Número 3827

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NÚMERO 3827

MONTEVIDEO, MARTES 20 DE NOVIEMBRE DE 2012

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
66ª SESIÓN (EXTRAORDINARIA)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES Dr. JORGE ORRICO (Presidente) Y SUSANA PEREYRA (2da. Vicepresidenta)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y LOS PROSECRETARIOS SEÑORES TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI Y MARTÍN FERNÁNDEZ AIZCORBE
XLVII LEGISLATURA TERCER PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Martes 20 de noviembre de 2012

Texto de la citación

Montevideo, 15 de noviembre de 2012. LA CÁMARA DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión extraordinaria, el próximo martes 20, a la hora 15, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

– ORDEN DEL DÍA 1º.Embarcaciones auxiliares de los cruceros que arriban a la Bahía de Maldonado. (Autorización para el desembarque y embarque de pasajeros). (Carp. 1867/012). (Informado). Rep. 988 y Anexo I Consumo de agua potable. (Normas para fomentarlo). (Carp. 2220/007). (Informado). Rep. 133 y Anexo I Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones con el Gobierno de la República de Rumania. (Aprobación). (Carp. 1811/012). (Informado). Rep. 964 y Anexo I Funcionarios y empleados de empresas privadas con capital accionario mayoritario del Estado. (Obligación de presentar la declaración jurada de bienes e ingresos dispuesta por la Ley Nº 17.060). (Carp. 1896/012). (Informado). Rep. 998 y Anexo I Capital Accionario de la República Oriental del Uruguay en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. (Aumento). (Carp. 1703/012). (Informado). Rep. 918 y Anexo I

2º.-

3º.-

4º.-

5º.-

JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ Secretarios

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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 3 y 5.- Exposiciones escritas …………………………………………………………………………………………………………. 5 y 6 4.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………….. 6 CUESTIONES DE ORDEN 11, 13, 16.- Integración de la Cámara …………………………………………………………………………………….. 34, 56 y 66 11, 13, 16.- Licencias…………………………………………………………………………………………………………….. 34, 56 y 66 18.- Rectificación de trámites ……………………………………………………………………………………………………………. 75 9 y 14.- Urgencias………………………………………………………………………………………………………………………. 31 y 57 ORDEN DEL DÍA 6.- Embarcaciones auxiliares de los cruceros que arriban a la Bahía de Maldonado. (Autorización para el desembarque y embarque de pasajeros). Antecedentes: Rep. N° 988, de setiembre de 2012, y Anexo I, de noviembre de 2012. Carp. N° 1867 de 2012. Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………… 9 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 11 7.- Consumo de agua potable. (Normas para fomentarlo). Antecedentes: Rep. N° 133, de abril de 2010, y Anexo I, de octubre de 2012. Carp. N° 2220 de 2007. Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 19 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 21 8.- Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones con el Gobierno de la República de Rumania. (Aprobación). Antecedentes: Rep. N° 964, de agosto de 2012, y Anexo I, de noviembre de 2012. Carp. N° 1811 de 2012. Comisión de Asuntos Internacionales. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………… 24 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 29 10 y 12.- Suspensión del pago de cuotas de salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores. (Se sustituye el literal E) del artículo 28 de la Ley Nº 18.211). Antecedentes: Rep. N° 901, de junio de 2012, y Anexo I, de noviembre de 2012. Carp. N° 1655 de 2012. Comisión de Hacienda. — Aprobación. Se comunicará al Senado …………………………………………………………………………….. 31 y 54 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 31 15 y 17.- Fideicomisos Financieros para el Incentivo de la Producción Lechera. (Implementación). Antecedentes: Rep. N° 986, de setiembre de 2012. Carp. N° 1846 de 2012. Comisión de Hacienda. — Aprobación. Se comunicará al Senado …………………………………………………………………………….. 57 y 68 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 73 19.- Funcionarios y empleados de empresas privadas con capital accionario mayoritario del Estado. (Obligación de presentar la declaración jurada de bienes e ingresos dispuesta por la Ley N° 17.060). Antecedentes: Rep. N° 998, de setiembre de 2012, y Anexo I, de octubre de 2012. Carp. N° 1896 de 2012. Comisión Especial con Fines Legislativos Vinculados al Lavado de Activos y Crimen Organizado. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 75 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 78 20.- Capital accionario de la República Oriental del Uruguay en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. (Aumento). Antecedentes: Rep. N° 918, de julio de 2012, y Anexo I, de noviembre de 2012. Carp. N° 1703 de 2012. Comisión de Hacienda. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………… 79 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 80

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo Abdala, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Amy, Andrés Arocena, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Bango, Juan J. Bentancor, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Daniel Bianchi, Gustavo Borsari Brenna, Heber Bousses, Samuel Bradford, Irene Caballero, Graciela Cáceres, Daniel Caggiani, Fitzgerald Cantero Piali, Felipe Carballo, Alberto Casas, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa, Luis Da Roza, Walter De León, Belmonte De Souza, Álvaro Delgado, Gustavo A. Espinosa, Guillermo Facello, Álvaro Fernández, Julio C. Fernández, Carlos Gamou, Javier García, Mario García, Juan Manuel Garino Gruss, Daniel González, Óscar Groba, Elsa Hernández, Doreen Javier Ibarra, Pablo Iturralde Viñas, Luis Lacalle Pou, María Elena Laurnaga, Irene Lima, José Carlos Mahía, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda, Felipe Michelini, Martha Montaner, Gonzalo Mujica, Amin Niffouri, Ruben Núñez, Raúl Olivera, Óscar Olmos, Jorge Orrico, Nicolás Ortiz, Miguel Otegui, Yerú Pardiñas, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Daniel Peña Fernández, Aníbal Pereyra, Susana Pereyra, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Esteban Pérez, Mario Perrachón, Ana Lía Piñeyrúa, Ricardo Planchon, Iván Posada, Luis Puig, Álvaro Quintans, Daniel Radío, Roque Ramos, Edgardo Rodríguez, Jorge Rodríguez, Gustavo Rombys, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Berta Sanseverino, Alba Sarasola, Pedro Saravia Fratti, Víctor Semproni, Olga Silva, Mario Silvera, Juan C. Souza, Daisy Tourné, Jaime Mario Trobo, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Álvaro Vega Llanes, Pablo Vela Carmelo Vidalín, Dionisio Vivian, Horacio Yanes (1) y Luis A. Ziminov. Con licencia: Verónica Alonso, Julio Battistoni, José Bayardi, Marcelo Bistolfi Zunini, Rodolfo Caram, Germán Cardoso, Hugo Dávila, Aníbal Gloodtdofsky, Andrés Lima, Alma Mallo, Daniel Mañana, Pablo Mazzoni, Gonzalo Novales, Guzmán Pedreira, Jorge Pozzi, Nelson Rodríguez Servetto, Richard Sander, Martín Tierno, Hermes Toledo Antúnez y Walter Verri. Faltan con aviso: José Carlos Cardoso, Marco Correa, Marcelo Díaz, Rodrigo Goñi Romero y Alberto Perdomo. Actúa en el Senado: Jorge Gandini Observaciones: (1) A la hora 16:47 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Luis Da Roza.

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 195 PROMULGACIÓN DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que promulgó las siguientes leyes: • con fecha 7 de noviembre de 2012, Nº 18.996, por la que se aprueba la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2011. C/1680/012 con fecha 13 de noviembre de 2012: • Nº 18.997, por la que se concede una pensión graciable al señor Héctor Corrales. C/1601/012 • Nº 18.998, por la que se designa “Leonardo Da Vinci” la Escuela Nº 184 del departamento de Montevideo. C/614/011 • con fecha 15 de noviembre de 2012, Nº 18.999, por la que se establece un conjunto de normas con incentivos fiscales, destinadas a promover el turismo receptivo en nuestro país C/1975/012 Archívense

DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA GENERAL La Presidencia de la Asamblea General destina a la Cámara de Representantes los siguientes proyectos de ley, remitidos con su correspondiente mensaje por el Poder Ejecutivo: • por el que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la Cooperativa Industrial Maragata (COOPIMA). C/2013/012 por el que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la empresa BESINEY S.A. C/2014/012 A la Comisión de Legislación del Trabajo DE LA CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores comunica que, en sesión de 14 de noviembre de 2012, ha sancionado los siguientes proyectos de ley: • por el que se modifican disposiciones de la Ley Nº 16.688, de 22 de diciembre de 1994, relativas al régimen de protección y vigilancia ante posibles hechos de contaminación de las aguas jurisdiccionales. C/1162/011 por el que se modifica el artículo único de la Ley Nº 16.674, de 14 de diciembre de 1994, incluyén-

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dose en la misma al Personal Superior del escalafón K “Personal Militar”, subes-calafón MDN de la unidad ejecutora 001 “Dirección Genera de Secretaría de Estado” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”. C/1784/012 Téngase presente INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas se expide sobre el proyecto de ley por el que se modifica el artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954, relativo a la utilización de embarcaciones auxiliares que participan en el desembarque y embarque de pasajeros transportados por los cruceros que arriban a la bahía de Maldonado. C/1867/012 La Comisión de Hacienda se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se sustituye el literal E) del artículo 28 de la Ley Nº 18.211, relativo a la suspensión del pago de cuotas de salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores. C/1655/012 Se repartieron con fecha 15 de noviembre • por el que se dictan normas para la implementación de Fideicomisos Financieros para el Incentivo de la Producción Lechera. C/1846/012 Se repartirá

blezca una política de precios diferenciales para los combustibles en los departamentos fronterizos. S/C El Ministerio de Relaciones Exteriores contesta el pedido de informes del señor Representante Richard Sander, sobre la utilización de créditos vacantes de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional. C/1382/012 El Ministerio de Educación y Cultura remite el informe producido por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, por el que contesta el pedido de informes del señor Representante Juan Ángel Vázquez, hecho suyo por la Cámara en sesión de 9 de octubre de 2012, relacionado con el cumplimiento de la rotación de funcionarios públicos que cumplen tareas en áreas financieras. C/156/010 A sus antecedentes PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Nelson Rodríguez Servetto solicita se cursen los siguientes pedidos de informes sobre los planos de ubicación de los hidrantes en las ciudades del departamento de Maldonado: • • al Ministerio del Interior, con destino a la Dirección Nacional de Bomberos. C/2010/012 al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado. C/2011/012 Se cursaron con fecha 13 de noviembre

La Comisión de Defensa Nacional aconseja el archivo del proyecto de ley por el que se modifica el artículo 34 del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero de 1974, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.038, de 20 de octubre de 2006, incorporando la Ciudad Vieja de Montevideo al área de jurisdicción de la Armada Nacional. C/830/011 Si no se observa, así se procederá COMUNICACIONES GENERALES

La señora Representante Graciela Matiauda solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, relacionado con la disposición de las aguas servidas del centro cívico y comercial Costa Urbana. C/2012/012 Se cursaron con fecha 19 de noviembre”.

La Junta Departamental de Flores contesta la exposición realizada por el señor Representante Guzmán Pedreira, en sesión de 4 de setiembre de 2012, sobre la preocupación por la falta de tierras a ser adjudicadas para vivienda. S/C A sus antecedentes COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS El Ministerio de Industria, Energía y Minería contesta la exposición realizada por el señor Representante Rodolfo Caram, en sesión de 7 de agosto de 2012, por las que solicita al Gobierno que se esta-

3.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Está abierto el acto. (Es la hora 15 y 21) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Alberto Casas solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Oficina de Planea-

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miento y Presupuesto y por su intermedio al Programa Agenda Metropolitana; a la Junta Departamental y a la Intendencia de San José, y por su intermedio al Municipio de Libertad, sobre la necesidad de realizar un rediseño y ejecución de obras en rotondas, cruce de ingresos y acceso a caminos y barrios del referido departamento. C/19/010 El señor Representante Carmelo Vidalín solicita se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República, con destino al Sistema Nacional de Emergencia; al Ministerio del Interior, con destino a la Dirección Nacional de Bomberos, y a los Destacamentos de Bomberos de Durazno y de Sarandí del Yí, a la Junta Departamental y a la Intendencia de Durazno, y por su intermedio al Municipio de Sarandí del Yí, relacionada con la necesidad de destinar al Destacamento de Bomberos de Sarandí del Yí un camión cisterna con capacidad de almacenamiento de agua superior a 5.000 litros y un motor bomba para la extracción de agua de afluentes hídricos para la intervención en zonas rurales. C/19/010 El señor Representante Roque Arregui solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, a los Consejos de Educación Inicial y Primaria, de Secundaria y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, acerca de la necesidad de contar con un sistema de vigilancia adecuado en el edificio donde funciona el Liceo Nº 34 “Rafael Villagrán de Artigas” y las Escuelas “República Argentina” y “Julio Castro”, de Montevideo. C/19/010 Se votarán oportunamente”.

Con aviso: Jaime Mario Trobo. INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Sin aviso: Belmonte de Souza. TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS Con aviso: Amin Niffouri; Guzmán Pedreira; Jorge Caffera. Sin aviso: Guillermo Facello. TURISMO Con aviso: Daniel Morelli. Jueves 15 de noviembre COMISIÓN ESPECIAL DE DROGAS Y ADICCIONES CON FINES LEGISLATIVOS Con aviso: Dante Dini. ESPECIAL DE GÉNERO Y EQUIDAD Con aviso: Gustavo A. Espinosa. ESPECIAL DE POBLACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL Con aviso: Doreen Javier Ibarra; Gustavo Cersósimo”.

5.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Cuarenta y siete en cincuenta: AFIRMATIVA. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor Representante Alberto Casas al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y por su intermedio al Programa Agenda Metropolitana; a la Junta Departamental y a la Intendencia de San José, y por su intermedio al Municipio de Libertad, sobre la necesidad de realizar un rediseño y ejecución de obras en rotondas, cruce de ingresos y acceso a caminos y barrios del referido departamento.

4.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión ordinaria realizada el 13 de noviembre de 2012: Sin aviso: Diego Guadalupe, Jorge Guekdjian y Óscar Olmos. Inasistencias a las Comisiones: Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas: Miércoles 14 de noviembre ASUNTOS INTERNACIONALES

“Montevideo, 14 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Pú-

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blicas; a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y, por su intermedio, al Programa Agenda Metropolitana; a la Intendencia de San José y, por su intermedio, al Municipio de Libertad, y a la Junta Departamental de San José. En virtud de los frecuentes accidentes de tránsito, incluso con desenlaces fatales, -ocurridos en ámbitos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas-, que son de gran preocupación para los vecinos del departamento de San José y, en especial, para los del Municipio de Libertad, se impone la atención en el pronto rediseño, diseño y ejecución de obras que otorguen mayor seguridad de circulación en los siguientes puntos del departamento: 1) Estudiar rediseño de rotonda de ingreso oeste a la ciudad de Libertad y Penal de Libertad en el kilómetro 53,500 de la Ruta Nacional N° 1 Brigadier General Manuel Oribe. 2) Cruce de ingreso a camino Paso Mauricio en el kilómetro 47 de la Ruta Nacional N° 1 Brigadier General Manuel Oribe, donde no existe rotonda. 3) Cruce de acceso al barrio Cololó, ubicado en el kilómetro 56 de la Ruta Nacional N° 1 Brigadier General Manuel Oribe, donde no existe rotonda. 4) Falta de mantenimiento de la Ruta Nacional Nº 45 Alejandro Zorrilla de San Martín, que une a la Ruta Nacional N° 1 (kilómetro 54,500) con la Ruta Nacional N° 11 José Batlle y Ordóñez, en la localidad de Villa Rodríguez. En repetidas ocasiones, en el marco de visitas al departamento de San José, en declaraciones públicas el Ministro de Transporte y Obras Públicas señor Enrique Pintado hizo referencia y reconoció la necesidad de realizar cambios y reparaciones en muchos de los puntos detallados anteriormente, así como también afirmó que las obras de mantenimiento de la Ruta Nacional Nº 45 serían incluidas en el presupuesto quinquenal. (Fuente: semanario ‘La Semana’ de la ciudad de Libertad, publicación del 5 de agosto de 2011). Por otra parte, cabe destacar que son de preocupación el mantenimiento y bacheo de dos tramos de la Ruta Nacional N° 1 -vieja-, en primer lugar del kilómetro 59,250 al kilómetro 63 (Puntas de Valdez) y en segundo lugar el tramo comprendido entre el kilómetro 49 al kilómetro 54 (ciudad de Libertad), que si bien la competencia ha sido trasladada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas al Gobierno Departamental, debería implementarse una actuación coordinada entre ambos. Por lo expuesto, solicitamos que se nos haga llegar la planificación existente sobre los puntos referidos. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ALBERTO CASAS, Representante por San José”. 2) Exposición del señor Representante Carmelo Vidalín a la Presidencia de la República, con destino al Sistema Nacional de Emergencia; al

Ministerio del Interior, con destino a la Dirección Nacional de Bomberos, y a los Destacamentos de Bomberos de Durazno y de Sarandí del Yí, a la Junta Departamental y a la Intendencia de Durazno, y por su intermedio al Municipio de Sarandí del Yí, relacionada con la necesidad de destinar al Destacamento de Bomberos de Sarandí del Yí un camión cisterna con capacidad de almacenamiento de agua superior a 5.000 litros y un motor bomba para la extracción de agua de afluentes hídricos para la intervención en zonas rurales. “Montevideo, 15 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República, con destino al Sistema Nacional de Emergencias; al Ministerio del Interior, con destino a la Dirección Nacional de Bomberos y a los Destacamentos de Bomberos de Durazno y de Sarandí del Yi; a la Intendencia de Durazno y, por su intermedio, al Municipio de Sarandí del Yi, y a la Junta Departamental de Durazno. El auge de la producción forestal, agroindustrial, vitivinícola, comercial y de servicios en el departamento de Durazno, ha tenido en la última década un efecto multiplicador de actividades positivas en la población, con un crecimiento y desarrollo de la región centro del país. Ese aumento sustancial de actividades productivas y comerciales deja también la incertidumbre respecto a que si se produjeran incendios de magnitud en el interior del departamento de Durazno, generaría una alerta por el riesgo latente de producción de focos ígneos, ya que solo se cuenta con dos destacamentos de bomberos, uno ubicado en la ciudad capital y el otro en la ciudad de Sarandí del Yi, pero con una capacidad muy limitada. La Ley Nº 15.896, de 15 de setiembre de 1987, establece las competencias de la Dirección Nacional de Bomberos expresando que le corresponde: ‘…la función de policía del fuego en sus fases preventivas y ejecutiva, así como todo lo relativo a la prevención y combate de fuegos y siniestros que aparejen peligro inmediato para la vida humana o los bienes’. Es justo reconocer la labor diaria y profesional que realizan todos los funcionarios que integran los dos Destacamentos de Bomberos de Durazno, poniendo incluso en riesgo sus vidas, lo cual nos lleva a expre-

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sar que ese capital humano es la piedra angular de la institución. El Destacamento de Bomberos de Sarandí del Yi tiene la responsabilidad de una cobertura territorial superior a los 8.000 km², abarcando zonas densamente forestadas, además de plantaciones agrícolas y localidades pobladas dentro de un perímetro que abarca desde las costas del río Negro hasta la localidad de Batlle y Ordoñez, teniendo localidades y regiones como Villa Carmen que están rodeadas de áreas forestales, vitivinícolas y agrícolas. Cuenta con dos vehículos para el combate de incendios, un camión marca Mahindra modelo Cimarrón que tiene un tanque de almacenamiento de agua de 400 litros de agua y un camión forestal que tiene una capacidad en su tanque de 2.500 litros de agua. De producirse un foco ígneo de magnitud dentro del radio extenso que le corresponde a los bomberos de Sarandí del Yi, al solicitar apoyo al Destacamento de Durazno se deberá pensar en virtud de las distancias que la dotación de ayuda demorará, por lo menos, tres horas en arribar al lugar donde se produjo el incendio. En virtud de la multiplicación de áreas plantadas y de la gran extensión que abarca el Destacamento de Bomberos de Sarandí del Yi, se está haciendo necesario contar con una unidad equipada de tanque cisterna donde almacene una cifra superior a los 5.000 litros de agua como apoyo hídrico y con un motor bomba para la extracción de agua cuando se deba intervenir en zonas rurales y se requiera tomar agua desde cañadas, arroyos o pozos semisurgentes. Asimismo, contar con otro motor bomba de extracción de agua sería fundamental por las características de la región, porque durante las épocas de sequía se brinda un servicio a diferentes edificios públicos, como escuelas rurales, seccionales policiales y a viviendas rurales que no cuentan con agua potable. Por lo expuesto, solicitamos para el Destacamento de Bomberos de Sarandí del Yi, que se provea la adquisición de un camión cisterna con una capacidad de almacenamiento de agua que supere los 5.000 litros como apoyo hídrico y de un nuevo motor bomba para la extracción de agua de afluentes hídricos. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. CARMELO VIDALÍN, Representante por Durazno”. 3) Exposición del señor Representante Roque Arregui al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central

de la Administración Nacional de Educación Pública, a los Consejos de Educación Inicial y Primaria, de Secundaria y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, acerca de la necesidad de contar con un sistema de vigilancia adecuado en el edificio donde funciona el Liceo Nº 34 “Rafaela Villagrán de Artigas” y las Escuelas “República Argentina” y “Julio Castro”, de Montevideo.

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Jorge Orrico. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicito que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), al Consejo de Educación Inicial y Primaria y al Consejo de Educación Secundaria. El Liceo N° 34 ‘Rafaela Villagrán de Artigas’ y las escuelas ‘República Argentina’ y ‘Julio Castro’ funcionan en un edificio declarado patrimonio histórico de gran valía de época, ubicado en las calles Cuareim y Colonia, de la ciudad capital del departamento de Montevideo. Lamentablemente, su fachada es sistemáticamente objeto de pegatinas de afiches de toda forma, tamaño y temática. Recientemente -y de acuerdo a lo que se nos informa- se realizó una nueva limpieza por parte de la Comisión de Fomento y el Consejo de Participación de una de esas instituciones, esfuerzo que poco duró porque se volvieron a pegar afiches publicitando un grupo de música. Ante esa situación solicito la coordinación de esfuerzos para dar solución al problema planteado con el establecimiento de un sistema de vigilancia adecuado. A los efectos de viabilizar el planteo, informo que el edificio del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado enfrente, tiene un sistema de cámaras dirigidas a su fachada con una empresa de vigilancia contratada y paga por ese Ministerio. Juzgo como una posibilidad a ser evaluada, coordinar esfuerzos con dicho Ministerio para agregar nuevas cámaras dirigidas al edificio asiento de estas instituciones y extender el contrato de la referida empresa para, de ser necesario, agregar alguna persona más a la vigilancia y contar así con los elementos necesarios para procesar tanto ante la Policía como ante la Intendencia, lográndose así la efectividad necesaria ante el objetivo propuesto. Saludo al señor Presidente muy atentamente. ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano”.

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6.- Embarcaciones auxiliares de los cruceros que arriban a la Bahía de Maldonado. (Autorización para el desembarque y embarque de pasajeros).
Se entra al orden del día con la consideración del asunto que figura en primer término del orden del día: “Embarcaciones auxiliares de los cruceros que arriban a la Bahía de Maldonado. (Autorización para el desembarque y embarque de pasajeros)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 988 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Transporte y Obras Públicas Ministerio de Turismo y Deporte Ministerio de Defensa Nacional Montevideo, 30 de agosto de 2012. Señor Presidente de la Asamblea General Cr. Danilo Astori De nuestra mayor consideración: El Poder Ejecutivo tiene el alto honor de poner a vuestra consideración el siguiente proyecto de ley, relativo a las embarcaciones auxiliares que participan en el desembarque y embarque de los pasajeros transportados por los Cruceros que arriban a la Bahía de Maldonado. La redacción que se propone, modificativa del artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954 (Ley de Navegación y Comercio de Cabotaje), amplía la excepción -consagrada en el inciso segundo de la citada norma legal- al principio general que recoge el inciso primero de la misma norma, cuyo tenor actual es el siguiente: “La navegación y comercio de cabotaje o sea aquella que se realiza entre puertos de la República así como los servicios de puerto y playa, las operaciones de salvataje, alijo y las que efectúan los remolcadores, lanchas y demás embarcaciones menores en aguas de jurisdicción uruguaya, queda reservada a los buques de bandera nacional (principio general). El Poder Ejecutivo podrá autorizar con carácter de excepción, la utilización de embarcaciones de bandera extranjera cuando no existan disponibles embarcaciones de bandera nacional”. Es del caso tener presente que, tal Poder del Estado, ha delegado el cometido específico que se le atribuyó, en el Prefecto Nacional Naval (Comando General de la Armada), por Decreto de 6 de noviem-

bre de 2006, sin perjuicio de su derecho de avocación, que podrá ser ejercido en cualquier tiempo. Actualmente existen, en nuestro país, embarcaciones auxiliares que portan bandera nacional, ancladas en el puerto de Punta del Este. Las mismas son absolutamente aptas y, además, están disponibles, para ser utilizadas por las naves Cruceros que arriban a la Bahía de Maldonado. Ahora bien, es del caso recordar que la regulación legal que hoy existe, se basa en normas jurídicas que, por el paso del tiempo, requieren un imprescindible ajuste, como es el caso. Véase que, según el tenor actual de la norma, los Cruceros se ven impedidos de bajar sus embarcaciones auxiliares para el servicio de transporte de pasajeros en cuestión. Con tal prohibición, se corre el riesgo de que, dichos buques, dejen de recalar en el puerto de Punta del Este, como ya ha sucedido en otros lugares y puertos, de habitual arribo de dichas naves. Considerando el daño enorme que experimentaría el Turismo de Cruceros, si el hecho hipotético planteado efectivamente ocurriese, se propone la agregación de dos incisos al texto del artículo 1º de la ley citada. Dicha agregación, supone una flexibilización, aún mayor, respecto al principio general de utilización de embarcaciones de bandera nacional. Es decir: los Cruceros podrán utilizar, regularmente, sus propias embarcaciones auxiliares, en los términos que establece la nueva redacción de los dos incisos propuestos al artículo primero, objeto del presente proyecto de ley. Toda excepción al principio general de marras, naturalmente debe ser de fuente legal. Por tanto, la nueva excepción propuesta, se incorpora a un texto legal. En la misma, se contempla una situación específica, relacionada con un determinado tipo de transporte de pasajeros (como es el que realizan los Cruceros) y, también, se considera lo relativo a los costos operativos o costos de escala, que tienen los buques dedicados a tal fin. Se entiende que, flexibilizando, por un lado, la contratación obligatoria de las embarcaciones nacionales y permitiendo, por otro lado, la utilización de las embarcaciones auxiliares de las naves Cruceros que arriben a la bahía de Maldonado, se logra equilibrar el costo de la escala. Éste, incluye lo que se paga por el servicio de lancha nacional, haciendo más accesible la operativa de estos particulares buques de transporte de pasajeros.

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Por otra parte, dado que se considera de interés nacional y turístico, el arribo de Cruceros a la bahía de Maldonado y, en especial, al puerto de Punta del Este, debería propiciarse todo lo que facilite la operativa de los mentados buques (en la temporada 2011-2012 se transportaron 200.000 pasajeros). Ejemplo de ello es, precisamente, favorecer que los costos de escala sean más accesibles. Actuar de la forma anterior, redundará en que se mantenga o se incremente el arribo, al país, de tales naves, y estimulará, al mismo tiempo, las inversiones en embarcaciones auxiliares nacionales, apropiadas para el transporte de sus pasajeros. Es del caso destacar que los Cruceros buscan una escala atractiva, con facilidades y costos razonables. Por tal razón, es importante considerar aspectos comerciales, como los indicados. Considérese que el precio que se cobra por la prestación del servicio de que se trata, utilizando embarcaciones nacionales, constituye una obligación nacida de un contrato entre particulares. Éste, al igual que todo otro negocio jurídico de la misma naturaleza, está sujeto al principio de autonomía de la voluntad. De manera que, quien tiene o goza de una reserva legal de bandera, puede desequilibrar la negociación a su favor, poniendo en riesgo el costo de escala. Evitar esta última situación, justificaría la necesidad de contar con un mecanismo legal básico que equilibre los intereses involucrados, quedando a cargo del Poder Ejecutivo, la reglamentación de las condiciones exigibles a las embarcaciones que se ofrezcan para la realización de este particular servicio. Téngase en cuenta, además, que la actividad turística es una de las principales locomotoras del crecimiento firme y sostenido de la economía nacional, debiendo existir, respecto a todo aquello que la pudiese afectar, una normativa actualizada y clara. En suma, se estima que el proyecto de ley propuesto, tiene la legitimación y aptitud suficiente como para constituir un instrumento válido de regulación de un servicio vinculado, sin ninguna duda, a una actividad de proyección nacional. Sin otro particular, lo saludan con la más alta estima y consideración. JOSÉ MUJICA, ENRIQUE PINTADO, LILIAM KECHICHIAN, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO.

PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Agrégase al artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954, los siguientes incisos: “Para el transporte de pasajeros (desembarque y embarque) de los Cruceros que arriban a la Bahía de Maldonado, podrán utilizarse las embar-caciones auxiliares de bandera extranjera del buque, siempre y cuando su número no supere el 50 % (cincuenta por ciento) de las necesarias para dicho transporte. Las demás embarcaciones deberán ser, en todo caso, de bandera nacional. El Poder Ejecutivo reglamentará las condiciones exigibles a las embarcaciones que se ofrezcan para ser utilizadas en éste servicio, considerando un estándar mínimo que sea compatible con la seguridad de los pasajeros y con otros aspectos relacionados con la operativa pertinente y naturaleza específica de la prestación que se brinda”. Montevideo, 30 de agosto de 2012. ENRIQUE PINTADO, LILIAM KECHICHIAN, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO”. Anexo I al Rep. Nº 988 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas INFORME EN MAYORÍA Señores Representantes: Vuestra Comisión asesora de Transporte, Comu-nicaciones y Obras Públicas, ha aprobado con el voto de la mayoría de sus miembros el siguiente proyecto de ley. En el mismo se establecen modificaciones al artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954, Ley de Navegación y Comercio de Cabotaje. Esta modificación va a permitir que los buques cruceros turísticos que arriben a nuestros puertos en temporada, puedan realizar con sus propias embarcaciones hasta el 50% (cincuenta por ciento) de los viajes que sean necesarios para el desembarco de pasajeros. El 50% (cincuenta por ciento) restante de los viajes se hará por las embarcaciones de bandera nacional que ya están autorizadas y han realizado el trabajo hasta ahora.

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Se entiende necesaria esta modificación pues se corre el riesgo que, al no poder utilizar los buques cruceros sus propios medios, dejen de recalar en nuestros puertos. Por lo expuesto es que solicitamos al Cuerpo la aprobación del siguiente proyecto de ley. Sala de la Comisión, 17 de octubre de 2012. JORGE POZZI, Miembro Informante, DANIEL CAGGIANI, OLGA SILVA. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Agrégase al artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954, los siguientes incisos: “Para el transporte de pasajeros (desembarque y embarque) de los cruceros que arriban a nuestro país, podrán utilizarse las embarcaciones auxiliares de bandera extranjera del buque, siempre y cuando su número no supere el 50% (cincuenta por ciento) de las necesarias para dicho transporte. Las demás embarcaciones deberán ser de bandera nacional. El Poder Ejecutivo reglamentará las condiciones exigibles a las embarcaciones que se ofrezcan para ser utilizadas en este servicio, procurando priorizar aquellas embarcaciones de bandera nacional, considerando un estándar mínimo común que sea compatible con la seguridad de los pasajeros y con otros aspectos relacionados con la operativa pertinente y naturaleza específica de la prestación que se brinde”. Sala de la Comisión, 17 de octubre de 2012. JORGE POZZI, Miembro Informante, DANIEL CAGGIANI, OLGA SILVA. Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas INFORME EN MINORÍA Señores Representantes: Como integrantes de la Comisión Asesora de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas, planteamos nuestra oposición a la modificación que se pretende del artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954. Con dicha modificación se permite que los buques cruceros turísticos que arriben a nuestros puertos en temporada, puedan realizar con sus propias embarcaciones hasta el 50% (cincuenta por ciento) de los

viajes que sean necesarios para el desembarco de los pasajeros. El 50% (cincuenta por ciento) restante de los viajes se hará por las embarcaciones de bandera nacional que ya están autorizadas y han realizado el trabajo hasta ahora. Entendemos que la modificación que se busca resulta injustificada y no hace más que perjudicar a las embarcaciones de bandera nacional que deberán enfrentar una reducción importante en la labor que venían desarrollando. El riesgo que se argumenta para llevar a cabo esta modificación es que los buques dejen de recalar en nuestros puertos, riesgo que resulta injustificado dado que el Ejecutivo puede tomar otro tipo de medidas para evitar esta situación, ya que se aduce de parte del mismo intentar favorecer costos de las escalas, trasladando los costos a los trabajadores de las embarcaciones de bandera nacional y no a los desmedidos costos a nuestro entender, que deben enfrentar las embarcaciones para realizar esta tarea específica. Nos oponemos a la modificación de esta ley por considerar que existen mecanismos viables sin que se afecte la bandera nacional, solicitando al Cuerpo que no se apruebe el proyecto de ley manteniendo vigente el artículo 1º de la ley referida. Sala de la Comisión, 17 de octubre de 2012. AMIN NIFFOURI, Miembro Informante, FEDERICO RICAGNI PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo Único.- Recházase la modificación al artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954. Sala de la Comisión, 17 de octubre de 2012. AMIN NIFFOURI, Miembro Informante, FEDERICO RICAGNI”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. SEÑOR CAGGIANI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CAGGIANI.- Señor Presidente: vuestra Comisión asesora de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas ha aprobado, con el voto de la mayoría de sus miembros, el proyecto de ley por el que se establecen modificaciones al artículo 1º de la Ley

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Nº 12.091, de Navegación y Comercio de Cabotaje, de 5 de enero de 1954, Ley de Navegación y Comercio de Cabotaje. Esta modificación va a permitir que los buques cruceros turísticos que arriben a nuestros puertos en temporada, puedan realizar con sus propias embarcaciones hasta el 50% de los viajes que sean necesarios para el desembarco de pasajeros. El 50% restante de los viajes se hará por las embarcaciones de bandera nacional que ya están autorizadas y han realizado el trabajo hasta ahora. Se entiende necesaria esta modificación, pues se corre el riesgo de que, al no poder utilizar los buques cruceros sus propios medios, dejen de recalar en nuestros puertos. Por lo expuesto, solicitamos al Cuerpo la aprobación de este proyecto de ley. Gracias, señor Presidente. SEÑOR NIFFOURI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR NIFFOURI.- Señor Presidente: en la Comisión elevamos un informe en minoría porque no estamos de acuerdo con la modificación que se quiere realizar. Lamentablemente, la cadena se rompe por el eslabón lado más débil, en este caso, los trabajadores de bandera uruguaya, los famosos lancheros, los ténderes, a los que no les dan opción a dialogar con el Poder Ejecutivo. Se aduce que es por los costos, pero ¡vaya si se pueden evitar por otro lado y no perjudicando a los lancheros que quieren trabajar, que viven todo el año en Maldonado y que hacen sus gastos en ese departamento! Más allá de que esta ley se aplicará en todo el país, el problema central se origina en la bahía de Maldonado. Hemos conversado con esos trabajadores, a quienes de a poco se les fue motivando -nos parece bien- para que se fueran transformando. Tenían lanchas con una capacidad máxima de 25 pasajeros y se les exigió un mínimo de 90 pasajeros. Entonces, los lancheros hicieron una inversión importante para estar acordes con las exigencias; nos parece bien que haya exigencias para atender el turismo. Pero, lamentablemente, con la aprobación de este proyecto de ley

el 50% de las lanchas va a bajar de los cruceros con sus banderas, sin ninguna exigencia, cuando con nuestros lancheros se tienen muchas exigencias. No estamos de acuerdo en que eso se haga. Se aduce que es fundamentalmente por los costos; parece que las agencias marítimas enviaron una carta manifestando el temor de que los turistas dejaran de venir a Uruguay. ¡Pero no van a dejar de venir! Si lo hacen, dejan de venir a la región, es decir, a Argentina, Uruguay y Brasil. Las reglas son para la región: Argentina y Brasil se rigen por las mismas normas que tiene Uruguay. Entonces, porque las agencias marítimas enviaron una carta, se pretende hacer modificaciones para favorecerlas. Si hablamos de costos, a partir de 2008 en el puerto de Punta del Este se cobra una tasa de embarque cinco veces más cara que la que se cobra en el puerto de Montevideo. Entonces, si se quiere ahorrar, se puede comenzar por allí. Reitero que la tasa de embarque en Punta del Este es cinco veces más cara que en el puerto de Montevideo, siendo que en este bajan directamente por una escalera, y en Punta del Este los lancheros tienen que acercarlos. Cuando hablamos de turismo, habría que preguntarle a la señora Ministra de Turismo y Deporte si está de acuerdo. Ella dice que hay que tratar de cobrar precios acordes, pero se cobra esa tasa de embarque; no importa si el turista baja o no en Punta del Este: se le cobra igual, pero es cinco veces más cara que la de Montevideo. En cuanto a los requisitos que se solicitan a estos lancheros, son muchos; nos parece bien porque estamos hablando de la comodidad y de la seguridad de los turistas. Entre los requisitos, hay más de quince controles que deben renovarse anualmente, y en Punta del Este, la renovación de estos permisos cuesta cuatro veces más que en Montevideo. ¡Ahí tienen otro lugar de donde achicar costos, si quieren, sin perjudicar a las lanchas de bandera uruguaya! Pero hay otra cuestión interesante que surgió a partir de 2011: a los ténderes que hicieran el servicio de traslado de pasajeros en el puerto de Maldonado se les retiró el beneficio que tenían otros barcos de no pagar amarras. De modo que estos lancheros tienen que pagar amarras, como cualquier turista que viene de otra parte del mundo; no tienen ningún beneficio especial.

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Por todo esto y porque lamentablemente la piola se corta por el lado más débil, entendemos que esta modificación no puede llevarse adelante. Alternativas hay, y muchas. Conversando con los involucrados de bandera uruguaya, con los lancheros, advertimos que ellos tienen la voluntad de llegar a un arreglo, pero sin quedar sujetos a la rigidez de una ley. Hay que considerar que actualmente llegan 150 o 200 cruceros, pero si el año que viene solo llegan 10, la ley será la misma. También es importante tener en cuenta la cantidad de registros que se dio a los lancheros. Da la casualidad de que uno de los últimos registros fue otorgado a una agencia marítima. Quiere decir que se baja la cantidad de permisos a los lancheros en 50%, y el primer viaje que harán los cruceros será con la lancha registrada por la misma agencia. Otra vez esta gente queda desamparada. Creemos que si se quiere ahorrar, el Ejecutivo puede hacerlo de otra manera. Esta tasa diferenciada para el puerto de Punta del Este nos parece un disparate, razón por la cual no vamos a acompañar este proyecto de ley; no vamos a acompañar que los lancheros queden sujetos a la rigidez de esta ley. Conversando con los lancheros se puede lograr un acuerdo, sin llegar a estas modificaciones. Por eso proponemos que la ley siga tal cual está, protegiendo la bandera uruguaya. También hay que tener en cuenta que cuando se quiera controlar a las lanchas que bajan de los cruceros no se va a poder; no será posible controlar si tienen los once o doce permisos que se les pide a los lancheros y que son bastante onerosos. Por todas estas razones vamos a votar que se mantenga la ley de cabotaje tal como está, sin las modificaciones que desde el Poder Ejecutivo se quiere implementar. SEÑOR LACALLE POU.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LACALLE POU.- Señor Presidente: mi intervención va a ser muy breve, dado que el informe del señor Diputado Niffouri ha sido meridianamente claro. Siguiendo la cadena de peticiones de un emprendimiento turístico que amarra en nuestras costas, mañana podrían decir: “No solo queremos tener los ténderes sino que, además, queremos ser dueños de las camionetas que llevan a los viajantes a los recorridos turísticos”. Y podrían agregar: “No solo queremos

tener los ténderes y las camionetas, sino que además nos parece que vamos a establecer algunos quioscos de la empresa Costa” -por decir algún nombre de cruceros- “y queremos que los turistas solo compren allí. Aparte, pusimos una panchería”. Entonces, siguiendo esta cadena exagerada, podrían decir: “Los vamos a hacer bajar en nuestro ténder, los vamos a llevar en nuestras camionetas a nuestros quioscos y que coman allí”. A nosotros nos sirve que estos turistas vengan a nuestro país porque gastan U$S 100, U$S 200 o U$S 300 en nuestra tierra y dan trabajo a los uruguayos. En este momento, estamos perjudicando a emprendedores nacionales. Que quede claro que esta iniciativa va directamente en perjuicio de trabajadores nacionales. Cuando en esta Cámara de Diputados hoy levantemos la mano, seguramente estaremos generando más divisas a los dueños de los cruceros, a las empresas internacionales, y perjudicando directamente el trabajo nacional. Que quede claro, señor Presidente, que esto va en contra de aquella mentada arenga sobre el desarrollo del trabajo nacional. Simplemente quería llamar la atención sobre esto, agregando al informe del señor Diputado Niffouri que aquí hoy se vota en contra del trabajo nacional. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PÉREZ GONZÁLEZ.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PÉREZ GONZÁLEZ.- Señor Presidente: respeto los argumentos del miembro informante en minoría, pero me parece que tendría que dar cifras que reflejen la cantidad de empresas, de embarcaciones, de cruceristas que bajan de los barcos, de la capacidad de la flota nacional o de los dueños de las lanchas en Punta del Este -por hablar del lugar que conozcoen condiciones de prestar el servicio. Reitero: debería manejar cifras, porque es muy fácil decir que se legisla contra el trabajo nacional. Tenemos datos del Ministerio de Turismo -las puede ver todo el mundo- que indican cuál es el ingreso por concepto de turismo en nuestro país, cuáles son las nuevas realidades del turismo y desde cuándo llegan los cruceros a Punta del Este y al Uruguay en general. Digo esto porque parecería que los cruceros llegaron toda la vida. Y hoy descubrimos que estamos

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en contra del trabajo nacional. ¿Qué exigencias establecen los cruceros? ¿Qué cantidad de cruceristas bajan? ¿Por qué razón? ¿En qué condiciones? No se trata simplemente de que una lancha lleve 90 personas en lugar de 25; debe tener determinadas características y cumplir con ciertas condiciones. Ahora bien: nosotros no vamos a inventar el agua caliente. Evidentemente, el negocio de las lanchas es complicado. Precisamente, a través de la legislación estamos tratando de que las lanchas nacionales tengan posibilidades de trabajar, porque en otras condiciones no podrían hacerlo. Si se hiciera la voluntad de los cruceros, como decía el señor Diputado preopinante, no podría trabajar ninguna lancha nacional. Trabajan porque hay una legislación que las protege. Hay que equilibrar y saber en qué momento y en qué condiciones hacer las cosas. Ha habido un largo proceso de debate; hace unos cuantos años que se está considerando y trabajando en este tema. Se ha llegado a estas soluciones a efectos de proteger a los que trabajan en Punta del Este y de impedir que los cruceros dejen de llegar porque no existe la cantidad suficiente de lanchas para que los cruceristas puedan bajar. Hay muchos aspectos en juego; no se trata de que nosotros vayamos a beneficiarlos. Además, en esa demanda de protección al trabajo nacional, no he escuchado por qué ninguna empresa ha hecho una inversión de capital lo suficientemente importante como para dotarse de los ténderes con las características y condiciones necesarias para que los cruceristas puedan bajar durante la cantidad de días que están en Uruguay y que luego puedan quedarse parados durante diez meses en el puerto de Punta del Este. Yo no conozco ningún inversionista importante, ninguna empresa importante, que haya decidido invertir millones de dólares en eso. Lo que hemos protegido -tratamos de que se sigan manteniendo- son las pequeñas y medianas empresas de Punta del Este que hacían viajes a la Isla de Gorriti en las lanchas y ahora, a raíz de la llegada de los cruceros, muchas han invertido y se han reconvertido. No somos nosotros, como Gobierno, los responsables de que en muchas oportunidades las lanchas no estén en condiciones de dar satisfacción a las necesidades de los cruceros. Hoy está en juego el tema de si bajan a los turistas. ¿Cuál es el objetivo desde el punto de vista político, económico y turístico, como

para que nosotros definamos esta norma? No estamos perjudicando. Repito: lo que estamos haciendo es dar un paso para proteger a esas pequeñas y medianas empresas. El mismo problema que hay con los ténderes lo vamos a tener con quienes reciben a los cruceristas. ¿Cuáles son las empresas que reciben a los cruceristas? ¿Qué tipo de coches tienen? ¿Cómo realizan los tours por la ciudad? ¿Quiénes son? ¿De cuántos empresarios estamos hablando? Se han organizado consorcios, con dificultades enormes, a instancias del Gobierno nacional y departamental, porque saben que si no se organizan y se fortalecen, mañana cuando aparezcan esas empresas enormes, multinacionales y ofrezcan un servicio, ¿nosotros le vamos a prohibir la posibilidad de que se presenten en una licitación pública? ¿Vamos a impedirlo? No; no lo vamos a impedir. Entonces, fortalezcamos a la empresa nacional, pero hagámoslo con criterio y tratando de preservar la fuente de trabajo, que es lo fundamental. Gracias, señor Presidente. SEÑOR LACALLE POU.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LACALLE POU.- Señor Presidente: en el repartido, por lo menos en el mío, en la página 7, en las “Disposiciones Referidas” aparece un artículo que para mí no se condice con el artículo 1º de la Ley Nº 12.091 de 5 de enero de 1954. Me gustaría que la Mesa me confirmara si hay algún error. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Disculpe, señor Diputado, no entendemos su inquietud. ¿Usted quiere que se dé lectura al artículo? SEÑOR LACALLE POU.- En mis manos tengo la Ley Nº 12.091 y el artículo 1º habla de la navegación, del comercio de cabotaje, etcétera. Después, en la página 7 del repartido se dice: “Ley Nº 12.091, de 5 de enero de 1954.- Reglaméntase la navegación y comercio de cabotaje (…)”. Seguramente yo estoy en un error, pero me gustaría que se me aclarara si ese es el artículo o si la referida está mal. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- El proyecto de ley a consideración refiere a la Ley Nº 12.091, en la medida en que dice: “Agrégase al artículo 1º de la Ley Nº 12.091 (…)”. Según los repartidos oficiales que

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acá tenemos, en el artículo 1º de la Ley Nº 12.091 se establece: “La navegación y comercio de cabotaje, o sea aquella que se realiza entre puertos de la República, así como los servicios de puerto y playa, las operaciones del salvataje, alijo, y las que efectúen los remolcadores, lanchas y demás embarcaciones menores en aguas de jurisdicción uruguaya, quedan reservados a los buques de bandera nacional”. Entonces, acá se introduciría el cambio que se propone a este artículo 1º, agregándosele dos incisos. Lo que dice el señor Diputado Lacalle Pou es que lo que aparece en la página 7 del repartido en realidad no corresponde a la Ley Nº 12.091. La Mesa aclara que es así, lo acaba de verificar y, por lo tanto, hay que tener en cuenta la redacción que se acaba de leer y no la que aparece como referida. SEÑOR LACALLE POU.- ¿Me permite, señor Presidente? SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR LACALLE POU.- Señor Presidente: “La navegación y comercio de cabotaje, o sea aquella que se realiza entre puertos de la República, así como los servicios de puerto y playa, las operaciones del salvataje, alijo, y las que efectúen los remolcadores, lanchas y demás embarcaciones menores en aguas de jurisdicción uruguaya, quedan reservados a los buques de bandera nacional”. Ahora el Poder Ejecutivo nos dice que el 50% va a quedar reservado a los buques de bandera nacional. A mí me cuesta entender que se diga por parte del oficialismo, del Gobierno, que se está protegiendo el trabajo nacional cuando están sacando el 50% del trabajo y que son cifras. Es cierto que son cifras, pero si nosotros dejamos de ver al individuo, si dejamos de ver a la persona que emprende y ponemos cifras, gráficas y porcentajes, es el primer paso para dejar de preocuparnos y de ocuparnos de esa gente. Por otro lado, se dice que es una actividad compleja. Es cierto que es una actividad compleja. Es cierto que no hay inversiones. En este momento nuestro país está saliendo de un escándalo con una aerolínea nacional, negocio con el que se hizo cualquier cosa y ¡se nos dice que este es un negocio complicado! Entonces, vamos a poner todo en su debido término.

Con esta iniciativa se está votando en contra del trabajo nacional; se está votando para favorecer a los cruceros. Voy a decir una cosa: yo sueño con un país en el que se venda porque somos mejores y no porque somos fáciles. Y creo que ese es el gran desafío. Bienvenido sea, señor Presidente, si a nuestro país han llegado más cruceros en los últimos años. No me duelen prendas. Seguramente el Ministerio de Turismo y Deporte anterior y el actual tienen mucho que ver. ¡Bienvenidos! Para nosotros no es cuanto peor, mejor. Para nosotros cuanto mejor, mejor. Ahora bien, si ante una crítica, que es comprobable porque es cierto que hay embarcaciones uruguayas que pierden trabajo, se nos dice que antes no venían cruceros, es un argumento muy menor. Más trabajo, más trabajo uruguayo; más trabajo, más trabajo para los uruguayos. ¿O resulta que más trabajo es más plata para las empresas que no dejan dinero en el país y se lo llevan en el mismo barco que vinieron? No me parece, señor Presidente. Muchas gracias. SEÑOR YANES.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR YANES.- Señor Presidente: más allá de las particularidades de la navegación, que los compañeros de la Comisión de Transporte, Comu-nicaciones y Obras Públicas podrán explicar, me parece que el enfoque turístico del planteamiento de mi compañero Pérez González es bastante elocuente. En ese sentido, quisiera decir que no solo ha crecido la llegada de cruceros, sino que este año se superarán las últimas cifras. Los cruceros están muy pocas horas en un puerto, y hay que tener los servicios muy aceitados para que los pasajeros puedan bajar y dejar dinero en Uruguay. Podemos aceptar que se cuestione y que se opine distinto, pero nunca me animo a dar clases, y tampoco a recibirlas. No sé si los legisladores se enteran de lo que pasa en algunas actividades y opinan en consecuencia; de todas formas, voy a reiterar una información que ya circuló en la Cámara. Es posible que alguna gente baje de un crucero solo a comprar un apartamento, que quien haya bajado a dar una vuelta se entusiasme tanto que vuelva al país. Entonces, la idea es hacer que se sientan cómodos, que las empresas, que prácticamente están centralizadas en una

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feria única donde se venden todos los servicios, todos los años trasmitan que en Uruguay los servicios de puerto son importantes, porque se da combustible, alimentación. El quintero uruguayo carga alimentos en los cruceros; los lácteos, los vinos y otros productos uruguayos van a los cruceros. Entonces, la finalidad de este proyecto es responder a la eventualidad de que la capacidad de las empresas uruguayas llegara a colapsar, como pasó en otros puntos turísticos del país; y estamos seguros de que las empresas uruguayas no van a entrar en crisis con estas nuevas medidas; por el contrario, creemos que con ese 50% se cubre esa necesidad empresarial. Como hemos dicho en otras ocasiones, ¡ojalá que la Cámara de Representantes preste más atención al turismo que ahora, y no aparezcan solo con los escándalos, como sucedió con la empresa aérea que tenía Uruguay!, porque enredar la yegua sería quitarnos del centro, que es que llegan más cruceros al país, porque el país ha generado condiciones para que las empresas desarrollen sus negocios. Todos sabemos que el rol del Estado es generar las condiciones para mejorar los negocios en el país, y a nuestro entender este proyecto apunta a ese objetivo. Si pasada la temporada, las dudas que se plantean fueran reales, no hay problema, se modificarán las condiciones para la temporada de cruceros del año que viene. En este caso, no habrá empresarios a quienes se les haga una herida tan grande como para generar problemas con empresas internacionales, que queremos que lleguen. En ese sentido, tuvimos que hacer algunas gestiones para saber si era cierto que Iberia suspendería sus vuelos directos a Montevideo por problemas internos, y nos quedamos tranquilos porque, por ahora, no ha resuelto nada. Por lo tanto, se habla ligeramente de que nos importa mucho o poco que vengan empresas importantes, y es bueno aclarar que a nuestro Gobierno le interesa mucho crear las condiciones para generar negocios. Como dijo el señor Diputado Pérez González, si no se aplicaran estas políticas, no sería posible que tantos uruguayos, cada año más, vivieran gracias a los cruceros. Muchas gracias.

SEÑOR CAGGIANI.- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CAGGIANI.- Señor Presidente: saludo que vuelvan aires de renovación en defensa del trabajo nacional, porque es importante y creo que este Gobierno lo ha hecho. A veces cuando uno se pone a estudiar algunas cosas o lo asesoran por ahí, comete algunos errores. En realidad, la modificación del artículo que estamos votando está basada en el Decreto Nº 326 de 1990, firmado por el Presidente de aquella época, por los señores Ministros de Turismo, de Transporte y Obras Públicas y de Defensa Nacional. Sin haberse aprobado este proyecto, esta medida ya se está aplicando, es decir, ya bajan pasajeros por los ténderes de los cruceros, conforme a un decreto firmado en 1990, sin el amparo de ninguna ley. Es decir, si vamos a defender el trabajo nacional, tenemos que hacerlo antes y ahora, no solo cuando nos conviene. SEÑOR VARELA NESTIER.- ¡Apoyado! SEÑOR CAGGIANI.- Por otro lado, si algo está claro es que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas es el organismo regulador de esta actividad, que ha actuado y trabajado con los lancheros para que renovaran sus flotas, para asegurar calidad y buen servicio a los turistas. Sin embargo, no se dice que los cruceros cuando arriban a Uruguay, sobre todo a Punta del Este, como todavía no hay regulación, tienen que pagar a los lancheros por usar los ténderes, propiedad de los cruceros. Entonces, está bien defender el trabajo nacional, pero hagámoslo en serio, sin currar a la gente, prestando los servicios como corresponden y defendiendo el trabajo nacional como debe ser. Muchas gracias. SEÑOR VARELA NESTIER.- ¡Muy bien! SEÑOR PEREYRA (don Aníbal).- ¡Muy bien! SEÑOR LACALLE POU.- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado.

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SEÑOR LACALLE POU.- Señor Presidente: cuando me toca hablar, trato de no payar, aunque me puedo equivocar. Entiendo al señor Diputado preopinante, porque es una situación incómoda, pero no puede acusar de no estudiar a quienes opinamos distinto. Es cierto lo que dice del decreto; es más, quizás sea la válvula de escape actual para que, en caso de que las lanchas uruguayas no estén en condiciones -se encuentren en los talleres por alguna observación o accidente- se permita vía reglamentaria usar los ténderes de los cruceros. Sin embargo, el Gobierno del Frente Amplio no habla ni siquiera de una válvula de escape, sino de un 50% y de otro 50%. Quizás una sana costumbre cuando estamos en una posición incómoda sea no acusar al otro de no estudiar, sino simplemente decir: “Me tocó defender esto; sé que está muy complicado. En otros momentos hubiera hecho todo lo contrario” o decir “Creo que es así”, sin adjudicar al otro que no conoce el tema, porque conocemos la reglamentación y la ley, y sabemos los efectos que está causando. Es cierto que en las cifras no sería muy representativa, pero como nosotros tendemos a hablar de lo humano, de lo individual y lo personal, conocemos la realidad; el señor Diputado Pérez González sabe de lo que hablamos, porque conoce y ha hecho mucho por el departamento en materia turística y le consta que esto va a perjudicar mucho a las lanchas nacionales. Tal vez hubiera sido mejor recurrir a las líneas de crédito que tiene este Gobierno, para que a través de algún proyecto cooperativo se generaran inversiones genuinas nacionales, a las que es tan afecto el Gobierno del Frente Amplio, y seguramente hubiera sido apoyado. Me parece que este corte tajante de 50% a los nacionales y 50% a los extranjeros, cuando hoy la actividad es de los nacionales, salvo que no puedan cumplir, es una decisión que compromete el trabajo nacional. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- La Mesa aclara que a la Ley Nº 12.091 tal como fue leída, hay que agregar un inciso segundo que fue dado por la Ley Nº 14.106, promulgada el 14 de marzo de 1973. Dicha norma establece: “Agrégase el siguiente inciso al artículo 1º de la Ley Nº 12.091, de 5 de enero de

1954:.- El Poder Ejecutivo podrá autorizar con carácter de excepción en estas operaciones, la utilización de embarcaciones de bandera extranjera cuando no existan disponibles embarcaciones de bandera nacional”. Digo esto solamente a los efectos aclaratorios y quiero ser lo más objetivo posible. Hay una ley original, que es la Ley Nº 12.091, pero hay que tener en cuenta que la Ley Nº 14.106 le agregó un inciso a esta ley original. La Mesa hace estas aclaraciones, no para intervenir en la discusión, sino para aclarar cuál es el tema sobre el que se está discutiendo y cuál es la legislación existente hoy en la materia. SEÑOR NIFFOURI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el miembro informante en minoría. SEÑOR NIFFOURI.- Señor Presidente: creo que queda meridianamente claro lo que nosotros estamos defendiendo. No es necesario vivir en Punta del Este para saber cuántas son las empresas a las que se está perjudicando -lo sabemos, pero no queremos manejar cifras- y nadie dijo nada -por lo menos, yo no lo escuché- de la tasa de embarque, que se cobra cinco veces más en Punta del Este que en Montevideo; eso es lo que se está cobrando. Acá está lo que se exige a estos lancheros: certificado de navegabilidad al día, inspecciones de Cotec -Comisión Técnica de Cascos-, máquinas, seguridad, radio, basura, aguas grises y IOPP, todo con validez de un año, con un total de siete inspecciones; código PBIP -Protección de Buques de Instalación Portuariapara la embarcación, plan elaborado por peritos y aprobado por la Inspección, con validez de un año y aprobado por Prefectura Nacional Naval; código de gestión de seguridad, estudio de estabilidad del buque, elaborado por peritos, plano de arreglo general, subida a dique, matrícula al día, libro de rol, libro diario de navegación, libro de inspecciones y libro de IOPP. Todo esto es lo que se pide a esos lancheros para que puedan operar. Y si lo hacen en Punta del Este, la inspección les sale cuatro veces más que si la hacen en Montevideo. En la versión taquigráfica consta -porque los lancheros comparecieron en la Comisión- la inversión que

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han realizado para tratar de prestar el servicio tal como se debe. En eso estamos de acuerdo: se debe dar el mejor servicio posible a los turistas. Al respecto, los lancheros invirtieron mucho para tratar de hacerlo. Gracias, señor Presidente. SEÑOR SARAVIA FRATTI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SARAVIA FRATTI.- Señor Presidente: más allá de que el señor Diputado Niffouri ha sido muy claro en este aspecto, como miembro de la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas voy a tratar de centrar el problema. Lamento profundamente que el original miembro informante del proyecto, señor Diputado Pozzi, no esté presente en el día de hoy, porque con él hemos hablado sobre este tema y, al no estar, no puede corroborar mis palabras. El problema fundamental que se planteó cuando recibimos en Comisión a los interesados en este proyecto de ley, estaba relacionado con en qué medida era posible dar a los cruceros la posibilidad de que sus lanchas de desembarco -o como se denominen las distintas modalidades de transporte- pudieran ser utilizadas lo que, por supuesto, les representa un costo menor que el de las lanchas que están oficialmente habilitadas para ese uso, que son de bandera nacional. El tema radicaba en eso. Se llegó a decir que era tan alto el costo de las barcazas o de las embarcaciones de bandera nacional que se corría el riesgo de que algún empresario de cruceros dejara de venir por esta razón. Desde mi punto de vista, estudiado todo lo que se cobra a los cruceros y a los barcos uruguayos de desembarco, era muy mínimo lo que podía afectar a los costos del crucero la utilización de lanchas de bandera nacional. Este es un acuerdo y con el señor Diputado Pozzi lo hablamos siempre. Y aunque parezca mentira, porque pertenecemos a distintos partidos, compartimos opinión en otro aspecto y también la hemos defendido en la Comisión; ello se dio cuando se negoció qué cantidad de tripulantes debían tener los barcos de bandera extranjera que vinieran a trabajar al Uruguay, por ejemplo, para el dique o para limpiar los canales. Esto se negociaba conjuntamente con los gremios; se bajaba o se subía la cantidad de obreros nacionales que te-

nían que estar obligatoriamente. Y según la necesidad se dejaba un margen un poco mayor para los extranjeros porque había técnicos, capitanes, personal que cumplía con determinadas condiciones o tenía ciertas características indispensables en un marinero, que no necesariamente tenía la mano de obra nacional. Pero siempre la discusión estuvo centrada en defender la mano de obra nacional y en que hubiera la mayor cantidad posible de mano de obra nacional en las embarcaciones. De alguna manera, esto es algo muy similar porque, ¿cuántas embarcaciones nacionales deben participar en el desembarco de los turistas de los cruceros, y qué margen se podría dejar para que los cruceros utilizaran sus propias embarcaciones? Natu-ralmente, esto tiene que ser flexible porque de la misma manera que esperamos, de repente, doscientos cruceros y, por lo tanto, un número importantísimo de personas que va a bajar puede, en algún momento, disminuir la cantidad de cruceros. Entonces, tenemos que ser flexibles si queremos fomentar el turismo; si el turismo, con el empleo de mano de obra que genera, con la venta de productos uruguayos que genera, en este caso, para el abastecimiento de los barcos, fuera tan poca cosa, no estaríamos preocupándonos. Lo que debemos pensar es qué otras cosas se pueden cobrar, como impuestos, que no tengan como efecto directo la reducción del empleo de mano de obra nacional. Digo esto porque hay muchas cosas que se cobran; hay muchas cosas que se cobran a una embarcación de bandera nacional para poder operar, especialmente en Punta del Este, que no se cobra a los cruceros, porque se da por hecho que las embarcaciones de los cruceros están preparadas de acuerdo con las exigencias inter-nacionales. Y no siempre se controla que eso sea así. Para mí el problema está -en consonancia con lo que se planteó en Comisión por parte de algunas de las asociaciones que concurrieron- en el costo que podría representar a los cruceros, porque ello podría desinteresarlos de venir al Uruguay. Creo que el hecho de que el desembarco sea efectuado 50% por lanchas nacionales y el restante 50% por los cruceros es simplemente un acuerdo que no sé si tiene asidero y es una forma, porque estamos muy encima de la época de llegada de los cruceros, de lograr una relativa solución impidiendo, eventualmente, un conflicto o un desastre económico para las lanchas uruguayas.

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Como dijo hace un momento un compañero Diputado preopinante, estoy casi seguro de que probablemente tendremos que rever este tema para la zafra del año que viene, porque está mal resuelto, pues los puntos en los que hay que poner énfasis no son los que se estuvieron discutiendo por algunos Diputados preopinantes y, si no nos centramos en el problema, difícilmente podamos encontrar la mejor solución para el Uruguay, para el turismo y para que los cruceros sigan viniendo de la manera en que lo hacen. Gracias, señor Presidente. SEÑOR YANES.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR YANES.- Señor Presidente: sé que el señor Diputado nombró a nuestro compañero, el Diputado Pozzi, por el compañerismo que lo caracteriza en el trabajo de la Comisión, que me consta, pero no quiero dejar de hacer, en su ausencia, la siguiente aclaración. El señor Diputado se refirió a la posición en común que sustentan en defensa de la mano de obra uruguaya en los barcos de bandera extranjera, etcétera, pero acá estamos hablando de barcos distintos, de situaciones laborales infrahumanas -que fueron comprobadas por la Comisión-, según afirman todos los que están en el negocio. Entonces, si bien es verdad todo lo dicho por el señor Diputado Saravia Fratti, quiero decir que la posición común que tiene con el señor Diputado Pozzi -como dijo él- es en referencia a trabajadores de embarcaciones que desempeñan su tarea en una situación laboral determinada, que nada tiene que ver con las condiciones en que lo hacen. Quería hacer esta aclaración porque el compañero Pozzi no está presente y fue aludido, por supuesto, en forma positiva. SEÑOR SARAVIA FRATTI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SARAVIA FRATTI.- Señor Presidente: comparto los conceptos y dejo en claro que hice especialmente hincapié en que lamentaba que el señor Diputado Pozzi no estuviera en Sala Además, en cuanto a la defensa de la mano de obra nacional en las embarcaciones, hice referencia a la cantidad de personal uruguayo; no estaba hablando

de quienes trabajan en condiciones infrahumanas; precisamente, en esos casos tenemos una coincidencia mucho mayor. Yo hablaba de la oportunidad en que hay que contratar un buque para arreglar un dique o para hacer un dragado; son proyectos que estuvimos trabajando en la Comisión y que algunos ya se han votado en el plenario. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Treinta y uno en cincuenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Treinta y siete en sesenta y tres: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR CAGGIANI.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Treinta y siete en sesenta y tres: NEGATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado en mayoría)

7.- Consumo de agua potable. (Normas para fomentarlo).
——Se pasa a considerar el asunto que figura en segundo término del orden del día: “Consumo de agua potable. (Normas para fomentarlo). (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 133 “PROYECTO DE LEY Artículo 1º. (Definición).- La presente ley obliga a toda aquella persona física o jurídica, que de manera

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permanente o transitoria organice, promueva, intervenga o explote algún espectáculo público. Se considerará espectáculo público a los efectos de la presente ley, todo acto que tenga por objeto provocar la concurrencia de personas, mediante atractivos dirigidos a suscitar la contemplación, el deleite o esparcimiento, habiendo sido previamente convocado, planificado, publicitado y/o programado. Artículo 2º. (Objeto).- Es deber del Estado la promoción y protección de la salud de la población. En los centros de espectáculos deberán existir bebederos o dispensadores de agua potable, al servicio del público, gratuitos y la venta de agua mineral, en los locales o espacios debidamente autorizados por la autoridad municipal, para la realización de espectáculos. Artículo 3º.- Deberá colocarse en los lugares que indicará el Servicio competente, carteles conteniendo una de las siguientes leyendas, según los casos, en letras fácilmente legibles “Bebederos Públicos”, “Dispensadores Públicos”. Artículo 4º. (Responsabilidades).- Las instituciones o personas a cuyo nombre figure el local y los organizadores del espectáculo, serán responsables solidarios de toda transgresión a esta norma. En la solicitud del permiso, que los responsables del espectáculo público deberán solicitar y obtener de la autoridad municipal correspondiente debe hacerse constar, además de los detalles solicitados por la misma, una declaración expresa del conocimiento de la presente ley, así como la forma en que ésta se instrumentará, sea mediante la instalación de bebederos o dispensadores gratuitos, así como la venta de agua mineral. Artículo 5º. (Medidas de promoción del consumo de agua potable y de la salud).- El Ministerio de Salud Pública en el ejercicio de las atribuciones conferidas por su Ley Orgánica Nº 9.202, de 12 de enero de 1934, tendrá los siguientes cometidos: A) Realizar actividades de promoción de consumo de agua, que podrán incluir programas de educación para la salud. Las mismas podrán llevarse a cabo en colaboración con otras instituciones del Estado así como con organizaciones sociales y no gubernamentales. B) Controlar a través de los diferentes cuerpos inspectivos que se designen al efecto el cumplimiento de esta ley, estando facultada a la

aplicación de sanciones cuando constate violaciones a la misma. C) Elaborar un informe anual sobre la situación, aplicación, resultados y cumplimiento de esta ley. D) Llevar un “Registro de Infractores”, cuyo cometido será registrar, procesar y/o documentar los datos identificatorios de los establecimientos infractores y de las sanciones aplicadas. Artículo 6º. (Sanción).- Todo espectáculo público que viole las normas contenidas en la presente ley, será pasible de sanciones en función de la gravedad de la infracción y de los antecedentes del infractor. Las mismas se graduarán de la siguiente manera: A) En la primera oportunidad, será pasible de la aplicación de una multa de 50 UR (cincuenta Unidades Reajustables) a 100 UR (cien Unidades Reajustables). B) Ante la constatación de la reiteración de la infracción la multa será de 150 UR (ciento cincuenta Unidades Reajustables) a 200 UR (doscientas Unidades Reajustables). Artículo 7º.- El producido de las referidas multas será destinado a programas de educación, y promoción del consumo de agua potable del Ministerio de Salud Pública. Montevideo, 20 de noviembre de 2007. HORACIO YANES, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El agua constituye el principal estructural de todos los seres vivos. componente

El avance de enfermedades propias de la sociedad moderna como la diabetes, la obesidad, la drogodependencia determina la necesidad de promover y facilitar el consumo de agua. Es muy importante consumir una cantidad suficiente de agua cada día para el correcto funcionamiento de los procesos de asimilación y, sobre todo, para los de eliminación de residuos del metabolismo celular. Necesitamos unos tres litros de agua al día como mínimo, de los que la mitad aproximadamente los obtenemos de los alimentos y la otra mitad debemos conseguirlos bebiendo. Por supuesto, en determinadas situaciones o etapas de la vida estas necesidades pueden aumentar considerablemente.

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Los beneficios de esta fuente de vida son numerosos, pero se debe destacar sobre todo su poder para calmar la sed, su acción en el estómago -reduciendo la acidez-, su alta capacidad de hidratación y, en resumen, el aumento de la esperanza de vida del individuo. Últimamente en nuestro país se ha venido observando que en la mayoría de los espectáculos públicos no existen bebederos públicos ni se vende agua mineral, por lo que resulta de vital importancia fomentar esta práctica para nuestra salud. Resulta necesario promover la creación de entornos saludables, en especial mediante un abastecimiento adecuado de agua potable; y fomentar la educación y divulgación del consumo de agua centrados en los niños, como agentes de los cambios de comportamiento. Una significativa parte de la población y en especial la infantil es ajena a la práctica del consumo de agua. Por otra parte se discrimina a un sector de la población que no puede consumir otro tipo de bebidas que no sea agua ya sea por razones de salud o por opción personal. El objetivo es proteger la salud y promover en las generaciones presentes y futuras el hábito de consumir agua. Por estas razones es que se presenta este proyecto de ley exclusivamente dirigido a esta temática. Montevideo, 20 de noviembre de 2007. HORACIO YANES, Representante por Canelones”. Anexo I al Rep. Nº 133 “Comisión de Salud Pública y Asistencia Social INFORME Señores Representantes: Como todos sabemos el agua constituye el principal componente estructural de todos los seres vivos. Es de gran importancia su consumo a diario para el correcto funcionamiento del organismo tanto para los procesos de asimilación como la eliminación de residuos del metabolismo. Promedialmente necesitamos tomar entre dos y tres litros de agua a diario.

Los beneficios del consumo de agua son múltiples como lo es la hidratación, mejora en la digestión, regula la temperatura del cuerpo, forma los distintos fluidos corporales, combate el cansancio, a su vez ayuda a prevenir distintas enfermedades como la obesidad, enfermedades renales, artritis, estreñimiento, diabetes, etc. El proyecto de ley al que hacemos referencia -que ha sido una iniciativa de nuestro colega Horacio Yanes- expone la obligatoriedad de venta y accesibilidad de agua potable en espectáculos públicos. Se ha observado que en nuestro país en la mayoría de los espectáculos públicos no existen bebederos públicos ni se vende agua mineral, por lo que resulta de vital importancia fomentar esta práctica para la salud de la población. Resulta necesario promover la creación de entornos saludables y fomentar la educación y divulgación del consumo de agua. Por otro lado, parece oportuno aclarar que el gobierno uruguayo ha realizado un esfuerzo para incrementar el acceso al agua potable de toda la población, el cual se sitúa en el 98% de cobertura, uno de los índices más altos de Latinoamérica y el Caribe. El gobierno también ofrece una tarifa social para asegurar el acceso de los más pobres al agua potable. Con esta iniciativa, el promedio de los gastos de agua y saneamiento se sitúan en el 2,5% del ingreso familiar. Para finalizar, es importante aclarar que el presente proyecto de ley tiene por objeto en primer término, asegurar la accesibilidad de agua potable de la población en todo espectáculo público como un derecho humano fundamental. En segundo término, fomentar la educación y divulgación de la importancia para la salud del consumo de agua con especial acento en los niños como agentes promotores de cambio. Por lo expuesto aconsejamos al plenario la aprobación del presente proyecto de ley. Sala de la Comisión, 4 de setiembre de 2012 BERTA SANSEVERINO, Miembro Informante, ANTONIO CHIESA, DANIEL RADÍO, ÁLVARO VEGA LLANES. PROYECTO DE LEY Artículo 1º. (Ámbito subjetivo).- Las personas físicas o jurídicas que de manera permanente o transitoria organicen, promuevan, intervengan o exploten al-

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gún espectáculo público, quedan sujetas a las siguientes disposiciones. Artículo 2º. (Definición).- A los efectos de la presente ley se considera espectáculo público a todo acto que tenga por objeto promover la concurrencia de personas mediante atractivos, dirigidos a generar la contemplación, el deleite o esparcimiento, previa convocatoria, planificación, publicidad y progre-mación. Artículo 3º. (Suministro).- En los espectáculos públicos, ya sea que se realicen en centros de espectáculos u otros ámbitos, de modo permanente o transitorio, deberá suministrarse agua a los concurrentes, de forma pública y gratuita, mediante bebederos o dispensadores que deberán señalizarse de modo visible, con la leyenda “bebederos públicos” o “dispensadores públicos”. Asimismo, deberá asegurarse la venta de agua mineral en los locales o espacios debidamente autorizados por la autoridad competente. Artículo 4º. (Responsabilidad).- Las personas físicas o jurídicas encargadas de la organización del espectáculo, así como los propietarios del lugar, en su caso, responderán solidariamente en caso de incumplimiento de las obligaciones emergentes de esta ley. Artículo 5º. (Sanciones).- La reglamentación establecerá las sanciones para quienes infrinjan las disposiciones precedentes. Artículo 6º. (Contralor y fiscalización).- Corresponderá a las dependencias de contralor del Ministerio de Salud Pública la fiscalización del cumplimiento de lo preceptuado y el producido de las multas será destinado a programas de educación y promoción del consumo de agua potable por parte del Ministerio de Salud Pública. Sala de la Comisión, 4 de setiembre de 2012 BERTA SANSEVERINO, Miembro Informante, ANTONIO CHIESA BRUNO, DANIEL RADÍO, ÁLVARO VEGA LLANES”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra la miembro informante, señora Diputada Sanseverino. SEÑORA SANSEVERINO.- Señor Presidente: el proyecto de ley que hoy está a consideración del plenario

es una iniciativa de larga data, elaborada por nuestro colega, el señor Diputado Yanes. Si ha estado tanto tiempo en el debate, tanto en el período anterior -porque él lo elevó en 2007- como en este, fue porque en su momento no se consideraba necesario sacar una ley sobre la obligatoriedad de vender y acceder al agua potable en los espectáculos públicos. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Pereyra) ——Sin embargo, si analizamos la legislación que hemos aprobado, advertiremos que este proyecto tiene mucho que ver con legislar para mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos. En ese sentido, la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, luego de recibir al señor Diputado Yanes, evaluó que era importante este proyecto. Tiene un articulado breve, que circunscribe esta obligación a los espectáculos públicos, ya sea que se hagan en centros de espectáculos o en ámbitos cerrados, de modo permanente o transitorio. Bueno, en todos estos casos, deberá suministrarse agua a los concurrentes, de forma pública y gratuita, mediante bebederos y dispensadores, que deberán señalizarse de modo visible; asimismo, deberá asegurarse la venta de agua mineral en los locales o espacios debidamente autorizados. Los encargados de cumplir esta disposición serán los responsables de los espectáculos, habrá sanciones, y se encomienda al Ministerio de Salud Pública la fiscalización su cumplimiento y la promoción del consumo de agua potable como necesario. (Murmullos) ——Señora Presidenta: pido que me ampare en el uso de la palabra. (Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Ruego a los señores Diputados que hagan silencio. Puede continuar la miembro informante, señora Diputada Sanseverino. SEÑORA SANSEVERINO.- Señora Presidenta: cuando se conmemoró el Día Mundial de la Alimentación, hubo una ponencia muy importante sobre la hidratación adecuada como clave para el mantenimiento de la salud. En esa oportunidad, se hacía una exposición sumamente importante, que tenía que ver con la necesidad de consumir agua para mejorar la

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calidad de vida y para combatir algunos problemas de salud, y con el fenómeno del cambio climático y las actividades al aire libre que día a día se están desarrollando en el Uruguay. Por lo tanto, el proyecto tiene una virtud: plantear que aquellos ciudadanos que van a un espectáculo -sea musical, deportivo, donde se va a estar varias horas- deben tener la opción de consumir agua. La Comisión votó por mayoría esta iniciativa y, con ese convencimiento, la traemos a esta sesión de la Cámara de Representantes. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR CHIESA .- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CHIESA.- Señora Presidenta: vamos a acompañar este proyecto del señor Diputado Yanes, como muy bien decía la miembro informante, señora Diputada Sanseverino; lo hemos discutido en la Comisión y estuvimos de acuerdo. Pensamos que va a ser un importante aporte al tema de la salud. Muchas veces tenemos la plena convicción de que es fundamental la ingestión de líquidos, de dos a tres litros por día, pero difícilmente cumplimos con eso, en especial en los meses de verano. Por lo tanto, creemos que este puede ser un aporte importante, más allá de que a veces se hará bastante difícil su instrumentación y la fiscalización por parte del Ministerio de Salud Pública. Queríamos dejar sentado que vamos a acompañar este proyecto. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR YANES.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR YANES.- Señora Presidenta: en forma muy breve, quiero agradecer el tratamiento que tuvo este proyecto en la Legislatura pasada y en esta. Yo también considero -como hicieron algunos colegas durante el período pasado- que tal vez esto no merezca una ley; de repente, el mejor instrumento hubiese sido una resolución administrativa. Estoy de acuerdo con que muchas veces los legisladores no encontramos otro mecanismo que presentar un proyecto de ley.

Personalmente, me hubiera gustado convencer -en su momento- al Ministerio de Salud Pública y a las Intendencias para que tomaran en cuenta esta iniciativa. Deseo reconocer los cuestionamientos, de buena fe, que se han hecho a este proyecto por parte de algunos colegas, y también la dificultad que puede representar llevarlo adelante, como se acaba de plantear. Tengo la esperanza de que, simbólicamente, podamos incluir este tema en la agenda y que tal vez, con este gesto y el del Senado, se puedan alcanzar logros. Si eso no es posible con una reglamentación, que puede ser muy compleja, tal vez el Congreso de Intendentes y el Ministerio de Salud Pública encuentren un mecanismo más apto. Yo soy de los que me pregunto si antes de presentar un proyecto de ley no tengo otros caminos, y en este caso los legisladores que trabajaron en este tema saben -por eso, entre otros aspectos, concluyen en votarlo- que es positivo, pero tal vez se podría haber llegado a esto por otro lado. Manifiesto mi agradecimiento y mi esperanza en que este sea un mojón más para controlar este asunto. Quiero decir por qué llegué a presentar este proyecto. Yo bajé de peso y necesité consumir mucha agua. En ese período fui a espectáculos de boxeo en los que no se vendía agua y la de los baños estaba cortada. También fui a clásicos -los señores legisladores saben que profeso una religión que me lleva a los clásicos- y allí tampoco vendían agua. Quien expendía otras bebidas me planteó que tomara en el baño y yo le pregunté si él llevaría a su hija a tomar agua al baño del Estadio Centenario. Entonces, al siguiente clásico me llevé mi botella de agua, pero en la puerta la Policía me la hizo tirar porque no podía entrar con la botella. Después descubrí que la diabetes y otras enfermedades también generan la necesidad de consumir agua. Entonces, aunque parezca algo tonto, quienes queremos cambiar nuestra cultura alimenticia hemos procurado llevar adelante esta iniciativa y una de las tareas que tenemos es facilitar este tema en la cotidianidad. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señora Presidenta: quiero dejar una constancia y reconocer el mérito del señor Dipu-

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tado Yanes, quien puso mucho empeño para que este proyecto saliera adelante. En realidad, más allá de que hubo que hacer modificaciones al proyecto original, que lo transformaron en uno mucho más light, podemos afirmar que cumple un rol en el sentido de sugerir cauces de conducta y acción, lo que me parece muy importante simbólicamente. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en cincuenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión particular. SEÑOR VÁZQUEZ.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VÁZQUEZ.- Señora Presidenta: mi intención es hacer un agregado al artículo 3º. Considero que podría sumarse un elemento que se está usando en OSE, los “sachets” de agua, que no precisan dispensadores ni bebederos públicos. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- La Cámara está en conocimiento de eso, de acuerdo con lo que expresó la señora Diputada Sanseverino. Léase el artículo 1º… SEÑORA SANSEVERINO.- ¿Me permite, señora Presidenta? Mociono para que se suprima la lectura de todos los artículos y se vote en bloque. SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y seis en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar los artículos 1° a 6° inclusive. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en sesenta: AFIRMATIVA.

Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR BIANCHI.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑORA PRESIDENTA (Pereyra).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en sesenta: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)

8.- Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones con el Gobierno de la República de Rumania. (Aprobación).
Se pasa a considerar el asunto que figura en tercer término del orden del día: “Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones con el Gobierno de la República de Rumania. (Aprobación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 964 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Montevideo, 1º de febrero de 2012. Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Rumania suscrito en Montevideo, el 23 de noviembre de 1990. Dicho Protocolo fue suscrito en Bucarest, el 27 de septiembre de 2010. ANTECEDENTES En atención a la incorporación de la República de Rumania a la Unión Europea, lo cual le genera a aquélla obligaciones en virtud de lo dispuesto por el Artículo 351 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y por el Artículo 610 del Tratado rela-

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tivo a la adhesión a dicha Unión, y por lo tanto, debiéndose actualizar y eliminar las incompa-tibilidades entre el Derecho de la Unión Europea y todos los Acuerdos Internacionales concluidos por la República de Rumania, se han hecho modificaciones al Acuerdo para Promover y Proteger Recí-procamente las Inversiones entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Rumania suscrito en Montevideo el 23 de noviembre de 1990. A tales efectos se ha suscripto, en Bucarest, el 27 de septiembre de 2010 el presente Protocolo que contiene dichas enmiendas. TEXTO El Protocolo consta de un Preámbulo y 4 Artículos. En el Artículo I se modifica el párrafo 3 del Artículo 3 del Acuerdo, referente al tratamiento de la nación más favorecida, el que no se aplicará a ventajas presentes o futuras otorgadas por cualquiera de las Partes en virtud de su pertenencia o asociación con una Unión Aduanera, Económica o Monetaria, un Mercado Común, una Zona de Libre Comercio, ni a los inversores o inversiones de los Estados miembros de tal Unión, Mercado Común o Zona de Libre Comercio. El Artículo II agrega varios párrafos al Artículo 5 del Acuerdo. El párrafo 3 a) y b) hace referencia a la adopción o continuidad de medidas que restrinjan las transferencias, en caso de dificultades en la Balanza de Pagos o por razones políticas o motivos de urgencia. Por su parte, el párrafo 4 establece que lo dispuesto por el Acuerdo no se interpretará de forma de impedir la adopción de medidas de aplicación general, por parte de cualquier entidad pública, en aplicación de políticas monetarias, de crédito o cambiarias. El párrafo 5 establece que las referencias en el Acuerdo a medidas de una Parte, deberán incluir me-

didas en atención al derecho de la Unión Europea, en el territorio de la otra Parte en función de su calidad de miembro de esa Organización. El Artículo III agrega el párrafo 4 al Artículo 12 del Acuerdo respecto la facultad de las partes, de enmienda y de denuncia del Acuerdo. El Artículo IV indica que el Protocolo formará parte integral del Acuerdo y establece su entrada en vigor en la fecha de la recepción de la última notificación mediante la cual las Partes se comuniquen el cumplimiento de los procedimientos internos requeridos; y se establece que el Protocolo tendrá la misma vigencia que el Acuerdo. En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la corres-pondiente aprobación parlamentaria. El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración. JOSÉ MUJICA, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Rumania suscrito en Montevideo el 23 de noviembre de 1990. Dicho Protocolo fue suscrito en Bucarest el 27 de septiembre de 2010.

Montevideo, 1º de febrero de 2012. LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO.

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CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Apruébase el Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Rumania suscrito en Montevideo el 23 de noviembre de 1990. Dicho Protocolo fue suscrito en Bucarest el 27 de setiembre de 2010. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 21 de agosto de 2012. DANILO ASTORI Presidente HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 964 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Asuntos Internacionales INFORME Señores Representantes: I) El 23 de noviembre de 1990, Uruguay y Rumania suscribieron un Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones, el que más tarde y una vez aprobado por el Parlamento Nacional, se transformó en la Ley Nº 16.396 del 29 de julio de 1993, entrando en vigor ese mismo año. II) En el año 2007 la República de Rumania adhirió a la Unión Europea lo cual le generó obligaciones, incluidas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en el propio Tratado de Adhesión de Rumania a la Unión Europea. Esas obligaciones se expresan en el artículo 351 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el que determina que: “Las disposiciones de los Tratados no afectarán los derechos y obligaciones que resultan de convenios celebrados. Con anterioridad al 1º de enero de 1958 o, para los Estados que se hayan adherido con anterioridad a la fecha de su adhesión entre uno o varios Estados miembros, por una parte, y uno o varios terceros Estados, por otra”. “En la medida en que tales Convenios sean incompatibles con los Tratados, el Estado o los Estados miembros de que se trate recurrirán a todos los me-

dios apropiados para eliminar las incompatibilidades que se hayan observado…” Se suma a ello otra disposición que rige para Rumania que es el artículo 6.10 del Tratado Relativo a la Adhesión a la Unión Europea. En función de ello la República de Rumania debe actualizar y eliminar las incompatibilidades en el Derecho de la Unión Europea y aquellos Acuerdos concluidos por Rumania. III) El presente proyecto de ley persigue la aprobación del Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones con el Gobierno de la República de Rumania. El mismo consta de un Preámbulo y 4 artículos. El preámbulo señala que el Protocolo busca respetar las obligaciones de Rumania en su calidad de Estado miembro de la Unión Europea, reconociendo la necesidad de enmendar el Acuerdo. IV) Articulado: El artículo I establece una nueva redacción para el párrafo 3 del artículo 3 del Acuerdo, referente al tratamiento de la nación más favorecida, el que no se aplicará a ventajas presentes o futuras, otorgadas por cualquiera de las Partes Contratantes en virtud de su permanencia o asociación con una unión aduanera, económica o monetaria, un mercado común o una zona de libre comercio. El artículo II dispone que se agreguen los párrafos 3, 4, 5 y 6, al artículo 5 del Acuerdo. El párrafo 3 refiere a la adopción o continuidad de medidas que restrinjan las transferencias en casos de dificultades en la balanza de pagos o por razones políticas o motivos de urgencia. Tales restricciones deberán ser equitativas, no arbitrarias ni injustificadamente discriminatorias. El párrafo 4 dispone que no se interpretara lo dispuesto por el Acuerdo de forma de impedir la adopción de medidas de aplicación general por parte de cualquier entidad pública, o de políticas monetarias, de crédito o cambiarias. El párrafo 5 funda que las referencias del Acuerdo a medidas de una Parte deberán incluir también medidas que apliquen en atención al Derecho de la Unión Europea en el territorio de la Parte Contratante en función de su calidad de miembro de la Unión Europea.

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El párrafo 6 refiere a que la determinación de la conformidad de una medida adoptada por una Parte Contratante con el presente Acuerdo, será resuelta exclusivamente a través de los procedimientos de solución de controversias en él previstos. El artículo III agrega un párrafo 4 al artículo 12 del Acuerdo. El nuevo párrafo 4 es relativo a la facultad de las Partes de enmiendas y de denunciar el Acuerdo. El artículo IV indica y fija que el presente Protocolo habrá de formar parte del Acuerdo, una vez que las Partes lo aprueben de acuerdo a su normativa nacional. No es la primera vez que nuestra Comisión analiza un asunto de estas características, en donde se busca armonizar situaciones especiales en virtud del interés de nuestro Uruguay en seguir profundizando una relación tradicional de nuestro país. En virtud de los antecedentes y la solicitud del Poder Ejecutivo, la Comisión de Asuntos Internacionales recomienda a la Cámara el beneficio de la aprobación correspondiente. Sala de la Comisión, 31 de octubre de 2012. RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Miembro Informante, JUAN MANUEL GARINO GRUSS, MARÍA ELENA LAURNAGA, JOSÉ CARLOS MAHÍA, DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ, JAIME MARIO TROBO”. Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Martínez Huelmo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señora Presidenta: el presente proyecto de ley persigue la aprobación del Protocolo Adicional al Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones con el Gobierno de la República de Rumania. Este consta de un preámbulo y cuatro artículos. El preámbulo señala que el Protocolo busca respetar las obligaciones de Rumania en su calidad de Estado miembro de la Unión Europea, reconociendo la necesidad de enmendar el Acuerdo original. El 23 de noviembre de 1990, Uruguay y Rumania suscribieron un Acuerdo para Promover y Proteger Recíprocamente las Inversiones, que más tarde, una vez aprobado por el Parlamento nacional, se trans-

formó en la Ley Nº 16.396, de 23 de julio de 1993, entrando en vigor ese mismo año. Más adelante, en el año 2007, la República de Rumania adhirió a la Unión Europea, lo cual le generó obligaciones incluidas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en el propio Tratado de Adhesión de Rumania a la citada Unión. Esas obligaciones se expresan en el artículo 351 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el que determina: “Las disposiciones de los Tratados no afectarán los derechos y obligaciones que resultan de convenios celebrados, con anterioridad al 1 de enero de 1958 o, para los Estados que se hayan adherido, con anterioridad a la fecha de su adhesión, entre uno o varios Estados miembros, por una parte, y uno o varios terceros Estados, por otra.- En la medida en que tales convenios sean incompatibles con los Tratados, el Estado o los Estados miembros de que se trate recurrirán a todos los medios apropiados para eliminar las incompatibilidades que se hayan observado”. El artículo IV del Protocolo que estamos considerando indica que este formará parte del Acuerdo original una vez que las Partes lo aprueben, de acuerdo con su normativa nacional. No es la primera vez que analizamos en la Cámara, y también en la Comisión, un asunto de estas características, por el que se busca armonizar situaciones especiales en virtud del interés de Uruguay en seguir profundizando una relación tradicional de nuestro país, en este caso, con Rumania. El Anexo I de este proyecto describe los alcances del articulado. Este asunto fue votado por unanimidad en la Comisión. Por lo tanto, los integrantes de la Comisión de Asuntos Internacionales recomendamos la aprobación de este Acuerdo. Muchísimas gracias. (Ocupa la Presidencia del señor Representante Orrico) SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y dos: AFIRMATIVA.

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En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR VIDALÍN.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VIDALÍN.- Señor Presidente: voté afirmativamente, teniendo en cuenta las buenas relaciones existentes entre nuestro país y la República de Rumania. Valoro muchísimo ese relacionamiento, en especial con nuestro Parlamento, lo cual deseo destacar como integrante del Grupo de Amistad con ese país. Asimismo, deseo resaltar las virtudes del señor Embajador de la República de Rumania en nuestro país, señor Gheorghe Petre, quien está plenamente integrado a nuestra sociedad y ha adquirido costumbres que, prácticamente, lo hacen sentir un uruguayo más. El señor Embajador es un promotor de su país, en especial en temas culturales, lo que ha llevado a que, en lo personal, sepamos valorar y admirar enormemente esa nación. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al informado, que corresponde al aprobado por el Senado)

9.- Urgencias.
Dese cuenta de una moción de urgencia presentada por los señores Diputados Asti y Cantero Piali. (Se lee:) “Mocionamos para que se declare urgente y se considere de inmediato el asunto ‘Suspensión del pago de cuotas de salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores. (Se sustituye el literal E) del artículo 28 de la Ley N° 18.211)’. (Carp. 1655/012). (Rep. 901/012)”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en cincuenta y cuatro: AFIRMATIVA.

10.- Suspensión del pago de cuotas de salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores. (Se sustituye el literal E) del artículo 28 de la Ley Nº 18.211).
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el asunto relativo a: “Suspensión del pago de cuotas de salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores. (Se sustituye el literal E) del artículo 28 de la Ley Nº 18.211)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 901 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Sustitúyese el literal E) del artículo 28 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, por el siguiente: “E) Disponer la observación así como las sanciones de suspensión temporal o definitiva, total o parcial, del pago de cuotas salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores. Las sanciones serán por incumplimientos menores, mayores o graves, lo que será reglamentado por el Poder Ejecutivo. Cuando la suspensión sea definitiva, o cuando se trate de suspensión temporal relativa a sanción por incumplimiento mayor o grave, las

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mismas se determinarán por acto administrativo firme”. Montevideo, 13 de junio de 2012. GONZALO MUJICA, Representante por Montevideo, ALFREDO ASTI, Representante por Montevideo. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS FACULTAD SANCIONATORIA DE LA JUNTA NACIONAL DE SALUD El artículo 28 literal E) de la Ley Nº 18.211 dispone: Compete a la Junta Nacional de Salud: E) Disponer la suspensión temporal o definitiva, total o parcial del pago de las cuotas salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores, determinado por acto administrativo firme. Qué se entiende por Acto administrativo firme. Esta expresión es muy poco usual en derecho público. Lo que existe son: actos administrativos comunes y actos administrativos definitivos. Acto administrativo común es el acto jurídico dictado por un órgano en ejercicio de su función. Acto administrativo definitivo es aquel que expresa la última voluntad de la Administración, luego de agotada la vía administrativa. Para entender esto, es necesario explicar cuál es el procedimiento administrativo que se debe seguir ante una resolución o acto cualquiera de la Administración. Para eso, tenemos el Decreto 500/991, sin perjuicio de las previsiones contenidas en la Constitución Nacional (artículo 317). 1) Primer paso: la Administración se expresa mediante un acto administrativo que causa efecto jurídico. De acuerdo al artículo 76 de dicho decreto, cuando con motivo de la aplicación de sanciones o de la imposición de un perjuicio a determinado administrado, no se dictará resolución sin previa vista al interesado por el término de 10 días para que pueda presentar descargos, probanzas o articular defensas. Por lo tanto, antes del acto administrativo que determine una sanción, se debe otorgar vista previa al administrado.

2) Si a pesar de los descargos formulados, la Administración decide mantener la aplicación de la sanción, el acto administrativo se debe notificar al interesado. A partir de la notificación, comienza para el interesado un plazo de 10 días corridos para RECURRIR dicho acto. Esto se llama agotamiento de la vía administrativa (artículo 142 del Decreto 500/991). Se abren dos posibilidades: a) El interesado puede consentir el acto o dejar pasar el plazo sin interponer recursos. En tal caso, el acto adquiere la calidad de FIRME, es decir la Administración puede ejecutar la sanción. b) El interesado puede recurrir el acto administrativo dentro del plazo de 10 días corridos. La vía administrativa y sus plazos dependerán de la naturaleza jurídica del órgano que dictó el acto. En el caso de actos dictados por la JUNTA NACIONAL DE SALUD, que es un órgano sujeto a jerarquía, se debe recurrir con los recursos de revocación (ante la Junta) y jerárquico (ante el Ministro). Cuando se resuelven estos recursos o se produce la denegatoria ficta (la Administración no se expide, y por el solo transcurso de los plazos se considera denegado el recurso) tenemos un acto administrativo DEFINITIVO, que significa que el interesado puede recurrir al TRIBU-NAL DE LO CONTENCIOSO ADMINIS-TRATIVO (artículos 309 y 312 de la Constitución). El Tribunal solo interviene ante actos administrativos definitivos, es decir tiene que agotarse primero la vía administrativa. Cuando el Tribunal de lo Contencioso Administrativo falla, solo puede hacer dos cosas: confirmar el acto o anularlo. Si lo anula, le da la razón al interesado. Si lo confirma, le da la razón a la Administración, y acá se configura un acto administrativo FIRME. Es decir que tenemos dos posibilidades de acto administrativo FIRME: EL QUE SE PRODUCE POR CONSENTIMIENTO DEL INTERESADO (o porque no lo impugna en

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el plazo que tiene para ello) o POR SENTENCIA CONFIRMATORIA DEL TCA. La primera situación no genera problemas para la Administración. De hecho, la JUNASA ha aplicado sanciones que nunca fueron recurridas por lo que se ejecutaron en forma inmediata. La segunda situación es francamente incomprensible a los efectos de que el órgano (la JUNASA) pueda efectivamente ejercer su función como órgano de contralor, porque debería esperar todo el proceso (es decir hasta que recaiga sentencia confirmatoria del TCA) para ejecutar la sanción. EN NUESTRO DERECHO, LA DETERMINACIÓN DE SANCIONES MEDIANTE ACTO ADMINISTRATIVO FIRME ES MUY POCO COMÚN. Por tal motivo, se entiende que la previsión del artículo 28 literal E) de la ley es equívoca e inconveniente. Este sistema NO ofrece más garantías al administrado, porque todas las garantías previstas constitucionalmente ya le son otorgadas durante el debido procedimiento (vista, recursos, etcétera). Lo que sí logra es retardar en forma injustificada el ejercicio de la potestad sancionatoria de la JUNASA, al tener que esperar un plazo que puede llegar a ser de años, para ejecutar la sanción. Esto convierte a la JUNASA en un órgano inoperante. La pregunta es entonces ¿cómo puede la JUNASA ejercer sus cometidos y controlar a los prestadores, si cuando hay incumplimientos de las obligaciones que éstos asumen, prácticamente no los puede sancionar? No debe olvidarse que la potestad sancionatoria se fundamenta en que los incumplimientos repercuten no solo en la eficiencia y eficacia del sistema sino en los derechos asistenciales de los usuarios, los cuales deben ser protegidos. Cabe señalar que es obligación de la JUNASA impedir determinadas conductas que, reiteradas, pueden generar impactos sanitarios en la población. CONTRATO DE GESTIÓN – NEGOClAClÓN CON LOS PRESTADORES. Ahora bien, al momento de negociarse el último Contrato de gestión, aprobado por el Decreto

81/2011, el tema del acto administrativo firme fue ampliamente discutido con los prestadores. Ellos se han apegado a que las sanciones que dicte la Junta sean revisadas por el órgano jurisdiccional, antes de que se puedan aplicar. Teniendo presente que el Decreto 464/008 (derogado por el Decreto 81/012) regula sobre las sanciones a aplicar por la JUNASA, distinguiendo entre menores, mayores y graves, así como entre suspensiones del pago de la cuota salud definitivas y temporales, totales y parciales, SE ACORDÓ en los términos estipulados en el artículo 13 del proyecto presentado. De acuerdo al mismo, las SANCIONES CALIFICADAS DE GRAVES Y MAYORES PRE-CISAN DE ACTO ADMINISTRATIVO FIRME. EN CAMBIO, AQUELLAS QUE SON MENORES PUE-DEN DETERMINARSE POR ACTO ADMINIS-TRATIVO COMÚN (SIEMPRE RESPETANDO EL DEBIDO PROCEDIMIENTO Y DERECHO DE DEFENSA DEL INTERESADO). Montevideo, 13 de junio de 2012. GONZALO MUJICA, Representante por Montevideo, ALFREDO ASTI, Representante por Montevideo”. Anexo I al Rep. Nº 901 “Comisión de Hacienda INFORME Señores Representantes: La Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, por la que se creaba la Junta Nacional de Salud, disponía en su artículo 28: “Compete a la Junta Nacional de Salud: …’e) disponer la suspensión temporal o definitiva, total o parcial, del pago de cuotas de Salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores, determinado por acto administrativo firme’”. Esta obligación garantista en lo referente al acto administrativo firme, implicaba, en los hechos, una gran dificultad para el ejercicio de la condiciones de fiscalización de la Junta. Teniendo presente que el Decreto 464/008 (derogado por el Decreto 81/012), distingue las sanciones a aplicar por la JUNASA entre menores, mayores y graves; y las suspensiones del pago de la cuota de salud, entre definitivas, temporales, totales y parciales, las entidades prestadoras de servicios y dicha Junta acordaron que la exigencia del acto administrativo firme sólo actúe para el caso

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en que la suspensión sea definitiva, o temporal pero relativa a una sanción mayor o grave. El resto de las sanciones y tipo de suspensión de cuota determinado por el decreto reglamentario, pueden determinarse por un acto administrativo común. El presente proyecto de ley incorpora este acuerdo al texto de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007. Por los motivos expuestos, la Comisión solicita a la Cámara la aprobación de dicho proyecto de ley. Sala de la Comisión, 14 de noviembre de 2012. GONZALO MUJICA, Miembro Informante, GUSTAVO BERNINI, JOSÉ CARLOS CARDOSO, JORGE GANDINI, ÓCAR GROBA, SUSANA PEREYRA, PABLO PÉREZ GONZÁLEZ, IVÁN POSADA, ALEJANDRO SÁNCHEZ, ALFREDO ASTI, de acuerdo con el artículo 132 del Reglamento”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general.

cándose al suplente siguiente, señor Álvaro Fernández. Del señor Representante Marcelo Bistolfi Zunini, por el día 21 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Pablo Vela. Del señor Representante Mario L. García, por el día 21 de setiembre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Verónica Pumar. Del señor Representante Hermes Toledo Antúnez, por los días 20 y 21 de noviembre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Alba Sarasola. Del señor Representante José Bayardi, por los días 20 y 21 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Juan José Bentancor. Del señor Representante Álvaro Vega Llanes, por el día 21 de noviembre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Jodami Martínez. Del señor Representante Jorge Pozzi, por los días 20 y 21 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Roque Ramos. Del señor Representante Felipe Michelini, por los días 21 y 22 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Antonio Gallicchio. Del señor Representante Hugo Dávila, por el día 20 de noviembre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Elsa Hernández. Del señor Representante Gonzalo Novales, por el día 22 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, Jorge Rodríguez Britos. Del señor Representante Gonzalo Novales, por el día 29 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, Jorge Rodríguez Britos. Del señor Representante Gonzalo Novales, por los días 3, 4 y 5 de diciembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, Jorge Rodríguez Britos. Del señor Representante Rodolfo Caram, por el día 20 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Marcelo Díaz.

11.- Licencias. Integración de la Cámara.
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, por el día 21 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Óscar Olmos. Del señor Representante Walter Verri, por el día 20 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Alberto Ziminov. De la señora Representante Alma Mallo, por los días 20 y 21 de noviembre de 2012, convo-

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Del señor Representante Andrés Lima, por el día 20 de noviembre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Ana Irene Lima. Del señor Representante Juan C. Souza, por el día 21 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira. Del señor Representante Juan C. Souza, por el día 28 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira. Del señor Representante Richard Sander, por los días 21 y 22 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Rúben Núñez. Del señor Representante Aníbal Gloodtdofsky, por el día 20 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Ortiz. Del señor Representante Germán Cardoso, por el día 20 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Marco Correa. En misión oficial, literal C) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Daniel Bianchi, por el período comprendido entre los días 4 y 9 de diciembre de 2012, para participar de la Audiencia Parlamentaria anual de las Naciones Unidas, a celebrarse en la ciudad de Nueva York, convocándose al suplente siguiente, señor Edgardo Rostán. Del señor Representante Gustavo Espinosa, por el período comprendido entre los días 24 de noviembre y 2 de diciembre de 2012, para participar de la reunión de la Comisión de Pueblos Indígenas y Etnias del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Panamá, convocándose al suplente siguiente, señor Julio Olivar Méndez. En virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Daniel Caggiani, por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 11 de diciembre de 2012, al haber sido invitado por el gobierno de la República Popular China, para visitar el citado país, convocándose al suplente siguiente, señor Evaristo Coedo.

Del señor Representante Gustavo Bernini, por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 1º de diciembre de 2012, para participar del Seminario “Análisis de la posible estructura de la Oficina Asesora de Presupuesto Público a los Congresos Nacionales”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, convocándose al suplente siguiente, señor Julio Fiordelmondo. Por enfermedad, literal A) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Daniel Mañana, por el día 20 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Samuel Bradford. Visto la solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante Carlos Gamou, por el día 4 de diciembre de 2012, y habiéndose agotado la nómina de suplentes designados, ofíciese a la Corte Electoral a los efectos de realizar las proclamaciones correspondientes”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y siete: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted a los efectos de solicitar licencia por motivos personales por el día 21 de noviembre, y se convoque a mi suplente. Sin otro particular, saludo atentamente, NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO Representante por Maldonado”.

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“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Martín Laventure”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Homero Bonilla”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Jesús Bentancur”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, José Hualde”.

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Solana Cabrera de Abásolo”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Ángel Ramos”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Ana Medina”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no puedo concurrir a la presente citación. Saluda atentamente, Carlos de León”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto.

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CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 21 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Martín Laventure, Homero Bonilla, Jesús Bentancor, José Hualde, Solana Cabrera de Abásolo, Ángel Ramos, Ana Medina y Carlos De León. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto, por el día 21 de noviembre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Martín Laventure, Homero Bonilla, Jesús Bentancor, José Hualde, Solana Cabrera de Abásolo, Ángel Ramos, Ana Medina y Carlos De León. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 21, del Lema Partido Nacional, señor Óscar Olmos. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, el día 20 de noviembre del corriente año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, WALTER VERRI Representante por Paysandú”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 20 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Paysandú, Walter Verri, por el día 20 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Luis Alberto Ziminov. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día martes 20 y miércoles 21 del mes en curso del presente año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, ALMA MALLO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Alma Mallo. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 20 y 21 de noviembre de 2012.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Alma Mallo, por los días 20 y 21 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Álvaro Fernández. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 21 del corriente mes y año. Sin otro particular, saluda a usted con mi más alta consideración y estima, MARCELO BISTOLFI Representante por Salto”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Rodolfo Martínez”.

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Griselda Ocampo”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Martha Richard”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Salto, Marcelo Bistolfi Zunini. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 21 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Rodolfo Martínez, Griselda Ocampo y Martha Richard. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Salto, Marcelo Bistolfi Zunini, por el día 21 de noviembre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores

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Rodolfo Martínez, Griselda Ocampo y Martha Richard. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 115, del Lema Partido Colorado, señor Pablo Vela. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, solicito a usted, realice los trámites correspondientes para que se me conceda licencia por motivos personales a la sesión extraordinaria del día 21 de los corrientes. Saluda a usted muy atentamente, MARIO GARCÍA Representante por Lavalleja”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted con el fin de comunicarle que no podré concurrir a la citación del miércoles 21 del corriente. Sin más, saluda atentamente, Enrique Sención”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 21 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Enrique Sención. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su

artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García, por el día 21 de noviembre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Enrique Sención. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5158, del Lema Partido Nacional, señora Verónica Pumar. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 19 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito a usted se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales los días 20 y 21 de noviembre de 2012. Pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, HERMES TOLEDO ANTÚNEZ Representante por Treinta y Tres”. “Montevideo, 19 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: El que suscribe Gustavo Domínguez, C.I. Nº 2.824.429-4, C.C. FAA 35576 a través de la presente comunica a usted que, en mi calidad de suplente Hermes Toledo Antúnez, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, Gustavo Domínguez”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Hermes Toledo Antúnez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 20 y 21 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Gustavo Domínguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Hermes Toledo Antúnez, por los días 20 y 21 de noviembre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Gustavo Domínguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 4090, del Lema Partido Frente Amplio, señora Alba Sarasola. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales por los días 20 y 21 de noviembre. Sin otro particular, lo saluda muy atentamente, JOSÉ BAYARDI Representante por Montevideo”.

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin más, saludo atentamente, Eduardo Brenta”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin más, saludo atentamente, Eleonora Bianchi”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin más, saludo atentamente, Edgardo Ortuño”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin más, saludo atentamente, Daoiz Uriarte”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, José Bayardi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 20 y 21 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes

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señores Eduardo Brenta, Eleonora Bianchi, Edgardo Ortuño y Daoiz Uriarte. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, José Bayardi, por los días 20 y 21 de noviembre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Eduardo Brenta, Eleonora Bianchi, Edgardo Ortuño y Daoiz Uriarte. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 77, del Lema Partido Frente Amplio, señor Juan José Bentancor. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 21 de noviembre del corriente año, por motivos personales. Sin otro particular, le saluda atentamente, ÁLVARO VEGA LLANES Representante por Florida”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico. Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Dr. Álvaro Vega LLanes. Sin más saluda atentamente, Carlos Rodríguez Gálvez”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, Álvaro Vega Llanes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 21 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Carlos Rodríguez Gálvez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Florida, Álvaro Vega Llanes, por el día 21 de noviembre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Carlos Rodríguez Gálvez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Jodami Martínez. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted se me conceda licencia por motivos personales de acuerdo a la Ley Nº 17.827, por los días 20 y 21 de noviembre del corriente año. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, JORGE POZZI Representante por Montevideo”.

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“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que no acepto por esta única vez la convocatoria, en virtud de la licencia solicitada por el Diputado Jorge Pozzi. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Jorge Caffera”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2011. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que no acepto por esta única vez la convocatoria, en virtud de la licencia solicitada por el Diputado Jorge Pozzi. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, María Elena Martínez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 20 y 21 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Jorge Caffera y María Elena Martínez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi, por los días 20 y 21 de noviembre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Jorge Caffera y María Elena Martínez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días, al

suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99000, del Lema Partido Frente Amplio, señor Roque Ramos. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico. Presente De mi mayor consideración: Por la presente de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 17.827, solicito a usted se me conceda licencia por motivos personales por los días 21 y 22 de noviembre, del corriente año. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, FELIPE MICHELINI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que no acepto por esta única vez la convocatoria en virtud de la licencia solicitada por el diputado Felipe Michelini por los días 21 y 22 de noviembre, del corriente año. Saluda atentamente, Javier Chá”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Michelini. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 21 y 22 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Javier Chá. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta.

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La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Michelini, por los días 21 y 22 de noviembre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Javier Chá. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99000, del Lema Partido Frente Amplio, señor Antonio Gallicchio. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente nota, deseo comunicar que en atención a razones de orden estrictamente personal y de acuerdo al inciso 3º del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito licencia por el día 20 de noviembre del corriente año y que se realice la convocatoria a la suplente respectiva, Elsa Hernández. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, HUGO DÁVILA Representante por Artigas”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Artigas, Hugo Dávila. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 20 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Artigas, Hugo Dávila, por el día 20 de noviembre de 2012.

2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091011, del Lema Partido Frente Amplio, señora Elsa Hernández. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito ante la Cámara de Representantes licencia por motivos personales para el día 22 de noviembre de 2012. Sin más, lo saluda atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 22 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales, por el día 22 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 903, del Lema Partido Nacional, señor Jorge Rodríguez Britos. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”.

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“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito ante la Cámara de Representantes licencia por motivos personales para el día 29 de noviembre de 2012. Sin más, lo saluda atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 29 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales, por el día 29 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 903, del Lema Partido Nacional, señor Jorge Rodríguez Britos. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito ante la Cámara de Representantes licencia por motivos personales para los días 3, 4 y 5 de diciembre de 2012. Sin más, lo saluda atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 3, 4 y 5 de diciembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales, por los días 3, 4 y 5 de diciembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 903, del Lema Partido Nacional, señor Jorge Rodríguez Britos. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, acorde al Reglamento del Cuerpo que usted preside, solicito se me conceda uso de licencia por el día de la fecha por motivos personales. Sin otro particular, lo saluda con la más alta consideración, RODOLFO CARAM Representante por Artigas”. “Artigas, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, en mi condición de primer suplente del Diputado Rodolfo Caram y ante la licencia

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solicitada por el mismo, comunico a usted mi decisión de no aceptar la convocatoria, por esta única vez. Sin otro particular, lo saluda con la más alta consideración, Silvia Silveira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Artigas, Rodolfo Caram. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 20 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Silvia Elena Silveira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Artigas, Rodolfo Caram, por el día 20 de noviembre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Silvia Elena Silveira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 816, del Lema Partido Nacional, señor Marcelo Díaz. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por este medio y por motivos de índole personal, solicito al Cuerpo que usted preside se me conceda licencia, por el día martes 20 de noviembre del 2012. Sin otro particular, saluda atentamente, ANDRÉS LIMA Representante por Salto”.

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular doctor Andrés Lima, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saludo atentamente, Felipe Mutti”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular doctor Andrés Lima, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saludo atentamente, Nadia Cordone”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular doctor Andrés Lima, comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin más, saludo atentamente, Martín Pertusatti”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Salto, Andrés Lima. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 20 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Felipe Mutti Severo, Nadia Cordone y Martín Pertusatti.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Salto, Andrés Lima, por el día 20 de noviembre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Felipe Mutti Severo, Nadia Cordone y Martín Pertusatti. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 888, del Lema Partido Frente Amplio, señora Ana Irene Lima. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia para el día 21 del corriente, por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 21 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza, por el día 21 de noviembre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 28 del corriente, por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”.

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“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 28 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza, por el día 28 de noviembre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”.

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo, se sirva concederme licencia por razones de índole personal los días 21 al 22 de noviembre del corriente año. Sin otro particular, lo saludo a usted muy atentamente, RICHARD SANDER Representante por Rivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Richard Sander. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 21 y 22 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Rivera, Richard Sander, por los días 21 y 22 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2000, del Lema Partido Colorado, señor Rúben Núñez. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva

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concederme el uso de licencia por razones personales por el día 20 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, ANÍBAL GLOODTDOFSKY Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 20 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Aníbal Gloodtdofsky, por el día 20 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Nicolás Ortiz. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS A. LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente y al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, para el día 20 de noviembre del corriente año. Sin otro particular, lo saludo atentamente, GERMÁN CARDOSO Representante por Maldonado”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Germán Cardoso. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 20 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Germán Cardoso, por el día 20 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Marco Correa. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, al amparo de lo previsto en la Ley Nº 17.827, artículo 1º, literal C), solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme licencia del 4 al 9 de diciembre de 2012, con motivo de la Audiencia Parlamentaria en las NACIONES UNIDAS BAJO EL TÍTULO: Un camino menos transitado: Enfoques parlamentarios de la prevención de los conflictos, de la reconciliación y de la consolidación de la paz, a desarrollarse en Nueva York (se adjunta invitación). Sin otro particular, lo saludo atentamente, DANIEL BIANCHI Representante por Colonia”.

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“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi consideración: Por medio de la presente, renuncio por esta única vez a la convocatoria que se me hiciera para integrar el Cuerpo que usted preside. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Claudia Allietti”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi consideración: Por medio de la presente, renuncio por esta única vez a la convocatoria que se me hiciera para integrar el Cuerpo que usted preside. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Nibia Reisch”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi, para participar de la Audiencia Parlamentaria de las Naciones Unidas “Un camino menos transitado. Enfoques parlamentarios de la prevención de los conflictos, de la reconciliación y de la consolidación de la paz”, a desarrollarse en la ciudad de Nueva York. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 4 y 9 de diciembre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto las suplentes siguientes señoras Claudia Allietti y Nibia Reisch. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 4 y 9 de diciembre de 2012, al señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi, para participar de la Au-

diencia Parlamentaria de las Naciones Unidas “Un camino menos transitado. Enfoques parlamentarios de la prevención de los conflictos, de la reconciliación y de la consolidación de la paz”, a desarrollarse en la ciudad de Nueva York. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por las suplentes siguientes señoras Claudia Allietti y Nibia Reisch. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2015, del Lema Partido Colorado, señor Edgardo Rostán. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia en el período comprendido entre el día 24 de noviembre y el día 2 de diciembre de 2012, por motivos establecidos en el artículo 1º inciso C), de la mencionada ley. Sin más, lo saluda atentamente, GUSTAVO ESPINOSA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Canelones, Gustavo Espinosa, para participar de las reuniones de la Comisión de Pueblos Indígenas y Etnias del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Panamá. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 24 de noviembre y 2 de diciembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal C) del artículo 1° de esta.

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La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en misión oficial, por el período comprendido entre los días 24 de noviembre y 2 de diciembre de 2012, al señor Representante por el departamento de Canelones, Gustavo Espinosa, para participar de las reuniones de la Comisión de Pueblos Indígenas y Etnias del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), a desarrollarse en la ciudad de Panamá. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1030, del Lema Partido Colorado, señor Julio Olivar Méndez. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente me dirijo a usted solicitando me conceda licencia por motivos inherentes al cargo, del día 28 de noviembre al 11 de diciembre, al haber recibido una invitación a la República Popular China. Adjunto fotocopia de invitación. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, DANIEL CAGGIANI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Rubén García”.

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Lucía Forteza”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Julio Baráibar”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Daniel Montiel”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, José Fernández”.

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“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Heber Bousses”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Charles Carrera”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Alberto Castelar”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Daniel Placeres”.

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Noris Menotti”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Jorge Meroni”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Sin otro particular, saluda atentamente, Jorge Simón”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel Caggiani, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para visitar la República Popular China, al haber sido invitado por las autoridades del citado país. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 11 de diciembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor

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Rubén García, Lucía Forteza, Julio Baráibar, Daniel Montiel, José Fernández, Heber Bousses, Charles Carrera, Alberto Castelar, Daniel Placeres, Noris Menotti, Jorge Meroni y Jorge Simón. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel Caggiani, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para visitar la República Popular China, al haber sido invitado por las autoridades del citado país por el período comprendido entre los días 28 de noviembre y 11 de diciembre de 2012. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Rubén García, Lucía Forteza, Julio Baráibar, Daniel Montiel, José Fernández, Heber Bousses, Charles Carrera, Alberto Castelar, Daniel Placeres, Noris Menotti, Jorge Meroni y Jorge Simón. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Evaristo Coedo. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe comunica a usted que tomará licencia entre los días 27 de noviembre al 1º de diciembre (inclusive) del presente año, haciendo uso del literal D) del régimen de licencias de los señores representantes, a los efectos de participar del Seminario dedicado al tema “Análisis de la Posible Estructura de la Oficina Asesora de Presupuesto Público a los Congresos Nacionales” a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, Argentina.

Solicito, por lo tanto, que se convoque al suplente respectivo. Atentamente le saluda, GUSTAVO BERNINI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Alicia Torres C.I. 1.431.697-0, en calidad de suplente del señor Representante Gustavo Bernini, comunica a usted que se encuentra imposibilitada, por esta única vez, de asumir el cargo de Representante Nacional para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Atentamente le saluda, Alicia Torres”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Diana Pérez C.I. 1.969.801-4. en calidad de suplente del señor Representante Gustavo Bernini, comunica a usted que se encuentra imposibilitada, por esta única vez, de asumir el cargo de Representante Nacional para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Atentamente le saluda, Diana Pérez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Bernini, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar del Seminario “Análisis de la Posible Estructura de la Oficina Asesora de Presupuesto Pública a los Congresos Nacionales”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 1º de diciembre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto las suplentes siguientes señoras Alicia Torres y Diana Pérez.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal D) del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Bernini, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para participar del Seminario “Análisis de la Posible Estructura de la Oficina Asesora de Presupuesto Pública a los Congresos Nacionales”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires por el período comprendido entre los días 27 de noviembre y 1º de diciembre de 2012. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por las suplentes siguientes señoras Alicia Torres y Diana Pérez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Julio Fiordelmondo. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito a usted y por su intermedio a la Cámara que preside, licencia médica el día 20 de noviembre. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, DANIEL MAÑANA Representante por Río Negro”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, del señor Representante por el departamento de Río Negro, Daniel Mañana. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 20 de noviembre de 2012 y adjunta certificado médico.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el literal A) del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por enfermedad, por el día 20 de noviembre de 2012, al señor Representante por el departamento de Río Negro, Daniel Mañana. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 58, del Lema Partido Nacional, señor Samuel Bradford. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito a usted licencia por razones personales, por el día 4 de diciembre del 2012. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, CARLOS GAMOU Representante por Montevideo”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Pablo Álvarez”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Javier Salsamendi”.

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“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Julio Balmelli”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Leandro Grille”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Graciela Garín”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Roberto Caballero”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Eduardo León Duter”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Gamou. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 4 de diciembre de 2012. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Pablo Álvarez, Javier Salsamendi, Julio Balmelli, Leandro Grille, Graciela Garín, Roberto Caballero y Eduardo León Duter. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Gamou, por el día 4 de diciembre de 2012. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Pablo Álvarez, Javier Salsamendi, Julio Balmelli, Leandro Grille, Graciela Garín, Roberto Caballero y Eduardo León Duter. 3) Habiéndose agotado la nómina de suplentes correspondientes, ofíciese a la Corte Electoral a los efectos de realizar las proclamaciones correspondientes de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. GERMÁN CARDOSO, VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU”.

12.- Suspensión del pago de cuotas de salud en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores. (Se sustituye el literal E) del artículo 28 de la Ley Nº 18.211).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Mujica. SEÑOR MUJICA.- Señor Presidente… SEÑOR ASTI.- ¿Me permite una interrupción?

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SEÑOR MUJICA.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: quisiera aclarar, teniendo en cuenta algunas consultas que recibí en mi carácter de coordinador, que este proyecto, con un único artículo, vino incluido en otro enviado por el Poder Ejecutivo que ahora es ley. La iniciativa a la que hago referencia -de antes de junio de este año- reglamentó la forma de incorporar nuevos colectivos al Fonasa, así como el modo de financiamiento de este Fondo. En aquel momento, durante la discusión del proyecto de ley en Sala, se presentaron algunas dudas u objeciones sobre el contenido de este artículo, por lo que la bancada del Frente Amplio decidió votarlo en forma negativa y presentar la iniciativa que estamos considerando en el día de hoy, con el mismo texto del artículo que estaba incluido en ese proyecto de ley. Queríamos hacer esa aclaración, dado que se nos preguntaba si el proyecto de ley tenía iniciativa del Poder Ejecutivo. Sí la tiene; de esa forma llegó, pero no se votó en ese momento sino que pasó nuevamente a consideración de la Comisión. Una vez que la Comisión lo estudió en particular, se prosiguió con el trámite parlamentario. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el miembro informante, señor Diputado Mujica. SEÑOR MUJICA.- Señor Presidente: el proyecto de ley que comenzamos a considerar tiene por objeto permitir que la Junasa cumpla con sus funciones de ordenador, de contralor y de fiscalización del Sistema Nacional Integrado de Salud. En el marco de las conversaciones entre la Junasa y los prestadores privados de salud, se vio la necesidad de instrumentar que las sanciones pudieran ser aplicadas rápidamente. Si, por el contrario, se requería un trámite administrativo completo, hasta que la resolución tuviera carácter de firme, se corría el riesgo de que cualquier sanción -inclusive las leves- se aplicaran dos o tres años después de cometido el acto. Se llegó a una solución negociada por la cual se clasificó las sanciones -que consisten en la suspensión del pago de la cuota a los prestadores- en temporales o definitivas y totales o parciales. Las sanciones serán por incumplimientos menores, mayores o graves. El

resultado es que solo se exigirá el carácter de una resolución administrativa firme para las sanciones graves que afecten en forma importante a las empresas prestadoras de servicios de salud. La Comisión trató el tema con la importancia que merece: recibió el aporte del doctor Cajarville, que fue muy importante, y llegó a la conclusión de que debía legislar, dado que el acuerdo existe y ha sido refrendado por las instituciones privadas en su visita a la Comisión. Más allá de que las instituciones privadas están divididas en varios grupos de representación diferentes y están en desacuerdo con respecto al tema, todas reconocieron que existió un acuerdo con la Junasa y se manifestaron dispuestas a respetarlo. En función de ello, hemos decidido legislar ese acuerdo alcanzado entre la Junasa y las instituciones, en la redacción dada por la Junasa en aquel momento. Por lo tanto, recomendamos a la Cámara refrendar lo que la Comisión de Hacienda votó por unanimidad. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta y dos en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y tres en sesenta: AFIRMATIVA. SEÑOR CHIESA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CHIESA.- Señor Presidente: quiero dejar constancia de que hemos votado en forma negativa. Desconocíamos el proyecto de ley, y nos hubiera gustado que pasara también por la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. Gracias, señor Presidente.

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SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR ASTI.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en sesenta: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al presentado)

“Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia presentada por el Representante Sr. Horacio Yanes. Saluda a usted cordialmente, Nora Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 20 y 22 de noviembre de 2012. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Nora Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E:

13.- Licencias. Integración de la Cámara.
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “Se aconseja aprobar la siguiente solicitud de licencia: Por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Horacio Yanes, por los días 20, 21 y 22 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Da Roza”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y siete en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se sirva concederme el uso de mi licencia, para los días 20, 21 y 22 de noviembre del presente año, por motivos personales. Saluda a usted cordialmente, HORACIO YANES Representante por Canelones”.

1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes, por el período comprendido entre los días 20 y 22 de noviembre de 2012. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Nora Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99000, del Lema Partido Frente Amplio, señor Luis Da Roza. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, MARCO CORREA”.

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14.- Urgencias.
Dese cuenta de una moción de urgencia presentada por los señores Diputados Asti y Cantero Piali. (Se lee:) “Mocionamos para que se declare urgente y se considere de inmediato el asunto ‘Fideicomisos Financieros para el Incentivo de la Producción Lechera. (Implementación)’. (Carp. 1846/012)”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en sesenta: AFIRMATIVA.

la producción de leche es procesada en plantas industriales. La lechería ocupa una persona cada 50 hectáreas -significativamente más intensiva que actividades como la producción de granos y la ganadería de carne y lana- y más del 80% de los productores viven en el predio. Por su parte, la industria agrega cerca del 50% de valor sobre la materia prima, además de contar con un importante sector de servicios nacionales apoyando la producción. El empleo directo generado en la fase primaria ocupa cerca de 20.000 personas y la secundaria en torno a 3.500. Una característica distintiva del sector es su gran tradición en cuanto a cooperación y organización de sistemas asociativos. La relación entre la fase primaria y la industria es clave para la competitividad y esta última tiene un papel potencialmente importante en la articulación entre ellas. La producción lechera se ha incrementado a una tasa cercana al 4% anual en los últimos años como consecuencia del aumento de la productividad por hectárea y por vaca. Sin embargo, este importante dinamismo de base tecnológica y comercial ha estado acompañado también de una reducción en el número de productores dedicados a esta actividad, todo lo cual también implica una suerte de erosión del capital social vinculado con esta producción. Las mejoras en los niveles de eficiencia son una consecuencia directa de los cambios tecnológicos en la base forrajera de pasturas y suplementos alimenticios, sanidad y gestión de la producción, para lo cual se requiere un plazo mínimo de 12 años. Existe la tecnología y el desarrollo institucional básico para seguir avanzando en la consolidación de esta trayectoria tecnológica, que permitirá seguir avanzando en la construcción de competitividad genuina en la actividad lechera nacional. A pesar de eso, el sector lechero enfrenta actualmente algunas dificultades estructurales que amenazan esta prosperidad, lo cual requiere el desarrollo de instrumentos complementarios modernos. En particular, aquellos productores que no son propietarios de las tierras en las que desarrollan su actividad, se ven afectados por la escasa oferta de este recurso disponible para arrendar así como por los altos precios de arrendamiento. Ello determina no sólo aumentos en los costos de producción derivados de la valorización nacional del activo tierra, sino también menores plazos de arrendamiento de la misma, todo lo cual influye de una manera directa en la estabilidad de la producción lechera nacional en el mediano y largo plazo.

15.- Fideicomisos Financieros para el Incentivo de la Producción Lechera. (Implementación).
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el asunto relativo a: “Fideicomisos Financieros para el Incentivo de la Producción Lechera. (Implementación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 986 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 30 de agosto de 2012 Señor Presidente de la Asamblea General Cr. Danilo Astori: El Poder Ejecutivo tiene el honor de enviar a ese alto Cuerpo, el presente proyecto de ley, destinado a la implementación de Fideicomisos Financieros para el Incentivo de la Producción Lechera. El mismo es impulsado por la trascendental importancia de la producción lechera en el desarrollo socio-económico de la República. La cadena agroindustrial láctea en Uruguay ha registrado en los últimos 20 años una importante dinámica de crecimiento exportador. Este crecimiento obedeció al desarrollo competitivo auténtico, basado en las ventajas que ofrece el país para la producción de leche a bajos costos, en una actividad que es fuertemente promotora del desarrollo local. Está localizada básicamente en la cuenca sur y litoral oeste del territorio nacional, a pesar de realizarse en todo el país. Otro rasgo relevante de la actividad de producción lechera es la muy fuerte integración agroindustrial de la producción, de manera que un poco más del 80% de

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Es imprescindible entonces crear alternativas institucionales que permitan al productor lechero tener la posibilidad de asegurar un plazo adecuado de permanencia en la tierra al productor lechero y su familia. En efecto, de acuerdo con información oficial reciente el arrendamiento de la tierra en la producción lechera, en términos promedios fue por 139 US$/há (superior al precio promedio de arrendamiento en ganadería, lechería/ganadería, forestación y arroz) y sólo superado por la agricultura y la combinación de agricultura con lechería. El otro dato relevante refiere a los plazos de los arrendamientos de tierras, siendo que, en el promedio nacional la gran mayoría de los contratos son por menos de 3 años (más del 60% de la superficie arrendada tiene plazos de 3 años o menos). En estas condiciones del funcionamiento del mercado de arrendamientos rurales en la lechería, es por lo tanto relevante buscar alternativas viables para que la pequeña producción lechera no sea desplazada de la actividad. En otras palabras, sólo con estabilidad y condiciones previsibles en el mediano/largo plazo de acceso a la tierra será posible que los productores lecheros con condiciones tecnológicas y de gestión suficientemente probadas, puedan seguir creando competitividad auténtica, basada en mayor eficiencia y productividad en el mediano y largo plazo. Otro aspecto estructural importante a considerar refiere al inevitable proceso de relevamiento generacional en la producción lechera. De acuerdo con información disponible de encuestas, la mayor parte de los productores lecheros están concentrados en la franja de entre 50 y 60 años de edad, de manera que el acceso al patrimonio lechero heredado por parte de las nuevas generaciones afectará naturalmente la integración social en la producción lechera. En estas condiciones es clave, por lo tanto, otorgar mejores condiciones de estabilidad y escala de producción a la pequeña producción, de lo contrario continuará el proceso de erosión del capital social ya acumulado en este sector de actividad. Un último aspecto estructural importante, refiere a la posibilidad cierta de que las inversiones en tierras lecheras otorguen buenas condiciones para captar el ahorro nacional que tradicionalmente se concentra en títulos de deuda pública. En efecto, para un inversionista institucional puede resultar muy atractivo invertir en tierras para entregarlas, con las debidas garantías, en arrendamiento a productores especializados que han desarrollado en los últimos años condiciones probadas de competitividad. El acceso a la tierra, me-

diante arrendamiento por plazos más largos, se convierte no sólo en un aspecto medular para el desarrollo futuro de la producción lechera, sino también en una alternativa cierta de colocación segura del ahorro en apoyo a la producción nacional con alto retorno. El Fideicomiso Financiero para el Incentivo de la Producción Lechera (en adelante FFIP) está orientado a comenzar a solucionar esta problemática. Para ello se pone a disposición de los pequeños y medianos productores, tierras aptas para desarrollar su actividad, para que las tomen en arrendamiento a largo plazo (máximo 15 años). De esta forma se podrá seguir incentivando la producción y crear condiciones estructurales mejores que garanticen una planificación más eficiente de los procesos productivos involucrados en la pequeña producción de leche. El objeto de la presente ley es entonces, otorgar un marco legal que viabilice la creación de fideicomisos, de manera tal que pueda operar de la forma más eficiente posible. Los agentes intervinientes en el FFIP se prevé que sean los siguientes: i) El MGAP. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca actúa en la promoción y difusión inicial del nuevo instrumento, apoyándose en el marco jurídico existente. Al respecto el Ministerio realizará un adelanto de recursos monetarios para facilitar la puesta en marcha y funcionamiento inicial de este tipo de instrumento, contemplando en el diseño del mismo el re1 torno de los recursos adelantados. ii) El Agente Operador del FFIP. Será contratado por el Fiduciario del FFIP y se desempeñará estrictamente dentro del derecho privado. En sus funciones específicas destacan: la proposición de negocios con tierras de aptitud lechera al agente fiduciario para su aprobación y ejecución; el contacto con gremiales e intermediarios en busca de tierras aptas; el monitoreo y seguimiento de las tierras; la reasignación de tierras entre nuevos beneficiarios en caso de desalojo o rescisión de los contratos de arrendamiento. iii) El Fiduciario del FFIP que es quien administra los fondos líquidos del fideicomiso con base en la política de inversiones. Asimismo, está encargado de controlar los negocios propuestos por el Agente Operador y ejecuta las operaciones de compra de tierras y los contratos de
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Ley Nº 17.703 de 27 de octubre del año 2003 y el art. 383 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

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arrendamientos de las mismas a los beneficiarios. Entre sus tareas principales se destacan: la recepción; control del pago de los arrendamientos; la realización de los pagos mensuales de intereses a los inversores del FFIP; seguimiento y administración del patrimonio; la realización de la venta de las tierras al término del arrendamiento. Asimismo, el fiduciario es el responsable por la contabilidad y el cumplimiento de las obligaciones en materia de información al BCU y es quien realizará los reportes al MGAP y a los titulares de los Certificados de Participación. iv) Los productores lecheros beneficiarios en el FFIP. Estos productores podrán gozar de plazos de arrendamientos notoriamente más largos que los vigentes actualmente, llegando hasta un máximo de 15 años, de manera de poder contar con un marco de certidumbre en el acceso a la tierra que permite planificar la producción con un mayor horizonte temporal. v) Los inversores del FFIP. Los inversores compran títulos emitidos por el FFIP, cuyo rendimiento estará asociado a la remisión de leche y a la valorización de la tierra lechera en el mediano/largo plazo. De esta forma se posibilita la construcción de una alternativa que permita captar el ahorro de los uruguayos en una actividad rentable. vi) Las empresas industrializadoras lácteas: Las empresas que reciben la producción de los productores beneficiarios del FFIP cumplirán un rol de retención de recursos para dicho fideicomiso. Para evaluar la importancia y la viabilidad del FFIP es primordial tener presente las condiciones propias que ofrece la producción lechera integrada a la agroindustria, en donde la asimetría de información entre productor remitente y empresa que industrializa el producto es baja. Ello ofrece muy buenas condiciones para la gestión del instrumento que se propone, comenzando con la muy buena selección de los productores que decidan integrarse al FFIP. Por otra parte, y en atención al interés general que lo justifica, la ley crea un proceso de desalojo rural más abreviado que se aplica exclusivamente a los arrendamientos de tierras pertenecientes al FFIP, sin el cual este programa no podría funcionar correctamente. En efecto, dado que la adquisición de tierras se realizará exclusivamente para incentivar la producción lechera, existe un especial interés en el correcto funcionamiento del programa y en el cumplimiento puntual de las obligaciones por parte de los productores beneficiarios de éste. Asimismo, dado que el fideicomiso financiará la compra de esas tierras a través del

mercado de valores, existe además un interés en asegurar la recuperabilidad de las inversiones captadas. Un proceso de desalojo de tan larga duración como el actual conspiraría contra ambos intereses. En nuestra legislación hay evidencia de varias es2 tructuras procesales abreviadas con elementos similares a ésta. Nuestra Suprema Corte de Justicia ha señalado en varias oportunidades que la existencia de interés general justifica el diseño de estructuras 3 procesales abreviadas.

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Ejemplos en nuestro sistema de procesos abreviados o incluso la ausencia de proceso por razones de interés general son la Ley N° 16.112 del 30 de mayo de 1990 en su artículo 16 mantiene vigentes los procedimientos previstos en la ley 5.343 (Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay), que establece para ciertos casos (enumerados en el artículo 80) la ejecución extrajudicial de las propiedades hipotecadas “sin forma alguna de juicio”. También la Ley N° 18.125 del 27 de abril de 2007 en su capítulo III regula la “Ejecución Simplificada de Crédito Hipotecario para Vivienda” (que establece un régimen especial para las ejecuciones de créditos “garantizados con hipoteca, destinados a la adquisición, construcción, refacción o ampliación de vivienda, documentados en instrumento único, por instituciones de intermediación financiera, públicas o privadas, así como fideicomisos financieros y siempre que dicho acreedor sea primer preferente al cobro en el inmueble) prevé que la ejecución de ciertos créditos otorgados por entes estatales, que no cumplan con los requisitos antes referidos, se regulará por el régimen de la ejecución extrajudicial que establece la ley 5.343. También la Ley N° 16.832 del 17 de junio de 1997, en su artículo 24 establece un procedimiento judicial sumarísimo a favor del Estado (U.T.E.) para el caso de que el propietario de que un particular negare la entrada al personal encargado de ejecutar las tareas encaminadas a hacer efectiva una servidumbre. Dicha ley prevé que se disponga el ingreso al predio sin más trámite previa solicitud de la Administración.

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Nuestra Suprema Corte ha señalado muchas veces que la existencia de interés general justifica el diseño de estructuras procesales abreviadas que limite las posibilidades de defensa (al respecto ver entre otras Sentencias de la Suprema Corte de Justicia 258/2009, del 24 de junio de 2009, Sentencia 204/2001 del 5 de octubre de 2001, 107/2005 del 13 de mayo de 2005, 233/2005 del 18 de noviembre de

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La estructura de desalojo diseñada no cambia sustancialmente el esquema global del proceso actual pero acorta los plazos (como el de la intimación para constituir en mora o el de la oposición de defensas), suprime algunos actos procesales escritos (como la contestación de excepciones del arrendador) y establece un régimen recursivo limitado y caracterizado por la ausencia de efecto suspensivo. Por otra parte, impone la necesidad de resolver las posibles excepciones en la audiencia que deberá celebrarse en no más de 45 días de presentada la demanda. En definitiva, estamos frente a una situación especial en la cual el interés general exige el diseño de una estructura eficiente y abreviada que permita recuperar rápidamente el predio dado en arriendo y de todas formas respetan las garantías del debido proceso, como ha sostenido nuestra Suprema Corte de Justicia frente a normas de similar orientación. Por los motivos expuestos se solicita la aprobación del proyecto de ley que se adjunta. Montevideo, 30 de agosto de 2012 JOSÉ MUJICA, EDUARDO BONOMI, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, RICARDO EHRLICH, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, JORGE VENEGAS, TABARÉ AGUERRE, LILIAM KECHICHIAN, RAQUEL LEJTREGER, DANIEL OLESKER. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a la promoción de Fideicomisos Financieros regidos por la Ley N° 17.703, de 27 de octubre de 2003, que se creen con el objetivo del Incentivo de la Producción Lechera mediante el arrendamiento de tierras a los productores. Artículo 2º.- Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a destinar al incentivo para la creación de fideicomisos con los fines establecidos en el artículo precedente, con cargo al Fondo de Desarrollo Rural regido por el artículo 383, de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, la suma de hasta $ 20:000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), a efectos de posibilitar la constitución y el inicio de actividades de los mismos. 2005,141/1999 del 2 de junio de 2006, 104/2003 del 19 de marzo de 2003).

Los términos y condiciones para el reembolso de los referidos fondos serán establecidos en cada oportunidad. Artículo 3º.- Establécese un régimen especial de arrendamiento de tierras, que será de aplicación a los contratos suscritos entre los Fideicomisos establecidos en el artículo 1º, que se encuentren promovidos por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y los productores lecheros. Artículo 4º.- Los contratos de arrendamiento celebrados por los Fideicomisos Financieros para el Incentivo de la Producción Lechera se celebrarán por escrito y no tendrán plazo legal mínimo de estabilidad. El precio y los mecanismos de reajuste de éste serán los acordados por las partes. Artículo 5º.- El régimen de arrendamientos y el proceso de desalojo de inmuebles otorgados en arrendamiento por los Fideicomisos Financieros para el Incentivo de la Producción Lechera se regirán por esta ley y no les será de aplicación el Decreto-Ley N°14.384 ni la Ley N°16.223. Será competente para entender en los procesos de desalojo regulados en esta ley el Juez Letrado de Primera Instancia del lugar de ubicación del inmueble. Tendrá legitimación activa para solicitar el desalojo el Fideicomiso Financiero para el Incentivo de la Producción Lechera en su calidad de arrendador. La legitimación pasiva corresponderá al arrendatario, subarrendatario o subaparcero, guardadores o a quien por cualquier título ocupe el bien dado en arriendo. Artículo 6º.- El desalojo del predio otorgado en arrendamiento por el Fideicomiso Financiero para el Incentivo de la Producción Lechera podrá ser solicitado por el vencimiento del plazo contractual o por el incumplimiento del arrendatario de cualquiera de las siguientes obligaciones: A) La del pago del precio, por configurarse el incumplimiento de dos mensualidades vencidas. B) La de dar al inmueble el destino exclusivo establecido en el contrato. C) La de cuidar del predio diligentemente y cumpliendo las normas vigentes sobre protección de suelos y aguas. D) La de realizar la actividad productiva objeto del contrato; y

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E) La de no dar en subarrendamiento, aparcería, pastoreo o cualquier otra modalidad contractual la tenencia total o parcial del predio a terceros. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones u otras, permitirá además reclamar los daños y perjuicios, los que tramitará por la estructura del proceso ordinario regulado en el Código General del Proceso. El cobro de las cuotas de arriendo vencidas tramitará por el proceso ejecutivo previsto en el artículo 353 del Código General del Proceso. Artículo 7º.- Si la pretensión de desalojo se funda en el incumplimiento de pago del precio, la demanda deberá ser acompañada de la constancia previa de intimación de pago con plazo de tres días, la que podrá realizarse mediante telegrama colacionado, intimación judicial o notarial. La intimación de pago podrá realizarse desde el día siguiente al vencimiento del plazo pactado para el pago del precio pero la demanda de desalojo no podrá ser presentada hasta vencidos los tres días de la intimación. Artículo 8º.- Recibida la demanda de desalojo invocando cualquiera de las causales referidas en el artículo 6º, el juez decretará el desalojo con plazo de 30 días, y citará de excepciones al arrendatario por un plazo de 6 días hábiles. En todos los casos se colocará una cédula en lugar visible del inmueble y se intimará al demandado a que manifieste si en el bien desalojado existen subarrendatarios o subaparceros, indicando en su caso el nombre y domicilio. Si no diera los nombres y domicilios o éstos estuvieren fuera del radio del tribunal, el juicio seguirá su curso sin la notificación a éstos, siendo exclusivamente responsable el demandado frente a los subarrendatarios o subaparceros de acuerdo con la actitud que adopte. El arrendatario podrá oponer exclusivamente las defensas de incompetencia, litispendencia, falta de capacidad de la parte o su representante, falta de representación, cosa juzgada, transacción, nulidad por falta de intimación previa, pago (en dinero o mediante la cesión de créditos derivados de la remisión de la cuota de leche respectiva a las plantas procesadoras) y cumplimiento de las obligaciones a que refiere el artículo 5° literales B, C, D y E de esta ley y vigencia del plazo contractual de desalojo. Las defensas sólo son admisibles si, tratándose de cuestión de hecho, se ofrece a su respecto prueba documental o testimonial. El Tribunal rechazará sin sustanciar, toda defensa o excepción que no fuere de las enumeradas, las que

no se opusieren en forma clara y concreta, cualquiera sea el nombre que el ejecutado les diere y, tratándose de cuestión de hecho, no se ofreciere la prueba. La resolución que rechaza las defensas admite solo recursos de reposición y apelación sin efecto suspensivo, los cuales serán interpuestos en forma conjunta, pudiendo el Tribunal de Alzada ordenar la suspensión del proceso. En caso de oposición de excepciones admisibles se convocará a audiencia única en la que el arrendador evacuará el traslado de excepciones, se diligenciará toda la prueba ofrecida y se dictará sentencia, cuyo pronunciamiento no podrá prorrogarse en ningún caso. Asimismo, la audiencia única deberá celebrarse dentro de los 45 días de presentada la demanda de desalojo. Las resoluciones que se pronuncien sobre la admisión o diligenciamiento de medios de prueba serán apelables con efecto diferido. Artículo 9º.- La sentencia dictada al final de la audiencia sobre la solicitud de desalojo será apelable como sentencia definitiva en el plazo de 15 días, salvo si acoge la excepción de incompetencia, en cuyo caso se apelará como interlocutoria con fuerza de definitiva. Si admite el desalojo, la apelación interpuesta por el arrendatario no tendrá efecto suspensivo ni obstará al cumplimiento de lo resuelto. El tribunal rechazará de plano, sin sustanciar toda pretensión incidental notoriamente infundada. En el curso del proceso de desalojo sólo podrá plantearse como incidente la nulidad por indefensión de la citación de excepciones y no podrán invocarse hechos nuevos ni aportar el arrendatario ningún medio de prueba luego de vencido el plazo para oponer excepciones. La resolución que rechace la pretensión incidental de nulidad por indefensión será apelable sin efecto suspensivo. Artículo 10 – Si la sentencia de segunda instancia revocara el desalojo dispuesto en la primera instancia, el arrendatario podrá reclamar al Fideicomiso Financiero para el Incentivo de la Producción Lechera, en un proceso ordinario posterior los daños y perjuicios causados por el desalojo. En ningún caso podrá procederse a la devolución del predio al arrendatario desalojado. El juicio ordinario posterior podrá interponerse igualmente aún si la sentencia de segunda instancia

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no revocara lo resuelto en primera instancia, siempre que se funde en defensas no admisibles en este proceso de desalojo o en la existencia de prueba que no haya podido ser diligenciada en este. La pretensión de indemnización de daños y perjuicios causados por el desalojo por juicio ordinario posterior caducará a los 60 días de vencido el plazo de desalojo. Será competente para entender en el proceso ordinario posterior, el mismo Tribunal que hubiere entendido en la primera instancia en el proceso de desalojo. Artículo 11.- Si el desalojo se promovió por la falta de pago del precio del arriendo durante el plazo para oponer excepciones el arrendatario podrá solicitar la clausura del proceso consignando la suma adeudada más el 60% de ésta por concepto de intereses, sin perjuicio de los tributos y costos que serán también de su cargo. El demandado se beneficiará por una única vez de la clausura del proceso. Artículo 12.- Vencido el plazo de 30 días para el desalojo, si el arrendatario no hubiere desalojado el bien, se procederá al lanzamiento de forma inmediata en un plazo no mayor a 10 días corridos. El lanzamiento no podrá prorrogarse bajo ninguna circunstancia. Artículo 13.- Cuando el arrendatario abandone el inmueble el juez podrá disponer su entrega inmediata al Fideicomiso Financiero para el Incentivo de la Producción Lechera, previa realización de inventario en el que se dejará constancia del estado de conservación del bien. De existir en él bienes muebles o semovientes se designará depositario sin más trámite. Los gastos que este depósito genere deberán ser soportados por el arrendatario. Artículo 14.- Las disposiciones de la presente ley son de orden público. Montevideo, 30 de agosto de 2012 EDUARDO BONOMI, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, RICARDO EHRLICH, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, JORGE VENEGAS, TABARÉ AGUERRE, LILIAM KECHICHIAN, RAQUEL LEJTREGER, DANIEL OLESKER”.

——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: voy a hablar en nombre de la Comisión de Hacienda, que ha estado trabajando en este proyecto de ley, que fue votado por unanimidad de los presentes. Como decía, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes ha estudiado el proyecto de ley sobre fideicomisos financieros para el incentivo de la producción lechera, proveniente del Poder Ejecutivo, que es impulsado por la trascendental importancia de la producción lechera en el desarrollo socioeconómico de la República. Al estudiar este proyecto de ley, la Comisión recibió a múltiples actores vinculados al tema. En primer lugar, a una delegación del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que vino a informar sobre el proyecto de ley. Luego, a la Asociación Nacional de Productores de Leche, a la Cámara Uruguaya de Productores de Leche, al Instituto Nacional de Colonización y a las AFAP. Después de escuchar a estas delegaciones hemos concluido que el texto que se pone a consideración contempla casi la totalidad de las inquietudes planteadas por los distintos invitados. Los legisladores que integramos la Comisión sabemos que no es completo: es solo un instrumento que se maneja entre varias herramientas, ya que del análisis que hemos hecho del proyecto se desprende que con él no se pueden resolver todos los problemas ni hacer una iniciativa a la medida, teniendo en cuenta las necesidades de todos los productores y de los tamberos. El Instituto Nacional de Colonización está trabajando en la creación de un fideicomiso que, seguramente, atenderá a aquellos productores a los cuales esta herramienta no alcance. Así deberemos seguir trabajando en la creación de varios instrumentos. En este sentido, estamos empezando un proceso, creando nuevas herramientas que hacen a la integración del mundo financiero con el mundo productivo y estableciendo mecanismos innovadores. Muchos de los conceptos que plantearon en la Comisión de Hacienda los invitados y representantes de los sectores políticos

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presentes a lo largo del debate, son muy interesantes para trabajar en el futuro, pensando tanto en el proyecto que hoy está a consideración, y que sugerimos aprobar, como en otras iniciativas. Seguramente se irá evaluando el funcionamiento de este proyecto y perfeccionándolo en el tiempo. La iniciativa no obliga a ningún productor lechero; es una herramienta, un instrumento dirigido desde el Estado al ámbito de políticas diferenciales. Como decía, la propuesta que estamos presentando a la consideración del Cuerpo fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes en la Comisión; por lo tanto, sugerimos votarla afirmativamente. SEÑOR CASAS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CASAS.- Señor Presidente: queremos dejar constancia de que en un país productivo y de sustento agropecuario, lamentablemente este proyecto de ley no pasó por la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca como hubiéramos querido. Como muy bien decía el Diputado Groba esta iniciativa no es completa, sencillamente, porque de los catorce artículos que tiene, solo dos, o quizás tres, se refieren al fideicomiso, al título del proyecto de ley; el resto tiene que ver con cómo se expulsa al productor a quien se le entrega la tierra. Claramente hay un desbalance entre el poco articulado que apunta a la entrega de tierra y el que refiere al lanzamiento de los productores, lo que conlleva a una modificación de los artículos que hoy rigen la tenencia de la tierra desde el punto de vista legal. Compartimos gran parte de la exposición de motivos, porque no podemos negar lo que es un diagnóstico preciso de la actual situación del sector lechero y de la competencia que hoy tiene con otros sectores productivos. Hoy la agricultura ha avanzado, y para bien, porque esa agricultura que hoy compite, ha hecho que los productores lecheros hayan comenzado a producir más y mejor. Asimismo, gran parte de esa agricultura –concretamente, de los granos forrajeros que se producen en el Uruguay- hoy está siendo absorbida por el propio sector lechero. El maíz tiene la particularidad de ser utilizado por el sector avícola y prácticamente el resto de los granos forrajeros es absorbido por el sector lechero.

Ahora bien, creo que este proyecto ha sido tratado muy rápidamente por la Comisión respectiva. Asimismo, entiendo que existen algunas circunstancias que claramente no han sido tenidas en cuenta en la iniciativa, como por ejemplo, la discontinuidad en el pago de la remisión de leche. Está previsto que la renta se pague a través de una retención efectuada por la industria láctea, pero en el Uruguay -esto puede volver a suceder—, hubo una discontinuidad. El productor no tiene nada que ver con lo que ha ocurrido por motivos y circunstancias de la propia industria; en este sentido, no está preestablecido cuál va a ser el instrumento a seguir. Otro caso especial puede ser el tema sanitario del rodeo. Sabemos que la brucelosis y la tuberculosis hoy están acechando al Uruguay y pueden llevar a predios interdictados. En este sentido, creo que habrá que extremar medidas para que en la reglamentación también se tenga en cuenta esas situaciones que pueden llevar a dificultades en el pago de la renta y en el compromiso de los productores lecheros. Nosotros queremos ver este proyecto como una herramienta positiva, sobre todo para aquellos productores más pequeños; conocemos la historia de los productores lecheros que pagan su renta, cuidan de su tierra pero, lamentablemente, pueden quedar rehenes de una situación injusta, innecesaria e inmerecida. Otra realidad, que quizás hace años no existía, tiene que ver con el cambio climático. Un pequeño productor puede quedar rehén de una situación de sequía, con lo que seguramente se le hará cuesta arriba hacer frente al pago. Aquí estamos hablando de dos meses. ¿Y qué son dos meses en un proceso de producción relacionado con el sector agropecuario? ¡Es muy poco tiempo! Por ahí se habla del tema de los quince años; personalmente, creo que es positivo que hoy se alargue la duración del contrato por ese lapso. Ahora bien, en un proceso productivo, quince años no es una cosa del otro mundo y en este proyecto no se le da la posibilidad a los productores de adquirir la tierra en el futuro. Creo que habría que estudiar el punto: la iniciativa sería perfectible en ese sentido. Quienes hemos vivido en una casa alquilada o explotamos algún pedazo de tierra que no es nuestro, sabemos que no es lo mismo cuidar la tierra o la casa de uno que ser arrendatario o rentero.

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Además, si a un pequeño productor que no tiene nada se le entrega una parcela de tierra, para ser productor lechero tendrá que hacer inversiones; tendrá que hacer un galpón de ordeñe, bajar la luz, hacer caminos, colocar alambrados, hacer pradera, aguadas, pero no está previsto un resarcimiento a posteriori. Creo que sería justo tener en cuenta este aspecto que tampoco ha sido contemplado. Yo estoy a favor del proyecto porque quiero buscar soluciones, como también lo quiere el Ministerio, el Poder Ejecutivo y los compañeros de la Comisión de Hacienda, pero creo que hay muchas cosas que están en el debe y nos quedan muchas dudas. A las gremiales que vinieron y fueron consultadas se les entregó el proyecto y, prácticamente en la semana tuvieron que venir a dar su opinión. Reitero, pues, que hay muchas cosas sobre las que nos quedan dudas y habría que especificar mejor lo que tiene que ver con la compra del bien a posteriori. Sabemos que no es idea del Ministerio que este proyecto sea para la compra de tierra, pero pienso que ante su buen uso, habría que considerar alguna situación en particular. Desde el punto de vista productivo, dos meses es muy poco tiempo para todas las circunstancias que hemos expresado. Entiendo que habría que dejarlas bien aclaradas en la futura reglamentación. Pongamos el ejemplo de un pequeño productor que no tiene vivienda y Mevir le construye una. ¿Qué ocurre si en dos meses ese productor no paga la leche? ¿Qué hacemos con la vivienda? Son cosas que debemos prever, y habría que especificar la recuperación y la mejora. Creo que existen otras herramientas al alcance de la mano para ayudar rápidamente al sector productivo, por ejemplo, modificar el IVA en la energía eléctrica o el costo del combustible. Hoy un pequeño productor necesita 1.100 litros de leche para comprar un pequeño tanque de gasoil, que se consume en un día. Habría que buscar alguna fórmula para ayudar a esos pequeños productores con un precio de combustible más acorde. Nosotros, desde el Partido Nacional, vamos a votar por la afirmativa, pero nos quedan una cantidad de dudas. Sinceramente creo que no va a ser fácil llevar esta iniciativa a la práctica. No veo las herramientas adecuadas ni que exista la necesaria disponibilidad administrativa del Ministerio para poner este mecanismo en funcionamiento en forma rápida.

Quizás algún compañero recuerde que tiempo atrás, en oportunidad de una sequía, vino el Ministro y nos trajo un proyecto en el que se proponían beneficios fiscales e impositivos para la compra de raciones y elementos de riego, y modificaciones en el IVA. Luego hicimos un pedido de informes para saber qué resultados había tenido esa ley y preguntamos al Ministerio de Economía y Finanzas cuántos productores se habían acogido a él. ¿Saben lo que nos contestó? Ningún productor, porque llevar adelante el papeleo era muy engorroso. Debemos tener en cuenta que se trata de productores rurales y no de una oficina ubicada en el centro, en la calle Constituyente. A veces no alcanza con el pienso, sino también se debe poner un cable a tierra para tratar de que estas ideas, que pueden ser brillantes, obtengan resultados efectivos en la práctica. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: antes que nada quiero destacar que comprendo y participo de que aun frente a la disposición de aprobar esta norma queden dudas. Quizá las dudas no sean sobre la norma en sí, sino sobre la generación de herramientas más abarcativas, que contemplen en mayor medida soluciones para un sector de gran relevancia, de gran importancia como el lechero en nuestro país. Bienvenida sea la duda, bienvenida sea la inquietud ante una situación en la que debemos tener en cuenta que el sector ha crecido como nunca antes. Esta realidad no solamente se debe a que hay mejores precios a nivel internacional sino, fundamentalmente, a que el sector ha incrementado la productividad, es decir, la cantidad de litros que se producen por hectárea. En los últimos años, Uruguay ha sido uno de los países de la región con el indicador más alto en crecimiento de productividad de leche. Sin lugar a dudas eso se debe, en primer lugar, al esfuerzo de los productores y las productoras y también a la innovación tecnológica que se ha consolidado en el país a partir de que la lechería ha sido uno de los rubros priorizados dentro de las políticas públicas que lleva adelante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

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Por lo tanto, más allá de destacar lo que le falta al proyecto, hay que señalar lo que ha avanzado Uruguay en el desarrollo lechero, lo que ha podido crecer como productor lechero en la región y en el mundo. Hoy nuestro país ingresa a varios mercados a través de un rubro que estuvo prácticamente condenado a desaparecer. Ese rubro, que generó y sigue generando afincamiento en el campo, en otro momento fue de los más afectados por el abandono de los establecimientos, ya que era imposible mantenerse en la producción lechera. Hoy la realidad es distinta. Pese a que este rubro actualmente compite por la tierra con la agricultura, tiene la capacidad de mantenerse. Esta herramienta va a privilegiar la capacidad de mantenerse para avanzar y comenzar a solucionar parte de la demanda de tierras que tiene el sector. Señor Presidente: también debemos decir que esta no es la única herramienta que se genera. El Instituto Nacional de Colonización también ha creado una herramienta. Hoy, con el auxilio de la política pública llevada adelante por el Instituto, se ha logrado que productores lecheros que habían sido desalojados adquirieran esa tierra, no fueran desalojados y pudieran permanecer en ella. Esa es una política pública que hoy es una realidad. Se han firmado contratos con productores que estaban amenazados y sentenciados a irse, pero han logrado quedarse en su lugar. Debemos tener en cuenta las demás herramientas. Un problema productivo no se arregla con una sola herramienta o un solo camino. La integralidad es lo que puede lograr soluciones abarcativas y a largo plazo. Otra herramienta que está siendo gestionada -me consta que es así porque nos lo han adelantado miembros del Directorio del Instituto- es la generación de un fideicomiso por parte del Instituto para adquirir tierras y dar soluciones a los productores lecheros y a los pequeños productores que hoy le demandan tierras. Esa es la realidad de nuestro país hoy. Es la realidad de una política pública que busca afianzar la producción del país, que busca seguir afincando en la tierra a la gente que está dispuesta a trabajarla, que quiere seguir ampliando y produciendo. Hay que ver esta herramienta dentro de ese marco. Por supuesto que quisiéramos que ciertos aspectos estuvieran formulados de otra manera. Por su-

puesto que quisiéramos tener más garantías que permitan que una vez finalizado el contrato de 15 años, el productor pueda continuar en el lugar si demostró que es posible seguir produciendo y mejorando. Asimismo, hay que generar normas que hagan atractivo el hecho de que donde esté el dinero se pueda invertir con ciertas garantías. Es por eso -no dudemos- que los fideicomisos que van a adquirir las tierras requieren la garantía de que, en cierto plazo, se va a poder contar nuevamente con el uso de la propiedad. También es cierto, por las normas que reglan a los fideicomisos, que gran parte de esos problemas pueden ser mejorados y acordados en el contrato, porque la relación contractual es la que va a solucionar estos aspectos. Así lo dejaron en claro las autoridades del Ministerio, y así también manifestaron su voluntad en ese aspecto los representantes de las gremiales que comparecieron en la Comisión. Entonces, resaltemos ese aspecto porque decir que se va a aprobar y a su vez denostar la herramienta, es contradictorio: la criticamos y no la votamos, o simplemente señalamos sus debilidades y remarcamos su potencialidad. Antes no se generaban, pero ahora sí. Y para generar estas herramientas hay que tener credenciales de cumplimiento, de apego a las normas y, sobre todo, un horizonte claro hacia donde se quiere avanzar. Las políticas públicas que se han implementado para el sector agropecuario están marcando ese horizonte. Por eso se pueden hacer estas cosas, señor Presidente. Por lo tanto, reconociendo que estamos en un país en el que un sector tan importante como el lechero necesita más tierra, y teniendo en cuenta que es un sector pujante, que está creciendo en productividad y en trabajo en cuanto a horas-hombre, que el trabajo de las mujeres en la producción lechera cada vez genera más producción -eso es avance y crecimiento del país-, y que es necesario el recambio generacional -que muchas veces debe venir de la mano de las oportunidades para consolidarse o estar presentes en otros lugares del territorio a los cuales hoy no es posible acceder-, podemos decir que esta es una herramienta que permite ese desarrollo. Además, es una herramienta que innova en cuanto a los plazos contractuales. Es cierto que debemos preguntarnos qué pasará dentro de 15 años con la inversión que se hizo en el campo. Ese es un

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riesgo que el productor tendrá que afrontar, planificar y hacer inversiones para recuperar en 15 años. Esto es posible con la tecnología con la que Uruguay cuenta hoy y con la capacidad productiva de su gente. Además, es posible hacerlo mediante esta herramienta asociada a otra. Por supuesto que en uno de estos predios no va a poder estar Mevir, porque se requiere la propiedad de la tierra y el perfil del productor. Dicho perfil puede estar perfectamente estipulado, pero la propiedad de la tierra es de un fideicomiso, por lo tanto, Mevir no podrá intervenir. ¿Esto quiere decir que es el acabóse? Creo que no. Hemos visto en este país que en un establecimiento han podido radicarse la familia originaria y luego sus hijos, o sea que muchas veces para que la producción crezca no se necesita lugar para hacer más casas, sino tener más áreas de pastoreo y de producción de grano a fin de alimentar el ganado. Eso es lo que permite el uso de esta herramienta. No hay que mirar solamente a través del ojo de la cerradura, sino que hay que ampliar el horizonte. Tenemos que ver un horizonte más amplio y proyectar en una dimensión mayor. Esto es lo que va a permitir entender que se trata de una herramienta complementaria, aunque no es la única que está desarrollando el Gobierno. Ha costado tiempo llevar adelante esta medida. Se empezó a diseñar una herramienta de este tipo en la anterior administración del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, pero no se pudo concretar por distintas razones, entre ellas porque todavía no se había procesado la bondad y el desarrollo del sector y las medidas financieras. Sin embargo, esta herramienta se concreta hoy, y por ello es bueno acompañarla, votarla y tener la esperanza de que se llevará a cabo junto con otras que está desarrollando el Instituto Nacional de Colonización. Hace diez días tuvimos el gusto de participar de la firma de la primera solución de endeudamiento con Afisa para una productora lechera, a través de la cual el Instituto compró su deuda. El Instituto salió de garantía ante Afisa, la productora pudo mantenerse en su campo, y hoy la señora es colona y está muy agradecida porque en forma entusiasta seguirá produciendo leche en su tambo. Esa es la sumatoria de situaciones, y esta es una sumatoria más. Es una herramienta que se agrega a

las distintas alternativas que debemos seguir generando para que este país siga avanzando. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR VELA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VELA.- Señor Presidente: adelantamos el voto afirmativo al proyecto de ley que hoy nos presenta la Comisión de Hacienda, confiando en su trabajo y respetándolo al máximo. Consideramos que es una herramienta positiva aunque, como bien dijo el señor Diputado preopinante, se trata de un asunto complejo. En ese sentido, como miembro de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca considero que el estudio de este proyecto de ley por parte de dicha Comisión hubiera generado mayores facilidades o soluciones a los productores comprendidos en el fideicomiso. Si bien entiendo que suma como herramienta, quiero expresar nuestro sentimiento de que debió manejarse durante un tiempo en la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca y recibir a las gremiales del sector. Hacemos votos para que al momento de reglamentarse se tengan en cuenta las situaciones que podrían darse por no estar reguladas en este proyecto -ya fueron manifestadas en Sala-, a fin de evitar posteriores inconvenientes. En definitiva, vamos a acompañar el proyecto de ley, pero entendemos que debería haber pasado por la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca. Gracias, señor Presidente.

16.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “Se aconseja aprobar las siguientes solicitudes de licencia: Por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Gustavo Rombys, por el día 26 de noviembre de 2012, convocándose a la suplente siguiente, señora Cecilia Bottino.

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Del señor Representante Darío Pérez Brito, por el día 21 de noviembre de 2012, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Corujo”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos personales, el día 26 de noviembre de 2012. Sin más, lo saluda atentamente, GUSTAVO ROMBYS Representante por Paysandú”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Gustavo Rombys. CONSIDERANDO Que solicita se le conceda licencia por el día 26 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Paysandú, Gustavo Rombys, por el día 26 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Vota-

ción Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Cecilia Bottino. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. LUIS LACALLE POU, VÍCTOR SEMPRONI, MARCO CORREA”. “Montevideo, 20 de noviembre de 2012. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Dr. Jorge Orrico Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 21 de noviembre, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, DARÍO PÉREZ BRITO Representante por Maldonado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez Brito. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 21 de noviembre de 2012. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la modificación dada en su artículo 1° por la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004 y el inciso tercero del artículo 1° de esta. La Cámara de Representantes, RESUELVE: 1) Concédese licencia por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez Brito, por el día 21 de noviembre de 2012. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1813, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Corujo. Sala de la Comisión, 20 de noviembre de 2012. LUIS LACALLE POU, VÍCTOR SEMPRONI, MARCO CORREA”.

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17.- Fideicomisos financieros para el incentivo de la producción lechera. (Implementación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: como miembro informante, en nombre de los compañeros que colectivamente trabajamos en la Comisión de Hacienda sobre este proyecto, me veo en la obligación de decir que fue discutido en más de una sesión, que pasaron por la Comisión -como dije al momento de informarel Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, la Asociación Nacional de Productores de Leche, la Cámara Uruguaya de Productores de Leche, el Instituto Nacional de Colonización, así como las AFAP y que, además, hubo un debate, un intercambio, entre los sectores políticos que estuvieron presentes. Así lo dije en el informe -si se prestó atención- porque, por alguna razón, no todos los sectores políticos pudieron estar presentes en la Comisión. Por tal motivo, creo que el señor Diputado preopinante comete una equivocación, pues sí se discutió en la Comisión de Hacienda, sí se recibieron informes de las organizaciones que participaron y después sí se votó. Como me acota la señora Diputada Pereyra, en la discusión también participaron miembros de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca. Por lo tanto, se le dio el tratamiento correspondiente y nosotros intentamos interpretar en el informe, sin dar nuestra posición, las distintas opiniones de los diferentes sectores políticos y, precisamente, mencionamos la participación y la discusión que se dio en la Comisión de Hacienda. Esa era la constancia que queríamos dejar. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR VELA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VELA.- Señor Presidente: nosotros escuchamos atentamente y manifestamos en forma expresa el respeto y la confianza en el trabajo que realizó la Comisión de Hacienda. Sin embargo, quiero decir que dicha asesora no tiene los mismos objetivos que el de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, en la

que seguramente el tratamiento habría sido distinto. Nosotros manifestamos el deseo, o nuestra humilde opinión, de que habría sido positivo que el proyecto hubiera pasado por la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, que seguramente habría tenido otro punto de vista y otro análisis, simplemente para sumar. Gracias, señor Presidente. SEÑORA PEREYRA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PEREYRA.- Señor Presidente: quiero precisar algo que ha dicho mi compañero, el señor Diputado Groba, para que figure en la versión taquigráfica. La Comisión de Hacienda trabajó con quienes quisieron participar. De hecho, intervinieron muchos Diputados integrantes de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca. Inclusive, a partir de la necesidad de profundizar más en el tema y de contar con una visión distinta, con la opinión de los legisladores de dicha Comisión, fue que se amplió la cantidad de visitantes en el ámbito de la de Hacienda. Uno puede estar a favor, en contra, o tener una visión diferente, pero no se puede decir que desde la Comisión de Hacienda no hubo flexibilidad y compromiso con la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca en todo lo que se solicitó y en lo que hace a la participación de aquellos que lo consideraron conveniente cuando concurrieron los posibles interesados en el proyecto del fideicomiso en el que estábamos trabajando, ya sea por parte de la Cámara o de la Asociación de productores como de las AFAP. Se dio una amplitud importante. También quiero señalar que por ser las AFAP posibles interesados en el fideicomiso debimos ser precisos y muy celosos en cuanto al artículo que refiere a los desalojos y a cómo intervenir ante la falta de pago, porque los dineros que se van a invertir en ese fideicomiso son de las AFAP y, por lo tanto, de todos los trabajadores del Uruguay. Por eso, tenemos que ser muy celosos de cómo se invierten esos dineros. Esta Cámara ya ha legislado al respecto, pero también hay necesidad de que se responda ante esa inversión con más celo que en otros casos, porque la misión de las AFAP es cuidar el dinero de todos nosotros, que estamos allí.

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En segundo término, creo que el señor Diputado Pardiñas fue muy extenso y muy preciso por el conocimiento que tiene sobre todo esto, pero quiero aclarar que de ninguna manera está contemplada la posibilidad de intervenir en la construcción de viviendas en estos campos. Ese no es el cometido. El cometido específico tiene que ver con ampliar el área de pastoreo de los productores. En ese sentido, la Asociación de Productores de Leche nuclea a más de 1.700 productores, pero yo creo que esto va más allá. Según me han dicho compañeros que son tamberos, el 80% de los productores lecheros son pequeños productores, y esto los beneficia a ellos. De acuerdo con lo expresado por un representante de la Cámara Uruguaya de Productores de Leche -una persona muy interesante que hizo muchas propuestas-, no están interesados en esta propuesta de fideicomiso porque, según precisó, ellos creen en el campo propio, en la compra del campo. Este fideicomiso no tiene ese objetivo. Reitero: la asociación de productores que concurrió representaba -lo sabemos porque se le preguntóa más de mil setecientos productores lecheros, que decían que les venía muy bien este fideicomiso. Hacían objeción en cuanto al tiempo otorgado en caso de falta de pago, pero, repito, eso se debe a que se trata de dinero de los trabajadores y hay que ser muy celoso en su cuidado. Se trata de tierras para el pastoreo que tienen que ver con la ampliación del área de los productores y de ninguna manera es para vivienda porque, como explicó muy bien el compañero Diputado Pardiñas, para ser beneficiario de Mevir se necesitan requisitos que este fideicomiso no tiene ni necesita. Somos conscientes de que este proyecto no abarca todas las necesidades de los productores, pero es una herramienta. No quiere decir que sea la única, sino que se van generando instrumentos que permitan resolver algunos asuntos en un proyecto de país productivo en el que lechería juega un papel muy importante y en el que fortalecer a los pequeños productores es el objetivo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. En ese marco es que vamos a votarlo; no porque sea la única medida que se pueda tomar al respecto, sino por ser una que es atendible por todas las referencias que mencioné con anterioridad. Muchas gracias, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado Berois. SEÑOR BEROIS.- Señor Presidente: me complace, y por eso lo voy a votar, que se utilicen instrumentos financieros al servicio de la producción, sobre todo teniendo en cuenta que algunas personas que hoy están ocupando cargos políticos de responsabilidad antes, cuando eran dirigentes gremiales, venían al Parlamento exclusivamente a pedir, como instrumento financiero, que les perdonaran todas sus deudas. Hoy han cambiado las cosas, las posiciones son diferentes y tenemos que ver como positivos estos instrumentos financieros al servicio de la producción. Por eso entiendo que es algo que va a servir, sobre todo en lo que hace al arrendamiento de tierras. Todos sabemos de la competencia que se genera en el área agrícola y la imposibilidad que tienen muchos productores lecheros en materia de extensión de tierras, como consecuencia de la extensión agrícola que hay en el país. Este instrumento va a servir para eso. Por lo tanto, son elementos positivos, pero tampoco podemos desconocer -y a esto voy- lo que decía el señor Diputado Casas en cuanto a que faltan algunas cosas que hacen al sector no solo lechero, sino productivo en general en materia de competencia. Si hablamos de fertilizantes a US$ 600 la hectárea, es algo que incide en la ecuación económica, y no estamos pensando en la extensión territorial. Hoy, el productor ya no está buscando extenderse más, sino agregar cosas a lo que ya tiene. También hay que considerar el precio de la semilla y -como planteaba el señor Diputado Casas con mucha razón- el del combustible. Entonces, hay que ver la incidencia de estos elementos en la producción y considerarlos. A la hora de analizar esto como algo positivo también tenemos que ver qué nos queda para mejorar la competitividad del sector productivo. El precio del barril de petróleo está entre US$ 110 y US$ 111, pero el precio de combustible está en US$ 119, que es la base de ANCAP. ¡Vaya si hay diferencia! ¡Y vaya si esto incide en la producción! No estamos hablando de exoneración o de buscar beneficios, sino del precio del combustible hoy. Por lo tanto, a la hora de analizar, de ver lo positivo de estos instrumentos financieros y lo que se busca con ellos, también hay que indagar en lo que nos falta en materia de competitividad, no solo en el sector lechero, sino en todo el sector productivo, por-

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que ese es un elemento fundamental al hablar de la producción agropecuaria, eje de nuestra economía. Entendemos que se deben buscar herramientas que estén al servicio del crecimiento del país y no hay duda de que la agropecuaria nacional es la base fundamental de ese crecimiento. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado Perrachón. SEÑOR PERRACHÓN.- Señor Presidente: vamos a votar afirmativamente este proyecto de ley porque creemos que es positivo, sobre todo para sembrar la idea en los productores ganaderos de que es mucho mejor la producción lechera, por su estabilidad, por la mano de obra, que hace que tengan cabida sus hijos y porque conserva más el campo, al no haber el abuso que se produce con la agricultura de granos. En la exposición de motivos se establece que estas tierras están destinadas a pequeños y medianos productores lecheros que tengan una condición probada de competitividad. ¿Qué quiere decir? Son pequeños productores lecheros que producen muy intensivamente. ¿Por qué? Porque han aplicado tecnología, seso y músculo y el seso lo han aplicado para una buena gestión de esa producción intensiva. Está muy claramente expresado en la exposición de motivos que esto es para pequeños productores de probada competitividad. De esta manera, ellos podrán encontrar estabilidad y mejorar la escala de su producción. De cualquier manera, saben que a los quince años se termina el contrato. No olvidemos que hay productores con la suerte de tener una buena fuente de agua y que administrando estratégica y tácticamente el riego pueden conseguir y están consiguiendo una producción de hasta 10.000 litros de leche al año por hectárea. Hay que ver que el promedio del país debe andar por los tres mil o cuatro mil litros en secano, pero con muy buenas técnicas, sin riego, se puede llegar a los seis mil o siete mil litros por hectárea. Esto es para sembrar la idea -como decía hace un momento- de que es mucho mejor la lechería que la agricultura o la ganadería de carne. Aquí se ha dicho que es una lástima que los productores no puedan comprar el campo. Quiero decir que eso también lo escuché el otro día en la Comisión de Hacienda, a la que fuimos muy gentilmente

invitados los integrantes de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca. Lástima que no se concretó lo que se había propuesto en forma verbal en cuanto a sesionar con las dos Comisiones integradas, pero algo es algo. Se afirma que no se puede comprar el campo como algo negativo. ¿Quién dijo que ser propietario del campo es condición sine qua non para ser productor? Aquí también se habla de las inversiones. Esto hay que tomarlo como una extensión de la escala del pequeño productor eficiente y de competitividad comprobada. Su campo se extiende por quince años como campo de recría. Si está cerca del tambo, en donde vive y tiene una sala de ordeñe instalada, esto sirve como campo para el necesario descanso anual que necesitan las vacas lecheras, como campo de recría de las terneras y las vaquillonas. Asimismo, sirve como campo de producción de forraje. El forraje que se puede hacer en esta extensión de campo del pequeño tambero es fundamental. Allí puede producir sus maíces y sorgo forrajero para ensilar y llevarlo en camiones al tambo donde ordeña las vacas. Puede producir fardos para llevarlos al tambo donde ordeña las vacas, pero también pueden quedar en el campo de recría, almacenado para el invierno o las secas de verano, cuando hay menos forraje. O sea que sirve como reserva forrajera para las épocas del año en las que hay menos pasto. Y también sirve para producir granos en la necesaria rotación agrícola ganadera que se dará a ese campo extendido. Esos granos molidos se conservan en el mismo tambo, al lado de la sala de ordeñe, en forma muy económica, con este invento que lleva más de diez años, que es el silo de grano húmedo en bolsones de nailon. Se habló en Sala de las inversiones en casa habitación y en galpones de ordeñe, pero si los tomamos como un campo de recría y de producción de forraje para el tambo que ya tiene el pequeño productor ese no sería un argumento válido. Nosotros vemos el lado positivo de este proyecto de ley, motivo por el cual lo vamos a votar afirmativamente. Muchas gracias. SEÑOR QUINTANS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado.

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SEÑOR QUINTANS.- Señor Presidente: este proyecto favorece al pequeño productor lechero de nuestro país. Realmente, el sector lechero ha demostrado, una y otra vez, su fortaleza. Uruguay, un pequeño país, es el primer exportador de lácteos de América Latina y creo que tiene un récord mundial en el aumento de la producción año tras año, cuando en el año 2011, la producción láctea aumentó un 20% y en este, 2012, aumentará un 15%. Hay cifras que hablan por sí mismas. Los productores pequeños y medianos aumentarán el área de pastoreo y de reservas, lo que acarreará un apoyo muy importante. Quiero hacer una aclaración sobre el tema relativo a los fertilizantes. Uruguay no es productor de fertilizantes; es un país que se regula según la oferta y la demanda, tomando precios del mercado internacional, cuya normativa contempla a los productores. La ley de reforma tributaria tiene en cuenta a los productores que tributan por IRAE, en el sentido de que si invierten US$ 1.000, el 50% es considerado como inversión; y los que tributan por IMEBA también tienen una exoneración fiscal. Me parece que esto es muy importante y muy bueno. Con relación a las semillas hay un tema de oferta y demanda que es marcado por la demanda internacional. Nada más. Muchas gracias. SEÑOR CASAS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CASAS.- Señor Presidente: sería justo reconocer que cuando la bancada oficialista ha presentado proyectos importantes y que hacen a la esencia del Gobierno, nunca nos hemos opuesto. A este tampoco nos estamos oponiendo. Simplemente, queremos dejar sentado nuestro punto de vista y un denominador común: cuando termina el año vienen los proyectos a marcha camión, como este, ya que prácticamente hoy no había ningún compañero en la Comisión de Hacienda que hubiera participado en el tratamiento de este tema. Asimismo, cuando se habla de precios del sector lechero, habría que hablar de la realidad que vive hoy el Uruguay en materia de precios internacionales. También es bueno resaltar el gran esfuerzo de los productores lecheros, porque hoy se está produ-

ciendo más leche, pero lo que no se dice es que con menos tierra y con las mismas vacas. Esto hay que decirlo: estamos produciendo más leche con menos tierra y con las mismas vacas, y eso es esfuerzo de los tamberos. Además, hoy tenemos menos productores de leche. ¿Por qué se van ahora? Se van ahora y también se han ido antes. Entonces, no es un tema puntual. Un Diputado habló de las inversiones a quince años y alguno dijo: “Bueno, el productor sabe cómo manejarse”. Sabemos cómo es esto: si tenemos una producción intensiva, es mentira que vamos a producir los primeros siete años a un ritmo y los siguientes siete años a otro ritmo. Y eso es lo que va a ocurrir si no existe la garantía del resarcimiento de la inversión. Además, acá hay otra cosa que no se ha dicho: ¿quién es el agente de retención? Las empresas industrializadoras lácteas, que reciben la producción de los productores beneficiarios, cumplirán un rol de retención de los recursos de dicho fideicomiso. Para evaluar la importancia y la viabilidad es primordial tener presente las condiciones propias que ofrece la producción lechera integrada a la agroindustria, pero no se consultó a la CILU, la Cámara de la Industria Láctea del Uruguay. Entonces, vamos a votar este proyecto, pero queremos dejar constancia de que no se le dio el tratamiento debido. El que va a operar de agente de retención no fue consultado sobre si lo va a hacer y tampoco se estableció el orden de prelación que va a tener en el descuento. ¿Me van a descontar antes la renta que la mutualista? Eso tiene que estar preestablecido. Son preguntas que quedaron por el camino que, sin lugar a dudas, se irán dilucidando y serán contempladas en la reglamentación. Por lo tanto, no tenemos mala fe en cuanto al proyecto, no estamos poniendo palos en la rueda; simplemente son preguntas que no han sido evacuadas. He finalizado. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: quiero aclarar respecto a la alusión que se hizo relativa al trabajo que realizó la Comisión. La Cámara de la Industria Láctea

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estuvo invitada y dio su opinión, y sobre eso ha comentado el miembro informante. O sea que parece que no nos escuchamos mucho cuando hablamos, porque fue el último de los invitados y en la Comisión de Hacienda había presentes miembros de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca. Esta es la aclaración que queríamos hacer al Cuerpo. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta y siete en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión particular. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: quiero hacer una propuesta de método. No sé si hay condiciones como para que se suprima la lectura y se vote en bloque. SEÑOR CASAS.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CASAS.- Señor Presidente: no tenemos problema en que se suprima la lectura ni que se vote en bloque, pero solicitamos que se desglose el artículo 6º. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Es posible que también haya que desglosar el artículo 8º, y voy a explicar por qué. En su inciso tercero expresa: “El arrendatario podrá oponer exclusivamente las defensas de incompetencia […] y cumplimiento de las obligaciones a que refiere el artículo 5º literales B, C, D y E de esta ley […]”, cuando en realidad se está refiriendo al artículo 6º; el artículo 5º no tiene literales. Por lo tanto, si los señores legisladores están de acuerdo, desglosaremos también el artículo 8º. (Apoyados) ——En consecuencia, se va a votar el método que propuso el señor Diputado Groba, desglosando los artículos 6º y 8º.

(Se vota) ——Cincuenta y seis en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 7º, 9º, 10, 11, 12, 13 y 14. ——Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 6º. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta y ocho: AFIRMATIVA. Si los señores y las señoras Representantes están de acuerdo, se va a votar el artículo 8º con la siguiente modificación: cuando refiere a los literales B, C, D y E del artículo 5º, debe decir del artículo 6º. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR PERRACHÓN.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PERRACHÓN.- Señor Presidente: quiero expresar mi pláceme por haber votado un proyecto de ley que habilita a las AFAP a invertir un porcentaje importante de esos US$ 9.000:000.000 que el otro día, en la Comisión de Hacienda, informaron tener. Muchas gracias. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PARDIÑAS.- Señor Presidente: queremos expresar una vez más nuestro respaldo a la generación de herramientas que permitan enfrentar, sobre

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todo, la pérdida de productores tanto lecheros como agropecuarios que sufre el país. Cuando se generan políticas públicas se pueden desarrollar contratendencias. En los últimos diez años se perdieron 600 productores de leche; seiscientas familias dejaron de producir leche -algunas de ellas dejaron de estar en el campo y otras permanecieron pero en otro rubro-, en un total de tres mil quinientos productores. Pero en la década de 1985 a 1995, cuando salimos de la dictadura, con todo el entusiasmo de que el país, a través de la democracia, podía nuevamente empezar a encontrar horizontes de crecimiento y desarrollo, se perdieron 3.122 productores, cinco veces más. ¿Por qué? Porque no se implementaron las políticas públicas acordadas ni las necesarias para mantener a los productores con ganas de seguir en el campo. Muchas gracias. SEÑOR PERRACHÓN.- ¡Mociono para que el proyecto se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y siete en cincuenta y nueve: AFIRMATIVA. (Texto del proyecto aprobado:) “Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a la promoción de fideicomisos financieros regidos por la Ley N° 17.703, de 27 de octubre de 2003, que se creen con el objetivo del incentivo de la producción lechera mediante el arrendamiento de tierras a los productores. Artículo 2º.- Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a destinar al incentivo para la creación de fideicomisos con los fines establecidos en el artículo precedente, con cargo al Fondo de Desarrollo Rural regido por el artículo 383 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, la suma de hasta $ 20:000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), a efectos de posibilitar la constitución y el inicio de actividades de los mismos. Los términos y condiciones para el reembolso de los referidos fondos serán establecidos en cada oportunidad. Artículo 3º.- Establécese un régimen especial de arrendamiento de tierras, que será de aplicación a los contratos suscritos entre los Fideicomisos estableci-

dos en el artículo 1º, que se encuentren promovidos por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y los productores lecheros. Artículo 4º.- Los contratos de arrendamiento celebrados por los fideicomisos financieros para el incentivo de la producción lechera se celebrarán por escrito y no tendrán plazo legal mínimo de estabilidad. El precio y los mecanismos de reajuste de éste serán los acordados por las partes. Artículo 5º.- El régimen de arrendamientos y el proceso de desalojo de inmuebles otorgados en arrendamiento por los fideicomisos financieros para el incentivo de la producción lechera se regirán por esta ley y no les será de aplicación el Decreto-Ley N° 14.384, de 16 de junio de 1975, ni la Ley N° 16.223, de 22 de octubre de 1991. Será competente para entender en los procesos de desalojo regulados en esta ley el Juez Letrado de Primera Instancia del lugar de ubicación del inmueble. Tendrá legitimación activa para solicitar el desalojo el fideicomiso financiero para el incentivo de la producción lechera en su calidad de arrendador. La legitimación pasiva corresponderá al arrendatario, subarrendatario o subaparcero, guardadores o a quien por cualquier título ocupe el bien dado en arriendo. Artículo 6º.- El desalojo del predio otorgado en arrendamiento por el fideicomiso financiero para el incentivo de la producción lechera podrá ser solicitado por el vencimiento del plazo contractual o por el incumplimiento del arrendatario de cualquiera de las siguientes obligaciones: A) La del pago del precio, por configurarse el incumplimiento de dos mensualidades vencidas. B) La de dar al inmueble el destino exclusivo establecido en el contrato. C) La de cuidar del predio diligentemente y cumpliendo las normas vigentes sobre protección de suelos y aguas. D) La de realizar la actividad productiva objeto del contrato. E) La de no dar en subarrendamiento, aparcería, pastoreo o cualquier otra modalidad contractual la tenencia total o parcial del predio a terceros. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones u otras, permitirá además reclamar los daños y perjuicios, los que tramitará por la estructura del proceso ordinario regulado en el Código General del Proceso. El cobro de las cuotas de arriendo vencidas

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se tramitará por el proceso ejecutivo previsto en el artículo 353 del Código General del Proceso. Artículo 7º.- Si la pretensión de desalojo se funda en el incumplimiento de pago del precio, la demanda deberá ser acompañada de la constancia previa de intimación de pago con plazo de tres días, la que podrá realizarse mediante telegrama colacionado, intimación judicial o notarial. La intimación de pago podrá realizarse desde el día siguiente al vencimiento del plazo pactado para el pago del precio, pero la demanda de desalojo no podrá ser presentada hasta vencidos los tres días de la intimación. Artículo 8º.- Recibida la demanda de desalojo invocando cualquiera de las causales referidas en el artículo 6º, el Juez decretará el desalojo con plazo de treinta días, y citará de excepciones al arrendatario por un plazo de seis días hábiles. En todos los casos se colocará una cédula en lugar visible del inmueble y se intimará al demandado a que manifieste si en el bien desalojado existen subarrendatarios o subaparceros, indicando en su caso el nombre y domicilio. Si no diera los nombres y domicilios o éstos estuvieren fuera del radio del Tribunal, el juicio seguirá su curso sin la notificación a éstos, siendo exclusivamente responsable el demandado frente a los subarrendatarios o subaparceros, de acuerdo con la actitud que adopte. El arrendatario podrá oponer exclusivamente las defensas de incompetencia, litispendencia, falta de capacidad de la parte o su representante, falta de representación, cosa juzgada, transacción, nulidad por falta de intimación previa, pago (en dinero o mediante la cesión de créditos derivados de la remisión de la cuota de leche respectiva a las plantas procesadoras) y cumplimiento de las obligaciones a que refieren los literales B), C), D) y E) del artículo 6º de esta ley y vigencia del plazo contractual de desalojo. Las defensas sólo son admisibles si, tratándose de cuestión de hecho, se ofrece a su respecto prueba documental o testimonial. El Tribunal rechazará sin sustanciar, toda defensa o excepción que no fuere de las enumeradas, las que no se opusieren en forma clara y concreta, cualquiera sea el nombre que el ejecutado les diere y, tratándose de cuestión de hecho, no se ofreciere la prueba. La resolución que rechaza las defensas admite solo recursos de reposición y apelación sin efecto suspensivo, los cuales serán interpuestos en forma conjunta, pudiendo el Tribunal de Alzada ordenar la suspensión del proceso.

En caso de oposición de excepciones admisibles se convocará a audiencia única en la que el arrendador evacuará el traslado de excepciones, se diligenciará toda la prueba ofrecida y se dictará sentencia, cuyo pronunciamiento no podrá prorrogarse en ningún caso. Asimismo, la audiencia única deberá celebrarse dentro de los cuarenta y cinco días de presentada la demanda de desalojo. Las resoluciones que se pronuncien sobre la admisión o diligenciamiento de medios de prueba serán apelables con efecto diferido. Artículo 9º.- La sentencia dictada al final de la audiencia sobre la solicitud de desalojo será apelable como sentencia definitiva en el plazo de quince días, salvo si acoge la excepción de incompetencia, en cuyo caso se apelará como interlocutoria con fuerza de definitiva. Si admite el desalojo, la apelación interpuesta por el arrendatario no tendrá efecto suspensivo ni obstará al cumplimiento de lo resuelto. El Tribunal rechazará de plano, sin sustanciar toda pretensión incidental notoriamente infundada. En el curso del proceso de desalojo solo podrá plantearse como incidente la nulidad por indefensión de la citación de excepciones y no podrán invocarse hechos nuevos ni aportar el arrendatario ningún medio de prueba luego de vencido el plazo para oponer excepciones. La resolución que rechace la pretensión incidental de nulidad por indefensión será apelable sin efecto suspensivo. Artículo 10.- Si la sentencia de segunda instancia revocara el desalojo dispuesto en la primera instancia, el arrendatario podrá reclamar al fideicomiso financiero para el incentivo de la producción lechera, en un proceso ordinario posterior, los daños y perjuicios causados por el desalojo. En ningún caso podrá procederse a la devolución del predio al arrendatario desalojado. El juicio ordinario posterior podrá interponerse igualmente aún si la sentencia de segunda instancia no revocara lo resuelto en primera instancia, siempre que se funde en defensas no admisibles en este proceso de desalojo o en la existencia de prueba que no haya podido ser diligenciada en éste. La pretensión de indemnización de daños y perjuicios causados por el desalojo por juicio ordinario pos-

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terior caducará a los sesenta días de vencido el plazo de desalojo. Será competente para entender en el proceso ordinario posterior, el mismo Tribunal que hubiere entendido en la primera instancia en el proceso de desalojo. Artículo 11.- Si el desalojo se promovió por la falta de pago del precio del arriendo durante el plazo para oponer excepciones, el arrendatario podrá solicitar la clausura del proceso consignando la suma adeudada más el 60% (sesenta por ciento) de ésta por concepto de intereses, sin perjuicio de los tributos y costos que serán también de su cargo. El demandado se beneficiará por una única vez de la clausura del proceso. Artículo 12.- Vencido el plazo de treinta días para el desalojo, si el arrendatario no hubiere desalojado el bien, se procederá al lanzamiento de forma inmediata en un plazo no mayor a diez días corridos. El lanzamiento no podrá prorrogarse bajo ninguna circunstancia. Artículo 13.- Cuando el arrendatario abandone el inmueble el Juez podrá disponer su entrega inmediata al fideicomiso financiero para el incentivo de la producción lechera, previa realización de inventario en el que se dejará constancia del estado de conservación del bien. De existir en él bienes muebles o semovientes se designará depositario sin más trámite. Los gastos que este depósito genere deberán ser soportados por el arrendatario. Artículo 14.- Las disposiciones de la presente ley son de orden público”.

Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Puig, Abdala y Vidalín. (Se lee:) “Mocionamos para que la Carpeta Nº 2008 de 2012, caratulada ‘Seguro por desempleo para los ex trabajadores de la empresa Paylana S.A. (Se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para prorrogarlo)’, que se encuentra a estudio de la Comisión de Seguridad Social, pase a la Comisión de Legislación del Trabajo”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en cincuenta y cuatro: AFIRMATIVA.

19.- Funcionarios y empleados de empresas privadas con capital accionario mayoritario del Estado. (Obligación de presentar la declaración jurada de bienes e ingresos dispuesta por la Ley N° 17.060).
Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del orden del día: “Funcionarios y empleados de empresas privadas con capital accionario mayoritario del Estado. (Obligación de presentar la declaración jurada de bienes e ingresos dispuesta por la Ley N° 17.060)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 998 “PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Insértese en el artículo 11 de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998 a continuación del literal R), el siguiente inciso: “Las disposiciones de los literales “F”, “N” y “P” son aplicables a los funcionarios públicos o empleados que trabajan en las empresas privadas ya creadas o adquiridas por los organismos públicos y las que se creen o adquieran en el futuro, así como las creadas o adquiridas a su vez por las empresas privadas dependientes de aquellas y sus sucesivas, con sede en el territorio o fuera de él, siempre que la participación del Estado sea mayoritaria”. Montevideo, 17 de setiembre de 2012 ALFREDO ASTI, Montevideo. Representante por

18.- Rectificación de trámites.
Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Puig, Olivera, Amado, Abdala, Vidalín y Asti. (Se lee:) “Mocionamos para que el asunto ‘Accidentes Laborales’, Carpeta Nº 1996/2012, que se encuentra en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, pase a la Comisión de Legislación del Trabajo”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro en cincuenta y seis: AFIRMATIVA.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Desde la restauración democrática las empresas dependientes de organismos estatales han tenido un auge significativo. Dentro de los objetivos de la Junta de Transparencia y Ética Pública se encuentra la necesidad de establecer la obligación de presentar declaraciones juradas respecto de estas empresas, ya que las mismas, al tener capital mayoritario del Estado, deben cumplir con ciertas obligaciones en cuanto a brindar seguridad y transparencia en su actuación. Consideramos que dicha obligación no solo debería alcanzar a los integrantes de los Directorios, aun a aquellos representantes de la actividad privada cuando sea mayoría el Estado, sino que también debería extenderse a los restantes literales del artículo 11 de la Ley Nº 17.060, en el caso concreto de los literales N) y P), que refieren a los tasadores, ordenadores de gastos y de pagos, de los inspectores, como equivalencia por ser estatales. Si bien el régimen jurídico que las rige es de naturaleza privada, son personas estatales al igual que las empresas nacionalizadas, cabe decir, empresas privadas estatales. Atendiendo a la retribución de las representantes de esas sociedades privadas, el régimen jurídico vigente establece que la misma será fijada y cancelada por la entidad pública que representa y que en consecuencia aquellos empleados de empresas privadas dependientes de organismos públicos o de las empresas privadas que desempeñen los cargos previstos en los literales F, N y P del artículo 11 de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, están obligados a presentar declaración jurada de sus bienes e ingresos. Las obligaciones establecidas en los numerales descriptos deberán cumplirse tanto en nuestro país como en el extranjero, sin perjuicio de la ubicación geográfica de las sociedades privadas en la que presten funciones. Montevideo, 17 de setiembre de 2012 ALFREDO ASTI, Representante por Montevideo”. Anexo I al Rep. Nº 998 “Comisión Especial con fines legislativos vinculados al lavado de activos y crimen organizado INFORME

Señoras y señores Representantes: La creciente participación de los Estados en actividades de la economía real, ha enfrentado a los mismos a la necesidad de adecuar su actividad en áreas novedosas y, en particular, sujetas a relaciones de mercado para las cuales sus normativas no estaban preparadas. Una de las formas en que los Estados modernos han resuelto esta dificultad, ha sido la creación de empresas que actúan en el Derecho Privado. Este instrumento ha resuelto muchas veces con alta eficacia los problemas derivados de aquella participación aunque, por otra parte, ha generado nuevas dificultades, en particular todas las que se refieren a los controles legales que las actividades estatales que se desarrollan en el ámbito del Derecho Público tienen, y que no alcanzan a las mencionadas. La preocupación por lo que se ha denominado la “huída del Derecho Público”, motiva una reflexión a nivel mundial y esfuerzos legislativos de distinto tipo. En la Rendición de Cuentas 2011 se producen dos avances significativos en este sentido en dos artículos: en el artículo 19, por el que se crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, se obliga en el literal f) a las entidades privadas de propiedad estatal, cualquiera sea su naturaleza jurídica, a someter sus inversiones al análisis de dicha Institución; y en el artículo 337, se agrega a la redacción del artículo 267 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, a “las personas jurídicas controladas por los mencionados entes”, quedando éstas obligadas, por lo tanto, a tener un tope de endeudamiento y, en caso de excederlo, a ser informadas sus actividades financieras, a la Asamblea General. El presente proyecto de ley tiene por origen una disposición tomada por la Junta de Transparencia y Ética Pública, en el ámbito de sus potestades. De acuerdo a lo conversado por sus directores con la Comisión Especial con fines legislativos vinculados al lavado de activos y crimen organizado, se vio necesario que dichas resoluciones administrativas de la Junta de Transparencia, tengan un respaldo legal específico. En el proyecto de ley que se informa, los funcionarios de régimen privado con similares características a los nominados en el artículo 11 de la Ley Nº 17.060, en los literales F), N) y P), quedan obligados del mismo modo que los funcionarios de las empresas públicas.

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Creemos que es de absoluta conveniencia, en el marco de los avances mencionados, este respaldo legal a las decisiones de dicha Junta. Es opinión de la Comisión que esto significará un incremento de control y la transparencia respecto a funcionarios que gestionan patrimonio público en el ámbito del Derecho Privado. Por las razones expuestas, recomendamos al Cuerpo la aprobación del referido proyecto de ley. Sala de la Comisión, 11 de octubre de 2012. GONZALO MUJICA, Miembro Informante, ALFREDO ASTI, JOSÉ BAYARDI, GUSTAVO BERNINI, JORGE GANDINI. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Agrégase al artículo 11 de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, el siguiente inciso: “Las disposiciones de los literales “F”, “N” y “P” son aplicables a los funcionarios públicos o empleados que trabajan en las empresas privadas ya creadas o adquiridas por los organismos públicos y en las que se creen o adquieran en el futuro, así como en las creadas o adquiridas a su vez por las empresas privadas dependientes de aquéllas y sus sucesivas, con sede en el territorio o fuera de él, siempre que la participación del Estado sea mayoritaria”. Sala de la Comisión, 11 de octubre de 2012. GONZALO MUJICA, Miembro Informante, ALFREDO ASTI, JOSÉ BAYARDI, GUSTAVO BERNINI, JORGE GANDINI”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Mujica. SEÑOR MUJICA.- Señor Presidente… SEÑOR ASTI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MUJICA.- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señor Presidente: quiero aclarar que este proyecto de ley aparece firmado por el suscrito

simplemente por un trámite administrativo. Quien lea las versiones taquigráficas de la Comisión Especial con Fines Legislativos Vinculados al Lavado de Activos y Crimen Organizado, podrá comprobar que el proyecto fue aprobado por todos los miembros de la Comisión. Lamentablemente, por un trámite administrativo, figura solo mi firma. Este proyecto tiene origen en una solicitud que nos hiciera la Junta de Ética y Transparencia Pública en visita a la Comisión y durante el tratamiento de la Rendición de Cuentas. Ese mismo texto, con alguna pequeña modificación, fue elevado a consideración de la Comisión para que lo hiciera suyo. Ello fue así, pero debido a esa dificultad administrativa, quedó solamente con mi firma. No quiero aparecer con ese mérito cuando, en realidad, hubiera correspondido que fuera firmado por todos los integrantes de la Comisión Especial. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Puede continuar el señor miembro informante. SEÑOR MUJICA.- Señor Presidente: como todos sabemos, los Estados modernos actúan en los mercados reales produciendo bienes y servicios. Sobre todo en aquellas áreas en las que están en competencia, se ven enfrentados a situaciones complejas, porque la regulación de las empresas públicas no es igual a la de las privadas. Esto ha generado un proceso que se estudia a nivel mundial, llamado la huida del derecho público y que, básicamente, consiste en generar empresas de capital público que actúan en el derecho privado para igualar las condiciones de competitividad de esas empresas con las demás del mismo rubro, fundamentalmente en dos áreas claves: compras y personal. Para estas instituciones es muy importante la regulación igualitaria con las empresas privadas con respecto a estos rubros; es lo que permite a la gerencia de esas empresas actuar en un mercado en competencia con la celeridad y la posibilidad de mando que existe en el ámbito privado. Este tipo de solución genera otros problemas, concretamente, de control. Las empresas públicas que actúan en el derecho público tienen un conjunto de mecanismos y el Estado tiene una institucionalidad desarrollada para controlar el funcionamiento y la utilización de esos bienes públicos por parte de sus ad-

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ministradores. En el caso de las empresas de capital público que actúan en el ámbito privado, esos controles, muchas veces, no funcionan de la misma manera. Esta es la preocupación que hoy en el mundo entero lleva a los sistemas políticos a bucear, a investigar posibilidades de control que, por un lado, no quiten a esas empresas la capacidad de competir y, por otro, den al Estado, a la sociedad, la posibilidad de controlar a los administradores de esos bienes que en su propiedad son públicos. El proyecto de ley que informamos en este momento tiene su fundamento en una resolución administrativa tomada por la Junta de Transparencia y Ética Pública, por la cual se solicita a los administradores de las empresas de capital público que actúan en el ámbito privado que realicen también su declaración jurada de bienes al igual que lo hacen todos los administradores de bienes públicos, de acuerdo con la ley. En conversaciones en la Comisión Especial con Fines Legislativos Vinculados al Lavado de Activos y Crimen Organizado, la Junta de Transparencia y Ética Pública solicitó que se le diera respaldo legal a esta resolución administrativa y la Comisión consideró, en forma unánime, que era muy importante porque permite avanzar en un aspecto que a todos nos preocupa: establecer mecanismos de control para administradores de bienes públicos que están en el ámbito del derecho privado. Por esas razones, en nombre de la Comisión, solicitamos a la Cámara que apruebe este proyecto de ley. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cuarenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. SEÑOR MUJICA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR MUJICA.- Señor Presidente: a indicación de la Mesa, en el acápite del artículo único donde dice “Agrégase al artículo 11 de la Ley N° 17.060, de 23 de diciembre de 1998”, se debe agregar: “en la redacción dada por el artículo 299 de la Ley N° 18.362, del 6 de octubre de 2008”. Esto es porque la Ley N° 17.060 fue modificada por la Ley N° 18.362. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Léase el artículo único. (Se lee:) “Agrégase al artículo 11 de la Ley N° 17.060, de 23 de diciembre de 1998, en la redacción dada por el artículo 299 de la Ley N° 18.362, del 6 de octubre de 2008, el siguiente inciso: ‘Las disposiciones de los literales ‘F’, ‘N’ y ‘P’ son aplicables a los funcionarios públicos o empleados que trabajan en las empresas privadas ya creadas o adquiridas por los organismos públicos y en las que se creen o se adquieran en el futuro, así como en las creadas o adquiridas a su vez por las empresas privadas dependientes de aquellas o sus sucesivas, con sedes en el territorio o fuera de él, siempre que la participación del estado sea mayoritaria”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR MUJICA.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta: NEGATIVA. (Texto del proyecto aprobado:) “Artículo único.- Agrégase al artículo 11 de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, en la redacción dada por el artículo 299 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, el siguiente inciso: “Las disposiciones de los literales F), N) y P) son aplicables a los funcionarios públicos o empleados que trabajan en las empresas privadas ya creadas o adquiridas por los organismos públicos y en las que se creen o adquieran en el futuro, así como en las creadas o adquiridas a su vez por las empresas

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privadas dependientes de aquéllas y sus sucesivas, con sede en el territorio o fuera de él, siempre que la participación del Estado sea mayoritaria”.

de manera proporcional al número total de acciones que dicho miembro ha suscrito o está autorizado a suscribir. De acuerdo con lo anterior, al Gobierno de Uruguay le corresponde suscribir 751 acciones por U$S 120.635,00 (ciento veinte mil seiscientos treinta y cinco dólares de los Estados Unidos de América) cada una, que ascienden a un monto total de U$S 90.596.885,00 (noventa millones quinientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América). El 6% de dicho monto será pagado en efectivo, U$S 5.435.813,00 (cinco millones cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos trece dólares de los Estados Unidos de América), de los cuales el 0.6% se efectivizará en dólares de los Estados Unidos de América y el restante 5.4% en una moneda nacional de libre convertibilidad. Uruguay es titular de 2.812 acciones. El último aumento de su capital accionario fue autorizado por la Ley N° 16.684, de 3 de enero de 1995, por un valor nominal de U$S 126:700.000,00 (ciento veintiséis millones setecientos mil dólares de los Estados Unidos de América), equivalente a U$S 152:844.545,00 (ciento cincuenta y dos millones ochocientos cuarenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América), Dos consideraciones principales fundamentan la conveniencia de proceder a la suscripción de las referidas acciones. Por una parte, conservar el poder de voto dentro de la institución que posee nuestro país, ya que el Banco opera con un sistema de voto ponderado en relación a la participación de cada país en su capital social. En segundo lugar, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento representa una valiosa fuente de financiamiento externo para el país, que se entiende fundamental preservar. Desde el año 1995 a la fecha (última capitalización efectuada por Uruguay), el referido Organismo aprobó un total de 47 operaciones de préstamo y donación para nuestro país, por un monto de U$S 2.410.500.000,00 (dos mil cuatrocientos diez millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), de los cuales las donaciones superan los U$S 27.200.000,00 (veintisiete millones doscientos mil dólares de los Estados Unidos de América).

20.- Capital accionario de la República Oriental del Uruguay en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. (Aumento).
Se pasa a considerar el asunto que figura en quinto término del orden del día: “Capital accionario de la República Oriental del Uruguay en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. (Aumento)”. (ANTECEDENTES:) Rep. Nº 918 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Relaciones Exteriores Montevideo, 26 de abril de 2012 Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de remitir a ese Cuerpo el adjunto proyecto de ley que autoriza al gobierno a suscribir el aumento general de capital del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, aprobado en resolución N° 613 del referido Organismo, de fecha 16 de marzo de 2011. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En la citada resolución se resuelve un aumento del capital social de la institución de U$S 58.399.644.770,00 (cincuenta y ocho mil trescientos noventa y nueve millones seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta dólares de los Estados Unidos de América), equivalentes a 484.102 acciones, cada una por un valor nominal de U$S 100.000,00 (cien mil dólares de los Estados Unidos de América), en términos de dólares de los Estados Unidos del peso y ley vigentes para esta moneda el 1º de julio de 1944, de acuerdo con la interpretación de los Directores Ejecutivos del Banco. Conforme a esta decisión, los pagos de suscripciones se calcularán aplicando una tasa de 1,20635 lo que corresponde que el valor de cada acción sea de U$S 120.635,00 (ciento veinte mil seiscientos treinta y cinco dólares de los Estados Unidos de América). Asimismo, se autoriza a cada uno de los países miembros a suscribir acciones del capital autorizado

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Por todo lo anteriormente expuesto se recomienda suscribir el referido aumento de capital del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Saluda al señor Presidente con la mayor consideración. JOSÉ MUJICA, FERNANDO LORENZO, LUIS ALMAGRO. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Autorízase el aumento del capital accionario de la República Oriental del Uruguay en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento por un valor nominal de U$S 75.100.000,00 (setenta y cinco millones cien mil dólares de los Estados Unidos de América) al valor de 1944, equivalentes a la suma de U$S 90.596.885,00 (noventa millones quinientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América). Artículo 2º.- De conformidad con lo dispuesto en al artículo anterior, el Gobierno de la República suscribirá hasta un total de setecientos cincuenta y un acciones. Artículo 3º.- Las integraciones correspondientes se harán en las condiciones previstas en la resolución N° 613 de la Junta de Gobernadores del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, de 16 de marzo de 2011. Artículo 4º.- Las obligaciones que demande la presente ley serán atendidas con recursos propios del Banco Central del Uruguay y formará parte de su capital. Artículo 5º.- El Banco Central del Uruguay realizará las gestiones operaciones necesarias por cuenta y orden del Estado a efectos de integrar los aumentos de capital referidos en la presente ley. Montevideo, 26 de abril de 2012 JOSÉ MUJICA, FERNANDO LORENZO, LUIS ALMAGRO. CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Autorízase el aumento del capital accionario de la República Oriental del Uruguay en el

Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento por un valor nominal de U$S 75.100.000 (setenta y cinco millones cien mil dólares de los Estados Unidos de América) al valor de 1944, equivalentes a la suma de U$S 90.596.885 (noventa millones quinientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América). Artículo 2º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, el Gobierno de la República suscribirá hasta un total de setecientos cincuenta y un acciones. Artículo 3º.- Las integraciones correspondientes se harán en las condiciones previstas en la Resolución Nº 613 de la Junta de Gobernadores del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, de 16 de marzo de 2011. Artículo 4º.- Las obligaciones que demande la presente ley serán atendidas con recursos propios del Banco Central del Uruguay y formarán parte de su capital. Artículo 5º.- El Banco Central del Uruguay realizará las gestiones y las operaciones necesarias por cuenta y orden del Estado a efectos de integrar los aumentos de capital referidos en la presente ley. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 4 de julio de 2012. DANILO ASTORI Presidente HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. Anexo I al Rep. Nº 918 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Hacienda INFORME Señores Representantes: El Poder Ejecutivo envía al Cuerpo el proyecto de ley en el cual se le da cumplimiento a la Resolución Nº 613 del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, con fecha 16 de marzo de 2011. El Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), está integrado por 186 miembros, entre los cuales están todos los países de América y el Caribe a excepción de Cuba. El BIRF, es propiedad de todos los miembros y vincula de forma proporcional el

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derecho a voto a las suscripciones de capital de cada miembro. El objetivo principal del Banco es la reducción de la pobreza en los países de ingreso medio, promoviendo el desarrollo sostenible mediante préstamos, garantías y demás servicios no crediticios, tal como la asesoría. Los fondos del BIRF provienen de la venta de sus acciones o participaciones de capital, y cada país miembro debe comparar una cantidad mínima dependiendo su peso relativo en la economía mundial. Únicamente se deposita en el Banco el 8,5 % del capital suscripto, el resto a petición del Banco cuando necesite liquidez, lo que desde el año de su fundación no ha sucedido nunca. Es fundamental conservar el poder de voto de nuestro país en la Institución, ya que es un voto de tipo ponderado a la participación en acciones, Uruguay participará con 751 acciones. Además el BIRF es una fuente de financiamiento externo muy importante, pues desde 1995 (última capitalización) a la fecha se han realizado más de 40 operaciones (de un total de 86 al momento) por un monto de U$S 2.140:500.000 de los cuales U$S 27.200.000 fueron donaciones. El primer proyecto en nuestro país financiado por el BIRF se trato de Proyectos de Energía y Teléfonos P008109 del 25 de agosto de 1950 (Power and Telephone Project) y en la actualidad hay al menos según la información oficial del Banco 13 proyectos activos, trabajando en 62 localidades, entre los cuales están a modo de ejemplo: – Apoyo al Proyecto de las Escuelas Públicas de Uruguay P126408 (Support to Uruguayan Public Schools Project), aprobado el 27 de setiembre de 2012 por las autoridades del Banco. – Gestión Sostenible de los Recursos Naturales y el Cambio Climático P124181 (Sustainable Management of Natural Resources and Climate Change), aprobado por el Banco, el 17 de noviembre de 2011. Los proyectos que están activos hoy en nuestro país, abarcan distintos sectores desde la educación, la salud, y hasta el de las energías renovables entre otros. Como antecedente está la Ley Nº 16.684 del 3 de enero de 1995 donde el capital accionario fue aumentado por un valor nominal de U$S 126.700.000,00.

En la resolución Nº 613 se da lugar a un aumento de capital social del Banco en 484.102 acciones cada una por un valor nominal de U$S 100.000,00 a valor 1º de julio de 1944. Conforme esta decisión los pagos se calcularán aplicando una tasa de 1,20635 por lo cual el valor de cada acción será U$S 120.635,00. Al ser la suscripción accionaria de manera proporcional al número total de acciones que cada miembro ha suscrito, a nuestro país le corresponde suscribir 751 acciones a un valor de U$S 120.635,00 cada una, lo que remite a un total de U$S 90.596.885,00. Tal como lo señala la exposición de motivos el 6% del total será pagado en efectivo lo cual representa un total de U$S 5.435.813,00, de los cuales el 0,6% se abonará en dólares de los Estados Unidos de América y el restante 5,4% en moneda nacional de libre convertibilidad. Articulado En los artículos 1º y 2º se le da a nuestro país la autorización de aumentar su capital en el BIRF, mediante la suscripción de 751 acciones a un valor de U$S 120.635,00 cada una. El artículo 3º refiere a que las integraciones de realizaran según lo previsto en la Resolución Nº 613 de la Junta de Gobernadores del BRIF, con fecha del 16 de marzo de 2011. En los artículos 4º y 5º se hace mención a que las obligaciones que surgen de la presente ley se viabilizaran mediante recursos propios del Banco Central del Uruguay, formarán parte del capital, y las integraciones se realizarán por orden y cuenta del Estado. Por lo expuesto se aconseja al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley. Sala de la Comisión, 24 de octubre de 2012. SUSANA PEREYRA, Miembro Informante, GUSTAVO BERNINI, IRENE CABALLERO, EVARISTO COEDO, ANGÉLICA FERREIRA, ÓSCAR GROBA, GONZALO MUJICA, PABLO PÉREZ GONZÁLEZ, ANA LÍA PIÑEYRÚA, IVÁN POSADA, RICHARD SANDER”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general.

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Tiene la palabra la miembro informante, señora Diputada Pereyra. SEÑORA PEREYRA.- Señor Presidente: voy a ser breve porque la fundamentación está en manos de todos. Este proyecto viene del Senado y en la Comisión fue votado por unanimidad. Como todos sabemos -de lo contrario, nos enteramos ahora-, el Banco Mundial está formado por cinco instituciones, una de las cuales es el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-, que tiene como cometido colaborar en situaciones de pobreza para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de países de bajos recursos. Presta fondos a bajas tasas de interés, sin interés o en forma de donación a países que no tienen acceso a capitales en los mercados internacionales o que podrían hacerlo en forma muy poco favorable. Concede préstamos solo a países miembros para financiar proyectos que deben ser técnica y económicamente viables. Una vez concedido el préstamo, el Banco exige informes periódicos realizados por el país prestatario y los consultores involucrados. Los recursos del Banco provienen de su principal fuente que es la venta de acciones o bonos. Cada miembro debe comprar una cantidad mínima calculada en función de su peso relativo -eso figura en el informe presentado- de esos bonos calificados como AAA, lo cual es beneficioso porque están respaldados por capital de los Estados miembro y por las garantías soberanas de los prestatarios. Mediante la suscripción, cada país debe depositar un 8,5% de la totalidad del préstamo; el resto, como dice el informe, es solicitado por el Banco solo ante la falta de liquidez, lo cual no ha sucedido hasta el momento. Los objetivos principales son: erradicar la pobreza extrema y el hambre; apoyar la educación primaria; promover la igualdad entre géneros y la capacitación y acción de las mujeres; reducir la mortalidad infantil; combatir el VIH-sida, el paludismo y otras enfermedades; asegurar la sostenibilidad ambiental, y crear una asociación mundial para el desarrollo. Debido a que Uruguay es un país miembro tiene la posibilidad de ser beneficiario y cuenta con proyectos en funcionamiento financiados por este Banco. Este proyecto tiene cinco artículos.

En los artículos 1º y 2º se le da a nuestro país la autorización de aumentar su capital en el Banco, mediante la suscripción de 751 acciones a un valor de US$ 120.635 cada una. El artículo 3º refiere a las integraciones que realizaran, según lo previsto en la Resolución Nº 613 de la Junta de Gobernadores del Banco, con fecha 16 de marzo de 2011. Y en los artículos 4º y 5º se hace mención a que las obligaciones que surgen de la presente ley serán viabilizadas mediante recursos propios del Banco Central del Uruguay, formarán parte del capital, y las integraciones se realizarán por orden y cuenta del Estado. Por tal motivo, la Comisión propone por unanimidad al plenario que se vote este proyecto de ley. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo 1º. SEÑORA PEREYRA.- Señor Presidente: mocionamos para que se suprima la lectura de todos los artículos y se voten en bloque, dado que el proyecto de ley fue aprobado en la Comisión por unanimidad. SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la propuesta de la señora Diputada Pereyra. (Se vota) ——Cincuenta y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En consecuencia, se va a votar el proyecto en su totalidad. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. Queda sancionado el proyecto y se comunicará al Poder Ejecutivo. SEÑORA PEREYRA.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Orrico).- Se va a votar.

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(Se vota) ——Cincuenta y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al informado, que corresponde al aprobado por el Senado)

——Habiéndose agotado el orden del día, se levanta la sesión.

(Es la hora 18 y 3)

Dr. JORGE ORRICO PRESIDENTE

Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora

Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor

Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo de Taquígrafos

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