Número 3941

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NÚMERO 3941

MONTEVIDEO, MIÉRCOLES 10 DE SETIEMBRE DE 2014

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
32ª SESIÓN (ESPECIAL)
PRESIDE EL SEÑOR REPRESENTANTE ANÍBAL PEREYRA (Presidente)

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORES JOSÉ PEDRO MONTERO Y VIRGINIA ORTIZ

XLVII LEGISLATURA

QUINTO PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Miércoles 10 de setiembre de 2014

Texto de la citación

Montevideo, 9 de setiembre de 2014.

LA CÁM AR A DE REPRESENTANTES se reunirá en sesión especial, mañana miércoles 10, a la hora 15, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

– ORDEN DEL DÍA Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Modificación). (Carp. 2932/014). (Informado). Rep 1418 y Anexo I

JOSÉ PEDRO MONTERO VIRGINIA ORTIZ S e c r e t a r i o s

Miércoles 10 de setiembre de 2014

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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 4 3.- Proyectos presentados………………………………………………………………………………………………………………… 5 ORDEN DEL DÍA 4.- Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Modificación). Antecedentes: Rep. N° 1418, de agosto de 2014,y Anexo I, de setiembre de 2014. Carp. N° 2932 de 2014. Comisión de Asuntos Internos. — Aprobación…………………………………………………………………………………………………………………………… 10 — Texto del proyecto de resolución aprobado ……………………………………………………………………………… 10

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1.- Asistencias y ausencias.
Asisten los señores Representantes: Alda Álvarez, José Amy, Roque Arregui, Alfredo Asti, Julio Bango, Julio Battistoni, Gustavo Bernini, Daniel Bianchi, Samuel Bradford, Irene Caballero, Daniel Caggiani, , Felipe Carballo, Pablo Centurión, Gustavo Cersósimo, Antonio Chiesa, Hugo Dávila, Walter De León, Dante Dini, Gustavo A. Espinosa, Guillermo Facello, Álvaro Fernández, Carlos Gamou, Juan Manuel Garino Gruss, Gabriel Gianoli, Aníbal Gloodtdofsky, Daniel González, Óscar Groba, Jorge Guekdjian, Doreen Javier Ibarra, Orlando Lereté, Andrés Lima, José Carlos Mahía, Graciela Matiauda, Felipe Michelini, Sergio Mier, José Luis Núñez, Nicolás Núñez, Rubén Núñez, Raúl Olivera, Lourdes Ontaneda, César Panizza, Yerú Pardiñas, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Aníbal Pereyra, Susana Pereyra, Mario Perrachón, Delfino Piñeiro, Iván Posada, Daniel Radío, Edgardo Rodríguez, Gustavo Rombys, Aníbal Rondeau, Sebastián Sabini, Alejandro Sánchez, Francisco Sánchez, Berta Sanseverino, Víctor Semproni, Olga Silva, Rubenson Silva, Mario Silvera, Javier Umpiérrez, Guillermo Vaillant, Carlos Varela Nestier, Juan Ángel Vázquez, Pablo Vela, Carmelo Vidalín, Dionisio Vivian, Horacio Yanes y Luis Ziminov. Con licencia: Pablo Abdala, Verónica Alonso, Ricardo Berois, Marcelo Bistofi Zunini, Graciela Cáceres, Rodolfo Caram, Javier García, Mario García, Rodrigo Goñi Romero, Alma Mallo, Daniel Mañana, Orquídea Minetti, Martha Montaner, Gonzalo Mujica, Amin Niffouri, Gonzalo Novales, Guzmán Pedreira, Daniel Peña Fernández, Nicolás Pereira, Darío Pérez Brito, Pablo Pérez González, Ana Lía Piñeyrúa, Luis Puig, Carlos Rodríguez Gálvez, Nelson Rodríguez Servetto, Richard Sander, Martín Tierno, Daisy Tourné, Daoiz Uriarte y Walter Verri. Con aviso: Auro Acosta, Julio Álvarez, Fernando Amado, Gerardo Amarilla, José Andrés Arocena, Gustavo Borsari Brenna, Solana Cabrera, Fitzgerald Cantero Piali, Germán Cardoso, José Carlos Cardoso, Alberto Casas, Belmonte De Souza, Álvaro Delgado, Marcelo Dìaz, Raúl Forné, Rodrigo Goñi, Pablo Iturralde Viñas, María Elena Laurnaga, Jorge Orrico, Miguel Otegui, Alberto Perdomo, Ricardo Planchón, Alicia Porrini, Jorge Pozzi, Verónica Pumar, Jorge Rodríguez, Pedro Saravia Fratti y Jaime Mario Trobo. Actúan en el Senado: Jorge Gandini y Rubén Martínez Huelmo.

2.- Asuntos entrados.
“Pliego N° 303 PROMULGACION DE LEYES El Poder Ejecutivo comunica que, con fecha 28 de agosto de 2014, promulgó las siguientes leyes: • Nº 19.255, por la que se autoriza la salida del territorio nacional de un contingente de la Fuerza Aérea Uruguaya, a efectos de participar del Ejercicio Combinado “SALITRE 2014″, que se llevará a cabo en la ciudad de Antofagasta, República de Chile, entre el 4 y el 19 de octubre de 2014. C/2841/014 Nº 19.256, por la que se autoriza la salida del territorio nacional de efectivos del Ejército Nacional, a los efectos de participar en el desfile cívico-militar que se realizará con motivo del aniversario de la Declaratoria de la Independencia de la República Federativa del Brasil, a llevarse a cabo el día 7 de setiembre del corriente año, en las ciudades de Santana do Livramento, Quaraí y Chui. C/2905/014 Nº 19.257, por la que se aprueba el Convenio con Rumania para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en la ciudad de Bucarest, Rumania el 14 de setiembre de 2012. C/2068/012 Archívense DE LA CÁMARA DE SENADORES La Cámara de Senadores remite copia del pedido de informes del señor Senador Eber Da Rosa, sobre el registro de inversiones en materia energética. C/245/010 A la Comisión de Industria, Energía y Minería INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Asuntos Internos se expide sobre el proyecto de resolución por el que se modifica el Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. C/2932/014 La Comisión de Legislación del Trabajo se expide sobre el proyecto de minuta de comunicación por el que se solicita al Poder Ejecutivo la remisión de la correspondiente iniciativa para la aprobación del Convenio Nº 171 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre el trabajo nocturno. C/2964/014

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La Comisión de Salud Pública y Asistencia Social se expide sobre el proyecto de ley por el que se aprueba el Código de Ética Médica. C/2856/014 Se repartieron con fecha 9 de setiembre PROYECTOS PRESENTADOS Los señores Representantes Mario García y Javier Umpiérrez presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se crea una Comisión Nacional de Homenaje, con el cometido de organizar el traslado de los restos mortales del Brigadier General Juan Antonio Lavalleja, y la erección de un monumento mausoleo en la Catedral de la ciudad de Minas, quedando a cargo de la misma, los actos de homenaje a rendirse. C/2972/014 Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se faculta a sufragar a los ciudadanos uruguayos que residen en el exterior, en forma permanente o transitoria, en los casos que se determinan. C/2973/014 A la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración”.

Artículo 3º.- Desde el momento de la exhumación de los restos, hasta el de la inhumación en la ciudad de Minas, se rendirán los honores correspondientes por las Fuerzas Armadas de la República. Montevideo, 9 de setiembre de 2014 JAVIER UMPIÉRREZ, Representante por Lavalleja, MARIO GARCÍA, Representante por Lavalleja EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En la historia del Uruguay, la figura del Brigadier Gral. Juan Antonio Lavalleja, ocupa un lugar de privilegio: La autenticidad de su sacrificio, su vocación heroica y la magnitud de su ejemplo lo señalan indiscutiblemente como el Libertador de nuestra patria. Nació en la ciudad de Minas (por entonces llamada “Villa de la Concepción de las Minas”) el 24 de junio de 1784, siendo sus padres Manuel Pérez de la Valleja y Ramona Justina de la Torre. Siendo muy joven, se unió a la Revolución del Río de la Plata, incorporándose al grupo revolucionario liderado por Manuel Francisco Artigas, en oportunidad de la ocupación de Minas, San Carlos y Maldonado. Peleó en la Batalla de Las Piedras con el grado de Teniente y estuvo en el primer sitio artiguista de la plaza de Montevideo; luego siendo el Jefe de los Orientales en la emigración al Ayuí. Habiendo combatido en la Batalla de Guayabos, fue designado por Artigas en calidad de Comandante Militar de la ciudad Puerto de Colonia, con la misión primordial de organizar los corsarios que operarían en el Río de la Plata contra las naves portuguesas. En 1817, contrajo matrimonio con Ana Monterroso, quien era la hermana del secretario personal de Artigas, José Monterroso, haciéndolo “por poder”, a su nombre, Fructuoso Rivera, que en ese momento era su Jefe de División. Cuando en 1818 las fuerzas penetraron en el territorio de la Banda Oriental, Artigas encargó a Lavalleja el mando de las fuerzas que se dirigieron a enfrentarlas. En un combate que tuvo lugar en las puertas del arroyo Valentín, en el departamento de Salto, fue hecho prisionero por los portugueses y confinado en la Isla de las Cobras, en Río de Janeiro, de donde pudo volver a Montevideo en 1821. En 1823 adhiere al movimiento independentista iniciado por la Sociedad de los Caballeros Orientales y el Cabildo de Montevideo. Al ser descubierto tiene que traspasar el Río Uruguay. En Entre Ríos y luego en Santa Fe, procura la adhesión a ese movimiento, fracasado éste, se retira a Buenos Aires.

3.- Proyectos presentados.
A) “COMISIÓN NACIONAL DE HOMENAJE CON EL COMETIDO DE ORGANIZAR EL TRASLADO DE LOS RESTOS MORTALES DEL BRIGADIER GENERAL JUAN ANTONIO LAVALLEJA Y LA ERECCIÓN DE UN MONUMENTO MAUSOLEO EN LA CATEDRAL DE LA CIUDAD DE MINAS. (Creación).

PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Los restos mortales del Brigadier General Juan Antonio Lavalleja serán exhumados de la Catedral de Montevideo, inhumándose en el departamento de Lavalleja. Artículo 2º.- Créase una Comisión Nacional de Homenaje, que estará integrada por un representante del Ministerio de Educación y Cultura, uno de la Cámara de Senadores, uno de la Cámara de Diputados, uno de la Intendencia de Lavalleja y dos de la Comisión Departamental del Bicentenario del departamento de Lavalleja. La Comisión tendrá por cometido, organizar el traslado de los restos del Brigadier Gral. Juan Antonio Lavalleja y erección de un monumento mausoleo en la Catedral de la ciudad de Minas, quedando a cargo de la misma, los actos de homenaje a rendirse.

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En 1824, decidido a llevar adelante los planes revolucionarios, alquiló los galpones de un saladero en la zona de Barrancas, donde se dedicó a prepararse para invadir la Banda Oriental. Se reunió así un grupo de 33 hombres, que aludiendo la vigilancia de los brasileños, navegaron en una chalupa por el Río Uruguay en dirección al departamento de Soriano. En la madrugada del 19 de abril de 1825, el grupo de los Treinta y Tres Orientales que comandaba Lavalleja, desembarcó en la playa de la Agraciada. Portando una bandera de tres franjas horizontales, azul, blanca y roja, con la leyenda “LIBERTAD O MUERTE”; los Treinta y Tres juraron ante ella “libertad a la Patria, o perecer en la demanda”. El 14 de junio el Gobierno Provisorio de la Banda Oriental, lo designa Brigadier General y Comandante en Jefe del Ejército de la Provincia Oriental, lo que fue ratificado el 22 de agosto por la Sala de Representantes de la Provincia. Luego de la reconciliación con Rivera, en el célebre “Abrazo del Monzón” y del triunfo obtenido con éste contra las fuerzas brasileñas en la Batalla del Rincón, ambos jefes unieron sus fuerzas para enfrentar al Contingente reunido por los Imperiales en la Batalla de Sarandí; que produjo el restablecimiento del apoyo del gobierno porteño a los revolucionarios de la Banda Oriental. El 20 de febrero de 1827, comandó Lavalleja el ejército que derrotara a los brasileños en la batalla de Ituzaingó. El 18 de julio, preside la ceremonia solemne del Juramento de la Constitución de la República en la Plaza Matriz de Montevideo. De 1832 a 1834 intentó levantamientos contra el gobierno de Rivera, pero derrotado se asila en Río Grande. Rivera fue sucedido en la Presidencia por Manuel Oribe, quien había sido hombre de confianza de Lavalleja. Habiéndose alzado Rivera contra su gobierno, Oribe convocó a Lavalleja a reintegrarse al país y le restituyó sus grados militares y bienes, que le habían sido confiscados por el Gobierno de Rivera. El 19 de noviembre de 1836 tuvo lugar el Combate de Carpintería, en el cual Lavalleja participó junto a las fuerzas del Gobierno comandadas por Ignacio Oribe. En ese combate, las tropas de Rivera utilizaron vinchas -hechas con el forro de los ponchos- y las de Oribe las usaron de color blanco; lo que originó las “divisas” de los Partidos Tradicionales. En 1837, luego de haber participado también en el combate de Durazno, cuando Lavalleja estaba al

mando de la Plaza de Paysandú y ante la renuncia de Oribe, decidió abandonar el país y retornó a la Argentina. En 1843, Lavalleja regresó al Uruguay, radicándose en Colonia. Establecido en 1845 el sitio grande de Montevideo, desde el campamento de Oribe en el Cerrito, Lavalleja retornó a la zona y se estableció en una chacra en el arroyo Miguelete; aunque al mismo tiempo mantuvo su casa de Montevideo donde residía su esposa. En 1851, finalizada la Guerra Grande, Lavalleja fue designado Comandante General militar de la zona actualmente comprendida por los departamentos de Cerro Largo, Lavalleja y Maldonado. En 1852 pasó a comandar la Segunda Sección Territorial, bajo el gobierno del Presidente Giró. A raíz de los sucesos políticos de 1853, que culminaron en la designación de un Triunvirato en sustitución del Presidente de la República, Lavalleja fue designado para integrarlo y conjuntamente con Rivera y el Cnel. Venancio Flores. Cumplía funciones como integrante del Triunvirato, en su despacho del Fuerte de Montevideo -ubicado en la Plaza del Cabildo (hoy Plaza Zabala)- cuando falleció repentinamente, el 22 de octubre de 1853. Una ley del 27 de diciembre de 1927, asignó el nombre de Lavalleja al departamento de Minas, en cuya capital había nacido. Por tanto, Juan Antonio Lavalleja, debe reposar para la eternidad en el mismo sitio que lo vio nacer. Su monumento debe cobijar sus restos y constituirse en un punto geográfico de referencia de toda vocación patriótica de desinterés y sacrificio. Es de justicia histórica porque su figura ha entrado en la leyenda de todos los Orientales. Montevideo, 9 de setiembre de 2014 JAVIER UMPIÉRREZ, Representante por Lavalleja, MARIO GARCÍA, Representante por Lavalleja”. B) “DERECHO AL SUFRAGIO PARA CIUDADANOS URUGUAYOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR EN FORMA PERMANENTE O TRANSITORIA. (Establecimiento). PROYECTO DE LEY Artículo 1º.- Los ciudadanos uruguayos que residan en el exterior, en forma permanente o transitoria,

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tendrán el derecho de sufragar cumpliendo así con la obligación establecida en el artículo 77 de la Constitución de República de acuerdo a las condiciones establecidas en la presente ley. Artículo 2 º.- Solamente podrá emitirse el voto en el exterior para los cargos de Presidente de la República, Senadores, Representantes Nacionales y de las Juntas Electorales, y en la eventual segunda elección. Artículo 3º.- La Corte Electoral llevará un Registro y un Padrón Electoral para Ciudadanos Residentes en el Exterior que comprenderán, respectivamente, el conjunto de hojas electorales de los ciudadanos con inscripción cívica vigente en el Registro Cívico Nacional y su correspondiente nómina precedida de la serie y número de sus credenciales cívicas que comuniquen su propósito de sufragar en las próximas Elecciones Nacionales y en la eventual segunda elección. Artículo 4º.- La comunicación a los efectos previstos en el artículo anterior deberá realizarse por correo certificado hasta ciento ochenta días antes del fijado para las Elecciones Nacionales en formularios que confeccionará la Corte Electoral al efecto en los que se consignarán: A) Los nombres y apellidos del interesado. B) Los nombres y apellidos de sus padres. C) El domicilio en el exterior. D) La serie y número de su Credencial Cívica. E) Tres impresiones del dígito pulgar derecho; en caso de falta de ese pulgar, la del izquierdo, y en defecto también de éste, las de otro dedo que se indicará. Artículo 5º.- La Corte Electoral proveerá a los Partidos Políticos que lo solicitaren y al Ministerio de Relaciones Exteriores los formularios referidos en el artículo anterior. Dicho Ministerio los distribuirá entre las Embajadas y Oficinas Consulares del país en el extranjero a efectos de su posterior entrega a los interesados. Éstos también podrán obtenerlos directamente de la página “web” de la Corte Electoral Artículo 6º.- La Corte Electoral con la asistencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecerá las circunscripciones electorales en el exterior tomando como base las circunscripciones consulares existentes y el número de uruguayos que en ellas habitan. Artículo 7º.- La Corte Electoral confeccionará el plan circuital correspondiente a los electores desde el

exterior, el que se publicará en carteles en las Embajadas y Oficinas Consulares. También se imprimirán en número suficiente para que puedan distribuirse en las respectivas circunscripciones electorales o en otros medios de difusión. La publicación contendrá la serie y número de circuito, número inicial y número final de las inscripciones habilitadas para votar en él, lugar donde funcionará la Comisión Receptora, día de la elección y horas hábiles para el sufragio. Artículo 8º.- La Oficina Nacional Electoral ordenará por serie y número las hojas electorales de los votantes de cada circuito de modo que no puedan separarse, formando cuadernos y dejando constancia de su contenido en las carátulas correspondientes. Asimismo confeccionará los padrones circuitales formando librillos. Estos materiales serán enviados por la Corte Electoral a las Embajadas y Oficinas Consultares. Artículo 9º.- Cada circuito electoral en el exterior se distinguirá por un número y en cada una de ellos funcionará una Comisión Receptora de Votos. Éstas se instalarán en las Embajadas, Oficinas Consulares del país en el extranjero y otros locales que se designarán al efecto. Artículo 10.- Las Comisiones Receptoras de Votos en el exterior se integrarán con funcionarios ciudadanos uruguayos de las Embajadas y Oficinas Consulares del país en el exterior y con los electores que se seleccionarán para cada circuito en la forma que establezca la reglamentación que dictará la Corte Electoral. Artículo 11.- La Corte Electoral enviará a las Embajadas y Oficinas Consulares, además de los cuadernos de hojas electorales y padrones referidos en el artículo 8º, el material necesario para que se proceda a recibir el voto de los ciudadanos que se hayan registrado de conformidad con lo establecido en los artículos 3º, 4º y 5º de la presente ley. Artículo 12.- Al acto del sufragio del voto desde el exterior se aplicarán, en lo pertinente, las normas contenidas en los artículos 75 y siguientes de la Ley Nº 7.812, de 16 de enero con las modificaciones impuestas por la Ley Nº 17.113, de 9 de junio de 1999. Artículo 13.- El escrutinio de los votos emitidos en el exterior se realizará de acuerdo a los mismos criterios y de la misma forma en que se escrutan los emitidos en el territorio nacional. Deberán encontrarse en el territorio de la República todas las urnas remitidas por las Embajadas y Consulados, tres días después de la fecha fijada para las elecciones. En caso contra-

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rio, los votos contenidos en las mismas se considerarán no emitidos. Artículo 14.- Recibidas las urnas, la Oficina Nacional Electoral clasificará los sobres por departamento y los enviará a la Junta Electoral que corresponda la que procederá a incorporar su contenido en el escrutinio departamental que realice en la forma que reglamentará la Corte Electoral. Artículo 15.- La presentación ante las Oficinas Electorales Departamentales a que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 13.382, de 18 de setiembre de 1970 suplantado por el artículo 101 de la Ley Nº 17.113, de 9 de junio de 1999, podrá sustituirse, tratándose de ciudadanos radicados en el exterior, por la comunicación prevista en el artículo 4º de la presente ley, siempre que se formule con anterioridad al 31 de marzo del año en que se realicen las Elecciones Nacionales. Artículo 16.- La solicitud a que refiere el artículo 5º de la Ley Nº 13.882, de 18 de setiembre de 1970, suplantado por el artículo 9º de la Ley Nº 17.690, de 21 de setiembre de 2003, podrá sustituirse, tratándose de ciudadanos radicados en el exterior, por la comunicación prevista en el artículo 4º de la presente ley y realizada con la antelación establecida en dicho artículo. Artículo 17.- La Corte Electoral reglamentará la presente ley. Montevideo, 9 de setiembre de 2014 ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, ALFREDO ASTI, Representante por Montevideo, JULIO BANGO, Representante por Montevideo, JULIO BATTISTONI, Representante por Montevideo, GUSTAVO BERNINI, Representante por Montevideo, GRACIELA CÁCERES, Representante por Río Negro, DANIEL CAGGIANI, Representante por Montevideo, HUGO DÁVILA, Representante por Artigas, WALTER DE LEÓN, Representante por San José, CARLOS GAMOU, Representante por Montevideo, ÓSCAR GROBA, Representante por Montevideo, DOREEN JAVIER IBARRA, Representante por Montevideo, MARÍA ELENA LAURNAGA, Representante por Montevideo, JOSÉ CARLOS MAHÍA, Representante por Canelones, RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Representante por Monte-

video, FELIPE MICHELINI, Representante por Montevideo, SERGIO MIER, Representante por Treinta y Tres, ORQUÍDEA MINETTI, Representante por Canelones, RAÚL OLIVERA, Representante por Canelones, JORGE ORRICO, Representante por Montevideo, YERÚ PARDIÑAS, Representante por Cerro Largo, IVONNE PASSADA, Representante por Montevideo, DANIELA PAYSSÉ, Representante por Montevideo, GUZMÁN PEDREIRA, Representante por Flores, ANÍBAL PEREYRA, Representante por Rocha, SUSANA PEREYRA, Representante por Montevideo, PABLO PÉREZ GONZÁLEZ, Representante por Maldonado, MARIO PERRACHÓN, Representante por Colonia, LUIS PUIG, Representante por Montevideo, CARLOS RODRÍGUEZ, Representante por Florida, EDGARDO RODRÍGUEZ, Representante por Tacuarembó, GUSTAVO ROMBYS, Representante por Paysandú, SEBASTIÁN SABINI, Representante por Canelones, ALEJANDRO SÁNCHEZ, Representante por Montevideo, BERTA SANSEVERINO, Representante por Montevideo, RUBENSON SILVA, Representante por Rivera, MARTÍN TIERNO, Representante por Durazno, JAVIER UMPIÉRREZ, Representante por Lavalleja, CARLOS VARELA NESTIER, Representante por Montevideo, DIONISIO VIVIAN, Representante por Canelones. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La cuestión del ejercicio del voto por los compatriotas uruguayos que se encuentran viviendo en el exterior ha sido discutida durante los últimos años por nuestra sociedad. En el año 2009 los ciudadanos no validaron un proyecto de voto por correspondencia desde el exterior por parte de nuestros conciudadanos que allí residen. En aquel debate se abordaron dos aspectos principales; el derecho a votar desde el exterior, y las garantías del sufragio. Es evidente que la discusión del derecho a votar tiene rango constitucional y su dilucidación implica in-

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terpretar correctamente la Constitución de la República. El Frente Amplio y su bancada parlamentaria que firma este proyecto, interpretan más allá de toda duda, que la circunstancia de vivir en el exterior no elimina el derecho de los ciudadanos uruguayos a votar aún fuera del territorio de la República. El artículo 74 de la Carta otorga la ciudadanía natural a todos los hombres y mujeres nacidos en cualquier punto del territorio de la República (derecho de suelo) así como a los hijos de padre o madre orientales cualquiera fuere el lugar de su nacimiento (derecho de sangre), por el hecho de avecinarse en el país e inscribirse en el registro cívico. El avecinamiento y registro son actos constituyentes de la ciudadanía natural que la Carta no quita ni suspende por estar residiendo en el exterior. Es nítido y determinante el artículo 77 de la Carta: “Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación, como tal, es elector en los casos y formas que se designarán”. Entre esos “casos y formas”, la Constitución no exige que el voto se emita dentro del territorio nacional. A su vez el artículo 80 que refiere a la suspensión de la ciudadanía no establece en ningún párrafo que la misma se suspenda por estar residiendo en el exterior. Por otra parte la negación del voto implica una violación a los derechos políticos de los uruguayos en el exterior a la luz de la protección que les otorga el derecho internacional y los tratados reconocidos e incorporados por nuestro país. Tal el caso del Pacto de San José de Costa Rica por citar el más nítido e inmediato. Y aun más; es una negación de derechos a la luz de la realidad migratoria del mundo contemporáneo y del trato que se debe a los migrantes al amparo del derecho internacional. En lo que refiere al segundo punto de discusión; la garantía del sufragio, este proyecto se apega totalmente a las exigencias vigentes y dispuestas por nuestra Corte Electoral en tanto el voto aunque emitido en el exterior, se emite presentándose ante una mesa receptora, con control registral y en cuarto secreto, en idénticas condiciones a las que se imponen dentro del país. Este proyecto se sustancia en el convencimiento de nuestra obligación superior de defender los derechos políticos -capítulo fundamental de los derechos

humanos- de todos nuestros ciudadanos garantizando que efectivamente en materia de sufragio, todos son iguales ante la ley. Montevideo, 9 de setiembre de 2014. ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, ALFREDO ASTI, Representante por Montevideo, JULIO BANGO, Representante por Montevideo, JULIO BATTISTONI, Representante por Montevideo, GUSTAVO BERNINI, Representante por Montevideo, GRACIELA CÁCERES, Representante por Río Negro, DANIEL CAGGIANI, Representante por Montevideo, HUGO DÁVILA, Representante por Artigas, WALTER DE LEÓN, Representante por San José, CARLOS GAMOU, Representante por Montevideo, ÓSCAR GROBA, Representante por Montevideo, DOREEN JAVIER IBARRA, Representante por Montevideo, MARÍA ELENA LAURNAGA, Representante por Montevideo, JOSÉ CARLOS MAHÍA, Representante por Canelones, RUBÉN MARTÍNEZ HUELMO, Representante por Montevideo, FELIPE MICHELINI, Representante por Montevideo, SERGIO MIER, Representante por Treinta y Tres, ORQUÍDEA MINETTI, Representante por Canelones, RAÚL OLIVERA, Representante por Canelones, JORGE ORRICO, Representante por Montevideo, YERÚ PARDIÑAS, Representante por Cerro Largo, IVONNE PASSADA, Representante por Montevideo, DANIELA PAYSSÉ, Representante por Montevideo, GUZMÁN PEDREIRA, Representante por Flores, ANÍBAL PEREYRA, Representante por Rocha, SUSANA PEREYRA, Representante por Montevideo, PABLO PÉREZ GONZÁLEZ, Representante por Maldonado, MARIO PERRACHÓN, Representante por Colonia, LUIS PUIG, Representante por Montevideo, CARLOS RODRÍGUEZ, Representante por Florida, EDGARDO RODRÍGUEZ, Representante por Tacuarembó, GUSTAVO ROMBYS, Representante por Paysandú, SEBASTIÁN SABINI, Representante por

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Canelones, ALEJANDRO SÁNCHEZ, Representante por Montevideo, BERTA SANSEVERINO, Representante por Montevideo, RUBENSON SILVA, Representante por Rivera, MARTÍN TIERNO, Representante por Durazno, JAVIER UMPIÉRREZ, Representante por Lavalleja, CARLOS VARELA NESTIER, Representante por Montevideo, DIONISIO VIVIAN, Representante por Canelones”. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Está abierto el acto. (Es la hora 15 y12) ——Habiendo número, está abierta la sesión.

Artículo 2º.- Sustitúyense los literales A), B) y C) del inciso cuarto del artículo 55 del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes, por los siguientes: “A) Un (1) punto por cada cinco días de licencia extraordinaria sin goce de sueldo en un año. B) Dos (2) puntos por cada tres días de inasistencia justificada en un año. C) Dos (2) puntos por cada día de inasistencia injustificada en un año”. Artículo 3º.- Agréganse al Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes, los siguientes artículos al Capítulo XVII Disposiciones Transitorias: “ARTÍCULO 141.- Establécese que los procesos de promoción dispuestos por los artículos 134 a 139 culminarán el 30 de octubre de 2014, quedando exceptuados únicamente los que se encuentren ya iniciados. ARTÍCULO 142.- Dispónese que, a partir del 1º de noviembre de 2014 las promociones a cargos vacantes se proveerán de acuerdo a lo previsto por el Capítulo VII De las Promociones, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 141. ARTÍCULO 143.- Establécese, por única vez, a efectos de la aplicación del procedimiento de promoción previsto por el Capítulo VII, para las vacantes existentes al 1º de noviembre de 2014 y las que se generen hasta el llamado a inscripción para el respectivo concurso, según lo previsto por el artículo anterior, que el período de calificación a considerar será, para los escalafones que se indican, los siguientes: Escalafón A): 1º de diciembre de 2012 a 30 de noviembre de 2014. Escalafón C): 1º de julio de 2012 a 30 de noviembre de 2014. Escalafón D): 1º de octubre de 2013 a 30 de noviembre de 2014. Escalafón E): 1º de octubre de 2013 a 30 de noviembre de 2014. Escalafón F): 1º de setiembre de 2013 a 30 de noviembre de 2014. Escalafón R): 1º de diciembre de 2012 a 30 de noviembre de 2014. Escalafón S): 1º de enero de 2013 a 30 de noviembre de 2014.

4.- Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Modificación).
Se entra al orden del día con la consideración de su único asunto: “Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes. (Modificación)”. (ANTECEDENTES:) Rep. N° 1418 “PROYECTO DE RESOLUCIÓN Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 29 del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes, por el siguiente: “ARTÍCULO 29.- Las calificaciones primarias se deberán presentar, so pena de incurrir en falta grave, antes de la hora 18 del 30de abril del año en que corresponda su realización, en la Dirección General. En caso de que el 30 de abril sea sábado o domingo el plazo vencerá a la misma hora el día 2 de mayo. La Dirección General dispondrá la notificación a cada funcionario de su calificación primaria, dentro de los cinco días hábiles siguientes al día en que vence la presentación y en la forma prevista por el inciso segundo del artículo 42. El funcionario podrá formular las observaciones que pudieren corresponder dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Cumplidos los plazos correspondientes la Dirección General remitirá todas las actuaciones al Tribunal de Calificación respectivo”.

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Se deja sin efecto, por esta vez, lo dispuesto porel artículo 21. ARTÍCULO 144.- Establécese que las calificaciones primarias correspondientes a cada uno de los períodos indicados en el artículo 143, se deberán presentar antes de la hora 18 del décimo día hábil posterior al treinta de noviembre de dos mil catorce, en la Dirección General. Se deja sin efecto, por única vez, lo dispuesto por el inciso primero del artículo 29. ARTÍCULO 145.- Cumplido lo dispuesto por el artículo 143, el siguiente período a calificar, en cada escalafón, corresponderá al comprendido entre el treinta de noviembre de dos mil catorce y el treinta de abril de dos mil dieciséis, quedando sin efecto, por esa única vez, lo dispuesto por el artículo 21″.

Artículo 4º.- Sustitúyese el artículo 125 del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Representantes por el siguiente: “ARTÍCULO 125.- La Secretaría de la Cámara de Representantes ajustará el texto del presente Estatuto en cada oportunidad en que se modifique la denominación presupuestal de los cargos o se haya cumplido una disposición transitoria. Se dará cuenta a la Cámara del nuevo texto y el mismo se notificará a todos los funcionarios”. Montevideo, 12 de agosto de 2014 ANÍBAL PEREYRA, Presidente de la Cámara de Representantes

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Anexo I al Rep. Nº 1418 “Comisión de Asuntos Internos INFORME Señores Representantes: Vuestra Comisión de Asuntos Internos ha analizado y aprobado el presente proyecto de resolución mediante el cual se aprueban modificaciones al Estatuto de la Cámara de Representantes. Las modificaciones que plantea van a permitir que a partir del 30 de noviembre del presente año se comience con la realización de las tan postergadas calificaciones de los funcionarios. Dichas modificaciones son producto de un prolongado diálogo entre todos los sectores vinculados al tema, es decir, la Directiva de la Asociación de Fun-

cionarios de la Cámara de Representantes y la Administración de la Cámara, representada por los delegados designados por ésta a la Mesa de Negociación Colectiva. Este acuerdo está debidamente documentado en actas que se adjuntan y certifican la voluntad de las partes. Por estas razones la Comisión de Asuntos Internos solicita al Cuerpo la aprobación del presente proyecto de resolución. Sala de la Comisión, 3 de setiembre de 2014 VÍCTOR SEMPRONI, Miembro Informante, ORLANDO D. LERETÉ SALCEDO, JORGE SCHUSMAN”.

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——Léase el proyecto. (Se lee) ——En discusión. Tiene la palabra el miembro informante, señor Diputado Semproni. SEÑOR SEMPRONI.- Señor Presidente: lo que estamos acordando es una reforma del Estatuto del Funcionario con la cual se termina de completar todo el proceso de reestructura de la administración de la Cámara de Representantes, que venía bastante retrasado. Quiero recodar al Cuerpo que desde el año 1996 no había sido actualizado; ello se hizo recién en el año 2007. A partir de esa fecha, se empezó a aplicar una serie de mecanismos, establecidos en el Estatuto del Funcionario, como los cursos de capacitación de los funcionarios que aspiraban a cambiar de categoría, realizados en la Escuela de la Oficina Nacional del Servicio Civil.

tar afirmativamente esta resolución que, en definitiva, completará esta serie de medidas tendientes al mejor funcionamiento del Cuerpo. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- No habiendo más oradores para referirse al tema, la Mesa consulta al señor Diputado Semproni, como miembro informante, si va a proponer un sistema para votar, ya que se debe proceder a una única votación, la del articulado. La Mesa quiere saber si el señor Diputado propone suprimir la lectura, votar en bloque o votar artículo por artículo. SEÑOR SEMPRONI.- Señor Presidente: yo no voy a proponer la supresión de la lectura ni la votación en bloque porque, por naturaleza, no es algo que me guste. Creo que las cosas que el Cuerpo vota deben ser correctamente analizadas, cosa que no en todos los momentos se hace. Me gustaría saber si hay algún legislador que

Posteriormente, se realizaron los concursos y, a partir de sus resultados, se hicieron las promociones correspondientes. La Comisión de Asuntos Internos terminó de resolver la provisión de algunos cargos producto de los concursos realizados, que avalan las promociones que quedaban pendientes. Entonces, al llenar la estructura administrativa de la Cámara -bastante vacía durante muchos años- hoy se está en condiciones de cumplir plenamente con ese Estatuto a través de las calificaciones -un antiguo reclamo del funcionariado- que no se podían llevar adelante; en muchos casos, no existían los calificadores, es decir, había Direcciones cuyos cargos no estaban provistos y, en consecuencia, era imposible concretar las calificaciones.

quiera intervenir sobre esto o preguntar algo; si no lo hubiera, y estamos todos de acuerdo, entonces, no habría inconveniente en que se suprimiera la lectura -ya que todos lo tienen por escrito- y, luego, votar en bloque, por capítulos o con los desgloses que los señores Diputados planteen. SEÑOR PRESIDENTE (Pereyra).- Si no se hace uso de la palabra, vamos a poner a consideración la propuesta del señor Diputado Semproni. Se va a votar la supresión de la lectura y la votación en bloque del proyecto de resolución. (Se vota) ——Sesenta y dos en sesenta y cuatro: AFIRMA-

Esta reforma del Estatuto del Funcionario, realizada con el acuerdo de todos los intervinientes -es decir, los delegados de la Comisión que negoció con la Administración y los delegados de AFUCAR, representantes de los funcionarios de la Cámara-, resulta en este ajuste propuesto que nos permitirá completar el ciclo de funcionamiento de la Cámara en toda su estructura administrativa. Por eso, estamos aconsejando al Cuerpo vo-

TIVA. Se van a votar los artículos del 1º al 4º. (Se vota) ——Sesenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda aprobado el proyecto de resolución.

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(No se publica el texto del proyecto aprobado por ser igual al informado, que corresponde al presentado)

——No habiendo más asuntos, se levanta la sesión. (Es la hora 15 y 20)

SR. ANÍBAL PEREYRA PRESIDENTE

Dra. Virginia Ortiz Secretaria Relatora

Dr. José Pedro Montero Secretario Redactor

Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo de Taquígrafos

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