precisamente previstos en esta ley. Si la transferencia a la paciente no fuera posible por circunstancias supervinientes, derivadas de razones médicas fundadas, se procederá necesariamente a la criopreservación de esos embriones, por el mínimo plazo posible. Quedará constancia en la historia clínica del número de embriones obtenidos y de los transferidos, con indicación de la circunstancia y destino de cada uno. Artículo 5º. (Entrega en custodia).- La entrega en custodia de gametos y embriones, sólo para su eventual destino de acuerdo a las finalidades autorizadas en esta ley, se hará por escrito, en forma gratuita y en absoluta reserva (artículos 2º y 6º). El acto referido a los gametos sólo será revocable cuando el titular de los mismos, por infertilidad sobrevenida, les precisase para sí, y siempre que en la fecha de revocación aquéllos estén disponibles. Antes de la formalización de la entrega en custodia referida en el inciso primero de este artículo, quienes la realizan habrán de ser informados de los fines y consecuencias de tal acto con los alcances del artículo 2º, de todo lo cual se dejará constancia en la historia clínica respectiva (artículo 6º).
La entrega será reservada, custodiándose los datos de identidad en el más estricto secreto, y en clave, en los bancos respectivos y en el Registro Nacional que será llevado por el Ministerio de Salud Pública, en la forma que establezca la reglamentación. Bajo ninguna circunstancia el donante, ajeno a la pareja, podrá reclamar derechos de paternidad o maternidad de la criatura concebida mediante las técnicas que regula esta ley. La pareja receptora de los gametos tiene derecho a obtener información general sobre el fenotipo a recibir, que no incluya la identidad del mismo. Sólo en circunstancias extraordinarias, que comporten un comprobado peligro para la salud sicofísica grave del hijo, se podrá revelar la identidad del donante, siempre que ello sea indispensable para evitar ese peligro. Ese conocimiento tendrá carácter restringido, no implicará publicidad de la identidad ni producirá ninguno de los efectos jurídicos derivados de la filiación. Igualmente el hijo nacido en virtud de estas técnicas, una vez cumplidos los dieciocho años de edad, podrá solicitar fundadamente se le informe de la identidad del dador. En este caso, y el previsto anteriormente, la petición respectiva se formulará ante Juez competente (artículo 11 del Código General del Proceso), el que determinará en definitiva si hay mérito para la misma. En todos los casos se procurará conservar, hasta lo estrictamente necesario, la reserva sobre la identidad de los dadores. Las filiaciones comprobadas por efecto de la aplicación de este artículo no producen derechos civiles de clase alguna. El dador deberá tener más de dieciocho años y ser civilmente capaz. En el estudio y evaluación del estado sicofísico del mismo se seguirá un protocolo, de carácter general, donde se incluirán sus características. Este estudio procurará descartar que padezca enfermedades genéticas, hereditarias o infecciosas. Los Centros autorizados y el Registro Nacional adoptarán las medidas oportunas para que de un mismo origen no nazcan más de seis hijos, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación. Artículo 6º. (Usuarios).- Los procedimientos de reproducción sólo podrán ser solicitados por parejas heterosexuales estables. En cada caso deberá firmarse la solicitud correspondiente. Desde ese momento los solicitantes son los responsables de todas las formaciones vitales, derivadas de la utilización de
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estas técnicas durante todas las etapas, hasta el nacimiento. Siempre habrá consentimiento por escrito, de ambos integrantes de la pareja estable. El consentimiento del marido o concubino se hará antes de la utilización de las técnicas y con los mismos alcances que para la mujer establece el artículo 2º, y deberá también revestir el carácter de expresión libre, consciente y formal. Reunidos tales requisitos el marido o concubino será considerado legalmente padre del hijo concebido con estos procedimientos. Solamente en casos no ocasionales de impotencia, infertilidad masculina extrema o azoospermia del esposo o concubino se podrá recurrir a las técnicas aceptadas para la utilización de material reproductivo de terceros, con la única finalidad de obtener la inseminación de la integrante de la pareja estable. La elección del dador, si lo hubiere, será responsabilidad del equipo médico que aplica la técnica, en consulta con la pareja solicitante. Se procurará que tenga la máxima similitud fenotípica e inmunológica y las mayores posibilidades de compatibilidad con la mujer receptora. En ningún caso podrá practicarse la inseminación con semen del marido o concubino fallecido. En los juicios de divorcio, una vez decretada la separación provisional de los cónyuges, la mujer no podrá ser fecundada artificialmente hasta la sentencia ejecutoriada del referido juicio, siempre que el mismo hubiere determinado la disolución del vínculo. Artículo 7º. (Filiación y secreto en la inscripción).La filiación de los nacidos con las técnicas de reproducción humana asistida se regulará por las normas vigentes, con los agregados contenidos en esta ley. En ningún caso la inscripción en el Registro Civil reflejará datos de los que pueda inferirse que la concepción ha tenido origen en la aplicación de las técnicas que esta ley regula. Los usuarios de las técnicas de Reproducción Humana Asistida no podrán impugnar la filiación del hijo resultante de su aplicación. La revelación de la identidad del padre fisiológico, en los casos en que proceda con arreglo en el artículo 5º de esta ley, no implicará determinación legal de la filiación. Artículo 8º. (Reproducción Humana Asistida y artículo 215 del Código Civil).- No podrá determinarse legalmente la filiación, ni reconocerse efecto o relación jurídica alguna entre el hijo nacido por la aplica-
ción de las técnicas reguladas por esta ley y el marido o concubino fallecido cuando el material reproductor no se halle en el útero de la mujer en la fecha de muerte del varón, o cuando el nacimiento se produjere después de los 300 días de su fallecimiento (artículo 215 del Código Civil). Artículo 9º. (Filiación. Falsa maternidad y delito).La filiación materna de los hijos nacidos por la aplicación de las técnicas reguladas por esta ley, estará determinada por el parto o la cesárea en su caso. Es nulo todo contrato o convención, onerosa o gratuita, por el cual una de las partes provee un embrión humano para su gestación en el útero de una mujer, cuyo gameto no fue utilizado para darle origen, obligándose ésta a entregar el nacido a la otra parte o a un tercero. Si se llevare a cabo igualmente lo prohibido, la madre del nacido será, a todos los efectos, quien le gestare, sin perjuicio de las acciones correspondientes de investigación de la paternidad del padre biológico y de desconocimiento de paternidad legítima, en su caso. Quien dé su consentimiento, intervenga como intermediario, o realice o colabore con la transferencia embrionaria, en las condiciones referidas en este artículo, o la fomente a través de la publicidad, será castigado con seis meses de prisión a tres años de penitenciaría. Artículo 10. (Conservación de gametos y embriones).- El semen sólo podrá crioconservarse en los bancos de gametos autorizados por el Ministerio de Salud Pública en las condiciones que establezca la reglamentación. La conservación de óvulos con fines de reproducción humana asistida deberá ser autorizada por el Ministerio de Salud Pública cuando existan garantías científicas razonables de viabilidad y de la ausencia de riesgos para el embrión. Los embriones excedentarios, no utilizados por imposibilidad, sobrantes, no transferidos al útero, o provenientes de las circunstancias previstas en el inciso tercero del artículo 4º se crioconservarán en los bancos autorizados (artículo 2º; párrafos 7 y 8; artículo 5º). El Ministerio de Salud Pública podrá modificar las condiciones de conservación establecidas en este artículo cuando los avances técnicos lo hagan posible y útil, y se hallen orientados a la mejor y más pronta disposición y preservación de los elementos genéticos involucrados.
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Los embriones y gametos, crioconservados no podrán ser dispuestos sino para la mujer en cuya fertilización frustrada se hubieron. Sin perjuicio de lo anterior, y cuando se hubiere frustrado el objetivo original la pareja interviniente podrá autorizar, sólo para los embriones de su origen, a los efectos de que se utilicen en Reproducción Asistida de quien se hallare, en todo lo demás, comprendido en las normas de la presente ley, de todo lo cual deberá darse noticia circunstanciada a la sede judicial, la que podrá, en un plazo de diez días, determinar la no aplicación de lo peticionado, y se estará a lo que se resuelva en definitiva (artículos 402, 403 y 404 del Código General del Proceso). Artículo 11. (Finalidad de la diagnosis).- Toda intervención diagnóstica sobre el embrión in vitro, no podrá tener otra finalidad que la valoración de su viabilidad o la detección de enfermedades hereditarias. Artículo 12. (Requisitos para tratamientos en el embrión).- Las técnicas diagnósticas o terapéuticas a realizar sobre el embrión, se autorizarán cuando se cumplan los siguientes requisitos: a) Que se haya informado en forma precisa a los integrantes de la pareja, de los procedimientos a utilizar así como de los riesgos. En todos los casos estas maniobras deberán estar autorizadas en forma expresa. b) Que se trate de enfermedades con diagnóstico preciso, y se ofrezcan garantías razonables de éxito. c) Que no influyan sobre los caracteres hereditarios no patológicos, ni se busque la selección de caracteres del individuo o de la raza. d) Si se realiza en centros sanitarios debidamente autorizados, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan. Artículo 13. (Investigación y experimentación).Los gametos podrán utilizarse con fines de investigación básica o experimental que respeten la dignidad de la vida humana. Se autoriza la investigación dirigida a perfeccionar las técnicas para la obtención, maduración y conservación de ovocitos. Los gametos utilizados en investigación o experimentación no podrán ser empleados para obtener embriones. Se prohíbe la experimentación con embriones o fetos en cualquier etapa evolutiva, viables o no (inciso final del artículo 1º).
Artículo 14. (Embriones no viables).- Los embriones abortados serán considerados no viables y en ningún caso podrán ser transferidos nuevamente al útero. Artículo 15. (Régimen jurídico de Centros, Instituciones y Servicios de reproducción humana asistida).Los Centros de Reproducción Humana Asistida y todas las Instituciones o Servicios en los que se utilicen técnicas de reproducción asistida o sus derivaciones, así como la recepción, conservación y distribución de material biológico humano destinado a los fines previstos en la presente ley, se regirán por ésta y por la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo. Los referidos Centros, Instituciones o Servicios deben proporcionar al Ministerio de Salud Pública, a la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida y a los observadores epidemiológicos reconocidos y autorizados, todos los datos necesarios para el cumplimiento de las facultades de investigación y contralor que ejercen. Deberán también en un plazo no mayor de 90 días de promulgada esta ley, proporcionar en forma de Declaración Jurada los datos referidos a la cantidad de embriones crioconservados que posean antes de la aplicación de este régimen jurídico. Los cobros, cuando procedan, de los Centros autorizados por la aplicación de las técnicas regladas por esta ley serán exclusivamente de reembolso de los gastos y honorarios estrictamente devengados. Los Centros y demás Institutos que realicen técnicas de Reproducción Humana Asistida harán conocer, en oportunidad de brindar la información procedente (artículos 2º y 6º), un estimado de gastos y honorarios a devengar, con un detalle aproximado de los mismos. Artículo 16. (Dirección médica. Objeción de conciencia).- Los Centros e Instituciones o Servicios que utilicen técnicas de reproducción humana asistida, serán dirigidos por médicos que tendrán la responsabilidad directa por la adecuada aplicación de la presente ley. Igualmente deberán serlo quienes en los mismos realicen, controlen y dirijan los actos médicos previstos por esta ley. Cuando la intervención en las técnicas regladas de personas no autorizadas implique el ejercicio ilegal de la medicina (artículos 15 y 16 de la Ley Nº 9.202, de 12 de enero de 1934), se duplicarán las penas previstas para este delito, sin perjuicio de la eventual res-
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ponsabilidad civil y penal por la comisión de otros ilícitos. Los técnicos, auxiliares o personal en general, de los Centros, Instituciones o Servicios, tanto sean funcionarios públicos o privados, podrán objetar válidamente por razones de conciencia su participación en los procedimientos autorizados. Los objetores no podrán ser pasibles de sanción de naturaleza alguna. Artículo 17. (Historias clínicas).- Los Centros de Reproducción Humana Asistida, y las Instituciones y Servicios intervinientes serán responsables de mantener historias clínicas actualizadas, que deberán ser llevadas por los médicos intervinientes y custodiarse con el debido secreto y protección, donde constarán todas las referencias exigibles sobre los usuarios, así como los consentimientos firmados para la realización de las técnicas. Artículo 18. (Infracciones).- Son infracciones: a) El incumplimiento de los requisitos de instalación y funcionamiento de los Centros de Reproducción Humana Asistida. b) La vulneración de lo establecido en la presente ley y sus normas reglamentarias por los equipos de trabajo, en el tratamiento de los usuarios de estas técnicas. c) La omisión de datos, consentimientos y referencias exigidas por la presente ley (artículos 2º, 6º y 15), así como el incumplimiento del registro de los datos. d) Importar o exportar embriones. La reglamentación de esta ley establecerá en qué situaciones y trámites se podrán recuperar los embriones en los casos que la mujer haya sido tratada en el exterior y tuviera embriones sobrantes. e) Mezclar semen de diverso origen humano o utilizar mezcla de óvulos de distintas mujeres, en la aplicación de las prácticas reguladas por la presente ley. Artículo 19. (Contralor y Sanciones).- El Ministerio de Salud Pública llevará un Registro Nacional de los establecimientos públicos y privados que realicen los procedimientos reglados por esta ley, así como de sus directores médicos y de los técnicos actuantes, y demás datos que surjan de la presente ley y los que se dispongan en el decreto reglamentario. Al mismo Ministerio corresponderá el control de dichos establecimientos y de las normas y procedimientos de Reproducción Humana Asistida, así como
la imposición de las sanciones dispuestas en el presente artículo. Sin perjuicio de las eventuales responsabilidades penales, las infracciones a lo dispuesto en el artículo 18, podrán dar lugar a una de las siguientes sanciones administrativas, según la gravedad o el número de incumplimientos. – Observación. – Amonestación. – Multa de hasta 500 unidades reajustables. – Suspensión hasta un máximo de dos años. – Clausura definitiva. En las tres últimas sanciones se procederá, a costa del infractor, a la publicación de las mismas. Estas sanciones serán aplicadas por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Salud Pública, sin perjuicio del debido proceso administrativo. La clausura definitiva requerirá además la intervención judicial. Artículo 20. (Delito de clonación).- El que, con el fin de crear por clonación, seres humanos idénticos, conteniendo el mismo patrimonio genético que un progenitor, manipule células humanas o material genético, o transfiera a una mujer un embrión de los referidos será castigado con dos a seis años de penitenciaría e inhabilitación del título, si lo tuviere, por el doble de tiempo de la condena. Si llegare a crear uno o más seres humanos clonados, la pena será de tres a nueve años de penitenciaría e inhabilitación del título, si lo tuviere, por el doble de tiempo de la condena. Artículo 21. (Peligro del embrión humano y su uso indebido).- El que con conciencia y voluntad ponga en peligro la vida, la salud o la integridad del embrión humano producto de las técnicas por esta ley autorizadas, será castigado con seis meses de prisión a dos años de penitenciaría. Si del hecho derivare la muerte del embrión agredido, la pena será de un año de prisión a tres años de penitenciaría e inhabilitación del título, si lo tuviere, por el doble de tiempo de la condena. Quien fertilice artificialmente un óvulo humano sin que la mujer de la cual procede, o sin que el hombre cuyo espermatozoide fuera empleado, lo hayan consentido; e igualmente quien transfiera un embrión a una mujer sin su consentimiento, será castigado con seis meses de prisión a dos años de penitenciaría e
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inhabilitación del título, si lo tuviere, por el doble de tiempo de la condena. Artículo 22. (Delito de alteración de la especie humana).- El que realizare cualquier procedimiento dirigido a generar descendencia que signifique la transformación o alteración de la especie humana, será castigado con veinte meses de prisión a cinco años de penitenciaría e inhabilitación del título, si lo tuviere, por el doble de tiempo de la condena. Sin perjuicio de la definición precedente, están comprendidas en la misma los siguientes procedimientos: a) Fecundar óvulos humanos con cualquier fin distinto a la procreación humana, en especial cuando el objetivo sea la comercialización, o la utilización industrial, de todo o parte del material obtenido. b) Alterar o predeterminar las características genéticas de un ser humano. c) Transformar o crear un ser humano individualizado en el laboratorio. d) Utilizar técnicas de ectogénesis. e) Combinar, para lograr la fecundación, gametos humanos con gametos de otras especies. f) La selección del sexo o cualquier otra manipulación genética con fines terapéuticos no autorizados. g) Emplear ácido desoxirribonucleico humano (ADN) con el fin de producir células capaces de desarrollarse hasta constituir un individuo. h) Utilizar cualquier forma del desarrollo de la vida humana, desde la fecundación del óvulo al nacimiento, con fines farmacéuticos, terapéuticos, o de experimentación. i) Estimular al desarrollo de un óvulo, o partenogénesis, por medios térmicos, físicos o químicos sin que sea fecundado por un espermatozoide. j) Experimentar con embriones humanos o investigar en ellos, en este último caso fuera de las normas legales. Artículo 23. (Delito de violación de secreto).- El que revelare los procedimientos llevados a cabo en virtud de esta ley -fuera de las circunstancias autorizadas-, de modo tal que, directa o indirectamente, se identifiquen los intervinientes en los mismos, será
castigado con tres meses de prisión a tres años de Penitenciaría. Artículo 24. (Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida).- Créase la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida que funcionará en el ámbito del Ministerio de Salud Pública. Serán cometidos de la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida: a) Asesorar al las políticas na asistida, las normas tes. Ministerio de Salud Pública sobre en materia de reproducción humay sobre el texto y la aplicación de legales y reglamentarias pertinen-
b) Elaborar y proponer al Ministerio de Salud Pública los criterios para la creación del Registro Único, donde se inscribirán con carácter obligatorio los establecimientos privados y públicos que trabajen en la disciplina y los técnicos que realicen tareas en las mismas. c) Proponer los criterios técnicos, asesorar al Ministerio de Salud Pública sobre el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18 al 23 de la presente ley a requerimiento de aquél, asesorar en cuanto a la pertinencia de aplicar sanciones administrativas. d) Recopilar, actualizar y difundir información en los temas de reproducción humana. e) Desempeñar otros cometidos que determine la reglamentación. La Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida será designada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Salud Pública. Estará integrada por dos representantes del Ministerio de Salud Pública, uno de los cuales la presidirá, un delegado de la Facultad de Medicina, una representante de las ONGs que trabajan en los temas de salud reproductiva y un representante de los Centros, Instituciones o Servicios que utilicen técnicas de reproducción humana asistida. Artículo 25. Las disposiciones de la presente ley son de orden público (artículo 11 del Código Civil). Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de julio de 2003. LUIS HIERRO LÓPEZ Presidente MARIO FARACHIO Secretario”.
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Anexo I al Rep. Nº 113 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Salud Pública y Asistencia Social INFORME Señores Representantes: La Comisión de Salud y Asistencia Social de la Cámara de Representantes se dirige al Plenario para solicitar la aprobación del presente proyecto de ley que regula las técnicas de reproducción humana asistida. Estas técnicas, que se realizan desde hace veinticinco años en el país, no han sido reguladas debidamente, por lo que se han realizado, con ética indudable, pero con riesgos para la sociedad, al no contar con protección ante eventuales desviaciones. Si bien, la clonación es una falta ética, aún no es un delito en el Uruguay. La iniciativa primaria, que tiene muchos años en el Parlamento y que inspiró a esta Comisión, partió del entonces Senador doctor Alberto Cid. Su proyecto de ley presentado en la Cámara de Senadores en abril de 1996, es la base de éste, que hoy presentamos para la aprobación. Otra iniciativa que queremos destacar, es la del señor Representante Luis Lacalle Pou, que intentaba hacer accesibles estos procedimientos, para quienes no tienen medios económicos poder afrontar los gastos que generan estas técnicas, adjudicándole al Estado la responsabilidad de solventarlos. El proyecto de ley consta de tres partes: en la primera se define qué se entiende por esterilidad e infertilidad y se comete al Estado la responsabilidad de encontrar soluciones para hacer accesibles estas técnicas para todos los que las necesiten. En la segunda se regulan las técnicas, con especial cuidado de no diseñar un marco demasiado estrecho que impida la aplicación de los avances tecnológicos, pero que dé garantías para la donación de gametos, así como para quienes tienen necesidad de realizarse técnicas para lograr un embarazo, sin discriminar por opción sexual. En la tercera se fijan algunos delitos y faltas y se crea una Comisión Honoraria que asesore al Poder Ejecutivo, técnicamente, para estar al día con los avances que la tecnología ofrece. No queremos ocultar que existen, como se verá en el debate, implicancias morales, éticas, religiosas,
aún así, la Comisión ha entendido, unánimemente, la necesidad de regulación, dentro de ciertos parámetros. También es bueno hacer conocer al plenario la angustia que sufren las parejas que no logran un embarazo, cómo esperan, llegando a transformarse en una obsesión que destruye, muchas veces la familia que desea conformar. Aspiramos a que esta ley se transforme en una herramienta que les ayude a lograr su propósito. Sala de la Comisión, 5 de setiembre de 2012. ÁLVARO VEGA LLANES, Miembro Informante, DANIEL BIANCHI, BERTA SANSEVERINO, ANTONIO CHIESA BRUNO, con salvedades, que expondrá en Sala, DANIEL RADÍO, con salvedades, que expondrá en Sala. PROYECTO DE LEY Artículo 1º. (Definición de esterilidad e infertilidad).- A los efectos de esta ley, se define la esterilidad como una enfermedad de carácter crónico. Por su parte la infertilidad es una disfunción originada por múltiples causas, tanto de la pareja como de cada uno de sus integrantes. Asimismo para esta ley, se entiende por pareja estéril aquella que luego de doce meses de relaciones coitales frecuentes, sin medidas anticonceptivas, no ha logrado una gestación, independiente del resultado de ésta. Por su parte, se entiende por pareja infértil aquella que luego de doce meses de relaciones coitales frecuentes no ha logrado llevar a término una gestación. Artículo 2º. (Deber del Estado).- Las entidades públicas y privadas que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud, deberán garantizar dentro de las prestaciones integrales de asistencia que obligatoriamente deben brindar a sus usuarios, la posibilidad de la realización de los estudios necesarios de diagnóstico de la infertilidad y/o esterilidad, así como el tratamiento, el material descartable y otros estudios requeridos, el asesoramiento y la realización de los procedimientos terapéuticos de Reproducción Humana Asistida de alta y baja complejidad, las posibles complicaciones supervinientes y la medicación correspondiente en todos los casos. La reglamentación deberá determinar en qué nivel y condiciones el Estado subsidiará tanto los estudios como el tratamiento y demás procedimientos establecidos en el inciso anterior.
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Artículo 3º. (Definición de técnicas de reproducción humana asistida).- Las técnicas de reproducción humana asistida son, para esta ley, aquellas que pueden provocar un embarazo que por medios naturales no es posible. Artículo 4º. (Habilitación).- Sólo podrán aplicar las técnicas de reproducción humana asistida, aquellas instituciones públicas o privadas que hayan recibido la correspondiente habilitación del Ministerio de Salud Pública a estos efectos específicos. Artículo 5º. (Requisitos para su aplicación).- Las técnicas de reproducción humana asistida, dentro del marco de la presente ley, sólo se aplicarán si se cumplen los siguientes requisitos: A) B) Mayoría de edad de la mujer. Certificación extendida por el equipo profesional interdisciplinario tratante y anuencia escrita por la mujer o por ambos miembros de la pareja, en el caso de matrimonio o de unión concubinaria cuando corresponda, en la que conste: I) Haber brindado asesoría a la mujer o a ambos miembros de la pareja, cuando corresponda, sobre procedimientos y posibilidades para optar por la adopción, antes de someterse al tratamiento con técnicas de reproducción humana asistida. II) Justificación para la realización de fertilización in vitro en la mujer interesada o por ambos miembros de la pareja, según corresponda, como último procedimiento médico terapéutico para concebir. III) Constancia escrita de los estudios, tratamientos y resultados, seguidos por la mujer o pareja antes de decidir sobre la realización de fecundación in vitro. IV) Constancia, mediante la suscripción de un consentimiento informado, de que la mujer o ambos miembros de la pareja, en su caso, han sido informados por el equipo profesional interdisciplinario tratante, sobre requisitos, procedimiento, riesgos, descripción de posibles molestias, secuelas, evolución previsible, peligros y beneficios del tratamiento. V) Exámenes clínicos y paraclínicos que demuestren que los participantes en el tratamiento, no son portadores de infecciones de transmisión sexual u otras que confieran riesgos de defectos congénitos al producto
de la concepción y no sean posibles de resolver, según el estado del conocimiento médico. C) Dejar constancia por parte del responsable del equipo actuante, de que hay posibilidades razonables de éxito y el procedimiento no supone riesgo para la salud de la mujer o su descendencia.
Artículo 6º. (Suspensión de las técnicas de reproducción humana asistida).- La mujer a la que se le apliquen estas técnicas de reproducción humana asistida, podrá disponer que se suspendan las mismas antes de la fecundación del óvulo. Tal manifestación de voluntad deberá hacerse por escrito y con los mismos requisitos que se siguieron para consentir. Artículo 7º. (Donación de gametos).- La donación de gametos se realizará en forma anónima y honoraria, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de transacción económica. La donación sólo será revocable cuando el donante precisase para sí los gametos donados, siempre que en la fecha de la revocación aquéllos estén disponibles. La Comisión Honoraria, que crea esta ley en su artículo 23, mantendrá un registro de donantes, a los efectos que sólo se pueda ser donante por una vez. En todos los casos se mantendrá la reserva de la identidad de donantes y receptores. Artículo 8º. (Identidad del donante).- Sólo en circunstancias extraordinarias, que comporten un comprobado y grave peligro para la salud psicofísica del hijo, se podrá revelar la identidad del donante, siempre que ello sea indispensable para evitar ese peligro. La reglamentación respectiva determinará detalladamente las situaciones a contemplar por esta excepción y el modo y requisitos de acreditar las mismas. Ese conocimiento tendrá carácter restringido, no implicará publicidad de la identidad ni producirá ninguno de los efectos jurídicos derivados de la filiación. Artículo 9º. (Donación de gametos).- El Instituto de Donación y Transplantes de Órganos y Tejidos creará un banco de gametos al cual puede recurrirse en iguales condiciones que las prestaciones que brinda este Instituto. Las Instituciones públicas y privadas autorizadas para realizar Técnicas de Reproducción Humana Asistida por el Ministerio de Salud Pública, podrán tener sus bancos de gametos, a los que supervisará y controlará el Instituto.
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La donación no genera responsabilidades civiles ni patrimoniales en el futuro y se mantendrá reserva sobre su identidad, salvo que, por caso de enfermedad sea necesaria su revelación, debiéndose contar para esto con la aprobación de la Comisión Honoraria de Reproducción Asistida. Artículo 10. (Interés superior del niño).- El o los hijos nacidos mediante las Técnicas de Reproducción Humana Asistida tendrán derecho a conocer el procedimiento efectuado para su concepción. Artículo 11. (Conservación).- Los gametos y embriones no implantados, se conservarán por el lapso que determine la reglamentación, teniendo en cuenta la viabilidad y la posibilidad de generar un embarazo a partir de éstos. Artículo 12. (Fertilización).- Luego de producida la fertilización de los ovocitos, podrán transferirse al útero, solamente dos embriones por ciclo, salvo expresa indicación médica, en que podrán transferirse un máximo de tres embriones. Se deberán preservar todos los embriones viables restantes. Los embriones preservados deberán transferirse en un ciclo diferido. En el caso de que la mujer no esté en condiciones o se niegue a recibir los embriones, los mismos deberán ser donados. La donación será anónima y honoraria. Queda prohibido descartar embriones viables. Los pacientes debidamente informados decidirán si quieren preservar bajo estas condiciones. De no aceptarlas se procederá a la inseminación de un máximo de tres ovocitos. Artículo 13. (Derecho a la información).- Los receptores de gametos o embriones tienen derecho a información general sobre el fenotipo a recibir. Artículo 14. (Prohibición de fertilización).- No podrán realizarse fertilizaciones de gametos o implantarse embriones de personas que fallecieron luego de la toma de muestras o fertilización de gametos. Se considera que el fin de la vida incluye sus gametos o embriones. En los casos de separación, la mujer no podrá ser fertilizada con el semen de su pareja o implantarse embriones previamente conservados salvo que el hombre preste su expreso consentimiento escrito. Bastará la declaración que están separados, con certificación notarial de una de las partes para que opere esta prohibición.
La Institución que no observe estas disposiciones será pasible de las sanciones que la reglamentación determine. Artículo 15. (Filiación, regulación).- La filiación de los nacidos con Técnicas de Reproducción Humana Asistida se regulará por las normas vigentes. Artículo 16. (Tipo de filiación).- La filiación materna estará determinada por el parto o la cesárea en los niños nacidos en aplicación de estas técnicas. Artículo 17. (Excepciones, prohibiciones).- Los gametos podrán ser utilizados con fines de investigación básica o experimental para la mejora de las técnicas de reproducción. Estos gametos no podrán ser fertilizados con fines de obtener embriones. Se prohíbe la experimentación con embriones viables o no. La no observancia de estas disposiciones será pasible de clausura de la Institución que lo realice. Artículo 18. (Investigaciones genéticas).- Las investigaciones genéticas sólo serán permitidas para certificar el estado de salud de los embriones. La inobservancia acarreará sanciones que podrán llegar hasta la clausura de la Institución. Artículo 19. (Autorización para funcionar).- Los Centros que apliquen estas técnicas deberán contar con la habilitación del Ministerio de Salud Pública, debiendo, los que estén funcionando adecuarse a las disposiciones de esta ley en un plazo de noventa (90) días a partir de la promulgación. La Dirección Técnica de los referidos Centros, será ejercida por un médico titulado, quien será responsable ante las autoridades del cumplimiento de las normas legales. Compete al Ministerio de Salud Pública, a través de la Dirección General de la Salud, la regulación y la auditoría, aún contable, de estos Centros. Artículo 20. (Sanciones).- Las infracciones a la presente ley, serán sancionadas con multas a los Centros, que oscilarán entre 10.000 y 1.000.000 de UI (unidades indexadas), según la gravedad y reincidencia, pudiendo incluso ser clausurados los mismos, si los delitos son considerados graves. La escala con que se regularán las referidas sanciones será fijada en la reglamentación respectiva. Los profesionales intervinientes en estas infracciones, serán sancionados con inhabilitación de su título por el lapso de treinta días a dos años.
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Artículo 21. (Prohibición de contratos, sanciones).- Se prohíbe la celebración de contratos a título oneroso o gratuito, por el cual una de las partes provee un embrión para su gestación en el útero de una mujer, cuyo gameto no fue utilizado para darle origen, obligándose ésta a entregar el nacido a la otra parte o a un tercero. Quienes intervengan en estas acciones serán castigados con seis meses de prisión a tres años de penitenciaría. Artículo 22. (Delito de clonación).- El profesional que, con el fin de crear por clonación, seres humanos idénticos, conteniendo el mismo patrimonio genético que un progenitor, manipule células humanas o material genético, o transfiera a una mujer un embrión así creado, será castigado con dos a seis años de penitenciaría e inhabilitación del título por el doble de la condena. Si llegare a crear uno o más seres humanos por clonación, la pena será de tres a nueve años de penitenciaría e inhabilitación del título por el doble de tiempo de la condena. La no observancia de estas disposiciones generará la clausura definitiva de la Institución que lo realice. En todos los casos que se sanciona a la Institución con la clausura definitiva, es sólo a los efectos de poder continuar actuando como Centro de Reproducción Humana Asistida. Artículo 23. (Creación).- Créase la Comisión de Reproducción Humana Asistida que funcionará en la órbita del Ministerio de Salud Pública. Estará integrada por: A) B) C) D) Un representante del Ministerio de Salud Pública, que la presidirá. Un representante del Instituto de Donación y Transplante. Un representante de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República. Un representante de las Sociedades Científicas dedicadas al tema, debidamente acreditadas. Un representante del Colegio Médico del Uruguay.
Artículo 24. (Cometidos).- Serán cometidos de la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida: A) Asesorar al Ministerio de Salud Pública sobre políticas de reproducción humana, así como los avances en la materia. B) Investigar y determinar la pertinencia de nuevas técnicas. C) Vigilancia ética de los procedimientos. D) Los que determina la reglamentación. Artículo 25. (Procedimiento para la aplicación de las medidas de clausura por incumplimiento de la ley).- En todos los casos en que se detecten infracciones la Comisión creada por el artículo 23 de la presente ley deberá informar de manera preceptiva al Ministerio de Salud Pública sobre la existencia de la presunta infracción y aconsejar la medida que estime pertinente. El Ministerio de Salud Pública, en ejercicio de las potestades de policía sanitaria que le confiere la Ley Nº 9.202, de 12 de enero de 1934 (Orgánica de Salud Pública) dentro del marco de sus competencias o si no es del caso sancionar. El apartamiento por parte del Ministerio de Salud Pública, de lo sugerido de la Comisión de Reproducción Humana Asistida deberá operar de manera fundada. Sala de la Comisión, 5 de setiembre de 2012. ÁLVARO VEGA LLANES, Miembro Informante, DANIEL BIANCHI, BERTA SANSEVERINO, ANTONIO CHIESA BRUNO, con salvedades, que expondrá en Sala, DANIEL RADÍO, con salvedades, que expondrá en Sala”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Vega Llanes. SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: debo comenzar este informe pidiendo disculpas al Partido Colorado, que solicitó un nuevo aplazamiento del tratamiento de este proyecto con razones fundadas, porque no está en Sala el señor Diputado Bianchi, quien trabajó mucho en el tema. A pesar de que reconozco la razón del pedido, nos pareció que debíamos tratarlo en la tarde de hoy porque, entre otras cosas, creemos que es un proyecto con una serie de complejidades importantes. Es por esa razón que va-
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Podrá crear Consejos Asesores transitorios o definitivos, teniendo en cuenta la representación de las Organizaciones No Gubernamentales que trabajan en el tema.
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mos a someter a la Cámara a un ejercicio de amplitud, que no es fácil, pero les aseguro que es absolutamente imprescindible. Las técnicas de reproducción humana asistida son aquellas a través de las cuales se puede lograr un embarazo, que por los medios habituales, normales o naturales no es posible. La realidad es que, a pesar de que la fertilización in vitro es la de mayor fama -aunque no es la más frecuentemente usada-, hay muchas otras técnicas y estudios previos. Inclusive, en algún momento se habló de que esto era una enfermedad de la mujer -ya de paso, le echamos las culpas, lo cual es una costumbre que a veces tenemos-, y ahora, se entiende que es una disfunción o una enfermedad que padece la pareja. Hace veinticinco años que estas técnicas se utilizan en el país, pero sin más regulación desde el punto de vista técnico que la que han querido aplicar cada una de las clínicas. La habilitación que requiere una clínica de estas características es prácticamente la misma que cualquier otro tipo de clínica. La realidad es que se ha desarrollado con preceptos éticos que debemos reconocer en el día de hoy. A pesar de que en Uruguay hay una serie de delitos que aun hoy no existen desde el punto de vista penal, en estos veinticinco años de aplicación de estas técnicas, ha habido un comportamiento ético que es necesario reconocer. Antes de entrar en el tratamiento del proyecto, voy a plantear algunos aspectos genéricos que será bueno tener en cuenta en la discusión general. También voy a hacer algunas confesiones, porque a veces, hay cosas que se entienden sabiendo lo que pensamos los legisladores que trabajamos en este tema y en qué transamos para que este proyecto llegara en algún momento al plenario de la Cámara de Diputados. Los antecedentes que existen con respecto a esta iniciativa tienen muchísimos años. Por ejemplo, el ex Senador Cid, quien era un trabajador incansable en los temas de salud, presentó un proyecto de ley en el año 1996. El antecedente más próximo -está en el informe- es una iniciativa presentada por el señor Diputado Lacalle Pou, que no abarcaba todos los aspectos de las técnicas de reproducción asistida, que aún hoy se mantienen en la órbita privada, pero intentaba que fueran accesibles a parejas que no tenían la posibilidad económica de financiarlas. De estas dos vertientes, la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social
resuelve integrar una iniciativa que, obviamente, tiene muchas modificaciones con respecto a la de ex Senador Cid porque, como se podrán imaginar, en todos estos años las técnicas evolucionaron muy rápido. Ingresando a las generalidades, me interesa dejar planteado, a modo de reflexión, que el Parlamento no debe tratar determinados temas con lentitud, porque la vida no espera. Antes, el desarrollo de la tecnología y de los conocimientos en la medicina tenía un ciclo de cuatro, cinco, diez o quince años; hoy, el ciclo es de un mes. Lo que yo pueda decir hoy a un paciente tiene la contrapartida de que, en un tiempo no muy lejano, ya no será verdad. Me parece que sería bueno -esta es una digresión- que los médicos aprendiéramos a ser más humildes pero, a veces, ni así lo hacemos. Quienes creyeron que habían descubierto la piedra filosofal de la medicina fueron desmentidos al poquito tiempo. Y todos aquellos que recomendábamos que hay que hacer esto o aquello, lo decimos con un poco más de cuidado, porque ya sabemos que la investigación va a superarnos rápidamente. Es lo que ha sucedido con las técnicas de reproducción asistida; se han superado rápidamente, inclusive, en los métodos de conservación de los gametos. Los gametos son las células que tienen la mitad de los cromosomas, que se unen y forman el embrión, lo que se llama fecundación. Las técnicas de reproducción asistida han progresado enormemente, pero hasta hoy el Uruguay no tiene una regulación. Esta fue una de las inquietudes que planteamos a quienes nos vinieron a ilustrar sobre estos temas: si era necesario hacer una ley que regulara estas técnicas. Quiero señalar que cuando se trata este tipo de temas -esta es otra reflexión que correspondería al Parlamento-, no deberíamos elaborar leyes demasiado rígidas -que, como podrán apreciar, cuesta mucho traer al plenario-, sino leyes marco, y confiar en que la regulación figure en decretos que, en definitiva, son mucho más fáciles de modificar; de lo contrario, el conocimiento nos pasa por arriba. Veinticinco años después traemos una técnica que, entre otras complejidades, puede llevar a la clonación de seres humanos y se puede prestar para muchísimas cosas. Por eso comencé reconociendo la labor ética de los grupos que han trabajado en este tema. Eso no es delito. Es un delito ético, está prohibido en el mundo médico, pero no en el mundo legal.
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Próximamente, vamos a tratar el proyecto de ley sobre las células madre, que también presenta una serie de complejidades muy importantes; si llegamos a aprobarlo este año, por primera vez iremos por delante de la tecnología. Pero cuando legislamos veinticinco años después, puede haber pasado una serie de cosas muy importantes. Creo que el Parlamento debe adecuar sus tiempos, que ya no son los del siglo XIX ni los del XX sino los del siglo XXI, porque el conocimiento técnico no espera las leyes, sino que se desarrolla. Lo que nos ha venido pasando, en realidad, es que el desarrollo tecnológico empuja a algún sector de la población hacia el siglo XXI o lo hace avanzar aún más, mientras que a otros sectores los tira hacia el siglo XIX, porque no hemos logrado asimilar las tecnologías y distribuirlas de tal manera que se utilicen en beneficio de la mayoría y no de un grupo selecto de privilegiados. Digo esto como una reflexión general. Me parecía que hoy, ante la oportunidad de hablar de este proyecto de ley, tenía la obligación de expresarla, porque es lo que siento y pienso. Deberíamos entender que hay asuntos que, por su complejidad o porque están vinculados con aspectos tecnológicos, requieren grandes leyes marco, y luego pueden ser regulados por decreto, que es modificable, aceptando que no tenemos confianza en los otros y sabiendo que todos podemos hacer política de algún decreto. He visto que muchos hacen leyes y pierden votos; pocas veces ganan. Por lo tanto, hacer un decreto tampoco va a traer muchos votos, pero creo que es la única manera de desarrollar estos asuntos y de contar con regulaciones que eviten que se caiga en algunas situaciones en las que pudimos haber caído si este tema no hubiera sido manejado con ética. Hace ya muchos años leí un libro de Aldous Huxley que hacía referencia a un mundo perfecto donde se seleccionaba a los seres humanos por categoría -Alfa, Beta e inferiores-; ya en 1946 se hablaba de la clonación. Hoy, ese mundo perfecto es posible gracias a la tecnología. Increíblemente, tuvo la visión de percibir esas posibilidades. Este escritor se refería al nazismo, que intentó hacer algo parecido con elementos muy primarios. Lo puso en un libro y creó un mundo en el cual cada uno ocupaba su lugar y no se complicaba, y en la medida en que se descendía en la escala
social, se advertía más cantidad de mellizos y gente con menos desarrollo encefálico. Hoy es posible. Esas son las amenazas que tenemos en el mundo. Hoy, Hitler o los nazis tendrían a su alcance la posibilidad de desarrollar ese tipo de discriminación de “si sos ario, vení para acá, y si sos judío, estás afuera” -que en ese entonces, era a inspiración o a instinto- con mucha más precisión, determinando genéticamente quién es quién. Se podría hacer una raza de personas morochas y de ojos oscuros -lo digo para evitar la caracterización de rubios y ojos azules, lo que habitualmente decimos porque tenemos colonizaciones culturales que nos hacen creer que eso puede ser lo más lindo- o de personas altas o bajas. Hoy, todo eso es posible. En tanto, nosotros hemos dormido la siesta de los justos durante veinticinco años. Hace veinticinco años que existe esta técnica y no hemos logrado regularla. En lo personal, esto ha guiado mi trabajo en este proyecto de ley. Entiendo que con las enormes dificultades que enfrentamos, con los enormes problemas con que nos encontramos y con las grandes transacciones que debimos hacer en la Comisión, era necesario tener una ley. Era imprescindible tener una ley que pusiera en negro sobre blanco la imposibilidad de realizar algunos actos que están reñidos con la ética, que a alguno se le podía llegar a ocurrir. Sé que en este proyecto de ley hay aspectos distintos: morales, religiosos y hasta políticos; luego, me referiré a una cuestión sobre la política de salud, pero política al fin. Entiendo a quienes tienen objeciones morales con relación a algunos de los puntos que hemos planteado y que ciertos compañeros de trabajo de la Comisión de Salud Pública y Asistencia social no votarán determinados artículos. A mí me gustaría no votar algunos de los artículos, pero prefiero que haya una ley, aunque no sea perfecta. Hasta hace minutos, estuvimos modificando el proyecto porque teníamos alguna dificultad con respecto al desarrollo que queríamos dar a la ley. Entiendo que haya compañeros Diputados que no voten algunos artículos, pero la otra opción es prohibir las clínicas de fertilización asistida; seguramente, muchos de los presentes recibieron un mail de esas organizaciones que tienen computadora fácil, pidiendo que no voten este proyecto de ley. Entonces, lo que podemos hacer es clandestinizar las clínicas de fertilización asis-
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tida, porque es lo que ocurre cuando uno prohíbe algo: se hace igual, pero en forma clandestina. En realidad, si una pareja está en contra de las técnicas de reproducción asistida y no puede tener hijos, no está obligada a ir a una clínica a aplicarse alguna de estas técnicas o a hacerse un estudio; puede considerar que es la voluntad de Dios y no hacerlo, y lo vamos a respetar íntegramente. Ahora, no entiendo por qué quiénes no se encuentran en esa situación deberían estar obligados a transitar la clandestinidad para utilizar técnicas de reproducción asistida. No lo entiendo. Nosotros podemos tener nuestros preceptos morales, y está bien, pero ¿por qué hay que obligar a los demás a vivir como a nosotros nos parece, cuando en realidad, lo que quieren es engendrar un hijo? Quienes tenemos hijos sabemos su valor; sabemos el valor que tiene volver a casa y encontrar a unos gurises que se prenden de la pollera o de los pantalones de los padres. Entonces, creo que en la lucha por un hijo hay que dar a las parejas todas las posibilidades, sin fundamentalismos morales ni religiosos. También hay aspectos morales mezclados en este asunto. Hemos conversado y discutido con los compañeros Diputados integrantes de la Comisión, porque vamos a intentar que estas técnicas sean accesibles para las parejas heterosexuales -hay que decirlo así, porque la gente tiene que conocer las dificultades a las que nos hemos enfrentado-, aunque sabemos que dejamos afuera a las parejas del mismo sexo. Lo tenemos claro y somos conscientes de ello. Estas parejas deberán encontrar otra forma de reproducción. En lo personal, el criterio que manejé es que, si bien los sistemas de salud se deben hacer cargo de lo que a uno le pasa, aunque uno no quiera, las opciones -a los uruguayos nos cuesta mucho entender esto- deben estar a cargo del que las toma. Como todos saben, soy médico cirujano, trabajo, y me llaman de noche; esa es la consecuencia natural de la profesión que ejerzo. Frecuentemente, nosotros, los Diputados -a pesar de que tenemos fama de que trabajamos poco, quizás, bien ganada; no lo sé-, nos quedamos hasta altas horas de la noche discutiendo asuntos. Eso forma parte de nuestro trabajo. Nada es tan malo que no tenga algo bueno ni nada es tan bueno que no tenga algo malo. Sé que cuando uno plantea este tipo de cosas en estos términos, las comunidades homosexuales se enojan. Está bien que se
enojen -nadie les quita ese derecho-, pero creo que llega un momento en el que uno debe asumir las consecuencias de su elección con integralidad, y esa integralidad implica, entre otras cosas, que se les va a dificultar tener hijos; forma parte de su elección. Algunos pensarán que esto lo determinó Dios. Yo creo que es lo que determinó la naturaleza; nada más. Hay políticas que también tienen implicancias. Creo que una ley no debe establecer prestaciones gratuitas ni pagas, porque existe la chance de que mañana haya un grupo de mucho poder económico o en número, que haga lobby y apruebe en el Parlamento alguna ley que les determine algún privilegio distinto al de los demás ciudadanos. Por eso es que tampoco aceptamos integralmente el proyecto de ley que presentó el Diputado Lacalle Pou. Entendíamos que, necesariamente, las prestaciones deben estar reguladas por decreto. Existe esa lírica visión de que la salud no tiene costo, pero no es así; los Estados gastan un montón en salud. Es más: según una proyección, si en Estados Unidos de América los gastos de salud se siguen multiplicando, probablemente superen el PBI, porque la tecnología hoy no tiene tope y no sabemos adónde va a llegar. Sí sabemos que todos los días cambia y que si los avances tecnológicos no son más rápidos es porque quien los está produciendo está haciendo un negocio. Entonces, hasta que no se consuman determinadas tecnologías no aparecerá la que viene después -que saben cuál es hace tiempo-; de lo contrario, no se vendería todos los días una cosa distinta. Tomar decisiones en políticas de salud también implica distribuir los gastos. Bush lo resolvió fácil: a cincuenta millones de negros, latinos, asiáticos, etcétera, no los atendió y asunto arreglado. Parece que ahora un señor religioso, que aspira a la Presidencia de la Federación de Estados Unidos de América, también piensa que no hay que atender a los que no pagan impuestos, siguiendo las normas de Bush. Pero no veo al uruguayo haciendo eso, por suerte. Muchas veces entiendo las críticas que algunos señores legisladores hacen al Sistema Nacional Integrado de Salud y las comparto un montón, pero hay que andar por ahí para ver lo que pasa. No hay que ir tan lejos; no hay que irse al otro lado del mundo para darse cuenta de cómo funcionan los sistemas de salud. Creo que la ley no debe establecer prestaciones obligatorias para nadie, y que eso debería ser parte
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de lo que los Diputados y Senadores, ya sin partido político, tuviéramos claro: que esas cosas se resuelven de otra manera y no a través de una ley, porque entonces estaríamos obligados a continuar con una vieja historia del Uruguay, que consiste en otorgar a aquellos lo que dimos a estos, y cuando queremos acordar esto que venía bien termina muy mal. Por eso también esta ley tiene implicancias políticas. Quiero dejar expresamente claro que no estoy achacando ninguna intencionalidad política al señor Diputado Lacalle Pou, sino la mejor de las voluntades. Estoy explicando por qué no estoy a favor de que la ley determine ciertas prestaciones. Este proyecto de ley comienza por algo que ha sido unánimemente criticado por muchos de los que han ido a estas clínicas, y es la definición de estas disfunciones. En realidad, la definición que se toma es la de la Organización Mundial de la Salud, y se hace en vista de que una cosa es una disfunción de una pareja y otra muy distinta es una opción sexual, y se habla de pareja infértil o de pareja estéril. Este artículo, igual que todos, debemos haberlo cambiado unas quinientas veces. El artículo 2º, que acordamos con el señor Diputado Chiesa, quien lo impulsó, y que refiere al deber del Estado, no me conforma del todo -tampoco a él, me imagino-, pero fue el acuerdo posible, forzado, como toda esta ley; en definitiva, logramos una redacción común. Luego, se definen las técnicas de reproducción humana asistida; más adelante, los requisitos para su aplicación y, más que nada, quiénes se la pueden hacer. Después, por el medio, vienen los líos, o siguen los líos, porque está la donación de gametos, que es un problema menor, que hoy se hace; no es una novedad que vayamos a establecer. Además, está el tema de qué pasa con los embriones que, eventualmente, pueden ser generados a través de la fertilización in vitro y después no hay cómo implantarlos o pasa cualquier otra cosa y no se puede. Uno de los errores que cometimos en el desarrollo de esta ley fue determinar cuántos se podían fertilizar. Estas técnicas contaban con una posibilidad de falla tan enorme, que iba a ser inviable. Lo corregimos no hace tanto. Lo volvimos a corregir, porque nos asesoraron técnicamente en cuanto a que así no iba a funcionar ¿Pero qué
hacemos con los embriones? ¿Qué hacemos cuando, en una pareja, fallece el hombre cuyo esperma fue depositado en un banco? En ese caso, no solo existen problemas filosóficos, sino también jurídicos y legales. ¿Qué pasa si una pareja que está dispuesta a desarrollar estas técnicas y ya tiene los embriones fertilizados se divorcia? Esas son parte de las dificultades que hemos enfrentado. Para estas preguntas hay mil respuestas, todas válidas, pero hubo que elegir algo para ponerlo en la ley. Entre otras cosas, en algunos aspectos privilegiamos lo que, jurídicamente, iba a ser menos problemático. Por ejemplo, evitamos que los gametos de quien esté fallecido sean usados para fertilizar a la mujer que quedó viuda, porque armábamos un lío de herencia nunca visto. Lo mismo sucede para el divorciado, quien solo con la presentación de la certificación notarial de que está separado puede frenar los procesos que estaba viviendo porque, de lo contrario, podría suceder que se encuentre con tres o cuatro hijos que ni pensaba. Entonces, optamos por una solución. ¿Es la mejor? ¡Ojalá que sí! ¿Puedo jurarles que es la mejor? No; no puedo. Es la que nosotros, después de mucha discusión, mucho trabajo, mucho pensar y mucho asesoramiento, logramos establecer. Otro de los temas que ahora se va a hacer patente -porque habrá compañeros de la Comisión que hablen de esto- es el de la identidad del donante y la del niño. Imagínense que dieciocho años después de donar esperma -en este caso será honorario; porque no se puede vender-, aparezca un chico o una chica, diciendo: “Vos sos mi padre”. Después de que te despierten del desmayo, te preguntarán: ¿Dejaste un espermatozoide en un banco y vos sos el padre? Otra cuestión es: al preguntarnos quiénes somos, ¿deberemos sacar el genoma o la cédula de identidad? Como respuesta a esto, establecimos por mayoría que la identidad es civil, no genética; por lo menos por ahora. Capaz que un día de estos en vez de la cédula debemos presentar una tarjetita con el genoma humano. Pero mientras tanto, es civil. Optamos porque se reservara la identidad del donante permanentemente, salvo en casos de salud, en los que hubiera afectación grave de la salud del producto generado de esta manera. ¿Que el niño tiene derecho a saber cómo fue engendrado? Eso lo dispondrán los padres. Nosotros les
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damos la libertad para que se lo digan o para que no se lo digan, pero está claro que el donante de esperma no es el padre. El padre es el que lo cría, el que lo lleva al colegio, el que lo espera de noche, el que le lee cuentos para dormir, y no el que dejó la mitad de su capital genético para que se creara esta nueva vida. Esa es mi concepción, y no tiene pretensión de universalidad: es lo que yo pienso y lo que piensa la mayoría de los integrantes de la Comisión. Hay compañeros que piensan distinto, y están en todo su derecho. Inclusive, para que vean que esta no es una cuestión partidaria, con la Diputada Sanseverino saltó algún chispazo cuando discutimos sobre este punto en particular. Optamos por esto; no sé si es lo mejor, pero fue lo posible. No voy a tratar de venderles el buzón de que esto es bárbaro, pero es la solución a la que arribamos. Respetamos absolutamente todas las posiciones, porque todas son posibles. Optamos por esta solución ante la posibilidad de quedarnos sin donantes: ¿quién se va a arriesgar a donar semen si existe la posibilidad de que dentro de dieciocho años aparezca un pibe golpeando la puerta y diciendo que es su hijo? Nadie. Por otra parte, se puede revelar la identidad del donante solo en situaciones de enfermedad y con aceptación de una Comisión que se crea por esta ley, la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida, cuya función es la regulación de algunas cosas, entre ellas otro problema que tuvimos: en un país tan pequeño como el nuestro, la endogamia es posible; es posible que haya pocos donantes, que el escaso semen donado sea distribuido con demasiada intensidad y que haya medio hermanos desde el punto de vista genético que se puedan encontrar. Ese es un problema que enfrentamos y para el que tuvimos que encontrar alguna solución. La Comisión Honoraria regulará estas situaciones y asesorará al Poder Ejecutivo sobre los avances tecnológicos en reproducción asistida, a efectos de que se puedan ir integrando técnicas con criterio, porque en la medicina hay prácticas muy buenas, hay médicos muy buenos, pero también hay flor de comerciantes. Entonces, es necesario que haya una Comisión que determine que una técnica es posible y otra es descartable. Naturalmente, cuando llegamos al tema de permitir o no la donación de los embriones, tuvimos otro lío de apartar el caballo con todas las posibles solu-
ciones. Encontramos una: ojalá sea la mejor. Para que vean cómo cambia la cosa: el doctor Cid, en su iniciativa, establecía que los embriones debían conservarse mediante una determinada técnica. Hoy esa técnica no se usa más. Si disponemos que para la conservación se debe usar tal o cual técnica, nos estancamos en el tiempo. Por eso tuvimos que establecer la conservación en términos generales; después la tecnología dirá cómo se conservan. Creo que he planteado todas las dificultades que hemos visto. Además, se crean delitos -como el delito de clonación- y se prohíben los vientres de alquiler, pero se permite -y esa es nuestra tesitura, que acordamos hoy, para que vean que nos ha llevado un tiempo discutir todo esto- que una hermana o una madre sea vientre sustituto para una hermana o hija. Se plantearon otras redacciones. Habíamos puesto que no podía ser “oneroso” o “gratuito”. Después queríamos sacar “gratuito” pero, ¿quién puede comprobar que se alquiló un vientre? Es imposible. Por lo tanto, optamos por agregar -y es uno de los cambios que vamos a introducir en esta ley- que los parientes en determinada afinidad -luego preguntaremos al señor Presidente, que de eso debe saber más que nosotros-, en principio madre y hermana, puedan incubar en su vientre un hijo de hermanos o hijos. Como decía, se crean delitos, y se hace una vigilancia ética sobre los centros que aplican estas técnicas. Todos los Diputados, todos los que trabajamos en esto -seguramente también el señor Diputado Lacalle Pou, que presentó un proyecto sobre este tema-, tenemos la expectativa de que alguna vez estas técnicas estén al alcance de todo el mundo. Uno conoce el peregrinar de las parejas que no pueden tener hijos, sometidas tal vez a la más difícil de las pruebas, porque tener un hijo se convierte en una obsesión que a veces termina destruyéndolas. He pensado mucho cómo encarar este informe: si venía a dar una realidad redondita o si venía a plantear las dificultades. Es más: decidimos traer este proyecto de ley al plenario porque cada vez que lo revisábamos -como sucede cuando uno da un examen en facultad o en el liceo-, cambiábamos alguna cosa. Con tanto cambio, empezamos a tener miedo de meter la pata. Llega un momento -sabemos que el Senado va a introducir algunas modificaciones- en que uno siente la necesidad de decir: esta ley tiene que ir así,
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con estas imperfecciones, con estas dudas, con estos debates que no cerramos definitivamente, pero que manejamos con la mayor amplitud posible, tratando de abarcar a los más, para que no sucediera que una mayoría o una minoría impusiera a los otros una solución. No queríamos que esta discusión se saliera de los ámbitos en los que la hemos mantenido. Como verán, por todo este cuento que he hecho, hasta hubo algunas diferencias que no contemplaban que formáramos parte del mismo partido. SEÑOR VÁZQUEZ.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR VEGA LLANES.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR VÁZQUEZ.- Señor Presidente: esta generosa exposición del señor Diputado Vega Llanes me generó una confusión. En el artículo 1º se circunscribe la ley a los infértiles y a los estériles. Quiero saber, después de tan amplia exposición, por qué la ley arranca con un artículo que circunscribe la práctica a los estériles y a los infértiles. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el señor Diputado Vega Llanes, a quien restan siete minutos de su tiempo. SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: recomiendo a todo el mundo que si puede tener un hijo por las vías naturales, lo haga, entre otras cosas porque, haciéndolo, se divierte. Sucede que estas técnicas se usan en quienes tienen dificultades para engendrar hijos por las vías que la naturaleza ha establecido. Nadie va a utilizar esta técnica si tiene la posibilidad de tener un hijo de forma natural. A esta altura del partido hasta me cuido de las palabras; tengo miedo de que si digo que algo es normal haya un movimiento para juntar firmas porque, al decir esto, discrimino a los demás. Pero así es la vida. Sé que vamos a someter a los señores legisladores a la dificultad de votar un proyecto que conocen poco porque no lo trabajaron, pues no integran la Comisión. Nos llevó muchísimo tiempo ponernos de acuerdo en una serie de aspectos que nos parecen difíciles de saldar pero, como tantas veces ha ocurrido, estamos ante una iniciativa que nadie está obligado a
votar. Si alguien tiene reparos morales, éticos o religiosos puede no acompañarla, está en libertad de obrar así. Estoy pidiendo libertad para los que no piensan igual, porque no quiero que transiten el camino de la clandestinidad. Lo digo porque estas prácticas se van a seguir llevando a cabo, porque el sol no se tapa con ningún dedo, ni siquiera con toda la mano, y la vida corre mucho más rápido que aquello que queremos o podemos impedir, en el caso de que haya quien quiera hacerlo. No creo que esto sea objetado por ninguna religión, salvo por quienes consideran que esto no entra en los parámetros que la religión impone. No creo que esto pueda implicar cuestiones morales, salvo para aquellos cuya moral les indica que no deben hacer esto, y están en total libertad de no hacerlo. Sí puede tener otro tipo de implicancias. Esta es una ley absolutamente necesaria, que vamos a votar con la mayor de las amplitudes, teniendo claro que no es la mejor del mundo, que no nos conforma del todo, pero es la única posible que va a permitir que estas cosas que tienen una regulación exclusivamente ética pasen a la legalidad. Además, en el futuro, Uruguay podrá acceder a nuevas técnicas a través del pensamiento y de la razón, no porque haya alguien que quiera establecer un negocio redituable y termine vendiendo espejitos de colores. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado Chiesa. SEÑOR CHIESA.- Señor Presidente: el miembro informante, señor Diputado Vega Llanes, ha hecho un relato realmente muy cercano a la realidad por la que hemos pasado. Cada vez que escuchamos los distintos argumentos se nos vuelven a poner los pelos de punta y nos llenamos de dudas con respecto a distintos artículos. Pero enfrentamos una gran preocupación porque -como se ha dicho en Sala- hace veinticinco años que se practican estas técnicas en nuestro país. Por supuesto, confirmamos la ética con la que los profesionales que se dedican a esto se han manejado en nuestro país y no dudamos de eso, pero pensamos que faltaba un marco regulatorio que diera las garantías a las personas que recurren a estas técnicas e,
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inclusive, a los profesionales que las realizan. Quiere decir que estamos todos de acuerdo, y por eso decidimos acompañar en general este proyecto de ley. Hay temas muy complejos -como se ha dicho en el plenario-, que tienen diferentes implicancias morales, éticas y religiosas. El miembro informante ya señaló que recibimos a numerosísimas organizaciones; tuvimos prácticamente dos años de discusión en el seno de la Comisión. A efectos de que los compañeros legisladores tengan conocimiento de esto voy a mencionar que recibimos a la Unidad Académica de Bioética de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República; a asociaciones sin fines de lucro, como Uruguay Procrea; a colegas de vasto conocimiento en el tema, como los doctores Gerardo Bossano y Roberto Suárez; a delegaciones de la Unión Cívica del Uruguay, de la Comisión Asesora de Bioética y Calidad Integral de la Atención de la Salud del Ministerio de Salud Pública, de la Comisión de Bioética del Sindicato Médico del Uruguay, del Centro de Bioética Rioplatense, de la Asociación Familia y Vida; a la profesora Luz Calvo y al profesor Juan Andrés Ramírez, del Instituto de Derecho Civil I y IV de la Universidad de la República; al Área de Derecho de Familia del Departamento de Derecho Civil de la Universidad Católica del Uruguay; a la Asociación de Jóvenes Investigadores de Ciencias Biológicas; a la Asociación Civil Misión Vida para las Naciones y al Consejo de Representatividad Evangélica del Uruguay, entre otros. En estos dos años se ha generado una lista realmente muy larga. Debo decir, además, que este proyecto se basa -como ha informado el Diputado Vega Llanes- en una iniciativa presentada hace muchos años por el entonces Senador Cid, a la que se ha agregado una propuesta más reciente, del Diputado Lacalle Pou, que plantea hacer accesibles estos procedimientos para quienes no tienen medios económicos para afrontar los gastos que generan. Repito que recibimos a numerosas delegaciones, entre las que hubo parejas que vinieron a plantear su problema de vida frente a este tema. ¡Hay que escuchar los relatos de las parejas que viven esta situación! Hay gente que a veces termina hipotecando su auto, su casa o lo que sea para lograr los hijos que algunos tenemos la suerte de tener, pero a ellos se les dificulta. Teniendo en cuenta todo esto y las implicancias de este proyecto de ley, debemos agradecer el traba-
jo que ha hecho en la Comisión el Diputado Vega Llanes, quien ha sido el encargado de poner negro sobre blanco permanentemente, más allá de la flexibilidad con la que se ha manejado el tema y de la amplitud de todos los integrantes de esta asesora para modificar el texto, de modo que esta iniciativa pudiera representarnos a todos. El proyecto consta de tres partes claramente individualizadas. En la primera se define qué se entiende por esterilidad e infertilidad y se comete al Estado la responsabilidad de encontrar soluciones. En la segunda, se regulan las técnicas y en la tercera se fijan delitos y faltas y se crea una Comisión Honoraria que asesore al Poder Ejecutivo. Creemos que, de alguna manera, contemplamos todos los aspectos, pero aún tenemos las dudas que planteaba el Diputado Vega Llanes. Debo reconocer que hasta último momento con los compañeros estuvimos abiertos a modificar algunos artículos que en lo personal no íbamos a votar o para los que pensábamos presentar algún sustitutivo. Me refiero, concretamente, a los artículos 12 y 14 -que no vamos a acompañar- y, sobre todo, al 21, que vamos a votar por el aditivo que se incluyó en su redacción final. Quiere decir que se ha tratado de tener en cuenta las opiniones vertidas por catedráticos y otras personas involucradas en este tema. Se ha intentado hacer realidad lo que han establecido la Organización Mundial de la Salud y el Comité Internacional para la Supervisión de las Técnicas de Reproducción Asistida -Icmart, por sus siglas en inglés-; este último ha reconocido oficialmente en su nuevo glosario de técnicas de reproducción asistida que la esterilidad y la infertilidad son enfermedades. Por ese motivo, tal vez en el análisis de este proyecto artículo por artículo podamos ser más explícitos en algunos de ellos. Vamos a acompañar en general este proyecto de ley pero, como ha dicho el señor Diputado Vega Llanes, también comprendemos a quienes consideren que no deben apoyar alguno de los artículos. Volvemos a insistir: nos parece fundamental que nuestro país cuente con un marco regulatorio en este aspecto, que nos dé garantías a todos. Gracias, señor Presidente.
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SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado Radío. SEÑOR RADÍO.- Señor Presidente: en primer lugar quiero reconocer a los miembros de la Comisión que me precedieron en el uso de la palabra porque han transparentado la complejidad del tema y los puntos críticos que hemos tenido en la discusión en Comisión. Quiero decir que ambos informes han sido muy leales; en particular quiero señalar el del señor Diputado Vega Llanes -con quien tuvimos muchas diferencias en el transcurso del debate de este tema en la Comisión-, que ha sido fiel a la forma en que planteó cómo fueron esos desentendimientos; por supuesto que él hizo su exposición basándose en sus convicciones, que me parecen absolutamente respetables. También quiero señalar el trabajo que tuvimos en la Comisión, tanto de los miembros a los que hacía referencia recién -los señores Diputados Vega Llanes y Chiesa- como del señor Diputado Bianchi, quien hoy no está presente, y en particular de la señora Diputada Sanseverino, con quien tuvimos muchísimas coincidencias en este tema, más que con los restantes miembros de la Comisión. No está de más señalar y hacer referencia, en particular, al ex Senador Cid, uno de los principales responsables de que hoy estemos considerando este tema, y al señor Diputado Lacalle Pou, quien hace más de un año presentó un proyecto que de alguna manera sacudió la modorra de la Comisión y colaboró para que nosotros le hincáramos más el diente a este tema. Quiero hacer un reconocimiento a todas las delegaciones que mencionó el señor Diputado Chiesa -el trabajo fue muy arduo- así como a la Secretaría de la Comisión; hasta hace un rato todavía estábamos discutiendo detalles del proyecto, que ya lleva más de un año de análisis. De verdad que este fue un tema muy complejo. Hemos resuelto acompañar este proyecto que regula la aplicación de las técnicas de reproducción asistida con nuestro voto en general, en el entendido de que se trata de un tema complejo, de alta sensibilidad, que involucra derechos de personas -en cuanto a la posibilidad de acceder a la reproducción- y que toca -como bien se ha mencionado- aspectos vinculados a lo deontológico, a la teoría de los valores, a la moral, a la ética, y a aspectos filosóficos. Así como
manifestamos que vamos a acompañar en general esta iniciativa, entendemos que el proyecto no termina de dilucidar de la mejor manera el tema, por lo que hemos dicho que vamos a plantear algunas salvedades en Sala. La primera constatación evidente es que estas técnicas se encuentran ampliamente extendidas en el mundo. El doctor Robert Edwards, un pionero en la investigación, llevó a cabo la primera concepción fuera del cuerpo de la madre. En el año 2010 fue galardonado con el Premio Nobel de Medicina. La primera fertilización in vitro de la historia data de 1978; Louise Brown fue la primera mujer que nació por fertilización in vitro el 25 de julio de ese año y en 2006, a la edad de 28 años, tuvo su primer hijo mediante fecundación normal. Al día de hoy, más de cinco millones de personas en el mundo nacieron por fertilización in vitro; lo que en su momento fue una gran polémica que continúa rodeada de incertidumbres, como la vida misma, hoy es un procedimiento bastante generalizado. En nuestro país, en el subsector público de ASSE, desde hace más de diez años funciona la Unidad de Reproducción Asistida en el Centro Hospitalario Pereira Rossell, en el Área del Hospital de la Mujer. Es un servicio de las Cátedras de Ginecología y Obstetricia que realiza procedimientos de baja complejidad de forma gratuita a las personas beneficiarias de ASSE y que tiene muy buenos resultados. Por ejemplo, en el año 2008 se lograron treinta embarazos. Por otra parte, desde agosto de 2009 se desarrolló durante un año en el Hospital de Las Piedras una experiencia que estuvo a cargo del doctor Roberto Suárez, Presidente de la Sociedad Uruguaya de Reproducción Humana, quien en el transcurso de ese año realizó setenta y tres fecundaciones in vitro. Este servicio fue suspendido en forma abrupta por el Directorio de ASSE. En el ámbito privado hay una historia de más de veinte años de técnicas de reproducción de alta complejidad y se han desarrollado en la órbita privada cuatro grupos que han alcanzado un gran desarrollo tecnológico. Nos parece importante señalar, como ha hecho el señor Diputado Vega Llanes, el comportamiento ético que han tenido hasta el momento -hasta donde nosotros sabemos; confiamos que es así- estos grupos privados, pero no hay regulación y esa es la
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peor situación. Este vacío legal podría estar propiciando la emergencia o el mantenimiento de eventuales problemas, conflictos éticos, dilemas morales irresueltos que no se debaten y que, por lo tanto, se perpetúan. Por lo tanto, entendemos que la regulación de las técnicas de reproducción humana asistida es estrictamente necesaria. Es imprescindible un marco normativo y la aprobación de un proyecto; con todas las limitaciones que este pudiera tener, es preferible a la situación actual de absoluta falta de supervisión y control. Sin embargo, el proyecto que tenemos a consideración en el día de hoy es notoriamente perfectible ya desde la indefinición de su finalidad; no se termina de definir lo que procura. ¿Busca realmente regular la aplicación de las técnicas de reproducción humana asistida o procura el tratamiento de determinadas disfunciones que aparecen definidas en el artículo 1º del proyecto? Esto dice relación con la intervención que realizaba hace un momento el señor Diputado Vázquez: la lectura del artículo 1º puede llevar a confusión. No es lo mismo regular la aplicación de las técnicas que procurar el tratamiento de las disfunciones. Además, estos asuntos no aparecen ligados en el texto; no existe en el texto una correspondencia entre la infertilidad, la esterilidad y la regulación para la aplicación de los métodos, por lo cual aparece una yuxtaposición de temáticas diferentes que parecería sugerir una asociación que posteriormente no se ratifica. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Pereyra) ——La redacción del artículo 2º del proyecto surgió como una alternativa a una formulación inicial que refería a las definiciones de esterilidad e infertilidad, aunque no se expedía respecto a la correspondiente prescripción de soluciones, de responsabilidades o de conductas. Generaba expectativas en el sector de la población afectada y finalmente la propia redacción del proyecto no la satisfacía. Era como un mero recordatorio de un déficit de nuestra sociedad al respecto, pero a continuación se termina arribando a la redacción propuesta, que no compartimos, que es una suerte de solución de compromiso, que luego de haberla estudiado no nos termina de conformar. El artículo 2º del proyecto, que se denomina “Deber del Estado”, transfiere toda la responsabilidad por las prestaciones a las entidades públicas o privadas que integran el Sistema Nacional Integrado de
Salud y en el segundo inciso se amortigua lo enunciado, dejando librada a la reglamentación la eventual participación de subsidios estatales. ¿Qué significa en este proyecto de ley hablar de niveles y condiciones de subsidio? ¿No va en contra de la racionalidad del Sistema Nacional Integrado de Salud que implica la aspiración de la cobertura de salud de la población por un seguro único? ¿Vamos a empezar a subsidiar afecciones? La incorporación de una prestación nueva, y bastante costosa -por cierto-, no contemplada hasta el momento actual, debería determinar -en todo caso- un ajuste del precio de la cápita, no un subsidio. Además, dejarlo librado a la reglamentación determina que la solución propuesta sea difícilmente sustentable por las instituciones prestadoras. Es más: en nuestra opinión se pone en riesgo la sustentabilidad de las empresas y del sistema. Además, no se ofrecen alternativas. Por estos motivos, no vamos a acompañar el artículo 2º. Uno de los puntos centrales -al que bien hacía referencia el señor Diputado Vega Llanes- y que ha generado mayores debates, incertidumbres, dudas y diferencias en torno al presente proyecto, es el relacionado con el derecho que tiene o no el hijo de conocer sus orígenes y, en definitiva, su identidad biológica. Comparto algunas consideraciones que hizo el señor Diputado Vega Llanes con relación a este tema. Estoy absolutamente de acuerdo con que padre es el que merece serlo y no el donante de esperma. Hay unos cuantos que son donantes de esperma, y no solo en un tubo de ensayo, que no merecerían ser tales, pero la realidad biológica es la que es. El artículo 8º del proyecto establece: “Sólo en circunstancias extraordinarias, que comporten un comprobado y grave peligro para la salud psicofísica del hijo, se podrá revelar la identidad del donante, siempre que ello sea indispensable para evitar ese peligro”. Y luego aclara: “Ese conocimiento tendrá carácter restringido, […]”. A su vez, el artículo 9º señala: “[…] salvo que, por caso de enfermedad sea necesaria su revelación”. Aquí desapareció el requisito de circunstancia extraordinaria y de comprobado y grave peligro. Por tanto, existe una especie de contradicción entre ambos artículos.
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El artículo 10, curiosamente denominado “Interés superior del niño”, establece que los hijos nacidos mediante la aplicación de estas técnicas tendrán derecho a conocer el procedimiento efectuado para su concepción. Estoy de acuerdo con esto, pero el texto no se expide respecto a cómo se viabiliza ese derecho. ¿A qué edad se haría efectivo? ¿Quién debería tener la iniciativa de revelar el procedimiento? El tema del conocimiento del origen no es trivial. Tiene que ver con el derecho a la identidad y forma parte de los derechos esenciales consagrados en el Código de la Niñez y la Adolescencia. La fórmula propuesta en este proyecto lleva a obstaculizar -salvo en las excepciones referidas a texto expreso- el conocimiento de la identidad. Desde nuestro punto de vista, en este tema el centro de gravedad debería ser el hijo y su derecho al conocimiento de su identidad. En todo caso, la formulación debería incluir todos los recaudos pertinentes o necesarios para que el conocimiento de la identidad del donante no generara derechos de tipo sucesorio, alimenticio, pensionario u otras obligaciones que pudieran afectar la finalidad de la norma. Se debe asegurar la satisfacción de este derecho, porque entendemos que es jerárquicamente superior a la norma que se pretende sancionar. Contrario sensu, el proyecto tiene como objetivo principal proteger el anonimato del donante, dándole las mayores garantías para evitar desestimular la donación. Me parece que este objetivo es loable. El problema surge cuando tenemos contraposición de derechos. Tampoco vamos a acompañar con nuestro voto el artículo 14 del proyecto, con el que tenemos diferencias de fondo. Valoramos mucho los esfuerzos que hicieron los integrantes de la Comisión para lograr el consenso, pero no ha sido posible subsanar las diferencias conceptuales insalvables que tenemos respecto a la disponibilidad de los embriones. En cambio, compartimos la redacción del artículo 16, que refiere a la filiación materna. Allí se define que estará determinada por el parto o la cesárea en los niños nacidos en aplicación de estas técnicas. Se trata de una manera de proscribir la posibilidad de lo que se ha dado en llamar madre de alquiler, vientre de alquiler, maternidad sustituta o subrogada. Sin embargo, corresponde señalar que la sola aprobación de este artículo podría determinar que, de
la multiplicidad de factores que inciden en la posibilidad de conseguir un embarazo -algunos de origen materno y, otros, de origen paterno-, la única limitante establecida expresamente desde el punto de vista jurídico, o sea, la determinante final, fuera una característica anatómica: la posesión o no de útero. Las técnicas de reproducción humana asistida habilitan desde la administración hormonal hasta la sustitución de gametos, pasando por la corrección de cualquier otro factor que impida la procreación. La aplicación de estas técnicas solo requiere de una expresión de voluntad, aun cuando no hubiese una disfunción manifiesta. O sea que se incluye la posibilidad de que el embarazo no se produzca por el mero hecho de que no se desea una fecundación natural, fruto de una relación sexual. Dado que el texto del artículo no determina requerimiento alguno relacionado con el estado civil de la receptora ni con la existencia de una relación de pareja estable o circunstancial, al permitir la corrección, la administración y la sustitución de cualquiera de los factores necesarios para el embarazo menos uno, que es la posesión de útero, podría determinar una inequidad entre las personas con anhelos de tener hijos, que se remite a la anatomía. De esta manera, se podrían satisfacer las demandas de tener hijos de mujeres solas pero no las de hombres solos, o se podrían satisfacer las demandas de parejas de mujeres homosexuales -que, inclusive, podrían embarazarse simultáneamente, y hasta del mismo donante-, pero no las de parejas de hombres homosexuales. Este es un efecto secundario no buscado del artículo 16, y nosotros entendemos que es claramente discriminatorio. La nueva redacción propuesta -que llegará a la Mesa como un sustitutivo o un aditivo al artículo 21introduce una relativización de esta proscripción y una excepción, ya que establece que no se podrán celebrar contratos a título oneroso o gratuito, exceptuando a los familiares de primer y segundo grado de consanguinidad. Esta es una alternativa que procura salvar la que hasta ahora era la única limitante no corregida en el proyecto. Por tanto, vamos a acompañar la votación en general de este proyecto, con las salvedades que hemos expresado: no vamos a acompañar los artículos 2º, 8º, 9º y 14. Gracias, señora Presidenta.
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SEÑOR VEGA LLANES.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VEGA LLANES.- Muchas gracias, señora Presidenta. Quiero decir -para que todos lo tengan claro- que cuando se establece un sistema de salud, cualquier sea, se subsidia la enfermedad. De lo contrario, habría que cobrar cuotas distintas a los que tuvieran determinadas patologías. De modo que no hay ninguna novedad. De hecho, eso es lo que pasa habitualmente. Hice un informe en el que confesé algunas de las dudas que tenía con la mayor de las amplitudes posible, tratando de no hacer ver que había bajado de algún lugar y tenía la verdad revelada, aceptando la posición de los demás y las dudas que pudieran existir y, sobre todo, teniendo muchísimo respeto por quienes piensan distinto. Me gustaría que todos tuviéramos la misma actitud, porque el que cree que tiene la verdad se puede llegar a equivocar. Además, traté de apelar a que no reaccionáramos ante estas cosas con fundamentalismos sino con la amplitud necesaria para respetar que hay quienes quieren utilizar estas técnicas y quienes no y, sobre todo, reconociendo que es necesario regular esta materia. Sin embargo, uno termina escuchando ciertas cosas que hacen que, más allá de que no tenga intenciones de monopolizar la palabra, deba contestar. Los hombres no están hechos para quedar embarazados. No hay manera de cambiar eso; no hay forma de arreglarlo. Capaz que es una discriminación, pero es lo que natura nos dio. Me parecen bárbaros los discursos sobre la igualdad y la libertad, pero somos distintos. Para mí igualdad no significa tratar a todo el mundo igual sino a cada uno según sus características. Plantear que hay una discriminación con respecto a las parejas homosexuales masculinas porque no se pueden embarazar significa llegar a un nivel en el cual es difícil mantener una conversación con cierto grado de razonabilidad. El tema es que las mujeres pueden quedar embarazadas y los hombres no. Eso no lo determinó una ley ni un Parlamento; no lo dijo ningún legislador, y es comprobable fácilmente saliendo a la calle cualquier día que a uno se le ocu-
rra. A partir de ahí se va a dar cuenta de que hay cosas que son inmodificables. Esta, por suerte, es una de ellas. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señora Presidenta: me parece que el informe que hizo el señor Diputado Vega Llanes fue muy bueno, amplio y comprensivo, y reveló las polémicas que tuvimos en la Comisión. Creo que no estamos acostumbrados a discrepar, y cuando alguien lo hace, parece que es irrespetuoso. Yo tengo un punto de vista diferente, y no pretendo imponerlo. No pretendí hacer énfasis en nada, pero tenía que decir cuáles eran mis diferencias. Además, destaqué el informe del señor Diputado Vega Llanes. Sin embargo, quise reafirmar mis diferencias, porque son las que tengo. Tenemos que acostumbrarnos a que pensemos distinto y a que podamos decirlo. Gracias, señora Presidenta.
16.- Rectificación de trámite.
SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Toledo, Bistolfi, Dávila, Casas y Perrachón. (Se lee:) “Mocionamos para que el proyecto de ley por el que se establece que los sujetos obligados por la Ley Nº 18.381 no podrán oponerse a la entrega de información cuando sea necesaria una autorización ambiental previa en caso de actividades que afecten el medio ambiente, Carpeta N° 1870/012, radicado en la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, pase a estudio de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y tres en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA.
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17.- Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación).
Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el señor Diputado Lacalle Pou. SEÑOR LACALLE POU.- Señora Presidenta: hace un tiempo algunos me preguntaban qué iba a ser del proyecto de ley sobre infertilidad y reproducción asistida. Yo, con cierta incredulidad, dije -y afirmo- que era como Santo Tomás: ver para creer. En realidad dudaba de que se llegara a un acuerdo en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de esta Cámara, y hoy he visto, así que he creído. Es cierto que la historia de estos temas en el Parlamento no es nueva. Es más: antes de presentar el proyecto de ley, en diciembre de 2010, lo primero que hice fue comunicarme telefónicamente con el doctor Cid, porque recordé que él había tratado este tema. La verdad es que en un acto de generosidad me dio un impulso y me contó cuáles habían sido sus obstáculos. A pesar de que el proyecto de ley que vamos a aprobar hoy es similar al de entonces, esta Comisión no se ha encontrado con esos obstáculos. Quizá sea un proceso de madurez o simplemente el tiempo pasó y esto se ve de forma distinta. También fui incrédulo cuando el señor Diputado Chiesa me dijo que estaba por agregar lo que para nosotros era fundamental en este proyecto: la declaratoria de enfermedad -como hizo la Organización Mundial de la Salud- y la obligatoriedad de que el Estado efectúe la prestación de análisis, tratamientos, etcétera. Hace poco tiempo el señor Diputado Chiesa me dijo que la Comisión había acordado una redacción, que es la que hoy llega a esta sesión. Por lo menos yo estoy gratamente sorprendido de que en un tema tan sensible, de tantas aristas, hoy estemos llegando a un texto en común. La mayoría de los temas que nosotros abordamos nos llegan a través de grupos de gente o individuos que tienen un problema. Y en nuestras recorridas o audiencias nos encontramos con colectivos, con gremios, con cámaras o con gente en la calle, y vamos tomando conocimiento de sus problemas. Algunos otros temas nos calan hondo y los conocemos porque los padecemos en carne propia. Entiendo que a mucha gente temas de extrema sensibilidad no le signifiquen mucho, porque hasta que uno no se encuentra en una situación personal determinada segu-
ramente no puede evaluar lo que es para la vida de un individuo, de un ser humano, de un hombre, de una mujer o de una pareja. Es el caso de quien habla. De mis tres hijos, los dos primeros, los mellizos, nacieron gracias a la ciencia; gracias a las técnicas que hace mucho tiempo en varios países se están estudiando y practicando -y aquí suscribo lo que decía el señor Diputado Vega Llanes-, la enorme mayoría de las veces con muchísima ética y apegados a las buenas costumbres. Es más, dicen los que conocen del tema que los míos son los primeros mellizos producto de embriones congelados en la historia de nuestro país. No quiero hacer de esto una historia personal, pero sí contar que mi tercer hijo se coló en esta enfermedad tan extraña. No soy médico, pero basta con ver los ejemplos para darse cuenta de que es una enfermedad fisiológica y psicológica, a veces de un solo tipo y otras de los dos. Yo formo parte del 17% que, en la búsqueda del nacimiento querido y de formar una familia, pudo dar con los profesionales y el asesoramiento indicado y con el proceso interno que conlleva una decisión de este tipo. Y además pude, señora Presidenta, tener el dinero para hacerlo, que no es menor al momento de tomar una decisión. Para los que no conocen de este tema, no estamos hablando de US$ 500, US$ 1.000 o US$ 1.500, sino de tratamientos que ascienden a US$ 6.000 o US$ 9.000, con el agravante de que nadie puede asegurar el embarazo, porque la ciencia ha llegado a juntar los gametos, pero -los creyentes dirán que es Dios el que lo puede llegar a implantar en el útero; los demás dirán que es la madre naturalezanadie asegura que una vez gestado ese embrión se va a depositar en la cuna que forma el útero. Esta enfermedad trae efectos psicológicos que si uno no los padece quizás sea incapaz de imaginárselos. El hombre -el macho- vino al mundo para reproducirse, para tener hijos, y la madre para gestar, para llevar en su vientre un hijo. La imposibilidad de lograrlo es una disminución de la masculinidad -sobre todo en nuestras sociedades- y de la femineidad, que va deteriorando aun más el ánimo y generando angustia. Como dije antes, esta enfermedad tiene un altísimo contenido psicológico, y hace que cada vez más nos vayamos encerrando en estos temas, de modo de imposibilitar la gestación natural. Después les voy a contar un par de anécdotas.
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Entonces, este proyecto de ley, cuando salga de esta Casa, ya va a tener un disparador. Uruguay habla de estos temas. Uruguay no tiene vergüenza. Uruguay corre el velo de la hipocresía y de muchas cosas que, a veces, no nos permiten hablar libremente de estos temas. Y hoy les puedo asegurar que hay algunas parejas que en los laboratorios se miran de costado y a las que les resulta muy difícil afrontar una situación de este tipo cuando, por ejemplo, tienen una familia creyente. Yo lo resolví bien fácil en mi familia, que es creyente. No tuve ni un obstáculo moral ni me sentí menos cristiano por acudir a la ciencia. Es más: creo que la ciencia es una herramienta que Dios dio al hombre para que pudiera evolucionar. Es cierto que muchas veces se utiliza para deformar pero, en este caso, es una herramienta. Una vez estaba con un amigo que es muy creyente -de “los domingos a misa”, como se decía antes- quien me empezó a hablar en contra de la fertilización in vitro. Mientras conversábamos, pasaron corriendo mis dos hijos con su hija, entonces, llamé a mis hijos y le dije: “¿Qué ves ahí? ¿Qué ves en esos chiquilines?”. Quedó seco. Le dije: “Yo veo una obra de Dios. Yo veo vida”. Como decía, en lo personal, nunca me sentí disminuido como hombre ni el freno moral, así que hoy vengo aquí tranquilísimo, con todo mi bagaje de valores, de principios, creyendo que esta es una herramienta que, para algunos la madre naturaleza, para otros Dios, nos ha brindado para poder generar vida. Y estamos en un país que necesita la llegada al mundo de hijos deseados. Todos sabemos cuál es la pirámide etaria en nuestro país, cómo está la base, cómo está la cúspide. Todos sabemos que en nuestro país hay miles de parejas que están deseando ser padres. Todos sabemos que en nuestro país hay más de un par de miles de parejas procurando ser padres adoptivos. Nuestra sociedad necesita familias, señora Presidente. Como dije hace un instante, es vital la incorporación del artículo 2º a este proyecto de ley. Creo que es el corazón de esta iniciativa. El artículo 1º declara la esterilidad como enfermedad, pero de no existir el artículo 2º la situación sería como dice un amigo mío: “Jugamos como nunca y perdimos como siempre”, porque hubiésemos regulado todas las técnicas que, de hecho, se practican consuetudinariamente aunque, en realidad, aquellas parejas que no tienen la capaci-
dad económica de acceder a un tratamiento, hoy se habrían ido con la misma desazón que acarrean hace muchísimo tiempo. Entonces, este es un momento bien importante. El proyecto de ley que hoy saldrá de esta Casa y que tozudamente seguiremos en el Senado es muy importante, tanto para el bolsillo de muchas parejas, como para su psiquis; no sé evaluar los porcentajes, aunque tampoco quiero hacerlo porque, seguramente, es algo aleatorio. Estos son disparadores. Sobran casos. Un íntimo amigo, que quedó endeudado con familia y amigos, hizo tres fertilizaciones asistidas y las tres le fallaron. Se tuvo que mudar de la casa y, por el solo hecho de cambiar de ambiente, hoy está esperando su segundo hijo gestado naturalmente. Una chiquilina, que se llama Cecilia, que venía a esta Casa para ayudarse a cargar con su problema, pero que se daba cuenta de que era un tema que aquejaba a mucha gente de la sociedad, se dijo: “¿Qué puedo hacer? Juntar firmas. ¿Y qué más? Poner pasacalles”. Y arrancó, solita, a hacerlo. Hasta que un día llegó a nuestro despacho y me dijo: “Estoy embarazada”. El solo hecho de que Cecilia se haya olvidado de su problema y se haya hecho cargo del problema de los demás, permitió a su cuerpo y a su psiquis lograr un embarazo natural. Entonces, la razón principal de la existencia de este proyecto de ley es regular el tema, dejarlo claro y hacerlo accesible, pero esa es otra que no podemos evaluar. De todas maneras, señora Presidente, quédese tranquila, porque esta noche, en muchas casas de nuestro país, habrá gente que se sentirá liberada y comenzará nuevamente a vivir. Muchas gracias. SEÑOR GAMOU.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LACALLE POU.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR GAMOU.- Señora Presidenta: muy brevemente, quiero decir que manejamos este tema hace más de un año. Hacía tiempo se estaba manejando un proyecto del doctor Alberto Cid. Luego recibimos la iniciativa del Diputado Luis Lacalle Pou. Lo que me parece fantástico es que hoy podamos decir: “Este sistema político, este Parlamento, tiene un proyecto de ley respecto al cual los señores Diputados Berta Sanseverino -una gran promotora-, Álvaro Vega Llanes,
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Daniel Bianchi, Antonio Chiesa y Daniel Radío llegaron a consenso”. ¡Qué bueno esto! Reitero: hace años que esto lo estaba manejando el doctor Alberto Cid. Luego hubo un proyecto presentado por el Diputado Luis Lacalle Pou -a quien agradezco me haya concedido esta interrupción- que parecía medio loco pero, en definitiva, hoy estamos aprobando esta iniciativa con muchísimo gusto. Como dijo el Diputado Lacalle Pou, quizás esta noche haya muchas familias que duerman o que conversen en la mesa con gran alegría. Me parece que hoy es un gran día para el Parlamento nacional, que muestra cómo en las cosas muy importantes nos podemos poner todos de acuerdo. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Puede continuar el señor Diputado Lacalle Pou, a quien le resta un minuto de su tiempo. SEÑOR LACALLE POU.- Señora Presidente: simplemente, quiero adelantar mi posición en lo que respecta al alquiler de vientres. Conozco un caso sonado, que es el de una comunicadora uruguaya que, en virtud de una enfermedad propia, viajó a Estados Unidos de América con sus óvulos y los espermatozoides de su marido, donde consiguieron un vientre. Hoy tienen un hijo, aquí, en nuestro país. Seguramente, debe haber habido un intercambio oneroso. La verdad es que cuando la causa que se persigue es justa, no me importa si se logra de forma gratuita u onerosa. Así que, desde ya, digo que estoy dispuesto a votar, tanto la posibilidad de que un familiar preste el vientre, como la de que una persona ocupe tiempo e higiene de su vida, dejando de hacer otras cosas para que exista una vida, aunque sea de forma onerosa. Gracias, señora Presidente.
el proyecto de ley: ‘Centros Poblados. (Se sustituye el artículo 16 de la Ley N° 10.723, en la redacción dada por el artículo 2º de la Ley N° 18.367, y se convalidan ciertos actos realizados en infracción a la misma)’. (Carp. 1792/2012). (Rep. 952/012 y Anexo I)”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en sesenta y uno: AFIRMATIVA.
19.- Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación).
Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra la señora Diputada Sanseverino. SEÑORA SANSEVERINO.- Señora Presidenta: con muchísimo gusto voy a votar esta propuesta y a hacer algunas consideraciones. Este es un tema muy importante en el que, durante muchos años, no ha habido rectoría. Hay falta de control de los centros que practican estos tratamientos y, tal como decían todos los colegas, hay inequidad en el acceso porque se trata de tratamientos que deben llevarse a cabo en clínicas privadas de alta complejidad, cuyos costos son francamente muy importantes e inaccesibles para la mayor parte de las parejas jóvenes. Asimismo, hay falta de formación de técnicos, no hay planificación ni trabajos sobre el tema para hacer prevención y todos los estudios necesarios. En definitiva, se debe a que este tema ha estado fuera de la rectoría del Estado, en este caso del Ministerio de Salud Pública. Como bien decía el colega Diputado Chiesa, hemos recibido a muchísimas delegaciones y, tal como señalamos todos, esta iniciativa es extraordinariamente compleja. De cualquier manera, para mí, como legisladora, lo más importante es votar un proyecto de ley que no solo fije las grandes líneas a efectos de hacer posible que estas técnicas se lleven adelante con toda la seriedad requerida y los controles estatales necesarios, sino que establezca que el Estado debe planificar, estudiar cómo incorpora esto como prestación y ver cuánto va a incidir en el valor de esas técnicas. Eso me parece fundamental y no podíamos seguir demorando en Comisión la discusión de muchí-
18.- Preferencias.
SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Dese cuenta de una moción de orden presentada por la señora Diputada Matiauda y los señores Diputados Amarilla, Asti y Lima. (Se lee:) “Mocionamos para que se incluya en el orden del día de la sesión ordinaria del 10 de octubre,
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simos temas importantes, sobre todo porque estas técnicas van cambiando, así como los valores que las sustentan. En un inicio -inclusive cuando nuestro querido compañero, el ex Senador Cid, hizo su proyectohabía una mirada sobre las parejas heterosexuales. Hoy hay una mirada mucho más amplia, que tiene que ver con la incorporación de derechos, de legislaciones nuevas; todo eso es tenido en cuenta en este proyecto. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Orrico) ——Aclaro que voy a votar el proyecto en su totalidad -lo votaremos todos los legisladores frenteamplistas-, pero hay algunas cuestiones que me parece importante señalar. Por ejemplo, me hubiese gustado otra redacción para el artículo 1º. Asimismo, se ha incorporado lo que se entiende por pareja infértil, que me parece no corresponde establecer en una norma; si se quiere, hasta es una intromisión en la vida privada. Me refiero a cuando se establece: “[…] se entiende por pareja estéril aquella que luego de doce meses de relaciones coitales frecuentes, sin medidas anticonceptivas, no ha logrado una gestación […]”. Pienso que perfectamente se podría haber obviado esto aunque no voy a hacer problema, porque lo que yo quiero es que esta propuesta se apruebe, pues hay necesidad del Estado de apropiarse de temas que son vitales para la salud pública, para la salud de las parejas y, además, porque hay colectivos que están esperando esta ley. Hay que tener en cuenta que quienes más la necesitan son, precisamente, las ciudadanas y los ciudadanos a los que el Estado debe dar respuesta. Por eso me habría gustado que el artículo 1º de esta propuesta fuera similar al de la Ley Nacional de Fertilización Asistida aprobada por la Cámara de Diputados de la República Argentina que, en su artículo 2º establece: “Definición. A los efectos de la presente ley, se entiende por reproducción médicamente asistida a los procedimientos y técnicas realizados con asistencia médica para la consecución de un embarazo. Quedan comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones.- Podrán incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances técnico-científicos, cuando sean autorizados por la autoridad de aplicación”. En el artículo 3º, se establece: “Autoridad de aplicación. Será la autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud de la Nación”.
Y el artículo 1º dispone: ” La presente ley tiene por objeto garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida”. Me parece interesante hacer estas observaciones porque cada uno llegó a la conclusión de que este proyecto tiene muchas cosas positivas y algunas cuestiones que, por lo menos a mí, me provocaron ciertas preocupaciones. Como varios Diputados dijeron, en cuanto a la identidad de las personas -más allá de lo manifestado por el compañero Vega Llanes respecto al artículo 8º y tal como señalaron las Cátedras de Derecho de Familia, de Derecho Civil y las autoridades del Ministerio-, cabe señalar que ese derecho ya está consagrado en varios leyes, como en nuestro Código y en la Convención de los Derechos del Niño. Por lo tanto, ahí habría una restricción legal que probablemente se dilucide en el Senado, aunque tal vez el peso de la Convención sea mayor y eso haga que este artículo no pueda aplicarse en los términos establecidos. Me parece que eso importa mucho. Lo que sí nos aclararon todos es que la ley debía ser muy clara respecto al padre que dona -o sea, el padre genético, no el padre que lo cría, lo educa, vive con él y le da su apellido-, en el sentido de que deberá haber claras restricciones en cuanto a los derechos sucesorios y económicos. Quiere decir que este proyecto de ley salva las responsabilidades del donante a través de una clara definición. También me parece importante destacar que lo que hoy no existe, este proyecto lo establece en su artículo 23. Se trata de una garantía importante, ya que se crea la Comisión de Reproducción Humana Asistida que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Salud Pública. Esta Comisión estará integrada por un representante del Ministerio de Salud Pública, que la presidirá, un representante del Instituto de Donación y Transplante, un representante de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, un representante de las Sociedades Científicas dedicadas al tema, debidamente acreditadas, y un representante del Colegio Médico del Uruguay. Asimismo, se señala que podrá crear Consejos Asesores transitorios o definitivos, teniendo en cuenta la representación de las organizaciones no gubernamentales que trabajan en el tema, que siempre nos han acompañado y -como buena cosa- exigiendo una rápida dilucidación. Creo que eso es muy importante porque siempre hablamos de participación ciudadana y del rol de la sociedad ci-
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vil, por lo que debemos ser coherentes y tener muy en cuenta a estos sectores. Serán cometidos de esta Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida asesorar al Ministerio de Salud Pública sobre políticas de reproducción humana, así como los avances en la materia; investigar y determinar la pertinencia de nuevas técnicas; hacer la vigilancia ética de los procedimientos; y los que determine la reglamentación. Por lo tanto, señor Presidente, llegó un momento en que esta iniciativa debía terminar su ciclo en la Comisión -no podía seguir indefinidamente discutiéndose entre nosotras y nosotros; había que darle un cierre- y, en eso de mirar el medio vaso lleno en lugar del medio vaso vacío, considero que llegamos con una propuesta que contiene las observaciones que todos hemos hecho y que es muy positiva, muy importante, pues viene a ayudar a las familias y a la sociedad y le da al Ministerio el marco rector que corresponde. Esto implica pensar cómo contribuimos nosotros a que estos procedimientos y técnicas sean accesibles a la mayoría de la ciudadanía, que forma parte de lo que hablamos cuando nos referimos a la justicia y a la igualdad. Es por eso que voy a votar este proyecto con toda seguridad y confianza, luego de haber señalado aquellos aspectos que me habría gustado fueran diferentes, pero eso corresponde a una lógica de personalismos e individualismos con la que nunca trabajé; hay que saber trabajar en la lógica de los colectivos. SEÑORA PAYSSÉ.- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA SANSEVERINO.- Sí, señora Diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir la señora Diputada. SEÑORA PAYSSÉ.- Agradezco a la compañera Diputada Sanseverino la interrupción que me concedió. Señor Presidente: considero que la aprobación de este proyecto constituye un avance cualitativo muy relevante en materia de legislación. Tenemos una deuda importante con aquellas uruguayas y aquellos uruguayos que no han podido engendrar hijos y que estuvieron peregrinando en busca de una solución no fácil; como bien dijo el señor Diputado Lacalle Pou, no todos aquellos que quieren mucho un hijo pueden tenerlo, por las causas que explicó y que no repetiré.
Oportunamente me había comprometido con algunas organizaciones que me visitaron a hablar en una media hora previa de este tema -que es de derechos-, pero advertí que la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social estaba dando un gran salto al aprobar este proyecto y enviarlo al plenario. Sin embargo, no quiero dejar de cumplir el compromiso que asumí en su momento de plantear este tema desde la visión de los derechos. Tener hijos no puede ser un privilegio porque es un derecho, y la espera no puede ser una tortura porque no todos están en condiciones de afrontar los tratamientos que son, como bien se dijo, enormemente costosos. La espera, como decían algunas de estas organizaciones, se hace eterna y transforma a las personas, volviéndolas seres desesperanzados y, a veces, provocándoles problemas psicológicos, como se manifestó. Independientemente de que la Organización Mundial de la Salud haya declarado la infertilidad o la esterilidad como una enfermedad, no es lo mismo decir que las personas están enfermas; si bien se trata de un matiz, hace a la esencia de cómo puede sentirse una persona. Creo que, por sus características, al aprobarse este proyecto -a pesar de las dudas que plantearon los colegas, que comparto, aunque de todas maneras lo voy a votar “in totum”- vamos a ir emparejando a aquellas uruguayas y a aquellos uruguayos que quieren ser padres y que no pueden lograrlo, por lo que ya se ha explicado y por eso no me voy a extender. Reitero mi gran convicción en aprobar este proyecto. Expreso mi alegría de que aquellas uruguayas y aquellos uruguayos, que peregrinaron durante tantos años buscando una solución a su problema, encuentren con la aprobación de este proyecto en el Senado -que espero sea rápida y no se encajone, porque sería bastante decepcionante-, una herramienta legislativa que, con su correspondiente reglamentación, pasará a formar parte de lo que considero son derechos de nuestros conciudadanos y nuestras conciudadanas. Muchas gracias, compañera Berta; muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar la señora Diputada Sanseverino.
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SEÑORA SANSEVERINO.- Señor Presidente: espero que este proyecto, que refleja el acuerdo que hemos alcanzado los cuatro partidos, que trabajamos con mucha responsabilidad -la demora se debió, precisamente, al profundo estudio de los aportes y materiales que nos fueron dejando distintas entidades- sea aprobado rápidamente en el Senado -como fue el proyecto del compañero ex Senador Cid- y se convierta en ley, y así el Parlamento ganaría en responsabilidad, sobre todo en estos temas de tanta importancia. Muchas gracias.
Del señor Representante Gonzalo Novales, por los días 9 y 10 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Fernández Sarutte”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en cincuenta y cuatro: AFIRMATIVA. Quedan convocados los correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:)
20.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Felipe Carballo, por el día 10 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Saúl Aristimuño. Del señor Representante Hermes Toledo Antúnez, por el día 11 de octubre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Alba Sarasola. Del señor Representante Andrés Lima, por el día 11 de octubre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Ana Irene Lima. Del señor Representante Darío Pérez Brito, por el día 11 de octubre de 2011, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Corujo. Del señor Representante Guzmán Pedreira, por los días 10 y 11 de octubre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Olga Silva. Del señor Representante Juan Manuel Garino Gruss, por el día 9 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, Nicolás Ortiz.
“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside, me conceda licencia por el día miércoles 10 de octubre de 2012, por motivos personales. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, FELIPE CARBALLO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 10 de octubre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo, por el día 10 de octubre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día, al su-
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plente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Saúl Aristimuño. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, LUIS A. LACALLE POU, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 8 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito a usted, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales el día 11 de octubre de 2012. Pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, HERMES TOLEDO ANTÚNEZ Representante por Treinta y Tres”. “Montevideo, 8 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: El que suscribe Gustavo Domínguez, C.I. Nº 2.824.429-4, C.C. FAA 35.576 a través de la presente comunica a Usted que, en mi calidad de primer suplente del Diputado Hermes Toledo, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Hermes Toledo para el día 11 de octubre de 2012. Sin más, saluda atentamente, Gustavo Domínguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Hermes Toledo Antúnez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 11 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Gustavo Domínguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su
artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Hermes Toledo Antúnez, por el día 11 de octubre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Gustavo Domínguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 4090, del Lema Partido Frente Amplio, señora Alba Sarasola. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, LUIS A. LACALLE POU, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por este medio y por motivos de índole personal, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia, por el día jueves 11 de octubre de 2012. Sin otro particular saluda atentamente, ANDRÉS LIMA Representante por Salto”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular Dr. Andrés Lima, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente, Felipe Mutti”.
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“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular Dr. Andrés Lima, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saludo atentamente, Nadia Cordone”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular Dr. Andrés Lima, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente, Martín Pertusatti”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Salto, Andrés Lima. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 11 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Felipe Mutti, Nadia Cordone y Martín Pertusatti. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Salto, Andrés Lima, por el día 11 de octubre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Felipe Mutti, Nadia Cordone y Martín Pertusatti.
3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 888, del Lema Partido Frente Amplio, señora Ana Irene Lima. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, LUIS A. LACALLE POU, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 11 de octubre, por motivos personales. Sin más, la saluda atentamente, DARÍO PÉREZ BRITOS Representante por Maldonado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez Brito. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 11 de octubre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez Brito, por el día 11 de octubre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1813, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Corujo. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, LUIS A. LACALLE POU, NELSON ALPUY”.
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“Montevideo, 2 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales los días 10 y 11 de octubre. Saluda atentamente, GUZMÁN PEDREIRA Representante por Flores”. “Montevideo, 2 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Martín Pedreira, de acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, en el día de la fecha comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más saluda atentamente, Martín Pedreira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 10 y 11 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Martín Pedreira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira, por los días 10 y 11 de octubre de 2012.
2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Martín Pedreira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 60977321, del Lema Partido Frente Amplio, señora Olga Silva. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, LUIS A. LACALLE POU, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que Ud. tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 9 del corriente mes y año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima, JUAN MANUEL GARINO GRUSS Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Manuel Garino Gruss. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 9 de octubre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Manuel Garino Gruss, por el día 9 de octubre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Vota-
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ción Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Nicolás Ortiz. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, LUIS A. LACALLE POU, NELSON ALPUY”. “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito ante la Cámara de Representantes licencia por motivos personales los días 9 y 10 de octubre de 2012 (inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 17.827). Sin más, lo saluda atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”. “Risso, 4 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta vez no aceptaré la convocatoria de la cual fui objeto, en virtud de la solicitud de licencia presentada por el señor Representante Nacional por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales para los próximos días 9 y 10 de octubre de 2012. Sin más, lo saluda muy atentamente, Jorge Rodríguez Britos”. “Mercedes, 5 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted, con el fin de poner en su conocimiento, que de acuerdo a la convocatoria que he recibido para asumir la Cámara los próximos 9 y 10 de octubre, por razones de fuerza mayor en esta oportunidad no podré asumir dicha convocatoria y solicito licencia para esta oportunidad. Sin más que agregar le saluda muy atentamente, Gonzalo Castillo”.
“Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, me dirijo a usted, con el fin de poner en su conocimiento, que de acuerdo a la convocatoria que he recibido para asumir la Cámara los próximos 9 y 10 de octubre, por razones de fuerza mayor en esta oportunidad no podré asumir dicha convocatoria y solicito licencia para esta oportunidad. Sin más que agregar le saluda muy atentamente, Florencia Besozzi”. “Cardona, 8 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Desisto por única vez de acceder a la Suplencia de la Banca del Partido Nacional en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Diputado Gonzalo Novales los días 9 y 10 de octubre. Sin otro particular saluda a usted atentamente, Juan Gronrróz”. “Mercedes, 8 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que en esta oportunidad, no acepto, en mi carácter de suplente, ocupar la Banca de Diputado del titular Sr. Gonzalo Novales, quien solicitó licencia los días 9 y 10 de octubre del presente año. Saludo a usted atentamente, Alarico Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 9 y 10 de octubre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Jorge Rodríguez Britos, Gonzalo Castillo, Florencia Besozzi, Juan Gronroz y Alarico Rodríguez.
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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo primero de esta. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales, por los días 9 y 10 de octubre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Jorge Rodríguez Britos, Gonzalo Castillo, Florencia Besozzi, Juan Gronroz y Alarico Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 903, del Lema Partido Nacional, señor Daniel Fernández Sarutte. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, LUIS A. LACALLE POU, NELSON ALPUY”.
debe contar con la libertad correspondiente y con las garantías del Estado, en todo sentido, para lograrlo. Uno conoce de cerca la vida de muchas parejas, de muchas mujeres, peregrinando tanto si desean tener un hijo como si no lo desean, en ambos casos cayendo en el lucro de los particulares. Cuando discutimos el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo tuve la misma coherencia que ahora para aprobar el proyecto: la garantía de la libertad de esa ciudadana o de ese ciudadano que quiere acceder a un tratamiento. Hoy es inequitativo porque solo lo pueden pagar quienes tienen dinero; eso es inequidad y debe corregirse, y el Estado tiene la obligación, sin moralizar ni juzgar desde ningún punto de vista, de garantizar sus derechos. Este tema ha tenido idas y venidas, marchas y contramarchas; es un tema complejo. No voy a hablar desde el punto de vista médico porque no me siento capacitada, pero me siento capaz de opinar como política, sobre todo como ser humano, porque conozco la cruda realidad que han vivido -ya lo manifesté en una ocasión- y viven otras ciudadanas, que es de extrema crueldad. Por esas parejas, que con toda ilusión quieren traer un niño o una niña al mundo, que se aman profundamente y que encontrarían en su hijo o hija una hermosa manifestación de vida hacia el futuro y que no lo pueden hacer por una enfermedad crónica, estoy de acuerdo con que el artículo 2° es el corazón del proyecto. De no ser así -como establece el artículo 1°-, de no ser una enfermedad crónica, el artículo 2° no podría existir. Precisamente ese artículo es el que trabaja en equidad y garantía de libertad hacia los ciudadanos, porque hay personas que por razones económicas se ven privadas de un procedimiento que tal vez podría dar cumplimiento a sus deseos de reproducirse: no lo puede hacer porque las personas no tienen las condiciones económicas para ello. Como yo creo que el Estado debe ser garante de la equidad y de la libertad de los ciudadanos en el cumplimiento de sus deseos, más allá de que haya alguna presunción sobre algún artículo, voy a apoyar este proyecto. Capaz que me equivoco, pero no hay que ser tan soberbio; somos seres humanos y nos podemos equivocar. El proyecto puede tener alguna omisión o detalle, pero creo que lo sustantivo es que atiende la situación humana, que le garantiza la equidad y la libertad de opción.
21.- Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación)
——Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra la señora Diputada Tourné. SEÑORA TOURNÉ.- Señor Presidente: en principio me gustaría reconocer lo que a mi entender es un avance importante en la madurez de esta Cámara -no solo con respecto a este proyecto-, ya que en este último tiempo hemos estado discutiendo proyectos muy importantes relativos a la vida de nuestros conciudadanos y nuestras conciudadanas. Ambos proyectos fueron polémicos y abordaron temas de una enorme delicadeza. Creo que la Cámara ha resuelto con dignidad republicana todos los casos, y, por las firmas que acompañan este proyecto, también lo hará con este. Estoy convencida de que nuestra sociedad debe profundizar en la equidad y en la libertad de las personas, y por eso siempre trato de trabajar con coherencia. Creo que el Estado debe garantizar la libertad de opción de las personas, y cuando una pareja decide tener un hijo y lo quiere recibir con todo el amor,
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Si una persona o pareja quiere tener un niño y por una enfermedad crónica no lo puede hacer, debe tener el derecho de acceder, aunque no tenga el dinero para pagar el tratamiento, y que haya un Estado responsable detrás. Por eso es fundamental, como señaló mi compañera, la Diputada Sanseverino, que el Ministerio de Salud Pública sea el organismo rector en esta materia. Pienso exactamente lo mismo que pensé y expresé cuando se trató el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo. Digo esto porque como Estado no puedo decidir por los ciudadanos. Al contrario, como Estado tengo que garantizar su libertad, tengo que garantizar la equidad, y tengo que llenar de posibilidades el mundo. ¿Para quién estaban dadas las posibilidades hasta este proyecto? Solo para aquellos que podían pagarlo; ¡solo para ellos! Y aun así, como muy bien dijo en su intervención el señor Diputado Lacalle Pou, no está garantizado todo porque, por suerte -¡por suerte!-, los seres humanos tenemos esa magia que no permite que seamos manejados desde afuera. Se nos pueden dar las posibilidades, pero no hay nada que garantice que esto se concrete, aunque tengamos el mayor deseo de ello. No hay nada que lo garantice. Es cierto que el camino de las parejas que deciden con enorme amor tener su hijo y no pueden cumplir su deseo es torturante; es verdad. Es un camino de frustración, de enorme pena, de dolor y lleno de contradicciones; ¡caramba!, vuelven a aparecer las contradicciones, igual que cuando hablé en oportunidad de tratar el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo. Es contradictorio y también nos remueve, pero únicamente a través de la garantía del Estado -como está dada en este proyecto- es que, a partir de su aprobación en el Senado, muchas personas -mujeres y hombres- que no soñaban siquiera con la posibilidad de que su decisión de tener un hijo fuera apoyada, más allá de tener o no recursos económicos, podrán tenerla. Por lo tanto, desde lo más profundo de mi corazón apoyo con fervor que las parejas uruguayas, que los ciudadanos uruguayos y las ciudadanas uruguayas -sea cual sea su opción- tengan la garantía y la libertad de llevar adelante sus decisiones. Este es un avance muy importante en este período legislativo. ¡Muy importante! Creo que, a pesar de los riesgos que algún colega presuma puedan existir con este proyecto, como
las cosas son perfectibles y no perfectas porque las hacemos los humanos, siempre es ganancia garantizar un derecho antes que no hacerlo por exquisitez legislativa. Por lo tanto, como he manifestado en otras oportunidades, voy a apoyar realmente convencida el proyecto que se presentó y que han informado los miembros de la Comisión, a quienes reconozco que si no fuera por su voluntad política personal, tal vez este proyecto no se habría concretado, habría naufragado. Este no es un gran proyecto de lobbies -como otros que se discutieron en el plenario- o de gran publicidad periodística; he visto poquitos renglones dedicados al tema. Sin embargo, creo que fue decisiva la voluntad política personal, más allá de los partidos que obviamente representan los colegas y las colegas de esta Cámara que integran la Comisión. Creo que lo han hecho muy bien, que nos han dado a todos la oportunidad de discutir este tema -lo hacemos todos con absoluta tranquilidad y beneplácito- y, tal vez, en un futuro, aunque reconozco que este es un avance, podamos avanzar un poco más. la oportunidad Sinceramente, doy mi total apoyo a este proyecto que, como bien se ha dicho, esperemos tenga un rápido tratamiento en el Senado para que se convierta en realidad y ensanche el camino de las opciones libres de nuestros conciudadanos. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado Amado. SEÑOR AMADO.- Señor Presidente: en primer lugar, quiero felicitar al ex Senador Cid porque, sin duda, fue un visionario al presentar este tema hace más de quince años, cuando seguramente este asunto era más tabú que hoy en día. También felicito al señor Diputado Lacalle Pou por el coraje y la perseverancia para poner este problema arriba de la mesa. Desde mi perspectiva, estos temas pocas veces traen votos, pero logran solucionar problemas cotidianos de la gente, lo que me parece es muy importante. Por último, deseo felicitar a quienes integran la Comisión, que lograron llegar a un consenso a efectos de que hoy estemos tratando este proyecto en la Cámara.
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El señor Diputado Vega Llanes habló de aspectos filosóficos, de moral y de ética que muchas veces pueden incidir en los legisladores. Con toda franqueza y honestidad, quiero señalar que defiendo este tipo de cosas con la moral laica. Soy muy respetuoso de otras morales, de otras creencias, filosóficas y religiosas pero, desde mi punto de vista, la moral laica es la moral del Estado uruguayo, es la moral de la libertad y de la tolerancia, porque es adogmática y porque -como se dijo en Sala- no obliga a nadie a hacer lo que no quiere, pero sí permite, al hombre que quiere hacerlo, llevarlo a cabo. Apoyamos este proyecto porque apunta y va en el camino de evitar frustraciones, desencantos y amarguras de miles de parejas que no logran alcanzar esa meta tan humana y tan natural: tener hijos. Además, este es un proyecto que, a nuestro juicio, beneficia a quienes no tienen cómo defenderse, a quienes no tienen el respaldo económico para concretar su sueño. En definitiva, beneficia a los más necesitados, a los más débiles, y es en esos casos en los que, precisamente, el Estado tiene que estar presente, porque es el escudo de los débiles. Para muchos uruguayos, la realización de su vida es tener hijos. Hoy siento que avanzamos para que aquellas parejas de uruguayos que no pueden tener hijos y no tienen dinero, logren concretar precisamente esa realización de vida personal tan importante. Siento que hoy este Parlamento, este sistema político, está realizando un avance importante, relevante de madurez y de libertad. Por eso, con profunda alegría y convencimiento voy a apoyar este proyecto. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado Michelini. SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: quisiera iniciar mi intervención resaltando el nivel del debate y la franqueza del informe del señor miembro informante y de los otros integrantes de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de la Cámara porque, a través de sus expresiones, han demostrado la complejidad del tema y las dudas y dificultades que han tenido al legislar sobre este asunto. Por lo tanto, tratar un tema tan complejo con este enfoque, es decir, partiendo de las dudas y no de
las certezas, eleva la calidad del debate parlamentario. Se ha resaltado la complejidad del tema de la salud pública con la incorporación de nuevas tecnologías en materia de reproducción humana, que claramente hace al ejercicio de la profesión médica, a su vinculación con el dinero y los intereses, que también incluye los laboratorios. La falta de reglamentación de alguna manera hace que estos temas de bioética, presentes en todo el ejercicio de la profesión médica, en el caso de los métodos de reproducción humana asistida se agraven, porque tocan fibras más que sensibles de las personas que necesitan de ellas. Por lo tanto, la falta de legislación, de reglamentación y de control del Estado, independientemente de si se tiene o no dinero para pagar los tratamientos, favorece a los más poderosos en las relaciones sociales, y aquí los más poderosos son los que no necesitan determinadas técnicas y que, además, tienen el conocimiento. Se ha señalado la actitud ética de muchos profesionales de la salud en estos temas. Yo también resalto que la falta de regulación permite que aquellos que no tienen esas posturas éticas puedan transitar por la vida sin dificultad. Quiero mencionar que, desde mi punto de vista, este proyecto tiene complejidades, y me parece muy bien que el Cuerpo las aborde, porque apuntan a algunos aspectos de nuestra sociedad que no coadyuvan a que esta viva mejor. Me refiero al secretismo, porque de este tema se habla con enormes dificultades, no se verbaliza. Por eso, señalo la valentía del señor Diputado Lacalle Pou de plantear, con franqueza, su situación personal. Ese secretismo se profundiza, porque la incapacidad de la reproducción afecta nuestra intimidad, nuestra sensibilidad, nuestras emociones y, aún más, cuando muchos de los tratamientos hacen que el médico se imponga en el hogar, en la alcoba. Por lo tanto, que este Cuerpo pueda abordar estos temas y con este nivel, ayuda a la sociedad uruguaya. El no traer al mundo niños y niñas, estigmatiza en sus roles a la mujer y también al hombre. Pienso que tener un proyecto de esta naturaleza arriba de la mesa ayuda a que nuestros habitantes, nuestros ciudadanos puedan dejar de estigmatizarse y no se victimicen doblemente: por la incapacidad de procrear y,
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además, por el tratamiento, por ser mal mirados precisamente por esa dificultad. También apunta a algunos aspectos que la sociedad uruguaya no está abordando de la mejor manera, de forma sistemática. Me refiero a los aspectos de población, de demografía, y no estamos tomando en cuenta que la sociedad moderna ha generado, en las clases medias y medias altas, el aplazamiento del ciclo vital de la procreación. Entiendo que la falta de regulación de estas técnicas, a mediano y largo plazo, va a ser más gravosa para nuestra sociedad; por lo tanto, se necesita una reglamentación, una legislación acorde. A eso debemos agregar que estamos en el medio de una crisis de la familia tradicional, lo que ha hecho que tengamos que discutir estos temas en un marco nuevo, y eso lleva a que la sociedad los pueda debatir con mayor libertad. Por los cuatro aspectos que señalaba, le hace bien a la sociedad uruguaya que estemos discutiendo hoy este proyecto de ley. Por algo el antecedente del ex Senador Cid no pudo llegar a buen puerto en el año 1996 y, estamos haciéndolo ahora, en el siglo XXI. A todos nos representa un esfuerzo importante abordar la legislación y la regulación de conductas que no necesariamente compartimos o practicamos, pero hacen a una sociedad más diversa, más plural y más tolerante. Entonces, ¡bienvenido este proyecto que apunta a ello! Podríamos afirmar que las exposiciones que han hecho los miembros de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social nos generan dudas y que la iniciativa adolece de errores o de confusiones que, tal vez, ameritarían un estudio con mayor profundidad. Voy a señalar algunos de ellos. Por ejemplo, el concepto de pareja no se ajusta estrictamente a las categorías de nuestro derecho civil y, por lo tanto, genera imprecisiones. Y mal que les pese a muchos, las leyes se transforman en mandatos generales imperativos y hay que interpretarlas. Eso hacen los operadores jurídicos, abogados, Jueces, Fiscales, administradores; y cuando las leyes están mal redactadas se genera confusión o equívocos en su interpretación y en su aplicación. En ese sentido, la norma que estamos tratando no tiene buenas concordancias en su articulado y debo manifestarlo así. Tal vez, como producto de la franca discusión que se dio en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, se generarán dificultades en la interpretación de la norma.
Como una tercera observación, considero que aquí se ilegalizan determinadas cuestiones que hoy se hacen, o que se pueden hacer en el exterior. No es de buena técnica no hacer esto en forma clara, dándonos el tiempo para identificar los problemas que se puede ocasionar. Como cuarto aspecto, en cuanto al artículo 2º, es loable pensar que si se quieren garantizar derechos hay que respaldarlos con los recursos financieros adecuados. Entonces, habrá que trabajar más -si no es en la instancia del Senado, habrá otras oportunidades- en el marco del actual sistema solidario de salud del Uruguay y de los ingentes recursos que el Estado ha dispuesto para dicho sistema. En ese sentido, aspiro a que en el Senado se pueda repasar el tema con los debidos asesoramientos del Ministerio de Salud Pública y de otros expertos. En esta etapa no está clara la voluntad política de adelantar en ese sentido; esperamos que en el Senado ello sí se pueda hacer. Por último, tanto en la temática de la esterilidad como de la infertilidad deberíamos trabajar mucho más en materia de prevención. Ese es un camino que debería profundizarse y no deberíamos pensar exclusivamente en la utilización o implementación de procedimientos terapéuticos para la reproducción humana asistida de alta complejidad, sino también en la lógica de la prevención y de la profilaxis previa, a los efectos de no llegar a esos mecanismos que -como bien se ha dicho- son costosos, pero no solo en términos de recursos financieros, sino también desde el punto de vista humano. Además, no necesariamente tienen su resultado garantizado. Por estas consideraciones, pienso que habrá que trabajar más: será en el Senado o en otras instancias. No obstante, este proyecto es un camino que desde el punto de vista simbólico, más allá de los aspectos puntuales que señalaba -que pueden ser corregiblespone al Estado en la buena dirección, en la buena senda, en el buen lugar, apuntando a proteger, a promover, a garantizar el ejercicio de derechos de aquellos sectores que por su condición socioeconómica, por su capacidad económica, no pueden acceder a disponibilidades terapéuticas que ofrece la ciencia actual. Por esa razón, porque estoy convencido de que el Estado tiene que ser el escudo de los débiles, creo que este proyecto apunta a acompañar, a contener y
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a orientar a los uruguayos que aspiran a tener una familia constituida. Este es mi fundamento de voto; por lo tanto, más allá de las críticas, voy a acompañar este proyecto en general.
22.- Reiteración de pedidos de informes.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Dese cuenta de una moción de orden, presentada por los señores Diputados Arregui, Cantero Piali, Otegui, Caram y Sauval. (Se lee:) “Mocionamos para que la Cámara haga suya la reiteración de varios pedidos de informes que no han sido contestados”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y seis en cincuenta y siete: AFIRMATIVA. La Mesa advierte que los pedidos de informes que se están distribuyendo en Sala han sido chequeados por los Secretarios, constatando que se han cumplido los plazos establecidos, sin que el Poder Ejecutivo, o los organismos a los cuales están dirigidos, los hayan contestado. Se va a votar si la Cámara hace suya la reiteración de esos pedidos de informes. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta: AFIRMATIVA. (Texto de los pedidos de informes que se reiteran:) 1) “Montevideo, 22 de abril de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Desarrollo Social. En relación a las actividades vinculadas con la temática del empleo juvenil, en el Plan de Asistencia Nacional de la Emergencia Social (PANES), anterior al Plan de Equidad, se implementó el Programa Trabajo por Uruguay (antecedente directo de Uruguay Trabaja), cuyos beneficiarios se enmarcaban entre los 18 y 55 años de edad. Al respecto, indicar: 1) Cuántos jóvenes menores de 30 años de edad, participaron de Trabajo Por Uruguay. 2) Cuáles fueron los re-
sultados de la versión Trabajo Por Uruguay Joven, mencionada por algunos voceros de ese Ministerio cuando se promovía el PANES. 3) Cuántos jóvenes menores de 30 años de edad, participaron de Uruguay Trabaja hasta el año 2009, inclusive. 4) Cuántos jóvenes menores de 30 años de edad, se anotaron para participar del llamado realizado por esa Secretaría de Estado para la ejecución 2010 de Uruguay Trabaja. Asimismo, en la página web del Instituto Nacional de la Juventud (INJU), respondiendo a la pregunta ¿Qué te ofrece el programa?, respecto al Taller de Orientación Laboral – Programa de Primera Experiencia Laboral, explica: ‘Primera Experiencia Laboral te brinda la posibilidad de tener una primera inserción laboral formal, (aportando por primera vez al Banco de Previsión Social), para ello selecciona jóvenes para empresas privadas u organismos públicos que necesiten contratar personal joven. El paso previo para tu ingreso a la base de datos de este programa es participar en los Talleres de Orientación Ocupacional. El hecho de quedar inscripto en la base de datos del programa, no significa que todos los jóvenes que realicen los Talleres de Orientación Laboral, consigan empleo bajo la modalidad mencionada’. Por lo expuesto, informar: A) Cuántos jóvenes han sido inscriptos en la base de datos del INJU. B) Cuántos han logrado su primera inserción laboral en organismos públicos y cuántos lo han hecho en empresas privadas. C) A qué organismos públicos han ingresado jóvenes por esta vía, cuántos ya finalizaron su contrato y cuántos continúan trabajando en los mismos lugares, habiendo sido seleccionados por el INJU. D) A qué empresas privadas han ingresado jóvenes por esta vía, cuántos fueron contratados en el marco de la Ley Nº 16.873, de 3 de octubre de 1997, y cuántos ingresaron sin recurrir a ninguna modalidad de la misma. E) Qué empresas y qué organismos públicos permanecen a la fecha interesados en contratar jóvenes por este medio. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo”. C/96/010 2) “Montevideo, 23 de abril de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Desarrollo Social, con destino al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU). Considerando: 1) Las constataciones a las que se llegó tras la visita efectuada por los integrantes del Comité de los Derechos del Niño Uruguay, en el marco del monitoreo permanente que hace el referido Comité acerca de las condiciones en que se encuentra la aplicación de medidas privativas de liber-
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tad de adolescentes en cumplimiento del artículo 86 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004. 2) La acción de amparo presentada por la Fiscalía de 3er. Turno, basada en el informe anterior, demanda amparada por el Juez de Familia de 16º Turno, Ficha Nº 29438/2008, según sentencia Nº 36, de 7 abril 2008. 3) El Informe Nowak, de 27 de marzo 2009, del relator de las Naciones Unidas sobre la tortura (Manfred Nowak) y sobre las condiciones de detención en algunas comisarías, presentado y tratado en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en la ciudad de Ginebra, República de Suiza. 4) Las recomendaciones realizadas por el Comité de los Derechos del Niño y por el relator sobre la tortura: A) Utilizar la privación de libertad únicamente como último recurso y mejorar las medidas alternativas a la detención. B) Establecer un sistema de informes y comunicación de casos sobre adolescentes privados de libertad, que sean víctimas de violencia y garantizar que los procedimientos de quejas sean utilizados de manera efectiva y apropiada para la protección de los mismos. C) Consolidar un sistema independiente, con recursos para monitorear, investigar las quejas y apoyar a los adolescentes. D) Asegurar que el mandato y la composición del nuevo Instituto Nacional de Derechos Humanos y del Comisionado Parlamentario permita sus visitas a todos los lugares de detención de adolescentes. E) Garantizar que el personal penitenciario sea debidamente formado y entrenado sobre los derechos y las necesidades especiales de los adolescentes. Por lo expuesto, solicitamos que se nos informe qué medidas se adoptaron en base a las mencionadas consideraciones, cuáles fueron los resultados luego de aplicadas y en aquellas que no han podido ser aplicadas, el motivo. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo”.C/97/010 3) “Montevideo, 22 de abril de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. En relación a las actividades vinculadas con la temática de empleo juvenil, solicitamos se nos informe: 1) Cuántos beneficiarios participaron de los cursos de Projoven desde el año 2005 al año 2010. 2) Cuántos lo hicieron en cada tipo de curso (C1, C2 o C3) según la clasificación que Projoven detalla cuando describe la estructura de los cursos en su página www.projoven.gub.uy. 3) Cuántos de ellos lograron en ese período de tiempo la inserción laboral pretendida según los objetivos de Projoven. 4) Considerando que
en dicha página web, en el capítulo de Modalidades de la Capacitación, en el párrafo c) del item 3 Características de la Capacitación, se hace referencia a la Ley Nº 16.873, de 3 de octubre de 1997, y su decreto reglamentario, cuántos jóvenes, cuántas empresas y por cuánto tiempo, en cada caso, recurrieron a las ventajas previstas en las cuatro modalidades explicitadas por dicha ley. Teniendo en cuenta los diferentes programas sobre los que brinda información la página www.inefop.org.uy, indicar: A) Cuántos emprendimientos de jóvenes (menores de 30 años de edad) ha apoyado el Programa Emprende Uruguay. B) Si la población objetivo de Proimujer se define como: mujeres entre 25 y 55 años de edad desocupadas con dificultades para ingresar y/o mantenerse en el mercado de trabajo, cuántas jóvenes (menores de 30 años de edad) participaron de estos cursos desde el año 2005 al año 2010. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN MANUEL GARINO GRUSS, Representante por Montevideo”. C/95/010 4) “Montevideo, 8 de junio de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República y el artículo 17 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Defensa Nacional; al Ministerio de Desarrollo Social y, por su intermedio, al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y al Instituto Nacional de la Juventud; al Ministerio de Economía y Finanzas y, por su intermedio, al Banco Central del Uruguay, al Banco de la República Oriental del Uruguay, al Banco de Seguros del Estado y a la Corporación Nacional para el Desarrollo; al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Correos, a la Administración Nacional de Educación Pública, a la Universidad de la República y al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Colonización; al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland y a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; al Ministerio del Interior; al Ministerio de Relaciones Exteriores; al Ministerio de Salud Pública; al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Banco de Previsión Social; al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Puertos, a la Administración de Ferrocarriles del Estado y a PLUNA E.A.; al Ministerio de Turismo y De-
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porte; al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, por su intermedio, a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado y al Banco Hipotecario del Uruguay; al Tribunal de Cuentas; a la Corte Electoral; al Tribunal de lo Contencioso Administrativo; a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina Nacional del Servicio Civil. Es de público conocimiento la preocupación existente en la clase gobernante, en los Partidos Políticos y en la sociedad en general, sobre el tema transparencia en la gestión pública. En nuestro Derecho Positivo, se incorporaron, a través de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, denominada Ley Anticorrupción, normas que combaten la corrupción, creando también normas precautorias que la mitigan, salvaguardando no sólo la función pública, sino también a los propios funcionarios. En ese sentido, la mencionada ley, en su artículo 23, establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente en la forma que establezca la respectiva reglamentación. La rotación se hará sin desmedro de la carrera administrativa’. Si bien la ley se promulgó el 23 de diciembre de 1998, la reglamentación del citado artículo se normó mediante el Decreto 30/003, de 23 de enero de 2003, publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de enero de 2003. El citado decreto, en su artículo 24 (Rotación de funcionarios en tareas financieras), establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente (artículo 23 de la Ley Nº 17.060). Dicha rotación deberá hacerse efectiva cada treinta meses continuos en el desempeño de esa función, pudiendo el jerarca prorrogar el cometido, en casos excepcionales fundados en la necesidad del servicio o en la falta de recursos humanos en el organismo, siempre que el resultado de la evaluación de desempeño en el período no arroje observaciones a la gestión’. Corresponde señalar que el artículo 46 vigencia del mismo decreto establece: ‘Este decreto entrará en vigencia a los sesenta días de su publicación en el Diario Oficial’. Es claro, a nuestro juicio, que el legislador quiso dar un tiempo a los administradores de la gestión pública establecidos en el artículo 3º -sobre el ámbito orgánico de aplicación-, para que adoptaran las medidas pertinentes correspondientes al cumplimiento de la ley y su reglamentación delegada. Teniendo en cuenta que el decreto fue publicado el 28 de enero del 2003 y su entrada en vigencia fue el 29 de marzo del mismo año, se concluye claramente que, a partir del mes de octubre del año 2005, debió iniciarse la rotación reglamentada. Es posible la
existencia de cambios de ese personal en las áreas involucradas por motivos diferentes a las normas establecidas, como ser casos de jubilaciones, fallecimiento, retiros incentivados u otras causales. Si bien no se tiene conocimiento de que tal rotación se hubiera dado por cumplida, esto no significa que no se haya hecho efectiva en algún organismo. Sin perjuicio de ello, y a efectos de que nuestro Derecho Positivo no se transforme en letra muerta, solicitamos que se informe: 1) Si se dio cumplimiento a lo establecido en las normas antes mencionadas. 2) Si se debió hacer uso de la prórroga de postergación del plazo reglamentado y por qué razones. 3) Si así fuera, remitir copia de la argumentación elevada oportunamente al órgano jerarca. 4) Dado que se trata de casos excepcionales, debidamente fundados, establecer fecha en la que se normalizó dicha situación. 5) No habiéndose planteado situaciones dentro del marco de la excepcionalidad, indicar la cantidad de veces en que se cumplió dicha norma. 6) Si los cambios establecidos por ley no se hubieran realizado, detallar sus motivos, así como las medidas adoptadas para el fiel cumplimiento de lo establecido por ley. 7) Se deja expresa constancia de que el pedido de información es específico sobre el cumplimiento de la norma, por lo que no se requiere ninguna nómina de funcionarios. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo”. C/156/010 5) “Montevideo, 8 de junio de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República y el artículo 17 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Defensa Nacional; al Ministerio de Desarrollo Social y, por su intermedio, al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y al Instituto Nacional de la Juventud; al Ministerio de Economía y Finanzas y, por su intermedio, al Banco Central del Uruguay, al Banco de la República Oriental del Uruguay, al Banco de Seguros del Estado y a la Corporación Nacional para el Desarrollo; al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Correos, a la Administración Nacional de Educación Pública, a la Universidad de la República y al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Colonización; al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a la Administración Nacional de Combusti-
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bles, Alcohol y Pórtland y a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; al Ministerio del Interior; al Ministerio de Relaciones Exteriores; al Ministerio de Salud Pública; al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Banco de Previsión Social; al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Puertos, a la Administración de Ferrocarriles del Estado y a PLUNA E.A.; al Ministerio de Turismo y Deporte; al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, por su intermedio, a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado y al Banco Hipotecario del Uruguay; al Tribunal de Cuentas; a la Corte Electoral; al Tribunal de lo Contencioso Administrativo; a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina Nacional del Servicio Civil. Es de público conocimiento la preocupación existente en la clase gobernante, en los Partidos Políticos y en la sociedad en general, sobre el tema transparencia en la gestión pública. En nuestro Derecho Positivo, se incorporaron, a través de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, denominada Ley Anticorrupción, normas que combaten la corrupción, creando también normas precautorias que la mitigan, salvaguardando no sólo la función pública, sino también a los propios funcionarios. En ese sentido, la mencionada ley, en su artículo 23, establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente en la forma que establezca la respectiva reglamentación. La rotación se hará sin desmedro de la carrera administrativa’. Si bien la ley se promulgó el 23 de diciembre de 1998, la reglamentación del citado artículo se normó mediante el Decreto 30/003, de 23 de enero de 2003, publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de enero de 2003. El citado decreto, en su artículo 24 (Rotación de funcionarios en tareas financieras), establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente (artículo 23 de la Ley Nº 17.060). Dicha rotación deberá hacerse efectiva cada treinta meses continuos en el desempeño de esa función, pudiendo el jerarca prorrogar el cometido, en casos excepcionales fundados en la necesidad del servicio o en la falta de recursos humanos en el organismo, siempre que el resultado de la evaluación de desempeño en el período no arroje observaciones a la gestión’. Corresponde señalar que el artículo 46 vigencia- del mismo decreto establece: ‘Este decreto entrará en vigencia a los sesenta días de su publicación en el Diario Oficial’. Es claro, a nuestro juicio, que el legislador quiso dar un tiempo a los administrado-
res de la gestión pública establecidos en el artículo 3º -sobre el ámbito orgánico de aplicación-, para que adoptaran las medidas pertinentes correspondientes al cumplimiento de la ley y su reglamentación delegada. Teniendo en cuenta que el decreto fue publicado el 28 de enero del 2003 y su entrada en vigencia fue el 29 de marzo del mismo año, se concluye claramente que, a partir del mes de octubre del año 2005, debió iniciarse la rotación reglamentada. Es posible la existencia de cambios de ese personal en las áreas involucradas por motivos diferentes a las normas establecidas, como ser casos de jubilaciones, fallecimiento, retiros incentivados u otras causales. Si bien no se tiene conocimiento de que tal rotación se hubiera dado por cumplida, esto no significa que no se haya hecho efectiva en algún organismo. Sin perjuicio de ello, y a efectos de que nuestro Derecho Positivo no se transforme en letra muerta, solicitamos que se informe: 1) Si se dio cumplimiento a lo establecido en las normas antes mencionadas. 2) Si se debió hacer uso de la prórroga de postergación del plazo reglamentado y por qué razones. 3) Si así fuera, remitir copia de la argumentación elevada oportunamente al órgano jerarca. 4) Dado que se trata de casos excepcionales, debidamente fundados, establecer fecha en la que se normalizó dicha situación. 5) No habiéndose planteado situaciones dentro del marco de la excepcionalidad, indicar la cantidad de veces en que se cumplió dicha norma. 6) Si los cambios establecidos por ley no se hubieran realizado, detallar sus motivos, así como las medidas adoptadas para el fiel cumplimiento de lo establecido por ley. 7) Se deja expresa constancia de que el pedido de información es específico sobre el cumplimiento de la norma, por lo que no se requiere ninguna nómina de funcionarios. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo”. C/156/010 6) “Montevideo, 8 de junio de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República y el artículo 17 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Defensa Nacional; al Ministerio de Desarrollo Social y, por su intermedio, al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y al Instituto Nacional de la Juventud; al Ministerio de Economía y Finanzas y, por su intermedio, al Banco Central del Uruguay, al Banco de la República Oriental del Uruguay, al Banco de Seguros del Estado y a la Corporación Nacional para el Desarrollo; al Ministerio de Educación y Cultura y, por su in-
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termedio, a la Administración Nacional de Correos, a la Administración Nacional de Educación Pública, a la Universidad de la República y al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Colonización; al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland y a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; al Ministerio del Interior; al Ministerio de Relaciones Exteriores; al Ministerio de Salud Pública; al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Banco de Previsión Social; al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Puertos, a la Administración de Ferrocarriles del Estado y a PLUNA E.A.; al Ministerio de Turismo y Deporte; al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, por su intermedio, a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado y al Banco Hipotecario del Uruguay; al Tribunal de Cuentas; a la Corte Electoral; al Tribunal de lo Contencioso Administrativo; a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina Nacional del Servicio Civil. Es de público conocimiento la preocupación existente en la clase gobernante, en los Partidos Políticos y en la sociedad en general, sobre el tema transparencia en la gestión pública. En nuestro Derecho Positivo, se incorporaron, a través de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, denominada Ley Anticorrupción, normas que combaten la corrupción, creando también normas precautorias que la mitigan, salvaguardando no sólo la función pública, sino también a los propios funcionarios. En ese sentido, la mencionada ley, en su artículo 23, establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente en la forma que establezca la respectiva reglamentación. La rotación se hará sin desmedro de la carrera administrativa’. Si bien la ley se promulgó el 23 de diciembre de 1998, la reglamentación del citado artículo se normó mediante el Decreto 30/003, de 23 de enero de 2003, publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de enero de 2003. El citado decreto, en su artículo 24 (Rotación de funcionarios en tareas financieras), establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente (artículo 23 de la Ley Nº 17.060). Dicha rotación deberá hacerse efectiva cada treinta meses continuos en el desempeño de esa función, pudiendo el jerarca prorrogar el cometi-
do, en casos excepcionales fundados en la necesidad del servicio o en la falta de recursos humanos en el organismo, siempre que el resultado de la evaluación de desempeño en el período no arroje observaciones a la gestión’. Corresponde señalar que el artículo 46 vigencia- del mismo decreto establece: ‘Este decreto entrará en vigencia a los sesenta días de su publicación en el Diario Oficial’. Es claro, a nuestro juicio, que el legislador quiso dar un tiempo a los administradores de la gestión pública establecidos en el artículo 3º -sobre el ámbito orgánico de aplicación-, para que adoptaran las medidas pertinentes correspondientes al cumplimiento de la ley y su reglamentación delegada. Teniendo en cuenta que el decreto fue publicado el 28 de enero del 2003 y su entrada en vigencia fue el 29 de marzo del mismo año, se concluye claramente que, a partir del mes de octubre del año 2005, debió iniciarse la rotación reglamentada. Es posible la existencia de cambios de ese personal en las áreas involucradas por motivos diferentes a las normas establecidas, como ser casos de jubilaciones, fallecimiento, retiros incentivados u otras causales. Si bien no se tiene conocimiento de que tal rotación se hubiera dado por cumplida, esto no significa que no se haya hecho efectiva en algún organismo. Sin perjuicio de ello, y a efectos de que nuestro Derecho Positivo no se transforme en letra muerta, solicitamos que se informe: 1) Si se dio cumplimiento a lo establecido en las normas antes mencionadas. 2) Si se debió hacer uso de la prórroga de postergación del plazo reglamentado y por qué razones. 3) Si así fuera, remitir copia de la argumentación elevada oportunamente al órgano jerarca. 4) Dado que se trata de casos excepcionales, debidamente fundados, establecer fecha en la que se normalizó dicha situación. 5) No habiéndose planteado situaciones dentro del marco de la excepcionalidad, indicar la cantidad de veces en que se cumplió dicha norma. 6) Si los cambios establecidos por ley no se hubieran realizado, detallar sus motivos, así como las medidas adoptadas para el fiel cumplimiento de lo establecido por ley. 7) Se deja expresa constancia de que el pedido de información es específico sobre el cumplimiento de la norma, por lo que no se requiere ninguna nómina de funcionarios. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo”. C/156/010 7) “Montevideo, 8 de junio de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República y el artículo 17 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, solicitamos que se curse el
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presente pedido de informes al Ministerio de Defensa Nacional; al Ministerio de Desarrollo Social y, por su intermedio, al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y al Instituto Nacional de la Juventud; al Ministerio de Economía y Finanzas y, por su intermedio, al Banco Central del Uruguay, al Banco de la República Oriental del Uruguay, al Banco de Seguros del Estado y a la Corporación Nacional para el Desarrollo; al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Correos, a la Administración Nacional de Educación Pública, a la Universidad de la República y al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Colonización; al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland y a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; al Ministerio del Interior; al Ministerio de Relaciones Exteriores; al Ministerio de Salud Pública; al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Banco de Previsión Social; al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Puertos, a la Administración de Ferrocarriles del Estado y a PLUNA E.A.; al Ministerio de Turismo y Deporte; al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, por su intermedio, a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado y al Banco Hipotecario del Uruguay; al Tribunal de Cuentas; a la Corte Electoral; al Tribunal de lo Contencioso Administrativo; a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina Nacional del Servicio Civil. Es de público conocimiento la preocupación existente en la clase gobernante, en los Partidos Políticos y en la sociedad en general, sobre el tema transparencia en la gestión pública. En nuestro Derecho Positivo, se incorporaron, a través de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, denominada Ley Anticorrupción, normas que combaten la corrupción, creando también normas precautorias que la mitigan, salvaguardando no sólo la función pública, sino también a los propios funcionarios. En ese sentido, la mencionada ley, en su artículo 23, establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente en la forma que establezca la respectiva reglamentación. La rotación se hará sin desmedro de la carrera administrativa’. Si bien la ley se promulgó el 23 de diciembre de 1998, la reglamentación del citado artículo se normó mediante el Decreto 30/003, de 23 de enero de 2003, publicado en el
Diario Oficial con fecha 28 de enero de 2003. El citado decreto, en su artículo 24 (Rotación de funcionarios en tareas financieras), establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente (artículo 23 de la Ley Nº 17.060). Dicha rotación deberá hacerse efectiva cada treinta meses continuos en el desempeño de esa función, pudiendo el jerarca prorrogar el cometido, en casos excepcionales fundados en la necesidad del servicio o en la falta de recursos humanos en el organismo, siempre que el resultado de la evaluación de desempeño en el período no arroje observaciones a la gestión’. Corresponde señalar que el artículo 46 vigencia- del mismo decreto establece: ‘Este decreto entrará en vigencia a los sesenta días de su publicación en el Diario Oficial’. Es claro, a nuestro juicio, que el legislador quiso dar un tiempo a los administradores de la gestión pública establecidos en el artículo 3º -sobre el ámbito orgánico de aplicación-, para que adoptaran las medidas pertinentes correspondientes al cumplimiento de la ley y su reglamentación delegada. Teniendo en cuenta que el decreto fue publicado el 28 de enero del 2003 y su entrada en vigencia fue el 29 de marzo del mismo año, se concluye claramente que, a partir del mes de octubre del año 2005, debió iniciarse la rotación reglamentada. Es posible la existencia de cambios de ese personal en las áreas involucradas por motivos diferentes a las normas establecidas, como ser casos de jubilaciones, fallecimiento, retiros incentivados u otras causales. Si bien no se tiene conocimiento de que tal rotación se hubiera dado por cumplida, esto no significa que no se haya hecho efectiva en algún organismo. Sin perjuicio de ello, y a efectos de que nuestro Derecho Positivo no se transforme en letra muerta, solicitamos que se informe: 1) Si se dio cumplimiento a lo establecido en las normas antes mencionadas. 2) Si se debió hacer uso de la prórroga de postergación del plazo reglamentado y por qué razones. 3) Si así fuera, remitir copia de la argumentación elevada oportunamente al órgano jerarca. 4) Dado que se trata de casos excepcionales, debidamente fundados, establecer fecha en la que se normalizó dicha situación. 5) No habiéndose planteado situaciones dentro del marco de la excepcionalidad, indicar la cantidad de veces en que se cumplió dicha norma. 6) Si los cambios establecidos por ley no se hubieran realizado, detallar sus motivos, así como las medidas adoptadas para el fiel cumplimiento de lo establecido por ley. 7) Se deja expresa constancia de que el pedido de información es específico sobre el cumplimiento de la norma, por lo que no se requiere ninguna nómina de funcionarios. Salu-
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damos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo”. C/156/010 8) “Montevideo, 8 de junio de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República y el artículo 17 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Defensa Nacional; al Ministerio de Desarrollo Social y, por su intermedio, al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y al Instituto Nacional de la Juventud; al Ministerio de Economía y Finanzas y, por su intermedio, al Banco Central del Uruguay, al Banco de la República Oriental del Uruguay, al Banco de Seguros del Estado y a la Corporación Nacional para el Desarrollo; al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Correos, a la Administración Nacional de Educación Pública, a la Universidad de la República y al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos; al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Colonización; al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland y a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; al Ministerio del Interior; al Ministerio de Relaciones Exteriores; al Ministerio de Salud Pública; al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Banco de Previsión Social; al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Puertos, a la Administración de Ferrocarriles del Estado y a PLUNA E.A.; al Ministerio de Turismo y Deporte; al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, por su intermedio, a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado y al Banco Hipotecario del Uruguay; al Tribunal de Cuentas; a la Corte Electoral; al Tribunal de lo Contencioso Administrativo; a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina Nacional del Servicio Civil. Es de público conocimiento la preocupación existente en la clase gobernante, en los Partidos Políticos y en la sociedad en general, sobre el tema transparencia en la gestión pública. En nuestro Derecho Positivo, se incorporaron, a través de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, denominada Ley Anticorrupción, normas que combaten la corrupción, creando también normas precautorias que la mitigan, salvaguardando no sólo la función pública, sino también a los propios funcionarios. En ese sentido, la mencionada ley, en
su artículo 23, establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente en la forma que establezca la respectiva reglamentación. La rotación se hará sin desmedro de la carrera administrativa’. Si bien la ley se promulgó el 23 de diciembre de 1998, la reglamentación del citado artículo se normó mediante el Decreto 30/003, de 23 de enero de 2003, publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de enero de 2003. El citado decreto, en su artículo 24 (Rotación de funcionarios en tareas financieras), establece: ‘Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente (artículo 23 de la Ley Nº 17.060). Dicha rotación deberá hacerse efectiva cada treinta meses continuos en el desempeño de esa función, pudiendo el jerarca prorrogar el cometido, en casos excepcionales fundados en la necesidad del servicio o en la falta de recursos humanos en el organismo, siempre que el resultado de la evaluación de desempeño en el período no arroje observaciones a la gestión’. Corresponde señalar que el artículo 46 vigencia- del mismo decreto establece: ‘Este decreto entrará en vigencia a los sesenta días de su publicación en el Diario Oficial’. Es claro, a nuestro juicio, que el legislador quiso dar un tiempo a los administradores de la gestión pública establecidos en el artículo 3º -sobre el ámbito orgánico de aplicación-, para que adoptaran las medidas pertinentes correspondientes al cumplimiento de la ley y su reglamentación delegada. Teniendo en cuenta que el decreto fue publicado el 28 de enero del 2003 y su entrada en vigencia fue el 29 de marzo del mismo año, se concluye claramente que, a partir del mes de octubre del año 2005, debió iniciarse la rotación reglamentada. Es posible la existencia de cambios de ese personal en las áreas involucradas por motivos diferentes a las normas establecidas, como ser casos de jubilaciones, fallecimiento, retiros incentivados u otras causales. Si bien no se tiene conocimiento de que tal rotación se hubiera dado por cumplida, esto no significa que no se haya hecho efectiva en algún organismo. Sin perjuicio de ello, y a efectos de que nuestro Derecho Positivo no se transforme en letra muerta, solicitamos que se informe: 1) Si se dio cumplimiento a lo establecido en las normas antes mencionadas. 2) Si se debió hacer uso de la prórroga de postergación del plazo reglamentado y por qué razones. 3) Si así fuera, remitir copia de la argumentación elevada oportunamente al órgano jerarca. 4) Dado que se trata de casos excepcionales, debidamente fundados, establecer fecha en la que se normalizó dicha situación. 5) No habiéndose
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planteado situaciones dentro del marco de la excepcionalidad, indicar la cantidad de veces en que se cumplió dicha norma. 6) Si los cambios establecidos por ley no se hubieran realizado, detallar sus motivos, así como las medidas adoptadas para el fiel cumplimiento de lo establecido por ley. 7) Se deja expresa constancia de que el pedido de información es específico sobre el cumplimiento de la norma, por lo que no se requiere ninguna nómina de funcionarios. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo”. C/156/010 9) “Montevideo, 12 de agosto de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito que se curse el presente pedido de informes al Ministerio del Interior. Indicar: 1) Si el edificio de la Presidencia de la República, conocido como Torre Ejecutiva, tiene habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos. 2) Cantidad de ascensores que dispone. 3) Cuántas escaleras tiene y si las mismas son adecuadas para la cantidad de personas que allí trabajan y circulan. Saludo a la señora Presidenta muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/286/010 10) “Montevideo, 12 de noviembre de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. De acuerdo a la información recibida por la Comisión Pro Junta Local para la Costa del Inmigrante, existe una grave problemática que afecta el medio ambiente en la zona de playas del balneario Bocas del Cufré, en el departamento de Colonia, ocasionada por la construcción de una escollera sobre la desembocadura del arroyo Cufré. La información de la Comisión, cuyo informe se adjunta, presenta la transcripción de los relatos de los distintos actores políticos y de los vecinos de la zona, describiendo la evolución del problema y sus repercusiones ambientales. En nuestro carácter de Representante Nacional, y siendo el Parlamento la figura representativa de toda la ciudadanía, nos vemos en la obligación de alertar sobre esos hechos que afectan el medio ambiente. Por lo expuesto, indicar: 1) Tratándose de un tema de interés nacional, que afecta severamente el medio ambiente y en consecuencia al turismo local que recibe a miles de turistas en la temporada estival, por qué se demoraron los estudios de evaluación de alternativas. 2) Se constataron los graves perjuicios ambientales que
ocasionó la construcción de la escollera y a pesar de las demoras de los estudios de evaluación de alternativas, se adoptaron acciones primarias para ir recuperando las áreas naturales de playas y árboles. 3) Después de la evaluación de los técnicos, cuáles son las medidas proyectadas que se prevén para darle solución definitiva a esa obra inconclusa. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo”. C/484/010 11) “Montevideo, 11 de octubre de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Desarrollo Social. 1) Remitir la lista de los programas de ese Ministerio que han sido realizados en el departamento de Rivera, desde el año 2005 a la fecha, señalando las fechas de comienzo y finalización, y monto de los recursos destinados para cada uno. Delimitar la zona de influencia del programa, así como la cantidad de público objetivo del mismo. 2) Proporcionar la información del numeral 1), que esa Secretaría de Estado prevé realizar en el departamento de Rivera. Saludo a la señora Presidenta muy atentamente. RICHARD SANDER, Representante por Rivera”. C/423/010 12) “Montevideo, 22 de febrero de 2011. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparada en las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional. Los cometidos del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional están establecidos en el artículo 2º de la Ley Nº 18.406, de 24 de octubre de 2008. A) El literal A de dicho artículo, que establece los cometidos del Instituto, dice: ‘Administrar el Fondo de Reconversión Laboral’. Al respecto, se desea saber a cuánto ascienden los recursos acumulados en el Fondo, cuáles han sido las razones que motivan la acumulación de recursos, si la hubo, y si el Estado ha realizado puntualmente sus aportes al mismo. B) De acuerdo con lo dispuesto por el literal C de la citada norma, ¿qué acciones ha ejecutado por decisión del Poder Ejecutivo en materia de políticas de empleo? C) En cumplimiento de lo que disponen los literales D y E, ¿cuántos Comités Departamentales Tripartitos y Comités Sectoriales de Empleo y Formación Profesional han sido creados y en qué lugares? D) De acuerdo con los cometidos de los Comités Departa-
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mentales de Empleo y Formación Profesional (artículo 11 de la Ley Nº 18.406), ¿qué acciones formativas han apoyado en los respectivos departamentos?, ¿qué investigaciones y programas han propuesto para el desarrollo departamental?, ¿cuántos Comités Locales Tripartitos de Empleo y Formación Profesional han sido creados a su propuesta? E) Atendiendo a los cometidos asignados al Instituto y a los Comités Sectoriales de Empleo y Formación Profesional (artículo 12 de la Ley Nº 18.406), ¿qué iniciativas acordadas entre empleadores y trabajadores han recibido asistencia técnica?, ¿qué informes han producido en relación con los requerimientos de formación en sectores de actividad y qué planes y programas han sido apoyados en su implementación?, ¿en qué acciones en materia de certificación laboral han colaborado?, ¿qué recomendaciones han efectuado en relación con políticas de formación y adaptación a nuevas tecnologías? A efectos de mejorar la productividad y la calidad y cantidad del empleo, ¿qué acciones de formación han evaluado? F) De acuerdo con lo que establece el literal F del artículo 2º de la Ley Nº 18.406, el Instituto tiene, entre sus cometidos, ‘Diseñar y gestionar programas de formación profesional para desempleados, personas o grupos de personas con dificultades de inserción laboral…’. ¿Qué programas se han diseñado y gestionado en cumplimiento de este cometido? G) El artículo citado, en su literal G, enumera, entre los cometidos del Instituto, ‘Promover la creación y participar en el diseño de un sistema de certificación de conocimientos y de acreditación de competencias laborales’. Deseo saber si el sistema ha sido creado y, en caso afirmativo, si está operativo y en qué consiste. H) En virtud de lo que establece el literal H del referido artículo, ¿cuántos convenios colectivos han previsto programas de formación continua y normalización de competencias y cuántos han sido financiados por el Instituto? I) En cumplimiento del literal I del referido artículo 2º, ¿a cuántos emprendimientos productivos se les ha brindado cooperación técnica, financiamiento y apoyo crediticio? ¿Se han establecido fondos rotatorios o constituido garantías de créditos en apoyo de dichos emprendimientos? J) ¿Cuántas investigaciones se han realizado en virtud de lo dispuesto por el literal J del citado artículo, que establece: ‘Investigar la situación del mercado de trabajo, divulgando los resultados y contribuyendo a una eficaz orientación laboral’? En el marco de esas investigaciones, ¿se han estudiado la calidad de los empleos creados y al sector informal, tomando este concepto en su sentido técnico? K) ¿A cuántas personas se ha dado cobertura a efectos de mejorar su empleabilidad, en virtud de lo dispuesto por el literal K
del artículo 2º de la Ley Nº 18.406? L) ¿Cuántas iniciativas de empresas y emprendimientos del sector productivo han sido objeto de investigaciones, acciones, programas y asistencia técnica y crediticia, en virtud de lo que dispone el literal L del citado artículo? M) ¿Cuántas investigaciones se han realizado a solicitud de los actores sociales (literal M del citado artículo 2º)? N) ¿Cuántos programas se encuentran en ejecución, en la órbita del Instituto?, ¿qué impacto en el empleo o su calidad han tenido los programas ejecutados por el Instituto? El artículo 13 de la Ley Nº 18.406 establece que ‘La actuación del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional se realizará con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente compromiso plurianual de gestión…’. ¿Cuántos Compromisos de Gestión se han suscrito hasta el presente con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social? y ¿cuántos planes de acción anual se han elaborado? Deseo, asimismo, conocer el contenido de los mismos, así como los informes cuantitativos y cualitativos de las metas y objetivos alcanzados, los que deben ser presentados de conformidad con lo que establece el inciso segundo del artículo 14 de la referida ley. El artículo 16 de la citada ley refiere al personal del Instituto. Al respecto, ¿con cuántos funcionarios cuenta actualmente el Instituto y cuántos de ellos cumplían servicios personales en programas dependientes de la Junta Nacional de Empleo? Saludo a la señora Presidenta muy atentamente. ANA LÍA PIÑEYRÚA, Representante por Montevideo”. C/625/011 13) “Montevideo, 20 de octubre de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública. Hemos tomado conocimiento de que en la ciudad de Minas, del departamento de Lavalleja, se pretende instalar una placa recordatoria del señor Ricardo Zabalza Waksman en el instituto de educación secundaria Liceo Departamental Nº 1 Eduardo Fabini, la cual actualmente se encuentra en el inmueble que oficiara de domicilio particular de la familia Zabalza. La mencionada placa reza textualmente: ‘Aquí vivió Ricardo Zabalza Waksman 1948-1969. Formó parte del grupo de jóvenes idealistas y soñadores que querían una patria mejor como lo soñó Artigas. Integró el MLN Tupamaros. Participó en la llamada toma de Pando y fue herido en el paraje Capra, cayó en el suelo sangrando con varias heridas, fue ejecutado con un tiro en la nuca por un sol-
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dado que recibió la orden de un Coronel. De ambos se sabe el nombre. Minas, abril de 2009. Comisión por la verdad’. Como puede observarse claramente, semejante iniciativa vulnera claramente el principio de laicidad de tan profundo arraigo entre los uruguayos, más allá de constituir un hecho que por sí solo resulta absolutamente inconveniente para los educandos y el sistema educativo en general. En consecuencia, resulta de interés obtener las siguientes respuestas. 1) Veracidad de lo expuesto. 2) En caso afirmativo, se nos informe quién o quiénes realizaron la mencionada iniciativa. 3) Normativa que regula la situación planteada. 4) Qué procedimiento debe acompañar la misma. 5) Autoridades, organismos o instituciones de las que debe recabarse opinión. 6) En qué etapa del proceso se encuentra, y cuáles restan por realizar. 7) Quién o quiénes adoptarán la resolución definitiva. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. MARIO GARCÍA, Representante por Lavalleja”. C/441/010 14) “Montevideo, 21 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la prohibición de la Unión Europea al ingreso de productos pesqueros uruguayos y, en especial, a la actuación de la empresa FRIPUR S.A. Al respecto, remitir testimonio de los certificados de exportación de FRIPUR S.A., expedidos por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos desde mayo del año 2007 a la fecha. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/670/011 15)”Montevideo, 21 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la prohibición de la Unión Europea al ingreso de productos pesqueros uruguayos y, en especial, a la actuación de la empresa FRIPUR S.A. Al respecto, remitir copia del expediente tramitado ante la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos Nº 539, año 2008, Inciso 07, unidad ejecutora 002, tipo 1, motivado por un acta labrada el día 3 de junio de 2008, en la empresa FRIPUR S.A. Asimismo, remitir también, testimonio de cualquier otro expediente vinculado o que se haya formado a partir del mismo. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/671/011
16) “Montevideo, 21 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la prohibición de la Unión Europea al ingreso de productos pesqueros uruguayos y, en especial, a la actuación de la empresa FRIPUR S.A. Al respecto, remitir copia del expediente tramitado ante la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos Nº 202/911/07, motivado por un acta labrada el día 24 de julio de 2007, en la empresa FRIPUR S.A. Asimismo, remitir también, testimonio de cualquier otro expediente vinculado o que se haya formado a partir del mismo. Saludo al señor Presidente muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/672/011 17) “Montevideo, 21 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la prohibición de la Unión Europea al ingreso de productos pesqueros uruguayos y, en especial, a la actuación de la empresa FRIPUR S.A. Al respecto, remitir copia de las advertencias trasmitidas por la Unión Europea entre los meses de mayo y junio de 2007, previo a la suspensión del ingreso de productos pesqueros uruguayos, y qué medidas fueron adoptadas en mérito a las mismas. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/673/011 18) “Montevideo, 21 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, con relación a la prohibición de la Unión Europea al ingreso de productos pesqueros uruguayos y, en especial, a la actuación de la empresa FRIPUR S.A. Al respecto, solicitamos que se informe si existieron rechazos de productos exportados por FRIPUR S.A. a la Federación Rusa y a la República Italiana. En caso afirmativo, remitir testimonios de las actuaciones correspondientes tramitadas ante la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA). Asimismo, remitir testimonio de las actuaciones tramitadas ante la DINARA correspondientes a sanciones impuestas a la empresa INTRAMAR S.A. en el año 2006. Saludamos al señor Presidente muy aten-
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tamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/674/011 19) “Montevideo, 5 de octubre de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Desarrollo Social y, por su intermedio, al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU). El procesamiento sin prisión, por un delito de omisión contumancial de quien estaba a cargo de la Jefatura Departamental y debía velar por los derechos de los menores internados por diferentes circunstancias en esa dependencia, reavivó la polémica en la ciudad capital del departamento de Paysandú, sobre casos de explotación sexual de menores al cuidado del INAU. La sociedad sanducera no sale de su asombro al descubrirse esta red y los derivados que la investigación a cargo de los organismos competentes irá arrojando con el transcurso de las semanas. Como Representante de ese departamento, no podemos estar omisos a que por la vía que nos compete, se nos informe cabalmente de los hechos puestos al descubierto y que en nada contribuyen a la imagen que como institución tutelar de los derechos del niño y de los adolescentes se debe. Para nada se ha garantizado el ejercicio efectivo de la ciudadanía de niñas y de adolescentes del citado departamento, como corresponde a su calidad de sujeto pleno de derecho. Es claro que se violó el artículo 6º del Código de la Niñez y la Adolescencia que establece: ‘Para la interpretación e integración de este Código se deberá tener en cuenta el interés superior del niño y adolescente, que consiste en el reconocimiento y respeto de los derechos inherentes a su calidad de persona humana. En consecuencia, este principio no se podrá invocar para menoscabo de tales derechos’. El mes pasado visitó nuestra ciudad la Relatora Especial de las Naciones Unidas para la Trata de Personas, licenciada Jo Nogzi Ezeilo, quien presentó puntos estratégicos que permitirían trabajar en pos de la erradicación de la prostitución, principalmente la infantil. La ilustre visitante, también estuvo en el Parlamento, en la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara, en donde expresó que el tema de la trata de personas es muy grave, es de una gran magnitud, es una actividad que crece a gran velocidad y se sitúa en tercer lugar, después del tráfico de armas y del narcotráfico. Su marco jurídico legal está basado en el protocolo para castigar, reprimir y controlar la trata de personas, que es un complemento de la Convención de Naciones Unidas sobre el Crimen Transnacional Organizado. Nuestro país ha ratificado ambos textos legislativos
internacionales y, según su sistema judicial, el Parlamento tiene una función básica a la hora de ratificar estos instrumentos. Nosotros sabemos que las autoridades son muy conscientes de las obligaciones que asumen los Estados tras la ratificación de los convenios. Por lo expuesto, tenemos algunas interrogantes planteadas y creemos conveniente trasladárselas a las autoridades del INAU: 1) Si es verdad que las investigaciones se iniciaron en el año 2009. 2) Qué medidas inmediatas se practicaron para detener esa situación. 3) Si en algún momento la Encargada de la Jefatura Departamental, estuvo en carácter de investigada. 4) Si la Jefa Departamental, ahora procesada, en algún momento fue cuestionada por las autoridades del INAU por esos acontecimientos. 5) Qué pasos dará el INAU, de ahora en más, con la persona ahora procesada. 6) Qué atención se les dará a las menores involucradas en este aberrante hecho. 7) Qué medidas se instrumentarán para que esta situación no vuelva a reiterarse. MIGUEL OTEGUI, Representante por Paysandú”. C/401/010 20) “Montevideo, 13 de diciembre de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa y Enfermedades Prevalentes. Antecedentes. El literal E) del artículo 6º de la Ley Nº 10.709, de 17 de enero de 1946, crea un impuesto destinado al Fondo Nacional Permanente para la Lucha Antituberculosa, correspondiente al 20% del producto total de los juegos autorizados en los casinos explotados por particulares, deducidos los gastos de administración y del 10% sobre igual monto imponible para los casinos municipales. A la fecha, el único casino explotado por particulares en el Uruguay, es el Casino del Hotel Conrad y, próximamente, de acuerdo a la licitación recientemente adjudicada por la Intendencia de Montevideo, también lo será el Hotel Casino Carrasco. Por su parte, los únicos casinos municipales autorizados corresponden a la Intendencia de Montevideo. El inciso final del referido artículo establece que las sumas recaudadas a medida que se vayan percibiendo serán depositadas en una cuenta especial del Banco de la República Oriental del Uruguay a la orden del Ministerio de Salud Pública. Por lo expuesto, solicitamos la siguiente información: 1) Al Ministerio de Salud Pública: A) Si se viene recaudando con normalidad el impuesto creado por el literal E) del artículo 6º de la Ley Nº 10.709, de 17 de enero de 1946. En caso afirmativo, señalar los montos recaudados desglosa-
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dos por: Casino Conrad, Casino Parque Hotel y Hotel Casino Carrasco, en los últimos cinco años. B) Cuáles son las tareas que ejerce el Ministerio de Salud Pública para controlar que los montos depositados son los que corresponden de acuerdo a los criterios y porcentajes establecidos en la ley. C) En caso de que no se esté percibiendo los fondos provenientes del impuesto en forma total o parcial: a) Cuáles son las razones para ello. c) Qué acciones ha llevado adelante ese Ministerio para que se dé estricto cumplimiento al pago del impuesto. 2) A la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa y Enfermedades Prevalentes: A) Montos que le han sido transferidos por concepto del impuesto creado por el literal E) del artículo 6º de la Ley Nº 10.709, de 17 de enero de 1946. B) En caso de que no se esté percibiendo los fondos provenientes del citado impuesto, qué acciones ha llevado adelante para que se dé estricto cumplimiento al pago del impuesto y ante qué autoridades. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. ANÍBAL GLOODTDOFSKY, Representante por Montevideo”. C/535/010 21) “Montevideo, 7 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura, con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública. En la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo, se ha informado, por medio de comunicados de prensa, a los padres de los alumnos que utilizan el ómnibus que los traslada a los centros de estudio ubicados en la 5ª Sección, que por desperfectos del mismo se ha suspendido el recorrido hasta nuevo aviso. Al respecto, indicar: 1) Si esos desperfectos se producen en forma frecuente. 2) Qué solución se les da a los alumnos para su traslado a los centros de estudio, durante el lapso que permanezca fuera de servicio el vehículo de transporte antes mencionado. 3) En caso de no poder concurrir por falta de transporte, cómo se califica su inasistencia. 4) Si tienen jornadas de recuperación de lo dictado en clase durante el tiempo que dure dicha situación. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por Cerro Largo”. C/720/011 22) “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al
Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional. El Canal 8 de Melo, departamento de Cerro Largo, se inauguró oficialmente el 15 de agosto de 1969, iniciándose los trámites varios años antes con una Comisión Civil pro televisión interior del departamento, siendo figura representativa y preponderante probablemente el primer Director- el profesor López Pérez. Actualmente, Canal 8 de Melo, cuenta con edificio propio y 6 funcionarios que son: 1 técnico y 5 operadores, y solo transmiten el enganche con canal 5 de Montevideo, no teniendo ningún horario o programa local. Hace aproximadamente 11 años que está parado. El equipamiento que tiene es completo, aunque debería hacerse una renovación de cámaras de filmación para poder salir al aire localmente, inversión que no superaría un monto aproximado en los US$ 10.000. Asimismo, cuando estaba operativo, el Canal 8 de Melo contaba con un camión equipado para transmitir desde exteriores, de esto hace ya más de 10 años, ya que ese camión -según nuestra información- fue trasladado a Montevideo y nunca regresó. Este es el único canal fuera de Montevideo que tiene Televisión Nacional para poder transmitir localmente, el resto son repetidoras de Montevideo. Asimismo, hace aproximadamente un año, y dentro de la estructura edilicia que ocupa el Canal 8 de Melo, el Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE) coloca una repetidora de FM (99.6). De acuerdo con lo establecido en el inciso primero del artículo 126 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, se crea dentro del Ministerio de Educación y Cultura una nueva unidad ejecutora denominada ‘Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional’. La competencia del Servicio de Televisión Nacional -en el mencionado inciso- señala que sus cometidos serán: ‘…todos los que las disposiciones vigentes le asignen a la Dirección de Televisión Nacional’ como porción nominada del SODRE hasta la norma del dictado de la separación. Por lo tanto, al nuevo Servicio de Televisión Nacional le corresponde la actividad de radiodifusión oficial en lo referente a la televisión. Por Decreto Nº 293/009, de 22 de junio de 2009, se establece la estructura organizativa del Servicio de Televisión Nacional, estableciéndose que el referido servicio es responsable de la difusión de la información y de la cultura general en todo el territorio nacional a través del Sistema Nacional de Televisión, compuesto por sus repetidoras, y por otros medios, ya sea satelitales, digitales, Internet y otras a crearse, así como la asistencia a la tarea educativa que realizan los organismos especializados, apuntando a la excelencia en la calidad técnica y de contenido de las producciones y
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aplicando las tecnologías de avanzada a las que pueda acceder. También, como canal del Estado, en cumplimiento de los cometidos que le asigna la ley de divulgación de la información y la cultura para una sociedad del conocimiento, pretende extender sus servicios a todo el territorio nacional, con una programación de calidad y plural, optimizando sus recursos humanos y tecnológicos. Existe actualmente una página de ‘facebook’, llamada ‘Queremos que se reactive el Canal 8 de Melo para programación local’ que tiene unos 480 usuarios que solicitan dicha reactivación y hay un movimiento local juntando firmas para apoyar esta iniciativa. Por lo expuesto, solicitamos que se informe: 1) Cuáles son las políticas a seguir por el Servicio de Televisión Nacional respecto del Canal 8 de Melo. 2) Más allá de la definición de dichas políticas, por qué sigue clausurado para la actividad local ya que cuenta con edificio propio, equipamiento y funcionarios. 3) Si existen posibilidades, aunque sea en horario parcial, en régimen público o vendiendo espacios a privados, que el Canal 8 de Melo pueda tener alguna programación local de carácter cultural, periodístico, educativo u otras. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por Cerro Largo”. C/728/011 23) “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, y por su intermedio, a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC). El Canal 8 de la ciudad de Melo, en el departamento de Cerro Largo, se inauguró oficialmente el 15 de agosto de 1969, iniciándose los trámites, varios años antes con una Comisión Civil pro televisión interior del departamento, siendo figura representativa y preponderante -probablemente el primer Director- el profesor López Pérez. Actualmente, el Canal 8 de Melo cuenta con edificio propio y con seis funcionarios que son: 1 técnico y 5 operadores, y solo transmiten el enganche con Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional de la ciudad de Montevideo, no teniendo ningún horario o programa local. Hace aproximadamente 11 años que está parado. El equipamiento que tiene es completo, aunque debería hacerse una renovación de cámaras de filmación para poder salir al aire localmente, inversión que no superaría un monto aproximado a los US$ 10.000. Asimismo, cuando estaba operativo, dicho Canal contaba con un camión equipado para transmitir desde exteriores, de eso hace ya más de 10 años ya que dicho
camión según nuestra información fue trasladado a la ciudad de Montevideo y nunca regresó. Este es el único canal fuera de la capital del país que tiene Canal 5 para poder transmitir localmente, el resto son repetidoras. Asimismo, hace aproximadamente un año, y dentro de la estructura edilicia que ocupa el Canal 8 de Melo, el Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE) coloca una repetidora de FM (99.6). De acuerdo con lo establecido en el artículo 86 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, en materia de servicios de telecomunicaciones, la URSEC tendrá entre otros cometidos y poderes jurídicos: velar por el cumplimiento de las normas sectoriales específicas; controlar la instalación y funcionamiento, así como la calidad, regularidad y alcance de todos los servicios de telecomunicaciones, sean prestados por operadores públicos o privados; ejercer la supervisión técnica y operativa de las emisiones de radiodifusión y de televisión cualesquiera fuere su modalidad; hacer cumplir la presente ley, sus reglamentaciones, disposiciones emanadas de ella misma, y actos jurídicos habilitantes de la prestación de servicios comprendidos dentro de su competencia; dictar normas generales e instrucciones particulares que aseguren el funcionamiento de los servicios comprendidos en su competencia, con arreglo a lo establecido por las políticas sectoriales y los objetivos enunciados en los artículos 72 y 73 de la presente ley, pudiendo requerir a los prestadores y agentes de telecomunicaciones, públicos y privados, todo tipo de información para el cumplimiento de sus fines. (Redacción dada por el artículo 112 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006); controlar el cumplimiento por parte de los operadores públicos y privados, prestadores de servicios comprendidos dentro de su competencia, de las normas jurídicas y técnicas aplicables, pudiendo requerirles todo tipo de información; recibir, instruir y resolver las denuncias y reclamos de los usuarios y consumidores respecto a los servicios comprendidos dentro de su competencia que no hayan sido atendidos por los prestadores; proteger los derechos de usuarios y consumidores, pudiendo ejercer las atribuciones conferidas a las autoridades administrativas por la Ley N° 17.250, de 11 de agosto de 2000. En ese sentido existe actualmente una página de ‘facebook’ llamada ‘Queremos que se reactive el Canal 8 de Melo para programación local’ que tiene unos 480 usuarios que solicitan dicha reactivación y hay un movimiento local juntando firmas para apoyar esa iniciativa. Por lo expuesto, solicitamos que se indique: 1) Si tiene conocimiento de cuáles son las políticas a seguir por el Canal 5 – Servicio de Televisión Nacional respecto del Canal 8 de Melo y si se han
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ejercido por la URSEC los controles pertinentes que en ese sentido le atribuye la ley. 2) Más allá de la definición de dichas políticas, por qué sigue clausurado para la actividad local (contando con edificio propio, equipamiento y funcionarios). 3) Si existen posibilidades, de que aunque sea en horario parcial, en régimen público o vendiendo espacios a privados el Canal 8 de Melo pueda tener alguna programación local de carácter cultural, periodístico, educativo u otras. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. PEDRO SARAVIA FRATTI, Representante por Cerro Largo”. C/727/011 24) “Montevideo, 31 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Relaciones Exteriores. Con referencia a la información publicada por el ‘Semanario Búsqueda’, relativa a un reportaje que le hicieran a usted, el día 30 de diciembre de 2010. Indicar: 1) Qué significa su apreciación en cuanto a que el actual gobierno en materia de relaciones exteriores, ‘está siguiendo un camino de izquierda, pese a que el pragmatismo del señor Presidente haga difícil encasillar la política exterior de la actual administración’. 2) Cuál es el estado de las relaciones con la República Argentina y los beneficios otorgados al país hermano. Pregunta que nos sugieren sus afirmaciones de que las soluciones a las cuales se ha arribado con dicho país, ‘son de fondo y en beneficio de ambos países’. En ese sentido nos interesa saber, cuándo la República Argentina comenzará los trabajos de dragado en el Paso de Martín García. 3) En dicho reportaje y refiriéndose a la Ley de Caducidad usted expresa: ‘hay sociedades más inteligentes y, por lo tanto, sociedades más estúpidas’, y continuando con sus expresiones usted afirma ‘Entre las sociedades más estúpidas hay que contar a aquellas que no se preocupan del respeto de los derechos humanos’. Considera usted a la sociedad uruguaya entre ellas al haber rechazado en dos plebiscitos la derogación de la ley. Acaso usted entiende que el Poder Legislativo está por encima del veredicto popular. 4) En la misma publicación usted expresa que ‘la Ley de Reparación aprobada en el anterior gobierno, el Estado abona el equivalente a Unidades Indexadas US$ 53.500 (cincuenta y tres mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América) en caso de personas detenidas desaparecidas y US$ 40.000 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América) a hijos de detenidos secuestrados. Sin embargo lo que se abonaría en el caso Gelman, sería superior a esa cifra. Por lo expuesto, cuál sería el monto de lo
abonado o en su defecto lo que se abonará. 5) En materia de derechos humanos, Irán es un país con quién hemos tenido desde hace años relaciones comerciales, por qué hoy adjudicamos la presencia de un Embajador en dicho país cuando existe un régimen político fundamentalista islámico, que según los medios de prensa internacional viola sistemáticamente los derechos humanos y no respeta los derechos de género establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 6) En qué situación se encuentran las relaciones con el Estado de Israel y con la propia Comunidad Israelita luego de acreditar una Embajada en Palestina. 7) En qué estado se encuentra la idea de designar Embajadores Itinerantes y qué cometidos tendrán. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ, Representante por Montevideo”. C/697/011
25) “Montevideo, 21 de julio de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República y a lo establecido en la Ley Nº 17.673, de 21 de junio de 2003, solicito que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL). Indicar: 1) Cuáles son las sociedades anónimas controladas por ANTEL, qué participación accionaria tiene ese ente en cada una de ellas y quiénes son los restantes accionistas. 2) Cuál es la relación jurídica existente entre HG S.A. e ITC S.A. y entre ambas con ANTEL. 3) Remitir testimonio por exhibición de los estatutos de cada una de las sociedades controladas por ANTEL, de los libros de actas de asamblea y de actas de directorio y de las planillas de trabajo desde el año 2005 hasta el presente. 4) Remitir testimonio del convenio marco celebrado entre la Presidencia de la República y ANTEL, relativo al gobierno electrónico. 5) Remitir testimonio de los convenios celebrados entre ANTEL y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC). 6) Qué cargos, remuneración y beneficios de cualquier naturaleza percibió el ingeniero José Clastornik desde el año 2001 hasta el presente en HG S.A. y/o ANTEL. 7) Cuáles fueron las razones por las que ANTEL instruyó a su controlada HG S.A. para que autorizara al ingeniero José Clastornik la dedicación horaria insumida por las tareas ejecutivas que le encomiende directamente el Poder Ejecutivo o el Consejo Directivo de la AGESIC en el convenio celebrado el 12 de febrero de 2008 con esa última. Saludo al señor Presidente muy atentamente. FITZGE-
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RALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/991/011 26) “Montevideo, 2 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP). Informar todas las donaciones realizadas por ANCAP desde el 1º de marzo de 2010 a la fecha, indicando qué tipo de donaciones, cantidades donadas, qué instituciones las recibieron y las resoluciones del Directorio que las habilitaron. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/640/011
27) “Montevideo, 21 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionado con la prohibición de la Unión Europea al ingreso de productos pesqueros uruguayos y, en especial, a la actuación de la empresa FRIPUR S.A. Al respecto, remitir copia de las advertencias trasmitidas por la Unión Europea entre los meses de mayo y de junio de 2007, previo a la suspensión del ingreso de productos pesqueros uruguayos, y qué medidas fueron adoptadas en mérito a las mismas. Saludamos al señor Pre30) “Montevideo, 29 de setiembre de 2011. Señor sidente muy atentamente. FITZGERALD CANTEPresidente de la Cámara de Representantes, Luis LaRO PIALI, Representante por Montevideo”.C/675/011 calle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República 28) “Montevideo, 16 de setiembre de 2010. Señora y a lo consignado por la Ley Nº 17.673, de 21 de julio Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne de 2003, solicitamos que se curse el presente pedido Passada. Amparados en las facultades que nos conde informes al Ministerio de Industria, Energía y Minefiere el artículo 118 de la Constitución de la Repúbliría. La Dirección Nacional de Artesanías y Pequeñas ca, solicitamos que se curse el presente pedido de iny Medianas Empresas (DYNAPYME) es la unidad ejeformes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pescutora del Ministerio de Industria, Energía y Minería, ca. Informar: 1) Número de colmenas que tiene ese creada por los artículos 305 al 308 de la Ley N° Ministerio registradas en el período 2005-2010, dis16.170, de 28 de diciembre de 1990, y es la encargacriminado por año y por departamento. 2) Datos o inda de fomentar el desarrollo de ese tipo de empresas. dicios que se tienen sobre la mortandad de colmenas Dentro de los servicios ofrecidos por la DYNAPYME a raíz de la fumigación aérea de agroquímicos. 3) Pose encuentran el de asesoramiento, servicios de conlíticas que está llevando adelante el Ministerio con resultaría, evaluación de proyectos de inversión y dictalación al tema, en caso de que se considere pertinendo de cursos de capacitación empresarial. Por lo exte. Saludamos a la señora Presidenta muy atentapuesto, solicitamos que se informe: 1) Qué actividamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante des concretas viene desarrollando la DYNAPYME papor Florida”. C/373/010 ra el apoyo de las micro, pequeñas y medianas em-
29) “Montevideo, 19 de setiembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República y a lo consignado por la Ley Nº 17.673, de 21 de julio de 2003, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL). Indicar: 1) Cuántos viajes al exterior han realizado las autoridades y/o funcionarios de ANTEL, desde el 1º de marzo de 2010 al 20 de setiembre de 2011. 2) Determinar en cada uno de esos viajes: a) Fechas en los que fueron realizados. b) Destinos de los mismos. c) Nómina de la delegación participante. d) Costo económico de cada uno de esos viajes, individualizándolos por miembros de la delegación y señalando los rubros correspondientes, ya sea pasajes, estadías, viáticos y otros. 3) Cómo se realizaron las compras correspondientes a dichos gastos, señalándose por quiénes fueron efectuadas las mismas. 4) Cuáles fueron las finalidades de cada viaje. 5) Cómo se realizaron las evaluaciones de cada viaje y quiénes fueron los encargados de llevarlas a cabo. 6) Cómo se controlaron las rendiciones de cuentas de esos viajes y quiénes fueron los encargados de hacerlas. Remitir copia de las actuaciones relativas a dicha rendición. 7) Remitir las resoluciones del organismo relativas a cada uno de los viajes realizados en el mencionado período. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo”. C/1141/011
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presas. 2) Qué actividades desarrolla el programa nacional de capacitación y, en el caso de no brindarse el servicio, que motivó tal decisión. 3) Cuántos cursos de capacitación se dictaron en todo el país durante los años 2010 y 2011. Qué tipo de cursos y en qué departamentos. 4) Cuál es el avance de ejecución del presupuesto de la DYNAPYME y a qué actividades se aplicó. 5) En qué estado se encuentra la implementación del programa de compras públicas para pequeñas empresas y el programa de consultoría y capacitación. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. FITZGERALD CANTERO PIALI, Representante por Montevideo y WALTER VERRI, Representante por Paysandú”. C/1156/011 31) “Montevideo, 15 de mayo de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), relativo a la estación del ente ubicada en la intersección de las calles Chiverta y Francia, en la ciudad de Punta del Este, departamento de Maldonado. Al respecto informar: 1) Negociaciones que se vienen llevando a cabo con el gobierno departamental de Maldonado, con respecto al predio municipal contiguo a dicha estación, detallando las obligaciones que se asumirían por parte de UTE para concretar el traspaso del padrón a dicho organismo. 2) Respecto a las obras a realizar en dicho predio, costos estimados de la obra y plazo de ejecución. 3) Cuál va a ser el destino del bien inmueble propiedad de UTE, donde funciona actualmente la estación, en caso de que se concrete la compra, canje, u otros del padrón contiguo a la misma. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ÓSCAR OLMOS, Representante por Maldonado”. C/1558/012 32) “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con destino a la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE). Informar: 1) Cuáles son las razones por las que el Directorio de AFE dejó de prestar el servicio de transporte de pasajeros de San José a Montevideo. 2) Cuándo se piensa restablecer el referido servicio. 3) Cuál es el monto de la inversión que es necesario realizar para que AFE pueda prestar nuevamente el servicio de transporte de pasajeros de San José a
Montevideo. 4) Si se cuenta con esos recursos económicos o con fuentes de financiamiento para poder brindar nuevamente dicho servicio. 5) Si, para ello, es necesario que AFE se rija por un orden jurídico de derecho privado. 6) Cuál es la posición del Ministerio de Transporte y Obras Públicas al respecto. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ALBERTO CASAS, GUSTAVO CERSÓSIMO y WALTER DE LEÓN, Representantes por San José”. C/1645/012 33) “Montevideo, 12 de junio de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social (BPS). Con referencia al derecho de los titulares de empresas unipersonales rurales, hasta con un dependiente, a la cuota mutual rebajada (45% del valor de la misma, Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, sin hijos o menores a cargo, ni mayores con discapacidad o el 60% del valor de la cuota con hijos), siempre que exploten predios de hasta 500 hectáreas valor coneat y no perciban otros ingresos derivados de dicha explotación, se nos ha informado por pequeños y medianos productores del departamento de San José, que cuando ingresan su cédula de identidad para que se emita el recibo de pago de sus obligaciones contributivas con el BPS, les surge la obligación de pagar la diferencia de la cuota rebajada, multas y recargos retroactivamente desde 2008 y sin multas ni recargos desde 2003 al 2008 (RDT 170/2008). Se ha interpretado por la resolución del BPS indicada, que dichas empresas para beneficiarse del derecho a la cuota rebajada deben explotar el 100% de los predios de su propiedad y no haber dispuesto de ninguno de los mismos o parte de ellos en arrendamiento, comodato, usufructo o algún tipo de tenencia, u otros. Esta interpretación se ha puesto en práctica por la vía informática sin suficiente información previa de los administrativos. Por lo expuesto, solicitamos que se nos informe: 1) Si se está aplicando por lo menos en dependencias del BPS en el departamento de San José, el cobro retroactivo de esas cargas tributarias. 2) De qué forma se informó de esa aplicación retroactiva. 3) Si se solucionará la situación de endeudamiento en la que pueden estar los productores que procedieron de buena fe, pero que desconocían el criterio interpretativo que se dio a ese marco normativo tantas veces modificado. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1635/012
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34) “Montevideo, 2 de mayo de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Salud Pública. Informar: 1) Si el hogar de ancianos y residencia de niños que funcionaba en el departamento de San José, localidad de Ecilda Paullier, en la calle Herrera, hasta el año pasado, estaba habilitado para cumplir esas funciones. 2) Cuáles son las razones por las que ha dejado de funcionar. 3) Si es una entidad pública o privada. 4) Qué planes hay para usar sus instalaciones con ese u otros destinos. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1526/012 35) “Montevideo, 8 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Desarrollo Social y, por su intermedio, al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU). Indicar, para el período 2010-2011: 1) Cuál es el número y el tipo de medidas socio-educativas y de privación de libertad, que se han adoptado respecto de menores infractores. 2) Cuál ha sido el número de menores infractores reincidentes. 3) Cuántos casos de violencia doméstica y maltrato a menores se han denunciado. 4) En cuántas audiencias judiciales ha participado el INAU en temas relacionados con menores de edad. 5) Cuántos informes ha realizado el INAU a solicitud de los Juzgados de Menores. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1242/011 36) “Montevideo, 11 de octubre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Indicar: 1) Cuál ha sido el monto de la recaudación y qué destino se ha dado a los ingresos percibidos por el Fondo de Reconstrucción y Fomento de la Granja, provenientes de la importación de productos del sector. 2) Por qué razón no se ha convocado a la Comisión Fiscal de ese organismo. 3) Cuáles son los fundamentos para que no se reinstale la Comisión Asesora de Abastecimiento Interno. 4) Qué políticas se llevan a cabo para promover el consumo de frutas y verduras. 5) Cuál es la política de importación de frutas y verduras que impulsa el Ministerio. 6) Qué cantidad de es-
tablecimientos granjeros existen en el país y su distribución territorial. 7) Cuál es el nivel de endeudamiento del sector granjero, a cuánto asciende el mismo y qué soluciones se proponen. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1191/011 37) “Montevideo, 23 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio del Interior. Informar por qué razón no se ha instalado el Patronato Departamental de Encarcelados y Liberados de San José. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1076/011 38) “Montevideo, 23 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Junta Nacional de Salud. Indicar cuáles son los criterios para la designación de los representantes de los usuarios ante las Juntas Departamentales de Salud. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1075/011 39) “Montevideo, 22 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, al Instituto Nacional de Colonización (INC). Informar: 1) Si ha sido consultado el INC acerca del proyecto forestal de Montes del Plata. 2) Cuál es la opinión del Instituto acerca de la recategorización de la cartografía CONEAT, para lograr una superficie forestable de 100.000 hectáreas en un área comprendida en el radio de 200 kilómetros de Punta Pereira, departamento de Colonia. 3) Si se compatibiliza la sustitución de esa superficie destinada principalmente a cuenca lechera por la forestación de la misma. 4) Si el proyecto de forestación de Montes del Plata en esas tierras, es coherente con las políticas, objetivos y tipos de producción, a los efectos de la política colonizadora que lleva adelante el Instituto. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1065/011
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40) “Montevideo, 22 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes a Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, por su intermedio, al Instituto Nacional de la Leche (INALE). Indicar: 1) Si ha sido consultado el INALE acerca del proyecto forestal de la empresa Montes del Plata a instalarse en la localidad de Punta Pereira, departamento de Colonia. 2) Cuál es la opinión respecto a la propuesta de forestación de 100.000 hectáreas de tierra, comprendidas en un radio de 200 kilómetros desde Punta Pereira, que sustituirán a las destinadas fundamentalmente a la lechería. 3) Cómo se compadece este proyecto forestal en esa zona que comprende los departamentos de San José, Soriano, Río Negro, Colonia y Flores con el Plan Estratégico para la Lechería, elaborado por el mencionado Instituto en el mes de mayo de 2010. 4) Si la recategorización de los predios como forestables y el proyecto de forestación de esa superficie en campos dedicados a la lechería, están en armonía con la Ley Nº 18.242, del 27 de diciembre de 2007, por la que se dictan normas relativas a la producción, fomento, desarrollo y regulación del sector lácteo que establece la política lechera para el desarrollo y crecimiento de ese sector, considerado estratégico para el país. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1064/011 41) “Montevideo, 18 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Administración de los Servicios de Salud del Estado. En relación al Hospital del departamento de San José indicar: 1) En qué estado se encuentra la obra en construcción del área de farmacia y de policlínica, en la que se debió habilitar varios consultorios para atender a los usuarios. 2) Cuál es la situación de la empresa contratada para las referidas obras. 3) Para cuándo está prevista la instalación de una sala de traumatología en el referido Hospital. 4) Desde cuándo y por qué motivo no funcionan los tres ecógrafos que el Hospital adquirió con un crédito del gobierno italiano. 5) Cuál es el régimen de coordinación del servicio del Centro de Tratamiento Intensivo (CTI) para adultos y para niños en el departamento de San José. 6) Si hay algún convenio por servicio de CTI de adultos y CTI de niños con el subsector privado de salud en el mencionado departamento. Saludo al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1062/011
42) “Montevideo, 10 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP). Indicar: 1) Cuál es el monto que adeuda ANCAP por concepto de compra de petróleo y derivados proveniente de la República Bolivariana de Venezuela. 2) Cuál es el plan de pagos de dicha deuda. 3) Qué pagos se han realizado. 4) En qué fecha comenzó el acuerdo de compra de petróleo con dicha República. 5) Qué beneficios tiene para ANCAP el acuerdo con Venezuela de suministro de petróleo. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1042/011 43) “Montevideo, 10 de agosto de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Indicar: 1) Cuál es el plan de construcción de viviendas y de soluciones habitacionales previsto para atender el déficit habitacional en la Ciudad del Plata, departamento de San José. 2) Cuándo comienza su aplicación. 3) Cuál es el plan de viviendas a realizar en el llamado hospital viejo de la ciudad capital del departamento de San José. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/1041/011 44) “Montevideo, 29 de junio de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Secundaria. Indicar qué medidas se han tomado para resolver los problemas existentes en el liceo de la ciudad de Libertad, departamento de San José, concernientes a: 1) Falta de personal de limpieza y portería. 2) Ausencia de servicio policial para la seguridad de las personas y de las instalaciones. 3) Existencia de vidrios rotos y faltantes de los mismos en diversas aberturas, y rotura de paredes en dependencias del instituto. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/905/011
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45) “Montevideo, 12 de abril de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), y al Consejo de Educación Secundaria. Informar: 1) Cuál es el estado de cumplimiento de las obras de ampliación (por superpoblación estudiantil), de refacción (rampa de acceso para discapacitados), de construcción de alero y de otro baño y de un espacio acondicionado para educación física, que se habían comprometido a principios del año 2010 en el Liceo de Playa Pascual, departamento de San José. 2) Cuándo comienzan y cuándo se prevé la terminación de las obras de construcción de aulas en el Liceo de Delta del Tigre, departamento de San José. 3) En qué estado se encuentra la instalación del aula prefabricada para dicho liceo. 4) Cuándo comienza la construcción de un nuevo edificio para el Liceo de Delta del Tigre. 5) Cuándo se inician las obras de refacción de la instalación eléctrica y del techo de la biblioteca y del gimnasio del Liceo de San José Dr. Alfonso Espínola, en donde se están usando los patios y el salón de actos para dictar clases. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/738/011 46) “Montevideo, 23 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes a los Ministerios de Relaciones Exteriores; de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Industria, Energía y Minería. Indicar: 1) Si tiene planes el Poder Ejecutivo de introducir energía nuclear en nuestro país. 2) Si el Gobierno planteó a la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA), el interés de nuestro país en introducir energía nuclear. 3) En caso afirmativo, cuál fue la respuesta. 4) Qué planes hay para la generación de energía nuclear en nuestro país. 5) Cuál es la situación de seguridad de las centrales nucleares instaladas en la República Argentina y en la República Federativa del Brasil. 6) Si ha solicitado el Poder Ejecutivo informes a dichos países y a la AIEA acerca de las condiciones de seguridad de dichas plantas nucleares. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/683/011 47) “Montevideo, 23 de marzo de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Luis Lacalle
Pou. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes a los Ministerios de Relaciones Exteriores; de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Industria, Energía y Minería. Indicar: 1) Si tiene planes el Poder Ejecutivo de introducir energía nuclear en nuestro país. 2) Si el Gobierno planteó a la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA), el interés de nuestro país en introducir energía nuclear. 3) En caso afirmativo, cuál fue la respuesta. 4) Qué planes hay para la generación de energía nuclear en nuestro país. 5) Cuál es la situación de seguridad de las centrales nucleares instaladas en la República Argentina y en la República Federativa del Brasil. 6) Si ha solicitado el Poder Ejecutivo informes a dichos países y a la AIEA acerca de las condiciones de seguridad de dichas plantas nucleares. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/683/011 48) “Montevideo, 1º de setiembre de 2010. Señora Presidenta de la Cámara de Representantes, Ivonne Passada. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, solicitamos que se curse el presente pedido de informes al Ministerio de Relaciones Exteriores. Es de capital importancia para el país lo relacionado con el acuífero Guaraní, recurso natural renovable que recibe agua como resultado de la infiltración directa del agua de la lluvia y de la infiltración indirecta vertical, en las discontinuidades de la roca. Es un recurso transfronterizo compartido que abarca una superficie de 1.190.000 kilómetros cuadrados en el territorio de los cuatros países miembros del Mercosur, participando nuestro país en un 3,8% del mismo en los departamentos de Artigas, Paysandú, Salto, Rivera y Tacuarembó. El sistema acumula un enorme volumen de agua cuyo límite superior se encuentra a profundidades que oscilan entre los 20 y los 1.800 metros. Los países miembros del Mercosur, han acordado regular su uso sustentable que implica conseguir que el volumen total de agua extraída no supere la capacidad natural de recarga del sistema. Asimismo, su aprovechamiento equitativo supone conocer su dinámica, determinar el aporte que realiza cada país al total y establecer criterios y mecanismos que aseguren que cada uno de ellos extraiga una justa proporción del rendimiento sustentable. Por lo expuesto, solicito se informe: A qué acuerdo se ha llegado en el ámbito del Mercosur respecto del acuífero Guaraní, brindándonos toda la información sobre el mismo. Saludamos a la señora Presidenta muy atentamente. GUSTAVO CERSÓSIMO, Representante por San José”. C/322/010
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23.- Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación).
Continuando con el asunto en debate, tiene la palabra el señor Diputado Jorge Guekdjian. SEÑOR GUEKDJIAN.- Señor Presidente: en primer lugar, quiero felicitar a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social que trabajó en el proyecto que tenemos a estudio: “Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación)”. En segundo término, como decía el Diputado Gamou, siento orgullo de integrar esta ilustre Cámara, ya que en el día de hoy va a aprobar un proyecto de ley que va a dar felicidad a muchas familias uruguayas. En efecto, muchas familias uruguayas van a estar felices esta noche y a partir de hoy. En tercer lugar, comparto los argumentos expresados por los compañeros legisladores que me precedieron en el uso de la palabra, en especial, algunos planteos que han sido muy conmovedores. También nos conmueve el informe de la Comisión de Salud y Asistencia Social porque habla de técnicas practicadas en nuestro país desde hace veinticinco años, que no han sido debidamente reguladas. Hace veinticinco años estábamos en 1987; nueve años después, en 1996, el entonces Senador, doctor Alberto Cid presenta un proyecto de ley en la Cámara Alta, que se usó de base de trabajo para esta iniciativa, presentada por el Diputado Luis Lacalle Pou, en diciembre de 2010. Quiere decir que en estos veinticinco años, históricamente puedo marcar tres períodos: 1987 -reitero que hace veinticinco años estamos con estos temas en el país-; 1996, Senador doctor Alberto Cid; 2010, Diputado Luis Lacalle Pou; y hoy, 9 de octubre de 2012. Digo una vez más que esta es una fecha muy importante para esta ilustre Cámara que, de acuerdo con las expresiones de los demás compañeros Diputados, con las posiciones que se han manifestado en Sala, aprobará integralmente este proyecto, a pesar de las discrepancias existentes sobre algunos artículos, entre los cuales, quizá, me incluya. No obstante, todos los compañeros Diputados, los legisladores por unanimidad, están contestes con el texto de este articulado: entre las expresiones vertidas hasta el momento, no se oyó ni una sola voz que presentara alguna objeción a este proyecto.
Por esta razón, la iniciativa presentada merece el respaldo unánime de esta Cámara, que estamos seguros va a tener en forma integral. Desde ya nos comprometemos a votar el articulado con la fuerza más vigorosa que tenemos, porque este proyecto da solución a un proceso que, si bien hay fechas históricas que abarcan veinticinco años y ya mencioné, entiendo que es muy anterior, porque hace cien, doscientos, trescientos, quinientos, mil o más años que muchas familias que han querido tener hijos, no han podido tenerlos. Debo hacer una manifestación personal: cumplo treinta años de casado esta semana y me encuentro entre ellas -quizás por falta de técnicas o de avances de la ciencia-, y estoy orgulloso y feliz de que hoy me haya tocado integrar esta Cámara, que va a aprobar este proyecto que tiene gran vigencia y valor para la vida humana. Estoy realmente conmovido desde que comenzó la exposición de este tema y desde que empecé a leer el proyecto tal como viene redactado de la Comisión, que tan denodadamente ha trabajado y a la que felicito con toda mi entereza y todas mis fuerzas. Creo que hace mucho más de veinticinco años que este problema se ha planteado en el país porque muchas familias querían tener hijos y no pudieron porque no había técnicas que los ayudaran a ser madres y padres. Nosotros debemos ser los propulsores de la aprobación de las técnicas que se han venido desarrollando desde hace veinticinco años. Tenemos la obligación moral, ética, religiosa y cristiana, desde el punto de vista que lo miremos y como legisladores, de promover, apoyar y provocar la promoción de este proyecto. Además, se debe publicitar la aprobación de este proyecto cuando sea sancionado por el Senado y luego promulgado por el Poder Ejecutivo. Ha sido muy importante la inclusión del artículo 2º. ¿Por qué? Tal como se ha manifestado en Sala, estos procesos de procreación asistida son muy costosos y a ellos no han podido acceder las familias no pudientes. El artículo 2º tal como está redactado -esta es otra alegría que compartimos con los compañeros de la Cámara- habla del deber del Estado y establece que se deberá garantizar entre las prestaciones integrales, obligatorias de asistencia a los usuarios el asesoramiento, el tratamiento y los estudios requeridos. Creo que eso es de un valor imponderable porque las familias no pudientes, las familias de los trabajadores van a poder acceder a la reproducción
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humana asistida, técnica que hasta ahora les estaba vedada en forma integral. También nos da absoluta tranquilidad y seguridad el artículo 23 -tal como refería la señora Diputada Sanseverino- por el cual se crea la Comisión de Reproducción Humana Asistida. Nos detenemos en el acápite del artículo 24, que establece cuáles serán los cometidos de la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida y, entre otros, en el literal C), que dice: “Vigilancia ética de los procedimientos”. La vigilancia ética de los procedimientos la va a realizar esa Comisión integrada por representantes del Ministerio de Salud Pública, del Instituto de Donación y Transplante, de la Facultad de Medicina, de las Sociedades Científicas dedicadas al tema y del Colegio Médico del Uruguay. Por estas razones, tenemos la certeza absoluta de que esta Comisión apoyará todo el movimiento que el Poder Ejecutivo genere. Ella controlará ese deber de asistencia que tendrá el Estado, tal como se establece en el artículo 2°, que dice: “(Deber del Estado).Las entidades públicas y privadas que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud, deberán garantizar dentro de las prestaciones” -reitero: deberán; en el acápite se establece “Deber del Estado”- “dentro de las prestaciones […]” el tratamiento y asesoramiento requeridos para estos temas. (Murmullos.- Campana de orden) ——Por lo tanto, voy a apoyar integralmente este proyecto, aunque haya alguna discrepancia o diferencia con respecto de algún artículo. SEÑOR DELGADO.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GUEKDJIAN.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR DELGADO.- Señor Presidente: queremos dejar constancia de que vamos a acompañar este proyecto de ley. Felicitamos a quienes fueron protagonistas de los antecedentes, el entonces Senador Alberto Cid y el señor Diputado Lacalle Pou, así como la labor de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social que -me consta—trabajó mucho en este tema. También felicitamos al señor Diputado Chiesa, quien ha ido informando a la bancada de cada una de
las vicisitudes, problemas, opiniones que recibían de las delegaciones, así como de las dudas que surgían en torno a un proyecto absolutamente complejo. Este proyecto se iba a considerar el martes pasado pero en tres artículos no había acuerdo en la Comisión. Es más: estábamos en la coordinación y firmamos una moción para que se incluyera como segundo punto del orden del día. Sin embargo, recibimos una llamada del señor Diputado Chiesa solicitando en nombre de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social que se postergara una semana el tratamiento de este asunto para buscar consenso en esos tres artículos. Hoy alcanzamos un acuerdo prácticamente total con relación al articulado, lo que significa que valió la pena esperar una semana. Cuando hay voluntad de priorizar la vida, los diferentes parlamentarios y partidos podemos consensuar algunas regulaciones en un tema tan complejo, difícil y complicado, que atraviesa concepciones morales, filosóficas y científicas. Me gusta mucho que este proyecto priorice la vida. Creo que el mejor título que podríamos darle sería el de priorizar la oportunidad de la vida. Además, establece un concepto que es bueno rescatar: el de la pareja en la toma de decisiones. Hasta ahora eso no se había tenido demasiado en cuenta y hoy se incorpora en este proyecto de ley para que haya una definición colectiva en la materia. Se establecen multas, penas y regulaciones. Durante mucho tiempo esta actividad se realizó en el país con un gran componente ético por parte de quienes se dedicaban a ella, pese a que no tenían las regulaciones adecuadas ni las penalizaciones correspondientes. Este proyecto no solo avanza en determinar y regular las técnicas sino que, además, se establecen los delitos y las faltas. Asimismo, como decía algún legislador, comete al Ministerio de Salud Pública una especie de superintendencia y otorga, a través del Sistema Nacional Integrado de Salud, la oportunidad de generar vida a aquellos que, teniendo la voluntad, no tenían recursos para lograrlo. Me gusta una frase que está en el artículo 12, donde se prohíbe descartar los embriones viables. Eso tiene mucho que ver con lo que estoy diciendo. Además, con el artículo 2° y el artículo 22, que establece el delito de clonación, se estipula claramente cuándo
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se empieza a manipular el material genético y cómo se penaliza a quienes lo cometan. Esas son las garantías que nos da este proyecto de ley, que vamos a acompañar con mucho gusto, porque cuenta con consenso y ha sido el fruto del trabajo serio y responsable de una Comisión del Parlamento. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el señor Diputado Guekdjian. SEÑOR GUEKDJIAN.- ¿Cuánto tiempo me resta, señor Presidente? SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Le restan dieciocho minutos, señor Diputado. SEÑOR GUEKDJIAN.- Agradezco el aporte del señor Diputado Delgado. Quiero terminar mi exposición señalando que hoy, 9 de octubre, me tocó actuar en esta Cámara -los compañeros me conocen como el suplente de un Diputado- y siento enorme orgullo y felicidad por estar presente en este plenario. Tengo el convencimiento -así lo han manifestado los compañeros legisladores- de que se va a aprobar este proyecto de ley. Felicito a los compañeros Diputados presentes y a todos quienes integran la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de la Cámara de Representantes por el esfuerzo denodado que han hecho durante tanto tiempo, recibiendo y escuchando el sentir de mucha gente de diferentes delegaciones, tal como manifestaba el señor Diputado Chiesa. Reitero que me congratulo de estar aquí presente y adelanto mi voto afirmativo a esta iniciativa. SEÑOR FERNÁNDEZ SARUTTE.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GUEKDJIAN.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR FERNÁNDEZ SARUTTE.- Señor Presidente: es para mí un placer encontrarme por primera vez en esta Sala, como suplente del señor Diputado Novales. Brevemente quiero fundamentar mi voto. Acá se habló mucho de concepción religiosa y se utilizó mucho la palabra creencia. Soy cristiano y quiero decir que desde mi posición religiosa no hay ningún problema en todo lo que sea apoyar la vida.
Al leer este proyecto de ley no pienso en él sino en personas, en Jöel y en Alejandra, dos amigos de treinta y seis años que hasta ahora no han podido tener familia. ¡Cuánto les va a beneficiar esta iniciativa a Jöel y a Alejandra! Reitero que desde mi concepción religiosa no hay ninguna oposición sino todo lo contrario en apoyar todo lo que tenga relación con la vida. Algunos debaten entre Dios y la ciencia. (Murmullos.- Campana de orden) ——Un gran sabio llamado Salomón dijo que los ojos de Dios velan por la ciencia. Creo que el primero en apoyar la vida es lo que en nuestra fe religiosa es Dios. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el señor Diputado Guekdjian. SEÑOR GUEKDJIAN.- Señor Presidente… SEÑOR AMARILLA.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GUEKDJIAN.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR AMARILLA.- Señor Presidente: celebramos una norma fundamentada en la promoción de nacimientos, en la promoción de vida. En la sesión de hoy se ha hecho alguna alocución referida a la supuesta coherencia entre la posición sostenida hace algunas semanas con el proyecto sobre interrupción voluntaria del embarazo, y esta iniciativa. Quiero decir con firmeza que mantengo la coherencia entre haber votado en defensa y en promoción de la vida en la sesión del 25 de setiembre, y en apoyar la vida y los nacimientos que se promueven en esta iniciativa para asistir y ayudar a las parejas que tienen dificultades para procrear. (Murmullos.- Campana de orden) ——Este proyecto es de profunda justicia y equidad para aquellas parejas que no pueden financiar -como se ha dicho y no quiero reiterar- los costosos tratamientos para procrear. Este proyecto da un marco, que es mucho mejor que no tener nada. Deseo manifestar que me siento representado, tanto por el informe del señor Diputado Chiesa, como
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por toda la fundamentación que realizó el señor Diputado Lacalle Pou. Quiero dejar constancia de que por objeciones, dudas y reparos desde el punto de vista ético, pero también jurídico, no voy a votar algunos artículos de este proyecto de ley. Me refiero a los artículos 7º. 8º, 9º, 11 y 13. Con respecto al artículo 14, el señor Diputado Chiesa expresó por qué no lo vamos a votar. Sí vamos a apoyar, celebrando el fundamento, lo que establecen los primeros artículos del proyecto relativo a la promoción del nacimiento y de la vida. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el señor Diputado Guekdjian. SEÑOR GUEKDJIAN.- He terminado, señor Presidente. SEÑOR BORSARI BRENNA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BORSARI BRENNA.- Señor Presidente: voy a decir muy pocas cosas en virtud de que es nuestra voluntad que este proyecto de ley se vote antes de la hora de finalización de esta sesión. No puedo ausentarme de la fundamentación de este proyecto en el sentido de que hoy se está dando un paso muy importante respecto de las técnicas de reproducción humana asistida. No entro en el articulado porque este proyecto está por encima de las formas que se han adoptado. Un poco más acá o un poco más allá, es bien importante que la Cámara y la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social se hayan puesto de acuerdo en un texto que reglamenta este tipo de actividades. Si bien en nuestro país hace mucho tiempo que se realizan técnicas de reproducción humana asistida, era menester regularlas. Como bien ha dicho el señor Diputado Lacalle Pou, solo quienes vivieron estas circunstancias pueden darse cuenta del drama y los malos momentos que pasan las mujeres y los hombres que deben recurrir a este tipo de técnicas para procrear y tener hijos. El profesor Roberto Nicholson, argentino, médico de profesión especializado en estas técnicas, fue el introductor de estas técnicas en Latinoamérica. Con mi esposa, hace algunos años, lo escuchábamos como a
un maestro. Él nos decía que los procedimientos de reproducción asistida constituyen una serie de fracasos que culmina -o puede culminar- en un éxito. Esa es la mejor definición, porque las parejas tienen sobre sí una carga emocional muy importante al momento de incursionar en estas técnicas. Por eso me parece muy bien que se haya legislado para que el Estado subsidie tanto los estudios como los tratamientos que sean necesarios para concebir. Al mismo tiempo celebro que los señores Diputado Vega Llanes y Lacalle Pou se hayan puesto de acuerdo en este proyecto de ley. Muchas gracias, Presidente. SEÑORA LAURNAGA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA LAURNAGA.- Señor Presidente: en primer lugar quiero saludar el trabajo de la Comisión. Sabemos que la articulación de las distintas filosofías, percepciones, voluntades y emociones en este plano fueron muy complejas. Por lo tanto, los integrantes de dicha Comisión tuvieron que hacer un ejercicio, que es el mismo que este Parlamento deber realizar, es decir, posicionarse desde una actitud republicana -y diría que laica- para garantizar los derechos de todos, independientemente de las posturas religiosas, filosóficas o morales, para hacer viable un derecho. En particular, quiero saludar al señor Diputado Lacalle Pou, por todo lo que ha puesto en este trabajo y en esta lucha, así como al ex Senador Cid. Fundamentalmente, me complace señalar que si bien hace unos días -como decía mi compañera, la señora Diputada Tourné- estuvimos argumentando por las mismas razones la ley de interrupción voluntaria del embarazo en determinadas condiciones y plazos, hoy tenemos el profundo gusto -estamos muy tranquilos y queremos expresar la coherencia que implica desde el punto de vista republicano- de votar un proyecto de ley que garantiza –tomando al Estado como garanteel ejercicio de un derecho tan fundamental como el de la reproducción humana asistida. Se ha señalado en Sala que fue la madurez que el tiempo ha dado a este Parlamento o a esta sociedad -me refiero al tránsito desde 1995 hasta el pre-
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sente- lo que hizo posible la aprobación de este proyecto de ley. Al respecto, hay muchos artículos -muchos debates referidos a artículos- sobre los que personalmente no tengo opinión formada. Por ejemplo, hablo del alquiler de vientres, algo que se mencionó en este plenario; uno tiende a pensar que también tendría que haber absoluta libertad. De todos modos, debo decir que estamos en una etapa del desarrollo científico y de la maduración política y social en la que se instala cada día más una agenda política muy vinculada, ya no a patrones religiosos o filosóficos, sino a una dimensión de la bioética que nos dará una cantidad de oportunidades y de incertidumbres en la vida. En tal sentido, los Premios Nobel de Medicina que acaban de otorgarse fueron para dos científicos que están trabajando en el procesamiento y desarrollo de células madre. Este tema, aplicado a la salud, estará vinculado con muchísimas cosas que generarán dilemas científicos, pero también filosóficos y luego políticos, que deberemos enfrentar. Por lo tanto, saludo esta actitud pública, laica y republicana que muchos de nosotros queremos resaltar en el día de hoy para compartir el esfuerzo de esta Comisión presidida por el miembro informante en mayoría, señor Diputado Vega Llanes. Eso implica una actitud actual, contemporánea y moderna que será ineludible en una agenda inmediata posterior. Salud, entonces, a este Parlamento por la decisión que va a tomar hoy. Muchas gracias, señor Presidente.
——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y tres: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 9 de octubre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito licencia desde el 24 al 27 de octubre del corriente, de acuerdo con el literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827 de 20 de setiembre de 2004, para concurrir a los eventos del Parlamento Latinoamericano, en Buenos Aires, entre los días 25 y 26 de octubre de 2012. (Se adjunta detalle de las jornadas). Asimismo, solicito se convoque al suplente correspondiente Dr. Julio Álvarez, por el período mencionado. Saluda atentamente, RICARDO BEROIS Representante por Flores”. “Comisión de Asuntos Internos
24.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja aprobar la siguiente solicitud de licencia: En misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Ricardo Berois, por el período comprendido entre los días 24 y 27 de octubre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Julio Álvarez”.
VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Flores, Ricardo Berois, para participar de la reunión de la Comisión de Asuntos Económicos, Deuda Social y Desarrollo Regional del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 24 y 27 de octubre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo primero por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo primero de esta.
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La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 24 y 27 de octubre de 2012, al señor Representante por el departamento de Flores, Ricardo Berois, para participar de la reunión de la Comisión de Asuntos Económicos, Deuda Social y Desarrollo Regional del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 904, del Lema Partido Nacional, señor Julio Álvarez. Sala de la Comisión, 9 de octubre de 2012. GERMÁN CARDOSO, LUIS A. LACALLE POU, NELSON ALPUY”.
de la coma, es decir: “[…] independiente del resultado de esta”, porque esa expresión no tiene mucho sentido. Además, habría que adecuar el nombre del Instituto Nacional de Donación y Transplantes de Órganos y Tejidos -que tiene un nombre larguísimo-, porque la ley que lo crea lo denomina de una manera y en el proyecto lo hacemos de otra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- ¿De qué artículo está hablando, señor Diputado? SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: eso está en varios artículos: en el 9º y en el 23. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Entonces, en el artículo 9º, sería Instituto Nacional de Donación y Transplantes. SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: sí, pero en realidad, se llama Instituto Nacional de Donación y Transplantes de Células, Tejidos y Órganos. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Por lo tanto, sería Instituto Nacional de Donación y Transplantes de Células, Tejidos y Órganos. ¿De acuerdo? SEÑOR VEGA LLANES.- Así es, señor Presidente. Luego, en el artículo 23, por el que se crea la Comisión, omitimos la palabra “Honoraria”, error que reiteramos -por lo menos coherentemente- en el artículo 25. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- ¿Dónde va la palabra “Honoraria”? SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: sería Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida. En el artículo 25 se reitera esta omisión. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Entonces, en el artículo 9º debe aparecer Instituto Nacional de Donación y Transplantes de Células, Tejidos y Órganos y, en el 23 y el 25, deberá figurar Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida. En consecuencia, se van a votar todos los artículos -con la supresión de la lectura-, excepto los desglosados, que son los siguientes: 2º, 7º, 8º, 9º, 11, 12, 13, 14 y 21. Se aclara que para los artículos 12 y 21 existen sustitutivos. Se va a votar si se suprime la lectura de los artículos.
25.- Técnicas de reproducción humana asistida. (Regulación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Setenta y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. SEÑOR DELGADO.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR DELGADO.- Señor Presidente: mocionamos para que se suprima la lectura de los artículos y para que se vote en bloque, desglosando los artículos 2º, 7º, 8º, 9º, 11, 12 -del que hay un sustitutivo en la Mesa-, 13, 14 y 21 -sobre el que se ha presentado un aditivo. SEÑOR VEGA LLANES.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VEGA LLANES.- Señor Presidente: haciendo acuerdo con lo planteado por el señor Diputado Delgado, quiero decir que en el segundo inciso del artículo 1º hay que suprimir las últimas palabras, luego
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(Se vota) ——Setenta y dos en setenta y cinco: AFIRMATIVA. Se va a votar el proyecto con las modificaciones expresadas en Sala, salvo los artículos desglosados. (Se vota) ——Setenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 2º. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 7º. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 8º. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. (Diálogos) ——Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 9º. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 11. (Se vota) ——Setenta y cinco en setenta y siete: AFIRMATIVA. El artículo 12 tiene un sustitutivo presentado por la señora Diputada Sanseverino y por los señores Diputados Chiesa, Radío, Rostán y Vega Llanes. (Se lee:) “Artículo 12.- 1.- Luego de producida la fertilización de los ovocitos, podrán transferirse al úte-
ro, solamente dos embriones por ciclo, salvo expresa indicación médica, en que podrán transferirse un máximo de tres embriones.- Deberán preservarse todos los embriones viables restantes no transferidos, los que serán reservados a los efectos de transferirse en un ciclo diferido.2.- Producido el ciclo diferido mencionado y en el caso de que la mujer no esté en condiciones o se niegue a recibir los embriones, deberá procederse a la donación de los mismos, quedando prohibido el descarte de embriones viables. En todos los casos la donación será anónima y honoraria.Los pacientes deberán ser previamente informados de las condiciones establecidas en los numerales anteriores y decidirán si quieren realizar el procedimiento bajo las mismas.- De no aceptarlas, únicamente se procederá a la fertilización de un máximo de tres ovocitos.” ——La Mesa aclara que este artículo tiene un “nomen iuris”: “Condiciones para la fertilización, donación y descarte de embriones”. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 12, tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Cero en setenta y ocho: NEGATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 12 sustitutivo. (Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 13. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 14. (Se vota) ——Cincuenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. SEÑOR CHIESA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado.
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SEÑOR CHIESA.- Señor Presidente: muy brevemente quisiera dejar constancia de que no votamos este artículo porque precisamente expresa que el fin de la vida incluye sus gametos o embriones y nosotros no vamos a votar una destrucción de embriones. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- El artículo 21 tiene un sustitutivo presentado por la señora Diputada Sanseverino y por los señores Diputados Chiesa, Radío, Rostán y Vega Llanes. (Se lee:) “Artículo 21.- (Prohibición de contratos, sanciones).- Se prohíbe la celebración de contratos a título oneroso o gratuito, exceptuando a los familiares de primer y segundo grado de consanguinidad, por el cual una de las partes provea un embrión para su gestación en el útero de una mujer cuyo gameto no fue utilizado para darle origen, obligándose esta a entregar el nacido a la otra parte o a un tercero.- Quienes intervengan en estas acciones serán castigados con seis meses de prisión a tres años de penitenciaría”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 21, tal como viene de la Comisión. (Se vota) ——Cero en setenta y ocho: NEGATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 21 sustitutivo. (Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR CHIESA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CHIESA.- Señor Presidente: en primer lugar, quiero agradecer la comprensión de los compañeros de la Comisión que aceptaron esta modificación. Creo que es importante resaltar que estamos abriendo la posibilidad de la subrogación hacia los familiares en primer y segundo grado de consanguinidad. Gracias, señor Presidente.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR LACALLE POU.- ¡Que se comunique de inmediato! (Manifestaciones en la barra.- Campana de orden) ——La Mesa advierte que no se pueden hacer manifestaciones desde la barra. Se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (Texto del proyecto aprobado:) “Artículo 1º. (Definición de esterilidad e infertilidad).- A los efectos de esta ley se define la esterilidad como una enfermedad de carácter crónico. Por su parte la infertilidad es una disfunción originada por múltiples causas, tanto de la pareja como de cada uno de sus integrantes. Asimismo, para esta ley, se entiende por pareja estéril aquella que luego de doce meses de relaciones coitales frecuentes, sin medidas anticonceptivas, no ha logrado una gestación. Por su parte, se entiende por pareja infértil aquella que luego de doce meses de relaciones coitales frecuentes, no ha logrado llevar a término una gestación. Artículo 2º. (Deber del Estado).- Las entidades públicas y privadas que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud deberán garantizar dentro de las prestaciones integrales de asistencia que obligatoriamente deben brindar a sus usuarios, la posibilidad de la realización de los estudios necesarios de diagnóstico de la infertilidad y/o esterilidad, así como el tratamiento, el material descartable y otros estudios requeridos, el asesoramiento y la realización de los procedimientos terapéuticos de reproducción humana asistida de alta y baja complejidad, las posibles complicaciones supervinientes y la medicación correspondiente en todos los casos. La reglamentación deberá determinar en qué nivel y condiciones el Estado subsidiará tanto los estudios como el tratamiento y demás procedimientos establecidos en el inciso anterior. Artículo 3º. (Definición de técnicas de reproducción humana asistida).- Las técnicas de reproducción
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humana asistida son, para esta ley, aquellas que pueden provocar un embarazo que por medios naturales no es posible. Artículo 4º. (Habilitación).- Sólo podrán aplicar las técnicas de reproducción humana asistida aquellas instituciones públicas o privadas que hayan recibido la correspondiente habilitación del Ministerio de Salud Pública a estos efectos específicos. Artículo 5º. (Requisitos para su aplicación).- Las técnicas de reproducción humana asistida, dentro del marco de la presente ley, sólo se aplicarán si se cumplen los siguientes requisitos: A) Mayoría de edad de la mujer. B) Certificación extendida por el equipo profesional interdisciplinario tratante y anuencia escrita por la mujer o por ambos miembros de la pareja, en el caso de matrimonio o de unión concubinaria cuando corresponda, en la que conste: I) Haber brindado asesoría a la mujer o a ambos miembros de la pareja, cuando corresponda, sobre procedimientos y posibilidades para optar por la adopción, antes de someterse al tratamiento con técnicas de reproducción humana asistida. II) Justificación para la realización de fertilización “in vitro” en la mujer interesada o por ambos miembros de la pareja, según corresponda, como último procedimiento médico terapéutico para concebir. III) Constancia escrita de los estudios, tratamientos y resultados, seguidos por la mujer o pareja antes de decidir sobre la realización de fecundación “in vitro”. IV) Constancia, mediante la suscripción de un consentimiento informado, de que la mujer o ambos miembros de la pareja, en su caso, han sido informados por el equipo profesional interdisciplinario tratante, sobre requisitos, procedimiento, riesgos, descripción de posibles molestias, secuelas, evolución previsible, peligros y beneficios del tratamiento. V) Exámenes clínicos y paraclínicos que demuestren que los participantes en el tratamiento no son portadores de infecciones de transmisión sexual u otras que
confieran riesgos de defectos congénitos al producto de la concepción y no sean posibles de resolver, según el estado del conocimiento médico. C) Dejar constancia por parte del responsable del equipo actuante de que hay posibilidades razonables de éxito y el procedimiento no supone riesgo para la salud de la mujer o su descendencia. Artículo 6º. (Suspensión de las técnicas de reproducción humana asistida).- La mujer a la que se le apliquen estas técnicas de reproducción humana asistida podrá disponer que se suspendan las mismas antes de la fecundación del óvulo. Tal manifestación de voluntad deberá hacerse por escrito y con los mismos requisitos que se siguieron para consentir. Artículo 7º. (Donación de gametos).- La donación de gametos se realizará en forma anónima y honoraria, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de transacción económica. La donación sólo será revocable cuando el donante precisase para sí los gametos donados, siempre que en la fecha de la revocación aquéllos estén disponibles. La Comisión Honoraria que crea esta ley en su artículo 23, mantendrá un registro de donantes, a los efectos que sólo se pueda ser donante por una vez. En todos los casos se mantendrá la reserva de la identidad de donantes y receptores. Artículo 8º. (Identidad del donante).- Sólo en circunstancias extraordinarias, que comporten un comprobado y grave peligro para la salud psicofísica del hijo, se podrá revelar la identidad del donante, siempre que ello sea indispensable para evitar ese peligro. La reglamentación respectiva determinará detalladamente las situaciones a contemplar por esta excepción y el modo y requisitos de acreditar las mismas. Ese conocimiento tendrá carácter restringido, no implicará publicidad de la identidad ni producirá ninguno de los efectos jurídicos derivados de la filiación. Artículo 9º. (Donación de gametos).- El Instituto Nacional de Donación y Transplante de Células, Tejidos y Órganos creará un banco de gametos al cual puede recurrirse en iguales condiciones que las prestaciones que brinda este Instituto. Las instituciones públicas y privadas autorizadas por el Ministerio de Salud Pública para realizar técnicas de reproducción humana asistida podrán tener
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sus bancos de gametos, los que supervisará y controlará el Instituto. La donación no genera responsabilidades civiles ni patrimoniales en el futuro y se mantendrá reserva sobre su identidad, salvo que, por caso de enfermedad, sea necesaria su revelación, debiéndose contar para esto con la aprobación de la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida. Artículo 10. (Interés superior del niño).- El o los hijos nacidos mediante las técnicas de reproducción humana asistida tendrán derecho a conocer el procedimiento efectuado para su concepción. Artículo 11. (Conservación).- Los gametos y embriones no implantados se conservarán por el lapso que determine la reglamentación, teniendo en cuenta la viabilidad y la posibilidad de generar un embarazo a partir de éstos. Artículo 12. (Condiciones para la fertilización, donación y descarte de embriones).- Luego de producida la fertilización de los ovocitos, podrán transferirse al útero solamente dos embriones por ciclo, salvo expresa indicación médica, en que podrán transferirse un máximo de tres embriones. Deberán preservarse todos los embriones viables restantes no transferidos, los que serán reservados a los efectos de transferirse en un ciclo diferido. Producido el ciclo diferido mencionado y en el caso de que la mujer no esté en condiciones o se niegue a recibir los embriones, deberá procederse a la donación de los mismos, quedando prohibido el descarte de embriones viables. En todos los casos la donación será anónima y honoraria. Los pacientes deberán ser previamente informados de las condiciones establecidas en los incisos anteriores y decidirán si quieren realizar el procedimiento bajo las mismas. De no aceptarlas, únicamente se procederá a la fertilización de un máximo de tres ovocitos. Artículo 13. (Derecho a la información).- Los receptores de gametos o embriones tienen derecho a información general sobre el fenotipo a recibir. Artículo 14. (Prohibición de fertilización).- No podrán realizarse fertilizaciones de gametos o implantarse embriones de personas que fallecieron luego de la toma de muestras o fertilización de gametos. Se considera que el fin de la vida incluye sus gametos o embriones. En los casos de separación, la mujer no podrá ser fertilizada con el semen de su pareja o implantarse
embriones previamente conservados salvo que el hombre preste su expreso consentimiento escrito. Bastará la declaración de que están separados, con certificación notarial de una de las partes para que opere esta prohibición. La institución que no observe estas disposiciones será pasible de las sanciones que la reglamentación determine. Artículo 15. (Filiación, regulación).- La filiación de los nacidos con técnicas de reproducción humana asistida se regulará por las normas vigentes. Artículo 16. (Tipo de filiación).- La filiación materna estará determinada por el parto o la cesárea en los niños nacidos en aplicación de estas técnicas. Artículo 17. (Excepciones y prohibiciones).- Los gametos podrán ser utilizados con fines de investigación básica o experimental para la mejora de las técnicas de reproducción. Estos gametos no podrán ser fertilizados con fines de obtener embriones. Se prohíbe la experimentación con embriones viables o no. La no observancia de estas disposiciones será pasible de clausura de la institución que lo realice. Artículo 18. (Investigaciones genéticas).- Las investigaciones genéticas sólo serán permitidas para certificar el estado de salud de los embriones. La inobservancia acarreará sanciones que podrán llegar hasta la clausura de la institución. Artículo 19. (Autorización para funcionar).- Los centros que apliquen estas técnicas deberán contar con la habilitación del Ministerio de Salud Pública, debiendo, los que estén funcionando, adecuarse a las disposiciones de esta ley en un plazo de noventa días a partir de su promulgación. La Dirección Técnica de los referidos centros será ejercida por un médico titulado, quien será responsable ante las autoridades del cumplimiento de las normas legales. Compete al Ministerio de Salud Pública, a través de la Dirección General de la Salud, la regulación y la auditoría, aun contable, de estos centros. Artículo 20. (Sanciones).- Las infracciones a la presente ley serán sancionadas con multas a los centros, que oscilarán entre 10.000 UI (diez mil unidades indexadas) y 1.000.000 UI (un millón de unidades indexadas), según la gravedad y reincidencia, pudiendo incluso ser clausurados los mismos, si los delitos son considerados graves. La escala con que se regularán
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las referidas sanciones será fijada en la reglamentación respectiva. Los profesionales intervinientes en estas infracciones serán sancionados con inhabilitación de su título por el lapso de treinta días a dos años. Artículo 21. (Prohibición de contratos, sanciones).- Se prohíbe la celebración de contratos a título oneroso o gratuito, exceptuando a los familiares de primer y segundo grado de consaguinidad, por el cual una de las partes provea un embrión para su gestación en el útero de una mujer cuyo gameto no fue utilizado para darle origen, obligándose ésta a entregar el nacido a la otra parte o a un tercero. Quienes intervengan en estas acciones serán castigados con seis meses de prisión a tres años de penitenciaría. Artículo 22. (Delito de clonación).- El profesional que, con el fin de crear por clonación seres humanos idénticos, conteniendo el mismo patrimonio genético que un progenitor, manipule células humanas o material genético o transfiera a una mujer un embrión así creado, será castigado con dos a seis años de penitenciaría e inhabilitación del título por el doble de la condena. Si llegare a crear uno o más seres humanos por clonación, la pena será de tres a nueve años de penitenciaría e inhabilitación del título por el doble de tiempo de la condena. La no observancia de estas disposiciones generará la clausura definitiva de la institución que lo realice. En todos los casos que se sanciona a la institución con la clausura definitiva, es sólo a los efectos de poder continuar actuando como centro de reproducción humana asistida. Artículo 23. (Creación).- Créase la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida, que funcionará en la órbita del Ministerio de Salud Pública. Estará integrada por: A) Un representante del Ministerio de Salud Pública, que la presidirá. B) Un representante del Instituto Nacional de Donación y Transplante de Células, Tejidos y Órganos.
C) Un representante de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República. D) Un representante de las sociedades científicas dedicadas al tema, debidamente acreditadas. E) Un representante del Colegio Médico del Uruguay. Podrá crear Consejos Asesores transitorios o definitivos, teniendo en cuenta la representación de las organizaciones no gubernamentales que trabajan en el tema. Artículo 24. (Cometidos).- Serán cometidos de la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida: A) Asesorar al Ministerio de Salud Pública sobre políticas de reproducción humana, así como sobre los avances en la materia. B) Investigar y determinar la pertinencia de nuevas técnicas. C) Vigilancia ética de los procedimientos. D) Los que determine la reglamentación. Artículo 25. (Procedimiento para la aplicación de las medidas de clausura por incumplimiento de la ley).- En todos los casos en que se detecten infracciones, la Comisión creada por el artículo 23 de la presente ley deberá informar de manera preceptiva al Ministerio de Salud Pública sobre la existencia de la presunta infracción y aconsejar la medida que estime pertinente. El Ministerio de Salud Pública, en ejercicio de las potestades de policía sanitaria que le confiere la Ley Nº 9.202, de 12 de enero de 1934 (Orgánica de Salud Pública), dentro del marco de sus competencias o, si no es del caso, sancionar. El apartamiento por parte del Ministerio de Salud Pública de lo sugerido por la Comisión Honoraria de Reproducción Humana Asistida deberá operar de manera fundada”.
26.- Levantamiento de la sesión.
SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: mociono para que se levante la sesión. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar.
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(Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
Se levanta la sesión. (Es la hora 19 y 51)
Dr. JORGE ORRICO PRESIDENTE
Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora
Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor
Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo de Taquígrafos
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