Número 3928
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NÚMERO 3928
MONTEVIDEO, MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2014
República Oriental del Uruguay
DIARIO DE SESIONES
CÁMARA DE REPRESENTANTES
19ª SESIÓN
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES ANÍBAL PEREYRA (Presidente) NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO (2do. Vicepresidente)
ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ Y LOS PROSECRETARIOS SEÑORES TABARÉ HACKENBRUCH LEGNANI Y MARTÍN FERNÁNDEZ AIZCORBE
XLVII LEGISLATURA QUINTO PERÍODO ORDINARIO
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CÁMARA DE REPRESENTANTES
Miércoles 2 de julio de 2014
Texto de la citación
Montevideo, 1º de julio de 2014. LA CÁMARA DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión ordinaria, mañana miércoles 2, a la hora 16, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente – ORDEN DEL DÍA 1º.- Comisión Permanente del Poder Legislativo. (Elección de miembros para el Quinto Período de la XLVII Legislatura). (Artículo 127 de la Constitución). 2º.- Nacionalidad. (Modificación de los artículos 3º a 5º de la Ley Nº 16.021). (Carp. 2545/013). (Informado). (EN DISCUSIÓN). Rep. 1242 y Anexo I 3º.- Luis Alberto Colotuzzo. (Homenaje). (Exposición de los señores Representantes Jaime Mario Trobo y Pablo Abdala por el término de treinta minutos). 4º.- Trabajadores de Aratirí S.A. (Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender el subsidio por desempleo). (Carp. 2858/014). Rep.1384 5º.- Descentralización y participación ciudadana. (Normas). (Carp. 2595/013). Rep. 1261
6º.- Desfile cívico-militar por el aniversario de la declaratoria de la independencia de la República Federativa del Brasil. (Se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional, a efectos de participar en el mismo). (Carp. 2842/014). (Informado). Rep. 1372 y Anexo I 7º.- Competencia “Fuerzas Comando 2014”. (Se autoriza la salida del país de una delegación del Ejército Nacional para participar en la misma). (Carp. 2817/014). (Informado). Rep. 1357 y Anexo I
JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ Secretarios
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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 5 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 5 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 6 4 y 6.- Exposiciones escritas …………………………………………………………………………………………………………… 9, 9 5.- Inasistencias anteriores……………………………………………………………………………………………………………….. 9 MEDIA HORA PREVIA 7.- Manifestaciones sobre la Ley Nº 19.211, que declara el 27 de junio de cada año “Día de la resistencia y defensa de la democracia”. — Exposición del señor Representante Groba ……………………………………………………………………………… 11 8.- Manifestaciones sobre el proyecto de autogestión de Cooptravinor. — Exposición del señor Representante Dávila ……………………………………………………………………………… 12 9.- Solicitud de que el Ministerio de Educación y Cultura regule los llamados “cursos cortos” que se dictan en nuestro medio. — Exposición del señor Representante Vidalín …………………………………………………………………………….. 13 10.- Demoras en la obtención de número para realizar consultas en el Centro Oftalmológico Regional. — Exposición del señor Representante Arocena ………………………………………………………………………….. 14 11.- Inauguración de obras de infraestructura en el departamento de Florida por parte del Instituto Nacional de Colonización. — Exposición del señor Representante Perrachón ……………………………………………………………………….. 14 12.- Fijación de nuevos topes al valor de venta de viviendas de interés social por parte del Gobierno. — Exposición del señor Representante Guarinoni ………………………………………………………………………… 15 CUESTIONES DE ORDEN 14.- Alteración del orden del día ……………………………………………………………………………………………………….. 17 13.- Aplazamiento …………………………………………………………………………………………………………………………….. 17 16, 18, 20, 22.- Integración de la Cámara ……………………………………………………………………………. 24, 36, 40, 46 16, 18, 20, 22.- Licencias……………………………………………………………………………………………………. 24, 36, 40, 46 23.- Preferencias ………………………………………………………………………………………………………………………………. 48 26.- Vuelta de proyecto a Comisión …………………………………………………………………………………………………… 51 ORDEN DEL DÍA 15.- Luis Alberto Colotuzzo. (Homenaje). (Exposición de los señores Representantes Jaime Mario Trobo y Pablo Abdala por el término de treinta minutos). — Manifestaciones de varios señores Representantes………………………………………………………………….. 17
17, 19, 21.- Nacionalidad. (Modificación de los artículos 3º a 5º de la Ley Nº 16.021). Antecedentes: Rep. N° 1242, de octubre de 2013, y Anexo I, de junio de 2014. Carp. N° 2545 de 2013. Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. — Aprobación. Se comunicará al Senado …………………………………………………………………………. 30, 36, 41 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 33
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24.- Trabajadores de Aratirí S.A. (Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender el subsidio por desempleo). Antecedentes: Rep. N° 1384, de julio de 2014. Carp. N° 2858 de 2014. Comisión de Legislación del Trabajo. — Sanción. Se comunicará al Poder Ejecutivo……………………………………………………………………………… 48 — Texto del proyecto sancionado……………………………………………………………………………………………….. 50 26.- Desfile cívico-militar por el aniversario de la declaratoria de la independencia de la República Federativa del Brasil. (Se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional, a efectos de participar en el mismo). Antecedentes: Rep. N° 1372, de junio de 2014, y Anexo I, de julio de 2014. Carp. N° 2842 de 2014. Comisión de Defensa Nacional. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 51 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 51 27.- Competencia “Fuerzas Comando 2014”. (Se autoriza la salida del país de una delegación del Ejército Nacional para participar en la misma). Antecedentes: Rep. N° 1357, de junio de 2014, y Anexo I, de julio de 2014. Carp. N° 2817 de 2014. Comisión de Defensa Nacional. — Aprobación. Se comunicará al Senado ……………………………………………………………………………………. 52 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………….. 53
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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Pablo Abdala, Verónica Alonso, Fernando Amado, José Amy, Saúl Aristimuño, José Andrés Arocena, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Bango, Gustavo Bernini, Ricardo Berois Quinteros, Daniel Bianchi, Marcelo Bistolfi Zunini, Gustavo Borsari Brenna, Heber Bousses, Solana Cabrera, Graciela Cáceres, Daniel Caggiani, Fitzgerald Cantero Piali(5), Rodolfo Caram, Alberto Casas, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa, Evaristo Coedo, Carlos Coitiño, Hugo Dávila, Walter De León, Álvaro Delgado, Dante Dini, Gustavo Espinosa, Guillermo Facello, Álvaro Fernández, Zulimar Ferreira, Carlos Gamou, Jorge Gandini, Javier García, Mario García, Juan Manuel Garino Gruss(3), Aníbal Gloodtdofsky, Rodrigo Goñi Romero, Óscar Groba, Mauricio Guarinoni, Doreen Javier Ibarra, Pablo Iturralde Viñas, Luis Lacalle Pou, María Elena Laurnaga, Andrés Lima, Daniel López Villalba, José Carlos Mahía, Alma Mallo, Daniel Mañana, Rubén Martínez Huelmo, Graciela Matiauda, Felipe Michelini, Sergio Mier, Orquídea Minetti, Eloísa Moreira, Gonzalo Mujica, Gonzalo Novales, José Luis Núñez, Raúl Olivera, Nicolás Ortiz, Miguel Otegui, Yerú Pardiñas, Daniela Payssé(4), Daniel Peña Fernández, Nicolás Pereira, Aníbal Pereyra, Susana Pereyra, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Mario Perrachón, Ricardo Planchon, Alicia Porrini, Iván Posada, Jorge Pozzi(1), Daniel Radío, Roque Ramos, Carlos Rodríguez Gálvez, Edgardo Rodríguez, Gustavo Rombys, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Richard Sander, Berta Sanseverino, Pedro Saravia Fratti, Jorge Schusman, Víctor Semproni, Olga Silva, Rubenson Silva, Mario Silvera, Martín Tierno, Daisy Tourné, Jaime Mario Trobo, Javier Umpiérrez, Daoiz Uriarte(2), Juan Ángel Vázquez, Walter Verri, Carmelo Vidalín, Dionisio Vivian, Horacio Yanes y Zás Fernández, Jorge. Con licencia: Gerardo Amarilla, Julio Battistoni, Felipe Carballo, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Martha Montaner, Amin Niffouri, Jorge Orrico, Ivonne Passada, Guzmán Pedreira, Alberto Perdomo Gamarra, Luis Puig, Nelson Rodríguez Servetto y Carlos Varela Nestier. Falta con aviso: Ana Lía Piñeyrúa. Sin aviso: Roberto Araújo. Observaciones: (1) A la hora 17:34 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Roque Ramos.
(2) A la hora 18:43 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Alicia Porrini. (3) A la hora 17:45 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Álvaro Fernández. (4) A la hora 18:10 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Eloísa Moreira. (5) A la hora 18:43 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Nicolás Ortiz.
2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 291 INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración se expide con un informe en mayoría y uno en minoría, sobre el recurso de apelación presentado por varios señores ciudadanos inscriptos en el departamento de Tacuarembó, contra los Decretos Nos. 20/13 y 21/13, de 29 de noviembre de 2013, por los que se declara prohibida la explotación minera metalífera de gran porte, diamantina e hidrocarburos en el territorio departamental, y se declara reserva ambiental a toda la zona rural del referido departamento. C/2683/013 La Comisión de Defensa Nacional se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se autoriza la salida del país de una delegación del Ejército Nacional para participar en la Competencia “Fuerzas Comando 2014″, a llevarse a cabo en la Base Aérea de Tolemaida, Melgar, República de Colombia, entre el 20 de julio y el 1º de agosto de 2014. C/2817/014 por el que se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional a efectos de participar en el desfile Cívico – Militar por el Aniversario de la Declaratoria de la Independencia de la República Federativa del Brasil, a desarrollarse en la ciudad de Jaguarao, el 7 de setiembre de 2014. C/2842/014 Se repartieron con fecha 1º de julio PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante Gerardo Amarilla solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, sobre el funcionamiento de la planta de aguas cloacales ubicada en Paso de Castro, departamento de Rivera. C/2862/014 El señor Representante Alberto Casas solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Trabajo y
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Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social, relacionado con el calendario de giras médicas a los departamentos del interior para el otorgamiento de pensiones por invalidez y jubilaciones por imposibilidad física. C/2863/014 Se cursaron con fecha 1º de julio PROYECTOS PRESENTADOS Los señores Representantes Daniel Bianchi, Antonio Chiesa y Daniel Radío presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se modifica el artículo 7 de la Ley Nº 18.256, de 6 de marzo de 2008, relativa a la publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco. C/2864/014 A la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social”.
D) La colocación de marcas, logos o elementos de marca de productos de tabaco en juegos, video juegos de computadora. E) El uso de dibujos de tipo animados en publicidad o envases de productos de tabaco. Se exceptúa de lo dispuesto en el inciso anterior a los locales donde se expenden estos productos. En estos locales solamente se podrá exhibir la cara principal de un paquete de cigarrillos por cada marca comercial, debiéndose exhibir en su totalidad la parte que contenga la advertencia sanitaria exigida por la presente ley. En dichos locales se colocará asimismo una lista textual de los productos de tabaco que se expendan con sus respectivos precios y deberá exhibirse la información del Ministerio de Salud Pública que advierta sobre el perjuicio causado por el consumo y por el humo de los productos de tabaco. El decreto reglamentario establecerá las condiciones de los espacios disponibles en los locales que expendan productos de tabaco y la información del Ministerio de Salud Pública que advierte sobre el prejuicio causado por el consumo y por el humo de los productos de tabaco. La prohibición dispuesta en el inciso primero comprende el patrocinio de actividades nacionales o internacionales, culturales, deportivas o de cualquier otra índole, o de participantes de las mismas, por parte de la industria tabacalera”. Montevideo, 1º de julio de 2014 ANTONIO CHIESA, Representante por Tacuarembó, DANIEL BIANCHI, Representante por Colonia, DANIEL RADÍO, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 7º de la Ley Nº 18.256 de 2008, con la modificación introducida por el artículo 311 de la Ley Nº 18.362, prohíbe toda forma de publicidad, promoción o patrocinio de los productos de tabaco, excepto en el interior de los puntos de venta y hace una enumeración a modo de ejemplo y no taxativa de las medidas que comprenden esta prohibición. El proyecto en consideración estaría modificando este artículo, restringiendo aún más la publicidad en el interior de los puntos de venta y regulando la forma en que podrán exhibirse en dichos locales los productos de tabaco. Asimismo, se exigirá la colocación de una lista textual de los productos de tabaco a los efectos de que los consumidores estén informados de
3.- Proyectos presentados.
“PUBLICIDAD, PROMOCIÓN Y PATROCINIO DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO. (Modificación del artículo 7º de la Ley Nº 18.256). PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Sustitúyese el artículo 7º de Ley 18.256, de 6 de marzo de 2008, con la modificación introducida por el artículo 311 de la Ley 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 7º. (Publicidad, promoción y patrocinio).- Prohíbese toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco. Asimismo queda prohibido: A) El uso de logos o marcas o elementos de marca de productos de tabaco, en productos distintos al tabaco. El término “elemento de marca” comprende el aspecto distintivo, el arreglo gráfico, el diseño, el eslogan, el símbolo, el lema, el mensaje de venta, el color o combinación de colores reconocibles u otros indicios de identificación de productos utilizados para cualquier marca de producto de tabaco o que lo representen. B) El uso de marcas o logos de productos distintos al tabaco en productos de tabaco. C) La elaboración o venta de alimentos, golosinas, juguetes y otros objetos que tengan forma de productos de tabaco y puedan resultar atractivos para los menores.
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los productos que se venden en cada local y su correlativo precio, debiéndose además exhibirse la información del Ministerio de Salud Pública que advierta sobre el perjuicio causado por el consumo y por el humo de los productos de tabaco. Por la Ley Nº 17.793 de 16 de julio de 2004, nuestro país aprobó el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMTC), adoptado por la 56a. Asamblea Mundial de la Salud del 21 de mayo de 2003, consistente en un preámbulo y 38 artículos, ratificado por nuestro país. El artículo 13 de dicho Convenio refiere a la publicidad, promoción y el patrocinio de los productos de tabaco. Dicho artículo prevé que “Cada Parte, de conformidad con su constitución o sus principios constitucionales, procederá a una prohibición total de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco. Dicha prohibición comprenderá, de acuerdo con el entorno jurídico y los medios técnicos de que disponga la Parte en cuestión una prohibición total de la publicidad, la promoción y el patrocinio transfronterizos originados en su territorio….” Es de destacar que por un lado el redactor o los redactores de este artículo fueron conscientes de los problemas constitucionales que generará la ejecución de este Convenio y, por otro, hay una orden a los Estados Parte de respetar sus principios constitucionales. Inclusive, en el numeral 3 se señala directamente: “La Parte que no esté en condiciones de proceder a una prohibición total debido a las disposiciones de su constitución o sus principios constitucionales aplicará restricciones […]”. De manera que el Convenio parte de la base de que habrá Estados que no podrán cumplir a rajatabla con lo que se establece. Este parece ser el caso de Colombia que, si bien ha ratificado el Convenio, y es citado como un caso de éxito en la aplicación de la directriz que recomienda una prohibición total de la publicidad, no prohibió absolutamente la exhibición en puntos de venta de productos derivados del tabaco sino que ha aplicado fuertes restricciones al permitir solo la exhibición de una variedad por marca. Este caso es un buen ejemplo de armonización de las normas y principios constitucionales con el cumplimiento estricto del Convenio ya que no solo atiende las recomendaciones respecto a la publicidad sino que también lo hace respecto a la obligación de adaptar esas recomendaciones a sus normas constitucionales. En virtud de lo expuesto y atendiendo al sistema constitucional de nuestro país, las modificaciones al artículo 7º de la Ley Nº 18.256 incluidas en el presen-
te proyecto reflejan una adecuada armonización de los derechos fundamentales y bienes jurídicos que se encuentran en juego: por un lado, el principio de libertad en general (artículos 7º, 10 y 72) y de la libertad de empresa, industria y comercio en particular (artículo 36), el derecho de propiedad (artículos 7º, 32 y 33), y la libertad de expresión y comunicación de pensamiento (artículo 29); por otro lado, el derecho a la salud (artículo 44) y el principio de reserva legal (artículos 7º y 10 inciso 2º). Dicho Convenio Marco y sus protocolos establecen como objetivo proteger a las generaciones presentes y futuras contra las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco proporcionando un marco para las medidas de control del tabaco que habrán de aplicar las Partes a nivel nacional, regional e internacional a fin de reducir de manera continua y sustancial la prevalencia del consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco (artículo 3º). Al respecto, dicho Convenio Marco establece: a) que el tabaquismo es una epidemia y un problema mundial con graves consecuencias para la salud pública (Preámbulo). Consecuencias letales. b) que la ciencia ha demostrado inequívocamente que el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco son causas de mortalidad, morbilidad y discapacidad y que las enfermedades relacionadas con el tabaco no aparecen inmediatamente después de que se empieza a fumar o a estar expuesto al humo de tabaco, o a consumir cualquier otra manera productos de tabaco (Preámbulo). c) que los cigarrillos y algunos productos que contienen tabaco crean y mantienen una dependencia y que muchos de los compuestos que posee y el humo que producen son farmacológicamente activos, tóxicos, mutágenos y cancerígenos, considerándose a la dependencia del tabaco como una enfermedad (Preámbulo). d) que existen claras pruebas científicas de que la exposición prenatal al humo de tabaco genera condiciones adversas para la salud y el desarrollo del niño (Preámbulo). e) se considera como un principio básico para alcanzar los objetivos del Convenio y de sus Protocolos, que todos sean informados de las consecuencias sanitarias, la naturaleza adictiva y la amenaza mortal del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco, por lo que se deben contemplar medidas legislativas, ejecutivas, administrativas y otras medidas
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para proteger a todas las personas del humo de tabaco (artículo 4º, párrafo 1). f) se considera como un principio básico para alcanzar los objetivos del Convenio y de sus Protocolos, que las Partes adquieran un compromiso político firme para establecer y respaldar, a nivel nacional, regional e internacional, medidas multisectoriales y respuestas coordinadas para proteger a todas las personas de la exposición al humo de tabaco (artículo 4º, párrafo 2). g) se considera como una obligación general para las Partes que se adopten y apliquen medidas legislativas, ejecutivas, administrativas y/o otras medidas eficaces para prevenir y reducir el consumo de tabaco, la adicción a la nicotina y la exposición al humo de tabaco (artículo 5º, párrafo 2, literal “b”). h) las Partes reconocen que la ciencia ha demostrado de manera inequívoca que la exposición al humo de tabaco es causa de mortalidad, morbilidad y discapacidad, por lo que se debe adoptar y aplicar medidas legislativas, ejecutivas, administrativas y/u otras medidas eficaces de protección contra la exposición al humo de tabaco en lugares de trabajo interiores, medios de transporte público, lugares públicos cerrados y otros lugares públicos (artículo 8º). i) Se conmina a las Partes a que pongan en práctica medidas que vayan más allá de las obligaciones establecidas en el artículo 13, párrafo 4 (artículo 13, num. 5º.) j) Además de lo anterior, la Organización Mundial de la Salud elaboró las Directrices Sobre la Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco (ar1 tículo 8º del CMCT de la OMS) (ANEXO IV) en donde hace énfasis, un poco más detallado, de la conveniencia de implementar políticas que busquen hacer efectivo el Acuerdo Marco. En particular, se puede resaltar lo siguiente: k) El deber de proteger contra la exposición al humo de tabaco, consagrado en el artículo 8º, está basado en las libertades y derechos humanos fundamentales. Por lo peligroso que representa el inhalar humo de tabaco ajeno, el deber de proteger contra la exposición de humo de tabaco está implícito, entre otros, en el derecho a la vida y el derecho al disfrute del más
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alto nivel posible de salud, reconocidos en numerosos instrumentos jurídicos internacionales (Constitución de la Organización Mundial de la Salud, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) (párrafo 4, literal “a”). l) Hay que fortalecer y ampliar la protección de las personas contra la exposición al humo de tabaco (párrafo 12). m) No existen niveles seguros de exposición al humo ajeno y, tal como ha reconocido anteriormente la Conferencia de las Partes en su decisión FCTC/COP1 (15) los métodos basados en soluciones técnicas tales como la ventilación, la renovación del aire y el uso de zonas destinadas a los fumadores no protegen contra la exposición al humo de tabaco (párrafo 25). Según el Comité de las Naciones Unidas sobre Derecho Económicos, Sociales y Culturales, en su Comentario General Número 14, expresa que el derecho al más alto nivel posible de salud, como todos los derechos humanos impone tres tipos de niveles de obligaciones sobre los Estados Partes: las obligaciones de respetar, proteger y cumplir. La obligación de proteger requiere que los Estados tomen medidas para impedir que terceros interfieran en las garantías que establecen este artículo 12 del PIDESC. Por su parte y en cuanto a la preocupación de los accionantes por la información para los usuarios; la Ley Nº 17.250, en Sede de derechos básicos de todo consumidor (artículo 6º) establece como derecho básico la protección de la vida, la salud y la seguridad contra los riesgos causados por las prácticas en el suministro de productos y servicios considerados como peligrosos o nocivos; la educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los productos y servicios; la información suficiente, clara, veraz, en idioma español sin perjuicio que puedan emplearse además otros idiomas, así como la protección contra la publicidad engañosa y los métodos coercitivos o desleales en el suministro de productos y servicios. Y aclara, además, que todos los productos y servicios cuya utilización pueda suponer un riesgo de aquellos considerados normales y previsibles por su naturaleza, utilización o finalidad, para la salud o seguridad de los consumidores o usuarios, deberán comercializarse observando las normas o las formas establecidas o razonables (artículo 7º)
Adoptadas por la Conferencia de las Partes en el CMCT de la OMS en su segunda reunión (Bangkok, 30 de junio al 6 de julio de 2007), decisión FCTC/COP2(7) “Adopción de directrices para la aplicación del artículo 8º (Protección contra la exposición al humo de tabaco)”.
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Dicha norma obliga a los proveedores de servicios a informar de manera clara y veraz sobre la prestación de dichos servicios en fomento de la salud, sin perjuicio de otras medidas que puedan tomarse en cada caso concreto. La publicidad implica la promoción del producto o servicio y que provoca en el consumidor, en este caso el usuario, un impacto de importancia en la adquisición de un bien o servicio; por lo que a fin de proteger la salud de la población se hace necesario que el Estado regule certeramente la publicidad y además que motive a la adopción de hábitos que promuevan la salud y prevengan los factores de riesgo según los parámetros de la Organización Mundial de la Salud. Por lo expuesto, para dar cumplimiento a los compromisos asumidos bajo el artículo 13 del Convenio Marco y siempre considerando nuestros principios constitucionales, se adoptan por el presente proyecto de ley mayores restricciones a la publicidad de los productos de tabaco. Montevideo, 1º de julio de 2014 ANTONIO CHIESA, Representante por Tacuarembó, DANIEL BIANCHI, Representante por Colonia, DANIEL RADÍO, Representante por Canelones”.
Junta Departamental y a la Intendencia de San José, y por su intermedio al Municipio de Libertad, relacionada con la necesidad de rediseñar y ejecutar obras en rutas nacionales del referido departamento. C/19/010″. Se votarán oportunamente.
5.- Inasistencias anteriores.
Dese cuenta de las inasistencias anteriores. (Se lee:) “Inasistencias de representantes que no concurrieron a la sesión ordinaria realizada el día 1° de julio de 2014″. Con aviso: Gustavo Espinosa. Sin aviso: Roberto Araújo y Olga Silva. Inasistencias a las Comisiones. Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas. Martes 1° de julio ESPECIAL PARA EL ESTUDIO DEL COOPERATIVISMO Con aviso: Álvaro Delgado, Marta Sanseverino, Daniel Mañana, Gustavo Bernini y Gustavo Espinosa. ESPECIAL PARA EL DEPORTE Con aviso: Graciela Cáceres y Jorge Orrico”.
4.- Exposiciones escritas.
SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Está abierto el acto. (Es la hora 16 y 14) ——Dese cuenta de las exposiciones escritas. (Se lee:) “El señor Representante José Andrés Arocena solicita se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República, sobre la posibilidad de establecer mecanismos de financiación para facilitar a jóvenes uruguayos a solventar los costos de viaje y garantía a la República de Nueva Zelanda para realizar las denominadas “vacaciones de trabajo”. C/19/010 Los señores Representantes Gustavo Cersósimo, Walter De León y Alberto Casas solicitan se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República, con destino a la Oficina del Área Metropolitana; a los Ministerios de Transporte y Obras Públicas; y del Interior, con destino a la Dirección Nacional de Policía Caminera y a la Jefatura de Policía de San José; a la UNASEV, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; a la Corporación Vial del Uruguay, a la
6.- Exposiciones escritas.
——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta. (Se vota) ——Veintiséis en treinta: AFIRMATIVA. (Texto de las exposiciones escritas:) 1) “Exposición del señor Representante José Andrés Arocena a la Presidencia de la República, sobre la posibilidad de establecer mecanismos de financiación para facilitar a jóvenes uruguayos a solventar los costos de viaje y garantía a la República de Nueva Zelanda para realizar las denominadas “vacaciones de trabajo”.
“Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Aníbal Pereyra. Amparados en las facultades que nos confiere el ar-
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tículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República. Actualmente desde nuestro país concurren a Nueva Zelanda unos doscientos jóvenes, por un plazo máximo de un año, a realizar sus ‘working holidays’ o vacaciones de trabajo, en las cuales los jóvenes de entre dieciocho y veintinueve años de edad trabajan en cualquier actividad u oficio que puedan conseguir en el mencionado país. Esos trabajos, para la media salarial de nuestro país, son bien remunerados y hacen que los jóvenes tengan capacidad de ahorro, y puedan pagar sus gastos de mantenimiento y solventar los costos de sus pasajes. Además, les permite conocer otras costumbres, otra sociedad y aprender o perfeccionar el idioma inglés. Estos hechos desarrollan la personalidad y les brinda un fuerte crecimiento personal. Sin duda alguna y, basado en las experiencias de jóvenes que participan de estas prácticas, lo que los motiva es el desarrollo profesional e intelectual. Es muy positivo para aquéllos que pueden disponer de US$ 1.500 para pasajes y US$ 3.000 de garantía que exige el Gobierno de Nueva Zelanda. Sin embargo, es inaccesible e inviable para gran parte de los jóvenes del Uruguay. Por lo expuesto, solicitamos a las autoridades competentes, poner en funcionamiento algún mecanismo de financiación para evitar la discriminación y/o falta de oportunidades a jóvenes que no dispongan de esos recursos. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ ANDRÉS AROCENA, Representante por Florida”. 2) Exposición de los señores Representantes Gustavo Cersósimo, Walter De León y Alberto Casas a la Presidencia de la República, con destino a la Oficina del Área Metropolitana; a los Ministerios de Transporte y Obras Públicas; y del Interior, con destino a la Dirección Nacional de Policía Caminera y a la Jefatura de Policía de San José; a la UNASEV, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; a la Corporación Vial del Uruguay, a la Junta Departamental y a la Intendencia de San José, y por su intermedio al Municipio de Libertad, relacionada con la necesidad de rediseñar y ejecutar obras en rutas nacionales del referido departamento.
“Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Aníbal Pereyra. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; al Ministerio del Interior, con destino a la Jefa-
tura de Policía del departamento de San José y a la Dirección Nacional de Policía Caminera; a la Presidencia de la República, con destino al Programa Agenda Metropolitana; a la Unidad Nacional de Seguridad Vial; a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; a la Intendencia de San José y, por su intermedio, al Municipio de Libertad; a la Junta Departamental de San José, y a la Corporación Vial del Uruguay S.A. Los fallecidos en rutas nacionales representan casi el 40% del total nacional, porcentaje que se ha venido incrementando en los últimos años. La tendencia indica que la proporción de fallecidos en accidentes de tránsito de jurisdicción nacional tiende a incrementarse año a año, sobre todo en el área metropolitana. Las autoridades departamentales están en alerta permanente y hemos coincidido con todas las autoridades del Municipio de Libertad en que se deben instrumentar acciones inmediatas, para hacer más segura la vida de nuestros vecinos, y todos quienes transitan por la ruta, en los siguientes puntos: 1) Ruta Nacional Nº 1 Brigadier General Manuel Oribe, kilómetro 42 -recientemente se inauguró el Instituto de Producción Animal de la Facultad de Veterinaria (Universidad de la República) y ahí también se encuentra la Escuela Agraria (Consejo de Educación Técnico-Profesional)- el refugio peatonal está mal ubicado, sin iluminación, los ómnibus deben parar sobre la ruta. 2) La citada ruta, kilómetro 47 -se ubica la empresa TAKATA, con más de 600 funcionarios y proveedores-, no hay refugio peatonal, no hay iluminación y los ómnibus deben parar sobre la ruta, 3) En la misma ruta, kilómetro 48 empresas Tigre y Gourmet-, no hay refugio peatonal, ni iluminación. En el kilómetro 49, empresa Fray Marcos, igual situación. 4) En el kilómetro 49 -Zona Franca Libertad, con 250 funcionarios-, las columnas de iluminación y la cantidad de desvíos dificultan la visualización de la ruta, el agua de lluvia proveniente del lugar se acumula sobre la Ruta N° 1 vieja, produciéndose un considerable espejo de agua, muy peligroso para la circulación de vehículos y peatones. 5) Rotonda de la Ruta Nacional N° 1 y Camino Mauricio (ingreso a Kiyú), continúa con falta de iluminación y se dificulta el cruce a Libertad, ya que el ingreso no está perpendicular a la misma. 6) Camino de Las Tropas, debe mejorarse desde Colonia Wilson a Zona Franca, lo que ayudaría al desplazamiento de la maquinaria rural. 7) La Ruta N° 1 vieja -pasada a la órbita departamental- con carpeta asfáltica en ciclo de vida útil vencido y falta de iluminación. 8) En el kilómetro 56 Barrio Colólo -debe ser iluminado ya que quedó sobre la ruta y allí se encuentran ubicados emprendimientos. De acuerdo a estadísticas de público conocimiento, durante el año 2012 y el primer semestre
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del año 2013 en el departamento de San José, hubo 23 fallecidos, de los cuales 15 fueron en jurisdicción del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Se impone la atención en el pronto diseño y ejecución de obras que otorguen mayor seguridad de circulación en el departamento. Desde el año 2005 hemos enviado numerosos documentos (exposiciones escritas, pedidos de informes) todos ellos relacionados con la siniestralidad en las rutas nacionales del departamento. Por lo expuesto, solicitamos al Ministerio de Transporte y Obras Públicas que se nos informen las acciones que se puedan llegar a tomar en relación al tema planteado, así como los tiempos previstos para las mismas. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ALBERTO CASAS, GUSTAVO CERSÓSIMO, WALTER DE LEÓN, Representantes por San José”.
——Hubo actos en los más distintos lugares del interior del país, haciendo mención a lo que ocurrió el 27 de junio de 1973 y a la resistencia inmediata de los trabajadores y de los estudiantes. Al pasar, también queremos hacer mención a algo que decíamos hace tiempo en un debate llevado a cabo en esta Cámara, cuando se manejaba la teoría de los dos demonios. En aquel momento decíamos que el móvil de la dictadura del año 1973 fue, ya sin sindicatos, ya sin parlamentarios, fundamentalmente aplicar un modelo económico al pueblo, por el cual se quitó a los trabajadores el 50 % de sus salarios y jubilaciones. Además, se destruyeron las posibilidades de miles de productores agropecuarios y empresarios. Hubo corrupción y saqueo; esos son datos de la realidad, y así lo registra la historia de nuestro país. Pero esto venía precedido de un velo de violencia, instalado en nuestro país como consecuencia de la aplicación de las medidas prontas de seguridad un 13 de junio de 1968 y, como corolario, la congelación de salarios, el 28 de junio del mismo año. Casualmente, esta congelación de salarios se hizo tres días antes de los ajustes de los Consejos de Salarios de los trabajadores de la actividad privada de aquella época. Recordamos que la inflación en aquellos momentos era de tres dígitos. Cuando hacemos este tipo de charlas con los trabajadores, sobre todo jóvenes, siempre relatamos la anécdota de que hablábamos con nuestra madre acerca de que los informes del sindicato metalúrgico -en esa época teníamos diecisiete años- indicaban que el ajuste para nuestro sector era del 98 %; ¡claro!, previo a la instalación de la congelación de salarios, con el velo de las medidas prontas de seguridad que se dictaron el 13 de junio. La inmensa mayoría de los trabajadores del país nos quedamos sin ese ajuste -en el caso de los metalúrgicos era de un 98 %, pero otros deberían haber tenido más de un 100 %, según los Consejos de Salarios- y, a partir de ese momento, se desinstaló la negociación tripartita. Como corolario de esto se promueve el golpe de Estado y, en ese período nefasto que va desde la década del sesenta hasta 1984 -la última víctima fue Roslik-, se produjo un saqueo enorme, fundamentalmente a los trabajadores, que es el sector más débil de la sociedad, por el cual de una deuda externa de US$ 716:000.000 se pasó a una de US$ 6.000:000.000; el saqueo a esa masa de traba-
MEDIA HORA PREVIA 7.- Manifestaciones sobre la Ley Nº 19.211, que declara el 27 de junio de cada año “Día de la resistencia y defensa de la democracia”.
——Se entra a la media hora previa. Tiene la palabra el señor Diputado Groba. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: en esta media hora previa queremos hacer mención a un hecho que, después de tantos años, se ha promovido a partir del último 27 de junio. Me refiero a que, por primera vez en la historia del Uruguay, a partir de la Ley N° 19.211, se tiene que hacer memoria y trasladar a las nuevas generaciones… (Murmullos.- Campana de orden) ——…lo que fueron las instancias de resistencia al golpe de Estado del 27 de junio de 1973, en especial haciendo énfasis en lo que fue la histórica y heroica huelga general -no solo para nuestro país, sino para la región y el mundo- hecha por los trabajadores uruguayos de la CNT y complementada desde el inicio por la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay, FEUU. Señor Presidente: nosotros estuvimos en el acto realizado por el PIT-CNT que conmemoraba esta fecha. (Murmullos.- Campana de orden)
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jadores fue precisamente de US$ 6.000:000.000, monto que nunca se devolvió ni se va a devolver a este sector. Esa heroica huelga general fue iniciada como respuesta de los trabajadores organizados no solo a este saqueo, sino también por amor a la libertad y a la democracia, amor que los trabajadores han sentido y sienten en todo el proceso de la democracia en nuestro país. Para finalizar, queremos decir que los trabajadores, junto con los estudiantes, fueron a ocupar los puestos de trabajo en las unidades productivas y en las aulas sin nada. Era un 27 de junio, fin de mes; los trabajadores ni siquiera habían hecho los vales de la semana en sus lugares de trabajo. Era una huelga que comenzaba, pero no se sabía cuándo terminaría. Había que hacer frente a los alquileres, a las cuentas del almacén, a la luz, al agua, a todo y, sin embargo, los trabajadores, en ese acto heroico que fue recordado el último 27 de junio en el acto del PIT-CNT, solo por amor a la democracia y a la libertad hicieron esa huelga heroica de quince días que estoy relatando. Solicitamos que la versión taquigráfica de nuestras palabras sea enviada al PIT-CNT, a la Mesa Política del Frente Amplio, a las Coordinadoras P y H del Frente Amplio, al Comité de Base de San Luis, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a la prensa nacional. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
Tras más de treinta años de trabajar en la empresa Calvinor y de haber pasado por distintas experiencias y situaciones, hace un año los trabajadores decidieron conformarse en cooperativa de trabajadores, llamada Cooptravinor. Esta empresa fue creada a conciencia de que la industria de la caña de azúcar no podía generar la necesaria fuente de trabajo para toda nuestra gente de Bella Unión y las zonas aledañas. La idea era diversificar la producción de nuestra zona. En toda su historia tuvo una marca de vino premiada a nivel nacional e internacional por su calidad. Generó mucho trabajo y por diferentes motivos y en diferentes gobiernos se hicieron negocios -o negociados- con privados; también en su momento tuvo intervención la Corporación Nacional para el Desarrollo. En ninguna de estas oportunidades fue tenida en cuenta la opinión de los trabajadores. (Murmullos.- Campana de orden) ——Somos conscientes de que en plena consolidación del proyecto de ALUR en Bella Unión, aun cuando se llegue a tener plantadas diez mil hectáreas de caña de azúcar, no se podrá ocupar toda la mano de obra de nuestra zona. Algunos piensan que con ALUR en Bella Unión están resueltos todos los problemas sociales, pero nosotros bregamos para que haya otra fuente de trabajo en nuestra zona. Durante algo más de un año, los trabajadores de Calvinor han realizado gestiones para convencer de que es posible llevar adelante un proyecto de autogestión. Toda esas ilusiones, esperanzas y sueños generados durante este tiempo, el lunes pasado pudieron haber tenido su fin. Ese día, en horas de la madrugada, emprendimos viaje desde Bella Unión hacia Montevideo junto a los trabajadores que estarían presentes en el remate de las 270 hectáreas de Calvinor. Era grande la incertidumbre que había sobre lo que podía pasar. De golpe y porrazo todo ese sueño se podía venir abajo. Compartimos con ellos la alegría; en medio de abrazos se decían: “¡Vamo’ arriba que esto sigue!”. Pero también había lágrimas en los ojos de hombres que ya pasan los cincuenta años. Si esto no salía bien, era como volver a empezar no sabiendo por dónde. Había expectativas de que el Banco de la República ofertara y se quedara con esa tierra, cosa que por suerte sucedió. Se debe reconocer el compromiso asumido por algunos organismos de nuestro Gobierno en este pro-
8.- Manifestaciones sobre el proyecto de autogestión de Cooptravinor.
Tiene la palabra el señor Diputado Dávila. SEÑOR DÁVILA.- Señor Presidente: el 13 de mayo de 2013, los trabajadores de Calvinor resuelven ocupar la planta ante el no pago de cuatro meses de salario y de tres años de licencias y salarios vacacionales. Días después, fuimos convocados los Representantes del departamento, las autoridades locales y los integrantes de la intersindical de Bella Unión; en esa reunión se dio pleno apoyo a la medida llevada adelante por los trabajadores.
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yecto, avalado este lunes con la presencia en el remate del Director Nacional del Trabajo y la Seguridad Social, compañero Luis Romero. Creemos necesaria la coordinación entre los involucrados en el tema, por ejemplo, el Banco de la República, el Instituto Nacional de Colonización, el Fondes, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Inavi para que, junto a los trabajadores, en poco tiempo se pueda avanzar en la posesión de la tierra y los recursos necesarios, a fin de continuar con el trabajo de mantenimiento de los viñedos, que con mucho esfuerzo han llevado adelante los compañeros trabajadores. Debemos reconocer la tenacidad y fortaleza de los trabajadores y su compromiso de llevar adelante el proyecto de autogestión de estos veinte compañeros, que en su gran mayoría tienen más de cincuenta años de edad además de varios años de experiencia acumulados en el trabajo de la vid. Valió la pena el esfuerzo. La consigna, presente en nuestra zona aun en los momentos difíciles, sigue viva en la actualidad: “Por la vida y el trabajo en Bella Unión”. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, de Ganadería, Agricultura y Pesca, y de Industria, Energía y Minería, al Banco de la República, al Inavi, al Fondes, al Municipio de Bella Unión y a la Junta Departamental de Artigas. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en cuarenta y cinco: AFIRMATIVA.
hay que impartir una educación que proporcione a los uruguayos formaciones específicas que enriquezcan su conocimiento en las más variadas disciplinas y en todo el territorio nacional. Con preocupación observamos periódicamente en diferentes medios de comunicación la oferta de cursos cortos que no cuentan con el contralor debido del Estado. Estos cursos son ofrecidos con técnicas de marketing y dirigidos a una población que reúne cierta capacitación, pero con avidez de obtener ganancias económicas redituables a corto plazo. Los cursos se hacen a través del pago de una matrícula y de asistencia a clases, y los estudiantes que los aprueban, en algunos casos reciben un certificado y, en otros, una simple constancia de que cursaron con aprobación el curso en cuestión. Dichos cursos suelen ser breves, generalmente, de uno o dos semestres, y los realizan personas de diferentes edades, de distinta condición social y con una formación académica previa. Si analizamos la situación los denominados “cursos cortos” tal como se presenta en nuestra sociedad, constatamos que, en parte, es el Estado el que proporciona cursos de esta naturaleza, muchas veces a través de las Intendencias de todo el país y, en muchos casos, sin que exista una matriz real que regule estas iniciativas. Se realizan sin contralor de su calidad, generalmente, sin pruebas de evaluación, sin expedición de certificados o diplomas, o cualquier otro tipo de elemento que permita uniformizar niveles de destreza, competencias o aptitudes adquiridas por los estudiantes. Además, existe una abultada oferta educativa privada, de despareja calidad, que no es sometida a evaluaciones de ningún tipo. Estos cursos tienen ya larga data y su número se incrementó durante la crisis económica sufrida por nuestro país y en los últimos años debido a la demanda de una amplia variedad de trabajos, tan dispar como fértil. La experiencia indica que un número importante de los participantes en estos cursos cortos, al finalizarlos, se encuentra ante una situación de expectativa insatisfecha y frustración, ya que a pesar de poseer un certificado o constancia de aprobación del curso, este no es reconocido en el mercado de trabajo y, prácticamente, no cuenta con beneficios reales para sus titulares.
9.- Solicitud de que el Ministerio de Educación y Cultura regule los llamados “cursos cortos” que se dictan en nuestro medio.
Tiene la palabra el señor Diputado Vidalín. SEÑOR VIDALÍN.- Señor Presidente: la política nacional de educación debe estar centrada en la calidad de la enseñanza impartida a nuestros compatriotas en cualquiera de los niveles que se encuentren. Es decir,
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Por lo expuesto, solicito que el Ministerio de Educación y Cultura estudie efectuar el contralor de las empresas o institutos que dictan este tipo de cursos, que se dé publicidad acerca de quiénes están autorizados y que se regule en la materia. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Educación y Cultura, a las Comisiones de Educación y Cultura de ambas Cámaras, al Congreso de Intendentes, al Centro Comercial e Industrial de Durazno, a las Pymes del dicho departamento y a la Sociedad Rural de Durazno. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en cuarenta y siete: AFIRMATIVA.
que no era asunto suyo y que llamáramos a Atención al Usuario; también nos dijo que la culpa era de los pacientes, que toman horas y después no concurren a las consultas. Quiere decir que culpó a los pacientes, quienes en definitiva son los que tienen un problema. Pongámonos en el lugar del padre o la madre de ese niño, si tuviéramos que esperar un año y medio para poder hacer una consulta. Claramente, buscaríamos solucionar el problema realizando una consulta privada, tal como hizo esta señora; en realidad, pagaríamos a un especialista para solucionar nuestro problema y, con fastidio, no cancelaríamos la hora solicitada en el hospital. ¿Somos los pacientes los que tenemos la culpa de que nos den una consulta para un especialista, en un hospital departamental y un centro regional, para dentro de un año y medio? Claramente no; no podemos pensar así, ni que los errores no se puedan solucionar. Pero lo más triste es que en todas las conversaciones que mantuvimos, durante varias horas, en ningún momento se nos preguntó el nombre de la paciente, por lo que entendemos que hay una gran falta de humanidad al no interesarse por este caso, o por los tantos que nos llegan. Sin duda, no son razonables los tiempos de demora ni los argumentos que se esgrimen para justificarlos. Por lo tanto, solicitamos a las autoridades de ASSE que solucionen este problema a la brevedad. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Directorio de ASSE, al Ministerio de Salud Pública, a la Junta Departamental de Florida y a la prensa. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y dos en cincuenta y tres: AFIRMATIVA.
10.- Demoras en la obtención de número para realizar consultas en el Centro Oftalmológico Regional.
Tiene la palabra el señor Diputado Arocena. SEÑOR AROCENA.- Señor Presidente: el 23 de agosto del año pasado se inauguró en el Hospital Departamental de Florida el Centro Oftalmológico Regional. En esa fecha, ASSE comunicó que el mencionado Centro contaba con dos consultorios en oftalmología, un área técnica de diagnósticos, equipos de última generación y tres especialistas. Hace ya casi un año de este hecho y, sin duda, podemos decir que está muy lindo, pero también podemos afirmar que no se han solucionado los problemas ocasionados por la demora en la obtención de números para las consultas, lo que venía ocurriendo desde hacía tiempo. Pongamos un ejemplo: días atrás se nos acercó una madre para decirnos que estaba preocupada porque a su hija le va mal en la escuela pues no ve bien y no tiene lentes, y la consulta en el Hospital Departamental de Florida le demora un año y medio; reitero: un año y medio. Ante esta situación, llamamos a Atención al Usuario y, al parecer, no estaban muy dispuestos a ayudar, pero ante nuestra insistencia nos dijeron que nos comunicáramos con el Director Departamental de la RAP, la Red de Atención Primaria. Entonces, hablamos con el Director de la RAP, quien nos dijo
11.- Inauguración de obras de infraestructura en el departamento de Florida por parte del Instituto Nacional de Colonización.
Tiene la palabra el señor Diputado Perrachón. SEÑOR PERRACHÓN.- Señor Presidente: hace una semana concurrimos al departamento de Florida, a
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partir de la invitación que recibimos del Instituto Nacional de Colonización, con motivo de la inauguración de obras de infraestructura en la colonia denominada “Reglamento de Tierras 1815”. Esta colonia se ubica en el paraje de dicho departamento conocido como Timote y está conformada por unas cuatro mil setecientas hectáreas, adquiridas por el Instituto en el año 2010, a las que se accede llegando desde la Ruta Nacional Nº 6. Se han entregado 3.000 hectáreas, y dentro de poco el Instituto terminará de tomar posesión de las 1.700 hectáreas restantes, cuando culmine el contrato de arrendamiento. Las obras que fueron inauguradas constan de una represa con un lago de setenta hectáreas para que la Colonia pueda contar con riego desde el primer momento, ya que esto se considera un elemento fundamental para el desarrollo productivo del emprendimiento. Se inauguraron las obras relacionadas con los ocho kilómetros de caminería rural -que mejoran los accesos y la comunicación interna-, y con las dieciséis viviendas, con sus correspondientes salas de ordeñe, construidas en acuerdo con Mevir para ser destinadas a las familias que, en todos los casos, están conformadas por matrimonios jóvenes. Esas familias fueron seleccionadas, con toda transparencia, por el Instituto y las gremiales lecheras. También se dieron a conocer las obras de electrificación rural que realizó UTE, con la que quedará abastecida la colonia. Inclusive, habrá una fracción ganadera de explotación grupal, un campo para trabajo en común para recría de los vacunos y tres fracciones para la explotación conjunta de forraje y granos con riego y otros servicios. Señor Presidente: anteriormente, en esta amplia extensión de tierra a lo sumo lo que podíamos encontrar era al puestero, encargado de cuidar el ganado de los propietarios de la estancia. Hoy, en cambio, tenemos ante nosotros un espacio dinámico, donde las familias jóvenes del campo llegan a instalarse, seguramente, con el horizonte de ver crecer allí a sus hijos, mientras que productivamente se pone en marcha un nuevo proyecto, cuya base es la actividad le-
chera, y en el que la metodología de trabajo que se intenta generar tiene un gran contenido colectivo. Actualmente, el Instituto Nacional de Colonización, con los recursos que hemos puesto a su disposición desde los Gobiernos del Frente Amplio, se ha convertido en un actor eficiente y con incidencia real en el mercado de la tierra en nuestro país, acercándose a encarnar el rol histórico para el que fue creado; como ha reiterado su ex Presidente Andrés Berterreche: “La reforma agraria que alguna vez planteamos para el Uruguay la está llevando a cabo, paulatina y silenciosamente, el Instituto Nacional de Colonización”. En este sentido, recuerdo la última norma que votamos hace poco tiempo en esta Cámara, por la que habilitamos la creación de un fideicomiso especial para este organismo por un monto máximo de US$ 100:000.000, con el objetivo de que siga avanzando en la compra de tierras. Quiero aportar un último dato: hoy el Instituto Nacional de Colonización tiene más de medio millón de hectáreas bajo su administración, y el 50 % fueron integradas al organismo durante los nueve años de gobierno de esta fuerza política. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Presidencia del Instituto Nacional de Colonización, al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a la Junta Departamental de Colonia y a los Municipios y medios de comunicación de mi departamento. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Cincuenta y uno en cincuenta y tres: AFIRMATIVA.
12.- Fijación de nuevos topes al valor de venta de viviendas de interés social por parte del Gobierno.
Tiene la palabra el señor Diputado Guarinoni. SEÑOR GUARINONI.- Señor Presidente: queremos referirnos a la ley de vivienda de interés social, que votaron todos los partidos políticos en el Parlamento y a la cual hemos referido en otras oportunidades.
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Dado que el Gobierno fijó los nuevos topes al valor de venta de estas viviendas, nos pareció una buena ocasión para hacer una pequeña evaluación de esta nueva coyuntura. La primera conclusión que debemos destacar es que el objetivo de la ley, en cuanto herramienta que facilita a las familias de ingresos medios y medios bajos el acceso a la vivienda de interés social, mediante la modalidad de compra o arrendamiento a través de exoneraciones tributarias a inversores privados para la construcción, ampliación o reciclaje de viviendas, se refuerza con esta nueva reglamentación. (Campana de orden) ——Abriendo un paréntesis, debemos decir que este instrumento de apoyo a la construcción de nuevas viviendas en áreas claves de la ciudad se complementa con un instrumento que facilita el acceso a la demanda, como el Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios, que reduce los requerimientos de ahorro previo exigidos para obtener el crédito hipotecario para comprar vivienda, financiando hasta el 90 % de su valor. El 27 de junio pasado se modificó el régimen de promoción de inversiones privadas en viviendas de interés social, lo que determinó, entre otras cosas, que las zonas de Montevideo en las que hasta el momento no había topes estén sujetas a los topes de precios establecidos en la nueva reglamentación. Es decir que en todos los proyectos el inversor debe identificar un mínimo del 25 % de las viviendas, cuyo precio no puede superar el valor establecido por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. En este sentido, es bueno aclarar que la ley siempre previó topes por metro cuadrado; esto no es nuevo, ya que el Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios, que también está trabajando en el marco de esta ley, fija topes para la adquisición de viviendas existentes. El crédito a la cuota con subsidio por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que se otorga en el marco de un acuerdo con entidades financieras -en este caso, con el Banco Hipotecario del Uruguay-, también tiene topes al precio de venta. El 60 % de los proyectos que se desarrollan en el interior del país está por debajo de los topes establecidos. Luego de dos años ya se han declarado 8.000 viviendas de interés social; más del 50 % están en obra y ya hay algunas terminadas.
(Campana de orden) ——El Gobierno -a nuestro entender, acertadamente-, después de un estudio detallado de situación, consideró impostergable ajustar la ley para defender el objetivo más importante, que es completar la lógica de la universalización de la política de vivienda para tener razonables expectativas de llegar a todos los sectores de la población. Por lo tanto, la fijación de estos nuevos topes tiene como objetivo primordial que las exoneraciones e instrumentos establecidos por la ley y la reglamentación se dirijan prioritariamente a los sectores medios y medios bajos, trasladándose al precio final el valor del costo de la obra. Además, se han cumplido otros objetivos. Sin estos instrumentos los costos de la construcción, que son altos, serían más elevados, la formalización del sector no sería tan importante y el nivel de ocupación no sería tan alto. Asimismo, la ley colabora para que el producto sea de calidad y se construya en zonas de la ciudad donde antes no se construía. Esta realidad impactará en el futuro en la rebaja del precio de los alquileres, ya que el auge de la construcción de vivienda -en el que esta ley tiene gran parte de responsabilidad- generará abundancia de oferta y, en principio, debería presionar los precios de los alquileres a la baja; hoy ya se verifican algunos resultados en ese sentido. En conclusión, podemos decir que desde 2010 y hasta el 31 de diciembre del año pasado se construyeron 11.468 viviendas nuevas y hay 15.634 en distintas etapas de gestión. A esto se suman algunos recursos para préstamos para refacción: 6.342, y 2.507 en proceso. Estas viviendas y proyectos de mejoras corresponden al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y a Mevir. Creemos que este es el camino y en el próximo Plan Quinquenal deberíamos ir por más. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a la Intendencia de Montevideo y a los medios de prensa de alcance nacional. Muchas gracias.
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SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar el trámite solicitado. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA. Ha finalizado la media hora previa.
tuzzo, señora Teresita Colotuzzo y señor Carlos Colotuzzo. Tiene la palabra el señor Diputado Trobo. SEÑOR TROBO.- Señor Presidente: esta sesión puede ser la prolongación de la que realizó la Cámara el 16 de abril de 2008 para homenajear a don Luis Alberto Colotuzzo por su extensa y proficua trayectoria de vida, en la que se destacó su actuación relevante a nivel sindical y luego en el liderazgo en la causa de los derechos y reivindicaciones de los pasivos. En aquella ocasión, ocurría lo que pocas veces sucede en esta Cámara: se realizaba un reconocimiento en vida, en nombre de la ciudadanía y a través de sus legítimos Representantes, a un ciudadano relevante. Con seguridad, don Luis –entonces presentesintió intensamente aquel momento y pudo calibrar el reconocimiento a su trayectoria, que se le expresaba por representantes de las más diversas corrientes políticas del país. Además, la ocasión fue propicia para que recibiera saludos y reconocimientos desde distintos ámbitos de la sociedad. Hoy, seis años después, esta Cámara, con otra integración, reitera el ritual de homenajear su personalidad, ante la desaparición física ocurrida en junio pasado, cuando tenía noventa y seis años y gozaba de un amplio reconocimiento por su esforzado trabajo social. Nosotros, en nombre del Partido Nacional, colectividad que se siente orgullosa de haberlo contado entre sus filas como militante y como dirigente del área social, hemos propiciado este homenaje para revisar sus esfuerzos y logros en el campo social y recordar su trayectoria. Colotuzzo fue un hombre de acción, que parecía incansable y desafiaba permanentemente el “no se puede”, frase que resuena tanto en muchos ámbitos en nuestro país. Ese activismo que lo caracterizaba le dio la capacidad para ocupar espacios relevantes en los desafíos que emprendió. Trabajando tanto en el sector privado como en el sector público compadecía el cumplimiento de sus tareas con el compromiso sindical, que le exigía esforzarse -por su escasa formación para discernir en materias complejas-, articular fuerzas y liderar procesos que le permitieran conseguir los logros que, indudablemente, representaban las aspiraciones de sus compañeros y de las personas vinculadas por su actividad.
13.- Aplazamiento.
Se entra en el orden del día. En mérito a que no han llegado a la Mesa las respectivas listas de candidatos, si no hay objeciones, correspondería aplazar la consideración del asunto que figura en primer término del orden del día y que refiere a la elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo para el Quinto Período de la XLVII Legislatura.
14.- Alteración del orden del día.
Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor Diputado Sánchez. (Se lee:) “Mociono para que el tercer punto del orden del día: ‘Luis Alberto Colotuzzo. (Homenaje). (Exposición de los señores Representantes Jaime Mario Trobo y Pablo Abdala por el término de treinta minutos)’ sea considerado en segundo lugar”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.
15.- Luis Alberto Colotuzzo. (Homenaje). (Exposición de los señores Representantes Jaime Mario Trobo y Pablo Abdala por el término de treinta minutos).
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el asunto que figuraba en tercer término del orden del día y que pasó a ser segundo: “Luis Alberto Colotuzzo. (Homenaje). (Exposición de los señores Representantes Jaime Mario Trobo y Pablo Abdala por el término de treinta minutos)”. Antes de ceder la palabra, la Mesa quiere saludar la presencia de la familia de don Luis, señora Blanca Delgado, señor Luis Colotuzzo, señora Florencia Colo-
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Quizás la imagen más fiel de su comprometida tarea, acometida sin descanso y sin concesiones frente a las dificultades naturales que le trae la edad sea la del extenso período en el que actuó como representante del sector de jubilados y pensionistas en el Directorio del Banco de Previsión Social. Durante ocho años, desde 1991, asumió como delegado indiscutido, electo por sus conciudadanos, la calidad de Director del Banco de Previsión Social. A pesar de sus 74 años de edad, momento en el que muchos con sobrados derechos se retiran de la vida laboral activa, Colotuzzo asumía sin timideces un rol relevante, iniciador, que hacía historia en la vida de las instituciones de previsión social en el Uruguay, y lo hacía con una energía envidiable. Desde la denominada Constitución del 67, se estableció la integración de trabajadores, empresarios y pasivos al Directorio del Banco de Previsión Social. Recién en el Gobierno del Partido Nacional que se inició en 1990, se promulgó la Ley Nº 16.241, impulsada por el Presidente Luis Alberto Lacalle, que encargó a su Ministro de Trabajo y Seguridad Social llevar adelante la instrumentación mediante esta legislación y la reglamentación correspondiente, que permitió cumplir con aquel mandato constitucional. Y así fue. Y quiso la historia que quien ofrecía para los jubilados y pensionistas de todo el país la confianza necesaria para ese desafío fuera nuestro homenajeado. Su candidatura en las elecciones realizadas recibió el apoyo de 232.000 votos, lo que lo dotó de una indiscutida legitimidad. El joven trabajador que a los doce años se inició en la vida laboral en el oficio de ladrillero, luego de una larga vida de lucha iniciaba con 75 años la conclusión de su peripecia social, que le ofreció desafíos por más de ocho años. El 13 de diciembre de 2012, en ocasión de su nonagésimo quinto cumpleaños, en un reportaje que le realizara un diario de Montevideo, relata parte de su larga experiencia sindical en estos términos: “En la década de 1930 se dieron pasos importantes. Después se organiza el Sindicato Autónomo de Ladrilleros de Fábrica, que presidí durante muchos años (19391962), por generosidad de los compañeros que confiaron en nosotros; y en los años 40 se desarrollan experiencias importantes, de intento de unidad del sindicalismo, en centrales como la Unión General de Trabajadores (UGT), en que todos luchábamos, con
mucho respeto y mucha pluralidad. Fíjese que en la mesa de la UGT había 4 blancos independientes, como yo; cuatro comunistas y un colorado. Cada uno tenía su partido de pertenencia, pero ahí nos despojábamos de eso. Éramos, antes que nada, trabajadores y peleábamos todos unidos por el salario, las conquistas sociales. En esa mesa estaban, por ejemplo, Enrique Rodríguez, del cuero, y Héctor Rodríguez, de la industria textil”. Esta breve descripción de sus experiencias y del ambiente en que se desarrollaban, demuestra sencillamente la calidad de la vida sindical en épocas de nuestro país en las cuales para la lucha por los intereses de los trabajadores no había exclusivismos o patentes ideológicas que habilitaran o limitaran. En 1986, en el correr de los primeros años de la reinstitucionalización democrática, se ocupó de trabajar activamente en la formación de un gran movimiento de jubilados y pensionistas que se denominó Movimiento Vanguardia Nacional de Jubilados y Pensionistas, del cual fue su Presidente. Desarrolló una intensa actividad de comunicación con los pasivos de nuestro país mediante programas radiales con gran nivel de audiencia y de un periódico que estuvo bajo su dirección, al tiempo que escribió en medios de circulación masiva. Previo al hito de su integración a la Dirección del Banco de Previsión Social Colotuzzo impulsó fuertemente la creación de una entidad que acumulara las fuerzas de las variadas expresiones que existían en todo el país en defensa del interés de los pasivos, la que a partir de 1990 se configuró en la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del -Onajpu-, que se constituiría en una coordinación imprescindible de esfuerzos, a la fecha dispersos. Y esa fuerza social no solo le dio legitimidad a los reclamos y proyectos del sector de pasivos sino que fue un respaldo inmejorable para su gestión en las responsabilidades que luego asumió. Colotuzzo había encabezado la propuesta de reforma de un mecanismo de rigidez constitucional para el cálculo de ajuste de las pasividades que logró una gran adhesión ciudadana en la elección de 1989. La larga vida de un luchador se extinguió dejando un legado de realizaciones y éxitos que se conquistaron con esfuerzo, venciendo contratiempos e incomprensiones, logrados de la mano del tesón, el es-
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fuerzo, el trabajo y el desinterés personal. Todo un ejemplo. Cuando la Cámara lo homenajeó en vida, una asociación de jubilados del interior envió una nota a la Presidencia del Cuerpo que merece ser releída, con un contenido emotivo y justo al que no debo agregar nada para concluir mis palabras en este homenaje. Expresa: “El honor es la poesía del deber […].- Don Luis Colotuzzo, verdadero poeta del deber, comprometido con las causas nobles, inspirado en los mejores propósitos ha sabido ser guía y modelo a seguir para los dirigentes de Jubilados y Pensionistas.- Hombre de honor sí, pero también simple y sencillo, experiente y versado en todo lo que atañe a la problemática gremial primero y del adulto mayor después.- Merecido premio es que nuestros Legisladores sepan valorar esa poesía del deber que también compuso e interpreta nuestro vital y tan valioso como querido, Don Luis”. Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos en la Sala y en la barra) SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado Abdala. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: creo que el homenaje que la Cámara realiza en la tarde de hoy es justo y oportuno, aunque obviamente eso no es decir mucho a poco que nos notificamos y advertimos que la figura que estamos homenajeando es la de Luis Colotuzzo. Sin duda, todos los homenajes tienen algún sentido que los justifica y les da mérito y este ¡vaya si tiene causas de justificación más que suficientes y abundantes! Pero yo diría que el homenaje a la figura de Luis Colotuzzo, además de la justificación que corrientemente tienen los homenajes, adquiere una significación muy especial por varias razones. En primer lugar, porque estamos homenajeando a una figura que por su peripecia vital y por lo que representó su lucha a lo largo de tantos años y tantas décadas parecía inmortal a partir de las condiciones excepcionales que sin ninguna duda describían su personalidad y pautaron y jalonaron su lucha larga, continua, profunda y permanente en la defensa de los más necesitados y de los más desvalidos. Parecía inmortal; probablemente lo era, y lo sea, ya no en la perspectiva terrenal, sino en la de la trascendencia de la vida y en la de la proyección y del recuerdo imperecedero que
genera una vida vivida con la intensidad y con el suceso con el que don Luis Colotuzzo vivió la suya. Diría que este homenaje tiene una significación especial, no solo porque estamos frente a una vida que es digna de recordar -como sin duda, esta lo essino porque, además, en el caso de don Luis Colotuzzo estamos -es verdad- recordando y reconociendo al gran abanderado de las causas de los jubilados y los pensionistas. A esta altura -y esto seguramente lo confirmará el tiempo- homenajear a don Luis Colotuzzo es ya no solo homenajear al abanderado, sino homenajear a la bandera; es, en sí mismo, el reconocimiento a la lucha noble en la defensa de las clases pasivas del Uruguay, en la defensa de los necesitados, de aquellos que viven de su ingreso fijo y, por lo tanto, demandan la protección especial de la sociedad y del Estado. Hacia delante, creo que el tiempo se encargará de confirmar que esto es así y seguramente hacia delante también los propios jubilados invocarán el nombre de don Luis Colotuzzo para reivindicar sus derechos, en una tarea que nunca se acaba y que es de carácter permanente. Sin duda, se encargarán de llevar el nombre de Luis Colotuzzo como el gran estandarte y, por lo tanto, como la gran invocación a la hora de reclamar sus derechos y de reivindicar sus intereses. Diría que estos sentimientos y estas sensaciones que hoy tenemos a la hora de encarar este homenaje, en algún sentido fueron -así lo experimenté- el sentimiento que entre todos compartimos el 6 de junio, en el Cementerio del Buceo, cuando gente de los más diversos orígenes -dirigentes políticos de todos los partidos, gobernantes, dirigentes sociales, integrantes de la Onajpu y del PIT-CNT- coincidimos en darle el último adiós hacia su última morada. Allí se generó una suerte de confusión de sensaciones muy extraña. Por un lado, por cierto, estaba el dolor que sin ninguna duda representó y sigue representando la partida de don Luis pero, al mismo tiempo, la rebeldía y el orgullo de haberlo conocido y de estar en condiciones, de aquí para adelante -que es lo que estamos haciendo hoy-, de reconocer lo que fue su compromiso y su actitud vital en el sentido de vivir por y para los demás, como sin ninguna duda podría describirse el temperamento y el talante con el que vivió todos los días de su vida.
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Por eso, en esa oportunidad, el mejor discurso -de hecho, no lo hubo- fue el aplauso en el que prorrumpimos todos quienes estábamos allí, que me parece que fue la forma más elocuente de testimoniar a don Luis Colotuzzo: el adiós, el reconocimiento, el agradecimiento por todo lo que hizo en su vida y por el legado que nos dejó. Creo que no descubrimos ese sentimiento ese día ni lo venimos a descubrir hoy en esta sesión de homenaje de la Cámara de Representantes. Pienso que la sociedad uruguaya ya había llegado a ese sentimiento y a esa constatación con mucha anticipación en distintas oportunidades y en distintas instancias. Una de ellas la acaba de señalar el señor Diputado Trobo en ese homenaje que, efectivamente, la Cámara de Representantes le tributó en vida en el año 2008, lo que creo fue un tremendo acierto y que, en algún sentido, demuestra buena parte de lo que yo estoy afirmando. Otro ejemplo de ello fue la decisión acertada que oportunamente tomó el Directorio del Banco de Previsión Social designando con el nombre de don Luis Colotuzzo su sala de sesiones, lo que me parece que está en línea con ese mismo concepto y con esa misma constatación de que, sin duda, estamos frente a una figura que está llamada a trascender más allá de los tiempos y que, por lo tanto, además, nos convoca y nos aglutina a todos en términos del reconocimiento público. Efectivamente, la figura de Luis Colotuzzo es prenda de unidad nacional. Más allá de sus propios antecedentes partidarios, la figura de Luis Colotuzzo nos convoca a todos. Yo creo que el país necesita de esos símbolos y cuando estos hombres pasan a la eternidad, se convierten en símbolo de unidad nacional. Eso fue don Luis Colotuzzo. El país necesita y necesitará siempre de esos activos y de esos referentes que, en algún sentido, representan un pedazo del patrimonio común que todos estamos en condiciones de reverenciar y que, yo diría, todos tenemos la necesidad de recordar y de reverenciar con frecuencia. Y creo que esto es fácilmente demostrable a partir de la obra que en vida impulsó y edificó Colotuzzo, pero es demostrable también a partir de las circunstancias cotidianas que pueden parecer menos trascendentes pero que, sin embargo, no son menos solemnes que las otras. Voy a citar, por ejemplo, un aspecto que es ilustrativo de lo que estoy afirmando, el continuo pere-
grinaje de figuras de todos los partidos, de gente de los más diversos orígenes políticos, ideológicos, sociales y culturales por su casa en la calle Zum Felde, en forma frecuente, en particular los 13 de diciembre, día de su cumpleaños, cuando nos recibía con su habitual hospitalidad doña Tita. Coincidíamos allí, en perfecta armonía, ciudadanos, dirigentes, militantes de distintas organizaciones políticas y sociales que eventualmente en la vida cotidiana podríamos estar experimentando situaciones de confrontación ideológica o de lucha política. Instancias como esa, de visita a don Luis en su propia casa -donde ¡vaya si se sentía muy feliz!-, eran para nosotros motivo de encuentro y de coincidencia. Aunque prevalezca -como, sin duda, debe prevalecer- el sentido de la condición nacional -porque no queremos ser contradictorios- permítasenos, sin embargo, desde esta bancada, recordar también su condición de blanco, porque la tenía y no lo ocultaba. Comprenderán los señores Diputados que para nosotros resulta de enorme importancia ponerla de relieve y de manifiesto. En una entrevista que en el año 1994 le realizaron en el diario “El País”, que está contenida en un libro que, por cierto, recomiendo, porque es un libro magnífico, escrito por el doctor Carlos Sarthou, que fue su amigo, su colaborador y su asesor durante la gestión en el Banco de Previsión Social, ante la afirmación del cronista: “Usted es blanco como hueso de bagual”, don Luis contesta: “Sí, es indudable. Mi origen político está entre los blancos independientes. Fui convencional por la Agrupación 97, aunque mi mayor militancia se dio en el terreno sindical. Yo he sido durante muchos años dirigente del sindicato de los ladrilleros; ahora no tiene la misma fuerza, pero en mis tiempos, el ladrillo mandaba en la industria de la construcción y eso tenía una contrapartida en gente trabajando. […] Mire si seríamos famosos los ladrilleros” -decía don Luis- “que Wilson Ferreira decía que antes que de blanco se debía entrar de ladrillero a las organizaciones gremiales y a las organizaciones sindicales”. ¡Y vaya si fue ladrillero! ¡Y vaya si fue dirigente sindical! Realizó una trayectoria laboral de 32 años de trabajo en ese sector, en la década del cuarenta. Apenas vigente la ley de Consejos de Salario de 1943, fue designado por el 98 % de sus compañeros del sindicato como delegado obrero en la negociación
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salarial en el marco de los Consejos de Salario. Por supuesto, presidió durante muchísimos años el sindicato de los ladrilleros y, paralelamente, desarrolló una intensísima actividad en la Unión General del Trabajo. Fue parte del proceso fundacional de la Confederación Sindical del Uruguay y, en paralelo a eso, también desarrolló una intensa actividad internacional, ámbito al que llevó las reivindicaciones sindicales y las reivindicaciones de los trabajadores con el mismo compromiso, con la misma erudición y con la misma elocuencia con la que actuó entre nosotros en el ámbito nacional. Lo más reciente es historia más conocida. Después de la reinstitucionalización democrática, fundó la Agrupación Vanguardia Nacional. Fue candidato y también formó parte de la fundación de la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del Uruguay. En 1992, fue electo con el 67 % de los votos como el primer Director en representación de los jubilados en el Directorio del Banco de Previsión Social, cuando en el Gobierno del doctor Lacalle se cumplió con el mandato constitucional largamente postergado de integrar el Directorio de dicho organismo con la representación de los afiliados. Antes de eso, a partir de allí, seguramente, con mucha intensidad después de eso, todos los planteos que se vinculan con la mejora de la calidad de vida y con las reivindicaciones y los logros obtenidos por jubilados y pensionistas tuvieron el sello y la marca de don Luis Colotuzzo, tuvieron su impronta y algunos que todavía están pendientes de concreción también la tuvieron. La escala móvil jubilatoria en la década del sesenta, en el marco de la Comisión Honoraria Asesora de la Seguridad Social, antecedente de la reforma constitucional del año 1989; el establecimiento de la historia laboral, como un elemento indispensable a los efectos de garantizar a los trabajadores el reconocimiento de los servicios a la hora de su retiro, de su jubilación; los planteos vinculados con la salud y la vivienda; la prima por edad; el cómputo de los períodos de enfermedad como tiempo trabajado; el aguinaldo de los jubilados, que tuvo vigencia legal en la década del sesenta y que después la dictadura militar a partir del Acto Institucional Nº 9 erradicó, teniendo que enfrentar la lucha que don Luis llevó adelante hasta el último día de su vida por su restablecimiento, de una forma u otra, tienen la marca y el sello de don Luis Alberto Colotuzzo.
A los integrantes de esta bancada parlamentaria, la expresión “vivir es combatir” les es muy cara. Sin dudas, don Luis vivió combatiendo y por eso nosotros nos sentimos tan identificados con él. Murió a los noventa y seis años, pero hasta hace muy poco tiempo estuvo activo, militando y combatiendo. Por ejemplo, por mencionar un solo plano, en el ámbito de la comunicación radial en CX 36, mantuvo durante años una audición que se llamó “La voz del jubilado”, con la participación de su eterna colaboradora doña Nilda Vázquez. Como decíamos al principio, este es un acto justo por encima de todas las cosas. Es un acto justo para don Luis, para con nosotros mismos y para con la sociedad uruguaya, porque estamos homenajeando a un compatriota, pero también reconociendo una forma de vivir, no para uno, sino para los demás, en base a la solidaridad y al compromiso, que requiere de una condición superior de generosidad que no todos los seres humanos son capaces de exhibir y de experimentar. Quiero terminar mi exposición haciendo referencia a las palabras con que don Luis Alberto Colotuzzo comenzó su discurso de asunción como primer Director en representación de los pasivos del Banco de Previsión Social, el 7 de octubre de 1992, porque me parece que tienen un valor muy emblemático; son palabras que tienen un enorme valor testimonial y, sin ninguna duda, fueron premonitorias. Textualmente, así empezó don Luis su alocución haciendo referencia a la responsabilidad que se le confirió: “Somos integralmente responsables de la dignidad […] de representar […] al sector de jubilados y pensionistas de hoy, a los de mañana y a los de la historia, […]”. Muchas gracias, don Luis. Misión cumplida. Gracias, señor Presidente. (Aplausos en la Sala y en la barra) SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra la señora Diputada Mallo. SEÑORA MALLO.- Señor Presidente: Luis Alberto Colotuzzo Risso nació en Cerro Colorado, Florida, el 13 de diciembre de 1917. Fue sindicalista, funcionario público y dirigente de jubilados. Fundó el Movimiento Vanguardia Nacional de Jubilados y Pensionistas del Uruguay y la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del Uruguay, Onajpu.
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Con diecisiete años ingresó en la actividad sindical y en 1939 fue nombrado Presidente del Sindicato de Ladrilleros Autónomos del Uruguay. En 1950, actuó como asesor laboral del Gobierno uruguayo en la Conferencia de la Organización de los Estados Americanos, OEA, en Washington. Desde 1962 trabajó en Ancap como inspector. Se jubiló en 1979, con casi medio siglo de trabajo. Desde 1986 trabajó como activista en movimientos de jubilados. En 1989 participó activamente en la realización del plebiscito por la reforma constitucional en pro de los jubilados. En 1990 fundó la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del Uruguay, integrada por más de sesenta asociaciones representativas de todo el país, y fue designado Subsecretario General. En 1991 se integró al Directorio del Banco de Previsión Social en representación de los pasivos y permaneció ocho años en el cargo como representante social, donde tuve el gusto de tenerlo como Director. Fue adherente de toda la vida al Partido Nacional; convencional en representación de la Agrupación 97. Se casó con Blanca Delgado, con quien tuvo dos hijos, Luis Antonio y Zulma. Falleció el 5 de junio de 2014, a los noventa y seis años de edad. En lo que a mí concierne, me desempeñé como funcionaria del Banco de Previsión Social y, como tal, fui integrante del gremio de la vieja Aeija, Asociación de Empleados del Instituto de Jubilaciones y Afines; hoy, Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social, ATSS. En ese entonces, conocí su lucha firme y de bajo perfil y la acompañé. Puedo decir sin temor a equivocarme que toda su vida fue un firme defensor de los derechos de los jubilados. Digo también, con la mayor humildad y compromiso, que siempre lo acompañé en su causa, porque los derechos de los jubilados fueron, son y serán mi prioridad, mientras Dios me dé las fuerzas. Gracias, Señor Presidente. (Aplausos en la Sala y en la barra)
SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado Posada. SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: en nombre del Partido Independiente queremos adherir a este merecido homenaje que la Cámara está tributando a don Luis Alberto Colotuzzo. Fue un luchador social de toda la vida. Como aquí se ha recordado fue un dirigente sindical destacado y, además, abrazó con pasión y razón la causa de los jubilados y de los pensionistas de nuestro país. Lo hizo con dedicación plena, y a lo largo de su vida coronó su ardua labor con algunos de los objetivos que se planteó exitosamente, por ejemplo, como se ha recordado aquí, su participación especial en la reforma del año 1989, que introdujo en la Constitución de la República la forma de ajuste de las jubilaciones y pensiones en nuestro país. Hasta que esa reforma se aprobó, las jubilaciones y pensiones en nuestro país constituían una variable de ajuste cada vez que se generaban problemas desde el punto de vista fiscal. Esa reforma terminó con una política de carácter fiscal que fue perjudicial para todos los jubilados y constituyó, sin dudas, un cambio muy relevante para que las jubilaciones y pensiones de nuestro país iniciaran a partir de 1990 un proceso de recuperación, que ha sido sustancial si tenemos en cuenta que a partir de esa fecha se empezó a aplicar en función del Índice Medio de Salarios. La vida de Colotuzzo también fue particularmente destacada a la hora de asumir la representación ya mencionada en el Directorio del Banco de Previsión Social, en virtud de una ley que fuera aprobada durante el Gobierno que encabezara el doctor Luis Alberto Lacalle, por una iniciativa presentada por un compañero nuestro en esa oportunidad, como un mandato que había planteado en ese entonces la Lista 99. Creo que es bien importante esa instancia porque, en los hechos, don Luis Alberto Colotuzzo tuvo la oportunidad de representar con brillantez los intereses de los jubilados y se dio, por cierto, una actuación que a todas luces ha resultado memorable y que, sin duda, servirá de particular referencia a quienes posteriormente le han sucedido en una representación que es fundamental desde el punto de vista político para todos los jubilados. La referencia que recién hacía era al compañero, doctor Daniel Díaz Maynard, quien presentó una iniciativa que, por cierto, sirvió de base al proyecto que poste-
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riormente el Poder Ejecutivo de la época enviara al Parlamento para que fuera aprobado en ambas Cámaras. En consecuencia, vale este reconocimiento, vale este homenaje y resalto particularmente la iniciativa de los Diputados Trobo y Abdala, que han venido a plantear este tema en el ámbito de la Cámara para hacer un reconocimiento a alguien que, como bien se dijo, es representativo de todo un sentir nacional. Muchas gracias. (Aplausos en la Sala y en la barra) SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado Tierno. SEÑOR TIERNO.- Señor Presidente: en primer lugar, saludamos el reconocimiento que se le hace a don Luis Colotuzzo en especial por los legisladores Trobo y Abdala, ya que desde muy joven fue alguien que representó, por su trayectoria sindical —que comenzó a los diecisiete años—, a sus compañeros, y luego, cuando se sumó como uno de los Directores sociales del Banco de Previsión Social en el año 1992, a los jubilados de nuestro país. Fue reconocido por su invalorable aporte a la seguridad social y a la participación en la gestión pública. En varias oportunidades se reconoció su integridad, su condición de trabajador incansable por la causa de los pasivos y de los trabajadores de nuestro país. Siempre fue un defensor acérrimo de la seguridad social, de la cual pregonó que fuera sin fines de lucro y sin AFAP. Durante los ocho años que integró el Directorio del Banco de Previsión Social trabajó intentando, y logrando, junto a otros directores sociales y políticos acercar la gestión de esa institución a la gente. Fue un Director -y esto se lo hemos escuchado a muchos jubilados y también a trabajadores de nuestro país- que siempre tuvo su despacho abierto para el colectivo de jubilados y pensionistas, así como para los trabajadores y todo aquel que le solicitara una entrevista. Fue un director social que recorrió el país para, en primer lugar, conocer de primera mano el funcionamiento del Banco de Previsión Social y sus funcionarios y, en segundo término, la realidad que vivían sus representados. Saludamos y recordamos a una persona de bien que siempre trabajó para mejorar la calidad de vida de sus representados.
Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos en la Sala y en la barra) SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado Groba. SEÑOR GROBA.- Señor Presidente: conocimos a don Luis Alberto Colotuzzo allá por los años 1984-1985 cuando desde el movimiento sindical que surgía queríamos ayudar a establecer una organización para los trabajadores del ayer, para los jubilados que en aquel momento estaban con dificultades. Lo conocimos allí, junto al “Flaco” Belleti, a Sol Logullo, a Trigo y a otros trabajadores, amigos comunes de este obrero ladrillero Luis Alberto Colotuzzo. Recuerdo que varias veces fuimos con D’Elía a conversar con él y a consultarlo, a que nos diera sus opiniones respecto a este tipo de organización que estaba surgiendo desde el movimiento sindical y con los trabajadores del ayer , con respecto a la cual muchos han expresado cuál ha sido el recorrido y en qué está hoy. Queremos ser breves en este homenaje. Recuerdo que trabajando en su juventud como obrero ladrillero, sus compañeros lo veían con mucha lucidez, analítico, interesado por las condiciones económicas y sociales de la clase trabajadora en la que él se desempeñaba. Como aquí ya se dijo, lo designaron como delegado de su sector con veintidós años de edad. Como ya se mencionó, don Luis Alberto Colotuzzo en el año 1942 fue uno de los fundadores de la Unión General de Trabajadores -UGT- de la cual fue su Secretario de Organización, compartiendo la militancia con don “Pepe” D’Elía, con el obrero textil Héctor Rodríguez, con “El Ñato” Enrique Rodríguez, el zapatero, que, además de ser Senador, en las últimas horas de ayer me decían que fue su padrino de casamiento. Don Luis se rodeaba de este tipo de compañeros, de trabajadores, y lo hizo así durante toda su extensa actividad gremial. En el año 1949, don Luis Alberto Colotuzzo fue nombrado por cuarenta y siete sindicatos representante titular ante la Conferencia Latinoamericana de los Trabajadores Uruguayos de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- realizada en Montevideo. Y advierta, señor Presidente, que don Luis Alberto, representando a esas organizaciones sindicales pide, en nombre de los trabajadores uruguayos, que ellos sean integrados a los órganos de la administración de la
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seguridad social, es decir que dieciocho años antes de que la Constitución en nuestro país estableciera el mandato de la integración de los directores sociales a los organismos de seguridad social, Colotuzzo lo pide, no a nivel nacional, sino en los ámbitos internacionales. En el año 1988, como se dijo, integra la Comisión de apoyo a la reforma de la Constitución, con coherencia con lo que él venía estableciendo en nuestro país y en los organismos de trabajadores a nivel internacional, que conducirá a la modificación del artículo 67 por el cual, desde mayo de 1990 las jubilaciones y pensiones se ajustarán por el Índice Medio de Salarios. Aquí ya se dijo. ¡Y vaya si ese trabajo colectivo al que era muy afecto siempre don Luis Alberto Colotuzzo, con los trabajadores en actividad y los trabajadores del ayer, ha tenido su resultado incontrastable! El 15 de diciembre se crea la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del Uruguay, momento en que fue designado por sus pares, por los trabajadores, Secretario General. El 6 de setiembre de 1992, después de haberse ignorado el mandato constitucional durante veintiséis años, Luis Alberto Colotuzzo es elegido representante de los jubilados y pensionistas en el Directorio del Banco de Previsión Social, tomando posesión el 7 de octubre del mismo año, cargo que desempeñara durante ocho años, siete meses y siete días: hasta el 14 de abril de 2001. Estos son apenas algunos de los rasgos salientes de la rica vida de un modesto obrero ladrillero en su adolescencia y juventud, que sintió la causa de la clase obrera -de los trabajadores, de los suyos- como un mandato primordial a defender, y de un referente insustituible en su vejez, cuando sus pares, los trabajadores del ayer y él mismo, encontraron un cimiento para levantar esta gran obra que hoy es la Onajpu. Quería expresar estas palabras para aportar al reconocimiento de este gran obrero ladrillero, de este gran ciudadano de nuestro país, de este gran referente de los trabajadores en actividad y de los trabajadores del ayer, de este gran referente para los trabajadores hoy nucleados en la Onajpu. Gracias. (Aplausos en la Sala y en la barra)
SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Dese cuenta de una moción presentada por el señor Diputado Trobo. (Se lee:) “Mociono para que: 1) Se realice un minuto de silencio en homenaje a Don Luis Colotuzzo.2) Se envíen las palabras pronunciadas en su homenaje a su familia, al Banco de Previsión Social, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a la Onajpu, a Vanguardia Nacional de Jubilados y Pensionistas y al Partido Nacional”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cuatro por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. (Así se procede) ——Ha finalizado el homenaje. (Aplausos en la Sala y en la barra)
16.- Licencias. Integración de la Cámara.
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Jorge Pozzi, por el día 2 de julio de 2014, convocándose al suplente siguiente, señor Roque F. Ramos Espíndola. Del señor Representante Guzmán Pedreira, por el día 2 de julio de 2014, convocándose a la suplente siguiente, señora Olga Silva. Licencia en misión oficial, literal C) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante José Carlos Mahía, por el período comprendido entre los días 7 y 11 de julio de 2014, para participar en su calidad de miembro de la Mesa de la Comisión de la Unión Interparlamentaria, de las reuniones ministeriales del “Consejo Económico y Social de la ONUECOSOC”, a realizarse en la ciudad de Nueva
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York, Estados Unidos de América, convocándose al suplente siguiente, señor Eduardo Márquez. Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Aníbal Pereyra, por los días 8 y 9 de julio de 2014, convocándose al suplente siguiente, señor Robert Sosa. Del señor Representante Martín Tierno, por los días 8 y 9 de julio de 2014, convocándose al suplente siguiente, señor Daniel González. Del señor Representante Gustavo Rombys, por el día 3 de julio de 2014, convocándose a la suplente siguiente, señora Cecilia Bottino”. Del señor Representante Mario Perrachón, por los días 3, 10 y 17 de julio de 2014, convocándose a la suplente siguiente, señora Mercedes Santalla. Del señor Representante Daoiz Uriarte, por el día 2 de julio de 2014, convocándose a la suplente siguiente, señora Alicia Porrini”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y nueve en cincuenta y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted se me conceda licencia por motivos personales de acuerdo a la Ley Nº 17.827, por el día de la fecha. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, JORGE POZZI Representante por Montevideo”.
“Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que no acepto por ésta única vez la convocatoria a raíz de la licencia solicitada por el Diputado Jorge Pozzi por el día de la fecha. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Jorge Caffera”. “Montevideo, 2 de junio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que no acepto por ésta única vez la convocatoria a raíz de la licencia solicitada por el Diputado Jorge Pozzi por el día de la fecha. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, María Elena Martínez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de julio de 2014. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Jorge A. Caffera Juri y María Elena Martínez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi, por el día 2 de julio de 2014. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Jorge A. Caffera Juri y María Elena Martínez.
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3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99.000, del Lema Partido Frente Amplio, señor Roque F. Ramos Espíndola. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”. “Montevideo, 1º de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente Por la presente solicito licencia por motivos personales para el día 2 de julio de 2014. Sin otro particular, saluda atentamente, GUZMÁN PEDREIRA Representante por Flores”. “Montevideo, 1º de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Martín Pedreira, de acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Saluda atentamente, Martín Pedreira”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de julio de 2014. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Martín Pedreira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.
La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Flores, Guzmán Pedreira, por el día 2 de julio de 2014. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Martín Pedreira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 60977321, del Lema Partido Frente Amplio, señora Olga Silva. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside licencia por los días 7 al 11 de julio, y se convoque a mi suplente correspondiente, de conformidad con la Ley Nº 17.827, inciso C, que establece la causal “misión oficial” del legislador. Como miembro de la Mesa de la Comisión de la UIP sobre los asuntos de ONU, he sido invitado para participar en las reuniones ministeriales del “Consejo Económico y Social de la ONU-ECOSOC”, principal órgano encargado de la coordinación, formulación de políticas y el seguimiento de las cuestiones de desarrollo, a realizarse en la Ciudad de Nueva York del 7 al 11 de julio del presente año. Se adjunta invitación. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocada por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta
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única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente, Gabriela Garrido”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente, Luis Gallo”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional José Carlos Mahía, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente, Juan Ripoll”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, para participar en su calidad de miembro de la Mesa de la Comisión de la Unión Interparlamentaria, de las reuniones ministeriales del “Consejo Económico y Social de la ONU-ECOSOC”, a realizarse en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 7 y 11 de julio de 2014. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gabriela Garrido, Luis Gallo Cantera y Juan Ripoll.
ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, por el período comprendido entre los días 7 y 11 de julio de 2014, para participar en su calidad de miembro de la Mesa de la Comisión de la Unión Interparlamentaria, de las reuniones ministeriales del “Consejo Económico y Social de la ONU-ECOSOC”, a realizarse en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gabriela Garrido, Luis Gallo Cantera y Juan Ripoll. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121738, del Lema Partido Frente Amplio, señor Eduardo Márquez. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”. “Montevideo, 1º de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por motivos personales solicito al Cuerpo que usted preside licencia por los días 8 y 9 del corriente. Sin otro particular, saluda atentamente, ANÍBAL PEREYRA Representante por Rocha”. “Montevideo, 1º de Julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: En mi calidad de suplente del diputado Aníbal Pereyra Huelmo, fui convocado como suplente de ese Cuerpo.
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Comunico a usted, que por única vez no acepto la convocatoria por los días 8 y 9 del corriente. Sin otro particular, le saluda atentamente, Raúl Servetto”. “Montevideo, 1º de julio 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: En mi calidad de suplente del diputado Aníbal Pereyra Huelmo, fui convocada como suplente de ese Cuerpo. Comunico a usted, que por única vez no acepto la convocatoria por los días 8 y 9 del corriente. Sin otro particular, le saluda atentamente, Sandra Lazo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rocha, Aníbal Pereyra. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 8 y 9 de julio de 2014. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Raúl Servetto y Sandra Lazo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rocha, Aníbal Pereyra, por los días 8 y 9 de julio de 2014. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Raúl Servetto y Sandra Lazo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Robert Sosa. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”.
“Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia, por motivos personales, por los días 8 y 9 de julio de 2014. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, MARTÍN TIERNO Representante por Durazno”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 8 y 9 de julio de 2014. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno, por los días 8 y 9 de julio de 2014. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Daniel González. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia, por motivos personales para el día 3 de julio de 2014. Sin otro particular, saluda atentamente, GUSTAVO ROMBYS Representante por Paysandú”.
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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Gustavo Rombys. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de julio de 2014. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Paysandú, Gustavo Rombys, por el día 3 de julio de 2014. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Cecilia Bottino. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota remito a usted, la presente solicitud de licencia por motivos personales para los días jueves 3, 10 y 17 del corriente, al tiempo que en virtud de lo expuesto solicito que se convoque a mi suplente respectiva, señora Mercedes Santalla. Sin otro particular, saluda atentamente, MARIO PERRACHÓN Representante por Colonia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Colonia, Mario Perrachón. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 3, 10 y 17 de julio de 2014. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de
1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Colonia, Mario Perrachón, por los días 3, 10 y 17 de julio de 2014. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señora Mercedes Santalla. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme licencia el día 2 de julio de 2014 por motivos particulares. Sin más, lo saluda atentamente, DAOIZ URIARTE Representante por Montevideo”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Eduardo Brenta”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico a usted que, por esta única vez no acepto la convocatoria a la Cámara que usted preside. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Eleonora Bianchi”.
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“Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio deseo comunicar que no acepto, por esta única vez la convocatoria a integrar el Cuerpo que usted preside. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Edgardo Ortuño”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Juan José Bentancor”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria a la Cámara que usted preside. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Mariela Mazzotti”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Juan Manuel Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Daoiz Uriarte. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de julio de 2014.
II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Eduardo Brenta, Eleonora Bianchi, Edgardo Ortuño, Juan José Bentancor, Mariela Mazzotti y Juan Manuel Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Daoiz Uriarte, por el día 2 de julio de 2014. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Eduardo Brenta, Eleonora Bianchi, Edgardo Ortuño, Juan José Bentancor, Mariela Mazzotti y Juan Manuel Rodríguez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 77, del Lema Partido Frente Amplio, señora Alicia Porrini. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”.
17.- Nacionalidad. (Modificación de los artículos 3º a 5º de la Ley Nº 16.021).
——Se pasa a considerar el asunto que figuraba en segundo término del orden del día y que pasó a ser tercero: “Nacionalidad. (Modificación de los artículos 3º a 5º de la Ley Nº 16.021)”. (ANTECEDENTES:) Rep. N° 1342 “PODER EJECUTIVO Montevideo, 11 de setiembre de 2013 Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo a fin de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley modificativo de la Ley Nº 16.021 sobre Nacionalidad. JOSÉ MUJICA, RICARDO EHRLICH, JORGE VÁZQUEZ, LUIS ALMAGRO,
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FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, MARÍA SUSANA MUÑIZ, TABARÉ AGUERRE, LILIAM KECHICHIAN, FRANCISCO BELTRAME, DANIEL OLESKER. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La interpretación del artículo 74 de la Constitución de la República ha generado diversas corrientes doctrinarias, respecto a los conceptos de nacionalidad y ciudadanía. El legislador interpretó en el año 1989 a través del dictado de la Ley Nº 16.021, que los hijos de las personas nacidas en el territorio de la República que hubieran nacido en el exterior tendrían la calidad de nacionales. Sin embargo, la norma que ahora se pretende modificar, excluyó del beneficio de la nacionalidad a los hijos de los nacionales que no hubieren nacido en el territorio de la República. Dicha exclusión legal, generada por la distinción de los conceptos de nacionalidad y ciudadanía natural que aparecen en el artículo 74, ha sido categorizada por prestigiosa doctrina nacional como inconstitucional. Según los Constitucionalistas Rubén Correa Freitas y José Korzeniak, el Constituyente “quiso identificar el concepto de nacionalidad con el de ciudadanía natural”. Consideran que el vocablo nacionalidad está recién usado en el artículo 81 y, precisamente, para contraponerlo no a la extranjería, sino a la ciudadanía legal; que el uso del vocablo “oriental” en el artículo 74 no tiene la intención de referir a la “nacionalidad”, como cosa distinta a la ciudadanía natural, sino que simplemente obedece a una necesidad gramatical del Constituyente, que no quiso repetir la expresión “ciudadanos naturales”. Habría sido una notoria falta de elegancia de sintaxis que la norma dijese que “son también ciudadanos naturales los hijos de padre o madre ciudadanos naturales”; y que cuando el Constituyente uruguayo decidió identificar la ciudadanía natural con la nacionalidad, advirtió que tal solución podría ofrecer un flanco muy débil, pues ¿cómo se admitiría que fueran ciudadanos, por ejemplo los recién nacidos o los niños? Para evitar ese absurdo, ideó esta curiosa solución, la suspensión de la ciudadanía.
De manera que la modificación que se proyecta tiene como finalidad adecuar la disposición legal al texto constitucional, interpretando justamente el alcance del mismo. Por otra parte se proyecta modificar el literal A) del artículo 4º de la Ley Nº 16.021 en la redacción dada por el artículo único de la Ley Nº 18.858, considerando que el avecinamiento se produce con manifestación de voluntad de la persona, siguiendo los requisitos de acuerdo al literal C) del artículo 79 de la Ley Nº 7.690 que versa de la siguiente forma: La “Prueba de ciudadanía” se llena: “C) Para los hijos de padre o madre orientales, cualquiera que haya sido el lugar de su nacimiento fuera del país, mediante la presentación de un certificado de acuerdo con la ley del país de origen, debidamente legalizado en que conste el nombre y apellido del que pide la inscripción, nombre y apellido de los padres, lugar y fecha de nacimiento y referencia precisa al documento original en que consten los datos expresados, y mediante, además, la presentación de un certificado debidamente autenticado del Registro Civil o Parroquial, en su caso, en que conste que el padre o la madre del causante son orientales, el lugar y fecha de su nacimiento y referencia precisa al documento original en que consten los datos expresados”. Dicha modificación tiene como finalidad, siempre dentro del marco constitucional, facilitar el trámite que realizan los ciudadanos naturales nacidos en el exterior. Este procedimiento era el que se realizaba con anterioridad a la Ley Nº 16.021. RICARDO EHRLICH, JORGE VÁZQUEZ, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, MARÍA SUSANA MUÑIZ, TABARÉ AGUERRE, LILIAM KECHICHIAN, FRANCISCO BELTRAME, DANIEL OLESKER. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 16.021 de fecha 12 de abril de 1989, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 3º.- Los hijos de las personas a quienes por el artículo 2° de esta ley se les otorga la calidad de nacionales, nacidos fuera del territorio nacional, tendrán la calidad de ciudadanos naturales”.
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Artículo 2º.- Sustitúyese el artículo 4º, de la Ley Nº 16.021, en la redacción dada por el artículo único de la Ley Nº 18.858, de fecha 23 de diciembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 4º.- Interprétase que los ciudadanos naturales hijos de padre o madre oriental que hayan nacido fuera del territorio nacional se avecinarán en el país de acuerdo a lo establecido en el literal C) del Artículo 79 de la Ley Nº 7.690”. Artículo 3º.- Sustitúyese el artículo 5º, de la Ley Nº 16.021, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 5º.- La justificación de los extremos requeridos precedentemente se hará ante la Corte Electoral y, conforme a ella, emitirá el certificado que acredite el avecinamiento”. Montevideo, 11 de setiembre de 2013 RICARDO EHRLICH, JORGE VÁZQUEZ, LUIS ALMAGRO, FERNANDO LORENZO, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, ENRIQUE PINTADO, ROBERTO KREIMERMAN, EDUARDO BRENTA, MARÍA SUSANA MUÑIZ, TABARÉ AGUERRE, LILIAM KECHICHIAN, FRANCISCO BELTRAME, DANIEL OLESKER”. Anexo I al Rep. N° 1242 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración INFORME Señoras y señores Representantes: Vuestra Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración ha considerado el proyecto de ley por el que se modifican los artículos 3º a 5º de la Ley Nº 16.021, de 13 de abril de 1989. Hace casi ochenta años que la Constitución de 1934 incluyó en su artículo 65 la disposición de que los hijos de madre o padre orientales se consideraran ciudadanos naturales, con la condición de que se avecindaran (actualmente avecinaran) al país e inscribirse en el Registro Cívico. Dicha disposición se mantiene hasta hoy, en la redacción del artículo 74 de la Constitución vigente, pero no obstante ello, las dificultades planteadas por la normativa establecida por las disposiciones de la Ley Nº 16,021, de 13 de abril
de 1989, ha creado notorias dificultades para quienes voluntariamente desean acreditar dicha ciudadanía natural, siendo casi tan complejo como obtener la ciudadanía legal, llegado el caso. El problema en realidad es que la norma en cuestión identifica dos nociones distintas, la de nacionalidad y la de ciudadanía, contraponiéndolas e interpretando el artículo 74 de la Carta, divorciando la calidad de nacional, que se reconoce, de la calidad de ciudadano natural, condicionando su ciudadanía a ciertos requisitos. Para gran parte de la doctrina constitucional, la verdadera interpretación de dicho artículo es la contraria, es decir estas personas deben considerarse como ciudadanos naturales con la ciudadanía suspendida. En tal sentido han opinado los doctores José Korzeniak, Ruben Correa Freitas y Alberto Pérez Pérez. Resulta por demás clara la identificación entre nacionalidad y ciudadanía y a su vez la diferenciación entre la ciudadanía legal y la natural, establecida por el artículo 81 de la Constitución. Mientras que la nacionalidad no se pierde ni aun por naturalizarse en otro país, bastando avecinarse, por el contrario la ciudadanía legal se pierde por cualquier otra forma de naturalización ulterior. En particular el doctor Pérez Pérez señalaba, en su comparecencia ante la Comisión de Constitución, Códigos y Legislación General y Administración, el 6 de abril de 2005, que “el primer párrafo del artículo 81 establece sobre la ciudadanía natural lo que podríamos considerar como un agregado implícito al artículo 80, que establece las causales de suspensión de la ciudadanía” (…) “implícitamente nos está diciendo que quien se naturaliza en otro país y es ciudadano natural, tendrá suspendido el ejercicio de los derechos de la ciudadanía”. Esto significa que el constituyente utilizó los dos criterios doctrinarios habitualmente manejados, el de “jus soli” y “jus sanguinis”, considerando que en ambos casos debía de otorgarse la nacionalidad en forma automática, sin perjuicio de los requisitos requeridos para ejercer efectivamente los derechos que de ella se derivan. No cabe duda, además, de que en función de lo dispuesto por el artículo 81, la ciudadanía natural es irrevocable, a diferencia de la ciudadanía legal, que se adquiere por un acto volitivo (además de cumplir con los requisitos) y también se pierde por una decisión individual. En idéntico sentido Correa Freitas ha expresado que el legislador, al dictar la Ley Nº 16021, cometió
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una injusticia calificando al criterio sustentado como discriminatorio, injusto e irracional (Correa Freitas. Derecho Constitucional Contemporáneo. FCU 2007). El objetivo de un país en desarrollo que busca recuperar a sus hijos que por diversos motivos emigraron en su momento a otros países debe ser, sin duda, facilitar las condiciones en que sus descendientes puedan retornar a su patria, consolidando los lazos que por familiaridad los ligan a nuestro país. Es por ello que la interpretación, aun cuando existiesen dudas, debe resolverse en favor de la admisión de la ciudadanía, otorgándole los derechos a que a ella acompañan. El criterio de equidad y justicia debe primar sin duda en la interpretación jurídica de la norma constitucional y, coherente con ello, debe facilitarse el acceso de los descendientes de los orientales, para su retorno y avecinamiento al país. De acuerdo al texto aprobado por esta Comisión, el artículo 3º reconoce, tal como señala la Constitución, la calidad de ciudadanos naturales, a aquellos que, siendo hijos de padre o madre oriental, han nacido fuera del territorio nacional. Los artículos 4º y 5º buscan facilitar la prueba del avecinamiento requerido para hacer efectivo el derecho reconocido en virtud de la interpretación dada por el artículo 3º. Por tanto entendemos que la modificación propuesta de los artículos 3º a 5º de la Ley Nº 16.021, no solamente corresponde desde el punto de vista de la interpretación constitucional, sino que constituye un acto de justicia en el reconocimiento de los derechos ciudadanos para con aquellos descendientes de orientales que deseen incorporarse a nuestra sociedad. Por las razones expuestas aconsejamos al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley que se acompaña. Sala de la Comisión, 2 de abril de 2014 DAOIZ URIARTE, MIEMBRO INFORMANTE, FELIPE MICHELINI, GONZALO MUJICA, JORGE ORRICO, DAISY TOURNÉ, GUSTAVO BORSARI BRENNA, con salvedades por razones que expondrá en Sala, GUSTAVO CERSÓSIMO, con salvedades por razones que expondrá en Sala, ÁLVARO FERNÁNDEZ, con salvedades por razones que expondrá en Sala, PABLO ITURRALDE VIÑAS, con salvedades por razones que expondrá en Sala.
PROYECTO DE LEY Artículo 1º. Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 16.021, de 13 de abril de 1989, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º.- Los hijos de las personas a quienes por el artículo 2° de esta ley se les otorga la calidad de nacionales, nacidos fuera del territorio nacional, tendrán la calidad de ciudadanos naturales”. Artículo 2º. Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 16.021, de 13 de abril de 1989, en la redacción dada por el artículo único de la Ley Nº 18.858, de 23 de diciembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- Interprétase que los ciudadanos naturales hijos de padre o madre oriental, que hayan nacido fuera del territorio nacional, se avecinarán en el país de acuerdo a lo establecido en el literal C) del artículo 79 de la Ley Nº 7.690, de 9 de enero de 1924”. Artículo 3º. Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 16.021, de 13 de abril de 1989, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º.- La justificación de los extremos requeridos precedentemente se hará ante la Corte Electoral, la que emitirá el certificado que acredite el avecinamiento”. Sala de la Comisión, 2 de abril de 2014 DAOIZ URIARTE, MIEMBRO INFORMANTE, FELIPE MICHELINI, GONZALO MUJICA, JORGE ORRICO, DAISY TOURNÉ, GUSTAVO BORSARI BRENNA, con salvedades por razones que expondrá en Sala, GUSTAVO CERSÓSIMO, con salvedades por razones que expondrá en Sala, ÁLVARO FERNÁNDEZ, con salvedades por razones que expondrá en sala, PABLO ITURRALDE VIÑAS, con salvedades por razones que expondrá en Sala”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Uriarte. SEÑOR URIARTE.- Señor Presidente: el proyecto que se somete a consideración tiene por finalidad corregir la interpretación realizada en su momento por la Ley Nº 16.021, que estableció una distinción, a
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nuestro juicio errónea, de los conceptos de nacionalidad y ciudadanía, que surgen del artículo 74 de la Constitución Nacional. De acuerdo con la ley que interpreta la Constitución, los conceptos de nacionalidad y ciudadanía se divorcian respondiendo a dos criterios diferentes: nacionalidad es el vínculo que une a la persona con el Estado, de carácter natural, ya sea que este adopte el concepto de “jus soli” o “jus sanguinis”, mientras que la ciudadanía es el vínculo jurídico político de un individuo con un Estado determinado. Resulta notoria la diferencia cuando se recurre al artículo 81 de la Constitución, en el que se expresa, como en la mayor parte de las legislaciones en derecho comparado, que la nacionalidad no se pierde por el hecho de naturalizarse en otro país, bastando avecinarse para recuperar los derechos. Esta es una sustancial diferencia con la ciudadanía legal, que se pierde automáticamente por cualquier otra forma de naturalización posterior. No obstante, cuando se adopta, como sucede en nuestra Constitución, la identificación de la nacionalidad por lugar de nacimiento o por vínculo de descendencia directa, ambos conceptos se unifican en uno solo. Así, el artículo 74 expresa que todos los nacidos en el país son ciudadanos naturales y agrega que también lo serán los hijos de madre o padre orientales que hayan nacido en el extranjero, con la única condición de que se avecinen al país. La Ley Nº 16.021, siguiendo los conceptos restrictivos manejados por la doctrina años atrás, distinguió la nacionalidad que reconoce explícitamente, aclarando que en ningún caso serán considerados ciudadanos naturales. Esta interpretación, realizada de acuerdo con el numeral 20 del artículo 85 de la Constitución, en realidad, consagra un criterio contrario al texto expreso del artículo 74 de la Carta que, reitero, establece: “[…] Son también ciudadanos naturales los hijos de madre o padre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento […]”. Esto parte de una concepción que en determinado momento tuvo vigencia, en un cambio de fundamentación doctrinaria que realizó Justino Jiménez de Aréchaga. No obstante, el doctor Korzeniak sostiene que el constituyente uruguayo, no por error, ni desprolijidad gramatical, quiso identificar el concepto de nacionalidad con el de ciudadanía natural. Según Korzeniak, al identificar nacionalidad con ciudadanía natural, la Constitución recurrió a la fór-
mula del artículo 80 para suspenderla frente a determinadas situaciones, tales como ineptitud física o mental o falta de edad e, inclusive, aclaró cuáles se aplicaban exclusivamente a los ciudadanos legales. Obviamente, no necesitaba reiterar la condición de avecinamiento para los ciudadanos naturales nacidos fuera del país, ya que ello ya estaba previsto en el artículo 74. Mucho más contundente aún ha sido el doctor Correa Freitas, quien desde hace mucho tiempo ha sostenido la tesis de la identidad constitucional, entre nacionalidad y ciudadanía, cuestionando reiteradamente en su libro “Derecho Constitucional Contemporáneo” la disposición de la Ley Nº 16.021, que no contempla la situación de los nietos, hijos de padre o madre uruguaya. En su informe al Ministerio de Relaciones Exteriores, Correa Freitas señala que aplicando el criterio de interpretación lógico sistemático se puede concluir que la Constitución uruguaya vigente distingue entre nacionales y extranjeros por un lado y entre ciudadanos naturales y legales por otro. Correa Freitas dice que por esa razón no tiene el honor de compartir la ilustrada opinión de Jiménez del Aréchaga cuando modificó su punto de vista al respecto. Correa Freitas dice textualmente: “El legislador cometió una injusticia, a mi juicio, que fue el hecho de no reconocerles la calidad de ciudadanos naturales a los hijos de las personas nacidas en el exterior, a quienes la ley N° 16.021 concede la nacionalidad uruguaya. Siempre tuve la esperanza de que, tarde o temprano se cambiara este criterio restrictivo, discriminatorio, injusto e irracional, que en mi concepto no tiene fundamento alguno en la Constitución uruguaya, razón por la cual puede ser declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia” -estamos hablando de la ley que hoy está vigente- “[…] No es posible que el Uruguay, que tiene pocos habitantes, excluya a aquellos nietos de uruguayos que tienen un sentimiento de nacionalidad uruguaya y que expresamente quieren ser uruguayos”. Ahora bien, hasta acá hemos planteado, creo que clara y contundentemente, los principios jurídicos que fundamentan el proyecto y demuestran que la verdadera interpretación constitucional es la que surgirá a partir de su aprobación, y también queremos señalar el fundamento político del presente proyecto.
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Como ya dijimos, la ley actual priva a los nietos de uruguayos de la ciudadanía natural e interpreta en forma sumamente estricta el avecinamiento, requiriendo un nivel de prueba en los hechos igual o más exigente que el necesario para adquirir la ciudadanía legal. En los hechos, se trata a estas personas como extranjeras. ¿Cuál es el sentido de esto? ¿Qué sentido tiene esta discriminación? ¿Acaso tiene sentido que en un país con una integración plurinacional, producto de la emigración de los siglos XIX y XX -donde hoy existen miles de ciudadanos que al mismo tiempo son ciudadanos de otros países-, a los hijos de esta tierra que emigraron por distintas razones -ya sean políticas, económicas o sociales- se les restrinja las condiciones de ciudadanía, en lugar de favorecer el retorno de sus hijos y los hijos de sus hijos? Durante casi cinco décadas, las sucesivas crisis económicas, la dictadura militar y las crisis sociales empujaron a cientos de miles de compatriotas al exterior. Notorio es el daño que ello ha ocasionado a nuestro país: la fuga de jóvenes, de cerebros, de gente capacitada que tuvo que buscar otros rumbos, muy a su pesar, frente a la falta de oportunidades y condiciones de subsistencia en muchos casos. Las estimaciones realizadas en base a los datos de los censos de Uruguay de 1963 a 1996, de Cabella y Pellegrino, permitieron estimar el número de personas nacidas en Uruguay que residían fuera del territorio, en aproximadamente cuatrocientas ochenta mil. Pero vayamos a épocas más cercanas. Con los datos obtenidos por la Encuesta Nacional de Hogares Ampliada del año 2006 se pudo elaborar los perfiles de los casi ciento cuarenta mil uruguayos que se fueron en el período 2000 a 2005. Se trata -dice el estudio Macadar Pellegrino, de 2007- de una población joven: el 55 % tenía entre 20 y 29 años. El 70 % tenía como destino España y USA; el 11 %, Argentina y el 7 %, Brasil. Quienes se van del país tienen un nivel educativo superior al promedio. Además, señala que estos emigrantes recientes mantienen fuertes vínculos con sus familiares en el país. Las comunicaciones con la familia son frecuentes. La emigración, en general, tiene como contrapartida un flujo de retorno al país de nacimiento. En el caso uruguayo, los datos permiten constatar que la migración de retorno ha tenido una magnitud considerable en las últimas décadas. De acuerdo con los datos, llegó al 3,7 % de la población
uruguaya; esto es, unas ciento diez mil personas. Ellos se concentran en los grupos de edades activas y la mitad proviene de Argentina. Esta emigración debe ser considerada un componente estructural de la sociedad uruguaya actual, que funciona en forma continua. Hoy, afortunadamente, esta situación tiende a revertirse, no solo por el desarrollo actual del país, sino por las crisis en otros países que dejaron de ser una oportunidad de vida. Miles han retornado en lo que va del año y muchos más lo harán seguramente en este proceso de reversión de la diáspora uruguaya, y la gran mayoría representada por gente joven o de mediana edad, con hijos nacidos fuera del país. Este proceso es positivo y mucho se ha hecho desde el Ministerio de Relaciones Exteriores para el retorno, pero debemos acompañarlo con la normativa jurídica acorde que les facilite ese camino y, sobre todo, la recuperación de sus derechos. La pregunta es: ¿por qué vamos a tratarlos como extranjeros, cuando son naturalmente hijos de esta tierra, aunque por el destino y el momento histórico que les tocó vivir nacieron en otros lugares? Probablemente, varios en este seno parlamentario, pero sin duda muchos de la sociedad uruguaya, han obtenido la ciudadanía heredada de sus padres y abuelos, españoles, italianos o de otras nacionalidades. ¿Por qué negarles a los nietos de nuestros descendientes ese derecho, si es que ellos quieren utilizarlo? ¿Por qué negarnos a recibirlos con la mayor amplitud, con la vocación de padres y, en cambio, tratarlos como extranjeros en su tierra, actuando como fiscales de una culpa que nunca tuvieron? Este proyecto de ley no es solamente un acto de correcta reflexión e interpretación jurídica, no es solo la reparación de una inconstitucionalidad flagrante: es un acto de reconocimiento y de generosidad para quienes deseen retornar a su madre patria. Por eso, planteamos la aprobación de este proyecto. Gracias, señor Presidente. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Edgardo Rodríguez)
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18.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Rodríguez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) ——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Juan Manuel Garino Gruss, por el día 2 de julio de 2014, convocándose al suplente siguiente, señor Álvaro Fernández”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en sesenta y uno: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día de la fecha del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, JUAN MANUEL GARINO GRUSS Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Manuel Garino Gruss.
CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de julio de 2014. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan Manuel Garino Gruss, por el día 2 de julio de 2014. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Álvaro Fernández. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN.
19.- Nacionalidad. (Modificación de los artículos 3º a 5º de la Ley Nº 16.021).
——Continuando con la consideración del asunto en debate, tiene la palabra el señor Diputado Cersósimo. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: cuando este proyecto de ley estaba a consideración de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, en un determinado momento la bancada del Frente Amplio nos adelantó que tenía prioridad y que lo íbamos a tratar a la brevedad. Las otras bancadas expresamos la necesidad de contar con más tiempo para su estudio, en función de que teníamos dudas con respecto a la constitucionalidad de algunos artículos y, sobre todo, en cuanto a definir si se trataba de un proyecto de ley que para su sanción requiriera una mayoría especial, como establece la Constitución para casos de leyes electorales. Acordado un plazo breve de estudio, pero mayor, en la Comisión se puso a consideración el proyecto y, en principio, lo apoyamos y aprobamos por estar de acuerdo con la idea de extender a una generación más la posibilidad de considerarse la ciudadanía natural, sin perjuicio de estudiar si esa extensión a una generación más -la de los nietos- está prevista en la Constitución o es una ampliación del texto constitu-
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cional que no está autorizada a realizarse por ley, ya que estaría limitado a hijos de padre o madre uruguayos, nacidos en el exterior. En la versión taquigráfica de la sesión de la Comisión dejamos constancia de que en nuestro Partido seguiríamos haciendo consideraciones y estudios, a efectos de que cuando se tratara en el plenario pudiéramos definirnos concretamente acerca de las dudas que teníamos. Asimismo, legisladores del Partido Nacional y del Partido Independiente nos expresaron las mismas dudas. Por lo tanto, queremos proponer que el proyecto vuelva a Comisión para su reconsideración porque entendemos que el artículo 3º presentado soslaya las condiciones previstas en el artículo 74 de la Constitución, que establece que para tener el goce de la ciudadanía natural debe haber avecinamiento o inclusión en el Registro Cívico. En tal sentido, según nuestra opinión y la de los técnicos que nos han asesorado en la materia, el proyecto sería inconstitucional. La propuesta de modificar el artículo 4º remite al literal C) del artículo 79 de la Ley Nº 7.690. Este artículo refiere a la prueba de la ciudadanía y no al requisito constitucional del avecinamiento. Parece evidente que se intenta pasar por alto dicho requisito, flexibilizándolo, más allá de lo que establecen la Constitución y la propia modificación del referido artículo recientemente aprobado en esta Legislatura. Por lo tanto, planteamos que este proyecto vuelva a la Comisión, a efectos de profundizar el estudio de estos aspectos que son fundamentales. La modificación del artículo 5° parece tener por propósito limitar las facultades reglamentarias de la Corte Electoral. Podría interpretarse que no se trata de una modificación sustancial a la regulación actual; de todas formas, no nos cabe la más mínima duda -ya lo expresamos en la pasada sesión de la Comisión- de que este proyecto requiere dos tercios de votos para su aprobación, de acuerdo con lo que establece el numeral 7°) del artículo 77 de la Constitución de la República. Por tanto, no vamos a acompañar este texto proyecto de ley, y solicitamos que sea enviado nuevamente a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración.
SEÑOR PRESIDENTE (Rodríguez).- Consulto al señor Diputado si mociona en ese sentido. SEÑOR CERSÓSIMO.- No sé si una moción de esta naturaleza interrumpe el debate; si así fuera, preferiría presentarla una vez concluida la lista de oradores. SEÑOR PRESIDENTE (Rodríguez).- Correcto. Tiene la palabra el señor Diputado Abdala. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: empiezo por valorar la sensibilidad del señor Diputado Cersósimo en cuanto a habilitar, en función de la mecánica reglamentaria, que las demás bancadas podamos realizar algunas consideraciones sobre este proyecto, antes de acometer la consideración de la moción que él ha adelantado y que nosotros estamos dispuestos a acompañar. Nos parece que la propuesta que la Cámara está analizando es francamente inconveniente. Creemos que es un proyecto inconstitucional, en la medida en que implica una forma de modificar, en los hechos, el artículo 74 de la Constitución, a través de una ley ordinaria. Esto, claramente, define que estamos ante una violación incuestionable de la Constitución. Por lo tanto, más allá de que nos vamos a oponer y de que en la medida en que se fuerce una votación, por supuesto votaremos en contra, queremos decir, en nombre de nuestros compañeros que integran la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración -a quienes hemos consultado, los Diputados Borsari Brenna e Iturralde Viñas-, que estamos dispuestos a que, antes del pronunciamiento definitivo, el asunto vuelva a la respectiva Comisión asesora de la Cámara. Señor Presidente: como decíamos hace un momento, creemos que este proyecto es inoportuno, inconveniente y que representa una grave inconstitucionalidad que, además, es doble, por lo que expresaremos a continuación. A nuestro juicio, el artículo 74 es inequívoco en cuanto al otorgamiento y al reconocimiento de la ciudadanía natural. Aquí se establece a texto expreso -las normas, en general, y las normas constitucionales, en particular, deben ser interpretadas de acuerdo con el sentido literal-, con ineluctable claridad, que la ciudadanía natural se reconoce a los nacidos en el territorio nacional, obviamente, y también -dice a continuación el artículo 74- a los hijos -este término es relevante en la calificación del alcance del artículo- de padre o madre uruguayos, nacidos
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en el exterior, a condición de que cumplan, por un lado, con el avecinamiento y, por otro, con la inscripción en el Registro Cívico. Las normas constitucionales -decía- deben ser analizadas en sentido estricto, y las normas constitucionales y las que no lo son deben ser interpretadas armónicamente. Ese es el principio de la hermenéutica jurídica e implica la aplicación del sentido común a la interpretación del derecho. Aquí estamos hablando de un solo artículo y de un solo inciso, que es el que compone ese artículo. No hay una separación; el constituyente no la estableció sino que, simplemente, a continuación de la primera afirmación establece que también pueden alcanzar la condición de ciudadanos naturales determinadas personas, que son las que allí se indican y punto. Por lo tanto, no puede interpretarse la Constitución cuando el constituyente ha sido claro, a nuestro juicio, inequívoco, reconociendo y otorgando la ciudadanía natural a determinadas personas y no a otras. Comparto lo que se decía por integrantes de la bancada de Gobierno en cuanto en cuanto a que la nacionalidad es atributiva de la ciudadanía en nuestro derecho y, por tanto, la ciudadanía natural -que así está consagrada por la Constitución- es atributiva de la nacionalidad. El sistema constitucional reconoce la nacionalidad y la ciudadanía se otorga, pero esto debe hacerse a través de la norma constitucional, no de la ley ordinaria. Por más que la ley puede reglamentar los preceptos constitucionales -como, por ejemplo, la Ley N° 16.021 reglamenta la condición de avecinamiento-, no puede hacerlo estirando los preceptos o llevándolos más allá de lo que establecen. Para fundamentar lo que decimos, alcanzaría con remitirse a las enseñanzas de Jiménez de Aréchaga que, si bien reconoce algunas imprecisiones técnicas en la definición de este artículo -que se introdujo en la Constitución de 1918, no en la de 1934, pero eso es nada más que un dato histórico-, afirma que nuestra Constitución, en materia de nacionalidad y ciudadanía, estableció un criterio restrictivo a la hora del reconocimiento y el otorgamiento, a diferencia de otros sistemas jurídicos y de otros países que tienen -como aquí se dijo y está bien- soluciones más amplias y, por lo tanto, reconocen la nacionalidad y la ciudadanía a descendientes de los nacionales, en soluciones que, muchas veces, no tienen límite. No es el caso del derecho uruguayo; lo dice con absoluta claridad Jiménez
de Aréchaga, en lo que creo es la interpretación correcta del artículo 74. La Constitución se afilia al criterio de “jus soli” -como todos sabemos-, aunque establece también, por excepción, el “jus sanguinis”, en lo que tiene que ver, precisamente, con los hijos de los que emigran y nacen en el extranjero, siendo hijos de padre o madre uruguayos. De todos modos, hasta ahí llega; no establece “los descendientes”, en una suerte de solución indeterminada e indefinida. No; dice, específicamente, “los hijos”. El legislador interpretó esto cabalmente y reglamentó este precepto constitucional en 1989, en la Ley N° 16.021, con la cual hemos convivido, en Uruguay, pacíficamente. Esa norma ha tenido plena vigencia a lo largo de este extenso período y nadie, en ningún momento, que yo sepa, invocó y obtuvo su declaración de inconstitucionalidad. Por ejemplo, el nieto de un uruguayo que emigró, a partir de una interpretación equivalente a la que ahora, por ley, se pretende introducir, podría haber argumentado que le corresponde el derecho de que se le reconozca la ciudadanía natural por ser hijo de un hijo de un uruguayo y, en esa condición, haber impulsado una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia. No sé si alguna vez ocurrió, pero el artículo sigue vigente, aunque pudo haber sido declarado inconstitucional porque sabemos que es para el caso concreto; de todos modos, es un antecedente que no conozco y, repito, con esta solución hemos convivido pacíficamente todo este tiempo. Señor Presidente: la nacionalidad y la ciudadanía implican una cosa muy delicada, porque estamos hablando, ni más ni menos, que del reconocimiento de la condición de connacional, es decir, de integrante de la comunidad oriental. Eso es algo que, por lógica, integra las bases del pacto político y de la convivencia que entre todos los uruguayos hemos acordado y plasmado en la Constitución de la República y, en el caso de la ciudadanía, implica -como decía reciénuna atribución que también debe hacerse por norma constitucional, porque atribuye condiciones muy importantes. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Pereyra) ——La ciudadanía no es un mero trámite, no es una condición que implique simplemente atender una situación particular de alguien en determinada circunstancia. ¡No! Implica el reconocimiento a aquellas personas físicas que adquieren la condición de ser parte
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del cuerpo electoral, de ser además, en esa perspectiva, destinatarios de una función pública, que es la de ser ciudadanos, lo que en sí mismo implica el cumplimiento de una función pública. Y en el ejercicio de esa función pública los ciudadanos naturales, cuando tienen esa condición, pueden acceder a los empleos públicos -pueden hacerlo también los ciudadanos legales, pero los naturales lo hacen en forma inmediata y automática-, pueden ser electos para ejercer la Presidencia y la Vicepresidencia de la República, y para integrar la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, cosa que los ciudadanos legales no pueden hacer de manera inmediata, porque en el caso de la Corte y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo se exige el transcurso de un tiempo cuya duración es interesante como, por ejemplo, 25 años de residencia en el país, para el caso del órgano máximo del Poder Judicial. Entonces, aquí se ha hablado de fundamentos políticos y creo que es perfectamente legítimo; ahora, me parece que debemos ir despacio y no mezclar las líneas: una cosa son los objetivos políticos -por eso entiendo los fundamentos, es decir, adónde se quiere llegar, cuál es la consecuencia que se quiere provocar, y es bueno que se plantee de manera descarnada- y otra es analizar si eso se puede hacer a la luz y en función de las reglas que establece ni más ni menos que la Constitución de la República. No se trata de decir: “Como me parece bueno y justo, y como creo que es bueno que integremos a la diáspora, vayamos más allá de lo que la Constitución nos permite”. Me parece que ese es un planteo, por lo menos, peligroso. Y no quiero atribuir ningún tipo de intencionalidad, pero sí digo -porque es un dato objetivo- que en todo caso es un abordaje muy peligroso de la cuestión. Que en nombre de esos mismos fundamentos estuviéramos hoy discutiendo una ley constitucional, o que algún partido político, sector, legislador o actor de la vida nacional proponga una reforma de la Constitución, en particular del artículo 74, para llegar a este mismo resultado, sería perfectamente razonable y lo podríamos debatir. Igualmente, hoy quisiera no entrar en ese debate, porque hay un debate anterior que es de una enorme profundidad y que tiene que ver ni más ni menos que con el cumplimiento cabal de las normas constitucionales y con no innovar en cuanto a reformar la Constitución a través de una ley ordinaria, que me parece por definición un aspecto demasiado gra-
ve, lo cual seguramente todos estaremos en condiciones de comprender y no solo aquellos que tengan formación jurídica; esto es de pleno sentido común, cualquier ciudadano lo sabe; no es necesario aprender derecho en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales para darse cuenta de esto; el derecho se intuye, sobre todo, cuando en su ejercicio se plantean aspectos verdaderamente importantes o por lo menos connotados, como el que estamos analizando en la tarde de hoy. Si este proyecto de ley llegara a sancionarse, la consecuencia sería, por ejemplo, que si un uruguayo que emigró del país en la década del sesenta -dejemos de lado las razones políticas, no hablemos de los exiliados; no quiero politizar la discusión, porque me parece bueno que no lo hagamos a los efectos de hacer clínica entre todos y razonarlo bien-, por las más diversas circunstancias -razones familiares, personales-, hubiera tenido en el exterior un hijo y un nieto, este último podría reclamar al Estado uruguayo -si el proyecto llegara a sancionarse- el reconocimiento de la ciudadanía natural. Y, además, por imperio de la derogación del artículo que reglamenta el avecinamiento, alcanzaría con que se inscribiera en el Registro Cívico para que el Estado le tuviera que reconocer la condición de ciudadano natural. Tal vez, ni siquiera tendría necesidad de conocer el Uruguay, de aprender dónde queda, con qué países limita, qué idioma se habla aquí, cuáles son sus costumbres o qué significa tomar mate. No sería ni siquiera necesario, porque -reitero- si aplicamos estrictamente la solución que se nos propone, el descendiente en segunda, tercera, cuarta o la generación que sea de un uruguayo que emigró, podría ser ciudadano natural. Y a partir de ese día podría volver al país y ser designado funcionario público en algún Ministerio o Ente Autónomo, y en las elecciones inmediatamente posteriores, ser candidato a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la República o a cualquier cargo electivo, o eventualmente ser designado con la venia de la Asamblea General como integrante de la Suprema Corte de Justicia o del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Lo planteo en estos términos simplemente para describir qué es lo que estamos analizando y cuál es el verdadero centro de la discusión. Aquellos para quienes esto está bien tienen derecho a defenderlo. Hoy ni siquiera quiero calificarlo del todo; simplemente, lo planteo en términos de la gravedad que tiene la modificación que se propone, sobre todo, a raíz de que esta modificación se nos sugiere a través del pro-
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cedimiento -que por supuesto rechazamos y no vamos a acompañar- de modificar la Constitución simplemente a partir de una modificación legislativa como la que se presentada en esta sesión. Así que -recapitulando- creemos que el artículo 1º de este proyecto de ley es inconstitucional porque reconoce un presunto derecho a acceder a la ciudadanía natural a personas que al tenor del artículo 74 de la Constitución no lo tienen, por todas las razones que ya mencioné. Asimismo, consideramos que el artículo 2º es inconstitucional porque elimina la vigente reglamentación del avecinamiento, que viene de la Ley N° 16.021 -impulsada por el entonces ilustre Senador Dardo Ortiz y acompañada por todos los partidos políticos-, una solución muy razonable y sensata, estableciendo el mecanismo de prueba del avecinamiento, por lo menos prudente, razonable, que por supuesto es mejorable. El propio Gobierno del Frente Amplio en alguna instancia reciente procuró flexibilizar estas condiciones y nosotros dijimos que estábamos dispuestos, en función de los tiempos que estamos viviendo –en ese punto me afilio a las argumentaciones del señor miembro informante-, a revisar estas condiciones. Ahora, esto no quiere decir eliminarlas y simplemente hacer valer la inscripción en el Registro. Ahí está la siguiente inconstitucionalidad, porque el artículo 74 establece dos condiciones para acceder a la ciudadanía natural: avecinarse y, además, inscribirse en el Registro, no solo inscribirse en el Registro y, por lo tanto, por esa vía, probar que el avecinamiento también se ha configurado, porque no se configura meramente con eso. El propio Jiménez de Aréchaga, que además plantea una tesis bastante flexible en esa misma perspectiva, dice que el avecinamiento hay que probarlo por medios probatorios razonables como, por ejemplo, la declaración de testigos, en una afirmación bastante desestresante de la discusión, es decir, en términos de no establecer mecanismos complejos, rocambolescos, difíciles, intrincados, que compliquen la vida a quien vive en el exterior y, por lo tanto, lo lleven a que no pueda acreditar la ciudadanía. Dice que tal vez con la declaración de testigos sea razonable pensar que el avecinamiento pueda quedar probado. Cuando Jiménez de Aréchaga escribió, la Ley N° 16.021 no existía, pero me parece que esta norma en algún sentido recoge ese espíritu y contempla esa demanda del constitucionalista que todos reconocemos como el padre de los constitucionalistas uruguayos.
Sobre el artículo 3º comparto las afirmaciones del señor Diputado Cersósimo. Esta disposición no nos genera mayores dificultades. En algún sentido, quizá, hasta represente una mejora en la legislación vigente. No veo necesario establecer que la Corte Electoral reglamente la justificación de los extremos de los que aquí se habla, porque en principio me parece bueno que eso quede librado a la Constitución y a la ley en lo que le corresponda y no a la mera decisión administrativa de la Corte Electoral. Reconozco aquí una mejora en la legislación. Creo que ese artículo se podría votar, pero todos sabemos que es meramente instrumental con relación a los otros, que realmente son de una profundidad y de una gravedad -reitero el término en las condiciones y dentro de los límites que lo utilicé- que debería llevarnos a todos los legisladores a reflexionar profundamente antes de tomar una decisión. Por eso mismo creo que es atinada la propuesta del Diputado Cersósimo de que, por lo menos, este tema vuelva a Comisión para que en ese ámbito se siga analizando. Gracias, señor Presidente.
20.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) ——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Daniela Payssé, por el día 2 de julio de 2014, convocándose a la suplente siguiente, señora Eloísa Moreira”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA.
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Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por el día de la fecha, por motivos personales, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, DANIELA PAYSSÉ Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daniela Payssé. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de julio de 2014. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Daniela Payssé, por el día 2 de julio de 2014. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Eloísa Moreira. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN.
SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: alguien podría pensar: “¿qué le hace una mancha más al tigre?” porque, en realidad, durante este Período de Gobierno, y en particular en el Parlamento de la República, se ha aprobado otro tipo de leyes de notoria inconstitucionalidad. Y este es uno de esos casos porque, evidentemente, como bien ha expresado con versación y fundamento el Diputado Abdala, el proyecto de ley que tiene en discusión la Cámara es doblemente inconstitucional. Ante todo, por una cuestión de Perogrullo, no debe interpretarse aquello que está establecido de forma meridianamente clara en la Constitución. Y el artículo 74 de la Constitución de la República establece: “Ciudadanos naturales son todos los hombres y mujeres nacidos en cualquier punto del territorio de la República”. Y a renglón seguido expresa: “Son también ciudadanos naturales los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento, por el hecho de avecinarse en el país e inscribirse en el Registro Cívico”. Es decir que la extensión de la ciudadanía natural resulta exclusiva para los hijos de padre o madre orientales. Entonces, mal puede establecerse a partir de allí, como se señala en el artículo 1º de este proyecto, que: “[…] Los hijos de las personas a quienes por el artículo 2º de esta ley se les otorga la calidad de nacionales, nacidos fuera del territorio nacional, tendrán la calidad de ciudadanos naturales”. Algo que la Constitución establece para los hijos de padre o madre oriental, no puede determinarse para los nietos de padre o madre oriental por vía de la ley. Y esto es lo que se hace a través del artículo 1º de esta norma, que claramente adosa un paso más a lo que establece la Constitución de la República. Para que eso pudiera ser posible, el artículo 74 de la Constitución debería hablar de los descendientes de padre o madre oriental, pero refiere exclusivamente a los hijos. Por lo tanto, a través de la ley no puede modificarse lo que establece el artículo 74 de la Carta. Yo creo que es discutible -en ese sentido comparto el informe que acompaña este proyecto- la Ley Nº 16.021, porque en sus artículos 1º y 2º precisamente repite los conceptos del artículo 74 de la Constitución de la República, y entiendo que es de mala técnica jurídica establecer en las leyes lo que la Carta dice.
21.- Nacionalidad. (Modificación de los artículos 3° a 5° de la Ley N° 16.021).
Continuando con la consideración del asunto en debate, tiene la palabra el señor Diputado Posada.
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Por otro lado, la Ley Nº 16.021 quiso establecer algunas condiciones para definir el avecinamiento que, de acuerdo con la Real Academia Española, entre otras cosas, significa aproximarse, acercarse, allegarse, arrimarse, es decir, una clara voluntad de vivir en el país, de vincularse al país. Entonces, mal se puede señalar -como se hace en el artículo 2º de este proyecto- que basta con la inscripción en el Registro Electoral, porque a eso se refiere el literal C) del artículo 79 de la Ley Nº 7.690. Por tanto, señor Presidente, en función de los muy buenos fundamentos que estableciera el Diputado Abdala, el Partido Independiente no va a acompañar este proyecto de ley. Otra vez, advertimos a la Cámara que se trata de un proyecto inconstitucional y que, lamentablemente, dadas las mayorías establecidas en el Cuerpo, con seguridad va a ser aprobado para su envío al Senado. Ya vendrá el tiempo en que podamos revisar este tipo de circunstancias que, sin duda, han dado lugar a la sanción de leyes que son notoriamente inconstitucionales. Muchas gracias. SEÑOR URIARTE.- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor miembro informante. SEÑOR URIARTE.- Señor Presidente: se ha planteado el tema de la inconstitucionalidad de este proyecto, y la paradoja es que en nuestra fundamentación hemos presentado opiniones de catedráticos de la Facultad, que han señalado que la inconstitucional fue precisamente la Ley Nº 16.021. Durante el tiempo que ha estado vigente esta ley, no se ha planteado su inconstitucionalidad y no ha habido ningún problema pero, qué casualidad: revisando las versiones taquigráficas del Senado de cuando se sancionó esta norma, el entonces Senador Cigliuti señalaba lo siguiente: “El legislador de 1924, que estableció las leyes fundamentales de la organización electoral nacional para los nacidos fuera del país no exigió otra prueba que la de su nacimiento y la del nacimiento del padre o la madre oriental. Ahora, por este proyecto de ley, se le exige probar el avecinamiento. Me resisto a creer que realmente sea pertinente hacerlo, porque estas leyes han regido durante 64 años y, a ese respecto, nunca hubo la menor dificultad”. Creo que esto
se aplicó sin problemas durante mucho más tiempo en nuestro país y, en realidad, lo modificó la Ley Nº 16.021. Sobre esta base se dio la discusión en aquel momento. Se ha dicho en Sala reiteradamente -y es cierto que se había anunciado en la Comisión- que la norma sería inconstitucional, porque no se reunirían los dos tercios que se requieren, por tratarse de una ley electoral. En tal sentido, quisiera recordar las palabras del entonces Senador Cersósimo, quien en esa ocasión argumentaba que no eran necesarios los dos tercios. Decía textualmente: “Aquí no estamos modificando la Ley del Registro Cívico, porque lo único que establece el artículo 4º, que estamos examinando, es cómo debe interpretarse el término ‘avecinamiento'”. Por lo tanto, lo que se está haciendo es interpretar el artículo 74 de la Constitución de la República. Más adelante expresaba: “Consideramos la Carta en tal sentido, sin modificar para nada ninguna ley. Si esa ley no dice nada, deberá efectuarse la remisión a las facultades de la Corte Electoral […]”. O sea que de acuerdo con el numeral 20) del artículo 85 de la Constitución de la República, la Ley Nº 16.021 es de interpretación y no una norma electoral; por lo tanto, alcanza con la mayoría absoluta. Es más: en esa misma sesión, el doctor Gonzalo Aguirre manifestaba: “A mayor abundamiento, el señor senador Cersósimo ha dicho -y creo que puede tener razón- que este no es un proyecto de ley de Registro Cívico ni de Elecciones, sino que es interpretativo de una disposición constitucional que el Senado va a sancionar en ejercicio de la potestad que le acuerda el numeral 20 del artículo 85 de la Constitución de la República, para cuyo ejercicio no se requiere mayoría especial”. Esto fue dicho en el momento de la aprobación de la Ley N° 16.021. ¿Por qué se dijo esto? Porque esta ley no se aprobó con los dos tercios, sino con diecisiete en veinte en el Senado. Si lo que fuéramos a aprobar hoy, en realidad, resultara inconstitucional, mucho más inconstitucional sería la ley que modificaríamos. Entonces, uno debería llegar a la conclusión de que ninguna de las dos leyes estaría rigiendo y que regiría plenamente la Constitución, con la interpretación que daba la Corte Electoral o bien con la interpretación que daba la ley de 1924. Creo que queda claro que no se requieren dos tercios, porque lo que estamos haciendo es modificar
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la ley, o sea, interpretando nuevamente la Constitución, como ya había hecho la Ley N° 16.021. Todos estaban contestes de que se trataba de una ley de interpretación; tanto es así que el artículo 4º de la ley mencionada comienza estableciendo “Interprétase el artículo 74 de la Constitución […]”. En consecuencia, hemos fundamentado sólidamente -tengo el mayor respeto por las opiniones discrepantes, pero creo que no se podrá negar que se ha fundamentado en forma sólida-, tanto la constitucionalidad del proyecto como su necesidad, y que no se precisan dos tercios de votos. Gracias, señor Presidente. SEÑOR CERSÓSIMO.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR CERSÓSIMO.- Señor Presidente: en primer lugar, quiero aclarar que el legislador Cersósimo a que hizo referencia el señor Diputado preopinante no era quien habla, sino mi padre. No obstante, en esa discusión a la que se hizo referencia -la tenemos en nuestro poder- se debatía acerca de si era necesario que todos los artículos de la Ley N° 16.021 se aprobaran por dos tercios de votos. Varios de sus artículos fueron aprobados por la mayoría de dos tercios de votos; sin embargo, en algunos otros, se alcanzó mayoría, pero no de dos tercios. Esa fue la discusión. En ese debate, el entonces Senador Batalla sostenía la posición que nosotros esgrimimos ahora. Son casualidades que se dan. La misma posición que sostenemos ahora la tuvieron los ex Senadores Ricaldoni y Cigliuti, de mi Partido. Por otra parte, las argumentaciones que se hicieron referían a los dos tercios, pero la inconstitucionalidad a la que estamos haciendo mención tienen que ver con el hecho de que el proyecto de ley a consideración amplía la calidad de ciudadanos naturales a una generación que no es la que previó la Constitución. Esta se limitó a conceder la calidad de ciudadanos naturales a los hijos de padre y madre uruguayos, cualquiera sea el lugar en el que hayan nacido, pero no a la generación siguiente. Por otro lado, es bueno aclarar también que ellos no carecen de nacionalidad; la tienen. Por ende, no es necesario llenar ese requisi-
to. Ellos tienen la nacionalidad del país en el que han nacido, de acuerdo con el derecho internacional. No carecen de nacionalidad, no son apátridas. Este proyecto de ley no busca solucionar ese problema. Esa era la aclaración que quería hacer, así como manifestar la casualidad que se da de que en los distintos partidos haya gente que cambia de opinión. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: quiero hacer una aclaración referida a dos aspectos que se entrelazan en esta discusión. En primer lugar, con respecto al tema de fondo, creo haber sido claro en cuanto a que nuestras mayores objeciones de constitucionalidad tienen que ver, precisamente, con la modificación por vía legal del artículo 74 de la Constitución. Considero que el artículo 1º del proyecto que estamos analizando está muy lejos de ser meramente interpretativo o declarativo; más bien es constitutivo, porque está otorgando, atribuyendo y reconociendo la condición de ciudadanía. Por lo tanto, está otorgando derechos que se supone que son, por las peculiares condiciones de la nacionalidad y de la ciudadanía, de rango constitucional. En segundo término, la observación que formulamos en cuanto a la prueba del avecinamiento tiene que ver con fundir en una sola condición lo que la Constitución establece como una doble condición: el avecinamiento, por un lado, y la inscripción en el Registro Cívico, por otro. Por otra parte, simplemente para hacer un aporte reflexivo a la discusión que se planteó con relación a las mayorías especiales -el señor Diputado Cersósimo no necesita defensa y, además, ha expresado su posición, creo que con mucha claridad y contundencia-, me parece que se plantean dos discusiones diferentes, porque una cosa es lo que hizo en el año 1989 la Ley N° 16.021, que efectivamente reglamentó el avecinamiento -en consecuencia, sería razonable sostener que esa decisión no requiere mayorías especiales porque, en tal caso, es un tema de prueba: cómo se prueba, cómo se demuestra y cómo se justifica el avecinamiento-, y otra muy distinta es lo que pretende hacer este proyecto de ley, que se remite a una ley
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electoral. En tal caso, utiliza el Registro Cívico a efectos de probar el avecinamiento. El numeral 7º) del artículo 77 de la Constitución establece: “Toda nueva ley de Registro Cívico o de Elecciones, así como toda modificación o interpretación de las vigentes, requerirá dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara […]”. Por eso, me parece que sería totalmente sostenible justificar -reitero que estamos en otro plano- que este artículo requiere una mayoría especial, porque aquí hay una remisión a la ley electoral del año 1924. Por lo tanto, por vía indirecta, se están atribuyendo nuevos efectos a la ley electoral del año 1924; en este caso, la prueba del avecinamiento. Desde esa perspectiva, creo que es perfectamente defendible -por lo menos, sería bastante precavido y prudente- que el Parlamento interprete que para aprobar este artículo 2º se requieren dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara y que no alcanza con la mayoría simple. Reitero que me parece que es una discusión emparentada, pero diferente de aquella que del año 1989 cuando, en realidad, se reglamentó una condición; aquí hay una referencia a las leyes electorales. Y me parece inequívoca la voluntad del constituyente en cuanto a que toda referencia a la ley electoral, no solo para aprobarla o modificarla, sino también para interpretarla -como establece el numeral 7º) del artículo 77 de la Constitución-, requiere la mayoría especial de dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado Michelini. SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: el proyecto que está a estudio del Cuerpo, enviado por el Poder Ejecutivo, modifica la Ley N° 16.021. Se intenta presentar a la Constitución como de una claridad meridiana, pero en este tema es imposible que haya una única opinión, y considerar que el constituyente, de alguna manera, ha sido prolijo en su redacción. Creo que no es así. En primer lugar, el artículo constitucional fundamental es el primero, que refiere a los habitantes. El artículo 1º de la Constitución establece: “La República Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su territorio”. De allí, remitimos a la parte concerniente a la ciudadanía. En el artículo 74 se introduce la idea de ciuda-
danos naturales -habiendo una definición previa en el artículo 73- y, después, se hace referencia a los hijos de padre o madre orientales; o sea, se incluye una cuarta categoría. Luego, se incluye la categoría de extranjero. Por lo tanto, entiendo que la idea de que el texto constitucional es inequívoco se derrumba. El texto constitucional es, precisamente, confuso, más aún si nos remitimos al artículo 78, que habilita a las personas a votar. Ese artículo otorga el derecho del sufragio sin obtener la ciudadanía legal previa. Entonces, el constituyente, en forma aluvional -el artículo 78 respondía a una situación concreta-, ha tenido inconsistencias, por lo menos, lo que es lógico en el proceso de las reformas constitucionales del país. Tanto se dice que esta ley no sería necesaria, que uno podría preguntarse por qué la Ley Nº 16.021 estableció un nuevo criterio, una nueva categoría: los ciudadanos nacionales, no los naturales. La Ley Nº 16.021 reconoce la categoría, puesto que establece: “[…] quienes por el artículo 2º de esta ley […]”. Los que sostienen que el texto constitucional es inequívoco, también deberían sostener que la Ley Nº 16.021 es absolutamente inconstitucional, no ya por un tema de estética legislativa, si se repiten o no los artículos de la Constitución, sino porque directamente crea una nueva categoría de ciudadanos. En el aspecto de fondo, creo que es perfectamente posible sostener que la solución que otorga este proyecto al modificar la Ley Nº 16.021 es totalmente constitucional. Además, hace algo absolutamente lógico. Se pueden extremar los argumentos y plantear situaciones raras, pero creo que, en el fondo, es perfectamente posible sostener la constitucionalidad de esta solución. De lo contrario, se debería sostener que la Ley Nº 16.021 también es inconstitucional. Entonces, si el texto constitucional era tan claro, ¿por qué fue necesario aprobar la Ley N 16.021? Porque, en realidad, no estaba claro. Legítimamente, puedo sostener esto a efectos de dar una solución más amplia, casi veinte o treinta años después de la sanción de la Ley Nº 16.021. Además, tenemos que reconocer que fue dictada en un momento muy especial del país: 13 de abril de 1989. En ese momento, se estaba discutiendo, plebiscitando, la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. A fines de 1989, después de muchos años, se iban a realizar en nuestro país las primeras elecciones libres, ya que no
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habría proscritos, presos ni partidos prohibidos, y se llevaron a cabo un conjunto de acuerdos para solucionar el problema de la ciudadanía. Desde esa perspectiva, creo que no existe ninguna dificultad en sostener la constitucionalidad. En cuanto a la interpretación, claramente se está reglamentando el avecinamiento. Este concepto tiene su origen en 1830 y no tiene nada que ver con lo que podemos entender ahora. El avecinamiento venía de la idea de los pueblos, de ser próximo, no del compromiso de ser uruguayo, concepto que ni siquiera está en el texto constitucional. Teniendo en cuenta los conceptos expresados por el señor miembro informante -a los que adhiero-, creo que no hay ninguna incomodidad en votar este proyecto desde una perspectiva de interpretación razonable del texto constitucional. Se podrá decir que es una perla más en el collar de las inconstitucionalidades, pero desde 1985 en adelante, podemos identificar decenas de leyes supuestamente inconstitucionales; no tendría ningún problema en hacer el repaso. En este caso en particular, tenemos fuertes argumentos y apoyo de la doctrina que demuestran que no estamos violentando ningún texto constitucional. Por último, quiero decir que esto no va a afectar demasiado. No creo que haya miles de hijos de orientales nacidos en el exterior con intención de avecinarse, de manifestar su voluntad de ser uruguayos. En realidad, creo que es todo lo contrario. El padrón electoral no va a cambiar por la aplicación de esta norma. Por lo tanto, no veo ningún inconveniente en la aprobación de este proyecto. Gracias, señor Presidente. SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: queríamos solicitar una interrupción al señor Diputado Michelini cuando se estaba refiriendo al último aspecto, pero no llegamos a tiempo; sabemos de su buena disposición para otorgar interrupciones. Más allá de las consideraciones jurídicas o constitucionales, dije en mi intervención inicial que sería prudente no entrar siquiera en la discusión política de fondo en cuanto a los efectos que esto podría producir si se aprobase. Ni siquiera los tengo calculados, y
tampoco me importa demasiado, porque antes que nada, nos enfrentamos a la circunstancia preocupante de una violación dramática de la Constitución, en términos de alterar las bases del pacto político, como decíamos al principio. De cualquier manera, creo que no es una práctica parlamentaria y, sobre todo, un procedimiento político prudente, avanzar en la modificación de las condiciones del otorgamiento de la ciudadanía y, por lo tanto, de las condiciones de acceso al derecho al voto -de eso se trata- cuando, en este mismo momento, el Parlamento analiza y discute en el ámbito de una Comisión que ha sido pactada y acordada entre todos los partidos políticos, alternativas eventuales para avanzar en el camino de reconocer a los ciudadanos que viven en el exterior la posibilidad de votar. Repito que no estoy atribuyendo intencionalidades de ningún tipo, pero no es necesario hacerlo para advertir que, guste o no, en algún momento, esta discusión se cruza con esa otra. Porque si a los ciudadanos naturales que son hijos, nietos o bisnietos de un uruguayo que emigró hace veinte o treinta años -padre o madre oriental- en el futuro se les ocurre -en la medida en que esta propuesta se convierta en leysolicitar la ciudadanía natural, y algún día habilitamos -por la vía o el conducto que sea- la posibilidad de que se pueda participar en las elecciones nacionales desde el exterior, entonces, habrán adquirido el derecho al voto en forma inmediata, inclusive, sin necesidad de conocer el Uruguay o viajar a este país y hacer los trámites correspondientes para inscribirse en el Registro Cívico. Tal vez esa sea la única razón que en algún momento motive su presencia en el territorio nacional. ¿Eso esta bien o mal? ¿Es discutible? ¿Es opinable? ¿Está bien resolverlo o avanzar en el camino de condicionar cualquier resolución futura, el procedimiento que se ha escogido y la decisión que la Cámara está por adoptar hoy? Creo que, por lo menos, es imprudente. Repito: me ahorro cualquier atribución de intencionalidad o señalamiento vinculados con los objetivos políticos. Simplemente, lo estoy describiendo y analizando con la mayor objetividad. Convengamos en que no sabemos -yo no sé- cuáles serán los efectos que, desde el punto de vista electoral, pueda llegar a generar. Pero, evidentemente, en algún momento podrá tenerlos, porque será muy fácil para cualquier persona nacida en el exterior reconocer la condición
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de heredero en tercera o cuarta generación de algún uruguayo que se fue del país hace mucho tiempo; esa consecuencia se puede dar. Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Cersósimo, Abdala y Posada. (Se lee:) “Mocionamos para que el proyecto de ley en discusión ‘Modificación de los artículos 3º a 5º de la Ley Nº 16.021’ vuelva a Comisión”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Veintidós en setenta y uno: NEGATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo 1º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta: AFIRMATIVA. Léase el artículo 2º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. Léase el artículo 3º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y nueve: AFIRMATIVA.
Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR URIARTE.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado)
22.- Licencias. Integración de la Cámara.
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Daoiz Uriarte, por el día 2 de julio de 2014, convocándose a la suplente siguiente, señora Alicia Porrini”. Del señor Representante Fitzgerald Cantero Piali, por el día 2 de julio de 2014, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Ortiz de Lucía”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sir-
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va concederme licencia el día 2 de julio de 2014 por motivos particulares. Sin más, lo saluda atentamente, DAOIZ URIARTE Representante por Montevideo”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Eduardo Brenta”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico a usted que, por esta única vez no acepto la convocatoria a la Cámara que usted preside. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Eleonora Bianchi”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio deseo comunicar que no acepto, por esta única vez la convocatoria a integrar el Cuerpo que usted preside. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Edgardo Ortuño”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Juan José Bentancor”.
“Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por este intermedio comunico a usted que, por esta única vez, no acepto la convocatoria a la Cámara que usted preside. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Mariela Mazzotti”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por esta vez no acepto integrar la Cámara por usted presidida. Sin otro particular lo saluda muy atentamente, Juan Manuel Rodríguez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Daoiz Uriarte. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de julio de 2014. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Eduardo Brenta, Eleonora Bianchi, Edgardo Ortuño, Juan José Bentancor, Mariela Mazzotti y Juan Manuel Rodríguez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Daoiz Uriarte, por el día 2 de julio de 2014. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Eduardo Brenta, Eleonora Bianchi, Edgardo Ortuño, Juan José Bentancor, Mariela Mazzotti y Juan Manuel Rodríguez.
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3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 77, del Lema Partido Frente Amplio, señora Alicia Porrini. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”. “Montevideo, 2 de julio de 2014. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Don Aníbal Pereyra Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día de la fecha del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, FITZGERALD CANTERO PIALI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Fitzgerald Cantero Piali. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 2 de julio de 2014. II) Que el suplente siguiente, señor Álvaro Fernández, ha sido convocado por el Cuerpo para ejercer la suplencia de otro Representante. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Fitzgerald Cantero Piali, por el día 2 de julio de 2014. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Nicolás Ortiz de Lucía. Sala de la Comisión, 2 de julio de 2014. VÍCTOR SEMPRONI, LUIS LACALLE POU, JORGE SCHUSMAN”.
23.- Preferencias.
Dese cuenta de una moción presentada por la señora Diputada Sanseverino y los señores Diputados Radío, Amado y Chiesa. (Se lee:) “Mocionamos para que se incluya en el segundo lugar del orden del día de la sesión del próximo 8 de julio el proyecto: ‘Control Tabaquismo, Productos, Publicidad, Promoción y Patrocinio. (Modificación). (Carp. 2808/014)'”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y seis: AFIRMATIVA.
24.- Trabajadores de Aratirí S.A. (Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender el subsidio por desempleo).
Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del orden del día: “Trabajadores de Aratirí S.A. (Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender el subsidio por desempleo)”. (ANTECEDENTES:) Rep. N° 1384 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Industria, Energía y Minería Montevideo, 4 de junio de 2014. Señor Presidente de la Asamblea General Contador Danilo Astori: El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Alto Cuerpo a fin de remitir, para su consideración, un proyecto de ley referente a una nueva extensión del subsidio por desempleo de los trabajadores de la empresa ARATIRÍ S.A. que desarrolla su actividad en el ramo de explotación minera. Los trámites de autorización y evaluación previo al inicio de sus actividades ante las autoridades competentes ha insumido más tiempo del esperado y a la fecha no han finalizado, por lo que se hace pertinente la promoción del presente proyecto de ley a efectos de posibilitar el reingreso a la actividad, del total de la
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plantilla de alrededor de doscientos trabajadores, debido a la especialidad en la formación de los mismos. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El proyecto de ley que se acompaña, es una respuesta a la situación de inactividad por la que atraviesa la empresa ARATIRÍ S.A., como consecuencia de los trámites que se encuentran en curso con la finalidad de contar con las condiciones técnicas, contractuales y de infraestructuras necesarias que permitan retomar la actividad en forma regular. Oportunamente la empresa ARATIRÍ S.A., envió a un importante número de trabajadores altamente calificados y especializados en las diferentes tareas al seguro por desempleo por la causal de suspensión total. Luego de haberse agotado la cobertura legal, fue sucesivamente prorrogada mediante resoluciones del Poder Ejecutivo, en uso de las facultades previstas en el inciso 2º del artículo 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley Nº 18.399, del 24 de octubre de 2008, posteriormente al amparo de la Ley Nº 19.038, de 28 de diciembre de 2012 y finalmente ampliándose el plazo de acuerdo a lo previsto por la Ley Nº 19.118, de 2 de agosto de 2013, por un término de un año, cuyo vencimiento operará el próximo 30 de junio del corriente. Durante el período de cobertura por desempleo referido, la empresa y los trabajadores han desarrollado sus habilidades en diferentes áreas, mediante la capacitación a través del Instituto de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), por lo que además de preservarse los puestos de trabajo, se ha desarrollado un plan de formación y capacitación. Asimismo, se han ejecutado trabajos de carácter social en beneficio de instituciones sociales y particulares en situación de necesidad. La empresa ARATIRÍ S.A., tiene su asiento en una pequeña localidad del interior profundo del país, en una zona que presenta el más alto índice de desocupación a nivel nacional y de trabajo informal, por lo que resulta de extrema relevancia la preservación de los puestos de trabajo genuinos en una zona de escasas posibilidades de inserción laboral. La concreción del proyecto facilitaría el desarrollo, la diversificación productiva del país y contribuiría significativamente a la realización de obras de infraestructura. Tanto la empresa Minera ARATIRÍ S.A., como el Sindicato de Trabajadores, entienden imperativo contar con un año de extensión del subsidio por desempleo, plazo en el que se estima estarán dadas las
condiciones técnicas, contractuales y de infraestructuras necesarias para retomar la actividad. A la vez, de avanzar en cuestiones tales como, la relocalización de la terminal portuaria para integrarla al futuro puerto de aguas profundas, la modificación del recorrido que deberá hacer su mineroducto, así como la definición de cuestiones técnicas, estudios de ingeniería y de impacto ambiental. En virtud de que son más de doscientos los puestos de trabajo involucrados, y a los efectos de posibilitar su preservación, damos trámite a la solicitud de promoción del presente proyecto de ley, en el entendido de que resulta necesario que dicho personal altamente especializado permanezca cubierto por el subsidio por desempleo hasta verificarse su reincorporación. Por razones de interés general en la conservación de las fuentes laborales involucradas y sensibles a la situación de los trabajadores, y con el fin de evitar la pérdida de empleos, se consideró adecuado promover una extensión de la cobertura por desempleo por el plazo de un año. En este sentido, la promoción del presente proyecto de ley pretende ser un aporte más que el Estado realiza a fin de procurar la reactivación económica y la consiguiente conservación de puestos de trabajo genuinos y altamente calificados, que en el caso particular de la empresa ARATIRÍ S.A. se podrá verificar con la extensión del subsidio por desempleo, que se somete a consideración del Cuerpo Legislativo. Por las razones y fundamentos expuestos, el Poder Ejecutivo remite a la Asamblea General para su consideración el proyecto de ley que se acompaña, el que se estima de vital importancia para posibilitar la definitiva reincorporación de la totalidad del personal de la referida empresa, llevando consigo tranquilidad a numerosas familias, cuyo sustento depende de ello. Saludamos a ese Cuerpo con la más alta estima y consideración. JOSÉ MUJICA, JOSÉ BAYARDI, MARIO BERGARA, ROBERTO KREIMERMAN. PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de un año, el subsidio por desempleo de los trabajadores de ARATIRÍ S.A., en los términos y condiciones que establezca la reglamentación
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Artículo 2º.- La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7° y 10 del DecretoLey N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008). La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio, en todos los casos. Montevideo, 4 de junio de 2014. JOSÉ BAYARDI, MARIO BERGARA, ROBERTO KREIMERMAN. CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de un año, el subsidio por desempleo de los trabajadores de ARATIRÍ S.A., en los términos y condiciones que establezca la reglamentación. Artículo 2º.- La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del DecretoLey Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley Nº 18.399, de 24 de octubre de 2008). La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio, en todos los casos. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1º de julio de 2014. LUCÍA TOPOLANSKY Presidenta HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Secretario”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión particular. Léase el artículo 1º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Léase el artículo 2º. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cinco: AFIRMATIVA Queda sancionado el proyecto y se comunicará el Poder Ejecutivo. SEÑOR TIERNO.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y siete: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto sancionado por ser igual al aprobado por el Senado)
25.- Vuelta de proyecto a Comisión.
Correspondería pasar a considerar el asunto relativo a descentralización y participación ciudadana, pero ha llegado a la Mesa una moción de orden presentada por el señor Diputado Sánchez. (Se lee:) “Mociono para que el proyecto que figura en quinto lugar del orden del día: ‘Descentralización y participación ciudadana. (Normas).’ vuelva a Comisión”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA.
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26.- Desfile cívico-militar por el aniversario de la declaratoria de la independencia de la República Federativa del Brasil. (Se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional, a efectos de participar en el mismo).
Se pasa a considerar el asunto que figura en sexto punto del orden del día: “Desfile cívico-militar por el aniversario de la declaratoria de la independencia de la República Federativa del Brasil. (Se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional, a efectos de participar en el mismo)”. (ANTECEDENTES:) Rep. N° 1372 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Defensa Nacional Ministerio del Interior Ministerio de Relaciones Exteriores Montevideo, 11 de junio de 2014 Señor Presidente de la Asamblea General: El Poder Ejecutivo cumple en remitir a ese Cuerpo, conforme con lo preceptuado en el numeral 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, el adjunto proyecto de ley por el cual se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional a efectos de participar en el desfile cívico-militar por la Declaratoria de la Independencia de la República Federativa del Brasil, a desarrollarse en la ciudad de Jaguarao, (limítrofe con la ciudad de Río Branco), el día 7 de setiembre del corriente regresando la Delegación a nuestro país el mismo día al finalizar la ceremonia. La Delegación de nuestro país estará integrada por personal del Regimiento “General Aparicio Saravia” de Caballería Mecanizado Nº 7, con 1 (un) señor Oficial Superior, 5 (cinco) señores Jefes, 5 (cinco) señores Oficiales Subalternos y 70 (setenta) Personal Subalterno. La presente gestión se funda en el marco de las actividades de relacionamiento que realiza el Ejército Nacional con los países vecinos, con el fin de continuar estrechando los lazos de amistad existentes en el ámbito regional. Por los fundamentos expuestos, se solicita a ese Cuerpo la consideración del adjunto proyecto de ley, cuya aprobación se encarece.
El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General atentamente. JOSÉ MUJICA, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, EDUARDO BONOMI, LUIS ALMAGRO. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Autorizar la salida del país, de un total de 81 (ochenta y uno) efectivos militares sin armamento, integrados por 1 (un) señor Oficial Superior, 5 (cinco) señores Jefes, 5 (cinco) señores Oficiales Subalternos y 70 (setenta) Personal Subalterno del Regimiento “General Aparicio Saravia” de Caballería Mecanizado Nº 7, a efectos de participar en el desfile cívico – militar por el Aniversario de la Declaratoria de la Independencia de la República Federativa del Brasil, a llevarse a cabo el día 7 de setiembre del corriente año, en la ciudad de Jaguarao, regresando al país el mismo día al finalizar la ceremonia. Montevideo, 11 de junio de 2014 ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, EDUARDO BONOMI, LUIS ALMAGRO”. Anexo I al Rep. Nº 1372 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Defensa Nacional INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Defensa Nacional, analiza el proyecto de ley por el cual se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional a efectos de participar en el desfile cívico-militar por la Declaratoria de la Independencia de la República Federativa del Brasil, a desarrollarse en la ciudad de Jaguarao, (limítrofe con la ciudad de Río Branco), el día 7 de setiembre del corriente regresando la delegación a nuestro país el mismo día al finalizar la ceremonia. La delegación estará integrada por personal del Regimiento “General Aparicio Saravia” de Caballería Mecanizado Nº 7, con 1 señor Oficial Superior, 5 señores Jefes, 5 señores Oficiales Subalternos y 70 Personal Subalterno. La presente gestión se funda en el marco de las actividades de relacionamiento que realiza el Ejército Nacional con los países vecinos, con el fin de continuar estrechando los lazos de amistad existentes en el ámbito regional.
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Por los fundamentos expuestos, se solicita al Cuerpo la aprobación de la iniciativa. Sala de la Comisión, 1º de julio de 2014 CARLOS RODRÍGUEZ, Miembro Informante, JOSÉ A. AMY, JAVIER GARCÍA, GUSTAVO ROMBYS”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. SEÑOR GANDINI.- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI.- Señor Presidente: quiero que se me informe lo que se va a votar. No se puede votar sobre tablas un título. Votaremos una autorización, y alguien debe tener alguna información para dar. No quisiera ser responsable de una votación con la que no estoy de acuerdo. Por defecto, cuando no sé, prefiero no votar. Entonces, me gustaría que alguien, brevemente, nos informara de qué se trata esta votación y para qué nos están pidiendo esta autorización. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- El señor Diputado Gandini tiene el proyecto que se le ha repartido, con el informe correspondiente. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Rodríguez Gálvez. SEÑOR RODRÍGUEZ GÁLVEZ.- Señor Presidente: como el ánimo en Sala era el de ir apurando, optamos por no hacer el informe, en la medida que la Comisión de Defensa Nacional trató este proyecto de ley y lo aprobó por unanimidad. Básicamente, es la autorización para la salida del país por un día de un contingente de 81 efectivos que participará en el desfile cívico-militar que se realizará el 7 de setiembre en la localidad de Yaguarón, en virtud de conmemorarse la Declaratoria de la Independencia de la República Federativa del Brasil. En la medida en que es una actividad que se realiza en forma anual, la Comisión entendió que no era necesario -como es tradición- invitar a las autoridades del Ministerio de Defensa Nacional para que informaran. En el día de ayer la Comisión le dio trámite, aconsejando al Cuerpo aprobar este proyecto de ley. Muchas gracias.
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR RODRÍGUEZ GÁLVEZ.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en sesenta y cuatro: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al enviado por el Poder Ejecutivo).
27.- Competencia `Fuerzas Comando 2014″. (Se autoriza la salida del país de una delegación del Ejército Nacional para participar en la misma).
Se pasa a considerar el asunto que figura en séptimo término del orden del día: “Competencia `Fuerzas Comando 2014”. (Se autoriza la salida del país de una delegación del Ejército Nacional para participar en la misma). (ANTECEDENTES:) Rep. N° 1357 “PODER EJECUTIVO Ministerio de Defensa Nacional Ministerio del Interior Ministerio de Relaciones Exteriores Montevideo, 25 de abril de 2014 Señor Presidente de la Asamblea General Contador Danilo Astori: El Poder Ejecutivo cumple en remitir a ese Cuerpo, conforme con lo presupuestado por el numeral 12
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del artículo 85 de la Constitución de la República, el adjunto proyecto de ley por el cual se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional para participar en la Competencia “Fuerza Comando 2014”, al llevar a cabo en la Base Aérea de Tolemaida, Melgar, República de Colombia, en el período comprendido entre el 20 de julio y el 1º de agosto de 2014. La delegación de nuestro país estará integrada por 2 (dos) señores Oficiales Subalternos y 6 (seis) Personal Subalterno, con armamento individual y equipo especial a detallar: ARMAMENTO: 6 (seis) Fusiles G-36, HK, 5,56 x 45 mm números: 85-012162; 85-012168; 85-012140; 85-012153; 85-012158 y 85-012150; 2 (dos) Fusiles Accuracy, 7,62 x 51 mm números: AE10064 y AE10083; 1 (un) Fusil MSG 90 A2, HK, 7,62 x 51 rnm, número 45-000743; 7 (siete) Pistolas P30, HK, 9 X 19 mm números: 129-018974; 129-001436; 129-001433; 129-001310; 129-018973; 129-001423 y 129-001443 EQUIPO ESPECIAL:10 (diez) Miras Holográficas números: A0023937, A0023942, A0003612, A0003601, A0023943, A0003600, A0003610, A0009497, A0003609 y 331591; 2 (dos) Miras Schmidt Bender números: 278761 y 278762, 1 (un) Mira Hensoldt número 343883; 1 (un) Monocular; 1 (un) Binocular; 1 (un) GPS, 1 (un) Brújula, 2 (dos) Anemómetros; 7 (siete) Cascos; 5 (cinco) Luces Tácticas; 14 (catorce) Placas balísticas; 5 (cinco) Chalecos balísticos; 21 (veintiún) Cargadores de G-36, 22 (veintidós) Cargadores de P30, 4 (cuatro) Cargadores de Accuracy y 2 (dos) Cargadores de MSG 90. En la mencionada Competencia participan aproximadamente 27 (veintisiete) países de América del Norte, Centroamérica, el Caribe y de América del Sur, incrementándose año a año los países participantes. Se desarrolla en forma anual, siendo su sede rotativa entre los distintos países de las Américas. Se lleva adelante sobre la base de una serie de ejercicios y situaciones, donde se ejecutan en forma práctica, destrezas individuales y colectivas propias de la especialidad, siendo Uruguay un referente en cuanto al entrenamiento y conocimiento en este tipo de actividades, habiendo obtenido destacadas actuaciones en el desarrollo de las mismas, como ser el Segundo Puesto en la Clasificación General en la Edición del año 2008 y el Tercero en 2012. Asimismo, la presente gestión se funda en los objetivos de continuar el intercambio de experiencias, incentivar e incrementar el entrenamiento del Personal involucrado, recabar la evaluación de la actividad
así como afianzar la cooperación regional y multinacional, la confianza mutua, mejorar el entrenamiento, la interoperabilidad y los procedimientos de las fuerzas especiales. También busca desarrollar y mantener alianzas y relaciones regionales, incrementar las relaciones entre los Ejércitos, como también promover la seguridad regional. Por los fundamentos expuestos, se solicita a ese Cuerpo la consideración del adjunto proyecto de ley, cuya aprobación se encarece. El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General atentamente. JOSÉ MUJICA, ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, EDUARDO BONOMI, LUIS ALMAGRO. PROYECTO DE LEY Artículo Único.- Autorízase la salida del país de una delegación del Ejército Nacional, integrada por 2 (dos) señores oficiales Subalternos y 6 (seis) Personal Subalterno con su armamento individual y equipo especial, para participar en la Competencia “Fuerzas Comando 2014″, a llevarse a cabo en la Base Aérea de Tolemaida, Melgar, República de Colombia, entre el 20 de julio y el 1º de agosto de 2014. Montevideo, 25 de abril de 2014 ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO, EDUARDO BONOMI, LUIS ALMAGRO”. Anexo I al Rep. Nº 1357 “CÁMARA DE REPRESENTANTES Comisión de Defensa Nacional INFORME Señores Representantes: La Comisión analiza y recibe información de las autoridades del Ministerio de Defensa Nacional fundamentando el proyecto de ley por el cual se autoriza la salida del país de efectivos del Ejército Nacional para participar en la Competencia “Fuerza Comando 2014″, a llevarse a cabo en la Base Aérea de Tolemaida, Melgar, República de Colombia, entre el 20 de julio y el 1º de agosto de 2014. La delegación de nuestro país estará integrada por dos señores Oficiales Superiores y seis Personal Subalterno, con armamento individual y equipo especial. Se desarrolla en forma anual, siendo su sede rotativa entre los distintos países de las Américas. Se
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lleva adelante sobre la base de una serie de ejercicios y situaciones, donde se ejecutan en forma práctica, destrezas individuales y colectivas propias de la especialidad. Uruguay es un referente en cuanto al entrenamiento y conocimiento en este tipo de actividades, habiendo obtenido destacadas actuaciones en el desarrollo de las mismas. La presente gestión se funda en los objetivos de continuar el intercambio de experiencias, incentivar e incrementar el entrenamiento del personal involucrado. También se busca desarrollar y mantener alianzas y relaciones regionales, incrementar las relaciones entre los Ejércitos, como también promover la seguridad regional. Por lo expuesto se aconseja al Cuerpo la aprobación del proyecto de ley. Sala de la Comisión, 18 de junio de 2014 RODRIGO GOÑI REYES, Miembro Informante, JOSÉ A. AMY, CARLOS RODRÍGUEZ, GUSTAVO ROMBYS”. ——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión general. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y ocho: AFIRMATIVA.
En discusión particular. Léase el artículo único. (Se lee) ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Queda aprobado el proyecto y se comunicará al Senado. SEÑOR RODRÍGUEZ GÁLVEZ.- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cuatro en sesenta y seis: AFIRMATIVA. (No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al remitido por el Poder Ejecutivo). ——Habiéndose agotado el orden del día, se levanta la sesión. (Es la hora 18 y 54)
SR. ANÍBAL PEREYRA PRESIDENTE
Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora
Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor
Sr. Silvio Osmetti Revisor del Cuerpo de Taquígrafos
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