Número 3878
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NÚMERO 3878
MONTEVIDEO, JUEVES 15 DE AGOSTO DE 2013
República Oriental del Uruguay
DIARIO DE SESIONES
CÁMARA DE REPRESENTANTES
39ª SESIÓN (ESPECIAL)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES DANIELA PAYSSÉ (1era. Vicepresidenta) Y Cr. ALFREDO ASTI (3er. Vicepresidente)
ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y LOS PROSECRETARIOS SEÑORES TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI Y MARTÍN FERNÁNDEZ AIZCORBE
XLVII LEGISLATURA CUARTO PERÍODO ORDINARIO
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Jueves 15 de agosto de 2013
Montevideo, 14 de agosto de 2013.
LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá, en sesión especial (artículo 32 del Reglamento del Cuerpo), mañana jueves 15, a la hora 10, con el fin de tomar conocimiento de los asuntos entrados y considerar el siguiente
– ORDEN DEL DIA Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – ejercicio 2012. (Aprobación). (Carp. 2397/013). (Informado). (EN DISCUSIÓN). Rep. 1179 y Anexos I a XXVIII
JOSÉ PEDRO MONTERO
VIRGINIA ORTIZ
S e c r e t a r i o s .
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SUMARIO Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2 y 10.- Asuntos entrados ……………………………………………………………………………………………………………… 4, 40 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 5 4 y 6.- Exposiciones escritas …………………………………………………………………………………………………………… 7, 7 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………….. 7 CUESTIONES DE ORDEN 19.- Integración de Comisiones…………………………………………………………………………………………………………. 61 8, 12, 14, 16, 21, 25, 27, 29.- Integración de la Cámara …………………………………… 24, 42, 47, 54, 72, 75, 81, 94 18.- Intermedio …………………………………………………………………………………………………………………………………. 61 8, 12, 14, 16, 21, 25, 27, 29.- Licencias…………………………………………………………… 24, 42, 47, 54, 72, 75, 81, 94 23.- Preferencias ………………………………………………………………………………………………………………………………. 74 ORDEN DEL DÍA 7, 9, 11, 13, 15, 17, 20, 22, 24, 26, 28, 30.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación). (Ver 38a. sesión de 14.8.13) — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………8, 25, 41, 42, 49, 57, 61, 73, 75, 76, 82, 95 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 124
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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Andrés Abt, Nelson Alpuy, Alda Álvarez, Gerardo Amarilla, José Amy, Saúl Aristimuño, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Bango, Julio Battistoni, Gustavo Bernini, Ricardo Berois, Marcelo Bistolfi Zunini, Hernán Bonilla, Daniel Caggiani, Rodolfo Caram, Alberto Casas, Pablo Centurión, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa, Carlos Coitiño, José Corradi, Luis Da Roza, Hugo Dávila, Belmonte De Souza, Álvaro Delgado, Dante Dini, Martín Elgue, Gustavo A. Espinosa, Guillermo Facello, Álvaro Fernández, Carlos Gamou, Jorge Gandini, Javier García, Juan Manuel Garino Gruss, Aníbal Gloodtdofsky, Daniel González (4), Rodrigo Goñi Romero, Óscar Groba, Juan Carlos Hornes, Doreen Javier Ibarra, María María Elena Laurnaga, Orlando Lereté, Andrés Lima, Arturo López, José Carlos Mahía, Daniel Mañana, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda, Pablo Mazzoni, Felipe Michelini, Orquídea Minetti, Daniel Montiel, Dogomar Morosini, Gonzalo Mujica (3), Gonzalo Novales, José Luis Núñez, Nicolás Núñez, Raúl Olivera, Milo Ojeda, Óscar Olmos, Jorge Orrico, Nicolás Ortiz, José Luis Ostria, Yerú Pardiñas, Ivonne Passada (1), Daniela Payssé, Alberto Perdomo, María del C. Pereira, Nicolás Pereira, Susana Pereyra, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Mario Perrachón, Ricardo Planchón, Alicia Porrini, Iván Posada, Jorge Pozzi, Daniel Radío, Carlos Rodríguez Gálvez, Edgardo Rodríguez, Gustavo Rombys, Edgardo Rostán, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Richard Sander, Pedro Saravia Fratti, Estacio Sena, Enrique Sención, Jorge Schusman, Olga Silva, Rubenson Silva, Mario Silvera, Robert Sosa, Hermes Toledo Antúnez, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez (2), Carmelo Vidalín, Dionisio Vivian, Horacio Yanes (5), Jorge Zás Fernández y Luis A. Ziminov. Con Licencia: Verónica Alonso, Fernando Amado, José Andrés Arocena, José Bayardi, Daniel Bianchi, Gustavo Borsari Brenna, Graciela Cáceres, Fitzgerald Cantero Piali, Felipe Carballo, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Walter de León, Mario García, Pablo Iturralde Viñas, Luis Lacalle Pou, Alma Mallo, Martha Montaner, Amin Niffouri, Miguel Otegui, Guzmán Pedreira, Daniel Peña Fernández, Aníbal Pereyra, Luis Puig, Nelson Rodríguez Servetto, Berta Sanseverino, Víctor Semproni, Juan Carlos Souza, Martín Tierno, Daisy Tourné, Jaime Mario Trobo y Walter Verri. Actúa en el Senado: Ana Lía Piñeyrúa.
Observaciones: (1) A la hora 13:21 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Daniel Montiel. (2) A la hora 13:51comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr.Nicolás Ortiz. (3) A la hora 14:20 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Alda Álvarez. (4) A la hora 15:32 cesó por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Martín Tierno. (5) A la hora 15:50 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Luis Da Roza.
2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 244 DE LA CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley, aprobado por dicho Cuerpo, por el que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por un plazo de hasta doce meses el subsidio por desempleo de los trabajadores del sector citricultura. C/2467/013 A la Comisión de Legislación del Trabajo INFORME DE COMISIONES La Comisión de Educación y Cultura se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se designa “Jorge Lazaroff” el Liceo Nº 2 de Solymar, Ciudad de la Costa, departamento de Canelones. C/1245/011 por el que se designa “Carmen Descoins” la Escuela Nº 63 de Pueblo Nuevo, departamento de San José. C/1921/012 con un informe en mayoría y uno en minoría, por el que se establece la Ley Orgánica del Instituto Universitario de Educación (IUDE), creado por el artículo 84 de la Ley Nº 8.437, de 12 de diciembre de 2008. C/1599/012
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Se repartirán PEDIDOS DE INFORMES
El señor Representante José Amy solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública, sobre la asignación de recursos de fondos presupuestales destinados a los hospitales y policlínicas del departamento de Soriano. C/2464/013
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El señor Representante José Carlos Cardoso solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Desarrollo Social, con destino al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, relacionado con una sanción impuesta a un medio de comunicación del departamento de Florida por informar sobre un hecho policial con identificación de una persona menor de edad. C/2465/013 El señor Representante Gerardo Amarilla solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de Seguro del Estado, acerca del número de vehículos de la Intendencia de Rivera con Seguro Obligatorio de Automóviles, discriminando por marca, modelo, año, y tipo de póliza de seguro contratada. C/2466/013 Se cursaron con fecha 14 de agosto PEDIDOS DE INFORMES Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se dispone la adaptación de los accesos a plazas de deportes de todo el territorio nacional, y la instalación de juegos y equipamiento deportivo de accesibilidad universal, en los porcentajes que se determinan. C/2468/013 – A la Comisión Especial para el Deporte”.
MAÑANA, Representante por Río Negro, JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, ENRIQUE SENCIÓN CORBO, Representante por Lavalleja, JAVIER GARCÍA, Representante por Montevideo, PABLO D. ABDALA, Representante por Montevideo, ORLANDO D. LERETÉ SALCEDO, Representante por Canelones, CARMELO VIDALÍN, Representante por Durazno, ANDRÉS ABT, Representante por montevideo, GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera, DOGOMAR MOROSINI, Representante por Canelones, RICARDO BEROIS, Representante por Flores, RICARDO PLANCHON GEYMONAT, Representante por Colonia, JOSÉ LUIS NÚÑEZ, Representante por Canelones, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Organización de las Naciones Unidas ha sido la abanderada en velar por los derechos y oportunidades de las personas con capacidades diferentes, exigiendo a los Estados el cumplimiento de medidas efectivas que garanticen la igualdad de trato y oportunidades, con el fin de acabar con la discriminación de toda índole. En los tiempos que corren la palabra discriminación se ha venido utilizando en forma continua, sobre todo por diferentes “colectivos” que se sienten tratados de forma inadecuada por la sociedad, lo que lleva como decíamos , a una permanente utilización del término por quienes reclaman ser tratados como “iguales” en diferentes ámbitos. Las personas con capacidades diferentes sufren discriminación y falta de oportunidades, ya que aún en los países de mayor desarrollo económico y social se encuentran situaciones de discriminación, lo que se agudiza en los países menos desarrollados. La Ley Nº 18.651, de marzo de 2010 en el artículo 1º y en el 39 establece que: Artículo 1º.- Establécese un sistema de protección integral a las personas con discapacidad, tendiente a asegurarles su atención médica, su educación, su rehabilitación física, psíquica, social, económica y profesional y su cobertura de seguridad social, así como otorgarles los beneficios, las prestaciones y estímulos que permitan neutralizar las desventajas
3.- Proyectos presentados.
“PLAZAS DE DEPORTES. (Se dispone la adaptación e instalación de juegos y equipamiento deportivo de accesibilidad universal). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 39 y 46, de la Ley Nº 18.651, del 19 de febrero de 2010, adáptense los accesos a las plazas de deportes en todo el territorio nacional e instálense un porcentaje no menor al 25 % (veinticinco por ciento) de juegos y equipamiento deportivo de accesibilidad universal. Artículo 2º.- En uso de sus competencias el Ministerio de Turismo y Deporte y el Ministerio de Educación y Cultura, realizarán las coordinaciones necesarias con otros organismos del Estado, y con los Gobiernos Departamentales, para hacer efectivo lo dispuesto en el artículo 1º. Montevideo, 14 de agosto de 2013. ALBERTO CASAS, Representante por San José, MARCELO BISTOLFI, Representante por Salto, DANIEL
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que la discapacidad les provoca y les dé oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las demás persona La actividad lúdica es un importante factor de rehabilitación y superación personal, de integración social, promueve la independencia, otorga seguridad, anima a superar limitaciones. Artículo 39.- El Ministerio de Educación y Cultura en coordinación con la Administración Nacional de Educación Pública deberá facilitar y suministrar a la persona con discapacidad, en forma permanente y sin límites de edad, en materia educativa, física, recreativa, cultural y social, los elementos o medios científicos, técnicos o pedagógicos necesarios para que desarrolle al máximo sus facultades intelectuales, artísticas, deportivas y sociales. El acceso a un correcto desarrollo de la actividad lúdica constituye un instrumento fundamental para la integración de las personas con capacidades diferentes, tanto niños como adultos. El juego es un importante factor de rehabilitación y superación personal, de integración social, promueve la independencia, otorga seguridad, anima a superar limitaciones. La Ley Nº 18.651 en el artículo 46 establece que: Artículo 46.- Los centros de recreación, educativos, deportivos, sociales o culturales no podrán discriminar y deberán facilitar el acceso y el uso de las instalaciones y de los servicios a las personas amparadas por la presente ley. Las personas con discapacidad no tienen ninguna limitación a la hora de jugar y divertirse, siempre que encuentren a su disposición las condiciones adecuadas para hacerlo, y además sirve como factor de integración con la familia y amigos. La Declaración de los Derechos del Niño de 1959, artículos 23 y 31 establece que: “los niños con alguna enfermedad, o discapacidad física o mental, deben recibir tratamiento, educación y cuidados especializados; tienen derecho a jugar, a tener una vida con participación activa en la comunidad, en todas las actividades propias de su edad”. De acuerdo a los porcentajes difundidos por Naciones Unidas, el diez por ciento (10 %) de la población mundial es portadora de alguna discapacidad, y es por ello que más allá de las acciones emprendidas por organizaciones no gubernamentales y entidades privadas, los Estados deben tomar a su cargo la ela-
boración de políticas efectivas para lograr su mayor integración y bienestar. Recientemente, el Banco de Seguros del Estado y algunas Intendencias como las de Río Negro, Florida y Salto, han llevado adelante un programa que han denominado “Juntos es Mejor”, en el marco del cual se han instalado juegos adaptados para personas con discapacidad en las Plazas de Deportes de algunas ciudades del país. Estimamos que estas acciones deben acentuarse y generalizarse, ya que de acuerdo a la Declaración de los Derechos del Niño, las plazas “integradoras” e “inclusivas” constituyen un derecho para nuestros niños y un deber para el Estado. Nuestras Plazas de Deportes, no cuentan con juegos de accesibilidad universal, razón por la cual las personas con discapacidad se ven imposibilitadas de disfrutar sensaciones tales como la de “volar en una hamaca”, o la de “girar en una calesita”. Como tantas cosas que comienzan en la infancia, la integración social es una de ellas, los niños no tienen prejuicios, se da una integración natural a través del juego, que posteriormente sentará las bases para la integración escolar y laboral. Las Plazas de Deportes deberán adaptarse para hacer posible el acceso de todos, sin barreras físicas que impidan o dificulten el ingreso y el uso de las instalaciones. Los juegos para personas con discapacidad deberán estar integrados con aquellos que utilicen las personas sin discapacidad, lo cual contribuirá aún más a una real y verdadera integración entre quienes los utilicen y disfruten, y consideramos que el 25 % de los juegos instalados en Plazas de Deportes y Parques Públicos, deberán ser de accesibilidad universal. Montevideo, 14 de agosto de 2013. ALBERTO CASAS, Representante por San José, MARCELO BISTOLFI, Representante por Salto, DANIEL MAÑANA, Representante por Río Negro, JOSÉ CARLOS CARDOSO, Representante por Rocha, ENRIQUE SENCIÓN CORBO, Representante por Lavalleja, JAVIER GARCÍA, Representante por Montevideo, PABLO D. ABDALA, Representante por Montevideo, ORLANDO D. LERETÉ SALCEDO, Representante por Canelones, CARMELO VIDALÍN, Representante por Durazno,
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ANDRÉS ABT, Representante por montevideo, GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera, DOGOMAR MOROSINI, Representante por Canelones, RICARDO BEROIS, Representante por Flores, RICARDO PLANCHON GEYMONAT, Representante por Colonia, JOSÉ LUIS NÚÑEZ, Representante por Canelones, RODOLFO CARAM, Representante por Artigas”.
6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Cuarenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) Exposición del señor Representante Gerardo Amarilla a los Ministerios de Relaciones Exteriores; y de Educación y Cultura, y por su intermedio a la Dirección Nacional de Derechos Humanos; y a la Institución Nacional de Derechos Humanos, sobre un anuncio colocado en una cabina de teléfono público instalado en la Plaza Independencia en ocasión de la realización de la Primera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe celebrada en la ciudad de Montevideo.
4.- Exposiciones escritas.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Está abierto el acto. (Es la hora 10 y 19) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante Gerardo Amarilla solicita se curse una exposición escrita a los Ministerios de Relaciones Exteriores; y de Educación y Cultura, y por su intermedio a la Dirección Nacional de Derechos Humanos; y a la Institución Nacional de Derechos Humanos, sobre un anuncio colocado en una cabina de teléfono público instalado en la Plaza Independencia en ocasión de la realización de la Primera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe celebrada en la ciudad de Montevideo. C/19/010 El señor Representante Orlando Lereté solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de la República Oriental del Uruguay, relacionada con la instalación de un cajero automático en la ciudad de Soca, departamento de Canelones. C/19/010”. ——Se votarán oportunamente.
5.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de Representantes a la sesión especial realizada el día 14 de agosto de 2013: Con aviso: José Luis Ostria”.
“Montevideo, 14 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Relaciones Exteriores; al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Dirección Nacional de Derechos Humanos, y a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo. En oportunidad de la realización de la Primera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, organizada por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y por la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) en Montevideo, entre los días 12 y 15 de agosto del corriente, se colocó una cabina de teléfono público en la Plaza Independencia de nuestra Capital. En ella se anunciaba que era para hablar con Dios y adentro había un cartel que expresaba ‘Tenés un reclamo, una sugerencia, una consulta para hacerle a Dios?’ y agregaba ‘Deja tu mensaje gratis, con solo apretar un botón. Todos los mensajes serán recibidos en menos de 24hs. Que Dios te oiga. Buena suerte!’. Habían, además, algunos mensajes como por ejemplo ‘le conté a Dios que había abortado y me dijo que no me preocupara que Él está conmigo’ y ‘¿el embarazo de María habrá sido deseado?’. Esas leyendas están en un afiche que está firmado por Articulación Regional de Organizacio-
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nes de la Sociedad Civil Cairo + 20. Consideramos que esas afirmaciones son una burla a una manera de concebir la vida y a muchos habitantes del país que creemos en Dios. Son expresiones que consideramos ofensivas y discriminatorias, que violan expresamente lo dispuesto en la Ley Nº 17.817, de 6 de setiembre de 2004, de lucha contra el racismo, la xenofobia y la discriminación, además de compromisos internacionales asumidos por la República. Consideramos que las autoridades públicas deberían evitar ese tipo de manifestaciones que violan la concepción de laicidad establecida en nuestra Constitución de la República, constituyendo un agravio -que desde el exterior se realiza- a las mejores tradiciones de respeto y tolerancia religiosa de nuestra sociedad. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GERARDO AMARILLA, Representante por Rivera”. 2) Exposición del señor Representante Orlando Lereté al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de la República Oriental del Uruguay, relacionada con la instalación de un cajero automático en la ciudad de Soca, departamento de Canelones.
“Montevideo, 14 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Economía y Finanzas, con destino al Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), en relación a la instalación de un cajero automático en la ciudad de Soca, departamento de Canelones. La realidad social, cultural y económica de gran parte de Uruguay sufrió cambios con el trazado de las rutas nacionales, antes sumergidas en el centro de los poblados lo que aseguraba un flujo permanente de visitantes, en la actualidad al estar alejadas de las ciudades genera un impacto opuesto. En el caso particular de la ciudad de Soca, la Ruta Nacional Nº 8 Brigadier General Juan Antonio Lavalleja, dividía exactamente en dos al otrora pueblo Mosquitos. Por las décadas de los 60 y de los 70 del pasado siglo, en Soca circulaban personas que tenían esa ruta como arteria principal para acceder al este del país, primero la Ruta Interbalnearia (hoy Gral. Líber Seregni) y luego el cambio de trazado de la mencionada ruta pegaron sendos golpes en el mentón a la comunidad de Soca. Para ejemplo sirve un solo botón: en los años 70′ un día domingo el canillita llegaba a vender entre 1.500 y 2.000 diarios de la época. Hoy día la población no sobrepasa los 3.000 habitantes en toda la jurisdicción urbana y rural. Esa triste realidad
tuvo un giro desde fines de los 90′ para consolidarse luego de la crisis del año 2002 y mantenerse en la actualidad: Soca floreció en función de otras actividades y no del visitante de paso, como la tenia acostumbrada a sus pobladores la vieja ruta 8. El surgimiento de una explotación productiva derivada de los equinos a través de decenas de haras en la periferia de Soca (hoy existen más de 40), plantíos de soja, la celebración de una fiesta denominada ‘Abrazos del Solís’ que permitió identificar a esa ciudad en comunión de esfuerzos con el departamento de Maldonado, hizo que la actividad económica se dinamizara. Por consiguiente, el comercio local en cierta medida recibió el impulso necesario para mantenerse y mejorar. Una de las consecuencias de ese renacer tiene directa vinculación con la actividad bancaria. Soca supo tener un Banco (Banco República Oriental del Uruguay) pero debido a la caída abrupta de la ciudad -por lo citado en el primer párrafo- se decidió cerrar y concentrar todo en la ciudad de Atlántida. El único cajero que existe a 1O kilómetros, luego de tomar Ruta Nacional Nº 35, está ubicado en el balneario la Floresta. Pero atención… es un cajero para retiro. Por tal motivo, hoy solicitamos para la ciudad de Soca la instalación de un cajero automático del BROU, con las funciones fundamentales de extracción y depósito de dinero (moneda nacional y extranjera, y cheques), al margen de lo que existe actualmente en la red Abitab que evidentemente funciona cuando el local comercial está abierto al público. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ORLANDO D. LERETÉ SALCEDO, Representante por Canelones”.
7.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Se entra al orden del día con la consideración del asunto motivo de la convocatoria: “Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación)”. El tema estaba en discusión particular. Se entra a la Sección V, “Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República”. Se pasa a considerar el Inciso 18 “Corte Electoral”, que comprende el artículo 270. (Texto del Inciso 18:) “Artículo 270.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 848 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente:
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“El Poder Ejecutivo podrá solicitar al Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia, que colabore con el equipamiento informático y apoyo técnico en eventos extraordinarios y de prioridad nacional que requieran la utilización intensiva de terminales por un plazo reducido de tiempo, como la realización de elecciones internas de los partidos políticos, nacionales, departamentales y otros actos electorales cuya organización es competencia de la Corte Electoral y el censo nacional”. ——En discusión el artículo 270, que tiene un aditivo que figura en la Hoja Nº 4, presentado por los señores Diputados Abt, Gandini, Abdala y Berois. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 270, tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en cincuenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el aditivo del artículo 270 que figura en la Hoja Nº 4, presentado por los señores Diputados Abt, Gandini, Abdala y Berois. (Texto del artículo aditivo de la Hoja Nº 4:) “La Corte Electoral queda incluida en lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967 a partir de la promulgación de la presente ley”. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: el Partido Nacional presentó esta propuesta de aditivo, recogiendo un reclamo de la Corte Electoral, en el entendido de que parece sensato otorgarle la posibilidad de las franquicias postales, a los efectos de abaratar los costos operativos y de funcionamiento, los costos agregados a su actividad, beneficio que supo tener en el pasado y que después perdió por los avatares de la legislación y del desarrollo normativo. Nos parece prudente restaurarlo. Advertimos que, en general, hubo una receptividad importante entre los distintos sectores parlamentarios que componen la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Lamentablemente, en la Comisión no hubo tiempo; tal vez, no se dieron las condiciones po-
líticas para alcanzar un acuerdo. Pero a nosotros nos parece prudente reiterar la propuesta que defendimos en Comisión y por eso presentamos este aditivo. SEÑOR MUJICA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MUJICA.- Señora Presidenta: en ocasión del tratamiento del Inciso 18 “Corte Electoral”, el sindicato de los funcionarios nos hizo llegar una propuesta por la que se transforma el sistema de autorizaciones de horas extra -a los efectos de atender los demandas de los períodos electorales- en un sistema de disponibilidad permanente del funcionariado. La bancada del Frente Amplio consideró muy interesante y profunda la propuesta y llegamos a la conclusión de que no la íbamos a incluir en el articulado porque el tiempo no nos permitía detenernos específicamente en ella; el tratamiento de la Rendición de Cuentas tiene esos problemas. El artículo que propone el sindicato de la Corte Electoral realmente modifica el funcionamiento del organismo de un modo muy profundo. Inclusive, los consejeros de la Corte que consultamos tenían sus dudas, no respecto a la justeza del planteamiento, sino a la oportunidad de su implementación. Por lo tanto, la bancada tomó la decisión de no presentar el artículo y, al mismo tiempo, anunció su interés en que sea incluido. Vamos a plantear al Senado que disponga de más tiempo para estudiar este planteamiento que nos pareció muy positivo y constructivo de parte del sindicato. Queremos dejar constancia en la versión taquigráfica de que el planteamiento fue hecho, ha sido tomado y estudiado. Tal vez, el Senado lo pueda incorporar o, en su defecto, lo trataremos luego de la Rendición de Cuentas. La bancada del Frente Amplio manifiesta su gran interés en el tema. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: nosotros también queremos sumar nuestra voluntad política en la misma dirección.
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Entendemos que se trata de un planteamiento sensato y razonable que promueve la organización sindical de los funcionarios de la Corte Electoral, que no fue rechazado de plano por los señores Ministros cuando comparecieron ante la Comisión, quienes adujeron razones de oportunidad más que de conveniencia. Por lo tanto, bueno sería seguir trabajando en ese cambio de paradigma para compensar las horas extraordinarias de trabajo. El sistema que se está planteando redundaría en mayor justicia retributiva y, seguramente, en más eficiencia a la hora del cumplimiento de los cometidos de la Corte Electoral, entre otras cosas, por una razón muy sencilla: estimularía mucho más el trabajo de los funcionarios en el sentido de aumentar su productividad. Queremos dejar constancia de que nosotros también estamos dispuestos a avanzar en esa dirección. Es bueno que estas constancias se dejen en la versión taquigráfica porque, sin duda, a todos nos motivarán, en el futuro cercano, a encontrar una solución a este planteamiento que quedó pendiente. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: en el mismo sentido que los legisladores preopinantes, queremos dejar constancia de la posición del Partido Colorado. Nosotros fuimos los primeros que preguntamos a los Ministros de la Corte, cuando comparecieron ante la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, qué les parecía la propuesta de los funcionarios. A nosotros nos cayó muy bien, en primer lugar, porque creemos que es una muy buena solución y, además, porque hay un ahorro de dinero. Como dijimos en la sesión del martes, la Corte Electoral es el único Inciso de todo el presupuesto al que se destina menos dinero que en el año 2004, por lo que nos parece una buena idea que los funcionarios se preocupen por mejorar su calidad retributiva y el sistema de trabajo generando, a la vez, un ahorro a un organismo que está bastante golpeado en materia presupuestal. Queremos sumarnos a la decisión que toma la bancada del Frente Amplio. Nos parece muy bien que
el Senado tenga la posibilidad de continuar con este proyecto y que pueda ser aprobado. En esto estarían de acuerdo los funcionarios y los Ministros de la Corte y, como dije, se generaría un ahorro de dinero, lo que siempre es bienvenido. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: quiero volver a hacer aquí algunas consideraciones generales que ya expresé en la Comisión. Estamos analizando la Rendición de Cuentas, es decir, vamos más allá del articulado que recoge las previsiones hacia el 2014. En otra ocasión, el Parlamento aprobó para la Corte Electoral recursos a los efectos de incorporar tecnología al sistema y al proceso electoral. Hasta ahora, esto ha tenido que ver con un proceso diferente al actual en los escrutinios. Sabemos que se instrumentó una primera etapa, de la mano del Plan Ceibal -sus equipos y su conectividad-, para establecer un sistema que permita recoger con más celeridad los resultados de un acto electoral. Se puso en práctica en la consulta realizada el 23 de junio pasado y luego en las elecciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios. La verdad es que tenemos que dejar sentada nuestra preocupación: cuando se realizó la primera experiencia -en la consulta popular, donde había una sola posibilidad de voto- y se eligieron circuitos en Montevideo y en el resto del país para recoger los resultados con este sistema -que implica cargar los datos del escrutinio en un sistema informático y mediante impresoras entregar la copia del acta a los delegados-, hubo inconvenientes. Tuvo inconvenientes el sistema en general. Fue una consulta particular, con la mitad de los circuitos -la gente no votaba en el mismo lugary casi la única forma de saber cuál era el lugar donde correspondía votar a cada ciudadano era ingresando a la página web de la Corte Electoral. Es decir, uno llamaba al organismo y lo remitían a la página; sin embargo, esta estuvo caída el día anterior y el día mismo de la consulta. La respuesta del organismo fue que se saturó; se saturó cuando no debe saturarse y cuando debe preverse que ese día es el que va a recibir más consultas. Esto ocurrió cuando menos de un 10 % el
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total de ciudadanos finalmente acudió a votar. De todas maneras, había un plan B y en aquellos lugares donde la conectividad no funcionó o hubo algún problema, se levantó el resultado por el sistema tradicional. Luego se puso en práctica, sin plan B, la elección de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios. Había un solo lugar para votar en Montevideo, radicado en la Torre de los Profesionales, y uno más en cada departamento del país. La verdad, esto nos dejó muy preocupados porque en esa elección, en la que votaron ocho mil personas, no se pudo hacer un escrutinio primario: se debió cerrar las urnas sin siquiera hacer el escrutinio primario y hubo que fijar una fecha para una semana después, abrir las urnas y contar los votos. Esto es porque fracasó el sistema y, por supuesto, no había plan B. Estas cosas pasan, a todos le pasan, pero nuestra preocupación política es que la Corte Electoral se encamina por este sistema hacia las elecciones internas, que es la más complicada de todas en el escrutinio por la enorme cantidad de listas que existen, no solo a nivel nacional sino departamental. Todos sabemos que en esa oportunidad se vota más de un cargo y más de un órgano con más de una hoja de votación en cada uno de los sobres, y que esto implica una gran complejidad para las mesas receptoras de votos. Y este es el objetivo; este es el camino. Digo esto desde mi visión política, y también desde la respetabilidad que se ha ganado, a lo largo de su historia, la Corte Electoral. Cuando la Corte Electoral da un resultado nadie en el país lo cuestiona, nadie tiene la menor duda de que ese es el resultado. Simplemente, quiero dejar sentada mi preocupación. Lo hago cuando estamos analizando los recursos votados y lo haremos en un futuro cercano cuando discutamos con la Corte Electoral, en el ámbito correspondiente, el curso de estas modificaciones con vistas a una elección que se realizará aproximadamente en diez meses. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR NOVALES.- Pido la palabra una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR NOVALES.- Señora Presidenta: lamento no coincidir con mi colega, el señor Diputado Gandini,
pero tengo que decir que en el año 1971 el Partido Nacional, sobre todo nosotros, los Wilsonistas, protestamos por el robo que se produjo en esa elección. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo del artículo 270, que figura en la Hoja N° 4. (Se vota) ——Diez en sesenta y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, que comprende los artículos 271 y 272, inclusive. Este Inciso tiene seis aditivos que también vamos a incorporar a la discusión. (Texto del Inciso 25:) “Artículo 271.- Asígnase al Inciso 25 – Administración Nacional de Educación Pública una partida de $ 950.000.000 (novecientos cincuenta millones de pesos uruguayos) por única vez en el Ejercicio 2014, a efectos de financiar el costo adicional asociado al adelanto del incremento salarial que fuera acordado para 2015 en el Consejo de Salarios referido en el artículo 674 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 272.- Siempre que el Inciso 25 – Administración Nacional de Educación Pública contrate la construcción de infraestructura educativa bajo la modalidad de contratos de Participación Público-Privada, al amparo de la Ley N° 18.786, de 19 de julio de 2011, el Poder Ejecutivo incluirá en la instancia presupuestal siguiente a la efectiva contratación de la obra, un incremento del Grupo 0 “Retribuciones Personales” de ese inciso, con cargo a Rentas Generales, por el equivalente al 20% (veinte por ciento) del valor de construcción de esas obras si hubieran sido realizadas directamente por ANEP”. ——En discusión el artículo 271. SEÑOR DÁVILA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR DÁVILA.- Señora Presidenta: sin duda, este artículo ya ha sido resuelto y, como dicen en mis pagos: “a esta altura del campeonato ya está todo el pescado vendido”, pero queremos dejar constancia de nuestra opinión sobre el tema, como Partido Comunista, como Lista 1001 que somos y nos consideramos
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integrantes de nuestro Frente Amplio y de nuestro Gobierno. No es nuestra intención generar que en este ámbito se retome la discusión que se laudó en la interna. Somos conscientes de que una vez que ingresa al Parlamento el mensaje de Rendición de Cuentas elaborado por el Poder Ejecutivo es bastante acotado el margen de posibilidades de obtener más recursos para determinados Incisos, porque -como se dice- “es desvestir un santo para vestir a otro”. A pesar de esto, valoramos el esfuerzo de nuestros compañeros integrantes de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. En la etapa previa a la presentación de esta Rendición de Cuentas se generó un debate sobre el momento económico que está viviendo el mundo y esa realidad nos condiciona. Sin ser irresponsables, se planteó la posibilidad de utilizar las reservas para la infraestructura y que aquellos recursos que están planteados en este proyecto de ley de Rendición de Cuentas para infraestructura puedan ser tenidos en cuenta para contemplar, entre otros casos, los aportes a la educación. También se planteó estudiar el aumento del IRAE a las empresas que aportan y la posibilidad de que aporten determinados sectores de la producción que hoy se llevan gran parte de la ganancia generada, ya que no logramos convencer a nuestros compañeros de lo necesario de dotar de recursos a sectores primordiales para el desarrollo de nuestro país. También esperamos que nuestra opinión en esta oportunidad no permita a algunos subirse al carro; me refiero a aquellos que cuando fueron Gobierno marginaron de recursos a la educación. En la jornada de ayer, 14 de agosto, se recordó la muerte del camarada Líber Arce, uno de los mártires estudiantiles muerto hace más de cuarenta años luchando por el cogobierno, por la autonomía de la educación y por más recursos para esta. Hoy se sigue reclamando más recursos para la educación. Valoramos y reconocemos los avances que se han producido en cuanto a la dotación de recursos para el ámbito educativo, ya sea destinados a infraestructura o a salarios. Por otra parte, somos muy defensores de los convenios, los que una vez firmados deben cumplirse. A veces, a los legisladores del interior nos toca bailar
con la más fea, ya que nos vemos todos los días con los vecinos y compartimos con ellos muchas cosas. Digo esto porque debido al conflicto que llevan a cabo los gremios de los trabajadores de la educación, en varias oportunidades nos reunimos con ellos y participamos en algunas movilizaciones. Asimismo, en determinado ámbito interno se dijo que era posible que algunos legisladores del interior estuvieran generando falsas expectativas con respecto a las demandas de los trabajadores, pero nosotros respondimos esos dichos, ya que siempre estuvimos al lado de los trabajadores: ahora y también cuando no éramos Gobierno. Además, considerando la responsabilidad que tenemos, no generamos falsas expectativas porque no jugamos con las necesidades de nuestra gente. Sin duda, a veces se nos hace cuesta arriba hacer entender algunas cosas a quienes nos siguen, ya que se cuenta con la reserva más grande en la historia del país, y los índices económicos y las recaudaciones también son históricos; sin embargo, a veces no se puede hacer frente a los justos reclamos de los trabajadores. Lo que sí dijimos ante los trabajadores, fue que para nosotros el 3 % planteado en el articulado era un piso y no un techo. Por ello, en el transcurso de la discusión acompañamos la propuesta realizada por el sector del compañero Ibarra -Fidel-, quien incluía una reasignación de recursos por $ 315:000.000, equivalentes al 1 %, lo que permitiría llegar a un incremento del 4 %, que no fue acompañada por nuestra bancada del Frente Amplio. Asimismo, en medio de este conflicto no podemos dejar pasar las declaraciones de nuestro compañero, el Presidente Mujica, y de otro integrante del Poder Ejecutivo. A pesar de que pidió disculpas, no se puede decir que nuestros docentes trabajan poco tiempo, ya que esa no es la realidad que viven decenas de maestros del departamento de Artigas. Los docentes de dicho departamento deben levantarse a las cuatro de la mañana para tomar un ómnibus a las cinco, lo que les permite llegar a algunas localidades a la hora ocho. Además, luego de dar clase, tarea que culmina a las doce del día, deben volver a tomar un ómnibus para llegar a su domicilio, aproximadamente a las cuatro de la tarde. O sea que, además de las horas de trabajo, deben disponer de algunas más pa-
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ra llegar a su casa, lo que los obliga a estar lejos de sus familias alrededor de doce horas por día. La esperanza que albergamos en esta oportunidad es que este artículo sea mejorado en el Senado. Por supuesto, si esa alternativa se da, me habría gustado que todos los integrantes de la fuerza política hubieran sido contemplados, porque pensamos que no hay parlamentarios de primera o de segunda. Sin duda, somos conscientes de que en el Senado se encuentran quienes encabezan las listas y, como estamos cerca de las elecciones, quizás se pretenda, mezquinamente, hacer algún planteo pensando en ello, aunque esperamos que no sea así. Reitero que me habría gustado que todos los sectores hubieran podido integrarse a la discusión, aunque mantengo la esperanza de que el articulado pueda ser mejorado en el Senado. Esa es nuestra opinión. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR GAMOU.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GAMOU.- Señora Presidenta: creo que este es un debate importante. Sin duda, creo que nadie, especialmente el Presidente Mujica, puede llegar a pensar que algunos de los ciudadanos y las ciudadanas que, por vocación, se dedican a la enseñanza, se planteen ser maestro o profesores. ¡Vaya si hay otras profesiones en este país que dejan mucho más dinero que la de maestro o profesor! Por otro lado, por supuesto nos hubiera gustado dar mucho más, pero tampoco se nos considere como los grandes otarios del sistema político. Sin duda, lo mejor hubiera sido haber macheteado con las previsiones de crecimiento económico y en esta última Rendición de Cuentas haber dado un formidable aumento para la educación, pero nosotros no hacemos política de esta manera. Asimismo, quiero decir que no es patrimonio de un sector del Frente Amplio el desear mayores aumentos para la educación, ya que ese deseo es absolutamente de todos. Por otra parte, quizás el día de hoy se presenten algunas propuestas, las cuales, seguramente, se van
a discutir; en ese sentido; quiero pedir que se haga un poco de memoria, ya que anteayer dije que allá por 1994, el Frente Amplio, en forma solitaria, peleó una reforma constitucional para dotar a la educación del 4,5 % del Producto Interno Bruto. En realidad, quedamos más solos que Pinochet en el Día del Amigo. También recordé un debate entre en aquel entonces Senador Astori y un Ministro del Partido Nacional: perdimos ese debate y perdimos el plebiscito, y lo respetamos. Pero cuando el Frente Amplio llegó al Gobierno, en 2005, sin plebiscito de por medio, destinamos el 4,5 % del Producto Interno Bruto a la educación. Por supuesto, seguimos en eso, y en el día de ayer discutimos con mi hermano, el Diputado Groba acerca de si estamos en el 4,7 % o en el 4,8 %, lo cual se alcanzó sin plebiscito de por medio. Termino diciendo que en la tarde se van a decir muchas cosas, y voy a pedir -porque sé bien que tanto los profesores como los maestros no están en esta lucha para hacerse un viaje a Miami o a Cancún; están porque se merecen un salario digno-, por más que a veces me dicen que hablo para la tribuna, aunque en esta oportunidad no la hay, que miren los recibos de sueldos hasta que el Frente Amplio llegó al Gobierno. Concluyo mis palabras parafraseando a uno de los mejores poetas del país: “No soy de muchas palabras, y hay muy poco que contar… (Murmullos) ——Perdón, señora Presidenta, escucho unos rebuznos por ahí, y solicito que me ampare en el uso de la palabra. Vuelvo a decir: “No soy de muchas palabras, y hay muy poco que contar; las cosas se cuentan solas, solo hay que saber mirar”. Las cosas se cuentan solas, y ¡vaya si desde que llegó el Frente Amplio al Gobierno las cosas se pueden mirar con muchísima tranquilidad! Hemos multiplicado por cinco el presupuesto de la educación. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado.
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SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: el martes hablamos de una serie de números, que es bienvenida para referirnos a este tema. En el mensaje que acompaña esta Rendición de Cuentas el Poder Ejecutivo expresa que la educación es concebida como un derecho básico y fundamental, y que debe ser garantizada a toda la población. Además, como dice el Gobierno, debe tener un peso intrínseco, ya que es uno de los principales determinantes de los ingresos a lo largo de la vida de las personas. Pero cuando vemos que en nuestro país, de cada cien jóvenes del quintil más pobre solo ocho terminan el liceo, nos surge una gran preocupación, porque esos jóvenes serán padres en el futuro, y sus hijos van a tener los mismos o peores problemas que ellos. Algún Diputado preopinante dijo que la educación fue prioridad para este Gobierno, pero ello no se desprende del informe económico financiero del mensaje del Poder Ejecutivo, es decir, del resumen que envía el Gobierno con respecto a lo que se hizo en 2012. Leyendo el informe económico financiero del Gobierno, cuando expresa lo que se hizo en 2012, advierto que la educación -Inciso 25, ANEP- tuvo un crecimiento real en los últimos cinco años del 99 %. No veo que se haya multiplicado por cuatro o por cinco, apenas un 100 %. Cuando la recaudación del Gobierno en valores constantes… (Hilaridad.- Diálogos) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- La Mesa solicita a los integrantes del Cuerpo que respeten al orador. No hagan que cada tanto deba interrumpir al orador que está haciendo uso de la palabra para indicar lo mismo. Puede continuar, señor Diputado. SEÑOR SANDER.- Decíamos que la educación tuvo un crecimiento del 99 % cuando la recaudación del Gobierno en valores constantes aumentó más de 140 %. Como dijimos en la Comisión, por ejemplo, ASSE fue en esa línea, con un aumento de casi 140 %, Presidencia de la República -Inciso 02-, casi 200 % de aumento, el rubro Subsidios y Transferencias, casi 1.000 % de aumento. Solamente leyendo la página 307 del mensaje, podemos ver un montón de cosas que podrían haberse cambiado.
En 2011, tuvimos $ 17.000:000.000 de economías y en 2012, más de $ 14.000:000.000. Son dineros que no se gastan y evidentemente, con el criterio manejado por Diputados preopinantes podríamos haber seguido aumentando levemente la deuda externa y haberlos distribuido en áreas sensibles como la seguridad, la educación, la salud o la asistencia social, de la que tanto se habla en Sala. Solamente US$ 120:000.000 en más de US$ 13.000:000.000 son para el desarrollo social de los más pobres. Estamos hablando de US$ 120:000.000. No veo ningún otro Inciso que contemple la ayuda a la gente pobre, indigente, simplemente el Mides. Lo leo y lo leo y son algo más de $ 2.700:000.000, US$ 135:000.000 en US$ 13.000:000.000. Hemos hecho algunos planteos como, por ejemplo, para qué gastar US$ 50:000.000 en Pluna en 2012 cuando en 2011 había costado solamente US$ 3:000.000. Ahí tendríamos prácticamente la mitad de lo que precisa la ANEP. ¡La mitad de lo que precisa la ANEP! Esos US$ 50:000.000 que le dimos a Pluna por estar tirada en los patios de Carrasco, son más de $ 950:000.000 que estaríamos adelantando para el 2014. ¡Claro que hay dinero! Como he dicho, por ejemplo, el Plan Ceibal gasta $ 1.300:000.000 por año. ¿Por qué en vez de haber gastado $ 1.300:000.000 no se gastó $ 1.000:000.000 y se dejó $ 300:000.000 para apuntalar la enseñanza? ¿Por qué no? No era desactivar el Plan Ceibal, sino gastar un poquito menos. Ahora resulta que le vamos a dar “tablets” a los niños pero, ¿así se mejora la cifra de que de cien niños pobres más de ocho terminen el liceo? No. Estamos cada vez peor. Esa es la realidad. Hay de donde sacar; si hay voluntad política se puede llegar quizás no rápidamente a los US$ 120:000.000, pero con US$ 50:000.000 o US$ 60:000.000 estaríamos mucho más cerca de ir solucionando los problemas que tenemos. Desde 2010 he planteado el costo que tiene el Estado en materia de emisión de unidades indexadas y de pesos. Esto también lo dije en la instancia de la Rendición de Cuentas del año pasado; hablaba del 0,4 %, 05 % del PIB, US$ 250:000.000. Este año llegamos a un punto del PIB, es decir, el Gobierno gastó más de US$ 500:000.000 por el pago de intereses a los capitales especulativos.
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Tengo en mi poder un informe titulado: “Las altas reservas internacionales del Uruguay, las restricciones presupuestales y el peligro de un ‘atraso cambiario’. Causas y Consecuencias” del señor Senador Lorier, que coincide totalmente con estas afirmaciones. Por ejemplo, el ítem: “Las ganancias de los capitales especulativos y de los otros”, expresa: “El lunes 27 de mayo estaban en US$ 14.925. Esta enorme masa de reservas le sale al país entre US$ 700 a US$ 750 millones en el 2013. Significan un 1.35 % del PBI. En 2012 ‘el costo fiscal fue de más de 1,1 % del Producto Bruto Interno’ debido a que el interés con el que se endeuda el Gobierno en pesos es mayor del que percibe por las reservas”. Le hemos preguntado al Ministro de Economía y Finanzas -consta en la versión taquigráfica de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Haciendapor qué tantas reservas. La respuesta del señor Ministro ha sido siempre la misma: es un seguro por si las cosas vienen mal. Pero es un seguro demasiado caro para un país como el nuestro. Estamos hablando de US$ 500:000.000 en 2012 y de US$ 250:000.000 en 2011. Más adelante el informe del Senador Lorier expresa: “¿Cuál sería el nivel óptimo de reservas? Y, ¿cuántas serían de libre disponibilidad?”. Y el punto 14) del informe establece: “Un estudio orientado por Umberto Della Mea revela que el nivel precautorio óptimo de activos de reserva era de US$ 3.170 millones en el año 2009. Un nivel superior a las reservas necesarias que debe mantener un banco central para cumplir normalmente sus funciones ‘puede causar restricciones en el presupuesto y la defensa prolongada de tipos de cambio sobrevaluados'”. Quiero leer nuevamente esto: “Un nivel superior a las reservas necesarias que debe mantener un Banco Central para cumplir normalmente con sus funciones ‘puede causar restricciones en el presupuesto y la defensa prolongada de tipos de cambio sobrevaluados'”. Y sigue: “Otros estudios basados en investigaciones de economistas que integran los cuadros del BCU (Javier Illanes y José Antonio Licandro) establecían el máximo nivel óptimo de reservas en US$ 2.850 millones a marzo de 2010, momento en que el total de reservas se ubicaba en US$ 8.165 millones”. El martes mirábamos el cuadro 12 del Tomo I, “Resúmenes” y los costos: la capitalización del BCU por más de $ 10.000:000.000, la diferencia de recom-
pra de Bonos del Tesoro, por más de $ 2.000:000.000 y la diferencia de cotización por el canje de bonos, por más de $ 2.000:000.000. Acá hay US$ 700:000.000. ¡Si habrá dinero de donde sacar! Creo que la prueba cabal de que se puede es que la bancada del Partido de Gobierno consiguió más plata para la Universidad. Cuando hay voluntad política hay de donde sacar dinero. Sencillamente, analizando los números que nos da el Gobierno, es muy fácil llegar al dinero que pide la ANEP. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: vamos a votar afirmativamente el artículo 271, enviado por el Poder Ejecutivo, que contiene un adelanto del aumento del 3 % ya previsto en el Presupuesto Nacional a regir a partir de 2015. Pero hemos presentado seis aditivos -Hojas N° 5 a 10- que en su momento vamos a pedir que se voten en bloque porque están vinculadas. Hemos entendido que es necesario apuntalar y apoyar la iniciativa presupuestal de la ANEP, no necesariamente coincidente con la de los sindicatos de la enseñanza, pero bastante mejor que la que propone el Poder Ejecutivo. Como parlamentarios tenemos la libertad de optar por la iniciativa del Poder Ejecutivo o por la de la ANEP. Como entendimos que debemos actuar responsablemente, hicimos una propuesta financiándola -que no es nuestra obligación constitucional, pero sí política- sin incrementar el gasto total del Presupuesto Nacional ni transferirle más gastos a los contribuyentes. ¿Por qué lo hacemos? Es cierto que hemos sido críticos con los resultados. Nadie niega que el Gobierno del Frente Amplio ha impulsado un aumento de recursos para la educación que supera el 1 % o un poco menos del PBI con relación a gobiernos anteriores. Es verdad: del 3,5 %, del 3,6 %, del 3,9 % de gobiernos anteriores, hoy estamos en 4,5 %. Pero miremos también lo que se obtiene con esos recursos: gobiernos anteriores, con muchos menos recursos obtenían muchos mejores resultados, y eso es absolutamente indiscutible. La brecha que se ha generado entre la educación pública y la privada es una de las razones fundamentales de nuestra presente fragmentación so-
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cial y augura problemas para el futuro. Eso nadie lo discute. Hoy, ir a la educación pública genera ciertos aspectos discriminatorios, diminutorios de los sectores que tienen que acudir a ella, y si un padre responsable tiene de dónde sacar dinero, elige la educación privada porque en ella está, en buena medida, la posibilidad de que sus hijos tengan un futuro. Nuestra educación pública ha perdido calidad y con ella pierde calidad nuestra democracia, ¡y eso también es obra del Frente Amplio! ¡Hay que decirlo! ¡La reforma del doctor Tabaré Vázquez nos introdujo en un camino que algún día admitirán hay que desandar! No es cuestión de poner plata sino de saber para qué se pone. Hoy, los resultados de nuestra educación no nos enorgullecen; ya nuestra educación pública no forma parte del orgullo nacional. El nivel de deserción es preocupante: de cada diez niños que entran en Primara uno sale de Secundaria; de cada diez que entran a Secundaria, siete se quedan por el camino. La transición educativa entre un sistema y el otro se produce, precisamente, en la edad de la adolescencia, la edad más compleja y complicada, con enormes dificultades de captación y de atención. El alto índice de repetición y, sobre todo, la calidad del aprendizaje que nos acerca en algunos sectores de nuestra educación pública a los guarismos de países africanos, nos hacen alejar mucho de aquella “Suiza de América” y de aquel Uruguay del que nos enorgullecimos. Seguramente, la mayoría de los que ocupamos estas bancas, más allá de nuestra inserción social y económica presente, venimos de la escuela pública y de la educación pública. Y la mayoría de los que ocupamos estas bancas, si podemos, acudimos a otra educación para nuestros hijos, que les dé más oportunidades de inserción laboral y profesional futuras. Hay que hacer el mea culpa. Hay que trabajar mucho en la dirección y en la aplicación de esos recursos. Por eso, nosotros entendimos que esta propuesta de la ANEP es seria, que dejó de discutir si el Promejora sí o el Promejora no. Nos está haciendo una propuesta que no solo contiene mejoras salariales entendibles y sustentables sino cambios, transformaciones en la matriz del sistema educativo. No se le puede seguir poniendo plata a lo que no funciona; hay que ir transformándolo. El país ha cambiado. Aquella escuela pública estaba diseñada para un país que ya no existe. La inserción de la mujer en el mer-
cado de trabajo ha generado una transformación enorme en el sistema educativo, porque la educación es responsabilidad no solo de la escuela. Todos somos educadores y la familia, en buena medida, lo es, y la madre fue soporte y complemento esencial en educación en valores y en apoyo a la educación formal. Pero hoy esa madre no está; está trabajando. Muchas veces, el hogar tiene dificultades y la escuela pública, a través de los maestros, se ha tenido que hacer cargo, como pudo y como puede, de esta realidad. Por lo tanto, aquella escuela pública que daba respuestas a aquel Uruguay ya no da respuestas y hay que cambiar el sistema. Para eso hay que ir financiando y explorando programas de transformación en educación. Esto es lo que se nos pide. Nosotros hicimos una propuesta que contiene cuatro artículos. Uno de ellos recoge aumentos salariales: 3 % más para los cincuenta y cinco mil funcionarios de la ANEP y 2,5 % que va a complementar la partida que ya reciben los docentes titulados de 7,5 % y la pasa a 10 %. Se trata de la partida de titulación, que llega a los docentes titulados, es decir, al 100 % de los maestros y a un poquito más de la mitad de los profesores, como estímulo a aquellos que se han titulado, que han estudiado. Eso cuesta US$ 70:000.000. Además, destinamos otros US$ 50:000.000 para programas de transformación, que universalizan la educación inicial a los cuatro años -abarcando un porcentaje importante de niños de tres años, sobre todo de los sectores más vulnerables, con más dificultades de la sociedad-, para sustentar mejor el mantenimiento edilicio, que es esencial para que se pueda estudiar mejor, y para el fortalecimiento de la extensión de la educación técnico tecnológica en los niveles medios, superior y terciario, y para otros aspectos. Nuestra propuesta tiene otros cinco artículos para reasignar recursos, porque nosotros tomamos la decisión política de buscar entre los US$ 13.500:000.000 del Presupuesto Nacional, US$ 120:000.000 -menos del 0,8 %-, porque si se trata de “educación, educación, educación”, si es primero la educación, dejemos de hacer algunas cosas superfluas y pasemos esos recursos a la educación. Nosotros los encontramos en artículos correspondientes a gastos superfluos, muchos de ellos no ejecutados, que no se van a ejecutar y que son colchón del Ministro para imprevistos que pueda tener. Sin embargo, el Poder Ejecutivo, el señor Ministro, nos contestó por
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televisión, antes de que presentáramos la propuesta y se la hiciéramos llegar, que este era el mejor Gobierno en materia educativa y que si existieran lugares de dónde asignar, los hubieran encontrado. Ese es un acto de falta de respeto por no haber leído nuestra propuesta y de soberbia, una soberbia que últimamente ha caracterizado a un Ministro debilitado por errores que ha cometido, que no encuentra recursos para la educación pero que encontró para Pluna. ¡Claro que están! ¡En esta Sala, un Diputado dijo -que se haga cargo- que esta era una propuesta demagógica, pero se calló la boca cuando encontraron recursos para la Universidad en el mismo lugar que nosotros encontramos para la ANEP! ¡Es demagógica si es nuestra; es buena si es de ellos! ¡Siempre igual! Nos hacemos cargo de lo que estamos haciendo, y estamos apostando a la reforma del sistema educativo. ¡Que otros hagan discursos y pongan la cara! ¡Y sigan encontrando plata para Pluna, para Antel Arena, para la Intendencia, con las calles que no abre, y ahora van a encontrar para financiar la ley del cannabis! ¡Pero que lo digan! Si la prioridad es la ley del cannabis y el año que viene le van a encontrar plata, que lo digan, pero para la educación no encontraron. Nosotros sí, y vamos a pedir que se vote. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: al inicio de este análisis de la Rendición de Cuentas nos referimos a todos los temas y, especialmente, a la educación, elemento fundamental y de principios para el Frente Amplio. Nosotros, que tenemos experiencias en asambleas, que sabemos golpear la mesa y sabemos gritar, también tenemos argumentos muy firmes con los que responder, aunque a veces nuestra capacidad de asombro no tiene límites. Sabemos que estamos -lo dijimos cuando hicimos el informe- ante una discusión fundamentalmente política, ideológica, económica y social. En este sentido, también la educación es un tema político, ideológico y social, y el tratamiento que han dado al asunto de la educación los partidos tradi-
cionales y, en particular, el Partido Nacional, en los períodos anteriores, ha sido lamentable. No han estado en la agenda de los partidos tradicionales los temas sociales ni los de la educación. Y nosotros decíamos, ¿cómo trataron los temas sociales y los temas de la educación los partidos que fueron Gobierno antes del Frente Amplio? Lamentablemente, a pesar de toda la lucha social de los propios docentes y estudiantes en aquellos períodos, los partidos que estuvieron antes que el Frente Amplio trataron muy mal los temas sociales y los de la educación. Digo que la capacidad de asombro no tiene limites porque quienes aquí hablan de los salarios de maestros, profesores y de los funcionarios no docentes, que también son trabajadores de la enseñanza, ¿qué hicieron cuando estuvieron en el Gobierno? Un señor Diputado del Partido Colorado dice que debe haber voluntad política. Pero, ¿qué voluntad política tuvieron ellos con los temas sociales y de la educación cuando fueron Gobierno? El Gobierno de Julio María Sanguinetti invirtió en educación apenas un 3 %. El Gobierno de Luis Alberto Lacalle invirtió en educación apenas un 3 %. El Gobierno de Jorge Batlle invirtió en educación un 3 %. Pretenden decir al Frente Amplio lo que tiene que invertir en educación, pero en ese proceso, cuando fueron Gobierno, se llegó al deterioro catastrófico de la historia en materia edilicia y de salarios de maestros, profesores y trabajadores no docentes. Se hundió la educación, así como se hundieron el país social, las trabajadoras domésticas, los trabajadores rurales, los trabajadores de la actividad privada. Liquidaron los Consejos de Salarios, dejando libres a los empresarios. Dicho sea de paso, fíjense cómo se mueven actualmente los empresarios en el medio de las negociaciones colectivas de los Consejos de Salarios, presionando al Gobierno para que flexibilice la libertad sindical y los Consejos de Salarios. Los datos de la realidad son datos de la realidad. En la agenda de los partidos tradicionales no estuvieron la educación ni los temas sociales del Uruguay: estos son datos de la realidad. Un maestro con 20 horas, en el año 2005, ganaba $ 10.500. Hoy gana $ 17.104: 61 % más que lo que ganaba en aquel momento. ¿Que no alcanza? Y no, no alcanza. ¡Qué va a alcanzar! Los maestros, los profesores y el sistema edilicio de la educación fueron tan dejados de lado y están tan hundidos que no alcanza, pero el Frente
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Amplio está en el camino y ha firmado un convenio por cinco años. ¿Y qué pasaba con los auxiliares de servicio, que también forman parte del sistema educativo? ¿O los que no son docentes no forman parte del sistema educativo? ¿Qué pasaba en el año 2004? Ganaban $ 7.000. Hoy ganan $ 15.059, un 113 % más que en aquel momento. Por eso, ante los reclamos que hace la oposición, si tienen un espejo, mírense. La capacidad de asombro no tiene límites. El Frente Amplio está aportando muchísimo para la educación. Estamos en el camino. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: creo que en estas discusiones complejas, tan densas y tan pesadas, muchas veces se recurre al expediente de huir hacia delante pero, a veces, para salir del paso, se procura huir hacia atrás. Ahora, en una situación o en la otra, no deja de ser, simplemente, una actitud de escapatoria, de intentar desembarazarse del problema que tenemos y no sabemos cómo enfrentar. Creo que la peor estrategia que el oficialismo, el Frente Amplio y el Gobierno del Presidente José Mujica puede utilizar y desarrollar es, precisamente, la de trasladar el debate hacia el pasado, porque con eso no se va a conformar a los maestros y a los profesores. A los profesores y a los maestros les tenemos que decir por qué ahora no les estamos dando el incremento adicional que, con toda justicia, están reclamando; de lo contrario, que se diga que no es justo -que es otra variante-, que no se puede y que, además, no corresponde y por eso no se da. Creo que lo mejor que podría hacer el Frente Amplio es enfrentar la realidad y asumir el problema a cabalidad. Aquí nadie desconoce que ha habido un incremento presupuestal muy significativo a lo largo de estos años. ¡Claro que lo hubo! Ahora, yo diría que tan importante y tan grande ha sido el incremento presupuestal como el fracaso estrepitoso que ha ocurrido en materia de gestión educativa. Esto lo han reconocido y confesado voceros del propio elenco de Gobierno. Yo diría que lo ha confesado la conducción política
del país, porque cuando el señor Presidente de la República descabeza al Codicén, ¿por qué lo hace? ¿Porque la enseñanza está bárbara? ¿Porque entonces los resultados de la educación son óptimos? Cuando cambia en pleno al Consejo de Educación Secundaria, ¿por qué lo hace? ¿Porque en los liceos las cosas están transcurriendo maravillosamente bien? Hace pocos días, en medio de este debate, el señor Presidente trató de remover al Presidente del Consejo de Educación Secundaria que, sin duda, es un gran irresponsable, porque en medio de este conflicto se fue de vacaciones. No se fue al exterior por razones de salud, como en algún momento se adujo. No, se fue porque estaba cansado y el médico personal le dijo que no se estresara. Eso también es parte del debate, porque el señor Presidente del Consejo de Educación Secundaria está a cargo de una de las áreas y de uno de los temas más sensibles, ya no para la actualidad de la vida nacional, sino para el mediano y largo plazo de la vida del país. Me parece que ese es un dato de la realidad que no podemos desconocer y que no podemos excluir de este análisis. Entonces, cuando se pretende llevarnos al terreno de lo que pasó en la nefasta década del noventa, siempre digo lo mismo: convoquemos a una sesión especial y hagamos un debate histórico. Y ahí vendré con las cifras de la pobreza, que bajaron a la mitad en el Gobierno del Partido Nacional, y con las que muestran el incremento del empleo y de los ingresos, porque todo eso es verdad. ¡Eso es verdad! Ahora, no se puede pretender comparar realidades quince o veinte años después, con un presupuesto distinto y con un tipo de cambio diferente. Y en cuanto a la recuperación salarial, es verdad que los salarios se recuperaron con relación al año 2005. Ahora, vamos a entendernos. ¡No nos rasguemos las vestiduras por eso! En este país, después del año 2002, hubo un derrumbe desde el punto de vista económico, financiero y social. ¡Claro que sí! Y, obviamente, se derrumbaron los ingresos, las pasividades, los salarios y los sueldos docentes. Ahora, ¡hagamos la comparación con el escenario anterior a la crisis! Y ahí la recuperación de los salarios privados o públicos y de los salarios docentes ya no es tan espectacular. ¡No es tan espectacular! Es buena. Diría -como expresé cuando hice el informe en la sesión del martes- que es una recuperación inercial. Acompañó el crecimiento que habría habido en el país si no
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hubiera habido crisis y, con el crecimiento fenomenal que hubo durante estas dos Administraciones, yo creo que, en todo caso, nos tendría que empezar a dar un poco de vergüenza, porque los salarios deberían estar mucho mejor, y los maestros no deberían estar ganando $ 14.000 por mes. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR AMY.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: la verdad es que presenciamos con asombro este proceso permanente de negación de la realidad, buscando siempre las causas en la responsabilidad de otros. Creo que es tiempo de que el Frente Amplio se haga cargo de la criatura. ¡Hace siete años que están gobernando y, la verdad, en una cantidad de cosas han sido un fracaso! Esa es la verdad. La educación es un ejemplo manifiesto. No hay que reivindicar en el plenario cuánto se le aumentó a la educación -cosa me parece muy bien-, sino cuánto mejoramos la gestión. ¡Y en eso sí que han sido malos: se han destacado y se han lucido! Son malos gestionando; ustedes no saben gestionar. (Interrupciones) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señor Diputado: diríjase a la Mesa, por favor. SEÑOR AMY.- Porque aparte… (Interrupciones) ——…aparte, hay una cosa muy importante: son malos con dinero en el bolsillo. Eso sí que es malo; es como hacer un máster en mala administración. Se es malo con plata. Uno puede ser malo en la miseria, pero, en este caso, se es malo con plata. Acá vinieron con tres soluciones mágicas. Primero, a manera de las asambleas artiguistas, aquel Presidente del Frente Amplio recorría los liceos, haciendo asambleas para auscultar la opinión de lo que se debía mejorar, en aquella famosa fórmula para solucionar todos los problemas de la educación, que era abatir la famosa ley de emergencia de la educación y, como por ósmosis, con la nueva ley todo se iba a solucionar. ¡Fracasaron en eso también! Y fracasaron, además, en que de las muchas cosas que los padres
plantearon a los profesores ninguna se contempló en la nueva ley. Entonces, fiel a su postura, responsable de la criatura, la Administración Vázquez vino por la segunda parte, que era la coparticipación. “¡Ah, tenemos que dar participación y que gestionen! ¡Los gremios tienen que ser parte!”. ¿Y saben a lo que nos llevaron? A la inacción, porque se olvidan que durante muchísimo tiempo, se manejó que había que aumentar el número de integrantes de los organismos de la educación para tener gobernabilidad entre ustedes mismos. ¿O se olvidan de eso? ¿Se olvidan de que ustedes han sido malos gestionando? ¡Qué vienen a hablar acá de acuerdos en los Consejos de Salarios! Pero, ¡me extraña, señor Diputado Groba! (Interrupciones) VARIOS SEÑORES REPRESENTANTES.- ¡Que se dirija a la Mesa! SEÑOR AMY.- ¿O la Administración Sanguinetti no estableció los Consejos de Salarios en los que usted participaba? (Interrupciones) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señor Diputado: le pido nuevamente que se dirija a la Mesa. (Murmullos) SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: me estoy dirigiendo a la Mesa… (Murmullos) ——Quizás sería bueno un poco de ración en el gallinero. (Interrupciones) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señores legisladores y señoras legisladoras: les pido… (Interrupciones.- Campana de orden) Señor Diputado, lo voy a amparar en el uso de la palabra. SEÑOR AMY.- Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Vamos a escuchar al señor Diputado Amy. Después, si se considera que hay que responder alusiones, se procederá a anotar a los legisladores y a conceder los pedidos de palabra. Pero les pido, por favor, que cuando hable un
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orador o una oradora lo respeten en el uso de la palabra. Puede continuar, señor Diputado. SEÑOR AMY.- Gracias, señora Presidenta. Me parece total y absolutamente injusto seguir echando la culpa del fracaso propio a los otros. ¡Hace siete años que gobiernan! Es tiempo de que se hagan responsables: han sido malos. ¡Han sido malos! Además ¿qué nos vienen a achacar a nosotros? ¿Por qué vienen a hablar del invento de la pólvora? ¿Quién inventó las asignaciones familiares en 1943? ¿El Frente Amplio o el Partido Colorado? ¿Quién creó el más maravilloso instrumento, hoy en día, de contención de los niños en mayor situación de vulnerabilidad, los Centros CAIF? ¡La Administración del Partido Colorado! ¡No fueron ustedes! Pero, ¡dejen de mentirse a ustedes mismos! (Interrupciones) ——Pregunto, señora Presidenta, además: ¿quién creó las escuelas de tiempo completo? ¿Quién creó los sistemas tan cuestionados de Rama que hoy, después de haber hecho una campaña en contra, muy sugestivamente, apelando a un transformismo ideológico, terminan reivindicando? ¿O se olvidan de que ustedes daban manija en contra de las bandejas de alimentación de las escuelas de tiempo completo? ¿Se olvidan de eso? Lo que pasa es que hoy en día están probando del propio veneno que ustedes mismos distribuyeron. ¿O se olvidan de que ustedes utilizaban a los gremios como apéndice de su fuerza política para alcanzar los objetivos? Es muy difícil alentar a las masas en contra cuando uno es oposición. Y ese propio veneno que esparcieron, hoy lo están probando. Está muy bien que la educación reclame; y somos de los que están en contra de que el hilo se corte por lo más fino. La culpa no la tienen los docentes. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——¡La culpa la tienen los que eligen ustedes para gestionar que, esos sí, son los verdaderos responsables del fracaso educativo de este Frente Amplio, que con mucha plata ha hecho muy poco! ¡No se olviden de eso! Muchas gracias, señora Presidenta.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tengo una sucesión de pedidos de palabra. Yo he tomado nota y les pido que me dejen ir concediendo las intervenciones por el orden en que las fui registrando. Para contestar una alusión política, tiene la palabra el señor Diputado Sander. SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: hace un momento, un señor Diputado preopinante hablaba del tema de la plata, pero parece que confunde las cosas. Cuando habla de un sueldo de $ 15.000, se olvida de la inflación. ¡Hay que ajustar por inflación! No es el 103 %, señor Diputado Groba; hay que aprender a hacer las cuentas. En tal sentido, el último Gobierno del Partido Colorado, en 2004 tenía un presupuesto de apenas tres mil y poco millones de dólares. Este Gobierno del Frente Amplio tiene un presupuesto de más de trece mil millones de dólares. Esa es la diferencia: en dólares, hay cuatro veces más. En pesos constantes hay 140 % más de dinero. Entonces, a la educación se le dio el 99 % más, a valores constantes, y se lo reconocemos; está acá, en la página 307 del informe económico financiero; simplemente hay que leerlo. En definitiva, la prioridad han sido otros organismos, como ASSE, como la Presidencia de la República, como el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Para contestar una alusión, tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: entonces, quiere decir que tengo dos o tres posibilidades. Como miembro informante en minoría, puedo aclarar y he sido aludido. De todos modos, me alcanza con un par de minutos… SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Estamos en la discusión particular. Por lo tanto, le voy a pedir que responda la alusión. SEÑOR GROBA.- Muy bien, señora Presidenta. Una de las primeras cosas que quiero decir es que por fin se ha empezado a reconocer algo, ¿no? Porque ahora todos están reconociendo que ha habido un avance en los sueldos de los maestros y un
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avance en la inversión. Eso, hasta ahora, no se había aceptado por parte de la oposición. Pero los datos de la realidad son tan contundentes que no hay más remedio que reconocerlo, y es un avance. Señora Presidenta: nosotros nos hacemos cargo de la criatura. ¡Cómo no nos vamos a hacer cargo de la criatura si estamos bajando la indigencia, si estamos bajando la pobreza, si se ha recuperado la plaza financiera, tan deteriorada hasta 2004, reconocido a nivel regional e internacional! ¡Cómo no, si a partir de esa recuperación están llegando inversiones a nuestro país, si se generan condiciones de empleo como nunca antes, si ahora hay negociación colectiva, a partir de la cual existe un convenio firmado con los trabajadores de la enseñanza, de la CSEU, que el Gobierno está cumpliendo a rajatabla y al que no tenían acceso antes porque no estaba en la agenda de los partidos tradicionales la participación de los trabajadores en la mejora de las condiciones de vida y de su salario, a partir de los convenios colectivos y de los Consejos de Salarios! Yo creo que el Partido Nacional debería pedir perdón -¡perdón tendría que pedir!- por haber liquidado los Consejos de Salarios, dejando a los trabajadores más humildes de la sociedad librados a las reglas del mercado, de los empresarios, producto de lo cual les fue liquidado el 20 % de su salario, y así llegamos a 2004. ¡Quince años sin Consejos de Salarios! Los mismos Consejos de Salarios del año 1943, que Batlle creó y que después, Sanguinetti y Jorge Batlle liquidaron, junto al Partido Nacional, hasta 2004! ¡Ojalá, señora Presidenta, se pudieran mantener aquellos principios de José Batlle y Ordóñez dentro del Partido Colorado, para tomar a los Consejos de Salarios como un instrumento de distribución de la riqueza, necesaria y democrática, para que los trabajadores participen de la fijación de sus sueldos y salarios! ¡Ojalá que los principios de Batlle y Ordóñez todavía tuviesen vigencia en el Partido Colorado! (Interrupción del señor Representante Amy) ——Reconozco lo del año 1943, que no es la realidad, ni lo fue en el último Gobierno de Sanguinetti ni en el de Jorge Batlle. ¡Ojalá! Son datos de la realidad. (Interrupción del señor Representante Amy) ——Volviendo al tema, nosotros también creemos que los trabajadores de la enseñanza lucharon mucho por la negociación colectiva, al igual que todos los demás,
incluidos los trabajadores rurales y las domésticas, como dije hace un momento. Como no estaba en la agenda de los partidos políticos que gobernaron antes de 2004, se consiguió en este período, en el Gobierno del Frente Amplio. Precisamente, en esa lucha, hubo negociaciones tanto bipartitas en el interior de la Anep como tripartitas en el ámbito del Consejo de Salarios, y en 2010 se acordó culminar las negociaciones previas al envío del mensaje de Presupuesto con la firma de un convenio que regiría por cinco años, convenio que el Gobierno está cumpliendo y seguirá haciéndolo. Todos conocemos las características del convenio porque, como miembro informante en mayoría, las expliqué con lujo de detalles al inicio. Ahora, no olvidemos que la modificación unilateral de un convenio colectivo por cualquier sector afecta toda la negociación colectiva. Les explico a quienes no creen en la democratización de las condiciones de trabajo ni en la discusión salarial: en el sistema capitalista están el capital y el trabajo, en el medio se encuentran las relaciones laborales y, en ese marco, juega un rol fundamental el respeto a lo acordado en las negociaciones colectivas y en los Consejos de Salarios. ¡Fundamental! Por eso, señora Presidenta, en momentos en que las cámaras empresariales tratan de incidir en las negociaciones colectivas de un millón doscientos cincuenta mil trabajadores privados, pidiendo flexibilización laboral y hablando de costos -precisamente ellos, que están tan bien y han estado tan bien en estos últimos ocho años, hablando de costos, cuando el salario de la actividad privada es el que menos incidencia tiene en los costos; pero presionan y presionan a nuestro Gobierno, excelente Gobierno, que les ha dado posibilidades de trabajo y de inversión como ningún otro gobierno anterior ha logrado-, en ese sentido, no solo para el Frente Amplio sino como política de Estado, el respeto a lo convenido y a lo acordado en el marco de la negociación colectiva debe ser un principio fundamental para preservar las relaciones laborales. Por ahora, quería hacer estas aclaraciones, señora Presidenta. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Para contestar una alusión, tiene la palabra el señor Diputado Arregui.
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SEÑOR ARREGUI.- Señora Presidenta: la verdad es que lo que escuchaba durante la exposición del penúltimo Diputado de la oposición que hizo uso de la palabra me deja atónito, porque asociaba a los gremios con un veneno. Podré tener coincidencias y discrepancias; las tengo todos los días. Pero creer que los gremios son un veneno es una concepción que se acerca a lo totalitario, porque la participación organizada de los trabajadores en gremios y la fortaleza de la representatividad son muy positivas para el sistema democrático. Aquí se habla de lo que hicieron en la época de los partidos tradicionales. ¡Sí, el triste orgullo de que el Uruguay estaba equiparado con Haití, en el último escalón de América Latina en cuanto a recursos, porque solo se entregaba un 3 % de un Producto Bruto Interno que era una miñanga en comparación con lo que se asigna ahora! ¡Había Rendiciones de Cuentas de gasto cero! ¿Cuántas veces vinimos aquí nosotros, como oposición, a ver si podíamos mejorar el presupuesto para la educación, y las rendiciones de cuentas eran de gasto cero? ¡Cero peso para la educación! Y si a alguien le molesta que se diga que hay una propuesta demagógica, yo lo digo y lo reafirmo: quienes no fueron capaces de entregar un solo peso para la educación pública, ahora se florean porque quieren entregar dos vintenes más. ¿Cuál era el monto de los salarios de los trabajadores de la educación pública cuando asumió el Frente Amplio? Un docente, por veinte horas, percibía un sueldo nominal de $ 6.000. Quiere decir que en la mano recibía $ 5.000, pasaditos. ¡Hemos aumentado el salario docente! Lo decimos muy claramente: todavía es insuficiente, aun tenemos que seguir mejorándolo. Pero hemos aumentado el salario docente -como reconoció un sindicato en la Comisión de Educación y Cultura- en más de un 60 %, en términos reales. Se mencionan en Sala -lo decía el señor Diputado Gandini, y yo coincido con que muchos resultados todavía no son los mejores- los aspectos negativos, porque parece que la objetividad no existe. Se menciona el medio vaso vacío; y nosotros no vamos a caer en la actitud demagógica de decir que todo está perfecto, porque no lo está. Pero, ¿cuánto tenía de lleno el vaso en aquel momento? No sé si llegaba a la cuarta parte. Falta mucho por hacer; no tengo ninguna duda. Pero, el porcentaje de alumnos que hoy va a educa-
ción inicial de cuatro y cinco años es casi universal. ¿Y antes cuántos iban? ¿Y qué cantidad de niños asisten actualmente a los Centros CAIF y a otras instituciones para la primera infancia, que son fundamentales, porque las neurociencias indican que resultan vitales para el desarrollo de los alumnos? Antes, ¿cuántos iban? Hoy, la cobertura de Centros CAIF da para que todos los que están por debajo de la línea de pobreza puedan asistir, aparte de otras ofertas disponibles. Antes, ¿cuántas escuelas de tiempo completo y de tiempo extendido había? ¡En este período de Gobierno las estamos duplicando! ¿Y la educación física? No era obligatoria; no existía el desarrollo integral del individuo. ¿Y el boleto estudiantil para los estudiantes de educación media? ¿Y la inclusión digital? Unos poquitos podían participar en determinados centros, en algunos salones que tenían computadoras. Ahora, hay una para cada alumno. ¡Y un Diputado nos propone que gastemos menos en el Plan Ceibal, que no les demos tantas computadoras, que no preparemos a nuestros docentes pedagógicamente para hacer un uso adecuado de la tecnología digital en la educación pública! Eso es lo que significa dar menos dinero para la inclusión digital. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——¿Cuántos recibían educación media en aquel tiempo? ¡Faltan! Lo que decía el señor Diputado Gandini es cierto y lo reafirmo: faltan una cantidad. ¿Cuántos iban antes? ¡Muchísimo menos! Son aproximadamente treinta mil adolescentes y jóvenes más los que están concurriendo a educación media, que no iban en aquella época y que no estudiaban ni trabajaban. Hoy hemos rescatado treinta mil, que todavía es muy poco; hay que recuperar más. Pero, ¡miremos nuestras credenciales antes de hablar y de recriminar! Hagamos un proceso conjunto… SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Ha terminado su tiempo, señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Finalizo aquí. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para contestar una alusión.
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SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señor Diputado: usted está anotado. Ya intervino para contestar una alusión. Le voy a ceder la palabra, pero hay una lista de oradores, por lo que pido a los señores Diputados que, para colaborar con la Mesa, contesten a todas las alusiones cuando les toque hacer uso de la palabra. Tiene la palabra el miembro informante en minoría, señor Diputado Abdala, y luego continuaremos con la lista de oradores. SEÑOR ABDALA.- Le agradezco mucho, señora Presidenta. Lamento tener que demorar el curso de este debate, pero el problema es que mi colectividad política ha sido aludida en términos que podríamos considerar graves, si no fuera porque el agravio provino de alguien que sé es una persona de bien, lo cual atempera un poco la reacción. Obviamente, no estamos haciendo uso de la palabra para pedir perdón. Porque reclamarle al Partido Nacional que pida perdón es un atrevimiento mayúsculo que, en todo caso, adjudico a la pasión y a la frustración que seguramente embarga al miembro informante en mayoría y a toda su colectividad política. Lo que hay en el ambiente de esta Sala, fundamentalmente, es frustración: la frustración de la mayoría, que no termina de aceptar la realidad de que, como es evidente está desconociendo las expectativas y, con seguridad, las promesas escritas o sobreentendidas que con relación a determinados sectores de la vida nacional contrajo a lo largo de los últimos años de la historia reciente. Eso define un Gobierno impotente, un Gobierno que no enfrenta la realidad. Aquí hemos debatido de todo -del pasado, de los Consejos de Salarios, del documento de los empresarios-, pero yo quiero recordar que estamos discutiendo el presupuesto de la ANEP. Y allí es donde un Gobierno impotente, frente a la realidad, la coyuntura planteada, busca huir, porque han tratado todo el tiempo de huir. ¡Han tratado de huir en el marco de este debate y a lo largo de toda la discusión de la Rendición de Cuentas! A tal punto, que el Gobierno nunca quiso enfrentar la realidad ¡y se terminó escondiendo! ¡Y se terminó escondiendo tras las vallas el 18 de julio, por ejemplo, cuando no quiso enfrentar a los maestros que, con sus túnicas, simplemente pretendían manifestar en forma pacífica! ¡Yo estuve en ese acto; nadie me lo contó! Y por primera vez en mucho tiempo,
una fecha patria como la del 18 de Julio se celebró en la soledad de los gobernantes y con la presencia de las Fuerzas Armadas. Siempre es fundamental la presencia de las Fuerzas Armadas, pero nunca fue más importante la presencia de las túnicas blancas que, sin embargo, ese día fueron excluidas de la celebración patria, porque al Gobierno le ha agarrado una suerte de pánico en esta discusión presupuestal; todo lo que tenga connotación de manifestación sindical en contra, y sobre todo cuando los que manifiestan tienen razón les genera una suerte de pánico. Se ha dicho en el plenario que nuestra propuesta es demagógica. Yo pregunto: ¿cuándo le van a contestar al Diputado Dávila, que acaba de decir, integrando la bancada de Gobierno -igual que todos los demás-, que se pudo haber hecho un esfuerzo mayor y que se debió conseguir recursos para contemplar el reclamo de la educación? Y el reclamo de los maestros y de los docentes en general, ¿son vintenes, como aquí se dijo? ¡Que se haga cargo el que lo dijo! Yo creo que los maestros y los profesores no deben creer que son vintenes. En todo caso, lo considerarán insuficiente, pero piensan que es absolutamente necesario para mejorar su condición. ¡Vamos a asumir las cosas tal cual son! Repito: cuando quieran hablar del pasado, debatiremos todo lo que sea necesario; nos sentimos fuertes en ese terreno, absolutamente vigorosos. Pero yo no quiero hacerle un agravio ni al maestro ni al profesor, al docente, que en el día de hoy está esperando una respuesta de los Poderes públicos y que aguardan -más allá de la previsibilidad del resultado- que cada quien asuma la responsabilidad que le corresponde y, por lo tanto, el rol que en este momento de la vida del país tiene que cumplir: no quiero agraviar a los docentes no discutiendo lo que tenemos que discutir. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR DÁVILA.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR DÁVILA.- Señora Presidenta: a veces, escuchamos lo que queremos oír y no lo que se dice. En parte de nuestra intervención dijimos que quizás alguno se subiera al carro de lo que pensábamos,
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y solicitamos que no lo hicieran. Parece que alguno no escuchó y pretendió subirse al carro de nuestra opinión. Gracias, señora Presidenta.
8.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencias por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Fernando Amado, por el día 15 de agosto de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor José B. Corradi. Del señor Representante Daniel Bianchi, por el día 15 de agosto de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor Edgardo Rostán. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Germán Cardoso Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. FERNANDO AMADO Representante por Montevideo”.
“Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Germán Cardoso Presente De mi mayor consideración: Le informo que por única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que Ud. tan dignamente preside para el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. Nicolás Ortiz”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Fernando Amado. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de agosto de 2013. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Nicolás Ortiz de Lucía. III) Que los suplentes siguientes, señor Álvaro Fernández y señor Milo Ojeda, han sido convocados por el Cuerpo para ejercer la suplencia de otro Representante. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Fernando Amado, por el día 15 de agosto de 2013. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Nicolás Ortiz de Lucía. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor José B. Corradi. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
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“Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: Por medio de la presente, al amparo de lo previsto en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme licencia, por razones personales el día 15 de agosto de 2013. Sin otro particular, lo saludo atentamente, DANIEL BIANCHI Representante por Colonia”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi consideración: Por medio de la presente, renuncio por esta única vez a la convocatoria que se me hiciera para integrar el Cuerpo que usted preside. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Claudia Allietti”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi consideración: Por medio de la presente, renuncio por esta única vez a la convocatoria que se me hiciera para integrar el Cuerpo que usted preside. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Nibia Reisch”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de agosto de 2013. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto las suplentes siguientes señoras Claudia Allieti y Nibia Reisch. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de
1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi, por el día 15 de agosto de 2013. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por las suplentes siguientes señoras Claudia Allieti y Nibia Reisch. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2015, del Lema Partido Colorado, señor Edgardo Rostán. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
9.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. Tiene la palabra el señor Diputado Dini. SEÑOR DINI.- Señora Presidenta: la izquierda critica fundamentalmente los monopolios y sin embargo hoy, en esta Sala, hay varios legisladores que han monopolizado la palabra. Estamos hablando de educación: nos deberíamos poner todos de pie. Es un tema neurálgico, medular, sin dudas, en la actividad y el desarrollo de la República. Cuando el señor Presidente Mujica, en su discurso de asunción, abordó diferentes temas, el que le generó… (Murmullos) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Permítame, señor Diputado. Estimados colegas: voy a pedir que respeten a quien está haciendo uso de la palabra y que, en lo posible, tomen asiento. Puede continuar, señor Diputado.
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SEÑOR DINI.- Señora Presidenta: decía que el tema que sin dudas generó mayor unción al señor Presidente fue el de la educación. “Educar para crecer”, es una frase que todos debemos tener muy en cuenta. Consta en la versión taquigráfica de la sesión dedicada a la Rendición de Cuentas del año pasado lo que dijimos: cuando hicimos uso de la palabra, pedimos para la educación pública un “shock” edilicio, sin que tenga esto nada que ver con la señora Susana Giménez. (Hilaridad) ——Un año después, me encuentro con el repartido de la Asociación de Docentes de Enseñanza Secundaria -que tengo en mi poder-, que en su plataforma, primero, habla de salarios. Me parece muy lógico: está en la esencia, en lo natural del ser humano querer, pretender o aspirar a ganar cada día más y mejor. No conozco a nadie que haya pedido que le rebajen el sueldo. Pero, inmediatamente, los docentes hablan de mejores condiciones edilicias, ese “shock” en infraestructura edilicia que nosotros exhortábamos se hiciera por parte del Gobierno hace un año, y cuya postergación llevó a un retraso en el comienzo de las actividades, por las pésimas condiciones que tenían y siguen teniendo muchas escuelas y liceos de nuestro país. Yo sería muy irresponsable si dijera que si hoy el Partido Colorado fuera Gobierno, los maestros y los profesores verían totalmente satisfechas sus aspiraciones. Lamentablemente, no lo puedo decir, pero sí tengo que manifestar con énfasis que el Gobierno, por lo menos, ha sido injusto, no ha tenido equidad. Sí ha tenido inequidad en este caso tan fundamental. Nosotros entregamos a los docentes a nuestros niños para que los formen, los moldeen y los hagan crecer, porque se crece leyendo, se crece con el libro. Lo decía el Diputado Gandini: el hábito y la realidad hacen que las madres ya no estén a cargo de sus hijos y, en la mayoría de los casos, son los maestros y los profesores quienes conviven con ellos, de lunes a viernes, más que sus padres, que están afectados a una actividad indispensable para llevar el puchero a su casa. Tengo que decir que se ha sido injusto, porque el Gobierno ha subsidiado a Pluna con US$ 50:000.000 para que las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea ¡no vuelen! Se ha subsidiado al Correo, y a AFE, con unos US$ 105:000.000 para que el ferrocarril circule poco y mal.
(Interrupciones) ——¿Qué, aparte de la inseguridad –lamentablemente-, ha crecido más en nuestro país? La educación privada. Y que no me digan que esto viene de la mano y tiene que ver con un mejor momento económico. El Diputado Gamou, con su elocuencia habitual, hacía referencia a la década del noventa. En la década del noventa -soy testigo presencial-, vi a hijos de dueños de frigoríficos y de estancieros asistir a la Escuela N° 2, “Victoria Frigerio”, sita en la intersección de 18 de Julio y General Artigas, en la ciudad de Tacuarembó. ¿Por qué iban a una escuela pública? ¿Porque sus padres no podían pagarles un colegio o no querían hacerlo? De ninguna manera: lo hacían porque la educación pública tenía un nivel muy bueno. ¿Cuál es el nivel de la educación hoy, cuando en la capital, en la muy fiel y reconquistadora ciudad de Montevideo, existe una repetición en el primer ciclo básico de 45 %? Se habla de 37 % en todo el país, que sería un porcentaje mayor, si no fuera por el afán de las jerarquías, que inducen a los docentes a hacer pasar de grado a aquellos alumnos que no están preparados para ello, con lo cual se genera el puente roto, sobre todo en la transición entre Primaria y el primer año de liceo, adonde llegan sin ninguna preparación. Esto va influyendo directamente en la deserción: de cada diez muchachos que empiezan el liceo, solamente cuatro lo terminan. Entonces, ¿cuál es el nivel actual de la educación pública? Me voy a asistir con una frase que acuñó el popular relator de fútbol, don Carlos Solé: “Muy paupérrima”. Esa es la verdad. No podemos decir otra cosa. Además, quiero hablar de los denominados “profesores taxi”, que en vez de estar centralizados en un solo liceo andan deambulando -casi erráticamente- de un instituto a otro. El año pasado la ANEP solicitó recursos para la transformación de horas docentes en cargos; este año no lo hace. Con respecto a la formación de docentes, nos preocupa la crisis muy conocida en esta área: la disminución de los egresos, que es alarmante y no ha parado desde 2005. El Plan de Formación Docente de 2008 instaurado por el Gobierno de Tabaré Vázquez ha generado muchos problemas. ¿Ustedes saben que en el interior a veces se carece de profesores para las clases?
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Además, hay una excesiva carga horaria, que lleva al abandono, y una fragmentación en la asignatura, con un programa que debe ser actualizado. Se solicita recursos para continuar con la política de concursos en Educación Primaria -para que no rija solo la antigüedad- que posibilite el 8scenso de los maestros. Compartimos esto en todos sus términos pero debemos preguntarnos por qué no se hace lo mismo en Educación Secundaria y en Educación Técnica. Es fantástica la cantidad de dinero que el actual Gobierno ha destinado a la educación, pero no ha sido una inversión; ha sido un gasto estéril, infructuoso. Y así estamos. Gracias, señora Presidente. (¡Muy bien!) SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: no vamos a basar nuestra intervención en las comparaciones y en la centralidad que pueda tener asignar más o menos recursos o si los recursos asignados cumplen con las expectativas que mucha gente ha volcado en torno a lo que hace el Gobierno del Frente Amplio. Creo que algunos de los encendidos discursos surgen con tanta fuerza que deberían hacerse cargo de las culpas que tienen de cuando fueron gobierno. Este es un problema que nos debe preocupar a todos. No debe ser utilizado solamente para el enfrentamiento político sino que debe preocuparnos, porque los rezagos, las dificultades que pueda enfrentar el sistema educativo, nos hacen mal a todos. No le hacen mal a un partido político o a otro; le hacen mal a la sociedad uruguaya. Eso es lo que tenemos que asumir con responsabilidad en este Parlamento. Desde ese encare quiero plantear que esto comenzó siendo un desafío para el Frente Amplio. En primer lugar, había que ubicar y obtener los recursos para financiar las políticas públicas. Aclaro que esta tampoco es una innovación del Frente Amplio. Es decir: las políticas públicas se tienen que financiar a partir de los recursos que se obtienen mediante impuestos, mediante tributación. Lo que sí es una innovación -o, por lo menos, es algo en lo que el Frente Amplio puso énfasis- es cómo extraer más recursos de donde
había generación de riqueza, porque mientras algunos sectores se apropiaban en forma diferencial de la renta, enriqueciéndose, otros, que solo podían avanzar en la medida que hubiera políticas públicas que los protegiera, se quedaban como el gato de Artola: mirando la fiambrera. Lo que hizo el Frente Amplio fue empezar a captar recursos de donde se generaba esa renta diferencial que enriquecía a algunos sectores, para aplicarla en políticas públicas, de manera de que todo funcionara en forma más equitativa. Me refiero a masa salarial, políticas educativas, políticas de salud, políticas de vivienda, políticas con un horizonte inclusivo. En esto hemos logrado avances. ¿Hemos hecho todo? No. Nuestro compañero Arregui lo decía claramente; tal vez nos quede mucho más por hacer que lo que hemos hecho. Se ha dicho en el plenario que en el año 2000 el país cayó en bancarrota. Parece que la bancarrota cayó como una maldición de Malinche venida de afuera. ¡No! Hubo causas. Y parte de esas causas se explican, de cierta manera, en que a la educación no se la priorizó como política pública. Nuestra asignación de recursos ha tenido resultados. Es cierto que no han sido todos los que quisiéramos, pero estaríamos peor si no hubiéramos asignado esos recursos. Ahora bien, hoy la centralidad de la discusión es si damos un aumento salarial más o menos, pero debería ser sobre los logros educativos. El país debería estar discutiendo si avanzamos o no en una educación de calidad, que dé respuesta y que sustente el crecimiento y desarrollo que necesitamos, porque nuestros gurises tienen que estar mejor formados para lograr un Uruguay mejor. Ese debería ser el centro del debate y no si aparecen o no más dineros para algún aumento salarial. Entonces, algunos logros son muy importantes desde el punto de vista social. Si analizamos la educación desprovista de lo que está pasando en la sociedad, no vamos a darnos cuenta que estos son logros de la política pública. En 2012, el 89,1 % de los niños de cuatro años había sido incorporado al sistema educativo y el 63,8 % de los niños de tres años asistían a la educación formal. Esto representa un aumento de 3 % y
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3,4 % con relación a la inclusión en 2011. No estamos hablando de diez años atrás: en un año logramos incluir un 3 % y un 3,4 % más de niñas y niños de tres y cuatro años en nuestro sistema educativo. Ese es un logro de la política pública educativa. En el año 2006 las muchachas y los muchachos de trece años que participaban de nuestro sistema educativo formal constituían el 95,2 %. En 2012 -año que analizamos en la Rendición de Cuentas- la cifra llegó a 96,6 %. Entre los muchachos de quince años, en 2006 ese porcentaje era 82,1 %. Como advertirán la cifra cae; realmente, esta es una de las dificultades que tiene nuestro sistema educativo. En el año 2012, llegamos al 87 %. Es decir que rescatamos un 5 %. ¿Es mucho o poco? Lo importante es que lo estamos haciendo. Tal vez hubiéramos llegado a más, pero la política pública no es mágica; es un proceso de logros, conquistas y desafíos. Los jóvenes de diecisiete años, que están próximos a finalizar la enseñanza media -sector en el que tenemos las mayores dificultades de cobertura-, eran el 66,9 % y pasaron al 68,8 %. Señora Presidenta: estos son datos que hacen a la efectividad de la política pública. Estamos avanzando, en primer lugar, en que esta política pública educativa atienda a quienes más lo necesitan. Sin lugar a dudas, eso se ha logrado. En el informe económico financiero hay datos que reflejan cómo la población pobre de este país está más incluida, no está marginada, no está excluida de la educación. Según datos que maneja el Mides, que surgen a partir de la Encuesta Continua de Hogares del año 2011, el 75 % de los trabajadores rurales de la región noreste del país no había completado la educación primaria. Eso es fruto de una política histórica en este país. Eso se está revirtiendo. ¡Y esos son los logros que está teniendo el Gobierno! ¡Y eso es lo que duele! Cuando esas conquistas consolidan inserción en la ciudadanía, esta se da cuenta de que la política pública la atiende. Y eso es así porque hay una definición política del Gobierno para hacer avanzar a la sociedad en su conjunto, no para hacer avanzar a los que tienen recursos y olvidarnos de los marginados. Quiero finalizar mencionando algo que dijo el maestro Florit cuando compareció a la Comisión. Hace cincuenta años, en la CIDE -la Comisión de Inversio-
nes y Desarrollo Económico, del gobierno nacionalistase propuso que para tener una educación de calidad, nuestros gurises debían recibir novecientas horas anuales de clase. En el año 2007 -cuando ya había transcurrido un largo tiempo en el que no había gobernado el Frente Amplio-, apenas se habían superado las ochocientas horas. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Cinco años después, en el año 2012, con estas políticas de desarrollo y de atención a la educación y a la sociedad, logramos ochocientas cincuenta horas anuales de clase. El desafío para el año 2013 es llegar a ochocientas sesenta horas. Esa es definición política de desarrollar una educación atendiendo a la población del país, para realmente tener un país de primera. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Redondee su intervención, señor Diputado. SEÑOR PARDIÑAS.- Y la gente lo sabe. ¡Por eso les duele! ¡Porque saben que hay un Gobierno responsable, que va a cumplir no con sus promesas, sino con los compromisos institucionales y patrios de desarrollar el país! Muchas gracias. SEÑOR MAHÍA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MAHÍA.- Señora Presidenta: sin duda, esta es una de las cuestiones neurálgicas de esta Rendición de Cuentas, al menos, desde el punto de vista de la exposición pública aunque, como todos saben, la Rendición de Cuentas incluye una cantidad de aspectos que trascienden o desbordan la educación. Si bien el componente salarial ha estado presente en Sala y también en los debates públicos como el elemental, coincido con los trabajadores de la educación cuando señalan este componente como muy importante, pero sostienen -y yo comparto- que la educación pública en su conjunto es bastante más que eso: el centro de la educación está en los alumnos y en las alumnas, en todos los niveles de la educación pública. Eso lo saben quienes trabajan diariamente en ese ámbito y debemos tenerlo presente todos los que estamos vinculados con la asignación de recursos públicos, con el gobierno de la educación y con los Poderes públicos en general.
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No me refiero a este tema siendo ajeno a él. Quienes me conocen saben que cuando hablo de educación no me refiero a algo que me es ajeno; no me es ajena la suerte que les toca a quienes trabajan en la educación pública o a quienes asisten a la educación pública. Por una cuestión personal, de definición, mis hijos asisten a la educación pública. Hicieron su educación inicial pública y asisten a la educación primaria, media y universitaria también pública. Esa ha sido mi opción. Por lo tanto, estoy hablando de algo en lo que va la suerte de mi familia, la mía, así como la de la enorme mayoría de los uruguayos que optan por la educación pública en nuestro país. Cuando se habla del funcionamiento y de los resultados de la educación pública, en primer lugar hay que hacer una precisión: muchos de los problemas que se señalan -que los hay- se concentran, fundamentalmente, en el área metropolitana o en alguna gran capital. En el interior del país, sobre todo, en lo que refiere a la educación media, la diferencia entre los servicios públicos o privados de educación es prácticamente inexistente o nula. Hace un rato se preguntaba en Sala si entendíamos que era justo que los trabajadores de la educación recibieran mejores salarios. Tengo la respuesta clara y nítida a esta pregunta. Es absolutamente justo. Compartimos que se pretendan mejores salarios y mejores ingresos en la educación pública para los trabajadores de la educación. No cabe la menor sombra de duda. Es más, en una actitud que lo enaltece, el Presidente de la República pidió disculpas a trabajadores de la educación por una frase que dijo y que no compartimos. Tenemos que hablar de lo que representa la tarea docente: es muchísimo más que estar en el aula, que corregir; la mochila de un trabajador de la educación tiene una cantidad de cuestiones para poder responder ante demandas que muchas veces trascienden su responsabilidad institucional. Ahora bien, estamos hablando de una Rendición de Cuentas sobre recursos públicos. Reitero, siendo esta una demanda justa, la respuesta está en el compromiso que hizo el Gobierno con los trabajadores de la educación pública, adelantando los incrementos establecidos en el plan para los cinco años de Gobierno. Sin duda, es justo que reciban mejores salarios. Lo que el Gobierno ha sostenido -y se debe decir con todas las letras- es que en la pasada Administración del Frente Amplio y en lo que va de esta, se han asumido
los compromisos presupuestalmente posibles con la educación y con todos los uruguayos. Los trabajadores de la educación son actores fundamentales, pero lo más importante son los estudiantes, la sociedad en su conjunto, que es el norte por el cual nosotros ocupamos estas bancas, porque nos ha tocado representar a la población, por el voto que nos dio, y también las instituciones públicas, en este caso, la educación. Además, se criticaba cuando se hacía referencia al pasado. Creo que es válido hacer referencia al pasado. En su programa de Gobierno, el Frente Amplio se comprometió a destinar el 4,5 % del PBI a la educación pública. Y es buena cosa que cuando un partido se compromete ante la opinión pública en su conjunto, ante la ciudadanía, a alcanzar una meta establecida en su programa, luego la cumpla. Se cumplió en la pasada Administración, y se está cumpliendo en esta. Es lo comprometido en el programa del Frente Amplio y más. Otros no pueden decir lo mismo, porque se comprometieron a determinadas cosas en sus programas de Gobierno y una vez que asumieron no cumplieron. El 4,5 % del Producto Bruto Interno destinado a la educación pública me recuerda un debate que hubo en 1994. En 1994, cuando al año siguiente algunos de nosotros tuvimos la fortuna, a través del voto popular, de ocupar una de estas bancas, durante la campaña electoral, asistimos a un debate sobre el 4,5 % para la educación. En particular, recuerdo un debate entre quien era Ministro de Educación y Cultura, Antonio Mercader, y el entonces Senador, Danilo Astori. El primero, estaba en contra de ese 4,5 % y, el segundo, a favor. Esos son hechos concretos. Recuerdo más: en lo que tenemos de experiencia parlamentaria, durante diez años votamos en contra dos Presupuestos que asignaban menos recursos de los que se asignaron en estos años a la educación. Pero reitero una cosa que a veces pasa como inadvertida: todas y cada una de las rendiciones de cuentas de los diez años de los últimos Gobiernos del Partido Nacional y del Partido Colorado en coalición, eran de artículo único y gasto cero. ¡Todas! En ninguna oportunidad, quienes ostentaban las mayorías parlamentarias para llevar adelante la mejora de la educación, lo hicieron. Y eso cuenta a la hora de cómo nos paramos para proponer alternativas, mejoras para la educación.
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Señora Presidenta: ¿me puede decir cuántos minutos me restan? SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Le resta un minuto, señor Diputado. SEÑOR MAHÍA.- Gracias, señora Presidenta. Pido disculpas a mis colegas que me solicitaron una interrupción. Sencillamente, voy a decir dos o tres cosas. Podríamos hablar de lo que fue y es la experiencia del Plan Ceibal, de las escuelas que durante añares tuvieron auxiliares de servicio en negro, a quienes por fin en el Presupuesto pasado se les otorgó los derechos para poder retirarse, al BPS, a la salud, etcétera. Podríamos hablar de la Universidad Tecnológica, que por suerte todos acordamos; podríamos hablar de la Universidad de la Educación, que es lo que se viene, y es el compromiso que podemos cerrar en este período con tres universidades públicas. Eso no quiere decir que en educación esté todo bien. Decía muy bien el compañero Diputado Arregui -con quien coincido- que falta muchísimo, en especial en la educación media, específicamente en la transición de la educación primaria y el primer ciclo. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Termino, señora Presidenta. ¿Qué quiero decir con esto? Que en esa etapa a la que me estoy refiriendo ahora, han fracasado todos. Los números de los últimos veinte años pueden demostrar que se ha fracasado. Y eso nos tendría que generar una mirada por encima de lo partidario, de lo sectorial, y de cualquier período de Gobierno. Y ni hablar de una franja de trabajadores de la educación -y miro a algunos de mis colegas-, que tienen determinada edad y llevan veinticinco o treinta años trabajando durante cuarenta o cincuenta horas semanales. Esto ha generado un desgaste tremendo y es una de las asignaturas pendientes que tenemos que resolver en los próximos Gobiernos, en las próximas Administraciones. Este tiene que ser uno de los compromisos públicos a asumir. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor Diputado Silvera.
SEÑOR SILVERA.- Señora Presidenta: a los efectos de dejar constancia de nuestra posición, manifestamos que no apoyaremos el proyecto de Rendición de Cuentas del Poder Ejecutivo en lo que hace a la enseñanza. Y no lo hacemos en el entendido de que si bien se avizora que hay una importante adjudicación de créditos a la educación, advertimos que los US$ 2.000:000.000 para la Anep, no han llegado al salario de los maestros, de los profesores; tendrían que haber sido valorados a la hora de tomar decisiones, a los efectos de establecer las pautas salariales. Esos US$ 2.000:000.000, ese incremento de la asignación de recursos a la educación, no ha aterrizado en el salario docente. En ese sentido, apoyaremos el trabajo que han hecho en forma excelente los colegas del Partido Nacional que han intervenido en la Comisión de Presupuesto integrada con la de Hacienda, inclusive, los seis aditivos que se pondrán a votación, porque han realizado una labor seria y responsable a fin de optimizar los recursos públicos y su ejecución a la hora de dar más certeza y por razones de estricta justicia social lo relativo al salario docente. Me voy a referir a un tema que me llama mucho la atención. Si nosotros hacemos una observación del porcentaje de trabajadores con dieciséis o más años en educación, según el sector de actividad -reitero: porcentaje de trabajadores con dieciséis o más años en educación-, advertiremos que la enseñanza está primera en ese ranking, con un 47 % de sus funcionarios. Pero si vamos al ranking salarial según sector de actividad, advertiremos que la enseñanza ya no está en el primer lugar, sino que se ubica en el número veinte, o sea que no se cumple aquello de que a mayor capacitación, mayor especialización, mayor remuneración. Entonces, habría que buscar un punto medio. No es justo que un sector de actividad cuyos funcionarios tienen más de dieciséis años de trabajo y son el primer sector con un 47 %, a la hora de la remuneración esté en el puesto número veinte de ese ranking. Por lo expresado, dejo constancia de que no apoyo la propuesta enviada por el Poder Ejecutivo, y sí los aditivos que de forma muy clara y trabajosa han confeccionado los colegas del Partido Nacional.
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SEÑOR GARCÍA (don Javier).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR SILVERA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Señora Presidenta: brevemente, por la vía de la interrupción, voy a señalar que por más que la discusión es presupuestal y, básicamente de recursos, la pregunta es si en la educación hoy tenemos un problema de recursos o de calidad: o si tenemos un problema de calidad y un porcentaje, quizá no el más importante en un tema de recursos. Sería una deshonestidad intelectual absoluta negar el incremento que tuvo la educación en materia presupuestal. Sería una deshonestidad que no resistiría ninguna comprobación por mínima que fuera. Hubo un incremento en materia educativa. ¿Cuáles fueron las causas? No es el momento de analizarlo. Quiero hablar del objetivo. La pregunta es: ¿el crecimiento que hubo de los recursos condice con el aumento de la calidad en materia educativa? Con palabras lo más sencillas posibles: ¿hoy los gurises están aprendiendo? Quiero nombrar a un compañero nuestro, generacional, y de muchos de los que están aquí en Sala, que compartió la militancia universitaria y hoy es un destacadísimo economista. Me refiero al señor Gabriel Oddone, a quien conocemos todos los integrantes de diferentes bancadas, y sabemos muy bien que no milita o que sus convicciones ideológicas no son las de la oposición. Es una persona que se ha identificado como socialista, y sabemos que así es. Es un excelente técnico. Hace pocos días, en una conferencia en el liceo Jubilar -yo estaba presente- dijo que en estos últimos años, Uruguay fue el país de Latinoamérica -estoy citando textualmente- que redujo menos la brecha educativa. Quiere decir -ahora dicho con mis palabras- que, a pesar de la inversión educativa, en Uruguay se consagró una injusticia tremenda, porque hoy tenemos una educación de primera para quienes pueden pagarla, y una educación de segunda o de tercera a nivel público. Lo digo con enorme dolor porque soy hijo de la escuela pública. El salón de clase de la escuela pública México -aquí cerquita, a la que yo iba-, que compartían el hijo del desocupado, el hijo y la hija del empresario, el chiquilín que venía del ex Consejo del Niño -del hogar que está en General Flores y Luis Alberto de Herrera-, no es el salón de clase
de hoy. Aquel salón de clases hoy no existe más. Un salón de clase público, que es compartido por los hijos de los empresarios, por los hijos de los obreros y por los hijos de quienes tienen dinero y de quienes no, no existe más. ¡No es verdad que exista! Lo que realmente nos preocupa es que, a pesar de la inversión, la calidad en materia educativa se ha ido a pique. Y hoy hay una educación para quienes pueden pagarla, y otra para la inmensa mayoría de los hijos y las hijas de las familias uruguayas, que es de muy inferior calidad; desgraciadamente, de muy mala calidad. Esto no es porque los docentes sean malos porque, si algo pudimos mantener, en buena medida fue el recurso humano. Por tanto, creo que centrar todo en materia de recursos es un profundo error. El otro día una docente decía públicamente que de acuerdo con la reglamentación vigente -muy flexible-, había una repetición del 30 % o 40 %. Decía que eso era producto de la imposición de reglamentaciones flexibles, porque si apretaba las clavijas, no pasaban siete de cada diez alumnos. Y esto es, a pesar de una gran inversión educativa, una enorme inversión en pobreza y en desigualdad. Centrarnos solo en los recursos, sin saber si terminan en inteligencia, en aprendizaje, en desarrollo y en formación de los chiquilines, es un profundísimo error, que se paga en pobreza y en desigualdad para mañana. Y lo que hoy no se aborda, no se soluciona en la próxima generación. Por eso sería bueno que un día pudiéramos centrarnos en la gestión, que es el enorme drama que tenemos. Alguien decía que no hay peor enemigo de una política social que un mal gestor. Y desgraciadamente es lo que estamos padeciendo, a pesar de tener una inversión educativa importante, que podría ser mejor. No se puede negar que ha sido una inversión educativa importante, y si yo asumiera una cosa diferente, estaría mintiendo. Pero me alarma que por pertenencias ideológicas y partidarias queramos tapar el sol con las manos. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——¿Me permite, señor Diputado, otra interrupción? SEÑOR SILVERA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede continuar el señor Diputado Javier García.
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SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Decía que lo que realmente me alarma es que, a pesar de nuestras pertenencias partidarias, en la oposición, en el oficialismo, o donde cada uno se ubique, ocultemos con la mano lo que es una evidencia absolutamente clara. Por desgracia, la educación pública se vino a pique. Y si entre todos no asumimos que tenemos un problema nacional, y que la educación pública está en emergencia nacional, lo único que estaremos haciendo es fanatizándonos de nuestras pertenencias ideológicas, queriendo defender lo indefendible. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor Diputado Mujica. SEÑOR MUJICA.- Señora Presidenta: es muy difícil seguir un debate de este tipo porque tiene muchas líneas cruzadas. Por un lado, hay un debate sobre los recursos en general, sobre si existen o no más recursos, si el Gobierno no los da o los recursos no están. El primer orador de este debate, señor Diputado Sander, aludía a esa parte de la discusión. Y lo hacía apoyándose en un documento de un miembro de nuestra fuerza política. Por lo tanto, creo que esa parte de la discusión -que también es parte de la argumentación de alguno de los sindicatos- debe incluirse en el debate. Por otra parte, hay otros componentes del debate, como por ejemplo, una propuesta que hizo Alianza Nacional en el curso de la discusión del Presupuesto y nuestra respuesta. También hay otro debate en curso referido a la calidad de la enseñanza y a sus resultados, que es compleja no solamente porque incluye varios temas, sino porque los actores se ubican en una parte de la discusión contra el aumento del gasto, en otra a favor del planteo de los sindicatos y en la siguiente en contra de los resultados de la enseñanza. Entonces, es muy difícil seguirles la línea lógica, porque en cada etapa del proceso discursivo están en un lado diferente del mostrador. Yendo a la primera parte de la cuestión: ¿había o no más recursos? ¡No!, no los había. La mención a las reservas extraordinarias que tiene el país es simplista porque parte de la idea de que las reservas son una especie de caja de ahorro, en donde el país tiene pla-
ta depositada, que algún día va a usar. Entonces, como se llaman así, estarían reservadas para el uso. Hay otra confusión u otro error conceptual que es creer que, como se llaman reservas, no tienen un rol activo en la economía. Por lo tanto, se las puede mover para un lado y para otro, y eso no causaría efecto porque son reservas, están en otro lado y no jugando en la economía. Es un error conceptual fundamental. Las reservas juegan un rol fundamental en la economía, porque garantizan a los países contra las corridas bancarias y cambiarias. Y las reservas son el primer objeto de estudio de cualquier acreedor, cuando un país intenta financiar su déficit fiscal con deuda, como hace el nuestro. Están jugando un rol activo en el costo de nuestra deuda y en las condiciones de endeudamiento a las que accedemos. En la discusión económica decimos que el país tiene un manejo excelente y profesional de su deuda, que ha logrado disminuir la deuda con relación al PBI a porcentajes increíblemente bajos, que ha logrado desdolarizarla y que el calendario de pagos se extienda en el tiempo, casi hasta 2032. Estos son logros reconocidos por todos los sectores y por todos los economistas que no se pueden descolgar del rol que juegan las reservas a la hora de obtener las calificaciones que nos permiten financiar los déficit fiscales y de ese modo apoyar a la enseñanza y otorgarle los aumentos brutales de recursos que ha tenido. Por lo tanto, no se pueden desarticular los razonamientos como si fueran partes inconexas, porque forman parte de una misma cosa, que es una política económica determinada. Por otra parte, se menciona el incremento de las reservas, como si fuera una decisión que el país toma para tener más reaseguros. ¡Pero no! La decisión que el país tomó fue la de defender su tipo de cambio para permitir que la producción nacional se siguiera colocando en el mundo, frente a un dólar que se venía abajo, y que todos los días hacía más caros nuestros productos de exportación. ¿Cuál otro es el origen de las reservas extraordinarias que la defensa del tipo de cambio? Además, esa defensa que genera reservas que no están en el cálculo, se hace a expensas de deuda, deuda en pesos, deuda soberana, que se pacta en el mercado privado, pero deuda al fin. Y esas reservas extraordinarias están garantizando una deuda extraordinaria en pesos, que fue la que se tomó para poder secar la plaza de dólares y preservarnos
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de su caída. Esto era algo que se reclamaba a gritos por todos los sectores económicos de este país, en particular por los exportadores. Tenemos reservas extraordinarias en dólares por esa circunstancia, por defender el aparato productivo y mantener la competitividad. Uruguay tiene una deuda extraordinaria en pesos para poder disponer de esas reservas que están jugando un rol activo en la economía; no están guardadas en un cajón en Nueva York. Cuando se habla de usar las reservas -además del disparate de querer usarlas en un gasto corriente, cuando las reservas son extraordinarias-, no se puede obviar que están jugando un rol. Decir que los recursos existen porque hay muchas reservas, es un razonamiento absolutamente equivocado; no tiene fundamento. La realidad es que este Gobierno y esta bancada se enfrentaron a una Rendición de Cuentas en la que todos los recursos que había estaban puestos en juego, y no eran pocos. Se agregaban US$ 80:000.000 al Presupuesto Nacional y se los distribuía con los mismos criterios políticos que hemos tenido desde el primer día de este Gobierno y del anterior: primero la educación y después el resto. Esas proporciones se mantuvieron y se mantienen en esta Rendición de Cuentas. Los recursos son los que están. Por otro lado, aparece la propuesta de Alianza Nacional. Lamento que alguien la haya tratado con falta de respeto. Yo hablé de la propuesta de Alianza Nacional en la prensa y la traté con mucho respeto, como lo voy hacer ahora. Es una propuesta seria -lo dije en mi bancada- y hay que contestar seriamente. El problema que tenemos con esta propuesta es de dos tipos. Alianza Nacional encuentra recursos fundamentalmente en un rubro, que es el de las reestructuras -porque considera que no están siendo utilizados y no aumentan el costo fiscal-, y en otro rubro menor, que es el del gasto. Nosotros tenemos un gran desacuerdo respecto a cómo se utiliza el dinero de las reestructuras pues está siendo usado en las contrataciones previas a las reestructuras -que cuando se realicen serán transformadas en cargos y financiadas con ese mismo dinero- y en la resolución de inequidades salariales que ha habido en la Administración Central. De esto da cuenta otro sindicato, que no es el de la enseñanza, sino el de los empleados públicos de la Administración Central. Por lo tanto, hay desacuerdo con respecto a la fuente fundamental de recursos que encontró Alianza Nacional.
Con la fuente del gasto del sistema público estábamos de acuerdo con que se podía retocar, pero hay una diferencia clave: en la propuesta de Alianza Nacional recortaban el gasto de toda la Administración y nosotros creemos que hay sectores -como ASSE u otros organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución- a los cuales no se les puede recortar el funcionamiento. Por lo tanto, si coincidimos en una pequeña parte con la fuente de recursos, es obvio que el resultado final de lo que se puede retirar es menor en nuestro caso que lo que propone Alianza Nacional. Lo que nosotros podemos financiar es distinto que lo que ellos proponen. Alianza Nacional propone llevar a la ANEP al 6 % de la masa salarial y nosotros, simplemente, con lo que logramos obtener proponemos financiar el 3 % de la masa salarial de la Udelar, que en la propuesta de Alianza Nacional no tenía financiamiento. Acá no hay ningún tratamiento desparejo ni falta de respeto; hay un acuerdo esencial. Por otra parte, hay cosas que no son serias. Esto era serio, pero querer comparar el gasto de la enseñanza con el gasto del Plan Ceibal no es serio. Tampoco se lo puede comparar con el gasto de Pluna porque los mismos que ahora nos echan en cara eso, querían que rescatáramos Pluna. ¿Y cómo se hace sin gastar plata? A las cosas serias las tratamos seriamente. Hay planteamientos que son de discurso electoral que no vamos a tratar seriamente. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado. SEÑOR MUJICA.- Ya termino, señora Presidenta. La discusión sobre la calidad nunca va a ser encarada por nosotros como una discusión contra los recursos, como sistemáticamente se ha hecho en este país: “No den más recursos porque no hay calidad todavía”. Esa no es nuestra forma de encarar este tema. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR SANDER.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado.
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SEÑOR SANDER.- Señora Presidenta: nosotros siempre hemos sido muy honestos y muy coherentes y desde el año 2010 hemos reclamado por lo que gasta el Gobierno en capital especulativo; basta buscar en las versiones taquigráficas de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y ver lo que hemos preguntado al señor Ministro en cada una de sus comparecencias y lo que hemos dicho en esta Cámara. Lo reiteramos. El año pasado dijimos que se gastó el 0,4 % o el 0,5 %; figura en la página 87 del mensaje del año 2012. Ahora, vuelve a estar en el mensaje de 2013: se gastaron US$ 500:000.000. ¿Es para sostener el tipo de cambio? Pues hubieran creado un impuesto, como hizo Brasil, pero no lo hicieron. Cobraban un 40 % de encaje a los títulos emitidos por el Banco Central, pero no a los emitidos por el Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas. O sea que, hecha la ley, hecha la trampa. Le dejaron la posibilidad al inversor -que no es ningún tonto, porque viene a ganar plata- de llevarse 9,25 % que paga Uruguay, la tasa más alta de Latinoamérica. Brasil la tenía en 12 % y ahora está en 7 %. Tenemos la tasa más alta y apetitosa para los inversores del exterior. ¿Por qué no crearon un impuesto? Porque realmente interesaba que vinieran. Esa es la realidad y queda bien claro en la respuesta del señor Diputado preopinante. Esa fue la opción del Gobierno y nosotros lo hemos dicho desde 2010: están equivocados; están gastando plata en algo que está mal; están dilapidando más de mil millones de dólares en tres años. Esa es la realidad. Entonces, plata hay. Existen otras prioridades. Tienen todo el derecho porque ganaron el Gobierno; tienen el derecho a hacer lo que quieran. Pero no pueden decir que eso está bien, porque les he demostrado que está mal. En el año 2012 perdimos US$ 500:000.000; podríamos haber cuadruplicado el presupuesto del Mides, que es de US$ 120:000.000. Esa es la realidad. Esto no es política electoral. Es, simplemente, el análisis frío y coherente de lo que nos presenta el Gobierno. Yo no he inventado ninguna cifra; nunca lo haría. Estos son los números que da el Gobierno. Se gastaron US$ 500:000.000 -y se aceptapara mantener el tipo de cambio. Tendrían que haber creado un impuesto. En marzo de este año se lo planteamos al señor Ministro. Le preguntamos por qué no cobraban un impuesto como en Brasil. La respuesta del economista Bergara está en la versión taquigráfica; lo dije en la sesión del martes.
Dinero, hay; falta voluntad política. También sé que en este Presupuesto sobraron catorce mil millones de pesos; no se utilizaron y habrá que reasignarlos. En la sesión del martes pasado dije que la inversión original en el Presupuesto Nacional era de 8,33 %. En 2012, cerró en 7 %. El año pasado presentamos un aditivo a la Rendición de Cuentas que consistía en bajar un 10 % las inversiones no ejecutadas y dar dinero al Poder Judicial y al Hospital de Clínicas, que en aquel momento reclamaba $ 300:000.000. Eso se votó negativamente. El Gobierno no lo acompañó. Cada año venimos a hacer propuestas, pero lamentablemente no son tenidas en cuenta. Queremos dejar constancia de que hay dinero de donde sacar; solo hay que tener voluntad política. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: agradecemos al señor Diputado Mujica -con absoluta franqueza, sin la mínima dosis de ironía o segundas intenciones- por la honestidad intelectual y la ponderación con que ha analizado el planteamiento que inicialmente realizó Alianza Nacional y que terminó siendo de todo el Partido Nacional. Los aditivos correspondientes -como consta a los señores legisladores- llevan la firma de todos los Representantes del Partido Nacional, miembros de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Por primera vez asistimos y estamos asistiendo a un intercambio serio, civilizado, razonable con relación a un planteo que el propio Diputado Mujica ha calificado como serio, más allá de que finalmente coincidamos o discrepemos. El señor Diputado Mujica primero habló de la inconsistencia del planteo de utilizar reservas y quiero suscribir íntegramente lo que él expresó porque es exactamente así. Creo que es hacernos trampas al solitario o establecer falsas oposiciones con relación a un activo que, en todo caso, no puede utilizarse para financiar gastos corrientes. Lo que quiero recordar -sin ánimo de introducir ninguna chicana- es que planteos de ese tipo provi-
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nieron del propio Poder Ejecutivo. Cuando se inició la discusión presupuestal, previa a la Rendición de Cuentas, todos leímos y escuchamos -alcanza con ver, escuchar y leer- que el señor Subsecretario de Economía y Finanzas manejó la alternativa posible o teórica de utilizar reservas para financiar nuevos gastos. Volviendo a la propuesta del Partido Nacional -que, por cierto, no pasa por allí-, efectivamente, lo que propusimos fue utilizar, por un lado, una parte -ni siquiera la totalidad- de los recursos que habían sido dispuestos con determinados objetivos, en particular el de las reestructuras organizativas, a los efectos de financiar esa diferencia presupuestal y, por otro, poner un tope a los gastos de funcionamiento o, eventualmente, establecer un recorte de un 5 % con carácter general. Sobre lo primero -tal vez en eso estribe la diferencia que tenemos-, nuestra lectura de la realidad es que las reestructuras organizativas no se han llevado a cabo. La información que recogemos de las cuatro experiencias piloto que el Poder Ejecutivo anunció al Parlamento cuando se elaboró y se presentó el Presupuesto Nacional -que implicaba empezar por cuatro Ministerios: Industria, Energía y Minería, Salud Pública y no recuerdo qué otros; habría un quinto que sería el de Desarrollo Social- es que sobre eso poco o nada se ha hecho. Y de nada de eso dio cuenta la Oficina Nacional del Servicio Civil en su comparecencia de hace pocos días. Francamente, cuando vino COFE, lo que recogí fue la impresión -más que la impresión, la información y la versión- de que con respecto a eso evidentemente seguimos en el rezago. No podemos desconocer que lo que en esta oportunidad disponga el Parlamento en materia presupuestal empezará a regir el 1º de enero del año que viene, que es año electoral; por lo tanto, ya habrá dificultades desde el punto de vista de la provisión de vacantes y de la designación de funcionarios. Por ende, parece sensato plantearse una postergación en ese objetivo y no entro en consideraciones políticas respecto de los recursos humanos -eso lo dejo de lado-, sino que me refiero estrictamente a lo que hace a los recursos y a la discusión presupuestal. En miento, planteo obtener cuanto al recorte de los gastos de funcionano tengo más remedio que comparar este con lo que el Gobierno finalmente hizo para recursos para la Universidad.
Además, quiero recordar que nuestra propuesta de establecer un tope para los gastos de funcionamiento incluía también la posibilidad de dar al Poder Ejecutivo la oportunidad de ser selectivo a la hora de determinar dónde recortar para atender aquellas necesidades que sean más impostergables que otras; esto sobre la base de que, además, los niveles de ejecución presupuestal no han superado el 90 %, por lo tanto, pedir un 5 % no parece algo exorbitante o que no se pueda llegar a realizar. Asimismo, leí el informe escrito que presentó la bancada de Gobierno. Si la preocupación está en el INAU y en ASSE, pues sentémonos a conversar sobre la manera de hacer esto a un costado y buscar alternativas que no afecten -si allí no se quiere afectar- lo que ocurre en materia de gastos de funcionamiento de estos organismos. Ahora, cuando se nos habla de la publicidad del Ministerio de Turismo y Deporte, de los viáticos para salir al exterior a trabajar en la apertura de mercados, entonces me parece que podemos hacer un esfuerzo y encontrar recursos para financiar el salario de los docentes. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PORRINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PORRINI.- Señora Presidenta: en realidad, me anoté para hacer uso de la palabra en un momento en que me sentí totalmente asombrada ante la idea de que la educación, tal como plantearon algunos colegas de la oposición, es producto de algo que surgió ahora, como una crisis. Si uno trata de analizar los orígenes, en realidad, lo que hace es huir. A mi juicio, el informe que presenta la bancada del Frente Amplio se queda corto a la hora de analizar históricamente de dónde surge el problema de la estrepitosa situación que ahora parece que nos preocupa a todos, y me alegro de que nos preocupe a todos. En realidad, llevamos cinco décadas en las cuales los presupuestos asignados a la educación han estado entre el 2 % y el 3,9 %, mientras que otros países, como Finlandia -que nos asombran porque nos parece que han logrado cosas maravillosas-, durante esas mismas cinco décadas destinaron más del 5 % de su PBI.
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Me parece que no tiene mucho sentido llegar a la conclusión de que tenemos problemas edilicios, de infraestructura, de que tenemos problemas de salario docente, cuando se lo queremos atribuir a un punto exclusivo de la historia, que sería la crisis de 2002. Los maestros no llegaron a los $ 6.000 por la crisis de 2002; los maestros llegaron a los $ 6.000 porque existe una historia muy larga de políticas de desatención a la educación pública. Esa es la realidad. Pero durante esas cinco décadas creo que hubo Gobiernos y quisiera saber -me llama la atención- de qué partidos eran. En el Cuerpo están presentes los partidos que gobernaron durante esas cinco décadas. Los únicos que no están presentes son los de trece años de dictadura y en ese tiempo no solo hubo un deterioro sistemático de la educación en la misma línea, sino que persecución, oscurantismo y un tratamiento al cuerpo docente y a la formación docente que representó una profundización mucho mayor del deterioro de la educación pública. Todo esto sucedió en cincuenta años en que cambió la realidad del país. Cuando analizamos los últimos ocho años de Gobierno del Frente Amplio, lo que este hizo y los resultados que hay en la actualidad en la educación, que podemos considerar pobres e insuficientes, y se decimos que son producto de una mala gestión, hacemos un diagnóstico totalmente equivocado porque nos rifamos los cincuenta años anteriores. Si yo dejo una casa sin atender por cincuenta años, no puedo resolver su situación en ocho años por muy buena gestión que realice. Con esto no estoy diciendo que el Gobierno del Frente Amplio no pueda tener problemas de gestión. Seguramente, también tiene problemas de gestión, pero estos no explican la situación de deterioro de los sueldos docentes ni la falta de credibilidad en la educación pública. Comparto con el señor Diputado Gandini que hay que cambiar esa falta de credibilidad; se está cambiando porque aumentamos en una cantidad extraordinaria el presupuesto de la educación -más allá de que sigue siendo insuficiente- y vamos a tener que seguir cambiándola. Lo único que quisiera es saber si la oposición realmente tiene… SEÑOR ASTI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA PORRINI.- Sí, señor Diputado.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: continuando con lo que venía exponiendo la compañera, señora Diputada Porrini, quiero decir que cuando hablamos de magnitudes, consideramos algún cuadro aislado y no vemos el total -vemos el árbol y no el bosque-, que al sector educativo se le destinó más de 35 % del total de recursos adicionales a la Ley de Presupuesto -la casi totalidad de lo previsto para la Rendición de Cuentas de 2010, muchos recursos adicionales en la Rendición de Cuentas de 2011 y en particular en esta del año 2012-, y no podemos comprender exactamente la dimensión del tema y lo que implica mover en algo, un punto más o un punto menos, lo que tiene que ver con los costos y las inversiones que lleva el sistema educativo, en particular la ANEP, que es lo que estamos discutiendo. Entre 2004 y 2014 -que es el período sobre el que estamos discutiendo- los recursos totales, en términos reales, crecieron un 121 %; la masa salarial, un 139 %, y los gastos de funcionamiento e inversiones se incrementaron en un 40 % y un 91 %, respectivamente. Obviamente, pensamos que debemos seguir haciendo el esfuerzo, y lo haremos, pero en esta oportunidad, en estos dos días de trabajo, debíamos mencionar las posibilidades existentes. Asimismo, se hizo referencia a las reservas y a lo que costó constituirlas; por supuesto, no vamos a ponernos a discutir si estuvieron bien o mal implementadas, ya que no es el momento ni el tema, pero sí debemos decir que los costos asociados a dichas reservas -que ya están constituidas, tal como dijo el señor Diputado Mujica- ya fueron incurridos, por lo que no tenemos la posibilidad, a menos que se haga magia, de utilizarlas en esta oportunidad. Por otro lado, también debemos reiterar que el compromiso electoral del Frente Amplio con respecto a la educación fue el de otorgar el 4,5 % del PBI; ya estamos superando el 4,7 %, lo que implica $ 2.000:000.000 más de lo dispuesto en el compromiso inicial. Y, seguramente, el porcentaje será mayor, ya que debemos tener en cuenta los incrementos adicionales para la Universidad de la República, que no fueron computados en el 4,7 %, por lo que, sin duda, superaremos los $ 2.000:000.000.
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¿Estamos satisfechos con esto? No, no lo estamos, y tenemos que seguir trabajando. Además, en esta circunstancia también tuvimos en cuenta un factor importantísimo, que consideramos para tomar esta decisión; me refiero al cumplimiento estricto del acuerdo salarial firmado en 2010 por el Poder Ejecutivo, la ANEP y la totalidad de los sindicatos de la enseñanza, que fue lo que priorizamos. Por esa razón estábamos dispuestos a otorgar en 2014 lo correspondiente a 2015. La bancada del Frente Amplio estuvo de acuerdo con esa propuesta, y por unidad de acción resolvió llevarla a cabo; también por unidad de acción decidió darle algo más a la Universidad, lo cual no estaba previsto en el proyecto del Poder Ejecutivo. De todos modos, teniendo en cuenta los excelentes cumplimientos obtenidos en cuanto a la cantidad de egresados, de carreras implementadas, ya sea cortas, de grado o posgrado, y la inserción en el interior -no solo hablo de los concursos, sino también de la investigación, lo que da mayores posibilidades a los estudiantes del interior- decidimos aportar algo más a la Universidad. Por todo eso vamos a votar tranquilos el presupuesto destinado a la ANEP y a la Universidad de la República, sabiendo que se han hecho los máximos esfuerzos posibles. Por supuesto, queda mucho por hacer y, seguramente, seguiremos trabajando en ese sentido. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede continuar la señora Diputada Porrini, a quien le restan dos minutos de su tiempo. SEÑORA PORRINI.- Me es suficiente, señora Presidenta. Simplemente quiero decir que el problema que tiene el país con la educación deberá ser resuelto por todos los partidos políticos, porque atañe a la sociedad en su conjunto. Creo que todos los partidos políticos, los ciudadanos, los docentes organizados -tanto en los gremios como en las ATD-, los estudiantes organizados -que ayer protestaron frente a esta Casa- y los padres trabajando en las APAL y en las Comisiones de Fomento, es decir, el conjunto de la sociedad, debe resolver este problema.
(Ocupa la Presidencia el señor Representante Asti) ——Considero que si le damos atención real a este tema, podremos seguir avanzando en el futuro para que la educación pública sea de calidad. Por supuesto, debemos seguir transitando por el mismo camino que ha recorrido el Gobierno hasta ahora, que seguramente continuará recorriendo nuestro próximo Gobierno, a partir de 2015. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR IBARRA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Asti).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR IBARRA.- Señor Presidente: voy a ser breve en mi exposición. Algunos compañeros de nuestra bancada hicieron uso de la palabra muy acertadamente. Por supuesto, respaldo en un todo la exposición realizada por el compañero de sector, de Democracia Avanzada 1001, señor Diputado Dávila. También quiero destacar la intervención del compañero Diputado Arregui, quien en una breve exposición marcó con claridad todos los avances que ha habido en la educación e hizo referencia a la situación actual que, de alguna forma, aclara y simplifica lo relacionado con el funcionamiento de la educación. En oportunidad de la discusión general de esta Rendición de Cuentas advertí que hay que seguir trabajando, no solo para incrementar los recursos, sino para implementar una mejora en la educación de nuestro país, tanto en Primaria, en Secundaria, en la ex UTU como en la Universidad de la República. También destaqué que a partir del Gobierno del Frente Amplio se implementó una decisión política -estrictamente política-, que fija un porcentaje de 4,5 % del Producto Bruto Interno para la educación, porcentaje que se fue incrementando paulatinamente, ya que ahora está cercano a los 4,7 % del Producto Bruto Interno. Nuestra fuerza política en este momento está trabajando en un programa para el próximo Gobierno, que será presidido por el compañero doctor Tabaré Vázquez, que contiene algunas propuestas claras con respecto a la educación -veremos cuál es la resolución del Congreso-, en el sentido de continuar elevando el
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porcentaje que se destina del Producto Bruto Interno, hasta llegar, lo más rápidamente posible, a cerca de 6 %. Esto nos dará mayores posibilidades de invertir en distintas áreas de la educación, y nos permitirá seguir incrementando los salarios de los trabajadores, ya sea de maestros, profesores o personal que colabora directamente con esa ardua tarea. Asimismo, hicimos mención a la diferencia del pensamiento de izquierda, frenteamplista, que quiere continuar elevando el porcentaje del Producto Bruto Interno destinado a la educación, cuando en años anteriores a 2004, el porcentaje llegaba al 2,8 %, al 3,2 % o, quizás, al 3,4 %. Además, en ese entonces, una y otra vez -tal como se dijo en determinado momento de la discusión de este tema-, se planteaban Rendiciones de Cuentas con gasto cero, por lo que no había ninguna posibilidad de incrementar el salario de los funcionarios públicos y de los docentes y, por supuesto, de atender requerimientos urgentes, entre los cuales siempre estuvo el tema educacional. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Payssé) ——Por otra parte, quería decir que no catalogo de simplistas las propuestas que se hicieron; algunas fueron estudiadas y realizadas con gran responsabilidad, con el apoyo de técnicos, y están dirigidas a mejorar sensiblemente la situación del país y la situación económica de vastos sectores de la población. En ese sentido, quiero referirme a las propuestas que realizó el Partido Nacional en los cinco o seis artículos aditivos que tenemos sobre la mesa. Algunas son muy interesantes, pero voy a referirme específicamente a dos de ellas. Tengo la sensación de que no se tuvo en cuenta el artículo 16 de esta Rendición de Cuentas del año 2012. En el artículo 16 se ratifica que los recursos asignados oportunamente por los artículos 753 y 754 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 -que alcanzan a $ 300:000.000, y están destinados a la reestructura de determinados Incisos-, ya se están aplicando. En este artículo figuran las remuneraciones que se fijan para los funcionarios presupuestados del Poder Ejecutivo, que van del Escalafón A al Escalafón R. Además, se establece un mínimo y un máximo para esas remuneraciones, y los recursos están resueltos a través de los artículos que mencioné, es decir, por las reestructuras en determinados Ministerios.
Respecto a la propuesta del Partido Nacional de $ 950:000.000 para financiar por Rentas Generales como complemento del 3 % ya asignado por el Poder Ejecutivo a la educación y que nosotros aprobamos -excepto a la Udelar, que va por otra vía-, quiero destacar que no hay una financiación concreta sino que ese porcentaje va a Rentas Generales. Tenemos que reconocer que el complemento del 3 % coincide con la propuesta que realiza la ANEP -tampoco plantea financiación- como de un complemento del 2,5 %, que se eleva a 8,5 % destinado a distintas compensaciones. También quería referirme a la disminución del 5 % de las asignaciones presupuestales para gastos de funcionamiento en determinados Incisos. En cierto sentido, hay coincidencia con lo que plantea el Partido Nacional, en la resolución que adoptó la bancada de Diputados del Frente Amplio, de atender esos $ 216:000.000 –alrededor de US$ 11:000.000- que se precisaban para solventar el 3 % de aumento salarial también para la Universidad. La diferencia es que nuestro planteamiento es mucho más cuidadoso, en el sentido de no afectar determinadas áreas de la Administración a las que de ninguna manera se les puede quitar recursos porque les son imprescindibles. Para nosotros también es importante la Udelar. Hemos planteado una y otra vez, tanto en la bancada del Gobierno como en otros ámbitos del Frente Amplio, que cuando hay incrementos para la ANEP siempre debe tenerse en cuenta la Universidad de la República en ese histórico porcentaje 20 %-80 %. Por último -ya lo expresó el compañero, señor Diputado Dávila en nombre de nuestra Democracia Avanzada 1001-, en su momento hicimos una propuesta a la bancada de Diputados -fue conversada con el Poder Ejecutivo, fundamentalmente, con el equipo económico- para posibilitar un incremento, quizás menor, del 1 % al 3 % que se dispone por el Poder Ejecutivo a la ANEP como adelanto al 1° de enero de 2014. Esto estaba financiado a través del refuerzo de los créditos asignados oportunamente a gastos imprevistos. Considerábamos que esa financiación era posible, pero así no lo entendió el equipo económico ni la mayoría de la bancada de Diputados del Frente Amplio. No obstante, cumplimos con nuestra obligación de realizar propuestas para beneficiar sectores que todavía necesitan ayuda del Poder Ejecu-
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tivo, como la educación en general y la ANEP, en particular. Era eso lo que quería decir, señora Presidenta. SEÑOR CARAM.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARAM.- Señora Presidenta: lo digo con todo respeto y cariño, pero me asombra que los colegas hagan referencia a situaciones de hace tantos años, de Gobiernos anteriores, de hace tanto tiempo. Me pregunto para qué los traemos a la discusión; personalmente considero que poco contribuyen al análisis, al debate de la educación. No lo comparto. Lo que voy a rescatar de mi Gobierno, de mi Partido Nacional de hace muchos años, es que la prioridad, el objetivo en materia presupuestal fue determinar que una cuarta parte del presupuesto fuera para la educación, tal como hicieron otros Gobiernos, entre ellos el del doctor Tabaré Vázquez y el del Presidente Mujica. Fue la misma determinación, la misma decisión: una cuarta parte del dinero para invertir y gastar se destina a la educación. Así lo hicieron los tres Gobiernos que mencioné, con un matiz muy menor respecto a la asignación porque este Gobierno del Presidente Mujica destina un poquito menos de dinero. Es un igualador en materia de asignación presupuestal. Es un igualador en el sentido de que para nosotros la educación es prioridad. ¿Los Gobiernos del Frente Amplio han hecho cosas buenas en la educación? Por supuesto que sí. ¡Cómo no lo vamos a reconocer! Seríamos muy mezquinos si negáramos que se han logrado cosas importantes. Personalmente, entiendo que el Plan Ceibal es muy bueno e importante. Además, valoro enormemente la recuperación salarial de los docentes. Pero debemos decir que es insuficiente. Los docentes tienen que ganar más dinero. Un maestro, un profesor tiene que ganar más plata. Lo que perciben todavía es poco. Para seguir avanzando y evolucionando en materia educativa, hay que mejorarles su condición salarial. Si no pagamos más, no vamos a mejorar la educación. Esto lo sabemos todos. Puede haber alguna chicana política o algún recurso, algo rebuscado para no compartir la idea del otro, pero en este punto creo que todos estamos de acuerdo. En ese sentido, desde esta banca hemos in-
sistido en que contaran con nuestro voto si nos necesitaban para mejorar los salarios de los docentes. También dijimos que solamente podemos avanzar en materia educativa si hay una amplia base de diálogo político. A nuestro entender, debe haber un entendimiento político como política institucional, como política de Estado; todos los partidos políticos tienen que comprender y consensuar una posición con respecto a la educación y a partir de esta, con una amplia base de diálogo social, por medio de todos los actores, concretar la evolución educativa. Al Frente Amplio se le complica porque no tiene buenos resultados para mostrar. No lo digo yo, no lo dice la oposición; no es por las diferencias con la oposición -se puede coincidir o discrepar en diversas áreas de la educación- que hay un conflicto, sino que el conflicto de la educación demuestra a la sociedad uruguaya que el Gobierno del Frente Amplio tiene problemas con la educación y que por una cuestión salarial no obtiene resultados satisfactorios con los docentes como para que la sociedad esté contenta. Hay un grave problema de estructura y nadie quiere hacer política con eso, de ninguna manera. Pero ocurre que a todos nos compete la responsabilidad y lo tenemos que hacer pues somos producto de la educación pública. Por recordar el pasado no se puede decir: “Como fui formado en la dictadura quiero cursar nuevamente todo el liceo. Como la dictadura fue tremenda, volveré a cursar porque eso es malo”. No. En el país existen muchos edificios con mantenimiento deficiente y otros tantos con mantenimiento necesario y suficiente que fueron hechos por otros Gobiernos; no por eso vamos a demolerlos. Tampoco podemos pasarnos la vida mirando hacia atrás, echando culpas. No hay manera. Como dicen los chiquilines: si no hay manera, no podés. Esa discusión no abona nada, no aporta nada; no avanzamos nada. Hay que avanzar en materia salarial, pero voy a hacer una excepción: muy bien por la asignación de recursos para la Universidad de la República. El señor Diputado Asti acaba de reconocer -sin decirlo, pero yo lo interpreto y pido disculpas al señor Diputado si lo aludo- que a la Universidad se le dio recursos porque alcanzó buenos resultados o buenos logros. Creo que es así. Ahora bien, tengo derecho a preguntar: ¿será que le tocó dinero y por eso está quieta o le tocó di-
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nero porque está quieta? Participé de muchas marchas estudiantiles; tengo militancia estudiantil, como tantos integrantes de este Cuerpo, y cuando la Universidad levantaba la bandera del conflicto, ¡agarrate Catalina! Y esta vez la Universidad no agarró la bandera del conflicto con el Gobierno. Creo que fue muy inteligente -sigo haciendo apreciaciones personales-; me parece que la Universidad negoció con mucha inteligencia y logró un objetivo: US$ 10:000.000. ¡Ojalá hubiera más! Si hubiera sido por la habilidad -no me importa la causa-, ¡ojalá hubiera conseguido más, porque también le hace falta! Apenas hay ciertos sectores de algunas facultades están haciendo paro, los funcionarios, pero tengo derecho a pensar: “Te portaste bien, te doy un premio. Te portás mal, sos un alumno indisciplinado, no te doy plata”. No puedo creer que se trate de eso y no voy a atribuir intenciones, pero me queda esa pregunta. Hay dos posiciones muy enfrentadas y extremadamente radicalizadas. Está fuertemente el Gobierno, por un lado, y está fuertemente la dirigencia de los gremios educativos, por otro. Se empieza a notar un debilitamiento del conflicto. Creo que se está jugando una pulseada fuerte, que trasciende la educación. Pienso que estamos orillando una pulseada política, y todos sabemos que no le hace bien a nadie. Esto no está bueno. Cualquier Diputado anda por todos lados. Siempre digo, los políticos estamos muy cerca de los problemas de la gente; de eso no tengo ninguna duda. No importa el partido ni cuanto se recorre, todos sabemos que el tema es preocupante para los padres. Todos sabemos que hay dos situaciones bien diferentes: la del área metropolitana y la del interior profundo. Esto no hace bien a nadie; no está bueno este conflicto de la educación. ¿Y cuánto aporta para adelante? Me parece que muy poco. Son menos horas de clase, con un contexto económico y sociocultural muy complicado, por lo que creo que debemos hacer todos los esfuerzos. En las posiciones extremas hemos escuchado muchos disparates que no han aportado nada al debate. Se habló de tocar reservas, y fue gente que uno presume que no debería hacer ese tipo de apreciaciones. Hasta hubo dislates como el del propio Presidente de la República, que tuvo que salir a pedir disculpas. Capaz que esta ocasión de crisis sea el momento de un gran diálogo político para encarar el futuro de la educación.
Las inversiones que ha hecho el Frente Amplio en materia educativa son innegables, pero son números que todavía no se pueden consolidar en resultados. Dijimos que las valoramos y las reconocemos, y van a demorar su tiempo, pero es innegable el problema de gestión que tienen. Hay dinero pero no se usa o se usa mal. Entonces, creo que el sinceramiento en la posición es el primer paso. Con soberbia y prepotencia no es fácil entendernos; además, se apela a cualquier recurso que, generalmente, es la descalificación del que opina. Eso no aporta nada, y la gente está podrida de que los políticos nos peleemos. Por eso, quizás este sea un punto muy importante en nuestro presente -que será historia dentro de un rato-, si se lo capitaliza con inteligencia, con humildad, para concretar acciones futuras en materia de política educativa. El país lo espera, porque no hay un frenteamplista ni un ciudadano de este país perteneciente a cualquier partido político al que este tema le resulte ajeno. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Era cuanto quería expresar, Presidenta. Muchas gracias.
10.- Asuntos entrados fuera de hora.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor Diputado Arregui. (Se lee:) “Mociono para que se dé cuenta de los asuntos entrados fuera de hora”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Dese cuenta de los asuntos entrados fuera de hora. (Se lee:) “La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley aprobado en nueva forma, por el que se regula la actividad minera de gran porte. C/1998/012 A la Comisión Especial con fines legislativos a los efectos de considerar proyectos relativos a la regulación de la actividad minera de gran porte.
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La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley por el que se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional, a los efectos de participar en el desfile cívico-militar por el Aniversario de la Declaratoria de la Independencia de la República Federativa del Brasil. C/2469/013 A la Comisión de Defensa Nacional.
La Cámara de Senadores remite el proyecto por el que se autoriza la salida del país de la Plana Mayor y Tripulación del Buque 01 “Uruguay” de la Armada Nacional, a los efectos de participar en el Ejercicio “ATLANTIS II”. C/2470/013 A la Comisión de Defensa Nacional.
La Cámara de Senadores remite el proyecto de ley aprobado en nueva forma, por el que se crean normas para el rediseño de la educación policial y militar. C/1840/012 A la Comisión de Educación y Cultura”.
2012, en particular, con el número de egresados -6.300-, que en cifras absolutas y relativas al total de estudiantes es un récord importantísimo y va en la dirección que todo el pueblo uruguayo espera de su principal entidad universitaria. Por eso, la bancada del Partido de Gobierno, en acuerdo con el Poder Ejecutivo, buscó una fórmula que no incrementara el costo fiscal sino que redireccionara recursos establecidos en el Presupuesto, para otorgar a la Universidad de la República un 3 % de aumento de la masa salarial. Reitero que esto se hizo sin afectar el resultado fiscal, disminuyendo exclusivamente gastos de rubros de funcionamiento del Poder Ejecutivo, sin tocar los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución, que tienen cometidos muy esenciales, como ASSE y el INAU. No se disminuyeron gastos de todo el Poder Ejecutivo sino que se hizo de forma muy equilibrada, viendo de no afectar partidas que tenían que ver, por ejemplo, con las transferencias del Mides a los sectores más vulnerables. Entonces, no se hizo callar a la Universidad, que pide muchísimo más -lo deben de haber escuchado todos los que estuvieron en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda- de lo que le ha otorgado el Poder Ejecutivo. Simplemente, se valoró que había un desfase entre lo que se otorgaba a la ANEP y a la Universidad de la República, considerando ese acuerdo no escrito pero que se ha ido cumpliendo, de mantener una proporcionalidad entre una entidad educativa y la otra. Además, quizás precisamente por no tener un acuerdo laboral como el de la ANEP, sus trabajadores no habían percibido menor porcentaje de aumento y, en vista de los resultados obtenidos, es una señal para que continúe en la línea de seguir progresando en aquellos objetivos que se había fijado, como la mejora de resultados en el número de graduados y, fundamentalmente, su inserción en el interior de la República -ya lo dijimos-, no solamente en cursos sino también en investigación. Todo esto lo ha logrado la Universidad de la República con la regionalización y, por eso, la bancada del Frente Amplio, manteniendo la unidad de acción con el Gobierno, ha decidido darle este incremento. Lo que haga la Universidad, lo que hagan los estudiantes, lo que hagan los distintos órdenes será dentro de su autonomía y el Poder Ejecutivo y la bancada del Partido de Gobierno no va a intervenir. Gracias, señora Presidenta.
11.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: se intentó interpretar mis palabras y creo que, de acuerdo con el Reglamento, no corresponde hacerlo, pero voy a aclarar nuevamente. El Poder Ejecutivo -todos lo sabemos- en su proyecto no consideró incrementos para la Universidad de la República porque había priorizado el adelanto del incremento salarial para la ANEP, valorando que esta institución había logrado un convenio laboral, a través de la negociación colectiva, en el año 2010, que preveía la evolución del ajuste salarial que permitiría un aumento real de más de 24 % en los cinco años de vigencia del Presupuesto quinquenal. Por eso se diferenciaba y no se había incluido a la Universidad de la República. Sin embargo, se negoció -incluso con el PIT-CNTesa diferencia de criterio. Además, conocíamos los documentos que había presentado la Universidad de la República con respecto a los logros que alcanzó en
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12.- Licencias. Integración de la Cámara.
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Ivonne Passada, por el día 15 de agosto de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel Montiel Méndez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso. Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme el uso de licencia en el día de la fecha, por motivos personales. Atentamente, IVONNE PASSADA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso. Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Julio Baráibar”.
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Ivonne Passada. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de agosto de 2013. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Julio Baráibar. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Ivonne Passada, por el día 15 de agosto de 2013. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Julio Baráibar. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Daniel Montiel Méndez. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
13.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado Posada. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: ciertamente, la educación constituye quizás -y sin quizás- el tema más importante de la agenda política de nuestro país. Lamentablemente, en las instancias presupuestales y de Rendición de Cuentas muchas veces se señalan las culpas de unos y otros, como una forma de
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exorcizar las responsabilidades que todos -no nos excluimos- tenemos en este tema. Creo que una de las cosas que explica el rezago de nuestro país en el mundo es el deterioro del sistema educativo. Los cambios que se registraron en la segunda mitad del siglo XX fueron determinantes. En la segunda mitad del siglo XX se produce una revolución tecnológica que transforma sustancialmente el mundo en que vivimos. Los cambios de paradigma se registraron en función de esa diversidad de cambios en materia tecnológica, particularmente en el mundo de las comunicaciones. Además, desde el punto de vista social, el ingreso de la mujer al mercado de trabajo supuso un cambio trascendental en cuanto a la manera en que se organizan las sociedades. Nuestro país tiene, en ese mundo, una estructura educativa que sigue siendo la misma que la de la década del cincuenta. Variamos, en todo caso, los planes de estudio, pero a nivel de Primaria, los cursos de cuatro horas que, en definitiva, son de dos horas y media reales de clase, en los que se imparten clases y conocimientos, resultan absolutamente insuficientes para revertir realidades que son totalmente distintas. La esencia del Uruguay integrado socialmente en el que nos educamos, tenía como base un trípode: escuela, barrio, familia. Y cualquiera de estos tres componentes -que resultan sustanciales para explicar ese Uruguay integrado socialmente-, se ha deteriorado al cabo de este tiempo. Por cierto, quiero reconocer el esfuerzo que se ha hecho en estos últimos años dotando de mayores recursos a la educación, pero está claro que el problema no es solamente de recursos. Es necesario que, conjuntamente con los recursos, haya una evaluación de los resultados. Y si los evaluamos, veremos claramente que los recursos volcados a la educación no han tenido los resultados adecuados. La educación ha sido el campo de batalla de la discusión ideológica de este país. Mientras no se alcance un acuerdo entre todos los partidos políticos en cuanto a que el instrumento educativo es verdaderamente la clave para lograr subvertir absolutamente los graves problemas del país, sobre todo en una visión de largo plazo, difícilmente vamos a ponernos de acuerdo. Necesariamente, hoy discutimos cuántas escuelas de tiempo completo debería haber. En realidad, la regla debería ser las escuelas de tiempo completo. No se sostiene una educación primaria de dos horas y media efectivas de
clase impartida. Por supuesto, eso va atado a una redefinición del sistema salarial en materia educativa. Es necesaria una mejora del sistema salarial, pero acompañada con evaluación y exigencia de resultados. Parte del salario que deben recibir los docentes tiene que estar notoriamente atado a los resultados que se generen en materia educativa. Esto es parte del establecimiento de un sistema de incentivos que realmente mejore la educación. También hay que fortalecer las comunidades educativas. Hay que fortalecer las escuelas y los liceos como comunidades educativas. Eso significa cambiar totalmente la mentalidad que tenemos en el presente. Seguramente las señoras Diputadas y los señores Diputados miembros de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, recordarán cuando concurrieron las Directoras de los liceos y nos dijeron que, en realidad, a pesar de que tienen más responsabilidades, sus sueldos estaban topeados y que, en definitiva, les convenía más seguir siendo docentes que Directoras. ¿Qué estructura educativa puede sostenerse si, en definitiva, quienes tienen más responsabilidades no cuentan con los incentivos suficientes para asumirlas? Y eso está topeado por ley. Esa es, también, una responsabilidad del sistema político: exigimos a la educación pública tales y cuales resultados. Sin embargo, ahora que se buscan los recursos y que se trata de sacarlos de uno y otro lado, nos olvidamos de que mientras el sistema privado paga un 7,5 % de aporte patronal, el sector público paga un 19,5 %. Entonces, es como una suerte de mentira que nos decimos porque, por un lado, discutimos dar más recursos a la educación y, por otro, hacemos que el sistema público de educación realice un aporte patronal mucho mayor -doce puntos más- que el que le exigimos al sistema privado. Estas son, de alguna manera, contradicciones intrínsecas de un sistema que no termina de sincerarse, en el que siempre terminamos echándonos la culpa unos a otros, sin asumir que la responsabilidad es de todos. Por supuesto que los recursos establecidos en el proyecto no van a cambiar la situación. El país necesita que su sistema político tenga la madurez suficiente como para asumir que se trata de un tema del cual depende el futuro desarrollo económico y social del país, y si queremos recobrar o, de alguna manera, incidir en el tiempo que hemos perdido, es necesario que nos pongamos de acuerdo en cambios realmente
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trascendentales, que modifiquemos los paradigmas que hasta ahora nos han servido pero que hoy, en la revolución tecnológica instalada a nivel mundial, ya dejaron de servir. Nosotros tenemos una educación universalista que no sirve para la realidad de hoy; necesitamos también un cambio de paradigma en ese sentido. Mientras tanto, en esta instancia de la Rendición de Cuentas vamos a votar estos recursos; es lo que corresponde, pero sepamos que el problema sigue presente. Por más que se intercambien acusaciones entre unos y otros y se mire al pasado para saber quién no hizo y qué hizo, el problema sigue presente; pero lo seguimos negando. En todo caso, la convocatoria -más allá de esta Rendición de Cuentas- es para buscar el acuerdo que, a esta altura, es imprescindible para cambiar definitivamente el rumbo educativo. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR AMY.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: antes que nada, no quiero dejar pasar alguna manifestación que mi apreciado colega, el señor Diputado Arregui hizo cuando me tuve que retirar, sobre una expresión en la que utilicé una figura retórica -la metáfora- para referirme a los gremios. Quiero dejar absolutamente claro que estamos lejos de tener una actitud totalitaria; nosotros nunca hemos reivindicado la lucha de clases, cosa que otros sí han hecho. Además, todos sabemos lo que es una figura literaria, como una elipsis, una anáfora, o un pleonasmo. Ese fue el motivo por el cual utilizamos la figura gramatical de la metáfora. Hecha esta aclaración, me parece que hay alguna frase de Freire que bien puede significar lo que es la importancia de la educación. Me gusta utilizarla siempre porque creo que categoriza y resignifica lo que es la educación. Según Freire, la educación nunca es neutra, ya sea formal o informal. Creo que eso resume sustantivamente lo que es la educación. La educación, sea impartida a través de un procedimiento formal o informal, altera al individuo de su previo conocimiento antes de esa acción. Por lo tanto, no precisamos más para entender la entidad que la educación tiene. Y siempre fue un activo muy importante en nuestro Uruguay. En nuestro país, sobre to-
do la educación pública, no solamente fue activo sino un orgullo y, hoy en día, ese activo y ese orgullo están cuestionados; esa es la verdad. Pero tiene la agravante de que los cuestionamientos y la puesta en jaque de la educación se hace en un momento de plenitud económica, lo cual nos llama poderosamente la atención. En esta sesión se ha hecho todo un debate de cuánto del PBI se ha imputado a la educación y, al respecto, escuché con mucha atención a mi colega, el señor Diputado Mahía cuando habló de que efectivamente el Frente Amplio dio cumplimiento a lo planteado en su plataforma electoral en el sentido de que iba a afectar el 4 % del Producto a la educación, y así lo cumplió. Me parece bien y sería obtuso no reconocerlo. Simplemente, quiero hacer una comparación. No se puede no tener en cuenta, a la hora de hablar de cuánto representa la educación, la situación económica en la que tomó el país el Frente Amplio y la situación económica en la cual le tocó gobernar al Partido Colorado en la última etapa de su último período de Gobierno; debemos recordar la situación en la que gobernamos. Con todo lo que representó la crisis de 2002, el Partido Colorado afectó el 3,6 % del PBI, es decir, solo el 0,4 % menos de lo que después, en pleno auge económico y con viento en la camiseta, la Administración del Presidente Vázquez destinó; ese es un número innegable. Entonces, el Gobierno del Frente Amplio solamente aumentó el 0,4 % de lo que imputó la Administración del doctor Batlle, con todos los avatares que tuvimos y con todos los problemas por todos conocidos. Esa es la verdad incontrastable. Quiere decir que ustedes solamente aumentaron el 0,4 %. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señor Diputado: diríjase a la Mesa, por favor. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: este es un tema muy amplio como para poder dar un punto de vista certero en tan corto tiempo porque cada uno de los subsistemas refiere a situaciones muy particulares; a su vez, cada uno tiene sus propias problemáticas. Sin embargo, voy a tratar de ir lo más rápidamente posible y de hacer un enfoque lo más universal que pueda. Es claro que hoy debemos apuntar más a llegar a los lugares denominados sociológicamente de contexto crítico. Debemos aumentar el grado de cobertura y la calidad educativa. Digo esto porque no alcanza con
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que solo exista la escuela sino que tiene que educar. Y el egresado de Primaria tiene que salir con una enseñanza de buena calidad. Ese es el gran debate entre aquellos que plantean simplemente las cifras crudas, indicando cuántos desertaron o cuántos se desafectaron del sistema educativo y que están preocupados porque esos números se alcancen, y los otros, que entendemos que el individuo de Primaria debe saber leer y escribir con fluidez, entre otras habilidades. En definitiva, entendemos que la educación debe ser un instrumento por medio del cual el individuo debe aprender, y en ese punto hay un problema. Está claro que a pesar de saberse cuándo se inician los períodos lectivos, muchas escuelas tienen problemas serios de infraestructura, que tampoco son de ahora. El Frente Amplio hace siete u ocho años que está administrando y esos problemas se podrían haber detectado con la antelación necesaria para atacarlos. Creo que es fundamental la educación para, además, propender reducir las desigualdades sociales. Ese activo que nos inculcaron desde la escuela en el sentido de que solo nos distinguen las habilidades, un poco ha sido dejado de lado y un poco también ha sido socavado por el Frente Amplio. Hoy da lo mismo el que estudia que el que no estudia. Están más preocupados por pagar a uno que desertó del sistema educativo, con el fin de que se reinserte. Estamos de acuerdo con que hay que hacer el esfuerzo de reinsertarlo, y aplaudo y acompaño a todos aquellos colegas que están trabajando en las cárceles y en áreas pedagógicas, que mucho cuestionaron ustedes. Me refiero a un planteo de áreas no pedagógicas pero sí de conocimiento durante la Administración del doctor Sanguinetti; recuerdo que eso se cuestionó porque estaba incluido en la reforma Rama, que ustedes hicieron talón para realizar las propuestas. Hoy en día, están haciendo eso. Entonces, mucho de lo que planteamos nosotros y que criticaron, hoy lo hacen, y aplaudo que suceda. Pero yo pregunto, aquel que es buen estudiante, que se preocupa y que no falta, ¿qué aliciente tiene? Precisamente, el aliciente es la señal que se da desde el Gobierno: es lo mismo ser buen estudiante que mal estudiante. Pero no es así. Esto que pasa en Primaria, pasa mucho más en el Consejo desconcentrado de Secundaria. Tenemos algunos datos en nuestro poder que nos parecen realmente alarmantes, y aquí está el quid de la cues-
tión. No hay solamente un tema de plata: hay que saber gestionar. Debe haber mandos medios que traten de bajar lo que fija el Poder Ejecutivo, que es la política educativa de un país. Voy a dar algunos datos para que se conozcan. Según el Consejo de Educación Secundaria, en Montevideo no aprobó el 42,9 % de los alumnos de primer año. En el interior no aprobó el 24 %; el total medio es del 30 %. La desvinculación fue del 5 %. En segundo año, en Montevideo, no aprobó el 35 % y en el interior, 20 %; el total medio fue del 26 %. La desvinculación fue del 3,6 %. Si vamos a UTU, encontraremos algo que venimos señalando desde hace mucho tiempo: se baja a la mitad. En primer año, el 20,7 % no aprobó el curso en Montevideo, el 20,4 % no lo hizo en el interior, y el total aprobado fue del 20 %. Sin embargo, hubo una desvinculación del 23,3 %. ¿Qué quiere decir esto? Que aquellos que nos inclinamos porque UTU está dando una respuesta mucho más proactiva que Secundaria, también advertimos que tiene un problema de desvinculación mayor. Este es un tema que tenemos que debatir. Me parece que el plan que se implantó, de desconcentrar y de hacer que cada uno de los centros educativos -sean liceos departamentales o no- fuera un referente para aportar no solo más dinero sino para cumplir con los objetivos pedagógicos, era una buena medida. Y ¿qué le pasó al Frente Amplio? Tuvo un problema porque primero apoyó la iniciativa y después, ante la arremetida del sector gremial, tuvo que echar violín en bolsa. Esa es la verdad, y ese sí es un problema de gestión. Ante esa encrucijada, le doblaron el brazo y terminaron cediendo al influjo de los gremios. Está muy bien lo que hacen los gremios porque tienen que cumplir con esa función; pero el que administra la educación pública no solo tiene el rol de velar por los gremios sino por el interés superior, que es el de que todos los orientales tengan una educación pública de calidad. Y eso no se cumple. Además, quiero decir dos cosas que me parecen muy importantes. El 45 % de los jóvenes de entre doce y catorce años abandonan la educación media porque no la consideran atractiva. Ese es un problema. Mis colegas de profesión, los Diputados Mahía y Sabini, saben perfectamente que uno de los temas que los alumnos
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nos reclaman en forma permanente es lo que enseñamos en Secundaria. Nos vamos a tener que sentar a dar ese debate y las medidas que sean necesarias, las vamos a tener que tomar; pero no podemos hacerlo con un Gobierno que tiene una relación de dependencia directamente proporcional a las acciones gremiales. ¡Es imposible! (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Señora Presidenta: le pido que me conceda dos minutos para terminar. Por otro lado, quiero señalar que me parece fundamental que las medidas que en Primaria se han tratado de llevar adelante, no consolidando las escuelas de tiempo completo e intentando hacer un parche con las de tiempo extendido, no son la solución. Hay que decir la verdad; no está mal reconocer que el proyecto de escuelas de tiempo completo que presentó el Partido Colorado fue una buena acción. ¿Por qué negar siempre los “copyrights” cuando no son de uno? Así como decimos que el Plan Ceibal ha sido una buena medida, ¿qué empacho tienen ustedes en decir que el Partido Colorado hizo cosas buenas? Ustedes lo niegan permanentemente y por ello, en muchos casos… SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Redondee su pensamiento, señor Diputado. SEÑOR AMY.- Finalizo diciendo algo que me parece fundamental: para la próxima Legislatura y con las próximas autoridades vamos a tener que dar un debate en serio sobre la educación, despojado de toda pasión partidaria y con asepsia total. Porque si sigue la situación en la que estamos y se llega a que la Administración fracase aun contando con dinero, estamos ante un grave problema. Es el gran activo de los uruguayos que debemos… SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Ha finalizado su tiempo, señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ARREGUI.- Señora Presidenta: me alegra que el apreciado colega, Diputado Amy haya dado un significado distinto al papel de los gremios en la vida del país porque son organizaciones importantes, como tantas otras que existen.
Él decía que nosotros reivindicamos la lucha de clases. Nosotros no la reivindicamos ni nos parece un ideal; la lucha de clases existe. Cuando empresarios y trabajadores tratan de ver dónde queda la ganancia, estamos ante la lucha de clases. ¡Ojalá estuviéramos en una sociedad ideal en que no existiese! Comparto los conceptos de Pablo Freire en cuanto a que la educación no es neutra. De todos modos, la educación no fue siempre un orgullo. La educación media fue elitista. Pensemos cuántos liceos y cuántas UTU había hace veinte años en nuestros respectivos departamentos. ¿Y para qué élite eran? Para los que tenían un alto o mediano poder adquisitivo, y entre los sectores más carenciados y empobrecidos, para aquellos cuyos padres y cuyas familias entendían que la educación era extremadamente importante para que sus hijos tuvieran un futuro mejor. Y esos eran los que concurrían. Nosotros estamos en la ardua batalla de ir hacia el núcleo duro de adolescentes y jóvenes pertenecientes a familias que han tenido muy poco patrimonio educativo y cultural y no consideran a la educación como algo importante. Entonces, cada vez que nosotros incorporamos -como hemos hecho- una cantidad de jóvenes a la educación media, llegan con enormes carencias educativas y culturales y sin apoyo familiar, lo que evidentemente tira hacia abajo los promedios de repetición y de rendimiento. Estoy de acuerdo con el concepto de escuelas de tiempo completo que no fue un invento de Germán Rama, pero que él trató de aplicar. Sin embargo, en su período no aceptó que las pruebas PISA, que indican evaluaciones internacionales, se aplicaran en el sistema educativo. Estoy de acuerdo con el colega Diputado Amy en cuanto a la evaluación: debemos ver si los niveles educativos y los perfiles de nuestros alumnos de Primaria y de Secundaria son los que queremos, pero analicemos por qué no aceptaron evaluaciones quienes hoy hablan de ellas. Asimismo, coincido en que esto no es solo un asunto de dinero: también es de gestión, de compromiso familiar y de los estudiantes. Entonces, si no es un problema de plata, ¿por qué se está pidiendo desesperadamente? Hablemos del PBI. En aquel momento se adjudicaba un 3,1 % y ahora un 4,7 % del PBI. Y el PBI de aquel tiempo era aproximadamente de quince mil millones de dólares mientras que hoy es de cincuenta mil millones de dólares. Evidentemente, no
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solo estamos destinando más cantidad de dinero en términos absolutos sino en términos de porcentaje del Producto Bruto Interno. Por último, quiero señalar que hemos logrado reducir la deserción de un 37 % a un 20 % en cinco años. No estamos conformes y vamos a seguir luchando para que llegue al ideal del 0 %, pero miremos los resultados. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR AMY.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: agradezco el tino con que el colega Diputado Arregui ha hecho uso de la palabra; me parece que es de esa calidad el debate que debemos tener ante un tema tan neurálgico, pero tengo algunas discrepancias que quiero señalar. Puedo revertir en un 100 % la afirmación de que la razón de los índices de repetición es que los jóvenes provienen de contextos críticos donde los niveles educativos y socioeconómicos son bajos poniendo el siguiente ejemplo. Indudablemente, no hay más miseria, más analfabetismo ni más pobreza que la que había cuando los inmigrantes poblaron y desarrollaron nuestro país. Si esa es la base de la discusión, los resultados son de mucho mayor fracaso en esta situación que en aquella. Esa es la realidad. Si esos son los argumentos para justificar el fracaso, me voy a las antípodas en el ejemplo y digo que con mucha más miseria y con mucho más analfabetismo, los resultados eran otros. Había un sentimiento de pertenencia y, fundamentalmente, algo que era muy bueno: el concepto del ascenso social en base al sacrificio y no, como ahora, en base a la regalía. Eso es básico. Y plantearnos las reformas y sobre todo cuáles son los niveles de la edificación de centros educativos cuando este año, el anterior y el otro se están festejando, permanentemente, los cien años de institutos, liceos y escuelas que construyó la Administración de José Batlle y Ordóñez, del Partido Colorado, representa no reconocer parte de la historia. Termino con algo que me parece significativo y que el señor Diputado Arregui acaba de poner sobre
la mesa con mucha precisión: estamos hablando de una afectación del 4,7 % del PBI sobre cincuenta mil millones de dólares; quiere decir que hay mucha más plata y los resultados son mucho más menguados; por lo tanto, es mucho mayor el fracaso. Gracias, señora Presidenta.
14.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Juan Ángel Vázquez, por el día 15 de agosto de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Ortiz. Del señor Representante Jorge Gandini, por el día 20 de agosto de 2013, convocándose a la suplente siguiente, señora Irene Caballero. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante José Carlos Cardoso, por el período comprendido entre los días 4 y 7 de setiembre de 2013, para participar en el Cuarto Foro del Frente Parlamentario contra el Hambre, a celebrarse en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, convocándose al suplente siguiente, señor Estacio Sena. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.
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(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Germán Cardoso Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. JUAN ÁNGEL VÁZQUEZ Representante por Montevideo”.
“Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto por el inciso 3º del artículo 1º, de la Ley Nº 17.827, solicito se me conceda licencia por motivos personales por el día 20 de agosto de 2013. Sin otro particular, saluda a usted con la seguridad de su consideración más distinguida. JORGE GANDINI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 20 de agosto de 2013. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini, por el día 20 de agosto de 2013. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señora Irene Caballero. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente De mi mayor consideración: Con motivo de haber sido convocado al IV Foro del Frente Parlamentario contra el Hambre de Améri-
“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Ángel Vázquez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de agosto de 2013. II) Que el suplente siguiente, señor Álvaro Fernández, ha sido convocado por el Cuerpo para ejercer la suplencia de otro Representante. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Ángel Vázquez, por el día 15 de agosto de 2013. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Nicolás Ortiz de Lucía. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
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ca Latina y El Caribe, en Coordinación con el Frente Parlamentario por la Soberanía Productiva y Alimentaria para Vivir Bien de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia a realizarse en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, los días 5 y 6 de setiembre de 2013, solicito licencia -conforme a lo establecido en el Literal D) de la Ley Nº 17.827- del 4 al 7 de setiembre de 2013. Saluda a usted atentamente, JOSÉ CARLOS CARDOSO Representante por Rocha”. “Rocha, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que por esta única vez desisto a la convocatoria de la Cámara para suplir al Diputado José Carlos Cardoso. Sin otro particular, le saluda muy atentamente. Alejandro Umpierrez”. “Rocha, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que por esta única vez desisto a la convocatoria de la Cámara para suplir al Diputado José Carlos Cardoso. Sin otro particular, le saluda muy atentamente. Blanca Repetto”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, del señor Representante por el departamento de Rocha, José Carlos Cardoso, para participar en el Cuarto Foro del Frente Parlamentario contra el Hambre, a celebrarse en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 4 y 7 de setiembre de 2013. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Alejo Umpiérrez y Blanca Repetto.
ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor Representante por el departamento de Rocha, José Carlos Cardoso, por el período comprendido entre los días 4 y 7 de setiembre de 2013, para participar en el Cuarto Foro del Frente Parlamentario contra el Hambre, a celebrarse en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Alejo Umpiérrez y Blanca Repetto. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado período al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Estacio Sena. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
15.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR VIDALÍN.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR VIDALÍN.- Señora Presidenta: nosotros somos de participar poco en este tipo de discusiones; se sabe que nuestro espíritu, en general, es de conciliación y de aporte. En ese sentido, vamos a tratar de hablar hoy, aunque tenemos que decir que lamentamos profundamente que no se hayan podido contemplar las aspiraciones de los docentes de nuestro país. Cuando hablamos de educación, no deberíamos utilizar la palabra “gasto”; siempre que hablamos de educación, deberíamos utilizar la palabra “inversión”. Reconocemos, sí, que ha existido una mayor inversión en los últimos años, con destino a la educación, pero
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ha sido mal gestionada y mal utilizada, ya que las escuelas y los liceos se encuentran en malas condiciones y las partidas para la alimentación, a veces, no alcanzan. Por eso, entendemos que habría sido menester profundizar el diálogo, agudizar el intelecto y buscar recursos que, quizás, no fueran tan necesarios en otros programas. Lamentablemente, al dejar de lado recursos para la enseñanza, retrocedemos y abandonamos aquel modelo de espejo educativo que teníamos para nuestra América y también para el mundo. A lo largo del tiempo, nuestra enseñanza se distinguió por un contenido profundamente humano, un sentido integral y armónico, que llegaba a todos los ciudadanos, sin distinción de clases. Consideramos negativo que no se realice el esfuerzo de destinar más recursos a la educación, ya que con esta actitud estamos olvidando a los más desprotegidos, a aquellos que no tienen posibilidades de acceder a la educación privada. La educación integral que siempre tuvimos es la que debemos defender, esa educación que se ha sostenido en aspectos fundamentales: en la instrucción física y en la instrucción espiritual, en un complejo de acciones que comprende lo más noble que el hombre debería tener -y más-, en estos tiempos de pérdida de valores y de inseguridad que divide a nuestra sociedad en cuanto a las acciones a adoptar hacia nuestros niños y jóvenes. Es la educación un instrumento indispensable para que nuestra sociedad crezca con tolerancia, honestidad y comprensión. Somos de los que valoramos la tarea de nuestros docentes, que no se reduce solo a instruir y a enseñar, sino que Educa, con mayúscula. Somos de los que valoramos la acción y la preocupación de nuestros docentes, no solo porque participan en la formación y en el desarrollo del intelecto de sus educandos, sino porque siempre los hemos visto dispuestos a actuar sobre el alma de los alumnos, tratando de formar hombres justos y prudentes. Tenemos la ilusión y la esperanza de que en el Senado pueda reconsiderarse este asunto y de que exista un diálogo apolítico y positivo, que no mida fuerzas entre el Gobierno y la oposición, sino que permita que juntos seamos capaces de alcanzar el necesario desarrollo intelectual y moral de nuestra sociedad, con la recuperación de valores que han sido inherentes a nuestra condición de orientales. Esos valores están en manos de nuestros docentes, en los que
creemos y a los que valoramos. Deseamos que a través de un diálogo fructífero, por encima de colores partidarios, los legisladores con la camiseta de nuestro Uruguay -sin que el Gobierno y la oposición participen como tales-, seamos capaces de contemplar sus reclamos. SEÑOR BEROIS.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR VIDALÍN.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Señora Presidenta: simplemente, quiero dejar una constancia. Luego de estas cuatro horas de debate sobre la educación, casi nada se puede agregar a lo que fue dicho en la Cámara, en el Parlamento, por compañeros que se han dedicado a la educación; nosotros, simplemente, integramos en la Comisión de Presupuestos, en la que analizamos las cifras. No obstante, mirando los números de la educación, advertimos que hay aspectos que nadie puede negar. Estamos ante un presupuesto de US$ 13.000:000.000 en el que se dedicaron más de US$ 2.000:000.000 a la educación, de los que más del 80 % corresponde a salarios. Nadie puede negar eso. Lo dice alguien que debe todo lo que es a la educación pública; es más: fui formado y educado gracias al sueldo de un docente. Por eso, tengo mucho respeto a todo lo que se pueda hacer por la educación, de un lado y del otro. No creo en las teorías fundacionales que sostienen que todo lo que se hace es a partir de determinada fecha. A través de la historia del país, todos los Gobiernos han contribuido, de alguna forma, a tratar de tener una educación mejor. Vivimos en un mundo totalmente diferente al de hace cinco o diez años; mucho más si hablamos de décadas atrás. Por lo tanto, debemos preparar a los gurises para un mundo diferente, que no es igual a aquel en el que nos educamos nosotros. Todos sabemos que el único instrumento viable contra la desigualdad es la educación. Todo lo que se pueda hacer desde esa actividad es realmente importante. Creo que lo que ha quedado claro en este debate de más de cuatro horas es que, más allá de la filosofía y del planteo político de cada uno -los tenemos y son
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buenos-, todos seguimos el mismo objetivo: tratar de alcanzar una educación mejor. Hoy estamos analizando la educación desde lo presupuestal, pero hemos derivado al fondo de la cuestión, aspecto que no estoy capacitado para analizar. Todos estamos de acuerdo en cuanto a lo que se otorga, pero lo que nos debemos preguntar es si la educación está bien encaminada, si está bien todo lo que se hace en esa materia. No estoy capacitado para evaluarlo, pero las estadísticas marcan que para la cantidad de dinero que se aporta no se consiguen los mejores resultados. Creo que tenemos mucho camino para andar, porque hay mucho para mejorar. Como decía el señor Diputado Posada, cuando recibimos en la Comisión a las Directoras de escuela nos dijeron que sus sueldos estaban topeados. Esto es significativo: gente con una responsabilidad importante en la educación no tiene incentivo porque su sueldo está topeado. Lo mismo sucede si miramos un poco más arriba en la jerarquía de la educación. Voy a decir algo que vi la otra vez, y que me asombró; no sé si todos los legisladores lo saben. Creo que es así, pero de repente estoy equivocado; lo cierto es que lo vi y lo tengo que exponer en esta Sala. Se trata de la responsabilidad de quienes dirigen la educación. Vi el sueldo del Director General del Consejo de Educación Inicial y Primaria, maestro Florit, por quien tengo sumo respeto. El maestro Florit gana $ 37.000 como maestro y, además, le pagan $ 10.000 por lo que hace. ¡Es imposible! Solamente la responsabilidad del maestro Florit… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Ya termino, señora Presidenta. Solo el sentido de pertenencia hacia la educación puede sostener esta situación. Entonces, tenemos que mirar el todo. Estos aspectos también los debemos considerar. Se trata de alguien con una gran responsabilidad; cualquier cosa que pase en cualquier escuela del país, es su responsabilidad. Por lo tanto, reitero, tenemos que mirar el todo. En ese todo también está esto, y nada más y nada menos que el Director General de la educación.
SEÑOR ABT.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABT.- Señora Presidenta: nos sumamos a la importancia del tema educativo. Lo entendimos tan bien de esa manera que cuando estuvimos en la Comisión de Presupuestos, integrada con la de Hacienda, escuchamos atentamente a las autoridades de la ANEP y a los docentes para conocer la problemática y buscar soluciones. Nuestro Partido -como lo ha demostrado- está buscando igualdad en la sociedad. Así lo manifestamos el primer día de la consideración de la Rendición de Cuentas. Buscamos que el gasto y la inversión estén equiparados con la gestión del Gobierno, y que esto nos una a todos los uruguayos cada vez más en mejores oportunidades de igualdad para cada uno. Por este motivo, consideramos sumamente importante dar a la educación los instrumentos necesarios para que pueda seguir adelante. En la Comisión hicimos distintos planteos en este sentido. Inclusive, manejamos una propuesta. Averiguamos cuántos inmuebles tiene la ANEP en su órbita para ver si se puede armar un fideicomiso -como había planteado el Ministerio de Transporte y Obras Públicas con unas tierras-, conseguir fondos y distribuirlos en su área. Creemos firmemente que los países que han logrado desarrollarse hicieron una gran inversión en educación. Países como Finlandia, Israel y China mejoraron la situación de los docentes -que estaban sumergidos-, les dieron un valor importante en la sociedad y, de esa manera, construyeron un mejor país. También planteamos propuestas luego de estudiar el presupuesto. Los Representantes del Partido Nacional plantearon en Comisión y en el plenario distintas alternativas para reducir el gasto superfluo. A nuestro entender, esto se puede hacer sin reducirlo a cero; solo hay que bajar un porcentaje para dedicar un poco más a la educación. Vamos a apoyar este proyecto y, también, nuestros artículos para seguir ayudando a la educación. SEÑOR CASAS.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR ABT.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede interrumpir el señor Diputado.
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SEÑOR CASAS.- Señora Presidenta: por supuesto, vamos a apoyar el trabajo de nuestros compañeros en la Comisión. Con asombro, hemos visto que la herencia maldita ya se retrotrae a cincuenta años atrás. Los tres legisladores del departamento de San José de distintos partidos políticos fuimos invitados a un cabildo abierto que hicieron los profesores. Ellos se preguntaban dónde estaba el 4,5 %. Hicieron denuncias claras. Algunos dijeron que se les había roto la computadora, habían pasado los meses y, un día, llegaron a reparársela tres técnicos. Estaban asombrados del costo por reparar esa computadora. Por otra parte, ya son tres las empresas que han reparado el gimnasio del Liceo N° 1 de San José. Uno de los profesores dijo: “Si hubiera un tsunami sé dónde guarecerme. Tengo que ir al gimnasio porque las tres empresas que han estado lo han revocado por dentro”. Otro comentario fue que el año pasado no hubo profesores de Matemáticas ni de Física. Cuando llegó fin de año, se preguntaron qué hacían con los muchachos que iban a ingresar a la Facultad de Ingeniería, ya que este problema no había sido culpa de ellos. Vino una orden superior en el sentido de que a los chiquilines había que pasarlos. Así llegaron a la Facultad de Ingeniería. Fíjense qué frustración para esos muchachos llegar a Facultad sin haber tenido una clase de Física ni de Matemáticas durante el último año. Entonces, ¿dónde está ese 4,5 %? En San José no hemos visto una escuela. Es más: la semana pasada nos llamaron algunos padres para decir que la Escuela N° 106 se cerró porque se está por caer. Es una escuela de madera, construida por la empresa Pepsi; se va a caer por falta de mantenimiento. Llevaron cuatro contenedores y pusieron allí a cien niños. Cuando salen al patio, están a la intemperie. Además, los contenedores no tienen ningún tipo de acondicionamiento térmico. Por lo tanto, uno se pregunta dónde está el dinero. No hay plata para los salarios de los docentes. Soy hijo de maestra de escuela pública y esposo de maestra de escuela pública. Conozco la realidad y discrepo totalmente con el Presidente en eso de que los maestros trabajan solo cuatro horas al día.
También existe otra problemática. Nosotros estamos en el área metropolitana, pero en el área metropolitana pobre, que está hacia el oeste. Nos separa un peaje, que no hemos logrado correr para que Ciudad del Plata se integre a la capital del país. En esta zona, que ha tenido un crecimiento demográfico enorme -que es por todos los legisladores conocido-, tampoco hemos podido contar con una escuela. Nos preocupan, además, las escuelas de contexto crítico, que existieron toda la vida y deben ser asistidas. Los equipos multidisciplinarios, que se reclamaron toda la vida, siguen sin aparecer en las escuelas de contexto crítico. Es decir que con el esfuerzo de los maestros seguimos asistiendo a cada uno de esos niños. Apoyamos lo que han hecho los compañeros del Partido en la Comisión. Tenemos la esperanza de que en el Senado se puedan conseguir algunos recursos para los docentes, porque los consideramos imprescindibles. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede continuar el señor Diputado Abt. SEÑOR ABT.- He terminado, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 271. (Se vota) ——Setenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR TOLEDO ANTÚNEZ.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TOLEDO ANTÚNEZ.- Señora Presidenta: el Frente Amplio definió la educación como un objetivo prioritario desde el comienzo de su gestión de Gobierno. Luego de décadas de indudable deterioro, como se ha manifestado en esta Sala -yo diría, casi una situación de emergencia-, la primera medida, y fundamental, fue la de dotar de más recursos a la educación. Como parte de un programa de Gobierno, en el año 2010 se alcanzó la meta de destinar el 4,5 % que estaba definido. Este incremento presupuestal permitió subir los salarios de los docentes y no docentes,
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alcanzando un porcentaje de aumento del entorno del 50 %. Además, con la mayor asignación de recursos, se mejoraron las condiciones de estudio. Por ejemplo, se instauró el boleto gratuito para todos los estudiantes del país, lo cual fue muy importante, fundamentalmente, para los del interior, que nunca habían contado con este recurso. En los lugares donde no hay líneas de ómnibus regulares -en muchos casos, en el interior profundo no las hay-, están los micros contratados por Primaria, Secundaria o la UTU para trasladar a los alumnos, a fin de cumplir con los ciclos obligatorios. Asimismo, se ha avanzado en el pago diferenciado por asignaciones familiares y becas a más de diez mil estudiantes. Se garantizó la educación inicial para todos los niños. Creció en más de treinta mil la cantidad de inscriptos en la enseñanza media, ya sea general o técnica. También creció, en este caso en más de cincuenta mil la cantidad de inscriptos en la enseñanza terciaria. En este último tramo, el énfasis se ha puesto en incrementar y mejorar la calidad educativa en todos los niveles del sistema, universalizando la educación media, generalizando y diversificando la educación terciaria y superior y atrayendo la mayor cantidad posible de personas a la actividad educativa. En un apretado resumen quiero decir que el presupuesto destinado a la educación se ha incrementado casi al doble. Como dije, se aumentó en un 50 % el salario de los funcionarios y en un 60 % el de los docentes. Otro objetivo era duplicar la inversión por alumno. Se entregaron gratuitamente 570.000 computadoras a estudiantes y docentes. En el año 2011 se realizaron 712 obras, más que en todo el período 20002004, y se implementaron políticas de enseñanza de lenguas. Se instalaron 600 salas para aprender inglés; se triplicaron las escuelas de tiempo completo; se alcanzó casi el 100 % de escolarización de niños de cuatro y cinco años; se inauguraron los primeros liceos de tiempo completo; se incorporó la educación física en el 100 % de las escuelas de Primaria; se ofrecieron planes de estudio especiales para culminar la educación obligatoria. Asimismo, se creó la Universidad Tecnológica, con sede en el interior del país, tantos años reclamada; se crearon catorce carreras
nuevas a nivel terciario en el interior del país; en el año 2012 se incrementó en 32 % el ingreso a la Universidad de la República con respecto al año 2000; se diversificó la oferta terciaria universitaria a través de CETP, UTU; y, por último, se desarrollaron programas de alfabetización de adultos, el Programa “Yo estudio y trabajo” y el Programa Aulas Comunitarias. Creo que vamos por el buen camino. Es cierto, falta mucho; no nos conforman los logros obtenidos, pero vamos hacia ese objetivo que todos pretendemos, que es mejorar la calidad educativa para acompasar el crecimiento y el desarrollo de este país y lograr que sea sustentable. Gracias. SEÑOR DÁVILA.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR DÁVILA.- Señora Presidenta: hemos votado este artículo, referente a los recursos para la ANEP, por disciplina partidaria, porque eso fue lo que resolvió la bancada de nuestra fuerza política. Lo hacemos con compromiso, por unidad y fraternidad. Con la misma fraternidad esperamos el respeto a nuestra opinión, que fue adjetivada de simplista y de disparate en este ámbito. Somos conscientes de que la discusión sobre la educación y sus recursos no empieza ni termina hoy. Para nosotros, lo que se ha logrado en esta sesión es un avance. Muchas gracias. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señora Presidenta: hemos votado por la afirmativa este artículo. Consideramos que es un aporte absolutamente insuficiente al reclamo docente. Fueron inútiles los planteos que se realizaron. En otras instancias parlamentarias trajimos este tema al seno de la Cámara, por conversaciones que mantuvimos con anticipación a la Rendición de Cuentas, en oportunidad de los conflictos de los gremios docentes, proponiendo y solicitando una readecuación de los recursos, de las asignaciones, para contemplar
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la aspiración del sector docente, en el entendido de que contar con los mejores docentes es para beneficio de la sociedad en su conjunto. Indudablemente, para ello la remuneración es el elemento fundamental. Fueron inútiles los planteos de los Diputados Dini, Amy y Sander; no fueron recibidos. Lo lamentamos. Así como ayer presenciamos que desde la bancada del Gobierno se aprobaban determinadas normas que afectan derechos fundamentales o violan artículos de la Constitución, con la esperanza de que en el Senado sean modificados y se contemplen los reclamos, hoy votamos con la esperanza de que en el Senado haya una reconsideración, se reciban los fundamentos expresados en Sala y se atienda esta reclamación absolutamente justa. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: voté este artículo convencido, porque no tengo el problema que tienen otros legisladores que no saben si más recursos para la educación implica mejores resultados. En este debate se afirmó que más recursos para la educación no dieron mejores resultados. Creo que eso puede ser consecuencia del clima político, del enfrentamiento que hay, o de que se intenta sacar una ventaja, porque si analizamos los datos que nos proporciona el Instituto Nacional de Estadística con respecto al Ministerio de Educación y Cultura, a la ANEP, a la Udelar, llegamos a la conclusión de que ha habido avances en la educación. Esos avances se los debemos a los docentes, a los programas que apoyan a los estudiantes, a las tutorías, a las becas, al boleto estudiantil, al hecho de que existan más centros educativos, a que se haya cuatriplicado el número de obras y a la mejora del salario. Entonces, yo no tengo el problema que tienen algunos integrantes del Cuerpo, que no saben si es mejor aumentar el presupuesto porque no hay buenos resultados. La educación no es una máquina de hacer alpargatas; no se trata de poner los recursos por un lado y simplemente obtener resultados por el otro, sino que es un proceso mucho más complejo. Por lo tanto, si analizamos objetivamente los datos nos encontramos con que hay problemas en la
educación media y problemas de egreso -no de matrícula- en la formación docente. Por eso, el 20 de agosto vamos a votar la creación del Instituto Universitario de Educación. Reitero que voto convencido.
16.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Juan Carlos Souza, por el día 3 de setiembre de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira. Del señor Representante Gonzalo Mujica, por el día 15 de agosto de 2013, convocándose a la suplente siguiente, señora Alda Grisel Álvarez. Licencia en misión oficial, literal C) del artículo primero de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Juan Carlos Souza, por el período comprendido entre los días 28 de agosto y 1 de setiembre de 2013, para asistir a la reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a celebrarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.
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(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 3 de setiembre, por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”. Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de setiembre de 2013. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza, por el día 3 de setiembre de 2013.
2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme el uso de licencia en el día de la fecha, por motivos personales. Saluda atentamente, GONZALO MUJICA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más saluda atentamente, Raquel Barreiro”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más saluda atentamente, Alma Chiodi”.
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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gonzalo Mujica. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de agosto de 2013. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto las suplentes siguientes señoras Alma Chiodi y Raquel Barreiro. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gonzalo Mujica, por el día 15 de agosto de 2013. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por las suplentes siguientes señoras Alma Chiodi y Raquel Barreiro. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Alda Grisel Álvarez. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: Con motivo de haber sido convocado como miembro de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo, del Parlamento Latinoamericano, a participar de la reunión extraordinaria a llevarse a cabo en la ciudad de Panamá, República de Panamá, los días 29 y 30 de agosto, solicito al Cuerpo que usted preside se me autorice licencia (Ley Nº 17.827, literal C) del 28 de agosto al 1º de setiembre inclusive. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”.
Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza, para asistir a la reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a celebrarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 28 de agosto y 1º de setiembre de 2013. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza, por el período comprendido entre los días 28 de agosto y 1º de setiembre de 2013, para asistir a la reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a celebrarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Vota-
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ción Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
17.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
Continúa la consideración del asunto en debate. ——En discusión el artículo 272. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Corresponde considerar los seis aditivos presentados por los señores Diputados Gandini, Abdala, Berois y Abt. El señor Diputado Gandini había adelantado que solicitaría se votaran en bloque. Le voy a ceder la palabra a esos efectos y lo consulto si es posible que se suprima su lectura, dado que incluyen planillas. (Texto de los aditivos que figuran en las Hojas Nos. 5 a 10:) “Artículo .- (Sistemas de información).- Asígnase al Inciso 25 Administración Nacional de Educación Pública, a partir del 1° de enero de 2014, las partidas presupuestales, financiación Rentas Generales a valores del 1° de enero de 2013, que a continuación se detallan a efectos de contar con los recursos necesarios para la mejora de los sistemas de información:
Nacional de Educación Pública, a partir del 1° de enero de 2014, las partidas presupuestales, financiación Rentas Generales a valores del 1° de enero de 2013, que a continuación se detallan a efectos de contar con los recursos necesarios para fortalecer la Educación Media Básica para el cumplimiento de objetivo estratégico N° 1 de la ANEP: “Impuesto a la superación de la calidad educativa sustancial, contribuyendo así a elevar los actuales niveles de cobertura, retención y egreso”.
RENTAS GENERALES
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Servicios Personales Gastos corrientes Inversiones Total
190.000.000 40.000.000 10.000.000 240.000.000
“Artículo .- (Descentralización y fortalecimiento de los centros).- Asígnase al Inciso 25 Administración Nacional de Educación Pública, una partida anual de $ 220.000.000 (pesos uruguayos doscientos veinte millones) Financiación Rentas Generales, para los programas y proyectos de descentralización y fortalecimiento de los centros educativos”. “Artículo .- (Estímulo a la profesionalización docente e incremento salarial).- Asígnase al Inciso 25 Administración Nacional de Educación Pública, una partida anual de $ 950.000.000 (pesos uruguayos novecientos cincuenta millones) con financiación Rentas Generales, con destino a incrementos salariales del personal docente y no docente del organismo y una partida anual de $ 511.133.111 (pesos uruguayos quinientos once millones ciento treinta y tres mil ciento once) con financiación Rentas Generales, con destino a incrementar de 7,5% (siete con cinco por ciento) a 10% (diez por ciento) la compensación por titulación/aula en el marco de las normas vigentes”. “Artículo .- Reasígnese el 35% del crédito previsto para los Ejercicios 2014 y 2015 en los objetos de gasto 092 al 099, financiación 1.1 “Rentas Generales”, de todos los programas del Presupuesto Nacional, excepto los Incisos 25 “ANEP” y 26 “UDELAR”, con destino al Inciso 25 “ANEP”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”.
RENTAS GENERALES 2014 Gastos corrientes Inversiones Total 10.000.000 30.000.000 40.000.000
“Artículo .- (Nuevos formatos educativos para la integración de los jóvenes en la Educación Media – CES – CETP).- Asígnase al Inciso 25 Administración
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Dicho monto incrementará las asignaciones del Grupo 0 “Retribuciones Personales”, en cada uno de los ejercicios 2014 y 2015. El Poder Ejecutivo podrá distribuir el crédito remanente entre los diferentes Programas e Incisos, de forma tal, que la asignación presupuestal total de los objetos referidos en el inciso anterior, se reduzca efectivamente en el porcentaje indicado. A estos efectos, se podrán realizar todas las trasposiciones de crédito que resulten necesarias. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General”. “Artículo A.- Disminúyanse en un 5% las asignaciones presupuestales de los Incisos del Presupuesto Nacional, con excepción de los Incisos 25 “ANEP” y 26 “UDELAR”, de los ejercicios 2014 y 2015, de los Grupos 1 “Bienes de Consumo” y 2 “Servicios no personales”.
se podrán realizar todas las trasposiciones de crédito que resulten necesarias. Artículo D.- El monto resultante por las reducciones dispuestas en los artículos A y B, se reasignará al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, con destino a financiar incrementos salariales y proyectos de transformación educativa en los ejercicios 2014 y 2015. El Ministerio de Economía y Finanzas y la ANEP, distribuirán el crédito reasignado”. ——En discusión los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 5 a 10 inclusive. Tiene la palabra el señor Diputado Gandini. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: efectivamente, es conveniente votarlos en bloque, porque están vinculados entre sí. Cinco artículos establecen el lugar desde donde se reasignan los recursos y las formas, además de las potestades de distribuirlos del Ministerio de Economía y Finanzas, junto a la ANEP. Otros cuatro establecen su destino, es decir, cuáles son los cuatro sectores de la ANEP a los que esos recursos se destinan. Como decíamos, el primero de esos artículos establece un incremento del 3 % salarial para todos los funcionarios del organismo y, además, un 2,5 % de incremento en la partida titulación/aula, que llega a los docentes titulados y a los que se desempeñan en el Programa de aulas. Los otros tres eligen lo que para nosotros son los programas prioritarios de transformación educativa de todos aquellos que nos propone la ANEP, que es más de lo que podemos financiar. Por lo tanto, este total de US$ 120:000.000 necesarios para financiar estos programas del organismo y estos incrementos salariales surgen de reasignaciones, no de aumento del gasto, sino de una decisión política que se hace cargo de decir dónde se corta. Al respecto, los más de US$ 120:000.000 que están pendientes de ejecución en este Presupuesto desde el año 2010 -pero que vienen de 2007-, con destino a las reestructuras de los Incisos del 02 al 15 -que, como podrán ver, están en el planillado adjunto, que ha sido sacado de la información oficial enviada por el Poder Ejecutivo- son partidas globales, destinadas a reestructuras y a otros contratos asociados a ellas. Verán que la partida destinada prevista anualmente, es decir, el crédito que se abre cada año, tiene ejecu-
Artículo B.- Exceptúese de lo dispuesto en el artículo anterior los objetos de gasto 221 “Publicidad”, 222 “Propaganda”, 223 “Impresiones y publicaciones”, 229 “Otros gastos de Publicidad”, 232 “Pasajes al exterior adquiridos en el País”, 235 “Viáticos fuera del País”, 282 “Arrendamientos de Obra” y 289 “Otros Servicios Técnicos y Profesionales”, cuyas asignaciones, para los ejercicios 2014 y 2015, se reducirán en un 20% en los mismos Incisos del Presupuesto Nacional incluidos en el artículo anterior. Artículo C.- El Poder Ejecutivo podrá distribuir los créditos de los grupos y objetos de gasto referidos en los artículos A y B, entre los diferentes Incisos, programas u objetos de gasto del Presupuesto Nacional, siempre que se cumpla con las limitaciones dispuestas para cada caso. A los efectos indicados,
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ción cero, economía del 100 % y cuando cierra el período vuelve a Rentas Generales; al comienzo del Ejercicio siguiente -por ejemplo, 2012- se abre nuevamente el crédito, que no se ejecuta y vuelve a Rentas Generales. Así, hasta hoy: ninguna de las reestructuras, ni siquiera las cuatro piloto, se han llevado adelante. Pero si se efectuaran, no se quedan sin dinero, porque son partidas globales; se extraen de allí US$ 40:000.000 y queda un monto cercano a los US$ 80:000.000 para la eventualidad de que en los meses restantes, que no son muchos, se pudieran financiar de allí, si es que alguna se hace. Los otros recursos corresponden a la disminución de un 5 % de los gastos de funcionamiento de todos los organismos del Presupuesto Nacional, con excepción de la ANEP y de la Udelar, y algunos, especialmente, un 20 %, porque entendemos que no son prioritarios, como los gastos en propaganda, impresiones y publicaciones, contratos de obra con financiamiento gastos y no con financiamiento Rubro cero, viajes al exterior, viáticos en el exterior, que se ejecutan habitualmente entre el 80 % y el 90 % y nosotros topeamos en el 80 % de ejecución por lo cual, si hay que cortar algo de ahí, el Estado no dejará de cumplir con sus funciones esenciales. Este es el breve fundamento de estas seis Hojas, que contienen nueve artículos, que proponemos no sean leídos y se voten en bloque, porque están todos vinculados. Gracias. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señora Presidenta: queremos dejar constancia de que nuestro sector Vamos Uruguay, del Partido Colorado, va a acompañar los aditivos propuestos por los señores Diputados Gandini, Abdala, Berois y Abt, porque nos parece que contribuyen muy favorablemente a la educación de nuestro país. SEÑOR SÁNCHEZ (don Alejandro).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SÁNCHEZ (don Alejandro).- Señora Presidenta: el Frente Amplio no va a acompañar estos adi-
tivos, por tres razones fundamentales que han sido esgrimidas por nuestros compañeros en el debate por demás largo que hemos mantenido durante toda la mañana y, específicamente, por lo siguiente. Obtener recursos de las reestructuras representa retirar dineros que ya están comprometidos para los funcionarios de la Administración Central. Las reestructuras implican, no solo nuevos cargos presupuestales en los Incisos de la Administración Central, sino la equiparación de los salarios más bajos de esa Administración. Como ya se ha aprobado el Estatuto del Funcionario Público y todas las normas referentes a las posibilidades de realizar las reestructuras, los salarios más bajos de la Administración Central van a recibir una compensación a partir de los recursos estipulados en las reestructuras de los Incisos correspondientes. Por tanto, sería retirar recursos que están destinados a atender la situación de los funcionarios públicos que revistan en el resto de los Ministerios. Quiere decir que las reestructuras se van a llevar adelante a partir de que hemos aprobado, recientemente, el Estatuto del Funcionario Público y el Poder Ejecutivo comenzará a utilizar la facultad que le otorgó el Presupuesto Nacional de realizar la reestructura de los Ministerios por la vía del decreto, comunicarlo a la Asamblea General y proceder a la readecuación de las funciones en los Ministerios. Por otra parte, existen cargos vacantes en la Administración Central, para muchos de los cuales se está concursando hoy. Es decir que el cargo está vacante, los recursos están ahí, pero todavía no hay una persona ocupando ese cargo. Para muchos de esos cargos se está concursando en el día de hoy y cuando terminen los concursos las personas ganadoras asumirán los cargos, por lo cual esos créditos se tienen que utilizar para pagar sus salarios. Eso en primer orden de cosas. En segundo orden de cosas, el Frente Amplio ha hecho una propuesta de reducir el 5,8 % de los gastos de funcionamiento de todos los Incisos de la Administración Central, con excepción de ASSE y de las partidas destinadas a la tarjeta Uruguay Social del Mides, etcétera, que a nuestro juicio es el máximo que se puede recortar de los gastos de funcionamiento de los Incisos, a los efectos de garantizar el funcionamiento de esa Administración; con esos recursos hemos otorgado el 3 % de aumento a la masa salarial de la Udelar.
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En tercer orden de cosas, como saben los integrantes de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, y también el resto de los integrantes de esta Cámara, cuando se calculan las cifras del déficit fiscal en el Uruguay se hace sobre la base de la caja, es decir que el déficit que registra el Gobierno es a partir de los recursos que efectivamente gastó, no de los recursos que tiene proyectados en el Presupuesto Nacional. Por tanto, todo incremento de partidas que vayan al Rubro cero van a incrementar el déficit fiscal de la Administración Central. Por lo tanto, hemos asistido a una sesión -no quiero abrir el debate- en la que se ha cuestionado el déficit fiscal del Estado uruguayo y una medida de esta naturaleza representaría un incremento del déficit fiscal del Estado, en función de que se pasarían algunos créditos destinados al Rubro cero y, por tanto, van a ejecutarse; eso tiene incidencia, precisamente, en el déficit que registra el Estado uruguayo. Por estas consideraciones, además de las otras que han hecho nuestros compañeros a lo largo de este extenso debate en la Cámara de Diputados, no vamos a acompañar los artículos aditivos presentados por el Partido Nacional. Es cuanto tenía para decir, señora Presidenta. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: sin ánimo de retomar debate de ningún tipo, simplemente quiero aclarar que si alguna reestructura se hiciera, hay US$ 80:000.000 para utilizar. Recordemos que creaciones de cargos después del 28 de febrero del próximo año no se pueden hacer; tampoco se pueden llenar vacantes después de esa fecha. Aquellos cargos para los que se esté concursando, seguramente se podrán llenar antes de esa fecha; en aquellos para los cuales todavía no se han hecho los llamados no les va a dar el tiempo. No conocemos que se haya efectuado ninguna reestructura durante años y no creemos que se hagan. El discurso de que se van a equiparar los salarios más bajos, etcétera, ya lo hemos escuchado y hemos acompañado la aprobación de la facultad para que se hagan las reestructuras. Pero no se han realizado. En el Presupuesto 2015 se baraja y se da de
vuelta. Los compromisos se cumplen. Nosotros no creemos que alguien quede sin recursos para llenar esos cargos. Por las dudas, lo vamos a pilotear y a monitorear desde el Cuerpo. Vamos a monitorear todos los gastos extraordinarios que se hagan sin previsión presupuestal de aquí en adelante, durante este período, para demostrar que cuando hay cosas nuevas y no están presupuestadas, aparecen lugares. Y nos vamos a referir a las reestructuras cuando ellas se hagan. En la próxima Rendición de Cuentas veremos cuántos rubros sobraron, porque no se van a hacer. Pero si la realidad nos desmiente, los Diputados del oficialismo nos lo podrán reprochar; si no, será a la inversa. En cuanto al análisis que se ha hecho respecto a cómo se calcula el déficit fiscal, no lo compartimos. El Gobierno nos ha dicho que el déficit fiscal para el próximo año 2014 será de 2,1 %, y ese déficit está calculado sobre lo proyectado. No tocamos nada de eso. Lo proyectado no se incrementa. Algún día discutiremos más sobre este asunto. Ahora, llega la instancia de hacerse cargo y votar. Nada más, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Se va a votar la supresión de la lectura de los seis artículos aditivos y su votación en bloque, propuesta por el señor Diputado Gandini. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los seis artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos. 5 a 10. (Se vota) ——Veintiuno en setenta y dos: NEGATIVA. SEÑOR SÁNCHEZ.- Solicito que se rectifique la votación. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Veintidós en setenta y dos: NEGATIVA.
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18.- Intermedio.
SEÑOR ARREGUI.- ¿Me permite, señora Presidenta? Solicito un intermedio hasta la hora 15 y 15. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Se va a votar. (Se vota) ——Setenta en setenta y uno: AFIRMATIVA.
de los incisos de la Administración Central, según el siguiente detalle:
Inciso 02 03 04 05
Importe $ 5.000.000 48.000.000 35.000.000 19.000.000 7.000.000 14.000.000 7.000.000 8.000.000 3.000.000 12.000.000 14.000.000 32.000.000 3.000.000 9.000.000 216.000.000
La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 14 y 33). ——Continúa la sesión. (Es la hora 15 y 24)
06 07 08 09
19.- Integración de Comisiones.
——Dese cuenta de la integración de Comisiones. (Se lee:) “La Comisión Especial con fines legislativos a los efectos de considerar proyectos relativos a la regulación de la actividad minera de gran porte estará integrada por los señores Representantes Alfredo Asti, Julio Battistoni, José Carlos Cardoso, Álvaro Delgado, Óscar Groba, Yerú Pardiñas, Alberto Perdomo, Iván Posada, Jorge Pozzi, Juan Carlos Souza y Walter Verri”.
10 11 12 13 14 15
20.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal. – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Prosigue la consideración del asunto en debate. Se pasa a considerar el Inciso 26, “Universidad de la República”, que comprende el artículo 273. (Texto del Inciso 26:) “Artículo 273.- Asígnase al Inciso 26 – Universidad de la República”, Programa 347 “Programa Académico”, Unidad Ejecutora 050 “Unidad Central”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 216.000.000 (doscientos dieciséis millones de pesos uruguayos) con destino al pago de retribuciones personales. Disminúyese el mismo importe en los gastos de funcionamiento de los Grupos 1 “Bienes de Consumo” y 2 “Servicios no Personales”, excluidos suministros y los Objetos del Gasto 122.001, 234.002 y 251.000, de la Financiación 1.1 “Rentas Generales”
Los incisos comunicarán al Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los sesenta días de promulgada la presente ley, la distribución del importe a disminuir entre sus programas, unidades ejecutoras, proyectos de funcionamiento y objetos del gasto según corresponda. De lo actuado se dará cuenta al Tribunal de Cuentas y a la Asamblea General”. ——En discusión el artículo 273. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Treinta y ocho en cuarenta y uno: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 27, “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, que comprende los artículos 274 a 284, inclusive. (Texto del Inciso 27:) “Artículo 274.- Autorízase al Inciso 27 – Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, a transformar los cargos ocupados a la fecha de vigencia de la presente ley, en cargos de otro escalafón del sistema escalafonario previsto en el artículo 28 de la Ley
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Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, con la modificación introducida por el artículo 48 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, de acuerdo a las necesidades de la Institución. La transformación no podrá ocasionar lesión de derechos de otros funcionarios, ni originar costo presupuestal. El Poder Ejecutivo reglamentará la aplicación del presente artículo, a propuesta del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, con informe de la Oficina
Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo 275.- Autorízase al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay a realizar la siguiente simplificación y categorización de los objetos del gasto del Grupo “0”, asociados a las remuneraciones civiles no docentes, de acuerdo a lo que surge de la siguiente tabla:
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CATEGORIAS OBG AUX CONCEPTO RETRIBUTIVO GRADO ESPECIAL PERSONAL INCENTIVO 011 012 000 SUELDO CARGOS BASICO DE X
000 INCREMENTO POR MA- X YOR HORARIO PERMANENTE 000 DEDICACION TOTAL X
013 014 021 022
000 COMPENSACION MAXIMA X AL GRADO 000 SUELDO BASICO DE FUN- X CIONES CONTRATADAS 000 INCREMENTO POR MA- X YOR HORARIO PERMANENTE 000 DEDICACIÓN TOTAL X
023 024 042 042 042
000 COMPENSACION MAXIMA X AL GRADO 001 COMPENSACIONES CONGELADAS 010 PRIMA TÉCNICA 013 PARTIDA DED.PERMANENTE FERES X CHOX X X X
042 042 042
013 PARTIDA SINIESTRABILIDAD CHOFERES 013 COMPESACION POR DEDICACION ESPECIAL 014 COMPENSACON POR X PERMANENCIA A LA ORDEN LEY 16170
042
034 ART.612 LEY 16.736- ALTO RIESGO
X
042
034 REMUNERACION COMPLEMENT. POR FUNCIONES DISTINTAS AL CARGO
X
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CATEGORIAS OBG AUX CONCEPTO RETRIBUTIVO GRADO ESPECIAL PERSONAL INCENTIVO 042 038 COMPENSACION PERSONAL TRANSIT., SE ABSORBE CON ASCENSO. 040 ASISTENCIA DIRECTA AL MENOR 063 COMPENSACION MEN- X SUAL INAME ART.215 LEY 16462 064 COMPESACION MENSUAL X ART.216 LEY 16462 071 COMPENSACION ART.597. X Y 617 LEY 16.736 084 INAME ART.603 LEY 16.736 X Y RESOL.31/12/96 087 PARTIDA TRIBUNAL CUENTAS DE X X X X X X X
042 042
042 042 042 042 042 042 042 042
087 PARTIDA LABORATORIO 087 PARTIDA TAREA INSALUBRE (LAVADERO) 087 PARTIDA INSPECCION SALUD LABORAL 087 PARTIDA INSPECCION ESPECTACULOS PUBLICOS
042
087 INCENTIVO AL RENDIMIENTO LEY 16170 ART.19
X
042
088 COMP. DESEMPEÑO SECRETARIA/ASESORES PERS.ESPEC. 102 COMPENSACION(ORIGEN X 042/090).ART.4 LEY 17904 520 COMP. ESP. POR CUMPLIR COND.ESPECIFICAS LEY 18.719 521 COMP. ESP. POR CUMPLIR COND. ESPECIF.(DISCRECIONAL) LEY 18.719
X
042 042
X
042
X
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CATEGORIAS OBG AUX CONCEPTO RETRIBUTIVO GRADO ESPECIAL PERSONAL INCENTIVO 042 042 710 INCENTIVO PRESENTISMO LEY 18.719 720 INCENTIVO RENDIMIENTO, DED, Y/O PRODUCTIVIDAD LEY 18.719 002 EQUIPAR.SALARIAL X ART.726 LEY 16.736 (REFORMA ESTADO) 007 DIFERENCIAL DE AUMEN- X TO ART.182 LEY 16713 009 AUMENTO DE SUELDO X DECRETO 203/92 017 AUMENTO SALARIAL A X PARTIR 1/5/03 DECRETO 191/03 018 COMPLEMENTO POR NO X ALCANZAR MINIMO DEC. 256/004 X X
047
048 048 048
048
048
021 ADICIONAL RET. MENOR A X $ 13.000.00 DEC.259/05
048 048 048
023 RECUP. SALARIAL ART.454 LEY 17903
2006 X
026 RECUP. SALARIAL ENERO X 2007 ART.454 LEY 17903 027 MINIMO $ 850.00 DECRE- X TO Nº 22/007
048 048 048 048
028 RECUP. SALARIAL ENERO X 2008 031 RECUP. SALARIAL ENE- X RO2009 032 RECUP. SALARIAL ENERO X 2010 037 INCREMENTO SALARIAL X INAU LEY 18.719
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A partir de la aprobación de la reglamentación por parte del Directorio del INAU, todas las normas legales y reglamentarias que se opongan a lo dispuesto en el presente artículo referidas a la simplificación y categorización de los objetos del gasto de la categoría del grado, no serán de aplicación para la determinación de la remuneración de los funcionarios no docentes del organismo. Las mismas continuarán aplicándose al personal docente del INAU. Dicha simplificación y categorización no podrá generar costo presupuestal. Artículo 276.- Sustitúyese a partir de la vigencia de la reglamentación del artículo precedente, lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, modificativas, sustitutivas y concordantes, por lo siguiente: “ARTÍCULO 72.- La compensación de atención directa a niños, niñas y adolescentes, quedará fijada por los montos que surgen de la siguiente tabla:
7 6 5 4 3 2 1
2.263,33 2.078,00 1.936,76 1.848,25 1.774,26 1.628,28 1.562,00
2.829,87 3.288,92 2.583,36 2.992,17 2.395,36 2.766,16 2.277,62 0,00 2.179,23 0,00 1.985,12 0,00 1.896,94 0,00
La aplicación del presente artículo no podrá afectar la retribución actual de los funcionarios, ni implicar costo presupuestal en el Grupo 0 “Retribuciones Personales””. Artículo 277.- Sustitúyese el artículo 167 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 167. (Carné de habilitación).- Los adolescentes, deberán contar con carné habilitación para trabajar, tramitado gratuitamente ante el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, en el que deberá constar: A) Nombre. B) Fecha y lugar de nacimiento. C) Domicilio. D) Consentimiento para trabajar del adolescente y sus responsables. E) Constancia del examen médico, en el que se declare que se encuentra apto para el trabajo.
CARGOS DE DIRECCION PROGRAMA 400 GRADO 30HS 40HS D.T. 16 1.475,41 1.899,21 2.244,25 15 1.358,74 1.744,04 2.057,67 14 1.254,91 1.605,94 1.891,44 13 1.163,39 1.484,20 1.745,01 12 1.083,58 1.378,06 1.617,41
CARGOS DE DIRECCION PROGRAMA 461 GRADO 30HS 40HS D.T. 16 4.215,45 5.426,30 6.412,13 15 3.882,16 4.982,98 5.879,05 14 3.585,47 4.588,42 5.404,11 13 3.323,96 4.240,58 4.985,73 12 3.095,90 3.937,31 4.621,17
F) Constancia de haber completado el ciclo de enseñanza obligatoria o el nivel alcanzado”. Artículo 278.- Sustitúyese el artículo 168 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 168. (Examen médico).- Todos los adolescentes menores de dieciocho años que pretendan trabajar serán sometidos obligatoriamente a un examen médico anual a fin de comprobar si la tarea que realizan es acorde a su capacidad física. En todos los casos, de comprobarse que la tarea es superior a su capacidad física, deberán abandonar el trabajo por otro más adecuado. Dicho examen, podrá ser realizado indistintamente por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay o por las instituciones pertenecientes al Sistema Nacional Integrado de Salud, en base al protocolo aprobado por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.
PROGRAMA 400 Y 461 GRADO 30HS 40HS D.T. 11 2.896,88 3.672,54 4.302,40 10 2.702,50 3.413,94 3.991,33 9 2.533,97 3.189,88 3.721,97 8 2.388,92 2.996,93 3.489,79
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Todos los legitimados para expedir el examen de salud podrán otorgar autorizaciones por períodos más breves, a efectos de exigir la repetición del examen médico en todos aquellos casos en que a su juicio sea necesario para garantizar una vigilancia eficaz, en relación con los riesgos que presenta el trabajo o el estado de salud del adolescente. El responsable del adolescente podrá impugnar el examen y requerir otro”. Artículo 279.- Sustitúyese el artículo 169 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 169. (Jornada de trabajo y descanso semanal).- Los adolescentes mayores de quince años no podrán trabajar más de seis horas diarias, equivalentes a treinta y seis horas semanales, y deberán disfrutar de un día de descanso semanal, preferentemente en día domingo. El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay podrá excepcionalmente autorizar a los adolescentes entre dieciséis y dieciocho años a trabajar ocho horas diarias, correspondiéndoles en ese caso, dos días continuos de descanso, preferentemente uno de ellos en día domingo, por cada cinco días de trabajo, previa evaluación técnica individual, estudio del lugar y puesto de trabajo, teniendo en cuenta el interés superior del niño o adolescente”. Artículo 280.- Sustitúyese el artículo 170 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 170. (Descanso intermedio y entre jornadas).- El descanso intermedio en la jornada de trabajo tendrá una duración de entre media hora y tres horas, y deberá ser gozado en la mitad de la jornada. Cuando el descanso sea de media hora, tendrá carácter remunerado. La jornada discontinua sólo se autorizará cuando la actividad laboral resulte compatible con la obligación de protección establecida en el artículo 163 de la presente ley. No se admitirán los horarios rotativos durante el ciclo lectivo. En todos los casos deberá mediar, como mínimo, doce horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente”.
Artículo 281.- Sustitúyese el artículo 177 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 177. (De la documentación).- El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay determinará los documentos que el empleador deberá llevar y tener a disposición de la autoridad competente. Estos documentos deberán indicar el nombre y apellido, fecha de nacimiento debidamente certificada, fecha de ingreso, tarea, categoría, horario, descanso intermedio y semanal y fecha de egreso, de todas las personas menores de dieciocho años empleadas por él o que trabajen para él. Dicho documento deberá renovarse anualmente”. Artículo 282.- Sustitúyese el artículo 121 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 121. (Medidas en régimen de internación sin conformidad del niño o adolescente).- El Juez solamente podrá ordenar la internación compulsiva en los siguientes casos: A) Niño o adolescente con patología psiquiátrica.
B) Niño o adolescente que curse episodios agudos vinculados al consumo de drogas. C) Niño o adolescente necesitado de urgente tratamiento médico destinado a protegerlo de grave riesgo a su vida o su salud. En todos los casos deberá existir prescripción médica. El plazo máximo de la internación será de treinta días prorrogables por períodos de igual duración mediando indicación médica hasta el alta de internación. Cuando el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay constate que un niño o adolescente pone en riesgo inminente la vida o integridad física suya o de otras personas, solicitará al Juez competente la aplicación de estas medidas, previa indicación médica”. Artículo 283.- Increméntase, a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 27 – Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, Programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal del Grupo 0 “Servicios Personales”, en la suma de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos), para financiar la creación de cargos en el “Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente” (SIRPA).
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Artículo 284.- Transfiérese de los créditos autorizados en el literal C) del artículo 13 de la Ley Nº 18.125, de 27 de abril de 2007, como partida por una sola vez, un importe de $ 150.077.599 (ciento cincuenta millones setenta y siete mil quinientos noventa y nueve pesos uruguayos), con destino al Inciso 27 – Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, a efectos de financiar los gastos de infraestructura y equipamiento del “Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente”. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión el artículo 274. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en cuarenta y ocho: AFIRMATIVA. Existe acuerdo para votar en bloque los artículos 275 a 284, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cuarenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el Inciso 29, “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, que comprende los artículos 285 a 299, inclusive. (Texto del Inciso 29:) “Artículo 285.- Facúltase al Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado a variar los porcentajes de distribución entre el nivel central y las unidades ejecutoras, de los recursos con afectación especial a los que se refiere el artículo 466 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en función de las necesidades de funcionamiento de ambos niveles. El porcentaje de la Unidad Ejecutora que generó la recaudación no podrá ser menor al 80% (ochenta por ciento)”. Artículo 286.- Sustitúyese el literal A) del artículo 719 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “A) En régimen de planes especiales temporales, altas por bajas en igual función, exclusivamente de casos especiales o contratación de suplentes”.
Artículo 287.- Facúltase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a incorporar a sus padrones presupuestales, en cargos en grados de ingreso de los escalafones que correspondieren, al personal contratado al amparo del artículo 410 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, cuyos contratos hubieran sido renovados en dos oportunidades. Una vez efectivizada la facultad conferida, se transformarán los cargos, cuyo crédito financió las contrataciones regularizadas. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Deróganse el artículo 465 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, el artículo 264 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y el artículo 278 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 288.- Autorízase al Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado a incrementar las transferencias a la Comisión de Apoyo de la Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” en hasta $ 62.672.000 (sesenta y dos millones seiscientos setenta y dos mil pesos uruguayos) anuales, a efectos que la misma contrate el personal (afectados a los IMAE) que a la fecha de la promulgación de la presente ley, se encuentre contratado en la Comisión de Apoyo del Hospital Maciel. La transferencia será financiada con créditos de gastos de funcionamiento. La contratación del personal por parte de la Comisión de Apoyo de la Unidad Ejecutora 068 implicará dejar sin efecto la percepción de ingresos por IMAE a cualquier título por parte de la Comisión de Apoyo del Hospital Maciel. La presente norma regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 289.- Facúltese a la Contaduría General de la Nación a solicitud del Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado a trasponer al Fondo de Suplencias, creado por el artículo 455 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, hasta $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) por año, resultantes de los descuentos individuales y multas provenientes de situaciones tales como inasistencias, reservas de cargo y licencias especiales sin goce de sueldo de sus funcionarios. Artículo 290.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas, a solicitud del Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, a reasignar los créditos autorizados en gastos de funcionamiento
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al Grupo 0 “Servicios Personales” según el siguiente detalle: A) Hasta $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la ampliación de horas de personal propio cuando la institución resuelva pasar a prestar directamente algunos de los servicios asistenciales que actualmente contrata a terceros. Deberán justificarse los montos a reasignar al Grupo 0 “Servicios Personales”, así como la compra de insumos necesarios para el cumplimiento del servicio. B) Hasta $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) con destino a financiar las diferencias salariales emergentes de la de la asignación de funciones distintas a las del cargo presupuestal, cuando la misma hubiera sido previamente autorizada por el Directorio del organismo. C) Hasta $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) con destino a financiar el área de Soporte a Usuarios de Informática. Artículo 291.- Facúltase al Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, a partir de la promulgación de la presente ley, a reasignar al Grupo 0 “Servicios Personales”, hasta $ 80.000.000 (ochenta millones de pesos uruguayos), de los créditos previstos en el literal B) del artículo 719 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 292.- Facúltase al Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, a reasignar créditos de gastos de funcionamiento por hasta $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), al Grupo 0 “Servicios Personales” para el “Programa de Fortalecimiento de Enfermería en Unidades de Cuidado Crítico Neonatal y Pediátrico”. Artículo 293.- Asígnase en el Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Programa 440 “Atención Integral de la Salud”, Financiación 1.1. “Rentas Generales”, una partida de hasta $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos), con destino a completar el financiamiento correspondiente a las diferencias en las cargas legales de los cargos creados al amparo del inciso primero del artículo 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 285 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012.
El Ministerio de Economía y Finanzas autorizará a la Contaduría General de la Nación a habilitar el importe previsto en el inciso anterior, en la oportunidad en que se produzca la efectiva creación de los cargos o la incorporación del complemento salarial al Grupo 0 “Servicios Personales” por el monto que efectivamente impliquen las cargas legales, dentro del máximo establecido. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 294.- Increméntase a partir de la promulgación de la presente ley en el Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, Programa 440 “Atención Integral de la Salud”, Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, el Grupo 0 “Servicios Personales”, en $ 21.000.000 (veintiún millones de pesos uruguayos), con destino a la creación de cargos para completar la dotación de recursos humanos necesarios para el traslado especializado, en el marco del Plan de Traslados Pediátricos y Neonatales del Ministerio de Salud Pública. Artículo 295.- Increméntase a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, Programa 440 “Atención Integral a la Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el Grupo 0 “Servicios Personales” en $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) con destino a la creación de los cargos para completar la dotación de recursos humanos necesarios para mejorar la atención de la salud mental. Artículo 296.- Los importes correspondientes a las partidas a transferir a las Comisiones de Apoyo y Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata, con destino a la contratación de personal que preste funciones en dependencias del Ministerio de Salud Pública, y que se encuentre en esa situación a la fecha de vigencia de la presente ley, serán transferidos al Inciso 12 – Ministerio de Salud Pública. A esos efectos el Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los ciento veinte días de promulgada la presente ley, los créditos presupuestales a ser transferidos por aplicación del inciso precedente, debiendo contar con informe previo y favorable del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 297.- Asígnese al Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, Programa 440 “Atención Integral de la Salud” , Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de
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$ 9.000.000 (nueve millones de pesos uruguayos) en gastos de funcionamiento, con destino al fortalecimiento de la Red Nacional de Drogas (RENADRO). Artículo 298.- Increméntase a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado, el Grupo 0 “Retribuciones Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) con destino a la creación de cargos para fortalecer los recursos humanos en el marco del Programa de Salud Rural. Artículo 299.- Facúltase al Inciso 29 – Administración de los Servicios de Salud del Estado a reasignar $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) en los Ejercicios 2013 y 2014, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, desde gastos de funcionamiento al Grupo 0 “Retribuciones Personales”. Las reasignaciones realizadas al amparo de la presente norma tendrán carácter permanente. La presente norma regirá a partir de la promulgación de la presente ley”. ——En discusión el artículo 285. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 286. SEÑOR SCHUSMAN.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SCHUSMAN.- Señora Presidenta: a través de este artículo, la Directora de ASSE -a quien reconocemos su capacidad y responsabilidad, ya que la conocimos hace mucho tiempo en la Facultad de Medicina- solicita que sean las Comisiones de Apoyo y las Unidades Ejecutoras de ASSE las que puedan contratar suplentes, entendiendo que este mecanismo, efectivamente, facilita la operativa para cubrir los servicios de salud. No obstante, existe una realidad que va más allá de esta operativa y que preocupa sobremanera, como el hecho de que quedan descubiertos servicios de salud que resultan imprescindibles para la asistencia médica, lo que acontece sobre todo en el interior del país.
La escasez de algunos profesionales especialistas en distintas áreas afecta en forma notoria la calidad de la asistencia e, incluso, en los últimos tiempos ha generado algunos serios inconvenientes que tomaron estado público. Por otra parte, parecería que ASSE todavía no ha asumido que ya no es el área donde recurren a asistirse las personas de bajos recursos económicos que no pueden acceder al pago de la cuota mutual sino que, de acuerdo con el nuevo sistema de salud, ASSE se ha convertido en una mutualista más, la más grande del país, que cubre una población de alrededor de un millón doscientos mil usuarios, por los que recibe recursos económicos del Estado por el pago de las cápitas, de la misma forma que el resto de las instituciones. Además, ASSE cuenta con la ventaja de que el Estado le deriva expresamente el circuito de los usuarios que por diferentes circunstancias no optaron a tiempo por la institución a la que afiliarse. Por si esto fuera poco, los servicios de ASSE no tienen el mismo inconveniente que el resto de las instituciones, a las que el Ministerio de Salud Pública fiscaliza en forma exhaustiva e impone en forma compulsiva sus exigencias con respecto a las políticas de salud. Cuando se trata de las instituciones privadas es totalmente distinto; se es estricto e inflexible, en contraposición con ASSE, con la que se es por demás contemplativo a la hora de fiscalizar y exigir esas políticas. El Estado, a través de su política de salud, frena la expansión de las instituciones, limitando la inversión en tecnología sin un criterio racional, obstaculizando la implementación de nuevos servicios de asistencia y prohibiendo, inclusive, la publicidad de los servicios que cada institución quiere comunicar a la población; mientras sucede todo esto con las demás instituciones, la que se encuentra en inmejorables condiciones para progresar en la prestación de los servicios de salud es, precisamente, ASSE, ya que no sufre el ahogo de la presión que Salud Pública ejerce contra las demás. Entonces, independientemente de la potestad que se otorgue a las Unidades Ejecutoras para confeccionar listas de suplentes -como establece este artículo- y de las modificaciones de tipo presupuestal que se pretende incluir, habría que encarar una políti-
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ca que permita que ASSE se convierta en un gran centro de atención de salud del país, apostando a la regionalización de los servicios, a una complementación real con otros operadores e intentando -por qué no- la venta de servicios y, fundamentalmente, elevar el nivel de la asistencia. Se debería desmitificar la idea generalizada de la población de que ASSE tiene centros de salud que, con escasos presupuestos, deben encargarse de la atención de las personas de menores recursos. Este nuevo Sistema Nacional Integrado de Salud ha hecho que ASSE reciba el mismo presupuesto que el resto de las instituciones en cuanto a las cápitas y también el mismo presupuesto con respecto a la financiación que el Ministerio de Salud Pública destina al cumplimiento de las metas. Mientras las metas del Ministerio de Salud Pública en cuanto al control pediátrico en niños menores de un año para las IAMC rondan un 92 % del total de la meta exigida por Salud Pública, en ASSE, las cifras son sensiblemente menores, alcanzando un 60 %. Y nadie piense que para llegar a esta meta se necesita contar con gran infraestructura en tecnología, sino que el control pediátrico requiere tan solo de una balanza para medir el peso, de un tallímetro para medir la altura, de una cinta métrica para medir el contorno cefálico y de la tarea de un profesional que evalúe el crecimiento y el desarrollo del niño. Cuando decimos que el 40 % de los niños no tiene un correcto control, significa que esos niños pueden estar expuestos a enfermedades no detectadas a tiempo que van a perjudicar notoriamente sus posibilidades futuras. Hoy, en contraposición con la política del Ministerio de Salud Pública, el sector público deja sin la debida asistencia, en prevención y controles, a un gran porcentaje de niños. Esa Cartera exige una meta en cuanto al control de niños y la propia Administración de los Servicios de Salud del Estado no cumple con la política de salud, dejando al descubierto una importante cantidad de niños que no son debidamente controlados, lo que se aparta del principio fundamental de igualdad de oportunidades para todos. ASSE tampoco cumple satisfactoriamente con las exigencias del Ministerio para el control del embarazo. El porcentaje de embarazadas controladas en forma correcta en el circuito de ASSE ronda el 58 %, en con-
traposición con los porcentajes de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva. La mitad de las embarazadas que se controlan en el sistema público pueden quedar expuestas a complicaciones no detectadas a tiempo por no tener sus debidos controles. Mientras el resto de las instituciones va cumpliendo con el porcentaje que el Ministerio de Salud Pública exige en cuanto a referenciar a jóvenes y adultos, con los llamados médicos de referencia, ASSE -en cambio- no cumple con estas metas. Quiere decir que ASSE, recibiendo los mismos recursos que el resto de las instituciones, a través del Fondo Nacional de Recursos, obtiene resultados sensiblemente inferiores. Esto nos hace concluir que existe un claro problema de gestión en las diferentes Unidades Ejecutoras de los servicios de salud estatal cuando, por el contrario, ASSE debería constituirse en una propuesta más digna en beneficio de los propios pacientes ya que se trata nada menos que de la salud de la población. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Señora Presidenta: el Partido Nacional, como hicieron nuestros compañeros en la Comisión, va a votar el Inciso correspondiente a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, salvo algún artículo en particular. Queremos dejar constancia de que este es de los típicos casos -al igual que sucede en materia de educación- donde el problema es la gestión, vuelve a ser la gestión. El presupuesto de ASSE se ha multiplicado en los últimos años en forma significativa, hoy supera los ochocientos millones de dólares, con un agregado no menor: que la cantidad de pacientes, de usuarios, que atienden los hospitales y policlínicas de ASSE ha disminuido en más de trescientos mil uruguayos. Por lo tanto, hay más dinero para menos pacientes. Esta mayor dotación de recursos por uruguayo debería representar para ASSE -como se sostuvo hace algunos años en momentos en que se discutió en la Cámara el Sistema Nacional Integrado de Salud- una mejora en la calidad de la atención; sin embargo, los últimos años y los últimos meses han sido prueba de las enormes carencias que han sufrido sus hospitales y policlínicas. Hace muy pocos meses ocurrieron hechos trágicos que conmocio-
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naron al Uruguay, como el fallecimiento de pacientes en hospitales públicos por la carencia de especialistas y de atención; también en dos oportunidades el Parlamento tuvo que proceder a declarar la emergencia sanitaria, y se ha producido el aumento de un índice que -a nuestro entender- es muy sensible, diría de los más sensibles en materia de salud: la mortalidad infantil. Prácticamente, desde la restauración de la democracia en el año 1985, es la primera vez que la mortalidad infantil aumentó en el Uruguay. Lo más llamativo, lo que más alarma, es que este aumento haya sucedido en un momento de crecimiento económico. Es decir, el país creció desde el punto de vista económico, disminuyeron los índices de pobreza y marginalidad -uno debería pensar que lógicamente debería haber llevado a una disminución de la mortalidad infantil- y, sin embargo, increíble y dramáticamente, aumentó la mortalidad infantil. Es decir que los recursos estuvieron pero se gestionaron mal. Se gestionaron tan mal -esto es notorio para los uruguayos- que, inclusive, ya hace un par de años, el propio Presidente de la República tuvo que destituir al Presidente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado. Al mismo tiempo, todos sabemos que hoy ASSE está presa, entre otras cosas, de una lógica política interna que hace que el gobierno de ASSE muchas veces esté en manos de las corporaciones y no de los legítimos representantes de la soberanía. El poder sindical allí ha sido y es tremendo. Esto es claro para quien habla y para todos, porque es de los temas sobre los que habitualmente se habla entre quienes integramos esta Casa. De manera que la mayor dotación de recursos no se ha visto acompasada con una mejor calidad. Voy a dar dos ejemplos, uno de Montevideo y otro del interior. El sábado pasado estaba de gira en la zona de La Cruz de Carrasco y unas madres me hablaron de la necesidad de contar con atención de emergencia en la policlínica del lugar, porque se había cerrado hacía un tiempo. El único recurso que tienen -se trata de gente muy humilde de la zona de atrás de Malvín Alto-, a pesar de sus carencias, es trasladarse hasta el Pereira Rossell, habiendo una policlínica al alcance de la mano. Hace algunas semanas, en la frontera de Cerro Largo con Brasil, en Isidoro Noblía, unas señoras maniceras -dedicadas a la cosecha del maní- también nos decían: “Acá, Diputado, para enfermarse hay que hacerlo con día y hora, porque donde uno se enferme cuando le toca y no cuando está el médico, la cosa se complica. Hay que enfermarse de 10 a 14 de lunes a viernes, y no
lo haga los fines de semana porque tampoco hay médico”. Y yo les decía que esto no condice con los recursos que se invirtieron en salud ni con un discurso que ha señalado avances en la materia; sinceramente, en el país real no se han visto avances, hasta llegar a situaciones dramáticas -como las que relataba al principio- en el Hospital de Paso de los Toros o hace unos meses en el Hospital de Canelones, que saliendo por los accesos está ubicado muy al alcance de la mano. Por lo tanto, señora Presidenta, si bien vamos a votar estos artículos, queremos manifestar que el drama que está planteado en esta oportunidad refiere a que los recursos no se gestionan bien, a que hay una enorme politización dentro de ese organismo y a que hay situaciones internas que impiden que se puedan gestionar los recursos que el Parlamento le otorga para la atención de la gente más humilde. Además, como se supo hace algunos días, se vieron incrementados algunos índices que son realmente dramáticos -lo que es increíble en esta situación-, como el de la mortalidad infantil en Uruguay. Si bien hay más recursos y menos cantidad de pacientes para atender -reitero: unos trescientos mil menos-, tal como se ha señalado, creció la mortalidad infantil. Entonces, si bien vamos a votar estos artículos, señora Presidenta, quiero dejar constancia de que hay una absoluta crisis de gestión, que determina que plata que ponen los uruguayos para que los uruguayos se atiendan en las policlínicas de ASSE no se utilice para una mejor atención de la gente. Gracias, señora Presidenta.
21.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Fernando Amado, por los días 27 y 28 de agosto de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor Álvaro Fernández”.
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——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y tres: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTENCEDENTES:) “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Germán Cardoso Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por los días 27 y 28 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. FERNANDO AMADO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Fernando Amado. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 27 y 28 de agosto de 2013. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Fernando Amado, por los días 27 y 28 de agosto de 2013. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Álvaro Fernández. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013.
PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
22.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR BANGO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BANGO.- Señora Presidenta: no solicité la palabra para contestar una alusión porque, en rigor, la aludida por las palabras del señor Diputado preopinante podría haber sido la Rendición de Cuentas. Por lo tanto, me pareció más ajustado pedir la palabra para realizar una aclaración con respecto a la mortalidad infantil. En lo personal, tendría la prevención de no asociar los buenos resultados y los ascensos o descensos de la mortalidad infantil con la gestión; en realidad, tendría algunas prevenciones. En nuestro país nacen unos cuarenta y siete mil niños y niñas al año, por lo que el 1 ‰ de esa población sería cuarenta y siete; Uruguay, alrededor de 2007, llegó a tener un récord histórico en la baja de la tasa de la mortalidad infantil, que estuvo ubicada en el 7 ‰. Posteriormente, tuvo un empuje, que coincidió con un invierno muy crudo que vivió el país, y subió un punto, y hoy está ubicada en el entorno del 9 ‰. Quiero hacer notar que basta con que se produzca una pequeña variación en el descenso o aumento de las cifras de muertes infantiles para que descienda o aumente la tasa; estamos hablando de números, aunque sabemos que detrás de ellos hay vida. Sin duda, no estamos minimizando el drama que significa que se muera un niño o una niña, simplemente estamos tratando de salir del contexto de dramatización de la situación para hablar de los indicadores que utilizamos. Por lo tanto, debemos tener en cuenta que el componente demográfico hace que este indicador tenga una variabilidad rápida, que no necesariamente está asociado con la gestión. Y podría decirse que al contrario, podía estar asociado con la gestión.
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Por otra parte, el hecho de que hoy nazcan niños con muy bajo peso -en el entorno de los 500 gramos, que antes no nacían y no entraban en la cuenta final-, hace que aumente muchísimo el riesgo que tienen fallecer en el correr de un año, lamentablemente. Por lo menos, es ese porcentaje de niños que tiene bajo peso al nacer y antes no nacía; hoy, fruto de los avances tecnológicos, tenemos mejores condiciones sanitarias como para que ellos sobrevivan a pesar de su bajo peso. Por ende, la aclaración es importante, si bien es válido hablar de los problemas de gestión que pueden existir en el organismo. Por supuesto, nosotros no tenemos una visión romántica, y sabemos que hay aspectos de gestión a mejorar. De todos modos, yo sería precavido a la hora de asociar directamente esta situación a los problemas de gestión, que pueden ser discutidos desde otra óptica. Creo que no se puede caer en la tentación de utilizar rápidamente algunos indicadores, como el de la mortalidad infantil -que tiene esa variabilidad en función de lo que he explicado- porque eso ayuda a generar un contexto de alarma. En realidad, es lo mismo que si yo saliera a festejar mañana porque mueren veinticinco niños menos, por lo que baja rápidamente la tasa de mortalidad infantil, y lo asociara en forma directa a un éxito de la gestión. En verdad, una discusión seria e informada requiere que seamos más cuidadosos a la hora de asociar problemas de gestión con el movimiento de algunos indicadores, que nunca se mueven por una razón unilateral. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Después de que termine este debate de la Rendición de Cuentas vamos a leer el artículo 71 del Reglamento a los efectos de dilucidar qué son las aclaraciones y las alusiones. Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Señora Presidenta: admito que el señor Diputado tenga esa prevención a que hizo referencia, y lo hago porque es sociólogo, porque si fuera médico no lo podría admitir. Si hay algo que es típico de mala gestión, es el aumento de la mortalidad infantil.
La mortalidad infantil por prematurez, por definición, es evitable y prevenible. ¿Por qué? Porque se tiene que captar a la mujer embarazada y controlar su embarazo de forma tal de evitar que nazca un niño de pretérmino. Por lo tanto, todo lo que usted dijo, no corre. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señor Diputado: por favor, diríjase a la Mesa. Puede continuar el señor Diputado García. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Admito que el señor Diputado Bango tenga esa prevención porque es sociólogo, ya que si fuera médico no lo podría admitir, porque esta es una definición técnica. Además, el hecho de que la tasa haya aumentado un punto es muy relativo, porque ese punto está conformado por cuarenta y cinco o cuarenta y siete niños, un punto por mil, y dos puntos son casi cien niños. Entonces, no es un detalle menor que nazcan cien uruguayos o uruguayas más o menos; no estamos hablando de un puntito, sino de cien niños. Por lo tanto, hay que tener mucho cuidado cuando se habla de este tema, porque es muy importante, sea cual sea el Gobierno. Debe ser una política que reúna a todos, la de llevar adelante las mejores decisiones y la mejor gestión a fin de evitar que mueran niños que nacen y son viables. Sin duda, esto no ocurre por azar sino, fundamentalmente, por mala gestión. Reitero que la prematurez es una enfermedad evitable y prevenible; lo que hay que hacer es captar el embarazo, controlarlo y evitar que un niño nazca con trescientos, cuatrocientos o quinientos gramos de peso, porque si nace no va a vivir; en realidad, no debe nacer con ese peso, y para eso el embarazo debe ser controlado. Gracias, señora Presidenta.
23.- Preferencias.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Dese cuenta de una moción presentada por el señor Diputado Arregui. (Se lee:) “Mociono para que se incluyan como tercer y cuarto punto del orden del día de la sesión extraordinaria del día 20 de agosto los siguientes proyectos de ley:- 3º) Salida de país de la Plana Mayor y Tripulación del Buque 01 ‘Uruguay’ de la
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Armada Nacional, a efectos de participar en el Ejercicio ‘Atlantis II’. (C/2470/2013).- 4º) Salida del país de efectivos del Ejército Nacional por el aniversario de la Declaratoria de la Independencia de la República Federativa del Brasil. (C/2469/2013)”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y tres: AFIRMATIVA.
Por lo tanto, voy a pedir que se tenga un poquito de respeto a las uruguayas y a los uruguayos. Si quieren discutir, discutimos. Pero no por haber ido una persona a la Facultad de Derecho, recibirse de abogado y nunca haber ejercido, uno termina haciendo jurisprudencia. Tampoco por haber ido una persona a la Facultad de Medicina y nunca haber ejercido, termina siendo una autoridad en temas de salud pública. La pregunta que nos tenemos que hacer es: ¿hoy está mejor o peor la salud de todos los uruguayos que hace ocho años? Por supuesto que pueden tirar un petardo y decir: “Bueno, pero se murió Fulano, se murió Mengano, hubo un problema”. Afortunadamente, los uruguayos somos inteligentes y trabajamos sobre el sentido común. Me parece que aquí está faltando un poquito de sentido común. ¿Precisamente hoy que se acaba de aprobar una disposición para que, si una persona está enferma y precisa un antibiótico, con una sola orden se le da la medicación para todo el tratamiento? ¡Ah, eso no se dice! ¡Se dice que es todo malo, como si antes hubiéramos estado fenómeno! Estamos incorporando a ASSE al Sistema Nacional Integrado de Salud y, la verdad, si después de haber hecho una carrera -lo digo de verdad y lo banco con cualquiera- a costillas del pueblo uruguayo, hablara en contra de un sistema que va a favor de la salud de los uruguayos, me daría vergüenza. Gracias, señora Presidenta.
24.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR GAMOU.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GAMOU.- Señora Presidenta: en primer lugar -esto tiene que ver con lo que discutíamos antes del intermedio, acerca de la educación-, en este país la educación la paga el pueblo, la pagamos todos. Entonces, quiero que el día de mañana cuando se haga una Rendición de Cuentas también se pregunte a quienes le pagamos la educación, qué hicieron por la educación que recibieron, porque hay ingenieros que en su vida no ejercieron como ingenieros, contadores que jamás ejercieron como contadores y médicos que tampoco ejercieron como médicos y, total, en Uruguay cada uno dice lo que se le ocurre. En Uruguay todos los días se producen cientos de miles de interacciones médicas, pero hablamos de las que salen mal, jamás de las que salen bien; es muy barato decir que salió mal alguna cosa que hizo ASSE, cuando de pronto cien, doscientas o mil salieron bien. El tema es armar algún escombro con esto. Lo que planteamos en este artículo es para que salgamos bien. Voy a ser muy breve, pero la mortalidad infantil no solamente depende de lo que logre ASSE. También hay otros errores. En años nunca vi que se me reprochara algún error que hubiera cometido alguna mutualista; sin embargo, los de ASSE me los vienen a cobrar en seguida.
25.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Horacio Yanes, por el día 15 de agosto de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Da Roza. ——En discusión.
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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se me conceda licencia el día 15 de agosto del presente año, por motivos personales. Saluda a usted cordialmente, HORACIO YANES Representante por Canelones”. “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto en virtud de la licencia presentada por el Representante Sr. Horacio Yanes. Saluda a usted cordialmente. Nora Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de agosto de 2013. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señora Nora Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E:
1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Horacio Yanes, por el día 15 de agosto de 2013. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señora Nora Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99000, del Lema Partido Frente Amplio, señor Luis Da Roza. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
26.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: en primer lugar, como parece que hay que especificar la formación para hablar de los temas en discusión, quiero decir que soy ingeniero agrónomo, pero voy a hablar de ASSE. Soy legislador, integro este Parlamento y tengo la obligación de aportar mi análisis y mi voto a la definición de la Rendición de Cuentas. Si hay algo con lo que no se puede traficar es con la muerte y usar la sensibilidad de la gente para hacer política con cosas tan valoradas como la vida, es muy jodido, por no utilizar otro adjetivo. Para nosotros, el tema de los índices de mortalidad no es novedad, porque ha estado presente cuando discutimos el Presupuesto y las Rendiciones de Cuentas de 2010 y 2011. Puede decirse que pese a que el Presupuesto Nacional adjudica dinero a la salud -en una definición política que básicamente cuenta con los votos del oficialismo-, se administra mal y la gente lamentablemente no recibe una buena atención. Sin embargo, en estos momentos, en nuestro país se está llevando adelante una conferencia regional, organizada por la CEPAL, y Uruguay está siendo elogiado como el país de América Latina y El Caribe
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con menor índice de muerte maternal. Creo que son logros de lo que se hace en el área de la salud, desde un Ministerio de Salud Pública que orienta, trata de regular y administrar el sistema y de prestadores públicos y privados responsables de brindar los servicios. Estamos avanzando en esa línea. Cuando se definió entre las políticas públicas un cambio en el modelo de atención a través del Sistema Nacional Integrado de Salud, en especial para este período se trazaron algunas líneas prioritarias, como la atención prenatal, el control obstétrico en tiempo y forma, la detección del HIV en los primeros tramos del embarazo, la captación reciente del nacido, el control de salud en la primera infancia. En el día de ayer precisamente discutíamos acerca de la generación de un sistema coordinado de traslados con especial énfasis inicial en los traslados prenatales. Estos valores en el primer y cuarto trimestre de 2012 mostraron una mejora de desempeño, tanto en el sector privado como en el público, aunque hay diferencia entre ellos. ¡Claro! Para algunos servicios el sector privado está más equipado, tiene más recursos. No olvidemos que pese a todo el dinero que la política pública pone en ASSE, estamos en el 83 % del dinero que destina el sector privado por usuario. Todavía en el sector público no llegamos a invertir el dinero que invierten los privados, a pesar de que gran parte o la mayoría de los recursos que utilizan, provienen de fondos públicos o de Rentas Generales, a través del Sistema Nacional Integrado de Salud. Hablemos de un sistema en el cual la política pública, orientada por el Gobierno del Frente Amplio -llevamos adelante la reforma sanitaria de este país-, es la que está brindando servicios de salud para atender a los uruguayos y a las uruguayas, y eso hay que tenerlo muy en cuenta. Según información que brindó en Comisión su Presidenta -aunque se escuchó lo que se quiso y se puede leer lo que se quiere-, ASSE, en 2012, tenía 1:291.000 usuarios “fonaseados” y hoy tiene 308.000. O sea que sigue siendo un prestador que tiene que atender una población que no está “fonaseada”; por eso, también hay recursos públicos en el Presupuesto y, en este caso, en la Rendición de Cuentas volcados a ASSE, para seguir avanzando en la mejora de la salud.
Voy a dar algunos indicadores, porque tanto van para un lado como para el otro, dan cosas buenas en un lado como en el otro. La propia doctora Beatriz Silva presentaba en la Comisión indicadores de infecciones en relación, por ejemplo, con operaciones de apendicitis. Decía la Presidenta de ASSE: “En ese estudio que se hizo sobre infecciones en el sitio quirúrgico entre 2008 y 2012” -o sea que no es el hecho particular de un año, que podría evidenciar variaciones- “la tasa de infecciones poscirugía de apendicectomía fue de 1,5 % en los servicios de ASSE y de 4,2 % en el resto de los servicios del sistema”. ¿Qué quiere decir? Que hay cosas buenas y no tanto en un lado y en otro. ¿Cuál es el desafío del país? Avanzar para que las cosas buenas se den en todo el sistema. Nuevamente, no se puede pensar con la cabeza de la competencia. El Sistema Nacional Integrado de Salud no es para competir sino para complementar. Ese es otro de los aspectos que mencionaba la doctora Beatriz Silva en su intervención. Yo creo que los legisladores, cuando salimos al territorio, tenemos que ver cómo nos informamos. Precisamente, el ejemplo que acaba de poner el señor Diputado Javier García -que se puede sentir aludidoes equivocado. En pueblo Noblía hay un convenio de complementación firmado entre ASSE y la prestadora privada de salud -Camcel-, auditado por el Ministerio de Salud Pública. Allí, en una estructura física que es propiedad de ASSE se van a complementar los servicios. Va haber recursos humanos de ASSE y de la prestadora privada. Hay una ambulancia propiedad de ASSE que traslada a todo aquel que lo necesita. No se puede tirar equivocado para generar dudas, incertidumbre o que se piense que este país no tiene rumbo cuando se quiere mejorar el Sistema Nacional Integrado de Salud. ¿Que hay rezagos? ¿Que hay equivocaciones? ¿Que tenemos muchísimas cosas para cambiar en la gestión? Lo admitió la propia Presidenta cuando estuvo en la Comisión. Si hay algo que dijo fue que están avanzando en la mejora del modelo de gestión, y puso como ejemplo la regionalización a la que se va, mediante la cual se piensa tener un grado de resolución mayor. En este marco, estamos tratando de resolver los problemas, sobre todo en el interior y lo más al norte posible. ¿Por qué existen muchos de ellos? Porque durante muchísimos años en este país no había incentivos para estudiar medicina. No valía,
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porque los muchachos y las muchachas pasaban seis u ocho años formándose para luego no tener trabajo, porque no había un sistema público al que ingresar a trabajar con salarios dignos. En el sistema privado tampoco había muchos lugares de ocupación porque había pocos afiliados y las mutualistas quebraban, la gente quedaba sin asistencia y los trabajadores, profesionales y no profesionales, quedaban sin trabajo. ¡Esas cosas no ocurren en este Uruguay que gobernamos nosotros! ¡Y la gente lo sabe! Hay trabajo. Hay atención. Hay preocupación desde el Estado para que aquellos que siempre estuvieron postergados no se sientan postergados. Esas son las cosas que el Sistema Nacional Integrado de Salud también está tratando de resolver. No se puede de la noche a la mañana; no se puede. Entre tantas cosas, se están haciendo complementos, y la doctora Beatriz Silva también lo informó en la Comisión. Por ejemplo, en el caso de la Universidad, se hizo un complemento para la formación de algunas especialidades. Antes había canilla cerrada; no era fácil ingresar a algunas especializaciones. Ella citó claramente el ejemplo de la anestesiología, en el marco del Programa de Formación y Fortalecimiento de los Recursos Humanos en Salud. Hoy hay un Grado 2 residiendo en Rivera, lo que permitirá desde allí instruir y formar en una especialidad que ha estado jaqueada por la poca disponibilidad de recursos humanos que tenemos para la atención de la gente. Estas son las cosas que están en tránsito. Nos falta mucho más, pero estamos en el buen camino y yo creo que la gente lo sabe. Muchas gracias. SEÑOR SCHUSMAN.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SCHUSMAN.- Señora Presidenta: nosotros somos exponentes de la Universidad pública, de la misma forma que somos de la escuela y el liceo públicos. Nos sentimos muy orgullosos de ello y no nos da vergüenza hablar de los problemas de la salud, menos aun en este ámbito. No hablamos de muerte sino de cosas positivas, como el control de embarazo, el control del niño y la referenciación de jóvenes y adultos. Son metas que el
Ministerio de Salud Pública impone, por las que fiscaliza a las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva y no a ASSE, a pesar de que en ambos casos se reciben recursos por la equiparación que se hizo del Fondo Nacional de Recursos. Decíamos que el Ministerio de Salud Pública es muy exigente y, a veces, ni siquiera deja progresar a las instituciones que quieren acceder a tecnología, frenándolas con argumentos falaces. No deja hacer publicidad para mostrar los servicios que las instituciones van introduciendo y que, en definitiva, van a redundar en beneficio de la población. Efectivamente, el camino es la regionalización y la complementación de servicios, pero lo que planteábamos era la necesidad de que ASSE trate de igualar los porcentajes de control de niños menores de un año y de embarazadas, porque no son controles que requieran distraer muchos recursos económicos. Además, cuantos más niños se controlan, menos posibilidades hay de que tengan alguna enfermedad que no se detecte a tiempo. De esa forma, cumplimos con algo tan importante como la igualdad de oportunidades para todos. Por eso no me da vergüenza hablar; yo no me referí a muertes, pero si queremos hablar de mortalidad infantil, es bueno comparar los porcentajes en los últimos años en el Uruguay. Nuestro país siempre tuvo índices de mortalidad infantil de los mejores de América. Después de Cuba, Chile y Costa Rica, Uruguay siempre ha sido el país que ha estado mejor posicionado. Se nos ocurrió hacer un análisis de cómo fueron bajando las cifras de mortalidad infantil, comparándolas con las del país que mejor índice tiene, que es Cuba. Entre 1885 y 1990, durante el primer Gobierno del doctor Sanguinetti, se logró reducir la mortalidad infantil del 29,3 ‰ al 20 ‰. En ese momento, Cuba tenía una mortalidad infantil del 17 ‰. Luego del segundo período del Gobierno encabezado por el doctor Sanguinetti, en el año 2000, la mortalidad infantil en Uruguay se logró bajar del 20 ‰ al 14 ‰, y en Cuba era de 9 ‰. Si bien en el año 2002 nuestro país sufrió un leve ascenso, propio de la crisis, en 2003 o 2004 llegó nuevamente a índices de 12 ‰. Entonces, cuando en la actualidad se dice que este Gobierno llega a índices de mortalidad infantil más bajos -que todos celebramos-, es porque se pudo partir de un 12 ‰, cuando antes se estaba en 29 ‰. Y se pudo partir de un 12 ‰, precisamente, porque se fueron logrando re-
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ducir paulatinamente los índices de mortalidad. En consecuencia, haciendo esta comparación, ¿podemos decir que es mejor en cuanto a la política de salud -como se ha insinuado aquí- el Gobierno de Mujica, con índices de mortalidad infantil de 9 ‰, que el de Sanguinetti en la década de los ochenta, cuando se bajó la mortalidad de 29‰ a 20 ‰? Si decimos eso, tenemos que decir también que el Gobierno de Raúl Castro, en Cuba, es mejor que el de Fidel Castro, porque el primero tiene hoy un índice de 5 ‰ cuando Fidel Castro tenía, en la década del ochenta, 17 ‰. ¿Es mejor el Gobierno de Mujica, en el Uruguay, con un 9 ‰ de mortalidad infantil que el Gobierno de Fidel Castro de Cuba, en los años ochenta, que tenía 17 ‰? Lo que pasa es que no se puede comparar la mortalidad infantil del año 2013 con la mortalidad infantil de la década del ochenta y ni siquiera se puede comparar con la primera década de 2000. Ocurre esto porque, si bien este es un índice en el que tienen influencia los aspectos de carácter político y social, en definitiva, de lo que estamos hablando es de medicina, y la medicina avanza. Hoy, por suerte, se salvan niños pretérmino de mes edad y niños pretérmino de menos peso que hace treinta o cuarenta años no sobrevivían. Gracias. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Luego del intermedio se votó una serie de artículos. Tal vez algunos señores Diputados no estaban en Sala en ese momento, por lo que la Mesa quiere recordar que ahora estamos tratando el artículo 286, y es a ese artículo al que deberemos referirnos. Tiene la palabra el señor Diputado Pardiñas. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: concuerdo con el análisis que ha hecho el señor Diputado preopinante. Precisamente, cuando los indicadores son tan especiales -también lo fundamentaba el señor Diputado Bango-, en estos casos hay que ver los períodos, las tendencias. Nosotros no estamos diciendo que sea una bandera del Gobierno del Frente Amplio bajar el índice de mortalidad infantil. Ha sido un desafío para el país, lo ha sido -como refería el señor Diputado preopinante- a lo largo de un período y, por suerte, hemos consolidado avances. Estamos en la etapa más dura de lograr esos avances. Ese es el te-
ma. Por eso, decimos que, en esta etapa, hablar aisladamente así, es malicioso. Ese es el asunto. Hay que tratar de ver el avance logrado en un período de tiempo razonable. Muchas veces hemos discutido acerca de cómo en un Gobierno popular, progresista y preocupado por la gente, las políticas públicas son las que ayudan a resolver los problemas de la salud de la gente. Los ejemplos que ha dado el señor Diputado preopinante sobre la República de Cuba han sido muy elocuentes. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARCÍA (don Javier).- Señora Presidenta: simplemente quiero dejar constancia de que el señor Diputado que me aludió confirmó todo lo que dije, en el sentido de que señaló -además, sabe que lo que expresé es verdad- que se firmó un convenio y “va a haber”. Quiere decir que no hay. Nos alegramos de que vaya a haber lo que aún no hay. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR CASAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado Casas. SEÑOR CASAS.- Señora Presidenta: evidentemente, entre de los temas más importantes y quizás donde más se note una falta de gestión -aparte de lo que tiene que ver con la seguridad y la educación- es en lo relativo a la salud, que se lleva un tercer lugar bien merecido. Por ello, no solo tenemos que levantar la voz, sino decir las cosas claras. Vamos a ser muy precisos y pondremos el caso del departamento de San José. En 2010, se votó en el Parlamento, en el Presupuesto Nacional, la instalación del CTI para el Hospital de San José. Lamentablemente, el CTI del Hospital de San José sigue esperando y, lo más lamentable, es que el entonces Presidente de ASSE, que defendió la instalación de dicho CTI, es hoy el Presidente de la mutualista privada de nuestro departamento. Digo que es lamentable porque el ex Presidente de ASSE -oriundo de San José- hoy es el Presidente de la mutualista privada de San José y hoy el CTI está en la
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mutualista privada del departamento y no en el Hospital. Creemos en el complemento de asistencia, como han dicho los compañeros Diputados, pero hay que tener un rumbo. No se puede venir a decir en un período de Gobierno de la misma fuerza política que el anterior que van a poner el CTI en el Hospital de San José porque están dadas las condiciones y hay un pueblo atrás que lo reclama y después terminar instalando el CTI en la mutualista privada del departamento. Y, vaya casualidad, en este período el ex Presidente de ASSE -también de nuestro departamento- hoy preside la mutualista privada de San José Esos no son los rumbos que queremos. Pero no es solo eso. En Ciudad del Plata, aquí al lado -al Oeste de la zona metropolitana, el Oeste pobre, no el Este, que tiene asistencia y recursos, del que nos separa un peaje-, las madres tenían familia en nuestro departamento de San José. Hoy, para tener familia en San José hay que ir a la capital departamental o venir a Montevideo. En el Hospital de Libertad había veintidós camas; hoy quedan tres; todo se ha transformado en tareas burocráticas, escritorios, sillas y computadoras. En Ciudad del Plata, “el hospitalito” -como le llamábamos- hoy se reduce a la atención primaria de salud y las madres embarazadas tienen que venir en ambulancia a Montevideo o a San José para tener familia, y a veces no hay suficientes ambulancias. Hay más de treinta mil habitantes en Ciudad del Plata. Yo los invito a que vean los registros de accidentes de tránsito en Ciudad del Plata. Es en la Ruta Nº 1 donde hay mayor cantidad de accidentes de tránsito. Entonces, a veces hay accidentes y no hay ambulancia, porque esta trajo a una madre embarazada a tener familia a Montevideo. De mañana la ambulancia recoge a la madre embarazada y recoge a la que se va a hacer quimioterapia. Realmente, creo que la gente de Ciudad del Plata no se merece tener una asistencia de ese tipo. Hemos tenido un sinnúmero de reuniones. Hablamos con el entonces ex Ministro Venegas y ahora hemos hablado con la señora Ministra, que estuvo en Ciudad del Plata. Estamos a pocos kilómetros. Es una ciudad que merece respeto y atención. Por eso creo que debemos tener un rumbo porque, aparte, se mintió a la gente,
ya que en el período pasado, cuando la exministra inauguró la policlínica de Ciudad del Plata -también de la mutualista privada-, dijo a los vecinos: “Acá van a nacer -por un convenio que vamos a hacer con la mutualista privada- todos los niños de Ciudad del Plata”. Hasta el día de hoy estamos esperando y está esperando la gente de Ciudad del Plata. Y hoy tenemos las inscripciones de los niños de San José aquí, en Montevideo. Antes, para que ganara el Frente Amplio en Montevideo, traían las credenciales y hacían las transferencias. Ahora no, vienen y nacen acá. Soy optimista en cuanto a que vamos a cambiar, pero hay que pisar la tierra y ver la realidad. En la mitad de los centros poblados de San José no hay ambulancias. Por ejemplo, Ecilda Paullier -declarada ciudad hace pocos días-, hoy tiene una ambulancia gracias a que la Intendencia le arregló el motor. Sin dudar en equivocarme, estas son cosas que pasan a lo largo y ancho del país. SEÑOR CHIESA.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR CASAS.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR CHIESA.- Señora Presidenta: escuchamos con mucha atención la discusión de los compañeros que integran la Comisión. Me siento representado en el enfoque general del tema que hizo el señor Diputado Javier García y por los demás compañeros legisladores de nuestra bancada. Vamos a votar la mayoría de los artículos que tienen que ver con ASSE, con algunas salvedades en ciertas normas que no acompañaremos. Compartimos el planteo de que hay un problema de gestión. El señor Diputado Javier García lo ha dicho claramente y así lo afirmaron quienes tienen responsabilidades. Algún Director de hospital del interior dijo que el problema es que no se puede aumentar el porcentaje de captación de embarazadas, y ese es un problema de gestión. De lo contrario, comparemos algunos departamentos para conocer el porcentaje de captación de embarazadas. Creo que en este país se sigue fomentando la inequidad. El departamento de Tacuarembó hace mucho que está esperando que se le autorice un Instituto de Medicina Altamente Especializada, algo que se ha prometido y comprometido. Sin embargo, todavía
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estamos esperando que sea autorizado. Con un servicio de esas características, podríamos brindar una muy buena asistencia prácticamente a todo el norte de nuestro país, que tiene el mismo derecho a recibir la asistencia de la capital. Aplaudimos cuando se autorizan algunos en Montevideo, como ha pasado con el Instituto de Medicina Altamente Especializada del Hospital Militar; bienvenido sea. Pero el interior tiene el mismo derecho a recibir esa asistencia. Todo el norte de nuestro país no tiene la posibilidad de que en tiempo y forma se le brinde esa asistencia. Quería hacer esta intervención para apoyar lo que dijeron los compañeros Diputados y para hacer un reclamo muy fuerte por ese norte siempre olvidado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede continuar el señor Diputado Casas. SEÑOR CASAS.- He finalizado, señora Presidenta. SEÑOR GAMOU.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GAMOU.- Señora Presidenta: me hago cargo de todo aquel que haya ocupado un cargo en nombre del Frente Amplio. Lo que digo, y lo hago como funcionario público, es que si alguien tiene alguna duda sobre un expresidente de ASSE y lo quiere denunciar ante el Poder Judicial, que lo haga, y ahí vamos. Sin embargo, de lo que estoy seguro es de que aquel al que van a denunciar no se va a amparar en sus fueros para no ser investigado. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR PLANCHON.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PLANCHON.- Señora Presidenta: si bien estamos considerando este artículo, creo que vale la pena comentar algunos temas importantes en relación con ASSE. En mi departamento, Colonia, se está esperando desde hace cuatro años la construcción del Hospital local. Se ha pedido fuertemente la construcción de este Hospital con un CTI pediátrico y con otro para adultos. En 2009, la entonces Ministra de Salud Pública, señora María Julia Muñoz, fue a colocar la piedra
fundamental a un terreno, pero seguimos esperando el Hospital. Innumerable cantidad de veces se anunció su construcción y se dijo que iba a estar presente en las distintas rendiciones de cuentas, pero no fue así. El departamento de Colonia sigue esperando. Actualmente, a pesar del gran crecimiento que tuvo nuestro departamento gracias a la construcción de la planta de Montes del Plata -la inversión más importante del Uruguay- y al fuerte crecimiento del turismo por el Puerto de Nueva Palmira, debemos decir que Salud Pública no tiene un CTI pediátrico ni de adultos en Colonia. Al mismo tiempo, debemos señalar que los pacientes no fueron atendidos y que se han tenido que ir de la puerta de la emergencia del Hospital -el principal centro de Salud Pública- porque faltan los elementos imprescindibles. Eso ya fue denunciado por los médicos de la emergencia del Hospital. Sabemos que innumerable cantidad de veces han mantenido reuniones con el Directorio de ASSE, pero no llegaron a ninguna solución, solo promesas. Hemos dicho en muchas oportunidades que ASSE no puede controlar el Sistema Nacional Integrado de Salud, y eso se ve en las demoras de los pacientes para coordinar consultas con especialistas, pues tienen que esperar entre sesenta y noventa días. Creo que ASSE tendría que solucionar la falta de especialistas y de médicos. Por último, no encuentro en ninguno de los artículos la inversión que solicitamos en otras oportunidades para los pacientes con HIV, así como el aumento de inversión en la parte edilicia y física para atender a los pacientes. Muchas gracias, señora Presidenta.
27.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA.- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827:
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Del señor Representante Gonzalo Novales, por los días 20 y 21 de agosto de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Rodríguez. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: Por la presente, solicito ante la Cámara de Representantes, licencia por motivos personales para los días 20 y 21 de agosto de 2013. Sin más, lo saluda atentamente, GONZALO NOVALES Representante por Soriano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 20 y 21 de agosto de 2013. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Soriano, Gonzalo Novales, por los días 20 y 21 de agosto de 2013. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 903, del Lema Partido Nacional, señor Jorge Rodríguez. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013.
PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
28.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continua la consideración del asunto en debate. SEÑOR AMY.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: como hombre del interior, debo dejar constancia de que la situación no es tal cual la pintan. Esto lo destacamos permanentemente y no solo a través de pedidos de informes o de reclamos por las distintas situaciones que se dan en nuestro departamento; hemos constatado muchas de estas situaciones personalmente. Voy a comenzar quizás por la más gruesa. Hace algo más de un año -con los colegas Diputados del departamento y con algunos de los integrantes del Directorio de ASSE-, participamos de la inauguración del block quirúrgico del Hospital Zoilo Chelle. Indudablemente, fue un gran avance y representó una verdadera transformación en esa Unidad Ejecutora. Además, tiene la reacción a una demanda permanente. Lamentablemente, un año después todavía estamos esperando que se implemente y que se termine de poner en funcionamiento. Entonces, no sé qué se quiso demostrar: si era un logro, fue medio logro, y si era un discurso para la tribuna, hoy es una demanda. Hemos planteado este punto pero no recibimos absolutamente ninguna respuesta. Esta es otra muestra de la falta de capacidad para gestionar. Con bombos y platillos, en el plenario se nos quiere hacer ver que la transformación del Fonasa ha sido una verdadera revolución en la salud, y que ha tenido cosas buenas. No somos de los que negamos las cosas en su totalidad; tiene cosas buenas, pero también un sinfín de cosas malas. Voy a hablar de algunas que nos tocan permanentemente. Por ejemplo, la desarticulación de las policlínicas de los barrios en Mercedes, en el interior de nuestro departamento, es clara y constatable. Es más: acá hay algunos colegas de mi departamento que pueden dar fe de que hay activos votantes del Frente Amplio que reclaman permanentemente por promesas in-
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cumplidas de Directores de ASSE con respecto, por ejemplo, a facilitar una ambulancia a las localidades de Santa Catalina o de Rodó. Todos sabemos que hasta hace escasos siete meses, esa localidad estaba cuarta en la lista de espera para conseguir una nueva unidad, pero hace una semana nos enteramos de que habían bajado el lugar de posicionamiento, postergándose nuevamente. Además, hay una desarticulación en la posibilidad de recibir atención médica en tiempo y forma. El Fonasa ha sido bueno en inventar algo que para los profesionales de la medicina es inentendible: el nuevo sistema de asistencia médica prevé que los enfermos tienen que tener día, fecha y hora para enfermarse. Es curioso; el médico atiende de 14 a 16 horas, entonces, la gente se tiene que enfermar en ese momento, pero si se enferma el jueves al mediodía o el viernes, ¡joróbese! Aquí hay varios colegas médicos que pueden dar testimonio de que no estoy inventando ni agregando un ápice a la realidad. No quiero hablar de la desarticulación total y absoluta de la flota de ambulancias. Hay que ver el esfuerzo que muchas comunidades del interior hicieron para que en base al bolsillo de los contribuyentes de cada localidad se comprara una unidad de traslado. En esa transformación tan buena y exitosa que ha llevado adelante la revolución de la salud con el Fonasa, algún día, en algún departamento, se precisó una unidad, se la llevaron y no la trajeron nunca más. ¡Y vaya que tienen razón de reclamar doblemente! Porque no solo es un derecho, sino que esa unidad la compraron con el esfuerzo propio. Hubo una apropiación de ese servicio. Voy a decir otra cosa: si localidades como Palmitas, en el departamento de Soriano, no contaran con la acción denodada del Club de Leones, tendríamos permanentemente problemas de traslado porque son los que bancan, financian y compran y tienen actualizadas las unidades. Quizás esta sea una muy buena reforma de escritorio, pero estamos a distancia abismal de una reforma real, de tierra adentro, con relación directa entre la acción que se propone y la ejecución. Es una reforma mala. También en eso han sido malos. Han sido malos gestionando ASSE. ¿Por qué han sido malos gestionando ASSE? Porque ocurre lo mismo que con el ejemplo de la educación: se ha dotado de muchísimo más dinero, con partidas históricamente mayores
y la gestión es peor. Este es otro ejemplo del fracaso de la gestión del Frente Amplio en la administración; tanto o más grave que el de la educación. ¿O precisan que les refresque las pérdidas humanas que han tenido en los últimos seis meses? Eso, por no hablar de Paso de los Toros, de Durazno ni de Tacuarembó. ¿Estoy mintiendo? Capaz que alguno levanta la mano y dice que el Diputado Amy miente. ¿Se han olvidado de que se les ha muerto gente por mala gestión, por ser incapaces, por ser ineficaces? Esa es la verdad. Salgan al interior y hablen con la gente: no es como ustedes creen; no lo están haciendo tan bien. La salud está mal y peor de lo que estaba. Y nuestro deber, como representantes de la oposición, es hacernos eco de lo que la gente plantea. Lo que estamos haciendo es precisamente eso. Tal vez esta sea una buena reforma para los teóricos -de los que la izquierda tiene muchos-, pero a la hora de trasladarla a tierra adentro, a lo práctico, al impacto real en la gente, deja mucho que desear, como la gestión del Frente Amplio en la salud. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PEREYRA (doña Susana).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑORA PEREYRA (doña Susana).- Señora Presidenta: me he cansado de escuchar toda la tarde que somos malos gestores. En realidad, desde el punto de vista de quien nos acusa, debemos ser malos gestores porque nosotros no queremos gestionar como ellos lo hicieron durante toda la vida. Estamos transformando el país y por eso gestionamos distinto y ellos no lo ven. Estamos gestionando un país de inclusión, donde hay mucha más gente que tiene derecho al servicio de salud que cuando gobernaban otros partidos. Hay mucha más gente a quien se le brinda el derecho a la educación que cuando gobernaban otros partidos. Antes -lo sigo diciendo porque el señor Diputado Amy miente- había que tomar ómnibus y caminar cuadras y pelear por los boletos para ir al liceo. ¡Lo hicimos todos los que estamos aquí! ¡Hoy, en mi barrio, en Camino Maldonado, un barrio periférico, está lleno de liceos! ¡Hoy, en la calle Libia, en mi barrio, hay un centro de salud que atiende toda la zona y es
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maravilloso! ¡Hoy en mi mutualista -no todo el mundo podía atenderse en una- están los gurisitos pata flaca de los asentamientos al lado de los rubiecitos que podían acceder a la salud! Por eso digo que miente. (Interrupción del señor Representante Amy) ——Cuando uno incluye, debe ajustar las cosas. Cuando se incluye gente, los hospitales y las mutualistas se tienen que ajustar, ¡pero el derecho existe! Puede ser que falten muchas cosas pero hay muchas más que cuando ellos gobernaban. Y se creen que diciendo que gestionamos mal nos van a convencer a nosotros y a la gente. ¡Convenzan a la gente! ¡Covénzanla! Porque todavía no la han convencido. ¡La gente todavía no confía en ellos! ¡La gente todavía nos tiene confianza porque ve que los gurises pueden ir a la escuela y tienen acceso a la enseñanza pública aunque no sea tan buena como nosotros querríamos. ¡Nadie más que nosotros quiere buena enseñanza! ¡Nadie más que nosotros quiere buena salud! Pero todo tiene su límite. (Interrupción del señor Representante Amy) ——¿Quién les dijo que eran buenos gestores? Si eran tan buenos gestores, ¿por qué la gente no los volvió a votar? ¿Por qué la gente no los volvió a votar? (Interrupción del señor Representante Amy.Respuesta de la oradora) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Diríjase a la Mesa, señora Diputada. SEÑORA PEREYRA (Doña Susana).- Discúlpeme, señora Presidenta. Si eran tan buenos gestores, ¿qué están haciendo aquí de minoría? Si eran tan buenos gestores, ¿por qué entre todos no pueden llegar al porcentaje que tenemos nosotros? ¿Se creen que nos chupamos el dedo? La gente nos tiene confianza. Nosotros estamos gobernando para la gente. Ellos pueden decir mil veces que somos malos gestores pero la gente todavía nos tiene confianza y para ella es que estamos gobernando. Y para la gente es que vamos a seguir mejorando. Todo lo que no anda bien -sabemos que hay cosas que faltan- lo vamos a mejorar. Ese es el compromiso que tenemos con la gente. Gracias. (¡Apoyados!)
SEÑOR AMY.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: realmente, me he sentido aturdido por esta intervención. Quizás no le quedó claro lo que le dije: son malos gestionando. Se lo digo otra vez, y no miento. (Murmullos) ——Son malos gestionando la salud; son malos gestionando la educación y, si quieren, hablamos de otro tema en que son peores gestionando: la seguridad. Todos los días tenemos un muerto. ¿No se han dado cuenta de que en eso son malos? Tienen siete veces más presupuesto y permanentemente somos víctimas de la delincuencia. ¿No se dan cuenta? ¿No se han dado cuenta de que son incapaces de gobernar? (Interrupción de la señora Representante Susana Pereyra) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señor Diputado: lo voy a amparar en el uso de la palabra si, de alguna manera, la alusión política tiene que ver con el tema que se está tratando, pero le ruego que se dirija a la Mesa. SEÑOR AMY.- Le estoy contestando en tres temas: salud, educación y seguridad, y en todos ellos son incapaces de gestionar. (Interrupciones) ——Han sido malos gestionado la educación, porque con mucho han hecho poco. (Interrupciones) ——Han sido pésimos gestionando la seguridad, con el presupuesto mayor en quince años y los peores resultados. ¿Eso es buena gestión? Son malos en la seguridad… SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señor Diputado: le recuerdo… (Interrupción del señor Representante Amy) ——¿Me permite, señor Diputado? Le recuerdo que estamos tratando el artículo 286 que refiere al Inciso 29 “ASSE”. SEÑOR AMY.- Si va a hacer lo mismo que ayer, no hablo, señora Presidenta.
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(Interrupciones de varios señores Representantes.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Señor Diputado, lo estoy amparando en el uso de la palabra, pero haciendo cumplir el Reglamento… (Interrupción del señor Representante Amy) ——… y recordando que estamos tratando… (Interrupción del señor Representante Amy) ——… el artículo 286 vinculado al Inciso 29 “ASSE”. ——(Interrupción del señor Representante Amy) ——Puede hacer uso de la palabra para contestar una alusión en los términos planteados. SEÑOR AMY.- Estoy contestando una alusión que no tiene relación directa con el tema que se está tratando. Contesto sobre lo que fui aludido por la señora Diputada Susana Pereyra, que no tiene nada que ver con el tema en consideración. Sobre esto estoy contestando. Le reitero: son malos gestionando la educación, son malos gestionando la salud y son peores gestionando la seguridad. (Interrupción de la señora Representante Susana Pereyra) ——Quizás no le quedó claro. No me interesa lo que diga la gente… (Hilaridad.- Aplausos.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Si no se logra mantener el orden en Sala, vamos a tener que interrumpir la sesión. (Interrupciones.- Campana de orden) ——Solicito que se colabore con la Presidencia. (Interrupciones.- Campana de orden) ——Señores colegas, quien se sienta aludido podrá responder. Permitan que el señor Diputado Amy termine su intervención. (Interrupciones) ——Recuerdo al señor Diputado Amy que su solicitud de intervención fue para responder una alusión, pero no recuerdo -quizás estoy equivocada- que la señora Diputada Susana Pereyra haya hablado sobre seguridad. No obstante, responda la alusión según su criterio.
Puede continuar el señor Diputado Amy. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: como decía, no me interesa lo que diga la gente del Frente Amplio… (Interrupciones.- Campana de orden) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Se interrumpe la sesión unos minutos para lograr orden y poder continuar. Tiene la palabra el señor Diputado Amy, a quien le restan dos minutos de su tiempo. SEÑOR AMY.- Señora Presidenta: por enésima vez, intentaré terminar con mi intervención. Como dije, no me interesa lo que diga la gente frenteamplista; hay todo otro segmento de la población que sostiene una postura totalmente diferente a la que ellos plantean, que permanentemente nos está reclamando lo que estamos haciendo. ¿Para ustedes, ese segmento de la gente no importa? ¿Solo importa los que los votan? Me parece que no es así; toda la gente tiene derecho. Así como hay gente que les bate el parche, también están los que dicen lo contrario, que están total y absolutamente en una posición opuesta. Ahora, ustedes no pueden reclamar ningún respeto por la gente, porque acá hubo dos pronunciamientos populares de la gente que se los pasaron, fundamentalmente, por el bolsillo de atrás. Eso sí es desconocer a la gente. No pueden levantar ninguna bandera en cuanto a reconocer un pronunciamiento popular: hubo dos pronunciamientos populares y no los respetaron. (Interrupciones) ——También tienen que escuchar al resto de la gente que está diciendo algo totalmente diferente a lo que sostienen quienes los apoyan, muchos de los cuales están condicionados, quizás por algunas prestaciones sociales. Muchas gracias, señora Presidenta. (¡Muy bien!- Interrupciones) SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado.
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SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: analizando este tipo de intervenciones uno se explica por qué han ocurrido las cosas que han sucedido en el país, sobre todo, en estos últimos diez o quince años. La historia ha cambiado, precisamente, porque la gente se ha convencido de que la realidad necesitaba un cambio, y hoy esa transformación se está evidenciando. Creo que nadie puede prescindir de lo que opina la gente. Así uno sea de un sector o de otro, no se puede prescindir de lo que opina la gente. Esa es una actitud de soberbia tal, que explica también por qué en el Uruguay fue necesario llegar a esta situación de cambio. Se ha dicho que no importa lo que opinan los frenteamplistas. Hoy, el Frente Amplio tiene más del 40 % del respaldo ciudadano. Es una porción bastante grande de la ciudadanía. Me parece que desestimarla y dejar al costado lo que opina es una grosería desde el punto de vista democrático. Por otro lado, no sé por qué se pone tanto énfasis en querer convencernos de que no sabemos gestionar cuando, en realidad, estamos convencidos de que la gestión es un desafío permanente, de aplicación del conocimiento y también de aprendizaje y de aplicación de ese aprendizaje. En cierta manera, eso es lo que se ha desarrollado en más de estos ocho años de Gobierno del Frente Amplio. A quien hay que convencer de que el Frente Amplio gestiona mal el Estado -si es que hay que convencer a alguien- es a la ciudadanía, no a los Diputados que ocupamos estas bancas, cuya gran mayoría somos del Frente Amplio, porque la gran mayoría de la ciudadanía nos votó. Entonces, no es a nosotros a los que se debe convencer de que gestionamos bien o mal; se debe convencer a la ciudadanía. Y si hay algo a lo que la ciudadanía sigue dando confianza es a nuestra fuerza política. Para volver al tema, quiero hacer referencia a lo siguiente. Administrar y gestionar un Sistema Nacional Integrado de Salud no es a lo que estamos acostumbrados en este país porque, en primer lugar -como ya dijimos-, se debe tratar de que la población sea el objetivo y no las instituciones. Apuntamos a que la población sea la que reciba los servicios y avance en una mejora sanitaria, y no a que las instituciones se salven, ganen plata o sirvan para acomodo político, co-
mo sirvieron las instituciones públicas durante mucho tiempo en este país. En la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, la Presidenta de ASSE dijo, con relación a los CTI: “estamos […] tratando de elaborar un convenio de arrendamiento permanente, como lo hicimos en el departamento de San José. Este resulta mucho más eficiente que la instalación de un servicio propio, que implica un gasto importante en recursos humanos y, a veces, cuando la demanda no tiene una previsión de utilización importante, es menos eficiente que la contratación, siempre y cuando se haga a buenos precios”. Es decir, hay temas que están siendo analizados en forma permanente por el Sistema y por los responsables de gestionarlo. En ellos nosotros estamos depositando confianza cuando votamos los recursos, el articulado de un presupuesto o el de la Rendición de Cuentas, como en este caso. Estamos convencidos de que la mejora del Sistema Nacional Integrado de Salud va en beneficio de la gente y, por ende, del país. Por supuesto, la salud ya no es un caballito para hacer política; la salud se debe tratar y defender como un derecho de todos. Por eso, la reforma sanitaria habilitó la participación de los usuarios y de los trabajadores, aspecto que para nosotros es sustantivo a efectos de seguir ganando la integración de la sociedad en la solución de sus problemas. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR BERNINI.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BERNINI.- Señora Presidenta: en primer lugar, la felicito porque está llevando muy bien este debate en estos tres días. Este ha sido un debate raro. El primer día, cuando debatimos de política -en la discusión general, se discute de política-, se dio uno de los debates más chatos a nivel político que he vivido desde que estoy en el Parlamento, y provengo de la Legislatura anterior. No había un elemento que hoy, obviamente, sí está presente. El primer día, cuando debíamos debatir de política, no estaba. Me refiero a las cámaras de televisión, que hoy están aquí. Cuando no hay cámaras, no hay debate. Ahora bien; cuando las hay, estamos
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discutiendo un artículo en especial, y se abre el debate, se salta para la seguridad, se salta para el otro lado. No lo comparto. En segundo término, creo que la discusión de esta Rendición de Cuentas también va a ser histórica o, por lo menos, rara, por las frases memorables que se han dicho, aquellas que hacen a la historia parlamentaria: “los gremios son un veneno” y “no me interesa lo que piensa la gente”. Creo que estos comentarios van a quedar grabados a fuego en la historia del Parlamento nacional. En tercer lugar, voy a introducir algún elemento de consideración política. Se pretende establecer una dicotomía o una contradicción entre la gestión y la política; se pretende establecer una contradicción entre los recursos necesarios para llevar adelante las políticas y la gestión. Yo quiero dejar muy claro que la gestión no es aséptica. Detrás de una gestión hay proyectos políticos. Este Gobierno del Frente Amplio tiene proyectos políticos, como en otro momento los tuvieron los gobiernos de los partidos que hoy son oposición. Esos partidos también hacían la gestión a partir de proyectos políticos. Voy a repetir algo que dije en ocasión de la discusión de la Rendición de Cuentas del año pasado: si por la gestión se nos critica y se nos pretende dar clase, para desarrollar la gestión que llevó a postrar al país en la peor crisis de su historia –la de 2002-, que dejó como saldo un millón y medio de pobres, ¡no, gracias! ¡No quiero gestores como Bensión! No responden a nuestro proyecto político; respondieron a otro, ¡y quebraron el país! Ahora lo estamos levantando, con dificultades, pero haciendo política y gestionando a partir de un proyecto político. ¡Gestores asépticos! ¡Los cracks del universo que fundieron al país! No gracias; recién tiré. Gracias, señora Presidenta. (¡Muy bien!) SEÑOR CASAS.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CASAS.- Señora Presidenta: creo que es momento de continuar adelante.
Sin embargo, reafirmo lo que dije en mi primera intervención respecto a la gestión de ASSE en el departamento de San José. Además, en las versiones taquigráficas del Parlamento está la presentación del proyecto para CTI; está en el Presupuesto del anterior Período. Esto lo impulsaron desde ASSE. Quienes lo impulsaron desde ASSE hoy están al frente de la mutualista privada. Todo esto se puede comprobar. Muchas gracias, señora Presidenta. SEÑOR TOLEDO ANTÚNEZ.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR TOLEDO ANTÚNEZ.- Señora Presidenta: coincido con lo expresado por el señor Diputado Gamou en su anterior intervención. En ella dijo que en este ámbito, cuando de salud hablamos, permanentemente se traen a colación situaciones puntuales, coyunturales, que ocurren en ASSE o en lo que algunos aún seguimos llamando Salud Pública, al referirnos a los hospitales o a las policlínicas. No voy a puntualizar hechos coyunturales de la salud privada porque algunos me tocan muy de cerca y otros tienen que ver con gente cercana. Lamentablemente, este tipo de situaciones también se repite. Es bueno que hagamos un poco de historia. Al asumir el Gobierno el Frente Amplio, hace ocho años, la situación en este terreno como en el de la educación, era crítica. Como acaba de decir el compañero Diputado Pardiñas, soportaba el deterioro acumulado por la mala administración de gobiernos anteriores. La salud mostraba un servicio obsoleto, enfocado a un modelo curativo y no preventivo, como se está haciendo ahora. Existían dos sectores: uno, público y -presten atención- para pobres y otro para el resto de la población en diversos servicios fragmentados, con fuertes inequidades en las prestaciones. Las políticas de salud tenían escasa regulación del Estado y un notorio incremento de nuevos servicios, solo para quienes podían pagarlos. El escaso presupuesto que destinaba el Estado a la salud y la ausencia de un sistema integrado se reflejaba en instalaciones deplorables, cierre de mutualistas y salarios sumergidos. La crisis de confianza en las políticas de la salud era absoluta y total. El modelo de atención carecía
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de orientación a la prevención. Las mutualistas se fundían; entre 1995 y 2004 cerraron once instituciones. Los hospitales y las policlínicas no contaban con recursos suficientes. Faltaban profesionales. Los médicos y enfermeros formados en la educación pública emigraban buscando mejores salarios. La salud, al igual que la educación, ha sido y es un tema prioritario para los gobiernos del Frente Amplio. A través de la creación del Sistema Nacional Integrado de Salud se diseñó, y se está implementando, una reforma que asegura la cobertura del 100 % de los uruguayos y permite optar entre cobertura privada o pública. Aumentó el presupuesto asignado a la salud y disminuyó la diferencia entre el gasto que se asigna por usuario entre el sector público y el privado. El seguro de salud, que antes solo alcanzaba a los trabajadores privados a través de Disse, se amplió a todos, incluyendo al sector de los públicos, de los profesionales y de los emprendedores con hasta cinco empleados. Además, sumó a toda la familia: niños y adolescentes; personas con discapacidad; cónyuges y concubinos; también jubilados y pensionistas. Obviamente, comenzamos como debía ser en un gobierno frenteamplista, por aquellos de menores ingresos. La inclusión total -hoy se hablaba de esto- se completará en 2016. Los que aún no tienen acceso al Fonasa igualmente pueden atenderse en ASSE. La cobertura se amplió también en términos de prestaciones a problemáticas sociales que antes no se atendían. Me refiero, por ejemplo, al abordaje de la salud mental. En este sentido, no hemos hecho lo suficiente o lo que realmente queríamos, pero en eso estamos. En cuanto a la salud sexual y reproductiva, se incorporó todo lo previsto en la nueva legislación: educación, prevención y asistencia en condiciones seguras, para los casos en que las mujeres decidan interrumpir su embarazo. El cambio en el modelo de atención prioriza la prevención y la promoción de la salud.
El financiamiento del nuevo sistema es indiscutiblemente más justo que el anterior, ya que por Fonasa se paga según los ingresos de las personas y se asegura un acceso equitativo a la población. Voy a poner ejemplo: una pareja integrada por dos empleados públicos o privados, que entre los dos gane $ 30.000 y tenga dos menores de dieciocho años a su cargo, puede llegar a tener un ahorro mensual de $ 3.436 respecto a lo que hubiera tenido que pagar por las mismas prestaciones con el régimen anterior. Es decir que los costos se reducen sustancialmente. Además, las órdenes son gratuitas para niños y embarazadas, disminuyó el valor de los tiques de medicamentos y hay medicamentos gratuitos para las personas con enfermedades crónicas como diabetes e hipertensión. Por último, señora Presidenta, a partir del 1º de julio de 2013 ingresaron al Seguro Nacional Integrado de Salud treinta y dos mil jubilados y pensionistas mayores de setenta años que perciben hasta $ 10.392, que equivalen a 4 BPC. Esto significa que, como dijo el señor Diputado Pardiñas, haya más de dos millones de uruguayos con cobertura de salud. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR RADÍO.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RADÍO.- Señora Presidenta: deprime un poco hablar luego del intercambio de muestras exacerbadas de virilidad y de patoterismo que nos tocó presenciar hace un rato en la Cámara. Deprime un poco. La verdad, damos un triste panorama. Las cámaras estaban ahí para captar el panorama que dimos. ¡Lástima dimos! Nos importa lo que diga la gente a la hora de votar, bien dicen, pero después no nos importa. El argumento de autoridad que señala que los que son buenos gestionando es porque la gente los vota, la verdad que no es de recibo. Yo quiero decir eso. A mí me votan muy poquitos -estoy acá porque me votan algunos- y no me duelen prendas, y me siento con autoridad para hablar, para decir si alguien gestiona bien o gestiona mal. No me duelen prendas para decir que el Frente Amplio gestiona mal, aunque haya gobernado diez años, como no me duelen pren-
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das para decir que el Partido Colorado gestionó mal, aunque haya gestionado cien años. Tampoco me parece que gestione diez veces mejor el Partido Colorado que el Partido Nacional porque gobernó diez veces más. No me parece que sea un argumento que porque la población le haya dado diez veces más la razón a los colorados que a los frentistas, gobiernen mejor; no me parece que ese sea un principio de recibo. A falta de argumentos, se recurre a estas cosas. Lamentable ese principio de que como no tengo nada que decir, sostengo que como la gente me votó, gestiono bien. Algo falta en el medio que no se llena. ASSE arranca como organismo descentralizado con una ley que acompañamos todos. Nos parece muy bueno lo que pasó en este país al descentralizar ASSE. Creo que fue una decisión muy acertada, que todos compartimos, sacar ASSE del Ministerio de Salud Pública. Dicha Secretaría de Estado tenía que ser el organismo rector de la salud y no podía ser que le exigiera al sector privado lo que no cumplía en su propio sector. Pero la reforma de la salud era mucho más que eso. Yo soy de los que opinan que, efectivamente, era necesaria la reforma del sistema de salud, entre otras cosas, porque no había un sistema de salud en este país. Ahora bien, a partir de ahí, ¿vale todo? ¿Como hicimos esas cosas cerramos los ojos, nos atrincheramos y decimos: “¡Vamo’ arriba! ¡Esta es la reforma!”, ¿y no miramos más? ¡No es Daniel Radío que lo dice! Hay autoridades actuales de la salud que reconocen que hay problemas de gestión en ASSE. El señor Vicepresidente del Directorio de ASSE reconoce problemas de gestión y es bastante más crítico de lo que han sido algunos legisladores, respecto a cómo funciona ASSE. ¿No vamos a reconocer que hay problemas de gestión en ASSE? Pero ¡por favor! ¡Es lo único que falta! Lo que pasa es que los problemas de gestión son mucho más graves porque ponen en cuestión la reforma. Llega un momento en que uno se pregunta si lo que tiene este país es un problema de gestión de la reforma de la salud o un problema estructural de la reforma, que no es sustentable. No podemos hacer esa comparación porque la gestión es tan desastrosa, empezando por el Directorio mal integrado, que no nos permite sacar conclusiones. A propósito: el problema de gestión incluye aquello que se decía por ahí respecto a los acomodos
políticos que antes había. ¡Hoy hay acomodos políticos! ¡A mí que no me digan que no hay acomodos políticos! ¡Hoy en ASSE hay acomodos políticos! ¡Hay personas que están capacitadas para estar dirigiendo centros de salud y antes de ponerlas a ellas, porque no son del Partido que gobierna, ponen al Pato Donald! ¿Sabés qué? ¡Ponen al Pato Donald! ¡En muchos lados hay gente capacitada y la sacan -o directamente no la ponen- porque no son amigos de los que hay que ser amigo! En algunos casos, a mí me consta. Hay Directores de centros de salud del interior -que incluso son votantes de la fuerza que gobierna- que porque no hicieron determinadas cosas -que diga el señor Diputado Chiesa, que es doctor, si no es verdad- los sacaron de las Direcciones por no correr a determinados funcionarios que eran buenos, pero que votaban otro partido político. ¡Esto pasa hoy en Uruguay! ¡Donde yo trabajé también vi acomodos! ¡Vi acomodos por votar al Partido que gobierna! Así que ¡paren con eso de que antes había acomodos políticos! ¡Hoy hay acomodos políticos! Eso pasa hoy en el Uruguay; lo sabe todo el mundo. Les darán el voto, les darán la confianza y todo lo que quieras pero, ¿quién no lo sabe? Pero nos atrincheramos y decimos que no. Ahora hay negritos en mi centro de salud; antes había solo rubios. ¡Por favor! ¡Faltaba más! La reforma de la salud tiene componentes que eran estrictamente necesarios. Creo que también tiene errores; haber atado la reforma de la salud al sistema de seguridad social es un error. Las cosas vienen muy bien y la gente tiene cada vez más cobertura porque disminuye el desempleo; como las personas tienen más cobertura por la seguridad social, también tienen más cobertura por el Fonasa. Pero ¿qué va a pasar cuando esto se acabe? ¿Qué va a pasar cuando el ciclo de crecimiento económico termine y aumente el desempleo? ¡La gente se va a quedar sin cobertura! Fue un error haber atado la reforma de la salud al sistema de seguridad social. Alguna vez vamos a tener que entender eso. Yo no sé qué pasó; ahí hubo un empecinamiento. No creo que los técnicos que diseñaron esto sea gente que esté emperrada; me consta que hay personas muy inteligentes, pero no sé qué los condujo a ese callejón. No siempre son maduras; alguna vez van a venir las verdes, va a aumentar el desempleo y la gente se va a quedar sin cobertura y va a ser población cautiva
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de ASSE. Aquí se habla del corralito y se dice permanentemente que se levanta en febrero, ¡pero el corralito más grande es de los pobres que solo se pueden atender en ASSE y no se pueden cambiar de mutualista! ¡Ese es el corralito más grande! Al que nadie le presta atención, ¡por supuesto! Consideramos que efectivamente hay problemas de gestión en ASSE, que son más graves por la transferencia que el Estado uruguayo ha hecho en recursos al sector salud. Durante todos estos años, en que tuvimos un crecimiento de la economía con cifras históricas -al punto de que se puede hablar de un cambio estructural en la manera de crecer la economía de Uruguay-, el dinero que los uruguayos destinamos al sector salud casi triplica el crecimiento de la economía. Nosotros no cuestionamos eso, pero queremos resultados. ¡Los uruguayos queremos resultados! Nosotros, como legisladores de la República Oriental del Uruguay tenemos que ser responsables por eso. ASSE recibe, medido en dólares, más de cinco veces lo que recibía en 2004. ¿De verdad creemos que ese dinero está siendo utilizado en forma eficiente? ¡No hay problema! ¡Sigamos poniendo! ¡Pero el barril no tiene fondo! ¿Alguna vez vamos a dar vuelta la tortilla? ¿Alguna vez vamos a cambiar cosas? ¿Vale que el Directorio de ASSE apueste a la regionalización el día que lo dice su Presidente? ¿Cuánto tiempo hace que venimos reclamando eso? Porque lo que se hizo cuando se descentralizó ASSE es sacar a ese organismo del Ministerio de Salud Pública -lo cual, insisto, era absolutamente adecuado-, pero no se la descentralizó en sí misma. ASSE sigue siendo el mismo monstruo burocrático que era. ¡Es peor ahora, con una integración del Directorio más burocratizada, con representantes sociales que no representan a nadie! Se está incumpliendo la Ley de Descentralización de ASSE, entre otras cosas porque no se llamó a elecciones de los Directores sociales. Conozco y hablo periódicamente con el Director Wilfredo López, que es una persona excelente, pero que no representa a nadie. ¿Alguien tiene dudas de que los usuarios de ASSE de este país desconocen cómo se llama su representante en el Directorio? Por si hay alguien mirando -las cámaras ahora están apagadas-, se llama Wilfredo López. ¡Buenísima persona!; lo digo desde el alma. ¿Alguien sabe cómo se llama el movimiento de usuarios que se supone los representa en ASSE?
¡Se hizo un proceso al revés! El “Hospitalito” -como se le llamaba-, el Centro de Salud de Ciudad de la Costa, estaba descentralizado y se lo metió en la RAP con el cuento de que así se iba a gestionar mejor. ¡Vayan a ver cómo se están movilizando los vecinos! ¡Las cosas no funcionan! ¡Hay problemas de gestión! ¡Vamo’ arriba! Votamos este artículo, pero no vale atrincherarse. No hay peor ciego que el que no quiere ver. ¡Hay problemas de gestión! ¡Abramos los ojos porque así matamos no a ASSE, sino a la reforma, y yo quiero salvar la reforma! Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GLOODTDFSKY.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: creo que sobre la situación de nuestro sistema de salud hemos hecho un análisis en todos los bemoles, pero quizás deberíamos enmarcar muchas de las afirmaciones que aquí se han realizado en este proyecto de Rendición de Cuentas. No se trata de quién escucha a quién ni de cuánto nos escuchamos los unos a los otros. Nos pasa en el Parlamento, señora Presidenta; nos pasa en el boliche, cuando hablamos los que pertenecemos a unas filas y los que pertenecen a otras. A los uruguayos les cuesta cada vez más escucharse. Y eso también es responsabilidad del sistema político; eso es responsabilidad de cada uno de nosotros y, además, fruto de una forma de administrar, de gestionar y de vivir la vida política en el país. Es claro que hay antecedentes de desconocimiento de la voluntad popular y de la opinión pública que son aterradores. Es claro también que los votos no garantizan nunca una buena gestión. No quiero meterme con los vecinos, pero basta ver las votaciones que ha habido en Argentina, y el desacomodo y descalabro que se vive en ese país en materia económica y de gestión. La verdad no es una sola ni todos la tenemos. La verdad es una suerte de condominio. Todos tenemos un poco de razón. Dado que ha sido aludido el Partido en lo que fue, quizás, el recorrido histórico más extenso que constituyó la base de la construcción de la República
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-seguramente tuvimos buenos y malos gestores, buenas y malas gestiones-, quiero decir que los resultados están acá. Quizás los más importantes no sean los que nos indica el flujo de caja, sino la cultura cívica del país y la posibilidad de escucharnos unos a otros. Y eso es lo que se está deteriorando, desde los ejemplos que tenemos en el propio Parlamento hasta lo que nos pasa a cada uno de nosotros en nuestro lugar de trabajo, en el boliche, en el club deportivo. ¿Cuál es la política que seguirá el Gobierno en los próximos catorce meses en materia de gasto? ¿Cuáles son los acentos sobre el sistema de salud? En Canelones, en 1998 una empresa española construyó dos hospitales. Dado que este tema fue mencionado hace unos momentos por un legislador de la bancada oficialista, quiero decir que la referencia que hizo en la Comisión la Presidenta de ASSE a las contrataciones en San José fue en respuesta a una pregunta que hicimos nosotros acerca de la construcción de dos hospitales en Canelones. En 1998 el Hospital de Canelones dejó un CTI pronto para montar. ¡Nunca se hizo! ¡Por eso se están buscando buenas contrataciones en otros departamentos! ¡Por eso cuando en Canelones uno vive la situación desgraciada de tener allegados en el CTI, debe andar corriendo de una cooperativa a otra para ver si hay cama! ¡Pero el CTI estaba ahí! ¡Está pagado! ¡Quedó desarmado! Nunca se hizo. Ese es uno de los reclamos que hay que escuchar de la gente, sea del pelo que sea, tenga la bandera que tenga. ¡Hay gente en Canelones que tiene que andar buscando camas para enfermos de CTI! Hay toda una organización del Estado buscando contratar camas en las distintas cooperativas y en diferentes departamentos para ubicar a los enfermos; eso es muy grave, porque no se trata de poner más plata. El CTI está ahí; está desarmado. Nunca lo implementaron, y estamos contratando afuera. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 286. (Se vota) ——Sesenta y uno en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. SEÑOR GAMOU.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado.
SEÑOR GAMOU.- Señora Presidenta: he votado afirmativamente este artículo. Yo no levanto mucho la voz, pero si hay una denuncia para hacer, que se haga públicamente y que se vaya al Poder Judicial. Yo no soy de los que hablan en la peluquería -hace mucho tiempo que no voy a la peluquería-… (Hilaridad) ——Yo no soy de los que hablan en la pulpería y callan en la comisaría. Luego de haber votado esto, voy a reflexionar en mi casa si los votos no valen nada. Escuché decir: “Si te votan no importa; igual podés gestionar mal”. ¿Estamos a favor del voto censor, de que haya una corporación medio “fascistoide” que diga si gestionás bien o mal? He votado este artículo porque cinco veces hemos aumentado el presupuesto de la salud. Se desprecia mucho la opinión pública -“Lo que la gente diga me importa muy poco”; no lo dije yo: lo escuché hoy-, pero el 90 % de los que se asisten en ASSE dice que está conforme, y el 95 % dice que la recomendarían. Entonces, si multiplicamos por cinco lo que le dedicamos, creo que deberíamos seguir adelante y algún día, señora Presidenta, no existirá más el Ministerio de Salud Pública; existirá el Ministerio de Salud cuando todos los uruguayos tengan el mismo derecho. Insisto en que no se trata de venir y decir en voz alta que alguno no pudo hacer tal cosa porque de lo contrario lo amenazaban. Si alguien tiene alguna denuncia en contra de ASSE, que la haga en el Poder Judicial; si no, mutis por el foro. Gracias, Presidenta. SEÑOR RODRÍGUEZ (don Edgardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (don Edgardo).- Señora Presidenta: nosotros no integramos la Comisión de Salud Pública ni la de Presupuestos, pero hemos escuchado tantas afirmaciones que no podíamos dejar de utilizar algunos minutos para decir un par de cosas. Hubo un Diputado que se refirió a una reivindicación… (Murmullos.- Campana de orden)
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SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Discúlpeme la interrupción, señor Diputado, pero voy a ampararlo en el uso de la palabra, porque hay un excesivo barullo en Sala. Solicito silencio para que el señor Diputado pueda fundar el voto. Puede continuar el señor Diputado Edgardo Rodríguez. SEÑOR RODRÍGUEZ (don Edgardo).- Gracias, señora Presidenta. Un Diputado hablaba del IMAE cardiológico para Tacuarembó. Creo que se trata de una reivindicación que todos los tacuaremboenses hacemos, y es una bandera que queremos se pueda concretar lo antes posible. Ahora bien, hay que plantear la película en todos sus términos. Ese Diputado fue Director de ese hospital y sabe bien qué presupuesto le llegaba -a nuestro hospital de Tacuarembó- en años anteriores. Hoy, el presupuesto que tiene y la inversión que se ha hecho en el Hospital de Tacuarembó son realmente muy importantes. Se habló también de la descentralización y de la necesidad de regionalizar, cuestiones en las cuales se ha avanzado. En Tacuarembó existe un Centro Oncológico Regional y mucha gente hoy ya no tiene que viajar a la capital del país para atender sus problemas oncológicos. Creo que son cambios tangibles y que tienen que ver, precisamente, con una inversión formidable que ASSE está haciendo en muchísimos lugares. Voy a aprovechar este momento para dejar una breve constancia: entiendo que lo que votamos en el artículo anterior es importante para muchos hospitales que venden servicios porque gran parte de esa venta -por lo menos el 80 %- va a quedar para la Unidad Ejecutora. Asimismo, se fortalece el área de traslados, que es fundamental. Quería hacer mención a estos aspectos en el fundamento de voto. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Recuerdo a los señores Diputados que en los fundamentos de voto no pueden hacer alusiones. En discusión el artículo 287.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 288. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta y cinco: AFIRMATIVA. Existe acuerdo para votar en bloque los artículos 289 y 290. (Apoyados) ——En discusión los artículos 289 y 290. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en setenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 291. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y tres en setenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 292. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en setenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 293. SEÑOR ABT.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABT.- Señora Presidenta: nuestro Partido no va a acompañar el artículo 293 porque se trata de una partida de $ 30:000.000 para la financiación de 800 funcionarios que ingresaron como presupuestados. Aquí se habla de la gestión, del trabajo y demás, pero no se tuvo en consideración cuánto más se iba a gastar o a invertir en las leyes sociales. Hoy se dieron cuenta de que la cifra no les alcanza y piden una nueva partida de $ 30:000.000 para solventar las cargas sociales. Esta misma consulta se le hizo a la Presidenta de ASSE en su momento y sus respuestas no fueron muy claras.
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Reiteramos que por eso no vamos a acompañar este artículo. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en setenta y seis: AFIRMATIVA. Existe acuerdo para votar en bloque los artículos 294 a 297, inclusive. (Apoyados) ——En discusión los artículos 294, 295, 296 y 297. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR SCHUSMAN.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SCHUSMAN.- Señora Presidenta: votamos el artículo 297 porque cuando uno lo lee y ve que establece una contribución de $ 9:000.000 anuales para el fortalecimiento de la red nacional de atención en drogas, le queda la tranquilidad de que se trata de algo así como un oasis de cordura en medio de la tempestad que ha significado el avance de las drogas en los últimos tiempos. Que exista preocupación por apoyar centros de rehabilitación de personas que se ven afectadas por la droga nos pone en el verdadero escenario en el cual se considera la droga como un elemento nocivo para la salud de la gente. Y eso de que la droga es nociva para la salud -algo que parecería ser normal y a lo que ni siquiera habría que hacer mención- no parece ser tan natural y evidente si entramos a considerar los últimos hechos sociales y políticos acontecidos en el país: spots publicitarios en televisión haciendo mención a lo importante que resulta la marihuana para la salud de la gente, promocionándola como si fuera una droga medicinal con poderes milagrosos; carteles de publicidad en los ómnibus poco menos que alentando a la población al consumo de marihuana; el propio Gobierno poniendo el máximo esfuerzo de su gestión en este sentido, como si el hecho de aprobar la ley
que regula el consumo de marihuana representara el mayor logro político de su gestión, y candidatos a la Presidencia de la República que en forma sorpresiva cambian de opinión en cuanto a este tema y, a la vez, redoblan la apuesta anunciando increíblemente que a la cocaína se le dará el mismo trato que a la marihuana. En este mundo del revés, cuando se pretende prohibir la mayonesa en la mesa de los restoranes montevideanos, concomitantemente se hace una especie de apología al consumo de marihuana y de las drogas. Gracias. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: el Partido Colorado votará afirmativamente este artículo en la convicción absoluta e indiscutible de que las drogas son nocivas, y que aquellos que padecen cualquier tipo de adicción a ellas o hagan un consumo abusivo, merecen recibir atención, que el Estado desde el punto de vista constitucional tiene obligación de brindar. Por eso votaremos este artículo. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Recuerdo al señor Diputado que el artículo ya fue votado. SEÑOR GAMOU.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GAMOU.- Señora Presidenta: me hago eco de lo que acaba de decir el señor Diputado Gloodtdofsky. Gracias. SEÑOR GROBA.- ¡Muy bien! SEÑOR NOVALES.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR NOVALES.- Señora Presidenta: tal vez no sea estrictamente un fundamento de voto, pero como esta vía se usa como cajón de sastre, quiero
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aprovecharla para hacer una pequeña acotación y recordar algo muy importante que tiene que ver con la salud, fundamentalmente con las comisiones de fomento y con las comisiones de apoyo a las policlínicas. Ya que hay tanta reasignación de recursos, quiero recordar a la bancada del Partido de Gobierno que hoy, fundamentalmente en el interior, la salud no funcionaría si no existieran las comisiones de apoyo de las distintas policlínicas barriales y de los pequeños pueblos. Sin embargo, se da una paradoja: hay gente de buena voluntad que hoy está embargada. ¿Por quién? Por el BPS y por la Dirección General Impositiva. ¿Por qué? Por haber integrado las comisiones de apoyo en forma honoraria; se trata de gente que trabajó denodadamente. Si hoy no buscamos una solución, no vamos a encontrar gente de buena voluntad. Hoy los Clubes de Leones están haciendo una movilización a nivel nacional porque a sus integrantes se les va a poner en una situación de riesgo patrimonial gravísimo por el solo hecho de formar parte de una comisión de fomento o de apoyo a una policlínica. Muchas gracias por su tolerancia, pero quería hacer este aporte en beneficio de la gente de buena voluntad que todavía hoy existe, gracias a Dios.
Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 22 de agosto, por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, JUAN CARLOS SOUZA Representante por Canelones”. Montevideo, 15 de agosto de 2013. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Germán Cardoso Presente. De mi mayor consideración: En virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Juan C. Souza, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la Banca en mi carácter de suplente. Sin más, saluda atentamente, Sergio Ashfield”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 22 de agosto de 2013. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Juan Carlos Souza, por el día 22 de agosto de 2013.
29.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Juan Carlos Souza, por el día 22 de agosto de 2013, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Pereira”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y nueve: AFIRMATIVA.
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2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Ashfield. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 7373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Pereira. Sala de la Comisión, 15 de agosto de 2013. PABLO MAZZONI, NELSON ALPUY, ORLANDO LERETÉ”.
Concepto 2013 2014 Retribuciones Personales 150.000.000 Gastos de Funcionamiento 50.000.000 Inversiones 100.000.000
Los créditos asignados precedentemente, se incrementarán con los aprobados por el artículo 677 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, según lo dispuesto por el literal D) del artículo 30 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, los que podrán ser distribuidos en el Ejercicio 2013 a gastos de funcionamiento e inversión. Habilítase a la Universidad Tecnológica a contratar las funciones que sean necesarias a los efectos de dar cumplimiento a sus cometidos. Los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento e inversión, que no fueran ejecutados durante el Ejercicio 2013, se habilitarán en el Ejercicio 2014 como créditos permanentes. La Universidad Tecnológica distribuirá los montos otorgados, por grupo de gasto, lo que comunicará al Tribunal de Cuentas, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General dentro de los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 303.- Fíjase una retribución mensual para los miembros del Consejo Directivo Central provisorio previsto en el artículo 32 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, equivalente a la fijada para el Rector de la Universidad de la República, por los artículos 34 y 35 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Los miembros del Consejo Directivo Central provisorio de la Universidad Tecnológica percibirán la retribución referida en el inciso anterior, desde la fecha de su designación. No percibirán dicha retribución, en caso que ocupen otros cargos públicos rentados o perciban ingresos con cargo a fondos públicos, sin perjuicio de la aplicación de las normas relativas a acumulación de sueldos. Lo dispuesto en este artículo será financiado con la partida establecida por el artículo 677 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 304.- Cada uno de los miembros del Consejo Directivo Central provisorio de la Universidad
30.- Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal – Ejercicio 2012. (Aprobación).
——Continúa la consideración del asunto en debate. En discusión el artículo 298. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en ochenta: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 299. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en ochenta: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 31 “Universidad Tecnológica”, que comprende los artículos 300 a 312, inclusive. (Texto del Inciso 31:) “Artículo 300.- Asígnase el Inciso 31 del Presupuesto Nacional, a la “Universidad Tecnológica” (UTEC) y créase la Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central” que estará a cargo del Consejo creado por el literal A) del artículo 9º de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012. Artículo 301.- La Universidad Tecnológica establecerá la estructura organizativa y funcional que considere necesaria para el logro de sus cometidos. De ello se dará cuenta a la Asamblea General. Artículo 302.- Asígnase al Inciso 31 – Universidad Tecnológica, con cargo a la financiación aprobada por el numeral 1) del artículo 20 de la Ley Nº 19.088, de 14 de junio de 2013, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos presupuestales en moneda nacional, para los Ejercicios y conceptos que se detallan:
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Tecnológica, tendrá indistintamente las mismas atribuciones que le confiere al Rector el artículo 21 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, hasta que el mismo sea electo según lo dispuesto por esta ley. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 305.- Facúltase a la Universidad Tecnológica a constituir el Fondo de Infraestructura Pública-UTEC, con el objetivo de contribuir al crecimiento, mejoramiento y rehabilitación de la infraestructura edilicia educativa pública. El Fondo de Infraestructura Educativa Pública-UTEC será administrado por la Corporación Nacional para el Desarrollo en ejercicio de los cometidos asignados por el artículo 11 de la Ley Nº 15.785, de 4 de diciembre de 1985, con la modificación introducida por el artículo 345 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en la redacción dada por el artículo 34 de la Ley Nº 18.602, de 21 de setiembre de 2009, que se ajustará estrictamente a las directivas de la UTEC y realizará todas las contrataciones mediante procedimientos competitivos que aseguren el cumplimiento de los principios de publicidad e igualdad de los oferentes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 132 del Texto Ordenando de Contabilidad y Administración Financiera del Estado. Facúltase a la Universidad Tecnológica a transferir al Fondo, los créditos presupuestales correspondientes a proyectos de inversión, de lo que se dará cuenta a la Asamblea General. La UTEC deberá incluir anualmente en la Rendición de Cuentas, un informe especial en el que conste la información referente a las inversiones realizadas en el ejercicio cerrado, así como las programadas para los ejercicios siguientes, sin perjuicio de adjuntar los estados contables correspondientes al Fondo de Infraestructura Pública-UTEC. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 306.- La Universidad Tecnológica (UTEC) podrá disponer las trasposiciones de créditos requeridas para el mejor funcionamiento de sus servicios, de acuerdo a las siguientes reglas: A) Dentro del Grupo 0 “Servicios Personales”. B) Dentro de los créditos asignados a inversiones. C) Dentro de las dotaciones fijadas para los gastos de funcionamiento.
D) Para reforzar las asignaciones de inversiones con créditos asignados a gastos corrientes o al Grupo 0 “Servicios Personales”. E) Para reforzar los créditos del Grupo 1 “Bienes de Consumo” o 2 “Servicios no Personales”, se podrán utilizar asignaciones presupuestales del Grupo 0 “Servicios Personales” y hasta un 10% (diez por ciento) de los créditos asignados a inversiones. F) No podrán utilizarse como partidas de refuerzo para otros objetos, las de carácter estimativo y el Sub Grupo 5.7 “Transferencias a Unidades Familiares” por personal en actividad. El Consejo Directivo Central podrá disponer trasposiciones de crédito entre objetos pertenecientes al Sub Grupo 5.7 “Transferencias a Unidades Familiares” con el límite del crédito permanente asignado al inciso en dicho subgrupo. Las trasposiciones realizadas regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizan, dando cuenta a la Asamblea General e informando a la Contaduría General de la Nación. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 307.- Facúltase a la Universidad Tecnológica (UTEC) a celebrar contratos de arrendamiento de obra con sus funcionarios docentes y no docentes, así como con egresados con título universitario y con funcionarios de otros organismos públicos, cuando sean necesarios para el cumplimiento de convenios nacionales e internacionales suscritos dentro del ámbito de su competencia. Artículo 308.- Incorpórase al literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), el siguiente numeral: “32) La realización de convenios de complementación docente por parte de la Universidad Tecnológica con otras universidades, instituciones educativas, entidades culturales o agentes del sector productivo y de servicios, tanto nacionales como internacionales que impliquen la realización de contribuciones por parte de la UTEC”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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Artículo 309.- Exceptúase a la Universidad Tecnológica (UTEC), por única vez, de la prohibición de designar funcionarios establecida en el literal E) del artículo 1º de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990. Artículo 310.- Facúltase a la Universidad Tecnológica (UTEC), de modo excepcional y hasta que entre en vigencia la próxima Ley de Presupuesto Nacional, a contratar en forma directa al personal que sea necesario para el inicio de las carreras que ofrezca. Dichos contratos deberán ser autorizados por el Consejo Directivo Central, no podrán tener un plazo original superior a los doce meses y su renovación quedará supeditada al resultado favorable de la evaluación de desempeño correspondiente y a la continuidad de la carrera o asignatura respectiva. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 311.- Facúltase al Inciso 31 – Universidad Tecnológica a disponer del 100% (cien por ciento) de los recursos de afectación especial que perciba conforme a lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012. Estos fondos podrán ser destinados al pago de retribuciones personales, gastos de funcionamiento e inversiones. Artículo 312.- Facúltase a la Universidad Tecnológica (UTEC) a transferir al Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) hasta el equivalente a US$ 300.000 (trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América), en concepto de reintegro de los gastos realizados en el marco de la cooperación brindada a la Universidad para su instalación y puesta en funcionamiento”. ——En discusión. Existe acuerdo para votar en bloque los artículos 300 a 312. En discusión. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: en primer lugar, quiero expresar mi conformidad con la votación en bloque, ya que en la Comisión el Partido
Colorado votó afirmativamente este Inciso en su totalidad. Esta es una de las buenas noticias de esta Rendición de Cuentas tan discutida, por momentos, acaloradamente. Se trata de un paso importante que da el país, un complemento indispensable para la formación de nuestros jóvenes. Solo nos queda, con la buena voluntad de todos quienes apoyamos la creación de la Universidad Tecnológica, esperar que sea acompañada de la mejor gestión posible. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR BEROIS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Señora Presidenta: quiero dejar una constancia. Nosotros vamos a votar todos los artículos de la Universidad Tecnológica, del 300 al 312. Desde que se presentó el proyecto de ley, el Partido Nacional lo apoyó en toda instancia. Por lo tanto, tenemos que dar a esta idea que nació en el Parlamento, los recursos necesarios. Esta es la primera vez que figura la Universidad Tecnológica en el Presupuesto Nacional. Para los que somos del interior, en esta Universidad Tecnológica nos va mucho, porque es una apuesta. Todavía no se ha determinado en qué departamento se instalará. En algunos departamentos ya hay experiencias de este tipo. Los tres representantes de la Universidad Tecnológica que estuvieron en la Comisión nos hablaron de las experiencias que se están desarrollando, y son todas positivas. No importa el departamento, lo que importa es que esta Universidad Tecnológica apuesta al tipo de carreras que son tan necesarias en el país, esencialmente, en el interior. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: en primer lugar quiero expresar la satisfacción por votar este articulado de la nueva Universidad Tecnológica, y de que esto cuente con la unanimidad del sistema político. Para muchos de nosotros, es la concreción de varias de las cosas que se discutieron en esta sesión, a veces, sin tener en cuenta los esfuerzos que se están realizando
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en colectivo, partiendo de los acuerdos multipartidarios, en un tema tan importante como la educación. En segundo término, quiero solicitar que el artículo 308, que todos vamos a votar convencidos y dentro de un bloque, sea incluido en la sección correspondiente a Ordenamiento Financiero. El artículo 308 contiene un numeral a ser incorporado al artículo 33 del TOCAF, por lo cual, luego de su votación, correspondería ubicarlo en la sección relativa a Ordenamiento Financiero. Era cuanto quería establecer, señora Presidenta. SEÑOR SABINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR SABINI.- Señora Presidenta: este articulado es una buena noticia. Esta Rendición de Cuentas prevé aumentos para la ANEP, para la Udelar, para el INAU y recursos para una institución que está naciendo y que viene a complementar la actividad, la tarea de la Universidad de la República en el interior. Creo que es una excelente noticia para el sistema educativo uruguayo que haya una Universidad dedicada específicamente a generar técnicos de nivel universitario con una fuerte relación con la producción nacional. Fue un gran logro, no solo del sistema político, sino de toda la sociedad, que ha tomado muy bien esta iniciativa. Este articulado viene a cerrar una serie de acuerdos, que culminarán el 20 de agosto con la creación de la Universidad de la Educación. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR CARAM.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CARAM.- Señora Presidenta: votamos con mucha satisfacción este capítulo que refiere a la Universidad Tecnológica del interior. Es muy importante dotar de recursos a esta nueva institución, que es producto de la actividad política del Parlamento, del trabajo de los asesores, de la voluntad del Presidente de la República y del apoyo de mucha gente. Este es un ejemplo -lo dijimos en nuestra intervención anterior- de que cuando una iniciativa cuenta con amplio respaldo político, como la UTEC, tiene asegurado su éxito.
Creo que es muy importante seguir aportando al fortalecimiento de esta nueva institución que comienza a caminar. Desde el Parlamento, todos deberemos estar atentos, en las circunstancias que correspondan, para dotarla de recursos, como estamos haciendo hoy. La creación de esta Universidad Tecnológica es importante no solamente para el interior del país, sino para el Uruguay todo. Está bueno andar rápido, pero no apurados, y se viene trabajando muy bien. Queremos hacer un reconocimiento a este consejo de transición que viene trabajando intensamente y con compromiso. También hay un compromiso de la sociedad. Este es un muy buen ejemplo que tenemos mucho gusto en apoyar y respaldar con nuestra opinión y con nuestro voto afirmativo. Adelantamos nuestro compromiso de apoyo incondicional a tan noble emprendimiento de la sociedad uruguaya. Ojalá dentro de poco tiempo surjan otros avances que vayan en otra dirección; ojalá en poco tiempo cuente con alumnos y esté funcionando donde sea aunque, por supuesto, todos tenemos la aspiración de que se instale en alguno de nuestros departamentos para concretar un centro regional. Queríamos aprovechar la oportunidad de resaltar una cuestión que es virtud del sistema político. En ese sentido, reitero este valiosísimo aporte que hace el Parlamento Nacional, en absoluto acuerdo -tenemos la certeza de ello- con las autoridades de la institución. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Se va a votar los artículos 300 a 312, inclusive, con la indicación que hizo oportunamente el señor Diputado Asti de que una vez votado el artículo 308 se inserte en el Capítulo “Ordenamiento Financiero”. (Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Asti) ——Se pasa a considerar la Sección VI “Otros incisos”, Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, que comprende los artículos 313, 314, y 315. (Texto del Inciso 21:)
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“Artículo 313.- Elimínense de los anexos a la presente ley, las asignaciones presupuestales para las organizaciones que se detallan a continuación:
Prog. UE 9 282 442 400 400 12 15 15
organización Escuela de Fútbol Infantil “Pelota de trapo” Asociación de Fibromialgia Asociación de Padres de Autistas de Maldonado Centro VIRCHOW – Cooperativa de inclusión social
Transfiéranse del Inciso 24 “Diversos Créditos” al Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” una partida anual de $ 7.600.000 (siete millones seiscientos mil pesos uruguayos) que se financiará con el crédito autorizado por el literal C) del artículo 13 de la Ley Nº 18.125, de 27 de abril de 2007. Las supresiones y reasignaciones dispuestas en el presente artículo financiarán las asignaciones fijadas en los siguientes artículos. Artículo 314.- Increméntanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” las partidas asignadas a las instituciones que se enumeran, en los importes en moneda nacional y para los ejercicios, programas y unidades ejecutoras que se detallan a continuación: Prog. UE 300 487 320 282 283 283 282 282 282 3 6 7 9 9 9 9 9 9 SEDHU Asociación Uruguaya Escuela Familias Agrarios Movimiento Scout del Uruguay Comité Paralímpico Uruguayo Asociación Civil Olimpiadas especiales Uruguayas Asociación Cristiana de Jóvenes de San José Asociación Cristiana de Jóvenes de Salto organización Asociación Honoraria de Salvamento Marítimo Fluvial (ADES) 2014 50.000 100.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 0 50.000 0 50.000 50.000 100.000 100.000 50.000 50.000 50.000 125.000 75.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000
Scouts del Uruguay 11 Asociación Civil MBURUCUYA 340 280 11 Bibl. Pub y Pop. Juan Lacaze- José Enrique Rodo 280 11 Cinemateca Uruguay 280 11 Fundación Mario Benedetti 280 11 Fundación Zelmar Michelini 340 11 Centro Pedagógico Terapéutico (CPT) 442 12 Asociación Uruguaya de Lucha contra el Cáncer 442 12 Liga Uruguaya contra la Tuberculosis 442 12 Fundación PRO-CARDIAS 442 12 Asociación Uruguaya de Enfermedades Musculares 442 12 Comisión Departamental de Lucha contra el Cáncer-Treinta y tres 442 12 Cruz Roja Uruguaya 442 12 Asociación de Apoyo al Implantado Coclear 442 12 Asociación del Sero Positivo 442 12 Asociación de Hemofílicos del Uruguay 441 12 Movimiento Nacional de Usuarios de Salud Publica y Privada 442 12 Asociación Nueva Voz
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Prog. UE organización 12 Comisión Pro-remodelación Hospital Maciel 442 442 12 Fundación Dianova del Uruguay 400 15 Escuela Horizonte 400 15 Instituto Psicopedagógico Uruguayo 400 15 Instituto Jacobo Zibil-Florida 400 15 Hogar La Huella 400 15 Hogar Infantil Los Zorzales- Movimiento Mujeres San Carlos 400 15 Fundación Winners 400 15 Centro de Educación Individualizada 400 15 Centro Educativo para Niños Autistas de Young 400 15 Asociación Canaria de Autismo y Tgd. Del Uruguay-ACATU 400 15 Centro de Atención Especializada-CADEA 400 15 Centro Ibyray 400 15 Fundación Braille del Uruguay 400 15 Granja para Jóvenes y Adultos Discapacitados La Esperanza Sabalera 400 15 Asociación Uruguaya de Alzheimer y Similares 400 15 Centro de Rehabilitación Ecuestre El Tornado- Juan Lacaze 400 15 Fundación PORSALEU 400 15 Obra Don Orione 400 15 Pequeño Cottolengo Don Orione Masculino 400 15 Asociación Uruguaya de Protección Infancia 400 15 Asociación Pro-recuperación del Invalido 400 15 Asociación Nacional para el Niño Lisiado 400 15 Plenario Nacional del Impedido 400 15 Organización Nacional Pro-laboral Lisiado 400 15 Instituto Nacional de Ciegos 400 15 Acco. Y Reinv. Impedido del Uruguay-ACRIDU 400 15 Asociación Down 400 15 Centro Educativo en Psicosis Infantil Federación Uruguaya Asociación de Padres y Personas con Capacidades 15 400 Mentales Diferentes 15 Movimiento Nacional de Recuperación al Minusválido 400 400 15 Asociación Uruguaya Catalana 400 15 Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado 400 15 Asociación Pro Discapacitado Mental de Paysandú 400 15 Club Pro-Bienestar del Anciano Juan Yaport 400 15 Voluntarios de Coordinación Social 400 15 Patronato Nacional de Liberados y Excarcelados 400 15 Asociación Uruguaya de Padres de Personas con Autismo Infantil 400 15 Asociación Padres y Amigos del Discapacitado de Tacuarembó 400 15 Instituto Canadá de Rehabilitación 400 15 Esclerosis Múltiple del Uruguay 400 15 Asociación Padres y Amigos del Discapacitado de Lavalleja 400 15 UDI 3 de Diciembre
2014 50.000 50.000 105.000 50.000 52.500 50.000 0 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 130.000 130.000 50.000 50.000 150.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 155.000 50.000 50.000 50.000 75.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000
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Prog. UE organización 15 Asociación Impedidos Duraznenses 400 400 15 Serv. Transp. p/Personas con Movilidad Reducida-CHD 400 15 Asociación Ayuda Integral Discapacitados Lascanense 400 15 Asociación de Discapacitados de Barros Blancos 400 15 Centro de Padres y Amigos de Discapacitados de Sarandí del Yi 400 15 Centro Integral de Atencion a Personas Vulnerables 400 15 Hogar de Ancianos de Mariscala 400 15 Asociación Discapacitados Independientes tercera edad y otros 400 15 Centro de Apoyo al Discapacitado de Juan Lacaze 400 15 El Sarandí Hogar Valdense 400 15 Fundación de Apoyo y Promoción del Perro de Asistencia 400 15 Fundación Voz de la Mujer – Juan Lacaze 400 15 Hogar de Ancianos de Mercedes 400 15 Liga de Defensa Social 400 15 Asociación Síndrome de Down de Paysandú 400 15 Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia en Riesgo 400 15 Unión Nacional de Protección a la Infancia 400 15 COTHAIN 400 15 Asociación de Padres y Amigos de Discapacitados de Rivera 400 15 Club de Niños Cerro del Marco – Rivera 400 15 Soc. el Refugio Asociación Protectora de Animales 400 15 Programa Salir Adelante de B’nai B’rith 400 15 Asociación Civil Maestra Juana Guerra 440 15 Querer la Vida QUELAVI 400 15 Centro Día 400 15 Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y sexual 340 21 Escuela Nº 200 de Discapacitados 340 21 Comisión Nacional de Centros CAIF 340 21 Escuela Nº 97 Discapacitados de Salto 340 21 Escuela Granja Nº 24 Maestro Cándido Villar- San Carlos
2014 50.000 50.000 0 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 152.500 120.000 75.000 85.000 50.000 50.000
La Contaduría General de la Nación incrementará los créditos en los objetos del gasto que correspondan.
Artículo 315.- Asígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” a las instituciones que se enumeran, las partidas en moneda nacional y para los ejercicios, programas y unidades ejecutoras, que se detallan a continuación:
Prog.
UE
organización
2014 200.000 200.000 200.000 200.000 200.000 200.000
400 15 Fundación niños y niñas del Uruguay 280 11 Museo Torres García 400 15 Hogar de ancianos Blanca Rubio de Rubio 442 12 Asociación de diabéticos de Durazno 400 15 Unión Nacional de Ciegos del Uruguay 442 12 Fundación Génesis Uruguay
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Prog.
UE
organización
2014 200.000 300.000 200.000 200.000 200.000 200.000
400 15 Centro de Integración de Discapacitados CINDIS 400 15 Centro Providencia 280 11 Fundación Vivian Trías 400 15 Instituto NA.CRE.VI 400 15 Centro ARAÍ 280 11 Instituto Juan Pablo Terra
SEÑORA PAYSSÉ.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Asti).- Tiene la palabra la señora Diputada. SEÑOR PAYSSÉ.- Señor Presidente: los artículos 313, 314 y 315 sustituyen al artículo 301 del proyecto original del Poder Ejecutivo por el que se asignaba una partida para redistribuir entre las organizaciones comprendidas en este subsidio que presentaran sus aspiraciones y cumplieran con los requisitos por este Fondo de Subsidios y Subvenciones y las que, habiendo sido registradas por primera vez en la Rendición de Cuentas anterior, hubieran cumplido con las exigencias que este Parlamento votó oportunamente para mantenerlas en dicho Fondo. El artículo 313 -el señor Diputado Groba propondrá oportunamente una corrección verbal- se refiere a la partida de $ 7:600.000 para readjudicar, a la que
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos en los objetos del gasto que correspondan”.
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se suman las asignaciones correspondientes a cuatro organizaciones, porque como no cumplieron por dos períodos consecutivos con el retiro de los fondos, fueron dadas de baja. El artículo 314 señala el incremento que se da en el Inciso a una serie de organizaciones que ya estaban comprendidas en este Fondo. Es decir que, cuando se analice en la columna correspondiente, figurarán los incrementos y no las cantidades totales que se asignará a cada organización. Dejamos cuatro organizaciones -seguramente el Senado las eliminará, pero lo hicimos a propósito- a las que no se les aumenta la partida, porque en el período anterior no la retiraron. Por lo tanto, seguimos el criterio ya aplicado en la Rendición de Cuentas anterior y empezamos a ordenar de otra manera, inclusive, agregando Programas y Unidades Ejecutoras de referencia. Por eso optamos por dejarlas en el listado con un cero. Aunque, seguramente, el Senado las va a eliminar, será una guía, porque no aparecen en el artículo 301 original; habría que consultar las planillas correspondientes, pero, muchas veces, no se hace y aparecen las sorpresas. En realidad, no se eliminan, sino que simplemente no se les aumenta la partida porque no la retiraron en el período anterior. El artículo 315 incorpora nuevas organizaciones que vinieron a la Comisión o presentaron la documentación en regla, como se hizo en la ocasión anterior, para acceder por primera vez a este subsidio. En todos los casos, figura en las planillas correspondientes la Unidad Ejecutora encargada de controlar su trabajo y el nombre de la organización, que denota la actividad que realiza. Asimismo, agradezco a los señores Diputados Radío y Vázquez y a la señora Diputada Caballero, suplente del señor Diputado Gandini, por el trabajo mancomunado y, diría, la buena onda para llegar a consenso en los criterios, en esta Rendición de Cuentas y en las anteriores, y afianzarlos, porque nos parecen transparentes, ordenadores y cristalinos a la hora de ordenar el trabajo que, en general, se hace en la Cámara de Representantes. Digo esto porque la Rendición de Cuentas siempre ingresa por este Cuerpo y a nosotros nos tocó hacerlo por primera vez. Seguramente, el Senado corregirá y ampliará la nómina de organizaciones, pero siguiendo los criterios
que establecimos en esta Cámara por consenso de todos los partidos políticos. Era cuanto quería decir. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Asti).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: nos da como “cosa” corregir este artículo, cuando la Comisión ha trabajado tan brillantemente, pero la técnica parlamentaria lo impone. El artículo 313 dice: “Elimínense de los anexos a la presente ley, las asignaciones presupuestales para las organizaciones que se detallan a continuación: […]”, pero debería decir “Elimínense las asignaciones presupuestales para las organizaciones que se detallan a continuación: […]”, sacando la expresión “de los anexos a la presente ley”. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Asti).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señor Presidente: propongo votar en bloque el Inciso, en virtud de que estamos todos de acuerdo. SEÑOR PRESIDENTE (Asti).- Precisamente, la Mesa lo tuvo en cuenta desde el inicio. Por eso se fundamentaron los tres artículos juntos ya que, además, sustituyen al artículo único que había enviado el Poder Ejecutivo. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 313 a 315, inclusive, con la modificación propuesta por el señor Diputado Groba al artículo 313. (Se vota) ——Setenta por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (Ocupa la Presidencia la señora Representante Payssé) SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: simplemente, quiero dejar constancia, a los efectos regla-
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mentarios, de que no me encontraba en Sala durante la votación de la Sección VI “Otros Incisos”, Inciso 21 “Subsidios y subvenciones”, artículos 313, 314 y 315. Por eso no los voté. Muchas gracias. Se pasa a considerar la Sección VII “Recursos”, que comprende los artículos 316 a 326, inclusive. (Texto de la Sección VII:) “Artículo 316.- El Parque Científico y Tecnológico de Pando estará exonerado de todo tipo de tributos nacionales, excepto las contribuciones especiales de seguridad social. En lo no previsto especialmente por los artículos 251 a 256 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, su régimen de funcionamiento será el de la actividad privada, especialmente en cuanto a su contabilidad, estatuto de su personal y contratos que celebre. Artículo 317.- Sustitúyese el artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, por el artículo 1º de la Ley Nº 18.628, de 10 de diciembre de 2009, por los artículos 787, 788 y 789 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el artículo 1º de la Ley Nº 18.900, de 30 de abril de 2012, y por el artículo 316 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 79. (Donaciones especiales. Entidades).- Se encuentran comprendidas en el beneficio establecido por el artículo precedente, las donaciones destinadas a: 1. Educación primaria, secundaria y técnico profesional: A) Establecimientos públicos de educación primaria, de educación secundaria, de educación técnico-profesional y de formación docente, Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico-Profesional y los servicios que integren el Consejo de Educación Inicial y Primaria, equipos técnicos universitarios interdisciplinarios, que funcionen en el marco de proyectos dirigidos a mejorar la calidad educativa, previamente estudiados y aprobados por las autoridades pertinentes. La Administración Nacional de Educación Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones incluidas en el presente literal.
B) Instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, secundaria, técnico-profesional, debidamente habilitadas, y que atiendan efectivamente a las poblaciones más carenciadas, así como para financiar infraestructura educativa de las instituciones que, con el mismo objeto, previo a solicitar su habilitación, presenten su proyecto educativo a consideración del Ministerio de Educación y Cultura. 2. Educación terciaria e investigación: A) La Universidad de la República y las fundaciones instituidas por la misma. B) Universidad Católica del Uruguay. C) Universidad de Montevideo. D) Universidad ORT Uruguay. E) Universidad de la Empresa. F) Instituto Universitario CLAEH. G) El Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable y la Fundación de Apoyo al Instituto Clemente Estable. H) Fundación Instituto Pasteur. I) Instituto Antártico Uruguayo. J) Universidad Tecnológica. 3. Salud: A) La construcción de locales o adquisición de útiles, instrumentos y equipos que tiendan a mejorar los servicios de las entidades con personería jurídica dedicadas a la atención de personas en el campo de la salud mental, que hayan tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos a la fecha de recibir la donación. B) La Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de las Colonias de Asistencia Psiquiátrica “Doctor Bernardo Etchepare” y “Doctor Santín Carlos Rossi”. C) La Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica. D) La Fundación Peluffo Giguens y la Fundación Dr. Pérez Scremini, en aquellos proyectos acordados con la Dirección del Hospital Pereira Rossell. E) La Fundación Álvarez – Caldeyro Barcia. F) La Fundación Porsaleu.
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G) La Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer. H) La Asociación Nacional para el Niño Lisiado Escuela Franklin Delano Roosevelt. I) Centro de Rehabilitación de Maldonado (CEREMA). J) Cottolengo Don Orione. K) Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad (Cottolengo Femenino Don Orione). El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 4. Apoyo a la niñez y la adolescencia: A) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. B) La Fundación Niños con Alas. C) Aldeas Infantiles S.O.S. D) Asociación Civil Gurises Unidos. E) Centro Educativo Los Pinos. F) Fundación Salir Adelante. G) Fundación TZEDAKÁ. El Ministerio de Desarrollo Social informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 5. La Unidad Operativa del Plan Juntos. 6. Rehabilitación Social: A) Asociación Civil de Apoyo a la Rehabilitación e Integración Social. B) Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. El Ministerio del Interior o el de Desarrollo Social, según corresponda, informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. Los proyectos declarados de fomento artístico cultural, de acuerdo con lo establecido por el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 180 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, se seguirán rigiendo por dicha ley y sus modificativas.
Aquellas instituciones, que no reciban donaciones o no cuenten con proyectos aprobados y vigentes en un período de dos años, dejarán de integrar la lista precedente. El Poder Ejecutivo dará cuenta de ello a la Asamblea General”. Artículo 318.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 79 bis del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 271 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 79 bis. (Donaciones Especiales. Formalidades).- Para tener derecho a los beneficios establecidos en el presente Capítulo, la entidad beneficiaria deberá presentar, en forma previa a la recepción de la donación, un proyecto donde se establezca el destino en que se utilizarán los fondos donados, así como el plazo estimado de ejecución. Los proyectos deberán ser presentados al Ministerio de Economía y Finanzas antes del 31 de marzo de cada año. En el caso de las entidades comprendidas en el numeral 1) literal B) y en el numeral 3) literal A) del artículo anterior, se deberán evaluar además, en forma previa a otorgar el beneficio fiscal, los antecedentes de la entidad beneficiaria, su idoneidad y aptitud en la materia de educación o en el ámbito de la salud mental, y su contribución al entorno social en que desarrolle sus tareas, que demuestren la sustentabilidad del proyecto”. Artículo 319.- Sustitúyese el literal I) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenando 1996, por el siguiente: “I) Las provenientes de actividades desarrolladas en el exterior, y en los recintos aduaneros, recintos aduaneros portuarios, depósitos aduaneros y zonas francas, con mercaderías de origen extranjero manifestadas en tránsito o depositadas en dichos exclaves, cuando tales mercaderías no tengan origen en territorio aduanero nacional, ni estén destinadas al mismo. La exoneración será asimismo aplicable cuando las citadas mercaderías tengan por destino el territorio aduanero nacional, siempre que tales operaciones no superen en el ejercicio el 5% (cinco por ciento) del monto total de las enajenaciones de mercaderías en tránsito o depositadas en los exclaves, que se realicen en dicho período. En tal caso será de aplicación al importador el régimen de precios de transferencia.
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Si se superase el límite a que refiere el inciso anterior, la exoneración será aplicable exclusivamente a las operaciones con mercaderías no destinadas al territorio aduanero nacional”. Artículo 320.- Sustitúyese el literal A) del artículo 2º del Título 10 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “A) Por circulación de bienes se entenderá toda operación a título oneroso que tenga por objeto la entrega de bienes con transferencia del derecho de propiedad o que de a quien los recibe la facultad de disponer económicamente de ellos como si fuera su propietario. En tal caso se encuentran entre otros, las compraventas, las permutas, las cesiones de bienes, las expropiaciones, los arrendamientos de obra con entrega de materiales, los contratos de promesa con transferencia de la posesión, cualquiera fuera el procedimiento utilizado para la ejecución de dichos actos. Quedan asimiladas a las entregas a título oneroso, las afectaciones al uso privado por parte de los dueños, socios o accionistas de una empresa, de los bienes de esta”. Artículo 321.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994, en la redacción dada por el artículo 2º de la Ley Nº 18.301, de 3 de junio de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- Establécese un régimen de devolución de tributos que integran el costo de los bienes terminados y semi elaborados de producción nacional que se exporten, en base a un porcentaje sobre el valor en aduana de los mismos, de conformidad con los compromisos asumidos por nuestro país en el ámbito de la Organización Mundial de Comercio. El Poder Ejecutivo adoptará las disposiciones que entienda necesarias para asegurar que los bienes alcanzados sean producidos en el país”. Derógase el artículo 3º de la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 322.- Interprétase que las retenciones salariales que se realicen a los funcionarios médicos de las instituciones de asistencia médica privada de profesionales sin fines de lucro, que generen una prima de responsabilidad empresarial, no estarán alcanza-
das por lo dispuesto en los artículos 153 de la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995, y por el artículo 8º de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, en la redacción dada por los artículos 5º de la Ley Nº 18.341, de 30 de agosto de 2008, y 807 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 (artículo 32 del Título 7 del Texto Ordenado de 1996). Las disposiciones contenidas en el inciso precedente se aplicarán desde el 1º de enero de 2009 en el marco de convenios colectivos registrados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los pagos que realicen las instituciones antes mencionadas siempre que impliquen la devolución de sumas retenidas por concepto de primas de responsabilidad empresarial, así como a los ingresos derivados de la transferencia o rescate de las partidas capitalizadas asociadas a las primas de responsabilidad empresarial. Artículo 323.- Derógase el literal E) del artículo 27 del Título 7 y el literal E) del artículo 15 del Título 8, del Texto Ordenado 1996. Artículo 324.- Cuando no sea posible para el contribuyente determinar la cuantía de la obligación tributaria para los impuestos administrados por la Dirección General Impositiva, los plazos establecidos en el artículo 38 del Código Tributario comenzarán a computarse a partir de la terminación del año civil en que la misma hubiere quedado determinada. Artículo 325.- Autorízase el uso de domicilio electrónico constituido en los procedimientos administrativos que se tramiten ante la Dirección General Impositiva, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que el previsto en el artículo 27 del Código Tributario. El Poder Ejecutivo reglamentará su uso y su implantación. Artículo 326.- Declárase que la resolución fundada a que hace referencia el artículo 110 del Código Tributario, se encuentra comprendida dentro del artículo 27 del Decreto-Ley Nº 15.524, de 9 de enero de 1984″. ——En discusión el artículo 316. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y nueve en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 317. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)
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——Setenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 318. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cuatro en setenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: quiero dejar constancia del voto negativo del Partido Colorado. Tratándose de temas de tanta sensibilidad y de organizaciones humanitarias que trabajan tanto como las que se acaba de especificar, el artículo que ha sido votado pone más trabas a los centros educativos privados y a las instituciones de salud para la obtención de donaciones y apoyo de cualquier naturaleza. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Existe acuerdo para votar en bloque los artículos 319 a 322, inclusive. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta en setenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 323. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y seis en setenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 324. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en setenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 325. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 326.
SEÑOR GARINO GRUSS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GARINO GRUSS.- Señora Presidenta: el Partido Colorado no va a acompañar el artículo 326. Creemos que la vía del recurso que pueden emplear los administrados frente a resoluciones de la Administración es un derecho y una garantía frente al Estado, la persona pública mayor. Así, el administrado puede contar con esa vía procesal por la cual recurrir cuando sienta que sus derechos son vulnerados. Además, estamos hablando de un instituto que funciona. Hoy, las empresas y las personas tienen la garantía procesal de llevar estas resoluciones de evasión fiscal ante los organismos jurisdiccionales, primero, a través del recurso, y, luego, ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que tiene la potestad jurisdiccional para declarar la nulidad. Reitero: no vamos a acompañar con nuestro voto el presente artículo, porque creemos que vulnera derechos que son procesales, y todo derecho procesal del administrado frente a la Administración forma parte de los derechos humanos. Así lo expresamos en la sesión de ayer, cuando se consideró el artículo 36 en oportunidad de la discusión que se dio en esta Sala, y hoy ratificamos nuestra disconformidad. SEÑOR POSADA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA.- Señora Presidenta: el Partido Independiente no va a acompañar este artículo, porque claramente vulnera una de las garantías del Estado de derecho. De acuerdo con este artículo, las decisiones de la Dirección General Impositiva en materia de defraudación no podrán recurrirse ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y eso, desde el punto de vista de las garantías del Estado de derecho, es afectarlas. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: con este artículo lo que queremos es dar solución legislativa a las denuncias penales ante un posible hecho delictivo. En ese caso, los jerarcas deben realizar obligatoriamente, con resolución fundada, la denuncia, y poner el tema
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en conocimiento del Juez competente, quien resuelve según la normativa vigente y de acuerdo con su leal saber y entender. Obviamente, la resolución fundada que dispara ese procedimiento no genera ninguna lesión jurídica a la parte denunciada, porque solo se pone en conocimiento del caso a la Justicia. Por lo tanto, al no generar ningún efecto lesivo permanente, tradicionalmente se ha entendido por parte de todos los actores, inclusive, del TCA, que no es un acto con el que se deba dar previa vista al denunciado por la vía administrativa, sino a través de la vía penal correspondiente. Por consiguiente, no es posible recurrir esa denuncia penal frente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, porque está en la órbita de la Justicia Penal, e introducir un procedimiento administrativo en una denuncia penal crearía problemas importantes, cuando estamos frente a posibles delitos de defraudación tributaria. SEÑOR BEROIS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR BEROIS.- Señora Presidenta: en el mismo sentido, queremos señalar que el Partido Nacional no va a acompañar este artículo porque es de dudosa constitucionalidad, dado que creemos que vulnera principios generales en defensa del administrado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Se va a votar el artículo 326. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta y seis: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar la Sección VIII, “Disposiciones Varias”, que comprende los artículos 327 a 338, inclusive. (Texto de la Sección VIII:) “Artículo 327.- Sustitúyese el artículo 89 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por el siguiente: “ARTÍCULO 89.- En los remates judiciales o extrajudiciales realizados en aplicación de la presente Carta Orgánica, el Banco podrá realizar ofertas de hasta el 90% (noventa por ciento) del valor de tasación del inmueble realizada por tasador designado por el propio Banco, en tanto no supere el doble del valor catastral del inmueble”.
Artículo 328.- Se autoriza al Banco Hipotecario del Uruguay a capitalizar los ajustes por revaluación de bienes de uso por la suma de $ 491.000.000 (cuatrocientos noventa y un millones de pesos uruguayos). Artículo 329.- Sustitúyese el artículo 277 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 277.- La importación y la exportación de mercadería sometida al régimen de encomiendas postales internacionales de entrega expresa, cuyo peso unitario no exceda los 20 kilogramos y su valor en aduana no exceda los U$ S 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), estarán exentas del pago de tributos. El régimen tributario previsto en el inciso anterior no se aplicará a encomiendas que contengan mercaderías gravadas por el Impuesto Específico Interno y podrá no aplicarse a encomiendas que contengan mercaderías restringidas, entendiendo por estas últimas, aquellas que requieren de la autorización de algún organismo competente para su importación, exportación o comercialización en el territorio nacional. La exoneración tributaria prevista en el inciso primero se aplicará bajo circunstancias normales de competencia. El Poder Ejecutivo podrá adoptar, entre otras, las medidas que entienda necesarias para evitar que las importaciones efectuadas bajo dicho régimen den lugar a alteraciones sustantivas en las condiciones de competencia para los sectores de producción y comercio nacionales. Estas medidas podrán incluir: A) El requisito que cada encomienda sea recibida por una persona física mayor de edad para su uso personal y sin fines comerciales. B) El establecimiento de una cantidad máxima de encomiendas que puedan ser recibidas por una misma persona en un determinado período. C) La exigencia que el titular del medio de pago coincida con el titular de la compra y el destinatario. D) La limitación de los tipos de medios de pago que pueden ser utilizados. El Poder Ejecutivo podrá requerir a los operadores postales de entrega expresa que proporcionen la información necesaria para el ejercicio de las funciones
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de fiscalización y control respectivas, a efectos de otorgar las exoneraciones tributarias previstas en este artículo. Las encomiendas comprendidas en el presente artículo no requerirán intervención de Despachante de Aduana. En caso de incumplimiento del presente régimen, y siempre que no se configure una infracción aduanera, deberán abonarse los tributos correspondientes a la operación de que se trate, dentro del plazo de treinta días desde el ingreso de la mercadería al país. Vencido dicho plazo sin que se haya efectuado la operación aduanera, la mercadería se considerará en abandono no infraccional”. Artículo 330.- Agrégase al artículo 24 de la Ley Nº 18.627, de 2 de diciembre de 2009, el siguiente inciso: “El Banco Central del Uruguay podrá también operar como entidad registrante de cualquier otro tipo de valores de oferta pública, sea su emisor una entidad pública o privada”. Artículo 331.- Créase la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) que funcionará en el Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios, creado por el artículo 202 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Su objeto será unificar en un solo punto de entrada, a través de medios electrónicos, los permisos, certificados, licencias y demás autorizaciones, documentos e informaciones, que se exigen ante y por los organismos públicos para cumplir con los trámites de importación, exportación y tránsito de mercaderías. El Poder Ejecutivo reglamentará la implementación progresiva de la VUCE por parte de los organismos competentes en materia de comercio exterior para la emisión de documentos y autorizaciones, debiéndose ajustar y simplificar los formatos y procesos que actualmente se exigen para la realización de los mismos. Artículo 332.- Agrégase al artículo 204 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, el siguiente literal: “I) Implementar la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). El Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios proveerá los medios humanos y materiales para el funcionamiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)”.
Artículo 333.- La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) podrá incluir en sus procesos el cobro, como agente de percepción, de tributos exigidos para la importación, exportación y tránsito por parte de otros organismos y los volcará a estos según corresponda. Podrá, asimismo, establecer precios que deban abonar los usuarios por los servicios de la VUCE, los que serán recursos del Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios. Artículo 334.- La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), funcionará con autonomía técnica y será administrada por un Coordinador Ejecutivo directamente dependiente del Consejo de Dirección del Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios y designado por él, debiendo ser persona de notoria versación en materia de comercio exterior de mercaderías, en el sector público o privado. Habrá un Consejo Consultivo Honorario de la VUCE encargado de proponer las líneas generales de acción en lo concerniente a su diseño, implementación y funcionamiento. Estará integrado por sendos representantes de la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior, la Dirección Nacional de Aduanas, el Instituto Nacional de Logística y la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información (AGESIC), y tres representantes del sector privado, los que serán designados por el Consejo de Dirección del Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios en base a propuesta de las organizaciones más representativas de los exportadores, los importadores y otros operadores de comercio exterior. Los miembros del Consejo Consultivo Honorario actuarán por períodos de dos años, renovables por períodos de igual duración. Artículo 335.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 17.829, de 18 de setiembre de 2004, en la redacción dada por los artículos 7º de la Ley Nº 17.940, de 2 de enero de 2006, y artículo 82 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- En las retenciones sobre retribuciones salariales y pasividades tendrán prioridad las dispuestas por Juez competente destinadas a servir pensiones alimenticias, y luego, por su orden las solicitadas por el Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación u otras entidades habilitadas al efecto; la cuota sindical, las solicitadas por la División Crédito Social del Banco de la República Oriental del Uruguay,
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por el Banco Hipotecario del Uruguay, por la Agencia Nacional de Vivienda, por la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR), por el Ministerio de Defensa Nacional con destino a vivienda, incluidos préstamos, para el personal del inciso en actividad, retirados, pasivos y pensionistas; por el Banco de Seguros del Estado, u otras compañías de seguros en cuanto a la contratación de seguros de vida colectivos; y por instituciones de asistencia médica colectiva u otras instituciones de asistencia médica de régimen de prepago, por cuotas de afiliación de los funcionarios que así lo solicitaren”. Artículo 336.- Créase el Instituto Naval del Estado (INES), que tendrá como objeto promover el desarrollo de la industria naval nacional y las actividades de construcción, reforma, reparación, mantenimiento y carenado de naves y navi-partes de la flota del Estado y de privados, pudiendo participar en el desarrollo de tales actividades en forma directa o bajo diferentes modalidades de contratación con terceros, de acuerdo con la normativa vigente. El Directorio estará integrado por un representante designado por el Ministerio de Defensa Nacional, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas y un tercero designado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, quien lo presidirá. El Directorio tendrá todas las facultades necesarias para cumplir con el objeto social, comunicándose con el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Industria, Energía y Minería. Artículo 337.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la creación de un Fideicomiso de Administración el cual tendrá un plazo de cien años designando como fiduciario al Instituto Naval del Estado, con el fin de desarrollar actividades de la industria naval y conexas a las mismas. Los bienes muebles e inmuebles afectados actualmente a tales actividades en el Servicio de Reparaciones, Construcciones y Armamento de la Armada, se incorporarán al patrimonio fiduciario del Fideicomiso referido en el artículo anterior, a los efectos de la administración y explotación de dichos bienes. El Poder Ejecutivo determinará los bienes inmuebles comprendidos en esta incorporación, y los registros públicos procederán a su registración con la sola presentación del testimonio notarial de esa resolución. Los bienes muebles e inmuebles del patrimonio fiduciario no podrán ser enajenados ni gravados sin re-
solución expresa adoptada por unanimidad del Directorio del INES. El Servicio de Reparaciones, Construcciones y Armamento de la Armada cederá al Fideicomiso los contratos vigentes para actividades de la industria naval y conexas. Como consecuencia de ello, quedarán sin efecto las funciones, los deberes y las responsabilidades del Servicio de Reparaciones, Construcciones y Armamento de la Armada exclusivamente en la referida área de actividades de la industria naval. El Ministerio de Defensa Nacional tiene las funciones, deberes y responsabilidades en la planificación y definición de los aspectos navales vinculados a la Defensa militar de la Nación. En cualquier caso, además de los bienes antes referidos, el patrimonio fiduciario también se integrará por los aportes que pueda realizar el Poder Ejecutivo, asignaciones que se otorguen en las leyes presupuestales, los legados, donaciones o aportes de cualquier tipo que sean aceptados por el INES y los ingresos que se deriven de sus actividades. Artículo 338.- El personal civil de la Unidad Ejecutora 018 “Comando General de la Armada” que preste funciones en el Servicio de Reparaciones, Construcciones y Armamento de la Armada a la fecha de constitución del Fideicomiso que se cree para el cumplimiento de los objetivos del Instituto Naval del Estado y sea contratado por éste, dejará de percibir las remuneraciones asociadas al desempeño de su cargo o función en la mencionada unidad ejecutora, reservándosele el cargo o manteniendo su contrato en suspenso, por un plazo de dos años. Al vencimiento de dicho plazo el funcionario podrá regresar a desempeñar funciones en el Ministerio de Defensa Nacional con todos sus derechos funcionales. El personal militar de la Unidad Ejecutora 018 “Comando General de la Armada” que preste funciones en el Instituto Naval del Estado será designado por el Ministerio de Defensa Nacional mediante la comisión de servicio”. ——La Mesa recuerda a los señores Diputados que los artículos 327, 328 y 330 necesitan mayoría absoluta, según lo establecido en el artículo 199 de la Constitución de la República. En discusión el artículo 327. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA.
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En discusión el artículo 328. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 329. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 330. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Existe acuerdo para votar un bloque los artículos 331 al 335, y 336 al 338. La Mesa recuerda a los señores Diputados que luego de votar estos artículos, hay una serie de aditivos al proyecto de ley, que se votarán en forma individual. Por lo tanto, se solicita que no se retire ningún legislador hasta que se dé por levantada la sesión. En discusión los artículos 331 a 335, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cinco en setenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: el Partido Colorado ha votado afirmativamente los artículos en los que se implementa y se detalla la ventanilla única de comercio exterior. Dejamos constancia de que nuestra bancada en el Senado realizará algunas observaciones a estos esos artículos. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- En discusión los artículos 336 a 338. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra.
SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: queremos dejar constancia, sin ánimo de iniciar un debate a esta altura de la consideración de la Rendición de Cuentas, de que el Partido Nacional va a votar en contra estas tres disposiciones, que implican la privatización de una actividad que hoy está en manos del Estado. A nuestro juicio, esta decisión se adopta sin el suficiente análisis, sin la suficiente reflexión y sin que hubiéramos podido ponderar si realmente es conveniente el pasaje al derecho privado que se propone, a los efectos de gestionar la actividad de la industria naval; y quiero aclarar que por definición –en este punto hay una cuestión terminológica- se ha sostenido en el debate político que operar en el derecho privado es privatizar. Las privatizaciones tienen dos acepciones, una más amplia y una más restrictiva. La restrictiva sería aquella que indica la venta de activos del Estado. Generalmente, se ha aceptado que por privatización debe entenderse un concepto amplio. Por lo tanto, dentro de ese concepto caería -hasta ahora así se consideraba siempre- la alternativa de que una actividad que se presta en el sector público pase a ser operada en un régimen de derecho privado. La Comisión recibió a los trabajadores de los Diques del Estado, a la Asociación de Trabajadores Civiles de los Diques del Estado, que vinieron a manifestar su oposición frontal. Creo que les asiste razón en cuanto a la falta de certezas que desde el punto de vista laboral y de las perspectivas futuras de su fuente de trabajo esta solución pueda eventualmente acarrear. Por ejemplo, el artículo 338 -naturalmente, estamos comentando el bloque de los tres artículos- establece que el nuevo Directorio, la nueva figura que se crea, el Instituto Naval del Estado habrá de contratar al personal civil que hoy actúa en el ámbito público. Pero no hay certezas de que estos trabajadores tengan la oportunidad de concursar o de ser elegidos después de una selección objetiva y de que por lo tanto no sean víctimas de la discrecionalidad que ese nuevo Directorio eventualmente aplique a la hora de contratar. Tampoco tienen certezas los trabajadores de que vayan a mantenérseles todos los beneficios de carácter salarial que han obtenido; así nos lo trasmitieron. A modo de ejemplo, podemos citar los beneficios que obtuvieron en el año 1988, a través de la Ley
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Nº 16.002, cuando se los equiparó con los trabajadores de la industria metalúrgica. Podría ser presumible que esos beneficios se mantengan, pero no está dicho a texto expreso en esta norma. Por lo tanto, creo que se genera una dosis y un margen de incertidumbre que es real. Obviamente, no hubo tiempo de aclarar ni de disipar estas dudas con las autoridades cuando comparecieron a la Comisión. Creo además que el artículo 336 -esto refuerza nuestra concepción de que estamos iniciando un proceso de privatización- deja abierta una serie de puertas y de ventanas que, eventualmente, pueden permitir en el futuro, durante esta Administración u otra que venga después, la posibilidad de avanzar en nuevas formas y tipos de asociación con el sector privado, que obviamente al momento de aprobar esta norma no estamos en condiciones de conocer. Aquí se dice que el Instituto Naval del Estado -que, aunque se llame “del Estado”, operará en el derecho privado- podrá participar en el desarrollo de las actividades vinculadas con la industria naval en forma directa o bajo diferentes modalidades de contratación con terceros, de acuerdo con la normativa vigente. Por lo tanto, se abre un abanico enorme de alternativas que, reitero, entiendo debería ser analizado a la luz de una propuesta acabada, consistente, en la que además hubiera un estudio desde el punto de vista económico y de la rentabilidad del negocio, que todos supiéramos qué es lo que estamos resolviendo, pero obviamente nada de eso se da. El argumento que se esgrimió es que la industria naval está en un proceso de desarrollo importante y en esa perspectiva, creo que si se trata de consolidar ese crecimiento, asegurarlo y garantizarlo, tal vez deberíamos tomarnos más tiempo a la hora de decidir un cambio cualitativo de estas características. Está claro que esto se ha hecho, por lo menos, en contra de la voluntad de los trabajadores, aunque no se trata de que en todos los casos se deba llegar a una suerte de unanimidad o de un consenso social absoluto. La obligación de negociar no implica necesariamente obligación de acordar. Pero en este caso la solución no llega acompañada de la voluntad de los trabajadores, ni de su opinión, porque obviamente no fueron consultados. La única opinión que tenemos es la de quienes vinieron a la Comisión cuando se enteraron de que estas tres disposiciones habían sido incluidas en forma sorpresiva, por lo menos para ellos,
y también para nosotros, y creo para todos, salvo para quienes están en el entorno del Poder Ejecutivo y del Gobierno nacional. Por eso, vinieron simplemente a pedir con mucha preocupación y cierta desesperación que la Cámara resolviera desecharlas. Como no fueron desechadas, vamos a votar en contra de estos artículos por las consideraciones que acabamos de formular. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GROBA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: vamos a dividir esta intervención en dos partes. En primer lugar, quiero hacer una corrección al texto del artículo 336 y, en segundo término, dar una interrupción a mi compañero y amigo, el Diputado Gamou, a los efectos de que aborde la segunda parte de nuestras ideas. En el segundo párrafo del artículo 336 dice: “El Directorio estará integrado por un representante designado por el Ministerio de Defensa Nacional, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas y un tercero designado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, quien lo presidirá”. Planteamos hacer una pequeña modificación y quedaría así: “El Directorio estará integrado por un representante designado por el Ministerio de Defensa Nacional, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas y un tercero designado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería”. Se elimina la expresión “quien lo presidirá”. Esa sería la modificación que proponemos. Si la señora Presidenta lo permite, le cedo la palabra al señor Diputado Gamou. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede interrumpir el señor Diputado Gamou. SEÑOR GAMOU.- Agradezco a la señora Presidenta y a mi compañero y amigo, el Diputado Groba. En primer lugar, quiero decir que me habría gustado que en esta Cámara siempre se hubiera hablado de la opinión preceptiva de los trabajadores, pero no desde 2005, ¿eh?, sino desde 1985. Pero, bueno, vamos a dejar esto; ya estamos todos muy cansados. En segundo término, creo que a este respecto se hizo un trabajo importante por parte del señor Dipu-
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tado Bernini y de otros señores Diputados. Debo reconocer que tratamos un montón de artículos y quizás estos tres no sean artículos que estén liquidados. Reivindico la tarea de la Cámara de Diputados, pues nos hemos fajado, laburando artículos importantes, pero la voluntad de esta bancada es aprobar esto y después que lo terminen de arreglar en el Senado. También reivindico que nosotros arreglamos muchas cosas, pero esto lo vamos a votar como dando un pase a la discusión particular que va a hacer el Senado. Por supuesto, estamos abiertos a que se introduzcan mejoras. Es por eso que aprobaremos estos tres artículos. No tuvimos tiempo para tratar esta Rendición de Cuentas -no hablo solo por el Frente Amplio, sino también por el Partido Independiente, el Partido Nacional y el Partido Colorado-, que prácticamente era un Presupuesto, con toda la seriedad e intensidad que hubiéramos querido. Agradezco al señor Diputado Groba por cederme la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede continuar el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR GROBA.- Señora Presidenta: con mucho gusto, señor Diputado Gamou. SEÑOR ASTI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GROBA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: un señor Diputado preopinante habló de privatización. Nosotros no somos partidarios de que instituciones del Estado se privaticen. Creemos que con la simple lectura del artículo -que recomendamos a todos- se podrá advertir que lo que estamos creando es el Instituto Naval del Estado y, como recién dijo el señor Diputado Groba, integrado por los Ministerios de Economía y Finanzas, de Industria, Energía y Minería y de Defensa Nacional. Si eso tiene algo de privatización, quedará a juicio de quien puso ese titular para la prensa. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede continuar el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR GROBA.- Usted ha hecho una gran Presidencia, señora Presidenta, y seguramente al final lo voy a hacer público.
SEÑOR BERNINI.- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GROBA.- Sí, señor Diputado. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR BERNINI.- Señora Presidenta: estamos cansados y, cuando se van terminando los partidos, el que jugaba de cinco se pone de nueve y cambian los punteros. Estamos haciendo el esfuerzo de jerarquizar los temas a consideración. Claramente, el señor Diputado Gamou se me adelantó. El ideal sería darle un marco a todo esto. Estamos hablando de una de las áreas de producción potenciales que tiene el país que, como pocas, hacen al cambio de la matriz productiva, que es una de las consignas y de los objetivos político programáticos más importantes de este Gobierno. Digo esto porque hablar en este país de que se ha construido una barcaza y de que se construyen barcos suena raro, no es común. Hoy, en el escenario regional hay una demanda importante de todo lo que implica la industria naval, no solo en materia de construcción de barcos, sino de partes de navíos. Esta demanda proviene, principalmente, de Brasil que, como ustedes saben, hace poco descubrió nuevos yacimientos petrolíferos y sus astilleros no dan abasto en la construcción de barcos petroleros. Quiere decir que hay una demanda objetiva a atender a nivel regional y por eso insistimos en que esto tiene una potencialidad enorme. Ya votamos algunos artículos que dan carácter de parque industrial al Polo de Desarrollo Naval del Atlántico Sur, que está directamente vinculado con las disposiciones que estamos considerando. Estos son el telón, el contexto y el objetivo, y hay que agregar la consiguiente generación de empleos y hasta de técnicos y gente preparada en los oficios necesarios para que el país pueda potenciarse con una visión de futuro. Ante esta realidad, todos podemos coincidir en que el ámbito en el que está inserto este servicio productivo tan importante, como es el SCRA -Servicio de Reparaciones, Construcciones, y Armamento de la Armada-, no es el mejor para potenciar una industria esencialmente productiva. Obviamente, no podemos negar que existe una parte militar, relativa a la Arma-
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da Nacional, que hay que seguir preservando, y estos artículos contemplan ese aspecto. Está claro también que esto no surgió en la Rendición de Cuentas. El Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios de Defensa Nacional, Industria, Energía y Minería, y Economía y Finanzas, en ámbitos de discusión y de elaboración del proyecto productivo, junto con COFE, con los trabajadores del dique y con los de la Untmra -representantes de la rama metalúrgica-, ha conversado, discutido y avanzado en esta temática. Aunque en la Cámara de Diputados modificamos algunos de los puntos que estaban plasmados en estos tres artículos, comparto que no estamos convencidos de que la resultante sea la formulación ideal, entre otras cosas, porque ni siquiera podemos decir, tal como están redactadas estas normas, que este instituto será propiedad del Estado bajo la órbita del derecho privado. Ni siquiera podemos decir eso, porque se habla de un instituto, pero no se establece qué forma jurídica tendrá. También se crea un fideicomiso, se da una alternativa a los trabajadores del dique, en tanto se preservan sus derechos y sus contratos de trabajo con el Ministerio de Defensa Nacional por un plazo de dos años, aunque coincidimos en que la redacción del artículo no es perfecta. Ya lo anticipó el señor Diputado Gamou. ¿Por qué entendemos que, de todas maneras, es necesario votarlos? Porque creemos que es imprescindible dar un salto en calidad hacia una nueva institucionalidad que deberá perfeccionarse y discutirse a nivel parlamentario -lo que es mucho mejor que otras opciones-, a los efectos de ir en consonancia con el objetivo estratégico que acabamos de desarrollar al inicio de nuestra intervención. Agrego más: como he participado en toda la diagramación y el desarrollo de estos tres artículos, me consta que a la hora de discutir con los trabajadores -¡y vaya si este Gobierno y este Parlamento, con los votos de la bancada oficialista, han creado ámbitos institucionales para que los trabajadores puedan debatir!- quedó establecido, por ejemplo, que la Untmra está absolutamente de acuerdo porque, considerando la potencialidad de su rama de actividad y su desempeño, de excelencia a nivel internacional, esto no solo puede generar mano de obra, sino mano de obra calificada.
(Suena el timbre indicador de tiempo) ——Por lo tanto, aunque compartimos lo que han dicho algunos colegas con respecto a que estos artículos no tienen la redacción más feliz, de todas maneras vamos a aprobarlos y, obviamente, nos comprometemos como fuerza política a que en el Senado, conjuntamente con el Poder Ejecutivo -sobre todo, con los Ministerios de Industria, Energía y Minería y Defensa Nacional, que han sido los motores de este cambio-, se perfeccione el texto. Quizás podamos llegar a un acuerdo, quizás no, pero no va a quedar la redacción que terminaremos aprobando en el día de hoy. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Ha terminado el tiempo de que disponía el señor miembro informante en mayoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: voy a hacer algunas consideraciones. En primer lugar, celebro que se haya reconocido en Sala que esto no es una Rendición de Cuentas, sino otro presupuesto. Si bien he escuchado hablar reiteradamente de las Rendiciones de Cuentas de un solo artículo como algo casi aterrador, lo cierto es que una Rendición de Cuentas no puede parecerse tanto a un presupuesto como sin duda se asemeja esta. Eso también habla de la gestión. En segundo término, quiero señalar que las leyes que se aprueban en la Cámara de Diputados deben salir como corresponde. ¡Yo no concibo -pido disculpas a quienes han sostenido otra posición, si discrepan- que las leyes salgan mal redactadas de la Cámara de Diputados para que las corrijan los Senadores! ¡Es cuestión de tener un poco de autoestima, si lo quieren ver así! ¡Resulta que aprobamos textos legislativos con artículos que no están bien o que aparecen mal redactados! ¡Son textos normativos que salen de la Cámara de Diputados! ¡Tienen que salir bien! ¡No admitamos más otra cosa, por el prestigio del Cuerpo! Y si no les parece hacerlo por el prestigio del Cuerpo, ¡hagámoslo por el prestigio de cada uno! En tercer lugar, es verdad: no tuvimos tiempo, porque lo que se está planteando no es menor. Es un
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tema tan grande, tan importante, que el Subsecretario de Defensa Nacional, cuando en Comisión se le inquirió sobre este tema, dijo que desconocía por completo la presentación de estos tres artículos. Es decir que llegaron al Parlamento estos artículos que afectan a una repartición del Ministerio de Defensa Nacional y, cuando se le preguntó al respecto al Subsecretario de la Cartera, dijo: “No tengo conocimiento. No sé. No fuimos consultados. No sabemos nada de esto”. Ya fue complicado el ingreso de este tema, que no es menor, porque -a mí no me asustan las palabras- habla de privatización. Además, esta cuestión genera opiniones encontradas, según las diferentes ramas de trabajadores, y todas pueden ser valiosas. Hay que considerar que si esta Cámara no puede aprobar proyectos de ley mal redactados, mucho menos puede aprobar este tipo de normas sin haber terminado de recoger todas las opiniones de los involucrados en estos artículos. Puedo compartir que ubicar la industria naval dentro del área del Ministerio de Defensa Nacional y de la Armada no es lo más adecuado para su impulso, teniendo en cuenta, además, que el crecimiento de nuestra actividad fluvial es sumamente importante y que hay en el área un camino de trabajo y de desarrollo. Más allá de eso, nunca he escuchado hablar de qué pasa con aquellas contraprestaciones y aportes que la Armada recibía del desarrollo de la industria naval. Se me podrá decir que el Ministerio de Defensa Nacional participa de ese instituto y es verdad. También se me podrá decir que los funcionarios van a pasar en comisión, y es verdad, pero el tema es mucho más importante. La industria militar naval puede desarrollarse porque se pueden reparar los buques y las maquinarias e, inclusive, se pueden fabricar embarcaciones, gracias a lo que recibe del desarrollo civil de esta actividad. ¿Qué vamos a hacer en la próxima Rendición de Cuentas o en el próximo Presupuesto? ¿Le vamos a aumentar el gasto de defensa para suplementar o contribuir con aquellos fondos de los que la Armada va a carecer, una vez sacada esta actividad de su órbita? ¿Vamos a restarle, además, a una institución cuya capacidad técnica exige generar o duplicar costos “Artículo cisos:
en capacitación o vamos a pasar oficiales de la Armada en comisión al Instituto Naval? Señora Presidenta: creo que las preguntas que estoy formulando -quizás puedan resultar muy engorrosas- son sustanciales cuando hablamos del desarrollo de una industria como esta. Además, planteo cuán importante puede resultar la opinión de los empresarios privados. Lo digo porque, a veces -yo diría que unas cuantas veces y la discusión de esta sesión así lo ha demostrado-, la gestión del Estado no es la mejor para el desarrollo de determinadas industrias y emprendimientos. Y como ya hemos visto y escuchado a lo largo de esta Rendición de Cuentas, la gestión es precisamente el punto de discordia en el encuentro y en el debate. Quizás también podríamos darle una oportunidad a la empresa privada para que haga bien lo que hace y cree fuentes de trabajo de calidad que una industria como la naval, nada menos, requiere. No tuvimos tiempo de estudiar esto. Estamos votando artículos mal redactados. No escuchamos a todos los que teníamos que escuchar y, simplemente, declinamos nuestra competencia ante la capacidad de corrección de los señores Senadores para enmendarnos la plana. Gracias. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque que comprende los artículos 336 a 338. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en setenta y ocho: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos.11 a 16, inclusive, presentados por legisladores del Partido Nacional. (Texto del los aditivos que figuran en las Hojas Nos. 11 a 16:)
.- Agréganse al artículo 248 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, los siguientes in-
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“Los cargos de Juez de Faltas están equiparados a todos sus efectos de la carrera judicial, como en su dotación, al Juez de Paz Departamental de la Capital, según lo establecido en el artículo 482 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. El cargo de Actuario está equiparado a todos sus efectos al de Actuario de Juzgado de Paz, establecido por el artículo 634 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. “Artículo .- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial una partida adicional a los créditos presupuestales de Servicios Personales, financiación 1.1 “Rentas Generales”, por un monto total de $ 1.045.677 (pesos uruguayos un millón cuarenta y cinco mil seiscientos setenta y siete), con destino a la transformación del grado de los cargos de “Mediador” del Escalafón IV “Especializado”, pasando del grado 11 al grado 12″. “Artículo .- Créanse en el Poder Judicial los siguientes cargos de Mediador, con destino a once nuevos Centros de Mediación a crearse en el interior del país:
Cantidad 22
Escalafón IV
Grado 11
Denominación Mediador
Vigencia 01.01.2014
“Artículo .- Autorízase la presupuestación de los funcionarios contratados con dos años de antigüedad ininterrumpida al 31 de mayo de 2013 en el escalafón R “Informática” del Poder Judicial, que se desempeñan en la División Tecnología Informática. La presupuestación se realizará en base al puntaje asignado en las calificaciones, según reglamentación que dicte la Suprema Corte de Justicia, sin que ello implique un incremento de los créditos presupuestales”. “Artículo .- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial una partida adicional de gastos de funcionamiento, financiación 1.1 “Rentas Generales” por un monto anual de $ 2.534.200 (pesos uruguayos dos millones quinientos treinta y cuatro mil doscientos) con destino a la realización de programas de capacitación permanentes en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, para magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público del Uruguay en materia de Derechos Humanos, que contengan cursos sobre la debida investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de desaparición forzada de personas y de sustracción de niños y niñas, con la contratación de expertos nacionales y extranjeros en el tema. Si la partida establecida en el presente artículo resultare insuficiente, la Contaduría General de la Nación deberá reforzar los créditos presupuestales de gastos de funcionamiento en oportunidad de constatar el faltante para hacer efectivo el financiamiento de los programas de capacitación citados, en todo el ejercicio. Se deroga el artículo 236 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011″. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. Si la Cámara está de acuerdo, haríamos una bre”Artículo .- Asígnase al Inciso 17 “Tribunal de Cuentas” programa 26sobre el sentido de laFinanciero de vísima explicación “Control Económico presentación SEÑORA PRESIDENTAOrganismos que Administran o reciben Fondos Públicos” en la Financiación 1.2 “ReLegalidad y Gestión de (Payssé).- Tiene la palabra de estos artículos y luego los votaríamos en bloque. el señor miembro informante en minoría. en moneda nacional, para el proyecto de inversión que se detalla: cursos de Afectación Especial” el crédito Quedaría para analizar el último, que corresponSEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: por lo que adde al Tribunal de Cuentas. vierto y lo que se ha repartido, los aditivos que restan ser considerados son los que van de la Hoja N° 11 a SEÑOR GAMOU.- ¡Muy bien! la Hoja N° 16. Los primeros cinco Inversión Proyecto de corresponden al In2014 2015 ciso 16 “Poder Judicial” y fueron presentados por el Partido Nacional. 973 “Inmuebles” 32.000.000 33.000.000
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SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Diputado Abdala, también debería expresar si está de acuerdo con suprimir la lectura, porque deberíamos votarlo. SEÑOR ABDALA.- Sí, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría, Diputado Abdala, para brindar una somera explicación de esos aditivos. (Murmullos en Sala) ——Solicito a los señores legisladores que permanezcan en Sala, pues ya estamos terminado. SEÑOR ABDALA.- Al cabo de tres largas jornadas de deliberaciones presupuestales, quiero alertar a la Cámara que, recién en este momento, cuando estamos prácticamente escribiendo el último renglón de este debate… (Murmullos) SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Colegas legisladores y legisladoras: faltan seis aditivos y cinco los votaremos en bloque. El Diputado que está dando una explicación merece respeto. Entonces, por favor, les pido que se sienten; nos vamos a ir rápido en la medida en que hagan silencio y escuchen al Diputado Abdala. Puede continuar, señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Muchas gracias, señora Presidenta. Es totalmente comprensible que el cansancio nos traicione a todos. De cualquier manera, para nosotros es ineludible dejar una constancia porque estamos hablando del Presupuesto de un Poder del Estado, el Poder Judicial, del que recién ahora -este no es un señalamiento político-, después de transcurridas tres largas jornadas de debate y después de haber sido reiteradamente invocado por los más diversos temas, nos vamos a ocupar desde el punto de vista de la dotación presupuestal y veremos con qué resultado. El Partido Nacional ha presentado cinco aditivos que recogen cinco de los planteos formulados por el Poder Judicial en su propuesta presupuestal, en función de la iniciativa constitucional que le corresponde. Si bien la propuesta del Poder Judicial implicaba la solicitud de otros programas, la presentación de iniciativas y proyectos que, sin duda, revisten importancia, a
partir del realismo con el que hay que actuar, tuvimos que ser selectivos. Fue así que entendimos que los que efectivamente fueron introducidos a la consideración de la Cámara por parte de nuestra bancada tienen plena justificación. Dos de ellos no tienen costo y los que sí lo tienen, implican esfuerzos presupuestales pequeños, curiosamente para cumplir con fines y objetivos que, creo, merecen la pena ser contemplados. El aditivo que luce en la Hoja Nº 11 propone la equiparación de los Jueces de Faltas con los Jueces Departamentales de la capital. A raíz de la aplicación de la Ley de Faltas -cuyo trámite parlamentario terminó la semana pasada en esta misma Sala-, como todos sabemos, la competencia en materia de faltas la tienen, en la capital, los Jueces de Faltas y, en el interior de la República, los Juzgados Departamentales de Paz. Esto parece razonable, a los efectos de equiparar a quienes estarán a cargo, a partir de ahora, de una misma responsabilidad que es, precisamente, entender en esta parte tan importante de nuestro Código Penal, que el Parlamento ha considerado necesario actualizar, para contribuir a mejorar las condiciones de la seguridad pública, algo en lo que, por lo menos, el Gobierno ha tenido una coincidencia importante con la bancada del Partido Nacional. Los artículos que lucen en las Hojas Nos. 12 y 13 tienen que ver con un proyecto que desarrolla el Poder Judicial, con gran suceso, en cuanto a la prevención y resolución de los conflictos sociales de menor porte -podríamos decir así-, que en los hechos se dan a lo largo y ancho del país. Estamos hablando de los Centros de Mediación. Ya en cuatro departamentos el Poder Judicial los ha implementado con gran suceso. Estas propuestas tienen que ver con la posibilidad de que se pueda extender a todo el país esta modalidad que, según nos informaron los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, logra resolver hasta el 98 % de los asuntos que llegan al ámbito de estos Centros. La propuesta que luce en la Hoja Nº 14 recoge una vieja reivindicación de los funcionarios del área informática y no tiene costo; por eso nos pareció razonable darle estado parlamentario e impulsarla. Finalmente -porque se me termina el tiempo-, la última propuesta que presentamos como aditivo tiene un costo, pero es razonable. No implica más de US$ 150.000 -son $ 2:500.000- para un objetivo que todos seguramente compartiremos, empezando por usted, señora Presidenta, a quien reconozco una gran
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personería en el tema de los derechos humanos; lo que se propone es cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Justicia en cuanto a la capacitación de jueces y fiscales en las causas de derechos humanos. Esta es una obligación que está pendiente de cumplimiento desde hace tiempo, en razón de que no le hemos dado al Poder Judicial los recursos necesarios y suficientes para llevarla a la realidad. Gracias. SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR PARDIÑAS.- Señora Presidenta: en primer lugar, nosotros no vamos a acompañar estas propuestas que se han presentado en la Cámara, que también fueron consideradas y debatidas en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. En segundo término, quisiera hacer una pequeña presentación de uno de los temas, que realmente nos preocupa sobremanera. Cuando debatimos la Rendición de Cuentas del año 2010, aprobamos una norma que habilitaba a la Suprema Corte de Justicia a disponer y a transferir recursos de sus economías para encarar lo que fue parte de un dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el sentido de hacer énfasis en la formación de los Jueces en temas vinculados a derechos humanos, aspecto que nos compromete como Estado, no solo a la institución del Estado uruguayo, Suprema Corte de Justicia, sino a todos. En ese entonces, votamos el artículo 236 de la Ley de Rendición de Cuentas Nº 18.834, de noviembre de 2011, que decía: “El Poder Judicial comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los sesenta días de promulgada la presente ley, las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de financiar las erogaciones con destino a la realización y financiación de programas de capacitación permanentes en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, para magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público del Uruguay en materia de Derechos Humanos, que contengan cursos sobre la debida investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de desaparición forzada de personas y de sustracción de niños y niñas, con la contratación de expertos nacionales y extranjeros en el tema”. Esta era una necesidad fundada, como decíamos, en el dictamen de la Corte Interamericana de Dere-
chos Humanos por el caso Gelman. ¿Qué pasó con esto? La Suprema Corte de Justicia llevó adelante una acción de inconstitucionalidad. Precisamente, este es el organismo que debe dictar si es inconstitucional una norma. Ahora bien, después, como la Suprema Corte de Justicia tenía el interés legítimo en este caso, como es de orden fueron designados Ministros del Tribunal de Apelaciones para integrarla transitoriamente y dictaminar sobre este acto, que obtuvo la sentencia de que esta norma es inconstitucional. Es decir que votamos una norma que la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional. Tengamos presente que, más allá de la independencia técnica, los Ministros que actuaron en este caso son miembros del Tribunal de Apelaciones -quienes a futuro podrán ingresar a la Suprema Corte de Justicia- y tienen dependencia directa de los Ministros que asumieron la legítima acción de inconstitucionalidad frente a esta norma. Pero el hecho no es solo lo técnico, señora Presidenta. En el Ejercicio 2012, que es el que estamos analizando, y también en Ejercicios anteriores, ha habido recursos no ejecutados por la Suprema Corte de Justicia, al igual que sucede en otros organismos del Estado, porque la ejecución no tiene por qué ser de un 100 %. En lo que tiene que ver con los programas de prestación de servicio a la Justicia, en el año 2012 la Suprema Corte de Justicia ejecutó el 98,7 % de los recursos, es decir que tuvo una economía pequeña pero que representa algo más de $ 29:000.000. En los programas de gestión y administración de servicios de apoyo a Tribunales y defensorías públicas, hubo una ejecución del 96,8 % de los recursos -se puede decir que una buena ejecución-, lo que implicó una pequeña economía de $ 37:695.000. Es decir que con estas pequeñas economías la Corte dispuso de casi $ 67:000.000 para reasignar a otros programas que tuviera interés de llevar adelante como, sin lugar a dudas, es este. Nadie duda del interés y de la necesidad de poner en práctica un programa de capacitación y mejora en la formación de los magistrados y de los fiscales en los temas de derechos humanos. Y para hacer frente a este programa, tal como expresaba el Diputado Abdala, en el año 2014, la Corte requiere de una asignación de $ 2:534.000 y por eso presentan este aditivo. O sea que nosotros tendríamos que votar una norma, sacándole algo más de dos millones a otros
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Incisos del Presupuesto Nacional, para dotar a la Suprema Corte de Justicia de esos recursos y cumplir con este programa, cuando ese organismo ha economizado más de $ 60:000.000 en la ejecución de su Presupuesto; nos parece que eso no corresponde. Quizás la Suprema Corte de Justicia entiende que el Parlamento tiene la capacidad y el rol de reasignar recursos; y si lo podemos hacer para otros Incisos, como votamos en esta sesión, por ejemplo para la Universidad de la República, ¿cómo no lo vamos a poder hacer para la Suprema Corte de Justicia? Más allá de que es otro Poder del Estado, tampoco la estamos obligando, sino que le estamos dando la facultad para que acceda, funcione, desarrolle un programa que debe llevar adelante y, encima, comunique y defina de dónde obtiene los recursos en la economía de ejecución presupuestal que año tras año realiza. Nos parece, señora Presidenta, que en este caso no es posible acompañar una propuesta en este sentido y por eso no vamos a votar estos aditivos. Muchas gracias. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: quisiera hacer dos aclaraciones: una de forma y otra de fondo; una de carácter jurídico constitucional y otra de orden presupuestal. El antecedente que menciona el Diputado preopinante es muy relevante. Efectivamente, hace pocas semanas, la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley de Rendición de Cuentas que aprobamos el año pasado. Y yo diría que, sin ninguna duda, la institucionalidad funcionó a pleno porque, obviamente, la misma Suprema Corte de Justicia que inició la acción de inconstitucionalidad, no podía ser Juez y parte y, como establecen la Constitución y la ley, se integró una Corte por sorteo entre los Ministros de los Tribunales de Apelaciones, a los efectos de analizar específicamente esa acción de inconstitucionalidad que tenía por parte y por promotora al propio órgano jerarca del Poder Judicial. Así funciona el sistema; o sea que eso no nos debería llamar a sorpresa. En cuanto a si el artículo es inconstitucional, yo leí la sentencia y comparto plenamente sus funda-
mentos. Esa sentencia, además, no fue distribuida en la Comisión. Obviamente que el Parlamento es el que asigna los recursos; por lo tanto, no puede decir al Poder Judicial: “Encuentre usted los recursos para determinar de dónde va a financiar tal cosa”, porque las reasignaciones se hacen por ley. Desde el punto de vista estrictamente presupuestal, nosotros sugerimos este camino; ahora bien, si otro señor legislador o la bancada del Partido de Gobierno entienden que hay economías dentro del presupuesto del Poder Judicial, ¿por qué no las utilizamos? ¿Por qué no redactamos un aditivo -podemos hacerlo- reasignando los recursos que acaba de detallar el Diputado Pardiñas y solucionamos el problema? ¿Por qué no se planteó esto cuando comparecieron los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y nos dijeron a viva voz que este era un tema muy delicado, que comprometía la imagen internacional del Uruguay en la medida en que nos ponía en la puerta -o más allá de la puerta- del incumplimiento de una obligación internacional en materia de derechos humanos? No se dijo. Si este mismo planteo lo hubiéramos escuchado en la Comisión, capaz que aquí ya estábamos aprobando una fórmula de acuerdo y levantando la sesión, pero lamentablemente arrastramos el problema. Yo manifiesto desde ya que nosotros sugerimos este camino porque fue el primero que encontramos y porque, además, representa un costo absolutamente irrelevante para lo que son los números del Presupuesto Nacional, en particular en la actualidad: son US$ 150.000 en un presupuesto de US$ 13.000:000.000. Ahora, reitero: nosotros no nos enamoramos de las fórmulas ni reivindicamos eternamente la paternidad de la idea; no, a nosotros lo que nos preocupa es que las cosas se hagan bien y, por lo tanto, que en este caso el país preserve su buena imagen de cumplimiento de sus obligaciones internacionales. Si no es por esta vía, que sea por la otra; pero que se haga porque, de lo contrario, seguimos alargando el problema y tirando la pelota para adelante. Yo estoy dispuesto a aceptar que la fórmula del año pasado, en todo caso, demuestra voluntad política de la bancada del Partido de Gobierno para solucionar el tema. Ahora, declarada la inconstitucionalidad de la norma, para confirmar que esa voluntad política existe, tenemos que encontrar una salida. Es la que propusimos en el aditivo o es, eventualmente, esta otra -que estoy dispuesto a explorar-, sugerida por el señor Diputado Pardiñas, de utilizar esas eco-
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nomías y reasignarlas. ¡Hagámoslo! Capaz que si pasamos a intermedio por diez minutos el tema queda resuelto. Simplemente, queremos trasmitir cuál es la voluntad del Partido Nacional. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ASTI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ASTI.- Señora Presidenta: este tema también lo discutimos con la Suprema Corte de Justicia el año pasado. Es claro el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sentido de que el Estado debe financiar la capacitación de los Jueces y de los demás agentes judiciales en este tema. La cuestión es que nosotros entendimos que como ya la Suprema Corte de Justicia tiene una dependencia, que es el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay, obviamente, cuando se habla del Estado como persona jurídica mayor, era ese organismo el que debía realizarlo, y así fue que el año pasado votamos un artículo que establecía que la Suprema Corte de Justicia reorientara sus fondos para realizar esa tarea. Exactamente lo mismo es lo que se está proponiendo, pero la diferencia es que la Corte entendió -a través de los mecanismos que se han explicado- que era inconstitucional. Entonces, nosotros consideramos que lo que hay acá fundamentalmente es un intento de desconocer que los tres Poderes del Estado deben cumplir con esa sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Creo que ha quedado claro que este Parlamento y el Poder Ejecutivo han cumplido. Hay resistencia a reconocer el valor de esta sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y es por eso que nos reafirmamos en el convencimiento de que cuando ordena que el Estado financie la capacitación de los agentes judiciales es el organismo encargado de capacitar a los Jueces el que tiene que encontrar, dentro de su presupuesto ya aprobado y excedentario -como acaba de demostrar el compañero Diputado Pardiñas-, las formas de cumplir con esa obligación; dicho sea de paso, los propios Ministros de la Suprema Corte de Justicia aclararon que la están cumpliendo, pero por el otro lado, no quieren reconocer que son ellos, como Poder del Estado con presupuesto propio, quienes deben cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Gracias, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: quiero que quede una constancia. No hemos sido nosotros quienes adjudicamos intenciones a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia. Aquí se ha dicho que hay un intento de desconocer determinadas cosas por parte de ellos. Quiero que quede claro que no hemos sido nosotros. Está claro que cuando comparecieron los señores Ministros, dijeron que irían adelante hasta donde pudieran en la capacitación de los magistrados a través del Centro de Estudios Judiciales, pero que con eso no alcanzaba porque la Corte Interamericana de Derechos Humanos pretendía que esa capacitación se realizara con el concurso de expertos y de docentes del extranjero. Por lo tanto, si lo que se quiere sostener es que sobran recursos de otro lado en la constelación del presupuesto del Poder Judicial, pues detectémoslos -como ha hecho el señor Diputado Pardiñas-, reasignémoslos, y tema solucionado, y no estamos pidiendo al Gobierno que aumente el gasto. Ahora, si no es así, tengo que entender que el eje de la discusión o la base argumental de la negativa pasa por otro lado: pasa por desconfiar del Poder Judicial o por sostener que, en verdad, cuando el Poder Judicial nos viene a plantear esto, es simplemente para complicar las cosas. Yo no lo creo. Yo creo en la Justicia, creo en la ponderación de los señores Ministros y creo, además, en la sana crítica con la que los cinco Ministros vinieron a plantear que necesitaban una solución porque era necesario, no para el Poder Judicial, sino para la imagen internacional del país. Eso fue así y nadie lo puede desmentir. Está en la versión taquigráfica; si alguien tiene alguna duda, puede recurrir a ella. SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MICHELINI.- Señora Presidenta: la primera constancia que quiero dejar es que, obviamente, este es un tema que sensibiliza a todos. Me parece que debemos encontrar los espacios para el diálogo y la
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búsqueda de una solución. No creo que al final de tres jornadas largas de trabajo, en un breve intermedio podamos resolver esto. La segunda constancia que quiero dejar es que el Parlamento Nacional, a través de sus mecanismos, dio al Poder Judicial una línea de trabajo, a los efectos de que pudiera resolver esta situación y, además, le dio la potestad legal de reasignar, precisamente, en la intención de respetar la autonomía que tiene como Poder. Está la sentencia dictada en el marco del control de constitucionalidad de la ley; habrá que analizarla -aún no tuve oportunidad de hacerlo-; pero lo que, sin duda, no se puede decir a este Poder Legislativo ni a la bancada del Partido de Gobierno es que no ha tenido voluntad de colaborar con la Suprema Corte de Justicia ni de buscar la solución adecuada para el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Nosotros aspiramos al cumplimiento cabal y total de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque estamos convencidos de que en ello va el prestigio de la República en lo que respecta a la seguridad jurídica y al cumplimiento de la palabra empeñada. No queremos, por la vía indirecta de una norma presupuestal, entrar en un debate delicado, naturalmente complejo; en un debate que, además, pone sobre la mesa otros temas que no son de la materia presupuestal. Por lo tanto, aspiramos al diálogo y a que en el Senado se pueda encontrar la solución adecuada. Por último, queremos decir que nadie debería tentarse de intentar saldar este tema por vía indirecta. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: trataré de ser muy breve y lo más claro posible. Que existe un tema extrapresupuestal en las consideraciones que se han hecho para la votación de algún artículo, es notorio, está dicho. No ingresemos en ese debate porque, además de que no tiene nada que ver con esto, me parece que vamos a pasar un buen rato; es un tema profundo, con antecedentes. Respeto mucho la honestidad de la bancada oficialista al reconocer con total claridad que la razón por la cual
no se acompaña tiene que ver con una cuestión extrapresupuestal, de otro carácter, distinta, pero no la comparto. Por otra parte, la propuesta que se cuestiona específicamente fue solicitada por los señores Ministros y ante tal reclamo de un Poder del Estado a otro, no tenemos ningún tipo de inconveniente en acompañarla y respaldarla. Distinta consideración de nuestra parte pueden tener algunas de las restantes propuestas, ya que pensamos que debieron haber seguido el procedimiento que señalara el señor Diputado Abdala, en cuanto a la identificación de aquellos recursos de los que podrían extraerse los fondos requeridos para su financiamiento. Lamentablemente, esas cosas no se pueden hacer sobre tablas y, además, este no es el momento para hacerlo. Entonces, deberán considerarse en el Senado, donde seguramente el Partido Nacional reiterará este tipo de propuestas y el Partido Colorado las acompañará. Resumo: vamos a acompañar la propuesta que figura en la Hoja Nº 15, no votaremos aquellas que tengan partidas definidas y las que son para la creación o definición de cargos también contarán con nuestro voto. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Entiendo que la propuesta que hace el señor Diputado Gloodtdofsky es no votar en bloque sino artículo por artículo. Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Indudablemente, señora Presidenta. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR ABDALA.- Señora Presidenta: mociono para que se suprima la lectura. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en sesenta y nueve: AFIRMATIVA.
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En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 11, presentado por los señores Diputados Gandini, Abdala, Berois y Abt. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veinticuatro en setenta: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 12, presentado por los señores Diputados Gandini, Abdala, Berois y Abt. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Dieciséis en setenta y uno: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 13, presentado por los señores Diputados Gandini, Abdala, Berois y Abt. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintisiete en setenta y dos: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 14, presentado por los señores Diputados Gandini, Abdala, Berois y Abt. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintisiete en setenta y dos: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 15, presentado por los señores Diputados Gandini, Abdala, Berois y Abt. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintisiete en setenta y dos: NEGATIVA. En discusión el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 16, presentado por los señores Diputados Gandini, Abdala, Berois y Abt. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señora Presidenta: creo que soy portador de buenas noticias si digo que este es el último artículo que nos queda por considerar, así que creo que con una hora me alcanza.
(Hilaridad) ——Era una broma. Este es un artículo que presentamos como aditivo y que recoge textualmente el artículo 1º que presentó el Tribunal de Cuentas. De esta manera, el Tribunal de Cuentas nos pide autorización para gastar un dinero que tiene. Verán que el propio artículo establece: “[…] Financiación 1.2 ‘Recursos de Afectación Especial’ […]”, es decir que se trata de recursos que el propio organismo recauda a través del cobro de algunos servicios o contrataciones que realiza y que tienen un objetivo ya predeterminado que se relaciona con la sede del organismo. Ese dinero está en una cuenta del Banco de la República, pero no puede ir a ningún otro lado -como a Rentas Generales-, ni se puede usar con otro fin; está ahí. Ese dinero que se reunió durante muchos años fue usado en parte, con autorización parlamentaria, para adquirir una sede. El Tribunal de Cuentas compró el edificio lindero a su actual sede; en vez de comprar otro edificio compró uno pegado -creo que pertenecía el Ministerio de Industria, Energía y Minería- y luego llevó adelante un proyecto con la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Ya está pronto el proyecto ejecutivo, el Tribunal de Cuentas nos trajo el proyecto de esa obra para que lo conociéramos y esa es una tarea absolutamente imprescindible para un organismo que está trabajando en turnos porque no tiene más funcionarios; tiene más tareas pero no tiene modo de ubicar a los funcionarios en las actuales instalaciones a fin de que las realicen. Entonces, necesita este lugar y tiene el dinero. Como dije, la plata está y no puede ser utilizada con otro destino y parece de buen administrador -en vez de que la tenga en una caja- que se lo autorice a que la use para hacer la obra de refacción, remodelación y equipamiento de ese edificio, pegado al que actualmente tiene, a fin de poder trabajar en él y mejorar la eficiencia en su labor. Reitero que no es plata que no tenga sino que la tiene; no incrementamos el gasto público porque ese dinero está ahí y tiene un solo destino y si no lo usamos queda guardado en una caja en el Banco de la República y el Tribunal de Cuentas queda con un esqueleto cerrado, porque no tiene plata, aunque en realidad la tiene pero no puede usarla para dar ese paso de la obra de remodelación. Por ese motivo, nos pide una partida de $ 32:000.000 para el próximo año
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y de $ 33:000.000 para el año 2015 a fin de terminar la obra. Nos parece conveniente que así como en una ley presupuestal anterior autorizamos los recursos de ese mismo fondo para poder comprar, ahora autoricemos recursos para poder refaccionar el edificio, es decir terminar la tarea que le habíamos autorizado. Gracias, señora Presidenta. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR GLOODTDOFSKY.- Señora Presidenta: simplemente para quitar el honor al señor Diputado Gandini de ser quien cierre esta Rendición de Cuentas, quisiera hacer algunas consideraciones brevísimas. La primera es que esta iniciativa no corresponde al Poder Judicial. Nosotros compartimos en su totalidad lo expresado por el señor Diputado Gandini. Nos interesa esta iniciativa y el Partido Colorado subraya la necesidad de respaldar a los órganos de contralor, que son los que garantizan el sistema democrático y también las buenas cuentas de la República, y por tal motivo la acompañaremos.
Ya que cierro la sesión como orador, quiero felicitar especialmente a la señora Presidenta. Habría que designarla Presidenta para siempre en las Rendiciones de Cuentas porque ha tenido un desempeño ejemplar. La felicito. Reitero que en nombre del Partido Colorado acompañaremos este último artículo. Gracias, señora Presidenta. SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja Nº 16. (Se vota) ——Veintisiete en sesenta y nueve: NEGATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR ASTI.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑORA PRESIDENTA (Payssé).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta: AFIRMATIVA. (Texto del proyecto aprobado:)
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Artículo 1º.- Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2012, con un resultado deficitario de: A) $ 20.307.657.000 (veinte mil trescientos siete millones seiscientos cincuenta y siete mil pesos uruguayos), correspondientes a la ejecución presupuestaria. B) $ 13.387.939.000 (trece mil trescientos ochenta y siete millones novecientos treinta y nueve mil pesos uruguayos), por concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales. Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley como anexo y forman parte de la misma. Artículo 2º.- La presente ley regirá a partir del 1º de enero de 2014, excepto en aquellas disposiciones que en forma expresa establezcan otra fecha de vigencia. Los créditos establecidos para sueldos, gastos de funcionamiento e inversiones están cuantificados a valores de 1º de enero de 2013, y se ajustarán en la forma dispuesta en los artículos 4º de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y 68, 69, 70 y 82 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. SECCIÓN II FUNCIONARIOS Artículo 3º.- Sustitúyese el artículo 47 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 47.- Arrendamiento de obra es el contrato que celebren las administraciones públicas estatales incluidas en el artículo 451 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 15 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, con una persona física o jurídica, por el cual ésta asume una obligación de resultado en un plazo determinado, recibiendo como contraprestación el pago de un precio en dinero. Sólo podrán celebrarse contratos de arrendamiento de obra con personas físicas cuando éstas no tengan la calidad de funcionarios públicos, salvo el caso de funcionarios docentes, aunque ocupen un cargo en otra dependencia del Estado. Exceptúanse de lo dispuesto en el inciso anterior aquellos contratos que sean necesarios para el cumplimiento de convenios internacionales, así como los celebrados por la Universidad de la República, la Universidad Tecnológica y por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Los contratos deberán ser autorizados en todos los casos por el ordenador primario, y cuando el monto anual de la contratación exceda el triple del límite de la contratación directa establecido en el literal B) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), la misma se realizará por el mecanismo del concurso. En los Incisos 02 al 15 el concurso se realizará a través del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal de la Oficina Nacional del Servicio Civil. No obstante podrán efectuarse en forma directa los contratos con profesionales o técnicos, nacionales o extranjeros, siempre que su notoria competencia o experiencia fehacientemente comprobada haga innecesario el concurso. En el ámbito de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, cuando se trate de arrendamientos de obra celebrados con persona física, deberán ser aprobados por el Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro respectivo, previo y favorable dictamen de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación.
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Los contratos de arrendamiento de obra que celebren los servicios descentralizados y los entes autónomos industriales y comerciales con personas físicas, deberán contar con informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Las disposiciones de este artículo serán de aplicación para la renovación de los contratos de arrendamiento de obra vigentes. Deberá dejarse expresa constancia que: A) B) El contrato cumple estrictamente con la descripción legal. Que el comitente no se encuentra en condiciones materiales de ejecutar con sus funcionarios el objeto del arriendo.
Deróganse el artículo 497 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y por el artículo 357 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, el artículo 15 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, y el artículo 3º de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008”. Artículo 4º.- Incorpórase al literal A) del artículo 5º de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, a quienes se encuentren contratados a la fecha de aprobación de la respectiva reestructura al amparo del artículo 446 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por los artículos 103 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y 364 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Artículo 5º.- Sustitúyese el artículo 38 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 38.- Los funcionarios que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley se encuentren desempeñando contratos de función pública de carácter permanente en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, pasarán a ocupar cargos presupuestados del último grado ocupado del escalafón y serie de la unidad ejecutora respectiva. Si la retribución del cargo presupuestal fuere menor que la correspondiente a la función contratada, la diferencia se mantendrá como compensación personal transitoria, que se absorberá en futuros ascensos. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes a los efectos de atender las eventuales erogaciones resultantes de la presente disposición”. Artículo 6º.- Incorpóranse al artículo 4º de la Ley Nº 15.757, de 15 de julio de 1985, en la redacción dada por los artículos 38 de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990, 17 y 18 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y 127 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, los siguientes literales: “Q) Implementar y administrar, en el ámbito de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, un sistema centralizado para la realización de los sumarios administrativos del personal civil. R) Controlar que en la realización de llamados a concurso de los Incisos 02 al 15 se cumpla con los cupos de discriminación positiva que las normas específicas determinen. En caso de incumplimiento, la Oficina Nacional del Servicio Civil podrá no habilitar los llamados que se realicen a través del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal”. Artículo 7º.- Habilítase, por única vez, al Poder Ejecutivo, a propuesta de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional y con informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, a contratar bajo el régimen del provisoriato establecido por el artículo 50 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, a quienes se encuentren contratados al amparo del contrato temporal de derecho público, por aplicación de lo dispuesto en el inciso cuarto “in fine” del artículo 52, y artículo 55 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y de los artículos 6º y 105 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, excepto quienes hayan sido contratados originalmente por el artícu-
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lo 22 del Decreto-Ley Nº 14.189, de 30 de abril de 1974. En todos estos casos el período del contrato será por un plazo de hasta seis meses. En tal período, para acceder a su presupuestación, deberán ser evaluados satisfactoriamente por el tribunal correspondiente. A tales efectos la Contaduría General de la Nación habilitará los cargos presupuestados del último nivel del escalafón correspondiente, procediendo a efectuar las trasposiciones de créditos necesarias y realizando todas las acciones pertinentes para la implementación de lo dispuesto en el inciso anterior. Para los contratos provisorios se podrá disponer además el pago de compensaciones con otros créditos del grupo 0 “Retribuciones Personales”, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 5º de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Esta norma regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 8º.- Sustitúyese el artículo 62 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 62.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, utilice los créditos de los cargos vacantes, los créditos disponibles y no comprometidos de los contratos de los regímenes de contrato temporal de derecho público, alta especialización y alta prioridad, para la transformación de los cargos que se consideren necesarios para su funcionamiento. La Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, deberán informar, previa y favorablemente, dando cuenta a la Asamblea General de lo actuado”. Artículo 9º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, con informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, a prorrogar los contratos temporales de derecho público realizados al amparo del artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con la modificación introducida por el artículo 12 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, que se encuentren vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley y que se hayan realizado por un plazo menor a tres años. En ningún caso el plazo y sus prórrogas podrán superar los seis años, a contar desde el otorgamiento del contrato original. Lo dispuesto en este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 10.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- Las personas que, previo sumario administrativo, hayan sido destituidas como consecuencia de la comisión de falta administrativa grave mediante decisión firme, o incumplimiento de sus obligaciones, sea en condición de funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación, o que hayan sido inhabilitadas como consecuencia de una sentencia penal ejecutoriada, no podrán ser objeto de una nueva designación o contratación pública”. Artículo 11.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transformar en cargos presupuestados de la misma serie, denominación, escalafón y grado al que se hubieran asimilado aquellas funciones creadas bajo el régimen de contrato de función pública que se encuentren vacantes, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos respectivos. La presente disposición será de aplicación a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 12.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 16 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Las necesidades de personal de los incisos que integran el Presupuesto Nacional, con la excepción de la Administración Nacional de Educación Pública, de la Universidad de la República y de la Universidad Tecnológica, serán cubiertas con funcionarios presupuestados o contratados en función pública de los escalafones civiles declarados excedentes del Poder Ejecutivo, de los entes autónomos, de los servicios
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descentralizados, de la Corte Electoral, del Tribunal de Cuentas y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo” Artículo 13.- Autorízase a los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional a utilizar los créditos asignados para la contratación de personal en el régimen de contratos temporales de derecho público, para financiar contratos de trabajo. Habilítase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones correspondientes. Artículo 14.- Los funcionarios públicos que sean nombrados por el Poder Ejecutivo para cumplir funciones ejecutivas de carácter continuo en las personas públicas no estatales podrán mantener sus cargos en reserva, percibiendo las retribuciones establecidas en éstas. Durante el período de la reserva, el funcionario mantendrá todos los derechos funcionales, especialmente el de la carrera administrativa. Artículo 15.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 32 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por los artículos 13 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y 37 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Autorízase el traslado de funcionarios de organismos públicos estatales y no estatales que cuenten con más de tres años de antigüedad en la Administración para desempeñar, en comisión, tareas de asistencia directa al Presidente de la República, al Vicepresidente de la República, a los Ministros de Estado, a los Subsecretarios y a los Legisladores Nacionales a expresa solicitud de éstos. Durante el período que dure el referido traslado, el funcionario quedará sometido al régimen de prohibiciones e incompatibilidades vigentes en el organismo de destino. El organismo de origen podrá mediante resolución fundada, extender total o parcialmente su régimen de prohibiciones e incompatibilidades a los funcionarios en comisión saliente. Igual régimen se aplicará a los funcionarios en comisión, cualquiera sea la norma que autorice su traslado”. Artículo 16.- Los valores de los componentes referidos al cargo y ocupación de la remuneración de los funcionarios presupuestados del Poder Ejecutivo, que cumplen ocho horas diarias efectivas de labor y cuarenta horas semanales, con excepción de los funcionarios diplomáticos, consulares, militares, policiales y de los magistrados dependientes del Ministerio Público y Fiscal estarán comprendidos dentro de los siguientes importes:
Escalafón Mínimo Máximo $ A B C D E F J R $
29.575 44.432 25.435 35.842 19.780 27.152 21.875 29.848 18.856 25.442 17.975 22.140 25.435 35.842 21.875 29.848
Los valores serán aplicables a los escalafones previstos en la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y modificativas, a los escalafones del Sistema Integrado de Retribuciones y Ocupaciones de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007 y sus respectivas modificativas y complementarias, y a los nuevos sistemas escalafonarios que
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se aprueben, en función del plan de implantación que el Poder Ejecutivo determine, dando cuenta, en cada caso, a la Asamblea General. El Poder Ejecutivo establecerá, de acuerdo a las características de cada organismo, las equivalencias entre grados y niveles que sean necesarias. La aprobación de la presente disposición no implica asignación de créditos presupuestales en los Incisos ni aumento o disminución en el total de las retribuciones que perciben, a la fecha de vigencia de la presente ley, los funcionarios alcanzados. A los efectos de ajustarse a los valores establecidos, facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta de cada Inciso y previo informe favorable de la Contaduría General de la Nación, a reasignar los créditos correspondientes a los organismos que los integran, dando cuenta a la Asamblea General. Las reasignaciones comprenderán a los objetos del gasto que financian, en cada Inciso y unidad ejecutora, las categorías “Sueldo del Grado” y “Compensación al Cargo” establecidas por el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, así como de aquellas que, por sus características, puedan formar parte de dicho componente. A los efectos de alcanzar los valores asignados a los componentes referidos al cargo y ocupación no podrán reasignarse ni utilizarse los créditos asignados a la categoría “Incentivo” establecidos por el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. Para realizar su propuesta, se tendrá en cuenta que las compensaciones personales se podrán disminuir hasta el importe de los incrementos del componente referidos al cargo y ocupación en relación a la suma de los importes de las categorías “Sueldo del Grado” y “Compensación al Cargo” establecidas por el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. Autorízase a disponer, para este fin, los créditos habilitados por los artículos 753 y 754 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el artículo 292 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, y todas aquellas partidas destinadas a superar inequidades salariales. Los valores de los componentes referidos en el inciso primero del presente artículo se deberán proporcionar a la jornada de labor efectivamente desempeñada por el funcionario, independientemente de la carga horaria del cargo o función que desempeña. La autorización para realizar una carga horaria efectiva de labor superior a la vigente, que suponga incremento en la retribución, sólo podrá realizarse cuando existan créditos disponibles en el organismo, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación. SECCIÓN III ORDENAMIENTO FINANCIERO Artículo 17.- Sustitúyese el inciso primero del literal A) del numeral 3) del artículo 482 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 506 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “Entre organismos o dependencias del Estado, o con personas públicas no estatales, o con personas jurídicas de derecho privado cuyo capital social esté constituido en su totalidad por participaciones, cuotas sociales o acciones nominativas propiedad del Estado o de personas públicas no estatales”. Artículo 18.- Sustitúyense los incisos primero y cuarto del artículo 491 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 30 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por los siguientes, respectivamente:
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“Para las licitaciones públicas se deberá efectuar la publicación en el Diario Oficial y en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, sin perjuicio de otros medios que se consideren convenientes para asegurar la publicidad del acto”. “El inicio del cómputo de los plazos para realizar los llamados a licitación pública se contará a partir del día hábil siguiente a la publicación realizada en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales”. Artículo 19.- Agrégase al artículo 32 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, el siguiente inciso: “El inicio del cómputo de los plazos para realizar la convocatoria a subasta o remate, se contará a partir del día hábil siguiente a la publicación realizada en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales”. Artículo 20.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 502 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 36 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “Los oferentes deberán presentar sus ofertas en las condiciones que se establezcan en los pliegos respectivos, agregando cualquier otra información complementaria pero sin omitir ninguna de las exigencias esenciales requeridas, pudiendo la Administración definir los medios que regirán en cada caso, para su presentación, según lo considere más adecuado para lograr la mayor concurrencia de oferentes”. Artículo 21.- Facúltase a las administraciones públicas estatales, que realicen compras centralizadas o utilicen la modalidad prevista en el artículo 36 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), a adjudicar hasta cantidades máximas y a no garantizar la adquisición de cantidades mínimas de los bienes, servicios u obras públicas adjudicados, no siendo aplicables los límites establecidos en el artículo 74 del TOCAF. De dicha facultad deberá dejarse expresa constancia en el Pliego de Condiciones Particulares. Artículo 22.- Sustitúyese el artículo 486 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 523 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 486.- Los contratos de obras, adquisiciones de bienes o prestación de servicios que otorguen los órganos del Estado, Gobiernos Departamentales, entes autónomos y servicios descentralizados, en aplicación de contratos de préstamos con organismos internacionales de crédito de los que la República forma parte, o de donaciones modales, quedarán sujetos a las normas de contratación establecidas en cada contrato, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Dentro de lo dispuesto en el inciso anterior, y a mero título enunciativo, se incluye la fijación de otros montos que los vigentes para los procedimientos de adquisiciones, la determinación de requisitos y condiciones generales para procedimientos de compras, así como la de montos y forma de calcular los comparativos de adquisiciones de bienes o servicios nacionales con relación a sus similares extranjeros ofertados, de solución arbitral de las controversias contractuales y, asimismo, la exoneración al transporte marítimo de mercadería importada, de lo requerido por el artículo 3º del Decreto-Ley Nº 14.650, de 12 de mayo de 1977. No obstante, los procedimientos para la selección de ofertas en los contratos referidos en los incisos anteriores deberán respetar los principios generales de la contratación administrativa, en especial los de igualdad de los oferentes y la concurrencia en los procedimientos competitivos para el llamado y selección de ofertas conforme a lo dispuesto en el numeral VI) del artículo 562 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 52 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011”. Artículo 23.- Las personas públicas no estatales, deberán comunicar las sanciones que apliquen a sus proveedores y las actuaciones de la vía recursiva a la Agencia de Compras y Contrataciones Estatales, a efectos de la incorporación de las mismas al Registro Único de Proveedores del Estado.
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Artículo 24.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 163 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el siguiente: “La determinación de sus lineamientos estratégicos corresponderá al Consejo Directivo Honorario de la Agencia de Compras y Contrataciones Estatales, creada por el artículo 81 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 39 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012”. Artículo 25.- Agrégase al artículo 82 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, el siguiente literal: “J) Determinar los lineamientos estratégicos del órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo, Unidad Centralizada de Adquisiciones que funciona en el Inciso 05 – “Ministerio de Economía y Finanzas”, sin perjuicio de su autonomía técnica”. Artículo 26.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 148 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por el artículo 36 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “El Ministerio de Economía y Finanzas, a solicitud de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dispondrá la apertura de los créditos correspondientes y la habilitación de los proyectos de inversión o funcionamiento en los Incisos, con financiación de endeudamiento interno, a medida que se vayan concretando los desembolsos de los préstamos. De tales habilitaciones se dará cuenta a la Asamblea General. Se atenderá con cargo a Rentas Generales el servicio de deuda de los préstamos destinados a organismos comprendidos en el Presupuesto Nacional y hasta un máximo de 85% (ochenta y cinco por ciento) de los préstamos destinados a los Gobiernos Departamentales”. Artículo 27.- Cuando las disponibilidades del Tesoro constituyan limitante a efectos de la aplicación del artículo 69 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas, a partir de la promulgación de la presente ley, a realizar ajustes no uniformes de gastos de funcionamiento. Los ajustes no podrán superar el monto resultante de aplicar la variación del Índice de Precios al Consumo correspondiente al ejercicio anterior, sobre el monto ejecutado en dicho ejercicio. Las habilitaciones realizadas al amparo de la presente norma tendrán carácter permanente. Artículo 28.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación a exponer en forma transitoria, la ejecución presupuestal del Inciso 31 – “Universidad Tecnológica” en el Inciso 24 “Diversos Créditos”. El Ministerio de Economía y Finanzas transferirá a la Universidad Tecnológica los fondos presupuestales correspondientes a sueldos, gastos e inversiones, mediante el procedimiento establecido en el artículo 532 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, debiendo registrarse los gastos incurridos, en el Sistema Integrado de Información Financiera, en la instancia de rendición de cuentas de los anticipos otorgados. Lo dispuesto en este artículo regirá desde la promulgación de la presente ley y tendrá carácter transitorio hasta tanto se adecuen los sistemas de información de la Contaduría General de la Nación. Artículo 29.- Sustitúyese el numeral 31) del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado, por el siguiente: “31) La contratación de bienes o servicios por parte de la Administración de los Servicios de Salud del Estado en el marco de convenios de complementación asistencial intervenidos por el Tribunal de Cuentas y suscritos por el Directorio del organismo al amparo de las facultades que le otorga el literal G) del artículo 5º de la Ley Nº 18.161, de 29 de julio de 2007, previo informe favorable del Ministerio de Salud Pública”. Artículo 30.- Incorpórase al literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), el siguiente numeral:
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“32) La realización de convenios de complementación docente por parte de la Universidad Tecnológica (UTEC) con otras universidades, instituciones educativas, entidades culturales o agentes del sector productivo y de servicios, tanto nacionales como internacionales que impliquen la realización de contribuciones por parte de la UTEC”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. SECCIÓN IV INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Artículo 31.- Sustitúyese el artículo 75 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 75.- Créase en el Inciso 02 – “Presidencia de la República” la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) como órgano desconcentrado, que funcionará con autonomía técnica. Tendrá como finalidad ordenar la producción y facilitar la disponibilidad, el acceso y uso de productos, servicios e información geográfica del territorio nacional, actualizada y de calidad, como apoyo a los procesos de tomas de decisiones para el desarrollo nacional, inspirándose en los principios básicos de cooperación y coordinación entre las administraciones, así como en la transparencia y el acceso a la información pública. Tendrá un Consejo Nacional Honorario de Información Geográfica y una Comisión Directiva. El Consejo Nacional será el encargado de diseñar las líneas generales de acción de datos espaciales. Estará integrado por la Presidencia de la República, por los Ministerios de Economía y Finanzas, de Transporte y Obras Públicas, de Defensa Nacional, de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de Ganadería, Agricultura y Pesca, y de Industria Energía y Minería, por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, por el Congreso de Intendentes y por la Intendencia de Montevideo. Se reunirá por lo menos una vez cada sesenta días. La Comisión Directiva será quien realice la conducción cotidiana y dirija la IDE. Estará integrada por tres miembros designados por la Presidencia de la República”. Artículo 32.- La Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) tendrá los siguientes cometidos: 1) Coordinar, planificar y promover la producción de información geográfica del territorio nacional. 2) Garantizar a través del dictado de normas, estándares y recomendaciones la interoperabilidad, actualización, calidad y acceso de la información geográfica nacional. 3) Integrar la información geográfica perteneciente a los diferentes niveles de la Administración, inspirándose en los principios básicos de cooperación y coordinación, así como la transparencia y acceso a la información pública. 4) Constituir el GEOPORTAL con sus líneas de básicas de operatividad y política de difusión de la información geográfica generada. 5) Favorecer la eficiencia en el gasto público destinado a los distintos aspectos de la información y sistemas de información geográfica. 6) Generar los ámbitos de discusión adecuados preparatorios de las normas de ejecución, antes de su aprobación, para garantizar la participación en los debates que se den en el marco de la IDE a los representantes de las distintas administraciones u organismos públicos, instituciones de investigación y enseñanza, productores, usuarios y toda otra entidad afín que incorpore la reglamentación. Para el cumplimiento de sus cometidos, podrá comunicarse directamente con toda la administración pública estatal, organismos públicos y entidades privadas.
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Artículo 33.- Créase en la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI), el Registro Nacional de la Cooperación Internacional, mediante el cual se organizarán, administrarán y mantendrán actualizados todos los proyectos y acciones de cooperación internacional en que participen como receptores o donantes dependencias pertenecientes a los Poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo, a los Gobiernos Departamentales, a los entes autónomos y a los servicios descentralizados. Todas las entidades, dependencias públicas y personas públicas no estatales, otorgantes o beneficiarias de cooperación internacional estarán obligadas a colaborar con la AUCI en la organización y actualización del sistema de información mediante la presentación anual de informes. Los proyectos e iniciativas incorporados a este registro recibirán por parte de la AUCI un número o código de identificación único. Para cualquier tipo de tramitación oficial en la órbita del Poder Ejecutivo los proyectos o iniciativas de cooperación deberán contar con dicho número. Artículo 34.- La Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional dispondrá de los siguientes recursos: A) Los créditos presupuestales aprobados en el marco de la normativa presupuestal. B) Las donaciones y legados que, para apoyo de la Agencia, se reciban de organismos y Estados fuentes de cooperación internacional. Artículo 35.- El Fondo creado por el artículo 34 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, denominado “Fondo Uruguayo de Cooperación Internacional” podrá recibir y administrar recursos externos provenientes de entidades nacionales o internacionales, destinados a proyectos específicos de cooperación internacional para el desarrollo. Artículo 36.- Modíficase en el Inciso 02 – “Presidencia de la República”, la denominación del cargo de “Asesor en Comunicación Institucional de la Presidencia”, del programa 481 “Política de Gobierno”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, creado por el artículo 57 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005 y su modificativo artículo 112 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, con la modificación introducida por el artículo 91 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por la de “Secretario General Ejecutivo de la Unidad Nacional de Seguridad Vial”. Artículo 37.- Agréganse al artículo 9° de la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008, el literal G) y los siguientes incisos: “G) Afectar procedimientos de control, evaluación, investigación o deliberación de los sujetos obligados, hasta que sea adoptada la decisión respectiva siempre que el otorgamiento del acceso a la información sea susceptible de favorecer presiones sobre la formación de la voluntad del órgano respectivo. La clasificación de la información reservada deberá realizarse por el sujeto obligado mediante resolución debidamente fundada y motivada, en la que se demuestre la existencia de elementos objetivos que permitan determinar la expectativa razonable de un daño al interés público protegido, de acuerdo con las excepciones referidas en el presente artículo. La información podrá clasificarse como reservada, tanto en el momento en que ésta se genere, obtenga o modifique, como en el momento en que se reciba una solicitud de acceso, cuando no se hubiera clasificado previamente. En este último caso, la resolución fundada que disponga la clasificación de la información deberá remitirse en el plazo de cinco días hábiles a la Unidad de Acceso a la Información Pública la que, en ejercicio de su cometido de control, ordenará su desclasificación si la misma no se ajusta a lo dispuesto en el presente artículo. En ningún caso podrá la Unidad de Acceso a la Información Pública ejercer esta facultad de desclasificación con respecto a los entes autónomos y servicios descentralizados del dominio industrial, comercial y financiero del Estado que presten servicios que se encuentren de hecho o de derecho en regímenes de
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libre competencia (artículo 24 de la Ley Nº 17.598, de 3 de diciembre de 2002) de acuerdo a lo dispuesto en el literal E) del artículo 9° de la presente ley”. Artículo 38.- Dispónese que en la unidad ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua” del Inciso 02 – “Presidencia de la República”, creada por la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, toda referencia a “Comisión Directora”, se entenderá a su nueva denominación “Directorio”, el que estará conformado por un Presidente, un Vicepresidente y un Director. La presente norma entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 39.- Sustitúyese el literal I) del artículo 14 de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 119 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “I) Aplicar las sanciones previstas en la presente norma y recomendar a los órganos competentes la adopción de las sanciones de decomiso, suspensión en la prestación de la actividad y revocación de la autorización o concesión. Se entenderá, no obstante, que resulta competencia de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua aplicar la sanción en todos los casos en que la potestad de autorización en cuestión le estuviere atribuida”. Artículo 40.- Incorpórase a la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 25.- En el marco de las competencias asignadas a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), constituyen infracciones administrativas pasibles de sanción: A) El incumplimiento de los requisitos establecidos para la prestación de actividades reguladas por la URSEA. B) La contravención a las regulaciones vinculadas a la seguridad y calidad de los productos, los servicios, los materiales, instalaciones, dispositivos y equipamientos. C) El incumplimiento a las reglas de derecho y normas técnicas aplicables por parte de los operadores públicos y privados, prestadores de los diversos servicios. D) El incumplimiento de las reglas generales e instrucciones particulares dispuestas por la URSEA, atinentes al funcionamiento de los servicios y actividades reguladas. E) El incumplimiento de las normas y procedimientos aplicables a equipamientos y otros productos. F) La contravención a las normas y procedimientos técnicos de medición y facturación de los consumos, control y uso de medidores y otros mecanismos, y reconexión de suministro. G) El incumplimiento a las reglas y patrones industriales que aseguren el libre acceso a las redes de los agentes, así como el correcto y seguro funcionamiento de las conexiones. H) El incumplimiento de las resoluciones de la URSEA en materia de reclamos y denuncias de usuarios y consumidores, así como de las reglas tutelares de sus derechos. I) La contravención a las reglas de la promoción y defensa de la competencia. J) El incumplimiento a los requerimientos de información necesaria para el cumplimiento de los cometidos de la URSEA. K) El entorpecimiento a la labor de contralor de la URSEA. Todo otro incumplimiento a las reglas de derecho que rijan los servicios, actividades, equipamientos, instalaciones y productos sujetos a la competencia de la URSEA”. Artículo 41.- Incorpórase a la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, el siguiente artículo:
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“ARTÍCULO 26.- La comisión de infracciones administrativas dará lugar a la aplicación o recomendación de las sanciones que se enumeran a continuación, las cuales se graduarán según su gravedad: A) Apercibimiento. B) Multa. C) Decomiso de los elementos utilizados para cometer la infracción o de los bienes detectados en infracción, sanción que podrá ser aplicada en forma exclusiva o accesoria a las demás previstas. D) Suspensión de hasta noventa días en la prestación de la actividad. E) Revocación de la autorización o concesión. F) Otras establecidas en los actos jurídicos habilitantes de la prestación de la actividad y en normativas especiales. G) Publicación en el sitio web de la unidad de las nóminas de infractores y de las sanciones establecidas en cada caso. H) En caso de reincidencia en infracciones similares, probada intencionalidad en la infracción o circunstancias que configuren un riesgo para la salud o seguridad de las personas, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua también podrá disponer la publicación en dos diarios de circulación nacional de la resolución sancionatoria a costa del infractor. I) Clausura temporal del establecimiento o empresa, conforme con lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. A efectos de la determinación de la sanción correspondiente, y en particular para la fijación del monto de las multas, se tomarán en cuenta los siguientes criterios, según corresponda: la actitud asumida durante el desarrollo de las actuaciones administrativas, la condición de reincidente, el costo evitado con la acción u omisión que dio lugar a la infracción, la entidad patrimonial del daño causado por el producto o servicio deficiente, el beneficio ilícito, la probabilidad de detección, la afectación a la continuidad o regularidad del servicio y la intencionalidad. Serán atenuantes, entre otras, la colaboración con la Administración mediante la presentación de prueba y el cumplimiento de los plazos para la presentación de la misma. En todo caso se seguirá el principio de la razonable adecuación de la sanción a la infracción. Cuando se identifiquen usuarios afectados por el incumplimiento y se aplique la sanción de multa, la proporción del producido de ésta, correspondiente al daño patrimonial considerado al establecer la sanción, se podrá repartir entre dichos usuarios, sin perjuicio de las acciones que estos pudieren promover directamente en la vía jurisdiccional para el resarcimiento de otros daños y perjuicios padecidos. En todos los casos, la aplicación de sanciones se realizará con ajuste a los principios del debido procedimiento. Las resoluciones que impongan sanciones pecuniarias de acuerdo a lo previsto en la presente ley, constituyen título ejecutivo a todos sus efectos” Artículo 42.- Autorízase al Inciso 02 – “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 003 “Casa Militar”, a abonar a los edecanes la compensación prevista en el artículo 114 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. Déjase sin efecto la compensación que actualmente perciben, prevista en el artículo 24 del Decreto-Ley Nº 14.985, de 28 de diciembre de 1979. Reasígnase a efectos de financiar la compensación establecida en el inciso precedente, del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, de la unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Depen-
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dientes”, a la unidad ejecutora 003 “Casa Militar”, objeto del gasto que a esos efectos asigne la Contaduría General de la Nación. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 43.- Facúltase a la Junta Nacional de Drogas a comparecer, en cualquier etapa del proceso, en los juicios que promuevan los acreedores contra los bienes incautados por la comisión de delitos previstos en el Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, y en la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009 y sus modificativas, en defensa de los intereses del Estado. Los acreedores que inicien acciones contra los bienes de los procesados, por causas vinculadas a los referidos delitos, con medidas cautelares inscriptas en los registros públicos, deberán denunciar ante la Sede competente que se notifique del pleito a la Junta Nacional de Drogas, bajo responsabilidad de los daños y perjuicios que correspondieran por su omisión. Artículo 44.- Agrégase al artículo 63 del Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el artículo 2º de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, el siguiente inciso: “63.6. En los casos de fallecimiento del procesado, los bienes que hayan sido incautados serán decomisados cuando se pudiera comprobar la ilicitud de su origen o del hecho material al que estuvieran vinculados, sin necesidad de condena penal”. Artículo 45.- Agrégase al artículo 62 del Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el artículo 2º de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, el siguiente inciso: “62.7. La autoridad judicial competente para conocer en los delitos previstos en el presente decreto-ley, podrá autorizar mientras se sustancia el procedimiento, el uso de los bienes, productos e instrumentos que hayan sido incautados en favor de las instituciones que puedan ser beneficiarias del Fondo de Bienes Decomisados-Decreto Nº 339/2010, de 18 de noviembre de 2010. Previamente se le deberá dar vista a la Junta Nacional de Drogas como destinatarios finales de los mismos en caso de decomiso. La concesión del uso debe recaer en bienes que, por su naturaleza, sea conveniente mantenerlos en funcionamiento, corran riesgo de perecer, deteriorarse, depreciarse o desvalorizarse o cuya conservación irrogue perjuicios o gastos desproporcionados a su valor”. Artículo 46.- Confiéranse a la Secretaría Nacional Antilavado de Activos, del Inciso 02 – “Presidencia de la República”, las facultades previstas en el artículo 5º de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004. Los funcionarios que violaran la obligación de reserva a que refiere el inciso anterior incurrirán en el delito establecido en el artículo 5° de la Ley Nº 18.930, de 17 de julio de 2012, sobre Convergencia Técnica en materia de Transparencia Fiscal Internacional. En el caso de que la información haya sido solicitada por la Justicia Penal, la obligación de reserva y el régimen sancionatorio aplicable a sus funcionarios se regirán por sus normas específicas. Artículo 47.- La provisión de capacidad de espectro radioeléctrico por parte de estaciones a bordo de satélites de comunicaciones, geoestacionarios o no, queda exonerada de la Tasa de Control del Marco Regulatorio de Comunicaciones creada por el artículo 2º de la Ley Nº 17.820, de 7 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 115 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, desde la vigencia de la misma. Artículo 48.- Reasígnanse en el Inciso 02 – “Presidencia de la República”, programa 481 “Política de Gobierno”, los créditos presupuestales de funcionamiento y el Proyecto de Inversión 708 “Equipamiento y Maquinaria del Establecimiento Anchorena” con cargo a la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial” de la unidad ejecutora 003 “Casa Militar”, a la unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”.
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A partir de la vigencia de la presente norma, la recaudación realizada por actividades del Establecimiento Anchorena, será de titularidad y disponibilidad de la unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”. Artículo 49.- Facúltase al Inciso 02 – “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 008 “Oficina Nacional del Servicio Civil” a reasignar los créditos del Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, programa 483 “Políticas de Recursos Humanos”, Proyecto 403 “Cooperación Técnica Reembolsable de Apoyo al Programa de Transformación del Estado”, hasta la suma de $ 16.150.024 (dieciséis millones ciento cincuenta mil veinticuatro pesos uruguayos) con destino a financiar las contrataciones necesarias hasta la aprobación de las reestructuras organizativas y de puestos de trabajo del Inciso. Los créditos asignados para las contrataciones a que refiere el inciso precedente, serán considerados disponibles y serán reasignados al momento de efectivizarse los contratos. Artículo 50.- Facúltase a la Oficina Nacional del Servicio Civil a celebrar convenios de asistencia técnica con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, a solicitud de éstas, en los casos en que no corresponda su asesoramiento preceptivo El costo derivado de la prestación de los servicios realizada al amparo de dichos convenios será presupuestado por la Oficina Nacional del Servicio Civil y reembolsado por los usuarios que lo hayan requerido. La Oficina Nacional del Servicio Civil destinará el producto de tal prestación a financiar la ejecución de las actividades de asistencia técnica que entienda convenientes, no siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil, reglamentará el presente artículo. Artículo 51.- Facúltase al Inciso 02 – “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 008 “Oficina Nacional del Servicio Civil”, a reasignar hasta $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), del objeto del gasto 299 “Otros Servicios no Personales no incluidos en los anteriores” al objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público” a los efectos de financiar las contrataciones necesarias hasta la aprobación de las reestructuras organizativas y de puestos de trabajo del Inciso. Los créditos asignados para las contrataciones a que refiere el inciso precedente, serán considerados disponibles y serán reasignados al momento de efectivizarse los contratos. Artículo 52.- Reasígnase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, programa 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y Locales”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Proyecto 101 “Programa de Apoyo a la Cohesión Social y Territorial”, la suma de $ 4.852.015 (cuatro millones ochocientos cincuenta y dos mil quince pesos uruguayos) del objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público” al objeto del gasto 749.000 “Otras Partidas a Reaplicar”. Esta norma entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 53.- Créase la Comisión de Compromisos de Gestión (CCG), que tendrá competencia en todos los casos en que por norma legal o reglamentaria se hubiera establecido o se establezca la necesidad de suscribir compromisos de gestión asociados a la percepción de partidas presupuestales correspondientes a los Incisos 02 al 15 y 21 del Presupuesto Nacional. También tendrá competencia en los compromisos de gestión que hubieran sido regulados por normativa específica para determinada institución. Estará integrada por tres miembros titulares y tres suplentes designados por el Presidente de la República, que actuarán en representación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien la presidirá, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina Nacional del Servicio Civil.
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Artículo 54.- La Comisión creada en el artículo anterior tendrá los siguientes cometidos: A) Asesorar al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a los órganos u organismos comprendidos en el ámbito de sus competencias que suscriban compromisos de gestión, en toda materia relacionada con éstos, cualesquiera sean las modalidades de los mismos. B) Proponer los criterios generales y metodologías a ser aplicados en las etapas de formulación, seguimiento y evaluación de los compromisos de gestión. C) Asesorar al Poder Ejecutivo para el dictado de las normas jurídicas relacionadas con los compromisos de gestión, en especial las de carácter presupuestal. D) Asesorar a los organismos intervinientes en el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de los compromisos de gestión. E) Organizar y llevar el registro actualizado de todos los compromisos de gestión en los que participen órganos u organismos dentro del ámbito de su competencia. F) Efectuar informes de seguimiento de los resultados obtenidos mediante los compromisos de gestión. G) Asesorar a organismos públicos estatales y no estatales, a su solicitud, acerca del funcionamiento de los compromisos de gestión en cualquiera de sus etapas. H) Controlar el cumplimiento en tiempo y forma de la suscripción y evaluación de los compromisos de gestión, informando a las autoridades competentes en casos de incumplimientos. Artículo 55.- Los compromisos de gestión comprendidos dentro de las competencias de la Comisión de Compromisos de Gestión deberán contar con su informe previo y favorable tanto para su suscripción como para su ejecución y para hacer efectiva las liquidaciones que correspondieren. Los proyectos deberán remitirse a la Comisión de Compromisos de Gestión con una antelación de noventa días previos a su suscripción, la que no podrá ser posterior a la fecha de su entrada en vigencia. Artículo 56.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto proporcionará el apoyo material que requiera la Comisión de Compromisos de Gestión para el cumplimiento de sus cometidos y funcionará con los recursos humanos de los respectivos órganos que la integran. Artículo 57.- Autorízase el pase en comisión de los funcionarios públicos que a la fecha de vigencia de la presente ley se encuentren prestando funciones en el Programa de Acercamiento a la Ciudadanía de la unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto” del Inciso 02 – “Presidencia de la República”, a la Administración Nacional de Correos, para prestar servicios en las dependencias donde operen puestos de atención ciudadana. Artículo 58.- Declaráse que, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, quienes desempeñen actividades docentes en la Escuela Nacional de Administración Pública, de la unidad ejecutora 008 “Oficina Nacional del Servicio Civil” del Inciso 02 – “Presidencia de la República”, estarán comprendidos en la excepción prevista por el inciso primero del artículo 74 del llamado Acto Institucional Nº 9, de 23 de octubre de 1979, en la redacción dada por el artículo 448 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, quedando asimismo exceptuados, de la prohibición contenida en el artículo 9º de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, en la interpretación dada por el artículo 9º de la Ley Nº 17.678, de 30 de junio de 2003. Artículo 59.- Establécese que una vez aprobado el estatuto del funcionario público de la Administración Central, los encuestadores contratados al amparo del artículo 55 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, pasarán al régimen de contrato de trabajo regulado en el citado estatuto, percibiendo sus retribuciones
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por encuesta, en función de la complejidad del respectivo formulario, el grado de dificultad previsto para la concreción de cada entrevista y la duración de la misma. Lo dispuesto en este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 60.- Sustitúyese el artículo 76 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 35 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 76.- Facúltase a la unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística” del Inciso 02 “Presidencia de la República”, a realizar contratos laborales de encuestadores, críticos y supervisores de campo, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para el relevamiento de datos de servicios especiales o de carácter extraordinario, solicitados por organismos públicos y privados, nacionales o internacionales, en los casos que no cuenten con funcionarios públicos para dichas tareas. Las contrataciones no podrán tener un plazo inicial superior a los doce meses. Al vencimiento del plazo se extingue la relación contractual, excepto que las partes acuerden una prórroga antes del vencimiento del plazo contractual. Cada renovación individual sucesiva al contrato original no podrá ser por un plazo superior a los doce meses. Las personas que desempeñen las funciones de encuestador, percibirán sus retribuciones por encuesta, en función de la complejidad del respectivo formulario, el grado de dificultad previsto para la concreción de cada entrevista y la duración de la misma. Las personas que desempeñen las funciones de críticos o supervisores de campo percibirán sus retribuciones por encuesta criticada o supervisada, o en forma mensual, en función de la complejidad y extensión del trabajo de campo. Las contrataciones que se efectúen estarán exceptuadas del procedimiento del “Sistema de Reclutamiento y Selección” de la Oficina Nacional del Servicio Civil, y podrán acumularse a otro empleo público, siempre que no superen en conjunto las sesenta horas semanales, ni haya superposición en los horarios”. Artículo 61.- Facúltase al Inciso 02 – “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, a abonar compensaciones especiales, con carácter transitorio, a aquellos funcionarios que sean temporalmente encargados de las funciones de Coordinador General y Supervisores, respectivamente, en los distintos servicios especiales o de carácter extraordinario, contratados con dicho Instituto de acuerdo al artículo 125 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 95 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Las diferencias salariales integrarán los costos de los servicios y serán de cargo del comitente. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición fijando los montos y la forma de liquidación. Artículo 62.- Facúltase a la unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística” del Inciso 02 – “Presidencia de la República” a abonar complementos salariales transitorios a aquellos funcionarios que sean encargados de las funciones de Supervisor General y Supervisor, respectivamente, en las distintas encuestas continuas que realiza el Instituto. La reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo fijará los montos y la forma de liquidación. La Contaduría General de la Nación transferirá los créditos necesarios desde el objeto 092.000 “Partidas globales a distribuir”. Artículo 63.- Créase en el Inciso 02 – “Presidencia de la República”, programa 481 “Políticas de Gobierno”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, la Secretaría de Derechos Humanos.
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Será el órgano rector del enfoque de derechos humanos en las políticas públicas del Poder Ejecutivo. En tal carácter, tendrá los cometidos generales de promoción, diseño, supervisión, coordinación, evaluación, seguimiento y difusión de las políticas públicas con enfoque de derechos humanos y, en particular, la coordinación de dichas políticas cuya ejecución permanecerá a cargo de los distintos Incisos. Artículo 64.- Transfiérese el cargo de particular confianza creado por el artículo 229 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, al Inciso 02 – “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, con la denominación de “Secretario de Derechos Humanos”. Transfiérense al Inciso 02 – “Presidencia de la República”, programa 481 “Políticas de Gobierno”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, los cometidos, recursos humanos y materiales afectados a las actividades y dependencias de la Dirección de Derechos Humanos creadas por el artículo 229 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Educación y Cultura mantendrá su competencia en materia de ejecución de las políticas de derechos humanos de acuerdo a sus cometidos generales y, en particular, promover la sensibilización y el conocimiento de tales derechos, y la educación en derechos humanos, en todo el sistema educativo nacional, público y privado, formal e informal (literal C) del artículo 229 de la Ley Nº 17.930). Artículo 65.- La Secretaría de Derechos Humanos estará dirigida por un Consejo Directivo integrado por el Secretario de la Presidencia de la República, que lo presidirá, por el Ministro de Relaciones Exteriores, por el Ministro de Educación y Cultura, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Desarrollo Social. Los Ministros designados podrán designar en su representación a los correspondientes Subsecretarios. El Consejo Directivo tendrá por cometido fijar los lineamientos políticos generales a ser aplicados por la Secretaría de Derechos Humanos en su función de rectoría. En el ejercicio de sus funciones como integrantes del Consejo Directivo, los Ministros de Estado mencionados estarán sometidos al correspondiente control parlamentario. Sin perjuicio de lo anterior, la Secretaría de Derechos Humanos, por intermedio del Consejo Directivo y del Poder Ejecutivo, deberá presentar anualmente a la Asamblea General una memoria de su actuación. Artículo 66.- Reasígnanse las partidas destinadas al financiamiento de los contratos temporales de derecho público celebrados en el marco de lo previsto por los artículos 53 y 55 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con la modificación introducida por el artículo 12 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, del Inciso 24 “Diversos Créditos” unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, programa 481 “Política de Gobierno”, Proyecto 402 “Fortalecimiento Institucional del Estado”, al Inciso 02 – “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, programa 481 “Política de Gobierno”. Exceptúanse de la mencionada reasignación, las partidas correspondientes a los contratos temporales de derecho público vinculados al Programa de Acercamiento a la Ciudadanía que pasaron de pleno derecho a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento, de acuerdo al artículo 31 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto deberá comunicar a la Contaduría General de la Nación, los montos a reasignar de cada objeto del gasto, en un plazo máximo de treinta días de promulgada la presente ley. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 67.- Reasígnanse los créditos del Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, programa 481 “Política de Gobierno”, objeto del gasto 749 “Otras Partidas a Reaplicar”, Proyecto de Funcionamiento 402 “Fortalecimiento Institucional del Estado”, el monto de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos), al Inciso 02 – “Presidencia de la República”, programa 481 “Política de Gobierno”, unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, Financia-
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ción 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 095.002 “Fondos para Contratos Temporales de Derecho Público”. Artículo 68.- Sustitúyese el artículo 35 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 35.- Créase un programa de formación que se denominará “Formación en Políticas y Gestión Pública”, cometiéndose a la Oficina Nacional del Servicio Civil, en el ámbito de su competencia, impartirlo o definir la o las instituciones de enseñanza que lo realizarán. Cométese a la Oficina Nacional del Servicio Civil la reglamentación del programa de formación que se crea. Asígnase a la unidad ejecutora 008 “Oficina Nacional del Servicio Civil” del Inciso 02 – “Presidencia de la República”, una partida anual de $ 2.800.000 (dos millones ochocientos mil pesos uruguayos), con cargo a Rentas Generales, para atender el financiamiento de los convenios interinstitucionales que se suscriban a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo”. Artículo 69.- Los contratos de función pública pertenecientes a la unidad ejecutora 010 “Instituto Nacional de Logística y la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información (AGESIC)” del Inciso 02 – “Presidencia de la República”, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, se transformarán en cargos presupuestados de igual escalafón, grado, denominación y serie. Dichos cargos, serán provistos de acuerdo al orden de prelación resultante de la ponderación del concurso que fuera oportunamente realizado para el ingreso de los funcionarios contratados en esa unidad ejecutora y de la evaluación de su actuación funcional, exceptuándose lo preceptuado en el artículo 38 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. En caso de que la retribución del cargo presupuestal fuere menor que la correspondiente a la función contratada, la diferencia se mantendrá como compensación personal, que se absorberá en futuros ascensos. Hasta tanto se concrete la presupuestación de que trata este artículo, se faculta a la AGESIC a disponer créditos existentes del Rubro 0, a fin de otorgar compensaciones por mayor responsabilidad. Artículo 70.- Las empresas operadoras de servicios de telefonía móvil deberán llevar en forma actualizada una base de datos de los clientes que hubieran contratado servicios bajo cualquier modalidad, ya sea para servicios prepagos o postpagos. Dicha base de datos estará amparada por la Ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008. La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones podrá aplicar las sanciones enumeradas en los literales A), B), E), F) y G) del artículo 89 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, a aquellas empresas operadoras de servicios de telefonía móvil que incumplan la obligación establecida en el inciso primero. Para los servicios prepagos de telefonía móvil que fueron contratados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, las empresas operadoras de servicios de telefonía móvil dispondrán de un plazo de dos años para cumplir con las obligaciones referidas. INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Artículo 71.- Autorízase al Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 343 “Formación y Capacitación”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, a hacer efectivo el cobro de los cursos que se brindan en el Centro de Altos Estudios Nacionales. La recaudación obtenida por este concepto será destinada a la contratación de servicios profesionales de entidades y docentes nacionales y extranjeros, con alto grado de especialización, para la ejecución de tareas académicas, investigaciones o publicaciones que deban realizarse.
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El Poder Ejecutivo fijará los precios en la reglamentación del presente artículo. Artículo 72.- Transfórmanse en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 201 “Justicia Militar”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, en el escalafón K “Personal Militar”, subescalafón “Justicia Militar”, dos cargos vacantes de Soldado de Primera, Serie de Servicios y un cargo vacante de Cabo de Segunda, Serie de Servicios en un cargo de Mayor escalafón K “Personal Militar”, subescalafón “Justicia Militar”. Suprímese en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado” un cargo vacante de Soldado de Primera, Serie “Comando”. Artículo 73.- Facúltase al Poder Ejecutivo a que, a propuesta del Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, realice las transformaciones de cargos vacantes necesarias a los efectos de restablecer la pirámide de cargos militares y conformar una estructura de cargos civiles que permita la correcta organización del servicio y garantice el derecho al ascenso del personal militar y a la carrera administrativa de los funcionarios civiles. Las transformaciones requerirán informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias y no podrán implicar costo presupuestal. Deróganse los incisos segundo y tercero del artículo 124 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007. Artículo 74.- Sustitúyese el literal B) del artículo 226 del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero de 1974 (Ley Orgánica Militar), en la redacción dada por el artículo 81 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “B) 1) Respecto al ejercicio de la actividad docente en centros educativos militares: El Oficial que se encuentre en situación de “no disponible” o de “suspensión del estado militar” no podrá ejercerla. El personal militar que se encuentre en situación de retiro incluyendo la acumulación por retribución docente, puede ser considerado para reintegrarse al ejercicio docente en el 1er. grado escalafonario y sin derecho a ascenso. Por dicho ejercicio docente percibirá una compensación no sujeta a montepío, sin que ello afecte al haber de retiro previamente generado y sin permitir modificación en el haber de retiro percibido. El Ministerio de Defensa Nacional reglamentará los montos máximos a percibir, tomando como tope máximo el 20% (veinte por ciento) de las remuneraciones sujetas a montepío correspondientes a igual jerarquía que la que ostentaba el docente al retirarse de los cuadros activos, sin incluir permanencia ni sueldos progresivos. El límite de edad para el ejercicio de la actividad docente será de 70 años. Cumplida dicha edad, deberá solicitarse autorización año a año al jerarca del Inciso, fundamentando la misma. 3) El personal militar retirado reincorporado puede ser considerado para reintegrarse al ejercicio docente en el 1er. grado escalafonario y sin derecho a ascenso. Por dicho ejercicio docente percibirá una compensación no sujeta a montepío, sin que ello afecte el haber de retiro previamente generado y sin permitir modificación en el haber de retiro percibido, debiendo aplicarse lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, en la redacción dada por el artículo 75 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, a efectos de establecer los montos máximos a percibir. La Contaduría General de la Nación habilitará un objeto del gasto específico, a efectos de individualizar las dietas del personal militar retirado y reincorporado, y realizar las reasignaciones de
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crédito correspondiente dentro del grupo 0 “Retribuciones Personales”, de acuerdo a la comunicación del Ministerio de Defensa Nacional”. El presente artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 75.- Sustitúyese el artículo 149 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984 (Ley Orgánica del Ejército), por el siguiente: “ARTÍCULO 149.- Para el ascenso al grado inmediato superior se requerirá asimismo como condición no exceder las siguientes edades: Soldado de 2da.y Soldado de 1ra. Cabo de 2da. y Cabo de 1ra. Sargento Sargento 1ro. 30 años 38 años 44 años sin edad límite
La reglamentación podrá establecer otras edades o aun suprimir la exigencia, para el personal de cuerpos administrativos, especializados o de servicio”. Artículo 76.- Autorízase al Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, a utilizar vacantes del Cuerpo de Comando, para los ascensos de aquellos alumnos del Curso del escalafón de Apoyo, subescalafón de Servicios y Combate, que estando en condiciones de ascenso a la jerarquía de Alférez, no posean vacantes en su propio subescalafón. Artículo 77.- Sustitúyese el artículo 64 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 64.- Asígnase en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, una partida anual de $ 6.684.857 (seis millones seiscientos ochenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y siete pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para financiar el pago de una compensación especial, no sujeta a montepío, que será percibida por el personal de la Compañía Especial Antiterrorista (CEAT) del Batallón de Infantería de Paracaidistas Nº 14, el personal de la Sección de Antenistas del Batallón de Apoyo y Servicios de Comunicaciones Nº 2 y el personal de Ingenieros afectado a incidentes QBRN (químico, biológico, radiológico y nuclear), que se encuentre directa y materialmente afectado a funciones de riesgo en cumplimiento de misiones de índole operacional propias de su ámbito”. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 78.- Sustitúyese el artículo 142 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, en la redacción dada por el artículo 49 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 142.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 85 de la Constitución de la República y en el Capítulo 12 del Título V del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero de 1974 (Ley Orgánica Militar), establécense como efectivos del Personal Superior del Ejército, los siguientes: Oficiales Generales: 16 Cuerpo de Comando:
Arma Infantería Caballería
Coronel Tte. Coronel Mayor 69 51 71 52 80 58
Capitán 80 58
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Artillerías Ingenieros Comunicaciones
25 25 10
26 26 10
29 29 12
28 28 11
El número de Alférez del Cuerpo de Comando será el que resulte después de efectuar la promoción de quienes hayan aprobado los cursos respectivos de la Escuela Militar, y el número de Teniente 1º y de Teniente 2º serán los que resulten por la aplicación del sistema de ascensos establecido en la presente ley. Cuerpo de Servicios:
Denominación Veterinarios e Ing. Agrónomos
Tte.Cnel.
Mayor
Capitán
Tte.1ro.
Tte.2do.
Alférez
1 Bandas Militares 1
2
4
7
7
7
3
4
5
6
7
El escalafón de Apoyo se rige por lo establecido en el artículo 105 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y artículo 47 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y sus Reglamentos”. Artículo 79.- Créase en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, en el Cuerpo Especializado General, un cargo de Teniente 2do. “MDN”, escalafón K “Personal Militar”, subescalafón “MDN”. La creación dispuesta en el inciso anterior será financiada con cargo a la partida de $ 374.155 (trescientos setenta y cuatro mil ciento cincuenta y cinco pesos uruguayos), la que incluye aguinaldo y cargas legales y se disminuirá del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”. Artículo 80.- Establécese que el personal militar y equiparados a tal régimen, que se desempeñen en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional” como profesionales, técnicos o especializados en atención directa a la salud humana, se encuentran comprendidos por lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 16.720, de 13 de octubre de 1995. Artículo 81.- Asígnase en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 057.001 “Becas”, una partida anual de $ 421.094 (cuatrocientos veintiún mil noventa y cuatro pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino a la contratación de becarios en el Servicio de Hacienda y Contabilidad de la Armada, al amparo del artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con la modificación introducida por el artículo 249 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Artículo 82.- El Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, a través del programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, exigirá de las corporaciones nacionales de prácticos habilitadas, como así también de los prácticos individuales, la implementación de un sistema de gestión para la formación y desempeño de su profesión, que asegure el cumplimiento de todos los aspectos
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relacionados con la seguridad de la navegación, de las instalaciones portuarias y de la protección del medio ambiente. El mencionado sistema de gestión deberá ser presentado por las corporaciones de prácticos en un plazo de un año, a partir de la vigencia de la presente ley, ante el Comando General de la Armada – Prefectura Nacional Naval, la que procederá a su aprobación previa verificación de las condiciones establecidas en el inciso anterior. La Prefectura Nacional Naval, a través de la Oficina de Pilotaje, realizará auditorías al sistema de practicaje nacional en su conjunto y en especial en lo que respecta a la formación, titulación y mantenimiento de la competencia de los Prácticos, en cumplimiento de la normativa nacional e internacional vigente en la materia. Dichas auditorías estarán reguladas por la normativa referente a procedimientos, recaudación y administración, aplicable a las inspecciones de la Comisión Técnica de la Dirección Registral y de Marina Mercante. El Poder Ejecutivo fijará las tarifas y viáticos correspondientes a las referidas auditorías. Artículo 83.- Autorízase al Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, a hacer efectivo el cobro de los cursos de apoyo a la industria naval en oficios relacionados a construcciones y reparaciones navales en diques y astilleros, que se brindan a través del Centro de Instrucción de la Armada. La recaudación por este concepto será destinada a gastos de funcionamiento e inversión de dicho centro de enseñanza. Los precios serán fijados por el Poder Ejecutivo en la reglamentación del presente artículo. Artículo 84.- Asígnase en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, grupo 0 “Retribuciones Personales”, con cargo a la Financiación 1.1. “Rentas Generales”, una partida anual de $ 6.986.572 (seis millones novecientos ochenta y seis mil quinientos setenta y dos pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de una compensación especial por asiduidad de vuelo, la que será percibida por el Personal Superior y Subalterno perteneciente a la citada unidad ejecutora, que desempeñe efectivamente y en forma asidua la actividad de vuelo. Dicha compensación especial se percibirá por quienes superen las horas mínimas de vuelo mensuales reglamentarias, en la forma y oportunidad que establezca el Poder Ejecutivo. La compensación dispuesta en el inciso anterior será financiada con cargo al crédito presupuestal del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Inciso 03 -“Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”. La Contaduría General de la Nación habilitará un objeto del gasto específico. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 85.- Autorízase al Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, a través del Servicio de Oceanografía, Hidrografía y Meteorología de la Armada, a comercializar datos e información hidrográfica, oceanográfica y meteorológica marina, destinando estos recursos al financiamiento de los gastos de funcionamiento del servicio. Los precios serán fijados por el Poder Ejecutivo. Artículo 86.- Autorízase al Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, a hacer efectivo el cobro de entradas y venta de publicaciones y material alusivo a las exposiciones en las sedes dependientes del Centro de Estudios Históricos Navales y Marítimos, Museo Naval. La recaudación por este concepto será destinada a gastos de funcionamiento para sostenimiento de actividades culturales, así como a apoyar visitas didácticas de institutos dependientes de la Administración Nacional de Educación Pública en dichas instalaciones. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo.
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Artículo 87.- Increméntase en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, Proyecto de Inversión 758 “Adquisición, reparación y equipamiento de Unidades Navales”, en $ 100.000 (cien mil pesos uruguayos), en la Financiación 1.1 “Rentas Generales” a efectos de financiar las inversiones de la Prefectura Nacional Naval. Artículo 88.- Todo el personal militar del Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, es directamente responsable de los muebles, útiles y equipos que tuvieren para su uso. Cuando por causa que le fuera imputable resultara comprobada la pérdida o deterioro de los mismos, la Secretaría de Estado, a través de la respectiva unidad ejecutora, exigirá la indemnización que corresponda por el importe de la reposición o reparación del artículo, mueble o equipo, pudiendo hacer efectivo dicho importe en una o varias retenciones mensuales del sueldo, que no sobrepasen cada una el 10% (diez por ciento) del mismo, hasta completar la cancelación del importe correspondiente a la reparación o reposición. Lo dispuesto en el inciso anterior, se aplicará sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 17.829, de 18 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 107 de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006. Artículo 89.- Sustitúyese el numeral 1) del artículo 84 de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946 (Ley Orgánica de la Armada), en la redacción dada por el artículo 60 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, por el siguiente: “1) De Guardia Marina, ascenderán a dicho grado los aspirantes de la Escuela Naval que hayan aprobado los cursos respectivos y reúnan las demás condiciones de ascenso. Cuando el número de Guardia Marina egresados de la Escuela Naval en los Cuerpos General (CG), de Ingenieros de Máquinas y Electricidad (CIME), de Aprovisionamiento y Administración (CAA) y de Prefectura (CP), no alcance el 25% (veinticinco por ciento) del total de vacantes legales del grado de Teniente de Navío, considerando los cuatro Cuerpos mencionados, el Ministerio de Defensa Nacional, a propuesta del Comandante en Jefe de la Armada, podrá disponer que al año siguiente se cubran las referidas vacantes, incorporando a Oficiales de Reserva Naval y/o Guardia Marina del Cuerpo Especialista, de forma adicional a las vacantes establecidas para dicho Cuerpo en el artículo 22 de la presente ley, pudiendo ascender hasta la jerarquía de Teniente de Navío”. Artículo 90.- Asígnase en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, en el objeto del gasto 057 “Becas de trabajo y pasantías”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 336.740 (trescientos treinta y seis mil setecientos cuarenta pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino a la contratación de becarios y pasantes, al amparo del artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 249 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. La suma prevista en el inciso anterior se financiará con la disminución del mismo monto en el objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, Financiación 1.1 “Rentas Generales” de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional”, del Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”. Artículo 91.- Sustitúyese el artículo 59 de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946 (Ley Orgánica de la Armada), en la redacción dada por el artículo 60 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 59.- A propuesta del señor Comandante en Jefe de la Armada, los Oficiales que se encuentren en condiciones de ascender a los grados de Teniente de Navío, Capitán de Corbeta, Capitán de Fragata y Capitán de Navío, de los Cuerpos General, de Ingenieros de Máquinas y Electricidad, de Aprovisionamiento y Administración y de Prefectura, que no tengan vacantes en sus respectivos Cuerpos, podrán ascender utilizando vacantes de otros Cuerpos solamente si en los mismos no existen Oficiales en condiciones de ascender.
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La vacante que hubiera sido ocupada en virtud de lo dispuesto en el inciso precedente, deberá restituirse al Cuerpo de origen cada vez que esta quede vacante”. Artículo 92.- Extiéndese al Personal Superior del Cuerpo de Servicios, escalafón de Apoyo, subescalafón de Apoyo de Servicios y Combate y subescalafón Técnico Profesional del Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, la compensación por dedicación integral establecida en el artículo 77 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, con la modificación introducida por los artículos 27 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, y 115 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Dicho Personal no estará comprendido en la compensación creada por el inciso tercero del artículo 27 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, con la modificación realizada por el artículo 115 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Increméntase en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, en hasta 40% (cuarenta por ciento), la compensación por permanencia a la orden creada por el inciso tercero del artículo 27 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, con la modificación efectuada por el artículo 115 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Los montos resultantes de la aplicación de lo dispuesto por los incisos primero y segundo de este artículo se financiarán con crédito disponible de la propia unidad ejecutora en el objeto del gasto 043.004 “Compensación % por Dedicación Integral L.16320 a.77.-MDN” para la compensación prevista en el inciso primero y en el objeto del gasto 042.014 “Compensación por permanencia a la orden” para la compensación prevista en el inciso segundo, no pudiendo tener costo presupuestal. Artículo 93.- Facúltase al Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas”, a realizar contratos laborales de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para desempeñar tareas vinculadas a la Dirección de Arquitectura e Ingeniería Hospitalaria, en los casos que la unidad no cuente con funcionarios públicos capacitados para dichas tareas. Las contrataciones no podrán tener un plazo inicial superior a los veinticuatro meses. Al vencimiento del plazo se extingue la relación contractual, excepto que la Administración notifique en forma fehaciente su voluntad de renovación con una anticipación al vencimiento del plazo contractual no inferior a treinta días. Cada renovación individual sucesiva al contrato original no podrá ser por un plazo superior a los veinticuatro meses. Las contrataciones que se efectúen al amparo de la presente norma estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal de la Oficina Nacional del Servicio Civil. El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, reglamentará la presente disposición en un plazo de noventa días a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 94.- Autorízase a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas a contratar todas las prestaciones y servicios que brinda el Fondo Nacional de Recursos. Artículo 95.- Sustitúyese el artículo 22 de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946 (Ley Orgánica de la Armada), en la redacción dada por los artículos 1º de la Ley Nº 12.990, de 26 de noviembre de 1961, 1º de la Ley Nº 14.956, de 16 de noviembre de 1979, 103 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y 78 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 22.- El Personal Superior de los diversos Cuerpos tendrá las siguientes funciones A) Cuerpo de Comando: Comando General, Comando de Fuerzas y Unidades, Direcciones, Jefaturas y funciones propias del grado dentro de la Armada, así como también las funciones especiales que se le asignen y Mando Militar.
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B) Cuerpo Especialista: funciones propias del grado y de su especialización como complemento al Cuerpo de Comando, así como otras que se le asignen y Mando Militar. C) Cuerpo Auxiliar: funciones propias de su profesión y otras que se le asignen como complemento al Cuerpo de Comando. Los efectivos de Personal Superior serán los siguientes:
Efectivos Personal Superior Grado Almirante Contra Almirante Capitán de Navío Capitán de Fragata Capitán de Corbeta Teniente de Navío Alférez de Navío Alférez de Fragata Guardia Marina CC 1 6 75 99 104 131 2 3 4 1 1 2 4 CE CA
Artículo 96.- Asígnase al Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, una partida anual de $ 2.342.544 (dos millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos cuarenta y cuatro pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, incluidos aguinaldo y cargas legales, para la contratación de 4 Controladores Aéreos, bajo la modalidad de contrato temporal de derecho público prevista en el artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con la modificación introducida por el artículo 12 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, hasta tanto se apruebe la reestructura organizativa y de puestos de trabajo de la unidad ejecutora. Disminúyese en el programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, el crédito del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, por un monto de $ 2.342.544 (dos millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos cuarenta y cuatro pesos uruguayos). Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 97.- Sustitúyense los artículos 37, 40 y 77 del Decreto-Ley Nº 14.747, de 28 de diciembre de 1977, por los siguientes: “ARTÍCULO 37.- El Personal Subalterno se organizará en tres Escalafones: A) Aerotécnico (A.T.). B) Policía Aérea (P.A.). C) Servicios Generales (S.G.)”. “ARTÍCULO 40.- El reclutamiento del Personal de Policía Aérea y Servicios Generales se realizará directamente por los Centros de Reclutamiento que se establezcan.
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Este personal deberá reunir las siguientes condiciones: A) Tener entre 18 y 30 años de edad. B) Haber aprobado el ciclo completo de Enseñanza Primaria”. “ARTÍCULO 77.- Los Sub Oficiales Mayores de los Escalafones Aerotécnicos y Policía Aérea podrán ascender a la jerarquía de Alférez, mediante el cumplimiento de las siguientes condiciones: A) Computar un tiempo mínimo de dos años como Sub Oficial Mayor. B) Haber aprobado los estudios de Enseñanza Secundaria que exige la Escuela Militar de Aeronáutica, como condición para el ingreso a los Cuerpos Regulares. C) Realizar un curso de pasaje de grado en la Escuela Militar de Aeronáutica con una duración mínima de dos períodos lectivos. D) No haber excedido o no exceder durante la realización del mencionado curso, la edad límite de retiro que le sea aplicable como Alférez del escalafón respectivo, de acuerdo a lo establecido en la presente ley”. Artículo 98.- Sustitúyese el artículo 134 del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero de 1974 (Ley Orgánica Militar), en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 15.353, de 10 de diciembre de 1982, por el siguiente: “ARTÍCULO 134.- Los ascensos de Oficiales se conferirán en tiempo de paz con fecha 1º de febrero. Los ascensos al grado de Oficial General o equivalente serán otorgados en el momento del año en que se produzca la vacante, computándose la antigüedad a partir del 1º de febrero siguiente. Los ascensos al grado de Alférez o equivalente se otorgarán una vez aprobados los cursos de las correspondientes Escuelas de Formación, computándose la antigüedad a partir del 1º de febrero siguiente”. Artículo 99.- Autorízase al Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, a percibir los precios o tarifas que establecerá la reglamentación, por el uso de sus instalaciones deportivas. Los precios serán fijados por el Poder Ejecutivo, y los fondos recaudados por este concepto constituirán “Recursos con Afectación Especial” que serán destinados a gastos de funcionamiento. Artículo 100.- Sustitúyese el artículo 109 de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946 (Ley Orgánica de la Armada), por el siguiente: “ARTÍCULO 109.- Los ascensos se conferirán durante el mes de febrero y con fecha 1º de dicho mes, la que se tomará siempre en cuenta para el cierre de los cómputos de servicios. Los ascensos al grado de Contra Almirante serán otorgados en el momento del año en que se produzcan las vacantes, computándose la antigüedad a partir del 1º de febrero siguiente. Las vacantes a producirse por los ascensos a otorgarse a Capitán de Navío y Contra Almirante, se llenarán también en el mes de febrero, aun cuando aquellos ascensos no se hubieren producido todavía por demora en la concesión de la venia legislativa correspondiente. Los ascensos a Guardia Marina y a Alférez Ingeniero, se conferirán una vez terminados los cursos anuales de la Escuela Naval”. Artículo 101.- Asígnase en el Inciso 03 – “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales” una partida anual de $ 27.663.662 (veintisiete millones seiscientos sesenta y tres mil seiscientos sesenta y dos pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, para la contratación de 30 controladores de tránsito aéreo y 15 técnicos especializados en seguridad operacional, bajo
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la modalidad de contrato temporal de derecho público, prevista por el artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en régimen de cuarenta horas semanales. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR Artículo 102.- Suprímese en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 343 “Formación y Capacitación”, unidad ejecutora 029 “Escuela Nacional de Policía”, el cargo de Inspector de Escuelas y Cursos, creado por el artículo 257 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 103.- Créase en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, el cargo de particular confianza de Director Nacional de Policía Comunitaria. Tendrá dependencia directa de la Dirección de la Policía Nacional y estará comprendido en el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, modificativas y concordantes. Artículo 104.- Créase en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, de la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, el cargo de particular confianza de Director de la Oficina Nacional de Violencia Doméstica y de Género. Tendrá dependencia directa de la Dirección de la Policía Nacional y estará comprendido en el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, modificativas y concordantes. Artículo 105.- Sustitúyese el artículo 230 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 230.- A partir de la vigencia de la presente ley, en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, los cargos de ingreso del escalafón L “Personal Policial” de la unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación” al vacar se transformarán en cargos del grado de ingreso de los Escalafones S “Personal Penitenciario”, C “Administrativo” o D “Especializado”, según las necesidades del servicio”. El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 106.- Sustitúyese el artículo 63 de la Ley Orgánica Policial (texto ordenado por Decreto Nº 75/972, de 1° de febrero de 1972), por el siguiente: “ARTÍCULO 63.- Se considera en disponibilidad a los Oficiales que se indican a continuación: A) Los Oficiales Superiores y los Comisarios Inspectores que no tengan destino por causa que no les sea imputable. Estos mantendrán todas las obligaciones y derechos que establece la presente ley, excepto lo preceptuado en el literal B) del artículo 31. B) Los que, por haber incurrido en faltas en el desempeño de sus funciones sean sometidos a sumario administrativo o a Tribunal de Honor, según correspondiera. En tales casos, no podrán ejercer el derecho establecido en el literal B) del artículo 31, salvo disposición expresa en contrario. En caso de sanción que importe suspensión de funciones, el tiempo que ésta dure no se computará a los efectos del ascenso. C) Los que estuvieron procesados. El período de procesamiento no les será computable a los efectos del ascenso, salvo sentencia absolutoria o sobreseimiento y demás condiciones establecidas en el artículo 87. El policía procesado queda exceptuado de cumplir la obligación establecida en el literal D) del artículo 30 e impedido de ejercer los derechos que le acuerdan los literales A), B) y C) del artículo 31.
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Los policías que no presten servicio por encontrarse en disponibilidad no percibirán ningún tipo de compensación especial ni de incentivos según la categorización de los conceptos retributivos establecida en los artículos 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y 110 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012”.
La modificación dispuesta en este artículo, se entenderá hecha a la o a las normas legales fuente del Texto Ordenado aprobado por Decreto 75/972, de 1° de febrero de 1972.
Artículo 107.- Sustitúyense los literales B), D), F) y G) del artículo 148 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 92 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por los siguientes:
“B) Encargados si los hubiere de Jefatura de Policía de Montevideo, Instituto Nacional de Rehabilitación, Dirección General de Información e Inteligencia, Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, Dirección Nacional de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, Subdirección de la Policía Nacional, Dirección de la Escuela Nacional de Policía, Dirección Nacional de Policía Comunitaria y Dirección de la Oficina Nacional de Violencia Doméstica y de Género: 84% (ochenta y cuatro por ciento)”.
“D) Encargado de Jefatura de Policía del Interior, Director del Registro Nacional de Empresas de Seguridad y Director del Centro de Formación Penitenciaria: 72% (setenta y dos por ciento)”.
“F) Subjefe o Encargado de Subjefatura de Policía del Interior, Director de Coordinación Ejecutiva de la Jefatura de Policía de Montevideo, Jefes de Zonas Operacionales de la Jefatura de Policía de Montevideo (cinco), Jefe de Estado Mayor General de la Guardia Republicana, Directores de Zona Metropolitana, de Unidades Especiales y de Zona Interior de la Guardia Republicana: 60% (sesenta por ciento)”.
“G) Subdirector Nacional o Encargado de Subdirección Nacional, Subdirección de Asuntos Internos, Subdirección de Información e Inteligencia, Subdirección de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, Subdirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, Dirección de Coordinación Administrativa de la Jefatura de Policía de Montevideo, Director de Seguridad, Director de Investigaciones, Director de Grupos de Apoyo de la Jefatura de Policía de Canelones, Directores de Apoyo-Logística y de Formación-Capacitación-Supervisión Profesional de la Guardia Republicana, Jefe de Inspección General de la Dirección Nacional de Policía Caminera, Direcciones de Coordinación Ejecutiva de las Jefaturas de Policía del Interior y de las Direcciones Generales de Información e Inteligencia y de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol y aquellos cargos que el Ministerio del Interior estime convenientes hasta un máximo de diez: 54% (cincuenta y cuatro por ciento)”. Grado Nombre del grado Cantidad Subescalafón Paréntesis 5 Sargento Primero 2 Ejecutivo 4 Sargento 1 Ejecutivo Artículo 108.- Transfórmanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Repre3 Cabo 1 Ejecutivo sión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, los siguientes cargos del escala2 Agente de Primera 12 Ejecutivo fón L “Personal Policial”:Agente de Segunda 1 4 Ejecutivo 5 Sargento Primero 4 De Servicio 4 Sargento 6 De Servicio 3 Cabo 10 De Servicio 2 Agente de Primera 2 De Servicio 1 Agente de Segunda 5 De Servicio 10 Comisario 1 Especializado Especialidades Varias
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Grado 9 8 7 6 5 4 3 2 1 5 4 3 9 11 10 9 8 7 6 5 4 3 1 11 10 8 7 8 8 6 14 11 10 7 6 11
Nombre del grado Cantidad Subescalafón Paréntesis Subcomisario 3 Especializado Especialidades Varias Oficial Principal 7 Especializado Especialidades Varias Oficial Ayudante 8 Especializado Especialidades Varias Oficial Subayudante 7 Especializado Especialidades Varias Sargento Primero 15 Especializado Especialidades Varias Sargento 10 Especializado Especialidades Varias Cabo 2 Especializado Especialidades Varias Agente de Primera 3 Especializado Especialidades Varias Agente de Segunda 10 Especializado Especialidades Varias Sargento Primero 6 Especializado Tic’s Sargento 4 Especializado Tic’s Cabo 2 Especializado Tic’s Subcomisario 1 Especializado Comisario Inspector 2 Administrativo Comisario 6 Administrativo Subcomisario 10 Administrativo Oficial Principal 10 Administrativo Oficial Ayudante 10 Administrativo Oficial Subayudante 18 Administrativo Sargento Primero 35 Administrativo Sargento 40 Administrativo Cabo 45 Administrativo Agente de Segunda 50 Administrativo Comisario Inspector 1 Técnico Escribano Comisario 1 Técnico Escribano Oficial Principal 2 Técnico Escribano Oficial Ayudante 1 Técnico Escribano Oficial Principal 1 Técnico Contador Oficial Principal 1 Técnico Abogado Oficial Subayudante 4 Técnico Asistente Social Inspector General 1 Técnico Técnico Profesional Comisario Inspector 6 Técnico Técnico Profesional Comisario 1 Técnico Técnico Profesional Oficial Ayudante 1 Técnico Técnico Profesional Oficial Subayudante 1 Técnico Técnico Profesional Comisario Inspector 1 Técnico Químico Farmacéutico
en los siguientes cargos: Artículo 109.- Suprímense en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, los siguientes cargos del escalafón L “Personal Policial”:
Grado Nombre del grado Cantidad Subescalafón 13 Inspector Principal 5 Ejecutivo 4 Sargento 2 Ejecutivo 3 Cabo 16 Ejecutivo 3 Cabo 4 De Servicio 2 Agente de Primera 7 De Servicio 1 Agente de Segunda 2 De Servicio 11 Comisario Inspector 1 Especializado 9 Subcomisario 1 Especializado 7 Oficial Ayudante 3 Especializado 6 Oficial Subayudante 9 Especializado
Paréntesis
Especialidades Varias Especialidades Varias Especialidades Varias Especialidades Varias
Paréntesis Grado Nombre del grado Cantidad Subescalafón 5 Sargento Primero 2 Especializado Especialidades Varias 4 Sargento 5 Especializado Especialidades Varias 3 Cabo 18 Especializado Especialidades Varias 1 Agente de Segunda 1 Especializado Especialidades Varias 4 Sargento 4 Especializado Tic’s 13 Inspector Principal 4 Administrativo 11 Comisario Inspector 1 Administrativo 9 Subcomisario 2 Administrativo 8 Oficial Principal 4 Administrativo 7 Oficial Ayudante 18 Administrativo 6 Oficial Subayudante 4 Administrativo 11 Comisario Inspector 1 Técnico Escribano 10 Comisario 1 Técnico Escribano 6 Oficial Subayudante 2 Técnico Técnico Profesional Artículo 110.- Créanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, los siguientes cargos del escalafón L “Personal Policial”:
Grado 12 2 5 8 8 8 1
Nombre del grado Cantidad Subescalfón Inspector Mayor 8 Ejecutivo Agente de Primera 6 Especializado Sargento Primero 2 Especializado Oficial Principal 1 Técnico Oficial Principal 1 Técnico Oficial Principal 1 Técnico Agente de Segunda 20 Administrativo
Paréntesis Especialidades Varias Tic’s Escribano Contador Abogado
Artículo 111.- Transfórmanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, en las unidades ejecutoras que se indican, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, los siguientes cargos en el escalafón L “Personal Policial”: – unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”: – 1 cargo de Oficial Ayudante (PT) Escribano, grado 7, en 1 cargo de Oficial Principal (PT) Escribano, grado 8. – Unidad ejecutora 004 “Jefatura de Policía de Montevideo”: 1 cargo de Oficial Principal, grado 8, en 1 cargo de Subcomisario, grado 9.
– Unidad ejecutora 012 “Jefatura de Policía de Lavalleja”: – 1 cargo de Agente de Segunda, grado 1, en 1 cargo de Oficial Subayudante (PT) Abogado, grado 6. – Unidad ejecutora 018 “Jefatura de Policía de Salto”: – 1 cargo de Agente de Primera, grado 2, en 1 cargo de Oficial Subayudante (PT) Abogado, grado 6. – Unidad ejecutora 020 “Jefatura de Policía de Soriano”: – 1 cargo de Agente de Segunda, grado 1, en 1 cargo de Agente de Primera, grado 2. – Unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”: – 1 cargo de Subcomisario (PT) Médico, grado 9, en 1 cargo de Comisario (PT) Médico, grado 10. – 1 cargo de Oficial Principal (PT) Médico, grado 8, en 1 cargo de Subcomisario (PT) Médico, grado 9.
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– 1 cargo de Oficial Ayudante (PT) Médico, grado 7, en 1 cargo de Oficial Principal (PT) Médico, grado 8. – 1 cargo de Agente de Segunda, grado 1, en 1 cargo de Oficial Subayudante (PT) Psicólogo, grado 6. Los cargos serán ocupados exclusivamente por los funcionarios cuya situación dio origen a las respectivas transformaciones y al vacar volverán a su denominación original. Créanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 013 “Jefatura de Policía de Maldonado”, escalafón L “Personal Policial”, 1 cargo de Oficial Ayudante, grado 7 y 1 cargo de Agente de Segunda, grado 1, los que se suprimirán al vacar. Artículo 112.- Sustitúyese el artículo 99 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 99.- Transfórmanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, en las unidades ejecutoras que se indican, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, los siguientes cargos en el escalafón L “Personal Policial”: – En unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Migración”: – 1 cargo de Agente de Primera (PA) Administrativo, grado 2, en 1 cargo de Oficial Principal (PT) Abogado, grado 8. – 1 cargo de Sargento (PA) Administrativo, grado 4 y 1 cargo de Cabo (PA) Administrativo, grado 3, en 2 cargos de Oficial Subayudante (PT) Escribano, grado 6. – En unidad ejecutora 018 “Jefatura de Policía de Salto”: – 1 cargo de Agente de Primera, grado 2, en 1 cargo de Oficial Subayudante (PT) Abogado, grado 6. – En unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”: – 1 cargo de Comisario (PT) Técnico Profesional, grado 10, en 1 cargo de Inspector Mayor (PT) Médico Psiquiatra, grado 12 y 1 cargo de Oficial Ayudante (PT) Técnico, grado 7, en 1 cargo de Comisario (PT) Médico Psiquiatra, grado 10. – En unidad ejecutora 030 “Dirección Nacional de Sanidad Policial”: – 1 cargo de Comisario (PT) Químico, grado 10, en 1 cargo de Comisario Inspector (PT) Químico, grado 11. Los cargos serán ocupados exclusivamente por los funcionarios cuya situación dio origen a las respectivas transformaciones y al vacar volverán a su denominación original. Créase en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la Privación de la Libertad”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, 1 cargo de Sargento Primero (PS) Servicios, escalafón L “Personal Policial”, grado 5, el que se suprimirá al vacar”. Artículo 113.- Transfórmanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la Privación de la Libertad”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, las siguientes funciones de contratados civiles (CC): – 1 función de Sargento Primero, grado 5, Ejecutivo, en una función de Sargento Primero, grado 5, Administrativo. – 1 función de Sargento, grado 4, Ejecutivo, en una función de Sargento, grado 4, Administrativo. – 2 funciones de Agente de Primera, grado 2, Ejecutivo, en 2 funciones de Agente de Primera, grado 2, Administrativo.
- 2 funciones de Agente de Segunda, grado 1, Ejecutivo en 2 funciones de Agente de Segunda, grado 1, Administrativo. Artículo 114.- Autorízase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud fundada del Ministerio del Interior, a reasignar las partidas previstas en los artículos 207 y 208 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a las partidas establecidas en los artículos 261 y 262 de la misma ley, hasta las sumas de $ 3.988.000 (tres millones novecientos ochenta y ocho mil pesos uruguayos) y $ 3.657.000 (tres millones seiscientos cincuenta y siete mil pesos uruguayos), respectivamente. Artículo 115.- Transfórmanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 423 “Información y Registro sobre Personas y Bienes”, unidad ejecutora 031 “Dirección Nacional de Identificación Civil”, del escalafón L “Personal Policial”, los siguientes cargos:
Grado 11 11 10 10 9 9 8 8 7 6 6 5 5 5 5 4 4 4 3 3 3 2 2 2 2 1 1 1
Nombre del grado Comisario Inspector Comisario Inspector Comisario Comisario Subcomisario Subcomisario Oficial Principal Oficial Principal Oficial Ayudante Oficial Subayudante Oficial Subayudante Sargento Primero Sargento Primero Sargento Primero Sargento Primero Sargento Sargento Sargento Cabo Cabo Cabo Agente de Primera Agente de Primera Agente de Primera Agente de Primera Agente de Segunda Agente de Segunda Agente de Segunda
Cantidad 1 1 2 3 2 2 2 2 6 1 13 1 1 1 16 1 1 29 1 1 39 3 1 2 50 4 2 46
Subescalafón Especializado Administrativo Especializado Administrativo Ejecutivo Especializado Especializado Administrativo Administrativo Especializado Administrativo Ejecutivo Especializado Especializado Administrativo Ejecutivo Especializado Administrativo Ejecutivo Especializado Administrativo Ejecutivo Especializado Servicios Administrativo Ejecutivo Servicios Administrativo
Profesión/Especialidad Dactilóscopos Dactilóscopos
Dactilóscopos Dactilóscopos
Dactilóscopos
Diversos Oficios Dactilóscopos
Diversos Oficios
Diversos Oficios
Diversos Oficios
en los siguientes cargos:
Grado 12 12 11 11 10 10 9 9
Nombre del grado Cantidad Subescalafón Profesión/ Especialidad Inspector Mayor 1 Especializado Dactilóscopos Inspector Mayor 1 Administrativo Comisario Inspector 2 Especializado Dactilóscopos Comisario Inspector 3 Administrativo Comisario 2 Ejecutivo Comisario 2 Especializado Dactilóscopos Subcomisario 2 Especializado Dactilóscopos Subcomisario 2 Administrativo
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Grado 8 7 7 6 6 6 6 5 5 5 4 4 4 3 3 3 3 2 2 2
Nombre del grado Cantidad Subescalafón Profesión/ Especialidad Oficial Principal 6 Administrativo Oficial Ayudante 1 Especializado Dactilóscopos Oficial Ayudante 13 Administrativo Oficial Subayudante 1 Especializado Diversos Oficios Oficial Subayudante 1 Especializado Dactilóscopos Oficial Subayudante 16 Administrativo Sub Oficial Mayor 1 Ejecutivo Sargento Primero 1 Ejecutivo Sargento Primero 1 Especializado Diversos Oficios Sargento Primero 29 Administrativo Sargento 1 Ejecutivo Sargento 1 Especializado Diversos Oficios Sargento 39 Administrativo Cabo 3 Ejecutivo Cabo 1 Especializado Diversos Oficios Cabo 2 Servicios Cabo 50 Administrativo Agente de Primera 4 Ejecutivo Agente de Primera 2 Servicios Agente de Primera 46 Administrativo
Artículo 116.- Suprímense en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 423 “Información y Registro sobre Personas Físicas y Bienes”, unidad ejecutora 031 “Dirección Nacional de Identificación Civil”, escalafón L “Personal Policial”, los siguientes cargos: – Subescalafón P.E. Diversos Oficios: 1 Cabo, 4 Agente de Primera y 2 Agente de Segunda. – Subescalafón P.E. Dactilóscopos: 1 Inspector Mayor, 1 Oficial Subayudante. – Subescalafón P.S.: 1 Sargento, 3 Cabo y 2 Agente de Primera. – Subescalafón P.A.: 2 Comisario Inspector, 2 Subcomisario y 2 Oficial Principal. Artículo 117.- Créanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 423 “Información y Registro sobre Personas Físicas y Bienes”, unidad ejecutora 031 “Dirección Nacional de Identificación Civil”, escalafón L “Personal Policial”, las siguientes funciones contratadas: – Subescalafón PE Dactilóscopos: 1 Oficial Principal y 1 Sargento Primero. – Subescalafón PA: 2 Comisario y 11 Agente de Segunda. Artículo 118.- Facúltase al Poder Ejecutivo, para los ascensos que se realicen a partir del 1º de febrero de 2014, a efectuar promociones al grado inmediato superior, dentro de los grados comprendidos en la categoría de Oficial Superior del escalafón L “Personal Policial”, considerando a quienes se encuentren en el último año de antigüedad en el grado. Quienes ascendieran por este sistema, deberán cumplir los requisitos previstos para el ascenso con excepción del tiempo mínimo de permanencia en el grado y el curso o concurso de pasaje de grado. El personal que acceda al grado inmediato superior según lo establecido en la presente norma, deberá realizar y aprobar el curso o concurso pendiente en las siguientes tres oportunidades. En caso contrario quedarán comprendidos en lo dispuesto en el artículo 54 del Decreto Nº 75/972, de 1º de febrero de 1972 (Ley Orgánica Policial), en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 15.098, de 23 de diciembre de 1980.
Lo dispuesto precedentemente, será de aplicación en los casos que existan vacantes luego de efectuados los ascensos, entre quienes reúnan todos los requisitos exigidos por el artículo 50 de la Ley Orgánica Policial. Artículo 119.- Facúltase al Instituto Nacional de Rehabilitación a autorizar la salida de personas privadas de libertad de la Unidad de Internación, a los solos efectos de realizar actividades de formación o trabajo en el marco de programas de rehabilitación. La autorización será otorgada por una comisión interdisciplinaria, la cual una vez que adopte resolución debe comunicarla a la Sede Judicial competente. El Poder Ejecutivo reglamentará en un plazo de ciento ochenta días desde la promulgación de la presente ley, la forma y condiciones en que se otorgará la autorización. Artículo 120.- Sustitúyese el artículo 146 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 96 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 146. Establécese una única circunscripción nacional para el ascenso a los grados 10 al 14 del subescalafón Ejecutivo, escalafón L “Personal Policial”, así como una única circunscripción nacional para la determinación del destino de los titulares de los grados 9 a 14. Se exceptúa de esta disposición al personal de la Dirección Nacional de Bomberos”. Artículo 121.- Agrégase al artículo 24 del Decreto-Ley Nº 14.762, de 13 de febrero de 1978, el siguiente inciso: “Al Ministerio de Relaciones Exteriores le compete la tramitación de la cédula de identidad en el exterior del país, a través de sus Oficinas Consulares”. Artículo 122.- Transfórmanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, en los programas, unidades ejecutoras y escalafones que se detallan, a partir del 1º de febrero de 2014, los siguientes cargos:
U.E. Cantidad Grado Nombre del Gra- Escalafón Subescalafón Presupuestado/ Contrado tado 001 1 1 Agente de 2da. L Administrativo Presupuestado 001 6 2 Agente de 1ra. L Administrativo Presupuestado 001 2 3 Cabo L Administrativo Presupuestado 001 3 4 Sargento L Administrativo Presupuestado 004 2 1 Agente de 2da. L Ejecutivo Presupuestado 004 2 1 Agente de 2da. L Administrativo Presupuestado 004 1 2 Agente de 1ra. L Especializado Presupuestado 004 1 2 Agente de 1ra. L Ejecutivo Presupuestado 030 1 1 Agente de 2da. L Especializado Contratado Los cargos y funciones enumerados precedentemente, se transformarán en los siguientes cargos y funciones contratadas en la unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”: – 10 cargos presupuestados escalafón A “Profesional”, grado 8, Serie “Abogado”. – 3 cargos presupuestados escalafón A “Profesional”, grado 8, Serie “Escribano”. – 5 cargos presupuestados escalafón B “Profesional”, grado 8, Serie “Procurador”. – 1 función contratada escalafón L “Personal Policial”, Oficial Subayudante, grado 6, Especialidad “Escribano”.
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Los cargos civiles tendrán las retribuciones que surgen de la aplicación de los incisos segundo y tercero del artículo 218 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 123.- Suprímense en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, escalafón L “Personal Policial”, a partir del 1º de febrero de 2014, los siguientes cargos:
Cantidad Cargos Denominación Grado Oficial Principal 6 Técnico Profesional 3 Subcomisario Subescalafón Técnico Profesional
Presupuestado/ Contratado Especialidad Grado Presupuestado Presupuestado Abogado Abogado 8 9
Artículo 124.- Transfórmanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 030 “Dirección Nacional de Sanidad Policial”, del escalafón L “Personal Policial”, los siguientes cargos y funciones:
Nombre Cantidad del grado Oficial 1 Ayudante Oficial 3 Subayudante Oficial 1 Principal Oficial 1 Subayudante Sargento 1 Primero 4 Sargento 3 3 3 1 1
Subescalafón Presupuestado/Contratado Especialidad Grado Técnico Técnico Presupuestado Presupuestado Obstetra Obstetra Licenciado en Enfermería Especializado Auxiliar de Enfermería Especializado Técnico Auxiliar de Enfermería Auxiliar de Enfermería Especializado Especializado 7 6
Sanidad Policial Contratado Especializado Contratado
8 6
Especializado Especializado Sanidad PoliSargento cial Sanidad PoliCabo cial
Contratado Contratado Contratado Contratado
5 4 4 3 4 3 8
Cabo Especializado Contratado Cabo Especializado Contratado Oficial Principal Especializado Contratado
en los siguientes cargos:
Cantidad Nombre Subescalafón del Grado 1 Oficial Técnico Ayudante Oficial 3 Subayu- Técnico dante Sanidad Poli1 Oficial cial Principal Oficial Presupuestado/Contratado Especialidad Grado Presupuestado Médico 7
Presupuestado
Médico
6
Contratado
Instrumentista
8
Cantidad Nombre Subescalafón del Grado 1 Subayu- Especializado dante 1 Sargento Especializado Primero 4 Sargento Especializado Sanidad Poli3 Sargento cial Sanidad Poli3 Cabo cial 3 Cabo Especializado 1 Cabo Especializado 1 Oficial Administrativo Principal
Presupuestado/Contratado Especialidad Grado Contratado Contratado Contratado Contratado Contratado Contratado Contratado Contratado Instrumentista Instrumentista Instrumentista Instrumentista Instrumentista Instrumentista Instrumentista Administrativo 6 5 4 4 3 3 3 8
Artículo 125.- Facúltase a la Dirección Nacional de Sanidad Policial a prestar servicios de atención de salud a personas privadas de libertad, en los establecimientos carcelarios, en forma transitoria y subsidiaria, hasta tanto la Administración de los Servicios de Salud del Estado preste cobertura a la totalidad de dicha población. Artículo 126.- Reasígnase en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la Privación de la Libertad”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 199 “Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores”, la suma de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos), desde la unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación” a la unidad ejecutora 030 “Dirección Nacional de Sanidad Policial”. Artículo 127.- A partir del ejercicio 2013, los contratos previstos en el artículo 147 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, que realice la Dirección Nacional de Sanidad Policial, con cargo al Fondo creado por el artículo 86 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, que excedan el monto anual de $ 170.000.000 (ciento setenta millones de pesos uruguayos) serán absolutamente nulos. Del monto establecido en el inciso precedente, $ 56.000.000 (cincuenta y seis millones de pesos uruguayos) podrán ser utilizados exclusivamente con destino a centros de tratamiento intensivo pediátrico y ampliación de las camas del Centro de Tratamiento Intensivo y Cuidados Intermedios de Adultos respecto de las existentes en el ejercicio 2012. A partir del año 2014, el monto máximo de facturación total pasará a ser $ 190.000.000 (ciento noventa millones de pesos uruguayos) y de $ 76.000.000 (setenta y seis millones de pesos uruguayos) el establecido en el inciso precedente. Los montos fijados serán ajustados anualmente de acuerdo con la variación del Índice Medio de Salarios elaborado por el Instituto Nacional de Estadística. Derógase el artículo 264 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 102 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Esta norma regirá desde la promulgación de la presente ley. Artículo 128.- Transfiérense en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, los créditos presupuestales entre las unidades ejecutoras en los montos en moneda nacional según el siguiente detalle:
U.E. 006 006 007 007
Objeto del Gasto 111 199 111 199
F.F. 1.1 -4.111.208 -454.086 -882.643 0
F.F. 1.2 -5.412.196 -302.724 -483.824 -107.044
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U.E. 007 008 008 008 013 013 013 014 014 014 016 016 016 026 026 026
Objeto del Gasto 299 111 199 299 111 199 299 111 199 299 111 199 299 111 199 299
F.F. 1.1 0 -1.311.215 0 0 -3.554.472 0 0 -958.646 0 0 -2.099.374 0 0 0 0 0
F.F. 1.2 -71.362 -347.865 -298.562 -199.041 -1.601.896 -359.742 -239.828 -397.826 -244.578 -163.052 -104.871 -167.192 -111.461 21.266.036 1.631.204 1.087.468
Artículo 129.- Sustitúyese en el artículo 14 de la Ley Orgánica Policial (Texto Ordenado por Decreto 75/972), el inciso correspondiente al Subprograma 2, por el siguiente: “Subprograma 2: Con las siguientes dependencias: A) Cuatro Jefaturas de Zonas Operacionales Territoriales. B) Una Jefatura de Zona Operacional Especializada”. La modificación dispuesta en este articulo, se entenderá hecha a la o a las normas legales fuente del Texto Ordenado aprobado por Decreto Nº 75/972, de 1º de febrero de 1972. Artículo 130.- Sustitúyese el artículo 90 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 90.- Asígnase al Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, una partida anual de $ 1.861.776 (un millón ochocientos sesenta y un mil setecientos setenta y seis pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de una compensación especial a los Directores Generales de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, de Información e Inteligencia, del Centro de Comando Unificado, al Director Nacional de la Guardia Republicana y al Subjefe de la Jefatura de Policía de Montevideo. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición”. Artículo 131.- Suprímense en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, en las unidades ejecutoras y programas que se detallan, del escalafón L “Personal Policial”, los siguientes cargos: – 1 cargo de Oficial Principal (PT) Contador, grado 8, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”. – 1 cargo de Subcomisario (PT) Contador, grado 9, programa 461 “Gestión de la Privación de la Libertad”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”.
Artículo 132.- Créase en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, escalafón L “Personal Policial”, 1 cargo de Inspector Mayor (PT) Contador, grado 12. Artículo 133.- Créanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, en las unidades ejecutoras que se indican, los siguientes cargos del escalafón L “Personal Policial”, subescalafón Ejecutivo:
Unidad Ejecutora 4 6 7 10 12 13 15 16 18 19 20 21
Denominación Grado Nombre del Grado Cantidad Jefatura de Policía de Montevideo 7 Oficial Ayudante 15 Jefatura de Policía de Canelones 6 Oficial Subayudante 5 Jefatura de Policía de Cerro Largo 6 Oficial Subayudante 5 Jefatura de Policía de Flores 6 Oficial Subayudante 2 Jefatura de Policía de Lavalleja 6 Oficial Subayudante 2 Jefatura de Policía de Maldonado 6 Oficial Subayudante 5 Jefatura de Policía de Río Negro 6 Oficial Subayudante 4 Jefatura de Policía de Rivera 6 Oficial Subayudante 4 Jefatura de Policía de Salto 6 Oficial Subayudante 2 Jefatura de Policía de San José 6 Oficial Subayudante 2 Jefatura de Policía de Soriano 6 Oficial Subayudante 2 Jefatura de Policía de Tacuarembó 6 Oficial Subayudante 2
Artículo 134.- Transfórmanse en el Inciso 04 – “Ministerio del Interior”, en las unidades ejecutoras y programas que se detallan, del escalafón L “Personal Policial”, los siguientes cargos y funciones contratadas:
Unidad Ejecutora 001 004 012 001 001 026 030 Programa 460 460 460 460 460 461 440
Cantidad de Cargos 2 1 1 1 1 1 1 Denominación Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Oficial Ayudante Oficial Ayudante Oficial Subayudante Subescalafón Ejecutivo Ejecutivo Ejecutivo Técnico PT-CP Ejecutivo Técnico (PT) Especializado PE-CP Especialidad Grado 8 8 8 8 7 Procurador 7 6
en los siguientes cargos y escalafones:
Unidad Ejecutora Programa Cantidad de Cargos 001 460 6 001 460 1 001 460 1
Denominación Escalafón Especialidad Grado Profesional A Abogado 8 Profesional A Escribano 8 Profesional B Procurador 8
Los cargos que se crean tendrán las retribuciones individuales que surgen de la aplicación de los incisos segundo y tercero del artículo 218 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 135.- Las empresas operadoras de servicios de telecomunicaciones, para las comunicaciones realizadas al servicio de emergencia 911, deberán eliminar las barreras de supresión de guía, identidad y localización del dispositivo. Artículo 136.- Agrégase al artículo 11 de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, el literal R) el que quedará redactado de la siguiente manera: “R)Todos los funcionarios del Ministerio del Interior sin excepción estarán obligados a presentar declaraciones juradas de bienes e ingresos según las disposiciones consagradas en el Capítulo V de la Ley
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Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998 y Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y disposiciones modificativas y complementarias en la materia”. Artículo 137.- Las empresas de telefonía móvil que operen en el territorio nacional obligatoriamente deberán, en un plazo perentorio de veinticuatro horas remitir a la Jefatura de Policía correspondiente la información del International Mobile Equipment Identity (IMEI), y todo otro dato identificatorio de cualquier aparato celular denunciado por hurto, rapiña u otro ilícito contra la propiedad. Con la información proporcionada por las empresas de telefonía móvil, la autoridad policial deberá proceder de conformidad. Las empresas de telefonía móvil deberán desafectar todo equipo celular cuyo IMEI haya sido denunciado por hurto, rapiña u otro ilícito contra la propiedad. INCISO 05 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Artículo 138.- Agrégase al artículo 294 de la Ley Nº 15.982, de 18 de octubre de 1988, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 19.090, de 14 de junio de 2013 (Código General del Proceso), el siguiente numeral: “6) Los procesos en materia de relaciones de consumo regulados por la Ley Nº 18.507, de 26 de junio de 2009”. Artículo 139.- Agréganse al artículo 18 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, los siguientes incisos: “Cesada la fabricación o importación del producto, la oferta de componentes y repuestos deberá ser mantenida por el período que disponga expresamente la reglamentación. El proveedor obligado por la garantía deberá disponer, durante su vigencia, de componentes y repuestos”. Artículo 140.- Agrégase al artículo 22 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, el siguiente literal: “F) Condicionar el suministro de productos o servicios al suministro de otro producto o servicio, así como a límites cuantitativos, sin justa causa”. Artículo 141.- Agrégase al artículo 31 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, el siguiente literal: “I) Las cláusulas que establezcan la renovación automática del contrato sin que habilite al consumidor desvincularse del mismo sin responsabilidad. El consumidor podrá, dentro de los sesenta días corridos contados desde la fecha en que se produjo la renovación automática, rescindir o resolver el contrato, debiendo comunicarlo al proveedor con un preaviso de quince días corridos”. Artículo 142.- Agréganse al artículo 47 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, los siguientes incisos: “A los efectos del presente artículo, se considerarán únicamente los antecedentes registrados en los cinco años previos a la fecha de la resolución que impone la sanción. Toda multa por infracciones a la presente ley, que no se abone dentro de los plazos fijados, sufrirá un recargo por mora. El recargo por mora, que se calculará día por día, será fijado por el Poder Ejecutivo y no podrá superar en un 10% (diez por ciento) las tasas máximas de interés fijadas por el Banco Central del Uruguay o, en
su defecto, las tasas medias de interés del trimestre anterior del mercado de operaciones corrientes de crédito bancario, concertadas sin cláusula de reajuste para plazos menores de un año”. Artículo 143.- Sustitúyese el artículo 202 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 302 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 202.- En los procesos aduaneros, una vez ejecutoriada la sentencia de condena, los bienes objeto del comiso aduanero o en abandono infraccional deberán rematarse. En caso que los bienes objeto del comiso aduanero o en abandono infraccional hubieren sido rematados de conformidad con el artículo 283 de la Ley Nº 13.318, de 28 de diciembre de 1964, en la redacción dada por el artículo 159 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, con anterioridad al dictado de la sentencia de condena, una vez dictada ésta, su producido se distribuirá en la forma prevista en el inciso cuarto de este artículo. El remate de los bienes referidos en los incisos anteriores, se efectuará sobre la base de las dos terceras partes del valor en aduana fijado por la Dirección Nacional de Aduanas, el que no admitirá impugnación alguna. Si en el remate no hubiese postores, se podrá sacar nuevamente el bien a la venta, sobre la base de la mitad del valor fijado por la Dirección Nacional de Aduanas. Si en el remate no hubiese postores, se podrá sacar nuevamente el bien a la venta sin base y será rematado al mejor postor. El producido del remate de los bienes a que refiere este artículo, deducidos los gastos, se distribuirá de la siguiente manera: A) 20% (veinte por ciento) para el fondo creado por los artículos 242, 243 y 254 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. B) 50% (cincuenta por ciento) que tendrá como destino el Fondo por Mejor Desempeño. C) 30% (treinta por ciento) restante se verterá a Rentas Generales en sustitución de la tributación aplicable, en caso de que la mercadería incautada en presunta infracción aduanera haya sido comercializada para ser ingresada al mercado interno. En caso de que la mercadería incautada en presunta infracción aduanera no haya sido comercializada para ser ingresada al mercado interno, el porcentaje establecido en el presente literal también tendrá como destino el Fondo por Mejor Desempeño. Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer, en cualquier estado de los procedimientos, mientras no se hubiere efectuado la comercialización de la mercadería incautada, mediante resolución fundada, comunicando fehacientemente a la autoridad competente: 1) Que la comercialización sólo se realice con destino al mercado externo. 2) Que la mercadería deberá salir a la venta con el valor base que se establezca en la respectiva resolución. En caso que se haya frustrado la venta de la mercadería en remate por falta de oferentes, la Dirección Nacional de Aduanas podrá solicitar a la autoridad competente que la mercadería sea donada o destruida. Derógase el artículo 291 de la Ley Nº 13.318, de 28 de diciembre de 1964, en la redacción dada por el artículo 495 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973. El presente artículo entrará en vigencia una vez dictada la reglamentación por parte del Poder Ejecutivo a que refiere el artículo 311 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. Artículo 144.- Defínese como Operador Económico Calificado a toda persona física o jurídica vinculada a la actividad aduanera, que ha sido autorizada con esa calidad por la Dirección Nacional de Aduanas, a partir de su desempeño en el cumplimiento de la legislación aduanera y otros requisitos, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo.
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Las personas físicas o jurídicas autorizadas como Operadores Económicos Calificados podrán beneficiarse de procedimientos simplificados de control aduanero y otras facilidades que determine la reglamentación. Artículo 145.- Toda referencia a “Valor FOB” en la legislación aduanera relacionada a tributos, prestaciones pecuniarias y devoluciones de gravámenes previstos en los artículos 40 a 47 de la Ley Nº 17.555, de 18 de setiembre de 2002, que se genera en oportunidad de realizar una operación de exportación, deberá entenderse realizada al “Valor en Aduana de Exportación”, el que se implementará por vía reglamentaria. Artículo 146.- Exceptúanse del tope dispuesto en el inciso final del literal B) del artículo 311 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a los funcionarios públicos en comisión que sean designados para desempeñar funciones de conducción en la Dirección Nacional de Aduanas, pudiendo percibir hasta la retribución total correspondiente a la misma. De la totalidad de dichos pases en comisión, solo podrán ejercer funciones de conducción un porcentaje que no supere el 25% (veinticinco por ciento). Artículo 147.- Sustitúyese el artículo 97 (bis) de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, en la redacción dada por el artículo 61 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, y por el artículo 500 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 97 (bis). (Registros de estados contables).- Las sociedades, cualquiera sea su forma, deberán registrar ante el órgano estatal de control sus estados contables dentro de los plazos que establezca la reglamentación. Se faculta al Poder Ejecutivo para establecer los montos de los activos y/o ingresos. Para cumplir con la presente obligación se fija en 1.000 UI (mil unidades indexadas) el monto mínimo de las sanciones por incumplimiento, pudiendo llegar hasta 3.000 UI (tres mil unidades indexadas) en caso de reiteración. La definición de las pautas que guiarán los cometidos del Registro y la instrumentación de las mismas corresponderán a una comisión asesora integrada por delegados de las instituciones privadas y públicas que determinará la reglamentación, la que será presidida por un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas. La sociedad no podrá distribuir utilidades resultantes de la gestión social sin que previamente haya registrado los estados contables correspondientes al último ejercicio cerrado. El órgano estatal de control, en caso de infracción a las prohibiciones precedentes, aplicará las sanciones que disponga la reglamentación, en el marco de lo establecido por el artículo 412 de la presente ley. Los estados contables permanecerán en la entidad registrante por un lapso de tres años a disposición de cualquier interesado”. Artículo 148.- Sustitúyese el artículo 132 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 132.- Los funcionarios del Inciso 05 – “Ministerio de Economía y Finanzas”, unidad ejecutora 013 “Dirección General de Casinos”, que pasen a prestar funciones en comisión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por el artículo 67 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, y con la modificación introducida por los artículos 13 y 15 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005 y por el artículo 37 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, dejarán de percibir los beneficios establecidos por el artículo 2º de la Ley Nº 13.797, de 28 de noviembre de 1969, en la redacción dada por los literales A) y B) del artículo 5º de la Ley Nº 13.921, de 30 de noviembre de 1970; por el artículo 1º de la Ley Nº 16.016, de 29 de diciembre de 1988 y complementarias y por la Ley Nº 16.568, de 28 de agosto de 1994″. Artículo 149.- Sustitúyese el artículo 29 de la Ley Nº 12.276, de 10 de febrero de 1956, en la redacción dada por el artículo 314 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 29.- Establécense las siguientes tasas anuales para las respectivas autorizaciones de juegos a cargo de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas: A) Quinielas
Agentes: 13.895 UI Sucursales: 6.966 UI Subagentes: 463 UI Corredores: 232 UI B) Loterías Agentes: 2.316 UI Subagentes: 232 UI Loteros: 232 UI Aquellos habilitados que sean Subagentes de Loterías y Subagentes de Quinielas en forma simultánea, abonarán la patente mayor como Patente Única en su categoría. C) Las personas físicas o jurídicas que organicen los eventos previstos en el artículo 1º de la Ley Nº 17.166, de 10 de setiembre de 1999: 13.895 UI. D) Las entidades organizadoras de los eventos previstos en el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.841, de 22 de noviembre de 1978: 13.895 UI”. Artículo 150.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a constituir un fideicomiso de administración de bienes inmuebles bajo su administración, con el objeto de la construcción, remodelación o acondicionamiento y explotación de locales de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, con la finalidad de preservar el valor de sus activos y dotar a la unidad ejecutora de locales adecuados al cumplimiento de sus funciones. Artículo 151.- La funciones referidas en el inciso primero del artículo 44 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 160 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, podrán ser cumplidas por funcionarios que se desempeñen tanto en la Contaduría General de la Nación como en la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas, en las mismas condiciones y percibiendo las mismas retribuciones independientemente de la unidad ejecutora en la que revistan presupuestalmente.
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INCISO 06 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 152.- Los documentos relativos a trámites migratorios que sean expedidos por los Consulados extranjeros acreditados en la República, siempre que contengan la firma y sello del Consulado respectivo, serán considerados válidos y eficaces dentro del territorio nacional para su presentación ante cualquier institución u organismo de carácter público o privado. Lo dispuesto anteriormente, no exime del correspondiente requisito de traducción pública establecido por la normativa vigente para los documentos redactados en idioma extranjero, salvo las excepciones consagradas por leyes y tratados. Artículo 153.- Sustitúyese el artículo 24 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 24.- Créase la Junta Nacional de Migración como órgano asesor y coordinador de políticas migratorias del Poder Ejecutivo. Estará integrada por un delegado de la Presidencia de la República, un delegado del Ministerio del Interior, un delegado del Ministerio de Relaciones Exteriores, un delegado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y un delegado del Ministerio de Desarrollo Social, designados por los respectivos jerarcas. La Presidencia será ejercida por el delegado del Ministerio de Relaciones Exteriores, tomándose las resoluciones por consenso. La Junta Nacional de Migración podrá dirigirse directamente o convocar para consulta o asesoramiento a otras instituciones públicas o privadas, representantes de las organizaciones sociales y gremiales, representantes de organismos internacionales y expertos, cuando la temática así lo imponga. Dispondrá de una Secretaría Ejecutiva cuya función será la de planificar, supervisar y coordinar la ejecución de las actividades de apoyo técnico y administrativo necesarias para su funcionamiento. El Ministerio de Relaciones Exteriores proporcionará a la Junta Nacional de Migración y a su Secretaría Ejecutiva, los medios humanos y materiales para el cumplimiento de sus fines”. Artículo 154.- Sustitúyese el artículo 76 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, en la redacción dada por el artículo 121 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 76.- Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida residir definitivamente en el país, podrá introducir por única vez, libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos: A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación. B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio. C) Un vehículo automotor de su propiedad, el que no podrá ser transferido hasta transcurrido un plazo de dos años a contar desde su ingreso a la República. El régimen a que esté sujeto el automotor deberá constar en los documentos de empadronamiento municipal y en el Registro Nacional de Automotores. El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Departamental correspondiente. En las operaciones previstas en este artículo no será preceptiva la intervención del despachante de aduanas. Establécese la gratuidad de las legalizaciones consulares en los documentos relacionados con el trámite de residencia definitiva en el país de los compatriotas y de su núcleo familiar, que cumplan con los requisitos establecidos en el presente artículo”. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
Artículo 155.- Sustitúyese el artículo 283 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por el siguiente: “ARTÍCULO 283.- El Poder Ejecutivo podrá autorizar la enajenación de inmuebles o derechos sobre los mismos, propiedad del Estado, radicados en el extranjero y afectados al Inciso 06 – “Ministerio de Relaciones Exteriores”, a propuesta fundada del Inciso, de lo que deberá recabarse informe previo del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dando cuenta a la Asamblea General. El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá requerir el asesoramiento de otros organismos estatales especializados en aspectos técnico inmobiliarios. El producido de las enajenaciones que se realicen será aplicado a la reparación o adquisición de inmuebles, en el exterior o en la República, siempre que los mismos tengan como destino de uso el funcionamiento de oficinas”. Artículo 156.- Facúltase al Inciso 06 – “Ministerio de Relaciones Exteriores” a destinar la partida asignada por el artículo 342 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, al financiamiento de gastos de funcionamiento e inversión para la implementación de un sistema de información administrativo contable. El Inciso deberá comunicar a la Contaduría General de la Nación la distribución de dicha partida, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dentro de los sesenta días de iniciado el ejercicio. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 157.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 36 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 349 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Las vacantes que se produzcan en los cargos del último grado del escalafón del Servicio Exterior, Secretario de Tercera, serán provistas dentro del primer semestre de cada año y en la forma establecida en los artículos siguientes, por ciudadanos que tengan título de educación universitaria, en carreras con un mínimo de tres años de duración y que hayan sido expedidos por universidades legalmente habilitadas en la República. Excepcionalmente podrán ser provistas por ciudadanos que acrediten títulos expedidos por universidades notoriamente reconocidas del exterior”. Artículo 158.- Sustitúyese el artículo 39 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 227 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y por el artículo 332 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 39.- Las demás vacantes que se produzcan en el Servicio Exterior, serán provistas dentro del primer trimestre de cada año, por ascenso, de la categoría inmediata superior, de acuerdo con el siguiente régimen: A) Las vacantes de Secretario de Segunda, Secretario de Primera, Consejero y Ministro Consejero, serán provistas acorde con el resultado obtenido por las listas de antigüedad calificada para el ascenso. Las listas de antigüedad calificada para el ascenso, serán la resultante de la calificación, de la antigüedad y del concurso de oposición y méritos que a tales efectos deberá realizarse anualmente entre los funcionarios de cada categoría que cuenten con la antigüedad mínima necesaria para aspirar al ascenso. El Ministerio de Relaciones Exteriores al constituir el Tribunal del referido concurso deberá dar participación a los efectos de su integración al Instituto Artigas del Servicio Exterior y a la Universidad de la República. Asimismo podrá invitar a integrar el Tribunal a personas o entidades de reconocida idoneidad y prestigio. Para la provisión de estas vacantes, será requisito necesario poseer, en el grado inmediato inferior, la antigüedad mínima que a continuación se establece:
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Secretario de Tercera Secretario de Segunda Secretario de Primera Consejero Ministro Consejero
3 años 3 años 3 años 4 años 4 años
B) Sin perjuicio de lo establecido en el literal anterior, el Poder Ejecutivo por vía de excepción y sólo en el porcentaje y/o número que se pasa a determinar a continuación, podrá disponer que las vacantes de Secretario de Segunda, Secretario de Primera, Consejero y Ministro Consejero, sean provistas acorde con el siguiente régimen: 1) Hasta un máximo de un tercio de las vacantes de Secretario de Segunda y de Secretario de Primera, podrán ser provistas por antigüedad calificada y el resultado de los tres mejores puntajes obtenidos en el concurso de oposición a que se refiere el literal A) del presente artículo. Para la provisión de estas vacantes serán requisitos necesarios: i) Poseer en el grado inmediato inferior una antigüedad mínima de ocho años. ii) Haber obtenido en los concursos de oposición, en por lo menos tres ocasiones durante tal período, un total del 70% (setenta por ciento) del puntaje máximo de todas las pruebas exigidas. 2) Hasta un máximo de un tercio de las vacantes de Consejero podrán ser provistas por antigüedad calificada y el resultado de los cuatro mejores puntajes obtenidos en el concurso de oposición que se refiere en el literal A) del presente artículo. Para la provisión de estas vacantes serán requisitos necesarios: i) Poseer en el grado inmediato inferior una antigüedad mínima de doce años. ii) Haber obtenido en los concursos de oposición, en por lo menos cuatro ocasiones durante tal período, un total del 70% (setenta por ciento) del puntaje máximo de todas las pruebas exigidas. 3) Cada octava vacante de Ministro Consejero que sucesivamente se produzca en un mismo año o en años consecutivos, podrá ser provista por selección entre los funcionarios del Servicio Exterior con cargo de Consejero, que reúnan los siguientes requisitos: i) Haber ingresado al escalafón del Servicio Exterior y ascendido al cargo de Consejero por concurso de oposición y mérito. ii) Haber desempeñado funciones en el exterior en un mínimo de tres destinos. iii) Contar con una antigüedad mínima de ocho años en el grado de Consejero. iv) Haber desempeñado funciones de responsabilidad tanto en el exterior (Segundo de Embajada, Cónsul General u otro) como en Cancillería (Director). v) Tener un nivel destacado de calificaciones. Las disposiciones establecidas en el presente literal no se aplicarán con retroactividad. C) Las vacantes de Ministro y Embajador serán provistas por selección, en aquellos casos en que el Poder Ejecutivo considere conveniente proveer las mismas con funcionarios de carrera del Servicio Exterior. Estas vacantes de Ministro y Embajador podrán ser provistas inmediatamente a que se generen, sin atender a los plazos previstos en el inciso primero del presente artículo”.
INCISO 07 MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Artículo 159.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 17.663, de 11 de julio de 2003, por el siguiente: “Este Fondo no podrá exceder los US$ 40.000.000 (cuarenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), suma que no comprende el costo financiero que generará la obtención de los recursos necesarios para su constitución”. Artículo 160.- Sustitúyense los incisos primero y segundo del artículo 2º de la Ley Nº 17.663, de 11 de julio de 2003, por los siguientes: “El Fondo creado por el artículo precedente se financiará mediante una retención de hasta el 5% (cinco por ciento) del valor FOB del total de las exportaciones de arroz en cualquier grado de elaboración (incluido el arroz cáscara) y sus derivados. El Poder Ejecutivo determinará la fecha de inicio de la retención”. Artículo 161.- Sustitúyense los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 15.845, de 15 de diciembre de 1986, por los siguientes: “ARTÍCULO 3º.- Con la finalidad de identificar los inmuebles afectados por dichas crecidas así como para determinar el monto indemnizatorio que se satisfará con fondos que proveerá el Estado con cargo de Rentas Generales, créanse dos Comisiones Honorarias, una en materia de inmuebles rurales que dependerá del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y otra en materia de bienes urbanos que dependerá del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, quienes proveerán los recursos materiales y humanos respectivamente para el cumplimiento de sus cometidos”. “ARTÍCULO 4º.- Dichas Comisiones estarán integradas por: A) Comisión Honoraria sobre inmuebles rurales, por cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo de la siguiente forma: Dos de ellos directamente por este Poder, uno de los cuales la presidirá, uno a propuesta de la Asociación de Plantadores de Caña de Azúcar, uno a propuesta de la Asociación de Cultivadores de Arroz y uno a propuesta de la Delegación del Uruguay ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande. Las referidas propuestas deberán formularse dentro de los treinta días a partir de la vigencia de esta ley. B) Comisión Honoraria sobre inmuebles urbanos, por tres miembros designados por el Poder Ejecutivo de la siguiente forma: Dos de ellos directamente por este Poder, un representante del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente que lo presidirá y un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; y uno a propuesta de la Delegación del Uruguay ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande. La referida propuesta deberá formularse dentro de los treinta días a partir de la vigencia de esta ley”. “ARTÍCULO 5º.- Las Comisiones adoptarán sus decisiones por mayoría absoluta del total de sus integrantes y dictarán el Reglamento que regule su actuación en un plazo máximo de sesenta días a partir de su instalación”. Artículo 162.- Agrégase al artículo 207 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 359 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el siguiente literal: “G) Los saldos disponibles no comprometidos al 31 de diciembre de 2013 de los siguientes: Programa Manejo de los Recursos Naturales y Desarrollo del Riego (PRENADER); Contrato de Préstamo Nº 3697-UR entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) Cuenta 240100176 del Banco Central del Uruguay; Programa de Servicios Agropecuarios, entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) cuenta corriente especial 240100210 MEF/MGAP/BID Préstamo 1131/OC; Proyecto de Producción Responsable, cuentas del Banco de la República Oriental del Uruguay Nos. 1960014606 y 1960014585 en dólares
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americanos y cuentas Nos. 1960014593 y 1960014577 en pesos uruguayos; cuenta corriente Banco de la República Oriental del Uruguay en pesos uruguayos Nº 1520034573 Subsidio a los Lizantes y la cuenta corriente del Banco de la República Oriental del Uruguay Nº 1520036631 Proyecto de Asistencia de Emergencia para la Erradicación de la Fiebre Aftosa (PAEFA) República Oriental del Uruguay; Banco Mundial, Convenio de Préstamo 7070-UR”. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 163.- Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a transferir desde el Fondo de Fomento de la Granja al Fondo Agropecuario de Emergencia creado por el artículo 207 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 359 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el importe de $ 174.000.000 (ciento setenta y cuatro millones de pesos uruguayos) por concepto de reintegro de gastos incurridos en la atención de la situación de emergencia agropecuaria por los daños acontecidos el 24 de enero de 2013, en el sector granjero. El Ministerio de Economía y Finanzas realizará las habilitaciones correspondientes a efectos de dar cumplimiento a la presente norma. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 164.- Agréganse al artículo 205 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 151 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, los siguientes incisos: “Una vez que el área técnica correspondiente comunique que el observador ha cumplido con la presentación del informe en tiempo y forma, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) liquidará sus viáticos y elevará los antecedentes al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a los efectos de proceder al pago, en un plazo no mayor a treinta días, sin perjuicio de las acciones judiciales que puedan corresponder contra la empresa por repetición del pago efectuado. En caso que las empresas no den cumplimiento al pago de los viáticos, la DINARA procederá inmediatamente a la suspensión del permiso de pesca definitivo o, en su caso, no extenderá nuevos permisos provisorios, poniendo en conocimiento de lo dispuesto a la Prefectura Nacional Naval a sus efectos. Si a los sesenta días de la referida suspensión, no se hubiera verificado aún el pago de lo adeudado, la Dirección elevará al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca el informe correspondiente, a efectos de proceder a la declaración de caducidad del permiso definitivo con la consiguiente baja del Registro respectivo del buque pesquero o, en su caso, se cancelará el trámite iniciado para su obtención, si éste no hubiera finalizado, dando cuenta a la Prefectura Nacional Naval a sus efectos. La DINARA llevará un registro de aquellas empresas que no cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma, a las que podrá exigir, previamente al viaje de pesca, el depósito por adelantado del monto estimado por concepto de embarque de observador”. Artículo 165.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a reasignar a solicitud del Inciso 07 – “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, los créditos presupuestales en moneda nacional correspondientes a la unidad ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales Renovables”, una vez que se produzca la efectiva transferencia de competencias en materia de Áreas Protegidas y Fauna al Inciso 14 – “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”.
Programa Objeto del Gasto F.F. 1.1 F.F. 1.2 380 151 3.783 -3.783 380 211 111.966 -111.966 380 213 117.980 -117.980 380 251 241.860 -241.860 380 264 657.286 -657.286 320 264 13.614 -13.614 380 578 92.021 -92.021 380 579 1.083.303 -1.083.303
Artículo 166.- Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas, a determinar los procesos de control, certificación y verificación para el ingreso o egreso del territorio nacional, de vegetales y productos de origen vegetal, alimentos para animales, productos fitosanitarios (plaguicidas), fertilizantes, enmiendas, agentes biológicos (inoculantes, de control biológico, insectos benéficos) y todo otro de similar naturaleza que determine el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca por resolución fundada. Los procesos de control, certificación y verificación indicados precedentemente, deberán determinarse en función de parámetros de análisis de riesgo y los muestreos que se efectúen deberán ser representativos de los correspondientes lotes. En función de lo dispuesto en el inciso anterior, la Dirección General de Servicios Agrícolas, podrá determinar que los procesos de control, certificación y verificación no se efectúen necesariamente en los puntos de ingreso o egreso. Deróganse los artículos 12 y 23 de la Ley Nº 13.663, de 14 de junio de 1968, y toda otra disposición que se oponga a lo precedentemente establecido. Artículo 167.- Las personas físicas o jurídicas que realicen aplicaciones de productos fitosanitarios (plaguicidas), fertilizantes, enmiendas y agentes biológicos, deberán solicitar y obtener autorización de la Dirección General de Servicios Agrícolas en forma previa al ejercicio de dicha actividad, en las condiciones que establezca la reglamentación. La maquinaria que se utilice para la aplicación de los productos indicados en el inciso anterior, deberá contar cuando corresponda, con un sistema de geolocalización que permita trasmitir el posicionamiento de la aplicación, de acuerdo a las condiciones y requisitos que determine el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, siempre que no contravenga la normativa aeronáutica vigente. Las infracciones a lo precedentemente dispuesto, serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y sus modificativas, sin perjuicio de la suspensión preventiva de los registros prevista en el artículo 144 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, en la redacción dada por el artículo 134 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 168.- Los productos fitosanitarios (plaguicidas), los fertilizantes, las enmiendas, agentes biológicos y los alimentos para animales que, según corresponda, se sinteticen, obtengan, fabriquen, produzcan, formulen, elaboren, apliquen, utilicen, ensayen, experimenten, comercialicen, liberen, introduzcan o egresen del territorio de jurisdicción nacional bajo cualquier régimen, podrán ser sometidos por la Dirección General de Servicios Agrícolas del Inciso 07 – “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, a un proceso mediante el cual se evalúan datos científicos completos y se realizan los ensayos y/o análisis necesarios para demostrar que cuando se emplean de conformidad con las instrucciones para su uso, son eficaces a los fines propuestos y no representan riesgos indebidos para la salud humana, animal, vegetal y el ambiente. Prohíbese en todo el territorio nacional, incluidas las zonas francas, efectuar cualquiera de las actividades indicadas en el inciso anterior, sin contar con las autorizaciones, registros, certificaciones, habilitaciones y/o acreditaciones que correspondan o en contravención a las condiciones, restricciones y requisitos técnicos establecidos en las mismas. Artículo 169.- Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas a:
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1) Determinar los procesos de evaluación que corresponda aplicar para cada uno de los productos fitosanitarios, fertilizantes, enmiendas, agentes biológicos y alimentos para animales y las autorizaciones, registros, certificaciones, habilitaciones y/o acreditaciones a que quedarán sujetos atendiendo a las características y niveles de riesgo de los productos involucrados. 2) Establecer y publicar los requisitos, condiciones, plazos y procedimientos técnico-administrativos que se deberán cumplir para solicitar y obtener las autorizaciones, inscripciones, certificaciones, acreditaciones y/o habilitaciones previstas en el artículo anterior, teniendo especialmente en cuenta las normas, directrices y recomendaciones emitidas en el marco de acuerdos regionales o internacionales ratificados por el país y en concordancia con las disposiciones legales vigentes en materia de salud humana, animal, vegetal y de protección ambiental. 3) Establecer los requisitos técnicos y de control para el envasado, etiquetado, muestreo, testeo y, cuando corresponda, monitoreo y disposición final de residuos. 4) Coordinar con los organismos competentes en materia de salud y ambiente y requerir su intervención, dictamen o asesoramiento, según corresponda, a los efectos previstos en los incisos precedentes. 5) Suspender, limitar o revocar las inscripciones, registros, certificaciones, habilitaciones o acreditaciones otorgadas cuando se compruebe que han variado las condiciones bajo las cuales dicho otorgamiento se produjo, o no se cumplan con las indicaciones técnicas y formalidades especificadas en el mismo. 6) Prohibir cualquier actividad regulada que se efectúe con los productos indicados en el artículo anterior, cuando de la evaluación de datos científicos completos o de resultados de ensayos y análisis efectuados surja que son ineficaces a los fines propuestos o que no tienen calidad o composición adecuadas y que representan riesgos indebidos a la salud humana, animal, vegetal o al ambiente. 7) Efectuar actividades de divulgación y capacitación, brindar y publicar toda información relevante relativa a las actividades que desarrolla la Dirección General de Servicios Agrícolas con énfasis en la relativa a los efectos del uso y manejo seguro de los productos fitosanitarios y alimentos para animales, sus condiciones de autorización así como sus restricciones y prohibiciones. Artículo 170.- Créanse las siguientes tasas a ser recaudadas por la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” del Inciso 07 – “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, las que quedarán fijadas en unidades indexadas (UI) según se detalla a continuación: 1) Tasa de evaluación y registro, renovación y control de productos fitosanitarios (plaguicidas), fertilizantes, enmiendas y agentes biológicos: 15.000 UI. 2) Tasa de registro, renovación y control de alimentos para animales: 1.250 UI. 3) Tasa por habilitación y auditoría de plantas de elaboración de alimentos para animales, plantas formuladoras, plantas elaboradoras de productos fitosanitarios (plaguicidas), fertilizantes, enmiendas y agentes biológicos: 1.250 UI. 4) Tasa por habilitación de empresas agroaplicadoras: 1.250 UI. 5) Tasa por habilitación de cada equipo de aplicación: 250 UI. Los fondos recaudados por aplicación de las tasas mencionadas constituirán Recursos con Afectación Especial y seguirán el régimen previsto en el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Artículo 171.- Facúltase al Inciso 07 – “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, a: 1) Determinar los procesos y requisitos para la inscripción en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales que incluirá entre otras características, y según corresponda, el equipamiento, y las capacidades de producción y de acopio. 2) Instrumentar la presentación de declaraciones juradas periódicas o puntuales de producción, existencias y uso de insumos para la producción, ventas o uso de alimentos y existencias de alimentos, a ser presentadas según corresponda por los elaboradores, distribuidores, vendedores importadores y exportado-
res de alimentos para animales inscriptos en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales. El registro de productos, la elaboración para comercializar y el autoconsumo, almacenamiento, distribución, venta, importación y exportación de alimentos para animales o sus insumos, sólo podrán efectuarse por quienes se hayan inscripto en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales que a tales efectos llevará la Dirección General de Servicios Agrícolas. Los datos aportados en la declaración individual serán considerados de carácter reservado. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca divulgará los datos estadísticos obtenidos que se consideren relevantes y que propicien una mayor transparencia del mercado, pudiendo a esos efectos, realizar publicaciones mensuales y periódicas. Las infracciones a lo precedentemente dispuesto, serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y sus modificativas, sin perjuicio de la suspensión preventiva de los registros prevista en el artículo 144 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, en la redacción dada por el artículo 134 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Los elaboradores, importadores y exportadores de alimentos para animales deberán desarrollar su actividad bajo la responsabilidad técnica de un profesional ingeniero agrónomo o doctor en veterinaria. Artículo 172.- Extiéndase el Seguro para el Control de la Brucelosis creado por la Ley Nº 17.730, de 31 de diciembre de 2003, con las modificaciones introducidas por las Leyes Nº 17.906, de 12 de octubre de 2005, y Nº 18.520, de 15 de julio de 2009, para subsidiar los gastos de saneamiento a los productores propietarios o tenedores a cualquier título de animales de predios que fueron declarados interdictos por brucelosis bovina por la autoridad sanitaria y brindar apoyo en las medidas de prevención y vigilancia epidemiológica a los propietarios o tenedores a cualquier título de los animales de predios linderos. La reglamentación establecerá los criterios, condiciones y requisitos para la fijación y percepción del subsidio previsto por el presente artículo, dentro del plazo de ciento ochenta días de la entrada en vigencia de la presente ley. El presente artículo, se aplicará a los predios declarados interdictos y linderos, a partir de la entrada en vigencia de la reglamentación señalada en el inciso precedente. Artículo 173.- Establécese un sistema de control zoosanitario y fitosanitario de todas las personas, equipajes, bultos y vehículos, que ingresan al país por los puntos de ingreso autorizados, en cualquier medio de transporte marítimo, fluvial, terrestre o aéreo, cuya competencia corresponde a los cometidos sustantivos asignados legalmente a las unidades ejecutoras 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” y 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” del Inciso 07 – “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. El sistema de control establecido en el inciso precedente, tiene como finalidad evitar que se introduzcan en el territorio nacional, animales vivos o vegetales o productos, subproductos y derivados de origen animal o vegetal, en contravención a las disposiciones sanitarias y fitosanitarias vigentes. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, está facultado para prohibir el ingreso al país de las mercaderías especificadas en el inciso precedente que, de acuerdo a un análisis de riesgo efectuado por las unidades ejecutoras competentes, constituyan un peligro para la salud humana, animal, vegetal o al medio ambiente, o estén sujetos a un régimen especial de ingreso. La nómina de mercaderías cuyo ingreso se prohíbe, deberá ser publicada en el Diario Oficial, ponerse a disposición del público en los puntos de ingreso al país y difundirse a través de los organismos estatales involucrados y las agencias de viajes. Todas las personas sin excepción, que pretendan ingresar al país, incluyendo tripulantes, personal del servicio oficial nacional, personal perteneciente a embajadas e integrantes de misiones oficiales extranjeras, deberán obligatoriamente depositar todas las mercaderías cuyo ingreso al país se encuentra prohibido, en el lugar (depósito sanitario) que la autoridad sanitaria indique, previo a la revisación física o mediante el uso de equipo de detección de material orgánico, en los puestos de control sanitario y fitosanitario apostados en los puntos de ingreso al país.
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Facúltase al Inciso 07 – “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de sus unidades ejecutoras competentes, a sancionar con multa de hasta 7.482 UI (siete mil cuatrocientos ochenta y dos unidades indexadas) por incumplimiento de la obligación establecida en el inciso precedente, en caso de detección, durante la revisación física o mediante el uso de equipo de detección de material orgánico, de mercaderías cuyo ingreso al país se encuentre prohibido, sin perjuicio del decomiso y destrucción total de las mercaderías. La recaudación será destinada a atender los gastos de funcionamiento e inversión de las respectivas unidades ejecutoras. El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo, dentro del plazo de ciento ochenta días a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. Artículo 174.- Habilítase al Inciso 07 – “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, a destinar el 70% (setenta por ciento) de los créditos anuales asignados al Fondo de Desarrollo Rural creado por el artículo 383 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para gastos de funcionamiento y el 30% (treinta por ciento) restante a inversiones. INCISO 08 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Artículo 175.- Agrégase el literal G) al numeral 3) del artículo 17 del Decreto-Ley Nº 15.298, de 7 de julio de 1982, en la redacción dada por el artículo 232 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008: “G) El uso en la comercialización de bienes y servicios, en la preservación de la salud pública y la seguridad de las personas y cosas, de instrumentos de medición no autorizados, sin aprobación de modelo, prohibidos, sin verificación primitiva o periódica o, en general, todo aquel que no cumpla las condiciones reglamentarias, será pasible de la aplicación de la sanción. En los casos que se disponga multa el monto de la misma será equivalente al triple de la tasa de verificación que correspondería pagar para el tipo y categoría de instrumento de que se trate. Sin perjuicio de lo expresado el Ministerio de Industria, Energía y Minería, podrá disponer la incautación del instrumento y en oportunidad de emitir resolución sobre la pertinencia de sanción, también podrá disponer la destrucción del útil en infracción con costos a cargo del infractor”. Artículo 176.- Agrégase al numeral 5) del artículo 17 del Decreto-Ley Nº 15.298, de 7 de julio de 1982, en la redacción dada por el artículo 232 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, lo siguiente: “En el caso de instrumentos en infracción que no puedan ser puestos en condiciones reglamentarias, para lotes superiores a veinte unidades, el importador, distribuidor, propietario o responsable de los mismos podrá optar por la exportación en lugar de la destrucción, con costos a su cargo y en un plazo máximo de ciento ochenta días a partir de la notificación de la autorización, sin perjuicio de la sanción que corresponda por la irregularidad constatada de acuerdo a la normativa vigente”. Artículo 177.- Los productos que se fraccionen o midan en el momento de la venta al consumidor, deberán comercializarse por su peso, volumen, longitud o unidad, debiendo utilizar la magnitud que mejor exprese la relación precio/cantidad para facilitar la decisión de compra del consumidor. Para estos productos se fija la misma tolerancia del instrumento utilizado para la operación de medición o fraccionamiento. En el caso de venta al peso es obligatorio descontar el envase, caja, recipiente de vidrio, hojalata u otro tipo, a fin de asegurar la corrección y exactitud de las mediciones y evitar perjuicios al consumidor. La omisión a lo dispuesto en la presente norma será pasible de multa, según lo dispuesto por el literal E) del numeral 3) del artículo 17 del Decreto-Ley Nº 15.298, de 7 de julio de 1982, en la redacción dada por el artículo 232 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008 y disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de la obligación de contar con los productos en condiciones legales u optar por la destrucción a cargo del infractor. Artículo 178.- Sustitúyese el artículo 19 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente: “ARTÍCULO 19.- El uso de la marca registrada, es obligatorio. El registro de una marca podrá ser cancelado cuando:
A) No se hubiera usado por su titular, por un licenciatario o por persona autorizada para ello, dentro de los cinco años consecutivos y siguientes a la fecha de su concesión o a la fecha de autorización de sus respectivas renovaciones. B) Dicho uso se hubiera interrumpido por más de cinco años consecutivos. El registro no podrá ser cancelado cuando el titular pruebe que la falta de uso se debe a razones de fuerza mayor. El titular de un interés directo, personal y legítimo podrá solicitar la cancelación de una marca registrada cuando se configure la situación prevista en los literales A) y B). Dicha acción será resuelta por la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial. El uso de la marca para uno o más productos o servicios exime de la cancelación del registro correspondiente a otras categorías de productos o servicios aun cuando no sean similares. La prueba de uso de la marca corresponde al titular del registro. El uso de la marca se acreditará por cualquier medio de prueba admitido por la ley que demuestre que la marca se ha usado pública y efectivamente por el plazo estipulado. A los efectos de la renovación no se exigirá que se presenten pruebas en relación con el uso de la marca. La reglamentación establecerá las condiciones y modalidades del uso a los efectos de este artículo y el procedimiento de la acción de cancelación”. Artículo 179.- Agrégase al artículo 66 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, el siguiente numeral: “6) Por cancelación a falta de uso prevista en el artículo 19 de la presente ley”. Artículo 180.- Agrégase a la lista de actuaciones establecida en el artículo 99 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, con la modificación del artículo 193 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y en la redacción dada por el artículo 395 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, la siguiente: “26 Acciones de cancelación de marcas una tasa de 1.345,24 UI”. Artículo 181.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 17.520, de 19 de julio de 2002, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El que fabrique, importe, venda u ofrezca en venta, arriende o ponga en circulación decodificadores o cualquier otro artefacto, equipo o sistema diseñado para eliminar, impedir, desactivar o eludir los dispositivos técnicos que los titulares autorizados de la señal hayan instalado para su protección, será castigado con pena de tres a veinticuatro meses de prisión”. Artículo 182.- Los equipos receptores satelitales con aptitud para captar señal de televisión cifrada, solo podrán ser introducidos al país con destino a los titulares de servicios de televisión satelital para abonados debidamente autorizados. A tales efectos las mencionadas empresas requerirán autorización de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), la que será otorgada previa declaración jurada, firmada conjuntamente por el importador de los equipos y la persona física o jurídica autorizada a prestar el servicio. Los equipos receptores satelitales sin aptitud para captar señales de televisión cifrada, requerirán autorización de la URSEC para ser introducidos al país. La mencionada autorización podrá ser otorgada previa presentación de declaración jurada ante dicho organismo, suscripta por el importador de los equipos y acompañada de una constancia firmada por un técnico idóneo en la materia. En ambos documentos deberá constar que tales equipos carecen de aptitud para acceder a señales de televisión cifradas, concebidas para ser de recepción restringida y destinadas a servicios de televisión para abonados, y que tampoco admiten su modificación a posteriori para ese fin. A tales efectos la URSEC reglamentará los requisitos y demás condiciones relativas a la documentación a presentar ante dicho organismo así como la formación a exigir al técnico actuante. Las infracciones a la presente norma habilitarán la aplicación, por parte de la URSEC, de las sanciones dispuestas por el artículo 89 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.
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Los técnicos firmantes, sin perjuicio de la responsabilidad personal que les pudiere corresponder, serán solidariamente responsables con el importador por los perjuicios ocasionados y por las sanciones administrativas que correspondieren en caso de que los equipos no se adecuen a la información declarada. Artículo 183.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incorporar, en las condiciones establecidas en la Ley Nº 17.547, de 22 de agosto de 2002, al Polo Industrial Naval del Atlántico Sur en el régimen de parques industriales de carácter nacional. Artículo 184.- Reasígnase en el Inciso 08 – “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, del crédito presupuestal asignado para el ejercicio 2013 al Proyecto 803 “Polo Industrial Naval del Atlántico Sur” el monto de $ 58.000.000 (cincuenta y ocho millones de pesos uruguayos) al ejercicio 2014 como partida por una sola vez. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 185.- Los contratos de Consorcio que se celebren para realizar las actividades comprendidas en el Título I de la Segunda Parte del Libro Segundo del Código de Minería y en el Decreto-Ley Nº 14.181, de 29 de marzo de 1974, podrán constituirse con personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que asuman frente a terceros la prestación o realización de servicios, obras o suministros en forma indirecta a través de uno o más miembros del Consorcio. Se regirán por las disposiciones establecidas en la Sección II del Capítulo III de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, y recibirán idéntico tratamiento que los constituidos al amparo de dicha norma. Artículo 186.- Sustitúyese el literal B) del artículo 224 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “B) Una compensación al cargo y una compensación especial que serán atendidas con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”. A efectos del financiamiento de estas retribuciones, incluidos aguinaldo y cargas legales, se habilitará una partida equivalente al 25% (veinticinco por ciento) de la recaudación real del ejercicio 2008 ajustada por los aumentos decretados por el Poder Ejecutivo a la fecha de promulgación de la presente ley. Dichas compensaciones, se abonarán a partir de su reglamentación y serán incompatibles con la percepción del “incentivo al rendimiento”. Prorrógase la vigencia de los actos administrativos que hubieran establecido la distribución y financiamiento del “incentivo al rendimiento”, hasta que el Poder Ejecutivo reglamente las modificaciones dispuestas en el presente artículo. Artículo 187.- Toda vez que para la transformación en régimen de provisoriato de los contratos celebrados al amparo de los artículos 53, con la redacción dada por los artículos 12 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y 55 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el Ministerio de Industria, Energía y Minería se proceda a la adecuación salarial, se considerará en la misma, el sueldo al grado, la recuperación salarial, las compensaciones al cargo y especiales establecidas en el artículo 224 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, con la modificación introducida por el artículo 186 de la presente ley, correspondientes al cargo vacante que financia el contrato provisorio. En caso de que el importe sea inferior al salario que se venía percibiendo, la diferencia se otorgará como compensación por cumplimiento de tareas de mayor responsabilidad y se absorberá con futuros ascensos. Artículo 188.- Sustitúyese el artículo 99 de la Ley Nº 17.164, de 2 de setiembre de 1999, por el siguiente: “ARTÍCULO 99.- El titular de una patente podrá entablar las acciones correspondientes contra quien realice actos en violación de los derechos emergentes de la misma. Cuando el derecho perteneciere a varios titulares cualquiera de ellos podrá entablar las acciones pertinentes”. INCISO 09 MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Artículo 189.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 441 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre 2010, por el siguiente: “La partida autorizada será utilizada para la realización de convenios con organismos públicos o asociaciones civiles interesados en colaborar con el mantenimiento y la vigilancia de los equipamientos deportivos comunitarios, tareas de docencia y guardavidas”. Artículo 190.- Autorízase al Inciso 09 – “Ministerio de Turismo y Deporte”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Deporte”, a contratar, por única vez, en el régimen previsto en el artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a las personas que se encuentran desempeñando funciones en régimen de guardias médicas y servicios técnico-profesionales y especializados en el laboratorio de control del dopaje, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Los contratos celebrados al amparo de la presente norma, deberán cesar indefectiblemente cuando se haya completado el proceso de reformulación de las estructuras organizativas y de puestos de trabajo o cuando finalice el plazo contractual o su prórroga, en caso de no haberse aprobado las referidas reestructuras. La erogación será financiada con los créditos asignados a la unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Deporte”, en el objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público”, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 157 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 191.- Sustitúyese el artículo 160 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 160.- Los funcionarios docentes del Inciso 09 – “Ministerio de Turismo y Deporte”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Deporte”, tendrán derecho a una licencia anual reglamentaria de treinta días por año. Cuando los funcionarios tengan más de cinco años de servicio tendrán además derecho a un día complementario de licencia por cada cuatro años de antigüedad. Los Directores de centro, inspectores o jerarca que correspondan, podrán autorizar a cualquier docente de su dependencia a no concurrir a sus tareas hasta por un máximo de cinco días al año, por razones de fuerza mayor o caso fortuito, en todos los casos debidamente acreditadas. No serán aplicables las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo dispuesto en la presente norma”. INCISO 10 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS Artículo 192.- Los funcionarios de la Administración de Ferrocarriles del Estado, presupuestados o contratados con más de tres años de antigüedad en el ente, podrán ser declarados excedentes y serán redistribuidos por la Oficina Nacional del Servicio Civil antes del 31 de diciembre de 2014. Dichos funcionarios serán redistribuidos, en primer término a entes autónomos y servicios descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado; de no ser posible, a cualquier Inciso que integre el Presupuesto Nacional. La retribución de los redistribuidos no podrá ser inferior a lo que perciben en el ente al momento de la declaración de excedencia. Las partidas de naturaleza salarial variable, se incorporarán al monto total de la retribución, tomando en cuenta el promedio de los últimos doce meses previos a la declaración de excedencia, actualizado con los incrementos salariales aplicables al ente. En lo no previsto por el presente artículo, será de aplicación lo establecido en los artículos 15 a 36 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Lo dispuesto en este artículo tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 193.- Facúltase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a realizar el aporte local correspondiente al Proyecto de Rehabilitación de Vías Férreas II, a ser financiado por el Fondo para la Convergencia Estructural del Mercosur. A esos efectos, se traspondrán los créditos necesarios para el financiamiento del referido aporte al Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 010 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”.
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Artículo 194.- Autorízase al Poder Ejecutivo a fijar en hasta 250 UI (doscientas cincuenta unidades indexadas) por metro cuadrado o fracción excedente de aviso publicitario el monto del impuesto previsto en el artículo 26 del Decreto-Ley Nº 10.382, de 13 de febrero de 1943, así como a fijar hasta en 10.000 UI (diez mil unidades indexadas) el monto de la multa por incumplimiento de la normativa. En caso de reincidencia, se autoriza al Poder Ejecutivo a establecer un recargo no menor al 25% (veinticinco por ciento) ni mayor al 100% (cien por ciento) anual sobre el valor de la multa aplicada. El impuesto anual se abonará en especie con destino a mensajes de seguridad vial y/o interés público cuyo texto y/o diseño los suministrará el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Artículo 195.- Autorízase al Inciso 10 – “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a constituir un fideicomiso con los bienes inmuebles que éste determine y que se encuentren a su cargo y administración, el que tendrá por objeto la enajenación o explotación y cuyo producido será destinado a la financiación de obras de infraestructura vial. Los procedimientos de enajenación o explotación previstos en el inciso anterior se realizarán en todos los casos mediante remate público o licitación. Artículo 196.- Autorízase al Inciso 10 – “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, unidad ejecutora 04 “Dirección Nacional de Hidrografía”, programa 363 “Infraestructura Fluvial y Marítima” a disponer del producido por cobro de tarifas portuarias en el puerto de La Paloma para financiar obras en el referido puerto. Artículo 197.- Facúltase al Registro de Empresas Profesionales de Transporte Terrestre de Carga para Terceros, que funciona en la órbita de la unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte” del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, a controlar el cumplimiento de la normativa laboral, al momento de las inscripciones, bajas, suspensiones o modificaciones de los transportistas profesionales de carga terrestre, a cuyos efectos deberá consultar el Registro de Empresas Infractoras creado por el artículo 321 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social” del Inciso 13 – “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”. El Poder Ejecutivo dictará la reglamentación, estableciendo la relación entre la graduación de la medida que tomará el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la infracción que figure en el Registro de Empresas Infractoras del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como el procedimiento y formalidades en las comunicaciones entre ambos Registros, a propuesta de una comisión asesora integrada por delegados de ambos Incisos, la que se expedirá en un plazo de noventa días a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 198.- Transfiérese en el ejercicio 2013, en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos), del Proyecto 973 “Inmuebles” al objeto del gasto 299 “Otros Servicios no Personales no incluidos en los anteriores”. La presente norma regirá desde la promulgación de la presente ley. Artículo 199.- Sustitúyese el artículo 278 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 278.- Los recursos relacionados con las tramitaciones que realicen las escuelas de enfermería privadas ante el Ministerio de Educación y Cultura, derivados del ejercicio de las funciones de supervisión y control que éste tiene cometidas, serán recaudados por el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 342 “Coordinación de la Educación” y serán destinados a financiar los gastos relativos al cumplimiento de las mencionadas funciones. Los fondos previstos en el inciso anterior constituirán “Recursos con Afectación Especial” y estarán exceptuados de lo dispuesto por el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987″. Artículo 200.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, por el siguiente:
”ARTÍCULO 1º.- Créase un Fondo de Solidaridad como persona jurídica de derecho público no estatal, que tendrá como cometido financiar un sistema de becas para estudiantes de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional (Administración Nacional de Educación Pública) y de la Universidad Tecnológica”. Artículo 201.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 2º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, por el siguiente: “El Fondo será organizado y administrado por una Comisión Honoraria integrada por ocho miembros: uno por el Ministerio de Educación y Cultura que la presidirá y cuyo voto decidirá en caso de empate, uno por la Universidad de la República, uno por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, uno por la Universidad Tecnológica, uno por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, uno por la Caja Notarial de Seguridad Social, uno por el Banco de la República Oriental del Uruguay y uno por la Agrupación Universitaria del Uruguay”. Artículo 202.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 3º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, por el siguiente: “El Fondo se integrará mediante una contribución especial (artículo 13 del Código Tributario) efectuada por los egresados de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico Profesional y de la Universidad Tecnológica, cuyos ingresos mensuales sean superiores a 4 BPC (cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones). Dicha contribución especial deberá ser pagada a partir de cumplido el quinto año del egreso, hasta completar veinticinco años de aportes al Fondo de Solidaridad o hasta que se efectivice el cese en la actividad laboral por jubilación y se ajustará a las siguientes características:”. Artículo 203.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 9º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: “La Universidad de la República, la Administración Nacional de Educación Pública y la Universidad Tecnológica enviarán a la Comisión Administradora del Fondo, dentro de los primeros treinta días de cada año, la nómina completa de quienes hayan egresado durante el año inmediato anterior y la fecha exacta en que se produjo el egreso”. Artículo 204.- Facúltase al Fondo de Solidaridad, creado por la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, a participar en la administración de las Becas denominadas “Julio Castro”, otorgadas por el Ministerio de Educación y Cultura a los ciudadanos uruguayos estudiantes de la carrera de Magisterio del Consejo de Formación en Educación. Artículo 205.- Sustitúyese el artículo 183 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 183.- Los integrantes de la Comisión “ad hoc” de acreditación creada por Resolución Presidencial de 19 de mayo de 2008, en aplicación del Acuerdo para la Creación e Implementación de un Sistema de Acreditación de Carreras Universitarias para el Reconocimiento Regional de la Calidad Académica de las Respectivas Titulaciones en el MERCOSUR y Estados Asociados, aprobado por el Consejo del Mercado Común a través de la Decisión Nº 17/8, serán remunerados mediante el régimen de dieta por sesión. Fíjase la dieta a que refiere el inciso anterior en el equivalente a 1 BPC (una Base de Prestación y Contribución), por asistencia efectiva a cada reunión de dicha Comisión y hasta 4 BPC (cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones) mensuales, con cargo a la partida destinada al Sistema Nacional de Acreditación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior. Las dietas que perciban los miembros de la Comisión “ad hoc”, son acumulables con todo tipo de remuneración de actividad o pasividad cualquiera sea su origen o naturaleza. A efectos del pago de las dietas mencionadas, se reasignará crédito presupuestal por la suma de $ 100.000 (cien mil pesos uruguayos) para el ejercicio 2013 y de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) para el ejercicio 2014, del objeto del gasto 299.000 “Otros Servicios no Personales” al objeto del
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gasto 051 “Dietas”, en el programa 340 “Acceso a la Educación”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, del Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 206.- El Estado premiará la labor de los compositores o autores musicales, ciudadanos uruguayos naturales o legales, en este último caso, con cinco años de residencia en el país, debidamente acreditada mediante Premios Nacionales de Música que se otorgarán en forma anual y por categorías, a obras inéditas tanto instrumentales como vocales realizadas por aquéllos. Los premios tendrán carácter indivisible y no podrán ser compartidos ni declarados desiertos. Tampoco podrán ser otorgados a título póstumo, con la excepción que el compositor o autor, falleciera dentro del período comprendido entre su presentación al mismo y la emisión de los fallos por parte de los tribunales intervinientes. Artículo 207.- Agrégase al artículo 252 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, el siguiente inciso: “De los montos asignados, únicamente podrán tener naturaleza no concursable, aquellos equivalentes a una cantidad no superior al 15% (quince por ciento) de la asignación presupuestal autorizada en el inciso anterior, a efectos de atender eventos, sucesos o circunstancias que no hubieran podido ser previstas, con la suficiente antelación a su acaecimiento y a las políticas llevadas a cabo por la Dirección Nacional de Cultura”. Artículo 208.- Sustitúyese a partir de la promulgación de la presente ley, el artículo 219 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 219.- Autorízase en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 024 “Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional”, a retribuir a quienes cumplen tareas en días inhábiles y en horario nocturno en días hábiles, independientemente del vínculo contractual que tengan con la Administración, de conformidad con la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo. Reasígnase la suma de $ 411.356 (cuatrocientos once mil trescientos cincuenta y seis pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 057 “Becas de trabajo y pasantías” al objeto del gasto 042.530 “Compensación especial por horario nocturno o trabajo en días inhábiles”, a efectos de financiar la erogación resultante de lo dispuesto en el inciso anterior”. Artículo 209.- Los viajes que deban realizar los periodistas y equipos técnicos de la Dirección de Canal 5 Servicio de Televisión Nacional y la Dirección de Radiodifusión Nacional de la unidad ejecutora 024 “Servicio de Comunicación Audiovisual” en cumplimiento de sus funciones, no serán considerados Misiones Oficiales. El jerarca del Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura” podrá autorizar a realizar dichos viajes al exterior con cargo a gastos de funcionamiento de la unidad ejecutora de acuerdo a los procedimientos y en las condiciones que establezca la reglamentación. Artículo 210.- Facúltase al Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 007 “Archivo General de la Nación”, a abonar a cada miembro de la Comisión de Evaluación Documental de la Nación 0,5 BPC (media Base de Prestaciones y Contribuciones) por asistencia efectiva a cada reunión de la Comisión, a partir de la promulgación de la presente ley. Dicha retribución será compatible con cualquier otra percibida con cargo a fondos públicos. Reasígnanse en el programa 420 “Información Oficial y Documentos de interés público”, del objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir” al objeto del gasto 051.000 “Dietas”, $ 38.000 (treinta y ocho mil pesos uruguayos) en el ejercicio 2013 y $ 155.880 (ciento cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2014. Artículo 211.- Derógase el numeral 7) del artículo 17 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997. Artículo 212.- Asígnanse al Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 020 “Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo”, programa 200 “Asesoramiento, Cooperación y Representación”, las siguientes partidas:
A) Una partida anual de $ 718.776 (setecientos dieciocho mil setecientos setenta y seis pesos uruguayos), con destino a contribuir al perfeccionamiento académico de los funcionarios que ocupan cargos en los escalafones A y N, de acuerdo a la escala y tratamiento tributario que se prevé para los Magistrados del Poder Judicial en el artículo 456 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. B) Una partida anual de $ 213.300 (doscientos trece mil trescientos pesos uruguayos), con destino a “Capacitación Técnica”, de los funcionarios que ocupan cargos en los escalafones B, C, D, E y F, de acuerdo a una escala similar a la de los funcionarios del Poder Judicial. C) Una partida anual de $ 33.617 (treinta y tres mil seiscientos diecisiete pesos uruguayos), destinada a gastos de funcionamiento. Las partidas otorgadas por los literales A) y B) de este artículo, no integran la base de cálculo de cualesquiera de las equiparaciones y no estarán sujetas a contribuciones especiales a la seguridad social ni a otro tipo de gravámenes. Suprímese en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 020 “Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo”, programa 200 “Asesoramiento, Cooperación y Representación”, un cargo de Abogado Adjunto, escalafón N. Artículo 213.- Autorízase a los funcionarios pertenecientes a los escalafones A y D de las unidades ejecutoras 017 “Fiscalías de Gobierno de 1º y 2º Turno” y 021 “Dirección General de Registro de Estado Civil” equiparados al escalafón I del Poder Judicial, a percibir una compensación al cargo equivalente al 64% (sesenta y cuatro por ciento) de la suma de los objetos del gasto 011.300 “Sueldo del grado”, 042.400 “Compensación al Cargo” y 048.032 “Recuperación Salarial Enero 2010”. Dichos funcionarios dejarán de percibir la compensación con cargo al objeto del gasto 066 “Ayuda de Arrendamiento”. Las compensaciones personales percibidas con cargo al objeto del gasto 042.610 “Compensación Personal”, Financiación 1.1 “Rentas Generales” se absorberán hasta el monto de la compensación autorizada en el inciso anterior. Los funcionarios que ocupen los cargos mencionados percibirán la compensación a la asiduidad dispuesta por el artículo 317 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, en la redacción dada por el artículo 468 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Con destino a financiar los incisos precedentes, reasígnase el importe de $ 4.746.866 (cuatro millones setecientos cuarenta y seis mil ochocientos sesenta y seis pesos uruguayos) desde la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 200 “Asesoramiento, Cooperación y Representación”, objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada” a las unidades ejecutoras y objetos del gasto correspondientes. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 214.- Establécese que a todos los efectos dispuestos por los artículos 258 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, y 297 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, se tomarán en cuenta únicamente las retribuciones de los cargos correspondientes de la Orquesta Sinfónica de la misma unidad ejecutora, vigentes al 1º de enero de 2013, actualizadas en la misma oportunidad y porcentajes en que se ajusten, con caracter general, los salarios de los funcionarios de la Administración Central. Artículo 215.- Autorízase a los funcionarios del Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”, comprendidos en la excepción del artículo 21 de la Ley Nº 12.079, de 11 de diciembre de 1953, y del artículo 383 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, a acumular dos o más cargos y/o contratos cualquiera sea su modalidad, debiendo contar con el previo informe favorable de la Contaduría General de la Nación. Artículo 216.- Equipáranse las actividades de investigación desarrolladas en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable” con las actividades educativas, a los solos efectos de su remuneración a través del régimen de horas docentes vigente para la unidad ejecutora. La equiparación dispuesta en el inciso anterior, se financiará con los créditos presupuestales previstos en el artículo 493 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010.
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Artículo 217.- Modifícase el artículo 13 de la Ley Nº 18.232, de 22 de diciembre de 2007, donde dice “Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura” deberá decir “Ministerio de Educación y Cultura”. Lo dispuesto en este artículo, regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 218.- Modifícase el artículo 189 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en el sentido de establecer que donde dice “3 cargos de Oficial-Chofer, escalafón F, grado 07, Serie Oficios” debe decir: “3 cargos de Oficial-Chofer, escalafón E, grado 07, Serie Oficios”. Artículo 219.- Transfórmase en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 019 “Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación”, un cargo de Director de División, Serie Abogado, escalafón A, grado 16, en un cargo de Secretario Letrado Administrativo, Serie Abogado, escalafón A, grado 16, manteniendo la misma remuneración. Artículo 220.- Agrégase al artículo 45 de la Ley Nº 9.739, de 17 de diciembre de 1937, el siguiente numeral: “12) Todo acto de reproducción, adaptación, distribución o comunicación al público en formatos adecuados de una obra lícitamente publicada, que se realice -sin remunerar ni obtener autorización del titular-, en beneficio de personas ciegas o con otras discapacidades para la lectura o sensoriales, quienes sin dichos formatos no pueden acceder a la obra, siempre que dicha utilización guarde relación directa con la discapacidad respectiva, se lleve a cabo a través de un procedimiento o medio apropiado para superar la discapacidad, y se realice sin fines de lucro. En los ejemplares se señalará expresamente la circunstancia de ser realizados bajo la excepción de esta ley y la prohibición de su distribución y puesta a disposición, a cualquier título, de personas que no tengan la referida discapacidad. La presente disposición será reglamentada por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Educación y Cultura”. Artículo 221.- Agréganse a los cometidos de la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO) contenidos en el artículo 341-2 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y modificativas, los siguientes literales: “F) Desarrollar, actualizar y administrar la sistematización electrónica de la normativa interna de los organismos públicos, conforme a los convenios que se suscriban entre dichos organismos y esta Dirección. G) H) Implantar y desarrollar la plataforma informática del sistema normativo convergente de las bases de datos que administre. Crear y desarrollar el Observatorio Nacional para la Prevención y Detección de Inconsistencias Referenciales del Derecho Positivo (ONP). Para el cumplimiento de los cometidos asignados en los literales F) y G) se faculta a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales a suscribir convenios con los organismos públicos a efectos de acordar las condiciones de implementación”. Artículo 222.- Facúltase al Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, a realizar contratos laborales de acuerdo al régimen del artículo 54 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y del artículo 195 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en lo que fuere aplicable, para desempeñar tareas vinculadas a la Dirección o Coordinación de Museos y similares. Reasígnase en la unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 2.850.000 (dos millones ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos), del Objeto del Gasto 299.000 “Otros Servicios no Personales no incluidos en los anteriores”, al objeto del gasto 095.004 “Fondo para Contratos Laborales”, a efectos de financiar las referidas contrataciones. Artículo 223.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 3º de la Ley Nº 18.677, de 13 de agosto de 2010, por el siguiente:
”ARTÍCULO 3º.- Dicha Comisión tendrá por cometido la planificación, para los años 2010 a 2015, de las actividades de conmemoración y celebración de los principales hechos históricos del proceso revolucionario e independentista, en la etapa comprendida entre 1810, inicio de la Revolución en el Río de la Plata y 1815, año de la mayor expansión del proyecto impulsado por José Artigas en la Provincia Oriental y en el Sistema de los Pueblos Libres, acentuando el homenaje a José Artigas en el año 2014 al cumplirse 250 años de su nacimiento”. Artículo 224.- Los Académicos de Número de la Academia Nacional de Letras podrán percibir en concepto de dieta el equivalente a 1 BPC (una Base de Prestación y Contribución) por asistencia efectiva a cada sesión de la Academia Nacional de Letras aprobado por el Decreto Nº 90/004, de 11 de marzo de 2004, y hasta 4 BPC (cuatro Bases de Prestaciones y Contribuciones) mensuales. Percibirán la dieta los académicos que registren como mínimo la mitad más una de las asistencias a las sesiones del año académico. La erogación que se autoriza en la presente norma será con cargo a los créditos presupuestales de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”. Artículo 225.- Autorízase en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”, la creación y supresión de los siguientes cargos: Cargos a suprimir:
Escalafón Grado Denominación Serie Cantidad C 4 Administrativo I Administrativo 1 C 3 Administrativo II Administrativo 1 C 2 Administrativo III Administrativo 1 D 5 Especialista Tenedor de Libros 1 D 5 Subjefe Tenedor de Libros 1 D 4 Ayudante Biblioteca 1 E 7 Oficial I Linotipista 1 E 4 Oficial II Plomero 1 E 2 Oficial IV Albañil 1 F 4 Auxiliar I Servicios 1 F 3 Auxiliar II Servicios 4 F 3 Auxiliar II Chofer 1 F 1 Auxiliar IV Archivo 1 F 1 Auxiliar IV Servicios 2
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Cargos que se crean:
Escalafón Grado Denominación Serie Cantidad A 11 Contador 1 A 11 Abogado 1 C 8 Jefe 1 C 7 Jefe 1 D 8 Jefe 1
Artículo 226.- Sustitúyese el artículo 82 de la Ley Nº 13.426, de 2 de diciembre de 1965, en la redacción dada por el artículo 169 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 82. (Inscripción de actos y hechos del estado civil ocurridos en el extranjero).- Los documentos debidamente legalizados o apostillados y en su caso traducidos que certifiquen los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones, reconocimientos y adopciones, ocurridos en el extranjero, expedidos por autoridad competente en materia de Registro Civil o Agente Consular extranjero, se inscribirán en registros especiales que se llevarán bajo la superintendencia de la Dirección General del Registro de Estado Civil. Efectuada la calificación de la documentación agregada, se inscribirá el documento original presentado, sin perjuicio que el usuario opte por dejar un testimonio notarial por exhibición de dicho documento, quedando archivado este último. La Dirección General del Registro de Estado Civil podrá, a solicitud de parte, desglosar los documentos originales ya archivados, sustituyéndolos por testimonio notarial por exhibición, en la forma que reglamente la Dirección General del Registro de Estado Civil por resolución fundada”. Artículo 227.- Facúltase al Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 021 “Dirección General del Registro de Estado Civil”, al amparo de lo establecido en el artículo 193 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, a celebrar convenios con los Municipios, para la celebración de matrimonios en los locales de éstos o en el local que éstos dispusieran previa comunicación a la Dirección General del Registro de Estado Civil, con las siguientes características y condiciones: A) Tales matrimonios serán celebrados: 1) Por los Oficiales de Estado Civil que revisten en los cuadros funcionales de la Dirección General del Registro de Estado Civil. 2) Fuera del horario de la oficina competente, dentro del horario general de funcionamiento de las oficinas de Estado Civil. 3) Un día a la semana, conforme las coordinaciones que al respecto se realizaren. 4) En la medida que no se afecte el normal desenvolvimiento de las tareas de las oficinas de Estado Civil. 5) Siempre que la realización de dichos matrimonios no constituyera competencia de las oficinas de Estado Civil sitas en los hospitales. B) Dichos matrimonios podrán ser solicitados por personas que efectivamente se domicilien en la jurisdicción del Municipio correspondiente. C) La formalización del expediente informativo, así como el cumplimiento de todas las formalidades de estilo, se realizará en el local de la oficina de Estado Civil competente, descentralizándose tan sólo la celebración de la ceremonia. D) La realización de dichos matrimonios devengará el pago de tasa de matrimonio en oficina, y la cuota parte que a los Oficiales de Estado Civil corresponda en la celebración de matrimonios a domicilio conforme a la legislación vigente, la que se fija en un 25% (veinticinco por ciento) del monto actualmente establecido en los artículos 417 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en la redacción dada por el artículo 223 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, y 528 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre
de 2010, con la modificación introducida por el artículo 194 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. E) Los Municipios deberán: 1) Proveer al Oficial de Estado Civil actuante, el traslado respectivo. 2) Acreditar fehacientemente el domicilio de los solicitantes. Artículo 228.- Créase en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”, una partida denominada “Conservación de Instrumentos”, de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos) que será percibida por los funcionarios presupuestados o personal contratado al amparo del artículo 52 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, integrantes de la Orquesta Sinfónica de la unidad ejecutora. Se distribuirá mensualmente, según resolución fundada del jerarca del Inciso y no integra la base de cálculo de cualesquiera equiparaciones. Reasígnase el crédito del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 280, “Bienes y Servicios Culturales”, al objeto del gasto 042.018 “Compensaciones específicas sin disposiciones marco normativo” de la unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”. Artículo 229.- Créase en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”, la partida denominada “Perfeccionamiento Técnico”, de $ 7.000.000 (siete millones de pesos uruguayos) que será percibida por los funcionarios presupuestados o personal contratado al amparo del artículo 52 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, de los cuerpos estables de la unidad ejecutora. Se distribuirá mensualmente, según resolución fundada del jerarca del Inciso y no integra la base de cálculo de cualesquiera equiparaciones. La partida creada, se financiará en el objeto del gasto 042.018, “Compensaciones específicas sin disposiciones marco normativo” con los créditos del objeto del gasto 099.001 “Partida proyectada”, de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”. Artículo 230.- Autorízase en el Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, en oportunidad de ocuparse, exclusivamente como consecuencia de los concursos finalizados a la vigencia de la presente ley, las vacantes existentes en los cuerpos estables de la unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”, a reasignar desde el objeto del gasto 031.005 “Contratos artísticos” los fondos necesarios para financiar la partida dispuesta en el artículo 288 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y demás partidas remunerativas, a los efectos de equiparar las remuneraciones de los nuevos integrantes con las de los cargos ocupados en el mismo escalafón y grado de los cuerpos estables. El Ministerio de Educación y Cultura comunicará a la Contaduría General de la Nación toda vez que sea cubierta una vacante y el monto que deberá reasignarse de acuerdo con lo dispuesto en el inciso precedente. Artículo 231.- Al único efecto de dar cumplimiento a la adecuación del estatuto social de las cooperativas previsto en el artículo 221 de la Ley Nº 18.407, de 24 de octubre de 2008, no se exigirá por la Sección Registro Nacional de Cooperativas del Registro de Personas Jurídicas, el certificado de regularidad emitido por la Auditoría Interna de la Nación para la primera reforma estatutaria que se inscriba con tal finalidad. Artículo 232.- Autorízase al Inciso 11 – “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 001, programa 340 “Acceso a la Educación”, a reasignar la suma de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) en el ejercicio 2013 y $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos) en el ejercicio 2014, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” del objeto del gasto 577.001 “Becas de Estudio – Territorio Nacional”, al objeto del gasto 559 “Transferencias Corrientes a otras Instituciones sin fin de lucro”. La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 233.- Modifícase el inciso segundo del artículo 8º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 343 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el que quedará redactado de la siguiente manera:
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“Los gastos de administración y funcionamiento del Fondo de Solidaridad no podrán insumir más de un 7% (siete por ciento) de los ingresos brutos del ejercicio inmediato anterior, actualizados por el Índice General de los Precios del Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística”. Artículo 234.- Declárase, por vía interpretativa, que la excepción de pago preceptuada por el artículo 10 de la Ley Nº 11.549, de 11 de octubre de 1950, a favor del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos, no incluye el pago de las tarifas fijadas por el Consejo de Derechos de Autor por la explotación de las obras caídas en el dominio público (literal A) del artículo 42 de la Ley Nº 9.739, de 17 de diciembre de 1937). INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Artículo 235.- Autorízase al Ministerio de Salud Pública a constituir una fundación, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 17.163, de 1º de setiembre de 1999, la que tendrá como fin principal brindar el servicio de jardín maternal a los hijos del personal del Inciso. La fundación podrá prestar servicios en forma onerosa, así como realizar, en el marco de su objeto, todo tipo de actos y contrataciones con entidades públicas o con instituciones y empresas privadas. Habilítase al Ministerio de Salud Pública a transferir, a modo de aporte, los fondos para su funcionamiento y los bienes muebles e inmuebles afectados a dicho servicio, así como las partidas que le transfiera el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, de las que actualmente se destinan a la Comisión de Apoyo de los Programas Asistenciales Especiales de la unidad ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” y que son utilizadas para la contratación del personal docente y auxiliar, hasta un monto máximo anual de 1.147.000 UI (un millón ciento cuarenta y siete mil unidades indexadas). Artículo 236.- Incorpóranse al artículo 575 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, los siguientes incisos: “A estos efectos se autoriza al Poder Ejecutivo, a instancias del Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública” y del Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a la creación y supresión de los cargos y la transferencia de los créditos presupuestales entre estos organismos, requiriéndose para ello la conformidad de ambas partes, y la autorización de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, en el ámbito de sus respectivas competencias. Una vez concluido se informará a la Asamblea General”. Artículo 237.- Facúltase al Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública” a utilizar los saldos excedentes de las partidas referidas en los incisos primero y segundo del artículo 561 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para financiar las cargas legales de los cargos creados por dicha disposición legal y por el artículo 293 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. En todos los casos, se requerirá el informe previo de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, en el ámbito de sus respectivas competencias. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 238.- Facúltase al Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 104 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”, a prorrogar por hasta tres años la vigencia de los contratos suscriptos al amparo del artículo 215 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, a efectos de evitar acefalías e interrupciones en el Sistema de Emergencia de la institución. Los cuadros de suplentes y las guardias a retén contratados al amparo de lo dispuesto por el artículo 328 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, se podrán prorrogar por hasta tres años. La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 239.- Sustitúyese el artículo 211 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 211.- Autorízase al Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 105 “Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud”, a percibir ingresos por concepto de expedición de
certificados e inspecciones y a aplicar multas por concepto de infracciones a las disposiciones sanitarias vigentes, en cumplimiento de sus cometidos de contralor de la calidad de los servicios y los procesos asistenciales de los prestadores de salud establecidos por el artículo 573 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. La titularidad, disponibilidad y uso de los fondos a que refiere este artículo, se regulará por las normas establecidas para la unidad ejecutora 103 “Dirección General de la Salud”. Artículo 240.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 487 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “El Programa será gestionado por la Administración de los Servicios de Salud del Estado de común acuerdo con el Ministerio de Salud Pública y la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, según convenio que contemple dotar a la Administración de los Servicios de Salud del Estado de la formación de los recursos humanos que ésta requiera para la cobertura de sus necesidades asistenciales. Con ese fin se procurará el fortalecimiento, ampliación y aumento de las Unidades Docentes Asistenciales y el Sistema de Residencias Médicas, de forma tal que el ingreso y egreso a los programas de formación no signifique limitación de tipo alguno que pueda poner en riesgo el cumplimiento de los cometidos asistenciales asignados a esta Administración”. Artículo 241.- Increméntase en el Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 104 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”, en $ 3.023.478 (tres millones veintitrés mil cuatrocientos setenta y ocho pesos uruguayos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la partida creada en el artículo 569 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con el destino establecido en el artículo 215 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Artículo 242.- Creáse en el Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública”, programa 441 “Rectoría en Salud”, unidad ejecutora 103 “Dirección General de la Salud”, el Sistema Nacional Integrado de Emergencia y Traslados. El Ministerio de Salud Pública se encargará de la gestión sanitaria del Centro Comando Unificado, en el marco del Sistema de Atención Médica de Emergencia, mediante un Centro Coordinador que atenderá los 365 días del año las 24 horas del día. El equipo designado se encargará de atender las llamadas relacionadas con la salud ingresadas en el sistema, coordinando con las unidades de emergencia móvil nacionales que cubren la vía pública, incluyendo particularmente aquellos llamados relacionados con patología materno perinatal y de primera infancia. Asígnase al Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública”, programa 441 “Rectoría en Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 7.000.000 (siete millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, en el grupo 0 “Servicios Personales”, con destino a la contratación de los recursos humanos necesarios para las actividades del Centro Coordinador. Esta norma regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 243.- Creáse la Unidad de Sustancias Controladas que funcionará en la órbita del Ministerio de Salud Pública como organismo encargado del control y fiscalización del uso legal de las sustancias químicas controladas y la prevención del desvío al mercado ilícito. La Unidad de Sustancias Controladas actuará en consonancia con los lineamientos generales determinados para la prevención y el control de precursores químicos y el desvío de productos farmacéuticos para usos no médicos y reportará de sus actuaciones a la Junta Nacional de Drogas a través del Subsecretario del Ministerio de Salud Pública en su calidad de miembro pleno de dicha Junta. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición especificando la estructura, funciones y relaciones interorgánicas, de la Unidad que se crea por este artículo. Artículo 244.- El Ministerio de Salud Pública reasignará hasta un total de $ 10.800.000 (diez millones ochocientos mil pesos uruguayos) anuales de la Fuente de Financiamiento 2.1 “Endeudamiento externo para proyectos específicos” del Proyecto 901 “Reforma del Sector Salud PPENT” del Proyecto 441 “Rectoría en Salud”,
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a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, programa 441 “Rectoría en Salud”, grupo 0 “Servicios Personales”, objeto del gasto 099.002, en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”. La partida reasignada será utilizada para la financiación de hasta 22 cargos presupuestales de epidemiólogos incluidos en la reestructura del organismo, en el marco de lo establecido por el artículo 6º de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 245.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 16 de la Ley Nº 10.709, de 17 de enero de 1946, por el siguiente: “ARTÍCULO 16.- Créase la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa, que se integrará en la siguiente forma: por el Ministro de Salud Pública, quien será su Presidente, o un representante del mismo; tres representantes del Ministerio de Salud Pública, uno de los cuales será representante de la División Epidemiología del Ministerio de Salud Pública; el Decano de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, o un delegado del mismo; un representante de la Cátedra de Neumo-Tisiología de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República; un representante de la Cátedra de Infectología de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República; un representante del Ministerio de Desarrollo Social, y un representante de los trabajadores de la Comisión Honoraria de Lucha Antituberculosa”. Artículo 246.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo a presentar en la próxima Rendición de Cuentas una nueva institucionalidad para el Centro Nacional de Quemados (CENAQUE). INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Artículo 247.- Sustitúyese el artículo 118 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, por el siguiente: “ARTÍCULO 118.- Extiéndese la competencia de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social en materia de seguridad, salud, higiene y medio ambiente de trabajo, a la Administración Central, Gobiernos Departamentales, entes autónomos, servicios descentralizados, Personas Públicas no Estatales, Poder Judicial, Poder Legislativo, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral y Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer los procedimientos formales a seguir por la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social en el ejercicio de sus funciones”. Artículo 248.- Establécese que los funcionarios del Inciso 13 – “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, programa 501 “Relaciones y Condiciones Laborales”, unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, dejarán de percibir la compensación especial por dedicación exclusiva, prevista en el artículo 324 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 240 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, cuando dejen de prestar efectivamente las funciones inherentes a su cargo de inspectores de trabajo. Artículo 249.- Créanse en el Inciso 13 – “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, unidad ejecutora 006 “Instituto Nacional de Alimentación”, 13 cargos de Administrativo, escalafón C, grado 01. Autorízase a transferir el crédito presupuestal asignado en el objeto del gasto 299.000 “Otros Servicios no Personales no incluidos en los anteriores”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del programa 400 “Políticas Transversales de Desarrollo Social”, de la misma unidad ejecutora a medida que se ocupen los cargos creados en el inciso precedente. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 250.- Autorízase al Poder Ejecutivo a reglamentar la utilización de la partida creada en el artículo 586 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el Inciso 13 – “Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social”, programa 500 “Políticas de Empleo”, unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo”, con destino al Programa “Objetivo Empleo”. INCISO 14 MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Artículo 251.- Los propietarios o promitentes compradores de inmuebles, en los que se asiente una obra hidráulica para almacenamiento o captación de agua, cualquiera sea su destino, deberán comunicarlo al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, presentando una declaración jurada en las condiciones que establezca la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, la que podrá establecer excepciones o sanciones por incumplimiento de esta obligación. Artículo 252.- Sustitúyese el numeral 3) del artículo 6º de la Ley Nº 18.567, de 13 de setiembre de 2009, por el siguiente: “3) La protección del ambiente y el desarrollo sustentable de los recursos naturales dentro de su jurisdicción, sin perjuicio de las competencias de las autoridades nacionales en la materia”. Artículo 253.- Derógase la Ley Nº 15.793, de 20 de diciembre de 1985. Artículo 254.- Sustitúyese el inciso tercero del literal C) del artículo 16 de la Ley Nº 10.723, de 21 de abril de 1946, en la redacción dada por los artículos 83 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, 2º de la Ley Nº 18.367, de 10 de octubre de 2008, y 1º de la Ley Nº 19.044, de 28 de diciembre de 2012, por el siguiente: “Queda prohibida, con las mismas sanciones establecidas en los artículos 11 y 19, en la redacción dada por la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, toda división de tierra realizada en suelo rural, que implique crear lotes independientes menores en superficie a las cinco hectáreas cada uno o tres hectáreas para los departamentos de Montevideo y Canelones, con las excepciones establecidas en el inciso final del artículo 2º de la presente ley”. Artículo 255.- Derógase el artículo 15 de la Ley Nº 10.723, de 21 de abril de 1946, en la redacción dada por el literal H) del artículo 83 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008. Artículo 256.- Autorízase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, a celebrar contratos de función pública con las personas que a la fecha de promulgación de la presente ley, tengan vínculo contractual con el organismo mediante contratos de arrendamiento de servicios para la prestación de las funciones de Encargado de Molino, siempre que el vínculo contractual se haya iniciado con anterioridad al 1º de enero de 1998. Artículo 257.- Sustitúyese el inciso final del artículo 48 de la Ley Nº 17.292, de 25 de enero de 2001, en la redacción dada por el literal C) del numeral 3) del artículo 83 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, y por el artículo 1º de la Ley Nº 18.367, de 10 de octubre de 2008, por los siguientes: “Con carácter general, en las actuaciones residenciales, de turismo residencial o similares, el área comprendida entre los componentes de la trama de circulación pública, no podrá superar un máximo de 10.000 (diez mil) metros cuadrados. Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, en los suelos categoría suburbana, cuando así lo establezcan las Directrices Departamentales, Planes Locales, Planes Parciales o Programas de Actuación Integrada previstos en los artículos 16, 17, 19, 20 y 21 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, se podrán admitir superficies mayores para las áreas comprendidas entre los componentes de la trama de la circulación pública, en función de la estructura territorial adoptada y del uso turístico como destino principal, siempre que se asegure la continuidad de la trama de circulación pública y la libre accesibilidad a los espacios públicos actuales y a aquellos que se creen simultáneamente con el acto de aprobación del fraccionamiento. Lo dispuesto no se restringe a la Urbanización de Propiedad Horizontal prevista en el presente artículo, y regirá cualquiera sea el régimen de propiedad de que se trate”. Artículo 258.- Quedan transferidas de pleno derecho y sin indemnización alguna a favor de las Intendencias Departamentales desde el libramiento efectivo al uso público, las áreas que en los fraccionamientos de tierras a efectuarse por particulares, sean destinadas a espacios libres, áreas de circulación u otros destinos de
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interés general, de acuerdo a lo dispuesto en los respectivos Instrumentos de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. Las áreas que se transfieran de pleno derecho no podrán ser inferiores al 10% (diez por ciento) u 8% (ocho por ciento) de acuerdo a lo establecido en al artículo 38 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, y no podrán exceder el 20% (veinte por ciento) de la superficie de los inmuebles fraccionados, sin perjuicio de las áreas destinadas a circulación. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, se deberá dejar constancia de dicha cesión en el plano de fraccionamiento respectivo. Derógase el Decreto-Ley Nº 14.530, de 12 de junio de 1976. Artículo 259.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente podrá realizar las correspondientes tasaciones de inmuebles a través de sus técnicos, en los siguientes casos: A) Cuando se desafecten inmuebles del Estado, entes autónomos o servicios descentralizados, para afectarlos al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a su Cartera de Inmuebles de Viviendas de Interés social. B) Cuando el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente enajene inmuebles cuyo destino sea la construcción de viviendas de interés social. En las referidas afectaciones o enajenaciones de inmuebles, se exime al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente de efectuar la Declaración Jurada de Caracterización Urbana. Artículo 260.- Sustitúyese el literal E) del artículo 390 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 344 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “E) El no pago de las obligaciones pecuniarias que le impone la reglamentación a los beneficiarios de alguno de sus programas”. Artículo 261.- Modifícase el acápite del inciso primero del artículo 404 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y agrégase el literal E) en el mismo inciso, conforme a lo siguiente: “Se exceptúa del control previo del Ministerio de Economía y Finanzas para las contrataciones directas amparadas en lo establecido en el numeral 9) del literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), y que deba realizar el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para dar respuesta inmediata en una de las siguientes situaciones”. “E) Cuando deba darse una respuesta inmediata y provisoria a las familias o personas en riesgo de vida por inhabitabilidad de la vivienda, violencia o maltrato”. Artículo 262.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 18.840, de 23 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º.- La Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) o la Intendencia de Montevideo, según sus competencias territoriales, deberán efectuar publicaciones dentro del plazo de dos meses de promulgada la presente ley. En las mismas se detallarán las calles por las cuales pasan las redes de saneamiento existentes. Las publicaciones referidas en el inciso anterior deberán efectuarse durante diez días corridos en dos diarios de circulación nacional y en el Diario Oficial. Asimismo, cuando se construyan nuevas redes de saneamiento o se amplíen las actuales, OSE o la Intendencia de Montevideo, según sus competencias territoriales, lo deberá notificar a los propietarios o promitentes compradores de los inmuebles con frente a las mismas, dentro de los dos meses de habilitadas las obras, en la forma que establezca la reglamentación.
Sin perjuicio de lo expuesto, los citados organismos deberán dar la más amplia difusión a las obras y a los planes de financiación, si existieren”. Artículo 263.- Los complejos habitacionales construidos a la fecha de la promulgación de la presente ley, que sean propiedad del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, del Banco Hipotecario del Uruguay, integren los patrimonios fiduciarios propiedad de la Agencia Nacional de Vivienda, o fueran propiedad de los Gobiernos Departamentales, y en este último caso su construcción se haya realizado mediante convenios con el Banco Hipotecario del Uruguay, podrán ser incorporados al régimen de propiedad horizontal establecido en la Ley Nº 10.751, suscrito por de 25 de junio de 1946, cuando cumplan con los siguientes requisitos: A) Se practique un relevamiento integral arquitecto o ingeniero civil, el que suplirá el permiso de construcción original a los efectos de su presentación ante la Dirección Nacional de Catastro, la cual dispondrá las inspecciones de verificación pertinentes. Los adquirentes serán solidariamente responsables con el enajenante de las resultas de la regularización de los permisos siempre que la Dirección Nacional de Catastro deje constancia en los planos de las observaciones de las inspecciones que verifique. B) Cumplan con lo establecido en los artículos 4º, 5º, con las modificaciones introducidas por el artículo 27 de la Ley Nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, y 6º del Decreto-Ley Nº 14.261, de 3 de setiembre de 1974. C) Se hayan ocupado una o más unidades del edificio, por un término mayor a diez años, lo que se acreditará mediante documento público o privado con fecha cierta, de lo que deberá quedar constancia en el reglamento de copropiedad. A los efectos del cumplimiento de este artículo no regirá lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Nº 10.751, de 25 de junio de 1946. Artículo 264.- Modifícanse los literales C) y F) del artículo 18 de la Ley Nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “C) Que el edificio se encuentre en condiciones de habitabilidad suficientes para el uso al que se destine cada una de las unidades y sus bienes comunes, según la certificación que se presentará ante la institución financiera o el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que otorgue el crédito hipotecario con la garantía de alguna unidad habitacional emergente de la horizontalidad a que refiere este artículo. Dicho certificado será suscrito por el arquitecto director de obra y por el ingeniero agrimensor y dejará constancia que: 1) Las edificaciones se corresponden con el permiso de construcción aprobado. 2) Las mismas se encuentran dentro de los límites establecidos por la normativa aplicable en materia de propiedad horizontal. 3) Responden en un todo a la reglamentación municipal vigente. 4) No existe pendiente sobre ellas ninguna observación o medida administrativa por parte de la respectiva Intendencia. 5) Las unidades así como los bienes comunes de uso exclusivo y general del edificio se encuentran en condiciones de accesibilidad, pudiendo darse a dichas edificaciones un uso seguro, autónomo y confortable”. “F) Que simultáneamente al otorgamiento del mencionado Reglamento se suscriba por parte de la institución financiera pública o privada o por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente como refiere el literal C) precedente, un préstamo hipotecario en relación a por lo menos una de las unidades que integran el edificio dividido”. INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
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Artículo 265.- Transfiérense al Inciso 15 – “Ministerio de Desarrollo Social” las competencias de regulación, habilitación y fiscalización de los establecimientos que ofrezcan en forma permanente o transitoria servicios de cuidados a adultos mayores con dependencia o autoválidos, que la Ley Nº 17.066, de 24 de diciembre de 1998 y sus normas reglamentarias, le atribuyen al Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública”. Exceptúanse aquellas competencias y rectoría en materia de salud sobre los referidos establecimientos. El Poder Ejecutivo reglamentará esta norma garantizando estándares de atención de calidad, regulaciones, así como prestaciones sanitarias integrales. Artículo 266.- Suprímense en el Inciso 15 – “Ministerio de Desarrollo Social” los siguientes cargos de particular confianza: A) Director de Desarrollo Ciudadano, creado por el artículo 13 de la Ley Nº 17.866, de 21 de marzo de 2005. B) Director Nacional de Asistencia Crítica e Inclusión Social y Director del Programa de Atención a Colectivos y Población Vulnerable, creados por el inciso tercero del artículo 39 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006. Artículo 267.- Sustitúyense en el Inciso 15 – “Ministerio de Desarrollo Social”, las denominaciones de los siguientes cargos de particular confianza: A) Director de Coordinación Territorial creado por el artículo 13 de la Ley Nº 17.866, de 21 de marzo de 2005, por Director Nacional de Gestión Territorial. B) Director del Programa Infamilia creado por el artículo 620 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por Director de Coordinación Interdireccional. Artículo 268.- Agréganse al artículo 4º de la Ley Nº 18.240, de 27 de diciembre de 2007, los siguientes incisos: “Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el jerarca del Inciso podrá disponer cupos, en forma previa a la convocatoria, a fin de contemplar a grupos que sufran discriminación de género, étnica o presenten vulnerabilidad extrema por razones de violencia, consumo problemático de sustancias psicoativas u otros factores. Los cupos referidos no serán aplicables a la selección de quienes participen en el segundo período complementario del Programa”. Artículo 269.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 5º de la Ley Nº 18.240, de 27 de diciembre de 2007, por el siguiente: “A los efectos de esta ley se entiende por hogar, el núcleo constituido tanto por una persona como aquel integrado por un grupo de personas, vinculadas o no por lazos de parentesco, que al menos para la alimentación dependan de un fondo común”. Artículo 270.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 18.240, de 27 de diciembre de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º. (Incompatibilidades).- No podrán postularse para el Programa Uruguay Trabaja ni participar en él: A) Quienes se encuentren en actividad o, en su caso, perciban subsidio por inactividad compensada, subsidio transitorio por incapacidad parcial, jubilaciones o pensiones servidas por instituciones de seguridad social o equivalentes, nacionales o extranjeras, exceptuando pensiones por invalidez y de sobrevivencia. B) Los titulares o integrantes, aun sin actividad, de empresas activas registradas ante el Banco de Previsión Social o, en su caso, la Dirección General Impositiva.
La comprobación de que una persona se encuentra comprendida en cualquiera de las hipótesis de incompatibilidad, implicará su eliminación de la nómina de postulantes o el cese automático de su participación, según corresponda”. SECCIÓN V ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 18 CORTE ELECTORAL Artículo 271.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 848 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “El Poder Ejecutivo podrá solicitar al Centro Ceibal para el Apoyo a la Educación de la Niñez y la Adolescencia, que colabore con el equipamiento informático y apoyo técnico en eventos extraordinarios y de prioridad nacional que requieran la utilización intensiva de terminales por un plazo reducido de tiempo, como la realización de elecciones internas de los partidos políticos, nacionales, departamentales y otros actos electorales cuya organización es competencia de la Corte Electoral y el censo nacional”. INCISO 25 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 272.- Asígnase al Inciso 25 – “Administración Nacional de Educación Pública” una partida de $ 950.000.000 (novecientos cincuenta millones de pesos uruguayos) por única vez en el ejercicio 2014, a efectos de financiar el costo adicional asociado al adelanto del incremento salarial que fuera acordado para 2015 en el Consejo de Salarios referido en el artículo 674 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 273. – Siempre que el Inciso 25 – “Administración Nacional de Educación Pública” contrate la construcción de infraestructura educativa bajo la modalidad de contratos de Participación Público-Privada, al amparo de la Ley N° 18.786, de 19 de julio de 2011, el Poder Ejecutivo incluirá en la instancia presupuestal siguiente a la efectiva contratación de la obra, un incremento del grupo 0 “Retribuciones Personales” de ese Inciso, con cargo a Rentas Generales, por el equivalente al 20% (veinte por ciento) del valor de construcción de esas obras si hubieran sido realizadas directamente por la Administración Nacional de Educación Pública. INCISO 26 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Artículo 274.- Asígnase al Inciso 26 – “Universidad de la República”, programa 347 “Programa Académico”, unidad ejecutora 050 “Unidad Central”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 216.000.000 (doscientos dieciséis millones de pesos uruguayos) con destino al pago de retribuciones personales. Disminúyese el mismo importe en los gastos de funcionamiento de los Grupos 1 “Bienes de Consumo” y 2 “Servicios no Personales”, excluidos suministros y los objetos del gasto 122.001, 234.002 y 251.000, de la Financiación 1.1 “Rentas Generales” de los Incisos de la Administración Central, según el siguiente detalle:
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Inciso 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15
Importe $ 5.000.000 48.000.000 35.000.000 19.000.000 7.000.000 14.000.000 7.000.000 8.000.000 3.000.000 12.000.000 14.000.000 32.000.000 3.000.000 9.000.000 216.000.000
Los Incisos comunicarán al Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los sesenta días de promulgada la presente ley, la distribución del importe a disminuir entre sus programas, unidades ejecutoras, proyectos de funcionamiento y objetos del gasto según corresponda. De lo actuado se dará cuenta al Tribunal de Cuentas y a la Asamblea General. INCISO 27 INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY Artículo 275.- Autorízase al Inciso 27 – “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, a transformar los cargos ocupados a la fecha de vigencia de la presente ley, en cargos de otro escalafón del sistema escalafonario previsto en el artículo 28 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, con la modificación introducida por el artículo 48 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, de acuerdo a las necesidades de la Institución. La transformación no podrá ocasionar lesión de derechos de otros funcionarios, ni originar costo presupuestal. El Poder Ejecutivo reglamentará la aplicación del presente artículo, a propuesta del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, con informe de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo 276.- Autorízase al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) a realizar la siguiente simplificación y categorización de los objetos del gasto del Grupo “0”, asociados a las remuneraciones civiles no docentes, de acuerdo a lo que surge de la siguiente tabla:
OBG AUX CONCEPTO RETRIBUTIVO 011 000 SUELDO BÁSICO DE CARGOS 012 000 INCREMENTO POR MAYOR HORARIO PERMANENTE 013 000 DEDICACIÓN TOTAL 014 000 COMPENSACIÓN MÁXIMA AL GRADO 021 000 SUELDO BÁSICO DE FUNCIONES CONTRATADAS 022 000 INCREMENTO POR MAYOR HORARIO PERMANENTE 023 000 DEDICACIÓN TOTAL 024 000 COMPENSACIÓN MÁXIMA AL GRADO 042 001 COMPENSACIONES CONGELADAS 042 010 PRIMA TÉCNICA 042 013 PARTIDA DED. PERMANENTE CHOFERES 042 013 PARTIDA SINIESTRABILIDAD CHOFERES
CATEGORÍAS GRADO ESPECIAL PERSONAL INCENTIVO X X X X X X X X X X X X
CATEGORÍAS OBG AUX CONCEPTO RETRIBUTIVO GRADO ESPECIAL PERSONAL INCENTIVO 042 013 COMPENSACIÓN POR DEDICACIÓN ESPECIAL X 042 014 COMPENSACIÓN POR PERMANENCIA A LA ORDEN LEY Nº 16.170 X 042 034 ARTÍCULO 612 LEY Nº 16.736 – ALTO RIESGO X 042 034 REMUNERACIÓN COMPLEMENT. POR FUNCIONES DISTINTAS AL CARGO X 042 038 COMPENSACIÓN PERSONAL TRANSIT., SE ABSORBE CON ASCENSO. X 042 040 ASISTENCIA DIRECTA AL MENOR X 042 063 COMPENSACIÓN MENSUAL INAME ART.215 LEY Nº 16.462 X 042 064 COMPENSACIÓN MENSUAL ARTÍCULO 216 LEY Nº 16.462 X 042 071 COMPENSACIÓN ARTÍCULOS 597 Y 617 LEY Nº 16.736 X 042 084 INAME ARTÍCULO 603 LEY Nº 16.736 Y RESOL. 31/12/96 X 042 087 PARTIDA TRIBUNAL DE CUENTAS X 042 087 PARTIDA LABORATORIO X 042 087 PARTIDA TAREA INSALUBRE (LAVADERO) X 042 087 PARTIDA INSPECCIÓN SALUD LABORAL X 042 087 PARTIDA INSPECCIÓN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS X 042 087 INCENTIVO AL RENDIMIENTO LEY Nº 16.170 ARTÍCULO 19 X 042 088 COMP. DESEMPEÑO SECRETARIA/ASESORES PERS. ESPEC. X 042 102 COMPENSACIÓN (ORIGEN 042/090). ART. 4 LEY Nº 17.904 X 042 520 COMP. ESP. POR CUMPLIR COND. ESPECIFICAS LEY Nº 18.719 X 042 521 COMP. ESP. POR CUMPLIR COND. ESPECIF.(DISCRECIONAL) LEY Nº 18.719 X 042 710 INCENTIVO PRESENTISMO LEY Nº 18.719 X 042 720 INCENTIVO RENDIMIENTO, DED. Y/O PRODUCTIVIDAD LEY Nº 18.719 X 047 002 EQUIPAR. SALARIAL ART. 726 LEY Nº 16.736 (REFORMA ESTADO) X 048 007 DIFERENCIAL DE AUMENTO ART. 182 LEY Nº 16.713 X 048 009 AUMENTO DE SUELDO DECRETO Nº 203/92 X 048 017 AUMENTO SALARIAL A PARTIR 1/5/03 DECRETO Nº 191/03 X 048 018 COMPLEMENTO POR NO ALCANZAR MÍNIMO DEC. Nº 256/004 X 048 021 ADICIONAL RET. MENOR A $ 13.000.00 DEC. Nº 259/05 X 048 023 RECUP. SALARIAL 2006 ART. 454 LEY Nº 17.903 X 048 026 RECUP. SALARIAL ENERO 2007 ART. 454 LEY Nº 17.903 X 048 027 MÍNIMO $ 850.00 DECRETO Nº 22/007 X 048 028 RECUP. SALARIAL ENERO 2008 X 048 031 RECUP. SALARIAL ENERO 2009 X 048 032 RECUP. SALARIAL ENERO 2010 X 048 037 INCREMENTO SALARIAL INAU LEY Nº 18.719 X
A partir de la aprobación de la reglamentación por parte del Directorio del INAU, todas las normas legales y reglamentarias que se opongan a lo dispuesto en el presente artículo referidas a la simplificación y categorización de los objetos del gasto de la categoría del grado, no serán de aplicación para la determinación de la remuneración de los funcionarios no docentes del organismo. Las mismas continuarán aplicándose al personal docente del INAU.
Dicha simplificación y categorización no podrá generar costo presupuestal. Artículo 277.- Sustitúyese a partir de la vigencia de la reglamentación del artículo precedente, lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, modificativas, sustitutivas y concordantes, por lo siguiente: “ARTÍCULO 72.- La compensación de atención directa a niños, niñas y adolescentes, quedará fijada por los montos que surgen de la siguiente tabla:
CARGOS DE DIRECCIÓN PROGRAMA 400 GRADO 30 HS 40 HS D.T. 16 1.475,41 1.899,21 2.244,25 15 1.358,74 1.744,04 2.057,67 14 1.254,91 1.605,94 1.891,44 13 1.163,39 1.484,20 1.745,01 12 1.083,58 1.378,06 1.617,41 CARGOS DE DIRECCIÓN PROGRAMA 461 GRADO 30 HS 40 HS D.T. 16 4.215,45 5.426,30 6.412,13 15 3.882,16 4.982,98 5.879,05 14 3.585,47 4.588,42 5.404,11 13 3.323,96 4.240,58 4.985,73
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CARGOS DE DIRECCIÓN PROGRAMA 461 GRADO 30 HS 40 HS D.T. 12 3.095,90 3.937,31 4.621,17 PROGRAMA 400 Y 461 GRADO 30 HS 40 HS D.T. 11 2.896,88 3.672,54 4.302,40 10 2.702,50 3.413,94 3.991,33 9 2.533,97 3.189,88 3.721,97 8 2.388,92 2.996,93 3.489,79 7 2.263,33 2.829,87 3.288,92 6 2.078,00 2.583,36 2.992,17 5 1.936,76 2.395,36 2.766,16 4 1.848,25 2.277,62 0,00 3 1.774,26 2.179,23 0,00 2 1.628,28 1.985,12 0,00 1 1.562,00 1.896,94 0,00 La aplicación del presente artículo no podrá afectar la retribución actual de los funcionarios, ni implicar costo presupuestal en el grupo 0 “Retribuciones Personales”. Artículo 278.- Sustitúyese el artículo 167 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 167. (Carné de habilitación).- Los adolescentes deberán contar con carné de habilitación para trabajar, tramitado gratuitamente ante el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, en el que deberá constar: A) Nombre. B) Fecha y lugar de nacimiento. C) Domicilio. D) Consentimiento para trabajar del adolescente y sus responsables. E) Constancia del examen médico, en el que se declare que se encuentra apto para el trabajo. F) Constancia de haber completado el ciclo de enseñanza obligatoria o el nivel alcanzado”. Artículo 279.- Sustitúyese el artículo 168 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 168. (Examen médico).- Todos los adolescentes menores de dieciocho años que pretendan trabajar serán sometidos obligatoriamente a un examen médico anual a fin de comprobar si la tarea que realizan es acorde a su capacidad física. En todos los casos, de comprobarse que la tarea es superior a su capacidad física, deberán abandonar el trabajo por otro más adecuado. Dicho examen podrá ser realizado indistintamente por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) o por las instituciones pertenecientes al Sistema Nacional Integrado de Salud, en base al protocolo aprobado por el INAU. Todos los legitimados para expedir el examen de salud podrán otorgar autorizaciones por períodos más breves, a efectos de exigir la repetición del examen médico en todos aquellos casos en que a su juicio sea necesario para garantizar una vigilancia eficaz, en relación con los riesgos que presenta el trabajo o el estado de salud del adolescente. El responsable del adolescente podrá impugnar el examen y requerir otro”. Artículo 280.- Sustitúyese el artículo 169 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 169. (Jornada de trabajo y descanso semanal).- Los adolescentes mayores de quince años no podrán trabajar más de seis horas diarias, equivalentes a treinta y seis horas semanales, y d eb er á n d is f r ut ar d e un dí a de des c a ns o s em a na l, pr e f er e nt em ent e e n dí a d om in go . E l Ins t it ut o
de l N i ño y Adolescente del Uruguay podrá excepcionalmente autorizar a los adolescentes entre dieciséis y dieciocho años a trabajar ocho horas diarias, correspondiéndoles en ese caso, dos días continuos de descanso, preferentemente uno de ellos en día domingo, por cada cinco días de trabajo, previa evaluación técnica individual, estudio del lugar y puesto de trabajo, teniendo en cuenta el interés superior del niño o adolescente”. Artículo 281.- Sustitúyese el artículo 170 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 170. (Descanso intermedio y entre jornadas).- El descanso intermedio en la jornada de trabajo tendrá una duración de entre media hora y tres horas, y deberá ser gozado en la mitad de la jornada. Cuando el descanso sea de media hora, tendrá carácter remunerado. La jornada discontinua sólo se autorizará cuando la actividad laboral resulte compatible con la obligación de protección establecida en el artículo 163 de la presente ley. No se admitirán los horarios rotativos durante el ciclo lectivo. En todos los casos deberá mediar, como mínimo, doce horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente”. Artículo 282.- Sustitúyese el artículo 177 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 177. (De la documentación).- El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay determinará los documentos que el empleador deberá llevar y tener a disposición de la autoridad competente. Estos documentos deberán indicar el nombre y apellido, fecha de nacimiento debidamente certificada, fecha de ingreso, tarea, categoría, horario, descanso intermedio y semanal y fecha de egreso, de todas las personas menores de dieciocho años empleadas por él o que trabajen para él. Dicho documento deberá renovarse anualmente”. Artículo 283.- Sustitúyese el artículo 121 de la Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004, por el siguiente: “ARTÍCULO 121. (Medidas en régimen de internación sin conformidad del niño o adolescente).- El Juez solamente podrá ordenar la internación compulsiva en los siguientes casos: A) Niño o adolescente con patología psiquiátrica. B) Niño o adolescente que curse episodios agudos vinculados al consumo de drogas. C) Niño o adolescente necesitado de urgente tratamiento médico destinado a protegerlo de grave riesgo a su vida o su salud. En todos los casos deberá existir prescripción médica. El plazo máximo de la internación será de treinta días prorrogables por períodos de igual duración mediando indicación médica hasta el alta de internación. Cuando el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay constate que un niño o adolescente pone en riesgo inminente la vida o integridad física suya o de otras personas, solicitará al Juez competente la aplicación de estas medidas, previa indicación médica”. Artículo 284.- Increméntase, a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 27 – “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal del grupo 0 “Servicios Personales”, en la suma de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos), para financiar la creación de cargos en el “Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente” (SIRPA). Artículo 285.- Transfiérese de los créditos autorizados en el literal C) del artículo 13 de la Ley Nº 18.125, de 27 de abril de 2007, como partida por una sola vez, un importe de $ 150.077.599 (ciento cincuenta millones setenta y siete mil quinientos noventa y nueve pesos uruguayos), con destino al Inciso 27 – “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, a efectos de financiar los gastos de infraestructura y equipamiento del “Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente”. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
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Artículo 286.- Facúltase al Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a variar los porcentajes de distribución entre el nivel central y las unidades ejecutoras, de los recursos con afectación especial a los que se refiere el artículo 466 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en función de las necesidades de funcionamiento de ambos niveles. El porcentaje de la unidad ejecutora que generó la recaudación no podrá ser menor al 80% (ochenta por ciento). Artículo 287.- Sustitúyese el literal A) del artículo 719 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “A) En régimen de planes especiales temporales, altas por bajas en igual función, exclusivamente de casos especiales o contratación de suplentes”. Artículo 288.- Facúltase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado a incorporar a sus padrones presupuestales, en cargos en grados de ingreso de los escalafones que correspondieren, al personal contratado al amparo del artículo 410 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, cuyos contratos hubieran sido renovados en dos oportunidades. Una vez efectivizada la facultad conferida, se transformarán los cargos, cuyo crédito financió las contrataciones regularizadas. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Deróganse el artículo 465 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, el artículo 264 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y el artículo 278 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 289.- Autorízase al Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a incrementar las transferencias a la Comisión de Apoyo de la unidad ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” en hasta $ 62.672.000 (sesenta y dos millones seiscientos setenta y dos mil pesos uruguayos) anuales, a efectos de que la misma contrate el personal (afectados a los Institutos de Medicina Altamente Especializada (IMAE) que a la fecha de la promulgación de la presente ley, se encuentre contratado en la Comisión de Apoyo del Hospital Maciel. La transferencia será financiada con créditos de gastos de funcionamiento. La contratación del personal por parte de la Comisión de Apoyo de la unidad ejecutora 068 implicará dejar sin efecto la percepción de ingresos por IMAE a cualquier título por parte de la Comisión de Apoyo del Hospital Maciel. La presente norma regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 290.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación a solicitud del Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a trasponer al Fondo de Suplencias, creado por el artículo 455 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, hasta $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) por año, resultantes de los descuentos individuales y multas provenientes de situaciones tales como inasistencias, reservas de cargo y licencias especiales sin goce de sueldo de sus funcionarios. Artículo 291.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas, a solicitud del Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a reasignar los créditos autorizados en gastos de funcionamiento al grupo 0 “Servicios Personales” según el siguiente detalle: A) Hasta $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) con destino a financiar la ampliación de horas de personal propio cuando la institución resuelva pasar a prestar directamente algunos de los servicios asistenciales que actualmente contrata a terceros. Deberán justificarse los montos a reasignar al grupo 0 “Servicios Personales”, así como la compra de insumos necesarios para el cumplimiento del servicio. B) Hasta $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) con destino a financiar las diferencias salariales emergentes de la asignación de funciones distintas a las del cargo presupuestal, cuando la misma hubiera sido previamente autorizada por el Directorio del organismo. C) Hasta $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) con destino a financiar el área de Soporte a Usuarios de Informática.
Artículo 292.- Facúltase al Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a partir de la promulgación de la presente ley, a reasignar al grupo 0 “Servicios Personales”, hasta $ 80.000.000 (ochenta millones de pesos uruguayos), de los créditos previstos en el literal B) del artículo 719 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 293.- Facúltase al Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a reasignar créditos de gastos de funcionamiento por hasta $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos), al grupo 0 “Servicios Personales” para el “Programa de Fortalecimiento de Enfermería en Unidades de Cuidado Crítico Neonatal y Pediátrico”. Artículo 294.- Asígnase en el Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, unidad ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, Financiación 1.1. “Rentas Generales”, una partida de hasta $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos), con destino a completar el financiamiento correspondiente a las diferencias en las cargas legales de los cargos creados al amparo del inciso primero del artículo 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 285 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. El Ministerio de Economía y Finanzas autorizará a la Contaduría General de la Nación a habilitar el importe previsto en el inciso anterior, en la oportunidad en que se produzca la efectiva creación de los cargos o la incorporación del complemento salarial al grupo 0 “Servicios Personales” por el monto que efectivamente impliquen las cargas legales, dentro del máximo establecido. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 295.- Increméntase a partir de la promulgación de la presente ley en el Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, el grupo 0 “Servicios Personales”, en $ 21.000.000 (veintiún millones de pesos uruguayos), con destino a la creación de cargos para completar la dotación de recursos humanos necesarios para el traslado especializado, en el marco del Plan de Traslados Pediátricos y Neonatales del Ministerio de Salud Pública. Artículo 296.- Increméntase a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 440 “Atención Integral a la Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el grupo 0 “Servicios Personales” en $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) con destino a la creación de los cargos para completar la dotación de recursos humanos necesarios para mejorar la atención de la salud mental. Artículo 297.- Los importes correspondientes a las partidas a transferir a las Comisiones de Apoyo y Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata, con destino a la contratación de personal que preste funciones en dependencias del Ministerio de Salud Pública, y que se encuentre en esa situación a la fecha de vigencia de la presente ley, serán transferidos al Inciso 12 – “Ministerio de Salud Pública”. A esos efectos el Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los ciento veinte días de promulgada la presente ley, los créditos presupuestales a ser transferidos por aplicación del inciso precedente, debiendo contar con informe previo y favorable del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 298.- Asígnase al Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 440 “Atención Integral de la Salud” , Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 9.000.000 (nueve millones de pesos uruguayos) en gastos de funcionamiento, con destino al fortalecimiento de la Red Nacional de Drogas (RENADRO). Artículo 299.- Increméntase a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, el grupo 0 “Retribuciones Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) con destino a la creación de cargos para fortalecer los recursos humanos en el marco del Programa de Salud Rural. Artículo 300.- Facúltase al Inciso 29 – “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a reasignar $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) en los ejercicios 2013 y 2014, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, desde gastos de funcionamiento al grupo 0 “Retribuciones Personales”.
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Las reasignaciones realizadas al amparo de la presente norma tendrán carácter permanente. La presente norma regirá a partir de la promulgación de la presente ley. INCISO 31 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA Artículo 301.- Asígnase el Inciso 31 del Presupuesto Nacional a la “Universidad Tecnológica” (UTEC) y créase la unidad ejecutora 001 “Consejo Directivo Central” que estará a cargo del Consejo creado por el literal A) del artículo 9º de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012. Artículo 302.- La Universidad Tecnológica establecerá la estructura organizativa y funcional que considere necesaria para el logro de sus cometidos. De ello se dará cuenta a la Asamblea General. Artículo 303.- Asígnase al Inciso 31 – “Universidad Tecnológica”, con cargo a la financiación aprobada por el numeral 1) del artículo 20 de la Ley Nº 19.088, de 14 de junio de 2013, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos presupuestales en moneda nacional, para los ejercicios y conceptos que se detallan:
Concepto 2013 2014 Retribuciones Personales 150.000.000 Gastos de Funcionamiento 50.000.000 Inversiones 100.000.000
Los créditos asignados precedentemente, se incrementarán con los aprobados por el artículo 677 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, según lo dispuesto por el literal D) del artículo 30 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, los que podrán ser distribuidos en el ejercicio 2013 a gastos de funcionamiento e inversión. Habilítase a la Universidad Tecnológica a contratar las funciones que sean necesarias a los efectos de dar cumplimiento a sus cometidos. Los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento e inversión, que no fueran ejecutados durante el ejercicio 2013 se habilitarán en el ejercicio 2014 como créditos permanentes. La Universidad Tecnológica distribuirá los montos otorgados, por grupo de gasto, lo que comunicará al Tribunal de Cuentas, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General dentro de los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 304.- Fíjase una retribución mensual para los miembros del Consejo Directivo Central provisorio previsto en el artículo 32 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, equivalente a la fijada para el Rector de la Universidad de la República, por los artículos 34 y 35 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Los miembros del Consejo Directivo Central provisorio de la Universidad Tecnológica percibirán la retribución referida en el inciso anterior, desde la fecha de su designación. No percibirán dicha retribución, en caso que ocupen otros cargos públicos rentados o perciban ingresos con cargo a fondos públicos, sin perjuicio de la aplicación de las normas relativas a acumulación de sueldos. Lo dispuesto en este artículo será financiado con la partida establecida por el artículo 677 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 305.- Cada uno de los miembros del Consejo Directivo Central provisorio de la Universidad Tecnológica, tendrá indistintamente las mismas atribuciones que le confiere al Rector el artículo 21 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, hasta que el mismo sea electo según lo dispuesto por esta ley. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 306.- Facúltase a la Universidad Tecnológica (UTEC) a constituir el Fondo de Infraestructura Pública-UTEC, con el objetivo de contribuir al crecimiento, mejoramiento y rehabilitación de la infraestructura edilicia educativa pública. El Fondo de Infraestructura Educativa Pública-UTEC será administrado por la Corporación Nacional para el Desarrollo en ejercicio de los cometidos asignados por el artículo 11 de la Ley Nº 15.785, de 4 de diciembre de 1985, con la modificación introducida por el artículo 345 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en la redacción dada por el artículo 34 de la Ley Nº 18.602, de 21 de setiembre de 2009, que se ajustará estrictamente a las directivas de la UTEC y realizará todas las contrataciones mediante procedimientos competitivos que aseguren el cumplimiento de los principios de publicidad e igualdad de los oferentes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 132 del Texto Ordenando de Contabilidad y Administración Financiera del Estado. Facúltase a la UTEC a transferir al Fondo los créditos presupuestales correspondientes a proyectos de inversión, de lo que se dará cuenta a la Asamblea General. La UTEC deberá incluir anualmente en la Rendición de Cuentas, un informe especial en el que conste la información referente a las inversiones realizadas en el ejercicio cerrado, así como las programadas para los
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ejercicios siguientes, sin perjuicio de adjuntar los estados contables correspondientes al Fondo de Infraestructura Pública-UTEC. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 307.- La Universidad Tecnológica podrá disponer las trasposiciones de créditos requeridas para el mejor funcionamiento de sus servicios, de acuerdo a las siguientes reglas: A) Dentro del grupo 0 “Servicios Personales”. B) Dentro de los créditos asignados a inversiones. C) Dentro de las dotaciones fijadas para los gastos de funcionamiento. D) Para reforzar las asignaciones de inversiones con créditos asignados a gastos corrientes o al grupo 0 “Servicios Personales”. E) Para reforzar los créditos del Grupo 1 “Bienes de Consumo” o 2 “Servicios no Personales”, se podrán utilizar asignaciones presupuestales del grupo 0 “Servicios Personales” y hasta un 10% (diez por ciento) de los créditos asignados a inversiones. F) No podrán utilizarse como partidas de refuerzo para otros objetos, las de carácter estimativo y el Subgrupo 5.7 “Transferencias a Unidades Familiares” por personal en actividad. El Consejo Directivo Central podrá disponer trasposiciones de crédito entre objetos pertenecientes al Subgrupo 5.7 “Transferencias a Unidades Familiares” con el límite del crédito permanente asignado al inciso en dicho subgrupo. Las trasposiciones realizadas regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizan, dando cuenta a la Asamblea General e informando a la Contaduría General de la Nación. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 308.- Facúltase a la Universidad Tecnológica a celebrar contratos de arrendamiento de obra con sus funcionarios docentes y no docentes, así como con egresados con título universitario y con funcionarios de otros organismos públicos, cuando sean necesarios para el cumplimiento de convenios nacionales e internacionales suscritos dentro del ámbito de su competencia. Artículo 309.- Exceptúase a la Universidad Tecnológica, por única vez, de la prohibición de designar funcionarios establecida en el literal E) del artículo 1º de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990. Artículo 310.- Facúltase a la Universidad Tecnológica, de modo excepcional y hasta que entre en vigencia la próxima Ley de Presupuesto Nacional, a contratar en forma directa al personal que sea necesario para el inicio de las carreras que ofrezca. Dichos contratos deberán ser autorizados por el Consejo Directivo Central, no podrán tener un plazo original superior a los doce meses y su renovación quedará supeditada al resultado favorable de la evaluación de desempeño correspondiente y a la continuidad de la carrera o asignatura respectiva. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 311.- Facúltase al Inciso 31 – “Universidad Tecnológica” a disponer del 100% (cien por ciento) de los recursos de afectación especial que perciba conforme con lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012. Estos fondos podrán ser destinados al pago de retribuciones personales, gastos de funcionamiento e inversiones. Artículo 312.- Facúltase a la Universidad Tecnológica (UTEC) a transferir al Laboratorio Tecnológico del Uruguay hasta el equivalente a US$ 300.000 (trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América), en concepto de reintegro de los gastos realizados en el marco de la cooperación brindada a la UTEC para su instalación y puesta en funcionamiento. SECCIÓN VI OTROS INCISOS
INCISO 21 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES Artículo 313.- Elimínanse las asignaciones presupuestales para las organizaciones que se detallan a continuación:
Prog. 282 442 400 400
UE Organización 9 Escuela de Fútbol Infantil “Pelota de trapo” 12 Asociación de Fibromialgia 15 Asociación de Padres de Autistas de Maldonado 15 Centro VIRCHOW – Cooperativa de inclusión social
Transfiérese del Inciso 24 “Diversos Créditos” al Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, una partida anual de $ 7.600.000 (siete millones seiscientos mil pesos uruguayos) que se financiará con el crédito autorizado por el literal C) del artículo 13 de la Ley Nº 18.125, de 27 de abril de 2007. Las supresiones y reasignaciones dispuestas en el presente artículo financiarán las asignaciones fijadas en los siguientes artículos. Artículo 314.- Increméntanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, las partidas asignadas a las instituciones que se enumeran, en los importes en moneda nacional y para los ejercicios, programas y unidades ejecutoras que se detallan a continuación: Prog. 300 487 320 282 283 283 282 282 282 340 280 280 280 280 340 442 442 442 442 442 442 442 442 442 441 UE 3 6 7 9 9 9 9 9 9 11 11 11 11 11 11 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 SEDHU Asociación Uruguaya Escuela Familias Agrarios Movimiento Scout del Uruguay Comité Paralímpico Uruguayo Asociación Civil Olimpiadas especiales Uruguayas Asociación Cristiana de Jóvenes de San José Asociación Cristiana de Jóvenes de Salto Scouts del Uruguay Asociación Civil MBURUCUYA Bibl. Pub y Pop. Juan Lacaze – José Enrique Rodó Cinemateca Uruguay Fundación Mario Benedetti Fundación Zelmar Michelini Centro Pedagógico Terapéutico (CPT) Asociación Uruguaya de Lucha contra el Cáncer Liga Uruguaya contra la Tuberculosis Fundación PRO-CARDIAS Asociación Uruguaya de Enfermedades Musculares Comisión Departamental de Lucha contra el Cáncer -Treinta y Tres Cruz Roja Uruguaya Asociación de Apoyo al Implantado Coclear Asociación del Seropositivo Asociación de Hemofílicos del Uruguay Movimiento Nacional de Usuarios de Salud Publica y Privada Organización Asociación Honoraria de Salvamento Marítimo Fluvial (ADES) 2014 50.000 100.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 0 50.000 0 50.000 50.000 100.000 100.000 50.000 50.000 50.000 125.000 75.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000
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Prog. 442 442 442 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400
UE 12 12 12 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15
Organización Asociación Nueva Voz Comisión Pro-remodelación Hospital Maciel Fundación Dianova del Uruguay Escuela Horizonte Instituto Psicopedagógico Uruguayo Instituto Jacobo Zibil – Florida Hogar La Huella Hogar Infantil Los Zorzales- Movimiento Mujeres San Carlos Fundación Winners Centro de Educación Individualizada Centro Educativo para Niños Autistas de Young Asociación Canaria de Autismo y TGD Del Uruguay (ACATU) Centro de Atención Especializada (CEDAE) Centro Ibyray Fundación Braille del Uruguay Granja para Jóvenes y Adultos Discapacitados La Esperanza Sabalera Asociación Uruguaya de Alzheimer y Similares Centro de Rehabilitación Ecuestre “El Tornado” (Juan Lacaze) Fundación PORSALEU Obra Don Orione Pequeño Cottolengo Don Orione Masculino Asociación Uruguaya de Protección Infancia Asociación Pro-recuperación del Invalido Asociación Nacional para el Niño Lisiado Plenario Nacional del Impedido Organización Nacional Pro-laboral Lisiado Instituto Nacional de Ciegos Acco y Reinv. Impedido del Uruguay (ACRIDU) Asociación Down Centro Educativo en Psicosis Infantil Federación Uruguaya Asociación de Padres y Personas con Capacidades Mentales Diferentes Movimiento Nacional de Recuperación al Minusválido Asociación Uruguaya Catalana Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado Asociación Pro Discapacitado Mental de Paysandú Club Pro-Bienestar del Anciano Juan Yaport Voluntarios de Coordinación Social Patronato Nacional de Liberados y Excarcelados Asociación Uruguaya de Padres de Personas con Autismo Infantil Asociación Padres y Amigos del Discapacitado de Tacuarembó
2014 50.000 50.000 50.000 105.000 50.000 52.500 50.000 0 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 130.000 130.000 50.000 50.000 150.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 155.000 50.000 50.000 50.000 75.000 50.000 50.000
Prog. 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 440 400 400 340 340 340 340
UE 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 21 21 21 21
Organización Instituto Canadá de Rehabilitación Esclerosis Múltiple del Uruguay Asociación Padres y Amigos del Discapacitado de Lavalleja UDI 3 de Diciembre Asociación Impedidos Duraznenses Serv. Transp. p/Personas con Movilidad Reducida – CHD Asociación Ayuda Integral Discapacitados Lascanense Asociación de Discapacitados de Barros Blancos Centro de Padres y Amigos de Discapacitados de Sarandí del Yí Centro Integral de Atención a Personas Vulnerables Hogar de Ancianos de Mariscala Asociación Discapacitados Independientes tercera edad y otros Centro de Apoyo al Discapacitado de Juan Lacaze El Sarandí Hogar Valdense Fundación de Apoyo y Promoción del Perro de Asistencia Fundación Voz de la Mujer – Juan Lacaze Hogar de Ancianos de Mercedes Liga de Defensa Social Asociación Síndrome de Down de Paysandú Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia en Riesgo Unión Nacional de Protección a la Infancia COTHAIN Asociación de Padres y Amigos de Discapacitados de Rivera Club de Niños Cerro del Marco – Rivera Soc. el Refugio Asociación Protectora de Animales Programa Salir Adelante de B’nai B’rith Asociación Civil Maestra Juana Guerra Querer la Vida – QUELAVI Centro Día Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y sexual Escuela Nº 200 de Discapacitados Comisión Nacional de Centros CAIF Escuela Nº 97 Discapacitados de Salto Escuela Granja Nº 24 Maestro Cándido Villar – San Carlos
2014 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 0 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 152.500 120.000 75.000 85.000 50.000 50.000
La Contaduría General de la Nación incrementará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. Artículo 315.- Asígnanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” a las instituciones que se enumeran, las partidas en moneda nacional y para los ejercicios, programas y unidades ejecutoras, que se detallan a continuación:
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Prog. 400 280 400 442 400 442 400 400 280 400 400 280
UE 11 Museo Torres García
Organización
2014 200.000 200.000 200.000 200.000 200.000 200.000 200.000 300.000 200.000 200.000 200.000 200.000
15 Fundación niños y niñas del Uruguay 15 Hogar de ancianos Blanca Rubio de Rubio 12 Asociación de diabéticos de Durazno 15 Unión Nacional de Ciegos del Uruguay 12 Fundación Génesis Uruguay 15 Centro de Integración de Discapacitados (CINDIS) 15 Centro Providencia 11 Fundación Vivian Trías 15 Instituto NA.CRE.VI 15 Centro ARAÍ 11 Instituto Juan Pablo Terra
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. SECCIÓN VII RECURSOS Artículo 316.- El Parque Científico y Tecnológico de Pando estará exonerado de todo tipo de tributos nacionales, excepto las contribuciones especiales de seguridad social. En lo no previsto especialmente por los artículos 251 a 256 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, su régimen de funcionamiento será el de la actividad privada, especialmente en cuanto a su contabilidad, estatuto de su personal y contratos que celebre. Artículo 317.- Sustitúyese el artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, por el artículo 1º de la Ley Nº 18.628, de 10 de diciembre de 2009, por los artículos 787, 788 y 789 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el artículo 1º de la Ley Nº 18.900, de 30 de abril de 2012, y por el artículo 316 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 79. (Donaciones especiales. Entidades).- Se encuentran comprendidas en el beneficio establecido por el artículo precedente, las donaciones destinadas a: 1) Educación primaria, secundaria y técnico profesional: A) Establecimientos públicos de educación primaria, de educación secundaria, de educación técnico-profesional y de formación docente, Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico-Profesional y los servicios que integren el Consejo de Educación Inicial y Primaria, equipos técnicos universitarios interdisciplinarios, que funcionen en el marco de proyectos dirigidos a mejorar la calidad educativa, previamente estudiados y aprobados por las autoridades pertinentes. La Administración Nacional de Educación Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones incluidas en el presente literal. Instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, secundaria, técnico-profesional, debidamente habilitadas, y que atiendan efectivamente a las poblaciones más carenciadas, así como para financiar infraestructura educativa de las instituciones que, con el mismo objeto, previo a solicitar su habilitación, presenten su proyecto educativo a consideración del Ministerio de Educación y Cultura.
B)
2) Educación terciaria e investigación: A) B) La Universidad de la República y las fundaciones instituidas por la misma. Universidad Católica del Uruguay.
C) D) E) F) G) H) I) J)
Universidad de Montevideo. Universidad ORT Uruguay. Universidad de la Empresa. Instituto Universitario CLAEH. El Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable y la Fundación de Apoyo al Instituto Clemente Estable. Fundación Instituto Pasteur. Instituto Antártico Uruguayo. Universidad Tecnológica.
3) Salud: A) La construcción de locales o adquisición de útiles, instrumentos y equipos que tiendan a mejorar los servicios de las entidades con personería jurídica dedicadas a la atención de personas en el campo de la salud mental, que hayan tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos a la fecha de recibir la donación. La Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de las Colonias de Asistencia Psiquiátrica “Doctor Bernardo Etchepare” y “Doctor Santín Carlos Rossi”. La Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica. La Fundación Peluffo Giguens y la Fundación Dr. Pérez Scremini, en aquellos proyectos acordados con la Dirección del Hospital Pereira Rossell. La Fundación Álvarez – Caldeyro Barcia. La Fundación Porsaleu. La Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer. La Asociación Nacional para el Niño Lisiado Escuela Franklin Delano Roosevelt. Centro de Rehabilitación de Maldonado (CEREMA). Cottolengo Don Orione. Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad (Cottolengo Femenino Don Orione). El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 4) Apoyo a la niñez y la adolescencia: A) B) C) D) E) F) G) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. La Fundación Niños con Alas. Aldeas Infantiles S.O.S. Asociación Civil Gurises Unidos. Centro Educativo Los Pinos. Fundación Salir Adelante. Fundación TZEDAKÁ.
B) C) D) E) F) G) H) I) J) K)
El Ministerio de Desarrollo Social informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 5) La Unidad Operativa del Plan Juntos. 6) Rehabilitación Social:
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A) B)
Asociación Civil de Apoyo a la Rehabilitación e Integración Social. Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados.
Ministerio del Interior o el de Desarrollo Social, según corresponda, informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. Los proyectos declarados de fomento artístico cultural, de acuerdo con lo establecido por el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 180 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, se seguirán rigiendo por dicha ley y sus modificativas. Aquellas instituciones, que no reciban donaciones o no cuenten con proyectos aprobados y vigentes en un período de dos años, dejarán de integrar la lista precedente. El Poder Ejecutivo dará cuenta de ello a la Asamblea General”. Artículo 318.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 79 bis del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 271 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: ARTÍCULO 79 bis. (Donaciones Especiales. Formalidades).- Para tener derecho a los beneficios establecidos en el presente Capítulo, la entidad beneficiaria deberá presentar, en forma previa a la recepción de la donación, un proyecto donde se establezca el destino en que se utilizarán los fondos donados, así como el plazo estimado de ejecución. Los proyectos deberán ser presentados al Ministerio de Economía y Finanzas antes del 31 de marzo de cada año. En el caso de las entidades comprendidas en el numeral 1) literal B) y en el numeral 3) literal A) del artículo anterior, se deberán evaluar además, en forma previa a otorgar el beneficio fiscal, los antecedentes de la entidad beneficiaria, su idoneidad y aptitud en la materia de educación o en el ámbito de la salud mental, y su contribución al entorno social en que desarrolle sus tareas, que demuestren la sustentabilidad del proyecto”. Artículo 319.- Sustitúyese el literal I) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “I) Las provenientes de actividades desarrolladas en el exterior, y en los recintos aduaneros, recintos aduaneros portuarios, depósitos aduaneros y zonas francas, con mercaderías de origen extranjero manifestadas en tránsito o depositadas en dichos exclaves, cuando tales mercaderías no tengan origen en territorio aduanero nacional, ni estén destinadas al mismo. La exoneración será asimismo aplicable cuando las citadas mercaderías tengan por destino el territorio aduanero nacional, siempre que tales operaciones no superen en el ejercicio el 5% (cinco por ciento) del monto total de las enajenaciones de mercaderías en tránsito o depositadas en los exclaves, que se realicen en dicho período. En tal caso será de aplicación al importador el régimen de precios de transferencia. Si se superase el límite a que refiere el inciso anterior, la exoneración será aplicable exclusivamente a las operaciones con mercaderías no destinadas al territorio aduanero nacional”. Artículo 320.- Sustitúyese el literal A) del artículo 2º del Título 10 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “A) Por circulación de bienes se entenderá toda operación a título oneroso que tenga por objeto la entrega de bienes con transferencia del derecho de propiedad o que de a quien los recibe la facultad de disponer económicamente de ellos como si fuera su propietario. En tal caso se encuentran entre otros, las compraventas, las permutas, las cesiones de bienes, las expropiaciones, los arrendamientos de obra con entrega de materiales, los contratos de promesa con transferencia de la posesión, cualquiera fuera el procedimiento utilizado para la ejecución de dichos actos. Quedan asimiladas a las entregas a título oneroso, las afectaciones al uso privado por parte de los dueños, socios o accionistas de una empresa, de los bienes de esta”. Artículo 321.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994, en la redacción dada por el artículo 2º de la Ley Nº 18.301, de 3 de junio de 2008, por el siguiente: ARTÍCULO 2º.- Establécese un régimen de devolución de tributos que integran el costo de los bienes terminados y semielaborados de producción nacional que se exporten, en base a un porcentaje sobre el valor en aduana de los mismos, de conformidad con los compromisos asumidos por nuestro país en el ámbito de la Organización Mundial de Comercio.
El Poder Ejecutivo adoptará las disposiciones que entienda necesarias para asegurar que los bienes alcanzados sean producidos en el país”. Derógase el artículo 3º de la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 322.- Interprétase que las retenciones salariales que se realicen a los funcionarios médicos de las instituciones de asistencia médica privada de profesionales sin fines de lucro, que generen una prima de responsabilidad empresarial, no estarán alcanzadas por lo dispuesto en los artículos 153 de la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995, y por el artículo 8º de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, en la redacción dada por los artículos 5º de la Ley Nº 18.341, de 30 de agosto de 2008, y 807 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 (artículo 32 del Título 7 del Texto Ordenado de 1996). Las disposiciones contenidas en el inciso precedente se aplicarán desde el 1º de enero de 2009 en el marco de convenios colectivos registrados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los pagos que realicen las instituciones antes mencionadas siempre que impliquen la devolución de sumas retenidas por concepto de primas de responsabilidad empresarial, así como a los ingresos derivados de la transferencia o rescate de las partidas capitalizadas asociadas a las primas de responsabilidad empresarial. Artículo 323.- Derógase el literal E) del artículo 27 del Título 7 y el literal E) del artículo 15 del Título 8, del Texto Ordenado 1996. Artículo 324.- Cuando no sea posible para el contribuyente determinar la cuantía de la obligación tributaria para los impuestos administrados por la Dirección General Impositiva, los plazos establecidos en el artículo 38 del Código Tributario comenzarán a computarse a partir de la terminación del año civil en que la misma hubiere quedado determinada. Artículo 325.- Autorízase el uso de domicilio electrónico constituido en los procedimientos administrativos que se tramiten ante la Dirección General Impositiva, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que el previsto en el artículo 27 del Código Tributario. El Poder Ejecutivo reglamentará su uso y su implantación. Artículo 326.- Declárase que la resolución fundada a que hace referencia el artículo 110 del Código Tributario, se encuentra comprendida dentro del artículo 27 del Decreto-Ley Nº 15.524, de 9 de enero de 1984. SECCIÓN VIII DISPOSICIONES VARIAS Artículo 327.- Sustitúyese el artículo 89 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por el siguiente: “ARTÍCULO 89.- En los remates judiciales o extrajudiciales realizados en aplicación de la presente Carta Orgánica, el Banco podrá realizar ofertas de hasta el 90% (noventa por ciento) del valor de tasación del inmueble realizada por tasador designado por el propio Banco, en tanto no supere el doble del valor catastral del inmueble”. Artículo 328.- Se autoriza al Banco Hipotecario del Uruguay a capitalizar los ajustes por revaluación de bienes de uso por la suma de $ 491.000.000 (cuatrocientos noventa y un millones de pesos uruguayos). Artículo 329.- Sustitúyese el artículo 277 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 277.- La importación y la exportación de mercadería sometida al régimen de encomiendas postales internacionales de entrega expresa, cuyo peso unitario no exceda los 20 kilogramos y su valor en aduana no exceda los U$S 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), estarán exentas del pago de tributos. El régimen tributario previsto en el inciso anterior no se aplicará a encomiendas que contengan mercaderías gravadas por el Impuesto Específico Interno y podrá no aplicarse a encomiendas que contengan mercaderías restringidas, entendiendo por estas últimas, aquellas que requieren de la autorización de algún organismo competente para su importación, exportación o comercialización en el territorio nacional.
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La exoneración tributaria prevista en el inciso primero se aplicará bajo circunstancias normales de competencia. El Poder Ejecutivo podrá adoptar, entre otras, las medidas que entienda necesarias para evitar que las importaciones efectuadas bajo dicho régimen den lugar a alteraciones sustantivas en las condiciones de competencia para los sectores de producción y comercio nacionales. Estas medidas podrán incluir: A) El requisito que cada encomienda sea recibida por una persona física mayor de edad para su uso personal y sin fines comerciales. B) El establecimiento de una cantidad máxima de encomiendas que puedan ser recibidas por una misma persona en un determinado período. C) La exigencia que el titular del medio de pago coincida con el titular de la compra y el destinatario. D) La limitación de los tipos de medios de pago que pueden ser utilizados. El Poder Ejecutivo podrá requerir a los operadores postales de entrega expresa que proporcionen la información necesaria para el ejercicio de las funciones de fiscalización y control respectivas, a efectos de otorgar las exoneraciones tributarias previstas en este artículo. Las encomiendas comprendidas en el presente artículo no requerirán intervención de Despachante de Aduana. En caso de incumplimiento del presente régimen, y siempre que no se configure una infracción aduanera, deberán abonarse los tributos correspondientes a la operación de que se trate, dentro del plazo de treinta días desde el ingreso de la mercadería al país. Vencido dicho plazo sin que se haya efectuado la operación aduanera, la mercadería se considerará en abandono no infraccional”. Artículo 330.- Agrégase al artículo 24 de la Ley Nº 18.627, de 2 de diciembre de 2009, el siguiente inciso: “El Banco Central del Uruguay podrá también operar como entidad registrante de cualquier otro tipo de valores de oferta pública, sea su emisor una entidad pública o privada”. Artículo 331.- Créase la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) que funcionará en el Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios, creado por el artículo 202 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Su objeto será unificar en un solo punto de entrada, a través de medios electrónicos, los permisos, certificados, licencias y demás autorizaciones, documentos e informaciones, que se exigen ante y por los organismos públicos para cumplir con los trámites de importación, exportación y tránsito de mercaderías. El Poder Ejecutivo reglamentará la implementación progresiva de la VUCE por parte de los organismos competentes en materia de comercio exterior para la emisión de documentos y autorizaciones, debiéndose ajustar y simplificar los formatos y procesos que actualmente se exigen para la realización de los mismos. Artículo 332.- Agrégase al artículo 204 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, el siguiente literal: “I) Implementar la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). El Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios proveerá los medios humanos y materiales para el funcionamiento de la VUCE”. Artículo 333.- La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) podrá incluir en sus procesos el cobro, como agente de percepción, de tributos exigidos para la importación, exportación y tránsito por parte de otros organismos y los volcará a estos según corresponda. Podrá, asimismo, establecer precios que deban abonar los usuarios por los servicios de la VUCE, los que serán recursos del Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios. Artículo 334.- La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), funcionará con autonomía técnica y será administrada por un Coordinador Ejecutivo directamente dependiente del Consejo de Dirección del Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios y designado por él, debiendo ser persona de notoria versación en materia de comercio exterior de mercaderías, en el sector público o privado.
Habrá un Consejo Consultivo Honorario de la VUCE encargado de proponer las líneas generales de acción en lo concerniente a su diseño, implementación y funcionamiento. Estará integrado por sendos representantes de la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior, la Dirección Nacional de Aduanas, el Instituto Nacional de Logística y la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información (AGESIC), y tres representantes del sector privado, los que serán designados por el Consejo de Dirección del Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios en base a propuesta de las organizaciones más representativas de los exportadores, los importadores y otros operadores de comercio exterior. Los miembros del Consejo Consultivo Honorario actuarán por períodos de dos años, renovables por períodos de igual duración. Artículo 335.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 17.829, de 18 de setiembre de 2004, en la redacción dada por los artículos 7º de la Ley Nº 17.940, de 2 de enero de 2006, y 82 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- En las retenciones sobre retribuciones salariales y pasividades tendrán prioridad las dispuestas por Juez competente destinadas a servir pensiones alimenticias, y luego, por su orden las solicitadas por el Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación u otras entidades habilitadas al efecto; la cuota sindical, las solicitadas por la División Crédito Social del Banco de la República Oriental del Uruguay, por el Banco Hipotecario del Uruguay, por la Agencia Nacional de Vivienda, por la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre ((MEVIR – Doctor Alberto Gallinal Heber), por el Ministerio de Defensa Nacional con destino a vivienda, incluidos préstamos, para el personal del Inciso en actividad, retirados, pasivos y pensionistas; por el Banco de Seguros del Estado, u otras compañías de seguros en cuanto a la contratación de seguros de vida colectivos; y por instituciones de asistencia médica colectiva u otras instituciones de asistencia médica de régimen de prepago, por cuotas de afiliación de los funcionarios que así lo solicitaren”. Artículo 336.- Créase el Instituto Naval del Estado (INES), que tendrá como objeto promover el desarrollo de la industria naval nacional y las actividades de construcción, reforma, reparación, mantenimiento y carenado de naves y navi-partes de la flota del Estado y de privados, pudiendo participar en el desarrollo de tales actividades en forma directa o bajo diferentes modalidades de contratación con terceros, de acuerdo con la normativa vigente. El Directorio estará integrado por un representante designado por el Ministerio de Defensa Nacional, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas y un tercero designado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería. El Directorio tendrá todas las facultades necesarias para cumplir con el objeto social, comunicándose con el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Industria, Energía y Minería. Artículo 337.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la creación de un fideicomiso de administración el cual tendrá un plazo de cien años designando como fiduciario al Instituto Naval del Estado (INES), con el fin de desarrollar actividades de la industria naval y conexas a las mismas. Los bienes muebles e inmuebles afectados actualmente a tales actividades en el Servicio de Reparaciones, Construcciones y Armamento de la Armada, se incorporarán al patrimonio fiduciario del fideicomiso referido en el artículo anterior, a los efectos de la administración y explotación de dichos bienes. El Poder Ejecutivo determinará los bienes inmuebles comprendidos en esta incorporación, y los registros públicos procederán a su registración con la sola presentación del testimonio notarial de esa resolución. Los bienes muebles e inmuebles del patrimonio fiduciario no podrán ser enajenados ni gravados sin resolución expresa adoptada por unanimidad del Directorio del INES. El Servicio de Reparaciones, Construcciones y Armamento de la Armada cederá al fideicomiso los contratos vigentes para actividades de la industria naval y conexas. Como consecuencia de ello, quedarán sin efecto las funciones, los deberes y las responsabilidades del Servicio de Reparaciones, Construcciones y Armamento de la Armada exclusivamente en la referida área de actividades de la industria naval. El Ministerio de Defensa Nacional tiene las funciones, deberes y responsabilidades en la planificación y definición de los aspectos navales vinculados a la defensa militar de la Nación.
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En cualquier caso, además de los bienes antes referidos, el patrimonio fiduciario también se integrará por los aportes que pueda realizar el Poder Ejecutivo, asignaciones que se otorguen en las leyes presupuestales, los legados, donaciones o aportes de cualquier tipo que sean aceptados por el INES y los ingresos que se deriven de sus actividades. Artículo 338.- El personal civil de la unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada” que preste funciones en el Servicio de Reparaciones, Construcciones y Armamento de la Armada a la fecha de constitución del fideicomiso que se cree para el cumplimiento de los objetivos del Instituto Naval del Estado (INES) y sea contratado por éste, dejará de percibir las remuneraciones asociadas al desempeño de su cargo o función en la mencionada unidad ejecutora, reservándosele el cargo o manteniendo su contrato en suspenso, por un plazo de dos años. Al vencimiento de dicho plazo el funcionario podrá regresar a desempeñar funciones en el Ministerio de Defensa Nacional con todos sus derechos funcionales. El personal militar de la unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada” que preste funciones en el INES será designado por el Ministerio de Defensa Nacional mediante la comisión de servicio”. ——Agradecemos la colaboración de los funcionarios y de los colegas. Se levanta la sesión. (Es la hora 18 y 59)
Sra. DANIELA PAYSSÉ 1era. Vicepresidenta Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor
Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo de Taquígrafos
Dep. Legal N° 322.569/01 Impreso en la División Ediciones de la Cámara de Representantes.