Número 3994

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NÚMERO 3994

MONTEVIDEO, MARTES 13 DE OCTUBRE DE 2015

República Oriental del Uruguay

DIARIO DE SESIONES

CÁMARA DE REPRESENTANTES
42ª SESIÓN (ESPECIAL)
PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES ALEJANDRO SÁNCHEZ (Presidente) Dr. PABLO ABDALA (1er. Vicepresidente) Y CONSTANTE MENDIONDO (2do. Vicepresidente)

TOMO I

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTORA VIRGINIA ORTIZ Y SEÑOR JUAN SPINOGLIO Y LOS PROSECRETARIOS SEÑOR FERNANDO RIPOLL Y DOCTOR MARTÍN PÉREZ

XLVIII LEGISLATURA

PRIMER PERÍODO ORDINARIO

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

Martes 13 de octubre de 2015

Texto de la citación

Montevideo, 12 de octubre de 2015.

LA

CÁM ARA

DE

REPRESENTANTES

se

reunirá,

en

sesión

especial (artículo 32 del Reglamento), mañana martes 13, a la hora 9, para informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente – ORDEN DEL DÍA –

Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación). (Carp. 448/015). (Informado). (EN DISCUSIÓN). Rep. 280 y Anexos I a XIX

VIRGINIA ORTIZ JUAN SPI NOGLIO S e c r e t a r i o s

Martes 13 de octubre de 2015

CÁMARA DE REPRESENTANTES

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SUMARIO
Pág. 1.- Asistencias y ausencias ………………………………………………………………………………………………………………. 4 2.- Asuntos entrados ………………………………………………………………………………………………………………………… 8 3.- Exposiciones escritas………………………………………………………………………………………………………………….. 8 CUESTIONES DE ORDEN 4, 8, 10, 13, 15, 18, 20, 22, 24, 26, 29, 31, 33, 35, 38, 40, 44, 46, 48, 50, 52, 54, 56, 58, 60, 62, 67 ,71, 73, 76, 78, 80, 82, 84, , 86, 88, 90, 92, 94, 98, 100.- Integración de la Cámara10, 33, 37, 46, 47, 69, 74, 93, 123, 134, 141, 197, 210, 232, 283, 308, 319, 334, 342, 350, 359, 374, 389, 406, 416, 437, 444, 450, 458, 470, 480, 505, 527, 571, 579, 600, 606, 616, 622 6, 12, 14, 16, 37, 42, 54, 64, 69, 75, 96.- Intermedio ……………………………………………………… 13, 45, 47, 51, 282, 315, 363, 433, 442, 458, 613 4, 8, 10, 13, 15, 18, 20, 22, 24, 26, 29, 31 ,33, 35, 38, 40, 44, 46, 48, 50, 52, 54, 56, 58, 60, 62, 67, 71, 73, 76, 78, 80, 82, 84, 86, 88, 90, 92, 94, 98, 100.- Licencias…10, 33, 37, 46, 47, 69,74, 93, 123, 134, 141, 197, 210, 232, 283, 308, 319, 334, 342, 350, 359, 374, 389, 406, 416, 437, 444, 450, 458, 470, 480, 505, 527, 571, 579, 600, 606, 616, 622 28, 66.- Prórroga del término de la sesión…………………………………………………………………………………. 141, 436

ORDEN DEL DÍA 5, 7, 9, 11, 17, 19, 21, 23, 25, 27, 30, 32, 34, 36, 39, 41, 43, 45, 47, 49, 51, 53, 55, 57, 59, 61, 63, 65, 68, 70, 72, 74, 77, 79, 81, 83, 85, 87, 89, 91, 93, 95, 97, 99, 101.-Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación) Antecedentes: Rep. Nº 280, de setiembre de 2015, y Anexos I a XIX, de octubre de 2015. Carp. N° 448 de 2015. Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. — Aprobación. Se comunicará al Senado …………………………13, 13, 34, 39, 51, 72, 77, 95, 127, 135, 142, 202, 214, 233, 287, 312, 316, 323, 338, 345, 355, 362, 363, 376, 394, 408, 421, 433, 439, 443, 450, 456, 460, 470, 482, 506, 523, 528, 572, 581, 601, 606, 613, 617, 624 — Texto del proyecto aprobado ………………………………………………………………………………………………… 632

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1.- Asistencias y ausencias
Asisten los señores Representantes: Pablo D. Abdala, Auro Acosta, Susana Andrade (13), Jorge Alonso, Martín Álvarez, Myrian Álvez (35), Gerardo Amarilla (20), Juan J. Amorín (31), Raúl Amaro, Óscar Andrade (41), Sebastián Andújar, Saúl Aristimuño (52), José Andrés Arocena (22), Elisabeth Arrieta, Alfredo Asti (17), Mario Ayala (7), Claudia Baccino (11), Ruben Bacigalupe, Gabriela Barreiro, Eduardo Barros, Ricardo Berois, Daniel Bianchi (37), Graciela Bianchi, Andrés Bozzano (12), Betiana Britos, Solana Cabrera, Daniel Caggiani, Gloria Canclini (58), Felipe Carballo (38), Germán Cardoso (87), Andrés Carrasco, Alba Carvallo (3), Roberto Chiazzaro, Camilo Cejas (5), Gonzalo Civila (73), Carlos Coitiño (27), Catalina Correa (39), Gastón Cossia (29), Gustavo Da Rosa, Álvaro Dastugue (16), Paulino Delsa (81), Horacio De Brum, Walter De León (15), Claudia de los Santos (49), Darcy de los Santos, Óscar de los Santos, Ángel Domínguez (70), Gabriel Duche (47), Cecilia Eguiluz (82), Miguel Estévez (75), Ignacio Estrada, Wilson Ezquerra (6), Guillermo Facello, Johan Fernández, Zulimar Ferreira (57), Roberto Frachia (24), Lilian Galán, Jorge Gandini, Mario García (53), Gabriel Gianoli, Rodrigo Goñi Reyes (1), Óscar Groba, Silvia Hernández, Benjamín Irazábal (54), Tabaré Laca, Omar Lafluf, Nelson Larzábal (61), Martín Lema (90), Margarita Libschitz, Miguel Lorenzoni (32), Enzo Malán (80), Eduardo Márquez (46), Dianne Martínez, Washington Marzoa, Aníbal Méndez, Constante Mendiondo, Jorge Meroni (62), Sergio Mier (23), Carlos Moreira, Valeria Moreira (44), Egardo Dionisio Mier Estades, Orquídea Minetti (63), Susana Montaner (40), Fabián Monteghirfo (83), Wilma Moraes (28), Gonzalo Mujica, Romina Napiloti (45), Gonzalo Novales, Gerardo Núñez (77), José Luis Núñez (48), Juan José Olaizola (43), Flor Olivera, Nicolás Olivera (4), Santiago Ortuño (94), Ope Pasquet, Mariela Pelegrín (18), Gustavo Penadés (8), Adrián Peña, Alberto Perdomo Gamarra (42), Grisel Pereyra (33), Estela Pereyra (69), Susana Pereyra (56), Julio Pérez (74), Carlos Pérez (91), Darío Pérez (88), Paula Pérez (71), Luis Pintado, Roberto Pitetta (10), Elena Ponte (26), Iván Posada, Jorge Pozzi (89), José Querejeta, Daniel Radío, Roque Ramos, Valentina Rapela, Carlos Reutor (60), Diego Reyes (67), Silvio Ríos Ferreira, Conrado Rodríguez, Gloria Rodríguez, Valentín Rodríguez (34), Nelson Rodríguez Servetto (64), Edmundo Roselli (92), Eduardo José Rubio (65), Juan Federico Ruiz Brito (55), Sebastián Sabini, Alberto Salvo (76),

Alejandro Sánchez (19), Berta Sanseverino, Mercedes Santalla (9), José Luis Satdjian (93), Estefanía Schiavone (25), Jorge Schusman (95), Enrique Sención, Washington Silvera (59), Ilda Sironi (50), Heriberto Sosa (36), Laura Tassano (51), Washington Umpierre, Alejo Umpiérrez (2), Patricia Vásquez (30), Mabel Vázquez (68), Walter Verri, Stella Viel (86), Tabaré Viera, Nicolás Viera (66), José Francisco Yurramendi (14) y Antonio Zoulamian (21). Con licencia: Fernando Amado, Julio Battistoni, Cecilia Bottino, Armando Castaingdebat, Alfredo Fratti, Luis Gallo Cantera, Macarena Gelman, Pablo González, Pablo Iturralde Viñas, José Carlos Mahía, Graciela Matiauda, Manuela Mutti, Amin Niffouri, Daniel Peña Fernández, Daniel Placeres, Luis Puig, Edgardo Rodríguez, Carlos Rodríguez Gálvez, Víctor Semproni, Martín Tierno, Jaime Mario Trobo, Javier Umpiérrez y Carlos Varela Nestier. Observaciones: (1) A la hora 11:17 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Gastón Cossia. A la hora 11:17 del día 13/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Juan J Amorín. Y a la hora 13:46 del día 14/10 comenzó licencia ingresando en su lugar la Sra. Gloria Canclini. A la hora 11:33 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Representante Nacional Manuela Mutti. A la hora 7:53 del día 15/10 ante nueva licencia de su titular ingresa a Sala. A la hora 11:40 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Patricia Vásquez. A la hora 13:40 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Julio Battistoni; y a la hora 20:45 del día 14/10 ante nueva solicitud de licencia de su titular ingresa a Sala. A la hora 13:42 solicitó licencia y a la hora 13:45 deja sin efecto la misma; y a la hora 16:18 vuelve a solicitar licencia, ingresando en su lugar el Sr. Valentín Rodríguez. A la hora 14:04 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Wilma Moraes.

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A la hora 14:04 del día 13/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Antonio Zoulamian. A la hora 15:06 del día 14/10 comienza licencia ingresando en su lugar la Sra. Mabel Vázquez. A la hora 14:04 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Nicolás Viera.

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Camilo Cejas; y a la hora 19:04 se reintegra cesando la convocatoria de su suplente. A la hora 16:41 del día 14/10 comienza licencia ingresando en su lugar el Sr. Camilo Cejas. A la hora 20:13 se reintegra cesando la convocatoria de su suplente. (20) A la hora 17:13 del día 13/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Laura Tassano. A la hora 10:45 del día 15/10 comenzó licencia ingresando en su lugar la Sra. Laura Tassano. (21) A la hora 17:30 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Gustavo Penadés. (22) A la hora 18:18 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Valeria Moreira. (23) A la hora 18:18 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Gabriel Duche. (24) A la hora 18:18 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Javier Umpiérrez. (25) A la hora 18:46 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Alfredo Asti. A la hora 15:06 del día 14/10 ante nueva solicitud de licencia de su titular ingresa a Sala. A la hora 19:30 cesó por reintegro de su titular. (26) A la hora 19:05 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Carlos Varela; y a la hora 20:12 del día 14/10 ante una nueva solicitud de licencia de su titular ingresa a Sala y a la hora 01:15 del día 15/10 vuelve a cesar en virtud del ingreso a Sala del Sr. Representante Nacional. (27) A la hora 19:37 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Luis Puig; y a la hora 12:15 del día 14/10 ante una nueva solicitud de licencia de su titular ingresa a Sala, cesando a la hora 22:15 por un nuevo reintegro de su titular. (28) A la hora 20:42 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Mario Ayala y a la hora 04:39 del día 15/10 vuelve a ingresar a Sala ante una nueva solicitud de licencia.

(10) A la hora 15:03 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Representante Nacional Cecilia Bottino. A la hora 22:27 del día 14/10 ante una nueva solicitud de licencia, ingresa a Sala; y a la hora 04:39 del día 15/10 cesó nuevamente ante el ingreso a Sala de su titular. (11) A la hora 15:08 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Edgardo Rodríguez. (12) A la hora 15:16 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Martín Tierno. A la hora 15:40 del día 14/10 ante nueva solicitud de licencia de su titular ingresa a Sala. A la hora 19:30 cesó en sus funciones por reintegro de su titular. (13) A la hora 15:24 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Pablo González. (14) A la hora 16:11 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Myrian Álvez. (15) A la hora 16:11 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Tabaré Laca. (16) A la hora 16:18 del día 13/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Grisel Pereyra. A la hora 09:22 del día 15/10 comenzó licencia ingresando en su lugar el Sr. Ignacio Estrada. (17) A la hora 16:19 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Estefanía Schiavone. (18) A la hora 16:43 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Víctor Semproni; a la hora 13:46 del día 14/10 ante una nueva solicitud de licencia de su titular ingresa a Sala. A la hora 19:03 cesa en sus funciones por reintegro de su titular. (19) A la hora 17:13 del día 13/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr.

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(29) A la hora 21.53 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Rodrigo Goñi Reyes. (30) A la hora 22:42 del día 13/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Nicolás Olivera; y a la hora 20:12 del 14/10 ante una nueva solicitud de licencia de su titular ingresa a Sala. A la hora 04:15 del día 15/10 cesó nuevamente por reintegro de su titular. (31) A la hora 23:32 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Alejo Umpiérrez. (32) A la hora 23:52 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Luis Gallo Cantera. A la hora 22:27 del día 14/10 ante una nueva solicitud de licencia, ingresa a Sala. (33) A la hora 00:00 del día 14 de octubre cesó en sus funciones; y a la hora 00:00 en virtud de una nueva solicitud de licencia, vuelve a ingresar a Sala, cesando a las 12:33 del día 14/10 en virtud del reintegro de su titular. A la hora 20:45 ante nueva solicitud de licencia de su titular ingresa a Sala. A la hora 00:00 del día 15/10 cesó por reintegro de su titular. (34) A la hora 00:00 del día 14 de octubre cesó en sus funciones; y a la hora 00:00 en virtud de una nueva solicitud de licencia, vuelve a ingresar a Sala. (35) A la hora 00:00 del día 14 de octubre cesó en sus funciones; y a la hora 00:00 en virtud de una nueva solicitud de licencia, vuelve a ingresar a Sala. (36) A la hora 00:00 del día 14 de octubre comenzó licencia, siendo convocado en su lugar el Sr. Andrés Carrasco. (37) A la hora 00:00 del día 14 de octubre comenzó licencia, en virtud de haber sido convocado para integrar el Senado; ingresando en su lugar el Sr. Martín Álvarez. (38) A la hora 01:30 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Washington Marzoa. (39) A la hora 12:15 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Paulino Delsa.

(40) A la hora 12:15 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Eduardo Barros. (41) A la hora 12:15 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Gerardo Núñez. (42) A la hora 12:15 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Betiana Britos. (43) A la hora 12:15 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Ángel Domínguez. (44) A la hora 12:30 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Juan A. Arocena. Y ante una nueva convocatoria a la hora 19:16 ingresa a Sala cesando a la hora 23:51. A la hora 08:51 del día 15/10 ante nueva licencia de su titular ingresa a Sala. (45) A la hora 12:30 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Representante Nacional Macarena Gelman. (46) A la hora 12:30 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional José C. Mahía y a la hora 00:00 del día 15/10 vuelve a ingresar a Sala en virtud de una nueva solicitud de licencia. (47) A la hora 12:30 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Sergio Mier. (48) A la hora 12:30 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Amin Niffouri. (49) A la hora 12:30 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Daniel Placeres. (50) A la hora 12:30 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Carlos Rodríguez. (51) A la hora 12:30 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Gerardo Amarilla. A la hora 22:27 del día 14/10 ante una nueva solicitud de licencia ingresa a Sala. (52) A la hora 13:46 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Washington Umpierre.

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(53) A la hora 13:46 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Enrique Sención. (54) A la hora 13:46 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Flor Olivera; y a la hora 15:40 ingresa a Sala dejando sin efecto dicha licencia cesando su suplente. (55) A la hora 15:40 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Alberto Salvo. (56) A la hora 15:40 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Estela Pereyra. (57) A partir de la 15:40 del día 14/10 suple al Sr. Representante Nacional Edgardo Rodríguez ante una nueva solicitud de licencia. (58) A la hora 16:05 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Alejo Umpiérrez. (59) A la hora 16:41 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Julio Pérez. (60) A la hora 16:41 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Paula Pérez. (61) A la hora 16:41 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Margarita Libschitz. (62) A la hora 17:07 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Diego Reyes. (63) A la hora 17:07 del 14/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Miguel Estévez. (64) A la hora 18:18 comenzó licencia, siendo convocada en su lugar la Sra. Solana Cabrera. (65) A la hora 18:18 comenzó licencia y a la hora 18:19 deja sin efecto la misma. A la hora 01:18 del día 15/10 comenzó licencia ingresando en su lugar el Sr. Carlos Pérez. (66) A la hora 18:48 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sra. Representante Nacional Mercedes Santalla. (67) A la hora 18:48 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Jorge Meroni. (68) A la hora 19:13 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Gustavo Penadés.

(69) A la hora 19:30 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sr. Representante Nacional Susana Pereyra. (70) A la hora 19:58 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Juan J. Olaizola. (71) A la hora 20:08 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Carlos Reutor. (72) A la hora 20:10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Mario García y a la hora 23:41 en virtud de una nueva solicitud de licencia ingresa a Sala. (73) A la hora 20:12 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Nicolás Lasa. (74) A la hora 21:03 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Washington Silvera. (75) A la hora 21:03 cesó en sus funciones por reintegro de su titular la Sr. Representante Nacional Orquídea Minetti. (76) A la hora 21:17 del día 14/10 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Federico Ruiz. A la hora 07:30 del día 15/10 ante nueva licencia de su titular ingresa a Sala. (77) A la hora 23:26 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Óscar Andrade. (78) A la hora 23:41 comenzó licencia ingresando en su lugar el Sr. Jorge Schusman. (79) A la hora 23:42 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Gonzalo Civila. (80) A la hora 00:00 del día 15/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Aníbal Méndez. (81) A la hora 00:00 del día 15/10 cesó en sus funciones. (82) A la hora 00:00 del día 15/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Horacio de Brum. (83) A la hora 00:00 del día 15/10 cesó en sus funciones.

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(84) A la hora 00:00 del día 15/10 solicita licencia el Sr. Representante Nacional Carlos Rodríguez Gálvez, ingresando en su lugar el Sr. Raúl Amaro. (85) A la hora 00:00 del día 15/10 solicita licencia el Sr. Representante Nacional Daniel Peña Fernández, ingresando en su lugar el Sr. Auro Acosta. (86) A la hora 00:00 del día 15/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Gustavo Da Rosa. (87) A la hora 00:00 del día 15/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Jorge Schusman. (88) A la hora 04:08 del día 15/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Carlos Moreira. (89) A la hora 04:39 del día 15/10 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Roque Ramos. (90) A la hora 05:02 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. José Luis Satdjian. (91) A la hora 05:15 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Eduardo Rubio. (92) A la hora 05:02 comenzó licencia, ingresando en su lugar la Sra. Silvia Hernández. (93) A la hora 08:20 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Martín Lema. (94) A la hora 10:16 suple al Sr. Representante Nacional Víctor Semproni. (95) A la hora 10:37 cesó en sus funciones por reintegro de su titular el Sr. Representante Nacional Germán Cardoso. –

República de Bolivia, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 5 de diciembre de 2002. C/2796/014 • por el que se aprueba el Protocolo de Integración Educativa para la prosecución de Estudios de Postgrado entre los Estados Parte del MERCOSUR y la República de Bolivia, suscrito en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 5 de diciembre de 2002. C/2797/014 • por el que se aprueba el Acuerdo a fin de facilitar las Prestaciones de Asistencia Técnica que le pueda proporcionar el Gobierno de los Estados Unidos de América a través del Departamento de Energía al Gobierno de nuestra República. C/1866/012 Se repartirán PEDIDOS DE INFORMES El señor Representante José Luis Satdjian solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Desarrollo Social, sobre la participación de particulares en actuaciones de voluntariado en instituciones públicas, a través de organizaciones privadas sin fines de lucro nacionales o extranjeras. C/523/015. Se cursó con fecha 12 de octubre”.

3.- Exposiciones escritas
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Está abierto el acto. (Es la hora 9 y 17) ——Dese cuenta de la exposición escrita. (Se lee:) “La señora Representante Gloria Rodríguez Santo solicita se curse una exposición a Presidencia de la República y por su intermedio a la Secretaría de Derechos Humanos, al Ministerio de Educación y Cultura y por su intermedio al CODICEN de la ANEP, a la UDELAR y al Instituto de Formación Docente, al Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Turismo, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo; al Directorio del Partido Nacional; a todas las Intendencias y Juntas Departamentales del país, a las Organizaciones Afrodescendientes y a toda la prensa Nacional, sobre la posibilidad de denominar “Día de la Resistencia Indígena y Afrodescendiente” a la fecha 12 de

2.- Asuntos entrados
“Pliego N° 41 INFORMES DE COMISIONES La Comisión de Asuntos Internacionales se expide sobre los siguientes proyectos de ley: • por el que se aprueba el Protocolo de Integración Educativa para Formación de Recursos Humanos a nivel de Postgrado entre los Estados Parte del MERCOSUR y la

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octubre, cambiando la denominación actual “Día de la Raza”. C/22/015″. ——Habiendo número, está abierta la sesión. Se va a votar el trámite de la exposición escrita de que se dio cuenta. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y siete en cincuenta y nueve:

(Texto de la exposición escrita:) Exposición de la señora Representante Gloria Rodríguez Santo a la Presidencia de la República y por su intermedio a la Secretaría de Derechos Humanos., al Ministerio de Educación y Cultura y por su intermedio al CODICEN de la ANEP, a la UDELAR y al Instituto de Formación Docente, al Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Turismo, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo; al Directorio del Partido Nacional; a todas las Intendencias y Juntas Departamentales del país, a las Organizaciones Afrodescendientes y a toda la prensa Nacional, sobre la posibilidad de denominar “Día de la Resistencia Indígena y Afrodescendiente” a la fecha 12 de octubre, cambiando la denominación actual “Día de la Raza”. “Montevideo, 12 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Sánchez. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República y, por su intermedio, a la Secretaría de Derechos Humanos; al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, al Consejo de Formación en Educación y a los Institutos y Centros de Formación Docente, y a la Universidad de la República; al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ministerio de Turismo, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, a las Intendencias y a las Juntas Departamentales, al Honorable Directorio del Partido Nacional, a las organizaciones Mundo Afro y a los medios de comunicación nacionales. En el marco de la conmemoración del denominado Día de la Raza, nos dirigimos a usted con la voluntad de manifestar la conveniencia que la modificación de

dicha denominación apareja. Efectivamente, argumentos sólidos como son el hecho de que el nombre Día de la Raza no se corresponde con la realidad, porque existe únicamente la raza humana. Lo que el 12 de octubre realmente recuerda, es la etapa en la que los sectores dominantes globalizaron la trata esclavista utilizando al mercantilismo como herramienta, le otorgan una base fundada y razonable a la pretensión. Cada año son más las voces que se suman declarándose en contra de celebrar el Día de la Raza, en razón de que ello no procede por ser una fecha que representa un genocidio que sometió y destruyó el enorme aporte de las culturas precolombinas y, muy especialmente, por tratarse de una denominación que denota un claro contenido racista y eurocéntrico. No se trata de la primera discusión del tema en el Parlamento, en virtud de que durante la Legislatura anterior un proyecto análogo designándole por nombre ‘Día de la Diversidad Cultural’, obtuvo media sanción, para ser luego archivado por el cierre del Período Legislativo a causa de las elecciones presidenciales. Para esta altura, ya deberíamos estar familiarizados con el nombre ‘Día de la Resistencia Indígena y Afrodescendiente’, como se busca alcanzar con este nuevo proyecto. Sobre la Resistencia Afrodescendiente en Uruguay vamos a explayarnos, puesto que resulta un aporte claro y enriquecedor para la presente exposición. Son de obligada mención eventos que van desde la ley de abolición de la esclavitud en nuestro país, el 12 de diciembre de 1842, en plena Guerra Grande, por lo que se reconoció el derecho de quienes habían sido esclavizados a la libertad, y la necesidad de que defiendan las libertades y la independencia de la Nación, hasta aquel a quien Guedes llamó ‘El trompa más famoso de nuestros ejércitos de antes’, refiriéndose al clarín de Saravia, clarín de Camundá, figura emblemática, corajudo soldado que iba desarmado a la guerra conociendo el riesgo, pero más aun conociendo el honor, aquél que ‘regala a los vientos santas reminiscencias libertadoras’. Por otra parte, desde el año 1992 las comunidades afrodescendientes se proclaman contrarias a esa conmemoración, realizando el contrafestejo el 11 de octubre, día previo a la celebración, como el último día de libertad y bajo la consigna de ’12 de octubre tambores nunca más’. Marcha que se ha venido realizando en distintas ciudades del interior del país, como una oportunidad para la reflexión acerca de lo que el Día de la Raza realmente representa: ese último día de libertad para los pueblos originarios de América y los pueblos africanos que llegaron esclavizados para el desarrollo de un nuevo

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continente. Como integrante del Partido Nacional, y teniendo especialmente en cuenta que ha sido Partido pionero en políticas sociales de hombres y de mujeres libres, queremos solicitar, por los fundamentos reseñados, se tenga en consideración la presente propuesta. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GLORIA RODRÍGUEZ, Representante por Montevideo”.

(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia por el día de la fecha por motivos personales. Saluda atentamente, LUIS E. GALLO CANTERA Representante por Canelones”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Luis Enrique Gallo, comunico mi renuncia por esta única vez según artículo 90 de la Constitución de la República, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saluda al señor Presidente atentamente, Rodrigo Amengual”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Luis Enrique Gallo, comunico mi renuncia por esta única vez según artículo 90 de la Constitución de la República, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saluda al señor Presidente atentamente, Lorena Pombo”. “Comisión de Asuntos Internos

4.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Luis Gallo Cantera, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Miguel Lorenzoni Herrera. De la señora Representante Cecilia Bottino, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Ernesto Pitetta. Del señor Representante Javier Umpiérrez, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Roberto Frachia. Visto la licencia oportunamente concedida por motivos personales al señor Representante Martín Tierno, por el día 13 de octubre de 2015, y ante la denegatoria del suplente convocado, se convoca al suplente siguiente, señor Andrés Bozzano”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en cincuenta y seis:

Quedan convocados los correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en la fecha indicada.

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Luis Gallo Cantera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015.

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II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Rodrigo Amengual y Lorena Pombo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Luis Gallo Cantera, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Rodrigo Amengual y Lorena Pombo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Miguel Lorenzoni Herrera. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 12 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 16.465, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por el martes 13 de octubre por motivos personales. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, CECILIA BOTTINO Representante por Paysandú”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Paysandú, Cecilia Bottino. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Paysandú, Cecilia Bottino, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Ernesto Pitetta. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 13 de octubre de 2015, por motivos personales. Sin otro particular lo saluda atentamente, JAVIER UMPIÉRREZ Representante por Lavalleja”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Javier Umpiérrez. Sin otro particular lo saluda atentamente, Ismael Paradeda”.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Javier Umpiérrez. Sin otro particular lo saluda atentamente, María Fadul”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Daniel González”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Alba Igarzábal”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Visto la licencia oportunamente concedida por motivos personales, al señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno por el día 13 de octubre de 2015. CONSIDERANDO: Que los suplentes convocados, señor Daniel González y señora Alba Igarzábal, han desistido por esta única vez de la convocatoria de que han sido objeto. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el artículo 3º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado día al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Andrés Bozzano. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Lavalleja, Javier Umpiérrez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Ismael Paradeda Cabrera y María de los Ángeles Fadul Varela. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Lavalleja, Javier Umpiérrez, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Ismael Paradeda Cabrera y María de los Ángeles Fadul Varela. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Roberto Frachia. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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5.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Se entra al orden del día con la consideración del asunto motivo de la convocatoria: “Presupuesto Nacional – Período 2015-2019. (Aprobación)”. ——Continúa la discusión particular. Se pasa a considerar el artículo 186.

7.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

6.- Intermedios
SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicito la reconsideración de los artículos 180, 181 y 182. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar si se reconsideran los artículos 180, 181 y 182. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta y uno: AFIRMATIVA. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicito un intermedio de quince minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en sesenta y dos: AFIRMATIVA. Se pasa a intermedio. (Es la hora 9 y 21) ——Continúa la sesión. (Es la hora 9 y 37) ——Prosigue la sesión. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MINETTI (Orquídea).intermedio de quince minutos. Sánchez).Solicito otro

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicito el desglose del artículo 182. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 180 y 181. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en cincuenta y siete:

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional se opone a estos artículos, así como a una larga lista de disposiciones -aproximadamente veinte de los cincuenta y ocho artículos que componen el Inciso “Ministerio del Interior”- porque representan ni más ni menos que modificaciones a la Ley Orgánica Policial. Esto demuestra la imprudencia con la que el Gobierno actúa con relación a temas de enorme delicadeza. La Ley Orgánica Policial tiene que ver con el estatuto que rige la actuación de la Policía Nacional. Esta actuación está relacionada -este correlato surge espontáneamente de la propia naturaleza de las cosascon los derechos de los ciudadanos y con las garantías individuales. En este sentido, el Gobierno tiene muy

La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 9 y 38) ——Continúa la sesión. (Es la hora 9 y 58)

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malos antecedentes, que vienen desde el período pasado, cuando se aprobó la primera versión de la nueva Ley Orgánica Policial, Ley Nº 19.315, que ahora se reformula y se modifica en varios de sus aspectos. Ya en el período anterior el Gobierno actuó con enorme premura, diría que con bastante atropello y algo de irresponsabilidad a la hora de introducir cambios legales a una materia tan compleja como esta. La Cámara de Diputados aprobó, el lunes 22 de diciembre de 2014, de la noche a la mañana, de buenas a primeras, una nueva Ley Orgánica Policial -que modificaba la vigente del año 1971- cuando ya había un gobierno electo, cuando estábamos en plena etapa de transición entre un gobierno y otro y cuando los anuncios y las señales previas que se habían dado en el ámbito del Parlamento eran que esa propuesta o proyecto de ley quedaba para el nuevo gobierno o la nueva Legislatura. Sin embargo, se optó por este camino que -repito- por ser repentino y por pretender aprobar sin discusión modificaciones de esta envergadura, obviamente rechazamos en ese momento, así como ahora estamos rechazando que apenas seis u ocho meses después se haga un replanteo y una reformulación de esa estructura normativa que tiene que ver con temas tan delicados. Hay modificaciones a la Dirección de Asuntos Sociales, a la Dirección de Planificación, modificaciones escalafonarias, al régimen sancionatorio de los policías, al ejercicio de la potestad disciplinaria, a los procedimientos sumariales a los cuales son sometidos los policías en caso de faltas leves, graves o gravísimas. Todo eso merecería -esto es de mínimo sentido común- un análisis detenido, serio, reflexivo, responsable en el ámbito de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, de las comisiones especializadas de la Cámara de Representantes y no lo que está sucediendo hoy. Aprovecho el análisis de esta norma para dejar sentada esta posición, que será la que sustentaremos de ahora en adelante y hasta el final del Inciso en todas las que proponen modificar la Ley Nº 19.315. Reitero que esta es una forma absolutamente imprudente, inadecuada e injustificada de proceder con respecto a un tema vinculado con los derechos de las personas, con los derechos de los policías, con el estatuto que se aplica al ejercicio de la función policial y, por lo tanto, con el modelo de policía para el que todos los uruguayos debemos estar dispuestos a

llegar a un consenso, a los efectos de cumplir con un cometido esencial del Estado como, sin ninguna duda, es la seguridad pública. En función de eso se debería actuar con otro temperamento y con otra cautela. No alcanza con decir que la Ley Orgánica Policial está vetusta y data de 1971 —eso es verdad—, pero se debió actuar con otra actitud, con otro estilo. Durante el primer Gobierno del doctor Vázquez, el exministro Díaz, con quien tuvimos enormes discrepancias desde el punto de vista de la gestión del Ministerio del Interior y del combate a la delincuencia, sin embargo era un demócrata cabal -lo sigue siendoy actuaba con enorme prudencia y un gran respeto por las minorías. A la hora de acometer la reforma de la Ley Orgánica Policial, conformó una comisión y convocó a los partidos políticos o, por lo menos, les dio noticias de cuál era el camino que se estaba siguiendo. Después, por determinadas razones ese esfuerzo no prosperó. Pero quiero destacar esta actitud para contraponerla con la del ministro Bonomi, que ha actuado a la inversa, que se ha puesto en las antípodas, que ha pretendido valerse de las mayorías absolutas para imponer al Parlamento, ni más ni menos, una modificación legal de estas características, con todo lo que conlleva. SEÑOR PASQUET interrupción? (Ope).¿Me permite una

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: comparto lo que expresado por el señor diputado Abdala. El año pasado, en el tratamiento de la Ley Orgánica Policial, se impuso un ritmo a paso redoblado para sancionar esas disposiciones sin que se advirtiera la necesidad de ello porque esto regiría mucho tiempo después. Señalamos reiteradas observaciones al proyecto de ley, pero el argumento era siempre la urgencia en sancionarlo con la idea de que después se modificaría lo que fuera necesario. Se llegó a un extremo absolutamente insólito de que el Senado votara el texto de un artículo de la Ley Orgánica Policial distinto al que había sido votado en la Cámara de Diputados. Ahí no había ley sino una inconstitucionalidad formal, porque no se había cumplido con el examen bicameral: en Diputados se había votado un texto y, por error de Secretaría, se comunicó al Senado un texto diferente y

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lo que se votó en esta Cámara fue distinto a lo que se aprobó acá. Esto lo señalamos en la sesión del Senado y se optó por ignorar olímpicamente la observación. Luego enviamos esta observación por nota, tanto a la Presidencia de la Cámara de Diputados, como al Senado. Era tal el apuro que se procedió de esa manera. Ahora, otra vez venimos a legislar de apuro para modificar la Ley Orgánica Policial, con el ritmo forzado de una ley de presupuesto que tiene sus propias urgencias y necesidades de trámite ágil. No es esta la manera de legislar en una materia tan importante. Después de haber incurrido en los errores del año pasado como consecuencia del apuro, tenemos que dar el tiempo necesario para hacer esto con el estudio que corresponde. Era cuanto quería expresar. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- He concluido. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

grave es que para un tema tan importante que hace a la organización de la policía nacional, no hubo una instancia parlamentaria -ni en la Cámara de Diputados ni en el Senado- en la que se discutiera y se hiciera realmente una evaluación de las propuestas contenidas en ese proyecto de ley. Ahora, a pocos meses de haber resultado aprobada esa ley, resulta que en la ley presupuestal se han incluido una serie de modificaciones. Me parece que como forma de legislar es la más inadecuada. Claramente rechazamos esa forma de legislar que, en definitiva, introduce en una ley que refiere a temas presupuestales aspectos que tienen que ver con la organización de la Policía nacional. Era cuanto queríamos decir. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: en realidad, lo que como fuerza política nosotros entendemos es que esta es una adecuación de la Ley Orgánica Policial. Estamos creando la Unidad Ejecutora 034, que es la “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”. Acá se trata de fusionar dos unidades que hoy por hoy existen: la Dirección Nacional de Seguridad Policial y la Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial. Esto fue discutido con las direcciones de estas direcciones -valga la redundancia- que estoy mencionando, que estuvieron de acuerdo con trabajar en temas comunes. Nosotros creemos que con la fusión que estamos haciendo, a nivel administrativo se eliminará la lentitud que existe en estas direcciones. Nos parece -en otros incisos se plasman estos aspectos- que la Dirección Nacional de Asuntos Sociales es un cambio, no solo administrativo sino conceptual. Si se leyó la propuesta del Ministerio del Interior que figura en este presupuesto, se podrá advertir que de ella se desprende lo que se quiere lograr con la creación de la Dirección Nacional de Asuntos Sociales que, como dije, para nosotros es una adecuación de la Ley Orgánica Policial. Por lo tanto, estamos de acuerdo con que esta adecuación se haya incluido en el proyecto de ley presupuestal. De esta manera también se lograría que la tramitación de asuntos comunes se unificara con la fusión de la

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el Partido Independiente no va a acompañar ninguno de los artículos que plantea modificaciones a la Ley Orgánica Policial, en primer lugar porque lo que claramente deberíamos hacer es dar cumplimiento al segundo inciso del artículo 216 de la Constitución de la República en cuanto a que no deben incluirse en los presupuestos ni en las leyes de rendición de cuentas disposiciones cuya vigencia exceda la del mandato del gobierno ni aquellas que no se refieran exclusivamente a su interpretación o ejecución. Por cierto, en este proyecto de ley presupuestal abundan artículos que refieren a modificaciones de carácter permanente. Pero al margen de esta observación de carácter general que ya hemos realizado con referencia a otros Incisos, queremos reflexionar lo siguiente. Este tema, en realidad, no tuvo debate parlamentario porque fue aprobado sin discusión en el ámbito de la comisión especializada; fue traído a sala -nos enteramos por la intervención del diputado Pasquet cuál fue su tránsito en el Senado- y se aprobó una ley en este período legislativo que, claramente, introdujo una serie de cambios, a nuestro juicio, algunos positivos y, otros, negativos. Lo más

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Dirección Nacional de Sanidad Policial y la Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Policial. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 180 y 181. (Se votan) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en noventa y siete:

——Ahora que llegó, sí vamos a solicitar reconsideración de los artículos 180 y 181. (Hilaridad)

la

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Después de una hora y dieciocho minutos de convocada esta sesión, vamos a votar los artículos con los que ayer, a la hora 24, concluimos la sesión. Se va a votar si se reconsideran los artículos 180 y 181. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y siete: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión de los artículos 180 y 181. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar nuevamente los artículos 180 y 181. De acuerdo con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento, para que los artículos 180 y 181 sean modificados se requiere mayor número de votos que el obtenido primitivamente. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 187. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en noventa y siete: AFIRMATIVA.

En discusión el artículo 186. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en noventa y ocho: AFIRMATIVA. Señores legisladores: se van a reconsiderar los artículos 180 y 181 pues fueron votados en la sesión de ayer y reconsiderados en esta y, por lo tanto, requieren de cincuenta votos. El presidente ha cometido un error al proclamar afirmativa la votación de los artículos 180 y 181 cuando el resultado fue de cuarenta y nueve en noventa y siete. Al parecer, algún legislador que tenía la intención de votar bajó su mano. Hemos comenzado mal esta mañana. La señora diputada Minetti me ha hecho señas de que solicita la reconsideración de los artículos 180 y 181… SEÑORA MINETTI presidente… (Orquídea).No, señor

En discusión el artículo 188. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 189. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 190. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 191. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La rectificación de los artículos… No, es la reconsideración de los artículos 180 y 181 lo que me está solicitando la diputada Orquídea Minetti, porque ya votamos el artículo 186… SEÑORA MINETTI presidente… ¿Me permite? SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Minetti. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- No vamos a ocultar nada porque todos los partidos políticos saben que estamos esperando a un compañero nuestro que está al llegar… (Diálogos) (Orquídea).No, señor

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(Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Proponemos que se voten en bloque los artículos 192 a 200 inclusive. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- El Partido Colorado presentó un sustitutivo al artículo 198, que figura en la Hoja Nº 29. Por lo tanto, proponemos un desglose. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 192 a 200 inclusive, excepto el 198. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 198, que tiene un sustitutivo en la Hoja Nº 29, presentado por las señoras diputadas Cecilia Eguiluz, Valentina Rapela, Susana Montaner y Dianne Martínez, y los señores diputados Conrado Rodríguez, Tabaré Viera, Adrián Peña, Walter Verri, Guillermo Facello y Germán Cardoso, que dice lo siguiente: “Artículo 198.- Sustitúyense los Artículos 81, 82, 83, 84, 86 y 89 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, por los siguientes: ‘Artículo 81. (De las sanciones disciplinarias) La sanción es la medida administrativa impuesta por el mando, en ejercicio de su potestad disciplinaria, como consecuencia de la falta cometida, en razón de lo cual debe ser proporcional a la entidad de aquella. Son sanciones aplicables, según el caso, las siguientes: A) Observación escrita. B) Demérito. C) Suspensión Simple en la función: Suspensión en la función desde uno a quince días con privación total de haberes. D) Suspensión Rigurosa en la función: Suspensión en la función de uno a seis meses. E) Destitución. Artículo 82. (Efectos de las sanciones) Las sanciones enunciadas en el artículo anterior traerán aparejada la adjudicación de puntaje

negativo a los efectos de la calificación según lo determine la reglamentación y consisten en lo siguiente: A) La Observación escrita es el simple señalamiento por parte del superior de una incorrección u omisión leve, que el bien del servicio exige sea puesta de manifiesto, llamando la atención del subordinado para que reflexione, enmiende y corrija la conducta, no volviéndola a repetir en el futuro. B) La sanción de Demérito consiste en adjudicar al sancionado por la infracción cometida de 01 a 30 puntos como factor negativo a los efectos de la calificación. C) La Suspensión Simple en la función consiste en el cese temporario del policía de todas sus funciones, de uno a quince días con privación de la mitad del sueldo, calculado sobre la retribución mensual nominal en el momento que cometió la falta, manteniendo los demás derechos y obligaciones. D) La Suspensión Rigurosa en la función consiste en el cese temporario del policía de todas las funciones por un plazo de uno a seis meses. La suspensión de uno a tres meses será sin goce de sueldo, o con la mitad del sueldo, según la gravedad del caso. La que exceda de este término, será siempre sin goce de sueldo. El tiempo durante el cual el policía se encuentre bajo suspensión rigurosa en la función, no se considera trabajado y por tanto no se contemplará para la Antigüedad en el Instituto Policial, ni para la Antigüedad en el Grado, ni a los efectos jubilatorios, ni para ningún otro concepto que implique trabajo efectivo, manteniendo la cobertura de salud. Artículo 83. (Graduación de las faltas) Las faltas disciplinarias, atendiendo a su naturaleza, serán pasibles de las siguientes sanciones: FALTAS LEVES A) Observación escrita. B) Demérito de 1 a 15 puntos.

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C) Suspensión Simple en la función de 1 a 8 días. FALTAS GRAVES A) Demérito de 16 a 30 puntos. B) Suspensión Simple en la función de 9 a 15 días. C) Suspensión Rigurosa en la función de 1 a 3 meses. FALTAS MUY GRAVES A) Suspensión Rigurosa en la función de cuatro a seis meses. B) Destitución. La destitución importará en todos los casos la pérdida de los haberes retenidos como medida preventiva. Artículo 84 (Causal de sumarios administrativos) Las sanciones disciplinarias de Suspensión Rigurosa en la función y destitución, así como toda otra que implique la retención o privación total o parcial del sueldo, se impondrán previa realización de un sumario administrativo. Las restantes sanciones podrán disponerse sin otra formalidad que la notificación al personal de la falta que se le imputa, otorgándole previamente vista por el plazo de cinco días hábiles a fin de articular su defensa. Artículo 86. (Potestad disciplinaria) Las sanciones por faltas muy graves serán impuestas por el titular del Ministerio del Interior, excepto la de destitución, que será dispuesta por el Poder Ejecutivo, conforme lo previsto en el artículo 168 numeral 10 de la Constitución de la República. Las sanciones aplicables por concepto de faltas graves también podrán ser adoptadas por el jerarca de la respectiva Unidad Ejecutora o de la Dirección General correspondiente, las restantes, por el Jefe de la unidad en la cual el personal cumple funciones. Artículo 89. (Prescripción de las faltas administrativas) Las faltas administrativas prescriben:

A) Cuando además constituyen delito, en el término de prescripción del delito o de la condena impuesta por sentencia firme; B) Cuando no constituyen delito, las faltas leves prescribirán a los noventa días y las faltas graves y muy graves prescribirán a los cuatro años, contados desde la comisión de la falta. La prescripción establecida en el presente artículo se suspende por la resolución del jerarca de la Unidad Ejecutora que disponga el inicio de un procedimiento de información de urgencia, de una investigación administrativa o la instrucción de sumario”. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: la bancada del Partido Colorado no está de acuerdo con la sujeción a disciplina de los jubilados del Ministerio del Interior. Por lo tanto, proponemos a la Cámara suprimir el literal F) del artículo 81 de la Ley Nº 19.315. Asimismo, planteamos modificar el literal C) del artículo 82 de esta ley porque, de acuerdo con el articulado enviado por el Poder Ejecutivo, ante una suspensión simple se priva al funcionario del total de su sueldo, mientras que ante una suspensión rigurosa -evidentemente, porque cometió algún acto de mayor gravedad-, cuando se trata de uno a tres meses puede ser sin el goce de la mitad del sueldo. No vemos que exista correlación entre una suspensión leve y una rigurosa. En la suspensión leve se priva al funcionario de la mitad del sueldo, sin que se haya realizado sumario, mientras que en una suspensión rigurosa se le puede llegar a privar de todo el sueldo, previa realización de un sumario administrativo. Por otra parte, también se propone modificar el artículo 84, por entender que no se puede privar del sueldo a una persona, total o parcialmente, sin la instrucción de un sumario. Estas son las modificaciones que proponemos a la Cámara, por entender que son ajustadas a derecho. Gracias. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

marcha de un instituto tan importante como el policial. Por lo tanto, tal como dijimos antes, este sistema de sanción disciplinaria es altamente inconveniente y por ello intentamos introducir mejoras a través de un sustitutivo; inclusive, diría que raya en la ilegalidad o en la inconstitucionalidad al no posibilitar que al funcionario se le instruya un proceso sumarial que le permita defenderse y, por lo tanto, salvar el ingreso familiar. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 198 tal como vino de comisión. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 201. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: las razones que acaba de invocar el diputado Conrado Rodríguez nos parecen serias y atendibles. Sin embargo, no vamos a acompañar este sustitutivo por las razones que mencionamos con anterioridad en cuanto a que no es la oportunidad para llevar adelante este procedimiento. Este es uno de los capítulos más sensibles vinculado con la Ley Orgánica Policial porque dice relación con el régimen sancionatorio y la tipificación de las faltas, con las consecuencias que la imposición de cualquiera de ellas determina. Insistimos en que esto debería ser motivo de un análisis más sereno y reflexivo, en el marco del cual un aporte como el que propone el Partido Colorado sin duda representaría, un insumo de enorme importancia. Entonces, por las razones que ya expusimos dijimos y por una cuestión de coherencia no vamos a acompañar este sustitutivo, pero queremos dejar constancia de que es por esa exclusiva explicación. Gracias. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

(Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 202. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cinco: AFIRMATIVA. SEÑOR RADÍO (Daniel).- ¿Me permite, señor Presidente? SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: quiero expresar el total rechazo al planteo de un sistema de sanciones disciplinarias a la Policía que castiga, más que al funcionario, a la familia. Lo digo porque una cosa es que a un funcionario -como ocurre en toda la Administración pública-, se le someta a un sumario, a separación del cargo y a pérdida de haberes por cuanto no trabaja, y otra, que a un funcionario policial, simplemente por una falta, en forma directa se le aplique una sanción que va a afectar su ingreso. Entonces, más que una sanción al funcionario es a la familia. No logramos entender cuál es el objetivo de incorporar sanciones a retirados policiales ni en qué situación alguien que ya no revista en la Policía puede cometer una falta, a no ser que se pretenda sancionarlo por emitir una opinión discorde con lo que, de acuerdo con su experiencia, constituye la

SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: antes de terminar con la votación de este Inciso, quiero dejar una constancia. En 2012 presentamos un proyecto de ley que implicaba que a las víctimas de hurto o rapiña a las que les fuera sustraído el documento de identidad, las oficinas correspondientes se lo expidieran sin costo. Este proyecto no prosperó y la iniciativa fue recogida por una edila, Fátima Barruta, que salió a la prensa con el tema y nos contactó. En conjunto redactamos un aditivo que fue recogido en el artículo 174 del proyecto. Quería manifestar mi beneplácito por esta incorporación.

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Gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Hemos concluido el articulado del Ministerio del Interior. Solo resta pasar a considerar desglosado, que era el artículo 182. el artículo

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: el Partido Nacional tenía vocación de acompañar este artículo, pero desglosando los renglones que referían a las unidades ejecutoras 013 y 014. ¿Se va a hacer ese desglose? SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).¿Usted propone el desglose, señor diputado? SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Sí, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Entonces, se va a votar el desglose de los renglones que refieren a las unidades ejecutoras 013 y 014. (Se vota) ——Noventa en AFIRMATIVA. cuatro en noventa y seis:

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: nos parece que el artículo 203 no fue considerado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- El artículo 203 fue considerado en la sesión de ayer, dentro del bloque en el que se votaron una cantidad de artículos de este Inciso. En discusión el artículo 182 que, según la Constitución de la República, requiere mayoría absoluta. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. Hemos concluido la consideración del Inciso 04 “Ministerio del Interior”. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

En discusión el artículo 145, tal como vino de Comisión, con exclusión de los renglones referidos a las unidades ejecutoras 013 y 014. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión los renglones desglosados. SEÑOR DE LOS SANTOS (Darcy).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: consulto si habíamos desglosado algunos renglones del artículo 145. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Es así: el artículo 145 de este Inciso fue desglosado. Consulto a las bancadas si desean considerarlo en este momento o al final del articulado. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR DE LOS SANTOS (Darcy).- Señor presidente: si votamos afirmativamente ahora, ¿estamos incluyendo en el artículo los renglones desglosados? Pregunto para saber qué estamos votando. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Exactamente. Quien vota por la afirmativa está apoyando el artículo tal cual vino de la comisión, porque se incluyen los renglones desglosados. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y siete:

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: lo vamos a considerar ahora. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 145.

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SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR VERRI (Walter).- Señor presidente: hemos votado afirmativamente -como hizo todo el Partido Colorado- y quiero ser muy claro, porque me parece que tal vez no entendimos qué era lo que estábamos votando. Algunos señores diputados pretendieron eliminar de la supresión de cargos las vacantes de sus departamentos. Si todos los diputados de todos los departamentos del interior hubiéramos hecho lo mismo, directamente no tendríamos que haber votado el artículo relativo a la supresión de vacantes, porque en todos los departamentos debe haber situaciones similares. Si los partidos políticos estamos de acuerdo con que se supriman las vacantes, me parece que no es prolijo dejar afuera a un par de departamentos, independientemente de que uno de los propuestos sea el nuestro. No nos parece serio ni de técnica legislativa y, por eso, votamos dicho desglose. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar el Inciso 05, “Ministerio de Economía y Finanzas”, que comprende los artículos 204 a 247, inclusive. (Texto del Inciso 05:) “Artículo 204.- Sustitúyese el inciso quinto del artículo 17 de la Ley Nº 18.159, de 20 de julio de 2007, por el siguiente: “Estas sanciones también podrán aplicarse a aquellos que incumplan las obligaciones dispuestas por el artículo 14 de la presente ley. Si correspondiere la sanción de multa, la cantidad mínima será de 5.000 UI (cinco mil unidades indexadas)”. Artículo 205.- Incorpórase al artículo 82 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y artículo 25 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente literal: “K) Imponer las sanciones de: advertencia, multa económica, ejecución de garantía de mantenimiento de la oferta o de fiel cumplimiento del contrato y suspensión, en los casos sustanciados por la Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA) a raíz de las denuncias por incumplimiento que

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: lamento que se hayan votado afirmativamente los renglones de las unidades ejecutoras 013 y 014 -me referiré a la unidad ejecutora 013- porque, en definitiva, está lesionando la carrera funcional de la Jefatura de Policía de Maldonado, en la medida en que se suprime un cargo que ya no podrán ocupar los funcionarios de carrera, así como tampoco se podrán hacer los corrimientos sucesivos. Esto con seguridad representará la iniciación de juicios al Ministerio del Interior -en definitiva, al Estado-, porque funcionarios con derechos adquiridos para ocupar ese cargo, que han hecho los cursos, que debían ser designados en el mes de noviembre para empezar a cumplir funciones en febrero de 2016, no lo podrán hacer. Por lo tanto, queremos dejar constancia de que entendemos que ha habido una equivocación en este renglón. Gracias, señor presidente. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: en el mismo sentido que la señora diputada preopinante, no acompañamos con nuestro voto estos renglones, porque suprime vacantes y se lesionan derechos adquiridos de funcionarios que, en algunos casos, habían hecho los cursos y estaban dispuestos al ascenso. Lamentablemente, en este caso entendemos que la supresión de cargos, tanto para Maldonado como para Paysandú -las unidades ejecutoras 013 y 014-, no ha sido una decisión feliz porque traerá algún perjuicio, no solo a los funcionarios policiales, sino algún eventual reclamo al Ministerio del Interior. Quería dejar esa constancia. SEÑOR VERRI (Walter).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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deriven de los procesos de contratación por ella convocados”. Artículo 206.- La Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA) podrá dejar sin efecto la totalidad del procedimiento, en cualquier etapa del mismo. La adjudicación realizada por el sistema centralizado de compras no garantizará la efectiva adquisición de cantidad alguna de los bienes o servicios adjudicados. En los procedimientos de contratación administrativa especiales de la UCA, no serán aplicables los límites mínimos establecidos por el artículo 517 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 400 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992 (artículo 74 del TOCAF). Artículo 207.- Sustitúyense los incisos tercero y cuarto del artículo 284 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por los siguientes: “La administración del Centro será ejercida por un Secretario Ejecutivo rentado, designado por el Ministerio de Economía y Finanzas, sin que por dicho acto adquiera la calidad de funcionario público a ningún efecto”. “Será dirigido por un Consejo Directivo Honorario de cuatro miembros designados por el Ministerio de Economía y Finanzas, el que seleccionará a sus integrantes en mérito a su prestigio y capacidad técnica. Las resoluciones del referido Consejo se adoptarán por mayoría simple, computándose doble el voto del presidente en caso de empate. La representación del Centro será ejercida por el Consejo Directivo Honorario. Dicha representación podrá ser delegada en el Secretario Ejecutivo en todas aquellas áreas que determine la reglamentación”. Artículo 208.- La designación de los Directores de las unidades organizativas “Macroeconómica y Financiera”, “Presupuesto Nacional” y “Unidad de Deuda” de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, se realizará mediante acto administrativo dictado por el jerarca del Inciso, pudiendo recaer en funcionarios públicos, quienes estarán comprendidos en el beneficio de reserva

de cargo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Cuando la designación recaiga en funcionarios públicos, éstos podrán optar por las remuneraciones establecidas para los Directores de estas Unidades o exclusivamente por las correspondientes a aquellos cargos reservados, sin perjuicio de la eventual acumulación de sueldos por el ejercicio de cargos o funciones docentes, de acuerdo con la normativa vigente en la materia. El cese en el ejercicio de la función se realizará en cualquier momento y por el mismo procedimiento de designación. Las erogaciones que surjan de la aplicación del presente artículo serán financiadas con créditos presupuestales de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”. Artículo 209.- Créase en la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” como “Incentivo” de acuerdo a lo que dispone el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, una compensación por compromisos de gestión de hasta $ 15.000.000, más aguinaldo y cargas legales, reasignándose a efectos de su financiación créditos asignados al objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”. El mismo se abonará al personal que cumpla efectivamente funciones en el organismo, cualquiera sea su vínculo funcional, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas. Lo dispuesto precedentemente, generar costo presupuestal. no podrá

Artículo 210.- Reasígnase en el Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” , Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 099.001 “Partida Proyectada”, al Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 024 “Dirección General de

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Secretaría MEF”, Proyecto 517 “Fortalecimiento de la Gestión Presupuestaria” $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) y al Proyecto 401 “Convenio Asistencia Técnica BIRF” $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos). Artículo 211.- Disminúyese en el Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 099.001 “Partida Proyectada”. Artículo 212.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a autorizar los reintegros de “Depósitos paralizados” vertidos al Tesoro Nacional en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley Nº 5.517, de 17 de setiembre de 1914, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 10.603, de 23 de febrero de 1945. Artículo 213.- Autorízase a la Unidad Ejecutora 003 “Auditoría Interna de la Nación” a percibir una tasa que se denominará “Tasa Registro de Estados Contables”, por cada solicitud de estado contable registrado ante el Registro de Estados Contables de ese organismo, cuyo valor no podrá superar el equivalente a 260 UI (doscientas sesenta unidades indexadas). Artículo 214.- Sustitúyese el artículo 24 de la Ley Nº 18.930, de 17 de julio de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 24. (Registro de estados contables).- Las sociedades civiles, las asociaciones civiles, las fundaciones, las cooperativas, las sociedades y asociaciones agrarias, las entidades no residentes que cumplan las condiciones a que refiere el artículo 2º de la presente ley, y los fideicomisos y fondos de inversión no sometidos a regulación por el Banco Central del Uruguay, deberán registrar sus estados contables ante el órgano estatal de control. El Poder Ejecutivo establecerá los montos mínimos de activos o ingresos a partir de los cuales corresponderá el cumplimiento de la obligación, así como los plazos para la presentación de los estados contables.

La obligación de registrar los estados contables a que refiere el inciso primero del presente artículo, se deberá cumplir en las mismas condiciones y bajo el mismo régimen sancionatorio que se dispone por el artículo 97 bis de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, en la redacción dada por el artículo 151 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, con la misma consecuencia establecida en el inciso cuarto del artículo 80 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 313 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en caso de omisión. El órgano estatal del control tendrá, asimismo, respecto de los obligados a registrar sus estados contables, la potestad sancionatoria prevista para las sociedades comerciales en el artículo 412 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989. A los efectos de fiscalizar el cumplimiento de la obligación de registrar sus estados contables, el órgano estatal de control podrá solicitar y recabar la información pertinente de los obligados por el presente artículo, así como de las sociedades comerciales”. Artículo 215.- Sustitúyese el artículo 412 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, por el siguiente: “ARTÍCULO 412.- El órgano estatal de control, en caso de violación de la ley, el estatuto o el reglamento, podrá aplicar a la sociedad, sus administradores, directores o encargados de su control privado, sanción de apercibimiento con publicación y multa. Las resoluciones firmes que impongan las multas correspondientes, tendrán el carácter de título ejecutivo, confiriéndose al órgano estatal de control acción ejecutiva para su cobro. La reglamentación deberá tipificar las infracciones que darán mérito a la aplicación de sanciones administrativas, así como, en cada caso, la entidad y monto de estas últimas. El monto de las multas a establecer deberá graduarse de acuerdo a la entidad de la infracción y su máximo no podrá superar el importe equivalente a 10.000 UR (diez mil unidades reajustables).

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El órgano estatal de control no dictará resolución en ulteriores trámites sometidos a su fiscalización, si previamente, las sociedades incumplidoras no han abonado las multas pendientes, que hayan sido impuestas por resolución firme del órgano de control”. Artículo 216.- Agrégase al artículo 36 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, el siguiente inciso: “En las sociedades comerciales, los ingresos o egresos dinerarios por aportes de capital, con o sin prima de emisión, aportes irrevocables, adelantos de fondos, reintegros de capital, pago de utilidades, pago de participaciones sociales por concepto de exclusión, receso, reducción, rescate, amortización de acciones, u otras operaciones similares previstas en la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989 y modificativas, por un importe igual o superior al equivalente a 160.000 UI (ciento sesenta mil unidades indexadas), sólo podrán realizarse por los medios previstos en el presente artículo”. Artículo 217.- Agrégase al numeral 10) del artículo 212 de la Ley Nº 18.407, de 24 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 19.181, de 29 de diciembre de 2013, el siguiente inciso: “Las resoluciones firmes dictadas por la Auditoria Interna de la Nación, que impongan las multas a las cooperativas, tendrán carácter de título ejecutivo, confiriéndole acción ejecutiva para su cobro”. Artículo 218.- Facúltase a la Auditoría Interna de la Nación a celebrar convenios de pago por las multas que imponga, en las condiciones y plazos que la misma establezca, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 32 y 34 del Código Tributario (Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974). El sujeto obligado podrá solicitar la celebración de convenio de pago dentro de los treinta días corridos y siguientes contados a partir de la notificación del acto de imposición de la multa. Artículo 219.- Créase en la Unidad Ejecutora 003 “Auditoria Interna de la Nación” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” como

“Incentivo” de acuerdo a lo que dispone el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, una compensación por compromisos de gestión de hasta $ 7.008.915, más aguinaldo y cargas sociales, reasignándose a efectos de su financiamiento créditos desde el objeto del gasto 047.002 “Equipar. Salarial Simil. Responsab. Reforma Estado A.726 L.16736”. El mismo se abonará al personal que cumpla efectivamente funciones en el organismo, cualquiera sea su vínculo funcional, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño, no pudiendo generar este concepto retributivo costo presupuestal. El Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Auditoría Interna de la Nación, reglamentará la presente disposición. Artículo 220.- Sustitúyese el artículo 48 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 (artículo 104 TOCAF), por el siguiente: “ARTÍCULO 48.- El sistema de control interno de los actos y la gestión económico-financiera estará encabezada por la Auditoría Interna de la Nación, a la cual le compete: 1) Realizar auditorías de cumplimiento y de gestión, sobre los órganos comprendidos dentro de su ámbito de competencia, conforme a las normas y criterios técnicos que emita o adopte para el ejercicio de la función de auditoría interna. 2) Ejercer la superintendencia técnica de todas las Unidades de Auditoría Interna que actúen, por creación o adhesión, en el sistema de auditoría interna gubernamental. 3) Promover, mediante la emisión de normas técnicas u otros mecanismos eficientes a tal efecto, el enfoque de riesgos en el sistema de control interno gubernamental”. Artículo 221.- Incorpórase al inciso primero del artículo 136 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, la función de Director de División Planificación, Estudio y Coordinación. Dicha incorporación se financiará con reasignación de crédito presupuestal del objeto de gasto

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092.000 “Partidas globales a distribuir” al objeto de gasto 042.522 “Diferencia a Tabla”, de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General Impositiva” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”. Sustitúyese la denominación de la función de “Director de División Administración” prevista en el inciso primero del artículo 136 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por la de “Director de División Administración y Gestión Humana”. Artículo 222.- El Poder Ejecutivo, en uso de la autorización conferida por el artículo 367 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, podrá establecer la obligatoriedad, para los contribuyentes y responsables, de relacionarse con la Dirección General Impositiva por medios electrónicos, en la forma, condiciones y plazos que determine la reglamentación. El domicilio electrónico referido en el citado artículo tendrá idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que los establecidos en el artículo 27 del Código Tributario (Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 noviembre de 1974). Artículo 223.- Sustitúyese el artículo 291 de Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en redacción dada por el artículo 135 de Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por siguiente: la la la el

en el organismo al que pertenezcan. En caso de que sean funcionarios de la Dirección General Impositiva podrán reservar además la función de encargatura a la que hubieren accedido por el procedimiento establecido en la presente norma”. Artículo 224.- Lo dispuesto por el Capítulo II “Conformación de la Remuneración”, del Título II “De los Funcionarios de Carrera”, de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, así como las normas complementarias y reglamentarias respectivas, no será de aplicación para los funcionarios de la Dirección General Impositiva y de la Dirección Nacional de Aduanas. Artículo 225.- Sustitúyese el literal C) del artículo 102 de la Ley Nº 19.121, de 28 de agosto de 2013, por el siguiente: “C) Para los funcionarios de la Dirección General de Casinos no serán de aplicación los Títulos II y III, declarándose asimismo que se mantienen los regímenes de trabajo extraordinarios vigentes para el personal que desempeña funciones en las salas de juego, no siendo de aplicación a éstos lo dispuesto por los artículos 6º al 16 de la presente ley”. Artículo 226.- Agrégase al artículo 8º de la Ley Nº 15.913, de 27 de noviembre de 1987, el siguiente literal: “D) En las operaciones aduaneras de exportación e importación referidas en los literales B) y C), no será preceptiva la intervención de despachante de aduana, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: I) Se efectúen a través del régimen de envíos postales internacionales y; II) El valor de factura de la mercadería no supere los US$ 1.000 (mil dólares de los Estados Unidos de América)”. Artículo 227.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 277 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 373 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente:

“ARTÍCULO 291.- Las funciones de Encargados de Departamento y Encargado de Sección de la Dirección General Impositiva, serán provistas mediante concurso de oposición y méritos entre los funcionarios pertenecientes a dicho organismo, con excepción de las funciones de Encargados de las Asesorías, Departamentos Unidad de Comunicación y Secretaría General y Sección Secretaría de la Secretaría General de la Dirección General, el Auditor Interno y Adjuntos a los Directores de División y el Sub Director General de Rentas. En los casos exceptuados, el Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General Impositiva, atribuirá la titularidad de las referidas funciones a funcionarios públicos. Los funcionarios designados podrán reservar su cargo o función

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“ARTÍCULO 277.- La importación y la exportación de mercadería sometida al régimen de encomiendas postales internacionales de entrega expresa, cuyo peso unitario no exceda los 20 kilogramos y su valor de factura o su declaración de valor en las condiciones que establezca el Poder Ejecutivo, no exceda los US$ 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), estarán exentas del pago de tributos”. Artículo 228.- Los titulares de operaciones de importación de mercadería realizada al amparo del régimen de envíos postales internacionales, cuyo valor en factura o su declaración de valor, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, no exceda los US$ 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), podrán optar por pagar en sustitución de toda la tributación a la importación definitiva o aplicable en ocasión de la misma, una única prestación tributaria. Dicha prestación será liquidada y recaudada por la Dirección Nacional de Aduanas y se determinará aplicando una alícuota de 60 % (sesenta por ciento) sobre el valor en factura o declaración de valor de la mercadería, con un pago mínimo de US$ 10 (diez dólares de los Estados Unidos de América) por envío. En ningún caso podrán introducirse al amparo de este régimen bienes alcanzados por el Impuesto Específico Interno. Artículo 229.- Deróganse los artículos 220 y 221 del Decreto-Ley Nº 14.252, de 22 de agosto de 1974. Artículo 230.- (Reconocimiento administrativo).La Dirección Nacional de Aduanas actuando directamente o por medio de sus oficinas dependientes expresamente delegadas, ante la detección de una presunta infracción aduanera posterior al libramiento de la mercadería cuyo monto pueda ser determinado con exactitud; se encuentra facultada para aceptar el reconocimiento de la misma por parte del eventual infractor, el que deberá abonar las multas, tributos y actualizaciones que correspondan, culminando de esa manera toda actuación infraccional. El reconocimiento se extenderá por acta donde comparecerán: el funcionario que detecte la

infracción; el jefe de la división, departamento u oficina a que pertenezca dicho funcionario; y el administrado, quien podrá hacerse asistir por los profesionales que estime. En el acta se efectuará la descripción de la situación con indicación precisa de la o las operaciones aduaneras involucradas, de las normas incumplidas y de la liquidación de tributos, multas y actualizaciones. Los presentes reconocimientos podrán celebrarse hasta tanto no exista sentencia de condena en primera instancia. Artículo 231.- Facúltase a la Dirección Nacional de Aduanas a establecer un sistema de pago de tributos y gravámenes aduaneros así como de garantía, mediante los medios de pago electrónicos que la misma determine, para el caso de importes no inferiores al equivalente a UI 300 (trescientas unidades indexadas). El plazo para efectuar el depósito de lo recaudado por parte de la Dirección Nacional de Aduanas en la cuenta “Tesoro Nacional” del Banco de la República Oriental del Uruguay a la orden del Ministerio de Economía y Finanzas, se computará a partir de la efectiva percepción de los ingresos. Artículo 232.- La admisión mediante acta y ante la autoridad administrativa correspondiente de los hechos constitutivos de una infracción aduanera dará mérito a la aplicación del artículo 248 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014, en caso de sustanciación del respectivo proceso jurisdiccional aduanero. Artículo 233.- Sustitúyese el artículo 84 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente: “ARTÍCULO 84.- Las marcas a que hacen referencia los artículos anteriores, así como los instrumentos usados para su ejecución, serán destruidos o inutilizados. Las mercaderías en infracción que hayan sido incautadas serán decomisadas y destruidas, salvo que por su naturaleza puedan ser adjudicadas a instituciones de beneficencia pública o privada. Una vez establecida la calidad apócrifa de la mercadería mediante las pericias técnicas

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correspondientes, las mismas serán destruidas a costo de los denunciantes o adjudicadas a instituciones de beneficencia pública o privada”. Artículo 234.- Sustitúyese el artículo 37 de Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002, con vigencia dada por el artículo 834 de Ley Nº 18.719, de 27 diciembre de 2010, por siguiente: la la la el

con el artículo 240 del presente Código, con anterioridad al dictado de la sentencia de condena; una vez dictada ésta, su producido se distribuirá en la forma prevista en el artículo 254 del presente Código. 2. El remate del comiso se efectuará sobre la base de las dos terceras partes del Valor en Aduana determinado por la Dirección Nacional de Aduanas, lo que no admitirá impugnación alguna. En caso de que la Dirección Nacional de Aduanas no pueda establecer el Valor en Aduana por la naturaleza del bien o por tratarse de bienes inmuebles, se seguirán las reglas generales establecidas en el Código General del Proceso. Si en el remate no hubiese postores, se podrá sacar nuevamente el bien a la venta sin base y será rematado al mejor postor”. Artículo 237.- Sustitúyese el artículo 254 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (CAROU), por el siguiente: “ARTÍCULO 254. (Distribución).- El producido del remate de los bienes a que refiere este artículo, deducidos los gastos, se distribuirá de la siguiente manera: A) 20 % (veinte por ciento) para el fondo creado por los artículos 242, 243 y 254 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. B) 50 % (cincuenta por ciento) que tendrá como destino el Fondo por Mejor Desempeño. C) 30 % (treinta por ciento) restante se verterá a Rentas Generales en sustitución de la tributación aplicable, en caso de que la mercadería incautada en presunta infracción aduanera haya sido comercializada para ser ingresada al mercado interno. En caso de que la mercadería incautada en presunta infracción aduanera no haya sido comercializada para ser ingresada al mercado interno, el porcentaje establecido en el presente literal también tendrá como destino el Fondo por Mejor Desempeño.

“ARTÍCULO 37.- La tasa consular a que refiere el artículo 585 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, tendrá como destino Rentas Generales. Dicha tasa se aplicará a las importaciones y su cuantía será de hasta el 2 % (dos por ciento), calculada sobre el Valor en Aduana de los bienes importados. Facúltase al Poder Ejecutivo a cometer al Ministerio de Economía y Finanzas o a sus unidades ejecutoras la recaudación de la referida tasa, en el caso del hecho generador a que refiere el inciso anterior”. Artículo 235.- Sustitúyese el numeral 2 del artículo 240 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (CAROU), por el siguiente: “2. El producido líquido del remate o de la venta previstos en los literales B) y C) del numeral anterior, será depositado en el Banco de la República Oriental del Uruguay en unidades indexadas u otra unidad de valor constante, bajo el rubro de autos y a la orden del juzgado competente”. Artículo 236.- Sustitúyese el artículo 253 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay-CAROU), por el siguiente: “ARTÍCULO 253 (Remate).1. Los bienes objeto del comiso aduanero o en abandono infraccional, así como otros bienes propiedad del ejecutado que puedan ser denunciados a los efectos del pago de los adeudos liquidados, deberán rematarse. En caso que los bienes objeto del comiso aduanero o en abandono infraccional hubieren sido rematados de conformidad

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Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer, por resolución fundada, de la mercadería incautada en cualquier estado de los procedimientos, mientras no se hubiere efectuado la comercialización de la misma, comunicando fehacientemente a la autoridad competente: 1) Que la comercialización sólo se realice con destino al mercado externo. 2) Que la mercadería deberá salir a la venta con el valor base que se establezca en la respectiva resolución. En caso que se haya frustrado la venta de la mercadería en remate por falta de oferentes, la Dirección Nacional de Aduanas podrá solicitar a la autoridad competente que la mercadería sea donada o destruida”. Artículo 238.- Sustitúyese el artículo 29 de Ley Nº 12.276, de 10 de febrero de 1956, en redacción dada por el artículo 154 de Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por siguiente: la la la el

mayor como categoría.

Patente

Única

en

su

C) Las personas físicas o jurídicas que organicen los eventos previstos en el artículo 1º de la Ley Nº 17.166, de 10 de setiembre de 1999: 13.895 UI. D) Las entidades organizadoras de los eventos previstos en el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.841, de 22 de noviembre de 1978: 13.895 UI”. Artículo 239.- Sustitúyese el artículo 19 de la Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002, por el siguiente: “ARTÍCULO 19.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, a organizar certámenes de pronósticos de resultados deportivos nacionales o internacionales y juegos de azar realizados en internet, con otorgamiento de premios en dinero o en especie, los que quedarán comprendidos en cuanto a su administración y recepción de apuestas en lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 15.716, de 6 de febrero de 1985, modificativas y concordantes. Aféctase a partir de la vigencia de la presente ley, con destino a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a la Organización de Fútbol del Interior, el 50 % (cincuenta por ciento) del incremento, respecto al Ejercicio 2014, de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado originado en los certámenes de resultados de pronósticos deportivos organizados por sí o mediante terceros por la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 15.716, de 6 de febrero de 1985, modificativas y concordantes. A los efectos de determinar el monto del incremento sujeto a afectación, la comparación se realizará considerando la recaudación del año civil, respecto del Ejercicio 2014, actualizado por el incremento del Índice de Precios al Consumo. El monto así determinado tendrá como único destino la financiación de la infraestructura deportiva para las divisiones formativas de los clubes afiliados a las entidades referidas en el

“ARTÍCULO 29.- Establécense las siguientes tasas anuales para las respectivas autorizaciones de juegos a cargo de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas: A) Quinielas Agentes: 13.895 UI Sucursales: 6.966 UI Locales, zonas de apuestas o áreas habilitadas para la comercialización de apuestas sobre certámenes de pronósticos deportivos (artículo 19 Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002): 3.483 UI Subagentes: 463 UI Corredores: 232 UI B) Loterías Agentes: 2.316 UI Subagentes: 232 UI Loteros: 232 UI Aquellos habilitados que sean Subagentes de Loterías y Subagentes de Quinielas en forma simultánea, abonarán la patente

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presente artículo. A tal fin, la Asociación Uruguaya de Fútbol y la Organización del Fútbol del Interior deberán constituir un fideicomiso, que será el destinatario de los fondos afectados. La designación del fiduciario, así como las condiciones y requisitos establecidos en el referido contrato, deberán contar con la aprobación previa del Poder Ejecutivo. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar pagos mensuales en función de la estimación de la recaudación de acuerdo a lo que establezca la reglamentación. La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, mediante resolución para cada caso, establecerá las normas necesarias para cumplir con el control y fiscalización que le compete y determinará los registros y documentación que serán imprescindibles a dichos fines”. Artículo 240.- Autorízase al Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” a computar el tiempo de desempeño de los Niños Cantores que hayan ejercido como tales con anterioridad a la vigencia de la presente ley, como mérito, ante futuras convocatorias a concursos de ingreso en cualquier otra Unidad Ejecutora del Inciso, debiendo contar con informe de actuación favorable del Jerarca de la Unidad Ejecutora 008 “Dirección Nacional de Loterías y Quinielas”. Artículo 241.- Sustitúyese el artículo 280 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 116 de la Ley Nº 13.695, de 24 de octubre de 1968, recogido en el artículo 11 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 280. Notificación.- La Dirección Nacional de Catastro notificará a los propietarios o poseedores del valor fijado a los respectivos inmuebles a los efectos de la liquidación de los tributos nacionales o departamentales que toman por base dicha determinación. La notificación personal deberá estar precedida del emplazamiento para que dichos titulares concurran a notificarse a la oficina competente, bajo apercibimiento de tenérsele por notificados.

El emplazamiento se hará por el término de tres días y se publicará en el Diario Oficial, y en otro diario de circulación nacional. A partir del día inmediato siguiente al último del emplazamiento en el inciso anterior, comenzará a correr un nuevo plazo de treinta días, vencido el cual, se tendrá por notificados a los titulares, pudiendo impugnar el valor real fijado al inmueble de acuerdo a lo dispuesto por la normativa vigente. La fundamentación se hará de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 80 del Código Tributario”. Artículo 242.- La Dirección Nacional de Catastro, en oportunidad de inscribir planos de mensura que impliquen una mutación catastral, dejará constancia de las resultancias de la misma mediante entrega de la cédula catastral ampliada, expedida a los efectos de su agregación a los títulos de propiedad. Dicha Dirección no inscribirá los planos de mensura que impliquen una mutación, aun habiendo sido aprobados por la autoridad departamental, toda vez que se compruebe que se han levantado en contravención de la normativa vigente en la materia. Derógase el artículo 252 del Decreto-Ley Nº 14.189, de 30 de abril de 1974, en la redacción dada por el artículo 183 del Decreto-Ley Nº 14.416, de 28 de agosto de 1975. Artículo 243.- Sustitúyense los incisos primero y segundo del artículo 35 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, por los siguientes: “ARTÍCULO 35.- Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la enajenación a los respectivos arrendatarios y ocupantes existentes al 1º de enero de 2015, de la parte que respectivamente ocupan en los siguientes inmuebles fiscales: A) Padrón Nº 1111 y Padrón Nº 1118, ubicados en zona urbana del Departamento de Colonia, Localidad Catastral Juan Lacaze; B) Padrón Nº 7283, ubicado en zona rural, 14a. Sección Catastral, del Departamento de Colonia;

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C) Padrón Nº 1470, ubicado en zona rural, 1a. Sección Catastral, paraje conocido como Potrero del Pintado, del Departamento de Artigas; D) Padrón Nº 792, ubicado en zona rural, 6a. Sección Catastral, paraje conocido como Pueblo Quintana, del Departamento de Salto. El precio de venta será fijado por el Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la Dirección Nacional de Catastro, en unidades indexadas y será pagadero en un plazo de hasta veinticinco años con un interés del 5 % (cinco por ciento) anual”. Agrégase al artículo 35 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, el siguiente inciso: “Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar a la Administración Nacional de Educación Pública, por título donación y modo tradición, la fracción que ocupan dependencias de la misma en parte del Padrón Nº 1111, ubicado en zona urbana del Departamento de Colonia, localidad catastral Juan Lacaze”. Derógase la Ley Nº 16.038, de 8 de mayo de 1989. Artículo 244.- La Dirección Nacional de Catastro inscribirá los Planos de Mensura que serán usados en juicios de prescripción en el Registro Provisorio creado a tales efectos, habilitando su utilización como documento gráfico base en el juicio, no pudiendo considerarse registrados a otros fines que los indicados. Solo podrán presentarse en un juicio de prescripción los planos realizados con tal fin. La inscripción definitiva por la Dirección Nacional de Catastro, se realizará una vez que la sentencia de prescripción haya adquirido calidad de cosa juzgada. En la sentencia definitiva que declara la prescripción, el Juzgado competente deberá comunicar a la Dirección Nacional de Catastro disponiendo la inscripción definitiva del Plano Provisorio de Mensura.

En ocasión de la inscripción registral, deberá verificarse el cumplimiento de los extremos referidos en este artículo. Artículo 245.- Agréganse al artículo 16 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, los siguientes incisos: “El proveedor deberá informar por escrito al consumidor en el documento contractual, de manera clara, comprensible y precisa, el derecho de rescindir o resolver el contrato consagrado en el presente artículo. Si el proveedor no hubiera cumplido con el deber de información y documentación antes referido, el consumidor podrá ejercer el derecho de rescisión o resolución en cualquier momento, cumpliendo con las condiciones que establece el inciso tercero del presente artículo”. Artículo 246.- Agrégase al literal F) del artículo 23 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, el siguiente inciso: “Cuando el producto hubiese sido reparado bajo los términos de una garantía contractual, el garante estará obligado a entregar al consumidor una constancia de reparación en donde se indique: la naturaleza de la reparación, las piezas reemplazadas o reparadas, la fecha en que el consumidor le hizo entrega del producto y la fecha de devolución del mismo al consumidor”. Artículo 247.- Las resoluciones firmes del Área de Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio, que impongan pena de multa, constituirán título ejecutivo, confiriendo acción ejecutiva para su cobro, de acuerdo con lo establecido por los artículos 353 y siguientes del Código General del Proceso”. ——Es posible hacer un bloque con los artículos 204 y 205. En discusión Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y seis en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 206.

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SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

después, sino porque va en contra del espíritu de la creación de la UCA, que es obtener buenos precios. No entendemos por qué funciona así. Esto revela una enorme ineficiencia de la unidad que se supone hace un relevamiento para definir un tipo de compra y después queda liberada a comprar lo que quiere. Entonces, ¿qué hace la UCA? ¿No se supone que es una unidad centralizada que unificará las compras de buena parte del Estado y después compra lo que quiere? Lo que están revelando es que la UCA no ha funcionado. Se están cubriendo, pero terminarán comprando más caro de lo que compran. Por esa razón, no acompañaremos este artículo. Gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: no vamos a votar este artículo, porque va en contra de lo que se pretendió lograr cuando se creó la Unidad Centralizada de Adquisiciones. La idea era que esta unidad comprara grandes volúmenes para cubrir las necesidades de varios organismos. Eso está regulado en el artículo 517 de la Ley N° 15.903 que, al final, es el que se modifica, porque establece hasta dónde se puede mover esa unidad en las compras grandes. Puede aumentar hasta el 20 % de lo que compró, puede disminuir hasta el 10 % y podrá hacer modificaciones con acuerdo de la persona que ganó la licitación. Supongamos que se compran varias toneladas de un producto. ¿Qué es lo que dice la disposición? Que la UCA, la Unidad Centralizada de Adquisiciones, en cualquier momento puede dejar sin efecto el procedimiento. Eso está bien, pero luego dice que puede disminuir la cantidad que convocó para comprar, sin acuerdo de nadie. ¿Qué quiere decir esto? Alguien hace sus cálculos de producción o de importación de un producto, por el volumen llega a un determinado precio, vende cien toneladas de algo y el Estado -que compra por un buen precio, por el volumen- luego lo distribuye entre las distintas unidades que iban a comprar pequeñas cantidades, pero que se unieron para comprar cien toneladas. Pero tal vez en la UCA le dicen que mejor le van a comprar diez toneladas, claro que al mismo precio. No parece razonable que sea así, porque perjudicarán a quien dio un precio en función de un volumen. Todos sabemos que el volumen hace al precio, a la cantidad de la importación o a la preparación de una unidad de producción para un volumen determinado. ¿Qué pasará con esto? Para cubrirse, los proveedores aumentarán el precio, porque se los convoca por una cantidad y se les compra cualquier otra cantidad menor. Y después que licitaron y ofertaron, están obligados a vender. Se les quita lo que dice el artículo 517 originalmente, que es su consentimiento para bajar el volumen. Esto no nos parece razonable, no solo pensando en los derechos de aquel que ofertó en determinadas condiciones y quien se las cambia unilateralmente

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: se trata de dar cierta flexibilidad a la UCA para que no incurra en costos innecesarios. Esto tiene que ver, precisamente, con la responsabilidad en el manejo de los fondos públicos. A veces, estas compras se hacen a mediano plazo y, quizá, a largo plazo, pero esas cantidades pueden variar, por diferentes circunstancias, entre ellas, por el avance en la producción de nuevos bienes o servicios. Si se establece una cierta rigidez en los límites mínimos de compra -no estamos hablando de límites máximos, para que no quede ninguna duda de que pueda haber otro tipo de manejos- y el Estado no necesita comprar, si no tuviéramos esa facultad, estaríamos obligados a hacerlo de cualquier manera. Por lo tanto, es una cuestión de buena administración para manejar los recursos de todos tener flexibilidad a fin de no incurrir en la compra de insumos que luego el Estado puede no necesitar o no ser los más convenientes en la oportunidad en que, con el correr del tiempo, se reciban esos bienes. Por eso, en la redacción original se hablaba de topes, tanto mínimos como máximos. De todos modos, en la comisión se limitó la flexibilidad exclusivamente a los topes mínimos. Si los artículos no son necesarios o convenientes en determinado momento, se podrá comprar por los montos mínimos.

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SEÑOR LAFLUF palabra.

HEBEICH

(Omar).-

Pido

la

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: el Ministerio de Economía y Finanzas no pudo explicar este artículo. Quiero dejar claro lo que pasa. El artículo dice que tres directores -de las Unidades Macroeconómica y Financiera, Presupuesto Nacional y de Deuda- serán designados mediante acto administrativo del jerarca del Inciso -es decir, del señor ministro Astori-, pudiendo recaer en un funcionario público. El “pudiendo recaer” quiere decir que puede ser funcionario público o no. Cuando la designación recaiga en un funcionario público, se podrá optar entre dos remuneraciones: la del cargo que reservan -digamos que viene de la DGI; entonces, va a cobrar el sueldo de la DGI- o la del director de la unidad correspondiente. Y ¿cuándo no es funcionario público? ¿Quieren leer el artículo para ver si encuentran el sueldo o alguna referencia? ¿Cuánto les van a pagar? ¿Qué es esto? Es un cargo de particular confianza política por acto administrativo. Por lo tanto, cualquiera puede dirigir estas tres unidades ejecutoras; puede ser funcionario público o no. ¿Quién lo designa? El jerarca del Inciso por acto administrativo, una resolución. No se pone ningún requisito. Puede ser un experto, un idóneo, un novato o un dirigente político, da lo mismo; acá no lo dice. Se supone que no van a poner a alguien que no sepa. Pero el formato es el de un cargo de particular confianza política que no se crea por ley. Por ley se da al señor ministro la discrecionalidad de resolver quiénes van a dirigir estas unidades por acto administrativo. Además, si no es un funcionario público, no dice cuánto cobra. Si fuese un cargo de particular confianza política, se establecería la referencia para fijar el sueldo, es decir, la Ley Nº 15.809 -por algunos de los literales del artículo 58- o la ley de 2012, que ata el cargo de particular confianza a algunos de los porcentajes del sueldo de un señor senador. Acá no se especifica nada. Entonces, hay un vacío enorme, más allá de la discrecionalidad de designar tres cargos de particular confianza política, que no se confiesa que lo son. Si alguien me puede decir cuál es la diferencia entre esto y un cargo de particular confianza política, se lo agradeceré. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: honestamente, no termino de entender cómo pretende funcionar el Estado con este sistema de compras y cómo será posible que alguien que le venda algo por cien, a través de una licitación -probablemente, el empresario deba importar productos para producir la mercadería que el Estado le demanda-, después acepte que el Estado le compre la mitad de lo que la empresa produjo. Creo que el Estado se va a comer un mundo de problemas por este sistema de compras. No se precisa ser máster en comercio para darse cuenta de que esto no va a funcionar. El vendedor prevé y duplica el precio por si le compran la mitad, o esto no marcha. Es imposible pensar que a alguien le adjudiquen una licitación de compra por cien y que después le terminen comprando la mitad. Realmente, estamos alertando para que no se cometa este error. Digo esto porque, la mayoría de las veces, el Estado gasta el doble de lo que previó. En ese caso, el negocio es mejor para el empresario porque se compra cien y se termina en trescientos. Si no es así, estamos alertando de algo que va a traer problemas. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 206. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 207. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y tres en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 208. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR GROBA (Óscar).- Si estamos votando, estamos votando. SEÑOR PENADÉS votando”, ¡nada! (Gustavo).”Si estamos

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico a usted, que por esta única vez desisto la convocatoria de la Cámara para suplir al Diputado Alejo Umpiérrrez. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, Gloria Canclini”. Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rocha, Alejo Umpiérrez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Gloria Cristina Canclini Otton. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E:

(Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se suspende la sesión por unos minutos.

8.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Alejo Umpiérrez, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Juan José Amorín Astigarraga. Del señor Representante Rodrigo Goñi Reyes, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Gastón Cossia”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y nueve: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes pondientes, y se les invita a pasar a Sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente y al amparo del inciso 3 de la Ley N° 17.827, (motivos personales) solicito licencia por el día de la fecha. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, ALEJO UMPIÉRREZ Representante por Rocha”. corres-

1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rocha, Alejo Umpiérrez, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Gloria Cristina Canclini Otton. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Juan José Amorín Astigarraga. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales para la sesión del día 13 de octubre y se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular lo saluda atentamente, RODRIGO GOÑI REYES Representante por Montevideo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Verónica Baranzano”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Juan Curbelo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Daniel Graffigna”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Rodrigo Goñi Reyes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Verónica Baranzano, Juan Curbelo y Daniel Graffigna. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Rodrigo Goñi Reyes, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Verónica Baranzano, Juan Curbelo y Daniel Graffigna. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 40, del Lema Partido Nacional, señor Gastón Cossia. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

9.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: todos los legisladores sabemos -fundamentalmente los que trabajamos en las Comisiones de Hacienda y Presupuestos- la importancia que han tenido en los

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últimos años los cargos del Ministerio de Economía y Finanzas, vinculados con la Unidad Macroeconómica y Financiera, la Unidad de Presupuesto Nacional y la Unidad de Gestión de Deuda. Anteriormente existía la posibilidad de contratar funcionarios mediante el régimen de alta prioridad, pero esa norma fue derogada. Estas unidades funcionaban como simples asesorías del ministro. Con el tiempo se han ido institucionalizando, y conforman unidades con mucha potencia, absolutamente necesarias para llevar adelante todo el proceso de gestión, nada más y nada menos, que de la economía y de las finanzas de nuestro país. Todos conocemos quiénes están desempeñando estos cargos. Dos de ellos son funcionarios del Banco Central, y por lo tanto perciben la retribución del Banco Central. El Director de la Unidad de Gestión de Deuda fue contratado anteriormente, al amparo del artículo 22 de la Ley Nº 14.189, que también fue derogada. Por lo tanto, es necesario que el ministerio cuente con personas que no solamente sean de confianza política, sino de estricta confianza técnica, con capacitación de primer nivel, lo cual no es fácil encontrar en el país. Es más: no es fácil encontrarlos desarrollando la función pública. Por eso, es importante que estos funcionarios que se desempeñan en el Banco Central tengan la posibilidad de trabajar al lado del ministro, en la Unidad Macroeconómica y en la Unidad de Presupuesto Nacional, en la estructura orgánica del ministerio y, en particular, en la Dirección General de Secretaría. Estamos hablando de funciones de conducción de las tres áreas más importantes del ministerio, que dependen de la Secretaría General. De ellos depende, en gran parte, el funcionamiento de la economía del país. Por lo tanto, en este artículo se eligió una forma similar a las funciones de conducción. El problema obviamente radica en los límites retributivos porque, como decíamos, no es fácil conseguir personas con la idoneidad y la formación necesaria para cumplir con estas funciones, y que releguen los trabajos en otras organizaciones públicas o privadas, con la responsabilidad que tienen, más allá de la retribución. Entendíamos que este artículo estaba suficientemente fundamentado, pero estamos a lo que decida la Cámara y, en particular, nuestra bancada. Si este tema merece más discusión, y no llegamos a un acuerdo después de lo que explicamos,

proponemos desglosar el artículo y tratarlo al final del Inciso o cuando la Cámara lo estime conveniente. No queremos que esto se convierta en un escollo para seguir avanzando. Gracias. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente: hay que aclarar que cuando el ministerio vino a la comisión dio cuenta de este artículo y lo explicó no sólo a través del subsecretario, sino de otros miembros del equipo económico, en particular, de la señora Susana Díaz. La situación presenta dos complejidades. En primer lugar, estas unidades han tenido un desarrollo novedoso en el país, porque estos funcionarios antes trabajaban como adscriptos al ministro. Pero ocurre que ahora no se puede hacer funcionar unidades de gestión de la importancia que estas han tomado con adscriptos al ministro. En segundo término, la idoneidad técnica es central en todo esto; es mucho más importante que la confianza política. No son cargos de confianza política. Adviertan que la anterior directora de la Unidad de Gestión de Deuda fue la candidata a Ministra de Economía y Finanzas del Partido Nacional y la directora de la Unidad de Gestión de Deuda de los gobiernos frenteamplistas durante los últimos años. O sea que se le dio prioridad a la idoneidad técnica por encima de cualquier consideración política, porque todos sabíamos que era blanca. Se trata de roles de conducción muy importantes, muy sensibles. El director de la Unidad de Gestión de Deuda es nada menos que quien toma decisiones sobre cómo se va manejando, cuándo salimos al mercado, si salimos a comprar o vender, si utilizamos reservas para recomprar títulos que emitimos antes. Esta gente toma decisiones sumamente técnicas, que involucran intereses del país muy delicados y en los que hay muchísimo dinero en juego. El Ministerio vino -yo estaba en sala- a presentar un problema y están buscando una forma adecuada de resolverlo. El problema es que hay tres unidades que han tomado una importancia muy grande y para dirigirlas se necesita gente de altísima capacidad, que

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es muy difícil de encontrar y no se va a poder dedicar de manera full time con los salarios que se pagan a un adscripto, que es el 70 % o el 90 % del salario del director general del ministerio. Directamente no se puede conseguir. El equipo económico intentó presentar esta situación. Trajo una propuesta de solución y si no convence, estamos dispuestos a seguir pensándolo. En última instancia, me parece que la Cámara debería dar a la conducción económica alguna clase de solución y no simplemente presentarle objeciones sobre la que ha planteado. El problema está planteado; ha empezado por el Ministerio de Economía y Finanzas pero tal vez terminemos teniéndolo en otras áreas. Hay ciertos niveles de conducción que requieren de una idoneidad de tal magnitud que hay pocos profesionales en el mercado que los pueden desempeñar y el Estado no puede acceder a ellos si no tiene la posibilidad de remunerarlos de una forma que tenga algo que ver con lo que se les paga en el mercado por su función. Es cuanto quería decir. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

dirección. Es la posibilidad que existe: que vengan y opten por el sueldo que traen de la DGI o del Banco Central. Si tuvieran que optar por el sueldo de la unidad no van a encontrar funcionarios de jerarquía -se acaba de decir-, porque es muy bajo. Entonces, una opción es establecer que serán funcionarios de particular confianza política -eso no quiere decir que voten al partido de gobierno sino que el jerarca les tiene confianza desde el punto de vista político y, en este caso, por ser cargos técnicos les tendrá confianza en la coincidencia de la conducción económica-; se les da un bruto sueldo, por ejemplo, el 70 %, el 80 % o el 90 % del sueldo de senador -establecido por ley- y blanqueamos el tema. Son tres cargos de particular confianza más. Si son funcionarios públicos, reservan su cargo, como lo hacen los cargos de particular confianza; inclusive se les puede dar la posibilidad de que opten por el salario que traen, si es mejor. Entonces, establecemos tres cargos de particular confianza y la ley los determina así o buscamos una solución como la que planteé primero. Esta no es una solución, porque hay una designación directa por acto administrativo del ministro, sin ningún procedimiento de selección. Además, queda un vacío: si esa persona no es funcionario público y le quieren pagar bien, no dicen cuánto le van a pagar. Eso les va a generar un problema: no tienen marco legal que los habilite y los va a observar el Tribunal de Cuentas, la contaduría del ministerio, etcétera. Me parece que hay que pensarlo un poquito más y hacerse cargo de la decisión. Nosotros no les vamos a votar cargos de particular confianza pero, por lo menos, queda bien establecido. Así, la verdad es que no parece tan adecuado. Reitero: quizás haya que pensarlo un poquito, ya que todavía quedan muchas horas de trabajo por delante. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: entiendo el problema. Ya lo hice cuando lo planteó el ministerio; lo que pasa es que no nos traen una solución y, entonces, es muy difícil encontrarla en esta Casa. Además, esta solución es muy mala, si se trata captar a través de la retribución un tipo de personal altamente calificado. Se propone que si es funcionario público, pueda optar entre el salario del director de la unidad -que es muy bajo- y el que trae. Le va a servir si es funcionario de la DGI y viene con todo -la dedicación exclusiva y demás- o si es funcionario de algún organismo como el Banco Central; de lo contrario, no le sirve. Además, nos dejan un gran vacío: si no se encuentra a esos funcionarios, no se dice cuánto ganan. Entonces, si lo que queremos es que vengan esos, yo les doy la solución. Hay que decir: la designación de los directores de las unidades organizativas tales y cuales recaerá en funcionarios que pasen en comisión, que mantendrán la retribución completa de su cargo de origen. El ministro los pasa en comisión y les da la función de

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: no quiero retrotraerme a discusiones de la sesión de ayer, porque bastante tenemos por delante, pero tal vez me expresé mal o no fui bien comprendida.

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Efectivamente, se necesitan cargos políticos y cargos de confianza técnica que no tienen nada que ver con el origen político. Estamos totalmente de acuerdo. Eso era lo que quería decir ayer. Ahora bien, sería bueno que ese criterio se aplicara a todo el Estado, no solo a la economía. Se necesita gente altamente calificada en otras áreas del Estado. Tal vez, si pusiéramos gente altamente calificada en educación, sin considerar el origen político, tendríamos menos problemas y una discusión más breve del presupuesto, porque se solucionarían muchas dificultades. Entre otras cosas, encontraríamos gente calificada en economía que no esté en los organismos internacionales porque le pagan mejor. Eso era lo que queríamos dejar sentado ayer y lo distorsionaron. Aplíqueselo a todas las áreas del Estado o de lo contrario, repito: a un gobierno que se dice progresista y de izquierda lo único que le importa es la economía y la negociación de la deuda; todo lo demás no le interesa. Muchas gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejando Sánchez).- Se va a votar el desglose del artículo 208. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 209. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y uno: AFIRMATIVA.

10.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Nicolás J. Olivera, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Patricia Mónica Vásquez Varela. Licencia en misión oficial, literal C) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Jorge Pozzi, por el período comprendido entre los días 26 de octubre y 1° de noviembre de 2015, para participar de la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba, convocándose a la suplente siguiente, señora Jacqueline Ubal”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: teniendo en cuenta las consideraciones que se han hecho en sala, quisiéramos solicitamos el desglose del artículo 208 para no trancarnos en esta discusión. Inclusive, un diputado preopinante ya planteó que hay tiempo para resolverlo; en ese sentido, sería conveniente que pudiéramos conversar entre los integrantes de nuestra bancada y realizar las consultas correspondientes al Ministerio de Economía y Finanzas que promovió esta solución. Nuestra intención es asegurar que la conducción en estas áreas sea la más técnica y mejor posible pero, a su vez, dando seguridad jurídica a quien toma la decisión de contratar o seleccionar a estos funcionarios por su idoneidad técnica. Entonces, nuestra propuesta concreta es que desglosemos este artículo y que sigamos discutiéndolo cuando haya una formulación que pueda superar las objeciones que se han planteado.

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(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por motivos personales me encuentro impedido asistir el día 13 de octubre del corriente, solicitando a estos efectos la licencia correspondiente. Saluda atentamente, NICOLÁS OLIVERA Representante por Paysandú”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Con motivo de la licencia solicitada por el Diputado Nicolás Olivera, en mi carácter de 1er. suplente para ocupar la banca, comunico a usted que por aspectos particulares desisto, por ésta única vez, de la convocatoria a ocupar la misma. Saluda atentamente, María Dolores Álvarez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Nicolás J. Olivera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora María Dolores Álvarez López. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Paysandú, Nicolás J. Olivera, por el día 13 de octubre de 2015.

2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora María Dolores Álvarez López. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señora Patricia Mónica Vásquez Varela. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 12 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia en el período comprendido entre el día 26 de octubre y 1° de noviembre del presente año, dado que he sido convocado por el Parlamento Latinoamericano a participar en la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Organismo, la que tendrá lugar en la ciudad de Oranjestad, Aruba. (Se adjunta invitación). Sin más, lo saluda atentamente, JORGE POZZI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 12 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi en el período comprendido entre el 26 y 1° de noviembre. Sin más, lo saluda atentamente, Mónica Díaz”. “Montevideo, 12 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual

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he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi en el período comprendido entre el 26 y 1° de noviembre. Sin más, lo saluda atentamente, Jorge Rodríguez”. “Montevideo, 12 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi en el período comprendido entre el 26 y 1° de noviembre. Sin más, lo saluda atentamente, Matías Rodríguez”. “Montevideo, 12 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi en el período comprendido entre el 26 y 1° de noviembre. Sin más, lo saluda atentamente, Julio Pérez”. Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi, para participar de la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 26 de octubre y 1 de noviembre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Mónica Díaz, Jorge Rodríguez, Matías Rodríguez y Julio Pérez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de

24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi, por el período comprendido entre los días 26 de octubre y 1° de noviembre de 2015, para participar de la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Mónica Díaz, Jorge Rodríguez, Matías Rodríguez y Julio Pérez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99738, del Lema Partido Frente Amplio, señora Jacqueline Ubal. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

11.- Presupuesto Nacional -Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. En discusión el artículo 210. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: creo que deberíamos votar los artículos 210 y 211 en bloque, en la medida en que se trata de una reasignación y una disminución de créditos para las unidades ejecutoras que allí se mencionan. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Según el listado que obra en poder de la Mesa, habría partidos políticos dispuestos a votar el artículo 211, pero no el artículo 210. Por lo tanto, correspondería considerarlos por separado. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

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(Se vota) ——Setenta y nueve en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 211 y 212, que se votarán en bloque. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

——Sesenta y uno en noventa y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente: según nos ha informado la secretaría de la comisión esta mañana, en el artículo 212 debería hacerse una pequeña corrección y creo que podemos efectuarla verbalmente. El original del artículo 212 hace mención a la Ley Nº 5.517, cuando debería decir “Ley Nº 5.157”. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 212 con la modificación propuesta. (Se vota) ——Setenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. (Texto del artículo aprobado:) “Artículo 212.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a autorizar los reintegros de ‘Depósitos paralizados’ vertidos al Tesoro Nacional en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley Nº 5.157, de 17 de setiembre de 1914, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 10.603, de 23 de febrero de 1945”. ——En discusión el artículo 213. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 214. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en noventa: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 215 y 216, que se votarán en bloque. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quisiera dejar constancia de que el Partido Nacional no ha votado estas dos disposiciones por razones que ya se han invocado en forma reiterada a lo largo de este debate presupuestal. En efecto, estamos en un terreno ajeno a las normas presupuestales, en la medida en que el artículo 215 introduce modificaciones a la ley de sociedades comerciales -la N° 16.060- y el artículo 216 propone cambios en la ley de inclusión financiera, de aprobación reciente. No nos parece pertinente avanzar en el camino de introducir este tipo de modificaciones sin mayor análisis, como ocurrió durante el tratamiento del proyecto de ley presupuestal en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. También vamos a votar en contra el artículo 217, en este caso, porque introduce cambios en la ley de cooperativas que el Parlamento aprobó con modificaciones en el año 2013, cuya norma originaria es de 2008. Nos parece pertinente que quede esta constancia a los efectos de la historia fidedigna del tratamiento de este proyecto de ley de presupuestos. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejando Sánchez).- En discusión el artículo 217. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 218, 219, 221, 222, 226, 233, 238, 241 y 247, que se votarán en bloque. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: solicitamos que se retire del bloque el artículo 238. En el momento de la discusión, el Partido Nacional va a solicitar un intermedio de veinte minutos.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque propuesto, con excepción del artículo 238. (Se vota) ——Noventa y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 220. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

fórmula que se nos trae. A nosotros nos daría más tranquilidad -no estamos atribuyendo intenciones; estamos hablando con toda objetividad- que se mantuvieran las competencias debidamente establecidas por la norma actual. Por esta razón nos parece inconveniente la solución que ha propuesto el Poder Ejecutivo y no la vamos a votar. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional no va a votar el artículo 220, que consagra una modificación a la norma vigente en cuanto a las competencias de la Auditoría Interna de la Nación. Si bien cuando vino a la comisión la delegación del Ministerio de Economía y Finanzas adujo que esta propuesta procuraba actualizar y modernizar los términos legales en los cuales está prevista la definición de competencias de este organismo de relevante importancia, francamente no nos satisface la fórmula que se propone, porque a partir de una suerte de generalización de las competencias o de agrupamiento en estos tres numerales de competencias que antes estaban desarrolladas en siete numerales -así está previsto en el artículo 104 de la Ley N° 16.736- el efecto que se produce es una suerte de restricción en cuanto a definir las competencias de la Auditoría Interna de la Nación. Creo que no es necesario dar testimonio de su importancia institucional y administrativa, porque se trata de un organismo que obviamente fiscaliza y audita la gestión pública, la gestión de la administración de todos los organismos del Estado y, por lo tanto, desde ese punto de vista, reviste una enorme significación. Aquí, sin ir más lejos, hay algunas previsiones de las vigentes, por ejemplo, verificar el movimiento de fondos y valores de la tesorería; verificar la adecuación de los estados contables y presupusetarios; fiscalizar la emisión de valores fiscales; supervisar el cumplimiento del control del régimen de asistencia; horarios, licencias de los recursos humanos de la administración, etcétera, que en la nueva versión no aparecen. Se nos dice que en realidad están subsumidos o incluidos implícitamente por la

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: tal como se explicó en la comisión, en este artículo se trata de resolver un problema de la anterior redacción, pues se confundía cometidos con procedimientos. Quienes conocen las normas internacionales de auditoría tanto pública como privada saben que en cualquier dictamen se siguen las normas y los procedimientos, y se establecen las reglas que deben cumplirse para emitir un informe. Muchos de los actuales cometidos de la Auditoría Interna de la Nación son procedimientos, como hace un momento mencionaba el señor diputado Abdala. Entonces, lo mejor es adecuarnos a la terminología más aceptada internacionalmente de cuáles son los cometidos de una auditoría pública para cumplir con su función y no confundirnos con los procedimientos que debe aplicar para llevar adelante sus cometidos. Obviamente, si hay una intervención de la Auditoría en cualquier procedimiento general, tiene que hacerse con todos los procedimientos indicados en las normas de auditoría establecidas a nivel nacional e internacional, tanto para la contabilidad pública como para la de las entidades privadas. Por lo tanto, de lo que se trata es de ampliar los cometidos sin hacer referencia a los procedimientos que, por supuesto, en esos cometidos ampliados deberán llevarse adelante para poder cumplir con las normas que rigen la emisión de dictámenes de auditoría, reitero, tanto en el ámbito público como en el privado. Gracias, señor presidente. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: las expresiones del señor diputado Asti solo han logrado reafirmar nuestra tesitura, nuestra posición. Si el fundamento, el argumento era desbrozar o despejar el cometido del concepto de procedimiento, podría ser atendible como propósito, pero en realidad este no se logra. Creo que quienes terminan confundiendo procedimientos con cometidos, precisamente, preconizan o postulan la propuesta que la Cámara en este momento está analizando. Verificar el movimiento de fondos no es un procedimiento, es un cometido; en función del principio de especialidad del derecho público, se le encarga, se le da la obligación de hacer a este organismo con relación a esta tarea. Supervisar el cumplimiento de los servicios personales en la Administración pública no es un procedimiento, es un cometido. Se me podrá decir que procedimiento es realizar informes periódicos de resultados. Está bien; entonces, eliminen eso. No eliminen el cometido de supervisar si se cumplen debidamente los servicios personales en el ámbito de la administración; de lo contrario, a la conclusión que tenemos que llegar es que para curar una enfermedad matamos al enfermo. Es decir, como en determinados numerales hay una suerte de indicación o de sugerencia de cuáles son los procedimientos que se deben aplicar, entonces, eliminamos el cometido. Aquí hay una eliminación de cometidos. En derecho público no se aplica la norma haciendo suposiciones o deducciones; por lo tanto, no alcanza con decir que esos cometidos habrán quedado incluidos en las nuevas formulaciones. Tal vez, podría entenderse eso; nosotros no lo vemos. Por lo expuesto, creo que está muy mal lograda la solución y por esa razón no la vamos a votar. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 220. (Se vota) ——Cincuenta y tres en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 223. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y uno en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 224. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cuatro:

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: no hemos votado este artículo en razón de que advertimos que estamos ante una perforación del Estatuto del Funcionario Público, que este Parlamento discutió y analizó -como consta al señor presidenteen el período pasado y que fue motivo de un proceso de discusión tanto en el ámbito social, de la negociación colectiva con COFE, con los gremios del sector público, como a nivel del sistema político entre los partidos representados en el Parlamento. Nos parece que este artículo desvirtúa lo que se suponía eran los propósitos que el estatuto perseguía, es decir, la uniformización de determinados aspectos clave en la construcción de la carrera administrativa, en los niveles retributivos de la administración, a los efectos de introducir racionalidad, coherencia. Entre otras cosas, se decía que era necesario que en la Administración pública hubiera equivalencia y uniformidad a la hora de las retribuciones personales, para que no se ganara distinto según el lugar en el que se desempeñara la función pública, dependiendo si se trata de un ente autónomo o de la repartición de un ministerio, a diferencia de la repartición de otro que gane más o menos, sin que eso responda al principio de igual función, igual retribución. El Estatuto del Funcionario Público, por otra parte, consagró el establecimiento de una Comisión de Análisis Retributivo, que se suponía estaba llamada a ser aquella que estudiara los distintos componentes retributivos de la Administración pública, de los salarios públicos, de los ingresos de los funcionarios públicos, precisamente para avanzar en el camino de la uniformización de criterios y de resultados. Por lo tanto, aquí se establece una excepción para los funcionarios de la Dirección General Impositiva y de la Aduana que no compartimos, porque entendemos que va en contra de los principios generales que el Gobierno del Frente Amplio, por lo menos en el

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período pasado, puso por delante para justificar la aprobación de aquel Estatuto que tanta polémica, división y discrepancias generó en su momento. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

con este también otros que componen una serie de siete disposiciones -todas ellas prácticamente subsiguientes- que modifican el Código Aduanero, de reciente aprobación por el Parlamento. Cuando comparecieron autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas y preguntamos al señor director nacional de Aduanas qué fundamentos justificaban estas modificaciones, apenas alcanzó a darnos una explicación sucinta, unos grandes titulares, entre otras cosas porque tuvo que abandonar raudamente el ámbito de la Comisión de Presupuestos porque lo estaban esperando en la Presidencia de la República para una reunión. Por supuesto que el señor director nacional de Aduanes tiene derecho a tener reuniones en la Presidencia de la República y a estar apurado, pero a lo que no hay derecho es a pedir al Parlamento que a las apuradas modifique ni más ni menos que el Código Aduanero, a partir de una serie de disposiciones que introducen modificaciones sustantivas. Quiero reiterar lo que dije en la Comisión de Presupuestos en cuanto a que en el período pasado la Comisión de Hacienda -que quien habla integraba en ese momento- hizo un trabajo muy serio, muy profundo, muy a conciencia en cuanto a actualizar la legislación aduanera y dar al país un nuevo Código Aduanero, que tuvo una base muy amplia de apoyo y fue respaldado por todos los partidos políticos, que lo votamos casi en su integridad, salvo seis o siete artículos, según recuerdo. Ahora, pocos meses después, cuando recién está empezando a aplicarse la nueva legislación aduanera y, además, esta fue bastante accidentada, como recordarán los señores legisladores -hace pocos meses tuvimos que votar una suerte de modificación o de prórroga de la vigencia del Código Aduanero con efecto retroactivo, ya que había empezado a aplicarse y el Poder Ejecutivo no lo había advertido y, por lo tanto, nos mandó el pedido de prórroga con retraso-, que ahora se nos venga a solicitar que introduzcamos modificaciones al Código, francamente nos resulta un exceso. Creo que es una pésima forma de legislar y ni siquiera hemos tenido el tiempo suficiente de ponderar las virtudes, si es que las tiene, de las modificaciones que el Poder Ejecutivo sugiere. Esto debería ser desglosado y remitido a la Comisión de Hacienda para su análisis reflexivo y ponderado. Por esas razones no votamos en la

SEÑOR ASTI.- Señor presidente: precisamente, refiriéndonos al Estatuto del Funcionario Público, ya en su artículo 102 ponía las excepciones que regían para determinados funcionarios con regímenes especiales de trabajo o de retribución y, en particular, estaban los de la Dirección General Impositiva y -como vamos a ver en el artículo siguiente- los de Casinos. Por esta disposición se está precisando las excepciones que prevé la Ley N° 19.121. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 225. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 227. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 228. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 229. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 230. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional va a votar en contra este artículo y

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Comisión y tampoco lo haremos en el plenario, las disposiciones a las que hice referencia. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 230. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 231. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 232. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 234. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 235 y 236, que se podrían votar en bloque. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 237. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cinco: AFIRMATIVA. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar el desglose de los artículos 238 y 239 propuesto. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y cinco: AFIRMATIVA. Han quedado desglosados. En discusión el artículo 240. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo 242. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja N° 30, presentado por la señora diputada Elisabeth Arrieta y los señores diputados Gustavo Penadés, Sebastián Andújar, Benjamín Irazábal, Jorge Gandini, Alberto Perdomo Gamarra, Alejo Umpiérrez, Edmundo Roselli, Ruben Bacigalupe y Germán Cardoso. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 242.- La Dirección Nacional de Catastro, en oportunidad de inscribir planos de mensura que impliquen una mutación catastral, dejará constancia de las resultancias de la misma mediante entrega de la cédula catastral ampliada, expedida a los efectos de su agregación a los títulos de propiedad. Derógase el artículo 252 del DecretoLey Nº 14.189, de 30 de abril de 1974, en la redacción dada por el artículo 183 del DecretoLey Nº 14.416, de 28 de agosto de 1975”. ——En discusión. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: ¿queda algún artículo del Inciso por votar? Si así fuera, proponemos que se terminen de votar todos los artículos, salvo los dos por los cuales vamos a pedir el intermedio, pasar a intermedio, volver a sala y luego sí poner a consideración esas dos disposiciones. (Interrupciones)

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: solicito que se desglose el segundo inciso de este artículo. Creo que con esto superaremos la necesidad de votar el artículo sustitutivo que se presentó en la Hoja N° 30. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

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SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: varias intendencias han hecho planteos con relación a este artículo -inclusive, hubo una reunión en la que participaron las intendencias de Canelones, Rocha, Maldonado, Colonia y San José, con sus equipos técnicos-, objetando su segundo inciso. Por eso, los equipos técnicos de las intendencias propusieron un artículo sustitutivo, que es el que figura en la Hoja N° 30 y fue presentado con la firma de varios diputados. En definitiva, la diferencia entre lo que proponen esos equipos técnicos y el artículo que viene en el mensaje original es el segundo inciso. Por lo tanto, si se desglosa el segundo inciso y se vota negativamente, no sería necesario votar la Hoja N° 30. Queríamos aclarar que se presentó ese artículo sustitutivo, en el que se excluye el segundo inciso, tal como mandaron los equipos técnicos, pero desde el punto de vista de la resolución de la Cámara es correcto lo que planteó el señor diputado Asti en cuanto a que quitando el segundo inciso se salva la objeción de los gobiernos departamentales. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 242, con la exclusión del segundo inciso, cuyo desglose ha sido solicitado. (Se vota) ——Noventa y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el segundo inciso del artículo 242. (Se vota) ——Cero en noventa y tres: NEGATIVA. Unanimidad. En virtud de lo expresado y de que la Cámara ha votado lo mismo que figura en la Hoja N° 30, esta queda descartada. (Apoyados) ——En discusión el artículo 243. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cinco en noventa y cinco:

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: simplemente, quiero dejar constancia de que el Partido Colorado votó en contra de esta norma. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 244. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 245. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 246. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. nueve en noventa y cuatro:

12.- Intermedio
SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).intermedio de veinte minutos. Sánchez).-

Solicito

otro

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa y tres: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 12 y 8) ——Continúa la sesión. (Es la hora 12 y 40)

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SEÑOR MIER (Edgardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 17.827, solicito licencia por motivos personales, por los días 13 y 14 de octubre del 2015. Saluda atentamente, WILSON EZQUERRA Representante por Tacuarembó”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente quien suscribe, Dr. Juan Antonio Otegui Saralegui, – Credencial Cívica TAA 50.023, titular de la cédula de identidad N° 3.738.036-8 – en calidad de primer suplente del Representante Nacional electo por el Departamento de Tacuarembó – Wilson Aparicio Ezquerra Alonso – le comunico que en esta ocasión no acepto la convocatoria de la cual se me ha solicitado por los días 13 y 14 de octubre del presente año. Saludo a usted atentamente, Juan Antonio Otegui”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por ésta única vez no acepto la convocatoria de la cual fui objeto. Saludo a usted atentamente, Rosario de León”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Wilson Aparicio Ezquerra Alonso. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 13 y 14 de octubre de 2015.

SEÑOR MIER (Edgardo).- Señor presidente: solicito un nuevo intermedio hasta la hora 13 y 30, para resolver los temas que la bancada tiene pendientes, no interrumpir más el tratamiento del presupuesto y continuar con su consideración toda la tarde. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Treinta y uno en treinta y dos: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 12 y 41) ——Continúa la sesión. (Es la hora 13 y 42)

13.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Wilson Aparicio Ezquerra Alonso, por los días 13 y 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Valentín Rodríguez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y nueve en sesenta y cuatro:

Queda convocado el suplente correspondiente y se le invita a pasar a sala.

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II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Juan Antonio Otegui y Rosario De León. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Wilson Aparicio Ezquerra Alonso, por los días 13 y 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Juan Antonio Otegui y Rosario De León. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5050, del Lema Partido Nacional, señor Valentín Rodríguez. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

——Continúa la sesión. (Es la hora 13 y 52) SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: solicito otro intermedio de diez minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cinco en ochenta y nueve:

La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 13 y 54) ——Continúa la sesión. (Es la hora 14 y 2)

15.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:)

14.- Intermedio
——Correspondería tículos 238 y 239. pasar a considerar los ar-

“La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Susana Montaner, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Eduardo Suney Barros. Del señor Representante Saúl Aristimuño, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Washington Umpierre. Del señor Representante Mario Ayala Barrios, por los días 13 y 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Wilma Moraes. Del señor Representante Gustavo Penadés, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Antonio Zoulamian.

La Mesa solicita a todos los señores legisladores que ocupen sus bancas a fin de continuar con la sesión en el día de la fecha. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: solicito un intermedio de cinco minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cinco en ochenta: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 13 y 45)

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De la señora Representante Mercedes Santalla, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Viera”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y dos: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día 14 de octubre de 2015. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima, SUSANA MONTANER Representante por Tacuarembó”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Auber Agapito Leal, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Agapito Leal”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Dante Dini, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada

por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Dante Dini”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Claudia Mabel Azambuya, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Claudia Azambuya”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Ximena Bellozo, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Ximena Bellozo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Pablo Castro, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Pablo Castro”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Tacuarembó, Susana Montaner. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Agapito Leal, Dante Dino Luis Emilio Dini Siqueira, Claudia Azambuya, Ximena Bellozo y Pablo Castro Albernaz. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Tacuarembó, Susana Montaner, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Agapito Leal, Dante Dino Luis Emilio Dini Siqueira, Claudia Azambuya, Ximena Bellozo y Pablo Castro Albernaz. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2215, del Lema Partido Colorado, señor Eduardo Suney Barros. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, y conforme al inciso 3 del artículo 1° de la Ley N° 17.827, solicito licencia por motivos personales por los días 14 y 15 de octubre del corriente año y se convoque para el mismo a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, SAÚL ARISTIMUÑO Representante por Rivera”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Saúl Aristimuño. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rivera, Saúl Aristimuño, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711100177, del Lema Partido Frente Amplio, señor Washington Umpierre. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo autorización para hacer uso de licencia con la correspondiente convocatoria de suplente, al amparo del inciso 3° del artículo 1° de la Ley Nº 10.618 en la redacción dada por la Ley N° 17.827, ausencias por impedimento basadas en motivos personales por los días 13 y 14 del corriente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente con mi más alta consideración, MARIO AYALA BARRIOS Representante por Artigas”. “Artigas, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del Representante Nacional Mario Ayala presentada en el día de la

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fecha, comunico que por esta única vez desisto de la convocatoria del Cuerpo. Atentamente, Sergio Arbiza”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Artigas, Mario Ayala Barrios. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 13 y 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Arbiza. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Artigas, Mario Ayala Barrios, por los días 13 y 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Arbiza. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Wilma Moraes. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 13 de agosto de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted, para solicitar licencia en el día de la fecha 13 del corriente año. Motiva la misma, temas personales. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, GUSTAVO PENADÉS Representante por Montevideo”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, quien suscribe Esc. Gustavo Borsari, desisto por esta única vez de la convocatoria de la cual fui objeto por la licencia solicitada del Representante Nacional Gustavo C. Penadés, para el día 13 del corriente. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, Gustavo Borsari Brenna”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Gustavo Borsari Brenna. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Gustavo Borsari Brenna. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Antonio Zoulamian. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota remito a usted la presente solicitud de licencia por motivos personales para el día de la fecha, solicitando además se convoque a mi suplente respectivo Mtro. Nicolás Viera. Sin otro particular, le saluda atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Viera. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

SEÑOR CARDOSO (Germán).intermedio de quince minutos.

Solicito

un

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cinco: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 14 y 5) ——Continúa la sesión. (Es la hora 14 y 23)

17.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. Estaba en consideración el artículo 238. SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Pido la palabra para hacer una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Señor presidente: el literal M) del artículo 104 del Reglamento establece que todo representante está obligado: “A declarar ante la Cámara o la Comisión que integre, toda vinculación personal o de intereses que lo ligue a cualquier gestión, asunto o proyecto de carácter general que se considere”. Si bien ahora estoy jubilado, como estuve vinculado durante cuarenta y seis años a un asunto que tiene que ver con el tema que se va a tratar -aunque ya no-, considero que, por delicadeza y obligación, corresponde señalarlo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 238. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. nueve en noventa y cuatro:

16.- Intermedio
——Continuando con la consideración del asunto en debate… SEÑOR CARDOSO (Germán).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

En discusión el artículo 239. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: no es necesario entrar en debate sobre algunos temas que se van a tratar. Simplemente, el Partido Nacional pretende introducir algunas modificaciones en forma verbal, que conducen a un resultado más beneficioso para la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas y para el Ministerio de Economía y Finanzas, pero también para los beneficiarios que son, en este caso, la AUF y la OFI. Quizás, a efectos de introducir estas modificaciones, lo mejor sería votar el artículo por incisos y presentarlas en el momento de la votación. En síntesis, queremos que se garantice -como dijo el subsecretario de Economía y Finanzas cuando respondió de manera electrónica- la libre competencia, como corresponde; que todos tengan las mismas oportunidades de participar o, por lo menos, de acceder a los llamados correspondientes para emplear esta metodología de apuestas deportivas. De cualquier manera, en la votación por incisos presentaremos las modificaciones y daremos nuestra opinión al respecto. Gracias. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Yo anuncié previamente que no iba a votar este artículo porque no me gusta. No me gusta la timba -ni la legal ni la ilegal- porque trae aparejadas otras cosas. Probablemente, lo que haya dicho aquí no se difunda y la verdad es que no me importa. Algún día alguien va a decir que hay que meterle la mano a este problema, porque si hablamos de que el Uruguay merece una discusión sobre la defensa nacional, sobre las Fuerzas Armadas, hay que decir que también la merece sobre el juego y sobre cómo se financian las elecciones, porque dentro de muy poco tiempo el que no tenga cómo no podrá participar, y eso es absolutamente antidemocrático. Todo tiene que ver con todo en este país tan chiquito. Sencillamente, no voy a votar este artículo y esta noche voy a dormir tranquilo. Gracias, señor presidente. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: quiero plantear un agregado al segundo inciso. Donde dice: “[…] con destino a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a la Organización de Fútbol del Interior”, debería agregarse: “por partes iguales”. Para nosotros es importante claramente establecida la idea de que… que quede

SEÑOR PÉREZ (Darío).- Señor presidente: hace una hora que estamos esperando. Hubo gente que logró parar esta Cámara por una hora y aquí no hay abombados. Busqué la definición de la palabra lobby: “Grupo de presión formado por personas con capacidad para presionar sobre un gobierno o una empresa, especialmente en lo relativo a las decisiones políticas y económicas”. Podría dar por terminada mi alocución, pero el problema es que en este caso hay muchísimo dinero en juego; dinero que nos falta para una cantidad de cosas; dinero para que muchos uruguayos salgan de la pobreza; dinero para que mucha gente pueda ser cuidada o que falta para el Sistema Nacional Integrado de Cuidados; dinero para infinidad de cosas. Y este poderoso lobby ha logrado parar este Parlamento por una hora, por un lado y por el otro.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Perdón, señor diputado, ¿usted habla del cuarto inciso? SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Estoy hablando del segundo inciso. Esa es la propuesta que estábamos haciendo y fundamentando. Entendemos que es más que importante dejarlo claramente establecido, a los efectos de que no exista ningún tipo de confusiones y de que el fútbol del interior del país pueda recibir el 50 % de lo que se recauda en relación al aumento del IVA. Gracias, señor presidente. SEÑORA PEREYRA (Susana).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

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SEÑORA PEREYRA (Susana).- Señor presidente: debo confesar que en la bancada, por la dinámica de trabajo que tuvimos, no tocamos en profundidad este artículo y convinimos que lo resolviera el Senado, que será la próxima Cámara en tratar el tema. No obstante, hicimos una consulta al señor subsecretario por este artículo y por una apreciación que queríamos hacer al Poder Ejecutivo, porque nos parecía que dejarlo librado solo a la Banca de Quinielas era acotar las posibilidades de quienes pudieran llevar esto adelante. Concretamente, consultamos si se podía dejar abierto a quienes estuvieran en igualdad de condiciones, en un proceso competitivo. Quiero adelantar que el Poder Ejecutivo estuvo de acuerdo. Por esa razón, propondremos a nuestros compañeros senadores que lo consideren, a los efectos de dejarlo abierto y no establecer una sola posibilidad, la de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

tema del juego de forma integral, sus causas y sus consecuencias. Hay gente que sabe una enormidad de esto, de su génesis en el Uruguay, de su legalización y del avance de tecnologías que generan mecanismos alternativos de juego. Sin embargo, la apreciación que hacía la señora diputada Pereyra da cuenta de una apertura. Está bien, es una de las circunstancias que se criticaban sobre la generalización de un monopolio. El señor diputado Pérez hablaba de lobbies. Sin duda los hay: lobbies de a pie, lobbies de guante blanco, de toda naturaleza, en un área tan sensible que económicamente representa tanto. Con claridad, quiero decir que es difícil -si no viene claro de comisión- en los pasillos de un plenario de esta naturaleza generar un acuerdo cuando hay un corte transversal, por lo menos en la gran mayoría de las fuerzas políticas representadas en esta Cámara, y opiniones diversas al respecto. Sinceramente, se toman posiciones por estar en contra del juego y, a veces, se termina generando una posible previsión de que será como la ley seca y terminará con las mismas consecuencias. Para otros, esto representa un monopolio. En el caso de aquellos que creen que la liberalización de la marihuana es un camino, sería como pensar que debería ser repartida solo por una cadena de farmacias y no por todas. Hay visiones de toda naturaleza acerca de lo que, como bien decía el señor diputado Rubio, es una enfermedad social grave. Por estos días se presentaba algún estudio que demostraba que, más que una adicción, es casi una perversión desde el punto de vista personal, y genera las consecuencias que hemos visto. Sin embargo, esa charla sobre el juego, en forma integral, no la vamos a dar en un presupuesto, con el contexto de gravedad y de crisis que hoy tiene el país. Con sinceridad, a la hora de analizar si el juego se debe legalizar o no y penalizar o no, uno veía la pelea de los intendentes en busca de fondos para la caminería rural. Analizando los números que emergen de este tipo de tributos, uno termina dándose cuenta de la dimensión que tiene el juego y de qué poco se está pidiendo para la necesaria caminería rural. Al fin y al cabo, uno termina teniendo los dos conceptos. Está muy bien que el tema se trate en la otra Cámara, con otra visión, con otro argumento y con

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: no vamos a votar este artículo. Las razones que expuso el señor diputado Darío Pérez contemplan claramente aquellas por las cuales no apoyaremos esta iniciativa que, en definitiva, en vez de combatir estas enfermedades sociales las promueve y las monopoliza, generando un daño a la sociedad que cuesta pensar en revertir. Quería adelantar mi voto negativo a este artículo y hacer mías -si él lo permite- las palabras del señor diputado Darío Pérez. Gracias. SEÑOR PERDOMO GAMARRA (Alberto).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PERDOMO GAMARRA (Alejandro Sánchez).- Señor presidente: sinceramente, es valiosa la palabra del señor diputado Darío Pérez. Quienes ocupamos bancas desde hace cuatro períodos, nunca tuvimos la oportunidad de tratar el

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otras aclaraciones, espero, de parte del Ministerio del Interior. Pienso que en este artículo en particular no está nada mal agregar la circunstancia planteada por la señora diputada Pereyra para que, de algún modo, quede plasmada la esencia de la libre competencia en cuanto a quiénes pueden tener las certificaciones del caso. Para finalizar, ojalá el tratamiento del tema del juego en su totalidad sea parte de la agenda. A nosotros nos tocó estar aquí cuando se abría un importante centro hípico en Montevideo, que terminó con salas de tragamonedas en mi departamento de Canelones, que subvenciona la actividad hípica que se desarrolla en la capital. En aquel momento -ni siquiera estaba gobernando el Frente Amplio; era el Gobierno del Partido Colorado, de Jorge Batlle- hablamos de la falta de imaginación y de las consecuencias que eso tendría. Lo seguimos sosteniendo quince años después. Tomo la idea del señor diputado Pérez de seguir teniendo en la agenda de esta Cámara un gran debate sobre el juego y su integralidad. Y sería bueno abrir el tema para que los lobbies cruzados que existen, por lo menos estén en competencia en el artículo propuesto. Gracias, señor presidente. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

gente y, por lo tanto, no es deseable. En tal sentido, la posición batllista de toda la vida fue que si debía existir el juego -lamentablemente, el juego clandestino se genera de forma automática donde está prohibido y esa es una realidad en todo el mundo; ahora se agrega la alternativa de internet-, fuera manejado por el Estado con un fin adecuado, pensando en algo limitado. Este es un tema que debemos discutir porque, sin duda, en Uruguay tomó una dirección y una dimensión con algunos aspectos, inclusive, fuera de control. Eso es lo que nos pasa. Nosotros no deseamos más juego, pero es una realidad que existen apuestas deportivas por internet y que entran al país; en definitiva, es dinero de los uruguayos que se va al exterior. Entonces, con el mismo principio filosófico de que no estamos de acuerdo con el juego pero, si existe, que esté en manos del Estado y que tenga una buena finalidad -o la que decidamos-, estamos dispuestos a regular y a reglamentar la norma para que el juego sea nacional. También estamos de acuerdo con que, si hay un monopolio, que sea del Estado. Si el Estado va a dar franquicias, concesiones o si va a trabajar con privados, debe dar la seguridad de que haya una competencia adecuada para que sea reglamentado y no existan monopolios privados. Eso es en lo que no logramos ponernos de acuerdo en este momento. Por lo tanto, en esta difícil situación decidimos apoyar el artículo como vino de la Comisión, si fuera posible con algunas correcciones que vamos a compartir con el señor diputado Sebastián Andújar o con parte del Partido Nacional al momento de analizar inciso por inciso. De lo contrario, que este sea el espíritu de debate de la ley para cuando se trate en el Senado y pueda tener las mejoras que nosotros queremos se introduzcan, de manera de asegurar la competencia. Sabemos que los juegos de azar ya existen, como los de pronóstico deportivo, y pretendemos que se incorpore lo nacional para que tengan el fin de promover la actividad deportiva. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Carlos Coitiño. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Señor presidente: discutimos bastante el tema en la bancada del Frente Amplio. De pronto, analizamos el texto que nuestra

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: es buena la solución de habilitar el pase de este artículo, sobre el que todos coincidimos que tiene diversos aspectos a considerar y encierra posiciones ideológicas, filosóficas y también realidades insertas en una temática mucho más amplia. Todos coincidimos también con el señor diputado Darío Pérez en que nos debemos un gran debate sobre el juego, sus causas y sus consecuencias. Entonces, parecería razonable habilitar el pase de este artículo al Senado para que se pueda estudiar con más tiempo y en profundidad. En el concepto del Partido Colorado, ello permitirá atender –a este respecto no hay ningún corte transversal- la idea de que el juego tiene sus riesgos, que no puede ser un elemento para quitar el poco dinero que tiene la

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bancada ofrece a consideración de la Cámara con miradas no coincidentes, discrepando con varios componentes. El proyecto incorpora nuevas propuestas de juego, como si ya no hubiera suficientes. Además, pone en tela de juicio la existencia de una ley de juego que la bancada del Frente Amplio -en la Legislatura anterior- discutió durante mucho tiempo. Una de las preocupaciones radicaba en las maquinitas instaladas en todo el país, cuyo funcionamiento era imposible de controlar. También discutimos una ley general sobre juego. No pudimos avanzar en ninguna de las dos cosas. Desde ese punto de vista, en este momento se nos ofrece -queremos ser muy precisos- el pasaje de un texto para que sea discutido en el Senado. Todos los que integramos esta Cámara sabemos que no siempre tenemos la oportunidad de incidir en ese debate. Por lo tanto, la discusión se va a hacer con un nivel de apertura. ¿Hay algún compromiso de abrir rápidamente la discusión en todos sus términos? ¿Cuál es la necesidad? Nosotros votamos los artículos 238 y 240. Entonces, no entendemos por qué esto, que abre una discusión bien interesante -cualquiera sean las posiciones-, no se puede excluir de la propuesta. En función de un tema que no se planteó en la bancada en términos de votación obligatoria o de mandato, en este momento no conocemos las fundamentaciones para la votación por incisos. Cuando termine de escuchar los planteos tomaré una decisión al respecto, yo solo, sentadito en esta banca. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Ricardo Berois Quinteros. SEÑOR BEROIS QUINTEROS (Ricardo).- Señor presidente: no tenía interés en hablar sobre este artículo, pero me parece que es importante. Las circunstancias de la vida me dieron algún conocimiento sobre algunos temas, y quiero expresar lo que pienso, y sobre todo precisar lo que la norma dice. Inclusive, creo que fue hasta involuntario el error de la señora diputada Susana Pereyra cuando habló de la Banca de Quinielas.

Textualmente, la ley dice: “Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, a organizar certámenes de pronósticos de resultados deportivos internacionales y juegos de azar realizados en Internet […]”. Al final, expresa: “La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, por resolución, deberá dictar en cada caso, las normas necesarias para cumplir con el control y fiscalización que le compete y también determinar qué registros y documentación serán imprescindibles a los mismos fines”. Esto es el Estado, es la unidad ejecutora del Ministerio de Economía y Finanzas a la cual le estamos diciendo que haga lo que tiene que hacer. Ustedes me conocen desde hace mucho tiempo. Tengo una concepción liberal y los compañeros saben que es así. Pero en cuanto a los vicios sociales -este es un vicio social-, soy reglamentarista a muerte por el Estado. ¡Que todo sea por el Estado! ¡Que todo pase por el Estado! ¡Que el Estado regule! Si yo no puedo controlar un vicio social, lo controlo y recaudo a través de un organismo del Estado. Tengo varias leyes de presupuesto encima tratando de administrar recursos y de sacar dinero de aquí y de allá; tenemos problemas de recursos. Este es un vicio social y a mí tampoco me gusta el juego, pero tengo que admitir una realidad: hay juego. De lo contrario, habría que hacer como durante la época de la ley seca, aquello horrible. Entonces ¿qué hago? Le doy el juego al Estado para que administre, controle, regule y recaude y con ese dinero haga cosas interesantes para la sociedad, para la salud, la educación, para los Gobiernos municipales, etcétera. Lo importante es que estos vicios sociales los tenga el Estado. Y eso es lo que dice el texto. Los invito a leerlo. Lo demás, lo del juego, quién tiene la concesión, es otro tema que tendremos que discutir después, pero no en una ley de presupuesto; no a través de este artículo. Esa será una gran discusión, porque no es un tema fácil. Hay muchos intereses cruzados, de todo tipo. A mí no me duelen prendas; trabajé durante mucho tiempo en el Estado por esto. Me parece que tenemos que mirar con sensatez lo que establece el artículo. Lo que pasa es que todos estamos haciendo apreciaciones influidos por lo que dicen, pero tenemos que leer el texto y estudiar la historia de los juegos de azar, conocer más sobre el vicio social que implican. Estamos dando a los dos organismos que el Estado tiene -está la Dirección

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General de Casinos- la posibilidad de administrar estos vicios sociales. ¡Está bien! Así debe ser. Y por ese lado pasa la discusión. Todo lo demás podemos decirlo pero no es lo que dice esta disposición; es otro tema, otra discusión que se tendrá que dar. En definitiva, tenemos que centrarnos en lo que dice textualmente la norma, y olvidarnos de todo lo demás. No estoy de acuerdo con los juegos, pero no podemos ocultar el sol con un dedo. Por lo tanto, vamos a tratar de organizar el tema de la mejor forma y de sacar provecho de esta situación para la sociedad en su conjunto, para las cosas buenas de la sociedad. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pozzi. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: vamos a acompañar este artículo. Por supuesto que todo es perfectible. A nosotros nos mueve acompañar este proyecto por dos razones: porque establece que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas podrá organizar estos juegos por sí o mediante terceros y porque cuando realizamos las consultas con las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas se nos aseguró que iba a haber un proceso transparente en el cual podría competir La Banca de Quinielas -que es una de las cuestiones de las que estamos hablando; nadie quiere que monopolice todo el juego en el Uruguay- y otros actores a quienes interese organizar este tipo de pronóstico. Reitero: la redacción es perfectible y aspiramos a que en el Senado se puedan incluir algunas modificaciones que están circulando, y que no nos molestan. Nosotros entendemos que es mejor que se modifique en el Senado, y no ingresar en un proceso de discusión en este momento. Creemos que así tal cual está el artículo, ayuda, y por eso lo acompañaremos. El problema es el siguiente. Como decía el señor diputado Berois Quinteros, uno de los dos motivos que dan lugar a este artículo tiene que ver con a quién se le otorgan los beneficios de este juego, que es a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a la OFI. No es que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas no tenga potestades para hacer esto. ¡Tiene potestades! Si nosotros eliminamos todo el artículo, la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas puede

organizar los juegos, por sí o mediante terceros. Puede hacerlo; no tiene ningún tipo de problemas. Lo que no puede es dar lo obtenido por los juegos a la Asociación Uruguaya de Fútbol ni a la OFI, que es lo que se quiere para fomentar un deporte tan importante como el fútbol. Esa es la cuestión que está en la letra del artículo, como manifestó el señor diputado Berois Quinteros. Eso es lo que se quiere; no es que no se pueda hacer con los elementos que hay. Sumémosle que queremos que sea un proceso transparente, en el cual todos los actores puedan estar en las mismas condiciones y compitan por la posibilidad de organizar estos juegos. A nadie escapa que hay dinero de por medio; donde hay juego hay dinero de por medio. A mí no me gusta el juego -ni al 5 de Oro juego- pero la realidad en este país es esa, y yo diría en casi todo el mundo. En este caso, el juego está regulado y asegurado por el Estado y eso nos da muchas garantías. Nosotros estamos de acuerdo con el artículo. Algunas de las versiones que se están discutiendo en otras tiendas políticas no nos molestan, pero no las podemos acompañar. Esperemos que la redacción se pueda perfeccionar en el Senado e incluir algunos de los planteos que se están formulando. En cuanto a otros aspectos, es cierto lo que decía nuestro compañero, el señor diputado Darío Pérez, acerca de los lobbies. Los lobbies existen; tampoco nos vamos a hacer las carmelitas descalzas. Lobbies hay de todo tipo y color. Nos referimos a todo el que pueda organizarse y hacer un grupo de presión. Estamos hablando entre gente grande. Este Parlamento muchas veces ha reaccionado frente a los reclamos de organizaciones que se agrupan para plantear algo. Por ejemplo, los profesionales, los trabajadores, los médicos, los anestésico quirúrgicos, los ingenieros. Todo el mundo que puede armar un lobby viene y lo refleja en el Parlamento. Pero este, con todas las fuerzas políticas que lo integran, ha tenido mucha más sensibilidad para con la gente que no puede agruparse, que es la gente solitaria, que viene de a una, de a dos o de a diez, que no tienen fuerzas para armar un lobby. Y este Parlamento ha tenido la virtud, a través de todas las fuerzas políticas que lo representan, de saber escucharlos e interpretar. En la gran mayoría de los casos ha sabido resolver los problemas, sin necesidad de hacer lobby ya que, además, no tienen forma de hacerlo.

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Por estos motivos, vamos a acompañar el artículo tal cual viene, y esperemos que pueda ser perfeccionado en el Senado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado Asti. Sánchez).-

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR ASTI (Alfredo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: voy a hacer tres consideraciones. En primer lugar, acompañamos la resolución que tomamos en la bancada del Frente Amplio de aprobar los artículos 238 y 239, y pasarlos a análisis más fino en el Senado. En segundo término, hemos promovido un gran debate parlamentario sobre el tema de la regulación del juego, partiendo del monopolio estatal exclusivo a través de la regulación o, eventualmente, de la prohibición de algunas modalidades, a fin de terminar con algunos de los efectos perniciosos que hoy tenemos. La peor situación es la que tenemos actualmente, que viene de hace décadas, y es la no regulación o prohibición de algunas actividades. En tercer lugar, no creemos que este artículo, que se podrá transformar en norma, agregue alguna competencia nueva a la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas. La Ley N° 16.453, de 28 de febrero de 2002, ya faculta a dicha Dirección a organizar certamen de pronósticos de resultados deportivos y juegos de azar por internet. La única novedad es que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas pueda dar un destino específico, como se le da una parte de la recaudación de IVA a la Asociación Uruguaya de Fútbol. Por eso, a la propuesta original le hemos incorporado que sea en partes iguales para la AUF y la OFI. Para que el fútbol uruguayo pueda seguir participando a nivel internacional, todos deseamos que se unan en una sola asociación de fútbol uruguaya -cambio el nombre para que se entienda-, que no es lo mismo que lo que hoy tenemos, que es una asociación con limitaciones en cuanto a que el interior pueda participar plenamente en ella. Por lo tanto: aceptamos y promovemos el acuerdo de bancada. Dejamos pendiente para otra oportunidad el debate sobre el juego, y aclaramos que no se está dando ninguna facultad, salvo la de otorgar parte de la recaudación a la Organización del Fútbol del Interior y a la Asociación Uruguaya de Fútbol.

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: es válido lo que dice el señor diputado Asti. Solo quiero agregar que hay otra modificación a la ley, que él no mencionó, que es incorporar los resultados deportivos nacionales. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede continuar el señor diputado Asti. Sánchez).-

SEÑOR ASTI (Alfredo).- He finalizado, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: creo que la falta de tino del Poder Ejecutivo nos ha metido en un debate absolutamente innecesario. Teníamos que discutir si queríamos hacer un relanzamiento de las apuestas deportivas con la AUF metida en las ganancias, que eran el 50 % del incremento del IVA que se produjera a partir de ese juego. Hay una asociación notoria entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Asociación Uruguaya de Fútbol. ¿Para qué? Para dar más vida al Supermatch -que ya está autorizado-, con la AUF metida como socia, que va a participar en las ganancias del incremento del IVA, con un destino que es la infraestructura deportiva. Si el Poder Ejecutivo nos hubiera traído este artículo sin el primer inciso -absolutamente innecesario- ni los dos últimos no habría ningún debate. Diría: “Aféctase a partir de la vigencia de la presente ley a la AUF y a la OFI” -agregamos nosotros- “el 50 % del incremento respecto del ejercicio 2014”, etcétera. Ya estaba. ¿En qué estamos? Estamos en un lío vinculado con algo que no tiene ningún sentido, porque hay mucha gente que no ha trabajado este tema, que escucha comentarios, le hablan al oído y cree que este artículo proyectado estaría cambiando alguna cosa. No está cambiando nada. La ley de 2002 -la voy a leer y, si quieren, los señores diputados pueden ir repasando lo que dice el primer inciso de este

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artículo- dice: “Facúltase de la Dirección Nacional organizar certámenes de deportivos internacionales en internet”.

al Poder Ejecutivo, a través de Loterías y Quinielas, a pronósticos de resultados y juegos de azar realizados

Algún día tendremos que dar un debate sobre los juegos en internet, pero ya están autorizados. ¡Ya está! ¿Juegos de azar? Ya lo dice; es un tema resuelto. ¿Por sí o por terceros? Eso lo resuelve la Ley N° 15.716, que tiene origen en 1985, que dice: “La Dirección de Loterías y Quinielas ejerce el monopolio” -creo que nadie lo va a discutir- “del juego de Quinielas” -era el que había en ese momento- “y, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, lo ejercerá respecto de todo juego que se apoye en aquel o determine sus resultados u otorgue premios con relación a sus sorteos”. Después vinieron las Raspaditas, el 5 de Oro, la Tómbola. Sigue el artículo 1° de la Ley N° 15.716: “Dichos juegos o modalidades de juego quedarán a partir de ese momento oficializados”, porque no lo estaban. Y más adelante establece: “La explotación de dichos juegos o modalidades de juego confiada al mencionado organismo estatal podrá ser otorgada en forma precaria y revocable”. Es a través de ese mecanismo que se otorga a terceros. Entonces, la Lotería es explotada por el Estado y la Quiniela por la Banca de Loterías y Quinielas, de las que hay una en Montevideo y otra en el resto del país. Por lo tanto, no cambia nada. Lo que pasa es que nos vamos metiendo en otros temas que habrá que tratar. Concuerdo con el señor diputado Darío Pérez. Estoy en contra del juego; no sé si él está más que yo en contra del juego. ¿Que hay lobbies? Sí, por supuesto, de organizaciones legales y de organizaciones ilícitas o ilegales. A mí me toca más bien el lobby de las ilícitas. No sé si al señor diputado Darío Pérez le ha pasado. Yo he sufrido amenazas, muros pintados, agravios, atentados, que nunca he denunciado. Mis compañeros lo saben, porque se lo he dicho a algunos por las dudas de que me pasara algo. Los he sufrido en mi casa, de parte de organizaciones ilegales que no voy a calificar. Ayer tuve que pedir a la Policía, en la puerta de este edificio, que las retirara, por los agravios que me dirigían. Yo estoy en contra de eso. Estoy en contra del juego por internet, porque llega a la computadora de

la casa de todos nuestros muchachos. Estoy en contra porque es imposible saber hasta dónde llega el juego por internet porque, una vez que se ingresa a un sitio probablemente autorizado y oficial, están armados para que por una carretera que no podemos controlar ni conocemos se termine en la isla de Man o en algún otro paraíso fiscal desde el cual se organizan estos enormes sitios del juego internacional. Estoy en contra de las bancas ocultas, que poseen veinte mil o treinta mil maquinitas slots en manos de pocas familias, instaladas en un sinnúmero de comercios que Mujica dio en llamar “el casino de los pobres”. Están instaladas en los lugares donde están los pobres, donde nadie puede controlar cuánto se juega y no se paga nada al Estado. Espero que el Gobierno mande, de una vez, el proyecto de ley de regulación del juego, del organismo regulador, de prohibición o regulación del juego no autorizado. Hoy, esa gente se encuentra en el mejor de los mundos: no está ni prohibida ni reglamentada. Soy partidario de prohibir y pienso que una prohibición debe tener la consiguiente tipificación de un delito para aquel que se aparta de ella. Y más para el capitalista del juego, el propietario de las máquinas, el financista del juego que para el bolichero que pone dos o tres como estrategia de sobrevivencia y complemento de sus ingresos. He presentado dos proyectos de ley en ese sentido; el último como enmienda al Código Penal que está a consideración de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. De todos modos, estoy esperando el de Tabaré Vázquez, vinculado a todos estos temas. Mientras no hacemos nada, el juego crece. ¡Crece y crece! Yo estuve en contra de la megalicitación que quiso llevar adelante el entonces director general de Casinos Nopitsch. Se trataba de una megalicitación para casinos mixtos en todo el país, llamando a la inversión, porque no había un plan estratégico del juego para saber hasta dónde lo queríamos hacer crecer. Hoy estoy diciendo que la modalidad de casinos mixtos en el interior del país está agotada y tiende al fracaso, y hay que revisarla completamente. Son debates que tenemos que dar, pero no tienen por qué estar acá adentro. No estamos discutiendo eso. Trato de decir que estoy de acuerdo con que la Asociación Uruguaya de Fútbol y la OFI se lleven un pedacito de un juego que existe, que está autorizado

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y que está por desarrollarse, si con su esfuerzo se incrementan las infraestructuras deportivas de todo el país para las divisionales juveniles. Yo estoy de acuerdo con eso. Mis compañeros van a proponer algunas modificaciones que también comparto. La libre competencia está en la esencia de las cosas; si no se hace, está mal. Yo creo en los procedimientos competitivos, llámense licitaciones, remates, subastas o cualquiera de los que hay. Eso está en la esencia, en la obligación, pero que hay lobbies, hay lobbies. ¿Que llegan acá? Sí, llegan. ¿Que hoy el juego financia campañas? Sí, las financia. ¿Que financia legisladores? También los financia. ¿Que los trae a estas bancas? También los trae. Abramos los ojos. La democracia uruguaya es fuerte porque, a diferencia de otros países, ha sido capaz de no tener contacto con esos modos. ¿Que hay un tema vinculado al financiamiento por parte del sector privado? Siempre lo hay. Es diferente a representarlo; es muy distinto. Es diferente a que entren en los partidos y a estar condicionados por eso. Ese es un debate que quiero dar en la Cámara y en mi partido, por la salud del sistema. Nadie está libre. Ya tuvimos este debate con el Gobierno. Ya hubo directores de Casinos presos, y no todos son mala gente ni chorros ni coimeros, pero que los hay, los hay. ¿Que la gente se descubre cuando se mide con la tentación? También es cierto. Todos somos honestos mientras no tenemos nada para llevarnos; el día que lo podemos hacer, se sabe si lo somos o no. Recién se sabe ese día. Es fácil en la teoría y ningún jerarca está libre de confiar a estos sectores la administración de mucho dinero sin saber que le pueden fallar o que le hayan fallado. Repito: hay lobbies. Hace unos días, un altísimo funcionario de este Gobierno vinculado al juego viajó a los Estados Unidos de América en business class, para sorpresa del presidente de la República y del ministro de Economía y Finanzas, que iban en la misma clase sin saberlo. La diferencia es que los pasajes del presidente de la República y del ministro de Economía y Finanzas los pagaba el Estado uruguayo y el del jerarca del juego lo pagaba una empresa que provee de máquinas al Estado. Iba a Las Vegas: le pagaban el pasaje y la dolce vita. ¿Está bien o no? No sé; no juzgaremos, pero el presidente de la República y el ministro de Economía y Finanzas son testigos de lo que digo.

¿Lobbies? Lobbies hay; el juego tiene mucha plata. ¿Que nos perfora? ¡Nos perfora! No es el momento de dar la discusión, pero recojo el guante del diputado Darío Pérez: yo estoy contra el juego y quiero discutir sobre eso. Gracias, señor presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ ÁLVEZ (Edgardo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ ÁLVEZ (Edgardo).- Señor presidente: estaba escuchando atentamente al señor diputado Gandini y quiero hacerle una pregunta. Él dijo que hay legisladores que son financiados por organizaciones ilegales de juego. Resulta que no podemos quedarnos todos tranquilos, porque para mí es bastante grave lo que dijo. Yo habitualmente no intervengo en este tipo de debates, pero me siento totalmente aludido y preocupado por lo que él dijo. Entonces, me interesa que aclare la situación porque reitero que es bastante grave. Gracias. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: usted sabe que a mí este tema me gusta; lo hemos debatido algunas veces y he dicho algunas cosas aquí. Si se quiere las reitero ahora, pero va a insumir un buen rato. Lo que estoy diciendo es que quiero discutir este tema honestamente, de frente y con los que quieran hacerlo. Con gusto voy a hablar de los lobbies: de los legales y de los ilegales, y de cómo las tentaciones rodean al Parlamento como a otros ámbitos, porque estamos cerca del poder. Al diputado preopinante le digo que no lo aludí, que se quede tranquilo; por suerte la enorme mayoría de quienes ocupamos estas bancas no podemos sentirnos aludidos. Preferiría no dar esta discusión ahora por el bien del debate, pero no le rehúyo. Hace tiempo que le tengo unas ganas bárbaras y usted lo sabe, señor presidente.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejando Sánchez).- La Mesa solicita por favor a los señores diputados que se remitan al punto que estamos considerando, que es el artículo 239. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

del interior del país que luego se vuelcan a Rentas Generales, a Montevideo. Mucho se quejan los intendentes reclamando una mejor redistribución de los recursos en el interior del país, y a veces son ellos los que propician que se instalen máquinas de juego, cuando una parte sustancial de estos viene a Rentas Generales. ¿No es una contradicción flagrante que el Estado y privados en forma ilegal instalen esas salas? Durante largo tiempo el Estado miró para el costado. La única iniciativa legal fue presentada por el doctor Tabaré Vázquez en su primer período de gobierno, pero naufragó. No tuvo apoyo en el ámbito legislativo. Reclamamos que nuevamente haya una iniciativa en tal sentido y comprometemos los votos del Partido Independiente para apoyar un proyecto de esas características. Lo que he escuchado por ahí sobre este artículo, señor presidente, es que hay un lobby para que no se apruebe. Y creo que el Parlamento de la República debe dar muestras claras de fortaleza, ratificando la política de que, si hay juego, debe estar en manos del Estado. Vamos a votar estos artículos tal como vienen, salvo por la propuesta que planteaba con justificación el señor diputado Felipe Carballo. Nos parece que eso es lo que se debe hacer como muestra inequívoca de dónde está parada esta Cámara de Representantes. Muchas gracias. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR POSADA (Iván).- Entiendo su pedido, señor presidente, pero se han hecho afirmaciones que no pueden ser soslayadas, particularmente por quienes vamos a votar este artículo tal como viene de comisión. En dicha asesora fue acompañado por los cuatro partidos políticos que tenemos representación en ese ámbito y la votación fue casi unánime; casi unánime. Se puede hablar mucho del tema del juego. Mis compañeros y yo bebimos de la misma fuente en cuanto a la formación y a la visión sobre los juegos de azar: las fuentes del batllismo, de José Batlle y Ordóñez, las fuentes de Frugoni. El juego es un vicio social y, como tal, creemos que el Estado no debe propender a su promoción. Pero si hay juego, el mal menor es que esté en manos del Estado y que sea regulado por este. El artículo que tenemos a consideración del Cuerpo habla de eso: del juego en manos del Estado y regulado por él. Por tanto, yo no advierto que haya sorpresas; obviamente, sé a qué lobbies se está haciendo referencia, pero digo que los tres diputados del Partido Independiente vamos a votar absolutamente convencidos de que estamos en la misma línea con que hemos actuado siempre, en el sentido de que el juego debe estar en manos del Estado. Quiero decir más: creemos absolutamente inconvenientes y repudiables el establecimientos de salas de slots que en algunos casos realiza el Estado, y en otros los privados en forma ilegal. Hemos sido radicalmente contrarios a que el Estado instalara salas de slots en el interior del país, a veces con el beneplácito de los propios intendentes, porque concurren habitualmente las personas de más bajos recursos, que sufren una suerte de expoliación, porque a veces dejan de pagar las cuentas en el almacén para ir a timbear a esas salas de juego del Estado uruguayo. Lo que hacen esas salas de slots es sacar recursos a poblaciones pequeñas y medianas

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: en verdad tengo que confesar y ser bien honesto en el sentido de que este tema me ha pasado por arriba y me ha desbordado. No votaré este artículo, quizás porque no lo termino de entender: en veinte minutos de reunión de bancada quisieron explicarme todo lo que refiere al tema del juego. Yo era de la idea de que este tema había que soslayarlo y después de haber escuchado a muchos diputados que no están de acuerdo con este artículo, la reafirmo. No obstante, el tema va a pasar al Senado y creo que es bueno dejar para más adelante una discusión profunda, a fondo.

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Quiero señalar que acompañé con mi firma el proyecto de ley que presentó el señor diputado Jorge Gandini para controlar y organizar esta problemática. Según lo que se ha dicho en este plenario, parecería que los intendentes son los culpables de todos los males de este país, pero no se tiene en cuenta lo que representan en la estructura de gobierno. Se dijo también que este es un vicio social y, por lo tanto, ya existe, pero hay que ver de qué forma lo controlamos. El alcohol también es un vicio social y el presidente de la República, doctor Tabaré Vázquez, está trabajando para llegar a alcohol cero. Hay que ver qué enfoque se da a los vicios sociales. Por otra parte, quiero señalar que soy un profundo defensor de la libre competencia. En el segundo inciso del artículo actual dice “por sí o mediante terceros”. En el proyecto original decía “por sí o mediante terceros” en el primer inciso, pero en la Comisión eso se quitó. Mi partido va a presentar algunas modificaciones al respecto. Me parece que la libre competencia en este tema está más que claro que debe ser así. Creo que lo que voy a decir ahora no lo va a compartir casi nadie y es lo siguiente. No puedo aceptar que a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a la Organización de Fútbol del Interior se les dé el 50 %, no de la ganancia – en sala se dijo de la ganancia-, sino de un impuesto que pagamos todos y que va a Rentas Generales para destinar a lo que quiera el Poder Ejecutivo. No se da la ganancia que tiene la empresa, sino el 50 % de un impuesto, que es bastante distinto. Si a mí me dicen que lo que se va a dar es el 20 %, el 10 % o el 15 % -según los números que se manejan-, pero de la ganancia, de la renta o del ingreso, sería lo mismo que se hace con cualquier empresa que efectúa una donación a una organización autorizada por el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Economía y Finanzas y tiene, a su vez, su renta fiscal. Pero a no entreverar los temas. Los intendentes en su momento plantearon, porque no descuentan un peso de IVA, que un porcentaje del impuesto que pagan las intendencias fuera destinado a obras sociales en los departamentos, pero el Ministerio de Economía y Finanzas se opuso. En este caso pasa lo mismo, es decir, no se da la renta de los que ganan la plata con el juego; se da el 50 % de un

impuesto. Honestamente, ni lo entiendo ni lo acepto; por lo tanto, no lo voy a votar. SEÑOR ABDALA interrupción? (Pablo).¿Me permite una

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: brevemente, quiero dejar establecida mi posición porque, entre otras cosas, cuando este asunto se trató en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda participamos de la discusión, en particular, en alguna de sus etapas y, en especial, en la ocasión en la que algunos de los legítimamente interesados en la resolución de este asunto solicitaron una entrevista con la Comisión y fueron recibidos. Quiero decir que voy a votar a favor, que lo voy a hacer con una enorme tranquilidad, entre otras poderosas y al mismo tiempo sencillas razones, porque no hay lobby que sea capaz en este tema ni en otros de determinar mi comportamiento legislativo o político y porque además la bancada de mi partido político, que ha analizado el punto tema con la serenidad con la que corresponde hacerlo —creo que no hay que dramatizar las discusiones y hacer una tormenta donde no es necesario o generar una expectativa más allá de lo que las propias circunstancias determinan— ha determinado que los legisladores podemos actuar con la mayor libertad de acción, como habitualmente acontece, no solo en cuanto a la definición general, sino particular del asunto, y por eso hemos pedido la votación por incisos de este artículo. Si el propósito es seguir analizando el asunto en el Senado y perfeccionar la solución y la fórmula que se vaya a incluir en el presupuesto nacional, me parece correcto. Para eso, mejor hubiera sido que votáramos directamente el proyecto que hizo llegar el Poder Ejecutivo, porque si este punto no se va a terminar de laudar en este Cuerpo, que sea el Senado, sobre la base de lo que el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento, que profundice en este análisis y llegue a la mejor solución. Coincido con el señor diputado Omar Lafluf en eso. Debo decir -por lo tanto, voy a acompañar esa tesitura cuando mis compañeros lo planteen- que me gustaba más la fórmula original,

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es decir, la referencia a que el juego que se habilita se preste en forma directa o a través de terceros, dicho en plural. Creo que esto termina de garantizar y de consagrar, precisamente, el principio de la libre competencia. Cuando compareció a la comisión, el subsecretario de Economía y Finanzas se comprometió claramente en nombre del Poder Ejecutivo a aventar, a desterrar por anticipado cualquier alternativa o posibilidad de un monopolio privado, que en los hechos sería además ilegal, y a dar las garantías en cuanto a la mayor libre concurrencia en este tema -como debe ser en todoscuando se supone que hay intereses en juego y la competencia es la que puede dar las mayores garantías para los ciudadanos y los usuarios. Está claro que desde ese punto de vista podemos votar tranquilos porque a lo que el señor subsecretario de Economía y Finanzas expresó en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda se añade lo que varios legisladores del oficialismo acaban de expresar en el curso de este debate, que va en la misma dirección. Creo que tiene un enorme valor porque hace referencia a los antecedentes legislativos y a la voluntad inequívoca, en primer lugar, del Poder Ejecutivo a la hora de hacer llegar esta propuesta al Parlamento y, en segundo término, del Poder Legislativo en cuanto a darle consagración y aprobación legislativa. Como participamos del debate en la Comisión, entendemos que no hay en esto intenciones aviesas, sino simplemente el reconocimiento de una realidad y una mejora en la situación actual, sobre todo, en cuanto al destino de lo que se recaude o se genere por concepto del desarrollo y de la administración de este juego; por lo tanto vamos a votar a favor. Creo que no hay que pelearse con la realidad. Por supuesto que estamos en contra del juego por las connotaciones negativas que tiene para la sociedad, que sin ninguna duda reconocemos, pero también reconocemos que es una realidad insoslayable. Por lo tanto, los temas hay que acometerlos, administrarlos, manejarlos, regularlos y para eso -como decía con enorme acierto el señor diputado Ricardo Berois, que de esta cosas sabe bastante más que nosotros porque fue director de la Dirección de Loterías y Quinielas en el Gobierno del Partido Nacional- es indispensable la presencia del Estado como garantía y como certeza de que en definitiva el derecho, las expectativas y los

intereses, fundamentalmente de los más débiles, estén contemplados y protegidos como es debido. Por esas razones, vamos a votar a favor. Gracias, señor diputado Omar Lafluf. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- He finalizado, señor presidente. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: en nombre del Frente Amplio, voy a decir que la bancada oficialista discutió estos artículos -por supuesto en el contexto de analizar más de setecientos artículos del proyecto de ley de presupuesto-, se plantearon diferentes posiciones, pero se llegó a una resolución: votar las disposiciones tal como vienen de la Comisión y contemplar la posición del compañero diputado Felipe Carballo en el sentido de que las partidas a entregar a la AUF y a la OFI fueran iguales. Gracias, señor presidente. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente… SEÑORA MONTANER (Susana).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Sí, señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: a pesar de que el señor diputado Tabaré Viera ya dejó sentada la posición del Partido Colorado, queremos decir que nuestros representantes en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda también votaron el articulado tal cual lo envío el Poder Ejecutivo, en el entendido de que el juego es un flagelo que azota a la sociedad entera, sobre todo a los más jóvenes. La gente del interior juega el sueldo, que es lo que tienen para vivir el mes entero.

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Como colorados y batllistas, nos preocupa mucho esta situación; entendemos que no es bueno dar la espalda a una realidad, como tampoco dejar de ver por dónde van los problemas. Si no los podemos evitar, por lo menos que queden en manos del Estado a los efectos de que este los regule. Nos debemos un debate profundo al respecto, por eso vamos a votar para que este se pueda llevar a cabo también en el Senado y, tal vez, se pueda mejorar el articulado. Ya que no podemos evitar el problema que está presente en la sociedad, por lo menos que su regulación quede en manos del Estado y no de particulares. Muchas gracias, señor gracias, señor diputado. presidente. Muchas

prohibiciones, pero nunca recibí a nadie en mi despacho y no lo voy a hacer porque es lo que creo. Tampoco voy a permitir que se apriete a los que están en contra de lo que yo pienso. ¡Somos los diputados de este país y a nosotros no nos toca nadie! Reitero: ¡el que se mete con uno, se mete con todos nosotros, y después que banquen las consecuencias! Gracias, presidente. VARIOS bien! SEÑORES REPRESENTANTES.¡Muy

SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Gonzalo Mujica. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente: no me iba a anotar inicialmente porque la posición que sostengo ha sido argumentada, pero en sala se han vertido algunos conceptos que merecen, por lo menos, alguna intervención. Tengo una posición con respecto al juego diría que radicalmente distinta a la del señor diputado Jorge Gandini porque no soy prohibicionista, diría que estoy a favor de la regulación, y en lo personal no considero que el juego en sí mismo sea un vicio social; creo que los vicios son las adicciones y cualquier cosa puede generar adicción. Pero ahora no voy a entrar en esa discusión. Quería decir que en sala se ha introducido algo distinto porque yo estoy en una posición contraria a la del señor diputado Gandini con respecto al juego, pero no estoy dispuesto -en absoluto- a dejar pasar inadvertidamente el hecho de que un legislador sea presionado, agredido o insultado. Nosotros somos el sistema político de este país y el que se mete con uno de nosotros, se mete con todos. ¡Eso le tiene que quedar claro a todo el mundo! ¡El que se mete con uno de nosotros la liga con todos, tengamos la posición que tengamos respecto al tema que estemos discutiendo! ¡A nosotros se nos respeta! ¡A nosotros nadie nos aprieta! Tenemos al Estado para que nos responda y esas cosas también hay que decirlas. El día que haya que votar el proyecto de ley, lo por la regulación y en contra de las

SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: queremos dejar constancia de nuestro voto, que se inspira en muchas expresiones vertidas en sala y en la discusión que hemos tenido en la bancada. Compartimos visiones de lo que aquí se ha dicho, aquellas que tienen que ver con frenar el estímulo al juego, frenar el estímulo a los vicios sociales. Nos preocupa mucho que se vincule el deporte, la formación de los jóvenes, a través del dinero que se va a volcar a organizaciones privadas, como la Asociación Uruguay de Fútbol y la OFI. Este dinero, en definitiva, servirá para alentar que el juego se desarrolle y continúe a través de lo que sería un fin loable. Es decir: ¡Jueguen porque van a estar ayudando a la AUF! ¡Jueguen porque se van a construir canchas de fútbol! ¡Jueguen porque con este dinero estamos haciendo una obra social! Y esa no es nuestra visión. Creemos que hay que regular el juego; creemos que es mejor que el Estado controle ese vicio a que no esté controlado. Compartimos las expresiones vertidas por nuestros compañeros y también parte de las de la bancada oficialista, pero vemos muy peligrosa la relación con las asociaciones privadas -legitimadas, por supuesto-, que en muchos casos nos enorgullecen, y en otros no. ¡No queremos darles esta potestad para que mañana se aliente a nuestros jóvenes a seguir el camino de este vicio social que es el juego! Muchas gracias. SEÑOR RUBIO.- ¡Muy bien!

haré

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Tal como fue solicitado, se va a votar el artículo 239 por incisos. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

terceros”, que es lo que el subsecretario había solicitado. Hoy consultamos con nuestro partido y vamos a proponer que se agregue algo más a ese inciso; pensábamos agregarlo al final, pero consideramos que es más correcto hacerlo ahora. Proponemos que se agregue la expresión: “asegurando las condiciones que garanticen la libre competencia”. Esto se nos ocurrió a nosotros; el subsecretario solicitó que lo hiciéramos de esta forma. Tengo aquí el mail; no lo estoy inventando. El Senado podrá arreglarlo después, pero es nuestro compromiso, después de haber trabajado tanto en la comisión, corregirlo hoy. Esa es la realidad. Me baso en lo que el señor subsecretario de Economía y Finanzas, contador Ferreri, nos dijo en la Comisión, con mucho respeto, cómo proceder en este tipo de situaciones. Esa es la modificación que planteamos para este primer inciso. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- El presidente va a hacer una sugerencia, que no tiene la intención de cercenar la posibilidad de que los diputados se expresen; todos me conocen. Simplemente, quiero hacer notar que respecto a este artículo han intervenido más de treinta y nueve diputados, haciendo ejercicio de su derecho, y no estoy contando las interrupciones, aclaraciones ni alusiones. Por lo tanto, solicito que, de ser posible, se comuniquen las modificaciones que se proponen, sin volver a ingresar en el análisis y la discusión de fondo, porque, por esa vía, vamos a seguir generando más debate sobre este proyecto. Como ya se ha dicho, les recuerdo que estamos en el artículo 239. Esta es una simple sugerencia que realizo sin el ánimo de cercenar el derecho de hacer uso de la palabra; cada uno sabrá cómo fundamenta su posición. Lo menciono porque debemos votar seis Incisos y, por esta vía, podríamos reiterar todo el debate. El señor diputado Andújar propuso una modificación, que será votada en caso de que el inciso presentado por la comisión resulte negativo.

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: solicitamos la votación por incisos porque queremos hacer modificaciones verbales. La modificación del primer inciso me va a permitir aclarar algunas cosas. El fundamento es que fui el único diputado que no lo votó en Comisión. ¿Por qué? Lo mencionó el señor diputado Posada, pero me hago cargo de que fui yo quien no lo hizo. No lo hice porque cuando compareció el subsecretario le pregunté cómo pensaba implementar esto y la modificación de las apuestas deportivas nacionales. El lo aclaró, y es lo que nos lleva a proponer la modificación. Dijo: “Con respecto a la forma de adjudicar, si es que los juegos deportivos se realizan mediante terceros, se buscarán los mecanismos más transparentes y competitivos para acceder a la operación por parte de privados. A priori, no existe la intención de adjudicar a nadie de manera directa.Repito: solicitamos a la comisión la posibilidad de afinar algunos aspectos de redacción que mencionaba el diputado Gandini y que nos parecen pertinentes”. El subsecretario cumplió. A todos los integrantes de la comisión nos mandó un mail con las modificaciones, tal como había comprometido. Y las modificaciones son correctísimas; estamos en un cien por ciento de acuerdo con ellas. No obstante, cuando llegó el momento de votar el artículo en comisión, desapareció lo que nos había mandado el subsecretario, con lo que todos estábamos de acuerdo. Esto no es jarabe de pico: estábamos todos de acuerdo. Ahora quiero retomar lo que el subsecretario nos envió, que fue lo mismo que dijo en la reunión de la comisión, con respecto a cómo se iba a proceder a seleccionar quien operaría en este tipo de situaciones. Por eso, proponemos que el inciso comience expresando: “Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, a organizar por sí o mediante terceros […]”. Proponemos agregar la expresión “por sí o mediante

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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el primer inciso del artículo 239 tal como viene de comisión. (Se vota) ——Sesenta y uno en noventa y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI rectifique la votación. (Jorge).Solicito que se

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Sesenta y cinco en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión el segundo inciso del artículo 239. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: quiero reiterar nuestro planteo en el sentido de incorporar la expresión “por partes iguales”. Concretamente, solicitamos que el inciso comience expresando: “Aféctase a partir de la vigencia de la presente ley, con destino a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a la Organización de Fútbol del Interior, por partes iguales, el 50 % (cincuenta por ciento) del incremento […]”. A los efectos de clarificar lo que planteó el señor diputado Andújar, la incorporación de lo relativo a la caminería rural y algunos fundamentos que hemos escuchado, quiero decir que estamos hablando del incremento del IVA. Cuando hicimos esta propuesta, planteamos con mucha claridad la importancia que tienen las señales políticas. En la Comisión Especial de Deporte recibimos a diferentes instituciones y asociaciones, así como a la OFI. Cada uno de los partidos sabe lo que se planteó. ¿Por qué decimos esto? Porque se debe aclarar que el promedio de este aumento, de este dinero a distribuir, es de $ 4.000.000. Ese es el dinero que se destinará, por medio del fideicomiso que se crea, a inversión en infraestructura para las formativas. En este sentido, entendemos que es importantísimo dar señales concretas al fútbol del interior del país, y sobre todo, a aquellas directivas o grupos de padres que están haciendo un enorme esfuerzo para poder sostener y desarrollar esta gran obra social que es el deporte, el fútbol. Manejamos fundamentación, porque se plantea lo relativo a la caminería rural, que puede ser muy loable -seguramente lo trataremos más adelante-, pero se debe dejar en claro de qué suma estamos hablando. Por eso, la propuesta del Frente Amplio consiste en que se destine ese incremento en partes iguales a la AUF y la OFI. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se proponen dos modificaciones al inciso segundo del artículo 239 que viene de Comisión: la primera, agregar “en partes iguales” y, la segunda, incluir a un tercero, que son los gobiernos departamentales.

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: la modificación verbal que haremos ahora coincide con lo que propuso el diputado Carballo. Además, a partir de una muy buena idea que ha tenido el diputado Amarilla, vamos a agregar algo más a lo propuesto por el diputado Carballo. Proponemos que el segundo inciso exprese: “Aféctase a partir de la vigencia de la presente ley, con destino a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a la Organización de Fútbol del Interior,” -hasta aquí quedaría redactado tal como viene de comisión- “en partes iguales,” -esta es la expresión que se propone agregar a propuesta del diputado Carballo- “el 50 % (cincuenta por ciento)” -a partir de aquí, la sugerencia del diputado Amarilla, que consideramos es una muy buena idea y un camino para solucionar muchos problemas- “y a los gobiernos departamentales con destino a la caminería rural, el 50 % del incremento, respecto al Ejercicio 2014, de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado originado en los certámenes de resultados de pronósticos deportivos organizados por sí o mediante terceros por la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto-Ley N° 15.716, de 6 de febrero de 1985, modificativas y concordantes”. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra.

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Por lo tanto, primero se va a votar el inciso tal cual viene de Comisión y luego las modificaciones propuestas. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el inciso segundo del artículo 239, tal cual viene de Comisión. (Se vota) ——Setenta y uno en noventa y seis: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la primera modificación propuesta al inciso segundo del artículo 239. (Se vota) ——Setenta y nueve en noventa y siete: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la segunda modificación propuesta al inciso segundo del artículo 239. (Se vota) ——Treinta y tres en noventa y siete: NEGATIVA. (Texto del artículo aprobado:) “Aféctase a partir de la vigencia de la presente ley, con destino a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a la Organización de Fútbol del Interior, en partes iguales, el 50 % (cincuenta por ciento) del incremento, respecto al Ejercicio 2014, de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado originado en los certámenes de resultados de pronósticos deportivos organizados por sí o mediante terceros por la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, sin perjuicio de lo dispuesto en el DecretoLey Nº 15.716, de 6 de febrero de 1985, modificativas y concordantes”. ——Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los incisos tercero, cuarto, quinto y sexto, inclusive, del artículo 239 tal como vienen de comisión. (Se vota) ——Sesenta y ocho en noventa y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Señor presidente: hemos votado negativamente el artículo tal como vino de la comisión. No estamos de acuerdo con el juego porque entendemos que es un vicio social -ha sido repetido en esta sala por una decena de legisladores- y mucho menos con el monopolio y con que una proporción tan chica del resultado económico del juego vaya a actividades como el deporte o se destinen recursos para la caminería rural de los gobiernos departamentales. En cuanto a los gobiernos departamentales -tema que fue mencionado aquí por un legislador-, el numeral 8º) del artículo 297 de la Constitución de la República, que establece los recursos para los gobiernos departamentales, refiere a los beneficios de explotación de los juegos de azar. Este artículo no se utiliza mucho y realmente de lo que se gana en los juegos de azar se distribuye poco entre los gobiernos departamentales, como se hizo en otros tiempos. Esta era una buena oportunidad para incluir este concepto en este artículo e intentar resolver un tema deficitario, como los recursos para la caminería rural; bastante polémica se va a generar cuando lleguemos a analizar la disposición referente a este punto. Lamentamos esto. Sabemos que es un monto muy insignificante al día de hoy, pero las autoridades han manifestado que la idea es potenciar algunos de estos juegos y que estos recursos, en algún momento, serán montos importantes. Lamentamos la decisión de la Cámara de no aprobar esta modificación y por eso hemos votado por la negativa el artículo tal como viene de la comisión. Muchas gracias. SEÑOR PERDOMO GAMARRA (Alberto).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PERDOMO GAMARRA (Alberto).- Señor presidente: voté negativamente. Pensé que la bancada oficialista iba a hacer alguna aclaración, pero prefirieron resolver el tema en el Senado. Hay quienes entienden que en la letra chica de este artículo está la libre competencia sobre aquellos que, mostrando su aptitud y estando certificados para ello, pueden llevar adelante este tipo de emprendimientos e intervenir en

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ellos. Esperamos que cuando el proyecto venga del Senado, esta circunstancia esté explícita, tal cual era el espíritu inicial del Ministerio de Economía y Finanzas. Además de esa libertad necesaria sobre los agentes implementadores del juego, me quedo con el concepto vertido por el señor diputado Lafluf, en el entendido de que leyendo la letra chica terminamos con algo que es absolutamente marginal. Desde el punto de vista conceptual, a la hora de discutir de juego, deberíamos hacerlo manejando otros porcentajes para ver qué parte de la torta le toca al Estado. Espero que el Senado termine dilucidando la interpretación que, una vez más, nos ha llevado tantas horas de discusión en esta instancia de presupuesto, determinando que allí no deben estar estos dos artículos. Gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

plantea para repartir el 50 % del incremento del IVA. Nosotros no tenemos ni la presión ni la asistencia de ningún lobby; creo que está de más decirlo: votamos a conciencia. Votamos en contra por una posición filosófica y política. Por último, también hacemos nuestras las expresiones del señor diputado Mujica en el sentido de repudiar presiones y, ni qué hablar, atentados. Estamos contra todo tipo de presiones: las más primitivas y las más refinadas. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Con el mejor de los ánimos, quiero decir que estamos discutiendo un artículo que es muy importante, porque la Cámara está trabajando en él desde la hora 12. Por consiguiente, la Mesa solicita a quienes están anotados para hacer uso de la palabra por la vía del fundamento de voto que no lo hagan, a efectos de continuar con el debate. Al parecer, este es un debate que se dará en la Cámara en algún momento y, seguramente, todos nos expresaremos en esa ocasión. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Sánchez).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Señor presidente: vamos a tratar de ser bien breves. No hemos votado estos artículos porque no estamos de acuerdo con los juegos online. Creemos que es un tema que a futuro tendremos que regular o prohibir. También lo hacemos porque no queremos que los juegos deportivos como el fútbol uruguayo ingresen a esa modalidad, ya que en el futuro nos podría traer complicaciones. Además, creemos que este es un debate que nos debemos dar. Desde que ingresamos al tema, sabemos que aparentemente se resolverá en el Senado; hace cuatro horas que estamos discutiéndolo, cuando la solución no la vamos a dar nosotros. Estamos de acuerdo con que el beneficio -por poco que sea-, se destine a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a OFI. Pensamos que también se podría haber incluido a ONFI, la Organización Nacional de Fútbol del Interior, pero no queríamos entrar en este

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: me vi obligado a pedir la palabra porque algunas afirmaciones que se han hecho en esta sala preocupan o provocan dudas sobre las posiciones que se van a tomar. Un diputado planteó que quienes votáramos en contra de este artículo, estaríamos respondiendo a algún lobby; no sé cuál. Es como si nosotros dijéramos que todos los que votaron a favor están respondiendo a otro lobby; tampoco sé cual. Quiero aclarar que Unidad Popular tiene una posición sobre este tema, y es la que hemos manifestado. Entendemos que el juego es un vicio social. Está claro que una política prohibicionista no es aconsejable y, por lo tanto, defendemos el monopolio del Estado. Ojalá se pudiera retroceder, pero no incorporemos nada más al articulado. Se cree que como hay cosas que ya son malas, hay que agregar más conceptos, y así seguimos multiplicando lo que ya está mal. Y no es verdad que esto esté en manos del Estado. Basta recorrer el país. El 99 % de la explotación del juego está en manos de privados con licencia estatal, que dejan migajas, como esta que se

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tema. De todas formas, deseábamos dejar esta constancia. Muchas gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

haciendo uso de la palabra una señora diputada. Hace muchas horas, varios días que estamos trabajando y todos nos sentimos cansados. Con estos murmullos se hace muy difícil seguir. Tenemos una larga tarea por delante, unos quinientos artículos que faltan aprobar de este presupuesto. Por lo tanto, la Mesa solicita que nos escuchemos y nos respetemos entre nosotros. Puede continuar la señora diputada Patricia Vásquez Varela. SEÑORA VÁSQUEZ VARELA (Patricia).- Señor presidente: decía que voté negativamente estos artículos, en la medida en que estaba apoyando la propuesta y los aditivos presentados por el diputado Amarilla, del Partido Nacional. Espero que cuando este tema pase al Senado, esta Cámara se sensibilice y entienda que no solo es primordial apoyar a las instituciones de las ligas juveniles de fútbol de todo el país, sino lo vinculado con la caminería rural, que cuenta con tan pocos recursos. Advirtiendo el incremento del IVA y que el monto es muy pequeño, me gustaría que se considerara la propuesta económica que se derivaría a las instituciones que mencioné, así como las ganancias totales del juego. Como se dijo en sala, apuesto a que se haga un debate profundo y sensible con respecto a este gran flagelo que es el juego a nivel país. Todos nos debemos una gran reflexión al respecto y un establecimiento de pautas en ese sentido. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR NÚÑEZ (José Luis).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: cumpliendo con lo solicitado por el señor presidente, y teniendo fundamento en ese sentido, quiero decir que cuando hace unos días empezamos a estudiar este artículo comencé a preguntar, y lo único que vi fueron cangrejos debajo de la piedra que no sabía de dónde venían. En consecuencia, dije: ¡cuidado! Por supuesto que a mí no me respalda ningún lobby; ocupo esta banca y no me costó ni un peso. Realmente voté por la negativa -después de haber estudiado- porque me fastidia, siento rechazo y por razones de principios me produce una indignación republicana -muchas veces me dicen que insisto con este concepto- que el Parlamento dedique cuatro horas a discutir este tema cuando tenemos para considerar el resto de los artículos, entre ellos, todo lo relativo al Estado; más vale no hablar de lo que todavía nos queda por tratar. Digo con todo respeto a mis colegas que eso me produce un rechazo que nos tiene que llamar a la reflexión. Esto lo pagó el artículo, porque ni siquiera me molesté en levantar la mano como una manifestación de protesta pacífica ante lo que considero desvirtuar las razones por las cuales la ciudadanía nos trajo a estas bancas. Muchas gracias, señor presidente. SEÑORA VÁSQUEZ VARELA (Patricia).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA VÁSQUEZ VARELA (Patricia).- Señor presidente: voté en forma negativa estos artículos, lamentando que la propuesta del diputado Amarilla, del Partido Nacional, no haya prosperado. Espero que cuando se trate en el Senado, sean considerados estos agregados, ya que es muy importante… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa ruega a la Cámara hacer silencio porque está

SEÑOR NÚÑEZ (José Luis).- Señor presidente: brevemente queremos dejar constancia de nuestro voto negativo a este artículo en el entendido de que merecemos una discusión más profunda -ojalá se pueda; en eso vamos a estar-, sobre el tema del juego. Sin duda, este tema tiene ribetes y uno empieza a conocerlos cuando lo discute. Dejamos constancia de nuestro voto negativo y aspiramos a que en un futuro no muy lejano podamos estar presentes en un debate más profundo acerca del tema.

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18.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Walter De León, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Tabaré Laca. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Gerardo Amarilla, por el período comprendido entre los días 19 y 22 de octubre de 2015, a los efectos de asistir como expositor a la I Cumbre de Gobierno y Fe de la Coalición Latinoamericana de Gobierno y Fe, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, convocándose a la suplente siguiente, señora Laura Tassano. Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante José Yurramendi, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Myrian Álvez. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo 1º de la Ley Nº 17.827: De la señora Representante Susana Pereyra, por el período comprendido entre los días 29 y 31 de octubre de 2015, para participar de la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjenstad, Aruba, convocándose a la suplente siguiente, señora Estela Pereyra”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en sesenta y nueve: AFIRMATIVA.

Quedan convocados los suplentes correspondientes quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales por el día 13 de octubre, solicitando se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular, saludo atentamente, WALTER DE LEÓN Representante por San José”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de San José, Walter De León. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de San José, Walter De León, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 60910017373 del Lema Partido Frente Amplio, señor Tabaré Laca. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Con motivo de haber sido convocado por Colación Latinoamericana de Gobierno y Fe, para participar de I Cumbre de la colación latinoamericana de gobierno y fe, a celebrarse en la ciudad de Brasilia- Brasil, durante los días 19 a 21 de octubre del corriente año, solicito licencia -conforme a lo establecido en el literal D de la Ley N° 17.827-, del 19 a 22 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Miguel González”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Virginia Fros”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Adán Pimentel”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, a los efectos de asistir como expositor a la I Cumbre de Gobierno y Fe de la Coalición Latinoamericana de Gobierno y Fe, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 19 y 22 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, por el período comprendido entre los días 19 y 22 de octubre de 2015, a los efectos de asistir como expositor a la I Cumbre de Gobierno y Fe de la Coalición Latinoamericana de Gobierno y Fe, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señora Laura Tassano. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted al efecto de solicitar licencia conforme a lo establecido en la Ley Nº 10.618, en la redacción dada por la Ley Nº 17.827, el día 13 de octubre de 2015, basada en motivos personales. En esta ocasión tendrá la oportunidad de asumir el suplente respectivo. Sin más se despide atentamente, JOSÉ YURRAMENDI PÉREZ Representante por Cerro Largo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Pablo Duarte Couto”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Carmen Niria Tort González”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Pablo Collazo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Laura Sánchez”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Sandra Brum”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Cerro Largo, José Yurramendi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Pablo Duarte Couto, Carmen Niria Tort González, Pablo Collazo Bejérez, Laura Sánchez y Sandra Brum. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Cerro Largo, José Yurramendi, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Pablo Duarte Couto, Carmen Niria Tort González, Pablo Collazo Bejérez, Laura Sánchez y Sandra Brum. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 3, del Lema Partido Nacional, señora Myrian Álvez. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por los días 29, 30 y 31 del mes de octubre, debido a que fui convocada a la Reunión de la Comisión del Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano la cual

se llevará a cabo en la ciudad de Oranjestad, Aruba. Se adjunta convocatoria. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, SUSANA PEREYRA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra, para participar de la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjenstad, Aruba. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 29 y 31 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra, por el período comprendido entre los días 29 y 31 de octubre de 2015, para participar de la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjenstad, Aruba. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Estela Pereyra. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

19.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. En discusión el artículo 208 que había sido desglosado.

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SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Disculpen, señores legisladores, pero vamos a rectificar la votación del artículo 208. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 208 tal como vino de comisión, con la modificación propuesta por el señor diputado Asti. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y siete en setenta y siete:

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: cuando pedimos el desglose de este artículo -ante los comentarios hechos en sala- hicimos algunas consultas con el Ministerio de Economía y Finanzas y algunos legisladores presentes en sala. Entendimos que el artículo en el que figura la designación directa por resolución administrativa de altos cargos como los directores de las unidades organizativas Macroeconómica y Financiera, Presupuesto Nacional y Unidad de Deuda, merecía un tratamiento distinto. Pero, de acuerdo con el Reglamento de la Cámara, hoy no podríamos ingresar en ello, porque representaría un aditivo importante y no nos alcanzaría el plazo para hacerlo. Por lo tanto, de acuerdo con lo conversado y teniendo en cuenta las interrogantes planteadas en sala, solicitamos que se agregue un tope a la remuneración de estos funcionarios. Luego, cuando el proyecto pase al Senado se le podrá dar una redacción más explícita, creando las funciones de alta especialización y prioridad de estos cargos. Entonces, por ahora proponemos agregar: “Su remuneración no podrá superar el 80 % (ochenta por ciento) de la correspondiente al Ministro de Estado, establecida en el artículo 64 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en setenta y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: quiero que quede claro que se agrega la corrección verbal que hemos propuesto al artículo 208. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Por favor, repítalo. SEÑOR ASTI (Alfredo).- El agregado es siguiente: “Su remuneración no podrá superar 80 % (ochenta por ciento) de la correspondiente Ministro de Estado, establecida en el artículo 64 de Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. el el al la

(Texto del artículo aprobado:) “Artículo 208.- La designación de los Directores de las unidades organizativas ‘Macroeconómica y Financiera’, ‘Presupuesto Nacional’ y ‘Unidad de Deuda’ de la Unidad Ejecutora 001 ‘Dirección General de Secretaría’ del Inciso 05 ‘Ministerio de Economía y Finanzas’, se realizará mediante acto administrativo dictado por el jerarca del Inciso, pudiendo recaer en funcionarios públicos, quienes estarán comprendidos en el beneficio de reserva de cargo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Su remuneración no podrá superar el 80 % (ochenta por ciento) de la correspondiente al Ministro de Estado, establecida en el artículo 64 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Cuando la designación recaiga en funcionarios públicos, estos podrán optar por las remuneraciones establecidas para los Directores de estas Unidades o exclusivamente por las correspondientes a aquellos cargos reservados, sin perjuicio de la eventual acumulación de sueldos por el ejercicio de cargos o funciones docentes, de acuerdo con la normativa vigente en la materia. El cese en el ejercicio de la función se realizará en cualquier momento y por el mismo procedimiento de designación. Las erogaciones que surjan de la aplicación del presente artículo serán financiadas con créditos presupuestales de la Unidad Ejecutora 001 ‘Dirección General de Secretaría’ del Inciso 05 ‘Ministerio de Economía y Finanzas'”.

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20.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Alfredo Asti, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Estefanía Schiavone. Del señor Representante Alfredo Fratti, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Johan Carlos Fernández. Del señor Representante Wilson Aparicio Ezquerra Alonso, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Valentín Rodríguez. Del señor Representante Álvaro Dastugue, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Grisel Pereyra”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales por el día 13 de los corrientes. Solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, ALFREDO ASTI Representante por Montevideo”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Estefanía Schiavone. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia en el día 15 de octubre, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, LUIS ALFREDO FRATTI Representante por Cerro Largo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor

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Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Dardo Pérez”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego De los Santos”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Natalia E. Saracho”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Patricia Duarte”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Alfredo Fratti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes

siguientes señores Dardo Pérez Da silva, Diego De los Santos, Natalia Elizabeth Saracho Acos y Patricia Duarte Ferreira. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Cerro Largo, Alfredo Fratti, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Dardo Pérez Da silva, Diego De los Santos, Natalia Elizabeth Saracho Acos y Patricia Duarte Ferreira. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Johan Carlos Fernández. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 17.827, solicito licencia por motivos personales, por el día 13 de octubre del 2015. Saluda atentamente, WILSON EZQUERRA Representante por Tacuarembó”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente quien suscribe, Dr. Juan Antonio Otegui Saralegui – Credencial Cívica TAA 50.023, titular de la cédula de identidad N° 3.738.036-8 – en calidad de primer suplente del Representante Nacional electo por el Departamento de Tacuarembó

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– Wilson Aparicio Ezquerra Alonso – le comunico que en esta ocasión no acepto la convocatoria de la cual se me ha solicitado. Saludo a usted atentamente, Juan Antonio Otegui”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez acepto la convocatoria de la cual fui objeto. Saludo a usted atentamente, Rosario de León”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Wilson Aparicio Ezquerra Alonso. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Juan Antonio Otegui y Rosario De León. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Wilson Aparicio Ezquerra Alonso, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Juan Antonio Otegui y Rosario De León. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5050, del Lema Partido Nacional, señor Valentín Rodríguez. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside sirva autorizar licencia por motivos personales, para el día 13 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, ÁLVARO DASTUGUE Representante por Montevideo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside acepte mi renuncia por ésta única vez a la convocatoria del día 13 de lo corriente y proceda a la convocatoria del correspondiente suplente. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Ignacio Estrada”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Ignacio Estrada. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue, por el día 13 de octubre de 2015.

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2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Ignacio Estrada. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Grisel Pereyra. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

los que quedarán exonerados del pago de los derechos de arancel: 1) En la expedición de documento válido para un solo viaje a la República Oriental del Uruguay, cuando la persona haya sufrido el hurto o extravío de su documentación, o cuando haya sido deportada. 2) En la Constancia de Antecedentes Judiciales solicitada por la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación, de forma electrónica, a la Dirección Nacional de Policía Científica y emitida por las Oficinas Consulares”. Artículo 252.- Transfórmase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Unidad Ejec.tora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, cinco cargos de Embajador Itinerante, Escalafón M, Grado 07, creados por el artículo 336 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en cinco cargos de Embajador del Servicio Exterior, Escalafón M, Grado 07, dos en el Ejercicio 2016 y tres en el Ejercicio 2017. Artículo 253.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 36 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 295 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por el artículo 144 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el artículo 168 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el artículo 349 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y por el artículo 162 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 36.- Las vacantes que se produzcan en los cargos del último grado del escalafón del Servicio Exterior, Secretario de Tercera, serán provistas dentro del primer semestre de cada año, en la forma establecida en los artículos siguientes, por ciudadanos que al 30 de junio del respectivo año no hayan cumplido treinta y cinco años de edad y que tengan título de educación universitaria, en carreras con un mínimo de cuatro años de duración, que hayan sido expedidos por universidades legalmente habilitadas en la República. Excepcionalmente podrán ser provistas por ciudadanos que

21.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
Continuando con el tema motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, que comprende los artículos 248 a 269, inclusive. (Texto del Inciso 06:) “Artículo 248.- Los Consulados de la República no cobrarán los derechos extraordinarios establecidos en el Arancel Consular previstos en los artículos 233 y siguientes de la Ley Nº 16.170, de fecha 28 de diciembre de 1990, por las actuaciones consulares realizadas bajo la modalidad de consulados móviles planificados. Artículo 249.- La expedición de testimonios de partidas de estado civil por parte de las Oficinas Consulares de la República, mediante el sistema electrónico de la Dirección General del Registro de Estado Civil y de los Gobiernos Departamentales, será gratuita. Artículo 250.- Sustitúyese el artículo 142 de la Ley Nº 13.318, de 28 de diciembre de 1964, por el siguiente: “ARTÍCULO 142.- Exonérase del pago de derechos consulares a la lista de enseres personales y a los certificados de existencia, de residencia, de registro de estado civil y de estudios, que se expidan a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y a los Agregados Militares, y a los familiares a su cargo, en ocasión de su retorno al país”. Artículo 251.- Los funcionarios consulares intervendrán gratuitamente en los siguientes actos,

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acrediten títulos expedidos por universidades notoriamente reconocidas del exterior”. Artículo 254.- Créase en el Inciso 06, “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, Unidad Ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Escalafón M “Personal del Servicio Exterior”, un cargo de Ministro, Grado 06, al amparo de lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. El cargo será ocupado exclusivamente por el funcionario cuya situación dio origen a la respectiva creación y se suprimirá al vacar. La correspondiente erogación será financiada con cargo a la Financiación 1.1, Rentas Generales, reasignándose los créditos presupuestales de los Objetos del Gasto: 042.610 “Compensación Personal” en $ 12.708 (doce mil setecientos ocho pesos uruguayos), 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y o Productividad” en $ 79.946 (setenta y nueve mil novecientos cuarenta y seis pesos uruguayos) y 011.300 “Sueldo del Grado” en $ 108.653 (ciento ocho mil seiscientos cincuenta y tres pesos uruguayos), 042.526, “compensación especial c/funciones en Cancillería”, en $ 185.988 (ciento ochenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos uruguayos) y 042.520, “Compensación especial por cumplir tareas específicas” en $ 343.606 (trescientos cuarenta y tres mil seiscientos seis pesos uruguayos), anuales. Artículo 255.- Los funcionarios del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, Unidad Ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, del Escalafón M “Personal del Servicio Exterior”, que prestan funciones en la República, percibirán igual sueldo del grado que los funcionarios profesionales del Inciso, pertenecientes al Escalafón A, de acuerdo a las siguientes equivalencias: Grado 7 Escalafón M – Grado 16 Escalafón A Grado 6 Escalafón M – Grado 15 Escalafón A Grado 5 Escalafón M – Grado 14 Escalafón A Grado 4 Escalafón M – Grado 13 Escalafón A Grado 3 Escalafón M – Grado 12 Escalafón A

Grado 2 Escalafón M – Grado 11 Escalafón A Grado 1 Escalafón M – Grado 10 Escalafón A Increméntanse los créditos presupuestales del Objeto del Gasto 042.526 “Compensación Especial c/funciones en Cancillería” en $ 20.706.557 (veinte millones setecientos seis mil quinientos cincuenta y siete pesos uruguayos) y disminúyanse los créditos presupuestales de los siguientes Objeto del Gasto: 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas” en la suma de $ 20.614.858 (veinte millones seiscientos catorce mil ochocientos cincuenta y ocho), y 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad”, en la suma de $ 91.699 (noventa y un mil seiscientos noventa y nueve), con destino a financiar lo dispuesto en el inciso anterior. Artículo 256.- Créanse en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, Unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, en el Escalafón M “Personal de Servicio Exterior”, los siguientes cargos: Ejercicio 2016 3 (tres) cargos de Secretario de Tercera 3 (tres) cargos de Secretario de Segunda 2 (dos) cargos de Secretario de Primera Ejercicio 2017 3 (tres) cargos de Secretario de Segunda 2 (dos) cargos de Secretario de Primera Los cargos que se crean se financiarán con la reasignación de los créditos presupuestales de los siguientes Objetos del Gasto: 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, en la suma de $ 2.385.142 (dos millones trescientos ochenta y cinco mil ciento cuarenta y dos pesos uruguayos) y 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad”, en la suma de $ 2.370.180 (dos millones trescientos setenta mil ciento ochenta pesos uruguayos), para el ejercicio 2016 y con los Objetos del Gasto: 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, en la suma de $ 5.371.730 (cinco millones trescientos setenta y un mil setecientos treinta pesos uruguayos), anuales y 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o

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Productividad”, en la suma de $ 2.446.688 (dos millones cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos ochenta y ocho pesos uruguayos) anuales, para los ejercicios 2017 a 2019. Artículo 257.- Increméntase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, la partida creada por el artículo 341 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a partir del ejercicio 2016, en un monto de $ 9.541.953, (nueve millones quinientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y tres pesos uruguayos), anuales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, lo que se financiará con los créditos presupuestales de los siguientes Objetos del Gasto: 095.005 “Fondo p/financiar funciones transitorias y de conducción” en la suma de $ 7.988.641 (siete millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y un pesos uruguayos) y 047.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad”, en la suma de $ 1.553.312 (un millón quinientos cincuenta y tres mil trescientos doce pesos uruguayos), anuales. Artículo 258.- Asígnase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, Unidad Ejecutora 001, “Ministerio de Relaciones Exteriores”, una partida anual de $ 4.879.500 (cuatro millones ochocientos setenta y nueve mil quinientos pesos uruguayos), suma que incluye aguinaldo y cargas legales, para el pago de una compensación especial por el desempeño de

funciones de mayor responsabilidad y especialización. De dicha partida se destinará la suma de $ 1.951.800 (un millón novecientos cincuenta y un mil ochocientos pesos uruguayos), para el pago de las compensaciones directamente vinculadas al área de las “Tecnologías de la Información y Comunicación”. Lo dispuesto en el presente artículo se financiará con la reasignación del crédito presupuestal de los Objetos del Gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, por la suma de $ 2.959.502 (dos millones novecientos cincuenta y nueve mil quinientos dos pesos uruguayos) y 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad” por la suma de $ 640.498 (seiscientos cuarenta mil cuatrocientos noventa y ocho pesos uruguayos), anuales. Dichas sumas, más aguinaldo y cargas legales, se reasignarán al Objeto del Gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales”. El Poder Ejecutivo reglamentará el pago de la compensación que se crea en el presente artículo, en un plazo de ciento veinte días contados a partir de la vigencia de la presente ley. Artículo “Ministerio Ejecutora Exteriores”, Exterior: 259.- Créanse en el Inciso 06 de Relaciones Exteriores”, Unidad 001 “Ministerio de Relaciones Programa 480 “Ejecución de la Política

Cantidad de cargos Denominación 15 8 1 1 1 1 1 1 1 1 2 Administrativo Asesor V Asesor III Asesor III Técnico Técnico II Técnico II Técnico II Especialista Especialista Administrativo Informática Informática Informática Especialista XIV Informática

Serie

Escalafón Grado C D A A B B B B B D D 1 1 12 14 14 15 13 13 13 14 12

Ciencias Económicas Ciencias Económicas Técnico en Administración Técnico en Administración Pública Especialista Especializado Especialista Especializado

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Los quince cargos administrativos creados en el presente artículo se destinaran a la atención del servicio de tramitación de solicitudes de residencias permanentes de nacionales de los Estados Parte del Mercado Común del Sur (Mercosur) y sus Estados asociados, que pasó al ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores por Ley Nº 19.254, de 28 de agosto de 2014. Las creaciones dispuestas en este artículo se financiarán con la reasignación de una partida de $ 4.601.412 (cuatro millones seiscientos un mil cuatrocientos doce pesos uruguayos) del objeto de gasto 031.000 “Retribuciones zafrales y temporales” y una partida de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) del objeto de gasto 042.526 “Compensación Especial c/funciones Cancillería A166L18172”. A ambas partidas se adicionarán aguinaldo y cargas legales. Artículo 260.- Transfórmase en la Unidad Ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores” del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, una función contratada de carácter permanente Denominación Administrativo I, Serie Administrativo, del Escalafón C, Grado 09 en un cargo presupuestado Denominación Administrativo IX, Serie Administrativo, Escalafón C, Grado 01. La diferencia retributiva entre la función contratada y el cargo presupuestal, si la hubiera, se mantendrá como compensación personal transitoria, que se absorberá en futuros ascensos o regularizaciones. La transformación dispuesta en el presente artículo no afectará los derechos previstos por el artículo 45 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 49 del Decreto-Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, artículo 280 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, artículo 33 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, artículo 229 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, artículo 185 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, artículo 191 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008 y artículo 347 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 261.- Increméntase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, Proyecto 973, “Inmuebles”, una partida anual de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos),

con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a atender las erogaciones derivadas de obras en edificios de propiedad del Inciso en Uruguay. La partida autorizada por este artículo se financiará con los créditos presupuestales de los Objetos del Gasto: 092.000 “Partidas Globales a Distribuir”, en la suma de $ 9.067.509 (nueve millones sesenta y siete mil quinientos nueve pesos uruguayos) y 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Dcho. Público”, en la suma de $ 932.491 (novecientos treinta y dos mil cuatrocientos noventa y un pesos uruguayos). Artículo 262.Disminúyese el crédito presupuestal del Objeto del Gasto 092.000 “Partidas Globales a Distribuir”, en la suma de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos). Artículo 263.- Reasígnase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, Grupo 0 “Servicios Personales”, una partida anual de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1, “Rentas Generales”, a efectos de atender las erogaciones emergentes de la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso. La partida autorizada en la presente norma, se financiará con el crédito presupuestal de los Objetos del Gasto 099.001 “Partida Proyectada” $ 9.505.808 (nueve millones quinientos cinco mil ochocientos ocho pesos uruguayos), 042.527 “Compensación Negociadores Comerciales”, en la suma de $ 492.444 (cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos uruguayos), y 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas” en la suma de $ 1.748 (mil setecientos cuarenta y ocho pesos uruguayos). Artículo 264.- Disminúyense los créditos presupuestales del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, Programa 480 “Ejecución de Política Exterior”, Grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1, “Rentas Generales” en los siguientes Objetos del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Dcho. Público”, en la suma de $ 8.838.375 (ocho millones ochocientos treinta y ocho mil

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trescientos setenta y cinco pesos uruguayos) y del 042.527 “Compensación Negociadores Comerciales” $ 1.159.625 (un millón ciento cincuenta y nueve mil seiscientos veinticinco pesos uruguayos). Artículo 265.- Sustitúyese el artículo 76 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por los artículos 79, de la Ley Nº 13.892, de 19 de octubre de 1970, 42 de la Ley Nº 15.767, de 13 de setiembre de 1985, 171 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, y 135 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 76.- El funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que sea destinado para ocupar un cargo diplomático de Jefe de Misión Permanente, además de recibir los pasajes para él y su familia hasta la ciudad de destino, tendrá derecho a las siguientes compensaciones: A) El equivalente a medio mes de sueldo de su cargo presupuestal, por cada miembro de su familia, incluido el funcionario, para equipo de viaje, hasta un máximo de tres, cuando se trate de funcionarios que sean trasladados por primera vez de la República con destino a prestar servicios en una Misión Diplomática Permanente. B) El equivalente a tres meses de sueldo presupuestal para gastos de alojamiento provisorio y de instalación de la residencia y de las oficinas de la Misión. Esta asignación podrá ser reducida en un 50 % (cincuenta por ciento), cuando el edificio en que está alojada la Misión sea propiedad del Estado. C) El equivalente a un mes de sueldo y gastos de representación equivalente a la de un funcionario Grado 6, del Escalafón M “Personal del Servicio Exterior”, más los beneficios sociales de hogar constituido y/o asignación familiar, cuando el funcionario los perciba o corresponda percibirlos en virtud de la asignación de funciones en el exterior, por los gastos relacionados con la mudanza. Esta compensación se liquidará cuando los

funcionarios sean destinados a cumplir funciones en el exterior, cuando se dispongan traslados o cuando regresen definitivamente a la República. D) Por concepto de exceso de equipaje, el rembolso del importe correspondiente a una valija por el Jefe de Misión y otra por cada uno de los miembros de su familia cuando corresponda. E) Por el rembolso de los gastos de despacho aduanero, cuando corresponda. Cuando los funcionarios sean trasladados en el exterior o nuevamente desde la República, para ocupar un cargo en el exterior, tendrán derecho a las compensaciones previstas en los literales B), C), D) y E), del inciso anterior. Cuando los funcionarios retornen definitivamente a la República, tendrán derecho a las compensaciones dispuestas en los literales C), D) y E). Las compensaciones dispuestas en los literales A), B) y C), se liquidarán de conformidad a lo establecido en el artículo 63 de la Ley Nº 12.801, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 41 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988″. Artículo 266.- Sustitúyese el artículo 77 de Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en redacción dada por el artículo 43 de Ley Nº 15.767, de 13 de setiembre de 1985, por siguiente: la la la el

“ARTÍCULO 77.- Los demás funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que sean destinados a prestar servicios en una Misión Diplomática Permanente o en una Oficina Consular, además de recibir los pasajes para ellos y su familia desde la capital de la República hasta la ciudad de destino, tendrán derecho a las siguientes compensaciones: A) El equivalente a medio mes de sueldo de su cargo presupuestal, por cada miembro de su familia, incluido el funcionario, hasta un máximo de tres, para equipo de viaje, cuando se trate de funcionarios que salgan

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por primera vez de la República destinados a prestar servicios en el exterior; B) El equivalente a dos meses del sueldo presupuestal del funcionario, para alojamiento provisorio e instalación de su casa en el lugar de su destino; C) El equivalente a un mes de sueldo y gastos de representación equivalente a la de un funcionario Escalafón M “Personal del Servicio Exterior”, Grado 6, más los beneficios sociales de hogar constituido y/o asignación familiar, cuando el funcionario los perciba o corresponda percibirlos en virtud de la asignación de funciones en el exterior, por los gastos relacionados con la mudanza. D) Por concepto de exceso de equipaje, el reembolso del importe correspondiente a una valija por el funcionario y otra por cada uno de los miembros de su familia, cuando corresponda; E) Por concepto de reembolso de los gastos de despacho aduanero, cuando corresponda. Cuando los funcionarios sean trasladados en el exterior o salgan nuevamente de la República a ocupar un cargo en el Exterior, tendrán derecho a las compensaciones dispuestas en los literales B), C), D) y E). Cuando los funcionarios retornen definitivamente a la República, tendrán derecho a las compensaciones dispuestas en los literales C), D) y E). Las compensaciones dispuestas en los literales A), B) y C), se liquidarán de conformidad a lo establecido en el artículo 63 de la Ley Nº 12.801, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 41 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988″. Artículo 267.- Derógase el artículo 78 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960. Artículo 268.- Sustitúyese el artículo 84 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 132 de la

Ley Nº 13.318, de 28 de diciembre de 1964, por el siguiente: “ARTÍCULO 84.- No se concederán pasajes sin la previa aprobación, por el Ministerio de Relaciones Exteriores, de los presupuestos respectivos, que no podrán ser menos de tres, salvo impedimento justificado. Dentro de los treinta días de su llegada al lugar de destino o de su arribo a la República, en su caso, los funcionarios deberán enviar al Ministerio de Relaciones Exteriores los comprobantes de la inversión de las sumas otorgadas para pasajes. Se suspenderá el pago de los sueldos a los omisos, hasta alcanzar el monto correspondiente a la suma objeto de rendición de cuentas, en caso de no dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso anterior”. Artículo 269.- Sustitúyese el inciso quinto, con los literales A) y B), del artículo 45 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 49 del Decreto-Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, artículo 280 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, artículo 33 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, artículo 229 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, artículo 185 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, artículo 191 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, y artículo 347 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “No obstante, tendrán derecho además del pago de los pasajes de ida y de regreso, a las compensaciones establecidas en el artículo 77 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960 y sus modificativas, en las condiciones allí establecidas”. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: en aras de dinamizar el trabajo de la Cámara proponemos -ya hemos hablando con los demás partidos políticos- que se vote en bloque los artículos 248 a 252 inclusive; 254 a 261 inclusive; 264, 266 a

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269 inclusive, y que se desglosen los artículos 253, 262, 263 y 265. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quisiera consultar cómo quedó el artículo 254, de acuerdo con la propuesta de la señora diputada Minetti. Nosotros queremos pedir que se desglose, y no me quedó claro si estaba comprendido en el bloque. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La señora diputada propuso incluirlo en el bloque, pero podemos excluirlo. Además, informamos a la Cámara que ese artículo requiere mayoría absoluta. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el siguiente bloque de artículos: 248 a 252 inclusive, 255 a 261 inclusive, 264, y 266 a 269 inclusive. (Se vota) ——Ochenta Unanimidad. por la afirmativa: AFIRMATIVA.

Lo que planteamos es que para el ingreso a la carrera funcional no exista tope de edad. Siempre que hay vacantes nuestra fuerza política, el Frente Amplio, plantea en los ámbitos correspondientes que, en lo posible, no haya tope de edad porque sabemos de muchos ciudadanos y muchas ciudadanas con más edad de la fijada tienen el currículo necesario para presentarse. Si establecemos un tope de edad estaríamos cercenando la posibilidad de que se puedan presentar a los concursos del Ministerio de Relaciones Exteriores. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Entonces, la propuesta del señor diputado Meroni es que se suprima: “que al 30 de junio del respectivo año no hayan cumplido treinta y cinco años de edad”. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: al igual que explicaba el diputado que me precedió en el uso de la palabra, nos parecía que esa redacción era discriminatoria, no inclusiva. No estamos de acuerdo con el tope de treinta y cinco años. También tenemos nuestras dudas sobre quiénes van a acreditar cuáles son las universidades notoriamente reconocidas en el exterior. ¿Quiénes tienen la potestad para decir cuáles son notoriamente reconocidas? De cualquier manera, debo decir sinceramente que lo peor era la exclusión por edad, que no nos parecía correcta ni procedente. SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

En discusión el artículo 253. SEÑOR MERONI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: planteamos que el artículo 253, por el que se sustituye el artículo 36 del Decreto-Ley Nº 14.206, quede redactado de la siguiente manera: “Las vacantes que se produzcan en los cargos del último grado del escalafón del Servicio Exterior, Secretario de Tercera, serán provistas dentro del primer semestre de cada año, en la forma establecida en los artículos siguientes, por ciudadanos que tengan título de educación universitaria, en carreras con un mínimo de cuatro años de duración, que hayan sido expedidos por universidades legalmente habilitadas en la República. Excepcionalmente podrán ser provistas por ciudadanos que acrediten títulos expedidos por universidades notoriamente reconocidas del exterior”. En definitiva, queremos que se suprima lo siguiente: “que al 30 de junio del respectivo año no hayan cumplido treinta y cinco años de edad”.

SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Señor presidente: el Partido Nacional iba a votar en forma negativa este artículo, precisamente, por el tope de edad. Hecha esta salvedad, creo que estaríamos en condiciones de acompañarlo. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: nosotros estamos a favor del texto que viene de la

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comisión, que fue propuesto -según tenemos entendido- por el Poder Ejecutivo, a partir de lineamientos de acción definidos por el canciller Nin Novoa en el momento que asumió su cargo. Nos parece que este texto vuelve a poner las cosas en su sitio, restableciendo un límite de edad que había sido suprimido en la gestión del exministro Almagro que, desde nuestro punto de vista, fue funesta para la necesaria profesionalidad del servicio exterior. No se puede perder de vista que hay escalafones como el diplomático, el del Ministerio del Interior y el del Ministerio de Defensa Nacional que son especiales y, por eso mismo, distintos de lo que es el estatuto del funcionario común. Estos no son cargos terminales, por así llamarlos, sino de comienzo de una carrera que va a tener una serie de etapas para las cuales se va preparando al funcionario, y el Estado invierte en esa preparación. Tiene que haber un límite de edad para que quienes ingresen en el último grado del escalafón del servicio exterior puedan hacer su carrera, aprender y perfeccionarse, y cuando lleguen a edades de madurez y de culminación tengan detrás todo el bagaje de experiencias y de conocimientos que se adquiere, precisamente, a través de la trayectoria en el servicio. Como eso es lo que ocurre en la gran mayoría de los casos, es decir que la gente que ingresa al último grado del escalafón es joven, es natural que si se permite el ingreso de personas de mucha más edad habrá una disonancia evidente entre muchachos que empiezan con veinticinco o treinta años y la gente que, si no existe ese límite, ingrese a los cincuenta. Habrá una dificultad evidente de relacionamiento, inclusive gente que se sentirá incómoda cuando le asignen tareas de menor jerarquía, que se adjudican a los que están empezando. Me parece que, desde todo punto de vista, es evidente que si hay una carrera que está pensada para desarrollarse en varios años tiene que haber límite de edad para ingresar al último grado del escalafón, como este; lo hay también en los Ministerios de Defensa Nacional y del Interior. A nadie se le ocurre que alguien empiece una carrera militar con cincuenta años o una carrera en el escalafón policial con una edad similar. Considero que esto es perfectamente razonable, que retoma el criterio histórico en el servicio exterior,

por lo menos desde que hay un estatuto del servicio exterior y que, en consecuencia, la propuesta que en su momento elevó el Poder Ejecutivo debe contar con el apoyo de la Cámara. Nosotros vamos a votar el artículo tal como viene de la comisión. SEÑOR MERONI (Jorge).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: nuestra fuerza política está promoviendo que en todo ingreso al Estado no haya tope de edad porque considera -como el diputado Andújar- que no es equitativo. Además, el artículo 55 de la Constitución de la República dice: “La ley reglamentará la distribución imparcial y equitativa del trabajo”. Entendemos que al quitar el tope de edad se está llegando a un artículo que realmente es equitativo. Gracias, señor presidente. (Ocupa la Presidencia el señor representante Constante Mendiondo) SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: me voy a expresar en el mismo sentido que el señor diputado Pasquet. Entiendo que hay que tener mucho cuidado en cómo se maneja el concepto de equidad e inequidad, porque realmente hay discriminación cuando se tratan igual situaciones diferentes. Aquí se trata del ingreso a una carrera administrativa que, además, es de altísima especialización. En consecuencia, treinta y cinco años en 2015 me parece que es una edad absolutamente razonable, porque el avance de la educación y de las tecnologías hace que, para la gente que haya podido prepararse, a los treinta y cinco años ya haya transcurrido una buena parte de su vida; está casi en la mitad de su vida e ingresa al Ministerio de Relaciones Exteriores. Hay una cosa en la que perderé con éxito, como siempre, pero me preocupa, aunque sé que es prácticamente imposible plantearla y por eso la dejaré

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como constancia. Me refiero a que este concepto de “universidades notoriamente reconocidas del exterior” es demasiado ambiguo. El Uruguay cuenta con un organismo consultivo honorario, que tuve el privilegio de integrar: el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada, que asesora al Ministerio de Educación y Cultura. Entre otras cosas, podría ser un organismo calificado a estos efectos. De lo contrario, sería muy discrecional de parte de quienes valoren en el momento del concurso de ingreso qué es una universidad notoriamente reconocida en el exterior. En definitiva, tenemos un organismo, un Consejo Consultivo con representación en el Ministerio de Educación y Cultura, en la Universidad de la República, en las universidades privadas y con un presidente independiente. Así podríamos poner un límite a esto porque, además, tenemos calificadas las universidades, inclusive de acuerdo con los estándares internacionales. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el Partido Independiente va a votar el artículo tal como vino de comisión. Nos parece que es la clave de cualquier carrera en el ámbito del Estado exigir un mínimo de edad, tal como se hace para el ingreso a otras actividades que requieren una determinada profesionalidad. (Ocupa la Presidencia el señor representante Alejandro Sánchez) ——A nadie se le ocurriría establecer un límite de edad mayor, por ejemplo, para el ingreso al Liceo Militar. Claramente, se establece un determinado límite porque, en todo caso, lo que interesa es proveer determinados servicios con gente joven. El servicio exterior es uno de los servicios más importantes que tiene el Estado uruguayo. Es la representación del Estado en el exterior. Lamentablemente, en el último período de Gobierno el servicio fue seriamente afectado por una gestión ministerial poco afecta a respaldar la profesionalidad. Lamento que este artículo -fue aprobado en comisión- se modifique en sala en nombre de la no

discriminación, lo que no es de recibo porque realmente no se trata de discriminación sino de establecer las bases para una carrera del servicio exterior, por lo que es correcto un máximo de treinta y cinco años para el ingreso, una edad más que adecuada. Se supone que a esa edad ya se terminó la carrera profesional de la que eventualmente se habla. Aparte, esto tiene un contrasentido, porque con esta redacción podrían ingresar personas de hasta sesenta años para iniciar una carrera en el servicio exterior. Realmente, esto no tiene fundamento; no es de recibo. Nosotros votaremos el artículo tal como vino de comisión. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: entiendo que se pongan como ejemplos cosas que estén a la par. Estamos hablando de capacidades intelectuales. Quizá para hacer el Liceo Militar se necesitan capacidades físicas, aunque también se requiere mucha capacidad intelectual. En el contexto actual, en la sociedad uruguaya puede suceder que, por diversos motivos, alguien que tiene vocación por el servicio exterior no haya podido terminar la Universidad o no la haya podido hacer hasta los treinta años. Yo tengo cuarenta y un años, aunque tal vez aparente muchos más, pero puedo decir que a los treinta y cinco años se es una persona intelectualmente activa, con todas las capacidades. Entonces, si se quiere limitar, que no sea a los treinta y cinco años. Nada entorpecerá la capacidad intelectual de realizar una buena carrera a los treinta y cinco años. Además, hay que tener en cuenta el contexto, porque a veces muchos chicos tienen vocación y hacen mucho esfuerzo para estudiar pero les lleva más tiempo terminar sus estudios. Gracias, señor presidente. SEÑOR MERONI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: quiero hacer una aclaración y luego responder una alusión política. Compartimos plenamente lo que dijo el señor diputado Andújar. Además, este régimen ya existía durante el Gobierno anterior y cuando se llamó a concurso para ingresar al Ministerio de Relaciones Exteriores solo se presentó una persona mayor de cincuenta años; el resto fueron menores. Por lo tanto, creemos que esa oportunidad no debe ser cercenada a ninguna ciudadana y a ningún ciudadano de este país. Por otra parte, políticamente no compartimos en absoluto lo dicho por el señor diputado Posada. Él puede valorar lo que quiera, pero nosotros queremos manifestar que respaldamos in totum el Gobierno del compañero José “Pepe” Mujica y la gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores a cargo del compañero -hoy Secretario General de la OEA- doctor Luis Almagro. Gracias, señor presidente. (Apoyados.- ¡Muy bien!) SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Debemos apostar a tener funcionarios de carrera cabales y completos, si es que queremos designar embajadores de carrera y no llenar el Ministerio de Relaciones Exteriores de embajadores políticos. Si queremos un servicio profesional debemos preparar buenos profesionales. Para hacerlo, tenemos que darles el tiempo para que cursen la carrera en la forma debida: que entren como secretarios de tercera, después lo sean de segunda, luego de primera, después sean consejeros, más tarde ministros consejeros, luego ministros y finalmente, un día, algunos llegarán a ser embajadores, pero para eso tienen que empezar en tiempo y forma. No pueden comenzar a los cincuenta años, aunque para algunos eso pueda representar una estupenda gratificación personal. El criterio no puede ser el subjetivo del funcionario sino el objetivo de las necesidades del servicio. De esa manera no violamos ninguna imparcialidad, porque acá no está en juego. Se trata de asegurar condiciones equitativas a todos los que estén en las mismas condiciones. Por ejemplo, todos quienes tengan menos de treinta y cinco años podrán dar el concurso y, entre ellos, en perfecta equidad, se elegirá a los más aptos para ingresar al servicio. Me parece que si miramos desde el punto de vista de lo que requiere el servicio diplomático para el país, es perfectamente justificada la exigencia de esta edad máxima para ingresar al último grado del escalafón. Muchas gracias. (Aplausos en la barra) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa informa a quienes se encuentran en la barra que el Reglamento de la Cámara no les permite realizar manifestaciones, ya sea de apoyo o de rechazo a las palabras de los señores diputados. Tiene la palabra la señora diputada Gloria Rodríguez. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Voy a ser muy breve. Estoy totalmente de acuerdo con no poner límites de edad. Trabajamos en los llamados cuando exigen, por ejemplo, que la persona sea menor de cuarenta y cinco años, porque muchas veces hay personas con cuarenta y cinco, cincuenta y sesenta años que se ven

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: no podemos perder de vista que, de acuerdo con la Constitución de la República, el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario. No se trata de que cualquiera con cincuenta años tenga derecho a sacarse el gusto de ingresar al Ministerio de Relaciones Exteriores. No puede ser ese el criterio de valoración. Tampoco está en discusión que una persona de cincuenta, sesenta o setenta años pueda tener las aptitudes intelectuales para desempeñarse como secretario de tercera. Es perfectamente posible que así sea, pero el punto es que el secretario de tercera es el último grado del escalafón diplomático. Se supone que allí empieza una carrera que tiene que culminar muchos años y muchos grados más tarde, con un funcionario que puede ser embajador de carrera y, por lo tanto, con toda una carrera atrás. Eso no se puede hacer cuando uno empieza a los treinta y cinco, a los cuarenta o a los cincuenta años.

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limitadas de realizar determinadas actividades en la función pública. Ahora nos encontramos con esta limitante. Votaremos para que la edad no sea un límite porque consideramos que se está trata de discriminación por edad; de lo contrario, pondríamos límites a todo. Creo que la edad no debe ser un límite, sobre todo con la expectativa de vida que hay actualmente. Los chicos comienzan a estudiar muy jóvenes y las carreras se hacen con mayor celeridad. Entonces, tenemos que acompasarnos a los tiempos y la edad no debe ser una limitante. Sí me preocupa el tema de las universidades. Debemos ser muy cuidadosos con las universidades del exterior pero, reitero, estoy totalmente de acuerdo con que la edad no sea una limitante y que no se discrimine por la edad. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR ANDRADE LALLANA permite una interrupción?

(Óscar).-

¿Me

SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Es cierto lo que decía el señor diputado Omar Lafluf, en el sentido de que una persona que entra a la Cancillería con más de treinta y cinco años se puede jubilar con pocos años de carrera. También es cierto que con el límite de treinta y cinco años para el ingreso, nuestro servicio exterior se estaría privando de contar con gente formada en el sector privado, con una buena carrera. Hoy por hoy, hay que reconocer que cada día es más importante la negociación. En la región hay algunos ejemplos de Cancillerías que incorporaron en cargos estratégicos a gente del sector privado, formada en negociación, que en su día a día tenía un gran nivel de conocimiento y estaba en condiciones de hacer importantes aportes en la materia. Por ejemplo, estoy pensando en el Palacio San Martín, que tuvo jerarcas formados en el sector privado y que hicieron un importante aporte. Tampoco se debe desvirtuar este criterio, de modo que el servicio exterior sirva para cualquier cosa. Nuestro Instituto Artigas del Servicio Exterior se enorgullece de ser un instituto que tiene una alta exigencia para ingresar al servicio exterior. Se piden requisitos de formación académica y, tradicionalmente, la carrera diplomática uruguaya es bien vista en el exterior. Uruguay tiene un cuerpo de diplomáticos capacitados profesionalmente. Creo que es un activo de nuestra Cancillería y considero que debemos propender a defenderlo. No soy amigo de los criterios restrictivos que, por motivos de edad, impidan que alguien de cuarenta años -una persona joven-, con buena parte de su formación hecha en el sector privado, académico, etcétera, ingrese a la carrera. Si tiene menos años de carrera dentro de la Cancillería, en definitiva va a ir detrimento de su propia persona, es decir, dará menos concursos, tendrá menos ascensos y menos destinos, pero podría ser un importante aporte. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Óscar Andrade, quien ha intentado sin éxito que alguien le diera una interrupción. (Hilaridad)

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: quiero aportar a la discusión, porque cuando se consultó al señor ministro de Relaciones Exteriores sobre este tema manifestó que se había propuesto este límite de edad -que podía ser modificado- porque la carrera diplomática -en la que el Ministerio de Relaciones Exteriores y el país invierten en formación- lleva dieciséis años y, por lo tanto, se pretendía que quienes la hicieran llegaran al final y no ingresaran para terminar jubilándose al poco tiempo. Lo digo como aporte a la discusión. SEÑOR ANDRADE LALLANA permite una interrupción? (Óscar).¿Me

SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: reconozco que el tema que estamos tratando puede ser muy opinable. También quiero decir que, en lo personal, estoy de acuerdo con el criterio de que no haya una limitante de edad en el ingreso al servicio exterior. ¿Por qué decimos esto?

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SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Señor presidente: se ve que tengo algún parentesco con el hombre invisible. (Hilaridad) ——El problema no es la Cancillería sino algo más de fondo. En cualquier rama de la actividad pública o privada a los mayores de cincuenta años no los quieren; ese es el problema de fondo, el que hay que abordar. Y siempre hay razones: que tenemos una población envejecida, que tenemos dificultades en la actividad de la industria, etcétera. Cuando fundamentamos el derecho del seguro de desempleo por un año para el mayor de cincuenta años —sobre todo para la mujer— teníamos datos estadísticos del drama que representaba para personas de esa edad conseguir trabajo. Siempre vamos a encontrar fundamentos de que es mejor tomar al más joven, más si es varón, con menos dificultades y no tiene hijos a cargo. El tema es que la sociedad es más compleja que eso; la sociedad es todo. Y como la sociedad es todo, creo que hay que interpretar en un sentido amplio el precepto constitucional tanto del artículo 53 como del artículo 55. Es un debate que, además, estamos dando entre todos los partidos en la Comisión de Legislación del Trabajo, para ver cómo construimos herramientas que sean inclusivas. Analicemos un dato de la realidad: hay más empleo, hay menos pobreza, hay más crecimiento y hay menos indigencia pero, entre todos esos datos, la mujer jefa de hogar tiene más pobreza, los niños tienen más dificultades y el mayor de cincuenta años que queda sin empleo sufre un drama, sobre todo la mujer. El tema es cómo construimos señales. Entre esas señales podemos tener que equilibrar y elegir qué es lo mejor para la Cancillería y qué es lo mejor para el país como señal política de construcción de una cultura alternativa más inclusiva. Yo entiendo el fundamento de los que hablan de qué es lo mejor para la Cancillería pero elijo —elegimos, porque creo que hay una cantidad de legisladores que se inclinan por esta opción-, qué es lo mejor como señal política cultural que debe tender a la inclusión para superar los prejuicios que existen en la actividad pública y en la privada. Para la actividad pública y privada hay que tener entre veinticinco y treinta y cinco años y ser

varón; si no tenés hijos, mejor. Ni hablar de una discapacidad o algo de mayor gravedad, porque todavía son más los factores de exclusión. Es un debate que parece menor pero, en el fondo, hay debates más profundos y creo que está bueno que los abordemos reconociendo que el problema existe desde el punto de vista social. Repito: ¿quién de nosotros no tiene un amigo o familiar mayor de cincuenta años sin trabajo, que transita un drama aunque tenga capacidad y tiene voluntad de trabajar? Tenemos que ver, como Estado, la forma de construir señales en una dirección distinta, más inclusiva. En general, a pesar de una circular de la Oficina Nacional del Servicio Civil que estableció con claridad la prohibición de que haya límites de edad a la hora de los llamados, la mayoría de las dependencias no hizo caso, y en algún momento tendremos que legislar al respecto. Mientras tanto, no sigamos legislando en materias distintas porque de esa manera estamos jugando con las señales políticas. SEÑOR MERONI interrupción? (Jorge).¿Me permite una

SEÑOR ANDRADE (Óscar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: quiero hacer dos salvedades. La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo dice que no se puede poner un límite de edad para el ingreso a la función pública. Por otra parte, nos comunicamos con el Ministerio de Relaciones Exteriores y tanto el canciller como el subsecretario y el secretario general de Secretaría nos expresaron que no tienen inconvenientes en que se elimine el límite de edad que se estableció en el articulado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Puede continuar el señor diputado Óscar Andrade Lallana. SEÑOR ANDRADE LALLANA finalizado, señor presidente. (Óscar).He

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 253, con la supresión propuesta por el señor diputado Jorge Meroni.

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SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: solicito que se vote el artículo tal como vino de comisión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar el artículo tal como vino de la comisión. (Se vota) ——Sesenta y seis en ochenta y uno: AFIRMATIVA. Tenemos una propuesta del señor diputado Jorge Meroni con respecto a suprimir del texto la expresión “que al 30 de junio del respectivo año no hayan cumplido treinta y cinco años de edad”. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en ochenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: he solicitado a la Cámara el desglose de este artículo, y a mi Partido la autorización para votar de una manera diferente a lo que dentro de algunos minutos seguramente será la actitud de la bancada del Partido Nacional con referencia a esta disposición. No es un tema determinante ni de fondo y, en todo caso, atiende a una realidad particular, pero me parece describe una forma de actuar en la Administración que sinceramente no compartimos. Se trata de crear un cargo, en este caso un cargo de ministro del servicio exterior, a los efectos de contemplar la situación particular de un funcionario de carrera que ha obtenido una sentencia anulatoria en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que viene litigando con el Ministerio de Relaciones Exteriores desde hace mucho tiempo y que ha impugnado más de un concurso de los realizados por dicha Cartera a los efectos de procesar determinados ascensos de grado. En este caso, el segundo inciso del artículo 254 contiene una expresión que resume lo que se propone, que a nosotros nos rechina mucho. Dice: “El cargo” -el que se va a crear- “será ocupado exclusivamente por el funcionario cuya situación dio origen a la respectiva creación y se suprimirá al vacar”. De esta manera se confiesa que se está proponiendo concretar la creación de un cargo con nombre propio, a partir de una sentencia judicial, está bien, pero nosotros entendemos que para el cumplimiento de esa sentencia judicial la Administración debió haber apelado a otros instrumentos o mecanismos. Se invoca la Ley N° 16.736, del año 1996, que en principio daría sustento jurídico a esta decisión. Esa norma, del año 1996, reitero, admite más de una alternativa, pero obliga necesariamente a la Administración -me consta que hay antecedentes inclusive en otros Ministerios y reparticiones públicasa crear un cargo cuando un funcionario obtenga la nulidad del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de determinado acto administrativo. Por lo tanto, la Administración se ve en el callejón sin salida de tener que crear un cargo para cumplir con la sentencia

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que el Partido Independiente no ha votado la supresión de la mencionada expresión. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: la bancada del Partido Colorado también quiere dejar constancia de que no ha votado la supresión solicitada, por los fundamentos que expuso el señor diputado Pasquet. SEÑOR BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: voté concordantemente con mi intervención anterior; voté por el límite de edad. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 254.

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judicial. El Tribunal no obliga a la Administración a crear un cargo; simplemente anula el acto. El artículo 21 de la Ley N° 16.736 autoriza a la Contaduría General de la Nación a habilitar los créditos correspondientes hasta tanto se cree el cargo o la función contratada equivalente. Yo creo que el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Administración podrían haber ido por este otro camino, que parece bastante más prolijo y arreglado a los principios generales que regulan la buena administración, la Administración pública o el derecho administrativo, por aquel principio que hace un rato se invocó de que el funcionario está para la función y no la función para el funcionario. Como todos sabemos, este es un principio de rango constitucional. Aprovecho para decir que con el señor ministro de Relaciones Exteriores tuvimos una enorme coincidencia cuando vino a presentar su propuesta presupuestal, no solo en cuanto a los contenidos y a las disposiciones específicas que componen el articulado de la ley de presupuesto correspondiente al Inciso Ministerio de Relaciones Exteriores, sino a las orientaciones vinculadas con la política exterior y con los procedimientos de inserción internacional del país que, sin ninguna duda, describen lo que ya habíamos advertido desde el 1° de marzo. Me refiero al cambio cualitativo que, por suerte para el país, en esta materia se ha venido procesando desde que asumió el nuevo gobierno, dejando atrás la etapa trágica -me atrevo a decir- que vivimos en materia de relaciones exteriores durante la Administración que encabezó el expresidente Mujica. Específicamente, con relación a esta disposición nos quedó la sensación de que el ministro Nin Novoa se encontraba presionado por la situación, y que nos pedía por favor que creáramos este cargo porque es un dilema al que el Ministerio se enfrenta desde hace mucho tiempo, pues un funcionario que no sé quién es -no se dijo el nombre y poco me importa-, en función de su permanente comportamiento litigioso con la Cancillería, se había vuelto una especie de dolor de cabeza -eso es lo que deduje- para las autoridades, para las jerarquías del Ministerio de Relaciones Exteriores. El ministro nos dijo, inclusive, que ya tiene un destino diplomático para este funcionario, tal cual consta en la versión taquigráfica. Lo enviaría como secretario -no sé si de primera o de segunda- a

nuestra misión diplomática en el Vaticano. Eso no está mal. Yo creo que el Ministerio puede hacer eso, pero para hacerlo no necesariamente tiene que crear un cargo. Podría atribuirle la función equivalente de otra manera. Repito: la propia ley de 1996 lo prevé. Por ese camino podría cumplir con la sentencia judicial y satisfacer el derecho que la Justicia reconoció al funcionario por la vía de la anulación de un acto administrativo que le provocaba lesión y, al mismo tiempo, preservar el interés de la Administración. Yo diría que es un procedimiento absolutamente racional, lógico y del más elemental sentido común. Cuando la Administración crea un cargo o el Poder Ejecutivo pide al Poder Legislativo la aprobación para proceder en ese sentido es porque obedece al interés general, a las necesidades del Inciso o de la Administración, a los efectos de un mejor servicio, y no simplemente para cumplir con una sentencia judicial referida a un funcionario en particular cuando, reitero, la propia ley admite alternativas y posibilidades diversas para proceder en ese sentido. Por eso nosotros, seguramente actuando de manera solitaria porque todos los partidos legítimamente votaron por esta disposición en la comisión, vamos a votar -debidamente autorizados por nuestro Partido Nacional- en contra del artículo 254. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Antes de continuar con la lista de oradores, queremos aprovechar la oportunidad para saludar a los alumnos de 4°, 5° y 6° año de la Escuela N° 183 del barrio Carrasco Norte del departamento de Montevideo. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Graciela Bianchi Poli. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: este es un aporte absolutamente técnico. Uno trata siempre de hacerlo así, pero lo quiero especificar. Sé que cuando viene el proyecto y funcionan las mayorías cada uno tiene su manera de actuar dentro de cada partido. Pido disculpas por no haber estado presente cuando vino el ministro de Relaciones Exteriores, pero yo no forma parte de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y, además, se superponían otras de mis

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actividades. Los miembros de la comisión y el presidente han sido muy gentiles y he podido concurrir como invitada cuando se consideraron prácticamente casi todos los Incisos, salvo cuando vino el que estamos tratando. Acá hay otra cosa peor porque, en realidad, cuando el Tribunal de lo Contencioso Administrativo anula, todo vuelve al momento en que se produjo el acto anulado, con lo cual podemos generar al Estado -porque va a haber una especie de paréntesis en que se le va a tener que pagar- y al administrado -que ganó la acción de nulidad- una situación extraña, porque hay como un período en el que parece que no es funcionario, y no es así. Si se crea el cargo es porque hay un período en que se considera que no fue funcionario, y la sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que es anulatoria, retrotrae exactamente sus efectos al momento en que se cometió el acto administrativo con abuso o desviación de poder. Punto número uno. Punto número dos: no sé cómo lo van a arreglar en el Banco de Previsión Social, porque las sentencias anulatorias del Tribunal de lo Contencioso Administrativo se han vuelto algo tan habitual -desgraciadamente, aun más en los últimos años— que el Banco de Previsión Social tiene una dependencia especializada en la materia, en la que se reformula la cédula del funcionario, inclusive si hubiera podido jubilarse, y se hacen los aportes correspondientes al Estado, pero con una línea de continuidad. Acá se está cortando nada más y nada menos que la línea de continuidad jurídica que representa la anulación; o sea, es como si el acto nunca se hubiera producido. Queríamos dejar esta constancia, más allá de que no lograremos convencer a nadie y, por supuesto, votaremos en forma negativa porque desde el punto de vista técnico, jurídico y práctico para el Estado y la Administración es un verdadero disparate. Lamento no haber podido hacer este aporte en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Como bien recordaba el señor diputado Abdala, el Ministerio de Relaciones Exteriores pidió encarecidamente la aprobación de este artículo. Honestamente, no tengo capacidad jurídica para dar respuesta al señor diputado, pero parto de la base de que la asesoría jurídica del Ministerio habrá hecho las consultas del caso y, por eso, voy a votar el artículo tal como fue propuesto. Por otra parte, yo no recuerdo como algo trágico la gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores del período pasado. Discrepo profundamente con el señor diputado. Creo que fue una buena gestión, y le voy a dar un dato. El otro día fui a la Embajada de Palestina, que se instaló en el país, y me causó mucho agrado ver izada la bandera de esa nación en nuestro territorio. Eso fue fruto de la gestión del Ministerio del período pasado que, a mi juicio, tuvo muchísimos aspectos positivos para el país. Muchas gracias. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: no voy a emitir juicio sobre la oficina jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores porque no la conozco. Puedo emitir juicio sobre la oficina jurídica del Consejo Directivo Central, donde sistemáticamente se cometieron errores porque los abogados que allí se desempeñaban o los asesores políticos no se animaron a decir a los jerarcas lo que tenían que hacer. No digo que este sea el caso; lo ignoro absolutamente. Me refiero a que lo que hace el administrado inmediatamente después es ir a los juzgados de lo contencioso administrativo -no al Tribunal- y entablar un juicio reparatorio. Las oficinas se equivocan como nos equivocamos todos; a mí me pasó, como secretaria administrativa, ver cómo el Consejo Directivo Central tuvo que sostener varios juicios por este tipo de errores o, simplemente, porque los jerarcas se negaban a reintegrar a una persona cuya destitución había sido anulada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Luego, el Estado se ve obligado a pagar. Recuerdo un caso concreto, que involucró US$ 1.400.000 de indemnización, una parte por aportes al Banco de Previsión Social y otra por la

SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: brevemente, quiero hacer dos puntualizaciones.

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remuneración que se debió haber pagado, con los intereses y los reajustes correspondientes. Con respecto a las consecuencias del efecto anulatorio de la acción de anulación del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, no hay dos bibliotecas. Lo que lamento profundamente es no haber estado en el momento en que se discutió el tema en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, pero desgraciadamente no la integro. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: sin duda, tiene razón la señora diputada Bianchi en cuanto a que un juicio anulatorio después se traduce en un juicio reparatorio, con consecuencias muy gravosas para el Estado. Precisamente, creo recordar que uno de los argumentos que exponía el canciller para defender esta solución es que esto forma parte de una transacción que evita el juicio. Es decir: el Estado, para no pagar la suma cuantiosa que podría reclamar este ciudadano después de haber ganado en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, ofrece esta solución transaccional. La aprobación de esta norma evitaría el reclamo cuantioso contra el Estado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Por otra parte, sin querer abrir un debate sobre la política exterior del Uruguay por una vía tangencial -ahora y a esta altura del análisis presupuestal-, quiero decir que, por supuesto, me hago cargo del calificativo de “trágica” con respecto a la política exterior que se siguió en el país en el período pasado y, obviamente, no pretendo que el señor diputado Chiazzaro lo comparta. Con seguridad no lo comparte, pero seguramente coincidirá conmigo -más allá de la evaluación que haga al respecto- en que ha habido un cambio cualitativo en la conducción de la política exterior a partir del 1° de marzo de este año. Sin ninguna duda, ese cambio cualitativo ha sido liderado por el ministro de Relaciones Exteriores. Me remito a algunas reacciones y opiniones que el propio diputado Chiazzaro y otros voceros muy representativos en esta materia de la fuerza política de gobierno han expresado con relación a temas muy importantes en cuanto a la definición del país en materia internacional, muchas veces en términos discordantes o, por lo menos, no coincidentes con las posiciones del Gobierno actual y, por lo tanto, del canciller. Nosotros advertimos que la gestión del ministro Nin Novoa conlleva un esfuerzo mucho más profesional a la hora de definir la política exterior del país. No por casualidad vamos a votar prácticamente todas las disposiciones que contiene la propuesta presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Sin duda, se trata de un planteo y una orientación mucho más desideologizados y, por lo tanto, mucho más pragmáticos en el buen sentido del término a la hora de definir, desde el punto de vista de la inserción internacional, qué le conviene más al Uruguay por sus características, por su dimensión territorial, por su ubicación en la región y por su necesidad de abrirse al mundo en términos de satisfacer de la mejor manera el interés nacional. Dejo esta constancia. Es un debate apasionante y tal vez en algún momento pueda ser interesante adentrarnos en él. Muchas gracias. SEÑOR MERONI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: con relación a la disposición específica que estamos analizando, no niego que el Ministerio de Relaciones Exteriores y, a través suyo, el Estado se proponga buscar una salida a esta situación. Simplemente, estoy diciendo que el Ministerio tenía opciones, incluso a la luz de la propia norma de 1996 que invoca. Optó por la creación de un cargo, solución que a nosotros no nos satisface por las razones que dijimos antes y no vamos a reiterar. Creo que pudo haber fortalecido su posición y, al mismo tiempo, haber satisfecho el cumplimiento de la sentencia judicial por la vía de asignar la función equivalente y adjudicarle un destino diplomático a este funcionario que, al tenor de lo que el ministro anunció en la comisión, es lo que habrá de ocurrir.

SEÑOR MERONI (Jorge).- Señor presidente: comparto lo expresado por el diputado Pasquet en cuanto a los costos financieros que podría haber si no votáramos este artículo que nos propone el Ministerio.

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Por otra parte, ¡si habrá sido desastrosa la gestión del compañero Luis Almagro, excanciller, que fue designado como secretario general de la OEA! ¡Si será desastrosa la gestión realizada por este Ministerio y por la Presidencia de la República que nunca antes en el mundo Uruguay fue tan reconocido como durante el mandato de José “Pepe” Mujica! Y no lo digo yo: el semanario británico The Economist designó al Uruguay como país del año en 2013. Es decir que internacionalmente Uruguay y el expresidente José Mujica fueron reconocidos en el mundo entero como nunca antes lo había sido ningún otro mandatario de este país. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Señores legisladores: la Mesa no va a permitir que se ingrese en el análisis de algo que, como ustedes bien saben, nada tiene que ver con el tema en debate. El Reglamento de la Cámara de Representantes establece que en la discusión particular se ha de hacer referencia al artículo que se está considerando; sin embargo, creo que se está abriendo un debate acerca de la política exterior y de sus representantes y, además, del Gobierno anterior. Por lo tanto, la Mesa considera que es momento de votar el artículo que está a consideración de la Cámara. (Diálogos) SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejando Sánchez).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: no voy a prolongar este debate, como usted reglamentariamente nos exhorta, y tiene razón. Sin duda su planteo se sustenta en las discusiones reglamentarias. Ahora bien, supongo que este señalamiento está referido a la intervención del diputado preopinante, porque hasta ahora lo que aconteció fue que, después de una afirmación nuestra, el señor diputado Chiazzaro hizo determinadas consideraciones, yo contesté una alusión y se suponía que ahí habíamos redondeado la cuestión. Yo no tengo problema en dejarla por acá, pero pídale a los que la quieren seguir que también la dejen porque, de lo contrario, nosotros saltamos.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejando Sánchez).- Si usted me permite, más allá del sano intercambio vamos a intentar que los que la quieren seguir, que son varios legisladores que han levantado la mano, la levanten pero para votar el artículo. (Apoyados) ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 254. (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y seis: AFIRMATIVA.

22.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Alejandro Sánchez, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Camilo Cejas. Del señor Representante Gerardo Amarilla, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Laura Tassano”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes pondientes, y se les invita a ingresar a sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor 1er. Vicepresidente de la Cámara de Representantes Pablo Abdala Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo, se sirva concederme el uso de corres-

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licencia por el día 13 de octubre de 2015, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, ALEJANDRO SÁNCHEZ Representante por Montevideo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor 1er. Vicepresidente de la Cámara de Representantes Pablo Abdala Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Charles Carrera”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor 1er. Vicepresidente de la Cámara de Representantes Pablo Abdala Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Reyes”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor 1er. Vicepresidente de la Cámara de Representantes Pablo Abdala Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Lucía Etcheverry”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alejandro Sánchez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015.

II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Charles Carrera, Diego Reyes y Lucía Etcheverry. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alejandro Sánchez, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Charles Carrera, Diego Reyes y Lucía Etcheverry. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Camilo Cejas. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a efectos de solicitar licencia por motivos personales por el día 13 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Miguel González”.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Virginia Fros”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Adán Pimentel”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel.

3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señora Laura Tassano. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, RAPELA”. VALENTINA

23.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. (Ocupa la Presidencia el señor representante Constante Mendiondo) SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: solicito que se rectifique la votación del artículo 254, porque advertí que hubo más votos negativos en relación al resultado que los que la Mesa proclamó. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Sesenta y ocho en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 262. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 263. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y AFIRMATIVA. nueve en ochenta y nueve:

En discusión el artículo 265. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete en ochenta y ocho: AFIRMATIVA.

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(Ocupa la Presidencia el señor representante Pablo Abdala) ——Se pasa a considerar el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, que comprende los artículos 270 a 326, inclusive. (Texto del Inciso 07:) “Artículo 270.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, la Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, con los siguientes cometidos: A) Coordinar y ejecutar las políticas en materia de sistemas de control zoosanitario y fitosanitario y de los organismos vivos genéticamente modificados, respecto de personas, equipajes, bultos y vehículos, que ingresan al país por cualquier medio de transporte marítimo, fluvial, terrestre o aéreo. B) Asesorar al Ministro y a las Unidades Ejecutoras del Ministerio y articular con la institucionalidad agropecuaria, en materia de barreras sanitarias e inocuidad alimentaria. C) Diseñar protocolos de evaluación del riesgo para el ambiente, salud humana, sanidad animal y vegetal, de procesos para evitar que se introduzcan en el territorio nacional, animales vivos o vegetales o productos, subproductos y derivados de origen animal o vegetal, en contravención a las disposiciones sanitarias y fitosanitarias vigentes, e inocuidad alimentaria. El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, reglamentará el presente artículo, dentro de los ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley, reasignando créditos presupuestales, recursos y puestos de trabajo correspondientes al Inciso 07. Artículo 271.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria” el cargo de Director General de Control, con carácter de particular confianza, cuya remuneración se regirá por el

artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. A efectos de financiar la creación dispuesta en el inciso anterior, reasígnase de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público”, un importe de $ 1.824.559 (un millón ochocientos veinticuatro mil quinientos cincuenta y nueve pesos uruguayos), a la Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria”, en los objetos correspondientes. Artículo 272.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria”, a contratar un Gerente en Inocuidad, un Gerente en Bioseguridad y un Gerente en Barreras Sanitarias, quienes deberán acreditar idoneidad suficiente de acuerdo a las tareas a desempeñar, por un plazo de un año, renovable no más allá del período de gobierno, previa suscripción de un compromiso de gestión aprobado por el jerarca y sujeto a evaluación anual. Artículo 273.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria”, un cargo de Coordinador de Inocuidad en el Escalafón A, Grado 14. La creación dispuesta en el inciso anterior, se financiará con cargo al Grupo 0 “Servicios Personales” de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1. “Rentas Generales”, objeto de gasto 095.002 “Fondo Para Contratos Temporales Derecho Público” la suma de $ 1.387.876 (un millón trescientos ochenta y siete mil ochocientos setenta y seis pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos correspondientes para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma. Artículo 274.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 140 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 140.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a

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otorgar compensaciones por realizar un régimen especial de trabajo, en actividades vinculadas a los servicios de control, inspección, vigilancia epidemiológica, análisis, verificación y certificación sanitaria, incluidos el control de equipajes, pasajeros y vehículos, realizadas por las Unidades Ejecutoras 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” y 009 “Dirección General de Bioseguridad”, que se ejecuten en cumplimiento de los cometidos sustantivos asignados, en función de las necesidades del servicio”. Artículo 275.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a través de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, a certificar desde el punto de vista sanitario, higiénico sanitario y de calidad, los animales y productos de origen animal provenientes de sistemas de gestión de bioseguridad sanitaria, de acuerdo a lo dispuesto por las normas nacionales, normas y recomendaciones internacionales y exigencias de los mercados de exportación. A dichos efectos, la Dirección General de Servicios Ganaderos, establecerá las condiciones, requisitos y oportunidades de la habilitación sanitaria y el registro de predios destinados a la implantación de sistemas de gestión de bioseguridad sanitaria. El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo, dentro de los ciento ochenta días de la entrada en vigencia de la presente ley. Artículo 276.- Créase en el Inciso 07, “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001, “Dirección General de Secretaría” el Sistema Nacional de Información Agropecuaria (SNIA), con los siguientes cometidos: A) Interoperar los diferentes sistemas de información y registros del Ministerio con el objetivo de su integración en un sistema. B) Articular el relacionamiento interno de todas las dependencias del Ministerio e instituciones vinculadas al sector agropecuario respecto del intercambio de datos e información.

C) Crear el Registro Único de Productores, el cual deberá interoperar, sistematizar y estandarizar todos los registros existentes y a crearse en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. D) Cumplir los demás deberes y atribuciones que establezcan las leyes y reglamentos. Artículo 277.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, el Registro Nacional Frutihortícola, que funcionará en el ámbito de la Unidad Ejecutora 006 “Dirección General de la Granja”. En este registro deberá inscribirse, toda persona física o jurídica, institución pública o privada, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que destine su producción a la comercialización interna o externa. La inscripción tendrá carácter gratuito y obligatorio. Serán aplicables, en caso de comprobarse infracciones a lo dispuesto precedentemente, las sanciones previstas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por los artículos 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y 129 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 278.- Increméntanse en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, Programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Financiación 2.1 “Endeudamiento Externo”, el Proyecto 745 “Desarrollo rural sustentable y empleo en cadenas de valor” por la suma de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) y el Proyecto 749 “Fortalecimiento, competitividad y desarrollo rural sostenible” por la suma de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), con la finalidad de atender la calidad del agua, en forma inicial y prioritariamente de la Cuenca del Río Santa Lucía. Artículo 279.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, en las Unidades Ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaría”, 006 “Dirección General de la Granja” y 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, el Proyecto 121 “Igualdad de Género”. Reasígnanse en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” las siguientes partidas:

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U.E. Programa F.F. Proyecto 001 006 007 001 006 007 320 1.1 323 1.1 322 1.2 320 1.1 323 1.1 322 1.2

O.G.

2016 -50.000 -50.000

2017 -50.000 -50.000

2018 -50.000 -50.000

2019 -50.000 -50.000

000 299.000 000 199.000

000 299.000 -1.800.000 -600.000 -1.800.000 -600.000 121 299.000 121 199.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000

121 299.000 1.800.000 600.000 1.800.000 600.000

Artículo 280.- Transfiérese la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal (CONAHOBA) del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. El Poder Ejecutivo determinará los créditos presupuestales, recursos materiales y financieros asignados a la mencionada Comisión, que serán transferidos al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. Artículo 281.- Todas aquellas referencias legales o reglamentarias a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal (CONAHOBA) como organismo desconcentrado del Ministerio de Educación y Cultura, se deberán entender efectuadas a la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, como organismo desconcentrado del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El Poder Ejecutivo reglamentará los cometidos y la estructura organizativa de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, incluyendo un nuevo modelo de gestión, integración y gerenciamiento, dando cuenta a la Asamblea General. Artículo 282.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 18.471, de 27 de marzo de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 14.- Créase la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, como organismo desconcentrado dependiente del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, que se integrará por: un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que la

presidirá; un representante del Ministerio de Salud Pública; un representante del Ministerio del Interior y un representante del Congreso de Intendentes. En caso de empate, para la toma de decisiones, el Presidente tendrá doble voto”. Artículo 283.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley Nº 18.471, de 27 de marzo de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 16.- Son cometidos de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, los siguientes: A) Asesorar al Poder Ejecutivo sobre las políticas y los programas que estime necesarios para el cumplimiento de los fines previstos en la presente ley, disposiciones complementarias, concordantes y modificativas. B) Planificar, organizar, dirigir, evaluar y colaborar en la ejecución de los programas que se coordinen con el Poder Ejecutivo. C) Articular y coordinar sus planes y programas con otros organismos públicos, pudiendo conformar o integrar para ello comisiones o grupos de trabajo. D) Organizar, dirigir y coordinar las campañas o los programas de información, educación pública y difusión para la protección de los animales en su vida y bienestar y la tenencia responsable de animales. E) Realizar o fomentar investigaciones y estudios relacionados con la situación de los animales, su comportamiento y su protección.

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F) Recibir y diligenciar las denuncias sobre actos de maltrato y abandono de animales, sin perjuicio de actuar de oficio cuando corresponda, pudiendo requerir la intervención del Ministerio del Interior, autoridades sanitarias y judiciales competentes. G) Proponer al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca la creación y organización de sistemas de identificación y registro de animales para la consecución de los fines y cometidos asignados a la Comisión, sin perjuicio de aquellos sistemas de registro que ya se encuentren consagrados en la normativa legal y reglamentaria vigente al momento de aprobación de la presente ley. H) Ejecutar, en coordinación con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, y demás organismos públicos competentes, las acciones conducentes a la adecuación y optimización de los sistemas de identificación y registro de los animales que disponga la reglamentación. I) Disponer y ejecutar, cuando a su juicio correspondieren, las acciones conducentes a la limitación de la reproducción de los animales de compañía, procediendo para tal fin a su esterilización, a la aplicación de otros medios no eutanásicos o a la realización de campañas de adopción de animales abandonados por parte de tenedores responsables. Lo dispuesto es sin perjuicio de lo establecido en el numeral 3) del literal B) del artículo 12 de esta Ley N° 18.471, de 27 de marzo de 2009. J) Mantener controlado el número de animales de compañía, organizando, controlando y supervisando las campañas de identificación o registro de los mismos. K) Concertar acuerdos con organismos nacionales y proponer acuerdos internacionales, previa aprobación por el Poder Ejecutivo, a fin de dar mayor difusión y eficacia a las campañas que se lleven a cabo para la consecución de los fines previstos en la Ley Nº 18.471, de 27

de marzo de complementarias, modificativas.

2009, disposiciones concordantes y

L) Informar al Poder Ejecutivo en materia de compromisos internacionales concernientes a los animales y otros temas que disponga la reglamentación, velando por el cumplimiento de los mismos. M) Coordinar y supervisar la actuación de Comisiones Regionales, Departamentales o Municipales, reglamentando en todos los casos su funcionamiento, pudiendo delegar funciones en las mismas. Los cometidos asignados a la Comisión no excluyen otros que hubiesen sido asignados a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, siempre que no contradigan lo dispuesto en la presente ley”. Artículo 284.- Créase un Consejo Consultivo de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, dependiente del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, con la siguiente integración: un delegado de la Universidad de la República; un delegado de la Administración Nacional de Educación Pública; un delegado designado por el Poder Ejecutivo a propuesta de las organizaciones representativas de los empresarios rurales; un delegado designado por el Poder Ejecutivo a propuesta de las organizaciones honorarias no gubernamentales protectoras de animales con personería jurídica; un delegado de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay y un integrante de la Comisión Nacional Asesora Honoraria para la Seguridad Rural. El Consejo Consultivo tendrá los siguientes cometidos: A) Asesorar a la Comisión. B) Sugerir campañas de difusión o proyectos de investigación, aconsejando a la Comisión para su aprobación. C) Coordinar, cuando así lo disponga la Comisión, actividades de difusión. El Poder Ejecutivo aprobará la reglamentación que establecerá el funcionamiento y la organización del Consejo Consultivo, pudiendo modificar la integración del mismo.

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Artículo 285.- Créase la Comisión Asesora en materia de Zoonosis, Tenencia Responsable y Bienestar Animal, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, la que tendrá cinco integrantes: uno designado por el Poder Ejecutivo a propuesta de las Comisiones de Zoonosis y Bienestar Animal que la presidirá, dos representantes de la Comisión Honoraria de Zoonosis y dos representantes de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. La Comisión Asesora tendrá los siguientes cometidos: A) Proponer acciones, planes y programas ante la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. B) Proponer estrategias públicas en materia de zoonosis y enfermedades trasmitidas por los vectores; protección de los animales en su vida y bienestar; registro, identificación y tenencia responsable de animales, para ponerlas a consideración de ambas comisiones. C) Analizar y evaluar los programas y planes que desarrollen, en conjunto, la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. D) Establecer comisiones o grupos de trabajo para el desarrollo y cumplimiento coordinado de objetivos concretos de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. Artículo 286.- Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura Pesca, a transferir las competencias de la Asesoría “Estadísticas Agropecuarias” (DIEA), a la Asesoría “Oficina de Programación y Política Agropecuaria” (OPYPA), manteniéndose los cometidos, funciones, recursos y atribuciones asignados. Artículo 287.- Créase en el Inciso 07, “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios

Ganaderos”, la Unidad Coordinadora de Sanidad e Inocuidad Avícola, que tendrá los siguientes cometidos: A) Desarrollar un programa estratégico integral en materia de sanidad e inocuidad de las aves y sus productos, que abarque el sector productivo, de intermediación e industrialización con destino al mercado interno y la exportación. B) Implementar el fortalecimiento de programas de vigilancia epidemiológica para enfermedades de importancia en el comercio internacional, con impacto en la producción avícola y la salud pública, y de los programas de control microbiológico y residuos biológicos. C) Considerar y proponer las estrategias de control y erradicación de dichas enfermedades, realizando las coordinaciones multidisciplinarias institucionales e interinstitucionales necesarias para planificar las acciones. D) Proponer los procedimientos de certificación higiénico-sanitaria en establecimientos de producción, intermediación, faena e industrialización de aves y sus productos cuyo control corresponde a la competencia de la Unidad Ejecutora, incluyendo los requisitos y condiciones de certificación para el sector público y profesión veterinaria de libre ejercicio. E) Coordinar las actividades de control y certificación con el Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG). Artículo 288.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, a establecer para todas las plantas de incubación, los establecimientos avícolas de reproducción, de producción de aves de engorde y de producción de huevos con fines comerciales; empresas de intermediación comercial de aves vivas, tenedores de aves sin granja, establecimientos de faena de aves, e importadores y exportadores de aves y huevos que operen en el territorio nacional, la obligación de mantener

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actualizados los datos del Registro Avícola del Sistema de Monitoreo Avícola (SMA), los cuales tendrán el carácter de declaración jurada. Déjase sin efecto la exigencia de presentación de las declaraciones juradas periódicas de existencias y movimientos de lotes de aves y huevos ante la División Contralor de Semovientes (DICOSE). Sustitúyese la Guía de Tránsito Avícola, por la impresión del remito generado por el sistema informático, para los movimientos de lotes ingresados al Sistema de Monitoreo Avícola (SMA). Serán aplicables, en caso de comprobarse infracciones a lo dispuesto precedentemente, las sanciones previstas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por los artículos 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y 129 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 289.- Las competencias, funciones y cometidos asignados por las normas legales vigentes a la Dirección General de Servicios Ganaderos, Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Marcas, Señales y Frutos del País y División de Contralor de Semovientes, se distribuirán de la siguiente manera: A) Las competencias registrales pasarán a la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” a través del “Sistema Nacional de Identificación Ganadera” (SNIG) en coordinación con el “Sistema Nacional de Información Agropecuaria” (SNIA). B) Las competencias inspectivas y de fiscalización permanecerán en la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”. El Poder Ejecutivo reglamentará las competencias, funciones y cometidos de cada una de las Unidades Ejecutoras antes mencionadas, en el marco de lo dispuesto en este artículo, en el plazo de ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 290.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 180 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente:

“ARTÍCULO 180.- Establécese un sistema de control zoosanitario y fitosanitario de todas las personas, equipajes, bultos y vehículos, que ingresan al país por los puntos de ingreso autorizados, en cualquier medio de transporte marítimo, fluvial, terrestre o aéreo, que será competencia de la Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, de acuerdo con los criterios técnicos elaborados por las Unidades Ejecutoras 002 “Dirección Nacional de Recursos Acuáticos”; 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” y 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” del mismo Inciso. Reasígnanse los créditos presupuestales y los recursos humanos correspondientes de las Unidades Ejecutoras 004 y 005 a la Unidad Ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, así como las atribuciones para el cumplimiento de sus fines, en la forma que establezca la reglamentación a ser aprobada por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. Artículo 291.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” la suma de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, del Grupo 0 “Servicios Personales”, Objeto del Gasto 095.005 “Fondo p/financiar funciones transitorias y de conducción”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago por concepto de nocturnidad a los funcionarios que se encuentren dentro de dicho régimen. Artículo 292.- Créase en la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, una compensación por compromisos de gestión de $ 2.763.461 (dos millones setecientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y un pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, que se financiará parcialmente reasignando créditos del Objeto del Gasto 095.005 “Fondo Para Financiar Funciones Transitorias y de Conducción”. El mismo se abonará al personal que cumpla efectivamente funciones en el organismo,

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cualquiera sea su vínculo funcional, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Artículo 293.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 182 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por los siguientes: “Créase en dicha Unidad el cargo de “Director Nacional de Descentralización y Coordinación Departamental”, de particular confianza, comprendido en el literal d) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. A tales efectos, disminúyese en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público” en $ 95.720 (noventa y cinco mil setecientos veinte pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales”. Artículo 294.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, a contratar diecinueve Directores Departamentales, los que deberán acreditar idoneidad suficiente de acuerdo a las tareas a desempeñar en el marco de la Ley Nº 18.126, de 12 de mayo de 2007 y del artículo 182 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por un plazo de un año, renovable no más allá del período de gobierno, previa suscripción de un compromiso de gestión aprobado por el jerarca y sujeto a evaluación anual. Las personas comprendidas en la situación precitada no adquirirán la calidad de funcionarios públicos. Cuando la contratación recayere en funcionarios públicos, podrán éstos optar por el régimen que se establece en el presente artículo, manteniendo la reserva del cargo de su oficina de origen, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. El monto de cada contrato individual no podrá superar la suma de $ 59.000 (cincuenta y nueve mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero

2015, por todo concepto, ajustándose en la misma oportunidad y porcentaje que se disponga para los funcionarios de la Administración Central. Las contrataciones previstas en este artículo se financiarán con créditos presupuestales existentes en el Grupo 0 “Servicios Personales”, de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, de acuerdo al siguiente detalle: A) $ 15.301.885 (quince millones trescientos un mil ochocientos ochenta y cinco pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, del Objeto del Gasto 092.000 “Partidas globales a Distribuir”. B) $ 2.931.180 (dos millones novecientos treinta y un mil ciento ochenta pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, del Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público”. La Contaduría General de la Nación efectuará las reasignaciones que correspondan para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 295.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Recursos Acuáticos” (DINARA) a determinar oficialmente las enfermedades de los animales acuáticos de importancia económica presentes en el país y las enfermedades reglamentadas bajo programa sanitario. Las enfermedades que se incluyan en esta última categoría deberán cumplir con las definiciones de enfermedades bajo programa sanitario que establezca la DINARA siguiendo las recomendaciones de la “Organización Mundial de Sanidad Animal” (OIE). Todo reporte sobre presencia en el país de nuevas enfermedades deberá ser comunicado a la DINARA en la forma y bajo las condiciones que establezca la reglamentación. Artículo 296.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Recursos Acuáticos” (DINARA), una tasa de hasta 10.000 UI

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(diez mil unidades indexadas) que gravará cada solicitud de ingreso a puertos de la República presentada por parte de buques o embarcaciones de bandera extranjera utilizados para la pesca, para actividades de apoyo o relacionadas con la misma, por la intervención que le compete a la citada Dirección Nacional en el control e inspección de tales buques o embarcaciones, en cumplimiento de acuerdos internacionales. En el caso de buques que reciben trasbordos en altamar, la tasa deberá ser abonada tanto por el buque que recibe la donación como por cada buque donante. El Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca determinará el monto de la tasa, cuyo producido se destinará a financiar gastos de funcionamiento e inversión de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA). Artículo 297.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 19 de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013, por el siguiente: “La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, previo dictamen de sus cuerpos técnicos, podrá dejar sin efecto las prohibiciones establecidas en este artículo”. Artículo 298.- Agrégase, como inciso segundo del artículo 80 de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013, el siguiente: “Corresponderá aplicar la sanción de apercibimiento siempre que el infractor carezca de antecedentes en la comisión de infracciones de la misma naturaleza y éstas sean calificadas como leves”. Artículo 299.Los procedimientos administrativos en trámite, a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013 (Ley de Pesca) por infracciones contra las disposiciones de la Ley Nº 13.833, de 29 de diciembre de 1969, serán resueltos de acuerdo a las citadas normas y a lo establecido por el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y modificativas. Artículo 300.- Los Planes de Uso y Manejo de Suelos serán elaborados por ingenieros agrónomos acreditados ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, quienes presentarán los mismos bajo su firma. Dichos profesionales serán

responsables de los datos ingresados así como contenido de los mismos, siendo aplicables disposiciones de los incisos tercero y cuarto artículo 139 de la Ley Nº 18.996, de 7 noviembre de 2012.

del las del de

Artículo 301.- El Plan de Uso y Manejo de Suelos presentado ante el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 003 “Dirección de Recursos Naturales”, deberá ser cumplido, aun cuando cambie la titularidad del predio o la explotación, salvo que se presente un nuevo plan en las condiciones establecidas en el numeral 9) del artículo 3º del Decreto-Ley Nº 15.239, de 23 de diciembre de 1981. La División Suelos y Aguas de dicha Unidad Ejecutora brindará a solicitud de quien acredite fehacientemente el nuevo vínculo jurídico con el predio, la información existente respecto a los planes presentados. Artículo 302.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 18.564, de 11 de setiembre de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- La División Servicios Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en el ejercicio de sus potestades sancionatorias desconcentradas, cuando se trate de incumplimiento a las normas que regulan el uso y el manejo de los suelos y de las aguas, podrá aplicar las siguientes sanciones: A) Apercibimiento. Cuando el infractor carezca de antecedentes en la comisión de infracciones de la misma naturaleza y éstas sean calificadas como leves, deberá preceptivamente aplicarse la sanción de apercibimiento, sin perjuicio de los decomisos que correspondan. B) Multa que será fijada entre 10 UR (diez unidades reajustables) y 10.000 UR (diez mil unidades reajustables). En caso que la misma sea aplicada contra un propietario de inmuebles que no lo estuviere explotando en forma directa, a los efectos de la graduación de la multa se tendrá en cuenta la conducta de éste en relación al control que hubiere efectuado en cuanto al manejo de los suelos y de las aguas.

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C) Suspensión por hasta un año de habilitaciones, permisos o autorizaciones para la actividad respectiva”. Artículo 303.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 175 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 175.- Los productos fitosanitarios (plaguicidas), los fertilizantes, las enmiendas, agentes biológicos, los granos de cereales y oleaginosas, las frutas, hortalizas y los alimentos para animales que, según corresponda, se sinteticen, obtengan, fabriquen, produzcan, formulen, elaboren, apliquen, utilicen, ensayen, experimenten, comercialicen, liberen, introduzcan o egresen del territorio de jurisdicción nacional bajo cualquier régimen, podrán ser sometidos por la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a un proceso mediante el cual se evalúen datos científicos completos y se realicen los ensayos o análisis necesarios para demostrar que cuando se emplean de conformidad con las instrucciones para su uso, son eficaces a los fines propuestos y no representan riesgos indebidos para la salud humana, animal, vegetal y el ambiente”. Artículo 304.- Sustitúyense los numerales 1) y 2) del artículo 176 de la Ley Nº 19.149, del 24 de octubre de 2013, por los siguientes: “1) Determinar los procesos de evaluación que corresponda aplicar para cada uno de los productos fitosanitarios, fertilizantes, enmiendas, agentes biológicos, granos de cereales y oleaginosas, frutas, hortalizas y alimentos para animales y las autorizaciones, registros, certificaciones, habilitaciones y/o acreditaciones a que quedarán sujetos atendiendo a las características y niveles de riesgo de los productos involucrados”. “2) Establecer y publicar los requisitos, condiciones, plazos y procedimientos técnico-administrativos que se deberán cumplir para solicitar y obtener las autorizaciones, inscripciones, certificaciones, acreditaciones y/o habilitaciones previstas en

el artículo anterior, incluso, cuando corresponda, la certificación de las condiciones necesarias con el fin de garantizar la inocuidad y calidad de los productos que se destinen al mercado interno o la exportación, teniendo especialmente en cuenta las normas, directrices y recomendaciones emitidas en el marco de acuerdos regionales o internacionales ratificados por el país y en concordancia con las disposiciones legales vigentes en materia de salud humana, animal, vegetal y de protección ambiental”. Artículo 305.- Sustitúyese el artículo 178 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 178.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, a: 1) Determinar los procesos y requisitos para la inscripción en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales que incluirá entre otras características, y según corresponda, el equipamiento, y las capacidades de producción y de acopio. 2) Instrumentar la presentación de declaraciones juradas periódicas o puntuales de producción, existencias y uso de insumos para la producción, ventas o uso de alimentos, existencias, análisis y muestreos de alimentos, a ser presentadas según corresponda por los elaboradores, distribuidores, vendedores importadores y exportadores, así como laboratorios de análisis de alimentos para animales inscriptos en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales. El registro de productos, la elaboración para comercializar y el autoconsumo, almacenamiento, distribución, venta, importación, exportación, análisis y muestreo de alimentos para animales o sus insumos, sólo podrán efectuarse por quienes se hayan inscripto en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales que a tales efectos llevará la Dirección General de Servicios Agrícolas.

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Los datos aportados en la declaración individual serán considerados de carácter reservado. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca divulgará los datos estadísticos obtenidos que se consideren relevantes y que propicien una mayor transparencia del mercado, pudiendo a esos efectos, realizar publicaciones mensuales y periódicas. Las infracciones a lo precedentemente dispuesto, serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y sus modificativas, sin perjuicio de la suspensión preventiva de los registros prevista en el artículo 144 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, en la redacción dada por el artículo 134 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Los registrantes, elaboradores, importadores y exportadores de alimentos para animales deberán desarrollar su actividad bajo la responsabilidad técnica de un profesional ingeniero agrónomo o doctor en veterinaria”. Artículo 306.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, a controlar la exigencia que tienen las empresas comercializadoras de productos fitosanitarios de contar con un profesional ingeniero agrónomo como Director Técnico en su actividad. Artículo 307.- Sustitúyese el literal B) del inciso cuarto del artículo 383 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “B) Los reintegros o devoluciones de los apoyos recibidos por los beneficiarios a través del financiamiento de planes y proyectos de desarrollo rural”. Artículo 308.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, el Registro de Productores Familiares el que tendrá por finalidad registrar y administrar las declaraciones juradas realizadas por los productores o productoras familiares de acuerdo a las definiciones establecidas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca determinará el contenido y funcionamiento de dicho

Registro, que estará vinculado al Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) creado por el artículo 8º la Ley Nº 19.292, de 16 de diciembre de 2014. Artículo 309.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” Unidad Ejecutora 008 “Dirección General Forestal”, del Programa 322 “Cadenas de Valor Motores de Crecimiento” a adquirir plantas y semillas de otros viveros nacionales, mediante la modalidad de la permuta con especies de su propiedad, debiendo existir equivalencia de valor entre los bienes permutados. Artículo 310.- Cométese a la Unidad Ejecutora 006 “Dirección General de la Granja”, del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”: 1) Crear un Sistema de Trazabilidad de Frutas y Hortalizas Frescas, con alcance a todos los productos frutihortícolas del país, de aplicación y exigencia gradual. 2) Elaborar, mantener actualizadas, divulgar e implementar el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), en la producción de frutas y hortalizas frescas. 3) Promover y actuar en materia de inocuidad de frutas y hortalizas frescas, durante el proceso productivo, cosecha, transporte desde el predio, preprocesamiento, operaciones de packing, almacenaje y transporte del producto terminado. 4) Implantar el Programa Manejo Regional de Plagas en Frutihorticultura, el que funcionará bajo su coordinación. Artículo 311.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a aplicar la medida de interdicción, mediante el sistema informático del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), a los establecimientos agropecuarios, de acopios, de intermediación e industrialización de animales y productos de origen animal, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias en materia sanitaria, higiénico sanitaria o de calidad. A los efectos del presente artículo, se entiende por interdicción a la medida administrativa que limita en forma transitoria el movimiento de

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animales y productos de origen animal, hasta el efectivo cumplimiento de las obligaciones exigidas. Artículo 312.- Facúltase al Poder Ejecutivo a transferir a título gratuito al Instituto Nacional de Colonización, el inmueble afectado al Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, Padrón Nº 987, ubicado en la 5a. Sección Judicial del Departamento de Salto, Paraje Arerunguá, que según plano de Mensura del ingeniero agrimensor Gerardo Di Paolo de enero de 2011 inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 11489 el 17 de febrero de 2011, consta de tres fracciones Padrones números 12.322, 12.323 y 12.324. El acto administrativo operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria, un testimonio del mismo. Artículo 313.- Modifícase la denominación de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales Renovables” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, la que pasará a denominarse “Dirección General de Recursos Naturales”. Modifícase la denominación del cargo “Director General de Recursos Naturales Renovables”, el que pasará a denominarse “Director General de Recursos Naturales”. Artículo 314.- Agrégase al artículo 3º del Decreto-Ley Nº 15.239, de 23 de diciembre de 1981, el siguiente numeral:

“9) Exigir la presentación de Planes de Uso y Manejo de Suelos, que determinen la erosión tolerable, teniendo en cuenta los suelos del predio, la secuencia de cultivos y prácticas de manejo, en la forma y oportunidad que determine la reglamentación”. Artículo 315.- Agrégase al literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), el siguiente numeral: “34) Las compras que realice el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, para atender situaciones de emergencia agropecuaria, de acuerdo a lo establecido por el artículo 207 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008”. Artículo 316.- Facúltase al Poder Ejecutivo a designar agentes de percepción y retención de tributos (artículo 23 del Código Tributario), tarifas y precios que recaude el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, en el cumplimiento de sus cometidos legales. Artículo 317.- Suprímense en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, en las unidades ejecutoras que se detallan, los siguientes cargos:

U.E. ESC GDO 1 A 1 A 1 A 1 A 1 A 1 A 1 B 1 C 1 C 1 C

DENOMINACIÓN SERIE: ABOGACÍA

SERIE SERIE: CIENCIAS ECONÓMICAS SERIE: ECONOMÍA AGRARIA (MDEO) SERIE: ABOGACÍA (MDEO) SERIE: ESTADÍSTICA (MDEO) SERIE: CIENCIAS ECONÓMICAS SERIE: ARQUITECTURA SERIE: ADMINISTRATIVO (MDEO) SERIE: ADMINISTRATIVO (MDEO) SERIE: ADMINISTRATIVO (MDEO)

Cantidad 1 1 1 1 1 1 1 3 1 1

15 DEN: ASESOR I 14 DEN: ASESOR II 14 DEN: ASESOR II 13 DEN: JEFE DE SECCIÓN 12 DEN: ASESOR IV 4 DEN: ASESOR 11 DEN: TÉCNICO IV 10 DEN: JEFE DE SECCIÓN 9 DEN: SUB JEFE DE SECCIÓN 9 DEN: ADMINISTRATIVO

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U.E. ESC GDO 1 C 1 D 1 E 1 F 1 R 2 A 2 D 2 D 2 E 2 E 2 F 2 R 2 R 3 A 3 A 3 A 3 A 3 B 3 B 3 B 3 C 3 C 3 D 3 D 3 D 3 D 3 D 3 D 3 D 3 E 3 F 3 R 4 E 4 A 4 B 4 B 4 B 4 D 4 E

DENOMINACIÓN

SERIE SERIE: ADMINISTRATIVO (MDEO) SERIE: ESPECIALIZADO SERIE: OFICIOS (MDEO) SERIE: SERVICIOS (MDEO) SERIE: COMPUTACIÓN TEC. PROD. PESQUEROS (MDEO) SERIE: BIOLOGÍA PESQUERA (MDEO) SERIE: TELEFONISTA (MDEO) SERIE: CHOFER (MDEO) SERIE: OFICIOS (MDEO) SERIE: SERVICIOS (MDEO) SERIE: TRIPULACIÓN CUBIERTA (MDEO) Agronomía (Mdeo) Agronomía (Interior) Agronomía (Mdeo) Agronomía (Interior) Agronomía (Mdeo) Agronomía (Mdeo) Agronomía (Interior) Administrativo Administrativo (Mdeo) Dibujo (Mdeo) Dibujo (Mdeo) Laboratorio (Mdeo) Laboratorio (Mdeo) Inspección (Mdeo) Laboratorio (Mdeo) Telefonista (Mdeo) Oficios (Mdeo) Servicios (Interior) Operación (Mdeo) SERIE: OFICIOS (MDEO) SERIE: AGRONOMÍA (INTERIOR) SERIE: ADMINISTRACIÓN (MDEO) SERIE: AGRONOMÍA (INTERIOR) SERIE: ADMINISTRACIÓN SERIE: MECÁNICA AERONÁUTICA (MDEO) SERIE: OFICIOS (MDEO)

Cantidad 4 1 1 1 1 1 4 1 1 1 2 1 1 2 2 1 1 1 1 2 1 4 1 1 1 2 1 1 1 13 3 1 1 1 1 2 1 2 1

8 DEN: ADMINISTRATIVO I 1 DEN: ESPECIALISTA XIII 7 DEN: OFICIAL I 6 DEN: AUXILIAR I 1 DEN: ASESOR XV 12 DEN: ASESOR IV 6 DEN: ESPECIALISTA VIII 6 DEN: ESPECIALISTA VIII 6 DEN: OFICIAL II 6 DEN: OFICIAL II 6 DEN: AUXILIAR I 6 DEN: MARINERO PESCADOR 13 Jefe de Sección 13 Jefe de Sección 12 Asesor IV 12 Asesor IV 12 Jefe de Sección 11 Sub Jefe de Sección 11 Técnico IV 6 Administrativo III 6 Administrativo III 10 Especialista IV 9 Sub Jefe de Sección 9 Sub Jefe de Sección 8 Especialista VI 7 Especialista VII 6 Especialista VIII 6 Especialista VIII 6 Oficial II 6 Auxiliar I 10 Asesor VI 6 DEN: OFICIAL II 15 DEN: ASESOR I 11 DEN: TÉCNICO IV 11 DEN: TÉCNICO IV 11 DEN: TÉCNICO IV 10 DEN: ESPECIALISTA IV 6 DEN: OFICIAL II

10 DEN: TERCER MAQUINISTA SERIE: TRIPULACIÓN MÁQUINA

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U.E. ESC GDO 4 E 4 E 4 F 4 F 4 R 5 A 5 D 5 D 5 D 5 E 5 E 5 F 5 D 5 F 5 R 5 B 5 D 5 D 5 D 5 F 5 F 5 R 5 B 5 D 5 D 5 A 6 A 8 B 8 E

DENOMINACIÓN

SERIE SERIE: IMPRESIÓN (MDEO) SERIE: OFICIOS (INTERIOR) SERIE: SERVICIOS (INTERIOR) SERIE: SERVICIOS (MDEO) SERIE: OPERACIÓN BIBLIOTECARIO O BIBLIOTECÓLOGO (INTERIOR) TELEFONISTA (MDEO) INSPECCIÓN LABORATORIO (MDEO) OFICIOS (MDEO) OFICIAL II SERVICIOS (MDEO) TELEFONISTA (MDEO) SERVICIOS (MDEO) OPERACIÓN (MDEO) ARCHIVOLOGÍA VETERINARIA (MDEO) INSPECCIÓN INSPECCIÓN (MDEO) SERVICIOS (MDEO) SERVICIOS (INTERIOR) OPERACIÓN (INTERIOR) AGRONOMÍA (INTERIOR) INSPECCIÓN VETERINARIA (MDEO) OPERACIÓN DE BUQUES (MDEO) SERIE: CIENCIAS ECONÓMICAS SERIE: AGRONOMÍA (INTERIOR) SERIE AGRONOMÍA OFICIOS

Cantidad 1 1 1 5 1 1 1 1 3 3 1 4 1 1 2 1 1 2 9 4 8 2 1 39 1 1 1 2 1

6 DEN: OFICIAL II 6 DEN: OFICIAL II 6 DEN: AUXILIAR I 6 DEN: AUXILIAR I 10 DEN: ASESOR VI 12 ASESOR IV 6 ESPECIALISTA VIII 6 ESPECIALISTA VIII 6 ESPECIALISTA VIII 6 OFICIAL II 6 OFICIOS 6 AUXILIAR I 6 ESPECIALISTA VIII 6 AUXILIAR I 10 ASESOR VI 11 TÉCNICO IV 6 ESPECIALISTA VIII 6 ESPECIALISTA VIII 6 ESPECIALISTA VIII 6 AUXILIAR I 6 AUXILIAR I 10 ASESOR VI 11 TÉCNICO IV 6 ESPECIALISTA VIII 6 ESPECIALISTA VIII 4 DEN: ASESOR XII 12 DEN: ASESOR IV 11 TÉCNICO IV 1 OFICIAL VII

Artículo 318.- Créanse, en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, los siguientes cargos:

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U.E. ESC GDO 1 A 1 A 2 D 2 D 2 C 2 E 2 R 2 R 3 A 4 A 4 C 5 B 5 C 5 C 5 A 5 B 5 B 5 C 5 D 5 A 5 C 5 D 5 D 5 B 5 D 5 A 5 D 5 F 5 D 6 A 6 C 8 A 8 A 8 D

DENOMINACIÓN COMPUTACIÓN

SERIE

Cantidad 1 1 1 1 2 1 1 1 24 36 8 1 1 1 3 1 1 3 8 2 1 4 41 1 3 5 1 16 18 10 4 1 1 2

16 DIRECTOR DIVISIÓN 16 DIRECTOR DIVISIÓN 1 ESPECIALISTA XIII 1 ESPECIALISTA XIII 1 ADMINISTRATIVO VIII 1 OFICIAL II 1 AYUDANTE MAQUINAS 1 MARINERO PESCADOR 4 ASESOR XII 4 DEN: ASESOR XII 1 DEN: ADMINISTRATIVO VIII 3 DEN: TÉCNICO XII 1 DEN: ADMINISTRATIVO VIII 1 DEN: ADMINISTRATIVO VIII 4 DEN: ASESOR XII 3 DEN: TÉCNICO 3 DEN: TÉCNICO XII 1 DEN: ADMINISTRATIVO VIII 1 DEN: ESPECIALISTA XIII 4 DEN: ASESOR XII 1 DEN: ADMINISTRATIVO VIII 1 DEN: ESPECIALISTA XIII 1 DEN: ESPECIALISTA XIII 3 DEN: TÉCNICO 1 DEN: ESPECIALISTA XIII 4 DEN: ASESOR XII 1 DEN: ESPECIALISTA XIII 1 DEN: AUXILIAR VI 1 DEN: ESPECIALISTA XIII 4 ASESOR 1 ADMINISTRATIVO VIII 4 DEN: ASESOR XII 4 DEN: ASESOR XXII 1 ESPECIALIZADO

PROFESIONAL UNIVERSITARIO TECNOLOGÍA DE LOS PRODUCTOS PESQUEROS (MDEO) BIOLOGÍA PESQUERA(INTERIOR) ADMINISTRATIVO OFICIOS (MONTEVIDEO) TRIPULACIÓN MÁQUINA TRIPULACIÓN CUBIERTA (MDEO) AGRONOMÍA PROFESIONAL UNIVERSITARIO ADMINISTRATIVO SERIE: VETERINARIA SERIE: ADMINISTRATIVO SERIE: ADMINISTRATIVO SERIE: VETERINARIA SERIE: VETERINARIA SERIE: VETERINARIA SERIE: ADMINISTRATIVO SERIE: INSPECCIÓN SERIE: VETERINARIA SERIE: ADMINISTRATIVO SERIE: INSPECCIÓN SERIE: INSPECCIÓN VETERINARIA SERIE: VETERINARIA SERIE: INSPECCIÓN SERIE: LABORATORIO SERIE: LABORATORIO SERIE: SERVICIOS SERIE: INSPECCIÓN VETERINARIA AGRONOMÍA ADMINISTRATIVO SERIE AGRONOMÍA SERIE AGRONOMÍA ESPECIALISTA XIII

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Las creaciones dispuestas precedentemente se financiarán con los créditos presupuestales que surjan de la supresión de cargos vacantes establecida en el artículo anterior de la presente ley, así como de la reasignación de créditos presupuestales de las partidas y por los montos que se detallan a continuación: A) $ 32.385.806 (treinta y dos millones trescientos ochenta y cinco mil ochocientos seis pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la partida anual del “Fondo Para Contratos Temporales” (Objeto del Gasto 095.002). B) $ 23.373.907 (veintitrés millones trescientos setenta y tres mil novecientos siete pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Fondo Para Financiar Funciones Transitorias y de Conducción” (Objeto del Gasto 095.005) C) $ 2.328.072 (dos millones trescientos veintiocho mil setenta y dos pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de la “Partida Proyectada” (Objeto del Gasto 099.001), de la Unidad Ejecutora 001, Programa 320, Proyecto 000. D) $ 2.989.537 (dos millones novecientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y siete pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Financiación de Estructuras Organizativas” (Objeto del Gasto 099.002), de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”. E) $ 4.720.785 (cuatro millones setecientos veinte mil setecientos ochenta y cinco pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Personal de Alta Especialización” (Objeto del Gasto 038.000). F) $ 1.239.883 (un millón doscientos treinta y nueve mil ochocientos ochenta y tres pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas

legales, de la partida anual de “Partida Laboratorio” (Objeto del Gasto 042.510) de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”. G) $ 4.048.962 (cuatro millones cuarenta y ocho mil novecientos sesenta y dos pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Alta Prioridad” (Objeto del Gasto 033.000), de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”. H) $ 4.240.780 (cuatro millones doscientos cuarenta mil setecientos ochenta pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Compensación Especial por Funciones Especialmente Encomendadas” (Objeto del Gasto 042.511) de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”. I) $ 10.212.607 (diez millones doscientos doce mil seiscientos siete pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Incentivo al Rendimiento” (Objeto del Gasto 042.720). J) $ 1.590.337 (un millón quinientos noventa mil trescientos treinta y siete pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Mayor Responsabilidad” (Objeto del Gasto 042.514). Facúltase a la Contaduría General de la Nación para efectuar las reasignaciones dispuestas en este artículo. Artículo 319.- Modifícase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 001, Dirección General de Secretaría, la Serie del puesto de trabajo que a continuación se indica:

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UE 001

Puesto 25.691

Plaza

Régimen 1 Presupuestado

Esc. D

Grado

Denominación 9 Jefe de Sector

Serie Microfilmación

Por la siguiente serie: UE 001 Puesto 25.691 Plaza Régimen 1 Presupuestado D Esc. Grado Denominación 9 Jefe de Sector Serie Especializado

Artículo 320.- Modifícase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 008, “Dirección General Forestal” las Series de los puestos de trabajo que se indican a continuación:

UE Puesto Plaza 008 26.195 008 26.243 008 26.200

Régimen

Esc. Grado Denominación 12 Asesor IV

Serie Agronomía (interior)

1 Presupuestado A 4 Presupuestado D 1 Presupuestado A

6 Especialista VIII Inspección 12 Asesor IV Bibliotecología

Por las siguientes Series: UE Puesto Plaza 008 26.195 008 26.243 008 26.200 Régimen Esc. Grado Denominación 12 Asesor IV Serie Agronomía

1 Presupuestado A 4 Presupuestado D 1 Presupuestado A

6 Especialista VIII Especializado 12 Asesor IV Agronomía

Artículo 321.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público”, la suma de $ 2.018.400 (dos millones dieciocho mil cuatrocientos pesos uruguayos), que incluyen aguinaldo y cargas legales, con el mismo destino que la partida autorizada por el artículo 95 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006. Artículo 322.- Increméntanse en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las siguientes partidas anuales para gastos de funcionamiento e inversión:

U.E. Programa Proyecto 001 001 009 009 TOTALES 320 320 322 322

O.G.

2016 8.000.000 7.500.000 2.000.000

2017 8.000.000

2018 8.000.000

2019 8.000.000

000 299.000 720 799.000 972 799.000

7.500.000 16.452.500 16.452.500 16.452.500 000 299.000 16.452.500 2.000.000 2.000.000 3.000.000

33.952.500 33.952.500 26.452.500 26.452.500

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Artículo 323.- Sustitúyese el numeral 2) del artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “2) En aquellos casos en que, de conformidad con las normas en vigencia, corresponda sancionar con multa a los infractores, la misma será fijada entre 2.603 UI (dos mil seiscientas tres unidades indexadas) y 520.518 UI (quinientas veinte mil quinientas dieciocho unidades indexadas), excepto en los casos de: a) normas que regulan los programas de control y erradicación de brucelosis y tuberculosis, y normas que regulan la utilización de productos fitosanitarios, productos veterinarios y contaminantes ambientales o prohibición de su uso, en que el monto máximo será de hasta 2.602.592 UI (dos millones seiscientos dos mil quinientos noventa y dos unidades indexadas); y b) la deforestación de bosques nativos en los que el monto será establecido de acuerdo con el tipo de bosque y pérdida de biodiversidad entre 10.410 UI (diez mil cuatrocientas diez unidades indexadas) y 104.104 UI (ciento cuatro mil ciento cuatro unidades indexadas) por hectárea forestada”. Artículo 324.- Créanse las siguientes tasas cuya recaudación corresponderá al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, según el siguiente detalle: 1) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria y registro, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de mantenimiento, ampliación, y auditorías de los establecimientos de faena, industrializadores, y depósitos de carne, productos cárnicos, subproductos y derivados de las especies bovinas, ovinas, porcinas, equinas, avícolas, conejos, liebres y animales de caza menor, cuya

competencia corresponde a la División Industria Animal: 1.348,18 UI (mil trescientos cuarenta y ocho con dieciocho centésimos de unidades indexadas); 2) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria y registro, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de mantenimiento, renovación, y ampliación de industrias lácteas: 1.013,29 UI (mil trece con veintinueve centésimos de unidades indexadas); 3) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de renovación de habilitación de Acopiadores y Transformadores de Queso Artesanal: 364,79 UI (trescientos sesenta y cuatro con setenta y nueve centésimos de unidades indexadas; 4) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de renovación de habilitación de Depósitos de Productos Lácteos: 170,23 UI (ciento setenta con veintitrés centésimos de unidades indexadas); 5) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria y registro, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de mantenimiento, renovación y auditoría de establecimientos industrializadores y depósitos de miel y productos de la colmena que, en el ejercicio inmediato anterior hayan producido más de doce tambores del producto: 222,45 UI (doscientos veintidós con cuarenta y cinco centésimos de unidades indexadas); 6) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria y registro, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de mantenimiento, renovación y auditoría de laboratorios para el diagnóstico de Brucelosis: 960,35 UI (novecientos sesenta con treinta y cinco centésimos de unidades indexadas).

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Los fondos recaudados constituirán Recursos con Afectación Especial de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” y serán destinados a gastos de funcionamiento e inversión de dicha unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo dentro de los ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 325.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) más aguinaldo y cargas legales, del Grupo 0 “Servicios Personales”, Objeto del Gasto 042.530 “Compen. especial p/horario nocturno o trabajo días inhábiles”, de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, al Grupo 0 “Servicios Personales”, en la misma Fuente de Financiamiento y Objeto del Gasto, de la Unidad Ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”. Artículo 326.- El Instituto Nacional de Carnes transferirá a Rentas Generales, a efectos de apoyar el funcionamiento del Sistema Nacional de Información Ganadera, trazabilidad del ganado bovino, inocuidad alimentaria y sistema de control zoosanitario y fitosanitario, las siguientes partidas anuales en pesos uruguayos:
2016 40.000.000 2017 40.000.000 2018 2019

desglosando los siguientes artículos: 271 a 274 inclusive; 277, 278, 282, 284, 292, 293, 294, 296, 302, 321 y 324. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: solicitamos el desglose de los artículos 280, 281, 283 y 285. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: nos gustaría discutir en el plenario los artículos que van del 280 al 285. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Esos artículos ya están desglosados, de acuerdo con la propuesta de la señora diputada Orquídea Minetti. De acuerdo a lo que han propuesto los señores legisladores, correspondería votar el desglose de los artículos del Inciso “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”: 271, 272, 273, 274, 277, 278, 280 al 285, 292 al 294, 296, 302, 321 y 324. Esas disposiciones se analizarían separadamente y, por lo tanto, el resto del articulado se podría votar en bloque, si hay acuerdo de la Cámara en ese sentido. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el procedimiento a consideración. (Se vota) ——Ochenta y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se van a votar en bloque los artículos correspondientes al Inciso “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a excepción de los que fueron desglosados. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y cinco:

32.500.000 32.500.000

——En discusión el artículo 270. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cinco en ochenta y nueve:

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: quisiéramos proponer votar en bloque todo el Inciso,

En discusión el artículo 271. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y seis: AFIRMATIVA.

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SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: queremos fundamentar nuestra votación negativa. Nosotros hemos dado el voto a favor de la creación de esta unidad ejecutora, pero consideramos que la creación de los cargos de particular confianza otorga una potestad que no es conveniente. Además, esos cargos se podrían proveer mediante un concurso entre los funcionarios calificados que tiene el ministerio, dándoles la posibilidad de ascender, fundamentalmente, a los funcionarios de carrera que ya están formados y capacitados en esta área. Esta fundamentación vale también para los próximos dos artículos. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- En discusión el artículo 272. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en ochenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 273. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en ochenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 274. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y cinco:

En discusión el artículo 280. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: estamos muy preocupados por los siguientes artículos que vamos a discutir en la Cámara. Vamos a comenzar por el artículo 280, pero debemos reconocer que es un paquete que trata nada más y nada menos que de modificar la Ley N° 18.471 relativa a la tenencia responsable y bienestar animal. Lo primero que debemos decir es que nos vimos sorprendidos por la inclusión de estos artículos en la ley presupuestal. Hemos seguido esta problemática desde hace mucho tiempo e, inclusive, hemos reconocido los avances que el país ha hecho en la materia. Eso ha sido fruto del esfuerzo y el trabajo mancomunado de la Universidad de la República y su Facultad de Veterinaria, los profesionales veterinarios a través de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, la Academia Nacional de Veterinaria, a través de sus académicos, y destaco sobre todo a las organizaciones de protección animal, que han soportado sobre sus hombros en muchas ocasiones la ausencia del Estado en esta problemática. Ese esfuerzo y esa discusión de muchos años se plasmaron en la ley de bienestar animal y tenencia responsable del año 2009, que distinguió a este país en la comunidad latinoamericana, pero se demoró cinco años en reglamentarla. Se reglamentó recién en 2014 a través de 196 artículos; esta reglamentación, que no tiene ni un año, no se ha podido llevar a la práctica. Hoy, el Gobierno reconoce que no la ha podido poner en práctica; reconoce que la ley que impulsó estaba mal. Nos dice que la tenemos que modificar y que tenemos que llevar la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal del lugar que se le había otorgado, que era un organismo desconcentrado, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura, al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. En principio, no tuvimos grandes reparos con este artículo, y lo primero que hicimos fue decir que esto no estaba funcionando en el Ministerio de Educación y Cultura y que alguien se tenía que hacer

En discusión el artículo 277. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en ochenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 278. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en ochenta y cinco: AFIRMATIVA.

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cargo de esa situación. En 2009, el Parlamento uruguayo aprobó una ley y le dio potestades a ese ministerio para que las llevara adelante; pero en 2015 se reconoce que eso no ocurrió y que la implementación de esa ley fue un desastre. Entonces, alguien se tiene que hacer responsable. Pero resulta que ahora el problema son las jaurías de perros que están atacando majadas, lo que determina que en este presupuesto se modifique la ley de bienestar animal. Eso nos preocupó, pero más nos preocuparon las declaraciones que realizó el ministro de Ganadería Agricultura y Pesca frente a un auditorio calificado en el cierre de la Expo Prado. Allí dijo su frase célebre. ¿Quién puede cuestionar lo que dijo el ministro en ese arranque filosófico que tuvo? Él nos dijo a todos que una oveja no tiene menos derechos que un perro. Ayer mirábamos a las personas que estaban en el campamento armado frente al Palacio Legislativo, que han luchado y bregado por la ley de bienestar animal -esas personas que en sus casas tienen treinta o cuarenta perros y organizaciones que tienen cuatrocientos perros que alimentan de sus bolsillos, porque el Estado no les da nada- y pensábamos que al ministro le importan las jaurías que están atacando a las majadas. ¡Claro que nos importa a nosotros como veterinarios esa problemática de nuestro medio rural! Pero el ministro tiene las herramientas para solucionarlo y ha demostrado ser un gran desconocedor de la problemática de la sanidad animal en este país. Él tiene las herramientas en la Ley Nº 3.606, la ley madre de la política sanitaria en este país. Allí dice claramente cuáles son los cometidos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y qué no ha cumplido hasta el momento. También están establecidos muy claramente en la ley que creó la Comisión de Zoonosis y antes, la de Hidatidosis. Es potestad del ministerio intervenir en todos los predios productivos de este país. Puede ingresar cuando quiera y ver cuántos perros hay, porque es el derecho que le asigna la Ley Nº 3.606. También puede regular la cantidad de perros. ¡No tiene que meterse con la ley de bienestar animal! No se lo vamos a permitir, y menos aún asustar diciendo que van a matar perros. Eso está prohibido por la ley de bienestar animal y nosotros vinimos a defenderla. Le decimos al señor ministro que eso no lo puede hacer.

Si él quiere colaborar con nosotros, con los veterinarios de este país, si quiere colaborar con las organizaciones de protección a los animales, no debió dar al tema este encare, que es el peor: chocar y enfrentar el campo con la ciudad, decir en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda que lo que a él le importa es la producción, que no quería agredir a los que hicieron la ley de bienestar animal, pero que fue hecha con cabeza de mascota. Yo pregunto: ¿acaso el presidente Mujica firmó el Decreto Nº 62/14 con cabeza de mascota? ¿O tienen cabeza de mascota quienes en su momento hicieron la propuesta en la Academia Nacional de Veterinaria? Quiero decir a los señores diputados que, en principio, no veíamos mal que el Ministerio de Ganadería se involucrara en todo esto, pero hoy vamos a votar en contra este artículo por las expresiones agraviantes del ministro, que demuestran su desconocimiento de la salud animal, porque la Ley Nº 3.606 establece que el control de la rabia, la leishmaniasis y la leptospirosis es potestad del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, y tiene que hacerlo. ¡En este país hay rabia, señores! Se debería asignar a cada persona que paga la patente -se cobra por registrar a su perro- la dosis de vacunación antirrábica, y eso no se hace. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca debería controlar el ingreso de los perros de Brasil, de Paraguay y de Argentina y pedir que vengan libre de leishmaniasis, pero eso no lo hace, como tampoco está controlando a los caballos que entran del Brasil y que pueden estar portando el muermo, que es otra enfermedad zoonótica. Pero se dedica a agraviarnos, a dejar afuera a la profesión veterinaria y a los proteccionistas de animales. Somos el mal del bienestar animal, cuando ha recaído en nosotros la responsabilidad, a lo largo de tantos años, de defenderlo. Ingresé a la Facultad de Veterinaria y como joven estudiante tenía que ir a la perrera. Allí me daban un perro y lo tenía que llevar a anatomía, donde se sacrificaba. Lo ponía arriba de una mesa y lo tenía que disecar. Si no hubiese sido por la lucha de las protectoras de animales por cambiar esas concepciones brutales que hubo en este país, hoy seguiríamos haciendo lo mismo. Tenemos que reconocer ese trabajo. Los veterinarios,

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mancomunados con las protectoras de animales, generaron conciencia social, porque las sociedades evolucionan de acuerdo a cómo tratan a sus animales. El ministro tendrá todo el respaldo para luchar contra las jaurías de perros y tiene todos los elementos legales para hacerlo, pero que no se meta con la ley de bienestar animal. La gente en este país no quiere más perreras ni más matanzas de perros. Nosotros votaremos en contra este artículo por las mencionadas razones. Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos en la barra.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- La Mesa ya ha hecho una advertencia en cuanto a que la barra no puede hacer manifestaciones. Si vuelve a suceder, nos veremos en la necesidad de desalojarla, de acuerdo con lo que indica el artículo 158 del Reglamento de la Cámara de Diputados. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: es mi primera Legislatura y, por tanto, una experiencia nueva. ¡Ni qué hablar de la importancia y la jerarquía que tiene una ley de presupuesto! En estos días de aprendizaje intensivo de una ley tan importante como la de presupuesto, con varios colegas estuvimos hablando del atraso que generan las discusiones que, a veces, se dan sobre ciertos artículos. Uno, que viene a aprender -esperemos que eso se dé en toda nuestra carrera-, cree que una de las razones es que se discuten un montón de temas que nada tienen que ver con el presupuesto. Esto viola el artículo 216 de la Constitución de la República. Desde el punto de vista formal no es conveniente discutir un montón de temas que son sustanciales. Lo ideal sería discutir desde el punto de vista sustancial, no perdido en artículos del presupuesto. Decimos esto porque creemos que uno de los motivos de la demora en las leyes de presupuesto es que contienen artículos que nada tienen que ver con el presupuesto. Este es un ejemplo. Quienes estamos interesados en el bienestar animal, quienes creemos que hay mucho para mejorar en la protección animal, encontramos ciertos artículos sustanciales.

Desconocemos cuál es la estrategia. No sabemos si el gobierno tiene o no interés en abordarlos. No lo decimos subjetivamente; lo dicen los hechos. Si lo analizamos desde el punto de vista objetivo -como decía el diputado preopinante-, tenemos una ley de bienestar animal que fue aprobada en el año 2009 y se reglamentó en el año 2014. ¡Estuvo cinco años sin reglamentarse! Se aprobó esa ley para hacer un cumplido, pero no para cumplir con el objetivo, que es el bienestar animal. Queda lindo tener esa ley, pero en los hechos no se plasma su contenido. Cuando en el año 2014 se reglamenta -obviamente en forma tardía-, tuvimos la ilusión de que se llevarían a cabo los cometidos, y de que enseguida veríamos plasmados los avances. Como decíamos al inicio de nuestra exposición, una de nuestras inquietudes cuando asumimos la banca fue analizar en qué estaba el tema del bienestar animal. Al revisar los antecedentes advertimos que habían pasado cinco años y que la ley seguía sin ser reglamentada, sin cumplirse, y con cometidos que no podían llevarse a cabo. Entonces, decidimos citar a la Comisión de Educación y Cultura, a través de nuestra compañera, la diputada Graciela Bianchi Poli, a las autoridades de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal -entonces la Conahoba estaba en la órbita del MEC- para interactuar con ella y saber en qué estábamos desde el punto de vista de la protección y el bienestar animal. Esa citación se concretó el 15 de julio, y nos encontramos con un panorama bastante complejo en el cumplimiento de la Ley Nº 18.471. Entre otras cosas -consta en la versión taquigráfica de la sesión del 15 de julio-, preguntamos a las autoridades de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal cuántos de los cometidos establecidos en el artículo 16 se estaban cumpliendo. Es más: taxativamente, fuimos analizando cómo se estaba cumpliendo cada uno de los cometidos. Para nuestra sorpresa, solo uno de los cometidos establecidos en el artículo 16 de la Ley Nº 18.471 se estaba cumpliendo. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).Permítame, señor diputado, y perdone que lo interrumpa. La Mesa solicita a los señores diputados que se suspenda el murmullo y, en la medida de lo posible,

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los diálogos bilaterales o multilaterales, porque se hace muy difícil escuchar al orador quien, obviamente, merece el respeto de toda la Cámara. Puede continuar el señor diputado Martín Lema. SEÑOR LEMA (Martín).- Gracias, señor presidente. Como decíamos, el motivo de la citación era conocer de primera mano cómo se estaban implementando las políticas de bienestar animal, y nos encontramos, para nuestra sorpresa, con que solo uno de los cometidos establecidos en el artículo 16 de la Ley Nº 18.471 se estaba cumpliendo. Uno de los argumentos que expresó la presidenta interina ese 15 de julio fue que había un vacío presupuestal, lo que llevaba a no poder cumplir los cometidos establecidos. Esto consta en la página 11 de la versión taquigráfica, por si alguien quiere recurrir al archivo. En contradicción con lo expresado por la presidenta interina de la Conahoba, en esa misma reunión del 15 de julio, el director del Ministerio de Educación y Cultura estableció que sí había una partida presupuestal. Las autoridades de la Conahoba dijeron que no disponían de partidas presupuestales; es más, ellos expresaron no tener conocimiento del rubro presupuestal que el director del Ministerio de Educación y Cultura afirmaba que tenía. Es decir que comparecieron a una comisión del Cuerpo el director del Ministerio de Educación y Cultura, que dijo que la Conahoba tenía una partida presupuestal para cumplir con las prestaciones establecidas en la Ley Nº 18.471, y las autoridades de la Conahoba, que expresaron no saber que la tenían. Obviamente, nos pareció poco serio, poco responsable presentarse en el Parlamento con una contradicción tan importante, tan sustancial entre la Conahoba y el director del Ministerio de Educación y Cultura, Cartera de la cual dependía la institución. En ese momento, preguntamos al director del Ministerio de Educación y Cultura cómo era posible que existiera un rubro presupuestal para la Conahoba que esta comisión desconocía y en qué se había gastado la partida. Si la Conahoba no sabía que disponía de ese rubro, pero una parte del dinero se había ejecutado, era bueno saber quién había autorizado el gasto y quién lo había ejecutado. Ahí surgió que se habían gastado $ 48.000 en un fondo fijo mensual -no sabemos qué representaba ese fondo

fijo-, otra cifra en la apertura de una pared, otra cantidad en la colocación de una tabla de mostrador y dos tapones de luz, y otra en un lunch. Ninguno de estos gastos tenía como destino el bienestar animal. En ese momento calificamos como vergonzoso que se presentaran con estas contradicciones ante el Parlamento, sin que pudiéramos saber en qué se había gastado el dinero de todos, porque no se pudo explicar el motivo de estos gastos. ¿Por qué hacemos alusión a esto? Porque nos parece que se debería hacer un análisis de lo que está bien y de lo que está mal. Casi todo está mal en el cumplimiento de la Ley Nº 18.471, pero ni siquiera se dio tiempo para analizar cuál es el plan. Hoy vemos estos artículos perdidos en el proyecto de ley de presupuesto, y no sabemos cuál es el plan. Ni siquiera se da el ámbito para discutir todo lo que se hizo mal, que es mucho, y todo lo que se incumplió, que es prácticamente toda la Ley Nº 18.471, que sigue sin cumplirse; ni siquiera nos dimos un debate a fondo y exclusivo acerca de cuál es la estrategia para el bienestar animal. Hoy nos encontramos con cambios, como el que establece el artículo 280, que dispone que la Conahoba deja de estar en la órbita del Ministerio de Educación y Cultura y pasa a la del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. No podemos votar el artículo porque no sabemos cuál es el plan. Hace cinco años que estamos esperando por una ley frustrada, que no se cumple, a la que se debió dar un enfoque de carácter social. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Ya termino, señor presidente. Cuando las protectoras luchan para que se cumpla este tipo de leyes, están luchando contra la violencia porque se rebelan contra el maltrato animal. Más allá de que les gusten más o menos los animales, se rebelan ante la situación de indefensión en la que están los animales víctimas de maltrato. Como no sabemos cuál es el plan -porque no se habló de él en forma sustancial- y, a su vez, el artículo 282 deja de lado a dos actores más que calificados -la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay y las protectoras de animales-, no acompañaremos varios de estos artículos. Nos parece que debe darse una dirección al tema porque no

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sabemos a qué se apunta ni si hay voluntad por cumplir con la Ley Nº 18.471. Reitero que hay varios de estos artículos que no vamos a acompañar. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

No comparto la integración de esas comisiones, porque están conformadas pensando en el medio rural -precisamente, los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca, y del Interior están para ver cómo es el problema en el medio rural- pero no en la ciudad y en la población urbana. Con el señor diputado Gandini recibimos a las autoridades de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, que no estaba representada en ninguna de estas comisiones, excepto en la Comisión de Zoonosis. Por lo menos, logramos incluirla en el Consejo Consultivo, del que también forman parte las organizaciones civiles; es propuesta del Poder Ejecutivo que una organización de la sociedad civil con personería jurídica integre el Consejo Consultivo. Me preocupa más lo que dice este artículo: “El Poder Ejecutivo determinará los créditos presupuestales, recursos materiales y financieros asignados a la mencionada Comisión, que serán transferidos al Inciso 07 ‘Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca'”. No sé dónde están los recursos, pero me parece que desde este Parlamento deberíamos hacer un compromiso para llevar adelante un seguimiento del funcionamiento de estas comisiones. Supongo que será desde la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, ya que ahora esto pasará a la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Voy a hacer una exhortación a los diputados que integran esas comisiones: que por favor hagan un seguimiento del tema. Recuerdo que le dije al señor ministro que si no se reunía con el Congreso de Intendentes, poco éxito iba a tener en el trabajo que se hiciera en todo el país. Los intendentes -sé que lo hacen- deben trabajar hombro con hombro con las organizaciones de la sociedad civil -no hay otra forma-, pero a esas organizaciones hay que darles los recursos para que no sigan trabajando en condiciones casi inhumanas protegiendo a nuestras mascotas, que todos sabemos lo que representan, sobre todo a nivel de la población infantil. Era eso lo que quería decir, señor presidente. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Javier Umpiérrez.

SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: quiero hablar sobre este asunto en mi calidad de veterinario -haciéndome eco de las palabras vertidas por el señor diputado Gastón Cossiay de exintendente. Hace unos días se lo dije al señor ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, a raíz de las infelices declaraciones que hizo en el discurso final de la Expo Prado, cuando circunscribió la tenencia de perros al problema de las majadas en el medio rural. En la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda le dije que él no iba a solucionar ese problema, que socialmente era muy pequeño. No tenemos por qué mentirnos: hace muchos años quizás fuera un asunto muy importante; hoy es prácticamente insignificante porque hay muy pocas majadas. El señor ministro no lo solucionará si no resuelve el problema de la tenencia de perros en las ciudades. Los perros son como los hijos: no vinieron porque sí, los trajimos. Entonces, por supuesto que entiendo la situación y que como veterinario hice infinidad de campañas, al igual que el señor diputado Gastón Cossia, pero se tiene que hacer responsable al propietario del perro. El problema es que a veces no se hace responsable. Puedo asegurar, como exintendente, que si no fuera por las organizaciones de la sociedad civil, que hacen maravillas para tener a estos animales en los lugares que pueden, manejándose con dos vintenes -¡con dos vintenes!-, con bonos colaboración, con aportes de uno y de otro, con la colaboración de las intendencias -todas las intendencias colaboran y tienen lugares para trabajar-, esto sería un desastre. Voy a acompañar algunos de estos artículos porque creo que es un hecho consumado. El pasaje de la Conahoba del Ministerio de Educación y Cultura al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca ya está decidido.

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SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Señor presidente: más allá de los planteos que hizo el señor ministro y de los anuncios que hicieron algunos diputados preopinantes, me quedo con lo último que manifestó el señor diputado Lafluf. Creo que el cambio de ministerio que se plantea y de pasar de ser no solo la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, sino también de Tenencia Responsable, es muy importante con relación a la preocupación que todos tenemos con respecto a los animales domésticos. No fue sencillo implementar la Ley N° 18.471, que se votó en el año 2009. Yo trabajé bastante con quien fuera su presidente, el señor Homero Cabanas, y sé de su desvelo y preocupación por el tema. Recién en el año 2014 pudo lograr los recursos para funcionar y que la comisión tuviera un lugar donde reunirse. Considero que el planteo de reducir los ministerios y las delegaciones que la integran pueden hacerla más ejecutiva y puede funcionar mejor. En cuanto al papel de las protectoras de animales, sin duda son un elemento sustancial y fundamental para el trabajo de la comisión. Todos, principalmente los que somos del interior, muchas veces hablamos de que queremos cosas para nuestros departamentos. Precisamente, hace poco presentamos un proyecto de ley que va a ingresar al Parlamento para ser anexado a la Ley N° 18.471, que plantea que las intendencias también elaboren un plan de manejo canino y equino. Creo que el planteamiento del ministro lo hace desde su preocupación. Logramos que en el Consejo Consultivo se incluyera a la Sociedad de Medicina Veterinaria y a las organizaciones no gubernamentales de bienestar animal; pienso que ese es un paso importante. El artículo 280 expresa cuáles son los cometidos de la comisión y, el 281, que el Consejo Consultivo tiene las facultades para asesorar, sugerir campañas, coordinar cuando se disponga. En definitiva, me parece que estamos dando…. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Disculpe, señor diputado. La señora diputada Bottino, con toda razón, acota que hay un murmullo insistente en sala que impide que se preste atención a quien está haciendo

uso de la palabra. La Mesa, una vez más, exhorta a que, por favor, guarden silencio, escuchen al orador y, por lo tanto, le dediquemos el debido respeto. Puede continuar el señor diputado Umpiérrez. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Muchas gracias, señor presidente. No sé si este pasaje al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca fue estudiado en profundidad, pero de todas maneras, creo que abre una puerta importante para retomar el trabajo. Estoy seguro de que, de ahora en adelante esta comisión va a tomar un vuelo mayor -el planteo en el Parlamento se está haciendo con fuerza, como no se hizo antes; tenemos que ser sinceros-, y va a empezar a coordinar las acciones. Démosle un lugar y un empuje a esta comisión, como decía el señor diputado Lafluf, para lograr integrar a las protectoras de animales que, reitero, podrán ser un aporte muy importante para el trabajo de la comisión. No le voy a pedir al señor diputado que dijo que no iba a votar que lo haga, pero creo que debemos exhortar a la Cámara a apoyar este artículo porque, además, es una continuación de lo que se venía haciendo, no se va a innovar nada; solamente se va a seguir potenciando y respaldando el trabajo de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal. Muchas gracias. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- La Mesa exhorta a los señores legisladores a que, en la medida de lo posible, eviten las alusiones para no ingresar en un camino de respuestas de alusiones, que daría lugar a un debate paralelo. Todavía tenemos cuatro legisladores anotados para referirse a este artículo específico y de más está decir todo lo que nos resta de trabajo. Tiene la palabra para una aclaración el señor diputado Cossia. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: reconozco en el señor diputado preopinante su preocupación por estos temas. Por lo tanto, creo que no se trata de partidos políticos, sino de cómo resolver esta situación.

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Voy a dar respuesta a algunas inquietudes, en las cuales me aludía.

de

sus

Cuando el subsecretario de Ganadería, Agricultura y Pesca, ingeniero agrónomo Benech, llega a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, dice: “sabemos que nos estamos comprando un problema”. Eso es lo que dice. ¿Esa es la forma en que va a encarar esta tarea? ¿Esa es la forma en que va a llevar adelante la ejecución de un programa? ¿En estos términos? Entonces, llamé al decano de la Facultad de Veterinaria y le pregunté: “¿A usted lo consultaron por este cambio?”, y me dijo: “A nosotros no”. Llamé al anterior presidente de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, que fue mencionado, el doctor Homero Cabanas -lo recibí en mi despacho-, y me dijo: “A mí no me consultaron”. Y la semana pasada, me llegó, a través de un correo electrónico una propuesta encantadora. Resulta que quien iba a ser el presidente de la nueva Conahoba, Jaén Motta, me estaba proponiendo una nueva institucionalidad: generar una agencia de bienestar animal. Tampoco a él, que iba a ser el nuevo presidente, lo habían consultado. Pero también me encontré con el representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca en la Comisión de Bienestar Animal, y a él tampoco lo habían consultado. El subsecretario dijo en la comisión que le pidieron se encargaran de esto; yo pregunto, ¿quién le pidió que se encargara de esto? SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Radío. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: este es un ejemplo paradigmático de un asunto que no deberíamos considerar. El cambio de dependencia de la Conahoba no es materia presupuestal. Me parece que no corresponde que lo consideremos en esta instancia pero está incluido en el presupuesto y, por consiguiente, se cambiará su dependencia. Estoy de acuerdo con lo que decía el señor diputado preopinante en el sentido de que este tema no tiene color partidario. Además, no solo se cambia la dependencia institucional de la Conahoba sino que también se modifica su constitución y por ese motivo hay algunos aspectos preocupantes. Entendemos que la no participación de los veterinarios es contradictoria con la Ley Nº 18.471, de tenencia responsable de

animales. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca manifestó que sería consultado cuando fuera el caso, pero para nosotros siempre es del caso que tratándose de bienestar animal se consulte a los veterinarios; siempre tendrían que estar presentes, ya que nadie conoce mejor la temática. Por estos motivos, ya que el tema está incluido -reitero que no debería estarlo-, adelanto la posición de los tres legisladores del Partido Independiente, quienes vamos a acompañar el artículo sustitutivo propuesto por el Partido Nacional a fin de que haya un representante de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay en la Conahoba. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Walter Verri. SEÑOR VERRI (Walter).- Señor presidente: no vamos a votar los artículos vinculados al cambio de ministerio de la Conahoba porque no solo implican esa modificación sino que llevan implícitas otras varias que creemos son perjudiciales. Cuando el Gobierno se refiere a la ley de bienestar animal y pretende modificarla de la manera en que lo hace, a través del presupuesto, se equivoca. Como decía el señor diputado Radío, este no es ámbito para analizar los cambios en esa ley. Si queremos dar ese debate, démoslo, pero hagámoslo en las comisiones correspondientes del Parlamento; traigamos a los protagonistas y permitamos que todos expresen lo que pensamos con relación al tema. Al país le costó mucho tiempo tener una ley de bienestar animal y la logró gracias al esfuerzo de cientos de uruguayos que integran las protectoras de animales que trabajan a su costo, de su bolsillo, dedicando su tiempo y su esfuerzo personal. Y hoy ellos están en contra de estos cambios. ¡Cómo no van a estar en contra si ellos, que son los que sostienen la ley de bienestar animal, no están representados! Según la nueva integración del consejo directivo, no solo no estarán los veterinarios sino ellos tampoco. Si eso es lo que el Gobierno quiere, analicémoslo, pero analicémoslo aparte. No estoy de acuerdo; creo que hay que seguir manteniendo lo que tenemos. El problema tampoco pasa por si administra el Ministerio de Educación y Cultura -que no la administró; no funcionó; la ministra Muñoz no la quiere en su ministerio; eso es claro- o si se trasladará al de

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Ganadería, Agricultura y Pesca, que tampoco la quiere recibir y dice que se va a comprar un problema. Esa no es la discusión; la discusión debe centrarse en darle las herramientas para que pueda funcionar y que no siga recayendo todo el peso de la situación de los animales en las protectoras de animales. Habitualmente me reúno con protectoras de animales de Paysandú, como lo hacen otros diputados del departamento, y sé que hay personas que tienen hasta setenta perros en su casa. Ellos admiten que eso no es correcto, que no está bien, pero la otra solución que tienen es soltarlos a la calle porque el Estado está ausente y no da soluciones al problema. Entonces, no solo basta con pasar la Conahoba de un ministerio a otro. Demos nuevamente la discusión y mejoremos la herramienta que tenemos porque este es un tema muy caro para cientos y cientos de uruguayos. Por estos motivos no votaré este artículo. SEÑORA MONTANER (Susana).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR VERRI (Walter).- Sí, señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir la señora diputada. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: en la misma línea de lo manifestado por el señor diputado Verri, quiero hacer hincapié en que en mi departamento de Tacuarembó vivimos un problema gravísimo y si no fuera por las protectoras, créaseme que no tendríamos ninguna solución. Los perros dejados a su libre albedrío han provocado graves accidentes en la Ruta Nº 5, por ejemplo. Me consta que un grupo de jóvenes ediles a quienes les gustan los animales se ha sensibilizado con ellos y son quienes están cubriendo las obras de protección, inclusive construyendo ellos mismos mecanismos de protección para los perros y otros animales y encargándose de ellos porque la asistencia está ausente. Opino que no deberíamos seguir creando comisiones ni pasándolas de un lugar a otro, desintegrándolas y sacando a los veterinarios, que son imprescindibles; sacarlos es como decir que vamos a considerar la salud de las personas pero algún día, cuando corresponda, llamaremos al médico, lo que no puede ser. Creo que no logramos

nada con este pasaje; al contrario: deberíamos encargarnos de dar más atención y presupuesto, no sacar a los veterinarios y apoyar ese voluntariado sin el cual en mi departamento la situación sería caótica por la gran cantidad de perros que andan sueltos, tema que inclusive a los intendentes se les ha escapado de las manos. Por estos motivos, no vamos a votar este artículo. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el señor diputado Verri. SEÑOR VERRI (Walter).- Señor presidente… SEÑOR PINTADO SABINI (Luis Eduardo).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR VERRI (Walter).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR PINTADO SABINI (Luis Eduardo).- Señor presidente: creo que este tema tiene que generar sensibilidad en el gobierno de turno, que se debe dar cuenta de que no solo falta eficiencia en controlar lo que pasa en todo el Uruguay con los animales. Por eso la bancada del Partido Colorado destaca que hay asociaciones que se dedican a esto y lo hacen muy bien. El Estado dice que no quiere comprarse un problema pero existen asociaciones que si recibieran su colaboración impedirían que se comprara un problema, porque el Estado no va a hacer bien esta tarea y va a terminar mal. Si se colaborara con esas asociaciones se podría hacer esto correctamente, ya que podrían cuidar a los animales, en especial a los perros. Hay asociaciones civiles privadas que podrían hacer varias cosas, ya que están dispuestas a colaborar en la situación de los animales, en el tema de las drogas y en otros. Creo que el camino que sería posible tomar en el caso de los animales se podría seguir en otras áreas. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el señor diputado Verri. SEÑOR VERRI (Walter).- Señor presidente: he finalizado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Pido la palabra para una aclaración.

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SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Señor presidente: se ha cuestionado mucho el trabajo de la Conahoba pero, simplemente, quiero recordar que recién en el año 2014 tuvo un lugar donde trabajar. Hizo varias intervenciones en Montevideo casi a través de una sola persona -no tenía instrumentos para trabajar en el interior- en el tema de los caballos y los perros, aunque no tengo las cifras en mi poder. Por otra parte, en cuanto al interior, deberíamos plantear el tema de las intendencias y dar potestades a las protectoras de animales. Creo que la solución va por ese lado. Por eso pedimos que se integraran en el consejo consultivo. Nada más. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: quiero dejar constancia de algo que se puede verificar en la versión taquigráfica. Se han hecho críticas al proceder de la Conahoba pero no se trata de que aquí venga un legislador a criticar caprichosamente, sino de que el 15 de julio de este año sus integrantes dijeron que no habían podido hacer casi nada por falta de rubro presupuestal. Es decir que la Conahoba hizo un reconocimiento expreso en la Comisión de Educación y Cultura en cuanto a que prácticamente no se estaban cumpliendo los cometidos. Nosotros tenemos la versión que consideramos oficial, que es la que dio la propia Conahoba. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra la señora diputada Bianchi Poli. SEÑOR BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: en la Comisión de Educación y Cultura, mi compañero, el diputado Martín Lema planteó la necesidad de que la Conahoba compareciera ante la mencionada asesora y, realmente, creo si la gente tuviera tiempo sería interesantísimo que leyera la versión de lo que sucedió ese día, ya que fue lamentable y -si no se tratara de algo que ocurre en el Estado-, a la vez, cómico.

Luego de escuchar a la comisión quejarse de que no habían podido hacer nada porque no tenían plata -dijeron que tampoco tenían sillas, computadoras ni nada-, el doctor Papadópulos, que es el director general de Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura les comunicó en nuestra presencia que disponían de $ 1.500.000.000 que habían sido adjudicados por fondos extrapresupuestales. Ahí saltaron todos muy enojados, porque no lo sabían. Se gastaron $ 423.000 -como ya dijo el diputado Lema-, pero no lo hizo ningún miembro de la Conahoba. Nosotros ya anunciamos que íbamos a realizar una investigación al respecto y que termine donde deba; porque serían $ 423.000, pero es plata del Estado. En ese momento, se pelearon delante de nosotros con el director general de Secretaría del Ministerio, y consta en la versión taquigráfica. Lo que estamos haciendo es un cuestionamiento institucional. Este problema es más grave de lo que uno creía cuando no estaba en el tema. Digo esto porque a nosotros nos han pedido entrevistas personas vinculadas a la producción y explotación agropecuaria que tienen graves problemas con las jaurías de perros en los campos ya que les matan animales de pedigrí. Esto no afecta solamente al dueño del campo, sea grande, mediano o chico. La producción más importante que tiene el Uruguay -ya quedó probado-, además de las inversiones extranjeras y del consumo que no son producción nacional, es la producción agropecuaria que, efectivamente, es un pilar. Hay una tensión permanente que el Estado debe resolver entre el concepto de bienestar del animal como mascota y como problema de la producción agropecuaria. Si hacemos bien las cosas, no debería haber tal contradicción. Se está trabajando en distintas áreas; son más conocidas las ONG que se dedican a la tarea que el Estado no hace en cuanto a la protección del animal de compañía, pero también existen organizaciones preocupadas por la conservación del acervo económico que sustenta nuestra economía. Asimismo, hay cosas que no pueden ser. No parece serio que un tema tan importante para un Estado que vive de la producción agropecuaria sea dejado en manos de una comisión honoraria. Además, presuntamente, ya nos costó -todavía no está bien claro y ya se barrió debajo de la alfombra- un muerto

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por jaurías de animales: un paciente de las colonias Etchepare o Santín Carlos Rossi, caso en que se dio la discusión de si lo mataron los perros o si se murió porque estaba mal atendido. Ese es el cuestionamiento que hago y por eso no voy a acompañar los artículos. Reitero que ningún problema en un Estado serio puede ser atendido por una comisión honoraria; honorario es lo que se hace cuando nos sobra tiempo porque todos tenemos que trabajar muchas horas para poder vivir. Si es necesario, creemos alguna institucionalidad de otro nivel jerárquico. ¡Total, gastamos tanta plata! Por ejemplo, los $ 423.000 que no sabemos en qué se fueron. Creemos algo que implique una dedicación técnica. ¡Ni qué hablar, que vuelvan los veterinarios! Como si esto fuera poco, le agregamos -nos parece bien que haya una institucionalidad de otra jerarquía y permanente- un consejo consultivo. A la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal se le agrega un consejo consultivo con una serie de delegados que también son honorarios. Además, el Poder Ejecutivo se reserva la facultad de elegir a la ONG que esté representada allí; y como hay algunas que son más críticas que otras, puedo presumir que no se va a optar por las que hacen más cuestionamientos. Entonces, este no es solo un problema de mascotas sino para la especie humana, porque tenemos dificultades con los animales abandonados -ya hubo una muerte y tal vez alguna más- y con la producción ganadera, que es atacada por jaurías de perros, ya que nadie se ocupa de nada. ¿Y qué hacemos? Cambiamos la Conahoba de Ministerio. Me consta que al representante anterior no le causaba ninguna gracia ni siquiera integrarla y ya sabemos lo que piensa el ministro, que no tiene claro cuál es el problema. Además, creamos una comisión honoraria para un problema que es institucionalmente serio para las personas, para los animales -sean mascotas o para la producción nacional- que, obviamente, también tienen que ser protegidos. Más allá de que esto no debería figurar en la ley de presupuesto, me parece que es un ejemplo más de talenteo de parte del Estado. Muchas gracias.

24.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante José Carlos Mahía, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Eduardo Márquez. Del señor Representante José Andrés Arocena, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Valeria Moreira Arroqui. Del señor Representante Sergio Mier, por el día 13 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Gabriel Duche. Ante la Senadores: incorporación a la Cámara de

Del señor Representante Daniel Bianchi, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Martín Álvarez. Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Víctor Semproni, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Mariela Pelegrín. Del señor Representante Fernando Amado, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Dianne Martínez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en setenta y nueve: AFIRMATIVA.

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Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside, licencia por motivos personales, por el día 14 de octubre, solicitando se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Gabriela Garrido”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Gabriela Garrido. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, por el día 14 de octubre de 2015.

2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Gabriela Garrido. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Eduardo Márquez. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar licencia por motivos personales, para el día 13 de octubre. Sin más, saluda atentamente, JOSÉ ANDRÉS AROCENA Representante por Florida”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Arturo López”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Jimena Nogueira Portillo”.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Mauro Guzmán Benítez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Arturo López, Jimena Nogueira y Mauro Guzmán Benítez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Arturo López, Jimena Nogueira y Mauro Guzmán Benítez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6262, del Lema Partido Nacional, señora Valeria Moreira Arroqui. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales, por los días 13 de octubre, solicitando se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, SERGIO MIER Representante por Treinta y Tres”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Sergio Mier. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 13 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Sergio Mier, por el día 13 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 4090, del Lema Partido Frente Amplio, señor Gabriel Duche. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme licencia el día 14 de octubre de 2015, ya que asumiré en el Senado por

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la Senadora Martha Montaner (se adjunta nota del Senado). Se adjunta renuncia de la señora Nibia Reisch y solicito la convocatoria del señor Martín Álvarez para el día anteriormente indicado. Sin otro particular lo saluda atentamente, DANIEL BIANCHI Representante por Colonia”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, renuncio por esta única vez a la convocatoria que se me hiciera para integrar el Cuerpo que usted preside el día 14 de octubre del corriente año. Sin otro particular lo saluda atentamente, Nibia Reisch”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: Que el señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi, se incorporará a la Cámara de Senadores por el día 14 de octubre de 2015. CONSIDERANDO: I) Que se incorporará al Senado por el día 14 de octubre de 2015. 2) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Nibia Reisch. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y a la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Nibia Reisch. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Martín Álvarez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 14 de octubre de 2015, por motivos personales. Sin otro particular, saluda atentamente, VÍCTOR SEMPRONI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Víctor Semproni. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Víctor Semproni, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6009, del Lema Partido Frente Amplio, señora Mariela Pelegrín. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se

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sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 14 del presente mes. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima, FERNANDO AMADO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Fitzgerald Cantero Piali, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Fitzgerald Cantero Piali”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Fernando Amado. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Fitzgerald Cantero. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Fernando Amado, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Fitzgerald Cantero. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de

Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señora Dianne Martínez. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

25.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, tiene la palabra el señor diputado Berois Quinteros. SEÑOR BEROIS QUINTEROS (Ricardo).- Señor presidente: no tengo ánimo para polemizar sobre muchas cosas que se dijeron en el plenario ni para cuestionar muchas afirmaciones que entiendo son del caso. Debo manifestar que reconozco el trabajo que realizan las asociaciones de bienestar animal, las protectoras de animales a lo largo y ancho del país, así como el esfuerzo y la dedicación que ponen. También sé perfectamente la carencia de dinero que tienen para sostener esta actividad; reitero que lo reconozco y me parece realmente muy loable lo que hacen estas asociaciones voluntarias. Sin embargo, también quiero decir algo que me ha dolido muchísimo. Parece que el sector agropecuario no tiene voz, que no representa absolutamente nada para el país, como tampoco el trabajo de miles de productores agropecuarios que hacen un esfuerzo denodado para mantenerse en la actividad. No es cierto que las jaurías no hacen daño a la ganadería ovina de este país. Créaseme que es así; lo digo con énfasis: no es cierto que no hacen daño. También es verdad que ese no es el único problema que tiene el sector: están el abigeato -cada vez más frecuente- y la situación del mercado. Si analizamos la evolución del stock en el país, advertiremos que en 2001 había doce millones de ovinos, en 2012, ocho millones y, ahora, habrá -lo digo sin temor a equivocarme- seis millones. Debemos tener en cuenta que hace veinte años en Uruguay llegaron a haber veinte y veintidós millones de ovinos. Esto tiene que ver con la economía del país. Reconozco el esfuerzo que hacen las autoridades del Gobierno, del Ministerio de Relaciones Exteriores, para buscar más mercados y tratar de vender más carne

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ovina, pero tenemos que hacer algo para solucionar todos los problemas que afectan al sector, y las jaurías son uno de ellos. De lo contrario, vamos a entrar a nuevos mercados pero no vamos a tener ovejas en el país. Realmente, este es un problema crucial. Lo digo porque no puedo ir a mi casa con la conciencia tranquila. Estoy comprometido con mis convicciones. Creo firmemente que si esto pasa del Ministerio de Educación y Cultura al de Ganadería, Agricultura y Pesca, por lo menos, va a estar más cercano al sector productivo. Después, será responsabilidad de todos buscar que esto sea eficiente -ese es otro tema- y que se encuentren las mejores soluciones. He escuchado algunas cosas que se han dicho en sala y he leído algunos carteles que me duelen muchísimo. Uno dice: “Rurales asesinos”. ¡Los rurales no son asesinos! Son trabajadores que cada día se levantan y piensan cómo producir mejor a lo largo y ancho del país. Estas personas no tienen la posibilidad de estar permanentemente en la gran ciudad porque tienen que trabajar y producir más. Yo, como representante, desde este lugar quiero defenderlos, quiero levantar mi voz, pero sin confrontar con ningún sector de la sociedad. Creo que a los uruguayos la confrontación nos hace mucho mal. Hay hasta una confrontación cultural. Estamos hablando de un sector muy pequeño de la sociedad uruguaya: de los poco más de tres millones que somos, solo ciento setenta mil o ciento ochenta mil personas viven en el campo; si sumamos a aquellos que se vinculan con él, son un poquito más. Es decir que se trata de un espectro muy chiquito. Hasta electoralmente es pequeño; por qué no decirlo. Sin embargo, es un sector que se mantiene vivo, que lo único que pide es trabajar mejor y que se solucionen sus problemas: este asunto, el abigeato y el mercado. Yo soy crítico del ministro, y se lo he dicho, pero cuando estoy de acuerdo con algo también tengo que manifestarlo; de lo contrario, no me puedo ir tranquilo. Respeto lo que han dicho mis compañeros diputados y quiero que se entienda que yo no estoy en contra de nada; estoy a favor de un sector y de una producción que es fundamental para la economía del país. Gracias, señor presidente.

SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Perdomo Gamarra. SEÑOR PERDOMO GAMARRA (Alberto).- Señor presidente: pido disculpas ya que no sé por qué algunos compañeros hablaron en esos términos ni cómo se llegó a este debate, dado que tuve que salir brevemente por un asunto personal. Había solicitado autorización para referirme a los artículos relativos al bienestar animal porque, con absoluta sinceridad, debo decir que soy un poco subjetivo en este tema dado que mi hermana es veterinaria y tiene un refugio. Por ello he aprendido a procesar esta problemática. Lo primero que quiero decir es que reconozco el esfuerzo del Gobierno de tratar el tema, de incorporarlo al presupuesto y de redimensionarlo. Tal vez, esto no esté acorde a las necesidades que tenemos ni a las circunstancias pero, cuando menos, es un inicio. Por otra parte, los legisladores de todos los partidos tenemos una planilla que aclara qué votar. Sinceramente digo que voy a votar estos artículos a pesar de que mi partido diga que no porque considero es un inicio relevante tratar este tema. Estamos en una circunstancia bastante dramática desde el punto de vista de la cantidad de animales: más de un millón trescientos mil según los estudios realizados acerca del tamaño, los conflictos con el ser humano, la convivencia y el maltrato animal. Precisamente, creo que existe la enorme necesidad cultural de que nos demos una discusión acerca de que el maltrato animal constituya un delito penal. La sociedad está discutiendo este tema y lo tiene arraigado; así lo vemos en las redes sociales y en otros medios. Hay una cultura generalizada que atiende esta problemática. Con sinceridad, no me parece lo más conveniente -luego, revisaremos el asunto con detenimiento- llevar el bienestar animal a la órbita del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca. Deberíamos haber conseguido un poco más de imaginación, de participación y de convocatoria de la sociedad civil, que está realmente consustanciada con este problema, que es militante, que a cada gobierno departamental o alcaldía le pide un predio o posibilidades para crear un refugio. Sabemos que la

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aspiración de mucha de esta gente es llegar a crear un hospital público en esta materia. Tal vez esta propuesta no sea la más acertada porque esto puede quedar como una oficina más de un Ministerio que, obviamente, tiene otras prioridades: nada menos que la producción primaria nacional, de donde sale la mayor riqueza de la cadena productiva y del Producto Interno Bruto. Reitero: a lo mejor debimos tener más imaginación y dar participación a la Facultad de Veterinaria, a los gobiernos departamentales, a las Alcaldías y, fundamentalmente, a la sociedad civil. Existen instituciones que pelean -en la mayoría de los casos con mucha militancia y poco presupuesto, y en otros con mucho voluntariado y pocos recursos- por una salida diferente para un problema que es endémico, que se profundiza y es de enorme sensibilidad. Damos cuenta de esa sensibilidad, que está muy bien que surja porque es producto de la cultura y es el resultado de ver permanentemente abusos y circunstancias difíciles, ante las que ha habido indiferencia. Entonces, saludo a un presupuesto que, por lo menos, recoge en estos artículos la existencia de un problema grave en Uruguay. Creo que habrá trabajar mucho más para, con imaginación, generar una comisión nacional de bienestar animal con otros recursos, otras posibilidades, otros nexos y otro relacionamiento con la sociedad civil, que tiene ganas de poner horas hombre, horas de sus recursos personales en bien de un tema que para todos es de enorme sensibilidad. Como decíamos, es un orgullo que así sea, porque habla de la cultura de los uruguayos. Gracias, señor presidente. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: me interesa destacar especialmente y dejar muy claro que hemos tratado de tener mucho respeto y no fomentar el enfrentamiento cultural entre lo rural y lo urbano. El bienestar animal es uno solo; es un error conceptual pensar que existen ovejas por un lado, perros por otro y vacunos por otro. El enfoque del

bienestar animal es uno y las ciencias veterinarias estamos llamadas a liderar ese proceso. Tiene que quedar bien claro. En este país ocurren tres mil accidentes anuales por mordeduras a seres humanos, por caballos que tiran de carros que entorpecen el tránsito, por animales que andan sueltos en las rutas y en las calles, y el ministro concurre a la Comisión de Presupuestos integrada con Hacienda y lo único que le importa es lo que tiene que ver con las jaurías. No quiere decir que no sean un problema; claro que es un problema que una jauría ataque a una majada y que nuestra producción se vea afectada por eso -damos la derecha al señor diputado Berois Quinterospero, ¿se soluciona con el enfrentamiento? ¿Se soluciona contraponiendo lo urbano y lo rural? ¿Se soluciona arengando? ¡No! Siento el mayor de los respetos por los productores rurales afectados y les expreso toda nuestra solidaridad. Las herramientas están, pero no vamos a tolerar las declaraciones que hizo el presidente del Secretariado Uruguayo de la Lana a El Telégrafo de Paysandú el 16 de agosto, cuando manifestó que un perro suelto es lo mismo que un jabalí y que, si lo ve, le pega un tiro. Eso es lo que dijo una autoridad académica de este país. También cometen un error quienes ponen un cartel que dice “rurales asesinos”. Claro que cometen un error, pero hay provocaciones que generan este tipo de reacciones y no las podemos admitir. Acá no hay que pegarle un tiro a nadie. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Edmundo Roselli. SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- No iba a hacer uso de la palabra, pero lo voy a hacer brevemente. Estoy de acuerdo con el artículo que transfiere la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca porque considero que ese es el organismo donde tiene que estar. También entiendo que las protectoras de animales carecen de recursos y hacen mucho por la causa. Recién me mandaron un mensaje de la Intendencia de Colonia que dice que la jauría de perros que había en la zona de Ombúes de Lavalle disminuyó gracias al Gobierno departamental, que colabora con la luz y la comida para el personal y

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coordina las jornadas con la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis. Esta comisión está trabajando muy bien; han operado a las perras, por lo que lograron que el número de perros bajara. En el mismo sentido que el señor diputado Berois Quinteros, creo que las protectoras de animales tienen que esforzarse, y se esfuerzan, y que los productores rurales tienen un grave problema: las jaurías de perros. Hay productores rurales que tienen majadas de cuarenta ovejas a los que los perros les han matado treinta y nueve y se han quedado sin nada; y son muchos. También hay accidentes por caballos sueltos. Lamentablemente, hay gente que larga a los perros a las calles, a las rutas, las perras y los perros embolsados terminan en los predios rurales y los productores no saben qué hacer con ellos. En cualquier establecimiento rural hay perros y son muy bien cuidados, tienen patente, toman pastillas, pero se puede tener tres, no veinte. Este es un problema que hay que solucionar. De repente, las palabras del ministro fueron injustas en su discurso de cierre del congreso de la Federación Rural, porque estaba desbordado. Los graves problemas de las jaurías y el abigeato están saturando a todos. Como dijo la señora diputada Graciela Bianchi, llegamos a la situación de que en la Colonia Etchepare un perro matara a una persona. Si bien hay que cuidar al perro, hay que tener en cuenta que mató a una persona. Yo creo que es positivo transferir la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Por ese camino debemos seguir trabajando juntos, con la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y con las protectoras para controlar las jaurías de perros. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Jorge Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: iba a hablar en la fundamentación de voto pero es mejor terminar ya con el tema. Hay gente que cree que los problemas se resuelven con leyes y, en realidad, la mayoría de las veces se resuelven con gestión. Leyes hay pero a veces nos sorprenden nuevos temas, muchos de ellos de derechos o de avance de conceptos, y hay que dar marco legal a esas nuevas realidades. Hoy tenemos una ley de protección animal y una comisión encargada de gestionar esa circunstancia que navega

en conflictos, en desafíos culturales, en costumbres y en realidades sociales diferentes. La visión que se tiene de una misma cosa en un barrio periférico de Montevideo, en la costa, en un poblado del interior, en la capital o en el medio del campo es distinta. Son realidades diferentes sobre las que hay que actuar en la búsqueda de equilibrios. Lo que tenemos es una ley de varios años y una organización que ha sido ninguneada. ¿Qué viene a decirnos el Gobierno? Nos viene a pedir otra oportunidad, nos viene a decir que lo que hubo no fue bueno, que lo quiere cambiar del Ministerio de Educación y Cultura al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que le van a cambiar el gobierno haciéndolo más gubernamental y menos social. Eso le pide al Parlamento. ¿Qué digo yo? Que este es el reconocimiento de un fracaso y que no se hicieron bien las cosas. Vamos a darle la oportunidad al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que es darle la oportunidad al Gobierno, de que esta vez haga bien las cosas. Lo estaremos mirando y el ministro tendrá que abrir su cabeza. Claro que esto no era para la ministra de Educación y Cultura; obviamente, sus prioridades y su tiempo estaban en otro lado. Tampoco debería ser para el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, pero es el responsable. Repito: el ministro tendrá que abrir su cabeza y actuar en el marco de la ley, no según lo que él piensa. Hay una ley de protección animal, y si el ministro tiene diferencias de opinión con respecto a esa ley se las guardará y tendrá que actuar apegado a la norma. Hay organizaciones bajo su responsabilidad que coordinadas pueden hacer una mejor tarea; va a tener que rendir cuentas a la brevedad. El ministro aprovechó la volada y nos pidió esto. Bien, yo voy a votar estos artículos. No voy a acompañar tal como está el que alude al gobierno de la Conahoba, que pasa a integrarse solamente con representantes de órganos gubernamentales. Vamos a estar presentando cambios para que también la integren la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, la Universidad de la República y las protectoras de animales. Todas figuraban y se las excluyó, a pesar de que representan a la sociedad civil y a los que saben. Ojalá pudieran gestionar bien; de lo contrario, el ministro se va a hacer acreedor a las

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responsabilidades que el Parlamento reclama a los secretarios de Estado cuando no cumplen. Además, este ministro no se lleva algo que le hayamos establecido entre sus atribuciones sin preguntar sino que aprovechó la volada y pidió hacer las cosas que se habían hecho mal. Entonces, ya veremos. No se necesita mucho para hacer las cosas mejor. Creo que lo que se requiere es voluntad política. Hay una institucionalidad, una comisión que tiene que ser un poco más abierta, una ley y cometidos. Lo que falta es hacer las cosas y esperar los resultados. No me parece que haya que poner a las protectoras de animales y a la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay en un órgano consultivo que solo va a intervenir si se le requiere opinión; ¡es brutal! Es como decirles: “Muchachos, los tenemos en la tribuna. Mírenla del otro lado del vidrio”. Pongámoslo sobre la mesa y que el Gobierno lo piense para buscar el camino del medio. Va a la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y están representados otros Ministerios. Entonces, incorporemos a la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, que es la que sabe del tema, a la Universidad y a las protectoras de animales. Pensemos si no es mejor que estén adentro y sean parte de la solución, en lugar de que queden afuera, porque legítimamente van a generar un problema si no están incluidas. Se habla mucho de inclusión; entonces, ¿para qué excluir? Propongo que los legisladores lo piensen, analicen la hoja presentada por el Partido Nacional para el artículo correspondiente. Esta es nuestra opinión y la queríamos trasmitir rápidamente, más allá de la extensa polémica que se ha desarrollado en sala. SEÑOR PRESIDENTE discusión el artículo 280. (Pablo Abdala).En

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: el Partido Colorado solicita la reconsideración de los artículos 277 y 278, ya que por un error en las planillas no los votamos. Pedimos disculpas al Cuerpo. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Se va a votar si se reconsidera el artículo 277. (Se vota) ——Noventa en noventa y uno: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión del artículo 277. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar nuevamente el artículo. (Se vota) ——Sesenta y cuatro en noventa y uno: AFIRMATIVA. Se va a votar si se reconsidera el artículo 278. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa y uno: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión del artículo 278. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar nuevamente el artículo. (Se vota) ——Noventa y uno en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 281, que fue desglosado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: para este artículo también hemos intentado encontrar explicación; la hemos buscado por todos lados, pero no la encontramos. ¿Cuál es la razón por la que se cambia el nombre a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal? Ahora, pasa a llamarse Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, lo que parece un capricho. Hemos intentado imaginar la razón. Quizá se pretende asociar a la Conahoba con una gestión que no fue exitosa o se intenta olvidar ese nombre para que quede en el pasado, a efectos de iniciar una nueva etapa. No hemos encontrado quién nos lo explique. Reitero que mis dichos de ninguna manera tienen un viso partidario. La Conahoba, con sus carencias y dificultades, aunque con el enorme empuje y la

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta en noventa y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado.

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tenacidad de algunos de sus miembros honorarios, muchos representantes de ministerios y otros de organizaciones civiles como las protectoras de animales, llevó adelante una tarea a través de la que se protocolizaron los problemas del maltrato animal. Fueron a los barrios más difíciles de la ciudad y decomisaron animales que estaban siendo maltratados; inclusive, se salvó la vida de animales gracias al trabajo de la Conahoba. A mí no me genera ningún rechazo. Es más, ese nombre para mí es un orgullo porque salvó las vidas de muchos animales. Cuando las personas venían a nuestras clínicas y nos decían: “No podemos tener más este animal porque es agresivo y no nos gusta; le pedimos que practique la eutanasia”, la mayoría de los veterinarios nos negábamos, pero había casos en que la solución era esa. Sin embargo, luego de la aprobación de la ley de tenencia responsable de animales eso no sucedió más porque la legislación nos ampara, ya que establece que no se puede hacer eutanasia a un animal sin una razón. En otros tiempos, teníamos a quién recurrir y dábamos el teléfono de la Conahoba. Entonces, no podemos olvidar alegremente a la gente que trabajó para ella ni enterrarla en el olvido modificando el nombre de la institución. ¿Cuál es la razón? ¿Cuál es el capricho por cambiar el nombre a esta institución? En definitiva, no voy a acompañar el cambio arbitrario de nombre. Además, en este capítulo se habla de algo más grave. En 2014 se reglamentaron 196 artículos mediante el Decreto N° 62. Coincidentemente, la ley se aprobó en un período preelectoral, el año 2009, y se reglamentó en otro período preelectoral, el 2014. Ahora, resulta que estamos lejos de las elecciones y nos olvidamos de eso, ya que en este artículo se establece que todo se va a reglamentar nuevamente. No pasó ni un año y se establece que el Poder Ejecutivo reglamentará los cometidos y la estructura de la nueva Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, para que no queden huellas de lo anterior. No vamos a acompañar este artículo por respeto a la gente que trabajó y por las vidas que se salvó, ya que a pesar de ser pocas valió la pena. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- La Mesa exhorta a la Cámara a no repetir el debate que ya hubo en el artículo anterior, referido al mismo asunto,

y que se ciña a lo que establece la disposición que estamos analizando, que tiene que ver con un aspecto estrictamente institucional. No se pretende coartar el derecho de hacer uso de la palabra a ningún señor legislador, pero como se trata de otro artículo, la Mesa entiende que no corresponde repetir la misma discusión que hubo durante un período considerablemente prolongado. Tiene la palabra el señor diputado Washington Silvera. SEÑOR SILVERA (Washington).Señor presidente: a lo mejor me salgo de tema. Quiero hacer una pregunta a la Mesa y a todos los señores diputados. Desde hace dos horas y media estamos discutiendo este tema tan sensible. Todos lo entendemos; ¿quién no se pone sensible con lo que está pasando con las mascotas? Mi pregunta tiene que ver con una cuestión de tiempo. Por poner un ejemplo, en la página 277 del proyecto de la Comisión conté unas ciento veinte instituciones que nos pueden despertar tanta sensibilidad como el tema que están considerando los señores diputados. Por mencionar algunos, voy a citar el Hogar La Huella y la Fundación Winners, que todos conocen. Qué sensibles, ¿no? La pregunta es sencilla y cortita. Señor presidente y señores diputados: ¿ustedes creen que a dos horas y media por cada uno de los temas sensibles podremos terminar el jueves próximo? SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Como usted comprenderá, a la Mesa no le corresponde contestar esa pregunta sino, simplemente, aplicar el Reglamento. Tiene la Umpiérrez. palabra el señor diputado Javier

SEÑOR UMPIÉRREZ (Javier).- Señor presidente: la Ley Nº 18.471, a la que el señor diputado refiere cuando habla de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, es la ley de tenencia responsable de animales. El debate se fue para otro lado y se encaminó por otra vía, pero la cuestión fundamental es, precisamente, la tenencia responsable de los animales. De ahí deriva todo esto. Entonces, entiendo que agregar “Tenencia Responsable” en el nombre de

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la Comisión es de recibo. Como dije anteriormente, tenemos por delante mucho a trabajo por hacer. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 281. (Se vota) ——Setenta y dos en ochenta y uno: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 282. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 31, presentada por los señores diputados Gustavo Penadés, Sebastián Andújar, Benjamín Irazábal, Jorge Gandini y Mario Ayala Barrios. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 282.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 18.471, de 27 de marzo de 2009, por el siguiente: ‘ARTÍCULO 14.- Créase la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, como organismo desconcentrado dependiente del Inciso 07 ‘Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca’, que se integrará por: un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que la presidirá; un representante del Ministerio de Salud Pública; un representante del Ministerio del Interior, un representante de la Universidad de la República, un representante de la Sociedad de Medicina Veterinaria y un representante del Congreso de Intendentes. En caso de empate, para la toma de decisiones, el Presidente tendrá doble voto'”. ——En discusión. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: la bancada del Partido Colorado no votará este artículo de la comisión por entender algo que ya hemos dicho reiteradamente y de lo cual queremos dejar constancia. No estamos de acuerdo con la exclusión del representante de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, así como tampoco con la del representante de las protectoras de animales. Para nosotros era fundamental que fueran resguardados sus derechos en la Conahoba y, a partir de ahora, en la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. Sin embargo, fueron excluidos y se decidió ponerlos en

un órgano consultivo. Manifestamos nuestra posición en la comisión, conjuntamente con el señor diputado Lafluf, y la bancada oficialista integró a la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay al órgano consultivo. Reitero que no estamos de acuerdo con la manera cómo se integra esta comisión. Creemos que lo único que se hace es excluir a actores relevantes. Simplemente, queríamos dejar esa constancia y anunciar nuestro voto negativo. Gracias. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: se ha dicho que la razón por la cual se reduce de diez a cuatro la cantidad de miembros de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, ahora llamada Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, es la eficiencia y la ejecutividad. Eso es lo que nos propone el Gobierno. Muy bien. Concuerdo. ¿Acaso vamos a aplicar esa misma tesitura a las otras instituciones que gobiernan y tienen responsabilidad en distintas áreas del Estado? ¿Vamos a sacar a los trabajadores de la educación y su representación de los organismos de la educación? ¿Vamos a sacar del BPS a los representantes de empresarios y trabajadores? (Interrupción representantes) de varios señores

——¿Vamos a sacar, en aras de la ejecutividad y de la mejor gestión, a las organizaciones sociales?… SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señor diputado: permítame ampararlo en el uso de la palabra. La Mesa percibe una serie de gestos provenientes de determinado sector del hemiciclo que parecen indicar que el orador está fuera de tema. La Presidencia entiende que el orador no está fuera de tema; simplemente, está utilizando distintos símiles para fundamentar lo que desde su punto de vista es una modificación institucional que no corresponde. Creo que tenemos que aplicar un sentido amplio. De lo contrario, incurriríamos en una restricción al derecho a opinar con libertad que todos los legisladores tenemos.

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Puede continuar el señor diputado Gastón Cossia. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Aclaro que no es mi deseo que alguien se sienta aludido con esto. (Interrupciones sentantes) de varios señores repre-

——Simplemente, estamos haciendo un ejercicio sin querer aludir a nadie. Solo digo que en aras de la ejecutividad podríamos retirar a todas las organizaciones sociales y representaciones de la sociedad civil de las instituciones que gestionan el Estado en temas mucho más importantes que este y que tienen más problemas de gestión. El ministro nos dice que con cuatro miembros va a andar bien. ¡Es lógico que va a andar bien! ¿Cuál será el control? ¿Qué capacidad tendrá la sociedad civil de interactuar? El subsecretario de Ganadería, Agricultura y Pesca nos decía: “Nos dijeron que teníamos que agarrar esto. Lo agarramos porque no nos quedaba otra. Lo que dijimos fue que íbamos a cambiar las cosas que no funcionan”. Me tomé el trabajo de analizar lo que ocurrió en la Conahoba, cuál fue el desarrollo de su labor en estos últimos años. Traté de ver cuáles habían sido las propuestas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca presentadas en la Conahoba, porque resulta que este Ministerio es tan eficiente y tiene las cosas tan claras que deberían ser una cantidad. Traté de ver cuántas castraciones había impulsado el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca en todo el Uruguay… SEÑOR PRESIDENTE Permítame, señor diputado. (Pablo Abdala).-

políticas de bienestar animal. Esas instituciones no habían sido designadas alegremente; su designación fue fruto de una negociación, de una discusión, de una propuesta académica. Me refiero a la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, a la Universidad y a las protectoras de animales en representación de las organizaciones civiles. Y ahora las borramos de un plumazo, alegremente. No podemos convalidar esto. Esa no es nuestra visión; no es nuestro proyecto de país eliminar a la sociedad civil de la conducción de la política pública. Estamos en contra pero lo queremos fundamentar, sobre todo porque las organizaciones que han sido eliminadas eran las que más trabajaban, las que más aportaban, las que realmente se hacían cargo de la tarea. No era el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca… (Manifestaciones en la barra.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).suspende la sesión mientras se desaloja la barra. Se

(Así se procede.- Ocupa la Presidencia el señor representante Alejandro Sánchez) ——Continúa la sesión.

26.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Mario García, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Enrique Sención”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete en noventa y tres: AFIRMATIVA. Queda convocado el correspondiente suplente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada.

Ahora sí debo solicitarle que en la medida de lo posible se concentre en el análisis del artículo 282 que estamos analizando, que establece una determinada conformación institucional. La Mesa tiene la impresión de que el señor diputado está volviendo al debate que ya tuvimos y sobre el cual hizo uso de la palabra en reiteradas oportunidades. Le pedimos colaboración en ese sentido. Puede continuar el señor diputado Gastón Cossia. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Quiero colaborar, señor presidente, pero a través de esta redacción se están eliminando seis instituciones de la dirección de las

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(ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, solicito se hagan los trámites necesarios para que se me conceda licencia por motivos personales el día miércoles 14 de los corrientes. Sin otro particular saluda atentamente, MARIO GARCÍA Representante por Lavalleja”. “Miércoles, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que no acepto por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes, como suplente del Diputado Dr. Mario García. Sin otro particular saluda a usted muy atentamente, Gastón Elola”. “Miércoles 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que no acepto por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes, como suplente del Diputado Dr. Mario García. Sin otro particular saluda a usted muy atentamente, Verónica Machado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015.

II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5158, del Lema Partido Nacional, señor Enrique Sención. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

27.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
Prosigue la consideración del asunto motivo de la convocatoria. ——Puede continuar el señor diputado Gastón Cossia. SEÑOR COSSIA presidente. (Gastón).Gracias, señor

Continuamos hablando acerca de que el clima de discusión debe ser el más adecuado y, si fuera necesario, solicito disculpas al Cuerpo para que la sesión pueda proseguir de la mejor manera. No estaba en nuestro ánimo generar situaciones ajenas al trabajo de los representantes. Quiero terminar diciendo que este artículo, que es el que excluye nada menos que a las organizaciones sociales -que tanto nos preocupa-, también prevé una presidencia de esta comisión, tema clave. El liderazgo en estos procesos es muy importante y debe estar acompañado de conocimiento. La labor debe estar acompañada de un

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perfil, de experiencia y de experticia en el tema. El artículo establece que el presidente será designado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y no tenemos la más mínima idea de qué requisitos se exigirán. Creemos que este tema es muy importante, y lo dijimos más de una vez. Estamos convencidos de que la profesión veterinaria está llamada a liderar estos procesos pero no somos excluyentes. Lo que proponemos es que, al menos, se considere la experiencia relativa al bienestar y la salud animal para liderar esto. No basta con que la Comisión de Zoonosis sea presidida por un médico cirujano. No basta con que el último presidente que se propuso para la Comisión de Bienestar Animal sea un licenciado en ética. Ahora se nos dice que el próximo presidente de esta comisión será un ingeniero agrónomo. No queremos hacer futurología pero sí reclamamos que se exijan los prerrequisitos mínimos para desarrollar esta tarea, tales como formación y experiencia, y que quien la presida al menos tenga la capacidad correspondiente. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Sebastián Andújar. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: el Partido Nacional presentó un artículo sustitutivo en la comisión; se discutió mucho, no fue aprobado y lo volvemos a presentar. Quiere decir que hemos trabajado mucho con relación a este tema, pero parece que no quedó claro. En este sustitutivo anexamos a un representante de la Sociedad Protectora de Animales, que se suma a los representantes de la Universidad de la República y de la Sociedad de Medicina Veterinaria. Era cuanto quería decir. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Chiazzaro. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: no iba a hablar de este tema. Tenemos una propuesta del Poder Ejecutivo; estudiamos el tema e, inclusive, hemos propuesto algunas modificaciones, pero se recomienda seguir con este artículo.

Me quiero dirigir a quien se disculpó con el Cuerpo en el entendido de que había provocado, sin ninguna intención, este reciente tumulto y decirle, con todo respeto, que actuó en forma equivocada. Las personas que se encontraban en la barra estaban tremendamente sensibilizadas con este tema. Inclusive, algunos compañeros nos dijeron que había gente llorando, porque las personas, como dije, se sensibilizan con este tema. Entonces, créame que de la forma en que habló, señor diputado, exacerbó y descolocó a esa gente, lo que no es bueno. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Señor diputado: diríjase a la Mesa. Sánchez).-

En realidad, reconozco su intención, pero le solicito que se dirija a la Mesa. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: creo que no fue bueno el camino que siguió el señor diputado Cossia, que provocó un tumulto. Asimismo, reconozco la intención de quien presidía la Cámara en ese momento, el señor diputado Abdala, quien trató de calmar al señor diputado y le solicitó que se ciñera específicamente al tema. En realidad, creo que este tipo de cosas nos hacen mal, y hasta ahora hemos trabajado con mucha concordia con el Partido Nacional. Sin duda, tenemos nuestras discrepancias, pero las planteamos tanto en comisión como en el plenario. Entonces, quiero decir que no acepto las disculpas a quien las presentó porque, honestamente, creo que hubo intencionalidad, y eso no le hace bien al Poder Legislativo. En realidad, considero que no es bueno. Por lo tanto, solicito que en las próximas actuaciones se controle más quien actuó en forma sobredimensionada y afectó a las personas que estaban en la barra. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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SEÑOR COSSIA (Gastón).- He sido aludido, señor presidente. Por supuesto, cada uno sabe lo que tiene que hacer, y decide si acepta, o no, las disculpas que presenté. Sin duda, es un problema de cada uno. Sin embargo, no voy a permitir que se diga que vine aquí a arengar o a incitar a la barra, que respondió espontáneamente. En realidad, no hay duda de que esas personas estaban sensibilizadas, pero la forma en la que me expresé en el plenario es la misma que utilicé en la Universidad de la República, en la Sociedad de Medicina Veterinaria, en la FEUU y en todos los cargos con que la ciudadanía me honró. (Murmullos) ——En ese sentido, en múltiples oportunidades escuché oratorias como la que realicé aquí o, inclusive, más exacerbadas, en este período y en otros. Sin duda, ahora no nos tocó a nosotros sufrir el abucheo, pero hay que bancárselo. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

incluirla en el Ministerio de Educación y Cultura, aunque todos sabemos lo que ha sucedido. Ahora bien, creo que este tema se habría solucionado si todos hubiéramos actuado de otra forma con la confección del articulado. Sin duda, todos sabemos que este tema despierta pasiones en la gente. Además, las personas que estaban en la barra no lloraron por el discurso de Cossia; no digamos eso porque es minimizar la trascendencia que para mucha gente y muchas organizaciones no gubernamentales tiene la temática del bienestar animal. En realidad, todos conocemos a dichas organizaciones y sabemos el esfuerzo y el compromiso que ponen en la tarea que llevan a cabo y que, como en todas las áreas de la vida, hay gente más o menos radical. De todos modos, creo que no nos habría costado nada -apelo a que la bancada de gobierno repiense este tema- incluir a los veterinarios en la integración de la Conahoba. En realidad, no se justifica que no estén, como tampoco se justifica que no se incluya a las organizaciones no gubernamentales, ya que son las únicas -digamos las cosas como son- que durante todo este tiempo laburaron en este tema. Sin duda, eso no es responsabilidad de ningún partido político, ya que este es un tema gigantesco, que también involucra las consideraciones -creo que equivocadasque hizo el señor Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca en la Rural del Prado, que sí exacerbaron los ánimos. Para que esto termine de la mejor manera posible, creo que todos deberíamos pensar, por lo menos, en la incorporación de los veterinarios a dicha comisión. Asimismo, sería ideal que dicho organismo contara con la representación de las organizaciones no gubernamentales porque, como dije, no se entiende por qué no están incluidas. En realidad, parecería que no se quiere que formen parte de la comisión por alguna razón, pero yo sé que no es así, ya que este tema corta transversalmente a todos los partidos políticos. Por otro lado, el artículo -que está mal redactado- crea un Comité Consultivo de la Comisión, que será consultado cuando se entienda oportuno, que es lo mismo que decir que nunca lo será. En realidad, creo que este discurso debí haberlo hecho en la comisión, y me hago responsable por ello.

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: quizás por el largo tiempo que he estado en esta Casa soy uno de los autores de la ley de protección y bienestar animal. En realidad, esta ley se redactó en el Senado con el acuerdo de todos los partidos políticos, y quienes trabajaron en ella fueron, por el Partido Colorado, el senador Sanguinetti, por el Frente Amplio, el senador Rubio y, por el Partido Nacional, quien habla. ¿Por qué traigo a colación esto, señor presidente? Porque nos mantuvimos ajenos a la discusión debido a que entre los aciertos de estos artículos está el de jerarquizar la organización, al convertirla en un organismo desconcentrado; se trata de una jerarquización de carácter administrativo. Asimismo, durante la discusión parlamentaria que se llevó a cabo en aquellos años, varios meses estuvimos analizando la ubicación institucional que debía tener la comisión porque, francamente, no había acuerdo y no nos dábamos cuenta en dónde debía estar, hasta que concluimos en que lo mejor era

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Como dije, creo que debemos replantear el tema, ya que estoy seguro de que el Gobierno busca jerarquizar esta comisión y no está pensando en excluir a estas organizaciones para no escucharlas. En ese sentido, creo que sería buena cosa que se votara el artículo sustitutivo presentado por el Partido Nacional; de esa manera podríamos terminar con un tema que en el futuro va a generar muchísima rispidez. Digo esto porque si no es hoy, el año que viene vamos a tener que votar un artículo que incorpore a los veterinarios y a las organizaciones no gubernamentales porque -digamos las cosas como son- el Estado solo no va a poder. Sin duda, habrá que recurrir a las organizaciones no gubernamentales para que colaboren en este tema porque el Estado no tiene la infraestructura necesaria ni el dinero para abordarlo. Es en ese sentido que apelamos a que con inteligencia, dejando de lado todo lo que ha pasado en la barra, etcétera, demos todos un mensaje de que en realidad estamos dispuestos a que la conducción tenga un carácter que es imprescindible, y es que también cuente con la participación de la contraparte que en este tema tiene mucho que ver, que son las organizaciones no gubernamentales, con un representante en seis, y la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, con un representante también. Esto no desequilibraría absolutamente nada y ayudaría a recomponer un clima que es imprescindible para que la política que el Gobierno pretende llevar adelante sea eficiente. Así que, señor presidente, apelo a que actuemos con inteligencia para que podamos zurcir esto y, de esa manera, terminar la fiesta en paz, como decía mi abuela. Si no es así, que no sea así. También quiero referirme a la barra. Hay quienes hace muchos años estamos en esta Casa y, como dice la canción, la risa va por barrios: nos han gritado, dicho, promovido, escupido, tirado monedas, en una cantidad de oportunidades. No digo que ahora le haya tocado al partido de Gobierno. ¡No! ¡Ojalá no le toque! Porque es muy desagradable. Ahora, la gente que estaba arriba no lloraba por el discurso de Cossia -un discurso muy apasionado, producto de la pasión que le pone al tema-; eso fue producto de la desesperación que tienen las organizaciones de verse excluidas de un tema en el que han trabajado. Yo lo digo con autoridad: en la Comisión de Educación y

Cultura nos visitaron cientos de organizaciones, había temas hasta entre ellas. Por lo tanto, sería inteligente que buscáramos una solución intermedia, y creo que el artículo sustitutivo de la hoja que presentó el Partido Nacional así lo logra, sin vencidos ni vencedores. Sería muy inteligente de parte de todos nosotros lograr que esto terminara de la mejor manera y en esa dirección. SEÑOR ANDRADE LALLANA permite una interrupción? (Óscar).¿Me

SEÑOR PENADÉS.- Sí, con gusto se la concedo, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

Advierto que al señor diputado Penadés le restan menos de tres minutos. SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Señor presidente: creo en el diálogo y en el acuerdo, y también entiendo que a veces hay temas en los que la confrontación es inevitable. Y en todo caso, cuando hay confrontación, hay que tratar de que sea lo más civilizada posible. Lo que no parece sensato es entrar en una doble retórica de que lo que se busca es el diálogo, mientras que promotores de primera línea de este debate colocan en las redes que hoy se votan los artículos de la muerte. Porque si coloco ahí la discusión, ¿después qué síntesis estoy buscando? ¿Con quién? ¿Con quiénes? Entonces, pregunto al diputado Penadés si comparte esa forma, que es la manera en la que se ha promovido el debate desde afuera porque, en definitiva, si soy convocado a la barra para evitar la muerte y pido que protagonistas de primera línea me rodeen porque voy a defender la vida -comparto lo que dijo el señor diputado Roselli, si es así la discusión; o caemos en la lógica de productores asesinos y Gobierno asesino, como después se dejó circular-, desde ese clima después decir: “Bueno, ahora llegó la hora de la síntesis, la moderación y el ‘ni vencidos ni vencedores'”. ¡Por favor! ¡Está bravo, desde esa postura, construir después la síntesis! Si despertamos esas tormentas, después nos tenemos que hacer cargo de ellas en términos políticos, porque sabemos que lo que estamos discutiendo es un componente institucional menor, y si hubo tres horas y media de debate fue porque había gente en la

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barra; de lo contrario, no hubiera habido tres horas y media de debate; hemos considerado artículos de muchísimo más sensibles sin un minuto de debate. Por lo tanto, tenemos que hacernos cargo en términos de lo que verdaderamente estamos discutiendo. ¡Claro! Si alimentamos la lógica de que lo que se debate es la vida y la muerte, y de que entonces hay quienes somos asesinos y quienes defienden la vida del otro, después está bravo transcurrir por el camino que plantea el diputado Penadés de la síntesis posible, porque pulverizamos el puente para una síntesis posible. Gracias, diputado Penadés. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Penadés, a quien le restan treinta segundos de su tiempo. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: hicimos el esfuerzo. Sobre la capacidad de diálogo después de la confrontación le podría poner al señor diputado Andrade ocho millones de ejemplos en los cuales después de la confrontación nos hemos sentado a dialogar, y acerca de temas muchísimo más trascendentes para la vida institucional de la República nos hemos puesto de acuerdo. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Sobre fogonear gente el señor diputado Andrade sabe igual que yo que en eso todos tenemos responsabilidades en diferentes áreas. Aquí debo reconocer que, lamentablemente, llegamos a un nivel de discusión -no importa por qué- que todos habríamos podido evitar. Lo que intentamos es, luego de todo esto, que fue muy desagradable, buscar un acuerdo. ¿No hay intención de buscarlo? Votemos y a otra cosa. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 282. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y ocho en ochenta y nueve:

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: he estado tentada de hacer uso de la palabra durante la discusión del artículo, pero no lo hice en procura de economizar. Por lo tanto, en estos minutos de fundamentación trataré de ser muy breve. Lo que quedó claro en la tarde de hoy es que hay un problema con este tema, y no se ha solucionado con esta votación. De todas maneras, no pierdo la esperanza de la reflexión. El presupuesto está en su primera etapa, pasando por esta Cámara, y no pierdo la esperanza de que en una segunda etapa, cuando llegue al Senado -y por qué no, cuando vuelva a esta Cámara-, haya la reflexión necesaria. Lo digo con toda serenidad y con toda calma. No estamos con el espíritu de haber pasado del Ministerio de Educación y Cultura al de Ganadería, Agricultura y Pesca. Nos parece que es un Ministerio mucho más relacionado con el tema. Pero el cambio de integración de la comisión le cambia el sentido, hasta el nombre deja dudas, por lo menos a mí me las deja. Hablamos de una Comisión Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal que se define como organismo desconcentrado y quienes la dirigen son integrantes de los Ministerios y del Congreso de Intendentes, organismos institucionalizados. Va a llamarse Comisión Nacional Honoraria, hasta en ese aspecto cabe la duda. Entonces, nos parece que es imprescindible incorporar a la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay y a las organizaciones sociales protectoras de animales. Ha sido una instancia no solo desagradable, sino muy conmocionante para todos nosotros la que hemos vivido. Y cuando todos los ánimos se calmen y cuando todos, con serenidad, volvamos a reflexionar sobre este artículo, me atrevo a decir que muchos vamos a coincidir en que el sustitutivo que presentamos en el día de hoy no será la solución perfecta, pero ayudará. Y todos en esta sala sabemos también que en lo que respecta a este tema, en la tarea del día a día es imprescindible la participación, tanto de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, como de las organizaciones protectoras de animales. Por eso hemos votado en forma negativa este artículo y anunciamos que tampoco votaremos los siguientes, el 283 y el 284, pues entendemos que están relacionados con el 282. Gracias señor presidente.

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora Diputada. Sánchez).-

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SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora Diputada. Sánchez).-

Se ha sustituido el artículo 16 de la Ley Nº 18.471; no sé si los señores diputados han tenido tiempo de comparar el artículo de la ley con el que hemos votado. Reitero que no he votado porque se deja fuera de los cometidos de la comisión un aspecto fundamental: el registro de servicios y de prestadores de servicios de animales. Este era un tema muy importante porque en ese registro se iba a incluir a todos los criaderos, a las instituciones vinculadas a la reproducción, a los prestadores de servicios de animales que trabajaran o tuvieran contacto con animales de trabajo; ese registro tenía obligación de aportar y con eso se financiaría la comisión. En este articulado se ha eliminado ese punto, se ha eliminado la capacidad de gestionar ese registro de prestadores de servicios por parte de la comisión. Eso es algo que nos preocupa mucho, y por eso no hemos votado. También hemos votado en contra porque aquí se le da prioridad a algo en lo que todos podemos coincidir: la necesidad de microchipear a las perros en todo el país. Esto lo hemos escuchado una y otra vez: hay 1.300.000 perros y un microchip en el mercado cuesta alrededor de US$ 5. A esta hora no voy a hacer las cuentas, pero se mencionaron una cantidad de programas y de necesidades sociales que tiene el país. ¿Quién va a pagar los microchips de 1.300.000 perros que hay en Uruguay? ¿Quién lo va a pagar? No votamos esto porque no sabemos de dónde se van a sacar los recursos. Hoy nuestra sociedad fue exhortada a pagar una patente de perro que cuesta $ 450, y por ella se debería dar una contrapartida, la vacuna contra la rabia, pero no se da en ningún lado. Es decir, el Estado está omiso. Y ahora vamos a crear un sistema; exhortamos al ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a que desarrolle un sistema de microchipeado en todo el país para 1.300.000 perros. Las cuentas son muy fáciles de hacer; estamos hablando de aproximadamente de US$ 6.500.000 si los queremos microchipear a todos, sin contar los gastos, porque hay que ponerlos y hay que ir a los barrios marginales y hacerlo. Lo que hemos votado no tiene sentido, y menos si no participan los veterinarios ni las protectoras de animales. Por esta razón no lo voté, señor presidente.

SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Señor presidente: no votamos este artículo porque no estamos de acuerdo con que los médicos veterinarios y la organización civil no participen. Sí estamos de acuerdo con pasar la Conahoba del Ministerio de Educación y Cultura al de Ganadería, Agricultura y Pesca, porque es el lugar indicado, ya que mientras estuvo funcionando en el Ministerio de Educación y Cultura trabajó con chauchas y palitos; no contaba prácticamente con nada. El veterinario Homero Cabanas, que estaba al frente de la Conahoba, hizo los máximos esfuerzos para sacarla adelante. Las organizaciones civiles son fundamentales para el buen funcionamiento de esta nueva Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal; quienes han estado siempre al firme trabajando han sido las organizaciones civiles. Mientras funcionó en el ministerio de Educación y Cultura -lo digo con propiedad, pues la Conahoba estaba en el mismo edificio donde nosotros trabajábamos- prácticamente pasaban a diario por allí ocho o diez organizaciones civiles con denuncias o con soluciones. Reitero que es la organización civil la que realmente trabaja y lleva adelante esto. Por lo tanto, tenemos la esperanza de que se reconsidere y se incorpore a los médicos veterinarios y a la organización civil. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 283. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor presidente: no hemos votado este artículo.

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28.- Prórroga del término de la sesión
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta de una moción de orden presentada por el señor diputado Carlos Varela Nestier. (Se lee:) “Mocionamos para que se prorrogue término de finalización de la sesión”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete en noventa: AFIRMATIVA. el

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante. Saluda atentamente, Alejandro Zavala”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Macarena Gelman. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Alejandro Zavala. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes,

29.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Macarena Gelman, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Romina Napiloti”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. cuatro en ochenta y nueve:

R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Macarena Gelman, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Alejandro Zavala. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 329, del Lema Partido Frente Amplio, señora Romina Napiloti. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, solicito licencia por motivos personales por el día 14 de octubre. Asimismo, solicito se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular, saluda atentamente, MACARENA GELMAN Representante por Montevideo”.

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30.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. En discusión el artículo 284. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 285. Tiene la palabra el señor diputado Gastón Cossia. SEÑOR COSSIA (Gastón).- Señor Presidente: no vamos a apoyar la creación de esta comisión en la órbita del ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Con esta creación lo que se busca, de alguna manera, es integrar dos cometidos bien importantes en nuestro país. La zoonosis adquiere una relevancia primaria en lo que hace al avance de enfermedades exóticas, que tienden a convertirse en enfermedades endógenas en nuestro país. Debemos tener en cuenta que la Comisión Honoraria de Zoonosis depende del Ministerio de Salud Pública, y aquí estamos intentando, bajo la órbita del ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, conjugar las acciones. Los dos son organismos desconcentrados, pero pretendemos que coordinen sus acciones dentro de la órbita del ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Desde nuestro punto de vista esto es un error, y también lo es excluir a la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, a la Universidad de la República y a las sociedades protectoras de animales. Por estas razones no lo vamos a acompañar, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y seis en ochenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 292. Tiene la palabra el señor diputado Omar Lafluf Hebeich.

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: al final terminé votando casi todo, excepto el artículo 282 porque pensé que iba a salir el aditivo. Simplemente quiero decir que he aprendido en la vida que en estas cosas nunca se consigue todo, pero hay que empezar por usar lo que se consigue. Por lo tanto, en esta discusión que llevó horas, voté estas disposiciones que no me conformaron del todo, pero me comprometo -creo que por lo menos existe la voluntad de todo el mundo- a tratar de ir arreglando las cosas. Recién comentaba con el señor diputado por Lavalleja que hay que seguir trabajando para continuar solucionando los problemas. Nada más, presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y siete:

En discusión el artículo 293. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 294. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 296. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 302. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 321.

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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——-Cincuenta en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 324. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y dos en ochenta y nueve:

Alimentaria. Este es el nombre que figura en el proyecto de ley enviado por la comisión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Para subsanar esta situación debemos reconsiderar el artículo 274. Se va a votar si se reconsidera el artículo 274. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión del artículo 274 Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 274 con la modificación propuesta por el señor diputado Alfredo Asti. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 08, “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, que comprende los artículos 327 a 344, inclusive. (Texto del Inciso 08:) “Artículo 327.- Modifícase el Plan de Inversiones del Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería” en los proyectos y para los ejercicios y montos que se detallan a continuación:

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: en la comisión hicimos una modificación al artículo 270, ya que dimos un nuevo nombre a la Dirección de Bioseguridad, que era el enviado por el Poder Ejecutivo. Sin embargo, por error, en el artículo 274 mantuvimos el nombre anterior. Deberíamos salvar ese error. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).¿Cuál es el nombre asignado a la que era la Dirección de Bioseguridad? SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: el nombre es Dirección General de Control e Inocuidad

Prog. U.E. Proy

Denominación

2015 -52.764.077 –

2016 –

2017 –

2018 –

2019

320 001 803 Polo Industrial Naval del Atlántico Sur 320 001 804 Laboratorio de Tecnogestión 320 004 810 Acceso a la información pública de Marcas y Patentes 322 007 771 Cartografía geológica y minera del Uruguay a escala 1.100.000 369 010 807 Parque Tecnológico Audiovisual

1.489.076 1.081.400 812.000 812.000 –

127.500 1.046.000 –

4.476.951 3.576.944 3.576.944 4.369.161 6.576.000 8.494.000 6.850.000 9.476.101

Artículo 328.- Cométese al Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, en el Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, la prestación de los siguientes servicios: 1) Análisis espectrométricos de la actividad de muestras de leche y derivados lácteos.

2) 3) 4)

Análisis espectrométricos de muestras de suelos. Análisis vegetal. espectrométricos de origen muestras especie,

Análisis espectrométricos de cárnicas de cualquier subproductos y derivados.

5)

Análisis espectrométricos de muestras de agua.

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6)

Análisis espectrométricos de muestras de aerosoles atmosféricos. Análisis de elementos traza en alimentos y demás sustancias de origen biológico. Análisis elemental de minerales y muestras geológicas. Análisis de elementos en agua, aceites minerales, solventes y demás muestras en estado líquido. aerosoles partículas

noviembre de 1992 y el artículo 420 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 329.- Autorízase al Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería” a enajenar los inmuebles ubicados en el departamento y localidad catastral Montevideo, zona urbana, Padrón nº 5525 con frente a calle Juan Carlos Gómez y Padrón Nº 5543 con frente a calle Sarandí, en el porcentaje de su propiedad, por sí o a través del fideicomiso al que refiere el inciso siguiente. Facúltase a constituir un fideicomiso de administración, con el objeto de enajenar los bienes inmuebles citados en el inciso primero de este artículo y la adquisición de uno o más inmuebles, su remodelación, y obtención de los bienes muebles necesarios para el funcionamiento de nuevas oficinas de esa Secretaría de Estado. La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 330.- Créanse en el Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, dos cargos de Administrativo XIV, Serie Administrativo, Escalafón C, Grado 1, a efectos de regularizar la situación de los funcionarios redistribuidos al amparo de lo establecido en el artículo 230 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Reasígnase el crédito presupuestal del Objeto del Gasto 055.006 “Incorp. al MIE A230 L17296” a efectos de financiar la creación dispuesta en el presente artículo. La diferencia entre el costo básico de los cargos que se crean y el objeto del gasto que se reasigna, se otorgará como compensación personal que se absorberá en los futuros ascensos. Artículo 331.- Sustitúyese el artículo 172 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 172.- Créase en la Unidad Ejecutora 010 “Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual”, el cargo de Director Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual”.

7)

8)

9)

10) Análisis elementales de atmosféricos y demás ambientales.

11) Otros análisis acordes con la técnica analítica requerida. 12) Servicios de mantenimiento de instrumentación y equipamiento electrónico nuclear. 13) Servicios de diseño y desarrollo de instrumentación y equipamiento electrónico nuclear y de sistemas de control nuclear para la industria. 14) Servicios de ensayos no destructivos. 15) Servicios de mecánica de la fractura. 16) Servicios de cálculos de blindaje. 17) Servicios de diseño y puesta en marcha de sistemas informáticos dedicados a las aplicaciones nucleares. 18) Servicios de aplicación de trazadores en procesos industriales en hidrología y en estudios destinados a la preservación del medio ambiente. 19) Servicios vinculados a la metrología y calibración de las radiaciones ionizantes. El Poder Ejecutivo actualizará el precio de todos los servicios enumerados precedentemente, tomando como base su costo efectivo de realización, incluyendo los costos directos y los de amortización de los equipos que se utilizaren en su prestación. Deróganse los artículos 165 y 166 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, el artículo 218 de la Ley Nº 16.320, de 1º de

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Artículo 332.- Sustitúyese el artículo 11 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente: “ARTÍCULO 11.- La titularidad de la marca solo se adquiere con relación a los productos y los servicios para los que hubiera sido solicitada. Cuando se solicite el registro de una marca en la que se incluya el nombre de un producto o un servicio comprendido en la clase internacional cuya protección se pretende, deberá ser detallado expresamente y la marca solo se registrará para ese producto o servicio”. Artículo 333.- Sustitúyese el artículo 74 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente: “ARTÍCULO 74.- Indicación de procedencia el uso de un nombre geográfico sobre producto o servicio que identifica el lugar extracción, producción o fabricación determinado producto o prestación determinado servicio. es un de de de

setiembre de 1999 y sus modificativas, cuando las actividades y servicios que presta dicha Dirección, en materia de signos distintivos y patentes, se suministren a otros organismos públicos o a instituciones que posean acuerdos con la misma. Artículo 336.- Facúltase al Ministerio de Industria Energía y Minería a través de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial a disminuir las tasas cobradas por los servicios que presta, aplicando descuentos de hasta un 90% (noventa por ciento) sobre las mismas a: instituciones públicas, PYMES, inventores independientes y centros de investigación, a fin de fomentar la política nacional en materia de desarrollo de ciencia, tecnología e innovación. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. Artículo 337.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º. (Órgano ejecutor).- La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería, será el órgano ejecutor de la política aprobada por la presente ley. En el ejercicio de sus cometidos, dispondrá de los fondos previstos en esta ley, distribuirá las subvenciones correspondientes a las empresas beneficiarias y ejercerá los controles correspondientes, pudiendo disponer las inspecciones que entienda pertinentes. Dichos controles e inspecciones técnicas podrán ser cometidos a entidades idóneas, sin que ello afecte la competencia de la Dirección Nacional de Industrias, en la aplicación de las medidas que resultaren de dicho contralor”. Artículo 338.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º. (Beneficiarios).- Los beneficiarios de la presente ley serán las empresas que realicen las actividades correspondientes a la confección de los productos que se clasifican en los Capítulos 61 y 62 y las Posiciones 4203.10, 4303.10.00.21, 6302.21, 6302.22, 6302.31, 6302.32, 6505.90.00 y 9404.90.00.20 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, las

Las indicaciones de procedencia gozarán de protección sin necesidad de registro”. Artículo 334.- Facúltase al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a través de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, a la prestación de servicios concernientes a la Propiedad Intelectual, entre ellos los de información tecnológica, transferencia de tecnología, vigilancia e inteligencia tecnológica y comercial, así como para el desarrollo de actividades de difusión, formación, asesoramiento e investigación en la materia. Asimismo, podrá en cumplimiento de sus cometidos, vincularse con otras instituciones públicas y asociaciones gremiales, así como apoyar y gestionar una red de instituciones con interés en los temas de propiedad intelectual. Artículo 335.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Industria, Energía y Minería, con el asesoramiento de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, a otorgar exoneraciones totales o parciales de los tributos fijados por el artículo 99 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998 y sus modificativas, y por el artículo 117 de la Ley Nº 17.164, de 2 de

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que serán consideradas actividades promovidas a los efectos de la presente ley. Serán asimismo beneficiarios de la presente ley, los trabajadores y monotributistas que realicen actividades comprendidas en los subgrupos de los consejos de salarios 5:3 y 4:2, de acuerdo a los criterios que determine la reglamentación. Para acceder al beneficio establecido en el inciso anterior, las empresas deberán acreditar que están registradas en la Dirección Nacional de Industrias según se dispone en el artículo 13 de la presente ley y que se encuentran al día con las obligaciones tributarias, de seguridad social y responsabilidad social que serán determinadas por la reglamentación. Asimismo, deberán acreditar en la forma que lo determine la reglamentación, los extremos mencionados en el artículo 6º de la presente ley. Las empresas solicitantes deberán presentar los documentos referidos precedentemente, por todas las actividades que desarrollan, ante la Dirección Nacional de Industrias, en el período que la misma determine. A partir de la finalización de dicho período, la citada Dirección realizará los cálculos y librará las órdenes de pago correspondientes”. Artículo 339.- Sustitúyese el artículo 8º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 8º.- La subvención prevista en la presente ley se volcará al sector de la vestimenta en forma semestral de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6º y 7º, produciéndose el cierre del primer semestre el 31 de marzo y el del segundo semestre el 30 de setiembre, de cada año”. Artículo 340.- La obligación emergente del artículo 13 de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, será fiscalizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, sin perjuicio de las obligaciones laborales emergentes de los artículos 15 a 19 y 21 a 23 de la misma ley, las que serán fiscalizadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social.

La negativa u omisión a inscribirse en el Registro de Empresas de la Vestimenta creado por el artículo 12 de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, así como la falta de actualización de los datos suministrados, será sancionada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, mediante amonestación, multa o clausura del establecimiento. El monto de las multas se determinará según la gravedad de la infracción, entre un mínimo de 20 UR (veinte unidades reajustables) y un máximo de 50 UR (cincuenta unidades reajustables). En caso de reincidencia se duplicará la escala anterior. Las sanciones se graduarán atendiendo al perjuicio ocasionado y a los antecedentes del infractor. La Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, sancionará las infracciones de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 289 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987 en la redacción dada por el artículo 412 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Artículo 341.- La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería, no abonará el subsidio creado por la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, correspondiente al semestre que se gestione, cuando las empresas beneficiarias: A) No actualicen en tiempo y forma los datos del Registro de Empresas de la Vestimenta, creado por el artículo 12 de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011. B) No presenten la documentación requerida por el artículo 2º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, dentro del plazo que a dichos efectos establecerá la Dirección Nacional de Industrias. C) Se verifiquen diferencias, errores u omisiones significativas entre los documentos presentados y lo declarado por la empresa al momento de la solicitud del beneficio. Cuando las empresas beneficiarias presenten la documentación referida en el literal B) del presente artículo, fuera del plazo establecido por la

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Dirección Nacional de Industrias, pero dentro de los cinco días hábiles inmediatos siguientes a su vencimiento, podrán acceder al pago del semestre que gestionen, en el semestre próximo siguiente. Artículo 342.- La Dirección Nacional de Industrias dará de baja en forma permanente, de los beneficios previstos en la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, a las empresas beneficiarias, cuando constate la existencia de declaraciones fraudulentas. Asimismo, podrá hacerlo con las empresas que integren el mismo conjunto económico o cuenten con los mismos titulares o representantes estatutarios, sin perjuicio de la presentación de las denuncias que correspondieren. Artículo 343.- La Dirección Nacional de Industrias podrá valerse de la información que surge del Registro de Empresas Infractoras (REI), creado por el artículo 321 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, a efectos de verificar si las empresas se encuentran al día con sus obligaciones en materia de seguridad social. Con la información brindada por dicho registro, podrá proponer la exclusión de los beneficios otorgados por la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, de aquellas empresas que incurran en infracciones o faltas graves o reiteradas. Artículo 344.- Las sanciones por incumplimiento de las condiciones de trabajo aplicadas por la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se entenderán como inobservancia de las obligaciones en el orden de la responsabilidad social, dispuestas en el artículo 4º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011. Cuando dicho incumplimiento afecte la seguridad, la salud y la higiene o puedan incidir en accidentes o en el desarrollo de enfermedades profesionales, podrá implicar la pérdida del beneficio dispuesto en la ley citada”. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión… SEÑORA MINETTI (Orquídea).- ¿Me permite, señor presidente? SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: proponemos votar en bloque los siguientes artículos: 327, 330, 332, 337 y del artículo 339 al artículo 343, inclusive. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque propuesto por la señora diputada. (Se vota) ——-Ochenta y seis en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 328. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——-Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en ochenta y siete:

En discusión el artículo 329. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pablo Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: inexorablemente debo dejar algunas constancias en la discusión del artículo 329, a la luz de su análisis en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. El Ministerio de Industria, Energía y Minería nos está pidiendo —nos parece una herramienta peligrosa—, la constitución de un fideicomiso de administración a efectos de enajenar y adquirir bienes inmuebles. Por lo tanto, por una vía oblicua, se está planteando saltear el procedimiento habitual que el Estado debe cumplir para la compra o venta de bienes inmuebles que, como todos sabemos, es la licitación o el remate público. Esto se vincula con otro aspecto muy preocupante y directamente relacionado -lo digo con toda serenidad y convicción-, como la irregularidad en la que ha incurrido el Ministerio de Industria, Energía y Minería, y lo manifiesto en el sentido estricto del término. No estoy extendiendo juicios éticos sobre el temperamento o la conducta de la señora ministra de Industria, Energía y Minería, sino hablando con objetividad de lo que considero ha sido un procedimiento irregular y al margen de la ley en el que el Ministerio de Industria, Energía y Minería ha

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incurrido a los efectos de arrendar el edificio que próximamente servirá de sede a la Cartera. El domingo 29 de abril, el ministerio hizo un llamado, si es que se lo puede denominar así. No fue un llamado a licitación, sino simplemente un aviso publicado en un diario de circulación nacional invitando a cotizar. Reitero que no fue un llamado a licitación pública, porque no tiene número; ni siquiera se conformó un expediente, como manda la ley, desde el punto de vista del derecho administrativo. Este llamado a cotizar se formuló a los efectos de que cualquier interesado que fuera poseedor o propietario de un bien inmueble en determinado radio del centro de Montevideo y de la Ciudad Vieja pudiera presentarse al ministerio a los efectos de ofrecerlo en arrendamiento a la Secretaría de Estado, de cuyo presupuesto nos estamos ocupando. Se solicitaba que el edificio tuviera determinadas características que, obviamente, comparten muchos de esa zona de la ciudad de Montevideo. Tanto es así que, por la información que tenemos, el Radisson Victoria Plaza se presentó al llamado a cotización que realizó el Ministerio de Industria, Energía y Minería. Denunciamos la irregularidad, señor presidente, en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, y no es que la señora ministra no haya sido convincente, sino que directamente no contestó nuestro reclamo; no dio una respuesta. Ya no se trata de confiar, de creer o de que nos genere un viso de duda. La ministra optó por el silencio; le dio la palabra a la directora general de Secretaría, quien nos dijo simplemente -como si con eso bastara- que cumplieron con el Tocaf, que cumplieron con la ley. Pero no supo explicar de qué manera cumplieron con la ley, ni fue capaz de invocar aquella disposición del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera que regula la contratación administrativa del Estado para conformarnos de que, efectivamente, estaban actuando de acuerdo a derecho. Por lo tanto, este tema nos preocupa mucho. Tenemos información de que en el ministerio -reitero- ni siquiera se conformó un expediente administrativo con todas las formalidades que corresponden para una contratación de estas características. El ministerio, finalmente, firmó o está por firmar el contrato de arrendamiento -creo que

tiene una especie de preacuerdo-, va a alquilar y se va a trasladar a un edificio que está en la calle Sarandí y de acuerdo con la información que se nos dio, va a pagar un alquiler de $ 540.000 por mes. Tal vez ese arrendamiento valga $ 540.000 por mes. El tema no son las condiciones del arriendo, sino el procedimiento, haberse salteado, sorteado, pasado por encima de lo que la ley establece acerca de lo que deben ser los procedimientos regulares a la hora de contratar. En función de esto, como no recibíamos respuestas, como la ministra no contestaba, como la directora general de Secretaría parecía simplemente evadir la circunstancia que se había planteado o eludir lo que desde la oposición reclamábamos, tuvimos que solicitar a la señora ministra que nos hiciera llegar copia autenticada del “expediente” -lo digo entre comillas, porque según tenemos entendido ni expediente formalmente hay en el ministerio-, la documentación que en tal caso en el ámbito del Ministerio de Industria, Energía y Minería se pueda encontrar, para poder cotejar lo que se insinuó, porque reitero que apenas hubo alguna insinuación, pues nunca se llegó a una explicación concreta. Esto es muy grave, señor presidente. Y a la luz de esos antecedentes, que el Poder Legislativo le otorgue al Ministerio de Industria, Energía y Minería -o a cualquier otro- una herramienta, un instrumento de estas características para que pueda comprar y vender bienes inmuebles sin el más mínimo control, en el ámbito del derecho privado y por fuera de los procedimientos que establece y estipula la ley, y que siempre se siguieron en este país a los efectos de la enajenación de los bienes, me parece francamente peligroso. Reitero el término y lo digo en sentido estricto: el Ministerio de Industria, Energía y Minería incurrió, consciente o inconscientemente -no entro a juzgar intencionalidades, pero lo digo objetiva y formalmente-, en una irregularidad, entendiéndose por irregularidad lo que está por fuera de las reglas. Actuó por fuera de las reglas a la hora de arrendar la que será la sede del Ministerio de Industria, Energía y Minería, a la cual la señora ministra próximamente se va a mudar. Todos sabemos que este tema tiene una saga muy interesante e importante; empezó por el mes de marzo cuando trascendió -después la señora ministra lo desmintió- que su propósito era instalarse en la

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torre de Antel y que esto le había generado alguna molestia al señor presidente de la República. Por lo visto, si fuera cierto que la ministra nunca tuvo esa intención -creo en la aclaración que se hizo, porque tengo el deber de creer en ella-, también es verdad que a la señora ministra nunca le resultó práctico, cómodo o gustoso instalarse en la sede del ministerio ubicada en el edificio de Ancap, porque nunca lo hizo. En el edificio de Ancap, que es donde oficialmente funcionan las oficinas del Ministerio de Industria, Energía y Minería tienen su despacho el señor subsecretario, la señora directora general de Secretaría y distintos funcionarios que componen la estructura administrativa de la Cartera, pero la ministra tiene su oficina -o por lo menos la mayor parte del tiempo está allí- en una sede del ministerio en la calle Sarandí donde, según tengo entendido, se encuentra la Dirección Nacional de Industrias. Entiendo que la ministra quiera tener casa nueva para el ministerio, que quiera estrenar una nueva sede ministerial -los ministros tienen que trabajar con comodidad, naturalmente, y los edificios deben ofrecer la funcionalidad correspondiente para que las funciones administrativas se puedan cumplir a cabalidad-, pero hay que hacerlo de acuerdo con lo que establece la ley. No puede hacerse un arrendamiento de estas características de manera absolutamente irregular. Y si eso está mal, diría que inclusive está peor que cuando el Parlamento pide cuentas no solo se le responda con monosílabos, como ocurrió en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, sino que los jerarcas se comprometan a hacer llegar un expediente o por lo pronto, algún tipo de documentación -como lo hicieron-, pero a la comisión nunca llegó. Y tiempo hubo para que esa documentación llegara cosa que, guste o no, no ocurrió. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Battistoni. SEÑOR BATTISTONI (Julio).- Señor presidente: estuve en el análisis en la comisión cuando el ministerio hizo la presentación de este artículo. Creo que quedó bastante claro que era un procedimiento fundamentado en la necesidad de un ministerio cuyas oficinas están absolutamente

desperdigadas por toda la ciudad. Este es un mal que no le ocurre solo a este ministerio. Tal vez el Ministerio de Industria, Energía y Minería sea el que se encuentra en peor situación, pero todas las oficinas del Estado están dispersas por la ciudad. Ojalá pudiera haber un edificio donde se encontraran las oficinas de todos los ministerios, así como las oficinas del Estado y de las empresas públicas pudieran estar en un único edificio en las ciudades del interior. Quienes hemos estado vinculados directamente a los temas de la industria tuvimos que peregrinar por todo Montevideo de una oficina a otra para dar continuidad a un trámite que va pasando por diferentes oficinas dentro de un mismo ministerio. Por lo tanto, el procedimiento me parece absolutamente fundamentado. La directora general de secretaría quedó en enviar un informe, y fue con esa aspiración que continuó el tratamiento de estos temas. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Graciela Bianchi Pioli. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: por esta última intervención estamos totalmente de acuerdo con que una cosa es la conveniencia en el Estado y otra es la legalidad. Sin ninguna duda, si queremos seguir viviendo en un Estado de derecho la conveniencia tiene que estar sujeta a la legalidad. Pero vuelvo al artículo 329, como precedente que se está sentando de que el Estado pueda vender bienes inmuebles bajo el régimen del derecho privado. Cuando me preguntan por qué insisto en que se está horadando la fortaleza institucional del Estado -en este caso nada menos que la preservación del patrimonio-, debo decir que tenemos un ejemplo clarísimo: la preservación o no del patrimonio del Estado -en este caso bienes inmuebles- está sujeto exclusivamente a la voluntad de los funcionarios de turno, sean del partido político que sean. Por eso es que la ley, sabiamente, estableció dos regímenes: el remate público y la licitación. Si no les gusta el remate, porque a veces puede tener problemas de mercado, la licitación tal vez sea

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uno de los más seguros para preservar el valor. Voy a dar un solo ejemplo breve. Cuando estábamos en el Codicén, al actual presidente del Codicén, profesor Netto, en aquel entonces director general del Consejo de Educación Técnico Profesional, se le había ocurrido vender la minera de Minas de Corrales -hay un expediente; yo tengo fotocopia en mi casa, y si alguien lo quiere ver lo puedo autenticar porque tengo autoridad para hacerlo-, que no solamente es una mina de oro sino también de diamantes, pues la empresa que la explota, que es una continuidad de las minas de Sudáfrica, ha hecho estudios en tal sentido. Iba a ser una permuta entre el Consejo de UTU y la empresa. Obviamente que cuando llegó al Consejo Directivo Central, como todavía estas cosas no pasaban, esa venta se frenó. Imaginen lo que sería haber perdido la minera de Minas de Corrales -que está en un predio de la ANEP-, con lo que representa desde el punto de vista patrimonial; se iba a permutar por un establecimiento rural de explotación agropecuaria que ni siquiera tenía índice Coneat 100, o sea, sin diferencia. Lo pudimos frenar porque se cumplió con la ley. En ese momento el Consejo Directivo Central la cumplió. No nos sometimos a la voluntad discrecional de una autoridad que en ese momento era Netto, pero podía ser cualquier otra persona; y además de no haberse perdido tremendo patrimonio, esta empresa al día de hoy está pagando a la Universidad del Trabajo del Uruguay un canon de US$ 480.000. Al levantar la mano -obviamente, yo no lo voy a hacer- seamos conscientes de que cuando se sienta un precedente después se hace costumbre, como cada vez se hace más costumbre que las normas no se consideren importantes, inclusive a veces tratándose de la Constitución. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo329. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y cinco en ochenta y cuatro:

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 333. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 334. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en ochenta y nueve:

En discusión el artículo 335. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y ocho:

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que el Partido Nacional no ha votado el artículo 335 y desde ya adelanto que tampoco votará el artículo 336 por razones similares. Creo que estamos frente a una flagrante inconstitucionalidad -tanto en esta disposición como en la siguiente- porque el artículo 335 autoriza a la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial a otorgar exoneraciones tributarias que, además, pueden ser totales o parciales. Es decir que el nivel de discrecionalidad es absolutamente ilimitado. Esa dirección puede resolver si otorga o si no otorga y, en el caso de que otorgue, puede decidir hasta dónde llegar con su impulso generoso. En el caso del artículo 336 pasa otro tanto, ya que autoriza a disminuir determinadas tasas que cobra la mencionada dirección. A través de este fundamento de voto dejo explicitada mi posición respecto al artículo siguiente, que habilita a que se otorguen hasta un 90 % de descuentos de la tasa. Esa es una delegación de la potestad tributaria, que

En discusión el artículo 331.

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es típicamente legislativa, lo que es absolutamente inconstitucional y, por ende, en verdad peligroso. Gracias, señor presidente. En discusión el artículo 336. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y cinco:

en su totalidad, $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 042.522 “Diferencia de tabla” y $ 4.608.416 (cuatro millones seiscientos ocho mil cuatrocientos dieciséis pesos uruguayos) con su correspondiente aguinaldo y cargas sociales del Objeto del Gasto 095.002 “Fondo para contrato temporal de derecho público”. El Ministerio de Turismo comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución de la partida asignada entre las Unidades Ejecutoras. Artículo 346.- Increméntase la partida anual asignada a la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Inciso 09 “Ministerio de Turismo” por el artículo 428 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 con destino a financiar compensaciones especiales en $ 8.604.805 (ocho millones seiscientos cuatro mil ochocientos cinco pesos uruguayos). El incremento autorizado se financiará con la reasignación dentro del mismo programa y fuente de financiamiento, de la partida establecida en el artículo 310 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, la establecida en el inciso tercero del artículo 241 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y con $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos) del Objeto del Gasto 042.522 “Diferencia de tabla”. Derógase el artículo 310 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y el inciso tercero del artículo 241 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Artículo 347.- Exceptúase al Inciso 09 “Ministerio de Turismo” de lo dispuesto por el artículo 494 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, en el caso de realización de campañas de promoción del país en el exterior”. ——En discusión el artículo 345. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 346. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

En discusión el artículo 338. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 344. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 09 “Ministerio de Turismo”, que comprende los artículos 345 a 347. (Texto del Inciso 09:) “Artículo 345.- Asígnase en el Inciso 09 “Ministerio de Turismo”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 7.474.067 (siete millones cuatrocientos setenta y cuatro mil sesenta y siete pesos uruguayos) al objeto 042.531 “Compensación sujeta a compromisos de Gestión”, a efectos de abonar una compensación sujeta al cumplimiento de compromisos de gestión a los funcionarios de las Unidades Ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaria” y 003 “Dirección Nacional de Turismo”. La compensación de referencia se otorgará en las condiciones que establezca la reglamentación, previo informe favorable de la Comisión de Compromiso de Gestión creada en el artículo 57 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Reasígnase a efectos de abonar el incentivo autorizado en el presente artículo, los créditos presupuestales de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Fuente de Financiamiento 1.1 “Rentas Generales”, de los Objetos del Gasto 042.090 “Mayor responsabilidad” y 047.002 “Equiparación Salarial”

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(Se vota) ——Setenta y cinco en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 347. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

Coincidimos también con las expresiones de la señora ministra en cuanto a que esta es una de las inversiones más grandes pero, seguramente a raíz de las dificultades que se han ido generando en nuestro país -eso que el señor Ministro de Economía y Finanzas llama enlentecimiento de la economía y que no tenemos por qué discutir, ya que es una persona de gran capacidad técnica-, también se fue enlenteciendo la venta de terrenos. Hoy en día tenemos en marcha una obra muy importante que esperamos inaugurar a mediados del próximo año con algún congreso importante, que le va a hacer bien no solo a Maldonado sino a todo el país, porque generará una nueva actividad y una nueva fuente de ingresos. Sin embargo, no vemos reflejadas en el presupuesto algunas actividades a las que seguramente va a ser necesario dar apoyo, porque ya no se puede exprimir más a Maldonado para este proyecto ni para otros. Necesitamos el apoyo del Gobierno nacional en distintos aspectos para contribuir a ese desarrollo que, en definitiva, es el desarrollo de todo el país, porque luego los ingresos por concepto de impuestos, tasas y demás que se generan en nuestro departamento se terminan distribuyendo, a través de Rentas Generales y del Ministerio de Economía y Finanzas, en todo el país. Entonces, también se requiere el apoyo para que estas obras tengan todo lo necesario, más allá de lo previsto en los fideicomisos para su financiación o en las licitaciones de obra y de gestión que están en marcha. Habríamos querido que el Ministerio, en el mensaje presupuestal, hiciera constar -de alguna manera- los futuros apoyos para la promoción del centro de convenciones de modo de ponerlo en el mundo, al lado de los esfuerzos departamentales que seguramente está haciendo y va a seguir haciendo el concesionario privado. De la misma manera, no vemos que aparezcan los recursos para la política de promoción, ya que en momentos difíciles en la región -todos sabemos lo que ocurre en la economía de Brasil y de Argentina, que son los principales emisores de turismo hacia Uruguay-, con más razón necesitamos mensajes políticos claros en el presupuesto en cuanto a recursos para hacer promoción y para financiar eventos de jerarquía. Podemos poner el ejemplo de la Fórmula E. En una reunión de trabajo muy fructífera -esperemos que

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: voy a tratar de ser lo más breve posible. Este artículo está pidiendo una excepción para las campañas de promoción en el exterior. Nos parece acertado porque, obviamente, cuando el Ministerio hace campañas de ese tipo debe respetar la legislación vigente en los países en los que se realiza la promoción. Pero quiero destacar -más allá de que vamos a votar este artículo- que nos parece excesivamente reducido lo que se propone para el Inciso 09, Ministerio de Turismo. Sabido es por todos que la actividad turística es una de las principales generadoras de ingresos en nuestro país. Inclusive, se ha dicho que es la segunda en importancia, pero no vemos esto reflejado en el mensaje presupuestal. Más allá de que el Ministerio asistió a la comisión y planteó una serie de metas y objetivos, no los vemos reflejados en dicho mensaje. Para decirlo con palabras sencillas: consideramos que el presupuesto no está de acuerdo con la importancia que tiene la actividad turística en nuestro país. Como representantes del departamento de Maldonado tenemos algunas inquietudes. Cuando compareció la ministra en la comisión hizo referencia al Centro de Convenciones y Predio Ferial de Punta del Este y coincidimos con ella en que es una herramienta fundamental en la que toda la sociedad de Maldonado apostó fuertemente. La comunidad hizo un aporte muy importante para su financiación a través de la venta de terrenos que eran de dominio público. Nos contamos entre los que en su momento levantamos la mano para que esos terrenos pudieran venderse a fin de lograr su financiamiento, estimado en una cifra que en su momento ascendió a US$ 15.000.000. Por otro lado, existió un aporte del Gobierno central de US$ 10.000.000, que se obtuvieron a través del canon que le correspondía aportar al Hotel Casino Conrad, por la renovación de sus contratos.

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haya otras-, en la que tuve la oportunidad de participar conjuntamente con el intendente departamental y la señora ministra, el ministerio no estuvo en condiciones de hacer un aporte importante para llevar adelante ese evento que, reitero, no es para Maldonado. Es para todo el país, porque quienes vienen, gastan, van a los supermercados, a los comercios, a los restoranes, utilizan muchos servicios, generan IVA e ingresos por peajes para todo el país. Por eso, nos habría gustado ver el planteo formal que se le hizo a la señora ministra reflejado en el presupuesto nacional, con recursos para el apoyo de eventos de jerarquía que podamos calendarizar, como tienen otros países, de forma que se sepa que en tal mes o en tal otro no solo en el departamento de Maldonado sino en la región este -coincidimos con el ministerio en la importancia de la regionalización del turismo-, en cada una de las regiones definidas, habrá eventos de importancia y cada departamento tendrá su fiesta o su actividad deportiva, con el apoyo, en recursos económicos, del Ministerio de Turismo para llevarlo adelante y para poder promocionarlo dentro y fuera del país. También nos hubiera gustado ver algunas señales de cartelería que indicaran, en rutas y caminos, las atracciones turísticas en las distintas regiones de todo el país, donde hay absoluta carencia. Hay indicaciones de seguridad vial, como debe ser, pero falta propaganda del Ministerio de Turismo con otro tipo de indicadores que ayuden al visitante, al turista, a dirigirse a distintos sitios, de forma que esto no quede meramente en los esfuerzos de las Intendencias, porque el proyecto de turismo tiene que ser integral, para todo el país y en especial para las tan importantes regiones que mencionábamos antes. Por último, quiero comentar una aspiración del Municipio de Solís Grande, del departamento de Maldonado. Es necesario que el Ministerio de Turismo ponga los ojos en la costa del arroyo Solís Grande donde, con tierras que son propiedad del Instituto Nacional de Colonización y sin que dejen de serlo, hay un potencial importantísimo para desarrollar un proyecto turístico. Para eso se necesitan -reitero-, además de los esfuerzos departamentales, el apoyo y la visión técnica del Ministerio de Turismo, lo que puede ser muy interesante y tiene que ver con el turismo no tan vinculado al sol y la playa, porque es un municipio que tiene zonas de serranías que

podrían integrarse a la región este a la cual hacíamos referencia. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Vásquez Varela. SEÑORA VÁSQUEZ VARELA (Patricia).- Señor presidente: en la misma línea que la diputada preopinante del Partido Nacional, quiero manifestar que en la comparecencia de la señora Ministra de Turismo a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, a la sesión del 9 de setiembre, se trasmitió también la falta de rubros para la gestión de servicios relacionados con el turismo que, como sabemos, es muy importante y genera tantas divisas. En un país que en este momento tiene serios problemas ocupacionales este sería un medio para la salvación de muchas familias trabajadoras. Soy representante por el departamento de Paysandú y, en la línea de lo que dijo la señora ministra en cuanto a que su ministerio era de puertas abiertas, que estaba dispuesta a conocer nuevas gestiones y propuestas, propongo no solo para el departamento sino para el país entero -en definitiva, las divisas se distribuyen en todo el país- la consideración, el mantenimiento y el respaldo al corredor termal del litoral, a fin de que nuestros centros termales se mantengan competitivos permanentemente, en la medida en que los argentinos conservan un nivel de calidad y siempre apuestan a más. También con relación a las palabras de la señora ministra -cuando dijo que con el tercer plan de préstamos BID apostaba a una recuperación y a un mantenimiento de la gestión de los servicios turísticos en lo que tiene que ver con la calidad y el mantenimiento de un corredor fluvial del río de los pájaros pintados, el río Uruguay-, entiendo que sería pertinente que en la complementación público privada se pudiera ayudar al departamento de Paysandú con trabajos de cateo o prospección de un pozo termal en la zona de Corrales de Abasto, muy cercana a la capital departamental, al río Uruguay y a la cabecera del puente que nos une con la República Argentina. Muchas gracias. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: he estado tentado a hablar en algunas oportunidades pero no lo he hecho porque estamos atrasados. Lo hago en esta oportunidad porque me parece importante considerar que estamos discutiendo un presupuesto nacional, donde el ingreso y la distribución de recursos tienen que ver con ese concepto nacional. Es importante que cada uno de nosotros, en representación de su territorio, tenga como plataforma una serie de reivindicaciones. El problema es que el proyecto es nacional o no es proyecto, porque no hay forma de equilibrarlo. También me parece importante precisar que en las disposiciones de este Inciso se estimula a los trabajadores. Además, se mantiene la inversión, que no está acá, pero que es el piso; este es el incremento que tiene el presupuesto. En este sentido, quisiéramos comparar cifras. Cuando asumimos el Gobierno en 2005, la inversión en promoción en el exterior era de más o menos US$ 2.000.000; eso era lo que invertía el Conrad. Hoy, se invierten US$ 10.000.000 por año. Ese es el piso, que no está en el presupuesto; son los recursos ya asignados para campañas de promoción. Inclusive, a través de este presupuesto se pide una serie de mecanismos que permitirán al Estado uruguayo contratar en el exterior, dándole nuevos marcos legales, como bien decía una señora diputada preopinante. También me parece importante destacar, con una visión nacional, los ingresos por turismo. Más allá del enlentecimiento, medido en términos reales, estamos por debajo de 2011 –ese año fue el año récord, con más de US$ 2.200.000.000 por concepto de ingresos- pero casi cuadruplicamos en dólares la cifra de ingreso por turismo del año 2004. Estos datos reflejan el sostenimiento de la política; son fruto del incremento de la inversión y la promoción de la inversión privada. El Centro de Convenciones es un proyecto nacional y será parte de la promoción, con aliados como el Ministerio de Turismo y Deporte y Uruguay XXI. Como bien se dijo, la Intendencia hizo un

enorme esfuerzo y vendió tierras propias -no terrenitos: tierras- ocupadas por privados en US$ 10.000.000. Eso nos permitió conectar con obras como la perimetral. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas –en dicha secretaría de Estado figuran las políticas nacional articuladas en el territorioamortizó la mitad de la inversión de la obra perimetral. Estamos hablando de más de US$ 20.000.000 aportados por el Estado en dos períodos de Gobierno. Debemos tener en cuenta que el turismo se promociona con la renuncia fiscal de la devolución del IVA en todo el país. Esto también forma parte del proyecto nacional. Por otra parte, este año no hay cambio de horario. De esta manera, UTE cumple un compromiso que asumió y se atiende la demanda de una serie de actores vinculados, en particular la gastronomía. También es importante destacar -ya se discutió en algún otro Inciso- que los refuerzos policiales son pagados por el Estado; hace cinco años que no los paga la Intendencia. Asimismo, hay que destacar la inversión hecha por OSE, aunque se diga que son recursos de Maldonado. Es cierto que durante años se esperó la obra de saneamiento, que hoy permite un desarrollo ambiental sustentable. Hace unos días estuvimos en la Meseta de Artigas, en Paysandú, y vimos un complejo turístico que se había licitado el año pasado. Lo mismo ha sucedido en otros departamentos como, por ejemplo, Soriano. Lo que hace este camino -no puede aspirarse a que se vea reflejado en el articulado- es reorientar un marco legal que permita mantener los niveles más altos de inversión del Estado en promoción del turismo. Por otra parte, el Parlamento va a tratar recursos que tienen que ver con el acuerdo entre el Congreso de Intendentes y el Gobierno nacional, que también es histórico. El Congreso de Intendentes acordó -me refiero a los intendentes del Partido Nacional y del Frente Amplio y al intendente del Partido Colorado- con el Poder Ejecutivo determinadas partidas Sería deshonesto intelectualmente si permitiera que dijeran

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que solo en función del PIB que aporta Maldonado está rezagado en la distribución de recursos. Sería una actitud deshonesta, inclusive para el lugar de donde vengo. Maldonado es el tercer departamento en cuanto a los recursos que recibe del Estado. Digo esto porque hay intendentes del Partido Nacional, del Partido Colorado y también del nuestro, a los que uno podría plantear una demanda que permitiera quedar bien en Maldonado exclusivamente. Pero sabemos que si el departamento se transforma en el único lugar de alternativa para seguir emigrando -como ya hicieron veintisiete mil personas-, aunque este proyecto haya permitido generar empleo en todo el país incorporando las actividades turísticas como una más, Maldonado no tendría posibilidad de sostener esa carga humana, ni las tensiones sociales y las que se dan en el territorio desde el punto de vista urbanístico. En ese sentido, este es el presupuesto que se puede elaborar, el que es viable. Tendrá otras manifestaciones cuando se apliquen las políticas de vivienda, para las que en el último período el Estado aportó alrededor de $ 500.000.000, y el Gobierno departamental una cifra similar. Este es el presupuesto posible para un momento. Con responsabilidad y audacia nos planteamos potenciarlo en el marco de las políticas del conjunto de los departamentos y apostando al desarrollo nacional, que es la única forma en que Maldonado puede salvarse, porque no es un mundo aparte. Eso es lo que nos permitirá seguir avanzando de forma sostenida. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa va a precisar el camino que adoptará de ahora en más. Estamos considerando el artículo 347, que exceptúa al Ministerio de Turismo y Deporte de lo dispuesto por el artículo 494 de la Ley N° 16.226, referente a las campañas de promoción y la contratación de artistas nacionales. Los señores legisladores, con total libertad, han hecho referencia a una serie de asuntos que no tienen que ver con lo que establece esa norma. Por tanto, la Presidencia exhorta a los señores legisladores de todas las bancadas a que a partir de ahora hagan referencia al artículo para el cual se

anoten. De lo contrario, la Mesa va a comenzar a observarlos por estar fuera de tema. Hacemos esta exhortación porque si seguimos por este camino vamos a tener dificultades para tratar los artículos que restantes, que son muchos. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: lo único que hicimos, en el marco del debate de un Inciso del proyecto y frente a apreciaciones que para nosotros no eran exactas, fue plantear el escenario de que en este presupuesto confluyen en el territorio recursos de ministerios múltiples que tienen que ver con las políticas activas de turismo. Lo que hice está muy lejos de las apreciaciones que se hicieron durante la discusión respecto a los valores de la democracia y la protección de los animales. Entonces, solo pretendo ser tratado de igual forma que el resto de los que debaten. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Presidencia trata igual a todos los señores legisladores. La exhortación fue clara. Dijimos cuál era el camino que se iba a adoptar a partir a ahora. Después de votar este artículo vamos a ingresar al capítulo correspondiente al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Seguramente, una cantidad de diputados que representan a varios departamentos del país se verán tentados de exponer en la Cámara acerca de la situación de su departamento. Por eso, el presidente solicita a todos -creo que he sido ecuánime- que en el futuro se ciñan estrictamente al articulado. El planteo no fue hecho en referencia a usted, señor diputado De los Santos; fue una exhortación a todos los legisladores que están en Sala. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

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SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Con todo respeto, me siento aludida por sus palabras, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- El presidente no puede aludir a nadie porque, según el Reglamento, no puede debatir. Simplemente tiene que hacer cumplir el Reglamento y dirigir el debate. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- El Inciso referido al Ministerio de Turismo tenía solo tres artículos. Hicimos uso de la palabra con relación al tercero, que hablaba de las promociones, y nos referimos a la promoción del centro de convenciones y de los eventos. Creo que nos ajustamos al tema. No me parece que corresponda el rezongo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Presidencia no ha rezongado a nadie, señora diputada. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 347. (Se vota) ——Ochenta y uno en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, que comprende los artículos 348 a 400, inclusive. (Texto del Inciso 10:) “Artículo 348.- Sustitúyese el numeral 7) del artículo 58 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, por los siguientes: “7) Cuando los Jueces otorguen de oficio escrituras de expropiación. 8) Cuando se otorguen escrituras de expropiación de bienes en régimen de propiedad horizontal. 9) Los demás casos reglamentación”. que establezca la

forzado establecido en la Ley Nº 8.733, de 17 de junio de 1931, concordantes y modificativas, y por adjudicaciones o enajenaciones en cumplimiento de ejecuciones extrajudiciales del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Agencia Nacional de Vivienda B) Enajenaciones de predios personas físicas y jurídicas. fiscales a

C) Primera enajenación de inmuebles resultantes del proceso de regularización de viviendas de interés social y asentamientos irregulares que realicen el Estado o los Gobiernos Departamentales. D) En todas las escrituras judiciales. Artículo 350.- Agrégase al artículo 283 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente inciso: “En el caso de los planos de fraccionamiento de áreas que se hubiesen transferido de pleno derecho con anterioridad a la vigencia de la presente ley, por aplicación del Decreto-Ley Nº 14.530, de 12 de junio de 1976, en los cuales no se establezcan deslindes, espacios libres y otras de interés general, las Intendencias Departamentales podrán confeccionar e inscribir un Plano de Mensura de dichas áreas, consignando los deslindes y superficies respectivas, así como los datos geométricos y catastrales”. Artículo 351.- Sustitúyese el artículo 15 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, en la redacción dada por el artículo 278 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 15.- En cada caso de expropiación, la autoridad respectiva mandará formar expediente y ordenará previamente el levantamiento de un gráfico parcelario de los inmuebles que se requieran para la obra proyectada, indicando Departamento, número de padrón y el área afectada, a cargo de los funcionarios u oficinas técnicas de su dependencia. Sin perjuicio del gráfico parcelario de la obra, en los casos de expropiaciones parciales de

Artículo 349.- El Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, no exigirá el control dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 18.840, de 23 de noviembre de 2011, en los siguientes casos: A) Trasmisión del dominio de inmuebles por expropiaciones efectuadas por el Estado o los Gobiernos Departamentales, ejecución forzada judicial o por el cumplimiento

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inmuebles deberá levantarse por separado un Plano de Mensura para expropiación, en el que se determinarán la parcela o parcelas a expropiarse, el cual será registrado en la Dirección Nacional de Catastro. En los casos de expropiaciones totales, se podrá utilizar el último plano inscripto del inmueble a expropiar. Asimismo aquellos planos que se hubiesen levantado en oportunidad de iniciar el procedimiento expropiatorio de un inmueble, cuyo proceso haya caducado según lo establecido en el artículo 20 de la presente ley, podrán ser utilizados en caso de reiniciarse el trámite expropiatorio. Una vez confeccionado el anteproyecto y el gráfico parcelario a que refieren los incisos precedentes, se mandará poner de manifiesto por el término de ocho días notificándose a los propietarios, sin perjuicio del emplazamiento que se hará a través de edictos que se publicarán en el Diario Oficial y en otro periódico de circulación en el departamento de radicación del inmueble. De esos edictos se dejará constancia en el expediente correspondiente, agregándose las publicaciones de práctica. Los propietarios de los inmuebles deberán denunciar en el acto de notificación o dentro de los ochos días siguientes, la existencia de personas que tengan derechos reales o personales consentidos por dichos propietarios con respecto a la cosa expropiada. El incumplimiento de esta obligación hará recaer la responsabilidad reparatoria sobre el propietario omiso en esta obligación. En los casos de expropiación parcial de inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal se procederá de la siguiente manera: A) Cuando se afecten bienes comunes se formará un expediente único por toda la fracción a expropiar del padrón matriz. Las notificaciones del trámite expropiatorio se harán a la copropiedad del edificio en la persona de su Administrador o Representante; en caso de que no lo hubiere se notificará a los propietarios de las unidades que integran la copropiedad.

B) Cuando se afecten unidades de propiedad individual, se iniciará expediente por cada una de las unidades afectadas, además del que corresponda por los bienes comunes afectados. C) Con la escrituración a favor del organismo expropiante dichas fracciones quedarán desafectadas del régimen de Propiedad Horizontal. En estos casos se podrá actuar con el plano de Propiedad Horizontal cuando esté deslindada la Fracción afectada o en su defecto, con el plano de expropiación del padrón matriz. D) Cuando la expropiación afecte solo bienes comunes, a los efectos registrales, la superficie afectada se considera desafectada del régimen de Propiedad Horizontal con la inscripción de la escritura pública o acta notarial respectiva. E) Cuando la expropiación afecte la totalidad de las unidades individuales, el organismo expropiante podrá convertir el régimen de Propiedad Horizontal en propiedad ordinaria procediendo de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, con excepción de lo indicado en el literal C) de dicho artículo. En caso de tratarse de un inmueble a ser incorporado al dominio público, tampoco corresponderá la aplicación de los literales D) y E) de dicho artículo. F) Cuando la expropiación afecte una unidad individual, el organismo expropiante podrá demandar judicialmente el otorgamiento de la modificación del Reglamento de Copropiedad si correspondiere, en cuyo caso el Juez otorgará el instrumento por ante el escribano que designe el organismo expropiante. Para la desafectación de las unidades, se procederá de acuerdo a lo indicado en el artículo 15 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, con excepción de lo estipulado en el literal A) de dicho artículo.

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El Plano de Remanente de Expropiación y Modificación de Propiedad Horizontal, podrá ser confeccionado por composición gráfica, no rigiendo la obligación de verificar la concordancia de los límites dispuesta por el artículo 286 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960. Dicho plano servirá de base para modificación del Reglamento de Copropiedad”. Artículo 352.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, en la redacción dada por el artículo 258 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y el artículo 222 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 18.- Fijado con arreglo al artículo 16 el trazado definitivo de la obra, la Administración tasará con arreglo a la presente ley y por medio de su personal técnico, los bienes sujetos a expropiación. La tasación que así resulte será notificada a los propietarios o a sus representantes legales, quienes deberán manifestar, dentro del término de quince días, si la aceptan o no, so pena de lo establecido en el artículo 39, especificando lo que pretenden como indemnización, comprensiva del valor del inmueble y los daños y perjuicios que se ocasionen con expresión de fundamento. En caso de presentarse oposición a la indemnización, no serán incorporados al expediente administrativo tasaciones o informes, presentados por los propietarios, que se aparten de las disposiciones de la presente ley y que no estén suscritos por egresados de instituciones de educación terciaria o técnica con formación en la materia avaluatoria. El plazo será de 30 días en el caso de menores e incapaces. El silencio se tendrá por aceptación. En los casos de expropiaciones de bienes comunes de inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal, se notificará la tasación a la copropiedad, debiendo convocarse a la Asamblea de Copropietarios con ese orden del día, dentro del plazo de diez días. La Asamblea requerirá el voto de dos tercios del número total de copropietarios, que representen por lo menos tres cuartos del valor del inmueble fijado por la Dirección Nacional de Catastro para aceptar la tasación, lo que deberá comunicarse

a la Administración dentro del término de veinte días contados a partir de la fecha de la Asamblea. La falta de comunicación implicará aceptación de la tasación. Si no hubiera sido posible notificar al propietario o a su representante, ya sea por ausencia o por cualquier otra causa, o sí notificado manifestase su disconformidad con la tasación, se dejará constancia en el expediente, que será remitido a la Oficina competente o funcionario que corresponda, a fin de que se inicie el respectivo juicio de expropiación. En caso de aceptación expresa o tácita de la tasación, se procederá de inmediato a la escrituración de la expropiación y pago simultáneo de la indemnización. Si a pedido de la parte expropiada y de conformidad con el informe técnico del organismo expropiante, se debiera extender la fecha de entrega del inmueble, por causa justificada, se podrá suscribir un contrato de comodato simultáneamente al otorgamiento de la escritura de expropiación, hasta por un plazo máximo de ciento veinte días. En tal caso, en garantía de cumplimiento de las obligaciones contraídas por el expropiado, se retendrá del monto de la indemnización, la suma que la Administración estime conveniente para cada caso concreto, monto que se liberará al expropiado simultáneamente al vencimiento del Comodato y la entrega efectiva del inmueble”. Artículo 353.- Sustitúyese el artículo 40 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, por el siguiente: “ARTÍCULO 40.- Los honorarios de los peritos designados en los procesos judiciales de expropiación se fijarán en el 1 % (uno por ciento) del monto de la indemnización fijada por la Sede Judicial, estableciéndose un mínimo de 40 (cuarenta) Unidades Reajustables y hasta un máximo de 400 (cuatrocientas) Unidades Reajustables”. Artículo 354.- Sustitúyese el artículo 25 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, por el siguiente: “ARTÍCULO 25.- No podrá recaer el nombramiento judicial de perito, en ningún empleado público o persona que reciba sueldo

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o emolumento del Estado, en el propietario, arrendatario o inquilino de los terrenos o edificios que deben expropiarse, en el acreedor, usufructuario o usuario del inmueble y en general, en ninguna persona que pueda ser justamente sospechada de tener interés directo o indirecto en favor del propietario. Los peritos que designe el Juzgado, deberán ser egresados de instituciones de educación terciaria o técnica con formación en la materia avaluatoria, su pericia deberá estar debidamente fundada; los peritos designados sólo podrán ser recusados hasta tres días después de su nombramiento. Si la recusación fuere contradicha por el perito o peritos, a quienes se dará vista por igual término improrrogable, el Juez resolverá sin más trámite y de su resolución no habrá recurso alguno”. Artículo 355.- Agrégase al artículo 114 de la Ley N 15.167, de 6 de agosto de 1981, el siguiente inciso: “Para los casos de las expropiaciones que se tramitan en vía judicial, los depósitos deberán ser realizados en unidades indexadas en el Banco de la República Oriental del Uruguay, en una cuenta que se abrirá a la orden del juzgado, la que no generará gastos administrativos”. Artículo 356.- Agrégase al artículo 19 de la Ley Nº 10.751, de 25 de junio de 1946, el siguiente literal: “G) Comparecer en el procedimiento expropiatorio que afecte al inmueble, en todas sus instancias, aceptando o rechazando el monto de la indemnización, realizando los reclamos pertinentes, tanto en la vía administrativa como en la judicial. A tales efectos deberá presentar testimonio notarial del acta de nombramiento de Administrador”. Artículo 357.- Agrégase al artículo 4º de la Ley Nº 13.899, de 6 de noviembre de 1970, en la redacción dada por los artículos 707 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, 321 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y 257 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el siguiente literal:

“C) Los planos remanentes de los inmuebles en régimen de propiedad horizontal, se rotularán con el nombre de “Plano Remanente de Expropiación y Modificación PH”. Artículo 358.- Declárase prescriptas a favor del Estado todas las áreas de terreno destinadas a rutas nacionales, que hubieran sido ocupadas de hecho y libradas al uso público con anterioridad al año 1985. A efectos de identificar las áreas referidas en el inciso primero, se dictará en cada caso Resolución del Poder Ejecutivo, la que se inscribirá en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria. Cuando por la incorporación al dominio público de las áreas referidas en el inciso primero, se modifique el deslinde de predios que cuenten con plano de mensura inscripto de acuerdo a lo dispuesto en los incisos A y B del al artículo 4 de la Ley Nº 13.899, de 6 de noviembre de 1970, en la redacción dada por los artículos 707 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, 321 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y 257 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, se entregará por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas plano de mensura del área remanente, a solicitud del propietario del inmueble afectado. El mismo deberá hacer referencia a la Resolución mencionada en el Inciso segundo de este artículo. Artículo 359.- Sustitúyese el artículo 320 de Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en redacción dada por el artículo 223 de Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por siguiente: la la la el

“ARTÍCULO 320.- En caso de expropiaciones realizadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, si después de ejecutada la obra que dio origen a la expropiación quedaren superficies no aptas para el destino fijado en la declaración de utilidad pública, el Ministerio podrá enajenar a los particulares las mismas, teniendo prioridad en el siguiente orden: primero, el expropiado y segundo, los propietarios de los inmuebles linderos a éstas. A sus efectos se considerará su valor sobre la base de la tasación de las oficinas técnicas del

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Ministerio o del precio establecido en remate público. Podrá procederse en igual forma cuando cambien las circunstancias de hecho que determinaron su destino y dichas tierras se tornen innecesarias para el Estado. Una vez que por Resolución del Poder Ejecutivo se autorice la enajenación al titular del derecho de prioridad, el mismo tendrá un plazo de 30 días contados a partir de la notificación de la Resolución que la dispone, para presentarse y realizar la escritura de compraventa con el Estado. Cumplido dicho plazo perderá el derecho y la preferencia a adquirir el bien”. Artículo 360.- Agrégase al artículo 40 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, el siguiente inciso: “Este artículo no será de aplicación en los casos de enajenación de bienes inmuebles por vía de expropiación”. Artículo 361.- En las enajenaciones de bienes inmuebles a favor del Estado por expropiación, incluso las que se realicen a título gratuito, no se requerirá escritura pública, documentándose por acta notarial la que se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente. Deróganse el artículo 5º de la Ley Nº 13.899, de 6 de noviembre de 1970 y el artículo 706 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973. Artículo 362.- Sustitúyese el artículo 19 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, por el siguiente: “ARTÍCULO 19.- Los representantes de menores o incapaces podrán consentir la enajenación de los bienes de sus administrados a favor del Estado, aceptar o en su caso oponerse a la tasación que realice la Administración, no requiriéndose en ningún caso autorización judicial”. Artículo 363.- Agréganse al artículo 85 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, los siguientes incisos: “Se exceptúa de lo dispuesto en el presente artículo a los instrumentos relativos a

arrendamientos, expropiación, compraventa, cesiones de áreas u otro negocio jurídico que refiera a predios o fracciones de estos, cuyo destino sea el uso público o privado del Estado. En este caso, el Escribano actuante deberá dejar constancia del destino en el instrumento a inscribir”. Artículo 364.- Los planos de mensura que se confeccionen con motivo de expropiaciones, cualquiera sea su naturaleza, así como los de los inmuebles de dominio público, quedan exceptuados de los dispuesto en el artículo 178 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Artículo 365.- Agrégase al artículo 15 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, en la redacción dada por el artículo 278 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el siguiente inciso: “Podrá prescindirse de las publicaciones por medio de edictos si el propietario del bien designado para expropiar, al notificarse de la respectiva resolución, acredita fehacientemente mediante el título y la información registral correspondiente, la legitimación sobre el inmueble a expropiar y acepta en el mismo acto el monto de la indemnización a percibir. Esta actividad se consignará por acta que formará parte del expediente, a partir de la cual se dictará la resolución de expropiación y se otorgará la correspondiente escritura de enajenación”. Artículo 366.- Desígnase para expropiar por razones de utilidad pública dos fracciones de terreno ubicadas en la 4ta. Sección Catastral, zona rural, del Departamento de Paysandú, señaladas en el plano parcelario del Ing. Agrimensor Umberto Curi Lara de fecha 5 de diciembre de 2011 (plano adjunto a la Resolución Nº 424 CM del Poder Ejecutivo reunido en Consejo de Ministros, de 21 de diciembre de 2011), cuyos números de padrones en mayor área son el 4980 (cuatro mil novecientos ochenta), y el 4983 (cuatro mil novecientos ochenta y tres), declarados monumento histórico por el artículo 6º de la Ley Nº 17.631, de 7 de mayo de 2003, a los efectos de crear el Parque Nacional Purificación.

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Artículo 367.- Sustitúyese el artículo 20 del Decreto-Ley Nº 10.382, de 13 de febrero de 1943, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.197, de 17 de mayo de 1974, por el siguiente: “ARTÍCULO 20.- En propiedades linderas de todo camino público, cualquiera sea la categoría de suelo de que se trate, no se podrá levantar construcción de clase alguna dentro de una faja de quince metros de ancho a partir del límite de la propiedad privada con la faja de dominio público. Frente a las rutas nacionales dicha faja tendrá un ancho de veinticinco metros, con excepción de las rutas nacionales primarias y corredores internacionales, frente a las que tendrá un ancho de cuarenta metros, y de los “by pass” de centros poblados, frente a los que tendrá un ancho de cincuenta metros. Esta faja queda también sujeta a la servidumbre de instalación y conservación de líneas telegráficas, telefónicas y de transporte y distribución de energía eléctrica. Esta servidumbre es de carácter gratuito, pero si su implantación causare perjuicios a la propiedad privada, estos deberán ser indemnizados de acuerdo al derecho común. En una zona de 400 metros de ancho, medidos 200 metros a cada lado del eje de la faja de dominio público de las rutas nacionales de alto tránsito, no se podrán establecer nuevas urbanizaciones, centros educativos, deportivos, asistenciales u otro tipo de actividad que implique importante afluencia de público. En las Rutas 1, 9 y 200 y, en aquellas que se declararen en el futuro de interés turístico se deberán mantener las zonas en condiciones decorosas, prohibiéndose el depósito de materiales, leña, escombros, y similares, como asimismo, el estacionamiento de vehículos en reparación. La limitación que prevé el primer apartado del presente artículo, no regirá con respecto a la colocación de publicidad debidamente autorizada”. Artículo 368.- Transfórmase en el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, la “Dirección Nacional de Planificación y Logística” de

la Unidad Ejecutora 001 “Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes” creada por el artículo 462 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la Unidad Ejecutora 009, la que tendrá los siguientes cometidos: A) La planificación estratégica, investigación y estudio para la toma de decisiones en el ámbito de atribuciones del referido Inciso. B) La coordinación de los planes sectoriales de las distintas unidades ejecutoras del Inciso y en relación a los planes de los entes autónomos y servicios descentralizados que se vinculan con el Poder Ejecutivo a través de este. C) La promoción de la inversión privada en el sector. D) La promoción y desarrollo de la actividad logística nacional, en coordinación con los actores públicos y privados involucrados. El Poder Ejecutivo determinará los créditos presupuestales, recursos humanos, financieros y materiales a reasignar para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso precedente. Créase el cargo de Director de la Unidad Ejecutora Dirección Nacional de Planificación y Logística cuya remuneración será la correspondiente al artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Suprímense los cargos de particular confianza de Director Nacional de Planificación y Logística, creado por el artículo 463 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y de Director Nacional de Descentralización y Coordinación Departamental creado por el inciso segundo del artículo 466 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la Unidad Ejecutora 001 “Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes”. Artículo 369.- Suprímense las dieciocho funciones de Coordinador Departamental creadas por el artículo 467 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a partir del 1º de marzo de 2016. Artículo 370.- Los cargos de particular confianza del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” de “Director General de Transporte por carretera” creado por el artículo 363 de la

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Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, “Director General de Transporte Fluvial y Marítimo” y “Director General de Transporte Aéreo” creados por el artículo 75 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, pasarán a estar comprendidos en lo que refiere a su remuneración, en el literal d) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, modificativas y concordantes. La erogación resultante de la aplicación del inciso anterior, se financiará con cargo al Programa 360 “Gestión y Planificación”, reasignándose los créditos presupuestales del Objeto de Gasto 099.001 “Partida Proyectada”, en la suma de $ 858.204 (ochocientos cincuenta y ocho mil doscientos cuatro pesos uruguayos) anuales, a los objetos correspondientes. Artículo 371.- Asígnase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” una partida anual de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de una compensación por compromisos de gestión colectivos, a los funcionarios de sus distintas áreas y dependencia, vinculados al cumplimiento de metas y objetivos establecidos en planes de trabajo específicos, aprobados por el Inciso y sujetos al informe favorable y seguimiento de la Comisión de Compromiso de Gestión (CCG), de acuerdo a los establecido por el artículo 57 y siguientes de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Reasígnase en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 3.570.919 (tres millones quinientos setenta mil novecientos diecinueve), del Programa 360 “Gestión y Planificación”, Objeto del Gasto 099.001 “Partida Proyectada” y $4.429.081 (cuatro millones cuatrocientos veintinueve mil ochenta y uno), del Programa 362 “Infraestructura Vial”, Objeto del Gasto 095.002 “Fondos para Contratos Temporales Derecho Público”, en ambos incluido aguinaldo y cargas legales, al Objeto del Gasto 042.531 “Compensación sujeta a Compromisos de Gestión” más aguinaldo y cargas legales. Dicha partida no podrá ser reforzada al amparo del artículo 72 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 372.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, podrá asignar, al personal obrero del Inciso afectado a las obras, un régimen horario

semanal de 48 horas de labor. El incremento horario será autorizado mediante resolución fundada del jerarca del Inciso en que se explicite el financiamiento con cargo a los créditos del Inciso. Artículo 373.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a establecer una compensación mensual por asiduidad a abonar al personal obrero de la Unidad Ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura” afectado a obras que se encuentre desempeñando efectivamente dichas tareas, con un máximo de hasta un 100 % (cien por ciento) de una Base de Contribuciones y Prestaciones. El Ministerio establecerá en la reglamentación pertinente, sin que implique costo presupuestal, las bases y condiciones bajo las cuales se hará efectiva dicha compensación. En ningún caso podrá recibir el beneficio el personal no afectado directamente a obras, ni aquel que no se encuentre efectivamente trabajando en las mismas. Artículo 374.- Las concesiones que afecten un espacio territorial del recinto portuario (muelles, explanadas, depósitos, radas, etcétera) otorgadas al amparo de la Ley Nº 16.246, de 8 de abril de 1992, podrán prorrogarse por Resolución del Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la Administración Nacional de Puertos, exigiéndose para ello: 1) La realización de nuevas inversiones, que impliquen la prestación de nuevos servicios, ampliación de los ya existentes o realización de obras, aun cuando no estén vinculadas a la concesión originaria, pero impliquen un mayor provecho económico y estratégico de los medios técnicos e inversiones destinados al desarrollo portuario, y que guarden razonable equivalencia con las exigidas en el contrato original. 2) Asegurar una dotación de personal nacional en relación laboral estable para mantener y dar continuidad a los servicios derivados de su actividad, mientras dure la misma. Artículo 375.- Las personas físicas y jurídicas que soliciten los servicios o suministros correspondientes, los propietarios de buques y sus

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armadores, y los agentes o representantes de los mismos ante la Administración Portuaria, que no tomaran los recaudos obligatorios con la Administración Nacional de Puertos y con los derechos de los trabajadores, son solidariamente responsables del pago de las obligaciones que se generen por el uso de los puertos o de las instalaciones administradas por la Administración Nacional de Puertos. Artículo 376.- La potestad sancionatoria de la Administración Nacional de Puertos, se ejercerá respecto de concesionarios, permisarios o personas autorizadas, y en general respecto de todos aquellos que hayan solicitado servicios, suministros o utilizado infraestructura, por los actos, hechos u omisiones que les fueran imputables contrarios a una regla de derecho. Artículo 377.- Sustitúyese el literal C) el artículo 236 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, en la redacción dada por el artículo 212 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “C) Que no hubieran satisfecho sus obligaciones con la Dirección Nacional de Hidrografía y con la Administración Nacional de Puertos por el término de tres meses”. Artículo 378.- Facúltase a la Administración Nacional de Puertos a requerir los seguros y garantías que entienda pertinentes previo a la asignación de muelles, zonas de amarre y fondeo, respecto de los buques y embarcaciones que soliciten estadía prolongada, de acuerdo a la reglamentación, que con el asesoramiento de dicha Administración aprobará el Poder Ejecutivo. Artículo 379.- Autorízase a la Administración Nacional de Puertos (ANP) la explotación de los “Depósitos logísticos”, a través de operadores especializados en las áreas destinadas al “Puerto Logísticos Punta Sayago” y a todas las terminales portuarias administradas por la ANP. Artículo 380.- Autorízase a la Administración Nacional de Puertos a prestar el servicio comercial de dragado en todos los puertos de la República Oriental del Uruguay que se encuentren bajo la órbita de personas públicas o privadas, así como

en canales que estén bajo jurisdicción nacional o en conjunto con otro Estado. Cuando se drague en puertos deportivos o turísticos bajo jurisdicción de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la tarifa será únicamente para financiar los costos de operación. Transfiérese a la Administración Nacional de Puertos las embarcaciones pertenecientes al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” de la Unidad Ejecutora 004 “Dirección Nacional de Hidrografía”, denominadas: A) DHD 1 Draga reguladora, actividad tráfico. B) DHD 2 Pontón refuladorcabotaje -tráfico – dragado. actividad

C) DHD 8 Draga actividad cabotaje – tráfico. D) DHR 2 Remolcador actividad cabotaje – tráfico. E) DRH 7 Vapor actividad cabotaje. Incorpórase mediante el mecanismo de la redistribución establecido en los artículos 15 y siguientes de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en lo que corresponda, a los funcionarios de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Publicas afectados a tales embarcaciones, a la Administración Nacional de Puertos, siempre que medie conformidad expresa y por escrito de los funcionarios involucrados de acuerdo a las condiciones y en los plazos que determine la reglamentación. Aquellos funcionarios que no acepten incorporarse a la Administración Nacional de Puertos serán afectados a otros servicios de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Artículo 381.- Facúltase a la dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Publicas a elaborar y aplicar a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, un régimen de tarifa preferencial fija y única para todo el país y todo el año, para las amarras de las embarcaciones de pesca artesanal en los puertos de su administración.

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La tarifa se aplicará a las embarcaciones que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013. Artículo 382.- Dispónese que el control de las empresas de transporte, en cuanto al cumplimiento de la normativa laboral y las infracciones a la misma, se efectuará una vez al año, en oportunidad de la renovación del Permiso Nacional de Circulación, comprendiendo a todas las empresas de transporte de cargas, sean profesionales o propias. Artículo 383.- Las empresas concesionarias o permisarias que desempeñan o cumplen tareas en régimen de servicios regulares de transporte colectivo de pasajeros deberán presentar, anualmente en la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Certificación Profesional de sus Estados Contables, consistente en Dictamen de Auditoría o Informe de Revisión Limitada efectuados por Contador Público de acuerdo a lo que dicte la reglamentación. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente norma en un plazo de ciento ochenta días a partir de la promulgación. Artículo 384.- El transportista de carga es responsable de las infracciones al régimen de transporte de cargas en territorio nacional. El dador o tomador de dichas cargas será solidariamente responsable de la sanción, siempre que la infracción tenga vinculación por hecho propio o por omisión de los controles que le correspondan, o por falencia o carencia de la documentación obligatoria que sobre la carga establezca la ley o su reglamentación. Artículo 385.- La Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas coordinará los procedimientos necesarios para la creación de un domicilio electrónico por empresa transportista de carga y pasajeros, mediante el cual se notificará la aplicación de la multa con carácter obligatorio, la que quedará aplicada desde el momento de la notificación. Asimismo se arbitrarán los procedimientos de descargos, sustanciación y resolución de los mismos.

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente norma. Artículo 386.- Dispónese que en todos los asuntos de competencia del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, el control de cargas, notificaciones personales de los trámites, multas, actos administrativos y peajes, se realizarán por medios informáticos o telemáticos, los cuales tendrán plena validez a todos los efectos. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, coordinará con la Agencia para el Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y el Conocimiento (AGESIC), los medios y procedimientos necesarios para la creación de un domicilio electrónico por empresa transportista, de carga y de pasajeros así como para quienes realicen trámites en cualquiera de sus dependencias. El Poder Ejecutivo reglamentará el procedimiento de comunicación y notificación electrónica. Artículo 387.- Las empresas transportistas terrestres profesionales de carga oportunamente registradas en el Registro de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituidas como empresas unipersonales que realicen transporte nacional o internacional y dejen de operar bajo dicha modalidad comenzando a hacerlo bajo el tipo social de las Sociedad Anónimas nominativas, previsto en la Sección V del Capítulo II de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, podrán optar por mantener los mismos números de Registro ante la Dirección Nacional de Transporte y la Dirección General Impositiva, que su antecesora. La opción prevista en el inciso anterior, deberá formalizarse ante la referida Dirección Nacional de Transporte y la Dirección General Impositiva, en la forma y condiciones que establezca la reglamentación. El Poder Ejecutivo establecerá los plazos que estime pertinentes a los efectos de habilitar el cambio previsto en la presente norma. Artículo 388.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá apoyar a las empresas de transporte colectivo de pasajeros, cuando se encuentren en procesos de reordenamiento interno dirigidos a restablecer su equilibrio económico

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financiero, adelantando hasta el 80 % (ochenta por ciento) de los subsidios abonados en el mes anterior a la empresa a que se efectúe el adelanto. La autorización de la presente norma no podrá implicar que los pagos realizados en el ejercicio superen el monto anual de crédito autorizado con destino a las políticas públicas hacia el sector del transporte colectivo de pasajeros por carretera, en todas sus categorías de servicio. Artículo 389.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte”, a realizar convenios con el Banco de Previsión Social u otros organismos públicos o privados, con la finalidad de proporcionar los medios necesarios para el traslado de pacientes de escasos recursos al Hospital de Ojos del Centro Hospitalario del Norte “Gustavo Saint Bois”, que necesiten tratamientos respecto a su intervención quirúrgica. Artículo 390.- Sustitúyese el artículo 32 del Decreto-Ley Nº 14.650, de 12 de mayo de 1977, por el siguiente: “ARTÍCULO 32.- Las infracciones a lo establecido en la presente ley correspondientes al transporte de carga y pasajeros, a excepción de aquellas infracciones especialmente establecidas en los acuerdos o convenios que suscriba y ratifique la República, serán sancionadas por el Poder Ejecutivo con apercibimiento, multas y/o revocación de la autorización, según los casos. Las multas se fijarán entre un mínimo de 2.600 UI (dos mil seiscientas unidades indexadas) y un máximo de 260.000 UI (doscientos sesenta mil unidades indexadas). La descripción de las conductas infractoras y el monto de las sanciones, se regulará por el Reglamento que al respecto dicte el Poder Ejecutivo. A los efectos de su aplicación se considerará, los antecedentes del infractor, su conducta frente a los hechos, la capacidad de la embarcación, la negligencia, dolo o culpa del infractor, la reincidencia y la afectación al servicio”. Artículo 391.- Los fondos recaudados por la emisión de la Guía de Carga creada por el artículo 271 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de

2001, quedarán excluidos de lo dispuesto en el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Artículo 392.- Créase el Registro de Trazabilidad de Obra Pública que funcionará en el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Unidad Ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura”. Dicho Registro tendrá como cometido crear una base de datos pública en donde se registrarán todas las obras de construcción, modificación, reparación, conservación, mantenimiento o demolición realizadas en edificios pertenecientes al Estado Persona Pública Mayor, a los Gobiernos Departamentales y a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. Los organismos mencionados en el inciso anterior deberán comunicar, a la Dirección Nacional de Arquitectura, dentro de los 30 días previos al inicio de las obras, todas las intervenciones edilicias señaladas y dentro de los 30 días posteriores a la finalización toda modificación que se haya realizado al proyecto de intervención original de la obra. Los requisitos, el tipo de intervención, formalidades e información requerida para el registro de la obra en la base de datos que se crea serán establecidos por la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo. Artículo 393.- Autorízase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (Inciso 10), a contratar personal eventual no calificado, especializado, semitécnica o técnica para atender las necesidades de cada obra especifica cuya ejecución, estudio, dirección y contralor este a cargo de la Dirección Nacional de Arquitectura (Unidad Ejecutora 005) bajo el régimen de administración directa sea obra o proyecto hasta un máximo de trescientas personas. Este régimen no será de aplicación para la contratación de personal administrativo o de servicios. El desempeño de dichas tareas eventuales no generará derecho a la permanencia de los funcionarios contratados bajo este régimen, cesando los mismos automáticamente una vez finalizada la obra para la cual fueron contratados.

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La remuneración se regirá por las condiciones de retribución de los funcionarios de la Dirección Nacional de Arquitectura y en ningún caso superara dichos montos. La contratación se hará rigurosamente por sorteo en el caso de la mano de obra no calificada y por prueba de aptitud en los casos de mano de obra especializada, semitécnica. Para la contratación de técnicos universitarios bajo este régimen, se realizara un llamado público a concurso de méritos estableciendo un orden de prelación que durara un máximo de dos años. Esto sin perjuicio del sistema de pasantías por convenio que pueda establecerse para estudiantes y egresados universitarios. De la misma forma podrá establecer un orden de prelación, para la contratación de personas expertas en las diversas especialidades de construcción, con reconocida capacidad y solvencia, para ser convocados a prestar funciones de asesoramiento y capacitación para obras concretas. En estos casos la duración del contrato no podrá extenderse por más de doce meses, aun cuando no haya finalizado la obra para la cual fue contratado. En ningún caso se podrá tener más de un contrato simultáneamente. La erogación resultante de la aplicación del presente artículo se atenderá con cargo a fondos asignados a cada obra o proyecto realizado por la Dirección exclusivamente. En ningún caso los trabajadores contratados bajo este régimen cualquiera sea su especialidad o capacitación podrán ser asignados a tareas de carácter permanente en la administración, ya sea en comisión o recomendación de ningún tipo. La violación de este precepto aparejara la nulidad del acto y el cese automático del trabajador, sin perjuicio de la responsabilidad del jerarca. El tiempo trabajado por el personal eventual contratado bajo el presente artículo será considerado como tiempo computable a los efectos de las prestaciones de Seguro por Desempleo que brinda el BPS generando derecho a la percepción del subsidio si correspondiere. La Dirección Nacional de Arquitectura podrá crear un registro de personal en el cual se incluyan

a aquellos trabajadores eventuales que se hayan desempeñado satisfactoriamente bajo este régimen de contratación, otorgándoles prioridad para ser nuevamente contratados como personal eventual. Artículo 394.- Increméntase en el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, Programa 362 “Infraestructura vial”, Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Vialidad”, las asignaciones presupuestales destinadas a gastos de inversión en $ 855.000.000 (ochocientos cincuenta y cinco millones de pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2016. Facúltase al Poder Ejecutivo a ajustar los créditos presupuestales destinados a inversión del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, con excepción de los comprendidos en el artículo 54 del Decreto Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, y sus modificativas. El ajuste autorizado no podrá superar el monto resultante de la variación del Índice de Precios al Consumo correspondiente al ejercicio anterior sobre el monto ejecutado en dicho ejercicio y se incorporará a los créditos autorizados para todos los años subsiguientes. Artículo 395.- Declárase en liquidación al Ente Autónomo Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA). Artículo 396.- Encomiéndase al Directorio del Ente Autónomo Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA), la liquidación del patrimonio del Ente, otorgándosele las facultades necesarias para su cumplimiento, entre otras: A) inventariar o ejecutar los activos y cancelar los pasivos del ente; B) comparecer directamente en representación del ente o por apoderado en los procesos judiciales en trámite, en los que eventualmente se le inicien o en los que el mismo promueva. A partir de la vigencia de la presente ley, las únicas actividades que desarrollará el ente autónomo serán las que tengan por objeto ejecutar la liquidación, sin perjuicio de lo cual, mantendrá su personería jurídica a todos los efectos. Asimismo comparecerá ante los procesos judiciales o de cualquier otra naturaleza que se

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tramiten en Uruguay y/o en el extranjero, ejerciendo la defensa activa o pasiva, cuando estos involucren al organismo o a los funcionarios comprendidos por el artículo 10 de la Ley Nº 18.931, de 17 de julio de 2012, como consecuencia del Concurso y Liquidación Judicial de Primeras Líneas Aéreas Uruguayas Sociedad Anónima (PLUNA S.A.). Artículo 397.- El personal del Ente Autónomo PLUNA presupuestado, contratado bajo el régimen de función pública, y aquellos contratados bajo la modalidad de contrato a término, regulado por los artículos 30 a 42 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002 cuyo vínculo se hubiere iniciado con anterioridad al 31 de diciembre de 2012, podrá declararse excedente por el Directorio de PLUNA Ente Autónomo. El régimen de redistribución aplicable a estos funcionarios, será el establecido por los artículos 15 a 19 y 21 a 35 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. A los efectos de la adecuación presupuestal correspondiente, se tomarán en cuenta las retribuciones de la oficina de origen, debiéndose computar las partidas salariales, las compensaciones percibidas y todo monto gravado por contribución a la seguridad social. Artículo 398.- Los gastos de funcionamiento del Ente Autónomo PLUNA, así como las retribuciones personales y las cargas legales de los funcionarios que el Directorio considere necesario que continúen prestando funciones en el organismo, serán atendidos con cargo al subsidio que percibe el referido Ente, con cargo a Rentas Generales incluido en la presente ley. Artículo 399.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a transferir al Instituto Nacional de Logística (INALOG), una partida anual de hasta $ 17.500.000 (diecisiete millones quinientos mil pesos uruguayos) como complemento para la financiación de sus actividades. Dicho financiamiento se realizará con cargo al Programa 366 “Sistema de Transporte”, Proyecto 766 “Mantenimiento de balanzas” de la Unidad Ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte”. Artículo 400.- El Poder Ejecutivo, tomando en cuenta las propuestas del Ministerio de Transporte

y Obras Públicas, enviará a la Asamblea General para su aprobación, dentro del primer año de gobierno y simultáneamente con el Presupuesto Nacional, el Plan Quinquenal de Obra Pública. El mismo deberá contener las principales inversiones en infraestructuras y el plan de obras viales para el período en todo el país, con el cronograma de inicio de obras por ejercicio, incluyendo las que se financien con recursos propios, extrapresupuestales, con financiamiento externo, a través de concesiones o a través de sistemas mixtos y de participación público privada. Anualmente y simultáneamente con la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, remitirá al Parlamento para su aprobación el avance físico y financiero del plan de inversiones, con las eventuales correcciones, modificaciones y justificación de desvíos”. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- ¿Me permite, señor presidente? Mocionamos votar en bloque los siguientes artículos: 369, 371, 378, 379, 381 a 389, 392, 394 a 396, 398 y 400. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- ¿Me permite, señor presidente? Solicitamos sacar del bloque los artículos 379, 388 y 394. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¿Me permite, señor presidente? Solicito sacar del bloque al artículo 400. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa también sugiere votar en bloque los artículos 349 a 357 inclusive, 359, 360, 361, 363 a 365 y 377. En discusión el artículo 348. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y ocho en ochenta y ocho:

En discusión el bloque propuesto por la Mesa, que contiene los artículos 349 a 357 inclusive, 359, 360, 361, 363 a 365 y 377. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

en el registro! He tratado de hallar una explicación más allá del espíritu, pero no la encuentro. Aunque le moleste a algún diputado, no estamos fuera de tema cuando decimos que todos estos artículos también afectan el orden jurídico y no hemos podido hacer ningún tipo de estudio. Deberían pasar por la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. Si todo el mundo está tan tranquilo de que todas las cosas se hicieron bien, ¿por qué no pasaron por esa comisión? Muchas gracias, presidente. SEÑOR DE LOS SANTOS (Darcy).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Sánchez).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR DE LOS SANTOS (Darcy).- Señor presidente: en esta sesión, cuando se discutió el capítulo referido al Ministerio de Economía y Finanzas, una colega mencionó una reunión que varios equipos de Gobiernos departamentales hicieron durante el análisis de la propuesta presupuestal. Se ha recogido una modificación propuesta al que ahora es el artículo 350, ya que se entendió necesario agregar el inciso dando exclusividad a los Gobiernos departamentales para la inscripción de planos en los deslindes de espacios libres. Para los Gobiernos departamentales esta es una herramienta importante porque se dieron casos bastante complejos de privados que inscribieron planos de espacios públicos. Se trata de fraccionamientos que no se consolidaron a tiempo, estuvieron en los papeles durante muchos años y el Estado tuvo la necesidad de recuperarlos mediante juicios o negociaciones, ya que estaban destinados al uso público o a fines públicos cuando se hizo el fraccionamiento, de acuerdo con la Ley de Centros Poblados. Nos parece importante este aporte, ya que contempla la preocupación de muchos Gobiernos departamentales, porque a veces se generan situaciones bastante complejas. A modo de anécdota, en el departamento de Rocha hay un predio de 11 hectáreas en el medio de Punta del Diablo, a seis cuadras del mar -podrá imaginar, señor presidente, el valor inmobiliario que tiene-, producto de las maniobras de inscripción que hicieron algunos privados en las décadas del setenta y del ochenta, y que el Gobierno departamental acaba

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: no vamos a votar este bloque, habida cuenta de que las normas que están incluidas refieren al proceso de expropiación y nada tienen que ver con la ley presupuestal. Al incluir estas normas en este proyecto se viola el segundo inciso del artículo 216 de la Constitución de la República. Se realizan una serie de cambios realmente importantes que debieron haber sido discutidos en una comisión especializada porque, más allá de la explicación que dieron los responsables del área correspondiente del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, no se pudieron hacer consultas a los distintos actores que participan en estas instancias, por ejemplo, la Asociación de Escribanos del Uruguay. Es decir que todos estos aspectos van a ser votados y aprobados sin que haya habido un asesoramiento profesional especializado, más allá del que plantearon las autoridades del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Como consecuencia, y en consonancia con lo que hemos hecho en relación a otros Incisos, no vamos a votar los artículos que integran el bloque propuesto por el señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Sánchez).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: no voy a repetir lo que dijo el diputado Posada. Efectivamente, esta no es materia presupuestal y lo peor de todo es que estamos tocando varios resortes importantes de un instituto que debe ser preservado por el cuerpo normativo, debido al derecho a la propiedad que tienen los ciudadanos, hasta que no se cambie. Además, no encuentro explicación para el artículo 348, y voy a dejar una constancia desde el punto de vista notarial: se afecta el criterio de inscripción de los documentos públicos referidos a inmuebles, rompiendo el tracto sucesivo que permite saber cuándo la propiedad va pasando de uno a otro. Cuando es el Estado el que expropia, ¡si será importante que figure

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de recuperar mediante una transacción para no enfrentarse a un juicio muy largo. En definitiva, se trata de una herramienta sustancial para preservar el espacio público. Gracias, presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Sánchez).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: no tengo ninguna duda de que la intención siempre es buena, y jamás pongo en duda la cristalinidad. Lo que pasa es que a veces se pone por delante que el fin justifica los medios y se lo hace con la mejor intención. Reitero que nosotros no pedimos que no se modifiquen las normas sino que pasen por las comisiones en las que hay gente especializada, que tal vez pueda dar la misma solución u otra más o menos eficaz. Esto de saltarnos a los técnicos, sinceramente no está dando buenos resultados. Gracias, señor presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Sánchez).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: dejo constancia de que la bancada del Partido Colorado no va a acompañar el bloque propuesto en virtud de que los artículos refieren a materias totalmente ajenas al presupuesto nacional y en el entendido de que esas normas hubieran merecido un estudio más profundo y riguroso que el que podemos hacer en la Comisión de Presupuestos integrada con Hacienda, así como en el plenario. Gracias, señor presidente. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Sánchez).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: obviamente, los artículos 348 a 365 tienen que ver con la Dirección Nacional de Topografía y, como bien se dijo, plantean un conjunto de cambios en procura de acelerar los mecanismos que tiene el Estado para llevar adelante el ordenamiento de los diferentes

trámites y el trabajo del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Es importante saber que no fue una ocurrencia de la Dirección Nacional de Topografía incluir esto en el presupuesto sino que para la elaboración de estas normas se trabajó en forma conjunta con las diferentes direcciones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en materia jurídica y notarial y, fundamentalmente, con la Dirección General de Registros. O sea que se realizó un trabajo bastante fino a efectos de acelerar y facilitar los trámites. Como bien decíamos, en los artículos 348 a 360 se establece una serie de modificaciones al actual régimen de expropiaciones, cuya principal columna es la Ley Nº 3.958. Esta parte del articulado está dedicada fundamentalmente al proceso expropiatorio, lo que obedece a la necesidad de adecuarlo a los tiempos que corren, evitando las demoras innecesarias y facilitando el acceso del Estado a bienes que son de utilidad pública, todo ello respetando los mandatos constitucionales referidos al derecho a la propiedad. El objetivo de estos artículos es simplificar la tramitación, evitar los gastos y tiempos innecesarios, lo que sin duda repercutirá en el ahorro de fondos públicos. También es importante destacar que se procura asegurar una adecuada tasación de los bienes, estableciendo mayores exigencias en lo que respecta a la idoneidad de los peritos. Asimismo, se busca regularizar los asentamientos, eliminando las trabas que existen en la actualidad, como la exigencia de contar con un certificado de OSE, lo que imposibilita la escrituración de expropiaciones y la enajenación de los predios fiscales. Tuvimos oportunidad de leer la versión taquigráfica de la sesión de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda en la que se trató este tema y conocimos la opinión de cada uno de los partidos al respecto. Para nosotros es importante trasmitir que hubo un trabajo en conjunto, un trabajo fino de todas las Direcciones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Dirección General de Registros. Gracias, señor presidente.

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SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada para otra aclaración. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- No tengo más remedio, señor presidente. Los técnicos somos técnicos, pero para algo funcionan las comisiones permanentes en el Parlamento. De lo contrario, todo se resolvería -aclaren si lo quieren hacer- en el ámbito del Poder Ejecutivo, que tiene todos los técnicos habidos y por haber y nadie los desconoce. No quiero mirar para atrás, pero se criticó sistemáticamente a los partidos fundacionales por meter en el presupuesto normas que no correspondían. En ese sentido, la Constitución es muy sabia; de lo contrario, el Parlamento se iría vaciando lentamente de su capacidad técnica y legislativa. Por eso lo que no es de materia presupuestal no debe estar en la ley de presupuesto. Es así de simple y sencillo. Si a alguien le molesta que hagamos referencia a la separación de Poderes, este es un claro ejemplo de ello. Si todo se resuelve en el Poder Ejecutivo y nosotros no lo podemos estudiar es una concepción de Estado, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Susana Montaner. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: veo con muchísima preocupación el compendio de normas que está en este capítulo. En el ejercicio de la profesión, los escribanos tenemos una responsabilidad muy grande de dar fe pública, pero sobre todo de dar certeza en cada acto. Me llena de incertidumbre este tipo de normativa que toca planos, registro, en definitiva, del derecho de propiedad que, por suerte, está contemplado y protegido por la Constitución de la República. Veo que en una forma para mi gusto muy liviana -disculpen quienes hayan elaborado el presupuesto- se mete todo esto en una norma presupuestal y no tenemos certeza de que las cosas vayan a mejorar o de que se logren los resultados esperados. La experiencia notarial indica que muchas veces, por incluir normas en la ley de presupuesto, hemos tenido grandes problemas jurídicos. En esta normativa se toca todo: registro de propiedad, planos,

escrituración, tiempos; hasta se habla de lo que pueden cobrar los peritos. Realmente, esto me ha dejado anonadada. Quiero dejar constancia de que esto es muy grave, muy peligroso, y que estas prácticas no deberían llevarse a cabo. Estos artículos deberían pasar a la comisión correspondiente del Parlamento. Hago mías las palabras de la señora diputada Bianchi porque entiendo que en lugar de arreglar aspectos jurídicos podríamos meternos en líos muy grandes, de difícil solución. Es mucho peor emparchar y enmendar que hacer las cosas bien desde el principio. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 349 a 357, 359 a 361, 363 a 365 y 377. (Se vota) ——Cuarenta y siete en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el bloque propuesto por la señora diputada Minetti, integrado por los artículos 369, 371, 378, 381 al 387, 389, 392 y 395 al 398. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta Unanimidad. por la afirmativa: AFIRMATIVA.

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: en este paquete está incluido el artículo 381. Nos congratula que haya resultado aprobado. Representa un pequeño impulso, un pequeño apoyo a la pesca artesanal. Propusimos esta iniciativa a los compañeros, que tiene que ver con las tarifas de las amarras en los puertos deportivos, quienes la presentaron en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Consideramos que al día de hoy se da una situación de inequidad entre los distintos puertos del país que son administrados por la Dirección Nacional de Hidrografía, fundamentalmente tomando en cuenta la condición social de aquellos que están

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comprendidos artesanales.

en

la

categoría

de

pescadores

Creemos que este es un gesto, en el sentido de reconocer la importancia que tiene esa actividad en nuestro país, las características sociales de quienes la desarrollan, la importancia de la pesca como recurso de gran importancia. En particular, se trata de favorecer una actividad que está promovida en las distintas leyes, especialmente en la que se aprobó hace aproximadamente un año, que tiene que ver con los recursos hidrobiológicos. Simplemente, dejamos constancia de que nos congratulamos de que haya resultado aprobado y de que podamos seguir trabajando en ese sentido, fortaleciendo a todo el sector pesquero, atendiendo especialmente la pesca artesanal que, mayoritariamente, es llevada adelante por familias que tienen una tradición que va pasando de padres a hijos y que, en general, son de modestos recursos. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 358. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y seis en setenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 362. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en ochenta: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 366. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Nos consta que el Estado se ha encontrado con una situación bastante compleja en esa zona, porque se trata de un predio donde vive gente desde hace mucho tiempo, lo que derivó en reclamos judiciales por US$ 15.000.000. En febrero de este año, el expresidente de la República, José Mujica, dijo en algunos medios que había conformado una comisión integrada por los Ministerios de Transporte y Obras Públicas, de Educación y Cultura y de Turismo y Deporte para que hiciera las gestiones y el trabajo necesario para encontrar una solución. Quiero dejar constancia de estos hechos. Asimismo, conozco el compromiso que asumieron nuestros compañeros en la comisión con respecto a este artículo y lo respetamos, pero nos parece importante que conste nuestra opinión y la información que aportamos para que sirva a los senadores y profundicen en ella. Era cuanto quería decir, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: lamento que haya tanta desinformación sobre el alcance de esta propuesta. Este artículo no hace otra cosa que retomar el tema planteado en la Ley N° 17.631, de 7 de mayo de 2003, votada unánimemente en el Parlamento, por la cual se declara monumento histórico nacional el solar donde estuvo asentado el Cuartel General del General José Artigas y la villa de Purificación. Largo ha sido el camino desde entonces, porque el segundo inciso del artículo 6° de la Ley N° 17.631 encomienda al Poder Ejecutivo que delimite la zona, a efectos de expropiarla y crear el Parque Nacional Purificación. Reitero: largo ha sido el camino hasta hoy y, ciertamente, se han planteado muy diversos obstáculos. Los mayores provinieron del propietario de los padrones, quien se ha defendido a capa y espada de la posibilidad de que el Estado le expropie. De hecho, al Estado le costó avanzar. Recién en el pasado período de gobierno el Ministerio de Educación y Cultura, encabezado por el doctor Ehrlich, se pidió la colaboración de la Universidad de la República, a través de Antropología, y se empezó a trabajar hasta que finalmente se delimitó el área. Entonces, el Poder

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: este artículo, que refiere a expropiaciones en el departamento de Paysandú, nos genera preocupación. Sabemos que fue considerado en la comisión y responde a una propuesta del Partido Independiente. Se nos ha informado que la expropiación de los padrones indicados ya fue aprobada en la última rendición de cuentas.

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Ejecutivo, en resolución del Consejo de Ministros del 21 de diciembre de 2011, tomó la decisión de iniciar la expropiación. El artículo 366 respalda a través de la ley una decisión -cuya instrumentación lamentablemente todavía no ha culminado- que en los hechos identificó en el plano parcelario del ingeniero agrimensor Umberto Curi Lara, con fecha 5 de diciembre de 2011 la zona que, en definitiva, se debería expropiar. Esperamos que el Poder Ejecutivo cumpla con esta ley que tiene un largo antecedente. Esta señal -al fin de cuentas es una señal que enviamos desde el Parlamento- va en la línea de ratificar lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 17.631 y a lo que, por primera vez, el Poder Ejecutivo anterior comenzó a dar efectivo cumplimiento. Hace algunas semanas fuimos convocados a la Asamblea General en la Meseta de Artigas. Posteriormente, fuimos invitados a un acto y realmente -lo digo con respeto- no me pareció digno para nuestro país ni para el Estado uruguayo aceptar una parcela, una donación del dueño del campo, cuando en realidad hay un mandato legal para expropiar. En realidad, el artículo 6º de la Ley Nº 17.631 encomienda al Poder Ejecutivo que dé cartas en el asunto a la Comisión de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación. Además, creo que sería importante tomar en cuenta la resolución de 21 de diciembre de 2011 emitida por el Consejo de Ministros de entonces, ya que en ella se historia el trabajo que llevó a cabo el Poder Ejecutivo. Consideramos que con la ratificación de la expropiación y al hacer referencia al plano se está dando valor legal a una decisión que fue tomada oportunamente por el presidente Mujica, encabezando el Consejo de Ministros, que hasta el presente no se ha cumplido y que, según algún artículo de prensa -esto sería lo grave-, no hay intención de cumplir. SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

consideraciones puestas de manifiesto en sala. Además, quisiera hacer algunas aclaraciones con respecto al artículo 366. Quiero reconocer el trabajo realizado por el señor diputado Posada. En realidad, estábamos en conocimiento de esa tarea y acompañamos el proceso que llevó a cabo el diputado del Partido Independiente en consulta con el Poder Ejecutivo. Cabe aclarar que nosotros también realizamos una consulta -como bien dijo el señor diputado Posada- a los efectos de dar valor legal a lo dispuesto a través de un decreto. Por lo tanto, acompañamos esta disposición. También quisiera comentar que los compañeros de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda estaban al tanto de este trabajo, y por esa razón aprobaron este artículo y lo elevaron al plenario. En realidad, para nosotros este tema es de mucha sensibilidad. Como ya se dijo, la Ley Nº 17.631, de 7 de mayo de 2003, se aprobó a los efectos de crear el Parque Nacional de Purificación. En ese sentido, hay un número importante de ciudadanas y ciudadanos sanduceros que realizaron un gran trabajo al respecto. Quizás estas personas no tengan un reconocimiento a nivel nacional por la tarea que están llevando a cabo, pero las autoridades, los compañeros del Ministerio de Defensa Nacional -han realizado grandes aportes a este trabajo- reconocen la labor que la Comisión de Ciudadanos Pro Purificación está realizando. No he insistido en este tema, pero la comisión mencionada planteó que era necesario contar con algunos rubros para que la Universidad de la República prosiguiera con las investigaciones interdisciplinarias, históricas y arqueológicas a fin de seguir profundizando la tarea ya realizada, según el informe de la Udelar de 2003. Asimismo, solicitó rubros para que la Comisión de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación procediera a delimitar el área indicada por el informe mencionado, que se deberá amojonar y señalizar a los efectos de que se declare área a preservar, según la Ley Nº 14.040, que rige para las declaratorias de monumentos históricos nacionales. Además, esta comisión también pretendía que se otorgaran rubros para que la Comisión de Patrimonio

SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Señor presidente: no suelo efectuar intervenciones referidas al departamento que represento, pero en este caso me veo obligada a hacerlo en virtud de algunas

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Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, conjuntamente con la Intendencia de Paysandú, la Comisión de Ciudadanos Pro Purificación y la Junta Local de Chapicuy iniciaran estudios a los efectos de presentar un anteproyecto para realizar un sendero peatonal junto al río Uruguay, que uniera la Meseta de Artigas -era un puesto de observación de aquel complejo- con el sitio en el que Artigas fundó la capital. Dicho sendero constituiría un circuito histórico, cultural y turístico, ya que también se podría apreciar la flora y fauna de nuestra naturaleza nativa. La peregrinación se realizaría con guías especializados, formados por el Ministerio de Turismo y Deporte y la Intendencia de Paysandú. Lamentablemente, no se pudieron conseguir los rubros que estos ciudadanos -reconocidos por la defensa del patrimonio histórico nacional- pretendían obtener para continuar con su trabajo. De todos modos, apoyamos la existencia de una ley que dé valor legal a un decreto que ya está rigiendo. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Se pasa a considerar el artículo 367. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 32, presentada por los señores diputados Gustavo Penadés, Sebastián Andújar, Benjamín Irazábal, Jorge Gandini, Alberto Perdomo Gamarra, Edmundo Roselli, Alejo Umpiérrez, Elisabeth Arrieta, Ruben Bacigalupe y Germán Cardoso. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 367.- Sustituyese el artículo 20 del Decreto-Ley Nº 10.382, de 13 de febrero de 1943, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.197, de 17 de mayo de 1974 y el artículo 339 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo 1973, por el siguiente: ‘Artículo 20. En propiedades linderas a todo camino público, no se podrá levantar construcción de clase alguna dentro de una faja de 15 metros de ancho a partir del límite de la propiedad privada. Frente a las rutas nacionales dicha faja tendrá un ancho de 25 metros, con excepción de las rutas nacionales primarias y corredores internacionales, frente a las que tendrá un ancho de 40 metros, y de los By Pass de centros poblados, frente a los que tendrá un ancho de 50 metros. Esta faja queda también sujeta a la servidumbre de instalación y conservación de líneas telegráficas, telefónicas y de transporte y distribución de energía eléctrica. Esta servidumbre es de carácter gratuito, pero si su implantación causare perjuicios a la propiedad privada, estos deberán ser indemnizados de acuerdo al derecho común. En una zona de 400 metros de ancho, medidos 200 metros a cada lado del eje de la faja de dominio público de las rutas nacionales de alto tránsito, no se podrán establecer nuevas urbanizaciones, centros educativos, deportivos, asistenciales u otro tipo de actividad que implique importante afluencia de público. En las Rutas 1, 9 y 200 y en aquellas que se declararen en el futuro de interés turístico República Oriental del Uruguay Ministerio de Economía y Finanzas 189 se

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: por supuesto, no pretendo polemizar sobre este tema. Solo quiero hacer una aclaración para que quede constancia en la versión taquigráfica y sea de utilidad cuando se trate el proyecto en el Senado. En realidad, sobre este tema no fue consultado el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Por otra parte, quiero aclarar que el área en que la Udelar realizó la investigación abarcó 1.700 hectáreas y que en dicho trabajo pudo ubicar el sitio concreto, que era de 190 hectáreas. Asimismo, para que quede constancia, quiero decir que el juicio que se lleva a cabo es por US$ 15.000.000 y que hay una comisión trabajando al respecto, que fue conformada por el expresidente de la República el 2 de febrero de este año. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA.

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deberán mantener las zonas en condiciones decorosas, prohibiéndose el depósito de materiales, leña, escombros y similares, como asimismo, el estacionamiento de vehículos en reparación. La limitación que prevé el primer apartado del presente artículo, no regirá con respecto a la colocación de publicidad debidamente autorizada. Las limitaciones previstas en los incisos 1° y 3° del presente artículo no serán de aplicación cuando exista regulación expresa en los instrumentos de ordenamiento territorial de los gobiernos departamentales”. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: obviamente, compartimos los fundamentos que vienen en el proyecto original y también lo que planteó la diputada del Partido Nacional por el departamento de Maldonado, con quien acordamos introducir las siguientes modificaciones. En el inciso primero, luego de “Artículo 20.- En propiedades linderas de todo camino público”, propongo que se agregue: “fuera de las zonas urbanas y suburbanas”. Además, al final del tercer inciso, luego de “importante afluencia de público”, propongo que se agregue: “sin autorización del Ministerio de Transporte y Obras Públicas”. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- El señor diputado Carballo propuso agregar en el primer inciso del artículo 367 “fuera de las zonas urbanas y suburbanas”. ¿Podría repetir la segunda modificación propuesta? SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Sí, señor presidente. En el primer inciso, donde dice: “Artículo 20.- En propiedades linderas de todo camino público”, propongo que luego de la coma se agregue: “fuera de las zonas urbanas y suburbanas”. Al final del inciso tercero, que dice: “En una zona de 400 metros de ancho, medidos 200 metros a cada lado del eje de la faja de dominio público de las rutas nacionales de alto tránsito, no se podrán establecer nuevas urbanizaciones, centros educativos, deportivos, asistenciales u otro tipo de actividad que implique importante afluencia de público”, propongo se agregue: “sin autorización del Ministerio de Transporte y Obras Públicas”. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: con este artículo pasa algo similar a lo ocurrido con el artículo 242. En realidad, técnicos de varias Intendencias realizaron algunas observaciones al respecto. Como ya se dijo, presentamos un artículo sustitutivo, que figura en la Hoja Nº 32, en el que se transcribe exactamente lo que nos presentaron los técnicos luego de la reunión que llevamos a cabo por este tema. La diferencia que tiene con respecto al enviado en el mensaje original del Poder Ejecutivo es el último inciso, que dice: “Las limitaciones previstas en los incisos 1° y 3° del presente artículo no serán de aplicación cuando exista regulación expresa en los instrumentos de ordenamiento territorial de los gobiernos departamentales”. Queremos aclarar que lo que preocupa a varias Intendencias es que en este artículo se incluyan, en forma general, los suelos urbanos y suburbanos, y eso es lo que se pretende solucionar con la inclusión del último inciso. Hace un momento estuvimos conversando con el señor diputado Carballo, quien nos propuso una solución alternativa que, seguramente, él explicará. Si se excluyen de este artículo los suelos urbanos y suburbanos podemos estar de acuerdo y lo apoyaremos. Una vez que se aclare la nueva redacción, si el artículo cumple con esta condición procederemos a retirar la Hoja N° 32.

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: es atendible la preocupación en cuanto a modificar del artículo 20 del Decreto-Ley N° 10.382. Atendiendo la propuesta que hizo el señor diputado Carballo, propongo agregar en el primer inciso: “en propiedades linderas de todo camino público, exceptuando zonas urbanas y suburbanas”, porque en

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definitiva lo que se pretende es la excepción para las zonas urbanas y suburbanas, y me parece que la expresión “fuera” puede dar lugar a otra interpretación. Asimismo, en la referencia a la autorización -que comparto- propongo que se diga simplemente “sin autorización del Poder Ejecutivo”, o sea que, en definitiva, lo autorice el presidente de la República actuando con el ministro de Transporte y Obras Públicas. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

367 con las modificaciones propuestas por el señor diputado Posada para el primer inciso y por el señor diputado Carballo para el tercer inciso. (Se vota) ——Setenta y AFIRMATIVA. ocho en ochenta y cuatro:

(Texto del artículo aprobado:) “Artículo 367.- Sustitúyese el artículo 20 del Decreto-Ley Nº 10.382, de 13 de febrero de 1943, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.197, de 17 de mayo de 1974, por el siguiente: ‘ARTÍCULO 20.- En propiedades linderas de todo camino público, exceptuando zonas urbanas y suburbanas, cualquiera sea la categoría de suelo de que se trate, no se podrá levantar construcción de clase alguna dentro de una faja de quince metros de ancho a partir del límite de la propiedad privada con la faja de dominio público. Frente a las rutas nacionales dicha faja tendrá un ancho de veinticinco metros, con excepción de las rutas nacionales primarias y corredores internacionales, frente a las que tendrá un ancho de cuarenta metros, y de los by pass de centros poblados, frente a los que tendrá un ancho de cincuenta metros. Esta faja queda también sujeta a la servidumbre de instalación y conservación de líneas telegráficas, telefónicas y de transporte y distribución de energía eléctrica. Esta servidumbre es de carácter gratuito, pero si su implantación causare perjuicios a la propiedad privada, estos deberán ser indemnizados de acuerdo al derecho común. En una zona de 400 metros de ancho, medidos 200 metros a cada lado del eje de la faja de dominio público de las rutas nacionales de alto tránsito, no se podrán establecer nuevas urbanizaciones, centros educativos, deportivos, asistenciales u otro tipo de actividad que implique importante afluencia de público, sin autorización del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: estamos totalmente de acuerdo con lo planteado por los señores diputados Carballo y Posada para el primer inciso. Sin embargo, en lo que respecta al tercer inciso entendemos que debe decir “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” y no ampliar la referencia al Poder Ejecutivo, porque es habitual que ese Ministerio otorgue las autorizaciones en estos casos. Inclusive, las líneas de energía y los cruces de rutas los autoriza el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por lo cual entiendo que es correcta la propuesta del señor diputado Carballo. Gracias. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: estamos de acuerdo con la propuesta de redacción del señor diputado Posada para el primer inciso, y creemos que el Partido Nacional también lo está. En cuanto a la segunda alternativa de redacción del Partido Independiente, debo decir que mantenemos la propuesta de que diga “sin autorización del Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, en lo que también coincidimos con el Partido Nacional. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Lo que nos queda por saber es si el Partido Nacional retira la Hoja N° 32. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¡Se retira la hoja! SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo

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En las Rutas 1, 9 y 200 y, en aquellas que se declararen en el futuro de interés turístico se deberán mantener las zonas en condiciones decorosas, prohibiéndose el depósito de materiales, leña, escombros, y similares, como asimismo, el estacionamiento de vehículos en reparación. La limitación que prevé el primer apartado del presente artículo, no regirá con respecto a la colocación de publicidad debidamente autorizada'”. ——En discusión el artículo 368. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y dos en ochenta y cuatro:

En discusión el artículo 374. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: el artículo 374 autoriza a que por resolución del Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Administración Nacional de Puertos, se puedan prorrogar las concesiones en el recinto portuario. Es un artículo abierto que otorga al Poder Ejecutivo, con el asesoramiento del servicio descentralizado, amplios poderes discrecionales en la materia. Por ejemplo, no dice nada respecto al plazo de las prórrogas, si pueden superar el plazo original del contrato de concesión y cuántas veces se pueden otorgar prórrogas a una concesión. Asimismo, establece que los servicios u obras podrán no estar vinculados con la concesión originaria. Por otro lado, se agregó un numeral 2) en el que se establece que para que le prorroguen la concesión, el concesionario deberá asegurar una dotación de personal nacional en relación laboral estable para mantener y dar continuidad a los servicios derivados de su actividad, mientras esta dure. Este numeral no se explica dentro de este artículo. No se entiende por qué se establece la nacionalidad de los trabajadores. Inclusive podría ser inconstitucional, ya que colide con lo que se establece en el artículo 8º de la Carta Magna en el sentido de que todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas que las de los talentos y las virtudes. Tampoco se indica en el proyecto que existe una relación de interés general que permita restringir este principio fundamental. Por estas razones, no vamos a acompañar con nuestro voto este artículo. Gracias, señor presidente. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra.

En discusión el artículo 370. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: queremos proponer una corrección. La modificación es la siguiente. Donde dice: “pasarán a estar comprendidos en lo que refiere a su remuneración, en el literal d)” debe decir: “pasarán a estar comprendidos en lo que refiere a su remuneración, en el literal c)”. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 370 con la modificación propuesta por el señor diputado Carballo. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y seis:

En discusión el artículo 372. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cinco en ochenta y seis:

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

En discusión el artículo 373. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y tres en ochenta y ocho: AFIRMATIVA.

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: el Partido Colorado tampoco va a acompañar este artículo. El diputado preopinante ha sido claro al respecto. Aquí se está modificando una ley de importancia fundamental en el desarrollo del sistema portuario del país en los últimos

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años. Lo que se establece es que cuando se da una concesión no se sabe por cuánto tiempo va a ser, en la medida en que se puede prorrogar indefinidamente. Nos parece que eso quita garantías y certezas al sistema y estamos en desacuerdo, así como con respecto al segundo inciso, que fue incorporado en la comisión. Gracias, señor presidente. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

por fuera del contenido de la concesión y que, eventualmente, sirvan de pretexto para mantener esta situación en forma indefinida. Esto está mal, y está peor cuando se anuncia -así lo dijo el ministro- que pretenden usar este instrumento en las concesiones vigentes. Nosotros le preguntamos especialmente si en tal caso lo que el Gobierno se proponía era utilizar esta disposición de aquí en adelante. El ministro nos contestó que no, que esto era para todas las concesiones que están en marcha en el Puerto de Montevideo y en el sistema portuario nacional. Entiendo que esto puede generar dificultades de carácter jurídico, porque aquellas concesiones vigentes, que tienen un contrato en marcha, están referidas a un proceso licitatorio que se realizó en base a determinados pliegos. Introducir este elemento en una concesión vigente puede representar un cambio en las condiciones de la licitación y del contrato. Por lo tanto, puede conducir a responsabilidad de la Administración por una modificación unilateral de los términos de la licitación y de la concesión, fundamentalmente desde el punto de vista de aquellos que fueron perdidosos en un proceso licitatorio. Creo que es muy negativa esta solución. Me parece que es meramente voluntarista y pretende tomar un atajo a los efectos de concretar determinados objetivos, inversiones u obras en el área portuaria o fuera de ella, que pueden estar muy justificadas aunque, en esto, el fin no justifica los medios. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: creo que las explicaciones que ha dado el señor diputado Olaizola con relación a la negativa del Partido Nacional a votar este artículo son absolutamente elocuentes y contundentes. Simplemente, quiero agregar un dato que tiene que ver con la comparecencia del ministro en la Comisión de Presupuestos integrada con Hacienda. Cuando nos detuvimos en el análisis de esta disposición, el ministro nos dijo que la consideraba absolutamente necesaria y que, inclusive, ambicionaba aplicarla más allá del recinto portuario, a los efectos de poder contemplar ciertas situaciones. Por ejemplo, una vez que un concesionario de un depósito o espacio físico en el Puerto de Montevideo, ya no tiene inversiones para hacer en aplicación del contrato y de la concesión, se pueda extender el plazo a cambio de inversiones de otra naturaleza que se realicen fuera de la jurisdicción de la Administración Nacional de Puertos. Creo que esta solución es muy peligrosa, señor presidente. Lo es por este aspecto pero la es, fundamentalmente, a partir de la combinación del aspecto que estoy comentando con la circunstancia de que la posibilidad de extender o prorrogar los plazos de la concesión serían ilimitadas. Se trata de un instrumento que, mal aplicado o aplicado en exceso o con abuso de lo que la ley establece puede conducir a cualquier circunstancia, eventualmente a que concesionarios que hoy ocupan espacios en el Puerto de Montevideo, que por definición son a término aunque los plazos sean largos, puedan llegar a eternizarse en la utilización de un espacio público para realizar determinada actividad comercial, y que para poder perpetuarse en ella se utilice el artilugio de inversiones aparentes que están

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: nosotros recordamos el intenso e histórico debate que hubo en este país con respecto a la política privatizadora, que incluía la lucha por la defensa del puerto. Lamentablemente, terminó concretándose un proceso privatizador que, con el artículo que se propone, no solamente se reafirma sino que se refuerza y se multiplica en una dirección tan peligrosa como la que establecía el señor diputado preopinante respecto al señor ministro Rossi, de clara voluntad privatizadora en toda su Cartera, cuya ambición es ir más allá de las propias fronteras de los puertos.

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Por lo tanto, por mantener una actitud de defensa de las empresas públicas y del patrimonio en la lucha histórica contra las privatizaciones, votaremos negativamente este artículo. SEÑORA BARREIRO (Gabriela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

negociar con permisionarios o concesionarios del puerto. Por el artículo 12 de la Ley Nº 16.246 se estableció que las concesiones que afecten un espacio territorial dentro del recinto portuario solo podrán otorgarse si el concesionario realiza a su costo nuevas obras que impliquen la presentación de nuevos servicios o la ampliación de los ya existentes. Si el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la ANP, decide ampliar las concesiones originales -esas obras ya se hicieron- puede tener una herramienta más a la hora de negociar con un privado, lo que sin duda fortalece al Estado. Esto no quiere decir que la vaya a utilizar, pero es una herramienta más a la hora de dotar a la ANP de mayor infraestructura portuaria, de dotar al sistema portuario y sobre todo al sistema logístico de mayor infraestructura y al Estado de una nueva herramienta a la hora de negociar con estos concesionarios. Nada más que eso. SEÑOR ABDALA interrupción? (Pablo).¿Me permite una

SEÑORA BARREIRO (Gabriela).Señor presidente: me referiré sobre todo al numeral 2) del artículo 374, cuya finalidad es asegurar una dotación de personal nacional en relación laboral. Creo que este es un pequeño paso para poner fin al trabajo eventual porque, como dijeron algunos diputados preopinantes, a veces las concesiones se extienden por muchos años y, lamentablemente, no hemos podido revertirlo. Como sabrán, el trabajo portuario es especializado; no es un trabajo común. Por consiguiente, se considera que este artículo es un paso en la dirección de resolver un grave problema que se suscita en los recintos portuarios, como el trabajo eventual. Sucede que algunas concesiones tienen un plazo de treinta años, y en algunos casos ni siquiera se ha logrado que se aseguren los trece jornales a los trabajadores como forma de tener beneficios sociales. (Ocupa la Presidencia el señor representante Constante Mendiondo) ——Este es un paso, y nada más que un paso. Hay empresas portuarias que no son concesionarias, y como Cuerpo deberíamos legislar en ese sentido. Hay un proyecto de ley, presentado en el período anterior, relativo al trabajo eventual en los recintos portuarios, que sería fundamental aprobar. Sin duda, en esta época, en la que sabemos que el trabajo del puerto es específico se debería conformar un registro de trabajadores a los efectos de que el trabajo sea mucho más estable. Por eso el numeral 2) se incluyó en este artículo como algo fundamental. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente: en el mismo sentido que la señora diputada Gabriela Barreiro, creo que el artículo que estamos debatiendo tiene más que ver con dar una nueva potestad o posibilidad a la Administración en caso de tener que

SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: omití decir algo que recordé escuchando al señor diputado Daniel Caggiani, y lo aludo a los efectos de utilizar como punto de partida para esta reflexión lo que él decía. Creo que es preocupante lo que ya dijimos en cuanto a la realización de nuevas obras que justifiquen las prórrogas ilimitadas de las concesiones. Pero tan grave como eso, o quizás más grave, es la circunstancia de que eventualmente puedan ampliarse los servicios. A mi juicio, la ampliación de los servicios, más que como una suerte de esfuerzo o de prestación adicional que realiza la empresa privada como contraprestación de la concesión, puede conducir, según cómo se use esta disposición, a la circunstancia de que se utilice un determinado tipo de concesión para terminar en una concesión nueva y diferente. Me explico: puede darse la circunstancia de que haya un concesionario que utilice un espacio físico para depositar mercadería en el puerto de Montevideo

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y que, vencido el plazo de esa concesión, se le otorgue, por ser nuevos servicios, el espacio físico al pie de un muelle para realizar tareas de estiba y desestiba a cambio de que concrete nuevas inversiones en ese mismo lugar o en otro del recinto portuario o en un espacio fuera del puerto. Entonces, las posibilidades que esto otorga a la autoridad portuaria, a la ANP y al Poder Ejecutivo, de acuerdo con lo que establece la Ley Nº 16.246, son absolutamente ilimitadas. A partir de aquí, todo podrá hacer la Administración. Los límites que deben estar establecidos en un contrato de concesión en términos de espacio físico, de plazo, de prestaciones y de contraprestaciones se terminan desdibujando de tal forma que el Gobierno podrá hacer lo que se le ocurra. El administrador de turno -este Gobierno o el que venga- no solo podrá prorrogar en forma ilimitada la concesión otorgada originariamente sino que, además, a partir de la concesión que se otorga originariamente podrá desembocar en un tipo de negocio distinto o en una concesión diferente. Reitero el ejemplo: ya no solo podrá prorrogar en forma ilimitada la concesión de un determinado espacio físico para el depósito o el tratamiento de la mercadería -por ejemplo, la consolidación y desconsolidación de contenedores- sino que, utilizando el mismo contrato, podrá otorgar, diez o quince años después, un permiso para operar en un muelle utilizando grúas móviles o realizando tareas de carga y descarga. Eso implica pasar por alto los procedimientos licitatorios, los procedimientos competitivos, si esa fuera la intención del administrador de turno; será o no la del actual, pero puede ser la de un administrador en el futuro. Creo que es un arma verdaderamente peligrosa, peligrosísima, que generará conflictos entre los particulares o entre los particulares y el Estado en forma muy probable, por no decir casi segura. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede continuar el señor diputado Daniel Caggiani. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente… SEÑOR CARBALLO (Felipe).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Sí, señor diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado. Resta un minuto del tiempo del orador. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: a los efectos de echar un poco más de luz sobre lo que han planteado nuestros compañeros, quiero decir que este artículo refiere a la renovación de las concesiones a los privados. Siempre que se hacen concesiones, se piden contrapartidas. Puede ocurrir que en los depósitos que se entregan en concesión no exista más espacio para seguir desarrollando inversiones. Como bien explicaba el señor diputado Daniel Caggiani, este artículo es un instrumento, una herramienta para que cuando la ANP vaya a hacer nuevas concesiones, pueda pedir a los operadores determinadas inversiones, no precisamente en el lugar. Este es un instrumento, es una herramienta. Se renueva una concesión a un depósito dentro del área portuaria, pero las inversiones dentro del área que ocupa el depósito ya están completas. Entonces, se puede aceptar como inversión relacionada con la concesión el arreglo del pavimento de una de las entradas al puerto. Gracias, señor presidente. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Ha finalizado el tiempo de que disponía el orador. Tiene la palabra el señor diputado Omar Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: quiero hacer un planteo sobre este tema, y tengo una duda. En primer lugar, me parece demasiado riesgoso este artículo, y lo voy a referir al puerto de Fray Bentos. La terminal granelera es propiedad del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, pero está en un recinto propiedad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Tiene la concesión Terminales Graneleras Uruguayas, que también tiene la concesión de la terminal del puerto de Nueva Palmira. Durante quince años le interesó el puerto de Nueva Palmira y no el de Fray Bentos, porque a este le faltaba dragado. Prácticamente, hace diez años que el puerto de Fray Bentos no tiene actividad porque

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Terminales Graneleras Uruguayas tiene su puerto principal en Nueva Palmira. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Alejandro Sánchez) ——Por una denuncia que se hizo hace pocos días en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, donde también estaba el presidente, se le otorgó una ampliación de la concesión en el puerto de Nueva Palmira, sin licitación. Me preocupa que hoy, en que el Estado uruguayo ha invertido unos cuantos millones de dólares -conjuntamente con la República Argentinaen dragar el río Uruguay, por lo que vamos a tener un calado de 26 pies que permite salir con barcos de 30.000 toneladas, se prorrogue la concesión a Terminales Graneleras Uruguayas, cuando en realidad hay cinco o seis empresas interesadas en desarrollar el puerto. Entonces, cuando se dice que la concesión se va a hacer sobre la realización de nuevas inversiones, me gustaría evaluar el funcionamiento anterior de la empresa que tenía la concesión de esta planta. Creo que, aparte de la inversión que vaya a hacer, debe tener peso lo que representó el desarrollo de la concesión que ya tuvo. Reitero que me preocupa; me parece que es casi un cheque en blanco otorgar una prórroga de la concesión sin tener en cuenta una licitación abierta donde se puedan presentar otras empresas. Gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: creo que no debemos aprobar este artículo. Me parece que sería un enorme error hacerlo porque, si se aprueba y se empiezan a renovar concesiones en función de esta norma, seguramente generaremos una usina de escándalos. Los escándalos no siempre se producen por algo que esté realmente mal hecho o sea irregular; a veces surgen debido a situaciones que no están claras para la opinión pública, que generan suspicacias, y debemos tener mucho cuidado con eso porque la Administración democrática no solo tiene que ser honesta sino que también tiene que parecerlo.

Hay pruebas. Durante el primer Gobierno del doctor Vázquez, siendo ministro de Transporte y Obras Públicas también el señor Rossi, recuerdo que otorgó una prórroga de la concesión de la terminal de pasajeros de Buquebus en el puerto, y eso dio lugar a una interpelación en esta misma Cámara. Fue sumamente polémica la prórroga de esa concesión. Obviamente, no voy a referirme a ese tema; lo señalo como un antecedente que demuestra que estas cosas son polémicas, porque es lógico que lo sean. Se trata de concesiones que pueden tener un enorme valor, que se prorrogan en términos que no están acotados en absoluto, dejando librado un amplísimo campo a la discrecionalidad de la Administración, excluyendo de la posibilidad de participar en el negocio a eventuales competidores que pueden ofrecer condiciones iguales o mejores a las que, eventualmente, ofrezca quien aspire a la prórroga de su concesión. ¿Qué garantías tiene el interés público? ¿Qué garantías tienen los particulares, otros agentes económicos que digan: “Yo ofrezco mejores condiciones; estoy en condiciones de hacer el mismo negocio, otorgando más ventajas al Estado uruguayo”? ¿Vamos a decirles, a priori, que no los queremos escuchar y que dejamos a la Administración las más amplias potestades para acordar, mano a mano con el concesionario, una prórroga que tampoco decimos cuánto tiempo puede durar? Si le quieren dar de antemano la prórroga por cinco, quince, veinte, treinta o cincuenta años, ¿le decimos que está bien de antemano, sin que tenga que competir, sin que haya transparencia, sin que la opinión pública sepa de qué se trata? ¿No tenemos una comisión en el ámbito del MEF para la concurrencia, a cuyos dictámenes hicimos referencia en estos días, que reclama competencia por la competencia misma y por la transparencia? Esta es la negación de esas dos cosas, tanto de la transparencia como de la competencia, y es conferir un enorme campo de discrecionalidad a la Administración, que cuando actúe en este marco amplísimo va a generar enormes escándalos. Vamos a tener los escándalos y los escandaletes por cómo se le prorrogó la concesión a Fulano o lo poco que le exigieron a Mengano para asegurarle un negocio enormemente beneficioso, y cómo no se tuvo en cuenta la oferta de tal empresa o de tal otra que

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ofrecía mejores condiciones y va a terminar haciendo denuncias en los juzgados penales. Entonces, para evitar que eso suceda hagamos verdadera la prédica que, de un modo o de otro, tanto sostenemos todos en favor de la transparencia y de la competencia, de modo que tengamos la certeza de que la Administración procede de la mejor manera en defensa del interés público que, en definitiva, tiene que importarnos a todos. Gracias, presidente. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: quiero hacer una mención especial relativa al artículo 375 y pedir a todo el Cuerpo reflexionar al respecto. El artículo 375 del presupuesto hace solidariamente responsables a los propietarios de los buques, a sus armadores y a sus agentes y representantes ante la autoridad portuaria nacional por el pago de las obligaciones que se generan en el uso de los puertos o de las instalaciones que administra la Administración Nacional de Puertos. Un intento similar por incluir una disposición de este tipo ocurrió cuando se trató la rendición de cuentas del año 2011. En esa oportunidad, ante un planteo de los agentes marítimos afectados se acordó una redacción transaccional que se plasmó en el artículo 185 de la Ley Nº 18.834. Conocemos la intención de la Administración Nacional de Puertos de protegerse de determinadas situaciones que se han generado principalmente por algunos barcos de pesca extranjeros que quedaron abandonados en la bahía o en los muelles y han ocasionado un perjuicio a la administración, por el que nadie ha respondido. Sin embargo, nos parece que esta solución no es la adecuada. Este tipo de operativa tiene algunos requerimientos especiales, ya que además de presentar un seguro internacional estos buques deben contratar un seguro local, una cobertura de responsabilidad civil por US$ 400.000 y por daño ambiental de US$ 200.000. En la misma línea, el artículo 378 -que vamos a considerar más adelante-, habilita a la ANP a solicitar los seguros y garantías que entienda necesarios para los buques de estadía prolongada. Este artículo nos parece conveniente y lo vamos a acompañar con nuestro voto. El artículo 375 que estamos analizando establece que los agentes serán responsables solidarios de los armadores por el uso de los puertos cuando “[…] no tomaran los recaudos obligatorios con la Administración Nacional de Puertos y con los derechos de los trabajadores […]”. No es posible saber cuáles son los recaudos obligatorios con la ANP ni cuáles son los recaudos necesarios con los derechos de los trabajadores. No se entiende qué se quiere establecer. El agente marítimo es un representante convencional, un mandatario que actúa a solicitud del armador, de la línea; así es el procedimiento. Desde

SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente: en realidad, el Poder Ejecutivo ya tiene la potestad de ampliar las concesiones portuarias. Lo que estamos haciendo es dar al Poder Ejecutivo una herramienta nueva por la cual, si decide ampliar la concesión sin licitación, esas nuevas inversiones se realizarán en lugares donde el Estado, el puerto o el Ministerio de Transporte y Obras Públicas establezcan que es necesario para el desarrollo portuario y logístico de Uruguay. El Estado ya tiene la herramienta para ampliar la concesión y, además, si lo desea, tiene que hacerlo de manera transparente y que sea, por lo menos, totalmente controlable por el Parlamento. Lo que nosotros estamos haciendo es dar una nueva herramienta que trata de preservar, sobre todo, la mano de obra nacional, que creo es importante. Además, trata de generar nuevas inversiones para que los servicios logísticos y portuarios se puedan mejorar y pueda aumentar el comercio exterior, fin que todos procuramos. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 374. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y nueve:

En discusión el artículo 375. Tiene la palabra el señor diputado Olaizola.

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tierra no se puede saber cuál es la situación de los trabajadores que están arriba del buque. Eso no es responsabilidad del agente. Además, ¿de qué forma se puede probar si el agente tomó o no los recaudos necesarios? Por otro lado, no puede existir una responsabilidad que tenga condiciones; debería ser objetiva y clara. Esto es: si alguien entiende que se llevaron a cabo los recaudos no será responsable solidario, y si no se tomaron será responsable. Esto demuestra que la redacción del artículo no es clara. Creemos que este es un tema muy importante y debería aclararse; la redacción de este artículo debería ser mucho más clara y taxativa. Estos son temas muy importantes y, además, hay que tener en cuenta que muchas veces la operativa de los buques entraña riesgos económicos muy grandes. Ni qué hablar de lo que puede implicar un accidente en un muelle o entre barcos. Muchas veces la capacidad económica que tiene una línea es muchísimo mayor que la que puede tener un agente marítimo que opera en Uruguay, es decir, una empresa nacional que se dedica a representar a otra en nuestro país. Por estos motivos, me parece que con este artículo estamos sometiendo a los agentes marítimos a un gran peligro, haciéndolos corresponsables solidarios de tareas y operaciones marítimas muy grandes y de eventuales responsabilidades que generen terceros y que ellos realmente no pueden controlar. Por eso creemos que es sumamente perjudicial para la actividad de los agentes marítimos locales y no tendría razón para estar incluido en este proyecto de ley de presupuesto. Por lo tanto, no lo vamos a acompañar con nuestro voto y queremos dejar constancia de nuestra preocupación por la inclusión de este artículo en el presupuesto. Muchas gracias. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

contó con el visto bueno de los agentes marítimos, fue aprobada por el Parlamento y tiene que ver con lo que hoy se está regulando. Los compañeros que trabajaron en la comisión podrán recordar que la redacción original de este artículo era bastante más amplia que la que quedó y hacía solidario al agente marítimo -en ese caso síde los posibles accidentes, hundimientos, choques entre barcos o con los muelles, es decir, de toda la gama de hechos que podían suceder. Realmente, nosotros estuvimos discutiendo mucho porque si a un agente marítimo se lo hace solidario por el hecho de que el armador no pague por un accidente dentro del puerto que afecte los intereses de la administración, termina fundiendo a ese agente marítimo, que en un país como este no tiene resto suficiente como para soportar algo de ese tipo. La redacción que terminamos aprobando en comisión -realmente es bastante más laxa que la que vino del Poder Ejecutivo- trata de acotar las cuestiones de las que se hace solidario al agente marítimo a algunas que tienen que ver con que el armador no se vaya del puerto sin pagar lo que debe. Para que esto se entienda podemos explicar que realmente hay barcos que se van del puerto -se escapan- sin pagar lo que deben. Eso pasa de manera bastante más habitual que lo que se cree. Hay barcos que cargan combustible o realizan otras tareas, y cuando uno quiere acordar se fueron y después no hay forma de cobrarles. Asimismo, hay barcos que entran y no están asegurados -salvo para el caso de los pesqueros de bandera extranjera no hay una obligación en ese sentido, hasta que aparezca algo parecido en este articulado-, a los que se les exige mostrar las garantías internacionales que tienen para poder recalar en el puerto de Montevideo. Esto se debe a que hubo una gran cantidad de accidentes con barcos que no estaban asegurados, por los que después no había a quién cobrar por todo lo que pasaba, ya fuera el hundimiento del barco, lo que sucedía en la bahía, la inoperabilidad de los muelles o la lamentable pérdida de vidas que se produjeron en algunos incendios muy grandes que sucedieron en el puerto. No tenían ningún seguro, ni internacional ni los P&I, que son los más desarrollados. Por eso hoy a los barcos de bandera extranjera, sobre todo a los

SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: algunas de las cosas que manifestó el señor diputado preopinante son realmente ciertas. Es verdad que en su momento hubo un artículo parecido a este que luego se eliminó. Finalmente quedó una redacción que

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pesqueros, se les exige por decreto que cuarenta y ocho horas antes de ingresar al puerto de Montevideo acrediten que están asegurados en alguna parte y ese seguro se controla con los clubes de aseguradores que hay en el mundo, que son muy fiables. A través de la normativa tratamos de acotar esto a cuestiones que tienen que ver con suministros a la ANP -para evitar que el barco se vaya y no se pueda cobrar a nadie- y al problema de los trabajadores que, coincidimos, es un poco más complicado. Pero, ¿saben a qué enfoca esto? A evitar hechos como los que han sucedido, como los de decenas de trabajadores que han quedado tirados dentro del puerto de Montevideo a los que ni siquiera había forma de pagar los pasajes para que se fueran. El último episodio fue con trabajadores tailandeses o indonesios -no recuerdo bien-, pero hasta hace poco hubo trabajadores rusos tirados en nuestro puerto y no había forma de sacarlos ni de alimentarlos; se habían comido todas las raciones que había en el barco y se había agotado el combustible, por lo que no tenían ni luz ni nada y había que darles agua, etcétera. Se hacían colectas y los sindicatos ponían plata para bancarlos, pero de eso nadie se hacía responsable. De esta manera se busca tener algún reaseguro con respecto a este tipo de hechos. Es evidente que la mayor parte de lo que sucede en el puerto está dentro de la regularidad. Estos hechos son excepciones no la regla, pero a veces la excepción se produce y quedan tiradas tripulaciones de veinte o veinticinco personas que terminan viviendo en un barco fondeado en la mitad de la bahía sin nadie que los baje -el lanchero no va a bajarlos porque nadie le paga- y sin que les lleguen provisiones porque nadie las puede comprar. El combustible del barco se usa pero se agota, y ¿quién le da combustible al barco para que la gente tenga luz y pueda calefaccionarse en invierno o refrigerarse en verano? Eso genera una serie de movimientos de los sindicatos y de las autoridades, tanto del puerto como marítimas, y se busca que de alguna forma haya un correlato para que alguien pueda tratar de dar cauce a esas situaciones, no para pagar la contingencia sino para que se ocupen del problema antes de que surja, porque cuando uno es responsable trata de ocuparse del problema antes de que surja. Eso nació como algo bastante más amplio y coincido con ello. Aclaro que me opuse a que el agente marítimo tuviera que responsabilizarse por los

accidentes que no se pagaban, porque para un agente marítimo uruguayo es absolutamente imposible, y no solo para los uruguayos sino también para agentes de otros países. Creo que quizá con este toque de atención se pueda evitar que, por la vía de la prevención —es decir, ocuparse más de cómo va a terminar algún barco que ellos representaron— ucedan algunas cosas como las que han pasado últimamente en el puerto de Montevideo. Es lo que quería informar. Muchas gracias. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: creo entender la preocupación de los agentes con relación a este artículo. Sabemos también el conocimiento que tiene nuestro compañero de comisión, diputado Olaizola, con relación a este tema. Por tanto, sería importante que los agentes pudieran incorporar en sus contratos a los armadores para, de alguna manera, quedar cubiertos. Ese sería el camino por el que se podría tener en cuenta la importancia que para toda la operativa del puerto representa la existencia de los agentes marítimos. Por eso, entendemos que se debería buscar la forma de que queden cubiertos al momento que se conformen los contratos con los armadores. Muchas gracias. SEÑOR PEÑA interrupción? (Adrián).¿Me permite una

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Gracias, señor diputado. Señor presidente: no vamos a acompañar este artículo. Entendemos las razones y las compartimos, así como la preocupación generada, pero parece claro que esta no es la redacción correcta y, en este caso, hacerlos responsables solidarios parece claramente un exceso.

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Con sinceridad, compartimos el objetivo y el espíritu de este artículo pero creemos que hay que trabajar en la materia, porque no podemos hacer a los agentes responsables de elementos que desconocen y que no pueden controlar. Creo que el artículo es claramente excesivo y, por eso quería anunciar que el Partido Colorado no lo va a votar. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Carballo. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: aprovecho para mandar un saludo a todos los trabajadores del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ya que hoy es su día. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 375. (Se vota) ——Cincuenta y uno en ochenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 376. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 379. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

origen. Esta atribución se extendía solamente a los depósitos ubicados en el puerto logístico Punta Sayago. Se advirtió que, en este caso, se estaba distinguiendo entre los recintos portuarios de la ANP y vino una redacción corregida de la comisión, en la cual dice que también se permitirá a todas las terminales portuarias administradas por la Administración Nacional de Puertos. Entonces, la ANP podrá explotar depósitos logísticos, a través de operadores especializados en las áreas destinadas al Puerto Logístico Punta Sayago y en todas las terminales portuarias que administra el organismo. El problema que tenemos —creo es fácil de solucionar—, es que el concepto de terminal portuaria que establece el artículo 33 del Decreto 183/94 -decreto reglamentario de la ley de puertos del año 1992- es el siguiente: “Art. 3 (Terminal). – También llamada ‘Terminal Portuaria’ es el conjunto de instalaciones portuarias, equipadas para el atraque y operación de buques y normalmente especializadas en un determinado tipo de carga y operación, que están bajo la administración y operación de una empresa prestadora de servicios portuarios”. Es decir que “terminal portuaria” no equivale a “recinto portuario”; una terminal se ubica dentro de un recinto portuario. Si este artículo queda redactado tal como está, únicamente podrían realizar depósitos logísticos en las terminales y no en la totalidad del espacio que administra la Administración Nacional de Puertos. Creo que es una pequeña disquisición idiomática, pero que cambia la voluntad del legislador o el concepto que lo inspiró. Entiendo que es un detalle no menor y que con un poquito de voluntad se puede corregir. Propongo, si se me permite, buscar la vía para que este artículo se redacte de manera mucho más corta y clara, y diga algo así: “Autorízase a la Administración Nacional de Puertos (ANP) la explotación de los ‘Depósitos Logísticos’, a través de operadores especializados, […]”; hasta ahí dejaría la redacción original y luego pondría “en todos los puertos bajo su administración”. Con esa pequeña frase corregiríamos la redacción, utilizando la terminología adecuada y subsanaríamos este pequeño inconveniente. Muchas gracias, señor presidente.

SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: en la redacción original que vino del Poder Ejecutivo, este artículo establecía: “Autorízase a la Administración Nacional de Puertos (ANP) la explotación de los ‘Depósitos Logísticos’, a través de operadores especializados en las áreas destinadas al ‘Puerto Logístico Punta Sayago'”. Esto se aparta de lo dispuesto en el artículo 94 literal F) del Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay, que habilita a las mercaderías a ser objeto de operaciones que pueden modificar su estado o naturaleza, siempre que no modifiquen su

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SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pozzi. SEÑOR POZZI (Jorge).- Aclaro que no era esa la intención, pero como recién acaba de expresar el diputado Olaizola, lo que establecía la primera redacción se interpretaba como que se podían hacer operaciones logísticas en Punta Sayago y el resto, en donde ya hay efectivamente desarrollo, podía quedar por fuera. Sin embargo, no escuché la última propuesta que hizo el señor diputado Olaizola. Por lo tanto, solicito que la repita. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR POZZI (Jorge).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: apoyamos la propuesta del señor diputado Olaizola porque refleja el espíritu más amplio que entendemos tenía el artículo. Creemos que es una mejora positiva. Sería muy bueno que la bancada oficialista la considerara, porque suma; no veo en qué resta. En consecuencia, el Partido Colorado va a acompañar la propuesta del señor diputado Olaizola. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: agradezco a los integrantes del Cuerpo por el trabajo conjunto que estamos haciendo; me parece sumamente positivo razonar entre todos. No tengo ningún problema en poner los dos conceptos: puertos y terminales portuarias. De esa manera, estarían todos abarcados, no quedaría nada afuera y daríamos todas las posibilidades. Aquí solo hay un problema idiomático, de diferentes acepciones. El señor diputado Carballo está de acuerdo con la expresión “terminales portuarias” y, yo, con la otra. Por eso, propongo poner los dos términos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La propuesta es que el artículo 379 quede redactado de la siguiente manera: “Autorízase a la Administración Nacional de Puertos (ANP) la explotación de los ‘Depósitos logísticos’, a través de operadores especializados en todos los puertos y terminales portuarias administradas por la ANP”. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: es verdad que se modificó el artículo que venía en el proyecto original enviado por el Poder Ejecutivo. Incluimos a todas las terminales portuarias para mejorar no solo la redacción sino también las potestades de la ANP en este sentido. De esta manera, se posibilita el desarrollo comercial del Puerto Logístico Punta Sayago y de todas las terminales que se encuentran en la órbita de la Administración Nacional de Puertos. También se hace referencia a la implementación de Depósitos Logísticos, que en la actualidad ya está autorizada por el Código Aduanero; la terminal de Punta Sayago no está incluida porque es posterior. La nueva redacción hace referencia a todas las terminales portuarias administradas por la ANP para no generar inconveniente con las demás terminales, aunque el espíritu original era resaltar una herramienta más en el puerto de Punta Sayago. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Pozzi. SEÑOR POZZI (Jorge).- He finalizado, señor presidente. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: en principio, estamos totalmente de acuerdo con que se incorporen los dos conceptos, tal como plantea el señor diputado Olaizola. (Diálogos) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En virtud de que están todos de acuerdo con el concepto pero falta ajustar la redacción, la Mesa propone desglosar este artículo, tratarlo al final del Inciso y seguir avanzando.

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(Apoyados) ——Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y tres: AFIRMATIVA. Queda desglosado el artículo 379. En discusión el artículo 380. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

puertos y, en particular en el de Montevideo, con respecto al cobro de tarifas, por la sencilla razón de que se pierde competitividad con los puertos internacionales vecinos, es decir, el de Buenos Aires y los de Brasil. Esto lo vemos con mucha preocupación, en primer lugar, por la envergadura de la inversión: US$ 65.000.000; en segundo término, porque surge de la tarifa; y en tercer lugar, porque tenemos que tratar por todos los medios posibles, por el interés nacional y mucho más por el contexto coyuntural que al Uruguay le toca vivir -fue extensamente debatido en el día de ayer-, que el puerto de Montevideo siga siendo muy competitivo en su tarifa porque las dos terceras partes de lo que entra y sale -por no decir casi la totalidad- es mercadería en tránsito que proviene de otros países de la región y del mundo. Por un aumento desmedido de la tarifa o el deterioro de los servicios que se prestan, se podría ver tremendamente deteriorada la capacidad logística de nuestro país. Es en ese sentido que no vamos a votar el artículo 380, que no tiene relación con el traspaso de las dragas —hecho que no nos parece mal—, pero sí con el fondo de la cuestión, que es sobre el que nos permitimos hacer un llamado de atención, fundado en varias de las actitudes que se han tomado desde la vecina República Argentina, y esencialmente en la decisión que parece se va a adoptar respecto a la construcción de un nuevo canal, conocido como canal Magdalena, que dejaría sin efecto la coparticipación de Uruguay y Argentina en la administración del canal del Indio que, entre otras cosas, permite el acceso al puerto de Montevideo. Toda decisión relacionada con temas de carácter estratégico no tiene que ser analizada en la visión del interés particular legítimo que pueda tener la Administración Nacional de Puertos en invertir en una draga nueva o en proceder a dragar -ha quedado demostrado que sale más caro que contratar empresas privadas para hacerlo-, sino en el contexto de la defensa de los costos, que permanentemente buscan los operadores portuarios para decidir operar en un puerto o dejar de hacerlo en otro. En ese sentido, la competitividad que el puerto de Montevideo ha tenido en los últimos años -desde la aprobación de la ley de puertos a la fecha-, es lo que nos permite relatar con mucha preocupación que

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: luego, los señores diputados Olaizola y Abdala profundizarán en el tema, ya que son especialistas. Yo simplemente quiero manifestar mi preocupación no con relación a traspasar las dragas de la Dirección Nacional de Hidrografía a la Administración Nacional de Puertos -no me parece una mala idea- sino con dos conceptos, uno manejado en la Comisión y, otro que acompaña el artículo. Por esta disposición se faculta a la Administración Nacional de Puertos a prestar un servicio comercial de dragado en todos los puertos y en los canales internacionales o en aquellos que Uruguay comparte con otros Estados. Ha quedado demostrado que la experiencia -vamos a evitar adjetivos calificativos para no generar debate- de que la Administración Nacional de Puertos, en conjunto con otras instituciones similares de otros países, drague un canal -en especial el de Martín García-, es más cara que la concesión a empresas privadas. Entonces, volvemos a insistir sobre este concepto. En esta oportunidad consideramos que es un grave error. Además, ese grave error se vio acrecentado porque el señor presidente de la Administración Nacional de Puertos, en oportunidad de su visita a la comisión, anunció que hay un proceso licitatorio para la compra de una nueva draga, que va a salir US$ 65.000.000. También quiero decir que el señor presidente de la ANP, calculo que con la mejor intención, hablaba del dinero con el que se pagaría esto en un sentido casi que propietarista, como si el dinero fuera de la Administración Nacional de Puertos. Y eso es relativo, muy relativo, porque el dinero de que se provee la Administración Nacional de Puertos es del cobro de tarifas, y nosotros tenemos que ser muy cuidadosos, especialmente en los dos principales

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esperamos que todas estas decisiones no terminen perjudicándola, de modo que nuestro principal puerto siga siendo atractivo para el comercio internacional y para la construcción del país logístico del que todos hablamos. Además de hablar, tenemos que tomar decisiones pertinentes que nos ayuden a seguir siendo tremendamente competitivos. Sin perjuicio de lo que van a agregar los señores diputados Abdala y Olaizola, que conocen más de este tema que yo, quería dejar expresada mi opinión por la profunda preocupación que me ocasionó el anuncio de la compra de esa draga y lo que trasunta la voluntad que hay en cuanto a este tema, que es la unificación en la Administración Nacional de Puertos. Espero que el día de mañana no terminemos reeditando o queriendo construir un servicio descentralizado de dragado que termine perjudicando los intereses nacionales. No tengo inconveniente en que hoy se sigan prestando los servicios para dragados menores, de puertos deportivos y dragados internos del propio puerto de Montevideo, pero inversiones de esta magnitud no pueden justificarse solo para dragar internamente el puerto de Montevideo. Es en ese punto que nos permitimos llamar la atención porque cualquier variación en el costo de las tarifas tiene consecuencias para los intereses nacionales. Ya las han tenido las restricciones que la República Argentina nos ha impuesto para el comercio en el puerto de Montevideo; pregunten a los operadores portuarios las consecuencias en la disminución de la cantidad de contenedores y teus que anualmente se transportan desde y hacia el puerto de Montevideo. Queríamos dejar esta constancia, por lo menos, para tener la tranquilidad de haber alertado a tiempo de la situación. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

de la ideología-, yo diría con un sentido pragmático y al mismo tiempo político en cuanto a la mejor política portuaria, que a nuestro juicio el país ha venido transitando desde 1992, con el apoyo y la legitimación de todos los partidos. Me hace señas con mucho acierto el señor diputado Rubio, y le pido disculpas; con excepción de Unidad Popular. Más allá de las diferencias originales, los gobiernos del Frente Amplio no solo han ratificado la línea que en este sentido se ha seguido en el Uruguay, sino que además sin exclusiones, todos y cada uno de los distintos presidentes de la Administración Nacional de Puertos, y todos y cada uno de los ministros de Transporte y Obras Públicas han dicho que el país, en materia de política portuaria, sin ninguna duda está recorriendo el camino correcto. Y por algo no la han rectificado. Ese es un dato objetivo. En ese sentido, el país ha ido variando de un modelo estatista a uno que se conoce como puerto propietario; puerto propietario del patrimonio, propietario de los muelles, propietario de las explanadas, propietario de los espacios físicos, sin embargo, no operador en cuanto al desarrollo de la gestión portuaria. Propietario porque a partir de que el Estado administra los espacios, son los particulares por la vía de los permisos y las concesiones quienes desarrollan las distintas actividades y tareas vinculadas con los servicios a la mercadería, a los buques, a las operaciones de estiba y desestiba. Esto ha redundado en un éxito maravilloso, fantástico, mensurable, que tiene que ver con la notable evolución que a lo largo de los últimos veinte años -diría que más de veinte años- el país ha alcanzado en términos de movimiento de contenedores, de carga general, de graneles, incrementando los tránsitos y los trasbordos. Estos son los hechos, y creo que esos argumentos ratifican el acierto en el que el país ha incurrido, más allá de las diferencias que originalmente tuvimos muchos de nosotros. Creo que se debe tener mucho cuidado de no dar pasos en falso o de no emitir señales que pueden ser equívocas y perforar ese modelo de gestión que tantos beneficios ha reportado. Y en esa perspectiva, la circunstancia de dar a la Administración Nacional de Puertos la autorización para desarrollar tareas comerciales de venta de servicios de dragado, puede ser contraproducente y perjudicial. El ministro nos dijo

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: simplemente quiero agregar algunos elementos al muy contundente alegato que ha realizado el diputado Penadés y que, sin duda, representa las preocupaciones con las que el Partido Nacional llega al análisis de esta disposición -sin ningún sentido ideológico o de exceso de ideologización, y muy lejos

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que más allá la actividad comercial que se autorizaría a la división marítima o división dragados de la Administración Nacional de Puertos, se perseguía el fin de que el organismo tuviera una suerte de ente testigo para que el país no estuviera condicionado por los vaivenes o incertezas que eventualmente pudieran provenir del mercado para acceder a servicios de dragado en condiciones de calidad y precios razonables. Eso es absolutamente relativo. Sin ninguna duda, en la región hay una abundante oferta en servicios de dragado porque se draga, y mucho; naturalmente, dragan los puertos que compiten directamente con Uruguay y dragan las empresas belgas y holandesas que están desarrollando tareas en los distintos canales de acceso, en los diferentes canales marítimos y en las distintas vías navegables. Esta es una realidad. Para abonar el razonamiento de que no queremos aproximarnos a esto con dogmatismos sino a partir del análisis objetivo y racional de la realidad que tenemos entre manos, si el propósito fuera fortalecer lo que ya tenemos por la vía de trasladar las dragas de la Dirección Nacional de Hidrografía a la ANP -está bien-, y si fuera por la vía de modernizar o realizar un adecuado mantenimiento o inversiones en las dragas de succión ya existentes -en la vieja draga 7 y en la vieja draga 9-, creo que sería razonable y prudente. Me parece que no hay que andar dando bandazos en esta discusión ni poniéndose en un extremo o en el otro. Sí creo que hay que definir un equilibrio y un punto medio razonable. Ahora, de allí a incursionar en una inversión como la que el señor diputado Penadés mencionó en cuanto a comprar una draga por US$ 65.000.000 en un momento en que el Gobierno dice que quiere racionalizar y coordinar las inversiones de las empresas públicas, hay una diferencia; US$ 65.000 en la compra de una draga representa bastante más que el valor de la inversión para el Antel Arena -lo digo para tener una referencia-, prácticamente representa un Antel Arena y medio. Esa es la realidad. Por lo tanto, a mí me preocupa el cariz que esto está tomando. Sobre todo me preocupa -quiero agregar un aspecto al debate, no para profundizar en esta sesión- porque el proceso licitatorio que se mencionaba para la compra de la draga presenta algunos aspectos por lo menos dudosos.

Quiero informar a la Cámara que la compra de la draga de US$ 65.000.000 -reitero que no es el momento de profundizar, pero tiene que ver con el tema porque estamos hablando del servicio de dragado- ha sido observada por el Tribunal de Cuentas de la República, no por cuestiones meramente formales, sino por razones que a nosotros nos preocupan mucho. El Tribunal de Cuentas observó esta compra porque la empresa adjudicataria holandesa presentó la garantía de mantenimiento de la oferta fuera de plazo y por haber omitido varias exigencias establecidas en el respectivo pliego de condiciones, que se realizó a los efectos de impulsar el correspondiente llamado a licitación. Además, la comisión asesora de adjudicaciones que actuó en este proceso licitatorio en el ámbito de la ANP consignó -figura en la observación del Tribunal de Cuentas- que la oferta de la empresa que resultó adjudicataria fue presentada fuera del plazo dispuesto por el artículo 67 del Tocaf y que, por lo tanto, no debería ser considerada. Sin embargo, a pesar de los informes técnicos del propio organismo que convocó a la licitación y de la observación del Tribunal de Cuentas, el Gobierno con la ANP -el presidente de la ANP lo anunció cuando compareció a la comisión, avalado por el señor ministro Rossi- resolvió avanzar en el proceso licitatorio y adjudicar de todas maneras. Eso me preocupa. Yo no hago ningún tipo de inferencia, sino que simplemente estoy describiendo hechos, y digo que tienen una entidad relevante con relación a una inversión no menos importante como la que estamos describiendo. De esto nos vamos a ocupar después que pase el presupuesto. Por supuesto que haremos pedidos de informes y demandaremos precisiones a la Administración, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a la Administración Nacional de Puertos. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR ABDALA (Pablo).- Antes de conceder la interrupción al señor diputado Caggiani quiero reafirmar que podemos estar incursionando por un camino equivocado. En la vida, y por supuesto también en la administración de los negocios y asuntos públicos, hay

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que tener objetivos y definir prioridades. Creo que en determinado escenario puede ser muy recomendable tener una gran empresa de dragado, aun dentro del Estado. ¿Eso es compatible con la necesidad de tener una autoridad portuaria fuerte y de que la ANP se convierta en una autoridad portuaria que administre los espacios portuarios, que controle el cumplimiento de las inversiones y concesiones, pero que se limite a eso y establezca un aumento tarifario -como muy bien dijo el diputado Penadés- en materia de proventos portuarios, de uso de puertos y muelles que nos permita ganar competitividad en el marco de la región, en la competencia con Buenos Aires o con el puerto de Río Grande? Todo a la vez no podemos: tarifas competitivas, ser competitivos con Buenos Aires, ser competitivos con los puertos de Brasil, ser competitivos con el puerto de Santos y al mismo tiempo invertir US$ 65.000.000 en una draga y, por lo tanto, montar, estructurar o apuntalar un servicio de dragado de esa magnitud. Reitero que todo no es posible. Hasta ahora -insisto- el país venía recorriendo un camino adecuado en cuanto a racionalizar el presupuesto de la Administración Nacional de Puertos, a asegurarse que las inversiones las hicieran los privados con la supervisión y el control de la ANP, y que esta fuera la autoridad portuaria actuando en consonancia con la Prefectura Nacional Naval como policía marítima y con todo lo que los distintos organismos estatales desarrollan en cuanto a presencia del Estado en el recinto portuario. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Pido disculpas al diputado Caggiani porque se me agotó el tiempo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Carballo. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente… SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede interrumpir el señor diputado Caggiani. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente: a veces se manejan cifras en el aire -sin duda que US$ 65.000.000 es un monto muy importante para un Estado como el uruguayo, sobre todo para la Administración Nacional de Puertos- y al tanteo, y no

se tienen en cuenta los números con respecto a los negocios y recursos de la ANP, una empresa pública que genera ahorros que le permiten hacer inversiones que van en el sentido de mejorar los costos operativos. La Administración Nacional de Puertos todos los años contrata con terceros para hacer el dragado del puerto de Montevideo, de otros puertos y diferentes canales. Por esos servicios que se contratan con terceros, que generalmente son privados -las dragas 7 y 9, que mencionó el diputado preopinante tienen muchos años de mala utilización y poca reinversión-, gasta más de US$ 30.000.000 por año. Por lo tanto, en términos económicos -con una suma muy sencilla-, en dos o tres años se estaría pagando la draga. A través del artículo 380 se unifica el sistema de dragados de la Dirección Nacional de Hidrografía con la Administración Nacional de Puertos y se incorpora una nueva draga de succión muy importante, que no solo va a permitir dragar el puerto de Montevideo, el canal de acceso y todos los puertos existentes en el Uruguay, sino competir en el exterior porque el dragado es un servicio que cada vez tiene mayor requerimiento y necesita de más equipamiento. Creo que eso también le va a permitir a la ANP obtener mayores recursos. Por lo tanto, esta es una discusión interesante porque también tiene que ver con la concepción del Estado que queremos. Yo prefiero tener un Estado más fuerte, con capacidad de invertir, y sobre todo generar menos costos operativos, ser más eficiente, así como que esos costos se puedan transferir a las tarifas portuarias y permitan competir con otras empresas para tener más recursos. En realidad, esto es un círculo virtuoso. Me parece importante que demos este paso. Si bien con el artículo 380 no estamos discutiendo la compra de la draga, hace a un posicionamiento que tiene la ANP como empresa portuaria para poder prestar servicios. Muchas gracias, señor gracias, señor diputado. presidente; muchas,

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Carballo, a quien le restan siete minutos de su tiempo. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: con la comisión hemos tenido la oportunidad de

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recorrer muchos puertos del país y conocer de primera mano las opiniones de los diferentes actores en este rubro en particular. A veces es difícil delimitar cuándo un dragado es una inversión y cuándo se convierte en un gasto, porque una vez que se comienzan a hacer los trabajos, si es que se quiere seguir manteniendo esos recursos para contar con los instrumentos necesarios para sacar la producción de nuestro país, hay que seguir invirtiendo. Hay que hacer ese tipo de trabajos en los puertos de Nueva Palmira, Fray Bentos y Montevideo, en el canal Martín García y en un conjunto de lugares. Entendemos que las inversiones pueden llamar mucho la atención desde el punto de vista de su monto, como bien decía hace un momento el señor diputado Caggiani, pero para que tengan una idea, en el puerto de Montevideo, en materia de dragado, estamos gastando US$ 400.000 por semana. Por lo que se ha trasmitido en la comisión, coincidimos en que la ANP dé un paso importante en la compra de una draga. Defendemos esa postura porque sin duda significa darle mayores instrumentos en procura de seguir fortaleciendo la gestión y bajar los costos de dragado en nuestro país. Entendemos que es necesario el fortalecimiento de la gestión e ir unificando todos los instrumentos y las herramientas en un solo organismo. Por eso, cuando se habla del pase de las herramientas que tiene la Dirección Nacional de Hidrografía a la ANP, nos parece un avance muy importante. No olvidemos que estamos hablando de embarcaciones que hace cuarenta años están funcionando y siguen trabajando. Creo que es un muy buen anuncio el que ha hecho la ANP en cuanto a incorporar una nueva draga para desarrollar los trabajos en nuestro país, de modo de seguir fortaleciendo todos los instrumentos necesarios para que Uruguay se siga abriendo al mundo y continúe sacando su producción de la mejor manera. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pozzi. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: no tengo ningún empacho en reconocer algunos aspectos que se plantearon en esta sesión. Evidentemente, el puerto que hoy tenemos funcionando no es igual en cuanto a su eficiencia ni a su forma que el puerto que había hace veinte o

treinta años; ha cambiado radicalmente. Cambió, fundamentalmente, desde la aparición masiva de la computadora, que fue lo que permitió que el contenedor pudiera desarrollarse. Con el tráfico que hay en el mundo, si no hubiera un sistema computarizado mundial sería imposible saber adónde va cada contenedor y cómo vuelve. Creo que la aparición masiva del contenedor, conjuntamente con el desarrollo de la informática, fue lo que permitió transformar el comercio mundial en forma radical. El contenedor, entre otras cosas, ha mejorado la productividad de todos los puertos del mundo. Estos puertos que hoy vemos en Montevideo y en Nueva Palmira son los mismos que podemos ver en cualquier parte del mundo. No hay nada diferente, nada que podamos envidiar a otros puertos del mundo, salvo la cantidad de carga que se desarrolla por ahí. Uno podría plantearse si el Estado uruguayo podría haber administrado eso. En realidad, el Estado podría haberlo hecho, pero se eligió un camino diferente; hace algún tiempo se firmaron contratos con otras empresas. Esta es la realidad que tenemos y no la vamos a cambiar. Los espacios están licitados, los contratos están hechos y el puerto es lo que es. Y es un puerto que funciona bien; podría funcionar mucho mejor, pero tiene carga, mueve gente. Uno lo puede ver cada vez que anda por la aduana. En ese marco tenemos esta discusión por el dragado. Podemos cuestionar si tenemos que dar la posibilidad de que el dragado tenga una actividad comercial. Me parece que está bien. Si mañana a la ANP le sobra capacidad de dragado y la puede vender en alguna parte -ahora no lo puede hacer- no me parece que esté mal. No digo que vayamos a competir en el dragado con alguna otra empresa en el mundo, pero cuando uno estudia este tema resulta que las grandes empresas dragadoras en el mundo son solo tres o cuatro: están los belgas, los chinos, los holandeses y no sé si hay alguno más. Las mismas dragas que uno ve acá después las ve en el Canal de Panamá. Esos son los grandes dragadores del mundo. Nosotros no vamos a competir con ellos. Es imposible competir con esa gente, pero capaz que un día nos sobra una draga, porque todo está al nivel que debe estar, y es posible vender el servicio a alguien. No sé por qué tendríamos que negarnos esa posibilidad.

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Uruguay cuenta con dos dragas en calidad operativa: la draga 7 -como bien decía el señor diputado Abdala- y la draga 9. Esta es una draga medio experimental que estuvo parada un montón de años, porque no se conseguía un pistón para su motor. Uno patea una piedra y encuentra un pistón. Sin embargo, para esta draga no se encontraba el pistón adecuado. Por eso estuvo parada. Luego se logró arreglarla y hoy está cumpliendo servicios sin problema. La draga 7 tiene más de cuarenta años. Es excelente y sigue dragando. Hay que tener en cuenta que un barco dura veinticinco años; después empieza a costar más mantenerlo que hacerlo andar. No es solo cambiar piezas; las chapas se pudren y hay que cambiarlas, se mueve el casco, empieza a aflojarse, las puertas no cierran. Le pasa un montón de cosas. En nuestro país se los sigue haciendo andar y se los lleva a dragar a lugares difíciles. El barco es muy bueno, pero tiene más de cuarenta años. Debemos tener eso presente a la hora de sacar nuestras cuentas. En cierta forma, Uruguay necesita independencia en el dragado. Es cierto que se puede contratar. De hecho, la ANP gasta por año US$ 30.000.000, US$ 40.000.000 o US$ 50.000.000 en dragar el puerto de Montevideo. Eso es lo que contrata por fuera, además de sus dragas. Es cierto que se puede contratar, pero también es cierto que cuando las empresas dragadoras tienen grandes obras en otras partes del mundo y concentran todas sus flotas, no hay dragas disponibles. Y si nuestro puerto tiene un problema menos que el puerto de Buenos Aires, pero lo tiene y es que se aterra con facilidad, constantemente hay que sacar barro para que pueda tener el calado suficiente. Ahí es donde entra el planteo de las dragas nuevas. Como decía, las dragas que están hoy al servicio están fuera de cualquier cuestión comercial. Funcionan, porque acá hacemos andar cualquier cosa, pero si consideramos la relación costo beneficio ya están pasadas. Hay que tener un barco nuevo. Por supuesto, a cualquiera le asombra y a mí también -más a quienes no están en este tema-, que una draga cueste US$ 65.000.000. Lo que ocurre es que las dragas son barcos complejos. No son barcos sencillos de hacer. Tienen complejidades; salvo los barcos caseros, que son los más complejos del

mundo, las dragas son barcos que tienen cierta complejidad en cuanto a la mecánica y, sobre todo, en cuanto a su sistema de navegación. Uno tiene que saber lo que está sacando de abajo y cómo queda. Son barcos caros. Además, estamos hablando de comprar un barco cero kilómetro. Creo que demoran un año y medio o dos en hacerlo, si es que se hace; vamos a ver. Confieso que el tema de la draga ha tenido muchas idas y vueltas. ¡Ojalá que se haga! Me encantaría que se comprara la draga y que funcionara. Veremos qué es lo que sucede. En la medida en que eso suceda, no me parece que tengamos que cercenarnos la posibilidad de vender servicios de dragado, si tenemos disponibilidad para vender en otro lado. ¿Qué es lo que pasa? Tenemos que asegurar que nuestro puerto de Montevideo -el puerto de aguas profundas va para largo- tenga el calado suficiente para recibir los barcos que vienen. Y no solo el de Montevideo, sino también los de Nueva Palmira, Fray Bentos, Paysandú y Salto. El puerto de Paysandú tiene cierto tráfico marítimo; antes no había nada y ahora hay un barco, Provincias Unidas, que hace el recorrido entre Montevideo y Paysandú dos veces por semana llevando y trayendo contenedores. El puerto de La Paloma, del que se sacan palos, está totalmente anegado de arena y hay que dragarlo; la última vez que lo hicimos con la Draga D7 doblamos los dos timones de tanta arena que había. Pero hay que hacerlo porque ahora hay un barco mercante operando en ese puerto y podría ser la punta de lanza de otros mercantes que puedan parar en La Paloma como puerto de recalada antes de llegar a Montevideo. Además, hay que mantener al puerto de Montevideo en las profundidades que corresponde. No estamos diciendo que haya que dragar el puerto a 16 metros, que son cosas que se escuchan a veces; no. Si se analizan las órdenes de compra de barcos en los astilleros del mundo -hay señores diputados que investigan mucho más que uno- sabrán que la mayoría de los barcos que se está mandando construir, que van a durar 25 años, calan 12,5 metros, 13 metros a reventar. Por supuesto, hay megabarcos que van a calar a 16 metros, pero son pocos los que se manda construir. Los barcos que vienen requieren la profundidad que el puerto de Montevideo debe tener. Si todo el

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puerto y los canales de acceso estuvieran a 14 metros para tener luz suficiente sería fabuloso, pero esos 12,5 metros o 13 deben estar dragados permanentemente. No quiero debatir sobre costos, pero no sé si sacar barro con los privados cuesta más que con las dragas de la Administración Nacional de Puertos, y no estoy tan seguro de que sea más barato dragar con privados que con la ANP. Estoy hablando del costo de metro cúbico de barro, porque en definitiva hay que sacar la cuenta así. Estamos gastando plata para sacar barro. Realmente, nunca me quedó claro si era más barato el servicio contratado que con las dragas propias. Lo que viene del Ministerio de Transporte y Obras Públicas no existe, porque son barcos deteriorados, viejos, pero igual funcionan, como pasa con todo en Uruguay. Por lo tanto, recomiendo aprobar este artículo, y la compra de la draga que será motivo de otra discusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Hay varios anotados. Han llegado a la Mesa recomendaciones de texto de antiguos legisladores, con vasta experiencia en tratamiento de leyes de presupuesto. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

con la inversión del dragado para profundizar el canal de acceso, que es una inversión muy justificada y que está haciendo la ANP en el canal de acceso al puerto de Montevideo y asciende a US$ 22.000.000 para llevarlo a 13 metros; hoy está en 11,6, según lo que nos dijo el ingeniero Díaz cuando vino a la comisión. Otra cosa es el costo por semana que acá se invocó, que no es un costo semanal vinculado al mantenimiento de los calados del puerto. El propio ingeniero Díaz habló de un costo semanal de US$ 400.000 para realizar determinadas obras de dragado que se hicieron en el puerto de Montevideo, concretamente la construcción del muelle C. Esa es una inversión específica y concreta que no tiene que ver con el mantenimiento regular de los calados y la profundización del puerto. Entonces, no podemos mezclar cifras que hacen referencia a conceptos distintos. Repito: se trata de comparar, en términos de mantenimiento, cuáles son las perspectivas, haciendo una secuencia de mediano y largo plazo, al recorrer un camino u otro, que admiten posiciones intermedias. No estoy diciendo que no se haga un adecuado mantenimiento de la flota que tenemos actualmente y que no se invierta para recuperar los bienes de que disponemos a partir de las dragas que hoy son propiedad de la Administración Nacional de Puertos y las que serán transferidas de la Dirección Nacional de Hidrografía, pero reitero que es un tema que nos obliga a tener las prioridades lo más claras y nítidas posible. No veo que la Administración Nacional de Puertos, órgano asesor del Poder Ejecutivo en esta materia, haya llegado a conclusiones definitorias en relación a esto o, por lo menos, excluyentes de cualquier otra alternativa. Creo que habría que ir más despacio, tener prioridades. En vez de invertir US$ 65.000.000 en la compra de una draga se podría mejorar la capacidad física del puerto, invertir en patrimonio público. No estoy diciendo otra cosa que invertir en lo que la Administración Nacional de Puertos ya está haciendo: en profundizar el canal de acceso al puerto, en terminales, en nuevos muelles, en la ampliación de los espacios físicos. El puerto de Montevideo a esta altura no debe tener más de 90 o 100 hectáreas; está quedando chico. Entonces, ¿cuáles son las verdaderas prioridades y dónde debería estar el esfuerzo económico? Creo

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: esta discusión es interesante, por no decir apasionante, pero me parece que a la hora de hablar de costos no tenemos que mezclar costos que, en realidad, están referidos a conceptos distintos. Una cosa es medir el mantenimiento del dragado del puerto de Montevideo, del canal de acceso, de la profundidad del pie del muelle y de la profundización a todos los niveles, según un modelo de gestión directa, por ejemplo, comprando una draga por US$ 65.000.000, y otra es contratar el servicio al sector privado. Preguntamos al respecto al ingeniero Díaz y no dio mayor información. Me quedé preocupado de que es un estudio que ni siquiera la propia Administración Nacional de Puertos ha hecho de manera cabal y completa. Sin embargo, no se puede confundir eso

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que ese es el verdadero debate antes de tomar decisiones sobre bases ciertas y sólidas. No advertí, cuando comparecieron las autoridades a la comisión, que tuvieran demasiado claras las consecuencias de esta decisión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Eduardo Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: por las mismas razones que no votamos los artículos que proyectaban y consolidaban aun más la privatización del puerto, vamos a votar este artículo porque entendemos que va en la dirección de un proyecto que presentamos, que ya está en la Comisión de Transporte y Obras Públicas y tiene que ver con la necesidad de consolidar un sistema de dragado a cargo del Estado. El dragado será otro debate, pero cuando estuvieron los trabajadores de la draga dijeron que una de las dragas que hoy se pretende mantener fue comprada durante el Gobierno de Pacheco Areco y la otra en la dictadura -difícilmente se puede mantener un dragado apropiado con esta maquinaria- y, no obstante, si se comparan los precios -consta en la versión taquigráfica-, es más barato dragar con la draga pública que contratar el servicio. Insisto con que por las mismas razones que no votamos los artículos anteriores vamos a votar esta disposición. Entendemos que va en la dirección que tiene que ir el país, fortaleciendo los recursos y las empresas públicas y, asimismo, recuperando soberanía. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: voy a separar lo que sería conformar una empresa de dragado pública, haciéndome eco de lo que plantearon mis compañeros de partido, referente a una competencia comercial en el eventual dragado del canal Martín García. Me veo en la obligación de comentar qué pasó con el dragado del río Uruguay. Se hizo con dragas uruguayas y hoy tenemos tres pasos y medio ya dragados en ocho meses. En este caso, el problema no eran únicamente los costos sino la oportunidad, porque el dragado del río Uruguay no tiene nada que

ver con el del canal Martín García, y si no se hacía así no se podía concretar. Entonces, hoy tenemos tres pasos y medio dragados y en tres meses más tendremos prontos los cuatro. Además, el río Uruguay contará con una profundidad de 26 pies, lo que permitirá a los barcos salir del puerto de Fray Bentos con treinta mil toneladas. Asimismo, en este presupuesto ya se han votado cincuenta millones por año con destino al Ministerio de Relaciones Exteriores para el mantenimiento, que es el otro tema importante, ya que es muy difícil que una empresa de dragado internacional venga a Uruguay para dragar esos cuatro pasos, y mucho más que venga para su mantenimiento. De todos modos, como separo las cosas, creo que era necesario hacer este comentario. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Semproni. SEÑOR SEMPRONI (Víctor).- Señor presidente: quisiera decir unas palabras, en el mismo sentido que lo expresado por los señores diputados Pozzi y Rubio. En realidad, quiero poner sobre la mesa, como un elemento favorable, que tuve en mis manos y que acerqué al Ministerio, un estudio acerca de la conveniencia de comprar una draga. Dicho informe fue realizado por un compañero nuestro, que es patrón de una de las dragas que, permanentemente, está dragando en el río Uruguay; él aconsejó, considerando que iba a ser una economía para el país, la compra de una draga -siempre que se dispusiera de ella y no se estuviera a la espera de determinadas contrataciones o licitaciones- que generaría utilidades y salarios para trabajadores uruguayos. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Adrián Peña. SEÑOR PEÑA (Adrián).- El Partido Colorado, aunque con algunas reservas, va a votar este artículo. En principio, estamos de acuerdo con el ordenamiento propuesto, a fin de que pase a la ANP todo lo relativo a esta tarea. En realidad, creo que se va por el buen camino.

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Surgieron otros temas, y se habló de la inversión de la nueva draga que, evidentemente, es muy importante. De todos modos, el camino que el gobierno decidió seguir es ese, y nosotros creemos que hay que darle una carta de crédito en ese sentido. Por otra parte, en cuanto a la comparación de los costos entre lo público y lo privado tenemos dudas, porque hay dos bibliotecas. Por lo tanto, creo que todos nos merecemos que se dé esa discusión y que los números se analicen con fineza a fin de tomar decisiones correctas. En realidad, lo que estamos haciendo es autorizar a la administración -lo consideramos correcto-, pero luego hay que tomar las decisiones analizando los costos y discutiendo qué le conviene al Estado uruguayo y al sistema de puertos en su conjunto. Por todo eso, hay que analizar los costos privados y tratar de ser lo más eficientes posible desde lo público. Por tanto, en principio creemos que vamos por el buen camino. Por otra parte -lo digo para tener una referencia-, en Argentina los únicos canales que se dragan a nivel público son aquellos a cuyo dragado se comprometieron como consecuencia de su relación con Uruguay; los demás son dragados por privados. Como dije, creo que esa discusión la debemos dar, pero no tenemos por qué cercenarnos esta herramienta. Por lo tanto, vamos a votar este artículo. SEÑOR VIERA interrupción? (Tabaré).¿Me permite una

nuestras empresas públicas, lo que no quiere decir que todo lo tengan que hacer estas. En ese sentido, creo que es clara la política que en su momento se llevó adelante con respecto a la playa de contendores, ya que le dio un dinamismo y reformó nuestro puerto de Montevideo. En realidad, por el remate -aprovechamos a recordarlo- que se adjudicó el 27 de julio de 2001, durante el Gobierno de nuestro partido, del doctor Batlle -tan criticado en su momento, inclusive, cuando el exsenador Enrique Rubio interpeló al entonces ministro de Transporte y Obras Públicas, Lucio Cáceres y se dijeron tantas cosas- se obtuvieron US$ 17.000.000, que se utilizaron para hacer escuelas y dinamizar el puerto. Por lo tanto, al igual que en aquel entonces, creo que permitir que nuestras empresas públicas, que la administración pública, como la ANP, tengan posibilidades de participar, de mejorar y de ser eficientes es positivo. Sin duda, lo podemos hacer, tal como ya se hizo con las telecomunicaciones. En realidad, en su momento nos opusimos a su privatización, y posteriormente se produjo una gran transformación en ese rubro a partir de Antel. En ese sentido, creo que está bien que la ANP tenga a su cargo una unidad de negocios, como el dragado, e inclusive, que haya anunciado nuevas inversiones, porque si solo le pasamos la chatarra de otra oficina del Estado, la condenaríamos al fracaso. Es por ese motivo que me parece muy bien que se le dé esta carta de crédito, ya que el Estado puede ser eficiente, y apostamos a ello. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Peña. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: solo quiero hacer referencia a un aspecto que quizás no sea objetivo, pero es importante a la hora de tomar decisiones. En realidad, un amigo siempre me decía que si uno toma una decisión muy pensada, muy racional, y después siente que no fue bien tomada, en definitiva, puede decirse que fue una mala decisión. Entonces, gracias a la Comisión de Transporte y Obras Públicas -que recorrió muchos lugares-

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: tal como anunció el señor diputado Peña, vamos a votar este artículo. Creo que es importante seguir prestando atención y definiendo políticas para mejorar la situación de operabilidad de nuestros puertos, particularmente el de Montevideo. En realidad, creo que el Estado puede ser eficiente y, sobre todo,

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hablamos con mucha gente involucrada en el tema, lo que constituye un aporte sustancial. Asimismo, he visto a trabajadores muy comprometidos con este tema, lo que es un elemento muy importante, ya que son los que pueden hacer la diferencia. En ese sentido, recibimos al sindicato de trabajadores de las dragas y pudimos advertir que tenían la camiseta puesta y muchas ganas de comprometerse y seguir adelante, lo que es muy importante a la hora de procesar cambios o mejoras a nivel institucional, y ni qué hablar a nivel del Estado. Lo mismo nos pasó con los empleados portuarios, que nos manifestaron su preocupación de que las dragas de la Dirección Nacional de Hidrografía pasen a la ANP, pero su preocupación se debía a están comprometidos con los buenos resultados de la gestión. En realidad, para nosotros ese es un dato muy importante a la hora de tomar una decisión, y por eso -como dijo el señor diputado Viera- nos parece interesante firmar esta carta de crédito. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el Partido Independiente va a acompañar este artículo, pero no exento de dudas porque creo que lo que plantea el Poder Ejecutivo, la Administración Nacional de Puertos, es un desafío. El Estado, en realidad, muchas veces no es un buen gestor en actividades que, normalmente, hacen mejor los privados. De todos modos, creo que hay justificativos notorios para ello. Además, hay alguna experiencia reciente, como la que mencionó el señor diputado Lafluf que, por cierto, abona la idea de que esta decisión puede potenciar las posibilidades de la Administración Nacional de Puertos, no pensando en la eventual prestación de servicios en otros ámbitos, pero sí en los puertos de la República, y allí hay una razón que bien fundamenta una decisión de esta naturaleza. Por lo tanto, el Partido Independiente va a acompañar este artículo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota) ——Sesenta y tres en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 388. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y uno en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 390. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 391. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 394. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor presidente: el presupuesto prevé para la Dirección de Vialidad US$ 190.000.000 por año. Son, básicamente, US$ 950.000.000 en el período. Como en el presupuesto no están previstos fondos para el repago de las obras de PPP, debemos pensar que esos fondos van a salir del presupuesto de vialidad. Es muy posible que sean varias decenas de millones de dólares; unos US$ 50.000.000 o US$ 60.000.000 por año para el pago de las PPP. Por tanto, la inversión a realizar en la Dirección de Vialidad sería aún menor que la prevista. Si para la Dirección de Vialidad están previstos unos US$ 950.000.000 para obras y sin sacar estos números tenemos en cuenta que en la órbita de la CVU está proyectado entre US$ 500.000.000 y US$ 600.000.000 y una inversión en la modalidad de

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participación público privada de US$ 740.000.000, estaríamos hablando de una inversión aproximada de US$ 2.300.000.000 en el período. Estudios serios como, por ejemplo, el Centro de Estudios de la Cámara de la Construcción, estiman un rezago 2000-2014 de US$ 2.527.000.000. Si esta planificación se cumple en su totalidad, no abarcaría el rezago 2000-2014, sin contar el período 2015-2019. Cuando el ministro vino a la comisión, señaló que con fondos propios vialidad podría hacer unos 130 kilómetros de rutas nuevas, lo que sería insuficiente para la demanda existente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Desde la Presidencia hemos cometido un error, ya que el artículo 393 no fue votado oportunamente. En discusión el artículo 393. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).-Señor presidente: una vez más, lamentablemente, el Poder Ejecutivo y en especial el Ministerio de Transporte y Obras Públicas no remitió a consideración del Parlamento el plan quinquenal de obra pública, como tradicionalmente se hacía. Cuando se presentaba el presupuesto, venía el plan de obra pública y la Comisión de Presupuestos lo derivaba a la Comisión de Transporte y Obras Públicas para que esta lo estudiara y luego informara en la Comisión de Presupuestos para que fuera aprobado o rechazado. Tanto es así que cuando se crea el Ministerio de Vivienda y se vota la ley de vivienda se establece que ese mecanismo es el que se debe realizar. Es en ese marco, entonces, que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente envió su informe y en poco tiempo más estaremos discutiendo el plan de obra de esa Cartera. Pero, en cambio, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas no incluyó su plan. Como consecuencia de que no lo hizo, el Partido Nacional, contando con la generosidad y la aceptación de todas las bancadas, especialmente la del partido de gobierno, que una vez más agradecemos, tuvo la iniciativa de establecer este artículo. El señor diputado Jorge Gandini explicó en la Comisión –él y la colega Irene Caballero redactaron este artículo- la obligación de que tiene el Poder Ejecutivo de remitir a consideración de la Asamblea General, para su aprobación, dentro del primer año de gobierno y simultáneamente con el presupuesto nacional, el plan quinquenal de obra pública. En este artículo se establece la obligación que nos permitirá conocer, concomitantemente con las partidas que se están votando, cual es el destino de ese dinero. Una de las cosas que no sabemos es qué respuesta de obra pública tienen las partidas que se han votado, tanto en el articulado como en el planillado. Eso, para los diputados del interior del país, que es donde fuertemente el Ministerio de Transporte y Obras Públicas realiza inversión, genera una duda que ocasionará que insistan, con razón, en conocer si las necesidades de sus departamentos, expuestas por los distintos candidatos a la Presidencia de la República durante la campaña electoral, están contenidas en el plan quinquenal de obra pública.

SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: vamos a acompañar este artículo, pero proponemos que se vote eliminando el último párrafo, donde dice: “La Dirección Nacional de Arquitectura podrá crear un registro de personal en el cual se incluyan a aquellos trabajadores eventuales que se hayan desempeñado satisfactoriamente bajo este régimen de contratación, otorgándoles prioridad para ser nuevamente contratados como personal eventual”. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 393, con la exclusión del último inciso al cual se dio lectura. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 399. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en ochenta y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 400. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra.

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El artículo 400 se incorpora con el objetivo de que anualmente, a partir de la próxima rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, remita al Parlamento para su aprobación el avance físico y financiero del plan de inversiones, con las eventuales correcciones, modificaciones y justificación de desvíos. Esto nos parece muy importante y es por lo que vamos a votar dicho artículo. Adelanto que varios señores representantes harán uso de la palabra en la discusión de este artículo, producto de que muchas de las inquietudes que tenían respecto al plan quinquenal no fueron respondidas, y este no se conoce. Analizarán, dentro del artículo 400, el plan de obra pública, referido a la construcción de rutas y los famosos US$ 12.000.000.000 que el Gobierno ha anunciado se invertirán a través de la modalidad de PPP. Reconocemos el espíritu de la bancada del partido de gobierno de establecer por ley la obligación de que el Poder Ejecutivo remita en el futuro, tanto en las rendiciones de cuentas como en el próximo presupuesto quinquenal -para quien gane las elecciones-, el plan de obras con el que pretende cumplir con sus compromisos electorales y, esencialmente, el dinero que ejecutará y que estamos votando para el presupuesto nacional. Es cuanto queríamos decir. Muchas gracias.

Del señor Representante Amin Niffouri, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Núñez. Del señor Representante Daniel Placeres, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Claudia de los Santos. Del señor Representante Gerardo Amarilla, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Laura Tassano. Del señor Representante Sergio Mier, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Gabriel Duche. Licencia por enfermedad, literal A) del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Walter De León, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Tabaré Laca. Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N 17.827: Del señor Representante Carlos Rodríguez Gálvez, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Ilda Sironi Mattos. De la señora Representante Mercedes Santalla, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Viera”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y ocho en noventa: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva

31.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante José Andrés Arocena, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Valeria Moreira Arroqui.

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autorizar licencia por motivos personales, para el día 14 de octubre. Sin más, saluda atentamente, JOSÉ ANDRÉS AROCENA Representante por Florida”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Arturo López”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Jimena Nogueira Portillo”. Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Mauro Guzmán Benítez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015.

II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Arturo López, Jimena Nogueira y Mauro Guzmán Benítez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Arturo López, Jimena Nogueira y Mauro Guzmán Benítez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6262, del Lema Partido Nacional, señora Valeria Moreira Arroqui. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales para el día 14 de octubre del presente año. Atentamente, AMIN NIFFOURI Representante por Canelones”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en conocimiento que, por esta única

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vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto. Sin otro particular, saludo atentamente, Juan Alfonso Lereté”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto. Sin otro particular, saludo atentamente, Rosa Imoda”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto. Sin otro particular, saludo atentamente, Adrián González”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto. Sin otro particular, saludo atentamente, María del Carmen Suárez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Amin Niffouri. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes

siguientes señores Juan Alfonso Lereté Torres, Rosa Imoda, Adrián González y María del Carmen Suárez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Amin Niffouri, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Juan Alfonso Lereté Torres, Rosa Imoda, Adrián González y María del Carmen Suárez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 400, del Lema Partido Nacional, señor José Luis Núñez. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la LeyNº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar licencia por motivos personales, para el día 14 de octubre. Sin más, saluda atentamente, DANIEL PLACERES Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel Placeres. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del

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artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel Placeres, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Claudia de los Santos. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a efectos de solicitar licencia por motivos personales por el día 14 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Virginia Fros”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Adán Pimentel”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Miguel González”.

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3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señora Laura Tassano. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales, por el día 14 de octubre, y que se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, SERGIO MIER Representante por Treinta y Tres”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Sergio Mier. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Treinta y Tres, Sergio Mier, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 4090, del Lema Partido Frente Amplio, señor Gabriel Duche. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme el uso de licencia por motivos médicos para los días 14 y 15 de octubre de los corrientes. Sin otro particular, le saluda atentamente, WALTER DE LEÓN Representante por San José”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, del señor Representante por el departamento de San José, Walter De León. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal A) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por enfermedad al señor Representante por el departamento de San José, Walter De León, por los días indicados. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 60910017373, del Lema Partido Frente Amplio, señor Tabaré Laca. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales, por el día 14 de octubre, solicitando se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, CARLOS RODRÍGUEZ GÁLVEZ Representante por Florida”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, Carlos Rodríguez Gálvez. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Florida, Carlos Rodríguez Gálvez, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señora Ilda Sironi Mattos. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota remito a usted, la presente solicitud de licencia por motivos personales para el día 14 del corriente, solicitando además se convoque a mi suplente respectivo Mtro. Nicolás Viera. Sin otro particular, le saluda atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del

artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Viera. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

32.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: muchos colegas del interior harán uso de la palabra. Se podría haber evitado esto si al momento de tratar este Inciso en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, el ministro de Transporte y Obras Públicas hubiera concurrido, como era debido, con un plan de obras. El señor ministro de Transporte y Obras Públicas fue a la Comisión y no dijo absolutamente nada de lo que pensaba hacer, ya que fue muy vago en su exposición. En el transcurso de la discusión de este presupuesto hemos advertido con asombro cómo los legisladores del partido de Gobierno podían enumerar todas las obras que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas piensa hacer, mientras que cuando el ministro fue a la Comisión no dijo absolutamente nada. Adviértase que es un ministro que ha tenido un favor presupuestal: en un presupuesto que tiene definiciones para dos años y en el que hay poco para repartir ha sido una de las carteras beneficiadas, así que tendría que haber venido a defender esa plata.

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Sin embargo, vino y no dijo lo que iba a hacer. Ese debate que no pudo haber en la Comisión por no tener un interlocutor que quisiera colaborar, está instalado en la Cámara. Evidentemente, el rezago en la infraestructura amerita no solamente esa inversión, sino otras. Hay mucha esperanza cifrada en las PPP. Queremos dejar algunas constancias. Como legisladores del interior tenemos que hablar de lo que sucede en nuestros departamentos, de las carencias existentes y de los reclamos que son de larga data. Con este artículo esperamos tener certezas a futuro -más allá de que el señor ministro no nos confirmó nada-, en las distintas instancias presupuestales y de rendición de cuentas, acerca de las obras tan ansiadas en el interior del país. En Paysandú se hace imperioso invertir en la construcción de los accesos al puerto, que comienza a tener una actividad que va ganando terreno. Esos accesos al puerto son de competencia del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por más que pasen por dentro de la ciudad. De hecho, el mismo Ministerio, en otros departamentos, ha invertido en accesos al puerto. (Ocupa la Presidencia el señor representante Constante Mendiondo) ——Esa es una obra prioritaria: conectar una ruta nacional con una dependencia nacional, como un puerto. Los accesos al puerto tendrán que integrar este plan quinquenal de obras. La reparación y la reconstrucción de la Ruta Nº 90, desde el empalme de la Ruta Nº 25 hasta Guichón, con algún rulo de acceso a las termas de Almirón, son obras prioritarias. La reconstrucción de la Ruta Nº 26, que viene cobrando vidas todos los años, en una situación muy triste, también lo es. Se trata de la ruta del Mercosur, la que toman los turistas argentinos cuando entran al país para ir hasta Brasil. Es una ruta que no tiene ninguna seguridad, que es altamente transitada y está en pésimo estado. Además, entendemos que el Ministerio tendría que invertir en algún otro tramo más en vías férreas desde Algorta hasta Piedras Coloradas, la capital nacional de la madera. A pocos kilómetros de ahí, en donde otrora funcionaba el ferrocarril, también es necesario invertir en vías férreas para aliviar un poco

las rutas del gran tránsito que se ha generado a partir de esta explotación. Señor presidente: hay algunas otras obras para realizar, pero entendemos que las mencionadas son las que el pueblo de Paysandú ha reclamado largamente y las que ansiamos que se integren a la brevedad, con la financiación que sea, en los futuros planes de obra y en las futuras ejecuciones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Juan José Olaizola. SEÑOR OLAIZOLA (Juan José).- Señor Presidente: comparto lo manifestado por los señores diputados preopinantes en el sentido de que en la comparecencia del señor ministro a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda también esperábamos la presentación de un plan de obras. También queremos decir que agradecemos la buena voluntad de los diputados del partido de gobierno de incluir el artículo 400 en el presupuesto, que permite que en el primer año la Asamblea General reciba un plan de obras quinquenal con el detalle de todo lo que se va a hacer en el período en esta materia. Quisiera referirme puntualmente a los anuncios del Gobierno en materia de obras, utilizando el instrumento de las PPP, participación público privada. Sin duda, creemos que se trata de la mayor privatización de obra pública que conoce nuestro país, por los montos y por lo ambicioso de los planes. Si bien ha trascendido la realización de algunas obras, nos gustaría disponer de información técnico económica, plazos y condiciones del repago de las obras a ejecutar en esta modalidad. No se trata de aspectos menores porque estamos hablando de compromisos que asume el Estado, que se generan en este período pero que van a asumir distintos gobiernos en los próximos veinte o veinticinco años, de acuerdo con los plazos que se arreglen para este tipo de obras. Además, hay que tener en cuenta que, por lo general, los privados consiguen dinero a tasas sustancialmente más altas que las que consiguen los Estados. Pensamos que habría sido bueno que nuestro país hubiese explorado la posibilidad de conseguir préstamos internacionales a nivel estatal, por ejemplo a través de algunas líneas de crédito de

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organismos como el Banco Interamericano de Desarrollo. Estas líneas tienen un costo sensiblemente menor que el dinero que, como decíamos, obtienen los privados. Decimos esto porque es un tema que ha sido muy manido, ha tenido mucha prensa y ha generado gran expectativa. Se trata de obras de una necesidad evidente. Por lo tanto, nos parecía importante dejar constancia de que es necesario que recibamos información a la brevedad posible. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR OLAIZOLA diputado. (Juan José).Sí, señor

doble vía de la Ruta Nº 3, desde la radial -como la llamamos nosotros desde la Ruta Nº 1- hasta la ciudad de San José. Entendemos que esto es de una necesidad imperiosa. Se trata de 26 kilómetros que unen a muchísimos departamentos, que forman un cuello de botella donde se hace imposible el tránsito. Lo hemos planteado aquí y esperemos que esté incluido en este plan quinquenal de infraestructura vial. Entendemos que hay más cosas necesarias para el departamento, por ejemplo, lo que tiene que ver con infraestructura deportiva, pero no nos queremos extender porque hay muchos compañeros diputados que quieren hacer uso de la palabra. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede continuar el señor diputado Olaizola. SEÑOR OLAIZOLA presidente… (Juan José).Señor

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Señor presidente: queremos dejar constancia de algunas de las obras que entendemos deberían incluir infraestructura vial en nuestro departamento de San José, porque son muy necesarias y al respecto se han hecho planteamientos en esta Cámara durante los dos períodos anteriores por diferentes diputados del departamento. Algunas fueron prometidas en la campaña electoral por el hoy presidente de la República, por su fuerza política en el departamento y también por los candidatos de todas las fuerzas políticas. Es necesaria una rotonda en las Rutas Nº 1 y Nº 11, al ingreso a la ciudad de Ecilda Paullier, y una rotonda en la Ruta Nº 1 en la entrada a camino Mauricio. También se requiere un bypass en Ecilda Paullier. Hoy la Ruta Nº 11 pasa por el medio de la ciudad y ha aumentado mucho el tránsito, por lo que muchísimos vecinos han hecho un pedido en ese sentido, y también el Municipio de Ecilda Paullier. Entendemos que también debe haber una mejora muy importante en la Ruta Nº 23, que es una ruta de ingreso del turismo argentino. Por allí ingresan muchísimos vehículos, fundamentalmente en verano, y también hay un importante tránsito de camiones para las plantas de celulosa. Algo muy reclamado por toda la ciudadanía de nuestro departamento y por todas las fuerzas políticas es el mejoramiento de la Ruta Nº 45, desde la ciudad de Libertad a la ciudad de Rodríguez, y el ensanche o

SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR OLAIZOLA diputado. (Juan José).Sí, señor

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Señor presidente: quiero reiterar los comentarios que se hicieron por otros diputados en cuanto a que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas no trajo la planilla de obras, que es el compromiso que asume, fundamentalmente con el interior del departamento. Esperemos que en lo que queda de esta instancia presupuestal, quizás durante el tratamiento en el Senado, pueda aparecer ese plan de obras que, repito, es lo que nos da garantías de qué obras se van a ejecutar en cada departamento. Como todos sabrán, a los diputados del interior los vecinos nos preguntan qué obra está incluida. En el caso de Durazno, hay dos o tres problemas recurrentes. Uno es el de los puentes sobre el arroyo Agua Sucia y el río Yí, en Sarandí del Yí, donde cada vez que hay una lluvia de no mucha intensidad esta localidad queda aislada, y la pavimentación o el mantenimiento de un tramo de la Ruta Nº 6 y de la Ruta Nº 19, que corresponden al Ministerio de

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Transporte y Obras Públicas urgentemente una mejora.

y

necesitan

Vemos con preocupación que en el presupuesto pasado salieron de la órbita del Ministerio de Transporte y Obras Públicas dos programas, el 370 y 371, que eran el plan de mantenimiento vial y el plan forestal, que ahora pasan a depender directamente de Presidencia, con lo cual el Ministerio deja de tener injerencia en la coordinación del mantenimiento de esa caminería con los Gobiernos departamentales. No sabemos si Presidencia tendrá la logística, tanto de técnicos como de camionetas para hacer los controles y el seguimiento de esos mantenimientos. Otro punto que vemos con preocupación es que las partidas del Ministerio para caminería disminuyen notoriamente, y se debería detallar dónde se van a ejecutar. Lo mismo ocurre con los puentes. Por ejemplo, para este año se han destinado $ 400.000.000 y para el año que viene $ 70.000.000 para terminar puentes en el departamento de Montevideo y un puente muy chico en Lavalleja, pero no hay previsto más dinero. En cambio, se asigna una partida importante para el mantenimiento del programa que, sin duda, es para ejecutar caminería, pero es de libre disponibilidad del Ministerio. El señor ministro no tiene el compromiso de decir previamente qué se va a hacer con ese dinero, y creo que es como darle un cheque en blanco. Por lo tanto, esperamos que a la brevedad el Ministerio pueda alcanzarnos esos datos y así tener un panorama más claro de qué es lo que va a ejecutar con sus partidas. Gracias, señor presidente. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Ha finalizado el tiempo de que disponía el orador. Tiene la palabra la señora diputada Elisabeth Arrieta. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: con respecto al fondo de este artículo, para abreviar voy a hacer mías las palabras que el señor diputado Penadés vertió cuando comenzó la discusión de este artículo, porque su explicación fue absolutamente clara y contundente.

En cuanto a plantear las necesidades de los distintos departamentos, vamos a pasar directamente al listado de aspiraciones y necesidades para el departamento de Maldonado. En oportunidad en que la Comisión de Transporte y Obras Públicas de esta Cámara visitó nuestro departamento se trabajó de manera muy interesante y muchos de estos temas fueron planteados. Por ejemplo, ha surgido -se reitera- la necesidad de contar con un puerto de cruceros en las costas de Maldonado. Actualmente, durante el verano llega un promedio anual de cien cruceros, algunos de los cuales traen entre dos mil y tres mil pasajeros, más la tripulación que, en caso de necesitar o desear desembarcar, lo tienen que hacer por medio de las llamadas ténderes o lanchas de desembarco. Ha ocurrido que luego del desembarque y de realizar los paseos ha habido cambios en el mar o en las condiciones climáticas, y los pasajeros y los tripulantes no han podido volver a los buques en esas embarcaciones. En algunos casos se los ha tenido que trasladar en ómnibus hasta el puerto de Buenos Aires para volver a embarcar en el crucero. Tanto las compañías de cruceros como quienes vivimos en el departamento, trabajan en él o son operadores turísticos han planteado claramente esta dificultad. Nosotros hemos presentado un artículo aditivo que tiene la intención de promover que comiencen los estudios de factibilidad, pero lo veremos en su momento. Entendemos que es nuestra obligación plantear que es aspiración del departamento de Maldonado comenzar a caminar hacia la concreción de un puerto de cruceros. Otro tema de interés es la necesidad de algunas pequeñas obras de infraestructura en la Isla de Lobos con el fin de concretar un circuito turístico. Esto ya fue planteado a autoridades de la Dinara, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la Dirección Nacional de Hidrografía y del Ministerio de Turismo, y es promovido desde la Intendencia con mucho interés. La propuesta ha sido muy bien recibida en los distintos Ministerios. (Murmullos) ——Señor presidente: solicito que me ampare en el uso de la palabra. (Murmullos.- Campana de orden)

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SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Señores diputados: ocupen sus bancas, por favor. Puede continuar la señora diputada Arrieta. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Gracias, señor presidente. Decíamos que esta propuesta ha sido muy bien recibida, y queremos destacar que la idea es que se hagan visitas guiadas, absolutamente controladas, sin que particulares, por cuenta propia, puedan llegar con embarcaciones o yates deportivos a la isla. Se trataría de visitas guiadas, con el asesoramiento de oceanógrafos o biólogos marinos y con el control estricto de las autoridades de los Ministerios que hemos mencionado y, por supuesto, de la Prefectura Nacional Naval. Las obras de infraestructura necesarias son pequeñas. Se trata de reparar un muelle y una pasarela, lo que permitirá que las visitas se puedan hacer bajo absoluto control, ya que se trata de una reserva de características únicas en el mundo -al menos muy especiales-, y la idea es que pueda ser disfrutada y compartida en forma ordenada y controlada. También vemos necesario acondicionar el edificio del aeropuerto de Laguna del Sauce. Se ha llegado hasta el colmo de acomodar algunas macetas con plantas porque hay lugares donde se llueve. Si bien sabemos que el aeropuerto fue cedido en concesión a un privado, nos parece que es importante que el Ministerio ejerza los controles correspondientes, así como el estudio de las tarifas de tasas de embarque, que son bastante más altas que las del aeropuerto de Carrasco. Otra de las aspiraciones es la ampliación de amarras en el puerto de Punta del Este. Si bien se ha hecho alguna ampliación, vemos necesario agregar unas sesenta o setenta amarras. Con respecto a las rutas, solicitamos al Ministerio de Transporte y Obras Públicas el mantenimiento de la Ruta N° 12 en toda su extensión, desde la ruta Interbalnearia hasta el límite con el departamento de Lavalleja. En el Municipio de Maldonado -destaco que se recorrieron los ocho Municipios del departamento, recogiendo estas inquietudes y propuestas- es

necesario mantener y reparar el camino de Los Ceibos, conocido como ex-Ruta N° 9. En el Municipio de Pan de Azúcar se solicita solucionar en forma segura el llamado cruce peligroso entre la Ruta N° 93 y la Ruta N° 37, con una intervención vial acorde. A nosotros no nos corresponde marcar la solución técnica. Corresponderá a los ingenieros del Ministerio de Transporte y Obras Públicas determinarlo, pero es muy importante la inquietud del Municipio de Pan de Azúcar y del Municipio de Piriápolis en este punto. También se solicita un puente elevado en el Paso Gerona, que habitualmente se inunda cuando hay lluvias copiosas. Asimismo, se solicita un desvío para el tránsito pesado que circula por Ruta N° 60, para que no pase por el centro de la ciudad. En el Municipio de San Carlos las principales inquietudes están en los accesos a la ciudad. Nos referimos a mejorar la intersección de la Ruta N° 9 con la Ruta N° 39 con algún tipo de intervención u otro tipo de rotonda, por ejemplo. Nos referimos al acceso por lo que nosotros llamamos el camino de la cancha de Atenas, que es la principal entrada desde el departamento de Rocha y por el que acceden los turistas y visitantes que vienen desde Brasil. También hay preocupación con respecto a la intersección de la Ruta N° 9 con la Ruta N° 104, siendo necesaria una intervención tipo rotonda u otra solución técnica acorde para ese cruce. También solicitan iluminación en esa intersección. Asimismo, se aspira a completar el tramo de doble vía sobre Ruta N° 39, desde el cruce con la exvía de AFE donde se ha construido una rotonda excelente por parte del Ministerio, y hasta la intersección con Ruta N° 9. En el Municipio de Garzón se solicita la pavimentación del llamado Arco del Sol, que tiene que ver con el turismo regional en la zona este e implica aproximadamente 36 kilómetros, por lo cual se hace bastante difícil de encarar desde el punto de vista departamental; es de interés turístico y está contenido en los planes estratégicos del Ministerio de Turismo. También se solicita una intervención vial, por ejemplo una rotonda con iluminación, en la intersección del camino Sáenz Martínez y la Ruta Nº 9. (Murmullos)

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——En el Municipio de Piriápolis se solicita un plan integral para la Ruta Nº 37, que une Pan de Azúcar y Piriápolis, con atención especial en el tramo que pasa por Pueblo Obrero. Asimismo, se pide la adecuación de la Ruta Nº 10 en el tramo de Punta Colorada hasta la Ruta Nº 93; la iluminación de la Ruta Nº 10 desde el arroyo Tarariras hasta Zanja Honda; la construcción de refugios en paradas y la iluminación sobre la Ruta Nº 93 en la zona de La Capuera y Sauce de Portezuelo; la definición de competencias del murallón de la rambla de Piriápolis; la recuperación de la playa del centro de Piriápolis; la finalización de las obras del puerto de Piriápolis… (Suena timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Ha finalizado su tiempo, señora diputada. Tiene la palabra el señor diputado Felipe Carballo. SEÑOR CARBALLO (Felipe).- Señor presidente: es importante trasmitir que en el transcurso de todo este tiempo en la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas hemos abordado estos temas con la idea de conocer cómo se desarrollan las obras en nuestro país. Debo reconocer que lo hemos hecho -en el acierto o en el error, en la discrepancia o no- con un profundo respeto por cada uno de los compañeros integrantes de esa comisión de los diferentes partidos allí representados. Con esto quiero demostrar que las cosas que hemos estado trasmitiendo han sido resultado del estudio de cada una las obras que en el transcurso de estas últimas semanas y meses se han venido informado por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Pero por sobre todas las cosas hemos tenido oportunidad de leer el mensaje presupuestal, así como las versiones taquigráficas en las que consta lo que hemos hablado y discutido en torno a estos temas. Lo que hemos hecho es un resumen de las afirmaciones que el señor ministro hizo en la Comisión de Presupuestos. En el día de ayer algunos legisladores se mostraban preocupados por el norte del país y afirmamos que el puente sobre el arroyo Cuaró, en la Ruta Nº 30, se va a hacer porque existe un compromiso concreto por parte del Ministerio.

Voy a leer textualmente lo que dijo el ministro Rossi en la comisión. Expresó: “Tenemos, además, algunas líneas especiales de financiamiento que estamos procurando promover. Por ejemplo, estamos adjudicando dos tramos de la Ruta Nº 8, entre Treinta y Tres y Melo, con financiamiento del Focem. Hemos anunciado obras sobre las Rutas Nº 30 y N° 27, que están empezando, con fondos propios, pero hay otro tramo de la Ruta Nº 30 en el que se está haciendo recuperación de la ruta, mejoramiento del acceso a Artigas y puentes sobre los arroyos Cuaró y Tres Cruces, que también van con fondos Focem […]”. Podría seguir enumerando lo que se planteó en la Comisión de Presupuestos y también lo que manifestó el ministro en la Comisión de Transporte, Comunicaciones y Obras Públicas. Tuvimos oportunidad de leer el mensaje que envió el Poder Ejecutivo en toda su introducción y ayer recopilamos la información para trasmitir cuál es nuestra lectura con relación al tema. A eso podemos sumar las áreas programáticas, que también tienen que ver con las obras en infraestructura, transporte, comunicaciones, por lo que hemos afirmado que la prioridad que tiene este Ministerio y este Gobierno son las inversiones, que van en la línea de lo que se ha definido desde hace algún tiempo en cuanto a seguir mejorando las arterias de nuestro país en procura de los elementos necesarios para el desarrollo y para sacar la producción de nuestro Uruguay. Cada $ 3 que se destinan a estas áreas programáticas, $ 2 son utilizados en inversión y $ 1 en gasto. Allí hay una clara definición política de hacia dónde vamos. En ese sentido, pusimos algunos ejemplos: en materia de infraestructura vial, el 87 % se destinará a inversiones y el 13 % a gasto. Lo mismo sucede con el sistema de transporte, en que el 59 % se destinará a inversiones; a la caminería departamental se le adjudicará el 100 % de las inversiones y nada a los gastos. Es decir que hay un nivel de prioridades claro y nos parece importante manifestar nuestra opinión al respecto porque en el transcurso de estos días se ha hecho un fuerte cuestionamiento en este sentido. Fundamentalmente queríamos hacer mención al respeto que nos debemos porque, sin duda, es importante; al menos así nos lo enseñaron a nosotros. Aquí se puede hablar de cualquier tema, pero lo

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primero es estudiar e informarse para estar a la altura y dar una discusión con seriedad y responsabilidad. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Adrián Peña. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: voy a ser breve porque, con todo respeto, si como diputado por Canelones comienzo a repasar cada una de las rutas y puentes y los problemas que tenemos en el departamento -lo hablaba recién con diputados del oficialismo y de nuestra bancada-, no nos iríamos. Voy a hacer alguna consideración general. Se ha dicho que no tenemos un planillado para ir analizando las obras previstas en los diferentes lugares. Realmente, esa ha sido una carencia importante y quiero dejar constancia de nuestra posición en ese sentido. Además, como me comentaron diputados que tienen mucha experiencia y trayectoria, antes venía ese planillado y permitía ir haciendo ajustes; los diputados de diferentes sectores de cada departamento aportaban y se podían hacer algunas correcciones. Entonces, el trabajo en comisión era realmente útil para avanzar en mejoras en cuanto a lo que el Poder Ejecutivo propuso originalmente. Es una pena que eso no figure, pero desde nuestro punto de vista lo más importante con respecto a ese planillado es la certeza que podamos tener en el anunciado y ambicioso plan de inversión en infraestructura. El presidente de la República anunció un plan de más de US$ 12.000.000.000 pero no sabemos exactamente cómo se va a ejecutar ni qué va a incluir. Entonces, la duda es razonable, máxime cuando se prevé que el 36 % de esa inversión se haga con las PPP que, como sabemos, hasta este momento han sido un instrumento novedoso pero muy poco exitoso. Se dice que va a haber modificaciones que las harán más atractivas, pero no hay que olvidar que en el contexto internacional del que hablamos desde hace semanas, desde que se comenzó a tratar el presupuesto, depender de la inversión privada es una interrogante bien importante. El inversor privado va a invertir en estas obras si le interesa, si le sirve y sabemos -estamos esperando en cualquier momento un aumento en las tasas de interés de los Estados Unidos de América- que la inversión está yendo para otro lado. Entonces, habrá que ser muy inteligentes. El ministro

no nos ha respondido cómo va a ser. Reconoció en la comisión que existe la dificultad de que el contexto está cambiando negativamente y a mayor ritmo de lo previsto. Dice que son dificultades que existen y a las que habrá que encontrar una solución. Sabemos que el ministro es muy particular a la hora de responder; no contesta concretamente a nuestras interrogantes y, en realidad, hay un gran signo de interrogación sobre cómo se abordará este plan que, como digo hoy, es un plan de buenas intenciones, ya que ni siquiera tenemos la certeza acerca de qué se va a encargar. Esas cosas son realmente importantes porque tienen que ver con la posibilidad de atacar el déficit de infraestructura del Uruguay. Eso es lo que nuestra bancada quiere dejar planteado como resumen. Creemos que el artículo 400 es un aporte interesante y agradecemos al oficialismo por llevarlo, porque nos va a permitir de aquí en adelante tener insumos que son fundamentales para nuestra tarea. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada Eguiluz. SEÑORA EGUILUZ (Cecilia).- Señor presidente: creo que fue una buena decisión del oficialismo incorporar el artículo 400, que nos da la posibilidad de tener el plan quinquenal dentro de un año. Sin embargo, nos atrasa un año. Todo eso se podría haber discutido ahora; se podrían haber hecho intercambios, incorporaciones y modificaciones. Considero que esto obedece a una realidad: es difícil para el Poder Ejecutivo plantear el plan quinquenal de obras cuando una pata fundamental es la ley de las PPP. Es muy difícil hacer un planteo de esa naturaleza, máxime cuando -además de la noticia de que ha ido al exterior a pedir plata para endeudarnos pero pagar deudas- el ministro dijo al diario El País: “Las obras que se realicen en el marco de la ley de PPP ‘necesitan apoyo financiero y eso es lo que le venimos a pedir al BM; que colabore'”. Si hay algo que no hace el Banco Mundial, específicamente, es colaborar. Más allá de ese concepto y de ese criterio, las PPP representan la privatización de nuestro sistema vial. Y en vez de pedir plata para hacer obras públicas con recursos que podemos conseguir, como decía recién un representante del Partido Nacional, en definitiva se está pidiendo para hacer obras con empresas

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privadas. Nosotros podemos estar a favor o en contra, pero es realmente raro encontrar esto en el tercer Gobierno del Frente Amplio. En definitiva, creemos que el plan quinquenal de obras no fue presentado porque no existe. Hace diez años que nos prometen arreglar las rutas del norte. No voy a mencionarlas todas, pero la Ruta Nº 4 está peor que un camino vecinal; no se puede transitar por ella. Y la Ruta Nº 30, que no es de mi departamento -yo soy de Salto- sino del departamento de Artigas y es un conector importante, no existe como ruta. Asimismo, no puedo decirles lo que es la Ruta Nº 31 ni las vidas que ha cobrado en el correr de estos años. Respecto a todas ellas hubo promesas. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas es el gran ausente en el interior de nuestro país. Reitero: es el gran ausente. Hablo al menos por el norte de nuestro país. Realmente, creemos que con todo esto estamos perdiendo porque va a haber poca inversión, pues se pierden millones de pesos que hasta ahora se podían invertir a través de los fondos para la caminería rural -que se administraban por las Intendencias pero que, en definitiva, se hacían a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas- y porque se pierde un año, ya que ahora tenemos que empezar a contar ese tiempo, cuando el presupuesto quede aprobado; y lo vamos a estar contando cada día. Por lo tanto, me parece importante que los reclamos puntuales que tengan que ver con el estado de nuestras rutas y con la falta de inversiones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas -en mi departamento en estos últimos cinco años se hizo solo una inversión ínfima y hasta el proyecto se hizo a través de la Intendencia- sean tomados en cuenta cuando dicha Secretaría elabore el plan quinquenal de obras. Aspiramos a que lo que manifestamos en sala sea un aporte y una contribución para dicho plan quinquenal. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Mario Ayala Barrios. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: verdaderamente, lo que he escuchado hace un momento es muy fuerte. Que nos digan que se están haciendo arreglos en la Ruta N° 30 realmente es muy fuerte. Además, que nos digan que no tenemos información ni

conocimiento de las cosas, no podemos aceptarlo. La verdad es que desde el 1º de marzo estamos esperando que empiecen los arreglos en dicha ruta. Cuando el presidente de la República asumió el cargo, en su mensaje mencionó como prioridad la Ruta Nº 30. Sin embargo, hace más de siete meses que no se ha movido un balde de material para llenar un pozo de esa ruta. Entonces, no podemos dejar pasar que en este recinto se diga que se están arreglando la Ruta Nº 30 y los accesos a la ciudad de Artigas y pasarlo por alto. Habíamos decidido hacer este planteo cuando llegara el momento de presentar un artículo aditivo relacionado con la Ruta N° 30 pero, realmente, en nombre del pueblo de Artigas no podemos aceptar que se diga que se está arreglando cuando la verdad es que no se está haciendo. No podemos aceptar que en la instancia del presupuesto se plantee el arreglo de la Ruta Nº 30 porque lo que dice el mensaje del Poder Ejecutivo es que los fondos del Focem se van a utilizar para arreglar Ruta Nº 8, desde Treinta y Tres a Melo y que se está estudiando el arreglo de la Ruta Nº 30 con ese fondo. Además, nos tomamos el trabajo de recorrer el camino que se lleva adelante para conseguir los fondos del Focem, y advertimos que ni en la OPP ni el la oficina del Mercosur del Focem hay un solo estudio, pedido o planteo sobre la Ruta Nº 30. Por eso, creemos que no podemos dejar pasar esto. Continuamos confiando en la palabra del presidente de la República, que se comprometió al arreglo de Ruta Nº 30 en toda su extensión y de los puentes sobre Cuaró y Tres Cruces. Solo voy a dar un dato: todos los días van más de cien maestros desde Artigas a Bella Unión, a Gomensoro y a Baltasar Brum para dictar clases, y un mes sí y otro también quedan aislados porque estos dos puentes no dan paso. De manera que si está el compromiso político, si están los recursos para la Ruta Nº 30, no veo cuál sería el motivo para no votar el aditivo que vamos a plantear luego de que se termine de votar el artículo 400 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Edmundo Roselli.

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SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Señor presidente: fui a varias reuniones de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, especialmente cuando concurrió el Ministro de Transporte y Obras Públicas, porque quería escuchar sobre el plan de obras. La verdad es que no hubo plan de obras. Atentamente, el ministro me respondió en el pasillo algunas preguntas, pero no quedé conforme. En Carmelo, departamento de Colonia, hay un solo puente. Por allí pasa mucha producción que va a Nueva Palmira, principal puerto granelero del país; también pasa madera que va a Montes del Plata, la planta de celulosa más grande del Uruguay. Durante la campaña electoral, en todas las ocasiones que fue a Carmelo -la única ciudad fundada por Artigas en el país-, el presidente Tabaré Vázquez prometió solucionar el problema del puente. Lo prometió cuando era candidato y también durante la campaña de los candidatos a intendentes; se ve que querían recuperar Colonia. También hay problemas en los accesos al puerto. Si bien algo le corresponde a la Intendencia, hemos hecho gestiones para que los privados y el Ministerio colaboren. Actualmente, cuando llueve, no puede llegar ningún auto y a los camiones se les complica porque patinan. Debemos tener en cuenta que a Nueva Palmira, por zafra de soja, llegan cuarenta y cinco mil camiones y por zafra de trigo otro tanto. Cada remiendo que le hacen a la Ruta N° 55, al mes está roto. Hace poco volcó un camión parado. El camionero se detuvo para preparar el mate y, cuando volvió, el camión estaba dado vuelta, con palos y todo. Por ahí pasan por día ochocientos camiones con palos. En la Ruta N° 12 también vuelcan camiones cargados de granos. La Ruta N° 57 también tiene problemas. Es decir que son varios los pedidos. Estamos hablando de un departamento que tiene el principal puerto exportador de granos y una empresa como Montes del Plata. Se trata de infraestructura de no muy poca plata. Sin embargo, en los últimos cinco años no se ha hecho nada. SEÑOR MIER interrupción? (Egardo).¿Me permite una

SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: no voy a redundar sobre la incomodidad -por llamarla asíque nos ha generado no saber qué responder a los vecinos de nuestro departamento cuando nos preguntan cuáles son las obras que va a encarar el ministro; realmente, no lo sabemos. Por lo tanto, para no ser menos y que después no me pasen factura, voy a referirme a una sola. El señor presidente de la República, en su pasaje por el pueblo de Santa Clara -ayer fue mencionado en esta sala-, dijo que finalmente en este quinquenio se iba a concretar una larga aspiración de décadas del departamento de Treinta y Tres: la unión de la Ruta N° 7 con la Ruta N° 8. Esto se puede hacer de tres maneras: a través de la Ruta N° 19, del llamado camino del medio o de la Ruta N° 98. Reitero: dijo que esa obra se haría en este quinquenio. Hoy, esa es la única obra de una larga lista de aspiraciones y de necesidades del departamento, sobre las que no sé qué contestar. Como representante de mi pago, quiero dejar esta puntualización. Gracias, señor diputado Roselli. presidente. Gracias, señor

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede continuar el señor diputado Roselli. SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- He finalizado, señor presidente.

33.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Álvaro Dastugue, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Grisel Pereyra. Del señor Representante José Yurramendi, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Myrian Álvez.

SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado.

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Del señor Representante Wilson Aparicio Ezquerra Alonso, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Valentín Rodríguez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y siete: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar la licencia a la sesión del día 14 de octubre, del corriente año por motivos personales Sin otro particular, saluda atentamente, ÁLVARO DASTUGUE Representante por Montevideo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria del día 14 del corriente y proceda a la convocatoria del correspondiente suplente. Sin otro particular, saluda atentamente, Ignacio Estrada”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015.

II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Ignacio Estrada. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Ignacio Estrada. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Grisel Pereyra. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted al efecto de solicitar licencia conforme a lo establecido en la Ley Nº 10.618, en la redacción dada por la Ley Nº 17.827, el día 14 de octubre de 2015, basada en motivos personales. En esta ocasión tendrá la oportunidad de asumir el suplente respectivo. Sin más se despide atentamente, JOSÉ YURRAMENDI PÉREZ Representante por Cerro Largo”.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Pablo Duarte Couto”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Carmen Niria Tort González”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Pablo Collazo”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Laura Sánchez”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted, para informarle que por esta única vez no acepto la convocatoria de la cual he sido objeto ante la solicitud de licencia del Diputado José Francisco Yurramendi Pérez. Sin otro particular, agradezco su atención, quedando a sus apreciables órdenes. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, Sandra Brum”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Cerro Largo, José Yurramendi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Pablo Duarte Couto, Carmen Niria Tort González, Pablo Collazo Bejérez, Laura Sánchez y Sandra Brum. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

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La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Cerro Largo, José Yurramendi, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Pablo Duarte Couto, Carmen Niria Tort González, Pablo Collazo Bejérez, Laura Sánchez y Sandra Brum. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 3, del Lema Partido Nacional, señora Myrian Álvez. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 17.827, solicito licencia por motivos personales, por el día 14 de octubre del 2015. Saluda atentamente, WILSON EZQUERRA Representante por Tacuarembó”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por ésta única vez acepto la convocatoria de la cual fui objeto. Saludo a usted atentamente, Rosario de León”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Wilson Aparicio Ezquerra Alonso. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Juan Antonio Otegui y Rosario De León. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Wilson Aparicio Ezquerra Alonso, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Juan Antonio Otegui y Rosario De León. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5050, del Lema Partido Nacional, señor Valentín Rodríguez. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente quien suscribe, Dr. Juan Antonio Otegui Saralegui – Credencial Cívica TAA 50.023, titular de la cédula de identidad N° 3.738.036-8 – en calidad de primer suplente del Representante Nacional electo por el Departamento de Tacuarembó – Wilson Aparicio Ezquerra Alonso – le comunico que en esta ocasión no acepto la convocatoria de la cual se me ha solicitado. Saludo a usted atentamente, Juan Antonio Otegui”.

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34.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, si no se hace uso de la palabra, se va votar el artículo 400. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. Han llegado a la Mesa tres artículos aditivos. Se pasa a considerar el aditivo que figura en la Hoja N° 33, presentado por el señor diputado Rubio. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Deróguese el artículo 206 de la ley 17.930, de 19 de diciembre 2005, que crea el Servicio Logístico Ferroviario S.A., transfiriendo todo el patrimonio de dicha empresa a la Administración de Ferrocarriles del Estado, recuperando la Carta Orgánica de A.F.E. Las acciones de disolución y liquidación a tomar deberán comenzar dentro de los sesenta días desde la vigencia de la presente ley. Artículo .- Promuévase la reactivación del transporte público ferroviario de carga y de pasajeros en todo el país, así como la rehabilitación de la ‘Estación Central Gral. Artigas’ como terminal de trenes de pasajeros”. ——En discusión. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: hemos propuesto un artículo aditivo referente a un tema que, increíblemente, ha estado ausente del articulado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas: AFE. Lamentablemente, hemos tenido una triste, larga, enredada y a veces dolorosa historia de creación de sociedades anónimas dentro de las empresas públicas, como camino para avanzar en la privatización. En este mismo presupuesto, en la consideración de los últimos artículos, hemos visto que todavía seguimos arrastrando la trágica historia de Pluna, una historia de pérdidas cuantiosas, de corrupción y de procesos. Ese

es un camino probadamente fallido que no debemos seguir recorriendo. (Ocupa la Presidencia el señor representante Alejandro Sánchez) ——El caso de AFE es patético. Luego de planteado su desmantelamiento allá por la década del ochenta -que fue resistido por los trabajadores y sufrido por la gente-, AFE ha sobrevivido todo este tiempo. Ante la reconocida carencia en materia vial -se ha hablado de crisis, de situación crítica, de necesidad de inversiones-, sin duda, la recuperación del transporte ferroviario daría una respuesta económica razonable en todos los términos, por lo sustentable y por lo ambientalmente amigable. Además, el hecho de que esta empresa vuelva a manos del Estado tiene que ver con la soberanía y la recuperación de herramientas fundamentales para la transformación de esta sociedad. Concretamente, proponemos a la Cámara aprobar este aditivo -que tiene alguna carencia en la redacción pero que igual es comprensible-, en el que planteamos derogar el artículo 206 de la Ley N° 17.930, de diciembre de 2005, que encomendó a AFE la creación, junto a la Corporación Nacional para el Desarrollo, del Servicio Logístico Ferroviario S.A. Eso fue en 2005 y la intención era recuperar el transporte de carga. Años después, en 2014, AFE llegó al pico más bajo de transporte de carga de su historia y, por tanto, fracasó. Cuando asumió este Gobierno, hubo una embestida por parte del ministro y el nuevo Directorio de AFE intentando hacer andar los trenes de carga en Servicios Logísticos Ferroviarios, pero la ausencia de maquinistas, que están en AFE, terminó haciendo que la SELF debiera contratar a AFE para poder correr algún tren. En estos últimos días, en una nueva ofensiva, se está presionando a trabajadores de AFE para que pasen a la empresa privada con contratos realmente lamentables. En el primer artículo de esta hoja, proponemos derogar el artículo 206, transferir todo el patrimonio de SELF a AFE y que AFE recupere la plena vigencia de su Carta Orgánica, que sigue vigente y es la que lo mandata y destina como encargado del transporte ferroviario de pasajeros y de carga en todo el país.

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En el segundo artículo, proponemos la reactivación de todo el transporte ferroviario de carga y de pasajeros a lo largo y ancho del país, una necesidad sentida por la gente, y planteamos también recuperar inmediatamente la vieja Estación Central Artigas como terminal de trenes de pasajeros para Montevideo. Asimismo, hemos presentado un proyecto de ley sobre el tema, pero nos parece que este presupuesto sería una muy buena instancia para que nuestro país y nuestro pueblo recuperaran una herramienta imprescindible para mirar el futuro con otra perspectiva. Gracias, presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos aditivos propuestos en la Hoja Nº 33, presentados por el señor diputado Rubio. (Se vota) ——Treinta y dos en ochenta y nueve: NEGATIVA. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

un mensaje en el sentido de que debemos analizar en profundidad el tema del ferrocarril. SEÑORA EGUILUZ (Cecilia).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA EGUILUZ (Cecilia).- Señor presidente: nosotros también hemos decidido acompañar estos artículos por los motivos que mi compañero dijo anteriormente. Además, queremos dejar constancia de que AFE termina siendo el gran dolor de cabeza de las intendencias del interior del país, porque no solamente está ausente en cuanto a su funcionamiento, sino en cuanto a sus bienes, y en todo el interior nos genera grandes problemas, inclusive con los vecinos. AFE es muy rica, tiene un gran patrimonio, y nos preocupan varias versiones que hemos escuchado acerca de que todos sus bienes podrían pasar a ser garantía de algún fideicomiso. Sería bueno que encontráramos otra salida para AFE y no que se terminen dilapidando los bienes millonarios que tiene en nuestro país. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 34, presentado por la señora diputada Elisabeth Arrieta y los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar y Jorge Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Se encomienda al Ministerio de Transporte y Obras Públicas realizar los estudios de factibilidad y proyecto para el establecimiento de un puerto ‘Terminal de Cruceros’ en las costas del departamento de Maldonado, con destino al embarque y desembarque de pasajeros de embarcaciones de cruceros destinados al turismo, más la infraestructura necesaria para prestación de servicios a estos buques. Se deberá estudiar y proponer la forma de financiación de las obras mediante cualquiera de las modalidades previstas por la normativa vigente: fondos públicos, concesión de obra pública, o participación pública-privada, y confeccionar un cronograma estimado para la

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: hemos acompañado estos artículos porque queremos ayudar al oficialismo. Con esta empresa estamos metidos en un brete de difícil salida; así lo ha reconocido el ministro en la comisión. Yo le pregunté si podía darnos datos concretos de cómo estaría operando dentro de un año, y me dijo que también le gustaría saber qué número iba a salir a fin de año. Esa es la certeza del ministro al respecto. Desde el 1 º de julio, en que empezó a funcionar, ha sido un caos, y ahora, inclusive, el sindicato ha presentado una denuncia. Desde hace mucho tiempo hay grandes problemas en lo que tiene que ver con el servicio de trenes, pero creo que es momento de volver atrás y pensar con otra perspectiva, porque esto no va a funcionar y no podemos seguir generando empresas paralelas, que además, escapan al control. No podemos continuar en esa lógica, porque sabemos de antemano que van a ser deficitarias y no van a darnos la solución. Hemos acompañado la iniciativa, porque queremos aportar

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realización de los estudios y proyecto, y la ejecución de las obras”. ——En discusión. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

Habíamos quedado en modificar el artículo 379, y eso quedó pendiente. No sé en qué momento se debe hacer. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Luego de los aditivos, vamos a trabajar en ese artículo. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 34, con las modificaciones propuestas. (Se vota) ——Treinta y siete en noventa: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 35, presentado por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar, Jorge Gandini y Nicolás Olivera. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Las políticas de subsidio implementadas por el Poder Ejecutivo para el sector de actividad constituido por el servicio de transporte colectivo de pasajeros, deberán asegurar la igualdad de tratamiento entre empresas y no podrán determinar diferencias en el supuesto fáctico o jurídico ni en el valor de los subsidios a abonar a las empresas transportistas, en función del ámbito geográfico en el que se preste tal servicio, sea este urbano, metropolitano, departamental o interdepartamental, independientemente del origen de la financiación del subsidio”. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: cuando nos referimos al artículo 400, dimos las razones por las que entendemos que es necesario un puerto de cruceros en Maldonado. En este artículo de la Hoja Nº 34, simplemente proponemos que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas comience los estudios de factibilidad y, en caso de que resulten afirmativos, que se realice el proyecto de ley estudiando y proponiendo la forma de financiación. Nos damos cuenta de que se cometió una omisión. Después de “[…] infraestructura necesaria para prestación de servicios a estos buques”, se agrega: “En caso afirmativo […]”. Esto ha sido planteado en diversos ámbitos, inclusive, al propio ministro Rossi, que ha mostrado interés. Por lo tanto, con este artículo queremos poner a andar, dentro del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, estudios de factibilidad. Luego de esos estudios, en caso afirmativo, se encararán las etapas del proyecto: formas de financiación, cronogramas de obras, de proyectos, y el punto más adecuado surgirá de esos estudios técnicos de factibilidad. Gracias, señor presidente. SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CAGGIANI (Daniel).- Señor presidente: no vamos a acompañar los aditivos y sustitutivos que se proponen, primero, porque recién votamos un artículo 400 que tiene que ver con el plan de obras del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que va a incluir las obras que se van a hacer en el quinquenio. En ese momento, vamos a discutir qué obras son necesarias y, por tanto, consideramos que no deberían votarse las que se pretende incorporar acá hasta que no se presente dicho plan.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: hemos decidido presentar este aditivo en función de las consultas que hicimos a los ministros de Transporte y Obras Públicas y de Economía y Finanzas, ya que de esas dos Carteras provienen los recursos que se destinan al subsidio del boleto estudiantil con destino a las empresas de transporte colectivo, tanto de Montevideo como del interior. Les preguntamos por qué se daba -es bueno que los legisladores sepan- una condición de inequidad, diferencia y tratamiento desigual entre las empresas de Montevideo y las del interior, ya que las primeras cuentan, entre otros beneficios, con el cien por ciento del subsidio al boleto estudiantil mediante partidas de

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los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Economía y Finanzas. Esto fue admitido en comisión y nos importa rescatar que también fue admitido por parte de los ministerios que se trata de una desigualdad y que quieren explorar mecanismos para corregirla, pero por el momento, no hay soluciones. A nosotros, como legisladores del interior, esta es una de las cuestiones que nos enervan, porque no entendemos por qué hay un trato desigual hacia personas que la única diferencia que tienen es vivir en la capital o en el interior. Esto nos motiva a presentar este aditivo y a poner en conocimiento de todos los colegas legisladores que se están dando situaciones de inequidad. Este aditivo apunta a ser un correctivo. No se pide más plata, porque no tiene costo para el Estado, sino que se apela a que los recursos se destinen en forma igualitaria. Por otra parte, es bueno decir que corren peligro muchas de las empresas de transporte colectivo del interior si no aparece un mecanismo de subsidio. Me refiero a decenas de empresas de transporte colectivo, algunas muy pequeñas y otras con un poco más de envergadura. En Paysandú está la empresa Copay, que es una cooperativa añeja con un modelo exitoso, que está brindando un servicio urbano tremendamente deficitario y pueden mantenerlo a flote gracias a alguna línea interdepartamental. En todos los departamentos del interior hay empresas cuya subsistencia corre peligro, si no se enmienda el curso de las acciones. Una delegación de esas empresas estuvo en setiembre en la Comisión de Transporte y Obras Públicas del Senado y se les dijo por parte de senadores de la oposición y del oficialismo que se entendía la preocupación y se comprometían a trabajar para lograr la igualdad. Lamentablemente, pocos días después, nos comunicaron que el 22 de setiembre el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas tomaron la decisión, con la firma del ministro Víctor Rossi, de retirar un subsidio al gasoil del que eran beneficiarias las empresas de transporte de pasajeros del interior. Por lo tanto, otra vez se hace una rebaja de beneficios a las empresas del interior para aumentarlos a algunas empresas de la capital del país. En definitiva, lejos de lograr una igualdad, se profundiza la inequidad.

Solo conocemos las diferencias que hay, los que vivimos del otro lado del Santa Lucía. No puedo decir nada de los legisladores de Montevideo y quizás no hay nada que ellos puedan cuestionar. No obstante, quienes vivimos al norte del río Santa Lucía sabemos que estas cuestiones son las que hacen la diferencia entre un país de primera y uno que no lo es tal. En ese sentido, hace pocos minutos, escuchamos la intervención de un representante de Artigas, sin duda, uno de los departamentos más postergados del país. En definitiva, apelo a esta Cámara, integrada por legisladores de todo el país y de todos los partidos. Además, agradecemos a los legisladores de la capital que nos quieran acompañar con el voto, y sobre todo, a los del interior, que conviven con estos problemas, ya que con su voto en el día de hoy van a contribuir a que se comiencen a derribar las inequidades que se dan y que estamos a tiempo de corregir. De lo contrario, esto terminará siendo un problema de las empresas que van a empezar a cerrar, como ya se ha anunciado, ya que no son viables, y tendremos que poner la cara en nuestros departamentos asumiendo la responsabilidad de que cuando tuvimos la posibilidad de hacer algo, no lo hicimos. Repito que esto no tiene costo, sino que se trata de una decisión del Parlamento que puede ser un mensaje fuerte al Poder Ejecutivo en el sentido de que queremos que se trate a todos por igual y no haya más ciudadanos de primera y de segunda por el solo hecho del lugar de nacimiento. Así que agradezco a los legisladores que puedan acompañar esta iniciativa. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: compartimos los conceptos vertidos por el señor diputado Olivera y vamos a acompañar el artículo aditivo, porque sinceramente, lo que está pasando es una muy mala señal. Con respecto al subsidio, hay un gran misterio, porque desde que asumimos esta banca, estamos tratando de conseguir información para saber cómo está operando. Cabe aclarar que se trata de un sistema que está absolutamente regulado. Todo lo que tiene que ver con el transporte está regulado por

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el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y naturalmente, todas las decisiones que se toman inciden en la ecuación de las empresas y los servicios que prestan. Por lo tanto, estas decisiones no solo distinguen entre quienes viven en Montevideo y los que vivimos en el interior, sino entre las empresas, y es una señal muy clara. Originalmente, el 50 % del subsidio del boleto estudiantil en Montevideo era financiado por la intendencia; luego por una decisión muy buena del Gobierno del Frente Amplio, que felicitamos, el 50 % pasó a ser financiado por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y desde hace un tiempo, el 100 % del subsidio es financiado por el Estado a través de diferentes mecanismos. Es decir que ya no es financiado por la Intendencia de Montevideo, sino por toda la sociedad. En ese sentido, no se explica por qué Montevideo tiene las ventajas que no recibe el interior, y lo que se reclama es la equidad. Por otro lado, según los estudios con los que contamos, esto afecta de manera muy especial a las empresas suburbanas más que a las interdepartamentales. Cabe aclarar que las empresas suburbanas tienen un problema importante de rentabilidad y viabilidad. Eso se reconoce en este presupuesto, en el artículo 388 que votamos, que facilita adelantos del fideicomiso del gasoil, porque la situación financiera, económica y de equilibrio de las empresas, sobre todo, las suburbanas, es muy particular y delicada. Por lo tanto, el Partido Colorado va a acompañar el aditivo propuesto por el Partido Nacional. Sería una muy buena señal que todo el Poder Legislativo acompañara esa redistribución. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la Hoja Nº 35, aditiva al Inciso 10. (Se vota) ——Cuarenta en ochenta y cinco: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 36, presentada por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Omar Lafluf Hebeich, Sebastián

Andújar, Jorge Gandini, Iván Posada y Conrado Rodríguez. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Dispónese, con cargo al Inciso 10 ‘Ministerio de Transporte y Obras Públicas’, Programa 362 ‘Infraestructura vial’, Unidad Ejecutora 003 ‘Dirección Nacional de Vialidad’, la aplicación de los fondos necesarios para la reconstrucción completa de la Ruta N° 30 con sus puentes sobre los arroyos Cuaró y Tres Cruces, en los ejercicios 2016 y 2017”. ——En discusión. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: la verdad es que venimos a pedir un voto al Parlamento para la reconstrucción de esta ruta, que es la que nos tiene aislados del resto del país e, inclusive, dentro del departamento. Artigas es el único departamento del país que está aislado dentro de su territorio, porque faltan los dos puentes que se ha anunciado se van a construir, y también del resto del país, porque el estado de la Ruta Nacional Nº 30 es calamitoso. Entendemos que el financiamiento no sería problema, porque el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha dicho que el financiamiento está. Los invito a acompañar el compromiso que ha hecho el presidente de la República en cuanto a la reconstrucción de la Ruta Nacional Nº 30 en toda su extensión y a la construcción de los dos puentes sobre los arroyos Tres Cruces y Cuaró. También vengo a pedir el voto a este Parlamento a fin de acompañar el compromiso que el presidente de la República ha hecho con el departamento más alejado de la capital, el único que -reitero- se encuentra aislado dentro de su territorio y con respecto al resto del país. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 36. (Se vota)

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——Cuarenta y uno en ochenta y cinco: NEGATIVA. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

necesidades. Entiendo que en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda se discutieron todos los temas; a ella concurrió todo el mundo. No se puede ahora usar una instancia de esta naturaleza para cambiar las resoluciones. Personalmente, comprendo los planteos, pero creo que hay una metodología para aprobar el presupuesto. Además, en el artículo 400 está muy claro que lo que no se concretó, se irá concretando. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 37, presentada por los señores diputados Mario Ayala Barrios, Omar Lafluf Hebeich y Jorge Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Incorpórase en el Plan de Inversiones en Infraestructura la remodelación y tratamiento asfáltico de la Ruta Nacional Nº 20 entre la Ruta Nº 24 y Pueblo Grecco y Ruta Nº 25 entre Young y Menafra, como ejes ubicados en las zonas productivas del país y que unen los pueblo graneleros, como Fray Bentos y Nueva Palmira”. ——En discusión. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Señor presidente: parece una contradicción que no haya votado este aditivo, porque soy diputado por el departamento de Artigas y veo una realidad que golpea a todos los artiguenses. Realmente, la situación es dramática. Lo reconocen todos; lo reconoció el presidente de la República. Este proceso que comenzó en el mes de marzo se empieza a concretar en el presupuesto. El presupuesto nacional es sistémico; comprende todas las áreas del país. En este caso, estamos hablando específicamente de la Ruta Nacional Nº 30. Este es el tercer período en el que el Frente Amplio tiene diputado por el departamento de Artigas. Nunca antes lo había tenido. La Ruta Nacional Nº 30 existe desde hace ciento cincuenta años o más. Entonces, hay un debe; el mismo debe que se ha tenido con quienes estamos al norte del río Negro. Sabemos que la mayor parte de la población del país está en la zona que va desde Fray Bentos hasta Rocha y que los que todos los que estamos al norte del río Negro, un poco más o menos, tenemos limitaciones. Cuando desde la fuerza política Frente Amplio planteamos un desarrollo armónico de país, es natural que se produzcan desigualdades y diferencias. Por eso estamos en un partido, por eso tenemos una disciplina dentro de un partido que, además, tiene una mayoría ajustada. Ustedes lo comprobaron: cuando hay alguna desavenencia o algún desacuerdo, las cosas se complican. Nosotros somos hombres de partido, estamos trabajando por nuestro pueblo, estamos trabajando para que la ruta se haga lo más pronto posible, la que nos conecta con la Ruta Nacional Nº 5, que es la salida del departamento, absolutamente necesaria para que transiten nuestras ambulancias y para que la producción pueda salir. Estuve leyendo los aditivos. Hay alrededor de cuarenta aditivos del Partido Nacional, todos firmados por el diputado Mario Ayala Barrios. Como es natural, el Partido Colorado también ha planteado sus

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: quedé para el final, después de que el diputado Caggiani ya anunciara que todo se votará en contra. De todas maneras, quiero hacer el planteo, porque estudié el presupuesto, participé en todas las reuniones. El diputado Carballo sabe que cada vez que concurría el ministro, yo planteaba el mismo tema. No estoy proponiendo la remodelación de dos rutas en mi departamento, sino de dos rutas en el paquete que, como dije al ministro -siempre expreso lo mismo-, el país tiene que hacer, que son ocho corredores de transporte de producción que terminen en los puertos. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca sabe dónde se produce cada kilo de producto agropecuario. Hay que definir ocho corredores de

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transporte agropecuario, dos de los cuales cruzan Río Negro. En este aditivo proponemos la remodelación de la Ruta Nacional Nº 20, que se une con la Ruta Nacional Nº 4 y con la Ruta Nacional Nº 5 y termina en Rivera y hacia abajo se engancha con la Ruta Nacional Nº 24 y va al puerto de Fray Bentos, al puerto de Nueva Palmira y a Montevideo. Asimismo, planteamos la reparación de la Ruta Nacional Nº 25, que hace unos días el ministro reconoció es una de las que está en peor estado y que también está en un corredor muy importante de transporte de productos agropecuarios. Además, por esas rutas transitan seiscientos camiones de madera por día; solo de madera. Ahí no hay un solo peaje. El día que el Congreso de Intendentes quiso establecer la tasa de transporte forestal, aparecieron los forestales y no lo logramos. Está presente en sala el diputado De los Santos, que lo sabe. Entonces, en momentos en que estamos buscando recursos, en un área de producción como la forestación, hay seiscientos camiones por día. A $ 200 el peaje, resultan $ 120.000 por día, $ 3.600.000 por mes, que representan US$ 125.000. Me van a decir que un kilómetro de carretera cuesta US$ 800.000; está bien. Hay caminos que no precisan una carpeta de hormigón de veinte centímetros, pero se pueden mejorar y mucho. Sé que esta Hoja no se va a aprobar, y por eso lo único que pido es que cada vez que hablen con el ministro le recuerden el estado de estas dos rutas. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el aditivo que figura en la Hoja N° 37. (Se vota) ——Cuarenta en ochenta y seis: NEGATIVA. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).reconsideración de la Hoja N° 36. Solicito la

——Ochenta y AFIRMATIVA.

cuatro

en

ochenta

y

ocho:

Se reabre la discusión del aditivo que figura en la Hoja N° 36, presentado por el Partido Nacional. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y uno en ochenta y nueve: NEGATIVA. Corresponde considerar el artículo 379, que oportunamente fuera desglosado. Se ha presentado a la Mesa una modificación de texto, y el artículo quedaría redactado así: “Autorízase a la Administración Nacional de Puertos (ANP) la explotación de los ‘Depósitos logísticos’, a través de operadores especializados en las áreas destinadas al ‘Puerto Logísticos Punta Sayago’ y a todas las terminales portuarias y puertos administrados por la Administración Nacional de Puertos”. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. (Texto del artículo aprobado:) “Autorízase a la Administración Nacional de Puertos (ANP) la explotación de los Depósitos logísticos, a través de operadores especializados en las áreas destinadas al ‘Puerto Logísticos Punta Sayago’ y a todas las terminales portuarias y puertos administrados por la Administración Nacional de Puertos”. ——Se pasa a considerar el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, que comprende los artículos 401 a 442, inclusive. (Texto del Inciso 11:) Artículo 401.- Facúltase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a reasignar los créditos disponibles del Grupo 0 “Retribuciones Personales”, en la financiación 1.1 “Rentas Generales”, incluidos los correspondientes al Subgrupo 09 “Otras Retribuciones” al Objeto del Gasto 099.002 “Financiación de Estructuras Organizativas” a efectos de complementar el financiamiento del proceso de reestructura.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar si se reconsidera la Hoja N° 36. (Se vota)

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Facúltase al Poder Ejecutivo, a reasignar en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” créditos presupuestales de los Objeto de Gasto 031.004 “Contrato Temporal de Derecho Público ” y 051.001 “Horas docentes” a fin de financiar la creación de cargos en el proceso de reestructura. Las reasignaciones serán realizadas en forma definitiva una vez efectuadas las designaciones en los cargos vacantes que se creen, y por el importe necesario para financiar las mismas. El personal que a la fecha en que deba realizarse la reasignación se encuentre prestando funciones financiadas con los créditos reasignados cesarán en sus funciones. Las reasignaciones proyectadas al amparo de la presente norma deberán contar con informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, previo a la presentación del proyecto de reestructura. Una vez efectuadas las designaciones, deberá comunicarse a la Contaduría General de la Nación las reasignaciones de créditos que corresponda realizar. Artículo 402.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Objeto de Gasto 299.000 “Otros Servicios no personales” la suma de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos), al Programa 340 “Acceso a la Educación”, Objeto de Gasto 051.001 “Horas Docentes”. Dicha partida incluye aguinaldo y cargas legales. Artículo 403.- Incorpórase al literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF) el siguiente numeral: “35) La contratación de servicios artísticos, cualquiera sea su modalidad, por parte del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, con cooperativas de artistas y oficios conexos, hasta el monto establecido para la licitación abreviada”. Artículo 404.- En oportunidad de cada Rendición de Cuentas, el Ministerio de Educación y Cultura presentará un informe correspondiente al Ejercicio anterior con las contrataciones de artistas, cooperativas de artistas y oficios anexos,

indicándose en cada caso su monto procedimiento de contratación correspondiente.

y

Artículo 405.- Increméntanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 340 “Acceso a la Educación” Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las partidas destinadas al pago de horas docentes, incluido aguinaldo y cargas legales, en $ 2.860.000 (dos millones ochocientos sesenta mil pesos uruguayos), para los Centros MEC. Artículo 406.- Increméntanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 340 “Acceso a la Educación”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las partidas destinadas a horas docentes, incluido aguinaldo y cargas legales en $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos), para educación no formal. Artículo 407.- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 200 “Asesoramiento, Cooperación y Representación”, como Órgano Desconcentrado del Ministerio de Educación y Cultura, sin perjuicio de la facultad de avocación de este último, la “Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales”. Será el órgano encargado de las políticas públicas del Ministerio de Educación y Cultura relacionadas a los Servicios Jurídicos de su competencia, y tendrá las siguientes funciones: i) La Coordinación de los Servicios Jurídicos, Registrales y Comisiones Especiales relacionadas al ámbito jurídico. Los servicios incluidos en esta función serán determinados por Resolución del Ministerio de Educación y Cultura. ii) El Relacionamiento Internacional en materia de Justicia y la Cooperación Jurídica Internacional. iii) La promoción, coordinación con otras Instituciones, e implementación de políticas públicas en materia de Acceso a la Justicia. iv) Relevar la situación del Estado en materia de juicios en que éste sea actor o demandado, a cuyos efectos los distintos organismos públicos y personas públicas

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no estatales enviarán la información pertinente, en la forma y plazos que determine el Poder Ejecutivo, remitir propuestas referentes a la mejora de la gestión y llevar un registro centralizado sobre la base de la información remitida, que se actualizará periódicamente. v) El estudio de la normativa vigente, sugerencia de ajustes necesarios, y elaboración de proyectos normativos, con la finalidad del fortalecimiento del Estado de Derecho. Artículo 408.- Suprímese la Dirección de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales del Ministerio de Educación y Cultura creada por el artículo 230 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, dependiente de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del mismo Ministerio. Transfiérese al Órgano Desconcentrado “Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales” creado en el artículo anterior los créditos presupuestales, así como los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales. El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación y Cultura, designará los créditos y recursos a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. En ningún caso el personal afectado al Órgano Desconcentrado “Dirección de Asuntos
Programa 340 Proyecto ooo ODG 299 Concepto Otros servicios no personales

Constitucionales, Legales y Registrales”, proveniente de la anterior Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales, verá afectada su situación funcional y mantendrá sus remuneraciones de origen por todo concepto. Transfórmase el cargo de Director de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales creado por el artículo 230 de la Ley N 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en el cargo de Director de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales, con carácter de particular confianza, y cuya remuneración será la prevista en el inciso primero del artículo 16 de la Ley N 18.996, de 7 de noviembre de 2012, para Director de Unidad Ejecutora. Artículo 409.Reasígnanse la Sección Asociaciones Civiles y Fundaciones incorporada por el artículo 294 de la Ley N 17.296, del 21 de febrero de 2001, al Registro de Personas Jurídicas de la Unidad Ejecutora 018 “Dirección General de Registros” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, así como sus recursos presupuestales, al órgano desconcentrado “Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales”. Esta disposición entrará en vigencia una vez aprobada la reglamentación por el Poder Ejecutivo. Artículo 410.- Increméntanse los créditos presupuestales en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 340 “Acceso a la Educación”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección de Educación”, con destino a Educación No Formal, para los ejercicios, los conceptos y por los montos que se detallan:
2016 1.200.000 2017 4.000.000 2018 4.000.000 2019 4.000.000

340

ooo

051/001

Horas Docentes

15.000.000 40.000.000 40.000.000 40.000.000

340

971

799

Equipamiento y mobiliario de oficina Inmuebles

1.700.000

3.400.000

3.400.000

3.400.000

340

973

799

1.100.000

14.100.000 14.100.000 14.100.000

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Artículo 411.- Asígnanse al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 340 “Acceso a la Educación”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección de Educación”, con destino a Actividades Socioeducativas Modulares de Apoyo al Cambio Pedagógico, las siguientes partidas para gastos de funcionamiento, para los ejercicios y montos que se detallan:
ODG CONCEPTO 2016 2017 2018 2019

559 Transferencias corrientes a otras Inst. sin fines de lucro 7.352.586 7.352.586 7.352.586 7.352.586 299 Servicios No Personales 283.850 298.850 298.850 298.850

Artículo 412.- Asígnanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 340 “Acceso a la Educación”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección de Educación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a Actividades Socioeducativas Modulares de Apoyo al Cambio Pedagógico para el pago de horas docentes, $ 2.995.382 (dos millones novecientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y dos pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y una partida anual de $ 4.708.687 (cuatro millones setecientos ocho mil seiscientos ochenta y siete pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, las que incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 413.- Increméntanse las asignaciones presupuestales del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 240 “Investigación fundamental”, Unidad Ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable”, en $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos), con financiación 1.1 “Rentas Generales”, que se distribuirá en: A) Grupo 0 “Retribuciones Personales” $ 18.000.000, incluidos aguinaldo y cargas legales, para horas docentes. B) Funcionamiento, objeto del gasto 199.000 “Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores”, $ 2.000.000. C) Proyecto de Inversión 762 “Equipamiento Científico”, $ 5.000.000. Artículo 414.- Increméntase en el inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, con cargo a la financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos uruguayos), la partida destinada al “Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual”, creado

por el artículo 7º de la Ley N 18.284, de 16 de mayo de 2008. Artículo 415.- Asígnase en el inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, con cargo a la financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos) para financiar proyectos realizados en conjunto con Cinemateca Uruguaya. Artículo 416.- Agréganse al artículo 37 de la Ley N 18.437, de 12 de diciembre de 2008, los siguientes incisos: “El Ministerio de Educación y Cultura llevará un Registro de Instituciones de Educación No Formal. Compete al Ministerio de Educación y Cultura promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal”. Artículo 417.- El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación y Cultura, reglamentará el funcionamiento del Registro de Instituciones de Educación No Formal, creado por el artículo 37 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, dentro de los 180 días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 418.- Sustitúyense los artículos 92 a 94 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, por los siguientes: “ARTÍCULO 92. (Creación).- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la Comisión Nacional de Educación No Formal (CONENFOR), la que estará integrada por dos delegados del Ministerio de Educación y Cultura, uno de los cuales la presidirá, un delegado de la Administración Nacional de

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Educación Pública y un delegado Universidad de la República”.

de

la

“ARTÍCULO 93. (Cometidos).- Son cometidos de la Comisión Nacional de Educación No Formal (CONENFOR), asesorar al Ministerio de Educación y Cultura en todo lo relativo a la elaboración y ejecución de políticas en educación no formal y su articulación con la educación formal”. “ARTÍCULO 94. (Del Grupo Consultivo de la CONENFOR).- Créase el Grupo Consultivo de la CONENFOR el que se integrará con un delegado del Ministerio de Desarrollo Social, un delegado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, un delegado del Ministerio de Turismo, un delegado de la Secretaría Nacional del Deporte, un delegado del Instituto Nacional del Niño y del Adolescente del Uruguay, un representante de los educadores y dos representantes de las instituciones de educación no formal privada, registradas en el Ministerio de Educación y Cultura. El grupo sesionará a requerimiento de la CONENFOR y se reunirá conjuntamente al menos dos veces por año. El Grupo Consultivo tendrá funciones de asesoramiento y consulta, así como iniciativa en materia de educación no formal, y promoverá la coordinación de programas y proyectos de educación no formal, los que serán ejecutados por el Ministerio de Educación y Cultura”. Artículo 419.- Sustitúyese la denominación del Capítulo XV – Título III, de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, por el siguiente: “COMISIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN NO FORMAL”. Derógase el artículo 95 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008. Dispónese que todas las referencias hechas en leyes o decretos al Consejo de Educación No Formal, se entenderán realizadas a la Comisión Nacional de Educación No Formal. Artículo 420.- Transfiérese en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, el “Museo Nacional de Historia Natural y Antropología”, división dependiente de la Unidad Ejecutora 012

“Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo” a la Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”. El Poder Ejecutivo determinará los recursos humanos, materiales, financieros y créditos presupuestales a reasignar. Artículo 421.- Sustitúyese el literal D) del artículo 213 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 508 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “D) Supervisar las actividades de: el Museo Nacional de Artes Visuales, el Museo de Artes Decorativas Palacio Taranco, el Espacio de Arte Contemporáneo, el Museo Figari, y demás museos que funcionen bajo la dependencia del Ministerio de Educación y Cultura, así como del Instituto Nacional de las Artes Escénicas”. Artículo 422.- Autorízase a los museos dependientes del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a cobrar por la prestación de servicios y comercialización de reproducciones, publicaciones y bienes de divulgación de los mismos. La Dirección Nacional de Cultura, con la finalidad prevista en el inciso anterior, podrá firmar convenios con personas e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 19.037, de 28 de diciembre de 2012, en relación al apoyo de la gestión de los museos bajo administración estatal por parte de las asociaciones de amigos del museo o consejos de participación ciudadana. Los recursos obtenidos serán destinados en su totalidad a financiar los gastos de funcionamiento e inversión de los museos a que refiere este artículo, no siendo de aplicación a dichos ingresos lo dispuesto por el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Artículo 423.- Autorízase a la Unidad Ejecutora 007 “Archivo General de la Nación”, del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a percibir ingresos por la prestación de servicios, tales como asesoramiento en gestión documental y archivístico y comercialización de reproducciones,

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publicaciones y bienes de divulgación de los mismos. El Archivo General de la Nación asesorará al Jerarca del Inciso en la firma de convenios con personas e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, con la finalidad prevista en el inciso anterior. Los recursos obtenidos serán destinados en su totalidad a financiar los gastos de funcionamiento e inversión de la mencionada Unidad Ejecutora, no siendo de aplicación a estos ingresos lo dispuesto en el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, del 10 de noviembre de 1987. Artículo 424.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1971, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Créase la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura. Estará integrada por cuatro delegados del Ministerio de Educación y Cultura, uno de los cuales la presidirá, tres delegados del Poder Ejecutivo, que serán seleccionados entre personas con destacada trayectoria en el plano de la conservación, exhibición o desarrollo de bienes de valor artístico, cultural o histórico, un delegado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y un delegado de la Universidad de la República”. Artículo 425.- Agrégase al artículo 511 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 el siguiente inciso: “El Director General tendrá como cometidos la administración y ejecución de todo lo relativo a la Unidad Ejecutora 008 “Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación”. Artículo 426.- La Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, creada por la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1971, integra la Unidad Ejecutora 008 “Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”. Artículo 427.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1971, en la redacción dada por el artículo 290 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente:

“ARTÍCULO 12.- La Comisión propondrá al Poder Ejecutivo la adquisición o expropiación de los monumentos históricos, toda vez que a su juicio existiere necesidad o conveniencia que lo justificare. Declárase de utilidad pública la expropiación de los bienes designados monumento histórico. Los propietarios de los inmuebles declarados monumento histórico podrán solicitar, en cualquier momento, la expropiación de los mismos al Poder Ejecutivo, siendo privativo de éste su realización”. Artículo 428.- Sustitúyese el artículo 21 de la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1971, por el siguiente: “ARTÍCULO 21.- Los bienes inmuebles declarados monumento histórico y que sean de propiedad particular, quedarán exonerados del Impuesto de Primaria y de los adicionales del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, en tanto sus propietarios se ajusten a las obligaciones consagradas por la presente ley, a lo establecido para el caso por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación y a las ordenanzas departamentales específicas”. Artículo 429.- Deróganse los artículos 265 y 266 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Artículo 430.- Incorpórase al artículo 41 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, como inciso segundo, el siguiente: “Los mandantes o poderdantes, podrán revocar en forma genérica, total o parcialmente, los mandatos y poderes que hubieren otorgado, sin que deban especificar los detalles de los poderes que pretenden revocar. La misma circunstancia será aplicable a los apoderados o mandatarios que pretendan renunciar a poderes que les hubieran conferido”. Artículo 431.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 64 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, por el siguiente: “ARTÍCULO 64.- El registrador calificará bajo su responsabilidad si el documento presentado a inscribir, en su totalidad, reúne las condiciones impuestas por la presente ley y demás leyes y reglamentos aplicables. Dicha calificación se realizará dentro del plazo de cinco días hábiles

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contados a partir del siguiente al día en que se haga efectivo el pago de la tasa registral, en los casos en que legalmente corresponda”. Artículo 432.- Agrégase al numeral 4) del artículo 65 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, el siguiente texto: “La falta de pago de la tasa registral de inscripción, dentro del plazo perentorio de 5 (cinco) días hábiles, a contar del siguiente a la fecha de presentación al Registro del documento inscribible, determinará el rechazo del trámite presentado. La calificación establecida en la legislación vigente, correrá a partir del día inmediato siguiente a la fecha de pago de la tasa respectiva”. Artículo 433.- Sustitúyese el acápite del artículo 74 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, en la redacción dada por el artículo 259 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 74.- La Dirección General de Registros expedirá certificaciones de la información registral: Incorpórese como último inciso, del mismo artículo, el siguiente texto: “El Director General de Registros, por resolución fundada, establecerá los criterios para determinar los funcionarios autorizados a los efectos indicados en este artículo”. Artículo 434.- Sustitúyese el artículo 66 de la Ley Nº 16.871, de 28 de septiembre de 1997, por el siguiente: “ARTÍCULO 66. (Contencioso Registral).Presentado el documento a inscribir, la parte interesada o el profesional interviniente tendrán la carga de concurrir al Registro para conocer el resultado de la calificación. Si hubiese sido observado, se inscribirá provisoriamente. Las referidas personas podrán subsanar las deficiencias o deducir oposición por escrito a la calificación efectuada por el registrador en el plazo de ciento cincuenta días corridos, contados a partir de la presentación del documento al Registro.

En caso de oposición, el Registrador elevará las actuaciones con su informe a la Dirección General de Registros dentro del plazo de diez días hábiles, la que resolverá previo informe de la Comisión Asesora Registral, dentro de los treinta días corridos de recibidas. El transcurso del expresado plazo sin pronunciamiento, importará denegatoria ficta. Contra la resolución de la Dirección General de Registros podrán interponerse los recursos de revocación y jerárquico en subsidio. La inscripción será definitiva si el instrumento es admitido y quedará sin efecto si éste fuere rechazado, sin perjuicio de la acción judicial que correspondiere. Transcurrido el plazo previsto en el inciso segundo de este artículo, si no se hubieran subsanado las deficiencias observadas o deducido oposición, caducarán de pleno derecho la inscripción provisoria y los efectos de la presentación del documento al Registro”. Artículo 435.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 89 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, en la redacción dada por el artículo 292 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “Dicha protocolización será preceptiva en los casos previstos en el artículo 2º de la Ley Nº 12.480, de 19 de diciembre de 1957, en la redacción dada por el artículo 276 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, y para los actos y negocios jurídicos que se presenten en el Registro Nacional de Actos Personales, en el Registro de Personas Jurídicas, en el Registro Nacional de Prendas sin Desplazamiento y en el Registro Nacional de Vehículos Automotores”. Artículo 436.- Autorízase a la Unidad Ejecutora 021 “Dirección General del Registro de Estado Civil” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a conformar libros con hojas móviles con las inscripciones que realice debidamente suscriptas, e ingresar al sistema informático un relacionado de esos documentos. Los testimonios de los relacionados ingresados al sistema informático, tendrán el mismo valor probatorio que los testimonios de las actas de los libros de estado civil de la Dirección General del Registro de Estado Civil.

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Los documentos expedidos y extendidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se consideran válidos a todos los efectos. Los Gobiernos Departamentales podrán emitir documentos vinculados a actas de partidas o relacionados de las mismas, que se encuentren en el Sistema de Gestión del Registro de Estado Civil, en la forma que la Dirección General del Registro de Estado Civil reglamente oportunamente, y tendrán el mismo valor probatorio que los testimonios de partidas de estado civil. Se podrán emitir los documentos referidos en el inciso anterior respecto a actas expedidas y extendidas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley. Artículo 437.- La Unidad Ejecutora 021 “Dirección General del Registro de Estado Civil” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, podrá expedir indistintamente documentos o testimonios referidos a actas contenidas en cualquiera de los libros previstos en la Ley Nº 1.430, de 11 de febrero de 1879, y sus modificativas, o de su versión digital, provenientes de cualquier organismo público con el cual se celebre convenios. Artículo 438.- Modifícase el artículo 195 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 195.- Facúltase a la Unidad Ejecutora 024 “Sistema de Comunicación Audiovisual Nacional”, del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a realizar contratos laborales de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para desempeñar tareas de Dirección de Informativos, Dirección y realización audiovisual, Dirección de Arte, Dirección de Fotografía, Dirección de Promociones, Asesor de Programación, Programadores, Realizadores Audiovisuales, Asistentes de la Dirección, Periodistas, Reporteros, Productores de Programa, Productores Periodísticos, Conductores o Presentadores, Columnistas, Guionistas, Corresponsales, Locutores, Operadores de Radio, Sonidistas de Radio, Fotógrafos de páginas web, Gestores y Vendedores

Publicitarios, Encargados de Relaciones Públicas, Técnicos de redes, Editores, Productores Ejecutivos, en los casos que la Unidad no cuente con funcionarios públicos capacitados para dichas tareas. Facúltase al Poder Ejecutivo a ampliar dicha nómina cuando los avances asociados a la evolución de las comunicaciones requieran el desempeño de nuevas tareas. Las contrataciones no podrán tener un plazo inicial superior a los veinticuatro meses. Al vencimiento del plazo se extingue la relación contractual, excepto que la Administración notifique en forma fehaciente su voluntad de renovación de dicha relación con una anticipación al vencimiento del plazo contractual, no inferior a treinta días. Cada renovación individual sucesiva al contrato original no podrá ser por un plazo superior a los veinticuatro meses. Las contrataciones así como sus modificaciones o renovaciones, que se efectúen estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC). Estos contratos serán compatibles con la percepción de ingresos públicos, así como ingresos jubilatorios o pensiones. Las personas contratadas al amparo de los artículos 52 y 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para el desempeño de las tareas mencionadas en el inciso primero del presente artículo y que estén vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, podrán ser contratadas bajo esta modalidad, previa conformidad de los jerarcas de las Unidades Ejecutoras respectivas y del Inciso. Habilítase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de crédito correspondientes a los objetos del gasto que actualmente financian estas contrataciones”. Artículo 439.- Modificase la denominación de la Unidad Ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, por la de

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“Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos”. Artículo 440.- Los integrantes de los elencos, cuerpos o compañías artísticas del Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos (SODRE), que tengan menos de 60 años de edad serán evaluados anualmente a efectos de determinar si pueden continuar cumpliendo las funciones, actividades o tareas artísticas, en las categorías correspondientes. La realización de las pruebas anuales de aptitud y suficiencia será responsabilidad de un tribunal o jurado designado por el Consejo Directivo del SODRE, debiendo integrarse con un representante del elenco, cuerpo o compañía artística respectiva. Los funcionarios que no puedan continuar integrando dichos elencos, cuerpos o compañías artísticas pasarán a prestar otros servicios dentro del SODRE, los cuales serán definidos por el Consejo Directivo de la Institución, sin que ello

afecte la remuneración salarial que corresponda al grado asignado a cada uno en el padrón. Derógase el artículo 5° de la Ley Nº 11.549 de 11 de octubre de 1950″. Artículo 441.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación Y Cultura”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 16 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”, la suma de $ 1.600.000 (un millón seiscientos mil pesos uruguayos) desde el Objeto del Gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantía” al Objeto del Gasto 042.510 “Compensaciones especiales por funciones especiales”, en la Financiación 1.1, “Rentas Generales”. Artículo 442.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos”, las partidas en los objetos del gasto y fuentes de financiación que se detallan:

ODG 591.000 299.000 299.000

Descripción Objeto del Gasto Otras Transferencias Corrientes Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores

F.F. 12 12 11

Monto $ -8.374.295 874.295 7.500.000

——En discusión. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI.- Señor presidente: trataremos de mantener el espíritu que culmina ahora con la modificación colectiva de este artículo del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, porque es bueno cuando la construcción es colectiva. A esta altura de la noche -no crean que estoy cansada; es una estrategia- voy a tratar de no hacer énfasis en lo que ya todos sabemos, pero que a veces molesta si decimos algunas palabras. Digamos que en la educación tenemos problemas; creo que en esto todos estamos de acuerdo. Debemos reconocer que el mensaje del Ministerio de Educación y Cultura nos produjo cierta desilusión,

porque esperábamos más educación y menos factores administrativos, de los registros, que también forma parte de sus competencias. Otro de los eternos problemas que hay -en ese sentido pensamos que se podría haber buscado alguna solución; al menos en nuestro programa de gobierno había una propuestaes que el nuestro debe ser el único país en el mundo con un Ministerio de Educación y Cultura que no tiene competencias en la educación formal. Aunque demos todas las vueltas que queramos, constitucionalmente no tiene esa competencia. Por lo tanto, la situación de fondo de la educación se juega en el mensaje de la ANEP que, por otra parte, es absolutamente diversa a la propuesta del mensaje del Ministerio de Educación y Cultura. De cualquier manera, queremos dejar sentado que hay formas de coordinar, y la forma de coordinar institucionalmente, respetando la Constitución, no es

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con autoridades declarando, especialmente la señora ministra de Educación y Cultura, doctora Muñoz, quien en reiteradas oportunidades avanza sobre la autonomía de la ANEP. Y conste que estoy haciendo consideraciones estrictamente presupuestales, no políticas. Entendemos que la autonomía de la ANEP debe ser respetada -por algo existe-, cubre a la educación de los empujes político partidarios, sean del signo que sean, pero también sabemos que es necesario coordinar. En ese sentido, hubiera sido muy bueno -es un gran debe del mensaje de la educación; estaba en nuestro programa de gobierno- crear dentro del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” -inclusive está redactado como proyecto- la asignación de partidas presupuestales específicas tendientes a coordinar con la Administración Nacional de Educación Pública sin caminar al borde de la Constitución, lo que lleva a una enorme inestabilidad institucional y, además, a enfrentamientos con la Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza de los que todos hemos sido testigos, para los que el mantenimiento de la autonomía de la ANEP es un principio fundamental. Si bien se expresa que el Ministerio de Educación y Cultura, directa o indirectamente, quiere incidir en la educación formal, los mensajes son absolutamente contradictorios, tanto el del Ministerio como el de la ANEP, no solo porque lo que solicita el organismo es más del triple de lo que está adjudicado en el mensaje del Poder Ejecutivo, sino por todo lo que se ha estado hablando -inclusive en seminarios y demás, donde estuvieron las autoridades de la educación en su totalidad, encabezadas por la señora ministra y el Consejo Directivo Central- acerca de coordinaciones entre subsistemas mucho más fuertes, de políticas que a veces hasta parecen contradictorias entre más autonomía pero mayor política direccional, de tramos -todos hemos escuchado de programas para niños de 3 hasta 17 años-, de programas curriculares o líneas curriculares comunes. Esto no es solo tener los mismos planes y programas sino algo mucho más profundo; es un proyecto de educación coordinado entre todos los subsistemas. Es una gran contradicción. Sin embargo, en el mensaje de la ANEP cada subsistema presenta su presupuesto y su estructura organizacional en forma separada.

Esos son algunos de los problemas más graves que pudimos apreciar. Por otro lado, hay otro problema que nos preocupa enormemente, y es que se sigue insistiendo en programas focalizados -que tienen distintos nombres; no los voy a aburrir con eso a esta hora de la noche-, tendientes a la acreditación de estudios, otorgados por un ente que no tiene competencias en ese sentido, en este caso el Ministerio de Educación y Cultura. En realidad, se trata de acreditaciones que, en definitiva, no manifiestan lo más importante en educación: lo que se aprendió. Entonces, cuando una persona -sobre todo adulta- obtiene una acreditación e intenta insertarse en el mercado laboral o en otros niveles educativos se siente fracasada, porque por más que el papelito diga que culminó formalmente uno o dos ciclos de educación no universitaria, eso no le acredita conocimientos. De todos modos, se insiste en esa línea, aunque en todos estos años se comprobó que es totalmente contraproducente y tiende a impedir -por supuesto, no decimos que sea de forma intencional; creemos que es un error de técnica y estrategia educativa- la obtención de calidad, porque solo se busca la acreditación formal, y en eso se gasta mucho dinero. Además, se gasta mucho dinero porque hay cantidad de programas que se superponen en el Ministerio de Educación y Cultura y con la Administración Nacional de Educación Pública. Diría que esos son los grandes lineamientos. En realidad, me parece que a esta altura de la madrugada, lo correcto -lo hablamos con colegas del oficialismo-, es discutir de la mejor manera posible y aprovechar el tiempo. Por lo tanto, hicimos esta enunciación general y después, cuando se trate cada uno de los artículos, a través del fundamento de voto haremos referencia a lo que nos importa puntualmente porque, reitero, hay muy poco de educación y mucho de otras cosas que también son competencia del Ministerio de Educación y Cultura. Por otro lado, hoy recibí al sindicato de los trabajadores del Ministerio que, obviamente, forma parte de COFE. Además, si leemos los primeros artículos del Inciso, en especial el primero, advertiremos que el Ministerio tiene graves problemas vinculados con la dimensión organizacional. (Suena el timbre indicador de tiempo)

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——Ya termino, señor presidente. Como decía, en este Ministerio hay problemas con respecto a la dimensión organizacional, ya que no se hizo una reestructura aunque se prometió. Y lo peor de todo es que se ha incumplido con la ley de negociación colectiva en el ámbito público, la Ley Nº 18.598, que fue aprobada en julio de 2009. Reitero -siempre digo lo mismo- que soy partidaria de la negociación colectiva en el ámbito privado, y que en el ámbito público es algo complicado; y tanto es así que en lo referente a la educación no se aplicó. Por lo tanto, más allá de estas consideraciones generales tendrán que soportarme cuando haga referencia a algunos artículos en particular. De todos modos, creemos que esa es la mejor manera de aprovechar el tiempo. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Susana Montaner. SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: en primer lugar, queremos decir que el Ministerio de Educación y Cultura que, nada más y nada menos, es el responsable de la coordinación de la educación nacional –algo que tanto preocupa a todos los uruguayos-, también lo es de promover el desarrollo cultural del país, tema nada menor. Asimismo, es responsable de la preservación del patrimonio artístico, histórico y cultural de la nación, de la innovación, la ciencia, la tecnología, la promoción y el fortalecimiento, como de la vigencia de los derechos humanos. Además, es responsable del desarrollo del sistema multimedia y comunicación estatal, y de impulsar el acceso digitalizado de toda la información a la población. ¡Vaya si este Ministerio tiene cometidos de gran importancia a nivel social! Sin duda, este Ministerio debe cumplir muchas misiones, pero la que más nos preocupa es la de la educación. En ese sentido, pensamos que el esfuerzo que se va a hacer alcanzará a un 0,3 % del producto bruto interno, que deberá distribuirse entre toda la educación y, naturalmente, entendemos que será muy difícil repartir ese porcentaje -por más que el producto bruto interno ahora es superior- entre todas esas actividades.

Al igual que la señora diputada Bianchi, creo que hay una gran descoordinación. En realidad, integramos la Comisión de Educación y Cultura y por esa razón tuvimos la oportunidad de hablar con las autoridades -a las que convocamos- en varias ocasiones, pero en esas instancias no me quedó claro, al igual que a la señora diputada preopinante, cómo se van a llevar adelante los distintos programas y cómo se va a realizar la coordinación, por ejemplo, con la ANEP, con el objetivo de realizar ese gran cambio estructural que necesita la educación. Asimismo, en el proyecto hay distintos artículos que tienen que ver con la competencia del Ministerio -algunos más o menos importante-, pero luego de haberlos leído no logré quedarme tranquila, porque no es claro que se tenga un rumbo y un objetivo bien marcado, y tampoco que las autoridades tengan la certeza de que se va por buen camino y se cuente con un proyecto de educación para el país; en realidad, eso me preocupa mucho. También queremos hacer varias consideraciones acerca de la negociación colectiva, algo a lo que también hizo referencia la señora diputada preopinante. En realidad, nos hubiera gustado que estuviera vigente, que no se hubiera violado. Además, nos preocupa mucho que el Instituto Nacional de Evaluación Educativa –consideramos que es imprescindible- no esté contemplado en este presupuesto y que en el articulado, si bien hay algunas erogaciones que no compartimos porque no las entendemos cabalmente, se cambien normativas de origen notarial, poderes. (Murmullos.- Campana de orden) ——Gracias, señor presidente. Sé que todos estamos cansados y haciendo un esfuerzo, los que hablamos y los que escuchan, por lo que los entiendo bien. Decía que en el articulado se cambian normativas de origen notarial, como poderes, y sistemas registrales, que si bien son de la órbita, creo no se haya tomado la precaución de realizar un análisis profundo en ese sentido. En realidad, en el caso concreto de los poderes entiendo que se comete un grave error, porque cuando se ponga en práctica, más que soluciones, va a traer problemas.

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Por último, nos queda por manifestar que seguimos sin rumbo en la educación; por más que el Ministerio de Educación y Cultura es el responsable de la coordinación de la educación nacional -tengo esperanza de que cuando se considere el articulado relativo a la ANEP se haga un análisis un poco más profundo-, consideramos que no la hay, y eso es de gran preocupación, no solo para nosotros, sino también para toda la ciudadanía. Muchas gracias. SEÑOR VERRI interrupción? SEÑORA diputado. (Walter).¿Me permite Sí, una señor

MONTANER

(Susana).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR VERRI (Walter).- Señor presidente: en virtud de la hora y del acuerdo alcanzado, voy a aprovechar los minutos que le restan a la señora diputada para hablar de un artículo aditivo que presentamos, y que figura en la Hoja Nº 41. Este aditivo refiere a una redistribución de partidas del Ministerio de Educación y Cultura tendientes a solucionar una situación que, lamentablemente, la señora ministra no atendió. En el año 1975, el teatro Florencio Sánchez de Paysandú fue declarado patrimonio histórico nacional y, por cierto, eso lleva a que el Gobierno nacional tenga la obligación de mantenerlo. El Florencio Sánchez fue recibido hace cinco años en un estado deplorable, con riesgos en su estructura. Con mucho esfuerzo y pocos recursos se fue refaccionando, pero no alcanzó. Este Gobierno del Frente Amplio va a tener que hacer frente a un gasto importante para terminar lo que resta de la obra. Para quienes no lo conocen, el edificio del teatro Florencio Sánchez es una obra arquitectónica de primer nivel y por algo fue declarado patrimonio histórico departamental. A pesar de que los compañeros diputados de San José creen que es el Macció, muchos creemos que es el segundo teatro del país. Los compañeros de Salto me dicen que el de su departamento es más lindo. Hace unos meses, conjuntamente con los demás diputados de Paysandú y con la Fundación Amigos del

Teatro Florencio Sánchez -que están llevando adelante las obras- concurrimos a hablar con la ministra. Lamentablemente, el presupuesto no recogió lo conversado con dicha jerarca. No hay ninguna partida establecida para el Florencio Sánchez; sí compromisos verbales acerca de lo está dispuesto para la refacción de las cajas escénicas de algunos teatros del interior. Eso no es suficiente. Le fuimos a pedir recursos para la infraestructura, para el equipamiento y para la estructura del teatro. En virtud de eso, nos vimos en la obligación de presentar este aditivo como forma de dejar partidas identificadas en el presupuesto nacional. Estamos hablando de algo así como US$ 300.000 por año, que tampoco es suficiente, pero hubiera sido un buen gesto del gobierno ayudar todos los años para ir refaccionando el mencionado edificio, que fue designado patrimonio histórico. Ayudar no es solo obligación del gobierno departamental, sino también del gobierno nacional. Ojalá se vote. Lo hemos firmado conjuntamente con el diputado Olivera, se lo hemos planteado a la diputada Bottino, quien se excusó de hacerlo; entiendo sus razones, no la juzgo. Simplemente digo que ojalá se vote el aditivo que figura en la Hoja N° 41, para que se pueda refaccionar una obra de arte que es patrimonio de todos. Por esa razón, presentamos este aditivo, señor presidente. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Sabini. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: quiero aclarar algunas cosas. En primer lugar, la reestructura se encuentra en el primer artículo de este Inciso que vamos a votar. En segundo término, creo que no hay que confundir algunos programas que están en la órbita del Ministerio de Educación y Cultura con la Acreditación de Saberes, que es una competencia del Consejo de Educación Técnico Profesional. Lo que sí tiene el MEC son algunos proyectos de educación no formal como los Cecap, que no son un programa o proyecto educativo de Acreditación de Saberes. Los Cecap son programas puente que buscan que los estudiantes mayores de 15 años que dejaron el sistema educativo formal, vuelvan a él. De lo contrario, que se inserten en un centro de educación no formal, para que al menos

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tengan algún tipo de capacitación. Yo sé que los integrantes de la Cámara están cansados y no deben tener muchas ganas de discutir este tema, pero me parecía importante aclararlo. Hoy se está capacitando a alrededor de dos mil jóvenes, y en este presupuesto se prevé ampliar la capacitación a cinco mil. Es un programa muy importante porque da respuestas a un montón de jóvenes que no tienen un espacio en el sistema educativo formal. Conocemos el programa —estoy seguro de que muchos lo conocen—, por lo que creo que es una buena noticia que se amplíe su cupo. Por otra parte, considero que la coordinación del sistema educativo y sus competencias están aseguradas en la ley de educación. Por el artículo 106 de la Ley N° 18.437 se crea la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública que tiene como competencias -quizás debería trabajar mucho más- generar una coordinación entre los diferentes entes autónomos de la enseñanza y las políticas generales de educación. En el período pasado se avanzó mucho en la coordinación interinstitucional. Ese es el espacio natural para que se coordinen las políticas educativas. En la próxima sesión nos referiremos a los temas educativos porque vamos a tratar los diferentes incisos y podremos profundizar. Me interesaba dejar en claro la posición de mi bancada respecto a este tema. En la comisión, la ministra explicó que los fondos para el teatro Florencio Sánchez estaban asegurados en el marco del Fondo para el Desarrollo de Infraestructuras Culturales. Este es un fondo muy importante. Los espacios culturales tienen dificultades para desarrollarse porque esta actividad no es, precisamente, la que genera mayores ganancias, ni hablar de las infraestructuras públicas que tienen un gran costo. La ministra comprometió fondos para el Florencio Sánchez. Por tanto, entendemos que no es necesario votar el aditivo que se presenta. Somos legisladores, fuimos electos por el departamento que cada uno representa, pero representamos a toda la nación. Por lo tanto, tenemos que tener esa mirada nacional, por más que representemos a nuestro departamento. Los que representan a su departamento son los ediles; tenemos que tener una mirada más allá del horizonte de nuestro departamento. Por ese motivo no creemos

necesario acompañar esta propuesta. La que sí vamos a acompañar es la que presentará el Partido Independiente, relativa al Instituto Clemente Estable, que fue consultada con las autoridades respectivas. Muchas gracias.

35.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Felipe Carballo, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Washington Marzoa”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia por motivos personales por los días 14 y 15 de los corrientes. Asimismo solicito se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular lo saluda atentamente, FELIPE CARBALLO Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo.

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CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Felipe Carballo, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711, del Lema Partido Frente Amplio, señor Washington Marzoa. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Sí, con mucho gusto. Este bloque está integrado por los artículos 402, 405, 411, 416, 417, 421, 422, 423, 429, y del artículo 437 al artículo 442, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque de artículos propuesto por la señora diputada Minetti. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. El segundo bloque propuesto por la señora diputada Minetti comprende los artículos 407, 409, 418, 419, y del artículo 432 al artículo 436, inclusive. Tiene la palabra el señor diputado Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: solicitamos el desglose de los artículos 432 al 436, inclusive. Es decir no incluirlos en el bloque propuesto por la señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Quiere decir que esos artículos conformaran otro bloque. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 407, 409, 418 y 419. (Se vota) ——Sesenta y dos en noventa y ocho: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 432 a 436, inclusive. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y ocho: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 403. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 38, presentado por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar y Jorge Gandini. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 403.- Incorpórase al literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF 2012) el siguiente numeral: ‘La contratación de servicios artísticos, cualquiera sea su modalidad, por parte del Inciso 11

36.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación).
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, tiene la palabra la señora Diputada Minetti. SEÑOR MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: proponemos dos bloques. El primero, está integrado por los artículos 402, 405, 411, 416, 417, del 421 al 423 inclusive, 429 y del 437 al 442 inclusive. El segundo bloque está integrado por los artículos 407, 409, 418, 419, y del artículo 432 al artículo 436, inclusive. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 401. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y seis: AFIRMATIVA. Tiene la palabra el señor diputado Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente, ¿podría reiterar los artículos propuestos por la señora diputada Minetti para ser votados en un primer bloque?

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‘Ministerio de Educación y Cultura’, con cooperativas de artistas y oficios conexos, hasta el doble del monto establecido para la compra directa'”. ——En discusión. Tiene la palabra el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: para que se sepa lo que estamos votando, o no votamos. El artículo 403 que viene de la comisión, que remitió el Poder Ejecutivo, la excepción del artículo 33 del Tocaf -como sabemos, es el que permite no seguir el procedimiento competitivo de compras, es decir, no hace licitaciones o llamados competitivos- incluye la contratación de servicios artísticos cualquiera sea su modalidad, por el Ministerio de Educación y Cultura, con cooperativas de artistas y oficios conexos, hasta el doble del monto establecido para la compra directa. Quiere decir que hasta un monto de $ 6.900.000 –el máximo de la licitación abreviada- el ministerio podrá contratar directamente servicios artísticos con cooperativas u oficios anexos. Nosotros acompañamos la idea porque entendemos la dificultad para contratar artistas, pero salvo que traigan a algunos como los Rolling Stones, nos parece demasiado. ¿No les da? Tienen la posibilidad de contratar a muchos uruguayos y cooperativas con ese dinero. Vimos en el planillado que el total del crédito disponible para el año son $ 16.000.000. O sea que el ministerio tiene $ 16.000.000 y pide poder contratar en forma directa hasta $ 7.000.000. Es decir que casi con dos contrataciones directas se gasta el crédito. Nos parece mucho. Por lo tanto, hay una Hoja sustitutiva a través de la que se le da bastante aire, y se establece que el monto de la contratación directa sea hasta el doble de la compra directa, es decir, $ 700.000. La compra directa está en aproximadamente $ 346.000.000. Parece razonable ¿no?, porque después puede hacer otra compra directa, pero que no haga una de $ 6.900.000 Esa es la idea. Nos parece que no es tan transparente como para hacer todas las licitaciones, pero tampoco tan oscuro como para gastarse el crédito en dos compras directas.

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GANDINI (Jorge).- Sí, señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: lo expresé en la comisión, pero corresponde que también lo diga en sala. Como escribana y abogada… (Interrupción del señor representante Groba.Respuesta de la oradora) ——Yo fui la que hice la segunda de las cooperativas, la última que se formó, y corresponde que lo aclare por razones reglamentarias porque lo voy a votar. Coincido totalmente con el diputado Gandini porque si bien es cierto que la contratación de artistas es especial, el crédito asignado y el tope -como él muy bien lo explicó- no tienen relación. Además, el objetivo de la creación de las cooperativas, sobre todo de la segunda, que comprende la mayor parte de los artistas nacionales, fue para hacer transparente -inclusive por parte de los artistas- la contratación, en especial, por los organismos públicos. Así que sería medio contradictorio hasta con el propio interés de los trabajadores. Simplemente por ello no vamos a acompañar el artículo. Reitero que estamos de acuerdo con el aumento del tope. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Jorge Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- He finalizado, señor presidente. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: no vamos a acompañar el aditivo propuesto. Pensamos que el monto con el que cuenta el ministerio es conveniente, en el entendido de que la cifra requerida para la contratación de artistas claramente depende del artista. Esta es una herramienta para gestionar que tendrá el Ministerio.

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Además, creemos que el artículo 403 debe leerse en conjunto con el artículo 404, que establece que el Ministerio de Educación y Cultura deberá enviar anualmente una rendición de cuentas explicitando cómo se utilizaron los recursos. Por lo tanto, los parlamentarios tendremos la posibilidad de analizar si han sido utilizados en forma correcta y si el monto que en este caso estamos habilitando fue adecuadamente ejecutado. Creemos que por el volumen de recursos que tiene el Ministerio no utilizará esta herramienta en muchas oportunidades, pero quizás en alguna ocasión se justifique. Por eso queremos dejar abierta esa posibilidad, con las garantías establecidas en el artículo 404. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero aclarar que el artículo 404, que es una especie de aire fresco en el presupuesto, es un aditivo que presentó el Partido Nacional en la comisión y que el Frente Amplio acompañó. Obviamente, mejora mucho y da a posteriori, en la rendición de cuentas, información al Parlamento. Es verdad; lo reconozco y agradezco que se haya apoyado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 403 tal como vino de la comisión. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 404. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 406. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: por razones de honestidad intelectual reitero lo que expresó la delegación del sindicato que recibí en el día de hoy en cuanto a la enorme preocupación de que se remuneren funciones que no son docentes con horas docentes; ya lo vivimos en otros organismos públicos, especialmente en el Consejo Directivo Central. Eso pasa en muchos lugares, y cada vez más. Hoy lo manifestaron los trabajadores del Ministerio de Educación y Cultura; son tareas como las que realiza el Escalafón F, tareas de servicio y administrativos. Esto genera una gran precariedad. Corresponde dejar la constancia de que, si bien votamos la disposición, hay una advertencia, una luz amarilla sobre un problema que deberemos tratar de resolver. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 408. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en noventa y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 410. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se propone votar en bloque los artículos 412, 413 y 415. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo 414. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)

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——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 39, presentado por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar y Jorge Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Todas las sumas asignadas al Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual creado por la Ley N° 18.284 de 16 de mayo de 2008, deberán ajustarse por el 100 % (cien por ciento) del IPC (Índice de Precios al Consumo)”. ——En discusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: presentamos un artículo aditivo, que figura en la Hoja Nº 44, que tiene una redacción distinta pero que va en el mismo sentido. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Ha sido presentado como artículo aditivo al Inciso. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: es lo mismo, y se refiere a este artículo. Retiramos el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 44; votaremos el que figura en la Hoja Nº 39. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Muy bien. Tiene la palabra el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: en el artículo anterior se incrementa una partida que tiene como destino el Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual. Este Fondo tuvo en 2008 una partida de $ 25.000.000 que, quizás sin advertirse, no se ajustó. Si esa partida se hubiera ajustado anualmente, al día de hoy el Fondo debería estar recibiendo $ 44.000.000, pero como no se hizo quedó congelada en $ 25.000.000. Con este artículo, que fue un acuerdo de toda la comisión y un esfuerzo de reasignación que hizo el Frente Amplio –se trata de recursos que buscó y reasignó-, se intenta llegar al dinero que debería recibir. Obviamente, no cubre la retroactividad, pero en el año 2016 tendrá una cantidad similar a la que se le pretendió dar en 2008.

Nuestro aditivo intenta corregir el problema de origen. Allí se establece: “Todas las sumas asignadas al Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual creado por la Ley N° 18.284 de 16 de mayo de 2008, deberán ajustarse por el 100 % (cien por ciento) del IPC (Índice de Precios al Consumo)”. Esto es para que el problema que hubo en el año 2008 no ocurra en 2017. Ahora se les da $ 25.000.000 más $ 18.000.000, que son $ 43.000.000, y esa cantidad se ajustaría a partir de 2017, y una vez más en el año 2018. De lo contrario, pierden plata, los vamos a tener que recibir nuevamente, y habrá que reasignar otra vez para volver a dárselo, porque todos coincidimos en que cumple una función importantísima para Uruguay. Parece muy razonable planteando, señor presidente. lo que estamos

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y ocho en noventa y ocho: NEGATIVA. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: compartimos el espíritu de los dos aditivos. De hecho, junto a toda la bancada participamos de la reasignación para llegar al nivel que correspondía al Fondo. Quizás la mejor solución sería un Fondo en unidades indexadas, pero para eso quisiéramos tener la posibilidad de trabajar con miras al análisis en el Senado, y ver si allí podemos buscar esta solución, que es necesaria para no volver a tener el problema. Creo que la opinión de toda la bancada del Frente Amplio es que este tema quede resuelto en este presupuesto. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 420. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)

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——Cincuenta en noventa y ocho: AFIRMATIVA. Se propone votar en bloque los artículos 424 y 425. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y cinco en noventa y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 426. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y siete en noventa y ocho: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 427. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y ocho:

existiere necesidad o conveniencia que lo justificare. […] Los propietarios de los inmuebles declarados monumento histórico podrán solicitar, en cualquier momento, la expropiación de los mismos al Poder Ejecutivo […]”. O sea, declaraban monumento histórico tu casa, y uno podía pedir al Poder Ejecutivo que se la expropiara, que podía acceder a lo solicitado, pero debía hacerlo en un plazo de 180 días para dejar sin efecto la declaración. Vencido ese plazo sin que el Poder Ejecutivo se hubiera pronunciado, se tendría por decretada la expropiación de pleno derecho, siguiendo ese trámite de oficio. Es decir que si el Poder Ejecutivo no se pronunciaba en 180 días al pedido del propietario de que le comprara la propiedad, se daba por expropiado. Lo que hace la nueva redacción es quitar ese plazo. ¿Por qué? Porque a veces el Poder Ejecutivo no podía tramitar esa decisión en 180 días, y siempre quedaba obligado a comprar la propiedad. Nosotros entendemos que está bien que se quite el plazo de 180 días; hemos consultado y nos dijeron que a veces es breve. Pero si no se pone ningún plazo, el derecho del propietario se diluye o esfuma porque bastaría con que el expediente quedara en un cajón para que nunca se la compraran. O sea que al declararse monumento histórico perdería el derecho que tenía de vender al Estado al precio de expropiación. El aditivo que proponemos es sencillo: “El Poder Ejecutivo podrá acceder a lo solicitado por los propietarios o, en caso contrario y en un plazo de 365 días, dejar sin efecto dicha declaración. […]”, y luego continúa con la misma redacción que tenía el artículo original. En buen romance, tal cual queda no tiene plazo, tal cual estaba tenía 180 días, tal cual proponemos queda con el doble de plazo, o sea, un año. Gracias, presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 40. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en noventa y ocho: NEGATIVA. En discusión el artículo 428.

Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 40, presentado por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar y Jorge Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “El Poder Ejecutivo podrá acceder a lo solicitado por los propietarios o, en caso contrario y en un plazo de 365 días, dejar sin efecto dicha declaración. Vencido el plazo, y no habiendo pronunciamiento del Poder Ejecutivo, se tendrá por decretada la expropiación de pleno derecho, siguiéndose los trámites de oficio”. ——En discusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: el artículo 427 que se acaba de votar, relativo a la Comisión del Patrimonio Histórico —ahora denominada Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación—, modifica los mecanismos de la declaración de monumento histórico que, como todos sabemos, tienen ciertas limitaciones para sus propietarios. El artículo original decía: “La Comisión propondrá al Poder Ejecutivo la adquisición o expropiación de los monumentos históricos, toda vez que a su juicio

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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y seis en noventa y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 430. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en noventa y ocho: AFIRMATIVA. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Solicito que se rectifique la votación. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 431. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MONTANER (Susana).- Señor presidente: cuando asistió este ministerio estuvimos en la comisión y queremos decir que no solo no queda poco claro el artículo 430 sino que mezcla y dificulta mucho más la labor de los escribanos con respecto a los poderes, así como la seguridad y tranquilidad del poderdante, que para nosotros es fundamental. En cuanto al tema de los registros, hago mías las palabras de la señora diputada Bianchi porque no supieron explicarnos fehacientemente los cambios que implicaban estos artículos: Consideramos que deberían ser fruto de un estudio pormenorizado fuera del presupuesto porque realmente no facilitan la labor registral y notarial. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 431. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y ocho: AFIRMATIVA. Resta considerar aditivos a este contenidos en las Hojas Nº 41, 42, 43 y 45. Inciso,

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: lo que voy a decir vale para este artículo y los subsiguientes. Tal como manifestamos en la comisión -no vamos a reiterar todo- estos no son artículos de materia presupuestal y así se lo planteamos al director General de Registros. Además, el artículo 430 implica una modificación del Código Civil y tiene una redacción muy confusa, y los artículos subsiguientes plantean modificaciones registrales con el objetivo de que todo sea lo más rápido posible, pero a veces lo rápido luego trae más problemas. No vamos a votar este artículo por los mencionados motivos, pero fundamentalmente porque no es materia presupuestal y también porque resulta confuso. Tenemos que ser honestos intelectualmente y expresar que el director General de Registros no pudo defender con mucha fortaleza estos artículos y no nos convenció, aunque podría haberlo logrado. SEÑORA MONTANER (Susana).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

La Hoja Nº 44 fue retirada por el señor diputado Rubio. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 41, presentado por los señores diputados Walter Verri, Nicolás Olivera, Conrado Rodríguez y Germán Cardoso. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- El Ministerio de Educación y Cultura destinará del programa 280 “Bienes y Servicios Culturales), “Proyecto 703 “Recuperación y Construcción de infraestructura y Desarrollo de Actividades Artísticas y Culturales del Interior” 6.000.000 de pesos anuales por el período 2016-2019 y del proyecto 706 “Equipamiento y Mobiliario de Locales Culturales” 4.000.000 en 2016, con destino al acondicionamiento, equipamiento y mantenimiento del Teatro Florencio Sánchez de la ciudad de Paysandú”. ——En discusión. SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada.

Sánchez).-

SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Señor presidente: como bien dijo el señor diputado Verri, se me propuso firmar este aditivo pero lo consulté con mi bancada y consideré que no era necesario. No lo hice porque no entienda la justicia del planteo que se está realizando, porque no haya querido acompañar a la Fundación de Amigos del Teatro Florencio Sánchez, ni porque no comparta la relevancia que tiene este teatro de nuestra ciudad. Confío en la ministra María Julia Muñoz, que a los tres representantes del departamento nos dijo que los fondos iban a estar incluidos y este teatro sería considerado a través de recursos que se van a proporcionar por el Ministerio de Educación y Cultura. Así lo manifestó la ministra en la comisión -tal como informó el señor diputado Sabini- y también me lo informó personalmente luego, cuando conversamos con ella los tres diputados del departamento. Por lo tanto, confío en la palabra de la compañera ministra. Además, estoy muy atenta a la gestión que están haciendo el intendente, compañero Guillermo Caraballo y la Directora de Cultura, Lilián Silvera, que también están trabajando a los efectos de conseguir los recursos para los arreglos que el Teatro Florencio Sánchez necesita. Desde que asumió la intendencia el Frente Amplio, el Florencio Sánchez pasó a ser un teatro de puertas abiertas, en el que la cultura

popular está presente y los artistas sanduceros ya comenzaron a expresarse. Por lo tanto, confío en que mi gobierno, el gobierno del Frente Amplio -que está gobernando a nivel nacional y departamental-, encuentre los recursos necesarios para hacer frente al mantenimiento y la reparación del bello Teatro Florencio Sánchez. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Habiéndose cumplido diecisiete horas de sesión, si no se hace uso de la palabra, se va a votar la Hoja Nº 41. (Se vota) ——Cuarenta y seis en noventa y ocho: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 42, presentada por los señores diputados Iván Posada, Heriberto Sosa y Daniel Radío. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Transfórmanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Unidad Ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable”, Programa 240 “Investigación Fundamental”, los siguientes cargos vacantes:”

Esc. A D E F F

Grado 10 8 4 1 1

Denominación Licenciado Bibliotecología Especialista I Biblioteca Oficial I Tornero Auxiliar IV Servicios Auxiliar IV Servicios

Esc. C D C C D

Grado 10 8 4 1 1

Denominación Técnico en Administración Técnico en Informática Administrativo Secretaría Científica Técnico de Bioterio

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SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: voy a explicar las Hojas Nº 42 y Nº 43. Una de las dificultades que planteó el Instituto Clemente Estable cuando fue convocado por la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda tenía que ver con dificultades operativas debido a la falta de funcionarios administrativos. Inclusive, mencionaron que en diversas oportunidades los investigadores deben hacer tareas administrativas. Estos dos artículos aditivos plantean transformaciones de cargos, de manera de lograr una infraestructura administrativa básica. La Hoja Nº 42 apunta a tener una infraestructura básica a fin de dar respuesta a los problemas de funcionamiento administrativo que se plantean, para lo que se proponen una serie de transformaciones de cargos. Se aspira a tener un cargo de técnico en administración, otro de técnico en informática, un administrativo, una secretaria científica y un técnico de bioterio. En la Hoja Nº 43 se propone transformar un cargo de investigador jefe en profesor titular de investigación, un cargo de investigador asistente en

profesor agregado de investigación, y un cargo de investigador ayudante en profesor adjunto de investigación. Aclaro que ninguno de estos artículos implica costos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la Hoja Nº 42. (Se vota) ——Noventa y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el aditivo que figura en la Hoja Nº 43, presentado por los señores diputados Iván Posada, Heriberto Sosa y Daniel Radío. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Transfórmense en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, Unidad Ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable”, Programa 240 “Investigación Fundamental”, la denominación y escalafón de los siguientes cargos:

Cargos a transformar Esc . A Grado Denominación Serie Esc. Grado

Cargos transformados Denominación Serie

16

Investigador Jefe

Profesional

A

16

Profesor Titular de Investigación Profesor Agregado de Investigación Profesor Adjunto de Investigación

Profesional

D

13

Investigador

Asistente

A

13

Profesional

D

11

Investigador

Ayudante

A

11

Profesional

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Los mismos serán ocupados exclusivamente por los funcionarios cuya situación dio origen a las respectivas transformaciones. En ningún caso las transformaciones previstas en el presente artículo podrán significar lesión de derechos funcionales. Los cargos serán equiparados a los de la Universidad de la República como lo indica la Ley N° 15.903 Art. 202, de 10 de noviembre de 1987, que establece el carácter docente de los investigadores del IIBCE y mantendrán su carácter de dedicación total”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el aditivo que figura en la Hoja Nº 45, presentada por la señora diputada Gloria Rodríguez y los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar, Jorge Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Asígnase una partida de $ 150.000 (ciento cincuenta mil pesos) para el Ejercicio 2016 y 2017, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley 19.122 de 9 de setiembre de 2013. La presente erogación se financiará con la disminución del Inciso 24 ‘Diversos Créditos’ Programa 484 ‘Políticas de Gobierno Electrónico’ Proyecto 881 ‘Trámites en Línea en todo el Territorio Nacional’ para los ejercicios 2016 y 2017”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y cuatro: NEGATIVA. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: considero que estos dos artículos deberían ir a continuación del artículo 413, que es el que hace referencia a los fondos que se votaron para el Instituto Clemente Estable. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Allí serán ubicados, señor legislador. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: quería dejar constancia de que nos comunicamos con las autoridades del Ministerio y manifestaron compartir el aditivo presentado por el Partido Independiente. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).Señor presidente: realizamos esta solicitud de fondos, basados en la Ley Nº 19.122, debido a que en la Comisión de Derechos Humanos -consta en la versión taquigráfica- recibimos a organizaciones civiles e independientes manifestando su preocupación por la ley aprobada el 8 de agosto de 2013. Es evidente que las leyes, por sí, no cambian la realidad. Consideramos que esta cantidad de dinero es ínfima si la comparamos con los montos que se han manejado en sala. Además, este es un tema ante el que el Gobierno se ha manifestado sensible; ha acompañado y ha reconocido la discriminación,

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: mociono para que se autorice a la Mesa a proceder al reordenamiento de los artículos y de las correcciones ortográficas que el presupuesto necesite, para que sea debidamente enviado al Senado.

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pero cuando llega el momento de otorgar los fondos y de llevar los hechos a la práctica, no se consigue el apoyo. Esto no solamente lo digo yo, sino que lo manifiestan las organizaciones civiles que han trabajado durante décadas y décadas. En la Ley Nº 19.122 trabajé cuando no era legisladora; acompañamos al diputado Carballo y a la exdiputada De los Santos y el Partido Nacional realizó sus aportes. Nos preocupa enormemente la expresión de la bancada oficialista. Me lleva a pensar, inclusive hasta a dudar de las intenciones, por la manera que se ha trabajado y manifestado la preocupación acerca del tema de los afrodescendientes. A través de esta disposición se pide $ 150.000 es para investigadores y divulgadores porque en el artículo 8º se establece: “Se considera de interés general que los programas educativos y de formación docente, incorporen el legado de las comunidades afrodescendientes en la historia, su participación y aportes en la conformación de la nación, en sus diversas expresiones culturales”, así como en su pasado y aportes. En lo que respecta a lo que se ha trazado en la educación, se ha incluido la presencia indígena, la criolla y la migración europea, pero el aporte de los afrodescendientes no figura. Lamentamos enormemente esta situación y más aún cuando hubo con compañeros diputados que también trabajaron en esta ley y hoy no levantaron la mano para que esto se concrete. Muchas gracias. SEÑOR POSADA (Iván).- Solicito que se rectifique la votación. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación del sustitutivo que figura en la hoja Nº 45.

(Se vota) ——Cuarenta en noventa y cuatro: NEGATIVA. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: entendemos que el Mides cuenta con los recursos necesarios para hacer frente al artículo 9° de la mencionada ley y esta bancada entiende que es un monto relativamente pequeño. Con sinceridad debo decir que no habíamos tenido el espacio necesario para considerarlo. Si se hubiera hecho en alguna instancia interpartidaria o si hubiera llegado a nosotros lo habríamos considerado. De cualquier forma, queremos recalcar que el Ministerio de Desarrollo Social cuenta con los fondos como para hacer frente a ese artículo y comprometemos nuestro apoyo para trabajar en el Senado, por tratarse de un monto pequeño. De todos modos, no habiéndolo discutido con nuestra bancada no nos parece adecuado ni correcto votarlo. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: creo que tratándose de una partida tan pequeña destinada a lo establecido en la ley en atención a las personas afrodescendientes, si el Frente Amplio está dispuesto a analizar el tema en el transcurso de los días en que transcurrirá la instancia del presupuesto, proponemos el desglose de la Hoja Nº 45 para tratarla al final, de modo que tengan mañana y pasado a fin de analizar esta situación.

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Dejamos constancia de que oportunamente, hace ya varios días, presentamos esta hoja en la Comisión de Presupuesto integrada con la de Hacienda. Dejamos esta constancia simplemente a los efectos de que no se vaya a pensar que lo presentamos en sala. Fue presentado en la comisión hace ya muchos días, porque es una preocupación en la que ha insistido mucho la señora diputada Gloria Rodríguez, en el sentido de incorporarlo al presupuesto nacional. Con muchísimo gusto proponemos, entonces, la postergación del tratamiento de la Hoja, para que la bancada del partido de gobierno pueda analizarla y, de esta forma, se apruebe en las sesiones que quedan por delante para el tratamiento del presupuesto. Nada más, señor presidente. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: solicito el desglose de la Hoja Nº 45. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Corresponde reconsiderar la Hoja Nº 45 y luego procederemos a votar su desglose. Se va a votar la reconsideración de la Hoja Nº 45. (Se vota) ——Noventa y cinco por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se va a votar si se desglosa la Hoja N° 45. (Se vota) ——Noventa y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Queda desglosada la Hoja N° 45. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: la lógica con que discutimos el presupuesto -hemos pasado por instancias similares desde el domingo hasta hoy- hace que algunas cosas parezcan paradójico. Sabemos que tenemos enormes diferencias, que se definieron en el presupuesto en general y en

algunos aspectos en particular. Pero la lógica de marcar la diferencia por la vía de los aditivos u otros mecanismos, nos enfrenta. Si bien ya estamos terminando este proceso de presupuesto, creo que debemos tener precaución en este sentido. Con respecto a este tema en particular, el compañero coordinador de bancada ha pedido la reconsideración del asunto, y seguramente se van a hacer las gestiones correspondientes. Lo cierto es que en estas cuestiones todos sentimos un sabor agridulce porque decimos que no a algunas cosas, y no tiene mucha lógica si analizamos los montos, etcétera. Reconozco a un grupo de legisladores jóvenes del Frente Amplio, que hizo un enorme esfuerzo para acordar con la bancada redistribuir recursos; en algunos casos, eran partidas pequeñas y, en otros, más importantes. Fue toda una discusión interna. Pero esa metodología puede ser ampliada a los partidos políticos. Sabemos que hay cuestiones que son básicas y elementales y es necesario superar las diferencias porque la discusión no es esa. No se puede discutir si el Parlamento está en contra de la investigación de la afrodescendencia. Tampoco podemos contar los aspectos vinculados a derivar hacia otros ministerios porque, de lo contrario, estaríamos trasladando la creación de gastos. Entonces, me parece que tenemos que cambiar la lógica. A esta hora de la madrugada a uno le entra a picar la cuestión y se pregunta: ¿tantas son las diferencias que tenemos en cosas tan pequeñas, pero importantes? Reitero: necesitamos cambiar nuestra actitud, sabiendo que nos vamos a arrancar las muelas y que hay cuestiones que parecen no tener sentido, cuyo único objetivo es mantener la diferencia. El objetivo no es una diferencia ideológica o filosófica; es mantener la diferencia. Por eso, creo que debemos modificar el régimen de trabajo, pero no sé cómo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Hoja N° 45 ha sido desglosada. Hasta el final del análisis del articulado podemos buscar un camino para alcanzar un entendimiento. Se pasa a considerar el Inciso 12, “Ministerio de Salud Pública”, que comprende los artículos 443 a 462, inclusive. (Texto del Inciso 12:)

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“Artículo 443.- Compete al Poder Ejecutivo regular los programas integrales consagrados en el artículo 45 de la Ley nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, definiendo las prestaciones, estudios, procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de rehabilitación, medicamentos y vacunas que forman parte de los mismos. Dichos programas serán los que las entidades públicas y privadas que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud tendrán la responsabilidad y obligación de suministrar a toda la población usuaria de dicho Sistema. Artículo 444.- Suprímese en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, la Unidad Ejecutora 105 “Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud”, reasignando los créditos presupuestales así como los recursos humanos, financieros y materiales a la Unidad Ejecutora 102 “Junta Nacional de Salud”. Los cometidos definidos por el artículo 573 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, serán ejercidos por la Unidad Ejecutora “Junta Nacional de Salud”. Créase en la Unidad Ejecutora 102 “Junta Nacional de Salud”, un cargo de particular confianza de “Director General”, el que quedará comprendido en el inciso 1º del artículo 16 de la Ley nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, suprimiéndose el cargo creado por el artículo 574 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El Poder Ejecutivo determinará los créditos y recursos a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto a lo dispuesto en la presente norma. Artículo 445.- Sustitúyese el literal A) del artículo 29 de la Ley nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, por el siguiente: “A) Presidir sus sesiones y ejercer la Dirección General de la Unidad Ejecutora “Junta Nacional de Salud””. Artículo 446.- Créase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, la Unidad Ejecutora “Dirección General de Coordinación”, la que tendrá los siguientes cometidos: A) Impulsar una gestión coordinada entre las diversas dependencias del Ministerio de Salud Pública, a nivel nacional, regional, departamental y local; Lograr un trabajo coordinado y de complementación asistencial entre los efectores públicos y privados del Sistema Nacional Integrado de Salud; Contribuir al desarrollo de una estrategia de trabajo que favorezca el funcionamiento armónico del Inciso en el vínculo con los demás actores institucionales o sociales que componen el Sistema Nacional Integrado de Salud, así como la formulación de una estrategia acorde a tales fines.

B)

C)

Artículo 447.- La Red Integrada de Efectores Públicos de Salud (RIEPS) creada por el artículo 741 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, pasará a depender de la Unidad Ejecutora 106 “Dirección General de Coordinación” del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, debiendo transferirse las asignaciones presupuestales previstas para gastos de funcionamiento. El representante de la Unidad Ejecutora “Dirección General de Coordinación” en la RIEPS presidirá el Consejo Directivo de la misma. Artículo 448.- Suprímense en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” los cargos de particular confianza de “Director de Programación Estratégica en Salud” y “Coordinador General de Descentralización”, creados respectivamente por los artículos 556 y 566 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Créase el cargo de particular confianza de Director de la Unidad Ejecutora 106 “Dirección General de Coordinación”, el que quedará comprendido en el inciso primero del artículo 16 de la Ley nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 449.- Transfiérese al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” los recursos humanos, materiales y financieros, afectados al Departamento de Clínicas Preventivas de la División Salud Ambiental y Ocupacional de la Unidad Ejecutora 103 “Dirección General de la Salud” del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”.

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El Poder Ejecutivo determinará los créditos y recursos a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. Artículo 450.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, Unidad Ejecutora 103 “Dirección General de la Salud”, a percibir ingresos por concepto de Tasa de Habilitación de las empresas usuarias de sustancias controladas, cuyo monto fijará el Poder Ejecutivo en función de la complejidad de los procedimientos requeridos a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa vigente. Artículo 451.- Quedan exceptuados de la prohibición establecida en el artículo 32 de la Ley nº 11.923, de 27 de marzo de 1953, modificativas y concordantes, los profesionales de la salud que se desempeñen como suplentes en el Sistema de Emergencia en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, Unidad Ejecutora 104 “Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos”. En todos los casos se aplicará el límite de sesenta horas semanales de labor. Artículo 452.- Incorpóranse las Unidades de Donación y Trasplante (UDT) a la Red Nacional de Donación y Trasplante, regulada por el artículo 570 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y por el artículo 214 de la Ley nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Las Unidades de Donación y Trasplante (UDT), se categorizarán de acuerdo a su complejidad asistencial en: A) Nivel I: Unidades de Donación y Trasplante instaladas en establecimientos de salud con o sin internación y sin unidad de terapia intensiva. Nivel II: Unidades de Donación y Trasplante instaladas en establecimientos de salud con unidad de terapia intensiva. II II C) A: con servicio de Neurocirugía; B: sin servicio de Neurocirugía.

B)

Nivel III: Unidades de Donación y Trasplante instaladas en establecimientos de salud con unidades de terapia intensiva y Programa Activo de Trasplante.

La reglamentación establecerá la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, así como los recursos humanos que los prestadores públicos y privados del Sistema Nacional Integrado de Salud deberán aportar para el funcionamiento de las Unidades. Artículo 453.- El Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” no podrá incrementar las transferencias a las Comisiones de Apoyo. Los créditos presupuestales que financian las transferencias a las referidas Instituciones no podrán ser reforzados ni recibir trasposiciones. Las transferencias que se destinen al pago de retribuciones personales, podrán modificarse únicamente por el ajuste salarial que disponga el Poder Ejecutivo con carácter general para los funcionarios de la Administración Central. Artículo 454.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a destinar una partida anual de $ 44.756.124 (cuarenta y cuatro millones setecientos cincuenta y seis mil ciento veinticuatro pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, la que se financiará con los créditos presupuestales de las vacantes suprimidas por este artículo, a efectos de abonar compromisos de gestión a quienes presten efectivamente funciones en el Inciso, cualquiera sea su vínculo funcional, por el cumplimiento de metas funcionales e institucionales. La Contaduría General de la Nación efectuará las reasignaciones que correspondan, en función de la distribución entre unidades ejecutoras y programas, que el Inciso comunicará en un plazo de noventa días a partir del inicio de cada ejercicio.

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El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en este artículo, previo informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas, condicionado a la efectiva existencia de créditos presupuestales. El incumplimiento de las condiciones reglamentariamente establecidas determinará la pérdida de la compensación correspondiente. Los funcionarios no podrán percibir más de una partida derivada de la suscripción de compromisos de gestión. Suprímese en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, en las unidades ejecutoras y programas que se indican, con la finalidad prevista en el inciso primero de este artículo, las siguientes vacantes:

UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 25.428 25.428 25.428 25.504 25.504 25.504 25.504 25.504 25.504 25.504 25.504 25.509 25.509 25.509 25.509 25.509 25.509 25.509 25.511 25.511 28.108 28.110 2 3 4 1 5 10 11 12 13 14 16 2 3 7 8 9 10 11 2 4 1 1

DESCRIPCIÓN

ESCALAFON GRADO A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

DENOMINACIÓN

SERIE CONTADOR CONTADOR CONTADOR PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO ESCRIBANO ESCRIBANO MÉDICO CIRUJANO ODONTÓLOGO

1.000 PRESUPUESTADO CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES

8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II

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UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA 1 1 1 1 441 441 441 441 28.115 25.429 28.117 25.505 2 2 1 1

DESCRIPCIÓN

ESCALAFON GRADO A C D D

DENOMINACIÓN

SERIE ABOGADO ADMINISTRATIVO SERVICIOS ASISTENCIALES

1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES

10 TÉCNICO I 12 DIRECTOR DE DIVISIÓN II 9 ESPECIALISTA I 13 ESPECIALISTA EN PRENSA Y RELACIONES PÚBLICAS 10 JEFE DE TALLER 10 JEFE DE TALLER 8 JEFE DE DEPARTAMENTO 10 ANALISTA PROGRAMADOR 11 JEFE DE SECCIÓN 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III

1 1 1 1 1 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103

441 441 441 441 441 440 440 440 440 440 440 440 440 440 440 440 440 441 441 441 441 441 441 441

25.425 25.425 25.493 25.491 25.506 27.432 27.432 27.432 27.432 27.432 27.432 27.525 27.525 27.584 27.584 27.584 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431

1 2 1 2 1 1 3 4 5 7 9 3 9 7 8 10 1 3 10 13 16 20 26 30

1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS

E E F R R A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

OFICIOS OFICIOS CONSERJERÍA

COMPUTACIÓN PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL PROFESIONAL MÉDICO MÉDICO MÉDICO PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN

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UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA

DESCRIPCIÓN CIVILES

ESCALAFON GRADO

DENOMINACIÓN

SERIE SALUD

103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103

441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441

27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.431 27.526 27.526 27.526 27.526 27.526 27.526 27.532 27.532 27.572 27.583 27.583 27.583 27.583

31 33 34 38 39 41 45 47 48 49 50 51 52 54 55 10 18 19 33 34 35 1 2 1 1 3 4 14

1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES

A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III

PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL MÉDICO O QUÍMICO MÉDICO QUÍMICO MÉDICO CARDIÓLOGO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO

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UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 103 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 440 440 440 440 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 441 27.583 27.583 27.583 27.583 27.583 27.583 27.583 27.583 27.583 27.583 27.583 27.586 27.430 27.430 27.430 27.530 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 27.429 15 19 25 35 36 37 38 39 41 42 47 4 1 3 4 1 1 2 3 4 5 6 7 8 10 12 13 14 15

DESCRIPCIÓN

ESCALAFON GRADO A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

DENOMINACIÓN

SERIE MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO MÉDICO QUÍMICO FARMACÉUTICO PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD VETERINARIO PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN

1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS

8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II

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UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA

DESCRIPCIÓN CIVILES

ESCALAFON GRADO

DENOMINACIÓN

SERIE SALUD

103 103 103 103 103

441 441 441 441 441

27.429 27.429 27.429 27.429 28.237

16 17 18 19 1

1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.800 CONTRATOS PERMANENTES CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.800 CONTRATOS PERMANENTES CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES

A A A A A

9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II 9 TÉCNICO II

PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD MÉDICO

103 103 103 103 103 103

441 441 441 441 441 441

28.860 27.573 28.543 28.859 28.388 28.857

1 1 1 1 1 1

A A A A A A

9 TÉCNICO II 10 JEFE DE SERVICIOS 10 JEFE DE SERVICIOS 10 TÉCNICO I 12 TÉCNICO PROFESIONAL

MÉDICO HEMOTERAPIA MÉDICO O QUÍMICO PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL DE APOYO EN SALUD

13 SUB DIRECTOR DE VETERINARIO INSTITUTO I 9 SUBJEFE DE TALLER 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III 8 TÉCNICO III OFICIOS MÉDICO MÉDICO MÉDICO

103 104 104 104

441 440 440 443

27.518 27.839 27.839 27.840

1 5 16 1

E A A A

Artículo 455.- Reasígnanse en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales” las siguientes partidas:

U.E. 001 001 001 103 104 001 001

Programa 440 441 441 441 443 441 441

Objeto del Gasto 099.001 042.520 095.002 092.000 095.002 299.000 559.000 Partida Proyectada Compensación especial por cumplir condiciones específicas Fondo para Contratos Temporales Dcho. Público Partidas globales a distribuir Fondo para Contratos Temporales Dcho. Público Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores Transferencias Corrientes A Otras Instit. Sin Fines De Lucro

Monto ($) -3.938.476 -3.242.476 -4.452.703 -8.223.863 -142.482 11.000.000 9.000.000

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Artículo 456.- La dispensación de medicamentos, procedimientos o dispositivos terapéuticos que no se encuentren debidamente aprobados y registrados ante el Ministerio de Salud Pública, solamente se admitirá en los casos taxativamente enumerados en la normativa vigente y en los incluidos en el marco de ensayos clínicos realizados conforme a derecho. Artículo 457.- La aprobación y registro en el Ministerio de Salud Pública de especialidades farmacéuticas deberá ser precedida de informe técnico favorable de eficacia, calidad y seguridad. La incorporación de dichas especialidades al Formulario Terapéutico de Medicamentos y a los programas integrales de prestaciones consagrados en el artículo 45 de la Ley nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, deberá contar, asimismo, con informe técnico de impacto presupuestal y de evaluación económica según las recomendaciones vigentes de la Organización Mundial de la Salud, evidencia científica, estudio de costo-efectividad y sustentabilidad para el Sistema Nacional Integrado de Salud. Artículo 458.- El Fondo Nacional de Lucha contra el SIDA, creado por el artículo 403 de la Ley nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 361 de la Ley nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, financiará el suministro de los medicamentos para el tratamiento de la enfermedad definidos por el Ministerio de Salud Pública, previo informe de la Comisión Asesora del Formulario Terapéutico Nacional, de acuerdo a la normatización y protocolización que dicho Ministerio defina, para los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud. Artículo 459.- Los convenios de gestión a los que refiere el artículo 276 de la Ley nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, serán elaborados por el Fondo Nacional de Recursos, incluyendo los criterios establecidos en el inciso segundo de dicho artículo. Los institutos y entidades comprendidos en el inciso primero del citado artículo, deberán adherir al convenio de gestión en el plazo máximo de 180 días contados a partir de la notificación del texto del convenio al adherente. En caso que los institutos e instituciones referidos no suscriban el convenio de gestión en el plazo mencionado o incumplan el mismo, además de las facultades a que refiere el artículo 276 de la Ley nº 18.834, de 4 de Noviembre de 2011, no accederán, en tanto persista el incumplimiento, al certificado que acredita estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones con el Fondo Nacional de Recursos, que les habilita a realizar cualquier tipo de gestión ante el Banco de Previsión Social y los Ministerios de Economía y Finanzas, Trabajo y Seguridad Social y Salud Pública. Artículo 460.- Facúltase al Fondo Nacional de Recursos para realizar auditorías en las historias clínicas de los pacientes de los institutos y entidades a quienes se les financien actos médicos o medicamentos por parte del referido Fondo, a efectos de realizar una debida evaluación del cumplimiento de las obligaciones asumidas en los convenios de gestión a que refiere el artículo 276 de la Ley nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011 y concordantes. Los institutos y entidades referidas deberán comunicar dicho extremo a sus beneficiarios o afiliados. Artículo 461.- Facúltase al Poder Ejecutivo para determinar los mecanismos de intercambio de información clínica con fines asistenciales, a través del Sistema de Historia Clínica Electrónica Nacional (HCEN), a efectos de garantizar el derecho a la protección de la salud de los habitantes y el acceso a las redes integradas de servicios de salud, de conformidad con lo establecido por la Ley nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007. En el intercambio de información clínica se asegurará la confidencialidad de la información en concordancia con la Ley nº 18.331, de 11 de agosto de 2008 (Ley de Protección de Datos Personales). Artículo 462.- La receta médica electrónica se considera plenamente admisible, valida y eficaz de conformidad con lo dispuesto por la Ley nº 18.600, de 21 de setiembre de 2009, cumpliendo con los siguientes contenidos mínimos: forma farmacéutica, posología, vía de administración y concentración del medicamento implicado, identificación del prescriptor, identificación del usuario y vigencia en función de la fecha de expedición de la receta. El Poder Ejecutivo reglamentará los procesos electrónicos para la prescripción, la expedición y el control de las recetas electrónicas de estupefacientes y psicofármacos, previo a la aplicación de la norma referida”.

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——Hemos acordado con las bancadas tratar, en primer lugar, un bloque de tres artículos: 443, 456 y 457. En discusión el artículo 443, que tiene un sustitutivo. Tiene la palabra el señor diputado Egardo Mier. SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: los artículos que componen este primer bloque fueron desglosados por la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y derivados, para su estudio, a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, que integramos. Precisamente, en este punto tuvimos nuestra primera sorpresa; confesamos que estamos debutando, somos muy nuevitos en esto. Lo digo porque discutimos en profundidad este artículo, pero cuando llegó la instancia del informe final nos encontramos con que no teníamos competencia para realizar ningún informe, para adoptar posición ni para votar. Inclusive, la Comisión solicitó permiso para sesionar simultáneamente con la Cámara y analizar el articulado. Pero, reitero, cuando llegó el momento del resumen final, nos encontramos con que no era cometido de la Comisión hacer un informe final ni votar. Les adelanto que en la Comisión había una posición mayoritaria, que coincidía con nuestra opinión y con la del Partido Nacional. En ese momento, nos surgió la primera interrogante: ¿para qué estuvimos trabajando tantas horas y para qué la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda desglosó este articulado y lo envió a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social? Al final, decidimos remitir la versión taquigráfica para que se supiera qué habíamos discutido. Explicado esto, deseo comentar por qué queríamos sacar estos artículos del análisis del presupuesto: por inconvenientes, por considerar que son de dudosa constitucionalidad -digo solo esto porque no soy especialista- y ese no era el momento adecuado para tratar la temática. Debemos tener en cuenta que este asunto es fundamental desde el punto de vista económico y también social, pues genera una enorme sensibilidad en las personas. Por todos estos motivos, entendimos que lo mejor era que estos artículos no se trataran en este

presupuesto. Inclusive, nos ofrecimos a generar un ámbito de profunda discusión, con multitud de integrantes -todos los que se quisiera-, para escuchar la voz de todos los actores involucrados. Lamentablemente, hoy estamos tratando este articulado y generando una discusión, que entendemos no debería haberse producido en esta oportunidad. Aclaro que sí debe darse en este ámbito pero con la participación de otros actores. Hechas estas salvedades, quiero decir que hoy estoy hablando como legislador pero no me quito para nada me desentiendo de haber ejercido la medicina, de ser médico porque lo voy a ser toda la vida. Además, durante treinta de los treinta y tres años de ejercicio profesional, tuve la responsabilidad de la administración y la gestión de instituciones que atienden la salud. Muchas veces nos tocó dar la cara para decir al paciente o a la familia: “Este medicamento no está en el formulario terapéutico nacional. Por lo tanto, no tenemos la obligación de dártelo. Es carísimo. Intentemos buscar una solución”. Detrás de esto siempre está la firma de un médico, con todas las connotaciones que ello tiene. Este es un asunto de enorme complejidad, que afecta directamente la sensibilidad y los derechos humanos de las personas, pero no podemos negar que también es de enorme importancia para el país por sus connotaciones y el importante costo económico. Tenemos la obligación de darnos esta discusión en profundidad y escuchando a todos los actores porque seguramente entre todos vamos a encontrar al camino que nos permita ser más justos y resolver este punto con el beneplácito de todas las partes. Reitero lo que dije anteriormente: muchas veces tuve que decir a pacientes o familiares: “Esto no te lo podemos dar”. Pero no puedo negarles la chance de recurrir ante la justicia y que me diga: “Tú no me lo podés dar, pero tengo la posibilidad de plantear un recurso de amparo de este derecho que se me está cercenando y finalmente me lo vas a tener que dar”. Creo que lo que vamos a resolver en la Cámara -ojalá no sea lo que pienso- va a generar una cadena de consecuencias y de dificultades que aumentarán la entidad del problema en todos sus aspectos porque el paciente, que se va a ver perjudicado en su derecho al reclamo, va a tener que recorrer un camino muy largo, planteando primero que se declare la inconstitucionalidad de estos artículos -si es que se

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aprueban-, y recién después presentando un recurso de amparo. También creemos que personas y organizaciones muy importantes van a hacer una serie de reclamos jurídicos al Estado. (Ocupa la presidencia el señor representante Pablo Abdala) ——Resumiendo –a continuación va a hacer uso de la palabra, para complementar lo que estamos diciendo, un compañero diputado muy ilustrado, que ha estudiado muchísimo y en profundidad–, pedimos que estos artículos sean votados negativamente, aunque nos habría gustado mucho que no fueran parte de esta discusión. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Martín Lema. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: vinimos a este debate con mucha ilusión, y esperamos no ser ingenuos. Antes que nada, felicito a los integrantes de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social por la altura y la fraternidad de esta discusión. Partimos de la base de que en el Cuerpo no hay buenos ni malos, simplemente que cada uno trató de fundar con documentos la postura que consideraba mejor para el debate. Por lo tanto, hago un reconocimiento a los señores diputados Gallo Cantera, De León, Bianchi y a mi compañero Egardo Mier, con quien hemos hecho un gran equipo y a quien hemos aprendido a apreciar. Para nosotros este tema no es fácil; quizá sea mucho más difícil de lo que todos imaginan. Es bueno recurrir a los antecedentes. Este asunto se empezó a tratar el 20 y el 21 de abril de este año, en las Primeras Jornadas Internacionales de Bioderecho, a las que fuimos invitados. Comenzamos a estudiar lo relativo al Fondo Nacional de Recursos y advertimos que había aportes para hacer, cosas para mejorar y en las que profundizar, a pesar de algunos comentarios bienintencionados de gente a la que uno aprecia -considero que el aprecio es recíproco-, que decían que no me metiera, que este era un asunto muy delicado, complicado. Pero si en la actividad política no enfrentamos los temas delicados y complicados, ¿para qué estamos? Estos temas hay que someterlos a jerarquía política y discutirlos con esa jerarquía política.

Empezamos con una premisa ineludible: el inciso segundo del artículo 44 de la Constitución de la República, establece: “[…] El Estado proporcionará gratuitamente los medios de prevención y de asistencia tan solo a los indigentes o carentes de recursos suficientes”. A partir de esta premisa empezamos a analizar cómo se accede a los medicamentos de alto costo. La primera puntualización que queremos hacer es que el medicamento que la persona solicita al Fondo Nacional de Recursos está indicado por médicos. No es que el paciente un día se levanta y se le ocurre ir al Fondo Nacional de Recursos en una posición infundada a solicitar un medicamento de alto costo; un médico tratante entendió que ese medicamento era el preciso, el correcto para determinada patología. El Fondo Nacional de Recursos lo otorga si figura en el Formulario Terapéutico de Medicamentos y siempre y cuando el protocolo lo indique para esa patología. Cuando vamos a ver de qué manera se incluyen los medicamentos en el Formulario Terapéutico de Medicamentos, nos encontramos con que hay una Comisión Técnica Asesora que asesora al ministro de Salud Pública antes de tomar la determinación. Vamos a hacer una crítica constructiva. Esta Comisión Técnica Asesora no tiene actas; como hay medicamentos que están en evaluación desde hace tres años y medio, consultamos cómo hace para recordar lo discutido tanto tiempo atrás y cuál es el hilo conductor que le lleva a asesorar al ministro para que incluya o no los medicamentos en el FTM; no entendemos la línea de razonamiento ni la motivación científica. Esta crítica viene acompañada de una propuesta: debe haber actas públicas de las discusiones que tiene la comisión que asesora al ministro de Salud Pública para tomar la determinación. También empezamos a ver profundas desigualdades en el acceso a medicamentos de alto costo. La primera es entre quien tiene la fortuna de tener un poder adquisitivo que le permita comprarlos y quien no. El que tiene poder adquisitivo no tiene ningún inconveniente, va y los compra, pero el que no lo tiene, debe empezar a rebuscarse, y como no cuenta con los recursos, debe ser amparado por el artículo 44 de la Constitución de la República.

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La segunda desigualdad es entre aquellos que promueven la acción de amparo y aquellos que no lo hacen. Quienes promueven acción de amparo tienen la expectativa, según el turno que les toque, de hacerse con el medicamento que, reitero, indicó un médico. Ya es injusto que el paciente tenga que recurrir al amparo, porque implica una pérdida de tiempo en el tratamiento y un desgaste afectivo, psicológico y emocional que también es muy importante en el tratamiento de determinadas patologías. Se ha hablado mucho de la judicialización y quiero destacar algunos aspectos. Uno de ellos es que en un Estado de derecho con separación de poderes, como el nuestro y del que nos vanagloriamos, el Poder Judicial opera como garantía para el ciudadano que considera que tiene un derecho lesionado, por lo que recurre a la Justicia, que luego de pericias y otras cosas, determina entregar el medicamento que fue indicado por el médico, como dijimos al inicio. Por suerte tenemos un Estado de derecho y un sistema republicano. Asimismo, a través de la vía de los hechos en este Cuerpo se admite la judicialización. No voy a dar nombres propios en ningún momento de la exposición porque considero que este debe ser un debate constructivo, pero sí voy a recurrir a hechos. La judicialización la hacemos quienes ocupamos estas bancas, que somos los que elaboramos las leyes. Del despacho de un legislador, el 27 de julio nos llegó un correo electrónico solicitando colaboración -¡bienvenida sea la solicitud!- para abastecer de un medicamento a una persona, mientras esperaba que se promoviera la acción de amparo. Aclaro que si se tratara de alguien cercano yo habría hecho exactamente lo mismo -me parece excelente- y celebro la iniciativa. ¿Qué quiero decir con esto? Que los equipos de los legisladores del oficialismo han admitido la judicialización. ¿Cómo no lo van a hacer si quizás sea la única posibilidad que tiene un paciente de hacerse con el medicamento? Celebramos esto y haríamos lo mismo, pero a pesar de que el camino no debería ser la judicialización, nos parece que deberíamos ser coherentes en cuanto a generar posibilidades para todos. Si consentimos la judicialización para el cercano, debemos permitir el acceso a todos.

La tercera desigualdad es entre los que obtienen sentencias favorables y quienes no, dependiendo del sistema de turnos. En casos idénticos una persona puede obtener el medicamento indicado por el médico y otra no. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Penadés. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente… SEÑOR LEMA interrupción? (Martín).¿Me permite una

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- La cuarta desigualdad es entre los que se atienden en ASSE y los que no. Todo lo que estoy diciendo lo puedo acreditar y a cualquier interesado que lo solicite le voy a entregar los documentos correspondientes. Existe un comunicado de ASSE del 2 de julio solicitando a las unidades ejecutoras que no receten medicamentos fuera del FTM. Quizás en el ámbito privado el médico en su libre actuar y espíritu ético, indica un medicamento, pero lamentablemente en ASSE que, paradójicamente, es donde se atienden las personas de menos recursos, hay un comunicado solicitando que no se receten medicamentos que no figuren en el FTM. Esta es una desigualdad y una injusticia, señor presidente. Otra desigualdad que vemos en el sistema actual es el de las excepciones. El Ministerio de Salud Pública ha hecho excepciones a su discreción y la última fue el 24 de setiembre. No importa el destinatario, porque si yo estuviera en ese lugar obviamente querría tener el medicamento. Cualquier persona cuyo médico tratante le recete un medicamento lo tiene que recibir. Por lo tanto, en ningún momento voy a hacer cuestionamientos acerca del destinatario de la excepción, sino que la celebramos y solicitamos que se cumpla el principio de igualdad para las demás personas. La persona cuyo caso es una excepción tiene la instancia de cercanía para poder aspirar a eso, pero el paciente que se atiende en ASSE ni siquiera puede aspirar a la excepción porque el médico no le puede recetar los medicamentos que

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están fuera del Medicamentos.

Formulario

Terapéutico

de

Tengo material en mi poder, por si a algún legislador le interesa, que demuestra que en casos de procedimientos idénticos los resultados han sido distintos. Por ejemplo, en el mes de junio, el Ministerio de Salud Pública apeló un fallo favorable a una acción de amparo; el Tribunal de Apelaciones revocó la sentencia y se retiró el medicamento. Es decir que en un caso se actuó bien porque se dio el medicamento y en el otro se actuó mal porque se lo retiró. Le preguntamos al ministro Basso cuál era el criterio para hacer excepciones y el 11 de agosto nos dijo que se basaba en la evidencia científica. Esto figura en la versión taquigráfica y la tengo en mi poder. En ese sentido, poseo evidencia científica del caso de un chiquilín que tiene diagnosticada una enfermedad y diferentes resonancias mostraron cómo se reducían los tumores o se mantenían. Sin embargo, a pesar de las instancias posteriores al proceso, hasta el día de hoy el Ministerio de Salud Pública no ha hecho lugar al caso. Si algún legislador está interesado en el caso para acercar a las partes y de paso aplicar el principio de igualdad a todos, tengo las pericias que se hicieron en Brasil, en Argentina y en nuestro país. Por eso solicitamos que en las excepciones se tenga en cuenta el principio de igualdad en cuanto a la evidencia científica. Por otra parte, considero totalmente inoportuno discutir estos artículos en esta instancia. Se trata de temas de mucha complejidad que no deberían ser analizados en la instancia del presupuesto. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el señor diputado Penadés. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente… SEÑOR LEMA interrupción? (Martín).¿Me permite otra

estamos discutiendo este tema que no implica asignar recursos, sino que establece una limitación en el acceso a los medicamentos de alto costo. En ese sentido, recurrimos a los antecedentes que indican que se ha hecho dificultoso el acceso a medicamentos de alto costo. El 23 de junio realizamos nuestro primer planteo en este Cuerpo, a través de una solicitud de derogación de la Ordenanza N° 86, que firmó la ex ministra de Salud Pública, Susana Muñiz, dos días antes de abandonar el cargo. El Decreto N° 265 establece que el Formulario Terapéutico de Medicamentos debería actualizarse anualmente. Esta ordenanza se firma el 27 de febrero de 2015. La última vez que hubo una ordenanza de estas características fue en noviembre de 2013. Es decir, no se cumplió con el plazo que establece el decreto. Nosotros decimos que es una ordenanza inoportuna porque resulta irónico que una ministra de Salud Pública saliente firme una ordenanza que solo excluye medicamentos a dos días de que asuma como presidente de la República un médico oncólogo. Me pregunto si en dos años la ciencia no dio nada nuevo para incorporar y por eso la Ordenanza 86 solo hizo exclusiones. Y cuestionamos la oportunidad. ¿No hubiera sido mejor esperar a que asumiera un presidente de la República que tiene conocimiento del tema para que la ordenanza fuera firmada luego de un análisis, una evaluación y una discusión mucho más profunda que la que puede hacer una ministra saliente? ¿Era necesario firmarla a dos días de que asumiera un presidente de la República de profesión médico oncólogo? Nosotros creemos que hubiera sido mejor esperar, dejar pasar un tiempo. Entonces, no nos encontraríamos en estas circunstancias. Nosotros venimos a hablar, primero, de salud, porque hay que defender al paciente, al usuario. Después, hablaremos de la sustentabilidad de los planteos en defensa de esos pacientes. Lo más importante es que los pacientes que necesitan estos tratamientos puedan acceder a ellos con igualdad y justicia. Lamentablemente, esto no sucede en todos los casos. Con respecto a la ordenanza, vemos que en el primer inciso se excluye el medicamento Cetuximab -aclaro que no soy médico; seguramente faltará

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor Diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: hoy hablamos de transporte y de educación, y ahora

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alguna rigurosidad científica-, que se utiliza para cáncer de colon rectal KRAS salvaje y que fue aprobado por la FDA en el año 2004. El 98 % de los recursos de amparo por este medicamento resultaron favorables. Quiere decir que si se encontrara la forma de facilitarlo, obviamente, aliviaríamos a unos cuantos pacientes el momento traumático de tener que ir a un juicio. Con respecto al medicamento que se excluye a través de la ordenanza, el Ministerio de Salud Pública se contradice cuando el 24 de setiembre hace una excepción, luego de haber recibido una sentencia favorable el 24 de julio. Entonces, el Ministerio excluye este medicamento, pero cuando lo considera oportuno termina proporcionándolo al paciente. Sin embargo, en el caso de los médicos de ASSE, se les dice que no receten esta medicación. Entonces, la desigualdad es manifiesta. Además, alguien ha dicho que este medicamento es la única alternativa eficaz para el cáncer de colon rectal KRAS salvaje. ¿Saben quién lo dijo en un testimonio en el año 2014? La presidenta alterna del Fondo Nacional de Recursos, una persona bastante más calificada que yo; disponemos de copia de su testimonio por si alguno de los legisladores quiere leerlo. El segundo medicamento excluido es la Lenalidomida. Tenemos más de siete cartas de jerarcas hematólogos que desde el año 2009 están solicitando incluir este medicamento en el FTM. El tercer medicamento excluido que figura en el primer inciso de la ordenanza es el Sorafenib. Está incluido para cáncer renal diseminado, para lo cual hay otros dos medicamentos, pero no para cáncer de hígado primitivo. En la página 192 de las pautas de la cátedra de Oncología podemos ver que la alternativa al cáncer de hígado primitivo es una quimioterapia… (Suena el timbre indicador de tiempo) ——¿Me permite otra interrupción? SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Sí, señor Diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el señor diputado Lema. SEÑOR LEMA (Martín).-…una quimioterapia que tiene contraindicaciones bastante severas.

Pero la idea es venir a aportar ideas. Como bien decía el diputado Egardo Mier, dado lo complejo que es el tema vamos a insistir en que es necesario que haya fraternidad, espíritu de discutir el tema en profundidad y con exclusividad. Un tema de estas características debe tener un tratamiento exclusivo, sobre todo cuando no se trata de asignar recursos, sino de limitar el acceso. Hicimos propuestas alternativas. Vamos a ingresar en algo muy importante, que es cómo en los hechos hacemos ejecutivo algo que prevé el artículo 44 de la Constitución. En ese sentido, haremos algunas nuevas propuestas en esta sesión. Algunas de las propuestas que hicimos con muchísima humildad, pero con ganas de que se puedan implementar, obviamente, tienen que ver con la exclusión de estos tres artículos, la derogación de la Ordenanza Nº 86, de 27 de febrero de 2015, inoportuna e inconveniente, por las razones que recién exponíamos, y el dictado de una nueva ordenanza, con el análisis y el debate que este Cuerpo merece. Otro aspecto que reclamamos es la cobertura afectiva al paciente cuando se le da el medicamento y también cuando se le niega. Lo dijimos en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social y lo volvemos a decir en este plenario. Obviamente, no cuestionamos la humanidad de nadie. Es más, partimos de la base de que estamos hablando de gente que tiene buena fe y quiere colaborar, cada cual con su teoría y a su manera. De todas formas, entendemos que la exteriorización, la comunicación al paciente, cuando se le da el medicamento y también cuando no se le da, debe ser con ese abrazo emocional, con ese abrazo afectivo que necesita una persona para enfrentar una enfermedad de estas características. Entendemos que se puede trabajar mejor en la comunicación. Asimismo, planteamos la revisión semestral del FTM. Recién decíamos que pasaron dos años sin incorporar nada. Y cuando hablamos de revisión semestral, estamos hablando precisamente de eso, no de incorporar e incorporar. No podemos caer en discursos simplistas. Veamos cada seis meses qué está pasando en el mundo de la ciencia, qué novedades hay, qué necesita el país a nivel de salud, de medicamentos de estas características.

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Obviamente, también pedimos la publicidad de las actas. No puede ser que la comisión que asesora al ministro no sepa explicar por qué razones hizo determinada sugerencia. También reclamamos el cumplimiento del principio de igualdad. No es posible que se hagan excepciones, como mencionábamos, otorgando la medicación en algunos casos y no en otros. Pedimos que se mantenga el criterio. Podemos acreditar esto. Estamos a disposición para reunirnos con el ministro a fin de que lo que sucede con los casos puntuales se pueda extender. Celebramos las excepciones; lamentamos que no sean más. Por otro lado, proponemos el sistema de riesgo compartido. El 11 de agosto lo planteamos al ministro. Pedimos que se haga un mayor esfuerzo. Otra propuesta que hicimos hace unos días en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social fue que se estableciera en forma paralela y complementaria al Formulario Terapéutico de Medicamentos un listado de medicamentos de los cuales una parte se subsidiaría de acuerdo con las posibilidades económicas del paciente. Se aplicarían franjas, como las que se utilizan para el IRPF. Quizás el paciente no pueda hacerse cargo del 100 % del tratamiento, pero sí de una parte. Esto aliviaría de una parte del costo al Estado que los compra y, por otro lado, permitiría que los pacientes con determinada patología pudieran acceder a la medicación que necesitan. Es cuestión de discutirlo, de intercambiar ideas y propuestas. También sugerimos que se elabore un censo de la cantidad de pacientes que no reciben la medicación indicada porque no figura en el FTM. Como dijimos, el 11 de agosto el ministro de Salud Pública estuvo en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. Pueden acceder a la versión taquigráfica de dicha sesión, que tiene cincuenta y siete páginas. En la página veinte figura que le preguntamos al ministro cuántos pacientes no estaban recibiendo la medicación indicada. En la página cuarenta y cinco reiteramos la pregunta. No hubo respuesta del ministro; no nos supo contestar cuántos son los pacientes en esa situación. Es importante contar con esta información, no solo porque cuando se habla de la sustentabilidad del sistema hay que acreditarlo, sino para saber qué se está dando en forma alternativa a esos pacientes e, inclusive, para saber a cuánto equivale en la salud de esos pacientes…

(Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señor diputado: ha terminado su tiempo y el del señor diputado Penadés. Solicito que redondee su exposición, por favor. SEÑOR LEMA (Martín).- Disculpe que me extienda, señor presidente. Se modificó la redacción del artículo 425 original, pero es lo mismo. Antes eximía al Estado de la responsabilidad de lo que allí se establecía; ahora se exime de la responsabilidad de lo que no contempla la nueva redacción del artículo. Creemos que el artículo 439 original es una limitación. Habla de los parámetros de la Organización Mundial de la Salud. Uruguay está muy por encima de los parámetros básicos. Lo hemos construido entre todos, los que estaban antes de 2005 y los que estuvieron después de 2005. Tenemos parámetros mucho más altos; no tenemos que bajar la vara. La verdad es que este tema me ha hecho volver al día que empecé con esta actividad; me ha devuelto la ilusión del primer día; me ha vuelto a recordar lo más importante de esta actividad. Tenemos otra propuesta que esperamos presentar cuando podamos volver a hacer uso de la palabra. Queremos decir a los colegas del Frente Amplio, que confiamos en que tienen la mejor voluntad aún en la diferencia, que cuentan con nuestro recurso humano porque esto se trata de sumar. Pedimos que reflexionen sobre estos artículos, que los desglosemos, que demos una discusión a fondo e intentemos ponernos de acuerdo. Nos tienen a nosotros con consensos y felicitando la reflexión, el cambio de rumbo, que se quiera favorecer al paciente y que este Presupuesto no tenga parches. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Redondee, señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Con la mayor convicción y con gran esperanza solicitamos que se reflexione. No vamos a juzgar a nadie porque creemos en la buena fe de todos los representantes, pero realmente

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anhelamos, queremos, deseamos que se pueda dejar momentáneamente de lado este tema y se discuta con la profundidad que amerita. Muchas gracias, señor presidente. Pido disculpas por los excesos. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Gallo Cantera. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).Señor presidente: sin duda, este es uno de los temas más sensibles para la opinión pública que vamos a tratar en este presupuesto; en eso concuerdo con el señor diputado preopinante. Es un tema muy difícil de encarar porque se está decidiendo la vida de seres humanos. Por eso, pido al Cuerpo que se lo trate con la altura que corresponde, sin focalizar, porque las conclusiones a que arribemos en esta Cámara serán instrumentos importantes para mejorar y perfeccionar nuestro sistema de salud. La temática común de estos tres artículos -443, 456 y 457- refiere al movilizante dilema de acceso a medicamentos de alto costo. Me parece que primero es definir qué es un medicamento de alto costo. Son aquellos medicamentos de alto costo, de alto impacto económico que tratan las llamadas enfermedades catastróficas, poco prevalentes; no se trata de quimioterapia sino de anticuerpos monoclonales de altísimo costo que están en el mercado desde 2006 o 2007. Se define como de “alto costo” el medicamento que supera el 40 % del ingreso del núcleo familiar del paciente. Este es un dilema de orden internacional; se da en todos los países, inclusive, en economías desarrolladas, porque en ningún lado se ha logrado aplacar la tensión entre los intereses en juego sino que, por el contrario, ha aumentado. Entre estos intereses está el de los gobiernos por administrar los recursos en salud, el del mercado -representado por las multinacionales farmacéuticas-, el de los pacientes y sus familias, el de las instituciones de asistencia médica, el del Poder Judicial y el de los medios de comunicación. Al evidenciar estos importantes grupos de intereses nos damos cuenta de la complejidad del escenario que se plantea.

Entonces, entendamos algo señor presidente: la solución rápida y efectiva no existe. En estos casos, la mejoría es un proceso de largo aliento, que necesita madurez colectiva, sensibilidad, mucha honestidad intelectual y, por supuesto, una clara comunicación. En nuestra sociedad y en nuestro Sistema Nacional Integrado de Salud, creado por la Ley N° 18.211, el acceso a los medicamentos de alto costo y a los procedimientos realizados por los IMAE -Institutos de Medicina Altamente Especializada- está reglamentado por los Decretos 265/06 y posteriores modificaciones en los que, básicamente, partiendo del conocido Formulario Terapéutico de Medicamentos, los médicos tratantes prescriben los medicamentos y, si están comprendidos dentro del Fondo, son proporcionados. Entonces, es necesario definir con precisión cuál es el grupo problemático de medicamentos generadores de una fuerte tensión en este presupuesto. El problema surge con aquellos medicamentos que no están incluidos en el FTM o con los que estándolo son asignados a otras patologías concretas que difieren de la del paciente, pero igual son prescritos por su médico tratante. Para explicar cuál es la trascendencia práctica de la inclusión de un medicamento de alto costo en el Formulario Terapéutico de Medicamentos, indefectiblemente debemos analizar la situación actual del Uruguay: tiene un sistema solidario de cobertura universal que es un ejemplo en la región. El Fondo Nacional de Recursos asiste a menos del 1 % de toda la población que sufre enfermedades catastróficas, poco prevalentes y de alto costo. La atención de ese 1 % afecta el 4 % del costo total en salud de que dispone Uruguay, que es de US$ 190.000.000 anuales; por lo tanto, de esa cifra, US$ 35.000.000 se destinan a medicamentos de alto costo. De los US$ 35.000.000, US$ 13.000.000 son para medicamentos de alto costo de tratamientos oncológicos. Me gustaría describir el alcance y todas las intervenciones del Fondo Nacional de Recursos. Se hacen 3.700 angioplastias coronarias por año y se gastan US$ 13.000.000; se realizan 2.200 cirugías cardíacas por año y se gastan US$ 33.000.000; en cardiodesfribiladores se gastan US$ 840.000; en diálisis se gastan US$ 39.000.000 y se asisten 3.000 pacientes en todo el país; en transplantes se gastan

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US$ 5.200.000; en transplantes de médula ósea -en pocos países se hace gratuitamente como en Uruguay- se gastan US$ 6.200.000. Podría seguir enumerando varios procedimientos más. Entonces, si queremos modificar esta ecuación de servicios y suministrar medicación a toda la población en forma solidaria, universal y equitativa, indefectiblemente debemos tener la responsabilidad de analizar los números, las estadísticas y los costos de cada medicamento, como hacen los gobiernos de todos los países. Recientemente, en mayo de 2015, el encuentro anual de la Sociedad Americana de Oncología Clínica —ASCO—, realizado en Nueva York, reunió a más de 40.000 oncólogos clínicos. Todo trabajo científico que demostraba tratamientos debía incluir, aparte de los resultados, sus costos. Fue el primer trabajo en el que, además de la evidencia científica, había que manejar costos. El profesor Leonard Saltz presentó un análisis de proyección de 2013 a 2020 y llegó a la conclusión de que la oncología es el motor más importante de crecimiento de la industria farmacéutica, porque pasará de insumir US$ 90.000.000.000 a US$ 1.800.000.000 en medicamentos oncológicos de alto costo. Asimismo, recreó en números exactos el dilema de postergar y no financiar -que ahora lo estamos analizando-, mediante la aplicación del precio comercial de los medicamentos de alto costo en Estados Unidos de América a los pacientes oncológicos que fallecen en esa nación. En ese país hay un millón y medio de casos de cáncer al año; de estos, 560.000 pacientes —que deberían recibir medicamentos monoclonales— mueren por enfermedad metastásica. En realidad, si cada médico prescriptor recetase en forma libre estos medicamentos científicamente probados -¡científicamente probados!-, se prolongaría la sobrevida… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Óscar Groba. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR GROBA (Óscar).- Sí, señor diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).Señor presidente: decía que si el médico prescriptor hubiera recetado estos medicamentos de alto costo a los 560.000 pacientes que fallecieron, se habría gastado una cifra imposible de costear: US$ 174.000.000.000.000; algo que ningún país del mundo podría pagar. Entonces, nosotros extrapolamos ese mismo análisis a Uruguay, en donde, lamentablemente, hay por año quince mil pacientes con cáncer, de los que fallecen siete mil ochocientos por metástasis. Por lo tanto, si seguimos el mismo criterio que usó el profesor Saltz en cuanto a dar a esos pacientes los medicamentos monoclonales que mejoran la calidad de vida y la sobrevida, en Uruguay estaríamos destinando US$ 480.000.000 por año. ¿Se dan cuenta de que si liberalizáramos en Uruguay la prescripción de medicamentos de alto costo -que fueron científicamente probados-, precisaríamos, por año, el incremento presupuestal que estamos votando para dos años? Ahora vamos a hablar de los tres o cuatro medicamentos que solicitan los ciudadanos y no están comprendidos en el Formulario Terapéutico. Por ejemplo, podríamos hablar del Pertuzumab, un anticuerpo monoclonal que se receta para el cáncer de mama. En realidad, en Uruguay hay 1.800 casos de cáncer de mama por año y entre cincuenta y setenta personas con metástasis fallecen. Si a esas cincuenta o setenta pacientes les diéramos el medicamento para que mejoren su calidad de vida y tengan una mayor sobrevida -lo que es muy importante, porque ese medicamento produce ese efecto- precisaríamos, considerando que actualmente el Pertuzumab no está incluido en el farmanuario, US$ 3.000.000. Además, se debe tener en cuenta que este medicamento se indica de manera combinada con otro monoclonal que sí está en el Fondo Nacional de Recursos: el Trastuzumab. O sea que la combinación de estos dos medicamentos costaría al país US$ 3.000.000. También podría hacer referencia al Cetuximab -el señor diputado Lema lo mencionó- que se utiliza para el cáncer de colon metastásico. En Uruguay hay 368 casos de cáncer de colon por año, y la mitad son metastásicos de la variedad KRAS, que es maligno.

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Esos pacientes precisan este medicamento que, sin duda, es efectivo y prolonga la sobrevida -está comprobado científicamente; no hay que hacer inventos porque está demostrado que es efectivo-, pero no tiene una buena relación costo efecto. En realidad, para tratar a esos 180 pacientes, si incluimos el Cetuximab en el Formulario Terapéutico Médico, se precisarían en Uruguay US$ 7.500.000. Esa es la realidad. Pero una realidad más cruel, por ejemplo, es la que se da con el Vemurafenib, que trata el melanoma metastásico. En Uruguay hay veinte casos por año de esta enfermedad y se necesitarían, aproximadamente, US$ 670.000 para atender a esos pacientes. Esa es la realidad que tenemos hoy, y es un gran dilema. Yo no digo que está bien o que está mal, ni que hay que incorporarlos o no; lo que digo es que, como sociedad, nos enfrentamos a un gran dilema. Sin duda, la vida está y debe estar en primer lugar, pero siempre deberá existir la desafiante función del buen administrador… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el señor diputado Groba. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- ¿Me permite otra interrupción? SEÑOR GROBA (Óscar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Muchas gracias. Señor presidente: decía que la vida está y debe estar en primer lugar, pero siempre la desafiante función del buen administrador deberá sopesar la desagradable realidad del mercado, impuesta por la industria farmacéutica y derivada de sus patentes de invención, que implican muy altos costos para los nuevos medicamentos. Nosotros debemos considerar nuestros limitados recursos económicos y por eso debemos reclamar al administrador que diseñe la solución más real y humana posible. Como legislador y médico con una lectura político institucional de este tema, entiendo que el escenario de tensión local que estamos viviendo fue determinado por tres causas concomitantes y sucesivas. En primer lugar, tenemos la actualización

no ideal del Formulario Terapéutico de Medicamentos; en eso concuerdo con el señor diputado Lema, porque la comisión correspondiente no ha trabajado correctamente en la incorporación de medicamentos; ahí tenemos que insistir y seguir trabajando. En segundo término, está el importante aumento de recurrencia al Poder Judicial para que la gran mayoría de los casos obtenga el financiamiento del medicamento aún no incluido en el Formulario Terapéutico de Medicamentos. Hubo un aumento significativo en los últimos tres años y tengo los datos correspondientes: en tres años se gastaron US$ 12.000.000 debido a las solicitudes de amparo. Está bien, porque todo ser humano tiene derecho a recurrir ante la Justicia, pero los jueces no tienen instrumentos para fallar y, como bien se dijo, según la cámara por la que entra el amparo -hay seis- ya se sabe cómo sale, porque la justicia también es injusta. En tercer lugar, tenemos el texto original del proyecto de presupuesto que hoy discutimos. Ese texto, expresamente, absolvía de cargo al Poder Ejecutivo en caso de no proporcionar los medicamentos no incluidos en el FTM. Estas tres causas, comunicadas por los medios en forma fragmentada, han sensibilizado mal a la población respecto a sus gobernantes; lo admito: respecto a sus gobernantes, que somos nosotros, los legisladores, a quienes se endilga la incapacidad de terminar con el problema, bajo la unánime exigencia de que a ninguna persona enferma le falte el medicamento indicado. Lo que sucede, como dijimos al principio de nuestra intervención, es que la solución perfecta e ideal no existe; no pasa por la toma de medidas y, mucho menos, por aprobar un texto legal. No, señores legisladores. La solución, como dije anteriormente, y traduje en números, se obtendrá a través de un proceso de índole colectivo. En realidad, es necesaria una mejor comunicación y que con extrema ponderación y honestidad intelectual y con el consenso de toda la población, admitamos que en nuestro país no todos los medicamentos de alto costo son financiables con equidad, solidaridad e igualdad. En realidad, en ningún país del mundo lo son, ya que no hay economía del mundo que pueda financiarlos. Consensuado esto, señor presidente, lo siguiente que debemos tener claro es el criterio o límite adecuado que la sociedad, a través de sus

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autoridades sanitarias -no de las judiciales-, debe aplicar a los medicamentos de alto costo para financiar cada caso. La evidencia científica y la relación entre el costo y la efectividad deben estar acreditadas en un grado aceptable con respecto a la mejoría del paciente. Sin duda, hay que entender y aceptar que todo medicamento de alto costo, con evidencia científica de su efectividad en la salud de un paciente, debe tener un grado determinado de efectividad porque, en función del costo material, la calidad de vida o la sobrevida del paciente no puede ser menor o insignificante. Como remarcamos, no todos los medicamentos de alto costo, con evidencia científica, son financiables por los sistemas de salud del mundo. Debe haber una autoridad responsable de esa delicada definición acerca de la efectividad alcanzada por el medicamento en la patología del paciente, máxime cuando esta definición es incierta y, a futuro, basada en antecedentes estadísticos y estudios previos. Hoy esta definición quedó relegada a la decisión del Juez pero, sin duda, cuando un paciente presenta un recurso de amparo, la decisión es de neto contenido médico. Naturalmente, no es ni debe ser jamás una decisión jurídica o judicial. Estas decisiones tomadas a partir de recursos de amparo… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).finalizado su tiempo, señor diputado. Ha

representada la opinión de los usuarios del sistema -para que se vea la transparencia con que se analizan los temas-, de la academia, de la Universidad y del médico tratante, que es quien va a defender la prescripción que le hizo al paciente. Ese colectivo debería expresarse rápidamente por sí o por no, analizando en concreto el caso planteado. Sin ninguna duda, sería una herramienta muy importante para el Juez. Actualmente, el Juez mira si el medicamento está en el Formulario Terapéutico de Medicamentos y si hay alguna defensa, y cuando falla, como no hay certezas, siempre lo hace a favor del paciente. Así debe ser. Los Jueces son conscientes de lo que están haciendo. Si en la comunicación del colectivo se diera una fundamentación humana, técnica, científica y ética, sería una contribución. Existe un factor importante en medicina: la prevención y la detección precoz de las patologías. Allí debe centrarse la atención. Evitando o captando estas enfermedades neoplásicas más tempranamente, seguramente, los costos del país decrecerán. ¡Vaya si tenemos instaurados a través de las metas prestacionales, el fecatest, el pap, la mamografía, el PSA, el examen clínico de las mamas y un montón de exámenes que deberían realizarse! De esa manera, disminuiríamos el impacto del cáncer en Uruguay. A nuestro entender, la inteligencia de los pueblos se demuestra con la prevención, que impacta favorablemente en los pacientes con cáncer y que nutre la ecuación costo-beneficio. Cuanto más invirtamos en prevención, más vamos a abaratar los precios de medicamentes de alto costo. En esta línea, los gobernantes, los médicos, los académicos, los usuarios y la prensa debemos hacer hincapié con extrema honestidad en los verdaderos ejes del dilema. Esta es mi humilde visión y es con extrema honestidad intelectual que siempre me reuniré a debatir, a compartir información y, sobre todo, a construir razonamientos y soluciones humanas que permitan superar la tensión local generada en torno a los medicamentos de alto costo. En esta línea siempre me encontrarán, apoyando a los compañeros del Poder Ejecutivo.

Puede continuar el señor diputado Óscar Groba. SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente… SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- ¿Me permite otra interrupción? SEÑOR GROBA (Óscar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado Gallo Cantera. Señor SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).Presidente: queremos hacer un pedido para que se tome en cuenta y se analice por parte de las autoridades. Consideramos que sería muy bueno crear un colectivo de personas dirigidas por el Ministerio de Salud Pública y conformado por integrantes del Colegio Médico para analizar los casos de controversia, de manera que se pueda constatar la ética de las decisiones que se tomen. También nos parece muy importante que esté técnicamente

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Por todos los motivos señalados, la bancada del Frente Amplio va a votar los artículos 443, 456 y 457. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el señor diputado Groba. SEÑOR GROBA (Óscar).- He terminado, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Cardoso. SEÑOR CARDOSO (Germán).- Señor presidente: no me voy a extender demasiado en agregar argumentos porque hemos seguido con atención lo que han planteado los diputados Lema y Gallo Cantera. Este es un tema de extrema sensibilidad; diría que de los de mayor sensibilidad de todo el articulado de este presupuesto. Digo de este presupuesto porque en la comisión, durante el análisis del articulado de los diferentes incisos, en más de una oportunidad quien habla – me consta que también lo hizo el diputado Iván Posada- reclamó porque había muchas normas que no eran de materia presupuestal y no correspondía que estuvieran incluidas para ser votadas en un análisis rápido, ágil, cuando la inmensa mayoría de los legisladores no somos especialistas en temas vinculados a la ciencia. Por ello pedimos que estos tres artículos se desglosaran del presupuesto y pasaran a estudio de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. Así se hizo y eso generó la expectativa de varios legisladores de la comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda que los reclamábamos. Lamentablemente, el pasaje por la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social fue tan breve y ágil como el de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, más allá del análisis serio, responsable que un tema como estos, inexorablemente, debe tener. Frente a este tema tan polémico, solicitamos nuevamente el desglose de este artículo y que se envíe a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social para que se haga un estudio sensato, serio y responsable y se pueda arribar a la mejor de las soluciones. Constantemente, a través de los medios de comunicación tomamos conocimiento de que cada vez son más la cantidad de usuarios que se presentan en

las dependencias del Poder Judicial para ser asistidos y recibir la medicación que el Fondo Nacional de Recursos les niega. Esto debería llevarnos a la reflexión de que algo en el Estado se está haciendo mal. Esa sería la base del razonamiento. Así como algún legislador -como quien ha hecho uso de la palabra en nombre del oficialismo- siente el derecho de interpretar los fallos judiciales, también hay usuarios y pacientes que tienen el derecho de interpretar los diagnósticos médicos. No siempre son acertados. No siempre las posibilidades se agotan. Todos conocemos algún paciente al que frente a enfermedades terminales se le ha aconsejado no operarse o no recibir tratamientos y, sin embargo, cuando lo ha hecho, la va llevando. Tengo una experiencia cercana. Hace dos años presencié, aquí en Montevideo, el ateneo médico de primer nivel que se hizo sobre el caso de una persona allegada. Le pronosticaron cuarenta y cinco días de vida y le aconsejaron a la familia que no se hiciera ningún tratamiento costoso porque el final sería el mismo. Como la familia tenía posibilidades económicas, viajó a San Pablo, consiguió un médico tratante y fue operado. Han pasado tres años y medio, y hoy está viendo crecer a sus pequeños hijos que, en aquel momento, tenían cuatro y dos años. Digo esto porque, por la sensibilidad que el tema genera, este tipo de situaciones que se dan en la vida cotidiana no deben estar ausentes del debate y el análisis. Me niego categóricamente, por filosofía y principios, a poner precio y costos a la vida, porque creo que en ese aspecto es en el que el Estado debe hacer el máximo de los esfuerzos y no debe cuantificar, porque lo que está en juego es la vida de las personas. Más me niego aún a cuantificar la vida o la sobrevida de los pobres, porque quien tiene posibilidad de acceder a la medicación o medios económicos de financiarse un tratamiento lo hace, pero no tiene la posibilidad de pagarse un tratamiento costoso o de estas características entra en un callejón sin salida. He escuchado con mucha atención lo expresado por los diputados Lema y Gallo Cantera. El diputado Gallo Cantera decía apostar a diagnosticar precozmente; que el Estado uruguayo está en condiciones de avanzar en esa dirección y que eso

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evitaría asumir tratamientos muy costosos. Después de escuchar sus argumentos, más me he convencido de que en esta sesión no podemos votar estos artículos vinculantes. Creo que todos, como legisladores y como ciudadanos, nos merecemos un debate muchísimo más profundo, en el que podamos valorar y apreciar las perspectivas desde diferente ángulos, y quienes no somos especialistas ni técnicos en la materia, debemos recurrir a la consulta y a la opinión de los que realmente saben, para abordar la mejor de las soluciones. Si como Estado estamos en condiciones de ser más eficientes para diagnosticar precozmente, tal vez no sería necesario votar este artículo. Debido a la diferencia que se genera entre lo que, inexorablemente, debemos analizar, que es la cantidad de fallos judiciales en favor de los usuarios, llego al razonamiento de que algo no está haciendo bien el Estado, porque por algo la Justicia y el derecho los asisten. Creo que este artículo hace más restrictivo aún el acceso al derecho de estos ciudadanos a recurrir. Esto va a generar más obstáculos en el accionar de las personas, porque quien está desesperado por vivir, quien padece una enfermedad grave y no tiene la posibilidad económica, va a recorrer las instancias que deba, pero el tiempo que este artículo impone de recurrir por inconstitucionalidad para, después, si se hace lugar a ella, recorrer el camino, le va a estar jugando en contra, porque sin duda, con este tipo de enfermedades el tiempo es el principal enemigo del paciente. Por lo tanto, señor presidente, reitero que no soy especialista en la materia ni mucho menos, pero con sentido común, aspiro a que la Cámara reflexione, a que todos nos sensibilicemos y a que los artículos vuelvan a la comisión para que tengan un tratamiento serio y profundo para abordar la mejor de las soluciones. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR CARDOSO (Germán).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).Señor presidente: obviamente no soy jurista. A gran parte de la bancada del Frente Amplio le parecía que el ar-

tículo original que vino del Poder Ejecutivo, el famoso 425, era inconstitucional y que no podíamos correr el riesgo de presentar un artículo que tuviera algún viso de inconstitucionalidad. Creo que el artículo corregido, el 434, no es inconstitucional, o sea que los pacientes podrán ir derecho al amparo; no va a haber ninguna dificultad. No van a pasar primero por un recurso de inconstitucionalidad para después recurrir. Van a ir derecho al amparo. Eso es lo que nuestros asesores nos han dicho. En otro orden de cosas, quiero decir que si no cambiamos la manera de encarar este tema que, como bien decía el diputado Cardoso, será extremadamente complejo porque estamos decidiendo sobre la vida de las personas: quién sí y quién no; si no modificamos el discurso que damos a la sociedad, va a ser muy difícil encontrar soluciones. El sustitutivo que figura en la hoja Nº 46 dice… (Interrupción del señor representante Cardoso) ——Me acota el señor Diputado Cardoso que lo retiraron, pero lo que dice es que precisaríamos US$ 400.000.000 por año para dar a todos los pacientes que tengan una enfermedad metastásica u otra que lo requiera los medicamentos de alto costo, monoclonales. A mí me encantaría tener ese dinero para que todos los pacientes tuvieran la misma oportunidad, pero eso es irreal. Entonces, debemos empezar a transitar un camino que no es legislativo, no es de debate parlamentario -lo entendemos bien-, ni ahora ni en el presupuesto ni en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. Es un tema que tiene que encarar la sociedad toda, en el que el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo tendrán que poner su granito de arena, así como la sociedad civil organizada. Creo que debemos empezar a construir un relato hacia la sociedad, porque si seguimos diciendo eso, no nos vamos a convencer nunca, y si no nosotros estamos convencidos de lo que hacemos para luego convencer a la sociedad, difícilmente este tema tenga solución. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el diputado Cardoso, a quien le restan tres minutos.

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SEÑOR CARDOSO (Germán).- Señor presidente: después de escuchar la interrupción del señor diputado Gallo Cantera, más firme quedan mis convicciones de que en un presupuesto y en esta sesión no estamos en condiciones de aprobar un artículo de estas características, porque sus palabras así lo fundamentan. Después de haberlo escuchado, apelo nuevamente a la sensibilidad del Cuerpo y a que el artículo pase a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Una vez que haga llegar por escrito a la Mesa la moción que acaba de anunciar el señor diputado, será puesta a votación como corresponde. Tiene la palabra el señor diputado Daniel Radío. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Dado lo limitado del tiempo, voy a centrarme en estos artículos que han suscitado el debate, aunque sería bueno que pudiéramos hablar de más cosas en otras condiciones y no centrarnos solamente en estos temas. Es verdad que se trata de asuntos de alta sensibilidad. Ningún médico va a decir: “No hagan tal tratamiento porque a este señor le quedan cuarenta y cinco días de vida”. Eso no lo va a decir ningún médico, porque cuando a uno le quedan cuarenta y cinco días, ese lapso es el 100 %. Entonces, es un montón; cuarenta y cinco días es todo. No habrá nadie que diga eso. Hay un imperativo ético que impulsa a los médicos y que nos impediría decirlo. No menos cierto que eso es algo que se ha dicho en el plenario: que no todos los medicamentos, no todos los fármacos para los cuales hay evidencia científica de que son efectivos son financiables. Eso es verdad; eso es una verdad palmaria. Hace un momento se decía que la vida no tiene precio. Eso es absolutamente cierto; tan cierto como que aquellas herramientas que sirven para sostener la vida sí lo tienen y alguien tiene que financiarlas. Si la sociedad decide que dedicará a la salud de las personas una cierta cantidad de dinero, cuando levantamos las manos en este ámbito y luego en el Senado esa cantidad es inextensible, es finita, no aumenta. Hace unos días, en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social decía que cada vez que en su consultorio el médico empuña su chequera, que se llama recetario -es una chequera-, cada vez que el médico asigna un recurso a un paciente, está

simultáneamente tomando dos decisiones: que ese recurso se aplica a ese paciente y que ese recurso no se aplica a los demás pacientes, porque la dotación de recursos es finita, es inextensible. No es que, como está en juego la vida, se saca recursos del cuerno de la fortuna, porque eso no existe. Quien decide qué cantidad de recursos se asigna a la salud de la gente es la ciudadanía en su conjunto representada en este ámbito. No hay más vuelta que dar, porque no existe magia en esto; no se pueden multiplicar los panes y los peces. Entonces, el problema es quién decide cuándo se asigna un recurso a un paciente y cuándo no. Ese es un problema muy serio. Claro, nadie se toma en serio los programas de Gobierno porque parece que son pour la galerie. Nosotros creemos que tiene que haber una agencia independiente, una institucionalidad técnico política independiente del Ministerio de Salud Pública -también del Ministerio de Salud Pública- y de las otras instancias, que sea la que determine estos temas. ¿Por qué digo esto? Porque, por ejemplo -esto vale para los fármacos y para aspectos como la introducción de tecnología, polémica que hemos tenido en la sociedad en los últimos tiempos-, ¿quién determina el Plan Integral de Atención en Salud, el PIAS? ¿El Ministerio de Salud Pública? ¡Mentira! ¡Lo determinamos todos! La Justicia también, cada vez que dicta un fallo que dice: “Hay que dar este tratamiento a este paciente”, perforando el PIAS. Lo vulneramos los legisladores cada vez que legislamos por patología. ¡No podemos legislar por patologías! Los legisladores somos vulnerables a los lobbies, y cada vez que se nos presenta un grupo de gente en el despacho y nos dice: “Hay que sacar una ley para determinar tal tratamiento”, allá vamos nosotros y nos prestamos. Entonces, quienes integran lobbies fuertes logran que se atiendan sus patologías. Aquellos otros que no vienen a patalear ni a protestar -esto vale para otras cosas; el sayo le cabe a algunos en estas cosas y a otros en otras- no logran nada. Ante las presiones y los pataleos, sacamos plata de algunos lados para poner en otros. Esto vale también para las patologías y me parece que no debiéramos ser permeables a eso o, mejor dicho, no debiéramos tener la última palabra. Cuando me dicen: “Hay que aprobar una ley para tratar tal patología porque a nosotros no nos tratan”,

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yo contesto: “¿Dónde está la ley que dice que hay que tratar la colecistitis aguda?” No son los legisladores los que dicen qué se trata y qué no se trata. No debería ser así porque es incorrecto, inadecuado. Deberíamos tener una institucionalidad técnico política independiente que asesorara en esta materia a todas las instancias para que después hubiera congruencia. También debería asesorar al Poder Judicial, porque ahí está el problema: el Poder Judicial consigue asesoramientos distintos, y entonces hay incongruencias entre los distintos estamentos del Estado. Ahora, lo que creo es que no existe el cuerno de la fortuna y que no podemos apostar a que la dotación de recursos sea infinita. No existe eso. Tenemos que actuar responsablemente; quienes están en el Gobierno tienen que actuar responsablemente y quienes estamos en la oposición tenemos que actuar responsablemente. Esa ha sido siempre la conducta de este partido. (Ocupa la Presidencia el señor Representante Alejandro Sánchez) ——Hace unos días planteamos en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social la necesidad de abordar este tema en profundidad. El discurso del señor diputado Luis Gallo Cantera me parece muy sensato y creo firmemente en lo que dice. Hagamos un compromiso de abordar el tema en serio, buscando una fórmula para resolverlo, ¡pero no en el presupuesto! No tiene nada que ver con la discusión del presupuesto; no es materia presupuestal lo que estamos decidiendo. ¡Reconozcamos eso y hagamos un compromiso en serio para resolverlo! ¡Hagámonos cargo! No digamos que vamos a poner plata infinitamente porque sabemos que es mentira, que no hay ninguna sociedad que mantenga eso; no se puede. La salud no es financiable infinitamente. ¡No se puede! ¿Que se joroben los pacientes terminales? No, si todos nosotros, los que estamos en este recinto, somos pacientes terminales. ¿Alguien tomó nota de eso? Acordemos resolverlo fuera de este ámbito; no es materia presupuestal y me niego a votar estos artículos como parte del presupuesto. Por lo tanto, no vamos a acompañarlos. SEÑOR LEMA interrupción? (Martín).¿Me permite una

SEÑOR RADÍO (Daniel).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede interrumpir el señor diputado. Restan menos de tres minutos del tiempo del orador. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: escuchamos atentamente los comentarios del señor diputado Luis Gallo Cantera y queremos hacer una propuesta, porque hay que llevar el tema a lo tangible. En sala se habló de tres medicamentos, Pertuzumab, Simtuzumab y Vemurafenib, que son por los que se ha presentado la mayor cantidad de recursos de amparo. Una cosa a tener en cuenta: se están dando por excepción. Entonces, que no paguen o sustenten el sistema los pacientes de ASSE, por lo que decíamos más temprano acerca del comunicado. Para otorgar estos tres medicamentos se necesitarían unos US$ 16.000.000 por año. A eso hay que restar varias cosas. Primero, hay que ir al Tomo III, Funcionamiento e Inversiones, de la Rendición de Cuentas 2014, página 210, ítem 151. Se gastaron US$ 4.000.000 por amparos, que hay que descontar en forma proporcional del costo total de los medicamentos. Así se bajaría la cifra, además de ahorrar a los pacientes el estrés de atravesar el proceso. Nosotros haremos una propuesta que puede ser materia presupuestal. Uno de los desafíos del Poder Ejecutivo era mejorar la gestión. Por ejemplo, en ASSE se habló de mejorar la gestión a través de sistemas informáticos que provocarían liquidez y serían económicamente mucho más sustentables. Si en el total de funcionamiento de ASSE se mejorara un 3 % aparecerían US$ 15.000.000 con los cuales sustentar estos tres medicamentos. Podemos hacer la propuesta. Es otra razón para desglosar y dejar para el final la consideración de estos artículos. Analicemos el 3 % de la mejora de gestión en ASSE que provoque la liquidez necesaria para sustentar los tres medicamentos más requeridos a nivel judicial, con los que abasteceríamos con igualdad a todos. Esta es una propuesta realista. (Suena el timbre indicador de tiempo)

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——Desglosemos los artículos de común acuerdo. Los datos que está dando el señor diputado Luis Gallo Cantera son interesantes y quizá con este detalle podamos mejorar. Evaluémoslo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se ha agotado el tiempo de que disponía el señor diputado Daniel Radío. Tiene la palabra el señor diputado Silvio Ríos Ferreira. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Señor presidente: voy a hablar en mi condición de diputado pero también de médico retirado. Con el señor diputado Egardo Mier trabajamos juntos durante muchísimo tiempo y también tuve cargos de dirección en los servicios de salud. Cuando tenemos enfermos siempre nos encontramos con esta dificultad, que es muy difícil de resolver; a veces es muy duro tener que decirles que no tenemos el medicamento que los beneficiaría. Como se dijo, esto puede tener un enfoque judicial y también económico. Quiero hablar sobre lo que me parece es nuestra responsabilidad como Estado, como diputados. De este Parlamento salió hace muy poco tiempo la ley relativa al sistema nacional integrado de salud, que fue propuesto por el Frente Amplio y apoyada por todos los partidos. Lo que pretende esa propuesta de sistema de salud es posibilitar la prestación de una asistencia integral a todos los ciudadanos, a todos quienes habitan el país. Esta solución integral es la base de los paquetes de asistencia que viene dando el mutualismo desde hace tantísimos años, y en las sucesivas reglamentaciones que se fueron haciendo se incorporaron cada vez más prestaciones para resolver los problemas de la gente. Eso llevó a que en ese concierto se fundara el Fondo Nacional de Recursos, una estrategia de salud de nuestro país que es ejemplo para el exterior, para todos los sitios adonde vamos. Brasil, que es un continente, no tiene la solución universal de la medicina de alto costo, de la mayoría de los eventos de alto costo, como tenemos los uruguayos. Aquí, el compañero diputado Gallo Cantera dijo claramente lo que representan para la población uruguaya las prestaciones que da el Fondo Nacional de Recursos, todo ello relacionado con la medicina de

alto costo. A la cirugía cardíaca que todos conocen, los linfomas, las leucemias, los cánceres se agregan ahora las enfermedades autoinmunes, para las que también hay medicamentos de altísimos costos. Creo que el sistema de salud ha exigido, tanto a los prestadores privados que constituyen el mutualismo como a los prestadores públicos. ASSE no es otra cosa que un prestador más. Es el prestador del área pública que con este sistema -que tiene una financiación a través del Fonasa- hace que ahora no haya diferencias entre las prestaciones que tienen que dar las mutualistas y las que tiene que dar ASSE. Todos reconocemos que, desde que empezó el Sistema Nacional Integrado de Salud, ASSE viene corriendo de atrás, porque tenía un gran retraso en lo relativo a la infraestructura asistencial y enormes dificultades con sus recursos humanos, pero va progresando. Entonces, creo que así como supimos resolver la medicina de alto costo a través de los IMAE, dentro del IMAE hay una comisión que actualiza los medicamentos efectivos desde el punto de vista científico. Reconozco en esto -lo he dicho en la comisión al señor diputado Lema- que desde 2013 a 2015 no ha habido incorporaciones, y creo que eso no está bien. Pero ese es el sistema de salud, son los prestadores de servicio que tienen que tomar ese tema como central porque, poco a poco, hay que ir integrando esos medicamentos. Esa es una responsabilidad del sistema, o sea que es una responsabilidad política. La responsabilidad médica pasa por aplicar el estado de la lex artis, es decir que sea no una medicina individual sino una medicina hecha colectivamente, con equipos de salud, como se está haciendo actualmente en Uruguay. En lo personal, creo que es bastante sencillo entender el problema, pero es muy difícil llegar a una solución cuando los costos empiezan a apurar. Por eso creo que esa comisión -como decía el señor diputado Radío- tiene que ser independiente. Uruguay se ha dado esa estrategia, porque el Fondo Nacional de Recursos tiene gente del sector privado y del sector público. Considero que ahí está el germen para crear una comisión que estudie esta nueva faceta de la medicina, que es la medicina de alto costo, sobre todo de medicamentos de alto costo.

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En ese sentido, quiero advertir que los medicamentos de alto costo son promocionados por la industria farmacéutica, y quienes hemos trabajado muchos años en el área de la salud sabemos que la industria farmacéutica es una máquina que no para, que permanentemente está lanzando al mercado lo que sirve y lo que no sirve. Entonces, vamos a tener claro que el Estado, no ASSE sino el Ministerio de Salud Pública como órgano rector de la salud en Uruguay debe tener la dirección. Creo que mucha gente todavía no diferencia esa tarea del Ministerio de Salud Pública, pero en realidad dicha Secretaría es el rector porque da las pautas de las políticas de salud y es la policía sanitaria, y ASSE es el organismo prestador, como también lo es el mutualismo. Entonces, considero que los roles son políticos, que en el Cuerpo se tienen que encontrar los mecanismos para conseguir que haya una comisión con una base científica, que pueda garantizar a todos los uruguayos de que las medicinas que necesitan se las puedan dar. Quiero terminar mi intervención diciendo que, aunque hagamos todo bien, la acción de amparo tiene que existir -parto de esa base y no la discuto-, porque siempre va a haber alguien que crea que no se le hizo lo que se debía o que no se le dio la oportunidad; así que ese recurso debe mantenerse y yo lo respeto en todos los términos. Creo que es un problema que el sistema de salud tiene que resolver y, por lo tanto, que se tenga en cuenta en las políticas tiene mucho que ver. Si se quiere avanzar un poco, coincido en que quizás haya que desglosar estos artículos, enriquecernos más, nutrirnos con más opiniones para llegar a soluciones. Esta es mi visión de las cosas. SEÑOR ANDRADE LALLANA permite una interrupción? (Óscar).¿Me

despeja ni decanta un problema complejo que va haber que seguir estudiando más. Estamos convencidos, aun en la hipótesis más optimista, que pasará el período de Gobierno y vamos a tener que seguir trabajando, desde el Gobierno y desde el Parlamento, a los efectos de atender un tema complejo. ¿Cuál es? La extrema mercantilización de la salud y las mafias que están alrededor de la industria farmacéutica, del medicamento que, en particular con esto, ha crecido a tasas siderales en la última década, lucrando con recursos de los más pobres; o sea, chupan recursos a los Estados de los más pobres para enriquecerse. Ese es el problema de fondo que tenemos. Y yo, que soy partidario de la concepción de la propiedad social, tengo claro que una cosa es la propiedad social, por ejemplo de la vivienda, que pudiéramos aplicar mediante distintas legislaciones, y otra cosa distinta es quiénes concentran el control del cambio tecnológico y la investigación. Por lo tanto, es una batalla que ni siquiera vamos a terminar de dar a escala nacional; trasciende lo que podemos hacer a escala nacional, porque si mañana pagamos medicamentos a $ 100, quienes lucran van a poner medicamentos a $ 200. Creo que es un error no entender esa lógica extrema y pensar alegremente que podemos resolver tamaño negocio con una decisión parlamentaria Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor diputado Ríos Ferreira. Dese cuenta de una moción de orden presentada por la señora diputada Valentina Rapela, Susana Montaner, Martha Álvarez y Dianne Martínez y los señores diputados Germán Cardoso, Ope Pasquet, Conrado Rodríguez, Walter Verri, Adrián Peña y Guillermo Facello. (Se lee:) “Mocionamos para que los artículos 443, 456 y 457 sean desglosados del mensaje presupuestal y pasen a la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social”.

SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).diputado.

Sí, señor

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede interrumpir el señor diputado Andrade Lallana. Al señor diputado Ríos Ferreira le restan menos de dos minutos. SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Señor presidente: estamos de acuerdo con la aprobación de estos artículos y con seguir discutiendo. Estamos convencidos de que la aprobación de los artículos no

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——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y siete en noventa y siete: NEGATIVA. Cabe aclarar que al momento de presentar esta moción de orden, el Partido Colorado adelantó que retiraba la Hoja Nº 46. Tiene la palabra el señor diputado Darío Pérez. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Señor presidente: no sé si a esta hora puedo hablar con claridad, a pesar de tener en mi haber millones de horas de trabajo nocturno. En los últimos tiempos abandoné las guardias de la noche y se ve que mi cerebro se desacostumbró rápidamente, porque estoy bastante dormido. No podía dejar de intervenir porque este tema tiene que ver con parte de mi vida y mi vocación. Al contrario del Garufa, yo fui cobarde y huí de cualquier cosa que fuera administración. De hecho, nunca he integrado la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social a propósito, porque siempre tengo en rojo la chequera que mencionó el señor diputado Radío y las orejas también. Para ser concreto debo decir que la exposición de nuestro compañero Luis Gallo Cantera ha sido realmente brillante y ha puesto las cosas en su justo término; la del señor diputado Radío también ha puesto las cosas en su justo término. No se trata de que alguno de los que ocupamos estas bancas no queramos una solución. Sé que Martín Lema -con quien he estado hablando en el ambulatorio-, con su impulsividad de joven, también lo desea profunda y sanamente. A Germán lo conozco desde hace más tiempo y debo decirle –tal como manifestó el señor diputado Radío- que los recursos son finitos. Si en algún momento se diera la tesis del compañero diputado Luis Gallo, que creo es exacta, se terminaría la plata y ya no se podría salvar a otros muchos que sí se podrían salvar. No es que yo ponga las cosas en términos de dinero, pero es lo que sucede cuando se empieza a administrar en salud: se tienen recursos finitos. Quiero decir con total sinceridad que habría deseado que esto estuviera fuera del presupuesto, al igual que otros temas, a fin de considerarlo con más o menos tiempo, con más o menos apuro; no sé de qué manera. De todos modos, creo que lo positivo que

podemos sacar de esto es que en cualquiera de las circunstancias, en virtud de la honestidad con la que se ha planteado este tema, una vez terminado el tratamiento del presupuesto, en la misma Comisión de Salud Pública y Asistencia Social -tal vez hasta me arrime- podremos analizarlo forma rápida; me consta que el ministro está vivamente interesado en encontrar canales para solucionarlo ya que -como decía el compañero legislador Andrade- será eterno. Con esa disposición voy a votar con mis compañeros del Frente Amplio -últimamente he estado medio díscolo-, recogiendo con total honestidad el espíritu de los demás para ponernos a trabajar rápidamente, y también junto al ministro de Salud Pública, que tiene el deseo de dialogar de este y otros asuntos. Con seguridad en muy poco tiempo podamos aprobar algo positivo. Gracias, señor presidente. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PÉREZ (Darío).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).Señor presidente: hemos hecho una exposición muy elíptica, pero también debemos aterrizar ideas en cuatro o cinco líneas. La primera idea es empezar a reciclar el FTN. Como decíamos, hay medicamentos de alto costo que pueden ir sustituyéndose por otros; creo que ese es un instrumento importante. A la vez, debemos seguir siendo innovadores. Incorporamos la fertilización in vitro. El Fondo Nacional de Recursos se caracterizó por no cobrar copagos, aunque en este caso lo hace y me parece que para algunos tratamientos específicos debemos hacer una escala de copagos de acuerdo con la capacidad de ingreso que tenga cada familia. Es decir que tenemos ideas como para avanzar en esto. Lo relativo al costo compartido entre la empresa farmacéutica y el Estado también es un aspecto muy importante. Por ejemplo, el Pertuzumab a precio de lista costaría US$ 10.000.000 y en el día de ayer se negoció en US$ 3.000.000, por lo que hay margen para trabajar en esto. También podemos instalar esa comisión de controversia, considerando los aspectos éticos y humanos, en la que esté el médico tratante y

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la sociedad organizada. Es decir que hay herramientas fértiles para seguir desarrollando con las propias autoridades, porque si debemos destacar algún aspecto es la calidad con la que el ministro se expresó cuando le preguntamos cómo podíamos buscar soluciones. En ese sentido, se mostró abierto, tanto en la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social como en todas las conversaciones que hemos mantenido en conjunto con varios compañeros, porque es un tema que le preocupa muchísimo y seguramente encontrará a nuestra comisión y a los diputados del Partido Colorado, del Partido Nacional y del Partido Independiente trabajando juntos. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Darío Pérez, a quien le restan dos minutos. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Señor presidente… SEÑOR ANDRADE LALLANA permite una interrupción? (Óscar).¿Me

locales de si solamente el Uruguay se va a enfrentar con toda la industria farmacéutica del mundo. De todos modos, sería bueno poner en debate la función social del conocimiento para garantizar el acceso en condiciones a la vida a escala general. Yo creo que ahí hay un componente que debiera, por lo menos en este plano, hacernos coincidir, porque comparto filosóficamente el planteo que todos han hecho en sala de que no se le puede poner precio a la vida. Convengamos en que por algo la industria farmacéutica crece a escala de 6 o 7 puntos por año aun en un mundo en crisis, y en particular en este costado es donde más crece. Es a eso a lo que nos enfrentamos y lo hacemos a nivel general. Por eso no lo vamos a resolver hoy y solo a escala local; este tema está abierto, va a quedar pendiente y ojalá sigamos construyendo soluciones más de fondo que seguro son a mediano y largo plazo. Gracias, diputado. señor presidente. Gracias, señor

SEÑOR PÉREZ (Darío).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor diputado Pérez. SEÑOR MIER (Egardo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Señor presidente: tal vez solamente utilice dos minutos. Creo que el concepto teórico de la función social de la propiedad, que nos cuesta tanto incorporar a la discusión -en todos está muy acuñada la legitimidad de la propiedad privada-, en este plano no puede suponer que el conocimiento no sea una función social y que la construcción social del conocimiento se haga socialmente. Ahora, en términos de ese conocimiento construido socialmente, una vez que se llega a esa circunstancia de conocimiento se le pone precio. El que le pone precio a la vida es la industria farmacéutica que, independientemente de cómo haya llegado a ese conocimiento y del valor que tenga desde el punto de vista de los insumos para construirlo, le pone precio en función del mercado. Y si vale $ 1.000 y lo quiere vender a $ 100.000.000, porque es negocio, lo vende a $ 100.000.000; el problema es si enfrentamos ese gran monstruo y cómo construimos correlaciones para él. Está claro que este es un debate que trasciende las posibilidades

SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: he escuchado las argumentaciones de todos los legisladores y necesito una aclaración, porque mi mente está absolutamente nublada. Hemos coincidido todos en la dificultad de analizar este problema en la Cámara, y nos hemos expresado todos en el mismo sentido. Acá no ha habido posiciones contrapuestas. Sin embargo, terminamos votando artículos que todos coincidíamos no se debían haber votado en este ámbito -ojalá que me equivoque; lo digo de corazóny mañana comenzará una nueva andanada de recursos de amparo y de inconstitucionalidades. No entiendo por qué lo hicimos, por qué se trajeron los artículos. Estoy pidiendo una aclaración que con seguridad nadie me va a dar. Discúlpeme, señor presidente.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Está usted en todo su derecho, señor diputado. Tiene la palabra el señor diputado Eduardo Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: parto de una valoración -no sé si irracional, poco comprensible o poco seria- de que a esta hora y después de tanto cansancio acumulado hay que abordar semejante tema que nos supera, en lo que nos toca, en todos los aspectos del conocimiento y del manejo, pero nuestro deber es dar una opinión política. En realidad, el artículo original era francamente impresentable. La nueva redacción mejora su presentación pero no sus contenidos. Por lo tanto, se mantiene el mismo problema. Yo parto de la base de que para todos nosotros la vida no tiene precio; es una cuestión ajena a la duda. El tema es que a partir de lo que definamos políticamente caminamos más, menos o para atrás en el cumplimiento de esa definición. Coincido con lo que í se ha dicho: el problema central es que hay cosas que no pueden tener valor de mercado, y la salud es una, pero en la sociedad en que vivimos, en este modelo que tenemos y en los sistemas integrados la salud sigue siendo una mercancía. Y nos preguntan, y nos preguntamos, de dónde pueden salir los recursos para cubrir estos gastos, al menos en parte, porque me parece que las cifras que se manejan al principio tenían una dimensión y luego más flexibilidad. A mi modesto entender, la cantidad de personas que requieren este tipo de medicamentos no es ilimitada; es un número determinado que será fluctuante, crecerá, pero si aumenta la prevención, seguramente sean menos. Me gustaría hacer la cuenta de cuál es la tasa de ganancia, de cuánto acumulan las empresas privadas que administran la medicina, para empezar a pensar de dónde se puede sacar. El sindicato de aduaneros arrimó la propuesta de establecer el 1 ‰ de impuesto a la mercancía en tránsito. Con eso rescataban US$ 8.000.000. Asimismo, planteaban que la mitad fuera para esto. En este Uruguay de auge económico de exportación de soja, los sojeros no pagan un peso de ración. Si la sociedad busca resolver un problema de esta magnitud, que tiene que ver con valores

humanos básicos, creo que se consigue caminando, además, en la dirección que aquí se planteó. A veces, si nos ponemos a pensar que el enemigo es tan grande, tan inmenso, se nos hace inabordable la lucha. Hay experiencias en el mundo de países que han caminado en medio de inmensas dificultades para, por ejemplo, resolver el problema de los medicamentos. No lo podrán hacer completamente, pero ¡si habrán avanzado! Y no lo han hecho en base a la riqueza desbordante sino a definiciones políticas de fondo, en las que se parte de la base de que la salud es un derecho humano esencial. Quiero plantear que yo tampoco entiendo por qué estas disposiciones se incluyeron en el presupuesto. Me imagino que es una especie de salvaguarda, de parachoques, que trata de frenar un gasto que aparece como muy grande. A partir de lo que todos los legisladores han afirmado en sala, lo más lógico sería que estos artículos salieran del presupuesto y se trabajara seriamente, con los que saben, inclusive con compromisos de plazo para encaminar esta situación. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Roberto Chiazzaro. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: vamos a ser breves. He escuchado una serie de argumentos a los que me gustaría dar respuesta. Me refiero, sobre todo, al tema de la inconstitucionalidad. Yo no soy una persona muy enterada del derecho constitucional o, por lo menos, no lo he trabajado en profundidad. Por lo tanto, he realizado una consulta a un constitucionalista de alto nivel en el país y él me decía que entiende que no hay inconstitucionalidad en el artículo que mencionaba el diputado Lema. Me hacía ver un hecho -simplemente voy a trasmitirlo, pero sería bueno tomarlo en cuenta-, y es que en realidad hay que analizar muy claramente el primer inciso del artículo 44 de la Constitución, que nos muestra que es una norma programática y, como tal, por supuesto en oposición a la disposición preceptiva, el constitucionalista le está encomendando al legislador elaborar una norma para regular esta situación.

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Esa es la opinión de un constitucionalista y, en ese sentido, es lo que ha hecho y lo que está haciendo este Gobierno: elaborar una normativa para este tema. Por supuesto que es materia opinable y hay muchos legisladores anotados para hacer uso de la palabra y ya es tarde, son las 4 y 15, pero de todos modos los escucharé. Me han pedido que me limite pero créaseme: es solo una opinión más. Con esto quiero decir que no hay opiniones absolutas. No se puede decir: “Esta norma es anticonstitucional” porque puede haber otro constitucionalista que diga que es constitucional. A nosotros nos preocupa la mercantilización de la vida, de la enfermedad y de la salud que hacen los grandes laboratorios, las grandes transnacionales y las grandes multinacionales. Debemos tomar alguna medida para combatir el flagelo de las multinacionales, que ponen precios arbitrarios. En los tratados internacionales esto se llama “propiedad intelectual”. Este aspecto explica por qué algunos sistemáticamente nos oponemos a los tratados de libre comercio, a los TLC y a los TPP: porque en ellos aparece la propiedad intelectual, y las trasnacionales del medicamento imponen condiciones a los países subdesarrollados. Les voy a contar las novedades del TPP. Hasta ahora, las sociedades trataban que las patentes de medicamentos tuviesen un plazo de hasta cinco años para que luego se pudieran producir genéricos, que tienen un costo mucho más reducido. India y Brasil no respetaron las patentes, lograron abaratar los medicamentos y llevarlos a un precio realmente increíble. En los nuevos TPP que se están negociando, las transnacionales del medicamento piden patentes por más de veinte años. Es decir que durante veinte años van a cobrar lo que quieran y nadie podrá hacer uso de esa patente. Entonces, vamos a defender la salud, que nos preocupa a todos. Los países subdesarrollados no tenemos capacidad de llevar adelante tecnologías de investigación para combatir enfermedades letales. Todos los partidos políticos deberíamos asumir el compromiso de rechazar que se negocie la propiedad intelectual. Debemos rechazar la propiedad intelectual porque de esa manera vamos a defender a nuestra población para que pueda acceder a medicamentos baratos. Esa es una forma de atender las necesidades

que cubre este fondo, que es excepcional y tiene parámetros inigualables a nivel latinoamericano.

Lo que está haciendo este gobierno es increíble. Debemos tener memoria. El Fondo Nacional de Recursos fue fundado durante la dictadura, en el año 1981, y quebró porque fue mal administrado. Fue el Frente Amplio el que lo puso nuevamente en funcionamiento. Ahora, tenemos que ser cuidadosos; no digo esto porque los frenteamplistas seamos mejores que nadie sino porque tenemos que cuidar a nuestra población. Esto es algo que tenemos que hacer entre todos. También nosotros tenemos que emplear metodologías que ayuden a abaratar los medicamentos.

Voy a hablar de lo que sucede a nivel de la Unasur. Todos los países que la integramos estamos tratando de establecer mecanismos de compra globales para abaratar el valor de los medicamentos. A nivel nacional, también estamos en negociaciones con los laboratorios. Últimamente, estamos trabajando en lo que se llama política de riesgo compartido, que significa que en la parte experimental, durante un período determinado, el costo lo asuman los laboratorios.

Todos los aportes que se han hecho son tremendamente sensibles. Tenemos que procurar que los medicamentos lleguen a nuestros ciudadanos. Se han dado algunas pautas de lo que podemos lograr si ponemos voluntad y hay unanimidad para trabajar por el bien de nuestra población.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pasquet.

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: el problema de fondo es extraordinariamente complejo y delicado. Yo no pretendo abordarlo porque participo de la opinión de la bancada del Partido Colorado, que entiende que este no es un tema para tratar en el presupuesto y que debe desglosarse. Más adelante podrá disponerlo así la Cámara; me parece que claramente eso es lo que corresponde.

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No vamos a entrar en las complejas cuestiones de fondo que hay en esto -científicas, éticas, de políticas sociales, etcétera- para ver los efectos que puede tener el artículo 443 y sus, podríamos llamar, “satélites”, los artículos 456 y 457. Dejemos de lado por un momento la cuestión de la constitucionalidad. Asumamos que esa cuestión no está en juego y pensemos qué efecto práctico puede tener esto. No tiene ningún efecto práctico desde el punto de vista del problema de fondo; es decir: toda esa construcción de soluciones de largo plazo, incorporando distintos elementos, no inciden en nada. ¿En qué inciden? ¿Por qué se propone la sanción de esta norma? ¿Cuál sería el efecto? El efecto concreto que tiene esta medida es hacer mucho más difícil el andamiento de las acciones de amparo. ¿Por qué? Porque la acción tiene, entre otros requisitos, el siguiente: la ilegitimidad manifiesta del acto u omisión que se impugna. Ilegitimidad manifiesta quiere decir ilegitimidad clara, patente, grosera. La jurisprudencia acumula sinónimos para decir que no puede ser algo fino, sutil, que cueste determinar, porque la vía de amparo es sumarísima; se maneja en tiempos muy breves en los que los jueces deben trabajar con evidencias muy claras e indiscutibles. Por eso, la ilegitimidad tiene que ser manifiesta. Supongamos que se sancionan estas normas. Si mañana va alguien a la justicia a impugnar que no se le brinda tal medicamento que el médico le prescribió, invocando estos artículos, le van a decir: “Actuamos perfectamente de acuerdo con derecho, de acuerdo con el artículo 443; nos ceñimos a todo eso. El Poder Ejecutivo reguló los programas previstos por el artículo tal de la ley cual y definió las prestaciones. Esa es la obligación que tenemos nosotros. Cumplimos con la obligación. Acá no hay ilegitimidad de ningún tipo”. Este es un obstáculo muy serio para el andamiento de la acción de amparo. Precisamente, este va a ser el efecto concreto de la norma. Creo que por eso el Poder Ejecutivo la promueve: porque quiere frenar las acciones ante la justicia. Desde el punto de vista jurídico, sin duda esto va a ser un inconveniente, va a ser un obstáculo fuerte que se interponga entre los accionantes y los tribunales cuando no se avanza paralelamente en el camino de las soluciones de fondo. Me parece que no sería justo proceder así. No es justo aumentar los obstáculos y las dificultades cuando al mismo tiempo

no estamos soluciones.

avanzando

en

el

camino

de

las

Por eso, entiendo que lo razonable es dejar esto un tiempo en el congelador y a través de todos los mecanismos que se han mencionado -los trabajos en las comisiones, los aportes científicos, los datos tan interesantes que aportó el señor diputado Gallo y muchos otros- ir buscando soluciones. Mientras tanto, debemos dejar abierta la puerta de la justicia, que siempre es una válvula de seguridad, que permite que casos muy injustos o situaciones inicuas se corrijan. La justicia es la última garantía y no deberíamos interponer obstáculos para los que accionan por problemas cuya importancia y gravedad nadie discute. Considero que estas personas tienen, por lo menos, derecho a su día ante el tribunal para que allí se determine si ese medicamento les corresponde o no. Entonces, no nos pronunciemos sobre el fondo del asunto; desglosemos el artículo, continuemos estudiando y, mientras tanto, dejemos que la gente se defienda como mejor pueda ante los tribunales. Siempre es buena una mirada de afuera, imparcial, independiente de los laboratorios, de las multinacionales, de los empresarios médicos, de toda esa constelación de intereses tan poderosos que tanto inciden en esto. Yo creo que la ajenidad de la justicia a todo el sistema médico es una garantía más que, mientras no podamos aportar soluciones de fondo, nos deja con la conciencia tranquila de que aportamos garantías a quienes se encuentran en trances delicadísimos. SEÑOR ABDALA interrupción? (Pablo).¿Me permite una

SEÑOR PASQUET (Ope).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa informa al señor diputado Pasquet que le restan menos cinco minutos de su tiempo. Puede interrumpir el señor diputado Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: coincido con el análisis que hace el señor diputado Pasquet y, sobre todo, quiero referirme a algunas expresiones que se vertieron en sala hace algunos minutos en cuanto al carácter que eventualmente tendría el artículo 444, tanto en su primer como segundo incisos.

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Creo que efectivamente se pretende establecer una suerte de barrera a los efectos de disimular -digámoslo así- un problema real que ha quedado expuesto en este debate, que el Gobierno reconoce, la oposición reconoce y, por lo tanto, la sociedad política y la sociedad en su conjunto reconocen. No partimos del supuesto de la mala intención del Gobierno a la hora de plantear estos artículos, porque sería una acusación muy severa en términos de un comportamiento perverso que no sería justo atribuir frente a un problema de esta complejidad, pero entiendo que el propósito de pasar por encima del problema, disimularlo o hacer de cuenta que no existe no logra resolverlo, anularlo ni sacarlo del camino. El problema es real, sigue existiendo y, por lo tanto, sigue planteado en la realidad de los uruguayos, en la realidad del país y en la realidad de la sociedad. Creo que esto va a retrasar el acceso a la salud de quienes no tienen recursos propios ni posibilidades de autosustentarse y va a generar dificultades a la justicia a la hora de su actuación en cuanto a que los jueces pueden, en forma directa, eficaz e inmediata, atribuir o reconocer el derecho de acceso a la salud a quienes deben recurrir a ella para ver satisfecho ese derecho. El artículo 444 está muy lejos de ser una norma de tipo programático o declarativo, como aquí se manifestó; sé que se dijo esto de manera honesta, pero absolutamente equivocada. El artículo 444 consagra, en particular en el inciso segundo, lo que la doctrina reconoce como un derecho subjetivo perfecto. Ahí se establece una obligación para el Estado, que es la de proporcionar el acceso a la salud a aquellos que no están en condiciones de hacerlo por sus propios medios y, por lo tanto -como contrapartida-, el derecho de esos ciudadanos y habitantes de la República a que el Estado les financie los procedimientos y los mecanismos que tiendan a esa cobertura esencial. Esto es así y es de carácter absoluto, no es una mera expectativa que en tal caso puedan invocar los ciudadanos. ¡No! Es un derecho subjetivo perfecto que inexorablemente debe cumplirse. Si esto se convirtiera en ley -como mucho tememos que acontezca-, como resultado habrá un obstáculo -reitero- que se removerá por la vía de deducir las acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, pero seguramente la

satisfacción de ese derecho se retrasará y, por lo tanto, causará perjuicios. ¿Para quiénes? Para aquellos ciudadanos más vulnerables, con más dificultades y dependencia desde el punto de vista de su situación personal y socioeconómica. Y aunque no sea el efecto buscado -no tengo dudas de que no es lo que se procura-, lamentablemente llegaremos a una situación en la que habrá una salud para los ricos y otra salud para los pobres. Sé que es dramático lo que estoy diciendo, pero es la realidad que está planteada. Con este artículo, por la vía de establecer límites a la responsabilidad del Estado -algo que no puede establecerse por ley- lo único que lograremos será una suerte de discriminación trágica que creo debería evitarse. En tal caso, en lugar de buscar el expediente breve de cortar camino y procurar el atajo, deberíamos asumir el problema en toda su gravedad y dimensión, y ponernos a trabajar en un consenso y en una solución de fondo que nos permita a todos dormir tranquilos, sin andar con un cargo de conciencia que mucho me temo tendrán de aquí en adelante quienes tienen la responsabilidad de gobernar en función de la solución jurídica que se está por consagrar. Gracias, presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Olivera. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: hasta ahora quienes han dicho que iban a ser breves no lo fueron. Quiero dejar una constancia que creo puede ser útil para quienes tengan que tomar decisiones o trabajar en el tema. En su momento el señor diputado Rubio mencionó que los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas concurrieron a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda a plantear una reivindicación, y también a proponer una fuente de recursos: aplicar una tasa del 1 ‰ a la mercadería en tránsito. Lo que hay que saber es que esa mercadería en tránsito -de acuerdo con lo que nos manifestaron- es whisky, bebidas, cosméticos; se trata de mercadería de lujo -por decirlo así- o no necesaria. En este caso los contribuyentes de esta tasa prácticamente insignificante serían empresas como Philip Morris, Johnnie Walker u otras.

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Según nos dijeron los funcionarios, de esta manera se estaría en condiciones de recaudar US$ 8.000.000. Buena parte de esos recursos representa una solución en el sentido de lo que venimos hablando en esta provechosa discusión. Solamente quería dejar esta constancia para que pueda oficiar de insumo en su momento. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Señores diputados: se ha agotado la lista de oradores. Lo cierto es que quienes prometieron ser breves no lo fueron, salvo el señor diputado Olivera, que cumplió con su palabra. Todos ejercieron su derecho y quienes coordinamos algunas acciones para avanzar en los artículos fracasamos con total éxito. Hemos sido vencidos con total éxito. Se propone votar en bloque los artículos 443, 456 y 457. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor Diputado. Sánchez).-

finitos cuando entre 2013 y 2014, en Ancap se gastaron US$ 20.000.00 en publicidad; es difícil explicar a una persona que los recursos son finitos cuando se gasta $ 1.000.000 mensuales en una oficina de Casinos del Estado que no se usa; es difícil explicar a una persona que los recursos son finitos cuando se pretenden $ 560.000 por mes para alquileres de alto costo; es difícil explicar a una persona que los recursos son finitos cuando hay rubro y dinero para cosas que no son tan productivas. Yo puedo estar de acuerdo con muchas de las ideas que trataremos de congeniar, pero lo que cambian las cosas son las acciones. El Frente Amplio hoy tomó una acción: votar a favor de estos artículos. ¡Por supuesto que el Frente Amplio se va hacer cargo de esa acción! Lamentamos profundamente que lo haga de esta forma y que detrás de dichos muy lindos sobre qué van a hacer, la acción sea limitar aún más el acceso a los medicamentos de alto costo. Vamos a seguir este tema en todas las canchas que sea necesario, porque consideramos que se actúa con profunda desigualdad e injusticia. Además, se da un mensaje contradictorio; todos queremos lo mismo, pero priorizamos los costos sobre los objetivos de la salud. En definitiva, vamos a trabajar para un sistema verdaderamente nacional, igualitario y justo. Muchas gracias, señor presidente. (Interrupciones.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa solicita a los señores legisladores que se haga silencio para escucharnos. Los diputados que quieran hacer uso de la palabra pueden anotarse para fundamentar su voto. SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR LEMA (Martín).- Señor Presidente: debemos decir que el resultado de esta votación nos desilusiona bastante. Parece algo contradictorio: estamos todos de acuerdo, se acepta todo lo referente a las actas de la Comisión Técnica Asesora, se reconoce que es un error que no se actualice el Formulario Terapéutico de Medicamentos como establece un decreto, se reconocen un montón de cosas, pero se priorizan los costos en vez de los objetivos de la salud. El problema es que al introducir este tema en un presupuesto, el Frente Amplio está decidiendo que se analice en torno a un presupuesto general. Nuestra posición es que valen más el esfuerzo y los recursos finitos en medicamentos de alto costo que asesores de alto costo. El otro día el Frente Amplio votó US$ 4.000.000 para asesores de alto costo. Nosotros priorizamos los objetivos de salud y después vemos de qué forma, con qué ingenio y qué propuestas creativas tenemos para cubrirlos. Es difícil explicar a una persona que los recursos son

SEÑOR GALLO CANTERA (Luis).Señor presidente: se trata de un tema complejo y de mucha sensibilidad, que se ha considerado con altura en la Cámara.

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He votado convencido estos tres artículos, que no innovan absolutamente nada, ya que lo que establecen está amparado en la ley de creación del Sistema Nacional Integrado de Salud y por lo relacionado con los derechos de los usuarios. Reitero que no se innova en nada. Tenía la esperanza de no escuchar algunas cosas que se han dicho porque minimizan el debate. Por ejemplo, se ha expresado que se ahorra en ciertos aspectos. Me tomé el trabajo de consultar a un compañero que trabaja en presupuestos cuánto sería el ahorro si no contratáramos el personal. En ese sentido, sería un ahorro de US$ 10.000.000 y trabajarían solamente el ministro y el subsecretario, sin asesores. Es una manera de discutir este tema que no me convence. Lo digo con sinceridad. Pensé que esos aspectos menores de decir “ahorramos aquí, ahorramos allá” no se iban a mencionar. Tenemos que concientizarnos de la gravedad de la situación, porque estamos dirimiendo entre la muerte y cierta calidad de vida. La Constitución establece que se debe prestar asistencia y hay que ver qué tipo de asistencia y prevenciones son. En este caso, se trata de medicamentos de alto costo para pacientes que, lamentablemente, ya no tienen chance de vivir y que mejoran la sobrevida y la calidad de vida no más allá de un año o un año y medio. Con un solo fármaco se puede llegar a cinco años de sobrevida. El Gobierno y el Estado, a través del Sistema Nacional Integrado de Salud, dan cobertura a todos; hay muy pocas patologías que requieren específicamente esos medicamentos. Por lo tanto, invito a todos los compañeros que quieran trabajar en este tema a seguir reflexionando, pensando. Como he dicho, esto no pasa por un proyecto de ley, sino por reflexionar en voz alta y convencernos de que nunca va a haber una solución sino que siempre vamos a correr de atrás. Muchas gracias, presidente. SEÑOR CARDOSO (Germán).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CARDOSO (Germán).- Señor presidente: las razones de nuestro voto negativo ya fueron expuestas. Solamente quiero dejar constancia de que los trece legisladores pertenecientes al Partido Colorado estuvieron presentes en Sala y votaron negativamente. Muchas gracias. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI.- Señor presidente: es difícil, porque uno queda impactado por las contradicciones de fondo y por las contradicciones que no lo son tanto, pero que en definitiva hacen que cuando llega el momento de la verdad y se levanta la mano no se pongan sobre la mesa los discursos fáciles, sino los intereses que se están defendiendo. Sé que la industria del medicamento es poderosísima y según los últimos datos que consulté, actualmente está por encima de la del armamento y el narcotráfico. Pero hay muchos factores internos que se pueden controlar. ¡Muchísimos! Yo no voy a minimizar, señor diputado Gallo -le pido disculpas señor presidente, me voy a referir a lo manifestado por el señor diputado Gallo-, no es minimizar buscar otras fuentes de financiamiento; mucho menos es minimizar poner la mano a la gran industria médica y de privilegios médicos que existe en el Uruguay y que ya se han hecho tan expresos que hasta hay gremiales médicas enfrentadas entre sí porque algunos ganan $ 500.000 o $ 600.000 y otros $ 50.000. Hay todo un negocio de aparatología médica -hay gente muy vinculada al Gobierno, que es muy rica y conoce muy bien el negocio- que no es un factor externo, sino que son factores internos en los que podemos incidir. Asimismo, debo admitir que creí en el gran Sistema Nacional Integrado de Salud al igual que creí en el IRPF, que era el que iba a financiar el Fonasa, como ocurre en los países donde realmente existe un IRPF, donde que además de las deducciones se devuelve en servicios. Por ejemplo, a quienes tuvimos la estupidez de trabajar y estudiar mucho toda la vida y nos devuelven dinero del Fonasa, pues nos están

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cobrando de más. Ya sé lo de las cápitas, no me lo expliquen porque fui presidenta de la Caja Notarial así que tengo muy claro, además, cómo se nos quedaron con el sistema notarial. En ese sentido conozco; no me den las explicaciones. (Interrupciones) ——¿Por qué hay US$ 100.000.000 que todos los años el Estado devuelve luego de más de un año de haber hecho los descuentos? El costo financiero de esos US$ 100.000.000, ¿no tiene beneficios? (Suena el timbre indicador de tiempo) ——¿Las personas no saben levantar la mano y expresarse como seres normales? SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Ha finalizado su tiempo, señora diputada. (Murmullos.- Campana de orden) ——Los legisladores han tenido la oportunidad de fundar el voto con el tiempo determinado que establece el Reglamento. No se puede continuar en este clima de comentarios por todos lados, a los gritos, cuando no están en uso de la palabra. No puedo permitir eso, señores diputados. Cada uno ha fundamentado su voto. Corresponde articulado. continuar con el resto del

Se propone votar en bloque los artículos 449, 451, 452, 453 y 461. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 450. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 454. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 455. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en noventa y tres: AFIRMATIVA. Se propone votar en bloque los artículos 458 y 460. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cuatro en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 459. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 462.

Se propone votar en bloque los artículos 444, 446, 447 y 448, informando que los artículos 444 y 448 requieren mayoría absoluta. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cinco: AFIRMATIVA. ——En discusión el artículo 445. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cinco: AFIRMATIVA.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en noventa y dos: AFIRMATIVA. Hemos concluido con el tratamiento Inciso 12, Ministerio de Salud Pública. del

Se pasa a considerar el Inciso 13, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que comprende los artículos 463 a 472. (Texto del Inciso 13:)

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“Artículo 463.- Los funcionarios profesionales abogados, pertenecientes al Escalafón A, que a la fecha de vigencia de la presente ley presten efectivamente funciones en la División Jurídica de la Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, podrán optar por quedar comprendidos en el régimen de dedicación exclusiva. Aquellos funcionarios que no opten por el régimen de dedicación exclusiva serán trasladados a otras unidades organizativas del Inciso. Los funcionarios profesionales abogados pertenecientes al Escalafón A que ingresen, mediante ascenso, rotación o concurso público, a la Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, División Jurídica, quedarán comprendidos en el régimen de dedicación exclusiva. A los efectos de la presente norma, se entiende por dedicación exclusiva el régimen por el cual el funcionario no podrá realizar directa o indirectamente ninguna actividad pública o privada rentada u honoraria, excepto el ejercicio de: A) B) C) D) la docencia en instituciones públicas o privadas, producción y creación literaria, artística, científica y técnica, siempre que no se origine en una relación de dependencia, actividades deportivas y artísticas fuera de la relación de dependencia, actividades derivadas de la administración del patrimonio personal y/o familiar (padres, hijos, cónyuges y concubinos), siempre que dicho patrimonio no se encuentre vinculado a la prestación de servicios profesionales, ni implique la prestación de servicios, ni tenga relación alguna con las actividades de la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social.

Las tareas permitidas no pueden obstaculizar la función específica de los profesionales en la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social. Cuando se compruebe mediante el procedimiento administrativo correspondiente que un funcionario sujeto al régimen de exclusividad establecido en el presente artículo, realiza actividades incompatibles con dicho régimen, será excluido del mismo y trasladado a otra unidad organizativa por resolución fundada del jerarca del Inciso, sin perjuicio de los procedimientos disciplinarios y sanciones que correspondieren. El horario a cumplir de los profesionales abogados pertenecientes al Escalafón A, comprendidos en el presente régimen, será como mínimo de ocho horas diarias y cuarenta horas semanales de labor, con permanencia a la orden y con la obligación de concurrir al interior del país cuando el jerarca lo disponga. Establécese la siguiente estructura de la División Jurídica de la Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social” y las remuneraciones nominales mensuales que percibirán los profesionales abogados, pertenecientes al Escalafón A, por todo concepto: Hasta 1 Cargo Profesional Abogado A Grado 4 con una retribución de $ 69.000 Hasta 14 Cargos Profesional Abogado A10 con una retribución de $ 86.000 Hasta 2 Cargos Profesional Abogado A13 con una retribución de $ 89.000 Hasta 1 Función de Conducción de Dirección $ 92.000 Estas retribuciones recibirán únicamente los ajustes salariales que otorgue el Poder Ejecutivo para la Administración Central. Transfiérese, para la financiación de las compensaciones establecidas en el presente artículo, la suma de $ 8.197.923 (ocho millones ciento noventa y siete mil novecientos veintitrés pesos uruguayos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales, del Objeto del Gasto 092.000 “Partida Global a Distribuir” al Objeto del Gasto 042.524 “Dedicación exclusiva”. Artículo 464.- Los funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los escalafones A y B del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social” que presten funciones de consultas, negociación individual y

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negociación colectiva, en la Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo” o en la Unidad Ejecutora 004 “Dirección Nacional de Coordinación en el Interior”, percibirán una compensación especial, equivalente al 25% (veinticinco por ciento) de las retribuciones sujetas a montepío, excluidas las partidas variables, la prima por antigüedad, los beneficios sociales y la compensación por tareas de mayor responsabilidad dispuesta por el artículo 5º de la Ley nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. La asignación de funciones a las que refiere este inciso, sólo podrá realizarse en tanto exista financiamiento de acuerdo a lo establecido en el inciso cuarto de la presente norma. Los funcionarios que al 7 de noviembre de 2012 estaban asignados a las funciones señaladas y que a la fecha de vigencia de la presente ley perciben la compensación especial del 25% dispuesta por el artículo 216 de la Ley nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012 continuarán percibiéndola. Asimismo Los funcionarios que, a la fecha de vigencia de la presente ley, perciben la antedicha compensación especial por el desempeño de tareas de asesoramiento ante el Poder Judicial y el Banco de Seguros del Estado en los casos de trabajadores siniestrados y sus causahabientes (artículo 59 de la Ley nº 16.074, de 10 de octubre de 1989), continuarán percibiéndola, no generando derecho a la compensación especial del inciso primero de este artículo, cuando sean asignados a alguna de las funciones allí previstas. La base de cálculo de la compensación a que refiere este artículo, quedará determinada por las partidas presupuestales vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, recibiendo únicamente los aumentos que se dispongan con carácter general para los funcionarios públicos de la Administración Central. Reasígnanse, con destino a financiar lo dispuesto en este artículo, en las Unidades Ejecutoras que se indican, del Objeto del Gasto 092.000 “Partida Global a Distribuir”, incluidos 232 aguinaldo y cargas legales, al Objeto del Gasto 042.520 “Compensación especial para cumplir condiciones específicas”, las siguientes partidas anuales, más aguinaldo y cargas legales: $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) de la Unidad 001 “Dirección General de Secretaria”, $ 1.189.146 (un millón ciento ochenta y nueve mil ciento cuarenta y seis) de la Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, $ 700.000 (setecientos mil pesos uruguayos) de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo”. Derógase el artículo 216 de la Ley nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 465.- Asígnase una partida de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) anuales con destino a financiar una única compensación especial que percibirán hasta 15 (quince) funcionarios delegados del Poder Ejecutivo en los Consejos de Salarios, que sean designados como Presidente en uno o varios Grupos de Actividad de los Consejos de Salarios y mientras desempeñen dicha función. La compensación será de hasta el 10% (diez por ciento) de las retribuciones sujetas a montepío, excluidas las partidas variables, la prima por antigüedad, los beneficios sociales, y la compensación por tareas de mayor responsabilidad dispuesta por el artículo 5º de la Ley nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Reasígnase con destino a financiar lo dispuesto en este artículo, en las Unidades Ejecutoras que se indican, del Objeto del Gasto 092.000 “Partida Global a Distribuir” incluidos aguinaldo y cargas legales, al Objeto del Gasto 042.520 “Compensación especial para cumplir condiciones específicas”, las siguientes partidas anuales más aguinaldo y cargas legales: $172.221 (ciento setenta y dos mil doscientos veintiuno pesos uruguayos), de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaria”, $ 580.000 (quinientos ochenta mil pesos uruguayos) de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo”, y $ 80.000 (ochenta mil pesos uruguayos) de la Unidad Ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”. Cuando la compensación se abone a funcionarios que prestan funciones en comisión en la Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, la misma no podrá superar el máximo que percibiría un funcionario perteneciente al grado 10 de la referida unidad ejecutora. Artículo 466.- Habilítase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo” una partida anual de $ 4.356.975 (cuatro millones trescientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y cinco pesos uruguayos), en el Objeto de Gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los Escalafones A y B que efectivamente presten funciones en consultas y audiencias de conciliación de conflictos individuales, en la División Negociación Individual de la

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Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo” y tengan incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral. El derecho a percibir la compensación prevista en el inciso anterior se generará por el cumplimiento de metas y objetivos que fije la Dirección de la Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo”. Cuando se compruebe mediante el procedimiento administrativo correspondiente, que funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los escalafones A y B sujetos a la incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral, realizan actividades incompatibles con dicho régimen, perderán automáticamente la presente compensación sin perjuicio de las investigaciones y sanciones que correspondiere. La compensación prevista en el inciso primero será financiada con los créditos presupuestales asociados a los cargos que se suprimen, según el siguiente detalle:
INCISO U.E. ESCALAFÓN GRADO DENOMINACIÓN 13 13 13 13 13 13 13 13 1 7 7 7 2 2 2 2 C C C A A C B C 6 2 4 8 10 5 10 7 ADMINISTRATIVO I SERIE ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO V ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO III ADMINISTRATIVO ASESOR VI ASESOR IV ESCRIBANO PROFESIONAL

ADMINISTRATIVO II ADMINISTRATIVO TÉCNICO II ADMINISTRATIVO TÉCNICO ADMINISTRATIVO

Artículo 467.- Créase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo”, un cargo de particular confianza que se denominará “Sub Director Nacional de Trabajo”, el que deberá ser ocupado por una persona de probada idoneidad técnica y se encontrará comprendido a efectos de su retribución, en el literal d) del artículo 9º de la Ley nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y sus modificativas. La creación dispuesta en el inciso anterior se financiará con el crédito presupuestal resultante de la supresión de dos cargos de Asesor I, serie Profesional, escalafón A, grado 12, de la Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo”. Artículo 468.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley nº 16.869, de 25 de setiembre de 1997, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El Banco de Previsión Social, el Banco de Seguros del Estado, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Dirección General Impositiva y la Dirección Nacional de Aduanas, intercambiarán la información de sus registros de empresas y de los montos imponibles de las remuneraciones de los trabajadores declarados por las mismas, en la forma y periodicidad que determine la reglamentación. El intercambio de información entre estos organismos, se realizará acorde con lo dispuesto en los artículos 157 a 160 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 81 de la Ley nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011 y su decreto reglamentario”. Derógase el artículo 275 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 469.- Transfórmase al vacar el cargo D 13 Subdirector de la Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, en un cargo de particular confianza, que será ocupado por una persona con idoneidad técnica, que se denominará Sub Director Nacional de Empleo, el que estará comprendido en el literal c) del artículo 9º de la Ley nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y modificativas.

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Reasígnase la suma de $ 1.235.873 (un millón doscientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y tres pesos uruguayos) anuales del objeto del gasto 095.002 “Fondo para contratos temporales” del Proyecto 201, Programa 500 “Políticas de Empleo”, Unidad Ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo”, a efectos de completar el financiamiento de la transformación dispuesta en la presente norma. Artículo 470.- El personal del escalafón CO “Conducción” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, podrá percibir la compensación por alimentación prevista en el artículo 578 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, la que será financiada con cargo al objeto del gasto 067 “Compensación por alimentación con aportes”. Reasígnase, hasta la suma de $350.000 (trescientos cincuenta mil pesos uruguayos) anuales, del objeto del gasto 042.034 “Remuneración complementaria por funciones distintas al cargo” a efectos de financiar la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 471.- Asígnase al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Objeto de Gasto 092.002 “Partida Global a distribuir p/adscriptos”, la suma de $ 2.027.627 (dos millones veintisiete mil seiscientos veintisiete pesos uruguayos) anuales, con destino a las contrataciones previstas en el artículo 58 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Dichas contrataciones se financiarán con la reasignación de créditos presupuestales del Objeto del Gasto 067.000 “Compensación por alimentación, con aportes”, hasta la suma $ 249.443 (doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos uruguayos) y con los créditos correspondientes a la supresión de cuatro cargos vacantes, que se detallan a continuación: INCISO U.E. ESCALAFÓN GRADO DENOMINACIÓN 13 13 13 13 1 1 1 1 C C F F 4 4 4 1 SERIE

ADMINISTRATIVO III ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO III ADMINISTRATIVO AUXILIAR I AUXILIAR IV SERVICIOS SERVICIOS

Artículo 472.- Autorízase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” una partida anual de $ 3.601.790 (tres millones seiscientos un mil setecientos noventa pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, en el Objeto del Gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios de la División Tecnología de la Información asignados a los proyectos pertenecientes al Plan Director Informático. La compensación prevista en el inciso anterior será financiada con la reasignación de créditos presupuestales existentes en el Objeto de Gasto 067.000 “Compensación por Alimentación con aportes”, hasta el monto de $ 436.525 (cuatrocientos treinta y seis mil quinientos veinticinco pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales y con los créditos presupuestales asociados a los cargos que se suprimen, según el siguiente detalle:
INCISO 13 13 13 13 13 13 13 U.E. 001 001 001 001 001 001 001 ESCALAFÓN C F F F F F A GRADO 2 2 2 2 2 1 13 DENOMINACIÓN ADMINISTRATIVO AUXILIAR III AUXILIAR III AUXILIAR III AUXILIAR III AUXILIAR IV ASESOR SERIE ADMINISTRATIVO SERVICIOS SERVICIOS SERVICIOS SERVICIOS SERVICIOS ECONOMISTA

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——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se propone votar en bloque los artículos 463, 468 y 472. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa y dos: AFIRMATIVA. Se propone votar en bloque los artículos 464 y 465. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en noventa y dos: AFIRMATIVA. Se propone votar los artículos 467, 469 y 471. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 470. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en noventa y dos: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 466.
13 Incis o 13

incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral. El derecho a percibir la compensación prevista en el inciso anterior se generará por el cumplimiento de metas y objetivos que fijen las respectivas Unidades Ejecutoras. Cuando se compruebe mediante el procedimiento administrativo correspondiente, que funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los escalafones A y B sujetos a la incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral, realizan actividades incompatibles con dicho régimen, perderán automáticamente la presente compensación sin perjuicio de las investigaciones y sanciones que correspondiere. La compensación prevista en el inciso primero será financiada con los créditos presupuestales asociados a los cargos que se suprimen, según el siguiente detalle:
UE 1 Escalafó n C Grad o 6 Denominaci ón ADMINISTR ATIVO I ADMINISTR ATIVO V ADMINISTR ATIVO III ASESOR VI ASESOR IV ADMINISTR ATIVO II TÉCNICO II ADMINISTR ATIVO Serie ADMINISTR ATIVO ADMINISTR ATIVO ADMINISTR ATIVO ESCRIBAN O PROFESIO NAL ADMINISTR ATIVO TÉCNICO ADMINISTR ATIVO

7

C

2

Hay un artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 47, presentada por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Jorge Gandini y Nicolás Olivera. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 466.- Habilítase en el Inciso 13 ‘Ministerio de Trabajo y Seguridad Social’ una partida anual de $ 4.356.975 (cuatro millones trescientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y cinco pesos uruguayos), en el Objeto de Gasto 042.520 ‘Compensación especial por cumplir condiciones específicas’, con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los Escalafones A y B que efectivamente presten funciones en consultas y audiencias de conciliación de conflictos individuales, ya sea en la División Negociación Individual de la Unidad Ejecutora 002 ‘Dirección Nacional de Trabajo’, o en las Oficinas de Trabajo de la Unidad Ejecutora 004 – Dirección Nacional de Coordinación del Interior, siempre que tengan

13

7

C

4

13 13 13 13 13

7 2 2 2 2

A A C B C

8 10 5 10 7

——En discusión. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: estamos presentando un sustitutivo porque entendemos que en la redacción se genera alguna inequidad que termina abundando en otras inequidades del presupuesto. Lamentablemente, otra

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vez se ven perjudicados funcionarios, en este caso del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del interior del país. El beneficio que prevé el artículo 466, tal como viene redactado, es para la unidad ejecutora 002, Dirección Nacional de Trabajo, División Negociación. En el interior del país también hay funcionarios profesionales que cumplen esta tarea, con el mismo régimen de incompatibilidades -es decir, no pueden ejercer su profesión, en este caso, de abogados-, que los funcionarios que se verían beneficiados por esta norma, que son de Montevideo. Estos funcionarios del interior también llevan a cabo la labor de mediación, de asistencia a los trabajadores que no tienen la posibilidad de recurrir al asesoramiento de un profesional particular. Lamentablemente, si la norma se aprueba tal cual está, se verían segregados de este beneficio. Entendemos que el artículo propuesto no tiene costo. Simplemente, tiende a equiparar a funcionarios que realizan la misma tarea y que no ocupan la unidad ejecutora 002, sino que pertenecen a la unidad ejecutora 004, Dirección Nacional de Coordinación del Interior. (Murmullos) ——Entendemos que esto viene a subsanar una inequidad y a cumplir con una máxima no solamente del derecho laboral, sino también del administrativo, que reza que a igual trabajo, igual remuneración. Creemos que no se puede profundizar esta inequidad… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Sé que todos estamos cansados, pero debo amparar al señor diputado Olivera en el uso de la palabra. Solicito a los señores diputados que, por favor, hagan silencio. Puede Olivera. continuar el señor diputado Nicolás

misma función y estando sujetos al mismo régimen de trabajo. Por eso solicitamos a los compañeros del Cuerpo que acompañen el sustitutivo propuesto. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 466, tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Sesenta y uno en noventa y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR ABDALA (Pablo).- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis en noventa y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: no voté este artículo, porque si bien estoy de acuerdo con el beneficio que se plantea para estos trabajadores, se plasma una inequidad más en este presupuesto, ya que quienes trabajan en Montevideo y en el interior, a pesar de cumplir el mismo trabajo, lamentablemente no van a recibir la misma remuneración.

37.- Intermedio
SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Decía que esto responde a una máxima con la que creo todos estamos de acuerdo, que reza que a igual trabajo igual remuneración. Queremos que esto no se transforme en una inequidad más entre quienes trabajan en la capital y quienes lo hacen en el interior del país, cumpliendo la

SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor Presidente: solicito que la Cámara pase a intermedio hasta la hora 12. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en ochenta y ocho: AFIRMATIVA.

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Se pasa a intermedio hasta la hora 12. (Es la hora 5 y 3 del día miércoles 14 de octubre) ——Continúa la sesión. (Es la hora 12 y 13)

Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Juan José Olaizola, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Ángel Domínguez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y cuatro en cuarenta y seis:

38.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Catalina Correa Almeida, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Paulino Delsa. Del señor Representante Susana Montaner, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Eduardo Suney Barros. Del señor Representante Luis Puig, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Coitiño. Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Óscar Andrade Lallana, por el día 14 de octubre de 2015, para participar de la jornada de intercambio con el Plenario de la Comisión de Discapacidad con la Fundación “Alejandra Forlán”, en el marco del debate del proyecto de ley de empleo para personas con discapacidad, convocándose al suplente siguiente, señor Gerardo Núñez Fallabrino. Licencia por enfermedad, artículo 1º de la Ley Nº 17.827: literal A) del

Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por este medio, y por motivos de índole personal, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. Sin otro particular saluda atentamente, CATALINA CORREA ALMEIDA Representante por Salto”. “Montevideo, 14 de octubre 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante. Saluda atentamente, Ma. Florencia Amado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Salto, Catalina Correa Almeida. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015.

Del señor Representante Alberto Perdomo Gamarra, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Betiana Britos.

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II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Florencia Amado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Salto, Catalina Correa Almeida, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Florencia Amado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 888711, del Lema Partido Frente Amplio, señor Paulino Delsa. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima, SUSANA MONTANER Representante por Tacuarembó”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Auber Agapito Leal, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria

efectuada por el Cuerpo que Ud. tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Agapito Leal”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Dante Dini, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que Ud. tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Dante Dini”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Claudia Mabel Azambuya, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que Ud. tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Claudia Azambuya”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Ximena Bellozo, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que Ud. tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Ximena Bellozo”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Pablo Castro, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que Ud. tan dignamente preside por el día 14 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Pablo Castro”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Tacuarembó, Susana Montaner. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Agapito Leal, Dante Dino Luis Emilio Dini Siqueira, Claudia Azambuya, Ximena Bellozo y Pablo Castro Albernaz. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Tacuarembó, Susana Montaner, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Agapito Leal, Dante Dino Luis Emilio Dini Siqueira, Claudia Azambuya, Ximena Bellozo y Pablo Castro Albernaz. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2215, del Lema Partido Colorado, señor Eduardo Suney Barros. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, me conceda licencia por motivos personales asumiendo en mi lugar Carlos Coitiño los días 14 y 15 de octubre de 2015. Le saluda muy cordialmente, LUIS PUIG Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, aceptar mi renuncia a asumir por única vez los días 14 y 15 de octubre de 2015. Le saluda muy cordialmente, Magdalena Beramendi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Magdalena Beramendi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Luis Puig, por los días 14 y 15 de octubre de 2015.

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2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Magdalena Beramendi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días indicados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 3311, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Coitiño. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º, inciso D, de la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia en virtud de obligaciones notorias el día 14 de octubre del corriente año, a los efectos de participar de la jornada de intercambio con el Plenario de la Comisión de Discapacidad en horas de la mañana y en horas de la tarde con la Fundación “Alejandra Forlán” en el marco del debate del proyecto de ley de Empleo para Personas con Discapacidad, para el cual estoy invitado en mi carácter de Representante Nacional. Dejo constancia que se adjunta a la presente nota, la invitación por mí recibida para participar en el evento arriba enunciado. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, ÓSCAR ANDRADE LALLANA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Óscar Andrade Lallana, para participar de la jornada de intercambio con el Plenario de la Comisión de Discapacidad con la Fundación “Alejandra Forlán”, en el marco del debate del proyecto de ley de empleo para personas con discapacidad. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del

inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor Representante por el departamento de Montevideo, Óscar Andrade Lallana, por el día 14 de octubre de 2015, para participar de la jornada de intercambio con el Plenario de la Comisión de Discapacidad con la Fundación “Alejandra Forlán”, en el marco del debate del proyecto de ley de empleo para personas con discapacidad. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Gerardo Núñez Fallabrino. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, solicito sírvase convocar a mi suplente respectivo, ya que por el día de hoy y mañana por motivos de salud no podré asistir, adjunto certificado médico correspondiente. Saluda atentamente, ALBERTO PERDOMO GAMARRA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por enfermedad, del señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo Gamarra. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal A) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

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La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por enfermedad al señor Representante por el departamento de Canelones, Alberto Perdomo Gamarra, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Betiana Britos. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia a la sesión de la Cámara de Representantes para el día de la fecha, por motivos personales, convocando al suplente respectivo. Sin otro particular saluda a Ud. atentamente, JUAN JOSÉ OLAIZOLA Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Ud. que no acepto por esta vez, la convocatoria como suplente del Diputado Juan José Olaizola, para el día de la fecha. Sin otro particular saluda muy atentamente, Dr. Mario Arizti”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Ud. que no acepto por esta vez, la convocatoria como suplente del Diputado Juan José Olaizola, para el día de la fecha. Sin otro particular saluda muy atentamente, Camila Ramírez Aviaga”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan José Olaizola. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Mario Arizti Brusa y María Camila Ramírez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Juan José Olaizola, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Mario Arizti Brusa y María Camila Ramírez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señor Ángel Domínguez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

39.- Presupuesto Nacional – Período 2015-2019. (Aprobación)
——Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el Inciso 14, “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, que comprende los artículos 473 a 509, inclusive. (Texto del Inciso 14:)

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“Artículo 473.- Apruébase el Plan Quinquenal de Vivienda para el período 2015-2019 propuesto por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conforme con lo establecido por el artículo 4º de la Ley nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley nº 16.237, de 2 de enero de 1992. Artículo 474.- Créase en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, Programa 380 “Gestión Ambiental y Ordenación del Territorio”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” un cargo de “Director de Cambio Climático”, Escalafón Q “Personal de Particular Confianza”, cuya retribución será la correspondiente por todo concepto a la de un Director del Inciso. La erogación resultante se financiará parcialmente, con la eliminación de los créditos de las vacantes del mismo Programa y Unidad Ejecutora siguientes: una vacante del Escalafón A Serie “Profesional Coordinador” Grado 16, una vacante en el Escalafón A “Profesional” Denominación “Especialista en Planificación y Calidad” Grado 04 y una vacante en el Escalafón B “Técnico”, Denominación “Relaciones Internacionales”, Grado 03 y una vacante en el Escalafón B, Denominación y Serie “Técnico Informática, Grado 10. Artículo 475.- El Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos, creado por la Ley nº 18.829, de 24 de octubre del 2011, que declara la emergencia socio-habitacional de la población en situación de extrema pobreza pasará a ser ejecutado por el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente” en el Programa “Plan Nacional de Integración Socio Habitacional Juntos”, dependiente de la Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Vivienda”, y será financiado con cargo al Fondo Nacional de Vivienda. La transferencia de dominio de bienes a favor del Plan Juntos, operará de pleno derecho con la vigencia de la presente ley. El Poder Ejecutivo determinará los bienes comprendidos en esta transferencia y los Registros Públicos procederán a su registración con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución que determine la transferencia. Artículo 476.- Asígnase al Programa “Plan Nacional de Integración Socio Habitacional Juntos”, los cometidos, facultades y funciones regulados por la Ley nº 18.829, del 24 de octubre del 2011 y su decreto reglamentario. Podrá comunicarse directamente con los Gobiernos Departamentales y demás organismos públicos. Las normas legales y reglamentarias que refieren al Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos creado por la Ley nº 18.829, del 24 de octubre del 2011, cualquiera fuere su denominación, permanecerán vigentes en todo cuanto no se oponga a la presente ley. Artículo 477.- El Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos será dirigido por un Coordinador General, cuyo titular será designado por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, entre técnicos de prestigio en la materia, quien cesará en su cargo por resolución del Poder Ejecutivo. El Coordinador General, tendrá a su cargo la representación del órgano. Artículo 478.- Son atribuciones del Coordinador General: A) B) Ejercer la dirección, administración y control del Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos (Plan Juntos). Proponer al Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para su aprobación, un programa anual con las prioridades de intervención e inversión del Plan Juntos, en el marco del Plan Quinquenal de Vivienda. Proyectar el Presupuesto y elevarlo al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para su aprobación. Dictar las resoluciones de intervención del Plan Juntos, en el marco del programa anual aprobado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Ejecutar y realizar el seguimiento de las políticas de vivienda, hábitat y sociales aplicables al Plan Juntos, que determine el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

C) D) E)

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F) G) H)

Proponer el organigrama funcional, reglamentos generales de funcionamiento, estatutos de empleados, etc. Monitorear y evaluar los resultados obtenidos e impactos del Plan Juntos. Coordinar y suscribir convenios con los Gobiernos Departamentales y demás organismos públicos, así como con personas privadas y la sociedad civil organizada, para el diseño y ejecución del Plan Juntos, conjuntamente con el Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Promover e impulsar la participación solidaria de la sociedad a través de diferentes modalidades. Aprobar el egreso de los participantes del Plan Juntos. Coordinar con el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la enajenación a título gratuito de los bienes inmuebles propiedad del Estado a favor de todos los integrantes de los núcleos familiares participantes que se encuentren debidamente inscriptos en el registro, en cumplimiento del artículo 23 de la Ley nº 18.829, del 24 de octubre del 2011. Administrar los recursos que se le asignen y ser ordenador secundario de gastos y pagos, de conformidad con la normativa vigente en la materia.

I) J) K)

L)

M) Podrá transmitir a los fiduciarios, para su administración, la propiedad de los recursos actuales y futuros del Plan Juntos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley nº 17.703, de 27 de octubre de 2003, modificativas y concordantes. Dichos fideicomisos, así como los actos y negocios jurídicos que se realicen en la ejecución de los mismos, gozarán de todas las exoneraciones tributarias previstas en la presente ley. Artículo 479.- Facúltase al Poder Ejecutivo a designar en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, un Gerente Técnico que tendrá el cometido de prestar asistencia técnica y administrativa al Coordinador General. La designación recaerá en personas que por sus antecedentes personales y profesionales tengan idoneidad técnica en la materia. Artículo 480.- Serán recursos del Programa “Plan Nacional de Integración Socio Habitacional Juntos”: A) B) C) D) E) F) G) El resultado de la transferencia referida en los artículos anteriores, de los recursos afectados al Fondo Nacional del Plan, creado por el artículo 17 de la Ley nº 18.829, de 24 de octubre del 2011. Las asignaciones que le sean atribuidas por disposiciones presupuestales. Donaciones y legados. Transferencias provenientes de otros organismos públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 43 de la Ley nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Fondos derivados de convenios que se celebren con personas públicas o privadas, asociaciones civiles y fundaciones, ya sean nacionales o extranjeras. Otros que se le asignen por vía legal o reglamentaria. Los reintegros establecidos en el artículo 27 de la Ley nº 18.829, del 24 de octubre del 2011.

Artículo 481.- Los derechos y obligaciones contraídas por la Comisión Directiva de la Unidad Operativa Central con los participantes inscriptos en el Registro Único de Participantes del Plan Juntos (RUPP) creado por el artículo 11 de la Ley nº 18.829, del 24 de octubre del 2011, y con demás personas de derecho público y privado, pasan de pleno derecho al Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos, sin necesidad de suscribir nuevos convenios y contratos. Artículo 482.- Derógase el Capítulo II (artículos 4 a 8) de la Ley nº 18.829, de 24 de octubre del 2011. Artículo 483.- El Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos será ejecutado por el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Vivienda”, en el Programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”, y los créditos asignados serán financiados por la fuente de financiamiento 1.5 “Fondo Nacional de Vivienda”.

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Artículo 484.- Sustitúyese el artículo 53 de la Ley nº 18.308, de 18 de junio de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 53. (Reserva de suelo para vivienda de interés social).- En los sectores de suelo urbano con el atributo de potencialmente transformable en que se desarrollen actuaciones de urbanización residencial, los instrumentos de ordenamiento territorial preverán viviendas de interés social de cualquiera de las categorías previstas en la Ley nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968 y sus modificativas. El número de éstas se situará entre el 10% (diez por ciento) y el 30% (treinta por ciento) de las viviendas totales que se autoricen en el ámbito de actuación. El porcentaje mínimo será concretado por el instrumento atendiendo a las necesidades de viviendas de interés social y a las características de los diferentes desarrollos residenciales. Se podrá eximir de esta obligación a las actuaciones en las que no se incremente el número de viviendas existentes”. Artículo 485.- Sustitúyese el artículo 69 de la Ley nº 18.308, de 18 de junio de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 69. (Facultad de policía territorial específica).- Las Intendencias Departamentales, en el marco de los poderes de policía territorial y de la edificación, deberán impedir: la ocupación; construcción; loteo; fraccionamiento y toda operación destinada a consagrar soluciones habitacionales, que implique la violación de la legislación vigente en la materia o los instrumentos de ordenamiento territorial, respecto de los inmuebles del dominio privado donde no pueda autorizarse la urbanización, fraccionamiento y edificación con destino habitacional. Esta obligación regirá también para los casos que carezcan de permiso aunque se ubiquen en zonas donde pudiera llegar a expedirse dicha autorización. Verificada la existencia de actividades que indiquen: A) La subdivisión o construcción en lotes en zona donde no pueda autorizarse. B) La subdivisión o la construcción no autorizada, o ante la constatación de la existencia en zona no habilitada para tal fin o sin previa autorización, de: fraccionamiento; loteo y construcciones. Cuando se trate de bienes inmuebles de propiedad privada la Intendencia Departamental deberá concurrir ante la sede judicial de turno, solicitando la inmediata detención de las obras y la demolición de las existentes. Presentada la demanda, el Juez actuante, verificados los extremos imprescindibles, decretará la suspensión inmediata de las obras y la demolición de las existentes. En caso de incumplimiento de la orden emanada de la medida cautelar o de la demanda principal por el término de cinco días corridos, el Juez dispondrá el ingreso al predio para proceder a la inmediata demolición de las construcciones levantadas en contra de la orden judicial, con cargo a la propiedad, siendo de aplicación, en lo pertinente lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley nº 15.750, de 8 de julio de 1985 y toda otra legislación vigente”. Artículo 486.- Los créditos presupuestales del Proyecto 704 “Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional” del Programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, pasarán a financiarse con Fuente de Financiamiento 1.5 “Fondo Nacional de Vivienda” y se incrementarán en el Proyecto 717 “Nuevas soluciones urbano habitacionales” del mismo programa. Artículo 487.- Las partidas presupuestales del Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, asignadas en la presente ley al Proyecto 950 “Plan Juntos”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección Nacional de Vivienda”, Programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional” y las asignadas en el artículo anterior en el Proyecto 717 “Nuevas soluciones urbano habitacionales” de la misma Unidad Ejecutora y el mismo Programa, serán adicionales a las partidas resultantes de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 605 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 488.- Agrégase al artículo 18 de la Ley nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, el siguiente inciso: “Los edificios construidos por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en el marco de los programas de vivienda, se considerarán incorporados al régimen de propiedad horizontal, siempre que acrediten el cumplimiento de los literales A, B, C, D y E referidos en la norma”.

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Artículo 489.- Agrégase al artículo 213 de la Ley nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, en la redacción dada por los artículos 4º de la Ley nº 16.237, de 2 de enero de 1992 y 445 de la Ley nº 16.736, de 5 de enero de 1996, el siguiente literal: “D) Las enajenaciones otorgadas entre particulares en el marco de las relocalizaciones financiadas por el Fondo Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, siempre que el precio se integre total o parcialmente con subsidio estatal”. Artículo 490.- Sustitúyese el artículo 316 de la Ley nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 316.- Exonérase del pago del impuesto a los servicios registrales establecido por el artículo 83 del Decreto-Ley nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 437 de la Ley nº 15.809, de 8 de abril de 1986, a las operaciones realizadas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para la ejecución de sus programas de vivienda subsidiados y a los llamados asentamientos irregulares”. Artículo 491.- Declárase que cuando el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, disponga la rescisión administrativa de los contratos suscritos para la adquisición u ocupación de una vivienda por los beneficiarios de cualquiera de sus programas habitacionales, al amparo de los artículos 390 de la Ley nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y 345 de la Ley nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y los bienes se encuentren gravados con hipoteca a su favor, la transferencia de la propiedad dispuesta se realizará libre de todo gravamen, por lo tanto el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria procederá a la cancelación de la inscripción de la respectiva hipoteca. Artículo 492.- Sustitúyese el artículo 6 de la Ley nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º. (Incumplimiento).- En todos los casos, el Poder Ejecutivo deberá requerir las garantías que entienda pertinente para el efectivo cumplimiento por los beneficiarios de las obligaciones vinculadas al otorgamiento de beneficios tributarios. En caso de incumplimiento podrá disponerse la reliquidación de los tributos, las multas y los recargos que puedan corresponder, o la imposición de multas a fijarse entre 2.600 UI (dos mil seiscientas unidades indexadas) y 1.300.000 UI (un millón trescientas mil unidades indexadas), en los términos que disponga la reglamentación. La reglamentación establecerá los ámbitos de actuación de la Agencia Nacional de Vivienda y de los organismos recaudadores en las tareas de contralor del cumplimiento de las referidas obligaciones”. Artículo 493.- En las escrituras de adjudicación judicial o compraventa de edificios en bloque, otorgadas por el Banco Hipotecario del Uruguay, para recuperar créditos o regularizar edificios, el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, deberá proceder a su inscripción, prescindiendo del control de pago del tributo Contribución Inmobiliaria, siempre que el escribano autorizante de la adjudicación o compraventa judicial establezca en las constancias de la escritura que se realiza para la recuperación de un préstamo hipotecario o regularización del edificio. Artículo 494.- Agrégase al artículo 18 de la Ley nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, en la redacción dada por el artículo 297 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente literal: “G) Los contratos de reglamento de copropiedad, y de compraventa de una unidad y préstamo o crédito hipotecario para el nacimiento de la propiedad horizontal de la presente norma se consideran jurídicamente otorgados en forma simultánea”. Artículo 495.- Todas las cuentas de caja de ahorro reajustable abiertas en el Banco Hipotecario del Uruguay con anterioridad al 30 de noviembre de 2010, actualmente nominadas en unidades indexadas, deben ser consideradas para todo efecto jurídico cuentas de ahorro previo para la vivienda. Artículo 496.- Sustitúyense los literales F) y K) del artículo 18 de la Ley nº 5.343, de 22 de octubre de 1915, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley nº 18.125, de 27 de abril de 2007, y artículo 371 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por los siguientes:

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“F) Captar depósitos del público mediante el sistema de ahorro previo y mediante depósitos a plazo fijo en general siempre que el plazo contractual de estos últimos sea superior a un año, en moneda nacional, unidades indexadas o unidades reajustables. El saldo total de depósitos a plazo fijo del público, no podrá exceder el 20% (veinte por ciento) del patrimonio contable al cierre del año anterior. Para el cálculo del tope establecido precedentemente, no se computarán los certificados de depósito a plazo fijo, las Obligaciones Hipotecarias Reajustables, las Obligaciones Negociables y cualquier otro valor negociable emitido por el Banco”. “K) Contraer pasivos en otras instituciones financieras reguladas y controladas por el Banco Central del Uruguay. El saldo total de depósitos de instituciones financieras, no podrá exceder el 20% (veinte por ciento) del patrimonio contable al cierre del año anterior. Para el cálculo del tope establecido precedentemente, no se computarán los certificados de depósito a plazo fijo, las Obligaciones Hipotecarias Reajustables, las Obligaciones Negociables y cualquier otro valor emitido por el Banco”. Artículo 497.- Las suspensiones cautelares y las categorizaciones con carácter cautelar a las que refieren los artículos 24 y 30 de la Ley nº 18.308, de 18 de junio de 2008, deberán ser publicadas en el Diario Oficial. Las suspensiones y categorizaciones cautelares adoptadas con anterioridad a la presente ley, mantendrán vigencia siempre que las normas que las impusieron hubieran sido publicadas en el Diario Oficial o sean publicadas en el mismo, dentro de los noventa días de vigencia de la presente ley. Artículo 498.- Sustitúyese el artículo 47 de la Ley nº 18.308, de 18 de junio de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 47. (Garantía de sostenibilidad. Procedimiento ambiental de los instrumentos).- Los instrumentos de ordenamiento territorial establecerán una regulación ambientalmente sustentable, asumiendo como objetivo prioritario la conservación del ambiente, comprendiendo los recursos naturales y la biodiversidad, adoptando soluciones que garanticen la sostenibilidad. Los instrumentos de ordenamiento territorial, a excepción de los del ámbito nacional, deberán contar con una Evaluación Ambiental Estratégica aprobada por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente en la forma que establezca la reglamentación. El procedimiento ambiental se integrará en la elaboración del correspondiente instrumento”. Artículo 499.- En todo fraccionamiento de predios comprendidos en la costa del Océano Atlántico y Río de la plata, cualquiera sea la categoría del suelo de que se trate, pasara de pleno derecho al dominio público y quedara afectada al uso público, una faja de 150 metros medida a partir de la línea superior de la ribera, según lo dispone el Código de Aguas, sin perjuicio de otras limitaciones establecidas por leyes especiales. Cuando existieren a una distancia menor, rutas nacionales o ramblas costaneras de uso público, abiertas y pavimentadas, conforme a lo dispuesto por el artículo 393 de la Ley nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, la faja a que refiere el inciso anterior se extenderá hasta dichas rutas o ramblas. Se deberá dejar constancia de la referida cesión en el plano de fraccionamiento respectivo. Lo dispuesto en el inciso segundo del presente artículo, no rige para los fraccionamientos con destino a la formación de centros poblados, definidos en el artículo 13 de la Ley nº 10.723, de 21 de abril de 1946, en la redacción dada por el literal G) del numeral 1) del artículo 83 de la Ley nº 18.308, de 18 de junio de 2008. La presente disposición entrara en vigencia a partir de la fecha de promulgación. Artículo 500.- Sustitúyese el numeral 3) del artículo 6º de la Ley nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, por el siguiente: “3) Los cometidos en materia de protección del ambiente y de desarrollo sustentable de los recursos naturales, que la Constitución y las leyes les asignen dentro de su jurisdicción, sin perjuicio de la competencia de las autoridades nacionales en la materia”.

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Artículo 501.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Informe ambiental nacional).- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, elaborará y difundirá, cada tres años, un informe sobre la situación ambiental nacional, que deberá contener información sistematizada y referenciada, organizada por áreas temáticas. El referido informe será remitido por el Poder Ejecutivo a la Asamblea General, al Congreso de Intendentes y a los Gobiernos Departamentales, dándole la más amplia difusión pública”. Artículo 502.- Lo dispuesto por la Ley nº 19.264, de 5 de setiembre de 2014, es sin perjuicio de lo establecido por las normas legales y reglamentarias de protección del medio ambiente, del régimen de sanciones por infracción a dichas normas y de la asignación de cometidos y facultades a los organismos con competencias en la materia. Artículo 503.- Transfiérense al Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, las competencias asignadas al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” y sus unidades dependientes, en lo atinente a fauna silvestre, incluyendo lo previsto en los artículos 273 y 275 de la Ley nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Artículo 504.- Las infracciones a lo dispuesto en los artículos 273 y 276 de la Ley nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y en general al régimen de protección y regulación de la fauna silvestre, serán sancionadas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley nº 16.112, de 30 de mayo de 1990 y en el artículo 15 de la Ley nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, sin perjuicio de la adopción de las medidas previstas en el artículo 14 de dicha ley y de la facultad del Poder Ejecutivo prevista en el artículo 455 de la Ley nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Artículo 505.- Sustitúyese el literal D) del artículo 15 de la Ley nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, por el siguiente: “D) Disponer la suspensión por hasta ciento ochenta días de los registros, habilitaciones, autorizaciones, permisos o concesiones de su competencia; y, cuando se trate de infracciones que sean consideradas graves o de infractores reincidentes o continuados, disponer la caducidad de tales registros, habilitaciones, autorizaciones, permisos o concesiones”. Artículo 506.- Sustitúyese el inciso final del artículo 154 de Decreto-Ley nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), con la redacción dada por el artículo 192 de la Ley nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “Conjuntamente con la sanción anterior, se impondrán al infractor las sanciones establecidas en el artículo 6º de la Ley nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, y en el artículo 15 de la Ley nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, sin perjuicio de la adopción de las medidas previstas en el artículo 14 de esta última ley y de la facultad del Poder Ejecutivo prevista en el artículo 455 de la Ley nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990”. Artículo 507.- Sustitúyese el artículo 147 de Decreto-Ley nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), en la redacción dada por el artículo 194 de la Ley nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 147.- Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 144 a 146, serán sancionadas por el Ministerio competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, y en el artículo 15 de la Ley nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, sin perjuicio de la adopción de las medidas previstas en el artículo 14 esta última ley y de la facultad del Poder Ejecutivo prevista en el artículo 455 de la Ley nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990”. Artículo 508.- Increméntase en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, los créditos presupuestales, en los Programas, Unidades Ejecutoras, Proyectos de Inversión y Fuentes de Financiamiento, por los montos en moneda nacional que para cada ejercicio se indican, de acuerdo al siguiente detalle:

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UE 001 003 003 004

Prog. 521 380 380 380

Proy. Inmuebles

nº 973

FF 1.1 1.1 1.1 1.1

2016 2.000.000 470.000 730.000 26.000.000

2017 2.000.000 1.040.000 1.460.000 40.000.000

2018 2.000.000 1.040.000 1.460.000 40.000.000

2019 2.000.000 1.040.000 1.460.000 34.000.000

Sistema de Información Te- 711 rritorial Fortalecimiento y Mejora de 715 la gestión Gestión Integrada de aguas 735 y desarrollo planes cuencas prioritarias Sistema de Ambiental Información 742

004 004

380 380

1.1 1.1

5.500.000 7.000.000

14.000.000 7.000.000

14.000.000 7.000.000

20.000.000 1.000.000

Consolidación del Sistema 746 Nacional de Áreas Protegidas Consolidación del Sistema 746 Nacional de Áreas Protegidas Fortalecimiento de capaci- 747 dad analítica de laboratorios ambientales Sistema Nacional Ambiental 750 Sistema Nacional Ambiental 750 Sistema Nacional Ambiental 774 (Recursos Hídricos) Planificación y evaluación 775 de recursos hídricos Sistema de información de 776 aguas Gestión de hídricos los recursos 778

004

380

1.2

8.000.000

8.000.000

14.000.000

14.000.000

004

380

1.1

3.500.000

11.000.000

5.000.000

11.000.000

004 004 005 005 005 005

380 380 380 380 380 380

1.1 2.1 1.1 1.1 1.1 1.1

9.238.763 6.761.237 3.200.000 0 4.500.000 2.500.000 79.400.000

8.238.763 9.761.237 5.700.000 4.000.000 8.100.000 7.200.000

11.238.763 6.761.237 5.700.000 4.000.000 8.100.000 7.200.000

18.000.000 0 5.700.000 4.000.000 8.100.000 7.200.000

TOTAL pesos uruguayos

127.500.000 127.500.000 127.500.00 0

Artículo 509.- Increméntase en el inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, los créditos anuales de gastos de funcionamiento, en las Unidades Ejecutoras, Programas, Fuentes de Financiamiento, Proyectos e importes en moneda nacional de acuerdo al siguiente detalle: UE Prog. F.F. 1.1 1.1 1.2 1.2 1.1 Proy. Implementación del Ordenamiento Territorial Nacional Política territorial y planificación estratégica Fomento de la conciencia ambiental Sistema control ambiental Gestión y planificación de aguas TOTAL pesos uruguayos Proyecto 301 503 302 302 304 Importe 3.060.991 3.060.991 2.000.000 8.000.000 5.000.000 21.121.982

003 380 003 380 004 380 004 380 005 380

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SEÑORA PEREYRA (Susana).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA PEREYRA (Susana).- Señor presidente: para facilitar la discusión, todos los sectores que integramos la Comisión de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente llegamos al acuerdo de proponer el siguiente cambio en el Plan Quinquenal de Vivienda: en el primer ítem, que figura en la página 8 y se titula La Política de Vivienda como Política de Estado, luego hay un subtítulo llamado Una política de vivienda progresista, proponemos quitar la palabra “progresista”, de manera que quede: Una

y, luego, las metas trazadas por aquel entonces, con lo efectivamente ejecutado. Esa es la ciencia de la gobernanza; ahí está, en definitiva, el compromiso que los gobernantes tienen que hacer al momento de asumir la responsabilidad pública: qué tanto se proponen hacer y qué tanto terminan haciendo. En ese sentido, los números del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no han sido buenos. Hay muchas metas trazadas que, lamentablemente, no se terminaron cumpliendo. Por ejemplo, el caso Mevir, algo muy reclamado por la gente del interior. En el quinquenio anterior se proyectó construir en el entorno de las 6.000 mil viviendas y se terminaron construyendo 4.200. Saludamos las 4.200 viviendas que se terminaron haciendo, pero quedamos un poco lejos de la meta trazada. Si uno analiza las distintas metas, la concreción de los programas y la población objetivo a la que el plan atiende, advertirá una constante: salvo excepciones, se han cumplido las metas trazadas; o sea, pasando raya, el saldo ha sido favorable en el sentido de que se construyeron viviendas, pero no ha sido favorable en el sentido de que las metas estaban muy por encima de la ejecución o, por el contrario, la ejecución muy por debajo de las metas. Eso nos pone en un punto de arranque en el que debemos estudiar los números dos veces para saber qué tan creíbles son en este quinquenio, obviamente, no porque atribuyamos intención alguna -consideramos que quienes tienen la responsabilidad de ejecutar las políticas solamente tienen las mejores intenciones; sabemos que así es-, sino porque a veces el Estado es malo ejecutando. Yo creo que al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente aún le resta mucho para dar un destino eficaz y eficiente a las partidas que tiene. Para la demanda de este país, las partidas resultan insuficientes –este tema también fue objeto de debate – y si tomamos en cuenta que esas partidas no son bien ejecutadas o no son ejecutadas con eficiencia, termina traduciéndose en un número de soluciones habitacionales insuficiente. Por lo tanto, estamos ante un presupuesto insuficiente y una cantidad insuficiente de viviendas. Los costos de la mal llamada “vivienda de interés social” terminan siendo, en algunos casos, del entorno

política de vivienda.
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se hará la modificación sugerida. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: integramos la Comisión de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente de este Cuerpo y, en su momento, cuando tratamos el Plan Quinquenal de Vivienda, que fue desglosado, recibimos a las autoridades del sistema público de vivienda. Concurrió una delegación presidida por el subsecretario, arquitecto Jorge Rucks, e integrada por la gente de la Dirección Nacional de Vivienda, de la Agencia Nacional de Vivienda, de Mevir, del Programa de Mejoramiento de Barrios, etcétera. Fue una jornada larga y muy productiva; hay que destacar la disposición de las autoridades para explicar todos los puntos que fueron tratados. En esa oportunidad, todos los partidos políticos nos pusimos de acuerdo en que, si bien con salvedades, en principio votaríamos a favor del Plan Quinquenal de Vivienda, porque -obviamente-, sean pocos o sean muchos recursos, siempre es bienvenido que en un presupuesto quinquenal se destinen recursos a algo tan caro para los uruguayos como la vivienda. Pero hay matices, salvedades. En nuestro caso, decimos que el Plan Quinquenal de Vivienda comienza a ser como una suerte de rendición de cuentas de lo ejecutado en el período anterior. Y lo ejecutado en el quinquenio 2010-2014 es una ecuación que supone poner en primer lugar las expectativas que tenía el Plan Quinquenal 2010-2014

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de los US$ 100.000. Creo que en este país —en el que estamos acostumbrados a otro tipo de soluciones— una vivienda de interés social nunca debería valer US$ 100.000. Por otra parte, haremos referencia a un tema muy específico y puntual del plan: las viviendas de Mevir. El principal reclamo de los diputados del interior del país -creo que todos coincidirán- es lo relativo al tema de la vivienda y, a Mevir. Nos preocupa la gente que está más alejada de las localidades, de las urbes, la gente que menos posibilidades tiene a la que, si no atendemos en su momento, termina emigrando a las capitales departamentales o bien engrosando los cinturones de la capital del país. A esa gente hay que ponerle un colchón de contención antes de que decida tomar la medida de emigrar. Reitero, esa es la gente de las pequeñas localidades rurales. Realmente, advertimos con pesar y preocupación que las metas trazadas para este quinquenio están muy por debajo de las concreciones del quinquenio pasado. Las metas del quinquenio pasado eran del entorno de 6.000 viviendas, pero se terminaron ejecutando 4.200, y para este quinquenio, según los números aportados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en el plan quinquenal, la meta es de 3.000 viviendas. En comisión, el ministerio dijo que, quizás, puedan ser un poco más, por otros programas. También se debe decir que parte del presupuesto de Mevir se va a destinar a otros programas de atención a la vivienda en el interior del país, es decir, a refacción y ampliación; o sea, parte de los recursos que antes se destinaban a vivienda nueva, hoy se destinarán a otros programas. Obviamente, lo saludamos, pero el déficit y el gran problema que tienen los compatriotas que viven en pequeñas localidades sigue siendo aún, la vivienda nueva. En ese aspecto advertimos, con preocupación, que las metas están muy por debajo de lo que el país quiere y necesita; lo mismo sucede con las construcciones y las ejecuciones, con relación al quinquenio anterior. Se van a construir menos viviendas de Mevir que en el quinquenio anterior. Esa es una triste realidad, que merece una salvedad, por lo menos, de nuestro partido. En su momento, cuando tocó gobernar a mi partido, más allá de los recursos que tuviera, se terminaron

ejecutando más de 5.200 viviendas de Mevir en un período de cinco años, en el que se hicieron tantas viviendas como en los veintiocho años de historia del movimiento Mevir. Por lo tanto, hablamos con conocimiento de causa cuando nos referimos a Mevir. Desde esa perspectiva, queremos aportar la mejor de las soluciones para este tipo de problemas. Otra salvedad que vamos a expresar tiene que ver con una solución que se está planteando a nivel legislativo y que el Ministerio refrenda como una herramienta a utilizar en el próximo quinquenio: echar mano a las viviendas en situación de abandono. En particular -no voy a comprometer a mi partido con esta opinión-, nosotros no nos resistimos a estudiar esa posibilidad, pero hemos dicho que lo haremos siempre y cuando se adopte una solución legislativa que no violente de antemano la Constitución, que no ponga en peligro ningún derecho tutelado por la Carta magna, o sea, que no termine siendo una ley que a los pocos meses sea impugnada por inconstitucional, haciendo que resulte un instrumento no válido para una política buena y bien intencionada. Analizando los resultados, las proyecciones y las metas de este quinquenio, advertimos que la falta de eficiencia en la ejecución del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ha puesto en peligro las soluciones para aquellos que más las necesitan; consideramos que es en ese punto en el que debemos reforzar las políticas. Como hemos dicho, el Partido Nacional va a acompañar estas disposiciones, pero con salvedades. Es preciso que en el año 2017, cuando nos juntemos y terminemos dando el 60 % de la discusión presupuestal que resta, inyectemos recursos a ciertos programas para atender algunas demandas, sobre todo, del interior del país. Muchas gracias. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: a los efectos de no ser repetitivos, diré que coincido con los conceptos generales que ha vertido mi compañero, el señor diputado Olivera, con relación al plan de vivienda, por lo que hacemos nuestras sus palabras.

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De todas maneras, vamos a acompañar con nuestro voto afirmativo este artículo relativo al plan de vivienda, pero pediremos al Ministerio que tome muy en cuenta las situaciones que hay en el interior del país. Los recursos son escasos -ya hemos hablado al respecto en varias oportunidades- y, por esa razón, en un momento en el que la economía de nuestro país no es la mejor ni la más floreciente, se hace necesaria la colaboración del Estado en las políticas sociales. ¡Y vaya si las políticas de vivienda son importantes a la hora de hablar de políticas sociales! Aspiramos -no podemos introducirlo como una moción, en este momento-, a que a cada uno de los diputados se haga llegar el plan completo y la versión taquigráfica de lo expresado por las autoridades del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. Asimismo, invitaremos a la señora Ministra a que antes de tomar decisiones con relación a cuántas viviendas se van a construir y por medio de qué programas y de concretar esos planes en cada departamento, recorra los departamentos y mantenga un diálogo fluido y permanente con los gobiernos departamentales, porque la clave para optimizar recursos escasos en esta materia es trabajar en conjunto, buscando eficiencia, eficacia, los mejores precios, los menores costos y la optimización de esos recursos a través de convenios y de trabajos en conjunto. Con esto no estamos diciendo que no se haya hecho y que no se esté haciendo; queremos reforzar la idea de la importancia que eso tiene. En este aspecto, coincidimos con las manifestaciones de varios representantes, jerarcas del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente cuando, en distintas oportunidades, nos han dicho que es importante que los gobiernos departamentales aporten la tierra, carteras de tierra para viviendas de interés social, soluciones habitaciones, canastas de materiales y la concreción de la vivienda como tal sobre esa tierra. Cuando recorrimos el país, pudimos darnos cuenta de que las problemáticas son muy distintas, y las posibles soluciones también lo son en base a esa diversidad de situaciones. Mi compañero, el diputado Olivera, hablaba de la importancia de los planes de

Mevir; es cierto, coincidimos con él. Sin embargo, en departamentos como el nuestro, Maldonado, la población está muy concentrada en la zona urbana; entre la capital, las ciudades de Maldonado y San Carlos, está más del 80 % de la población del departamento y las necesidades y tipos de vivienda que se precisan son distintos a los de otros departamentos. Por esta razón, me parece que es importante ese diálogo permanente, esa recorrida y esa puesta en escena en cada lugar, en cada departamento, para analizar cada una de las situaciones con las autoridades del Ministerio. Por supuesto que pensar en tres mil viviendas para todo el país es poco, y no estamos diciendo que se esté proyectando mal. Ya hemos hablado de la escasez de recursos pero, lamentablemente, debemos decir que es poco; es una realidad objetiva. Solo en Maldonado hay un déficit de más de diez mil viviendas, y se están contemplando situaciones de gran vulnerabilidad social. No estamos hablando de la necesidad de vivienda en general del departamento. Se trata de un departamento donde la tierra es muy cara, los alquileres son muy elevados y donde a la clase trabajadora se le hace muy difícil acceder a la vivienda propia. Todo esto sin contar la situación de miles de familias que viven en asentamientos irregulares. Debemos diferenciar bien la política de vivienda, en la que el Estado tiene la obligación de facilitar el acceso a todos sus habitantes y a aquellos trabajadores que, pagando un alquiler, no pueden pagar la cuota de un terreno o, teniendo el terreno, no cuentan con los fondos para edificar, porque si pagan la cuota del terreno, no pueden pagar los bloques, el pórtland o las varillas de hierro. Esto es política de vivienda. Por otro lado, tenemos la política de regularización y erradicación de asentamientos; no debemos confundir una cosa con la otra. En cuanto a las políticas de erradicación de asentamientos, solo para dar una idea voy a señalar que en la regularización de asentamientos históricos como El Placer, el Kennedy, se están necesitando más de setecientas soluciones habitacionales. Los nuevos asentamientos reúnen en conjunto a más de mil quinientas familias y para ellos hay que aplicar distintas soluciones: algunas serán de realojo, otras tendrán que ver con la regularización que podrá ser incluida en el Programa de Mejoramiento de Barrios. Reitero que estamos hablando de más de mil quinientas familias en situaciones irregulares.

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No queremos extendernos más; simplemente, nos comprometemos a trabajar, dando al Plan Quinquenal de Vivienda la importancia capital que tiene en las políticas sociales y, además, exhortamos e invitamos a ese diálogo permanente de las autoridades en los departamentos, a fin de que se trabaje en conjunto con los gobiernos departamentales. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA diputado. ARRIETA (Elisabeth).Sí, señor

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- He concluido, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ ÁLVEZ (Edgardo).- Señor presidente: como han dicho los señores diputados preopinantes, en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente se hizo un buen trabajo, pues concurrió todo el equipo del Ministerio, se hizo un análisis exhaustivo de lo actuado en el quinquenio pasado y también de lo que está previsto. En términos generales, en la comisión -donde hubo un muy buen clima de trabajo- todos estuvimos de acuerdo con que la gestión del Ministerio ha sido positiva y con que el plan quinquenal que hoy está a consideración del plenario cuenta con la aprobación de todos los partidos políticos -es bien importante señalarlo-, más allá de algunas salvedades y matices, como se ha dicho. Simplemente, nos anotamos para hacer uso de la palabra a fin de aportar algún elemento sobre ciertos aspectos que se manejaron. Nos gustaría que se distribuyera una copia del plan quinquenal, porque en la medida en que todos los legisladores lo lean podrán conoce las cifras concretas de lo ejecutado -hay una parte bastante extensa de evaluación, resultados y lo trabajado en los cinco años que están terminando- y la proyección para el próximo quinquenio. Vamos a referirnos puntualmente -todos podrán leer el plan quinquenal- a algunas de las cifras que se han manejado, que en realidad no son tal como se han manejado. Con relación a las viviendas de Mevir hay que aclarar que, en el quinquenio que está terminando, si bien se hicieron más de tres mil viviendas nuevas, también hubo más de tres mil intervenciones en viviendas -en definitiva, son muy importantes-, lo que hace un número superior a lo establecido por Mevir para el quinquenio pasado. La meta de 6.010 soluciones prevista por Mevir implica la construcción de viviendas nuevas y la refacción de muchas, lo que es muy importante para las familias. Estos datos refieren a lo ejecutado en el quinquenio pasado. En algunas intervenciones anteriores se manejó que se había bajado la meta planteada por Mevir.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: como ha dicho nuestro compañero, el señor diputado Olivera, en el análisis del plan de viviendas presentado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, se proyecta hacer veintitrés mil quinientas viviendas, aunque todos sabemos que la demanda es más del doble. Esto nos preocupa porque hay zonas del país que están pasando por una emergencia habitacional. Más allá de la importancia que tiene la construcción de viviendas y de que se lleve adelante una política al respecto, es importante destacar lo que representa atender necesidades laborales también a través de la construcción de viviendas. Creemos que es poco ambicioso el plan presentado por el Ministerio, ya que disminuye significativamente la cantidad de viviendas a construirse a través de Mevir que, a nuestro juicio, es uno de los planes más exitosos. Por algo hace larga data que se lleva adelante. Asimismo, reiteramos la necesidad de asegurar que estas metas se cumplan para atender no solo la emergencia laboral sino la emergencia en cuanto a vivienda. Por estas razones vamos a apoyar este plan de viviendas y dejar constancia de que exigiremos lo necesario a fin de que se cumpla en su totalidad. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar la señora diputada Arrieta.

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Queremos expresar a todos los integrantes del Cuerpo que para en el Plan Quinquenal de Vivienda se establecen más de seis mil intervenciones de Medir, que se dividen de la siguiente manera: tres mil viviendas nuevas, tres mil acciones sobre el stock, refacción de quinientas unidades productivas, quinientas intervenciones en energía eléctrica -es importante señalar que Mevir y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente participan permanentemente de los planes de extensión al acceso a la energía eléctrica para miles de familias, sobre todo del interior; varios señores diputados hablaron de la importancia de atender el interior del país- y la adquisición de dos mil nuevos terrenos. Para este quinquenio, Mevir realizará una inversión prácticamente igual a la del quinquenio pasado. Creo que hay que leer bien la información de que disponemos: se trata de una intervención que, en muchos sentidos, superará la del quinquenio anterior. Asimismo, haremos mención a la coordinación llevada a cabo con los Gobiernos departamentales. Una de las principales características de la política desarrollada por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente es la coordinación con todos los Gobiernos departamentales. A tal punto ha sido así que se firmaron convenios con todos los del país, hubo un trabajo muy fluido y se continúa con esta política. Precisamente, en el día de hoy todo el equipo del Ministerio se encuentra recorriendo el interior. Ahora están en los departamentos de Tacuarembó y Rivera. En la página web del Ministerio se puede ver la agenda de visitas previstas a todos los intendentes para hablar con ellos sobre los planes de vivienda y las políticas que se van a desarrollar en el quinquenio. Pensamos que se está actuando de manera consistente, de acuerdo con lo establecido en el plan quinquenal. Uno puede verlo en la práctica, y los diputados de cualquier partido pueden percibir diariamente que es así. Se ha dicho que el Ministerio tiene prevista la realización de 23.000 viviendas, pero lo que hará durante el quinquenio es mucho más. Una cosa son las viviendas nuevas, que serán 23.500, que abarca las cooperativas, la construcción por medio de empresas privadas, las viviendas para pasivos, la autoconstrucción para la gente que tiene un terreno, las viviendas de Mevir, los préstamos para la construcción de viviendas y para la compra y las

relocalizaciones; además, hay una serie de programas para acondicionar viviendas que ya existen y para lo cual se necesitan de la ayuda del Ministerio. También están los planes del Banco Hipotecario del Uruguay para ciertos sectores de la población y los de la Agencia Nacional de Vivienda. El conjunto de intervenciones previstas por el Ministerio durante el quinquenio alcanza a 888.460. Como ya se dijo, además de las viviendas nuevas hay una cantidad de intervenciones importantes que también hacen a una política de vivienda para dar respuesta a las necesidades de los uruguayos. No queremos abundar en cifras -que están a la vista-, pero entendimos que debíamos aportar algunos aspectos globales. Insisto en invitar a todos los señores diputados a leer el Plan Quinquenal de Vivienda. En la página del Ministerio hay mucha información disponible. Por el momento es suficiente lo que hemos dicho. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si el señor diputado lo plantea como un pedido formal, podemos repartir el Plan Quinquenal de Vivienda a cada uno de los señores legisladores. De todas maneras, pueden ingresar a la nube y encontrar todo el material relativo al presupuesto nacional. SEÑOR RODRÍGUEZ ÁLVEZ (Edgardo).- Creo que no es necesario. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Como el diputado disponga. Sánchez).-

Tiene la palabra el señor diputado Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente recibimos a las autoridades del Ministerio, quienes nos presentaron el Plan Quinquenal de Vivienda. En un día de trabajo intenso con todo el equipo, en el que marcamos las distintas posiciones, como todos los integrantes de la comisión, dijimos que aprobábamos en general el plan que se nos presentaba, pero con salvedades. A pesar de la primera gran salvedad que marcábamos -la insuficiencia-, se propuso construir veinte viviendas más en cada rubro, por lo que no nos íbamos a poner en contra; no podíamos decir que no queríamos que se construyeran… (Murmullos) SEÑOR PRESIDENTE Disculpe, señor diputado. (Alejandro Sánchez).-

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Solicito silencio porque no se puede escuchar al orador y el murmullo genera distorsiones. Puede continuar, señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Como decíamos, la primera objeción era la insuficiencia. El Ministerio planteó que reconocía que existía un déficit, que faltan bastante más de cuarenta mil viviendas. En otros ámbitos u organizaciones sociales se manejan otras cifras, pero nadie tiene duda de que uno de los problemas sociales más grandes que tenemos en este país sea el de la vivienda. Por lo tanto, entendemos que la propuesta es insuficiente. Se reconoce que es insuficiente porque hay pocos recursos para invertir en vivienda. La segunda salvedad que nos merece este plan es la incorporación de otra línea más de trabajo. El fracaso del Plan Juntos como una respuesta al problema de la vivienda para los sectores carenciados implicó que ahora lo metan dentro del Ministerio, superponiendo una nueva línea de trabajo. Entonces, ahí tenemos Plan Juntos, Programa de Mejoramiento de Barrios, Dirección Nacional de Vivienda, Agencia Nacional de Vivienda y, por el otro lado, Banco Hipotecario. O sea, tenemos un conjunto de organismos que se ocupan de la temática, pero nos faltan viviendas. Esto me hace acordar -anoche lo hablábamos- a lo que pasa con AFE: tenemos cinco organismos dedicados al transporte ferroviario y lo único que no corre por el país son los trenes. Teníamos que hacer esta salvedad, así como una reafirmación que viene en este plan, de consolidar el Banco Hipotecario del Uruguay como una entidad dedicada a la especulación financiera. En cuanto a otras salvedades respecto de este plan, se insiste con la apuesta a la inversión privada en lo que se llamó el plan de viviendas de interés social, aunque las autoridades del Ministerio en el período anterior ya reconocieron que se habían recibido los subsidios pero no se habían trasladado al costo final de la vivienda. ¡US$ 120.000 un apartamento de interés social! Está complicado para que un trabajador pueda acceder a ese tipo de vivienda, que no son de interés social sino de interés empresarial porque se quedan con el subsidio y lo trasladan al precio. Hace poco tiempo presentamos -ya está en la comisión- un proyecto de ley de un plan nacional de

vivienda popular. Lo digo porque en sala se manejan cifras: 88.000 intervenciones del Ministerio. Está bien; no dudamos que haya 88.000 o 90.000 intervenciones, resolviendo el problema de la luz y otros, inclusive para lo que se llama soluciones habitacionales. Pero cuando hablamos de déficit habitacional nos referimos a viviendas que faltan, casas nuevas que faltan. Lo otro es arreglar un problema de diferente orden o emparchar situaciones que no resuelven el déficit habitacional. En lo que podemos valorar de los cinco años que pasaron, manejando la cifra de viviendas nuevas terminadas -o sea, lo que el Gobierno que se fue entregó como vivienda terminada-, en total fueron trece mil y otras están en ejecución. Respecto de lo que se terminó -figura en el balance que hace el Ministerio-, decimos que es una cantidad absolutamente insuficiente, porque ello no supone que el déficit baje. Aunque la población de Uruguay no crezca mucho, la vida social va generando nuevas necesidades y entendemos que en una situación de crisis como la que el Uruguay está viviendo -todos los pronósticos y lo que se ha dicho en el plenario plantea un panorama más difícil aun- la mejor inversión social que se puede hacer es en un plan nacional de viviendas dirigido a aquellos sectores sociales que hoy no tienen respuesta en ningún ámbito. Me refiero a los que no tienen capacidad de ahorro, a los que inclusive no tienen la capacidad de pagar un alquiler. El derecho a la vivienda está garantizado en la Constitución y, diría yo, es un derecho humano. Lo que sucede es que al ser la vivienda un objeto de especulación, cuando está en el mercado se le aplica el toma y daca; entra en la especulación. El costo de los alquileres hoy en el Uruguay es algo irracional y, sobre todo, inaccesible para un trabajador que esté entre esos setecientos mil u ochocientos mil de los llamados quincemilpesistas o diecisietemilpesistas. Por eso, vamos a trabajar en la comisión y trataremos de convencer a los demás legisladores de que es imprescindible que el Uruguay haga una fuerte inversión en vivienda dirigida a esos sectores, cambiando algunos criterios. En ese plan de construcción masiva, de una fuerte inversión, planteamos que el 1 % del PBI está destinado a la construcción de vivienda popular, en manos del Estado, para que el trabajador que acceda no cargue con una cuota que luego le hipoteque la

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posibilidad de vivir: o paga la cuota o come; o paga la cuota o paga el transporte para ir al trabajo. Según datos recientes de organizaciones vinculadas al movimiento sindical, un trabajador dedica el 33 % de su ingreso solo a comida. Y tendríamos que decir que en el mercado de alquileres se necesita un salario entero -tal vez un poco máspara pagar el alquiler. Es por ello que planteamos que la vivienda construida por el Estado debe adjudicarse de acuerdo con las necesidades y que el costo de esa vivienda, que debe devolver el trabajador, no puede superar el 10 % de su ingreso para que realmente la vivienda sea un derecho. Por tanto, nosotros apoyamos el plan quinquenal con las salvedades que señalamos, y en el marco de las necesidades que existen y de las realidades que vivimos, decimos que es totalmente insuficiente -diría irrisoria- la inversión que se propone para construir viviendas destinadas a los trabajadores. Además, se plantea que no hay recursos para invertir –en la sesión de ayer decíamos lo mismo cuando hablábamos del problema de los medicamentos-, pero insistimos en que los recursos están. Solo con la plata que se pierde o se ha perdido en alguna empresa pública tendríamos para invertir en varios de estos rubros. Además, la inversión que se haga en construcción de vivienda redunda inmediatamente en generación de puestos de trabajo, lo que implica menos seguro de desempleo, menos tarjeta del Mides y más movilidad económica allí donde el trabajador está radicado. Así, con la misma medida damos respuesta a dos problemas sociales. Es por eso, señor presidente, que apoyamos el plan quinquenal de vivienda con las salvedades que expresamos y nos comprometemos a trabajar duramente en las ideas y propuestas que planteamos. Gracias. SEÑOR AROCENA (José Andrés).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor Diputado. Sánchez).-

ciertamente algunas diferencias que analizando durante nuestra intervención.

Para empezar -como decían en parte nuestro compañero Nicolás Olivera y quien me antecedía en el uso de la palabra, el señor diputado Rubio-, en el presupuesto quinquenal pasado también hubo una expresión de deseos que no se cumplió. Por ejemplo, en viviendas nuevas se habían anunciado 35.000 y fracción y se hicieron 13.000; la tercera parte. De Mevir se habían prometido 11.000 y se hicieron 4.200; en el plan de mejoramiento de barrios se habían previsto 7.400 y se hicieron 3.300. O sea que hubo una expresión de deseos que no se cumplió. Quizá por falta de tiempo de la comisión o de los jerarcas no pudimos tener todo el tiempo de comunicación que hubiéramos querido para hacer el intercambio deseado, pero es justo decir que lo que tuvimos fue de provecho y debemos reconocer la buena disposición a responder todas las preguntas, sin rehuir ninguna, por parte de todos los jerarcas que están en el área de la vivienda: el Ministerio, la Agencia Nacional de Vivienda y Mevir. Y no solamente me refiero a lo que tiene relación con la vivienda sino a lo que tiene que ver con el ordenamiento territorial y el medio ambiente. De cualquier manera, nos hubiera gustado tener un poco más de tiempo porque siempre alguna duda nos va quedando. La comisión ha pasado mucho tiempo ocupándose del tema del medio ambiente. Una vez concluido el presupuesto tendremos que tratar el derrame de hidrocarburos en el río Uruguay y la acción -o la inacción- de la Dinama y de OSE en ese sentido. Todo esto ha llevado a que, de repente, la gestión en el tema específico de la vivienda no haya sido tan avanzada en lo que va del año como hubiéramos deseado. Ya hablando del plan quinquenal, hay una cosa que nos rechina un poco -por decirlo de alguna forma- o que no nos gusta, y es la definición que hace el Gobierno en el sentido de que esta es una política de vivienda progresista. (Interrupción de la señora representante Susana Pereyra) ——Señor presidente: la señora diputada Pereyra me corrige en el sentido de que no fue…

SEÑOR AROCENA (José Andrés).- Señor presidente: al igual que el resto de los compañeros legisladores, en comisión aprobamos este plan de viviendas con salvedades, con el fundamento de que es una gran expresión de deseos y de que, por supuesto, deseamos que se cumpla, pero tenemos

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(Interrupción de la señora representante Susana Pereyra) ——Agradezco su corrección, señora diputada. No nos gusta que el país se refunde con cada gobierno que comienza. Por eso, no vemos que sea justo que los sectores más vulnerables de la población sean los que reciban menos viviendas en este quinquenio. Queremos marcar eso. El Plan Juntos planea hacer 3.600 viviendas en cinco años, y el Plan de Mejoramiento de Barrios, 3.570 viviendas. Es muy poco teniendo en cuenta la situación del país, ya que faltan casi 50.000 viviendas. Es mucho lo que nos falta y poco lo que daremos a los sectores más marginados. Sí nos pareció interesante que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente actúe en conjunto con todas las áreas relativas, no solo a la vivienda sino al resto del Poder Ejecutivo, como es la Dinavi, la Agencia Nacional de Vivienda, el Banco Hipotecario del Uruguay y Mevir. Parece increíble que haya que preocuparse en coordinar cuando esto debería ser explícito, pero también debería serlo la coordinación con las Intendencias, el Ministerio del Interior y el Mides. A la ley de interés social le falta muchísimo para ser eficiente y efectiva en los barrios periféricos. No ha servido para las familias con menos recursos. Sí ha servido a la clase media, y enhorabuena. Desde que se aprobó la ley se hicieron 1.774 viviendas y 5.800 están en construcción. Pero ¡cuánto falta todavía! ¿Cómo se puede decir a una familia que tiene ingresos de $ 12.000 a $ 25.000 que se haga una vivienda? En ese rango está lo que cobran por mes un policía, un maestro o un soldado. (Interrupción de la señora representante Susana Pereyra) ——¿Quiere una interrupción? (Interrupción de la señora representante Susana Pereyra) ——Me corta la línea de pensamiento. (Interrupción de la señora representante Susana Pereyra) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Disculpen. ¿La señora diputada Pereyra le está pidiendo una interrupción?

SEÑOR AROCENA (José Andrés).- No; pensé que me la estaba pidiendo, pero no. Continúo. De la misma forma, cuando se votó la ley de creación del Plan Juntos como una secretaría de la Presidencia de la República nos opusimos a ella, ya que se duplicaba la burocracia de este país en dos gestiones de vivienda: una que venía por el lado del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y otra que venía del lado de la Presidencia de la República. Estuvimos en contra de eso. Hoy la absorbe el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Sin duda alguna, se podrá decir lo que se quiera, pero fue una iniciativa que fracasó. Si hubiera sido exitosa seguiría trabajando como venía, en la Presidencia de la República. No se busca generar más eficiencia sino que se hace porque fracasó. No ha tenido la evolución esperada no solo en la construcción de viviendas sino en la atención a una familia en un entorno adverso. ¿Es mejor que figure en el presupuesto? Sin duda seguimos sumando más y más burocracia al país. Estamos ampliando la estructura y los costos de vivienda. Por eso, después hay viviendas tan caras, porque por algún lado sale el dinero. Ojalá que en este rol del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente el Plan Juntos pueda ser de utilidad y dar solución a familias -lamento tener que decirlo- que están en condiciones de vida infrahumanas. Al que no le guste esta expresión puedo acompañarlo con datos y me dirá si no es tal como estoy diciendo. Hemos solicitado, una y otra vez, la atención puntual de algunas familias y ha sido casi imposible en los cinco años pasados. Lamento tener que decirlo porque ojalá estuvieran solucionados esos problemas de familias como las que estamos mencionando, haciendo notar las condiciones en las que viven. No es el asentamiento típico, en el que el Estado uruguayo les está brindando servicios, ya sea de OSE, o de UTE. No; viven en condiciones infrahumanas. A eso me refiero. Y no tienen chance de salir si no es con una ayuda. Quizás esta nueva realidad del Plan Juntos pueda ser de utilidad para mejorar la calidad de vida de estos orientales. Parte de este problema es que la meta del Plan Quinquenal de Vivienda 2010-2014

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-como decíamos al comienzo de esta alocución- no se alcanzó. De 35.000 viviendas previstas, se hicieron 13.000. Mevir hizo 4.200 viviendas, de las 6.000 viviendas previstas; el Plan de Mejoramiento de Barrios hizo 3.300 viviendas y no 7.400 viviendas. Mevir baja su capacidad de acción de unas 5.200 viviendas previstas para construir en el quinquenio a 4.600 viviendas. Ahora bajará a 3.000 viviendas, más otras 3.000 interacciones en viviendas para mejorar su condición. Esta es una novedad. Tendremos que esperar para ver cómo resulta. En principio, uno siempre prefiere 5.000 viviendas nuevas, cero kilómetro, que 3.000 viviendas más 3.000 refacciones de viviendas. No es tanta la diferencia de la que estamos hablando: de 5.200 viviendas a 6.000 viviendas que se plantea construir ahora. No es tanta la diferencia, pero esperemos ver cómo resulta la realidad para poder opinar. En principio, habríamos preferido 5.200 viviendas por quinquenio y no esto. En el resumen final del presupuesto quinquenal se plantea que Mevir tuvo casi un 21 % de participación en la vivienda. Adviertan la importancia que tuvo. En este presupuesto quinquenal, su participación bajará al 6 %. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Redondeo, señor presidente. Con respecto a los asentamientos, había 528 y en el quinquenio pasado se regularizaron solamente 28. Se arreglaron 3.300 hogares, lo que es poco. A este ritmo, necesitamos entre 60 y 70 años para eliminar los asentamientos. Es un dato muy duro. Tenemos cuestionamientos para hacer porque no se apunta a la gente más pobre para darle soluciones. Aparte de todo esto, el costo de la vivienda ha llevado a que construyéramos con materiales alternativos: isopanel, contenedores de hierro, placas de yeso y hormigón pretensado. Hemos dejado el ladrillo y eso ha hecho que también perdamos jornales de albañiles. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Susana Pereyra. SEÑORA PEREYRA (Susana).- Señor presidente: me voy a sumar a lo dicho por los integrantes de la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente preopinantes en cuanto al trabajo hicieron los

representantes del Ministerio, que vinieron a darnos información en profundidad, en detalle. Algunas de las cosas más importantes ya las mencionaron los señores diputados preopinantes, al haber aceptado, en general, el Plan Quinquenal de Vivienda que nos envía el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Sin duda, todos quisiéramos que este plan fuera más importante, pero es un plan responsable, de acuerdo con las prioridades que se marca este Gobierno y la responsabilidad que uno tiene cuando le toca gobernar y no solo atender un Ministerio u otro. El Gobierno debe tener una visión global de sus responsabilidades y también marcar prioridades, y la vivienda es una de ellas. En esta etapa, la política de vivienda considera que hoy la solución habitacional tiene una importancia social relevante porque no es solo facilitar el acceso al hogar sino la permanencia. En este período, ponemos especial énfasis en trabajar en la permanencia de la gente en sus hogares, en la solución habitacional, sobre todo en los sectores vulnerables. Todos sabemos que una vez regularizada la situación cuesta pagar la luz, el agua no es potable y debe accederse a una canilla de la zona. Para eso también hay una canasta energética que consolida la calidad de vida de la gente. Es sabido que cuando uno está enganchado a la luz tiene acceso a la cocina, a los métodos de calefacción, etcétera, que tienen que ver con lo eléctrico. Eso es caro e inaccesible una vez que se regulariza. Para solventarlo habrá una canasta energética con una garrafa, una formación de ahorro energético y de mejor uso del recurso. Los programas contemplan la heterogeneidad de los hogares y buscan la integración y la inclusión de los sectores más vulnerables de la población. La idea es no hacer casas ni barrios para pobres. Se debe incorporar el concepto de la no discriminación por generaciones, por discapacidad, por identidad sexual y por la condición socioeconómica. También tenemos en cuenta lo étnico, lo racial, lo religioso, y ninguna condición o particularidad sociocultural se puede estigmatizar. Asentar las viviendas en áreas adecuadas de la ciudad es una de nuestras metas. Sabemos que hay lugares en las ciudades que están despoblados o deprimidos pero que tienen todos los servicios: luz, agua, saneamiento. Cuando uno construye fuera o en

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el entorno de la ciudad esos servicios no están. Entonces, además de la construcción y de la regularización del barrio hay que invertir en una ciudad no planificada, disponiendo de lugares que tengan todos los servicios que no hay. La vivienda debe ser considerada como un agente de distribución de la riqueza para nosotros. No basta solo con acceder a la vivienda porque algunas familias requieren apoyo para mantenerse y conservarla. Estamos hablando de subsidios, de ingreso familiar. Todo esto tiene que ver con la calidad de vida que pretendemos para las familias más vulnerables, y eso no es soplar y hacer botellas. Uno no se levanta un día y dice: “Voy a hacer cinco mil viviendas para toda la gente que las necesita”. Todo está planificado y organizado porque aprendimos durante toda la vida. Ha habido planes de vivienda mejores y peores; en los nuestros, las experiencias se mejoraron con el aprendizaje. El derecho a la vivienda debe asegurarse a lo largo de todo el ciclo vital del hogar. Más allá de los cambios económicos y sociales, los hogares más vulnerables están en desventaja para afrontar los cambios. Por eso se desarrollan los programas que intentan atender la realidad de un conjunto verdaderamente complejo, muy heterogéneo. Todos los programas habitacionales que aparecen en el plan quinquenal tienen diferentes características. Son instrumentos que pretenden abordar -con la precisión que se puede abordar un tema de vivienda, con las características que tiene- idénticos estándares de confort, con total independencia de la condición socioeconómica. Como decía, es una prestación que se define con independencia del ingreso familiar. El aporte de los hogares se puede materializar de diferentes maneras como, por ejemplo, en función de las capacidades de sus integrantes; se puede tener ahorro, se puede hacer con el trabajo o se puede tener el terreno. El subsidio a la cuota de amortización del préstamo es la forma en que las familias pagan en función del ingreso que tienen y no por la prestación que se les da. Mi compañero, el diputado Edgardo Rodríguez Álvez hacía un punteo de cada una de los aspectos que se propone cubrir este Plan Quinquenal de Vivienda: mejora y ampliación de refacción, etcétera. Me parece que es importante mencionar que esta diversidad contempla distintas situaciones: vivienda

para jóvenes, subsidio a los alquileres, acceso a distintas empresas con leyes que votamos para construir en lugares que no son la costa. Tenemos interés de que se construya con todos los servicios. Si uno no estimula a las empresas constructoras con algunas exoneraciones de impuestos, esas zonas no les serán atractivas. Cuando llegamos al gobierno constatamos -es un hecho de la realidad, nos guste o no- que el Banco Hipotecario estaba regido por el sistema financiero. Había gente en situación de vulnerabilidad, que estaba por perder su casa. Eso no lo podíamos atender desde el Banco Hipotecario. Por eso creamos la Agencia Nacional de Vivienda, que es netamente social. Gracias a todos los fideicomisos que pasamos desde el Banco Hipotecario a la Agencia, se pudieron contemplar todas las situaciones sociales que no se podían cubrir. Se dice que fracasó el Plan Juntos. Nosotros no lo compartimos; todo lo contrario. Como dijimos, aprendemos y seguimos haciendo. Cuando uno trabaja con la gente, construye ciudadanía y derechos y ve la realidad de los hogares. De lo contrario, pregunten a las familias de Villa Ilusión, de Saint Bois, de Verdisol, de Nuevo París, de Batlle Berres, de Cerro Norte, de La Cachimba, de Larravide y Yucatán, de Leopoldo Alas y Trípoli, de Las Cañitas, de Covisocial, de Ciudad del Plata, de los asentamientos de la zona metropolitana, de El Farolito en Bella Unión, de Cerro Ejido y barrio Zorrilla en Artigas, de Ceibal Sur en Salto, de barrio Norte en Paysandú, de Juan Lacaze en Colonia, de Las Higueras en Durazno, de San Gregorio de Polanco y de barrio Godoy en Tacuarembó, de Rivera, de barrio Feder, Fraile Muerto y Río Branco en Cerro Largo y de la ciudad de Treinta y Tres. Entonces, cuando uno dice suelto de cuerpo: “Fracasó”, yo quiero saber qué dicen las familias a las que dimos estas soluciones, cuya realidad social y necesidad familiar se contempló. Cuando uno trabaja en estos planes, no solo mira lo habitacional sino lo que necesita la familia. Había gente hacinada con una cantidad de gurises en un dormitorio y se les hizo el núcleo húmedo, es decir el baño y la cocina. Además, se les construyeron las habitaciones necesarias para que la familia viviera dignamente. Estos son los planes que, si bien no son ejecutados lo rápidamente que algunos quisieran, son

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integrales, donde el centro es la familia, la integración y la permanencia de la familia en esos lugares. Gracias. SEÑOR AROCENA (José Andrés).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR AROCENA (José Andrés).- Señor presidente: quien dijo que el Plan Juntos fracasó fui yo y, como la señora diputada preopinante dijo que lo manifesté suelto de cuerpo, quiero decir que en Uruguay hay 589 asentamientos, con 165.000 personas, y se regularizaron 28, con 3.364 hogares. A este ritmo de trabajo, precisaríamos 70 años para solucionar el tema de los asentamientos. SEÑORA PEREYRA (Susana).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: tal vez la alusión de que se hablaba muy suelto de cuerpo con respecto al Plan Juntos haya sido para mí, porque dije que había fracasado. Lo manifesté porque, cuando se anunció el Plan Juntos, partía de la concepción de que se iba a avanzar en la solución del problema habitacional de los sectores más carenciados, a través del aporte del Estado y de los empresarios. El plan fracasó conceptualmente, porque ahora se incorpora al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Estado tendrá que aportar el dinero -como debe serpara resolver el problema habitacional de los trabajadores y de la gente de menos recursos. Entonces, el tema parte de cómo nos paramos conceptualmente ante el problema de la vivienda. Creo que adjetivarlo de otra manera no contribuye al debate. Gracias, señor presidente. SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑORA PEREYRA (Susana).- Señor presidente: el objetivo es cubrir la mayor parte de los asentamientos. Por eso decía que había una diversidad importante. Además, en el programa PIAI -que era el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares y que ahora se llama Mejoramiento de Barrios- hay una cantidad importante de emprendimientos para mejorar barrios en Artigas, Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Maldonado, Montevideo, Paysandú, Río Negro, Rivera, Salto y Tacuarembó. Eso no solo abarca la vivienda sino el saneamiento, los CAIF y las mejoras en las infraestructuras ya existentes en el barrio. Seguimos trabajando en todo eso. Yo creo que se ha hecho mucho, pero la situación de la vivienda, como dijeron los señores diputados preopinantes, es tan deficiente que queda mucho más por hacer. Nunca vamos a terminar; siempre van a faltar viviendas, porque la gente se casa, se divorcia y sigue naciendo. Queremos estar a la altura de los acontecimientos y seguir trabajando en el tema. Seguramente, con el apoyo de todos los sectores a este plan quinquenal, el espectro político del país seguirá ayudando en este tema al que le toque gobernar. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Señor presidente: vamos a apoyar el Plan Quinquenal de Vivienda aunque en Colonia fue insuficiente, muy insuficiente. Cuando se instaló Montes del Plata, en Colonia a la gente se le complicó mucho alquilar viviendas, y hubo un faltante importante. ¡Vaya si lo hubo! Colonia es un departamento con catorce localidades, y las cuotas de las viviendas de cooperativas resultan muy caras para la gente. Creo que falta otro tipo de vivienda. Cualquier vivienda cuesta entre US$ 70.000 y US$ 100.000. Nosotros somos fervientes defensores de Mevir, que nació de la mano del doctor Gallinal para radicar a la familia en el campo. En Colonia hay tres asentamientos. El intendente acaba de entregar las viviendas vacías de Montes del Plata a varias familias. Por suerte se solucionó el problema de varias familias. Como decíamos, Mevir nació para el campo pero se está trasladando a la ciudad. Por ejemplo, en Ombúes de Lavalle hay tres complejos de Mevir y no hay asentamientos. El trabajador puede aspirar a adquirir una vivienda de Mevir porque la cuota es

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realmente muy accesible. Creo que Mevir tiene una deuda con Colonia. Hay varios proyectos que están para aprobarse. Vamos a apoyar el plan quinquenal y a apostar por el departamento de Colonia a ver si en esas catorce localidades, y en una de las tres ciudades donde está inscripto Mevir, se construyen viviendas. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

cooperación internacional, porque somos renta media, pero todos sabemos lo que gana la media de la gente. Tampoco podemos instalar el concepto de clase media que se ha manejado en sala, de $ 15.000. La realidad es que nadie puede pagar. La solución es el subsidio a la cuota, pero este depende de que la cooperativa acepte el planteo de que el beneficiario necesita el subsidio, para que después el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente se lo dé. Ese es un tema inadmisible. Hay otros sistemas que aplicamos en Río Negro con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Como sabemos, Mevir no construye en área urbana sino en área rural. No sé si todos saben cuál es el financiamiento de los complejos de Mevir. El 25 % lo aportan los productores, el otro 25 % lo aporta el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y el 50 % restante lo aportan los beneficiarios a través de la mano de obra. Si bien no se construye en zonas urbanas, se pueden hacer acuerdos como hicimos nosotros. Terminamos construyendo viviendas que no son de cooperativa, pero son dignas, que cuestan US$ 36.000. ¿Que son para otro estrato? Puede ser, pero ese programa del Ministerio es muy exitoso y anda muy bien. El otro tema es la falta de acompañamiento de OSE para proporcionar los servicios de saneamiento y de agua potable. Hay que acompasar las dos cosas para que cuando exista un terreno pueda contar con los servicios para construir. Yo no estoy diciendo que quiero los núcleos básicos evolutivos. Quiero este tipo de vivienda, pero no hay posibilidad de pagar la cuota. En un país donde la gente gana lo que todos sabemos, no hay forma de hacerlo. Finalmente, quiero decir que fui dos veces a la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, que no integro, a plantear el tema de los Institutos Técnicos de Asistencia, que en su inmensa mayoría son excelentes y trabajan muy bien pero que en otros casos, cobrando el 8 % o el 9 % del valor total de los complejos habitacionales no se hacen responsables de los errores en las obras, y terminan cargando el fardo y la responsabilidad los beneficiarios y cooperativistas que está construyendo la vivienda, haciéndoles hacer dos o tres veces la misma obra. Gracias, señor presidente.

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: mi experiencia en la Intendencia de Río Negro con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente fue muy buena, porque trabajamos en conjunto. Este Ministerio no puede trabajar solo; tiene que trabajar con los Gobiernos departamentales. Con una política de tierra, que logramos definir, se compraron casi 800.000 metros de terreno. No se trata solamente de disponibilidad de tierra para construir sino de ser ente testigo de los valores. Cuando el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente otorga el crédito para la vivienda, aporta un monto para el terreno. Generalmente se manejan valores de tierra muy superiores a los del interior. Entonces, explosiva e inmediatamente suben los precios de la tierra. Por otra parte, la política de vivienda en este país tiene que estar concentrada en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Tenemos mucha secretarías y reparticiones; tenemos Mevir, el PIAI, el Mides, la Agencia Nacional de Vivienda. Tenemos todo, pero alguien tiene que tener la estructura y la dirigencia nacional de una política de vivienda. Me niego a creer que una vivienda social cueste US$ 110.000, pero es lo que cuesta, y además con subsidios del Estado. Es muy triste, porque sigue valiendo lo mismo que cuando no tenía subsidios. Entonces, hay algo que está mal, pero lo que está peor es que la gente no puede pagar una cuota de $ 9.000. Yo entiendo que pasamos a renta media. Está fenómeno, pero lo único que ha traído como consecuencia es que no somos destinatarios de

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Roselli. SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- He culminado, señor presidente. SEÑORA BARREIRO (Gabriela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

Me parece bárbaro que se ampare en el uso de la palabra, pero le pido que sea equitativo y lo haga con todos por igual. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- He actuado siempre de la misma manera, sin distinciones. Puede continuar la señora diputada Barreiro. SEÑORA BARREIRO (Gabriela).- Gracias, señor presidente. El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente viene trabajando de forma interinstitucional también con respecto a las viviendas abandonadas. Sabemos que hay zonas que tienen todos los servicios y, a veces, no se puede acceder a terrenos porque hay que legislar en esa materia. Asimismo, consideramos importante la descentralización que se viene llevando a cabo desde el período pasado y que se va a seguir profundizando en este. Un ejemplo de ello es que hoy la Agencia Nacional de Vivienda llega a todos los departamentos del país. Cabe destacar que en este período se van a construir 10.000 viviendas cooperativas, el 60% en el interior del país. Esto es fundamental y se debe seguir avanzando en ese sentido. El señor diputado que me precedió en el uso de la palabra habló del trabajo conjunto con las Intendencias. El equipo del Ministerio, cuando presentó el plan quinquenal, dejó claramente establecido que para lograr la estandarización hay una serie de normas que están en la órbita del Congreso de Intendentes. Cada departamento tiene su normativa y es importante trabajar para que el Ministerio pueda actuar de la misma manera en todos, al menos en las cuestiones fundamentales. En cuanto a Mevir, se plantea cambiar su política en este quinquenio. Es verdad que hoy actúa en zonas rurales, pero tiene previsto llegar a algunas localidades. Ese también es un cambio en este plan de vivienda, que va a desarrollar políticas inclusivas, sobre todo destinadas a aquellos que hasta el momento no pueden acceder a la vivienda. Es el caso de los jóvenes, las parejas jóvenes y las personas de la tercera edad que no pueden acceder a la vivienda de jubilados.

SEÑORA BARREIRO (Gabriela).Señor presidente: este plan de vivienda está basado no solo en dar una solución al problema de la vivienda sino también en el hábitat, como viene sucediendo desde hace más de una década. Se toma en cuenta el hábitat en la construcción de nuevas viviendas porque en otras épocas -cuando se hacían viviendas pobres, para pobres, en barrios pobres- la gente era expulsada a lugares que no contaban con los mínimos servicios. La política de vivienda que ha llevado adelante este Gobierno es totalmente inclusiva y de equidad social. La vivienda tiene un valor social porque, como todos sabemos, es un derecho. (Murmullos) ——El plan de viviendas está hecho, sobre todo, para gente que tiene capacidad de pago y no de ahorro; ese es uno de sus ejes. Además, hay políticas que se repiten en el plan 2015-2019, que se basa en el préstamo, el subsidio y el esfuerzo propio. Con respecto a algunas manifestaciones del señor diputado preopinante, es importante rescatar que la política de vivienda que se está llevando a cabo es interinstitucional. Todos los organismos coordinan como forma de seguir avanzando con relación a una demanda bastante importante en materia de vivienda. También es importante que el Cuerpo legisle en cuanto a viviendas abandonadas. (Murmullos) ——Señor presidente: solicito que me ampare en el uso de la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Por favor, señores diputados: hagan silencio para que la señora diputada Barreiro pueda seguir con su exposición. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Me permite, señor presidente?

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Reitero: el gobierno del Frente Amplio ha hecho un cambio en la política de vivienda desde 2005 y se sigue avanzando, desde el momento en que el Ministerio se plantea la construcción de 23.500 nuevas. SEÑOR VIERA interrupción? SEÑORA diputado. (Nicolás).¿Me permite Sí, una señor

BARREIRO

(Gabriela).-

composición y por el interés en el medio rural. Precisamente, el equipo que encabeza la señora diputada Mercedes Santalla ha trabajado fervientemente con varios grupos de vecinos que quieren realizar su núcleo Mevir. En ese sentido, seguimos trabajando de cerca con la presidenta de dicha institución para buscar una solución y generar una inversión como merece el departamento de Colonia. También debemos decir que en la especialidad de Mevir urbano, en el período pasado, se inauguraron 144 viviendas en Nueva Helvecia. Es solo un ejemplo de los tantos que hay. Asimismo, tenemos que reconocer -hay cosas positivas y de las otras- que en determinados puntos de nuestro departamento la especulación inmobiliaria es muy fuerte y todos los actores sociales y políticos debemos encarar esta realidad para encontrarle solución. Me parecía necesario hacer algunas aclaraciones sobre ciertos puntos que, si bien no son erróneos, fueron mencionados en forma incompleta. Gracias, señor diputada Barreiro. presidente. Gracias, señora

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado.

Sánchez).-

Aclaro que a la diputada Barreiro le restan menos de cinco minutos de su tiempo. SEÑOR VIERA (Nicolás).- Señor presidente: sin ánimo de extender la discusión -tenemos mucho trabajo por delante-, como representante por Colonia me parece oportuno hacer algunas apreciaciones, porque se hizo referencia a la política de vivienda con relación a nuestro departamento. Antes que nada, como representante nacional a quien el pueblo le dio una responsabilidad, debo decir que muchas veces, en los planeamientos de gestión del Ministerio y de sus diferentes organismos, Colonia no tiene elementos de urgencia en comparación con otros departamentos. Entonces, en muchas áreas no es considerado prioridad, pero eso no quiere decir que no haya necesidades puntuales. En ese sentido, en los períodos que han sido cuestionados por algunas voces, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ha estado presente en el departamento de Colonia. Lo ha hecho de diferentes formas: a través de Mevir, de apoyo a cooperativas de vivienda, así como en lo referido al ordenamiento territorial y a todas las áreas que lo componen. En Colonia se está realizando un plan de realojo en diferentes barrios, sobre todo de la capital departamental y de Rosario. El Ministerio lleva la batuta en ese sentido. Se está tratando de reordenar el territorio en función de los cometidos que se plantearon la sociedad, la Intendencia y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Por otra parte, es cierto que Mevir ha hecho una inversión extraordinaria en el departamento de Colonia y la ha hecho a lo largo de su historia, por su

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar la señora diputada Barreiro. SEÑORA BARREIRO (Gabriela).- He finalizado, señor presidente.

40.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Saúl Aristimuño, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Washington Umpierre.

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Del señor Representante Víctor Semproni, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Mariela Pelegrín. Del señor Representante Mario García, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Enrique Sención. Del señor Representante Alejo Umpiérrez, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Gloria Cristina Canclini Otton. Del señor Representante Benjamín Irazábal, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Flor Olivera. Del señor Representante Jaime Mario Trobo Cabrera, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Héctor Gabriel Gianoli Travieso”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en ochenta y tres: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, y conforme al inciso 3 del artículo 1° de la Ley N° 17.827, solicito licencia por motivos personales para los días 14 y 15 de octubre del corriente año y se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, SAÚL ARISTIMUÑO Representante por Rivera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Saúl Aristimuño.

CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rivera, Saúl Aristimuño, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los días mencionados al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711100177, del Lema Partido Frente Amplio, señor Washington Umpierre. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 14 de octubre de 2015, por motivos personales. VÍCTOR SEMPRONI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Víctor Semproni. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

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1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Víctor Semproni, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6009, del Lema Partido Frente Amplio, señora Mariela Pelegrín. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito a usted, realice los trámites pertinentes para que se me conceda licencia por motivos personales por los días miércoles 14 y jueves 15 de octubre de 2015. Sin otro particular saluda atentamente, MARIO GARCÍA Representante por Lavalleja”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que no acepto por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes, como suplente del Diputado Dr. Mario García. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Gastón Elola”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que no acepto por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara

de Representantes, como suplente del Diputado Dr. Mario García. Sin otro particular, saluda atentamente, Verónica Machado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5158, del Lema Partido Nacional, señor Enrique Sención. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente y al amparo del inciso 3º de la Ley N° 17.827, (motivos personales) solicito licencia por el día de la fecha. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, ALEJO UMPIÉRREZ Representante por Rocha”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rocha, Alejo Umpiérrez. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rocha, Alejo Umpiérrez, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señora Gloria Cristina Canclini Otton. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA, LAURA TASSANO”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito licencia por motivos personales el día de hoy, 14 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda cordialmente, BENJAMÍN IRAZÁBAL Representante por Durazno”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, comunico a usted que renuncio por esta única vez a aceptar la convocatoria de la próxima reunión del día 14 de octubre a la que fui convocado para actuar como suplente del señor representante Benjamín Irazábal. Saluda atentamente, Felipe Algorta”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Durazno, Benjamín Irazábal. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Felipe Algorta. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Durazno, Benjamín Irazábal, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Felipe Algorta. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señora Flor Olivera. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito a Ud. licencia para el día 15 de octubre, por motivos personales. Asimismo, solicito que se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, JAIME MARIO TROBO CABRERA Representante por Montevideo”.

312 “Comisión de Asuntos Internos

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VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo Cabrera. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jaime Mario Trobo Cabrera, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Héctor Gabriel Gianoli Travieso. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

Nacional va a prestar especial atención al Inciso 14, no solamente en lo que tiene que ver con el cumplimiento de la ejecución de los recursos que se están votando para ese plan, sino para profundizar aun más algunos conceptos que tienen relación con la cantidad, con el tipo y con la condición de las viviendas: cuántas van a ser construidas, cuántas estarán en licitación, etcétera. En definitiva, sin perjuicio de las explicaciones que se han dado y de los conceptos que han vertido nuestros compañeros, que nos llevan a votar afirmativamente, entendemos que en este sistema hay cosas que se deben mejorar. Nada más, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el Partido Independiente ha votado afirmativamente este Plan Quinquenal de Vivienda. Obviamente tenemos salvedades con relación a la propuesta del Poder Ejecutivo, en particular, respecto al impacto que han tenido algunas de las políticas que se han desarrollado desde el período de gobierno anterior en materia de vivienda. Quiero referir especialmente a la instrumentación de la ley de vivienda de interés social que, entre otras cosas -en función de una realidad de mercado-, ha generado viviendas, en su gran mayoría apartamentos, de un dormitorio, a veces con escasos 45 o 50 metros cuadrados y con costos del orden US$ 75.000, con lo cual uno se pregunta cuáles son los núcleos familiares que pueden acceder a este tipo de unidades. Otro aspecto contradictorio de esta política es que estas viviendas de interés social -que, como dije, cuestan unos US$ 75.000 de un dormitorio y más de esa cifra las de dos- tienen subsidio a la cuota, pero para acceder a él se requiere determinado nivel de ingresos, y eso entra en contradicción con la política tributaria que se ha establecido, concretamente con el impuesto a la renta de las personas físicas. Los ingresos que se exigen están alcanzados por el tributo pero, al mismo tiempo, se establece una política de subsidio a la cuota, lo cual entra en contradicción con la política tributaria del Gobierno. Creo que este es un

41.- Presupuesto Nacional – Período 2015-2019. (Aprobación).
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 473. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: hemos votado afirmativamente este artículo. Sin lugar a dudas, es muy difícil oponerse a un plan de obras de viviendas, pero queremos dejar expresa constancia de que en la próxima rendición de cuentas, el Partido

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tema que merece ser analizado en algún momento. Al fin de cuentas, la importante renuncia fiscal que hizo el Estado no se tradujo en beneficios para las familias uruguayas que tienen los problemas más graves en materia de acceso a la vivienda. Seguramente vamos a tener oportunidad de debatir este tema durante el resto del período y, en particular, en la próxima instancia de rendición de cuentas. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

tículo. Pensamos que un gobierno que inicia su gestión y plantea su presupuesto tiene derecho a que se le apoye cuando se propone realizar un plan de viviendas, causa de interés nacional que nadie discute. Estaremos atentos en lo sucesivo a la ejecución de este plan y procuraremos aportar, desde los ámbitos correspondientes, a su mejor realización y a la introducción de las mejoras y perfeccionamientos que resulten necesarios. Muchas gracias. SEÑOR RODRÍGUEZ ÁLVEZ (Edgardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: hemos votado afirmativamente, con las salvedades que hemos expresado en sala y, sobre todo, hemos reafirmado la situación de que hay sectores vulnerables de la población que aún no tienen derecho a la vivienda, y no es un tema de un partido político, sino de decisión de Estado. Simplemente me gustaría plantear una situación para que podamos ir reflexionando con el correr del tiempo y para que en una próxima instancia de rendición de cuentas se pueda contemplar la situación de los pasivos, fundamentalmente de aquellos que no tienen ninguna posibilidad de acceder al sistema público de vivienda, como los pensionistas a la vejez, personas que no pueden trabajar, que no tienen ingresos para adquirir una vivienda y tampoco son contemplados por el Banco de Previsión Social en los planes de viviendas para pasivos. Hay un sector de cientos de miles de uruguayos que por su situación no tienen acceso a la vivienda y pienso que es necesario profundizar en tal sentido. No estoy hablando de una política de este Gobierno; en general, a este sector siempre le ha costado mucho acceder a algo tan necesario, sobre todo, por el momento de la vida que atraviesa y por la situación en que se encuentra. Muchas gracias. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ ÁLVEZ (Edgardo).- Señor presidente: por supuesto que hemos votado afirmativamente el Plan Quinquenal de Vivienda, por las razones ya expuestas por varios compañeros de nuestra bancada. Pero queríamos aprovechar este espacio para referirnos a un par de cuestiones que han sido planteadas. Una de ellas tiene que ver con el plan Juntos, que forma parte ahora del Plan Quinquenal de Vivienda que aprobaremos. Ha habido algunas expresiones en el sentido de que se lo cambia de ámbito porque ha fracasado, etcétera. Yo creo que haber construido alrededor de dos mil soluciones habitacionales en estos años de trabajo es haber cumplido con un objetivo importante; y en el momento en que se pueda calcular cuántos recursos del Estado se gastaron en este trabajo del plan Juntos, nos vamos a dar cuenta de que tuvo un enorme impacto con un muy moderado uso de los recursos presupuestales. Habrá tiempo para ir evaluando esto en su justa dimensión, pero me parece que es bueno señalarlo. Con respecto a la mención que se ha hecho a la promoción de vivienda de interés social, quiero decir lo siguiente. Ni el Gobierno ni el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente han estado omisos en revisar permanentemente la aplicación de esta política, a tal punto que se han puesto topes en los montos de la venta de las viviendas. Creo que ese es un aspecto importante a tener en cuenta. Además, cuando recorremos Montevideo por los alrededores del Palacio Legislativo

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: el Partido Colorado ha votado afirmativamente este ar-

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u otros barrios donde hacía muchísimos años no se construían viviendas, por ejemplo, vemos que hoy hay muchos edificios en construcción, miles de trabajadores de la construcción dedicados a esa industria, a ese trabajo concreto. Por lo tanto, debemos considerar el programa de vivienda de interés social en toda su complejidad y con el impacto que tiene en la sociedad, porque lógicamente hoy es uno de los pilares que sostiene la industria de la construcción. Este no es un tema para atropellar así nomás y decir que no ha tenido un impacto positivo. Gracias, señor presidente. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

muchos otros en la discusión del presupuestohayamos logrado unanimidad. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 474, para el cual se requieren cincuenta votos conformes. Si no se hace uso de la palabra, se va votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: celebramos la aprobación de este plan quinquenal por unanimidad de presentes. Creemos que es una muy buena señal la que se está dando desde el sistema político. Estamos convencidos de que las políticas sociales, siempre con el objetivo de la inclusión y la integración, deben ser políticas de Estado y, sin ninguna duda, en primera línea deben estar las políticas de vivienda. Por lo tanto, el hecho de que este artículo haya sido aprobado unánimemente y represente el plan de viviendas, está dando esperanza y abriendo el espacio de diálogo y de trabajo en conjunto para lograr las soluciones que tanto necesitan y anhelan miles y miles de ciudadanos y ciudadanas a lo largo de todo el país. No obstante, se han hecho salvedades y objeciones por los señores legisladores y sigue presente la preocupación de que 3.000 viviendas de Mevir para todo el país pueden resultar escasas, o que las 23.500 soluciones habitacionales también puedan serlo. Los recursos son escasos; entonces, habrá que afinar el cálculo, tener imaginación para crear nuevas propuestas. Quería marcar la alegría que representa para mi ver que estamos todos en un mismo camino, con la impronta de cada partido, de cada sector, pero pensando en conjunto sobre la importancia que tiene este plan de vivienda para nuestro país. Me alegra que para este artículo -como no ha pasado con

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: el Partido Colorado, como es notorio, ha votado negativamente porque, una vez más, a través de este presupuesto se crean cargos de particular confianza, escalafón Q. Por este artículo se crea en este Inciso un cargo de Director de Cambio Climático, que no solamente es de particular confianza, con un sueldo enorme, sino que el mismo cargo que ya fue creado cuando se votó dentro de la Presidencia de la República la Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático; en dicha Secretaría también se han creado cargos de particular confianza. Como decíamos, es inconveniente crear oficinas, direcciones, secretarías, que dependan directamente de Presidencia de la República por todo lo que ya expresamos, amén de duplicar el presupuesto y la cantidad de cargos. El inciso segundo de este artículo dice que para financiar parcialmente la creación de este cargo se eliminan cargos técnicos y de carrera. En este caso se está suprimiendo una vacante de Especialista en Planificación y Calidad, una vacante de Profesional Coordinador y una vacante de Técnico Informático. Se eliminan cargos técnicos y de carrera para crear cargos de particular confianza. Esta es la tónica general en materia de recursos humanos de este presupuesto y de este Gobierno. Por esta razón, hemos votado negativamente y lo haremos en otras ocasiones similares. Gracias, señor presidente.

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SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Señor presidente: el Partido Nacional ha votado negativamente este artículo por la misma razón que ha manifestado el señor diputado Tabaré Viera. Consideramos que crear más cargos no es mejorar la gestión ambiental; crear más cargos políticos, más burocracia, más gastos del Estado no necesariamente mejora la gestión y el control ambiental. En la sesión del domingo pasado se discutió, precisamente, la creación de la Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático en la Presidencia de la República. Nosotros entendíamos que se diluían las responsabilidades y que se duplicaban las oficinas gubernamentales con competencia en materia de ambiente. Creemos que no hay mejor manera de debilitar la gestión ambiental y las responsabilidades que cuando las diluimos entre varias oficinas y dependencias. Este cargo no aporta; además, ya existía la Unidad de Cambio Climático en la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que consideramos estaba trabajando muy bien en coordinación con la dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, que tiene que ver con la Convención Internacional de Cambio Climático. Lamentablemente, esta es una mala señal en un momento crítico del país, que está sufriendo problemas ambientales serios, fundamentalmente, en materia de aguas, de deterioro de la calidad de suelos, y no se advierte la presencia del Estado uruguayo controlando y monitoreando el tema. Se crea un cargo y, sin embargo, nada se dice del Observatorio Ambiental Nacional, que fuera creado por este Parlamento en el período pasado a través de la Ley N° 19.147. Realmente, esta era una unidad necesaria dentro de la DINAMA, cuyo objetivo es monitorear la calidad del ambiente en todo el territorio nacional. Ni un peso se destina a ese observatorio y ni siquiera se lo menciona en el presupuesto, pero sí se crean cargos de particular confianza, como se decía en sala, con buenos sueldos, con buena infraestructura, pero que a la hora de la gestión y del control ambiental, seguramente, poca cosa o nada podrá hacer.

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: votamos negativamente este artículo que viene a consolidar una especie de temporal de creación de nuevos cargos. Además, en un presupuesto en el que se plantea que no hay recursos para tantas cosas necesarias, se crea en organismos distintos dos cargos iguales. Es realmente incomprensible y marca una línea de contar con recursos, tal vez, para promover nuevos amigos o necesidades de trabajo de determinada gente -muy bien remunerada-, mientras que en algunos lugares hay cientos de trabajadores esperando que se regularice su situación contractual, que es postergada. Por esta razón, hemos votado este artículo por la negativa. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: hemos votado este artículo por la negativa, en la medida en que sigue existiendo una suerte de contradicción entre lo que se planteó, y se aprobó, a nivel de Presidencia, en el sentido de crear una Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático, y la creación del cargo de Director de Cambio Climático que se propone. Quizás lo que tiene fundamento es la creación del cargo de Director de Cambio Climático pero, habida cuenta de las observaciones y opiniones que vertimos cuando se dio la discusión relativa a la Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático y a sus competencias radicadas en la Presidencia de la República, nos parece que también debemos votar negativamente este artículo.

42.- Intermedio
SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: solicito un intermedio de diez minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y cinco: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 14 y 1) ——Continúa la sesión. (Es la hora 14 y 17) SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada.

Sánchez).-

SEÑORA PEREYRA (Susana).- Señor presidente: solicitamos que un artículo vuelva a comisión, pero no sabemos cuál es la mejor metodología. ¿Se vota en contra y pasa a la comisión o no se vota y pasa directamente? Hago esta consulta, porque hay dos opiniones al respecto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se debe presentar una moción por escrito, solicitando el pase a comisión del artículo que se desea -a la comisión que entienda pertinente; imagino que será la de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente- y se vota esa moción. En discusión el bloque de los artículos 476, 482, 483, 485 al 489, inclusive; 497, 508 y 509. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta Unanimidad. por la afirmativa: AFIRMATIVA.

SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: solicito un intermedio de quince minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Veintiocho en treinta y uno: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 14 y 17) ——Continúa la sesión. (Es la hora 14 y 45)

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- ¿Me permite, señor presidente? El artículo 505 puede ser votado aparte de los artículos 503 y 504. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Los trataremos cuando lleguemos a ellos. La Mesa propone votar en bloque los artículos 475, 477 al 481, inclusive, y 490 al 496, inclusive. SEÑOR PASQUET (Ope).- Solicito que se desglosen los artículos 477, 493 y 494. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Solicito que se desglose el artículo 479. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Han quedado desglosados. En discusión el bloque de los artículos 475, 478, 480, 481; 490 al 492, inclusive; 495 y 496. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 477. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra.

43.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. La Mesa propone una serie de bloques con relación a los artículos del Inciso 14. En primer lugar, los artículos 476, 482, 483, 485 al 489, inclusive; 497, 503 al 505, inclusive; 508 y 509. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Solicito que se desglosen los artículos 503, 504, 505 y 506. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro).- Entonces, se desglosan los artículos 503, 504 y 505; el artículo 506 no fue propuesto en este bloque. SEÑORA PEREYRA (Susana).- Pido la palabra para una aclaración.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: este artículo es parecido a otros, pero tiene un problema esencial en su redacción. Este artículo establece: “El Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos será dirigido por un Coordinador General, cuyo titular será designado por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, entre técnicos de prestigio en la materia, quien cesará en su cargo por resolución del Poder Ejecutivo […]”. ¿Qué cargo es este, señor presidente? ¿Es un cargo de particular confianza? ¿Se crea el cargo? No; no se crea. Va a lo accesorio. Expresa que será dirigido por un coordinador general, pero el cargo no existe. ¿Qué se crea? ¿Es un funcionario público, del organismo? ¿Es un funcionario de carrera? ¿Es honorario? En el artículo 478 se establecen las atribuciones que tiene este coordinador, que son muy importantes; de hecho, dirige el Plan Juntos. Es un director. En realidad, es una suerte de director de una unidad ejecutora, pero no está definido. ¿Cuánto gana? ¿Cuál es la partida habilitante? ¿Cuáles son los créditos? Este es un problema que tiene este artículo. Si vamos al artículo 479 -de paso, para ahorrar tiempo, hablo de los dos- sucede lo mismo, porque dice: “Facúltase al Poder Ejecutivo a designar en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, un Gerente Técnico que tendrá el cometido de prestar asistencia técnica y administrativa al Coordinador General. La designación recaerá en personas que por sus antecedentes personales y profesionales tengan idoneidad técnica en la materia”. Es una especie de cargo de particular confianza del director del Plan Juntos. ¿Qué es? ¿Es un cargo de particular confianza? Los cargos de particular confianza se crean por ley. ¿No lo es? ¿Cómo se accede? ¿Es un funcionario del organismo? ¿Es un adscripto? No lo dice. El Poder Ejecutivo tiene la facultad para designar. ¿En qué vacante? Las creaciones de cargo son resueltas por ley, pero si se trata de un cargo de particular confianza no se necesita vacante; tiene que crearse. Creo que estos dos artículos tienen un defecto de origen y si no se corrigen, van a tener los mismos

problemas que otros que ya vimos; a lo mejor, en el gobierno tienen que pensar un poquito más para darles una mejor redacción. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en ochenta y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: obviamente votamos en contra este artículo. Nos quedamos con las ganas, queríamos colaborar. El silencio de la bancada de gobierno es una especie de “tiene razón pero marche preso”. En verdad, no hicimos una crítica; estamos marcando una deficiencia técnica presupuestal que va a presentar un problema al momento de ejecutarse, porque si no tienen partida habilitante ni marco legal adecuado, esos cargos no se van a poder llenar. El primero, si es de particular confianza se puede corregir en el Senado y no requiere de iniciativa; el segundo, si también es un cargo de particular confianza, tampoco. Pero si se trata de otro tipo de cargos, necesitan de una creación, producto de la ley; es una de las atribuciones de la Asamblea General establecida en el numeral 13) del artículo 85 de la Constitución de la República, pero requiere de la iniciativa del Poder Ejecutivo, cosa que no tiene. Si esto no se resuelve de algún modo durante el tratamiento del presupuesto, no se van a poder llenar los cargos. Vamos a estar vigilando que eso no suceda. De todos modos, vigila el Tribunal de Cuentas y, sobre todo, la Contaduría General de la Nación, que lo hace muy bien y no habilita las partidas cuando no tienen marco legal. Este error se pasó en comisión, pero me parece que no va a pasar después. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 479. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en setenta y ocho: AFIRMATIVA.

318 En discusión el artículo 484.

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(Se lee:) “Mociono para que el artículo 499 del proyecto de presupuesto nacional, Período 20152019, se desglose y pase a estudio de la Comisión de vivienda, Territorio y Medio Ambiente”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cuatro por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 500. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en setenta y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 501. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. ——Cincuenta y uno en setenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y uno en setenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 493. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 494. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 498. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y nueve: AFIRMATIVA. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: voté negativamente el artículo 498 porque establece una excepción que nos preocupa mucho. Este artículo dice lo siguiente: “Los instrumentos de ordenamiento territorial, a excepción de los del ámbito nacional, deberán contar con una Evaluación Ambiental Estratégica aprobada por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente en la forma que establezca la reglamentación”. Dejar los instrumentos de ordenamiento territorial del ámbito nacional fuera de la Evaluación Ambiental Estratégica aprobada por el ministerio genera dudas y mucha preocupación acerca de quién evaluará, dónde y cómo se evaluará. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar el artículo 499. Dese cuenta de una moción llegada a la Mesa, presentada por la señora diputada Susana Pereyra.

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: no hemos votado el artículo 501, que modifica la normativa vigente solamente en el sentido de que el informe que hasta hoy es anual pasa a ser trienal. No advertimos que se justifique este cambio en la periodicidad del informe que hace que prácticamente haya uno solo en cada período de gobierno. La cuestión medioambiental es cada día más importante en el país y en el mundo entero. Es importante que la ciudadanía, el país todo, reciba información acerca de esta materia tan frecuentemente como sea razonable y posible. Si no hay muchos cambios de un año a otro, no advierto mayor perjuicio, porque lo único que habría que hacer es decir que no hay novedades o consignar las escasas novedades que haya. Pero un período de tres años para presentar información sobre un tema tan sensible nos parece francamente excesivo. Por esa razón, no hemos votado este artículo.

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SEÑOR RUBIO (Eduardo).rectifique la votación.

Solicito

que

se

44.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Federico Ruiz, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Alberto Salvo. Del señor Representante Enzo Malán Castro, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Aníbal Méndez. Del señor Representante Gustavo Penadés, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Mabel Vázquez. Del señor Representante Rodrigo Goñi Reyes, por el día 3 de noviembre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Gastón Cossia. Del señor Representante Alfredo Asti, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Estefanía Schiavone. Licencia en misión oficial, artículo 1º de la Ley Nº 17.827: literal C) del

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación del artículo 501. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 502. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en setenta y siete: AFIRMATIVA. SEÑOR POSADA (Iván).- Solicito que se rectifique la votación. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación del artículo 502. (Se vota) ——Cincuenta y tres en setenta y ocho: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 503. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 504. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en ochenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 505. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 506. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en ochenta y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 507. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

Del señor Representante Iván Posada, por el período comprendido entre los días 29 de octubre y 3 de noviembre de 2015, a los efectos de participar de la reunión de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba, convocándose al suplente siguiente, señor Luis González Ríos”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y cinco en sesenta y siete: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.

320 (ANTECEDENTES:)

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito se sirva concederme el uso de licencia, el día 15 de octubre, por lo que pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, FEDERICO RUIZ Representante por Flores”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: La que suscribe María Magdalena Villaamil Camirotte, Cédula de Identidad Nº 3.998.044-7 en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, Federico Ruiz, quién ha solicitado licencia para el día 15 de octubre, comunico a usted que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, Magdalena Villaamil”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: El que suscribe Jorge Sebastián González Taberne, Cédula de Identidad Nº 4.207.743-9 en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, Federico Ruiz, quién ha solicitado licencia para el día 15 de octubre, comunico a usted que me encuentro imposibilitado por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, Sebastián González”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: La que suscribe María del Carmen Camirotte Labraga, Cédula de Identidad Nº 2.858.491-3 en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, Federico Ruiz, quién ha solicitado licencia para el día 15 de octubre, comunico a usted que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Carmen Camirotte”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Federico Ruiz. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Magdalena Villaamil, Sebastián González y María del Carmen Camirotte. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Flores, Federico Ruiz, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Magdalena Villaamil, Sebastián González y María del Carmen Camirotte. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90810, del Lema Partido Frente Amplio, señor Alberto Salvo. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito se sirva concederme licencia por motivos personales, el día 15 de octubre de 2015. Pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, ENZO MALÁN CASTRO Representante por Soriano”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Soriano, Enzo Malán Castro. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Soriano, Enzo Malán Castro, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Aníbal Méndez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted para solicitar licencia en el día de la fecha. Motiva la misma, temas personales. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, GUSTAVO PENADÉS Representante por Montevideo”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, quién suscribe Esc. Gustavo Borsari, desisto por esta única vez de la convocatoria de la cual fui objeto por la licencia solicitada del Representante Nacional Gustavo C. Penadés, para el día de la fecha del corriente. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, Gustavo Borsari Brenna”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, quién suscribe Esc. Antonio Zoulamian, desisto por esta única vez de la convocatoria de la cual fui objeto por la licencia solicitada del Representante Nacional Gustavo C. Penadés, para el día de la fecha del corriente. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, Antonio Zoulamian”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gustavo Borsari Brenna y Antonio Zoulamian. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gustavo Borsari Brenna y Antonio Zoulamian.

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3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señora Mabel Vázquez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015.

he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Daniel Graffigna”. “Comisión de Asuntos Internos

GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales para la sesión del día 3 de noviembre y se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular lo saluda atentamente, RODRIGO GOÑI REYES Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Verónica Baranzano”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Rodrigo Goñi Reyes. Sin más, lo saluda atentamente, Juan Curbelo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Rodrigo Goñi Reyes. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 3 de noviembre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Verónica Baranzano, Juan Curbelo y Daniel Graffigna. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Rodrigo Goñi Reyes, por el día 3 de noviembre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Verónica Baranzano, Juan Curbelo y Daniel Graffigna. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 40, del Lema Partido Nacional, señor Gastón Cossia. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales por el día 14

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de octubre, solicitando la convocatoria al suplente respectivo. Saluda atentamente, ALFREDO ASTI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Estefanía Schiavone. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

lugar en la ciudad de Oranjestad, Aruba, durante los días 30 y 31 de octubre del presente año. Saluda a usted atentamente, IVÁN POSADA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Iván Posada, a los efectos de participar de la reunión de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 29 de octubre y 3 de noviembre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Montevideo, Iván Posada, por el período comprendido entre los días 29 de octubre y 3 de noviembre de 2015, a los efectos de participar de la reunión de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 909, del Lema Partido Independiente, señor Luis González Ríos. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Cúmpleme solicitar a usted concederme licencia de acuerdo a lo establecido en el literal C) del artículo 1º de la Ley N° 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley Nº 17.827, 14 de setiembre de 2004, por el período comprendido entre el 29 de octubre y el 3 de noviembre del corriente año, a los efectos de participar en la Reunión de la Comisión Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano que tendrá

45.- Presupuesto Nacional – Período 2015-2019. (Aprobación)
Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social”, que comprende los artículos 510 a 529, inclusive. (Texto del Inciso 15:)

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“Artículo 510.- Transfiérese al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” los cometidos, derechos y obligaciones, bienes muebles e inmuebles afectados al uso de la Unidad Ejecutora 006 “Instituto Nacional de Alimentación”, del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”. Suprímese en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, la Unidad Ejecutora 006 “Instituto Nacional de Alimentación”, y el cargo de particular confianza de Director Administrador, creado por el artículo 2º del Decreto-Ley nº 14.724, de 9 de noviembre de 1977. Créase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, la Unidad Ejecutora 003 “Instituto Nacional de Alimentación”, y el cargo de Director del Instituto Nacional de Alimentación, que tendrá carácter de particular confianza, y cuya remuneración estará comprendida en el artículo 16 de la Ley nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Los puestos de trabajo, los créditos asociados, y el personal que se encuentre prestando funciones en el Instituto Nacional de Alimentación al 31 de diciembre de 2015, pasará al Ministerio de Desarrollo Social, bajo el mismo régimen que tenían en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El Poder Ejecutivo establecerá los créditos y los recursos humanos y materiales a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma. Artículo 511.- Transfiérese el Programa “Uruguay Crece Contigo” actualmente en el ámbito de Presidencia de la República, al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo. Los bienes, derechos y obligaciones afectados al uso del programa transferido quedarán afectados de pleno derecho al uso del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, en lo que corresponda a los cometidos y atribuciones transferidas. Los funcionarios y quienes presten funciones en Uruguay Crece Contigo al 31 de diciembre de 2015, seguirán manteniendo el mismo vínculo en iguales condiciones en el Ministerio de Desarrollo Social, pudiendo aplicarse los criterios y procedimientos establecidos en los artículos 519, 520 y 521 de la presente ley. Artículo 512.- Cancélase la personería jurídica del Instituto Nacional de Ciegos “General Artigas” y dispónese su disolución, transfiriéndose de pleno derecho a favor del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Unidad Ejecutora 002 “Dirección de Desarrollo Social”, “Programa Nacional de Discapacidad” todos sus bienes, derechos y obligaciones. El Poder Ejecutivo determinará los bienes inmuebles comprendidos en esta transferencia y los Registros Públicos procederán a su registración con la sola presentación del testimonio de la resolución a dictarse. Artículo 513.- Derógase el artículo 298 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 514.- Asígnanse al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” las competencias de regulación y fiscalización en materia social respecto de los establecimientos que ofrezcan en forma permanente o transitoria servicios de cuidados a adultos mayores con dependencias o autoválidos. Estos establecimientos deberán estar inscriptos en el registro de establecimientos del Ministerio de Desarrollo Social y contar con el certificado que este emite. Dicho certificado será requisito necesario para la habilitación por parte del Ministerio de Salud Pública. El Poder Ejecutivo reglamentará esta norma garantizando estándares de cuidados de calidad. Artículo 515.- Incrementase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaria”, los créditos presupuestales para gastos de funcionamiento, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los proyectos, ejercicios e importes que se detallan, a continuación:

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325 2018 312.925.000 68.704.000 42.882.000 139.605.000 8.823.000 39.784.000 40.800.000 4.000.000 657.523.000 2019 312.925.000 68.704.000 42.882.000 139.605.000 8.823.000 39.784.000 40.800.000 4.000.000 657.523.000

Proyecto 123 122 126 129 129 125 124 121 TOTALES

ODG 299.000 299.000 299.000 299.000 099.099 299.000 299.000 299.000

2016 146.080.000 29.223.000 0 140.388.000 8.566.000 15.450.000 21.047.000 1.000.000 361.754.000

2017 312.925.000 68.704.000 42.882.000 139.605.000 8.823.000 39.784.000 40.800.000 4.000.000 657.523.000

Artículo 516.- Increméntanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, los créditos presupuestales para gastos de inversión, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los proyectos, para los ejercicios y por los importes que se detallan a continuación:

Programa 403 403 403 Total

Proyecto 833 834 835

Objeto

2016

2017 24.721.000 1.416.000 3.332.000 29.469.000

799.000 0 799.000 19.173.000 799.000 3.667.000 22.840.000

Artículo 517.- Increméntase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, Unidad Ejecutora 003 “Instituto Nacional de Alimentación”, los créditos presupuestales para gastos de funcionamiento, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el proyecto, para los ejercicios y por los importes que se detallan a continuación:

Proyecto 130

ODG 299.000

2016 11.663.000

2017 24.738.000

2018 24.738.000

2019 24.738.000

Los créditos de las asignaciones presupuestales corresponden a las transferencias monetarias que la referida unidad ejecutora realizará al Plan CAIF, por concepto de alimentación diaria de niños de 0 a 2 años.

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Artículo 518.- El Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, a partir de la promulgación de la presente ley, no podrá incrementar el personal contratado a través de organizaciones de la sociedad civil u otras instituciones de derecho público o privado, con la finalidad de realizar tareas de relevamiento, atención, asistencia o de cualquier tipo que impliquen un vínculo de carácter permanente, relacionado con los programas sociales a su cargo, salvo contrataciones con financiamiento externo. Las transferencias con cargo a los objetos de gasto 559.033 “Transferencias para Fortalecimiento” y 559.034 “Transferencia para Fortalecimiento Institucional”, que se efectúen a partir de la vigencia de la presente ley, con excepción de los montos derivados del cese de relaciones contractuales, no podrán superar las sumas de $ 429.600.000 (cuatrocientos veintinueve millones seiscientos mil de pesos uruguayos) y $ 183.000.000 (ciento ochenta y tres millones de pesos uruguayos), respectivamente, las que serán ajustadas únicamente en la misma forma y oportunidad en que se disponga para el grupo correspondiente. Los objetos del gasto incluidos en el inciso anterior, no podrán ser reforzados al amparo de lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y sus modificativas. Artículo 519.- Facúltase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a contratar bajo régimen de provisoriato establecido por el artículo 90 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, a quienes se encuentren desempeñando tareas permanentes mediante un vínculo laboral con organizaciones de la sociedad civil u otras instituciones de derecho público o privado, por un período de dieciocho meses ininterrumpidos con anterioridad al 28 de febrero de 2015 y presten servicios al Ministerio mediante una contraprestación económica, siempre y cuando ese personal haya sido seleccionado mediante un concurso de oposición y méritos de acuerdo a los principios establecidos en el capítulo I de la Ley nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, con excepción de las cooperativas sociales y de trabajo. Las contrataciones que se realicen al amparo del presente artículo, estarán exceptuadas de los procedimientos regulados en los artículos 93 y 94 de la Ley nº 19.121, de 20 de agosto de 2013. Créase una Comisión de Análisis en el ámbito del Poder Ejecutivo integrada por el Ministerio de Desarrollo Social, la Oficina Nacional del Servicio Civil, y un delegado de la Confederación de Funcionarios del Estado con la finalidad de dictaminar con respecto a la contratación de las personas alcanzadas por la presente norma, siempre que exista previa resolución fundada del jerarca del Inciso sobre la necesidad de personal. Las contrataciones en la modalidad prevista en este artículo deberán realizarse en el último grado del escalafón de la Unidad Ejecutora correspondiente. Facúltase al Poder Ejecutivo a crear los puestos de trabajo necesarios para dar cumplimiento a la presente norma, dando cuenta a la Asamblea General. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos presupuestales del objeto de gasto 559.033 “Transferencias para fortalecimiento”, al Grupo 0 “Retribuciones Personales”, a efectos del cumplimiento de este artículo. Artículo 520.- Facúltase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a realizar contratos de trabajo de acuerdo a lo establecido por el artículo 92, de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, a quienes se encuentren desempeñando tareas permanentes, mediante un vínculo laboral con organizaciones de la sociedad civil u otras instituciones de derecho público o privado y presten servicios al Ministerio mediante una contra prestación económica, con excepción de las cooperativas sociales y de trabajo. Las contrataciones que se realicen al amparo del presente artículo, estarán exceptuadas de los procedimientos regulados en los artículos 93 y 94 de la Ley nº 19.121, de 20 de agosto de 2013. Quedan excluidos de este régimen aquellos trabajadores que se encuentren comprendidos en la hipótesis regulada en el artículo 521 de la presente ley. Créase una comisión de análisis en el ámbito del Poder Ejecutivo integrada por el Ministerio de Desarrollo Social, la Oficina Nacional del Servicio Civil y un delegado de la Confederación de Funcionarios del Estado con la finalidad de dictaminar con respecto a las personas alcanzadas por la presente norma, siempre que exista previa resolución fundada del jerarca del Inciso sobre la necesidad de personal.

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Facúltase al Poder Ejecutivo a reasignar créditos presupuestales de los Objetos del Gasto 559.034 “Transferencias para Fortalecimiento Institucional” para el financiamiento de las contrataciones autorizadas. El personal que a la fecha en que deba realizarse la reasignación se encuentre prestando funciones financiadas con los créditos reasignados cesará en sus funciones. Artículo 521.- Facúltase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a realizar contratos de trabajo de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la Ley nº 19.121, del 20 de agosto de 2013, para aquellas personas que realicen tareas que, pudiendo ser de carácter permanente dadas las características del puesto de trabajo o la naturaleza de las mismas, presentan movilidad o son realizadas en programas transitorios. Las contrataciones que se realicen al amparo de la presente norma estarán exceptuadas del procedimiento regulado por el artículo 93 de la Ley nº 19.121, del 20 de agosto de 2013. Las transferencias con cargo al objeto del gasto 559.035 “Transferencias a OSC y PPNE”, que se realicen a partir de la vigencia de la presente norma, con excepción de los montos derivados del cese de relaciones contractuales, serán ajustadas únicamente en la misma forma y oportunidad que se dispongan para el grupo correspondiente. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos presupuestales del objeto de gasto 559.035 “Transferencias a OSC y PPNE” al Grupo 0 “Servicios Personales”, a efectos de financiar las contrataciones de este artículo. El objeto del gasto 559.035 “Transferencias a OSC y PPNE”, no podrá ser reforzado al amparo del artículo 72 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 522.- Los funcionarios públicos que, al 28 de febrero de 2015, se encontraban prestando servicios en régimen de “pase en comisión” en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, con un mínimo de tres años de antigüedad, podrán optar por su incorporación definitiva al Ministerio cualquiera sea el régimen al amparo del cual haya sido dispuesto el pase, ocupando cargos vacantes existentes en el Inciso. Lo dispuesto en este artículo no podrá generar costos presupuestales. Artículo 523.- Autorízase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a reestructurar la escala retributiva de sus funcionarios, a cuyos efectos podrá: A) B) C) Recategorizar conceptos retributivos, de acuerdo a los criterios previstos en el artículo 51 de la Ley nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, con la finalidad de establecer una escala única. Establecer una retribución complementaria, con la finalidad de adecuar la nueva escala retributiva. Mantener el nivel salarial, de aquellos funcionarios que perciban retribuciones que superen dicha escala única.

Facúltase a la Contaduría General de la Nación para reasignar créditos presupuestales dentro del Grupo 0 “Servicios Personales”, Objeto del Gasto 042.521 “Compensación Especial por cumplir condiciones específicas”, hasta la suma de $ 34.500.000 (treinta y cuatro millones quinientos mil pesos uruguayos) a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. Artículo 524.- Reasígnase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal de los siguientes Objetos del Gasto: A) 042.026 “Compensación docente”, de la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, a los Objetos de Gasto, en las unidades ejecutoras y en los montos que se detallan a continuación: 042.400 “Compensación al Cargo”, $ 731.801 (setecientos treinta y un mil ochocientos un pesos uruguayos) y 042.521 “Comp. especial por cumplir condiciones especif”, $1.998.715 (un millón novecientos noventa y ocho mil setecientos quince pesos uruguayos), a la Unidad Ejecutora 001, “Dirección General de Secretaría”, 042.400 “Compensación al Cargo”, $119.839 (ciento diecinueve mil ochocientos treinta y nueve pesos uruguayos), en la Unidad Ejecutora 002 “Dirección de Desarrollo Social”, 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Dcho. Publico” $7.254.406 (siete millones doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos seis pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, 092.000 “Partidas globales a distribuir”, $ 4.131.094 (cuatro millones ciento treinta y un mil noventa y

B)

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cuatro pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la Unidad Ejecutora 001, “Dirección General de Secretaría”, Programa 401 “Red de Asistencia e Integración social”, al Objeto del Gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales”, de la misma unidad ejecutora. Las reasignaciones dispuestas por este artículo tienen por destino, el pago de una compensación especial para aquellos funcionarios que cumplan tareas especiales de mayor dedicación y responsabilidad en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”. Artículo 525.- Transfórmanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Programa 401, “Red de Asistencia e Integración Social”, un cargo de Asesor X, Serie Profesional, Escalafón A, Grado 4, en un cargo de Asesor X, Serie Abogado, Escalafón A, Grado 4 y un cargo de Especializado, Serie Ciencias Sociales, Escalafón D, Grado 1, en un cargo, Especialista, Serie Profesional. Escalafón D, Grado 1. Las transformaciones dispuestas en este artículo, tendrán vigencia a partir de la promulgación de la presente ley Artículo 526.- Sustitúyese en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, las denominaciones de los siguientes cargos de particular confianza, creados por el artículo 13 de la Ley nº 17.866, de 21 de marzo de 2005, el artículo 404 de la Ley nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y literal B) del artículo 300 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, de acuerdo al siguiente detalle: A) B) C) D) Director de Políticas Sociales, por Director Nacional de Políticas Sociales Director de Evaluación de Programas, por Director Nacional de Información, Evaluación y Monitoreo Director de Programa de Discapacidad, por Director Nacional del Programa de Discapacidad Director de Coordinación Interdireccional, por Director Nacional de Promoción Socio-Cultural.

Artículo 527.- Transfórmase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, el cargo de Director de la Unidad Ejecutora 002 “Dirección de Desarrollo Social”, creado por el artículo 239 de la Ley nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el de “Director Nacional de Economía Social e Integración Laboral”, en la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”. Créanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, Programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, en la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, los cargos de particular confianza de “Director Nacional de Protección Integral en Situación de Vulneración” y de “Director Nacional de Uruguay Crece Contigo”. Reasígnanse, los créditos presupuestales de los siguientes Objetos del Gasto: 011.000 “Sueldo básico de cargos”, Programa 401 “Red de asistencia e integración social”, de la Unidad Ejecutora 002, hasta $1.346.123 (un millón trescientos cuarenta y seis mil ciento veintitrés pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, a igual objeto del gasto y programa, de la Unidad Ejecutora 001 y del Objeto del Gasto 099.000 “Otras retribuciones”, de la Unidad Ejecutora 001, Programa 346 “Educación media”, Proyecto 104 “Medidas de Inclusión”, hasta $2.471.748 (dos millones cuatrocientos setenta y un mil setecientos cuarenta y ocho pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, al Programa 401 “Red de asistencia e integración social”, Objetos del Gasto 011.000 “Sueldo básico de cargos”, 015.000, “Gastos de representación en el país con aportes”, 016.000 “Gastos de representación en el país 0% aportes”, 048.017, “Aum. Salarial a partir del 1/5/003”, 048.023 “Recup. Salarial” y 048.026 “Recup. Salarial a enero/2007”. Artículo 528.- El Banco de Previsión Social proporcionará al Ministerio de Desarrollo Social, en forma mensual, la información actualizada de los contribuyentes registrados bajo el régimen de Monotributo Social MIDES, previsto en la Ley nº 18.874, de 23 de diciembre de 2011. El intercambio de información se realizará de conformidad con lo previsto en los artículos 157 a 160 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 529.- Sustitúyense los literales B) y C) del artículo 1º de la Ley nº 18.874, de 23 de diciembre de 2011, por los siguientes: “B) Los emprendimientos asociativos integrados por un máximo de cinco socios”.

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——La Mesa propone votar en bloque los artículos 511, 512, 514 a 517, inclusive; 528 y 529. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: proponemos agregar el artículo 510 al bloque que usted ha propuesto, pero solicitamos el desglose de los artículos 511 y 515, que aunque vamos a votar favorablemente, pedimos se traten por separado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Queremos hacer notar que el artículo 510 requiere mayoría absoluta. Más allá de la buena voluntad del legislador, vamos a proponer votar el artículo 510 por separado, luego proceder a la votación del bloque y después continuar. En discusión el artículo 510. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pablo Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor Presidente: antes de votar, nos importa dejar constancia de que el Partido Nacional está de acuerdo con la propuesta del Poder Ejecutivo de trasladar el Instituto Nacional de Alimentación del ámbito del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social al del Ministerio de Desarrollo Social. Estamos de acuerdo por la sencilla razón de que venimos pregonando esto desde el mismo momento en que se creó el Ministerio de Desarrollo Social, en el año 2005. Desde ese entonces -entre otras poderosas razones-, en función de que el Plan de Emergencia Social que se aprobó ese mismo año y concomitantemente a la creación del ministerio ya contenía entre sus componentes principales un programa alimentario y de que, cumplida la etapa del Plan de Emergencia Social, el Ministerio de Desarrollo Social ha seguido desarrollando un programa alimentario que se manifiesta -como todos sabemosen la tarjeta alimentaria y en el Programa Uruguay Social, entendimos que por una razón de distribución elemental y de manera racional de las competencias en el ámbito del Poder Ejecutivo parecía lógico que el Instituto Nacional de Alimentación -que además de

programas de la naturaleza del programa alimentario del Mides desarrolla otras actividades vinculadas con lo alimentario- debía ubicarse institucionalmente en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social. En aquel año 2005 se nos dijo que no, e insistimos en cada rendición de cuentas. Legisladores del Partido Nacional llegamos a presentar proyectos de ley en esa legislatura para, aunque más no fuera, testimoniar nuestra voluntad política en ese sentido. Por supuesto, esos proyectos nunca llegaron a ser considerados por el Parlamento pero, por lo menos, expresaban la posición que tuvimos, tenemos y mantenemos sobre esto y por eso hoy vamos a votar a favor. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 510. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y cinco: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 511. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pablo Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: en este caso, por una razón similar a la que expusimos para el artículo anterior, vamos a votar a favor. Entendemos que finalmente se ha hecho realidad lo que el Partido Nacional propuso -e insistió en que así aconteciera- respecto de este buen programa, Uruguay Crece Contigo. Vamos a decirlo claramente: apoyamos este programa con mucho calor desde su creación, dado que, fundamentalmente, está orientado a la primera infancia y a las situaciones de mujeres embarazadas que reciben, por esta vía, una atención focalizada en esa etapa tan importante de la gestación y de los primeros años de vida. Sin embargo, nunca entendimos muy bien -nunca se llegó a explicar- cuál era la justificación de que se lo ubicara en el ámbito de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Si mal no recuerdo, esto se introdujo en la rendición de cuentas del año 2011 y en aquel momento dejamos sentada nuestra posición. Tuvimos acalorados debates -muy respetuosos como siempre, pero no por eso exentos de entusiasmo- con el entonces director de Planeamiento y Presupuesto, señor Frugoni, pero perdimos en la votación, aunque

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creo que, conceptualmente, por lo menos ahora, parecería que los hechos nos vienen a dar la razón. Inclusive, la ministra Arismendi coincidió con nosotros cuando estuvo en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda en cuanto a que ella misma -según nos confesó- siempre entendió que esto debió suceder de esta manera, y creo que es bueno que las voluntades políticas se conjuguen y que en esta oportunidad, entonces, podamos registrar esta coincidencia con el Poder Ejecutivo. Sin perjuicio de esto, quiero agregar que nos quedó una duda; creo que es un defecto presupuestal del que adolece el artículo. A diferencia del artículo anterior referido al Instituto Nacional de Alimentación, no hay transferencias de créditos en cuanto a las actividades del programa Uruguay Crece Contigo, aunque sí hay transferencias de los vínculos laborales y de los funcionarios que cumplían funciones, hasta este momento, en la OPP. Este artículo no contiene esa disposición, nosotros lo señalamos en la comisión, pero no tuvimos eco. Ahora lo reiteramos porque, eventualmente, puede llegar a generar alguna dificultad desde el punto de vista de la ejecución. Creo que debería establecerse eso y en aquel momento, cuando concurrieron a la comisión los representantes del Ministerio de Desarrollo Social, nos dieron la razón o, por lo menos, nos dijeron que no tenían inconvenientes en incorporar ese aspecto. Me refiero a que en el inciso segundo debería constar también la transferencia de todos los créditos de un organismo al otro para el mejor desenvolvimiento y desarrollo de este programa. Simplemente dejamos la constancia porque como no se corrigió en la comisión, nos vemos en la obligación de reiterarlo ahora. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va votar el artículo 511. (Se vota) ——Ochenta Unanimidad. por la afirmativa: AFIRMATIVA.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y uno en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 513. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y dos en ochenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 515. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pablo Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: esta es una disposición muy relevante, diría casi emblemática de la ley de presupuesto y particularmente del Inciso correspondiente al Ministerio de Desarrollo Social. Aquí se acuerdan una serie de asignaciones presupuestales para la implementación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados que, como se sabe, corta transversalmente la Administración o, por lo menos, a distintos organismos. Como veremos más adelante, por ejemplo en el presupuesto del INAU, se han asignado distintos rubros precisamente a los efectos de apuntalar y financiar los programas y propuestas que el Gobierno se propone desarrollar, no en cuanto a crear cuidados en el Uruguay -que siempre existieron- sino en cuanto a coordinarlos de una manera más adecuada y a reforzarlos también desde el punto de vista presupuestal, y no negamos que eso habrá de acontecer. De todas formas, quiero señalar -lo dijimos en la discusión en general y lo vamos a repetir ahora- que la bancada del partido de Gobierno ha tomado la opción política de realizar una reasignación muy significativa de recursos en los programas y proyectos establecidos en el cuadro que acompaña al artículo 515. Y estos son recortes que -también lo dijimos en ocasión de la discusión en general- , si bien no ponen en entredicho el desarrollo del sistema de cuidados -no lo anulan definitivamente ni cosa que se le parezca; queremos ser muy serios y precisos en cuanto al alcance de nuestra fundamentación-, representan una restricción importante desde el punto de vista presupuestal. Y tenemos que verla a la luz de lo que se afirma en la exposición de motivos con relación a este proyecto de ley presupuestal, como a

En discusión el bloque propuesto -con excepción de los desgloses solicitados por el diputado Abdala, de los que solo queda el 515-, que está integrado por los artículos 512, 514, 516, 517, 528 y 529.

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la luz de los anuncios que, paralelamente al tratamiento de la ley presupuestal, el sociólogo Julio Bango realizó como secretario de la Junta Nacional de Cuidados en el ámbito de la Comisión Especial de Población y Desarrollo. Tenemos un nivel de acuerdo muy importante con la línea que el sociólogo Julio Bango trazó en el ámbito de la comisión especializada. Él dijo, con mucha claridad, que lo que se propone, fundamentalmente a partir de la utilización de más del 50 % de los recursos que el Estado destine a estos objetivos, es reforzar el plan CAIF, concretando una extensión tanto en cuanto a los días como a los horarios de atención a los menores, fundamentalmente en el rango de cero a tres años, a efectos de alcanzar un nivel de cobertura al cabo de los cinco años de gobierno que supere el 60%. Asimismo, el sociólogo Julio Bango reconoció -me parece muy saludable que se reconozca para aventar cualquier tentación refundacional, de esas que muchas veces señalamos con preocupación- que el país, en esta materia y en lo que refiere al plan CAIF en particular, viene recorriendo un camino certero, que se inició con la democracia, durante el primer Gobierno del doctor Sanguinetti, que se profundizó sostenidamente en el Gobierno del Partido Nacional encabezado por el doctor Lacalle y que continuó por esa senda en los sucesivos gobiernos democráticos hasta la actualidad, al punto tal de que, en este momento, el nivel de cobertura que el plan CAIF ofrece supera largamente el 40 % de la población que se encuentra en esa franja de vida inicial, podríamos decir. Creo que lo que se está proyectando es muy importante, así como avanzar en los cuidados relativos a los discapacitados y a los adultos mayores, contemplando el caso, tanto de aquellos que tienen situaciones de dependencia severa, como de quienes viven situaciones de dependencia moderada. En ese punto es en el que tememos que el ajuste presupuestal que se establece en el artículo 515, y que surge claramente de comparar los cuadros -por un lado, el que envió el Poder Ejecutivo y, por otro, el que finalmente aprobó la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, que es el que estamos analizando ahora-, retrase en forma significativa -nos debe preocupar- la política y el desarrollo de las

actividades que la Junta Nacional de Cuidados se propone impulsar. El sociólogo Julio Bango anunció que, por fuera de lo que ya dijimos del Plan CAIF, a partir del próximo año, con estos mismos recursos previstos en el mensaje del Poder Ejecutivo, el propósito del Gobierno era financiar la contratación de asistentes personales, fundamentalmente para las personas con dependencia severa y, en el caso de las personas con dependencia moderada, avanzar en el financiamiento de centros diurnos y, al mismo tiempo, en la financiación de servicios de teleasistencia. Mucho nos tememos -lo decimos con total objetividad y desapasionadamente- que esto, reitero, pueda, de alguna forma, enlentecer esos planes. En el acumulado de todo el período de gobierno, estamos hablando de más de US$ 1.400.000.000 que, desde el punto de vista de la previsión presupuestal inicial, habrán de recortarse -en función de que el presupuesto es incremental y acumulativo- en el curso de los años que están por venir. Se me podrá decir que esto será motivo de revisión en función de que el Poder Ejecutivo ha hecho previsiones de aquí al año 2017 pero, formalmente, lo que estamos analizando no son previsiones al año 2017, sino al año 2019. No puedo tener la certeza -mucho menos, desde un partido de la oposición- de que esto, eventualmente, dentro de dos años se vaya a incrementar. Podríamos tener razonablemente la duda de que ocurra lo contrario, porque eso estará condicionado a la marcha de la economía, a las posibilidades fiscales y sabido es -esto tiene que ver con la honestidad intelectual- que tenemos una perspectiva distinta que la del gobierno desde el punto de vista del diseño presupuestal, entre otras cosas, porque -lo señalamos en la discusión general- nos pareció un exceso de optimismo que el gobierno plantee, en una coyuntura internacional, regional y local compleja, como la que enfrentamos, la posibilidad de que después del año 2017 el país no solo siga creciendo sino que, además, baje el déficit fiscal, alcance el superávit primario de un punto del producto bruto interno hacia el término del período, se incremente el gasto para alcanzar el 6 % de la educación y, por lo tanto, pueda financiar incrementos presupuestales para el Sistema Nacional Integrado de Cuidados.

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Somos creyentes, pero el desarrollo intelectual que acabo de realizar, me hace recordar la parábola de la multiplicación de los peces y los panes. Más allá -repito- de que muchas veces nuestra fe nos lleva a creer en los milagros, como gobernantes y como legisladores nos manejamos con criterios muy realistas. Y la realidad a la que nos enfrentamos es la que yo estoy describiendo en este momento. (Murmullos) ——Por lo tanto, votaremos el artículo 515, pero no podíamos dejar de formular estas constancias, porque en el marco del apoyo crítico que hemos dado y que seguiremos dando… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Disculpe, señor diputado, el murmullo no permite escucharlo y, por tanto, lo quiero amparar en el uso de la palabra. Puede continuar el señor diputado Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Muchas gracias, señor presidente. Decía que, en el marco del apoyo crítico que hemos dado y seguiremos dando al Ministerio de Desarrollo Social, a las políticas sociales que el Gobierno ha desarrollado y a las políticas sociales que el Gobierno legítimamente se ha dado -es el partido que ganó las elecciones nacionales y, por lo tanto, tiene el derecho a desarrollar sus políticas-, apoyaremos el Sistema Nacional Integrado de Cuidados, y el Partido Nacional -por lo menos, la enorme mayoría de sus legisladores- votará afirmativamente el proyecto de ley que, en pocos días, comenzará a aprobarse en el ámbito de la Comisión Especial de Población y Desarrollo. Sin embargo, en lo que concierne a los recursos y a las dotaciones presupuestales, advertimos esta realidad y mucho nos preocuparía que los anuncios que se han hecho por parte de las autoridades y que constan en la versión taquigráfica de la Comisión Especial de Población y Desarrollo, debido a que la realidad es más compleja que la teoría y de que gobernar es el arte de lo posible, después terminen por desdibujarse y, eventualmente, por rebajarse o relativizarse desde el punto de vista de su eficacia, de su contundencia y de su alcance. Gracias, señor presidente.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Omar Lafluf Hebeich. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: voy a hacer algunas apreciaciones que ya manifesté en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Hace algunos años tuve la suerte de que el entonces canciller Iglesias, cuando ocupaba la Secretaría General Iberoamericana, me invitara a unas charlas que vinieron a dar a Uruguay unos técnicos españoles sobre la ley de dependencia. La ley de dependencia que creó España era algo parecido a lo que se está planteando hoy o, por lo menos, similar al inicio del planteo del Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Hoy, ya hay una parte muy definida que irá a los centros CAIF, lo que compartimos absolutamente, así como todo el proceso de creación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, pero en esa ley de dependencia de España, lo que se hacía era capacitar a alguien de la casa en la que hubiera una persona dependiente para su desarrollo de vida, y se le pagaba un salario. En este caso, el planteo es diametralmente diferente, porque se va a capacitar gente de afuera, que ocupará ese cargo y que atenderá a esa persona con discapacidad o dependencia. Entonces, honestamente, lo que manifesté en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda fue que me parecía que plantear esto era no conocer la realidad del país. Además, creo que se haría con muchísimos menos recursos si se usaran eficientemente las miles de organizaciones de la sociedad civil que hay, que trabajan con personas con diferentes discapacidades o dependencias, sean niños, jóvenes o adultos. Para dar un ejemplo, el otro día vino a la Comisión de Subsidios y Subvenciones una asociación de mi pueblo, de Young, que tiene sesenta personas a cargo -discapacitadas motrices, intelectuales y personas mayores- y se fueron felices por haber conseguido $ 300.000 al año para funcionar. Estas organizaciones funcionan con beneficios, vendiendo tortas fritas y demás, pero es gente que está vinculada a la persona que tiene la discapacidad. No traemos a alguien de afuera. Además, lo hacen con

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amor, que es otra cosa que tiene un diferencial muy importante. Entonces, mi planteo es por qué, ya que tenemos menos recursos, no se usa esa estructura -ya está armada, está funcionando, y abarca todo el territorio nacional-, apoyándola económicamente para realizar mejor su tarea, porque el peor problema que tienen es no poder pagar a los técnicos -un psicólogo, un fisioterapeuta o lo que fuera- para trabajar con esa gente. Creo que habría que estructurarlo de esa forma, porque sería mucho más eficiente y saludable pero, además, estaríamos incorporando a una sociedad civil que ya está organizada y está funcionando. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Iván Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quiero expresar que el Partido Independiente, en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, votó la propuesta del Poder Ejecutivo en lo que refiere a los fondos, a los recursos que se adjudicaba al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, porque entendimos que ese era uno de los objetivos más importantes del período en cuanto a su instrumentación. Sin duda, los recursos planteados -fueron reducidos- van a afectar los compromisos que en esta materia ha implementado el Ministerio de Desarrollo Social. Para nosotros, el Sistema Nacional Integrado de Cuidados -así lo plantemos en nuestro programa de gobierno- es uno de los objetivos sustanciales por el cual se debe avanzar en materia de cobertura de una población que tiene dificultades expresamente establecidas. Creemos que las propuestas desarrolladas a través de la creación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados comienzan a tener una respuesta de parte del Estado. Lamentamos que esta haya sido una decisión de la bancada del partido de gobierno. Queremos señalarlo porque así procedimos con respecto a este artículo, que se correspondía con el 497 de la propuesta original del Poder Ejecutivo. Era la constancia que queríamos dejar presente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Tabaré Viera.

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: el Partido Colorado va a votar este artículo, tal como hizo en la comisión. Bienvenido sea un Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Cuando a veces se acusa a la oposición de no reconocer que algo se hace bien, debemos decir que en este caso nos parece una buena y apoyable idea. Encarar el cuidado de nuestra infancia, de nuestra ancianidad y de aquellos que tienen dificultades físicas, de salud o condiciones especiales de vida que requieren cuidado y constituyen una gran carga para la familia, debe ser una tarea debidamente atendida por el Estado. Obviamente, habrá que trabajar mucho a este respecto; reconocemos que este es un comienzo y que principio tienen las cosas. Inclusive, en materia de recursos, sabemos que el Poder Ejecutivo planteó una mayor asignación que luego, lamentablemente, sufrió un recorte. Cuando hablamos del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, pensamos en eso, en un sistema nacional que esté integrando, aprovechando, racionalizando y, por lo tanto, utilizando mejor todos los recursos que el gobierno aporta desde hace mucho tiempo para el cuidado de estos sectores vulnerables de nuestra sociedad, que no nacen con este sistema. Ya se hizo referencia a los CAIF, que son los mayores beneficiarios de los recursos que se están votando. Recuerdo que el plan CAIF fue creado durante el gobierno colorado, presidido por el doctor Sanguinetti, y que fue continuado y acrecentado en posteriores gobiernos y también ahora. Asimismo, debemos hacer referencia a algunas organizaciones no gubernamentales. Particularmente, estoy pensando en las decenas de hogares de ancianos que en todos los departamentos del país son atendidos, solventados y sostenidos por ONG locales, y que están apoyados por los gobiernos departamentales y por el BPS. El propio Estado hace aportes para un sistema de cuidados que existe en el país desde hace muchos años. Quiere decir que nosotros visualizamos al Sistema Nacional Integrado de Cuidados como eso, como un gran sistema que no solo dará recursos, que no solo creará nuevas formas de cuidados, sino que esté integrando a los que ya existen y dando mayor capacidad, inclusive, económica y operativa para mejorar su actuación, su gestión.

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Por lo tanto, votamos con gusto estos recursos y vamos a tratar de colaborar para que, aprovechando la experiencia y la capacidad instalada en todo el territorio nacional -con el aporte de los gobiernos departamentales y de otros organismos del Estado, como el BPS-, este sistema nacional pueda mejorar la situación de tantos compatriotas que desde su infancia hasta la tercera edad requieren de la atención y del cuidado de toda la sociedad. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Luis Eduardo Pintado Sabini. SEÑOR PINTADO SABINI (Luis Eduardo).- Señor presidente: en la misma línea que el señor diputado Tabaré Viera, el Partido Colorado va a acompañar esta gran iniciativa del gobierno. Eso demuestra que no toda iniciativa que venga de otro partido que no sea el nuestro se tiene que votar en contra. Sabemos que en la comisión se recibió a diferentes actores de la sociedad. En la parte que hace referencia a la infancia -en la franja de cero a tres años-, se comprobó científicamente que el desarrollo neurológico de los niños de esa edad está vinculado al estímulo psicoafectivo que reciben. Entonces, el Sistema Nacional Integrado de Cuidados debe poner especial atención en cuanto a que es muy importante que quien cuide al niño que quedó desamparado sea una persona de su entorno familiar. ¿Por qué? Por lo que acabamos de decir. Cuando se desarrolla un niño que está apto para incluirse en la sociedad, debe estar acompañado por el sistema afectivo, por la persona que le brinda cariño. Entonces, hay que tener mucho cuidado. Una persona que venga desde afuera del entorno familiar, de repente no tiene todo el amor que necesita ese niño. Sin lugar a dudas, estamos preparando a alguien que va a ser muy importante para el futuro de nuestro país. Además, hay algunas preguntas que vienen a colación, en cuanto a cómo va a ser instrumentado, quiénes van a calificar para estar dentro de este sistema de cuidados, es decir, quiénes van a acompañar a las diferentes personas. (Murmullos.- Campana de orden)

——En definitiva, ¿quiénes calificarían como beneficiarios? ¿Cómo se realizaría la selección y formación de los cuidadores? ¿Cómo se articulará con las redes sociales ya existentes dentro del Uruguay? (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa solicita a los señores legisladores tengan a bien hacer silencio para escuchar al orador. Puede continuar el señor diputado Pintado Sabini. SEÑOR PINTADO SABINI Gracias, señor presidente. (Luis Eduardo).-

¿Cómo se articulará el Sistema Nacional Integrado de Cuidados con las redes sociales ya existentes? ¿Cómo se financiará? ¿Cómo se va a implementar la perspectiva de género de este proyecto? Es muy importante que todas estas dudas sean despejadas, sobre todo, las vinculadas con nuestros niños, que son el futuro del Uruguay. Esos niños, de cero a tres años, a quienes ya les estamos dando formación, serán el futuro de nuestro país. Gracias, señor presidente.

46.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Martín Tierno, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Andrés Bozzano. Del señor Representante Alejandro Sánchez, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Camilo Cejas. Del señor Representante Federico Ruiz, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Alberto Salvo.

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Del señor Representante Edgardo Rodríguez Álvez, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Zulimar Ferreira”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y cuatro: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes pondientes, y se les invita a pasar a Sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por motivos personales, por el día de hoy. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, MARTÍN TIERNO Representante por Durazno”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Daniel González”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Alba Igarzábal”. corres-

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Daniel González y Alba Delia Igarzábal Pérez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Durazno, Martín Tierno, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Daniel González y Alba Delia Igarzábal Pérez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6091001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Andrés Bozzano. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor 1er. vicepresidente de la Cámara de Representantes Pablo Abdala Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo se sirva concederme el uso de licencia por el día 14 de octubre de 2015, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, ALEJANDRO SÁNCHEZ Representante por Montevideo”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor 1er. vicepresidente de la Cámara de Representantes Pablo Abdala Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Charles Carrera”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor 1er. vicepresidente de la Cámara de Representantes Pablo Abdala Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Reyes”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor 1er. vicepresidente de la Cámara de Representantes Pablo Abdala Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Lucía Etcheverry”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alejandro Sánchez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Charles Carrera, Diego Reyes y Lucía Etcheverry. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de

1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alejandro Sánchez, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Charles Carrera, Diego Reyes y Lucía Etcheverry. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Camilo Cejas. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito se sirva concederme el uso de licencia, el día 14 de octubre, por lo que pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, FEDERICO RUIZ Representante por Flores”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: La que suscribe María Magdalena Villaamil Camirotte, Cédula de Identidad Nº 3.998.044-7 en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, Federico Ruiz, quién ha solicitado licencia para el día 14 de octubre, comunico a usted que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, Magdalena Villaamil”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: El que suscribe Jorge Sebastián González Taberne, Cédula de Identidad Nº 4.207.743-9 en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, Federico Ruiz, quién ha solicitado licencia para el día 14 de octubre, comunico a usted que me encuentro imposibilitado por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocado por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, Sebastián González”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: La que suscribe María del Carmen Camirotte Labraga, Cédula de Identidad Nº 2.858.491-3 en mi calidad de suplente del señor Representante Nacional, Federico Ruiz, quién ha solicitado licencia para el día 14 de octubre, comunico a usted que me encuentro imposibilitada por esta sola vez de asumir el cargo de Representante para el cual fui convocada por ese Cuerpo. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente, Carmen Camirotte”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Federico Ruiz. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Magdalena Villaamil, Sebastián González y María del Carmen Camirotte. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Flores, Federico Ruiz, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Magdalena Villaamil, Sebastián González y María del Carmen Camirotte. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90810, del Lema Partido Frente Amplio, señor Alberto Salvo. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 16.465, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre, por motivos personales. Sin otro atentamente, particular, saluda a usted muy

EDGARDO RODRÍGUEZ ÁLVEZ Representante por Tacuarembó”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Edgardo Rodríguez Álvez. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

338 La Cámara de Representantes, R E S U E L V E:

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1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Tacuarembó, Edgardo Rodríguez Álvez, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Zulimar Ferreira. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

47.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, tiene la palabra la señora diputada Macarena Gelman. SEÑORA GELMAN (Macarena).- Señor presidente: quiero hacer una aclaración con respecto a las inquietudes que se están planteando en torno al proyecto de ley relativo al Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Estas inquietudes han surgido reiteradamente en la Comisión que presido este año, por lo que puedo asegurar que en ese marco se está dando la discusión necesaria y, como siempre, invito a todos los diputados a hacerse presentes, porque ese es el lugar donde estamos evacuando las dudas. Todavía no hemos votado el proyecto aunque, seguramente, lo haremos en las próximas semanas. No obstante, es un ámbito donde esas inquietudes pueden ser despejadas. SEÑORA SANSEVERINO (Berta).- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA diputada. GELMAN (Macarena).Sí, señora

El Sistema Nacional Integrado de Cuidados es posible gracias a que en 2005 surgió una nueva institucionalidad, un gran plan de emergencia social, un plan de equidad, y una política que se ha ido reforzando a partir de 2010. La creación y el desarrollo del Sistema Nacional Integrado de Cuidados es un gran compromiso, porque amplía y complementa la matriz de protección social. Se dará un salto de calidad, en respuesta a una creciente necesidad que tiene la sociedad uruguaya, producto de problemas demográficos y de que el cuidado en los hogares recae en las mujeres. Hay que tener en cuenta que son cada vez más las mujeres que trabajan en el ámbito privado, que tienen actividades de recreación o vinculadas con el estudio. Por lo tanto, este sistema viene a reforzar una ciudadanía cada vez más moderna, más igualitaria, que dará mejores posibilidades a las personas que deben ser cuidadas y a las que cuidan. El proyecto se está analizando en la Comisión Especial de Población y Desarrollo. Como bien decía la diputada Gelman, se está dando un debate muy interesante, que hace a la construcción de un Uruguay moderno, que marca la agenda de América Latina. La Cepal señala cómo el país avanza más en cuanto a reforma social y esto es muy importante porque posibilitará, en breve tiempo, progresar en este largo proceso. Quiero aclarar que en el Sistema Nacional Integrado de Cuidados volvemos a poner el ojo y la prioridad en el sector pobre, más rezagado. Estamos hablando de los niños de cero a seis años, aunque la prioridad son los de cero a tres años. A pesar de haber disminuido sostenidamente la pobreza, sigue habiendo un tema que requiere profundización. También contamos -me alegra muchísimo- con el Programa Uruguay Crece Contigo, que contribuirá al descenso de la pobreza infantil y a la mejora de la calidad de vida de sectores que han estado absolutamente al margen de las políticas públicas durante muchas décadas, y que empezaron a tenerse en cuenta gracias a la institucionalidad que hoy tiene el Uruguay. Por lo tanto, este es un gran sistema, en el cual el Mides va a desempeñar un rol importante. Además, tiene las coordinaciones para llevarlo adelante.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir la señora diputada.

Sánchez).-

SEÑORA SANSEVERINO (Berta).Señor presidente: nos sentimos profundamente halagados con este proyecto.

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Me siento -como todos los integrantes de la bancada del Frente Amplio- muy halagada de que este proceso que comenzó en el 2005, no se detenga y siga avanzando como una de las grandes prioridades. Es evidente la respuesta de la sociedad al comprender que el Sistema Nacional Integrado de Cuidados es parte fundamental de una reforma social que aunque debió haber comenzado muchísimo antes, se inició en el año 2005, para luego ir profundizando el proceso. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar la señora diputada Gelman. SEÑORA GELMAN (Macarena).- Señor presidente: como bien ha expresado la señora diputada Sanseverino, en la Comisión se ha producido una discusión muy rica. El sociólogo Julio Bango compareció en dos oportunidades y ha respondido a todas las dudas planteadas. En lo que hace a la preocupación por los recursos -todos sabemos que son finitos- hubiéramos preferido poder dejar las cosas como estaban e incrementarlas. Por tanto, quiero dejar constancia de que la bancada del Frente Amplio tuvo una extensa y consciente discusión, y se han acordado determinadas reasignaciones en lo que compete al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, y a los recursos están garantizados. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 515. (Se vota) ——Noventa en noventa y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

domingo. Pertenezco a una fuerza política que impulsa políticas redistributivas e inclusivas, asumiendo que la situación económica actual significa responsabilidad, audacia y asumir el costo político del manejo del déficit que proyecta el Gobierno. Esto es fruto de una decisión que tomó el Parlamento –en la sesión del pasado domingo, tarde en la noche-, aprobando en general el presupuesto, que tiene un déficit manejable y que prioriza la inversión social. Gracias. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: el Cuerpo sabe que el Partido Independiente fue pionero en establecer la necesidad de crear una institucionalidad como el Ministerio de Desarrollo Social -lo propusimos con bastante antelación a su existencia- y el Sistema Nacional Integrado de Cuidados estaba presente en nuestro programa de gobierno, con características no muy disímiles. Por otra parte, además del afecto personal y la amistad que sentimos por el exdiputado Julio Bango, le tenemos confianza y compartimos bastante los planes que tiene previstos para el desarrollo del sistema. De hecho, el compañero diputado Heriberto Sosa, que integra la comisión, nos ha mantenido al tanto del tratamiento y la evolución del tema. De todos modos, lamentamos que se hayan reducido los recursos destinados al Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Si la reducción hubiera sido de $ 5, no se podría decir que se hizo una quita, pero estaba prevista una dotación -a nuestro juicio insuficiente- y se echó mano a ella para redistribuirla. Reitero que lo lamentamos, pero igual seguimos consustanciados y apoyamos firmemente este sistema que, a nuestro entender, es muy positivo para el país. Esto sí se puede definir como gasto social. Gracias, señor presidente. SEÑOR DASTUGUE (Álvaro).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor Presidente: hemos votado este artículo, que implica una inversión de más de $ 2.200.000.000, a los cuales no se les restó porque estos recursos no existían para el Sistema Nacional Integral de Cuidados. Es un incremento en el gasto público, que representa asumir la responsabilidad del debate que dimos el

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SEÑOR DASTUGUE.- Señor presidente: nuestro Partido votó el artículo porque entendemos que su espíritu es muy positivo, al buscar el cuidado de las personas necesitadas. De todas maneras, quiero dejar unas breves constancias. Me preocupa la reglamentación de la futura ley, porque es muy ambiciosa, y tenemos una muy mala experiencia con la ley. También me inquieta otro punto que mencionó el colega diputado Lafluf en cuanto a dejar fuera a organizaciones sociales que hoy, honorariamente, cuidan a miles y miles de personas. Por último, no se debe dejar de lado a las familias. Hay que incluirlas de alguna forma -a través de la capacitación o de la cercanía con los cuidadores y el Mides- porque son fundamentales para los niños que están creciendo y educándose en nuestra nación. Muchas gracias. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR PINTADO SABINI (Luis Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PINTADO SABINI (Luis Eduardo).- Señor presidente: el Partido Colorado acompañó este artículo, tal como habíamos adelantado. En el fundamento de voto quiero reafirmar lo que decía recién el señor diputado Dastugue: la familia es la base del Sistema Nacional Integrado de Cuidados. Creemos que es así y por eso cuando hicimos uso de la palabra manifestamos que esto debe estar fundado en la familia, para que tenga éxito en Uruguay. En ese sentido, en la Sección II, Derechos, deberes y garantías, de nuestra Carta magna -que es tan sabia-, el artículo 40 nos exime de cualquier comentario al decir: “La familia es la base de nuestra sociedad”. Por último, quiero agregar que ya dimos el debate correspondiente el domingo de noche, cuando se habló del déficit de este presupuesto. Si el déficit solo se debiera a las políticas sociales hubiéramos acompañado el proyecto de ley de presupuesto en general pero, más allá de que sea o no manejable -creemos que no lo es-, el déficit se debe a la creación de cargos de confianza y a otras cosas que exceden las políticas sociales. Gracias, señor presidente. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Sugiero a los oradores que se remitan a lo que hemos votado, que son los recursos para el sistema, no al proyecto de ley que está a estudio de la comisión correspondiente. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Señor presidente: nuestro partido ha votado afirmativamente y yo lo hice convencida de que se trata de una herramienta necesaria y de que es un tema de justicia y equidad. Simplemente, me preocupa que los recortes realizados al Sistema Nacional Integrado de Cuidados afecten al destinatario final por los gastos de los técnicos, de las jornadas de información y capacitación, etcétera. Además, me preocupa que la organización civil quede fuera del sistema. Lo digo porque escuché al futuro secretario nacional de cuidados, licenciado Bango, manifestar en un medio de comunicación que se están organizando cooperativas a nivel nacional, y pienso que debemos ser muy cuidadosos en este tipo de cosas. Reitero que he votado totalmente convencida de que es la mejor herramienta, aunque la quita de esos US$ 200.000 se va sentir. Muchas gracias.

SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: seré breve, atendiendo su sugerencia y el planteo de la señora diputada Macarena Gelman, porque no estamos votando el proyecto de ley sobre el Sistema Nacional Integral de Cuidados sino una previsión presupuestal para ponerlo en práctica. Quiero destacar que me parece muy positivo que estemos previendo esta presupuestación porque representa prácticamente el 15% de lo que va a hacer nuestro Gobierno por incrementar recursos en estos dos primeros años del quinquenio. Eso habla de la priorización de una política social que va a ser muy importante para el país y a su debido tiempo discutiremos. Esa es la voluntad política de nuestro Gobierno y de nuestra bancada, que ha defendido

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esta prioridad. En definitiva, estamos seguros de que con estos recursos la implementación del sistema estará garantizada. Gracias, señor presidente. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: como adelantamos en la discusión general que se dio con relación a esta disposición en particular, hemos votado afirmativamente por cuanto entendemos que el proyecto del Sistema Nacional de Cuidados es bueno y necesario. Ya le hemos dado apoyo cuando se trató en el Senado y se lo vamos a dar, dentro de pocos días, en la Comisión Especial de Población y Desarrollo y, después, en el plenario de la Cámara cuando esa iniciativa complete el trámite legislativo. Precisamente porque apoyamos la iniciativa y queremos hacer todo lo necesario para apuntalarla e impulsarla, nos preocupa que con esta decisión que ha tomado la bancada de gobierno de recortar los recursos que inicialmente se habían previsto se esté introduciendo un elemento de duda en cuanto al desarrollo de los planes, los proyectos y los objetivos en los términos en que estaban previstos. En el proyecto de ley de presupuesto, el Gobierno nacional dedica catorce páginas de la exposición de motivos a fundamentar el Sistema Nacional Integral de Cuidados. Lo define como “uno de los pilares fundamentales que la presente administración se ha propuesto para este período”. Después dice: “La priorización del Sistema Nacional Integrado de Cuidados conlleva que el incremento presupuestal previsto para el bienio 2016-2017 supere los 3.400 millones de pesos”. Lo último que acabamos de leer no se cumplió y no habrá de cumplirse en función de la decisión que acabamos de votar. Está claro que esto solo se va a cumplir en parte; y como en parte no van a estar los recursos, todos los anuncios y los adelantos que hemos recibido en términos de los contenidos del Sistema Nacional Integrado de Cuidados que el Gobierno está estructurando, por lo menos en una parte van a sufrir un retraso; esto es de elemental sentido común. No estamos haciendo inferencias

políticas ni acusando a nadie de nada. Simplemente, estamos recordando que este fue un tema que se puso en el centro del debate en la campaña electoral, que fue la principal promesa desde el punto de vista social del actual presidente de la República y que, por lo tanto, ya no es solo del propio presidente sino de todo el sistema político, a partir de una coincidencia que tenemos con un camino que se nos ofrece recorrer compartidamente. Sin embargo, debemos actuar con sentido de responsabilidad y advertir que estas decisiones pueden relativizar, demorar, entorpecer o dificultar el desarrollo normal de los objetivos que se anunciaron en la campaña electoral. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: como bien decía un diputado preopinante, no se estaba votando la ley sobre el Sistema Nacional Integral de Cuidados sino parte de los recursos que requiere la puesta en práctica de esa ley. Y nosotros, que compartimos el concepto de que lo que expresa dicho sistema tiene que ver con los derechos humanos fundamentales -sobre todo en la primera infancia y en la tercera edad-, tenemos un reparo importante en la formulación del plan, cuando aparece la palabra “integrado”, repitiendo el mismo concepto del Sistema Nacional Integrado de Salud. Esta palabra que está ahí trae consigo, en la prestación de estos servicios tan importantes para la sociedad civil, la incorporación de organizaciones civiles y, en general, de organizaciones económicas y comerciales. Cuando ayer discutíamos el tema de los medicamentos apareció la dificultad central de que en una sociedad como esta la salud es una mercancía. Nosotros hemos visto cómo a partir de la propuesta del Sistema Nacional Integrado de Cuidados han florecido empresas privadas de acompañantes y de atención a la salud vinculadas al área que plantea esta ley. Entendemos que una tarea como la que se propone el plan nacional de cuidados debe ser realizada por toda la estructura que hoy tiene el Estado, ya sea en educación, en seguridad social o a través del Mides, evitando tercerizar funciones que son vitales para la sociedad y para la gente, sobre todo para los más desvalidos.

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El Mides ha tenido la experiencia de realizar actividades a través de ONG o empresas mercerizadas lo que, al final, termina generando problemas con vinculaciones contractuales, aspectos que resolveremos algunos artículos más adelante. Quería dejar fundada nuestra inquietud, nuestra duda y nuestra diferencia con el sistema de cuidados a implantar, a partir de que da un papel muy importante a la participación privada, tratándose de un área de atención donde la mercancía y la ganancia deben estar totalmente ajenas. Muchas gracias. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

48.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: “Visto la solicitud de licencia Del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, por el día 14 de octubre de 2015, ante la denegatoria por esta única vez de los suplentes convocados, y habiendo agotado la nómina de suplentes, ofíciese a la Corte Electoral a sus efectos. Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Susana Pereyra, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Estela Pereyra·. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y uno: AFIRMATIVA. Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. Asimismo, se oficiará a la Corte Electoral solicitando la proclamación de nuevos suplentes. (ANTECEDENTES:)

SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: vamos a solicitar la reconsideración del artículo 511. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA.Unanimidad. Se reabre la discusión del artículo 511. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Hernán Ciganda”.

SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: como hemos constatado que hay que realizar un ajuste a este artículo, vamos a solicitar su desglose. SEÑOR PRESIDENTE (Alejando Sánchez).- Se va votar si se desglosa el artículo 511. (Se vota) ——Ochenta y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

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“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Fernando Suárez”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Marta Torres”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente quien suscribe Hugo Martínez Icardi con CC DBA 17113, CI: 3.772.818-8 comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto por motivos personales. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Hugo Martínez Icardi”. “Corte Electoral Montevideo, 14 de octubre de 2015. SEÑOR PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DON ALEJANDRO SÁNCHEZ 4390/15 272/22-2 Señor Presidente: VISTO: La licencia solicitada por el día 14 de octubre del corriente año, por el señor Representante

electo por la hoja de votación Nº 23, del lema Partido Nacional, del departamento de Maldonado, señor Nelson Rodríguez Servetto y el haber manifestado su voluntad de no aceptar por esta vez, los suplentes proclamados señor Federico Casaretto, señor Luis Borsari y señora Gabriela Camacho. RESULTANDO I: Que a la lista de candidatos a la Cámara de Representantes incluida en la hoja de votación Nº 23 del lema Partido Nacional, del departamento de Maldonado, ordenada de acuerdo al sistema respectivo de suplentes, en la elección realizada el 26 de octubre de 2014, se le adjudicó un cargo, habiendo sido proclamados por el departamento de Maldonado, el candidato titular señor Nelson Rodríguez y sus suplentes señor Federico Casaretto, señor Luis Borsari y señora Gabriela Camacho. RESULTANDO II: Que la Cámara de Representantes hace saber que los suplentes proclamados por la Corte Electoral el día 24 de junio ppdo., señor José Hualde, señor Alejandro Lussich, señor Homero Bonilla y señora Magdalena Zumarán no aceptan la convocatoria por esta vez. RESULTANDO III: Que por nueva comunicación de la Cámara de Representantes hace saber que los suplentes proclamados por la Corte Electoral el 13 de octubre pasado, señora Ana Medina y suplentes señor Óscar Olmos, señora Lirian Miravalles y señor Alberto Heber, no aceptan la convocatoria por esta vez. CONSIDERANDO: que la hipótesis de “agotamiento de lista” prevista en el artículo 17 de la Ley Nº 7.912, de 22 de octubre de 1925, debe entenderse no con el sentido restrictivo que implicaría admitir que se refiere a los casos de ausencia definitiva de los titulares y los suplentes correspondientes, sino con sentido amplio atendiendo a la intención del legislador y coordinando mediante una integración lógica de dicho texto, con normas posteriores (artículo 116, inciso 2º de la Constitución, Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945), dado que lo que se procura es que una lista no quede sin la debida y necesaria representación por ausencia de los titulares y suplentes correspondientes. La Corte Electoral RESUELVE: 1. Proclámase Representante Nacional por el departamento de Maldonado al cuarto candidato de la lista contenida en la hoja de votación Nº 23 del lema Partido Nacional, al señor Hernán Ciganda y suplentes al señor Fernando Suárez, señora Marta Torres y Hugo Martínez Icardi.

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Dichas proclamaciones se hacen con carácter temporal y por el día 14 de octubre, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo único de la Ley Nº 18.218, de 16 de diciembre de 2007 y en el concepto de que se han cumplido las condiciones establecidas en el artículo 116 de la Constitución de la República, por la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, con la redacción dada en su artículo 1º, por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. Saludan a usted muy atentamente. JOSÉ AROCENA Presidente

2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Federico Casaretto, Luis Borsari, Gabriela Camacho, José Hualde, Alejandro Lussich, Homero Bonilla, Magdalena Zumarán, Ana Medina, Óscar Olmos, Lirian Miraballes, Alberto Heber, Hernán Ciganda, Fernando Suárez, Marta Torres y Hugo Martínez Icardi. 3) Ofíciese a la Corte Electoral. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Le solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por el día de la fecha por motivos personales. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, SUSANA PEREYRA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Estela Pereyra. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

MARTINA CAMPOS Secretaria Letrada”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Federico Casaretto, Luis Borsari, Gabriela Camacho, José Hualde, Alejandro Lussich, Homero Bonilla, Magdalena Zumarán, Ana Medina, Óscar Olmos, Lirian Miraballes, Alberto Heber, Hernán Ciganda, Fernando Suárez, Marta Torres y Hugo Martínez Icardi. III) Que habiéndose agotado la nómina es pertinente solicitar a la Corte Electoral la proclamación de nuevos suplentes. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Maldonado, del Partido Nacional, Hoja de votación N° 23, Nelson Rodríguez Servetto, por el día 14 de octubre de 2015.

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49.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. En discusión el artículo 518. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y tres: AFIRMATIVA. Si hay acuerdo entre los integrantes de la Cámara, procedería considerar en conjunto y votar en bloque los artículos 519, 520 y 521. (Apoyados) En discusión los artículos 519, 520 y 521. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

de modos irregulares, generando situaciones de hecho que el artículo 7º preveía regularizar. Entonces, para regularizar se creaban comisiones bipartitas o tripartitas -no recuerdo- en cada organismo. Había que regularizar contratos de obras, de servicios de toda naturaleza, becarios que hacía diez años que estaban trabajando, pasantes desde hacía veinte años, que con el tiempo habían adquirido derechos, por lo que si iban a un juzgado laboral se les daría la razón, ganarían los juicios y los iban a tener que hacer funcionarios públicos porque eran, de hecho, dependientes del Estado. Por lo tanto, el Estado hizo regularizaciones durante un largo tiempo, con la participación de COFE, de todos esos funcionarios, para que hubiera un nuevo punto de partida. En el año 2010, la ley de presupuesto ordena los nuevos modelos o modos contractuales -contrato temporal de derecho público, contrato laboral, contrato artístico, provisoriato, becarios, pasantes, etcétera-, los define, establece sus características, si se pueden renovar o no, su duración, si pueden ser o no funcionarios públicos o si eso no les da ningún derecho, y bajo ese paraguas se dice que se va a ordenar el Estado. ¿Qué tenemos acá? La confesión de que hay un gran desorden, de que hicimos todo eso para que fuera vulnerado por el Ministerio de Desarrollo Social, vulnerando también los derechos de las personas que entraron a trabajar, porque lo que hubo fue una feroz tercerización sin derechos de ninguna naturaleza que, además, permitió el clientelismo. Estos tres artículos intentan regular de tres modos diferentes distintos tipos de vínculos laborales que existen en dicha Secretaría de Estado. El artículo 519 es una maravilla en materia de confesión; es decir, confiesa la irregularidad expresa. ¿Qué se hacía en el Ministerio de Desarrollo Social? Se convocaba a lo que ahora se llaman organizaciones de la sociedad civil -ya no son más ONG- y se hacía un convenio con ellas. El Ministerio, en lugar de llamar a trabajadores de algunas de esas formas contractuales, llamaba a aspirantes, hacía una suerte de concurso, que no era el de la oficina y ventanilla única del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal -que también creamos y que está en manos de la Oficina Nacional del Servicio Civil- sino que era un tribunal del propio Ministerio. Escuchen lo que voy

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: es correcto analizar estos artículos en conjunto porque conforman un todo y, además, ahorramos un buen tiempo a la Cámara. Estos artículos revelan un desastre en la gestión del Ministerio de Desarrollo Social, aunque no quiero calificar. (Interrupciones.- Campana de orden) ——Este Ministerio es el más nuevo. Nació sin historia, se empezó a formar con pases en comisión, comenzó a tener autorizaciones para incorporar funcionarios y entró en el paquete de las reestructuras. Esta era la más fácil de todas porque hacer una reestructura tiene la complejidad de amalgamar en una nueva pirámide organizacional realidades diversas, que vienen de distintas leyes y etapas, sin lesionar derechos ni bajar salarios, pero todo eso no pasaba en el Mides. Este artículo tiene un antecedente: yo participé -al igual que algunos de los legisladores presentes- de un larguísimo debate por el artículo 7º de la ley de presupuestos de 2005, que partía de una base muy criticada por la en ese momento nueva Administración frenteamplista sobre la cantidad de modos para ingresar al Estado y los diversos sistemas contractuales. Debido a que durante mucho tiempo se impidió el ingreso al Estado, los ingresos se hicieron

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a decir: seleccionaba, daba un papelito y les decía: “Tenés que ir al Claeh” o a esta u otra organización. Estas personas iban a esa organización y allí las contrataban. De esta manera, le proveía un funcionario al Mides por el que cobraba y se quedaba con su ganancia o plusvalía, como le llaman algunos. Ese muchacho era dependiente de una organización de la sociedad civil -algunas de las cuales se crearon para ese sistema, o curro, como le llaman algunos-, en la que allí nunca le vieron la cara a nadie; cobraban el sueldo de esa organización que le pasaba el Mides. Se trataba de una burda triangulación para justificar una tercerización que creaba una relación de dependencia real y directa de esa persona con el Ministerio. Su jefe era el Ministerio, pero no quien lo contrataba. Una persona era seleccionada por concurso, pero no por la Oficina de Reclutamiento y Selección de Personal, que daba garantías. El Ministerio se llenó de amigos y de parientes. No sé si ahí estará todavía el yerno, mejor dicho el novio de la hija de quien fue ministra, la señora Arismendi, que había sido contratado en el anterior período. Capaz que se casaron; no sé… El mecanismo es el mismo. (Interrupciones) ——Capaz que le fue peor; capaz que no le alcanzó el sueldo. Lo cierto es que se hizo una cosa espantosa bajo un gobierno de izquierda que vino a arreglar todo el desastre que habían hecho los anteriores y arrancaron 1.400 personas de esta manera. Entonces, no hubo reestructura y ahora, por el artículo 519, se crea una cantidad indefinida de puestos de trabajo. Dice lo siguiente: “Facúltase al Poder Ejecutivo a crear los puestos de trabajo necesarios para dar cumplimiento a la presente norma, dando cuenta a la Asamblea General”. Primero, los crea el Parlamento, pero no los puede facultar. Segundo, se crean nominalmente identificados -se crea uno de comisario, dos de agente, etcétera- y se le da la facultad para que vean cuántos son, pero no lo saben. El artículo 520 es otra modalidad de ingreso -había muchas- y dice: “Facúltase al Inciso 15 ‘Ministerio de Desarrollo Social’ a realizar contratos de trabajo […]”. Recuerden que los contratos de trabajo se hacen por dos años y son renovables para tareas que se entienden permanentes. Y continúa diciendo:

“[…] a quienes se encuentren desempeñando tareas permanentes, mediante un vínculo laboral con organizaciones de la sociedad civil u otras instituciones de derecho público o privado y presten servicios al Ministerio […]”. ¿Cuál es la diferencia? No fueron contratados por una ONG; no sé cómo fueron contratados. Es otra categoría; no venían de otro lado, estaban en el ministerio. Está claro que lo que no hicieron fue concurso, porque no lo establece. Adviertan qué otra diferencia interesante hay. En el artículo 519 se pone una fecha y se dice que se podrá contratar a los que al 28 de febrero de 2015 pasado tuvieran dieciocho meses de vínculo laboral con esa organización, es decir que estuvieran trabajando para el ministerio. En el artículo 520 se suprime la fecha. Esta ley tendrá vigencia al 1º de enero de 2016. Si el 30 de diciembre de 2015 entra una persona, tal como está redactado, queda comprendida porque no establece ningún punto de corte. En el anterior, como dije, se establece la fecha del 28 de febrero, es decir antes de que asumiera este Gobierno. Si a ese momento tenía dieciocho meses de trabajo, tiene el derecho de ingresar al provisoriato y ser un funcionario público presupuestado al final del camino. En el artículo 520 no se establece ningún otro requisito. (Interrupciones.- Respuesta del orador) ——En el artículo no se establece ningún otro requisito; no habla de los meses, pero sí de que las contrataciones se realizarán nuevamente, exceptuando los procedimientos regulados por los artículos 93 y 94 de la rendición de cuentas de 2013. ¿Qué quiere decir? Que ni pasaron por el Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal ni dieron concurso de oposición y méritos. El artículo 521 es para una categoría todavía más difícil de entender, porque lo que desaparece es que puedan haber estado contratados a través de una organización de la sociedad civil. Dice: “Facúltase al Inciso 15 ‘Ministerio de Desarrollo Social’ a realizar contratos de trabajo de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la Ley Nº 19.121, del 20 de agosto de 2013, para aquellas personas que realicen tareas que, pudiendo ser de carácter permanente dadas las características del puesto de trabajo o la naturaleza de las mismas, presentan movilidad o son realizadas en programas transitorios”.

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¿Pueden entrar los becarios? Por esta disposición, pueden. ¿Pueden entrar los pasantes? Pueden, porque el único requisito es que sean personas que tengan una relación de trabajo con el ministerio en una tarea permanente. No habla de qué vínculo, no habla de las organizaciones de la sociedad civil ni de un plazo previo. Creo que estamos armando un paquete complicado para meter un montón de gente. Para finalizar, quiero decir que con este sistema, además, quedan de rehenes todas las personas que entraron a trabajar de forma irregular, que no saben en qué situación van a quedar; algunos mañana serán funcionarios públicos, otros, no sé. A lo mejor, dentro de unos años regularizan a los que están ahora con contrato de trabajo y pasen a ser provisoriatos. Pero los rehenes son los que no se acomodaron y fueron a una ONG, los contrataron con el papelito y empezaron a trabajar en el ministerio. Es lamentable, a esta altura del partido, tener que regularizar de esta manera. Gracias. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

juicios por el tema de la solidaridad de la ley de créditos laborales. Un día aparece en la puerta del liceo un señor -muy mayor, con dificultades para hablar- que con todo gusto recibimos, como debe ser; nosotros provenimos de esos sectores sociales también, así que lo recibimos. Pues bien, traía un papelito que decía que iba a ser el portero del liceo Bauzá. Miré el papelito y era un contrato, aunque muy ajado y desprolijo. Una parte de ese contrato -voy a dar el nombre porque lo digo con todo respeto; además, no tiene la responsabilidad – era la ONG El Abrojo y la otra parte era el Ministerio de Desarrollo Social. En ese contrato, supuestamente laboral, se contrataba a un señor equis para que fuera a cumplir funciones de portero al liceo Bauzá. Adviertan la situación de absoluta irregularidad, porque la ANEP, o por lo menos, el Consejo de Educación Secundaria, debería haber sido parte de esto; además, a este señor -cuyo nombre no voy a dar pero lo recuerdo muy bien porque salí de testigo cuando le hizo el juicio laboral a El Abrojo y, por supuesto, pagó el Estado por incumplimiento de los créditos laborales- se le fijaban competencias de control entre El Abrojo y el Ministerio de Desarrollo Social. Además, tenía una serie de competencias, como el control del horario de los profesores y de los directores; algo insólito. Hicimos el planteamiento ante el Ministerio de Desarrollo Social, no tuvimos suerte, pero en beneficio de este señor que necesitaba trabajar establecimos un muy buen vínculo. No se necesita ser abogado, solo usando el sentido común uno se dará cuenta de la situación: yo era responsable de una institución pública -no era el Claeh o qué sé yo; no: estamos hablando de la Administración Nacional de Educación Pública- y tenía a una persona que no era funcionario público, que no tenía relación de dependencia ni jerárquica, a quien se suponía que yo le tenía que dar las directivas que él aceptaba solo porque era piola, porque si el hombre se me retobaba, en realidad, era empleado de El Abrojo, lo había contratado el Ministerio de Desarrollo Social y nadie me había consultado, lo cual no era sorprendente; todo esto fue en el año 2011. Después este señor tuvo problemas con El Abrojo, hizo el juicio y me pidió que le saliera de testigo; tenía razón, había cumplido bien sus funciones, se había peleado con una supervisora.

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: testigos de la historia: recuerdo que en el año 2005, cuando fue creado el Ministerio de Desarrollo Social, tenía cero personal y debíamos proveerlo con pases en comisión -recuerden la ley especial de los 158-, realmente desde la Prosecretaría General de Secundaria facilitamos su conformación con mucho beneplácito. Además, partíamos de la base de la necesidad del Ministerio y de que, además, por suerte, íbamos a hacer nacer -lo he hablado más de una vez, sobre todo con la exintendenta, exfuncionaria de secundaria y actual subsecretaria de Desarrollo Social, Ana Olivera- un aparato del Estado sano desde la entrada. Esto era algo muy positivo. Después transcurrió el tiempo, uno estuvo en otras tareas y a mí me tocó una situación muy peculiar, que voy a poner de ejemplo. En el mismo sentido que el señor diputado Gandini, no sé en cuál de las tres categorías está, pero situaciones similares han generado al Estado una enorme cantidad de

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¿Por qué pongo este ejemplo? Porque la vida institucional de un país se capta, se va formando de estos ejemplos puntuales a los que después, cuando ponemos en papel, les agregamos palabras y discursos pseudojurídicos; acá ni siquiera eso existe porque, como dice mi compañero, el diputado Gandini, efectivamente es una confesión del desastre. Además, la actual ministra Arismendi cuestionó al exministro Olesker sobre la cantidad de ONG y contrataciones absolutamente irregulares. No voy a decir en este momento -temo equivocarme- la cantidad de observaciones que el Tribunal de Cuentas hizo al Ministerio de Desarrollo Social de la Administración anterior por este tipo de contrataciones a personas que, en su gran mayoría, además -insisto-, por la urgencia de darles el trabajo que necesitaban, por las organizaciones sociales, la vulnerabilidad, y todo lo que ya sabemos, no tenían exactamente formación para nada ni se les había sensibilizado ni dado algún tipo de orientación. Eso nos pasó varias veces al año cuando hubo que pintar las rejas; bueno, un montón de cosas. Yo me imagino esa situación en el momento actual, en que esas personas que formaban parte de una ONG, con un contrato absolutamente precario desde el punto de vista laboral, pasarían a ser funcionarios públicos. El señor al que hice referencia ganó el juicio porque El Abrojo ni siquiera le había hecho los aportes a la seguridad social. Entonces, ahora los ponemos en el Estado como la primera categoría y entran en masa al Ministerio de Desarrollo Social. Sinceramente, yo, que tengo una concepción de Estado distinta, quisiera tener una matriz productiva diferente y una muy buena educación pública para no tener que hacer toda esta superestructura de cosas para justificar el fracaso, para que estén en el Estado y sean funcionarios públicos con todas las características, muy buenas o muy malas, pero sobre todo sin la selección que corresponde en un Estado democrático para que se cumpla el principio básico de igualdad de oportunidades. La verdad es que ahora me pregunto por qué no metí a alguno de mis hijos en una ONG; de repente ahora era funcionario público. ¡Qué sé yo! Lo podría haber hecho. Entonces, veo esto plasmado negro sobre blanco en el proyecto de ley de presupuesto, además de las

otras dos categorías, que realmente no logro entender. Me gustaría que alguien me explicara cómo en el artículo 520 puede plantearse la creación de una comisión de análisis que, además, ni siquiera tiene una estructura institucional; por otra parte, el nombre está escrito con minúscula, de manera que no es un organismo, una dirección; ¡obviamente tampoco una unidad ejecutora! Dice: “Créase una comisión de análisis” -minúscula- “en el ámbito del Poder Ejecutivo integrada por el Ministerio de Desarrollo Social, la Oficina Nacional del Servicio Civil y un delegado de la Confederación de Funcionarios del Estado con la finalidad de dictaminar con respecto a las personas alcanzadas por la presente norma,” -ojo que es el artículo 520- “siempre que exista previa resolución fundada del jerarca del Inciso sobre la necesidad de personal”. Entonces, cuando con todo respeto digo “Esto es el Estado y no el boliche El Resorte” -con el respeto y cariño que le tuvimos a Juceca-, realmente no lo hago por insistir en lo que está mal, porque hay muchas cosas que están bien. Todos estuvimos de acuerdo con el Plan de Emergencia; yo formé parte del Gobierno pero esto, ¡¿qué es?! Que por favor alguien me diga -lo pido con la mayor de las humildades- qué es esta comisión de análisis, qué significa, qué facultades tiene, cómo es posible que se le dé forma difusa. Hasta tengo ganas de recurrir a la teoría de los derechos difusos, que no se aplica mucho pero ya no sé qué código o libro de derecho consultar para ver cómo puede encajar esto, en el sentido correcto de la palabra, en cuanto a una resolución fundada del jerarca del Inciso sobre la necesidad de personal. Entonces, quiero dejar una constancia y, con toda humildad, hacer un llamado de atención. No tengo la capacidad de hacerlo -habrá gente que la tenga y la pondremos a trabajar-, pero pido que se haga de una buena vez una relación del costo de toda esta superestructura para justificar el fracaso de lo que no funcionó bien estructuralmente. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: estamos ante una difícil situación.

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Compartimos el análisis que hizo el señor diputado Gandini de cómo se llegó a esta situación y al nivel de irregularidad que la provocó. Cuando hablé con relación al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, expliqué que tenía reparos con la letra “i”, del vocablo “Integrado”, porque allí entran las ONG, las organizaciones de la sociedad civil, las empresas, las tercerizaciones. Ahora tenemos una realidad: pasó la campaña electoral y viene una nueva etapa. Tal vez se piense que se debe reducir y recortar, pero hay gente en el medio, alguna que lleva tiempo trabajando de manera irregular, mal contratada. No conocía la situación que describió el diputado Gandini: había que ir al Claeh, que era el pagaba. Realmente, debe haber muchas más siglas contratantes de personal que trabaja para el Mides. Además, me llama la atención que ahora un jerarca deba evaluar si la función es necesaria o no. ¿Ahora? ¿Qué estuvieron haciendo hasta ahora? O sea que ahora hay un cambio; se modificó la realidad de tal manera que no se precisan determinadas funciones. Nosotros propusimos un sustitutivo. Partiendo de la base de que en el Estado hay miles de situaciones como esta, de gente que está trabajando, que se gana la vida -la mayoría, honestamente-, que tiene voluntad de aprender y de ser útil, y ante un panorama complicado de la economía, planteamos una propuesta para regularizar la situación de todas las personas que estuvieran trabajando efectivamente en el Estado, en el lugar en que lo estuvieran haciendo. Por eso, vamos a acompañar la idea de que se pueda resolver el problema, porque toda esta gente debe estar en algún plan, proyecto o lugar, y no debe ser tan grande el desastre como para que se les pague y no estén. Esto me hace acordar a la situación de Salto, donde doscientos cincuenta o trescientos trabajadores fueron borrados de la plantilla municipal, y nosotros respaldamos que se quedaran. De la misma forma, vamos a pedir que queden trabajando los que hoy están luchando para mantener su lugar en el Mides. En todos los casos clientelismo político, o no. puede haber habido

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Pido a los señores diputados que hagan silencio. (Interrupción del señor representante Eduardo Rubio) ——Señor diputado Rubio: lo estoy amparando en su derecho a hacer uso de la palabra. Pido por favor que colabore con el presidente. Solicito al resto de los diputados que escuchen al señor diputado Rubio con atención y con respeto, como merece cada uno de los representantes que ha hecho uso de la palabra. Puede continuar el señor diputado Rubio, a quien restan menos de siete minutos. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: pido disculpas por haber salido del tono adecuado. (Ocupa la Presidencia el señor representante Constante Mendiondo) ——Sencillamente, quiero plantear que vamos a acompañar aquello que vaya en el sentido de no dejar por el camino y en una situación más que de incertidumbre a centenares de trabajadores que hoy están preguntándose qué pasará mañana, cuando hasta ayer o hasta anteayer se sentían parte de un proceso productivo, de servicio, concreto para el que estaban contratados. Gracias, presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: nuestra bancada está en contra de estos artículos. Por supuesto que no estamos en contra de quienes se estaban desempeñando en el Mides, cumpliendo funciones allí y desarrollando una tarea, sin duda, noble y muy importante para el país, pero sentimos que a este respecto hay una gran discriminación. Las mil cuatrocientas personas que revistan en funciones en ONG contratadas por el Mides pasarían a tener la calidad de funcionarios públicos; si bien al principio pasarán por un régimen de provisoriato, después estarán presupuestados. Esta situación es discriminatoria con respecto las personas que quieren

(Interrupción del señor representante Paulino Delsa.- Respuesta del orador.- Campana de orden)

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ingresar a la Administración pública; de alguna manera, sienten que se está estableciendo un régimen especial, excepcional, para estos trabajadores. Sin duda, esta problemática surge en el año 2005. Habría sido bueno que en la instancia presupuestal del primer Gobierno del Frente Amplio se hubiera establecido una norma concreta para contratar a los funcionarios que desempeñarían funciones en el Ministerio de Desarrollo Social y otra por la que se proyectara la presupuestación de funcionarios. Nada de eso ha ocurrido. Se ha establecido un régimen totalmente precario para todos estos funcionarios. Sin duda, ello está generando muchas dificultades, inclusive para la gente que quiere seguir estando a la orden del Ministerio de Desarrollo Social, porque no se están cumpliendo ninguna de las normas del ordenamiento jurídico en cuanto a la contratación de funcionarios. Rechazamos la forma que se ha encontrado en el proyecto de presupuesto para hacer ingresar a mil cuatrocientas personas en el régimen de provisoriato. Consideramos que se les debería dar la posibilidad de concursar, como a todos los ciudadanos. En todo caso, estas personas tienen especialización y una experiencia acumulada importante, que debería ser tomada en cuenta como mérito a la hora de estos concursos. Pero no debería hacerse incorporándolos primero a un régimen de provisoriato. Como aquí se ha dicho, aquellos que revistan en las planillas de trabajadores de las ONG que contratan con el Mides, directamente pasarán a este régimen y, en todo caso, unos meses después se los evaluará. Creemos que establecer esta excepción dentro de un régimen general de entrada a la función pública no es correcto y, en definitiva, abriría un antecedente muy peligroso de cara al futuro. Nosotros sí queremos que los funcionarios del Mides, aquellos que tienen contratos laborales y que están en situación de precariedad, tengan la oportunidad de incorporarse definitivamente al organismo, pero sin duda esto tiene que estar basado en un concurso de oposición y méritos, como sucede en toda la Administración, libre y abierto para todo el mundo. También habríamos preferido que se hubiera habilitado una redistribución de funcionarios dentro del Estado, lo que habría permitido que una cantidad de personas que tiene especialización en las materias

que desarrolla el Mides tuviera la oportunidad de optar por ingresar a ese Ministerio, tal vez con alguna compensación especial. Asimismo, habríamos querido que se habilitara un régimen excepcional de pases en comisión para poder tener una plantilla de funcionarios segura y que, en todo caso, en el futuro, se hubiera buscado la posibilidad de su presupuestación dentro de este Ministerio. Por otra parte, no entendemos cómo se pasa a esta cantidad de personas directamente a la función pública, a través de un provisoriato, pero no se tiene la misma actitud con otros organismos del Estado, como el Tribunal de Cuentas, que nos envió una propuesta solicitando la presupuestación de menos de sesenta personas, pero la bancada oficialista no accedió. Esa solicitud presupuestal, enviada por el Tribunal de Cuentas, no tenía costo presupuestal, porque en definitiva van a seguir pagando absolutamente lo mismo que pagaban por esos contratos. Así que, por un lado, desarrollamos una política de ingreso masivo de funcionarios al Mides y, por otro, no permitimos presupuestar a menos de sesenta funcionarios para el Tribunal de Cuentas, cuando están trabajando en la función pública desde hace tres, cuatro o cinco años y ello no implica costo presupuestal. Realmente, no entendemos ese tipo de diferencias y sería bueno aunar criterios y, en el caso específico del Mides, posibilitar el ingreso definitivo a alguna gente a través del concurso de oposición y méritos, como se hace en toda la Administración pública.

50.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Washington Silvera, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Julio Pérez.

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Del señor Representante Alfredo Asti, por el período comprendido entre los días 17 de octubre y 1 de noviembre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Estefanía Schiavone. Del señor Representante Carlos Reutor, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Paula Pérez Lacues. Del señor Representante Nelson Larzábal, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Margarita Libschitz. Del señor Representante Jorge Meroni, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Diego Reyes. De la señora Representante Orquídea Minetti, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Miguel Estévez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y nueve: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 14 de octubre por motivos personales. Saluda atentamente, WASHINGTON SILVERA Representante por Canelones”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor

Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Saluda atentamente, Ivonne Sosa”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Saluda atentamente, Pilar De Amores”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Washington Silvera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto las suplentes siguientes señores Ivonne Sosa y Pilar De Amores. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Washington Silvera, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por las suplentes siguientes señores Ivonne Sosa y Pilar De Amores. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Julio Pérez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside licencia por los días 17 de octubre al 1° de noviembre, por motivos personales, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente. Saluda atentamente, ALFREDO ASTI Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 17 de octubre y 1 de noviembre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Alfredo Asti, por el período comprendido entre los días 17 de octubre y 1 de noviembre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Estefanía Schiavone. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, licencia por motivos personales, por el día

14 de octubre, solicitando se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, CARLOS REUTOR Representante por Canelones”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, Sr. Carlos Reutor, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Matías Dutra”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, Sr. Carlos Reutor, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Gustavo González”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, Sr. Carlos Reutor, comunico a Ud. mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Nibia Lima”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Carlos Reutor. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Mathias Dutra Morales, Gustavo González y Nibia Lima.

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ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Carlos Reutor, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Mathias Dutra Morales, Gustavo González y Nibia Lima. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Paula Pérez Lacues. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por razones personales el día 14 de octubre del corriente año. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, NELSON LARZÁBAL Representante por Canelones”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Carlos Reyes”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Nelson Larzábal. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Carlos Reyes. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Nelson Larzábal, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Carlos Reyes. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Margarita Libschitz. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por el día 14 de octubre, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, JORGE MERONI Representante por Montevideo”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Hernán Planchón”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Melody Caballero”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Charles Carrera”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Meroni. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Hernán Planchón, Melody Caballero y Charles Carrera. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de

1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Meroni, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Hernán Planchón, Melody Caballero y Charles Carrera. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Diego Reyes. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido, solicito al Cuerpo que usted honorablemente preside, me conceda licencia el 14 de octubre de 2015, por motivos personales. Saluda atentamente, ORQUÍDEA MINETTI Representante por Canelones”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente. Miguel Sanguinetti”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente. Rosa Recarte”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Canelones, Orquídea Minetti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Miguel Sanguinetti y Rosa Recarte. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de- 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Canelones, Orquídea Minetti, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Miguel Sanguinetti y Rosa Recarte. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Miguel Estévez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

51.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pasa a votar en bloque los artículos 519 al 521 inclusive. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y uno en ochenta y cinco:

SEÑOR NÚÑEZ (Gerardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR NÚÑEZ (Gerardo).- Señor presidente: lo primero que nos llama la atención son algunos de los argumentos que se ponen sobre la mesa, que no podemos dejar pasar en esta discusión. Que se hable de que cualquiera de los formatos en que venía el proyecto de ley de presupuesto es un desastre, tanto el propuesto por el Poder Ejecutivo como el de la bancada del Frente Amplio, es una falta de respeto, mucho más, teniendo en cuenta de dónde viene el argumento. Tal vez algunos diputados preopinantes estaban haciendo una autocrítica en cuanto a lo que pasó en algunos períodos en que estuvieron al frente del gobierno. Pero no nos queremos detener en estos temas. Podríamos hablar una sesión entera de cómo se hacían los ingresos en el Estado hace poco más de diez u once años. Pensamos que era importante acompañar los artículos propuestos por el Poder Ejecutivo y votamos lo resuelto por la mayoría de la bancada del Frente Amplio. Sostenemos que la propuesta que realizaba el Poder Ejecutivo en los artículos 501 y 502 del proyecto de ley de presupuesto, en primera instancia, reflejaba un acto de justicia; en segunda instancia, nos parece que eran más convenientes, fruto de que se estaban desarrollando esos niveles de acuerdos, que hubo durante la negociación colectiva y que, para nosotros, de donde venimos, es una bandera muy cara, porque se debe a la acumulación histórica, durante décadas, de lucha del movimiento social y sindical para lograr mejores condiciones de trabajo y mejor distribución de la riqueza. Además, pensamos que tanto el artículo 501 como el 502 como estaban propuestos planteaban un apego absoluto a las normas y a la ley en cuanto al ingreso al Estado.

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Por otra parte, consideramos que se instaló una falsa contradicción en la discusión pública. En ningún momento se planteó que los funcionarios ingresaran directamente; van a concursar tanto los del artículo 501 como los del artículo 502. Y los comprendidos en los artículos que se consideraron recientemente, también deberán hacerlo por concurso, porque así está establecido expresamente en la norma. Por lo tanto, pensamos que era más completo lo propuesto por el Poder Ejecutivo. Además, en función del artículo 90 -no del 92-, contratar a aquellos que realizan tareas permanentes y no transitorias también es un acto de justicia y una bandera histórica de la izquierda, pues siempre hemos dicho: a igual tarea, igual remuneración; a tarea permanente, funcionario permanente. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el Partido Independiente acompañó los artículos 519, 520 y 521. Todo el período de construcción y puesta en funcionamiento del Ministerio de Desarrollo Social sufrió las peripecias lógicas de una nueva Cartera que comenzaba su actividad. En el curso de ese tiempo, hubo muchas irregularidades en el funcionamiento, en algunos casos, propias de lo que representa comenzar a aplicar todo un andamiaje en materia social. Como es notorio, de nuestra parte fuimos críticos en muchos de los procedimientos utilizados para contratar funcionarios a través de organizaciones no gubernamentales. Pero sabíamos -éramos conscientes- que era muy difícil estructurar un sistema funcional cumpliendo con todos los mecanismos previstos para ingresar al Estado. Este es un dato de la realidad. Para nosotros, la propuesta del Poder Ejecutivo no era satisfactoria porque, si bien buscaba la regulación, por otro lado quedaba demasiada abierta la posibilidad del ingreso a la función pública. Creemos que las modificaciones que se establecieron en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, presentadas por la

bancada del Frente Amplio, distinguen entre diversas situaciones. Se hace referencia a esta comisión de análisis tanto en el caso del artículo 519 como del 520. Por estos se posibilita que, con la participación del Ministerio de Desarrollo Social, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y un delegado de la Confederación de Funcionarios del Estado, se pueda establecer en forma sistemática una suerte de regulación de la situación de la cual éramos conscientes en este ámbito legislativo. Gracias, señor presidente. SEÑORA GALÁN (Lilian).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA GALÁN (Lilian).- Señor presidente: en primer lugar, queremos desdramatizar esta situación, porque ya se conocen antecedentes, inclusive, de carácter general, para todos los Incisos. En el caso del Mides, se trata de una vía más de regularización de personal que, como bien sabemos, fue uno de los mecanismos que permitió contar con recursos humanos para este ministerio. No se puede desconocer la situación de las personas que actualmente, y desde hace tiempo, cumplen funciones en el Mides. Por tanto, se reconoce ese derecho, y la disposición encamina su regularización. Como ya explicó el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, se tomaron algunas medidas para que se cumpla con las disposiciones de la ley que contemplan esa situación y la entrada a la función pública se haga de forma regular. Además, en el artículo 7° de este proyecto de presupuesto se dan potestades al Mides para su reorganización; nosotros confiamos en que las llevará a cabo responsablemente y contratará a sus funcionarios de acuerdo con lo que establece la legislación vigente. Por lo tanto, no podemos decir que está entrando gente que no cuenta con la regularización de los mecanismos que se ha dado el Estado, de entrada por ventanilla única. Con respecto a la comisión de análisis en el ámbito del Poder Ejecutivo, integrada por el Mides, la Oficina Nacional del Servicio Civil y un delegado de

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COFE, queremos decir que es un formato totalmente racional desde el punto de vista administrativo. Gracias, señor presidente. SEÑORA SANSEVERINO (Berta).- Pido la palabra para fundar el voto SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA SANSEVERINO (Berta).Señor presidente: me siento muy consustanciada con los artículos que acabamos de votar. He estado en el Mides desde el año 2005 al 2010. He conocido las urgencias y las necesidades de personal -como bien se decía-, y cómo surgió ese ministerio. Conozco la abnegación y la cercanía de sus funcionarios con la ciudadanía y con los requerimientos que la sociedad, el gobierno y las organizaciones sociales iban determinando. Todo esto, además de su trayectoria y trabajo, legitiman la importancia de que se haya creado. Por eso me molesta -más que molestarme, me duele- que se pongan ejemplos que tienden a caricaturizar y denigrar las relaciones que el Mides ha tenido con organizaciones sociales, que han sido un pilar en este trabajo social, que permite promover derechos a nivel laboral, de la identidad, de la alfabetización y de los programas de salud. Ha sido una apuesta extraordinaria. Hacer esa apuesta, atender ochenta mil hogares, seguir con el Plan de Equidad y el desarrollo de políticas que permitieron llegar a más de 144 localidades del país, requirió de un esfuerzo enorme que no puede ser oscurecido por un ejemplo que trató de ser gracioso, pero que en realidad ofende y denigra un trabajo social que queremos que cada vez sea mejor y se realice en mejores condiciones. Queremos que muchos jóvenes que hoy están ingresando en esas organizaciones y tendrán otros horizontes, se vean respaldados por una sociedad que valoriza el trabajo social, porque es pilar para una convivencia democrática, de justicia social y de igualdad. Los cambios y las propuestas que se han hecho mejorarán sustancialmente el funcionamiento del Mides, lo que redundará en beneficio de la sociedad. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CIVILA LÓPEZ (Gonzalo).- Señor presidente: en primer lugar, quiero decir que estamos tratando una situación especial. Y es especial no solamente por el tipo de vínculo que existe entre los trabajadores que actualmente desempeñan funciones correlacionadas con el Ministerio de Desarrollo Social y el Estado, sino porque se trata de un ministerio fundado hace poco tiempo, que surgió en una coyuntura muy especial del país. Cuando recién asumió el gobierno del Frente Amplio en el año 2005, tuvo que ponerse al hombro la tarea de construir una institucionalidad para dar respuesta a los problemas sociales que tenía el Uruguay. Eran problemas sociales que no podían esperar, y que en algunos casos debían resolverse con urgencia, pues había ciudadanos que estaban sufriendo situaciones de emergencia, derivadas de políticas que no implementamos nosotros en el país, sino otros. Por esa razón, tuvimos que construir, también con urgencia, una institucionalidad nueva y echar mano a todos los recursos disponibles que tenía la sociedad uruguaya para poder llevar adelante estas políticas. Establecimos una alianza virtuosa con organizaciones de la sociedad civil que nos permitieron, a través de recursos humanos calificados, llevar adelante estas políticas en el territorio, en las distintas áreas en las cuales logramos desplegarlas. Los trabajadores de esas organizaciones de la sociedad civil son personas de carne y hueso, que han puesto su esfuerzo y su fuerte compromiso —muchas veces más allá de las horas regulares que insume un trabajo normal—, con las necesidades de nuestro pueblo y de aquellos que han sido atendidos prioritariamente por el ministerio. Abordar esta situación especial implica también tener eso en cuenta, y esto forma parte de la discusión que estamos dando hoy. Hago mías las palabras del compañero Gerardo Núñez. Nosotros tuvimos una discusión interna con respecto a este tema. Pero quiero decir que esa discusión se produjo por nuestra preocupación de que todo lo que hagamos esté dentro del acceso democrático y transparente a la función pública. Nosotros nos preocupamos por algo que en la historia reciente del Uruguay no ha sido preocupación central de otras fuerzas, que ahora demandan esa solución.

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En esta intervención, quiero reivindicar el trabajo que se ha desarrollado desde el ministerio y a los trabajadores del Ministerio de Desarrollo Social. Más allá de los matices que pueda haber existido en la bancada del Frente Amplio en cuanto a la resolución de este tema, también quiero reivindicar nuestra voluntad y visión política de que a la función pública hay que acceder de forma transparente y democrática, que tenemos que regularizar situaciones especiales como las que tenemos en la actualidad, y no dejar que otros las regularicen. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: no hay que tener una escucha selectiva. Lo primero que dije es que todos estábamos muy ilusionados. Reiteré -todo el mundo lo sabe- que en 2005 yo formaba parte del gobierno; desde Secundaria, con Olivera -ella daba clases de francés y nos unía una relación estrecha-, teníamos entusiasmo y quisimos dar institucionalidad y ayudar. Al principio se ayudó con los pases en comisión y, a veces, en todo el país, directores de liceo y profesores dejaban vacantes los cargos y nosotros cubríamos la irregularidad porque había un entusiasmo muy grande. O sea que eso hay que escucharlo; yo lo dije. La otra cosa que también dije es que queríamos formar, por suerte desde cero, una institucionalidad sana, porque es obvio que antes de 2005 se cometieron muchas irregularidades. Se supone que se venía a cambiar; no a hacer lo mismo o peor. Yo no me conformo; no me hago trampas al solitario. La tercera cosa es que ese no es un ejemplo aislado; tengo más, pero no los quiero aburrir. Y no intenté ser graciosa, para mí fue lamentable por el señor que, además, tenía una relación absolutamente precaria de trabajo. Entonces, quiero que quede claro que hay personas que van a ingresar también por el artículo 520 -si es que la redacción está bien; es bastante confusa, pero más o menos lo entendí- que no tienen una relación laboral con el Mides sino que esta se establece a través de la ONG y esta es la que tiene el vínculo contractual con el Mides.

Espero que eso quede claro y tengo otros ejemplos que tampoco son graciosos; son lamentables. Así que no voy a permitir eso -con todo el respeto que me merece mi compañera legisladora, con quien tengo muy buen vínculo-; no hay que ser selectivo con lo que uno escucha. Muchas gracias. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente: hemos acompañado estos artículos con la percepción de que el trabajo que ha venido haciendo el Mides, en los últimos años y desde su creación, ha sido notable; sencillamente notable. En aquella época, Uruguay y sus ciudadanos íbamos hacia el abismo a toda velocidad. El 40 % estaba en el CTI y el 5 % prácticamente liquidado. Pero el pueblo uruguayo se detuvo al borde del abismo y se puso en sentido contrario. Y allí estuvo el Mides. Allí estuvo Marina Arismendi, con un grupo de colaboradoras y colaboradores, para atender a la gente que estaba en el CTI: 40 % de pobreza, 5 % de indigencia, 20 % de desocupación y los sueldos, los salarios más bajos de los últimos cincuenta años de la historia del Uruguay. Decía que allí estuvo el Mides, creación del Frente Amplio, pero dispuesto por unanimidad de los partidos políticos, y eso hay que mencionarlo. Ya pasaron, señor presidente, diez años desde que comenzó la actividad del Mides, con todos sus defectos y errores. En su momento, se instaló prácticamente en una carpa y en la vereda, porque no había sillas, muebles, escritorios. No había nada y tenía la tarea tan importante de sacar a la sociedad de la pobreza, la indigencia y de una situación social histórica en nuestro país. Lo hizo el Mides, lo hizo Marina Arismendi, lo hicieron sus colaboradores y los trabajadores y lo hizo la sociedad uruguaya. Entonces, con mucho gusto, hemos votado lo relativo al Mides, que hoy tiene otra realidad, totalmente diferente, producto de las políticas públicas, sociales y económicas del Frente Amplio. Gracias.

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SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: voy a ser muy breve. Hemos votado afirmativamente los tres artículos. Creemos que desde el inicio del trabajo del Mides hubo necesidad de la contratar trabajadores, intermediando con las ONG. A esta altura, pensamos que, como el trabajo del Mides ya está consolidado, es necesario modificar esta situación. Por lo tanto, formamos tres grupos de trabajadores. Los que entraron por concurso, fiscalizado y organizado por el Estado, que son los del artículo 520 y fueron contratados por las ONG. Estos trabajadores van a ir al provisoriato. En el siguiente artículo se hace referencia a los trabajadores contratados por las ONG que no dieron concurso, a los que les daremos la chance de firmar un contrato por dos años, con la posibilidad de dos años más. Luego, si quieren ingresar a la función pública tendrán que dar concurso de oposición y méritos con otros uruguayos que también quieran ingresar. Después se verá si tienen más puntaje por ser trabajadores que pertenecen desde hace tiempo al Mides, o no. Pero esa es otra discusión que hoy no está planteada. El tercer grupo de trabajadores es el de los que en el ámbito privado serían trabajadores zafrales. En lo privado es fácil de hacer este tipo de contratación, pero en lo público es tamaña complicación. Es el caso de la realización de un censo, instancia en la que hay trabajo para seis meses y no para toda la vida. Esa contratación por parte del Estado es bastante complicada y creemos que este artículo trata de solucionarlo. Esa es la fundamentación de los tres artículos, que nos lleva a votarlos afirmativamente. Y quiero decir que no hay ninguna animosidad en esa contratación indirecta de trabajadores que son del Estado y trabajan para el Estado, pero que están contratados a través de una ONG. Nada más, señor presidente.

52.- Licencias. Integración de la Cámara.
SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Dese cuenta del informe relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia en misión oficial, literal C) del artículo 1° de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Jorge Pozzi, por los días 2 y 3 de noviembre de 2015, para participar en la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba, convocándose a la suplente siguiente, señora Jacqueline Ubal. Del señor Representante Gerardo Amarilla, por los días 30 y 31 de octubre de 2015, a los efectos de participar de la Reunión Extraordinaria de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba, convocándose a la suplente siguiente, señora Laura Tassano”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En consecuencia quedan convocadas las correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme licencia por los días 2 y 3 de noviembre del presente año, dado que he sido convocado por el Parlamento Latinoamericano a

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participar en la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Organismo, la que tendrá lugar en la ciudad de Oranjestad, Aruba. (Se adjunta invitación). Sin más, lo saluda atentamente, JORGE POZZI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por los días 2 y 3 de noviembre. Sin más, lo saluda atentamente, Mónica Díaz”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por los días 2 y 3 de noviembre. Sin más, lo saluda atentamente, Jorge Rodríguez”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por los días 2 y 3 de noviembre. Sin más, lo saluda atentamente, Matías Rodríguez”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi por los días 2 y 3 de noviembre. Sin más, lo saluda atentamente, Julio Pérez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi, para participar en la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 2 y 3 de noviembre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Mónica Díaz, Jorge Rodríguez, Matías Rodríguez y Julio Pérez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi, por los días 2 y 3 de noviembre de 2015, para participar en la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Mónica Díaz, Jorge Rodríguez, Matías Rodríguez y Julio Pérez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de

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Votación Nº 99738, del Lema Partido Frente Amplio, señora Jacqueline Ubal. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Con motivo de haber sido convocado por la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, para participar de la Reunión Extraordinaria de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano a celebrarse en Aruba, durante los días 30 y 31 de octubre del corriente año, solicito licencia -conforme a lo establecido en el literal C de la Ley Nº 17.827-, del 29 de octubre al 3 de noviembre de 2015. GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Miguel González”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Virginia Fros”.

“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Adán Pimentel”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, a los efectos de participar de la Reunión Extraordinaria de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 30 y 31 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, por los días 30 y 31 de octubre de 2015, a los efectos de participar de la Reunión Extraordinaria de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señora Laura Tassano. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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53.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación).
——Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, se pasa a reconsiderar el artículo 511 del Inciso 15. Tiene la palabra el señor diputado Querejeta. SEÑOR QUEREJETA (José).- En momentos del desglose del artículo 511, cuando estuvo el Mides en la comisión, manifestó que nos iba a mandar una aclaración. Aquí la tenemos, solamente hay que cambiar el primer inciso; el segundo queda como está. Voy a leer cómo quedaría redactado el primer inciso: “Transfiérase el Programa ‘Uruguay Crece Contigo’ actualmente en la órbita de Presidencia de la República, al Inciso 15 ‘Ministerio de Desarrollo Social’, Unidad Ejecutora 001 ‘Dirección General de Secretaría’, Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo. Los bienes, derechos, obligaciones, puestos de trabajo y créditos afectados al uso de ‘Uruguay Crece Contigo’ serán transferidos de pleno derecho al Inciso 15 ‘Ministerio de Desarrollo Social’ en lo que corresponde a los cometidos y atribuciones transferidas”. Esa es la redacción final del primer inciso. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: la corrección que se acaba de mencionar nos resulta satisfactoria. Precisamente, en nuestra intervención anterior señalamos que había una carencia en la concepción inicial de este artículo – señalamos en la comisión-, en cuanto a que no se aludía en forma cabal a la transferencia, entre otras cosas, de los créditos correspondientes. Por lo tanto, creo que esto subsana la situación. Queremos decir que nos parece bien y que, por ende, vamos a votar más gustosos todavía el artículo 511. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 511, con las modificaciones a que se ha dado lectura en sala. (Se vota) ——Ochenta y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

En discusión el artículo 522. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cuatro en ochenta y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 523. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 524. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 525. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 526. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y tres en ochenta y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 527. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: el Partido Nacional no votará el artículo 527 y yo quiero adelantar la justificación de nuestra actitud diciendo que, si desde nuestro punto de vista han proliferado los cargos de particular confianza a lo largo y ancho de la Administración, creo que el Ministerio de Desarrollo Social es un ejemplo por demás elocuente de esta situación. Desde su propio establecimiento, se han ido creando cargos de particular confianza, prácticamente para todos los programas que componen el Ministerio de Desarrollo Social. En este caso, adviértase que a través del inciso segundo, se están creando dos cargos de particular confianza, uno denominado director nacional de Uruguay Crece Contigo, el mismo

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programa que acabamos de trasladar de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto -cosa que acompañamos, que apoyamos, porque consideramos pertinente-, y ya le creamos un cargo de particular confianza para que quien esté al frente sea de confianza política del Gobierno. No estamos hablando de atender un área; estamos hablando de atender un programa específico, entre otros que, obviamente, tienen que ver con la niñez o apuntan a la misma área de competencia que se está contemplando con la creación de este cargo. El otro cargo que se crea es el de director nacional de Protección Integral en Situación de Vulneración. Es un nombre bastante complejo y un poco kafkiano. Yo no sé, a esta altura, si este es el cargo del sociólogo Bango. Si no es así –mediante gestos, la señora diputada Berta Sanseverino me está indicando que no lo es-, no sé cómo quedará todo esto. Porque, por un lado, en la ley de creación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados se crea la Secretaría de Cuidados y un titular, que será el sociólogo Bango, y se habilita de una forma bastante inconstitucional -porque la ley de creación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados no es ley presupuestal- que la Contaduría General de la Nación autorice los créditos correspondientes para las respectivas dotaciones presupuestales del cargo de Secretaría de Cuidados. Entonces, vamos a tener una Secretaría de Cuidados, creada por la ley del Sistema Nacional Integrado de Cuidados y, además, tendremos un director nacional de Protección Integral en Situación de Vulneración, que da la sensación -por lo menos, desde el punto de vista semántico- que está referido al mismo objetivo o a la misma atención, es decir, a las personas en situación de vulnerabilidad. Creo que esto confirma que los cargos de particular confianza crecen como hongos en el Ministerio de Desarrollo Social y hay una especie, ya no de superposición, sino de multiplicación de funciones, todas sobre la base del sustento de cargos de particular confianza. Francamente, me parece una desprolijidad, sin perjuicio de otros calificativos que, razonablemente, se podrían mencionar. Gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: lamento tener que insistir con el mismo tema, pero a través del inciso segundo del artículo 527 se crean dos cargos de particular confianza. No se establece en qué nivel de la escala de los cargos de particular confianza se ubica, si van a percibir retribuciones según lo establecido en alguno de los literales del artículo 58 de la Ley Nº 15.809 -por esa norma reciben su retribución; de lo contrario, no la tienen fijada- o según la ley de presupuesto del año 2010, con la modificación del año 2012, que establece que perciben una retribución equivalente a un porcentaje que debe fijar la ley, del sueldo de senador de la República. No dice ninguna de las dos. Eso es un error, que deberá corregirse porque, si no, no tendrán referencia salarial. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 527, que requiere cincuenta votos conformes. (Se vota) ——Cuarenta NEGATIVA. y nueve en ochenta y nueve:

54.- Intermedio.
SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Solicito que la Cámara pase a intermedio por cinco minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y nueve en ochenta y ocho:

La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 17 y 17) ——Continúa la sesión. (Es la hora 17 y 22)

55.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con la consideración del asunto motivo de la convocatoria, tiene la palabra el señor diputado Carlos Varela Nestier. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Solicito que se rectifique la votación del artículo 527.

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SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y tres en ochenta y nueve:

extinción o cumplimiento, toda otra forma de terminación de la causa, como la gracia, el fallecimiento, la prescripción, amnistía o clausura dispuestas por leyes especiales, y en general toda la información que indican las planillas de antecedentes. Artículo 534.- Se tendrá por autentica la información emitida por el Instituto Técnico Forense, en merito a lo establecido en la Ley Nº 4.056, de 12 de julio de 1912, a través de medios telemáticos. Artículo 535.- Derogase la Ley Nº 4.056, de 12 de julio de 1912, en cuanto se oponga a los artículos de este Inciso. Artículo 536.- El Registro de Estado Civil, a cargo de los Jueces de Paz del Interior de la Republica, pasara a funcionar antes del 1º de enero de 2019, en Oficinas dependientes de la Dirección General del Registro de Estado Civil, de acuerdo a lo establecido en el artículo 154 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969. En tanto esta función continúe a cargo del Poder Judicial será transferido al mismo el monto equivalente a la recaudación por concepto de esta actividad que cumplan las sedes judiciales en el Interior del País, con destino a financiar los gastos de funcionamiento e inversiones que requiere dicho servicio”. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: en realidad, quiero proponer un modo de discusión y votación de este Inciso. Como se sabe -en su momento nos referiremos a ello- el Poder Ejecutivo no recogió ningún artículo del Poder Judicial. Este Inciso no venía incorporado en el mensaje del Poder Ejecutivo pero la comisión recogió, entre los artículos 530 y 536, unos artículos que sí venían en el mensaje del Poder Judicial, sin costo. Esto es lo que tenemos que considerar ahora. Además, hay hojas, que son artículos aditivos, que van de la Nº 48 a la Nº 58. Estas hojas fueron presentadas por el Partido Nacional. En realidad, se da nuevamente estado parlamentario a artículos enviados por el Poder Judicial que no obtuvieron

Corresponde iniciar el tratamiento de la Sección V, “Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República”. Se pasa a considerar el Inciso 16, “Poder Judicial”, que comprende los artículos 530 a 536, inclusive. (Texto del Inciso 16:) “Artículo 530.- El Registro Nacional de Antecedentes Judiciales, dependiente del Instituto Técnico Forense, tendrá por fin exclusivo comunicar sus datos a las autoridades del orden judicial en materia penal, a fin de comprobar la reincidencia. Fuera de estas autoridades, ninguna otra persona tendrá derecho a pedir exhibición de sus datos, ni exigir copia alguna. Artículo 531.- Los jueces intervinientes en los procedimientos penales tendrán acceso a la información concerniente a los antecedentes del imputado antes de disponer el procesamiento, contando para ello con la identificación fehaciente del mismo, efectuada por la autoridad administrativa. Dicha identificación incluirá la toma de huellas decadactilares, cedula de identidad y fecha de nacimiento del imputado. Artículo 532.- Una vez dispuesto el auto de sujeción al proceso y demás actos procesales que correspondan, deberá efectuarse la comunicación al Registro Nacional de Antecedentes Judiciales acompañando los recaudos identificatorios, a fin de su inscripción en dicho Registro conforme la normativa vigente. No serán inscriptos los procedimientos por faltas previstas en el Código Penal o en Leyes especiales. Artículo 533.- Asimismo deberán comunicarse las sentencias de condena y fecha de ejecutoriada de la misma, cambios de jurisdicción, forma en que fue cumplida la pena, libertad anticipada y condicional, así como su

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mayorías en la comisión, pero que el Partido Nacional pretende que se discutan. Proponemos que la votación se haga en dos bloques y un artículo por separado. Un bloque estaría formado por los artículos 530 a 535; que se vote separado el artículo 536, y que luego se proceda a votar en bloque las Hojas que van de la Nº 48 a la Nº 58. Como el tema es uno solo -no refiere tanto a cada artículo, sino al tema del Inciso-, proponemos que en este momento se abra una sola discusión sobre todo el Inciso Poder Judicial, agotada la cual votaremos la propuesta realizada: los dos bloques y el artículo 536 aparte. Esto es para poder dar un debate sin entrar en cada artículo y extender mucho la discusión. Gracias, señor presidente. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que apoyamos la propuesta del señor diputado Gandini. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: creo que, en el transcurso de esta discusión, hemos llegado a uno de los puntos más complejos, polémicos y preocupantes que contiene, o no, esta propuesta presupuestal. Pienso que hay una circunstancia inédita con relación al Inciso 16 Poder Judicial. En la discusión general, nosotros hablamos de lo que hemos dado en calificar como una rebaja de la calidad institucional que las disposiciones del proyecto de presupuesto nacional enviado por el Poder Ejecutivo habrán de provocar en la realidad institucional del país, en función de lo que calificaríamos de injustificada omisión -por decirlo con un eufemismo- que ha protagonizado el Gobierno a la hora de excluir -es lo que ha hecho- al Poder Judicial de las previsiones presupuestales y de los más mínimos incrementos de

las partidas presupuestales en la instancia que el Parlamento está analizando. Tan grave es esto que yo estoy denunciando que, de llegar a concretarse el propósito del Gobierno -como, lamentablemente, muchos tememos que acontezca, porque todos sabemos cuál es la ecuación política en la que estamos inmersos a la hora de sostener este debate-, el Poder Judicial, al cabo de los cinco años del gobierno del doctor Vázquez, habrá de descender su participación en el presupuesto nacional en términos históricos, llegando a niveles que estarán por debajo de los que el Poder Judicial tenía en los tiempos de la dictadura militar. El gobierno del doctor Vázquez, el gobierno del Frente Amplio está proponiendo al Parlamento que el Poder Judicial tenga, a partir del 1º de enero del 2016, el presupuesto más bajo de su historia; por lo menos, desde la reinstitucionalización democrática hasta el presente. En la actualidad -esto no es algo que hayamos inventado nosotros; lo denunciaron los ministros de la Suprema Corte de Justicia cuando comparecieron a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda-, la participación del Poder Judicial en el esquema o en la estructura presupuestal es de 1,17 %. Las proyecciones presupuestales -en función de que los demás organismos y las demás reparticiones del Estado incrementan su presupuesto y el Poder Judicial lo congela- muestran que el resultado de eso será que el Poder Judicial estará por debajo en un punto porcentual en cuanto a la participación presupuestal. Esto es de una enorme gravedad; es absolutamente inexplicable. Y yo creo que se explica a partir de una sola circunstancia, que no es nueva, porque esto no empezó en el año 2015, con esta “solución” -llamémosle así, entre comillas bien grandes- que el Poder Ejecutivo remite al Parlamento nacional. Esto empieza en el año 2010 y también antes. A mi juicio, los gobiernos del Frente Amplio -se acentúa a partir de que el señor Mujica asumió la Presidencia de la República, pero esa tendencia la confirma ahora el doctor Vázquez- han actuado con un enorme desprecio por la Justicia del Uruguay; han actuado con una enorme irresponsabilidad; han actuado de forma antirrepublicana. Digo esto porque no reconocer la importancia del Poder Judicial en la constelación de una organización de carácter democrático como la

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que hemos tenido en el país, es no reconocer el principio de la separación de poderes; es no reconocer la independencia con la que deben actuar los magistrados judiciales en el Uruguay y para lo cual, obviamente, resulta indispensable que puedan contar con los recursos, con los medios económicos mínimos imprescindibles para manejarse y poder cumplir con su intransferible función jurisdiccional. Quiero recordar al Gobierno, a través de quienes lo representan en la Cámara de Diputados, que el Poder Judicial no está sometido al poder político. En los países donde sí lo está, así les va desde el punto de vista de la calidad democrática; así les va a los ciudadanos de esos países desde el punto de vista del cercenamiento de sus derechos, del recorte de sus libertades individuales y de la falta de garantías. Si eso históricamente no aconteció entre nosotros es porque, por suerte, el Uruguay -siempre fue un país serio, con una democracia reconocida en la región y en el mundo precisamente por su calidad y su fortaleza-, entre otras cosas, justificó su fortaleza y su calidad en la existencia de un Poder Judicial separado del poder político y verdadera y auténticamente independiente. Por eso, nuestra Constitución consagra la separación de poderes dotando de la mismísima jerarquía institucional y constitucional a los tres poderes por igual: a los poderes políticos por antonomasia -el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo- y al Poder Judicial, que es la garantía del control y de la vigencia plena de los derechos individuales. Cuando digo que hubo una actitud de desprecio de parte de los gobiernos del Frente Amplio, me refiero a la discusión que tuvimos en el presupuesto pasado, cuando el ex presidente Mujica y su gobierno impulsaron una solución absolutamente violatoria de la legalidad y de la Constitución, pretendiendo rebajar la dotación salarial de los magistrados -nada menos- y de todos los demás funcionarios del Poder Judicial que están enganchados a ellos por la vía de subir el sueldo de los ministros del gobierno y de otros cien funcionarios del Poder Ejecutivo que estaban y que están enganchados -hablando mal y pronto- a los ministros, pero desenganchando -sigo utilizando la misma expresión- a los magistrados judiciales de la equiparación con los senadores. Eso dio lugar al conflicto que todos sabemos aconteció y que todavía no se solucionó, con todo lo gravoso que implicó

desde el punto de vista del deterioro institucional del Uruguay. Para mitigar o disimular esto, el Gobierno dio señales confusas. El señor ministro Astori -a poco de asumir como Ministro de Economía y Finanzas en esta segunda etapa- dijo que el Gobierno reconocía este problema y que buscaría una solución para salir del conflicto judicial a breve plazo y que, a más tardar, en la instancia del presupuesto nacional -estapropondría una salida para, de una vez por todas, laudar y solucionar el tema del conflicto con los trabajadores judiciales y con los magistrados judiciales, y, por lo tanto, para encauzar las cosas por el camino correcto y la justicia pudiera actuar con regularidad, cosa que no ocurrió en los últimos meses por las razones que acabo de señalar. Esa solución nunca llegó; todavía la estamos esperando. No vino en el presupuesto; no vino antes del presupuesto y tampoco se anuncia que vaya a venir con posterioridad. Por eso, señor presidente, nosotros queremos denunciar esta situación. Y por eso, sin incurrir en facilismos, en complacencias o en demagogias, no fuimos por el camino de acompañar -algo que hubiésemos podido hacer porque el Poder Judicial tiene iniciativa presupuestal- íntegramente el mensaje del Poder Judicial, que fue un planteo de máxima; fue un planteo de presupuesto ideal, digámoslo así. No. Lo que hicimos -están los aditivos que en un rato la Cámara va a analizar- fue proponer al Cuerpo el respaldo a aquellos aspectos que nos parecen más urgentes y absolutamente indispensables para que el Poder Judicial pueda seguir desempeñando sus funciones. Algunos de los aditivos que presentó el Partido Nacional refieren a artículos sin costo, y ni siquiera el Gobierno se dignó a incluirlos en la propuesta presupuestal. Creo que eso es hacer daño por el daño mismo, porque no tiene costo presupuestal de especie alguna. Proponemos recursos para que se termine el Centro de Justicia de Maldonado, algo sobre lo que la señora diputada Elisabeth Arrieta abogó con mucha insistencia. También lo hizo -debo decirlo- el señor diputado Germán Cardoso en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Acompañamos el artículo del mensaje del Poder Judicial por el que se dota de $ 20.000.000 por año al organismo para que pueda financiar el pago de las

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sentencias de condena de las cuales es objeto por el desarrollo de su actividad jurisdiccional, algo absolutamente indispensable, de mínima necesidad para poder cumplir con sus obligaciones. Proponemos que se respalden algunas de las medidas vinculadas con la creación de algunos cargos de magistrados y de otras funciones para poder empezar a implementar el nuevo proceso penal teniendo en cuenta que, además, el Poder Ejecutivo cometió una llamativa asimetría, porque mientras al Poder Judicial no le ha dado nada, a la Fiscalía General de la Nación le dio todo. Eso es algo que nos llama mucho la atención; dejaremos este comentario pendiente porque lo desarrollaremos cuando tratemos el Inciso 33. Entre otras cosas, acompañamos la creación del Departamento de Derechos Humanos, Equidad, Género e Infancia que, ni más ni menos, constituye el cumplimiento del Estado de sus obligaciones internacionales emanadas de la sentencia de la Corte Interamericana de Justicia con relación al caso Gelman. En su momento, se establecieron determinadas obligaciones para el país, entre otras cosas, en lo que tiene que ver con la capacitación de magistrados y de funcionarios judiciales en materia de derechos humanos, cosa a la cual el Frente Amplio se negó sistemáticamente, no ahora, sino en todas las instancias presupuestales que se cumplieron desde que esa sentencia se produjo hasta este momento. El Partido Nacional actuó como acabo de señalar. Por todas esas razones, el Partido Nacional señala como un atentado lo que el Gobierno cometió contra la justicia del Uruguay, contra el Poder Judicial, contra la separación de poderes y, por lo tanto, contra la democracia. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: este es un tema que analizamos, que discutimos varias veces en el transcurso de los últimos cinco años, a partir de 2010 hasta el presente. Como motivo de la aparente exclusión en la propuesta de presupuesto del Poder Ejecutivo, se dijo que, de alguna manera, esto es rebajar el carácter institucional del Poder Judicial, en tanto uno de los

tres poderes del Estado; también se habló de una afectación de la separación de poderes. Nosotros reiteramos, confirmamos y defendemos estricta y ampliamente la separación de poderes con competencias exclusivas y excluyentes de cada uno de los poderes del Estado. No fueron el Poder Legislativo ni el Poder Ejecutivo que asumieron en este caso algunas de las materias que tiene reservadas el Poder Judicial. El artículo 238 de la Constitución de la República es muy claro cuando dice que este poder del Estado violó la Carta. Será este poder del Estado el que fije las dotaciones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia: artículo 238 de la Constitución. Recordémoslo cuando digamos que hubo resoluciones que tuvieron carácter de inconstitucionales cuando se estableció en el presupuesto de 2010 aumentos a otros funcionarios públicos. El Poder Legislativo, reitero, es el único poder del Estado, en forma exclusiva y excluyente, que puede aprobar las retribuciones de cualquier funcionario público. Por eso hacíamos referencia al artículo 238 de la Constitución. Discutimos mucho sobre si correspondía enganchar o desenganchar -términos utilizados en sala- de esta norma a algunos funcionarios. Por supuesto que ratificamos la vigencia del artículo 85 de la Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985 que, de paso, aclaramos no es una ley presupuestal porque tuvo sus consecuencias. ¿Qué dice el artículo 85 de la Ley Nº 15.750? Que las dotaciones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia no podrán ser inferiores a las de los ministros secretarios de Estado. No hay equiparación. Dice que no pueden ser menores. ¿Por qué? Porque se contempla la posibilidad de que sean mayores, como ya pasaba en el año 2010. En todo el proceso posterior, cuando el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo intentaron realizar, dentro de sus competencias exclusivas y excluyentes, la interpretación de las normas que se habían votado en el presupuesto de 2010, el Poder Judicial entendió, por dos veces consecutivas, que tanto la norma interpretativa como la norma presupuestal aprobada en la Rendición de Cuentas siguiente -cuando, reitero, los dos poderes intentaban ejercer las competencias que en forma exclusiva y excluyente les da la

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Constitución de la República- debían ser declaradas inconstitucionales por razones de forma. Algunas de ellas, como hemos comentado en sala, son de antología, entre otras cosas, porque en oportunidad de aprobarse la Rendición de Cuentas del año 2012 esta Cámara de Diputados ni siquiera -palabras textuales de la sentencia de quienes en ese momento integraban la Suprema Corte de Justicia, subrogantes de los ministros que no podían actuar porque habían accionado contra el Estado- había tenido conocimiento de las modificaciones introducidas en el Senado en los artículos 14, 15 y 16 de esa ley. Por lo tanto, ni siquiera estaba perfeccionada esa ley como tal, porque la tercera Cámara -como solemos decir- no había aprobado esos artículos. Eso es absolutamente falso. Aquí estamos presentes dos protagonistas directos, testigos de que la Cámara sí tuvo conocimiento, porque lo discutimos en esta misma sala, desde estas mismas bancas que hoy ocupamos: el diputado Abdala y quien habla. Por lo tanto, la Cámara sí tuvo conocimiento. Por supuesto, también tuvo el informe en mayoría que refería a los artículos 14, 15 y 16 de esa Rendición de Cuentas. Simplemente, lo dejo a modo de anécdota para demostrar cómo a veces se utilizan argumentos formales para desechar la vigencia de una ley por medio de la cual, dentro de sus competencias exclusivas y excluyentes, en este caso el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo intentaban regular el tema de las retribuciones de los funcionarios públicos del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo, que también quedaban enganchados. Como nosotros sí respetamos la separación de poderes, ante ese avasallamiento del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, en diciembre de 2014, el Poder Ejecutivo nos envió un proyecto, que luego de aprobarse se convirtió en la actual Ley Nº 19.310, mediante el cual se intentó superar ese problema. A través de esta se encontró una solución que, entre otras cosas, otorga un aumento al Poder Judicial, y lo hace como adelanto de lo establecido en el artículo 383 de la Ley Nº 19.149, de octubre de 2013. La última vez que hicimos referencia a este tema, dijimos que el Poder Ejecutivo incluiría una solución para el siguiente presupuesto quinquenal, que es el que estamos considerando.

Por lo tanto, hay una norma vigente, que también ha sido nuevamente cuestionada desde el punto de vista constitucional por la Suprema Corte de Justicia. Por lo tanto, estamos a la espera -como ya se dijo reiteradamente- del fallo que determinará si esa ley es constitucional o no, a los efectos de poder aplicarla. Eso con respecto al conflicto. En referencia a que la propuesta del Poder Ejecutivo no contempló al Poder Judicial –así como a algunos otros organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución-, eso se encuadra claramente en las definiciones presupuestales que, antes de presentar, el Poder Ejecutivo nos hizo llegar a todos los legisladores: de la oposición y del oficialismo. Si analizamos cómo se componen los aumentos presupuestales, veremos que hay varios Incisos de la Administración Central que no tienen ningún incremento. Por el contrario, en el artículo 5º hay una rebaja importante del Rubro 0 de varios organismos, encabezado por el Ministerio de Economía y Finanzas, que resigna US$ 470.000.000 de sus créditos correspondientes a ese rubro. Hay otros Incisos que no tienen ninguna asignación y, además, disminución de su Rubro 0 en el mismo artículo 5º. Esto no es de extrañar, porque lo que sucede es que ni el Ministerio de Economía y Finanzas ni el Poder Judicial estaban dentro de las prioridades definidas para el aumento presupuestal. Tampoco es cierto que en estos períodos del gobierno del Frente Amplio el Poder Judicial no haya sido contemplado. ¡En el primer Gobierno del Frente Amplio, el Poder Judicial tuvo un aumento histórico del 30 % en términos reales de la masa salarial! Si comparamos 2014 con 2004, el Poder Judicial creció un 70 %, igual que la Administración Central; un 80 % crecieron los organismos de contralor; un 130 % los organismos comprendidos en el artículo 220, y en el total del presupuesto creció 1,65 %. O sea que el Poder Judicial, al igual que la Administración Central, crecieron por encima del promedio del período 2004-2014. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Esa es la realidad que queríamos dejar en claro. Esto es cuanto hemos podido expresar dado el tiempo de que disponíamos. Gracias, señor presidente.

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SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Germán Cardoso. SEÑOR CARDOSO (Germán).- Señor presidente: en la discusión en general de la sesión del pasado domingo señalamos que este era un Inciso realmente trascendente, que no podía pasar desapercibido en el articulado como organismo de contralor en la dirección y el rumbo que ha tomado el Poder Ejecutivo en su tratamiento. Creemos que ha habido un desmedro de los conceptos de calidad democrática y republicanismo de todas aquellas acciones presupuestales que vayan en el sentido de fortalecer los organismos de contralor. Algo similar a lo del Poder Judicial sucede con el Tribunal de Cuentas y con el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que son órganos con competencias bien claras, mandatadas por la Constitución de la República y que representan la garantía que tienen todos los ciudadanos, para que, más allá de las voluntades políticas, cuando se reúnen mayorías para legislar, las normas tengan el estudio serio, profundo y debido dentro del sistema. Desde hace once años, un partido político del Uruguay legítimamente ha ganado la mayoría parlamentaria en las urnas. Es un dato de la realidad, señor presidente, que no podemos dejar pasar por alto; es legítimo y lo reconocemos. Creemos que más que nunca cobra importancia el rol de todos los organismos de contralor, para actuar más allá de una voluntad política determinada y ser la última trinchera de garantía de todos los ciudadanos de la República, tanto para los que tengan afinidad ideológica con el Gobierno como para los que no, es decir, los que discrepen con él. Para eso necesitamos un Poder Judicial fuerte; un Poder Judicial que actúe con absoluta independencia, como está establecido con claridad en la Constitución de la República. Lamentablemente, en los hechos y en este articulado se prevén normas que atentan directamente contra esta separación de poderes y, por sobre todas las cosas, contra la independencia de funcionamiento del Poder Judicial en todo aquello que tiene que ver con dar cumplimiento a los fallos que este organismo dicta. En el articulado que tenemos a estudio no se ha incluido ningún tipo de aumento ni se ha tenido en cuenta nada de lo que ha presentado el Poder

Judicial, como aquí se ha dicho. Sin embargo, se ha aumentado de manera significativa el gasto de otras reparticiones del Estado, incluso a costa del aumento del déficit fiscal. No se ha contemplado de la misma manera a tan importante Poder del Estado, ni a los organismos de contralor. Lejos de eso, en el articulado se incluye una norma que modifica el régimen de pago de las sentencias, de los laudos y las transacciones… (Interrupción de la señora representante Cecilia Bottino.- Respuesta del orador.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Por favor, señores diputados, no dialoguen. Puede continuar el señor diputado Cardoso. SEÑOR CARDOSO (Germán).- Señor presidente: antes de murmurar sería importante escuchar con atención lo que uno está diciendo. Estoy diciendo que en el articulado del mensaje presupuestal que estamos estudiando, está comprendida la modificación del pago de los laudos del Poder Judicial. Se establece en este presupuesto que el pago de todos los fallos que el Poder Judicial pronuncie en contra del Estado se va a condicionar a la inclusión de la previsión presupuestal correspondiente a las siguientes instancias presupuestales. ¡A las siguientes instancias presupuestales! Ni siquiera dice a la próxima; puede ser la que viene, la siguiente o la otra. (Interrupción de la señora representante Cecilia Bottino.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Por favor, señora diputada, no interrumpa. Ya la anoté para hacer uso de la palabra. Puede continuar el señor diputado Cardoso. SEÑOR CARDOSO Presidente. (Germán).Gracias, señor

Esta disposición contenida en el articulado atenta directamente contra la independencia del Poder Judicial, y lo que estoy diciendo está vinculado con el Inciso que estamos tratando. A todas luces, es una disposición violatoria del principio de separación de Poderes y, reitero, ataca la independencia del Poder Judicial. Por ende, es inconstitucional; no se necesita ser experto ni esperar el pronunciamiento de la

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Suprema Corte de Justicia para interpretar este tipo de normas. Hay una discriminación, porque en todos los fallos que condenen al Estado o al sector público no habrá mandato directo del Poder Judicial, sino que será potestad discrecional del Poder Ejecutivo establecer cuándo y cómo se pagará. Hay una vinculación directa del articulado con los reclamos que han hecho los funcionarios del Poder Judicial, algo a lo que hacía referencia el diputado Abdala. No encontramos en el articulado ni una sola norma que prevea el desembolso de dinero que tendrá que hacer el Estado en caso de que se falle en su contra en el juicio que han iniciado los funcionarios del Poder Judicial, entendiendo que les corresponde el aumento que no se les dio por haberse desenganchado -en el período de Gobierno anterior- los sueldos de los ministros de la escalera de mandos. Estamos absolutamente convencidos de que la Justicia va a dar lugar a los reclamos que están haciendo los funcionarios del Poder Judicial. Obviamente, es una percepción, pero existen grandes chances de que se falle en ese sentido, porque ya ha habido pronunciamientos y ahora se está a la espera de nuevas instancias. Esta situación llevará a que la cancelación de las deudas del Estado con los funcionarios del Poder Judicial se dilate en el tiempo, de una forma absolutamente ilegítima. El Poder Judicial presentó un articulado que contenía diferentes inversiones para el desarrollo de determinadas infraestructuras. Esto fue objeto de una de las preguntas que hicimos al señor presidente de la Suprema Corte de Justicia durante su comparecencia en la comisión. Entre dichas infraestructuras se encuentra la construcción de la sede del Poder Judicial en Maldonado, como dijo el señor diputado Abdala. Lamentablemente, esa obra, que tiene tres etapas y concentraría todas las oficinas del Poder Judicial en un mismo edificio, no se va a poder realizar una vez aprobado este proyecto de ley de presupuesto. Por suerte -es mejor algo que nada-, los recursos van a alcanzar para cumplir con la primera etapa de la obra y quedarán postergadas la segunda y la tercera. A partir de lo que puso en conocimiento de la comisión el presidente de la Suprema Corte de Justicia, va a quedar para instancias futuras, con un gran signo de interrogación, la materialización de esta

obra tan trascendente y tan postergada en un departamento tan importante del Uruguay. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Redondeo, señor presidente. Hoy apelamos al diálogo y a la buena voluntad, pero no por un capricho, sino para que se optimicen los gastos del Estado. Anualmente, en el departamento de Maldonado, el Poder Judicial paga cifras millonarias por alquiler de instalaciones. Lo que pagaría por concepto de alquileres en diez años, alcanzaría y sobraría para cumplir con la segunda y la tercera etapas de la construcción del edificio del Poder Judicial. Por estos motivos, queremos dejar manifiesta nuestra voluntad de insistir en esto y de golpear todas las puertas que sean necesarias. Tal vez sea posible realizar un acuerdo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, con el Banco de la República para obtener un préstamo, y en vez de seguir desembolsando estas cifras siderales de dinero en el pago de alquileres, el Poder Judicial pueda pagar al banco ese crédito… (Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Le ruego que termine, señor Diputado. SEÑOR CARDOSO presidente. (Germán).Sí, señor

De este modo, el Poder Judicial podría contar con su edificio propio, que formaría parte del patrimonio de todos los uruguayos. Muchas gracias. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: nosotros no nos vamos a amputar la posibilidad de opinar en este tema porque estamos hablando, nada más y nada menos, que de uno de los tres poderes del Estado, tan importante como el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo. Hace algunos días, hacíamos la caricatura de que estamos considerando un presupuesto en el que el Poder Ejecutivo está gordo, inflado, rozagante, pipón y el Poder Judicial ha sido esquilmado, está raquítico, casi desahuciado.

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Esto no es fruto de la omisión. No estamos hablando de que no se están dando cosas porque hay otras prioridades. Entiendo que hay un plan deliberado -me hago cargo de lo que digo- para restar trascendencia y disminuir el lugar que ocupa el Poder Judicial en la estructura institucional del país. Puede ser que en un presupuesto, que tiene muchas cosas para atender, haya sectores del país que resulten menos favorecidos que otros, pero cuando asistimos a que con una norma, y otra también, se busca ningunear, retacear, minimizar el rango de acción de un Poder del Estado, no estamos hablando de situaciones aisladas: hablamos de un plan deliberado, en este caso, en manos de un partido de gobierno que trata de pisar a un poder del Estado. ¿Y por qué llegamos a esta conclusión? Creo que en un hecho histórico -por lo que nos decía la intergremial de trabajadores del Poder Judicial cuando concurrieron a la Comisión de Presupuestos integrada con Hacienda-, por primera vez concurrían juntos magistrados, defensores de oficio, actuarios, fiscales, funcionarios, todos, porque veían que, en una actitud que no tenía precedentes, el Poder Ejecutivo ni siquiera había recibido al Poder Judicial para tratar su mensaje presupuestal. Entonces, la cuestión no es que esto no entre dentro las prioridades. ¡No! Es mucho más que un ninguneo: es una acción deliberada. Lo cortés no quita lo valiente, por lo que perfectamente el Poder Ejecutivo podría haber convocado al Poder Judicial y decirle: “Miren, no estamos en condiciones de hacer un esfuerzo presupuestal”. Pero tampoco es un tema de plata, porque hay cosas que no tienen costo y tampoco las llevan. Aparte, en forma oblicua, a través de la modificación de algún artículo del Código General del Proceso -tiene mucho que ver con el tema que estamos tratando ahora-, otra vez, por medio de negación de justicia, se busca perjudicar los propios intereses del Poder Judicial, que hoy está en conflicto. Así lo hemos visto en el decurso de la discusión, tanto en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, como en la Comisión Especial de Seguridad y Convivencia y en el debate que se ha habido en sala. Por ejemplo, cuando hablamos de seguridad, el ministro del Interior nos dice que vienen haciendo las cosas de manera formidable, pero que la culpa es del Poder Judicial: la Policía agarra a los

chorros, los lleva al Poder Judicial, pero es este que los larga. (Interrupciones) ——Entonces, cuando tenemos un instrumento legal aprobado, como es el nuevo Código del Proceso Penal, y hay una expectativa tremenda para ponerlo en funcionamiento, ¡no va ni un peso al Poder Judicial para que pueda cumplir con esa labor! Cuando hablamos de la constitucionalidad de las leyes en esta Cámara y cuestionamos algunas decisiones, algunas votaciones y algunos artículos y decimos que tienen visos de inconstitucionalidad, ¿qué se nos dice? “Tranquilos, muchachos: esto lo resuelve el Poder Judicial”. Entonces, estamos delegando responsabilidades, estamos atribuyendo más cargas a un poder del Estado sin darle las herramientas que debe tener y, como decía algún legislador hace un rato, ¡vaya si será importante el Poder Judicial al momento de hablar de calidad institucional, de confiabilidad en el país! En este presupuesto parece que jugáramos a la ruleta rusa, pero en vez de hacerlo con una sola bala en el cargador, jugamos con todas las balas. Entonces, una bala para el Poder Judicial; una bala para el Tribunal de Cuentas; una bala para el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; otra más para la Corte Electoral. Por lo tanto, señor presidente, advertimos que en verdad el partido de Gobierno se resiste en forma contumaz a ser controlado, y cuanto más pueda hacer para ser menos controlado, lo va a hacer. Nosotros nos oponemos sistemáticamente a ese proceder porque, inclusive -reitero-, ¡hay cosas que no tienen costo! Aparte hay algunas picardías, algunas chicanas por medio de las cuales no solamente no le damos, sino que si le podemos sacar, también le sacamos. ¡Flaco favor le estamos haciendo al país, al otro poder del Estado con este tipo de situaciones y de votaciones que se van a dar! Lamentablemente, no se va acompañar ni siquiera el mensaje que viene del Poder Judicial. Desde el 1º de marzo de este año hasta ahora, la única vez que el Poder Ejecutivo demostró interés en el Poder Judicial fue cuando media hora antes de que se votara en la Asamblea General, llamó a un ministro de la Corte para hablar de su integración. Esa fue la

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única vez que demostró interés. ¿Y para qué era? Para que no se votara a la ministra que se iba a votar, buscando todos los medios y los recursos que estuvieran en sus manos. ¡Por suerte hubo legisladores con honestidad intelectual que desoyeron ese llamado del presidente de la República! (Interrupciones.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Por favor, señores legisladores: está en uso de la palabra el señor representante Olivera. Puede continuar, señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Gracias, señor presidente, por ampararme en el uso de la palabra. Así que, señor presidente, hoy tenemos en nuestras manos la posibilidad de revertir ese deterioro y ese plan deliberado que viene del Poder Ejecutivo, y salir del Cuerpo con la frente bien en alto, diciendo que lo que podíamos hacer por uno de los principales poderes del Estado, lo hicimos. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Ope Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: yo no me voy a referir a la cuestión del conflicto tan sonado entre funcionarios del Poder Judicial y el Gobierno porque, como todos saben -es un hecho notorio-, mi esposa integra el Poder Judicial, por lo que me considero inhibido de participar en ese debate. Quizás en otra ocasión pueda solicitar autorización a la Cámara para hacerlo, pero está claro que el trámite presupuestal no es la ocasión para ello. Me voy a referir, sí, al hecho de que en el mensaje del Poder Ejecutivo y su correspondiente proyecto de ley de presupuesto no se contempla en absoluto al Poder Judicial. Reitero: no se le contempla en absoluto ni en las disposiciones que representan gasto, ni en las que no lo implican, y esto me parece claramente sintomático. Hubiese sido perfectamente posible articular un planteo, un discurso, en el sentido de que la actual situación económica no permite tales o cuales desembolsos, pero aun así hubiese sido posible un gesto de cortesía institucional, diciendo: “No podemos solventar determinadas erogaciones; podemos sí contemplar aquellas normas que no van a representar costos para el erario”. Ni siquiera eso se contempló.

La bancada de Gobierno lo advirtió y con buen criterio incluye por lo menos en el proyecto que sale de Comisión esas normas que no tienen costo: no lo hizo el Poder Ejecutivo. He ahí una señal política muy clara que, interpretada en su contexto, a mi juicio, revela con toda evidencia que estamos ante una vendetta presupuestal contra el Poder Judicial. Eso es lo que está pasando: esta es una vendetta presupuestal contra el Poder Judicial, que evidentemente ha molestado al Gobierno, no por haber cumplido mal sus funciones o por haber omitido el cumplimiento, sino por haber hecho lo que debe, que es actuar con independencia, en el acierto o en el error, según la apreciación de cada uno, pero con independencia del Gobierno. El Poder Judicial, con sus sentencias, ha disgustado al Gobierno; y muchas veces también a integrantes de la oposición, a partidos de la oposición, que esperaban otros pronunciamientos sobre determinado tema. Pero ha tenido el acierto de disgustarnos a todos en distintos momentos, lo que revela que no está actuando alineado con nadie. Y eso habla muy bien de nuestro Poder Judicial, no porque lo diga yo, sino porque lo dice cada ranking que se publica sobre el grado de independencia de los Poderes Judiciales en el hemisferio occidental y resulta que nuestro Poder Judicial es el más independiente de América Latina. Esto es precisamente lo que molesta y es lo que genera estas vendettas. Efectivamente se trata de vendettas, porque se llega a esa conclusión cuando se toman en cuenta otras circunstancias. En primer lugar, el mismo proyecto de ley presupuestal asigna fondos al Ministerio Público -lo veremos dentro de un rato-, entre otras cosas, para poner en marcha el nuevo Código del Proceso Penal. ¿El Gobierno no entiende que, si piensa poner en marcha un nuevo proceso penal, así como refuerza el Ministerio Público tiene que reforzar también el plantel de jueces y defensores públicos y la infraestructura correspondiente a esos servicios? ¿Es que acaso se le escapa? Obviamente, no se le escapa. Lo sabe perfectamente por múltiples razones, entre ellas porque la comisión que en su momento redactó el anteproyecto de lo que luego sería el Código del Proceso Penal estaba integrada por un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas. No tienen cómo ignorar lo que además es obvio. Entonces, si lo saben, si lo advierten, si presupuestan las erogaciones necesarias para el Ministerio público, no se entiende

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que por mera distracción o sin algún propósito político hayan omitido entregar siquiera un peso adicional al Poder Judicial, del cual se pagan, como sabemos, entre otras cosas, los defensores públicos. Y si no se contemplan los requerimientos de jueces, juzgados, funcionarios, oficinas y defensores públicos no es posible poner en marcha el Código del Proceso Penal aunque se refuerce al Ministerio público. Por lo tanto, no hay tal omisión; hay un acto deliberado. Además, no es nuevo porque en este presupuesto tenemos otro ejemplo de la misma conducta, que tuvo por perjudicado al Instituto Clemente Estable. Algunos tuvimos la oportunidad de escuchar a sus representantes en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, quienes nos explicaron cómo habían tenido conversaciones con los integrantes del Ministerio de Educación y Cultura, cómo habían ido ajustando sus aspiraciones presupuestales en el diálogo con el ministerio, cómo habían llegado a lo que ellos creían que era un acuerdo, y luego de que dijeron que no iban a consentir la designación de una autoridad política al frente del instituto se enteraron a los pocos días, al vencimiento del plazo para la presentación del proyecto de presupuesto, que la asignación para ellos iba a ser de cero peso y que todo aquello que se había conversado había quedado, sorpresivamente para ellos, sin efecto. Es el mismo fenómeno. La institución disgustó al Gobierno y la respuesta fue presupuestal: ¿no están de acuerdo con lo que nosotros decimos? Entonces, no hay ni un peso para ustedes. Felizmente, con acierto, la bancada oficialista advirtió la enormidad de esto y el proyecto que sale de comisión corrige, por lo menos parcialmente, esa situación. Vuelvo a decir lo que señalaba hace unos días cuando empezó el tratamiento de estos temas: así como hay situaciones similares en este presupuesto también hay antecedentes, como lo ocurrido con la Fiscalía de Corte cuando estaba a su frente el doctor Ubiría. Cuando el doctor Ubiría con sus dictámenes disgustó al Gobierno se apretaron para él los cordones de la bolsa y dejó de haber rubros para la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación. Cuando se cambio el titular de la Fiscalía de Corte se aflojaron los cordones de la bolsa y volvió a haber fondos para el ministerio público. Es la misma conducta: con la Fiscalía de Ubiría, con el Instituto Clemente Estable,

con el Poder Judicial. Si molestan, no hay plata para ellos. Considero que esto es muy grave porque en este caso no afecta la orientación de una empresa pública o la situación de cualquiera de los actores políticos que pueden ser legítimamente enfrentados por otra sede de poder político con visiones distintas sino que se está afectando una institución del Estado, el tercer Poder del Estado; y se le está afectando porque ese poder actúa como tiene que actuar, que es con independencia. No me hago ilusiones. No creo que con simples invocaciones a los principios republicanos esto llegue a corregirse. Lo digo como un aviso a la opinión pública y una alerta a la ciudadanía. Cuando el Poder Judicial disgusta al Gobierno, este reacciona negándole los fondos que necesita para cumplir con sus funciones, con sus actividades, hasta para poner en práctica ese nuevo código que tantas ilusiones despertó, que tanto apoyo generó, con el que tanto nos entusiasmamos porque creíamos que iba a ser un paso adelante en defensa de los derechos humanos en el proceso penal. Hasta eso llega a comprometerse en situaciones como esta. Tengamos presente esta alerta, que emana de las propias circunstancias en las que estamos deliberando, cuando se dice que hay que modificar el procedimiento de designación de los futuros integrantes de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Cuando se quiere innovar en esa materia delicadísima tengamos presente cómo están actuando los actores que quieren incidir en ese proceso y modificarlo, porque nuestro primer deber es asegurar la independencia del Poder Judicial y no podemos ignorar estas señales cuando se habla de modificar el procedimiento por el cual se va a designar a los futuros miembros de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Por supuesto, vamos a votar las disposiciones incluidas en el proyecto a consideración y acompañaremos también con nuestro voto los textos propuestos por el Partido Nacional. SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PASQUET (Ope).- Si tengo algún tiempo todavía, se lo asigno con mucho gusto.

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SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Señor diputado: le restan menos de dos minutos. Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Señor presidente: voy a ser breve. Quiero colaborar con la argumentación del señor diputado Ope Pasquet, que comparto, y referirme a algún diputado presente en sala que ocupaba una banca en la legislatura anterior. Cuando el señor diputado Ope Pasquet habló de la vendetta económica, refiriéndose a las medidas que se están tomando en contra del Poder Judicial, hubo una especie de murmullo de desaprobación en alguna parte de la Cámara. A mi modo de ver, el señor diputado tiene absoluta razón en lo que dijo y, si alguien lo duda, las pruebas están presentes. Yo recuerdo -y más de uno también lo debe hacer- que cuando se trató un dictamen de la Suprema Corte de Justicia, un integrante de la bancada del partido de Gobierno -que no voy a mencionar porque no está presente, pero si es necesario lo buscamos en la versión taquigráfica- amenazó al Poder Judicial diciendo que tenía independencia desde el punto de vista constitucional pero que no se olvidara de que económicamente dependía de ellos. Por lo tanto, tiene razón el señor diputado Ope Pasquet. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor diputado Ope Pasquet.

Del señor Representante Eduardo Rubio, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Pérez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y ocho en setenta: AFIRMATIVA. Quedan convocados los correspondientes suplentes, y se les invita a pasar a sala. (ANTECEDENTES:) “Corte Electoral Montevideo, 13 de octubre de 2015. SEÑOR PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DON ALEJANDRO SÁNCHEZ 4396/15 272/22-3 Señor Presidente: VISTO: La licencia solicitada por el día 14 de octubre del corriente año, por el señor Representante electo por la hoja de votación Nº 23, del lema Partido Nacional, del departamento de Maldonado, señor Nelson Rodríguez y el haber manifestado su voluntad de no aceptar por esta vez, los suplentes proclamados señor Federico Casaretto, señor Luis Borsari y señora Gabriela Camacho. RESULTANDO I: Que a la lista de candidatos a la Cámara de Representantes incluida en la hoja de votación Nº 23 del lema Partido Nacional, del departamento de Montevideo, ordenada de acuerdo al sistema respectivo de suplentes, en la elección realizada el 26 de octubre de 2014, se le adjudicó un cargo, habiendo sido proclamados por el departamento de Maldonado, el candidato titular señor Nelson Rodríguez y sus suplentes señor Federico Casaretto, señor Luis Borsari y señora Gabriela Camacho. RESULTANDO II: Que la Cámara de Representantes hace saber que los suplentes proclamados por la Corte Electoral el día 24 de junio pasado, señor José Hualde, señor Alejandro Lussich, señor Homero Bonilla y señora Magdalena Zumarán, no aceptan la convocatoria por esta vez. RESULTANDO III: Que por comunicación de la Cámara de Representantes hace saber que los suplentes proclamados por la Corte Electoral el 13 de octubre pasado, señora Ana Medina y suplentes señor Óscar Olmos, señora Lirian Miraballes y señor

56.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Solana Cabrera de Abásolo.

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Alberto Heber, no aceptan la convocatoria por esta vez. RESULTANDO IV: Que por nueva comunicación de la Cámara de Representantes hace saber que los suplentes proclamados por la Corte Electoral el día de la fecha, señor Hernán Ciganda y suplentes señor Fernando Suárez, señora Marta Torres y señor Hugo Martínez Icardi, no aceptan la convocatoria por esta vez. CONSIDERANDO: que la hipótesis de “agotamiento de lista” prevista en el artículo 17 de la Ley Nº 7.912, de 22 de octubre de 1925, debe entenderse no con el sentido restrictivo que implicaría admitir que se refiere a los casos de ausencia definitiva de los titulares y los suplentes correspondientes, sino con sentido amplio atendiendo a la intención del legislador y coordinando mediante una integración lógica de dicho texto, con normas posteriores (artículo 116, inciso 2º de la Constitución, Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945), dado que lo que se procura es que una lista no quede sin la debida y necesaria representación por ausencia de los titulares y suplentes correspondientes. La Corte Electoral RESUELVE: 3. Proclámase Representante Nacional por el departamento de Maldonado a la quinta candidata de la lista contenida en la hoja de votación Nº 23 del lema Partido Nacional, señora Solana Cabrera y suplentes señora Ma. del Carmen Alfonso, señor Benjamín Saroba y señor Rodrigo Blas. 4. Dichas proclamaciones se hacen con carácter temporal y por el día 14 de octubre, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo único de la Ley Nº 18.218, de 16 de diciembre de 2007 y en el concepto de que se han cumplido las condiciones establecidas en el artículo 116 de la Constitución de la República, por la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, con la redacción dada en su artículo 1º, por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. Saludan a usted muy atentamente. JOSÉ AROCENA Presidente Martina Campos Secretaria Letrada”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el

departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Federico Casaretto, Luis Borsari, Gabriela Camacho, José Hualde, Alejandro Lussich, Homero Bonilla, Magdalena Zumarán, Ana Medina, Óscar Olmos, Lirian Miraballes, Alberto Heber, Hernán Ciganda, Fernando Suárez, Marta Torres y Hugo Martínez Icardi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Federico Casaretto, Luis Borsari, Gabriela Camacho, José Hualde, Alejandro Lussich, Homero Bonilla, Magdalena Zumarán, Ana Medina, Óscar Olmos, Lirian Miraballes, Alberto Heber, Hernán Ciganda, Fernando Suárez, Marta Torres y Hugo Martínez Icardi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 23, del Lema Partido Nacional, señora Solana Cabrera de Abásolo. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi consideración: Por la presente el Representante Nacional señor Diputado Eduardo Rubio, se dirige a Ud. solicitando

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licencia para el día 14 de octubre de 2015 por motivos personales. Sin más, saludo atentamente, EDUARDO RUBIO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el primer suplente de la línea del Diputado Eduardo Rubio, sr. Julio González Colina, se dirige a usted solicitando el desistimiento en la fecha 14 de octubre de 2015, no aceptando la convocatoria por única vez por motivos personales. Sin más, saludo atentamente, Julio González”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, el primer suplente de la línea del Diputado Eduardo Rubio, sr. Julio González Colina, se dirige a usted solicitando el desistimiento en la fecha 14 de octubre de 2015, no aceptando la convocatoria por única vez por motivos personales. Sin más, saludo atentamente, Romy Silva”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Eduardo Rubio. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Julio César González Colina y Romy Saron Silva. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Eduardo Rubio, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Julio César González Colina y Romy Saron Silva. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 326, del Lema Partido Asamblea Popular, señor Carlos Pérez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

57.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Daniel Radío. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: este es un tema que parte aguas, sustantivo. Nosotros no tenemos por qué atribuir intenciones. Y si no se atribuye intenciones quedará librado a la interpretación de cada uno por qué pasó esta cuestión curiosa de que en el mensaje y proyecto de ley presupuestal que manda el Poder Ejecutivo, el Inciso 16 “Poder Judicial” fue salteado, ni siquiera está referido. Podría no haber intencionalidad; podría tratarse de una distracción o de una casualidad que nada más y nada menos que el Poder Judicial no esté mencionado en el mensaje presupuestal que envía el Poder Ejecutivo. Podría ser una casualidad que, precisamente, además de los otros organismos de contralor, no reciba la atención que requiere. Alguien puede pensar que el Poder Ejecutivo entendió -está en su derecho, aunque podría ser opinable- que la construcción del Centro de Justicia de Maldonado no es una prioridad para este país y que efectivamente podemos seguir dándonos el lujo de gastar las cuantiosas cifras a las que hacía referencia el señor diputado Germán Cardoso en alquiler de inmuebles

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para el funcionamiento del Poder Judicial en ese departamento. ¿Alguien puede entender que no es una prioridad para el Gobierno de este país extender el sistema de mediación, que casi es gratis y no solo eso sino que, además, abarata la vida a los uruguayos porque el 98 % de los casos que son llevados a los centros de mediación se solucionan sin más trámite? ¿Alguien puede entender que no es prioridad para el Gobierno de este país el aporte al Centro de Estudios Judiciales del Uruguay que pide -escúcheseme bien- $ 500.000 al año -lo que en el presupuesto no representa un punto en una página- para cumplir con sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que nos obligan a dictar cursos allí? Pero Uruguay va a estar omiso porque se entendió, sin otra asignación de intencionalidad, que no era importante que los jueces de este país estuvieran capacitados en materia de derechos humanos. Lo que no se puede entender es que no se asigne el dinero, por ejemplo, para el pago de las sentencias de condena en los casos de la gente que estuvo en prisión injustamente, porque ¿cómo va a resolver eso este país si no está el dinero? Tenemos un problema insoluble. Además, señor presidente, el Poder Legislativo aprobó el nuevo Código del Proceso Penal. Su implementación implica costos porque las reformas procesales salen plata, suponen alterar las modalidades de trabajo, pero no es una decisión graciosa del Poder Ejecutivo si cumple o no con una ley que está aprobada. Las leyes que aprueba el Poder Legislativo son derecho positivo. ¡Están para cumplirse! ¡No están para que el Poder Ejecutivo decida cuándo las va a cumplir! ¡No funciona así! Si no, ¿para qué discutimos y aprobamos leyes? ¿Para que el Poder Ejecutivo que, entre otras cosas, es responsable de que en este país cotidianamente se violen los derechos humanos de los presos decida cuándo va a poner en marcha el nuevo Código del Proceso Penal? ¡Más de la mitad de los presos están sin condena por culpa de lo que antes era rémora legislativa y ahora es una decisión expresa del Poder Ejecutivo de no aplicar el nuevo Código del Proceso Penal! ¡Esto no se sostiene más! ¡Nos observan por todos lados por lo que tenemos! ¡No podemos seguir teniendo a más del 50 % de los presos sin condena! Esto es prisión preventiva, inocentes presos, porque toda persona es inocente hasta que no se demuestre su culpabilidad. ¡Más de la mitad de los presos de

este país no tienen condena y eso es porque no se aplica el Código del Proceso Penal! ¿No nos vamos a comprometer? ¿Vamos a saltear el Poder Judicial cuando venga el mensaje y el proyecto de ley presupuestal? ¿Vamos a hacer de cuenta que eso nunca pasó por esta Casa? ¡Nos vulnera a nosotros, ya no al Poder Judicial! ¡Nos vulnera a nosotros que aprobamos esa ley! No aprobamos una ley para jugar sino para que se ponga en práctica, porque entendemos que le hace bien a los derechos humanos de este país. Paralelamente -lo que es más grave-, la Fiscalía General de la Nación hace sus previsiones presupuestales, que se van a aprobar dentro de un rato. Esto genera un desbalance, un desequilibrio peligroso porque el 100 % de las acusaciones en este país son realizadas por la Fiscalía General de la Nación pero el 90 % de las defensas las hace la Defensoría Pública ¡Y no hay un peso para la Defensoría Pública! Este presupuesto crea como treinta cargos de fiscales. ¿Cómo se contrabalancea eso? No se contrabalancea. ¡Esto atenta contra las garantías de la justicia de este país! ¿No nos parece importante? ¿No nos parece importante que los ciudadanos tengan garantías? ¿No nos parece importante que se respeten los derechos humanos de los presos de este país? ¿Solamente vamos a protestar por los derechos de los presos políticos? Bárbaro, yo soy político. ¡Vergüenza deberíamos tener! ¡Vergüenza! ¿Cuándo organizamos una marcha del silencio por los presos que no tienen condena? ¿Cuándo? Esto es muy preocupante. Por supuesto que vamos a acompañar lo que está propuesto. Al hecho de que se haya salteado el capítulo vinculado al Poder Judicial no hay que atribuirle intencionalidades. Hay que leer la introducción de la exposición de motivos que envía el Poder Ejecutivo, que expresa: “[…] Como corresponde en una sociedad democrática, el Presupuesto […] debe contemplar en su diseño y disposiciones la consolidación de los progresos alcanzados por la sociedad uruguaya […]”. O sea que este presupuesto no pretende consolidar los progresos en materia judicial alcanzados por la sociedad uruguaya a lo largo de las décadas anteriores. Esto es muy preocupante. Vamos a apoyar todas aquellas medidas que intenten subsanar, aunque sea en parte, estas

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omisiones del mensaje del Poder Ejecutivo y las cosas que quedaron por el camino. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Martín Lema. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: desde el comienzo de la legislatura hemos estado al tanto, con preocupación, del conflicto en el Poder Judicial, intentando hacer sugerencias al Poder Ejecutivo para poder unir las partes. Luego de lo expresado en sala queremos hacer algunas precisiones porque creemos que algunos comentarios realizados son imprecisos. También queremos hacer un raconto de los hechos a partir del artículo 64 de la Ley N° 18.719. Ante todo vamos reconocer a nuestros compañeros Jorge Gandini y Pablo Abdala porque advirtieron que los enganches podían darse. Se advirtió, se habló, se concientizó y de todas formas se insistió en seguir adelante. Ahí empieza una serie de intentos por desconocer lo que efectivamente terminó aprobando el Frente Amplio. El primer intento fue la Ley N° 18.738, que se trató de establecer con carácter interpretativo pero se entendió que, en realidad, era una ley innovadora. Como no estaba dentro del marco del presupuesto ni de una rendición de cuentas se declaró inconstitucional. Después apareció un segundo intento por parte del Frente Amplio de desconocer el conflicto con el Poder Judicial, a través de la Ley N° 18.996. Hace un momento se hacía alusión a los artículos 14, 15 y 16, manifestando que la Suprema Corte de Justicia dijo que se había aprobado en una sola Cámara. Además, hay otro tema: tendría que haber provenido del Poder Ejecutivo y no fue así. Dando por ciertos los argumentos expresados por el señor diputado Asti, igual sigue siendo inconstitucional por la forma, pues tiene que provenir del Poder Ejecutivo y no fue lo que sucedió. Por otro lado, un tercer intento por desconocer la deuda generada, a mi modo de ver con mucha negligencia desde el punto de vista legislativo, es la Ley N° 19.310 que, en realidad, termina contradiciendo todo lo anterior que se trató de desconocer. Esta ley faculta al Poder Ejecutivo a facilitar al Poder Judicial una partida para solucionar un conflicto.

Entonces, repasemos: primer intento, ley interpretativa; segundo intento, artículos 14, 15 y 16. Hasta el segundo intento, el Frente Amplio decía “No es así”, “No se debe”, “No se quiso hacer eso”. Pero en la Ley N° 19.310 se ofrece una partida para solucionar un conflicto. Realmente es insólito porque, ¿quién ofrece pagar lo que cree que no debe? La Ley N° 19.310 es una clara contradicción, y comparto lo que decía el señor diputado Abdala sobre dejar al Poder Judicial por fuera de lo previsto en el artículo 400 del Código General del Proceso, sin perjuicio de lo relativo a las oportunidades, a si se trata del momento para disposiciones de estas características. En definitiva, la Ley N° 19.310 termina reconociendo la deuda. Creo que hubo un gesto sincero -obviamente, a través de una partida insuficiente- al reconocer que hay un conflicto y buscar alguna solución al respecto. El señor diputado Nicolás Olivera decía algo que compartimos: hay formas de encarar los conflictos, tenga razón el que tenga razón. Dejando de lado las intenciones y hasta dando los beneficios de la duda, no se puede ningunear a uno de los poderes del Estado. No puede ser que el Poder Ejecutivo no haya tenido iniciativa de querer juntarse con el Poder Judicial para, a través de un diálogo constante, tener una postura seria y firme para ir acercando a las partes. En el mes de junio, amparados en la Ley de Negociación Colectiva para el sector público, hicimos una propuesta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a efectos de que juntara a las partes para que pudieran tener un ida y vuela, y buscar una salida para este conflicto que evidentemente no hace bien ni es sano para la República. Queremos hacer algunos comentarios más. El señor diputado Germán Cardoso hizo referencia a que seguramente se dicte una condena. Yo quiero ir un paso más allá: hoy en día existe una sentencia de condena. En el mes de julio fue dictada esa sentencia, que está en el Juzgado Civil N° 20. Es decir que ya hay condena. También es justo decir que si hablamos de la separación de poderes y de respetar al Poder Judicial no podemos interpretar si actuó bien en función de si nos gustó o no la sentencia que dictó. Cada cual tendrá su opinión personal, pero si el Poder Judicial se

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expresa y nosotros somos demócratas y defendemos la separación de poderes tenemos que respetarlo. Debe tenerse en cuenta que en todo lo actuado han participado once ministros, que se ha contado con dictamen favorable del fiscal de corte, que el Gobierno intentó solucionar este problema a través de la Ley N° 19.310, en la que terminó reconociendo el conflicto, y que el Tribunal de Cuentas dictaminó a favor de la reliquidación. Entonces, evidentemente no es un capricho; hay un sustento. Nos puede gustar o no, pero si entendemos la separación de poderes y a ella nos sometemos, tenemos que respetar lo que disponga el Poder Judicial. Además, se plantea otra contradicción. Recién se discutía si el artículo 85 de la Ley N° 15.750 daba a los ministros una dotación mayor, igual o inferior, pero cuando se trata de interpretar el término dotación, evidentemente se hace un esfuerzo para agregar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia a efectos de tratar de salvar este artículo. Por eso, la Ley N° 19.310 trata de interpretar el término dotación, agregando partidas que evidentemente no componen el sueldo; así lo sostiene la Suprema Corte de Justicia y también la División Jurídico Notarial del Poder Judicial -tenemos el número de informe para comunicar, si a alguien le interesa-, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo -lo señala en la acción de inconstitucionalidad promovida contra el artículo 2° de la Ley N° 19.310- y el fiscal de corte en su dictamen favorable. Es decir que hay argumentos más que sustentables. Podemos estar de acuerdo o no, tener matices, pero nos tenemos que someter al dictamen del Poder Judicial. Señor presidente: nos preocupa la falta de iniciativa para el acercamiento. Nos preocupa que el presidente de la República haya prometido -lo hizoque en el mes de mayo haría dos propuestas, que los judiciales siguen esperando. Después de haber generado expectativas en medio de un conflicto y de haberse comprometido a hacer una propuesta, estas no aparecieron y se cambió el argumento diciendo que se iba a esperar a ver qué pasaba con la inconstitucionalidad de la Ley N° 19.310, cuando ya se están dictando sentencias, con armonía, en un sentido contrario. Realmente, eso nos preocupa. Por eso, con relación a este conflicto creemos que más que hablar de separación de poderes debemos someternos a lo que dictamina el Poder

Judicial. Sería sano para la República y hay argumentos más que contundentes en ese sentido. Este conflicto se podría haber evitado pero, una vez generado, se podría haber resuelto de mejor forma. En definitiva, se termina consintiendo este conflicto que fue generado por mala praxis legislativa. Esperamos que este problema pueda encaminarse y que se trate de reconciliar, porque parece ridículo que tengamos un conflicto entre dos de los poderes del Estado. Gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: en primer lugar, quiero aclarar que no introdujimos el conflicto judicial en esta discusión porque, para nosotros, no tiene que ver con lo que estamos tratando, que son las partidas que se asignan o no al Poder Judicial. No obstante, como este asunto fue introducido por un diputado preopinante, hicimos las aclaraciones al respecto. Se ha expresado, en particular, que la Ley N° 19.310 es una contradicción. Lo aclaramos en nuestra primera exposición: es todo lo contrario. Dijimos que pese a que el Poder Judicial, a través de sentencia de inconstitucionalidad, impidió que los otros dos poderes del Estado pudieran utilizar sus prerrogativas, exclusivas y excluyentes, de fijación de salarios, incluyendo las dotaciones, en este caso, de los ministros de la Suprema Corte de Justicia, y para evitar la continuación de un conflicto, se ofrecía una solución por medio de esta ley, que no implicaba reconocer la posición original que tuvieron los ministros de autoliquidarse el aumento sin norma legal habilitante y sin crédito presupuestal habilitante, violando claramente el Tocaf, porque nunca pidieron los créditos necesarios ni en el año 2010, ni en el año 2011, ni en el año 2012, ni en el año 2013, ni en el año 2014 para liquidar a todo el Poder Judicial según su interpretación al respecto. Sí los pidieron en una oportunidad solo para los sueldos de los magistrados, lo que también es una clara violación, un claro apartamiento en ese tema.

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Pero no queremos centrar esta discusión en el conflicto, porque no es eso lo que motivó que no hubiera partidas de aumento salarial para el Poder Judicial. Como dijimos -muy rápidamente, porque era el final de nuestra primera intervención-, el Poder Ejecutivo elaboró un presupuesto -ya lo hemos analizado en la sesión del domingo, en la instancia de discusión general de este proyecto-, explicamos las etapas que se habían cumplido para llegar a los esfuerzos fiscales del Gobierno, en los dos primeros años de vigencia del presupuesto quinquenal. Expresamos cómo se evaluaron las prioridades en educación, en salud, en seguridad, en el Sistema Nacional Integrado de Cuidados, en infraestructura. Por supuesto, allí se volcaron los máximos esfuerzos posibles para tratar, entre otras cosas, de reducir un déficit, que si bien dijimos es manejable por la situación general del país, no es deseable, por lo que hay que reducirlo. Hacia eso tiende este proyecto: a reducirse en el resto del período de Gobierno. Pusimos como ejemplo -lo reiteramos ahoravarios Incisos del Estado que no tienen incremento alguno -no solo el Inciso 16-: Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Industria, Energía y Minería, Ministerio de Turismo, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral y Tribunal de lo Contencioso Administrativo, así como la UTEC, en el primer año del presupuesto. O sea que el Poder Ejecutivo elaboró este proyecto con las posibilidades que tenía y con la metodología de confección a su alcance. Por eso, algunos de estos Incisos, que tienen una línea de base que fue aumentada -lo dijimos, refiriéndonos exclusivamente al Poder Judicial, que fue aumentada en un 70 % comparando los períodos 2004 y 2014, al igual que el resto de la Administración Central-, pueden seguir adelante. Quiero referirme a dos menciones que se hicieron aquí con respecto al Centro de Estudios Judiciales del Uruguay y a la obligación de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La sentencia es al Estado uruguayo, no al Gobierno ni al Poder Ejecutivo. El Estado uruguayo tiene sus competencias: una de ellas es la del Poder

Judicial. Y dentro del Poder Judicial está el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay. Esa es una discusión que ya tuvimos con el Poder Judicial en la rendición de cuentas pasada. Ellos tienen la competencia y deben cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque son las personas especializadas en capacitar a los jueces en este tema. Cuando nos refiramos a las Fiscalías veremos cómo cambió en el Código del Proceso Penal el régimen inquisitorio, cómo dejó de tenerlo el Poder Judicial y cómo pasaron a tenerlo las Fiscalías, por lo que deben ser contempladas en esa materia. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Eduardo Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: como se han expuesto sobrados argumentos, simplemente queremos sumarnos a la inquietud expresada por otro señor diputado en virtud de la decisión de ignorar, de dejar por el camino, de no tener ninguna contemplación con el Poder Judicial en este mensaje presupuestal. Se puede explicar cualquier cosa pero no lo inexplicable. No hay recursos porque hay una decisión tomada de que no los haya, y esto nos preocupa, por lo que marcaremos con mayor precisión este tema cuando analicemos el articulado relativo a las Fiscalías, porque -tal como dijeron otros señores diputados- se genera un inmenso y preocupante desbalance que, en los hechos, lesiona la posibilidad de que se defiendan los derechos de los ciudadanos. SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).Señor presidente: el diputado me da la oportunidad de contestar un consejo que, con buena intención, nos dio uno de los diputados del Frente Amplio al comienzo de esta discusión, cuando se expresaba que un presupuesto no tiene mucho para hacer. Nos aconsejaba no dramatizar demasiado porque en este presupuesto gran parte de los recursos ya han sido asignados de antemano.

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No comparto en absoluto esa afirmación, por dos razones. Sean cuales sean los recursos siempre que uno los distribuye está priorizando y, cuando prioriza, está dando señales. Precisamente, un presupuesto no solamente asigna recursos materiales; esa es una mirada exclusivamente materialista. Un presupuesto también asigna otro tipo de valores no materiales como, por ejemplo, los valores republicanos, del trabajo bien hecho, el buscar la precisión en la elaboración de esta o de cualquier norma. Cuando analizamos lo que ha sucedido con el Poder Judicial, comprobamos que el valor republicano del sano y sabio equilibrio de poderes no se ha valorizado como la historia de nuestro país lo ha hecho para bien de nuestra nación. Por este motivo, debemos concluir que al ignorar al Poder Judicial, también se lo ha valorado; se lo ha valorado negativamente, pues los hechos indican que no se le ha querido reconocer el valor, el esfuerzo, el trabajo, la importancia que tiene para la sociedad uruguaya. Asimismo, ello nos permite concluir que este presupuesto, más allá de todos los errores, perjuicios, improvisaciones e imprudencias, también tuvo su principal error, defecto: no haber adjudicado al Poder Judicial el valor que para la sociedad uruguaya ha tenido siempre. Y desde este partido seguiremos luchando para que lo siga teniendo. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede continuar el señor diputado Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- He terminado, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Gerardo Amarilla. SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Señor presidente: voy a ser breve porque mucho se ha manifestado esta tarde sobre el Poder Judicial. Nos vamos a sumar a las expresiones referidas a la lamentable omisión del Poder Ejecutivo en cuanto, no al aumento, sino a la actualización de los montos de las partidas que corresponden al Poder Judicial. También se ha dicho que esto tiene olor a revancha. Además, esta situación nos preocupa por lo que representa el incremento salarial que los funcionarios judiciales reclaman con justicia. Estos funcionarios tenían la expectativa de solucionar esta

situación por los errores cometidos en el período pasado, tal como manifestaron varios compañeros diputados en el transcurso de este debate. A la vez, nos preocupa el funcionamiento del Poder Judicial, pues entendemos que esta omisión y desactualización de rubros, que necesariamente se dará en este poder, afectará el cumplimiento efectivo de sus tareas. Entendemos, además, que ello socava su independencia y, por tanto, también el funcionamiento normal de la República -como también se ha expresado en sala—, pues los poderes del Estado deben tener la necesaria independencia y autonomía. Por último, quiero hacer una reflexión. Estaba tratando de recordar aquellos postulados del plebiscito de 1999 en el que mucha gente se embanderaba con el Poder Judicial, con su independencia económica y muchos sectores políticos y sociales salían a la calle a pelear por esa independencia. Asimismo, pienso cuánto tiempo pasó y cuánta gente se ha olvidado de aquellos postulados de independencia del Poder Judicial. Hoy por hoy hay gente que trabaja y argumenta en contra de los postulados que se defendían en 1999. Lamentamos eso. Nosotros seguimos comprometidos y apoyando la independencia y el normal funcionamiento de un poder tan importante para el Estado como el Poder Judicial, en cuya independencia también está la suerte de la República. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Se van a votar en bloque los artículos el 530 a 535 inclusive, correspondientes al Inciso 16. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. ocho en ochenta y nueve:

SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Señor presidente: me había anotado para hacer uso de la palabra y luego me borré en aras de agilitar el tratamiento de este proyecto de ley de presupuesto, ya que nuestro primer objetivo, como fuerza de gobierno, es aprobarlo.

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Los partidos de la oposición no se han hecho eco de esto ya que, en forma reiterada, sus legisladores se han anotado para hacer uso de la palabra, intentando, desde la sesión del domingo pasado, trasmitir la misma idea: que esta fuerza política quiere debilitar los organismos de contralor. Sinceramente -lo dijimos en el plenario del domingo y lo reiteramos-, no existe ninguna intencionalidad de debilitar los organismos de contralor. Somos sumamente respetuosos de la separación de poderes; somos sumamente respetuosos de la autonomía del Poder Judicial. Las intencionalidades que se quiso atribuir corren por cuenta de quienes lo hicieron. Queda claro que adoptamos decisiones presupuestales en aplicación de una Constitución que si bien reconoce autonomía al Poder Judicial, no le reconoce autonomía financiera. Quizá tendríamos que dar el debate para lograr una reforma de la Constitución, y en esa instancia podríamos analizar en su totalidad lo relativo al Poder Judicial y la tan mentada autonomía financiera. Me voy a referir únicamente al Inciso 16, tal como se había acordado. Cuando llegue el momento de la Fiscalía y de fundamentar el artículo 677 de este proyecto, me expresaré. No existe ninguna prueba de que no respetemos la autonomía del Poder Judicial ni la separación de poderes. Por lo tanto, voto con tranquilidad de conciencia, teniendo en cuenta todos los recursos del Poder Judicial en presupuestos anteriores, las características con las que se elevó este presupuesto y la posibilidad de que en futuras rendiciones de cuentas se pueda poner en algunas áreas los recursos que se necesitan. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Señor presidente: sé que debo ceñirme al fundamento, y para no abrir nuevamente el debate, voy a omitir algunos comentarios acerca de expresiones vertidas en el plenario. Estamos abiertos a dar el debate sobre el sistema y el Poder Judicial. Nos sentimos

comprometidos con nuestra función legislativa; también creemos que las altas autoridades y los funcionarios del Poder Judicial están comprometidos con su función. Reconocemos plenamente el poder que radica en el pueblo. Todos debemos reconocer que el poder está en el pueblo y aggiornarnos a ese poder. De no ser así, estaríamos reproduciendo una política de rosca, que no es lo que queremos para nuestro sistema republicano. Eso es lo que tenemos que poner sobre la mesa. Yo no creo que haya vendettas, porque eso habla de revanchismo, de una lógica perversa y de una visión maniquea de esta realidad. Acá hay recursos, y hay recursos materiales. Hace un rato se hablaba de los recursos no materiales. Pero cada vez que se habla de artículos de este presupuesto que tienen que ver con la gestión, se cuestionan y se dice que no son presupuestales porque no tienen recursos materiales que los acompañen. Entonces, para unos sí y para otros no; cuando vienen de un lado está bien y cuando vienen del otro, no. Debemos tener un solo discurso. Estamos ante una situación de conflicto y todos debemos tomar la responsabilidad republicana de asumir. En la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, que yo integro, hemos seguido de cerca el tema judicial. A tal punto es así, que el diputado Ope Pasquet nos planteó enviar una nota a la Suprema Corte de Justicia para entender la situación que se estaba dando ante una serie de medidas gremiales que podían alterar el funcionamiento de la Justicia. Nosotros enviamos la nota; ¿saben cuál fue la respuesta que recibimos? Un pps: un profundo y prolongado silencio. ¿Por qué? Porque no todos estamos en la misma sintonía de diálogo. Gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- No se pueden hacer alusiones. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).No se pueden hacer alusiones políticas ni personales. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: hemos votado las disposiciones contenidas en el proyecto que la Cámara está analizando por las mismas razones que también vamos a votar -ya lo adelantamos- los aditivos que a continuación se van a poner a consideración. Lo vamos a hacer porque creemos en el gobierno del pueblo y, además, porque no creemos que los magistrados en el Uruguay sean parte de una rosca. Creemos en los jueces de nuestro país; creemos en la honestidad de los magistrados del Uruguay. Creemos en la honestidad del Poder Judicial, más allá de que nos gusten o no sus fallos, coincidamos o no con ellos. Pero creemos, fundamentalmente, en la necesidad de un Poder Judicial fuerte para que sea verdad el principio de separación de poderes y para que eso garantice la plena vigencia del Estado de derecho. La historia de las sociedades se conforma con continuos avances y retrocesos. Creo que lo que está sucediendo hoy, la votación que está aconteciendo en la Cámara de Diputados en esta sesión de análisis presupuestal, es un retroceso desde el punto de vista republicano. Aquí no se puede decir lo contrario, cuando es claro que el debilitamiento del Poder Judicial surge natural y espontáneamente de un hecho notorio. Y los hechos notorios son los que no deben demostrarse, porque son notorios. Es notorio que el Poder Ejecutivo, que es el que asigna los recursos a partir de su iniciativa presupuestal, ha excluido del presupuesto nacional a la Justicia, al Poder Judicial y a todos los órganos que componen esa constelación orgánica llamada Poder Judicial. De lo contrario, remitámonos a lo que acabamos de votar. Creo que esto es muy grave y vamos a poder apreciar y advertir sus efectos dentro de no demasiado tiempo, simplemente, en el curso de los meses, y ni qué hablar en el curso de los próximos años. También quiero reafirmar que se han negado recursos para la atención de temas como los derechos humanos, equidad, género e infancia, en un momento en el que tanto alarde se hace de que hay una nueva agenda de derechos y que se avanza en el reconocimiento de derechos a los ciudadanos que antes no se les habían reconocido. Pues bien, al Poder Judicial, que debe ser la garantía de que esos nuevos derechos efectivamente les sean reconocidos en su

goce y ejercicio pleno a los ciudadanos, no se le dan los recursos para que esos derechos se hagan efectivos. Y cuando desde la conducción política del país se hacen gárgaras con la descentralización territorial y política del Uruguay, que se sepa que un programa de enorme importancia como el desarrollo de los centros de mediación, que tanto ha ayudado a la pacificación social, se interrumpirá porque no se han dado los recursos para que estos lleguen al interior de la República. Se han desarrollado con éxito en Montevideo y Canelones, pero no llegarán a los demás departamentos del interior, ni siquiera a Rocha y Soriano, que era el paso inmediato que tenían previsto los magistrados judiciales, porque el Frente Amplio no ha dado los recursos para que así acontezca. Gracias, presidente. (Diálogos) SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: hemos votado estos artículos que incluyen algunas normas que no tienen costo presupuestal. Obviamente, eso implica que aceptamos el proyecto del Poder Ejecutivo que no pudo contemplar en esta instancia incrementos para el Poder Judicial. Recordamos -ya lo habíamos dicho- que durante los gobiernos del Frente Amplio, el Poder Judicial tuvo el mayor aumento de retribuciones personales. En el primer gobierno del Frente Amplio recibió un inédito 30 % de aumento real. En la rendición de cuentas de 2014 se puede ver como evolucionó la ejecución de todos los organismos del Estado, en particular, los del Poder Judicial; allí está la evolución del total de créditos presupuestales ejecutados. Entonces, se podrá apreciar cómo el Poder Judicial parte en este presupuesto de una línea de base importante como para poder desarrollar. No pudo contemplarse todo lo que el Poder Judicial pretendía. Tampoco se pudo contemplar otros Incisos, a los que no solamente no se aumentó su línea de base, sino que se les rebajó en forma importante, llegando a ser esa rebaja en el rubro 0, de esos rubros de la Administración Central,

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el 10 % del financiamiento de lo aumentarse para los años 2016 y 2017.

que

pudo

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Señor presidente: quiero ratificar que he votado plenamente convencido de que esta es una vendetta contra el Poder Judicial. Y como lo dije hace unos minutos, si es que sirve como documento… SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Señor diputado: acabamos de leer el artículo 83 del Reglamento. (Murmullos) SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Pero no le oí decir que se borraran de la versión taquigráfica las palabras vertidas. ¡Usted tiene que dar la orden a los taquígrafos para que las eliminen! (Diálogos) SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: aclaro que estaba dentro del acuerdo que yo iba a fundar el voto; lo digo por las dudas, para que mis compañeritas no me rezonguen. (Interrupción del señor diputado Groba.Respuesta de la oradora.- Hilaridad) ——Sinceramente, uno toma esto con cierto grado de buen espíritu porque hace muchas horas que estamos en sala y, obviamente, queremos mantener el clima, pero la verdad es que esta no es una alusión política, no juzgo intenciones; yo juzgo hechos pero, precisamente, los abogados decimos -y los jueces dicen más- que los hechos configuran elementos de convicción suficiente para tener alguna conclusión. Entonces, si en forma expresa se dice -me voy a remitir al Poder Judicial, no a los otros organismos de control, de los que nos ocuparemos en su momentoque no es prioridad del Poder Ejecutivo, está todo dicho. Y no hay ningún tipo de alusión porque no lo digo yo. El Poder Judicial no es prioridad para este Poder Ejecutivo. En consecuencia, voy a pedir algo con respecto a algunas cosas que se reiteran, sistemáticamente, sobre la violencia doméstica, la violencia contra los niños, el problema de las tenencias, de las cuotas

Aquí se reafirma una vez más la separación de poderes, pero para los tres poderes del Estado -como hemos dicho-, no solo para uno de ellos. Seguimos pensando que este presupuesto tiene virtudes y defectos, que se han ido señalando en todo este período, pero no puede argumentarse que a este respecto hay algún tipo de vendetta o revancha. Aquí ha habido una decisión presupuestal de priorizar aquellas áreas que fueron incluidas en un programa de gobierno que aprobó la ciudadanía en octubre y en noviembre, por tercera vez consecutiva. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Léase el artículo 83 del Reglamento de la Cámara de Representantes. (Se lee:) “En el curso de la votación nominal o después de la sumaria podrá fundarse el voto, disponiéndose al efecto hasta de tres minutos. En los fundamentos de votos no se admitirán interrupciones ni podrán hacerse aclaraciones o rectificaciones a lo expresado por los oradores. La Mesa llamará al orden al Representante que, fundando el voto, hiciera alusiones personales o políticas, disponiendo la eliminación de su fundamento de la versión taquigráfica”. SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).Señor presidente: quiero expresar que hemos votado por la afirmativa porque, para nosotros, el poder radica, precisamente, en la nación organizada, en la Carta fundamental, en la Constitución de la República, uno de cuyos principios fundamentales es el equilibrio de poderes. Y para eso hemos votado: para fortalecer ese principio de sano equilibrio entre los poderes públicos. Gracias, señor presidente. SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Pido la palabra para fundar el voto.

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alimenticias, sobre todas esas problemáticas -además, está dicho en forma reiterada, como si fuera nuevo; se pone nuevo, pero el Uruguay ya tenía eso claramente establecido antes; las mujeres estamos emancipadas desde 1946-, no se quejen. Hay seis juzgados de violencia doméstica en Montevideo -seisy yo quisiera que usted supiera, señor presidente, cuáles son las condiciones de trabajo y ni digo en el interior, donde ni siquiera hay juzgados especializados. Así que digo, sinceramente, que voté esto porque era lo que tenía que votar, pero el fundamento de voto es reafirmar lo que me acaban de decir, que el Poder Judicial no es prioridad para el Poder Ejecutivo. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: el tratamiento del Inciso, evidentemente, ha dejado al desnudo cuál es la posición de nuestro partido, el Partido Nacional, y cuál la de los demás sectores políticos. Hoy sentimos que, con el mensaje presupuestal y la decisión que se va a tomar, se le está poniendo un clavo al ataúd de un Poder Judicial, que es el que debe controlar a los otros poderes. Lamentablemente, advertimos cómo en los últimos años cada vez tiene más “clientes” -entre comillas- de parte del sector público. Se dice que el Poder Judicial no es prioritario, pero lamentamos advertir cómo otras cuestiones son prioritarias en el presupuesto, por ejemplo, se destinan $ 15.000.000 anuales al Instituto de Regulación y Control del Cannabis. Resulta que para la marihuana hay recursos, pero para el Poder Judicial, lamentablemente, no. Así que, señor presidente, fundamentación de voto. Gracias. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. esa fue mi

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: hemos votado afirmativamente los artículos que presentamos en las hojas. Como habíamos dicho, cumplimos con dar estado parlamentario a algunos de los artículos que fueron iniciativa del Poder Judicial. No debo ni puedo atribuir intenciones. No voy a decir que hay un ninguneo o desprecio de los órganos de contralor; de ningún modo. Lo que digo es que no vino ni un artículo para el Poder Judicial; ni uno para el Tribunal de Cuentas; ni uno para el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; ni uno para la Junta de Transparencia y Ética Pública ni uno para el Instituto de Evaluación Educativa; ni uno, y son todos organismos que, de algún modo, controlan. Tampoco voy a decir que hay una vendetta contra el Poder Judicial. No lo puedo decir, pero sí que el Poder Ejecutivo no solo no envió ningún artículo para el Poder Judicial sino que ni siquiera mandó algo de los ocho o nueve que no tenían costo alguno y, por lo tanto, no entraban en el argumento de que no había dinero. ¡Ninguno! Y algunos eran tan obvios que la bancada del Frente los votó y están aquí; los votamos todos. Sin embargo, en el anterior artículo 663 sí venía algo para el Poder Judicial por fuera del Inciso Poder Judicial, que es un impuesto: se grava las partidas de perfeccionamiento académico para una cantidad de funcionarios del Poder Judicial, no solo jueces -actuarios, defensores, profesionales- sino la partida de vivienda de los jueces. Nada recibió el Poder Judicial, y la señal que sí recibió es: “Ahora pagan”. No voy a atribuir intenciones, pero si ladra, mueve la cola y tiene cuatro patas… Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).En discusión el artículo 536. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar los artículos aditivos presentados por los señores diputados Gustavo Penadés, Sebastián Andújar, Benjamín Irázabal, Mario Ayala Barrios y Jorge Gandini, que figuran en las Hojas Nos.48 a 58.

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(Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 48:) “Artículo .- Autorízase la presupuestación de los funcionarios contratados con dos años de antigüedad ininterrumpidos al 31 de julio de 2015 en cargos de los escalafones II Profesional, III Semitécnico, IV Especializado y R del Poder Judicial. La presupuestación se realizará en base al puntaje asignado en las calificaciones, según reglamentación que dicte la Suprema Corte de Justicia, sin que ello implique un incremento de los créditos presupuestales”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 49:) “Artículo .- Autorízase al Poder Judicial a disponer de una modificación de grados y denominación de los cargos de la escala salarial detallada en los Anexos I y II del artículo 453 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, sin que requiera crédito presupuestal adicional ni incremento salarial, según la siguiente estructura:

“Artículo .- Asígnase al Inciso 16 ‘Poder Judicial’ las siguientes partidas de inversiones por única vez en la financiación 1.1 Rentas Generales, con destino exclusivamente al proyecto de obras edilicias ‘Centro de Justicia de Maldonado’. 1) Año 2016: 1er. Bloque materia Penal $ 151.277.387 (pesos uruguayos un ciento cincuenta y un millones doscientos setenta y siete mil trescientos ochenta y siete). Año 2017: 1er. Bloque material Penal $ 77.864.730 (pesos uruguayos setenta y siete millones ochocientos sesenta y cuatro mil setecientos treinta). Año 2018: 2do. y 3er. Bloque demás juzgados y defensorías públicas $ 157.336.589 (pesos uruguayos ciento cincuenta y siete millones trescientos treinta y seis mil quinientos ochenta y nueve). Año 2019: 2do. y 3er. Bloque demás juzgados y defensorías públicas $ 239.978.030 (pesos uruguayos doscientos treinta y nueve millones novecientos setenta y ocho mil treinta). En el caso que los montos anuales establecidos en el presente artículo no puedan ser ejecutados en su totalidad, la Contaduría General de la Nación habilitará el excedente de cada año en el Presupuesto del siguiente año”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 51:) “Artículo .- Asígnase al Inciso 16 ‘Poder Judicial’ una partida anual, en la financiación 1.1 Rentas Generales de $ 20.000.000 (pesos uruguayos veinte millones) con destino a financiar las cantidades líquidas y exigibles que surjan de la ejecución de sentencias, laudos arbitrales y transacciones homologadas judicialmente, que condenen al Poder Judicial al pago de las mismas. Dicho monto será actualizado el 1° de enero de cada año, en función de la variación del Índice de Precios al Consumo determinado por el Instituto Nacional de Estadística en el período 1° de enero al 31 de diciembre del año anterior a la fecha de reajuste.

2)

3)

4)

Grado y Denominación antes de la transformación 16 Director División 15 14 13 Director de Área Jefe de Proyecto Jefe Adminsitrador de

Grado y Denominación con la transformación

17

Director de División

16 15 14

Director de Área Jefe Administrador Técnico Especializado

12 11

Técnico I Técnico II

13 12

Técnico I Técnico II

(Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 50:)

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La Contaduría General de la Nación habilitará el monto para la financiación de las condenas de carácter salarial que surjan por aplicación de la equiparación con el cargo de Senador de la República establecida en el artículo 64 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 52:) “Artículo .- Los Jueces que sean designados por la Suprema Corte de Justicia para subrogar funciones de Jueces de superior categoría, según lo establecido en el Capítulo V de la Ley N° 15.750, de 24 de junio de 1985, tendrán derecho a percibir la diferencia existente entre el sueldo del cargo cuyas tareas pasa a desempeñar y el del suyo propio, a partir de los cuarenta y cinco días de la ausencia del titular. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales correspondientes”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 53:) “Artículo .- Créanse en el inciso 16 ‘Poder Judicial’ los siguientes cargos de magistrados, y defensores públicos, con destino a la reforma del Proceso Penal:

la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991 y la modificación establecida por el artículo 469 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, los cargos de Médico que cumplan funciones en el Instituto Técnico Forense de acuerdo a la reglamentación que dicte la Suprema Corte de Justicia y que se enumeran a continuación: ‘Médico Psiquiatra, Médico Forense, Médico Clínica Forense, Médico Autopsista, Médico Anatomopatólogo, Medico Asesor y Médico Pediatra'”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 55:) “Artículo .- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial una partida anual adicional en Gastos de Funcionamiento, Financiación 1.1 Rentas Generales de $ 500.000 (pesos uruguayos quinientos mil) a efectos de financiar programas de capacitación permanentes en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay en materia de Derechos Humanos, según lo establecido en el artículo 236 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 56:) “Artículo .- Asígnase al Inciso 16 Poder Judicial las siguientes partidas anuales de inversiones y de gastos de funcionamiento, financiación 1.1 Rentas Generales, a efectos de financiar planes de sensibilización y de capacitación en Género e Infancia en el Poder Judicial. 1) Año 2016 en Inversiones $ 1.700.000 (pesos uruguayos un millón setecientos mil) y en Gastos de Funcionamiento $ 2.540.000 (pesos uruguayos dos millones quinientos cuarenta mil). Año 2017 en Inversiones $ 1.800.000 (pesos uruguayos un millón ochocientos mil) y en Gastos de Funcionamiento $ 3.650.000 (pesos uruguayos tres millones seiscientos cincuenta mil). Año 2018 en Inversiones $ 2.000.000 (pesos uruguayos dos millones) y en Gastos de Funcionamiento $ 2.120.000 (pesos uruguayos dos millones ciento veinte mil).

Cantidad Escalafón Grado Denominación Vigencia 10 I Juez Letrado 01.01.2017 Primera Ins-

tancia Interior 20 VII Defensor Pú- 01.01.2017 blico Interior

Asígnase una partida adicional desde el año 2017 en la financiación 1.1. Rentas Generales de $ 6.300.000 para financiar los Gastos de Funcionamiento asociado a estos cargos”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 54:) “Artículo -. Inclúyese en el régimen de Permanencia a la Orden establecido en el artículo 464 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 316 de

2)

3)

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Año 2019 en Inversiones $ 2.200.000 (pesos uruguayos dos millones doscientos mil) y en Gastos de Funcionamiento $ 2.270.000 (pesos uruguayos dos millones doscientos setenta mil)”.

$ 2.100.000 para financiar los Gastos Funcionamiento asociado a estos cargos”.

de

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Jorge Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: ya fundamentamos en el tratamiento general del Inciso, por lo tanto, vamos a solicitar que se voten en bloque los artículos aditivos que figuran en las hojas. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).En discusión los artículos aditivos que figuran en las Hojas Nos 48 a 58. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en noventa y dos: NEGATIVA. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para fundar el voto.

(Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 57:) “Artículo .- Créanse en el Poder Judicial los siguientes cargos de técnicos y administrativos para constituir nuevos equipos multidisciplinarios en el interior del país, para atender asuntos en materia de Penal, Adolescentes Infractores y Familia, incluyendo especialización en Violencia Doméstica y Código de la Niñez y Adolescencia, así como para crear una oficina que administre y coordine el funcionamiento de todos los equipos multidisciplinarios del interior de país:

Cantidad 1

Escalafón II

Grado 14

Denominación Director de

Vigencia 01.01.2016

Departamento 15 7 II II 12 12 Psicólogo Inspector Asistente Social 1 II 12 Médico Forense 1 V 10 Administra-tivo I 1 V 7 Administra-tivo Iv 01.01.2016 01.01.2016 01.01.2016 01.01.2016 01.01.2016

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: hemos votado afirmativamente estos aditivos que pretenden recoger los principales planteos realizados por el Poder Judicial. Por esa razón, entendemos la necesidad imperiosa de presentar estas hojas aditivas. Consideramos que la votación negativa de estos aditivos es una muy mala señal que como Poder Legislativo estamos dando. No estamos hablando de tal o cual diputado, de tal o cual bancada o de tal o cual sector; estamos hablando de la señal que está dando el Poder Legislativo dentro y fuera del país. La votación negativa de los artículos que figuran en las hojas no contribuye a fortalecer la acción del Poder Judicial. Tampoco vamos a atribuir intenciones. Parto de la base de que todos los gobernantes y todos los legisladores presentes buscan lo mejor para nuestro país, para el sistema político y para la ciudadanía en general. Como ya se ha dicho, hay varios artículos que no tenían costo, aunque algunos de ellos sí lo tenían, como el Centro de Justicia de Maldonado, una obra de mucha importancia en un momento en el que hay ocupada muy poca mano de obra en la construcción. Sin duda, es una obra que jerarquiza la labor del Poder Judicial. Hay que tener en cuenta, además, los altos costos que se pagan hoy por los alquileres.

(Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 58:) “Artículo .- Créanse en el inciso 16 ‘Poder Judicial’ los siguientes cargos de defensor público, con destino a la reforma del Código General del Proceso:
Cantidad Escalafón Grado Denominación Vigencia 10 VII Defensor Pú- 01.01.2016 blico Capital

Asígnase una partida adicional desde el año 2016 en la financiación 1.1. Rentas Generales de

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Todo el sistema político debería hacer el mayor esfuerzo para fortalecer al Poder Judicial y su independencia. Considero que votar los recursos fortalece la acción y contribuye a su independencia. Así como dijimos que era importante construir políticas de Estado cuando hablamos de las políticas sociales y de la vivienda, siempre debería ser interés del Parlamento nacional construir políticas de Estado cuando se trata de fortalecer la acción del Poder Judicial. No es bueno para el sistema democrático ignorar las necesidades justificadas del Poder Judicial. (Ocupa la Presidencia el señor representante Pablo Abdala) ——Yo apelo una vez más a la reflexión del oficialismo y del Poder Ejecutivo. Espero que en las siguientes instancias de estudio del presupuesto quinquenal -que tendrá lugar en el Senado- pueda reflexionarse y corregirse lo que considero un grave error. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo concluido el análisis del Inciso 16. Abdala).Ha

la 133ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Suiza, convocándose al suplente siguiente, señor Eduardo Márquez. Del señor Representante José Carlos Mahía, por los días 21 y 22 de octubre de 2015, a los efectos de asistir a la 133ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Suiza, convocándose a la suplente siguiente, señora Norma Griego Valiente” . ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y seis en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar licencia por motivos personales, para el día 14 de octubre. Sin más, saluda atentamente, JOSÉ ANDRÉS AROCENA Representante por Florida”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Arturo López”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez

58.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante José Andrés Arocena, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Valeria Moreira Arroqui. Del señor Representante Nelson Rodríguez Servetto, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Solana Cabrera de Abásolo. Licencia en misión oficial, artículo 1° de la Ley Nº 17.827: literal C) del

Del señor Representante José Carlos Mahía, por el período comprendido entre los días 15 y 20 de octubre de 2015, a los efectos de asistir a

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Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Jimena Nogueira Portillo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Mauro Guzmán Benítez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Arturo López, Jimena Nogueira y Mauro Guzmán Benítez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Arturo López, Jimena Nogueira y Mauro Guzmán Benítez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la

suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6262, del Lema Partido Nacional, señora Valeria Moreira Arroqui. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente tengo el agrado de dirigirme a usted, a los efectos de solicitar licencia por el día 15 de octubre por motivos personales, convocando a mi suplente correspondiente. Sin otro particular, saludo atentamente, NELSON RODRÍGUEZ SERVETTO Representante por Maldonado”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Federico Casaretto”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante Nelson Rodríguez Servetto. Saludo a usted atentamente, Luis Borsari”.

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“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante Nelson Rodríguez Servetto. Saludo a usted atentamente, Gabriela Camacho”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez renuncio a la convocatoria. Saludo a usted atentamente, José Hualde”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente comunico que por esta única vez renuncio a la convocatoria. Saludo a usted atentamente, Alejandro Lussich”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento que, por esta única vez, no acepto la convocatoria de la que he sido objeto para la sesión de la fecha. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Homero Bonilla”.

“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Magadalena Zumarán”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Ana Medina”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Ud. que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Óscar Olmos Gómez”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Lirian Miraballes Medina”.

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“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Alberto Heber”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Hernán Ciganda”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Fernando Suárez”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular, saludo a usted atentamente, Marta Torres”.

“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente quien suscribe Hugo Martínez Icardi con CC DBA 17113, CI: 3.772.818-8 comunico a Usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por parte del Representante Nacional Nelson Rodríguez Servetto. Sin otro particular saludo a usted atentamente, Hugo Martínez Icardi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Federico Casaretto, Luis Borsari, Gabriela Camacho, José Hualde, Alejandro Lussich, Homero Bonilla, Magdalena Zumarán, Ana Medina, Óscar Olmos, Lirian Miraballes, Alberto Heber, Hernán Ciganda, Fernando Suárez, Marta Torres y Hugo Martínez Icardi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Maldonado, Nelson Rodríguez Servetto, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Federico Casaretto, Luis Borsari, Gabriela Camacho, José Hualde, Alejandro Lussich, Homero Bonilla, Magdalena Zumarán, Ana Medina, Óscar Olmos, Lirian Miraballes, Alberto Heber, Hernán Ciganda, Fernando Suárez, Marta Torres y Hugo Martínez Icardi.

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3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 23, del Lema Partido Nacional, señora Solana Cabrera de Abásolo. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por los días 15 al 20 de octubre y se convoque a mi suplente correspondiente, de conformidad con la Ley Nº 17.827, inciso C, que establece la causal “misión oficial” del legislador. Motiva dicha solicitud mi participación en la 133ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria. El encuentro se realiza en la ciudad de Ginebra, Suiza. Se adjunta invitación. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Gabriela Garrido”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, a los efectos de asistir a la 133ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Suiza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 15 y 20 de octubre de 2015.

II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Gabriela Garrido. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, por el período comprendido entre los días 15 y 20 de octubre de 2015, a los efectos de asistir a la 133ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Suiza. 2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Gabriela Garrido. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Eduardo Márquez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales, por los días 21 y 22 de octubre y se convoque a mi suplente correspondiente, de conformidad con la Ley Nº 17.827, inciso C, que establece la causal “misión oficial” del legislador. Motiva dicha solicitud mi participación en la 133ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria. El encuentro se realiza en la ciudad de Ginebra, Suiza. Se adjunta invitación. Saluda atentamente, JOSÉ CARLOS MAHÍA Representante por Canelones”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Gabriela Garrido”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Eduardo Márquez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, a los efectos de asistir a la 133ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Suiza. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 21 y 22 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gabriela Garrido y Eduardo Márquez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Canelones, José Carlos Mahía, por los días 21 y 22 de octubre de 2015, a los efectos de asistir a la 133ª Asamblea de la Unión

Interparlamentaria, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Suiza. 2) Acéptanse las renuncias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gabriela Garrido y Eduardo Márquez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Norma Griego Valiente. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

59.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el Inciso 18, “Corte Electoral”, que comprende el artículo 537. (Texto del Inciso 18:) “Artículo 537.- Se autoriza a la Corte Electoral a enajenar los inmuebles sitos en el Departamento de Río Negro, Ciudad de Fray Bentos, Calle 25 de Mayo número 3336, Padrón 421, y en el Departamento de Florida, Ciudad de Florida, Calle Independencia número 845, Padrón individual 1721/003. Con el producido de las enajenaciones, la Corte Electoral podrá adquirir otros inmuebles o realizar las inversiones que disponga la Corporación”. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: es cierto que si siguiéramos el orden de los artículos que figuran en el repartido, deberíamos ingresar al Inciso 18. Pero también es cierto que hay para considerar algunas hojas del Inciso 17 “Tribunal de Cuentas”. Como decía -esto lo confirma-, no vino nada del Poder Ejecutivo; a ello se agrega que no resultó aprobado ninguno de los artículos del mensaje del organismo que pasaron por la comisión. Por lo tanto, hay algunas hojas aditivas del Partido Nacional y, por lo que vi, otras del Partido Colorado que dan estado parlamentario a algunas de

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las iniciativas del Tribunal de Cuentas. Sugiero, entonces, comenzar por allí. Me anoto para hacer uso de la palabra y dar alguna pista de por dónde podríamos empezar a tratar el tema. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señor diputado: el criterio de la Mesa -por lo menos el que se siguió tradicionalmente- es que, en la medida en que están referidos a Incisos que no figuran en el proyecto de la comisión, los artículos aditivos deben tratarse como aditivos al proyecto de ley. Por lo tanto, deben considerarse al final del análisis del articulado. Se pasa a considerar el artículo 537, que tiene siete artículos aditivos presentados por los señores diputados Sebastián Andújar, Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Jorge Gandini y Benjamín Irazábal, que figuran en las Hojas N° 59 a N° 64, y un artículo aditivo presentado por las señoras diputadas Cecilia Eguiluz, Valentina Rapela, Susana Montaner y Dianne Martínez y los señores diputados Conrado Rodríguez, Adrián Peña, Walter Verri, Guillermo Facello, Tabaré Viera y Germán Cardoso, que figura en la Hoja N° 65. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 59:) “El complemento de permanencia a la orden que se crea por el artículo anterior se percibirá mensualmente y reajustará de la misma manera que las retribuciones salariales de los funcionarios de la Administración Central y Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República. El monto del complemento se establecerá de acuerdo a la siguiente tabla: Grados Monto mensual 20, 19, 18, 17 y 16 15, 14 y 13 12, 11, 10, 9 y 8 $ 14.615.$ 13.208.$ 11.909.-

“La Corte Electoral, dentro de los sesenta días de entrada en vigencia de la presente ley, reglamentará lo establecido en los artículos anteriores dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 18.508 del 26 de junio de 2009 y de acuerdo a los siguientes principios rectores. La Corte Electoral, podrá disponer la extensión horaria de labor, en días hábiles, a los funcionarios incluidos en este sistema retributivo, dentro de los límites del o los departamentos donde efectivamente cumplan funciones, no pudiendo exceder la misma las veinte horas mensuales ni las cuatro horas diarias por funcionario. La extensión horaria relacionada a los actos eleccionarios previstos en el artículo 77 numerales 9 y 12 de la Constitución de la República, comprenderá los tres meses previos a cada acto y finalizará con las proclamaciones. La extensión horaria se fijará sobre la base de un incremento progresivo pudiendo alcanzar en el tercer mes y hasta las proclamaciones, hasta ciento veinte horas mensuales que se podrán realizar en días hábiles y sábados. La extensión horaria deberá disponerse por razones de servicio, debidamente justificada en el cumplimiento de los planes y las metas previamente establecidas y sobre la base de la distribución equitativa de tareas. La determinación de las metas y el control de su cumplimiento se realizarán en el marco de la Ley Nº 18.508 de 26 de junio de 2009”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 61:) “Las retribuciones a los funcionarios en los días de las elecciones previstas en el artículo 77 numerales 9 y 12 de la Constitución de la República corresponderán exclusivamente a la extensión horaria efectivamente cumplida de acuerdo a la siguiente tabla: Grados Monto mensual 20,19, 18, 17 y 16 15, 14 y 13 12, 11, 10, 9 y 8 $ 9.159$ 7.643$ 6.344-

Los montos mencionados están expresados a valores de 1º de enero de 2015 y se reajustarán de la misma manera y en la misma fecha que las retribuciones de los funcionarios de la Administración Central y los Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 60:)

Los montos mencionados están expresados a valores de 1º de enero de 2015 y se reajustarán

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de la misma manera y en la misma fecha que las retribuciones de los funcionarios de la Administración Central y los Organismos del artículo 220 de la Constitución de la República”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 62:) “La extensión horaria relacionada a los demás actos eleccionarios de instituciones y organismos públicos cuya realización y contralor la ley adjudica a la Corte Electoral comprenderá el mes previo a cada acto y finalizará con las proclamaciones. La extensión horaria se fijará sobre la base de un incremento progresivo pudiendo alcanzar hasta las setenta horas mensuales. Los funcionarios incluidos en este sistema retributivo podrán compensar con horas de licencia aquellas que superen la extensión horaria establecida en el inciso segundo del artículo 3º. Los funcionarios afectados al desempeño de tareas el día de cada acto eleccionario de los referidos en el inciso primero de este artículo, compensarán ese día con cinco días de licencia si se realizan dichos actos electorales en días inhábiles, y dos días de licencia si se realizan en días hábiles. El goce de las horas y días a compensar establecidas en este artículo no podrá realizarse en los períodos previstos en el inciso tercero del artículo 3º”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 63:) “Se autoriza a la Corte Electoral a adquirir bajo la modalidad de crédito de uso ‘leasing’, un inmueble que permita desarrollar adecuadamente las actividades del Organismo. A estos efectos la Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes y el producido de la venta autorizada por el artículo 658 de la Ley N° 18.719 del 27 de diciembre de 2010, tendrá como destino Rentas Generales”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 64:) “Créase una retribución como complemento de la permanencia a la orden para los funcionarios de la Corte Electoral que

efectivamente desempeñen tareas en el organismo en régimen de cuarenta horas semanales, y aquellos funcionarios de otros organismos que en régimen de pase en comisión presten funciones en la Corte Electoral hasta un máximo de treinta y uno. Los funcionarios de la Corte Electoral, que en régimen de pase en comisión, presten funciones fuera del Organismo, no percibirán el complemento de permanencia a la orden que se crea. Se considerarán comprendidos en el sistema de funcionarios que no manifiesten su propósito de no ser incluidos antes del 31 de marzo del año siguiente al que se realicen las Elecciones Departamentales. Los funcionarios incluidos en este sistema retributivo se mantendrán en el mismo desde el 1º de enero del año siguiente a la realización de las Elecciones departamentales, hasta el 31 de diciembre del año en que se realicen las siguientes Elecciones Departamentales. Los funcionarios que presten funciones en la Corte Electoral no podrán percibir compensación alguna por extensión horaria, a excepción de lo dispuesto por el artículo 656 de la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y aquellas horas que resulten necesarias para realizar las tareas en los días de las elecciones previstas en el artículo 77 numerales 9 y 12 de la Constitución de la República”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 65:) “Derógase el artículo 488 de la Ley 17.296, de 21 de febrero de 2001. Dispónese que a los efectos de la carrera administrativa las Oficinas Centrales de la Corte Electoral y las Oficinas Electorales Departamentales de todo el país conformarán una única unidad”. ——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 537. (Se vota) ——Ochenta y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra.

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SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero dar explicación a algunos de estos temas. Creo que debemos analizar juntos cuál es el camino que vamos a tomar en la Cámara. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señor diputado: ¿usted propone analizarlos en conjunto? SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: propongo analizar en conjunto los primeros cinco. Quienes estuvimos en la comisión conocemos la génesis de este tema. Si mal no recuerdo, en 2013 -durante el tratamiento de la ley de rendición de cuentas-, recibimos una propuesta de los funcionarios del organismo, muy seria y muy insistente, en cuanto a sustituir el régimen por el que los funcionarios cubren y atienden las situaciones excepcionales de la Corte Electoral, como los procesos electorales, algunos previstos y otros imprevistos, pero siempre excepcionales desde el punto de vista presupuestal. Ante cada uno de estos eventos, sus partidas presupuestales son reforzadas por el Poder Ejecutivo para atender el gasto extraordinario que cada una de estas elecciones representa: las nacionales, las internas, el balotaje, las municipales o también un plebiscito, un referéndum, y algunas otras instancias, como las elecciones en el Banco de Previsión Social o algún otro órgano; a la brevedad, vendrá la de los consejos de la educación. Los funcionarios proponían que en lugar de atender esas tareas de modo excepcional, con horas extra, se estableciera un nuevo sistema retributivo que les permitiera distribuir ese monto de modo igual durante todos los meses del año y atender -con una dedicación exclusiva y extraordinaria, sin remuneraciones especiales- las situaciones excepcionales. El Parlamento, tanto en la discusión en la Cámara de Diputados como en la del Senado, entendió razonable ese asunto. Comenzó a estudiar la materia y entendió que no la podía resolver exclusivamente con el debate parlamentario, porque las autoridades de la Corte Electoral no habían planteado iniciativa y no tenían el tema estudiado. Por lo tanto, en la Rendición de Cuentas se encomendó a la Corte Electoral -creo que en el artículo 36 de la Rendición

de Cuentas de 2013-, que en acuerdo con sus funcionarios remitieran, en un plazo de dos años, una iniciativa con un nuevo sistema retributivo. Dos años después, en la instancia presupuestal de 2015, cumpliendo con el mandato -si no lo hubieran hecho estarían en falta y lo estaríamos reclamando-, la Corte Electoral, todos sus ministros, en acuerdo con la Asociación de Funcionarios de la Corte Electoral, remitieron una propuesta que está contenida en estos cinco artículos. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Disculpe, señor diputado. La Mesa solicita a los señores legisladores que eviten el murmullo, y que tomen asiento, a los efectos de poder escuchar al orador. De lo contrario, la sesión se distorsiona. Además, corresponde, por el elemental respeto que nos debemos todos, escuchar a quien está haciendo uso de la palabra. Puede continuar el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI presidente. (Jorge).Gracias, señor

Hay diferencias en cuanto a si el costo que tiene, y que aquí viene consagrado -creo que son $ 42.000.000- está financiado o no, y si sobrepasa los recursos que el Poder Ejecutivo -aunque no presupuesta-, entrega a lo largo del quinquenio o no. Lo cierto es que han hecho un esfuerzo; una parte del costo se cubriría reduciendo vacantes y la otra a través de Rentas Generales. Nosotros entendemos que el sistema retributivo es bueno. Se divide en tres franjas con distintos montos para distintos tipos de funcionarios. Esto haría justicia a un órgano que tiene problemas, pero que puede ser perfeccionado. No nos olvidemos que a medianoche, después de cada acto electoral, los candidatos perdedores saludan a los ganadores y nadie duda del resultado. Ese es un patrimonio nacional de nuestra democracia, que hay que cuidar, y que le debemos a las autoridades y sobre todo, a su cuerpo permanente, que son los funcionarios. Se trata de funcionarios especiales, porque es el único organismo donde hay que declarar filiación partidaria para poder ingresar. Luego se forman lo equipos de trabajo en parejas de distinta filiación política para dar garantías al sistema. Tienen dificultades para la informatización, pero nadie jaquea esta Corte Electoral. Cuando termina la hora de votar,

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sabemos lo que pasó, y no se cae el sistema, no hay duda de qué pasó entre tal hora y tal otra, como pasa en muchos países. El sistema funciona. Toda la institución, en acuerdo, nos manda este programa, y nosotros entendemos que hay que votarlo. Debo decir que en esta tarea trabajaron muchos legisladores, y quizás el que más haya trabajado en la propuesta original, de hace dos años, sea el diputado Gonzalo Mujica, que fue quien le encontró la vuelta. Ahora tenemos este acuerdo, y la pregunta es: ¿lo votamos aunque el Parlamento no tenga suficiente seguridad de que está financiado, y si no lo está que lo refuerce el Poder Ejecutivo, como lo tiene que reforzar? ¿Cuántos actos de referéndum habrá desde este momento hasta 2020? ¿Cuántos plebiscitos? ¿Cuántas veces se van a juntar firmas que la Corte Electoral tiene que contar? ¿Alguien lo puede asegurar? Nadie lo sabe. Pues con el sistema retributivo propuesto, cada vez que eso suceda, habrá costo cero. Sin este sistema retributivo, cada vez que eso suceda, el Ministerio de Economía y Finanzas tendrá que reforzar. ¿No será mejor hacer esto, que haya más justicia, que todos ganen lo que tienen que ganar -un poquito más que ahora- y que no haya quien cobre horas extra mientras el de al lado no las recibe? La otra opción es: dejémoslo correr; vótese en contra y esperemos que el Senado dé una solución o, como se le dice en algunos ambientes, la Cámara alta. ¿Podrá solucionar este problema que está hoy en manos de la Cámara “baja” -entre comillas-? Yo creo que deberíamos animarnos a resolver este problema, votando los cinco artículos que están mal ubicados. La Hoja Nº 64 corresponde al artículo 1º que envió la Corte Electoral, y en las Hojas Nos 59 a 63 están los otros cuatro artículos. Este es el informe de este paquete que debe ser, a mi juicio, tratado en conjunto. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: la intervención del diputado Gandini, que me antecedió en el uso de la palabra, nos evita historiar los antecedentes de los artículos relativos a la Corte Electoral que contemplan el mandato que determinó el Parlamento de la República en la Rendición de Cuentas a la cual se hacía referencia.

Consecuentemente, esta era la oportunidad para anualizar la partida que en forma extraordinaria el Poder Ejecutivo otorga a la Corte Electoral para el pago de horas extra, lo que representa una distorsión en el funcionamiento y, sobre todo, en el pago de haberes de los funcionarios de la Corte Electoral, que en esas instancias reciben una remuneración extraordinaria. De acuerdo con la opinión de consenso a que se había llegado en el Poder Legislativo, lo que correspondía era anualizar esas partidas, de forma tal de establecer una remuneración fija para cada uno de los años, atendiendo lo que representaban en la globalidad esas partidas extraordinarias. Lamentablemente, no vino iniciativa para estos artículos, como ha pasado con los distintos organismos de contralor. El Poder Ejecutivo no ha entendido del caso enviar iniciativa y, en consecuencia, nos enfrentamos a la idea de cumplir lo que había sido consensuado. De hecho, estas propuestas vienen a dar cumplimiento a ese consenso trabajado en el ámbito de las Comisiones de Presupuestos y de Hacienda, que recibió el respaldo en ambas Cámaras. El Partido Independiente va a acompañar estos artículos porque nos parecen de orden. Creo que si existiera voluntad política también sería posible encontrar su financiación. En tal sentido, comprometemos nuestro esfuerzo y la posibilidad de plantear algunas ideas para ver de dónde se pueden reducir recursos a fin de que sean afectados a la situación planteada en la Corte Electoral. El organismo ha respondido con este acuerdo entre funcionarios, respaldado por los ministros de la Corte Electoral, que lamentablemente no ha tenido iniciativa ni ha sido contemplado en la instancia de discusión en la Cámara de Diputados. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Mujica. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente: este tema tiene una historia que arranca en la Rendición de Cuentas anterior. Efectivamente, surge de una iniciativa conjunta, pero en primer lugar, del sindicato de funcionarios de la Corte Electoral. Tradicionalmente, cuando llegan las elecciones trabajan con un sistema de horas extra. Esto genera una serie de distorsiones, no solo porque realizar la preparación electoral, las inscripciones, etcétera, en base a horas extra es distorsionante a la interna del

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organismo sino porque, además, la designación de quién hace las horas extra es un problema para el funcionamiento de la Corte y el relacionamiento con sus funcionarios. En determinado momento, surgió un acuerdo según el cual no se les pagaba horas extra en los actos especiales porque quedaban con un pago permanente a disponibilidad. Por lo tanto, cuando hubiera necesidad de hacer jornadas especiales por inscripciones, cambios de domicilio o actos eleccionarios, quedaban comprendidos dentro del pago a disponibilidad y no había una erogación excepcional. Así, se extendía el costo en el correr del quinquenio. Esto fue recibido por todas las bancadas como una buena solución que, además, venía con la buena disposición de ambas partes, es decir, de la dirección de la Corte y del sindicato. El planteo era tomar el costo de las horas extra y extenderlo a lo largo de cinco años; o sea que no tenía costo. Simplemente, era una forma distinta de distribuir un costo, que se volvía quinquenal y no implicaba una mayor erogación. En aquel entonces, prácticamente vino en el momento en que estábamos votando y no pudimos hacer más que exhortar al Senado a que resolviera el tema. El Senado sacó esa disposición y, a partir de ese entonces, el sindicato y la Corte entablaron una mesa de diálogo que terminó en un acuerdo refrendado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La novedad fue que lo acordado tenía costo; es decir, no se trataba solamente de la distribución en el quinquenio de las horas extra sino que había un costo que estaba por encima de lo calculado. Eso no fue refrendado por un acuerdo entre la Corte y el Poder Ejecutivo, por lo que nos vino un problema -un poco distinto al anterior-, que intentamos resolver, porque estuvimos trabajando en posibles soluciones. No obstante, la última solución a que llegamos fue considerada inconveniente, tanto por el sindicato de funcionarios como por la Corte Electoral. Entonces, resolvimos que el tema vuelva al Senado, a ver si los compañeros senadores, con más tiempo, pueden encontrar algo que resuelva este intríngulis, que ya lleva algunos años. No hemos cambiado nuestra opinión con respecto a que lo mejor es que el personal esté a disponibilidad, pero si en aquel momento no queríamos que representara un aumento de los costos de la institución, ahora, con todo lo que hemos hablado de la situación, menos lo queremos.

Tampoco podemos imponer algo por debajo de los costos que el sindicato y la Corte pactaron en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, porque estaríamos metiéndonos en otro problema: prácticamente, en un conflicto de poderes. Este tema vuelve, entreverado, en una práctica -tal vez inconsciente- de creer que nos traen un problema a medio resolver, cuando en realidad tenemos que decidir sobre hechos consumados o hacer de juez y parte en cosas que no corresponden. Pienso que falta negociación, un poco más de trabajo y tiempo. Nosotros no tuvimos ese tiempo y, por eso, el Frente Amplio plantea que no se vote el artículo 1° del mensaje del organismo y el tema vuelva a ser tratado por los senadores en condiciones que lo tornen posible y razonable. Es cuanto quería decir, señor presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: sin duda, esta sección del presupuesto ha generado muchas complicaciones, tanto en lo que hace a la Corte Electoral como al Poder Judicial, al Tribunal de Cuentas y al Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Sin duda, estos organismos han sido relegados y eso ha sido cabalmente reconocido. En el caso específico de la Corte Electoral, una ley de 2013 le había encomendado que, conjuntamente con el sindicato, llegara a un acuerdo para establecer un nuevo sistema retributivo. Esto estaba enmarcado en la realidad del organismo: paga salarios muy bajos y los funcionarios logran hacer una diferencia salarial recién en la culminación del quinquenio, esto es, cuando se empieza a organizar todo lo que tiene que ver con el proceso electoral. Este tipo de remuneración es bastante injusta y durante cuatro años los funcionarios tendrán que hacer, muchas veces, malabares para llegar a fin de mes y solventar a sus familias. Entonces, en virtud de lo que disponía esta ley y negociación mediante, se llegó a este acuerdo que, como decía el diputado Mujica, fue refrendado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Nosotros esperábamos que tuviera concreción en el presupuesto nacional. Las autoridades de la Corte Electoral vinieron a la Comisión de Presupuestos integrada con la de

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Hacienda con esta propuesta y la defendieron. Se les dijo que se intentaría estudiar estas fórmulas y llegar a una solución -primero en la comisión o, de lo contrario, en el plenario de la Cámara- para dar cumplimiento a la ley. Esto no ha sido así. Nos encontramos con que en el plenario de la Cámara los aditivos fueron presentados por el Partido Nacional y el Partido Colorado, recogiendo el presupuesto presentado por el organismo. Consideramos que este nuevo sistema retributivo se puede financiar. Se puede hacer un promedio de lo que se gastó en el pago de horas extra durante el quinquenio anterior y anualizarlas, para cumplir con estas franjas dispuestas por la Corte Electoral, que recoge el Partido Nacional en sus aditivos. También se puede sacar recursos de otros lugares y los funcionarios han sido receptivos a negociar fuentes de financiamiento. Tanto los funcionarios como las autoridades de la Corte Electoral han hablado de la posibilidad de eliminar más vacantes, lo cual permitiría el financiamiento de este nuevo sistema retributivo. Si hay voluntad política, se puede llegar a una fórmula de entendimiento en la que se pueda contemplar lo dispuesto por la Ley N° 19.149 y el acuerdo arribado y homologado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. De este modo, se puede modificar el sistema retributivo anterior que, sin duda, carece de justicia, por los argumentos que hemos expuesto. La Corte Electoral cumple una función principalísima en nuestra República. Muchos tal vez no sepan lo que se juega en su función o directamente lo que hace, no solamente en el proceso electoral sino durante los cinco años que dura un período de gobierno. La Corte Electoral es la última garantía del Estado de derecho: es la que vela por el fiel cumplimiento de la voluntad del ciudadano. Y si el sistema político, el Parlamento nacional —es decir, nosotros—, no le damos la trascendencia, la importancia que ese organismo tiene para nuestra República, sin duda estamos errando el camino. Creemos que si hay voluntad política este nuevo sistema retributivo es posible y no solo eso, sino la incorporación de algunas normas que fueron presentadas por el organismo y no se contemplaron, tanto en la comisión como en el plenario. Nosotros pensábamos que el oficialismo iba a presentar aditivos a ese respecto.

En tal sentido, presentamos un aditivo, que figura en la Hoja Nº 65, referente a un reclamo histórico en cuanto a la unificación de la carrera administrativa de la Corte Electoral. Este organismo tiene un sistema de carrera administrativa muy diferente: tal vez haya tantos sistemas como departamentos. Eso determina que cuando los funcionarios comienzan la carrera administrativa en un departamento, no puedan pasar a otro en el que quizás tendrían mejores condiciones laborales y, por qué no decirlo, retributivas. Es por eso que debemos dar este impulso para que en este presupuesto nacional se pueda plasmar el sistema único de carrera administrativa que fue propuesto por la Corte Electoral y que ha sido un reclamo histórico de los funcionarios. La bancada del Partido Colorado cree que el sistema político debe hacer este esfuerzo, en el entendido de que está cumpliendo con algo que es justo: que los funcionarios puedan tener una remuneración acorde a su desempeño; que no tengan que realizar tareas durante catorce, quince o dieciséis horas por día al final de los procesos electorales, incluyendo sábados y domingos, sin estar con sus familias, cuando se podría trabajar de forma mucho más organizada durante los cinco años, o durante los primeros cuatro años, cuando no hay elecciones. Yo no tengo ninguna duda de que si se agregaran varios actos electorales a los establecidos por la Constitución de la República, el nuevo sistema retributivo que propone la Corte Electoral sería mucho más ventajoso que lo que el Estado debería pagar si tuviera que financiar cada uno de estos actos electorales en forma independiente, al no estar establecidos en una planificación en la ley de presupuesto. Así que, señor presidente, como bancada del Partido Colorado queríamos dejar claro que estamos dispuestos a acompañar los aditivos presentados por el Partido Nacional, así como promover y votar el aditivo de nuestro partido. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).Culminando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor diputado Carlos Coitiño. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Señor presidente: en la instancia de este presupuesto no hemos intervenido

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sobre muchos aspectos de relación entre los trabajadores y las responsabilidades políticas en los distintos Incisos. En este caso nos parece importante dar una opinión: en la misma medida en que no ha habido resolución de nuestra bancada sobre este tema, nos sentimos con la libertad de expresar nuestro pensamiento. En las intervenciones anteriores se han historiado muchos aspectos, pero creo que hay que agregar un proceso de trabajo con el modelo que los frenteamplistas todos defendemos, acerca de la necesidad de una relación y una articulación de visiones entre los trabajadores organizados y las direcciones políticas de cada ente, que acá se expresó con la mayor perfección, precisamente desde el punto de vista de ese modelo que estamos defendiendo. Adviértase que el 27 de mayo se produce la primera instancia de discusión en la que participan la dirección de la Corte Electoral, la dirección del sindicato de trabajadores de ese organismo y el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Allí se establecen condiciones para el diálogo y el 29 de mayo la dirección de la Corte Electoral y el sindicato empezaron un trabajo que finalizó con un acuerdo, que está firmado. Mucho hemos hablado en materia de relaciones laborales respecto a la firma de lo que se acuerda. Precisamente, el 13 de agosto -es decir, exactamente diecisiete días antes del ingreso del proyecto de presupuesto quinquenal- se produce un acuerdo entre la dirección de la Corte Electoral y sus trabajadores. Todavía no he tenido la oportunidad de escuchar el contenido de la propuesta del Partido Nacional -se ha cambiado el mecanismo-, por lo que estamos opinando más sobre la base de estos documentos. Ha habido distintas posiciones y se ha hecho un análisis muy serio de lo que ha preocupado en todo este proceso de discusión, que es el problema de la aplicación de recursos. Y se ha sostenido algo que habrá que probar -nos gustaría más que lo probaran en la discusión que dentro de dos días iniciará el Senado-: que esto es una falacia. (Murmullos) ——En esta propuesta hay supresión de cargos: en todo el Estado, por iniciativa del Poder Ejecutivo, hay supresión de cargos en diversos Incisos, de modo de financiar recursos para otras propuestas. Entonces, no

hay ninguna razón, a menos que alguien hoy me pueda probar lo contrario, para afirmar que la supresión de las vacantes no arroja un ingreso suficiente. (Murmullos) ——En ese sentido, también hay que tener en cuenta que hay un planteo… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Disculpe, señor diputado. Me veo en la obligación de interrumpirlo para pedir una vez más a los colegas que por favor guarden silencio y tomen asiento para que todos podamos escuchar al orador. Puede continuar el señor diputado Coitiño. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Lo que expresamos lo decimos muy convencidos; está muy razonado. No es un tema de posicionamiento político, sino el análisis de una realidad que tiene soluciones y no hay ninguna razón -salvo que haya alguien que lo pueda fundamentar, solo por una visión política- para creer que lo que está planteado no garantice en primera instancia -obviamente, sujeto a prueba- que la aplicación de este convenio genere costos que no se puedan cubrir con otros recursos que tiene derecho a utilizar la propia Corte Electoral. También puede cambiar la metodología que tiene que ver con los actos constitucionales en los cuales la Corte Electoral tiene la obligación de intervenir, que se estaban pagando con horas extra. Y se propone cambiar la aplicación del recurso por un sistema que vamos a encontrar en el estatuto del funcionario que, si bien todavía no llega a los trabajadores de la Corte Electoral, permite compensar esos días de trabajo con descanso que se acuerda para el momento en que el organismo tenga un funcionamiento que requiera menos personal. Asimismo, en la Ley Nº 18.719 hay una partida de $ 7.240.000 que también se puede aplicar; basta que haya una modificación de ese artículo. Por lo tanto, pensamos que está bien que la discusión se siga en el Senado, pero esta Cámara perfectamente puede enviar el proyecto con un principio de aprobación. Como sucederá con otros artículos, si el Senado entiende que están equivocados, los va a corregir y tendrán que volver. Si las correcciones van en el sentido de que son

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inaplicables, con mucho gusto vamos a respetar lo que el Senado determine. Muchas gracias. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente: reitero que sí hubo un acuerdo; yo lo dije en el relato. Hay un documento firmado entre las autoridades de la Corte Electoral y el sindicato. La Corte Electoral es un organismo del Estado y sus integrantes no pueden acordar sobre dineros que no son de ellos sin incluir en el acuerdo a quien debe pagar. Ese es el tema central. El acuerdo implica un incremento de costos y tanto es así que nosotros elaboramos una posible fórmula en este presupuesto, por la cual el sistema se pagaba con recursos propios del organismo. Pero tanto la Corte Electoral como el sindicato nos dijeron que no lo presentáramos. Por lo tanto, no es tan simple. Si esto se pagara solo con la plata que ellos tienen, hubieran aceptado la propuesta que les hicimos. El problema es que las partes saben que para que se cumpla el acuerdo que han hecho, tiene que haber un ingreso de dinero a la Corte Electoral que es superior al que el organismo posee, incluyendo el que dispone para el pago de horas extra. No se puede hacer un acuerdo sobre dineros que no están en el organismo sin tener presente, por lo menos, la opinión o la participación de quien debe aportar esos dineros. Esa es la decisión que nosotros no queremos tomar. Entonces, queremos pasarlo al Senado para que haya más tiempo y para que se involucre también el Ministerio de Economía y Finanzas en la discusión, porque en última instancia es la caja del Estado. Una institución, un organismo aislado no puede tomar entre partes, entre quien la dirige y su sindicato, decisiones que afectan la caja sin que el que la dirige tenga opinión y pueda decir si dispone o no de la plata. A veces, nos han pedido que convalidáramos acuerdos cuando en realidad no estaban cerrados. Como dije, es una institución del Estado. ¿Sobre qué dineros están negociando entre ellos? No es simplemente un reordenamiento de costos internos;

es un incremento de costos de la institución, y por eso lo estamos pasando al Senado. Es lo que quería decir, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor Diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: uno puede estar de acuerdo con la intención y si el Senado le va a entrar al tema con las mismas ganas que le entró este Cuerpo, a lo mejor encuentra una solución. Hay dos maneras de pasarlo al Senado. Votándolo afirmativamente para que el Senado lo tenga en el articulado -siempre lo podrá votar por la negativa si no encuentra la solución- o votándolo negativamente y avisándole al oído que esto marchó, pero que nos gustaría que lo discutieran de vuelta para que ellos lo pusieran. Yo preferiría que lo votáramos y que fuera el Senado el que estudiara si le encuentra el financiamiento, porque la solución está en estos cinco artículos. Si hay problema de financiamiento, lo primero que va a hacer el Senado será recibir al Ministerio de Economía y Finanzas. Entonces, que lo trate allí y pida al Ministerio de Economía y Finanzas si puede hacer ese esfuerzo; de lo contrario, probablemente sea un argumento para no acompañar con el voto la permanencia de esos cinco artículos en el presupuesto nacional. Como dije, prefiero votarlo, pero aclaro que de las dos maneras pasaría al Senado. Gracias. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: tuve la oportunidad de participar en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda a la que concurrieron los integrantes de la Corte Electoral y si hubiesen estado presentes todos los señores diputados que la integran, habrían comprobado la desesperación que tiene este organismo por conseguir los recursos para poder realizar su tarea. La Corte Electoral no es un organismo más del Estado, es el garante de las elecciones que se realizan

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en el país, a nivel nacional y a nivel internacional. Por lo tanto, el prestigio de tener el respaldo de una Corte Electoral fuerte, organizada y que trabaje sin ninguna necesidad para el país como tal, es fundamental. Y si no miren lo que pasa en algunos países vecinos, por aquí cerquito. Como decía el señor diputado Jorge Gandini, generalmente a medianoche, además de aquellos que hacen las encuestas, todos esperan el resultado de la Corte Electoral, que es una garantía en una elección nacional, departamental, en un referéndum o en un plebiscito. Por lo tanto, no se puede simplificar esta discusión a las horas extra o a los recursos que se pueden ahorrar en tal parte de la Corte Electoral para volverlos a reinvertir. Me parece que lo manifestado por el señor Jorge Gandini, en el sentido de que esto se vote y vaya al Senado, sería un buen mensaje a dar como Cámara en cuanto a que el tema nos importa, porque al país le tiene que interesar que la Corte Electoral sea un organismo de prestigio y de respeto, como es actualmente. Muchas gracias, señor Presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Si no se hace uso de la palabra se van a votar los aditivos que figuran en las Hojas Nos. 59, 60, 61, 62, 63 y 64, de acuerdo con la propuesta formulada oportunamente por el señor diputado Jorge Gandini. La Mesa solicita a los señores diputados que tomen asiento a los efectos de que se pueda registrar adecuadamente su voto. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: quiero precisar lo que estamos votando porque las hojas están entreveradas. Votaríamos las hojas en el siguiente orden: N° 64, N° 59, N° 60, N° 61 y N° 62. La Hoja N° 63 corresponde a otro tema. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Si el señor diputado Gandini está de acuerdo, podemos registrar el orden que ha sugerido y votar en bloque. Si la votación resulta afirmativa, después se ordenaría la inclusión en el proyecto de ley, de acuerdo a su sugerencia.

La Mesa vuelve a solicitar a los señores diputados que tomen asiento a efectos de que su voto se pueda registrar, porque después tenemos dificultad para computar el quórum y la cantidad de votos en un sentido u en otro. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en noventa y seis: NEGATIVA. SEÑOR MIER (Egardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: los diputados nacionalistas del interior recibimos en nuestros pagos a los funcionarios de la Corte Electoral y les queremos decir que en esta votación estuvo nuestra mano levantada en apoyo a sus reivindicaciones. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: solicito que se rectifique la votación. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y siete en noventa y seis: NEGATIVA. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: si bien en esta oportunidad no estuvimos tan metidos en este tema, sí hemos estado en instancias anteriores conversando tanto con los ministros de la Corte Electoral como con los funcionarios. Entendemos que el régimen que se propone es el indicado, pero en este caso viene claramente desfinanciado en el propio mensaje de la Corte Electoral. (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Es la cuarta o quinta vez que la Mesa tiene que pedir al Cuerpo que guarde silencio y que mantenga la mayor compostura posible; esas solicitudes se han hecho en

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el curso de los últimos diez o quince minutos. Es muy difícil continuar sesionando de esta manera. Por lo tanto, volvemos a pedir a los señores legisladores de todos los sectores parlamentarios que, por favor, se escuche al orador; la Mesa no puede escuchar lo que el orador está expresando. Además, es muy difícil encauzar el debate y la discusión de esta manera. Puede continuar el señor diputado Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Gracias, señor presidente. Decíamos que, en este caso, la propuesta que nos envía la Corte Electoral viene claramente desfinanciada y ha sido una conducta de la bancada de Gobierno, y reconocemos que también de la oposición -en la mayoría de los casos-, evitar que se voten recursos para los organismos que tienen la posibilidad de presentar su iniciativa en forma desfinanciada. Cuando planteamos pasar esto al Senado no lo hacemos en forma irresponsable. Sabemos que para poder financiarlo se pueden buscar reasignaciones. Quizás el Senado pueda hacerlo, de la misma manera en que la Cámara de Diputados lo pudo hacer con otros rubros. En este caso, nosotros no pudimos. (Murmullos) ——Aprovecho este fundamento de voto para aclarar que queda demostrado que no es por venganza, porque no tenemos ningún conflicto con la Corte Electoral, que el Poder Ejecutivo no envió… (Murmullos) ——Es difícil, presidente. (Murmullos.- Campana de orden) ——No podemos pensar que haya una vendetta porque el Poder Ejecutivo no envió recursos para este tema. Por lo tanto, queda claro que no se discrimina a algunos organismos por estar de acuerdo, o no, con ellos; simplemente, es una disposición presupuestal en base a los criterios que se han manejado en esta instancia. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: solicito que se rectifique la votación.

SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y seis en noventa y seis: NEGATIVA. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: votamos afirmativamente por las razones que se han expuesto al fundamentar la propuesta que se hizo de estos aditivos. También recibimos a la Corte Electoral y a sus trabajadores, y nos explicaron el proceso. Pero quiero hacer referencia a otro debate que vendrá, porque estamos ante un acuerdo conseguido por los trabajadores con la Corte Electoral y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y todo lo que tiene que ver con la negociación colectiva refrendada por la asamblea del sindicato. Cuando argumentamos en contra del artículo que fue 619 -no sé qué número tendrá ahora-, en el que se establece el chantaje a los trabajadores de la educación, en el sentido de que si no agarran lo que les da el Gobierno no les toca nada, se argumentó que eso era fruto de un acuerdo y que había que respetar los acuerdos. Esto está demostrando que los acuerdos no se respetan. Gracias, señor Presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: en la misma línea, no juzgo intenciones; dije que había elementos de convicción suficientes como para hacer determinadas aseveraciones sobre los organismos de control. ¡Vaya si la Corte Electoral merecería un esfuerzo del Poder Ejecutivo porque después hacemos tantos discursos! Ni los militares pudieron hacer fraude, por el valor que tiene la Corte Electoral en el Uruguay, desde el registro cívico permanente, la forma en que se cuidó el voto.

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Entonces, vuelvo al mismo argumento. Si se dice que el Poder Ejecutivo no priorizó al Poder Judicial, me voy por ese lado y soy coherente: tampoco priorizó a la Corte Electoral, gracias a cuyos funcionarios e institucionalidad ni los militares pudieron hacer fraude. Creo que estamos en una situación sumamente grave, ya sea desde el punto de vista institucional -no me voy a pronunciar a ese respecto porque ya lo he dicho varias veces; hace años que estoy convencida de ello, porque dejar caer a la Corte Electoral es dejar caer el piso de nuestra democracia-, como desde el punto de vista económico, lo que es más evidente y más grave que lo que se dice. Ya que votaron la ley de negociación en el ámbito público, si hay un convenio -esto no lo puedo decir en la fundamentación de voto, pero no le pude pedir una aclaración al señor diputado Mujica-, entre los trabajadores y la Corte Electoral, vayan al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y el problema estará solucionado. La ley de negociación en el ámbito público ató al Estado; en consecuencia, la plata de ahí va a tener que salir. Hay que sugerir eso a los trabajadores. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR COITIÑO (Carlos).- Señor presidente: es notorio que en la tercera votación no acompañé lo que, desde el punto de vista de mi razonamiento, creía que era lo más adecuado. Los compañeros frenteamplistas, con quienes compartimos estos esfuerzos, nos aseguran que en el Senado se va a considerar el tema de la financiación y, por tanto, si se incorpora. Yo no puedo dejar de confiar en nuestra fuerza política y en nuestros compañeros, más allá de las diferencias de apreciación que podamos haber tenido antes del debate o durante su discusión. Por lo tanto, vamos a estar vigilantes de que se hagan los esfuerzos para comprobar que los números que quedan registrados en la versión taquigráfica sean los verdaderos, porque también confío en los trabajadores organizados que en la Corte Electoral estudiaron a fondo el tema y merecen atención, salvo que podamos comprobar que lo presentado es incorrecto.

SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: disculpe mi insistencia, pero solicito que se rectifique nuevamente la votación. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Se va a rectificar por última vez la votación. (Se vota) ——Cuarenta y siete en noventa y seis: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 65. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: cuando hicimos la fundamentación de nuestro voto anunciamos que habíamos presentado este artículo aditivo. Simplemente, queremos explicar que pretende unificar la carrera administrativa; hoy por hoy, son diecinueve. Este artículo fue propuesto por la Corte Electoral. A nosotros el planteo nos parece lógico y atendible; además, no implica costo para el presupuesto nacional. Por lo tanto, consideramos que es un artículo que se puede acompañar. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y seis en noventa y siete: NEGATIVA. Ha concluido la votación de los artículos relativos al Inciso “Corte Electoral”.

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60.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Gonzalo Civila López, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Lasa. Del señor Representante Nicolás J. Olivera, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Patricia Mónica Vásquez Varela. Del señor Representante Carlos Varela Nestier, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Elena Ponte. Licencia en misión oficial, artículo 1° de la Ley Nº 17.827: literal C) del

Por intermedio de la presente, solicito licencia por motivos personales por el día 14 del corriente. Asimismo solicito se convoque al suplente correspondiente. Sin otro particular lo saluda atentamente, GONZALO CIVILA LÓPEZ Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración Por intermedio de la presente, de acuerdo a la convocatoria que he recibido, en virtud de la licencia solicitada por el Sr. Representante titular, comunico a usted mi renuncia por única vez a ocupar la banca. Sin otro particular lo saluda atentamente, Lilián D´Elía”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gonzalo Civila López. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Lilián D´Elía. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gonzalo Civila López, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Lilián D´Elía. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Lasa.

De la señora Representante Susana Pereyra, por el período comprendido entre los días 1 y 3 de noviembre de 2015, para asistir a la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba, convocándose a la suplente siguiente, señora Estela Pereyra”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y tres: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración

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Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por motivos personales me encuentro impedido de asistir a la Sesión del día 14 de octubre del corriente, solicitando a estos efectos la licencia correspondiente de conformidad con lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827. Saluda atentamente, NICOLÁS J. OLIVERA Representante por Paysandú”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Con motivo de la licencia solicitada por el Diputado Nicolás Olivera, en mi carácter de 1er. suplente para ocupar la banca, comunico a usted que por aspectos particulares desisto, por ésta única vez, de la convocatoria a ocupar la misma. Saluda atentamente, María Dolores Álvarez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Nicolás J. Olivera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora María Dolores Álvarez López. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E:

1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Paysandú, Nicolás J. Olivera, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora María Dolores Álvarez López. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señora Patricia Mónica Vásquez Varela. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside licencia por motivos personales, por los días 14 y 15 de octubre, solicitando se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, CARLOS VARELA NESTIER Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Varela Nestier. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Varela Nestier, por los días 14 y 15 de octubre de 2015.

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2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señora Elena Ponte. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Le solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por los días 1°, 2 y 3 del mes de noviembre para asistir a la reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, que tendrá lugar en la ciudad de Oranjestad – Aruba. Esta licencia complementa la anteriormente solicitada, ya que hubo cambios en los itinerarios. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, SUSANA PEREYRA Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra, para asistir a la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 1° y 3 de noviembre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del

inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Susana Pereyra, por el período comprendido entre los días 1° y 3 de noviembre de 2015, para asistir a la Reunión de la Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Estela Pereyra. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. (Ocupa la Presidencia el señor representante Alejandro Sánchez)

61.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, que comprende los artículos 538 a 544, inclusive. (Texto del Inciso 25:)

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“Artículo 538.- Asígnase al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, en las financiaciones que se indican, a partir del ejercicios 2016, las siguientes partidas presupuestales para mantener los niveles de ejecución: Tipo de gasto Fin. 1.1 RR.GG Fin. 1.2 R.A.E Fin. 2.1 End. Ext. Total 0 38.355.297.227 3.252.150.883 891.755.987 2.437.937.056 44.937.141.153

Servicios Personales 38.312.123.253 43.173.974 Gastos Corrientes Suministros Inversiones Total 1.160.939.690 887.527.989 1.954.768.817

2.086.599.803 4.611.390 4.227.998 48.979.000 0 434.189.239

42.315.359.749 2.182.980.775 438.800.629

La Administración Nacional de Educación Pública distribuirá los montos otorgados entre sus programas presupuestales, por grupo de gasto, lo cual comunicará al Tribunal de Cuentas, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General dentro de los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio. Artículo 539.- Asígnanse al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, con destino a financiar las erogaciones que se realicen, derivadas de la puesta en funcionamiento de obras nuevas, ampliación de la capacidad o asociadas con la modificación de las modalidades de uso de las infraestructuras educativas, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para los ejercicios que se indican, las siguientes partidas presupuestales anuales:

2016 550:000.000

2017 1.143:424.218

2018 1.143:424.218

2019 1.143:424.218

La Administración Nacional de Educación Pública comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución de las asignaciones precedentes entre retribuciones personales y gastos de funcionamiento. Artículo 540.- Increméntanse en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, Programa 002 “Educación Inicial y Primaria”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a la implementación de las líneas de acción del Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC), las siguientes partidas presupuestales para los ejercicios y en los montos que se detallan a continuación:

Tipo de Gasto Retribuciones personales Gasto de funcionamiento Inversiones

2016 31:993.133 6:570.067 58:800.000

2017 82:458.441 16:.841.798

2018 82:458.441 16:.841.798

2019 82:458.441 16:841.798

207:364.000 207:364.000 207:364.000

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Artículo 541.- Asígnase en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” con cargo a la financiación 1.1 “Rentas Generales”, en las Unidades Ejecutoras 03 “Consejo de Educación Secundaria” y 04 “Consejo de Educación Técnico-Profesional” con destino a la ampliación de la modalidad de tiempo extendido y fortalecimiento de la educación media y en la Unidad Ejecutora 05 “Consejo de Formación en Educación”, con destino a las becas estudiantiles, los montos en pesos uruguayos que se detallan:

Unidad Ejecutora

Tipo de gasto

Monto $ 2016

en

Monto $ 2017

en

Monto $ 2018

en

Monto $ 2019

en

03 – Consejo de Educación Secundaria

Remuneraciones

196.620.000

338.620.045

338.620.045

338.620.045

Funcionamiento 04 – Consejo de Educación Técnico Profesional 05 – Consejo de Formación en Educación Remuneraciones

30.280.000 34.350.000

52.279.297 60.350.658

52.279.297 60.350.658

52.279.297 60.350.658

Funcionamiento

13.750.000

23.750.000

23.750.000

23.750.000

Total

275.000.000

475.000.000

475.000.00

475.000.00

Artículo 542.- Autorizase a la Administración Nacional de Educación Pública a continuar el programa con financiamiento externo correspondiente al préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento “Proyecto de Apoyo a la Escuela Publica Uruguaya” (ex MECAEP). Artículo 543.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a continuar el programa correspondiente al préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo “Apoyo a la Educación Media y Técnica y a la Formación en Educación” (ex MEMFOD). Artículo 544.- Sustitúyense el literal D) del artículo 62, los artículos 79 y 80 de la Ley nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, por los siguientes: “D) El Consejo de Educación Técnica y Profesional – Universidad del Trabajo del Uruguay (UTU) tendrá a su cargo la formación profesional (básica y superior), la educación media superior técnica, tecnológica (bachilleratos tecnológicos), la educación media superior orientada al ámbito laboral y la educación terciaria técnica y tecnológica”. “ARTÍCULO 79. (Ámbito).- La Educación Terciaria Pública se constituirá por la Universidad de la República, el Instituto Universitario de Educación, la Universidad Tecnológica (UTEC) y el Consejo de Educación Técnica y Profesional – Universidad del Trabajo del Uruguay (UTU)”. “ARTÍCULO 80. (Régimen legal).- La Universidad de la Republica se regirá por la Ley nº 12.549, de 16 de octubre de 1958, la Universidad Tecnológica (UTEC), por la Ley nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, y los restantes organismos mencionados en el artículo anterior por las disposiciones de la presente ley”.

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——La Mesa propone que se voten en bloque los artículos 538 al 542 inclusive, y el 544. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

que se ha adjudicado en el mensaje del Poder Ejecutivo. Lamentablemente, debo comunicar que no hay nada concreto ni reforma alguna propuesta sino que, tal como viene haciéndose desde hace aproximadamente veinte o veinticinco años, utilizando los criterios de la planificación estratégica, vienen los lineamientos y objetivos estratégicos a los que contribuye la política educativa. No los voy a aburrir con eso, pero se hace referencia al fortalecimiento del diseño y a la gestión institucional de la ANEP, al fortalecimiento del desarrollo profesional de la carrera técnico administrativa y de servicios, y al desarrollo de una reingeniería de procesos. En realidad, los que somos gestores y tenemos en nuestra especialidad la gestión sabemos que esto lo escribimos, pero los resultados y la posibilidad de realizar un análisis de calidad de la educación se da cuando se aterrizan estas cosas. Vamos a tener que recurrir a la versión taquigráfica de la comparecencia de la ANEP en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, en la que obviamente estuve presente. Ya habíamos hablado con la señora ministra, con el señor subsecretario y con todos los directores generales el 16 de junio, en la Comisión de Educación y Cultura, y concurrimos a todos los actos académicos que se hicieron -por decirlo de alguna manera- a fin de ver la presentación del ADN. Sin embargo, por ahora el ADN no aparece. Se señalan políticas educativas transversales, en las que también se plantean grandes lineamientos, formación permanente en posgrados e investigación; esto es algo que ya venía de años anteriores. Digo esto sin ánimo de ofender, aunque no es casualidad porque los presupuestos de la ANEP siempre son confeccionados por los organismos especializados del organismo, que están financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, como Mecaep y Memfod; conozco desde adentro la situación. Luego se hace referencia a los lineamientos y objetivos estratégicos de la ANEP, volviendo a mencionar los lineamientos generales: fortalecer los procesos de gestión, readecuar la estructura organizacional, profundizar la gestión desconcentrada enfocándose en una creciente regionalización -esto es importante como principio; vamos a ver si después lo podemos aterrizar-, fortalecer los vínculos

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: quiero aclarar que se han presentado sustitutivos para los artículos 538, 539 y 540. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Es correcto. Por lo tanto, procederemos a votar por artículo. Tiene la palabra la señora diputada Graciela Bianchi Poli. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: en realidad, estamos tratando de manejarnos con mucha ecuanimidad; ya lo dije en la madrugada, cuando analizamos el Inciso Ministerio de Educación y Cultura. Este es un Inciso peculiar, porque debemos tratar de combinarlos o no, según vinieron los mensajes. Hay una primera conclusión -ya la dije cuando nos referimos al Ministerio de Educación y Cultura; ahora la reitero con la ANEP-: en la exposición de motivos, donde se expresan los lineamientos generales, hay lineamentos muy generales. Tanto es así que debemos reconocer que nos equivocamos, porque pensamos que en esta instancia de presupuesto, a pesar de que la posición de la fuerza de Gobierno en el año 1995 había sido totalmente opuesta a que la reforma educativa se incluyera en el presupuesto -lo comparto-, veríamos el cambio del ADN, algo que todos estamos esperando porque la educación -no voy a calificar; voy a volver a decir lo que manifesté hace unos días, para no exacerbar ánimos- está en problemas. En consecuencia, buscamos cosas concretas para poder compartir con todos. Me voy a referir a la ANEP en particular porque ya hablamos del Ministerio de Educación y Cultura, aunque alguna referencia vamos a tener que hacer porque hay discrepancias muy grandes, sobre todo en la asignación de dinero, entre lo que pide la ANEP y lo

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interinstitucionales con otros organismos del Estado, implementar una política comunicacional de la ANEP -no sé si se referirá a la contratación de alguna agencia de publicidad como en otra época, sin licitación-, implementar un sistema de rendición de cuentas -esto es importante; cuesta mucho en el Uruguay lo relativo a la rendición de cuentas de todos los organismos públicos-, asegurar las condiciones de educabilidad en los espacios educativos -debo reconocer que a pesar de mi formación académica no entiendo qué quiere decir educabilidad- e impulsar una política de relacionamiento internacional. Asimismo, la universalización de la escolaridad obligatoria y el fortalecimiento de la educación a lo largo de toda la vida también son planteamientos estratégicos de hace muchísimos años. Además, hay proyectos puntuales a los que haremos referencia por arriba, porque no nos da el tiempo. No nos faltará oportunidad porque, por lo que nos comunicaron las autoridades, es un proceso a 2020, sobre todo por plata. Hay otros aspectos que no son por plata, que especificaremos en su momento. Después se habla de la orientación de las políticas educativas en el quinquenio, continuidad y cambio; de la ratificación de los principios fundacionales -supongo que se referirán a Varela; no lo sé-; de los ejes orientadores; de la centralidad del estudiante -no sé si lo habrán escuchado alguna vez-; de los itinerarios escolares y trayectorias educativas; de la territorialidad; de la inclusión -no sé si lo habrán escuchado alguna vez-; de la educación de calidad -no sé si lo habrán escuchado alguna vez-, y de la participación. En consecuencia, para salir de esta generalidad en tan poco tiempo nos vamos a referir a lo que nos dijeron en la comisión, más allá del articulado. En realidad, el articulado no tiene mucho que ver con lo que todos queremos saber en cuanto a qué política y reforma educativa se va a aplicar -no estoy calificando sino haciendo un análisis de realidad- no de estancamiento sino de retroceso. No voy a aburrir a la Cámara con cifras, pero ya nos han pasado Perú, Colombia y Ecuador en cuanto a tasa de egresos, en nivel de calidad y en permanencia en el sistema. Además, en la última década Argentina se estancó y el nuestro es el único país que retrocedió. El Instituto Nacional de Evaluación acaba de dar una cifra que, aclaro, es

oficial. El otro día, cuando mencioné algunas cifras se me cuestionó diciendo que dependía de la forma en que se evaluaba. Bueno, si vamos a entrar en ese tipo de cosas, se complica. Recurrí al decano de la Facultad de Ingeniería, quien me dijo que los chicos que cursaban primer año no saben leer ni escribir. En consecuencia, creo que no se trata de un problema de indicadores sino que estamos enseñando mal o, dicho de otra manera, no estamos enseñando. Según el Instituto Nacional de Evaluación, el año pasado bajamos la tasa de egreso de la educación media superior. El nuestro era el único país de América Latina que estaba entre el 34 % y el 35 % y bajamos al 27 %. Esta baja en el porcentaje no es adjudicable a los paros, lo que se utilizó como justificación. No es una medida de lucha que me guste, y menos para la educación, pero el año pasado no se hicieron paros y la tasa de egreso de la educación media superior bajó al 27 %, o sea, volvimos a descender. No me gustan mucho los números -hay gente que sabe mucho más que yo al respecto-, pero tenemos un gran problema de arranque. Hay una diferencia entre lo que pide la ANEP para todos los temas que traté de simplificar, no a propósito sino porque de esa forma figura en el mensaje. Para el año 2016, la ANEP pide US$ 190.000.000 más que lo que propone el Poder Ejecutivo, y para 2017, US$ 290.000.000. Sinceramente, supuse que se habrían reunido, porque la coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura es un lineamiento que todos defendemos siempre que esté dentro de la Constitución para preservar la autonomía de la ANEP… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Ha finalizado el tiempo de que disponía, señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Redondeo, señor presidente. No sabemos cómo la ANEP va a poder cumplir. Debo reconocer que técnicamente el presupuesto de la ANEP está muy bien hecho. Es uno de los Incisos que tiene el plan de inversiones más claro, más detallado en construcción de centros educativos, en

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reformas, en ubicación de escuelas y liceos de primer ciclo y de tiempo completo… SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Señora diputada: se terminó su tiempo. Sánchez).-

Como el tiempo es finito, me interesa hacer hincapié en lo que el contador del Consejo Directivo Central dijo en comisión. Señaló: “Del mensaje presupuestal en sí, lo primero que corresponde señalar es que el artículo 1º establece cuál es la línea base al día de hoy. El 85 % de los recursos -más de $ 38.000.000.000-, se destina a servicios personales; un 7 %, a gastos corrientes; un 2 %, al pago de suministros diversos, y un 6 %, a inversiones. La novedad planteada es esta apertura por programa, por políticas educativas, […]”. Reitero que después no se cumple a nivel de los desconcentrados; me interesa hacer especial énfasis en este aspecto porque técnicamente es como cometer un delito imposible. Más adelante expresó: “Por lo tanto, podemos apreciar que hoy la ANEP destina el 4 % del presupuesto a la educación inicial; un 36 % a la educación primaria; un 20 % a la educación media básica -si consideramos la zona amarilla, que es secundaria y UTU-; un 17 % a la educación media superior […]; un 4 % en formación en educación; un 1 % para educación terciaria, y el 5 % para las inversiones edilicias y equipamiento”. Ya expliqué la diferencia que hay. Esa es la respuesta: no la podemos dar. Se verá qué va a hacer después el Parlamento, es decir, si vamos a votar el presupuesto enviado por la ANEP o el mensaje del Poder Ejecutivo. Me interesa resaltar que hay importantes líneas de potenciación que tenemos que controlar que efectivamente se ejecuten; hay una potenciación de la educación inicial de cuatro a cinco años, y la contribución a la universalización de la cobertura para tres años, que es el debe. Esto no es nuevo; viene de hace tiempo y se está llegando a más niños. Por otra parte, me interesa subrayar la incorporación de aproximadamente catorce mil niños por corte generacional, que implicaría la universalización del nivel, lo que representaría para el Consejo Directivo Central la incorporación de sectores socioeconómicos más bajos. El reto que consideran más importante es el de incorporar catorce mil niños. El otro desafío propuesto es el de mejorar las condiciones en el egreso de la educación primaria

Tiene la palabra el señor diputado Sebastián Andújar. SEÑOR ANDÚJAR presidente… (Sebastián).Señor

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR ANDÚJAR diputada. (Sebastián).Sí, señora

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir la señora diputada.

Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: me interesa hacer hincapié en algunos otros números, a fin de que la Cámara vea el panorama de la adjudicación del dinero, es decir, cómo la ANEP lo quiere gastar. A la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda concurrió el contador Héctor Bouzón, encargado del área, que es una persona muy calificada y muy independiente técnicamente. Él arranca con una nueva modalidad, una nueva estructura del presupuesto, que es muy interesante pues va en la misma línea que el Poder Ejecutivo. Plantea pasar de una estructura en la cual los programas presupuestales eran institucionales, es decir de cada uno de los Consejos, a una estructura de programas educativos con política educativa de trayectoria de edades. Ahora bien; se aprecia que sigue siendo el presupuesto de cada uno de los desconcentrados, por lo cual al contador Bouzón no le dieron bolilla. Tenemos una estructura presupuestal del Consejo Directivo Central que tiende a las líneas trasversales, con las que coincidimos, y a un currículo común, lo que no significa que deben tener las mismas asignaturas ni los mismos contenidos -es algo mucho más profundo que si a alguien le interesa podemos explicar- pero resulta que cuando vamos a los desconcentrados, cada uno hace lo que le parece que tiene que hacer. Quiere decir que también hubo desconexión entre los desconcentrados y el Consejo Directivo Central.

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común, que abarca entre los 6 y 11 años aproximadamente. El otro desafío planteado es el de universalizar los egresos de la educación media básica… (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Ha culminado su tiempo, señora diputada. Puede continuar el señor diputado Andújar, a quien le restan cinco minutos. SEÑOR ANDÚJAR presidente… (Sebastián).Señor

favor, son semanales mensuales no de trabajo efectivo, que son muchas más- recién llegarían a los $ 25.000 en 2019. Como el tiempo es corto, me voy a limitar a hacer una severa advertencia. Podemos escribir y hablar mucho, pero si no remuneramos mejor no nos quedamos con la gente mejor calificada. Se acabó la época en que los maestros y los profesores eran vocacionales, si es que alguna vez lo fueron. Nos vamos quedando sin formación docente y sin los mejores profesionales. Quiero terminar planteando al Parlamento una gran preocupación, porque lo escuchamos en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda y está escrito. Todos esperábamos la modificación de lo que es la madre de todas las batallas, es decir, la formación docente, pero se nos comunicó de forma verbal y por escrito -se puede leer en la versión taquigráfica- que el Consejo de Formación en Educación se va a dedicar en los próximos cinco años a estudiar y a discutir los cambios que recién se van a instrumentar a partir del año 2020. Querría dar un mensaje positivo pero no puedo, porque si no tenemos muy buenos maestros y muy buenos profesores podremos elucubrar, hacer los mejores planes, programas, líneas curriculares y mucha teoría pero no tendremos una educación de calidad. Ese es el grave problema. No prestemos atención solamente a la cifras que demuestran cuántos egresan sino en qué condiciones están egresando los chicos de Primaria, los de educación media básica y de educación media superior. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Andújar, a quien le restan menos de treinta segundos. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Gracias, señor presidente. Ya está todo dicho. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Me permite otra interrupción? SEÑOR ANDÚJAR diputada. (Sebastián).Sí, señora

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir la señora diputada.

Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: decía que el otro desafío que está asociado al anterior es el de cumplir con lo que sí coincide en líneas generales con el Ministerio de Educación y Cultura, que es la propuesta educativa de currículo común, entre 3 y 17 años. Nosotros hemos hecho un estudio con la gente que nos asesora. Hemos mantenido reuniones con la Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza no solo en la comisión sino en la bancada, y advertimos que hay dos problemas fundamentales. Si no se asigna la cantidad de dinero requerida por la ANEP, corren riesgo las inversiones en infraestructura, o sea que corre riesgo la instrumentación de algo tan importante como la ampliación de las escuelas de tiempo completo -yo diría de extensión de tiempo pedagógico, que no es exactamente lo mismo- y la extensión del criterio de que los chicos permanezcan más tiempo en las instituciones educativas en primer ciclo de educación media. Si no hay plata no se puede llevar a cabo. Además, ese tipo de proyecto requiere no solamente infraestructura sino una reestructura organizacional para proporcionar docentes con extensión en el tiempo, de permanencia en la institución educativa. Obviamente, está planteado el gran problema -origen del conflicto que todavía hoy permanece, que el contador Bouzón tiene clarísimo y, efectivamente, se confirma-: un maestro con cuatro horas diarias y un profesor con veinte horas -por

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: a este Inciso le hemos propuesto dos sustitutivos, uno para el artículo 538 y otro para los artículos 539 y 540.

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Estamos ante un tema de gran importancia -al menos todos han dicho eso-, de debate y movilización a nivel nacional. La educación, su importancia, más la promesa electoral del 6 % del producto bruto interno para la educación generaron y generan expectativas y justos reclamos. El problema que se ha dado es que, como en tantos otros temas, el Gobierno instalado, una vez más, plantea no cumplir con esta promesa. Es verdad que no puede plantearse que lo que uno se propone se consiga de un día para otro. No nos mueve la impaciencia, pero van diez, once años de gobierno del Frente Amplio que tenía -y tiene- este 6 % -lo recuerdo desde que formaba parte de esa fuerza- como un aspecto de discusión y de compromiso. Ante este incumplimiento, los trabajadores y los estudiantes se movilizan, no solo reclamando una promesa sino porque se trata de una necesidad. Muchas veces se dice que el problema de la educación no se resuelve solamente con plata; seguramente que solo con plata no, pero sin plata, sin recursos, no se resuelve. Los trabajadores y los estudiantes se movilizan -hemos visto movilizaciones como hacía mucho tiempo no veíamos-, realizan asambleas, ocupaciones y plantean solicitudes de entrevistas y requerimientos. A nosotros esto nos parece muy bien. Es muy bueno que la gente se involucre en lo que tiene que ver con su vida, con la vida de la sociedad y con los temas importantes; es bueno que se movilicen, que protesten, que se comprometan y que nos comprometan. Pero esto que quizá para muchos durante mucho tiempo era muy bueno se transforma en molesto cuando el reclamo toca las puertas de su casa. Nosotros seguimos pensando que es muy bueno que la gente se organice, se movilice y que los jóvenes se comprometan. No nos parece bueno responder a la inquietud y a la rebeldía que se traduce en ocupaciones con represión, como hemos visto. Reitero: eso no nos parece bueno. Además de una actitud represiva concreta, evidente e innegable hay un ataque permanente que se ha instrumentado históricamente desde sectores vinculados a la derecha, pero hoy también desde sectores relacionados con el Gobierno. El ataque contra los maestros, contra los docentes, buscar dividirlos de los padres y enfrentarlos con los alumnos, es una mala

práctica; eso no resuelve el conflicto ni el problema de la educación. Hemos escuchado cosas increíbles. Hoy la señora ministra de Educación y Cultura -tal vez está en el top ten de las cosas increíbles- dice que no le gustan los paros en la enseñanza. Habría que preguntarle desde cuándo, porque la recuerdo, hace mucho tiempo, acompañando movilizaciones de estudiantes y de la enseñanza. Es más: recuerdo el escándalo que armó la derecha, a inicios de la década del noventa, por diputados que visitaban liceos ocupados. Yo estuve y estoy de acuerdo con lo que se hizo, apoyando la lucha contra la reforma Rama, hoy revivida, reeditada e impulsada. Entonces, respecto del ataque a los maestros, la señora diputada preopinante manejaba cuál es la propuesta salarial y escuchamos decir que los maestros ganan mucho, porque trabajan cuatro horas. Creo que no se puede sostener eso, por lo menos si se fue a la escuela y se conoce a los maestros. Achacar los problemas de educación a los docentes es lo más fácil, ignorando que un docente, con el salario que tiene y corriendo de un trabajo al otro, difícilmente pueda garantizar buena calidad; un maestro con dos escuelas, tampoco. Además, hay que tener en cuenta la realidad social a la que se enfrentan, pues son docentes, asistentes sociales, acompañantes, pagan las fotocopias… Esa es la realidad. Entonces, creemos que si todavía hay educación en el Uruguay sin ninguna duda es gracias a la labor vocacional de la mayoría de los maestros, docentes y educadores. Nosotros reclamamos el 6 % del PBI para la educación sin trampas. Lo digo porque ahora se habla de un 4,2 % o de un 4,4 % para la educación, pero en la educación va todo: el Plan Ceibal, el sistema de cuidados, la educación militar, la educación policial y seguirán apareciendo cosas y se seguirá inflando el presupuesto, pero para la ANEP y la Udelar, que es el presupuesto para la educación, seguimos no lejos sino lejísimos del 6 %. Nosotros planteamos el 6 %. Hemos venido con un sustitutivo que recoge la propuesta que hizo la ANEP, que planteaba arrimarse al 6 %. Admitimos que, no siendo lo que planteamos, es mucho mejor que lo que viene del Gobierno, y no hemos inventado nada. Aquí no inventamos nada. Lo que hacen

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nuestros sustitutivos es poner a consideración de la Cámara el pedido que vino de las autoridades de la enseñanza. Insisto: nosotros queremos más, pero tenemos claro que sin esto va a ser difícil que haya una educación que dé los frutos que se le exige y que estamos esperando. No tenemos ninguna duda de que un país se puede medir por muchas cosas -en principio, por la calidad de su gente-, pero lo que dedique a la educación determina también qué es lo que queremos de ese país. Hay ejemplos cercanos de países que no son ricos, como Bolivia o Cuba, que dedican mucho más del 6 % que estamos reclamando para la educación. Por tanto, señor presidente, vamos a poner a consideración, como sustitutivo de los artículos 538, 539 y 540, la propuesta de la ANEP en cuanto a la necesidad de inversión en educación.

Del señor Representante Álvaro Dastugue, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Grisel Pereyra. Licencia en misión oficial, artículo 1° de la Ley Nº 17.827: literal C) del

Del señor Representante Jorge Gandini, por el período comprendido entre los días 26 de octu-bre y 3 de noviembre de 2015, a los efectos de asistir a la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a cele-brarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba, convo-cándose a la suplente siguiente, señora Irene Caballero”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y seis en sesenta y nueve: AFIRMATIVA. En consecuencia, quedan convocados los correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted, para solicitar licencia los días 28 de octubre, 3 y 4 de noviembre del corriente año. Motiva la misma, temas personales. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, GUSTAVO PENADÉS Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: A través de la presente, quien suscribe Esc. Gustavo Borsari, desisto por esta única vez de la convocatoria de la cual fui objeto por la licencia solicitada del Representante Nacional Gustavo C. Penadés, el 28 de octubre, 3 y 4 de noviembre del corriente año. Sin otro particular, le saludo muy atentamente, Gustavo Borsari Brenna”.

62.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Gustavo Penadés, por los días 28 de octubre, 3 y 4 de noviembre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Antonio Zoulamian. Del señor Representante Julio Battistoni, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Camilo Cejas. Del señor Representante Jorge Gandini, por el período comprendido entre los días 16 y 25 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Irene Caballero. Del señor Representante Pablo Iturralde, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Alonso.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 28 de octubre, 3 y 4 de noviembre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Gustavo Borsari Brenna. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Gustavo Penadés, por los días 28 de octubre, 3 y 4 de noviembre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Gustavo Borsari Brenna. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 71, del Lema Partido Nacional, señor Antonio Zoulamian. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Daniel Larrosa”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Enrique Saravia”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Charles Carrera”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia en el período comprendido entre el día 14 y 15 de octubre, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, JULIO BATTISTONI Representante por Montevideo”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Diego Reyes”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez De mi mayor consideración: De acuerdo a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular, comunico a usted mi renuncia por esta única vez a ocupar la banca. Sin más, saluda atentamente, Lucía Etcheverry”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Julio Battistoni. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Daniel Larrosa, Enrique Saravia, Charles Carrera, Diego Reyes y Lucía Etcheverry. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Julio Battistoni, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Daniel Larrosa, Enrique Saravia, Charles Carrera, Diego Reyes y Lucía Etcheverry. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Camilo Cejas. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

“Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto por el inciso 3º del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, solicito se me conceda licencia por motivos personales entre los días 16 y 25 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda a usted con la seguridad de su consideración más distinguida, JORGE GANDINI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Mediante la presente deseo comunicar a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la que he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el Diputado Gandini. Sin otro particular, saluda a usted con la seguridad de su consideración más distinguida, Álvaro Viviano Baldi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 16 y 25 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Jorge Álvaro Viviano Baldi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini, por el período

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comprendido entre los días 16 y 25 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Jorge Álvaro Viviano Baldi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Irene Caballero. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito a usted tramite ante el Cuerpo que preside, licencia en mi cargo de Representante Nacional, por el día jueves 15 del corriente, por motivos personales. Sin otro particular, y agradeciendo se convoque a mi suplente respectivo, lo saluda atentamente, PABLO ITURRALDE VIÑAS Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente informo a usted que por esta vez no aceptaré la convocatoria para asumir como Representante Nacional, para el día jueves 15 del corriente, por motivos personales. Sin otro particular, y rogando se convoque a mi suplente respectivo, lo saluda atentamente, Pablo Díaz”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Pablo Iturralde. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015.

II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Pablo Díaz Angüilla. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Pablo Iturralde, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Pablo Díaz Angüilla. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señor Jorge Alonso. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar la licencia a la sesión del día 14 de octubre, del corriente año por motivos personales. Sin otro particular, saluda atentamente, ÁLVARO DASTUGUE Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria del día 14 del

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corriente y proceda a la convocatoria del correspondiente suplente. Sin otro particular, saluda atentamente, Ignacio Estrada”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Ignacio Estrada. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Ignacio Estrada. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Grisel Pereyra. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 1º del literal C de la Ley Nº 17.827, solicito se me conceda licencia en misión oficial entre los días 26 de octubre y 3 de noviembre para asistir a la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento

Latinoamericano, a celebrarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. Sin otro particular, saluda a usted con la seguridad de su consideración más distinguida, JORGE GANDINI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 13 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Mediante la presente deseo comunicar a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria de la que he sido objeto en virtud de la licencia solicitada por el Diputado Gandini. Sin otro particular, saluda a usted con la seguridad de su consideración más distinguida, Álvaro Viviano Baldi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia para viajar al exterior en misión oficial, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini, a los efectos de asistir a la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a celebrarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 26 de octubre y 3 de noviembre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Jorge Álvaro Viviano Baldi. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal C) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia para viajar al exterior en misión oficial al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Gandini, por el período comprendido entre los días 26 de octubre y 3 de noviembre de 2015, a los efectos de asistir a la Reunión de la Comisión de Energía y Minas del Parlamento Latinoamericano, a celebrarse en la ciudad de Oranjestad, Aruba.

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2) Acéptase la renuncia presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Jorge Álvaro Viviano Baldi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Irene Caballero. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

63.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, tiene la palabra el señor diputado Sebastián Sabini. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: vamos a referirnos a la ANEP. Lo primero que queremos decir es algo que no sé si olvidamos pero creo que debemos considerar, y es la dimensión que tiene la Administración Nacional de Educación Pública, uno de los organismos más grandes -si no el más grande- que tiene el Estado. La ANEP cuenta hoy con 685.000 estudiantes, 45.000 docentes, 11.932 funcionarios de personal técnico, administrativo y de servicios y 2.800 centros educativos. Entonces, cuando hablamos de presupuesto educativo -eso es lo que estamos tratando- lo primero que tenemos que considerar es la dimensión de este organismo. ¿Por qué? Porque cualquier modificación presupuestal tiene que ser tan significativa como el tamaño de la ANEP y, por lo tanto, cualquier propuesta que podamos hacer está relacionada con ese tamaño. Tanto ha priorizado el Frente Amplio la educación que nos ha llevado diez años fortalecer realmente el presupuesto. Y atención: todavía no es el que necesitamos. También quiero decir que el Frente Amplio no hace promesas electorales; hace compromisos programáticos, que es muy diferente. Un compromiso programático es algo sobre lo que se estudia, se analiza, se llega a una conclusión y luego se presenta a la ciudadanía, y el compromiso programático del Frente Amplio es seguir aumentando la inversión en educación pública.

Es verdad que el 6 % de repente no es la mejor medida porque puede haber cambios demográficos y puede haber países muy ricos o muy pobres donde esa medida puede no representar nada. Pero, sin duda, los especialistas del mundo consideran razonable que un país llegue a ese nivel de inversión. No voy a mencionar el porcentaje del PBI en el que estábamos antes porque creo que es algo que más o menos todos conocemos. Lo que sí quiero hacer notar es lo siguiente. Tenemos una educación pública a la que van, fundamentalmente, los hijos de los trabajadores. Que nadie se sienta dolido, pero me estoy refiriendo a los hijos de los hogares más desfavorecidos, más pobres de nuestra sociedad. Adviertan: en el año 2004, una escuela privada invertía $ 40.000 por alumno, mientras una escuela pública invertía $ 22.000. En el año 2012, una escuela privada invertía $ 56.000 por alumno, mientras que una escuela pública invertía $ 48.000. ¿Qué significa eso? Que los hijos de los trabajadores tienen acceso a una mejor educación, porque la dotación de recursos, en gran medida, determina su calidad. Adviertan lo que pasa en la educación media. Mientras que en el año 2004 en los liceos privados se invertían $ 67.000 por alumno, en un liceo público se invertían $ 25.000. En el año 2012, en los liceos privados se invirtieron $ 95.000 por alumno y en un liceo público se invirtieron $ 51.000. ¿Eso qué significa? Que la oferta educativa que reciben los hijos de los trabajadores no es, sin duda, de la misma calidad que la que pueden recibir los alumnos de un liceo privado. ¿Por qué? Porque lo que podemos ofrecer a los estudiantes se ve determinado no solo por la carga horaria sino por la propuesta educativa. Más allá de la currícula, importa qué actividades se pueden realizar en el centro educativo, qué necesidades tiene el estudiante, si le podemos ofrecer o no un apoyo para hacer sus tareas, como una tutoría; si le podemos ofrecer un núcleo de materias optativas o si le podemos ofrecer un núcleo de materias por fuera de lo que está establecido. Por eso estamos votando un presupuesto que aumenta sobre todo los recursos en la educación media para mejorar sustancialmente la oferta que estamos ofreciendo a los estudiantes. Y nosotros somos y fuimos parte de la lucha por mejorar los recursos hacia la educación.

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Acá se dijo que no había cosas concretas. Yo no comparto esa aseveración. No la comparto porque, en realidad, sin contar la línea de base hay compromisos muy fuertes en este presupuesto. Hay compromisos para construir veinticuatro jardines, veinticuatro escuelas, treinta y cuatro nuevos liceos y diecisiete centros de educación media técnica, solo hablando de la línea de base, sin considerar los proyectos de participación público privada. Es cierto, luego analizaremos si es posible que se construyan los liceos, las escuelas y los jardines de infantes con la participación público privada, porque solo estamos hablando de la parte constructiva, no de los servicios. Esta fue una pregunta que hicimos a las autoridades, pero en el debate que se ha instalado en la sociedad uno de los mitos más grandes que hay es que la población en general piensa que la educación privada es mejor que la pública, y parte de eso tiene que ver con los recursos. En realidad, tenemos bastante evidencia de que si somos capaces de descontar las condicionantes socioeconómicas de los estudiantes, esos resultados no son sustancialmente diferentes. El otro aspecto tiene que ver con que vivimos en una situación de crisis constante. Parece que siempre estamos en crisis. Y no es así. En todo caso, hay una tremenda crisis de crecimiento de la educación pública. ¿Que nos interpela? ¡Por supuesto!, porque hoy solo el 75 % de las personas jóvenes logra culminar su ciclo educativo medio, y lo hace a los veintinueve años. Por lo tanto, el Frente Amplio ha establecido objetivos enormes. Es más: hubo algún legislador de la oposición que dijo que los objetivos que nos estábamos poniendo eran demasiado soñadores. ¡Por supuesto que sí! Lo tienen que ser porque queremos que todos los estudiantes, que los hijos de los trabajadores tengan una mejor educación. Estoy totalmente de acuerdo con que una parte fundamental son los recursos. Por eso vamos a acompañar este presupuesto, porque aumenta los recursos para la educación pública y pensamos -estamos convencidos- que, en su momento, esos recursos llegarán al objetivo programático que nos establecimos. Decía que una parte de este debate tiene que ver con el hecho de si estamos o no en crisis. Pedro Ravela y Laura Novoa, que son dos investigadores, dicen que el análisis de los datos muestra que “el

contexto social de origen, refuerza la idea de que nuestro país no se encuentra en una situación de ‘caída’ o ‘deterioro’ generalizado de los logros en el sistema de educación media, sino más bien en una ‘zona de estabilidad'”. ¿Por qué digo esto? Porque, de lo contrario, parece que siempre estuviera todo mal. Y a nosotros sí que nos tocó estar en centros -miro al señor diputado Mahía porque él era docente y yo estudiante en el liceo Manuel Rosé- en los que teníamos clases en los pasillos o no había dinero para limpiar los baños. Ahora, ¿esto quiere decir que está todo bien? Para nada. Somos los más autocríticos en cuanto a todo lo que falta, pero también estamos convencidos de que este presupuesto va a mejorar y a dar soluciones a una serie de problemas. Por ejemplo, con la reasignación que hemos votado duplicaremos el número de centros con propuesta educativa de tiempo extendido. ¿Qué son? Son espacios donde se deberían cumplir algunas cosas que son básicas, que seguramente hoy no tenemos por la falta de recursos. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Me refiero, por ejemplo, a que los cuerpos docentes sean estables y a tener equipos multidisciplinarios en los liceos, que es lo que todos han pedido: los estudiantes y los docentes. También han pedido tener becas para los estudiantes. Hace unos momentos, una señora diputada hablaba de la formación docente. En esa reasignación, proponemos fortalecer el sistema de becas. Sabemos que esto no es la panacea, que no es el mejor de los mundos, pero estamos convencidos de que con este presupuesto vamos a fortalecer la educación pública. Muchas gracias, señor presidente. (Apoyados.- ¡Muy bien!) SEÑORA BIANCHI PIOLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI PIOLI (Graciela).- Señor presidente: conocemos al investigador Ravela desde hace mucho tiempo. Fue profesor nuestro, no por edad -siempre lo digo-, al igual que el señor subsecretario. Desde 1995 hasta el año 2000, en forma sistemática se realizaron cursos de

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perfeccionamiento en servicio. No vamos a profundizar en eso ahora, porque entiendo que no hay mucho tiempo, pero este es un tema que a los técnicos nos apasiona, así como supongo que también a la ciudadanía. El investigador Ravela es muy seguidor de la teoría de las escuelas inteligentes; a mí, al menos, me lo enseñó. Parecía neoliberal cuando lo enseñaba, pero resulta que, como no le pongo etiquetas a nadie, yo lo escuchaba y está probado que si se hacen las cosas bien y se gestionan bien los recursos en contextos desfavorables los resultados pueden ser absolutamente iguales o mejores que en los contextos favorables. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Mario García. SEÑOR GARCÍA (Mario).- Señor presidente: creo que estamos en presencia de la madre de todas las batallas que tenemos que dar como sociedad y del padre de la mayoría de los problemas que hoy tiene el país, producto de la situación que atraviesa el sistema educativo. Comparto con el señor diputado preopinante que nuestra preocupación es la calidad educativa de aquellos que menos tienen, de aquellos que no pueden acudir al sistema privado de educación. Un día y otro golpea la triste realidad de los que no tienen oportunidades, porque hoy sabemos que la igualdad de oportunidades se da a través del conocimiento y este, a través de nuestro sistema educativo. ¿Qué le está pasando, a nuestro modestísimo entender, al sistema educativo? Prueba de ello es el presupuesto que hoy estamos discutiendo: que esta educación no tiene rumbo. Lo tenemos que decir. Se han hecho muchísimos esfuerzos y se van a seguir haciendo por parte del gobierno, de la sociedad, de la oposición, de todos, pero no hay un rumbo definido. En ese sentido, es claro el ejemplo de los dos proyectos de presupuesto: el de la ANEP y el del Poder Ejecutivo, como si no hubiera habido conexión entre las políticas que se iban a instrumentar. En tal sentido, el señor ministro de Economía y Finanzas, dijo: “No soy quién para marcarle el camino a los parlamentarios, que son los que resuelven, pero creo que un presupuesto de esta envergadura es

incompatible con las posibilidades del país. No hay un equilibrio macroeconómico para llevarlo adelante”. Sin embargo, el señor presidente de la ANEP consideró que no, que el presupuesto educativo del organismo era compatible con la situación del país. Eso, evidentemente, establece que no hay unidad de criterios. Asistimos con mucho entusiasmo a la presentación del Gobierno de las transformaciones que llevarían al cambio del ADN en el sistema educativo. Realmente, fuimos muy esperanzados, con la señora diputada Graciela Bianchi, a escuchar cuáles eran esas transformaciones. Sin embargo, nos encontramos con que el entonces Subsecretario de Educación y Cultura, anunciaba textualmente: “Nos comprometemos a convocar a los actores de la educación para discutir estas propuestas, tanto en lo que será el Congreso Nacional de Educación como el diálogo social que ha convocado el presidente Vázquez”. Entonces, ¿las propuestas estaban estudiadas y analizadas con todos los involucrados o con los principales, que sin duda son las corporaciones docentes, los maestros y los profesores o a partir de ahora se van a poner a consideración o se van a empezar a discutir? La urgencia es para ayer, para anteayer, para generar soluciones dentro de varios años. El señor presidente de la ANEP, en esa misma reunión, no estaba en conocimiento de que se fuera a convocar al Consejo Nacional de Educación. La fecha del anuncio es para mañana, dentro de unas horas: 15 de octubre; con esa información nos fuimos. Hoy ya sabemos que no se va a convocar, porque la señora ministra dijo que no estaban dadas las condiciones para que se generara el tercer Congreso Nacional de Educación. Evidentemente, eso marca que no tenemos rumbo, como tampoco en las transformaciones que contiene el proyecto de presupuesto. Se habló del marco curricular común, que es generar similitudes en el tránsito educativo entre los tres y los catorce años. No soy técnico en la materia y, tal vez, no me exprese correctamente. Sin embargo, la expresión “marco curricular común” generó una controversia en el evento, entre el señor presidente del Codicén y el entonces Subsecretario de Educación y Cultura, al punto tal de que todos quedamos perplejos, cuando nos enteramos. Nos

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preguntamos: “Pero ¿cómo? ¿Esto no estaba hablado entre los principales referentes de nuestra educación?”. Realmente, nos sigue llamando la atención. También nos llama la atención que en el plan de obras de la ANEP, el 40 % vaya a ser instrumentado a través del sistema PPP, cuando la experiencia indica que en este país ese sistema, con éxito, se aplicó en un caso. De todos modos, queremos ser optimistas; entendemos que se va a poder lograr, porque esa es la intención con la que nos levantamos todos los días. Lamentablemente, en esta circunstancia, no podemos ser demasiado optimistas, porque no tenemos rumbo. Y no tenemos rumbo porque no hay liderazgo en materia educativa, arrancando por el primero: el señor presidente de la República. Todos sabemos lo que pasó y lo que está sucediendo. Todos sabemos que este conflicto atravesó todas las barreras, desde la restauración democrática al presente, y sabemos qué ocurrió, con la declaración de esencialidad, etcétera. Llegamos hasta a escuchar que se ponían a disposición los cargos de los representantes docentes en los organismos de conducción educativa, cosa que después, con el pasar de los días, nunca sucedió, salvo en el caso de la consejera Teresita Capurro. ¿Esto qué marca? Que no hay liderazgo, que tampoco tiene liderazgo la señora ministra de Educación y Cultura para llevar adelante las transformaciones de las cuales hablamos y con las que estamos de acuerdo. De esta manera, nos resulta sumamente difícil poder creer. También debemos decir que a esta educación le falta la participación de la oposición, le falta control. La intención fue que iban a controlar los representantes sociales, esos que hoy anuncian que si hay esencialidad, van a poner sus cargos a disposición. Yo creo que no es la forma más legítima de controlar. En definitiva, esto es lo que hoy está pasando en materia educativa. Lamentablemente, tenemos que ser pesimistas en cuanto a las buenas intenciones que hay con este presupuesto y esa aspiración -que es de todo el país- de que se llegue al 6 %. Pero, ¿para qué? Para transformar. Queremos un 6 % que dé oportunidades que, lamentablemente, no vemos.

Vamos a analizar algunos de los conceptos que pudimos extraer de la exposición del Codicén en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Específicamente, se dijo que se solicitaba una partida para atender inequidades y, además, para llevar adelante una política salarial activa, de manera de mejorar la retribución docente, de la mano de desafíos para ellos: mejor titulación, mejor asistencia en el aula, mejor trabajo en el aula, directores de tiempo completo, dedicados exclusivamente al trabajo en un centro educativo. El señor presidente del Codicén decía que eso no estaba contemplado en el mensaje del Poder Ejecutivo; y no está contemplado en lo que vamos a votar. Entonces, tenemos que concluir que esas mejoras, lamentablemente, no se van a poder llevar a cabo. ¿Por qué? Porque ese presupuesto -como dice el señor Ministro de Economía y Finanzas- es inconsistente con la situación del país. En definitiva, después de todo este proceso de discusión, quedaron expuestas las grandes transformaciones que necesita el sistema educativo; hay que hablar de lo que tenemos que cambiar. Creo que debemos apuntar a mejorar a los docentes, a la titulación docente, a hacer atractivo el sistema para nuestros jóvenes que, lamentablemente, hoy están abandonando los cursos. Hace unos días, hablé con el director de un liceo y me decía que abandonan porque no entienden lo que se les enseña en las aulas. Por eso los índices de comprensión lectora son tan bajos. El chiquilín se enfrenta a algo que no comprende; eso no lo entusiasma y, en definitiva, abandona. Hoy tenemos un índice de deserción muy alto. Entre los que menos tienen, es de los más altos del mundo. Desde este Cuerpo queremos hacer un llamado, en el sentido de que este tema debe ser nacional. Tiene que haber un pacto nacional en pos de una buena educación, de la mejor educación que podamos dar a nuestros hijos, pero se necesita de autocrítica, de liderazgo y del compromiso de todos los actores involucrados, que somos todos: los políticos, los docentes, los ministros, la oposición. Recién estuvimos en una reunión en el Senado con una delegación de Finlandia, la Comisión para el Futuro, integrada por todos los partidos políticos, por empresarios, por docentes y por universitarios, que están pensando en la educación de los próximos

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veinte años; hoy existen problemas que deben ir solucionando. A la oposición le gustaría participar en ese gran pacto para dar esperanza. En definitiva, tenemos que dar esperanza a los que menos tienen. La única forma es encender una llama nacional -no una velita- que transforme el sistema educativo. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¡Muy bien! SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

cuando demos este debate, haya 1.500 o 2.000 profesores de educación física. También apostamos a los idiomas, y logramos duplicar la cantidad de docentes de idiomas en las escuelas. Podría seguir mencionando un montón de cosas más, pero no quiero aburrir a la Cámara. Sinceramente, creo que se han producido cambios muy importantes, por ejemplo, en la educación técnica y en la educación de tres años, que tuvo mejoras sustanciales y nuevas ofertas educativas. Comparto plenamente que hay que cambiar la educación media, porque se hizo pensando en los universitarios o los que iban a serlo. Es un modelo netamente propedéutico y, por lo tanto, elitista. Ese modelo educativo no nos sirve, y es el que tenemos que discutir y repensar. El camino es mejorar el salario, las condiciones educativas y las infraestructuras. Gracias, señor presidente. SEÑOR MAHÍA (José Carlos).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: me alegro de lo que se ha expresado en la última intervención, porque la semana pasada se presentó en la Cámara un proyecto para crear una comisión del futuro. El señor presidente firmó esa iniciativa; es muy bueno que estemos de acuerdo con eso. Se dijo algo que no me gustaría dejar pasar, y es que no hay rumbo. Hay que ser muy claro en cuanto a que el rumbo es la inclusión y son los derechos. La educación es un derecho humano fundamental para todos, a lo largo de toda la vida. Si nos ponemos de acuerdo con esto, quizás podamos generar un plan a treinta años. Pero algunos piensan que la educación no es un derecho, que es una mercancía. Y ese es un debate que en algún momento tendremos que dar. Cuando hablamos de que no hay un rumbo, olvidamos algunas cosas que pasaron, porque parece que no hubiera pasado nada en diez años. Y pasaron muchas cosas. Por ejemplo, se redujo la cantidad de estudiantes por grupo, y no por razones demográficas, porque donde más se redujo, precisamente, fue en las aulas que tienen a los gurises de menos recursos, del quintil 1. Y se pasó de 28 estudiantes, a 22,9. Además, hoy las escuelas tienen cosas que antes no tenían. Por ejemplo, no había maestros comunitarios, hoy hay 489; casi no había profesores de educación física, hoy pasamos de 219 a 1.000. Por eso, la bancada del partido de Gobierno propone fortalecer la formación en educación física -todos votaron la reasignación, pero nadie votó de dónde sacar los recursos-, para poder cumplir con la ley que mandata que todas las escuelas deben tener profesor de educación física. Espero que dentro de cinco años,

SEÑOR MAHÍA (José Carlos).- Señor presidente: me es muy grato hablar de educación, por una cuestión profesional y también personal; siempre he apostado a la educación pública. Me he formado y he ejercido la docencia en la educación pública. Desde el punto de vista familiar, como he dicho en más de una oportunidad, mis hijos concurren, por opción, a la educación pública. Me parece buena cosa tomar algunas líneas de las que señaló el compañero Sabini, y plantear algunas otras. En el repaso que hacía, hablaba de la inclusión de la educación física en las escuelas, que es una de las novedades de estos diez años de gobierno del Frente Amplio. Nos vamos a permitir señalar algunas más, que tienen que ver con el diseño de políticas públicas que en materia de educación hemos llevado adelante. En primer lugar, me quiero referir al Plan Ceibal, que para nosotros es una especie de revolución silenciosa. Dentro de algunos años vamos a poder evaluar efectivamente cuál ha sido el impacto real, en la población en su conjunto, de una política pública que permitió llegar a los sectores más humildes e

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iniciar el camino de la inclusión en informática. Esa fue una decisión de política de Estado. Vamos a decir algo que por olvidado, no debemos dejar de considerar. Y lo digo especialmente por los diputados del interior. Hace diez años, solo los estudiantes de educación media básica que vivían en la capital podían acceder al boleto gratuito. En la primera Administración de Vázquez y, posteriormente en la de Mujica, se logró extender a todo el país ese derecho que hasta el momento sólo podían usufructuar los jóvenes que vivían en Montevideo. Parece que hubiese sido de toda la vida, pero no fue así; fue a partir de algunas decisiones que hoy lucen como incorporadas. Se logró con recursos que tuvieron el voto de todos los partidos del Parlamento, y fue para una dirección correcta. Recuerdo cuando las asociaciones de padres del liceo del departamento de Canelones nos interpelaban porque sus hijos no podían acceder a la educación media superior porque la distancia, y sus ingresos se lo impedían. Hay cosas que no podemos olvidar así como así. Algunas instituciones referidas como, por ejemplo, el Instituto de Evaluación Educativa, salieron también de estas Administraciones, con los votos de todos los partidos y bajo esta iniciativa. Este Instituto permite tener una mirada externa de la ANEP, que asimismo tiene su propio sistema de evaluación. Ni qué hablar de la Universidad Tecnológica, cuya sede se decidió que estuviera estratégicamente en el interior del país. Esa fue una decisión de política educativa que nosotros reivindicamos. En una mirada a largo plazo, se trata de decisiones estructurales, por un lado, de transformación y, por otro, de inclusión. Compartimos y reafirmamos que en estos cinco años vamos a ir hacia la definición del programa del Frente Amplio, que establece que se va a tender a un presupuesto del 6 % para la educación. También tenemos claro que los recursos materiales son una condición necesaria, pero no suficiente. Sabemos que los recursos de la educación son imprescindibles para desarrollar las políticas públicas, pero no es lo único. Comprendemos que los salarios de los trabajadores de la educación en su conjunto siguen siendo aún muy bajos, pero son comparativamente muy superiores a lo que eran hace diez años, cuando comenzamos a transformar sus ingresos. Insisto: somos conscientes de la distancia que hay en una profesión que no tiene hoy la valoración social que

debería, habida cuenta de lo que era para la transformación del país. ¿Por qué decimos esto? Porque tan conscientes somos de lo que hemos hecho, como de lo que nos falta por hacer. Todo lo que nos falta por hacer tiene que ver con ampliar derechos de los ciudadanos en su formación para la vida, en su capacitación técnica, y en las oportunidades que se les da en un país que queremos laico y republicano. En estos últimos cinco años nos propusimos como meta -voy a omitir algunas que ya mencionó el compañero Sabini- llegar a la universalidad de la cobertura de tres años en la educación pública, para que cada familia que decida enviar a sus hijos a la escuela a esa edad tenga un lugar que lo contenga, lo forme y trabaje en su crecimiento desde la más temprana edad. Hablamos también de más liceos de tiempo extendido y de la necesidad de desarrollar más infraestructura para mejorar las condiciones laborales. Además, debemos avanzar hacia el marco curricular común y, asimismo, en el sentido de que en la educación media haya diversidad de propuestas. Nuestros estudiantes de educación media -que es el área en que tenemos que trabajar con mayor énfasisdeberían ingresar todos los días a las 7 y 45 de la mañana y salir cuando termine el turno, tomando parte en la formación cotidiana con los docentes, con los trabajadores de la educación. Sin duda, compañeros… Pido disculpas, porque a uno lo apasiona la educación y la siente en el alma; por eso, estaba hablando como si fuera un discurso de barricada. Nos sentimos interpelados por lo que queremos hacer y la mejora de la gestión es la clave a la hora de que los recursos que vamos a asignar a la educación pública en este presupuesto nacional tengan su expresión en mejores oportunidades para los jóvenes. Ser de izquierda significa para nosotros, entre otras cosas, no conformarnos con los resultados en ningún campo ni tener siempre como respuesta la referencia a lo que hemos hecho. No olvidamos lo que hemos hecho, pero tampoco que es mucho más grande lo que nos interpela y que el desafío por venir implica -insisto- políticas públicas que den a todas y a todos más derechos, que el derecho a la educación sea reconocido como un derecho humano y una oportunidad en la vida de cada uno de nosotros. Gracias, señor presidente.

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SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

infiltrada”. Eran gurises jóvenes con un nivel espectacular, que nos trajeron un documento que a mí me sirvió para entender hacia dónde debemos ir. Con respecto al clima, nosotros tenemos que entender cómo se ha respondido al reclamo de los trabajadores y los alumnos. El decreto de esencialidad marcó la cancha y sé que mucha gente no lo comparte, pero es una realidad que estableció un criterio represivo para enfrentar el conflicto de la enseñanza. El diputado Mahía hablaba del desprestigio que se va dando en la visión que la sociedad tiene de los docentes. ¿De dónde sale? ¿Cómo aparece? Se dice que los docentes no trabajan, que viven haciendo paro, que los paros son contra los estudiantes y que los tienen de rehenes. Los profesores paran buscando conseguir un mejor nivel para la educación. Esa historia no es nueva, ya la conocemos; lástima que siga repitiéndose. Se habla de que lo económico no es todo y se dice: “¡Ah!, los docentes pelean por salario. No les importa educar”. No es así. Históricamente, la lucha de los docentes, de los maestros es por salario, por un programa, por mejora edilicia, por inversión en educación, pero quiero reivindicar que es muy justo pelear por salario cuando lo prometido para 2020 son $ 25.000 por mes. La ministra de educación dijo en una intervención pública que un maestro viviría muy bien trabajando en dos escuelas, porque $ 25.000 más $ 25.000 da $ 50.000. Yo la invito a vivir con el salario de un docente. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: después de que pedí la palabra, el señor diputado Sabini hizo una afirmación que comparto plenamente y para mí marca el camino en este debate sobre la educación. Me refiero a que la educación es un derecho humano esencial y no puede ser una mercancía, aunque esta sociedad cada día más tiende a eso. Por otra parte, también se dijo que se viene manejando que la educación está en crisis, que las cosas no están bien. Nosotros utilizamos el término crisis pero no lo inventamos. Basta leer declaraciones de las principales figuras del Gobierno para ver cómo se refieren a la situación de la educación, a veces equivocadamente, porque ponen el centro de la crisis donde no está. Debo reconocer que se han hecho esfuerzos; me consta porque hablé con algunos diputados oficialistas que estuvieron rascando por todos lados. No me niego a ver las cosas que pasan, aunque después el resultado no sea el buscado. Acá se marca que hubo una serie de logros en educación: en materia locativa, de equipos multidisciplinarios, etcétera. Seguramente, en algunos lugares se ha avanzado en ese sentido, pero yo hablo con los maestros, con los profesores y nos cuentan otra realidad, la que viven diariamente, hasta del número de alumnos por aula. Es verdad que antes no había educación física en las escuelas. Mi suplente es profesor de educación física. Estuvo en dos escuelas de Rocha, una de contexto crítico, como se las llamaba —creo que ahora cambió la denominación—, y tenía todos los grupos en la tarde. Trabajaba 15 o 20 minutos con cada grupo; así es imposible. Antes no había y ahora hay; el problema es si cumple su función. Por último, quiero decir que en la comisión recibimos a una delegación de estudiantes de secundaria que nos dejaron un documento maravilloso. Eran esos estudiantes a los que anduvieron correteando, porque eran malos, estaban infiltrados y todo lo que se ha dicho históricamente cada vez que hay un movimiento popular. Es la misma historia: “los manejan”, “los dirigen”, “hay gente

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: la verdad es que cuando escucho decir en el Uruguay de hoy que la educación es un derecho humano fundamental pienso que debo haber vivido en otro país y, de golpe, hace un tiempo aterricé acá. El otro día fuimos a la Meseta de Artigas y una de las cosas que se recordó fue que las primeras escuelas en los cabildos fueron fundadas por Artigas. ¡¿Yo qué sé?! En Uruguay, la educación siempre fue un derecho humano fundamental. ¡Siempre! No

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copiemos de otros lados. Los pobres españoles tuvieron que esperar hasta que Franco se muriera, en 1975. Les copiamos a los españoles y nos olvidamos de todo lo que hicimos. ¿Quieren mirar el pasado? Miremos hacia el pasado. ¿Saben cuánto ganaban los profesores Grado 7, que son los que llegan al grado mayor por antigüedad calificada -el que diga que no es calificado es porque no tuvo un inspector o un director que lo supo calificar y usa siempre el 100 para no tener problemas-, a comienzos de la década del sesenta? Primero se les bajaba de 20 a 12 horas, para que pudieran profesionalizarse y ser tutores de sus alumnos -esto de las tutorías tampoco es nuevo; antes funcionaban bien- y ganaban lo mismo que los diputados. ¿Quieren mirar para atrás? ¡Yo no quiero mirar para atrás! El mes que viene cumplo sesenta y dos años: yo tenía educación física en la escuela y ¡cuidado si no iba! Ahora tuvo que haber una ley que la generalizara pero no tenemos ni profesores de educación física; eso lo tratamos hace pocos días en esta Casa. Por favor, jamás piensen que consideramos que la educación privada es mejor. ¡Siempre es mejor la educación pública! Siempre debe ser mejor por dos razones fundamentales: porque es la única que asegura el principio de igualdad -cada uno tiene la opción de mandar adonde quiera a sus hijos-, y porque si la educación privada no tiene una muy buena educación pública con la que competir, también baja de nivel ya que, lamentablemente, en esto radica la competencia. Si la educación pública es un desastre, yo no digo que la educación privada se proponga ser desastrosa, pero muchas son empresas y piensan: “Total, no tenemos con quien competir”. Lo que busca la gente en la educación privada, sobre todo los trabajadores, que cada vez mandan más a sus hijos allí -lentamente, pero cada vez más-, es la contención. ¡Claro: si hay centros educativos en los que les pegan a la maestra y nos pegan a los directores! Mire, presidente, yo tengo carácter fuerte y me ligué más de una piña: solo que no judicializo las cosas; no me voy a quejar al juzgado. Ahora bien, ¿qué pasa con la educación media? Estoy aburrida de que se repitan dos o tres cosas. ¿Cómo en el Uruguay no todos los sectores sociales pudieron llegar a la educación? Algunos llegaron con

más dificultades; otros con menos. Es un problema de valores: de los valores de los hogares en que fuimos educados. Se pudo llegar. Lo que pasa es que ahora parece que todos llegan, hasta los de los quintiles más bajos. Yo era de los quintiles más bajos; mis padres, mucho peor. ¡Pero lo que no había era marginalidad cultural! Entonces, se tenía el valor de la educación, el respeto y, en definitiva, lo que no existía era marginalidad cultural. Y hay que decir otra cosa: ¿por qué ahora hay más años de escolarización? Porque se necesitan más años de escolarización para poder acceder a empleos más o menos de calidad. Finalmente -no quiero aburrir-, que no se diga más -porque es falso- que en el Uruguay no se intentó reformar la educación media y, en especial, la media superior. ¿Se olvidaron todos del plan 2003 que superponía en trayectos, y con créditos, la educación general con la educación técnica, que ahora es la panacea? ¡En 2009 lo bajaron tres votos en el Codicén! ¿Saben cuál fue el argumento? Está en las actas: que estaba financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo; así que se comenta por sí mismo. Entonces, ya hay un plan. Busquemos los libros, que están, porque se aplica perfectamente. Mañana lo podemos empezar a poner en práctica, porque ahora el gobierno no tiene problema con el Banco Interamericano de Desarrollo: es normal. Entonces, usemos el plan 2003 y tendremos resuelto gran parte del problema de la educación media. Gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Ope Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: en nombre de la bancada del Partido Colorado quisiéramos hacer algunas consideraciones. En primer lugar, a nuestro juicio, la cuestión de la educación no puede verse desde el ángulo presupuestal como si esta fuera la única dimensión relevante o la más importante de todas. El país está acostumbrado a discutirlo así; permanentemente le asigna la centralidad a la cuestión presupuestal, pero nosotros no estamos de acuerdo con eso. Sabemos que sin recursos no hay educación que pueda mejorar; sin recursos no hay reforma educativa de

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fondo. Los recursos son una parte fundamental de un esfuerzo de reforma educativa como el que el país tiene que acometer. Pero en estos últimos años ha habido -en eso el Frente Amplio ha jugado un papel fundamental, que no tenemos ningún problema en reconoceruna inyección presupuestal muy importante para la educación, pero no ha habido resultados a la altura del esfuerzo que el país entero ha hecho. Lo presupuestal es importante pero no es lo único; y lo que nos está faltando no es discutir acerca del presupuesto, los montos y los salarios, sino respecto de las ideas pedagógicas, de los modelos educativos que queremos impulsar para que la educación en el país mejore. Esa es la educación que falta: la gente que está en la calle no está disputando por modelos pedagógicos, no está agitando ideas educativas para ver cuál es la más renovadora, la más removedora, la más eficaz, la más promisoria. Está reclamando porcentajes del producto bruto para la educación; y nos hemos conformado, nos hemos dado por satisfechos con discutir eso, como si todo fuera cuestión de poner más y al cabo de la línea fuera a salir automáticamente un resultado mejor. Los hechos nos demuestran que no es así. Lo presupuestal es fundamental; los docentes tienen que ganar más; necesitamos más inversión en infraestructura, en liceos, en escuelas. Todo eso es cierto, pero además hace falta saber hacia dónde vamos y eso es, a nuestro juicio, lo que no está claro. Se pone el énfasis en que hay que reconocer que la educación es un derecho y el gran objetivo es, según se nos ha dicho, la inclusión. Y retomo lo que decía hace un momento la señora diputada Bianchi: ¿cuándo se negó que la educación fuera un derecho? ¿Cuándo dijimos que este es un privilegio para unos pocos y “hay que hacer cola, muchachos”? Nunca fue así: desde Artigas hasta hoy todos hemos reconocido, proclamado, puesto el énfasis y caracterizado al Uruguay como un país que se preocupa por la educación de sus nuevas generaciones. Y tenemos etapas muy lindas de nuestra historia que están signadas por ese avance educativo, desde aquel: “Sean los orientales tan ilustrados como valientes”, pasando por la reforma vareliana, las ideas de mejoramiento educativo que introducían los grandes docentes que tuvo el país, hasta Carlos Vaz Ferreira hablando de la Facultad de Humanidades, que no empezó nunca por discutir qué presupuesto le iban a dar. Vaz Ferreira no comenzó planteando: “A ver

cuánta plata hay para la Facultad de Humanidades”; hizo prédica durante años a favor de una idea y la fue fundamentando, exponiendo, iluminando desde distintos ángulos y al final eso cuajó en la conciencia de la sociedad y un día se hizo la Facultad de Humanidades. Y lo mismo sucedió con Grompone y el instituto de profesores, ¿empezó planteando una reivindicación presupuestal? No: comenzó defendiendo la idea de un instituto de profesores y un día la sociedad se convenció y aportó los recursos para ponerlo en práctica. ¿Dónde están hoy las ideas que nos muevan a todos y que nos digan que la sociedad tiene que hacer un gran esfuerzo para financiar la puesta en marcha de este nuevo modelo educativo, porque nos entusiasma, nos moviliza y nos convence de que con esto vamos a salir de la situación en la que estamos sumidos? A mi juicio claramente es una situación crítica, señor presidente. Hemos creído siempre que la educación es un derecho y hemos abierto todas las puertas posibles para la educación y hay algunos datos que me parece importante traer a colación para que se vea esto. Porque hablamos del derecho y de la inclusión -me parece muy bien y lo comparto 100 %- como si eso empezara ahora y antes no hubiera sido así. Entonces, ¿cuáles fueron las variaciones de la matrícula entre 1995 y 2004? En ese período, en el total de la ANEP hubo 154.235 alumnos más: la matrícula creció 27 %; en la educación inicial hubo 34.994 alumnos más: la matrícula creció 71 %; en la educación primaria hubo 25.695 alumnos más: la matrícula creció 9 %; en secundaria, ciclo básico, la matrícula creció en 33.348 alumnos: aumentó un 36 %; en secundaria, bachillerato, creció en 38.820 alumnos: un 53 %; en educación técnico profesional, hubo 7.764 alumnos más: aumentó un 17 % y en formación docente, 13.614 alumnos más: aumentó 186 %. ¿Hablamos de inclusión, de apertura, de derecho? Estos que he ido señalando son datos oficiales y demuestran cómo creció la matrícula de la educación pública en diez años en todas estas ramas. ¿Y cómo nos fue, en cambio, de 2004 a 2014, en otro período? En primaria pasamos de 404.515 alumnos a 343.526; esto es, 60.989 alumnos menos. En secundaria pública, de 238.407 alumnos en el año 2004 pasamos a 221.137 en 2014, es decir, 17.270 alumnos menos. De la educación secundaria como privilegio, de la que los otros días hablaba Celsa Puente en el IMPO -yo también estuve allí-, entre

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1995 y 2004 había un 36 % de alumnos más en el ciclo básico, y de esta educación, de la educación como derecho, que nos incluye a todos, bla, bla, bla, de 2004 a 2014 pasamos a tener 17.270 alumnos menos. Es decir que esta matrícula decrece y, por supuesto, mientras tanto crece la matrícula de la educación media privada. La educación privada, que tenía 35.264 alumnos en 1995, que llegó a 2004 prácticamente con lo mismo, 35.192, hoy está en 44.104 alumnos. Es decir que mientras hablamos y pontificamos acerca de la inclusión y los derechos, crece la educación privada y disminuye la matrícula en la educación pública. ¿Por qué? Porque los padres de los alumnos se preocupan no solo por el derecho, que siempre han sentido que tienen en este país, sino también, y razonablemente, por los resultados del proceso educativo, por la calidad de la educación que reciben sus hijos. Se preocupan y se ocupan y tienen motivos para hacerlo, porque hay una serie de indicadores que no voy a reiterar porque han sido discutidos una y otra vez, pero encienden las luces rojas en el tablero. ¿Qué nos dicen las famosas pruebas PISA? Si tomamos como referencia el umbral de competencia, si este se supera, se puede seguir aprendiendo, se puede insertar en la sociedad con los conocimientos ya adquiridos, pero si se está por debajo del umbral no se logra eso. El tema es que ese umbral está en el nivel dos de los seis niveles de PISA; es decir, no hay que lograr mucho para llegar al umbral de competencia. ¿Cómo estábamos en 2003? ¿Qué porcentaje de nuestros estudiantes que daban las pruebas PISA pasaban el umbral de competencia ese año? El 48,1 %. ¿Y en 2006? El 46,1 %. Estoy señalando los que están por debajo del umbral de competencia. En 2009, 47,6 %, y en 2012, 55,8 %. Es decir, pasamos del 48,1 % al 55,8 % -casi 56 %-, en la categoría en la que no queremos estar. Estos son resultados que no están, que no son los que todos queremos que sean, pero son insoslayables. Si vamos a otros indicadores, como Serce, encontramos cifras que tampoco son buenas, que no nos dicen que estemos avanzando no ya con relación a los países más adelantados del mundo, ni siquiera con relación a los países de América Latina. Somos de los que no avanzan, de los que se quedan o, aun, en algunos rubros, de los que vamos para atrás. Son realidades que hay que asumir y no tiene

sentido negarnos a verlas y hablar de otros temas, hablar del derecho, de la inclusión, cuando hay un problema de resultados que no podemos soslayar. Trabajemos todos en pos de los resultados; tratemos de encontrar esas ideas renovadoras que hoy no se ven. Yo veo que hay un gobierno en disputa en la educación. El otro día estuve en el IMPO y vi a Wilson Netto hablando con la señora ministra María Julia Muñoz, que le dijo al entonces Subsecretario Fernando Filgueira que se callara. Me referí a esto los otros días y no voy a insistir. Hay ideas en pugna en el Gobierno acerca de qué hacer con esto. El Gobierno no está de acuerdo consigo mismo, la oposición está excluida y los sindicatos docentes están en actitud hostil, como vemos todos los días. Todos conocemos los conflictos que ha habido últimamente, no voy a entrar a la consideración de ellos; tampoco tengo tiempo para hacerlo, pero hay un problema de relacionamiento entre la autoridad pública y los sindicatos docentes. Es un problema que también es parte de la ecuación central que tenemos que resolver. No lo vamos a resolver en esta instancia presupuestal, pues los tiempos apremian, los plazos urgen. Pero desde el Partido Colorado, comprometemos nuestro esfuerzo para seguir aportando a la reforma educativa en todas sus dimensiones; aportando los recursos que la sociedad pueda aportar y, sobre todo, tratando de aportar las ideas que se necesitan para que los recursos tengan aplicación útil y eficaz, que es lo que nos está faltando. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: dije que no iba aclarar más, pero ahora fui aludido. Hay quien dice que los números no mienten, que los que mienten son los que los dan a conocer. Y a los números se les puede hacer decir muchas cosas. Ahora bien, si la matrícula cayó, que es probable, ¿qué pasó con la cobertura? Porque lo que hay que ver es la cobertura. Puede haber un número absoluto menor, pero una cobertura mayor.

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Hoy en Uruguay hay más jóvenes estudiando que hace diez o veinte años, porque la cobertura del sistema es mayor. Entonces, después de las manifestaciones que se hicieron en sala, esto lo tengo que aclarar porque, de lo contrario, estamos haciendo una lectura errónea de los datos. Se mejoró la cobertura, entre otras cosas, porque hay más liceos, más salones, más docentes, porque se crearon cargos. Eso es lo que dicen los números. Si vamos a hablar de los números, hablemos de todos los números y no hagamos una lectura parcial de ellos. Miremos las cosas complejas con miradas complejas. Gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

movilizaciones, y me gustaría referirme a estos cuatro puntos. Yo sí tengo la impresión de que hay gente que piensa que en 2005 empezó todo y claramente no fue así. Cuentan -nunca lo pude comprobar- que el salario de un maestro era elevado en la década del cincuenta, del sesenta. Ahora, yo me pregunto: ¿qué gobiernos mediaron para que el salario docente llegara a niveles miserables y las condiciones edilicias de los centros educativos se deterioraran tanto? ¿Qué sucedió para que la matrícula de alumnos demuestre que miles y miles quedaban excluidos de la educación formal? ¿Qué pasó entre medio de la década del sesenta y 2005? En el año 1994 trabajé en el plebiscito de un proyecto de reforma por el cual se modificaban tres artículos de la Constitución de la República. En el artículo 214 se adicionaba el concepto fundamental que decía que debía destinarse no menos del 4,5 % del PBI del año anterior a la enseñanza estatal, lo cual no debía ser menor al 27 % del total de presupuesto nacional. Esta iniciativa fue llevada adelante solamente por el movimiento sindical y por el Frente Amplio. A este plebiscito le dieron la espalda los sectores tradicionales de la derecha del Uruguay y, por ende, después la mayoría de la población. En ese plebiscito fracasamos, fuimos derrotados. Está claro que lo que no se invierte en su momento en educación, unos años después hay que invertirlo en seguridad. Con respecto al salario, a este convenio salarial, que más adelante votaremos a través del artículo 654, decimos que los docentes no van a perder poder adquisitivo y notarán incrementado en 19 % su salario real al cabo del período. Esto es lo que nos dice el Instituto Cuesta Duarte. Es decir, quien gane hoy $ 21.016 nominales, grado uno, veinte horas, ganará $ 37.033 nominales al final del período. El convenio salarial también prevé mejoras en las partidas de presentismo, $ 900 promedio por mes; mejoras del salario para solucionar algunas inequidades; levantar los topes de los salarios a un 25 % más, entre otras propuestas. Yo me pregunto: ¿esto es suficiente?, ¿cambia cualitativamente la vida de los docentes? Claro que no, pero es una propuesta de avance y no se puede negar. Es un paso más en el camino de esta reconstrucción, que sí ha empezado en 2005.

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: en los límites tan estrechos de un debate presupuestal no tenemos oportunidad de pasar revista a todos los números, pero me quedo con la tranquilidad de que lo que yo dije en cuanto a la matrícula no ha sido desmentido; esto es cierto. Incluso, repito, son cifras oficiales. Que además podamos hablar de otras cosas, sin duda que sí. Lo que he dicho sobre los resultados de las pruebas PISA tampoco ha sido desmentido, es así. Reconozcamos toda la realidad y, sobre todo, démonos las instancias para abarcarla en toda su complejidad y tratemos de no confrontar como si estuviéramos peleando por objetivos contrapuestos, cuando de lo que se trata es de reconocer los aportes de todos en pos de objetivos comunes. El Uruguay no empezó en 2005 y los derechos no empezaron en 2005. Hace generaciones y generaciones que muchos uruguayos que nunca estuvieron en el Frente Amplio trabajan de buena fe por mejorar la educación. Si se reconociera, se crearía un clima mucho mejor para trabajar en lo que es, sin duda, causa de todos. SEÑOR MALÁN (Enzo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR MALÁN (Enzo).- Señor presidente: en este presupuesto educativo se ha hablado de salario, de actitud hacia los docentes, de formación docente y de

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El camino es el diálogo entre un gobierno que ha puesto a la educación en el centro del debate, no como figurita para mostrar en las campañas electorales, es el diálogo constante entre el gobierno y los trabajadores de la educación que son fundamentales a la hora de la transformación. Quiero referirme a la actitud ante los docentes, que es otro aspecto que debemos considerar. No debe haber ninguna reforma de la educación sin la participación de los trabajadores, ya sea de las ATD o de los sindicatos. Esto solo lo puede garantizar la izquierda uruguaya, ¿o se olvidan que fue la derecha la que se opuso a la participación de los trabajadores en los órganos de gobierno de la educación? Como bien se dijo, hay quienes constantemente están interesados en desprestigiar a los docentes; hay quienes no valoran el trabajo de los maestros y profesores de este país; hay quienes están más interesados en destruir que en construir diálogo y unidad. Por lo tanto, desde la dirigencia política debemos hacernos cargo de los fogonazos que hemos tirado a los educadores de este país, en palabras, en actitudes o en hechos, desde el oficialismo y desde la oposición. Desde el oficialismo, hemos reclamado diálogo, quizás, algunas veces con actitud soberbia -postura que fue aplaudida por la derecha blanca y colorada-; cuando el Frente Amplio reencauza el ADN de diálogo y de sensibilidad popular es ampliamente criticado por la derecha, que no defiende los intereses de los trabajadores y en forma constante está en sus medios de comunicación generando opinión en cuanto a que se está despilfarrando en educación, a que no hay resultados, a que no se ven los logros, y se citan las pruebas PISA, y cualquier otro informe que ande en la vuelta, comparándonos con Finlandia. Hasta connotados dirigentes nacionalistas viajaron a Finlandia para saber cómo hacían y les dijeron que si querían resultados deberían haber iniciado un proceso de inversión en educación hace más de cuarenta años. Inversión sí, en salario; inversión también en formación, en infraestructura. En otros momentos reclamamos profesionalismo a los docentes, formación terciaria, universitaria, pero les recuerdo que fue la oposición, parte de la derecha -parte-, que no permitió con su voto que en el período pasado se creara la Universidad de la Educación.

Muchos de los que estaban por la positiva, en ese momento, estuvieron por la negativa. Por último, la educación es un compromiso de todos, que no se reduce al sistema educativo formal y que debe involucrar cada vez más a las autoridades de la educación, a los trabajadores de la educación, a la familia, a los estudiantes, a la sociedad toda. Por eso, bienvenido que la educación esté en la agenda de la ciudadanía, en la agenda de los medios de educación, en la agenda de los medios de nuestro país que generan opinión, porque entonces quiere decir que estamos en el rumbo de una sociedad politizada, movilizada por valores altos, como la educación de un pueblo, por ejemplo. Ese es el rumbo: la educación de todos y de todas, sin exclusiones, sostenidos por todos, no solamente por la educación formal sino por toda la sociedad. Hace diez años, el tema era comer todos los días. Claramente, hoy hemos avanzado y nos ponemos a reflexionar en educación y a concientizarnos en eso. Por eso me parece que vamos por el buen rumbo y, sin duda, estamos trabajando desde estas propuestas presupuestales para avanzar en este tipo de educación, sostenida por toda la sociedad, discutida por todos y llevada adelante por todos. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- ¿Una alusión política a su partido? SEÑOR VIERA (Tabaré).- A mi partido y a mi persona. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Señor legislador: a usted no lo pueden haber aludido porque no ha hecho uso de la palabra ni fue nombrado. (Interrupción del señor representante Tabaré Viera) ——Pero él no lo nombró a usted; por lo tanto no es una alusión. (Interrupción del señor representante Tabaré Viera) ——Si usted me está pidiendo la palabra para contestar una alusión política a su partido, yo se la concedo.

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(Interrupción del señor representante Tabaré Viera) ——¿Usted me está pidiendo la palabra para contestar una alusión política a su partido, señor legislador? (Interrupción del señor representante Tabaré Viera) ——Bueno, entonces, continuando con la lista de oradores… SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra. (Interrupción del señor representante Tabaré Viera.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

65.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Prosigue la consideración del asunto motivo de la convocatoria. Después de conversar con el señor diputado Tabaré Viera, advierto que correctamente había solicitado contestar una alusión personal; fue un error del presidente no concederla. Para contestar una alusión, tiene la palabra el señor diputado Tabaré Viera. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: quiero agradecer y reconocer su hidalguía al conversar y aclarar la situación; comprendo que pueda haber incurrido en un error de interpretación, máxime después de tantas horas de trabajo. Realmente, me he sentido aludido política y personalmente en la referencia que hizo el diputado preopinante con respecto a la aprobación de la Universidad de la Educación -Uned-, que estuvo en negociaciones en el período pasado entre el oficialismo y la oposición, en particular, en el Senado, donde lamentablemente no fueron superadas las diferencias que tuvimos. En virtud de que se me aludió esgrimiendo que por nuestra responsabilidad, la del Partido Colorado y de quienes no estuvimos dispuestos a votarla de la forma en la que se planteaba, no se logró crear esta universidad, debo rechazar esa imputación. Entiendo que, en todo caso, la responsabilidad de no haber llegado a lograr esta nueva universidad pública, ni más ni menos que para la educación, que daría a los docentes la calidad de universitarios -creo que es un sueño compartido-, estuvo, precisamente, en el oficialismo, ya que no cedió a la negociación sobre cómo estaría conformado el gobierno de dicha universidad. Allí es donde radica uno de los aspectos centrales -a nuestro entender- que debemos superar para encontrar las soluciones. Todo el sistema político coincide en que debemos hacer cambios, pero no los podemos hacer por un problema de la estructura, de la administración y del gobierno de la educación. Nosotros entendemos y reivindicamos que la sociedad en su conjunto, que está representada por quienes ella elige, debe tener, en definitiva, la potestad de gobernar, no sin la participación de quienes tienen que hacerlo, que son

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente… SEÑOR VIERA interrupción? (Tabaré).¿Me permite una

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: yo fui aludido, me siento aludido, porque el señor diputado preopinante hizo referencia a la oposición que no permitió o no votó la creación de la UTEC. Como eso no salió por mi voto, me siento aludido. Por lo tanto, lo explico y cuestiono a la Mesa porque no me permite contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Muy bien, señor legislador. El procedimiento de la Mesa es cuestionado por el Partido Colorado.

64.- Intermedio.
La Mesa propone un intermedio de diez minutos. Se va a votar (Se vota) ——Ochenta y dos en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. Se pasa a intermedio (Es la hora 21 y 56) ——Continúa la sesión. (Es la hora 22 y 3)

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los técnicos y los docentes, pero sí pudiendo definir, en última instancia, porque ha sido votada por el soberano. Esa fue nuestra diferencia. En todo caso, rechazo que la culpa sea de la oposición -mucho menos del Partido Colorado y de quienes no estuvimos dispuestos a votarla-, porque lo que faltó fue un poquito de voluntad para llegar -ojalá lleguemos- a la definición de un gobierno que priorice a los representantes de la sociedad. Gracias, señor presidente. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

privada, aun de aquellos ciudadanos que no tienen posibilidad de hacerlo o que ven recortadas sus posibilidades de vida; sin embargo, terminan optando por sacrificar parte de sus ingresos para mandar a sus hijos a la educación privada, porque sienten que la educación pública no satisface sus expectativas. Eso es muy doloroso. Fui formado en la educación pública. Esta problemática abarca a todos los estratos sociales e ideológicos. Hace no muchos años se hizo una encuesta en el Parlamento entre los diputados para saber cuántos enviaban sus hijos a la educación pública y cuántos a la educación privada. Más del 70 %, incluyendo a los diputados del actual partido de Gobierno, enviaban a sus hijos a la educación privada. No voy a poner en un aprieto, pidiendo que levanten la mano, a todos aquellos que envían a sus hijos a la educación pública, pero todos sabemos cuál es la realidad. La crisis está instalada y es un problema de ideas, porque no se sabe adónde ir. No basta con mencionar a Paulo Freire ni decir frases altisonantes. No hay un proyecto de educación. No lo hay; sí hay una responsabilidad política desde la creación de la ley de educación que ha generado una confusión en el ámbito educativo, por lo que ya no se sabe quién gobierna. Hemos visto pasar, sin solución de continuidad, consejero tras consejero del Codicén renunciando unos, pidiendo la renuncia a otros, pero siempre con el denominador común de mirar la portera rumbo al campo, marchándose cada uno tras poco tiempo. Eso es parte de la crisis y, lamentablemente, las pocas ideas que han existido desde el prejuicio ideológico se han hecho naufragar, como el Plan Promejora, que se acaba de desactivar, que tuvo su origen, lo reivindicamos, en el licenciado Corbo, militante de nuestro partido, quien propuso un mecanismo de descentralización, de toma autónoma de resoluciones en los centros educativos que representó que aquellos que lo practicaron, redujeron sustancialmente sus niveles de deserción y mejoraron sus resultados educativos. Sin embargo, para el resto del sistema educativo cada día todo es peor, no hay mejorías sino más repetición, más deserción, menos comprensión lectora, menos capacidad de resolución de problemas matemáticos. Creo que todo esto no lo solucionaremos ni haciendo un PISA propio, como fue sugerido en alguna oportunidad para tratar de escaparnos, como en la estrategia de la avestruz, de los resultados de las pruebas PISA.

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: me alegro por la resolución del diferendo; habla bien tanto del presidente como del diputado Viera. Cuando se inició la primera gestión de Tabaré Vázquez, utilizó una frase muy reveladora, proveniente del islam: “La madre de todas las batallas”, aplicándola para la reforma del Estado. Sin embargo, esta quedó huérfana; nunca pasó nada con ella. Yo creo que, en realidad, la madre de todas las batallas es la educación, porque cuando esta entra en crisis, como está hoy en día, se rompe el ascensor social, un factor central de movilidad, que es lo que nos permite que por talentos y virtudes, educándonos, vayamos mejorando y progresando en la vida. Además de ser hijo de mis padres, soy hijo de la educación. Soy hijo de un bolichero y nieto de un chacarero. La educación me permitió avanzar en la vida. Por eso, siento muy particularmente lo relativo a la educación. ¡Vaya que es una preocupación constante que tengo, que además siento como padre de cuatro gurises! Este asunto se ha transformado en una discusión fetiche: si se llega al 6 % o no, si se llegará a ese porcentaje al final del período, en el medio de él o cuándo. El problema educativo es mucho más que una cuestión de rubros; es un problema sustancial. Y nos encontramos ante una crisis en la educación, que no solo implica un problema edilicio, locativo y de remuneraciones o salarios de docentes, más allá de que deban ser mejorados sustancialmente. Esta crisis ha provocado una estampida hacia la educación

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En educación no se piensa en nada desde hace largo tiempo. Reconocemos los méritos de nuestro histórico adversario, el Partido Colorado, porque en su gobierno se establecieron los centros CAIF. La reforma Rama quizás naufragó más por su estilo personal, soberbio y particular que debido a otros factores, pues sabía mucho; quizás fue el último hombre que supo mucho de educación en este país. Él extendió y puso en marcha las escuelas de tiempo completo, creó a través del Mecaep un sistema de relacionamiento de la escuela con los padres y, también, un cuestionado sistema de alimentación, además de todo un conjunto de cosas que, por más que se combatieron, fueron los últimos lineamientos claros que, además, hoy la izquierda retoma con la idea de extender las escuelas de tiempo completo, producto de aquella reforma. También fue parte de la capacidad de propuesta del Partido Nacional el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, que hoy se reivindicó por algún legislador y que se votó por toda esta Cámara. Fue Jorge Larrañaga quien impulsó tal idea desde el Partido Nacional y, afortunadamente, fructificó. Hoy hemos escuchado a autoridades que pasaron por esta Cámara, por la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, quejarse amargamente porque en realidad están colocados a un respirador artificial. A veces no basta con crear organismos sino que hay que dotarlos de recursos para demostrar que, además de crearlos, se cree en ellos; no basta con crearlos sino que hay que demostrar que se cree como instrumento idóneo para obtener resultados positivos. En definitiva, nos falta sacudir el polvo de nuestras cabezas; no basta con discutir por un 6 % sino por una propuesta educativa. Esto se hace con diálogo y no con estilo monárquico ni con planes de esencialidad. Ese camino es una puerta cerrada y el presidente ya lo sabe. ¡Ojo! No confundir diálogo. El gobierno del Partido Nacional creó las ATD como mecanismo de consulta y de saber lo que piensa el colectivo de los docentes. Una cosa es dialogar y otra, cogobernar. Los que tienen que cogobernar son los representantes elegidos por el pueblo a través de sus partidos y no los intereses corporativos, que son respetables pero son corporativos y no se pueden confundir con los de los estudiantes. Mientras que sigamos recorriendo esos caminos, iremos a ciegas.

Hay que rescatar a Varela, los principios varelianos y proyectarlos en el siglo XXI; no basta pensar en soluciones del siglo XIX si no razonamos con cabeza de siglo XXI. Hay que pensar en análisis de resultados, en estrategias, en cumplir planes colectivos con los docentes, que impliquen metas y resultados. Pienso que, también, deberían condicionar parte de sus ingresos y mejoras, no como una zanahoria delante del burro sino como parte de la maximización y optimización del proceso educativo, a fin de colocar metas y objetivos para el cumplimiento de la función docente. De esta forma, se obtendría de los estudiantes un resultado de calidad. Mientras no hagamos estas cosas, seguiremos viendo migrar a estudiantes de la escuela pública y languidecer la educación que en alguna época fue orgullo de todo nuestro país. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: habríamos preferido otro contexto para hablar de educación; habríamos preferido, habida cuenta del consenso político, pero más que nada del consenso entre técnicos de los cuatro partidos que en ese momento tenían representación parlamentaria para instrumentar una serie de cambios profundos en el sistema educativo, que en los primeros meses de este gobierno se nos hubiese convocado a todos los partidos políticos para poner en marcha un profundo plan de reformas educativas. Asimismo, habríamos preferido que se dieran señales claras a la hora de designar a los responsables en los distintos organismos, en el Consejo Directivo Central de la ANEP y en los distintos consejos desconcentrados. Habríamos preferido que previamente a cualquier discusión en materia de recursos hiciéramos honor a aquella brillante pensadora y pedagoga que fue Reina Reyes y el sistema político diera respuesta, por lo menos como consenso básico, a la pregunta de para qué futuro educamos; habría preferido que no hubiera habido un decreto de esencialidad que tensara la discusión salarial en el ámbito de la educación, sobre

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todo cuando había gremios que recién estaban analizando y se estaban pronunciando sobre la propuesta del Poder Ejecutivo; habría preferido que algunas de las personas que hoy están diluidas en el Ministerio de Educación y Cultura, como el subsecretario Filgueiras, fueran actores preponderantes de esta discusión que nos debíamos el sistema político uruguayo. Lamentablemente, nada de eso ocurrió. En cuanto a las principales tensiones que hoy se viven en el sistema educativo en función de distintas reivindicaciones, al margen de las ya existentes, debo decir que fueron catapultadas por el decreto de esencialidad, lo que demostró, una vez más, para aquellos que tenemos profundas convicciones democráticas y, sobre todo, profundas convicciones en materia de respeto al Estado de derecho, que no podemos transitar por esos caminos, porque no es por la vía de llevarse por delante a los demás que se puede construir en materia educativa. Estamos convencidos de que el sistema político tiene que asumir la dirección política de la educación; la tiene que asumir el gobierno electo por la ciudadanía. La autonomía, que por supuesto tiene la educación, refiere a su gestión, no a ser una isla dentro de la República en cuanto a la conducción en materia política. Sin embargo, todo esto no pasó y hoy -como tantas otras veces- estamos hablando simplemente de cuántos recursos van para la educación; estamos hablando de un artículo que condiciona a los gremios docentes a firmar un acuerdo para recibir más recursos salariales. Nada, absolutamente nada, ha habido en este presupuesto, ni en otras instancias, que hubiera permitido hablar del contenido de la educación y de para qué futuro educamos. Lo más grave, y que en definitiva genera más rechazo es que se pretenda ideologizar estos temas, sin saber muchas veces dónde se está parado. Aquí se dijo que aquellos que no habíamos votado la ley de educación, que no habíamos votado la participación de los sindicatos de la enseñanza en la conducción de la educación en la ley que propuso el doctor Tabaré Vázquez -en definitiva, resultó aprobada- éramos la derecha. Hasta donde yo sé, los que quieren gente en los gobiernos, con un contenido corporativo, son los regímenes fascistas. A mí no se me ocurre, bajo ninguna circunstancia, hacer el agravio a quienes

propusieron esa representación de los sindicatos de la enseñanza en la conducción educativa, de decirles que están repitiendo y llevando adelante experiencias fascistas. Por lo tanto pido respeto desde el punto de vista político. ¡Respeto para los que pensamos distinto! Al fin de cuentas lo que ante todo nos está faltando es tener la humildad para encontrar acuerdos y torcer lo que hoy es una profundización de la pobreza y la exclusión como parte de los resultados educativos. Podemos citar los resultados de las pruebas PISA y también otros; entre los que están contenidos en el informe sobre el estado de la educación que ha preparado el Instituto de Evaluación Educativa -creado por la ley de enseñanza votada durante el primer gobierno del doctor Vázquez-, se hace una evaluación negativa de los resultados que hoy tiene la educación en nuestro país. Nosotros nos sentimos hijos de la educación pública y estamos profundamente agradecidos con ella, una educación pública que fue la clave, el paradigma para la movilidad social de este país, pero lamentablemente dejó de serlo. No voy a extenderme más. Creo que deberíamos reflexionar más y adjetivar menos y, sobre todo, tratar de encontrar caminos que pongan el acento en las cosas que nos unen y no seguir apostando a la división y la separación. Muchas gracias.

66.- Prórroga del término de la sesión.
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta de una moción presentada por el señor diputado Óscar Groba. (Se lee:) “Mocionamos para que se prorrogue término de finalización de la sesión”. ——Se va a votar. (Se vota) ——Setenta y siete en setenta y ocho: AFIRMATIVA. el

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67.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo primero de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Cecilia Bottino, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Ernesto Pitetta. Del señor Representante Luis Gallo Cantera, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Miguel Lorenzoni Herrera. Del señor Representante Gerardo Amarilla, por el día 14 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Laura Tassano”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y uno en setenta y tres: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 16.465, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por el jueves 14 de octubre por motivos personales. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, CECILIA BOTTINO Representante por Paysandú”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Paysandú, Cecilia Bottino.

CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Paysandú, Cecilia Bottino, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Ernesto Pitetta. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito licencia por el día de hoy miércoles 14 y jueves 15 de octubre por motivos personales. Sin otro particular, le saluda atentamente, LUIS E. GALLO CANTERA Representante por Canelones”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Luis Enrique Gallo, comunico mi renuncia por esta única vez según artículo 90 de la Constitución de la República. Solicito la convocatoria del suplente siguiente. Sin otro particular, saluda al señor Presidente atentamente, Rodrigo Amengual”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Luis Enrique Gallo, comunico mi renuncia por esta única vez según artículo 90 de la Constitución de la República. Solicito la convocatoria del suplente siguiente. Sin otro particular, saluda al señor Presidente atentamente, Lorena Pombo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Canelones, Luis Gallo Cantera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Rodrigo Amengual y Lorena Pombo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Canelones, Luis Gallo Cantera, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Rodrigo Amengual y Lorena Pombo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121, del Lema Partido Frente Amplio, señor Miguel Lorenzoni Herrera. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a efectos de solicitar licencia por motivos personales por el día 14 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Miguel González”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Virginia Fros”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Adán Pimentel”.

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“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, por el día 14 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señora Laura Tassano. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: no pensaba hacer uso de la palabra; voy a tener que pedir disculpas al diputado Gandini porque había acordado otra cosa, pero voy a ser breve. En 2007 o 2008 se organizó en San Javier un consejo de ministros con el presidente Vázquez, pues como las relaciones estaban tirantes con Argentina no se quería hacer en Fray Bentos. Cuando di la bienvenida al consejo de ministros dije al presidente Vázquez que además de todo el trastorno que provocaba el presupuesto y de votar los porcentajes que van a cada área, había que ver cómo se gastaba. Además de otorgar 4 %, 5 % o 6 % hay que saber para qué se precisa y cómo se gasta. Entonces, luego de votarlo hay que hacer un seguimiento para ver cómo se gasta. Digo esto porque a todos nos pasa que comenzamos nuestros discursos apostando al diálogo y a la búsqueda de acuerdos, pero después sucede lo que en esta sala hace un rato: un diputado que apostó al diálogo, al diálogo y al diálogo, inmediatamente de decirlo por tercera vez, pegó a blancos y colorados, derecha para acá y derecha para allá. Eso no ayuda absolutamente nada. Lo primero que debe existir es respeto entre nosotros, como acaba de decir el señor diputado. Además, hay que buscar consensos y acuerdos para alcanzar la solución del problema. A este Cuerpo no venimos a sacarnos las ganas entre nosotros y a reprocharnos. Venimos a hablar claramente; si tenemos intención de encontrar solución a los problemas, no podemos venir a defender posiciones personales, sino que debemos tratar de entender el problema. Lo que tenemos que antes que nada hay que ver es si estamos de acuerdo con que tenemos un problema. Lo digo porque cuando alguien manifiesta que hay más inseguridad, por ejemplo, enseguida se contesta que no es así. Cuando se dice que las pruebas PISA dan tal cosa, otro dice: “No, en realidad, están interpretando mal, porque hacen una mala lectura”. Entonces, lo primero que tenemos que hacer es, entender que tenemos un problema y, entre todos, encontrar una solución. Este no es solamente un tema de presupuesto. No es un tema de porcentajes. Es un tema mucho mayor del que no voy a hablar porque hay gente que sabe mucho más que yo. En sala se habló, por ejemplo, del tema de la educación física de las

68.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

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escuelas. Y yo estuve en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda cuando fue la directora del ISEF y planteó la situación dramática que tenía en el primer presupuesto que vino. ¡Menos mal que después se arregló! Pero en el primer presupuesto no había prácticamente nada. Y la situación que planteó era de terror. Pero también repito lo que he venido diciendo todos estos días y es que seguimos haciendo superposiciones. Lo digo porque recibimos a la Secretaría de Deportes, que también piensa trabajar en el deporte en las escuelas rurales. Entonces, hay que coordinar los esfuerzos y tratar de optimizar recursos. Yo le decía al expresidente Mujica una vez: “Usted va a hacer dos baños en una escuela rural, va a llevar una empresa de Montevideo y le van a salir US$ 30.000. Asóciese con las Intendencias y le costarán US$ 6.000”. Esas cosas son de buena gestión, aparte de los presupuestos que se voten. También se dice permanentemente: “Nosotros hicimos esto y cuando ustedes fueron gobierno hicieron lo otro”, pero ya pasó. Es necesario analizar el problema que hay en la actualidad. Nosotros ya pagamos nuestra cuota; ya perdimos. Ahora, el Gobierno es del Frente Amplio, pero tampoco alcanza con hacer algo en 2006 para seguir mencionándolo toda la vida, porque a la gente no le alcanza y voy a poner un ejemplo. En 2007, en Río Negro hicimos un puente en un pueblo que se inundaba y quedaba aislado. A los seis meses ese pueblo y esa gente estaban reclamando otra cosa. Eso ya está hecho; ya pasó; se terminó. Esas cosas son las que tenemos que entender. Instrumentamos las ceibalitas; fenomenal, pero ya está. Lo que tenemos que hacer ahora es dar conectividad, porque hay muchos lugares que no la tienen y no pueden usar la ceibalita. Entonces, esas cosas de razonamiento común son las que tenemos que entender para encontrar solución a los problemas. El tema del subsidio del boleto para los estudiantes -con todos los problemas que tiene- lo terminaron solucionando los intendentes. Hay que saber que en los pueblos rurales no hay líneas de ómnibus. Entonces, el subsidio al boleto no sirve para nada. Y los intendentes solucionaron el problema

trasladando a los estudiantes de doce años de los pueblos rurales a las capitales o pueblos en donde había liceos. Los cracks decían: “Pero más vale que alquilen un hogar estudiantil”. Y esos no saben que ese niño de doce años vive en un pueblo rural de Mevir, de trescientas personas, donde la madre está sola porque el padre está trabajando en una estancia. Y si a esa madre le sacamos al hijo de lunes a viernes, no solo desarraigamos a ese chico sino que matamos a la madre que queda sola en el medio del campo, en un pueblo de Mevir. Y hay que hacer la defensa de la maestra y, a su vez, de la maestra rural. Yo ingresé a la Universidad de la República en 1974, plena dictadura. Y en ese momento les puedo asegurar que no había que preocuparse por los edificios; estaban todos pintaditos y arregladitos. El tema es que no teníamos profesores porque estaban presos o se habían ido del país. Tanto fue así que al cuarto año, perdimos un año para recuperar materias que nos habían dado mal. Entonces, no es solamente el presupuesto sino que hay que saber para hacer qué. Nunca se habló en el Cuerpo del tema de que hay que enseñar a estudiar. Yo firmé cuando los estudiantes universitarios tuvieron aquel problema con los libros fotocopiados y todo lo demás. Al estudiante hay que acercarle el libro. Los muchachos estudian de apuntes y muy probablemente el profesor también dé la clase con apuntes. Entonces, se termina con el concepto de que lo que estudió es de dos renglones. Hay que entender que también hay otras cosas. Yo pongo el ejemplo de Áreas Pedagógicas en Río Negro: si la Intendencia no alquilaba un local y pagaba la luz y el agua, no se podía haber abierto. Entonces, muchas veces rezongamos, nos quejamos de que precisamos esto o lo otro, pero también hay que ver cómo se distribuye. En el plenario escuché una discusión entre inclusión y cobertura. La gente no entiende eso; ni la gente ni los muchachos. Lo que quieren es estudiar y hay que ayudarlos a que estudien, acompañarlos.

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Hay un tema que capaz que tenemos mejor resuelto en el interior, que es el de la participación de los padres. Resulta que los gurises no van al liceo y los padres ni se enteran. Entonces, también hay que hacer un trabajo en ese aspecto. Eso es lo que quería decir; muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- No habiendo más oradores, se pasa a considerar el articulado del Inciso 25. Como anunciamos, los artículos 538, 539 y 540 tienen hojas sustitutivas; las Hojas Nº 66 y N° 67, que fueron presentadas por el diputado Rubio, ya han sido fundamentadas. En discusión el artículo 538. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 539. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 540. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA.

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: si no entendí mal, me vinieron a consultar si, finalizado el presupuesto de la ANEP, íbamos a tratar un artículo que tiene partidas para reaplicar. Digo esto porque, si seguimos adelante con los artículos de la Udelar, sería imposible tratar el artículo 654. (Diálogos) SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra por una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: mociono para que se considere el artículo 654. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar si se altera el orden de discusión de los artículos y se pasa a considerar el artículo 654. (Se vota) ——Ochenta y ocho en noventa y uno: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 654. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 79, presentado por los señores diputados Mario Ayala Barrios, Jorge Gandini, Sebastián Andújar, Gustavo Penadés y Benjamín Irazábal. (Texto del artículo sustitutivo:)

Podríamos considerar en bloque los artículos 541, 542 y 544. En discusión el bloque propuesto. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 543. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA.

“Artículo 654.- Asígnanse en el Inciso 23 ‘Partidas a reaplicar’, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, con destino a incrementar las asignaciones presupuestales del Inciso 25 ‘Administración Nacional de Educación Pública’, una partida de $ 1.227.524.000 (mil doscientos veintisiete millones quinientos veinticuatro mil pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 2.544.134.000 (dos mil quinientos cuarenta y cuatro millones ciento treinta y cuatro mil pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2017, con destino a los conceptos que se detallan a continuación:

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Concepto

2016

2017 2.281:134.000

2018 2.281:134.000

2019 2.281:134.000

Retribuciones 1.052:524.000 – Incremento general e inequidades salariales Retribuciones 125:000.000 – Incremento asociado a reducción de otras inequidades salariales Retribuciones 50:000.000 – Incremento asociado a aumentar la partida de Presentismo TOTAL 1.227:524.000

150:000.000

150:000.000

150:000.000

113:000.000

113:000.000

113:000.000

2.544:134.000

2.544:134.000

2.544:134.000

——Hay otro sustitutivo que figura en la Hoja Nº 80, presentado por el señor diputado Rubio. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 654.- La Contaduría General de la Nación, habilitará las partidas correctivas necesarias para que el conjunto de las asignaciones presupuestales de la Administración Nacional de Educación Pública y de la Universidad de la República no sean inferiores al 6 % del Producto Bruto Interno respecto del ejercicio anterior. Para ello se requerirá la consulta de ambos organismos y el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Se tendrán como prioritarios los rubros salariales a fin de que en el ejercicio 2016 los salarios de nivel de ingreso de los funcionarios docentes de la ANEP grado 1 por 20 horas semanales y de los funcionarios no docentes de ANEP con 30 horas semanales equivalgan a 10 Bases de Prestaciones y Contribuciones, y en segundo lugar las inversiones en estructura

edilicia. En ningún caso, la asignación presupuestal total deberá ser inferior al ejercicio anterior”. ——En discusión.

69.- Intermedio
SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: solicito que la cámara pase a intermedio por quince minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 22 y 43) ——Continúa la sesión. (Es la hora 23 y 4) SEÑOR GANDINI (Jorge).- ¿Me permite, señor presidente?

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Solicito otro intermedio de quince minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Treinta y uno en treinta y dos: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 23 y 5) ——Continúa la sesión. (Es la hora 23 y 27)

la forma en que llevaron a cabo los paros docentes, en el sentido de que no se negoció. Se incumplió con la ley de negociación colectiva del ámbito público. Inclusive, en el decreto de esencialidad se invocó -obviamente, comparto las críticas que se han hecho en el plenario en cuanto a que de esa manera no se avanza, y a las pruebas me remito- que se había empezado a negociar el 20 de marzo, cuando literalmente no es cierto. Lo han dicho los sindicatos en las comisiones de Legislación del Trabajo, de Educación y Cultura y de Presupuestos. Además, me consta. No soy de mostrar comunicaciones privadas, pero dirigentes sindicales me están preguntando cómo va la cosa, con lo cual pierdo un poco el norte ideológico. Pero ellos saben que pienso mucho de lo que seguía pensando. El nudo gordiano de esto es: se acepta la partida que está explicitada -esa fue la primera propuesta, muy resistida, que nos golpeó a todos- o la propuesta vinculada con que vaya a infraestructura, sin haber llegado a firmar el acuerdo. Hubo tres preacuerdos, sin que las bases sindicales lo hubieran discutido. Finalmente, se pudo negociar. Los compañeros que conforman la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda pudieron negociar con las autoridades y se logró cambiar el destino. Ya no es más infraestructura. Aclaro que el Partido Nacional va a presentar un sustitutivo, pero ahora vamos a remitirnos al artículo tal cual está presentado. Si no se aceptaba ese dinero, que es el monto del incremento salarial, iba a infraestructura. Finalmente, se logró sustituir por gestión educativa. Pero hay otro problema, porque el artículo está en el mensaje. Se establecía una obligación, porque decía “deberán”, y se sustituyó por “podrán”. Como todo convenio, es un contrato, con partes, entre la Administración Nacional de Educación Pública, las asociaciones gremiales, o sea, la Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza, con la participación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y el Ministerio de Economía y Finanzas en el marco de la mesa de negociación prevista. Apareció la Ley de Negociación Colectiva que hasta ahora no se había utilizado; el artículo 14 de la Ley N° 18.508, de 26 de junio de 2009, con destino a los conceptos que allí se detallan. Ahí figuran las asignaciones presupuestales para las partidas

70.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Prosigue con la consideración del asunto motivo de la convocatoria. Está en discusión el artículo 654. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Graciela Bianchi Poli. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: vamos a tratar de ser claros, porque acá se está jugando gran parte de todo el proceso que estamos viviendo con el conflicto entre los sindicatos y las autoridades. No me voy a meter en ello porque todo el mundo conoce de qué hablo. Reconozco que fui de las personas que, integrando el gobierno, me negué a que los sindicatos o los consejeros sociales -que eran listas sindicales a pesar de que había opositoras, aunque no quiero entrar en esa discusión- estuvieran gobernando en los Consejos. Me refiero al señor diputado Iván Posada, porque yo dije de una manera firme -como profesora de Historia-, cuando estábamos reunidos considerando el proyecto de ley de educación, que esto se le había ocurrido a Mussolini y le salió tan mal que, a pesar de ser dictador, a los dos años lo tuvo que derogar. En consecuencia, mi posición con respecto a los sindicatos está clara, a pesar de haber sido fundadora. En este caso, en este largo conflicto, más allá de que podamos discrepar con las medidas de lucha, los sindicatos de la educación tuvieron razón en

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respectivas. En el último inciso aparece el verbo “podrán”. Como dije, el Partido Nacional va a presentar un sustitutivo, eliminando el segundo inciso y el último. Figurará solamente la asignación de las partidas a replicar, o sea el aumento, con las limitaciones del monto, es decir, lo que ya sabemos, los $ 25.000 a 2019 y demás. En ese sustitutivo que va a presentar nuestro partido se elimina esta obligación -perdóneseme, no quiero ser agresiva, pero soy abogada-, que se parece muchísimo a una extorsión: “aceptás esto o te pasa esto otro”. En el Código Penal eso es, por lo menos, violencia privada. Es cierto que cambiar el “podrán” con respecto a conveniar con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Ministerio de Economía y Finanzas y todo lo demás da más amplitud a las autoridades, pero el Partido Nacional decidió retirarlo. ¿Por qué? Porque, por un lado, viola los derechos que los trabajadores deben tener a la libre negociación; por otro, es violatorio de la ley de negociación colectiva en el ámbito público, porque si bien se menciona a la Oficina Nacional del Servicio Civil, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Ministerio de Economía y Finanzas, solo pueden actuar como órganos asesores. Tal como está redactado -si no se vota el sustitutivo del Partido Nacional-, son copartes en la firma del convenio anual, que condicionan la gestión de uno de los entes autónomos -no vamos a repetir las cosas que todos sabemoscomprendidos en el artículo 220 de la Constitución. En resumen: proponemos un sustitutivo con el inciso primero del artículo que vino de la comisión, que empieza en “Asígnanse” y, a continuación, la planilla. Los fundamentos son los que acabamos de decir. Recojo lo que se ha dicho en sala. Más allá del presupuesto, de la plata -que para los trabajadores y para la educación es fundamental, porque por ahí también pasa la calidad-, tenemos que colaborar para restablecer el vínculo entre las autoridades de la educación y los trabajadores, sindicalizados o no, porque todos sabemos que después del decreto de esencialidad, trabajadores que habían dejado de hacer paro volvieron a hacerlo, porque enojó a gran parte de ellos. Consideramos que, como clase política, tenemos que dar un mensaje -tal como plantearon el señor diputado Posada y la oposición en general- en el sentido de que hay que restablecer el vínculo. Si

esto es necesario en cualquier actividad laboral, en la educación es fundamental, porque el hecho educativo no se puede producir, aunque todas las soluciones estén sobre la mesa, si la grieta que se generó se profundiza o se mantiene. Hay una grieta y existen enormes dificultades entre los maestros y los profesores por este conflicto. Además, hay una grieta muy profunda entre ellos y las autoridades de la educación, no solamente el Ministerio de Educación y Cultura -tal vez allí la grieta sea mayor- sino la ANEP, el Consejo Directivo Central y los consejos desconcentrados. Los trabajadores de la educación consideran -estoy de acuerdo- que durante el conflicto y el proceso de negociación estos estuvieron en la clandestinidad, porque desaparecieron, como dijo el doctor Pablo Da Silveira. En definitiva, una manera de acercar a las partes es sacar todos estos factores que irritan, porque la extorsión o la violencia privada irrita y la obligación de conveniar con la OPP, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Oficina Nacional del Servicio Civil, también. Las autoridades políticas pueden actuar de forma inteligente, sin que aparezca por escrito, en un proyecto de ley, una violación de la autonomía de los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución. Gracias, señor presidente.

71.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Germán Cardoso, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Jorge Schusman. Del señor Representante Daniel Bianchi, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Martín Álvarez.

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445 “Montevideo, 14 de octubre de 2015.

Del señor Representante Fernando Amado, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Dianne Martínez. De la señora Representante Susana Montaner, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Eduardo Suney Barros. De la señora Representante Cecilia Eguiluz, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Horacio de Brum. De la señora Representante Graciela Matiauda, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Luis Pintado. Del señor Representante Mario García, por los días 14 y 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Enrique Sención”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en sesenta y dos: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente y al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por los días 14 y 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, saludo con mi más alta consideración y estima, GERMÁN CARDOSO Representante por Maldonado”.

Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, comunico a usted mi desistimiento por esta única vez por el día 14 y 15 de octubre del corriente año. Sin otro atentamente, particular, saludo a usted muy

Francisco Sanabria Barrios”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Germán Cardoso. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Francisco Sanabria Barrios. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Maldonado, Germán Cardoso, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Francisco Sanabria Barrios. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Jorge Schusman. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, al amparo de lo previsto en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted preside, se sirva concederme licencia por razones personales el día 15 de octubre de 2015. Sin otro particular lo saluda atentamente, DANIEL BIANCHI Representante por Colonia”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por medio de la presente, renuncio por esta única vez a la convocatoria que se me hiciera para integrar el Cuerpo que usted preside el día 15 de octubre del corriente año. Sin otro particular, lo saluda atentamente, Nibia Reisch”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Nibia Reisch. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Colonia, Daniel Bianchi, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Nibia Reisch.

3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Martín Álvarez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 15 del presente mes. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, FERNANDO AMADO Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe, Fitzgerald Cantero Piali, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, Fitzgerald Cantero Piali”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Fernando Amado. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Fitzgerald Cantero. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de

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1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Fernando Amado, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Fitzgerald Cantero. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señora Dianne Martínez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta consideración y estima, SUSANA MONTANER Representante por Tacuarembó”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Auber Agapito Leal, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. Agapito Leal”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. Dante Dini”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Claudia Mabel Azambuya Angio, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. Claudia Azambuya”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Ximena Bellozo informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. Ximena Bellozo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Quien suscribe Pablo Castro, le informo que por esta única vez, no acepto la convocatoria efectuada por el Cuerpo que usted tan dignamente preside por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima. Pablo Castro”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por este medio, quien suscribe, comunica a usted la imposibilidad de asumir el cargo de Representante Nacional, durante la licencia solicitada por la titular de la banca señora Cecilia Eguiluz. Sin otro particular saluda atentamente, Marcelo Bistolfi”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Salto, Cecilia Eguiluz. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Marcelo Bistolfi Zunini. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Salto, Cecilia Eguiluz, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Marcelo Bistolfi Zunini. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 115, del Lema Partido Colorado, señor Horacio de Brum. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Tacuarembó, Susana Montaner. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Agapito Leal, Dante Dino Luis Emilio Dini Siqueira, Claudia Azambuya, Ximena Bellozo y Pablo Castro Albernaz. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Tacuarembó, Susana Montaner, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Agapito Leal, Dante Dino Luis Emilio Dini Siqueira, Claudia Azambuya, Ximena Bellozo y Pablo Castro Albernaz. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2215, del Lema Partido Colorado, señor Eduardo Suney Barros. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que usted tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales, por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular lo saludo con mi más alta estima, CECILIA EGUILUZ Representante por Salto”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día 15 del corriente mes y año. Sin otro particular, lo saludo con mi más alta consideración y estima, GRACIELA MATIAUDA Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Canelones, Graciela Matiauda. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Canelones, Graciela Matiauda, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 10, del Lema Partido Colorado, señor Luis Pintado. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito a usted realice los trámites pertinentes para que se me

conceda licencia por motivos personales, por los días miércoles 14 y jueves 15 de octubre de 2015. Saludo a usted muy atentamente, MARIO GARCÍA Representante por Lavalleja”. “Miércoles, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que no acepto por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes, como suplente del Diputado Dr. Mario García. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente. Gastón Elola”. “Miércoles 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted, que no acepto por esta vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes, como suplente del Diputado Dr. Mario García. Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente, Verónica Machado”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por los días 14 y 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

450 La Cámara de Representantes, R E S U E L V E:

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1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Lavalleja, Mario García, por los días 14 y 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Gastón Elola y Verónica Machado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por los mencionados días al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 5158, del Lema Partido Nacional, señor Enrique Sención. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

En el artículo sustitutivo proponemos que el Gobierno se comprometa a asignar realmente el 6 % del PBI a la educación, detallando los pasos que hay que dar y los organismos que deben involucrarse. Además dice: “Se tendrán como prioritarios los rubros salariales a fin de a que en el ejercicio 2016 los salarios de nivel de ingreso de los funcionarios docentes de la ANEP grado 1 por 20 horas semanales y de los funcionarios no docentes de ANEP con 30 horas semanales equivalgan a 10 Bases de Prestaciones y Contribuciones, y en segundo lugar las inversiones en estructura edilicia. En ningún caso, la asignación presupuestal total deberá ser inferior al ejercicio anterior”. Este reclamo salarial equivale a la media canasta familiar, que proponemos también para otros sectores. Es cuanto queríamos decir para presentar el artículo sustitutivo que planteamos para el artículo 654. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

72.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: nosotros presentamos un sustitutivo del artículo 654, que en el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo tenía el número 619. Este artículo fue fruto de discusión. Sabemos que en la bancada oficialista hubo esfuerzos importantes para cambiar su contenido y su sentido, pero lamentablemente sigue manteniendo una asignación insuficiente y un grave condicionamiento, un chantaje a los trabajadores que, de no aceptar lo que les propone el Gobierno, no recibirán las partidas, que tendrán otro destino. Hemos hablado de esto en el transcurso de esta larga sesión; por lo tanto, no vamos a abundar demasiado en ello. Nos parece que este no es un buen camino sino que agudiza las contradicciones y mantiene la línea de no reconocer lo que pide el otro ni que no hubo acuerdo alguno. Eso ha quedado demostrado en la movilización y la manifestación de los distintos actores de la enseñanza.

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: sin duda este es un tema importante, candente; estamos hablando de partidas a reaplicar a la enseñanza -que siempre le hacen falta-, en el marco de un conflicto que todos vivimos, que va largo y que, como todo conflicto, termina castigando a mucha gente, para empezar a sus propios protagonistas que pierden salarios. En definitiva, castiga a toda la sociedad, pues el principal objetivo del sistema educativo son los niños, los muchachos, los educandos que pierden clases. Una vez que el Poder Ejecutivo tomó decisiones -en el presupuesto siempre hay que tomar decisiones, priorizando actividades para asignar partidas- y encontró la forma de reasignar partidas tan importantes, como en este caso, parecería que esta era una excelente oportunidad para mejorar propuestas, resolver conflictos y aprestarse a terminar el año de la mejor manera posible -teniendo en cuenta todas perdidas que hubo- y, sobre todo, para comenzar un período lectivo en buenas condiciones. Entonces, entendemos que es un profundo error, una enorme equivocación del Poder Ejecutivo que una vez que logró obtener partidas o tomar decisiones para reasignar, las otorgue de esta manera. Se trata de un

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nuevo error, similar al que cometió cuando declaró la esencialidad del servicio, siendo consciente de que no la podía sostener, además del fondo de la cuestión: declarar la esencialidad cuando no correspondía. Y esto es como mostrarle el dulce a un niño y decirle: “Yo no te lo voy a dar, a menos que tú hagas todos los deberes”. Es como una amonestación que realmente no creemos que conduzca a la buena solución del conflicto ni a aprovechar bien el sacrificio que se está haciendo al reasignar esta partida. Claramente nos parece que no está bien planteado; creo que ni siquiera es legal y no sé si es constitucional. Digo “no sé” porque no soy constitucionalista ni mucho menos, pero a todas luces ni siquiera está planteado como una cláusula de paz, o como a veces se proponen algunas partidas que están sujetas a la mejora de productividad, que es lo que se paga. Está puesto como una amenaza, señor presidente, lo que no es bueno, no es conveniente, no es legal y no es de recibo. Por lo tanto, el Partido Colorado ha decidido no acompañar la propuesta que viene de la comisión. Sí va a dar su voto afirmativo al artículo sustitutivo propuesto por el Partido Nacional, plasmado en la Hoja Nº 79, que establece las partidas quitando precisamente la parte que para nosotros no es legal. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: en nuestra intervención sobre el tema educativo, de alguna manera ya hicimos referencia a las circunstancias en que se plantea este artículo. No nos parece buena cosa plantear una negociación al mismo tiempo que se le está apuntando a alguien diciéndole: “si no llegamos a un acuerdo esta partida va a ir para otro lado, va a ser destinada a otra cosa”. Creemos que el Poder Ejecutivo pudo y debió haber agotado los esfuerzos para llegar a esta instancia parlamentaria con un acuerdo con los gremios de la educación, y si eso no pasó, la mayor responsabilidad le cabe al Poder Ejecutivo que decretó la esencialidad del servicio y terminó generando una situación de conflicto, de tensión, que alimentó todos los actos y

protestas que se vieron en los últimos tiempos. Si no se hubiera declarado la esencialidad del servicio no habrían pasado todos estos hechos que acontecieron como consecuencia de una actitud de tensión, de radicalización del conflicto. Por lo tanto, no vamos a acompañar este artículo. En todo caso, como muestra de nuestra disposición política vamos a pedir que se vote por incisos, de forma de acompañar el primero y dar una señal en ese sentido, pero no vamos a votar los demás porque suponen una condición que a nuestro juicio no se puede sostener desde el punto de vista político. Muchas gracias. SEÑOR MAHÍA (José Carlos).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR MAHÍA (José Carlos).- Señor presidente: vamos a ser necesariamente breves en nuestra intervención para sostener un par de conceptos sobre los que nos parece importante dejar constancias. En primer lugar, este artículo en particular -lo sabe la Cámara y la opinión pública en su conjuntoha sido un tema de debate interno de nuestra fuerza política, habiendo distintas posiciones. Estamos convencidos de que algunos compañeros van a terminar acompañándolo, más allá de no estar de acuerdo con algunos procedimientos y en cómo se llevó adelante. Este artículo trae consigo la voluntad expresa de incrementar los recursos para la educación, cuestión que está en el compromiso del programa del Frente Amplio y también en el de la fuerza política con la opinión pública. Este es otro artículo que refleja en este presupuesto la voluntad del Poder Ejecutivo y del Gobierno en su conjunto. En segundo término, hace referencia expresa a una política pública que ha impulsado el Frente Amplio desde que es gobierno: fomentar la negociación colectiva, los convenios colectivos; lo hizo en el sector privado y también en el público. Esta política se restauró ni bien se reinstaló la democracia, entre 1985 y 1990. Sin embargo, no fue parte de las prácticas de relacionamiento con los trabajadores en otras Administraciones, me refiero al período que

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abarca bien entrada la década del noventa, hasta que llegó el gobierno del Frente Amplio. En este caso, esta es una apuesta a un instrumento que han desarrollado los gobiernos del Frente Amplio en distintos ámbitos, públicos y privados. En tercer lugar, refiere a que en caso de no llegar a acuerdos -pone plazos específicos para ello, porque es parte del impulso a una política de convenios salariales, en este caso en lo públicodichas partidas podrán ser reasignadas exclusivamente con destino a políticas educativas. La modificación está en que originalmente el proyecto de ley traía una iniciativa referida a que estas partidas estuvieran destinadas exclusivamente a obras de infraestructura, y en la redacción que aquí se plantea se dice que “dichas partidas podrán ser reasignadas exclusivamente con destino a políticas educativas en el marco de la Administración Nacional de Educación Pública, priorizando rubros y programas vinculados a la formación y el fortalecimiento del rol de los docentes en servicio, en aspectos no salariales”. Estamos hablando -he leído textualmente el párrafo final del artículo- de uno de los aspectos que todos entendemos es muy importante a la hora de fortalecer las políticas públicas educativas que refieren a la formación docente. En este proyecto también están los conceptos de los montos de incremento año a año, hasta el año 2019, y plantea un camino, que es la negociación colectiva, y un destino, que es exclusivamente la educación que, reitero es una prioridad del Gobierno, del programa de gobierno y del Frente Amplio. Sin duda, habrá más oportunidades para referirnos a este y a otros asuntos aquí y en el debate público, pero queríamos dejar constancia de nuestra posición al respecto. SEÑOR ANDRADE LALLANA permite una interrupción? (Óscar).¿Me

proceso de negociación colectiva es un delito. No conozco negociación colectiva en el mundo que no coloque arriba de la mesa una prestación a cambio de un convenio colectivo. Si eso se generalizara, cada cámara empresarial que negocia colectivamente en cualquier rama de actividad estaría cometiendo un delito de extorsión cuando ofrece salarios a cambio de medidas de levantamiento de la conflictividad o cláusulas de paz. Esto es lo que contiene el convenio colectivo, que es a lo que refiere el artículo que está a consideración; es decir, si hay acuerdo, no hay más conflicto por salario para garantizar el componente básico que son las clases y la educación. El segundo componente, que parece que no tenemos en cuenta, es que el gremio más grande de la educación todavía no se pronunció sobre el convenio colectivo. La Federación Uruguaya de Magisterio aún no tomó postura sobre el convenio colectivo; decidió hacerlo después del debate parlamentario. Creo que si aprobamos que el aumento del salario vaya sin convenio, generaríamos que tampoco hubiera convenio en magisterio. Es decir, con esa señal contribuiríamos a que no hubiera convenio y nos tendríamos que hacer cargo de que con eso generaríamos un componente de conflictividad mayor. Cualquiera de los presentes en sala que ve la realidad sabe que es así. Entonces, podemos contribuir a generar una posibilidad de acuerdo o un convenio colectivo -que es clave- o no hacerlo, partiendo de la base de que algunos legisladores se han pronunciado en el sentido de que no haya ninguna negociación colectiva. Los colegas del Partido Nacional que me acompañan en la Comisión de Legislación del Trabajo saben que mi opinión es crítica en cuanto a cómo se ha madurado en la negociación colectiva en la actividad pública. Hemos sido críticos de los tiempos que dimos para este convenio colectivo en particular, pero no lo dijimos solo en la Cámara, sino que también lo hicimos públicamente. Ahora bien, que hayamos sido críticos con la manera en que manejamos los tiempos en este convenio colectivo no quita que seamos defensores de la negociación colectiva y del valor que tienen los acuerdos. Entonces, toda medida que tomemos que vaya en contra de las posibilidades del acuerdo, seguramente va a generar que se hipoteque este convenio colectivo y la posibilidad de negociación colectiva para el futuro. Me pregunto: ¿quién va a negociar

SEÑOR MAHÍA (José Carlos).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Le restan menos de seis minutos al señor diputado Mahía. Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Señor presidente: no voy a contestar apreciaciones que no hacen al mejor clima de la Cámara, como las comparaciones con el régimen de Mussolini o que el

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colectivamente si después el Parlamento adjudica lo que hubiera estado en la negociación? ¿Vamos a esperar siempre las rendiciones de cuentas y los ajustes? Algunos legisladores han sido intendentes, y yo me pregunto: ¿cómo negociaban con los municipales? ¿No colocaban una posibilidad de mejora de salario en función de cláusulas de paz y de prevención de conflictos? Esto es más viejo que el agujero del mate. Estoy orgulloso de ser integrante de la fuerza política que más incrementó el salario a los docentes en este período y sé que es insuficiente y que hay cosas que hemos explicado mal. El convenio colectivo como preacuerdo firmado no establece llegar a $ 25.000 al final del período, sino a esa cifra en términos reales a junio de este año, que es bastante más; es eso más la inflación. Esto implica más de un 20 % de crecimiento del salario en términos reales. Por lo tanto, el crecimiento del salario de los trabajadores de la educación va a ser muy superior al crecimiento de la economía, pero eso no alcanza. No obstante, es el esfuerzo más importante que se ha hecho en política salarial de todas las ramas de la actividad pública. Esto es objetivo. Lo que creo que tenemos que contemplar es cómo ayudamos a que la educación mejore y para eso son fundamentales la negociación colectiva y los acuerdos. Si elegimos el camino de que no hacen falta acuerdos ni negociación colectiva en la actividad pública para generar partidas, puede pasar que nos aplauda una parte de la tribuna, pero sentamos un antecedente que genera un daño enorme a las posibilidades que yo defiendo. Entonces, con esas valoraciones y sabiendo que es una definición compleja, acompañamos la decisión de la bancada pensando que se van a encontrar los caminos para llegar a los acuerdos que logren establecer convenios colectivos en los sectores de la educación, que es lo mejor para todos, y si es lo mejor para todos, también es mejor para la sociedad. Gracias, señor diputado José Carlos Mahía. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: yo entiendo que hay que buscar alguna explicación y es difícil. Me coloco en el lugar del otro. Nunca dije que esto fuera mussoliniano; si no quieren escuchar o quieren distorsionar no se me cae absolutamente nada. Lo que dije fue que de la tercera sesión de la comisión redactora de la ley de educación del gobierno del Frente Amplio que integraba, me fui porque no estaba de acuerdo con que los consejos estuvieran formados fundamentalmente por sindicatos -son todos sindicatos; es cierto que hubo listas opositoras, no lo voy a discutir, pero no es este el tema- y porque creía que era muy peligroso para la democracia, pues eso lo inventó Mussolini. Y como dijo el señor diputado Iván Posada, esto es fascista. El fascismo no es de izquierda ni de derecha, es fascismo. Entonces, cuando se coarta el interés general, se coarta el Estado, que lo representa; esa es la base del sistema republicano democrático de gobierno. Es, realmente, porque estaba en riesgo la democracia, e insisto que había indicadores de un régimen totalitario. Además, fui tan franca que sigo siendo amiga de mis ex compañeros de Fenapes -fui una de sus fundadoras y me desafilié en 2000 por otras razones- y les dije que eso le iba a hacer mal al Estado y a los sindicatos, porque si al Gobierno le va mal o ustedes se empiezan a enfrentar con el Gobierno, van a morir pegados a él. Hoy con muchos de ellos somos muy amigos aunque votemos distinto. Por suerte, como decía Felipe González, mientras me pueda sentar a tomar un café con una persona, puedo pensar totalmente distinto. Yo me crié en una sociedad plural en la que la gente vale por su honestidad y por lo que es y no por lo que piensa y menos por lo que vota. En consecuencia, vamos a aclarar los tantos. Conmigo está todo bien, pero que no se diga una cosa que yo no dije. Por otro lado, quiero señalar que soy partidaria de la ley de negociación colectiva, que en el Uruguay existe desde el año 1943, antes de que se creara la OIT. ¡Miren qué atrasado estaba el Uruguay que teníamos negociación colectiva en el ámbito público antes de que se creara la OIT! No fue en 2005. Pero sabiamente el Estado uruguayo, democrático, participativo, Estado social del derecho de todos los partidos políticos -no le voy a poner etiquetas de

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izquierda o de derecha porque eso ya ni lo contesto más porque ni siquiera ofende; no existe másconstruyó una manera de negociar que a veces fue mejor y a veces fue peor -me estoy refiriendo al ámbito público-, y no se ató en una ley porque ata el Estado, y cuando se ata al Estado, deja de ser representativo del interés general. Y una de las cosas que pasa con la ley de negociación colectiva en el ámbito público, referido a la educación, es que se terminan conflictos negociando en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y violando la autonomía de la ANEP que es, precisamente, lo que no puede hacerse. Por lo tanto, no es porque seamos de derecha que no queremos la negociación colectiva en el ámbito público; en realidad, el Gobierno debe ser lo suficientemente amplio y, sobre todo -ya que se dice que es progresista y se preocupa tanto de la educación-, no debe presionar a los trabajadores de la manera en que lo está haciendo. Además -reitero-, en los años que tengo -sacando los años de dictadura- nunca pensé ver en una ley una violación a la autonomía del artículo 220 de la Constitución; nunca, y mucho menos por escrito, porque se puede violar el artículo sin escribir nada. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Termino, señor presidente. En realidad, actuar con impunidad, creer que se pueden llevar al mundo por delante y arrear el poncho permanentemente, está saliendo mal; tanto, que se escribe la extorsión y la inconstitucionalidad. Eso es lo que dije, y no otra cosa. ¿Está claro? SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

——Por lo tanto, es difícil entender esa cronología que armó, en cuanto a que la ley del consejo de salarios del año 1943 antecede a la Organización Internacional del Trabajo. (Interrupción de la señora Representante Graciela Bianchi Poli) ——Como dije, hay legisladores que tienen esta información y pueden trasmitírsela a la señora diputada para que pueda opinar en sala con un poco más de conocimiento, teniendo en cuenta que hablamos de un ámbito de estas características y del que todos nos enorgullecemos debido a que es el único de las Naciones Unidas que es tripartito. Por otro lado, yo no inventé nada; el planteo de la señora diputada Bianchi figura en la versión taquigráfica y fue realizado con mucha claridad. En ese sentido, puedo afirmar que la señora diputada considera que no tendría que existir negociación colectiva en el ámbito público. Sin duda, a partir de ese razonamiento -expresa con claridad la necesidad de pulverizar los ámbitos de negociación colectiva y los acuerdos colectivos en el ámbito público- entendemos la valoración táctica de esta definición. En realidad, cuando aún hay federaciones que no han acordado, el Parlamento tomó la decisión política de otorgar, en medio de la negociación colectiva, lo que esas organizaciones sociales deben valorar, aunque no participe de ellas. Como dije, creo que esa definición pulveriza la instancia de negociación colectiva con los gremios de la educación y genera una profundización del conflicto, porque el piso pasa a ser ese y después todos nos tendremos que hacer cargo de que no se negocia más colectivamente y de no tener convenios por dos años. Si eso sucede, seguiremos en una circunstancia de conflicto, porque las dos cosas no se pueden hacer. Por lo tanto, preferiría que se tomara en cuenta la valoración realizada, porque ahora no estamos discutiendo el tema de la esencialidad, aunque no tuve dudas en cuanto a cómo me posicioné sobre ese tema. De todos modos, ese no es el debate que estamos llevando a cabo, sino cómo generar una condición que fortalezca la posibilidad de alcanzar una salida de diálogo negociada. Y creo que la mejor forma de hacerlo es

SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Señor presidente: en primer lugar, quiero decir que hay legisladores que saben -se lo pueden informar a la señora diputada Bianchi- que la Organización Internacional del Trabajo, la OIT, que es un ámbito tripartito, surge a partir del Tratado de Versailles, el 11 de abril de 1919. (Interrupción de la señora Representante Graciela Bianchi Poli)

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respaldando a quienes están al frente de la negociación -conocen mejor el tema que nosotros-, es decir, los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Economía y Finanzas, que plantearon que todavía hay espacio para llegar a algún acuerdo. Por otro lado, consideramos que la propuesta del Partido Nacional -la valoramos y creemos que fue hecha con la mejor intención-, tal como está planteada, no contribuye a alcanzar un acuerdo. En realidad, no creo que la propuesta esté formulada con mala intención; sin duda, creo que se hizo para atender algunos aspectos que están en el debe y queremos atender de manera general. De todos modos, mi opinión es que con este aditivo, que pretende atender un costado del problema, se pueden generar más conflictos que soluciones, aunque eso es opinable. En realidad, si es eso lo que estamos discutiendo, no se debe decir que estamos al costado de prácticas criminales y delictivas, porque de esa forma es imposible generar una síntesis mínima que intente atender las diferencias tácticas existentes en cuanto a cómo puede contribuir el Parlamento a mejorar el clima de diálogo y negociación en la educación, algo que a todos nos importa. No creo que alguien pueda pensar que es mejor que no haya acuerdo. En ese sentido, creo que si quitamos el artículo 654 difícilmente podamos construir algún acuerdo en el plano educativo; y ese no es un problema menor. Gracias, señor presidente. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

Por lo tanto, a mí no me agarran sin pruebas. Además, no se está dinamitando ninguna negociación, pura y simplemente, porque no la hay. En realidad, no puede haberla porque las cosas están planteadas en estos términos. Hagan lo que quieran; nosotros sabemos lo que tenemos que votar. Nada más, señor presidente.

73.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Eduardo Rubio, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Pérez”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y ocho en ochenta: AFIRMATIVA. En consecuencia, queda convocado el correspondiente suplente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi consideración: Por la presente el Representante Nacional señor Diputado Eduardo Rubio, se dirige a usted solicitando licencia para el día 15 de octubre de 2015 por motivos personales. Sin más, saludo atentamente, EDUARDO RUBIO Representante por Montevideo”.

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: prometo que esto es lo último que digo. No voy a decir entre quiénes es, pero haré referencia a una conversación: “¿Sabés si mañana se trataría y votaría educación? ¿Tenés redacción última de los artículos 49 y 619? Nadie del oficialismo me lo ha enviado luego del chantaje de Murro”. Como manifesté, no voy a decir el nombre del dirigente sindical que mantuvo esta conversación.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi consideración: Por la presente el primer suplente de la línea del Diputado Eduardo Rubio, señor Julio González Colina, se dirige a usted para comunicar su desistimiento en la fecha 15 de octubre de 2015, no aceptando la convocatoria por única vez por motivos personales. Sin más, saluda atentamente, Julio González”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi consideración: Por la presente la segunda suplente de la línea del Diputado Eduardo Rubio, Romy Saron Silva se dirige a usted para comunicar su desistimiento en la fecha 15 de octubre de 2015, no aceptando la convocatoria por única vez por motivos personales. Sin más, saluda atentamente, Romy Silva”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Eduardo Rubio. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Julio Cesar González Colina y Romy Saron Silva. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Eduardo Rubio, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Julio Cesar González Colina y Romy Saron Silva.

3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 326, del Lema Partido Asamblea Popular, señor Carlos Pérez. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

74.- Presupuesto Nacional – Período 2015-2019. (Aprobación)
——Continúa el asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: creo que este artículo no debería estar en el presupuesto, y todos coincidimos en que no es común ver este tipo de iniciativa. En realidad, es la prueba de una mala negociación colectiva o, en todo caso, de una que no llegó a buenos términos. Para ser más precisos, esta negociación colectiva empezó tarde, más allá de que debió realizarse con tiempo debido a la complejidad y al volumen de trabajadores, consejos, gremios y federaciones que involucra, pero todos sabemos que empezó unos días antes de comenzar a considerarse el presupuesto. Por otro lado, no deberíamos estar hablando de este artículo porque cuando el proyecto ingresó al Parlamento, a fines de agosto -hace más de cuarenta y cinco días-, quizás era la única solución que podía plantearse para que hubiera una partida destinada a la educación, pero a esta altura, considerando que el diálogo es la moneda corriente en las relaciones laborales, ya no debería formar parte del presupuesto porque el Poder Ejecutivo tendría que habernos pedido que lo retiráramos al alcanzarse un acuerdo. En realidad, la negociación colectiva en el sector público está consagrada, pero no se desarrolla; eso es lo que viene a decir COFE antes del tratamiento de las rendiciones de cuentas y de los presupuestos, ya que se entera sobre la hora de lo que se recoge en cada uno de ellos.

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Como se sabe, casi todas las materias importantes contenidas en estas leyes presupuestales, que son trascendentes para los trabajadores del sector público, no se tratan en la negociación colectiva, y esta es una muestra. En segundo lugar, no sé si es una coacción pero está redactado con la cabeza de la patronal: es lo que estoy dispuesto a dar; si te sirve, lo agarrás y, si no, no hay arreglo. Es la cabeza de la patronal que se la ganó últimamente, y no sé por qué, el actual ministro de Trabajo y Seguridad Social. Si querés conocer a Carlitos… Ha cambiado, viene del movimiento sindical, pero el ministro dijo que se iba si este artículo no figuraba. El mundo no pasa por los intereses o la visión de una persona. Una persona que diga esas cosas no es el interlocutor apto para dialogar. Eso lo puedo esperar de la gremial, que termina siendo la síntesis del pensamiento de un colectivo complejo que se forma en una asamblea de miles de personas, donde a horas tardías, las voces de buenos oradores conducen hacia un lado o hacia otro y es muy difícil que una asamblea ratifique la voluntad de los negociadores. Pero el ministro es el ministro; es la última palabra; tiene que ser la sensatez. No puede decir: si no mantienen ese artículo, me voy. Reitero, es el razonamiento de la patronal: hay esto o no hay nada. Y para consagrar eso se conserva un artículo molesto, inoportuno, irritante. Hay varios legisladores que han sido dirigentes sindicales y no les gusta que la patronal los lleve con el poncho; los calienta, los irrita, se deben a las bases. No pueden volver con las manos vacías, pero tampoco pueden volver empujados, arrancados. Y este artículo es eso. Es una lástima que esté consagrado así. Pero tiene otra cosa peor. Si hubiera negociación colectiva entre los trabajadores y su organismo, tendría que ser entre la ANEP y las federaciones. ¿Qué tienen que hacer en el acuerdo el Ministerio de Economía y Finanzas y la OPP? El acuerdo tiene que ser entre la ANEP y sus gremiales. También irrita, porque la solución que encontraron es dar la plata a un Inciso presupuestal, el 23, Partidas a reaplicar. La plata queda en esa especie de nicho que guarda el Ministerio de Economía y Finanzas. Después dice que el Poder Ejecutivo, que es el dueño de la plata que nosotros le asignamos, está facultado a entregar ese dinero para salarios, si se logra un acuerdo en estas condiciones. Parece que entra allí la influencia directriz del gobierno central con el Ministerio de Economía y

Finanzas para lograr un objetivo que oculta una lucha de poder por saber quién manda. Es una cosa que parece introducirse para no ayudar. Y en este proceso, los chiquilines de las escuelas públicas ya perdieron casi un mes de clases. Confío en que si este artículo se aprueba en esta etapa, en el tiempo que le queda al presupuesto haya diálogo entre las partes y eviten al Parlamento votar una norma poco agradable. SEÑOR ANDRADE LALLANA permite una interrupción? (Óscar).¿Me

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Señor presidente: el diputado Gandini hace énfasis en que la redacción del texto que viene del presupuesto es impuesta. Conviene recordar que el presupuesto llega al Parlamento en tiempos en que la negociación estaba abierta y esa redacción surge de un preacuerdo que estaba a consideración de las partes. Esa redacción surge de un preacuerdo que firma la CSEU, indicando hasta dónde había avanzado la negociación. Sinceramente, me cuesta mucho creer que haya cierta presión -se ha llegado al límite de decir que se trata de una extorsión- cuando esa redacción surge de una mesa en la que estaban representados todos los sindicatos y firman ese texto, que era parte del capítulo que integraba el convenio, y no había otra forma de que viniera en esa semana porque el acuerdo no había terminado. Eso, seguro, es un error desde el punto de vista de los tiempos que se concedieron para la negociación, pero no parece sensato que coloquemos una carga de tal tamaño a algo que los que estaban al frente de la negociación, en su momento, firmaron y entendieron que era sensato, que lo que se había avanzado en la negociación se aplicara, siempre y cuando lo aprobaran las asambleas. ¿Me explico? De lo contrario, parece que no estuviéramos siguiendo cronológicamente el tiempo en el que transcurrió la negociación. No había otra posibilidad en ese momento. Es claro que lo que ya pasó, pasó. No se empezó a negociar en marzo, no teníamos las pautas salariales públicas, no llegamos a acuerdos colectivos, eso no lo podemos corregir. Sería bueno que recordáramos que

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hay una gremial, la más importante en número, que todavía no se pronunció. No podemos dar por cerrada la negociación cuando eso pasa. ¿Alguien cree que si votáramos -creo que el Partido Nacional lo hace con la mejor intención- el artículo como viene en la Hoja Nº 79 va a haber alguna posibilidad de que los maestros acuerden colectivamente cuando ya tienen el aumento? Sinceramente, creo que si votáramos como plantea el Partido Nacional, generaríamos la posibilidad de que un sector de los más sensibles, como magisterio, no llegue a un acuerdo y, por lo tanto, el conflicto continúe. Doy por buenas las consideraciones del diputado Gandini respecto a que debemos hacer autocrítica desde el Gobierno de las cosas que hicimos mal, pero me parece que no sería correcto no hacer esa consideración de escenario. Muchas gracias, señor diputado Gandini. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Gandini. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: este es un lindo debate; es un lindo tema. Hay que mirarlo en su contexto, es verdad. Para ponerlo en su verdadero contexto, el problema nace en que hace unos meses, parte vertebral de la campaña electoral del Frente Amplio y del doctor Vázquez fue la promesa del 6 % del PBI para la educación. Y eso generó expectativas. Nadie esperaba que el 1,5 % de PBI que le falta a la educación estuviera para el bienio 2018-2019. Nosotros hacemos un presupuesto por cuatro años, el quinto año está fuera del Gobierno, es para el que viene, es el espejo del último. En los dos primeros va el 0,2 % y tanto la Universidad como la ANEP proyectaron otro ritmo. Después, el doctor Vázquez dijo que la cosa la vio peor y entonces el Ministerio de Economía y Finanzas empezó a hablar de prudencia, de cautela y terminamos en esto. También es cierto que la federación más grande estaba dispuesta a firmar cuando se declaró la esencialidad. Repito: dispuesta a firmar cuando se declaró la esencialidad. Y se declaró para demostrar quién mandaba, porque venía el pico caliente del presidente de la República habiéndole doblado la mano al sindicato del INAU y habiendo procesado al vicepresidente de COFE. Y dijo: voy a demostrar quién manda. Y perdió esa batalla porque los más mansos

salieron a las plazas a protestar porque el conflicto dejó de ser por salario y pasó a ser por libertad. Y se equivocaron. Esta es la génesis de este problema. Ojalá se pueda resolver en estos días y nos eviten el mal momento de tener que discutir en el Parlamento sobre algo que no deberíamos. Por otro lado, quiero decir que la propuesta del diputado Posada, evitaría considerar la hoja. La hoja lo que hace es recoger textualmente el primer inciso y el cuadro, por lo tanto, si votamos por incisos retiramos la hoja y vamos por partes. Gracias, señor presidente.

75.- Intermedio
SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Pido la palabra para una cuestión de orden. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: solicito un intermedio de cinco minutos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. ocho en ochenta y nueve:

Se pasa a intermedio. (Es la hora 12 y 25) ——Continúa la sesión. (Es la hora 0 y 34)

76.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Cecilia Bottino, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Ernesto Pitetta.

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Del señor Representante Nicolás J. Olivera, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Patricia Mónica Vásquez Varela. De la señora Representante Stella Viel, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Gustavo Da Rosa”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta en ochenta y uno: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 16.465, solicito al Cuerpo que usted tan honorablemente preside, me conceda licencia por el miércoles 15 de octubre por motivos personales. Sin otro particular, le saluda muy cordialmente, CECILIA BOTTINO Representante por Paysandú”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Paysandú, Cecilia Bottino. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Paysandú, Cecilia Bottino, por el día 15 de octubre de 2015.

2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señor Ernesto Pitetta. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico que por motivos personales me encuentro impedido asistir a la Sesión del día 15 de octubre del corriente, solicitando a estos efectos la licencia correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827. Saluda atentamente, NICOLÁS OLIVERA Representante por Paysandú”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Con motivo de la licencia solicitada por el Diputado Nicolás Olivera, en mi carácter de primer suplente para ocupar la banca, comunico a usted que por aspectos particulares desisto, por ésta única vez, de la convocatoria a ocupar la misma. Saluda atentamente, María Dolores Álvarez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Paysandú, Nicolás J. Olivera. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora María Dolores Álvarez López. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de

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1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Paysandú, Nicolás J. Olivera, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora María Dolores Álvarez López. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2004, del Lema Partido Nacional, señora Patricia Mónica Vásquez Varela. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente, solicito al Cuerpo que usted preside, me conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015, por motivos personales. Saluda atentamente, STELLA VIEL Representante por Canelones”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Canelones, Stella Viel. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de

Canelones, Stella Viel, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 711, del Lema Partido Frente Amplio, señor Gustavo Da Rosa. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

77.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. Queremos hacer una consulta a los que han solicitado que el artículo 654 se vote por incisos. Desde nuestro punto de vista, tenemos tres incisos, dado que la planilla la incluiríamos en la votación del segundo. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: a veces, tratando de facilitar, nos complicamos. No lo digo por usted, sino por mí mismo. Para que esto tenga sentido, para que podamos votar lo que queremos, se debería poner a votación el primer inciso, y luego del segundo inciso, la parte que dice: “Facúltase al Poder Ejecutivo a reasignar los créditos autorizados precedentemente con destino a incrementar las asignaciones presupuestales del Inciso 25 ‘Administración Nacional de Educación Pública'”, con el cuadro o sin el cuadro, lo importante es que diga eso porque, de lo contrario, la plata queda en las partidas a reaplicar. Ahí nos quedamos. Después la ANEP es autónoma para distribuir el monto que está en el primer inciso, que se distribuye o desglosa en el cuadro, pero el monto está fijado en el primer inciso. Por lo tanto, proponemos que se ponga a votación el primer inciso; una parte del segundo, hasta “Educación Pública”; y luego el resto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Vamos a adoptar ese procedimiento. Sánchez).-

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el inciso primero del artículo 654. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cinco:

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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la primera oración del inciso segundo, que culmina en “Pública”. (Se vota) ——Noventa y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cinco:

estaba destruyendo la negociación colectiva; nos dijo claramente que esto era la negación, por parte del Gobierno de lo que establece la ley en cuanto a la obligación del Estado de negociar las condiciones de trabajo con los trabajadores públicos. Eso dijeron los propios dirigentes sindicales hace pocos días. Esto se inscribe, señor presidente, en un contexto más amplio, y es que, a lo largo de este tiempo -ello antecede largamente al ministro Murro: desde el año 2005 hasta el presente y, particularmente, desde la aprobación de la ley sobre negociación colectiva del sector público para hasta la actualidad-, el Gobierno ha tenido una doble conducta: ha actuado de una manera cuando ha sido árbitro de las relaciones laborales en la actividad privada, y ahí ha desarrollado, en toda su extensión imaginable y con amplitud, la negociación entre trabajadores y empresarios; pero ha tenido un comportamiento mucho más restrictivo -lo dijo en sala la bancada de Gobierno- cuando ha actuado como patrón, cuando ha actuado como representante del Estado y como empleador frente a los trabajadores públicos. De eso tenemos todos innúmeros ejemplos en el gobierno nacional, en los gobiernos departamentales y en los entes autónomos, y en particular en el propio Poder Ejecutivo encabezado por el doctor Vázquez, y en el período anterior por el expresidente Mujica. Lo vamos a ver dentro de un rato con referencia a otra disposición muy perversa que contiene este proyecto de presupuesto y que implica la posibilidad de que los trabajadores públicos puedan ver frustrado su derecho a cobrar los créditos laborales de carácter salarial, cuando le ganan juicios al Estado. Gracias, señor presidente. SEÑORA MINETTI (Orquídea).- ¿Me permite, señor presidente? Solicitamos la rectificación de la última votación. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación de la segunda parte del inciso segundo del artículo 654, que incluye la planilla. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y tres: AFIRMATIVA. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el resto del inciso segundo, incluyendo la planilla. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en noventa y cinco:

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor Diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor Presidente: no hemos votado este inciso en razón de que rechazamos radical, visceralmente, el condicionamiento que aquí aparece, por las razones que nuestros compañeros expresaron en ocasión de la discusión. Y quiero resumir esa tesitura con el siguiente concepto. Nos parece que el estilo de esta solución está trasmitiendo que aquí lo que se expresa es la posición del más fuerte sobre la del más débil. Lo que aquí se expresa es aquello de que a los ganadores no se les pone condiciones, contrariamente a lo que a lo largo del debate se sostuvo en cuanto a que esto, en todo caso, respondía a la circunstancia de que no habían calzado los tiempos de la elaboración del presupuesto con los de la negociación colectiva. Los que sabemos -todos los que ocupamos estas bancas sabemos- cómo fue la lógica de los hechos, cómo se desarrolló el proceso que tiene que ver con el conflicto, que tanto daño y perjuicio generó, y tanta preocupación motivó a todos con relación a la educación pública, en verdad somos conscientes de que hay un auténtico condicionamiento, el ejercicio de una presión. Y la prueba testimonial de esto la tuvimos en el análisis del presupuesto nacional. Cuando el señor José Olivera -dirigente de los gremios de la educación- compareció a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda a hablar de esto, no dijo que fuera un acuerdo para seguir negociando y después ver cómo se resolvía. No: nos dijo claramente que con esto el Poder Ejecutivo

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SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: no voté esta propuesta; nosotros presentamos una moción sustitutiva, que iba en una dirección totalmente contraria. No creo que lo que se resolvió hoy ayude a avanzar en ninguna negociación. En primer lugar, porque se endilga al Parlamento la tarea de imponer esta condición, sin estar en la negociación. Además, no podemos hablar de una situación en abstracto. Hubo un preacuerdo que fue rechazado por la mayoría de las asambleas de los gremios, lo que fue acompañado por movilizaciones importantísimas. No podemos considerar esto fuera de la realidad. En todas las exposiciones de las delegaciones que recibimos, con distintos representantes de todos los gremios, incluido el de los estudiantes, en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, este artículo era una parte central. Sin duda, gana el talante autoritario que marcó la esencialidad, que marcó las medidas represivas y que marcó la actitud del señor ministro Murro. Vimos los esfuerzos que se hicieron en el Parlamento para evitar dar este paso. Creo que esto no ayuda, que marca un antecedente que no es bueno y que estamos cada día más lejos del 6 % prometido y del salario que reclaman los docentes. Gracias, señor presidente. SEÑOR POZZI (Jorge).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

representado más a los trabajadores hasta no ser electo nuevamente. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el tercer inciso del artículo 654. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa: AFIRMATIVA. SEÑOR PUIG (Luis).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PUIG (Luis).- Señor presidente: hemos votado los diferentes incisos del artículo. El último inciso lo votamos por disciplina partidaria. Nuestros compañeros fundaron internamente en la bancada nuestra posición contraria a la forma en que se relacionan las partidas a asignar con el acuerdo de los gremios. Yo tengo una posición diferente a algunas de las que se expresaron en sala. He participado activamente en negociaciones colectivas y no creo que esta sea una contribución para resolver el conflicto actual ni hacia adelante. Para nosotros es fundamental la participación de los trabajadores organizados en los cambios imprescindibles que necesita el país y que el Frente Amplio viene impulsando. Sin duda, encontrará la resistencia de las clases dominantes y de la derecha, pero la tarea de vencer esa resistencia no se desarrolla solo desde lo institucional, sino desde un bloque político y social que integre a los trabajadores organizados. Por lo tanto, votamos porque no tuvimos la capacidad de convencer y respetamos la posición mayoritaria de nuestra bancada, pero nos genera muchísima reserva, no solo en relación al conflicto, sino a los procesos futuros en los cuales se necesita imperiosamente la participación conjunta de los trabajadores. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar el Inciso 26 “Universidad de la República”, que comprende los artículos 545 a 552 inclusive. (Texto del Inciso 26:)

SEÑOR POZZI (Jorge).- Señor presidente: en primer lugar, votamos afirmativamente por todas las razones que expuso el compañero Óscar Andrade en nombre de la bancada del Frente Amplio. En segundo término, por la vía del fundamento de voto se han dicho algunas cosas a las que estamos radicalmente opuestos, pero no queremos reiniciar el debate. En tercer lugar, quiero señalar algo personal: yo fui dirigente sindical y nunca puse mi firma en un acuerdo o preacuerdo sin tener la seguridad de que luego sería respaldado por la asamblea. Si no me hubieran respaldado, me habría ido, y no hubiese

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“Artículo 545.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, Unidad Ejecutora 050 “Unidad Central”, programa 347 “Programa Académico”, para los años 2016 a 2019, en las financiaciones que se indican, las siguientes partidas presupuestales en moneda nacional, para mantener los niveles de ejecución:

Tipo de gasto Remuneraciones Funcionamiento Suministros Inversión Total

Financ. 1.1 8.720.826.779 278.806.884 247.204.746 510.460.000 9.757.298.409

Financ. 1.2 582.922.126 136.275.361 0 125.124.389 844.321.876

Total 9.303.748.905 415.082.245 247.204.746 635.584.389 10.601.620.285

Artículo 546.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, Unidad Ejecutora 050 “Unidad Central”, programa 340 “Acceso a la Educación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de retribuciones personales, por los montos y para los ejercicios que se detallan:

2016 325.621.762

2017 662.640.285

2018 662.640.285

2019 662.640.285

Artículo 547.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, Programa 348 “Programa de Desarrollo Institucional”, Unidad Ejecutora 050 “Unidad Central”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino exclusivo a las remuneraciones que se incrementen derivadas del desarrollo de la política de Dedicación Total dentro del Proyecto Transversal “Investigación y fortalecimiento de posgrados”, las siguientes partidas anuales:

2016 30:000.000

2017 60:000.000

2018 60:000.000

2019 60:000.000

Artículo 548.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, Programa 347 “Programa Académico”, Unidad Ejecutora 050 “Unidad Central”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al financiamiento de la política de Fortalecimiento de Posgrados del Proyectos Transversal “Investigación y fortalecimiento de posgrados”, los créditos presupuestales para los ejercicios y por los montos que se detallan:

2016 92.731.476

2017 210.057.481

2018 210.057.481

2019 210.057.481

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La Universidad de la República comunicará a la Contaduría General de la Nación, la apertura de los créditos presupuestales entre remuneraciones personales y gastos de funcionamiento.

Artículo 549.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, Programa 350 “Programa de Atención a la Salud en el Hospital de Clínicas”, Unidad Ejecutora 015 “Hospital de Clínicas”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a gastos funcionamiento e inversiones exclusivamente de dicha Unidad Ejecutora, las siguientes partidas en los ejercicios y por los montos que se detallan a continuación:

2016

2017

2018

2019

50.000.000

110.000.000

110.000.000

110.000.000

La Universidad de la República comunicará la distribución de las asignaciones autorizadas en los Programas, Proyectos, Grupos y Objetos de Gasto.

Artículo 550.- Facúltase a la Universidad de la República a acordar, en un plazo de hasta ciento ochenta días desde el inicio de cada ejercicio, la administración de los créditos presupuestales de inversión correspondientes al Programa 352 “Programa Inversiones en infraestructura edilicia – POMLP”, con la Corporación Nacional para el Desarrollo, en ejercicio de los cometidos asignados por el artículo 11 de la Ley nº 15.785, de 4 de diciembre de 1985, en la redacción dada por el artículo 34 de la Ley nº 18.602, de 21 de setiembre de 2009. La Corporación Nacional para el Desarrollo se ajustará estrictamente a las directivas de la Universidad de la República y realizará todas las contrataciones mediante procedimientos competitivos que aseguren el cumplimiento de los principios de publicidad e igualdad de los oferentes y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 114 del TOCAF.

Artículo 551.- La Universidad de la República distribuirá los montos otorgados entre sus programas presupuestales, por grupo de gasto, lo cual comunicará al Tribunal de Cuentas, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General dentro de los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio.

Artículo 552.- Asígnase en el Inciso 26 “Universidad de la República”, Unidad Ejecutora 050 “Unidad Central”, con cargo a la financiación 1.1 “Rentas Generales”, el monto de $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos) para gastos de funcionamiento, $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos) para gastos de inversión y para el Proyecto de “Acceso democrático a la enseñanza superior de calidad en todas las etapas de grado”, $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) para fortalecer los programas de becas, transporte y alimentación estudiantiles”.

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——En discusión. Hay algunos sustitutivos y en su momento propondremos a la Cámara considerar en bloque algunos artículos. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: por economía procesal, en una sola intervención vamos a justificar la posición del Partido Nacional con relación al Inciso 26 “Universidad de la República”. En la intervención inicial como miembro informante del Partido Nacional hice consideraciones con relación a este tema. No las voy a reiterar debido a la hora y a la necesidad de avanzar lo más ágilmente posible para aprobar definitivamente el presupuesto. En primer lugar, las partidas que vamos a votar a la Universidad de la República, propuestas por el Gobierno y mejoradas en el trabajo de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, producto de la búsqueda de alguna partida suplementaria al presupuesto inicial, son una cifra un 70 % menor que lo que la Universidad de la República presentó como presupuesto para la consideración del Parlamento. Entonces, no podemos hacer otra cosa que reiterar nuestra sorpresa de que esa partida haya faltado -como evidentemente faltó, según consta en la versión taquigráfica de la comisión; nosotros estuvimos allí pero invitamos a los señores parlamentarios a que lean la intervención del señor rector de la Universidad de la República-, porque la Universidad había elaborado su presupuesto basada en los anuncios realizados por el Gobierno que iniciara sus tareas el 1º de marzo y que durante la campaña electoral se había comprometido a que en el transcurso del período de gobierno se iba a llegar al 6 % del producto bruto interno para inversión en materia educativa, y a un 1% más para investigación y desarrollo. Eso llevaba, entonces, a presentar a consideración del Parlamento un presupuesto que llegaba a $ 8.572.000.000 en el transcurso del quinquenio, es decir, en el año 2019. La cifra propuesta por el Gobierno para atender algunos de los proyectos estratégicos que la

Universidad de la República se encargó de informar a la comisión y que sustentaba o justificaba en su presupuesto era sensiblemente menor. Era una cifra que cubría solamente el 30 % de lo que la Universidad de la República pretendía como presupuesto para atender los desafíos en los que estaba embarcada desde hace ya algunos años que, como todos los señores diputados saben, tiene que ver con la descentralización territorial, una mayor cantidad de carreras de grado y de posgrado y la posibilidad de invertir en edificaciones desplegadas en todo el territorio. Y ahora, en atención al presupuesto que el Gobierno preveía otorgarle para el año 2016, algunas de esas metas se tendrían que dejar de lado y otras no podrían ser cubiertas. Fundamentalmente, lo que no está cubierto en casi todo el presupuesto ni en la mejora que se ha logrado en la consideración del análisis que la bancada de Gobierno ha llevado adelante en la Cámara de Diputados son los gastos de funcionamiento. En ese sentido, nos explicaban que todo edificio, infraestructura o metraje nuevo que se incorporaba a la Universidad necesitaba -como es obvio- la correlación presupuestal para la atención de los gastos de funcionamiento. Eso no estaba incorporado en el presupuesto de la Universidad de la República. Esto se agrava muchísimo con relación al Hospital de Clínicas. Las cifras manejadas por la Universidad nos siguen sorprendiendo, ya que para recuperar las dos terceras partes de la planta hospitalaria se necesitan US$ 100.000.000, y la Universidad de la República proponía una inversión de alrededor de US$ 11.000.000 para atender las emergencias del Hospital de Clínicas, debido a que -según el rector de la Universidad- se está hundiendo, y medio piso para internaciones. Reitero -la cifra es realmente es astronómica- que para la puesta en condiciones aceptables de las dos terceras partes de toda la planta edilicia se necesitan US$ 100.000.000. En ese sentido, no puedo dejar de hacer una consideración. Espero que algún día la Universidad de la República y el Parlamento nos podamos sentar a conversar y ponernos de acuerdo en el destino y el futuro del Hospital de Clínicas. Debido al porcentaje de la torta presupuestal que se destina al Hospital de Clínicas, creo que en algún

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momento tendríamos que poder consultar, preguntar, saber y analizar en qué se han gastado los cientos de millones de pesos que en el transcurso de estos años -y de años anteriores- se han dedicado a un hospital que en la actualidad necesita recuperar las dos terceras partes de su planta hospitalaria. Nos gustaría saber adónde han ido a parar las donaciones recibidas en el pasado y los esfuerzos presupuestales que, en mayor o menor medida, se han realizado durante muchísimos años. Debemos reconocer -también es justo hacerloque hay una partida de ASSE para el Hospital de Clínicas, de unos $ 100.000.000, que se incrementa en $ 55.000.000 para el año 2016, y otro tanto para el año 2017. Esperamos que eso contribuya a una mejora de la asistencia que el hospital universitario da a la población. El Partido Nacional va a votar los artículos propuestos. Asimismo, entendemos que, quizás con más tiempo, podríamos sentarnos a conversar con la Universidad de la República. Así se lo reclamábamos a una delegación de decanos que tuvieron a bien visitar a los legisladores integrantes de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda de nuestra colectividad política, con el fin de conocer la situación y las propuestas que se hacían. Con relación a los objetivos estratégicos, el rector Markarian nos presentó seis proyectos para los cuales se necesitaban, para el año que viene, $ 260.000.000 más de lo que propone el Gobierno, y para el año 2017, $ 620.000.000 más que los propuestos en el mensaje original. Por supuesto que estamos dispuestos a conversar sobre estas cosas. Además, manifestamos nuestra preocupación por que no se detenga el proceso de descentralización que la Universidad de la República ha realizado en el interior del país, en los centros universitarios que hoy posee desplegados en las distintas regionales, pero esto también conlleva una discusión muy profunda sobre las carreras y los cursos que hoy la Universidad está realizando. Recuerdo una intervención que en esa reunión tuvo el señor diputado Lafluf y que, con mucha honestidad intelectual, planteó ante los decanos que hay algunos cursos que no se justifica que la Universidad de la República siga dictando, ya que no son de carácter universitario y tienen su costo.

Creemos que eso merece una discusión que en los próximos tiempos deberemos dar entre todos con la Universidad de la República, así como hacia dónde queremos que vaya esa institución. Sin ahondar mucho más, ya que en el informe inicial hicimos referencia a algunas consideraciones en este sentido, anunciamos que el Partido Nacional va a votar los artículos que se destinan al presupuesto de la Universidad de la República. Reitero que en el futuro vamos a tener que trabajar conjuntamente y muy de cerca porque, tal como viene marchando la economía, y esencialmente cómo vienen pensándose las partidas que estarán destinadas a estas áreas en los próximos años, en la próxima rendición de cuentas tendremos que discutir los porcentajes que del producto bruto interno puedan destinarse a la educación. Estas son las consideraciones que hace que la bancada de diputados del Partido Nacional acompañe estos artículos. Nada más, y muchas gracias. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: nosotros presentamos dos sustitutivos, correspondientes a los artículos 545 y 546, a los que quiero referirme; a su tiempo me referiré al sustitutivo al artículo 549. En la misma línea de razonamiento que expresamos con respecto a la ANEP, entendemos el reclamo del 6 % del PBI para la educación, que hemos defendido no desde ahora sino desde hace mucho tiempo. Cuando asistió la Udelar a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, representada por el rector, otras autoridades y una delegación muy importante, trajo una propuesta que se había armado a partir de la promesa del Gobierno de llegar al 6 % del PBI para la educación. Así lo manifestó el rector y nos lo confirmaron otras autoridades. Es más: no la plantearon partiendo de ese presupuesto sino contemplando un proceso para llegar a él al final del período e, inclusive, reconociendo que cuando se habla de ese porcentaje del PBI para la educación no se hace referencia

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solamente a la ANEP, a la Udelar y a la UTEC sino que se incorporan en una bolsa grande un conjunto de otros elementos que nada tienen que ver con el presupuesto para la educación. Aun así -teniendo en cuenta todas esas consideraciones- hicieron una propuesta, pero para su sorpresa cuando recibieron el proyecto del Poder Ejecutivo no solo no la tenía en cuenta totalmente sino que apenas contemplaba el 30 % de lo que habían propuesto. Obviamente, partimos de la convicción -no es ningún descubrimiento- de que la Universidad de la República tiene un papel fundamental a jugar en la vida del Uruguay en todas las circunstancias, en particular cuando nos proponemos transformar este país. Dar recursos tanto para la Universidad como para la investigación es imprescindible. En esa medida, aun sin que esa propuesta sea similar a la nuestra a cabalidad, pero reconociendo su valor y realismo, la hacemos nuestra y la proponemos a través de los artículos 545 y 546 -que ya doy por fundados-, como sustitutiva de la que viene en el documento oficial. Gracias, señor presidente. SEÑORA MUTTI (Manuela).- Pido la palabra. SEÑORA PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada Mutti. SEÑORA MUTTI (Manuela).- Señor presidente: en grandes líneas coincido con los señores diputados preopinantes en cuanto a que la educación es una prioridad. Así lo ha establecido este Gobierno y eso se refleja en la propuesta del 6 % para la educación. Esta bancada tiene la firme convicción de que hará los mayores esfuerzos desde todos los lugares, dialogando con todos los actores, no solo para llegar a ese porcentaje para la educación sino para alcanzar acuerdos. En cuanto al presupuesto de la Udelar, resulta significativo el artículo aditivo 522 bis que vamos a votar, que asigna $ 100.000.000 al proyecto transversal N° 5, que tiende a la democratización del acceso a la enseñanza superior de calidad, a mejorar la educación de grado respaldando el ingreso, la permanencia de los estudiantes, el seguimiento de los estudios y el fortalecimiento a través de becas y de transporte. De esta manera, los estudiantes tendrán mayores oportunidades y, más allá de que exista una

educación y una universidad públicas, podrán asistir y sostenerse. A través de muchas encuestas y estudios que ha hecho la Universidad hoy sabemos que uno de los grandes problemas de los estudiantes para sostenerse en el sistema educativo es la situación laboral. Hoy, con el apoyo que vamos a dar a través de este presupuesto, reflejado en becas, vamos a fortalecer la posibilidad de que nuestros estudiantes puedan dedicarse con mayor empeño al estudio sin estar preocupados por las situaciones cotidianas. Quienes fuimos estudiantes -especialmente quienes somos del interior- sabemos lo significativo que es eso para mantener a los gurises en el sistema educativo. Esto va a permitir el libre acceso a las carreras con cupos, la atención a la demanda creciente del alumnado, la mejora de la calidad de la enseñanza a través de la evaluación diagnóstica; la creación de la unidad técnica de evaluación de aprendizajes y de una unidad gestora de apoyaturas académicas, así como la profundización de políticas de acceso a materiales de estudio de ciertas especialidades y programas de apoyo académico disciplinar. También nos va a permitir organizar cursos masivos que son críticos en algunos aspectos por la situación en la que se encuentran, la articulación y el apoyo al desarrollo de entornos virtuales de aprendizaje, la innovación educativa, el fortalecimiento y el apoyo a la creación y elaboración de investigaciones con manuales y materiales didácticos, la mejora de los procesos de cambio curricular, el financiamiento de nuevos planes de estudios y de nuevos cargos docentes y las extensiones horarias, para de esa manera mejorar sensiblemente y apoyar la democratización y el acceso al sistema educativo. Vamos a apoyar todo esto con mucho gusto porque en mi ciudad de Salto democratizar el acceso ha permitido cambios sustanciales en la vida del departamento. La política de democratización de la Universidad ha permitido que pasemos de tres mil estudiantes a cinco mil en la Regional Norte. Hoy en día tenemos doscientos becarios que implican dinero circulando, movida juvenil, de conocimiento e intelectual, lo que ha cambiado cualitativa y cuantitativamente mi departamento; esa es una fábrica no cuantificada. Esa democratización ha permitido que el 71 % de la población de la Universidad sea femenina y un 22 % ha logrado provenir de zonas rurales. La verdad es que ver esos

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números causa satisfacción a quienes conocemos el interior profundo, el medio rural, porque es muy difícil culminar el ciclo básico y más aun el desarraigo y poder seguir un curso universitario. Por otra parte, el 91 % de esa población está formada por menores de veintisiete años, por lo que transforman y transformarán su propia familia y aquella de la cual provienen. Un 89 % de los estudiantes son solteros, por lo que están en edad de construir sus hogares. Apoyamos este presupuesto con gusto, porque creemos que ese proyecto transversal N° 5, que apunta a la democratización de la educación y al fortalecimiento, a través de becas, de transporte, de cursos, de logística, de horas docentes, de la reducción de grupos y de la creación de nuevos cupos va a transformar gran parte de nuestra sociedad a pesar de todas las carencias que sabemos tienen la educación y el presupuesto. Respecto a esto último, estamos de acuerdo con los señores diputados preopinantes. De todos modos, vamos por más en ese aspecto y estamos convencidos de que a través del diálogo y de estas nuevas políticas vamos a desarrollar mejor nuestras ciudades para que, como dijo Artigas, seamos tan ilustrados como valientes. Además, como dijo la señora diputada Bianchi, hace pocos días en la Meseta de Artigas recordábamos la importancia de la educación pública, que es una de las banderas que siempre ha tenido el Estado uruguayo. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el bloque que comprende los artículos 547, 548, 550 y 552 del Inciso 26 “Universidad de la República”. SEÑORA MUTTI (Manuela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada Sánchez).-

Propongo que el artículo quede redactado de la siguiente manera:

“Asígnase al Inciso 26 ‘Universidad de la República’, Programa 347 ‘Programa Académico’, Unidad Ejecutora 050 ‘Unidad Central’, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, con destino al Proyecto Transversal N° 4, Investigación y Fortalecimiento de Posgrados, los créditos presupuestales para los ejercicios y por los montos que se detallan”.

Y a continuación aparecen los montos.

Además, en el artículo 550 se debe eliminar la sigla Pomlp.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque propuesto con las modificaciones planteadas para los artículos 548 y 550.

(Se vota)

——Noventa y tres por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

Se pasa a considerar el artículo 545.

Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 68, presentada por el señor diputado Rubio.

(Texto del artículo sustitutivo:)

SEÑORA MUTTI (Manuela).- Señor presidente: quiero plantear una modificación para simplificar la redacción del artículo 548, propuesta por la Universidad de la República.

“Presupuesto Universitario – Línea Base Asígnase al Inciso 26 – ‘Universidad de la República’, unidad ejecutora 50 ‘Unidad Central’, para los años 2016 a 2019, en las financiaciones que se indican, las siguientes partidas presupuestales anuales en moneda nacional a precios 1º de enero de 2015, para mantener los niveles de ejecución:

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RR.GG.

Fin. 1.2 RAE

Total

Retribuciones Gastos Corrientes Suministros Inversiones Total

8.720.826.779 278.806.884 247.204.746 510.460.000 9.757.298.409

582.922.126 136.275.361 0 125.124.389 844.321.876

9.303.748.905 415.082.245 247.204.746 635.584.389 10.601.620.285

——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 546. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 69, presentada por el señor diputado Rubio. (Texto del artículo sustitutivo:) “Partidas Incrementales – Asígnase al Inciso 26 – ‘Universidad de la República’, las partidas presupuestales para los años que se indican y a precios 1º de enero de 2015, con destino a financiar el Plan Estratégico de Desarrollo para el quinquenio 2015 -2019. Financiación 1.1 – Rentas Generales: 2016 2017 2018 2019 $ 1.506.000.000 (pesos quinientos seis millones) uruguayos mil

Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 70, presentada por el señor diputado Rubio. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 549.- Atención a la Salud del Hospital de Clínicas – Asígnase al Inciso 26 – ‘Universidad de la República’ – Hospital de Clínicas una partida anual de $ 792.460.000 a precios 1° de enero de 2015, destinándose $ 479.460.000 para retribuciones, gastos e inversiones en equipamiento y $ 313.000.000 (equivalente a US$ 11.235.591) para obras de ejecución inmediata de la planta edilicia, contribuyendo a la mejora de la atención a la salud y a la refuncionalización y adecuación de su planta edilicia”. ——Se va a votar el artículo 549. (Se vota) —Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

$ 3.237.000.000 (pesos uruguayos tres mil doscientos treinta y siete millones) $ 5.626.000.000 (pesos uruguayos cinco mil seiscientos veintiséis millones) $ 8.572.000.000 (pesos uruguayos ocho mil quinientos setenta y dos millones)”.

——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 546 tal como viene de comisión. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 549.

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: la propuesta de la Hoja N° 70 recogía lo que pedía la Universidad de la República para el Hospital de Clínicas: un monto de $ 792.460.000. Cuando discutimos el Inciso 02 “Presidencia de la República” había una propuesta -que fue votadasobre disminución del gasto por una cifra casi igual y nosotros proponíamos trasladarla a este destino. Por eso no acompañamos el artículo con su texto original.

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Por otro lado, en la medida en que no han sido aprobados los sustitutivos que propusimos, retiramos el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 71. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 551. Sino se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

“Montevideo, 14 de octubre 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Comunico a usted que por esta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante. Saluda atentamente, Ma. Florencia Amado”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Salto, Catalina Correa Almeida. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto la suplente siguiente señora Florencia Amado. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Salto, Catalina Correa Almeida, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por la suplente siguiente señora Florencia Amado. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 888711, del Lema Partido Frente Amplio, señor Paulino Delsa. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

78.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Catalina Correa Almeida, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Paulino Delsa”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y siete en noventa: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por este medio y por motivos de índole personal, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. Sin otro particular saluda atentamente, CATALINA CORREA Representante por Salto”.

79.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando la consideración del asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, que comprende los artículos 553 a 567 inclusive. (Texto del Inciso 27:)

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“Artículo 568.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a habilitar en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, Unidad Ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, Programa 440 “Atención Integral de la Salud”, Grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y una partida anual de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, incluido aguinaldo y cargas legales, con destino a completar el financiamiento correspondiente a las diferencias en las cargas legales de los cargos creados al amparo del inciso primero del artículo 717 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 285 de la Ley nº 18.996, del 7 de noviembre de 2012. La habilitación del importe previsto en el inciso anterior, se realizará en la oportunidad en que se produzca la efectiva creación de los cargos o la incorporación del complemento salarial al grupo 0 “Retribuciones Personales”, por el monto que efectivamente impliquen las cargas legales y dentro de los máximos anuales establecidos. Artículo 569.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a incorporar a sus padrones presupuestales en cargos de grados de ingreso de los escalafones que correspondieren, al personal contratado ingresado al Organismo con antelación al 31 de diciembre de 2011, al amparo del régimen vigente a esa fecha según lo previsto en el artículo 410 de la Ley nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Los créditos asociados a las vacantes, que financian las contrataciones del referido personal, se utilizarán para la transformación de los cargos en caso de ser necesario y en caso de existir excedentes deberán volcarse al Objeto del Gasto 098.000 “Asignaciones globales para el Grupo “0” de Entes Autónomos y Servicios Descentralizados que integran el Presupuesto Nacional”. Derógase el artículo 328 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 570.- Autorízase al Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a crear una compensación especial denominada “incentivo por presentismo” para los funcionarios no médicos del organismo. Dicha compensación será financiada con la partida asignada por el artículo 306 de la Ley nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, la que se incrementará en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales. La Administración de Servicios de Salud del Estado reglamentará la forma y condiciones para el pago del incentivo por presentismo, sobre la base de que el mismo no podrá ser abonado cuando se produzca al menos una inasistencia en el mes o incumplimientos horarios. El “incentivo por presentismo” creado en este artículo será sustitutivo del “incentivo por asiduidad” previsto en el artículo 306 de la Ley nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Artículo 571.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, Programa 440 “Atención Integral de la Salud”, Unidad Ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la asignación presupuestal del Grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 40:000.000 (cuarenta millones de pesos uruguayos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar mejoras en las condiciones de trabajo dentro del Inciso. Artículo 572.- Incorpórase al Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, al inciso tercero del artículo 49 de la Ley nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 573.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado” el Grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) para el Ejercicio 2016 y en una partida anual de $ 35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos uruguayos) a partir del Ejercicio 2017, para financiar la creación de cargos de apoyo con el fin de incorporar las funciones necesarias para la implantación y extensión de los sistemas de información dispuestos por el organismo. Las partidas asignadas incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 574.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, la asignación presupuestal del Grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) para el Ejercicio 2016 y en una partida anual de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) a partir del Ejercicio 2017, con destino a la creación de

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cargos asistenciales y de apoyo, para implementar los proyectos priorizados en el marco del fortalecimiento de los servicios que presta el organismo. Las partidas autorizadas por este artículo incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 575.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado” la asignación presupuestal del Grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo de Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos) para el Ejercicio 2016 y una partida anual de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) a partir del Ejercicio 2017, para financiar la creación de cargos asistenciales y de apoyo con el fin de incorporar las funciones necesarias para la puesta en funcionamiento del Centro Asistencial Penitenciario. Las partidas asignadas incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 576.- En el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, los practicantes internos designados por concurso en contratos de función pública o contrataciones rentadas temporarias, podrán acumular a su sueldo las remuneraciones provenientes de otros empleos que desempeñen en la Administración Pública, quedando exceptuados del límite de 60 horas semanales de labor, siempre que no exista superposición total o parcial entre los mismos y cumplan con los demás requisitos establecidos en el artículo 650 de la Ley nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y normas reglamentarias. Artículo 577.- Asígnase en el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Programa 440 “Atención Integral de la Salud”, con cargo de Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 175.000.000 (ciento setenta y cinco millones de pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, a los efectos de implementar una reestructura de funciones, remuneraciones y condiciones laborales de Auxiliares y Licenciados en Enfermería que se desempeñan en dependencias del Inciso. La Administración de Servicios de Salud del Estado distribuirá, dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, la partida asignada en el inciso anterior, entre los Grupos 0 “Servicios Personales”, 2 “Servicios No Personales” y 5 “Transferencias”, a efectos de financiar la aplicación de este artículo a los funcionarios contratados por la Comisión Honoraria de Patronato del Psicópata y por la Comisión de Apoyo de la Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado” respectivamente, no rigiendo para esta partida la prohibición establecida por el artículo 721 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en cuanto refiere a la citadas Comisiones. La distribución prevista en este artículo será comunicada al Ministerio de Economía y Finanzas, facultándose a la Contaduría General de la Nación para realizar las reasignaciones que correspondan. Artículo 578.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud del Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a trasponer al Fondo de Suplencias, creado por el artículo 455 de la Ley nº 15.809, de 8 de abril de 1986, hasta $ 60.000.000 (sesenta millones de pesos uruguayos) por año, provenientes de los créditos resultantes de los descuentos individuales y multas por situaciones tales como inasistencias, reservas de cargo y licencias especiales sin goce de sueldo de sus funcionarios. Derógase el artículo 330 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 579.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a efectuar contrataciones de personal en todas las modalidades vigentes en dicho Organismo, para desempeñar funciones de guardia retén por las cargas horarias que requiera el servicio. La Administración de los Servicios de Salud del Estado reglamentará dicha modalidad de trabajo. Derógase el artículo 262 de la Ley nº 18.834, de 4 noviembre de 2011. Artículo 580.- Sustitúyase el Literal A) del artículo 4º de la Ley nº 16.127, de 7 de agosto de 1990, en la redacción dada por el artículo 37 de la Ley nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “A) Los cargos presupuestados y funciones contratadas del Ministerio de Salud Pública, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, del Hospital de Clínicas de la Universidad de la República, de la Central de Servicios Médicos del Banco de Seguros del Estado y de la Administración de Servicios de Salud del Estado, salvo los correspondientes a los Escalafones C “Administrativo” y F “Servicios Auxiliares”. No regirá esta salvedad para el Escalafón F “Servicios Auxiliares”, dependientes de la Central de Servicios Médicos del Banco de Seguros del Estado y de la Administración de Servicios de Salud del Estado”.

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Artículo 581.- Incorpórase al artículo 719 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 327 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente literal: “D) Contrataciones que realice la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata con fondos propios, cuando éstas refieran exclusivamente a funciones que no serán desempeñadas en dependencias del Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, ni financiadas directa o indirectamente por el mismo”. Artículo 582.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a celebrar contratos temporales de derecho público, a efectos de atender necesidades que el Organismo no pueda cubrir con sus propios funcionarios, por un término no superior a los tres años, no prorrogables. La selección del personal a contratar se efectuará de conformidad a la normativa vigente a tales efectos en el Inciso. Los contratados bajo dicha modalidad en ningún caso adquirirán derecho a permanencia en la función, más allá de los términos de la contratación. En un plazo de noventa días a partir del día siguiente a la vigencia de la presente ley, la Administración de Servicios de Salud del Estado remitirá a la Oficina Nacional del Servicio Civil para su aprobación, los modelos de contrato correspondiente. Artículo 583.- Incorpórase al numeral 31) del literal C) del artículo 33 del TOCAF 2012, en la redacción dada por el artículo 29 de la Ley nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente párrafo: “Para cubrir servicios tercerizados imprescindibles para el cumplimiento de los cometidos del Organismo, cuando se haya interrumpido la prestación del servicio en forma anticipada a la fecha de finalización del contrato, ya sea por decisión unilateral del adjudicatario, por acuerdo de partes o por haberse rescindido el contrato por incumplimiento, únicamente en aquellos casos en que exista un procedimiento de contratación vigente con otros oferentes dispuestos a prestar el servicio en las condiciones y precios ofertados, la Administración podrá convocarlos por el orden asignado al momento de evaluación de las ofertas. La contratación al amparo de esta excepción se extenderá hasta la culminación del trámite del nuevo procedimiento licitatorio que se convoque y no podrá exceder los seis meses. La intervención del Tribunal de Cuentas se realizará previo al pago de la primer factura”. Artículo 584.- Derógase el inciso segundo del artículo 59 de la Ley nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007. Artículo 585.- Habilítase al Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado” a implementar y poner en funcionamiento planes piloto en sus Unidades Ejecutoras, para la profundización y expansión de la descentralización de la gestión y administración de determinados servicios, otorgándoles autonomía en la gestión económico-financiera, buscando la mejora en la eficiencia, certificación de calidad en los procesos y servicios, conforme a las pautas que establezca la autoridad sanitaria, debiendo rendir cuenta de los recursos administrados. Los recursos originados en la complementación de servicios incorporados a los planes piloto, podrán incrementar los créditos presupuestales de las Unidades Ejecutoras, sin que esto implique costo presupuestal en el Inciso, pudiendo ser destinados a la financiación de gastos de funcionamiento o de inversión. Artículo 586.- Intégrese, en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la Unidad Ejecutora 037 “Centro Auxiliar de Castillos” a la Unidad Ejecutora 044 “Red de Atención Primaria de Rocha”. Transfiérase a la Unidad Ejecutora 044 “Red de Atención Primaria de Rocha” las potestades y atribuciones que las normas vigentes otorgan a las Unidad Ejecutora suprimida. La asignación de los bienes, créditos, ingresos y obligaciones que las disposiciones actuales prevén respecto de la Unidad Ejecutora del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” serán transferidas de pleno derecho a la Unidad Ejecutora 044 “Red de Atención Primaria de Rocha”. Artículo 587.- Créase el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la Unidad Ejecutora 102 “Centro Hospitalario Maldonado-San Carlos”. Transfiérese los cometidos, derechos y obligaciones, recursos humanos y los bienes muebles e inmuebles, afectados al uso de la Unidad Ejecutora 054 “Hospital de San Carlos”, a la Unidad Ejecutora 023 “Centro Departamental de Maldonado”, a la Unidad Ejecutora que se crea por este artículo. Sustitúyase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” la Unidad Ejecutora 054 “Hospital de San Carlos” y 023 “Centro Departamental de Maldonado”.

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Facúltese a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma. Artículo 588.- Crease en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la Unidad Ejecutora 103 “Centro de Rehabilitación Medico Ocupacional y Sicosocial”. Transfiérase los cometidos, derechos y obligaciones, recursos humanos, y los bienes muebles e inmuebles, afectados al uso de la Unidad Ejecutora 069 “Colonia Dr. Santín Carlos Rossi”, a la Unidad Ejecutora 013 “Colonia Siquiátrica Dr. Bernardo Etchepare”, y la Unidad Ejecutora 069 “Colonia Santín Carlos Rossi” a la que Unidad Ejecutora que se crea por este artículo pasara a denominarse “Centro de Rehabilitación Medico Ocupacional y Sicosocial”. Suprímese en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” la Unidad Ejecutora 013 “Colonia Bernardo Encepare” y 069 “Colonia Dr. Santín Carlos Rossi”. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 589.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Unidad Ejecutora 068 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Programa 440 “Atención Integral de la Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos destinados a inversiones en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para los ejercicios 2017 a 2019, de acuerdo al siguiente detalle: PROGRAMA 440 440 U.E. 068 068 PROYECTO 971 973 2016 25.000.000 25.000.000 50.000.000 2017 50.000.000 50000000 100.000.000 2018 50.000.000 50.000.000 100.000.000 2019 50.000.000 50.000.000 100.000.000

Artículo 590.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 721 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “La Administración de Servicios de Salud del Estado podrá transferir hasta un monto de $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos) en los Ejercicios 2016 y 2017, para atender exclusivamente las sentencias de condena que se dicten contra estas instituciones en juicios laborales o eventuales transacciones que se celebren en los mismos. Facúltase a la Contaduría General de la Nación, para habilitar los créditos correspondientes”. Artículo 591.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley nº 19.135, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- La Dirección Nacional de Lotería y Quinielas asignará el 3% (tres por ciento) de lo recaudado en las Loterías de Fin de Año y de Revancha de Reyes, el cual será otorgado a las siguientes entidades, en la proporción que se detalla a continuación: A) 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Hospital Maciel. B) 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Hospital Pasteur. C) 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Centro Hospitalario Pereira Rossell”. Artículo 592.- Autorízase al Inciso 29 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, a destinar fondos correspondientes a la recaudación por concepto de Fondo Nacional de Salud (FONASA), a efectos de abonar los complementos retributivos necesarios por concepto de alta dedicación o pago variable contra cumplimiento de metas o indicadores de desempeño, en aquellos casos en que el referido complemento se haya originado en una disposición de la Junta Nacional de Salud dentro de las metas asistenciales. Los complementos abonados por este concepto no podrán superar el importe establecido como pago por cumplimiento total de la meta asistencial que origina la alta dedicación o el pago variable, pudiendo únicamente ajustarse en la misma forma y oportunidad que se ajusten las remuneraciones básicas del cargo”.

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——En discusión. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Carlos Pérez. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: si bien vamos a centrar nuestra exposición en las unidades ejecutoras que se suprimen, particularmente en la de San Carlos, queremos hacer algunos comentarios generales respecto a este Inciso. Para empezar, aquí se incluye el famoso artículo de los $ 300.000.000. Desde 2008 se han perdido más de $ 900.000.000 en juicios y se prevé perder $ 300.000.000 más. La Federación de Funcionarios de Salud Pública pide $ 50.000.000 para sus reivindicaciones. Tal vez podríamos ahorrar ese dinero simplemente respetando los derechos de los trabajadores, asumiéndolos, presupuestándolos, sin tener que llegar a juicios que perdemos. Además, al leer el articulado uno se da cuenta de que en el afán de revertir el problema de los recursos humanos se camina por el sinuoso sendero de la precarización laboral. Por ejemplo, hay un artículo que opta por quitar el tope de sesenta horas. O sea que un funcionario público que trabaja diez horas de lunes a sábado podría llegar a trabajar en la salud pública, en ASSE, superando el tope de sesenta horas. Yo me pregunto qué calidad de atención en salud puede tener un paciente que va a ser atendido por alguien que ya trabajó diez horas por día de lunes a sábado. Debemos partir de la base de que la posición de Unidad Popular, por supuesto, es contraria al Sistema Nacional Integrado de Salud y a la mercantilización de la salud. Aspiramos a lo que decía el programa del Frente Amplio, a un sistema de salud público y gratuito. Esa es la única forma de que no se mercantilice la salud. Creemos, aun dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud, que en vez de precarizar el empleo y de cerrar unidades ejecutoras por falta de personal, deberíamos hacer como en el Inciso anterior y destinar un 6 % a fortalecer la Facultad de Medicina, el Hospital de Clínicas y otras carreras que tienen que ver con la medicina, formar médicos con cabezas sociales, aumentar el salario en el sector público y mejorar las condiciones de empleo. Si equiparamos la función entre el sector público y el

privado tal vez podamos comenzar a revertir el problema de los recursos humanos. Sin embargo, no se piensa de esa manera y se quita el tope de las sesenta horas. No voy a repasar cada artículo pero hay varios que van en ese sentido e, inclusive, se mantienen los contratos chatarra. Además, tengo entendido que se presupuesta a treinta de novecientos funcionarios. Aclaro que para ser breve estoy hablando de memoria; espero no equivocarme demasiado. A continuación me voy a referir a los artículos que suprimen la Colonia Doctor Santín Carlos Rossi, el Centro Auxiliar de Castillos y, sobre todo, el Hospital de San Carlos, unidad ejecutora 054. Nos preocupa el cierre de este hospital. No quieren que hablemos de esta forma porque hay diputados del Frente Amplio de San Carlos que no quieren hacerse cargo del cierre del hospital. Cuando se suprime una unidad ejecutora se le sacan los cometidos, los derechos, las obligaciones, los recursos humanos y los bienes muebles e inmuebles; por lo tanto, se queda sin presupuesto y sin categoría. Este hospital pasará a una unidad ejecutora nueva, a un complejo hospitalario. Dependerá de la voluntad de la nueva dirección determinar qué habrá en el edificio que hoy ocupa el Hospital de San Carlos. Lo único que garantizaría los servicios sería mantener la unidad ejecutora, con su presupuesto y con la categoría que tiene por ley: H2. Esa es la única garantía para que en San Carlos siga habiendo un hospital con todos los servicios. Cuando decimos que se cierra el hospital estamos citando la argumentación que nos dieron. Si nos dicen que se trata de dos hospitales que distan 13 kilómetros uno del otro, que la población de referencia de ambos es prácticamente la misma y que no se justifica que estén los dos operativos, significa que van a cerrar uno de ellos. Esto es claro para el que lo quiera entender. Nos dicen que no puede haber dos hospitales separados 13 kilómetros y que de los dos van a hacer uno. Además, cuando nos dicen que es complementario significa que en uno va a haber un servicio y en el otro uno distinto. Esto es comprensión lectora básica de sexto año de escuela. También nos hablaron de los recursos humanos, tema al que ya me referí. Nosotros decimos que si

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faltan recursos humanos el camino es tomar más personal, no cerrar hospitales. Asimismo, mencionaron $ 129.000.000 en obras en el Hospital de San Carlos. Esa cifra en obras para un complejo hospitalario -nos dicen que es una inversión fabulosa, histórica en San Carlos- no llega al 1 % de lo que despilfarraron en Pluna. Además, si la comparamos con el gasto en la perimetral que se está haciendo en Maldonado, advertiremos que esa cantidad es inferior a 2 kilómetros de carretera. Y estamos hablando de la salud pública de la población de las ciudades de Maldonado y San Carlos. Nosotros nos pusimos a buscar esa inversión. La verdad es que no la encontramos. Analizamos una tabla de las inversiones proyectadas y vimos que para 2017 está prevista una inversión para el centro oncológico de Maldonado de algo más de $ 35.000.000. Esto es lo único que verdaderamente existe porque el presupuesto va hasta el 2017 y luego se discutirá todo de nuevo. También encontramos una inversión para 2019 de $ 35.500.000 para el servicio de psiquiatría, $ 19.300.000 para el block quirúrgico de San Carlos y $ 15.140.000 para una remodelación de la sala de cuidados. La suma de esas cantidades da casi $ 105.000.000. Reitero que las inversiones de 2019 no existen, porque se discutirá todo de nuevo. Lo cierto es que no encuentro esa cifra. Por otra parte, nos han dicho que debemos creer en la dirección que va a quedar en San Carlos. Yo no quiero eso; quiero que eso esté establecido por ley, que el hospital sea categoría H2 y que tenga presupuesto. Como un edil de Maldonado salió a decir que los diputados no estudiábamos el presupuesto, nos pusimos a leerlo. Algunos diputados de Maldonado nos decían que el 10 % de la inversión de ASSE iba a ir a San Carlos. Y el subdirector del hospital nos dijo que era el 16 %. Pero en la exposición de motivos del proyecto de presupuesto dice que para el rubro salud ASSE considera inversiones en infraestructura y equipamientos por US$ 195.000.000, más US$ 100.000.000 de inversión privada a través de participación público privada actualmente en estudio. Asimismo, se dice que dentro de la inversión pública las intervenciones más relevantes serán en los hospitales Pereira Rossell, Maciel y Vilardebó. No mencionan el hospital de San Carlos. A mí, el 10 % de US$ 195.000.000 no me da US$ 4.000.000 -en la escuela pública a la que fui no me enseñaron eso-;

me da US$ 19.500.000, US$ 100.000.000…

y

si

le

sumo

los

(Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Ha terminado su tiempo, señor diputado. SEÑOR SCHUSMAN (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Jorge Schusman. SEÑOR SCHUSMAN (Jorge).- Señor presidente: vemos con beneplácito incrementos de $ 500.000.000 y de $ 850.000.000 para ASSE en los años 2016 y 2017. ASSE no ha asumido que ya no es el área donde van a asistirse personas de bajos recursos económicos que no pueden acceder a la cuota mutual sino que, de acuerdo con el nuevo sistema de salud, se ha convertido en una mutualista más, la más grande del país, que cubre una población de 1.260.000 usuarios, por los cuales recibe recursos económicos del Estado, por el pago de las cápitas, de la misma forma que el resto de las instituciones. Hoy ASSE, cuantitativamente, es el principal prestador del Sistema Nacional Integrado de Salud, ya que atiende a 1.260.000 usuarios. Por este concepto percibe $ 20.979.000.000 anuales del total de $ 34.984.000.000 que percibió en el ejercicio anterior. Además, ASSE recibe el 60 % del presupuesto total que el Estado destina al Sistema Nacional Integrado de Salud. Si dividimos el presupuesto que el Estado destina a ASSE, los $ 20.979.000.000 anuales, entre los 1.260.000 usuarios, nos da una relación de $ 16.650 por usuario en un año, lo que representa $ 1.387 mensuales por afiliado. Mientras tanto, el Estado destina a las instituciones de asistencia médica colectiva $ 14.000.000.000 para una población de 991.362 afiliados -estos datos son del ejercicio anterior-, lo que arroja un monto per cápita de $ 14.127 por afiliado por año, o sea, $ 1.177 por mes. Esta es una cifra menor a los $ 1.887 mensuales per cápita -este dato era del ejercicio anterior; en este recibe un incremento- por los afiliados individuales, fuera del sistema de salud. Esto nos lleva a dos conclusiones fundamentales. La primera es que el aporte per cápita que deriva el Estado por cada usuario es menor al que recibían las instituciones prestatarias de salud por afiliaciones individuales fuera del Sistema Nacional Integrado de Salud. Por eso decimos que el Estado podrá destinar más

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recursos, ya que actúa como intermediario cobrando por un lado el impuesto de Fonasa y pagando a los prestadores por otro, pero eso no quiere decir que haya más recursos para la salud. La segunda conclusión es que actualmente ASSE recibe el mayor flujo de dinero del Estado, más que las instituciones de asistencia médica colectiva en su conjunto, pero aun percibiendo más cantidad de recursos económicos las unidades pertenecientes a la Administración de Servicios de Salud del Estado no cumplen con las metas asistenciales cuyas directivas parten del Ministerio de Salud Pública. Por ejemplo, si analizamos el porcentaje de niños menores de un año correctamente controlados, advertimos que mientras las mutualistas de la FEMI logran un índice de 91 % y las instituciones de asistencia médica de la capital el 93 %, en ASSE se cumple con los controles de menores de un año en un 59 %. Este dato es de la totalidad del país, porque si bien las unidades de ASSE del interior cumplen con los controles en un 62 %, increíblemente en la capital del país se logra solo en un 29 %. Que nadie piense que para llegar a esta meta se necesita contar con una gran infraestructura en cuanto a tecnología. El control pediátrico requiere tan solo una balanza para controlar el peso, un tallómetro para medir la altura, una cinta métrica para el control del perímetro cefálico y, por supuesto, la tarea de un profesional que evalúe el crecimiento y el desarrollo de los niños. Si analizamos el porcentaje de embarazadas correctamente controladas, advertiremos que en las instituciones de asistencia médica colectiva es de un 98 %, siendo el mismo porcentaje en la capital que en el interior. Es decir que prácticamente se logra controlar correctamente al 100 % de las embarazadas. No obstante, en las unidades de ASSE se llega al 60 %. Esto de por sí ya es preocupante, porque de cada cien embarazadas hay cuarenta que no se controlan en forma satisfactoria. Pero todavía es peor porque en este caso, como en el anterior, sucede que mientras en el interior se llega a un 60 % de embarazadas correctamente controladas, en Montevideo es un 14 %. Es evidente que hay un serio problema de gestión y de resultados de este nuevo Sistema Nacional Integrado de Salud en el que la consigna es de más recursos para los servicios públicos en comparación con las instituciones de asistencia médica colectiva pero con peores resultados. Muchas gracias, señor presidente.

SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: en esta consideración general queremos advertir sobre la transparencia, ya que estamos asignando recursos que debe tener ASSE. Lamentablemente, vemos que la gestión de ASSE es cada vez menos transparente. Uno se imaginaba que después de todos los episodios con empresas tercerizadas el Frente Amplio iba a incrementar el control para dar garantías acerca de cómo se destinan muchos de los fondos que vamos a votar en el día de hoy. Sin embargo, cuando empezó el período de gobierno nos encontramos con que el presidente de la República tomó la decisión de quitar del directorio al integrante de la oposición con un argumento bastante tímido: que el control de la gestión de ASSE se iba a hacer a través de los directores sociales, es decir, un director de los trabajadores y otro de los usuarios. Estamos en octubre y no solo no hay en el directorio un integrante de la oposición que pueda controlar la gestión de cerca sino que tampoco se cumple el tímido argumento del Frente Amplio que decía que el control se iba a llevar a cabo a través de los directores sociales. Esto significa que la gestión de ASSE casi carece de control y, lamentablemente, en este presupuesto para el directorio no se tuvo en cuenta la visión del usuario, porque estos no están representados. Por otra parte, no se contempla la óptica de los trabajadores porque tampoco están integrados al directorio. Esto determina que se incumpla con la norma de que ASSE debe tener cinco directores. Hoy, en el mes de octubre, tiene tres. A esta situación de falta de control de gestión tenemos que agregar que ASSE no ha contestado los pedidos de informes que hemos solicitado por diferentes episodios en las colonias psiquiátricas. El 10 de junio, la presidenta de ASSE y exministra de Salud Pública, doctora Susana Muñiz, decía que se hicieron investigaciones administrativas. El 16 de junio hicimos el pedido de informes correspondiente y hasta el día de la fecha no tenemos respuesta alguna acerca de qué pasó, cómo se investigó, en qué etapas y en qué consistió el procedimiento de fiscalización y de investigación.

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Por otro lado, también consultamos sobre el resultado de las auditorías internas y externas acerca de las empresas tercerizadas. Después de todo lo que pasó en los casos de público conocimiento, la ciudadanía no sabe cuáles son las conclusiones y en qué están los sumarios en el caso de Alfredo Silva. Esto preocupa porque obedece a falta de transparencia. Además, ASSE tampoco nos contestó cuáles son los resultados de la auditoría interna que se realizó en la División Arquitectura. Es decir que, a efectos de conocer un plan estratégico, ASSE tampoco nos dijo en qué situación edilicia se encuentran las diferentes instalaciones. Vemos con malos ojos esta falta de transparencia, teniendo en cuenta que los resultados que arroja el organismo son alarmantes. En la madrugada de ayer discutimos un tema de mucha sensibilidad y hablamos de la desigualdad, que también se extiende a cómo se atienden los usuarios de ASSE, ya que hay una gran diferencia con los prestadores de servicios privados. En el período anterior se le asignó un mayor presupuesto y, lamentablemente, los resultados han sido peores. Son ciertos los datos que se dieron hace un momento acerca de las metas asistenciales. Preocupa que los datos sean subjetivos, porque los publica el Ministerio de Salud Pública en el portal A tu servicio, o sea que se conocen y no se hace nada para revertirlos. Asimismo, hay que agregar que, por decreto, los tiempos de espera para consultar en medicina general y pediatría no pueden exceder las 24 horas. Sin embargo, para medicina general hay un promedio de espera de 2,5 días y para pediatría de 4 días. Quise hacer estas consideraciones porque vamos a votar el presupuesto y a asignar recursos, y como oposición tenemos el derecho a la transparencia, es decir a saber cómo van a ser destinados. No obstante, lo más importante es que los usuarios y la ciudadanía tienen derecho a conocer cómo se está gestionando. En ese sentido, advertimos que hay unas cuantas carencias desde el punto de vista de la transparencia y de la respuesta a los pedidos de informes respecto a la gestión. Por lo tanto, más allá de que vamos a acompañar algunos artículos queremos advertir que,

lamentablemente, la gestión está lejos de ser transparente, y pensamos que debe llegar a conocerse. Los datos, los resultados que está arrojando ASSE preocupan, y cuando queremos conocer el motivo nos encontramos con que carecemos de información para saber cuáles son las principales circunstancias que llevan a la desigualdad. Lamentablemente, los usuarios de ASSE pertenecen al contexto más humilde, y el Sistema Nacional Integrado de Salud se ha convertido más en una suerte de anuncio que en una realidad, y lo digo con muchísimo respeto. Las estadísticas nos muestran que ASSE da un servicio cada vez peor, que los resultados anhelados están cada vez más lejos y que la diferencia cualitativa y cuantitativa con los prestadores de salud privados es cada vez mayor. En definitiva, queremos dejar constancia de que vamos a controlar cómo se van a destinar los recursos y vamos a hacer un seguimiento permanente en ese sentido. Por otra parte, hay un artículo que refiere a las colonias. No podemos perder de vista que cada vez que ocurre algo en esos lugares, el ministro de Salud Pública anuncia que estamos cerca de contar con una ley de salud mental. Sin embargo, no sabemos qué tan cerca estamos, porque desde el 7 de abril, cuando concurrió a la comisión tras los hechos ocurridos a fines de marzo vinculados al paciente Carlos Greco, también se expresó en ese sentido. Siempre se anuncia que se va a aprobar una nueva ley de salud mental que parecería que va a resolver todos los problemas. No debemos olvidar que hay un mandato constitucional y hay que preservar los derechos humanos de los pacientes que se encuentran en las colonias psiquiátricas y en el Hospital Vilardebó, sin esperar que se apruebe una ley, porque se debe velar por el goce y la defensa de los derechos humanos de pacientes que muchas veces se encuentran en situación de indefensión, ya que ni siquiera tienen la chance del pataleo. Por lo tanto, no nos parece bueno que siempre se anuncie la llegada de una ley de salud mental que va a ser la salvadora. La salvación se debe producir a través de la gestión, de la voluntad y el ánimo de interiorizarse e interesarse más a fondo de la situación que están padeciendo muchos compatriotas.

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Quiero dejar constancia de esta protesta, porque es uno de los asuntos que vamos a abordar a lo largo del período. Esperamos que pueda llegar a revertirse la situación de injusticia y desigualdad que, lamentablemente, cada vez es mayor. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Señor presidente: vemos con muchísima preocupación el artículo 588 del proyecto de ley de presupuesto referente a las Colonias Etchepare y Santín Carlos Rossi. Desde principio de año estamos trabajando en este asunto debido a la situación de caos que se vive en esos lugares. Inclusive, hace tres días un paciente fue mordido por ratas y hay múltiples denuncias por fallecimientos y violaciones, pero nunca hemos recibido las respuestas a los pedidos de informes. También convocamos al directorio de ASSE a la Comisión de Derechos Humanos y tengo en mi poder la versión taquigráfica en la que figuran todas las denuncias que realizamos. En ese momento, la señora presidenta de ASSE reconoció que los hechos habían sucedido, más allá de que les dio determinados matices. Todo esto es sumamente preocupante, y del análisis preliminar del artículo 588 del presupuesto nacional del año 2015, que se habrá de votar con una vigencia de dos años y posteriormente se modificará, se desprende la pretensión de unificar la Colonia Santín Carlos Rossi con la Colonia doctor Bernardo Etchepare desde el punto de vista territorial, asistencial y administrativo y se denominará Centro de Rehabilitación Médico Ocupacional Psicosocial. El proyecto resulta demasiado vago, ya que no se especifica absolutamente nada como para contestar a preguntas como qué se está buscando con el repentino cambio de nombre, si otorga algún tipo de garantía en cuanto a que en ese nuevo centro no se repitan los abusos y violaciones a los derechos humanos que acontecen sistemáticamente en las colonias o si nos encontramos ante esta llamativa denominación como respuesta a la pésima imagen social que últimamente han tenido y que es de público conocimiento. El área de la salud mental ha estado notoriamente desprotegida ante abusos y omisiones

del Estado. Resulta difícil pensar que un simple cambio de nombre y una redistribución de los recursos aseguren modificaciones fundamentales de la institución. Estamos hablando de la protección de derechos enunciados en los artículos 7º y 72 de la Constitución, así como los inherentes a la personalidad humana o derivados de la forma republicana de gobierno, es decir, los más básicos y fundamentales que se deben asegurar y que, como se supo debido a recientes episodios, se han estado violando sistemáticamente. Esa vulneración se realiza con el beneplácito de un Gobierno que ha pretendido hacer suya la insignia de la protección de los derechos humanos; un Gobierno que, sin lugar a dudas, merece justo reconocimiento por las medidas tomadas con respecto a los desaparecidos pero que ha fallado de forma grave en materia de salud mental. De tal gravedad es la falla que se recurre como herramienta a empezar de cero, cambiando aspectos de poca trascendencia en la institución y mirando hacia el costado, sin prestar más atención a lo que ha pasado, a lo que verdaderamente importa. Consideramos un razonamiento simplista creer, ingenuamente, que por alterar los nombres y trasladar los bienes van a lograr modificar las carencias sustanciales que las colonias padecen. (Ocupa la Presidencia el señor representante Pablo Abdala) ——En esa misma lógica, se vuelve necesario especificar qué se quiere establecer bajo el concepto de centro de rehabilitación, puesto que para constituir un centro de esas características deben cambiarse todos los objetivos. Es justo recordar que los centros penitenciarios también son llamados de rehabilitación y reclusión. Con este nuevo centro, ¿se busca perpetuar la reclusión de quienes adolecen de enfermedades mentales? No se pronuncian mayormente sobre la relevancia que guardaría la función ocupacional de esta nueva unidad ejecutora. ¿Quieren con ello decir que planifican capacitar a pacientes psicóticos crónicos, que no pueden valerse por sus propios medios, que no pueden autosustentarse, para desempeñarse en el ámbito laboral? ¿O ello refiere a enseñarles tareas manuales a fin de concretar una laborterapia? Todas estas cuestiones no se explican; no tenemos conocimiento de ellas.

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Asimismo, se omite una mención de cualquier tipo en cuanto a un programa establecido para la atención de los pacientes psiquiátricos, así como con respecto a la formación de un personal especialmente capacitado para tratar con ellos. No se fomenta un sistema rotativo laboral, a pesar de tener un conocimiento científico pleno de que este tipo de tareas terminan afectando a los funcionarios que las desempeñan. Tampoco se previó sistema de aumento salarial alguno por la especialidad que dicha función requiere. En suma: en este proyecto de ley de presupuesto abundan las omisiones que dejan una vez más sin poder de representación alguno a los pacientes de las excolonias, aquellos sin voz, que no se pueden hacer escuchar, que no se pueden manifestar, que no se encuentran en posición de hacer huelga. ¿Cuándo piensan dejar de mirar hacia el costado para ver la cruda realidad que tenemos delante de nuestras narices? ¿Cuánto tiempo más debemos dejar pasar hasta que terminemos de aplicar el maquillaje a la situación carenciada que adolecen pacientes que sufren de una de las enfermedades más crueles de la humanidad? ¿Cuántas cosas más vamos a tolerar hasta poner un freno y decir ¡basta!? En efecto, ASSE se encuentra ante una crisis como nunca vivió, de la que se desprende la dificultosa tarea de hacer respetar los derechos humanos de los pacientes de las colonias. Este proyecto de ley destina a ASSE la suma de $ 300.000.000 para los ejercicios 2016 y 2017 para atender exclusivamente a pagos de condenas por juicios laborales o eventuales transacciones que se celebren en ocasión de estos. Todo esto es en función de la creación de nuevos cargos para funcionarios que estaban contratados y modificaron su situación presupuestal y, por supuesto, reclaman lo que les corresponde por daños y perjuicios, lo que el Estado pagará con esta suma. Durante la presentación del presupuesto que realizó la presidenta de ASSE hicimos preguntas sobre estos temas, pero la respuesta fue el silencio. Se respondió con silencio cuando preguntamos sobre las irregularidades a que están sometidos los pacientes en las colonias y que venimos reiterando prácticamente mes a mes; silencio ante la falta de medidas que garanticen el ejercicio de los derechos

humanos que tienen los allí internados; silencio absoluto acerca de evidentes carencias en la salud mental como en la falla del sistema de ASSE todo; silencio, en definitiva, para contemplar la protección del sector más vulnerado de la población, desviando el foco de atención de aquello que realmente importa. Si no priorizamos la protección de los derechos humanos como grupo social, es señal de que estamos yendo por mal camino. No desarrollar la inteligencia emocional suficiente como para ponerse en los zapatos de estos pacientes habla muy mal de todos nosotros. Esta es la clase de actos que repercute a futuro, deteriorando los valores intrínsecos que caracterizan al pueblo uruguayo. Por eso y por todas las razones expuestas discrepo con el presente artículo. Resulta imposible apoyarlo cuando se presenta viciado de errores básicos y flagrantes omisiones. Lo digo con propiedad. No nos quedamos con la teoría sino que podemos hablar de la práctica, porque estamos trabajando, visitamos las colonias y estamos realizando un seguimiento. No estamos de acuerdo con este artículo y tenemos pruebas de todo lo que estamos diciendo: versiones taquigráficas y denuncias. Muchas gracias.

80.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Mercedes Santalla, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Nicolás Viera.

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Licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal D) del artículo primero de la Ley Nº 17.827: Del señor Representante Óscar Andrade Lallana, por el día 27 de octubre de 2015, para participar del Plenario Sindical del PIT-CNT de Treinta y Tres, a efectos de coordinar actividades con la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Representantes, convocándose al suplente siguiente, señor Gerardo Núñez Fallabrino”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en sesenta y cinco: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de esta nota remito a usted, la presente solicitud de licencia por motivos personales por el día de la fecha, solicitando además se convoque a mi suplente respectivo Mtro. Nicolás Viera. Sin otro particular, le saluda atentamente, MERCEDES SANTALLA Representante por Colonia”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Colonia, Mercedes Santalla, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 606, del Lema Partido Frente Amplio, señor Nicolás Viera. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito al Cuerpo que usted preside, licencia por obligaciones notorias por el día 27 de octubre del corriente año, a los efectos de participar del Plenario Sindical del PIT- CNT de Treinta y Tres, para coordinar actividades con la Comisión de Legislación Laboral. Solicito, asimismo, se convoque al suplente respectivo. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, ÓSCAR ANDRADE Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Óscar Andrade Lallana, para participar del Plenario Sindical del PIT-CNT de Treinta y Tres, a efectos de coordinar actividades con la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Representantes. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 27 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el literal D) del inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

482 La Cámara de Representantes, R E S U E L V E:

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1) Concédese licencia en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política al señor Representante por el departamento de Montevideo, Óscar Andrade Lallana, por el día 27 de octubre de 2015, para participar del Plenario Sindical del PIT-CNT de Treinta y Tres, a efectos de coordinar actividades con la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Representantes. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1001, del Lema Partido Frente Amplio, señor Gerardo Núñez Fallabrino. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

de la ley del psicópata de la Terra. Además, estamos internacionales. Uruguay internacionales que obligan, manicomios antes de 2020.

época de la dictadura de obligados en términos suscribió convenciones por ejemplo, a cerrar los

Hay un abordaje de este tema en un anteproyecto de ley, una asamblea instituyente por salud mental y además está incorporado en un proyecto de ley relativo al empleo para personas con discapacidad. Contiene un capítulo de empleo con apoyo que trata el vínculo laboral, en particular, de las personas con trastornos mentales. Si hubiéramos acelerado la elaboración de esos dos proyectos y los hubiéramos incorporado al presupuesto, seguramente tendríamos un debate, porque son temas de enorme complejidad y se cuestionaría que los tratáramos en el presupuesto. Los estamos tratando -hasta donde sé, hay consensofuera del presupuesto. Entonces, si estos temas se tratan en el presupuesto, hay críticas porque el presupuesto no es una instancia para tratar a fondo temas de esta peculiaridad, y cuando se colocan por fuera del presupuesto, la crítica es que lo que contiene el presupuesto sobre un tema de tanta complejidad es muy poco. Comparto el planteo de la diputada de punta a punta. Nos ha tocado visitar las colonias, el Vilardebó, conversar con los pacientes y entendemos que tenemos una forma de atención dramática. Si compartimos que temas de esta profundidad se tratan por fuera, no se puede cuestionar que no estén en el presupuesto, menos, cuando todos conocen que estamos considerando en dos proyectos de ley aspectos que hacen a una deuda pendiente que tiene toda la sociedad, aunque creo que no es solo jurídica. No podemos resolver con una ley el hecho de que una persona no vaya a visitar a su hermano internado desde hace treinta años en el Vilardebó o en la colonia; es un profundo problema cultural que, la señora diputada compartirá conmigo, es mucho más complejo que tocarlo con la norma, más allá de que también debamos hacerlo. Estamos trabajando en dos normas que específicamente van en esa dirección. Gracias.

81.- Presupuesto Nacional – Período 2015-2019. (Aprobación)
——Continúa con la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señor diputado: tenemos una dificultad y es que hasta ahora, usted no ha hecho uso de la palabra con relación al tema que se está tratando. El criterio que ha sustentado la Mesa es habilitar las aclaraciones a los diputados que han hecho uso de la palabra y quieren aclarar algún concepto, salvo que usted se haya sentido aludido y haga uso de la palabra por la vía de contestar una alusión. Creo que no hubo alusiones personales; no sé si quiere contestar una alusión política. SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Si es para contestar una alusión política, tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Comparto plenamente el planteo de la diputada Gloria Rodríguez. Se está trabajando por lo menos en dos proyectos de ley para los temas de salud mental. No cabe duda de que hay que superar el viejo paradigma

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SEÑORA RODRIGUEZ (Gloria).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Sí, señora diputada, pero la Mesa exhorta a precavernos de no abrir debates paralelos por la vía de las alusiones y las respuestas, porque hay una larga lista de oradores y tenemos mucho trabajo. SEÑORA RODRIGUEZ (Gloria).- Señor presidente: aclaro al señor diputado Andrade que lo que cuestionamos es la unificación de las colonias y de que en ningún momento se respondieron las denuncias ni se tomaron medidas para solucionar el caos que se vive en ellas. Estos temas tenemos que hablarlos. Sé que se está trabajando; yo también estoy trabajando en un proyecto de ley de salud mental. Estamos todos trabajando, pero las cosas tenemos que decirlas: en este momento, continuamos en el caos. Están trasladando las cosas de Santín Carlos Rossi para Etchepare y es un caos. Entonces, hablamos de lo que sucede. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: para este Inciso 29 se propone un aumento de gasto, lo que demuestra que se da prioridad a la salud con la inversión en infraestructura, recursos humanos y programas, en el marco de un presupuesto cauteloso y audaz, como dijimos en la discusión general. Por eso, este aumento del gasto en salud representa no haber podido atender otras necesidades. Por otra parte, las autoridades locales y regionales de ASSE nos han expresado su preocupación porque ASSE sea competitiva en el Sistema Nacional Integrado de Salud, ya que, muchas veces, el sector privado termina succionando recursos a través de la contratación de servicios de ambulancia, CTI, etcétera. Como se imaginarán, no estoy habilitado para hablar de temas de salud, pero estas autoridades regionales nos plantean la necesidad de complementar servicios en Rocha, Maldonado, y quizás también sea el caso que mencionó la señora diputada, porque aisladamente subutilizan recursos y,

lejos de optimizar su utilización, los dilapidan. Por ejemplo, a nivel psiquiátrico, ASSE plantea crear en Maldonado la Unidad 102 “Centro Hospitalario Maldonado-San Carlos”, sin cerrar nada, para complementar infraestructura y también capacidades humanas porque, entre otras cosas a resolver, en San Carlos hay profesionales que ganan menos por acto médico que los de Maldonado. Sin duda, cuando la población usuaria debe optar, elige Maldonado, debilitando a San Carlos. Esta unidad permitirá generar un gerenciamiento en un segundo grado para direccionar recursos humanos y optimizar las capacidades de la infraestructura. Pongo esto como contestar ni aludir. ejemplo, sin ánimo de

Se hace una fuerte inversión para recuperar un centro psiquiátrico, que tiene recursos del presupuesto anterior y también de la Intendencia Departamental. Para el bienio 2016-2017, más allá de los cronogramas que figuran en las planillas de ASSE, se prevé una inversión de unos $ 180.000.000. Es decir, esta política tiende a la regionalización de los servicios, no solo entre las localidades, sino también entre los departamentos, aprovechando las vías de comunicación y las cercanías. Por ejemplo, hace tiempo que Maldonado tiene un centro hematológico y un centro de rehabilitación para personas con discapacidad, que construyó la Intendencia. Particularmente, en el caso de San Carlos, por la cercanía con Rocha, varias ciudades del departamento y de Lavalleja, se plantea un centro de tratamiento oncológico para radioterapia, que estaría ubicado entre las Rutas Nacionales Nos. 9 y 39. Estoy hablando de cómo se aplicaría esta compleja red en un territorio tan particular como Maldonado y la región este. Hemos presentado un artículo sustitutivo que toma el planteo original de ASSE, que unificaba la unidad ejecutora de San Carlos con la de Maldonado, y dice: “Créase en el Inciso 29 ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’, la Unidad Ejecutora 102 ‘Centro Hospitalario Maldonado-San Carlos’.Transfiérese los cometidos, derechos y obligaciones, recursos humanos y los bienes muebles e inmuebles, afectados al uso de la Unidad Ejecutora 054 ‘Hospital de San Carlos’, a la Unidad Ejecutora 023 ‘Centro Departamental de Maldonado’, a la Unidad Ejecutora

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que se crea por este artículo.- Sustitúyase en el Inciso 29 ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’ la Unidad Ejecutora 054 ‘Hospital de San Carlos’ y 023 ‘Centro Departamental de Maldonado”, y agregamos en nuestro artículo sustitutivo “cuya dirección general funcionará en el Hospital de San Carlos” para eliminar cualquier tipo de suspicacia con respecto a los cierres. Esto fue acordado con la presidenta de ASSE para contribuir con el avance de la reforma de la salud, ya que se ha planteado avanzar hacia atención en emergencia móvil, además de la complementariedad de servicios y de la infraestructura. Esto no pasa solo en Maldonado, porque en la planilla correspondiente figuran las inversiones de obra, pero no de equipamiento médico, que tiene un rubro especial o del Rubro 0 que incrementa en partidas de $ 100.000.000 o $ 200.000.000, sino en diversas zonas, porque se prevé la remodelación, ampliación y mantenimiento del Hospital de Cerro Largo, la remodelación del servicio de psiquiatría de San Carlos, la remodelación, ampliación y mantenimiento del Hospital Pasteur, el block quirúrgico en el Hospital de Rivera, el Centro Cardiológico de Tacuarembó, el block quirúrgico del Hospital de Paysandú, la remodelación y mantenimiento del Hospital de Paso de los Toros, la remodelación, ampliación y mantenimiento del Hospital del Chuy, la construcción del nuevo Hospital en Colonia, un centro oncológico en Tacuarembó, etcétera. Al parecer, la regionalización se da en diversas zonas, no solo en el este. Se elaboró una planilla con inversiones para el quinquenio, tomando como base estos dos años. Estos artículos prevén una fuerte inversión en infraestructura; además, autorizan la creación de las vacantes presupuestales que permitan la generación de las capacidades y de los recursos humanos para tener esa infraestructura, porque no solamente con la inversión que aparece en la planilla se resuelve el funcionamiento. Asimismo, centra fuertemente su atención en la psiquiatría, en generar capacidades para los CTI y en tratar de ordenar de manera distinta las infraestructuras actuales. Es un ensayo que se está haciendo con la idea de generalizar este tipo de política que no es de cierre sino de optimización de las capacidades de infraestructura, de las capacidades humanas y de las condiciones financieras.

(Suena el timbre indicador de tiempo) ——El objetivo expreso de ASSE, como prestador de servicios, es competir con el sector privado, idea que inclusive nos cuesta incorporar porque vemos a ASSE como la salud pública de antes, como la salud de los pobres. Además, tiene niveles importantes de dependencia, pero este presupuesto permitirá avanzar -no decidir ni resolver- en ese camino. Es por eso que decididamente vamos a respaldar el proyecto propuesto por ASSE. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señores diputados: hay una lista de oradores y recién culminó su exposición el señor diputado De los Santos. El señor diputado Carlos Pérez solicita la palabra para contestar una alusión, pero la Mesa no advirtió que fuera aludido personalmente o su colectividad política. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra por una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: nunca hemos dicho, aquí ni públicamente, que en el edificio de San Carlos no pueda quedar algún servicio de salud. Pero hay un hecho inobjetable y una verdad absoluta: en el edificio no existirá más el Hospital Florencio Alvariza -así se llama porque fue quien donó el predio y el edificio-, de San Carlos, Unidad Ejecutora 054, porque se cierra. Quedará algún servicio de salud. A raíz de este hecho, los usuarios y vecinos se movilizaron y en quince días recolectaron seis mil firmas -más del 25 % de los ciudadanos de San Carlos, el 60 % de los usuarios del hospital-, oponiéndose a que se suprima la Unidad Ejecutora 054. Si se descentralizan servicios especiales, excepto en Montevideo, bienvenidos sean; si se hacen obras, bienvenidas sean. Entonces, ¿cuál es el argumento para decir que esas obras o ese monto no se deberán adjudicar a la Unidad Ejecutora 054? En que para resolver problemas salariales, para resolver la carencia de recursos humanos, debido a cuestiones salariales y condiciones de trabajo, en una misma unidad ejecutora habrá varios centros, lo que aumentará la

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explotación de la gente, porque los contratarán para una unidad ejecutora pero tendrán que ir a muchos centros y en varias ciudades; así no se resuelve el problema, al contrario, se agrava. Cuando nos dicen que ha habido una priorización con un aumento presupuestal de $ 470.000.000 es una vergüenza; tal vez por eso no lo hayan distribuido para cinco años sino para dos. Y más vergüenza aún es el 7 % de incremento, respecto a lo que se dice que se está priorizando. Cuando se habla de la unidad psiquiátrica regional quiero que sepan que accedimos a un documento -ojalá estemos pisando una cáscara de banana y cayendo, porque sería mucho mejor- que hizo circular la señora Karina Gómez -candidata a alcalde- en la filial de Fenapes de San Carlos, dado por un comité de base de esa ciudad. Este documento establece que el centro regional va a tener veinticuatro camas. ¡Y ya ha estado saturado! Por supuesto que inmediatamente de que se conocieron estos documentos en Fenapes, se sumó a la Unidad Popular un profesor de Matemáticas. ¡Ojalá este documento no sea oficial, que no haya salido del doctor José González, que es el coordinador encargado de la Sub Región Costa Este, de ASSE, Maldonado, Rocha! Voy a leer algunas cifras de esta tabla para que los señores diputados se hagan un juicio de la dirección de ASSE que dirigirá el centro regional. En lo que tiene que ver con carros de reanimación, se puede observar que dos, a un costo de US$ 1.500, cuestan US$ 6.000; así les da la cuenta: dos por mil quinientos les da seis mil. Asimismo, el costo de cinco saturómetros, a US$ 1.200 cada uno, asciende a US$ 6.600; no les da US$ 6.000; y esta información la brindó el director en el Comité de Base Amanda González, en San Carlos. Asimismo, catorce camas articuladas/baranda, a US$ 1.952 cada una, les da US$ 31.232; a nosotros nos da US$ 27.328. Reitero: estos cinco documentos provienen de un comité de base elaborados por una dirección que estará en San Carlos, porque el objetivo es suprimir y transferir a la Unidad Ejecutora 023, Maldonado.

Ellos dicen que dos camillas articuladas a US$ 2.000, son US$ 8.000; a nosotros nos da US$ 4.000. Ocho sillones de descanso cuyo costo es de US$ 112, les da US$ 8.800; a nosotros US$ 896. Cuatro sillones para pacientes a un costo de US$ 160, les da US$ 6.400 y no US$ 640. Quiere decir que una cuenta que arroja un resultado de algo más de US$ 88.000, a ellos les da US$ 150.000. Entonces, ¿nosotros les vamos a dar a gente que elabora estos documentos para sus militantes, la dirección del Hospital de San Carlos? No. La única verdad es que en el día de ayer los usuarios elevaron un expediente a ASSE, que contiene las seis mil firmas recolectadas, que también harán llegar a los senadores para tratar de revertir esta propuesta si es que aquí no se puede. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Estos usuarios solicitan que no se suprima la Unidad Ejecutora 054 y que el Hospital de San Carlos quede sin presupuesto y sin categoría. Gracias, señor presidente. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señor diputado: aún no puede intervenir porque está anotado en la lista de oradores. No puede formular aclaraciones, pero de acuerdo con el Reglamento ya le llegará su turno. Tiene la palabra la señora diputada Elisabeth Arrieta. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: recién un compañero diputado decía: “¡Más temas complicados de Maldonado!”. Y es cierto. Aparecieron muchos temas muy complicados en ese departamento. Maldonado es complicado, es el tercero en población, y este tema relativo al artículo 587 y al lío de los hospitales es algo muy serio. (Murmullos) ——Voy a tratar de ser concreta y lo más clara posible. (Murmullos.- Campana de orden)

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——Señor presidente: solicito que me ampare en el uso de la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- La Mesa solicita que los diputados hagan silencio para escuchar a la señora diputada. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Cuando sobre este tema fijé posición públicamente, parece que no se entendió lo que dije. Además, diputados de la oposición fuimos acusados de todo un poco: de generar alarma pública, pero no sé qué alarma pública puede representar ir a una reunión de vecinos que se autoconvocan en la plaza de San Carlos preocupados por este tema. Concurrimos porque todos los diputados fuimos invitados. Entonces, solicito que se adjunte a la versión taquigráfica de mis palabras, la copia del mail en la que figuran las direcciones de los correos electrónicos de todos los diputados de Maldonado, convocándonos a una reunión que se llevaría a cabo el domingo 27 de setiembre, a la hora 15, en una plaza. ¿Eso es alarma pública? ¿A quién asusta que los vecinos se autoconvoquen para generar una movilización porque están preocupados respecto a algo? También nos acusaron de mentir porque decían que la versión que tratábamos de explicar no era la verdadera, que había otra versión de ASSE, del Poder Ejecutivo, y el Frente Amplio, en Maldonado -no tengo más remedio que mencionarlo; no quiero hacer alusiones- el 29 de setiembre sacó una declaración contra todos los demás diputados de la oposición de ese departamento diciendo que estábamos mintiendo, generando alarma pública y que dábamos datos erróneos porque en el Parlamento había otra versión. ¿Y saben cuándo llegó esa versión al Parlamento? Precisamente, llegó a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda el jueves 1º de octubre, día en que nosotros estábamos presentes debido a la concurrencia del Directorio de ASSE, que asistió encabezado por su presidenta, la doctora Muñiz. Por lo tanto, nosotros no mentimos cuando dijimos que había una única versión, aunque ahora hay tres que, en realidad, son exactamente iguales, ya que una maquilló a la otra para ver si lucía más linda o enojaba menos a los vecinos de Maldonado y San Carlos. Digo esto porque esta decisión no solo afecta a San Carlos, sino a Maldonado.

También debemos destacar que entre Maldonado y San Carlos hay más cien de mil habitantes, es decir, más del 80 % de la población del departamento. En realidad, la situación era similar a la que atraviesa un juez que cobra al grito, porque protestaban por aquí y por allá y la versión se iba acomodando y maquillando. De todos modos, la realidad, el fondo del asunto, es que las dos unidades ejecutoras que actualmente hay en el departamento de Maldonado, la 054, Hospital de San Carlos, y la 023, Centro Departamental de Maldonado, se unifican en una nueva unidad ejecutora. En realidad, primero se incorporó la 054 a la 023, pero luego lo cambiaron para ver si era más suave, y crearon una nueva unidad ejecutora, la 102, denominada Centro Hospitalario de Maldonado-San Carlos, unificando la 054 y la 023. Además, el segundo inciso del artículo, que decía: “Elimínese en el Inciso 29 ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’ la Unidad Ejecutora 054 ‘Hospital de San Carlos’ y la 023 ‘Centro Departamental de Maldonado'”, se cambió por: “Sustitúyase en el Inciso 29 ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’, la Unidad Ejecutora 054 ‘Hospital de San Carlos y 023 ‘Centro Departamental de Maldonado'”. Quizás lo hicieron para ver si los vecinos, medio distraídos, decían: “Ahora la sustituyen, no la eliminan”. Sin duda, el diputado Carlos Pérez fue meridianamente claro, hoy y todos los días en los que se expresó sobre este tema. En realidad, si una unidad ejecutora, que se llama Hospital de San Carlos, pasa a ser otra, deja de existir, pero ningún diputado de la oposición —el señor diputado Cardoso también estuvo en esa oportunidad- dijo que se fueran a cerrar las puertas del hospital. De todos modos, nos acusaron de generar una alarma por decir que se iba a cerrar el hospital. Además, los ediles del Frente Amplio fueron a la Junta Departamental con un cartel que decía: “No se cierra el Hospital de San Carlos”; pero eso no es así señores, porque si se aprueba el artículo 587, el Hospital de San Carlos, como unidad ejecutora, dejará de existir. Como dije, las dos unidades ejecutoras se transforman en la 102, que se denominará Centro Hospitalario Maldonado-San Carlos. Por lo tanto, la unidad ejecutora 054, Hospital de San Carlos, no existirá más.

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Por otra parte, debemos hacer referencia a los inconvenientes que nosotros vemos a esta solución. Sin duda, si la nueva unidad ejecutora comienza a funcionar habrá una concentración de servicios, de gestión y de administración, y eso, en mi humilde opinión, está absolutamente en contra de lo que establece el artículo 585 de este proyecto de ley de presupuesto, que habilita a ASSE a implementar y poner en funcionamiento planes pilotos en sus unidades ejecutoras para la profundización y expansión de la descentralización de la gestión y administración de determinados servicios. ¿Pero cómo se puede hablar de profundizar la descentralización de la gestión y la administración concentrando dos unidades ejecutoras que funcionan en plantas físicas distintas, a 20 kilómetros de distancia y en municipios distintos? Digo esto porque el Centro Departamental de Maldonado está en el municipio de Maldonado, y el Hospital de San Carlos está en el municipio de San Carlos. Entonces, ¿de qué descentralización estamos hablando? En realidad, el discurso en los municipios para los alcaldes y concejales fue que no se iban unificar unidades ejecutoras, pero cuando planteamos la situación a la señora presidenta de ASSE -quien se metió en el tema con mucha paciencia y tolerancias-, terminó diciéndonos: “Y sí, es un proyecto que mandaron de Maldonado”, lo que para mí fue una gran sorpresa. Por supuesto, sabíamos que los jerarcas de ASSE del departamento de Maldonado y los directores de los hospitales estaban trabajando en eso porque, obviamente, son funcionarios de ASSE, pero una cosa es trabajar en la elaboración de un proyecto y otra inventarlo y enviarlo al organismo. Como dije, la presidenta no lo pudo defender y apenas, tibiamente, dijo: “Y sí, tenían problemas de coordinación”. Por supuesto, todo lo que estoy diciendo figura en la versión taquigráfica de la sesión de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda a la que asistió el Directorio de ASSE. Asimismo, cuando un diputado del oficialismo le preguntó: “¿Usted está diciendo que este proyecto lo mandaron de Maldonado?”, la doctora Muñiz contestó: “Sí”. Además, cuando se le preguntó cuál era la justificación, contestó: “Problemas de coordinación”. A todo esto, le dijimos: “Si el problema es la coordinación, estamos de acuerdo, y si usted quiere proponer un cargo nuevo de coordinación, hágalo, porque yo, Elisabeth Arrieta, lo voto para que funcionen mejor los dos hospitales”.

Como dije, estamos en contra de que se eliminen estas dos unidades ejecutoras y se transformen en una nueva. De todos modos, como no perdemos la esperanza -porque es lo último que se pierde- de que se reflexione sobre el tema antes de la votación, queremos que quede claro que pretendemos eliminar el artículo 587 del proyecto de ley de presupuesto. Esa es nuestra propuesta o, en su defecto, que la mayoría de los componentes de la Cámara lo vote en forma negativa. De todas maneras -nos estamos curando en salud ya que hablamos de hospitales-, en caso de que el artículo resulte aprobado, aunque esperamos que no suceda porque sería un grave error, presentamos un artículo aditivo, que figura en la Hoja Nº 73, y dice lo siguiente: “Las transferencias establecidas en el artículo anterior se harán sin eliminar o disminuir los servicios y prestaciones que al 1° de setiembre de 2015 se estuvieran brindando en cada uno de los hospitales que se afectan a la nueva Unidad ejecutora 102. Los funcionarios médicos y no médicos de las dos Unidades Ejecutoras que se unifican, no podrán ser trasladados entre dichas Unidades o a otras distintas, sin su previo consentimiento y en ese caso, sólo se realizará por razones de servicio debidamente fundadas”. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Ya termino, señor presidente. Solo quiero aclarar que el último párrafo del artículo aditivo apunta a aliviar una gran preocupación que se planteó en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, y en contra del artículo 587. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra la señora diputada Solana Cabrera de Abásolo. SEÑORA CABRERA DE ABÁSOLO (Solana).Señor presidente: pertenezco a la comisión del Hospital Alvariza y quisiera decir que los habitantes de San Carlos están preocupados por esta situación y no quieren que el Hospital se fusione. En realidad, el Hospital Alvariza siempre perteneció a la comunidad, y la población de San Carlos quiere que continúe siendo el hospital de la ciudad. Gracias.

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SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado Darío Pérez. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Señor presidente: en primer lugar, quisiera solicitar al señor diputado Carlos Pérez que fotocopie la información a que hizo referencia en su exposición y la reparta entre todos los integrantes del Cuerpo. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Así se procederá. Puede continuar el señor diputado Darío Pérez. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Muchas gracias. Los datos que mencionó el señor diputado Schusman son ciertos. Además, que en nuestro país existe una salud para pobres y otra para ricos también es cierto; en realidad, desde hace mucho tiempo sucede eso, porque de un día para otro no se pueden lograr todas las cosas. Es cierto que eso existe. En Maldonado, alguien que no vea, que tenga una disminución de su agudeza visual, va a encontrar una oftalmóloga en San Carlos que trabaja unos días y una oftalmóloga de guardia que trabaja en el Hospital de Maldonado. ¿Por qué? Porque desde hace muchos años, la salud pública fue perdiendo en comparación con la salud privada y fue quedándose atrás. Cuando me recibí y me fui a mi pueblo, todos los médicos de San Carlos que estaban de guardia en la privada, hacíamos la guardia en forma honoraria; así fue hasta el año 1993, no hace tanto tiempo. No existían los celulares, salíamos corriendo y los que paraban la cosa eran los enfermeros viejos, reitero, hasta el año 1993. El Hospital de San Carlos fue hospital gracias a tres personas -cirujanos habían muchos, ginecólogos habían muchos, anestesistas habían tres-: un ángel que era la doctora anestesista Almandos, quien se hizo muy viejita trabajando; mi amigo, mi maestro, el doctor Carlos Suárez, “el sapo”, y la doctora María Milavidob quienes, por miserias, aguantaban quince días de guardia cada uno hasta que yo comencé a hacer esa especialidad. Como la cátedra me permitía trabajar, me mandaban: andate para allá, ven para acá… Y se llegaba a operar -el Hospital de San Carlos tenía una rica tradición de cirugía, realmente muy buena- en dos salas y durante todo el día. Muchos médicos Grado 5 elegían la ciudad de San Carlos por

esa razón. Los médicos de ese lugar ponían en el Hospital una cantidad de cosas que ahora es muy escaso encontrar: la solidaridad y la vocación. Uno de los problemas más grandes que tiene ASSE es que no puede competir con la salud privada; no puede competir con un laboratorista; no puede competir con un anestesista. Y aquí viene el otro gran tema que tiene que ver con la Escuela de Graduados de la Facultad de Medicina: el corporativismo médico, etcétera. ¿Por qué en Uruguay es tan difícil ver a un oftalmólogo? Con esto me he llegado a cuestionar la autonomía universitaria; lo digo claramente. Si un Estado no puede disponer y programar la cantidad de especialistas que va a precisar en los próximos treinta años, estamos pelados. Cuanto más lejos vivas de Montevideo, peor va a ser. Los médicos entonces quedan en el área metropolitana; todavía nosotros vivimos en Maldonado y es hasta lindo porque está la playa cerca. Aun así, es difícil conseguir especialistas. Y esa es la madre de toda la cuestión: no se consigue gente para trabajar en salud pública. Y en cuanto estriban la pata, porque mucha gente va para allá, y se pueden arrimar para la salud privada, se van. Igual como sucede con la Policía, porque aquella zona es especial. La verdad es que no me voy a hacer cargo de lo que no me tengo que hacer cargo. ASSE tiene todas esas dificultades. El corporativismo médico hace que se acentúen esas dificultades que son las que determinan que aparezca algún intento de solución. Lo digo con franqueza: Carlitos, te conozco de toda la vida o de casi toda y sabes que te reconozco un gran idealismo… SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señor diputado, diríjase a la Mesa. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Te reconozco como un gran agitador porque estuvimos juntos; sos un gran agitador… SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Diríjase a la Mesa, señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Perdón, solo estoy mirando para allá… SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Diríjase a la Mesa, señor diputado; es lo que establece el Reglamento.

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SEÑOR PÉREZ (Darío).- Y esa labor de agitamiento se logró junto con los diputados opositores porque -vamos a decir las cosas como son- en esto todo el mundo saca su provecho. Pero la realidad es más porfiada; el hospital no se va a ir de ahí. No se va a ir. Cuando pasé por la plaza vi un cartel que decía que cerraba el Hospital de San Carlos. Y me dije: ¿cómo que cierra el Hospital de San Carlos? Sabemos que eso es imposible porque allí hay una población que tiene treinta mil habitantes. Entonces, esto no es ni muy muy ni tan tan. Arranqué para el hospital y me encontré con que se están haciendo una cantidad de obras que tienen que ver con los pluviales. Lo voy a decir con total franqueza. El director del Hospital de San Carlos, el doctor Olivet, es uno de los médicos que tiene una visión más integral de la salud pública del departamento. Lo voy a decir públicamente porque creo en la palabra cuando una persona se compromete. Lo apreté y le dije: “Tú sabes que meterse con los carolinos es como meterse con un avispero; y sabes que te voy a cuidar también a ti”. Porque yo soy médico y he peleado con un escarbadientes y un tenedor y hay que estar solito porque después los especialistas son más viejos, no te van a la guardia, no tienes pediatras, no tienes cirujano, el cirujano demora, el ginecólogo no sé, y ni te digo si no tienes anestesista y otras especialidades. Le pregunté: “Dime si laboratorio y radiología se van de aquí porque, si es así, yo no te voto nada”. Él se comprometió, me dio su palabra; lo pongo por delante porque los dos somos hombres y creo que los dos somos de palabra. En cuanto a lo que decía la diputada Arrieta acerca del personal, lo quiero decir con absoluta franqueza porque así tiene que ser: yo no he hablado con la señora Muñiz, porque prefiero hacerlo a través de otra persona; el centralismo existe y no se le da pelota a la opinión de la gente del interior del país. ¿Ta? Al que le guste bien, y al que no le guste, también, pero es exactamente como funciona. Y si tú no le preguntas a los nativos para dónde tienes que ir, la guía es complicada. De todas maneras, la creación de este centro que comenzó hace mucho tiempo, ha sido trabajada para tratar de solucionar el gran problema. No sé si la diputada Arrieta es oriunda de Aiguá, pero

reclamaban una maternidad para esa zona. Se precisa un ginecólogo por día, un pediatra, un anestesista y conseguir que el escaso recurso humano vaya a Aiguá. ¡Qué más puedo querer que nazcan gurises en San Carlos, si nosotros llevamos en el pasaporte primero el nombre de carolinos! ¡Qué más puedo querer! Pero la realidad es más porfiada y las cosas que la rodean también. No podemos tener siete anestesistas en San Carlos y siete anestesistas en Maldonado. No podemos tener siete pediatras y eso que la cátedra de pediatría se ha abierto bastante. Tenemos un serio problema en salud pública con la Escuela de Graduados de Medicina, que está determinando la decisión de que sea hospital o no lo sea. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Miren lo que pasó en Paso de los Toros. ¿Qué pasó? Los tipos se cansan; también las mujeres que tienen hijos se cansan. No pueden estar quince días de guardia corrido y quince días de guardia para el otro. Entonces, estamos frente a un problema que tenemos que reconocer. Lo que se ha pretendido con todo esto es tener cosas que antes los pobres del lugar no iban a poder tener. SEÑOR PRESIDENTE.- Señor diputado, ha terminado su tiempo. La Mesa le pide que redondee. Tiene la palabra el señor diputado Sergio Mier. SEÑOR MIER (Sergio).- Señor presidente… SEÑOR PÉREZ interrupción? (Darío).¿Me permite una

SEÑOR MIER (Sergio).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR PÉREZ (Darío).- Señor presidente: conseguir equipo médico en los dos hospitales a la vez resulta muy difícil, porque la realidad es más porfiada y, además, porque ASSE tiene algunas condicionantes organizativas, por ejemplo que en el departamento de Maldonado se puede gastar una cantidad de dinero en traslados pero ese dinero no se puede direccionar para armar un equipo de traslado. Y estamos hablando de miles de dólares.

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Cuando no hay anestesista se puede mandar a una embarazada a una institución privada a hacerle una cesárea, pero hay algunas dificultades que determinan que no se pueda tener al anestesista y al ginecólogo, y a veces no coinciden, sino que día está uno y otro día el otro. Quienes se pusieron a trabajar en esto pretenden que haya traumatología, por ejemplo. ¿Por qué? Porque de lo contrario, hay que venir a Montevideo a operarse. También pretenden que haya urología. Son las especialidades típicas en nuestro país: traumatólogo, urólogo, etcétera. Yo me comprometo a cuidar esto. Creo que me he ganado algún crédito, ya que cuando tengo que salir, salgo. Y ese es mi pueblo querido. La verdad, me sentí un poco dolido cuando la señora diputada Arrieta dijo que yo no estaba presente en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda en el momento de considerarse este tema; para eso estaba el diputado Mier. Brevemente, les voy a contar algo. Trabajé veintidós años de forma honoraria, directa o indirectamente, para el Hospital de San Carlos. Cuando la burocracia fue muy pesada me fui del hospital y empecé a trabajar en policlínicas del pueblo que tenían que ver con el hospital. Con el diputado de Asamblea Popular -él es testigo- logramos que en el barrio Sur, en plena crisis, se construyera una policlínica en un predio de la iglesia, y que con el presupuesto participativo después existiera unas cuadras más allá. En realidad, yo quiero, adoro ese lugar, y lo voy a defender, quizá de diferente manera que ustedes; yo voy a aprobar todo eso. Por último, quiero decir a todos que a través del señor diputado Gallo logré el compromiso de parte de la doctora Muñiz -lo hago público, para que se sepade que no habría traslado de personal. Sin embargo, dijo que por diversas razones eso no podía estamparse en los artículos. Esta fue la contestación de la doctora Muñiz. Digo esto para que todo quede absolutamente diáfano. Voy a votar los artículos. No voy a acompañar los artículos que ahora se presentan, y no lo hago en desmedro de lo que están planteando. Son los miedos que existen en el lugar, y como pienso vivir mucho

voy a tener la función de guardián de ese hospital que tanto quiero. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el señor diputado Sergio Mier. SEÑOR MIER (Sergio).- Señor presidente… SEÑOR DE LOS SANTOS SEVERGNINI (Darcy Amaury).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR MIER (Sergio).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR DE LOS SANTOS SEVERGNINI (Darcy Amaury).- Señor presidente: solicito que me borre de la lista de oradores. En el mismo marco de lo que planteó el compañero Óscar de los Santos, nuestro vecino de Maldonado, indudablemente lo que se expresa a través de las modificaciones que se han planteado en este presupuesto son las políticas de regionalización o de trabajo coordinado en la región. Precisamente, a través del artículo 586 se refuerza una unidad que trabaja aisladamente en el sistema ASSE y que pasará a trabajar en forma coordinada con el primer nivel de asistencia, integrándose a este, como hoy ya sucede con la unidad de Lascano. Me refiero a la unidad ejecutora de Castillos, que pasa a trabajar en forma coordinada con la Unidad RAP, igual que lo hace la Unidad de Lascano, sin pérdidas y con garantías de servicios para los usuarios. Vale aclarar que hemos estado en la localidad, así como concurrimos a Lascano, y lo que hay es todo un programa de ampliación de servicios y de prestaciones en una unidad que atiende a más de seis mil usuarios en la región, porque no solo atiende a la gente de la localidad de Castillos sino la zona rural y los balnearios. Se trata de un padrón de más de seis mil usuarios, de los cuales menos de quinientos cotizan por el sistema de Fonasa. Ese es uno de los aspectos que debemos tener en cuenta cuando hablamos de la realidad de ASSE y de la de los privados. Además, esto se enmarca en una estrategia para la región que incluye la ampliación de una unidad, como la de Chuy, que está a 60 kilómetros de la ciudad de Castillos, donde se está generando un centro de referencia importante que se sumará al

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Hospital de Rocha, en función de las distancias. Nosotros tenemos desperdigada a la población: más del 70 % vive en el interior del país y una gran parte sobre el litoral costero, en el eje de la Ruta N° 9. Entonces, queremos destacar esa visión de integración y de reforzamiento, que se suma al trabajo coordinado que ASSE realiza con el Gobierno departamental a través de una red de policlínicas extendida por todo el territorio en cada una de las localidades y de los barrios de las ciudades grandes. Muchas veces entendemos que las prestaciones de ASSE están muy rezagadas con respecto a las del sector privado. ASSE es la única institución en el departamento de Rocha que permite que nazcan niños fuera de la ciudad de Rocha. Hay atención a parturientas normales en el Chuy y, por parto expulsivo, en las localidades de Castillos y Lascano. Eso se va a seguir haciendo aunque estas unidades se integren a la unidad de atención primaria. Queremos dejar constancia de que aquí se plantea una estrategia que debe estar acompañada con la complementariedad y complementación en todo el sistema de salud, que fue lo que hemos tratado de plasmar a través de la ley que ha modificado la salud en nuestro país. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede continuar el señor diputado Mier. SEÑOR MIER (Sergio).presidente. He finalizado, señor

ginecólogo, pero como no había anestesista, ante la eventualidad de que hubiera que practicarle una cesárea tampoco podía derivarla allí. En Maldonado había anestesista pero no había ginecólogo, y en San Carlos había ginecólogo pero no anestesista. Creo que el tema pasa por mejorar la gestión, no por anular unidades ejecutoras sino por ponerse de acuerdo y complementar los servicios. Para ser pragmáticos, a la embarazada que está en trabajo de parto, que quiere tener a su niño cuanto antes y en el departamento en el que vive, ¿qué le importa más? ¿Qué haya una o dos unidades ejecutoras o que donde se vaya a atender haya un ginecólogo y, por las dudas que sea necesaria una cesárea, un anestesista? Voy a votar negativamente, de acuerdo con la posición de la bancada, en el entendido de que no era necesario anular una unidad ejecutora para mejorar la atención; bastaba con la complementación de servicios. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra la señora diputada Elizabeth Arrieta. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: el señor diputado Darío Pérez hacía referencia, entre otras cosas, a que yo lo había mencionado. También mencioné al señor diputado Óscar de los Santos cuando estuvieron las autoridades de ASSE en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Es un tema que me sensibiliza mucho; en ese momento y ahora. Simplemente dije de corazón que lamentaba que no estuvieran ahí. Me hubiera gustado que estuvieran presentes en esa ocasión porque estaba la presidenta de ASSE y podríamos haber hablado directamente con ella. Si esas palabras molestaron a cualquiera de los dos diputados, públicamente en este momento les pido las disculpas del caso. No fue mi intención molestarlos ni agraviarlos en ningún sentido. Ahora, nosotros no pretendemos que se dupliquen servicios entre un hospital y otro sino que se mantengan las dos unidades ejecutoras actuales, con los servicios que hoy tenemos, porque eso es lo que preocupa a la población. Entiendo lo que el señor diputado Darío Pérez dice cuando nos asegura que habló con el director del Hospital de San Carlos. Yo le creo 100 %, y creo en la buena voluntad -lo he dicho siempre- de las autoridades de ASSE, de las autoridades departamentales…

SEÑOR SCHUSMAN KRAFT.- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR SCHUSMAN KRAFT (Jorge).- Señor presidente: voy a aprovechar que el colega diputado Darío Pérez me nombró para referirme a este tema; lo había dejado para cuando se discutiera el artículo respectivo, pero como se está debatiendo ahora me veo en la obligación de aludir a este asunto, porque represento al departamento de Maldonado. Voy a narrar algo que me contó un ginecólogo que tuvo que trasladar a una embarazada en trabajo de parto que estaba en Pan de Azúcar. La iba a derivar a Maldonado, pero allí no había ginecólogo; entonces decidió enviarla a San Carlos, donde sí había

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(Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señores diputados: por supuesto que a esta altura del debate estamos todos cansados, pero la Mesa les pide colaboración. Así es imposible seguir la sesión por los canales normales. Los señores diputados tienen derecho a hacer uso de la palabra en el tema que se está tratando y a contestar alusiones cuando son aludidos. Por lo tanto, les solicito que reaccionen cuando la Mesa formula estas recomendaciones y que hagan un esfuerzo por tomar asiento, permanecer en silencio y escuchar al orador. Puede continuar la señora diputada Elisabeth Arrieta. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: por favor, que se descuenten de mi tiempo los minutos que tomó su interrupción. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Señora diputada: la Mesa da garantías a todos los oradores. Cuando la interrumpimos, inmediatamente paramos el reloj. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Gracias, señor presidente. Decía que doy por descontada la buena voluntad que manifiesta el señor diputado Darío Pérez. Creo 100 % en su sinceridad y no tengo por qué dudar de lo que él dice respecto a lo que el director del hospital de San Carlos le expresó. Siempre he dicho que creo en la buena voluntad de las autoridades de ASSE, tanto nacionales como departamentales, y de los directores de los hospitales. Pero las cosas tienen que figurar por escrito. (Murmullos.- Campana de orden) ——¿Qué pasa si mañana los directores cambian? ¿Qué pasa si la doctora Susana Muñiz no está más en la Presidencia de ASSE porque se va a otro cargo mejor? ¿Qué pasa si los directores de los hospitales de Maldonado tienen otro destino en sus carreras profesionales? ¿Cómo quedamos? ¿Qué pasa si nosotros no estamos como garantía de lo que se está manifestando, porque la vida sigue y tomamos otros rumbos? Por eso tiene que estar por escrito, y por eso hemos presentado este aditivo. Siempre hemos resaltado que creemos en la buena voluntad de todas las partes. Reitero que no

estamos de acuerdo con la solución. Se habla de una inversión muy importante en San Carlos. ¡Bienvenida sea! Yo no soy carolina, pero hace veinticinco años que estoy casada con un carolino y me siento un poquito carolina; además, tengo mucha familia en San Carlos. Entonces, ¡bienvenidas sean esas inversiones para el centro de oncología regional y para la sala de psiquiatría! Pero cuanto más crezcan esas instalaciones de ASSE en San Carlos más se hace necesaria la unidad ejecutora. Estoy 100 % convencida de eso. ¡No toquemos la unidad ejecutora 054 para que pueda gestionar mejor! Cada vez que el Estado o ASSE han concentrado servicios o eliminado unidades ejecutoras, como pasó entre Aiguá y Pan de Azúcar, los servicios se han resentido y el personal se ha movilizado. Y no es lo mismo. No es que no tengamos confianza en las personas que aseguran que eso se mantendrá sino que no creemos en la solución, en el sistema que se está proponiendo. ¿Qué pasa si cambian los jerarcas? Todos somos actores políticos, hoy estamos en una función y mañana podemos estar en otra. A mí me gustaría que antes de finalizar el estudio del presupuesto nacional los diputados de Maldonado leyeran esta propuesta, que es absolutamente inocua; ni siquiera dice que ASSE no puede movilizar el personal sino que tiene que hacerlo con consentimiento del funcionario. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra la señora diputada Patricia Vásquez Varela. SEÑORA VÁSQUEZ VARELA (Patricia).- Señor presidente: me voy a referir a los artículos 574 y 589 que, a mi entender, pueden ser beneficiosos para solucionar un asunto muy importante que está siendo llevado a cabo de una manera bastante lamentable por parte de ASSE. Me refiero al servicio de emergencia médica móvil. A nivel de todo el país, y fundamentalmente de mi departamento, Paysandú, hemos notado que ha habido serios inconvenientes en la atención, no solamente por la tardanza en la llegada de las ambulancias sino porque llegan sin recursos humanos especializados, y muchas veces solo con un chofer, lo que impide prestar el servicio de emergencia al accidentado.

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El artículo 574, al establecer partidas para la creación de cargos asistenciales y de apoyo que podrían ser producto de la formación de paramédicos, permitiría que las emergencias móviles contaran con personal capacitado. Sabemos que a nivel país los hospitales carecen de personal de enfermería o paramédico. El artículo 589, gracias a una propuesta de partidas para créditos destinados a inversiones -$ 50.000.000 para el ejercicio 2016 y $ 100.000.000 para los ejercicios de 2017 a 2019-, permitiría mejorar la situación de las ambulancias de ASSE dotándolas del equipamiento adecuado para cumplir su cometido, y hasta comprar más unidades. Según lo expresado en la comisión por la gerente general de ASSE, doctora Marlene Sica, en su comparecencia en la Comisión, hasta diciembre de este año habría solo treinta amb.lancias para traslados especializados en todo el país. Si bien entiendo que de algo hay que partir -esta cantidad es, por lo menos, concreta-, el artículo 589 permitiría aumentar la inversión en la compra de nuevas unidades a través de créditos. Como ustedes pueden llegar a cuestionarse si el tema de las emergencias móviles está incluido en el presupuesto de ASSE, del Inciso que estamos tratando -por no ser titular de la banca no pude ingresar a considerar el proyecto de presupuesto-, por lo que preparé algunos artículos aditivos, que muy atentamente los senadores de mi Partido Nacional van a presentar en la comisión cuando el proyecto sea considerado en el Senado. Entiendo que es de suma importancia lograr una cobertura nacional equitativa, de justicia social, que permita que cualquier persona que tenga un accidente o un problema de salud, en cualquier lugar del país que se encuentre -ya sea en los rincones más recónditos del interior profundo o en zonas rurales, suburbanas o urbanas, o en la zona metropolitana, que es la que tiene menos problemas-, pueda ser atendida en las mismas condiciones. Lo que pido es que en este servicio haya equidad y eficiencia. Muchas gracias. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- ¿Me permite una interrupción?

SEÑORA VÁSQUEZ VARELA (Patricia).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Señor presidente: no pensábamos hacer uso de la palabra acerca de este tema, pero como se ha ingresado en temas departamentales queremos dejar constancia de situaciones que nos han planteado algunos vecinos y sobre las que hemos realizado alguna exposición de motivos en la Cámara de Diputados. Planteo esto con el fin de ver si existe la posibilidad de alcanzar algunas mejoras, fundamentalmente en dos lugares que han tenido un crecimiento demográfico muy importante: Ciudad del Plata y Libertad. En ambas ciudades había unidades ejecutoras que tenían su propio presupuesto, pero a partir de la implementación del Sistema Nacional Integrado de Salud han pasado a ser una unidad de atención primaria. Por ejemplo, actualmente el Hospital de Libertad solo tiene once camas y presta atención primaria, cuando antes contaba con una mayor cantidad de camas y brindaba servicio de internación. Obviamente, eso ha sido un perjuicio para la población de la ciudad de Libertad, que tiene más de quince mil habitantes, más una zona rural muy importante. Ello ha generado mucha preocupación porque solo hay una cooperativa de asistencia médica, que también da asistencia primaria y debe hacer traslados a la ciudad de San José. Más preocupante es la situación del centro de salud de Ciudad del Plata, que ha tenido una pérdida muy importante de servicios. Hoy ese centro asistencial solo tiene camas para atender una emergencia primaria, pero no tiene mucho sentido porque ni siquiera hay una ambulancia para hacer los traslados. Precisamente, algunos vecinos nos hacían llegar la información de que mañana va a haber una movilización frente a ese centro de salud para reclamar muchas cosas más. Quizás el nuevo sistema que se ha implementado -seguramente con las mejores intenciones- ha tratado de lograr una mejor atención para la gente más carenciada, pero en algunos lugares se ha perdido la calidad en los servicios y en la atención. Ciudad del Plata ha tenido un gran crecimiento demográfico en los últimos años, con una población cercana a los cuarenta

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mil habitantes, y el centro de salud de esa zona solo puede prestar atención a doce mil quinientos usuarios. Allí había cuatro policlínicas y dos se han cerrado; en las policlínicas se entregaban medicamen-tos, y hoy solo se entregan en el centro de salud en el horario de la mañana. A nuestro entender, en esos lugares se ha perdido calidad, perjudicando a los usuarios. La compañera diputada Gloria Rodríguez ya habló sobre el cambio de nombre de las -ahora unidades ejecutoras- colonias Santín Carlos Rossi y Bernardo Etchepare. Lo único que se está haciendo -lo sabemos porque muchos funcionarios y vecinos tienen una preocupación muy grande- es cambiar la administración. Entendemos que las modificaciones de nombres pueden ser muy lindas pero, en definitiva, no resuelven los problemas. Allí ha habido una muy mala ejecución de los recursos y muy mala gestión desde hace muchísimos años por parte de quienes los llevaban adelante: el director y todos sus asesores. El director cayó, pero quedaron los mismos que estaban al frente de ese centro asistencial, porque la compañera del director, que era su asesora más directa, quedó como subdirectora. Es por eso que consideramos que, más allá de los cambios de nombres, hay que mejorar la gestión. (Suena el timbre indicador de tiempo) SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Ha finalizado el tiempo de que disponía la señora diputada Vásquez Varela. Tiene la Umpiérrez. palabra el señor diputado Alejo

Obviamente, esto es una hipertrofia que daña el normal funcionamiento del servicio de salud; va en contra, sin lógica alguna, de aquello por lo que el sistema político, en base a una suerte de consenso, ha ido luchando a lo largo de los últimos años: la descentralización territorial y de funciones. Hoy, con el mayor presupuesto de la salud pública de toda su historia y con la menor cantidad de usuarios -han migrado a la salud privada más de 230.000 usuarios-, tenemos una salud pública que cada vez funciona peor, cuando tiene cada vez más dinero per cápita. Los diputados del interior del país saben perfectamente de lo que hablo, y me atrevo a resumirlo en una frase. La salud pública en el interior se ha transformado en una gran empresa de transporte, donde lo central es el funcionamiento de las ambulancias, la mayoría de ellas ni siquiera especializadas, que realizan el transporte de los centros asistenciales o de las policlínicas a los hospitales departamentales, con suerte, cuando no tienen que traspasar las fronteras departamentales para actos tan sencillos como los nacimientos. Hubo un tiempo no muy lejano -me refiero a estos últimos años- en que en Rocha no había nativos; hoy hemos logrado que existan. Sin embargo, en Castillos hubo cuatro nacimientos pero expulsivos; no fueron normales, coordinados, en una sala de maternidad sino que se dieron porque no hubo más remedio y no hubo tiempo de trasladar a la persona. Lo mismo sucede en Lascano. Paulatinamente se han ido servicios y la centralización ha ido ganando terreno. Por esta lógica absurda ya transitó Lascano. Hace no mucho tiempo una gran asamblea popular de Lascano hizo una cantidad de planteamientos respecto a lo que representó la pérdida de servicios y el pasaje de su centro auxiliar de unidad ejecutora independiente -ya que perdió esa calidad- a las redes de asistencia primaria o RAP. Ahora se le plantea exactamente lo mismo a Castillos. ¿Qué es una RAP? Una red de asistencia primaria; implica policlínicas, y con este mecanismo de funcionamiento igualan una policlínica de La Coronilla con un entorno de quinientos usuarios, de San Luis con trescientos usuarios, de Cebollatí con seiscientos usuarios, con una unidad ejecutora como Castillos, que tiene más de seis mil usuarios y que en temporada, cuando el conglomerado del turismo

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: analizar los temas desde lo particular sin analizar lo general es un error, porque la lógica de lo que sucede para San Carlos, Maldonado y Castillos son nada más que pequeñas emergencias de algo que debe ser analizado globalmente. ASSE es una estructura hipercentralizada que al día de hoy administra más del 7 % del presupuesto nacional, es decir, más de US$ 1.000.000.000 sobre US$ 14.000.000.000 que ejecuta anualmente el Estado central. Toda esta estructura de más de US$ 1.000.000.000 es manejada por cinco personas, en un mecanismo hipercentralizado que resulta imposible hacer funcionar con la lógica de la realidad. Salud Pública tiene 833 policlínicas a lo largo y ancho del territorio nacional, sin contar el sistema privado.

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llega, atiende a más de doce mil personas. Tiene una plantilla de funcionarios de más de ciento veinte personas y hay dieciséis médicos en la localidad. Como decía un diputado, tiene la posibilidad de contar con una maternidad propia porque hay pediatra, ginecólogo, parteras y un anestesista que es enviado una vez por semana. Sin embargo, se traslada todo el funcionamiento administrativo de una unidad ejecutora de estas características a Rocha; se la centraliza una vez más. En su momento planteamos en comisión a la presidenta de ASSE, doctora Susana Muñiz, que se reviera esta situación. Entendemos que es posible no dar un paso atrás sino mantener situaciones constituidas. El centro auxiliar de Castillos como unidad ejecutora independiente tiene más de setenta años y toda la vida tuvo servicios que han ido perdiéndose en el resto del departamento, como los blocks quirúrgicos. Lascano tenía block quirúrgico pero hoy no lo tiene. Chuy tenía block quirúrgico pero hoy no lo tiene. Castillos tenía block quirúrgico pero hoy tampoco lo tiene; apenas se realizan allí algunas operaciones menores coordinadas, una vez a la semana. Entonces, el Fonasa para la gente del interior ha sido sinónimo de pérdida de servicios, hasta de puntos identitarios, porque los hospitales -así como alrededor de una plaza se ubica la jefatura de Policía, el Banco de la República y la junta local- son puntos identitarios de las localidades. ¡Hasta eso han ido robando y ese es un problema! (Interrupción del señor representante Pablo González) ——Sí; han ido robando identidad. La identidad también se roba, señor diputado. Lo que pasa es que a veces quienes carecen de identidades o de lealtades con la tierra pierden derechos. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Por favor, diríjase a la Mesa. Puede Umpiérrez. continuar el señor diputado Alejo

extremo de que para habilitar obras en hospitales o mutualistas se ha debido hacer trámites que llevaron más de dos años. Hasta para comprar un mamógrafo o un tomógrafo en cualquier institución hospitalaria privada o pública del interior del país se debe hacer un trámite, porque supuestamente hay que analizar la racionalidad de los servicios para comprobar si no hay superposición, cercanía y si podría haber complementariedad. Sin embargo, desde la lógica centralista montevideana se obvia un detalle, y es que en un radio posiblemente no mayor a dos kilómetros aquí se centralizan absolutamente todos los servicios en la zona del parque Batlle, donde están superpuestos, multiplicados y ampliados hasta el hartazgo todos los servicios de las áreas que se quiera elegir. Entonces, esa lógica que se pretende aplicar al interior y que no se aplica en Montevideo daña la identidad, los servicios y la calidad de vida de la gente de las localidades. Hoy no se puede ni nacer. En Rocha estamos tratando de hacer coordinaciones a nivel de ASSE. Hemos tenido entrevistas con los directores de ASSE, de las RAP y de Comero a fin de ver si se puede habilitar una maternidad en la policlínica de ASSE de Chuy, donde actualmente hay un block quirúrgico huérfano, vacío y existen servicios en el área privada pero no se ha logrado la complementación, tan preconizada por el Fonasa. Estamos a tiempo, señor presidente. Esperemos que la Cámara ayude a dejar las cosas como están, que en este caso realmente es el camino necesario y correcto para estas situaciones. Muchas gracias. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: cuando asistió a la comisión la señora presidenta de ASSE, le planteé dos temas que no veo incluidos en este proyecto pero que supongo tendrá muy presentes. Uno de ellos es la radicación de médicos en las zonas rurales. El país tiene un gravísimo problema en ese sentido. No hay forma de radicar médicos en las policlínicas rurales. En Río Negro hay un solo médico radicado en el medio rural -en un pueblo-, que se graduó en Cuba. Él mismo me

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: la decisión que tomará esta Cámara, que podrá complementarse en el Senado, es absurda; no tiene ninguna racionalidad técnica, jurídica, administrativa ni de servicios. Este es otro tributo a la centralización burocrática y elefantiásica de ASSE, que ha llegado al

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dijo: “Yo me gradué para estar acá y no para ir a una mutualista de la ciudad”. El otro tema que también planteamos a la señora presidenta de ASSE es el de la telemedicina. En ese sentido, también hemos hecho un planteo en Antel, que está estudiando la posibilidad de la conectividad en diferentes lugares. Si esto es importante en una ciudad, cuánto más importante sería en una policlínica rural, para que la enfermera -que es la única persona que hay- pudiera hacer una consulta de telemedicina con un médico radicado en alguna de las ciudades. Por otra parte, quiero referirme al artículo 570, que cambia el incentivo por asiduidad de los funcionarios por el concepto de presentismo. En principio, no habría inconvenientes por ese motivo. El problema es que toda la partida por presentismo se pierde faltando un solo día. Entonces, el planteo sería si es posible cambiar la redacción e incluir aunque sea un día y en caso de que la persona falte más pierda toda la partida. No parece muy justo que por faltar un día se pierda toda la partida mensual, con lo que eso representa en la composición del sueldo de un funcionario de ASSE. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Pablo Abdala).- Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: quiero aprovechar esta instancia para poner en conocimiento de la Cámara lo que han denunciado los usuarios de la salud y el sindicato de trabajadores de la salud pública de Artigas. Me refiero a que en ese departamento se están privatizando los servicios de CTI. El hospital de Artigas no cuenta con un CTI y ASSE ha resuelto ampliar una cuota de inversión por más de US$ 2.000.000 a una de las mutualistas privadas con la cual tiene convenio. Reitero que tanto el sindicato como los usuarios han insistido en este tema y han llevado adelante un movimiento que ha presentado a ASSE más de diez mil firmas reclamando la necesidad de contar con un CTI público en el hospital de Artigas, ya que como ha quedado

demostrado en esta Cámara, ese departamento está aislado por su malas rutas, en especial la Ruta Nº 30. (Murmullos) ––––Reitero, y no me voy a cansar de hacerlo, que el atraso y la postergación que sufre el departamento de Artigas por la inexistencia de una ruta en condiciones, como la Ruta Nº 30, se agrava, pues cuando hay situaciones de emergencia de salud los pacientes tampoco pueden ser trasladados por vía aérea, porque el aeropuerto de Artigas no cuenta con balizamiento. En muchas oportunidades, los pacientes y los usuarios de la salud pública y un porcentaje de usuarios de la salud privada también tienen que ser transportados en forma irregular por territorio brasileño. (Murmullos.- Ocupa la Presidencia el señor representante Alejandro Sánchez) ——Esto está en conocimiento de las autoridades de ASSE desde hace mucho tiempo. No se trata de un tema ideológico ni político; es una cuestión de abandono, de postergación, de falta de atención del Gobierno nacional. Artigas ha reclamado y ha clamado por un CTI público. Un porcentaje de los ciudadanos artiguenses, cuando se encuentran en situaciones de emergencia y necesitan servicio de CTI, tienen que recorrer más de 200 kilómetros… (Murmullos.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si los señores diputados entienden la necesidad de un intermedio para serenarse y ver cómo encauzamos la sesión, que se sugiriera y lo pondremos a votación. De lo contrario, vamos a insistir en que guarden silencio y en que cumplan con sus obligaciones, como debemos cumplir todos. Entre ellas están las de atender a quien está haciendo uso de la palabra y colaborar con la Mesa, a los efectos de que la sesión se pueda desarrollar con normalidad. Entiendo, porque nos pasa a todos, que estamos muy cansados luego de tantas horas, pero con esto lo único que logramos es entorpecer nuestro propio trabajo. Por lo tanto, apelamos a la benevolencia de las señoras y los señores diputados. Puede continuar el señor diputado Ayala Barrios. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: en realidad, a nosotros nos llama la

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atención esta falta de interés por parte de las mayorías circunstanciales de este país o del Gobierno nacional hacia los problemas del departamento de Artigas. Sin embargo, insistimos en la necesidad que ha planteado este departamento de contar con un CTI público. El Sistema Nacional Integrado de Salud no es tan sistema ni es tan integrado porque, reitero, hay un porcentaje importante de los ciudadanos artiguenses que cuando están en dificultades, en circunstancias extremas, tienen que recorrer más de 200 kilómetros o ir por rutas que se encuentran en pésimas circunstancias o en forma irregular, por territorio brasileño. Reitero: esto lo ha denunciado, no el diputado de Artigas; lo han denunciado los usuarios de los servicios de salud y el sindicato de los trabajadores de la salud pública. Me refiero a la situación de irregularidad, de privatización del servicio de CTI en el departamento de Artigas. Por eso, señor presidente, quería aprovechar este Inciso para cuestionar la gestión de ASSE y, más allá de la situación que se da en el departamento de Artigas, por la falta de respuesta a un pedido de informes que hemos realizado a sus autoridades, referente a circunstancias especiales que se dieron en el mes de febrero, con un accidente trágico sucedido en el departamento de Artigas. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Por eso, reitero la necesidad que tiene el departamento más alejado y aislado del país, cuya capital queda aislada del resto del país por varias horas en la noche y por algunas horas… SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Ha finalizado el tiempo de que disponía el señor diputado. Le restan tres minutos al señor diputado Lafluf Hebeich. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

objetivo, en definitiva, es que se atiendan las necesidades de un departamento olvidado y postergado; que se pueda arreglar la Ruta Nº 30, que podamos contar con balizamiento en el aeropuerto de Artigas y con un CTI público. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Andrés Carrasco Briozzo. Solicitamos a los señores legisladores que tomen asiento. SEÑOR CARRASCO BRIOZZO (Andrés).- Señor presidente: nos vamos a referir en primera instancia a lo que ya tanto se ha discutido, que es el artículo 587 referido al centro hospitalario de San Carlos, Maldonado, que se crea. Este tema se ha prestado a una discusión por parte de todos los legisladores de Maldonado, a raíz del mensaje original presentado, en el que se planteaba su eliminación. El artículo 557 de ese entonces decía: “Suprímese en el Inciso 29 ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’ la Unidad Ejecutora 054 ‘Hospital de San Carlos'”. En el departamento de Maldonado y, en especial, en San Carlos, esto generó gran conmoción, de la cual el Partido Independiente se hacía eco y no estaba de acuerdo con tal medida. Este artículo se modificó, lo que nos parece una medida acertada y por eso lo vamos a acompañar. Crea un centro hospitalario de Maldonado y San Carlos, coordinando los recursos tanto de la Unidad Ejecutora del Hospital de San Carlos con los de la Unidad Ejecutora del Centro Departamental de Maldonado para actuar de acuerdo con las sinergias que se pueden llevar adelante para una mejor gestión de este. Esto nos demuestra cómo en una primera instancia se desconocía la realidad del departamento, y particularmente de San Carlos. Los ciudadanos carolinos son muy celosos de su localidad. No olvidemos que San Carlos, antes del sistema actual de municipios, ya era Junta Local Autónoma y Electiva y eso fue lo que trajo aparejado todo este revuelo en la población carolina. Creemos que lo que se propone actualmente a través de la modificación realizada para este nuevo centro, uniendo, como ya dijimos, unidades ejecutoras que, individualmente y sobre todo en San

SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: para terminar, quería decir que nuestro

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Carlos, no prestaban los servicios correctos debido a todas las carencias de que adolece ASSE para cubrir de forma correcta los servicios encomendados, puede facilitar la gestión y lograr una mejor instrumentación de los servicios. Por lo tanto, vamos a apoyar el artículo 587, ya que entendemos que San Carlos y Maldonado distan 15 kilómetros y se puede actuar conjuntamente de forma correcta con este centro que reúna a ambas ciudades. Asimismo, también apoyaremos la moción presentada por el señor diputado Óscar de los Santos, relativa a dónde va a funcionar la gerencia de este centro. Por otra parte, queremos decir que no acompañaremos, porque entendemos que el problema es diametralmente diferente, el artículo 586 relativo al Centro Auxiliar de Castillos, ya que entendemos necesaria su manutención para prestar el servicio para el cual es encomendado y no pasar a depender de la red de atención primaria de Rocha, lo que traería aparejados inconvenientes totalmente distintos a los planteados en el otro caso. Es cuanto queríamos expresar. Muchas gracias. SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

departamento un tomógrafo y reconstruir toda el área de imágenes. En el núcleo central del viejo hospital, donde estaba la sala de operaciones, se hizo un laboratorio totalmente a nuevo. Hacemos diagnóstico por imágenes porque hay un ecógrafo moderno y radiología digital. Además, contamos con un servicio de emergencia. Como no teníamos condiciones desde el punto de vista edilicio como para poner un CTI, nos preocupamos por disponer de una sala con dos camas para estabilizar enfermos críticos. Lo que dice el diputado Ayala es cierto: si tenemos que mover un paciente, el hospital más cercano está a 200 kilómetros. Ahora, Rivera amplió su CTI. Además, trasladamos enfermos a Tacuarembó -en ese sentido ASSE se está regionalizando- para que reciban asistencia neuroquirúrgica. Por otra parte, se celebró un convenio con una de las mutualistas locales que tiene CTI; hace tiempo que muchos artiguenses se atienden allí. Cuando tuvimos la epidemia H1N1, yo estaba en la dirección del hospital y fue evidente en todo el país que no había camas suficientes para asistencia respiratoria. Esa es una necesidad en todos lados, incluido Artigas. A mi entender -he hablado sobre esto con los usuarios, con la comisión interna de Salud Pública y con el Sindicato Médico-, el Hospital de Artigas necesita seguir incorporando servicios de medicina como pediatría y transformarse en un hospital monoblock, que es mucho más eficiente en cuanto a los recursos humanos. Este es el paso previo a un CTI. En la medida en que el hospital aumente su trabajo y la complejidad, naturalmente que deberá tener un CTI propio, pero es necesario entender que el CTI es lo más caro dentro de los servicios asistenciales. En este momento, se autorizó a una de las mutualistas de Artigas a ampliar su CTI: pasará de tres camas a seis. Como cuestión inmediata, ASSE debería conversar con las autoridades de la mutualista para conseguir una o dos camas de forma permanente. El gobierno del Frente Amplio está preocupado por los problemas de salud, y los está resolviendo. El nuestro es un hospital de segundo nivel, no de tercer

SEÑOR RÍOS FERREIRA (Silvio).- Señor presidente: escuché pacientemente a todos los legisladores. No pensaba referirme a la situación de Artigas, pero lo voy a hacer porque se han hecho alusiones, inclusive políticas. Se ha dicho, por ejemplo, que nuestro Gobierno no se ha ocupado de la salud del departamento y de otros problemas -que también tienen que ver con nuestras reivindicaciones-, como la caminería. Este último punto ya fue tratado, así que creo que la solución ya está encaminada. Voy a referirme específicamente al CTI. Soy médico; fui director del hospital hasta el año 2010. Cuando asumí, en 2005, el hospital presentaba enormes dificultades. Planificamos y trabajamos para mejorar esa situación. La salud es una responsabilidad compartida. Así se lo dijimos a toda la población, es decir, a la gente de todos los partidos políticos. Hicimos un trabajo muy positivo. Logramos llevar al

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nivel. Debemos entender que las mejoras se van consiguiendo paso a paso. Así que hay que desmitificar estas cosas. En la campaña electoral nos referimos a los grandes hitos que queremos alcanzar, pero después tenemos que entender cómo se deben hacer las cosas. Vamos a trabajar como hormigas para conseguir que sea amplíe el hospital y se construya lo que falta para transformarlo en monoblock, como debe ser un hospital moderno: chico, bien equipado y con métodos diagnósticos modernos, que ya están. De esta manera, vamos a ser eficientes y, naturalmente, después llegará el CTI. Por otra parte, quiero manifestar -tal como hice el otro día- que en 2005 Artigas tuvo un diputado frenteamplista por primera vez en la historia. En el período 2010-2015, un segundo diputado. A partir de esta legislatura, soy el tercero; entré en febrero de este año. Concretamente, digo que debemos tener paciencia. Nosotros vamos a trabajar por la salud. Cuando estuvimos en la dirección del hospital nos preocupamos muchísimo; en cierta forma, tenía la responsabilidad de todo el departamento. Actualmente, se siguen desarrollando muy bien todas las actividades. El Hospital de Bella Unión creció muchísimo y también va camino a transformarse en monoblock; cada día crece y da mejor atención. Como dije al comienzo, no era mi intención hacer uso de la palabra -además, este no es el tema de debate-, pero me vi obligado a hacerlo ya que no podía permitir que se siguiera diciendo que no manifestamos interés en esta problemática. Muchas gracias. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

También debo aclarar que como representante del departamento tengo la obligación de volcar en el Cuerpo las necesidades y demandas de mi pueblo. Reitero que más de diez mil firmas llegaron a ASSE reclamando un CTI público. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para una aclaración. (Interrupciones) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: pido disculpas a todos los legisladores. Pedí la palabra porque hay un error en el artículo no porque pretenda hacer consideraciones políticas. En primer lugar, aclaro que no vamos a votar los artículos 586, 587 y 588. Además, no comprendo cómo se plantea el artículo 586, que es menos restrictivo. Concretamente, el artículo 587, que es mucho más restrictivo, establece: “Transfiérese los cometidos, derechos y obligaciones, recursos humanos y los bienes muebles e inmuebles, afectados al uso de la Unidad Ejecutora 054 ‘Hospital de San Carlos’, a la Unidad Ejecutora 023 ‘Centro Departamental de Maldonado’, a la Unidad Ejecutora que se crea por este artículo”. Considero que este texto está mal redactado. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: quiero aclarar que el tomógrafo se consiguió gracias al esfuerzo del pueblo de Artigas, en base a colaboraciones, rifas y diferentes eventos. La Intendencia también ayudó y el complemento lo puso ASSE, pero debe quedar bien claro que el esfuerzo mayor lo hizo el pueblo de Artigas a través de diferentes actividades.

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: si revisan la versión taquigráfica, verán que en mi primera intervención dije que el primer inciso del artículo 587 debía establecer “Créase en el Inciso 29”, y que el segundo inciso tendría que quedar redactado de la siguiente manera: “[…] la Unidad Ejecutora 054 ‘Hospital de San Carlos’ y la Unidad Ejecutora 023 ‘Centro Departamental de Maldonado […]”. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa propone un bloque integrado por los artículos 568, 569, 570, 578, 589, 590 y 591. SEÑOR PÉREZ (Carlos).- Solicito que se desglose el artículo 570.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 568, 569, 578, 589, 590 y 591. (Se vota) ——Noventa Unanimidad. por la afirmativa. AFIRMATIVA.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en noventa y dos: AFIRMATIVA. Se propone un bloque integrado por los artículos 573, 574 y 592. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Solicito que se desglose el artículo 574. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión los artículos 573 y 592. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR PÉREZ (Carlos).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pérez. SEÑOR PÉREZ (Carlos).- Señor presidente: no me dio el tiempo para pedir el desglose del artículo 592 y por eso no votamos el bloque. Este artículo introduce el concepto de productividad, que es ajeno a la ideología de los trabajadores. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 574. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y cinco en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 575. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 576. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 577. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en noventa y uno: AFIRMATIVA.

En discusión el artículo 570. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: no votamos este artículo porque cambia el incentivo por asiduidad -que era un criterio anterior- por el incentivo por presentismo. La asiduidad fue una lucha importante de los trabajadores de la salud y el presentismo implica una rebaja salarial. Votamos en contra haciendo nuestra una lucha de los funcionarios de la salud. SEÑOR LAFLUF HEBEICH.- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: yo hice el mismo planteo que el señor diputado Pérez, y con el diputado Querejeta quedamos en intentar modificarlo en la instancia del Senado. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Solicito que se rectifique la votación. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Noventa en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 571. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 572.

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En discusión el artículo 579. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y dos en noventa y dos: AFIRMATIVA. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

En discusión el artículo 585. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 586. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y tres: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 587. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 72, presentado por los señores diputados Óscar Groba, Óscar de los Santos, Jorge Pozzi, Gustavo Da Rosa, Gonzalo Civila López, Alfredo Asti, Gonzalo Mujica y José Querejeta, y un aditivo que figura en la Hoja N° 73 presentado por la señora diputada Elisabeth Arrieta y los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Jorge Gandini, Benjamín Irazábal y Sebastián Andújar. (Texto del artículo sustitutivo que figura en la Hoja Nº 72:) “Sustitúyase en el inciso 29 entre ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’ la Unidad Ejecutora 054 Hospital de San Carlos y 023 ‘Centro Departamental de Maldonado’ por la Unidad Ejecutora 102, cuya dirección general funcionará en el Hospital de San Carlos”. (Texto del artículo aditivo que figura en la Hoja N° 73:) “Las transferencias establecidas en el artículo anterior se harán sin eliminar o disminuir los servicios y prestaciones que al 1° de setiembre de 2015 se estuvieran brindando en cada uno de los hospitales que se afectan a la nueva Unidad ejecutora 102. Los funcionarios médicos y no médicos de las dos Unidades Ejecutoras que se unifican, no podrán ser trasladados entre dichas Unidades o a otras distintas, sin su previo consentimiento y en ese caso, sólo se realizará por razones de servicio debidamente fundadas”. ——En discusión. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra.

SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: este es el camino de la precarización del trabajo. Habilitar las contrataciones en todas las modalidades es la mejor puerta para la precarización, para los contratos chatarra contra los que siempre ha peleado la izquierda, pidiendo que se presupueste a todos los que están tercerizados en comisiones de apoyo, etcétera. Esa ha sido la histórica lucha de la izquierda y por eso no votamos este artículo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 580. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 581. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 582. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 583. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y cinco en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 584. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y tres: AFIRMATIVA.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el diputado Óscar de los Santos mencionó una serie de correcciones para este artículo y planteó un agregado al final. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En el primer inciso, en lugar de: “Créase el”, debe decir: “Créase en el” y en el segundo inciso, en lugar de: “a la unidad ejecutora 023”, debe decir: “y de la unidad ejecutora 023”. Se va a votar el artículo 587 con las correcciones de redacción que acabo de mencionar y desglosando el tercer inciso. (Se vota) ——Cincuenta y tres en noventa y tres: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el tercer inciso del artículo 587, tal como viene de Comisión. (Se vota) ——Cero en noventa y tres: NEGATIVA. Unanimidad. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa ha amparado al diputado cada vez que ha hecho uso de la palabra. Puede continuar. SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- El doctor Olivet, que es el director del Hospital de San Carlos y tiene horario full time, si no me equivoco, tal vez porque era domingo y la gente no se enferma en domingo, no recibió a los usuarios que llevaban las seis mil firmas. No se dignó a recibirlos ni a darles ninguna explicación. El pedido era claro: que no se suprimiera la unidad ejecutora. Los demás son todos versos. Ya que se habla tan bien del doctor Olivet, sabemos y nos hacemos responsables de lo que vamos a decir: hace persecución sindical, presiona a los funcionarios, etcétera. Digo esto porque hay excesiva confianza en él. Se nos pregunta si vamos a dar la cara dentro de dos años cuando se inauguren las obras. El Hospital de San Carlos tiene su historia y se quiso cerrar en varias oportunidades. A nosotros nos van a ver la cara. Aunque en el corto plazo no se suprima ningún servicio, me gustaría que se garantizara que esta no es la mejor arma para que una nueva dirección le saque los servicios. La unidad ejecutora es el complejo Maldonado-San Carlos y la dirección verá qué hay en cada lado. Es decir que la próxima dirección, que puede ser de otro partido, va a tener esa arma. Reitero que varias veces se ha querido cerrar el Hospital de San Carlos y hoy se votó para hacerlo. Repito que no queremos que se suprima la unidad ejecutora porque el presupuesto y la categoría es lo único que asegura los servicios. No nos conformamos con los servicios que hay ahora, sino que pretendemos que se den todos los que corresponden a la categoría H2. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR PÉREZ (Carlos Hugo).- Señor presidente: hemos recibido halagos inmerecidos y los rechazamos porque conllevan cierta subestimación a la gente. Quiero hablar del asunto de sacar provecho, porque será muy provechoso si el Senado restituye la unidad ejecutora 054 a los diez mil usuarios del Hospital de San Carlos. Ese es el único provecho que queremos sacar; otro tipo de provecho es una ideología ajena a nosotros y lo queremos dejar bien claro. Por otro lado, se dijo que se hace confianza en el doctor Olivet. Artigas hablaba muy claro de la probidad de los hombres. (Interrupciones) ——Sería bueno que los diputados solicitaran hacer uso de la palabra como hago yo y que el presidente nos amparara.

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: vemos con mucho pesar el resultado de la votación, ya que estamos convencidos de que no va a ser bueno para la población de San Carlos ni para la de Maldonado.

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Seguiremos luchando, y hemos propuesto un artículo aditivo que figura en la Hoja N° 73, que trata de compensar los errores que entendemos tiene el artículo. Se propone que mínimamente se mantengan los servicios de los hospitales de San Carlos y Maldonado existentes al 1º de setiembre de 2015, que los funcionarios médicos y no médicos de las dos unidades ejecutoras no se trasladen sin previo consentimiento y que lo hagan solo en caso de razones fundadas de servicio. Nos queda la instancia de discusión en el Senado y seguiremos luchando en contra de este artículo, que consideramos es absolutamente inconveniente. Gracias, presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar el sustitutivo del tercer inciso del artículo 587, que figura en la Hoja N° 72. (Se vota) ——Cincuenta y tres en noventa y dos: AFIRMATIVA. Se va a votar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 73. (Se vota) ——Treinta en noventa y tres: NEGATIVA. En discusión el artículo 588. SEÑOR GROBA (Óscar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: por razones obvias que ya fueron expresadas en sala, no vamos a votar este artículo. De todas maneras, sin ánimo de ser preciosistas, ya que se están haciendo ajustes, me parece que en el segundo inciso, en lugar de: “Transfiérase”, debería decir: “Transfiéranse”, en plural, porque refiere a los cometidos, derechos y obligaciones. Digo esto en aras de una mejor redacción. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Está muy bien, señor diputado. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 588 con las modificaciones propuestas por los señores diputados Groba y Abdala. (Se vota) ——Sesenta en noventa y tres: AFIRMATIVA. (Texto del artículo aprobado:) “Créase en el Inciso 29 ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’, la unidad ejecutora 103 ‘Centro de Rehabilitación Médico Ocupacional y Sicosocial’. Transfiéranse los cometidos, derechos y obligaciones, recursos humanos y los bienes muebles e inmuebles afectados al uso de la unidades ejecutoras 013 ‘Colonia Siquiátrica Dr. Bernardo Etchepare’ y 069 ‘Colonia Dr. Santín Carlos Rossi’ a la unidad ejecutora que se crea en el inciso precedente. Suprímese en el Inciso 29 ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’ la unidad ejecutora 013 ‘Colonia Bernardo Etchepare’ y 069 ‘Colonia Dr. Santín Carlos Rossi’. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo”. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR GROBA (Óscar).- Señor presidente: debemos hacer una modificación en la redacción del artículo 588, concretamente en el segundo inciso, dado que el texto actual es confuso. La redacción del segundo inciso pasaría a ser la siguiente: “Transfiérase los cometidos, derechos y obligaciones, recursos humanos y los bienes muebles e inmuebles afectados al uso de la unidades ejecutoras 013 ‘Colonia Siquiátrica Dr. Bernardo Etchepare’ y 069 ‘Colonia Dr. Santín Carlos Rossi’ a la unidad ejecutora que se crea en el inciso precedente”. Esa fue la modificación del segundo inciso que acordamos hacer y que ahora trasladamos. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Señor presidente: votamos en contra el artículo 588 porque consideramos que se violan los derechos fundamentales de los individuos de uno de los sectores más vulnerados de nuestra sociedad, quienes

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son trasladados sin las mínimas condiciones que merece cualquier ciudadano. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tenemos dos aditivos al Inciso, que figuran en la Hoja Nº 74 y en la Hoja Nº 75. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 74, presentado por los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Jorge Gandini, Omar Lafluf Hebeich, Sebastián Andújar, Iván Posada y Conrado Rodríguez. (Texto del artículo aditivo:) “Facúltase al Inciso 29 ‘Administración de los Servicios de Salud del Estado’ a destinar los recursos necesarios para la instalación y funcionamiento de un Centro de Tratamientos Intensivos (CTI) en el Hospital Departamental de Artigas, que preste servicios a los usuarios de ASSE, así como a afiliados de otras instituciones de asistencia médica en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud. El Poder Ejecutivo determinará los créditos y recursos a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo”. ——En discusión. SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

diputados Mario Ayala Barrios, Omar Lafluf Hebeich y Jorge Gandini. (Texto del artículo aditivo:) “Encomiéndase al Inciso 29 ‘Administración de Servicios de Salud del Estado’ la instalación de un Centro de Diálisis en la ciudad de Fray Bentos, con destino a uso público y privado”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y tres en noventa y uno: NEGATIVA. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: este planteo se hizo desde hace diez años. Está la autorización del Ministerio de Salud Pública para la instalación de un centro de diálisis en Fray Bentos; falta la autorización del Fondo Nacional de Recursos. Hemos tenido varias reuniones a lo largo de estos años. Está todo pronto para hacer la obra, pero la razón por la cual el Fondo Nacional de Recursos no autoriza la instalación de este centro es que a 40 kilómetros, en Mercedes, existe un centro de diálisis. Lo que sucede es que, generalmente, en el centro de diálisis, en este caso, de Mercedes, se atiende primero a los pacientes de la localidad y de la mutualista propietaria del centro de diálisis. Me gustaría que se pudiera apreciar la tragedia de todos estos años, de veinticinco o treinta personas en diálisis; las hacen ir hasta al centro de diálisis a las dos de la mañana, terminan el tratamiento a las seis de la mañana y después tienen que esperar hasta las diez, cuando pasa el ómnibus que los lleva nuevamente. A través de la Intendencia y la Junta Departamental conseguimos un micro para llevarlos. Este artículo no implica gasto alguno. Simplemente pedimos a la Cámara que nos acompañe. Solo los que sufren esta problemática se pueden dar cuenta de lo que esto representa. No estamos pidiendo ninguna erogación, simplemente, la voluntad de plantear a las autoridades de ASSE que por lo menos haga este intento y que el Fondo Nacional de Recursos dé su autorización. No hay que

SEÑOR AYALA BARRIOS (Mario).- Señor presidente: quiero pedir a la Cámara que considere la situación del departamento de Artigas y nos acompañe con su voto para atender una situación que realmente es impostergable. Pedimos que esta Cámara responda al clamor popular de que el hospital público de Artigas cuente con un CTI. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y tres en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 75, presentada por los señores

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hacer nada, ni siquiera poner plata para la obra. Hay alguien que está dispuesto a hacerlo. Además, se podrían complementar servicios. El hospital de Fray Bentos, gracias a un importante movimiento que se hizo, hoy tiene un tomógrafo. Podría vender el servicio de tomografía a la mutualista y esta podría vender al hospital el servicio del centro de diálisis. Gracias.

“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Atentamente, Fernando Franco”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Atentamente, Marianela De León”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Atentamente, Delfino Piñeiro”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Atentamente, Carlos Corujo”.

82.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la Integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Darío Pérez, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Moreira”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 15 de octubre, por motivos personales. Sin más, le saluda atentamente, DARÍO PÉREZ BRITO Representante por Maldonado”.

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“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Atentamente, Gerardo Viñales”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Declino por esta única vez a la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes en oportunidad de la solicitud de licencia del Dr. Darío Pérez. Atentamente, Cristina Pérez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Fernando Franco, Marianela De León, Delfino Piñeiro, Carlos Corujo Nuñez, Gerardo Viñales y Cristina Pérez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de

1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Maldonado, Darío Pérez, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Fernando Franco, Marianela De León, Delfino Piñeiro, Carlos Corujo Nuñez, Gerardo Viñales y Cristina Pérez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 1813, del Lema Partido Frente Amplio, señor Carlos Moreira. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

83.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa el tratamiento del asunto motivo de la convocatoria. Se pasa a considerar el Inciso 31 “Universidad Tecnológica”, que comprende los artículos 593 a 600, inclusive. (Texto del Inciso 31:)

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“Artículo 593.- Asígnase al Inciso 31 “Universidad Tecnológica”, Unidad Ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, Programa 353 “Desarrollo Académico”, los créditos presupuestales, expresados en moneda nacional, con Fuente de Financiamiento 1.1 “Rentas Generales”, para mantener el nivel de ejecución, los conceptos y ejercicios que se detallan a continuación:

Concepto Retribuciones personales Gastos de funcionamiento Inversiones Totales

2016 200.771.899 101.290.239 82.493.139 384.555.277

2017 200.771.899 101.290.239 82.493.139 384.555.277

2018 200.771.899 101.290.239 82.493.139 384.555.277

2019 200.771.899 101.290.239 82.493.139 384.555.277

Artículo 594.- Increméntanse, a partir del Ejercicio 2017, las asignaciones presupuestales del Inciso 31 “Universidad Tecnológica” destinadas al pago de retribuciones personales, con cargo al Grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en una partida anual de $ 100:000.000 (cien millones de pesos uruguayos). Artículo 595.El Consejo Directivo Central de la Universidad Tecnológica determinará la estructura programática del organismo, distribuirá los créditos presupuestales otorgados entre sus programas, por grupo de gasto, y establecerá los grados y asignaciones de sus escalafones, de conformidad con las normas legales y ordenanzas de contabilidad del Tribunal de Cuentas. Dará cuenta de ello a la Asamblea General, al Tribunal de Cuentas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los 120 (ciento veinte) días del inicio de cada ejercicio. Artículo 596.- Declárase que el Inciso 31 “Universidad Tecnológica”, está facultado para crear, transformar y suprimir unidades ejecutoras. Artículo 597.- Autorízase la utilización del Fondo de Infraestructura Pública – UTEC, creado por el artículo 346 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, para el financiamiento de la adquisición de mobiliario y equipamiento destinado a centros educativos. Artículo 598.- Prorróganse por veinticuatro meses los plazos para la integración definitiva del Consejo Directivo Central de la Universidad Tecnológica y para la respectiva convocatoria a elecciones de Rector y de los miembros del orden docente y estudiantil, establecidos en los incisos segundo y tercero del artículo 32 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012. Artículo 599.- Facúltase al Inciso 31 “Universidad Tecnológica” a presupuestar al personal contratado que, a la fecha de promulgación de la presente ley, se encuentre desempeñando tareas permanentes en el Inciso y demuestre aptitud para las mismas. El Consejo Directivo Central de la Universidad Tecnológica (UTEC) establecerá los requisitos y condiciones para acceder a la presupuestación. Artículo 600.- Autorízase al Inciso 31 “Universidad Tecnológica” a abonar a sus funcionarios un complemento retributivo variable, que implique compromisos de gestión basados en cumplimiento de metas e indicadores, de acuerdo con la reglamentación que dicte su Consejo Directivo Central”.

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——En discusión. Se propone un bloque integrado por los artículos 593 a 597 y 600. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo 598. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 76, presentado por las señores diputadas Valentina Rapela y Susana Montaner y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Tabaré Viera, Ope Pasquet, Adrián Peña, Germán Cardoso y Luis Pintado. (Texto del artículo sustitutivo:) “Prorróganse por cuarenta y ocho meses los plazos para la integración definitiva del Consejo Directivo Central de la Universidad Tecnológica del Uruguay y para la respectiva convocatoria a elecciones de Rector y de los miembros del orden docente y estudiantil, establecidos en los incisos segundo y tercero del artículo 32 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012”. ——En discusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Conrado Rodríguez. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Señor presidente: estamos proponiendo a la Cámara que el plazo para la elección definitiva del Consejo Directivo Central y del rector sea de cuarenta y ocho meses en lugar de veinticuatro. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 598 tal como viene de comisión. (Se vota) ——Ochenta y uno en noventa y uno: AFIRMATIVA. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Como la mayoría entendió que no era así, acompañamos a la mayoría, pero queremos dejar constancia de que la propuesta del Partido Colorado era acertada y que la habríamos acompañado. SEÑOR VIERA.- ¡Qué se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación del artículo 598. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. ocho en ochenta y nueve:

Se pasa a considerar el artículo 599. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja N° 77, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela y Susana Montaner y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Tabaré Viera, Ope Pasquet, Adrián Peña y Germán Cardoso. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 599.- Facúltase al Inciso 31 ‘Universidad Tecnológica del Uruguay’ a presupuestar al personal contratado que, a la fecha de promulgación de la presente ley, se encuentre desempeñando tareas permanentes en el Inciso previo informe de la Oficina Nacional de Servicio Civil y siempre que hayan ingresado a través de concurso público de oposición y méritos. El Consejo Directivo Central de la Universidad Tecnológica del Uruguay (UTEC) establecerá los requisitos y condiciones para acceder a la presupuestación”. ——En discusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Conrado Rodríguez. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: con este sustitutivo proponemos que la presupuestación del personal contratado de la UTEC se haga siempre y cuando se hubiera ingresado a través de concurso público de oposición y méritos. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 599 tal como viene de comisión. (Se vota) ——Setenta y nueve en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología”, que comprende los artículos 601 a 616, inclusive. (Texto del Inciso 32:)

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: creemos que es acertada la propuesta del Partido Colorado porque, tarde o temprano, vendrá una iniciativa que prorrogue a las actuales autoridades y la próxima elección, por muchas realidades, de una central como la UTEC, que está en una etapa embrionaria y tiene solo 172 alumnos.

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“Artículo 601.- Autorízase en el Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET), Programa 420 “Información Oficial y Documentos de Interés Público”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 35.510.191 (treinta y cinco millones quinientos diez mil ciento noventa y un pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 65.510.191 (sesenta y cinco millones quinientos diez mil ciento noventa y un pesos uruguayos) para los ejercicios 2017 a 2019, según el siguiente detalle:
Concepto Remuneraciones ODG/Proy 2016 2017 35.510.191 2018 35.510.191 2019 35.510.191

098.000 “Serv. Personales para 20.510.191 uso excl. Entes Descentr. Pto. Nal.” 198.000 “Repuestos y accesorios” 5.000.000

Funcionamiento Inversiones

15.000.000 15.000.000

15.000.000 15.000.000

15.000.000 15.000.000

720 “Adquisición de equipam. 10.000.000 informático, y de comunicaciones” 35.510.191

TOTALES

65.510.191

65.510.191

65.510.191

El INUMET podrá establecer en el ejercicio 2016 una partida para atender inequidades salariales que se financiará exclusivamente con los recursos asignados al mismo, y tendrá un monto máximo de hasta $ 3.000.000 (pesos uruguayos tres millones). La Contaduría General de la Nación asignará un objeto del gasto específico para la presente partida, asimismo el INUMET reglamentará la presente disposición. Artículo 602.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 12.- La remuneración del Presidente del Directorio no podrá ser superior a la establecida en el literal B) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y sus modificativas; y la correspondiente a los cargos de Vicepresidente y de Director no podrá ser superior al 90 % (noventa por ciento) de la establecida para el Presidente del Directorio”. Artículo 603.- Créanse en el Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET) un cargo de Secretario General y un cargo de Gerente Técnico, que serán de confianza del Directorio y permanecerán en sus funciones hasta transcurridos noventa días luego del cese del Directorio que los designo, salvo ratificación expresa realizada por el nuevo Directorio. Fíjase la remuneración mensual de los cargos creados, en el porcentaje que se detalla a continuación sobre la base de la remuneración del cargo de Presidente del Instituto: A) B) Secretario General: 85 % (ochenta y cinco por ciento). Gerente Técnico: 80 % (ochenta por ciento).

Derógase el artículo 135 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Artículo 604.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET) podrá disponer trasposiciones de créditos requeridas para el mejor funcionamiento de sus servicios, de acuerdo a las siguientes reglas: A) B) C) D) Dentro del Grupo 0 “Servicios Personales”. Dentro de los créditos presupuestales asignados a inversiones. Dentro de las asignaciones autorizadas para gastos de funcionamiento. De asignaciones para gastos de funcionamiento o para el Grupo 0 “Servicios Personales”, para reforzar créditos de gastos de inversión.

E) No podrán trasponerse ni reforzarse créditos presupuestal que tengan carácter estimativo. Las trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizaron, informando a la Contaduría General de la Nación, dando cuenta a la Asamblea General. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.

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Artículo 605.- Facúltase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET) a difundir y publicar gratuitamente, en forma libre, todos los datos climáticos y meteorológicos que el servicio descentralizado posea en su acervo. El Instituto podrá percibir un precio por la certificación documental, desarrollo técnico o elaboración de informes para las instituciones o personas físicas o jurídicas que lo requieran. Asimismo, está facultado en los términos previstos por el artículo 271 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, a prestar servicios de asesoramiento y asistencia técnica, en el área de su especialidad, tanto en el territorio de la República como en el exterior. Artículo 606.- El Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá celebrar convenios con el Ministerio del Interior y otras Instituciones Públicas Estatales, a efectos de consolidar un Sistema Pluviométrico Nacional, en el marco del Banco Nacional de Datos Meteorológicos. Al personal que desempeñe funciones para el cumplimiento de dichos convenios, se le abonará una compensación por agente pluviométrico, que será acumulable a su sueldo funcional con cargo a los fondos del respectivo convenio. El INUMET podrá transferir los fondos al organismo estatal prestador. Artículo 607.- El Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá prestar servicios meteorológicos o climáticos en la Base Científica Antártica General Artigas. El Directorio del Instituto podrá afectar personal y realizar las operaciones materiales y técnicas necesarias para cumplir con dichos servicios. Las erogaciones resultantes de la aplicación del presente artículo serán atendidas con cargo a los créditos presupuestales del Instituto. Artículo 608.- Autorízase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET) a disponer del 100 % (cien por ciento) de los recursos con afectación especial que perciba conforme a los convenios nacionales interinstitucionales, convenios con organismos internacionales técnicos, servicios prestados al amparo de lo dispuesto en el artículo 78 y siguientes del Código Aeronáutico, así como, otros que sean producidos de conformidad a lo dispuesto en los literales A) y C) del artículo 17 de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013. Estos fondos podrán ser destinados a abonar compensaciones por cumplimiento de compromisos de gestión en un monto de hasta $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos) y a gastos de funcionamiento y a inversiones. Artículo 609.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” podrá remunerar a través del régimen de horas docentes las actividades educativas de docencia en la Escuela de Meteorología del Uruguay, de acuerdo a la reglamentación que dicte el referido Instituto. Al amparo del presente régimen el Instituto podrá contratar meteorólogos, especialistas o universitarios, nacionales o extranjeros, con estrictos fines docentes. Artículo 610.- Facúltase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET), a establecer regímenes de trabajo especiales, en virtud de la necesidad de funcionamiento continuo del servicio público meteorológico y climatológico normal, los cuales podrán generar compensaciones salariales, con las particularidades que se indican: A) B) C) Adoptar regímenes rotativos en los horarios de trabajo de su personal, el cual no será acumulable con trabajo en días inhábiles. Disponer la permanecía de su personal, fuera de la jornada horaria de labor, generándose horas extras, o en su caso, compensación por días inhábiles. Designar fundadamente a personal en régimen de permanencia a la orden, cuando sea necesario para el desarrollo de tareas específicas, el que podrá ser remunerado con hasta el 20 % (veinte por ciento) del salario base respectivo. El personal afectado por esta tarea no podrá ser superior al 20 % (veinte por ciento) del total de los funcionarios del INUMET, y en ningún caso podrá recibir conjuntamente con la presente, retribución por trabajo en horas extras. D) Abonar nocturnidad, conforme a lo establecido en los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 19.313, de 13 de febrero de 2015.

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Las compensaciones señaladas en los incisos anteriores serán efectivas cuando el personal desarrolle las tareas específicas y por el tiempo que exclusivamente insuma su aplicación, debiendo comunicar a Contaduría General de la Nación, las reasignaciones de créditos necesarias para el cumplimiento de la presente disposición. Derógase el artículo 175 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Los créditos asignados por dicha disposición serán transferidos al INUMET. El INUMET reglamentará la presente disposición. Artículo 611.- El Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá asignar funciones o determinar compensaciones salariales al personal que integra sus cuadros funcionales, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013, financiándolas con cargo a los créditos del Instituto. El Instituto será agente de retención de los aportes al sistema de seguridad social, por las compensaciones previstas en el inciso anterior, cuando refieran a funcionarios pertenecientes al Escalafón K “Personal Militar” o a funcionarios civiles con equiparación a un grado militar o a funcionarios reincorporados, que serán vertidos al Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA), del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, cuando corresponda. Artículo 612.- El Directorio del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá contratar personal de confianza en tareas de asesoría y secretaría, con cargo a sus propios créditos y con las limitaciones establecidas en el artículo 23 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 68 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Artículo 613.- Los funcionarios públicos no pertenecientes al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET), que al 28 de febrero de 2015 prestaban funciones en el mismo, en régimen de comisión de servicio u otro régimen, en particular por convenio con Gobiernos Departamentales, podrán ser incorporados definitivamente en los cuadros funcionales del Instituto, siempre que medie solicitud personal de los mismos. Las incorporaciones que se realicen al amparo de este artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del Instituto Uruguayo de Meteorología y no podrán lesionar derechos funcionales. Artículo 614.- Facúltase al Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) a celebrar contratos de función pública, con aquellos funcionarios contratados mediante contrato temporal de derecho público, así como, contrato a término al amparo de lo dispuesto en los artículos 30 y siguientes de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, que demuestren aptitud para el desempeño de la tarea correspondiente, y posean por lo menos un año de labor. Artículo 615.- El Directorio del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá transformar los cargos ocupados del Escalafón D al Escalafón B, asignándoles el equivalente al último grado ocupado del escalafón, siempre que cumplan las siguientes condiciones: A) B) Que los cargos a transformar estén ocupados por funcionarios presupuestados en el Escalafón D. Que los funcionarios acrediten haber desempeñado satisfactoriamente, a juicio del jerarca, las tareas propias del Escalafón B, durante al menos dieciocho meses ininterrumpidos, con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente ley. Que los funcionarios presenten créditos educativos suficientes, expedidos por la Universidad de la República u otras Universidades o Institutos de formación terciaria no universitaria habilitados por el Ministerio de Educación y Cultura, así como, los técnicos egresados de la Escuela de Meteorología del Uruguay.

C)

Si las transformaciones previstas en este artículo generaran costo presupuestal, éste deberá ser asumido con los créditos presupuestales del Instituto en el Grupo 0 “Servicios Personales”. En todos los casos, se mantendrá el nivel retributivo de los funcionarios. Efectuada la transformación, si existiere diferencia entre la retribución del funcionario en el cargo anterior y al que accede, será asignada como una compensación personal transitoria, que se irá absorbiendo en futuros ascensos o regularizaciones. La misma llevará todos los aumentos que corresponda a los funcionarios del Instituto. Artículo 616.- Derógase la Ley Nº 10.028, de 26 de junio de 1941″.

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——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 601, 605, 606, 609, 610, 611 y 616. (Se vota) ——Ochenta y nueve AFIRMATIVA. Unanimidad. por la afirmativa:

——Noventa en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 608. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y tres en noventa y tres:

En discusión el artículo 602. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cero por la afirmativa: NEGATIVA. Unanimidad. Se van a votar los artículos 603, 604, 612 y 614. La Mesa aclara que el artículo 603 requiere mayoría absoluta para su aprobación. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y uno: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 607. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota)

En discusión el artículo 613. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 615. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y tres en noventa y tres:

Se pasa a considerar el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, que comprende los artículos 617 a 636, inclusive”. (Texto del Inciso 33:)

“Artículo 617.- Créanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” los siguientes cargos

Fiscales Adscriptos, escalafón “N” Asesor, Serie Abogado, Escalafón “A”, Grado 14 Asesor, Serie Licenciado en Sistemas, Escalafón “A”, Grado 14 Asesor, Serie Licenciado en Comunicación, Escalafón “A”, Grado 14 Asesor, Serie Profesional, Escalafón “A”, Grado 14 Asesor I, Serie Profesional, Escalafón “A”, Grado 13 Asesor VI, Serie Psicólogo, Escalafón “A”, Grado 8 Asesor X, Serie Abogado – Escribano, Escalafón “A”, Grado 4 Técnico VII, Serie Administración, Escalafón “B”, Grado 3 Administrativo VIII, Serie Administrativo, Escalafón “C”, Grado 1

15 1 1 1 2 1 1 3 1 10

Increméntanse los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los siguientes Objetos del Gasto y por las sumas que se indican: Objeto del Gasto 098.000 “Servicios Personales”, la suma de $ 32.190.841 (treinta y dos millones ciento

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noventa mil ochocientos cuarenta y uno pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, Objeto del Gasto 284.003 “Partida Perfeccionamiento Académico”, la suma de $ 1.055.016 (un millón cincuenta y cinco mil dieciséis pesos uruguayos) y en el Objeto del Gasto 284.004 “Partida Capacitación Técnica”, la suma de $ 138.912 (ciento treinta y ocho mil novecientos doce pesos uruguayos), con destino a financiar los cargos creados en el inciso anterior. Artículo 618.- Increméntase en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, los créditos presupuestales, asignando una partida anual con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, según el siguiente detalle:

Concepto del Gasto Retribuciones Becas de trabajo y pasantías Gastos de funcionamiento Suministros

Importe $ 2.000.000 $ 1.500.000 $ 5.285.591 $ 2.600.000

Artículo 619.- Habilítanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” los créditos presupuestales correspondientes a Proyecto de Inversión, según el siguiente detalle:

Proyecto 971 (Mobiliario) 972 (Informática)

2016 $ 1.000.000 $ 4.060.000

Artículo 620.- Facúltase al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” a disponer las trasposiciones de créditos presupuestales necesarias para la mejor prestación del servicio, con la sola limitación de no trasponer partidas de gastos de funcionamiento o de inversiones a retribuciones personales. Artículo 621.- Autorízase al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” a realizar las transformaciones de cargos que requiera el servicio, siempre que ello no implique aumento de crédito presupuestal, lo que será comunicado a la Contaduría General de la Nación, dando cuenta a la Asamblea General y al Tribunal de Cuentas. Artículo 622.- El ingreso de funcionarios en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, en todos los escalafones, sólo podrá realizarse mediante concurso. En todos los casos los llamados deberán ser públicos y abiertos. Artículo 623.- Habilítase a la Fiscalía General de la Nación a remunerar con sus créditos presupuestales, a través del régimen de horas docentes, las actividades educativas realizadas a través del Centro de Formación del Ministerio Público y Fiscal creado por el artículo 193 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación. Artículo 624.- Asígnase en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el Objeto del Gasto 098.000 “Servicios Personales”, una partida anual de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a la implementación de compromisos de gestión en los Escalafones A, B, C, D, E, F y R. Artículo 625.- Establécese que el cargo de Secretario Letrado, Escalafón A, grado 13, Serie Escribano, no comprendido en el artículo 388 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, tendrá la remuneración equivalente a un cargo de escalafón “A”, grado 13, Serie Contador. Este cargo dejará de percibir la compensación con cargo al Objeto del Gasto 066.000 “Ayuda de Arrendamiento”. La Contaduría

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General de la Nación efectuará las reasignaciones de crédito que correspondan a solicitud de la Fiscalía General de la Nación, procediendo al abatimiento del objeto del gasto citado. Artículo 626.- Créase en la Fiscalía General de la Nación un cargo de Secretario General, que será de particular confianza del Director General, el que tendrá una remuneración equivalente al 124 % (ciento veinticuatro por ciento) de la retribución que por todo concepto corresponde al cargo de Jefe de Departamento, Escalafón A, grado 14, Serie Contador, con dedicación total. A efectos de financiar la erogación dispuesta en este artículo suprímese un cargo de Secretario Letrado del Escalafón N y asígnase una partida anual de $ 229.507 (doscientos veintinueve mil quinientos siete pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales. Si la contratación recayere en funcionarios públicos, podrán éstos optar por el régimen que se establece en el presente artículo, manteniendo la reserva del cargo de su oficina de origen, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Artículo 627.- Los funcionarios que se encontraban cumpliendo funciones en régimen de comisión de servicio a la fecha de promulgación de la ley de creación de la Fiscalía General de la Nación, en la Unidad Ejecutora 019 “Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación”, del Inciso 11 del Ministerio de Educación y Cultura, serán incorporados por el mecanismo de redistribución establecido en los artículos 15 y siguientes de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en lo que corresponda. A los efectos de las presentes regularizaciones no será de aplicación lo dispuesto en el artículo 18 de la citada ley. Artículo 628.- Inclúyese al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, en lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto-Ley Nº 14.867, de 24 de enero de 1979. Artículo 629.- Créanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, para la implementación del nuevo proceso penal acusatorio, los siguientes cargos:

A partir de Fiscales Adscriptos, escalafón “N” Asesor, Serie Profesional, escalafón “A”, grado 14 Asesor, Serie Médico, escalafón “A”, grado 14 Asesor III, Serie Profesional, escalafón “A”, grado 11 Asesor I, Serie Médico, escalafón “A”, grado 13 Asesor III, Serie Médico, escalafón “A”, grado 11 Asesor VI, Serie Psicólogo, escalafón “A”, grado 8 Asesor VI, Serie Asistente Social, escalafón “A”, grado 8 Asesor VI, Serie Sociólogo, escalafón “A”, grado 8 Administrativo VIII, Serie Administrativo, escalafón “C”, grado 1 Asesor II, Serie Analista Programador, escalafón “R”, grado 12

2016 20 1 1 1 1 7

2017 10

5 1

1

0 1

30 0

18

Los cargos de Asesor, Serie Médico, escalafón “A”, grados 14, 13 y 11 se encontrarán comprendidos en el artículo 27 del Decreto-Ley Nº 15.365, de 30 de diciembre de 1982, cuya remuneración mensual será equivalente al 100 % (cien por ciento), 95 % (noventa y cinco por ciento) y 85 % (ochenta y cinco por ciento),

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respectivamente, que por todo concepto corresponde al cargo de Jefe de Departamento, escalafón “A”, grado 14, Serie Contador, con igual régimen horario. A efectos de la creación de los cargos establecidos en la presente norma, increméntanse los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento, asignando una partida anual, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, según el siguiente detalle:

Concepto del Gasto Remuneraciones Partida de Perfeccionamiento Académico Partida de Capacitación Técnica

2016 $ 51.684.691 $ 1.443.084 $ 344.880

2017 $ 78.858.538 $ 2.178.084 $ 551.808

Artículo 630.- Autorízase a la Fiscalía General de la Nación a contratar peritos a fin de asistirla en el cumplimiento de los cometidos asignados por la Ley Nº 19.293, de 2 de setiembre de 2014. Dicha contratación deberá estar debidamente fundada en cada caso concreto, no requerirá llamado a concurso de mérito u oposición, no excluirá la calidad de funcionario público ni serán de aplicación los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 47 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Asimismo, deberá dejarse expresa constancia que: a) el contratado asume una obligación de resultado en un plazo determinado y b) que el comitente no se encuentra en condiciones materiales de ejecutar con sus funcionarios el objeto del arriendo. El Tribunal de Cuentas podrá habilitar al Contador delegado a intervenir directamente en el proceso del gasto de dichas contrataciones. A efectos del presente artículo créase un Registro de Peritos en el ámbito de la Fiscalía General de Nación, cuyo funcionamiento y demás aspectos serán reglamentados. Artículo 631.- Sustitúyense los artículos 27, 28 y 29 de la Ley Nº 15.982 (Código General del Proceso), de 18 de octubre de 1988, por los siguientes: “ARTÍCULO 27.- Modos de intervención del Ministerio Público en el proceso. El Ministerio Público intervendrá en el proceso como parte principal y como tercero, en los casos expresamente previstos en los artículos siguientes”. “ARTÍCULO 28.- Intervención como parte principal. El Ministerio Público intervendrá como parte en el proceso, únicamente en los procesos relativos a intereses difusos (artículo 42), nulidad de matrimonio (artículo 200 del Código Civil), pérdida, limitación o suspensión de la patria potestad (artículos 290 del Código Civil y 207 del Código de la Niñez y la Adolescencia), nombramiento de tutor (artículo 317 del Código Civil) y nombramiento de curador (artículo 433 del Código Civil)”. “ARTÍCULO 29.- Intervención como tercero. 29.1 El Ministerio Público intervendrá como tercero en el proceso, únicamente en los procesos relativos a violencia doméstica (Ley Nº 17.514, de 2 de julio de 2002), protección de los derechos amenazados o vulnerados de niñas, niños y adolescentes (artículo 117 a 131 del Código de la Niñez y la Adolescencia) e inconstitucionalidad de la ley (artículo 508 y siguientes del Código General del Proceso). 29.2 En aquellos casos en que pudiendo haber intervenido el Ministerio Público como parte principal no lo hubiera hecho, no tendrá intervención como tercero en el proceso. 29.3 Cuando el Ministerio Público actúe como tercero, su intervención consistirá en ser oído, en realizar cualquier actividad probatoria y en deducir los recursos que correspondan, dentro de los plazos respectivos.

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Artículo 632.- Derógase el artículo 8º del Decreto-Ley Nº 15.365, de 30 de diciembre de 1982, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 246 de la Constitución de la República. Artículo 633.- El Ministerio Público y Fiscal no intervendrá en ningún proceso como dictaminante técnico auxiliar del Tribunal. Artículo 634.- Deróganse todas aquellas referencias a la intervención procesal del Ministerio Público y Fiscal, contenidas en disposiciones del Código Civil, Código General del Proceso, Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal (Decreto-Ley Nº 15.365, de 30 de diciembre de 1982), Ley Orgánica de la Judicatura y Organización de los Tribunales (Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985) y leyes especiales, en cuanto se opongan a lo dispuesto en los artículos 27 a 29 del Código General del Proceso, en la redacción dada por los artículos precedentes. Artículo 635.- Lo dispuesto en los artículos precedentes no se aplicará a la actuación del Ministerio Público en los procesos penales, aduaneros y de adolescentes infractores. Artículo 636.- Autorízase el traslado de funcionarios de la Administración Central para desempeñar en comisión, tareas en la Fiscalía General de la Nación, a expresa solicitud del Director General, debidamente fundada en razones de servicio, en las condiciones previstas en el artículo 32 de la Ley N 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por los artículos 67 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, y artículos 13 y 15 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. La Fiscalía General de la Nación podrá tener hasta tres funcionarios en comisión simultáneamente al amparo del presente régimen”.

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——En discusión. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Ope Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: como todos sabemos, la creación de este servicio descentralizado fue dispuesta por este Parlamento hace poco tiempo. Es preciso dotar a la Fiscalía General de la Nación de los recursos humanos y materiales que necesita para su funcionamiento. Además, es notorio que está prevista la entrada en vigencia en un futuro no lejano del nuevo Código del Proceso Penal, lo que también hace necesario reforzar los cuadros funcionales del Ministerio público porque el nuevo ordenamiento procesal penal asigna a este servicio un nuevo rol, distinto al que históricamente ha desempeñado, muy exigente, porque implica nada menos que la dirección de la investigación de los delitos. Por todas estas razones bien conocidas, el Ministerio público necesita ciertamente un refuerzo importante de todos los aspectos que hacen a su funcionamiento -personal, equipamiento, gastos en funcionamiento, etcétera- y nos parece bien que se atienda estas necesidades. Sin embargo, a partir de este planteo inicial surgen elementos que complican el panorama. No es posible pensar en poner en funcionamiento el nuevo Código del Proceso Penal reforzando solo el Ministerio público. Es indispensable -lo hemos señalado en forma reiterada- reforzar también a los jueces, a los funcionarios administrativos y técnicos y, muy especialmente, a la defensa pública. No se puede pensar en poner en práctica el nuevo Código sin un Ministerio público fortalecido y sin una defensa pública fortalecida, por lo menos en la misma medida que fortalecemos al Ministerio público, porque de no existir esas equiparaciones, ese balance, ese equilibrio, estaríamos distorsionando -más de lo que ya está- la igualdad de las partes en el proceso. Tendremos una parte acusadora muy fuerte y una defensa muy débil. La defensa pública defiende más o menos al 90 % de los imputados en el proceso penal porque no tiene recursos para pagar un abogado particular. La defensa pública hoy ya está en situación de

desventaja frente al Ministerio público, cualquiera sea el lado por el que se lo quiera mirar. Para empezar, los defensores que actúan son menos que los fiscales. En Montevideo, generalmente trabajan cuatro juzgados penales por cada turno y en cada juzgado hay tres funcionarios receptores que actúan en forma simultánea. Es decir que hay doce instrucciones penales en marcha por cada turno. Para atender esas instrucciones, la defensa cuenta con tres funcionarios, un defensor de apoyo al titular y un procurador; en cambio, el Ministerio público tiene un fiscal adjunto y un tercer abogado que colabora con ellos en cada turno en que actúan. Hoy hay una diferencia clarísima en favor de los fiscales, que suman a lo que mencioné -el fiscal, su adjunto y otro abogado- becarios y pasantes que colaboran con las fiscalías. Ya hay una diferencia notoria en favor del Ministerio público. Ahora bien, si creamos la serie de cargos que acá se prevé y además dejamos a la defensa sin apoyo, sin sustento, estamos profundizando muy gravemente esa distorsión. Un aspecto particular de este articulado es que, con el fin de aportar más fiscales que estén en condiciones de desempeñar tareas en el área penal, propone una reforma muy importante, muy audaz a la histórica actuación del Ministerio público en el proceso civil. Estos artículos proponen recortar sustancialmente la actuación del Ministerio público en el proceso civil. Es una innovación absoluta en nuestro derecho, que siempre tuvo un Ministerio público con una presencia fuerte en el proceso civil, que tiene múltiples expresiones procesales -distintos tipos de juicio, por así decirlo- y en cada una de ellas se prevé, de distinta manera, la actuación del Ministerio público, ya sea como parte, como tercero o como auxiliar técnico de la justicia. Lo que propone el fiscal de corte, que llega a nuestras manos a través de este proyecto, es recortar drásticamente esa participación del Ministerio público en el proceso civil, de manera que quede una capacidad ociosa de fiscales que serían asignados al proceso penal para reformar aun más el cuadro de la fiscalía en el proceso penal. Esto último es particularmente delicado. Me parece que la reforma está bien rumbeada. Creo que es necesario reducir la actuación del Ministerio público en el proceso civil y comparto buena parte de los argumentos con los que el señor fiscal de corte

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respalda su iniciativa. Sin embargo, creo que este recorte tiene que ser muy meditado, muy estudiado, y para ello es preciso que el Parlamento escuche a los especialistas en estos temas, muy particularmente al Instituto Uruguayo de Derecho Procesal que funciona en la Universidad de la República -allí está concentrado el plantel de expertos en Derecho Procesal que tiene el país- para saber si coincide con esto y está de acuerdo con el elenco de procesos, de situaciones a las cuales se vería reducida la participación del Ministerio público. Es posible que haya coincidencias en varios temas y discrepancias en otros. El asunto es lo suficientemente delicado e importante como para que recabemos la opinión de los especialistas. No se va a causar perjuicio alguno al Ministerio público si no se le aporta ya ese plus de fiscales para actuar en materia penal porque todavía estamos lejos de la entrada en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal; sabemos que se postergará, que no será en 2017, acaso será en 2019. Entones, hay tiempo para eso, y sobre todo, hay un tiempo impuesto por las razones que mencionaba al principio: si no fortalecemos al mismo tiempo la defensa pública, no tiene sentido que empiece a funcionar un nuevo proceso penal con una fiscalía fortalecida y una defensa debilitada. Esto deberá postergarse hasta que se puedan fortalecer los cuadros de la defensa, lo que quizá sucederá en la próxima rendición de cuentas o la subsiguiente. Mientras eso no suceda, no se puede poner en marcha -me parece muy claro- el nuevo proceso, sea en la forma que tiene con el código que sancionó el Parlamento el año pasado, sea con la forma que propone el proyecto de ley a consideración del Senado, que modifica en algunos aspectos el nuevo código para que pueda entrar en vigencia, por lo menos parcialmente, a partir de 2017. Creo que no se pierde nada si se dejan en suspenso las reformas que propone el fiscal de corte en materia de proceso civil que implicarían modificar el Código General del Proceso. Además, esta materia es ajena a la presupuestal. Si vamos a modificar el Código General del Proceso me parece que tenemos que hacerlo estudiando, consultando a los expertos, tomándonos el tiempo necesario porque es una modificación de importancia, de envergadura en el ordenamiento procesal general de la República. Claramente, esto no es materia presupuestal, no es algo que podamos arreglar hablando

apresuradamente a la hora 4 y 24 de la madrugada sin haber podido estudiarlo como corresponde y en el ámbito que corresponde. Para evitar ese apresuramiento y para darnos el tiempo necesario -que, insisto, no causará perjuicio alguno al Ministerio público, al que se le dan otros recursos, se le aportan otros fiscales-, tendríamos que desglosar los artículos 631 al 635 inclusive. Proponemos el desglose de esos artículos a fin de que pasen a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración para que estudie la modificación del papel del Ministerio público en el proceso civil con el tiempo necesario para darle el estudio indispensable. Es cuando quería expresar. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Los señores diputados Posada, Radío y Carrasco -ahora se agregaría usted- presentaron a la Mesa una moción que solicita el desglose de prácticamente los mismos artículos. Si el señor diputado Pasquet lo desea y los mocionantes estuvieran de acuerdo, se agregaría también el desglose del artículo 635, que no está en la moción. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Cuáles son los artículos desglosados? SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Los artículos 631 a 635. Tiene la palabra el señor diputado Pablo Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: con relación al Inciso 33 -que se está analizando en este momento- y a los artículos correspondientes a la Fiscalía General de la Nación, en nombre del Partido Nacional queremos hacer algunas consideraciones más bien de carácter general. La propuesta contenida en el mensaje del Poder Ejecutivo para la Fiscalía General de la Nación nos satisfizo en una parte, pero no tanto en otra. Francamente, nos sorprendió el estilo y la magnitud de la propuesta presupuestal, sobre todo porque advertimos -por eso nos sorprendió- que no guarda relación con la realidad presupuestal que se desprende del mismo proyecto de ley para el Poder Judicial. Debe ser uno de los pocos organismos –si no el único- de los que tienen iniciativa presupuestal, que obtuvo de parte del Poder Ejecutivo una contemplación prácticamente integral de las

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propuestas y de los artículos sugeridos para incluir en el proyecto. Salvo la disposición según la cual la Fiscalía General de la Nación solicitaba una dotación presupuestal para la adquisición de una nueva sede, que no fue incluida en el mensaje del Poder Ejecutivo –además, tampoco se solicitaba para el próximo ejercicio, sino para 2017-, todo lo demás se incluyó en el mensaje presupuestal del Gobierno. Personalmente, nos resulta llamativo. No es ninguna inferencia especial, simplemente formulamos este comentario a modo de constatación. Esta propuesta presupuestal no solo contiene partidas para los más diversos objetos sino que, además, consagra una serie de facultades muy importantes desde el punto de vista de la administración y del presupuesto. Somos conscientes de que estamos ante un organismo nuevo desde el punto de vista administrativo -recientemente se ha creado la Fiscalía General de la Nación como servicio descentralizado- y, por lo tanto, era necesario avanzar en el camino del refuerzo presupuestal. También es verdad que no es un organismo que empiece de cero sino que, obviamente, ya tenía existencia jurídica desde hace muchísimo tiempo en el Ministerio de Educación y Cultura como un órgano desconcentrado. La propuesta del Poder Ejecutivo incluía la creación de 132 cargos, muchos de ellos referidos a la implementación del nuevo proceso penal. Asimismo, implicaba un incremento presupuestal, que solo para el ejercicio 2016 era de $ 166.000.000, para financiar gastos de funcionamiento, la creación de los cargos que mencioné, compromisos de gestión y otros objetivos y finalidades. Además, se consagraron -esto fue votado por unanimidad de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda -, una serie de facultades, atribuciones y poderes muy importantes para el Fiscal General de la Nación en cuanto a la función administrativa. Me refiero a la posibilidad de hacer trasposiciones de rubros y de transformar cargos, una facultad que a nosotros no nos gustaba mucho, por lo que dimos una batalla y llegamos a consenso -se aprobó por unanimidad- para que no fuese incluida en la ley de creación de la Fiscalía General de la Nación. Asimismo, se consagró la posibilidad de que la Fiscalía General de la Nación pudiera incorporar a los funcionarios que estaban en comisión y ajustar las

partidas aplicadas al arrendamiento de locales en forma unilateral, que es una facultad que la ley también acuerda al Poder Ejecutivo. Inclusive -no es que esto sea dramático, pero me parece que es útil a los efectos de ilustrar lo que tratamos de trasmitir-, se estableció la posibilidad de que el fiscal de Corte pudiera solicitar funcionarios en comisión, pero acordándole el régimen del que gozamos -en el buen sentido del término- los legisladores y los ministros de Estado. Esta es una excepción que otros directores de entes autónomos y servicios descentralizados no tienen. Simplemente, menciono estos aspectos para fundamentar mi afirmación inicial en cuanto a que, de alguna manera, nos sorprendió la dotación presupuestal y la previsión de recursos, facultades, atribuciones y poderes jurídicos que esta propuesta presupuestal consagra, muchos de los cuales no nos gustan, y por ello el Partido Nacional no los va a votar. Por otro lado, la bancada de Gobierno resolvió -en esto seguramente fue prudente- reasignar algunos de estos recursos y recortar ciertas asignaciones presupuestales propuestas por el Poder Ejecutivo, algunas de las cuales están referidas a la creación de los cargos que mencioné anteriormente, por lo que se crearán menos en relación a la propuesta inicial. Otros recursos que fueron reasignados, recortados o eliminados estaban relacionados con partidas vinculadas a gastos de funcionamiento o inversiones referidas, por ejemplo, al mobiliario. Reitero que en todo lo demás que el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento hubo acuerdo y posteriormente fue respaldado con los votos de la bancada de Gobierno. Dicho esto, señor presidente, llego a un aspecto que resulta muy preocupante. Me refiero a las propuestas de modificaciones de fondo en cuanto a la ley orgánica del Ministerio público y al Código General del Proceso. Creo que es absolutamente impertinente -lo digo en el sentido literal del término: no tiene pertinencia; no pretendo adjetivar ni hacer una referencia de tipo peyorativo – que en una ley de presupuesto se incluyan aspectos vinculados con la reforma del Código General del Proceso y de la ley orgánica del Ministerio público. Y mucho menos

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pertinente resulta que esa propuesta provenga de quienes se supone deben velar -más que nadie- por el estricto y cabal cumplimiento de la ley y la Constitución de la República. En este caso estamos hablando ni más ni menos que del vértice, el titular o el eje del Ministerio público, que es el fiscal General de la Nación. En el período pasado el Parlamento aprobó un nuevo Código General del Proceso, y fue un trabajo que se desarrolló con mucho tiempo, prudencia y profundidad en el ámbito de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. Por lo tanto, proponer al Parlamento que en un plazo perentorio y acotado resuelva revisar en qué situaciones el Ministerio público actúa como parte y en qué otras situaciones debe o puede actuar, o dejar de hacerlo, como tercero tampoco es pertinente; sin ninguna duda no lo es. En cuanto a la reforma de la ley orgánica del Ministerio público y lo que concierne a las fiscalías civiles, creo que hay que actuar con una enorme prudencia. Las fiscalías civiles -como todas las fiscalías y todo el Ministerio público- están vinculadas a la representación del interés público en los juicios. En particular -lo digo a modo de ejemplo-, los fiscales civiles tienen a su cargo la representación de colectivos muy vulnerables de la vida social, como los incapaces y los menores. Además, están vinculados a todo lo que concierne al derecho de familia; en general, cumplen una labor relacionada con los derechos humanos. Por lo tanto, creo que si el Parlamento pretendiese avanzar en una modificación o en un cambio de régimen y de sistema debería reflexionarlo con gran cautela, prudencia y con mucho tiempo, sobre todo a la luz de la revisión en su conjunto de la ley orgánica del Ministerio público. Digo esto porque cuando analizamos y aprobamos la ley de creación del servicio descentralizado -es decir, el cambio institucional que el país se dio con relación al Ministerio público y fiscal-, todos los sectores políticos coincidimos en la necesidad de modernizar y actualizar la ley orgánica del Ministerio público, ya que viene de los tiempos de la dictadura militar y, además, reconoce una suerte de dispersión en nuestro sistema jurídico de distintas normas que, por razón de materia, se fueron agregando en distintos cuerpos normativos.

De todos modos, esta no es la forma de legislar o modificar la legislación vigente. Así lo señalamos en la comisión y delante del doctor Díaz, a quien, si se quiere -puedo decirlo así-, le hicimos una suerte de reproche amable, porque no nos parece elegante que ni más ni menos que el fiscal general de la Nación proponga al Parlamento de la República, al Poder Legislativo modificaciones de este tenor en una instancia presupuestal como la que terminaremos de procesar en la noche de hoy. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Ya termino, señor presidente. Por todas esas razones, vamos a acompañar algunas de las disposiciones que componen esta propuesta presupuestal, votaremos negativamente otra serie de artículos y, por supuesto, respaldaremos la moción que se presentó con el fin de desglosar y remitir a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración los artículos que hacen referencia a modificaciones a la ley orgánica del Ministerio público y al Código General del Proceso. Muchas gracias.

84.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Mario Ayala Barrios, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Wilma Moraes. Del señor Representante Jorge Pozzi, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Roque F. Ramos Espíndola”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y nueve en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

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En consecuencia, quedan convocados los correspondientes suplentes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo autorización para hacer uso de licencia con la correspondiente convocatoria de suplente, al amparo del inciso 3° del artículo 1° de la Ley N° 17.827, ausencias por impedimento basadas en motivos personales por el día 15 del corriente. Sin otro particular, saludo al señor Presidente con mi más alta consideración. MARIO AYALA BARRIOS Representante por Artigas”. “Artigas, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente. De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia del Representante Nacional Mario Ayala presentada en el día de la fecha, comunico que por esta única vez desisto de la convocatoria del Cuerpo. Atentamente, Sergio Arbiza”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Artigas, Mario Ayala Barrios. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Sergio Arbiza. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Artigas, Mario Ayala Barrios, por el día 15 de octubre de 2015.

2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Sergio Arbiza. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señora Wilma Moraes. Sala de la Comisión, 13 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 17.827, solicito a usted se me conceda licencia, por motivos personales, el día 15 de octubre del presente año. Sin más, lo saluda atentamente, JORGE POZZI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que, por ésta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi. Sin más, lo saluda atentamente, Mónica Díaz”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por ésta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi. Sin más, lo saluda atentamente, Jorge Rodríguez”.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por ésta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi. Sin más lo saluda atentamente, Matías Rodríguez”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por ésta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi. Sin más, lo saluda atentamente, Julio Pérez”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por ésta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi. Sin más, lo saluda atentamente, Jacqueline Ubal”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por ésta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi. Sin más, lo saluda atentamente, Elizabeth Villalba”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a Usted que, por ésta única vez, no he de aceptar la convocatoria de la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante Jorge Pozzi. Sin más, lo saluda atentamente, Dari Mendiondo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Mónica Díaz, Jorge Rodríguez, Matías Rodríguez, Julio Pérez, Jacqueline Ubal, Elizabeth Villalba y Dari Mendiondo. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Pozzi, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Mónica Díaz, Jorge Rodríguez, Matías Rodríguez, Julio Pérez, Jacqueline Ubal, Elizabeth Villalba y Dari Mendiondo. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 99738, del Lema Partido Frente Amplio, señor Roque F. Ramos Espíndola. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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85.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Señor presidente: sé que es muy tarde, pero este tema tan importante está ubicado casi al final del proyecto de presupuesto y por ello nos vemos obligados a analizarlo en la madrugada. Sin duda, debemos reconocer el trabajo que realizaron los compañeros de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. En realidad, los planteos realizados son un poco contradictorios, porque se dice que si damos recursos a los organismos los fortalecemos demasiado, pero si no se los otorgamos los debilitamos desde el punto de vista institucional. Sinceramente, se nos hace difícil llegar a entender las posturas de la oposición. La Fiscalía General de la Nación fue aprobada en forma unánime como servicio descentralizado. Evidentemente, esa nueva institucionalidad que todos aprobamos tiene que proyectar cambios estructurales y de gestión para afrontar los desafíos que le dimos al aprobarlo como servicio descentralizado. Le corresponden competencias que esta Cámara le otorgó, como el Código Aduanero, el Código de Proceso Penal y una cuestión bien importante a que hacía referencia el señor Fiscal de Corte, doctor Jorge Díaz. Me refiero a la ley de faltas, como una nueva competencia que tuvo que afrontar la Fiscalía, que hace que necesite recursos materiales y humanos. Ya que estamos reclamando más seguridad, no resulta justo reprochar que se dé recursos a quien tiene que cumplir esa función en forma eficaz y eficiente, en el marco de una política de seguridad que estamos llevando adelante donde se conjuga la prevención, la investigación y la persecución penal. El doctor Jorge Díaz hacía referencia a la Ley Nº 19.120, de faltas, y hoy se mencionaba la necesidad de fortalecer su aplicación en el interior, donde no hay recursos suficientes para hacerlo.

Los recursos para este nuevo servicio descentralizado que creamos provienen del incremento de los recursos presupuestales y de la redefinición de cometidos, disminuyendo la intervención en los procesos civiles y de familia. Tal como se formula en el proyecto, lo que se postula es limitar las modalidades de actuación del Ministerio público y establecer expresa y taxativamente en qué procesos puede intervenir como parte y en qué procesos como tercero. El doctor Jorge Díaz señala que los recursos necesarios para poner en funcionamiento un servicio descentralizado nada tienen que ver con los recursos de que disponía la unidad ejecutora de un Ministerio, donde muchas de las funciones eran ejecutadas directamente a nivel central por la Cartera. En caso de ser ejecutadas por la unidad ejecutora estaban fuertemente apoyadas desde el nivel central. Tengo que ser sincera, señor presidente, compañeras diputadas y compañeros diputados: nosotros también dudamos de la conveniencia de que en esta ley de presupuesto se incluyera una modificación al Código General del Proceso. También estuvimos manejando la posibilidad de desglosar los artículos a efectos de que se derivaran a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración para un mayor estudio. Logramos que este tema se estudie en el Senado, pero la fundamentación que nos llevó a mantenerlo en el proyecto de presupuesto provino del fiscal de corte, que expresó que habían estimado los costos que tendría la puesta en funcionamiento del nuevo Código del Proceso Penal, el Código Aduanero y ponerse al día con la ley de faltas. Expresó que deberían haber solicitado la creación de ciento veintiún cargos de fiscales en vez de sesenta, más funcionarios para asistir a esos fiscales y un incremento de los gastos de funcionamiento y de inversión acorde con esa cantidad de personas. Si no hubiéramos propuesto esta redefinición de cometidos, seguramente, en lugar de los seis millones que estimaba el señor diputado Abdala según el tipo de cambio actual, el aumento del presupuesto de la Fiscalía General de la Nación habría sido superior al doble. En virtud de que una y otra vez se ha manifestado en sala que estamos privilegiando una

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institución como la Fiscalía General de la Nación en detrimento de otras, como el Poder Judicial y la Defensoría de Oficio, si realmente se hubiera previsto un incremento presupuestal como necesitaba el señor Fiscal de Corte, ¡qué cosas se estarían diciendo en esta sala! ¿No? En realidad, no se privilegia a la Fiscalía en detrimento del Poder Judicial. Lo que hacemos es contemplar las necesidades presupuestales al crear este servicio descentralizado. Respecto a lo que representa la modificación en las competencias del Ministerio público, el Colegio de Abogados, consultado por la Comisión de Constitución, Códigos Legislación General y Administración, a través de una comisión especial que se conformó con ilustrados catedráticos, opinó que no veía ningún inconveniente en que estas competencias se modificaran en la forma que propone la Fiscalía de Corte. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- ¿Me permite una interrupción? SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

derechos de los ciudadanos sino en función de la creación de una institución judicial del siglo XXI. Gracias. SEÑOR ABDALA (Pablo).-Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pablo Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero hacer un comentario con relación a algunas expresiones realizadas en sala. En primer lugar, el detrimento del presupuesto del Poder Judicial no es imputable a la Fiscalía General de la Nación. En todo caso, es imputable al que excluyó al Poder Judicial del presupuesto nacional, que fue el Poder Ejecutivo. Ese debate lo dimos hace un rato. Yo no advierto que haya una contradicción. Lo que advierto, simplemente, es que en tal caso corrieron suerte distinta, pero eso no es culpa del fiscal de la nación. A uno le dieron todo y al otro no le dieron nada. Directamente, no lo incluyeron. Pero, reitero, eso no es culpa del doctor Díaz. Creo que estaríamos razonando mal si dijéramos eso. En cuanto a las contradicciones, cabe señalar que contradicciones aparentes puede haber -de hecho hay muchas porque, además, siempre debe analizarse en términos relativos y en el contexto de una discusión presupuestal, que siempre es compleja-, pero si hay una contradicción mayor es la que vengo de señalar: mientras a una de las patas del sistema judicial, que es el Ministerio público, se lo contempla en un 100 % de sus aspiraciones y reclamos, a la otra pata, que es el Poder Judicial, no se lo contempla en lo más mínimo, aun cuando parte de esas contemplaciones están referidas a un mismo objeto, que es la implementación del nuevo proceso penal. Es verdad que el Fiscal de Corte pidió la creación de 132 cargos, buena parte de ellos para la implementación del nuevo Código, pero también pidió la creación de nuevos cargos el Poder Judicial con la misma finalidad y, sin embargo, el Poder Ejecutivo no lo contempló. Esa sí es una contradicción, pero es objetiva. Yo no la estoy calificando ni atribuyéndole intenciones. Simplemente la estoy señalando, estoy describiendo un hecho que es absolutamente incontrastable. Por otra parte, tengo la impresión o la intuición de que el fiscal de corte fue largo en el pedido,

SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Señor presidente: quiero hacer una aclaración. Comparto plenamente lo planteado por el señor diputado Pasquet en cuanto a la necesidad de reforzar la Defensoría de Oficio. Creo que correspondería generar una institución espejo a la Fiscalía General de la Nación que ayude en el acceso a la justicia y en la defensoría en los procesos que se lleven a cabo. La redefinición de cometidos no es algo que se decida a las cuatro de la mañana de hoy. El 23 de marzo de 2012, cuando el fiscal general de la nación asume su cargo, plantea la necesidad de trabajar en la redefinición de estos cometidos. Por lo tanto, es un tema que se viene discutiendo desde hace tiempo. Por otra parte, creo que aquí se mantiene un núcleo duro en asuntos de materia civil que van a ser protegidos y velará por ellos el Ministerio público. El resto de los asuntos que hoy son redefinidos no quedan al libre albedrío sino bajo el control del Poder Judicial. En ese sentido, estamos plenamente seguros de que la decisión que se va a tomar a partir de estos artículos no va en detrimento de la protección de los

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porque por algo el Gobierno, ya no desde el Poder Ejecutivo sino desde la mayoría de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda recortó los pedidos y las solicitudes presupuestales del fiscal de corte: no se van a crear 132 cargos sino unos cuantos menos, y en cuanto a buena parte de las partidas -no lo tengo cuantificado ahora, pero aquí están los cuadros- que solicitó para mobiliario, para inversiones, para gastos de funcionamiento, también la bancada de Gobierno resolvió, en muchos casos con nuestro apoyo, reasignar recursos y realizar determinados recortes presupuestales. Entonces, ¿quién actuó bien y quién actuó mal? Creo que es una discusión que tampoco tiene demasiado sentido, pero se ha entendido desde el punto de vista político, a la hora de legislar con relación al presupuesto, que no era necesario o no era de suma urgencia que se diera al fiscal de corte todo lo que pedía, como el Poder Ejecutivo había entendido, porque por algo se actuó como se actuó. En cuanto a los temas de fondo, señor presidente, no sé si el fiscal de corte habló de esto el día en que asumió; lo que sí sé es que no fue en el ámbito de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración ni en el Parlamento. Habrá hecho manifestaciones públicas, pero las modificaciones de la Ley Orgánica del Ministerio Público y del Código General del Proceso las votamos los legisladores, porque son ley, y como son ley, son nuestra competencia. Tenemos que ejercerla con sentido de responsabilidad, de manera seria y responsable, sobre todo cuando están de por medio intereses y derechos de los ciudadanos y, muy especialmente, de los sectores más vulnerables. He dicho y repito que los fiscales civiles actúan en defensa y en protección de determinados colectivos que merecen particular atención de parte del Estado, como los menores, los incapaces, los sectores más vulnerables de la sociedad. Entonces, ¿simplemente porque el fiscal de corte un día vino y presentó repentinamente una propuesta, sorprendiéndonos a todos, de que eso debía eliminarse o iniciarse un camino para su eliminación vamos a levantar la mano de manera automática? Yo no lo voy a hacer. Otros, si quieren hacerlo, que lo hagan. Quiero analizarlo con detenimiento, hablarlo en profundidad con el propio doctor Díaz en una reunión que haya exclusivamente para considerar el

asunto. Después se convocará a la academia, a la Asociación de Magistrados Fiscales y a los propios fiscales civiles, que son más de cuarenta magistrados, entre fiscales titulares, adjuntos y adscriptos a lo largo y ancho del país, que seguramente tienen mucho para aportar a esa discusión porque, entre otras cosas, bastante inquietos están -sus razones tendrán- ante los planteamientos que formula la Fiscalía General de la Nación. Gracias, presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: me pareció que se me imputaba una especie de contradicción, porque hablé de que se quiere fortalecer a unos y debilitar a otros, y no se entiende. ¡Es clarísimo de entender! A uno lo fortalecen, a otro lo debilitan. Fortalecen al Ministerio público, debilitan a la Defensoría y a los jueces, porque para el Poder Judicial no hay ni un peso y para el Ministerio público hay muchos recursos. (Ocupa la Presidencia el señor representante Constante Mendiondo) ——No hay ninguna contradicción: son las dos caras de la misma moneda y, precisamente, es el hecho de que a uno lo fortalezcan y que al otro lo debiliten lo que va a generar un proceso penal injusto en detrimento de la parte débil, que es la parte del imputado. Son los derechos humanos del imputado los que están en juego en el proceso penal. A ese lo debilitamos, porque al imputado lo defiende, en el 90 % de los casos, la defensa pública. Entonces, esa es la situación que vamos a ir conformando. Es el resultado de muchos aspectos: de los recursos que se asignan directamente al Ministerio público, de lo que no se le asigna al Poder Judicial y de estas disposiciones cuyo desglose pedimos, que preparan el fortalecimiento adicional del Ministerio público por la vía del recorte en las fiscalías civiles. ¿Cómo se hace ese recorte? Se indica en la nueva redacción que se propone para el Código General del Proceso, en qué procesos va a intervenir el Ministerio público; no se dice en qué procesos va a dejar de

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intervenir. Esa es la lista que no conocemos, que habría que hacer prolijamente. Si solo interviene en los procesos que se mencionan, ¿en qué otros, de los que hasta ahora intervenía, va a dejar de intervenir? Esa lista negativa -por así decirlo- no la tenemos, no nos consta, y deberíamos tenerla para evaluar si estamos de acuerdo con que deje de intervenir en esos procesos o no, o si decimos: “Nos parece bien que deje de intervenir en los procesos tales y cuales, pero en este otro, en cambio, nos parece que sería necesario que siguiera interviniendo el Ministerio público”. Bien, esa lista negativa no la tenemos, no la hemos podido elaborar, no hemos tenido tiempo de hacerlo, no hemos podido escuchar a los juristas de la Universidad de la República para que nos dieran su opinión al respecto. La del Colegio de Abogados del Uruguay es muy valiosa; por cierto, son abogados que están en el ejercicio profesional, pero los estudiosos del derecho procesal están en el Instituto Uruguayo de Derecho Procesal. Esa sería la opinión con la que quisiéramos contar, y nos parece muy saludable hacerlo cuando se trata de modificar un código. Esto de modificar los códigos a través de una ley de presupuesto es, obviamente, inconstitucional y, además, inconveniente, porque esas son las cosas que duran décadas. Los códigos son los productos legislativos más duraderos y los que tenemos que trabajar con más detenimiento y cuidado. Por eso se hace esta propuesta, que en nada va a menoscabar este nuevo Ministerio público al que se asignan algo así como sesenta cargos que tendrá al final del curso de 2017 para cumplir ampliamente sus funciones. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Señor presidente: el informe que citó la señora diputada Cecilia Bottino es del doctor Abal, que coincidentemente es el director del Instituto cuyo informe está reclamando el señor diputado Pasquet. La iniciativa de este proyecto tiende a reducir la intervención preceptiva y necesaria de la Fiscalía en

materia civil a un núcleo duro, como recién dijimos, entendiéndose que en los restantes asuntos que al Estado le interesa no queden a la libre disponibilidad de las partes basta la intervención judicial para la protección del orden público. Los fundamentos y los beneficios de una reducción del ámbito competencial de la Fiscalía en materia civil son múltiples: por un lado, evitar la duplicidad de actuación estatal no técnicamente justificable en un gran número de procesos; por otro, agilitar los procesos y reducir los costos económicos. Limitar el ámbito de actuación de la Fiscalía, lejos de debilitar a la institución por el contrario la fortalece, pues permitirá reforzar la cantidad de personal, su capacitación y la infraestructura en aquellos asuntos en los que se mantendrá su intervención preceptiva. No se propone dejar libradas las cuestiones indisponibles -como, por ejemplo, el estado civil de las personas- a la voluntad de las partes sino limitar o reducir la cantidad de autoridades estatales encargadas de velar por su vigilancia. En tal sentido, lo que el proyecto postula es limitar las modalidades de actuación del Ministerio público y establecer expresa y taxativamente en qué procesos puede intervenir como parte y en qué procesos intervendrá como tercero. El Ministerio público intervendrá como parte únicamente en los procesos relativos a intereses difusos -artículo 42-; nulidad de matrimonio -artículo 200 del Código Civil-; pérdida, limitación o suspensión de la patria potestad -artículos 290 del Código Civil y 207 del Código de la Niñez y la Adolescencia-; nombramiento de tutor -artículo 317 del Código Civil-; y nombramiento de curador, artículo 433 del Código Civil. El Ministerio público intervendrá como tercero únicamente en los procesos relativos a violencia doméstica -Ley N° 17.514-, de protección de los derechos amenazados o vulnerados de niñas, niños y adolescentes -artículo 117 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia-, y en los procesos de inconstitucionalidad de las leyes, artículos 508 y siguientes del Código General del Proceso. Además de las modificaciones apuntadas, se propone suprimir una modalidad de actuación del Ministerio público como dictaminante técnico auxiliar del Tribunal. Se trata de una modalidad de intervención que no es vinculante para el juez. Por último, a través de la derogación del artículo 8° de la Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal se

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propone eliminar toda intervención del Fiscal de Corte como asesor del Poder Ejecutivo y como asesor de la Suprema Corte de Justicia en los trámites que corresponden al despacho administrativo de esta. Lo expresado permite garantizar una mejor intervención del Ministerio público en los asuntos referidos en el proyecto y garantizar derechos indisponibles. Asimismo, se podrá fortalecer la intervención en materia penal de acuerdo con las exigencias del nuevo Código del Procedimiento Penal. Gracias.

“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito comunico a usted que no acepto por esta única vez, la convocatoria para integrar la Cámara de Representantes como suplente del Diputado Martín Lema. Sin otro particular, saluda muy atentamente, Nicolás Martinelli”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Martín Lema. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente siguiente señor Nicolás José Martinelli. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Martín Lema, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptase la denegatoria presentada, por esta única vez, por el suplente siguiente señor Nicolás José Martinelli. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 404, del Lema Partido Nacional, señor José Luis Satdjian. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

86.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Martín Lema, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor José Luis Satdjian”. —–En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——-Sesenta y cinco en sesenta y ocho: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente solicito licencia por motivos personales para el día de hoy 15 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda muy atentamente, MARTÍN LEMA Representante por Montevideo”.

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87.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: entiendo que a veces, o casi siempre, las bancadas toman sus decisiones por motivos políticos, de orden económico o lo que sea. Pero no entiendo por qué, si lo que se pide es desglosar artículos que son absolutamente técnicos, esto no se acepta. Los estamos analizando acá cuando, en realidad, no alcanzan los cartones de Facultad; se necesita tener una profunda formación académica. Tampoco me sirve que venga el señor Abal a una comisión, porque es una de las opiniones; es un procesalista, pero hay otros. No entiendo cómo se toca un Código en una ley de presupuesto y en un clima de trabajo en el que, como es entendible, estamos todos cansados, agotados, y hasta a los que trabajamos en esto muchos años de nuestra vida nos cuesta concentrarnos en analizar dónde puede o no estar el problema. No veo -lo digo con respeto- las razones políticas, en el sentido profundo de la palabra, para que esto no se acepte. No tiene que ver con la disciplina partidaria ni con el presupuesto. No entiendo esa referencia a por qué el fiscal, doctor Díaz, pidió tanta plata. Los artículos que se solicitó desglosar son puramente técnicos. La verdad es que cuando uno ejerce la abogacía -por suerte, hace un mes me jubilé porque cada vez es más difícil ejercerla, por varias razones-, y está en las trincheras, siempre ve las dificultades a la hora de aplicar las normas. Habitualmente no pasa con los Códigos, que son el producto de mucho estudio, de mucha consulta. Sinceramente, no entiendo por qué no se acepta que vuelvan a la comisión los artículos referidos a la fiscalía en la parte civil, ya que nadie se va a morir por eso. También me preocupa -habría querido referirme a esto cuando tratamos los artículos relativos al Poder Judicial- que se den muchos recursos a la Fiscalía

General de la Nación y no se dé nada al Poder Judicial. No es un problema de presunciones en contra, de buscar intenciones o algo por el estilo. Es necesario que las dos institucionalidades tengan las mismas fortalezas, sobre todo a partir de que se ponga en funcionamiento -parece que será a la brevedad- el largamente esperado Código General del Proceso Penal. Lo estamos esperando desde hace muchísimos años. Desde que se ratificó, en 1985, el Tratado de San José de Costa Rica -firmado en 1965- estamos esperando las transformaciones para tener un Código General del Proceso Penal realmente democrático. Esperemos que se apruebe pronto. Yo tuve una experiencia muy interesante en mi vida: durante un tiempo fui receptora de juzgado penal. Cuando vi funcionar desde adentro los juzgados penales llegué a la conclusión de que todos estamos en libertad condicional. En ese momento mis hijos eran chicos, pero quería decirles: “Muchachos, cuidado que estamos todos en libertad condicional”. Uno ve en la televisión cómo funciona el sistema en otros países; no sé si en Estados Unidos de América o en las cortes francesas funcionará así, no tengo la menor idea, pero acá todos podemos estar en un juzgado penal. Hago un llamado de atención en este sentido; si atropellamos a alguien podemos ser procesados y terminar en el Comcar. Cuando uno trata estos temas y hace advertencias en este sentido es porque ha vivido la realidad. Se procesa por homicidio sin que el juez vea la cara del procesado; el receptor es un simple funcionario que toma las declaraciones. Ustedes se preguntarán si es así. Sí, es así. En la mayor parte de los procesamientos, los jueces no ven la cara de los procesados. Siendo receptora he visto procesar por homicidio sin que el juez viera la cara del procesado. Ahora, vamos a tener un Código que tiene algo sumamente positivo: el proceso acusatorio, que recae fundamentalmente en la investigación que hagan los fiscales, y la oralidad. Lo que pasa es que se posterga la oralidad. Está claro que se posterga porque, aparentemente, no hay plata, o no hay plata para el Poder Judicial porque el Poder Ejecutivo no lo priorizó. Sabrá el Poder Ejecutivo por qué; no me importa. Obviamente, uno juzga al Poder Ejecutivo por las cosas que prioriza.

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Muy bien, la oralidad se suspende. Entonces, entrará en funcionamiento el Código General del Proceso Penal en la parte más peligrosa, si no viene con la oralidad. Los investigadores serán los fiscales, y el juez pasará a cumplir otra función. No quiero aburrirlos con temas técnicos, pero lo que nosotros queríamos -no lo vamos a lograr; ya nadie lo menciona- es que exista una Policía judicial que actúe en un proceso acusatorio cuando los fiscales tienen un papel fundamental en la investigación. Ya nadie se acuerda de la policía judicial porque, a esta altura, no podemos ni conseguir los $ 150.000 que pidió la señora diputada Gloria Rodríguez -ahora parece que aparecieron-, así que de la policía judicial más vale ni hablar. Habrán visto en películas extranjeras que hay un equipo de policías judiciales que trabaja para los fiscales -en España es así- pero que no depende de la autoridad administrativa, es decir que no es policía administrativo dependiente del Ministerio del Interior. ¿Cuál es el problema? Que tendremos un Código General del Proceso Penal funcionando con la parte de investigación fundamentalmente en manos de los fiscales y de la Policía, con todas las dificultades que tiene el Ministerio del Interior -no estoy haciendo una crítica- y con las enormes dificultades que tiene la policía para investigar. A pesar de todos los recursos, es muy difícil ejercer esa función en plazos cortos. Por suerte, la Constitución de la República establece plazos cortos de investigación. Pero no vamos a tener la dotación suficiente para los jueces; no tendremos jueces con mejor formación porque el CEJU no tendrá plata para la profesionalización, y no habrá oralidad. Ojalá nunca tengan que vivir ese proceso, porque cualquiera de nosotros podemos estar del otro lado en el juzgado penal. Ni qué hablar de la defensa, a la que hizo referencia el señor diputado Pasquet. Entonces, no va a haber defensa fortalecida, la parte estrictamente judicial va a estar debilitada y va a tener toda la fuerza de la autoridad administrativa. Por más que ahora tienen más independencia del Ministerio, los fiscales dependen -con una gran autonomía técnica- de la autoridad administrativa. Y hay un fenómeno que se da mucho en las fiscalías, que es el de la autocensura. Eso me preocupa muchísimo, porque los que sabemos cómo funciona in situ el Poder Judicial, decimos: “Dejemos en suspenso todo”. Yo quiero que el Código del Proceso Penal

empiece a funcionar, pero pongan en funcionamiento todo lo que dijo el señor diputado Pasquet más la oralidad, porque en la oralidad todos nos podemos defender. Si no le vemos la cara al juez, si no le vemos la cara al fiscal no tenemos la parte que nos asegure que nos podemos defender y, además, la mayor parte de la gente tiene que depender de un defensor público, porque los penalistas privados son caros. Como decía cuando era receptora de juzgado penal, todos estamos en libertad condicional. Eso me preocupa porque nos puede pasar a cualquiera, pero veo que se toma con gran liviandad. Por eso me gustaría que, por lo menos, quedara constancia de esto. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: en este Inciso hay dos temas que han sido puestos arriba de la mesa. Indudablemente, ambos tienen importancia y parecería que es difícil abordarlos en una instancia de presupuesto cuando es la hora 5 y 15 de la madrugada. En todo caso, hay que hacer el esfuerzo de reflexionar en algunos aspectos que son las claves de este problema. El primer tema tiene que ver con algo que decía el señor diputado Pasquet con relación a que aquellas decisiones que se tomen con el fin de crear determinados cargos en el ámbito de la Fiscalía de Corte deben tener una correspondencia en espejo en el ámbito del Poder Judicial. Este fue un tema que se abordó en la comisión. En particular, el señor diputado Penadés preguntó a la Suprema Corte de Justicia -en función de lo que estaba planteado en los artículos que correspondían a la Fiscalía de Corte- qué cargos se necesitaban a efectos de tener la respuesta en espejo a lo planteado en el presupuesto para la Fiscalía de Corte. La Suprema Corte de Justicia respondió a esa solicitud señalando que con relación al artículo 600 -ahora es el 617-, deberían crearse en el Poder Judicial 10 cargos de jueces letrados de primera instancia y 20 cargos de defensor público para el interior del país. Con respecto al artículo 604 -que ahora son el 631 y siguientes-, respondió que en ese caso se deberían crear 10 cargos de defensor público en la capital. En este proyecto de ley de presupuesto no se propone su creación. No ha habido esta respuesta en

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espejo en la que, en principio, todos estamos de acuerdo. Y este es uno de los temas que se deben abordar en este proyecto de ley de presupuesto si se quiere poner en marcha el Código de Proceso Penal en forma parcial. Recordemos que hay un proyecto del Poder Ejecutivo, que está en el ámbito del Senado, por el cual se suspende parte de la puesta en marcha del Código del Proceso Penal, y otra parte es la que se pretende instrumentar. Por tanto, estas decisiones, que podrán no ser consideradas en el ámbito de la Cámara de Representantes hoy, inevitablemente, van a tener que ser analizadas en el Senado. De lo contrario, estaríamos tomando una decisión que dejaría renga la propia administración de justicia. Esta será una discusión que en todo caso abordaremos cuando el proyecto que está en el Senado venga a la Cámara de Representantes. Confieso que me genera enormes dudas que un Código del Proceso Penal se pueda poner en aplicación parcialmente. Con sinceridad, debo decir que es de las cosas que me hacen retrotraer a la anterior experiencia que tuvo nuestro Estado, en el sentido de haber aprobado un Código del Proceso Penal para después posponer su aplicación y, al final, terminar derogándolo sin aplicarlo. Por lo tanto, creo que en estos temas tenemos que ser particularmente cuidadosos. En ese sentido, lo que sale de la Cámara de Representantes con respecto al equilibrio que debe haber entre la Fiscalía de Corte y el Poder Judicial en realidad se desbalancea, porque solo sale lo que plantea la Fiscalía de Corte y no se tuvo en cuenta lo que planteó el Poder Judicial. El otro tema tiene que ver con la propuesta que hicimos del pasaje a comisión de los artículos 631, 632, 633, 634 y 635. Creo que, tanto el señor diputado Pasquet como quienes lo siguieron en el uso de la palabra, han sobreabundado en los fundamentos, lo que hace necesario que las normas del Código General del Proceso que se modifican sean analizadas detenidamente. Por cierto, no me basta el análisis que se haya hecho en el Poder Ejecutivo; me parece que debe hacerse en el Poder Legislativo, que es donde se terminan de aprobar las leyes. Lamentablemente, no es la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda -que fue la que primero lo aprobó- ni la Cámara, que no tiene un asesoramiento especializado, la que está en condiciones de dar aprobación con verdadero

conocimiento de causa los artículos que modifican el Código General del Proceso, por los que se reduce la actuación de la Fiscalía. Lo cierto es que este fue un tema que el fiscal de corte planteó a todos los partidos políticos. En ese momento, nosotros le respondimos -pienso que también debe haber sido la opinión de la mayoríaque merecía ser estudiado oportunamente y, en consecuencia, resolver. Por eso nosotros vamos a insistir en que se someta a votación la moción que plantea que los artículos 631 a 635 pasen a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración para su consideración. Gracias. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: mucho de lo que se ha expresado nos ahorra tiempo, pero quisiera hacer una precisión porque se dijo que la creación del servicio descentralizado de la Fiscalía General de la Nación había sido acompañado por unanimidad. Sin embargo, en una de nuestras primeras intervenciones parlamentarias marcamos nuestra posición contraria y parte de ese fundamento tenía que ver con que estábamos generando una institución que aparecía tremendamente fortalecida. Inclusive, la figura del fiscal es como la de un hombre con superpoderes y se traduce en esta propuesta de presupuesto. En oportunidad de la discusión general dije que este presupuesto tenía un empuje autoritario y este Inciso expresa cabalmente esa idea por las razones que aquí se expusieron. Cuando el Poder Ejecutivo resuelve otorgar todo lo pedido por la Fiscalía y no atender nada de lo que pide el Poder Judicial para el proceso que se viene, sin duda establece un orden de prioridades. Además, plantear en este mismo Inciso que el fiscal pueda transformar cargos por sí mismo, lo que reforma el Código, habla de la modificación que se pretende hacer en el equilibrio entre los distintos poderes. (Ocupa la Presidencia el señor representante Alejandro Sánchez) ——Por lo tanto, vamos a acompañar el desglose que se ha planteado y no votaremos varios de los demás artículos porque entendemos que vienen a confirmar

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las razones por las que en su momento nos opusimos a la creación de este nuevo servicio descentralizado de la Fiscalía General de la Nación. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa propone que cuando lleguemos a los artículos 631 a 635 se considere la moción presentada y posteriormente continuemos con la votación. Proponemos que se voten en bloque los artículos 617, 619, 622, 623, 624, 628, 629 y 630. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 618. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 620 y 621. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 625. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 626, que requiere mayoría absoluta para su aprobación. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y nueve en noventa y tres:

(Se lee:) “Mocionamos para que el artículo 631, que introduce significativas modificaciones a los artículos 27, 28 y 29 del Código General del Proceso y los artículos 632, 633, 643 y 635 directamente relacionados con el primero citado, pasen a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración a efectos de su consideración”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cuatro en noventa y tres: NEGATIVA. Proponemos votar en bloque los artículos 631 a 636. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el Inciso 34, “Junta de Transparencia y Ética Pública”, que comprende los artículos 637 y 638. (Texto del Inciso 34:) “Artículo 637.- Facúltase al Inciso 34 “Junta de Transparencia y Ética Pública” a disponer las transposiciones de créditos presupuestales necesarias para mejor prestación del servicio, con la sola limitación de no ser trasponer partidas de gastos de funcionamiento o de inversiones a retribuciones personales. Artículo 638.- Autorizase al Inciso 34 “Junta de Transparencia y Ética Pública” a realizar las transformaciones de cargos que requiera el servicio, siempre que ello no implique aumento de crédito presupuestal, lo que será comunicado a la Contaduría General de la Nación, dando cuenta a la Asamblea General y al Tribunal de Cuentas”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar en bloque los artículos 637 y 638. (Se vota) ——Noventa y cuatro por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el Inciso 21, “Subsidios y Subvenciones”, que comprende los artículos 639 al 653, inclusive. (Texto del Inciso 21:)

En discusión el artículo 627. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores diputados Iván Posada, Daniel Radío, Andrés Carrasco Briozzo y Ope Pasquet.

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“Artículo 639.- Increméntase la partida asignada en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 021 “Subsidios y Subvenciones”, Proyecto 400 “Fortalecimiento Sistema Nacional de Investigación e Innovación”, Objeto del Gasto 551.015 “Agencia Nacional de Investigación e Innovación”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” en $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y $ 300:000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos) anuales, a partir del ejercicio 2017. Artículo 640.- Increméntase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 021 “Subsidios y Subvenciones”, Proyecto 401 “Centro para la Inclusión Tecnológica y Social”, en el Objeto del Gasto 552.037 “Plan Ceibal”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos uruguayos) anuales, a partir del ejercicio 2017. Artículo 641.- Asígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 021 “Subsidios y Subvenciones”, en el Programa 400 “Políticas Transversales de Desarrollo Social”, Proyecto de Inversión 915 “Proyecto Ibirapitá”, una partida de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos) anuales, a partir del ejercicio 2017. Artículo 642.- Increméntase en el Inciso 21 “Subsidio y Subvenciones”, Programa 241 “Fomento a la investigación académica”, Unidad Ejecutora 021 “Subsidio y Subvenciones” el Objeto del Gasto 551.011 “Fundación Instituto Pasteur” en $ 34.000.000 (treinta y cuatro millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y $ 54.000.000 (cincuenta y cuatro millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017. Artículo 643.- Increméntase en el Inciso 21 “Subsidio y Subvenciones”, Programa 440 “Atención integral de la salud”, Unidad Ejecutora 012 “Ministerio de Salud Pública”, el Objeto del Gasto 551.016 “Centro Uruguayo de Imagenología Molecular” en $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017. Artículo 644.- Reasígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Financiación 1.1 ” Rentas Generales”, la suma de $ 245.000.- (doscientos cuarenta y cinco mil pesos uruguayos) del Programa 440 ” Atención Integral de la Salud”, Unidad Ejecutora 012 “Ministerio de Salud Pública”, Objeto del Gasto 551/016 “Centro Uruguayo de Imagenología Molecular” al Programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, Unidad Ejecutora 015 “Ministerio de Desarrollo Social”, Objeto del Gasto 555/016 “Biblioteca Pública Juan Lacaze “José Enrique Rodó”. Artículo 645.- Increméntanse las asignaciones presupuestales del Inciso 21 “Subsidio y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para los ejercicios, Programas, Objetos del Gasto e importes que se detallan a continuación:

Progr. Obj.Gto. Denominación 241 341

2016

2017

2018

2019

551.004 Programa Desarrollo 15:000.000 20:000.000 20:000.000 20:000.000 Ciencias Básicas 519.006 Instituto Educativa Evaluación 23:000.000 30:000.000 30:000.000 30:000.000

Artículo 646.- Asígnase en el inciso 21 “Subsidio y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura”, Programa 281 “Institucionalidad Cultural”, una partida anual de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) con destino a la Federación Uruguaya de Teatro Independiente. Artículo 647.- Elimínanse las asignaciones presupuestales para las organizaciones que se detallan a continuación:

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Prog. 282 281 340 400 400

Inc. 2 11 11 15 15

Institución Asociación Cristiana de Jóvenes de Salto Instituto Histórico y Geográfico Asociación Civil Mburucuyá Instituto Nacional de Ciegos Club de Niños Cerro del Marco – Rivera

Artículo 648.- Increméntanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” las partidas asignadas a las instituciones que se enumeran, en los importes en moneda nacional y para los ejercicios, programas e incisos que se detallan a continuación: Prog. Inc. Institución 282 282 282 283 283 283 2 2 2 2 2 2 Movimiento Scout del Uruguay Scouts del Uruguay Asociación Cristiana de Jóvenes de San José Comité Olímpico Uruguayo Comité Paralímpico Uruguayo Asociación Civil Olimpíadas Especiales 2016 0 0 0 0 135.000 205.000 2017 20.000 50.000 30.000 45.000 150.000 200.000

300 487 320 320 320 280 280 280 280 280 281

3 6 7 7 8 11 11 11 11 11 11

Asociación Honoraria de Salvamentos Marítimos y 285.000 Fluviales SEDHU Movimiento Juventud Agraria Asociación Uruguaya Escuela Familiares Agrarios Organismo Uruguayo de Acreditación Fundación Zelmar Michelini 0 220.000 0 0 0

400.000 30.000 330.000 35.000 60.000 50.000 25.000 30.000 20.000 150.000 80.000

Biblioteca Pública y Popular de Juan Lacaze José Enrique Rodó 0 Cinemateca Uruguaya Fundación Mario Benedetti Museo Torres García Academia Nacional de Letras 0 0 100.000 0

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Prog. Inc. Institución 281 281 281 340 440 440 440 441 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 400 400 400 400 11 11 11 11 11 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 15 15 15 15 Academia de Ciencias Academia de Veterinaria Comisión del Fondo Nacional del Teatro Centro Pedagógico Terapéutico CPT Academia Nacional de Medicina Patronato del Sicópata Comisión Pro-Remodelación Hospital Maciel

2016 0 0 0 0 0 0 0

2017 40.000 40.000 100.000 20.000 70.000 150.000 45.000 35.000 120.000 30.000 20.000 150.000 80.000 35.000 300.000 20.000 45.000 20.000 20.000 15.000 20.000 20.000 240.000 140.000 70.000 35.000

Movimiento Nacional de Usuarios de Salud Pública y Privada 0 Fundación Génesis Uruguay Asociación Uruguaya de Lucha contra el Cáncer Liga Uruguaya contra la Tuberculosis Fundación Pro-Cardias Asociación Uruguaya de Enfermedades Musculares 80.000 0 0 0 0

Comisión Departamental de Lucha contra el Cáncer de Treinta y Tres 0 Cruz Roja Uruguaya Asociación de Apoyo al implantado coclear Asociación del Seropositivo Asociación de Hemofílicos del Uruguay Asociación de Diabéticos de Durazno Fundación Dianova del Uruguay Fundación Sin Límite Asociación Nueva Voz Escuela Horizonte Instituto Psico-Pedagógico Uruguayo Instituto Jacobo Zibil – Florida Hogar La Huella 205.000 0 0 25.000 0 15.000 0 0 0 0 0 0

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Prog. Inc. Institución 400 15 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

2016

2017 20.000 30.000 40.000 40.000 0 35.000 30.000 155.000 70.000 100.000 20.000 25.000 100.000 60.000 50.000 40.000 35.000 105.000 35.000 40.000

Hogar Infantil Los Zorzales – Movimiento Mujeres de San Carlos 0 Fundación Winners Centro de Educación Individualizada Centro Educativo para niños autistas de Young 0 0 0

Asociación Canaria de autismo y TGD del Uruguay ACATU 100.000 Centro de Atención Especializada – CEDAE Centro YBYRAY Fundación Braille del Uruguay Granja para Jóvenes esperanza Sabalera y Adultos Discapacitados 85.000 50.000 0 0 0 0 100.000

Centro de Integración de Discapacitados – CINDIS Centro ARAI Asociación Uruguaya de Alzheimer y similares

Centro de Rehabilitación Ecuestre El Tornado de Juan Lacaze 135.000 Obra Don Orione Pequeño Cottolengo Uruguayo Obra Don Orione Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia Asociación Pro Recuperación del Inválido Asociación Nacional para el Niño Lisiado Plenario Nacional del Impedido Organización Nacional Pro Laboral Lisiados 0 0 0 0 0 0 0

400 400 400 400

15 15 15 15

Acción Coordinadora y Reivindicadora del Impedido del 0 Uruguay Asociación Down Escuela nº 200 de Discapacitados 0 0

65.000 50.000 30.000 50.000

Centro Educativo Atención Psicosis Infantil y Autismo de Salto 0

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Prog. Inc. Institución 400 400 400 400 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

2016

2017 30.000 40.000 55.000 220.000 90.000 50.000 25.000 20.000 45.000 80.000

Federación Uruguaya de Asociaciones de Padres y Personas con Capacidades Mentales Diferentes 0 Movimiento Nacional Recuperación Minusválido Asociación Uruguaya Catalana Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado 0 0 0

400 400 400 400 400 400

Comisión Nacional de Centros de Atención a la Infancia CAIF 0 Asociación Pro Discapacitado Mental de Paysandú Apoyo a la Escuela nº 97 Discapacitados de Salto Club Pro Bienestar del Anciano Juan Yaport Voluntarios de Coordinación Social Patronato Nacional de Liberados y Excarcelados 125.000 0 0 0 0

400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400

15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

Asociación Uruguaya de Padres de Personas con Autismo Infantil 60.000 Asociación Padres y Amigos del Discapacitado de Tacuarembó 0 Instituto Canadá de Rehabilitación Institución Esclerosis Múltiple del Uruguay 0 105.000

65.000 30.000 30.000 50.000 20.000 100.000 20.000 70.000 20.000 20.000 25.000 20.000 25.000 0

Asociación Padres y Amigos del Discapacitado de Lavalleja 0 UDI 3 de diciembre – Unión de Impedidos de Melo Asociación de Impedidos Duraznenses 75.000 0

Comisión Honoraria del Discapacitado – Servicio de Transporte. 0 Asociación de Lascanense Ayuda Integral al Discapacitado 0 0

Asociación de Discapacitados de Barros Blancos.

Centro de Padres y Amigos de Discapacitados de Sarandí del Yí 0 Centro Integral de Atención a Personas Vulnerables. Hogar de Ancianos de Mariscala Organización Renacer 0 0 100.000

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Prog. Inc. Institución 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 340 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 21

2016

2017 0 20.000 35.000 50.000 0 100.000 35.000 100.000 60.000 190.000 20.000 100.000 30.000 50.000 105.000 100.000 25.000 35.000 20.000 20.000 50.000 90.000

Asociación Uruguaya Discapacidad Independiente Tercera Edad – DITEC 105.000 Centro de Apoyo al Discapacitado de Juan Lacaze El Sarandí – Hogar Valdense 0 0

Fundación de Apoyo y Promoción del Perro de Asistencia – FUNDAPASS 55.000 Fundación Voz de la Mujer – Juan Lacaze Hogar de Ancianos de Mercedes Liga de Defensa Social Asociación Síndrome de Down Paysandú – ASDOPAY 50.000 105.000 0 105.000

Asociación Uruguaya de Atención a la Infancia en Riesgo. 0 Unión Nacional de Protección a la Infancia Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual Unión Nacional de Ciegos del Uruguay Hogar de Ancianos Blanca Rubio de Rubio Instituto Nacer-Crecer y Vivir – INACREVI COTHAIN 40.000 0 50.000 0 50.000 20.000

Asociación de Padres y Amigos de Discapacitados de Rivera – APADIR 75.000 Escuela Granja nº 24 Maestro Cándido Villar – San Carlos 0 Sociedad Animales El Refugio Asociación Protectora de 0 0 0 50.000

Asociación Civil Maestra Juana Guerra Centro Día Querer la Vida – QUELAVI

Comisión Nacional de Centros de Atención a la Infancia CAIF 0 Total

2.910.000 7.195.000

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La Contaduría General de la Nación incrementará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. Artículo 649.- Asígnanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” a las instituciones que se enumeran, las partidas en moneda nacional y para los ejercicios, programas e incisos que se detallan a continuación:

Prog. Inc. Institución 282 320 280 280 441 441 442 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 2 7 11 11 12 12 12 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 Fundación A Ganar Plan Nacional de Agroecología Asociación Patriótica del Uruguay Biblioteca José Pedro Varela Centro de Capacitación Humanizadora Espacio Participativo de Usuarios de la Salud Fundación Diabetes Uruguay Amigos de los Animales de Paysandú Animales sin Hogar Asociación Autismo en Uruguay Asociación Civil “El Abrojo” Asociación Civil Corazones con Alas Asociación Down de Flores – ADOFLO Asociación Martín Etchegoyen del Pino – Fray Bentos Asociación Sordos Ciegos del Uruguay

2016 150.000 150.000 150.000 100.000 150.000 150.000 150.000 100.000 200.000 150.000 50.000 100.000 110.000 200.000 150.000

2017 250.000 50.000 50.000 100.000 100.000 100.000 110.000 150.000 400.000 50.000 100.000 150.000 150.000 200.000 150.000 100.000 150.000 85.000 150.000

Asociación Uruguaya Cultural y Social de Ciegos ACSUC 150.000 Asociación Uruguaya de Perros Lazarillos de Asistencia para Ciegos 100.000 Centro de Rehabilitación de Maldonado Centro Esperanza de Young 100.000 150.000

400

15

Centro de Rehabilitación Ecuestre Reg.B.G.F.R de C.Mec N° 3 – Comisión Honoraria Dptal.de Equinoterapia de Rivera 50.000

100.000

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Prog. Inc. Institución

2016

2017

400 400 400 400 400 400 400

15 15 15 15 15 15 15

Equinoterapia Abrazo a la Esperanza Escuela Natural e Integral de Rivera Factor Solidaridad Fundación Chamangá Hogar de Ancianos de Pan de Azúcar Hogar Ginés Cairo Medina Huerta Taller “Buscando Espacio” – Colonia

150.000 150.000 50.000 150.000 100.000 150.000 100.000

150.000 110.000 50.000 200.000 50.000 110.000 50.000

400

15

Instituto Rehabilitación Visual para Personas Ciegas y Baja Visión – Maldonado 150.000 Observatorio de los Derechos para las Personas Discapacitados – OUDPD 100.000 SOS Canino Trastornos del Espectro Autista Total 150.000 150.000

110.000

400 400 400

15 15 15

50.000 50.000 100.000

4.010.000 3.725.000

La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. Artículo 650.- Los subsidios que se transfieren a través de la Secretaría Nacional de Deporte deberán reasignarse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, desde la Unidad Ejecutora 009 “Ministerio de Turismo y Deporte” a la Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en los mismos programas. Artículo 651.- Increméntase la partida asignada al Instituto Plan Agropecuario por el artículo 750 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para actividades de transferencia de tecnología y capacitación agropecuaria, en $ 6.047.500 (seis millones cuarenta y siete mil quinientos pesos uruguayos). Artículo 652- Asígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, una partida anual de $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos), con destino al Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA). Artículo 653.- Increméntase en el Inciso 21 “Subsidio y Subvenciones”, Unidad Ejecutora 008 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, Programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, con cargo a la financiación 1.1 “Rentas Generales”, el Objeto del Gasto 551.022 “Parque Científico y Tecnológico de Pando”, en $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos)”.

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——En discusión. Propongo que se realice un bloque con los artículos 639, 640, 642, 644 y del 647 al 651, inclusive. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Solicito que no se vote en bloque el artículo 640. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar el bloque propuesto, con excepción del artículo 640. (Se vota) ——Noventa y cuatro por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 640. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).Señor

gentileza de invitar a la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Representantes. A la última o penúltima sesión concurrió el ingeniero Brechner con dos gerentas -ingenieras también-, por el tema Google. Se hicieron algunas preguntas sobre el destino del dinero, y nos preocupó la creación de una fundación. La senadora Constanza Moreira le preguntó al ingeniero para qué era la fundación y él respondió que era para hacer evaluaciones. En consecuencia, si bien el Partido Nacional va a votar afirmativamente este artículo, queríamos dejar en la versión taquigráfica la constancia del control que intentamos hacer que, por supuesto, no es el único, a la vez de hacer llegar nuestra constancia al Senado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar el artículo 640. (Se vota) ——Noventa y cinco en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 641.

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).presidente: este artículo refiere al Plan Ceibal.

SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Obviamente que no vamos a entrar en consideraciones pedagógicas, ni mucho menos, pero nos preocupó la forma de asignar el dinero. En especial, fue planteado por el señor diputado Gandini porque quisimos saber en qué está pensando el Gobierno -todos sabemos que se trata de una persona pública de derecho privado, que depende directamente de la Presidencia-, cuál es la propuesta, porque no aparece especificada, no aparecen inversiones -serían gastos de funcionamiento- ni cuál es el plan. Se piden $ 100.000.000 no sabemos para qué, si es para seguir renovando equipamiento, y queremos tener una idea de lo que se quiere hacer con esa cifra. Luego se piden $ 250.000.000 que se incrementan para el resto de los años. Asimismo, hay un desfase en las inversiones el contador Borchardt no pudo explicar, pero que nos prometió enviar la documentación de la que en ese momento no disponía; sin embargo, no la mandó. Hay una partida de $ 1.000.000 y un incremento de $ 600.000.000 para funcionamiento y a nosotros nos interesa dejar constancia de que no se nos aclaró el destino, las partidas ni el manejo. Cabe aclarar que hemos tenido dos experiencias muy concretas en la Comisión de Educación y Cultura del Senado, ya que los senadores han tenido la

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: este artículo refiere a los fondos que se destinan a la puesta en marcha del llamado proyecto Ibirapitá. Sinceramente -lo dije en oportunidad de mi intervención en la discusión en general- creo que este era una de los ejemplos de cómo, en definitiva, en un país que tiene prioridades notorias en cuanto a la niñez en condiciones de pobreza -hice referencia a los aproximadamente 22.000 niños que hay entre cero y once años-, se van a destinar aproximadamente US$ 38.500.000 a implementar el proyecto Ibirapitá. Desde nuestro punto de vista, y en atención a lo que para nosotros son prioridades de carácter social, en un país donde la pobreza está concentrada a nivel de los niños y precisamente de las personas mayores de edad, cuando en las encuestas del Instituto Nacional de Estadísticas no se registran, por suerte para nuestro país, niveles de pobreza con la significación de los que están planteados para los niños, se va a terminar gastando esta cifra que, indudablemente, si la destináramos, por ejemplo, a los planes CAIF tendrían un mayor impacto social y estaríamos reforzando el gasto en áreas que, a nuestro juicio, son prioritarias.

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Aclaramos que vamos a votar este artículo por la negativa. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar el artículo 641. (Se vota) ——Ochenta y cinco en noventa y seis: AFIRMATIVA. Propongo hacer un bloque con los artículos 645 y 646. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque propuesto. (Se vota) ——Noventa y seis por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 652. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y seis: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 653. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta en noventa y seis: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo al Inciso que figura en la Hoja Nº 78, presentado por los señores diputados Gustavo Penadés, Jorge Gandini, Sebastián Andújar, Mario Ayala Barrios, Conrado Rodríguez, Benjamín Irazábal e Iván Posada. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Sustitúyese el artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, por el artículo 1º de la Ley Nº 18.628, de 10 de diciembre de 2009, por los artículos 787, 788 y 789 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el artículo 1º de la Ley Nº 18.900, de 30 de abril de 2012, por el artículo 316 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y por el artículo 358 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013; por el siguiente: ‘ARTÍCULO 79. (Donaciones especiales. Entidades).- Se encuentran comprendidas en el beneficio establecido por el artículo precedente, las donaciones destinadas a:

1) Educación primaria, secundaria y técnico profesional: A) Establecimientos públicos de educación primaria, de educación secundaria, de educación técnico-profesional y de formación docente, Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico-Profesional y los servicios que integren el Consejo de Educación Inicial y Primaria, equipos técnicos universitarios interdisciplinarios, que funcionen en el marco de proyectos dirigidos a mejorar la calidad educativa, previamente estudiados y aprobados por las autoridades pertinentes. La Administración Nacional de Educación Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones incluidas en el presente literal. Instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, secundaria, técnicoprofesional, debidamente habilitadas, y que atiendan efectivamente a las poblaciones más carenciadas, así como para financiar infraestructura educativa de las instituciones que, con el mismo objeto, previo a solicitar su habilitación, presenten su proyecto educativo a consideración del Ministerio de Educación y Cultura.

B)

2) Educación terciaria e investigación: A) B) C) D) E) F) G) La Universidad de la República y las fundaciones instituidas por la misma. Universidad Católica del Uruguay. Universidad de Montevideo. Universidad ORT Uruguay. Universidad de la Empresa. Instituto Universitario CLAEH. El Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable y la Fundación de Apoyo al Instituto Clemente Estable. Fundación Instituto Pasteur. Instituto Antártico Uruguayo.

H) I)

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J)

Universidad Tecnológica.

C) D) E) F) G) H) I) J) K)

Aldeas Infantiles S.O.S. Asociación Civil Gurises Unidos. Centro Educativo Los Pinos. Fundación Salir Adelante. Fundación TZEDAKÁ. Fundación Niños y Niñas del Uruguay. Instituto de Promoción Económico Social del Uruguay (IPRU) Asociación Cimientos. Civil América Proyecto

3) Salud: A) La construcción de locales o adquisición de útiles, instrumentos y equipos que tiendan a mejorar los servicios de las entidades con personería jurídica dedicadas a la atención de personas en el campo de la salud mental, que hayan tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos a la fecha de recibir la donación. La Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de las Colonias de Asistencia Psiquiátrica ‘Doctor Bernardo Etchepare’ y ‘Doctor Santín Carlos Rossi’. La Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica. La Fundación Peluffo Giguens y la Fundación Dr. Pérez Scremini, en aquellos proyectos acordados con la Dirección del Hospital Pereira Rossell. La Fundación Álvarez – Caldeyro Barcia. La Fundación Porsaleu. La Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer. La Asociación Nacional para el Niño Lisiado Escuela Franklin Delano Roosevelt. Centro de Rehabilitación de Maldonado (CEREMA). Cottolengo Don Orione. Pequeñas Hermanas Misioneras de la Caridad (Cottolengo Femenino Don Orione). Fundación Clarita Berenbau.

B)

Fundación Celeste.

C) D)

El Ministerio de Desarrollo Social informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 5) La Unidad Operativa del Plan Juntos. 6) Rehabilitación Social: A) B) C) Asociación Civil de Apoyo a Rehabilitación e Integración Social. la

E) F) G) H)

Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. Centro de Protección por la Dignidad Humana – CEPRODIH.

I) J) K)

El Ministerio del Interior o el de Desarrollo Social, según corresponda, informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. Los proyectos declarados de fomento artístico cultural, de acuerdo con lo establecido por el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 190 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, se seguirán rigiendo por dicha ley y sus modificativas. Aquellas instituciones, que no reciban donaciones o no cuenten con proyectos aprobados y vigentes en un período de dos años, dejarán de integrar la lista precedente. El Poder Ejecutivo dará cuenta de ello a la Asamblea General”. ——En discusión. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Gandini.

L)

M) Hemocentro Regional de Maldonado. El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones. 4) Apoyo a la niñez y la adolescencia: A) B) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay. La Fundación Niños con Alas.

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SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: voy a fundamentar esta propuesta, que es producto del planteo de algunas de las tantas delegaciones que recibió la comisión. Como ustedes saben, el artículo 79 de Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera permite que algunas empresas que pagan sus impuestos puedan direccionar 75 % de sus rentas a algunas de las instituciones públicas o privadas que aquí están autorizadas. En casi todos los presupuestos y rendiciones de cuentas este artículo se modifica, ya que habitualmente ingresa alguna categoría o institución nueva. Inclusive, en los últimos tiempos la norma se ha dividido según el tipo de organizaciones. En este caso, planteamos un aditivo para incluir cinco instituciones. Como pueden ver, el numeral 1) refiere a instituciones de educación primaria, secundaria y técnico profesional. En este numeral están comprendidos establecimientos públicos de educación primaria, secundaria, de UTU, la Universidad de la República, educación inicial e instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, etcétera. El numeral 2) tiene que ver con la educación terciaria y la investigación. En él encontramos, a todas las universidades, a la Fundación Instituto Pasteur, al Instituto Antártico Uruguayo, a la UTEC y demás. El numeral 3) refiere a la salud. En esta categoría pueden ser destinatarias diversas organizaciones públicas y privadas como la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de las Colonias de Asistencia Psiquiátrica Doctor Bernardo Etchepare y Doctor Santín Carlos Rossi, las fundaciones Teletón, Peluffo Giguens, Pérez Scremini, Álvarez-Caldeyro Barcia, etcétera. En este numeral incorporamos a la Fundación Clarita Berenbau y al Hemocentro Regional de Maldonado. La Fundación Clarita Berenbau lleva el nombre de una conocida periodista, cuya familia inició un proceso con una línea 0800 para la contención de familiares de enfermos terminales de cáncer. Esta fundación realiza una importante e interesante tarea, que relataron en comisión. El Hemocentro Regional conocido por todos quienes departamento. de Maldonado es pertenecen a ese

El numeral 4) del artículo tiene que ver con instituciones que brindan apoyo a la niñez y adolescencia. Aquí podemos encontrar al INAU, la Fundación Niños con Alas, Aldeas Infantiles, Asociación Civil Gurises Unidos, Centro Educativo Los Pinos, Fundación Niños y Niñas del Uruguay, etcétera. En este caso, incluimos a la Asociación Civil América-Proyecto Cimientos y a la Fundación Celeste. La Asociación Civil América-Proyecto Cimientos trabaja directamente con la ANEP. Con Primaria, eligen una escuela y junto a sus autoridades abordan la problemática de los muchachos, les dan contención familiar y ayuda de toda naturaleza para que tengan mejor rendimiento y pasen de grado. Lo mismo se hace en Secundaria; están en Villa Española y en otros lugares. La presidenta de Secundaria conoce perfectamente el proyecto. Creo que la Fundación Celeste es conocida por todos. Es una organización que llevan adelante los jugadores de la selección uruguaya, con sus propios aportes; estuvieron en la comisión y se sacaron fotos con muchos de nosotros. Lo cierto es que hacen una muy buena tarea, sobre todo, en el interior del país, a través de la incorporación de muchachos al deporte como una vía de inclusión social, educativa y demás. El numeral 6) refiere a las instituciones que tienen que ver con la rehabilitación social. Aquí figuran, entre otras, el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. Nosotros incluimos al Centro de Protección por la Dignidad Humana, Ceprodih, que trabaja en barrios carenciados, atendiendo familias, ayudando a su integración y a la iniciación laboral, sobre todo, a las mujeres jefas de hogar. Nos parece importante que se incorporen estas cinco instituciones. Por las dudas, informo cómo es el sistema: estas instituciones tienen que presentarse en el Ministerio de Economía y Finanzas y recorrer un largo proceso hasta que se las autorice. Esta medida no tiene costo alguno. El artículo 78 del Texto Ordenado determina cómo funciona. Hay un monto de dinero que el Ministerio de Economía y Finanzas destina a estas instituciones, a las empresas que descuentan rentas. Se puede descontar hasta determinado monto de renta total. Ese monto puede ser el global fijado o se puede establecer específicamente cuánto puede recibir una institución en particular.

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Obviamente, el Estado tiene una pérdida fiscal, pero hasta un máximo que ya fijó. De ese máximo, que existe hace mucho tiempo, no se ha usado más del 60 % porque las empresas donan, pero no a la marchanta. Además, estas empresas son objeto de un control mucho mayor que otras. Cuando se disponen a participar de este sistema, el Ministerio de Economía y Finanzas y la DGI realizan mayores controles sobre estas empresas, que tienen que abrir más sus libros. Reitero que esta medida no implica costos y existe un monto de dinero que ni siquiera ha sobrepasado el 60 % de su uso. Además, si algún día creciera, nunca pasaría el tope; las empresas competirían entre sí por ese monto. Quiero agregar que el Plan Juntos era otro de los destinatarios; lo tuvimos que sacar. Es decir que este mecanismo abarca a instituciones públicas y privadas de toda naturaleza. Como las organizaciones que mencioné no fueron incluidas por la comisión, hacemos esta propuesta, que no tiene costo. Creemos que esta es una buena forma de inversión social. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: en este momento no estamos en condiciones de acompañar esta propuesta porque no la discutimos ni tenemos un acuerdo interno en la bancada, pero a varios diputados nos gustaría acompañarla. No vamos a hacer un intermedio a la hora 5 y 50, pero nos comprometemos, como hemos hecho con otros artículos, a revisar esto en el Senado. Creo que hay varios diputados que acompañan esta idea considerando que no se está tocando el tope -como se ha fundamentado – y que estamos habilitando a las asociaciones a ese proceso. Pedimos disculpas porque no lo discutimos, pero nos interesaría que estas asociaciones también ingresaran. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y cinco en noventa y ocho: NEGATIVA. SEÑOR RADÍO (Daniel).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: en lo que tiene que ver con apoyo a la niñez y adolescencia esta propuesta habilita a competir a la Asociación Civil América-Proyecto Cimientos y la Fundación Celeste; en el área relativa a la salud, a la Fundación Clarita Berenbau y el Hemocentro Regional de Maldonado; y en cuanto a rehabilitación social, al Centro de Protección por la Dignidad Humana. Como se explicó, la renuncia fiscal es de monto fijo en cada una de las áreas. Las organizaciones autorizadas compiten por esos recursos, es decir, tratan de obtener donaciones. Obviamente, esas donaciones van a ser descontadas desde el punto de vista impositivo en función de la autorización previa del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el monto que el Poder Ejecutivo fije para cada una de las áreas: rehabilitación social, etcétera. Debe quedar claro que cada una tiene un tope diferente y en función de eso, se hace una competencia por los recursos. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra.

SEÑOR RADÍO (Daniel).- Señor presidente: el estudio de este Inciso implicó durante muchas semanas recibir a una cantidad de delegaciones que entendían que debían ser tenidas en cuenta a efectos de recibir los subsidios. Además, implicó una tarea ardua, minuciosa e intensa, con un control muy estricto para la asignación de los escasos recursos entre las organizaciones. Históricamente, se requirió que la comisión trabajara en forma coordinada, y la exdiputada Daniela Payssé hizo una tarea muy eficiente en ese sentido. Quiero hacer el reconocimiento a la señora diputada Irene Caballero que se tomó muy en serio su trabajo e hizo que no echáramos de menos a la exdiputada Payssé. (¡Apoyados!) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar el Inciso 24, “Diversos Créditos”, que comprende los artículos 655 a 680, inclusive. (Texto del Inciso 24:)

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“Artículo 655.- El porcentaje sobre el monto de recursos que corresponderá a los Gobiernos Departamentales, según lo previsto en el literal C) del artículo 214 de la Constitución de la República, será del 3,33 % (tres con treinta y tres por ciento) anual para los ejercicios 2016 a 2019. Este porcentaje se calculará sobre el total de los recursos del Presupuesto Nacional (incluyendo la totalidad de destinos 1 a 6 clasificados en los documentos presupuestales) del ejercicio inmediato anterior, actualizado por el Índice de Precios al Consumo promedio del año. En cada ejercicio se tomarán los recursos totales percibidos por el Gobierno Nacional, incluyendo los recursos que se creen en el futuro, con la excepción de aquellos a los que la ley les asigne un destino especial así como al crecimiento de los vigentes al 1º de enero 2015, que tengan afectación especial. La Comisión Sectorial de Descentralización determinará el incremento de cuales de los recursos con afectación especial vigentes a la fecha de promulgación de la ley, no serán considerados a efectos de determinar esta base de cálculo. De la partida resultante de aplicar dicho criterio se deducirán los montos establecidos en el inciso final del literal b) y en el literal c) del artículo que asigna partidas para el Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios en la presente ley. Si luego de aplicada la deducción establecida en el inciso precedente, resultare una partida inferior a $ 9.805.000.000 (nueve mil ochocientos cinco millones de pesos uruguayos), expresada a valores promedio de 2014, el monto anual a transferir será de dicha cifra. El acceso por parte de cada Gobierno Departamental al porcentaje que le corresponda de la partida que se establece en el inciso primero del presente artículo, se realizará en la medida en que se cumplan las metas que emerjan de compromisos de gestión que los Gobiernos Departamentales suscribirán en el marco de la Comisión Sectorial de Descentralización. Dichos compromisos de gestión incluirán, entre otros, el pago de los consumos corrientes de los servicios públicos prestados por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, la Administración Nacional de Correos y la Administración Nacional de Telecomunicaciones, el cumplimiento de las resoluciones adoptadas en forma unánime por el Congreso de Intendentes y de las obligaciones de información relativas a los aspectos presupuestales, financieros, de deuda y de sostenibilidad fiscal. Los compromisos de gestión que se adopten, deberán contar con informe previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. En caso de incumplimiento de dichos compromisos de gestión, el porcentaje que le corresponda al Gobierno Departamental se calculará en base a una partida equivalente al 2,90 % (dos con noventa por ciento). En este caso, el monto mínimo de la partida total no podrá ser inferior a los $ 8.539.000.000 (ocho mil quinientos treinta y nueve millones de pesos uruguayos) expresados a valores promedio de 2014. Artículo 656.- De la partida resultante del artículo precedente se deducirán sucesivamente: A) B) En primer lugar, el 12,90 % (doce con noventa por ciento) que se destinará al Gobierno Departamental de Montevideo. En segundo lugar, el total ejecutado del Proyecto 999 “Mantenimiento de la Red Vial Departamental”, del Programa 372 “Caminería Departamental” de la unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, que se distribuirá y ejecutará conforme a los criterios establecidos por la Comisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República. En tercer lugar, las partidas ejecutadas del Proyecto 960 “Programa de Desarrollo y Gestión Subnacional”, del Programa 492 “Apoyo a gobiernos departamentales y locales”, de la unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República” del Inciso 24 “Diversos Créditos”. El remanente se distribuirá entre los Gobiernos Departamentales del interior de la República, de acuerdo con los siguientes porcentajes:

C)

D)

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DEPARTAMENTO Artigas Canelones Cerro Largo Colonia Durazno Flores Florida Lavalleja Maldonado Paysandú Rio Negro Rivera Rocha Salto San José Soriano Tacuarembó Treinta y Tres

PORCENTAJE 5,68 10,09 5,83 4,89 5,13 2,78 4,52 4,42 7,92 6,44 4,74 5,32 5,03 6,81 4,19 5,34 6,29 4,58

Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Congreso de Intendentes y previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a incrementar las asignaciones presupuestales de los proyectos de inversión mencionados en los literales B) y C) del presente artículo, con cargo a la partida referida en el artículo anterior de la presente ley. Artículo 657.- De los montos resultantes de la distribución del artículo precedente, se deducirán, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 338 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007: A) En primer lugar, la cuota anual del Congreso de Intendentes que le corresponda a cada Gobierno Departamental, que haya sido comunicada antes del 15 de enero de 2016, la que se actualizará semestralmente de acuerdo al Índice de Precios al Consumo. En segundo lugar, se deducirán, para cada Gobierno Departamental, los aportes patronales y personales a la Seguridad Social que le correspondan, el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y el aporte al Fondo Nacional de Vivienda, generados a partir de la vigencia de la presente ley. Dichas transferencias se realizarán mensualmente y en forma directa a los organismos destinatarios del pago.

B)

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C)

En tercer lugar, del saldo que surja para cada Gobierno Departamental, resultante de la distribución del artículo precedente, se afectará un crédito de hasta el 11 % (once por ciento) con destino al pago de las obligaciones corrientes que se generen por prestaciones brindadas a los Gobiernos Departamentales por parte de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, de la Administración Nacional de Correos y del Banco de Seguros del Estado exclusivamente por seguros de accidentes de trabajo. La afectación anterior operará contra información del adeudo correspondiente por el organismo acreedor, comunicado previamente al Gobierno Departamental que corresponda.

Artículo 658.- El Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios establecido en el artículo 19 de la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, contará con las siguientes partidas anuales, con destino a los Programas Presupuestales Municipales, para el cumplimiento de los cometidos establecidos en el artículo 13 de la citada ley: A) $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) a valores de enero de 2015, la que se ajustará anualmente en base al Índice de Precios al Consumo y se distribuirá en partidas iguales entre todos los Municipios del país. A efectos de alcanzar el importe precedente, increméntase, a partir de la promulgación de la presente ley, la partida asignada por el artículo 760 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos), para el ejercicio 2016, $ 455.000.000 (cuatrocientos cincuenta y cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2017, $ 632.000.000 (seiscientos treinta y dos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018 y $ 750.000.000 (setecientos cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2019. Las partidas están expresadas a valores de enero de 2015, se ajustarán anualmente en base al Índice de Precios al Consumo, se distribuirán conforme a criterios establecidos por la Comisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República que tendrán en cuenta el número de habitantes, la superficie, las necesidades básicas insatisfechas y niveles de educación de la población de cada Municipio y se destinarán a proyectos y programas aprobados por la misma. En ningún caso podrá afectarse esta partida a gastos emergentes de recursos humanos ni podrá asignarse más del 40 % (cuarenta por ciento) del monto correspondiente a cada Municipio a la financiación de otros gastos de funcionamiento. A los efectos de la deducción establecida en el inciso tercero del artículo 620 de la presente ley, que fija el porcentaje que corresponde a los Gobiernos Departamentales de acuerdo al literal c) del artículo 214 de la Constitución, se considerarán únicamente los siguientes montos: $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016, $ 255.000.000 (doscientos cincuenta y cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2017, $ 432.000.000 (cuatrocientos treinta y dos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018, y $ 550.000.000 (quinientos cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2019. C) $ 45.000.000 (cuarenta y cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2017, $ 68.000.000 (sesenta y ocho millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018 y $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2019. Las partidas están expresadas a valores de enero de 2015, se ajustarán anualmente en base al Índice de Precios al Consumo, se destinarán a proyectos y programas financiados por el Fondo y estarán sujetas al cumplimiento de metas que emerjan de los compromisos de gestión celebrados entre los Municipios y los Gobiernos Departamentales suscritos y evaluados conforme a los criterios establecidos por la Comisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República.

B)

Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Congreso de Intendentes y previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a habilitar proyectos de inversión, con cargo a las partidas establecidas en los literales B) y C) del presente artículo. Artículo 659.- El Programa 372 “Caminería Departamental” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, contará con las siguientes asignaciones presupuestales:

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Proyecto 999- Mantenimiento de la Red Vial Departamental 998- Mantenimiento de la Red Vial Subnacional 994 Complementario de Caminería Departamental y Subnacional TOTAL

Importe 350:000.000 150:000.000 450:000.000 950:000.000

Los Proyectos referidos precedentemente serán sustitutivos de los proyectos de similar denominación que hasta la fecha de vigencia de la presente ley era ejecutados por el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” y del Proyecto 991 “Rehabilitación y Mantenimiento de Caminería Departamental” ejecutado en el ejercicio 2015 por el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Programa 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y Locales”. Los proyectos ejecutados en el marco del Programa 372 “Caminería Departamental” deberán ser financiados con un mínimo del 30 % (treinta por ciento) con recursos propios de los Gobiernos Departamentales. Artículo 660.- El Fondo Presupuestal a que refiere el numeral 2) del artículo 298 de la Constitución de la República tendrá carácter anual y quedará constituido, a partir del 1º de enero de 2016, con el 11 % (once por ciento) sobre el monto de $ 31.751.922.709 (treinta y un mil setecientos cincuenta y un millones novecientos veintidós mil setecientos nueve pesos uruguayos), que corresponde a los tributos nacionales recaudados fuera del departamento de Montevideo en el año 1999, a valores del 1º de enero de 2015. El Fondo se actualizará anualmente en base al Índice de Precios al Consumo. El 66,65 % (sesenta y seis con sesenta y cinco por ciento) de este fondo se destinará a la aplicación de las políticas de descentralización a ser ejecutadas por los organismos mencionados en el literal A) del artículo 230 de la Constitución de la República, que integran el Presupuesto Nacional, y el restante 33,35 % (treinta y tres con treinta y cinco por ciento) a las que serán ejecutadas por los Gobiernos Departamentales. De ese 33,35 % (treinta y tres con treinta y cinco por ciento), se destinará un 70 % (setenta por ciento) para proyectos y programas a ser financiados en un 80 % (ochenta por ciento) con recursos provenientes del Fondo, y un 20 % (veinte por ciento) con recursos propios de los Gobiernos Departamentales, incluidos los del Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios. El restante 30 % (treinta por ciento) se destinará a proyectos y programas a ser financiados totalmente por el Fondo, sin contrapartida de los Gobiernos Departamentales. La Comisión Sectorial de Descentralización establecerá los lineamientos de aplicación de los montos autorizados en la presente norma. Artículo 661.- Derógase el artículo 12 de la Ley Nº 18.860, de 23 de diciembre de 2011. Sustitúyense los créditos presupuestales establecidos en la norma derogada en el inciso precedente, por una partida anual de $ 500.000.000 (quinientos millones de pesos uruguayos) expresada a valores de enero 2015, con cargo a la financiación 1.1 “Rentas Generales”, que será distribuida entre los Gobiernos Departamentales de acuerdo a los criterios que establezca la Comisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República que contemplarán, entre otros, los siguientes aspectos: A) Asumir hasta el 40 % (cuarenta por ciento) de la facturación mensual que realice la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) por concepto de alumbrado público correspondiente a las zonas del alumbrado público que se encuentren debidamente medidas con instalaciones aprobadas por el correspondiente Gobierno Departamental y por UTE. En ningún caso se abonará por energía reactiva, la que será, íntegramente, de cargo de los Gobiernos Departamentales. Incentivar el mantenimiento de planes ejecutados y el desarrollo de aquellos que procuren el uso eficiente de la energía de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 18.597, de 21 de setiembre de 2009.

B)

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C)

Las luminarias que cumplan con los requisitos de eficiencia energética establecidos.

A los efectos de asumir las erogaciones autorizadas en cada oportunidad, se deberá constatar que cada Gobierno Departamental se mantenga al día con los pagos de la facturación que haya realizado el ente, correspondiente a su porcentaje de potencia y energía asociada, así como la energía reactiva correspondiente. Asimismo, deberán suscribirse los acuerdos necesarios para que UTE realice, por cuenta y orden del Gobierno Departamental y conjuntamente con su facturación, el cobro de un precio o tributo, que deberá guardar razonable equivalencia con los egresos que debe realizar el Gobierno Departamental por consumos de energía del alumbrado público, mantenimiento y extensión del servicio, en los plazos que se establezcan en los compromisos de gestión previstos en la presente Ley. Artículo 662.- Establécense en hasta $ 250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos uruguayos) anuales, a valores de enero de 2015, los créditos de cargo de Rentas Generales destinados a financiar los gastos referidos en el artículo 10 de la Ley Nº 18.860, de 23 de diciembre de 2011. En caso que al 31 de diciembre 2017 no se verificase la implementación con carácter general del otorgamiento del Permiso Nacional Único de Conducir mediante los sistemas de gestión informática centralizados y comunes con el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares, la partida se reducirá a un monto máximo de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) expresada a valores de enero de 2015. Artículo 663.- Sustitúyese el artículo 448 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 448.- Los propietarios de padrones rurales que exploten padrones que en su conjunto no excedan las 200 (doscientas) hectáreas índice CONEAT 100 estarán exonerados, en su caso, del pago de la Contribución Inmobiliaria Rural por hasta las primeras 50 (cincuenta) hectáreas equivalentes a índice CONEAT 100. Para tener derecho al beneficio previsto en el inciso anterior, se deberá presentar en la o las Intendencias respectivas dentro de los 120 (ciento veinte) días del ejercicio que se desee exonerar, declaración jurada con detalle del total de los padrones, con indicación del correspondiente valor real de cada uno, así como la correspondiente documentación que acredite estar amparado al beneficio que brinda el Banco de Previsión Social en relación al aporte patronal mínimo que deben abonar los pequeños productores agropecuarios. En caso de productores que exploten padrones en más de un departamento, las 50 (cincuenta) hectáreas valor índice CONEAT 100 exoneradas, serán en su caso prorrateadas entre estos en función del valor real de los inmuebles explotados en cada uno de ellos”. Artículo 664.- Sustitúyese el artículo 17 de la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 17.- Los actos administrativos generales y los particulares de los Municipios admitirán los recursos de Reposición y conjunta y subsidiariamente el de Apelación para ante el Intendente de conformidad con el artículo 317 de la Constitución de la República”. Artículo 665.- Sustitúyese el numeral 1) del artículo 19 de la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, por el siguiente: “1) Con las asignaciones presupuestales que los Gobiernos Departamentales establezcan en los programas correspondientes a los Municipios en los presupuestos quinquenales y de las cuales los Municipios son ordenadores de gastos con los límites que aquel fijará y de acuerdo con lo previsto en el numeral 3) del artículo 12 de la presente ley”. Artículo 666.- Asígnase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 24 “Dirección General de Secretaría (M.E.F.)”, Programa 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y Locales”, una partida anual de $ 285.000.000 (doscientos ochenta y cinco millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, con el objetivo de contribuir al financiamiento de obras de infraestructura viales, de transporte y de desarrollo logístico destinadas a mejorar el funcionamiento del área metropolitana de los Departamentos de Montevideo y Canelones, así como su interrelación con las infraestructuras de importancia nacional que se realicen en el

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período. A efectos de acceder al financiamiento autorizado en la presente norma, se deberá contar con informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 667.- Sustitúyese el artículo 148 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por los artículos 444 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 36 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y 26 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 148.- El Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Programa 481 “Política de Gobierno”, Proyecto de Inversión 913 “Fondo Nacional de Preinversión (FONADEP)” tendrá como asignación presupuestal una partida anual de $ 28.000.000 (veintiocho millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” y será financiada con reasignación de créditos presupuestales de proyectos del Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, administrados por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que no correspondan a los Programas 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y Locales” y 372 “Caminería Departamental”. La referida reasignación deberá comunicarse a la Contaduría General de la Nación dentro de los 60 (sesenta) días de vigencia de la presente ley y tendrá carácter permanente. El Proyecto 913 “Fondo Nacional de Preinversión (FONADEP)” tendrá como destino el financiamiento, total o parcial, con la aprobación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de estudios de proyectos presentados al Sistema Nacional de Inversión Pública por los organismos públicos comprendidos en el Presupuesto Nacional y los Gobiernos Departamentales. Los estudios de proyectos presentados por los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República y Gobiernos Departamentales podrán obtener del Fondo Nacional de Preinversión (FONADEP) aportes máximos equivalentes al 85 % (ochenta y cinco por ciento) del costo del proyecto. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto transferirá a Rentas Generales los saldos al 31 de mayo de 2016, de las cuentas del Fondo Nacional de Preinversión radicadas en el Banco de la República Oriental del Uruguay, dentro de los 60 (sesenta) días de cerrado el mes”. Deróganse los artículos 442 y 443 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Artículo 668.- Sustitúyese el artículo 157 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, por el siguiente: “ARTÍCULO 157.- Los testimonios de las resoluciones firmes de los Intendentes aprobando la liquidación de créditos por tributos o precios públicos adeudados, intereses y demás acrecidas que correspondan, constituirán títulos ejecutivos, siendo aplicable al respecto lo establecido por los artículos 91 y 92 del Código Tributario. También constituirán títulos ejecutivos los testimonios de las resoluciones firmes de los Intendentes y las de los Municipios que, según sus facultades, impongan multas por transgresiones a los decretos departamentales, siendo aplicable en lo pertinente lo establecido por los artículos 91 y 92 del Código Tributario”. Artículo 669.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en el Programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, para el Proyecto “Trámite en Línea”, los créditos con destino a gastos de funcionamiento e inversión de los Ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” (AGESIC), según el siguiente detalle: TIPO DE GASTO Funcionamiento Inversión Inversión FF 11 11 21 Proy. 505 881 881 2016 33.482.100 78.410.000 36.650.000 2017 38.210.426 40.710.000 29.860.000 2018 66.199.528 48.930.000 28.700.000 2019 64.919.583 13.000.000 29.860.000

Artículo 670.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en el Programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos con destino a gastos de funcionamiento de los Ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la

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“Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” (AGESIC) según el siguiente detalle: Proyecto Infraestructura de Gobierno Electrónico Integración de la información del Estado Sociedad de la información Seguridad de la Información Gobierno Abierto FF 1.1 1.1 1.1 1.1 1.1 2016 18.235.161 31.938.466 16.363.250 24.852.420 3.915.000 2017 23.774.898 31.938.466 18.248.250 24.852.420 3.915.000 2018 30.365.864 31.938.466 18.248.250 25.432.420 3.915.000 2019 38.293.771 31.938.466 18.248.250 25.454.315 3.915.000

Artículo 671.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en el Programa 484 “Políticas de Gobierno Electrónico”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos con destino a gastos de inversión de los Ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” (AGESIC) según el siguiente detalle: Proyecto FF Proyecto 883 882 880 2016 2017 2018 2019

Infraestructura de 1.1 Gobierno Electrónico Integración de la 1.1 información del Estado Gobierno Abierto 1.1

18.670.000 30.550.000 0 6.530.000 0 6.530.000

27.120.000 44.810.000 0 6.530.000 11.730.000 6.530.000

Artículo 672.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en el Programa 484 “Políticas de Gobierno Electrónico”, para el Proyecto “Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud”, los créditos con destino a gastos de funcionamiento e inversión de los Ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” (AGESIC) según el siguiente detalle: Proyecto 105 105 884 884 FF 11 21 11 21 2016 5.502.063 35.991.540 5.880.000 28.060.000 2017 58.790.540 0 21.160.000 0 2018 61.960.472 0 17.250.000 0 2019 65.320.615 0 13.730.000 0

Artículo 673.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República en el Programa 421 “Sistema de Información Territorial”, para el Proyecto “Infraestructura de Datos Espaciales”, los créditos con destino a gastos de funcionamiento e inversión de los Ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” (AGESIC) según el siguiente detalle:

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Proyecto 509 851 851

FF 11 11 21

2016 0 16.240.000 14.280.000

2017 5.800.000 14.500.000 26.160.000

2018 7.250.000 1.160.000 0

2019 7.250.000 0 0

Artículo 674.- Increméntase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 024 “Dir. Gral. de Secretaría (M.E.F.)”, Programa 366 “Sistema de Transporte”, Proyecto 922 “Mejora de la Infraestructura Ferroviaria y Vial”, con cargo a la financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos) para el período 2016 a 2018, a fin de complementar la contraparte local de los proyectos que se financien con el Fondo de Convergencia Estructural del Mercosur. Artículo 675.- Asígnase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 24 “Dir. Gral. de Secretaría (M.E.F.)”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Objeto del Gasto 298.000 “Asignación Contrataciones PPP”, con destino a atender las obligaciones emergentes de los proyectos ejecutados bajo la modalidad de Participación Público Privada, 49.125.724 UI (cuarenta y nueve millones ciento veinticinco mil setecientas veinticuatro unidades indexadas) para el ejercicio 2017, 167.302.624 UI (ciento sesenta y siete millones trescientas dos mil seiscientas veinticuatro unidades indexadas) para el ejercicio 2018 y 205.759.023 UI (doscientos cinco millones setecientas cincuenta y nueve mil veintitrés unidades indexadas) para el ejercicio 2019. Artículo 676.- Asígnase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 024 “Dirección General de Secretaría (M.E.F.)”, Objeto del Gasto 511.017 “Subsidio a OSE”, una partida para el ejercicio 2016, de $ 176.019.518 (ciento setenta y seis millones diecinueve mil quinientos dieciocho pesos uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para compensar la disminución de recaudación de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado por la exoneración del pago del cargo fijo y variable del servicio de abastecimiento de agua potable a los usuarios de las ciudades de Maldonado, Punta del Este, Piriápolis, San Carlos, Pan de Azúcar, Solís y los balnearios ubicados al oeste del Arroyo Maldonado, desde el 16 de marzo de 2015 hasta el 31 de mayo de 2015. Artículo 677.- Asígnase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 029 “Administración de los Servicios de Salud del Estado – ASSE”, Programa 343 “Formación y Capacitación”, en el Objeto del Gasto 282.003 “Servicios Técnicos”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 55.000.000 (cincuenta y cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 110.000.000 (ciento diez millones de pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2017, con destino a fortalecer los servicios asistenciales y académicos del Hospital de Clínicas en los términos y condiciones que se acuerden entre el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Economía y Finanzas, la Universidad de la República y la Administración de los Servicios de Salud del Estado. Artículo 678.- Increméntase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 029 “Administración de Servicios de Salud del Estado”, Programa 343 “Formación y Capacitación”, la partida destinada a la Formación y Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Servicios de Salud, en $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y en $ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2017, no siendo de aplicación, para este incremento, la limitación establecida por artículo 721 de la Ley Nº 18.719, del 27 de diciembre de 2010. Artículo 679.- Increméntase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 007 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, el Objeto del Gasto 749.006 “Partidas a Reaplicar- Fdo.Reconst.Fom.Granja A1L17503”, en $ 70.000.000 (setenta millones de pesos uruguayos) a efectos de alcanzar un aporte al referido Fondo de $ 350.000.000 (trescientos cincuenta millones de pesos uruguayos) anuales. Artículo 680.- Increméntase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Programa 363 “Infraestructura Fluvial y Marítima”, Unidad Ejecutora 006 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, el Proyecto 962 “Dragado del Río Uruguay”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) anuales para los ejercicios 2017 a 2019″.

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——En discusión. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Señor presidente: voy a solicitar que se ponga a consideración la Hoja Nº 45, que asigna una partida de $ 150.000 para el ejercicio 2016-2017 a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 19.122, de 9 de setiembre de 2013, y que la Mesa disponga ubicarlo en Subsidios y Subvenciones o en el Ministerio de Educación y Cultura. Muchas gracias. SEÑOR SABINI (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley 19.122 de 9 de setiembre de 2013. La presente erogación se financiará con la disminución del Inciso 24 ‘Diversos Créditos’ Programa 484 ‘Políticas de Gobierno Electrónico’ Proyecto 881 ‘Trámites en Línea en todo el Territorio Nacional’ para los ejercicios 2016 y 2017″. ——En discusión. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: la Hoja Nº 45 plantea un financiamiento. Si se va a votar como subsidio o subvención, en realidad estaríamos votando el primer inciso. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Estamos en el Inciso “Diversos Créditos”. En el segundo inciso de La Hoja Nº 45 se establece: “La presente erogación se financiará con la disminución del Inciso 24 “Diversos Créditos” Programa 484 “Políticas de Gobierno Electrónico” Proyecto 881 “Trámites en Línea en todo el Territorio Nacional” para los ejercicios 2016 y 2017″. Me parece que corresponde dejarla en el Inciso 24, “Diversos Créditos”, salvo una mejor opinión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y siete por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR SABINI (Sebastián).- Señor presidente: luego de hacer las consultas en nuestra bancada, vamos a acompañar la moción. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: aparentemente habría un error de tipeo, porque la referencia que figura en el aditivo es el artículo 9º de la Ley Nº 19.122 y el artículo correcto es el 8º, tal como manifestaba la señora diputada Rodríguez. Habría que hacer esa corrección. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa considera que este artículo debe estar incluido en la sección VI del Inciso 21, “Subsidios y Subvenciones”. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 45, presentado por la señora diputada Gloria Rodríguez y los señores diputados Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Benjamín Irazábal, Sebastián Andújar y Jorge Gandini, con la modificación planteada por la señora diputada Gloria Rodríguez y el señor diputado Pablo Abdala. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo.- Asígnase una partida de $ 150.000 (ciento cincuenta mil pesos) para el Ejercicio 2016 y 2017, a los efectos de dar cumplimiento a

SEÑORA RODRÍGUEZ (Gloria).- Señor presidente: me quedo muy satisfecha, y agradezco a todo el Cuerpo. Este es el primer ingreso -basado en la Ley Nº 19.122- que va a tener nuestro colectivo. Es algo histórico y muy importante. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se propone votar en bloque los artículos 655 al 659, inclusive; artículos 661 y 662; del artículo 664 al ar-

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tículo 668, inclusive; y del artículo 676 al artículo 680, inclusive. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- ¡Solicito que se desglose el artículo 666! SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque propuesto, excepto el artículo 666, cuyo desglose ha sido solicitado. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. En discusión el artículo 660, que requiere de mayoría absoluta para ser aprobado. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 81, presentado por los señores diputados Ayala, Gandini, Andújar, Gustavo Penadés y Benjamín Irazábal. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 660. El 66,65 % (sesenta y seis con sesenta y cinco por ciento) de este fondo se destinará a la aplicación de las políticas de descentralización a ser ejecutadas por los organismos mencionados en el literal A) del artículo 230 de la Constitución de la República, que integran el Presupuesto Nacional. La Comisión Sectorial de Descentralización establecerá los lineamientos de aplicación del 50 % (cincuenta por ciento) de estos recursos. El restante 33,35 % (treinta y tres con treinta y cinco por ciento) a las que serán ejecutadas por los Gobiernos Departamentales”. ——En discusión. SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

los Gobiernos departamentales y otra parte por el Gobierno nacional. Los Gobiernos departamentales para ejecutar su parte deben presentar proyectos a la Comisión Sectorial, que los debe aprobar. En cambio, el Gobierno nacional a través de los Ministerios ejecuta su parte, que es el 66,65 %, sin rendir cuentas, ni previa ni posteriormente, a la Comisión Sectorial. En ese sentido, a los Gobiernos departamentales se les exige cada vez más que presenten a la Comisión Sectorial todos los proyectos financiados con las transferencias de Rentas Generales. Me refiero a que tienen que pasar a la Comisión Sectorial para ser aprobados y ejecutados el proyecto 999, que era el 370 referido a caminería; el 998, que era el 371 referido al plan forestal; el 994, que es la partida del impuesto al patrimonio; el Fondo de Desarrollo del Interior, y los fondos con financiación BID que integran el Programa de Desarrollo y Gestión Subnacional. Reitero que los Gobiernos departamentales, para ejecutar esas partidas, previamente deben presentar un proyecto a la Comisión Sectorial, que debe aprobarlo. Por lo tanto, pretendemos que la mitad de la parte del Fondo de Desarrollo del Interior que ejecuta el Gobierno nacional pase por la Comisión Sectorial, con el ánimo de ser más eficientes y de que se puedan complementar las obras que hacen los Gobiernos departamentales con las que realiza el Gobierno nacional en los diferentes departamentos. Por ejemplo, un Gobierno departamental hace el asfaltado de una ruta, pero hay un puente en mal estado. En este caso, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con los fondos que tiene asignados al FDI, hace el puente como complemento. Creemos que esto sería bueno porque ayudaría al ejercicio de coordinación para propender al desarrollo del interior y nos obligaría a todos a ser más eficientes. Ese es el espíritu de este fondo, que además ha sido un viejo reclamo de los intendentes. Reitero que intentamos que el 50 % de la parte que ejecutan los Ministerios pase por la Comisión Sectorial y que el otro 50 % lo sigan usando con libre disponibilidad, sin rendir cuentas, como hasta ahora.

SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Señor presidente: lo que se pretende con esto es hacer una pequeña modificación. El Fondo de Desarrollo del Interior nació con la reforma constitucional de 1996 y un porcentaje de los impuestos recaudados en el interior del país se distribuye entre las Intendencias, de acuerdo a un coeficiente. Una parte de ese fondo es ejecutada por

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El agregado es lo que figura en negrita, que dice: “La Comisión Sectorial de Descentralización establecerá los lineamientos de aplicación del 50 % (cincuenta por ciento) de estos recursos”, que son los correspondientes al Gobierno nacional. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: el Poder Ejecutivo ha enviado al Congreso de Intendentes una propuesta al respecto. Ya que se hizo el comentario sobre la revisión de las partidas que van y vienen, hay que recordar que el último inciso del artículo 214 de la Constitución establece que los Gobiernos departamentales deberán presentar rendición de cuentas de los importes recibidos. Esto lo dice la Constitución, no lo puso el gobierno del Frente Amplio. En ese sentido, pregunto a algunos de los exintendentes si alguna vez han presentado alguna rendición de cuentas. SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: puedo dar fe de que en mi departamento, cuando fui intendente y en los años subsiguientes, siempre se ha cumplido con el requisito de informar a este Cuerpo, como establecen la Constitución y la ley. Además, como dijo el diputado Irazábal, se cumple con todos los requisitos del 33,3 % del Fondo de Desarrollo del Interior, que es absolutamente controlado antes, durante y después de la ejecución. Lo que nunca hubo fue presentación de proyectos ni algún tipo de informes sobre el 66 % que le corresponde al Poder Ejecutivo. ¡Nunca! ¡Nunca el Poder Ejecutivo presentó sus proyectos! Por lo tanto, el señor diputado Asti debería informarse, ya que seguramente los datos están en esta casa. Gracias, presidente. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Señor presidente: aclaro al diputado Asti que no es solo una rendición de cuentas, porque por los fondos que mencioné, los Gobiernos departamentales, deben presentar previamente los proyectos, para que luego se ejecuten. Además, en las rendiciones de cuentas que hacen anualmente los Gobiernos departamentales se incluye la explicación de cómo se ejecuta cada uno de esos fondos. Asimismo, mes a mes los fondos son evaluados por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través del FDI o de los equipos técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a efectos de liberar los pagos. Por lo tanto, tienen tres controles: antes, durante y después de la ejecución. Gracias, presidente. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra.

SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: a partir de 1996 se comenzó a aplicar lo que indica la reforma constitucional en cuanto a transferir responsabilidades a la Comisión Sectorial de Descentralización. En ese sentido, a partir del período pasado a nivel estatal se comenzó a plantear la construcción de un Sistema Nacional de Inversiones, que permita cruzar como una malla la información en cuanto a inversiones sobre el territorio nacional. Esto fue reclamado por los Gobiernos departamentales y generó molestias, porque no aportan la inversión. Sin embargo, actualmente la OPP pretende lograr que las empresas públicas y los Ministerios crucen la información. En ese sentido, sería conveniente que en alguna comisión del Senado se pudiera dialogar con las autoridades de la OPP para construir una estrategia de carácter nacional que nos permita saber cómo se cruzan los recursos de las empresas públicas, los Ministerios, las Intendencias y los Gobiernos locales. (Interrupciones) ——En definitiva, me parece interesante que hagamos gestiones para saber cómo va el proceso de construcción del Sistema Nacional de Inversión

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Pública. Creo que es legítimo el planteo del señor diputado porque le hace bien al Estado uruguayo, pero pienso que este no es el momento de considerarlo. SEÑOR DE LOS SANTOS SEVERGNINI (Darcy Amaury).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Si no se hace uso de la palabra, se va votar el segundo inciso del artículo 660. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y cuatro en noventa y ocho:

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR DE LOS SANTOS SEVERGNINI (Darcy Amaury).- Señor presidente: simplemente quiero dar dos informaciones. El acuerdo al que se llegó entre el Gobierno nacional y los intendentes, a través del Congreso, como base para el trabajo de la Comisión Sectorial -que tiene dos partes, un 33,3 % a ser ejecutado por los Gobiernos departamentales y un 66,6 % por el Gobierno nacional-, fue acordado treinta días antes de presentado el presupuesto. Fue un acuerdo planteado sobre ese 33,3 %. Por otra parte, en el artículo sustitutivo se plantea que la Sectorial establecerá el lineamiento de aplicación del 50 % de ese 66 %, que no es lo mismo que decir que los intendentes tomen conocimiento de ello. No es lo mismo tomar conocimiento que marcar lineamientos. De manera que lo que se nos propone es marcar lineamientos sobre un 50 %, lo cual genera condiciones que no son las preestablecidas en los acuerdos entre el Congreso de Intendentes y el Gobierno nacional. Gracias. SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- Señor presidente: dado que el segundo inciso del artículo se votó por la afirmativa, quedando automáticamente desechada la Hoja Nº 81 y frente a las consideraciones que en sala ha hecho el señor diputado Óscar de los Santos, solicitamos la rectificación de la votación. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación del segundo inciso del artículo 660. Sugiero votar el segundo y tercer incisos juntos en virtud de que fue desechada la Hoja Nº 81. (Apoyados) ——Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los incisos segundo y tercero del artículo 660. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad. Se pasa a considerar el artículo 663. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja Nº 82, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela y Susana Montaner y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Tabaré Viera, Ope Pasquet, Adrián Peña, Germán Cardoso y Luis Pintado. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 663.- Sustitúyese el artículo 448 de la ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: ‘Artículo 448.- Rebájase en un 18 % (dieciocho por ciento) la alícuota de la Contribución Inmobiliaria Rural cuyo pago deba efectuarse a partir del año 2001, establecida por el artículo 652 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Los propietarios de padrones rurales que exploten padrones que en su conjunto no

SEÑOR ANDÚJAR (Sebastián).- Señor presidente: solicitamos que el artículo 660 se vote por incisos. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- El artículo 660 tiene tres incisos. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el primer inciso del artículo 660. (Se vota) ——Noventa y ocho por la afirmativa: AFIRMATIVA. Unanimidad.

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excedan las 200 (doscientas) hectáreas índice CONEAT 100 estarán exonerados, en su caso, del pago de la Contribución Inmobiliaria Rural por hasta las primeras 50 (cincuenta) hectáreas equivalentes a índice CONEAT 100. Para tener derecho al beneficio previsto en el inciso anterior, se deberá presentar en la(s) Intendencia(s) respectiva(s) dentro de los 120 (ciento veinte) días del ejercicio que se desee exonerar, declaración jurada con detalle del total de los padrones, con indicación del correspondiente valor real de cada uno, así como la correspondiente documentación que acredite estar amparado al beneficio que brinda el Banco de Previsión Social en relación al aporte patronal mínimo que deben abonar los pequeños productores agropecuarios. En caso de productores que exploten padrones en más de un departamento, las 50 (cincuenta) hectáreas valor CONEAT 100 exoneradas, serán en su caso prorrateadas entre estos en función del valor real de los inmuebles explotados en cada uno de ellos”. ——En discusión. SEÑOR BEROIS (Ricardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR VIERA (Tabaré).- Señor presidente: debo hacer la misma precisión, de acuerdo con el literal M) del artículo 104 del Reglamento. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Conrado Rodríguez. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: presentamos un sustitutivo que deja vigente la rebaja del 18 % de la alícuota de la contribución inmobiliaria rural y elimina la transferencia que hacía el Poder Ejecutivo a las Intendencias. SEÑOR DE BRUM (Horacio).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Horacio De Brum. SEÑOR DE BRUM (Horacio).- Señor presidente: como también me comprenden las generales de la ley, porque soy sujeto pasivo de este tributo, quiero dejar constancia de que me voy a retirar mientras se realice el debate y se termine de votar. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: simplemente, quiero informar que estoy comprendido en las previsiones del artículo 104 del Reglamento. SEÑOR EZQUERRA (Wilson).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR BEROIS (Ricardo).- Señor presidente: de acuerdo con el literal M) del artículo 104 del Reglamento, debo declarar estar vinculado a este tema. SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Edmundo Roselli. SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Señor presidente: en el mismo sentido, de acuerdo con el literal M) del artículo 104, declaro mi vinculación con el tema que se está considerando. SEÑOR VIERA (Tabaré).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Tabaré Viera.

SEÑOR EZQUERRA (Wilson).- Señor presidente: según lo establecido en el literal M) del artículo 104 del Reglamento, dejo constancia de mi vinculación con este asunto. SEÑOR MIER (Egardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Egardo Mier. SEÑOR MIER (Egardo).- Señor presidente: en el mismo sentido, me comprenden las generales de la ley. SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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SEÑOR IRAZÁBAL (Benjamín).- Señor presidente: también me comprenden las generales de la ley. SEÑOR PINTADO SABINI (Luis Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: vamos a votar este artículo, porque así lo resolvió nuestra bancada y, además, viene de un acuerdo del Congreso de Intendentes y de este con el Poder Ejecutivo, aunque en este caso hay distintas opiniones. Pensaba abordar el mismo aspecto que el señor diputado Posada, pero me voy a remitir a lo que expresara el Presidente del Congreso de Intendentes en la Comisión, cuando dijo que esto era para permitir que hubiera caminería rural. Sin embargo, este importe no tiene ninguna relación normativa con la caminería rural, tampoco -se dijo- con la sustitución de la recaudación del Impuesto al Patrimonio. El Poder Ejecutivo, a través de Rentas Generales, seguirá dando todos los años $ 450.000.000 a los Gobiernos departamentales por este concepto. En suma, lo que el presupuesto nacional destina a las Intendencias departamentales son $ 950.000.000, pero con una particularidad. Como se ha previsto en el acuerdo, una parte de estos $ 950.000.000 -$ 350.000.000- proviene de la aplicación del 33,3 % prevista por el artículo 214 de la Constitución de la República. Esto es importante, porque el Poder Ejecutivo planteó en la negociación que esos $ 350.000.000 que venían de 2010, en 2016 deberían ser $ 720.000.000. Esto fue rechazado por el negociador del Congreso de Intendentes, quien planteó que fueran $ 350.000.000 para caminería rural y lo demás quedara para libre disponibilidad. Parecería contradictorio con lo que dijo el presidente del Congreso de Intendentes respecto de la necesidad de construir caminería rural para que los chicos descalzos pudieran ir a la escuela. El problema es que estas partidas de $ 950.000.000 tienen como contrapartida que los Gobiernos departamentales deben dar un 30 %. Si se aumenta el monto que destina el presupuesto nacional, por supuesto, aumenta el 30 %; como no quieren aumentar el 30 % para caminería rural, sino tenerlo para libre disponibilidad, optaron por congelarlo en este importe. Por último, lo que se recaudará por esta rebaja que se elimina de la Contribución Inmobiliaria Rural son $ 400.000.000. Los Gobiernos departamentales van a cobrar del presupuesto nacional entre $ 13.000.000.000 y $ 14.000.000.000 por cada año de este período de gobierno, y es casi el único Inciso,

SEÑOR PINTADO SABINI (Luis Eduardo).- Señor Presidente: también declaro mi vinculación con el tema, de acuerdo con el literal M) del artículo 104. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: en realidad, estoy en condiciones de ser exonerado del pago de la contribución inmobiliaria rural, pero la pago. En cuanto al punto en cuestión, esta situación es realmente de las más insólitas que vivimos en el ámbito de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. El planteo del Congreso de Intendentes, a través de su presidente, el economista Sergio Botana, respaldó la propuesta por la cual se elimina la rebaja del 18 % establecida en el artículo 448 de la Ley Nº 17.296. Lo que no dijo ninguno de los representantes del Congreso de Intendentes es que cuando se estableció esta rebaja en el artículo 448, a renglón seguido también se estableció una partida de compensación por esta menor recaudación que iban a tener las Intendencias. Siguen percibiendo esta partida hasta el día de hoy. En definitiva, si se mantiene esa partida y se elimina la rebaja, percibirán un monto superior a la recaudación del 100 % de la contribución inmobiliaria rural. Sé que este tema ya está determinado, porque la bancada de Gobierno ha decidido impulsarlo, pero igual era importante que dejáramos esta constancia. No vamos a votar este artículo y así queríamos consignarlo. SEÑOR ASTI interrupción? (Alfredo).¿Me permite una

SEÑOR POSADA (Iván).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

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por no decir el único, que tiene asegurado el cobro en valores reales y, eventualmente, crecientes -si el país crece, como todos esperamos-, no solo para los dos primeros años, como los demás Incisos, sino para los cinco años. Por lo tanto, es un muy buen acuerdo para el Congreso de Intendentes. Es la tercera vez consecutiva que se logra un acuerdo con el Congreso de Intendentes y el Poder Ejecutivo, y lo celebramos. Con respecto a este punto, tenemos esa diferencia, pero como forma parte de un acuerdo, respaldado por nuestra bancada, vamos a votar este artículo. Agradezco la interrupción concedida. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Óscar de los Santos. SEÑOR DE presidente… LOS SANTOS (Óscar).Señor

Creemos que sería muy importante para un productor familiar que tenga dos asalariados -en general, es muy pequeño- que se tome en cuenta el registro del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y pueda exonerar la Contribución Inmobiliaria Rural. Gracias, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Óscar de los Santos. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: comparto lo que manifestó la señora diputada Minetti, pero quiero hacer algunas consideraciones generales. En primer lugar, me parece importante que quienes se sientan comprendidos en los alcances del artículo 104 del Reglamento puedan participar en este debate, como podrían hacer los asalariados rurales, porque eso haría muy bien a la democracia y hablaría muy bien de nuestro Parlamento. Me parece importante destacar que es el tercer acuerdo que se logra con el Poder Ejecutivo y que en los últimos once años se cumplió en tiempo y forma. Se asegura un piso a las Intendencias de $ 9.805.000.000; aunque el país no crezca a razón del 2,5 % proyectado, se le asegura esta partida. Esto permite a los Gobiernos departamentales poder planificar. Este presupuesto incorpora un aspecto de la última ley de la modificación de los Municipios, que parece un tema menor, pero representa asegurar que los recursos nacionales que prevé la reforma de 1996 lleguen a los distintos territorios. Por este proyecto se toman medidas concretas de descentralización, y esto va a generar conflicto en el territorio y tensiones, y está bien porque la gente se sentirá más protagonista en reclamar lo suyo; tendrá herramientas para llevar adelante proyectos. En este caso, el sistema político cumple un gran rol. Un tercer aspecto tiene que ver con la exoneración del 18 %, y ahí tenemos diferencias con el compañero Asti, que lo ha planteado con la honestidad que le caracteriza; conjuntamente con la modificación que plantea la señora diputada Minetti y otros aspectos que se van a discutir en este período en el marco de la inversión en infraestructura

SEÑORA MINETTI (Orquídea).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Sí, señora diputada. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR MINETTI (Orquídea).- Señor presidente: en primer lugar, quiero aclarar que poseo tres hectáreas de campo, Índice Coneat 110, y pago Contribución Inmobiliaria Rural, no exonero. Nuestra fuerza política resolvió votar este artículo como está, pero pretendemos plantear la discusión en el Senado, para cambiar el sujeto de exoneración, porque este artículo, para definir el perfil del productor familiar para lograr la exoneración, toma como base el registro del BPS de un productor familiar y pretendemos que se tenga en cuenta el registro del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Me hubiera encantado discutir este tema en la Cámara, pero la bancada decidió otra cosa, y estoy de acuerdo. El BPS registra como productor familiar a todo aquel que no tenga asalariados, sin embargo el del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca es con hasta dos asalariados permanentes.

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promovida por la inversión pública y la inversión pública y pública privada -concepto que quedó claro en un presupuesto de recursos finitos que tiene más demanda que capacidad de satisfacerlas- lo que corresponde preguntarse es si resulta legítimo que el conjunto de contribuyentes transfieran recursos a aquellos sectores que más utilizan los caminos y las carreteras. Esto tiene que ver con un aspecto que el exintendente de Río Negro, Omar Lafluf, conjuntamente con otros intendentes planteó en el Congreso de Intendentes. El ingeniero Antía, actual intendente de Maldonado, decía que se trata de una cifra insignificante para los contribuyentes. El desafío no solamente es para la nueva obra sino para el mantenimiento de la infraestructura vial y la caminería, lo que representará un esfuerzo mayor que en el marco de este proceso implicará que algunos sectores aporten más. Esta es una señal más -no una consigna- hacia la construcción de justicia desde el punto de vista tributario, debiendo aportar quienes utilizan más esas infraestructuras cuando quizás las terminan pagando otros sectores que necesitan recursos. No quiero insistir, pero todos sentimos que nos faltaban cosas, y lo expresamos con mucho dolor, como ocurrió en la noche de ayer por algunos temas vinculados con la salud. Hay un problema en la redistribución del gasto público que es necesario considerar y con este presupuesto se avanza en ese camino, pero nos va a quedar mucho por hacer, para discutir y generar marcos legales. También se requiere una nueva conciencia contributiva de los sectores que están en condiciones de aportar más. Nada más, señor presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

que iba a poner sería el de primaria sobre los bienes rurales y que no habría ningún otro impuesto. La bancada del Partido Colorado acompañó el restablecimiento de este Impuesto de Primaria sobre los bienes rurales por entender que era de justicia. Ese impuesto fue creado en la segunda administración del doctor Sanguinetti; creíamos que era de justicia la reimplantación de este impuesto sobre los bienes rurales porque los urbanos y suburbanos lo bancaban para un fin loable, como la alimentación para miles de niños que asisten a las escuelas públicas. Planteamos algunas modificaciones y algunos sustitutivos que tenían que ver con un mínimo no imponible, pero en definitiva terminamos apoyando la imposición sobre los padrones rurales. En aquel momento entendimos que sería el único impuesto que se iba a establecer por el nuevo gobierno -así se predicó durante toda la campaña electoral- pero nos encontramos con este nuevo impuesto que ahora sí se quiere recargar -en este caso también- sobre los padrones rurales. Creemos que no es conveniente porque se está violentando aquella promesa y además por la situación actual de la economía nacional que está prendiendo algunas luces de alerta sobre el sector rural. Por lo tanto, creemos que aquella rebaja en la contribución inmobiliaria rural debe mantenerse. Pero queremos dejar algo claro. Se ha dicho que ha sido el Congreso de Intendentes el que una y otra vez solicitó volver al primer régimen, es decir, percibir la contribución inmobiliaria por el 100 %. Puede ser que el Congreso de Intendentes lo haya dicho, negociado, pero en definitiva quien hizo suya esta idea en el proyecto de presupuesto fue el Gobierno. Entonces, derivar las responsabilidades en el Congreso de Intendentes está por fuera de las potestades jurídicas y políticas del Gobierno nacional. Habiendo aclarado estas dos cuestiones, expresando que en este caso no me comprenden las generales de la ley y que no estoy bajo un artículo reglamentario, a pura conciencia y convicción, sostengo que este es el mejor camino. SEÑOR PEÑA interrupción? (Adrián).¿Me permite Sí, una señor

Señor SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).presidente: presentamos un sustitutivo porque no estamos de acuerdo con el artículo aprobado en comisión. En primer lugar, el candidato a la presidencia, el nuevo presidente de la República, durante la campaña electoral, una y otra vez dijo que el único impuesto

SEÑOR RODRÍGUEZ diputado.

(Conrado).-

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: hago mías las palabras del señor diputado Conrado Rodríguez. Por principio general, no acompañamos los impuestos ciegos; una excepción clara, como se estableció en aquel momento, fue haber votado el Impuesto de Primaria que, como se dijo -es un impuesto que en su momento se propuso y se votó en un Gobierno del Partido Colorado-, aunque por el fin en sí mismo no era el mejor impuesto, la bancada decidió apoyarlo. Pero por principio general los impuestos ciegos no son buenos. Entonces, tendríamos que trabajar sobre los impuestos que tengan que ver con la rentabilidad y la utilidad. Lo que decía el señor diputado Óscar de los Santos es muy pertinente: la propiedad en sí, no indica necesariamente que tenemos que gravarla. Creo que ese no es el camino. Además, con esto se genera una contradicción importante con las políticas de los últimos años del Frente Amplio. Hay una definición de productor familiar, con quinientas hectáreas y en determinadas condiciones, con equis cantidad de empleados, etcétera, que es muy positiva porque genera determinados beneficios para tratar de que la gente se quede en el medio rural, que acompañamos y compartimos. No es un invento nuestro sino que surgió en estos diez años como política del Frente Amplio y es muy bueno. Pero existe una clara contradicción porque estamos yendo precisamente contra las personas a las que, por un lado, les damos beneficios, oportunidades en materia de determinados créditos, contra quienes tienen determinadas ventajas en cuanto a aportes patronales y exoneraciones, y por otro lado, les encajamos este impuesto. No tiene sentido utilizar una política y luego, ir a contramarcha. No tiene sustento alguno. Sin duda, es un aumento en la carga tributaria y me preocupa por los pequeños productores porque en este ámbito hemos tratado todo lo relativo, por ejemplo, a la producción lechera, a la situación que viven los tambos en Uruguay, que no involucra las grandes extensiones, es decir, que están comprendidos en esta exoneración y también en los costos que supone para el pequeño productor.

En este momento, cuando la producción tiene una combinación complicada ante la dificultad de acceder a los mercados y una estructura de costos bastante difícil, compleja, este impuesto es una muy mala señal. Lo consideramos muy inoportuno. Sin duda, la responsabilidad recae en el Gobierno, más allá de que esto surge de la negociación con los intendentes; ante la falta de recursos, surge la idea de quitar el beneficio. No es este el buen camino, por lo que el Partido Colorado, como señaló el señor diputado Conrado Rodríguez, no lo va a acompañar. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Puede continuar el señor diputado Conrado Rodríguez. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- He finalizado, señor presidente. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: hará algo más de un mes este Cuerpo votó la creación del FFAL 3, destinada a emitir deuda por el monto de US$ 85.000.000 para paliar la aguda crisis que está pasando el sector lechero que ocupa a más de cuatro mil productores a lo largo y ancho del país. El señor ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, ingeniero agrónomo Aguerre, en su comparecencia a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda, expresó claramente que este año la sequía había afectado a todo el país, generando una pérdida para el sector agropecuario de US$ 94.000.000. Además, sostuvo que los tres ejercicios, comprendiendo este año más los dos próximos, 2016 y 2017, por el mismo efecto seca -lo tomamos de las palabras del ministro Aguerre y de los números por él expresados-, generarán US$ 325.000.000 de pérdida para el sector. La soja bajó de US$ 550 a US$ 303 la tonelada; el kilo de novillo gordo en pie bajó de US$ 2,40 a US$ 1,85 o US$ 1,90; estos son valores al día de hoy. El arroz bajó de US$ 12,59 a US$ 11,07, y la Asociación de Cultivadores de Arroz estima que la utilidad del cultivo en la zafra que finalizó -¡escúchese bien!- es de US$ 2 por hectárea, aunque se debió hacer una inversión

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que ronda los US$ 2.000 por hectárea. Por lo tanto, un productor arrocero debe invertir US$ 2.000 para eventualmente ganar US$ 2. El gasoil representa el 25 % de los costos, y está directamente ligado a la estructura estatal, ya que si bien el petróleo bajó de US$ 140 a poco menos de US$ 50, el precio del combustible no se inmutó. O sea que el Estado también está incidiendo directamente en este costo. Teniendo en cuenta el combo que acabo de resumir, parece cualquier cosa menos prudente, jugar al alza con los impuestos. La suba del 22 %, que se debe sumar al impuesto de Educación Primaria -yo no ocupaba una banca en este Cuerpo cuando se votó, pero quiero dejar constancia de que si lo hubiera hecho, lo habría votado -, impacta en el sector, que tiene un 40 % de incremento en la presión tributaria fija, contando los aportes al Banco de Previsión Social. Sin duda, eso es mucho para un sector que, en este momento -por todo lo que resumí-, se encuentra ante situaciones adversas y debe afrontar la imponente alza de los insumos -fertilizantes, semillas, glifosatos, pesticidas y herbicidas-, que se pagan en dólares. De todos modos, hay que seguir manteniendo la maquinaria en marcha y produciendo, porque ello representa el 75 % de la producción nacional. Por todo esto, no parece prudente tomar estas medidas en este momento, y por ello, señor presidente, en lo personal no vamos a acompañar este artículo. Gracias. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

-del Partido Colorado, del Frente Amplio y del Partido Nacional- que, obviamente, saben mucho mejor que quien habla lo que representan los Gobiernos departamentales, fundamentalmente en los departamentos del interior del país, y cómo es su dinámica. Sin duda, las Intendencias han cobrado una gran importancia para la sociedad en su conjunto. Muchas veces los ciudadanos no distinguen entre las competencias de los Gobiernos departamentales y las de un Gobierno nacional. En realidad, los intendentes, los ediles y los directores son los que están al alcance de la mano de los vecinos de los diferentes departamentos, tanto de los centros poblados, las zonas urbanas, como de las zonas rurales. Y eso, con el correr del tiempo -no de los últimos años, sino desde la reinstauración de la democracia- ha llevado a que no haya ninguna actividad social, cultural o deportiva que no cuente con la presencia de las Intendencias, ya sea para colaborar con la organización, con la logística o para brindar un apoyo económico. Además, las Intendencias deben apoyar a las organizaciones sociales pagando alquileres, a la salud con las policlínicas y, por supuesto, una de sus competencias es el tránsito. Asimismo, deben ocuparse de la seguridad: la iluminación está relacionada con ese tema, pero hoy se está pensando en ayudar a la Policía en los departamentos que tienen más dificultades; nadie puede desconocer que la seguridad es un tema muy complejo. Sin duda, todo lo reseñado ha llevado a que las Intendencias deban gastar mucho dinero lo que, muchas veces, constituye una inversión. Muchos de los ingresos destinados a sus tareas tradicionales -alumbrado público, recolección de residuos y mantenimiento de las calles de los centros urbanostienen otros destinos. Por supuesto, esos destinos son muy loables, por lo que es difícil pensar que las Intendencias no realicen actividades que no son tradicionales de los Gobiernos departamentales. Obviamente, la caminería rural es muy importante, y así lo manifestaron los representantes del Congreso de Intendentes cuando concurrieron a la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Los intendentes realizaron una defensa muy importante de la caminería rural en el Uruguay profundo; hoy se hizo referencia a la infraestructura vial de las carreteras, lo que no depende de los

SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Señor presidente: sabemos que algunos legisladores están aquí desde el domingo a las nueve de la mañana y la discusión de algunos artículos ha producido un atraso en el tratamiento del proyecto. De todos modos, a pesar de lo avanzado de la hora, debemos marcar posición con respecto a uno de los temas que ha tenido una gran relevancia en la opinión pública. En realidad, queríamos marcar nuestra posición con respecto a lo manifestado sobre los Gobiernos departamentales y los intendentes de turno. Por suerte, en la Cámara hay cuatro o cinco exintendentes

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Gobiernos nacional.

departamentales,

sino

del

Gobierno

En cuanto a la caminería rural, voy a hacer referencia al departamento de San José, que es el que más conozco. San José tiene 2.000 kilómetros de caminería rural, y el Gobierno departamental realiza un gran esfuerzo para llevar a cabo su mantenimiento. Sin duda, nos sentimos orgullosos por el estado de nuestra caminería rural, ya que más del 10 % de los 2.000 kilómetros son de bitumen. De todos modos, la idea es seguir avanzando, ya que si bien debe realizarse un importante aporte inicial, luego el costo de mantenimiento es mucho menor. Además, los intendentes insisten en que esta caminería debe estar en buenas condiciones, fundamentalmente para sacar la producción del departamento. En realidad, los productores están viviendo una situación muy especial, que es algo de lo que se habló cuando discutimos la creación del FAL, el fondo lechero. En dicha oportunidad, manifestamos que los productores estaban trabajando a pérdida y pidiendo exoneraciones y rebajas. De todos modos, si la caminería rural está bien, la producción sale mucho mejor, y si no es así, esa tarea se dificulta muchísimo más. Muchas veces se ha manifestado -principalmente cuando se llevaron a cabo cambios de gobierno- que las Intendencias, o los intendentes de turno, en muchos departamentos, son malos administradores. Hay que poner una serie de exigencias, lo que nos parece bien, pero ha quedado en el ambiente en muchos Gobiernos departamentales que hay intendentes o administraciones que no administran bien los recursos del departamento. Queríamos dejar constancia de que los Gobiernos departamentales hacen muchas otras cosas que no son tradicionales. Muchas veces solucionan problemas que el Gobierno nacional, por diferentes motivos, no resuelve, no porque no quiera, sino porque no puede hacerlo. Entendemos el reclamo de los intendentes y queremos decir -no hablo de quebrar una lanza por ellos porque pueden defenderse solos- que es justo porque el dinero que eventualmente les pueda ir de más va a ser utilizado o no en beneficio de los productores rurales. Es cuanto queríamos decir, señor presidente.

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 663. (Se vota) ——Cincuenta y ocho en ochenta y seis: AFIRMATIVA. SEÑOR BEROIS (Ricardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR BEROIS (Ricardo).- Me comprometí ante el sector, pero por respeto a los integrantes de esta Cámara y en virtud de la hora no quiero abrir la polémica, pero mucho me habría gustado debatir sobe este tema. Confirmo y apoyo totalmente lo dicho por los diputados Peña, Rodríguez y Posada. Este es el peor mensaje que le podemos dar al mediano y al pequeño productor: la imposición de impuestos ciegos. Creo que hay un total desconocimiento del tema. Un productor que tiene 600 hectáreas, que tiene un capital grande, no es que no quiera pagar, es que no puede hacerlo. Ese productor debe sacar de la renta una canasta familiar para alimentar a su familia, hacer inversiones y pagar deudas. Esa es la rentabilidad real. Esto lo digo a través de las carpetas del Plan Agropecuario, un instituto oficial. Creo que es bueno dar este debate. Me parece que a la Cámara le hace muy bien dar este debate porque hay una confusión respecto a las condiciones actuales del sector agropecuario. Ha habido una situación muy mala en lo climático, con la mitad del país en emergencia. Venimos de una caída de precios horrible. Estos impuestos son lo peor que puede pasar a los productores. Con estos impuestos lo que se está haciendo es expulsar al mediano y al pequeño productor y aumentar los grandes latifundios del país, que son los que se quedan con la tierra, diluyen el impacto en su sistema financiero y lo pueden pagar. Este es un efecto muy malo para nuestros productores. No digo que las Intendencias no necesiten esto, pero dada la situación de la producción nacional y sobre todo la del pequeño y mediano productor, este tipo de impuestos los perjudica. Más del 50 % de lo que el productor paga son impuestos ciegos, impuestos fijos a la tierra. Gracias.

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SEÑOR AROCENA (José Andrés).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

sistema productivo siga marchando: va a aumentar sus costos de producción y, por ende, su producción. Pero el pequeño y mediano productor, no lo va a poder hacer y este es el que más va a sufrir. El grande se va a acomodar. (Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se acabó su tiempo diputado, redondee por favor. SEÑOR AROCENA (José Andrés).- Bastante dinero sale de estos productores rurales; este no es el momento adecuado para hacer este tipo de aumentos. Reitero que no votamos este tipo de aumento porque no estamos de acuerdo. Gracias, señor presidente. SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑOR AROCENA (José Andrés).- Señor presidente: no acompañamos este artículo, no es viable votarlo en estos momentos, con una situación tan compleja como la que vive nuestra campaña. Como hace un momento mencionaba el señor diputado Umpiérrez, hace pocas semanas votamos un plan de endeudamiento para paliar la crisis del sector lechero. Pero no todos son lecheros. Muchos productores no han tenido la posibilidad de un apoyo, aunque sea un endeudamiento privado. ¿Alguien pensó que se había terminado la crisis en el campo? ¡No! ¡Continúa! Los precios siguen muy deprimidos a nivel internacional. Aumentar un impuesto no puede ser la salida fácil para paliar el problema que tenemos. ¡Por supuesto que los caminos se malogran sacando la producción rural! Parece que los camiones que sacan la producción son los enemigos porque rompen los caminos. Estos camiones, estos fletes también pagan sus buenos pesos de impuestos, de IVA, de Sucta, de peajes, de impuesto a la renta, de impuesto a los ejes. No podemos cargar las tintas a los fletes. El Gobierno nacional cobra mucho dinero por esto y debería colaborar mucho más de lo que lo está haciendo en el mantenimiento de la caminería del interior del Uruguay. Pero es aún menos justo aumentar la contribución rural a los productores que hoy ya la están pagando. ¡No se puede aumentar más! ¡El campo ya tiene cuatro impuestos a la tierra! ¡Impuestos ciegos, como decía el diputado Berois! Hay una drástica caída de los precios internacionales de lo que produce el campo, y no es el momento ni el lugar más adecuado para cobrar más impuestos. Un aumento de estos impuestos lograría algo que ya se está dando: un aumento de la concentración de la tierra, una migración de la población rural a las ciudades, menos inversión en los predios rurales -en alambrados, en genética, en fertilizante-, en definitiva, menos producción. Ya se votó el aumento del impuesto. El productor rural que pueda, va a acomodar el cuerpo para que su

SEÑORA ARRIETA (Elisabeth).- Señor presidente: hemos votado afirmativamente, y por supuesto que esto nos deja un sabor amargo. A nadie le gusta votar este tipo de soluciones, pero debemos ver el contexto en el que esto está sucediendo. Si estuviéramos en un momento floreciente de la economía, como estuvimos en años anteriores, seguramente hoy no estaríamos votando esta medida. También es justo decir que nos consta, por lo menos a mí, que se trabajó muchísimo dentro y fuera del Parlamento para encontrar otras soluciones. Los compañeros integrantes de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda hicieron enormes esfuerzos. También los hicieron los intendentes en el Congreso de Intendentes. Coincido con que cada vez se demandan más recursos en los Gobiernos departamentales porque de lo contrario no sería posible el desarrollo. Queremos desarrollo en el país, queremos crecimiento, pero eso exige infraestructura. También coincido con quienes dicen que la mayor parte de esos recursos se va en atender la caminería rural. No será exclusiva, no será la única, pero es la gran demanda que tienen los Gobiernos departamentales. Esos caminos son necesarios para sacar la producción, para la integración social, para que los chiquilines vayan a estudiar. No lo decimos por decir;

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es la realidad. Quien conoce, anda y recorre el interior sabe que es así. Nos consta, por lo menos a mí, que así como se trabajó buscando otras soluciones se llegó a un acuerdo entre el Congreso de Intendentes y el Poder Ejecutivo que también llevó mucho esfuerzo y muchísimo trabajo. En el Congreso de Intendentes hay intendentes blancos, hay uno colorado y hay frenteamplistas. Trabajando juntos, con muchísima dedicación, se llegó a la conclusión de que no había otro lugar de donde se pudieran sacar esos recursos, fundamentalmente para la caminería. Yo estoy convencida de que fue así. Por lo tanto, hemos votado afirmativamente este artículo, respaldando ese acuerdo y pensando en los más humildes, que necesitan de esos recursos en todo el interior del país. Gracias, señor presidente. SEÑOR DE LOS SANTOS SEVERGNINI (Darcy Amaury).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Hasta ahora el dinero estaba saliendo de los contribuyentes todos; es decir, todos éramos solidarios con quienes usaban esos caminos, aportando ese dinero. El señor intendente de Maldonado -en declaraciones en San Pedro del Timote, en ocasión de una reunión de bancada de intendentes del Partido Nacional- decía que el costo era de aproximadamente US$ 1 por hectárea. Los 14.000.000 de hectáreas que tiene el país podrían estar pagando. Debemos tener en cuenta que con esta ley se ampara al productor familiar y se plantea incluso una mejora de su condición en función de la categoría que tomemos. El país todo ha subvencionado al sector agropecuario con aproximadamente US$ 14.000.000 por año. Si tomamos la vigencia de la exoneración, desde el año 2001 hasta ahora, hablamos de aproximadamente US$ 170.000.000. Ese fue el alivio que a lo largo de muchos años el Uruguay dio a este sector productivo. Hoy, en aras de la nueva realidad y del desarrollo que ha existido, solicitamos que se haga cargo de eso. Gracias. SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR DE LOS SANTOS SEVERGNINI (Darcy Amaury).- Señor presidente: basaremos nuestro fundamento en tres aspectos. El primero es la necesidad que el país tiene de mejorar sus vías de comunicación. En los últimos años hemos multiplicado prácticamente en forma exponencial la producción del país y cada día tenemos más necesidad de infraestructura. Este es un mecanismo que los Gobiernos departamentales necesitan para poder dar respuesta a la gente. En segundo término, este impuesto no es de generación espontánea; no se trata de crear un impuesto sino que se trata de eliminar la exoneración del 18 % a la que se llega a partir de un acuerdo entre el Gobierno nacional y los diecinueve Gobiernos departamentales, como bien destacaba la señora diputada preopinante. Así como nosotros acordamos, respetamos y apoyamos el ICIR y el Sucive, también apoyamos el acuerdo entre el Congreso de Intendentes y el Gobierno nacional para poder dar respuestas. En tercer lugar, como decía muy bien la señora diputada preopinante, cuando hay que hacer infraestructura, de algún lado tiene que salir el dinero.

SEÑOR ROSELLI (Edmundo).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que he votado negativamente. Lo hablé con el intendente de Colonia, Carlos Moreira, a quien le dije que estaba en contra del impuesto, no porque sea productor rural sino porque el sector rural está muy mal, y me dejó en libertad de acción, que es lo que no tiene la fuerza política Frente Amplio, que actúa con mano de yeso. En mi partido no; en este partido hay libertad de acción. Pudo haber entrado mi suplente pero entré yo. El sector agropecuario está pasando un momento muy difícil, como dijeron varios compañeros: los commodities están a la baja y todos sabemos lo que está pasando con la lechería. Los campos de 300 o 400 hectáreas hoy son pequeños tambos y los números están en rojo. En el departamento de Colonia, todos los camiones pasan por la caminería rural y por las rutas

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nacionales, que están bastante deterioradas, aunque a algunas las están emparchando. Estamos hablando del primer puerto granelero de país, así que pasan por allí todos los camiones del país que van para Nueva Palmira; generalmente se desvían de la Ruta Nº 12 y toman el ramal de la Ruta Nº 97 o los caminos rurales. Es una clara muestra de que uno está defendiendo al productor rural. Tabaré Vázquez dijo que no iba a poner más impuestos. Nos pidió que lo acompañáramos con el impuesto de Primaria, que es justo que se pague, y por eso acompañamos. Pero ahora no; el sector rural no resiste más impuestos. Gracias, señor presidente. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Los programas que tienen las Intendencias con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en el caso de Río Negro dan para hacer 430 kilómetros, y en este departamento hay que hacer tiene 2.600 kilómetros de caminos. Los caminos no son solamente para sacar la soja, la carne, la lana, la forestación o el grano; son también para que los pueblos de campaña puedan tener acceso, pueda ir un ómnibus y volver, y pueda salir y entrar una ambulancia. Y esa es nuestra responsabilidad. Nadie mejor que yo sabe cuál es la situación del sector agropecuario, pero las Intendencias no son culpables de las dificultades que tiene el sector. No se debe culpar a las Intendencias de la rentabilidad del sector agropecuario. Si no me equivoco, el único tributo que va directamente a la Intendencia es la contribución rural; el resto son impuestos nacionales: el aporte al BPS, el IVA o lo que sea. Por supuesto que las Intendencias hacen su acuerdo con el Gobierno nacional, pero los intendentes precisan estos recursos. Como ejemplo, puedo decir que una hectárea de campo en Río Negro paga aproximadamente US$ 6 por año. Ese es el costo de la contribución rural, porque no se paga por el valor de venta de un campo sino por el valor ficto, por el valor catastral. Hace un tiempo, cuando se iba a sacar el 1 % a la comercialización de semovientes que reclamaba el sector agropecuario, el Gobierno nacional absorbió ese porcentaje. Las Intendencias lo siguen cobrando y el Gobierno nacional lo devuelve al sector agropecuario para pagar otros impuestos. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Quería decir algunas cosas más como, por ejemplo, que las Intendencias pasaron veinte años sin cobrar la contribución rural al sector forestal, pero se me terminó el tiempo. Gracias. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: quiero dejar constancia de que toda la bancada del Partido Colorado ha votado negativamente el artículo 663. Gracias, señor presidente. SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR LAFLUF HEBEICH (Omar).- Señor presidente: he votado afirmativamente este artículo del presupuesto y quiero decir que lo hice por mis convicciones. Sé que me la voy a ligar, pero a lo largo de toda mi vida he actuado así. Sé que voy a tener mucha gente en contra y que me van a pasar alguna factura, pero soy wilsonista y Wilson Ferreira anunció la reforma de las estructuras agrarias en el cierre de la exposición del Prado. Por lo tanto, sigo actuando como actué siempre. Además, tengo el antecedente de haber sido intendente durante diez años y de saber las necesidades brutales que tienen los intendentes, que muchas veces impiden cumplir con las cosas que la gente exige en forma permanente. Cuando los productores precisan la ruta no van al Ministerio de Transporte y Obras Públicas; van a golpear la puerta de la Intendencia.

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: votamos a favor, pero teníamos algunas consideraciones que surgieron de la discusión en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda.

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En la comisión contamos con la presencia, tanto del equipo económico como del Congreso de Intendentes para hablar de este tema. El presidente del Congreso de Intendentes hizo una defensa cerrada de esta solución, vinculándola a la caminería rural. En nuestra primera intervención demostramos que, por otro lado, el Congreso de Intendentes desechó $ 370.000.000, que le hubiera correspondido por los ajustes que tenía el Programa 370 si se hubiera aplicado la actualización, pero como correspondía un 30 % más no lo quisieron. La otra opinión que se brindó a la comisión fue la del ministro de Economía y Finanzas, quien dijo no estar de acuerdo con este impuesto pero que era el Parlamento el que tenía que resolver sobre el tema. Es así dado que, según el artículo 230 de la Constitución de la República, los acuerdos de la Comisión Sectorial tienen que venir al Parlamento de cualquier manera, aunque el Poder Ejecutivo no esté de acuerdo. En este caso, vinieron al Parlamento y ya conocemos el resultado. Nosotros hemos acatado la decisión de nuestra bancada, pese a que consideramos que esta no es la mejor solución. Gracias, señor presidente. SEÑOR YURRAMENDI (José).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

tocamos la puerta, nos abren, y en cinco minutos llegamos al hospital o al sanatorio. Los que viven en Montevideo llaman un taxi y están en cualquier asistencia médica en pocos minutos. Pero quienes viven en la campaña, muchas veces no pueden transitar por los caminos si no es con una camioneta cuatro por cuatro o a caballo. Y esto no pasa porque alguno de los dieciocho intendentes, que son lo que tienen más caminería, quiera tenerla sino porque es la situación que vive nuestro país. Esos ciudadanos tienen el mismo derecho al acceso rápido a la salud. Este Cuerpo lo integran exintendentes de todos los partidos, y algunos que hemos participado en los Gobiernos departamentales sabemos que los intendentes defienden a su pueblo, no a su partido político. Les aseguro que son mucho más defensores del pueblo que nosotros, que tenemos puesta la camiseta de nuestro partido más que ellos. Los intendentes van a defender a todos, y quienes estuvimos en una Intendencia sabemos que un 30 % del gasto es para funciones que no son competencia de la comuna. Por supuesto que poner impuestos no es del gusto de todos, pero miren que muchos de los productores que hoy van a pagar algún peso más, seguramente se ahorren algún litro de gasoil o algún camión de balasto que siempre tiene que estar poniendo para mantener su caminería. Entonces, por el bien, por la igualdad social de los niños y de la gente que vive en la campaña, votamos este artículo. Gracias, señor presidente. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR YURRAMENDI (José).- Señor presidente: votamos afirmativamente porque estamos convencidos de que las Intendencias son ese motor que está todos los días prendido en cada departamento. Votamos convencidos porque queremos que esos niños que viven alejados, en la campaña, que en su gran mayoría no son hijos de los dueños de los campos sino hijos de los trabajadores, tengan la misma calidad en la escuela, en la alimentación y en la salud. Por eso deben tener caminería que les permita ir a la escuela y poder hacer la misma vida de los que viven en el centro de la ciudad de Melo, en Carrasco, en Pocitos o en cualquier punto del país. Quienes vivimos en las ciudades, en las capitales, tenemos un auto o algún vecino que lo tiene, y cuando en la madrugada hay una persona enferma

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que he votado afirmativamente. SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Señor presidente: solamente quiero dejar constancia de que los

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legisladores del sector Todos, que estaban presentes en sala, votamos en contra de este artículo. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: los tres diputados del Partido Independiente votamos negativamente este impuesto que, a través de la modificación del artículo 448, claramente va a representar un impacto importante en el sector agropecuario. Las Intendencias ya perciben el 100 % de la contribución inmobiliaria, por lo que van a recibir un porcentaje mayor de recaudación al eliminarse la exoneración que, además, modifica el régimen de exoneraciones de los pequeños productores agropecuarios. Gracias, señor presidente. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: no voy a acompañar estas normas que implican modificaciones a dos artículos de la recientemente aprobada Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, ya que entiendo que de esta manera se está retaceando autonomía a los Municipios. El artículo 664 refiere al régimen recursivo y retacea autonomía a los Municipios. Antes correspondía el recurso de anulación para ante el intendente y ahora este podrá anular decisiones del alcalde por cuestiones de mérito. Evidentemente, quedaría en el ámbito discrecional del intendente, lo que realmente puede complicar el normal funcionamiento de los Municipios; más allá de que coincidan o no en el color partidario, realmente se les está retaceando autonomía. En cuando al artículo 665, entiendo que tiene un error. En primer lugar, no estamos de acuerdo con que se quite la calidad de ordenador primario del gasto a los Concejos municipales y, en segundo término, considero que hay un error en la redacción. El artículo expresa: “Sustitúyese el numeral 1) del artículo 19 de la Ley Nº 19.272 […]”. En este sentido debemos tener en cuenta que en su redacción original ese numeral 1) tenía un primer inciso y un segundo inciso. Con esta modificación se le quita el segundo inciso y eso también supone retacear autonomía a los Municipios, porque expresaba que para recibir las partidas del artículo 214 de la Constitución, los Gobiernos departamentales tenían que cumplir con el compromiso de gestión e incorporar en sus presupuestos departamentales los incisos que correspondían a los Municipios. En caso de aprobarse este artículo tal como está redactado, eso se estaría eliminando, por lo que creo que también debió haberse incluido el segundo inciso del numeral 1) del artículo 19. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- De acuerdo con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento, para que los artículos 664 y 665 ya votados sean modificados, se requiere mayor número de votos que el obtenido primitivamente o más de la mitad de los votos del total de componentes de la Cámara.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: solicito la reconsideración de los artículos 664 y 665, que refieren a los Municipios. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Hay ochenta y seis legisladores en sala. Estos artículos no se pueden reconsiderar pues anteriormente obtuvieron noventa y ocho votos. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA.- Señor presidente: cualquier reconsideración que se vote por mayoría absoluta debe computarse como afirmativa. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Efectivamente, señor diputado. Sánchez).-

Se va a votar si se reconsideran los artículos 664 y 665, la cual solamente requiere mayoría absoluta. (Se vota) ——Ochenta y siete en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. Se reabre la discusión de los artículos 664 y 665.

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Si no se hace uso de la palabra, se van a votar nuevamente los artículos 664 y 665. (Se vota) ——Cincuenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 666. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

que todos los partidos políticos, se comprometió a impulsar una obra importante, fundamentalmente en lo que tiene que ver con el saneamiento, teniendo en cuenta que también es una zona que influye en la cuenca del Santa Lucía, por el que hoy todos estamos preocupados. El Gobierno departamental también se ha comprometido en este sentido y en el presupuesto departamental va a incluir una fuerte inversión. En el anterior período ya se votó un fideicomiso en la Junta Departamental para mejorar esta zona. Creemos que lo que proponemos es de recibo y nuestra intención es que al hablar de zona metropolitana no solamente se piense en San José cuando sirve sino que se incluya también en este caso. Además, nada garantiza que estos recursos vayan a llegar, porque otra parte del artículo expresa: “A efectos de acceder al financiamiento autorizado en la presente norma, se deberá contar con informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas”. Que esté en este artículo, aunque nos parece de recibo, no quiere decir que ese dinero vaya a llegar, aunque sería muy importante que viniera por lo menos una parte. Reitero que lo que nosotros queremos es que no solo diga Montevideo y Canelones sino que se incluya también al departamento de San José. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Señor presidente: voy a tratar de ser muy breve. Este artículo expresa que el Gobierno nacional estaría dando a la zona metropolitana $ 285.000.000, a partir del año 2017, “[…] con el objetivo de contribuir al financiamiento de obras de infraestructura viales, de transporte y de desarrollo logístico destinadas a mejorar el funcionamiento del área metropolitana de los Departamentos de Montevideo y Canelones […]”. Obviamente, el área metropolitana comprende los departamentos de Montevideo y Canelones, pero también una parte importante del departamento de San José, en particular lo que antes era Rincón de la Bolsa y hoy es Ciudad del Plata. Es nuestro interés que se agregue al departamento de San José en este artículo para que también sea uno de los beneficiarios del dinero que se está cediendo al área metropolitana. Podríamos enumerar cómo Ciudad del Plata ha sido postergada por los Gobiernos nacionales y también quiero incluir a los Gobiernos departamentales del Partido al que pertenezco. En los últimos cinco años el Gobierno departamental ha hecho un gran esfuerzo pero creo que es totalmente insuficiente. Considero que este podría ser un muy buen mensaje para una ciudadanía con muchas carencias que, elección tras elección, ha escuchado que no se han podido cumplir importantes. No queremos atribuir intenciones en cuanto a que no se hayan cumplido porque no se quiso sino que muchas veces -lo sabemos al discutir un presupuesto- el dinero no alcanza para todo. Considero que esto sería muy bueno para los ciudadanos de Ciudad del Plata que -lo digo para quienes no la conocen- en los últimos años ha tenido un crecimiento muy parecido al de Ciudad de la Costa pero con muy poco desarrollo en infraestructura. Durante la campaña electoral el actual presidente de la República, al igual

SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: respecto a lo que se acaba de mencionar, es obvio que el área metropolitana comprende más que los departamentos de Montevideo y Canelones. Pero este artículo dice: “el área metropolitana de los departamentos de Montevideo y Canelones”. Por lo tanto, esta es una partida que está destinada concretamente a obras de infraestructura, de transporte y de interrelación de estos dos departamentos. Por eso nosotros no modificación del artículo. SEÑOR ASTI interrupción? (Alfredo).vamos a apoyar la

¿Me

permite

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SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Puede interrumpir el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: complementando lo que dice el diputado Varela, el punto 6 del acuerdo del Congreso de Intendentes establece: “El Congreso de Intendentes respalda la petición de las Intendencias de Montevideo y Canelones de partidas adicionales a las generadas por el Art. 214 […]”. Esto lo dice el acuerdo del Congreso de Intendentes que se elevó a la Comisión Sectorial del artículo 230. SEÑOR LAFLUF palabra. HEBEICH (Omar).Pido la

Nosotros tenemos conocimiento de que la asignación correcta de las partidas representaría mayores aportes para los departamentos de Canelones y Montevideo. Reitero: asignar lo correcto a Canelones y a Montevideo del total de partidas habría representado un retaceo en las partidas para el resto de los departamentos. Por eso, el Congreso de Intendentes llegó a un acuerdo interno -así se nos explicó- por el cual se asigna esta partida. Nos parece correcto y por eso lo vamos a apoyar. Muchas gracias. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR LAFLUF HEBEICH.- Señor presidente: simplemente, quiero destacar que para darles $ 350.000.000 a diecisiete Intendencias hubo que eliminar el 18 % de la contribución rural y, sin crear ningún impuesto, hay $ 285.000.000 para dos departamentos. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: el Partido Independiente va a votar afirmativamente este artículo. No es el momento de dar una discusión sobre las razones, aparte de las que ya fueron esgrimidas por los diecinueve intendentes. Será en otra oportunidad que aprovecharemos para discutir este tema -por cierto lo merece- de la asignación de recursos nacionales, en particular, en este caso, al departamento de Montevideo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 666. (Se vota) ——Ochenta y nueve en noventa: AFIRMATIVA. SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. (Murmullos) SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Señor presidente: los artículos sobre los que quería hablar están al final del proyecto, y por eso tengo que hacer uso de la palabra a esta altura de debate. Algunos han pedido un rato de licencia; nosotros hemos estado desde la hora 9… (Murmullos) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Señor legislador: funde su voto, que el presidente lo está amparando en el uso de la palabra. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: voy a votar este artículo, sin entender mucho qué significa, porque viene firmado por las diecinueve Intendencias, inclusive por las diecisiete que no participan en este monto. Según se nos explicó, se compensaban otros montos que recibían otras Intendencias y que el equilibrio se encontraba con este artículo. Reitero: no entiendo mucho cómo es pero como el acuerdo está firmado por todos y esto lo defendió el Congreso de Intendentes en la comisión, yo lo voy a acompañar. Muchas gracias. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: el Partido Colorado va a votar afirmativamente este artículo por lo que señalaba el señor diputado Gandini.

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SEÑOR BACIGALUPE (Ruben).- Gracias, señor presidente. He votado por la afirmativa en el entendido de que, más allá de los acuerdos, hay dos departamentos que en el área metropolitana tienen necesidades muy importantes, y no porque San José no esté incluido -nos parece que debió haber estado- íbamos a dejar de votar y de apoyar a departamentos vecinos con los cuales tenemos muchas cosas en común. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 669 y 670. (Se vota) ——Setenta y siete en noventa y uno: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 671. (Se vota) ——Ochenta y ocho en noventa y uno: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar los artículos 672 y 673. (Se vota) ——Setenta y siete en noventa y uno: AFIRMATIVA. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar los artículos 674 y 675. (Se vota) ——Ochenta y ocho en noventa y uno: AFIRMATIVA.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y uno: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito se sirva concederme el uso de licencia, el día 15 de octubre, por lo que pido se convoque al suplente respectivo. Saluda atentamente, FEDERICO RUIZ Representante por Flores”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente, Magdalena Villaamil”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente, Sebastián González”.

88.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° la Ley N° 17.827: Del señor Representante Federico Ruiz, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Alberto Salvo”. ——En discusión.

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“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: En consideración a la convocatoria que he recibido en virtud de la licencia solicitada por el señor Representante titular comunico a usted mi renuncia por esta única vez, a ocupar la banca. Sin otro particular, saluda atentamente, Carmen Camirotte”.

89.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar la Sección VII, “Recursos”, que comprende los artículos 681 al 711, inclusive. (Texto de la Sección VII:) “Artículo 681.- Agrégase al Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 17 bis.- Facúltase al Poder Ejecutivo a exigir a quienes se vinculen, directa o indirectamente, por razón de su actividad, oficio o profesión, con contribuyentes de la Dirección General Impositiva, pagos a cuenta de las obligaciones tributarias de estos últimos, cuando de los actos u operaciones en que intervengan, resulte la posibilidad de ejercer el correspondiente derecho de resarcimiento, luego de efectuados los citados pagos a cuenta. Confiérese a los obligados a pagar por deuda ajena a que refiere el inciso anterior, la calidad de responsables por obligaciones tributarias de terceros. Para la fijación de la cuantía de los anticipos no regirán las limitaciones que establezcan las disposiciones legales actualmente vigentes”. Artículo 682.- Agrégase al Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 17 Ter.- Los responsables por obligaciones tributarias de terceros serán solidariamente responsables de aquellas obligaciones por las que les hubiera correspondido actuar. En los casos en que hayan ejercido el correspondiente derecho de resarcimiento por vía de retención o percepción, quedarán como únicos obligados ante el sujeto activo por el importe respectivo”. Artículo 683.- Sustitúyense las referencias efectuadas al Registro Único de Contribuyentes en los artículos 72 a 74 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, por Registro Único Tributario. Artículo 684.- Agrégase al artículo 75 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Constatado el incumplimiento de las obligaciones tributarias formales establecidas en los citados artículos, la Dirección General

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Flores, Federico Ruiz. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Magdalena Villaamil, Sebastián González y María del Carmen Camirotte. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Flores, Federico Ruiz, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Magdalena Villaamil, Sebastián González y María del Carmen Camirotte. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90810, del Lema Partido Frente Amplio, señor Alberto Salvo. Sala de la Comisión, 14 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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Impositiva podrá efectuar de oficio las inscripciones y modificaciones pertinentes en el Registro Único Tributario en la forma y condiciones que la misma establezca”. Artículo 685.- Modifícase el inciso segundo del artículo 76 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera: “En caso de omisión de los contribuyentes, podrá intimar el cumplimiento bajo apercibimiento de la suspensión a que refiere el inciso siguiente. El telegrama colacionado será medio fehaciente. Facúltase a la Dirección General Impositiva a proceder a la suspensión hasta por un lapso de seis días hábiles, las actividades del contribuyente, en aquellos casos que se compruebe el incumplimiento de sus obligaciones. La Dirección General Impositiva en estos casos podrá contar con el auxilio de la fuerza pública”. Artículo 686.- Agrégase como segundo inciso del artículo 119 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente: “Idéntica multa se aplicará a los responsables sustitutos y a los responsables por obligaciones tributarias de terceros, por el tributo retenido y no vertido, sin perjuicio de las demás responsabilidades tributarias y penales”. Artículo 687.- Agrégase al artículo 127 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “También incurrirán en el delito de apropiación indebida, los responsables sustitutos y los responsables por obligaciones tributarias de terceros, de los tributos recaudados por la Dirección General Impositiva, que no viertan el impuesto retenido dentro del término previsto por las normas vigentes”. Artículo 688.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 7º del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Asimismo, se considerarán de fuente uruguaya, en tanto se vinculen a la obtención de rentas comprendidas en este impuesto, las rentas obtenidas por servicios de publicidad y propaganda, y los servicios de carácter técnico, prestados desde el exterior, fuera de la relación de dependencia, a contribuyentes de este impuesto. Los servicios de carácter técnico a que refiere este inciso son los prestados en los ámbitos de la gestión, técnica, administración o asesoramiento de todo tipo”.

Artículo 689.- Sustitúyese el último inciso del artículo 7º del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Las rentas correspondientes al arrendamiento, uso, cesión de uso o enajenación de derechos federativos, de imagen y similares de deportistas inscriptos en entidades deportivas residentes, así como las originadas en actividades de mediación que deriven de las mismas, se considerarán íntegramente de fuente uruguaya”. Artículo 690.- Agrégase al artículo 19 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, como segundo inciso, el siguiente: “Se considerará que los gastos se encuentran debidamente documentados cuando se cumplan las formalidades dispuestas por el artículo 80 del Título 10 del Texto Ordenado 1996. En los casos no comprendidos en dicho artículo, la Dirección General Impositiva establecerá las formalidades necesarias para el mejor control del impuesto, pudiendo hacerlo en atención al giro o naturaleza de las actividades”. Artículo 691.- Agrégase al literal F) del artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Para ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2016, el porcentaje a que refiere el inciso anterior se determinará por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC)”. Artículo 692.- Agrégase al artículo 23 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “J) Asimismo, y sin perjuicio de la deducción de los gastos salariales de acuerdo al régimen general, se deducirá como gasto adicional en concepto de promoción del empleo, el 50 % (cincuenta por ciento) de la menor de las siguientes cifras: 1) El excedente que surja de comparar el monto total de los salarios del ejercicio con los salarios del ejercicio anterior, ajustados en ambos casos por el Índice de Precios al Consumo (IPC). 2) El monto que surja de aplicar a los salarios totales del ejercicio, el porcentaje de aumento del promedio mensual de trabajadores ocupados en el ejercicio respecto al promedio mensual de trabajadores ocupados en el ejercicio inmediato anterior. La reglamentación

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establecerá la forma de cálculo de los referidos promedios. 3) El 50 % (cincuenta por ciento) del monto total de los salarios del ejercicio anterior actualizados por el IPC. A tales efectos no se tendrá en cuenta a los dueños, socios y directores. Lo dispuesto en el presente literal no será de aplicación en los ejercicios que se haya exonerado el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), en virtud de un proyecto declarado promovido en el marco de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, en tanto se haya utilizado el indicador empleo para la obtención de los beneficios tributarios”. Artículo 693.- Agrégase al artículo 28 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Para ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2016, el porcentaje a que refiere el inciso primero se determinará por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC)”. Artículo 694.- Agrégase al artículo 30 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Para ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2016, el porcentaje a que refiere el inciso tercero se determinará por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC)”. Artículo 695.- Sustitúyese el literal E) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “E) Las obtenidas por los contribuyentes cuyos ingresos no superen anualmente el monto que establezca el Poder Ejecutivo. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, facúltase al Poder Ejecutivo a considerar el número de dependientes, la naturaleza de la actividad, u otros elementos que establezca la reglamentación, a efectos de la inclusión o exclusión en la exoneración aludida. Quedan excluidos de la exoneración establecida en el presente literal: 1) Los transportistas terrestres profesionales de carga, las ópticas y quienes tengan por giro exclusivo la actividad de venta de libros. 2) Quienes obtengan rentas derivadas de la actividad agropecuaria.

3) Quienes hayan optado por tributar el IRAE en aplicación del artículo 5º de este Título. 4) Quienes obtengan rentas no empresariales, ya sea en forma parcial o total. A tales efectos se considerará la definición de empresas dada por el numeral 1 del literal B) del artículo 3º del presente Título. Los contribuyentes cuyos ingresos no superen el monto referido en este literal, podrán optar por no quedar comprendidos en el mismo, tributando consecuentemente el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas y el Impuesto al Valor Agregado por el régimen general. Cuando se haya dejado de estar comprendido en este literal, sea de pleno derecho o por haber hecho uso de la opción, no se podrá volver a estarlo por el lapso que establezca la reglamentación”. Artículo 696.- Sustitúyese el inciso final del artículo 53 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “La exoneración establecida en el presente artículo comprenderá exclusivamente a contribuyentes cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior al que se ejecuta la inversión, no superen el equivalente a 10.000.000 de UI (diez millones de unidades indexadas). Esta limitación no alcanzará a las empresas de transporte profesional de carga, registradas como tales ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a las empresas de transporte colectivo de pasajeros que cumplan servicios regulares en régimen de concesión o permiso. Lo dispuesto en este inciso regirá para ejercicios iniciados a partir de la promulgación de la Ley nº 19.289, de 26 de setiembre de 2014”. Artículo 697.- Sustitúyese el apartado III) del inciso segundo del artículo 3º del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “III) las rentas obtenidas por servicios de publicidad y propaganda, y los servicios de carácter técnico, prestados desde el exterior, fuera de la relación de dependencia, a contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, en tanto se vinculen a la obtención de rentas comprendidas en dicho impuesto. Los

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servicios de carácter técnico a que refiere este inciso son los prestados en los ámbitos de la gestión, técnica, administración o asesoramiento de todo tipo”. Artículo 698.- Sustitúyese el último inciso del artículo 3º del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Las rentas correspondientes al arrendamiento, uso, cesión de uso o enajenación de derechos federativos, de imagen y similares de deportistas inscriptos en entidades deportivas residentes, así como las originadas en actividades de mediación que deriven de las mismas, se considerarán íntegramente de fuente uruguaya”. Artículo 699.- Agrégase como inciso quinto al artículo 32 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente: “Asimismo, se encuentran incluidas en el presente artículo la prestación de vivienda y la compensación especial a que refieren los artículos 89 de la Ley nº 15.750, de 24 de junio de 1985,112 de la Ley nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, 49 de la Ley nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, 121 de la Ley nº 16.462, de 11 de enero de 1994 y 467 de la Ley nº 16.736, de 5 de enero de 1996. De igual forma se encuentran incluidas las partidas correspondientes a perfeccionamiento académico a que refieren los artículos 456 y 457 de la Ley nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 140 de la Ley nº 18.046, de 24 de octubre de 2006 y 631 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. Artículo 700.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 3º del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Se considerarán de fuente uruguaya las rentas obtenidas por servicios de publicidad y propaganda y los servicios de carácter técnico, prestados desde el exterior, fuera de la relación de dependencia, a contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, en tanto se vinculen a la obtención de rentas comprendidas en dicho impuesto. Los servicios de carácter técnico a que refiere este inciso son los prestados en los ámbitos de la gestión, técnica, administración o asesoramiento de todo tipo”.

Artículo 701.- Sustitúyese el inciso cuarto del artículo 3º del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Las rentas correspondientes al arrendamiento, uso, cesión de uso o enajenación de derechos federativos, de imagen y similares de deportistas inscriptos en entidades deportivas residentes, así como las originadas en actividades de mediación que deriven de las mismas, se considerarán íntegramente de fuente uruguaya”. Artículo 702.- Agrégase al Título 14 del Texto Ordenado 1996, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 15 Bis.- Interprétase que las disposiciones referentes a la absorción de pasivos incluidas en el inciso final del artículo 13 y en el inciso séptimo del artículo 15 del Título 14 del Texto Ordenado 1996, comprenden a todos los activos en el exterior, activos exentos, bienes excluidos y bienes no computables de cualquier origen y naturaleza, incluso aquellos contenidos en disposiciones de carácter específico, tales como las dispuestas en los artículos 24 a 29 del referido Título. Únicamente se considera que no absorben pasivos los casos en que expresamente se manifieste que los citados activos deben considerarse activos gravados a los efectos del cálculo del pasivo computable para la determinación del patrimonio gravado”. Artículo 703.- Agrégase al Título 14 del Texto Ordenado 1996, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 41 Ter.- Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto al Patrimonio a los activos de las empresas administradoras de crédito afectados exclusivamente a la realización de operaciones de microfinanzas productivas. Para otorgar la exoneración el Poder Ejecutivo deberá verificar que la empresa cumple, al menos, con los siguientes requisitos: A) Que el Banco Central del Uruguay haya autorizado el método específico de valuación de cartera comercial que se utilice, basado en la metodología de Microfinanzas; B) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto reconozca que la institución realiza actividades de Microfinanzas Productivas.

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La exoneración se aplicará exclusivamente en aquellos ejercicios en que la cartera comercial de microfinanzas corresponda al menos en un 60 % (sesenta por ciento) del total, al financiamiento a microempresas. A los efectos de este artículo se consideran microempresas: 1) A aquellas cuyo personal no exceda de cuatro y sus ingresos anuales no superen el equivalente a UI 2:000.000 (dos millones de unidades indexadas) a la cotización de cierre de ejercicio; 2) A los Productores Familiares Agropecuarios registrados en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en tanto hayan optado por tributar el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA)”. Artículo 704.- Agrégase al artículo 1º del Título 19 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Quedarán excluidas del hecho generador las transmisiones que se realicen como consecuencia de la sustitución o cese del fiduciario de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13, 14 y 22 de la Ley nº 17.703, de 27 de octubre de 2003”. Artículo 705.- Las modificaciones a las disposiciones del Texto Ordenado 1996 o del Texto Ordenado de la Administración Financiera del Estado (TOCAF) realizadas en la presente ley, se consideran realizadas a las normas legales que les dieron origen. Artículo 706.- Sustitúyese el literal H) del inciso tercero del artículo 96 del Decreto-Ley nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974, (Código Tributario) por el siguiente: “H) Omitir la versión de las retenciones efectuadas por los agentes de retención, responsables sustitutos y responsables por obligaciones tributarias de terceros”. Artículo 707.- Agréganse a la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, los siguientes artículos: “ARTÍCULO 17 Bis. (Prescripción de tributos). En el caso de tributos que fueran objeto de la aplicación de los beneficios tributarios otorgados de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15 de la presente ley, el término de prescripción previsto por el artículo 38 del Código Tributario quedará suspendido hasta que se cumpla la finalización de los plazos otorgados para dar

cumplimiento a las condiciones que ameritaron la exoneración, o hasta la finalización del plazo otorgado para la utilización de los beneficios fiscales, si éste fuese mayor”. “ARTÍCULO 17 Ter. (Interrupción de la prescripción). En el caso de incumplimiento de las condiciones referidas en el artículo anterior, el término de prescripción del derecho al cobro de los tributos que hubieren resultado indebidamente exonerados, se interrumpirá por notificación de la resolución que revoque total o parcialmente los beneficios otorgados o de la resolución de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de la presente ley que declare configurado el incumplimiento de los compromisos asumidos por el beneficiario a efectos de la reliquidación de los tributos”. Artículo 708.- La Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social podrán proporcionar a la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) la información que ésta les requiera cuando la misma sea necesaria para el cumplimiento de los cometidos asignados en el marco de la Ley nº 16.906, de 7 de enero de 1998, y así lo solicitare por resolución fundada. A estos únicos efectos, quedará relevado el secreto de las actuaciones previsto por el artículo 47 del Código Tributario. Los integrantes de la COMAP y los funcionarios que intervengan en los procedimientos correspondientes, deberán guardar secreto respecto a la información a la que accedan en aplicación del presente artículo. En caso de transgresión a esta norma, se estará a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 47 del Código Tributario. Artículo 709.- Sustitúyese el numeral 2) del artículo 110 de la Ley nº 18.387, de 23 de octubre de 2008, por el siguiente: “2) Los créditos por obligaciones nacionales y departamentales”. tributarias

Artículo 710.- Sustitúyese el artículo 833 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 833.- Los fideicomisos que sean constituidos o estructurados, exclusivamente por la cesión de créditos de organismos del Estado, las transferencias financieras originadas en la ejecución del Presupuesto Nacional, así como por los bienes muebles e inmuebles que por donación, herencia o cualquier otro título hubieran recibido dichos organismos, estarán

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exonerados de toda obligación tributaria que recaiga sobre su constitución, su actividad, sus operaciones, su patrimonio y sus rentas. Dichos créditos deberán provenir de actividades comprendidas en la inmunidad impositiva a que refiere el artículo 463 de la Ley nº 16.226, de 29 de octubre de 1991″. Artículo 711.- Todas las entidades, residentes o no, que intervengan directa o indirectamente en la oferta o en la demanda de la prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros, por parte de personas físicas o jurídicas que no estén debidamente habilitadas para el desarrollo de tal actividad, serán solidariamente responsables por los tributos y las sanciones pecuniarias aplicables a éstas últimas. A los fines del presente artículo se entiende por intervención en la oferta o en la demanda de la prestación de servicios, a todas aquellas actividades, realizadas a título gratuito u oneroso, a través de cualquier medio, incluida la utilización de aplicaciones informáticas, que cumplan con alguna de las siguientes condiciones: A) Tengan por objeto la mediación o intermediación en la prestación de los servicios a que refiere el presente artículo. Suministren a los prestadores o a los usuarios datos de los servicios aludidos, a efectos de que una o ambas partes dispongan de información necesaria para acordar la prestación.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar los artículos 683, 684, 685, 688, 689, 704, 705, 707 y 708. (Se vota) ——Noventa y uno en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 681. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y uno en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el bloque compuesto por los artículos 682, 695, 709 y 711. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: quiero dejar constancia de que vamos a votar en contra de estos artículos. En nombre del Partido Nacional quiero decir que no votamos el artículo 695 porque implica un incremento de la carga impositiva para determinados sectores. Esta iniciativa afecta a determinados colectivos en cuanto al pago del impuesto a la renta de las actividades económicas. Hasta este momento se les exoneraba si facturaban por debajo de determinado monto anual establecido por la Dirección General Impositiva. Las exoneraciones eliminadas por el artículo 695 afectan a empresas pequeñas y medianas dedicadas, fundamentalmente, al negocio de la óptica y de los libros. Como dije, hasta este momento, si esas empresas facturaban por debajo de determinado nivel estaban exoneradas del pago del IRAE. Si se aprueba este artículo, dejarán de tener ese beneficio. ¿Podrá esto representar un rendimiento tributario escaso? No lo sé. La Dirección General Impositiva adujo razones vinculadas con eventuales comportamientos de evasión tributaria. El subdirector general de Rentas señaló que se procura combatir el enanismo tributario, es decir, a las empresas que simulan ser pequeñas para no pagar impuestos.

B)

Lo dispuesto en el presente artículo será de aplicación a las entidades no residentes, que intervengan directa o indirectamente en la oferta o en la demanda de la prestación de servicios de alojamiento turístico, por parte de personas físicas o jurídicas que no estén debidamente habilitadas para el desarrollo de tal actividad, así como en los servicios de arrendamiento de inmuebles. Se entenderá que una persona física o jurídica está debidamente habilitada para la prestación del servicio de transporte o de alojamiento turístico, a que refieren los incisos anteriores, cuando esté inscripta en los registros nacionales y/o municipales correspondientes, y desarrolle su actividad de acuerdo al objeto y dentro de los límites regulados por dichos registros”. ——En discusión.

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Esta medida, aplicada determinados contribuyentes, discriminatoria.

específicamente parece excesiva

a y

Por todas esas razones, y en particular porque el artículo 695 implica el incremento de la carga tributaria para determinados contribuyentes que estaban exonerados, el Partido Nacional no va a votar este bloque. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque propuesto. (Se vota) ——Cincuenta y uno en noventa y tres: AFIRMATIVA. En discusión un bloque compuesto por los artículos 687, 691, 692, 697, 699 y 706. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

hubiera estado vigente en el ejercicio fiscal anterior habría representado un perjuicio para los contribuyentes que determinan las pérdidas fiscales en función del índice de precios al por mayor, porque en el año 2014 se ubicó por encima del índice de precios al consumo. Más allá del debate de cuál de los dos mecanismos es más conveniente, y aun sosteniendo que el mecanismo vinculado con el índice de precios al por mayor pueda registrar cierta volatilidad -como dijo el contador Ferreri-, está claro que se elimina la opción que hoy tiene el contribuyente de ir por un camino o por otro. O sea que la administración tributaria obligará al contribuyente a utilizar un solo mecanismo: el índice de precios al consumo. Esta medida nos parece inconveniente. Haya sido o no la intención, creemos que puede conducir a un incremento de la carga tributaria con relación a un impuesto que grava toda la actividad económica, porque el IRAE no distingue la escala productiva y afecta a todos los empresarios: chicos, medianos y grandes. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: queremos dejar constancia de que el Partido Nacional tampoco va a votar este bloque. En particular, nos vamos a detener en los fundamentos vinculados al artículo 691. No apoyamos el artículo 691 porque entendemos que también puede conducir a un incremento del IRAE para determinados sectores al establecer la eliminación de una opción que hoy tienen las empresas que pagan dicho impuesto. Actualmente, a los efectos del cálculo de la pérdida fiscal y, en consecuencia, de las deducciones en función de las cuales después el impuesto se descuenta de la liquidación, las empresas pueden optar por dos mecanismos: la aplicación del índice de precios al consumo o la aplicación del índice de precios al por mayor. Si bien, como dijeron las autoridades de la DGI, el índice de precios al por mayor históricamente ha tenido una relativa oscilación en cuanto a su evolución, también es verdad que la secuencia histórica -tenemos en nuestro poder las estadísticas; por supuesto, no nos vamos a detener en ellas ahoradetermina que en los últimos tiempos ha crecido más que el índice de precios al consumo. Como esto es así, esta medida perjudica a los contribuyentes. Voy a poner un ejemplo en este sentido. Si esta disposición

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: recién se puso como ejemplo el año 2014. La situación no sería igual si analizáramos los años 2012 y 2013 o los datos de los últimos doce meses difundidos por el Instituto Nacional de Estadística. Concretamente, al mes de setiembre la variación en doce meses del índice de precios al consumo fue de 9,14 % y la del índice de precios al productor de productos nacionales -así se llama ahora el índice de precios al por mayorfue de 6,64 %. Sí se ve una gran variación entre los índices por meses. Inclusive, se registran valores negativos del índice de precios al productor de productos nacionales. Por tanto, es conveniente que todos los ajustes, tanto a favor como en contra -también hay a favor del contribuyente-, se hagan con un índice que tenga más estabilidad y represente más claramente lo que todos conocemos como variación de precios en la economía nacional.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque propuesto. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y dos: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 686. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta y dos en noventa y tres: AFIRMATIVA. Proponemos un bloque integrado por los artículos 690, 693, 694, 696, 698 y 703. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 700 a 702, inclusive. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y AFIRMATIVA. cuatro en noventa y cuatro:

Del señor Representante Edmundo Roselli, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Silvia Hernández”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. Quedan convocados los suplentes pondientes, y se les invita a pasar a sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia para el día de hoy 15 de octubre, por motivos personales. Sin más, lo saluda atentamente, MANUELA MUTTI Representante por Salto”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria, la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante. Sin más saluda atentamente, Mijail Pastorino”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria, la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante. Sin más saluda atentamente, Nicolás Urrutia”. corres-

En discusión el artículo 710. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA.

90.- Licencias
Integración de la Cámara Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes resoluciones: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: De la señora Representante Manuela Mutti, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Alba Carvallo Sena.

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“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria, la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante. Sin más saluda atentamente, María Cristina González”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria, la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante. Sin más saluda atentamente, Nelly Rodríguez”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria, la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por la señora Representante. Sin más saluda atentamente, Fernando Irabuena”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, de la señora Representante por el departamento de Salto, Manuela Mutti. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Mijail Pastorino Rodríguez, Nicolás Urrutia Gaucher, María Cristina González, Nelly Podríguez Galvalisi y Fernando Irabuena Giambassi.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales a la señora Representante por el departamento de Salto, Manuela Mutti, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Mijail Pastorino Rodríguez, Nicolás Urrutia Gaucher, María Cristina González, Nelly Rodríguez Galvalisi y Fernando Irabuena Giambassi. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609, del Lema Partido Frente Amplio, señora Alba Carvallo Sena. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Solicito al Cuerpo autorización para hacer uso de licencia con la correspondiente convocatoria de suplente, al amparo del inciso 2º del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, en la redacción dada por la Ley Nº 17.827 -ausencias por impedimento basadas en motivos personales- por el día 15 de octubre del corriente año. Saluda atentamente, EDMUNDO ROSELLI Representante por Colonia”. “Colonia, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia presentada por el Representante Nacional por el departamento de Colonia don Edmundo Roselli, para la sesión del día

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15 de octubre del corriente, comunico a usted, que por esta vez desisto de la convocatoria. Saluda a usted atentamente, Napoleón Gardiol Faedo”. “Colonia, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Ante la solicitud de licencia presentada por el Representante Nacional por el departamento de Colonia don Edmundo Roselli, para la sesión del día 15 de octubre del corriente año, comunico a usted, que por esta única vez desisto de la convocatoria. Saluda a usted atentamente, Óscar Cáceres Vizoza”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Colonia, Edmundo Roselli. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Napoleón Adolfo Gardiol Faedo y Óscar Cáceres. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Colonia, Edmundo Roselli, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Napoleón Adolfo Gardiol Faedo y Óscar Cáceres. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 904, del Lema Partido Nacional, señora Silvia Hernández. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

91.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación).
——Continuando con el tema motivo de la convocatoria, se pasa a considerar la Sección VIII, “Disposiciones Varias”, que comprende los artículos 712 a 745, inclusive. (Texto de la Sección VIII:) “Artículo 712.- Declárase por vía interpretativa que la expresión “pretensiones desestimadas” contenida en el artículo 358.4 inciso 2 del Código General del Proceso, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley nº 19.090, de 14 de junio de 2013, no comprende los casos de anulación total o parcial del acto administrativo. Artículo 713.- Agrégase al artículo 400 del Código General del Proceso (Ley nº 15.982, de 18 de octubre de 1988, en la redacción dada por la Ley nº 19.090, del 14 de junio de 2013) el siguiente apartado: “400.8.- Tratándose de sentencias de condena contra los Incisos 02 a 27, 29 y 31 a 34 del Presupuesto Nacional, así como de laudos arbitrales y transacciones homologadas judicialmente que les obliguen al pago de una cantidad líquida y exigible derivada de reclamaciones de salarios, diferencias retributivas o rubros de similar naturaleza, así como aquellos fallos -de igual naturalezadictados al amparo del artículo 11.3 de este Código (sentencia condicional o de futuro), una vez cumplido lo dispuesto por el apartado 400.2, el Tribunal lo comunicará al Ministerio de Economía y Finanzas en un término de 10 días hábiles, a partir de ejecutoriado el fallo liquidatorio, a los efectos que el Poder Ejecutivo efectúe las previsiones correspondientes en oportunidad de proyectar el Presupuesto Nacional o en las próximas instancias presupuestales que permitan atender el pago de la erogación resultante. Una vez aprobado el presupuesto o la rendición de cuentas con la previsión referida, la cancelación del crédito se realizará dentro del ejercicio siguiente. El procedimiento de liquidación consignado precedentemente, se aplicará a los asuntos que se hallaren en trámite, salvo que hubiere comenzado la vía incidental prevista en el artículo 378”. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley.

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Artículo 714.- Sustitúyese a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el artículo 2º de la Ley nº 17.947, de 8 de enero de 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º – Conforme a lo dispuesto por el artículo 85 numeral 6) de la Constitución de la República, autorízase al Poder Ejecutivo a emitir Deuda Pública Nacional siempre que el incremento de la deuda pública neta al cierre de cada ejercicio respecto al último día hábil del año anterior, no supere los siguientes montos: A) B) UI 16.000.000.000 (dieciséis mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2015. UI 15.500.000.000 (quince mil quinientos millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2016. UI 15.000.000.000 (quince mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2017. UI 14.000.000.000 (catorce mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2018. UI 13.500.000.000 (trece mil quinientos millones de unidades indexadas) a partir del ejercicio 2019.

por el inciso primero del artículo 2º de la presente ley en aquellos casos en los que factores extraordinarios e imprevistos así lo justificaren, dando cuenta a la Asamblea General y sin que ello altere los montos máximos de incremento fijados para los ejercicios siguientes”. Artículo 716.- Sustitúyense los artículos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, por los siguientes: “ARTÍCULO 6º – A los efectos del control de los montos máximos de incremento de la deuda pública neta al cierre de cada ejercicio, los activos disponibles y los pasivos contraídos en moneda distinta al dólar de los Estados Unidos de América, serán valuados al tipo de cambio interbancario vendedor vigente al cierre del último día hábil del ejercicio precedente para la deuda contratada con anterioridad a dicha fecha, y al tipo de cambio interbancario vendedor vigente al momento de su contratación si ésta hubiera ocurrido en el mismo ejercicio. Igual criterio se utilizará para la deuda denominada en unidades indexadas, a partir de los arbitrajes definidos por el Banco Central del Uruguay”. “ARTÍCULO 7º – En ocasión de la presentación de los proyectos de ley de rendición de cuentas, el Poder Ejecutivo informará a la Asamblea General acerca del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º de la presente ley”. “ARTÍCULO 8º – La evaluación del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º de la presente ley al final de cada ejercicio, se realizará una vez que el Banco Central del Uruguay publique las cifras correspondientes”. Artículo 717.- Derógase a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el artículo 4º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, en la redacción dada por el artículo único de la Ley nº 19.316, de 18 de febrero de 2015. Artículo 718.- A los efectos de lo establecido por el artículo 267 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 337 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, se entienden comprendidas también las operaciones financieras que realicen las personas jurídicas o empresas subsidiarias, controladas, vinculadas o asociadas o que formen parte del grupo económico de los mencionados Entes Autónomos o Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado.

C) D) E)

Cuando medien situaciones climáticas adversas que determinen que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), deba asumir costos extraordinarios para la generación de energía, el tope referido en el inciso anterior podrá ser adicionalmente incrementado en hasta un máximo equivalente al 1,5 % (uno con cinco por ciento) del Producto Bruto Interno. En ningún caso, a los efectos dispuestos en este artículo, los costos extraordinarios incurridos por UTE, sumados a la variación del Fondo de Estabilización Energética creado por el artículo 773 de la Ley nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, podrán superar el 1,5 % (uno con cinco por ciento) del Producto Bruto Interno. El Poder Ejecutivo dará cuenta de lo actuado a la Asamblea General”. Artículo 715.- Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.519, de 15 de julio de 2009, y por el artículo 266 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º – El Poder Ejecutivo podrá superar hasta en un 50 % (cincuenta por ciento) el monto máximo fijado para un año determinado

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Sin perjuicio de lo estipulado en la referida norma, una vez que el total de las operaciones financieras de endeudamiento acumuladas en los últimos doce meses móviles supere los 85.000.000 UI (ochenta y cinco millones de unidades indexadas), o cuando los pasivos totales de la empresa superen más de la mitad de su patrimonio, toda operación adicional deberá requerir la autorización del Poder Ejecutivo con independencia de su monto. Se entiende por operación financiera de endeudamiento aquella mediante la cual un ente autónomo o servicio descentralizado del dominio industrial y comercial del Estado, o cualquiera de las empresas integrantes de su grupo económico, adquiera la calidad de sujeto pasivo, deudor, codeudor, garante, o responda con todo o parte de su patrimonio a una obligación directa o indirectamente asumidas. Se encuentran incluidas dentro de este concepto aquellas obligaciones financieras contraídas cuya efectiva exigibilidad esté sujeta a eventos futuros inciertos, ajenos al control propio del Estado. La solicitud de autorización al Poder Ejecutivo deberá incluir el detalle de los términos y condiciones de la respectiva operación y deberá ser acompañada de toda la información y documentación que permita conocer cabalmente la situación económico-financiera de la empresa. El Poder Ejecutivo reglamentará en un plazo de 180 días los procedimientos necesarios, a los efectos del otorgamiento de la autorización pertinente. Artículo 719.- Agréguense al artículo 35 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, los siguientes incisos: “Facúltase al Poder Ejecutivo a restringir el uso del efectivo, en las condiciones que establezca la reglamentación, en aquellas actividades comerciales en las que el riesgo derivado de la utilización del efectivo justifique la adopción de tal medida, con la finalidad de tutelar la integridad física de las personas que trabajan en dichas actividades, así como de sus usuarios. Facúltase al Poder Ejecutivo a habilitar, a solicitud de parte, a que los establecimientos que enajenen bienes o presten servicios puedan restringir la aceptación del efectivo para el cobro de tales operaciones, a efectos de proteger la integridad física de las personas que trabajan en dichos establecimientos, así como de sus usuarios. La reglamentación establecerá las condiciones generales para resolver la habilitación prevista.

El Poder Ejecutivo dará cuenta al Poder Legislativo del ejercicio de las facultades previstas en los dos incisos precedentes”. Artículo 720.- Agrégase al artículo 35 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, el siguiente inciso: “La restricción al uso del efectivo prevista en el inciso primero también será de aplicación, en las sociedades comerciales, a los ingresos o egresos dinerarios por aportes de capital, con o sin prima de emisión, aportes irrevocables, adelantos de fondos, reintegros de capital, pago de utilidades, pagos de participaciones sociales por concepto de exclusión, receso, reducción, rescate, amortización de acciones, u otras operaciones similares previstas en la Ley de Sociedades Comerciales, por un importe igual o superior al equivalente a 40.000 UI (cuarenta mil unidades indexadas)”. Artículo 721.- Los actos administrativos firmes dictados por el Poder Ejecutivo que dispongan la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones previstas por los artículos 2º y 19 de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, constituirán título ejecutivo, sin necesidad de intimación de pago ni de otro requisito. Artículo 722.- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar a las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, un crédito fiscal por hasta veintidós puntos porcentuales de los ingresos correspondientes a las cuotas de afiliaciones individuales no vitalicias, a las cuotas de afiliaciones colectivas, a la sobrecuota de gestión y a la sobrecuota de inversión. Dicho crédito podrá ser destinado a compensar obligaciones tributarias como contribuyente o responsable ante la Dirección General Impositiva, o solicitar certificados de crédito para el pago de tributos ante dicho organismo o el Banco de Previsión Social. La facultad a que refiere este artículo podrá ser ejercida desde el primer día del mes de promulgación de la presente ley y hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo 723.- Prorrógase el plazo previsto en el artículo 3º de la Ley Nº 19.302, de 29 de diciembre de 2014, para el ejercicio de la facultad prevista en el artículo 1º de la mencionada ley, hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo 724.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2019, el plazo previsto en el artículo 4º de la Ley Nº 18.464, de 11 de febrero de 2009, para el

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ejercicio de las facultades previstas en los artículos 1º y 3º de la mencionada ley, con la modificación introducida en el artículo 853 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el artículo 339 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y el artículo 375 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, y el plazo previsto en el artículo 3 de la Ley Nº 18.707, de 13 de diciembre de 2010, para el ejercicio de las facultades previstas en el artículo 1º de dicha ley, con las modificaciones introducidas por el artículo 375 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 725.- Facúltase al Poder Ejecutivo a habilitar la participación de instituciones públicas, incluidas las de derecho privado, en centros tecnológicos creados en el marco de instrumentos gestionados por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, debiendo contar con el asesoramiento previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 726.- La Retribución del Presidente del Directorio del Instituto Nacional del Cooperativismo se regirá según el literal C) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Las retribuciones de los demás delegados del Poder Ejecutivo en el Directorio del Instituto Nacional del Cooperativismo se regirán según el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Artículo 727.- La retribución mensual de los Presidentes del Instituto Plan Agropecuario, Instituto Nacional de la Leche (INALE), Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), Instituto Nacional de Semillas (INASE), Instituto Nacional de Carnes (INAC) y del Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA), no podrá ser superior a la establecida en el literal b) del artículo 9° de la Ley Nº 15.809, de abril de 1986, y sus modificativas. Artículo 728.- Agréganse al artículo 6º de la Ley Nº 18.242, de 27 de diciembre de 2007, los siguientes incisos: “El Instituto Nacional de la Leche (INALE) estará exonerado de todo tipo de tributos nacionales, excepto las contribuciones de seguridad social. En lo no previsto especialmente por la presente ley, su régimen de funcionamiento será el de la actividad privada. Los bienes del Instituto serán inembargables y sus créditos, cualquiera fuera su origen, gozan del privilegio establecido en el numeral 2) del

artículo 110 de la Ley Nº 18.387, de 23 de octubre de 2008”. Artículo 729.- Sustitúyese el literal C) del artículo 29 de la Ley Nº 19.172, de 20 de diciembre de 2013, por el siguiente: “C) Designar, trasladar y destituir al personal. La Junta Directiva acordará con el Poder Ejecutivo la nómina de hasta 30 funcionarios de los organismos representados en la misma que podrá pasar a prestar servicios en la nueva Institución, hasta la aprobación del próximo presupuesto nacional o hasta tanto la Junta Directiva considere que cuenta con el personal propio suficiente para el desarrollo de sus tareas. Los funcionarios se desempeñarán en régimen de comisión y mantendrán su condición, ya sea de contratados o presupuestados, debiendo considerarse como si prestaran servicios en su lugar de origen, a todos sus efectos y en especial en cuanto a su carrera administrativa, renovación, remuneración y beneficios jubilatorios. Artículo 730.- Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 19.009, de 22 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º.- (Definiciones).- Los siguientes conceptos complementarán las definiciones dadas por la Unión Postal Universal: A) Servicio postal. El servicio postal es considerado servicio público nacional y por ello debe ser prestado por el Estado, sin perjuicio de la concesión de su explotación a los particulares, regulando su ejercicio. Se entiende por servicios postales: 1) Las actividades de admisión, procesamiento, transporte y distribución o entrega de envíos, encomiendas postales nacionales e internacionales o productos postales, en todas o cualesquiera de sus etapas. 2) Cualquier otro producto o servicio postal que se establezca al amparo de la normativa vigente. B) Servicio servicio asegurar territorio Postal Universal. Es aquel postal que el Estado debe a sus habitantes en todo el nacional en forma permanente,

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con la calidad adecuada y a precios asequibles. C) Actividad de admisión o recepción. Consiste en la aceptación de objetos postales a través de personal recolector, ventanillas, buzones postales o cualquier otro medio físico o tecnológico. D) Actividad de procesamiento. Consiste en la separación, agrupación o clasificación de los objetos postales, por cualquier medio físico o tecnológico, con el fin de preparar su envío a los lugares de destino y distribución o entrega, incluye las actividades necesarias para hacer que los objetos postales estén disponibles para su clasificación. E) Actividad de transporte. Consiste en movilizar y trasladar objetos postales, por cualquier medio físico o tecnológico. F) Actividad de distribución o entrega. Consiste en hacer llegar los objetos postales a sus destinatarios, en el lugar geográfico o dirección, señalado por el remitente. Se incluye aquí la actividad de distribución o entrega en apartados o casillas postales. G) Envío de correspondencia. Es toda comunicación escrita impuesta por un remitente, para ser entregada a un destinatario en la dirección indicada por aquél. H) Carta. Es un envío de correspondencia individualizado y de carácter privado entre el remitente y el destinatario, cerrado o protegido de forma tal que asegure la no visualización externa de su contenido y que si fuera violentado evidenciaría los perjuicios de la seguridad, inviolabilidad y respeto al secreto postal. I) Impreso. Es un envío de correspondencia que circula de forma tal que permite la visualización externa de su contenido. J) Encomienda postal internacional. Es todo envío que se efectúa con intervención de los operadores del país remitente y del país receptor cuyo peso, al ser entregado al destinatario, no fuera superior a 20 kilogramos; debiendo cumplir en cuanto a su contenido y condiciones con la

reglamentación correspondiente prevista en las Convenciones Internacionales. K) Carga. Todo otro envío que no sea encomienda postal nacional o internacional será considerado, a todos sus efectos, como carga, tanto en el ámbito nacional como internacional. L) Mercado. Es el conjunto de envíos procesados por los operadores postales, más los realizados por las personas jurídicas habilitadas. M) Sector. Es el conjunto regulado de operadores postales, personas jurídicas habilitadas, los usuarios y el regulador. N) Actores. Son actores del sector postal: 1) Estado. El Poder Ejecutivo es el titular de la prestación del servicio postal y el único competente para dictar las políticas nacionales postales a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería. 2) Regulador. La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) es la que aplica las políticas públicas nacionales al mercado, regulando las relaciones que se produzcan al respecto. 3) Operador designado. La Administración Nacional de Correos es el operador designado y único órgano competente para cumplir el Servicio Postal Universal en régimen de concurrencia, así como para prestar los demás servicios postales, estos en régimen de competencia. 4) Operadores privados. Son aquellos titulares de empresas unipersonales o aquellas personas jurídicas que, previo permiso del regulador e inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal, pueden prestar el servicio postal en régimen de competencia, por cuenta de terceros y para terceros. Se incluye a los operadores postales que operan bajo la modalidad “courier” o toda otra modalidad asimilada o asimilable. 5) Personas jurídicas habilitadas. Son aquellas personas jurídicas que, previo

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permiso del regulador e inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal, procesan, transportan o distribuyen sus propios envíos postales con destino a un tercero ajeno a ellas y valiéndose de personal propio en cualquiera de esas etapas. 6) Prestadores del Servicio Postal. Son el operador designado, los operadores privados y las personas jurídicas habilitadas, los que deberán implementar sus actividades de acuerdo con los principios generales establecidos en el artículo 2º de la presente ley. 7) Autoprestadores. Son aquellas personas jurídicas que admiten, procesan, transportan o distribuyen envíos de correspondencia y demás envíos postales que circulen entre sus propias oficinas, cumpliendo todas o cualesquiera de las etapas del proceso postal. 8) Usuario. Es toda persona física o jurídica beneficiaria de la prestación de un servicio postal como remitente o como destinatario y titular de los derechos inherentes a esa condición. Ñ) Licencia. Permiso otorgado por la URSEC a los prestadores del servicio postal que habilita su actividad formal en el mercado. O) Registro General de Prestadores del Servicio Postal. Es el registro a cargo de la URSEC que contiene la información de los prestadores de servicio postal relativa a las condiciones de los servicios que prestan y acredita la condición formal de tales en el mercado”. Artículo 731- Incorpórase al artículo 114 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.869, de 23 de diciembre de 2011, el siguiente inciso: “La representación jurídica del Instituto, en sus relaciones externas, será ejercida por el Presidente de la Comisión Directiva. En ausencia o impedimento de éste, la representación será ejercida por dos miembros de la Comisión Directiva actuando conjuntamente, los cuales serán elegidos por la misma, por mayoría simple”.

Artículo 732.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002 y por el artículo 217 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Créase el Fondo de Solidaridad como persona jurídica de derecho público no estatal, que tendrá como cometidos: 1) Administrar un sistema de becas para estudiantes de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional (Administración Nacional de Educación Pública) y de la Universidad Tecnológica, el que se financiará con la contribución especial regulada en el artículo 3º de la presente ley, sin perjuicio de los legados, donaciones y de los recursos que el Fondo de Solidaridad obtenga por la prestación de servicios relacionados a su cometido. 2) Gestionar sistemas de becas de organismos públicos o entidades privadas, mediante la celebración de convenios en los que se instrumenten las obligaciones de cada parte, los que podrán comprender becas de educación terciaria o media y becas de excelencia. Serán recursos del Fondo de Solidaridad los ingresos que obtenga por la prestación de servicios de gestión de sistemas de becas, así como cualquier otro financiamiento que reciba por cumplir las actividades o programas de su competencia. 3) Procurar la continuidad de los estudios de los beneficiarios de las becas a través de servicios de apoyo y seguimiento, pudiendo destinar a este cometido los excedentes que resulten luego de haber cubierto todas las solicitudes de becas formuladas por los estudiantes que reúnan los requisitos para acceder al beneficio. 4) Asesorar en la elaboración de proyectos, planes o programas para la optimización y articulación de los sistemas de becas públicos y privados”. Artículo 733.- Los sistemas de becas que, a la fecha de vigencia de la presente ley, estén siendo administrados o gestionados por el Fondo de Solidaridad, en función de lo dispuesto en normas especiales legales o reglamentarias, no requerirán de

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la celebración de los convenios referidos en el numeral 2) del artículo 1º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994 y modificativas, para su instrumentación. Artículo 734.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002 y el artículo 218 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- El Fondo de Solidaridad será dirigido y organizado por un Consejo Directivo integrado por seis miembros: un representante del Ministerio de Educación y Cultura, que lo presidirá y cuyo voto decidirá en caso de empate, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante del Ministerio de Desarrollo Social, un representante de la Universidad de la República, un representante del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y un representante de la Universidad Tecnológica. La retribución mensual del Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Solidaridad será equivalente a la prevista en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y será financiada por la persona jurídica Fondo de Solidaridad. Los restantes cargos del Consejo serán de carácter honorario. Son atribuciones del Consejo Directivo: A) Establecer las directivas generales para otorgar las becas, y los requisitos que deben cumplir los postulantes para ser beneficiarios de las mismas. En los casos de sistemas de becas cuya gestión sea confiada al Fondo por norma especial o convenio, las directivas generales estarán dadas por los Órganos, Comisiones o Consejos que administren las respectivas becas o, en su caso, por el Fondo de Solidaridad, en función de lo previsto en los respectivos convenios. B) Establecer la forma de acreditar la generación de ingresos inferiores al mínimo no imponible y el cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder a la calidad de becarios, sin perjuicio de lo dispuesto en normas especiales o en los convenios suscritos para la gestión de sistemas de becas.

C) Designar y destituir al personal del Fondo de Solidaridad. D) Aprobar el Balance y la Memoria Anual del organismo. E) Aprobar el Presupuesto de Funcionamiento y el Plan de Inversiones del organismo. F) Dictar el Reglamento Interno del Consejo Directivo. G) Dictar el Reglamento Interno de sus empleados. H) Delegar sus atribuciones cuando lo entienda pertinente, con excepción de las establecidas en este artículo. Establécese un Consejo Consultivo Honorario integrado por un representante de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, un representante de la Caja Notarial de Seguridad Social, y un representante de la Agrupación Universitaria del Uruguay, quien deberá verter su opinión en forma preceptiva toda vez que el Consejo Directivo del Fondo de Solidaridad solicite su intervención en asuntos que involucren a afiliados de dichas Instituciones”. Artículo 735.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º.- El Fondo se integrará mediante una contribución especial (artículo 13 del Código Tributario) efectuada por los egresados de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico Profesional y de la Universidad Tecnológica del Uruguay, cuyos ingresos mensuales sean superiores a 8 BPC (ocho Bases de Prestaciones y Contribuciones). Dicha contribución especial deberá ser pagada a partir de cumplido el quinto año del egreso, hasta que se verifique alguna de las siguientes condiciones: A) Que el contribuyente cese en toda actividad remunerada y acceda a una jubilación. B) Que el contribuyente cumpla 70 años de edad. C) Que el contribuyente presente una enfermedad física o psíquica irreversible

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que lo inhabilite a desempeñar cualquier tipo de actividad remunerada. El monto de la contribución se determinará atendiendo a la duración de la carrera del egresado, apreciada a la fecha de promulgación de la presente ley y a la cantidad de años transcurridos desde el egreso, de tal forma que: A) Los egresados cuyas carreras tengan una duración inferior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 0,5 BPC (media base de prestaciones y contribuciones) entre los cinco a nueve años desde el egreso y una contribución equivalente a 1 BPC (una base de prestaciones y contribuciones) a partir de cumplidos los diez años desde el egreso. B) Los egresados cuyas carreras tengan una duración igual o superior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 1 (una) BPC entre los cincos y nueve años desde el egreso y una contribución equivalente a 2 (dos) BPC a partir de cumplidos los diez años desde el egreso. La reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo establecerá los requisitos necesarios que deberán cumplir quienes perciban ingresos inferiores a los establecidos en el inciso primero de este artículo, para justificar los mismos, así como la información que deberán suministrar los organismos públicos para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto. En caso de incumplimiento de los requisitos formales establecidos por la reglamentación, el egresado será sancionado con una multa de hasta 0,5 (media) BPC por ejercicio, con un máximo de 2 (dos) BPC por ejercicios acumulados. Los contribuyentes pagarán la contribución directamente ante el Fondo de Solidaridad en las formas que éste indique, excepto los afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, quienes realizarán su aporte ante dicho organismo previsional. La contribución podrá ser pagada anualmente o en cuotas, en las condiciones que establezca la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo, el que queda facultado para establecer pagos anticipados en el ejercicio. El Fondo de Solidaridad expedirá a solicitud de los contribuyentes no afiliados a la Caja de

Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y Caja Notarial de Seguridad Social, certificados que acrediten estar al día con la contribución especial, con vigencia hasta el 31 de marzo siguiente. En el caso de los contribuyentes afiliados a dichas Cajas, las constancias de situación regular de pagos emitidas por estos organismos previsionales acreditarán a la vez el cumplimiento de obligaciones para con el Fondo de Solidaridad, los que se expedirán salvo que estos organismos hayan sido informados por parte del Fondo de Solidaridad de que determinados contribuyentes no se encuentran al día. Las entidades públicas o privadas deberán exigir anualmente a los sujetos pasivos de esta contribución especial, la presentación de la constancia referida en el inciso anterior. De no mediar tal presentación, las entidades mencionadas quedan inhabilitadas para pagar facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones de especie alguna, a los sujetos pasivos titulares del derecho. La inobservancia de lo preceptuado será considerada falta grave en el caso del funcionario público que ordene y/o efectúe el pago. Asimismo, la entidad que incumpla con lo previsto será solidariamente responsable por lo adeudado. El Banco de Previsión Social y las demás entidades previsionales no podrán dar curso a ninguna solicitud de jubilación o retiro sin exigir la presentación de la constancia de estar al día con la contribución”. Artículo 736.- Declárase por vía interpretativa que, a efectos de la aplicación de la normativa relativa al Fondo de Solidaridad, (Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002), se entiende por egresado a la persona que aprueba la totalidad de los requisitos exigidos por cada plan de estudios, para la expedición de títulos de grado o títulos intermedios, tomándose como fecha de egreso la de la aprobación de la última exigencia académica, previa a la expedición del título, del plan de estudios correspondiente a la respectiva carrera. Artículo 737.- Exonérase de todo tipo de tributos al fideicomiso que sea constituido o estructurado exclusivamente por la cesión de créditos a favor del Fondo de Solidaridad. Esta exoneración alcanza la constitución de los mismos, así como la actividad,

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operaciones, patrimonio y rentas que pueda generar el fideicomiso. Artículo 738.- Los documentos suscritos por los contribuyentes del Fondo de Solidaridad en que consten declaraciones de obligaciones que no hubieran sido cumplidas y los documentos emanados de convenios de facilidades de pago, que hubieran caducado por su incumplimiento, constituyen títulos ejecutivos, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 91 del Código Tributario. La contribución adicional al Fondo de Solidaridad continuará rigiéndose en todos sus aspectos por el artículo 542 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002″. La duración de las carreras es la establecida en la disposición legal mencionada en el inciso anterior, apreciada a la fecha de promulgación de la Ley Nº 17.451. Artículo 739.- En oportunidad de cada Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal el Fondo de Solidaridad remitirá al Parlamento un informe conteniendo sus ingresos y fuentes en el ejercicio, así como sus gastos y becas otorgadas en el mismo período. Artículo 740.- Autorízase a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO) a la sustitución del formato papel del Diario Oficial por el formato electrónico, al que se le reconoce igual admisibilidad, validez y eficacia jurídica. A tales efectos la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales desarrollará los procesos productivos necesarios e implementará las medidas de seguridad, salvaguarda y accesibilidad pertinentes y realizará las coordinaciones con los órganos estatales que correspondan. Artículo 741.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y Cultura, a integrar el Consejo de Administración de la Fundación Instituto Regional de Investigación y Educación en Ciencias de la Sustentabilidad y la Resiliencia (SARAS). Artículo 742.- Agrégase al artículo 2º de la Ley Nº 18.406, de 24 de octubre de 2008, el siguiente literal: “P) Promover la capacitación para el trabajo, a través de instituciones de enseñanza formal tales como la Universidad del Trabajo del Uruguay, la Universidad Tecnológica, el Centro de Capacitación y Producción, el

Consejo de Capacitación Profesional, entre otros, mediante la realización de convenios que promuevan el desarrollo tecnológico y la descentralización, destinándose a estos efectos el 30 % (treinta por ciento) de los recursos anuales, sin que ello afecte los fondos aportados por trabajadores y empresarios”. Artículo 743.- Deróganse los artículos 5º a 8º de la Ley Nº 15.853, de 24 de diciembre de 1986. Artículo 744.- Sustitúyese el artículo 20 de la Ley Nº 19.133, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 20.- (Condiciones) educativa y la empresa acordarán condiciones de trabajo del o de la deberán ser aprobadas por el Trabajo y Seguridad Social. La institución por escrito las joven, las que Ministerio de

La práctica formativa no podrá exceder de un máximo de 120 (ciento veinte) horas, ni representar más del 50 % (cincuenta por ciento) en la carga horaria total del curso, sin que sea menester contar con una remuneración asociada al trabajo realizado. Las instituciones educativas que desarrollen propuestas de práctica formativa en empresas que requieran más de ciento veinte horas o cuando las horas necesarias de pasantía representen más del 50 % (cincuenta por ciento) en la carga horaria total del curso deberán justificar por escrito las razones de dicha extensión, petición que será evaluada por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y el de Educación y Cultura, a efectos de su eventual autorización. Los y las jóvenes que realicen estas prácticas formativas deberán estar cubiertos por el Banco de Seguros del Estado. La empresa deberá contribuir en la formación del joven durante el desarrollo de la práctica formativa en la empresa. Al finalizar la práctica, la empresa deberá brindar al o la joven una constancia de la realización de la misma, así como una evaluación de su desempeño, la que remitirá asimismo a la institución educativa que corresponda”. Artículo 745.- A los efectos de lograr al final del Período Presupuestal la asignación de un volumen de recursos equivalentes al 6 % (seis por ciento) del Producto Bruto Interno (PBI) con destino a la educación pública, el Poder Ejecutivo se compromete

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a realizar los máximos esfuerzos en la asignación de créditos presupuestales para alcanzar el mencionado porcentaje”. ——En discusión. Proponemos un bloque que incluiría los artículos 712, 713, 719, 720, 726, 727 y 729. ——En discusión. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Esta sería la cuarta vez que se legisla en este Parlamento para que no se pague lo que se tiene que pagar. Cuando se usa el poder para evadir las responsabilidades institucionales, estamos en un problema serio. Obviamente, no vamos a acompañar la votación de este artículo. Espero que los colegas tampoco lo hagan, porque de lo contrario, van a quedar escrachados. El Poder Ejecutivo ni siquiera tuvo la deferencia de recibir al Poder Judicial en sus reclamos millonarios -a esto hice mención en una intervención anterior- y a través de estas vías oblicuas, lamentablemente, se está tratando de lesionar a este Poder del Estado. El país tiene un prestigio que descansa sobre la seguridad jurídica que ofrecemos. El ministro de Economía y Finanzas, cuando compareció en la Comisión de Presupuesto integrada con la de Hacienda, dejó claro que es una de las fortalezas que tenemos al momento de conseguir inversores. Sin embargo, con este tipo de mamarrachos y gambetas poco serias, no contribuimos a fortalecer ese prestigio, por el contrario, nos debilitamos como país serio y confiable. Por lo tanto, de plano, no vamos a acompañar este artículo, y hacemos un llamado a la reflexión a todos los legisladores para eliminarlo de esta iniciativa y discutirlo en otro ámbito, pero no en el marco de una ley presupuestal, ya que tiene poco que ver. Repito que con este asunto se lesionan los derechos de miles de uruguayos que han iniciado juicios contra el Estado, porque nadie va a cobrar lo que le deben. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado Pablo Abdala. SEÑOR ABDALA (Pablo).- Señor presidente: este artículo es uno de los aspectos complejos y graves que contiene el proyecto de ley de presupuesto, y no estamos exagerando. Quienes asistimos al tratamiento de este asunto en el ámbito de la Comisión de Presupuesto integrada con la de Hacienda, sabemos que es así. Quiero remitirme a opiniones que no son del Partido Nacional, porque de lo contrario, puede llegar a sostenerse que desde la oposición estamos

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: si al artículo 713 tuviéramos que ponerle un nomen iuris -lo mencionamos tangencialmente al tratar el Inciso “Poder Judicial”-, sería “¡Qué tupé!”, porque es la manifestación flagrante de la denegación de justicia que se pretende consagrar y está puntualmente orientada. No reúne ninguno de los requisitos que debe tener una norma con carácter general, como todas las leyes; tiene poco menos que nombre y apellido. Esta norma se incluye en este presupuesto para no pagar el eventual reclamo millonario, casi consumado, que puedan hacer los funcionarios del Poder Judicial. Nuevamente, se está recurriendo a una ley, imponiéndose en forma abusiva por mayorías parlamentarias, para vulnerar el derecho de quienes pretenden reclamar. Esto tiene alguna historia. El reclamo de los judiciales arranca con el artículo 64 de la Ley de Presupuesto Nº 18.719 de 2010, cuando aparecieron los famosos enganches, que se pretendieron sacar por medio de una ley interpretativa, la Nº 18.738, declarada inconstitucional. Después, apareció la Ley Nº 18.996, que optó por derogar la norma original. Más tarde, el artículo 9º de la Ley Nº 19.310 modifica este mismo artículo y en aquel momento se decía que en el caso de que el Poder Judicial perdiera los juicios tenía que hacerse cargo con los recursos del propio Inciso. Ahora incluyen este artículo, que ya es una tomadura de pelo al sistema institucional uruguayo, y pese a que ha habido intentos de poca seriedad en estos diez años, sobrepasa todos los límites. Decir que aquellos que ganen pleitos contra el Estado tienen que ser incluidos en las próximas instancias presupuestales para cobrar, es lisa y llanamente una denegatoria de justicia.

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alimentando artificiosamente un asunto y exagerando la nota a la hora de referirnos al alcance de esta disposición. En ese sentido, recuerdo a los señores legisladores que cuando COFE compareció en la comisión, claramente se opuso a esta disposición, la condenó, la rechazó y nos pidió que la retiráramos de la propuesta presupuestal. Por su parte, la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay fue muy elocuente he hizo llegar un documento que expresa que esta disposición que originariamente era el artículo 677, viola principios fundamentales establecidos en los artículos 7º, 8º, 54 y 72 de la Constitución, dado que impone una discriminación totalmente inaceptable entre los trabajadores públicos y los de la actividad privada. Esto es verdad. El artículo 8º consagra el principio de igualdad, que se ve notoriamente afectado por la discriminación que establece el artículo 713. El artículo 7º establece el derecho a ser protegido en el goce del trabajo, entre otros derechos, y esta no es una norma protectora del trabajo, sino todo lo contrario. Además, el artículo 72 establece que la enumeración de deberes, derechos y garantías no excluye a los que derivan de la forma republicana de gobierno y la personalidad humana. Asimismo, la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay, que como todos sabemos, es una organización gremial afiliada a COFE y al PITCNT, opina que la redacción propuesta consagra una inadmisible y larga postergación en el pago de los créditos salariales, contrariando su naturaleza alimentaria de satisfacción inmediata como derecho humano fundamental. Arrasa con la protección del salario y pone al Estado en condición de empleador privilegiado. Repito que esto no lo dicen los legisladores del Partido Nacional, sino el movimiento sindical, el PIT-CNT, COFE y la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay, y es incuestionablemente así, desde el punto de vista objetivo. No obstante, si es preocupante el alcance de esta disposición, a nosotros nos resultó mucho más inquietante la explicación que nos dio el Gobierno. Cuando el subsecretario de Economía y Finanzas compareció a la Comisión de Presupuesto integrada con la de Hacienda, explicó el alcance de esta disposición y me quedé más preocupado, porque el contador Ferreri y sus asesores jurídicos nos dijeron

que con esto procuraban evitar la injerencia de los jueces en las determinaciones salariales del Estado. Asimismo, el asesor letrado del Ministerio de Economía y Finanzas nos dijo que estaba muy preocupado por algunas sentencias judiciales que daban indicaciones a la Administración sobre la manera en la que debían definirse los ajustes salariales, los créditos laborales y todos los derechos de naturaleza salarial a los que tienen acceso los trabajadores públicos. Inmediatamente, pregunté cuál era la explicación de todo esto. ¿Qué está postulando el Gobierno? ¿Que estamos en el contexto del gobierno de los jueces? El Gobierno nacional, el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Economía y Finanzas vienen al Parlamento a sostener que el Poder Judicial está intercediendo en la política salarial de manera deshonesta y desorbitada, más allá de la mera aplicación de la ley. El Poder Ejecutivo hizo en el ámbito de la comisión una acusación verdaderamente grave. A esta altura, son tan graves el alcance y los términos de esta disposición como la justificación que el Poder Ejecutivo ensayó. Creo que, sin duda, esto conduce a la frustración de los derechos, porque la circunstancia de que ante una sentencia de condena el organismo condenado tenga que hacer una previsión en la siguiente instancia presupuestal, representa que el trabajador afectado en un derecho de naturaleza alimentaria, como muy bien establece la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay, probablemente tenga que esperar dos años para poder satisfacer la pretensión que ha dado lugar a una sentencia judicial favorable. Se trata de un asunto de enorme gravedad y la bancada de gobierno debería reflexionar. Hace un rato, cuando estábamos discutiendo otro asunto, dije -lo reafirmo- que los Gobiernos del Frente Amplio -lo digo con enorme respeto, gran convicción y honestidad intelectual- han tenido una doble conducta en el desarrollo de la política laboral, según le haya tocado actuar como patrón o como árbitro de las relaciones laborales. Cuando ha sido árbitro de las relaciones laborales privadas, lo que ha hecho -no lo cuestiono- es desarrollar en toda su extensión la negociación colectiva, fortalecer la parte más débil de la relación laboral que es el trabajador, estimular la negociación salarial y reconocer derechos a los

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trabajadores, y no digo que esté mal, sino todo lo contrario. Lo que sí me parece mal es que paralelamente a ese comportamiento, cuando ese mismo Estado, que como árbitro de las relaciones laborales tiene determinada conducta, actúa como empleador del trabajador público, lo hace con temperamentos completamente diferentes. (Ocupa la presidencia el señor representante Constante Mendiondo) ——Por ejemplo, declara la esencialidad de los servicios de manera injustificada, como pasó en el ámbito de la educación; niega las ocupaciones de los lugares de trabajo que legitima y acepta en el ámbito de la actividad laboral privada, e irrumpe con este tipo de soluciones que a lo único que conducen es al perjuicio del trabajador público, estableciendo lo que la Asociación de Funcionarios Judiciales ha definido como un acto de verdadera discriminación. Gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Ope Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: nosotros también entendemos que la norma del artículo 713 del proyecto es francamente inconstitucional. Por un lado, señalo que es de redacción confusa y se presta a interpretaciones distintas. Adviértase que se refiere a sentencias de condena contra los Incisos 02 a 27, 29 y 31 a 34 del presupuesto nacional, después viene una coma y luego dice: “así como de laudos arbitrales y transacciones homologadas judicialmente que les obliguen al pago de una cantidad líquida y exigible derivada de reclamaciones de salarios, diferencias retributivas o rubros de similar naturaleza”. Me parece que una interpretación perfectamente sostenible es que hay dos ámbitos de actuación de la norma. Por un lado, toda sentencia dictada contra los Incisos que se indican en la norma, cualquiera sea su contenido, su materia, su objeto y, por otro, los laudos arbitrales y transacciones homologadas judicialmente que obliguen a esos Incisos al pago de cantidades líquidas exigibles derivadas de reclamaciones de salarios, etcétera. Es decir que en lo

que tiene que ver con laudos y transacciones el contenido solo puede ser de naturaleza salarial o similar, pero en lo que refiere a las sentencias -no a los laudos ni a las transacciones- no hay esa limitación de contenido y la norma se aplica a todas las sentencias de condena dictadas contra estos Incisos del presupuesto nacional. De manera que es muy amplio el alcance de esta norma, que establece una discriminación inaceptable en beneficio del Estado cuando litiga. Aquí, la igualdad de las partes en el proceso se quiebra. Si una parte, que no es uno de estos Incisos, pierde el juicio, se puede ejecutar la condena inmediatamente por los procedimientos ordinarios. Pero si el que pierde el juicio es el Estado, a través de alguno de los Incisos que se mencionan, entonces el proceso de liquidación queda sometido a lo que aquí se establece. De esa forma, hay una discriminación entre las partes en el proceso que, evidentemente, viola el principio de igualdad consagrado por el artículo 8º de la Constitución. Esta es la primera inconstitucionalidad, a mi juicio, muy clara. Insisto: no atañe solamente a la actuación del Estado como empleador, a las reclamaciones salariales y demás, sino que en la primera parte del artículo establece claramente que se trata de toda sentencia de condena -cualquiera sea su contenidodictada contra alguno de los Incisos que allí se señalan. ¿A qué tratamiento se someten estas sentencias, laudos o transacciones homologadas judicialmente? Se dice, como resulta del texto, que tendrán que ser incluidas por el Poder Ejecutivo en futuros presupuestos o rendiciones de cuentas. Al Poder Ejecutivo lo alcanza el deber establecido en la norma: deberá incluir el crédito correspondiente para el pago de estas sentencias o laudos. Al que no le alcanza la norma imperativa es al Parlamento, que tiene que sancionar la ley de presupuesto o las leyes de rendición de cuentas. Cuando el Parlamento legisla actúa soberanamente, no condicionado por nada. Mal podría condicionarlo una ley a la que otra ley puede dejar sin efecto. El Parlamento actúa discrecionalmente y la sanción de una ley es, en definitiva, un acto potestativo. Se dicta o no, según el Parlamento quiera. Por lo tanto, decir que una sentencia se va a pagar si se dicta una ley que habilita el crédito para el pago es tanto como decir

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que se va a pagar si el Parlamento quiere que se pague. Eso es condicionar la eficacia de la cosa juzgada a un acto legislativo; es violar groseramente la separación de poderes. El cumplimiento de la sentencia queda librado a la voluntad del Parlamento, que podrá sancionar la ley de presupuesto o no, podrá sancionar la ley de rendición de cuentas o no, podrá sancionar un determinado artículo que habilita determinados créditos o no. Si mañana ocurriera que no se sancionara, por ejemplo, una ley de rendición de cuentas, no sería la primera vez, porque eso ya pasó. En el año 1987 no se sancionó la rendición de cuentas correspondiente al ejercicio 1986, porque no hubo mayoría parlamentaria para hacerlo. En ese caso, si se aplicara esta norma, no se cumpliría esa hipotética sentencia de pasar por ese procedimiento. Insisto: el concepto clave es que sancionar una ley es un acto potestativo del Parlamento. Se sanciona si hay voluntad política de hacerlo; si no, no. Entonces, decir que las sentencias se van a cumplir si el Parlamento tiene la voluntad política de dictar la ley que habilite el pago, es supeditar la eficacia de la cosa juzgada a un acto del Poder Legislativo, es violar groseramente la separación de poderes. Esa es una segunda causa evidente de inconstitucionalidad. Esto es muy grave. Yo no conocía las explicaciones que fueron dadas en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda. Esto completa la gravedad del cuadro. Es absolutamente inaceptable; debe ser rechazado enérgicamente y debe señalarse ante la opinión pública, una vez más, que por estas vías se está violentando la separación de poderes con el propósito manifiesto de debilitar al Poder Judicial en esta especie de pulseada política a que lo quiere someter el Poder Ejecutivo. Por estas razones, obviamente, Colorado no votará esta norma. el Partido

referida al artículo 24 de la Constitución, que establece la responsabilidad del Estado. De alguna manera, a través del artículo 713 se está limitando la responsabilidad del Estado. Aquí sí se viola la Constitución de la República, porque se establece una clara diferenciación entre los juicios que entablan los privados y aquellos que entablan los empleados públicos por diferencias retributivas o salariales. Esta clara diferenciación entre estas dos posibilidades, sin duda hace que esta norma también sea inconstitucional por violentar el principio de igualdad. Así que se violenta el principio de igualdad y el artículo 24 de la Constitución, así como el artículo 72, que alcanza todos los derechos inherentes a la personalidad humana y a la forma republicana de gobierno. Gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede continuar el señor diputado Ope Pasquet. SEÑOR PASQUET (Ope).- He terminado, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: cuando uno ve estos artículos en una ley de presupuesto, se pregunta cuál fue el burócrata al que se le ocurrió poner estas cosas. ¿Quién piensa estas leyes para que los políticos las aprobemos? Sin duda, son los que cuidan la caja, pero nunca fueron a un comité de base de ningún partido. Esto es el blindaje de la caja pública contra los derechos legítimos de los trabajadores. Esto está pensado para un conglomerado de trabajadores organizados, sindicalizados -no está pensado para los individuos que van a un litigio, si bien también los afecta; son los más débiles-, que van a reclamar un derecho, públicos y no públicos. Esto afecta a todos los trabajadores públicos de los Incisos de este presupuesto -no a las empresas públicas, pero sí a todos los demás-, y también a las empresas tercerizadas que tienen al Estado como subsidiario cuando la empresa no paga y no cumple las obligaciones emergentes de los derechos laborales.

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR PASQUET (Ope).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: después de la brillante exposición del diputado Pasquet, simplemente quiero agregar una inconstitucionalidad más a esta norma, que está

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El Estado blinda con un sistema que lo protege, de modo absolutamente inconstitucional. ¿Qué dirigente o militante sindical puede bancar este proyecto? No veo al señor diputado Andrade. No está en sala; debe andar por ahí; ahora va a entrar. Tengo a mi lado a viejos dirigentes sindicales respetados, con carrera dentro de su movimiento y organización sindical. Lo que hace este proyecto es una cosa distinta de la que pasa en la actividad privada. Cuando un privado patrón es condenado en la instancia definitiva de un juicio laboral, si no paga, el juez lo obliga a hacerlo. Siempre lo obliga: lo embarga. Va hasta las últimas consecuencias. Sin embargo, cuando el Estado no cumple una sentencia, no lo puede embargar, porque los bienes del Estado son inembargables. Por lo tanto, nuestro sistema jurídico prevé que el Estado siempre paga. El Tocaf establece cómo se dispone de los recursos necesarios para pagar una sentencia judicial que es cosa juzgada y de la cual emergen obligaciones, y el trabajador siempre cobra. Lo que hace este artículo es proteger al Estado desprotegiendo al trabajador, quitándole garantías. ¿Por qué? Porque lo obliga a seguir un juicio largo y lo somete a las mayorías partidarias y políticas de turno. Adviertan cómo funciona Después de dictada una sentencia definitiva y cumplido el requisito de establecer el monto para hacer líquida esa sentencia, el tribunal debe comunicar al Poder Ejecutivo esa circunstancia. A partir de ahí, por ejemplo, hoy, el Poder Ejecutivo debe prever incluirlo en el próximo presupuesto o rendición de cuentas, que va a entrar en mayo del año próximo, que se va a aprobar y entrará en vigencia en 2017. Primero, le alargaron el camino y, segundo, como se dijo con muchas más condiciones y aptitudes técnicas que las mías, someten la decisión a otro Poder del Estado. No hay que ser abogado ni constitucionalista; basta con haber ido a la escuela para entender que la democracia reposa en la separación de poderes. Un Poder del Estado no puede tomar decisión sobre lo que otro Poder del Estado resolvió, porque si este Poder del Estado dice “no quiero pagar”, “no puedo pagar” o “no tengo voluntad de pagar”, la sentencia de un Poder independiente del Estado no se puede cumplir. Y lo que estos burócratas creen es que con esto van a impedir que, por ejemplo, los judiciales cobren, porque está hecho para eso. Es decir, ¿por qué pasó esto? Porque esto es el Código General del

Proceso que se aprobó en 2013, después de un larguísimo proceso y de que por el Parlamento pasaran cátedras, constitucionalistas, especialistas y opinara todo el mundo para hacer un Código que durara. Ahora lo modificamos en una ley de presupuesto que tiene unos días para aprobarse en cada Cámara y unos minutos para ser discutido, como ahora. ¿Qué los inspiró? Poner una campana a la plata del Estado, que no salga. Ahora, atrás de esto hay caras, gente. Por ejemplo, acabamos de votar un artículo para ASSE que prevé una partida de $ 300.000.000 para 2016 y 2017 para pagar juicios laborales de los empleados de ASSE que ya ganaron US$ 40.000.000 en juicios laborales por diferencias salariales de 2008 a 2014 y se prevén $ 600.000.000 más, que ya se sabe habrá que pagar por juicios pendientes. Esa gente, si se aprueba este artículo, quizás no cobre, porque ahora, cuando gane el juicio, tendrá que esperar al presupuesto para que le incluyan el pago y esperar que se apruebe. ¿Saben cuánto va a durar esto en la Suprema Corte de Justicia? Se van a ganar un bruto desgaste político con las organizaciones gremiales y con los trabajadores. ¡Es increíble que un partido que se dice de izquierda ponga esto acá para perder! ¡Van a perder igual, porque la Suprema Corte de Justicia, no en un año, en una semana lo declarará inconstitucional! Muchos tienen interés personal legítimo y directo y podrán generar una demanda, y durará muy poco en presentarse un recurso y declarar la norma inconstitucional. Entonces, me parece que tendríamos que ahorrarnos el problema y eliminar este artículo. Realmente, da vergüenza. Yo no imputo al Frente Amplio, ni a la bancada, sino a quienes están en el gobierno, viven en una burbuja y no entienden que quienes hacemos política no podemos bancar algunas cosas, y esta no se puede bancar, porque es inconstitucional y, además, violenta derechos y garantías, que son sagradas y hemos tratado de preservar, que no es solo la separación de poderes, sino también el derecho de los más débiles. Ahora resulta que cuando los más débiles son empleados de los patrones privados, todos nos alineamos, pero cuando el patrón es el Estado, pensamos diferentes, nos ponemos la otra

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camiseta. La lucha de clases dejó de existir; vamos a pensar en la plata y no en los derechos. Si se cometieron errores, se violentaron derechos legítimos salariales remuneratorios de los trabajadores y la justicia condena, hay que pagar y no hacer estos inventos. Todo lo otro me parece que es una manganeta que algún burócrata pensó mirando la caja y no la cara de la gente. Gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Alfredo Asti. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: hemos escuchado muchas opiniones de distinto estilo, algunas utilizando epítetos, otras más técnicas. Algunas se refirieron, directa o indirectamente, al conflicto entre poderes -esta es una apreciación personal y no comprometo al Poder Ejecutivo que envió este artículo ni al resto de la bancada-, producto de una violación y de un avasallamiento claro del Poder Judicial de las facultades exclusivas y excluyentes que tienen el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, en este conflicto de Poderes que se instaló a partir de que los ministros de la Suprema Corte de Justicia entendieron que deberían liquidarse un aumento de sueldo, sin norma habilitante y sin créditos autorizados. Esto ya lo discutimos, inclusive durante esta larga sesión, que no sé cuándo empezó ni cuando va a terminar. Ya hicimos un racconto de las veces que intervino con su fallo de inconstitucionalidad la Suprema Corte de Justicia, integrada por ministros subrogantes, porque los titulares están interesados; en realidad, están todos interesados, desde el presidente de la Suprema Corte de Justicia hasta el último funcionario judicial, porque todos están enganchados y, por lo tanto, cada sueldo tiene que ver con su propio sueldo, con el de su compañero, con el de su superior, etcétera, y son ellos quienes también dictan las sentencias de inconstitucionalidad. Se ha dicho que esto no era materia a incluir en un presupuesto; precisamente, esta es una materia de presupuesto, porque en un presupuesto que se trabajó durante meses, se trató de cuidar todos los equilibrios necesarios para cumplir con los objetivos

que la ciudadanía votó en octubre y noviembre del año pasado, y ellos podrían ser fácilmente destrozados con un fallo judicial que tenga una importancia relevante. No hablamos de una liquidación unipersonal, sino de una que no tiene la suficiente previsión como para poder hacerlo. Hace más de setenta horas que discutimos sobre reasignaciones que implican unos US$ 25.000.000; un aumento presupuestal en dos años de US$ 470.000.000. Si hubiera una sentencia, el Estado va a cumplir; no va a dejar de cumplir con sus obligaciones, se modifique o no el artículo 400. La administración financiera del Estado constituye un macrosistema cuyo objetivo fundamental es la movilización correcta de los recursos del Estado para satisfacer las necesidades colectivas de carácter económico, social y político, conforme a la Constitución de la República. El presupuesto es el componente central del sistema de administración financiera, que abarca la totalidad de los recursos asignados al financiamiento de cada una de las funciones, programas y proyectos de la administración del Estado, todo ello en consonancia con los objetivos de la política macroeconómica. Su propósito fundamental es asignar eficientemente los recursos públicos en función de los objetivos de la política económica del Gobierno. Conforme a lo anterior, si bien la formulación del presupuesto -y sus respectivas disposiciones proyectadas- suscita las tensiones políticas legítimas y necesarias, ello no es argumento suficiente para sostener su inconstitucionalidad cuando, en puridad, lo que se objeta es su conveniencia política. Este artículo, que modifica el 400 del Código General del Proceso, guarda armonía con la Constitución de la República, además de obedecer a principios de buena administración. Concretamente, de su lectura se deduce que siguiendo una formulación similar a la que se aplica a Gobiernos departamentales y otros entes públicos, el artículo 401 de este mismo código dispone que el Poder Ejecutivo debe contar con la previsión presupuestal para hacer frente al pago de créditos laborales por sentencia o transacción homologada judicialmente. Lo mismo se establece para los Gobiernos departamentales y entes autónomos.

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No se violenta el principio de igualdad establecido en la Constitución. Se consagra una solución distinta en materia de ejecución de sentencias, en comparación con los otros procesos de ejecución regulados por el mismo cuerpo normativo. La ejecución de sentencias contra el Estado siempre ha tenido particularidades en comparación con las realizadas contra las personas físicas o jurídicas de derecho privado. Este artículo, en su redacción actual, ya establece una diferenciación, pero asumir que es fuente de violación del principio constitucional, es absolutamente errónea. La diferenciación no es un sinónimo automático de violación del principio de igualdad. Podría sostenerse exactamente lo contrario, aunque dependerá del análisis caso a caso. Si no se aceptara esta premisa, el artículo 400 del Código General del Proceso caería, conjuntamente con un sinnúmero de normas de todo el ordenamiento jurídico que prevé soluciones distintas en casos distintos. No se vulnera el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, consagrado en nuestra Constitución. En nuestro país, como en cualquier Estado de derecho, se asegura el derecho de toda persona a acceder a un órgano jurisdiccional para la tutela de sus derechos subjetivos e intereses legítimos, cuando se afirma que ellos fueron desconocidos o violados. Este derecho ha sido ampliamente reconocido en normas internacionales, en los artículos 8 ° y 25.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que consagra el derecho a acceder a los tribunales y a disponer de recursos jurisdiccionales efectivos. Recientemente, tal derecho ha sido reconocido en forma expresa por nuestro ordenamiento jurídico a través de las modificaciones introducidas en el artículo 400 del Código General del Proceso, a pesar de entenderse recogido implícitamente en las cláusulas generales de nuestro sistema constitucional o por considerarlo inherente a la personalidad humana o a la forma republicana de gobierno. La norma proyectada a todas luces se compadece con el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, en tanto no solo no obstaculiza su efectiva concretización sino que, muy por el contrario, procura que el Estado cumpla con las sentencias de condena a pagar que pesan sobre este, así como con los laudos

arbitrales y transaccionales homologados judicialmente, adoptándose para ello las previsiones contables pertinentes, a efectos de asegurar el efectivo cumplimiento de las obligaciones de naturaleza jurisdiccional en un tiempo razonable y con las menores dilaciones posibles, sin que ello represente un desequilibrio en la contabilidad y en las finanzas de los órganos obligados. La Suprema Corte de Justicia prevé la solicitud de fondos cuando un fallo supera los montos para hacerse cargo respecto de los que presumiblemente puedan recaer en ese conflicto que hay con el Poder Judicial. Aquí no podemos utilizar la expresión de juez y parte, pero siempre estaremos atados a esas relaciones que existen entre decisiones que afectan a los mismos integrantes que las toman. Obviamente, con esta redacción no se afecta ningún derecho individual de cobro, porque seguramente esas cantidades tienen las previsiones presupuestales correspondientes como para hacerse efectivas. Estamos hablando de casos en los cuales hay una imposibilidad inmediata del cumplimiento de esas obligaciones y, por lo tanto, esas obligaciones deben ser consideradas para ser financiadas en una norma presupuestal, que podrá ser el presupuesto o cada una de las rendiciones de cuentas anuales que prevé nuestra Constitución. El Poder Ejecutivo deberá proyectar la previsión presupuestal con el debido financiamiento, quizás con endeudamiento, para poder hacer frente a esto. Por supuesto que el Estado, el Poder Ejecutivo en este caso, será el principal interesado en que esto se haga lo más rápido posible, porque por sobre esta liquidación correrán todas las actualizaciones e intereses que la normativa prevé y de lo cual el Estado no puede exonerarse. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Estamos ante la posibilidad de generar las condiciones para poder cumplir con las obligaciones que emanen de una sentencia judicial, precisamente teniendo los recursos y el financiamiento suficientes. Gracias, señor presidente. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: en aras de la brevedad, debemos decir que acompañamos los fundamentos que expresaron los señores diputados Pasquet y Abdala con relación a este artículo. Parece poco sostenible que el Poder Ejecutivo tenga fundamentos desde el punto de vista constitucional como para plantear un diferimiento -en definitiva es eso- sujeto a la aprobación del Poder Legislativo para todos aquellos juicios en que la justicia, en este caso laboral, condene al Estado uruguayo. Es absolutamente insostenible. Por tanto, adelanto el voto contrario de la bancada del Partido Independiente. SEÑOR PASQUET interrupción? (Ope).¿Me permite una

SEÑOR POSADA (Iván).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR PASQUET.- Señor presidente: quiero hacer varias puntualizaciones. En primer lugar, según la interpretación que creo correcta, esto no se limita a las situaciones por las que se condena al pago de sumas debidas como consecuencia de una relación de trabajo, reclamaciones salariales, etcétera. El alcance es mucho más amplio; puede ser cualquier situación. Por ejemplo, al caso de una persona que haya sufrido un accidente de tránsito o cuyos familiares lo hayan padecido a raíz de una colisión con un vehículo del Estado y que reclame una indemnización por vía civil, como consecuencia de ese accidente, se le aplicaría exactamente la misma norma. Es igual. No es solamente con los trabajadores; es contra cualquiera que reclame contra el Estado. En lo que refiere a los trabajadores, específicamente a laudos y transacciones judicialmente homologadas, las sentencias tienen un espectro amplísimo, tal como está redactado este artículo. Quizás lo hayan redactado mal; no me extrañaría. En segundo término, me interesa refutar una apreciación que ha reiterado el señor diputado Asti en el curso de esta larga sesión. Él malentiende que cuando la Constitución expresa que la dotación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia será fijada por la Asamblea General, significa que no puede

haber pronunciamiento alguno del organismo que modifique lo que algunos legisladores pudieron haber tenido la voluntad de sancionar como ley en algún momento. Está profundamente equivocado. Todas las leyes están sometidas al control de constitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia. Todas las normas que atribuyen competencias al Poder Legislativo, pueden ser controladas desde el punto de vista de su regularidad constitucional por la Suprema Corte de Justicia y no importa qué se diga. Por supuesto, esta es una vieja cuestión ampliamente superada hace muchísimo tiempo por la doctrina. Pero la voluntad psicológica de algunos legisladores -los que integran la mayoría- no es un aspecto relevante para interpretar las normas y establecer su contenido. Quienes juzgan la constitucionalidad de las normas se atienen a lo que resulta de sus propios textos. No es la voluntad del legislador tal o del ministro cual que firmó el mensaje; esto ha sido absolutamente superado. Entonces, cuando la Asamblea General determina las dotaciones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia lo hace a través de una ley que está sometida, como cualquier otra, al control de constitucionalidad. Eso me parece absolutamente elemental. Se dice que prácticamente no hay diferencia importante entre el mecanismo que se quiere consagrar con el artículo 713 y el artículo 400 del Código General del Proceso, actualmente vigente. En realidad, el artículo 400 establece un plazo de diez días para que el Estado pague las sentencias dictadas en su contra. Vale la pena leerlo. Dice así: “[…] Si la sentencia condenare al pago de una cantidad de dinero, líquida y exigible, se hará saber al Banco de la República Oriental del Uruguay que debe poner a la orden del órgano jurisdiccional interviniente, debitándola de la cuenta del Estado, una suma equivalente al monto de la ejecución, a lo que debe proveerse dentro del plazo máximo de diez días. […]”. Esto es lo que está vigente hoy, y lo quieren cambiar por ese mecanismo según el cual, el Poder Ejecutivo incluye la previsión del crédito en futuras leyes de presupuesto o rendiciones de cuentas, que luego tendrán que ser sancionadas, o no, por el Parlamento.

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Es una diferencia enorme, abismal, lo que es lógico, porque lo que se quiere decir es que el cumplimiento de la sentencia dependerá, en definitiva, de la voluntad política del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, pues ese es el resorte que se entiende necesario hacer jugar para que un programa de gobierno, por ejemplo, se vea frustrado por una sentencia judicial adversa. Eso es, más o menos, lo que dijo el señor diputado Asti en su intervención. Ahora, esa idea de que una sentencia judicial no puede violentar la voluntad política, es la negación del Estado de derecho. Toda la idea del Estado de derecho se funda en que -llegado el caso- se aplique el derecho, aunque vaya en contra de la voluntad política. La política está sometida al derecho, y no a la inversa, mientras nos mantengamos dentro del Estado de derecho y la concepción democrática y republicana que hemos tenido siempre en Uruguay. Con estas cosas se socavan las bases mismas de esa concepción institucional. No es menos grave que lo que significa este artículo 713, y es alarmante que no se entienda la profundidad y la gravedad de lo que se pone en juego. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede continuar el señor diputado Posada. SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: creo que los fundamentos que se han dado más que ameritan que este artículo se retire del proyecto de ley presupuestal, a fin de ser analizado debidamente en otro ámbito especializado, como el de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración. Mal puede mantenerse una iniciativa de esta naturaleza, habida cuenta de los problemas que le va a generar al Estado uruguayo. Además, en cualquier caso que se plantee una situación de esta naturaleza, concomitantemente se va a plantear el juicio de inconstitucionalidad que con seguridad dé la razón a quienes lo planteen. Gracias, señor presidente. SEÑOR ASTI (Alfredo).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado.

SEÑOR ASTI (Alfredo).- Señor presidente: evidentemente, no soy claro o no se quiere entender lo que digo, aunque creo que tampoco se quiere entender lo que dice el artículo. Recientemente, el señor diputado Pasquet dijo que esto se puede aplicar a otros temas que no son los inherentes a las liquidaciones por reclamación de salarios, diferencias retributivas o rubros de similar naturaleza, que es lo que establece el artículo que estamos considerando. Dado que este es el tema, esta norma no propone la posibilidad de que el Estado pueda abstenerse del cumplimiento de sus obligaciones, sea cual sea la fuente de obligación, en términos generales e irresponsables. De hecho, el artículo tiene un ámbito de aplicación acotado a las cuestiones inherentes a los escalafones y sueldos funcionales de naturaleza presupuestal, conforme a lo que establece el literal B) del artículo 214 de la Constitución. Por lo tanto, la solución legislativa en cuestión no resulta aplicable a los reclamos de naturaleza diversa a la consignada en la propia norma, como es el caso del cumplimiento de eventuales condenas, laudos arbitrales o transacciones judiciales por responsabilidad del Estado, según establecen los artículos 24 y 25 de la Constitución. La norma no incluye este tipo de responsabilidad del Estado, sino las que están vinculadas. Y por eso decíamos que esto tiene que ser una norma presupuestal porque está directamente vinculada al literal B) del artículo 214 de la Constitución. Por otro lado, cuando hicimos referencia a otras disposiciones de este Código, no nos referimos al artículo 400, sino claramente al artículo 401, que es el que dispone similares soluciones para los Gobiernos departamentales y entes autónomos. Esto lo dijimos más de una vez, pero se ve que no se quiere escuchar. Por último, volviendo al viejo conflicto con el Poder Judicial, nosotros no argumentamos que este Poder del Estado es el que fija las dotaciones de los ministros del Poder Judicial, sino que en su momento dijimos que esas liquidaciones se realizaron sin tener en cuenta algunas de las partidas que forman parte de esas dotaciones y que hacen que superen el monto que les corresponde a los ministros de Estado.

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La Ley Nº 19.310 -que está vigente y a la espera del fallo de la Suprema Corte de Justicia sobre el recurso de inconstitucionalidad- lo dice claramente. En ningún momento nació alguna obligación del Estado porque no se daba el requisito de uno de los artículos de la ley de organización de los tribunales que establece que las dotaciones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia pueden ser menores a la de los ministros de Estado. Es allí donde nace el error y no posteriores actuaciones legislativas que, como hemos dicho, luego fueron impedidas de ser eficaces por dos fallos de inconstitucionalidad, dictados sin permitir al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo ejercer sus facultades exclusivas y excluyentes en determinación de los salarios de los funcionarios públicos; no solo de los ministros, sino de otros funcionarios públicos porque hasta se afectaron los salarios de algunos funcionarios del Poder Ejecutivo. A eso nos referíamos, señor presidente. Sin duda que seguiremos teniendo visiones distintas; a la jurídica, nosotros le agregamos la política, que apunta a permitir que se cumpla con las prioridades y los objetivos que los ciudadanos uruguayos votaron en octubre y noviembre del año pasado. Gracias, señor presidente. SEÑOR PASQUET (Ope).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR PASQUET (Ope).- Señor presidente: el señor diputado Asti me imputa que yo no lo querría entender, aparentemente, por lo que está diciendo. No, no es que no lo entiendo, sino que no estoy de acuerdo. Discrepo. Y discrepo con varias cosas, en particular con lo que dice en cuanto a que el artículo 401 del Código General del Proceso sería lo que le estaría dando la razón. No es así. Voy a leer el artículo 401 del Código General del Proceso; voy a leer el que encontré a través de mi teléfono, y hago esta aclaración porque hubo modificaciones. Dice así: “Sentencias contra Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios

Descentralizados en general.- Las sentencias dictadas contra los Municipios y Entes Autónomos y Descentralizados en general se cumplirán en la forma establecida en el artículo anterior”. Es decir, el artículo 400, que acabamos de ver. Y continúa diciendo: “Los órganos respectivos proveerán de inmediato lo necesario para que, con los recursos propios del Municipio o del Ente, se cancele el crédito bancario respectivo, si fuere posible dentro del ejercicio. Si no fuere posible por ausencia de recursos, se procederá por parte del Municipio o del Ente, en la forma establecida en el inciso final del mismo artículo”. El principio es que el municipio o el ente condenado deben cumplir de inmediato, como dice la ley, tal como debe cumplir el Estado central, según el artículo 400, que es el anterior. Y en la eventualidad de que no pueda cumplir por ausencia de recursos, circunstancia objetiva y verificable empíricamente, si hay ausencia de recursos, entonces hay que esperar al Ejercicio siguiente para que se haga la provisión de los recursos necesarios. Pero no es la voluntad del gobernante la que determina si se paga ahora o después. El principio es que se paga de inmediato, y solo se admite la postergación cuando objetivamente hay ausencia de recursos. Es muy diferente del mecanismo que se establece en este artículo 713, donde verán ustedes que no está la expresión “ausencia de recursos”; simplemente, se dice que se incluirá la previsión en futuros presupuestos o rendiciones de cuentas. Eso no se supedita a que haya ausencia de recursos. En definitiva, queda librado a la voluntad del Poder Ejecutivo para incluir la norma en el proyecto de ley, y luego a la voluntad del Poder Legislativo para sancionarla, o no. Y esa supeditación de la voluntad política que al señor diputado Asti le parece muy bien, y que señaló al terminar la exposición que acaba de hacer porque dijo que incorpora el tema en la dimensión política del asunto para asegurar el cumplimiento de programas -etcétera-, es precisamente la subordinación del cumplimiento de una sentencia a la voluntad política del Estado. Eso es, reitero, la negación del Estado de derecho. La Suprema Corte de Justicia se podrá equivocar, o no. Eso es otra cosa.

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92.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante José Andrés Arocena, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Valeria Moreira Arroqui”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Sesenta y siete en setenta y uno: AFIRMATIVA. Queda convocada la suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva autorizar licencia por motivos personales, para el día 15 de octubre. Sin más, saluda atentamente, JOSÉ ANDRÉS AROCENA Representante por Florida”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Arturo López”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Jimena Nogueira Portillo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, acepte mi renuncia por esta única vez a la convocatoria que he sido objeto. Sin más, saluda atentamente, Mauro Guzmán Benítez”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Arturo López, Jimena Nogueira y Mauro Guzmán Benítez. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Florida, José Andrés Arocena, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores

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Arturo López, Jimena Nogueira y Mauro Guzmán Benítez. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado, a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6262, del Lema Partido Nacional, señora Valeria Moreira Arroqui. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

de inmunidad al Poder Ejecutivo y al Estado en general. El artículo 24 de la Constitución de la República establece que el Estado, los Gobiernos departamentales, entes autónomos, servicios descentralizados, y en general todo órgano del Estado, serán civilmente responsables del daño causado a terceros en la ejecución de los servicios públicos confiados a su gestión o dirección. O sea que de alguna manera la consagración de este proyecto, de este intento, de este torpe intento por arreglar errores anteriores, terminaría por hacer inaplicable este artículo de la Constitución de la República. Por eso entendemos que es inconstitucional, que deja librado a la voluntad de una de las partes la ejecución de una sentencia, y ahí también violaría un principio del debido proceso consagrado en el CGP; dos partes se enfrentan en un conflicto judicial, una de ellas gana, pero la otra decide cuándo y cómo cumplir, si es que cumple la sentencia. Y como es el Estado, a nuestro entender, se afecta y vulnera la independencia de poderes y el ejercicio de la función judicial. La función judicial se vería truncada, y si fuera contra el Estado no podría ejecutar la sentencia. Por lo tanto, creo que nuevamente -como hemos dicho en la discusión- se vuelve a afectar a uno de los Poderes fundamentales del Estado que da garantía a los más débiles, que da garantías y ampara los derechos de los más desprotegidos, porque en este caso se lo deja sin poder de coerción para garantizar los derechos a los más débiles. Lamentablemente, se afecta, o se intenta afectar, la función del Poder Judicial, y por ende se socava el funcionamiento normal de la República. Por estos motivos votaremos negativamente este artículo. SEÑOR BIANCHI POLI (Graciela).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR AMARILLA diputada. (Gerardo).Sí, señora

93.- Presupuesto Nacional – Período 2015-2019. (Aprobación)
SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR AMARILLA (Gerardo).- Señor presidente: hace muchos días que estamos arrastrando el cansancio de este trabajo tan arduo, que es prestar atención a los argumentos, a los diferentes fundamentos y a la lectura de los artículos del presupuesto. Es tan grave este artículo que no podemos pasarlo por alto sin hacer alguna referencia. En sala se han mencionado todos los artículos de la Constitución que se estarían vulnerando por el intento de aprobar la norma proyectada. He hablado de las causas. El error comenzó con el mensaje del Poder Ejecutivo; estamos convencidos de que fue un groso error la nota que intentó enmendarlo, una comunicación directa al Poder Legislativo que intentó enmendar el error, y luego una secuencia de proyectos de ley que uno a uno fueron cayendo como piezas de dominó. Seguramente pase lo mismo con este. El problema es que esto va a traer consecuencias para otros casos, y eso nos preocupa porque no solo dilata la posibilidad de ejecutar una sentencia originada en estos créditos contra el Estado. Al dilatarla y postergarla en el tiempo se vulnera un viejo principio que dice que cuando llega tarde, la justicia ya no es justicia. No solo se podría llegar muy tarde con la aplicación de esta norma -si es que llegara a aprobarse-, sino que se estaría generando una suerte

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir la señora diputada. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: voy a responder en un estado de ánimo

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de espanto. Todo lo que podían haber manifestado desde el punto de vista jurídico los señores diputados Pasquet, Posada y Amarilla, ya ha sido dicho. A mí me preocupan tres cosas. ¿Qué le pasó al Estado uruguayo que no tenemos ley de ejecución de sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo porque jamás en la historia -hasta hace algunos años; bien pocos- se incumplieron hasta las sentencias del Tribunal de lo Contencioso Administrativo condenando al Estado? Tanto es así que el propio TCA está redactando un proyecto de ley que reglamente las sentencias. En la historia del país nunca se pudo pensar que alguien podía incumplir una sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que es la suprema corte de la Administración. Bueno, ahora hay que elaborar una ley que reglamente para que le diga al Estado: “Señor Estado, tiene que cumplir la sentencia que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo dicta”. Tengo un conocimiento personal y directo de miembros del Tribunal que, como están espantados y ven que no se cumplen las sentencias, están redactando un proyecto de ley. ¿Qué le pasó al Estado uruguayo? ¿Qué le pasó al sistema jurídico uruguayo para que lleguemos a esto? A mí realmente me molesta -lo rechazo de modo enfático- que vivamos en un Estado que se supone de derecho, donde se ponga livianamente en tela de juicio, sin pruebas y por un simple enojo de no reconocer errores que se cometieron por hacer las cosas mal, que la Suprema Corte de Justicia, nada menos, sea juez y parte y resuelve porque le conviene a los miembros de la Corte, o porque son subrogantes los miembros del Tribunal; en ese caso, dejamos de existir como Estado. Uno puede emitir juicios sobre las sentencias de la Suprema Corte de Justicia, compartiéndolas o no, pero hacerlo livianamente, en el fondo, es juzgar a los demás por debilidades propias. En el fondo es eso, y esa es una crisis de la ciudadanía, que está representada en el Parlamento; uno cada vez se asombra, se espanta y se preocupa más. La última justificación la tuve que escuchar dos veces, y no me sorprende porque ya tuvimos un presidente que dijo que lo político está por encima de lo jurídico, y eso es muy claro. Lo que pasa es que el

expresidente Mujica, como no tiene filtros y es muy franco, dice exactamente lo que piensa, sin vueltas. Eso se lo reconozco, porque es sincero; él tiene esa cabeza, piensa eso y no busca vericuetos jurídicos. Pero que por dos veces haya tenido que escuchar al señor diputado Asti decir que esto está legitimado por las elecciones nacionales en dos oportunidades, en esta discusión del presupuesto me lleva a citar a Franco por segunda vez. Ese es el argumento del régimen franquista y de todos los regímenes totalitarios: el pueblo, la masa. Podemos citar a Stalin, a Hitler. Todos decían que el pueblo, la masa, estaban por encima de todo. Ahí sí desaparece el Estado de derecho. No hay ninguna elección político electoral partidaria que justifique ni legitime que se pase por encima de las normas. Eso se parece mucho a experiencias muy lamentables que Uruguay vivió hace relativamente poco tiempo, y es tan grave que espero que en algún momento se reflexione y se pueda entender que eso… (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Como decía el señor diputado Ope Pasquet, se puede entender que eso significa que se terminó el Estado de derecho. Sinceramente, ya no son indicadores de un régimen totalitario; ya son mucho más que indicadores. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado Eduardo Rubio. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: a pesar de lo avanzado de la hora tenemos el deber de manifestar una posición política sobre este tema; digo política porque no somos juristas. Hemos escuchado argumentos jurídicos, y hemos consultado y tratado de informarnos. Lo primero que uno piensa es que esto está hecho con cabeza de contador y no de jurista. Es clarísimo. Después se podrán buscar justificaciones, argumentaciones, y eso es parte del debate político, pero esencialmente entendemos que esto arremete contra la Constitución, contra la ley, y nos lleva como Parlamento, a través de una ley presupuestal, a modificar el Código General del Proceso, que se consideró, se debatió y se aprobó. Se decía que esto tenía nombre y apellido: los trabajadores judiciales. No quiero entrar en lo que

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se planteó acerca de que, prácticamente, hay un avasallamiento del Poder Judicial al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo; sería una bruta crisis. Después tendremos que salir por allí a decir: “Creemos en la Justicia”. No, acá se ha planteado otra cosa. Yo no creo en las cosas puras, así que estas cosas pueden pasar y, si es así, hay que plantearlo con claridad. En primera instancia, sí tiene nombre y apellido: el conflicto con los judiciales, que nace en un error de este Parlamento. La culpa no la tiene la Suprema Corte de Justicia si se aprobó una ley que dice lo que dice. Tiene nombre y apellido en ese sentido. Pero, claro, en su formulación, ahora hace tabla rasa con los trabajadores, entre ellos, con los trabajadores de ASSE, que han tenido una situación permanente de juicios por incumplimientos; ahora hay trabajadores de Afasse en una huelga de hambre, reclamando sus reivindicaciones e incumplimiento de convenios. Es contra todos ellos. Un diputado, no recuerdo si fue el señor diputado Nicolás Olivera, decía que esto podía generar inseguridad jurídica para los inversores. ¡Ni hablar! Está equivocado el señor diputado Nicolás Olivera. A los inversores, al gran capital, no los tocan. Cuando vienen las multinacionales o los contratos de inversión, confidenciales, están por fuera de la justicia uruguaya; van al Siavi. Ahí no hay norma que valga; ahí es fallo, y pague y pague el Uruguay, nosotros. Eso se promueve a través de los tratados de libre comercio y de los tratados de protección de inversiones. Por suerte el TISA, por el momento, quedó por el camino. Esto es contra los trabajadores; no toca a los empresarios. Por esas razones -no me quiero extender porque quedan otros temas- no vamos a votar el artículo 713. Si hubiera un momento de razonamiento más frío, lo que planteaba el señor diputado Iván Posada podría ser una salida: pasarlo a la Comisión que estudia el tema. Igualmente, creo que más allá de todo lo que se estudie, esto es inconstitucional, apunta contra los trabajadores y no genera certeza jurídica, pero no para el gran capital, que las tiene y sobradas, sino para los trabajadores. Gracias, señor presidente. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: a veces la vida no nos encuentra en los lugares ni en la hora indicados, pero este es el día y la hora indicados. Fuimos electos por una fuerza política que resolvió en su bancada -resolvimos en nuestra bancada- llevar adelante este proyecto que ha sido ampliamente discutido. Desde que el Poder Ejecutivo aumentó el salario a los ministros, hubo reclamos y definiciones de la Suprema Corte de Justicia en cuanto al derecho a cobrar. Comenzaron a cobrarlo y hubo de todo: leyes que modificaron y declaraciones de inconstitucionalidad de leyes posteriores del propio Parlamento. Esto estaba enganchado al salario de los trabajadores, pero en ningún lugar de este país hubo un poder -ni siquiera este Parlamento- que definiera un acto de gobierno determinando que esto correspondía a los jueces de la Suprema Corte de Justicia, al Tribunal de Cuentas y al Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Esa definición del Frente Amplio es la que hemos sostenido y sostendremos. La sostendremos porque no se puede hablar del Estado y de relación de poder en abstracto. Con esta ley el Estado aspira a blindarse, y no es una carcasa, no es un castillo. No queremos blindar con una ley la decisión de que en primavera no la ocupen los trabajadores. Lo que hubo acá fue una relación entre los poderes del Estado, el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, que aprobaron normas que vienen defendiendo con la mayoría del Frente Amplio, frente a un Poder del Estado legítimo que, teniendo intereses, define que esto es inconstitucional, y es legítimo que lo haga. No tengo formación jurídica para decir que cuando la Suprema Corte de Justicia declara una inconstitucionalidad, el acto es incorrecto. Pero políticamente, porque me eligieron para legislar, digo que es incorrecto que el organismo falle, en función de sí mismo, enfrentado a otro de los poderes del Estado. ¿Quién es el juez, el abogado o el escribano que me va a decir que los poderes que tiene el Parlamento para encarar esta discusión no son legítimos, y que no tenemos derecho ni obligación de hacerlo? Estoy convencido de que lo tenemos que hacer, porque no es cierto que cuando hay un juicio de los trabajadores

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contra los privados, los privados siempre pagan. Eso es falso, y es tan falso como que amanece cuando vienen las cámaras, iluminan y empieza una nueva obra. Es la hora de definir que el Frente Amplio en el gobierno tiene una actitud distinta que cuando está en la oposición. El Frente Amplio es institucional con la mayoría de la gente, trata de conducir esta tensión del conflicto entre poderes y lo va a administrar democráticamente, en tanto no se rectifique este camino o la vía indique que, en el marco de la relación de fuerza, la Suprema Corte de Justicia declara inconstitucional esta ley. Y si lo hace, lo que está diciendo el Frente Amplio en el Parlamento -porque el poder no es una cosa abstracta, somos partidos los que integramos el Poder Legislativo- es que pagaremos, pero necesitamos un espacio político, que es una rendición de cuentas, como necesita cualquier actor, en un juicio que no son dos chauchas y tres palitos. A los mismos que con enorme satisfacción y alegría esperan que la Suprema Corte de Justicia falle sobre el mismo hecho a favor, no del Poder Judicial, sino de los salarios de un poder del Estado, les diremos que si eso sucede, en la rendición de cuentas que viene discutiremos en este Parlamento cómo materializaremos lo que estuvimos cuatro días discutiendo, que significó que los recursos no dieran, que todos o buena parte lloraran lágrimas reclamando más plata de un Estado que era incapaz de absorber el déficit del 3,5 % y que el único que se paró a reivindicar y a defender el déficit fue el Frente Amplio, porque salió solo con los votos del Frente Amplio. Y este Parlamento tendrá que discutir en esa rendición de cuentas a quién le carga el déficit. No me digan que va a ser a los cargos de confianza, va a ser a más déficit, más deuda, va a ser al recorte de las políticas públicas de desarrollo, de inversión y de empleo. Y ningún poder de hombres y mujeres tiene derecho de plantear esa encrucijada de camino al resto del país. En realidad, tiene derecho, pero tiene que pararse como poder y decir: “Yo decido que al sector de poder al que yo pertenezco, le corresponde que se le pague. Yo voy a llevar este pedazo de la torta y no me importa lo que le pase a los demás”. Eso es lo que está en discusión hoy. Sin titubeos, es eso, y estamos dispuestos a recorrer ese camino. Democráticamente estamos acá reunidos, venimos de cuatro días de discusión presupuestal, nos estamos haciendo cargo de las decisiones y

nos vamos a seguir haciendo cargo de esas decisiones. Yo solo me hago algunas preguntas, desde el punto de vista de la definición que tenemos, y que reivindicaremos en los máximos escenarios, porque no nos duelen prendas a los que fuimos dirigentes sindicales, pues nunca vimos al sindicato como una corporación. Espero que los poderes del Estado tampoco actuemos como corporación, porque defender los derechos del Estado y los intereses no es defender los intereses del Poder Ejecutivo y de los parlamentarios; es defender a los que gobernamos, porque la gente no es una cosa abstracta ni los recursos son infinitos. Tener prioridades y definir es saber que hay que administrar conflictos e intenciones, también entre los poderes. Eso es democracia y es república. No me peguen cuatro gritos acusándome de inconstitucionalista, de que violo las leyes y que me importan un santo botón los trabajadores. Esta ley va a salir con los votos del Frente Amplio y se aplicará, y habrá demandas de inconstitucionalidad. La Suprema Corte de Justicia -o el organismo que lo arbitretendrá en sus manos fallar. Pero yo no puedo explicar a ningún cristiano en este país que la misma persona con la que yo tengo un conflicto, lo resuelve. Cuando cualquier trabajador tiene un conflicto con el patrón, no lo resuelve el patrón, y el patrón es el que tiene el poder. La resolución de este conflicto no está exclusivamente en nuestras manos. Nosotros apostamos al diálogo, estamos convencidos de que hay salidas para el conflicto, estamos convencidos de que Uruguay puede encarar este conflicto e, inclusive, amortizar con o sin fallo de la justicia, un acuerdo, no solo con la Suprema Corte de Justicia, sino con los trabajadores, mecanismos que nos permitan atemperar el impacto shockeante del pago de una deuda que la Suprema Corte de Justicia dice que tenemos con ella -yo no lo creo así- y con el organigrama de jueces y funcionarios. Y como no lo creo, es por eso que vamos a votar este proyecto de ley. Sería importante que fuéramos capaces de promover la capacidad del diálogo para la negociación porque, aunque exista fallo de la Suprema Corte de Justicia, igual va a haber negociación. Y andaremos viendo en qué juzgado se reclama, cómo lo pagamos y cuáles son las formas de pago. Y veremos cuál es la

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rendición de cuentas y quiénes son los que ponen votos para sacar inversiones, quiénes levantan las manos, quiénes explican el déficit, o quiénes les dicen a esos por los que lloraron, que no están dispuestos a atenderlos porque tenemos un juicio para pagar. Esa es la vida real de hoy, y esas son las contradicciones que tenemos. Señor presidente: para mí el Estado es mucho más que la relación entre Poderes. (Suena el timbre indicador de tiempo) ——Tiene que ver con asegurar la funcionalidad de la vida cotidiana del país, tiene que ver con asegurar la relación social entre aquellos que tienen más poder para tomar decisiones y los que padecen la decisiones que otros toman. Por eso respaldamos este proyecto de ley. SEÑORA BIANCHI PIOLI (Graciela).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra la señora diputada. SEÑORA BIANCHI PIOLI (Graciela).- Señor presidente: la discusión ha llegado a un grado que no puedo manejar esta mezcla de cosas. Yo no estaba pensando en el conflicto judicial; lo digo con total honestidad; no lo estaba pensando, como tiene todo el derecho de hacerlo el señor diputado Rubio. Lo estaba pensando desde el punto de vista institucional y no voy a aceptar que por mí -me doy por aludidase diga que podamos estar contentos. Cada vez que en el Codicén recibíamos sentencias de inconstitucionalidad, anulaciones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y sanciones de la Corte por malas decisiones y las teníamos que pagar, la primera que sufría -porque era quien las recibía- era yo. Así que eso no lo voy a aceptar. Me parece que ofende y cada uno que se defienda; la verdad es que no lo voy a aceptar. Cuando se produce una declaración de inconstitucionalidad, por lo menos debemos tener la humildad de decir: “¿No nos habremos equivocado?”, porque por algo los miembros de la Suprema Corte de Justicia llegaron a ocupar esos cargos, y yo no, y me dedico a otra cosa, o no estudié derecho, o arreglo zapatos, o doy clases de historia. Por algo llegaron a ser miembros de la Suprema Corte de Justicia, a veces votan divididos, a veces por mayoría.

Con total sinceridad, debo decir que me llama la atención el señor diputado Óscar de los Santos, porque lo conozco hace muchos años, pero en el substrato de todo esto está que el fin justifica los medios, y que se entrevera absolutamente todo. Yo no me estaba refiriendo al Poder Judicial. Me parece que hubiera sido mucho mejor para el funcionamiento del Estado uruguayo -no es la primera vez que hay conflicto entre poderes a lo largo de la historia contemporánea de Uruguay-, que se hubiera dicho: “Miren: es una cifra realmente inabordable, difícil, y no la podemos pagar”. La verdad, no sé la cantidad de millones que son, porque es mi compañero el diputado Martín Lema quien está en ese tema. Pero no toquemos el Estado de derecho para justificar que no podemos pagar, porque si yo no puedo pagar una deuda no me acerco a mi acreedor y le pego un tiro; le digo: “Mirá; no te puedo pagar. ¿Cómo podemos arreglar?”. Eso es lo que yo quise decir. No mezclé vulnerabilidades legisladores. Sí quiero advertir -otras veces pasó e inclusive fuimos protagonistas de un caso de este tipo con la Asociación de Escribanos del Uruguay- que esto se puede recurrir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por suerte se puede ir allí por problemas de derechos humanos que nosotros sabemos cuáles son, pero esto también implica violación de los derechos humanos. Como ejemplo -es lo último que voy a decir- puedo mencionar que como nos sacaron el sistema notarial de salud estamos litigando en la Corte Interamericana de Derechos Humanos y todo indica que la sentencia va a salir favorable. Entonces, el Estado uruguayo internacionalmente va a estar obligado a pagar y en este caso puede pasar lo mismo. Nosotros pagamos hacemos y esta no advertencia pensamos porque mal ni ni cosas que dijeron otros

formamos parte de este país; somos ciudadanos, impuestos consideramos que la gente hace todo por tendencia política o por conspiración. Por suerte nunca fuimos corporativos. Muchas gracias.

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94.- Licencias Integración de la Cámara
SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1º de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Álvaro Dastugue, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Ignacio Estrada. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Setenta y cuatro en setenta y seis: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente solicito a usted licencia por motivos personales para el día 15 de octubre de 2015. Saludo a usted muy atentamente, ÁLVARO DASTUGUE Representante por Montevideo”. “Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue. CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004.

La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Álvaro Dastugue, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2014, del Lema Partido Nacional, señor Ignacio Estrada. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

95.- Presupuesto Nacional – Período 2015-2019. (Aprobación)
SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Continúa la consideración del asunto motivo de la convocatoria. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR DE LOS SANTOS (Óscar).- Señor presidente: esto es lo último que voy a decir en este debate. En primer lugar, en virtud de las alusiones políticas y la perspectiva partidaria solicito que se revise la versión taquigráfica de hace cuarenta y cinco minutos. En segundo término, yo voto porque estoy convencido de que esto no corresponde. Si estuviera convencido de que correspondía daba la discusión con mis compañeros, pero con ellos acordamos que no correspondía. Por eso es que estamos defendiendo este proyecto. No es por la República ni contra ella sino para asegurar que efectivamente en la relaciones entre los poderes este poder tenga derecho a decidir y se recorran los caminos constitucionales. Esa es la posición de esta fuerza política. SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado.

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SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Señor presidente: la verdad es que hemos sesionado muchas horas y después de haber empezado el domingo a las nueve de la mañana, ayer, anoche o esta mañana personalmente tuve que preguntar qué día era porque he perdido la noción del tiempo. Ya estamos en la recta final de esta larguísima instancia parlamentaria, por lo que quisiera que se bajaran un poquito los tonos, los decibeles, puesto que hemos estado durante tres días o más conversando de temas muy complicados y espinosos y, precisamente, los problemas se han suscitado en esta especie de maleta de turco, no por los temas estrictamente de la materia sino por los asuntos que se han ido metiendo en una ley presupuestal, que son los que han resultado más polémicos. Conozco a muchos integrantes de la bancada del Frente Amplio desde hace dos Legislaturas, saben que les tengo el mayor respeto y por algunos de ellos -con quienes he tenido más contacto- siento cariño; como persona mayor les puedo decir que les tengo cariño y consideración. Me parece que si en este tema nos sacáramos los prejuicios de todo lo que hemos hecho y dicho hasta ahora y leyéramos el artículo y lo razonáramos, se optaría por el camino de la negociación y no por el de la chicana -discúlpeseme el término-, porque no es otra cosa lo que se quiere hacer. Me parece que hay que conversar. Cuando el asunto se centraliza y focaliza exclusivamente en el tema electoral se comete un error y la verdad -como muy bien dijo un colega anteriormente- todo empezó con una mala ley que se votó en este Parlamento -yo no la voté-, en la que se produjo un error que no se supo enmendar o atajar a tiempo. Recordemos que en el período anterior hasta el Colegio de Abogados del Uruguay acusó al Parlamento por la pésima calidad de las leyes: mala redacción, faltas, errores conceptuales, ilegitimidades, a tal grado que hemos batido el récord de inconstitucionalidades. Como muy bien se dijo en esas brillantes clases jurídicas que hemos recibido en la mañana de hoy de parte de más de uno de los colegas que hicieron uso de la palabra, evidentemente esto va a ser declarado inconstitucional, pero no es bueno que busquemos ese camino. Tal vez todavía estemos a tiempo de optar por el camino del diálogo. Sin ningún ánimo de ofender, quisiera recurrir a la intimidad de la

conciencia de cada uno, analizar las brillantes piezas oratorias jurídicas que hemos oído y compararlas con la verborrágica lectura de un papel que se trajo preparado, del que nadie entendió nada. Me parece que no se puede centralizar esto en la Corte, aunque tal vez empezó por ahí. Yo advierto mucho más peligro porque si no estoy equivocado -no lo quiero asegurar porque no tengo la preparación jurídica adecuada y si la tuve alguna vez me olvidé-, de acuerdo con la ley de tercerización que hemos votado en este Parlamento prácticamente la mitad de los trabajadores del Uruguay, por un motivo u otro, por derecha o por carambola de tres bandas, se va a ver inmerso en esta reglamentación. Podríamos poner algún ejemplo, ya que de acuerdo con la ley de tercerización todas las empresas que tienen contrato con el Estado van a reclamar. Si la empresa se volvió insolvente, si desapareció, si las garantías que tenían no están más, quien contrata, es decir el patrón, que es el Estado, va a tener que responder por decenas de miles de juicios. Pongamos como ejemplo el caso de los seiscientos o setecientos trabajadores de GNLS, que aparentemente tiene un depósito en garantía; supongamos que no lo tuviera o que no fuera una empresa supranacional con poder como para responder y desapareciera. ¿A quién le van a reclamar esos obreros? El año próximo le van a reclamar al Estado, porque tercerizó esa obra; el responsable es el patrón que tercerizó la obra. Entonces, me parece que estamos en vísperas de comprarnos un gran problema. Vamos a tratar de rebobinar y arreglar esto porque con este error de óptica estamos tirando a los judiciales y estamos pegando a la mitad de los trabajadores del país. Esto es como ese viejo dicho que expresa: “Le tiró al cura y le pegó al sacristán”. En este caso le estamos pegando al sacristán, al más chico, al que no tiene la culpa; le vamos a pegar a mucha gente y nos imaginamos que muchos se van a ver envueltos en esto. Tal vez me equivoque, pero invito a que cada uno -los considero personas capaces y con una larguísima tradición y conocimiento desde el punto de vista gremial y sindical- analice íntimamente si no tengo razón, en el sentido de que se va a ver involucrada muchísima gente, nada más y nada menos que por la ley de tercerización que hemos votado recientemente.

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Me parece que el camino, como muy bien dijo un diputado preopinante, es el diálogo. Capaz que todavía estamos a tiempo de dialogar, porque esto es muy peligroso. Cuando se habla de las próximas instancias presupuestales, yo me pregunto en cuáles, ¿en 2020, en 2025, va a ser la mitad en 2020 y el resto en 2025, en 2030? No está bien esto. Para terminar, quiero decir a quien puso este bichito y logró convencer a estos viejos tigres sindicales de que esto estaba bien: la verdad es que lo felicito porque es un gran habilidoso. SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).- ¿Me permite una interrupción? SEÑOR NOVALES (Gonzalo).- Sí, señor diputado. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Puede interrumpir el señor diputado. SEÑOR GOÑI REYES (Rodrigo).Señor presidente: yo tampoco me resigno, como expresaba el diputado Novales, a que hoy se apruebe una norma tan groseramente inconstitucional como esta. Los derechos que vulnera han sido debidamente fundados, con argumentos propios de los legisladores, pero también con la lectura de argumentos externos. Quiero apelar y recordar con mucho respeto los deberes que tenemos como legisladores. Como legisladores tenemos el deber de respetar la Constitución y de prevenir acciones de inconstitucionalidad, como conflictos entre poderes; creo que no es un buen camino ni un buen ejemplo dejar que la vía de la inconstitucionalidad, la vía del conflicto de poderes, se suceda. Es nuestro deber agotar todos los medios para evitar que eso suceda. Por eso, como ya se ha dicho, hemos trabajado durante más de setenta horas para tener el mejor presupuesto, lo que implica no contrariar ni vulnerar las normas constitucionales. Por eso, apelo hasta último momento a que esta norma quede de lado. Muchas gracias. SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Constante Mendiondo).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: como decían recién mis compañeros, a esta hora estamos todos cansados.

En lo personal no pensaba intervenir, porque consideraba que ya estaba suficientemente argumentado el porqué no compartimos este artículo. Y no lo hacemos porque es inconstitucional, inconveniente y porque no es sano para nuestro sistema aprobar un artículo de estas características. Pero la verdad es que con la intervención de diputados preopinantes hay comentarios que no podemos dejar pasar, porque realmente si estábamos preocupados por la redacción del artículo, más nos preocupa la argumentación de la defensa de él. La verdad es que después de escuchar atentamente las argumentaciones, no me queda ninguna duda de que este es un tema con el Poder Judicial y lamentablemente terminan pagando los platos rotos muchos otros por un problema que, como bien se decía, el mismo Frente Amplio generó. Recién se escuchaba por ahí un argumento que respeto, porque la libertad de expresión hay que compartirla, contagiarla y respetarnos entre nosotros, pero no puedo compartir las afirmaciones de que hay que blindar al Gobierno a como dé lugar. Hay que blindar a los trabajadores, hay que blindar lo justo, hay que blindar al desprotegido, hay que blindar lo que es sano para la República y para la democracia. En eso estamos nosotros y con esa intención de blindaje. No compartimos para nada los argumentos expresados. Nos parece que si se hubiera querido blindar al Gobierno había otros caminos más fraternos para adoptar, que imponer la mayoría parlamentaria. Y cuando hablamos de otros caminos nos referimos, por ejemplo, a cuando el presidente de la República se comprometió a que en el mes de mayo iba a haber una o dos propuestas para empezar a dialogar con el Poder Judicial y buscar una salida al conflicto y estamos en el mes de octubre y esas propuestas nunca llegaron. Eso hubiera sido blindar; ese habría sido un gesto de acercamiento, un gesto de iniciativa, un gesto para alcanzar un acuerdo entre dos de los poderes del Estado, no el incumplimiento del compromiso que asumió el propio presidente de la República, quien después se contradijo, manifestando que iba a esperar a ver qué sucedía con la Ley Nº 19.310. Eso era blindar, más que al Gobierno, al sistema republicano que nos vanagloriamos de tener. Se decía que nos alegramos ante los fallos de la Suprema Corte de Justicia, pero quienes somos

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demócratas y republicanos nos alegramos cuando nos gusta pero también cuando no nos gusta lo que falla. De eso que nadie tenga dudas. Por otro lado, se cuestionaba que la Suprema Corte de Justicia haya sido la que resolvió el conflicto, pero ¿qué solución alternativa tenemos? ¿Qué solución alternativa hay? Porque no podemos importar de otro planeta una Corte que resuelva este conflicto, no nos podemos someter cuando nos gusta la separación de poderes y cuando no nos gusta, cuestionar la forma o el modelo. Hay que ser, a mi modo de ver, mucho más prudentes en ese tipo de cuestionamientos. (Ocupa la Presidencia el señor representante Alejandro Sánchez) ——A modo de reflexión y de analizar un poco los antecedentes, como bien se decía, quiero recordar que cuando se redacta el artículo 64 de la Ley Nº 18.719 nuestros compañeros, los diputados Jorge Gandini y Pablo Abdala advirtieron que esto iba a pasar. No es algo nuevo; ya estaba hecha la advertencia. A lo largo de esta jornada hemos hecho algunas precisiones y en todo momento se pretendió desconocer la mala redacción y la mala praxis legislativa que tuvo el Frente Amplio con este tema, primero a través de la Ley Nº 18.738, que se quiso imponer como ley interpretativa y luego se entendió que modificaba y, por lo tanto, fue declarada inconstitucional. Luego, aquella por la que se entendió que los artículos 14, 15 y 16 de la Ley Nº 18.996 adolecían de cuestiones de forma. Explicábamos al señor diputado Asti, que no solamente la Corte sostenía el tema de la aprobación en una Cámara o no, sino que debía provenir del Poder Ejecutivo y no sucedió así: otra desprolijidad en el manejo legislativo de todo este tema. La Ley Nº 19.310 termina reconociendo la deuda que a través de otras leyes se trató de desconocer, porque nadie -lo decimos una vez más- ofrece pagar lo que no cree que debe. Después, en la interpretación del término dotación hubo otro intento de desconocer el horror jurídico que atravesamos a raíz de la redacción del artículo 64. Y para despejar dudas, queremos decir que por estos temas pasaron once ministros, sin ninguna discordia; el Fiscal de Corte en su dictamen en todos los juicios promovidos

estuvo en consonancia y la verdad es que no podíamos dejar de hacer algunos comentarios y precisiones, porque me parece que tenemos que ser sumamente responsables en las aseveraciones. Además, se cuestiona lo establecido por el Poder Judicial pero, por otro lado, se está diciendo que esto va a salir porque hay mayoría parlamentaria que así lo dispone. Y es obvio; legítimamente el pueblo decidió que el Frente Amplio gane con mayoría parlamentaria, pero ese argumento de imponer que va a salir porque quieren que salga, no sé si es el que corresponde tratándose de temas de estas características. Me parece que el diálogo, el debate, cuidar la República y la democracia, respetar al Poder Judicial y someternos a sus decisiones cuando nos gusta y, sobre todo, cuando no nos gusta -en un gesto de tolerancia-, es lo que hace grande a nuestro país. Obviamente, no vamos a acompañar este artículo; lo decimos con total convicción. Compartimos los argumentos que nuestros compañeros han expresado. Lamentamos que este intento de cuestionar y ningunear en forma permanente al Poder Judicial abarque a trabajadores y compatriotas que no tienen absolutamente nada que ver con este conflicto. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: estamos desarrollando una metodología de discusión que realmente no nos place para nada. Quiero hacer una aclaración. Hasta ahora venimos manteniendo un diálogo en el que aceptamos cualquier tipo de evaluación que se haga, siempre con el mayor de los respetos. Algunos diputados que han hecho uso de la palabra han realizado distintos cuestionamientos, y los hemos respetado porque se han hecho en un muy buen tono. Sin embargo, no estamos dispuestos a tolerar que se pongan en duda cuestiones que para nosotros son fundamentales. Yo no voy a negar la tradición democrática del Partido Nacional, pero nadie, absolutamente nadie, en el espectro nacional puede negar la tradición democrática del Frente Amplio. Si hay alguien que

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defendió la democracia en este país fue el Frente Amplio; y la defendió de muchas maneras. Entonces, no voy a tolerar que una legisladora continuamente haga comentarios vinculándonos -así lo sentimos nosotros con los ejemplos que puso- con el fascismo, con Mussolini y con otras dictaduras. Tampoco voy a aceptar comentarios en el sentido de que estamos ninguneando al Poder Judicial. Es cierto que tenemos un problema, pero no voy a aceptar que nos digan que estamos ninguneando al Poder Judicial y que temen que no respetemos un fallo de inconstitucionalidad. De esta manera vamos por mal camino. Tenemos plena convicción de que lo que estamos haciendo está bien. Vamos a votar este artículo sin ningún tipo de duda y no nos va a temblar la mano al hacerlo. Si mañana hay un fallo de la Suprema Corte de Justicia que diga que hay una inconstitucionalidad, no les quepa duda que lo vamos a respetar. Reitero: no voy a aceptar que pongan en duda el respeto que tenemos por la norma constitucional. Yo no considero que mi interpretación sea errónea; es bien clara. Acá se ha dicho claramente que nosotros podemos llegar a poner en duda los fallos judiciales. Cuando se empieza con este tipo de juegos, cuando empieza a doler que un partido una y otra vez sea electo por la ciudadanía, nos ponemos nerviosos, porque alguno de los que ocupa estas bancas puede estar dudando de que el sistema democrático sea lo más válido. Entonces, que quede claro: vamos a respetar el sistema democrático por encima de todas las cosas y no vamos a aceptar acusaciones que no tienen ningún tipo de fundamento. Muchas gracias, señor presidente. (Apoyados.- ¡Muy bien!) SEÑOR LEMA (Martín).- Pido la palabra para una aclaración. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Basándonos en las afirmaciones del señor diputado Chiazzaro de que se van a respetar los fallos de inconstitucionalidad, les solicitamos que los respeten ahora, porque ya tienen dos; ya hay dos fallos de inconstitucionalidad. Entonces, si el señor diputado Chiazzaro dice que se va a respetar el fallo de inconstitucionalidad, ¡respétenlo! ¡Ya tienen las condiciones para respetarlo, señor presidente! Si en abuso de la mayoría parlamentaria se van a seguir haciendo leyes para desconocer el conflicto, no somos nosotros los que decimos que están ninguneando al Poder Judicial; lo dicen los hechos. ¡Por favor! ¿Cuántas leyes puede crear la mayoría parlamentaria para seguir estirando el conflicto con el Poder Judicial? ¿Las que quiera? Dicen que se van a respetar los fallos de inconstitucionalidad. Bueno, ya tienen dos que son contundentes. ¡Respétenlos! ¡Actúen con coherencia! ¡Prediquen con el ejemplo! ¡Prediquen con los hechos! (Interrupciones) ——De lo contrario, van a seguir apareciendo leyes que van a llevar a años y años de conflictos con el Poder Judicial. Si eso no es ningunear al Poder Judicial, es preocupante y hay que tomarlo como un cumplido. Muchas gracias, señor presidente. SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR CHIAZZARO (Roberto).- Señor presidente: a mí lo que me preocupa es que siento la alusión al sistema democrático, porque el señor diputado insiste en generar un clima que no es el conveniente. Nosotros respetamos la Constitución; siempre lo hicimos y lo vamos a seguir haciendo. Vamos a votar este artículo porque consideramos que es correcto. Vamos a seguir convencidos no solo de que respetamos el sistema democrático sino de que somos sus garantes. Quiero que esto quede bien claro. SEÑOR SEMPRONI (Víctor).- Pido la palabra.

SEÑOR LEMA (Martín).- Señor presidente: recién el señor diputado Chiazzaro decía que le pone nervioso esta situación. Hace bien en ponerse nervioso. Yo también me pongo nervioso.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR SEMPRONI (Víctor).- Muchas gracias, señor presidente. Si bien me anoté para hablar sobre el artículo, antes quiero pasar un mensaje. Desde el domingo a las nueve de la mañana hasta ahora es la segunda vez que hablo. Lo digo porque hay legisladoras y legisladores que no sé si creen que son el personaje de la película, pero intervienen en todas, hablan en todas, aclaran todas y fundamentan todas, lo cual a mi juicio es una falta de respeto hacia los demás diputados. Si cada uno de los noventa y nueve representantes actuáramos igual, para aprobar un presupuesto precisaríamos todo el año, no una semana. ¿Está claro? Entonces, pido que se nos respete. Nos gusta escuchar. Vamos a manifestar nuestra posición cuando entendamos que hay que darla. Y aprovecho para decirle al señor diputado preopinante que los frenteamplistas nos sentimos capacitados para llevar adelante la técnica, la táctica y las decisiones políticas del Frente Amplio. No precisamos que nadie nos dé consejos respecto a si tenemos o no elementos para tomar una decisión. (Apoyados) ——Ahora voy a hablar sobre el artículo 713. La primera vez que analizamos el artículo nos llamó un poco la atención. Debo confesar que después de haber profundizado en él y de haber escuchado distintas opiniones, a quienes tenemos cincuenta años de militancia sindical en defensa de los derechos de los trabajadores nos resulta un poco revulsivo tener que votar este artículo, pero lo vamos a hacer. ¿Sabe por qué, señor presidente? Porque entendemos que el artículo apunta – nadie lo puede ocultar- a incidir en una situación de conflicto sumamente grave. No es nada fácil resolver este problema; en el medio tiene desde leyes aprobadas hasta cuestionamientos de interpretaciones de inconstitucionalidad. Por consiguiente, yo pienso que votar el artículo supone tomar parte en este conflicto que, aclaro, solo se va a resolver -no tengo dudas de que se va a solucionar- a través del diálogo y la negociación. Pero lo primero que debemos tener claro cuando nos

sentamos a negociar con alguien -de lo contrario no debemos negociar- es que vamos a tener que deponer alguna de nuestras posiciones, al igual que lo va a tener que hacer la otra parte; de lo contrario, no va a haber acuerdo. Como dije, vamos a votar este artículo. ¿Por qué? Porque no votarlo supone aceptar de plano todas las afirmaciones que se han hecho sobre su fuerte contenido de inconstitucionalidad. Yo, que no soy jurista -por suerte-, escucho los argumentos jurídicos y los respeto, pero todos sabemos que cuando entramos al despacho de un abogado y le planteamos un tema medio polémico, nos dice: “Con esta biblioteca lo defiendo y con esta otra lo liquido”. Respeto los argumentos de los juristas. Yo creo que esto es inconstitucional pero, como por suerte en este país existe la independencia de poderes y existe la Suprema Corte de Justicia, a la que se puede recurrir, si es tan inconstitucional como aseguran las exposiciones que escuchamos hoy en sala dejemos que quien tiene que adoptar decisión, que es la Suprema Corte, la tome. Lo votamos, pasa para allá y, como alguien ha augurado en sala, es cuestión de un simple reclamo y todo queda liquidado. Estamos diciendo, en primer lugar, que cuando tomamos la decisión de no votar algo es porque pensamos que las consecuencias de votarlo son irreversibles, y no tenemos empacho en hacerlo si lo tenemos que hacer; probado está. Pero cuando entendemos que hay mecanismos que van a sentar cordura y jurisprudencia en el tema en debate, preferimos que se ocupen del asunto quienes tienen capacidad y facultades jurídicas para hacerlo. Por consiguiente, vamos a dar el voto a este artículo, aceptando de antemano que, en nuestro concepto, no va a tener andamiento en función de su fuerte contenido de inconstitucionalidad. Lo hacemos, repito, porque en definitiva no estamos atentando contra el interés de los trabajadores, ya que si la inconstitucionalidad es tan clara como se dice será cuestión de un simple reclamo para sacarlo de circulación. Por eso lo vamos a votar, con las salvedades que hemos expuesto. SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra por una aclaración.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: yo creo que es grave lo que acabamos de escuchar. Después de esto, le pegamos dos timbres a la versión taquigráfica, con eso entramos a la Suprema Corte de Justicia y ya está presentada la apelación. Que haya legisladores que vayan a votar a sabiendas de que esto es inconstitucional y así lo confiesen en sala creo que es una de las peores tácticas que una patronal puede usar: especular con un juicio que pueda demorar en forma indefinida para buscar una posición favorable al momento de negociar. Esa es de las tácticas más rapaces a las que pueda recurrir un empleador, y es a la que se recurre al votar este artículo. (Interrupciones) SEÑOR SEMPRONI (Víctor).- Pido la palabra para contestar una alusión. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR ANDRADE LALLANA (Óscar).- Señor presidente: voy a intervenir gracias a que el amigo Gandini, que sabe que en este tema estoy muy cómodo, me dio una mano, llamándome al ruedo. Creo que todos quienes ocupamos estas bancas sabemos que con esto no se está cayendo el mundo, el Estado de derecho ni la Constitución. En realidad, la tendencia a radicalizar la postura tiene que ver con otra lectura política, que creo es legítima, consistente en sacar la mayor tajada posible, exprimir al mango la situación. Por algo a esta hora, después de tanto tiempo y con tanto cansancio se insiste en esta discusión a los efectos de hacernos pagar un precio que creo ya hemos pagado. Soy de los que creen que estamos pagando por un error de fórmula, no por la fortaleza o debilidad jurídica de la que, en todo caso, se harán cargo quienes asesoraron al Poder Ejecutivo -no soy experto- sino porque hay un componente de fondo que no se puede ocultar, y es que esto recorta derechos. No hay forma de disfrazarlo. Es de carácter general. Ahora, para la izquierda los derechos laborales no han sido una bandera electoral sino una práctica; tan práctica que podemos nombrar decenas y decenas de leyes laborales que constituyen las transformaciones laborales más importantes de la historia del país después de años de desregulación salvaje, muy dura y muy cruda. Hay una dificultad política en la explicación, porque no hay leyes con nombre y apellido, hechas para determinadas cosas. Si estuvieran hechas para determinadas cosas hasta yo, que no soy abogado, me animaría a ir más allá en la definición de inconstitucionalidad. Voy a votar este artículo por la misma argumentación que di para otros artículos. En la bancada del Frente Amplio me ha tocado ser mayoría y minoría, y dentro del Frente Amplio también. Hace un año y medio no hubiéramos podido aprobar una ley que establece que es delito poner en riesgo de muerte a los trabajadores -se deben acordar, porque muchos diputados estaban y no levantaron la manosi no hubiésemos tenido unidad de acción de la bancada; y la tuvimos. Alguna referencia hay: en el

SEÑOR SEMPRONI (Víctor).- Señor presidente: es la tercera vez que hablo desde las nueve de la mañana del domingo hasta ahora. Creo que en política es absolutamente imprescindible saber escuchar, y cuando no se sabe escuchar se hace lo que en general se le atribuye al pato criollo. ¿Está claro? Cuando hablé de inconstitucionalidad dije no ser jurista, no saber, haber escuchado que se acusa a este artículo de ser inconstitucional, tener la presunción, pero no sentirme con capacidad para resolver. Por eso entiendo que quien tiene que resolver y determinar la inconstitucionalidad -si es que la tiene- es el organismo correspondiente. Le voy a confesar, señor presidente, que si estoy convencido de que un artículo es inconstitucional no lo voto, y en mi accionar político en esta Cámara tengo más de un pronunciamiento en ese sentido. Lo inconstitucional probado, como legislar para atrás, yo no lo voto, porque no se puede hacer. Recomiendo que cuando uno habla se escuche lo que se dice. Y, bueno, de repente puede que no haya capacidad para interpretar. Eso no depende de mí. Muchas gracias.

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último año móvil hubo diez mil siniestros menos y se rechazaron los dos recursos de inconstitucionalidad presentados ante la Suprema Corte de Justicia. Todavía no escuché una autocrítica profunda de quienes en esa discusión se pronunciaron en un sentido diferente, diciendo que no iba a operar sobre la siniestralidad, que iba a provocar un desencadenamiento de empresarios presos uno atrás del otro o que se iba a dar una clara sentencia de inconstitucionalidad a los sesenta días. No voy a caer en el simplismo de pensar que los legisladores de todos los partidos que en ese momento no acompañaron lo hicieron por maldad. Lo hicieron por convicción, y tenían convicciones jurídicas muy sólidas. Tampoco los voy a acusar de antiobreros, porque la discusión no se merece que nos maltratemos a ese nivel. Ahora, tampoco nos merecemos que nos comparen con el nazismo o nos traten de casi golpistas porque, de lo contrario, parece que no nos cruzáramos todos los días. Tenemos que poner un marco a la discusión. Porque, ¿quién duda de que existen todas las garantías del derecho y del proceso para que esta fórmula, que al menos es polémica desde el punto de vista constitucional, se pueda recurrir y resolver por parte del Poder Judicial? A mí no me duele tanto por lo jurídico, no porque no me importe lo jurídico sino porque no soy experto. El primer dolor que me genera es en lo político, porque no hay duda de que en materia de consagrar garantías para el que está más embromado -cuestión en la que hemos avanzado como nunca en la última década- esta es una señal que va en un sentido que no comparto pero en la que voy a acompañar a la bancada. Además, creo que, en general, la bancada acompaña para no dejar en banda al Poder Ejecutivo. No hay convicciones en un plano más alto, y ese también es un valor. Ahora, si bien es legítimo que en términos políticos tratemos de sintetizar para discutir un proyecto, también es bueno que lo hagamos en un marco en el que no necesariamente vayamos más allá de lo que corresponde, porque eso también es cuidar la democracia. Sin duda, para cuidar la democracia hay que cuidar las instituciones y también las relaciones humanas. En ese sentido, vale la pena hacer el esfuerzo de tener un margen para el cuidado de las relaciones humanas a la hora de plantear diferencias con la mayor pasión posible, tratando de

marcar un piso de respeto básico, elemental, que no nos coloque por fuera de algunos límites. En general, no escapo a ningún debate, no por las lucecitas sino porque me parece que está bueno defender las convicciones. En este caso, la convicción de la unidad del campo popular, en mi plano, pesa más. Tengo claro que una tarea desde el punto de vista conceptual -no por lo jurídico sino fundamentalmente por los derechos- va a ser trabajar en forma intensa en el campo popular para revisar esta norma, porque no va en la dirección en la que hemos construido en la última década. Gracias, señor presidente.

96.- Intermedio
SEÑOR SABINI (Sebastián).intermedio de cinco minutos. Solicito un

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en noventa y uno: AFIRMATIVA. La Cámara pasa a intermedio. (Es la hora 10 y 1) ——Continúa la sesión. (Es la hora 10 y 6)

97.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación).
——Prosigue la consideración del asunto motivo de la convocatoria. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque de los artículos 712, 713, 719, 720, 726, 727 y 729. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y tres: AFIRMATIVA. SEÑOR PUIG (Luis).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PUIG (Luis).- Señor presidente: hemos votado afirmativamente el artículo 713 y lo hicimos por disciplina partidaria. Nuestra convicción de que

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esto constituye un error no tiene que ver con fundamentaciones jurídicas que se han hecho, sino con fundamentos políticos. Este es un error del Gobierno y, por lo tanto, un error mío, que soy parte de este Gobierno. Y creo que este error va a tener consecuencias para la fuerza política. Hago estas manifestaciones porque me parece que la sucesión de hechos que se han dado desde hace meses en torno a este tema, indica que esto constituye una línea que no es precisamente de acumulación, sino que -insisto- es un error. Ahora, que esté convencido de que es un error no me lleva a confundirme con algunas argumentaciones que se han hecho hoy, en el sentido, por ejemplo, de que este Gobierno se caracteriza por poner lo político antes que lo jurídico. Si hay un ejemplo claro en este país de haber puesto durante treinta años lo político sobre lo jurídico es la ley de impunidad, y no fue precisamente nuestra bancada la que la impulsó, sino que la resistió. Ley de impunidad en la cual se estableció a quién podía juzgar el Poder Judicial y a quién no, y que no podía hacerlo sin consultar al Poder Ejecutivo. Entonces, que no nos vengan a dar ejemplos de qué es poner lo político delante de lo jurídico. Por lo tanto, como no eludo mis responsabilidades, digo que lo voto por disciplina partidaria y que es un error político del cual también me hago cargo como parte del Gobierno. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

los montevideanos. Ahora se está repitiendo y va a acabar de mala manera sobre las espaldas del país, y todo a partir de un error político y jurídico inexcusable de este Parlamento, que fue advertido en oportunidad, tiempo y forma por los legisladores del Partido Nacional. La responsabilidad de esto la tiene el Gobierno y deberá cargar con ella. Este camino constituye una chicana que no soluciona nada. ¡Esto lo va a declarar inconstitucional el portero de la Suprema Corte de Justicia, no tiene ni que entrar! Además, hemos asistido en sala al striptease de confesiones por parte de la bancada oficialista en lo que refiere a inconstitucionalidades… (Interrupciones) ——…así como a obediencias a mandatos políticos que otra vez sojuzgan la libre conciencia de los ciudadanos al mandato de un partido. Por eso no acompañamos esta solución. (Interrupciones.- Campana de orden) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- La Mesa aclara que todas las alusiones a los partidos políticos van a ser retiradas de la versión taquigráfica, como establece el Reglamento de la Cámara. (Interrupción del señor representante Gustavo Penadés) ——Sí, las de todos. Creo que la Mesa ha dado sobradas garantías en cuanto a respetar los derechos y hacer cumplir las obligaciones de todos los legisladores. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: no acompañamos este artículo porque es un mamarracho; es un zafarrancho jurídico con imprevisibles consecuencias. Lesiona la independencia de poderes atando al Poder Judicial y a sus funcionarios a una futura asignación de recursos que ni siquiera es obligatoria por parte de este Parlamento, porque en ningún lado figura el término “deberá” o un imperativo que así lo marque. Además, es una agresión a los derechos de los trabajadores. Hace recordar l o que pasó en su momento con un conflicto inicuo entre Mariano Arana y Adeom, que acabó después sobre las espaldas de

SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente: hemos votado con absoluta tranquilidad este artículo. Lo hemos hecho porque nos atenemos a lo que el artículo dice y no a lo que se le quiere hacer decir. El artículo no dice en ningún lugar que se desconocerá un fallo de la Suprema Corte de Justicia. Tampoco dice que se desconocen los fallos anteriores, ni que no pagaremos los juicios que sobrevengan al Estado por causa de una decisión judicial. Es más: este artículo solo tiene sentido si nosotros prevemos la posibilidad de perder juicios

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importantes. ¿Qué sentido tendría que propusiéramos este artículo si creyéramos que no vamos a perder ningún juicio? Es posible que perdamos o que ganemos, pero si llegáramos a perder un juicio por los montos que están en juego, debemos tener la responsabilidad política del manejo de los dineros públicos que nos permita hacer las previsiones presupuestales correspondientes. Para entender esto no hace falta ser abogado ni economista. Basta con tener sentido común y sentido de responsabilidad sobre los dineros públicos. Creo que la opinión pública va a comprender que estamos protegiendo las arcas del Estado de erogaciones imprevistas que destruirían toda posibilidad de programación y de cumplimiento de políticas públicas que la gente también espera y quiere. Por lo tanto, con toda tranquilidad y convicción estamos votando este artículo que estoy seguro será muy útil para la previsibilidad de la marcha de la economía nacional. Gracias. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

impunidad para resolver ese pisoteo de lo político por encima de lo jurídico y de la justicia. Gracias. SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GONZÁLEZ (Pablo).- Señor presidente: hemos votado este artículo por la afirmativa, plenamente convencidos de que estamos actuando con responsabilidad y de que esta es una norma que se ajusta a derecho. Nuestro país está enfrentando varios juicios, no solamente el que se ha mencionado. Tenemos un juicio por la vida, en el que una multinacional de la muerte está amenazando a nuestro país con una cifra multimillonaria. Entonces, teniendo en cuenta que existen esas amenazas, nos parece de responsabilidad hacer las previsiones necesarias para contar con los fondos suficientes en caso de que nuestro país no salga victorioso de esa contienda. Ante esa responsabilidad y el compromiso que hemos asumido con la ciudadanía y con nuestro programa de Gobierno, que hemos plasmado en el proyecto de presupuesto que se está discutiendo hace unas cuantas horas, es que votamos este artículo. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- En discusión el artículo 714. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa: AFIRMATIVA. VARIOS SEÑORES REPRESENTANTES.- ¡Que se rectifique la votación! SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a rectificar la votación. (Se vota) ——Cincuenta y tres en noventa: AFIRMATIVA.

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: muy serenamente, con tranquilidad, porque las razones no entran con gritos, quiero decir que con mucha convicción hemos votado en contra, por dos razones fundamentales. La primera, sin entender mucho lo jurídico, es que han sobrado argumentos de todos lados que abonan la idea de la inconstitucionalidad del artículo que se está considerando. Además, como se ha señalado, abona un camino de enfrentamiento entre poderes. La segunda, tal vez para mí mucho más clara, es que esto tiene nombre y apellido. Es innegable, inocultable. Pero va más allá: apunta a los trabajadores. Insisto: en este caso no hay ningún empresario que corra riesgo. Esto es directamente contra los trabajadores. Por último, compartiendo reflexiones sobre las veces que lo político ha estado por encima de lo jurídico, decimos que siempre hay tiempo de anular la

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98.- Licencias Integración de la Cámara
——Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Víctor Semproni, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose al suplente siguiente, señor Santiago Ortuño”. En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y tres en ochenta y ocho: AFIRMATIVA. Queda convocado el suplente correspondiente, y se le invita a pasar a sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.827, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside, se sirva concederme el uso de licencia el día 15 de octubre de 2015, por motivos personales. Saluda atentamente, VÍCTOR SEMPRONI Representante por Montevideo”. “Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria, la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante. Saluda atentamente, Mariela Pelegrín”.

“Montevideo, 14 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por la presente comunico a usted que por esta vez no he de aceptar la convocatoria, la cual he sido objeto, en virtud de la licencia solicitada por el señor representante. Saluda atentamente, María Piñeyro”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Montevideo, Víctor Semproni. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto las suplentes siguientes señoras Mariela Pelegrín y María Piñeyro. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes, R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Montevideo, Víctor Semproni, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por las suplentes siguientes señoras Mariela Pelegrín y María Piñeyro. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 6009, del Lema Partido Frente Amplio, señor Santiago Ortuño. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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99.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continúa el asunto motivo de la convocatoria. En discusión los artículos 715, 717 y 741. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta AFIRMATIVA. y dos en ochenta y nueve:

más cortas, porque luego de un período de entre cinco y nueve años, a partir del décimo año, se aumenta en un 100 % el aporte que están realizando hoy. Además, hay un problema en cuanto a las carreras cortas. ¿Cuáles? Aquellas que corresponden a títulos intermedios que otorgan las facultades, que también quedan afectados por estas modificaciones al Fondo de Solidaridad. El segundo aspecto involucrado en estas modificaciones refiere a la integración de la comisión directiva del Fondo de Solidaridad. En la medida en que los profesionales son los que realizan el aporte -hasta ahora todos los cargos han sido honorarios; en este proyecto se propone la designación del presidente como cargo de particular confianza-, participan la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, que opera como agente de cobranza, la Caja Notarial y la Agrupación Universitaria del Uruguay. Estas instituciones son un cable a tierra, porque el resto de la representación -que incluso, se aumenta por esta iniciativa- es política. El argumento para dejar fuera a la Caja Notarial, a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y a la Agrupación Universitaria del Uruguay -lo dijo el entonces subsecretario de Educación y Cultura en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda- es que el Fondo de Solidaridad administre otros fondos, también en materia de becas a estudiantes de secundaria o de UTU. Para nosotros, esto no es óbice para que se mantengan en la dirección instituciones que históricamente han participado del Fondo de Solidaridad, desde su creación, que además son representativas de quienes realizan los aportes, que son exclusivamente los profesionales egresados de la Universidad de la República. Por encima de todo, nos parece –este es el fundamento del pedido de que estos artículos pasen a la Comisión de Hacienda- que este tema tiene que ser analizado con detenimiento, en particular por el impacto que, como decíamos al principio, tiene en las carreras cortas. Además, se introduce una modificación que incluye a las personas que llegan a completar los créditos para culminar esa carrera corta aun cuando no levanten el título, es decir, no tengan el documento que es fundamental para el ejercicio de la profesión.

En discusión el bloque de los artículos 716, 718, 723, 724, 725, 728, 731, 740, 742, 743 y 744. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. siete en ochenta y nueve:

En discusión los artículos 721 y 722. (Se vota) ——Setenta y siete en ochenta y nueve: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 732 a 739, inclusive. Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores diputados Adrián Peña, Iván Posada, Ope Pasquet, Daniel Radío y Andrés Carrasco Briozzo. (Se lee:) “Mocionamos para que los artículos 732, 733, 734, 735, 736, 737, 738 y 739, referidos al Fondo de Solidaridad, pasen a la Comisión de Hacienda, a efectos de su consideración”. ——En discusión. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: al margen de la inconstitucionalidad que representa incluir disposiciones que no corresponden a la ley presupuestal -de acuerdo con lo que establece el inciso segundo del artículo 216-, estos artículos tienen un impacto muy importante, en particular, en las carreras más cortas. Los cambios que se introducen en las modificaciones que se hacen al Fondo de Solidaridad suponen dos aspectos. Uno es afectar las carreras

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Pensamos que este tema debe ser analizado con detenimiento. Hay una larga trayectoria en este sentido. Yo presenté el anterior proyecto que modificó el Fondo de Solidaridad a partir de la creación del adicional -que en ese momento generó un alto impacto entre los universitarios-, a partir de un intercambio muy fructífero con la propia gente del Fondo de Solidaridad, que en ese momento presidía el exsubsecretario de Educación y Cultura y actual senador José Carlos Cardoso. Se hicieron una serie de cambios que dieron al fondo la justicia tributaria, desde el punto de vista de los aportes, que ha tenido hasta el presente. Eso implica que todos los profesionales hayan aportado y se venga operando una consolidación de becas para estudiantes de muy bajos recursos, que posibilitan su acceso a la Universidad de la República. Esto ha representado un cambio muy importante, porque ha introducido el elemento de la solidaridad como un aspecto sustancial para que los profesionales egresados de la Universidad de la República contribuyan a que estudiantes de bajos recursos también puedan llegar a la Universidad. Otro aspecto importante que ofrece el fondo desde el punto de vista de los resultados es que, precisamente, la gran mayoría de los becarios han tenido altos índices de aprobación de materias en el ámbito universitario. Esto también destaca la buena gestión del Fondo de Solidaridad. Por los argumentos expuestos, estamos planteando discutir este tema en la Comisión de Hacienda y, en poco tiempo -antes de fin de año-, aprobar un proyecto que introduzca modificaciones, con el estudio que merece un asunto como este, no sin medir el impacto que tiene, tal como está diseñado, sobre todo en las carreras cortas. Es todo cuanto quería decir, señor presidente. SEÑOR PEÑA (Adrián).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

montón de situaciones, algunas de las cuales ha señalado el señor diputado preopinante. Inclusive, tuvieron reuniones con representantes del Poder Ejecutivo para introducir modificaciones a efectos de que algunas de las cuestiones señaladas por el señor diputado Posada los afectaran en menor medida. Además, proponen cambiar algunos criterios que se dan por ciertos, como por ejemplo que un profesional gana más a medida que va avanzando en su carrera. No es necesariamente así; depende de las circunstancias. Por eso hablan de manejar otras variables, pero no cuestionan el fondo sino que plantean analizarlo y redimensionarlo. Pienso que eso es importante y necesario. Aquí se ha hablado del cambio en la organización. Pasamos de tener un cargo honorario a uno rentado. Es otro más. Estamos hablando de que los recursos no alcanzan y, sin embargo, generamos otro cargo en una administración que antes se ejercía en forma honoraria. Además, los profesionales no la van a integrar. Esto estaba muy bien administrado. Mejoraba el control y la eficiencia. Repito el tema debe ser analizado con más profundidad. Por otro lado, hay una especie de contradicción que hace al fondo del asunto. ¿Cargar con más impuestos a los profesionales? En los últimos años se ha ido instalando una lógica, pero lo cierto es que los profesionales no son los ricos de este país y pagan cada vez más. Eso también colabora a desalentar el necesario desarrollo personal en los individuos. Uruguay siempre se caracterizó -como batllistas tenemos que decirlo, por más que estemos cansados y dispongamos de pocos minutos- por desarrollar la sociedad de la meritocracia, en el entendido de que es bueno estudiar, recibirse y ser profesional. Nadie es más que nadie por estudiar y tener un título, sin duda, pero si hemos hecho un esfuerzo por formarnos -sobre todo si tenemos orígenes humildes- es porque creemos en el valor de la formación. No nos parece correcto que la tendencia sea castigar e imponer este tipo de cosas a los profesionales, que mucho necesita el Uruguay. Hay una tendencia a despreciar al profesional universitario. Lo digo con todo respeto; aunque no sea de manera explícita se está dando, y no es bueno. Por tanto, consideramos que esto debe analizarse independientemente.

SEÑOR PEÑA (Adrián).- Señor presidente: antes que nada es de orden decir que nos sumamos a la moción presentada por el Partido Independiente porque nos parece que este tema debe tratarse fuera del proyecto de ley de presupuesto, tal como han planteado los profesionales. Ellos no cuestionan el Fondo de Solidaridad pero venían analizándolo, por un

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Por otro lado, en lo que tiene que ver estrictamente con el presupuesto no se puede negar que estamos ante un aumento en la carga tributaria. Con respecto a la exoneración de la contribución inmobiliaria rural, se dice: “No aumentamos nada; le quitamos la exoneración que existía”. En los hechos, es un aumento de la carga tributaria. Bueno, es un juego. Pero en este caso es clarísimo que se aumenta la carga tributaria. Esto se inscribe en otro debate: ¿adónde van los recursos? ¿Se usan con eficiencia? Pienso que con esta comisión, en la que no participan los profesionales, estamos yendo hacia atrás. Por eso el Partido Colorado acompaña la moción del Partido Independiente de desglosar estos artículos del proyecto de ley de presupuesto. Si esto no prospera vamos a presentar un par de artículos sustitutivos. Gracias, señor presidente. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

Luego hace una mención al Consejo Nacional de Educación No Formal y a comunicar estas resoluciones al Parlamento y a la Agrupación Universitaria del Uruguay. Todo indica que sería oportuno tomarse más tiempo para analizar este tema, que no es presupuestal, y antes de fin de año, quizá, tomar una resolución más meditada. Así como viene, es imposible para nosotros acompañarlo. Deja muchas puertas abiertas, más allá de las implicaciones que tiene en la tributación de los profesionales universitarios. Esta es, en síntesis, la posición del Partido Nacional. Debatimos ampliamente este punto, tal como consta en la versión taquigráfica de la comisión. Gracias. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: seré breve, porque ya dimos el debate en la comisión y dejamos sentada nuestra posición al respecto. Entendemos que hay algunas cosas que realmente empeoran con la interpretación. Vamos a acompañar la moción presentada y queremos aportar un mail que recibimos -no sé si lo recibieron todos – que da cuenta de una resolución de la Universidad de la República. Dice lo siguiente: “Dada la relevancia de la resolución que en la noche de ayer tomó el Consejo Directivo Central de la Udelar la adjuntamos para su conocimiento en el momento de la votación de la ley de presupuesto.- Punto 6.Exp. s/n – Atento a la propuesta y consideraciones formuladas en Sala por el Orden de Egresados […] en relación con el articulado referido al Fondo de Solidaridad contenido en el Proyecto de Ley de Presupuesto actualmente en debate: – Solicitar al Parlamento Nacional el desglose de los artículos 696 a 702” -es la numeración anterior- “del Proyecto presentado por el Poder Ejecutivo, en particular los relativos a la integración del Consejo Directivo del Fondo; – Solicitar que a efectos de su consideración se abra un espacio de discusión sobre los temas a los que dichos artículos refieren”.

SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: nosotros vamos a votar los artículos tal como vienen en el proyecto. La bancada ha hecho un trabajo muy largo y, debido al tiempo que hemos permanecido en sala, no podemos detenernos para analizar una alternativa a lo que ya hemos resuelto. De todos modos, debo decir que escuchamos atentamente las razones que se han dado y vamos a trabajar con nuestros senadores poniendo particular atención en este tema. Esto es lo que puedo señalar en este momento, dadas las circunstancias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la moción presentada por los señores diputados Iván Posada, Daniel Radío, Ope Pasquet, Adrián Peña y Andrés Carrasco Briozzo. (Se vota) ——Cuarenta y uno en noventa y cuatro: NEGATIVA. En discusión el artículo 732. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA.

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En discusión el artículo 733. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. Se pasa a considerar el artículo 734. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja N° 83, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela y Susana Montaner, y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Tabaré Viera, Ope Pasquet, Adrián Peña, Germán Cardoso y Luis Eduardo Pintado Sabini. (Texto del artículo sustitutivo:) ” Artículo 734.- Sustitúyese el artículo 2 de la Ley N° 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley N° 17.451, de 10 de enero de 2002 y el artículo 218 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: ‘Artículo 2.- El Fondo de Solidaridad será organizado y administrado por una Comisión Honoraria integrada por siete miembros: un representante del Ministerio de Educación y Cultura, que lo presidirá y cuyo voto decidirá en caso de empate, un representante de la Universidad de la República, un representante del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, un representante de la Universidad Tecnológica, un representante de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, uno por la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, y uno por la Agrupación Universitaria del Uruguay. Son atribuciones del Consejo Directivo: A) Establecer las directivas generales para otorgar las becas, y los requisitos que deben cumplir los postulantes para ser beneficiarios de las mismas. En los casos de sistemas de becas cuya gestión sea confiada al Fondo por norma especial o convenio, las directivas generales estarán dadas por los Órganos, Comisiones o Consejos que administren las respectivas becas o, en su caso, por el Fondo de Solidaridad, en función de lo previsto en los respectivos convenios. B) Establecer la forma de acreditar la generación de ingresos inferiores al mínimo no imponible y el cumplimiento de los requisitos exigidos para

acceder a la calidad de becarios, sin perjuicio de lo dispuesto en normas especiales o en los convenios suscritos para la gestión de sistemas de becas. C) Designar y destituir al personal del Fondo de Solidaridad. D) Aprobar el Balance y la Memoria Anual del organismo. E) Aprobar el Presupuesto de Funcionamiento y el Plan de Inversiones del organismo. F) Dictar el Reglamento Interno del Consejo Directivo. G) Dictar el Reglamento Interno de sus empleados. H) Delegar sus atribuciones cuando lo entienda pertinente, con excepción de las establecidas en este artículo'”. ——En discusión. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: quiero explicar rápidamente el sustitutivo que ha presentado el Partido Colorado. En este artículo planteamos mantener la integración actual de la Comisión Honoraria. O sea, incluimos a un representante de la Agrupación Universitaria del Uruguay, a un representante de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y a un delegado de la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, puesto que en el articulado que viene de comisión fueron excluidos. Los pusieron en un consejo consultivo; por lo tanto, solo si se les pide opinión podrán darla. Por eso proponemos volver a la integración de la Comisión Honoraria que hoy está vigente. Por otro lado, creemos que no se justifica la incorporación de los representantes del Ministerio de Economía y Finanzas y del Mides, ya que no tienen nada que ver en la administración del Fondo de Solidaridad. Básicamente, por esas razones presentamos este artículo sustitutivo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 734 tal como viene de comisión. (Se vota) ——Cuarenta AFIRMATIVA. y nueve en noventa y tres:

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Se pasa a considerar el artículo 735. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja N° 84, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela y Susana Montaner, y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Tabaré Viera, Ope Pasquet, Adrián Peña, Germán Cardoso y Luis Eduardo Pintado Sabini. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 735.- Sustitúyese el artículo 3º de Ley N° 16.524, de 25 de julio de 1994, en redacción dada por el artículo 1º de Ley N° 17.451, de 10 de enero de 2002, por siguiente: la la la el

años, aportarán anualmente una contribución equivalente a un salario mínimo nacional. c) Los egresados cuyas carreras tengan una duración igual o superior a cinco años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 5/3 (cinco tercios) de un salario mínimo nacional. La reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo establecerá los requisitos necesarios que deberán cumplir quienes perciban ingresos inferiores a los establecidos en el inciso primero de este artículo, para justificar los mismos, así como la información que deberán suministrar los organismos públicos para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto. Los contribuyentes pagarán la contribución directamente ante el Fondo de Solidaridad en las formas que éste indique, excepto los afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios que se encuentren con declaración de ejercicio, quienes realizarán su aporte ante dicho organismo previsional. La contribución podrá ser pagada anualmente o en cuotas, en las condiciones que establezca la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo, el que queda facultado para establecer pagos anticipados en el ejercicio. El Fondo de Solidaridad expedirá a solicitud de los contribuyentes no afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y Caja Notarial de Seguridad Social, certificados que acrediten estar al día con la contribución especial, con vigencia hasta el 31 de marzo siguiente. En el caso de los contribuyentes afiliados a dichas Cajas, éstas a pedido de sus respectivos afiliados expedirán las constancias que acrediten estar al día con la contribución especial, con vigencia hasta el 31 de marzo siguiente. Las entidades públicas o privadas deberán exigir anualmente a los sujetos pasivos de ésta contribución especial, la presentación de la constancia referida en el inciso anterior. De no mediar tal presentación, las entidades mencionadas quedan inhabilitadas para pagar

‘Artículo 3º.- El Fondo se integrará mediante una contribución especial (artículo 13 del Código Tributario) efectuada por los egresados de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico Profesional y de la Universidad Tecnológica del Uruguay, cuyos ingresos mensuales, fruto de la actividad profesional que desarrollan, sean superiores a 4 (cuatro) salario mínimos nacionales. Dicha contribución especial deberá ser pagada a partir de cumplido el quinto año del egreso, hasta que se verifique alguna de las siguientes condiciones: a) Completar veinticinco años de aporte al Fondo de Solidaridad. b) Se efectivice el cese en la actividad laboral por jubilación. c) Que el contribuyente presente una enfermedad física o psíquica irreversible que lo inhabilite a desempeñar cualquier tipo de actividad remunerada. El monto de la contribución se determinará atendiendo a la duración de la carrera del egresado, apreciada a la fecha de promulgación de la presente ley y a la cantidad de años transcurridos desde el egreso, de tal forma que: a) Los egresados cuyas carreras tengan una duración inferior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equivalente a medio salario mínimo nacional. b) Los egresados cuyas carreras tengan una duración de cuatro años y menos de cinco

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facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones de especie alguna, a los sujetos pasivos titulares del derecho. La inobservancia de lo preceptuado será considerada falta grave en el caso del funcionario público que ordene y/o efectúe el pago. Asimismo, la entidad que incumpla con lo previsto será solidariamente responsable por lo adeudado. El Banco de Previsión Social y las demás entidades previsionales no podrán dar curso a ninguna solicitud de jubilación o retiro sin exigir la presentación de la constancia de estar al día con la contribución'”. ——En discusión. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 735 tal como viene de comisión. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión los artículos 736, 737 y 738. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el bloque. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 739. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y tres en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 745. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa y dos en noventa y cuatro: AFIRMATIVA. En discusión el artículo 730, que por error de la Mesa no fue votado anteriormente. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y cinco: AFIRMATIVA.

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: este sustitutivo tiene que ver con la carga tributaria que se impone para el Fondo de Solidaridad. No estamos de acuerdo con el nuevo régimen que se proyecta, que ha venido en el articulado de la comisión, por el cual se extiende la aportación hasta los setenta años o hasta el cese de la actividad o la jubilación de la persona. Creemos que el sistema vigente es correcto, en el que se aporta por veinticinco años. En ese marco, apoyamos esa contribución. Por otro lado, consideramos que deben hacerse algunas otras modificaciones al Fondo de Solidaridad, que no fueron establecidas en el proyecto del Poder Ejecutivo. Sin duda, en el futuro se va a tener que revisar toda la temática, analizando quiénes son los sujetos pasibles del Fondo de Solidaridad. Actualmente son aquellos que tienen ingresos por encima de determinado monto, pero en vez de establecerse que esos ingresos deberían devenir de la actividad profesional, lisa y llanamente se habla de ingresos. Nosotros consideramos que el Fondo de Solidaridad debería ser pagado por aquellos que realmente realizan una actividad profesional. Esa es la modificación que propone el Partido Colorado con el, artículo sustitutivo que ha presentado.

100.- Licencias Integración de la Cámara
Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo. (Se lee:) “La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la siguiente resolución: Licencia por motivos personales, inciso tercero del artículo 1° de la Ley N° 17.827: Del señor Representante Gerardo Amarilla, por el día 15 de octubre de 2015, convocándose a la suplente siguiente, señora Laura Tassano”. ——En discusión.

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Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Ochenta y AFIRMATIVA. nueve en noventa y cuatro:

“Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Adán Pimentel”.

Queda convocada la suplente correspondiente, y se la invita a pasar a sala. (ANTECEDENTES:) “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a efectos de solicitar licencia por motivos personales por el día 15 de octubre de 2015. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, GERARDO AMARILLA Representante por Rivera”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Miguel González”. “Montevideo, 15 de octubre de 2015. Señor Presidente de la Cámara de Representantes Alejandro Sánchez Presente De mi mayor consideración: Habiendo sido convocado por el Cuerpo que usted preside, por esta única vez no me es posible concurrir. Sin otro particular, saluda a usted atentamente, Virginia Fros”.

“Comisión de Asuntos Internos VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales, del señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla. CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 15 de octubre de 2015. II) Que por esta única vez no aceptan la convocatoria de que han sido objeto los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República y en el inciso tercero del artículo 1º de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004. La Cámara de Representantes R E S U E L V E: 1) Concédese licencia por motivos personales al señor Representante por el departamento de Rivera, Gerardo Amarilla, por el día 15 de octubre de 2015. 2) Acéptanse las denegatorias presentadas, por esta única vez, por los suplentes siguientes señores Miguel Ángel González, Virginia Fros Álvarez y Adán Pimentel. 3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el día indicado a la suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15, del Lema Partido Nacional, señora Laura Tassano. Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015. GERARDO AMARILLA, ORQUÍDEA MINETTI, VALENTINA RAPELA”.

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101.- Presupuesto Nacional – Período 2015 – 2019. (Aprobación)
——Continuando con el asunto motivo de la convocatoria, se pasa a considerar el artículo 16, que oportunamente fue desglosado. Hay un sustitutivo que figura en la Hoja N° 8, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela y Susana Montaner y los señores diputados Conrado Rodríguez, Tabaré Viera, Ope Pasquet, Adrián Peña, Germán Cardoso y Luis Eduardo Pintado Sabini. Los señores legisladores recordarán que la Hoja Nº 8 refiere a un sustitutivo al artículo 15, pero en realidad se trata del artículo 16. (Texto del artículo sustitutivo:) “Artículo 15.- Las contrataciones que realice Presidencia de la República a los efectos de adquirir o enajenar insumos y productos vinculados al funcionamiento de las Unidades Productivas y de Bosques y Parques del Establecimiento Presidencial de Anchorena podrán realizarse directamente o por el procedimiento que el ordenador determine por razones de buena administración. El Poder Ejecutivo incorporará la presente disposición en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado. El Estado, dentro del plazo de dos años a partir de la vigencia de esta ley, deberá convenir con la Universidad de la República (Udelar) o con la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), o con ambas, la instalación de centros de investigación o de enseñanza de actividades agropecuarias y otras vinculadas, en las áreas restantes del Establecimiento Presidencial de Anchorena, que no deban ser destinadas a parques. Los gastos de instalación y funcionamiento de los centros a instalarse, serán de cargo de los respectivos entes. El producido económico, si lo hubiere, se destinará, por su orden, al mantenimiento y funcionamiento de los Bosques y Parques del Establecimiento Presidencial de Anchorena, al funcionamiento de los centros a instalarse, y a la alimentación de los alumnos de las escuelas

públicas, preferentemente Departamento de Colonia”. ——En discusión.

rurales,

del

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 16 tal como viene de comisión. (Se vota) ——Cincuenta en noventa y cinco: AFIRMATIVA. SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR UMPIÉRREZ (Alejo).- Señor presidente: votamos en contra, como también lo hizo el resto de la bancada del Partido Nacional, porque entendemos que no se debería dejar la estancia de Anchorena fuera del régimen del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado. Esto permitiría que se realizaran contrataciones directas, pero de la Auditoría Interna de la Nación surgió una falta de contralor interno brutal. Tanto es así que el 35 % del rodeo no tenía trazabilidad, se vendieron animales a menos precio que el del mercado, no se conocían los valores de las cosechas, cuántos quilos se cosechaban, cuántas se vendían ni a qué monto. Todos estos antecedentes deberían impulsar hacia el lado contrario, o sea, a controlar el funcionamiento de la estancia de Anchorena, que realmente es un desquicio. Nada más, señor presidente. SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- Señor presidente: simplemente, deseo informar a la Cámara que realizamos consultas con la Secretaría de la Presidencia y se enviará al Senado un texto alternativo, incluyendo lo que se acaba de solicitar, es decir que sea el Tocaf el que tenga la prevalencia sobre cualquier operación que se realice en la estancia Anchorena. SEÑOR PENADÉS (Gustavo).- ¡Muy bien! SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto.

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: simplemente, quiero decir que la presentación del sustitutivo no significa que avalemos la primera parte del articulado, porque no avalamos que se puedan establecer excepciones al Tocaf. No obstante, ante la realidad que vive la estancia Anchorena, en la que hay explotación agropecuaria, y en aras de contribuir con el Cuerpo, establecimos ese sustitutivo considerando la mejor manera para que el legado de Anchorena no sufriera deterioro, que podría involucrar al Estado en un juicio complicado. Por eso presentamos el sustitutivo que tiene que ver con la conservación del legado de Anchorena. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja Nº 15, presentado por los señores diputados Nicolás Olivera, Mario Ayala Barrios, Jorge Gandini, Benjamín Irazábal y Gustavo Penadés. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- La Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, deberá proporcionar los datos e informes que soliciten los legisladores para llenar sus cometidos, que se tramitarán por escrito por intermedio del Presidente de la Cámara Respectiva”. ——En discusión. La Mesa ruega a los señores diputados que ocupen sus bancas para poder votar. Todavía restan algunas votaciones, estamos todos muy cansados, llevamos casi veintitrés horas en esta sesión, y un acumulado de setenta y tres horas de trabajo. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Treinta y cinco en noventa y cuatro: NEGATIVA. Hemos terminado oportunamente realizados. con los desgloses

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Señor presidente: quiero fundar el voto porque se trata de un aditivo presentado por el Partido Nacional, por el que se proponía tener control parlamentario de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Será una actividad que ahora se va a desplegar bajo la égida de Presidencia de la República y, por decisión de los legisladores de la mayoría, no tendrá control parlamentario, como tantas otras cosas en las que no se quiere que haya control parlamentario. Creo que ya no es una sospecha sino una confirmación de que se quiere eludir, bajo todas las estratagemas habidas y por haber, el control de este Parlamento. Gracias, señor presidente. SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR MUJICA (Gonzalo).- Señor presidente: no se puede decir cualquier cosa en una sala del Parlamento. La Secretaría Nacional Antilavado se relaciona permanentemente con una comisión especial de la Cámara de diputados. Tenemos todas las posibilidades de control que nos da eso, además, una excelente relación con esa Secretaría y la vamos a mantener. ¿Cómo se puede afirmar que no votar este artículo aditivo significa no tener voluntad de controlar? ¿Cuándo no hemos podido controlar? Hay legisladores del Partido Nacional que estuvieron desde el comienzo en esa comisión. ¿Cuándo tuvieron problemas para preguntar, controlar algo o para trabajar juntos con la Secretaría Nacional Antilavado? Hemos votado lo que hemos votado, porque ya hay controles parlamentarios, porque hay comisiones especiales que están integradas por la oposición y porque la relación entre la Secretaría Nacional Antilavado y la Comisión Especial del Parlamento es excelente, inclusive, hemos hecho trabajos juntos. Por lo tanto, no era necesario este artículo aditivo y esta es la razón por la cual no lo votamos, y no para sustraer una actividad del control parlamentario. Gracias, señor presidente. SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Pido la palabra.

SEÑOR OLIVERA (Nicolás).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

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SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado.

Sánchez).-

SEÑOR RUBIO (Eduardo).- Señor presidente: el fundamento de voto contrario ya lo hice en mi intervención cuando se planteó la creación de una secretaría que incluía la lucha contra el terrorismo. Por inexperiencia y cansancio olvidé argumentar en contra del artículo 714, que ya se votó y que yo no acompañé. Me gustaría hacerlo ahora, si puedo. (Diálogos) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Señores legisladores: estamos todos cansados, venimos trabajando bien y estamos por aprobar el proyecto de ley de presupuesto. La Mesa solicita tranquilidad. Lo que me está solicitando el diputado Rubio en esta oportunidad no se puede hacer. Si quisiera referirse a ese artículo, debería pedir la reconsideración, y volver a votar el artículo; en ese caso, podría ejercer su derecho a fundar el voto. SEÑOR POSADA (Iván).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

parece que se quiere cerrar con ella, y no es correcta. Nuevamente se pretende hacer ver falsamente que debilitamos los organismos de contralor. En ese sentido, quiero sumarme a las palabras del señor diputado Mujica. No quería dejar pasar lo que ha sido un fundamento reiterado de quien propuso este artículo aditivo. Quizás quien lo ha hecho, lo sospecha. Gracias, señor presidente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar los artículos aditivos que figuran desde la Hoja Nº 85 hasta la Hoja Nº 95 inclusive, que corresponden al Inciso 17, “Tribunal de Cuentas”. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra el señor diputado. Sánchez).-

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: hay algunos aditivos que figuran en cinco hojas que corresponden a artículos que contenían el mensaje del organismo, o sea, del Tribunal de Cuentas, que no fueron contemplados por el Poder Ejecutivo, que no se votaron en comisión y a los que hemos querido dar estado parlamentario. Hay dos hojas que coinciden, es decir, que también se les da estado parlamentario por legisladores del Partido Colorado. Las Hojas Nº 86 y Nº 87 coinciden, y las Hojas Nº 89 y Nº 95 también, por lo que deberíamos considerarlas juntas porque son iguales. No son iguales por casualidad sino porque repiten los mensajes del Tribunal de Cuentas. Quizás la más importante sea la Hoja Nº 89, que coincide con la Hoja Nº 95, pues establece un incremento en una tasa que cobra el Tribunal de Cuentas. El artículo dice: “Increméntase en un 0,3 ‰ (cero tres por mil diez mil) la tasa a que refiere el inciso primero del artículo 468 de la Ley Nº 17.296 y modificativas, la que quedará situada en 1,8 ‰ (uno con ocho por diez mil)”. Hoy esa tasa está fijada en 1,5 ‰ y se propone incrementar un 0,3 ‰. El producido de esta tasa tiene como destino el 70 % para retribuciones personales, a los funcionarios, por un sistema que el organismo ya tiene fijado y, un 30 % para gastos de funcionamiento. Este organismo cuando estuvo en comisión nos dijo cuáles eran sus necesidades urgentes en esa materia.

SEÑOR POSADA (Iván).- Señor presidente: quiero hacer un breve comentario acerca de este tema. Creo que el diputado Eduardo Rubio puede dejar una constancia referida a ese artículo. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Lo que sucede es que hay legisladores que están fundando su voto sobre el artículo que acabamos de considerar. Queremos concluir con las votaciones. Además, quedan aditivos a dos Incisos del presupuesto nacional, y supongo que luego las bancadas querrán hacer alguna referencia con respecto al proyecto de ley y, en ese marco, se podrá dejar alguna constancia general. SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Tiene la palabra la señora diputada. Sánchez).-

SEÑORA BOTTINO (Cecilia).- Señor presidente: no acompañé este aditivo porque se pretendía instalar nuevamente una idea que ha sido una constante a lo largo de este proyecto de ley de presupuesto, y

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Los otros dos artículos aditivos se podrían votar en bloque en tanto también recogen dos aspiraciones del Tribunal de Cuentas: una de ellas es que se presupueste a sus funcionarios contratados sin que ello implique ningún costo de caja. La otra, que figura en la Hoja N° 94, está referida a recursos para inversiones que se detallan. Recordemos que el Tribunal está mudando su sede a un nuevo edificio que autorizamos comprar con recursos propios hace algunos años. La mayoría de estos recursos tiene como financiación del proyecto de inversión, recursos de afectación especial. Estos son los dos artículos que proponemos que se voten juntos, y separado el que establece la tasa del 1,8 por diez mil. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Correspondería considerar los artículos contenidos en la Hoja N° 86 y en la Hoja N° 87 junto con los contenidos en la Hoja N° 89 y en la Hoja N° 95. En realidad, hay duplicación de hojas. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Propongo que se voten separadamente. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 85, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela, Cecilia Eguiluz, Susana Montaner y Dianne Martínez, y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Germán Cardoso, Adrián Peña, Walter Verri, Tabaré Viera y Guillermo Facello. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Modifícase el numeral 1 del artículo 487 de la Ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987 (numeral 1 del artículo 46 del TOCAF), el que quedará redactado de la siguiente manera: ‘Ser funcionario de la Administración contratante o mantener un vínculo laboral de cualquier naturaleza con la misma, no siendo admisibles las ofertas presentadas por éste a título personal, o por personas físicas o jurídicas que la persona integre o con las que esté vinculadas por razones de representación, dirección, asesoramiento o dependencia. No obstante, en este último caso de dependencia podrá darse curso a las ofertas presentadas cuando no exista conflicto de intereses y la persona no tenga participación en el proceso de

adquisición. De las circunstancias mencionadas, deberá dejarse constancia expresa en el expediente'”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 86, presentado por los señores Gustavo Penadés, Mario Ayala Barrios, Jorge Gandini, Sebastián Andújar y Benjamín Irazábal, que de salir negativa la votación también elimina la Hoja N° 87 porque es la misma. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- El Tribunal de Cuentas podrá presupuestar a los funcionarios contratados en régimen de función pública del Organismo sin generar costo presupuestal ni de caja. El Tribunal establecerá los requisitos y condiciones para su presupuestación”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta y uno en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 88, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela, Dianne Martínez, Cecilia Eguiluz y Susana Montaner, y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Walter Verri, Tabaré Viera, Adrián Peña, Germán Cardoso y Guillermo Facello. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Modifícase el literal I) del numeral 3 del artículo 482 de la Ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987 (numeral 9 del literal C) del artículo 33 del TOCAF), el que quedará redactado de la siguiente manera: ‘I) Cuando medien probadas razones de urgencia no previsibles o no sea posible la licitación o remate público o su realización resienta seriamente el servicio. Para la configuración de la presente causal se requiere que se acredite que la imposibilidad de

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realizar un procedimiento competitivo, deriva de circunstancias objetivas no imputables a la Administración'”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 89, presentado por las señoras diputadas Cecilia Eguiluz, Valentina Rapela, Dianne Martínez y Susana Montaner, y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Adrián Peña, Walter Verri, Tabaré Viera, Germán Cardoso y Guillermo Facello y, que es igual a la Hoja N° 95. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Increméntase en un 0,3 o/000 (cero tres por diez mil) la tasa a que refiere el inciso primero del artículo 468 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y sus modificativas, la que quedará fijada en un 1,8 o/000 (uno con ocho por diez mil)”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 90, presentado por las señoras diputadas Cecilia Eguiluz, Dianne Martínez, Susana Montaner y Valentina Rapela, y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Adrián Peña, Walter Verri, Tabaré Viera, Guillermo Facello y Germán Cardoso. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- (Compromiso con la Gestión).Auméntase en el Inciso 17 “Tribunal de Cuentas”, la partida asignada en el artículo 652 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. A tales efectos, asignase una partida anual incremental a partir del año 2016 y hasta el año 2019 de $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas sociales”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota) ——Cuarenta y uno en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 91, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela, Cecilia Eguiluz, Susana Montaner y Dianne Martínez, y por los señores diputados Walter Verri, Conrado Rodríguez, Adrián Peña, Tabaré Viera, Germán Cardoso y Guillermo Facello. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Modifícase el literal C) del numeral 3 del artículo 482 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987 (numeral 3 del literal C) del artículo 33 del TOCAF), el que quedará redactado de la siguiente manera: ‘C) Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusiva de quienes tengan privilegio para ello, o que solo sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por elementos similares. Las marcas de fábrica de los distintos productos y servicios, no constituyen por si mismas causal de exclusividad, salvo que por razones técnicas se demuestre que no hay sustitutos convenientes. En cada caso deberán acreditarse en forma fehaciente los extremos que habilitan la causal, adjuntando el informe técnico respectivo'”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 92, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela, Cecilia Eguiluz, Susana Montaner y Dianne Martínez, y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Adrián Peña, Walter Verri, Guillermo Facello, Tabaré Viera y Germán Cardoso. (Texto del artículo aditivo:) “Habilítase en el Inciso 17 ‘Tribunal de Cuentas’, Grupo 0 ‘Servicios Personales’, Financiación 1.1 ‘Rentas Generales’, una partida

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de $ 19.370.265 (pesos diecinueve millones trescientos setenta mil doscientos sesenta y cinco) incluido Aguinaldo y Cargas Sociales, a efectos de su distribución entre los funcionarios del referido Inciso de acuerdo a los criterios establecidos en la reglamentación que determine el Organismo. Esta partida se deberá financiar con cargo al crédito ya existente correspondiente a la supresión de vacantes por un monto equivalente”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 93, presentado por las señoras diputadas Valentina Rapela, Cecilia Eguiluz, Susana Montaner y Dianne Martínez, y por los señores diputados Conrado Rodríguez, Adrián Peña, Walter Verri, Guillermo Facello, Tabaré Viera y Germán Cardoso. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo .- Sustituyese el penúltimo inciso del artículo 489 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 29 de la Ley 18.834, de 4 de noviembre de 2011 (artículo 48 del TOCAF), por el siguiente:

‘En ningún caso el pliego particular podrá requerir a los oferentes la documentación que estos debieron acreditar para su inscripción ante el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) de acuerdo a la reglamentación vigente, sin perjuicio de exigir la declaración prevista en el artículo 76 in fine'”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y dos: NEGATIVA. Se pasa a considerar el artículo aditivo que figura en la Hoja N° 94, presentado por Gustavo Penadés, Benjamín Irazábal, Jorge Gandini, Sebastián Andújar y Mario Ayala Barrios. (Texto del artículo aditivo:) “Artículo (Inversiones): Increméntase al inciso 17: Tribunal de Cuentas, Unidad Ejecutora 001, Programa 263: “Control Económico Financiero de Legalidad y Gestión de Organismos que administran o reciben fondos públicos”, en la Financiación 1.1: Rentas Generales y Financiación 1.2: Recursos de afectación Especial, los créditos en moneda nacional, para los proyectos de inversión que se detallan:

Proyecto de Inversión 971Equipamiento y

Financiación 1.1

2016 $ 8:500.000

2017 $ 7:500.000

2018 $ 1:500.000

2019 $ 1:500.000

Mobiliario de Oficina 972- Informática 973-Inmuebles 973- Inmuebles 974- Vehículos 1.2 1.2 1.1 1.1 8:000.000 12:000.000 0 0 28:500.000 7:500.000 0 900.000 3:000.000 18:900.000 7:500.000 0 900.000 0 9:900.000 7:500.000 0 900.000 0 9:900.000

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——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se va a votar. (Se vota) ——Cuarenta en noventa y dos: NEGATIVA. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR RODRÍGUEZ (Conrado).Señor presidente: quiero dejar constancia de que el Partido Colorado ha votado afirmativamente todos estos artículos aditivos. Como dijo el señor diputado Gandini, se trata de normas que envió el Tribunal de Cuentas y la forma de incorporarlas al presupuesto nacional era a través de la presentación de artículos aditivos. La gran mayoría de ellas no tenía costo presupuestal por lo que creo que realmente es un error no haber contemplado, por ejemplo, la solicitud de presupuestación de menos de sesenta funcionarios que hace cuatro o cinco años revistan en el Tribunal. En verdad, era el Tribunal de Cuentas el que solicitaba esa presupuestación. Se prefirió dar ingreso a muchísimos funcionarios, a una cantidad enorme de cargos políticos de particular confianza y de otra naturaleza, y no se permitió al Tribunal de Cuentas regularizar la situación de estos funcionarios que hace muchos años se desempeñan en el organismo. SEÑOR CARRASCO BRIOZZO (Andrés).- Pido la palabra para fundar el voto. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR CARRASCO BRIOZZO (Andrés).- Señor Presidente: dejo constancia de que los tres legisladores del Partido Independiente apoyaron estos aditivos del Tribunal de Cuentas. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Corresponde pasar a considerar las Hojas aditivas al Inciso 19, “Tribunal de lo Contencioso Administrativo”, que comprende la Hoja N° 96 a Hoja N° 99, inclusive.

SEÑOR GANDINI (Jorge).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra el señor diputado. SEÑOR GANDINI (Jorge).- Señor presidente: el Poder Ejecutivo no recogió ninguno de los artículos que propuso el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; se consideraron en la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda pero ninguno de ellos fue recogido con votos mayoritarios, por lo tanto, no integran el proyecto que llegó al plenario. De todas maneras, dimos estado parlamentario a cuatro de ellos que están recogidos en las Hojas N° 96 a N° 99, que reproducen exactamente los artículos 6º, 7º, 8º y 11 del mensaje del organismo. Uno de ellos tiene costo de $ 600.000 anuales -tiene que ver con la informatización-, el otro tiene que ver con transformaciones de cargos internos, en otro hay una presupuestación y en el último se propone la incorporación de cuatro funcionarios que están en comisión. Propongo votar estos artículos en bloque, visto el ánimo de la Cámara con respecto a apoyarlos y el ánimo con respecto a irse. Estamos todos animados, sobre todo nos anima mucho la gente que va llegando de la prensa; uno los vio con una ropa hace unas horas, ahora vienen con otra y nosotros seguimos acá. (Hilaridad) SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se pasa a considerar los artículos aditivos al Inciso 19, “Tribunal de lo Contencioso Administrativo”, que figuran en las Hojas N° 96, N° 97, N° 98 y N° 99, propuestos por los señores diputados Gustavo Penadés, Benjamín Irazábal, Jorge Gandini, Sebastián Andújar, Mario Ayala Barrios y que se propone votar en bloque. (Texto del artículo aditivo de la Hoja N° 96:) “Artículo .- Transfórmese un cargo de Actuario Adjunto Escalafón I, Grado 14, sin dedicación total, en un cargo de Actuario Adjunto con dedicación total”.

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(Texto del artículo aditivo de la Hoja N° 97:) “Artículo .- A partir del 1º de enero de 2016 en el sueldo base de la escala correspondiente a los escalafones I a IV del TCA, se incluyen los distintos conceptos de retribuciones correspondientes a: – Sueldo básico inicial – Compensación máxima al grado – 30 por ciento dispuesto por los artículos 415 de la Ley Nº 16320 de 1º de noviembre de 1992. – Aumento del 16 por ciento dispuesto por los artículos 463 y 543 de la Ley Nº 16736 de 12 de enero de 1996. – Aumento dispuesto por el artículo 420 de la Ley Nº 17930 de 23 de diciembre de 2005 (objeto de gasto 048022). A los efectos de la incorporación de estos conceptos al sueldo base se aplicará la fórmula de liquidación vigente a la fecha de aprobación de la presente ley, sin incrementar el crédito Presupuestal de servicios personales”. (Texto del artículo aditivo de la Hoja N° 98:) “Artículo .- Habilítese una partida anual de $ 600.000 (pesos uruguayos seiscientos mil) para el ejercicio 2016 y siguientes, para la renovación y mejoramiento del sistema informático del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

La Contaduría General habilitará los créditos correspondientes”.

de la Nación presupuestales

(Texto del artículo aditivo de la Hoja N° 99:) “Artículo .- Incorpórase al Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el último grado del Escalafón II-Administrativo (Operador Administrativo 1), a los funcionarios con cuatro años cumplidos prestando funciones en comisión en el mismo, cualquiera sea el Organismo y Escalafón de origen. La Contaduría General habilitará los créditos correspondientes”. ——En discusión. Si no se hace uso de la palabra, se van a votar. (Se vota) ——Cuarenta y dos en noventa y dos: NEGATIVA. Queda aprobado el proyecto de ley de presupuesto nacional para el período 2015-2019 y se comunicará al Senado. (Aplausos en la sala) SEÑOR VARELA NESTIER (Carlos).- ¡Que se comunique de inmediato! SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se va a votar. (Se vota) ——Noventa en noventa y dos: AFIRMATIVA. de la Nación presupuestales

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(Texto del proyecto aprobado:) “SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El Presupuesto Nacional para el actual período de Gobierno se regirá por las disposiciones contenidas en la presente ley y los siguientes anexos, que forman parte integrante de esta: Tomo I “Resúmenes”, Tomo II “Planificación y Evaluación”, Tomo III “Gastos Corrientes e Inversiones”, Tomo IV “Recursos”, Tomo V “Estructura de Cargos y Contratos de Función Pública”. Artículo 2º.- Los créditos establecidos para gastos corrientes, inversiones, subsidios y subvenciones están cuantificados a valores de 1º de enero de 2015, y se ajustarán en la forma dispuesta por los artículos 68, 69, 70 y 82 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y sus modificativas. La estructura de los cargos y contratos de función pública se consideran al 30 de junio de 2015 y a valores de 1º de enero de 2015. La asignación de los cargos y funciones contratadas a determinados programas, se realiza al solo efecto de la determinación del costo de los mismos, pudiendo reasignarse entre ellos durante la ejecución presupuestal, siempre que no implique cambios en la estructura de cargos de las unidades ejecutoras. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a efectuar modificaciones que surjan de disposiciones anteriores a la fecha de promulgación de la presente ley, así como las que resulten pertinentes por su incidencia en esta. Artículo 3º.- La presente ley regirá a partir del 1º de enero de 2016, excepto en aquellas disposiciones para las cuales, en forma expresa, se establezca otra fecha de vigencia. Artículo 4º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las correcciones de los errores u omisiones numéricas o formales que se comprueben en el Presupuesto Nacional, requiriéndose el informe previo de la Contaduría General de la Nación en el caso de funcionamiento, o de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para inversiones. De las correcciones propuestas se dará cuenta a la Asamblea General quien podrá, en un plazo de quince días, expedirse al respecto. Transcurrido el plazo sin que hubiere expresión en contrario, el Poder Ejecutivo introducirá las correcciones por decreto aprobado en Consejo de Ministros. Si la Asamblea General se expidiera negativamente, las correcciones serán desechadas. En caso de que se comprobaren diferencias entre las planillas de cargos y contratos de función pública y de créditos presupuestales y las establecidas en los artículos aprobados en la presente ley, se aplicarán estos últimos. Artículo 5º.- Disminúyense los créditos presupuestales correspondientes al grupo 0 “Retribuciones Personales”, en los incisos y por los importes que se indican en cada caso: Inciso 02 – Presidencia de la República 05 – Ministerio de Economía y Finanzas 06 – Ministerio de Relaciones Exteriores 08 – Ministerio de Industria, Energía y Minería 10 – Ministerio de Transporte y Obras Públicas 12 – Ministerio de Salud Pública 13 – Ministerio de Trabajo y Seguridad Social 14 – Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente Total Importe 100.000.000 474.000.000 40.000.000 40.000.000 26.000.000 40.000.000 35.000.000 6.000.000 761.000.000

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El abatimiento dispuesto para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social refiere a los créditos vigentes una vez realizada la transferencia del Instituto Nacional de Alimentación al Ministerio de Desarrollo Social. Dentro de los ciento cincuenta días de vigencia de la presente ley, el Poder Ejecutivo a propuesta de cada Inciso y con el asesoramiento previo de la Oficina Nacional del Servicio Civil, determinará los objetos del gasto a abatir y las vacantes que deben suprimirse. Vencido el plazo establecido en lo precedente, facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a suprimir en primera instancia los créditos presupuestales que no componen la dotación de los cargos y en segunda instancia, las vacantes de los grados inferiores de cada unidad ejecutora con sus respectivos créditos hasta alcanzar el monto a abatir dispuesto en la presente ley. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General. SECCIÓN II FUNCIONARIOS Artículo 6º.- Declárase que los funcionarios que ocupen cargos pertenecientes al escalafón “CO” Conducción, grado 17 del Sistema Integrado de Retribuciones y Ocupaciones, podrán ejercer docencia en la Escuela Nacional de Administración Pública de la unidad ejecutora 008 “Oficina Nacional del Servicio Civil” del Inciso 02 “Presidencia de la República”, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 20 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008. Artículo 7º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a aprobar las reestructuras organizativas y de puestos de trabajo de las unidades ejecutoras de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, con el dictamen previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas, en el ámbito de sus competencias. El Poder Ejecutivo remitirá a consideración de la Asamblea General dichas reestructuras de puestos de trabajo, debiendo la misma expedirse dentro de un plazo de cuarenta y cinco días, vencido el cual, sin opinión en contrario, se entenderán aprobadas. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación. En ningún caso la reformulación de las reestructuras administrativas y de puestos de trabajo, así como la transformación, supresión, fusión o creación de unidades ejecutoras, podrán lesionar los derechos de los funcionarios o su carrera administrativa. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos presupuestales en función de los puestos de trabajo. Derógase el artículo 6º de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 8º.- La asistencia de los funcionarios en comisión deberá ser debidamente acreditada. Quien haya formulado la solicitud, bajo su responsabilidad, deberá comunicar al organismo de origen del funcionario, el grado de cumplimiento de dicho deber funcional en el trimestre anterior, para que pueda ser gestionado el pago de haberes correspondientes. El incumplimiento por parte de quien deberá brindar la información, sin perjuicio de su responsabilidad, no obstará al pago de haberes del funcionario en comisión. La presente disposición será reglamentada por el Poder Ejecutivo, a través de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Artículo 9º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a contratar bajo el régimen del artículo 90 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013 (régimen de provisoriato), con informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, a quienes a la fecha de vigencia de la presente ley se encuentren contratados mediante la modalidad de “contrato temporal de derecho público” en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional o que integren un orden de prelación vigente para ser contratados en esta última modalidad.

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Estas contrataciones estarán exceptuadas del procedimiento de reclutamiento y selección regulado por los artículos 93 y 94 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, y tendrán un plazo de seis meses, siendo de aplicación el procedimiento de evaluación previsto en la normativa vigente. Si la retribución que corresponde al cargo en el que se incorpora el contratado fuese menor a la del vínculo anterior, la diferencia resultante se mantendrá como compensación personal, la que se irá absorbiendo por futuros incrementos por cambios en la tabla de sueldos, ascensos, aumento de grado del funcionario, compensaciones y/o partidas de carácter permanente, cualquiera sea su financiación, que se otorguen en el futuro. A partir de la vigencia de la presente ley no será de aplicación en los Incisos 02 al 15 la modalidad contractual prevista en el artículo 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 12 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Los contratos temporales de derecho público que aún tengan plazo vigente finalizarán indefectiblemente al cumplirse el plazo estipulado en el respectivo contrato, sin posibilidad de prórroga. Los créditos presupuestales asignados para la contratación de personal en régimen de contrato temporal de derecho público que no fueran utilizados por aplicación del presente artículo, se reasignarán para financiar contratos de trabajo previstos en el artículo 92 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a crear las vacantes de ingreso necesarias utilizando los créditos asignados para la financiación de los contratos temporales de derecho público, así como para realizar las reasignaciones que correspondan a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 10.- En los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, los funcionarios que ocupen cargos presupuestados correspondientes al sistema escalafonario previsto en los artículos 27 y siguientes de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y sus modificativas, podrán solicitar la transformación de sus cargos, en cargos de otro escalafón del mismo sistema. Los cambios no podrán solicitarse hacia los escalafones J, K, L, M y N, ni desde los escalafones L (subescalafón Ejecutivo), M, N, R y S del sistema referido. Las transformaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos: A) Acreditar haber desempeñado satisfactoriamente, a juicio del jerarca de la unidad ejecutora, las tareas propias del escalafón al que se pretende acceder, durante por lo menos los doce meses anteriores a la solicitud. Probar fehacientemente haber obtenido los créditos educativos y demás requisitos exigidos por los artículos 29 y siguientes de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y modificativas, así como los dispuestos en este artículo, para acceder al escalafón que se solicita, desde el momento que hubiese comenzado a desempeñar las tareas propias del escalafón al que pretende acceder.

B)

Para ingresar a los escalafones A “Personal Profesional Universitario” y B “Personal Técnico Profesional”, los solicitantes deberán presentar los respectivos títulos, diploma o créditos habilitantes, expedidos, registrados o revalidados por las autoridades competentes. Para ingresar al escalafón C “Personal Administrativo”, los solicitantes deberán demostrar formación administrativa, a través de certificados de cursos de nivel medio, expedidos por los Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico-Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública, o por instituciones habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura. Para ingresar al escalafón D “Personal Especializado”, los solicitantes deberán certificar haber adquirido el conocimiento de las técnicas que les permitan desarrollar las funciones propias del escalafón al que accederían. Para ingresar al escalafón E “Personal de Oficios”, los solicitantes deberán acreditar fehacientemente conocimientos y destreza en la ejecución de las labores del oficio que desempeñarían. Para ingresar a los escalafones F “Personal de Servicios Auxiliares” y S “Personal Penitenciario”, deberán poseer destrezas y habilidades para desarrollar las tareas definidas para los respectivos escalafones.

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El jerarca del Inciso deberá avalar que la transformación del cargo solicitada es necesaria para la gestión de la unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo, previo informe de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, transformará los cargos respectivos asignándoles el último grado del escalafón, siempre y cuando tenga crédito presupuestal disponible. Dicha transformación se financiará, de ser necesario, con cargo a los créditos autorizados en la unidad ejecutora correspondiente, en el grupo 0 “Servicios Personales”. En ningún caso se podrá disminuir el nivel retributivo de los funcionarios. Efectuada la transformación, la diferencia que existiera entre la retribución del funcionario en el cargo anterior y la del cargo al que accede, será asignada como una compensación personal transitoria, que se irá absorbiendo en futuros incrementos por cambios en la tabla de sueldos, ascensos, aumento de grado del funcionario y compensaciones y/o partidas de carácter permanente, cualquiera sea su financiación, que se otorguen en el futuro. Dicha compensación personal llevará todos los aumentos que el Poder Ejecutivo disponga para los funcionarios de la Administración Central. Derógase el artículo 39 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8º de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Artículo 11.- El límite máximo retributivo previsto en el inciso segundo “in fine” del artículo 58 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, será del 90 % (noventa por ciento) de la remuneración del Director General de Secretaría establecida en el artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Simultáneamente con el proyecto de Presupuesto Nacional y con cada proyecto de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, la Oficina Nacional del Servicio Civil, remitirá un informe adjunto al mismo conteniendo información detallada sobre la aplicación de la facultad conferida a los Ministros de Estado por el artículo 58 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. La misma deberá contener el currículum vitae de los adscriptos contratados por cada Ministro, las tareas que se les encomienda desempeñar, la acreditación de idoneidad suficiente para las mismas, la retribución nominal por todo concepto y la resolución fundada del jerarca. SECCIÓN III ORDENAMIENTO FINANCIERO Artículo 12.- Los costos emergentes de los convenios que realicen los Incisos integrantes del Presupuesto Nacional, con agentes recaudadores, incluidos los emisores de medios de pago electrónico que cumplan las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014 (Ley de Inclusión Financiera), por la cobranza descentralizada de tasas, así como de precios por concepto de venta de bienes y servicios, serán de cargo del organismo recaudador y de Rentas Generales, en la misma proporción que la titularidad y disponibilidad de la recaudación. Artículo 13.- Extiéndense las disposiciones contenidas en el artículo 35 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, a todas las cuentas bancarias de cualquier tipo e inversiones financieras cuyos titulares sean organismos del Presupuesto Nacional y se radiquen en el sistema bancario estatal. Artículo 14.- Sustitúyese el literal D) del numeral 1) del artículo 72 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “D) Los objetos del grupo 5 “Transferencias” podrán ser reforzantes y reforzados, requiriéndose informe previo favorable del Ministerio de Economía y Finanzas”. Artículo 15.- Agrégase al numeral 1) del artículo 72 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el siguiente literal: “H) Los proyectos de funcionamiento podrán ser reforzantes y reforzados, requiriéndose informe previo y favorable del Ministerio de Economía y Finanzas”.

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SECCIÓN IV INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Artículo 16.- Agrégase al literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), el siguiente numeral: “33) Las adquisiciones y ventas que realice la Presidencia de la República, para las unidades productivas y de bosques y parques del establecimiento presidencial de Anchorena”. Artículo 17.- Créase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, programa 481 “Política de Gobierno”, la “Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático”, la que tendrá como cometido específico, además de los que se le asignen por norma objetiva de derecho, el de articular y coordinar con las instituciones y organizaciones públicas y privadas, la ejecución de las políticas públicas relativas a la materia de medio ambiente, agua y cambio climático. Artículo 18.- Créase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, programa 481 “Política de Gobierno”, la “Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología”. Dicha Secretaría tendrá como cometidos específicos: A) B) C) D) E) Proponer al Poder Ejecutivo objetivos, políticas y estrategias para la promoción de la investigación en todas las áreas de conocimiento. Diseñar planes para el desarrollo de la ciencia y la tecnología. Detectar necesidades y promover el desarrollo de capacidades en las áreas de incumbencia. Realizar el seguimiento y evaluación permanentes de las acciones ejecutadas, elaborando informes para su remisión al Consejo de Ministros. Los que se le asignen por norma objetiva de derecho.

Artículo 19.- Suprímense en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, los siguientes cargos: – Seis cargos de Coordinador Regional, creados por el artículo 83 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. – Un cargo de Director de Relaciones Públicas, creado por el artículo 78 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. – Un cargo de Secretario Particular del Presidente de la República, creado por el artículo 72 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Exclúyese el cargo de Escribano de Gobierno de la supresión establecida por el artículo 6º de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Transfórmase el cargo de Secretario General de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos creado por el artículo 112 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 91 de la Ley 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en un cargo de Secretario Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, que tendrá carácter de particular confianza. A partir de la fecha de promulgación de la presente ley, quedarán excluidos de la nómina del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 modificativas y concordantes, los siguientes cargos del Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, cuyas retribuciones se determinarán aplicando los porcentajes que se expresan sobre la retribución por todo concepto correspondiente al sueldo nominal de Senador de la República:

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A)

Director de División, Secretario General Ejecutivo de la Unidad Nacional de Seguridad Vial y Subdirector de la Secretaría de Prensa y Difusión de Presidencia: 45% (cuarenta y cinco por ciento), pudiendo adicionar a las mismas exclusivamente los beneficios sociales. Coordinador de los Servicios de Inteligencia del Estado, Director de la Unidad Nacional de Seguridad Vial, Director de la Secretaría de Prensa y Difusión de Presidencia, Escribano de Gobierno, Secretario de Derechos Humanos, Secretario General de la Secretaría Nacional de Drogas, Director de la Dirección Nacional de Emergencias, Director Ejecutivo de la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, Secretario Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo: 50% (cincuenta por ciento), pudiendo adicionar a las mismas exclusivamente los beneficios sociales.

B)

No regirá para estos cargos lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 5º de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994 y el artículo 17 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Los cargos taxativamente enumerados precedentemente son los únicos del Inciso 02 cuyas retribuciones se determinarán aplicando los porcentajes allí referidos al sueldo nominal de Senador de la República. Para el cálculo de toda otra retribución o dotación, cualquiera sea la norma que la establezca -general o especial-, cuyo monto se determine en relación a un porcentaje de las retribuciones de los cargos enumerados taxativamente en el inciso cuarto del presente artículo, se tomará como base el valor de los sueldos nominales de dichos cargos al 1º de enero de 2010, actualizado en la oportunidad y con los mismos porcentajes en que se actualizaron y actualicen en el futuro los sueldos de los funcionarios de la Administración Central. Queda comprendido en la hipótesis prevista en el inciso precedente el cálculo de las retribuciones de los demás cargos que permanecen incluidos en el artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 modificativas y concordantes, así como del complemento de remuneración previsto en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, fijándose la retribución del Subsecretario de Estado y la de los titulares de los cargos mencionados en los referidos artículos 8º y 9º de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, en la forma mencionada en dicho inciso. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos correspondientes a los efectos de atender las erogaciones resultantes del presente artículo. Artículo 20.- La compensación establecida en los artículos 80 y 82 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en el inciso cuarto del artículo 61 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, y en el artículo 53 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, será percibida por los funcionarios que pasen a prestar servicios en comisión desde el comienzo efectivo del desempeño en la oficina de destino. Artículo 21.- Reasígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, programa 481 “Política de Gobierno”, del objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir”, una partida anual de $ 2.779.372 (dos millones setecientos setenta y nueve mil trescientos setenta y dos pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, al objeto del gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantías”, más aguinaldo y cargas legales, a efectos de financiar la contratación de becarios y pasantes. Artículo 22.- Reasígnanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, programa 481 “Política de Gobierno”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las partidas que se detallan a continuación:

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Objeto del Gasto 042.510 “Compensación por funciones especiales” 092.000 “Partidas Globales a Distribuir” 095.002 “Fondo de contrataciones artículo 39 Ley Nº 17.556 y 18 Ley Nº 17.930” 095.005 “Fondo para financiar funciones transitorias conducción” 099.001 “Partida Proyectada” 042.517 “Compensación por tareas espec. mayor respons. y horario variable” 059.000 “Sueldo Anual Complementario” 081.000 “Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.” 082.000 “Otros aportes patronales sobre retribuciones a FNV” y de

Importe a Reasignar 13.200.000 10.000.000 6.221.196

Importe Reasignado

10.000.000 29.589.678

54.376.175 3.431.348 8.698.467

446.075 087.000 “Aporte Patronal a FONASA” 69.010.874 2.058.809 69.010.874

Artículo 23.- Disminúyese en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 481 “Política de Gobierno”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, el grupo 0 “Retribuciones Personales” en la suma de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos). El Poder Ejecutivo comunicará a la Contaduría General de la Nación dentro de los treinta días de vigencia de la presente ley, los conceptos retributivos e importes a disminuir, así como las eventuales vacantes a eliminar. Artículo 24.- Facúltase al Inciso 02 “Presidencia de la República”, a reasignar los créditos presupuestales de la unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, programa 481 “Política de Gobierno” y 486 “Cooperación Internacional”, del grupo 0 “Retribuciones Personales”, al grupo 2 “Servicios No Personales”, por hasta la suma de $ 16.000.000 (dieciséis millones de pesos uruguayos), en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”. El Poder Ejecutivo comunicará a la Contaduría General de la Nación los conceptos retributivos e importes a reasignar, así como las eventuales vacantes a eliminar. Artículo 25.- Reasígnanse las partidas establecidas por los artículos 107 y 108 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, así como los créditos habilitados en el presupuesto vigente, los recursos materiales, tecnológicos y humanos -cualquiera sea su vínculo contractual- asignados a la “Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional”, programa 486 “Cooperación Internacional” de la unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, a la unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes” del Inciso 02 “Presidencia de la República”.

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El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, facultándose a la Contaduría General de la Nación para efectuar las reasignaciones de créditos presupuestales que correspondan a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. Artículo 26.- Los organismos comprendidos en el artículo 451 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 15 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011 (artículo 2º del TOCAF), elaborarán planes anuales de contratación de bienes y servicios con el asesoramiento de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado. Artículo 27.- En los procedimientos y bases de contratación cuya reglamentación requiera dictamen previo del Tribunal de Cuentas, este deberá expedirse en un plazo máximo de noventa días corridos contados a partir del ingreso de la solicitud en las oficinas del Tribunal. Vencido dicho plazo sin resolución expresa, se continuará con el procedimiento de presentación al Poder Ejecutivo, entendiéndose la falta de pronunciamiento del Tribunal como aprobación tácita del mismo. Artículo 28.- Sustitúyese el inciso sexto del artículo 489 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 29 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “El pliego particular no podrá imponer al oferente ningún requisito que no esté directamente vinculado a la consideración del objeto de la contratación y a la evaluación de la oferta, reservándose solo al oferente que resulte adjudicatario, la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que pudieran corresponder. No obstante se podrán incluir los requisitos sustanciales necesarios para determinar la admisibilidad de la propuesta, tales como la acreditación de la personería jurídica y representación”. Artículo 29.- Agrégase al artículo 518 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 45 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011 (artículo 75 del TOCAF), como inciso segundo, el siguiente: “Lo dispuesto en el inciso precedente no inhibe a la Administración contratante de establecer en los pliegos la no aceptación de cesiones de contrato”. Artículo 30.- Sustitúyense los literales C), D) y E) del artículo 22 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por los siguientes: “C) Haya acuerdo con proveedores respecto de las condiciones y especificaciones de cada objeto de compra por un período de tiempo definido. D) E) Se publiquen electrónicamente los bienes y servicios comprendidos en los convenios marco en la tienda virtual publicada en el sitio web de compras y contrataciones estatales. Los organismos públicos tengan la posibilidad de comprar en forma directa, los bienes y servicios comprendidos en la tienda virtual, previa intervención del gasto”.

Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 31.- Sustitúyese el artículo 523 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 46 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 523.- La Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE) será responsable del funcionamiento del Registro Único de Proveedores del Estado. Sin perjuicio de ello los demás organismos podrán llevar sus propios registros. Los interesados en contratar con el Estado deberán inscribirse en dicho Registro Único y las administraciones públicas estatales no podrán contratar con proveedores no inscriptos, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación. El Registro Único incorporará la información sobre sanciones a proveedores que resuelvan las administraciones públicas estatales una vez que se encuentren firmes, las que se considerarán como antecedentes de los mismos para futuras contrataciones que se realicen.

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Los hechos que se consideren relevantes referidos al desarrollo de contratos serán comunicados al Registro Único por parte de los funcionarios autorizados al efecto, sin agregar ninguna valoración subjetiva, de acuerdo con lo que determine la reglamentación. Cada proveedor tendrá derecho a conocer la información que el Registro tenga sobre el mismo, ya sea en forma directa o en forma electrónica en tiempo real, sin más trámite que su identificación. En el caso de la suspensión o eliminación resuelta por una administración pública estatal, la ACCE podrá hacerla extensiva para todos los organismos contratantes, previa vista a los proveedores involucrados. Todos los organismos públicos deberán verificar en el Registro Único la inscripción e información de los oferentes en sus procesos de contratación, en la forma que establezca la reglamentación. Los oferentes inscriptos en el Registro Único tendrán derecho a no presentar certificados o comprobantes de su inscripción en el mismo, ni de la información que sobre ellos conste, válida y vigente, en el Registro Único y que fuera presentada por los proveedores o incorporada al mismo a través de transferencia electrónica con otros registros públicos. La certificación de cumplimiento de las obligaciones legales vigentes de oferentes o adjudicatarios se obtendrá en este Registro mediante el intercambio de información por medios electrónicos y será válida ante todos los organismos públicos”. Artículo 32.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 31 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011 (artículo 50 del TOCAF), por el siguiente: “ARTÍCULO 31.- Es obligatoria la publicación en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, por parte de las administraciones públicas estatales de la convocatoria a procedimientos competitivos correspondiente a contrataciones de obras, bienes y servicios incluyendo la publicación del pliego de condiciones particulares, así como sus posteriores modificaciones o aclaraciones; y tendrá el alcance establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 15.869, de 22 de junio de 1987”. Artículo 33.- Suprímese el numeral 4) del artículo 493 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 34 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Artículo 34.- Los documentos provenientes del extranjero que deban ser incorporados al Registro Único de Proveedores del Estado, creado por el artículo 523 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 46 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, podrán estar traducidos en el extranjero, siempre que se encuentren debidamente legalizados o apostillados. Artículo 35.- Agrégase al artículo 1º de la Ley Nº 18.113, de 18 de abril de 2007, el siguiente inciso: “La UNASEV tiene por finalidad desarrollar la seguridad vial en todo el país impulsando conductas de convivencia armónica de todos los usuarios de la vía pública, a los efectos de proteger la vida y la integridad psicofísica de las personas y contribuir a la preservación del orden y la seguridad vial en las vías públicas de todo el país”. Artículo 36.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 18.113, de 18 de abril de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º. (Comisión Directiva).- La Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV) estará dirigida por una Comisión Directiva integrada por tres miembros designados por el Presidente de la República actuando con el Ministro de Transporte y Obras Públicas, entre personas que por sus antecedentes personales y profesionales, y conocimientos en la materia, aseguren independencia de criterios, eficiencia, eficacia, objetividad e imparcialidad en sus funciones. Sus miembros durarán cinco años en ejercicio de sus funciones, pudiendo ser designados únicamente por un nuevo período consecutivo. El Presidente de la Comisión Directiva tendrá la representación del órgano, el que será designado en forma expresa por el Poder Ejecutivo. Créase la Junta Nacional de Seguridad Vial integrada por los Subsecretarios de los Ministerios de Transporte y Obras Públicas, del Interior, de Salud Pública, de Educación y Cultura, un integrante del

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Congreso de Intendentes y la UNASEV, cuya secretaría general será ejercida por el Presidente de la UNASEV, y cuyo funcionamiento será establecido en la reglamentación respectiva. Son cometidos de la Junta Nacional de Seguridad Vial: asesorar, recomendar y proponer las acciones y los planes de control para el efectivo cumplimiento de las normas de seguridad vial, dentro del ámbito de sus respectivas competencias. Créanse Regiones de Seguridad Vial, a los efectos de mejorar la eficiencia y eficacia de la aplicación de la política de seguridad vial en todo el país, de acuerdo a lo que fije la reglamentación respectiva”. Artículo 37.- Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 18.113, de 18 de abril de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º. (Objetivos).- Son objetivos de la Unidad Nacional de Seguridad Vial la regulación y el control de las actividades relativas al tránsito y la seguridad vial en todo el territorio nacional conforme a los siguientes criterios: A) Elaborar y proponer al Poder Ejecutivo la política nacional de seguridad vial a regir en el país. B) Analizar las causas de los siniestros de tránsito y demás aspectos referidos a éstos y generar las propuestas y medidas para la contención y reducción de la siniestralidad vial en todo el territorio nacional. C) Establecer las pautas y recomendaciones para una óptima regulación del tránsito y para la correcta aplicación de las leyes de tránsito. D) Controlar, supervisar y generar los mecanismos para el cumplimiento de las leyes nacionales de tránsito y seguridad vial en todo el territorio nacional a través del Ministerio del Interior. E) Coordinar con los cuerpos de fiscalización de todo el país la aplicación de las políticas de seguridad vial. F) Generar los mecanismos de control, supervisión, divulgación y monitoreo en el desarrollo y cumplimiento de los planes de seguridad vial elaborados por la Junta Nacional de Seguridad Vial. G) Coordinar con organismos oficiales y privados de los sistemas formales y no formales de la educación, la aplicación de programas educativos en materia de tránsito y seguridad vial, evaluar los resultados de esa aplicación, y asesorar y participar en la capacitación y educación para el correcto uso de la vía pública”. Artículo 38.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 18.113, de 18 de abril de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º. (Competencia).- La Unidad Nacional de Seguridad Vial tendrá competencia para: 1) Proyectar y establecer los programas de acción, asesorando al Poder Ejecutivo sobre las medidas necesarias para combatir la siniestralidad vial en las vías de tránsito. 2) Promover a uniformizar y homogeneizar las normas generales de tránsito y seguridad vial a regir en todo el país dentro del marco de la política nacional de seguridad vial. 3) Promover los mecanismos de contralor y auditoría para los procedimientos y requisitos en el otorgamiento de los permisos de conducir en todo el territorio nacional. 4) Asesorar, auditar los procesos y requisitos de las condiciones de seguridad que deben cumplir los vehículos que circulan en todo el territorio nacional. 5) Asesorar en los proyectos y obras de infraestructura vial en materia de seguridad vial. 6) Proponer los requisitos, programas y supervisar el funcionamiento de las academias de conducción en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura según fije la reglamentación respectiva. 7) Proponer los reglamentos relativos al tránsito y la seguridad vial. 8) Proponer los criterios a nivel nacional en materia de seguridad vial y ordenamiento del tránsito. 9) Asesorar en materia de tránsito a todas las personas públicas.

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10) Sugerir y ejecutar pautas de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública en coordinación con los organismos oficiales e institutos privados. 11) Coordinar y supervisar las tareas que cumplen las entidades dedicadas a preservar la salud y seguridad públicas en el uso de las vías de tránsito de todo el territorio nacional, participando en esas actividades. 12) Contribuir al adiestramiento de los cuerpos técnicos de fiscalización, nacionales departamentales, de los organismos competentes en materia de tránsito y seguridad vial. y

13) Supervisar el Sistema de Información Nacional de Tránsito, el que deberá operar interconectado con el Registro Nacional de Vehículos Automotores dependiente de la Dirección General de Registros, con el objeto de unificar la información, sin perjuicio de sus funciones específicas. 14) Supervisar el Registro Obligatorio de Fallecidos y Lesionados como consecuencia de siniestros de tránsito, como sistema nacional único de relevamiento de información, con sujeción a las normas internacionales de la Organización Mundial de la Salud en materia de lesiones, determinando la forma de procesamiento y utilización de los datos. 15) Realizar el intercambio de información, así como la comunicación y el relacionamiento directo con los organismos nacionales e internacionales especializados en materia de tránsito y seguridad vial y políticas de adiestramiento de los respectivos cuerpos técnicos. 16) Promover y analizar la aplicación uniforme y rigurosa de las normas y procedimientos de señalización vial establecidos por el Manual Interamericano de Dispositivos de Control del Tránsito de Calles y Carreteras, formulando las observaciones, recomendaciones y directivas pertinentes. 17) Promover, apoyar y coordinar la formación de Unidades Locales de Apoyo a la Seguridad Vial, las que estarán conformadas por personas y autoridades públicas, entidades sociales, culturales y empresariales de los departamentos. Sus funciones y cometidos serán establecidos por la reglamentación que se dicte al respecto. 18) Celebrar acuerdos, contratos, convenios y alianzas estratégicas bilaterales o multilaterales para el cumplimiento de sus cometidos con personas o instituciones públicas y privadas, nacionales, extranjeras e internacionales, previo consentimiento de la Presidencia de la República”. Artículo 39.- Créase el Sistema de Información Nacional de Tránsito (SINATRAN), con el objeto de analizar la información que derive del tránsito para reglamentar, sugerir y recomendar acciones a los efectos de disminuir la siniestralidad vial, integrado por el Registro de Siniestros de Tránsito, Conductores, Vehículos, Infractores, Infracciones, Lesionados y Fallecidos de acuerdo a lo que fije la reglamentación respectiva. Los organismos involucrados en dicho Sistema acceden al mismo de conformidad con sus competencias específicas, quedando obligados a brindar al SINATRAN toda la información que refiera al objeto, forma, los niveles de acceso y demás aspectos que establezca la reglamentación respectiva, de conformidad con las leyes nacionales vigentes. En relación al Registro de Lesionados y Fallecidos, el Ministerio de Salud Pública aportará al SINATRAN a través de los prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud los datos de lesionados y fallecidos en siniestros de tránsito. Artículo 40.- Créase el Sistema del Permiso Único Nacional de Conducir, de acuerdo a los requisitos y con los alcances que fije la reglamentación. Artículo 41.- Deróganse los Títulos II a VI inclusive, VIII y IX de la Ley Nº 16.585, de 22 de setiembre de 1994. Artículo 42.- Créase la “Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo” como órgano desconcentrado dependiente directamente de la Presidencia de la República, la que actuará con autonomía técnica. La misma sustituirá en todo a la Secretaría Nacional Antilavado de Activos creada por Decreto Nº 239/009, de 20 de mayo de 2009, por lo que toda mención hecha a la Secretaría Nacional Antilavado de Activos deberá

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entenderse hecha a la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. La Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo mantendrá los cometidos asignados a la Secretaría Nacional Antilavado de Activos, además de los siguientes: 1) Coordinar la ejecución de las políticas nacionales en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo en coordinación con los distintos organismos involucrados. 2) Coordinar y ejecutar, en forma permanente, los programas de capacitación definidos por la Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo destinados a: A) Personal de las entidades bancarias públicas y privadas y demás instituciones o empresas comprendidas en los artículos 1º de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004, en la redacción dada por la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, y 2º de la Ley Nº 17.835, en la redacción dada por el artículo 43 de la presente ley. B) Los operadores del derecho en materia de prevención y represión de las actividades previstas en la ley mencionada en el literal anterior (Jueces, Actuarios y otros funcionarios del Poder Judicial, Fiscales y Asesores del Ministerio Público y Fiscal). C) Los funcionarios de los Ministerios del Interior, de Defensa Nacional, de Economía y Finanzas y de Relaciones Exteriores. La capacitación podrá hacerse extensiva a los funcionarios de todas las entidades públicas o privadas relacionadas con la temática del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. 3) El control del cumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo por parte de los sujetos obligados por el artículo 2º de la Ley Nº 17.835, en la redacción dada por el artículo 43 de la presente ley. A tales efectos el órgano de control dispondrá de las más amplias facultades de investigación y fiscalización, y especialmente podrá: A) Exigir a los sujetos obligados por el artículo 2º de la Ley Nº 17.835, en la redacción dada por el artículo 43 de la presente ley, la exhibición de todo tipo de documentos, propios y ajenos, y requerir su comparecencia ante la autoridad administrativa para proporcionar informaciones. La no comparecencia a más de dos citaciones consecutivas aparejará la aplicación de una multa de acuerdo con la escala establecida por dicho artículo. B) Practicar inspecciones en bienes muebles o inmuebles detentados u ocupados, a cualquier título, por los sujetos obligados. Sólo podrán inspeccionarse domicilios particulares con previa orden judicial de allanamiento. A todos los efectos se entenderá como domicilio válido del sujeto obligado el constituido por el mismo ante la Dirección General Impositiva. En caso de sujetos obligados no inscriptos en la Dirección General Impositiva se estará al domicilio que se proporcione por la Jefatura de Policía Departamental que corresponda. Deróganse todas las normas que en virtud del artículo 2º la Ley Nº 17.835, en la redacción dada por la Ley Nº 18.494, hayan encomendado cometidos a cualquier otro organismo del Estado. 4) Suscribir convenios con entidades nacionales e internacionales, para el cumplimiento de sus cometidos, a cuyo efecto recabará previamente la conformidad de la Presidencia de la República. La Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo estará a cargo de un Secretario Nacional, quien diseñará las líneas generales de acción para la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. El mismo será designado por el Presidente de la República, debiendo ser persona de reconocida competencia en la materia. El Secretario Nacional tendrá las siguientes atribuciones: A) Convocar a la Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.

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B) Supervisar, coordinar y evaluar la ejecución de las actividades de apoyo técnico y administrativo necesarias para el funcionamiento de dicha Comisión Coordinadora. C) Comunicarse y requerir información de todas las dependencias del Estado para el mejor cumplimiento de los cometidos de la Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Las dependencias del Poder Ejecutivo deberán brindar toda la información solicitada en el plazo más breve posible. Los entes autónomos y servicios descentralizados colaborarán con las solicitudes formuladas. D) Promover y coordinar las acciones referidas al problema de lavado de activos y delitos económico-financieros relacionados y el financiamiento del terrorismo. E) Implementar las actividades de capacitación en la materia, coordinando programas y convocatorias con el Poder Judicial, los Ministerios de Economía y Finanzas, de Defensa Nacional, del Interior y de Relaciones Exteriores, el Ministerio Público y Fiscal y demás organismos y entidades públicas y privadas que corresponda. F) Promover la realización periódica de eventos que posibiliten la coordinación de acciones y la unificación de criterios entre las distintas instituciones públicas y privadas involucradas en la temática del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. G) Actuar como Coordinador Nacional ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica y asumir la representación del país ante el Grupo de Expertos en Lavado de Activos de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de las Drogas de la Organización de Estados Americanos y demás organismos especializados en la materia. H) Procurar la obtención de la cooperación necesaria para el mejor cumplimiento de los cometidos de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo en materia de capacitación y difusión, coordinando acciones a estos efectos con organismos y entidades nacionales e internacionales. Artículo 43.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 1º de Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- Con las mismas condiciones también estarán sujetos a la obligación establecida en el artículo anterior: I) II) Los casinos. Las inmobiliarias, promotores inmobiliarios, empresas constructoras y otros intermediarios en transacciones que involucren inmuebles.

III) Los escribanos, cuando lleven a cabo operaciones para su cliente, relacionadas con las actividades siguientes: A) B) C) D) E) F) Compraventa de bienes inmuebles. Administración del dinero, valores u otros activos del cliente. Administración de cuentas bancarias, de ahorro o valores. Organización de aportes para la creación, operación o administración de sociedades. Creación, operación o administración de personas jurídicas u otros institutos jurídicos. Compraventa de establecimientos comerciales.

IV) Los rematadores. V) Las personas físicas o jurídicas dedicadas a la compra y la venta de antigüedades, obras de arte y metales y piedras preciosos.

VI) Los explotadores y usuarios directos de zonas francas, con respecto a los usos y actividades que determine la reglamentación.

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VII) Las personas físicas o jurídicas que a nombre y por cuenta de terceros realicen transacciones o administren en forma habitual sociedades comerciales. Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer, por vía reglamentaria, los requisitos que deberán cumplir estos sujetos obligados, para el registro de transacciones, el mantenimiento de los respectivos asientos y la debida identificación de los clientes. Cuando los sujetos obligados participen en un organismo gremial que por el número de sus integrantes represente significativamente a la profesión u oficio de que se trate, el organismo de control en materia de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo podrá coordinar con dichas entidades la mejor manera de instrumentar el cumplimiento por parte de los agremiados o asociados de sus obligaciones en la materia. Si no existieran dichas entidades, el órgano de control podrá crear comisiones interinstitucionales cuya integración, competencia y funcionamiento serán establecidos por la reglamentación. El incumplimiento de las obligaciones previstas para los sujetos obligados por el presente artículo determinará la aplicación de sanciones por parte de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Dichas sanciones se aplicarán apreciando la entidad de la infracción y los antecedentes del infractor, y consistirán en apercibimiento, observación, multa o suspensión del sujeto obligado cuando corresponda, en forma temporaria, o con previa autorización judicial, en forma definitiva. Las suspensiones temporarias no podrán superar el límite de tres meses. El monto de las multas se graduará entre un mínimo de 1.000 UI (mil unidades indexadas) y un máximo de 20.000.000 UI (veinte millones de unidades indexadas) según las circunstancias del caso, la conducta y el volumen de negocios habituales del infractor”. Artículo 44.- Agrégase al artículo 292 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el siguiente inciso: “Exceptúanse de la prohibición prevista en el inciso segundo del presente artículo a los funcionarios de la Dirección General Impositiva que pasen a desempeñar tareas en comisión a la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Dichos funcionarios mantendrán las retribuciones que por todo concepto perciban en la unidad ejecutora de origen, incluida la partida por dedicación exclusiva, y siendo de aplicación las mismas exigencias y limitaciones que en la oficina de origen”. Artículo 45.- Sustitúyese el artículo 9º de la Ley Nº 18.621, de 25 de octubre de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 9º. (De la Junta Nacional de Emergencias y Reducción de Riesgos).- La Junta Nacional de Emergencias y Reducción de Riesgos es el ámbito de coordinación del Poder Ejecutivo, para la definición de políticas públicas de reducción de riesgo y atención a emergencias y desastres. Estará presidida por el Prosecretario de la Presidencia de la República. Serán miembros permanentes los Subsecretarios de los Ministerios del Interior; de Defensa Nacional; de Industria, Energía y Minería; de Salud Pública; de Ganadería, Agricultura y Pesca; de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Desarrollo Social. La Secretaría General será ejercida por el Director Nacional de Emergencias. Integrarán también esta Junta Nacional cuando sean convocados por razones de tema, los Subsecretarios de los Ministerios de Relaciones Exteriores; de Economía y Finanzas; de Educación y Cultura; de Transporte y Obras Públicas; de Trabajo y Seguridad Social y de Turismo, así como el Presidente del Congreso de Intendentes, a quien se le dará cuenta de las convocatorias con exhortación a concurrir al igual que a representantes de la sociedad civil, conforme a la reglamentación. Serán competencias de la Junta Nacional de Emergencias y Reducción de Riesgos: A) B) C) Formular políticas, estrategias, normativas y planes nacionales para la reducción de riesgos y manejo de situaciones de emergencia. Adoptar medidas para reducir la vulnerabilidad, y fortalecer las capacidades de preparación, respuesta, rehabilitación y recuperación. Establecer comisiones asesoras técnicas y operativas para la toma de decisión.

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D) E)

Plantear estudios de identificación y evaluación de riesgos, en referencia a las actividades a cargo del Sistema Nacional de Emergencias. Formular, monitorear y evaluar los planes de recuperación”.

Artículo 46.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 110 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “Créanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, programa 481 “Política de Gobierno”, los cargos de Director de Descentralización e Inversión Pública; Director de Planificación; Director de Presupuestos, Control y Evaluación de la Gestión y de Coordinador General, con carácter de particular confianza, cuyas retribuciones serán equivalentes al 50% (cincuenta por ciento) de la retribución, por todo concepto, correspondiente al sueldo nominal de Senador de la República. La presente erogación se financiará con créditos del grupo 0 “Retribuciones Personales” del Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, programa 481 “Política de Gobierno”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos presupuestales correspondientes”. Artículo 47.- Cométese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la creación del Registro Nacional de Evaluaciones de Intervenciones Públicas. El Registro contendrá una base de datos de todas las evaluaciones finalizadas o en proceso de intervenciones públicas definidas de acuerdo con lo dispuesto en el literal G) del artículo 39 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 22 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, financiadas total o parcialmente con fondos públicos, comprendiendo estos proyectos, programas, planes o políticas. Cada organismo designará personas como nexo, quienes serán responsables de la veracidad y actualización de la información que sea provista, en base a los lineamientos técnicos y plazos establecidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 48.- Sustitúyese el numeral 1) del artículo 39 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 30 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “1) Proyecto 745 “Programa de Apoyo al Sector Productivo-Electrificación”, del programa 361 “Infraestructura Comunitaria”, Proyecto 746 “Programa de Apoyo al Sector Productivo-Proyectos Productivos”, del programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Proyecto 520 y 912 “Equidad Territorial” y Proyecto 521 “Desarrollo Territorial”, del programa 492 “Apoyo a los Gobiernos departamentales y locales”, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los reintegros de gastos de inversión y recuperos de prestamos en el marco de los proyectos mencionados”. Los recuperos de prestamos otorgados por el Fondo Nacional de Preinversión creado por artículo 148 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, con anterioridad al 31 de diciembre de 2015, serán vertidos a Rentas Generales. Artículo 49.- Sustitúyese el artículo 588 del Decreto-Ley Nº 14.189, de 30 de abril de 1974, en la redacción dada por el artículo 87 del Decreto-Ley Nº 14.416, de 28 de agosto de 1975, por el siguiente: “ARTÍCULO 588.- El cumplimiento de tareas extraordinarias en los entes autónomos y servicios descentralizados se dispondrá únicamente en casos excepcionales, cuando así lo requiera el servicio. Deberá ser resuelto por unanimidad de votos del Directorio, estableciéndose concretamente el monto o la estimación del monto destinado al pago de horas extras, no pudiendo la partida asignada a dicho concepto, superar el 5 % (cinco por ciento) de la dotación anual de los subgrupos u objetos destinados al pago de sueldos básicos; compensación por alimentación; prestaciones por salud; compensación producto o similares u otras retribuciones de carácter permanente referidas a regímenes laborales. De todo lo actuado, se dará cuenta inmediata al Ministerio con el cual se vincula el organismo respectivo”.

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Artículo 50.- Los entes autónomos y los servicios descentralizados incluidos en el artículo 220 de la Constitución de la República, podrán contar con compromisos de gestión suscritos entre el organismo, el Ministerio a través del cual se relacionan con el Poder Ejecutivo, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los mismos tendrán una vigencia anual y deberán ser suscritos antes del 31 de diciembre del año inmediato anterior. Los compromisos de gestión serán instrumentos que permitirán evaluar la compatibilidad entre la acción cotidiana de gobierno de los organismos antes mencionados y el cumplimiento de los planes estratégicos a mediano y largo plazo que determinen sus cometidos específicos. Para ello se fijarán, de común acuerdo entre los suscriptores de los mismos, un conjunto de indicadores con metas de cumplimiento asociadas, que den cuenta de la gestión de los organismos en sus cometidos específicos y su eficacia en el manejo de los recursos públicos. Artículo 51.- Reasígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, programa 481 “Política de Gobierno”, del objeto del gasto 092.004 “Partida global para reformulación de estructuras” al objeto del gasto 057 “Becas de trabajo y pasantías”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 2.978.447 (dos millones novecientos setenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, a efectos de atender contrataciones de becarios y pasantes. Artículo 52.- Sustitúyese el artículo 31 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, en la vigencia dada por el artículo 29 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, por el siguiente: “ARTÍCULO 31.- Autorízase a la Presidencia de la República a disponer, previa solicitud fundada del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los funcionarios de organismos públicos estatales y no estatales que pasen a prestar servicios en comisión por el tiempo que se estime necesario en cada caso en la mencionada Oficina”. Artículo 53.- Reasígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 004 “Oficina de Planeamiento y Presupuesto”, programa 481 “Política de Gobierno”, del objeto del gasto 095.002 “Fondo para contratos Temporales de Derecho Público”, una partida de $ 10.843.334 (diez millones ochocientos cuarenta y tres mil trescientos treinta y cuatro pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, al objeto del gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales” y a aguinaldo y cargas legales correspondientes. Artículo 54.- Sustitúyese el artículo 15 de la Ley Nº 18.597, de 21 de setiembre de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 15.- Facúltase a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua a desarrollar el contralor del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la presente ley, pudiendo resolver el retiro del mercado de los equipamientos que no cumplieran con la normativa correspondiente, previa vista al particular. Los incumplimientos determinarán la aplicación de sanciones conforme a lo previsto en su ley orgánica, aplicando el principio de razonabilidad en el caso de las multas”. Artículo 55.- La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, en el marco de sus atribuciones de regulación y control de la seguridad de productos y equipamientos eléctricos comercializables, y en otras materias de su competencia en que pueda corresponder, ante actuaciones de entidades certificadoras intervinientes que puedan habilitar alguna observación en su proceder técnico, debe comunicar circunstanciadamente tal situación al Organismo Uruguayo de Acreditación. Artículo 56.- Sustitúyese el inciso cuarto del artículo 26 de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 44 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “Cuando se identifiquen usuarios afectados por el incumplimiento y se aplique la sanción de multa, la proporción del producido de esta, correspondiente al daño patrimonial considerado al establecer la sanción, se podrá repartir entre dichos usuarios, sin perjuicio de las acciones que estos pudieren promover directamente en la vía jurisdiccional para el resarcimiento de otros daños y perjuicios padecidos. En supuestos en que sea dificultoso determinar el daño producido a los usuarios afectados, el criterio del monto a revertir de la multa debe ajustarse al principio de razonabilidad”.

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Artículo 57.- Autorízase al Poder Ejecutivo a suprimir vacantes en la unidad ejecutora 006 “Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA)”, del Inciso 02 “Presidencia de la República”, y reasignar los créditos que resulten de la eliminación las mismas al objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, a efectos de completar el financiamiento total de los cargos vacantes que permanezcan en su estructura. Artículo 58.- Facúltase a la unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, del Inciso 02 “Presidencia de la República”, a contratar personal bajo la modalidad de contrato laboral y bajo la modalidad de contrato de trabajo, al amparo de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y por el artículo 92 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, respectivamente, para el desempeño de tareas de encuestadores, críticos-codificadores y supervisores de campo, así como del personal necesario para cumplir con los servicios especiales o extraordinarios solicitados por organismos públicos y privados, nacionales o internacionales, en el marco de lo dispuesto por el artículo 125 de Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en los casos que no se cuente con recursos humanos propios para dichas tareas. Las personas que desempeñen las funciones de encuestador percibirán sus retribuciones por encuesta, en función de la complejidad del respectivo formulario, el grado de dificultad previsto para la concreción de cada entrevista y la duración de la misma. Las personas que desempeñen las funciones de críticos-codificadores o supervisores de campo percibirán sus retribuciones por encuesta criticada o supervisada, o en forma mensual, en función de la complejidad y extensión del trabajo de campo. Las contrataciones que se efectúen estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil, y podrán acumularse a otro empleo público, siempre que no superen en conjunto las sesenta horas semanales. Derógase el artículo 76 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 64 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 59.- El personal que ingrese a la unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, del Inciso 02 “Presidencia de la República”, para el desempeño de tareas de encuestador en las encuestas de carácter permanente, lo hará bajo el régimen previsto en el artículo 90 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013. El citado personal percibirá su retribución por encuesta, en función de la complejidad del respectivo formulario, el grado de dificultad previsto para la concreción de cada entrevista y la duración de la misma. Autorízase a la unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, a fijar la remuneración del referido personal por encuesta, en función de lo establecido en el inciso anterior. Se autoriza a la Contaduría General de la Nación a efectuar las modificaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 60.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Instituto Nacional de Estadística, a contratar bajo el régimen del artículo 90 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, a quienes a la fecha de vigencia de la presente ley se encuentren contratados al amparo del régimen previsto en el artículo 92 de la referida ley y en los artículos 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 12 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y por el 121 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 34 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. En estos casos el contrato será de seis meses y será de aplicación el procedimiento de evaluación previsto en el Decreto Nº 374/012, de 16 de noviembre de 2012. El citado personal continuará percibiendo su retribución por encuesta, en función de la complejidad del respectivo formulario, el grado de dificultad previsto para la concreción de cada entrevista y la duración de la misma. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a efectuar las modificaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 61.- A los efectos de la determinación de la partida de alimentación que perciben los funcionarios de la unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, del Inciso 02 “Presidencia de la República”, no se

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tendrán en cuenta los importes percibidos por trabajos extraordinarios, realizados en el marco de lo establecido por el artículo 125 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Artículo 62.- Transfórmanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, dos cargos Secretaria VI, Serie Administrativo, escalafón C, grado 7, en dos cargos Especialista IV, Serie Estadística, escalafón D, grado 7. Artículo 63.- Reasígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, programa 420 “Información Oficial y Documentos de Interés Público”, del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, la suma de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, a la partida asignada por el artículo 124 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en el objeto del gasto 057.000 “Becas de Trabajo y Pasantías”, más aguinaldo y cargas legales, a efectos de financiar la contratación de becarios y pasantes. Artículo 64.- Reasígnanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 007 “Instituto Nacional de Estadística”, programa 420 “Información Oficial y Documentos de Interés Público”, Financiación 1.1 Rentas Generales, los créditos Tipo 1 de los Proyectos 603, 604, 606, 607 y 609 vigentes al 31 de diciembre de 2015, para atender las erogaciones que demande la planificación y ejecución del Proyecto “Encuesta Nacional de Gastos e Ingresos de los Hogares”. Autorízase a distribuir dichas partidas entre los distintos objetos del gasto inclusive el grupo 0. El Instituto Nacional de Estadística comunicará a la Contaduría General de la Nación, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas, la distribución por objeto del gasto. La Contaduría General de la Nación realizará los ajustes de crédito correspondientes. Artículo 65.- Derógase el literal q) del artículo 4º de la Ley Nº 15.757, de 15 de julio de 1985, incorporado por el artículo 6º de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 66.- Autorízase al Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 008 “Oficina Nacional del Servicio Civil”, programa 343 “Formación y Capacitación”, a reforzar las asignaciones presupuestales correspondientes a remuneración de horas docentes, impartidas por la Escuela Nacional de Administración Pública, con cargo a la recaudación generada por aplicación del artículo 19 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”. Artículo 67.- Prohíbese la tenencia, utilización, activación, comercialización, distribución o transferencia de un sistema inhibidor de señales de telecomunicaciones de cualquier tipo, sin permiso de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC). La inobservancia de lo dispuesto dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 89 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, conforme corresponda. Lo producido de las multas aplicadas por este concepto corresponderá a la URSEC. Artículo 68.- Créase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 010 “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” (AGESIC), el Proyecto “Trámites en Línea”, con el objetivo de promover y desarrollar estrategias de simplificación, priorización y puesta en línea de trámites en todas las entidades públicas. Asígnase a la AGESIC la dirección, gestión y contralor de dicho Proyecto. Artículo 69.- Reconócese el derecho de las personas a relacionarse con las entidades públicas por medios electrónicos, sin exclusión de los medios tradicionales. Artículo 70.- Las entidades públicas deberán constituir domicilio electrónico a los efectos del relacionamiento electrónico entre sí y con las personas. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo. Artículo 71.- Las entidades públicas deberán simplificar sus trámites, siguiendo los lineamientos de gobierno electrónico, adoptando el procedimiento más sencillo posible para el interesado y exigiéndole

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únicamente el cumplimiento de los requisitos y etapas que sean indispensables para la obtención del propósito perseguido. En virtud de lo señalado en el inciso anterior, las entidades públicas no deberán solicitar copias de la documentación presentada por los interesados cuando estas puedan obtenerse a través de medios electrónicos, ni solicitarles información que pueda obtenerse de otras entidades públicas. Las entidades públicas deberán publicar en su sitio web y en el Portal del Estado Uruguayo cada uno de los trámites que ofrecen, con la indicación precisa de todos los requisitos que el interesado debe cumplir para su realización, del costo total que debe abonar, del plazo máximo de duración del trámite y de la dependencia donde debe realizarse el mismo. Serán responsables de revisar periódicamente la información publicada, exhibiendo la fecha de la última revisión. No se podrá exigir al interesado el cumplimiento de requisitos adicionales a los previstos en la publicación referida. Artículo 72.- Las entidades públicas deberán proveer medios electrónicos para la notificación de sus actuaciones a los interesados, proporcionando seguridad en cuanto a la efectiva realización de la diligencia y su fecha. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo. Artículo 73.- Las copias electrónicas que tengan indicación de haber sido realizadas por medios electrónicos de documentos electrónicos, emitidos por el propio interesado o por las entidades públicas, serán consideradas copias auténticas con la misma eficacia que el documento electrónico original, siempre que la información de firma electrónica permita comprobar su coincidencia. Artículo 74.- Las copias recibidas o realizadas por las entidades públicas por medios electrónicos, de documentos emitidos originariamente en soporte papel, tendrán el carácter de copias auténticas, siempre que el funcionario actuante deje constancia de su identidad con el original, fecha, hora, lugar de emisión y firma. Cumplida que sea, se devolverán a la parte los documentos originales. Sin perjuicio de ello, la entidad pública podrá exigir en cualquier momento la exhibición de los mismos o de copias certificadas notarialmente. Artículo 75.- Las copias en soporte papel realizadas por las entidades públicas de documentos electrónicos, se considerarán auténticos, siempre que su impresión incluya un código generado electrónicamente u otros sistemas de verificación que permitan corroborar su autenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos, o que el funcionario actuante deje constancia de su identidad con el original, fecha, hora, lugar de emisión y firma. Artículo 76.- Los funcionarios egresados de carreras relacionadas a las tecnologías de la información y las comunicaciones y que desempeñen funciones prioritarias de coordinación, supervisión, conducción en el programa 484 “Políticas de Gobierno Electrónico”, unidad ejecutora 010 “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” podrán percibir una compensación equivalente hasta el 15% (quince por ciento) de sus remuneraciones de naturaleza salarial. Reasígnanse en la referida unidad ejecutora, los créditos del objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público” a partir del ejercicio 2016 en $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) anuales con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, a los objetos del gasto correspondientes para cubrir dicha compensación, el aguinaldo y aportes patronales resultantes. Artículo 77.- Las entidades públicas deberán como mínimo publicar en formato abierto, la información preceptuada por el artículo 5º de la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008, y por los artículos 38 y 40 del Decreto Nº 232/010, de 2 de agosto de 2010, según corresponda en el ámbito de su competencia. Los datos y sus metadatos asociados deberán cumplir con las normas técnicas que determine la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento. La publicación de estos datos deberá realizarse en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 19.179, de 27 de diciembre de 2013 (“software” libre y formatos abiertos en el Estado). Artículo 78.- Derógase el artículo 72 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008.

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Artículo 79.- Sustitúyese el numeral 5) del artículo 35 de la Ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008, en la redacción dada por el artículo 152 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “5) Clausura de la base de datos respectiva. A tal efecto se podrá promover ante los órganos jurisdiccionales competentes la clausura de las bases de datos que se comprobare infringieren o transgredieren la presente ley”. Artículo 80.- Las entidades públicas admitirán en su relacionamiento electrónico, entre ellas y con las personas, los certificados electrónicos reconocidos, conforme con lo establecido en la Ley Nº 18.600, de 21 de setiembre de 2009, sin perjuicio de lo dispuesto en su artículo 10. Artículo 81.- Créase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, la unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, con la naturaleza jurídica y los cometidos previstos en los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 19.331, de 20 de julio de 2015. El Poder Ejecutivo reglamentará las normas de la Ley Nº 19.331, de 20 de julio de 2015, facultándose a la Contaduría General de la Nación para reasignar los créditos presupuestales correspondientes. Artículo 82.- Créanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, los siguientes cargos de particular confianza, cuyas retribuciones se regirán por lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en un porcentaje de la retribución de Senador de la República, según el siguiente detalle: – Secretario Nacional del Deporte, 60 % (sesenta por ciento). – Subsecretario Nacional del Deporte, 50 % (cincuenta por ciento). – Gerente Nacional del Deporte, 50 % (cincuenta por ciento). Suprímense los cargos de particular confianza de Director Nacional de Deporte, Director de Promoción Deportiva y Director de Desarrollo Deportivo pertenecientes al Ministerio de Turismo. La Contaduría General de la Nación efectuará las reasignaciones de créditos correspondientes, a los efectos de dar cumplimiento con lo establecido en este artículo. Artículo 83.- Créanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, los cargos de Coordinador de Área Deporte Comunitario, Coordinador de Área Deporte Federado, Coordinador de Área Deporte y Educación y Coordinador de Área de Programas Especiales con carácter de particular confianza, cuyas retribuciones se regirán por el literal C) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 modificativas y concordantes. Artículo 84.- Autorízase el pase en comisión de funcionarios de la Secretaría Nacional del Deporte para desempeñar tareas propias del deporte en las Intendencias Departamentales, a solicitud de estas. Artículo 85.- Increméntanse las partidas autorizadas por el artículo 441 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 198 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con una partida anual de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos), con destino al Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, programa 282 “Deporte Comunitario”. Sustitúyese el inciso tercero del artículo 441 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre 2010, en la redacción dada por el artículo 198 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “La partida autorizada será utilizada para la realización de convenios con organismos públicos o privados interesados en colaborar con el mantenimiento y la vigilancia de los equipamientos deportivos comunitarios, tareas de docencia, administración, limpieza y guardavidas”. Artículo 86.- Autorízase a la Contaduría General de la Nación, a realizar las transferencias de créditos presupuestales correspondientes, a efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 19.331, de 20 de julio de 2015.

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Los funcionarios redistribuidos mantendrán su situación funcional y no verán afectados sus derechos, garantías y deberes inherentes a la vinculación con su oficina de origen, al ser incorporados de forma definitiva. Artículo 87.- Facúltase a la unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte” del Inciso 02 “Presidencia de la República”, a contratar personal docente y no docente, necesario para los servicios de verano, bajo la modalidad de contrato de trabajo, prevista en el artículo 92 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013. Dichas contrataciones se efectuarán por un periodo máximo de ciento ochenta días, no pudiendo ser renovados, quedando exceptuadas de la aplicación de lo dispuesto por los artículos 93 y 94 de la Ley Nº 19.121. Increméntase el crédito presupuestal del objeto del gasto 031.009, “Contratos de Trabajo”, del programa 282 “Deporte Comunitario”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, en la suma de $ 1.355.416 (un millón trescientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos dieciséis pesos uruguayos) anuales, que incluye aguinaldo y cargas legales, a efectos de financiar las contrataciones previstas en este artículo. Estos contratos serán compatibles con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad públicos o privados, así como con otros contratos de similar naturaleza, siempre que no superen en conjunto las sesenta horas semanales ni se superpongan los horarios, de acuerdo con la normativa vigente en materia de acumulación de cargos y funciones. Artículo 88.- Asígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, programa 282 “Deporte Comunitario”, una partida anual de $ 27.056.672 (veintisiete millones cincuenta y seis mil seiscientos setenta y dos pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” a fin de adecuar la escala salarial. Artículo 89.- La Secretaría Nacional del Deporte presentará al Poder Ejecutivo una propuesta de estructura organizativa y de los puestos de trabajo necesarios para el cumplimiento de los cometidos asignados por la Ley Nº 19.331, de 20 de julio de 2015, dentro del plazo de ciento veinte días a partir de la vigencia de la presente ley. El Poder Ejecutivo remitirá a consideración de la Asamblea General la estructura de puestos de trabajo de la Secretaría Nacional del Deporte, con informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas. Si en un plazo de cuarenta y cinco días no hubiera expresión contraria a la propuesta del Poder Ejecutivo, éste procederá a su aprobación por decreto. Asígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, una partida anual de $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar la nueva estructura, por lo que, una vez aprobada la misma, la Contaduría General de la Nación realizará las reasignaciones pertinentes. Artículo 90.- Increméntase Comunitario”, unidad ejecutora “Rentas Generales”, el crédito transitorias y de conducción”, aguinaldo y cargas legales, con superior. en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 282 “Deporte 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, con cargo a la Financiación 1.1 presupuestal del objeto del gasto 095.005 “Fondo p/financiar funciones en $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) anuales, que incluyen destino a financiar la asignación transitoria de funciones de administración

Artículo 91.- Autorízase al Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, a reincorporar funcionarios que se encuentren en la situación prevista en el inciso segundo del artículo 48 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. A dichos efectos, podrá reasignarse una partida anual de $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 092.000 “Partidas Globales a Distribuir”. Artículo 92.- Autorízase al Inciso 02 “Presidencia de la República” unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, programa 282 “Deporte Comunitario” a abonar a sus funcionarios un complemento retributivo variable, que implique compromisos de gestión basados en el cumplimiento de metas e indicadores con el asesoramiento de la Comisión de Compromisos de Gestión. A tales efectos, asígnase una partida anual

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de $ 2.951.122 (dos millones novecientos cincuenta y un mil ciento veintidós pesos uruguayos) para el ejercicio 2019, más aguinaldo y cargas legales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”. Artículo 93.- Agréganse al artículo 1º de la Ley Nº 19.331, de 20 de julio de 2015, como incisos segundo y tercero, los siguientes: “Dispónese que se deberá contar, de forma preceptiva, con el pronunciamiento previo de la Secretaría Nacional del Deporte, de conformidad con el procedimiento que dictará el Poder Ejecutivo en la reglamentación, sobre toda decisión a tomar por parte de los incisos de la Administración Central, de los entes autónomos y de los servicios descentralizados relacionada al deporte y/o a actividades deportivas. Entre otras y de forma no taxativa se incluyen: organizar competencias y torneos, brindar apoyos económicos y de entrenamiento a deportistas y/o participar en campañas de promoción de deportistas. La Secretaría Nacional del Deporte asesorará en la materia de su competencia a los Gobiernos Departamentales y demás organismos del Estado que lo soliciten”. Artículo 94.- Increméntanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, los créditos presupuestales con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los programas, proyectos de inversión y ejercicios que se detallan a continuación:

Programa 282 “Deporte Comunitario” 283 “Deporte de Competencia” TOTAL 714 “Construcción piscinas cerradas y climatizadas” 715 “Construcción de gimnasios”

2016 48.000.000

2017 49.500.000

2018 51.000.000

2019 50.500.000

10.000.000 58.000.000

10.000.000 59.500.000

10.000.000 61.000.000

0 50.500.000

Artículo 95.- Increméntanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 282 “Deporte Comunitario”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos presupuestales para los ejercicios y en los objetos del gasto que se detallan a continuación:

Objeto del Gasto 211.000 212.000 213.000 214.000 299.000 721.000 Total

2016 0 0 0 0 4.900.000 100.000 5.000.000

2017 44.000 438.000 262.000 481.000 4.660.000 115.000 6.000.000

2018 60.000 810.000 500.000 900.000 4.600.000 130.000 7.000.000

2019 60.000 1.600.000 1.000.000 1.700.000 7.040.000 100.000 11.500.000

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Artículo 96.- Asígnase al Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 282 “Deporte Comunitario”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos) en el objeto del gasto 591.000 “Otras Transferencias Corrientes”, con destino a “Programas Especiales”. Artículo 97.- Sustitúyese el artículo 439 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 439.- Declárase de interés nacional la propuesta de la candidatura de nuestro país para ser sede de la Copa Mundial FIFA 2030, así como el programa de celebraciones del centenario del campeonato del mundo del año 1930. Encomiéndase al Poder Ejecutivo la realización de las gestiones necesarias a tales fines. Asígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 283 “Deporte de Competencia”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el objeto del gasto 721.000 “Gastos Extraordinarios”, una partida anual de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) para los ejercicios 2016, 2017 y 2019, y una partida de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018, a los efectos de lo dispuesto en el presente artículo”. Artículo 98.- Asígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 283 “Deporte de Competencia”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, Proyecto de Inversión 750 “Equipamiento del Laboratorio Control de Dopaje”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el objeto del gasto 799.000 “Otros Gastos No Clasificados”, una partida de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y una partida de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) para los ejercicios 2017 y 2019, para gastos de funcionamiento e inversiones del Laboratorio de Control de Dopaje. Artículo 99.- Increméntase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 282 “Deporte Comunitario”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte” con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) anuales, incluido aguinaldos y cargas legales, en la partida asignada por el artículo 428 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con destino al pago de compensaciones especiales. Artículo 100.- Increméntase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 282 “Deporte Comunitario”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte” con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” en $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) anuales, la partida otorgada por el artículo 433 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para “Servicios Odontológicos, Guarderías y Otros”. Artículo 101.- Increméntanse en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 282 “Deporte Comunitario”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos presupuestales destinados a dietas, en $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos) anuales, incluido aguinaldo y cargas legales. Artículo 102.- Increméntanse las asignaciones presupuestales destinadas a gastos de inversión en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, programa 282 “Deporte Comunitario”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, según el siguiente detalle:

Proyecto/Año 971 “Equipamiento y mobiliario de oficina” 972 “Informática” 974 “Vehículos” TOTAL

2016 4.000.000 1.000.000 0 5.000.000

2017 2.500.000 500.000 1.000.000 4.000.000

2018 1.000.000 1.000.000 0 2.000.000

2019 2.000.000 1.000.000 1.000.000 4.000.000

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Artículo 103.- Increméntase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 283 “Deporte de Competencia”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el objeto del gasto 591.000 “Otras Transferencias Corrientes” la suma de $ 3.500.000 (tres millones quinientos mil pesos uruguayos) anuales, para la partida destinada a transferencias a las federaciones. A los efectos de esta asignación, será de aplicación lo dispuesto por la Ley Nº 18.104, de 15 de marzo de 2007, destinándose los recursos necesarios para la promoción del deporte de las mujeres. Artículo 104.- La Secretaría Nacional del Deporte podrá declarar de interés deportivo o institucional las propuestas que, en el ámbito de su competencia, se le presenten. El Poder Ejecutivo reglamentará el alcance de la presente declaratoria. Artículo 105.- La Secretaría Nacional del Deporte regulará y normalizará con alcance nacional la construcción de infraestructura e instalaciones deportivas, ajustándolas a los requerimientos reglamentarios de las diferentes disciplinas, las condiciones de seguridad y sustentabilidad, los manuales de buenas prácticas y los adelantos tecnológicos, estableciendo la regulación en esta materia. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo, a propuesta de la Secretaría Nacional del Deporte. Artículo 106.- Sustitúyese el artículo 89 de la Ley Nº 17.292, de 29 de enero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 89.- Los deportistas: atletas, cuerpos técnicos, médicos, kinesiólogos y otros profesionales con cometidos justificados dentro de la delegación así como los árbitros, jueces y veedores que formen parte de una delegación deportiva designada para participar en certámenes internacionales oficiales en representación del país, podrán solicitar a los institutos de enseñanza, públicos y privados, autorización para no asistir a cursos o clases y éstos deberán conceder dicha autorización, otorgando, en su caso, prórrogas para rendir exámenes o pruebas, estableciendo para ello mesas especiales. Los funcionarios públicos que forman parte de la delegación deportiva de acuerdo al inciso precedente se considerarán en la situación prevista en el artículo 13 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, desde dos días antes del certamen hasta dos días después de realizado. A estos efectos se deberá requerir un informe favorable de la Secretaría Nacional del Deporte, el que deberá acreditarse ante las autoridades correspondientes. Facúltase a la Secretaría Nacional del Deporte a reglamentar el presente artículo”. Artículo 107.- La Secretaría Nacional del Deporte realizará anualmente una premiación a los deportistas uruguayos campeones en sus respectivas federaciones, efectuando un reconocimiento especial a los atletas consagrados, a la trayectoria deportiva, proyectos exitosos o buenas prácticas en el ámbito deportivo. Asígnase en el objeto del gasto 721.000 “Gastos Extraordinarios” una partida anual de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) anuales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, a los fines previstos en el inciso primero de este artículo. Artículo 108.- Facúltase a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, a reasignar anualmente asignaciones presupuestales por hasta $ 32.000.000 (treinta y dos millones de pesos uruguayos), de los proyectos de inversión que administra dicha Oficina en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, a proyectos de funcionamiento del mismo inciso y unidad ejecutora, también administrados por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Las asignaciones presupuestales de los Proyectos de Inversión 960 “Programa de Desarrollo y Gestión Subnacional”, 998 “Mantenimiento de la Red Vial Subnacional”, 999 “Mantenimiento de la Red Vial Departamental” y 990 “Fondo de Desarrollo del Interior”, no podrán ser reasignadas. Artículo 109.- Reasígnase la suma de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) del Inciso 24 “Diversos Créditos”, programa 481 “Política de Gobierno”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”,

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objeto del gasto 199 “Otros bienes de Consumo”, al Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 481 “Política de Gobierno”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, objeto del gasto 299 “Servicios no Personales”. Artículo 110.- Asígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, programa 481 “Política de Gobierno”, unidad ejecutora 001 “Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, una partida anual en el grupo 0 “Retribuciones Personales” de $10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, a efectos de implementar la Ley Nº 19.307, de 29 de diciembre de 2014 (Servicios de Comunicación Audiovisual). Artículo 111.- Asígnase en el Inciso 02 “Presidencia de la República”, unidad ejecutora 011 “Secretaría Nacional del Deporte”, una partida anual de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” a fin de fortalecer la formación de nivel terciario en educación física. El Inciso comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución de la asignación presupuestal entre retribuciones personales y gastos de funcionamiento. INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Artículo 112.- Asígnase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional”, en el objeto del gasto 057 “Becas de trabajo y pasantías”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 1.208.592 (un millón doscientos ocho mil quinientos noventa y dos pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino a la contratación de becarios y/o pasantes, al amparo del artículo 51 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 249 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y por el artículo 311 de la Ley Nº 19.149, de 20 de octubre de 2013. La suma prevista en el inciso anterior se financiará con la disminución de $ 1.638.146 (un millón seiscientos treinta y ocho mil ciento cuarenta y seis pesos uruguayos) en el objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir”, Financiación 1.1 “Rentas Generales” de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”. Artículo 113.- Increméntase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la partida asignada por el artículo 92 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el artículo 196 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y por el artículo 45 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, con destino al pago de una compensación especial, en $ 8.239.773 (ocho millones doscientos treinta y nueve mil setecientos setenta y tres pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales. La suma prevista en el inciso anterior se financiará con la disminución en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, de los siguientes objetos del gasto:

Objeto del Gasto 041.008 042.067 043.003 043.004

Monto $ 1.228.116 1.677.860 229.268 574.022

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Objeto del Gasto 047.500 048.012 048.015 059.000 081.000 082.000 Total

Monto $ 1.753.139 1.253.972 1.570.223 671.444 1.309.316 87.288 10.354.648

Artículo 114.- Asígnase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 042.530 “Compensación especial por horario nocturno o trabajo en días inhábiles” una partida anual de $ 387.763 (trescientos ochenta y siete mil setecientos sesenta y tres pesos uruguayos), más su correspondiente aguinaldo y cargas legales, con destino al pago del personal civil de la Dirección Nacional de Pasos de Frontera, que desempeña tareas en horario nocturno. La suma prevista en el inciso anterior se financiará con la disminución de $ 418.234 (cuatrocientos dieciocho mil doscientos treinta y cuatro pesos uruguayos), en el objeto del gasto 041.008 “Dif. Pas. Mil Reincorp”, más su correspondiente aguinaldo y cargas legales, Financiación 1.1 “Rentas Generales” de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”. Autorízase, para el ejercicio 2015, a transferir en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, del programa 300 “Defensa Nacional”, objeto del gasto 041.008 “Dif. Pas. Mil Reincorp”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, un monto de $ 209.290 (doscientos nueve mil doscientos noventa pesos uruguayos), más su correspondiente aguinaldo y cargas legales, acreditando al objeto del gasto 042.530 “Compensación especial por horario nocturno o trabajo en días inhábiles” del programa 480 “Ejecución de la Política Exterior” un monto de $ 194.000 (ciento noventa y cuatro mil pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales. Artículo 115.- Dispónese que la unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Inteligencia de Estado”, programa 300 “Defensa Nacional”, del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, pasará a denominarse “Estado Mayor de la Defensa” y mantendrá los recursos humanos, materiales y presupuestales, existentes en la referida unidad ejecutora, a la fecha de vigencia de la presente ley. La Dirección Nacional de Inteligencia de Estado pasará a denominarse “Dirección de Inteligencia Estratégica”, la que dependerá del Ministro de Defensa Nacional, y en lo referente a aspectos funcionales y administrativos, de la unidad ejecutora 003 “Estado Mayor de la Defensa”. El Poder Ejecutivo reglamentará las disposiciones de este artículo adecuando la estructura orgánica del Estado Mayor de la Defensa y de la Dirección de Inteligencia Estratégica, permaneciendo vigentes para esta última, las competencias otorgadas a la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado, hasta que dicte la reglamentación. Artículo 116.- Créanse en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 003 “Estado Mayor de la Defensa”, en el escalafón K “Personal Militar”, los subescalafones “ESMADE” y “DIE”.

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El Personal Superior y Subalterno del subescalafón “DINACIE”, pasará a revistar en dichos subescalafones, manteniendo los derechos de su escalafón de origen. El Poder Ejecutivo reglamentará los aspectos relativos a las condiciones de ingreso y ascenso en los subescalafones que se crean. Hasta que se dicte la citada reglamentación, serán de aplicación a los referidos Sub Escalafones “ESMADE” y “DIE”, las disposiciones relativas al subescalafón “DINACIE”, en lo que fuere pertinente. Artículo 117.- El Personal Superior del Cuerpo de Servicios, escalafón de Apoyo, subescalafón Apoyo de Servicios y Combate, del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, percibirá una compensación por Mayor Responsabilidad, que se financiará con los créditos presupuestales de la misma unidad ejecutora, de los objetos del gasto 042.103 “Mayor Responsabilidad y Especialización escalafón K”, 043.004 “Compensación por Dedicación integral MDN” y 048.012 “Compensación del personal escalafón K y equiparados”. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo. Artículo 118.- Inclúyese en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, programa 300 “Defensa Nacional”, al Personal Superior del Cuerpo de Servicios, escalafón de Apoyo, subescalafón Bandas Militares y al Personal Superior de Reserva, en la compensación por dedicación integral establecida en los incisos primero y segundo del artículo 95 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. El importe de la compensación se calculará sobre las retribuciones vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, incluyendo aguinaldo y cargas legales, no siendo de aplicación a la base de cálculo otras retribuciones que se aprueben en el futuro. Facúltase a la Contaduría General de la Nación para realizar las reasignaciones que correspondan al objeto del gasto 043.014 “Compensación por Dedicación Integral-MDN”, a efectos de la aplicación del presente artículo. Artículo 119.- Créase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, el Proyecto de Funcionamiento 101 “Desarrollo Deportivo – MDN”, con una asignación de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos), con destino a solventar los gastos inherentes a la Unidad de Coordinación y Desarrollo Deportivo, disminuyendo igual importe del objeto del gasto 092 “Partida global a distribuir”, de la misma unidad ejecutora y programa. Artículo 120.- Establécese que el Personal Civil de la Armada Nacional quedará comprendido en lo previsto por los numerales 3), 4) y 5) del artículo 83 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, en las redacciones dadas por los artículos 162 del Decreto-Ley Nº 14.189, de 30 de abril de 1974, 102 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, 164 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y 88 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, cuando cumplan las tareas detalladas en los referidos numerales, percibiendo el adicional diario dispuesto para el Personal Superior. Increméntase en la unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, programa 380 “Gestión Ambiental y ordenación del territorio”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el objeto del gasto 042.024 “Compensación Adicional del 30 % sobre sueldos funcionarios MDN”, la suma de $ 84.532 (ochenta y cuatro mil quinientos treinta y dos pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino al pago del adicional previsto precedentemente, disminuyéndose en la misma unidad ejecutora los objetos del gasto que se detallan:

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Programa 300 322 300 322 300 322 300 300 322 322 TOTALES

Objeto del Gasto 081.000 081.000 082.000 082.000 047.001 047.500 048.007 059.000 059.000 042.520

Monto ($) 500 13.237 33 882 2.426 81.280 648 256 6.788 178 106.228

Artículo 121.- Asígnase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 363 “Infraestructura fluvial y marítima”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, una partida anual de $ 1.493.318 (un millón cuatrocientos noventa y tres mil trescientos dieciocho pesos uruguayos) más aguinaldo y cargas legales, en el grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de una compensación especial al personal militar superior y subalterno que cumpla tareas específicas en Centros Locales de Dirección de Tráfico Marítimo, Centro de Información Marítima, Centro de Operaciones Tácticas y de Búsqueda y Rescate y Centro de Control Aéreo de la Armada Nacional, disminuyéndose en la misma unidad ejecutora los objetos del gasto que se detallan:

Programa 300 322 300 322 300 322 300 322

Objeto del Gasto 059.000 059.000 082.000 042.611 081.000 081.000 041.008 082.000

Monto ($) 33.069 77.516 4.299 363.902 64.484 151.157 395.820 10.077

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Programa 322 300 TOTALES

Objeto del Gasto 042.520 048.021

Monto ($) 566.294 1.006 1.667.624

El Poder Ejecutivo reglamentará la forma de pago de la compensación que se crea por el presente artículo. La Contaduría General de la Nación habilitará un objeto del gasto específico a tales efectos. Artículo 122.- Increméntase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 343 “Formación y Capacitación”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, el crédito del objeto del gasto 051.001 “Horas Docentes” en $ 2.387.268 (dos millones trescientos ochenta y siete mil doscientos sesenta y ocho pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de retribuciones a los Instructores Militares de las Escuelas y Centros Educativos de la Armada Nacional. Disminúyese del programa 300 “Defensa Nacional”, de la unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito del objeto del gasto 042.103 “Mayor Resp. y espec. Esc.K-MDN Dto 474/005 y CGN 12/01/06 ” en $ 2.387.268 (dos millones trescientos ochenta y siete mil doscientos sesenta y ocho pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales. Artículo 123.- Sustitúyese el artículo 85 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 85.- Autorízase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, a percibir un precio por los servicios prestados a terceros en el uso de simuladores, por concepto de capacitación, entrenamiento para gente de mar y cursos de la Organización Marítima Internacional, así como por los cursos de Liderazgo brindados para personal de organizaciones públicas y privadas, que sean dictados por la Armada Nacional. Dispónese que los estudiantes de la Escuela Técnica Marítima dependiente del Consejo de Educación Técnico-Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública, estarán exonerados del pago del precio por el uso de simuladores. La recaudación por este concepto será destinada a la unidad ejecutora 018, para gastos de funcionamiento, inversión y al pago a instructores y docentes, por la ejecución de tareas académicas, de investigación o publicación que deban realizarse. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición”. Artículo 124.- Incorpórase como inciso segundo del literal A) del artículo 216 de la Ley Nº 13.637, de 21 de diciembre de 1967, el siguiente: “Se entiende por arribada a puerto tanto el ingreso de un buque o embarcación a las instalaciones portuarias, así como toda operación con dicho puerto, que efectúe un buque o embarcación que se encuentre en aguas bajo jurisdicción nacional”. Agrégase al artículo 216 de la Ley Nº 13.637, de 21 de diciembre de 1967, como literal B), el siguiente: “B) Quedan comprendidos dentro del pago de la tasa por servicios de ayuda a la navegación marítima, los buques extranjeros y nacionales que realicen operaciones de transbordo de hidrocarburos como carga, denominadas “STS” o “ship to ship” en las áreas autorizadas”. Artículo 125.- Transfórmanse en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, en el escalafón K “Personal Militar” 2 cargos de Coronel (Administración y Abastecimiento), 2 cargos de Teniente Coronel (Seguridad Terrestre), 6 cargos de Teniente Coronel (Administración y Abastecimiento), 2 cargos de Teniente Coronel (Mantenimiento), 3 cargos de Teniente Coronel (Comunicaciones y Electrónica), 1 cargo de Mayor (Seguridad Terrestre) y 4

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cargos de Alférez (Técnico Profesional) en los siguientes cargos: 2 cargos de Coronel (Navegantes), 5 cargos de Mayores (Navegantes), 11 cargos de Capitanes (Navegantes) y 4 cargos de Alférez (Especialista). Sustitúyese el artículo 65 del Decreto-Ley Nº 14.747, de 28 de diciembre del 1977, en la redacción dada por el artículo 50 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 65.- Fíjanse los efectivos del Personal Superior de la Fuerza Aérea de acuerdo a lo siguiente:

CUERPO Escalafón Gral. Aire del

COMANDO

SS.GG.

Av. Nav. Nav. L S.T. A.A. Mant. C.y E. Met. S.A. Total Esp. T.P. B.F.A. Total 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0

Brig. Gral. Coronel Tte.Cnel. Mayor Capitán Tte.1º Tte.2º Alférez

5 35 37 38 53 0 0 0 169

0 3 8 21 29 0 0 0 61

0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 5 2 1 1 0 0 0 9

0 2 0 0 0 0 0 0 2

0 4 0 0 0 0 0 0 4

0 5 0 0 0 0 0 0 5

0 1 0 0 0 0 0 0 1

0 1 1 0 0 0 0 0 2

5 56 48 60 83 0 0 0 253

0 0 0 1 3 3 6 12 25

0 0 1 3 8 11 13 10 46

0 0 0 0 0 0 0 1 1

0 0 1 4 11 14 19 23 72

Artículo 126.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, la transformación de los cargos del “Cuerpo Técnico y Seguridad Terrestre” al vacar, por cargos del “Cuerpo Aéreo o de Servicios Generales”, de la unidad ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”. Artículo 127.- Establécese que los fondos recaudados por la unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas”, del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional” por la prestación de servicios en los Institutos de Medicina Altamente Especializada (IMAE), de conformidad con lo establecido por el artículo 7º de la Ley Nº 16.720, de 13 de octubre de 1995, constituyen fondos de terceros. La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas destinará estos recursos para el funcionamiento de los distintos IMAE, para la conservación y ampliación de sus edificios y para la adquisición de equipamiento e insumos necesarios. Artículo 128.- Asígnase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas”, la suma de $ 4.560.626 (cuatro millones quinientos sesenta mil seiscientos veintiséis pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de una compensación especial al personal no sanitario que desempeñe tareas de responsabilidad. Reasígnase el crédito presupuestal de los siguientes objetos del gasto: 042.010 “Prima técnica, con aportes MD (MI sin aportes)” en $ 37.972 (treinta y siete mil novecientos setenta y dos pesos uruguayos); 042.013 “Compensación por dedicación especial” en $ 1.050.473 (un millón cincuenta mil cuatrocientos setenta y tres pesos uruguayos); 042.530 “Comp. especial por horario nocturno o trabajo en días inhábiles” en $ 205.696

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(doscientos cinco mil seiscientos noventa y seis pesos uruguayos); 043.004 “Compensación % por Dedicación Integral L.16320 a.7.-7 MDN”, en $ 423.670 (cuatrocientos veintitrés mil seiscientos setenta pesos uruguayos); 048.003 “Aumento especial Arts. 2 y 3 Dec. 221/993” en $ 749 (setecientos cuarenta y nueve pesos uruguayos); 048.021 “Adic. ret. nom” en $ 2.820.175 (dos millones ochocientos veinte mil ciento setenta y cinco pesos uruguayos) y 048.027 “Mínimo D.22/007” en $ 21.891 (veintiún mil ochocientos noventa y un pesos uruguayos), a efectos de financiar la compensación especial prevista en el inciso primero de este artículo. Quedan excluidos de la presente compensación los funcionarios que estén comprendidos en los artículos 103 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008 y 93 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. El Poder Ejecutivo reglamentará el pago de la compensación que se crea en el presente artículo. Artículo 129.- Establécese que los fondos recaudados por la Biblioteca de Extensión Cultural, la Biblioteca Biomédica, el Laboratorio de Análisis Clínicos, la Escuela de Sanidad, el Laboratorio Óptico, las prótesis odontológicas, las ortopedias dentales, las vacunaciones, el carné de salud y las fumigaciones, constituyen fondos de terceros de la unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”. La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas destinará lo recaudado al financiamiento de gastos de funcionamiento y de inversión necesarios para la prestación de los servicios. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. Artículo 130.- Facúltase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 033 “Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas”, a transformar 150 cargos ocupados de personal subalterno (grados 15 al 10) del escalafón K “Personal Militar”, que cumplan con la condición de ser profesionales y/o licenciados de la salud, en 123 cargos de Alférez, escalafón K, grado 9, De Servicios, en el subescalafón de Licenciados, y 27 cargos de Alférez, escalafón K, grado 9, de Servicios, en el subescalafón de Apoyo. Dicha transformación será financiada con los créditos de los objetos del gasto de los cargos que dejan de ocupar los funcionarios y con la supresión de cargos civiles vacantes existentes a la fecha de vigencia de la presente ley. Con el excedente de crédito resultante de la eliminación de vacantes, podrán crearse nuevos cargos en el escalafón K, grado 14, Cabo de 2a., de Servicios, subescalafón Especializado A, hasta el límite del crédito resultante de la referida eliminación. A partir del 1º de febrero de 2018, autorízase a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, a realizar las transformaciones de cargos necesarias a efectos de establecer una pirámide de cargos militares y garantizar el derecho al ascenso del personal militar. El Poder Ejecutivo, en acuerdo con el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Economía y Finanzas, reglamentará la presente disposición, facultando a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de créditos presupuestales que fueran necesarias. El presente artículo no puede generar costo presupuestal. Artículo 131.- Créanse en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 401 “Red de asistencia e integración social”, unidad ejecutora 034 “Dirección General de los Servicios”, los siguientes cargos del escalafón K “Personal Militar”: tres de Alférez, tres de Teniente 2º, dos de Teniente 1º y uno de Capitán. A efectos de financiar las creaciones dispuestas en el inciso precedente, reasígnase una partida anual de $ 3.689.795 (tres millones seiscientos ochenta y nueve mil setecientos noventa y cinco pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, desde el objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir”. Será de aplicación a los cargos que se crean lo dispuesto por la reglamentación vigente para el Personal Superior de la unidad ejecutora 035 “Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas”. Artículo 132.- Autorízase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 034 “Dirección General de los Servicios”, programa 401 “Red de asistencia e integración social”, a abonar una compensación especial a sus funcionarios profesionales universitarios y/o técnicos profesionales con jerarquía de Personal

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Subalterno y civiles, que desempeñen tareas prioritarias para el cumplimiento de los cometidos sustantivos de la unidad ejecutora. La compensación prevista en este artículo se financiará con la reasignación de crédito presupuestal del objeto del gasto 092 “Partida global a distribuir”, por la suma de $ 2.827.500 (dos millones ochocientos veintisiete mil quinientos pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales. No será aplicable a la compensación prevista en este artículo lo dispuesto en el último inciso del artículo 123 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 176 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El Poder Ejecutivo reglamentará el pago de la compensación que se crea en la presente disposición. Artículo 133.- Autorízase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 402 “Seguridad Social”, unidad ejecutora 035 “Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas”, a abonar una compensación especial a los funcionarios que se encuentren prestando servicios en la unidad ejecutora y desempeñen tareas prioritarias para el cumplimiento de los cometidos sustantivos de la misma, no pudiendo beneficiar en ningún caso al Personal Superior de las distintas Fuerzas. Reasígnase una partida anual de $ 4.781.910 (cuatro millones setecientos ochenta y un mil novecientos diez pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 092 “Partidas globales a distribuir”, con destino a financiar la compensación especial prevista en este artículo. No será aplicable a la compensación prevista en este artículo, lo dispuesto en el último inciso del artículo 123 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 176 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El Poder Ejecutivo reglamentará el pago de la compensación que se crea en el presente artículo. Artículo 134.- Facúltase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, a categorizar como “Compensación al cargo”, la tabla por grado que se liquida con cargo al objeto del gasto 042.520 “Compensación Especial por cumplir condiciones específicas”. Reasígnanse los créditos presupuestales de los objetos del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas” por la suma de $ 181.935.768 (ciento ochenta y un millones novecientos treinta y cinco mil setecientos sesenta y ocho pesos uruguayos) y 092 “Partidas globales a distribuir”, por la suma de $ 6.697.945 (seis millones seiscientos noventa y siete mil novecientos cuarenta y cinco pesos uruguayos), con destino a financiar la citada “Compensación al cargo”. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales dispuestos en el inciso anterior al objeto del gasto 042.400 “Compensación al Cargo”. Artículo 135.- Transfórmanse en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, en los programas 343 “Formación y Capacitación” y 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, los cargos vacantes que se detallan en la Tabla I, en los cargos vacantes que se detallan en la Tabla II: Tabla I

Cantidad 1 1 1 2

Escalafón B B B B

Grado 11 11 9 3

Denominación Técnico II Técnico II Técnico IV Técnico X

Serie Piloto Piloto Instructor Piloto Instructor Controlador de Tránsito Aéreo

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Cantidad 1 1 1 1 1 2 2 1 1 1 1 1 3 1 4 1 1 1 1

Escalafón D D D D D D D D D D D E E E E E E F F

Grado 11 10 8 7 7 7 7 7 6 6 5 7 6 5 4 3 3 2 2

Denominación Jefe Especialista I Especialista III Especialista IV Especialista IV Especialista IV Especialista IV Especialista IV Especialista V Jefe de Sección Especialista VI Oficial II Oficial III Oficial IV Oficial V Oficial VI Oficial VI Auxiliar V Auxiliar V

Serie Especialización Especialización Especialización Inspectoría Operación y Rampa Operaciones Asistente Controlador de Tránsito Aéreo Afis Información Aeronáutica Especialización Mecánico Aeronáutica Impresor Mantenimiento Edilicio Mantenimiento Edilicio Mantenimiento Edilicio Mantenimiento Edilicio Oficios Seguridad Aeroportuaria Servicios

Tabla II

Cantidad 1 1 2 10 1

Escalafón A A A B D

Grado 12 11 4 3 1

Denominación Asesor IV Asesor V Asesor XII Técnico X Especialista X

Serie Ingeniero Arquitecto Médico Electrónica Telecomunicaciones

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3 3 4 15

D D E F

1 1 1 1

Especialista X Especialista X Oficial VIII Auxiliar VI

Información Aeronáutica Informática Chofer Servicios

Artículo 136.- Asígnase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 042.530 “Compensación especial por horario nocturno o trabajo días inhábiles”, una partida para el ejercicio 2015 de $ 2.013.774 (dos millones trece mil setecientos setenta y cuatro pesos uruguayos), y una partida anual para los ejercicios 2016 a 2019 de $ 1.918.836 (un millón novecientos dieciocho mil ochocientos treinta y seis pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de tareas en horario nocturno. La presente erogación se financiará con la disminución de $ 2.013.774 (dos millones trece mil setecientos setenta y cuatro pesos uruguayos), del objeto del gasto 092.000 “Partida global a distribuir”, para el ejercicio 2015 y de $ 351.777 (trescientos cincuenta y un mil setecientos setenta y siete pesos uruguayos) anuales, del objeto del gasto 092.000 “Partida global a distribuir”, para los ejercicios 2016 a 2019, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional” programa 367 “Política e Infraestructura Aeronáutica”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”. Artículo 137.- Reasígnase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, de la unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, la suma de $ 650.000 (seiscientos cincuenta mil pesos uruguayos) anuales, del total de lo recaudado por concepto de “Precio por protección al vuelo y por uso de instalaciones y servicios de navegación aérea”, a la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, con destino a gastos de funcionamiento e inversión de la “Comisión Investigadora de Accidentes e Incidentes de Aviación” creada por el artículo 14 de la Ley Nº 18.619, de 23 de octubre de 2009. Asimismo, deben transferirse los créditos presupuestales correspondientes en la Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, informando a la Contaduría General de la Nación y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la distribución entre funcionamiento e inversión. Artículo 138.- Sustitúyese el artículo 226 del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero de 1974 (Ley Orgánica Militar), en la redacción dada por el artículo 81 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, y por el artículo 79 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 226.- Respecto al ejercicio de la actividad docente en centros educativos militares: 1) 2) El Oficial que se encuentre en situación de no disponible o de suspensión del Estado Militar no podrá ejercerla. El personal militar que se encuentre en situación de retiro incluyendo la acumulación por retribución docente, puede ser considerado para reintegrarse al ejercicio docente en el primer grado escalafonario y sin derecho a ascenso. Por dicho ejercicio docente percibirá una compensación no sujeta a montepío, sin que ello afecte al haber de retiro previamente generado y sin permitir modificación en el haber de retiro percibido. El Ministerio de Defensa Nacional reglamentará los montos máximos a percibir, considerando el tope dispuesto por el artículo 67 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, en la redacción dada por los artículos 121 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y 75 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. El límite de edad para el ejercicio de la actividad docente será de 70 años. Cumplida dicha edad, deberá solicitarse autorización año a año al Jerarca del inciso, fundamentando la misma.

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3)

El personal militar retirado reincorporado puede ser considerado para reintegrarse al ejercicio docente en el primer grado escalafonario y sin derecho a ascenso. Por dicho ejercicio docente percibirá una compensación no sujeta a montepío, sin que ello afecte el haber de retiro previamente generado y sin permitir modificación en el haber de retiro percibido, correspondiendo aplicar lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley Nº 13.640, en la redacción dada por los artículos 121 de la Ley Nº 16.736, y 75 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, a efectos de establecer los montos máximos a percibir. Facúltase a la Contaduría General de la Nación para habilitar un objeto del gasto específico, a efectos de individualizar las dietas del personal militar retirado y reincorporado y para realizar las reasignaciones de crédito correspondientes dentro del grupo 0 “Retribuciones Personales”.

Artículo 139.- Establécese en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 041 “Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica”, que el personal del ente autónomo Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea, incorporado en contratos de función pública de carácter permanente, pasará a ocupar cargos presupuestados, en las condiciones previstas en el artículo 38 de la Ley Nº 18.719, de 27 de octubre de 2010, en la redacción dada por el artículo 5º de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre 2013. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos correspondientes a los efectos de implementar la presente disposición. Artículo 140.- Autorízase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 380 “Gestión Ambiental y ordenación del territorio”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, a pagar una compensación, la que será percibida por el personal Militar Subalterno, que desempeña la tarea de limpieza de baños y mantenimiento general, durante los meses de diciembre a abril, en el Servicio de Parques del Ejército. Asígnase al Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 380 “Gestión Ambiental y ordenación del territorio”, unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, con cargo a la Financiación 1.2 “Recursos de Afectación Especial”, una partida de $ 850.000 (ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos) para el ejercicio 2015 y de $ 4.976.400 (cuatro millones novecientos setenta y seis mil cuatrocientos pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2016, en el grupo 0 “Retribuciones Personales”, con destino al pago de dicha compensación. La presente erogación se financiará con la disminución, en la unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, programa 300 “Defensa Nacional” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, Financiación 1.2 “Recursos de Afectación Especial”, en el ejercicio 2015, de un monto de $ 850.000 (ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos) del objeto del gasto 199.000 “Otros bienes de consumo”, con destino al pago de dicha compensación en el mes de diciembre 2015, y a partir del ejercicio 2016, en la unidad ejecutora 004 “Comando General del Ejército”, programa 300 “Defensa Nacional” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, Financiación 1.2 “Recursos de Afectación Especial” del objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales”, la suma de $ 4.976.400 (cuatro millones novecientos setenta y seis mil cuatrocientos pesos uruguayos), anuales. Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 141.- Transfórmanse en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, del programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”, un cargo de Asesor IX, Serie Abogado, escalafón A, grado 5 y dos cargos de Asesor X, Serie Abogado, escalafón A, grado 8, vacantes, en tres cargos de Maestro, Serie Técnico Responsable, escalafón J, grado 7, en el programa 343 “Formación y Capacitación”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría de Estado”. Artículo 142.- Reasígnase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, programa 300 “Defensa Nacional”, unidad ejecutora 023 “Comando General de la Fuerza Aérea”, una partida anual de $ 400.000 (cuatrocientos mil pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 099.000 “Otras retribuciones”, Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, al objeto del gasto 031.000 “Retribuciones zafrales y temporales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, por $ 318.302 (trescientos dieciocho mil trescientos dos pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de los haberes del personal incorporado a la Reserva.

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Artículo 143.- Reasígnase en el Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, unidad ejecutora 018 “Comando General de la Armada”, el crédito de los siguientes objetos del gasto:

Programa 322 322 322 322 322 322 343 343 343 343 300 300 300 300 TOTAL

Objeto del Gasto 042.528 042.611 047.500 059.000 081.000 082.000 048.012 059.000 081.000 082.000 047.001 059.000 081.000 082.000

Monto 1.384.521 1.084.628 677.675 262.235 511.359 34.091 994.420 82.868 161.593 10.773 224.768 18.731 36.524 2.435 5.486.621

Al programa 300 “Defensa Nacional”, en los siguientes objetos del gasto:

Programa 300 300 300 300 300 300 300

Objeto del Gasto 031.000 042.012 042.067 042.536 042.014 048.004 048.009

Monto 3.772.181 13.541 151.039 103.597 139.764 7.029 9.825

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Programa 300 300 300 300 300 300 300 300 300 300 TOTAL

Objeto del Gasto 048.012 048.015 048.017 048.023 048.026 048.038 122.001 059.000 081.000 082.000

Monto 23.448 20.384 16.249 11.414 11.551 48.982 46.507 360.750 703.463 46.898 5.486.621

INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR Artículo 144.- Suprímense en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, escalafón L “Personal Policial”, en las unidades ejecutoras y programas que se indican, los cargos y funciones contratadas que se detallan, de la estructura vigente al 30 de junio de 2015: Cargos:

UE

Progr.

Grado

Denominación del cargo Agente Segunda Oficial SubAyudante Oficial SubAyudante Oficial Ayudante Oficial Ayudante Oficial Ayudante de

Cantidad de cargos 14

Profesión/ Subescalafón Especialidad Administrativo

004

460

1

004

460

6

4

Administrativo

004

460

6

7

Especializado Técnico Profesional Administrativo Especializado

004 004 004

460 460 460

7 7 7

2 3 4

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UE

Progr.

Grado

Denominación del cargo Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Subcomisario Subcomisario Subcomisario Subcomisario Comisario Comisario Comisario Comisario de

Cantidad de cargos 1 5 3 5 1 4 1 1 4 1 2

Profesión/ Subescalafón Especialidad Técnico Profesional Administrativo Especializado Administrativo Administrativo Especializado Especializado Técnico Profesional Administrativo Administrativo Especializado

004 004 004 004 004 004 004 004 004 004 004

460 460 460 460 462 460 462 460 460 462 460

8 8 8 9 9 9 9 10 10 10 10

004

460

10 Capitán Guardia Maestro de Coraceros Banda 11 Comisario Inspector Comisario Inspector

1

Ejecutivo

004

460

3

Administrativo

004 004 004 006 006 006 006 006 006

460 460 460 460 460 460 460 460 460

11 12 12 1 8 9 10 11 12

2 4 1 4 1 2 2 1 1

Especializado Administrativo Especializado Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo

Inspector Mayor Inspector Mayor Agente Segunda de

Oficial Principal Subcomisario Comisario Comisario Inspector Inspector Mayor

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UE 007 008 008 008 008 008 009 009 009 010 011 011 012 013 014 014 014 015 015 015 015 015 016 016 016

Progr. 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460

Grado 10 6 7 8 9 10 7 8 9 8 6 7 10 10 8 9 10 6 7 8 9 10 7 8 9

Denominación del cargo Comisario Oficial Subayudante Oficial Ayudante Oficial Principal Subcomisario Comisario Oficial Ayudante Oficial Principal Subcomisario Oficial Principal Oficial Subayudante Oficial Ayudante Comisario Comisario Oficial Principal Subcomisario Comisario Oficial Subayudante Oficial Ayudante Oficial Principal Subcomisario Comisario Oficial Ayudante Oficial Principal Subcomisario

Cantidad de cargos 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

Profesión/ Subescalafón Especialidad Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo

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671

UE 017 017 017 018 018 018 019 019 020 020 021 021 021 021

Progr. 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460 460

Grado 8 9 10 9 10 11 8 10 7 8 8 9 10 11

Denominación del cargo Oficial Principal Subcomisario Comisario Subcomisario Comisario Comisario Inspector Oficial Principal Comisario Oficial Ayudante Oficial Principal Oficial Principal Subcomisario Comisario Comisario Inspector Oficial Subayudante Agente Segunda Agente Primera de

Cantidad de cargos 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

Profesión/ Subescalafón Especialidad Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo

022

460

6

1

Especializado

024

463

1

3

Administrativo

024 024 024 024 024 026 026

463 463 463 463 463 461 461

2 7 9 11 12 6 6

de

4 1 1 1 1 7 2

Especializado Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Ejecutivo Especializado

Oficial Ayudante Subcomisario Comisario Inspector Inspector Mayor Oficial Subayudante Oficial

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UE

Progr.

Grado

Denominación del cargo Subayudante Oficial Subayudante Oficial Ayudante Oficial Ayudante Oficial Ayudante Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Oficial Principal Subcomisario Subcomisario

Cantidad de cargos

Profesión/ Subescalafón Especialidad

026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026 026

461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461 461

6 7 7 7 8 8 8 8 8 8 8 8 9 9

9 6 10 1 4 1 1 1 1 1 1 1 2 1

Técnico Profesional Ejecutivo Técnico Profesional Técnico Especializado Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico Especializado Técnico Profesional Técnico Médico Psiquiatra Maestro Director Psiquiatra Dermatólogo Asistente Social Escribano Médico Veterinario Odontólogo Médico Odontólogo

026

461

10

Comisario Comisario Inspector Inspector Mayor Inspector Mayor

2

026 026 026

461 461 461

11 12 12

1 2 1

Especializado Administrativo Técnico Profesional Técnico

029

343

7

Oficial Ayudante Agente Primera de

1

Asistente Social

030

440

2

4

Especializado

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673

UE 030 030

Progr. 440 440

Grado 3 4

Denominación del cargo Cabo Sargento Sargento Primero

Cantidad de cargos 5 7

Profesión/ Subescalafón Especialidad Especializado Especializado

030

440

5

15

Especializado

Funciones:

UE Programa Grado Denominación del cargo 029 343 6 Oficial Subayudante

Cantidad de Subescalafón cargos 2 Técnico

Profesión/ Especialidad Bibliotecólogo Licenciado en Ciencias de la Educación

029

343

6

Oficial Subayudante

3

Técnico

Artículo 145.- Créase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior” el “Programa de Alta Dedicación Operativa”. El personal designado que se integrará voluntariamente para desempeñar funciones en el Programa tendrá dedicación exclusiva y estará a disposición de las órdenes del jerarca para cumplir funciones exclusivamente operativas, en cualquier horario de la jornada y con la flexibilidad horaria que requiera la autoridad. Será responsabilidad del jerarca de la unidad el adecuado funcionamiento del programa, tanto en lo que refiere a la alta dedicación, los resultados obtenidos, como la capacitación actualizada en la gestión óptima de los recursos materiales y la disponibilidad de los recursos tecnológicos. A los efectos de la presente norma, se entiende por dedicación exclusiva aquella por la cual el funcionario no podrá realizar directa o indirectamente ninguna actividad pública o privada rentada u honoraria, excepto por: a) el ejercicio de la docencia en instituciones públicas o privadas; b) la producción y creación literaria, artística, científica y técnica, siempre que no se origine en una relación de dependencia; c) desarrollar actividades deportivas y artísticas fuera de la relación de dependencia; d) las derivadas de la administración del patrimonio personal y familiar (padres, hijos, cónyuges), siempre que no tenga relación alguna con las actividades controladas por el Ministerio del Interior. Cuando se compruebe mediante el procedimiento administrativo correspondiente que un funcionario sujeto al régimen de exclusividad realiza actividades incompatibles con dicho régimen o no cumpliere con las condiciones establecidas en el inciso segundo de la presente norma, será excluido del mismo y trasladado a otros servicios por resolución fundada del jerarca del inciso, sin perjuicio de las investigaciones y sanciones que correspondieren. Habilítase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir” una partida anual de $ 140.985.000 (ciento cuarenta millones novecientos ochenta y cinco mil pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino a abonar una compensación mensual a los funcionarios policiales del escalafón ejecutivo, que se afecten al programa, no pudiendo superar los mil funcionarios.

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El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición en un plazo de ciento veinte días. Artículo 146.- Habilítase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 057.001 “Becas”, una partida anual de $ 67.015.053 (sesenta y siete millones quince mil cincuenta y tres pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales. Los becarios contratados al amparo de la presente ley, realizarán tareas de apoyo administrativo en las seccionales policiales y la Dirección Nacional de Bomberos, con destino a la mejora de atención al público, tendrán un horario de seis horas diarias de labor, percibirán hasta 6 BPC (seis Bases de Prestaciones y Contribuciones) mensuales y serán contratados por hasta dieciocho meses prorrogables una única vez por hasta doce meses más. Dentro del período contractual podrán ser cesados en cualquier momento previa evaluación insatisfactoria por parte de la Administración. La Oficina Nacional del Servicio Civil participará en la selección de los becarios y en la reglamentación de los requisitos necesarios para el ingreso y demás condiciones de la contratación. Artículo 147.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, en el escalafón L “Personal Policial”, 240 cargos de Agente, grado 1, subescalafón Ejecutivo, a partir del ejercicio 2017. Artículo 148.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460, “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, escalafón L “Personal Policial”, subescalafón Técnico-Profesional (PT), con destino a la Unidad de Contralor Patrimonial de Delitos Precedentes de Lavados de Activos, las siguientes funciones contratadas en el sistema escalafonario previsto en la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015: 2 Comisario Mayor grado 9, escalafón Técnico-Profesional “Abogado”, contrato policial (CP). 1 Comisario Mayor grado 9, escalafón Técnico-Profesional “Escribano”, contrato policial (CP). 1 Comisario Mayor grado 9, escalafón Técnico-Profesional “Contador”, contrato policial (CP). 1 Comisario Mayor grado 9, escalafón Administrativo, contrato policial (CP). Artículo 149.- Habilítase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 6.266.000 (seis millones doscientos sesenta y seis mil pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino a abonar una compensación por horas efectivas de vuelo, a los funcionarios del Ministerio del Interior que realicen actividad de vuelo en forma permanente como piloto o como observador a bordo, en la forma que reglamentará el Poder Ejecutivo. Artículo 150.- El personal subalterno del escalafón Ejecutivo que a la fecha de promulgación de la presente ley se encuentre desempeñando tareas administrativas o prestando servicios en comisión en forma ininterrumpida en similares tareas, durante dos años o más en el Inciso 04 “Ministerio del Interior” en las siguientes unidades ejecutoras, 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, 002 “Dirección Nacional de Migración”, 024 “Dirección Nacional de Bomberos”, 025 “Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial”, 030 “Dirección Nacional de Sanidad Policial” y 031 “Dirección Nacional de Identificación Civil”, podrá optar por incorporarse al presupuesto de la unidad en la que cumple efectivamente funciones, transformando su cargo en uno de igual jerarquía en el escalafón administrativo, previo otorgamiento de los ascensos que pudieran corresponder al 1º de febrero de 2016, si lo solicitare dentro del plazo de noventa días a contar del siguiente a la publicación de la presente ley. Las transformaciones de cargo y las incorporaciones autorizadas deberán ser aprobadas en forma expresa por el jerarca del Inciso. El personal subalterno del escalafón Ejecutivo del resto de las unidades ejecutoras podrá utilizar la opción prevista en el inciso anterior con acuerdo de los Jerarcas implicados y con aprobación expresa del jerarca del Inciso.

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Artículo 151.- Facúltase al Inciso 04 “Ministerio del Interior” a solicitar el pase en comisión de funcionarios del escalafón K “Militar” del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, con destino a tareas ejecutivas en la Dirección Nacional de Bomberos, priorizando el refuerzo de sus destacamentos en el interior del país. Artículo 152.- La aptitud psicofísica del personal policial ejecutivo deberá ser evaluada al menos cada veinticuatro meses y en todo caso previo a decretarse el ascenso en cualquiera de sus grados. Establécese la obligatoriedad de poseer el carné de salud habilitante para el personal ejecutivo. Las condiciones psicofísicas necesarias para la actividad policial quedarán acreditadas con la expedición de un carné de aptitud psicofísica. El no cumplimiento de esta disposición será considerada falta grave. La reglamentación fijará las distintas pruebas a realizar acorde a la carrera administrativa. Artículo 153.- El Inciso 04 “Ministerio del Interior” deberá desarrollar políticas públicas tendientes a continuar avanzando en la profesionalización de la Policía en la materia de violencia doméstica. Entre las medidas que se deben adoptar se encuentran: mejorar la infraestructura y logística de las unidades especializadas en violencia doméstica; ampliar el “sistema de verificación de presencia y localización de personas en casos de alto riesgo en violencia doméstica” (tobilleras); continuar capacitando al personal policial en la materia en todo el país y universalizando el adecuado cumplimiento de los protocolos de actuación en la materia; promover la especialización de la respuesta policial en la lucha contra la trata, tráfico y explotación sexual comercial y no comercial considerando especialmente los casos de niñas, niños y adolescentes; abordar de forma integral la violencia de género que sufren o ejercen los y las policías; con respecto al Instituto Nacional de Rehabilitación, desarrollar programas específicos sobre violencia basada en género y fortalecer la perspectiva de género en la gestión; y promover y generar los mecanismos para fortalecer la articulación y coordinación interinstitucional y con la sociedad civil. Reasígnase en el programa 460 “Prevención y Represión del Delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 21.185.640 (veintiún millones ciento ochenta y cinco mil seiscientos cuarenta pesos uruguayos), del objeto del gasto 299.000 “Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores”, al Proyecto 121 “Igualdad de Género”. Artículo 154.- Habilítase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, una partida anual de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) con destino a financiar el proyecto de funcionamiento 101 “Pelota al Medio a la Esperanza”, el que tendrá como cometidos desarrollar políticas de inclusión social, construcción de seguridad y convivencia, y prevención del delito a través de la utilización del deporte como herramienta, convocando a niños y niñas en situación de vulnerabilidad con un enfoque de derechos humanos. La erogación se financiará con los créditos resultantes de la supresión de los siguientes cargos:

UE 004 004

Cant. cargos 1 1

Grado 6 7

Denominación del cargo Oficial Subayudante Oficial Ayudante

Subescalafón Administrativo Administrativo

Artículo 155.- Sustitúyese el artículo 96 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 96.- Autorízase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, a contratar hasta un máximo de dos mil personas para cumplir con los servicios especiales previstos en el artículo 193 de la Ley Nº 12.376, de 31 de enero de 1957, en la redacción dada por los artículos 147 del Decreto-Ley Nº 14.252, de 22 de agosto de 1974, 273 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y disposiciones reglamentarias.

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Encomiéndase a la Contaduría General de la Nación a incorporar los contratos suscritos en el Registro de Vínculos con el Estado creado por el artículo 13 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a través del módulo Organización y Funcionario del Sistema de Gestión Humana. Los fondos que se perciban de los organismos contratantes serán destinados a financiar las retribuciones del personal contratado y constituirán Fondos de Terceros”. Artículo 156.- El Fondo de Tutela Social Policial, creado por el artículo 87 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, con la denominación dada por el artículo 8º del Decreto-Ley Nº 14.230, de 23 de julio de 1974, será administrado por la Dirección Nacional de Asuntos Sociales. Los funcionarios del Inciso 04 “Ministerio de Interior”, escalafón L Personal Policial en Actividad, aportarán al Fondo antes referido, el 1 % (uno por ciento) de las retribuciones nominales totales sujetas a montepío, que se retendrán mensualmente. Los retirados y pensionistas policiales mantendrán el régimen de aportación vigente. Los recursos del Fondo de Tutela Social Policial serán afectados a los siguientes fines: A) B) El 85 % (ochenta y cinco por ciento) será destinado al fondo de vivienda a que refiere el artículo 67 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006. El 15 % (quince por ciento) restante será destinado a los fines descriptos en el artículo 3º del Decreto-Ley Nº 14.854, de 15 de diciembre de 1978.

Derógase el artículo 109 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 157.- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar la residencia legal a personas extranjeras que permanezcan en el país en forma irregular y que se encuentren en especial situación de vulnerabilidad, acreditada ante el Ministerio de Desarrollo Social, siempre que se respete la prohibición establecida en el inciso segundo del artículo 37 de la Constitución de la República, y que el interesado cumpla con la reglamentación que se dicte al efecto. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición en el plazo de ciento veinte días. Artículo 158.- Créase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior” programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, que tendrá jurisdicción nacional y dependerá directamente del Ministro del Interior. Serán sus cometidos: 1) 2) 3) El diseño y gestión de políticas públicas en materia de apoyo a la reinserción social de personas que egresan del sistema penitenciario. La coordinación de actividades con la Comisión Honoraria, que participará en la elaboración y gestión de los diferentes programas de apoyo a personas liberadas. Coordinar la intervención conjunta a realizar en el tratamiento de las personas privadas de libertad, con el Instituto Nacional de Rehabilitación en la fase de pre-egreso.

Suprímese el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. Transfiérese a la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado los recursos humanos, materiales y financieros afectados a las actividades y dependencias del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. Las referencias al Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados contenidas en disposiciones legales y reglamentarias vigentes, se entenderán realizadas a la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado que se crea por esta disposición. El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto precedentemente, en un plazo de ciento veinte días a partir de la vigencia de la presente ley. Artículo 159.- Créase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, el cargo de particular confianza de Director General de la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, que estará comprendido en el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 modificativas y concordantes.

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La designación deberá recaer en una persona con específica capacitación en la materia. Dicho cargo tendrá los siguientes cometidos: 1) 2) 3) Ejecutar las políticas en materia de apoyo a las personas liberadas. Efectuar la planificación, evaluación y control de la actividad de la Dirección. Representar a la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado.

Artículo 160.- Créase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, un “Equipo Especializado en Graves Violaciones a los Derechos Humanos” que colaborará en forma directa con operadores jurídicos del Poder Judicial y de la Fiscalía General de la Nación, en las investigaciones sobre las violaciones a derechos humanos ocurridas en el marco del quebrantamiento al Estado de Derecho a que se refiere la Ley Nº 18.596, de 18 de setiembre de 2009. El equipo especial funcionará en el ámbito de la Dirección de Asuntos Internos y se encargará de realizar las coordinaciones pertinentes en el Ministerio del Interior para que las investigaciones y trámites solicitados se efectúen en forma adecuada. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición en un plazo de ciento veinte días a partir de la vigencia de la presente ley. Artículo 161.- Habilítase al Inciso 04 “Ministerio del Interior” a bloquear el ingreso de llamadas provenientes de servicios telefónicos u otros medios de comunicación al Servicio de Emergencia 911, cuando existan registros debidamente documentados que acrediten el uso irregular de las referidas comunicaciones en forma reiterada. Se entenderá que existe reiteración cuando fueren realizadas más de tres comunicaciones en el mes o seis en un año, de esa naturaleza. El bloqueo podrá abarcar períodos desde una semana hasta seis meses según la gravedad de la infracción. El titular del servicio bloqueado podrá ejercer su derecho de defensa, a través de un procedimiento administrativo que se dictará, pudiendo rehabilitarse el servicio contra el pago de una multa que se determinará con criterios de razonabilidad. Artículo 162.- Suprímese en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 004 “Jefatura de Policía de Montevideo”, un cargo de Agente de Segunda del escalafón L “Personal Policial”, subescalafón Ejecutivo, grado 1. Créase en el mismo inciso y programa, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior” una función contratada de Comisario (CP) (PE) (Tics). Artículo 163.- Encomiéndase al Ministerio del Interior la constitución de una comisión con el objetivo de presentar al Poder Ejecutivo un cronograma de actividades para la transformación del Instituto Nacional de Rehabilitación en un servicio descentralizado. Artículo 164.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la privación de libertad”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, en el ejercicio 2017, los siguientes cargos en el escalafón S “Personal Penitenciario”: – 154 Operador Penitenciario II, grado 2. – 30 Operador Penitenciario IV, grado 4. – 7 Subalcaide, grado 6. – 5 Alcaide, grado 7. Artículo 165.- Asígnase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la privación de libertad”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, la suma de $ 19.515.901 (diecinueve millones quinientos quince mil novecientos un pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, para adecuar las remuneraciones del escalafón S “Personal Penitenciario”. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición.

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Artículo 166.- Sustitúyese el artículo 120 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 120.- Autorízase al Ministerio del Interior a abonar una compensación sujeta a cumplimiento de compromisos de gestión, a quienes desempeñen funciones de director o subdirector o encargado de las unidades de internación de personas privadas de libertad. Dentro de los ciento veinte días a contar de la promulgación de la presente ley, el Poder Ejecutivo reglamentará la presente norma, debiendo definir escalas diferenciales para cada establecimiento, en función del grado de complejidad. Se exceptúa de esta disposición a quienes ocupen funciones en el escalafón S “Personal Penitenciario”. Esta compensación no será utilizada para el cálculo de ninguna otra retribución que se fije en base a porcentajes. Habilítase a los efectos de lo dispuesto en el inciso primero del presente artículo una partida anual de $ 9.276.948 (nueve millones doscientos setenta y seis mil novecientos cuarenta y ocho pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales””. Artículo 167.- Increméntase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 461 “Gestión de la privación de libertad”, unidad ejecutora 026 “Instituto Nacional de Rehabilitación”, la partida asignada por el artículo 115 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, para el pago de horas docentes en $ 6.518.513 (seis millones quinientos dieciocho mil quinientos trece pesos uruguayos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales, la que será destinada al Centro de Formación Penitenciaria. Artículo 168.- Exceptúase al Inciso 04 “Ministerio del Interior” de la prohibición establecida en el artículo 97 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, en lo que refiere al ingreso de personal en el escalafón S “Personal Penitenciario”. Artículo 169.- Modifícase la denominación de la unidad ejecutora 029 “Escuela Nacional de Policía”, la cual pasará a denominarse “Dirección Nacional de la Educación Policial”. Modifícase la denominación del cargo “Director de la Escuela Nacional de Policía” que fuera creado por el artículo 142 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, el cual pasará a denominarse “Director Nacional de la Educación Policial”. Artículo 170.- Los alumnos del Instituto de Formación y Capacitación de la Escala Básica o de las Escuelas de Policía Departamentales, aspirantes a ingresar al subescalafón Ejecutivo, percibirán el equivalente a un salario mínimo nacional durante el proceso de formación y hasta su ingreso al respectivo cargo o función. La erogación resultante se financiará con los créditos habilitados de los cargos vacantes del último nivel del escalafón correspondiente. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a efectuar las trasposiciones necesarias y las acciones pertinentes para la implementación de lo dispuesto en el inciso primero. Las referidas trasposiciones se realizarán en oportunidad de la designación de los aspirantes a ingreso. Artículo 171.- Facúltase al Inciso 04 “Ministerio del Interior”, unidad ejecutora 031 “Dirección Nacional de Identificación Civil”, a incorporar en el pasaporte y en la cédula de identidad, aquellos elementos o dispositivos técnicos para el almacenamiento de datos identificatorios que, en función del avance tecnológico y la funcionalidad del documento, se entiendan necesarios. Artículo 172.- Sustitúyese el artículo 16 del Decreto – Ley Nº 14.762, de 13 de febrero de 1978, por el siguiente: “ARTÍCULO 16.- La cédula de identidad deberá exhibirse a la autoridad pública toda vez que lo requiera, en cumplimiento de sus atribuciones. En ningún caso la cédula de identidad podrá serle retenida a su titular, a excepción de aquellos procedimientos policiales en los que surjan motivos suficientes para dudar de su validez. Derogánse todas las disposiciones que se opongan a la presente norma”. Artículo 173.- Sustitúyese el artículo 79 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, en la redacción dada por el artículo 93 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente:

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“ARTÍCULO 79.- Se exonera del pago de la tasa correspondiente a toda persona nacida en hospitales públicos dentro del territorio nacional que tramite cédula de identidad por primera vez. Asimismo, se exonera del pago de la tasa correspondiente a toda persona en situación de pobreza que tramite renovación de cédula de identidad o que, fuera del caso previsto en el inciso anterior, tramite cédula de identidad por primera vez. Dicha situación de pobreza será determinada con debida justificación y bajo su más seria responsabilidad, indistintamente, por el Ministerio de Desarrollo Social, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, la Dirección Nacional de Prevención Social del Delito, el Banco de Previsión Social, la Administración Nacional de Educación Pública (Consejo de Educación Inicial y Primaria), los hospitales públicos dependientes del Ministerio de Salud Pública y de la Universidad de la República, las Defensorías Públicas en materia de Familia y de Menores, y los consultorios jurídicos gratuitos dependientes de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, extendiendo certificado a fin de ser presentado ante la Dirección Nacional de Identificación Civil. Queda facultada la Dirección Nacional de Identificación Civil para realizar la revisión de la situación planteada, como también a tramitar en su ámbito, auxiliatoria de pobreza si no considerare suficiente el certificado extendido o la persona no contare con éste y la situación lo ameritare. A los efectos de esta ley se considera persona en situación de pobreza, a toda aquella que presente carencias críticas en sus condiciones de vida. Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar el pago de la tasa referida a toda persona víctima de hurto o rapiña, debiendo para ello presentar copia de la denuncia policial correspondiente ante la Dirección Nacional de Identificación Civil”. Artículo 174.- Sustitúyese el artículo 80 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, en la redacción dada por el artículo 136 de la Ley Nº 17.296, de 23 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 80.- Exonérase del pago de la tasa de información prevista por el artículo 151 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y normas reglamentarias, a las solicitudes tramitadas por las Defensorías de Oficio, Consultorios Jurídicos gratuitos dependientes de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, Centros de Mediación dependientes de la Suprema Corte de Justicia y organismos de la Administración Central, quienes deberán comunicar a la Dirección Nacional de Identificación Civil la nómina y firma de los profesionales responsables de la actuación solicitada”. Artículo 175.- Los pasaportes comunes que expida la Dirección Nacional de Identificación Civil a partir de la vigencia de la presente ley, tendrán una validez de diez años. Serán consideradas como renovaciones las subsiguientes tramitaciones, luego de obtenido por primera vez. Artículo 176.- Créase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, la unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”. Transfiérense a esta unidad ejecutora, los recursos humanos, materiales y financieros afectados a las actividades y dependencias de la unidad ejecutora 025 “Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial” que se asignarán en el programa 402 “Seguridad Social”, y de la unidad ejecutora 030 “Dirección Nacional de Sanidad Policial”, que se asignarán en el programa 440 “Atención Integral de la Salud”. Suprímense las unidades ejecutoras 025 “Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial” y 030 “Dirección Nacional de Sanidad Policial”. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo. Artículo 177.- Suprímese el inciso segundo del artículo 18 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015. Artículo 178.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, los siguientes cargos: I) Programa 402 “Seguridad Social”, unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”: Un Director Nacional de Asuntos Sociales, que será Director de la unidad ejecutora y de particular confianza y tendrá la remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de

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2012. Para acceder a dicho cargo deberá tener idoneidad debidamente acreditada y documentada en el área específica de sus funciones. Un Subdirector Nacional de Sanidad Policial y un Subdirector Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial, los que estarán comprendidos en el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. II) Programa 423 “Información y registro sobre personas físicas y bienes”, unidad ejecutora 031 “Dirección Nacional de Identificación Civil”: Un Director Nacional de Identificación Civil, que será Director de la unidad ejecutora y de particular confianza y tendrá la remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley Nº 18.996. III) Programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Migración”: Un Director Nacional de Migración, que será Director de unidad ejecutora y de particular confianza y tendrá la remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley Nº 18.996. Suprímese el cargo creado por el artículo 258 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 179.- Créanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”, escalafón L Policial, las siguientes funciones contratadas:

Grado Denominación del grado 9 6 2 1 Comisario Mayor Oficial Principal Cabo Agente

Cantidad de Subescalafón cargos 21 48 206 23

Profesión/Especialidad

Técnico Profesional Médico Intensivista Especializado SP Especializado SP Especializado SP Licenciado en Enfermería Auxiliar en Enfermería Auxiliar de servicio

Artículo 180.- Increméntase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”, el crédito presupuestal del grupo 0 “Servicios Personales”, en la suma de $ 8.548.104 (ocho millones quinientos cuarenta y ocho mil ciento cuatro pesos uruguayos) anuales, incluido aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de un complemento salarial para el personal médico que cumpla funciones en régimen de alta dedicación (cuarenta horas semanales) en los Centros de Tratamiento Intensivo Pediátrico y de Adultos de la Dirección Nacional de Asuntos Sociales. Artículo 181.- El Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”, transferirá a Rentas Generales, con cargo a los fondos establecidos en el artículo 86 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967 modificativas y concordantes, la suma anual de $ 307.000.000 (trescientos siete millones de pesos uruguayos), con destino a financiar las contrataciones de personal realizadas con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”. Dicha suma se ajustará en la misma forma y oportunidad que los aumentos que se otorguen para los funcionarios de la Administración Central. Artículo 182.- Asígnase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”, objeto del gasto 299.000 “Otros Servicios no personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 23.221.044 (veintitrés millones doscientos veintiún mil cuarenta y cuatro pesos uruguayos), para atender la prestación de servicios de salud a personas privadas de libertad, en los establecimientos carcelarios cuya asistencia compete al Inciso.

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Artículo 183.- Transfórmanse en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, la totalidad de los cargos del sistema escalafonario actual del escalafón L “Personal Policial”, al sistema escalafonario creado en los artículos 47, 48, 49 y 50 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, de acuerdo con las siguientes escalas: A) Escala de Oficiales: Comisario General (grado 10): se integrará con los cargos de Inspector General (grado 14) e Inspector Principal (grado 13). Comisario Mayor (grado 9): se integrará con los grados de Inspector Mayor (grado 12) y Comisario Inspector (grado 11). Comisario (grado 8): se integrará con el grado de Comisario (grado 10). Subcomisario (grado 7): se integrará con el grado de Subcomisario (grado 9). Oficial Principal (grado 6): se integrará con el grado de Oficial Principal (grado 8). Oficial Ayudante (grado 5): se integrará con los grados de Oficial Ayudante (grado 7) y Oficial Subayudante (grado 6). B) Escala Básica: Suboficial (grado 4): se integrará con los grados de Suboficial Mayor (grado 6) y Sargento Primero (grado 5). Sargento (grado 3): se integrará con el grado de Sargento (grado 4). Cabo (grado 2): se integrará con los grados de Cabo (grado 3) y Agente de Primera (grado 2). Agente, Bombero o Guardia (grado 1): se integrará con el grado de Agente de Segunda (grado 1), Guardia de 2da. (grado 1) y Bombero de 2da. (grado 1). Disminúyense en el programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, en el objeto del gasto 092.000 “Otras Retribuciones”, la suma de $ 75.055.641 (setenta y cinco millones cincuenta y cinco mil seiscientos cuarenta y un pesos uruguayos), y en el objeto del gasto 099.099 “Partida global SIMPLI a nivel de inciso”, la suma de $ 57.739.415 (cincuenta y siete millones setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos quince pesos uruguayos) y en el programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 034 “Dirección Nacional de Asuntos Sociales”, en el objeto del gasto 092.000 “Otras Retribuciones” la suma de $ 5.232.100 (cinco millones doscientos treinta y dos mil cien pesos uruguayos). Habilítase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de créditos correspondientes. Artículo 184.- Sustitúyense los literales B), C), D), y G) del artículo 148 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 92 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y por el artículo 110 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por los siguientes: “B) Encargados si los hubiere de: Jefatura de Policía de Montevideo, Instituto Nacional de Rehabilitación, Dirección General de Información e Inteligencia, Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, Dirección Nacional de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, Subdirección de la Policía Nacional, Dirección Nacional de la Educación Policial y Dirección de la Oficina Nacional de Violencia Doméstica y de Género: 84 % (ochenta y cuatro por ciento)”. “C) Directores Nacionales o Encargados si los hubiere de: Migración, Dirección de Policía Nacional de Tránsito, Bomberos, Asuntos Sociales, Policía Científica, Identificación Civil, Guardia Republicana, Dirección del Centro de Comando Unificado, Dirección de Planificación y Estrategia Policial y Director de la Unidad de Apoyo Tecnológico: 84 % (ochenta y cuatro por ciento)”. “D) Encargado de Jefatura de Policía del Interior, Director General de Fiscalización de Empresas cuyo objeto sea la seguridad privada, Subdirector Nacional de Sanidad Policial, Subdirector Nacional de

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Asistencia y Seguridad Social Policial y Director del Centro de Formación Penitenciaria: 72 % (setenta y dos por ciento)”. “G) Subdirector Nacional o Encargado de Subdirección Nacional, Subdirección de Asuntos Internos, Subdirección de Información e Inteligencia, Subdirección de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, Subdirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, Dirección de Coordinación Administrativa de la Jefatura de Policía de Montevideo, Jefes de Zonas Operacionales de la Jefatura de Policía de Canelones (cinco), Directores de Apoyo-Logística y de Formación-Capacitación-Supervisión Profesional de la Guardia Republicana, Jefe de Estado Mayor General de la Guardia Republicana, Directores de Zona Metropolitana, de Unidades Especiales y de Zona Interior de la Guardia Republicana, Jefe de Inspección General de la Dirección de Policía Nacional de Tránsito, Direcciones de Coordinación Ejecutiva de las Jefaturas de Policía del Interior excepto la Jefatura de Policía de Canelones y de las Direcciones Generales de Información e Inteligencia y de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, Coordinador Ejecutivo de la Dirección Nacional de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas y aquellos cargos que el Ministerio del Interior estime convenientes hasta un máximo de diez: 54 % (cincuenta y cuatro por ciento)”. Artículo 185.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 26 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, por los siguientes: “Dicha unidad estará a cargo de un Director que será elegido entre los oficiales superiores del subescalafón Ejecutivo, en actividad o retiro, siendo de confianza del señor Ministro. El Director de la Dirección de Planificación y Estrategia Policial, percibirá un complemento a su retribución hasta alcanzar el 85 % (ochenta y cinco por ciento) de las retribuciones del Director de la Policía Nacional. El complemento autorizado no será incompatible con la percepción del retiro”. Artículo 186.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 16 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, por el siguiente: “Dicha Dirección estará a cargo de un Director, el cual será designado por el Ministro del Interior entre funcionarios que posean como mínimo el grado de Comisario Mayor del subescalafón Ejecutivo en situación de actividad y cuenten con especialización en la materia”. Artículo 187.- Sustitúyese el artículo 148 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 143 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 148.- Suprímese el cargo de particular confianza de Director Nacional de Información e Inteligencia. Créase, con el carácter de particular confianza, el cargo de Director General de Información e Inteligencia, el que estará comprendido en el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986”. Artículo 188.- Agrégase como segundo inciso del artículo 36 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, el siguiente: “Los literales G), H) y M) serán de aplicación exclusivamente para el personal del subescalafón Ejecutivo”. Artículo 189.- Sustitúyese el artículo 48 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 48. El personal policial se distribuirá en dos escalas: la Escala de Oficiales y la Escala Básica”. Artículo 190.- Suprímese el inciso segundo del artículo 49 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015. Artículo 191.- Incorpórase al artículo 49 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, el siguiente inciso: “El personal del subescalafón Técnico-Profesional pertenecerá a la Escala de Oficiales”. Artículo 192.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 50 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 50. (Escala básica).- El personal integrante de la Escala Básica de la Policía se dividirá en:

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Suboficiales: A) Grado 4 – Suboficial Mayor. Clases: B) Grado 3 – Sargento. C) Grado 2 – Cabo. Alistados: D) Grado 1 – Agente”. Artículo 193.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 69 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, por el siguiente: “ARTÍCULO 69.- Para el personal de todos los Subescalafones del escalafón Policial, regirán los tiempos mínimos exigidos a continuación, los que serán contados en el grado y una vez cumplidos los mismos se estará en condiciones de ascender”. Artículo 194.- Sustitúyense los artículos 81, 82, 83, 84, 86 y 89 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, por los siguientes: “ARTÍCULO 81. (De las sanciones disciplinarias).- La sanción es la medida administrativa impuesta por el mando, en ejercicio de su potestad disciplinaria, como consecuencia de la falta cometida, en razón de lo cual debe ser proporcional a la entidad de aquella. Son sanciones aplicables, según el caso, las siguientes: A) Observación escrita. B) Demérito. C) Suspensión simple en la función: Suspensión en la función desde uno a quince días con privación total de haberes. D) Suspensión rigurosa en la función: Suspensión en la función de uno a seis meses. E) Destitución. F) Descuento de hasta el 50 % (cincuenta por ciento) de la pasividad, de uno a seis meses”. “ARTÍCULO 82. (Efectos de las sanciones).- Las sanciones enunciadas en el artículo anterior traerán aparejada la adjudicación de puntaje negativo a los efectos de la calificación según lo determine la reglamentación y consisten en lo siguiente: A) La observación escrita es el simple señalamiento por parte del superior de una incorrección u omisión leve, que el bien del servicio exige sea puesta de manifiesto, llamando la atención del subordinado para que reflexione, enmiende y corrija la conducta, no volviéndola a repetir en el futuro. B) La sanción de demérito consiste en adjudicar al sancionado por la infracción cometida de uno a treinta puntos como factor negativo a los efectos de la calificación. C) La suspensión simple en la función consiste en el cese temporario del policía de todas sus funciones, de uno a quince días con privación total del sueldo, calculado sobre la retribución mensual nominal en el momento que cometió la falta, manteniendo los demás derechos y obligaciones. D) La suspensión rigurosa en la función consiste en el cese temporario del policía de todas las funciones por un plazo de uno a seis meses. La suspensión de uno a tres meses será sin goce de sueldo, o con la mitad del sueldo, según la gravedad del caso. La que exceda de este término, será siempre sin goce de sueldo. El tiempo durante el cual el policía se encuentre bajo suspensión rigurosa en la función, no se considera trabajado y por tanto no se contemplará para la antigüedad en el Instituto Policial, ni para la antigüedad en

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el grado, ni a los efectos jubilatorios, ni para ningún otro concepto que implique trabajo efectivo, manteniendo la cobertura de salud”. “ARTÍCULO 83. (Graduación de las faltas).- Las faltas disciplinarias, atendiendo a su naturaleza, serán pasibles de las siguientes sanciones: Faltas leves: A) B) C) Observación escrita. Demérito de uno a quince puntos. Suspensión simple en la función de uno a ocho días.

Faltas graves: A) B) C) Demérito de dieciséis a treinta puntos. Suspensión simple en la función de nueve a quince días. Suspensión rigurosa en la función de uno a tres meses.

Faltas muy graves: A) B) Suspensión rigurosa en la función de cuatro a seis meses. Destitución.

La destitución importará en todos los casos la pérdida de los haberes retenidos como medida preventiva”. “ARTÍCULO 84. (Causal de sumarios administrativos).- Las sanciones disciplinarias de suspensión rigurosa en la función y destitución, se impondrán previa realización de un sumario administrativo. Las restantes sanciones podrán disponerse sin otra formalidad que la notificación al personal de la falta que se le imputa, otorgándole previamente vista por el plazo de cinco días hábiles a fin de articular su defensa”. “ARTÍCULO 86. (Potestad disciplinaria).- Las sanciones por faltas muy graves serán impuestas por el titular del Ministerio del Interior, excepto la de destitución, que será dispuesta por el Poder Ejecutivo, conforme con lo previsto en el numeral 10) del artículo 168 de la Constitución de la República. Las sanciones aplicables por concepto de faltas graves también podrán ser adoptadas por el jerarca de la respectiva unidad ejecutora o de la Dirección General correspondiente, las restantes, por el jefe de la unidad en la cual el personal cumple funciones”. “ARTÍCULO 89. (Prescripción de las faltas administrativas).- Las faltas administrativas prescriben: A) Cuando además constituyen delito, en el término de prescripción del delito o de la condena impuesta por sentencia firme. B) Cuando no constituyen delito, las faltas leves prescribirán a los noventa días y las faltas graves y muy graves prescribirán a los cuatro años, contados desde la comisión de la falta. La prescripción establecida en el presente artículo se suspende por la resolución del jerarca de la unidad ejecutora que disponga el inicio de un procedimiento de información de urgencia, de una investigación administrativa o la instrucción de sumario”. Artículo 195.- Los cursos y concursos de pasaje de grado que el personal policial haya aprobado para el ascenso a los grados suprimidos por la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015, tendrán validez para la promoción a la jerarquía inmediata superior. Artículo 196.- Los ascensos del personal policial (escalafón L) que se efectúen durante el año 2016, se realizarán según las calificaciones que se confeccionen al 30 de noviembre de 2015, según los regímenes vigentes con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015.

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Artículo 197.- Facúltase al Poder Ejecutivo a que en los ascensos del personal policial que se realicen a partir del 1º de febrero de 2016, se efectúen promociones al grado inmediato superior, considerando a quienes se encuentren en el último año de antigüedad en el grado. Quienes asciendan por este sistema deberán cumplir los requisitos previstos para el ascenso, con excepción del tiempo mínimo de permanencia en el grado y el curso o concurso de pasaje de grado. El personal que ascienda al grado inmediato superior según lo establecido en la presente norma, deberá realizar y aprobar el curso o concurso pendiente en las siguientes tres oportunidades. En caso que quedaran vacantes sin cubrir luego de efectuarse los ascensos en la escala de oficiales, según lo establecido en la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015 (Ley Orgánica Policial), y en el inciso primero del presente artículo, podrán ser promovidos quienes se encuentren dentro de los últimos dos años de antigüedad en el grado, siéndoles aplicable lo dispuesto en los incisos segundo y tercero de la presente norma. En caso contrario, quedarán inhabilitados para futuros ascensos. Lo dispuesto precedentemente, será de aplicación en los casos que existan vacantes luego de efectuados los ascensos, entre quienes reúnan los requisitos exigidos por el artículo 66 de la Ley Nº 19.315, de 18 de febrero de 2015. Derógase el artículo 119 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 198- Sustitúyese el artículo 224 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 224.- Habilítase una partida anual de $ 10.983.280 (diez millones novecientos ochenta y tres mil doscientos ochenta pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, con destino a realizar contratos zafrales, en la modalidad de contrato laboral, en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, programa 460 “Prevención y represión del delito”, unidad ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”. Artículo 199.- Sustitúyese el artículo 140 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 140.- Las Jefaturas Departamentales de Policía y las Direcciones Nacionales o Generales especializadas en la investigación criminal del Ministerio del Interior, remitirán a las empresas de telefonía móvil debidamente autorizadas que operen en el territorio nacional la información del International Mobile Equipment Identity (IMEI), y todo otro dato identificatorio de cualquier aparato celular comercializado por las empresas señaladas precedentemente o ingresado al país con los correspondientes permisos de habilitación y que fuera denunciado por hurto, rapiña u otro ilícito contra la propiedad. Las empresas de telefonía móvil deberán bloquear todo equipo celular cuyo IMEI haya sido denunciado por extravío, hurto, rapiña u otro ilícito contra la propiedad; salvo que se configure alguno de los supuestos que se determinarán en la reglamentación del presente artículo. La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones podrá aplicar las sanciones enumeradas en el artículo 89 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, a aquellos operadores de servicios de telecomunicaciones que incumplan lo establecido en el presente artículo”. INCISO 05 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Artículo 200.- Sustitúyese el inciso quinto del artículo 17 de la Ley Nº 18.159, de 20 de julio de 2007, por el siguiente: “Estas sanciones también podrán aplicarse a aquellos que incumplan las obligaciones dispuestas por el artículo 14 de la presente ley. Si correspondiere la sanción de multa, la cantidad mínima será de 5.000 UI (cinco mil unidades indexadas)”. Artículo 201.- Incorpórase al artículo 82 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 14 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y por el artículo 25 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente literal:

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“K) Imponer las sanciones de: advertencia, multa económica, ejecución de garantía de mantenimiento de la oferta o de fiel cumplimiento del contrato y suspensión, en los casos sustanciados por la Unidad Centralizada de Adquisiciones a raíz de las denuncias por incumplimiento que deriven de los procesos de contratación por ella convocados”. Artículo 202.- La Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA) podrá dejar sin efecto la totalidad del procedimiento, en cualquier etapa del mismo. La adjudicación realizada por el sistema centralizado de compras no garantizará la efectiva adquisición de cantidad alguna de los bienes o servicios adjudicados. En los procedimientos de contratación administrativa especiales de la UCA, no serán aplicables los límites mínimos establecidos por el artículo 517 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 400 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992 (artículo 74 del TOCAF). Artículo 203.- Sustitúyense los incisos tercero y cuarto del artículo 284 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por los siguientes: “La administración del Centro será ejercida por un Secretario Ejecutivo rentado, designado por el Ministerio de Economía y Finanzas, sin que por dicho acto adquiera la calidad de funcionario público a ningún efecto. Será dirigido por un Consejo Directivo Honorario de cuatro miembros designados por el Ministerio de Economía y Finanzas, el que seleccionará a sus integrantes en mérito a su prestigio y capacidad técnica. Las resoluciones del referido Consejo se adoptarán por mayoría simple, computándose doble el voto del presidente en caso de empate. La representación del Centro será ejercida por el Consejo Directivo Honorario. Dicha representación podrá ser delegada en el Secretario Ejecutivo en todas aquellas áreas que determine la reglamentación”. Artículo 204.- La designación de los Directores de las unidades organizativas “Macroeconómica y Financiera”, “Presupuesto Nacional” y “Unidad de Deuda” de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, se realizará mediante acto administrativo dictado por el jerarca del inciso, pudiendo recaer en funcionarios públicos, quienes estarán comprendidos en el beneficio de reserva de cargo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Su remuneración no podrá superar el 80 % (ochenta por ciento) de la correspondiente al Ministro de Estado, establecida en el artículo 64 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Cuando la designación recaiga en funcionarios públicos, éstos podrán optar por las remuneraciones establecidas para los Directores de estas Unidades o exclusivamente por las correspondientes a aquellos cargos reservados, sin perjuicio de la eventual acumulación de sueldos por el ejercicio de cargos o funciones docentes, de acuerdo con la normativa vigente en la materia. El cese en el ejercicio de la función se realizará en cualquier momento y por el mismo procedimiento de designación. Las erogaciones que surjan de la aplicación del presente artículo serán financiadas con créditos presupuestales de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”. Artículo 205.- Créase en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” como “Incentivo” de acuerdo a lo que dispone el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, una compensación por compromisos de gestión de hasta $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, reasignándose a efectos de su financiación créditos asignados al objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”. El mismo se abonará al personal que cumpla efectivamente funciones en el organismo, cualquiera sea su vínculo funcional, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas. Lo dispuesto precedentemente, no podrá generar costo presupuestal. Artículo 206.- Reasígnase en el Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 30.000.000 (treinta

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millones de pesos uruguayos) del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, al Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 024 “Dirección General de Secretaría MEF”, Proyecto 517 “Fortalecimiento de la Gestión Presupuestaria” $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) y al Proyecto 401 “Convenio Asistencia Técnica BIRF” $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos). Artículo 207.- Disminúyese en el Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”. Artículo 208.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a autorizar los reintegros de “Depósitos paralizados” vertidos al Tesoro Nacional en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley Nº 5.157, de 17 de setiembre de 1914, en la redacción dada por el artículo 3º de la Ley Nº 10.603, de 23 de febrero de 1945. Artículo 209.- Autorízase a la unidad ejecutora 003 “Auditoría Interna de la Nación” a percibir una tasa que se denominará “Tasa Registro de Estados Contables”, por cada solicitud de estado contable registrado ante el Registro de Estados Contables de ese organismo, cuyo valor no podrá superar el equivalente a 260 UI (doscientas sesenta unidades indexadas). Artículo 210.- Sustitúyese el artículo 24 de la Ley Nº 18.930, de 17 de julio de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 24. (Registro de estados contables).- Las sociedades civiles, las asociaciones civiles, las fundaciones, las cooperativas, las sociedades y asociaciones agrarias, las entidades no residentes que cumplan las condiciones a que refiere el artículo 2º de la presente ley, y los fideicomisos y fondos de inversión no sometidos a regulación por el Banco Central del Uruguay, deberán registrar sus estados contables ante el órgano estatal de control. El Poder Ejecutivo establecerá los montos mínimos de activos o ingresos a partir de los cuales corresponderá el cumplimiento de la obligación, así como los plazos para la presentación de los estados contables. La obligación de registrar los estados contables a que refiere el inciso primero del presente artículo, se deberá cumplir en las mismas condiciones y bajo el mismo régimen sancionatorio que se dispone por el artículo 97 bis de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, en la redacción dada por el artículo 151 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, con la misma consecuencia establecida en el inciso cuarto del artículo 80 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 313 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, en caso de omisión. El órgano estatal de control tendrá, asimismo, respecto de los obligados a registrar sus estados contables, la potestad sancionatoria prevista para las sociedades comerciales en el artículo 412 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989. A los efectos de fiscalizar el cumplimiento de la obligación de registrar sus estados contables, el órgano estatal de control podrá solicitar y recabar la información pertinente de los obligados por el presente artículo, así como de las sociedades comerciales”. Artículo 211.- Sustitúyese el artículo 412 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, por el siguiente: “ARTÍCULO 412.- El órgano estatal de control, en caso de violación de la ley, el estatuto o el reglamento, podrá aplicar a la sociedad, sus administradores, directores o encargados de su control privado, sanción de apercibimiento con publicación y multa. Las resoluciones firmes que impongan las multas correspondientes, tendrán el carácter de título ejecutivo, confiriéndose al órgano estatal de control acción ejecutiva para su cobro. La reglamentación deberá tipificar las infracciones que darán mérito a la aplicación de sanciones administrativas, así como, en cada caso, la entidad y monto de estas últimas. El monto de las multas a establecer deberá graduarse de acuerdo a la entidad de la infracción y su máximo no podrá superar el importe equivalente a 10.000 UR (diez mil unidades reajustables).

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El órgano estatal de control no dictará resolución en ulteriores trámites sometidos a su fiscalización, si previamente, las sociedades incumplidoras no han abonado las multas pendientes, que hayan sido impuestas por resolución firme del órgano de control”. Artículo 212.- Agrégase al artículo 36 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, el siguiente inciso: “En las sociedades comerciales, los ingresos o egresos dinerarios por aportes de capital, con o sin prima de emisión, aportes irrevocables, adelantos de fondos, reintegros de capital, pago de utilidades, pago de participaciones sociales por concepto de exclusión, receso, reducción, rescate, amortización de acciones, u otras operaciones similares previstas en la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989 y modificativas, por un importe igual o superior al equivalente a 160.000 UI (ciento sesenta mil unidades indexadas), sólo podrán realizarse por los medios previstos en el presente artículo”. Artículo 213.- Agrégase al numeral 10) del artículo 212 de la Ley Nº 18.407, de 24 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 19.181, de 29 de diciembre de 2013, el siguiente inciso: “Las resoluciones firmes dictadas por la Auditoria Interna de la Nación, que impongan las multas a las cooperativas, tendrán carácter de título ejecutivo, confiriéndole acción ejecutiva para su cobro”. Artículo 214.- Facúltase a la Auditoría Interna de la Nación a celebrar convenios de pago por las multas que imponga, en las condiciones y plazos que la misma establezca, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 32 y 34 del Código Tributario (Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 de noviembre de 1974). El sujeto obligado podrá solicitar la celebración de convenio de pago dentro de los treinta días corridos y siguientes contados a partir de la notificación del acto de imposición de la multa. Artículo 215.- Créase en la unidad ejecutora 003 “Auditoria Interna de la Nación” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” como Incentivo, de acuerdo a lo que dispone el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, una compensación por compromisos de gestión de hasta $ 7.008.915 (siete millones ocho mil novecientos quince pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas sociales, reasignándose a efectos de su financiamiento créditos desde el objeto del gasto 047.002 “Equipar. Salarial Simil.Responsab.Reforma Estado A.726 L.16736”. El mismo se abonará al personal que cumpla efectivamente funciones en el organismo, cualquiera sea su vínculo funcional, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño, no pudiendo generar este concepto retributivo costo presupuestal. El Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Auditoría Interna de la Nación, reglamentará la presente disposición. Artículo 216.- Sustitúyese el artículo 48 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 (artículo 104 TOCAF), por el siguiente: “ARTÍCULO 48.- El sistema de control interno de los actos y la gestión económico-financiera estará encabezada por la Auditoría Interna de la Nación, a la cual le compete: 1) Realizar auditorías de cumplimiento y de gestión, sobre los órganos comprendidos dentro de su ámbito de competencia, conforme a las normas y criterios técnicos que emita o adopte para el ejercicio de la función de auditoría interna. 2) Ejercer la superintendencia técnica de todas las Unidades de Auditoría Interna que actúen, por creación o adhesión, en el sistema de auditoría interna gubernamental. 3) Promover, mediante la emisión de normas técnicas u otros mecanismos eficientes a tal efecto, el enfoque de riesgos en el sistema de control interno gubernamental”. Artículo 217.- Incorpórase al inciso primero del artículo 136 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, la función de Director de División Planificación, Estudio y Coordinación. Dicha incorporación se financiará con reasignación de crédito presupuestal del objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a distribuir” al objeto del gasto 042.522 “Diferencia a Tabla”, de la unidad ejecutora 005 “Dirección General Impositiva” del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas”.

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Sustitúyese la denominación de la función de “Director de División Administración” prevista en el inciso primero del artículo 136 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por la de “Director de División Administración y Gestión Humana”. Artículo 218.- El Poder Ejecutivo, en uso de la autorización conferida por el artículo 367 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, podrá establecer la obligatoriedad, para los contribuyentes y responsables, de relacionarse con la Dirección General Impositiva por medios electrónicos, en la forma, condiciones y plazos que determine la reglamentación. El domicilio electrónico referido en el citado artículo tendrá idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que los establecidos en el artículo 27 del Código Tributario (Decreto-Ley Nº 14.306, de 29 noviembre de 1974). Artículo 219.- Sustitúyese el artículo 291 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 135 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 291.- Las funciones de Encargados de Departamento y Encargado de Sección de la Dirección General Impositiva, serán provistas mediante concurso de oposición y méritos entre los funcionarios pertenecientes a dicho organismo, con excepción de las funciones de Encargados de las Asesorías, Departamentos Unidad de Comunicación y Secretaría General y Sección Secretaría de la Secretaría General de la Dirección General, el Auditor Interno y Adjuntos a los Directores de División y el Subdirector General de Rentas. En los casos exceptuados, el Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General Impositiva, atribuirá la titularidad de las referidas funciones a funcionarios públicos. Los funcionarios designados podrán reservar su cargo o función en el organismo al que pertenezcan. En caso de que sean funcionarios de la Dirección General Impositiva podrán reservar además la función de encargatura a la que hubieren accedido por el procedimiento establecido en el presente artículo”. Artículo 220.- Lo dispuesto por el Capítulo II “Conformación de la Remuneración”, del Título II “De los Funcionarios de Carrera”, de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, así como las normas complementarias y reglamentarias respectivas, no será de aplicación para los funcionarios de la Dirección General Impositiva y de la Dirección Nacional de Aduanas. Artículo 221.- Sustitúyese el literal C) del artículo 102 de la Ley Nº 19.121, de 28 de agosto de 2013, por el siguiente: “C)Para los funcionarios de la Dirección General de Casinos no serán de aplicación los Títulos II y III, declarándose asimismo que se mantienen los regímenes de trabajo extraordinarios vigentes para el personal que desempeña funciones en las salas de juego, no siendo de aplicación a éstos lo dispuesto por los artículos 6º al 16 de la presente ley”. Artículo 222.- Agrégase al artículo 8º de la Ley Nº 15.913, de 27 de noviembre de 1987, el siguiente literal: “D)En las operaciones aduaneras de exportación e importación referidas en los literales B) y C), no será preceptiva la intervención de despachante de aduana, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: I) Se efectúen a través del régimen de envíos postales internacionales y; II) El valor de factura de la mercadería no supere los US$ 1.000 (mil dólares de los Estados Unidos de América)”. Artículo 223.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 277 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 373 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 277.- La importación y la exportación de mercadería sometida al régimen de encomiendas postales internacionales de entrega expresa, cuyo peso unitario no exceda los 20 kilogramos y su valor de factura o su declaración de valor en las condiciones que establezca el Poder Ejecutivo, no exceda los US$ 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), estarán exentas del pago de tributos”.

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Artículo 224.- Los titulares de operaciones de importación de mercadería realizada al amparo del régimen de envíos postales internacionales, cuyo valor en factura o su declaración de valor, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, no exceda los US$ 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), podrán optar por pagar en sustitución de toda la tributación a la importación definitiva o aplicable en ocasión de la misma, una única prestación tributaria. Dicha prestación será liquidada y recaudada por la Dirección Nacional de Aduanas y se determinará aplicando una alícuota del 60 % (sesenta por ciento) sobre el valor en factura o declaración de valor de la mercadería, con un pago mínimo de US$ 10 (diez dólares de los Estados Unidos de América) por envío. En ningún caso podrán introducirse al amparo de este régimen bienes alcanzados por el Impuesto Específico Interno. Artículo 225.- Deróganse los artículos 220 y 221 del Decreto-Ley Nº 14.252, de 22 de agosto de 1974. Artículo 226. (Reconocimiento administrativo).- La Dirección Nacional de Aduanas actuando directamente o por medio de sus oficinas dependientes expresamente delegadas, ante la detección de una presunta infracción aduanera posterior al libramiento de la mercadería cuyo monto pueda ser determinado con exactitud, se encuentra facultada para aceptar el reconocimiento de la misma por parte del eventual infractor, el que deberá abonar las multas, tributos y actualizaciones que correspondan, culminando de esa manera toda actuación infraccional. El reconocimiento se extenderá por acta donde comparecerán: el funcionario que detecte la infracción, el jefe de la división, departamento u oficina a que pertenezca dicho funcionario, y el administrado, quien podrá hacerse asistir por los profesionales que estime. En el acta se efectuará la descripción de la situación con indicación precisa de la o las operaciones aduaneras involucradas, de las normas incumplidas y de la liquidación de tributos, multas y actualizaciones. Los presentes reconocimientos podrán celebrarse hasta tanto no exista sentencia de condena en primera instancia. Artículo 227.- Facúltase a la Dirección Nacional de Aduanas a establecer un sistema de pago de tributos y gravámenes aduaneros así como de garantía, mediante los medios de pago electrónicos que la misma determine, para el caso de importes no inferiores al equivalente a 300 UI (trescientas unidades indexadas). El plazo para efectuar el depósito de lo recaudado por parte de la Dirección Nacional de Aduanas en la cuenta Tesoro Nacional del Banco de la República Oriental del Uruguay a la orden del Ministerio de Economía y Finanzas, se computará a partir de la efectiva percepción de los ingresos. Artículo 228.- La admisión mediante acta y ante la autoridad administrativa correspondiente de los hechos constitutivos de una infracción aduanera dará mérito a la aplicación del artículo 248 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014, en caso de sustanciación del respectivo proceso jurisdiccional aduanero. Artículo 229.- Sustitúyese el artículo 84 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente: “ARTÍCULO 84.- Las marcas a que hacen referencia los artículos anteriores, así como los instrumentos usados para su ejecución, serán destruidos o inutilizados. Las mercaderías en infracción que hayan sido incautadas serán decomisadas y destruidas, salvo que por su naturaleza puedan ser adjudicadas a instituciones de beneficencia pública o privada. Una vez establecida la calidad apócrifa de la mercadería mediante las pericias técnicas correspondientes, las mismas serán destruidas a costo de los denunciantes o adjudicadas a instituciones de beneficencia pública o privada”. Artículo 230.- Sustitúyese el artículo 37 de la Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002, con la vigencia dada por el artículo 834 de la Ley Nº 18.719, de 27 diciembre de 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 37.- La tasa consular a que refiere el artículo 585 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, tendrá como destino Rentas Generales.

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Dicha tasa se aplicará a las importaciones y su cuantía será de hasta el 2 % (dos por ciento), calculada sobre el Valor en Aduana de los bienes importados. Facúltase al Poder Ejecutivo a cometer al Ministerio de Economía y Finanzas o a sus unidades ejecutoras la recaudación de la referida tasa, en el caso del hecho generador a que refiere el inciso anterior”. Artículo 231.- Sustitúyese el numeral 2) del artículo 240 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay-CAROU), por el siguiente: “2) El producido líquido del remate o de la venta previstos en los literales B) y C) del numeral anterior, será depositado en el Banco de la República Oriental del Uruguay en unidades indexadas u otra unidad de valor constante, bajo el rubro de autos y a la orden del juzgado competente”. Artículo 232.- Sustitúyese el artículo 253 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay-CAROU), por el siguiente: “ARTÍCULO 253. (Remate).1) Los bienes objeto del comiso aduanero o en abandono infraccional, así como otros bienes propiedad del ejecutado que puedan ser denunciados a los efectos del pago de los adeudos liquidados, deberán rematarse. En caso de que los bienes objeto del comiso aduanero o en abandono infraccional hubieren sido rematados de conformidad con el artículo 240 del presente Código, con anterioridad al dictado de la sentencia de condena, una vez dictada esta, su producido se distribuirá en la forma prevista en el artículo 254 del presente Código. 2) El remate del comiso se efectuará sobre la base de las dos terceras partes del Valor en Aduana determinado por la Dirección Nacional de Aduanas, lo que no admitirá impugnación alguna. En caso de que la Dirección Nacional de Aduanas no pueda establecer el Valor en Aduana por la naturaleza del bien o por tratarse de bienes inmuebles, se seguirán las reglas generales establecidas en el Código General del Proceso. Si en el remate no hubiese postores, se podrá sacar nuevamente el bien a la venta sin base y será rematado al mejor postor”. Artículo 233.- Sustitúyese el artículo 254 de la Ley Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay-CAROU), por el siguiente: “ARTÍCULO 254. (Distribución).- El producido del remate de los bienes a que refiere este artículo, deducidos los gastos, se distribuirá de la siguiente manera: A) 20 % (veinte por ciento) para el fondo creado por los artículos 242, 243 y 254 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. B) 50 % (cincuenta por ciento) que tendrá como destino el Fondo por Mejor Desempeño. C) 30 % (treinta por ciento) restante se verterá a Rentas Generales en sustitución de la tributación aplicable, en caso de que la mercadería incautada en presunta infracción aduanera haya sido comercializada para ser ingresada al mercado interno. En caso de que la mercadería incautada en presunta infracción aduanera no haya sido comercializada para ser ingresada al mercado interno, el porcentaje establecido en el presente literal también tendrá como destino el Fondo por Mejor Desempeño. Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer, por resolución fundada, de la mercadería incautada en cualquier estado de los procedimientos, mientras no se hubiere efectuado la comercialización de la misma, comunicando fehacientemente a la autoridad competente: 1) Que la comercialización sólo se realice con destino al mercado externo. 2) Que la mercadería deberá salir a la venta con el valor base que se establezca en la respectiva resolución.

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En caso de que se haya frustrado la venta de la mercadería en remate por falta de oferentes, la Dirección Nacional de Aduanas podrá solicitar a la autoridad competente que la mercadería sea donada o destruida”. Artículo 234.- Sustitúyese el artículo 29 de la Ley Nº 12.276, de 10 de febrero de 1956, en la redacción dada por el artículo 154 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 29.- Establécense las siguientes tasas anuales para las respectivas autorizaciones de juegos a cargo de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas: A) Quinielas Agentes: 13.895 UI (trece mil ochocientas noventa y cinco unidades indexadas). Sucursales: 6.966 UI (seis mil novecientas sesenta y seis unidades indexadas). Locales, zonas de apuestas o áreas habilitadas para la comercialización de apuestas sobre certámenes de pronósticos deportivos (artículo 19 Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002): 3.483 UI (tres mil ochocientas cuarenta y tres unidades indexadas). Subagentes: 463 UI (cuatrocientas sesenta y tres unidades indexadas). Corredores: 232 UI (doscientas treinta y dos unidades indexadas). B) Loterías Agentes: 2.316 UI (dos mil trescientas dieciséis unidades indexadas). Subagentes: 232 UI (doscientas treinta y dos unidades indexadas). Loteros: 232 UI (doscientas treinta y dos unidades indexadas). Aquellos habilitados que sean Subagentes de Loterías y Subagentes de Quinielas en forma simultánea, abonarán la patente mayor como Patente Única en su categoría. C) Las personas físicas o jurídicas que organicen los eventos previstos en el artículo 1º de la Ley Nº 17.166, de 10 de setiembre de 1999: 13.895 UI (trece mil ochocientas noventa y cinco unidades indexadas). D) Las entidades organizadoras de los eventos previstos en el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.841, de 22 de noviembre de 1978: 13.895 UI (trece mil ochocientas noventa y cinco unidades indexadas)”. Artículo 235.- Sustitúyese el artículo 19 de la Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002, por el siguiente: “ARTÍCULO 19.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, a organizar certámenes de pronósticos de resultados deportivos nacionales o internacionales y juegos de azar realizados en internet, con otorgamiento de premios en dinero o en especie, los que quedarán comprendidos en cuanto a su administración y recepción de apuestas en lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 15.716, de 6 de febrero de 1985 modificativas y concordantes. Aféctase a partir de la vigencia de la presente ley, con destino a la Asociación Uruguaya de Fútbol y a la Organización de Fútbol del Interior, en partes iguales, el 50 % (cincuenta por ciento) del incremento, respecto al ejercicio 2014, de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado originado en los certámenes de resultados de pronósticos deportivos organizados por sí o mediante terceros por la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 15.716 modificativas y concordantes. A los efectos de determinar el monto del incremento sujeto a afectación, la comparación se realizará considerando la recaudación del año civil, respecto del ejercicio 2014, actualizado por el incremento del Índice de Precios al Consumo. El monto así determinado tendrá como único destino la financiación de la infraestructura deportiva para las divisiones formativas de los clubes afiliados a las entidades referidas en el presente artículo. A tal fin, la Asociación Uruguaya de Fútbol y la Organización del Fútbol del Interior deberán constituir un fideicomiso,

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que será el destinatario de los fondos afectados. La designación del fiduciario, así como las condiciones y requisitos establecidos en el referido contrato, deberán contar con la aprobación previa del Poder Ejecutivo. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar pagos mensuales en función de la estimación de la recaudación de acuerdo a lo que establezca la reglamentación. La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, mediante resolución para cada caso, establecerá las normas necesarias para cumplir con el control y fiscalización que le compete y determinará los registros y documentación que serán imprescindibles a dichos fines”. Artículo 236.- Autorízase al Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” a computar el tiempo de desempeño de los Niños Cantores que hayan ejercido como tales con anterioridad a la vigencia de la presente ley, como mérito, ante futuras convocatorias a concursos de ingreso en cualquier otra unidad ejecutora del Inciso, debiendo contar con informe de actuación favorable del Jerarca de la unidad ejecutora 008 “Dirección Nacional de Loterías y Quinielas”. Artículo 237.- Sustitúyese el artículo 280 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 116 de la Ley Nº 13.695, de 24 de octubre de 1968, recogido en el artículo 11 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “ARTÍCULO 280. (Notificación).- La Dirección Nacional de Catastro notificará a los propietarios o poseedores del valor fijado a los respectivos inmuebles a los efectos de la liquidación de los tributos nacionales o departamentales que toman por base dicha determinación. La notificación personal deberá estar precedida del emplazamiento para que dichos titulares concurran a notificarse a la oficina competente, bajo apercibimiento de tenérseles por notificados. El emplazamiento se hará por el término de tres días y se publicará en el Diario Oficial, y en otro diario de circulación nacional. A partir del día inmediato siguiente al último del emplazamiento en el inciso anterior, comenzará a correr un nuevo plazo de treinta días, vencido el cual, se tendrá por notificados a los titulares, pudiendo impugnar el valor real fijado al inmueble de acuerdo a lo dispuesto por la normativa vigente. La fundamentación se hará de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 80 del Código Tributario”. Artículo 238.- La Dirección Nacional de Catastro, en oportunidad de inscribir planos de mensura que impliquen una mutación catastral, dejará constancia de las resultancias de la misma mediante entrega de la cédula catastral ampliada, expedida a los efectos de su agregación a los títulos de propiedad. Derógase el artículo 252 del Decreto-Ley Nº 14.189, de 30 de abril de 1974, en la redacción dada por el artículo 183 del Decreto-Ley Nº 14.416, de 28 de agosto de 1975. Artículo 239.- Sustitúyense los incisos primero y segundo del artículo 35 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, por los siguientes: “ARTÍCULO 35.- Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la enajenación a los respectivos arrendatarios y ocupantes existentes al 1º de enero de 2015, de la parte que respectivamente ocupan en los siguientes inmuebles fiscales: A) Padrón Nº 1111 y Padrón Nº 1118, ubicados en zona urbana del departamento de Colonia, localidad catastral Juan Lacaze. B) Padrón Nº 7283, ubicado en zona rural, 14a. Sección Catastral, del departamento de Colonia. C) Padrón Nº 1470, ubicado en zona rural, 1a. Sección Catastral, paraje conocido como Potrero del Pintado del departamento de Artigas. D) Padrón Nº 792, ubicado en zona rural, 6a. Sección Catastral, paraje conocido como Pueblo Quintana del departamento de Salto.

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El precio de venta será fijado por el Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la Dirección Nacional de Catastro, en unidades indexadas y será pagadero en un plazo de hasta veinticinco años con un interés del 5 % (cinco por ciento) anual”. Agrégase al artículo 35 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, el siguiente inciso: “Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar a la Administración Nacional de Educación Pública, por título donación y modo tradición, la fracción que ocupan dependencias de la misma en parte del Padrón Nº 1111, ubicado en zona urbana del departamento de Colonia, localidad catastral Juan Lacaze”. Derógase la Ley Nº 16.038, de 8 de mayo de 1989. Artículo 240.- La Dirección Nacional de Catastro inscribirá los planos de mensura que serán usados en juicios de prescripción en el Registro Provisorio creado a tales efectos, habilitando su utilización como documento gráfico base en el juicio, no pudiendo considerarse registrados a otros fines que los indicados. Solo podrán presentarse en un juicio de prescripción los planos realizados con tal fin. La inscripción definitiva por la Dirección Nacional de Catastro, se realizará una vez que la sentencia de prescripción haya adquirido calidad de cosa juzgada. En la sentencia definitiva que declara la prescripción, el Juzgado competente deberá comunicar a la Dirección Nacional de Catastro disponiendo la inscripción definitiva del plano provisorio de mensura. En ocasión de la inscripción registral, deberá verificarse el cumplimiento de los extremos referidos en este artículo. Artículo 241.- Agréganse al artículo 16 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, los siguientes incisos: “El proveedor deberá informar por escrito al consumidor en el documento contractual, de manera clara, comprensible y precisa, el derecho de rescindir o resolver el contrato consagrado en el presente artículo. Si el proveedor no hubiera cumplido con el deber de información y documentación antes referido, el consumidor podrá ejercer el derecho de rescisión o resolución en cualquier momento, cumpliendo con las condiciones que establece el inciso tercero del presente artículo”. Artículo 242.- Agrégase al literal F) del artículo 23 de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000, el siguiente inciso: “Cuando el producto hubiese sido reparado bajo los términos de una garantía contractual, el garante estará obligado a entregar al consumidor una constancia de reparación en donde se indique: la naturaleza de la reparación, las piezas reemplazadas o reparadas, la fecha en que el consumidor le hizo entrega del producto y la fecha de devolución del mismo al consumidor”. Artículo 243.- Las resoluciones firmes del Área de Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio, que impongan pena de multa, constituirán título ejecutivo, confiriendo acción ejecutiva para su cobro, de acuerdo con lo establecido por los artículos 353 y siguientes del Código General del Proceso. INCISO 06 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 244.- Los Consulados de la República no cobrarán los derechos extraordinarios establecidos en el Arancel Consular previstos en los artículos 233 y siguientes de la Ley Nº 16.170, de fecha 28 de diciembre de 1990, por las actuaciones consulares realizadas bajo la modalidad de consulados móviles planificados. Artículo 245.- La expedición de testimonios de partidas de estado civil por parte de las Oficinas Consulares de la República, mediante el sistema electrónico de la Dirección General del Registro de Estado Civil y de los Gobiernos Departamentales, será gratuita. Artículo 246.- Sustitúyese el artículo 142 de la Ley Nº 13.318, de 28 de diciembre de 1964, por el siguiente:

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“ARTÍCULO 142.- Exonérase del pago de derechos consulares a la lista de enseres personales y a los certificados de existencia, de residencia, de registro de estado civil y de estudios, que se expidan a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y a los Agregados Militares, y a los familiares a su cargo, en ocasión de su retorno al país”. Artículo 247.- Los funcionarios consulares intervendrán gratuitamente en los siguientes actos, los que quedarán exonerados del pago de los derechos de arancel: 1) En la expedición de documento válido para un solo viaje a la República Oriental del Uruguay, cuando la persona haya sufrido el hurto o extravío de su documentación, o cuando haya sido deportada. 2) En la Constancia de Antecedentes Judiciales solicitada por la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación, de forma electrónica, a la Dirección Nacional de Policía Científica y emitida por las Oficinas Consulares. Artículo 248.- Transfórmanse en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, cinco cargos de Embajador Itinerante, escalafón M, grado 07, creados por el artículo 336 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en cinco cargos de Embajador del Servicio Exterior, escalafón M, grado 07, dos en el ejercicio 2016 y tres en el ejercicio 2017. Artículo 249.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 36 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 295 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, por el artículo 144 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el artículo 168 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el artículo 349 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y por el artículo 162 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 36.- Las vacantes que se produzcan en los cargos del último grado del escalafón del Servicio Exterior, Secretario de Tercera, serán provistas dentro del primer semestre de cada año, en la forma establecida en los artículos siguientes, por ciudadanos que tengan título de educación universitaria, en carreras con un mínimo de cuatro años de duración, que hayan sido expedidos por universidades legalmente habilitadas en la República. Excepcionalmente podrán ser provistas por ciudadanos que acrediten títulos expedidos por universidades notoriamente reconocidas del exterior”. Artículo 250.- Créase en el Inciso 06, “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, escalafón M “Personal del Servicio Exterior”, un cargo de Ministro, grado 06, al amparo de lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. El cargo será ocupado exclusivamente por el funcionario cuya situación dio origen a la respectiva creación y se suprimirá al vacar. La correspondiente erogación será financiada con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, reasignándose los créditos presupuestales de los objetos del gasto: 042.610 “Compensación Personal” en $ 12.708 (doce mil setecientos ocho pesos uruguayos), 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad” en $ 79.946 (setenta y nueve mil novecientos cuarenta y seis pesos uruguayos) y 011.300 “Sueldo del grado” en $ 108.653 (ciento ocho mil seiscientos cincuenta y tres pesos uruguayos), 042.526, “compensación especial c/funciones en Cancillería”, en $ 185.988 (ciento ochenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos uruguayos) y 042.520, “Compensación especial por cumplir tareas específicas” en $ 343.606 (trescientos cuarenta y tres mil seiscientos seis pesos uruguayos), anuales. Artículo 251.- Los funcionarios del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, del escalafón M “Personal del Servicio Exterior”, que prestan funciones en la República, percibirán igual sueldo del grado que los funcionarios profesionales del inciso, pertenecientes al escalafón A, de acuerdo a las siguientes equivalencias: Grado 7 escalafón M – grado 16 escalafón A Grado 6 escalafón M – grado 15 escalafón A

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Grado 5 escalafón M – grado 14 escalafón A Grado 4 escalafón M – grado 13 escalafón A Grado 3 escalafón M – grado 12 escalafón A Grado 2 escalafón M – grado 11 escalafón A Grado 1 escalafón M – grado 10 escalafón A Increméntanse los créditos presupuestales del objeto del gasto 042.526 “Compensación Especial c/funciones en Cancillería” en $ 20.706.557 (veinte millones setecientos seis mil quinientos cincuenta y siete pesos uruguayos) y disminúyanse los créditos presupuestales de los siguientes objetos del gasto: 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, en la suma de $ 20.614.858 (veinte millones seiscientos catorce mil ochocientos cincuenta y ocho), y 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad”, en la suma de $ 91.699 (noventa y un mil seiscientos noventa y nueve), con destino a financiar lo dispuesto en el inciso anterior. Artículo 252.- Créanse en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, en el escalafón M “Personal de Servicio Exterior”, los siguientes cargos: Ejercicio 2016 3 cargos de Secretario de Tercera 3 cargos de Secretario de Segunda 2 cargos de Secretario de Primera Ejercicio 2017 3 cargos de Secretario de Segunda 2 cargos de Secretario de Primera Los cargos que se crean se financiarán con la reasignación de los créditos presupuestales de los siguientes objetos del gasto: 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, en la suma de $ 2.385.142 (dos millones trescientos ochenta y cinco mil ciento cuarenta y dos pesos uruguayos) y 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad”, en la suma de $ 2.370.180 (dos millones trescientos setenta mil ciento ochenta pesos uruguayos), para el ejercicio 2016 y con los objetos del gasto: 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, en la suma de $ 5.371.730 (cinco millones trescientos setenta y un mil setecientos treinta pesos uruguayos), anuales y 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad”, en la suma de $ 2.446.688 (dos millones cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos ochenta y ocho pesos uruguayos) anuales, para los ejercicios 2017 a 2019. Artículo 253.- Increméntase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, la partida creada por el artículo 341 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a partir del ejercicio 2016, en un monto de $ 9.541.953, (nueve millones quinientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y tres pesos uruguayos), anuales, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, lo que se financiará con los créditos presupuestales de los siguientes objetos del gasto: 095.005 “Fondo p/financiar funciones transitorias y de conducción”, en la suma de $ 7.988.641 (siete millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y un pesos uruguayos) y 047.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad”, en la suma de $ 1.553.312 (un millón quinientos cincuenta y tres mil trescientos doce pesos uruguayos), anuales. Artículo 254.- Asígnase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, unidad ejecutora 001, “Ministerio de Relaciones Exteriores”, una partida anual de $ 4.879.500 (cuatro millones ochocientos setenta y nueve mil quinientos pesos uruguayos), suma que incluye aguinaldo y cargas legales, para el pago de una compensación especial por el desempeño de funciones de mayor responsabilidad y especialización. De dicha partida se destinará la suma de $ 1.951.800 (un millón novecientos cincuenta y un mil ochocientos pesos uruguayos), para el pago de las compensaciones directamente vinculadas al área de las “Tecnologías de la Información y Comunicación”.

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Lo dispuesto en el presente artículo se financiará con la reasignación del crédito presupuestal de los objetos del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, por la suma de $ 2.959.502 (dos millones novecientos cincuenta y nueve mil quinientos dos pesos uruguayos) y 042.720 “Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad” por la suma de $ 640.498 (seiscientos cuarenta mil cuatrocientos noventa y ocho pesos uruguayos), anuales. Dichas sumas, más aguinaldo y cargas legales, se reasignarán al objeto del gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales”. El Poder Ejecutivo reglamentará el pago de la compensación que se crea en el presente artículo, en un plazo de ciento veinte días contados a partir de la vigencia de la presente ley. Artículo 255.- Créanse en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior, los siguientes cargos:

Cantidad de cargos Denominación 15 8 1 1 1 1 1 1 1 1 2 Administrativo

Serie Administrativo

Escalafón Grado C D A A B B B B B D D 1 1 12 14 14 15 13 13 13 14 12

Especialista XIV Informática Asesor V Asesor III Asesor III Técnico Técnico II Técnico II Técnico II Especialista Especialista Informática Informática Informática Ciencias Económicas Ciencias Económicas Técnico en Administración Técnico en Administración Pública Especialista Especializado Especialista Especializado

Los quince cargos administrativos creados en el presente artículo se destinarán a la atención del servicio de tramitación de solicitudes de residencias permanentes de nacionales de los Estados Parte del Mercado Común del Sur (Mercosur) y sus Estados asociados, que pasó al ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores por Ley Nº 19.254, de 28 de agosto de 2014. Las creaciones dispuestas en este artículo se financiarán con la reasignación de una partida de $ 4.601.412 (cuatro millones seiscientos un mil cuatrocientos doce pesos uruguayos) del objeto del gasto 031.000 “Retribuciones zafrales y temporales” y una partida de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) del objeto del gasto 042.526 “Compensación Especial c/funciones Cancillería A166L18172”. A ambas partidas se adicionarán aguinaldo y cargas legales. Artículo 256.- Transfórmase en la unidad ejecutora 001 “Ministerio de Relaciones Exteriores” del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, una función contratada de carácter permanente Denominación Administrativo I, Serie Administrativo, del escalafón C, grado 09 en un cargo presupuestado Denominación Administrativo IX, Serie Administrativo, escalafón C, grado 01. La diferencia retributiva entre la función contratada y el cargo presupuestal, si la hubiera, se mantendrá como compensación personal transitoria, que se absorberá en futuros ascensos o regularizaciones.

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La transformación dispuesta en el presente artículo no afectará los derechos previstos por el artículo 45 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 49 del Decreto-Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, artículo 280 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, artículo 33 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, artículo 229 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, artículo 185 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, artículo 191 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008 y artículo 347 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 257.- Increméntase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, Proyecto 973, “Inmuebles”, una partida anual de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a atender las erogaciones derivadas de obras en edificios de propiedad del Inciso en Uruguay. La partida autorizada por este artículo se financiará con los créditos presupuestales de los objetos del gasto: 092.000 “Partidas Globales a Distribuir”, en la suma de $ 9.067.509 (nueve millones sesenta y siete mil quinientos nueve pesos uruguayos) y 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Dcho. Público”, en la suma de $ 932.491 (novecientos treinta y dos mil cuatrocientos noventa y un pesos uruguayos). Artículo 258.- Disminúyese el crédito presupuestal del objeto del gasto 092.000 “Partidas Globales a Distribuir”, en la suma de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos). Artículo 259.- Reasígnase en el Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de la Política Exterior”, grupo 0 “Servicios Personales”, una partida anual de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, a efectos de atender las erogaciones emergentes de la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso. La partida autorizada en el presente artículo, se financiará con el crédito presupuestal de los objetos del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, $ 9.505.808 (nueve millones quinientos cinco mil ochocientos ocho pesos uruguayos), 042.527 “Compensación Negociadores Comerciales”, en la suma de $ 492.444 (cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos uruguayos), y 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas” en la suma de $ 1.748 (mil setecientos cuarenta y ocho pesos uruguayos). Artículo 260.- Disminúyense los créditos presupuestales del Inciso 06 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, programa 480 “Ejecución de Política Exterior”, grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” en los siguientes objetos del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Dcho. Público”, en la suma de $ 8.838.375 (ocho millones ochocientos treinta y ocho mil trescientos setenta y cinco pesos uruguayos) y del 042.527 “Compensación Negociadores Comerciales”, $ 1.159.625 (un millón ciento cincuenta y nueve mil seiscientos veinticinco pesos uruguayos). Artículo 261.- Sustitúyese el artículo 76 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por los artículos 79, de la Ley Nº 13.892, de 19 de octubre de 1970, 42 de la Ley Nº 15.767, de 13 de setiembre de 1985, 171 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, y 135 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 76.- El funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que sea destinado para ocupar un cargo diplomático de Jefe de Misión Permanente, además de recibir los pasajes para él y su familia hasta la ciudad de destino, tendrá derecho a las siguientes compensaciones: A) El equivalente a medio mes de sueldo de su cargo presupuestal, por cada miembro de su familia, incluido el funcionario, para equipo de viaje, hasta un máximo de tres, cuando se trate de funcionarios que sean trasladados por primera vez de la República con destino a prestar servicios en una Misión Diplomática Permanente. B) El equivalente a tres meses de sueldo presupuestal para gastos de alojamiento provisorio y de instalación de la residencia y de las oficinas de la Misión. Esta asignación podrá ser reducida en un 50 % (cincuenta por ciento), cuando el edificio en que está alojada la Misión sea propiedad del Estado. C) El equivalente a un mes de sueldo y gastos de representación equivalente a la de un funcionario grado 6, del escalafón M “Personal del Servicio Exterior”, más los beneficios sociales de hogar

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constituido y/o asignación familiar, cuando el funcionario los perciba o corresponda percibirlos en virtud de la asignación de funciones en el exterior, por los gastos relacionados con la mudanza. Esta compensación se liquidará cuando los funcionarios sean destinados a cumplir funciones en el exterior, cuando se dispongan traslados o cuando regresen definitivamente a la República. D) Por concepto de exceso de equipaje, el reembolso del importe correspondiente a una valija por el Jefe de Misión y otra por cada uno de los miembros de su familia cuando corresponda. E) Por el reembolso de los gastos de despacho aduanero, cuando corresponda. Cuando los funcionarios sean trasladados en el exterior o nuevamente desde la República, para ocupar un cargo en el exterior, tendrán derecho a las compensaciones previstas en los literales B), C), D) y E), del inciso anterior. Cuando los funcionarios retornen definitivamente a la República, tendrán derecho a las compensaciones dispuestas en los literales C), D) y E). Las compensaciones dispuestas en los literales A), B) y C), se liquidarán de conformidad a lo establecido en el artículo 63 de la Ley Nº 12.801, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 41 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988″. Artículo 262.- Sustitúyese el artículo 77 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 43 de la Ley Nº 15.767, de 13 de setiembre de 1985, por el siguiente: “ARTÍCULO 77.- Los demás funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que sean destinados a prestar servicios en una Misión Diplomática Permanente o en una Oficina Consular, además de recibir los pasajes para ellos y su familia desde la capital de la República hasta la ciudad de destino, tendrán derecho a las siguientes compensaciones: A) El equivalente a medio mes de sueldo de su cargo presupuestal, por cada miembro de su familia, incluido el funcionario, hasta un máximo de tres, para equipo de viaje, cuando se trate de funcionarios que salgan por primera vez de la República destinados a prestar servicios en el exterior. B) El equivalente a dos meses del sueldo presupuestal del funcionario, para alojamiento provisorio e instalación de su casa en el lugar de su destino. C) El equivalente a un mes de sueldo y gastos de representación equivalente a la de un funcionario escalafón M “Personal del Servicio Exterior”, grado 6, más los beneficios sociales de hogar constituido y/o asignación familiar, cuando el funcionario los perciba o corresponda percibirlos en virtud de la asignación de funciones en el exterior, por los gastos relacionados con la mudanza. D) Por concepto de exceso de equipaje, el reembolso del importe correspondiente a una valija por el funcionario y otra por cada uno de los miembros de su familia, cuando corresponda. E) Por concepto de reembolso de los gastos de despacho aduanero, cuando corresponda. Cuando los funcionarios sean trasladados en el exterior o salgan nuevamente de la República a ocupar un cargo en el exterior, tendrán derecho a las compensaciones dispuestas en los literales B), C), D) y E). Cuando los funcionarios retornen definitivamente a la República, tendrán derecho a las compensaciones dispuestas en los literales C), D) y E). Las compensaciones dispuestas en los literales A), B) y C), se liquidarán de conformidad a lo establecido en el artículo 63 de la Ley Nº 12.801, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 41 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988″. Artículo 263.- Derógase el artículo 78 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960. Artículo 264.- Sustitúyese el artículo 84 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960, en la redacción dada por el artículo 132 de la Ley Nº 13.318, de 28 de diciembre de 1964, por el siguiente: “ARTÍCULO 84.- No se concederán pasajes sin la previa aprobación, por el Ministerio de Relaciones Exteriores, de los presupuestos respectivos, que no podrán ser menos de tres, salvo impedimento justificado.

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Dentro de los treinta días de su llegada al lugar de destino o de su arribo a la República, en su caso, los funcionarios deberán enviar al Ministerio de Relaciones Exteriores los comprobantes de la inversión de las sumas otorgadas para pasajes. Se suspenderá el pago de los sueldos a los omisos, hasta alcanzar el monto correspondiente a la suma objeto de rendición de cuentas, en caso de no dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso anterior”. Artículo 265.- Sustitúyese el inciso quinto, con los literales A) y B), del artículo 45 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 49 del Decreto-Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, artículo 280 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, artículo 33 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, artículo 229 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, artículo 185 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, artículo 191 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y artículo 347 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “No obstante, tendrán derecho además del pago de los pasajes de ida y de regreso, a las compensaciones establecidas en el artículo 77 de la Ley Nº 12.802, de 30 de noviembre de 1960 y sus modificativas, en las condiciones allí establecidas”. INCISO 07 MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Artículo 266.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, la unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, con los siguientes cometidos: A) Coordinar y ejecutar las políticas en materia de sistemas de control zoosanitario y fitosanitario y de los organismos vivos genéticamente modificados, respecto de personas, equipajes, bultos y vehículos, que ingresan al país por cualquier medio de transporte marítimo, fluvial, terrestre o aéreo. B) Asesorar al Ministro y a las unidades ejecutoras del Ministerio y articular con la institucionalidad agropecuaria, en materia de barreras sanitarias e inocuidad alimentaria. C) Diseñar protocolos de evaluación del riesgo para el ambiente, salud humana, sanidad animal y vegetal, de procesos para evitar que se introduzcan en el territorio nacional, animales vivos o vegetales o productos, subproductos y derivados de origen animal o vegetal, en contravención a las disposiciones sanitarias y fitosanitarias vigentes, e inocuidad alimentaria. El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, reglamentará el presente artículo, dentro de los ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley, reasignando créditos presupuestales, recursos y puestos de trabajo correspondientes al Inciso 07. Artículo 267.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria” el cargo de Director General de Control, con carácter de particular confianza, cuya remuneración se regirá por el artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. A efectos de financiar la creación dispuesta en el inciso anterior, reasígnase en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público”, un importe de $ 1.824.559 (un millón ochocientos veinticuatro mil quinientos cincuenta y nueve pesos uruguayos), a la unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria”, en los objetos correspondientes. Artículo 268.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria”, a contratar un Gerente en Inocuidad, un Gerente en Bioseguridad y un Gerente en Barreras Sanitarias, quienes deberán acreditar idoneidad suficiente de acuerdo a las tareas a desempeñar, por un plazo de un año, renovable no más allá del Período de Gobierno, previa suscripción de un compromiso de gestión aprobado por el jerarca y sujeto a evaluación anual. Artículo 269.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria”, un cargo de Coordinador de Inocuidad en el escalafón A, grado 14.

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La creación dispuesta en el inciso anterior, se financiará con cargo al grupo 0 “Servicios Personales” de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 095.002 “Fondo Para Contratos Temporales Derecho Público”, la suma de $ 1.387.876 (un millón trescientos ochenta y siete mil ochocientos setenta y seis pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos correspondientes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 270.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 140 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 140.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a otorgar compensaciones por realizar un régimen especial de trabajo, en actividades vinculadas a los servicios de control, inspección, vigilancia epidemiológica, análisis, verificación y certificación sanitaria, incluidos el control de equipajes, pasajeros y vehículos, realizadas por las Unidades Ejecutoras 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” y 009 “Dirección General de Control e Inocuidad Alimentaria”, que se ejecuten en cumplimiento de los cometidos sustantivos asignados, en función de las necesidades del servicio”. Artículo 271.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” a través de la unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, a certificar desde el punto de vista sanitario, higiénico sanitario y de calidad, los animales y productos de origen animal provenientes de sistemas de gestión de bioseguridad sanitaria, de acuerdo a lo dispuesto por las normas nacionales, normas y recomendaciones internacionales y exigencias de los mercados de exportación. A dichos efectos, la Dirección General de Servicios Ganaderos, establecerá las condiciones, requisitos y oportunidades de la habilitación sanitaria y el registro de predios destinados a la implantación de sistemas de gestión de bioseguridad sanitaria. El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo, dentro de los ciento ochenta días de la entrada en vigencia de la presente ley. Artículo 272.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 001, “Dirección General de Secretaría” el Sistema Nacional de Información Agropecuaria (SNIA), con los siguientes cometidos: A) Interoperar los diferentes sistemas de información y registros del Ministerio con el objetivo de su integración en un sistema. B) Articular el relacionamiento interno de todas las dependencias del Ministerio e instituciones vinculadas al sector agropecuario respecto del intercambio de datos e información. C) Crear el Registro Único de Productores, el cual deberá interoperar, sistematizar y estandarizar todos los registros existentes y a crearse en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. D) Cumplir los demás deberes y atribuciones que establezcan las leyes y reglamentos. Artículo 273.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, el Registro Nacional Frutihortícola, que funcionará en el ámbito de la unidad ejecutora 006 “Dirección General de la Granja”. En este registro deberá inscribirse, toda persona física o jurídica, institución pública o privada, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que destine su producción a la comercialización interna o externa. La inscripción tendrá carácter gratuito y obligatorio. Serán aplicables, en caso de comprobarse infracciones a lo dispuesto precedentemente, las sanciones previstas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por los artículos 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y 129 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 274.- Increméntanse en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, programa 322 “Cadenas de valor motores de crecimiento”, Financiación 2.1 “Endeudamiento Externo”, el Proyecto 745 “Desarrollo rural sustentable y

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empleo en cadenas de valor” por la suma de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) y el Proyecto 749 “Fortalecimiento, competitividad y desarrollo rural sostenible” por la suma de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), con la finalidad de atender la calidad del agua, en forma inicial y prioritariamente de la Cuenca del Río Santa Lucía. Artículo 275.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, en las unidades ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaría”, 006 “Dirección General de la Granja” y 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, el Proyecto 121 “Igualdad de Género”. Reasígnanse en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” las siguientes partidas:

U.E. Programa F.F. Proyecto 001 006 007 001 006 007 320 323 322 320 323 322 1.1 1.1 1.2 1.1 1.1 1.2 000 000 000 121 121 121

O.G. 299.000 199.000

2016 -50.000 -50.000

2017 -50.000 -50.000

2018 -50.000 -50.000

2019 -50.000 -50.000

299.000 -1.800.000 -600.000 -1.800.000 -600.000 299.000 199.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000 50.000

299.000 1.800.000 600.000 1.800.000 600.000

Artículo 276.- Transfiérese la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. El Poder Ejecutivo determinará los créditos presupuestales, recursos materiales y financieros asignados a la mencionada Comisión, que serán transferidos al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. Artículo 277.- Todas aquellas referencias legales o reglamentarias a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal como organismo desconcentrado del Ministerio de Educación y Cultura, se deberán entender efectuadas a la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, como organismo desconcentrado del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El Poder Ejecutivo reglamentará los cometidos y la estructura organizativa de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, incluyendo un nuevo modelo de gestión, integración y gerenciamiento, dando cuenta a la Asamblea General. Artículo 278.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley Nº 18.471, de 27 de marzo de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 14.- Créase la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, como organismo desconcentrado dependiente del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, que se integrará por: un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que la presidirá; un representante del Ministerio de Salud Pública; un representante del Ministerio del Interior y un representante del Congreso de Intendentes. En caso de empate, para la toma de decisiones, el Presidente tendrá doble voto”. Artículo 279.- Sustitúyese el artículo 16 de la Ley Nº 18.471, de 27 de marzo de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 16.- Son cometidos de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, los siguientes: A) Asesorar al Poder Ejecutivo sobre las políticas y los programas que estime necesarios para el cumplimiento de los fines previstos en la presente ley, disposiciones complementarias, concordantes y modificativas.

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B) Planificar, organizar, dirigir, evaluar y colaborar en la ejecución de los programas que se coordinen con el Poder Ejecutivo. C) Articular y coordinar sus planes y programas con otros organismos públicos, pudiendo conformar o integrar para ello comisiones o grupos de trabajo. D) Organizar, dirigir y coordinar las campañas o los programas de información, educación pública y difusión para la protección de los animales en su vida y bienestar y la tenencia responsable de animales. E) Realizar o fomentar investigaciones y estudios relacionados con la situación de los animales, su comportamiento y su protección. F) Recibir y diligenciar las denuncias sobre actos de maltrato y abandono de animales, sin perjuicio de actuar de oficio cuando corresponda, pudiendo requerir la intervención del Ministerio del Interior, autoridades sanitarias y judiciales competentes. G) Proponer al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca la creación y organización de sistemas de identificación y registro de animales para la consecución de los fines y cometidos asignados a la Comisión, sin perjuicio de aquellos sistemas de registro que ya se encuentren consagrados en la normativa legal y reglamentaria vigente al momento de aprobación de la presente ley. H) Ejecutar, en coordinación con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, y demás organismos públicos competentes, las acciones conducentes a la adecuación y optimización de los sistemas de identificación y registro de los animales que disponga la reglamentación. I) Disponer y ejecutar, cuando a su juicio correspondieren, las acciones conducentes a la limitación de la reproducción de los animales de compañía, procediendo para tal fin a su esterilización, a la aplicación de otros medios no eutanásicos o a la realización de campañas de adopción de animales abandonados por parte de tenedores responsables. Lo dispuesto es sin perjuicio de lo establecido en el numeral 3) del literal B) del artículo 12 de esta ley. J) Mantener controlado el número de animales de compañía, organizando, controlando y supervisando las campañas de identificación o registro de los mismos. K) Concertar acuerdos con organismos nacionales y proponer acuerdos internacionales, previa aprobación por el Poder Ejecutivo, a fin de dar mayor difusión y eficacia a las campañas que se lleven a cabo para la consecución de los fines previstos en esta ley. L) Informar al Poder Ejecutivo en materia de compromisos internacionales concernientes a los animales y otros temas que disponga la reglamentación, velando por el cumplimiento de los mismos. M) Coordinar y supervisar la actuación de Comisiones Regionales, Departamentales o Municipales, reglamentando en todos los casos su funcionamiento, pudiendo delegar funciones en las mismas. Los cometidos asignados a la Comisión no excluyen otros que hubiesen sido asignados a la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal, siempre que no contradigan lo dispuesto en la presente ley”. Artículo 280.- Créase un Consejo Consultivo de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal, dependiente del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, con la siguiente integración: un delegado de la Universidad de la República; un delegado de la Administración Nacional de Educación Pública; un delegado designado por el Poder Ejecutivo a propuesta de las organizaciones representativas de los empresarios rurales; un delegado designado por el Poder Ejecutivo a propuesta de las organizaciones honorarias no gubernamentales protectoras de animales con personería jurídica; un delegado de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay y un integrante de la Comisión Nacional Asesora Honoraria para la Seguridad Rural. El Consejo Consultivo tendrá los siguientes cometidos: A) Asesorar a la Comisión.

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B) Sugerir campañas de difusión o proyectos de investigación, aconsejando a la Comisión para su aprobación. C) Coordinar, cuando así lo disponga la Comisión, actividades de difusión. El Poder Ejecutivo aprobará la reglamentación que establecerá el funcionamiento y la organización del Consejo Consultivo, pudiendo modificar la integración del mismo. Artículo 281.- Créase la Comisión Asesora en materia de Zoonosis, Tenencia Responsable y Bienestar Animal, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, la que tendrá cinco integrantes: uno designado por el Poder Ejecutivo a propuesta de las Comisiones de Zoonosis y Bienestar Animal que la presidirá, dos representantes de la Comisión Honoraria de Zoonosis y dos representantes de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. La Comisión Asesora tendrá los siguientes cometidos: A) Proponer acciones, planes y programas ante la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. B) Proponer estrategias públicas en materia de zoonosis y enfermedades trasmitidas por los vectores; protección de los animales en su vida y bienestar; registro, identificación y tenencia responsable de animales, para ponerlas a consideración de ambas comisiones. C) Analizar y evaluar los programas y planes que desarrollen, en conjunto, la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. D) Establecer comisiones o grupos de trabajo para el desarrollo y cumplimiento coordinado de objetivos concretos de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis y la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal. Artículo 282.- Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a transferir las competencias de la Asesoría Estadísticas Agropecuarias, a la Asesoría Oficina de Programación y Política Agropecuaria, manteniéndose los cometidos, funciones, recursos y atribuciones asignados. Artículo 283.- Créase en el Inciso 07, “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, la Unidad Coordinadora de Sanidad e Inocuidad Avícola, que tendrá los siguientes cometidos: A) Desarrollar un programa estratégico integral en materia de sanidad e inocuidad de las aves y sus productos, que abarque el sector productivo, de intermediación e industrialización con destino al mercado interno y la exportación. B) Implementar el fortalecimiento de programas de vigilancia epidemiológica para enfermedades de importancia en el comercio internacional, con impacto en la producción avícola y la salud pública, y de los programas de control microbiológico y residuos biológicos. C) Considerar y proponer las estrategias de control y erradicación de dichas enfermedades, realizando las coordinaciones multidisciplinarias institucionales e interinstitucionales necesarias para planificar las acciones. D) Proponer los procedimientos de certificación higiénico-sanitaria en establecimientos de producción, intermediación, faena e industrialización de aves y sus productos cuyo control corresponde a la competencia de la unidad ejecutora, incluyendo los requisitos y condiciones de certificación para el sector público y profesión veterinaria de libre ejercicio. E) Coordinar las actividades de control y certificación con el Sistema Nacional de Información Ganadera. Artículo 284.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, a establecer para todas las plantas de incubación, los establecimientos avícolas de reproducción, de producción de aves de engorde y de producción de huevos con fines comerciales; empresas de intermediación comercial de aves vivas, tenedores de aves sin granja,

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establecimientos de faena de aves, e importadores y exportadores de aves y huevos que operen en el territorio nacional, la obligación de mantener actualizados los datos del Registro Avícola del Sistema de Monitoreo Avícola, los cuales tendrán el carácter de declaración jurada. Déjase sin efecto la exigencia de presentación de las declaraciones juradas periódicas de existencias y movimientos de lotes de aves y huevos ante la División Contralor de Semovientes. Sustitúyese la Guía de Tránsito Avícola, por la impresión del remito generado por el sistema informático, para los movimientos de lotes ingresados al Sistema de Monitoreo Avícola. Serán aplicables, en caso de comprobarse infracciones a lo dispuesto precedentemente, las sanciones previstas en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por los artículos 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y 129 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 285.- Las competencias, funciones y cometidos asignados por las normas legales vigentes a la Dirección General de Servicios Ganaderos, a la Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Marcas, Señales y Frutos del País y a la División de Contralor de Semovientes, se distribuirán de la siguiente manera: A) Las competencias registrales pasarán a la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” a través del Sistema Nacional de Identificación Ganadera en coordinación con el Sistema Nacional de Información Agropecuaria. B) Las competencias inspectivas y de fiscalización permanecerán en la unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”. El Poder Ejecutivo reglamentará las competencias, funciones y cometidos de cada una de las unidades ejecutoras antes mencionadas, en el marco de lo dispuesto en este artículo, en el plazo de ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 286.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 180 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 180.- Establécese un sistema de control zoosanitario y fitosanitario de todas las personas, equipajes, bultos y vehículos, que ingresan al país por los puntos de ingreso autorizados, en cualquier medio de transporte marítimo, fluvial, terrestre o aéreo, que será competencia de la unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, de acuerdo con los criterios técnicos elaborados por las unidades ejecutoras 002 “Dirección Nacional de Recursos Acuáticos”; 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” y 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” del mismo Inciso. Reasígnanse los créditos presupuestales y los recursos humanos correspondientes de las unidades ejecutoras 004 y 005 a la unidad ejecutora 009 “Dirección General de Control de Inocuidad Alimentaria”, así como las atribuciones para el cumplimiento de sus fines, en la forma que establezca la reglamentación a ser aprobada por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”. Artículo 287.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” la suma de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, del grupo 0 “Servicios Personales”, objeto del gasto 095.005 “Fondo p/financiar funciones transitorias y de conducción”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago por concepto de nocturnidad a los funcionarios que se encuentren dentro de dicho régimen. Artículo 288.- Créase en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, una compensación por compromisos de gestión de $ 2.763.461 (dos millones setecientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y un pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, que se financiará parcialmente reasignando créditos del objeto del gasto 095.005 “Fondo Para Financiar Funciones Transitorias y de Conducción”. El mismo se abonará al personal que cumpla efectivamente funciones en el organismo, cualquiera sea su vínculo funcional, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

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Artículo 289.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 182 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por los siguientes: “Créase en dicha Unidad el cargo de “Director Nacional de Descentralización y Coordinación Departamental”, de particular confianza, comprendido en el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. A tales efectos, disminúyese en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público” en $ 95.720 (noventa y cinco mil setecientos veinte pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales”. Artículo 290.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, a contratar diecinueve Directores Departamentales, los que deberán acreditar idoneidad suficiente de acuerdo a las tareas a desempeñar en el marco de la Ley Nº 18.126, de 12 de mayo de 2007 y del artículo 182 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por un plazo de un año, renovable no más allá del período de gobierno, previa suscripción de un compromiso de gestión aprobado por el jerarca y sujeto a evaluación anual. Las personas comprendidas en la situación precitada no adquirirán la calidad de funcionarios públicos. Cuando la contratación recayere en funcionarios públicos, podrán éstos optar por el régimen que se establece en el presente artículo, manteniendo la reserva del cargo de su oficina de origen, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. El monto de cada contrato individual no podrá superar la suma de $ 59.000 (cincuenta y nueve mil pesos uruguayos), a valores del 1º de enero 2015, por todo concepto, ajustándose en la misma oportunidad y porcentaje que se disponga para los funcionarios de la Administración Central. Las contrataciones previstas en este artículo se financiarán con créditos presupuestales existentes en el grupo 0 “Servicios Personales”, de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, de acuerdo al siguiente detalle: A) $ 15.301.885 (quince millones trescientos un mil ochocientos ochenta y cinco pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 092.000 “Partidas globales a Distribuir”. B) $ 2.931.180 (dos millones novecientos treinta y un mil ciento ochenta pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Derecho Público”. La Contaduría General de la Nación efectuará las reasignaciones que correspondan para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 291.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Recursos Acuáticos” (DINARA) a determinar oficialmente las enfermedades de los animales acuáticos de importancia económica presentes en el país y las enfermedades reglamentadas bajo programa sanitario. Las enfermedades que se incluyan en esta última categoría deberán cumplir con las definiciones de enfermedades bajo programa sanitario que establezca la DINARA siguiendo las recomendaciones de la “Organización Mundial de Sanidad Animal”. Todo reporte sobre presencia en el país de nuevas enfermedades deberá ser comunicado a la DINARA en la forma y bajo las condiciones que establezca la reglamentación. Artículo 292.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Recursos Acuáticos” (DINARA), una tasa de hasta 10.000 UI (diez mil unidades indexadas) que gravará cada solicitud de ingreso a puertos de la República presentada por parte de buques o embarcaciones de bandera extranjera utilizados para la pesca, para actividades de apoyo o relacionadas con la misma, por la intervención que le compete a la citada Dirección Nacional en el control e inspección de tales buques o embarcaciones, en cumplimiento de acuerdos internacionales. En el caso de buques que reciben

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trasbordos en altamar, la tasa deberá ser abonada tanto por el buque que recibe la donación como por cada buque donante. El Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca determinará el monto de la tasa, cuyo producido se destinará a financiar gastos de funcionamiento e inversión de la DINARA. Artículo 293.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 19 de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013, por el siguiente: “La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, previo dictamen de sus cuerpos técnicos, podrá dejar sin efecto las prohibiciones establecidas en este artículo”. Artículo 294.- Agrégase como inciso segundo del artículo 80 de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013, el siguiente: “Corresponderá aplicar la sanción de apercibimiento siempre que el infractor carezca de antecedentes en la comisión de infracciones de la misma naturaleza y estas sean calificadas como leves”. Artículo 295.- Los procedimientos administrativos en trámite, a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013 (ley de declaración de interés general, conservación, investigación y el desarrollo sostenible de los recursos hidrobiológicos y ecosistemas) por infracciones contra las disposiciones de la Ley Nº 13.833, de 29 de diciembre de 1969, serán resueltos de acuerdo a las citadas normas y a lo establecido por el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y modificativas. Artículo 296.- Los planes de uso y manejo de suelos serán elaborados por ingenieros agrónomos acreditados ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, quienes presentarán los mismos bajo su firma. Dichos profesionales serán responsables de los datos ingresados así como del contenido de los mismos, siendo aplicables las disposiciones de los incisos tercero y cuarto del artículo 139 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 297.- El plan de uso y manejo de suelos presentado ante el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 003 “Dirección de Recursos Naturales”, deberá ser cumplido, aun cuando cambie la titularidad del predio o la explotación, salvo que se presente un nuevo plan en las condiciones establecidas en el numeral 9) del artículo 3º del Decreto-Ley Nº 15.239, de 23 de diciembre de 1981. La División Suelos y Aguas de dicha unidad ejecutora brindará a solicitud de quien acredite fehacientemente el nuevo vínculo jurídico con el predio, la información existente respecto a los planes presentados. Artículo 298.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 18.564, de 11 de setiembre de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- La División Servicios Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en el ejercicio de sus potestades sancionatorias desconcentradas, cuando se trate de incumplimiento a las normas que regulan el uso y el manejo de los suelos y de las aguas, podrá aplicar las siguientes sanciones: A) Apercibimiento. Cuando el infractor carezca de antecedentes en la comisión de infracciones de la misma naturaleza y estas sean calificadas como leves, deberá preceptivamente aplicarse la sanción de apercibimiento, sin perjuicio de los decomisos que correspondan. B) Multa que será fijada entre 10 UR (diez unidades reajustables) y 10.000 UR (diez mil unidades reajustables). En caso que la misma sea aplicada contra un propietario de inmuebles que no lo estuviere explotando en forma directa, a los efectos de la graduación de la multa se tendrá en cuenta la conducta de éste en relación al control que hubiere efectuado en cuanto al manejo de los suelos y de las aguas. C) Suspensión por hasta un año de habilitaciones, permisos o autorizaciones para la actividad respectiva”. Artículo 299.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 175 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente:

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“ARTÍCULO 175.- Los productos fitosanitarios (plaguicidas), los fertilizantes, las enmiendas, agentes biológicos, los granos de cereales y oleaginosas, las frutas, hortalizas y los alimentos para animales que, según corresponda, se sinteticen, obtengan, fabriquen, produzcan, formulen, elaboren, apliquen, utilicen, ensayen, experimenten, comercialicen, liberen, introduzcan o egresen del territorio de jurisdicción nacional bajo cualquier régimen, podrán ser sometidos por la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a un proceso mediante el cual se evalúen datos científicos completos y se realicen los ensayos o análisis necesarios para demostrar que cuando se emplean de conformidad con las instrucciones para su uso, son eficaces a los fines propuestos y no representan riesgos indebidos para la salud humana, animal, vegetal y el ambiente”. Artículo 300.- Sustitúyense los numerales 1) y 2) del artículo 176 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por los siguientes: “1) Determinar los procesos de evaluación que corresponda aplicar para cada uno de los productos fitosanitarios, fertilizantes, enmiendas, agentes biológicos, granos de cereales y oleaginosas, frutas, hortalizas y alimentos para animales y las autorizaciones, registros, certificaciones, habilitaciones y/o acreditaciones a que quedarán sujetos atendiendo a las características y niveles de riesgo de los productos involucrados. 2) Establecer y publicar los requisitos, condiciones, plazos y procedimientos técnico-administrativos que se deberán cumplir para solicitar y obtener las autorizaciones, inscripciones, certificaciones, acreditaciones y/o habilitaciones previstas en el artículo anterior, incluso, cuando corresponda, la certificación de las condiciones necesarias con el fin de garantizar la inocuidad y calidad de los productos que se destinen al mercado interno o la exportación, teniendo especialmente en cuenta las normas, directrices y recomendaciones emitidas en el marco de acuerdos regionales o internacionales ratificados por el país y en concordancia con las disposiciones legales vigentes en materia de salud humana, animal, vegetal y de protección ambiental”. Artículo 301.- Sustitúyese el artículo 178 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 178.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a través de la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, a: 1) Determinar los procesos y requisitos para la inscripción en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales que incluirá entre otras características, y según corresponda, el equipamiento, y las capacidades de producción y de acopio. 2) Instrumentar la presentación de declaraciones juradas periódicas o puntuales de producción, existencias y uso de insumos para la producción, ventas o uso de alimentos, existencias, análisis y muestreos de alimentos, a ser presentadas según corresponda por los elaboradores, distribuidores, vendedores importadores y exportadores, así como laboratorios de análisis de alimentos para animales inscriptos en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales. El registro de productos, la elaboración para comercializar y el autoconsumo, almacenamiento, distribución, venta, importación, exportación, análisis y muestreo de alimentos para animales o sus insumos, sólo podrán efectuarse por quienes se hayan inscripto en el Registro General de Operadores de Alimentos para Animales que a tales efectos llevará la Dirección General de Servicios Agrícolas. Los datos aportados en la declaración individual serán considerados de carácter reservado. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca divulgará los datos estadísticos obtenidos que se consideren relevantes y que propicien una mayor transparencia del mercado, pudiendo a esos efectos, realizar publicaciones mensuales y periódicas. Las infracciones a lo precedentemente dispuesto, serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y sus modificativas, sin perjuicio de la suspensión preventiva de los registros prevista en el artículo 144 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, en la redacción dada por el artículo 134 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012.

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Los registrantes, elaboradores, importadores y exportadores de alimentos para animales deberán desarrollar su actividad bajo la responsabilidad técnica de un profesional ingeniero agrónomo o doctor en veterinaria”. Artículo 302.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”, a controlar la exigencia que tienen las empresas comercializadoras de productos fitosanitarios de contar con un profesional ingeniero agrónomo como Director Técnico en su actividad. Artículo 303.- Sustitúyese el literal B) del inciso cuarto del artículo 383 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “B) Los reintegros o devoluciones de los apoyos recibidos por los beneficiarios a través del financiamiento de planes y proyectos de desarrollo rural”. Artículo 304.- Créase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, el Registro de Productores Familiares el que tendrá por finalidad registrar y administrar las declaraciones juradas realizadas por los productores o productoras familiares de acuerdo a las definiciones establecidas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca determinará el contenido y funcionamiento de dicho Registro, que estará vinculado al Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas creado por el artículo 8º de la Ley Nº 19.292, de 16 de diciembre de 2014. Artículo 305.- Autorízase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” unidad ejecutora 008 “Dirección General Forestal”, del programa 322 “Cadenas de Valor Motores de Crecimiento” a adquirir plantas y semillas de otros viveros nacionales, mediante la modalidad de la permuta con especies de su propiedad, debiendo existir equivalencia de valor entre los bienes permutados. Artículo 306.- Cométese a la unidad ejecutora 006 “Dirección General de la Granja”, del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”: 1) Crear un Sistema de Trazabilidad de Frutas y Hortalizas Frescas, con alcance a todos los productos frutihortícolas del país, de aplicación y exigencia gradual. 2) Elaborar, mantener actualizadas, divulgar e implementar el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), en la producción de frutas y hortalizas frescas. 3) Promover y actuar en materia de inocuidad de frutas y hortalizas frescas, durante el proceso productivo, cosecha, transporte desde el predio, preprocesamiento, operaciones de packing, almacenaje y transporte del producto terminado. 4) Implantar el Programa Manejo Regional de Plagas en Frutihorticultura, el que funcionará bajo su coordinación. Artículo 307.- Facúltase al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, a aplicar la medida de interdicción, mediante el sistema informático del Sistema Nacional de Información Ganadera a los establecimientos agropecuarios, de acopios, de intermediación e industrialización de animales y productos de origen animal, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias en materia sanitaria, higiénico sanitaria o de calidad. A los efectos del presente artículo, se entiende por interdicción a la medida administrativa que limita en forma transitoria el movimiento de animales y productos de origen animal, hasta el efectivo cumplimiento de las obligaciones exigidas. Artículo 308.- Facúltase al Poder Ejecutivo a transferir a título gratuito al Instituto Nacional de Colonización, el inmueble afectado al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, Padrón Nº 987, ubicado en la 5a. Sección Judicial del departamento de Salto, paraje Arerunguá, que según plano de mensura del ingeniero agrimensor Gerardo Di Paolo de enero de 2011, inscripto en la Dirección General de Catastro con el Nº 11.489 el 17 de febrero de 2011, consta de tres fracciones Padrones Nos. 12.322, 12.323 y 12.324.

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El acto administrativo operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad – Sección Inmobiliaria, un testimonio del mismo. Artículo 309.- Modifícase la denominación de la unidad ejecutora 003 “Dirección General de Recursos Naturales Renovables” del Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, la que pasará a denominarse “Dirección General de Recursos Naturales”. Modifícase la denominación del cargo “Director General de Recursos Naturales Renovables”, el que pasará a denominarse “Director General de Recursos Naturales”. Artículo 310.- Agrégase al artículo 3º del Decreto-Ley Nº 15.239, de 23 de diciembre de 1981, el siguiente numeral: “9) Exigir la presentación de planes de uso y manejo de suelos, que determinen la erosión tolerable, teniendo en cuenta los suelos del predio, la secuencia de cultivos y prácticas de manejo, en la forma y oportunidad que determine la reglamentación”. Artículo 311.- Agrégase al literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), el siguiente numeral: “34) Las compras que realice el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, para atender situaciones de emergencia agropecuaria, de acuerdo a lo establecido por el artículo 207 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008”. Artículo 312.- Facúltase al Poder Ejecutivo a designar agentes de percepción y retención de tributos (artículo 23 del Código Tributario), tarifas y precios que recaude el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, en el cumplimiento de sus cometidos legales. Artículo 313.- Suprímense en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, en las unidades ejecutoras que se detallan, los siguientes cargos:

U.E. ESC GDO DENOMINACIÓN 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 A A A A A A B C C C C D 15 14 14 13 12 4 11 10 9 9 8 1 DEN: ASESOR I DEN: ASESOR II DEN: ASESOR II DEN: JEFE DE SECCIÓN DEN: ASESOR IV DEN: ASESOR DEN: TÉCNICO IV DEN: JEFE DE SECCIÓN DEN: SUBJEFE DE SECCIÓN DEN: ADMINISTRATIVO DEN: ADMINISTRATIVO I DEN: ESPECIALISTA XIII

SERIE SERIE: ABOGACÍA SERIE: CIENCIAS ECONÓMICAS SERIE: ECONOMÍA AGRARIA (MDEO) SERIE: ABOGACÍA (MDEO) SERIE: ESTADÍSTICA (MDEO) SERIE: CIENCIAS ECONÓMICAS SERIE: ARQUITECTURA SERIE: ADMINISTRATIVO (MDEO) SERIE: ADMINISTRATIVO (MDEO) SERIE: ADMINISTRATIVO (MDEO) SERIE: ADMINISTRATIVO (MDEO) SERIE: ESPECIALIZADO

CANTIDAD 1 1 1 1 1 1 1 3 1 1 4 1

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U.E. ESC GDO DENOMINACIÓN 1 1 1 2 2 2 2 2 2 2 2 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 E F R A D D E E F R R A A A A B B B C C D D D D D D D 7 6 1 12 6 6 6 6 6 10 6 13 13 12 12 12 11 11 6 6 10 9 9 8 7 6 6 DEN: OFICIAL I DEN: AUXILIAR I DEN: ASESOR XV DEN: ASESOR IV DEN: ESPECIALISTA VIII DEN: ESPECIALISTA VIII DEN: OFICIAL II DEN: OFICIAL II DEN: AUXILIAR I DEN: TERCER MAQUINISTA DEN: MARINERO PESCADOR JEFE DE SECCIÓN JEFE DE SECCIÓN ASESOR IV ASESOR IV JEFE DE SECCIÓN SUBJEFE DE SECCIÓN TÉCNICO IV ADMINISTRATIVO III ADMINISTRATIVO III ESPECIALISTA IV SUBJEFE DE SECCIÓN SUBJEFE DE SECCIÓN ESPECIALISTA VI ESPECIALISTA VII ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA VIII

SERIE SERIE: OFICIOS (MDEO) SERIE: SERVICIOS (MDEO) SERIE: COMPUTACIÓN TEC. PROD. PESQUEROS (MDEO) SERIE: BIOLOGÍA PESQUERA (MDEO) SERIE: TELEFONISTA (MDEO) SERIE: CHOFER (MDEO) SERIE: OFICIOS (MDEO) SERIE: SERVICIOS (MDEO) SERIE: TRIPULACIÓN MÁQUINA SERIE: (MDEO) TRIPULACIÓN CUBIERTA

CANTIDAD 1 1 1 1 4 1 1 1 2 1 1 2 2 1 1 1 1 2 1 4 1 1 1 2 1 1 1

AGRONOMÍA (MDEO) AGRONOMÍA (INTERIOR) AGRONOMÍA (MDEO) AGRONOMÍA (INTERIOR) AGRONOMÍA (MDEO) AGRONOMÍA (MDEO) AGRONOMÍA (INTERIOR) ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO (MDEO) DIBUJO (MDEO) DIBUJO (MDEO) LABORATORIO (MDEO) LABORATORIO (MDEO) INSPECCIÓN (MDEO) LABORATORIO (MDEO) TELEFONISTA (MDEO)

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U.E. ESC GDO DENOMINACIÓN 3 3 3 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 E F R E A B B B D E E E F F R A D D D E E F D F R B 6 6 10 6 15 11 11 11 10 6 6 6 6 6 10 12 6 6 6 6 6 6 6 6 10 11 OFICIAL II AUXILIAR I ASESOR VI DEN: OFICIAL II DEN: ASESOR I DEN: TÉCNICO IV DEN: TÉCNICO IV DEN: TÉCNICO IV DEN: ESPECIALISTA IV DEN: OFICIAL II DEN: OFICIAL II DEN: OFICIAL II DEN: AUXILIAR I DEN: AUXILIAR I DEN: ASESOR VI ASESOR IV ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA VIII OFICIAL II OFICIOS AUXILIAR I ESPECIALISTA VIII AUXILIAR I ASESOR VI TÉCNICO IV

SERIE OFICIOS (MDEO) SERVICIOS (INTERIOR) OPERACIÓN (MDEO) SERIE: OFICIOS (MDEO) SERIE: AGRONOMÍA (INTERIOR) SERIE: ADMINISTRACIÓN (MDEO) SERIE: AGRONOMÍA (INTERIOR) SERIE: ADMINISTRACIÓN SERIE: (MDEO) MECÁNICA AERONÁUTICA

CANTIDAD 13 3 1 1 1 1 2 1 2 1 1 1 1 5 1 1 1 1 3 3 1 4 1 1 2 1

SERIE: OFICIOS (MDEO) SERIE: IMPRESIÓN (MDEO) SERIE: OFICIOS (INTERIOR) SERIE: SERVICIOS (INTERIOR) SERIE: SERVICIOS (MDEO) SERIE: OPERACIÓN BIBLIOTECARIO O BIBLIOTECÓLOGO (INTERIOR) TELEFONISTA (MDEO) INSPECCIÓN LABORATORIO (MDEO) OFICIOS (MDEO) OFICIAL II SERVICIOS (MDEO) TELEFONISTA (MDEO) SERVICIOS (MDEO) OPERACIÓN (MDEO) ARCHIVOLOGÍA

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U.E. ESC GDO DENOMINACIÓN 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 6 8 8 D D D F F R B D D A A B E 6 6 6 6 6 10 11 6 6 4 12 11 1 ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA VIII AUXILIAR I AUXILIAR I ASESOR VI TÉCNICO IV ESPECIALISTA VIII ESPECIALISTA VIII DEN: ASESOR XII DEN: ASESOR IV TÉCNICO IV OFICIAL VII

SERIE VETERINARIA (MDEO) INSPECCIÓN INSPECCIÓN (MDEO) SERVICIOS (MDEO) SERVICIOS (INTERIOR) OPERACIÓN (INTERIOR) AGRONOMÍA (INTERIOR) INSPECCIÓN VETERINARIA (MDEO) OPERACIÓN DE BUQUES (MDEO) SERIE: CIENCIAS ECONÓMICAS SERIE: AGRONOMÍA (INTERIOR) SERIE AGRONOMÍA OFICIOS

CANTIDAD 1 2 9 4 8 2 1 39 1 1 1 2 1

Artículo 314.- Créanse, en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, los siguientes cargos:

U.E. ESC GDO DENOMINACIÓN 1 1 2 2 2 2 2 2 3 4 A A D D C E R R A A 16 16 1 1 1 1 1 1 4 4 DIRECTOR DIVISIÓN DIRECTOR DIVISIÓN ESPECIALISTA XIII ESPECIALISTA XIII ADMINISTRATIVO VIII OFICIAL II AYUDANTE MAQUINAS MARINERO PESCADOR ASESOR XII DEN: ASESOR XII

SERIE COMPUTACIÓN PROFESIONAL UNIVERSITARIO TECNOLOGÍA DE PESQUEROS (MDEO) LOS PRODUCTOS

CANTIDAD 1 1 1 1 2 1 1 1 24 36

BIOLOGÍA PESQUERA(INTERIOR) ADMINISTRATIVO OFICIOS (MONTEVIDEO) TRIPULACIÓN MÁQUINA TRIPULACIÓN CUBIERTA (MDEO) AGRONOMÍA PROFESIONAL UNIVERSITARIO

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U.E. ESC GDO DENOMINACIÓN 4 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 5 6 6 8 8 8 C B C C A B B C D A C D D B D A D F D A C A A D 1 3 1 1 4 3 3 1 1 4 1 1 1 3 1 4 1 1 1 4 1 4 4 1

SERIE

CANTIDAD 8 1 1 1 3 1 1 3 8 2 1 4 41 1 3 5 1 16 18 10 4 1 1 2

DEN: ADMINISTRATIVO VIII ADMINISTRATIVO DEN: TÉCNICO XII SERIE: VETERINARIA

DEN: ADMINISTRATIVO VIII SERIE: ADMINISTRATIVO DEN: ADMINISTRATIVO VIII SERIE: ADMINISTRATIVO DEN: ASESOR XII DEN: TÉCNICO DEN: TÉCNICO XII SERIE: VETERINARIA SERIE: VETERINARIA SERIE: VETERINARIA

DEN: ADMINISTRATIVO VIII SERIE: ADMINISTRATIVO DEN: ESPECIALISTA XIII DEN: ASESOR XII SERIE: INSPECCIÓN SERIE: VETERINARIA

DEN: ADMINISTRATIVO VIII SERIE: ADMINISTRATIVO DEN: ESPECIALISTA XIII DEN: ESPECIALISTA XIII DEN: TÉCNICO DEN: ESPECIALISTA XIII DEN: ASESOR XII DEN: ESPECIALISTA XIII DEN: AUXILIAR VI DEN: ESPECIALISTA XIII ASESOR ADMINISTRATIVO VIII DEN: ASESOR XII DEN: ASESOR XXII ESPECIALIZADO SERIE: INSPECCIÓN SERIE: INSPECCIÓN VETERINARIA SERIE: VETERINARIA SERIE: INSPECCIÓN SERIE: LABORATORIO SERIE: LABORATORIO SERIE: SERVICIOS SERIE: INSPECCIÓN VETERINARIA AGRONOMÍA ADMINISTRATIVO SERIE AGRONOMÍA SERIE AGRONOMÍA ESPECIALISTA XIII

Las creaciones dispuestas precedentemente se financiarán con los créditos presupuestales que surjan de la supresión de cargos vacantes establecida en el artículo anterior de la presente ley, así como de la reasignación de créditos presupuestales de las partidas y por los montos que se detallan a continuación:

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A) $ 32.385.806 (treinta y dos millones trescientos ochenta y cinco mil ochocientos seis pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la partida anual del “Fondo Para Contratos Temporales” (objeto del gasto 095.002). B) $ 23.373.907 (veintitrés millones trescientos setenta y tres mil novecientos siete pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Fondo Para Financiar Funciones Transitorias y de Conducción” (objeto del gasto 095.005) C) $ 2.328.072 (dos millones trescientos veintiocho mil setenta y dos pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de la “Partida Proyectada” (objeto del gasto 099.001), de la unidad ejecutora 001, programa 320, Proyecto 000. D) $ 2.989.537 (dos millones novecientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y siete pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Financiación de Estructuras Organizativas” (objeto del gasto 099.002), de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”. E) $ 4.720.785 (cuatro millones setecientos veinte mil setecientos ochenta y cinco pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Personal de Alta Especialización” (objeto del gasto 038.000). F) $ 1.239.883 (un millón doscientos treinta y nueve mil ochocientos ochenta y tres pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Partida Laboratorio” (objeto del gasto 042.510) de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”. G) $ 4.048.962 (cuatro millones cuarenta y ocho mil novecientos sesenta y dos pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Alta Prioridad” (objeto del gasto 033.000), de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”. H) $ 4.240.780 (cuatro millones doscientos cuarenta mil setecientos ochenta pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Compensación Especial por Funciones Especialmente Encomendadas” (objeto del gasto 042.511) de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”. I) $ 10.212.607 (diez millones doscientos doce mil seiscientos siete pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Incentivo al Rendimiento” (objeto del gasto 042.720). J) $ 1.590.337 (un millón quinientos noventa mil trescientos treinta y siete pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, de la partida anual de “Mayor Responsabilidad” (objeto del gasto 042.514). Facúltase a la Contaduría General de la Nación para efectuar las reasignaciones dispuestas en este artículo. Artículo 315.- Modifícase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 001, “Dirección General de Secretaría”, la Serie del puesto de trabajo que a continuación se indica:

UE 001

Puesto 25.691

Plaza 1

Régimen Presupuestado

Esc. Grado D 9

Denominación Jefe de Sector

Serie Microfilmación

Por la siguiente serie:

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UE 001

Puesto 25.691

Plaza 1

Régimen Presupuestado

Esc. Grado D 9

Denominación Jefe de Sector

Serie Especializado

Artículo 316.- Modifícase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 008, “Dirección General Forestal” las Series de los puestos de trabajo que se indican a continuación:

UE 008 008 008

Puesto Plaza Régimen 26.195 26.243 26.200 1 4 1 Presupuestado Presupuestado Presupuestado

Esc. Grado Denominación A D A 12 6 12 Asesor IV

Serie Agronomía (interior)

Especialista VIII Inspección Asesor IV Bibliotecología

Por las siguientes Series:

UE 008 008 008

Puesto 26.195 26.243 26.200

Plaza 1 4 1

Régimen Presupuestado Presupuestado Presupuestado

Esc. Grado Denominación A D A 12 6 12 Asesor IV

Serie Agronomía

Especialista VIII Especializado Asesor IV Agronomía

Artículo 317.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del objeto del gasto 095.002 “Fondo para Contratos Temporales Derecho Público”, la suma de $ 2.018.400 (dos millones dieciocho mil cuatrocientos pesos uruguayos), que incluyen aguinaldo y cargas legales, con el mismo destino que la partida autorizada por el artículo 95 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006. Artículo 318.- Increméntanse en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las siguientes partidas anuales para gastos de funcionamiento e inversión:

U.E. Programa Proyecto 001 001 009 009 320 320 322 322 000 720 000 972

O.G. 299.000 799.000

2016 8.000.000 7.500.000

2017 8.000.000 7.500.000 16.452.500 2.000.000 33.952.500

2018 8.000.000

2019 8.000.000

299.000 16.452.500 799.000 2.000.000 33.952.500

16.452.500 2.000.000 26.452.500

16.452.500 3.000.000 26.452.500

TOTALES

Artículo 319.- Sustitúyese el numeral 2) del artículo 285 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 385 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente:

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“2) En aquellos casos en que, de conformidad con las normas en vigencia, corresponda sancionar con multa a los infractores, la misma será fijada entre 2.603 UI (dos mil seiscientas tres unidades indexadas) y 520.518 UI (quinientas veinte mil quinientas dieciocho unidades indexadas), excepto en los casos de: a) normas que regulan los programas de control y erradicación de brucelosis y tuberculosis, y normas que regulan la utilización de productos fitosanitarios, productos veterinarios y contaminantes ambientales o prohibición de su uso, en que el monto máximo será de hasta 2.602.592 UI (dos millones seiscientos dos mil quinientos noventa y dos unidades indexadas); y b) la deforestación de bosques nativos en los que el monto será establecido de acuerdo con el tipo de bosque y pérdida de biodiversidad entre 10.410 UI (diez mil cuatrocientas diez unidades indexadas) y 104.104 UI (ciento cuatro mil ciento cuatro unidades indexadas) por hectárea forestada”. Artículo 320.- Créanse las siguientes tasas cuya recaudación corresponderá al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, según el siguiente detalle: 1) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria y registro, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de mantenimiento, ampliación, y auditorías de los establecimientos de faena, industrializadores, y depósitos de carne, productos cárnicos, subproductos y derivados de las especies bovinas, ovinas, porcinas, equinas, avícolas, conejos, liebres y animales de caza menor, cuya competencia corresponde a la División Industria Animal: 1.348,18 UI (mil trescientas cuarenta y ocho con dieciocho centésimos de unidades indexadas). 2) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria y registro, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de mantenimiento, renovación, y ampliación de industrias lácteas: 1.013,29 UI (mil trece con veintinueve centésimos de unidades indexadas). 3) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de renovación de habilitación de Acopiadores y Transformadores de Queso Artesanal: 364,79 UI (trescientas sesenta y cuatro con setenta y nueve centésimos de unidades indexadas). 4) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de renovación de habilitación de Depósitos de Productos Lácteos: 170,23 UI (ciento setenta con veintitrés centésimos de unidades indexadas). 5) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria y registro, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de mantenimiento, renovación y auditoría de establecimientos industrializadores y depósitos de miel y productos de la colmena que, en el ejercicio inmediato anterior hayan producido más de doce tambores del producto: 222,45 UI (doscientas veintidós con cuarenta y cinco centésimos de unidades indexadas). 6) a- Tasa de habilitación higiénico-sanitaria y registro, abonándose por única vez al momento de la solicitud de habilitación; y b- Tasa anual de mantenimiento, renovación y auditoría de laboratorios para el diagnóstico de Brucelosis: 960,35 UI (novecientos sesenta con treinta y cinco centésimos de unidades indexadas). Los fondos recaudados constituirán Recursos con Afectación Especial de la unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos” y serán destinados a gastos de funcionamiento e inversión de dicha unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo dentro de los ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 321.- Reasígnase en el Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) más aguinaldo y cargas legales, del grupo 0 “Servicios Personales”, objeto del gasto 042.530 “Compen. especial p/horario nocturno o trabajo días inhábiles”, de la unidad ejecutora 005 “Dirección General de Servicios Ganaderos”, al grupo 0 “Servicios

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Personales”, en la misma Fuente de Financiamiento y objeto del gasto, de la unidad ejecutora 004 “Dirección General de Servicios Agrícolas”. Artículo 322.- El Instituto Nacional de Carnes transferirá a Rentas Generales, a efectos de apoyar el funcionamiento del Sistema Nacional de Información Ganadera, trazabilidad del ganado bovino, inocuidad alimentaria y sistema de control zoosanitario y fitosanitario, las siguientes partidas anuales en pesos uruguayos:

2016 40.000.000

2017 40.000.000

2018 32.500.000

2019 32.500.000

INCISO 08 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Artículo 323.- Modifícase el Plan de Inversiones del Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería” en los proyectos y para los ejercicios y montos que se detallan a continuación:

Prog. U.E. Proy Denominación 320 001 803

2015

2016 –

2017 –

2018 –

2019

Polo Industrial Naval -52.764.077 del Atlántico Sur Laboratorio Tecnogestión de

320

001

804

1.489.076 1.081.400

127.500 1.046.000

320

004

810

Acceso a la información pública de Marcas y Patentes Cartografía geológica y minera del Uruguay a escala 1.100.000 Parque Tecnológico Audiovisual

812.000

812.000

322

007

771

4.476.951 3.576.944 3.576.944 4.369.161

369

010

807

6.576.000 8.494.000 6.850.000 9.476.101

Artículo 324.- Cométese al Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, en el programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, la prestación de los siguientes servicios: 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) Análisis espectrométricos de la actividad de muestras de leche y derivados lácteos. Análisis espectrométricos de muestras de suelos. Análisis espectrométricos de origen vegetal. Análisis espectrométricos de muestras cárnicas de cualquier especie, subproductos y derivados. Análisis espectrométricos de muestras de agua. Análisis espectrométricos de muestras de aerosoles atmosféricos. Análisis de elementos traza en alimentos y demás sustancias de origen biológico.

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8) 9)

Análisis elemental de minerales y muestras geológicas. Análisis de elementos en agua, aceites minerales, solventes y demás muestras en estado líquido.

10) Análisis elementales de aerosoles atmosféricos y demás partículas ambientales. 11) Otros análisis acordes con la técnica analítica requerida. 12) Servicios de mantenimiento de instrumentación y equipamiento electrónico nuclear. 13) Servicios de diseño y desarrollo de instrumentación y equipamiento electrónico nuclear y de sistemas de control nuclear para la industria. 14) Servicios de ensayos no destructivos. 15) Servicios de mecánica de la fractura. 16) Servicios de cálculos de blindaje. 17) Servicios de diseño y puesta en marcha de sistemas informáticos dedicados a las aplicaciones nucleares. 18) Servicios de aplicación de trazadores en procesos industriales en hidrología y en estudios destinados a la preservación del medio ambiente. 19) Servicios vinculados a la metrología y calibración de las radiaciones ionizantes. El Poder Ejecutivo actualizará el precio de todos los servicios enumerados precedentemente, tomando como base su costo efectivo de realización, incluyendo los costos directos y los de amortización de los equipos que se utilizaren en su prestación. Deróganse los artículos 165 y 166 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, el artículo 218 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992 y el artículo 420 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 325.- Autorízase al Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería” a enajenar los inmuebles ubicados en el departamento y localidad catastral Montevideo, zona urbana, Padrón Nº 5525 con frente a calle Juan Carlos Gómez y Padrón Nº 5543 con frente a calle Sarandí, en el porcentaje de su propiedad, por sí o a través del fideicomiso al que refiere el inciso siguiente. Facúltase a constituir un fideicomiso de administración, con el objeto de enajenar los bienes inmuebles citados en el inciso primero de este artículo y la adquisición de uno o más inmuebles, su remodelación, y obtención de los bienes muebles necesarios para el funcionamiento de nuevas oficinas de esa Secretaría de Estado. La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 326.- Créanse en el programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, Inciso 08 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, dos cargos de Administrativo XIV, Serie Administrativo, escalafón C, grado 1, a efectos de regularizar la situación de los funcionarios redistribuidos al amparo de lo establecido en el artículo 230 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Reasígnase el crédito presupuestal del objeto del gasto 055.006 “Incorp. al MIE A230 L17296” a efectos de financiar la creación dispuesta en el presente artículo. La diferencia entre el costo básico de los cargos que se crean y el objeto del gasto que se reasigna, se otorgará como compensación personal que se absorberá en los futuros ascensos. Artículo 327.- Sustitúyese el artículo 172 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 172.- Créase en la unidad ejecutora 010 “Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual”, el cargo de Director Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual”. Artículo 328.- Sustitúyese el artículo 11 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente:

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“ARTÍCULO 11.- La titularidad de la marca solo se adquiere con relación a los productos y los servicios para los que hubiera sido solicitada. Cuando se solicite el registro de una marca en la que se incluya el nombre de un producto o un servicio comprendido en la clase internacional cuya protección se pretende, deberá ser detallado expresamente y la marca solo se registrará para ese producto o servicio”. Artículo 329.- Sustitúyese el artículo 74 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998, por el siguiente: “ARTÍCULO 74.- Indicación de procedencia es el uso de un nombre geográfico sobre un producto o servicio que identifica el lugar de extracción, producción o fabricación de determinado producto o prestación de determinado servicio. Las indicaciones de procedencia gozarán de protección sin necesidad de registro”. Artículo 330.- Facúltase al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a través de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, a la prestación de servicios concernientes a la Propiedad Intelectual, entre ellos los de información tecnológica, transferencia de tecnología, vigilancia e inteligencia tecnológica y comercial, así como para el desarrollo de actividades de difusión, formación, asesoramiento e investigación en la materia. Asimismo, podrá en cumplimiento de sus cometidos, vincularse con otras instituciones públicas y asociaciones gremiales, así como apoyar y gestionar una red de instituciones con interés en los temas de propiedad intelectual. Artículo 331.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Industria, Energía y Minería, con el asesoramiento de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, a otorgar exoneraciones totales o parciales de los tributos fijados por el artículo 99 de la Ley Nº 17.011, de 25 de setiembre de 1998 y sus modificativas, y por el artículo 117 de la Ley Nº 17.164, de 2 de setiembre de 1999 y sus modificativas, cuando las actividades y servicios que presta dicha Dirección, en materia de signos distintivos y patentes, se suministren a otros organismos públicos o a instituciones que posean acuerdos con la misma. Artículo 332.- Facúltase al Ministerio de Industria Energía y Minería a través de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial a disminuir las tasas cobradas por los servicios que presta, aplicando descuentos de hasta un 90 % (noventa por ciento) sobre las mismas a instituciones públicas, pequeñas y medianas empresas, inventores independientes y centros de investigación, a fin de fomentar la política nacional en materia de desarrollo de ciencia, tecnología e innovación. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición. Artículo 333.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º. (Órgano ejecutor).- La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería, será el órgano ejecutor de la política aprobada por la presente ley. En el ejercicio de sus cometidos, dispondrá de los fondos previstos en esta ley, distribuirá las subvenciones correspondientes a las empresas beneficiarias y ejercerá los controles correspondientes, pudiendo disponer las inspecciones que entienda pertinentes. Dichos controles e inspecciones técnicas podrán ser cometidos a entidades idóneas, sin que ello afecte la competencia de la Dirección Nacional de Industrias, en la aplicación de las medidas que resultaren de dicho contralor”. Artículo 334.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º. (Beneficiarios).- Los beneficiarios de la presente ley serán las empresas que realicen las actividades correspondientes a la confección de los productos que se clasifican en los Capítulos 61 y 62 y las Posiciones 4203.10, 4303.10.00.21, 6302.21, 6302.22, 6302.31, 6302.32, 6505.90.00 y 9404.90.00.20 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, las que serán consideradas actividades promovidas a los efectos de la presente ley. Serán asimismo beneficiarios de la presente ley, los trabajadores y monotributistas que realicen actividades comprendidas en los subgrupos de los consejos de salarios 5:3 y 4:2, de acuerdo a los criterios que determine la reglamentación.

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Para acceder al beneficio establecido en el inciso anterior, las empresas deberán acreditar que están registradas en la Dirección Nacional de Industrias según se dispone en el artículo 13 de la presente ley y que se encuentran al día con las obligaciones tributarias, de seguridad social y responsabilidad social que serán determinadas por la reglamentación. Asimismo, deberán acreditar en la forma que lo determine la reglamentación, los extremos mencionados en el artículo 6º de la presente ley. Las empresas solicitantes deberán presentar los documentos referidos precedentemente, por todas las actividades que desarrollan, ante la Dirección Nacional de Industrias, en el período que la misma determine. A partir de la finalización de dicho período, la citada Dirección realizará los cálculos y librará las órdenes de pago correspondientes”. Artículo 335.- Sustitúyese el artículo 8º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 8º.- La subvención prevista en la presente ley se volcará al sector de la vestimenta en forma semestral de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6º y 7º, produciéndose el cierre del primer semestre el 31 de marzo y el del segundo semestre el 30 de setiembre, de cada año”. Artículo 336.- La obligación emergente del artículo 13 de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, será fiscalizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, sin perjuicio de las obligaciones laborales emergentes de los artículos 15 a 19 y 21 a 23 de la citada ley, las que serán fiscalizadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social. La negativa u omisión a inscribirse en el Registro de Empresas de la Vestimenta creado por el artículo 12 de la Ley Nº 18.846, así como la falta de actualización de los datos suministrados, será sancionada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, mediante amonestación, multa o clausura del establecimiento. El monto de las multas se determinará según la gravedad de la infracción, entre un mínimo de 20 UR (veinte unidades reajustables) y un máximo de 50 UR (cincuenta unidades reajustables). En caso de reincidencia se duplicará la escala anterior. Las sanciones se graduarán atendiendo al perjuicio ocasionado y a los antecedentes del infractor. La Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social sancionará las infracciones de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 289 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 412 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Artículo 337.- La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería, no abonará el subsidio creado por la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, correspondiente al semestre que se gestione, cuando las empresas beneficiarias: A) No actualicen en tiempo y forma los datos del Registro de Empresas de la Vestimenta, creado por el artículo 12 de la Ley Nº 18.846. B) No presenten la documentación requerida por el artículo 2º de la Ley Nº 18.846, dentro del plazo que a dichos efectos establecerá la Dirección Nacional de Industrias. C) Se verifiquen diferencias, errores u omisiones significativas entre los documentos presentados y lo declarado por la empresa al momento de la solicitud del beneficio. Cuando las empresas beneficiarias presenten la documentación referida en el literal B) del presente artículo, fuera del plazo establecido por la Dirección Nacional de Industrias, pero dentro de los cinco días hábiles inmediatos siguientes a su vencimiento, podrán acceder al pago del semestre que gestionen, en el semestre próximo siguiente. Artículo 338.- La Dirección Nacional de Industrias dará de baja en forma permanente, de los beneficios previstos en la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, a las empresas beneficiarias, cuando constate la existencia de declaraciones fraudulentas. Asimismo, podrá hacerlo con las empresas que integren el mismo conjunto económico o cuenten con los mismos titulares o representantes estatutarios, sin perjuicio de la presentación de las denuncias que correspondieren.

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Artículo 339.- La Dirección Nacional de Industrias podrá valerse de la información que surge del Registro de Empresas Infractoras, creado por el artículo 321 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, a efectos de verificar si las empresas se encuentran al día con sus obligaciones en materia de seguridad social. Con la información brindada por dicho registro, podrá proponer la exclusión de los beneficios otorgados por la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011, de aquellas empresas que incurran en infracciones o faltas graves o reiteradas. Artículo 340.- Las sanciones por incumplimiento de las condiciones de trabajo aplicadas por la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se entenderán como inobservancia de las obligaciones en el orden de la responsabilidad social, dispuestas por el artículo 4º de la Ley Nº 18.846, de 25 de noviembre de 2011. Cuando dicho incumplimiento afecte la seguridad, la salud y la higiene o puedan incidir en accidentes o en el desarrollo de enfermedades profesionales, podrá implicar la pérdida del beneficio dispuesto en la ley citada. INCISO 09 MINISTERIO DE TURISMO Artículo 341.- Asígnase en el Inciso 09 “Ministerio de Turismo”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 7.474.067 (siete millones cuatrocientos setenta y cuatro mil sesenta y siete pesos uruguayos) al objeto del gasto 042.531 “Compensación sujeta a compromisos de Gestión”, a efectos de abonar una compensación sujeta al cumplimiento de compromisos de gestión a los funcionarios de las unidades ejecutoras 001 “Dirección General de Secretaría” y 003 “Dirección Nacional de Turismo”. La compensación de referencia se otorgará en las condiciones que establezca la reglamentación, previo informe favorable de la Comisión de Compromiso de Gestión creada en el artículo 57 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Reasígnanse a efectos de abonar el incentivo autorizado en el presente artículo, los créditos presupuestales de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Fuente de Financiamiento 1.1 “Rentas Generales”, de los objetos del gasto 042.090 “Mayor responsabilidad” y 047.002 “Equiparación Salarial” en su totalidad, $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos) del objeto del gasto 042.522 “Diferencia de tabla” y $ 4.608.416 (cuatro millones seiscientos ocho mil cuatrocientos dieciséis pesos uruguayos) con su correspondiente aguinaldo y cargas sociales del objeto del gasto 095.002 “Fondo para contrato temporal de derecho público”. El Ministerio de Turismo comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución de la partida asignada entre las unidades ejecutoras. Artículo 342.- Increméntase la partida anual asignada a la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del Inciso 09 “Ministerio de Turismo” por el artículo 428 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, con destino a financiar compensaciones especiales en $ 8.604.805 (ocho millones seiscientos cuatro mil ochocientos cinco pesos uruguayos). El incremento autorizado se financiará con la reasignación dentro del mismo programa y fuente de financiamiento, de la partida establecida en el artículo 310 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, la establecida en el inciso tercero del artículo 241 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y con $ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos) del objeto del gasto 042.522 “Diferencia de tabla”. Deróganse el artículo 310 de la Ley Nº 16.170, y el inciso tercero del artículo 241 de la Ley Nº 17.296. Artículo 343.- Exceptúase al Inciso 09 “Ministerio de Turismo” de lo dispuesto por el artículo 494 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, en el caso de realización de campañas de promoción del país en el exterior.

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INCISO 10 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS Artículo 344.- Sustitúyese el numeral 7) del artículo 58 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, por los siguientes: “7) Cuando los Jueces otorguen de oficio escrituras de expropiación. 8) Cuando se otorguen escrituras de expropiación de bienes en régimen de propiedad horizontal. 9) Los demás casos que establezca la reglamentación”. Artículo 345.- El Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, no exigirá el control dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 18.840, de 23 de noviembre de 2011, en los siguientes casos: A) Trasmisión del dominio de inmuebles por expropiaciones efectuadas por el Estado o los Gobiernos Departamentales, ejecución forzada judicial o por el cumplimiento forzado establecido en la Ley Nº 8.733, de 17 de junio de 1931, concordantes y modificativas, y por adjudicaciones o enajenaciones en cumplimiento de ejecuciones extrajudiciales del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Agencia Nacional de Vivienda. B) Enajenaciones de predios fiscales a personas físicas y jurídicas. C) Primera enajenación de inmuebles resultantes del proceso de regularización de viviendas de interés social y asentamientos irregulares que realicen el Estado o los Gobiernos Departamentales. D) En todas las escrituras judiciales. Artículo 346.- Agrégase al artículo 283 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente inciso: “En el caso de los planos de fraccionamiento de áreas que se hubiesen transferido de pleno derecho con anterioridad a la vigencia de la presente ley, por aplicación del Decreto-Ley Nº 14.530, de 12 de junio de 1976, en los cuales no se establezcan deslindes, espacios libres y otras de interés general, las Intendencias Departamentales podrán confeccionar e inscribir un plano de mensura de dichas áreas, consignando los deslindes y superficies respectivas, así como los datos geométricos y catastrales”. Artículo 347.- Sustitúyese el artículo 15 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, en la redacción dada por el artículo 278 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 15.- En cada caso de expropiación, la autoridad respectiva mandará formar expediente y ordenará previamente el levantamiento de un gráfico parcelario de los inmuebles que se requieran para la obra proyectada, indicando departamento, número de padrón y el área afectada, a cargo de los funcionarios u oficinas técnicas de su dependencia. Sin perjuicio del gráfico parcelario de la obra, en los casos de expropiaciones parciales de inmuebles deberá levantarse por separado un plano de mensura para expropiación, en el que se determinarán la parcela o parcelas a expropiarse, el cual será registrado en la Dirección Nacional de Catastro. En los casos de expropiaciones totales, se podrá utilizar el último plano inscripto del inmueble a expropiar. Asimismo aquellos planos que se hubiesen levantado en oportunidad de iniciar el procedimiento expropiatorio de un inmueble, cuyo proceso haya caducado según lo establecido en el artículo 20 de la presente ley, podrán ser utilizados en caso de reiniciarse el trámite expropiatorio. Una vez confeccionado el anteproyecto y el gráfico parcelario a que refieren los incisos precedentes, se mandará poner de manifiesto por el término de ocho días notificándose a los propietarios, sin perjuicio del emplazamiento que se hará a través de edictos que se publicarán en el Diario Oficial y en otro periódico de circulación en el departamento de radicación del inmueble. De esos edictos se dejará constancia en el expediente correspondiente, agregándose las publicaciones de práctica. Los propietarios de los inmuebles deberán denunciar en el acto de notificación o dentro de los ochos días siguientes, la existencia de personas que tengan derechos reales o personales consentidos por dichos

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propietarios con respecto a la cosa expropiada. El incumplimiento de esta obligación hará recaer la responsabilidad reparatoria sobre el propietario omiso en esta obligación. En los casos de expropiación parcial de inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal se procederá de la siguiente manera: A) Cuando se afecten bienes comunes se formará un expediente único por toda la fracción a expropiar del padrón matriz. Las notificaciones del trámite expropiatorio se harán a la copropiedad del edificio en la persona de su administrador o representante; en caso de que no lo hubiere se notificará a los propietarios de las unidades que integran la copropiedad. B) Cuando se afecten unidades de propiedad individual, se iniciará expediente por cada una de las unidades afectadas, además del que corresponda por los bienes comunes afectados. C) Con la escrituración a favor del organismo expropiante dichas fracciones quedarán desafectadas del régimen de propiedad horizontal. En estos casos se podrá actuar con el plano de propiedad horizontal cuando esté deslindada la fracción afectada o en su defecto, con el plano de expropiación del padrón matriz. D) Cuando la expropiación afecte solo bienes comunes, a los efectos registrales, la superficie afectada se considera desafectada del régimen de propiedad horizontal con la inscripción de la escritura pública o acta notarial respectiva. E) Cuando la expropiación afecte la totalidad de las unidades individuales, el organismo expropiante podrá convertir el régimen de Propiedad Horizontal en propiedad ordinaria procediendo de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, con excepción de lo indicado en el literal C) de dicho artículo. En caso de tratarse de un inmueble a ser incorporado al dominio público, tampoco corresponderá la aplicación de los literales D) y E) de dicho artículo. F) Cuando la expropiación afecte una unidad individual, el organismo expropiante podrá demandar judicialmente el otorgamiento de la modificación del Reglamento de Copropiedad si correspondiere, en cuyo caso el Juez otorgará el instrumento por ante el escribano que designe el organismo expropiante. Para la desafectación de las unidades, se procederá de acuerdo a lo indicado en el artículo 15 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, con excepción de lo estipulado en el literal A) de dicho artículo. El Plano de Remanente de Expropiación y Modificación de Propiedad Horizontal, podrá ser confeccionado por composición gráfica, no rigiendo la obligación de verificar la concordancia de los límites dispuesta por el artículo 286 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960. Dicho plano servirá de base para modificación del Reglamento de Copropiedad”. Artículo 348.- Sustitúyese el artículo 18 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, en la redacción dada por el artículo 258 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y por el artículo 222 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 18.- Fijado con arreglo al artículo 16 el trazado definitivo de la obra, la Administración tasará con arreglo a la presente ley y por medio de su personal técnico, los bienes sujetos a expropiación. La tasación que así resulte será notificada a los propietarios o a sus representantes legales, quienes deberán manifestar, dentro del término de quince días, si la aceptan o no, so pena de lo establecido en el artículo 39, especificando lo que pretenden como indemnización, comprensiva del valor del inmueble y los daños y perjuicios que se ocasionen con expresión de fundamento. En caso de presentarse oposición a la indemnización, no serán incorporados al expediente administrativo tasaciones o informes, presentados por los propietarios, que se aparten de las disposiciones de la presente ley y que no estén suscritos por egresados de instituciones de educación terciaria o técnica con formación en la materia avaluatoria. El plazo será de 30 días en el caso de menores e incapaces. El silencio se tendrá por aceptación. En los casos de expropiaciones de bienes comunes de inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal, se notificará la tasación a la copropiedad, debiendo convocarse a la Asamblea de Copropietarios con ese

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orden del día, dentro del plazo de diez días. La Asamblea requerirá el voto de dos tercios del número total de copropietarios, que representen por lo menos tres cuartos del valor del inmueble fijado por la Dirección Nacional de Catastro para aceptar la tasación, lo que deberá comunicarse a la Administración dentro del término de veinte días contados a partir de la fecha de la Asamblea. La falta de comunicación implicará aceptación de la tasación. Si no hubiera sido posible notificar al propietario o a su representante, ya sea por ausencia o por cualquier otra causa, o sí notificado manifestase su disconformidad con la tasación, se dejará constancia en el expediente, que será remitido a la Oficina competente o funcionario que corresponda, a fin de que se inicie el respectivo juicio de expropiación. En caso de aceptación expresa o tácita de la tasación, se procederá de inmediato a la escrituración de la expropiación y pago simultáneo de la indemnización. Si a pedido de la parte expropiada y de conformidad con el informe técnico del organismo expropiante, se debiera extender la fecha de entrega del inmueble, por causa justificada, se podrá suscribir un contrato de comodato simultáneamente al otorgamiento de la escritura de expropiación, hasta por un plazo máximo de ciento veinte días. En tal caso, en garantía de cumplimiento de las obligaciones contraídas por el expropiado, se retendrá del monto de la indemnización, la suma que la Administración estime conveniente para cada caso concreto, monto que se liberará al expropiado simultáneamente al vencimiento del Comodato y la entrega efectiva del inmueble”. Artículo 349.- Sustitúyese el artículo 40 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, por el siguiente: “ARTÍCULO 40.- Los honorarios de los peritos designados en los procesos judiciales de expropiación se fijarán en el 1 % (uno por ciento) del monto de la indemnización fijada por la Sede Judicial, estableciéndose un mínimo de 40 UR (cuarenta unidades reajustables) y hasta un máximo de 400 UR (cuatrocientas unidades reajustables)”. Artículo 350.- Sustitúyese el artículo 25 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, por el siguiente: “ARTÍCULO 25.- No podrá recaer el nombramiento judicial de perito, en ningún empleado público o persona que reciba sueldo o emolumento del Estado, en el propietario, arrendatario o inquilino de los terrenos o edificios que deben expropiarse, en el acreedor, usufructuario o usuario del inmueble y en general, en ninguna persona que pueda ser justamente sospechada de tener interés directo o indirecto en favor del propietario. Los peritos que designe el Juzgado, deberán ser egresados de instituciones de educación terciaria o técnica con formación en la materia avaluatoria, su pericia deberá estar debidamente fundada; los peritos designados sólo podrán ser recusados hasta tres días después de su nombramiento. Si la recusación fuere contradicha por el perito o peritos, a quienes se dará vista por igual término improrrogable, el Juez resolverá sin más trámite y de su resolución no habrá recurso alguno”. Artículo 351.- Agrégase al artículo 114 de la Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, el siguiente inciso: “Para los casos de las expropiaciones que se tramitan en vía judicial, los depósitos deberán ser realizados en unidades indexadas en el Banco de la República Oriental del Uruguay, en una cuenta que se abrirá a la orden del juzgado, la que no generará gastos administrativos”. Artículo 352.- Agrégase al artículo 19 de la Ley Nº 10.751, de 25 de junio de 1946, el siguiente literal: “G)Comparecer en el procedimiento expropiatorio que afecte al inmueble, en todas sus instancias, aceptando o rechazando el monto de la indemnización, realizando los reclamos pertinentes, tanto en la vía administrativa como en la judicial. A tales efectos deberá presentar testimonio notarial del acta de nombramiento de administrador”. Artículo 353.- Agrégase al artículo 4º de la Ley Nº 13.899, de 6 de noviembre de 1970, en la redacción dada por los artículos 707 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, 321 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y 257 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el siguiente literal: “C)Los planos remanentes de los inmuebles en régimen de propiedad horizontal, se rotularán con el nombre de “Plano Remanente de Expropiación y Modificación PH”.

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Artículo 354.- Decláranse prescriptas a favor del Estado todas las áreas de terreno destinadas a rutas nacionales, que hubieran sido ocupadas de hecho y libradas al uso público con anterioridad al año 1985. A efectos de identificar las áreas referidas en el inciso primero, se dictará en cada caso Resolución del Poder Ejecutivo, la que se inscribirá en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria. Cuando por la incorporación al dominio público de las áreas referidas en el inciso primero, se modifique el deslinde de predios que cuenten con plano de mensura inscripto de acuerdo a lo dispuesto en los literales A) y B) del artículo 4º de la Ley Nº 13.899, de 6 de noviembre de 1970, en la redacción dada por los artículos 707 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, 321 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, y 257 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, se entregará por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas plano de mensura del área remanente, a solicitud del propietario del inmueble afectado. El mismo deberá hacer referencia a la Resolución mencionada en el inciso segundo de este artículo. Artículo 355.- Sustitúyese el artículo 320 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 223 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 320.- En caso de expropiaciones realizadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, si después de ejecutada la obra que dio origen a la expropiación quedaren superficies no aptas para el destino fijado en la declaración de utilidad pública, el Ministerio podrá enajenar a los particulares las mismas, teniendo prioridad en el siguiente orden: primero, el expropiado y segundo, los propietarios de los inmuebles linderos a estas. A sus efectos se considerará su valor sobre la base de la tasación de las oficinas técnicas del Ministerio o del precio establecido en remate público. Podrá procederse en igual forma cuando cambien las circunstancias de hecho que determinaron su destino y dichas tierras se tornen innecesarias para el Estado. Una vez que por resolución del Poder Ejecutivo se autorice la enajenación al titular del derecho de prioridad, el mismo tendrá un plazo de treinta días contados a partir de la notificación de la resolución que la dispone, para presentarse y realizar la escritura de compraventa con el Estado. Cumplido dicho plazo perderá el derecho y la preferencia a adquirir el bien”. Artículo 356.- Agrégase al artículo 40 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, el siguiente inciso: “Este artículo no será de aplicación en los casos de enajenación de bienes inmuebles por vía de expropiación”. Artículo 357.- En las enajenaciones de bienes inmuebles a favor del Estado por expropiación, incluso las que se realicen a título gratuito, no se requerirá escritura pública, documentándose por acta notarial la que se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente. Deróganse el artículo 5º de la Ley Nº 13.899, de 6 de noviembre de 1970, y el artículo 706 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973. Artículo 358.- Sustitúyese el artículo 19 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, por el siguiente: “ARTÍCULO 19.- Los representantes de menores o incapaces podrán consentir la enajenación de los bienes de sus administrados a favor del Estado, aceptar o en su caso oponerse a la tasación que realice la Administración, no requiriéndose en ningún caso autorización judicial”. Artículo 359.- Agréganse al artículo 85 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, los siguientes incisos: “Se exceptúa de lo dispuesto en el presente artículo a los instrumentos relativos a arrendamientos, expropiación, compraventa, cesiones de áreas u otro negocio jurídico que refiera a predios o fracciones de estos, cuyo destino sea el uso público o privado del Estado. En este caso, el escribano actuante deberá dejar constancia del destino en el instrumento a inscribir”. Artículo 360.- Los planos de mensura que se confeccionen con motivo de expropiaciones, cualquiera sea su naturaleza, así como los de los inmuebles de dominio público, quedan exceptuados de los dispuesto en el artículo 178 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.

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Artículo 361.- Agrégase al artículo 15 de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, en la redacción dada por el artículo 278 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el siguiente inciso: “Podrá prescindirse de las publicaciones por medio de edictos si el propietario del bien designado para expropiar, al notificarse de la respectiva resolución, acredita fehacientemente mediante el título y la información registral correspondiente, la legitimación sobre el inmueble a expropiar y acepta en el mismo acto el monto de la indemnización a percibir. Esta actividad se consignará por acta que formará parte del expediente, a partir de la cual se dictará la resolución de expropiación y se otorgará la correspondiente escritura de enajenación”. Artículo 362.- Desígnanse para expropiar por razones de utilidad pública dos fracciones de terreno ubicadas en la 4ta. Sección Catastral, zona rural del departamento de Paysandú, señaladas en el plano parcelario del ingeniero agrimensor Umberto Curi Lara, de 5 de diciembre de 2011 (plano adjunto a la Resolución Nº 424 CM del Poder Ejecutivo reunido en Consejo de Ministros, de 21 de diciembre de 2011), cuyos números de padrones en mayor área son el 4980 (cuatro mil novecientos ochenta), y el 4983 (cuatro mil novecientos ochenta y tres), declarados monumentos históricos por el artículo 6º de la Ley Nº 17.631, de 7 de mayo de 2003, a los efectos de crear el Parque Nacional Purificación. Artículo 363.- Sustitúyese el artículo 20 del Decreto-Ley Nº 10.382, de 13 de febrero de 1943, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.197, de 17 de mayo de 1974, por el siguiente: “ARTÍCULO 20.- En propiedades linderas de todo camino público, exceptuando zonas urbanas y suburbanas, cualquiera sea la categoría de suelo de que se trate, no se podrá levantar construcción de clase alguna dentro de una faja de quince metros de ancho a partir del límite de la propiedad privada con la faja de dominio público. Frente a las rutas nacionales dicha faja tendrá un ancho de veinticinco metros, con excepción de las rutas nacionales primarias y corredores internacionales, frente a las que tendrá un ancho de cuarenta metros, y de los “by pass” de centros poblados, frente a los que tendrá un ancho de cincuenta metros. Esta faja queda también sujeta a la servidumbre de instalación y conservación de líneas telegráficas, telefónicas y de transporte y distribución de energía eléctrica. Esta servidumbre es de carácter gratuito, pero si su implantación causare perjuicios a la propiedad privada, estos deberán ser indemnizados de acuerdo al derecho común. En una zona de 400 metros de ancho, medidos 200 metros a cada lado del eje de la faja de dominio público de las rutas nacionales de alto tránsito, no se podrán establecer nuevas urbanizaciones, centros educativos, deportivos, asistenciales u otro tipo de actividad que implique importante afluencia de público, sin autorización del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En las Rutas Nacionales Nos. 1 Brigadier General Manuel Oribe, 9 Coronel Leonardo Olivera y 200 Interbalnearia General Liber Seregni y, en aquellas que se declararen en el futuro de interés turístico se deberán mantener las zonas en condiciones decorosas, prohibiéndose el depósito de materiales, leña, escombros, y similares, como asimismo, el estacionamiento de vehículos en reparación. La limitación que prevé el primer apartado del presente artículo, no regirá con respecto a la colocación de publicidad debidamente autorizada”. Artículo 364.- Transfórmase en el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, la “Dirección Nacional de Planificación y Logística” de la unidad ejecutora 001 “Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes” creada por el artículo 462 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la unidad ejecutora 009, la que tendrá los siguientes cometidos: A) La planificación estratégica, investigación y estudio para la toma de decisiones en el ámbito de atribuciones del referido Inciso. B) La coordinación de los planes sectoriales de las distintas unidades ejecutoras del inciso y en relación a los planes de los entes autónomos y servicios descentralizados que se vinculan con el Poder Ejecutivo a través de éste. C) La promoción de la inversión privada en el sector.

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D) La promoción y desarrollo de la actividad logística nacional, en coordinación con los actores públicos y privados involucrados. El Poder Ejecutivo determinará los créditos presupuestales, recursos humanos, financieros y materiales a reasignar para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso precedente. Créase el cargo de Director de la unidad ejecutora Dirección Nacional de Planificación y Logística cuya remuneración será la correspondiente al artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Suprímense los cargos de particular confianza de Director Nacional de Planificación y Logística, creado por el artículo 463 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y de Director Nacional de Descentralización y Coordinación Departamental, creado por el inciso segundo del artículo 466 de la Ley Nº 18.719, en la unidad ejecutora 001 “Despacho de la Secretaría de Estado y Oficinas Dependientes”. Artículo 365.- Suprímense las dieciocho funciones de Coordinador Departamental creadas por el artículo 467 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a partir del 1º de marzo de 2016. Artículo 366.- Los cargos de particular confianza del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” de Director General de Transporte por Carretera, creado por el artículo 363 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, Director General de Transporte Fluvial y Marítimo y Director General de Transporte Aéreo, creados por el artículo 75 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, pasarán a estar comprendidos en lo que refiere a su remuneración, en el literal C) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 modificativas y concordantes. La erogación resultante de la aplicación del inciso anterior, se financiará con cargo al programa 360 “Gestión y Planificación”, reasignándose los créditos presupuestales del objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada”, en la suma de $ 858.204 (ochocientos cincuenta y ocho mil doscientos cuatro pesos uruguayos) anuales, a los objetos correspondientes. Artículo 367.- Asígnase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” una partida anual de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de una compensación por compromisos de gestión colectivos, a los funcionarios de sus distintas áreas y dependencia, vinculados al cumplimiento de metas y objetivos establecidos en planes de trabajo específicos, aprobados por el inciso y sujetos al informe favorable y seguimiento de la Comisión de Compromiso de Gestión, de acuerdo a lo establecido por el artículo 57 y siguientes de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Reasígnanse en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las sumas de $ 3.570.919 (tres millones quinientos setenta mil novecientos diecinueve pesos uruguayos), del programa 360 “Gestión y Planificación”, objeto del gasto 099.001 “Partida Proyectada” y de $ 4.429.081 (cuatro millones cuatrocientos veintinueve mil ochenta y uno pesos uruguayos), del programa 362 “Infraestructura Vial”, objeto del gasto 095.002 “Fondos para Contratos Temporales Derecho Público”, en ambos incluido aguinaldo y cargas legales, al objeto del gasto 042.531 “Compensación sujeta a Compromisos de Gestión” más aguinaldo y cargas legales. Dicha partida no podrá ser reforzada al amparo del artículo 72 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 368.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, podrá asignar, al personal obrero del Inciso afectado a las obras, un régimen horario semanal de cuarenta y ocho horas de labor. El incremento horario será autorizado mediante resolución fundada del jerarca del Inciso en que se explicite el financiamiento con cargo a los créditos del Inciso. Artículo 369.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a establecer una compensación mensual por asiduidad a abonar al personal obrero de la unidad ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura” afectado a obras que se encuentre desempeñando efectivamente dichas tareas, con un máximo de hasta un 100 % (cien por ciento) de 1 BPC (una Base de Contribuciones y Prestaciones). El Ministerio establecerá en la reglamentación pertinente, sin que implique costo presupuestal, las bases y condiciones bajo las cuales se hará efectiva dicha compensación. En ningún caso podrá recibir el beneficio el personal no afectado directamente a obras, ni aquel que no se encuentre efectivamente trabajando en las mismas.

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Artículo 370.- Las concesiones que afecten un espacio territorial del recinto portuario (muelles, explanadas, depósitos, radas, etcétera) otorgadas al amparo de la Ley Nº 16.246, de 8 de abril de 1992, podrán prorrogarse por Resolución del Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la Administración Nacional de Puertos, exigiéndose para ello: 1) La realización de nuevas inversiones, que impliquen la prestación de nuevos servicios, ampliación de los ya existentes o realización de obras, aun cuando no estén vinculadas a la concesión originaria, pero impliquen un mayor provecho económico y estratégico de los medios técnicos e inversiones destinados al desarrollo portuario, y que guarden razonable equivalencia con las exigidas en el contrato original. 2) Asegurar una dotación de personal nacional en relación laboral estable para mantener y dar continuidad a los servicios derivados de su actividad, mientras dure la misma. Artículo 371.- Las personas físicas y jurídicas que soliciten los servicios o suministros correspondientes, los propietarios de buques y sus armadores, y los agentes o representantes de los mismos ante la Administración Portuaria, que no tomaran los recaudos obligatorios con la Administración Nacional de Puertos (ANP) y con los derechos de los trabajadores, son solidariamente responsables del pago de las obligaciones que se generen por el uso de los puertos o de las instalaciones administradas por la ANP. Artículo 372.- La potestad sancionatoria de la Administración Nacional de Puertos se ejercerá respecto de concesionarios, permisarios o personas autorizadas, y en general respecto de todos aquellos que hayan solicitado servicios, suministros o utilizado infraestructura, por los actos, hechos u omisiones que les fueran imputables contrarios a una regla de derecho. Artículo 373.- Sustitúyese el literal C) del artículo 236 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, en la redacción dada por el artículo 212 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “C)Que no hubieran satisfecho sus obligaciones con la Dirección Nacional de Hidrografía y con la Administración Nacional de Puertos por el término de tres meses”. Artículo 374.- Facúltase a la Administración Nacional de Puertos a requerir los seguros y garantías que entienda pertinentes previo a la asignación de muelles, zonas de amarre y fondeo, respecto de los buques y embarcaciones que soliciten estadía prolongada, de acuerdo a la reglamentación, que con el asesoramiento de dicha Administración aprobará el Poder Ejecutivo. Artículo 375.- Autorízase a la Administración Nacional de Puertos (ANP) la explotación de los depósitos logísticos, a través de operadores especializados en las áreas destinadas al puerto logístico Punta Sayago y a todas las terminales portuarias y a los puertos administrados por la ANP. Artículo 376.- Autorízase a la Administración Nacional de Puertos a prestar el servicio comercial de dragado en todos los puertos de la República Oriental del Uruguay que se encuentren bajo la órbita de personas públicas o privadas, así como en canales que estén bajo jurisdicción nacional o en conjunto con otro Estado. Cuando se drague en puertos deportivos o turísticos bajo jurisdicción de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la tarifa será únicamente para financiar los costos de operación. Transfiérense a la Administración Nacional de Puertos (ANP) las embarcaciones pertenecientes al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” de la unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Hidrografía”, denominadas: A) DHD 1 Draga reguladora, actividad tráfico. B) DHD 2 Pontón regulador, actividad cabotaje – tráfico – dragado. C) DHD 8 Draga, actividad cabotaje – tráfico. D) DHR 2 Remolcador, actividad cabotaje – tráfico. E) DRH 7 Vapor, actividad cabotaje.

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Incorpórase mediante el mecanismo de la redistribución establecido en los artículos 15 y siguientes de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en lo que corresponda, a los funcionarios de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Publicas afectados a tales embarcaciones, a la ANP siempre que medie conformidad expresa y por escrito de los funcionarios involucrados de acuerdo a las condiciones y en los plazos que determine la reglamentación. Aquellos funcionarios que no acepten incorporarse a la ANP serán afectados a otros servicios de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Artículo 377.- Facúltase a la dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Publicas a elaborar y aplicar a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, un régimen de tarifa preferencial fija y única para todo el país y todo el año, para las amarras de las embarcaciones de pesca artesanal en los puertos de su administración. La tarifa se aplicará a las embarcaciones que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley Nº 19.175, de 20 de diciembre de 2013. Artículo 378.- Dispónese que el control de las empresas de transporte, en cuanto al cumplimiento de la normativa laboral y las infracciones a la misma, se efectuará una vez al año, en oportunidad de la renovación del Permiso Nacional de Circulación, comprendiendo a todas las empresas de transporte de cargas, sean profesionales o propias. Artículo 379.- Las empresas concesionarias o permisarias que desempeñan o cumplen tareas en régimen de servicios regulares de transporte colectivo de pasajeros deberán presentar, anualmente en la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, certificación profesional de sus estados contables, consistente en dictamen de auditoría o informe de revisión limitada efectuados por contador público de acuerdo a lo que dicte la reglamentación. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo en un plazo de ciento ochenta días a partir de la promulgación de esta ley. Artículo 380.- El transportista de carga es responsable de las infracciones al régimen de transporte de cargas en territorio nacional. El dador o tomador de dichas cargas será solidariamente responsable de la sanción, siempre que la infracción tenga vinculación por hecho propio o por omisión de los controles que le correspondan, o por falencia o carencia de la documentación obligatoria que sobre la carga establezca la ley o su reglamentación. Artículo 381.- La Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas coordinará los procedimientos necesarios para la creación de un domicilio electrónico por empresa transportista de carga y pasajeros, mediante el cual se notificará la aplicación de la multa con carácter obligatorio, la que quedará aplicada desde el momento de la notificación. Asimismo se arbitrarán los procedimientos de descargos, sustanciación y resolución de los mismos. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo. Artículo 382.- Dispónese que en todos los asuntos de competencia del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, el control de cargas, notificaciones personales de los trámites, multas, actos administrativos y peajes, se realizarán por medios informáticos o telemáticos, los cuales tendrán plena validez a todos los efectos. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas coordinará con la Agencia para el Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y el Conocimiento los medios y procedimientos necesarios para la creación de un domicilio electrónico por empresa transportista, de carga y de pasajeros así como para quienes realicen trámites en cualquiera de sus dependencias. El Poder Ejecutivo reglamentará el procedimiento de comunicación y notificación electrónica. Artículo 383.- Las empresas transportistas terrestres profesionales de carga oportunamente registradas en el Registro de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituidas como empresas unipersonales que realicen transporte nacional o internacional y dejen de operar bajo dicha

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modalidad comenzando a hacerlo bajo el tipo social de las sociedades anónimas nominativas, previsto en la Sección V del Capítulo II de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, podrán optar por mantener los mismos números de registro ante la Dirección Nacional de Transporte y la Dirección General Impositiva, que su antecesora. La opción prevista en el inciso anterior, deberá formalizarse ante la referida Dirección Nacional de Transporte y la Dirección General Impositiva, en la forma y condiciones que establezca la reglamentación. El Poder Ejecutivo establecerá los plazos que estime pertinentes a los efectos de habilitar el cambio previsto en el presente artículo. Artículo 384.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá apoyar a las empresas de transporte colectivo de pasajeros, cuando se encuentren en procesos de reordenamiento interno dirigidos a restablecer su equilibrio económico financiero, adelantando hasta el 80 % (ochenta por ciento) de los subsidios abonados en el mes anterior a la empresa a que se efectúe el adelanto. La autorización de la presente norma no podrá implicar que los pagos realizados en el ejercicio superen el monto anual de crédito autorizado con destino a las políticas públicas hacia el sector del transporte colectivo de pasajeros por carretera, en todas sus categorías de servicio. Artículo 385.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte”, a realizar convenios con el Banco de Previsión Social u otros organismos públicos o privados, con la finalidad de proporcionar los medios necesarios para el traslado de pacientes de escasos recursos al Hospital de Ojos del Centro Hospitalario del Norte “Gustavo Saint Bois”, que necesiten tratamientos respecto a su intervención quirúrgica. Artículo 386.- Sustitúyese el artículo 32 del Decreto-Ley Nº 14.650, de 12 de mayo de 1977, por el siguiente: “ARTÍCULO 32.- Las infracciones a lo establecido en la presente ley correspondientes al transporte de carga y pasajeros, a excepción de aquellas infracciones especialmente establecidas en los acuerdos o convenios que suscriba y ratifique la República, serán sancionadas por el Poder Ejecutivo con apercibimiento, multas y/o revocación de la autorización, según los casos. Las multas se fijarán entre un mínimo de 2.600 UI (dos mil seiscientas unidades indexadas) y un máximo de 260.000 UI (doscientas sesenta mil unidades indexadas). La descripción de las conductas infractoras y el monto de las sanciones, se regulará por el Reglamento que al respecto dicte el Poder Ejecutivo. A los efectos de su aplicación se considerará los antecedentes del infractor, su conducta frente a los hechos, la capacidad de la embarcación, la negligencia, dolo o culpa del infractor, la reincidencia y la afectación al servicio”. Artículo 387.- Los fondos recaudados por la emisión de la Guía de Carga creada por el artículo 271 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, quedarán excluidos de lo dispuesto en el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Artículo 388.- Créase el “Registro de Trazabilidad de Obra Pública” que funcionará en el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en la unidad ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura”. Dicho Registro tendrá como cometido crear una base de datos pública en donde se registrarán todas las obras de construcción, modificación, reparación, conservación, mantenimiento o demolición realizadas en edificios pertenecientes al Estado persona pública mayor, a los Gobiernos Departamentales y a los entes autónomos y servicios descentralizados. Los organismos mencionados en el inciso anterior deberán comunicar, a la Dirección Nacional de Arquitectura, dentro de los treinta días previos al inicio de las obras, todas las intervenciones edilicias señaladas y dentro de los treinta días posteriores a la finalización toda modificación que se haya realizado al proyecto de intervención original de la obra. Los requisitos, el tipo de intervención, las formalidades y la información requerida para el registro de la obra en la base de datos que se crea serán establecidos por la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo.

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Artículo 389.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, a contratar personal eventual no calificado, especializado, semitécnica o técnica para atender las necesidades de cada obra especifica cuya ejecución, estudio, dirección y contralor esté a cargo de la unidad ejecutora 005 “Dirección Nacional de Arquitectura” bajo el régimen de administración directa sea obra o proyecto hasta un máximo de trescientas personas. Este régimen no será de aplicación para la contratación de ningún personal administrativo o de servicios. El desempeño de dichas tareas eventuales no generará derecho a la permanencia de los funcionarios contratados bajo este régimen, cesando los mismos automáticamente una vez finalizada la obra para la cual fueron contratados. La remuneración se regirá por las condiciones de retribución de los funcionarios de la Dirección Nacional de Arquitectura y en ningún caso superará dichos montos. La contratación se hará rigurosamente por sorteo en el caso de la mano de obra no calificada y por prueba de aptitud en los casos de mano de obra especializada, semitécnica. Para la contratación de técnicos universitarios bajo este régimen, se realizará un llamado público a concurso de méritos estableciendo un orden de prelación que durará un máximo de dos años. Esto sin perjuicio del sistema de pasantías por convenio que pueda establecerse para estudiantes y egresados universitarios. De la misma forma podrá establecer un orden de prelación, para la contratación de personas expertas en las diversas especialidades de construcción, con reconocida capacidad y solvencia, para ser convocadas a prestar funciones de asesoramiento y capacitación para obras concretas. En estos casos la duración del contrato no podrá extenderse por más de doce meses, aun cuando no haya finalizado la obra para la cual fue contratada. En ningún caso se podrá tener más de un contrato simultáneamente. La erogación resultante de la aplicación del presente artículo se atenderá con cargo a fondos asignados a cada obra o proyecto realizado por la Dirección exclusivamente. En ningún caso los trabajadores contratados bajo este régimen, cualquiera sea su especialidad o capacitación, podrán ser asignados a tareas de carácter permanente en la administración, ya sea en comisión o recomendación de ningún tipo. La violación de este precepto aparejará la nulidad del acto y el cese automático del trabajador, sin perjuicio de la responsabilidad del jerarca. El tiempo trabajado por el personal eventual contratado bajo el presente artículo será considerado como tiempo computable a los efectos de las prestaciones de Seguro por Desempleo que brinda el Banco de Previsión Social generando derecho a la percepción del subsidio si correspondiere. Artículo 390.- Increméntanse en el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, programa 362 “Infraestructura vial”, unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Vialidad”, las asignaciones presupuestales destinadas a gastos de inversión en $ 855.000.000 (ochocientos cincuenta y cinco millones de pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2016. Facúltase al Poder Ejecutivo a ajustar los créditos presupuestales destinados a inversión del Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”, con excepción de los comprendidos en el artículo 54 del Decreto-Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981 y sus modificativas. El ajuste autorizado no podrá superar el monto resultante de la variación del Índice de Precios al Consumo correspondiente al ejercicio anterior sobre el monto ejecutado en dicho ejercicio y se incorporará a los créditos autorizados para todos los años subsiguientes. Artículo 391.- Declárase en liquidación al ente autónomo Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA). Artículo 392.- Encomiéndase al Directorio del ente autónomo Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA), la liquidación del patrimonio del ente, otorgándosele las facultades necesarias para su cumplimiento, entre otras: A) Inventariar o ejecutar los activos y cancelar los pasivos del ente. B) Comparecer directamente en representación del ente o por apoderado en los procesos judiciales en trámite, en los que eventualmente se le inicien o en los que el mismo promueva.

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A partir de la vigencia de la presente ley, las únicas actividades que desarrollará el ente autónomo serán las que tengan por objeto ejecutar la liquidación, sin perjuicio de lo cual, mantendrá su personería jurídica a todos los efectos. Asimismo comparecerá ante los procesos judiciales o de cualquier otra naturaleza que se tramiten en Uruguay y/o en el extranjero, ejerciendo la defensa activa o pasiva, cuando estos involucren al organismo o a los funcionarios comprendidos por el artículo 10 de la Ley Nº 18.931, de 17 de julio de 2012, como consecuencia del concurso y liquidación judicial de Primeras Líneas Aéreas Uruguayas Sociedad Anónima (PLUNA S.A.). Artículo 393.- El personal del ente autónomo Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA). presupuestado, contratado bajo el régimen de función pública, y aquellos contratados bajo la modalidad de contrato a término, regulado por los artículos 30 a 42 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, cuyo vínculo se hubiere iniciado con anterioridad al 31 de diciembre de 2012, podrá declararse excedente por el Directorio de PLUNA ente autónomo. El régimen de redistribución aplicable a estos funcionarios, será el establecido por los artículos 15 a 19 y 21 a 35 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. A los efectos de la adecuación presupuestal correspondiente, se tomarán en cuenta las retribuciones de la oficina de origen, debiéndose computar las partidas salariales, las compensaciones percibidas y todo monto gravado por contribución a la seguridad social. Artículo 394.- Los gastos de funcionamiento del ente autónomo PLUNA, así como las retribuciones personales y las cargas legales de los funcionarios que el Directorio considere necesario que continúen prestando funciones en el organismo, serán atendidas con cargo al subsidio que percibe el referido ente, con cargo a Rentas Generales incluido en la presente ley. Artículo 395.- Autorízase al Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” a transferir al Instituto Nacional de Logística, una partida anual de hasta $ 17.500.000 (diecisiete millones quinientos mil pesos uruguayos) como complemento para la financiación de sus actividades. Dicho financiamiento se realizará con cargo al programa 366 “Sistema de Transporte”, Proyecto 766 “Mantenimiento de Balanzas” de la unidad ejecutora 007 “Dirección Nacional de Transporte”. Artículo 396.- El Poder Ejecutivo, tomando en cuenta las propuestas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, enviará a la Asamblea General para su aprobación, dentro del primer año de Gobierno y simultáneamente con el Presupuesto Nacional, el Plan Quinquenal de Obra Pública. El mismo deberá contener las principales inversiones en infraestructuras y el plan de obras viales para el período en todo el país, con el cronograma de inicio de obras por ejercicio, incluyendo las que se financien con recursos propios, extrapresupuestales, con financiamiento externo, a través de concesiones o a través de sistemas mixtos y de participación público-privada. Anualmente y simultáneamente con la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, remitirá al Parlamento para su aprobación el avance físico y financiero del plan de inversiones, con las eventuales correcciones, modificaciones y justificación de desvíos. INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Artículo 397.- Facúltase al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a reasignar los créditos disponibles del grupo 0 “Retribuciones Personales”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, incluidos los correspondientes al subgrupo 09 “Otras Retribuciones” al objeto del gasto 099.002 “Financiación de Estructuras Organizativas” a efectos de complementar el financiamiento del proceso de reestructura. Facúltase al Poder Ejecutivo a reasignar en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” los créditos presupuestales de los objeto del gasto 031.004 “Contrato Temporal de Derecho Público ” y 051.001 “Horas docentes” a fin de financiar la creación de cargos en el proceso de reestructura. Las reasignaciones serán

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realizadas en forma definitiva una vez efectuadas las designaciones en los cargos vacantes que se creen, y por el importe necesario para financiar las mismas. El personal que a la fecha en que deba realizarse la reasignación se encuentre prestando funciones financiadas con los créditos reasignados cesarán en sus funciones. Las reasignaciones proyectadas al amparo de la presente norma deberán contar con informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, previo a la presentación del proyecto de reestructura. Una vez efectuadas las designaciones, deberán comunicarse a la Contaduría General de la Nación las reasignaciones de créditos que corresponda realizar. Artículo 398.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, del objeto del gasto 299.000 “Otros Servicios no personales” la suma de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos), al programa 340 “Acceso a la Educación”, objeto del gasto 051.001 “Horas Docentes”. Dicha partida incluye aguinaldo y cargas legales. Artículo 399.- Incorpórase al literal C) del artículo 33 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF) el siguiente numeral: “35) La contratación de servicios artísticos, cualquiera sea su modalidad, por parte del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, con cooperativas de artistas y oficios conexos, hasta el monto establecido para la licitación abreviada”. Artículo 400.- En oportunidad de cada Rendición de Cuentas, el Ministerio de Educación y Cultura presentará un informe correspondiente al ejercicio anterior con las contrataciones de artistas, cooperativas de artistas y oficios anexos, indicándose en cada caso su monto y procedimiento de contratación correspondiente. Artículo 401.- Increméntanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 340 “Acceso a la Educación” unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las partidas destinadas al pago de horas docentes, incluido aguinaldo y cargas legales, en $ 2.860.000 (dos millones ochocientos sesenta mil pesos uruguayos), para los Centros MEC. Artículo 402.- Increméntanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 340 “Acceso a la Educación”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las partidas destinadas a horas docentes, incluido aguinaldo y cargas legales en $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos), para educación no formal. Artículo 403.- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 200 “Asesoramiento, Cooperación y Representación”, como órgano desconcentrado del Ministerio de Educación y Cultura, sin perjuicio de la facultad de avocación de este último, la “Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales”. Será el órgano encargado de las políticas públicas del Ministerio de Educación y Cultura relacionadas a los servicios jurídicos de su competencia, y tendrá las siguientes funciones: i) La Coordinación de los servicios jurídicos, registrales y comisiones especiales relacionadas al ámbito jurídico. Los servicios incluidos en esta función serán determinados por resolución del Ministerio de Educación y Cultura. ii) El relacionamiento internacional en materia de Justicia y la cooperación jurídica internacional. iii) La promoción, la coordinación con otras Instituciones, y la implementación de políticas públicas en materia de acceso a la Justicia. iv) Relevar la situación del Estado en materia de juicios en que éste sea actor o demandado, a cuyos efectos los distintos organismos públicos y personas públicas no estatales enviarán la información pertinente, en la forma y plazos que determine el Poder Ejecutivo, remitir propuestas referentes a la mejora de la gestión y llevar un registro centralizado sobre la base de la información remitida, que se actualizará periódicamente.

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v) El estudio de la normativa vigente, sugerencia de ajustes necesarios, y elaboración de proyectos normativos, con la finalidad del fortalecimiento del Estado de Derecho. Artículo 404.- Suprímese la Dirección de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales del Ministerio de Educación y Cultura creada por el artículo 230 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, dependiente de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” del mismo Ministerio. Transfiérese al órgano desconcentrado Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales creado en el artículo anterior los créditos presupuestales, así como los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales. El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación y Cultura, designará los créditos y recursos a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. En ningún caso el personal afectado al órgano desconcentrado “Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales”, proveniente de la anterior Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales, verá afectada su situación funcional y mantendrá sus remuneraciones de origen por todo concepto. Transfórmase el cargo de Director de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales creado por el artículo 230 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en el cargo de Director de Asuntos Constitucionales Legales y Registrales, con carácter de particular confianza, y cuya remuneración será la prevista en el inciso primero del artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, para Director de unidad ejecutora. Artículo 405.- Reasígnase la Sección Asociaciones Civiles y Fundaciones incorporada por el artículo 294 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, al Registro de Personas Jurídicas de la unidad ejecutora 018 “Dirección General de Registros” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, así como sus recursos presupuestales, al órgano desconcentrado Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales. Esta disposición entrará en vigencia una vez aprobada la reglamentación por el Poder Ejecutivo. Artículo 406.- Increméntanse los créditos presupuestales en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 340 “Acceso a la Educación”, unidad ejecutora 002 “Dirección de Educación”, con destino a Educación No Formal, para los ejercicios, los conceptos y por los montos que se detallan:

Programa 340

Proyecto 000

ODG 299

Concepto Otros servicios no personales Horas Docentes Equipamiento y mobiliario de oficina Inmuebles

2016 1.200.000

2017 4.000.000

2018 4.000.000

2019 4.000.000

340

000

051/001

15.000.000

40.000.000

40.000.000

40.000.000

340

971

799

1.700.000

3.400.000

3.400.000

3.400.000

340

973

799

1.100.000

14.100.000

14.100.000

14.100.000

Artículo 407.- Asígnanse al Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 340 “Acceso a la Educación”, unidad ejecutora 002 “Dirección de Educación”, con destino a Actividades Socioeducativas Modulares de Apoyo al Cambio Pedagógico, las siguientes partidas para gastos de funcionamiento, para los ejercicios y montos que se detallan:

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ODG 559 299

CONCEPTO Transferencias corrientes a otras Inst. sin fines de lucro Servicios No Personales

2016

2017

2018

2019

7.352.586 7.352.586 7.352.586 7.352.586 283.850 298.850 298.850 298.850

Artículo 408.- Asígnanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 340 “Acceso a la Educación”, unidad ejecutora 002 “Dirección de Educación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a Actividades Socioeducativas Modulares de Apoyo al Cambio Pedagógico para el pago de horas docentes, $ 2.995.382 (dos millones novecientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y dos pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y una partida anual de $ 4.708.687 (cuatro millones setecientos ocho mil seiscientos ochenta y siete pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, las que incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 409.- Increméntanse las asignaciones presupuestales del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 240 “Investigación fundamental”, unidad ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable”, en $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos), con Financiación 1.1 “Rentas Generales”, que se distribuirá en: A) Grupo 0 “Retribuciones Personales” $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, para horas docentes. B) Funcionamiento, objeto del gasto 199.000 “Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores”, $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos). C) Proyecto de Inversión 762 “Equipamiento Científico”, $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos). Artículo 410.- Transfórmanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable”, Programa 240 “Investigación Fundamental”, los siguientes cargos vacantes:

Escalafón A D E F F

Grado 10 8 4 1 1

Denominación Licenciado Bibliotecología Especialista I Biblioteca Oficial I Tornero Auxiliar IV Servicios Auxiliar IV Servicios

Escalafón C D C C D

Grado 10 8 4 1 1

Denominación Técnico Administración en

Técnico en Informática Administrativo Secretaría Científica Técnico de Bioterio

Artículo 411.- Transfórmanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, unidad ejecutora 011 “Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable”, Programa 240 “Investigación Fundamental”, la denominación y escalafón de los siguientes cargos:

Cargos a transformar Esc. A Grado 16 Denominación Investigador Jefe Serie Profesion al

Cargos transformados Esc. A Grado 16 Denominación Profesor Titular de Investigación Serie Profesion al

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D

13

Investigador

Asistente

A

13

Profesor Agregado de Investigación Profesor Adjunto de Investigación

Profesion al Profesion al

D

11

Investigador

Ayudante

A

11

Los mismos serán ocupados exclusivamente por los funcionarios cuya situación dio origen a las respectivas transformaciones. En ningún caso las transformaciones previstas en el presente artículo podrán significar lesión de derechos funcionales. Los cargos serán equiparados a los de la Universidad de la República como lo indica el artículo 202 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, que establece el carácter docente de los investigadores del IIBCE y mantendrán su carácter de dedicación total. Artículo 412.- Increméntase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, con cargo a la financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos uruguayos), la partida destinada al “Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual”, creado por el artículo 7º de la Ley Nº 18.284, de 16 de mayo de 2008. Artículo 413.- Asígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos) para financiar proyectos realizados en conjunto con Cinemateca Uruguaya. Artículo 414.- Agréganse al artículo 37 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, los siguientes incisos: “El Ministerio de Educación y Cultura llevará un Registro de Instituciones de Educación No Formal. Compete al Ministerio de Educación y Cultura promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal”. Artículo 415.- El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación y Cultura, reglamentará el funcionamiento del Registro de Instituciones de Educación No Formal, creado por el artículo 37 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, dentro de los ciento ochenta días siguientes a la promulgación de la presente ley. Artículo 416.- Sustitúyense los artículos 92 a 94 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, por los siguientes: “ARTÍCULO 92. (Creación).- Créase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, la Comisión Nacional de Educación No Formal (CONENFOR), la que estará integrada por dos delegados del Ministerio de Educación y Cultura, uno de los cuales la presidirá, un delegado de la Administración Nacional de Educación Pública y un delegado de la Universidad de la República. ARTÍCULO 93. (Cometidos).- Son cometidos de la Comisión Nacional de Educación No Formal, asesorar al Ministerio de Educación y Cultura en todo lo relativo a la elaboración y ejecución de políticas en educación no formal y su articulación con la educación formal. ARTÍCULO 94. (Del Grupo Consultivo de la Comisión Nacional de Educación No Formal (CONENFOR)).Créase el Grupo Consultivo de la CONENFOR el que se integrará con un delegado del Ministerio de Desarrollo Social, un delegado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, un delegado del Ministerio de Turismo, un delegado de la Secretaría Nacional del Deporte, un delegado del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, un representante de los educadores y dos representantes de las instituciones de educación no formal privada, registradas en el Ministerio de Educación y Cultura. El grupo sesionará a requerimiento de la CONENFOR y se reunirá conjuntamente al menos dos veces por año.

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El Grupo Consultivo tendrá funciones de asesoramiento y consulta, así como iniciativa en materia de educación no formal, y promoverá la coordinación de programas y proyectos de educación no formal, los que serán ejecutados por el Ministerio de Educación y Cultura”. Artículo 417.- Sustitúyese la denominación del Capítulo XV – Título III, de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, por el siguiente: “COMISIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN NO FORMAL”. Derógase el artículo 95 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008. Dispónese que todas las referencias hechas en leyes o decretos al Consejo de Educación No Formal, se entenderán realizadas a la Comisión Nacional de Educación No Formal. Artículo 418.- Transfiérese en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, el Museo Nacional de Historia Natural y Antropología, división dependiente de la unidad ejecutora 012 “Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo” a la unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Cultura”. El Poder Ejecutivo determinará los recursos humanos, materiales, financieros y créditos presupuestales a reasignar. Artículo 419.- Sustitúyese el literal D) del artículo 213 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 508 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “D) Supervisar las actividades del Museo Nacional de Artes Visuales, del Museo de Artes Decorativas Palacio Taranco, del Espacio de Arte Contemporáneo, del Museo Figari, y demás museos que funcionen bajo la dependencia del Ministerio de Educación y Cultura, así como del Instituto Nacional de las Artes Escénicas”. Artículo 420.- Autorízase a los museos dependientes del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a cobrar por la prestación de servicios y comercialización de reproducciones, publicaciones y bienes de divulgación de los mismos. La Dirección Nacional de Cultura, con la finalidad prevista en el inciso anterior, podrá firmar convenios con personas e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 19.037, de 28 de diciembre de 2012, en relación al apoyo de la gestión de los museos bajo administración estatal por parte de las asociaciones de amigos del museo o consejos de participación ciudadana. Los recursos obtenidos serán destinados en su totalidad a financiar los gastos de funcionamiento e inversión de los museos a que refiere este artículo, no siendo de aplicación a dichos ingresos lo dispuesto por el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Artículo 421.- Autorízase a la unidad ejecutora 007 “Archivo General de la Nación”, del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a percibir ingresos por la prestación de servicios, tales como asesoramiento en gestión documental y archivístico y comercialización de reproducciones, publicaciones y bienes de divulgación de los mismos. El Archivo General de la Nación asesorará al Jerarca del inciso en la firma de convenios con personas e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, con la finalidad prevista en el inciso anterior. Los recursos obtenidos serán destinados en su totalidad a financiar los gastos de funcionamiento e inversión de la mencionada unidad ejecutora, no siendo de aplicación a estos ingresos lo dispuesto en el artículo 594 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987. Artículo 422.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1971, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Créase la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura. Estará integrada por cuatro delegados del Ministerio de Educación y Cultura, uno de los cuales la presidirá, tres delegados del Poder Ejecutivo, que serán seleccionados entre personas con destacada trayectoria en el plano de la conservación, exhibición o desarrollo de bienes de valor artístico, cultural o histórico, un delegado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y un delegado de la Universidad de la República”.

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Artículo 423.- Agrégase al artículo 511 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, el siguiente inciso: “El Director General tendrá como cometidos la administración y ejecución de todo lo relativo a la unidad ejecutora 008 “Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación”. Artículo 424.- La Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, creada por la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1971, integra la unidad ejecutora 008 “Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”. Artículo 425.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1971, en la redacción dada por el artículo 290 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 12.- La Comisión propondrá al Poder Ejecutivo la adquisición o expropiación de los monumentos históricos, toda vez que a su juicio existiere necesidad o conveniencia que lo justificare. Declárase de utilidad pública la expropiación de los bienes designados monumento histórico. Los propietarios de los inmuebles declarados monumento histórico podrán solicitar, en cualquier momento, la expropiación de los mismos al Poder Ejecutivo, siendo privativo de éste su realización”. Artículo 426.- Sustitúyese el artículo 21 de la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1971, por el siguiente: “ARTÍCULO 21.- Los bienes inmuebles declarados monumento histórico y que sean de propiedad particular, quedarán exonerados del Impuesto de Enseñanza Primaria y de los adicionales del Impuesto de Contribución Inmobiliaria, en tanto sus propietarios se ajusten a las obligaciones consagradas por la presente ley, a lo establecido para el caso por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación y a las ordenanzas departamentales específicas”. Artículo 427.- Deróganse los artículos 265 y 266 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Artículo 428.- Incorpórase al artículo 41 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, como inciso segundo, el siguiente: “Los mandantes o poderdantes, podrán revocar en forma genérica, total o parcialmente, los mandatos y poderes que hubieren otorgado, sin que deban especificar los detalles de los poderes que pretenden revocar. La misma circunstancia será aplicable a los apoderados o mandatarios que pretendan renunciar a poderes que les hubieran conferido”. Artículo 429.- Sustitúyese el inciso primero del artículo 64 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, por el siguiente: “ARTÍCULO 64.- El registrador calificará bajo su responsabilidad si el documento presentado a inscribir, en su totalidad, reúne las condiciones impuestas por la presente ley y demás leyes y reglamentos aplicables. Dicha calificación se realizará dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al día en que se haga efectivo el pago de la tasa registral, en los casos en que legalmente corresponda”. Artículo 430.- Agrégase al numeral 4) del artículo 65 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, el siguiente inciso: “La falta de pago de la tasa registral de inscripción, dentro del plazo perentorio de cinco días hábiles, a contar del siguiente a la fecha de presentación al Registro del documento inscribible, determinará el rechazo del trámite presentado. La calificación establecida en la legislación vigente, correrá a partir del día inmediato siguiente a la fecha de pago de la tasa respectiva”. Artículo 431.- Sustitúyese el acápite del artículo 74 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, en la redacción dada por el artículo 259 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, por el siguiente: “ARTÍCULO 74.- La Dirección General de Registros expedirá certificaciones de la información registral”. Incorpórase como último inciso, del mismo artículo, el siguiente: “El Director General de Registros, por resolución fundada, establecerá los criterios para determinar los funcionarios autorizados a los efectos indicados en este artículo”. Artículo 432.- Sustitúyese el artículo 66 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, por el siguiente:

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“ARTÍCULO 66. (Contencioso Registral).- Presentado el documento a inscribir, la parte interesada o el profesional interviniente tendrán la carga de concurrir al Registro para conocer el resultado de la calificación. Si hubiese sido observado, se inscribirá provisoriamente. Las referidas personas podrán subsanar las deficiencias o deducir oposición por escrito a la calificación efectuada por el registrador en el plazo de ciento cincuenta días corridos, contados a partir de la presentación del documento al Registro. En caso de oposición, el Registrador elevará las actuaciones con su informe a la Dirección General de Registros dentro del plazo de diez días hábiles, la que resolverá previo informe de la Comisión Asesora Registral, dentro de los treinta días corridos de recibidas. El transcurso del expresado plazo sin pronunciamiento, importará denegatoria ficta. Contra la resolución de la Dirección General de Registros podrán interponerse los recursos de revocación y jerárquico en subsidio. La inscripción será definitiva si el instrumento es admitido y quedará sin efecto si éste fuere rechazado, sin perjuicio de la acción judicial que correspondiere. Transcurrido el plazo previsto en el inciso segundo de este artículo, si no se hubieran subsanado las deficiencias observadas o deducido oposición, caducarán de pleno derecho la inscripción provisoria y los efectos de la presentación del documento al Registro”. Artículo 433.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 89 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, en la redacción dada por el artículo 292 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el siguiente: “Dicha protocolización será preceptiva en los casos previstos en el artículo 2º de la Ley Nº 12.480, de 19 de diciembre de 1957, en la redacción dada por el artículo 276 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, y para los actos y negocios jurídicos que se presenten en el Registro Nacional de Actos Personales, en el Registro de Personas Jurídicas, en el Registro Nacional de Prendas sin Desplazamiento y en el Registro Nacional de Vehículos Automotores”. Artículo 434.- Autorízase a la unidad ejecutora 021 “Dirección General del Registro de Estado Civil” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, a conformar libros con hojas móviles con las inscripciones que realice debidamente suscriptas, e ingresar al sistema informático un relacionado de esos documentos. Los testimonios de los relacionados ingresados al sistema informático, tendrán el mismo valor probatorio que los testimonios de las actas de los libros de estado civil de la Dirección General del Registro de Estado Civil. Los documentos expedidos y extendidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se consideran válidos a todos los efectos. Los Gobiernos Departamentales podrán emitir documentos vinculados a actas de partidas o relacionados de las mismas, que se encuentren en el Sistema de Gestión del Registro de Estado Civil, en la forma que la Dirección General del Registro de Estado Civil reglamente oportunamente, y tendrán el mismo valor probatorio que los testimonios de partidas de estado civil. Se podrán emitir los documentos referidos en el inciso anterior respecto a actas expedidas y extendidas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley. Artículo 435.- La unidad ejecutora 021 “Dirección General del Registro de Estado Civil” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, podrá expedir indistintamente documentos o testimonios referidos a actas contenidas en cualquiera de los libros previstos en la Ley Nº 1.430, de 11 de febrero de 1879 y sus modificativas, o de su versión digital, provenientes de cualquier organismo público con el cual se celebre convenios. Artículo 436.- Sustitúyese el artículo 195 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 195.- Facúltase a la unidad ejecutora 024 “Sistema de Comunicación Audiovisual Nacional”, del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura” a realizar contratos laborales de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para desempeñar tareas de dirección de informativos, dirección y realización audiovisual, dirección de arte, dirección de fotografía, dirección de

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promociones, asesor de programación, programadores, realizadores audiovisuales, asistentes de la dirección, periodistas, reporteros, productores de programa, productores periodísticos, conductores o presentadores, columnistas, guionistas, corresponsales, locutores, operadores de radio, sonidistas de radio, fotógrafos de páginas web, gestores y vendedores publicitarios, encargados de relaciones públicas, técnicos de redes, editores, productores ejecutivos, en los casos que la unidad no cuente con funcionarios públicos capacitados para dichas tareas. Facúltase al Poder Ejecutivo a ampliar dicha nómina cuando los avances asociados a la evolución de las comunicaciones requieran el desempeño de nuevas tareas. Las contrataciones no podrán tener un plazo inicial superior a los veinticuatro meses. Al vencimiento del plazo se extingue la relación contractual, excepto que la Administración notifique en forma fehaciente su voluntad de renovación de dicha relación con una anticipación al vencimiento del plazo contractual, no inferior a treinta días. Cada renovación individual sucesiva al contrato original no podrá ser por un plazo superior a los veinticuatro meses. Las contrataciones, así como sus modificaciones o renovaciones que se efectúen, estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil. Estos contratos serán compatibles con la percepción de ingresos públicos, así como ingresos jubilatorios o pensiones. Las personas contratadas al amparo de los artículos 52 y 53 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para el desempeño de las tareas mencionadas en el inciso primero del presente artículo y que estén vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, podrán ser contratadas bajo esta modalidad, previa conformidad de los jerarcas de las unidades ejecutoras respectivas y del Inciso. Habilítase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de crédito correspondientes a los objetos del gasto que actualmente financian estas contrataciones”. Artículo 437.- Modifícase la denominación de la unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, por la de “Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos”. Artículo 438.- Los integrantes de los elencos, cuerpos o compañías artísticas del Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos (SODRE), que tengan menos de 60 años de edad serán evaluados anualmente a efectos de determinar si pueden continuar cumpliendo las funciones, actividades o tareas artísticas, en las categorías correspondientes. La realización de las pruebas anuales de aptitud y suficiencia será responsabilidad de un tribunal o jurado designado por el Consejo Directivo del SODRE, debiendo integrarse con un representante del elenco, cuerpo o compañía artística respectiva. Los funcionarios que no puedan continuar integrando dichos elencos, cuerpos o compañías artísticas pasarán a prestar otros servicios dentro del SODRE, los cuales serán definidos por el Consejo Directivo de la institución, sin que ello afecte la remuneración salarial que corresponda al grado asignado a cada uno en el padrón. Derógase el artículo 5° de la Ley Nº 11.549, de 11 de octubre de 1950. Artículo 439.- Reasígnase en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 16 “Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos”, la suma de $ 1.600.000 (un millón seiscientos mil pesos uruguayos) desde el objeto del gasto 057.000 “Becas de trabajo y pasantía” al objeto del gasto 042.510 “Compensaciones especiales por funciones especiales”, en la Financiación 1.1, “Rentas Generales”. Artículo 440.- Reasígnanse en el Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 016 “Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos”, las partidas en los objetos del gasto y fuentes de financiación que se detallan:

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ODG 591.000 299.000 299.000

Descripción Objeto del Gasto Otras Transferencias Corrientes Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores

F.F. 12 12 11

Monto $ -8.374.295 874.295 7.500.000

INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Artículo 441.- Compete al Poder Ejecutivo regular los programas integrales consagrados en el artículo 45 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, definiendo las prestaciones, los estudios y los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de rehabilitación, medicamentos y vacunas que forman parte de los mismos. Dichos programas serán los que las entidades públicas y privadas que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud tendrán la responsabilidad y obligación de suministrar a toda la población usuaria de dicho Sistema. Artículo 442.- Suprímese en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, la unidad ejecutora 105 “Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud”, reasignando los créditos presupuestales así como los recursos humanos, financieros y materiales a la unidad ejecutora 102 “Junta Nacional de Salud”. Los cometidos definidos por el artículo 573 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, serán ejercidos por la unidad ejecutora “Junta Nacional de Salud”. Créase en la unidad ejecutora 102 “Junta Nacional de Salud”, un cargo de particular confianza de “Director General”, el que quedará comprendido en el inciso primero del artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, suprimiéndose el cargo creado por el artículo 574 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El Poder Ejecutivo determinará los créditos y recursos a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 443.- Sustitúyese el literal A) del artículo 29 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, por el siguiente: “A) Presidir sus sesiones y ejercer la Dirección General de la unidad ejecutora “Junta Nacional de Salud”. Artículo 444.- Créase en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, la unidad ejecutora “Dirección General de Coordinación”, la que tendrá los siguientes cometidos: A) Impulsar una gestión coordinada entre las diversas dependencias del Ministerio de Salud Pública, a nivel nacional, regional, departamental y local. B) Lograr un trabajo coordinado y de complementación asistencial entre los efectores públicos y privados del Sistema Nacional Integrado de Salud. C) Contribuir al desarrollo de una estrategia de trabajo que favorezca el funcionamiento armónico del Inciso en el vínculo con los demás actores institucionales o sociales que componen el Sistema Nacional Integrado de Salud, así como la formulación de una estrategia acorde a tales fines. Artículo 445.- La Red Integrada de Efectores Públicos de Salud (RIEPS) creada por el artículo 741 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, pasará a depender de la unidad ejecutora 106 “Dirección General de Coordinación” del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, debiendo transferirse las asignaciones presupuestales previstas para gastos de funcionamiento. El representante de la unidad ejecutora “Dirección General de Coordinación” en la RIEPS presidirá el Consejo Directivo de la misma.

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Artículo 446.- Suprímense en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” los cargos de particular confianza de Director de Programación Estratégica en Salud y de Coordinador General de Descentralización, creados respectivamente por los artículos 556 y 566 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Créase el cargo de particular confianza de Director de la unidad ejecutora 106 “Dirección General de Coordinación”, el que quedará comprendido en el inciso primero del artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 447.- Transfiérense al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” los recursos humanos, materiales y financieros, afectados al Departamento de Clínicas Preventivas de la División Salud Ambiental y Ocupacional de la unidad ejecutora 103 “Dirección General de la Salud” del Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”. El Poder Ejecutivo determinará los créditos y recursos a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. Artículo 448.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 103 “Dirección General de la Salud”, a percibir ingresos por concepto de Tasa de Habilitación de las empresas usuarias de sustancias controladas, cuyo monto fijará el Poder Ejecutivo en función de la complejidad de los procedimientos requeridos a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa vigente. Artículo 449.- Quedan exceptuados de la prohibición establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 11.923, de 27 de marzo de 1953 modificativas y concordantes, los profesionales de la salud que se desempeñen como suplentes en el sistema de emergencia en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, unidad ejecutora 104 “Instituto Nacional de Donación y Transplante de Células, Tejidos y Órganos”. En todos los casos se aplicará el límite de sesenta horas semanales de labor. Artículo 450.- Incorpóranse las Unidades de Donación y Trasplante (UDT) a la Red Nacional de Donación y Trasplante, regulada por el artículo 570 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y por el artículo 214 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011. Las UDT, se categorizarán de acuerdo a su complejidad asistencial en: A) Nivel I: Unidades de Donación y Trasplante instaladas en establecimientos de salud con o sin internación y sin unidad de terapia intensiva. B) Nivel II: Unidades de Donación y Trasplante instaladas en establecimientos de salud con unidad de terapia intensiva. II II A: con servicio de neurocirugía. B: sin servicio de neurocirugía.

C) Nivel III: Unidades de Donación y Trasplante instaladas en establecimientos de salud con unidades de terapia intensiva y Programa Activo de Trasplante. La reglamentación establecerá la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, así como los recursos humanos que los prestadores públicos y privados del Sistema Nacional Integrado de Salud deberán aportar para el funcionamiento de las Unidades. Artículo 451.- El Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” no podrá incrementar las transferencias a las comisiones de apoyo. Los créditos presupuestales que financian las transferencias a las referidas Instituciones no podrán ser reforzados ni recibir trasposiciones. Las transferencias que se destinen al pago de retribuciones personales, podrán modificarse únicamente por el ajuste salarial que disponga el Poder Ejecutivo con carácter general para los funcionarios de la Administración Central. Artículo 452.- Autorízase al Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública” a destinar una partida anual de $ 44.756.124 (cuarenta y cuatro millones setecientos cincuenta y seis mil ciento veinticuatro pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, la que se financiará con los créditos presupuestales de las vacantes suprimidas por este artículo, a efectos de abonar compromisos de gestión a quienes presten efectivamente

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funciones en el inciso, cualquiera sea su vínculo funcional, por el cumplimiento de metas funcionales e institucionales. La Contaduría General de la Nación efectuará las reasignaciones que correspondan, en función de la distribución entre unidades ejecutoras y programas, que el Inciso comunicará en un plazo de noventa días a partir del inicio de cada ejercicio. El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en este artículo, previo informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas, condicionado a la efectiva existencia de créditos presupuestales. El incumplimiento de las condiciones reglamentariamente establecidas determinará la pérdida de la compensación correspondiente. Los funcionarios no podrán percibir más de una partida derivada de la suscripción de compromisos de gestión. Suprímense en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, en las unidades ejecutoras y programas que se indican, con la finalidad prevista en el inciso primero de este artículo, las siguientes vacantes:

UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA DESCRIPCIÓN 1 441 25.428 2 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES

ESC. GDO. DENOMINACIÓN SERIE A 8 TÉCNICO III CONTADOR

1

441

25.428

3

1.000

A

8

TÉCNICO III

CONTADOR

1

441

25.428

4

1.000

A

8

TÉCNICO III

CONTADOR

1

441

25.504

1

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

1

441

25.504

5

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

1

441

25.504

10

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

1

441

25.504

11

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

1

441

25.504

12

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

1

441

25.504

13

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

1

441

25.504

14

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

1

441

25.504

16

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

1

441

25.509

2

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

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UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA DESCRIPCIÓN 1 441 25.509 3 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES

ESC. GDO. DENOMINACIÓN SERIE A 8 TÉCNICO III MÉDICO

1

441

25.509

7

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

1

441

25.509

8

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

1

441

25.509

9

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

1

441

25.509

10

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

1

441

25.509

11

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

1

441

25.511

2

1.000

A

8

TÉCNICO III

ESCRIBANO

1

441

25.511

4

1.000

A

8

TÉCNICO III

ESCRIBANO MÉDICO CIRUJANO ODONTÓLOGO

1

441

28.108

1

1.000

A

9

TÉCNICO II

1

441

28.110

1

1.000

A

9

TÉCNICO II

1

441

28.115

2

1.000

A

10

TÉCNICO I DIRECTOR DIVISIÓN II DE

ABOGADO

1

441

25.429

2

1.000

C

12

ADMINISTRATIVO SERVICIOS ASISTENCIALES

1

441

28.117

1

1.000

D

9

ESPECIALISTA I ESPECIALISTA EN PRENSA Y RELACIONES PÚBLICAS

1

441

25.505

1

1.000

PRESUPUESTADOS CIVILES

D

13

1

441

25.425

1

1.000

PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES

E

10

JEFE DE TALLER OFICIOS

1

441

25.425

2

1.000

E

10

JEFE DE TALLER OFICIOS JEFE DE CONSERJERÍA DEPARTAMENTO

1

441

25.493

1

1.000

F

8

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Martes 13 de octubre de 2015

UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA DESCRIPCIÓN 1 441 25.491 2 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS

ESC. GDO. DENOMINACIÓN SERIE R 10 ANALISTA PROGRAMADOR JEFE SECCIÓN TÉCNICO III DE COMPUTACIÓN PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL

1

441

25.506

1

1.000

R

11

103

440

27.432

1

1.000

A

8

103

440

27.432

3

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

440

27.432

4

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

440

27.432

5

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

440

27.432

7

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

440

27.432

9

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

440

27.525

3

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

440

27.525

9

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

103

440

27.584

7

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

440

27.584

8

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

440

27.584

10

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL

103

440

27.431

1

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

3

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

10

1.000

A

8

TÉCNICO III

103 103

441 441

27.431 27.431

13 16

1.000 1.000

A A

8 8

TÉCNICO III TÉCNICO III

Martes 13 de octubre de 2015

CÁMARA DE REPRESENTANTES

747

UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA DESCRIPCIÓN CIVILES 103 441 27.431 20 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES

ESC. GDO. DENOMINACIÓN SERIE EN SALUD A 8 TÉCNICO III PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD

103

441

27.431

26

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

30

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

31

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

33

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

34

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

38

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

39

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

41

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

45

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

47

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

48

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

49

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

50

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

51

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

52

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.431

54

1.000

A

8

TÉCNICO III

748

CÁMARA DE REPRESENTANTES

Martes 13 de octubre de 2015

UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA DESCRIPCIÓN 103 441 27.431 55 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS

ESC. GDO. DENOMINACIÓN SERIE A 8 TÉCNICO III PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL

103

441

27.526

10

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.526

18

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

103

441

27.526

19

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

103

441

27.526

33

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

103

441

27.526

34

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL

103

441

27.526

35

1.000

A

8

TÉCNICO III

PROFESIONAL MÉDICO QUÍMICO MÉDICO QUÍMICO MÉDICO CARDIÓLOGO MÉDICO O

103

441

27.532

1

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.532

2

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.572

1

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.583

1

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

441

27.583

3

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

4

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

14

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

15

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

19

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103 103

441 441

27.583 27.583

25 35

1.000 1.000

A A

8 8

TÉCNICO III TÉCNICO III

MÉDICO MÉDICO

Martes 13 de octubre de 2015

CÁMARA DE REPRESENTANTES

749

UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA DESCRIPCIÓN CIVILES 103 441 27.583 36 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES

ESC. GDO. DENOMINACIÓN SERIE

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

37

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

38

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

39

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

41

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

42

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

103

441

27.583

47

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO QUÍMICO FARMACÉUTICO PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD VETERINARIO PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD

103

441

27.586

4

1.000

A

8

TÉCNICO III

103

440

27.430

1

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

440

27.430

3

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

440

27.430

4

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

440

27.530

1

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

1

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

2

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

3

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

4

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

5

1.000

A

9

TÉCNICO II

750

CÁMARA DE REPRESENTANTES

Martes 13 de octubre de 2015

UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA DESCRIPCIÓN 103 441 27.429 6 1.000 PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES CONTRATOS PERMANENTES CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES

ESC. GDO. DENOMINACIÓN SERIE A 9 TÉCNICO II PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD

103

441

27.429

7

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

8

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

10

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

12

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

13

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

14

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

15

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

16

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

17

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

18

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

27.429

19

1.000

A

9

TÉCNICO II

103

441

28.237

1

1.800

A

9

TÉCNICO II

MÉDICO

103

441

28.860

1

1.000

A

9

TÉCNICO II JEFE SERVICIOS JEFE SERVICIOS TÉCNICO I

MÉDICO HEMOTERAPIA DE MÉDICO QUÍMICO DE PROFESIONAL EN SALUD PROFESIONAL EN SALUD O

103

441

27.573

1

1.000

A

10

103

441

28.543

1

1.000

A

10

103

441

28.859

1

1.000

A

10

Martes 13 de octubre de 2015

CÁMARA DE REPRESENTANTES

751

UE PROG. PUESTO PLAZA REG.PLAZA DESCRIPCIÓN PRESUPUESTADOS CIVILES CONTRATOS PERMANENTES CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES PRESUPUESTADOS CIVILES

ESC. GDO. DENOMINACIÓN SERIE TÉCNICO PROFESIONAL PROFESIONAL DE APOYO EN SALUD

103

441

28.388

1

1.000

A

12

103

441

28.857

1

1.800

A

13

SUB DIRECTOR VETERINARIO DE INSTITUTO I SUBJEFE TALLER TÉCNICO III DE

103

441

27.518

1

1.000

E

9

OFICIOS

104

440

27.839

5

1.000

A

8

MÉDICO

104

440

27.839

16

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

104

443

27.840

1

1.000

A

8

TÉCNICO III

MÉDICO

Artículo 453.- Reasígnanse en el Inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, las siguientes partidas:

U.E. 001 001 001 103 104 001 001

Programa 440 441 441 441 443 441 441

Objeto del Gasto 099.001 042.520 095.002 092.000 095.002 299.000 559.000 Partida Proyectada Compensación especial por cumplir condiciones específicas Fondo para Contratos Temporales Dcho. Público Partidas globales a distribuir Fondo para Contratos Temporales Dcho. Público Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores Transferencias Corrientes A Otras Instit. Sin Fines De Lucro

Monto ($) -3.938.476 -3.242.476 -4.452.703 -8.223.863 -142.482 11.000.000 9.000.000

Artículo 454.- La dispensación de medicamentos, procedimientos o dispositivos terapéuticos que no se encuentren debidamente aprobados y registrados ante el Ministerio de Salud Pública, solamente se admitirá en los casos taxativamente enumerados en la normativa vigente y en los incluidos en el marco de ensayos clínicos realizados conforme a derecho. Artículo 455.- La aprobación y registro en el Ministerio de Salud Pública de especialidades farmacéuticas deberá ser precedida de informe técnico favorable de eficacia, calidad y seguridad. La incorporación de dichas especialidades al Formulario Terapéutico de Medicamentos y a los programas integrales de prestaciones consagrados en el artículo 45 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, deberá contar, asimismo, con informe técnico de impacto presupuestal y de evaluación económica según las recomendaciones vigentes de la

752

CÁMARA DE REPRESENTANTES

Martes 13 de octubre de 2015

Organización Mundial de la Salud, evidencia científica, estudio de costo-efectividad y sustentabilidad para el Sistema Nacional Integrado de Salud. Artículo 456.- El Fondo Nacional de Lucha contra el SIDA, creado por el artículo 403 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 361 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, financiará el suministro de los medicamentos para el tratamiento de la enfermedad definidos por el Ministerio de Salud Pública, previo informe de la Comisión Asesora del Formulario Terapéutico Nacional, de acuerdo a la normatización y protocolización que dicho Ministerio defina, para los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud. Artículo 457.- Los convenios de gestión a los que refiere el artículo 276 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, serán elaborados por el Fondo Nacional de Recursos, incluyendo los criterios establecidos en el inciso segundo de dicho artículo. Los institutos y entidades comprendidos en el inciso primero del citado artículo, deberán adherir al convenio de gestión en el plazo máximo de ciento ochenta días contados a partir de la notificación del texto del convenio al adherente. En caso que los institutos e instituciones referidos no suscriban el convenio de gestión en el plazo mencionado o incumplan el mismo, además de las facultades a que refiere el artículo 276 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, no accederán, en tanto persista el incumplimiento, al certificado que acredita estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones con el Fondo Nacional de Recursos, que les habilita a realizar cualquier tipo de gestión ante el Banco de Previsión Social y los Ministerios de Economía y Finanzas, de Trabajo y Seguridad Social y de Salud Pública. Artículo 458.- Facúltase al Fondo Nacional de Recursos para realizar auditorías en las historias clínicas de los pacientes de los institutos y entidades a quienes se les financien actos médicos o medicamentos por parte del referido Fondo, a efectos de realizar una debida evaluación del cumplimiento de las obligaciones asumidas en los convenios de gestión a que refiere el artículo 276 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011 y concordantes. Los institutos y entidades referidas deberán comunicar dicho extremo a sus beneficiarios o afiliados. Artículo 459.- Facúltase al Poder Ejecutivo para determinar los mecanismos de intercambio de información clínica con fines asistenciales, a través del Sistema de Historia Clínica Electrónica Nacional, a efectos de garantizar el derecho a la protección de la salud de los habitantes y el acceso a las redes integradas de servicios de salud, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007. En el intercambio de información clínica se asegurará la confidencialidad de la información en concordancia con la Ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008 (Ley de Protección de Datos Personales). Artículo 460.- La receta médica electrónica se considera plenamente admisible, válida y eficaz de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 18.600, de 21 de setiembre de 2009, cumpliendo con los siguientes contenidos mínimos: forma farmacéutica, posología, vía de administración y concentración del medicamento implicado, identificación del prescriptor, identificación del usuario y vigencia en función de la fecha de expedición de la receta. El Poder Ejecutivo reglamentará los procesos electrónicos para la prescripción, la expedición y el control de las recetas electrónicas de estupefacientes y psicofármacos, previo a la aplicación de la norma referida. INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Artículo 461.- Los funcionarios profesionales abogados, pertenecientes al escalafón A, que a la fecha de vigencia de la presente ley presten efectivamente funciones en la División Jurídica de la unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, podrán optar por quedar comprendidos en el régimen de dedicación exclusiva. Aquellos funcionarios que no opten por el régimen de dedicación exclusiva serán trasladados a otras unidades organizativas del Inciso.

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

753

Los funcionarios profesionales abogados pertenecientes al escalafón A que ingresen, mediante ascenso, rotación o concurso público, a la unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, División Jurídica, quedarán comprendidos en el régimen de dedicación exclusiva. A los efectos de la presente norma, se entiende por dedicación exclusiva el régimen por el cual el funcionario no podrá realizar directa o indirectamente ninguna actividad pública o privada rentada u honoraria, excepto el ejercicio de: A) La docencia en instituciones públicas o privadas. B) Producción y creación literaria, artística, científica y técnica, siempre que no se origine en una relación de dependencia. C) Actividades deportivas y artísticas fuera de la relación de dependencia. D) Actividades derivadas de la administración del patrimonio personal y/o familiar (padres, hijos, cónyuges y concubinos), siempre que dicho patrimonio no se encuentre vinculado a la prestación de servicios profesionales, ni implique la prestación de servicios, ni tenga relación alguna con las actividades de la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social. Las tareas permitidas no pueden obstaculizar la función específica de los profesionales en la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social. Cuando se compruebe mediante el procedimiento administrativo correspondiente que un funcionario sujeto al régimen de exclusividad establecido en el presente artículo, realiza actividades incompatibles con dicho régimen, será excluido del mismo y trasladado a otra unidad organizativa por resolución fundada del jerarca del Inciso, sin perjuicio de los procedimientos disciplinarios y sanciones que correspondieren. El horario a cumplir de los profesionales abogados pertenecientes al escalafón A, comprendidos en el presente régimen, será como mínimo de ocho horas diarias y cuarenta horas semanales de labor, con permanencia a la orden y con la obligación de concurrir al interior del país cuando el jerarca lo disponga. Establécese la siguiente estructura de la División Jurídica de la unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social” y las remuneraciones nominales mensuales que percibirán los profesionales abogados, pertenecientes al escalafón A, por todo concepto: Hasta 1 cargo Profesional Abogado A grado 4 con una retribución de $ 69.000 (sesenta y nueve mil pesos uruguayos). Hasta 14 cargos Profesional Abogado A10 con una retribución de $ 86.000 (ochenta y seis mil pesos uruguayos). Hasta 2 cargos Profesional Abogado A13 con una retribución de $ 89.000 (ochenta y nueve mil pesos uruguayos). Hasta 1 Función de Conducción de Dirección $ 92.000 (noventa y dos mil pesos uruguayos). Estas retribuciones recibirán únicamente los ajustes salariales que otorgue el Poder Ejecutivo para la Administración Central. Transfiérese, para la financiación de las compensaciones establecidas en el presente artículo, la suma de $ 8.197.923 (ocho millones ciento noventa y siete mil novecientos veintitrés pesos uruguayos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales, del objeto del gasto 092.000 “Partida Global a Distribuir” al objeto del gasto 042.524 “Dedicación exclusiva”. Artículo 462.- Los funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los escalafones A y B del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social” que presten funciones de consultas, negociación individual y negociación colectiva, en la unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo” o en la unidad ejecutora 004 “Dirección Nacional de Coordinación en el Interior”, percibirán una compensación especial, equivalente al 25 % (veinticinco por ciento) de las retribuciones sujetas a montepío, excluidas las partidas variables, la prima por antigüedad, los beneficios sociales y la compensación por tareas de mayor

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responsabilidad dispuesta por el artículo 5º de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. La asignación de funciones a las que refiere este inciso, sólo podrá realizarse en tanto exista financiamiento de acuerdo a lo establecido en el inciso cuarto del presente artículo. Los funcionarios que al 7 de noviembre de 2012 estaban asignados a las funciones señaladas y que a la fecha de vigencia de la presente ley perciben la compensación especial del 25 % (veinticinco por ciento) dispuesta por el artículo 216 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, continuarán percibiéndola. Asimismo los funcionarios que, a la fecha de vigencia de la presente ley, perciben la antedicha compensación especial por el desempeño de tareas de asesoramiento ante el Poder Judicial y el Banco de Seguros del Estado en los casos de trabajadores siniestrados y sus causahabientes (artículo 59 de la Ley Nº 16.074, de 10 de octubre de 1989), continuarán percibiéndola, no generando derecho a la compensación especial del inciso primero de este artículo, cuando sean asignados a alguna de las funciones allí previstas. La base de cálculo de la compensación a que refiere este artículo, quedará determinada por las partidas presupuestales vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley, recibiendo únicamente los aumentos que se dispongan con carácter general para los funcionarios públicos de la Administración Central. Reasígnanse, con destino a financiar lo dispuesto en este artículo, en las unidades ejecutoras que se indican, del objeto del gasto 092.000 “Partida Global a Distribuir”, incluidos aguinaldo y cargas legales, al objeto del gasto 042.520 “Compensación especial para cumplir condiciones específicas”, las siguientes partidas anuales, más aguinaldo y cargas legales: $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaria”, $ 1.189.146 (un millón ciento ochenta y nueve mil ciento cuarenta y seis pesos uruguayos) de la unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, $ 700.000 (setecientos mil pesos uruguayos) de la unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo”. Derógase el artículo 216 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Artículo 463.- Asígnase una partida de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) anuales con destino a financiar una única compensación especial que percibirán hasta quince funcionarios delegados del Poder Ejecutivo en los Consejos de Salarios, que sean designados como Presidente en uno o varios Grupos de Actividad de los Consejos de Salarios y mientras desempeñen dicha función. La compensación será de hasta el 10 % (diez por ciento) de las retribuciones sujetas a montepío, excluidas las partidas variables, la prima por antigüedad, los beneficios sociales y la compensación por tareas de mayor responsabilidad dispuesta por el artículo 5º de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Reasígnanse con destino a financiar lo dispuesto en este artículo, en las unidades ejecutoras que se indican, del objeto del gasto 092.000 “Partida Global a Distribuir” incluidos aguinaldo y cargas legales, al objeto del gasto 042.520 “Compensación especial para cumplir condiciones específicas”, las siguientes partidas anuales más aguinaldo y cargas legales: $172.221 (ciento setenta y dos mil doscientos veintiún pesos uruguayos), de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaria”, $ 580.000 (quinientos ochenta mil pesos uruguayos) de la unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo”, y $ 80.000 (ochenta mil pesos uruguayos) de la unidad ejecutora 007 “Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”. Cuando la compensación se abone a funcionarios que prestan funciones en comisión en la unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, la misma no podrá superar el máximo que percibiría un funcionario perteneciente al grado 10 de la referida unidad ejecutora. Artículo 464.- Habilítase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo” una partida anual de $ 4.356.975 (cuatro millones trescientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y cinco pesos uruguayos), en el objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los escalafones A y B que efectivamente presten funciones en consultas y audiencias de conciliación de conflictos individuales, en la División Negociación Individual de la unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo” y tengan incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral.

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El derecho a percibir la compensación prevista en el inciso anterior se generará por el cumplimiento de metas y objetivos que fije la Dirección de la unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo”. Cuando se compruebe mediante el procedimiento administrativo correspondiente, que funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los escalafones A y B sujetos a la incompatibilidad en el ejercicio de su profesión con la especialidad laboral, realizan actividades incompatibles con dicho régimen, perderán automáticamente la presente compensación sin perjuicio de las investigaciones y sanciones que correspondiere. La compensación prevista en el inciso primero será financiada con los créditos presupuestales asociados a los cargos que se suprimen, según el siguiente detalle:

INCISO U.E. ESCALAFÓN GRADO DENOMINACIÓN SERIE 13 13 13 13 13 13 13 13 1 7 7 7 2 2 2 2 C C C A A C B C 6 2 4 8 10 5 10 7 Administrativo I Administrativo V Administrativo III Asesor VI Asesor IV Administrativo II Técnico II Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Escribano Profesional Administrativo Técnico Administrativo

Artículo 465.- Créase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo”, un cargo de particular confianza que se denominará Subdirector Nacional de Trabajo, el que deberá ser ocupado por una persona de probada idoneidad técnica y se encontrará comprendido a efectos de su retribución, en el literal d) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y sus modificativas. La creación dispuesta en el inciso anterior se financiará con el crédito presupuestal resultante de la supresión de dos cargos de Asesor I, serie Profesional, escalafón A, grado 12, de la unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Trabajo”. Artículo 466.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 16.869, de 25 de setiembre de 1997, por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.- El Banco de Previsión Social, el Banco de Seguros del Estado, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Dirección General Impositiva y la Dirección Nacional de Aduanas, intercambiarán la información de sus registros de empresas y de los montos imponibles de las remuneraciones de los trabajadores declarados por las mismas, en la forma y periodicidad que determine la reglamentación. El intercambio de información entre estos organismos, se realizará acorde con lo dispuesto en los artículos 157 a 160 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 81 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011 y su decreto reglamentario”. Derógase el artículo 275 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 467.- Transfórmase al vacar el cargo D 13 Subdirector de la unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, en un cargo de particular confianza, que será ocupado por una persona con idoneidad técnica, que se denominará Subdirector Nacional

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de Empleo, el que estará comprendido en el literal C) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y modificativas. Reasígnase la suma de $ 1.235.873 (un millón doscientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y tres pesos uruguayos) anuales del objeto del gasto 095.002 “Fondo para contratos temporales” del Proyecto 201, programa 500 “Políticas de Empleo”, unidad ejecutora 003 “Dirección Nacional de Empleo”, a efectos de completar el financiamiento de la transformación dispuesta en el presente artículo. Artículo 468.- El personal del escalafón CO “Conducción” del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, podrá percibir la compensación por alimentación prevista en el artículo 578 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, la que será financiada con cargo al objeto del gasto 067 “Compensación por alimentación con aportes”. Reasígnase, hasta la suma de $350.000 (trescientos cincuenta mil pesos uruguayos) anuales, del objeto del gasto 042.034 “Remuneración complementaria por funciones distintas al cargo” a efectos de financiar la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 469.- Asígnase al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, objeto del gasto 092.002 “Partida Global a distribuir p/adscriptos”, la suma de $ 2.027.627 (dos millones veintisiete mil seiscientos veintisiete pesos uruguayos) anuales, con destino a las contrataciones previstas en el artículo 58 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Dichas contrataciones se financiarán con la reasignación de créditos presupuestales del objeto del gasto 067.000 “Compensación por alimentación, con aportes”, hasta la suma $ 249.443 (doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos uruguayos) y con los créditos correspondientes a la supresión de cuatro cargos vacantes, que se detallan a continuación:

INCISO U.E. ESCALAFÓN GRADO DENOMINACIÓN SERIE 13 13 13 13 1 1 1 1 C C F F 4 4 4 1 Administrativo III Administrativo III Auxiliar I Auxiliar IV Administrativo Administrativo Servicios Servicios

Artículo 470.- Autorízase en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” una partida anual de $ 3.601.790 (tres millones seiscientos un mil setecientos noventa pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, en el objeto del gasto 042.520 “Compensación especial por cumplir condiciones específicas”, con destino al pago de una compensación especial a los funcionarios de la División Tecnología de la Información asignados a los proyectos pertenecientes al Plan Director Informático. La compensación prevista en el inciso anterior será financiada con la reasignación de créditos presupuestales existentes en el objeto del gasto 067.000 “Compensación por alimentación con aportes”, hasta el monto de $ 436.525 (cuatrocientos treinta y seis mil quinientos veinticinco pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales y con los créditos presupuestales asociados a los cargos que se suprimen, según el siguiente detalle:

INCISO 13 13

U.E. 001 001

ESCALAFÓN C F

GRADO 2 2

DENOMINACIÓN Administrativo Auxiliar III

SERIE Administrativo Servicios

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INCISO 13 13 13 13 13

U.E. 001 001 001 001 001

ESCALAFÓN F F F F A

GRADO 2 2 2 1 13

DENOMINACIÓN Auxiliar III Auxiliar III Auxiliar III Auxiliar IV Asesor

SERIE Servicios Servicios Servicios Servicios Economista

INCISO 14 MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Artículo 471.- Apruébase el Plan Quinquenal de Vivienda para el período 2015 – 2019 propuesto por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conforme con lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 16.237, de 2 de enero de 1992. Artículo 472.- Créase en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, programa 380 “Gestión Ambiental y Ordenación del Territorio”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría” un cargo de Director de Cambio Climático, escalafón Q “Personal de Particular Confianza”, cuya retribución será la correspondiente por todo concepto a la de un Director del Inciso. La erogación resultante se financiará parcialmente, con la eliminación de los créditos de las vacantes del mismo programa y unidad ejecutora siguientes: una vacante del escalafón A Serie “Profesional Coordinador” grado 16, una vacante en el escalafón A “Profesional” Denominación “Especialista en Planificación y Calidad” grado 04 y una vacante en el escalafón B “Técnico”, Denominación “Relaciones Internacionales”, grado 03 y una vacante en el escalafón B, Denominación y Serie “Técnico Informática, grado 10. Artículo 473.- El Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos, creado por la Ley Nº 18.829, de 24 de octubre de 2011, que declara la emergencia socio-habitacional de la población en situación de extrema pobreza pasará a ser ejecutado por el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente” en el programa “Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos”, dependiente de la unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Vivienda”, y será financiado con cargo al Fondo Nacional de Vivienda. La transferencia de dominio de bienes a favor del Plan Juntos, operará de pleno derecho con la vigencia de la presente ley. El Poder Ejecutivo determinará los bienes comprendidos en esta transferencia y los registros públicos procederán a su registración con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución que determine la transferencia. Artículo 474.- Asígnase al programa Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos, los cometidos, facultades y funciones regulados por la Ley Nº 18.829, de 24 de octubre de 2011, y su decreto reglamentario. Podrá comunicarse directamente con los Gobiernos Departamentales y demás organismos públicos. Las normas legales y reglamentarias que refieren al Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos creado por la Ley Nº 18.829, de 24 de octubre de 2011, cualquiera fuere su denominación, permanecerán vigentes en todo cuanto no se oponga a la presente ley. Artículo 475.- El Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos será dirigido por un Coordinador General, cuyo titular será designado por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, entre técnicos de prestigio en la materia, quien cesará en su cargo por resolución del Poder Ejecutivo.

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El Coordinador General tendrá a su cargo la representación del órgano. Artículo 476.- Son atribuciones del Coordinador General: A) Ejercer la dirección, administración y control del Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos (Plan Juntos). B) Proponer al Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para su aprobación, un programa anual con las prioridades de intervención e inversión del Plan Juntos, en el marco del Plan Quinquenal de Vivienda. C) Proyectar el presupuesto y elevarlo al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para su aprobación. D) Dictar las resoluciones de intervención del Plan Juntos, en el marco del programa anual aprobado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. E) Ejecutar y realizar el seguimiento de las políticas de vivienda, hábitat y sociales aplicables al Plan Juntos, que determine el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. F) Proponer el organigrama funcional, reglamentos generales de funcionamiento, estatutos de empleados, etcétera. G) Monitorear y evaluar los resultados obtenidos e impactos del Plan Juntos. H) Coordinar y suscribir convenios con los Gobiernos Departamentales y demás organismos públicos, así como con personas privadas y la sociedad civil organizada, para el diseño y ejecución del Plan Juntos, conjuntamente con el Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. I) Promover e impulsar la participación solidaria de la sociedad a través de diferentes modalidades. J) Aprobar el egreso de los participantes del Plan Juntos. K) Coordinar con el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la enajenación a título gratuito de los bienes inmuebles propiedad del Estado a favor de todos los integrantes de los núcleos familiares participantes que se encuentren debidamente inscriptos en el registro, en cumplimiento del artículo 23 de la Ley Nº 18.829, de 24 de octubre de 2011. L) Administrar los recursos que se le asignen y ser ordenador secundario de gastos y pagos, de conformidad con la normativa vigente en la materia. M) Podrá transmitir a los fiduciarios, para su administración, la propiedad de los recursos actuales y futuros del Plan Juntos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 17.703, de 27 de octubre de 2003, modificativas y concordantes. Dichos fideicomisos, así como los actos y negocios jurídicos que se realicen en la ejecución de los mismos, gozarán de todas las exoneraciones tributarias previstas en la presente ley. Artículo 477.- Facúltase al Poder Ejecutivo a designar en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, un Gerente Técnico que tendrá el cometido de prestar asistencia técnica y administrativa al Coordinador General. La designación recaerá en personas que por sus antecedentes personales y profesionales tengan idoneidad técnica en la materia. Artículo 478.- Serán recursos del programa Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos: A) El resultado de la transferencia referida en los artículos anteriores, de los recursos afectados al Fondo Nacional del Plan, creado por el artículo 17 de la Ley Nº 18.829, de 24 de octubre de 2011. B) Las asignaciones que le sean atribuidas por disposiciones presupuestales. C) Donaciones y legados. D) Transferencias provenientes de otros organismos públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 43 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005.

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E) Fondos derivados de convenios que se celebren con personas públicas o privadas, asociaciones civiles y fundaciones, ya sean nacionales o extranjeras. F) Otros que se le asignen por vía legal o reglamentaria. G) Los reintegros establecidos en el artículo 27 de la Ley Nº 18.829, de 24 de octubre de 2011. Artículo 479.- Los derechos y obligaciones contraídas por la Comisión Directiva de la Unidad Operativa Central con los participantes inscriptos en el Registro Único de Participantes del Plan Juntos creado por el artículo 11 de la Ley Nº 18.829, de 24 de octubre de 2011, y con demás personas de derecho público y privado, pasan de pleno derecho al Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos, sin necesidad de suscribir nuevos convenios y contratos. Artículo 480.- Derógase el Capítulo II (artículos 4º a 8º) de la Ley Nº 18.829, de 24 de octubre de 2011. Artículo 481.- El Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos será ejecutado por el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Vivienda”, en el programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”, y los créditos asignados serán financiados por la fuente de financiamiento 1.5 “Fondo Nacional de Vivienda”. Artículo 482.- Sustitúyese el artículo 53 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 53. (Reserva de suelo para vivienda de interés social).- En los sectores de suelo urbano con el atributo de potencialmente transformable en que se desarrollen actuaciones de urbanización residencial, los instrumentos de ordenamiento territorial preverán viviendas de interés social de cualquiera de las categorías previstas en la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968 y sus modificativas. El número de estas se situará entre el 10 % (diez por ciento) y el 30 % (treinta por ciento) de las viviendas totales que se autoricen en el ámbito de actuación. El porcentaje mínimo será concretado por el instrumento atendiendo a las necesidades de viviendas de interés social y a las características de los diferentes desarrollos residenciales. Se podrá eximir de esta obligación a las actuaciones en las que no se incremente el número de viviendas existentes”. Artículo 483.- Sustitúyese el artículo 69 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 69. (Facultad de policía territorial específica).- Las Intendencias Departamentales, en el marco de los poderes de policía territorial y de la edificación, deberán impedir, la ocupación, construcción, loteo, fraccionamiento y toda operación destinada a consagrar soluciones habitacionales, que implique la violación de la legislación vigente en la materia o los instrumentos de ordenamiento territorial, respecto de los inmuebles del dominio privado donde no pueda autorizarse la urbanización, fraccionamiento y edificación con destino habitacional. Esta obligación regirá también para los casos que carezcan de permiso aunque se ubiquen en zonas donde pudiera llegar a expedirse dicha autorización. Verificada la existencia de actividades que indiquen: A) La subdivisión o construcción en lotes en zona donde no pueda autorizarse. B) La subdivisión o la construcción no autorizada, o ante la constatación de la existencia en zona no habilitada para tal fin o sin previa autorización, de fraccionamiento, loteo y construcciones. Cuando se trate de bienes inmuebles de propiedad privada la Intendencia Departamental deberá concurrir ante la sede judicial de turno, solicitando la inmediata detención de las obras y la demolición de las existentes. Presentada la demanda, el Juez actuante, verificados los extremos imprescindibles, decretará la suspensión inmediata de las obras y la demolición de las existentes. En caso de incumplimiento de la orden emanada de la medida cautelar o de la demanda principal por el término de cinco días corridos, el Juez dispondrá el ingreso al predio para proceder a la inmediata demolición de las construcciones levantadas en contra de la orden judicial, con cargo a la propiedad, siendo

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de aplicación, en lo pertinente lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 15.750, de 8 de julio de 1985, y toda otra legislación vigente”. Artículo 484.- Los créditos presupuestales del Proyecto 704 “Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional” del programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, pasarán a financiarse con Fuente de Financiamiento 1.5 “Fondo Nacional de Vivienda” y se incrementarán en el proyecto 717 “Nuevas soluciones urbano habitacionales” del mismo programa. Artículo 485.- Las partidas presupuestales del Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, asignadas en la presente ley al proyecto 950 “Plan Juntos”, unidad ejecutora 002 “Dirección Nacional de Vivienda”, programa 521 “Programa de Rehabilitación y Consolidación Urbano Habitacional” y las asignadas en el artículo anterior en el Proyecto 717 “Nuevas soluciones urbano habitacionales” de la misma unidad ejecutora y el mismo programa, serán adicionales a las partidas resultantes de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 605 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 486.- Agrégase al artículo 18 de la Ley Nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, el siguiente inciso: “Los edificios construidos por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en el marco de los programas de vivienda, se considerarán incorporados al régimen de propiedad horizontal, siempre que acrediten el cumplimiento de los literales A), B), C), D) y E) referidos en la norma”. Artículo 487.- Agrégase al artículo 213 de la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, en la redacción dada por los artículos 4º de la Ley Nº 16.237, de 2 de enero de 1992, y 445 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, el siguiente literal: “D) Las enajenaciones otorgadas entre particulares en el marco de las relocalizaciones financiadas por el Fondo Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, siempre que el precio se integre total o parcialmente con subsidio estatal”. Artículo 488.- Sustitúyese el artículo 316 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 316.- Exonérase del pago del impuesto a los servicios registrales establecido por el artículo 83 del Decreto-Ley Nº 15.167, de 6 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 437 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, a las operaciones realizadas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para la ejecución de sus programas de vivienda subsidiados y a los llamados asentamientos irregulares”. Artículo 489.- Declárase que cuando el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente disponga la rescisión administrativa de los contratos suscritos para la adquisición u ocupación de una vivienda por los beneficiarios de cualquiera de sus programas habitacionales, al amparo de los artículos 390 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y 345 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, y los bienes se encuentren gravados con hipoteca a su favor, la transferencia de la propiedad dispuesta se realizará libre de todo gravamen, por lo tanto el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, procederá a la cancelación de la inscripción de la respectiva hipoteca. Artículo 490.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 6º. (Incumplimiento).- En todos los casos, el Poder Ejecutivo deberá requerir las garantías que entienda pertinente para el efectivo cumplimiento por los beneficiarios de las obligaciones vinculadas al otorgamiento de beneficios tributarios. En caso de incumplimiento podrá disponerse la reliquidación de los tributos, las multas y los recargos que puedan corresponder, o la imposición de multas a fijarse entre 2.600 UI (dos mil seiscientas unidades indexadas) y 1.300.000 UI (un millón trescientas mil unidades indexadas), en los términos que disponga la reglamentación. La reglamentación establecerá los ámbitos de actuación de la Agencia Nacional de Vivienda y de los organismos recaudadores en las tareas de contralor del cumplimiento de las referidas obligaciones”.

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Artículo 491.- En las escrituras de adjudicación judicial o compraventa de edificios en bloque, otorgadas por el Banco Hipotecario del Uruguay, para recuperar créditos o regularizar edificios, el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, deberá proceder a su inscripción, prescindiendo del control de pago del tributo Contribución Inmobiliaria, siempre que el escribano autorizante de la adjudicación o compraventa judicial establezca en las constancias de la escritura que se realiza para la recuperación de un prestamo hipotecario o regularización del edificio. Artículo 492.- Agrégase al artículo 18 de la Ley Nº 18.795, de 17 de agosto de 2011, en la redacción dada por el artículo 297 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente literal: “G) Los contratos de reglamento de copropiedad y de compraventa de una unidad y prestamo o crédito hipotecario para el nacimiento de la propiedad horizontal de la presente norma se consideran jurídicamente otorgados en forma simultánea”. Artículo 493.- Todas las cuentas de caja de ahorro reajustable abiertas en el Banco Hipotecario del Uruguay con anterioridad al 30 de noviembre de 2010, actualmente nominadas en unidades indexadas, deben ser consideradas para todo efecto jurídico cuentas de ahorro previo para la vivienda. Artículo 494.- Sustitúyense los literales F) y K) del artículo 18 de la Ley Nº 5.343, de 22 de octubre de 1915, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.125, de 27 de abril de 2007, y por el artículo 371 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por los siguientes: “F) Captar depósitos del público mediante el sistema de ahorro previo y mediante depósitos a plazo fijo en general siempre que el plazo contractual de estos últimos sea superior a un año, en moneda nacional, unidades indexadas o unidades reajustables. El saldo total de depósitos a plazo fijo del público, no podrá exceder el 20 % (veinte por ciento) del patrimonio contable al cierre del año anterior. Para el cálculo del tope establecido precedentemente, no se computarán los certificados de depósito a plazo fijo, las obligaciones hipotecarias reajustables, las obligaciones negociables y cualquier otro valor negociable emitido por el Banco”. “K) Contraer pasivos en otras instituciones financieras reguladas y controladas por el Banco Central del Uruguay. El saldo total de depósitos de instituciones financieras, no podrá exceder el 20 % (veinte por ciento) del patrimonio contable al cierre del año anterior. Para el cálculo del tope establecido precedentemente, no se computarán los certificados de depósito a plazo fijo, las obligaciones hipotecarias reajustables, las obligaciones negociables y cualquier otro valor emitido por el Banco”. Artículo 495.- Las suspensiones cautelares y las categorizaciones con carácter cautelar a las que refieren los artículos 24 y 30 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, deberán ser publicadas en el Diario Oficial. Las suspensiones y categorizaciones cautelares adoptadas con anterioridad a la presente ley, mantendrán vigencia siempre que las normas que las impusieron hubieran sido publicadas en el Diario Oficial o sean publicadas en el mismo, dentro de los noventa días de vigencia de la presente ley. Artículo 496.- Sustitúyese el artículo 47 de la Ley Nº 18.308, de 18 de junio de 2008, por el siguiente: “ARTÍCULO 47. (Garantía de sostenibilidad. Procedimiento ambiental de los instrumentos).- Los instrumentos de ordenamiento territorial establecerán una regulación ambientalmente sustentable, asumiendo como objetivo prioritario la conservación del ambiente, comprendiendo los recursos naturales y la biodiversidad, adoptando soluciones que garanticen la sostenibilidad. Los instrumentos de ordenamiento territorial, a excepción de los del ámbito nacional, deberán contar con una Evaluación Ambiental Estratégica aprobada por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente en la forma que establezca la reglamentación. El procedimiento ambiental se integrará en la elaboración del correspondiente instrumento”.

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Artículo 497.- Sustitúyese el numeral 3) del artículo 6º de la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, por el siguiente: “3) Los cometidos en materia de protección del ambiente y de desarrollo sustentable de los recursos naturales, que la Constitución de la República y las leyes les asignen dentro de su jurisdicción, sin perjuicio de la competencia de las autoridades nacionales en la materia”. Artículo 498.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, por el siguiente: “ARTÍCULO 12. (Informe ambiental nacional).- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, elaborará y difundirá, cada tres años, un informe sobre la situación ambiental nacional, que deberá contener información sistematizada y referenciada, organizada por áreas temáticas. El referido informe será remitido por el Poder Ejecutivo a la Asamblea General, al Congreso de Intendentes y a los Gobiernos Departamentales, dándole la más amplia difusión pública”. Artículo 499.- Lo dispuesto por la Ley Nº 19.264, de 5 de setiembre de 2014, es sin perjuicio de lo establecido por las normas legales y reglamentarias de protección del medio ambiente, del régimen de sanciones por infracción a dichas normas y de la asignación de cometidos y facultades a los organismos con competencias en la materia. Artículo 500.- Transfiérense al Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, las competencias asignadas al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca” y sus unidades dependientes, en lo atinente a fauna silvestre, incluyendo lo previsto en los artículos 273 y 275 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. Artículo 501.- Las infracciones a lo dispuesto en los artículos 273 y 276 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y en general al régimen de protección y regulación de la fauna silvestre, serán sancionadas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, y en el artículo 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, sin perjuicio de la adopción de las medidas previstas en el artículo 14 de dicha ley y de la facultad del Poder Ejecutivo prevista en el artículo 455 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Artículo 502.- Sustitúyese el literal D) del artículo 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, por el siguiente: “D) Disponer la suspensión por hasta ciento ochenta días de los registros, habilitaciones, autorizaciones, permisos o concesiones de su competencia, y, cuando se trate de infracciones que sean consideradas graves o de infractores reincidentes o continuados, disponer la caducidad de tales registros, habilitaciones, autorizaciones, permisos o concesiones”. Artículo 503.- Sustitúyese el inciso final del artículo 154 del Decreto-Ley Nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), en la redacción dada por el artículo 192 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “Conjuntamente con la sanción anterior, se impondrán al infractor las sanciones establecidas en el artículo 6º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, y en el artículo 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, sin perjuicio de la adopción de las medidas previstas en el artículo 14 de esta última ley y de la facultad del Poder Ejecutivo prevista en el artículo 455 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990”. Artículo 504.- Sustitúyese el artículo 147 del Decreto-Ley Nº 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), en la redacción dada por el artículo 194 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el siguiente: “ARTÍCULO 147.- Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 144 a 146, serán sancionadas por el Ministerio competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, y en el artículo 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de noviembre de 2000, sin perjuicio de la adopción de las medidas previstas en el artículo 14 esta última ley y de la facultad del Poder Ejecutivo prevista en el artículo 455 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990”.

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Artículo 505.- Increméntanse en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, los créditos presupuestales, en los programas, unidades ejecutoras, proyectos de inversión y fuentes de financiamiento, por los montos en moneda nacional que para cada ejercicio se indican, de acuerdo al siguiente detalle:

UE 001

Prog.

Proy.

FF

2016 2.000.000

2017 2.000.000

2018 2.000.000

2019 2.000.000

521 Inmuebles Sistema 380 Información Territorial de

973 1.1

003

711 1.1

470.000

1.040.000

1.040.000

1.040.000

003

Fortalecimiento 380 y Mejora de la 715 1.1 gestión

730.000

1.460.000

1.460.000

1.460.000

004

Gestión Integrada de aguas y 380 735 1.1 26.000.000 desarrollo planes cuencas prioritarias Sistema 380 Información Ambiental de 742 1.1 5.500.000

40.000.000

40.000.000

34.000.000

004

14.000.000

14.000.000

20.000.000

004

Consolidación del Sistema 380 746 1.1 Nacional de Áreas Protegidas Consolidación del Sistema 380 Nacional de 746 1.2 Áreas Protegidas Fortalecimiento de capacidad de 747 1.1 380 analítica laboratorios ambientales Sistema 380 Nacional Ambiental Sistema 380 Nacional Ambiental

7.000.000

7.000.000

7.000.000

1.000.000

004

8.000.000

8.000.000

14.000.000

14.000.000

004

3.500.000

11.000.000

5.000.000

11.000.000

004

750 1.1

9.238.763

8.238.763

11.238.763

18.000.000

004

750 2.1

6.761.237

9.761.237

6.761.237

0

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UE

Prog.

Proy.

FF

2016

2017

2018

2019

005

Sistema Nacional 380 Ambiental (Recursos Hídricos)

774 1.1

3.200.000

5.700.000

5.700.000

5.700.000

005

Planificación y evaluación de 380 775 1.1 recursos hídricos Sistema 380 información aguas de de 776 1.1

0

4.000.000

4.000.000

4.000.000

005

4.500.000

8.100.000

8.100.000

8.100.000

005

Gestión de los 380 recursos 778 1.1 hídricos TOTAL $

2.500.000

7.200.000

7.200.000

7.200.000

79.400.000 127.500.000 127.500.000

127.500.000

Artículo 506.- Increméntanse en el Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, los créditos anuales de gastos de funcionamiento, en las unidades ejecutoras, programas, Fuentes de Financiamiento, Proyectos e importes en moneda nacional de acuerdo al siguiente detalle:

UE 003 003 004 004 005

Prog. 380 380 380 380 380

F.F. Proy. 1.1 1.1 1.2 1.2 1.1 Implementación del Ordenamiento Territorial Nacional Política territorial y planificación estratégica Fomento de la conciencia ambiental Sistema control ambiental Gestión y planificación de aguas TOTAL $

Proyecto 301 503 302 302 304

Importe 3.060.991 3.060.991 2.000.000 8.000.000 5.000.000 21.121.982

INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Artículo 507.- Transfiérense al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, los cometidos, derechos y obligaciones, bienes muebles e inmuebles afectados al uso de la unidad ejecutora 006 “Instituto Nacional de Alimentación”, del Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”. Suprímese en el Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, la unidad ejecutora 006 “Instituto Nacional de Alimentación”, y el cargo de particular confianza de Director Administrador, creado por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.724, de 9 de noviembre de 1977.

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Créase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, la unidad ejecutora 003 “Instituto Nacional de Alimentación”, y el cargo de Director del Instituto Nacional de Alimentación, que tendrá carácter de particular confianza, y cuya remuneración estará comprendida en el artículo 16 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. Los puestos de trabajo, los créditos asociados y el personal que se encuentre prestando funciones en el Instituto Nacional de Alimentación al 31 de diciembre de 2015, pasará al Ministerio de Desarrollo Social, bajo el mismo régimen que tenían en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El Poder Ejecutivo establecerá los créditos y los recursos humanos y materiales a reasignar, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 508.- Transfiérese el programa “Uruguay Crece Contigo” actualmente en el ámbito de Presidencia de la República, al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, Dirección Nacional Uruguay Crece Contigo. Los bienes, derechos y obligaciones, puestos de trabajo y créditos afectados al uso de Uruguay Crece Contigo serán transferidos de pleno derecho al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, en lo que corresponda a los cometidos y atribuciones transferidas. Los funcionarios y quienes presten funciones en Uruguay Crece Contigo al 31 de diciembre de 2015, seguirán manteniendo el mismo vínculo en iguales condiciones en el Ministerio de Desarrollo Social, pudiendo aplicarse los criterios y procedimientos establecidos en los artículos 516, 517 y 518 de la presente ley. Artículo 509.- Cancélase la personería jurídica del Instituto Nacional de Ciegos “General Artigas” y dispónese su disolución, transfiriéndose de pleno derecho a favor del Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, unidad ejecutora 002 “Dirección de Desarrollo Social”, “Programa Nacional de Discapacidad” todos sus bienes, derechos y obligaciones. El Poder Ejecutivo determinará los bienes inmuebles comprendidos en esta transferencia y los Registros Públicos procederán a su registración con la sola presentación del testimonio de la resolución a dictarse. Artículo 510.- Derógase el artículo 298 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 511.- Asígnanse al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” las competencias de regulación y fiscalización en materia social respecto de los establecimientos que ofrezcan en forma permanente o transitoria servicios de cuidados a adultos mayores con dependencia o autoválidos. Estos establecimientos deberán estar inscriptos en el registro de establecimientos del Ministerio de Desarrollo Social y contar con el certificado que este emite. Dicho certificado será requisito necesario para la habilitación por parte del Ministerio de Salud Pública. El Poder Ejecutivo reglamentará esta norma garantizando estándares de cuidados de calidad. Artículo 512.- Increméntanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados-Protección Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, los créditos presupuestales para gastos de funcionamiento, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los proyectos, ejercicios e importes que se detallan a continuación:

Proyecto 123 122 126 129 129 125

ODG 299.000 299.000 299.000 299.000 099.099 299.000

2016 146.080.000 29.223.000 0 140.388.000 8.566.000 15.450.000

2017 312.925.000 68.704.000 42.882.000 139.605.000 8.823.000 39.784.000

2018 312.925.000 68.704.000 42.882.000 139.605.000 8.823.000 39.784.000

2019 312.925.000 68.704.000 42.882.000 139.605.000 8.823.000 39.784.000

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Proyecto 124 121 TOTALES

ODG 299.000 299.000

2016 21.047.000 1.000.000 361.754.000

2017 40.800.000 4.000.000 657.523.000

2018 40.800.000 4.000.000 657.523.000

2019 40.800.000 4.000.000 657.523.000

Artículo 513.- Increméntanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, los créditos presupuestales para gastos de inversión, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los proyectos, para los ejercicios y por los importes que se detallan a continuación:

Programa 403 403 403 Total

Proyecto 833 834 835

Objeto 799.000 799.000 799.000

2016 0 19.173.000 3.667.000 22.840.000

2017 24.721.000 1.416.000 3.332.000 29.469.000

Artículo 514.- Increméntanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, unidad ejecutora 003 “Instituto Nacional de Alimentación”, los créditos presupuestales para gastos de funcionamiento, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el proyecto, para los ejercicios y por los importes que se detallan a continuación:

Proyecto 130

ODG 299.000

2016 11.663.000

2017 24.738.000

2018 24.738.000

2019 24.738.000

Los créditos de las asignaciones presupuestales corresponden a las transferencias monetarias que la referida unidad ejecutora realizará al Plan CAIF, por concepto de alimentación diaria de niños de 0 a 2 años de edad. Artículo 515.- El Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, a partir de la promulgación de la presente ley, no podrá incrementar el personal contratado a través de organizaciones de la sociedad civil u otras instituciones de derecho público o privado, con la finalidad de realizar tareas de relevamiento, atención, asistencia o de cualquier tipo que impliquen un vínculo de carácter permanente, relacionado con los programas sociales a su cargo, salvo contrataciones con financiamiento externo. Las transferencias con cargo a los objetos del gasto 559.033 “Transferencias para Fortalecimiento” y 559.034 “Transferencia para Fortalecimiento Institucional”, que se efectúen a partir de la vigencia de la presente ley, con excepción de los montos derivados del cese de relaciones contractuales, no podrán superar las sumas de $ 429.600.000 (cuatrocientos veintinueve millones seiscientos mil pesos uruguayos) y $ 183.000.000 (ciento ochenta y tres millones de pesos uruguayos), respectivamente, las que serán ajustadas únicamente en la misma forma y oportunidad en que se disponga para el grupo correspondiente. Los objetos del gasto incluidos en el inciso anterior, no podrán ser reforzados al amparo de lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y sus modificativas.

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Artículo 516.- Facúltase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a contratar bajo régimen de provisoriato establecido por el artículo 90 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, a quienes se encuentren desempeñando tareas permanentes mediante un vínculo laboral con organizaciones de la sociedad civil u otras instituciones de derecho público o privado, por un período de dieciocho meses ininterrumpidos con anterioridad al 28 de febrero de 2015 y presten servicios al Ministerio mediante una contraprestación económica, siempre y cuando ese personal haya sido seleccionado mediante un concurso de oposición y méritos de acuerdo a los principios establecidos en el capítulo I de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, con excepción de las cooperativas sociales y de trabajo. Las contrataciones que se realicen al amparo del presente artículo, estarán exceptuadas de los procedimientos regulados en los artículos 93 y 94 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013. Créase una Comisión de Análisis en el ámbito del Poder Ejecutivo integrada por el Ministerio de Desarrollo Social, la Oficina Nacional del Servicio Civil, y un delegado de la Confederación de Funcionarios del Estado con la finalidad de dictaminar con respecto a la contratación de las personas alcanzadas por la presente ley, siempre que exista previa resolución fundada del jerarca del inciso sobre la necesidad de personal. Las contrataciones en la modalidad prevista en este artículo deberán realizarse en el último grado del escalafón de la unidad ejecutora correspondiente. Facúltase al Poder Ejecutivo a crear los puestos de trabajo necesarios para dar cumplimiento al presente artículo, dando cuenta a la Asamblea General. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos presupuestales del objeto del gasto 559.033 “Transferencias para fortalecimiento”, al grupo 0 “Retribuciones Personales”, a efectos del cumplimiento de este artículo. Artículo 517.- Facúltase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a realizar contratos de trabajo de acuerdo con lo establecido por el artículo 92, de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, a quienes se encuentren desempeñando tareas permanentes, mediante un vínculo laboral con organizaciones de la sociedad civil u otras instituciones de derecho público o privado y presten servicios al Ministerio mediante una contra prestación económica, con excepción de las cooperativas sociales y de trabajo. Las contrataciones que se realicen al amparo del presente artículo, estarán exceptuadas de los procedimientos regulados en los artículos 93 y 94 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013. Quedan excluidos de este régimen aquellos trabajadores que se encuentren comprendidos en la hipótesis regulada en el artículo 518 de la presente ley. Créase una comisión de análisis en el ámbito del Poder Ejecutivo integrada por el Ministerio de Desarrollo Social, la Oficina Nacional del Servicio Civil y un delegado de la Confederación de Funcionarios del Estado con la finalidad de dictaminar con respecto a las personas alcanzadas por la presente norma, siempre que exista previa resolución fundada del jerarca del inciso sobre la necesidad de personal. Facúltase al Poder Ejecutivo a reasignar créditos presupuestales de los objetos del gasto 559.034 “Transferencias para Fortalecimiento Institucional” para el financiamiento de las contrataciones autorizadas. El personal que a la fecha en que deba realizarse la reasignación se encuentre prestando funciones financiadas con los créditos reasignados cesará en sus funciones. Artículo 518.- Facúltase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a realizar contratos de trabajo de acuerdo con lo establecido en el artículo 92 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, para aquellas personas que realicen tareas que, pudiendo ser de carácter permanente dadas las características del puesto de trabajo o la naturaleza de las mismas, presentan movilidad o son realizadas en programas transitorios. Las contrataciones que se realicen al amparo de la presente ley estarán exceptuadas del procedimiento regulado por el artículo 93 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013. Las transferencias con cargo al objeto del gasto 559.035 “Transferencias a OSC y PPNE”, que se realicen a partir de la vigencia de la presente ley, con excepción de los montos derivados del cese de relaciones

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contractuales, serán ajustadas únicamente en la misma forma y oportunidad que se dispongan para el grupo correspondiente. La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos presupuestales del objeto del gasto 559.035 “Transferencias a OSC y PPNE” al grupo 0 “Servicios Personales”, a efectos de financiar las contrataciones establecidas en este artículo. El objeto del gasto 559.035 “Transferencias a OSC y PPNE”, no podrá ser reforzado al amparo del artículo 72 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 519.- Los funcionarios públicos que, al 28 de febrero de 2015, se encontraban prestando servicios en régimen de pase en comisión en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, con un mínimo de tres años de antigüedad, podrán optar por su incorporación definitiva al Ministerio cualquiera sea el régimen al amparo del cual haya sido dispuesto el pase, ocupando cargos vacantes existentes en el inciso. Lo dispuesto en este artículo no podrá generar costos presupuestales. Artículo 520.- Autorízase al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” a reestructurar la escala retributiva de sus funcionarios, a cuyos efectos podrá: A) Recategorizar conceptos retributivos, de acuerdo a los criterios previstos en el artículo 51 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, con la finalidad de establecer una escala única. B) Establecer una retribución complementaria, con la finalidad de adecuar la nueva escala retributiva. C) Mantener el nivel salarial, de aquellos funcionarios que perciban retribuciones que superen dicha escala única. Facúltase a la Contaduría General de la Nación para reasignar créditos presupuestales dentro del grupo 0 “Servicios Personales”, objeto del gasto 042.521 “Compensación Especial por cumplir condiciones específicas”, hasta la suma de $ 34.500.000 (treinta y cuatro millones quinientos mil pesos uruguayos) a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. Artículo 521.- Reasígnase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal de los siguientes objetos del gasto: A) 042.026 “Compensación docente”, de la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, a los objetos del gasto, en las unidades ejecutoras y en los montos que se detallan a continuación: 042.400 “Compensación al Cargo”, $ 731.801 (setecientos treinta y un mil ochocientos un pesos uruguayos) y 042.521 “Comp. especial por cumplir condiciones especif.”, $1.998.715 (un millón novecientos noventa y ocho mil setecientos quince pesos uruguayos), a la unidad ejecutora 001, “Dirección General de Secretaría”, 042.400 “Compensación al Cargo”, $119.839 (ciento diecinueve mil ochocientos treinta y nueve pesos uruguayos), en la unidad ejecutora 002 “Dirección de Desarrollo Social”. B) 095.002 “Fondo para Contratos Temporales de Dcho. Publico” $7.254.406 (siete millones doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos seis pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, 092.000 “Partidas globales a distribuir”, $ 4.131.094 (cuatro millones ciento treinta y un mil noventa y cuatro pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, de la unidad ejecutora 001, “Dirección General de Secretaría”, programa 401 “Red de Asistencia e Integración social”, al objeto del gasto 042.510 “Compensación especial por funciones especiales”, de la misma unidad ejecutora. Las reasignaciones dispuestas por este artículo tienen por destino, el pago de una compensación especial para aquellos funcionarios que cumplan tareas especiales de mayor dedicación y responsabilidad en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”. Artículo 522.- Transfórmanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, programa 401, “Red de Asistencia e Integración Social”, un cargo de Asesor X, Serie Profesional, escalafón A, grado 4, en un cargo de Asesor X, Serie Abogado, escalafón A, grado 4 y un

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cargo de Especializado, Serie Ciencias Sociales, escalafón D, grado 1, en un cargo Especialista, Serie Profesional, escalafón D, grado 1. Las transformaciones dispuestas en este artículo, tendrán vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 523.- Sustitúyense en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, las denominaciones de los siguientes cargos de particular confianza, creados por el artículo 13 de la Ley Nº 17.866, de 21 de marzo de 2005, por el artículo 404 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008, y por el literal B) del artículo 300 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, de acuerdo al siguiente detalle: A) Director de Políticas Sociales, por Director Nacional de Políticas Sociales. B) Director de Evaluación de Programas, por Director Nacional de Información, Evaluación y Monitoreo. C) Director de Programa de Discapacidad, por Director Nacional del Programa de Discapacidad. D) Director de Coordinación Interdireccional, por Director Nacional de Promoción Socio-Cultural. Artículo 524.- Transfórmase en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, el cargo de Director de la unidad ejecutora 002 “Dirección de Desarrollo Social”, creado por el artículo 239 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, por el de “Director Nacional de Economía Social e Integración Laboral”, en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”. Créanse en el Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social”, programa 401 “Red de Asistencia e Integración Social”, en la unidad ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, los cargos de particular confianza de “Director Nacional de Protección Integral en Situación de Vulneración” y de “Director Nacional de Uruguay Crece Contigo”. Reasígnanse los créditos presupuestales de los siguientes objetos del gasto: 011.000 “Sueldo básico de cargos”, programa 401 “Red de asistencia e integración social”, de la unidad ejecutora 002, hasta $1.346.123 (un millón trescientos cuarenta y seis mil ciento veintitrés pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, a igual objeto del gasto y programa, de la unidad ejecutora 001 y del objeto del gasto 099.000 “Otras retribuciones”, de la unidad ejecutora 001, programa 346 “Educación media”, Proyecto 104 “Medidas de Inclusión”, hasta $2.471.748 (dos millones cuatrocientos setenta y un mil setecientos cuarenta y ocho pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, al programa 401 “Red de asistencia e integración social”, objetos del gasto 011.000 “Sueldo básico de cargos”, 015.000, “Gastos de representación en el país con aportes”, 016.000 “Gastos de representación en el país 0 % aportes”, 048.017, “Aum. Salarial a partir del 1/5/003”, 048.023 “Recup. Salarial” y 048.026 “Recup. Salarial a enero/2007”. Artículo 525.- El Banco de Previsión Social proporcionará al Ministerio de Desarrollo Social, en forma mensual, la información actualizada de los contribuyentes registrados bajo el régimen de Monotributo Social MIDES, previsto en la Ley Nº 18.874, de 23 de diciembre de 2011. El intercambio de información se realizará de conformidad con lo previsto en los artículos 157 a 160 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 526.- Sustitúyense los literales B) y C) del artículo 1º de la Ley Nº 18.874, de 23 de diciembre de 2011, por el siguiente: “B) Los emprendimientos asociativos integrados por un máximo de cinco socios”. SECCIÓN V ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 16 PODER JUDICIAL Artículo 527.- El Registro Nacional de Antecedentes Judiciales, dependiente del Instituto Técnico Forense, tendrá por fin exclusivo comunicar sus datos a las autoridades del orden judicial en materia penal, a fin de

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comprobar la reincidencia. Fuera de estas autoridades, ninguna otra persona tendrá derecho a pedir exhibición de sus datos, ni exigir copia alguna. Artículo 528.- Los Jueces intervinientes en los procedimientos penales tendrán acceso a la información concerniente a los antecedentes del imputado antes de disponer el procesamiento, contando para ello con la identificación fehaciente del mismo, efectuada por la autoridad administrativa. Dicha identificación incluirá la toma de huellas decadactilares, cedula de identidad y fecha de nacimiento del imputado. Artículo 529.- Una vez dispuesto el auto de sujeción al proceso y demás actos procesales que correspondan, deberá efectuarse la comunicación al Registro Nacional de Antecedentes Judiciales acompañando los recaudos identificatorios, a fin de su inscripción en dicho Registro conforme la normativa vigente. No serán inscriptos los procedimientos por faltas previstas en el Código Penal o en leyes especiales. Artículo 530.- Asimismo, deberán comunicarse las sentencias de condena y fecha de ejecutoriada de la misma, cambios de jurisdicción, forma en que fue cumplida la pena, libertad anticipada y condicional, así como su extinción o cumplimiento, toda otra forma de terminación de la causa, como la gracia, el fallecimiento, la prescripción, amnistía o clausura dispuestas por leyes especiales, y en general toda la información que indican las planillas de antecedentes. Artículo 531.- Se tendrá por auténtica la información emitida por el Instituto Técnico Forense, en mérito a lo establecido en la Ley Nº 4.056, de 12 de julio de 1912, a través de medios telemáticos. Artículo 532.- Derógase la Ley Nº 4.056, de 12 de julio de 1912, en cuanto se oponga a los artículos de este Inciso. Artículo 533.- El Registro de Estado Civil, a cargo de los Jueces de Paz del interior de la Republica, pasará a funcionar antes del 1º de enero de 2019, en oficinas dependientes de la Dirección General del Registro de Estado Civil, de acuerdo con lo establecido en el artículo 154 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969. En tanto esta función continúe a cargo del Poder Judicial será transferido al mismo el monto equivalente a la recaudación por concepto de esta actividad que cumplan las sedes judiciales en el interior del país, con destino a financiar los gastos de funcionamiento e inversiones que requiere dicho servicio. INCISO 18 CORTE ELECTORAL Artículo 534.- Se autoriza a la Corte Electoral a enajenar los inmuebles sitos en el departamento de Río Negro, ciudad de Fray Bentos, calle 25 de Mayo Nº 3336, padrón Nº 421, y en el departamento de Florida, ciudad de Florida, calle Independencia Nº 845, padrón individual Nº 1721/003. Con el producido de las enajenaciones, la Corte Electoral podrá adquirir otros inmuebles o realizar las inversiones que disponga la Corporación. INCISO 25 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 535.- Asígnanse al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, en las financiaciones que se indican, a partir del ejercicios 2016, las siguientes partidas presupuestales para mantener los niveles de ejecución:

Tipo de Gasto

Fin. 1.1 RR.GG Fin. 1.2 R.A.E Fin. 2.1 End. Ext. 43.173.974

Total

Servicios Personales 38.312.123.253 Gastos Corrientes Suministros

0 38.355.297.227 4.611.390 0 3.252.150.883 891.755.987

1.160.939.690 2.086.599.803 887.527.989 4.227.998

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Tipo de Gasto Inversiones Total

Fin. 1.1 RR.GG Fin. 1.2 R.A.E Fin. 2.1 End. Ext. 1.954.768.817 48.979.000 434.189.239

Total 2.437.937.056

42.315.359.749 2.182.980.775

438.800.629 44.937.141.153

La Administración Nacional de Educación Pública distribuirá los montos otorgados entre sus programas presupuestales, por grupo de gasto, lo cual comunicará al Tribunal de Cuentas, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General dentro de los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio. Artículo 536.- Asígnanse al Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, con destino a financiar las erogaciones que se realicen, derivadas de la puesta en funcionamiento de obras nuevas, ampliación de la capacidad o asociadas con la modificación de las modalidades de uso de las infraestructuras educativas, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para los ejercicios que se indican, las siguientes partidas presupuestales anuales:

2016 550.000.000

2017 1.143.424.218

2018 1.143.424.218

2019 1.143.424.218

La Administración Nacional de Educación Pública comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución de las asignaciones precedentes entre retribuciones personales y gastos de funcionamiento. Artículo 537.- Increméntanse en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”, programa 002 “Educación Inicial y Primaria”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a la implementación de las líneas de acción del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, las siguientes partidas presupuestales para los ejercicios y en los montos que se detallan a continuación:

Tipo de Gasto Retribuciones personales Gasto de funcionamiento Inversiones

2016 31.993.133 6.570.067 58.800.000

2017 82.458.441 16.841.798 207.364.000

2018 82.458.441 16.841.798 207.364.000

2019 82.458.441 16.841.798 207.364.000

Artículo 538.- Asígnanse en el Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública” con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en las unidades ejecutoras 03 “Consejo de Educación Secundaria” y 04 “Consejo de Educación Técnico-Profesional” con destino a la ampliación de la modalidad de tiempo extendido y fortalecimiento de la educación media y en la unidad ejecutora 05 “Consejo de Formación en Educación”, con destino a las becas estudiantiles, los montos en pesos uruguayos que se detallan:

Monto en $ Unidad Ejecutora 03 – Consejo de Educación Tipo de Gasto 2016 Remuneraciones 196.620.000

Monto en $ 2017 338.620.045

Monto en $ 2018 338.620.045

Monto en $ 2019 338.620.045

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Monto en $ Unidad Ejecutora Secundaria Funcionamiento 04 – Consejo de Educación Técnico-Profesional 05 – Consejo de Formación en Educación Total Remuneraciones 30.280.000 34.350.000 Tipo de Gasto 2016

Monto en $ 2017

Monto en $ 2018

Monto en $ 2019

52.279.297 60.350.658

52.279.297 60.350.658

52.279.297 60.350.658

Funcionamiento

13.750.000

23.750.000

23.750.000

23.750.000

275.000.000

475.000.000

475.000.00

475.000.00

Artículo 539.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a continuar el programa con financiamiento externo correspondiente al prestamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento “Proyecto de Apoyo a la Escuela Pública Uruguaya” (ex MECAEP). Artículo 540.- Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a continuar el programa correspondiente al prestamo del Banco Interamericano de Desarrollo “Apoyo a la Educación Media y Técnica y a la Formación en Educación” (ex MEMFOD). Artículo 541.- Sustitúyense el literal D) del artículo 62, los artículos 79 y 80 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, por los siguientes: “D) El Consejo de Educación Técnica y Profesional – Universidad del Trabajo del Uruguay (UTU) tendrá a su cargo la formación profesional (básica y superior), la educación media superior técnica, tecnológica (bachilleratos tecnológicos), la educación media superior orientada al ámbito laboral y la educación terciaria técnica y tecnológica”. “ARTÍCULO 79. (Ámbito).- La Educación Terciaria Pública se constituirá por la Universidad de la República, el Instituto Universitario de Educación, la Universidad Tecnológica (UTEC) y el Consejo de Educación Técnica y Profesional – Universidad del Trabajo del Uruguay (UTU)”. “ARTÍCULO 80. (Régimen legal).- La Universidad de la Republica se regirá por la Ley Nº 12.549, de 16 de octubre de 1958, la Universidad Tecnológica, por la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, y los restantes organismos mencionados en el artículo anterior por las disposiciones de la presente ley”. INCISO 26 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Artículo 542.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, unidad ejecutora 050 “Unidad Central”, programa 347 “Programa Académico”, para los años 2016 a 2019, en las financiaciones que se indican, las siguientes partidas presupuestales en moneda nacional, para mantener los niveles de ejecución:

Tipo de Gasto Remuneraciones Funcionamiento Suministros

Financ. 1.1 8.720.826.779 278.806.884 247.204.746

Financ. 1.2 582.922.126 136.275.361 0

Total 9.303.748.905 415.082.245 247.204.746

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Inversión Total

510.460.000 9.757.298.409

125.124.389 844.321.876

635.584.389 10.601.620.285

Artículo 543.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, unidad ejecutora 050 “Unidad Central”, programa 340 “Acceso a la Educación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al pago de retribuciones personales, los montos para los ejercicios que se detallan:

2016 325.621.762

2017 662.640.285

2018 662.640.285

2019 662.640.285

Artículo 544.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, programa 348 “Programa de Desarrollo Institucional”, unidad ejecutora 050 “Unidad Central”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino exclusivo a las remuneraciones que se incrementen derivadas del desarrollo de la política de Dedicación Total dentro del Proyecto Transversal “Investigación y fortalecimiento de posgrados”, las siguientes partidas anuales:

2016 30.000.000

2017 60.000.000

2018 60.000.000

2019 60.000.000

Artículo 545.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, programa 347 “Programa Académico”, unidad ejecutora 050 “Unidad Central”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino al Proyecto Transversal Nº 4 Investigación y Fortalecimiento de Posgrados, los créditos presupuestales para los ejercicios y por los montos que se detallan:

2016 92.731.476

2017 210.057.481

2018 210.057.481

2019 210.057.481

La Universidad de la República comunicará a la Contaduría General de la Nación, la apertura de los créditos presupuestales entre remuneraciones personales y gastos de funcionamiento. Artículo 546.- Asígnanse al Inciso 26 “Universidad de la República”, programa 350 “Programa de Atención a la Salud en el Hospital de Clínicas”, unidad ejecutora 015 “Hospital de Clínicas”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, con destino a gastos de funcionamiento e inversiones exclusivamente de dicha unidad ejecutora, las siguientes partidas en los ejercicios y por los montos que se detallan a continuación:

2016 50.000.000

2017 110.000.000

2018 110.000.000

2019 110.000.000

La Universidad de la República comunicará la distribución de las asignaciones autorizadas en los programas, proyectos, grupos y objetos del gasto.

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Artículo 547.- Facúltase a la Universidad de la República a acordar, en un plazo de hasta ciento ochenta días desde el inicio de cada ejercicio, la administración de los créditos presupuestales de inversión correspondientes al programa 352 “Programa Inversiones en infraestructura edilicia”, con la Corporación Nacional para el Desarrollo, en ejercicio de los cometidos asignados por el artículo 11 de la Ley Nº 15.785, de 4 de diciembre de 1985, en la redacción dada por el artículo 34 de la Ley Nº 18.602, de 21 de setiembre de 2009. La Corporación Nacional para el Desarrollo se ajustará estrictamente a las directivas de la Universidad de la República y realizará todas las contrataciones mediante procedimientos competitivos que aseguren el cumplimiento de los principios de publicidad e igualdad de los oferentes y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 114 del TOCAF. Artículo 548.- La Universidad de la República distribuirá los montos otorgados entre sus programas presupuestales, por grupo de gasto, lo cual comunicará al Tribunal de Cuentas, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General dentro de los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio. Artículo 549.- Asígnanse en el Inciso 26 “Universidad de la República”, unidad ejecutora 050 “Unidad Central”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el monto de $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos) para gastos de funcionamiento, $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos) para gastos de inversión y para el Proyecto de “Acceso democrático a la enseñanza superior de calidad en todas las etapas de grado”, $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) para fortalecer los programas de becas, transporte y alimentación estudiantiles. INCISO 27 INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY Artículo 550.- Reasígnase en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, desde el programa 344 “Educación Inicial”, Proyecto 888 “Fondo de Infraestructura Educativa-INAU”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) al programa 400 “Políticas transversales de desarrollo social”, grupo 0 “Servicios Personales”, por los montos y para los conceptos que se detallan:

CONCEPTO Fortalecimiento Mediante Incentivos Nocturnidad Aumento Cuidadoras 150 % BPC

Monto $ 60.729.712 20.772.326 5.701.314

Incremento Asistentes Directorio y Secretaría General de INAU 3.480.708 Complemento Partidas Variables TOTAL 9.315.940 100.000.000

El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay distribuirá los montos reasignados, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991. Artículo 551.- Increméntase en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, en los programas 400 “Políticas transversales de desarrollo social” y 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal del grupo 0 “Servicios Personales”, en los programas y montos para cada ejercicio, que se detallan a continuación:

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PROGRAMA CONCEPTO 400 400 400 400 400 Fortalecimiento Mediante Incentivos Aumento Cuidadoras al (Artículo 444 Ley Nº 18.362) Productividad Complemento Partidas Variables 150 %

2016

2017 60.729.712 5.701.314 6.176.716

2018 60.729.712 5.701.314 6.176.716 10.684.060 12.232.485

2019 60.729.712 5.701.314 6.176.716 10.684.060 12.232.485

10.684.060

10.684.060 12.232.485

Aspectos Programáticos- Fortalecimiento, 6.116.243 Supervisión, Monitoreo y Evaluación Aspectos Programáticos-Regulación Consumo de alcohol (JND) 3.500.000

400

3.500.000

3.500.000

3.500.000

400

Aspectos Programáticos- Derecho a la Vida en Familia y Fortalecimiento de las 17.790.926 Parentalidades Aspectos Programáticos- Vida Libre de 16.314.498 Violencia Fortalecimiento Mediante Incentivos Nocturnidad Complemento Partidas Variables TOTAL 22.461.674 7.682.915 29.978.921

35.581.852

35.581.852

35.581.852

400 461 461 461

32.628.996 44.923.349 7.628.915 71.177.434

32.628.996 44.923.349 7.682.915 71.177.434

32.628.996 44.923.349 7.682.915 71.177.434

114.529.237 291.018.833 291.018.833 291.018.833

El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay distribuirá los montos reasignados, comunicándolo a la Contaduría General de la Nación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991. Artículo 552.- Increméntanse en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, los gastos de funcionamiento con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los programas 400 “Políticas transversales de desarrollo social” y 461 “Gestión de la Privación de libertad”, para los ejercicios y por los montos que se detallan a continuación:

PROGRAMA 400 461 TOTAL

ODG 198.000 198.000

2016 25.239.119 40.725.180 65.964.299

2017 28.236.972 56.816.202 85.053.174

2018 28.236.972 56.816.202 85.053.174

2019 28.236.972 56.816.202 85.053.174

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Artículo 553.- Increméntase en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, programa 400 “Políticas Transversales de Desarrollo Social”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal del objeto del gasto 289.005 “Otras prestaciones no incluidas en las anteriores – Parcial”, en una partida anual equivalente a 125.607 UR (ciento veinticinco mil seiscientas siete unidades reajustables). Artículo 554.- Increméntase en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el crédito presupuestal del Proyecto 973 “Inmuebles”, programa 400 “Políticas Transversales de Desarrollo Social”, y del Proyecto 702 “Inmuebles para centros con medidas especiales”, programa 461 “Gestión de la Privación de Libertad”, con destino a gastos de inversión, para los ejercicios y montos que se detallan a continuación:

PROGRAMA 400 461 TOTAL

PROYECTO 973 702

2016 11.134.131 11.645.149 22.779.280

2017 11.134.131 16.066.677 27.200.808

2018 11.134.131 16.066.677 27.200.808

2019 11.134.131 16.066.677 27.200.808

Artículo 555.- Increméntanse en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, programa 461 “Gestión de la Privación de la Libertad”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, Proyecto 702 “Inmuebles para Centros con medidas especiales”, en $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para los ejercicios 2016 y 2017, y en $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para los ejercicios 2018 y 2019. Artículo 556.- Increméntanse en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos presupuestales destinados a gastos de funcionamiento del programa 354 “SNIC – Formación y Servicios para la infancia”, con destino a la implementación de las líneas de acción del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, en los proyectos e importes para cada ejercicio, en unidades reajustables, que se indican a continuación:

Proyecto 130 103 TOTAL

Descripción Proyecto CAIF Primera Infancia Centros Sindicatos – Empresas

ODG 289.001 289.001

2016

2017

2018

2019

162.168 342.567 15.734 60.597

342.567 342.567 60.597 60.597

177.902 403.164

403.164 403.164

Artículo 557.- Increméntanse en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos presupuestales destinados a gastos de funcionamiento, para la implementación de las líneas de acción del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, en los programas 354 “SNIC – Formación y Servicios para la Infancia” y 403 “Sistema Nacional Integrado de Cuidados – Protección Social”, en los proyectos y para los ejercicios e importes que se indican a continuación:

Programa

Proyect Descripción o Proyecto 131

Objeto Gasto

del

2016

2017

2018

2019

354

Casas de 198.000 Cuidados Comunitarios Centros Diurnos 098.000 Primera Infancia

18.950.000 40.811.000 40.811.000 40.811.000

354

102

11.180.000 22.360.000 22.360.000 22.360.000

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Programa 354 354

Proyect Descripción o Proyecto 102 104

Objeto Gasto

del

2016 2.639.000

2017 6.107.000

2018 6.107.000

2019 6.107.000

Centros Diurnos 198.000 Primera Infancia Formación Cuidados 098.000

11.295.000 16.341.000 16.341.000 16.341.000

403

129

Fortalecimiento de capacidades 098.000 institucionales Fortalecimiento de capacidades 198.000 institucionales

8.728.000

8.728.000

8.728.000

8.728.000

403 TOTAL

129

16.688.000 17.451.000 17.451.000 17.451.000 69.480.000 111.798.00 111.798.00 111.798.00 0 0 0

Artículo 558.- Increméntanse en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos presupuestales destinados a gastos de inversión para la implementación de las líneas de acción del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, programa 354 “SNIC – Formación y Servicios para la Infancia”, en los proyectos y para los ejercicios e importes que se detallan a continuación:

Proyecto 831 832 TOTAL

Descripción Proyecto CAIF Primera Infancia

2016

2017

2018

2019

284.802.000 364.460.000 364.460.000 364.460.000 14.815.000

Centros Diurnos Primera Infancia 14.384.000

299.186.000 379.275.000 364.460.000 364.460.000

Artículo 559.- Sustitúyese el artículo 289 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, por el siguiente: “ARTÍCULO 289.- Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a contratar asistentes para desempeñar tareas de apoyo directo a cada uno de los Directores y a la Secretaría General de Instituto, por el término que éstos determinen, sin exceder el periodo de sus respectivos mandatos. Cada Director y la Secretaría General no podrán contar con más de dos asistentes, en forma simultánea. Las contrataciones establecidas en el presente artículo no otorgarán la calidad de funcionario público a los contratados. Si se tratara de funcionarios públicos, éstos podrán optar por el régimen que se establece en el presente artículo manteniendo la reserva de su cargo o contrato de función pública, de conformidad con el régimen previsto para los cargos políticos o de particular confianza. El monto de cada contrato individual no podrá superar el equivalente a 20 BPC (veinte Bases de Prestaciones y Contribuciones) por todo concepto, ajustándose en la misma oportunidad y porcentaje que se disponga para los funcionarios del Instituto. Las contrataciones previstas en este artículo se financiarán con créditos presupuestales del Inciso”. Artículo 560.- Sustitúyese el literal B) del artículo 8º de la Ley Nº 10.853, de 23 de octubre de 1946, por el siguiente: “B) Con el 10 % (diez por ciento) sobre el producido bruto de las entradas a los bailes que se realicen en los días comprendidos entre el viernes anterior y el domingo posterior inclusive a la fecha fijada a nivel nacional como feriados de carnaval, en teatros, cines, casas de baile y dancings. El mismo

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impuesto pagarán los bailes que se realicen en la misma fecha en los clubes sociales, deportivos o similares. Lo recaudado por tal concepto por la autoridad departamental, deberá verterse, dentro del tercer día de percibido, en Montevideo en la Tesorería del Instituto, y en el interior en una cuenta del Banco de la República Oriental del Uruguay que se abrirá a esos efectos. En caso de incumplimiento por parte de los titulares de teatros, cines, casas de baile, dancings, clubes sociales deportivos o similares, se sancionará con una multa equivalente al 10 % (diez por ciento) de un monto ficto, que se determinará multiplicando el precio de la entrada de menor valor que se pagó en el evento por la capacidad máxima del local bailable. En caso de incumplimiento por parte de la autoridad departamental, se aplicará el artículo 95 del Decreto-Ley Nº 14.306, de 24 de noviembre de 1974 (Código Tributario)”. Artículo 561.- Sustitúyese el literal C) del artículo 8º de la Ley Nº 10.853, de 23 de octubre de 1946, en la redacción dada por el artículo 469 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973, por el siguiente: “C) Con el 1 % (uno por ciento) sobre el producido bruto de las entradas que deberán pagar dichas entidades por los bailes realizados fuera de las fechas preindicadas en el literal anterior, aunque la entrada al baile sea por invitación. Lo recaudado por tal concepto deberá verterse dentro del tercer día por la autoridad departamental, en Montevideo en la Tesorería del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y en el interior en una cuenta del Banco de la República Oriental del Uruguay, abierta a esos efectos. En caso de incumplimiento por parte de los titulares de teatros, cines, casas de baile, dancing, clubes sociales deportivos o similares, se sancionará con el pago del 1 % (uno por ciento) de un monto ficto, que se determinará multiplicando el precio de la entrada de menor valor que se pagó en el evento por la capacidad máxima del local bailable. En caso de incumplimiento por parte de la autoridad departamental se aplicará el artículo 95 del Decreto-Ley Nº 14.306, de 24 de noviembre de 1974 (Código Tributario). El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay reglamentará la aplicación de los literales B) y C) de la presente ley”. Artículo 562.- Créanse en el Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” las funciones: Secretaría General y Secretaría Ejecutiva de Primera Infancia de confianza del Directorio. Las personas que se designen en estas funciones deberán poseer formación de nivel terciario, conocimientos específicos en infancia y adolescencia y experiencia probada en gestión, acordes a la jerarquía y a las responsabilidades que exijan el desempeño de las mismas. Facúltase al Inciso 27 “Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay” a designar directamente a las personas titulares de los cargos de Secretaría General y Secretaría Ejecutiva de Primera Infancia del Instituto. Fíjase la remuneración mensual de la Secretaría General y de la Secretaría General de Primera Infancia, en el porcentaje que se detalla a continuación sobre la base de la dotación del cargo del Presidente del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay: A) Secretaría General: 90 % (noventa por ciento). B) Secretaría Ejecutiva de Primera Infancia: 80 % (ochenta por ciento). A dichas remuneraciones sólo podrán acumularse las partidas que el Instituto pague por única vez a sus funcionarios, el sueldo anual complementario, los beneficios sociales y la prima por antigüedad. Suprímense los cargos de Director General y de Secretaría Ejecutiva del Plan Nacional de Atención al Menor y la Familia. La erogación resultante de la aplicación del presente artículo, será atendida con los créditos presupuestales del Instituto. Artículo 563.- Sustitúyese el literal G) del artículo 160 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, por el siguiente:

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“G) No podrán ser reforzados ni servir como reforzantes al amparo de la presente norma, los objetos del gasto 289.001 al 289.011, pudiendo ser reforzados y servir como reforzantes entre sí”. Artículo 564.- Los créditos asignados al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay en unidades reajustables, se ajustarán mensualmente aplicando al saldo no comprometido de la variación producida en la referida unidad en el mes inmediato anterior. Deróganse todas las normas que se opongan a la presente disposición. INCISO 29 ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO Artículo 565.- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a habilitar en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, unidad ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y una partida anual de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a completar el financiamiento correspondiente a las diferencias en las cargas legales de los cargos creados al amparo del inciso primero del artículo 717 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 285 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012. La habilitación del importe previsto en el inciso anterior, se realizará en la oportunidad en que se produzca la efectiva creación de los cargos o la incorporación del complemento salarial al grupo 0 “Retribuciones Personales”, por el monto que efectivamente impliquen las cargas legales y dentro de los máximos anuales establecidos. Artículo 566.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a incorporar a sus padrones presupuestales en cargos de grados de ingreso de los escalafones que correspondieren, al personal contratado ingresado al organismo con antelación al 31 de diciembre de 2011, al amparo del régimen vigente a esa fecha, según lo previsto en el artículo 410 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Los créditos asociados a las vacantes, que financian las contrataciones del referido personal, se utilizarán para la transformación de los cargos en caso de ser necesario y en caso de existir excedentes deberán volcarse al objeto del gasto 098.000 “Asignaciones globales para el grupo 0 de entes autónomos y servicios descentralizados que integran el Presupuesto Nacional”. Derógase el artículo 328 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 567.- Autorízase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a crear una compensación especial denominada “incentivo por presentismo” para los funcionarios no médicos del organismo. Dicha compensación será financiada con la partida asignada por el artículo 306 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, la que se incrementará en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales. La Administración de los Servicios de Salud del Estado reglamentará la forma y condiciones para el pago del incentivo por presentismo, sobre la base de que el mismo no podrá ser abonado cuando se produzca al menos una inasistencia en el mes o incumplimientos horarios. El incentivo por presentismo creado en este artículo será sustitutivo del incentivo por asiduidad previsto en el artículo 306 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992. Artículo 568.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la asignación presupuestal del grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos uruguayos) anuales, incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar mejoras en las condiciones de trabajo dentro del Inciso.

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Artículo 569.- Incorpórase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, al inciso tercero del artículo 49 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 570.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” el grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y en una partida anual de $ 35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, para financiar la creación de cargos de apoyo con el fin de incorporar las funciones necesarias para la implantación y extensión de los sistemas de información dispuestos por el organismo. Las partidas asignadas incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 571.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la asignación presupuestal del grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y en una partida anual de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, con destino a la creación de cargos asistenciales y de apoyo, para implementar los proyectos priorizados en el marco del fortalecimiento de los servicios que presta el organismo. Las partidas autorizadas por este artículo incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 572.- Increméntase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” la asignación presupuestal del grupo 0 “Servicios Personales”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y asígnase una partida anual de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, para financiar la creación de cargos asistenciales y de apoyo con el fin de incorporar las funciones necesarias para la puesta en funcionamiento del Centro Asistencial Penitenciario. Las partidas asignadas incluyen aguinaldo y cargas legales. Artículo 573.- En el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, los practicantes internos designados por concurso en contratos de función pública o contrataciones rentadas temporarias, podrán acumular a su sueldo las remuneraciones provenientes de otros empleos que desempeñen en la Administración Pública, quedando exceptuados del límite de sesenta horas semanales de labor, siempre que no exista superposición total o parcial entre los mismos y cumplan con los demás requisitos establecidos en el artículo 650 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y normas reglamentarias. Artículo 574.- Asígnase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, unidad ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, con cargo de Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 175.000.000 (ciento setenta y cinco millones de pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales, a los efectos de implementar una reestructura de funciones, remuneraciones y condiciones laborales de Auxiliares y Licenciados en Enfermería que se desempeñan en dependencias del Inciso. La Administración de los Servicios de Salud del Estado distribuirá, dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, la partida asignada en el inciso anterior, entre los grupos 0 “Servicios Personales”, 2 “Servicios No Personales” y 5 “Transferencias”, a efectos de financiar la aplicación de este artículo a los funcionarios contratados por la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata y por la Comisión de Apoyo de la unidad ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” respectivamente, no rigiendo para esta partida la prohibición establecida por el artículo 721 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en cuanto refiere a las citadas Comisiones. La distribución prevista en este artículo será comunicada al Ministerio de Economía y Finanzas, facultándose a la Contaduría General de la Nación para realizar las reasignaciones que correspondan. Artículo 575.- Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a trasponer al Fondo de Suplencias, creado por el artículo 455 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, hasta $ 60.000.000 (sesenta millones de pesos uruguayos) por año, provenientes de los créditos resultantes de los descuentos individuales y multas por situaciones tales como inasistencias, reservas de cargo y licencias especiales sin goce de sueldo de sus funcionarios.

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Derógase el artículo 330 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 576.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a efectuar contrataciones de personal en todas las modalidades vigentes en dicho organismo, para desempeñar funciones de guardia retén por las cargas horarias que requiera el servicio. La Administración de los Servicios de Salud del Estado reglamentará dicha modalidad de trabajo. Derógase el artículo 262 de la Ley Nº 18.834, de 4 noviembre de 2011. Artículo 577.- Sustitúyese el literal A) del artículo 4º de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990, en la redacción dada por el artículo 37 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: “A) Los cargos presupuestados y funciones contratadas del Ministerio de Salud Pública, del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, del Hospital de Clínicas de la Universidad de la República, de la Central de Servicios Médicos del Banco de Seguros del Estado y de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, salvo los correspondientes a los escalafones C “Administrativo” y F “Servicios Auxiliares”. No regirá esta salvedad para el escalafón F “Servicios Auxiliares”, dependientes de la Central de Servicios Médicos del Banco de Seguros del Estado y de la Administración de los Servicios de Salud del Estado”. Artículo 578.- Incorpórase al artículo 719 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 327 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente literal: “D) Contrataciones que realice la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata con fondos propios, cuando estas refieran exclusivamente a funciones que no serán desempeñadas en dependencias del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, ni financiadas directa o indirectamente por el mismo”. Artículo 579.- Facúltase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a celebrar contratos temporales de derecho público, a efectos de atender necesidades que el Organismo no pueda cubrir con sus propios funcionarios, por un término no superior a los tres años, no prorrogables. La selección del personal a contratar se efectuará de conformidad a la normativa vigente a tales efectos en el Inciso. Los contratados bajo dicha modalidad en ningún caso adquirirán derecho a permanencia en la función, más allá de los términos de la contratación. En un plazo de noventa días a partir del día siguiente a la vigencia de la presente ley, la Administración de los Servicios de Salud del Estado remitirá a la Oficina Nacional del Servicio Civil para su aprobación, los modelos de contrato correspondiente. Artículo 580.- Incorpórase al numeral 31) del literal C) del artículo 33 del TOCAF 2012, en la redacción dada por el artículo 29 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente Inciso: “Para cubrir servicios tercerizados imprescindibles para el cumplimiento de los cometidos del organismo, cuando se haya interrumpido la prestación del servicio en forma anticipada a la fecha de finalización del contrato, ya sea por decisión unilateral del adjudicatario, por acuerdo de partes o por haberse rescindido el contrato por incumplimiento, únicamente en aquellos casos en que exista un procedimiento de contratación vigente con otros oferentes dispuestos a prestar el servicio en las condiciones y precios ofertados, la Administración podrá convocarlos por el orden asignado al momento de evaluación de las ofertas. La contratación al amparo de esta excepción se extenderá hasta la culminación del trámite del nuevo procedimiento licitatorio que se convoque y no podrá exceder los seis meses. La intervención del Tribunal de Cuentas se realizará previo al pago de la primer factura”. Artículo 581.- Derógase el inciso segundo del artículo 59 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007. Artículo 582.- Habilítase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” a implementar y poner en funcionamiento planes piloto en sus unidades ejecutoras, para la profundización y expansión de la descentralización de la gestión y administración de determinados servicios, otorgándoles autonomía en la

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gestión económico-financiera, buscando la mejora en la eficiencia, certificación de calidad en los procesos y servicios, conforme a las pautas que establezca la autoridad sanitaria, debiendo rendir cuenta de los recursos administrados. Los recursos originados en la complementación de servicios incorporados a los planes piloto, podrán incrementar los créditos presupuestales de las unidades ejecutoras, sin que esto implique costo presupuestal en el inciso, pudiendo ser destinados a la financiación de gastos de funcionamiento o de inversión. Artículo 583.- Intégrese en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la unidad ejecutora 037 “Centro Auxiliar de Castillos” a la unidad ejecutora 044 “Red de Atención Primaria de Rocha”. Transfiérese a la unidad ejecutora 044 “Red de Atención Primaria de Rocha” las potestades y atribuciones que las normas vigentes otorgan a la unidad ejecutora suprimida. La asignación de los bienes, créditos, ingresos y obligaciones que las disposiciones actuales prevén respecto de la unidad ejecutora del Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” serán transferidas de pleno derecho a la unidad ejecutora 044 “Red de Atención Primaria de Rocha”. Artículo 584.- Créase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la unidad ejecutora 102 “Centro Hospitalario Maldonado-San Carlos”. Transfiérense los cometidos, derechos y obligaciones, recursos humanos y los bienes muebles e inmuebles, afectados al uso de la unidad ejecutora 054 “Hospital de San Carlos”, y de la unidad ejecutora 023 “Centro Departamental de Maldonado”, a la unidad ejecutora que se crea por este artículo. Sustitúyese en el Inciso 29 entre “Administración de los Servicios de Salud del Estado” la unidad ejecutora 054 “Hospital de San Carlos” y 023 “Centro Departamental de Maldonado” por la unidad ejecutora 102, cuya dirección general funcionará en el Hospital de San Carlos. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. Artículo 585.- Créase en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, la unidad ejecutora 103 “Centro de Rehabilitación Médico Ocupacional y Sicosocial”. Transfiérense los cometidos, derechos, obligaciones y recursos humanos, y los bienes muebles e inmuebles afectados al uso de las unidades ejecutoras 013 “Colonia Siquiátrica Dr. Bernardo Etchepare” y 069 “Colonia Dr. Santín Carlos Rossi”, a la unidad ejecutora que se crea en el inciso precedente. Suprímese en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” la unidad ejecutora 013 “Colonia Dr. Bernardo Etchepare” y 069 “Colonia Dr. Santín Carlos Rossi”. Facúltase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de créditos presupuestales a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 586.- Increméntanse en el Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, unidad ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 440 “Atención Integral de la Salud”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos destinados a inversiones en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para los ejercicios 2017 a 2019, de acuerdo al siguiente detalle:

PROGRAMA 440 440

U.E. 068 068

PROYECTO 971 973

2016 25.000.000 25.000.000 50.000.000

2017 50.000.000 50.000.000 100.000.000

2018 50.000.000 50.000.000 100.000.000

2019 50.000.000 50.000.000 100.000.000

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Artículo 587.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 721 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el siguiente: “La Administración de los Servicios de Salud del Estado podrá transferir hasta un monto de $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos) en los ejercicios 2016 y 2017, para atender exclusivamente las sentencias de condena que se dicten contra estas instituciones en juicios laborales o eventuales transacciones que se celebren en los mismos. Facúltase a la Contaduría General de la Nación, para habilitar los créditos correspondientes”. Artículo 588.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 19.135, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas asignará el 3 % (tres por ciento) de lo recaudado en las Loterías de Fin de Año y de Revancha de Reyes, el cual será otorgado a las siguientes entidades, en la proporción que se detalla a continuación: A) B) C) 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Hospital Maciel. 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Hospital Pasteur. 1/3 (un tercio) para la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Proyectos del Plan Nacional de Inversiones del Centro Hospitalario Pereira Rossell”.

Artículo 589.- Autorízase al Inciso 29 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, a destinar fondos correspondientes a la recaudación por concepto de Fondo Nacional de Salud, a efectos de abonar los complementos retributivos necesarios por concepto de alta dedicación o pago variable contra cumplimiento de metas o indicadores de desempeño, en aquellos casos en que el referido complemento se haya originado en una disposición de la Junta Nacional de Salud dentro de las metas asistenciales. Los complementos abonados por este concepto no podrán superar el importe establecido como pago por cumplimiento total de la meta asistencial que origina la alta dedicación o el pago variable, pudiendo únicamente ajustarse en la misma forma y oportunidad que se ajusten las remuneraciones básicas del cargo. INCISO 31 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA Artículo 590.- Asígnanse al Inciso 31 “Universidad Tecnológica”, unidad ejecutora 001 “Consejo Directivo Central”, programa 353 “Desarrollo Académico”, los créditos presupuestales, expresados en moneda nacional, con Fuente de Financiamiento 1.1 “Rentas Generales”, para mantener el nivel de ejecución, los conceptos y ejercicios que se detallan a continuación:

Concepto Retribuciones personales Gastos de Funcionamiento Inversiones Totales

2016 200.771.899 101.290.239 82.493.139 384.555.277

2017 200.771.899 101.290.239 82.493.139 384.555.277

2018 200.771.899 101.290.239 82.493.139 384.555.277

2019 200.771.899 101.290.239 82.493.139 384.555.277

Artículo 591.- Increméntanse, a partir del ejercicio 2017, las asignaciones presupuestales del Inciso 31 “Universidad Tecnológica” destinadas al pago de retribuciones personales, con cargo al grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en una partida anual de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos).

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Artículo 592.- El Consejo Directivo Central de la Universidad Tecnológica determinará la estructura programática del organismo, distribuirá los créditos presupuestales otorgados entre sus programas, por grupo de gasto, y establecerá los grados y asignaciones de sus escalafones, de conformidad con las normas legales y ordenanzas de contabilidad del Tribunal de Cuentas. Dará cuenta de ello a la Asamblea General, al Tribunal de Cuentas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio. Artículo 593.- Declárase que el Inciso 31 “Universidad Tecnológica”, está facultado para crear, transformar y suprimir unidades ejecutoras. Artículo 594.- Autorízase la utilización del Fondo de Infraestructura Pública – UTEC, creado por el artículo 346 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, para el financiamiento de la adquisición de mobiliario y equipamiento destinado a centros educativos. Artículo 595.- Prorróganse por veinticuatro meses los plazos para la integración definitiva del Consejo Directivo Central de la Universidad Tecnológica y para la respectiva convocatoria a elecciones de Rector y de los miembros del orden docente y estudiantil, establecidos en los incisos segundo y tercero del artículo 32 de la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012. Artículo 596.- Facúltase al Inciso 31 “Universidad Tecnológica” a presupuestar al personal contratado que, a la fecha de promulgación de la presente ley, se encuentre desempeñando tareas permanentes en el Inciso y demuestre aptitud para las mismas. El Consejo Directivo Central de la Universidad Tecnológica establecerá los requisitos y condiciones para acceder a la presupuestación. Artículo 597- Autorízase al Inciso 31 “Universidad Tecnológica” a abonar a sus funcionarios un complemento retributivo variable, que implique compromisos de gestión basados en cumplimiento de metas e indicadores, de acuerdo con la reglamentación que dicte su Consejo Directivo Central. INCISO 32 INSTITUTO URUGUAYO DE METEOROLOGÍA Artículo 598.- Autorízase en el Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET), programa 420 “Información Oficial y Documentos de Interés Público”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 35.510.191 (treinta y cinco millones quinientos diez mil ciento noventa y un pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 65.510.191 (sesenta y cinco millones quinientos diez mil ciento noventa y un pesos uruguayos) para los ejercicios 2017 a 2019, según el siguiente detalle:

Concepto

ODG/Proy

2016

2017

2018

2019

098.000 “Serv.Personales Remuneraciones para uso excl.Entes 20.510.191 35.510.191 35.510.191 35.510.191 Descentr.Pto.Nal.” Funcionamiento 198.000 “Repuestos accesorios” y 5.000.000 15.000.000 15.000.000 15.000.000

Inversiones TOTALES

720 “Adquisición de equipam. informático, y de 10.000.000 15.000.000 15.000.000 15.000.000 comunicaciones” 35.510.191 65.510.191 65.510.191 65.510.191

El INUMET podrá establecer en el ejercicio 2016 una partida para atender inequidades salariales que se financiará exclusivamente con los recursos asignados al mismo, y tendrá un monto máximo de hasta

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$ 3.000.000 (tres millones de pesos uruguayos). La Contaduría General de la Nación asignará un objeto del gasto específico para la presente partida, asimismo el INUMET reglamentará la presente disposición. Artículo 599.- Créanse en el Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” un cargo de Secretario General y un cargo de Gerente Técnico, que serán de confianza del Directorio y permanecerán en sus funciones hasta transcurridos noventa días luego del cese del Directorio que los designó, salvo ratificación expresa realizada por el nuevo Directorio. Fíjase la remuneración mensual de los cargos creados, en el porcentaje que se detalla a continuación sobre la base de la remuneración del cargo de Presidente del Instituto: A) Secretario General: 85 % (ochenta y cinco por ciento). B) Gerente Técnico: 80 % (ochenta por ciento). Derógase el artículo 135 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990. Artículo 600.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” podrá disponer trasposiciones de créditos requeridas para el mejor funcionamiento de sus servicios, de acuerdo a las siguientes reglas: A) B) C) D) E) Dentro del grupo 0 “Servicios Personales”. Dentro de los créditos presupuestales asignados a inversiones. Dentro de las asignaciones autorizadas para gastos de funcionamiento. De asignaciones para gastos de funcionamiento o para el grupo 0 “Servicios Personales”, para reforzar créditos de gastos de inversión. No podrán trasponerse ni reforzarse créditos presupuestales que tengan carácter estimativo.

Las trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizaron, informando a la Contaduría General de la Nación, dando cuenta a la Asamblea General. Lo dispuesto en este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 601.- Facúltase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET) a difundir y publicar gratuitamente, en forma libre, todos los datos climáticos y meteorológicos que el servicio descentralizado posea en su acervo. El INUMET podrá percibir un precio por la certificación documental, desarrollo técnico o elaboración de informes para las instituciones o personas físicas o jurídicas que lo requieran. Asimismo, está facultado en los términos previstos por el artículo 271 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, a prestar servicios de asesoramiento y asistencia técnica, en el área de su especialidad, tanto en el territorio de la República como en el exterior. Artículo 602.- El Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá celebrar convenios con el Ministerio del Interior y otras instituciones públicas estatales, a efectos de consolidar un Sistema Pluviométrico Nacional, en el marco del Banco Nacional de Datos Meteorológicos. Al personal que desempeñe funciones para el cumplimiento de dichos convenios, se le abonará una compensación por agente pluviométrico, que será acumulable a su sueldo funcional con cargo a los fondos del respectivo convenio. El INUMET podrá transferir los fondos al organismo estatal prestador. Artículo 603.- El Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá prestar servicios meteorológicos o climáticos en la Base Científica Antártica General Artigas. El Directorio del INUMET podrá afectar personal y realizar las operaciones materiales y técnicas necesarias para cumplir con dichos servicios. Las erogaciones resultantes de la aplicación del presente artículo serán atendidas con cargo a los créditos presupuestales del Instituto. Artículo 604.- Autorízase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” a disponer del 100 % (cien por ciento) de los recursos con afectación especial que perciba conforme a los convenios nacionales

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interinstitucionales, convenios con organismos internacionales técnicos, servicios prestados al amparo de lo dispuesto en el artículo 78 y siguientes del Código Aeronáutico, así como otros que sean producidos de conformidad con lo dispuesto en los literales A) y C) del artículo 17 de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013. Estos fondos podrán ser destinados a abonar compensaciones por cumplimiento de compromisos de gestión en un monto de hasta $ 4.000.000 (cuatro millones de pesos uruguayos) y a gastos de funcionamiento y a inversiones. Artículo 605.- El Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” podrá remunerar a través del régimen de horas docentes las actividades educativas de docencia en la Escuela de Meteorología del Uruguay, de acuerdo a la reglamentación que dicte el referido Instituto. Al amparo del presente régimen el Instituto podrá contratar meteorólogos, especialistas o universitarios, nacionales o extranjeros, con estrictos fines docentes. Artículo 606.- Facúltase al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET), a establecer regímenes de trabajo especiales, en virtud de la necesidad de funcionamiento continuo del servicio público meteorológico y climatológico normal, los cuales podrán generar compensaciones salariales, con las particularidades que se indican: A) B) C) Adoptar regímenes rotativos en los horarios de trabajo de su personal, el cual no será acumulable con trabajo en días inhábiles. Disponer la permanecía de su personal, fuera de la jornada horaria de labor, generándose horas extras o, en su caso, compensación por días inhábiles. Designar fundadamente a personal en régimen de permanencia a la orden, cuando sea necesario para el desarrollo de tareas específicas, el que podrá ser remunerado con hasta el 20 % (veinte por ciento) del salario base respectivo. El personal afectado por esta tarea no podrá ser superior al 20 % (veinte por ciento) del total de los funcionarios del INUMET, y en ningún caso podrá recibir conjuntamente con la presente, retribución por trabajo en horas extras. D) Abonar nocturnidad, conforme con lo establecido en los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 19.313, de 13 de febrero de 2015.

Las compensaciones señaladas en los incisos anteriores serán efectivas cuando el personal desarrolle las tareas específicas y por el tiempo que exclusivamente insuma su aplicación, debiendo comunicar a la Contaduría General de la Nación, las reasignaciones de créditos necesarias para el cumplimiento de la presente disposición. Derógase el artículo 175 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Los créditos asignados por dicha disposición serán transferidos al INUMET. El INUMET reglamentará la presente disposición. Artículo 607.- El Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá asignar funciones o determinar compensaciones salariales al personal que integra sus cuadros funcionales, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Nº 19.158, de 25 de octubre de 2013, financiándolas con cargo a los créditos del Instituto. El INUMET será agente de retención de los aportes al sistema de seguridad social, por las compensaciones previstas en el inciso anterior, cuando refieran a funcionarios pertenecientes al escalafón K “Personal Militar” o a funcionarios civiles con equiparación a un grado militar o a funcionarios reincorporados, que serán vertidos al Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, del Inciso 03 “Ministerio de Defensa Nacional”, cuando corresponda. Artículo 608.- El Directorio del Instituto Uruguayo de Meteorología podrá contratar personal de confianza en tareas de asesoría y secretaría, con cargo a sus propios créditos y con las limitaciones establecidas en el artículo 23 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 68 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011.

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Artículo 609.- Los funcionarios públicos no pertenecientes al Inciso 32 “Instituto Uruguayo de Meteorología” (INUMET), que al 28 de febrero de 2015 prestaban funciones en el mismo, en régimen de comisión de servicio u otro régimen, en particular por convenio con Gobiernos Departamentales, podrán ser incorporados definitivamente en los cuadros funcionales del Instituto, siempre que medie solicitud personal de los mismos. Las incorporaciones que se realicen al amparo de este artículo serán financiadas con cargo a los créditos presupuestales del INUMET y no podrán lesionar derechos funcionales. Artículo 610.- Facúltase al Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) a celebrar contratos de función pública, con aquellos funcionarios contratados mediante contrato temporal de derecho público, así como, contrato a término al amparo de lo dispuesto en los artículos 30 y siguientes de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, que demuestren aptitud para el desempeño de la tarea correspondiente y posean por lo menos un año de labor. Artículo 611.- El Directorio del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) podrá transformar los cargos ocupados del escalafón D al escalafón B, asignándoles el equivalente al último grado ocupado del escalafón, siempre que cumplan las siguientes condiciones: A) B) Que los cargos a transformar estén ocupados por funcionarios presupuestados en el escalafón D. Que los funcionarios acrediten haber desempeñado satisfactoriamente, a juicio del jerarca, las tareas propias del escalafón B, durante al menos dieciocho meses ininterrumpidos, con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente ley. Que los funcionarios presenten créditos educativos suficientes, expedidos por la Universidad de la República u otras universidades o institutos de formación terciaria no universitaria habilitados por el Ministerio de Educación y Cultura, así como los técnicos egresados de la Escuela de Meteorología del Uruguay.

C)

Si las transformaciones previstas en este artículo generaran costo presupuestal, éste deberá ser asumido con los créditos presupuestales del INUMET en el grupo 0 “Servicios Personales”. En todos los casos, se mantendrá el nivel retributivo de los funcionarios. Efectuada la transformación, si existiere diferencia entre la retribución del funcionario en el cargo anterior y al que accede, será asignada como una compensación personal transitoria, que se irá absorbiendo en futuros ascensos o regularizaciones. La misma llevará todos los aumentos que corresponda a los funcionarios del INUMET. Artículo 612.- Derógase la Ley Nº 10.028, de 26 de junio de 1941. INCISO 33 FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Artículo 613.- Créanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” los siguientes cargos:

Fiscales Adscriptos, escalafón N Asesor, Serie Abogado, escalafón A, grado 14 Asesor, Serie Licenciado en Sistemas, escalafón A, grado 14 Asesor, Serie Licenciado en Comunicación, escalafón A, grado 14 Asesor, Serie Profesional, escalafón A, grado 14 Asesor I, Serie Profesional, escalafón A, grado 13 Asesor VI, Serie Psicólogo, escalafón A, grado 8

15 1 1 1 2 1 1

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Asesor X, Serie Abogado – Escribano, escalafón A, grado 4 Técnico VII, Serie Administración, escalafón B, grado 3 Administrativo VIII, Serie Administrativo, escalafón C, grado 1

3 1 10

Increméntanse los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en los siguientes objetos del gasto y por las sumas que se indican: objeto del gasto 098.000 “Servicios Personales”, la suma de $ 32.190.841 (treinta y dos millones ciento noventa mil ochocientos cuarenta y un pesos uruguayos), incluido aguinaldo y cargas legales, objeto del gasto 284.003 “Partida Perfeccionamiento Académico”, la suma de $ 1.055.016 (un millón cincuenta y cinco mil dieciséis pesos uruguayos) y en el objeto del gasto 284.004 “Partida Capacitación Técnica”, la suma de $ 138.912 (ciento treinta y ocho mil novecientos doce pesos uruguayos), con destino a financiar los cargos creados en el inciso anterior. Artículo 614.- Increméntanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, los créditos presupuestales, asignando una partida anual con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, según el siguiente detalle:

Concepto del Gasto Retribuciones Becas de trabajo y pasantías Gastos de funcionamiento Suministros

Importe $ 2.000.000 $ 1.500.000 $ 5.285.591 $ 2.600.000

Artículo 615.- Habilítanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” los créditos presupuestales correspondientes a Proyecto de Inversión, según el siguiente detalle:

Proyecto 971 (Mobiliario) 972 (Informática)

2016 $ 1.000.000 $ 4.060.000

Artículo 616.- Facúltase al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” a disponer las trasposiciones de créditos presupuestales necesarias para la mejor prestación del servicio, con la sola limitación de no trasponer partidas de gastos de funcionamiento o de inversiones a retribuciones personales. Artículo 617.- Autorízase al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación” a realizar las transformaciones de cargos que requiera el servicio, siempre que ello no implique aumento de crédito presupuestal, lo que será comunicado a la Contaduría General de la Nación, dando cuenta a la Asamblea General y al Tribunal de Cuentas. Artículo 618.- El ingreso de funcionarios en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, en todos los escalafones, sólo podrá realizarse mediante concurso. En todos los casos los llamados deberán ser públicos y abiertos. Artículo 619.- Habilítase a la Fiscalía General de la Nación a remunerar con sus créditos presupuestales, a través del régimen de horas docentes, las actividades educativas realizadas a través del Centro de Formación

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del Ministerio Público y Fiscal creado por el artículo 193 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación. Artículo 620.- Asígnase en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en el objeto del gasto 098.000 “Servicios Personales”, una partida anual de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) incluidos aguinaldo y cargas legales, con destino a la implementación de compromisos de gestión en los escalafones A, B, C, D, E, F y R. Artículo 621.- Establécese que el cargo de Secretario Letrado, escalafón A, grado 13, Serie Escribano, no comprendido en el artículo 388 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, tendrá la remuneración equivalente a un cargo de escalafón A, grado 13, Serie Contador. Este cargo dejará de percibir la compensación con cargo al objeto del gasto 066.000 “Ayuda de Arrendamiento”. La Contaduría General de la Nación efectuará las reasignaciones de crédito que correspondan a solicitud de la Fiscalía General de la Nación, procediendo al abatimiento del objeto del gasto citado. Artículo 622.- Créase en la Fiscalía General de la Nación un cargo de Secretario General, que será de particular confianza del Director General, el que tendrá una remuneración equivalente al 124 % (ciento veinticuatro por ciento) de la retribución que por todo concepto corresponde al cargo de Jefe de Departamento, escalafón A, grado 14, Serie Contador, con dedicación total. A efectos de financiar la erogación dispuesta en este artículo suprímese un cargo de Secretario Letrado del escalafón N y asígnase una partida anual de $ 229.507 (doscientos veintinueve mil quinientos siete pesos uruguayos), que incluye aguinaldo y cargas legales. Si la contratación recayere en funcionarios públicos, podrán éstos optar por el régimen que se establece en el presente artículo, manteniendo la reserva del cargo de su oficina de origen, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. Artículo 623.- Los funcionarios que se encontraban cumpliendo funciones en régimen de comisión de servicio a la fecha de promulgación de la ley de creación de la Fiscalía General de la Nación, en la unidad ejecutora 019 “Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación”, del Inciso 11 del Ministerio de Educación y Cultura, serán incorporados por el mecanismo de redistribución establecido en los artículos 15 y siguientes de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en lo que corresponda. A los efectos de las presentes regularizaciones no será de aplicación lo dispuesto en el artículo 18 de la citada ley. Artículo 624.- Inclúyese al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, en lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto-Ley Nº 14.867, de 24 de enero de 1979. Artículo 625.- Créanse en el Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, para la implementación del nuevo proceso penal acusatorio, los siguientes cargos:

A partir de Denominación 2016 Fiscales Adscriptos, escalafón N Asesor, Serie Profesional, escalafón A, grado 14 Asesor, Serie Médico, escalafón A, grado 14 Asesor III, Serie Profesional, escalafón A, grado 11 Asesor I, Serie Médico, escalafón A, grado 13 Asesor III, Serie Médico, escalafón A, grado 11 20 1 1 1 1 7 5 2017 10

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A partir de Denominación 2016 Asesor VI, Serie Psicólogo, escalafón A, grado 8 Asesor VI, Serie Asistente Social, escalafón A, grado 8 Asesor VI, Serie Sociólogo, escalafón A, grado 8 Administrativo VIII, Serie Administrativo, escalafón C, grado 1 Asesor II, Serie Analista Programador, escalafón R, grado 12 30 1 1 18 2017 1

Los cargos de Asesor, Serie Médico, escalafón A, grados 14, 13 y 11 se encontrarán comprendidos en el artículo 27 del Decreto-Ley Nº 15.365, de 30 de diciembre de 1982, cuya remuneración mensual será equivalente al 100 % (cien por ciento), 95 % (noventa y cinco por ciento) y 85 % (ochenta y cinco por ciento), respectivamente, que por todo concepto corresponde al cargo de Jefe de Departamento, escalafón A, grado 14, Serie Contador, con igual régimen horario. A efectos de la creación de los cargos establecidos en la presente norma, increméntanse los créditos presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento, asignando una partida anual, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, según el siguiente detalle:

Concepto del Gasto Remuneraciones Partida de Perfeccionamiento Académico Partida de Capacitación Técnica

2016 $ 51.684.691 $ 1.443.084 $ 344.880

2017 $ 78.858.538 $ 2.178.084 $ 551.808

Artículo 626.- Autorízase a la Fiscalía General de la Nación a contratar peritos a fin de asistirla en el cumplimiento de los cometidos asignados por la Ley Nº 19.293, de 2 de setiembre de 2014. Dicha contratación deberá estar debidamente fundada en cada caso concreto, no requerirá llamado a concurso de mérito u oposición, no excluirá la calidad de funcionario público ni serán de aplicación los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 47 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Asimismo, deberá dejarse expresa constancia que: a) el contratado asume una obligación de resultado en un plazo determinado y b) que el comitente no se encuentra en condiciones materiales de ejecutar con sus funcionarios el objeto del arriendo. El Tribunal de Cuentas podrá habilitar al Contador delegado a intervenir directamente en el proceso del gasto de dichas contrataciones. A efectos del presente artículo créase un Registro de Peritos en el ámbito de la Fiscalía General de Nación, cuyo funcionamiento y demás aspectos serán reglamentados. Artículo 627.- Sustitúyense los artículos 27, 28 y 29 de la Ley Nº 15.982 (Código General del Proceso), de 18 de octubre de 1988, por los siguientes: “ARTÍCULO 27. Modos de intervención del Ministerio Público en el proceso.-

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El Ministerio Público intervendrá en el proceso como parte principal y como tercero, en los casos expresamente previstos en los artículos siguientes”. “ARTÍCULO 28. Intervención como parte principal.El Ministerio Público intervendrá como parte en el proceso, únicamente en los procesos relativos a intereses difusos (artículo 42), nulidad de matrimonio (artículo 200 del Código Civil), pérdida, limitación o suspensión de la patria potestad (artículos 290 del Código Civil y 207 del Código de la Niñez y la Adolescencia), nombramiento de tutor (artículo 317 del Código Civil) y nombramiento de curador (artículo 433 del Código Civil)”. “ARTÍCULO 29. Intervención como tercero.29.1 El Ministerio Público intervendrá como tercero en el proceso, únicamente en los procesos relativos a violencia doméstica (Ley Nº 17.514, de 2 de julio de 2002), protección de los derechos amenazados o vulnerados de niñas, niños y adolescentes (artículos 117 a 131 del Código de la Niñez y la Adolescencia) e inconstitucionalidad de la ley (artículo 508 y siguientes del Código General del Proceso). 29.2 En aquellos casos en que pudiendo haber intervenido el Ministerio Público como parte principal no lo hubiera hecho, no tendrá intervención como tercero en el proceso. 29.3 Cuando el Ministerio Público actúe como tercero, su intervención consistirá en ser oído, en realizar cualquier actividad probatoria y en deducir los recursos que correspondan, dentro de los plazos respectivos”. Artículo 628.- Derógase el artículo 8º del Decreto-Ley Nº 15.365, de 30 de diciembre de 1982, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 246 de la Constitución de la República. Artículo 629.- El Ministerio Público y Fiscal no intervendrá en ningún proceso como dictaminante técnico auxiliar del Tribunal. Artículo 630.- Deróganse todas aquellas referencias a la intervención procesal del Ministerio Público y Fiscal, contenidas en disposiciones del Código Civil, del Código General del Proceso, del Código de la Niñez y la Adolescencia, de la Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal (Decreto-Ley Nº 15.365, de 30 de diciembre de 1982), de la Ley Orgánica de la Judicatura y Organización de los Tribunales (Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985) y leyes especiales, en cuanto se opongan a lo dispuesto en los artículos 27 a 29 del Código General del Proceso, en la redacción dada por los artículos precedentes. Artículo 631.- Lo dispuesto en los artículos precedentes no se aplicará a la actuación del Ministerio Público y Fiscal en los procesos penales, aduaneros y de adolescentes infractores. Artículo 632.- Autorízase el traslado de funcionarios de la Administración Central para desempeñar en comisión, tareas en la Fiscalía General de la Nación, a expresa solicitud del Director General, debidamente fundada en razones de servicio, en las condiciones previstas en el artículo 32 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por el artículo 67 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, y por los artículos 13 y 15 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. La Fiscalía General de la Nación podrá tener hasta tres funcionarios en comisión simultáneamente al amparo del presente régimen. INCISO 34 JUNTA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA PÚBLICA Artículo 633.- Facúltase al Inciso 34 “Junta de Transparencia y Ética Pública” a disponer las transposiciones de créditos presupuestales necesarias para la mejor prestación del servicio, con la sola limitación de no trasponer partidas de gastos de funcionamiento o de inversiones a retribuciones personales. Artículo 634.- Autorizase al Inciso 34 “Junta de Transparencia y Ética Pública” a realizar las transformaciones de cargos que requiera el servicio, siempre que ello no implique aumento de crédito

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presupuestal, lo que será comunicado a la Contaduría General de la Nación, dando cuenta a la Asamblea General y al Tribunal de Cuentas. SECCIÓN VI OTROS INCISOS INCISO 21 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES Artículo 635.- Increméntase la partida asignada en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, unidad ejecutora 021 “Subsidios y Subvenciones”, Proyecto 400 “Fortalecimiento Sistema Nacional de Investigación e Innovación”, objeto del gasto 551.015 “Agencia Nacional de Investigación e Innovación”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” en $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos) anuales, a partir del ejercicio 2017. Artículo 636.- Increméntase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, unidad ejecutora 021 “Subsidios y Subvenciones”, Proyecto 401 “Centro para la Inclusión Tecnológica y Social”, en el objeto del gasto 552.037 “Plan Ceibal”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos uruguayos) anuales, a partir del ejercicio 2017. Artículo 637.- Asígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, unidad ejecutora 021 “Subsidios y Subvenciones”, en el programa 400 “Políticas Transversales de Desarrollo Social”, Proyecto de Inversión 915 “Proyecto Ibirapitá”, una partida de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos) anuales, a partir del ejercicio 2017. Artículo 638.- Increméntase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, programa 241 “Fomento a la investigación académica”, unidad ejecutora 021 “Subsidios y Subvenciones” el objeto del gasto 551.011 “Fundación Instituto Pasteur” en $ 34.000.000 (treinta y cuatro millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y $ 54.000.000 (cincuenta y cuatro millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017. Artículo 639.- Increméntase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, programa 440 “Atención integral de la salud”, unidad ejecutora 012 “Ministerio de Salud Pública”, el objeto del gasto 551.016 “Centro Uruguayo de Imagenología Molecular” en $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017. Artículo 640.- Reasígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la suma de $ 245.000 (doscientos cuarenta y cinco mil pesos uruguayos) del programa 440 “Atención Integral de la Salud”, unidad ejecutora 012 “Ministerio de Salud Pública”, objeto del gasto 551/016 “Centro Uruguayo de Imagenología Molecular” al programa 280 “Bienes y Servicios Culturales”, unidad ejecutora 015 “Ministerio de Desarrollo Social”, objeto del gasto 555/016 “Biblioteca Pública Juan Lacaze ‘José Enrique Rodó”. Artículo 641.- Increméntanse las asignaciones presupuestales del Inciso 21 “Subsidio y Subvenciones”, unidad ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura”, en la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para los ejercicios, programas, objetos del gasto e importes que se detallan a continuación:

Progr. Obj. Gto. 241 341 551.004 519.006

Denominación

2016

2017

2018

2019 20.000.000 30.000.000

Programa Desarrollo 15.000.000 20.000.000 20.000.000 Ciencias Básicas Instituto Educativa Evaluación 23.000.000 30.000.000 30.000.000

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Artículo 642.- Asígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, unidad ejecutora 011 “Ministerio de Educación y Cultura”, programa 281 “Institucionalidad Cultural”, una partida anual de $ 8.000.000 (ocho millones de pesos uruguayos) con destino a la Federación Uruguaya de Teatro Independiente. Artículo 643.- Elimínanse las asignaciones presupuestales para las organizaciones que se detallan a continuación:

Prog. 282 281 340 400 400

Inc. 2 11 11 15 15

Institución Asociación Cristiana de Jóvenes de Salto Instituto Histórico y Geográfico Asociación Civil Mburucuyá Instituto Nacional de Ciegos Club de Niños Cerro del Marco – Rivera

Artículo 644.- Increméntanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” las partidas asignadas a las instituciones que se enumeran, en los importes en moneda nacional y para los ejercicios, programas e incisos que se detallan a continuación:

Prog. 282 282 282 283 283 283 300 487 320 320 320 280 280 280

Inc. 2 2 2 2 2 2 3 6 7 7 8 11 11 11

Institución Movimiento Scout del Uruguay Scouts del Uruguay Asociación Cristiana de Jóvenes de San José Comité Olímpico Uruguayo Comité Paralímpico Uruguayo Asociación Civil Olimpíadas Especiales

2016 0 0 0 0 135.000 205.000

2017 20.000 50.000 30.000 45.000 150.000 200.000 400.000 30.000 330.000 35.000 60.000 50.000 25.000 30.000

Asociación Honoraria de Salvamentos Marítimos y 285.000 Fluviales SEDHU Movimiento Juventud Agraria Asociación Uruguaya Escuela Familiares Agrarios Organismo Uruguayo de Acreditación Fundación Zelmar Michelini 0 220.000 0 0 0

Biblioteca Pública y Popular de Juan Lacaze José 0 Enrique Rodó Cinemateca Uruguaya 0

794

CÁMARA DE REPRESENTANTES

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Prog. 280 280 281 281 281 281 340 440 440 440 441 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 442 400

Inc. 11 11 11 11 11 11 11 11 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 15

Institución Fundación Mario Benedetti Museo Torres García Academia Nacional de Letras Academia de Ciencias Academia de Veterinaria Comisión del Fondo Nacional del Teatro Centro Pedagógico Terapéutico CPT Academia Nacional de Medicina Patronato del Sicópata Comisión Pro-Remodelación Hospital Maciel

2016 0 100.000 0 0 0 0 0 0 0 0

2017 20.000 150.000 80.000 40.000 40.000 100.000 20.000 70.000 150.000 45.000 35.000 120.000 30.000 20.000 150.000 80.000 35.000 300.000 20.000 45.000 20.000 20.000 15.000 20.000 20.000 240.000

Movimiento Nacional de Usuarios de Salud Pública y 0 Privada Fundación Génesis Uruguay Asociación Uruguaya de Lucha contra el Cáncer Liga Uruguaya contra la Tuberculosis Fundación Pro-Cardias Asociación Uruguaya de Enfermedades Musculares 80.000 0 0 0 0

Comisión Departamental de Lucha contra el Cáncer 0 de Treinta y Tres Cruz Roja Uruguaya Asociación de Apoyo al implantado coclear Asociación del Seropositivo Asociación de Hemofílicos del Uruguay Asociación de Diabéticos de Durazno Fundación Dianova del Uruguay Fundación Sin Límite Asociación Nueva Voz Escuela Horizonte 205.000 0 0 25.000 0 15.000 0 0 0

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

795

Prog. 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400

Inc. 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

Institución Instituto Psico-Pedagógico Uruguayo Instituto Jacobo Zibil – Florida Hogar La Huella

2016 0 0 0

2017 140.000 70.000 35.000 20.000 30.000 40.000 40.000 0 35.000 30.000 155.000 70.000 100.000 20.000 25.000 100.000 60.000 50.000 40.000 35.000 105.000 35.000 40.000 65.000 50.000

Hogar Infantil Los Zorzales – Movimiento Mujeres de 0 San Carlos Fundación Winners Centro de Educación Individualizada Centro Educativo para niños autistas de Young 0 0 0

Asociación Canaria de autismo y TGD del Uruguay 100.000 ACATU Centro de Atención Especializada – CEDAE Centro YBYRAY Fundación Braille del Uruguay 0 0 100.000

Granja para Jóvenes y Adultos Discapacitados 85.000 esperanza Sabalera Centro de Integración de Discapacitados – CINDIS Centro ARAI Asociación Uruguaya de Alzheimer y similares 50.000 0 0

Centro de Rehabilitación Ecuestre El Tornado de 135.000 Juan Lacaze Obra Don Orione Pequeño Cottolengo Uruguayo Obra Don Orione Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia Asociación Pro Recuperación del Inválido Asociación Nacional para el Niño Lisiado Plenario Nacional del Impedido Organización Nacional Pro Laboral Lisiados 0 0 0 0 0 0 0

Acción Coordinadora y Reivindicadora del Impedido 0 del Uruguay Asociación Down 0

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Prog. 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400

Inc. 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

Institución Escuela Nº 200 de Discapacitados

2016 0

2017 30.000 50.000 30.000 40.000 55.000 220.000 90.000 50.000 25.000 20.000 45.000 80.000 65.000 30.000 30.000 50.000 20.000 100.000 20.000 70.000 20.000 20.000 25.000

Centro Educativo Atención Psicosis Infantil y Autismo 0 de Salto Federación Uruguaya de Asociaciones de Padres y 0 Personas con Capacidades Mentales Diferentes Movimiento Nacional Recuperación Minusválido Asociación Uruguaya Catalana Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado 0 0 0

Comisión Nacional de Centros de Atención a la 0 Infancia CAIF Asociación Pro Discapacitado Mental de Paysandú Apoyo a la Escuela Nº 97 Discapacitados de Salto Club Pro Bienestar del Anciano Juan Yaport Voluntarios de Coordinación Social Patronato Nacional de Liberados y Excarcelados 125.000 0 0 0 0

Asociación Uruguaya de Padres de Personas con 60.000 Autismo Infantil Asociación Padres y Amigos del Discapacitado de 0 Tacuarembó Instituto Canadá de Rehabilitación Institución Esclerosis Múltiple del Uruguay 0 105.000

Asociación Padres y Amigos del Discapacitado de 0 Lavalleja UDI 3 de diciembre – Unión de Impedidos de Melo Asociación de Impedidos Duraznenses 75.000 0

Comisión Honoraria del Discapacitado – Servicio de 0 Transporte. Asociación de Ayuda Integral al Discapacitado 0 Lascanense Asociación de Discapacitados de Barros Blancos. 0

Centro de Padres y Amigos de Discapacitados de 0 Sarandí del Yí

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

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Prog. 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400

Inc. 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

Institución Centro Integral de Atención a Personas Vulnerables. Hogar de Ancianos de Mariscala Organización Renacer

2016 0 0 100.000

2017 20.000 25.000 0 0 20.000 35.000 50.000 0 100.000 35.000 100.000 60.000 190.000 20.000 100.000 30.000 50.000 105.000 100.000 25.000 35.000 20.000 20.000 50.000

Asociación Uruguaya Discapacidad Independiente 105.000 Tercera Edad – DITEC Centro de Apoyo al Discapacitado de Juan Lacaze El Sarandí – Hogar Valdense 0 0

Fundación de Apoyo y Promoción del Perro de 55.000 Asistencia – FUNDAPASS Fundación Voz de la Mujer – Juan Lacaze Hogar de Ancianos de Mercedes Liga de Defensa Social Asociación ASDOPAY Síndrome de Down Paysandú 50.000 105.000 0 105.000

Asociación Uruguaya de Atención a la Infancia en 0 Riesgo. Unión Nacional de Protección a la Infancia 40.000

Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual 0 Unión Nacional de Ciegos del Uruguay Hogar de Ancianos Blanca Rubio de Rubio Instituto Nacer-Crecer y Vivir – INACREVI COTHAIN 50.000 0 50.000 20.000

Asociación de Padres y Amigos de Discapacitados de 75.000 Rivera – APADIR Escuela Granja Nº 24 Maestro Cándido Villar – San 0 Carlos Sociedad El Refugio – Asociación Protectora de 0 Animales Asociación Civil Maestra Juana Guerra Centro Día Querer la Vida – QUELAVI 0 0 50.000

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

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Prog. 340

Inc. 21

Institución

2016

2017 90.000

Comisión Nacional de Centros de Atención a la 0 Infancia – CAIF Total

2.910.000 7.195.000

La Contaduría General de la Nación incrementará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. Artículo 645.- Asígnanse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones” a las instituciones que se enumeran, las partidas en moneda nacional y para los ejercicios, programas e incisos que se detallan a continuación:

Prog. 282 320 280 280 441 441 442 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400

Inc. 2 7 11 11 12 12 12 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

Institución Fundación A Ganar Plan Nacional de Agroecología Asociación Patriótica del Uruguay Biblioteca José Pedro Varela Centro de Capacitación Humanizadora Espacio Participativo de Usuarios de la Salud Fundación Diabetes Uruguay Amigos de los Animales de Paysandú Animales sin Hogar Asociación Autismo en Uruguay Asociación Civil “El Abrojo” Asociación Civil Corazones con Alas Asociación Down de Flores – ADOFLO

2016 150.000 150.000 150.000 100.000 150.000 150.000 150.000 100.000 200.000 150.000 50.000 100.000 110.000

2017 250.000 50.000 50.000 100.000 100.000 100.000 110.000 150.000 400.000 50.000 100.000 150.000 150.000 200.000 150.000 100.000 150.000

Asociación Martín Etchegoyen del Pino – Fray 200.000 Bentos Asociación Sordos Ciegos del Uruguay 150.000

Asociación Uruguaya Cultural y Social de Ciegos 150.000 ACSUC Asociación Uruguaya de Perros Lazarillos de 100.000 Asistencia para Ciegos

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

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Prog. 400 400

Inc. 15 15

Institución Centro de Rehabilitación de Maldonado Centro Esperanza de Young

2016 100.000 150.000

2017 85.000 150.000

400

15

Centro de Rehabilitación Ecuestre Reg.B.G.F.R de C.Mec N° 3 – Comisión Honoraria Dptal. de 50.000 Equinoterapia de Rivera Equinoterapia Abrazo a la Esperanza Escuela Natural e Integral de Rivera Factor Solidaridad Fundación Chamangá Hogar de Ancianos de Pan de Azúcar Hogar Ginés Cairo Medina Huerta Taller “Buscando Espacio” – Colonia 150.000 150.000 50.000 150.000 100.000 150.000 100.000

100.000

400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400

15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

150.000 110.000 50.000 200.000 50.000 110.000 50.000 110.000 50.000 50.000 100.000 3.725.000

Instituto Rehabilitación Visual para Personas Ciegas 150.000 y Baja Visión – Maldonado Observatorio de los Derechos para las Personas 100.000 Discapacitados – OUDPD SOS Canino Trastornos del Espectro Autista Total 150.000 150.000 4.010.000

La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos en los objetos del gasto que correspondan. Artículo 646.- Los subsidios que se transfieren a través de la Secretaría Nacional del Deporte deberán reasignarse en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, desde la unidad ejecutora 009 “Ministerio de Turismo” a la unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en los mismos programas. Artículo 647.- Increméntase la partida asignada al Instituto Plan Agropecuario por el artículo 750 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, para actividades de transferencia de tecnología y capacitación agropecuaria, en $ 6.047.500 (seis millones cuarenta y siete mil quinientos pesos uruguayos). Artículo 648- Asígnase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, una partida anual de $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos), con destino al Instituto de Regulación y Control del Cannabis. Artículo 649.- Increméntase en el Inciso 21 “Subsidios y Subvenciones”, unidad ejecutora 008 “Ministerio de Industria, Energía y Minería”, programa 320 “Fortalecimiento de la base productiva de bienes y servicios”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, el objeto del gasto 551.022 “Parque Científico y Tecnológico de Pando”, en $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos).

800

CÁMARA DE REPRESENTANTES

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INCISO 23 PARTIDAS A REAPLICAR Artículo 650.- Asígnase en el Inciso 23 “Partidas a Reaplicar”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 1.227.524.000 (mil doscientos veintisiete millones quinientos veinticuatro mil pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 2.544.134.000 (dos mil quinientos cuarenta y cuatro millones ciento treinta y cuatro mil pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2017. Facúltase al Poder Ejecutivo a reasignar los créditos autorizados precedentemente con destino a incrementar las asignaciones presupuestales del Inciso 25 “Administración Nacional de Educación Pública”. La reasignación autorizada podrá realizarse siempre que se alcance un acuerdo, antes del 1º de enero de 2016, entre la Administración Nacional de Educación Pública y las asociaciones gremiales de los trabajadores de la misma, con la participación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la mesa de negociación prevista en el artículo 14 de la Ley Nº 18.508, de 26 de junio de 2009, con destino a los conceptos que se detallan a continuación:

Concepto Retribuciones general e salariales –

2016

2017

2018

2019

Incremento inequidades 1.052.524.000 2.281.134.000 2.281.134.000 2.281.134.000

Retribuciones – Incremento asociado a reducción de otras 125.000.000 inequidades salariales Retribuciones – Incremento asociado a aumentar la partida 50.000.000 de presentismo TOTAL

150.000.000

150.000.000

150.000.000

113.000.000

113.000.000

113.000.000

1.227.524.000 2.544.134.000 2.544.134.000 2.544.134.000

En caso de no alcanzarse el acuerdo referido en el Inciso precedente, dichas partidas podrán ser reasignadas exclusivamente con destino a políticas educativas en el marco de la Administración Nacional de Educación Pública, priorizando rubros y programas vinculados a la formación y el fortalecimiento del rol de los docentes en servicio, en aspectos no salariales. INCISO 24 DIVERSOS CRÉDITOS Artículo 651.- El porcentaje sobre el monto de recursos que corresponderá a los Gobiernos Departamentales, según lo previsto en el literal C) del artículo 214 de la Constitución de la República, será del 3,33 % (tres con treinta y tres por ciento) anual para los ejercicios 2016 a 2019. Este porcentaje se calculará sobre el total de los recursos del Presupuesto Nacional (incluyendo la totalidad de destinos 1 a 6 clasificados en los documentos presupuestales) del ejercicio inmediato anterior, actualizado por el Índice de Precios al Consumo promedio del año. En cada ejercicio se tomarán los recursos totales percibidos por el Gobierno Nacional, incluyendo los recursos que se creen en el futuro, con la excepción de aquellos a los que la ley les asigne un destino especial así como al crecimiento de los vigentes al 1º de enero 2015, que tengan afectación especial. La Comisión Sectorial de Descentralización determinará el incremento de cuales de los recursos con afectación especial vigentes a la fecha de promulgación de la ley, no serán considerados a efectos de determinar esta base de cálculo.

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De la partida resultante de aplicar dicho criterio se deducirán los montos establecidos en el inciso final del literal b) y en el literal c) del artículo que asigna partidas para el Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios en la presente ley. Si luego de aplicada la deducción establecida en el inciso precedente, resultare una partida inferior a $ 9.805.000.000 (nueve mil ochocientos cinco millones de pesos uruguayos), expresada a valores promedio de 2014, el monto anual a transferir será de dicha cifra. El acceso por parte de cada Gobierno Departamental al porcentaje que le corresponda de la partida que se establece en el inciso primero del presente artículo, se realizará en la medida en que se cumplan las metas que emerjan de compromisos de gestión que los Gobiernos Departamentales suscribirán en el marco de la Comisión Sectorial de Descentralización. Dichos compromisos de gestión incluirán, entre otros, el pago de los consumos corrientes de los servicios públicos prestados por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, por la Administración Nacional de Correos y por la Administración Nacional de Telecomunicaciones, el cumplimiento de las resoluciones adoptadas en forma unánime por el Congreso de Intendentes y de las obligaciones de información relativas a los aspectos presupuestales, financieros, de deuda y de sostenibilidad fiscal. Los compromisos de gestión que se adopten, deberán contar con informe previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. En caso de incumplimiento de dichos compromisos de gestión, el porcentaje que le corresponda al Gobierno Departamental se calculará en base a una partida equivalente al 2,90 % (dos con noventa por ciento). En este caso, el monto mínimo de la partida total no podrá ser inferior a los $ 8.539.000.000 (ocho mil quinientos treinta y nueve millones de pesos uruguayos) expresados a valores promedio de 2014. Artículo 652.- De la partida resultante del artículo precedente se deducirán sucesivamente: A) B) En primer lugar, el 12,90 % (doce con noventa por ciento) que se destinará al Gobierno Departamental de Montevideo. En segundo lugar, el total ejecutado del Proyecto 999 “Mantenimiento de la Red Vial Departamental”, del programa 372 “Caminería Departamental” de la unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, que se distribuirá y ejecutará conforme a los criterios establecidos por la Comisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República. En tercer lugar, las partidas ejecutadas del Proyecto 960 “Programa de Desarrollo y Gestión Subnacional”, del programa 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y locales”, de la unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República” del Inciso 24 “Diversos Créditos”. El remanente se distribuirá entre los Gobiernos Departamentales del interior de la República, de acuerdo con los siguientes porcentajes:

C)

D)

DEPARTAMENTO Artigas Canelones Cerro Largo Colonia Durazno

PORCENTAJE 5,68 10,09 5,83 4,89 5,13

802

CÁMARA DE REPRESENTANTES

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DEPARTAMENTO Flores Florida Lavalleja Maldonado Paysandú Río Negro Rivera Rocha Salto San José Soriano Tacuarembó Treinta y Tres

PORCENTAJE 2,78 4,52 4,42 7,92 6,44 4,74 5,32 5,03 6,81 4,19 5,34 6,29 4,58

Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Congreso de Intendentes y previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a incrementar las asignaciones presupuestales de los proyectos de inversión mencionados en los literales B) y C) del presente artículo, con cargo a la partida referida en el artículo anterior de la presente ley. Artículo 653.- De los montos resultantes de la distribución del artículo precedente, se deducirán, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 338 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007: A) En primer lugar, la cuota anual del Congreso de Intendentes que le corresponda a cada Gobierno Departamental, que haya sido comunicada antes del 15 de enero de 2016, la que se actualizará semestralmente de acuerdo al Índice de Precios al Consumo. En segundo lugar, se deducirán, para cada Gobierno Departamental, los aportes patronales y personales a la Seguridad Social que le correspondan, el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas y el aporte al Fondo Nacional de Vivienda, generados a partir de la vigencia de la presente ley. Dichas transferencias se realizarán mensualmente y en forma directa a los organismos destinatarios del pago. En tercer lugar, del saldo que surja para cada Gobierno Departamental, resultante de la distribución del artículo precedente, se afectará un crédito de hasta el 11 % (once por ciento) con destino al pago de las obligaciones corrientes que se generen por prestaciones brindadas a los Gobiernos Departamentales por parte de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, de la Administración Nacional de Correos y del Banco de Seguros del Estado exclusivamente por seguros de accidentes de trabajo. La afectación anterior operará contra información del adeudo correspondiente por el organismo acreedor, comunicado previamente al Gobierno Departamental que corresponda.

B)

C)

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Artículo 654.- El Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios establecido en el artículo 19 de la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, contará con las siguientes partidas anuales, con destino a los programas Presupuestales Municipales, para el cumplimiento de los cometidos establecidos en el artículo 13 de la citada ley: A) $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) a valores de enero de 2015, la que se ajustará anualmente en base al Índice de Precios al Consumo y se distribuirá en partidas iguales entre todos los Municipios del país. A efectos de alcanzar el importe precedente, increméntase, a partir de la promulgación de la presente ley, la partida asignada por el artículo 760 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos), para el ejercicio 2016, $ 455.000.000 (cuatrocientos cincuenta y cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2017, $ 632.000.000 (seiscientos treinta y dos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018 y $ 750.000.000 (setecientos cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2019. Las partidas están expresadas a valores de enero de 2015, se ajustarán anualmente en base al Índice de Precios al Consumo, se distribuirán conforme a criterios establecidos por la Comisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República que tendrán en cuenta el número de habitantes, la superficie, las necesidades básicas insatisfechas y niveles de educación de la población de cada Municipio y se destinarán a proyectos y programas aprobados por la misma. En ningún caso podrá afectarse esta partida a gastos emergentes de recursos humanos ni podrá asignarse más del 40 % (cuarenta por ciento) del monto correspondiente a cada Municipio a la financiación de otros gastos de funcionamiento. A los efectos de la deducción establecida en el inciso tercero del artículo 620 de la presente ley, que fija el porcentaje que corresponde a los Gobiernos Departamentales de acuerdo al literal C) del artículo 214 de la Constitución de la República, se considerarán únicamente los siguientes montos: $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016, $ 255.000.000 (doscientos cincuenta y cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2017, $ 432.000.000 (cuatrocientos treinta y dos millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018, y $ 550.000.000 (quinientos cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2019. C) $ 45.000.000 (cuarenta y cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2017, $ 68.000.000 (sesenta y ocho millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2018 y $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2019. Las partidas están expresadas a valores de enero de 2015, se ajustarán anualmente en base al Índice de Precios al Consumo, se destinarán a proyectos y programas financiados por el Fondo y estarán sujetas al cumplimiento de metas que emerjan de los compromisos de gestión celebrados entre los Municipios y los Gobiernos Departamentales suscritos y evaluados conforme a los criterios establecidos por la Comisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República.

B)

Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Congreso de Intendentes y previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a habilitar proyectos de inversión, con cargo a las partidas establecidas en los literales B) y C) del presente artículo. Artículo 655.- El programa 372 “Caminería Departamental” del Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, contará con las siguientes asignaciones presupuestales:

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Proyecto 999- Mantenimiento de la Red Vial Departamental 998- Mantenimiento de la Red Vial Subnacional 994 Complementario de Caminería Departamental y Subnacional TOTAL

Importe 350.000.000 150.000.000 450.000.000 950.000.000

Los proyectos referidos precedentemente serán sustitutivos de los proyectos de similar denominación que hasta la fecha de vigencia de la presente ley eran ejecutados por el Inciso 10 “Ministerio de Transporte y Obras Públicas” y del proyecto 991 “Rehabilitación y Mantenimiento de Caminería Departamental” ejecutado en el ejercicio 2015 por el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, programa 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y Locales”. Los proyectos ejecutados en el marco del programa 372 “Caminería Departamental” deberán ser financiados con un mínimo del 30 % (treinta por ciento) con recursos propios de los Gobiernos Departamentales. Artículo 656.- El Fondo Presupuestal a que refiere el numeral 2) del artículo 298 de la Constitución de la República tendrá carácter anual y quedará constituido, a partir del 1º de enero de 2016, con el 11 % (once por ciento) sobre el monto de $ 31.751.922.709 (treinta y un mil setecientos cincuenta y un millones novecientos veintidós mil setecientos nueve pesos uruguayos), que corresponde a los tributos nacionales recaudados fuera del departamento de Montevideo en el año 1999, a valores del 1º de enero de 2015. El Fondo se actualizará anualmente en base al Índice de Precios al Consumo. El 66,65 % (sesenta y seis con sesenta y cinco por ciento) de este Fondo se destinará a la aplicación de las políticas de descentralización a ser ejecutadas por los organismos mencionados en el literal A) del artículo 230 de la Constitución de la República, que integran el Presupuesto Nacional, y el restante 33,35 % (treinta y tres con treinta y cinco por ciento) a las que serán ejecutadas por los Gobiernos Departamentales. De ese 33,35 % (treinta y tres con treinta y cinco por ciento), se destinará un 70 % (setenta por ciento) para proyectos y programas a ser financiados en un 80 % (ochenta por ciento) con recursos provenientes del Fondo, y un 20 % (veinte por ciento) con recursos propios de los Gobiernos Departamentales, incluidos los del Fondo de Incentivo para la Gestión de los Municipios. El restante 30 % (treinta por ciento) se destinará a proyectos y programas a ser financiados totalmente por el Fondo, sin contrapartida de los Gobiernos Departamentales. La Comisión Sectorial de Descentralización establecerá los lineamientos de aplicación de los montos autorizados en este artículo. Artículo 657.- Derógase el artículo 12 de la Ley Nº 18.860, de 23 de diciembre de 2011. Sustitúyense los créditos presupuestales establecidos en la ley derogada en el inciso precedente, por una partida anual de $ 500.000.000 (quinientos millones de pesos uruguayos) expresada a valores de enero 2015, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, que será distribuida entre los Gobiernos Departamentales de acuerdo a los criterios que establezca la Comisión Sectorial prevista en el literal B) del inciso quinto del artículo 230 de la Constitución de la República que contemplarán, entre otros, los siguientes aspectos: A) Asumir hasta el 40 % (cuarenta por ciento) de la facturación mensual que realice la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) por concepto de alumbrado público correspondiente a las zonas del alumbrado público que se encuentren debidamente medidas con instalaciones aprobadas por el correspondiente Gobierno Departamental y por UTE. En ningún caso se abonará por energía reactiva, la que será, íntegramente, de cargo de los Gobiernos Departamentales.

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B)

Incentivar el mantenimiento de planes ejecutados y el desarrollo de aquellos que procuren el uso eficiente de la energía de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 18.597, de 21 de setiembre de 2009. Las luminarias que cumplan con los requisitos de eficiencia energética establecidos.

C)

A los efectos de asumir las erogaciones autorizadas en cada oportunidad, se deberá constatar que cada Gobierno Departamental se mantenga al día con los pagos de la facturación que haya realizado el ente, correspondiente a su porcentaje de potencia y energía asociada, así como la energía reactiva correspondiente. Asimismo, deberán suscribirse los acuerdos necesarios para que UTE realice, por cuenta y orden del Gobierno Departamental y conjuntamente con su facturación, el cobro de un precio o tributo, que deberá guardar razonable equivalencia con los egresos que debe realizar el Gobierno Departamental por consumos de energía del alumbrado público, mantenimiento y extensión del servicio, en los plazos que se establezcan en los compromisos de gestión previstos en la presente ley. Artículo 658.- Establécense en hasta $ 250.000.000 (doscientos cincuenta millones de pesos uruguayos) anuales, a valores de enero de 2015, los créditos de cargo de Rentas Generales destinados a financiar los gastos referidos en el artículo 10 de la Ley Nº 18.860, de 23 de diciembre de 2011. En caso de que al 31 de diciembre 2017 no se verificase la implementación con carácter general del otorgamiento del Permiso Nacional Único de Conducir mediante los sistemas de gestión informática centralizados y comunes con el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares, la partida se reducirá a un monto máximo de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) expresada a valores de enero de 2015. Artículo 659.- Sustitúyese el artículo 448 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: “ARTÍCULO 448.- Los propietarios de padrones rurales que exploten padrones que en su conjunto no excedan las doscientas hectáreas índice CONEAT 100 estarán exonerados, en su caso, del pago de la Contribución Inmobiliaria Rural por hasta las primeras cincuenta hectáreas equivalentes a índice CONEAT 100. Para tener derecho al beneficio previsto en el inciso anterior, se deberá presentar en la o en las Intendencias respectivas dentro de los ciento veinte días del ejercicio que se desee exonerar, declaración jurada con detalle del total de los padrones, con indicación del correspondiente valor real de cada uno, así como la correspondiente documentación que acredite estar amparado al beneficio que brinda el Banco de Previsión Social en relación al aporte patronal mínimo que deben abonar los pequeños productores agropecuarios. En caso de productores que exploten padrones en más de un departamento, las cincuenta hectáreas valor índice CONEAT 100 exoneradas, serán en su caso prorrateadas entre éstos en función del valor real de los inmuebles explotados en cada uno de ellos”. Artículo 660.- Sustitúyese el artículo 17 de la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, por el siguiente: “ARTÍCULO 17.- Los actos administrativos generales y los particulares de los Municipios admitirán los recursos de reposición y conjunta y subsidiariamente el de apelación para ante el Intendente de conformidad con el artículo 317 de la Constitución de la República”. Artículo 661.- Sustitúyese el numeral 1) del artículo 19 de la Ley Nº 19.272, de 18 de setiembre de 2014, por el siguiente: “1) Con las asignaciones presupuestales que los Gobiernos Departamentales establezcan en los programas correspondientes a los Municipios en los presupuestos quinquenales y de las cuales los Municipios son ordenadores de gastos con los límites que aquel fijará y de acuerdo con lo previsto en el numeral 3) del artículo 12 de la presente ley”. Artículo 662.- Asígnase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 24 “Dirección General de Secretaría (M.E.F.)”, programa 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y Locales”, una partida anual de $ 285.000.000 (doscientos ochenta y cinco millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2017, con el

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objetivo de contribuir al financiamiento de obras de infraestructura viales, de transporte y de desarrollo logístico destinadas a mejorar el funcionamiento del área metropolitana de los departamentos de Montevideo y de Canelones, así como su interrelación con las infraestructuras de importancia nacional que se realicen en el período. A efectos de acceder al financiamiento autorizado en la presente norma, se deberá contar con informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 663.- Sustitúyese el artículo 148 de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por los artículos 444 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 36 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, y 26 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 148.- El Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, programa 481 “Política de Gobierno”, Proyecto de Inversión 913 “Fondo Nacional de Preinversión (FONADEP)” tendrá como asignación presupuestal una partida anual de $ 28.000.000 (veintiocho millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales” y será financiada con reasignación de créditos presupuestales de proyectos del Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, administrados por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que no correspondan a los programas 492 “Apoyo a Gobiernos Departamentales y Locales” y 372 “Caminería Departamental”. La referida reasignación deberá comunicarse a la Contaduría General de la Nación dentro de los sesenta días de vigencia de la presente ley y tendrá carácter permanente. El Proyecto 913 “Fondo Nacional de Preinversión (FONADEP)” tendrá como destino el financiamiento, total o parcial, con la aprobación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de estudios de proyectos presentados al Sistema Nacional de Inversión Pública por los organismos públicos comprendidos en el Presupuesto Nacional y los Gobiernos Departamentales. Los estudios de proyectos presentados por los organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República y Gobiernos Departamentales podrán obtener del Fondo Nacional de Preinversión aportes máximos equivalentes al 85 % (ochenta y cinco por ciento) del costo del proyecto. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto transferirá a Rentas Generales los saldos al 31 de mayo de 2016, de las cuentas del Fondo Nacional de Preinversión radicadas en el Banco de la República Oriental del Uruguay, dentro de los sesenta días de cerrado el mes”. Deróganse los artículos 442 y 443 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Artículo 664.- Sustitúyese el artículo 157 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, por el siguiente: “ARTÍCULO 157.- Los testimonios de las resoluciones firmes de los Intendentes aprobando la liquidación de créditos por tributos o precios públicos adeudados, intereses y demás acrecidas que correspondan, constituirán títulos ejecutivos, siendo aplicable al respecto lo establecido por los artículos 91 y 92 del Código Tributario. También constituirán títulos ejecutivos los testimonios de las resoluciones firmes de los Intendentes y las de los Municipios que, según sus facultades, impongan multas por transgresiones a los decretos departamentales, siendo aplicable en lo pertinente lo establecido por los artículos 91 y 92 del Código Tributario”. Artículo 665.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en el programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, para el Proyecto “Trámite en Línea”, los créditos con destino a gastos de funcionamiento e inversión de los ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento”, según el siguiente detalle:

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Tipo de gasto Funcionamiento Inversión Inversión

FF 11 11 21

Proy. 505 881 881

2016 33.482.100 78.410.000 36.650.000

2017 38.210.426 40.710.000 29.860.000

2018 66.199.528 48.930.000 28.700.000

2019 64.919.583 13.000.000 29.860.000

Artículo 666.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en el programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos con destino a gastos de funcionamiento de los ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” según el siguiente detalle:

Proyecto Infraestructura Electrónico de Gobierno

FF 1.1

2016 18.235.161

2017 23.774.898

2018 30.365.864

2019 38.293.771

Integración de la Información del 1.1 Estado Sociedad de la Información Seguridad de la Información Gobierno Abierto 1.1 1.1 1.1

31.938.466 16.363.250 24.852.420 3.915.000

31.938.466 18.248.250 24.852.420 3.915.000

31.938.466 18.248.250 25.432.420 3.915.000

31.938.466 18.248.250 25.454.315 3.915.000

Artículo 667.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en el programa 484 “Políticas de Gobierno Electrónico”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, los créditos con destino a gastos de inversión de los ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” según el siguiente detalle:

Proyecto

FF

Proyecto 883 882 880

2016 18.670.000 0 6.530.000

2017 30.550.000 0 6.530.000

2018 27.120.000 0 6.530.000

2019 44.810.000 11.730.000 6.530.000

Infraestructura de 1.1 Gobierno Electrónico Integración de la 1.1 Información del Estado Gobierno Abierto 1.1

Artículo 668.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”, en el programa 484 “Políticas de Gobierno Electrónico”, para el Proyecto “Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud”, los créditos con destino a gastos de funcionamiento e inversión de los ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” según el siguiente detalle:

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Proyecto 105 105 884 884

FF 11 21 11 21

2016 5.502.063 35.991.540 5.880.000 28.060.000

2017 58.790.540 0 21.160.000 0

2018 61.960.472 0 17.250.000 0

2019 65.320.615 0 13.730.000 0

Artículo 669.- Increméntanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República” en el programa 421 “Sistema de Información Territorial”, para el Proyecto “Infraestructura de Datos Espaciales”, los créditos con destino a gastos de funcionamiento e inversión de los ejercicios 2016 a 2019, que serán administrados por la “Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento” según el siguiente detalle:

Proyecto 509 851 851

FF 11 11 21

2016 0 16.240.000 14.280.000

2017 5.800.000 14.500.000 26.160.000

2018 7.250.000 1.160.000 0

2019 7.250.000 0 0

Artículo 670.- Increméntase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 024 “Dir. Gral. de Secretaría (M.E.F.)”, programa 366 “Sistema de Transporte”, Proyecto 922 “Mejora de la Infraestructura Ferroviaria y Vial”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida anual de $ 300.000.000 (trescientos millones de pesos uruguayos) para el período 2016 a 2018, a fin de complementar la contraparte local de los proyectos que se financien con el Fondo de Convergencia Estructural del Mercosur. Artículo 671.- Asígnanse en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 24 “Dir. Gral. de Secretaría (M.E.F.)”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, objeto del gasto 298.000 “Asignación Contrataciones PPP”, con destino a atender las obligaciones emergentes de los proyectos ejecutados bajo la modalidad de Participación Público Privada, 49.125.724 UI (cuarenta y nueve millones ciento veinticinco mil setecientas veinticuatro unidades indexadas) para el ejercicio 2017, 167.302.624 UI (ciento sesenta y siete millones trescientas dos mil seiscientas veinticuatro unidades indexadas) para el ejercicio 2018 y 205.759.023 UI (doscientos cinco millones setecientas cincuenta y nueve mil veintitrés unidades indexadas) para el ejercicio 2019. Artículo 672.- Asígnase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 024 “Dirección General de Secretaría (M.E.F.)”, objeto del gasto 511.017 “Subsidio a OSE”, una partida para el ejercicio 2016, de $ 176.019.518 (ciento setenta y seis millones diecinueve mil quinientos dieciocho pesos uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, para compensar la disminución de recaudación de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado por la exoneración del pago del cargo fijo y variable del servicio de abastecimiento de agua potable a los usuarios de las ciudades de Maldonado, Punta del Este, Piriápolis, San Carlos, Pan de Azúcar, Solís y los balnearios ubicados al oeste del arroyo Maldonado, desde el 16 de marzo de 2015 hasta el 31 de mayo de 2015. Artículo 673.- Asígnase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 029 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 343 “Formación y Capacitación”, en el objeto del gasto 282.003 “Servicios Técnicos”, con cargo a la Financiación 1.1 “Rentas Generales”, una partida de $ 55.000.000 (cincuenta y cinco millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y de $ 110.000.000 (ciento diez millones

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de pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2017, con destino a fortalecer los servicios asistenciales y académicos del Hospital de Clínicas en los términos y condiciones que se acuerden entre el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Economía y Finanzas, la Universidad de la República y la Administración de los Servicios de Salud del Estado. Artículo 674.- Increméntase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 029 “Administración de los Servicios de Salud del Estado”, programa 343 “Formación y Capacitación”, la partida destinada a la Formación y Fortalecimiento de los Recursos Humanos de los Servicios de Salud, en $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y en $ 90.000.000 (noventa millones de pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2017, no siendo de aplicación, para este incremento, la limitación establecida por artículo 721 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Artículo 675.- Increméntase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 007 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, programa 320 “Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios”, Financiación 1.2 “Recursos con Afectación Especial”, el objeto del gasto 749.006 “Partidas a ReaplicarFdo.Reconst.Fom.Granja A1L17503”, en $ 70.000.000 (setenta millones de pesos uruguayos) a efectos de alcanzar un aporte al referido Fondo de $ 350.000.000 (trescientos cincuenta millones de pesos uruguayos) anuales. Artículo 676.- Increméntase en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Programa 363 “Infraestructura Fluvial y Marítima”, unidad ejecutora 006 “Ministerio de Relaciones Exteriores”, el Proyecto 962 “Dragado del Río Uruguay”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, en $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) anuales para los ejercicios 2017 a 2019. Artículo 677.- Asígnase una partida de $ 150.000 (ciento cincuenta mil pesos uruguayos) para el ejercicio 2016 y 2017, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley 19.122, de 9 de setiembre de 2013. La presente erogación se financiará con la disminución del Inciso 24 “Diversos Créditos” Programa 484 “Políticas de Gobierno Electrónico” Proyecto 881 “Trámites en Línea en todo el Territorio Nacional” para los ejercicios 2016 y 2017. SECCIÓN VII RECURSOS Artículo 678.- Agrégase al Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 17 bis.- Facúltase al Poder Ejecutivo a exigir a quienes se vinculen, directa o indirectamente, por razón de su actividad, oficio o profesión, con contribuyentes de la Dirección General Impositiva, pagos a cuenta de las obligaciones tributarias de estos últimos, cuando de los actos u operaciones en que intervengan, resulte la posibilidad de ejercer el correspondiente derecho de resarcimiento, luego de efectuados los citados pagos a cuenta. Confiérese a los obligados a pagar por deuda ajena a que refiere el inciso anterior, la calidad de responsables por obligaciones tributarias de terceros. Para la fijación de la cuantía de los anticipos no regirán las limitaciones que establezcan las disposiciones legales actualmente vigentes”. Artículo 679.- Agrégase al Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 17 Ter.- Los responsables por obligaciones tributarias de terceros serán solidariamente responsables de aquellas obligaciones por las que les hubiera correspondido actuar. En los casos en que hayan ejercido el correspondiente derecho de resarcimiento por vía de retención o percepción, quedarán como únicos obligados ante el sujeto activo por el importe respectivo”. Artículo 680.- Sustitúyense las referencias efectuadas al Registro Único de Contribuyentes en los artículos 72 a 74 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, por Registro Único Tributario. Artículo 681.- Agrégase al artículo 75 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso:

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“Constatado el incumplimiento de las obligaciones tributarias formales establecidas en los citados artículos, la Dirección General Impositiva podrá efectuar de oficio las inscripciones y modificaciones pertinentes en el Registro Único Tributario en la forma y condiciones que la misma establezca”. Artículo 682.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 76 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “En caso de omisión de los contribuyentes, podrá intimar el cumplimiento bajo apercibimiento de la suspensión a que refiere el inciso siguiente. El telegrama colacionado será medio fehaciente. Facúltase a la Dirección General Impositiva a proceder a la suspensión hasta por un lapso de seis días hábiles, las actividades del contribuyente, en aquellos casos que se compruebe el incumplimiento de sus obligaciones. La Dirección General Impositiva en estos casos podrá contar con el auxilio de la fuerza pública”. Artículo 683.- Agrégase como segundo inciso del artículo 119 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente: “Idéntica multa se aplicará a los responsables sustitutos y a los responsables por obligaciones tributarias de terceros, por el tributo retenido y no vertido, sin perjuicio de las demás responsabilidades tributarias y penales”. Artículo 684.- Agrégase al artículo 127 del Título 1 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “También incurrirán en el delito de apropiación indebida, los responsables sustitutos y los responsables por obligaciones tributarias de terceros, de los tributos recaudados por la Dirección General Impositiva, que no viertan el impuesto retenido dentro del término previsto por las normas vigentes”. Artículo 685.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 7º del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Asimismo, se considerarán de fuente uruguaya, en tanto se vinculen a la obtención de rentas comprendidas en este impuesto, las rentas obtenidas por servicios de publicidad y propaganda, y los servicios de carácter técnico, prestados desde el exterior, fuera de la relación de dependencia, a contribuyentes de este impuesto. Los servicios de carácter técnico a que refiere este inciso son los prestados en los ámbitos de la gestión, técnica, administración o asesoramiento de todo tipo”. Artículo 686.- Sustitúyese el último inciso del artículo 7º del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Las rentas correspondientes al arrendamiento, uso, cesión de uso o enajenación de derechos federativos, de imagen y similares de deportistas inscriptos en entidades deportivas residentes, así como las originadas en actividades de mediación que deriven de las mismas, se considerarán íntegramente de fuente uruguaya”. Artículo 687.- Agrégase al artículo 19 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, como segundo inciso, el siguiente: “Se considerará que los gastos se encuentran debidamente documentados cuando se cumplan las formalidades dispuestas por el artículo 80 del Título 10 del Texto Ordenado 1996. En los casos no comprendidos en dicho artículo, la Dirección General Impositiva establecerá las formalidades necesarias para el mejor control del impuesto, pudiendo hacerlo en atención al giro o naturaleza de las actividades”. Artículo 688.- Agrégase al literal F) del artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Para ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2016, el porcentaje a que refiere el inciso anterior se determinará por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC)”. Artículo 689.- Agrégase al artículo 23 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal: “J) Asimismo, y sin perjuicio de la deducción de los gastos salariales de acuerdo al régimen general, se deducirá como gasto adicional en concepto de promoción del empleo, el 50 % (cincuenta por ciento) de la menor de las siguientes cifras:

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1) El excedente que surja de comparar el monto total de los salarios del ejercicio con los salarios del ejercicio anterior, ajustados en ambos casos por el Índice de Precios al Consumo (IPC). 2) El monto que surja de aplicar a los salarios totales del ejercicio, el porcentaje de aumento del promedio mensual de trabajadores ocupados en el ejercicio respecto al promedio mensual de trabajadores ocupados en el ejercicio inmediato anterior. La reglamentación establecerá la forma de cálculo de los referidos promedios. 3) El 50 % (cincuenta por ciento) del monto total de los salarios del ejercicio anterior actualizados por el IPC. A tales efectos no se tendrá en cuenta a los dueños, socios y directores. Lo dispuesto en el presente literal no será de aplicación en los ejercicios que se haya exonerado el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, en virtud de un proyecto declarado promovido en el marco de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, en tanto se haya utilizado el indicador empleo para la obtención de los beneficios tributarios”. Artículo 690.- Agrégase al artículo 28 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Para ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2016, el porcentaje a que refiere el inciso primero se determinará por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC)”. Artículo 691.- Agrégase al artículo 30 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Para ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2016, el porcentaje a que refiere el inciso tercero se determinará por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC)”. Artículo 692.- Sustitúyese el literal E) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “E) Las obtenidas por los contribuyentes cuyos ingresos no superen anualmente el monto que establezca el Poder Ejecutivo. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, facúltase al Poder Ejecutivo a considerar el número de dependientes, la naturaleza de la actividad u otros elementos que establezca la reglamentación, a efectos de la inclusión o exclusión en la exoneración aludida. Quedan excluidos de la exoneración establecida en el presente literal: 1) Los transportistas terrestres profesionales de carga, las ópticas y quienes tengan por giro exclusivo la actividad de venta de libros. 2) Quienes obtengan rentas derivadas de la actividad agropecuaria. 3) Quienes hayan optado por tributar el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas en aplicación del artículo 5º de este Título. 4) Quienes obtengan rentas no empresariales, ya sea en forma parcial o total. A tales efectos se considerará la definición de empresas dada por el numeral 1) del literal B) del artículo 3º del presente Título. Los contribuyentes cuyos ingresos no superen el monto referido en este literal, podrán optar por no quedar comprendidos en el mismo, tributando consecuentemente el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas y el Impuesto al Valor Agregado por el régimen general. Cuando se haya dejado de estar comprendido en este literal, sea de pleno derecho o por haber hecho uso de la opción, no se podrá volver a estarlo por el lapso que establezca la reglamentación”. Artículo 693.- Sustitúyese el inciso final del artículo 53 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “La exoneración establecida en el presente artículo comprenderá exclusivamente a contribuyentes cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior al que se ejecuta la inversión, no superen el equivalente a 10.000.000 UI (diez millones de unidades indexadas). Esta limitación no alcanzará a las empresas de transporte profesional de carga, registradas como tales ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a las empresas de transporte colectivo de pasajeros que cumplan servicios regulares en régimen de

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concesión o permiso. Lo dispuesto en este inciso regirá para ejercicios iniciados a partir de la promulgación de la Ley Nº 19.289, de 26 de setiembre de 2014”. Artículo 694.- Sustitúyese el apartado III) del inciso segundo del artículo 3º del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “III) Las rentas obtenidas por servicios de publicidad y propaganda, y los servicios de carácter técnico, prestados desde el exterior, fuera de la relación de dependencia, a contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, en tanto se vinculen a la obtención de rentas comprendidas en dicho impuesto. Los servicios de carácter técnico a que refiere este inciso son los prestados en los ámbitos de la gestión, técnica, administración o asesoramiento de todo tipo”. Artículo 695.- Sustitúyese el último inciso del artículo 3º del Título 7 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Las rentas correspondientes al arrendamiento, uso, cesión de uso o enajenación de derechos federativos, de imagen y similares de deportistas inscriptos en entidades deportivas residentes, así como las originadas en actividades de mediación que deriven de las mismas, se considerarán íntegramente de fuente uruguaya”. Artículo 696.- Agrégase como inciso quinto al artículo 32 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente: “Asimismo, se encuentran incluidas en el presente artículo la prestación de vivienda y la compensación especial a que refieren los artículos 89 de la Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985,112 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988, 49 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, 121 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, y 467 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996. De igual forma se encuentran incluidas las partidas correspondientes a perfeccionamiento académico a que refieren los artículos 456 y 457 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, 140 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, y 631 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010”. Artículo 697.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 3º del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Se considerarán de fuente uruguaya las rentas obtenidas por servicios de publicidad y propaganda y los servicios de carácter técnico, prestados desde el exterior, fuera de la relación de dependencia, a contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, en tanto se vinculen a la obtención de rentas comprendidas en dicho impuesto. Los servicios de carácter técnico a que refiere este inciso son los prestados en los ámbitos de la gestión, técnica, administración o asesoramiento de todo tipo”. Artículo 698.- Sustitúyese el inciso cuarto del artículo 3º del Título 8 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente: “Las rentas correspondientes al arrendamiento, uso, cesión de uso o enajenación de derechos federativos, de imagen y similares de deportistas inscriptos en entidades deportivas residentes, así como las originadas en actividades de mediación que deriven de las mismas, se considerarán íntegramente de fuente uruguaya”. Artículo 699.- Agrégase al Título 14 del Texto Ordenado 1996, el siguiente artículo: “ARTÍCULO 15 Bis.- Interprétase que las disposiciones referentes a la absorción de pasivos incluidas en el inciso final del artículo 13 y en el inciso séptimo del artículo 15 del Título 14 del Texto Ordenado 1996, comprenden a todos los activos en el exterior, activos exentos, bienes excluidos y bienes no computables de cualquier origen y naturaleza, incluso aquellos contenidos en disposiciones de carácter específico, tales como las dispuestas en los artículos 24 a 29 del referido Título. Únicamente se considera que no absorben pasivos los casos en que expresamente se manifieste que los citados activos deben considerarse activos gravados a los efectos del cálculo del pasivo computable para la determinación del patrimonio gravado”. Artículo 700.- Agrégase al Título 14 del Texto Ordenado 1996, el siguiente artículo:

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“ARTÍCULO 41 Ter.- Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto al Patrimonio a los activos de las empresas administradoras de crédito afectados exclusivamente a la realización de operaciones de microfinanzas productivas. Para otorgar la exoneración el Poder Ejecutivo deberá verificar que la empresa cumple, al menos, con los siguientes requisitos: A) B) Que el Banco Central del Uruguay haya autorizado el método específico de valuación de cartera comercial que se utilice, basado en la metodología de microfinanzas. Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto reconozca que la institución realiza actividades de microfinanzas productivas.

La exoneración se aplicará exclusivamente en aquellos ejercicios en que la cartera comercial de microfinanzas corresponda al menos en un 60 % (sesenta por ciento) del total, al financiamiento a microempresas. A los efectos de este artículo se consideran microempresas: 1) 2) A aquellas cuyo personal no exceda de cuatro y sus ingresos anuales no superen el equivalente a 2.000.000 UI (dos millones de unidades indexadas) a la cotización de cierre de ejercicio. A los productores familiares agropecuarios registrados en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en tanto hayan optado por tributar el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA)”.

Artículo 701.- Agrégase al artículo 1º del Título 19 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: “Quedarán excluidas del hecho generador las transmisiones que se realicen como consecuencia de la sustitución o cese del fiduciario de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 13, 14 y 22 de la Ley Nº 17.703, de 27 de octubre de 2003”. Artículo 702.- Las modificaciones a las disposiciones del Texto Ordenado 1996 o del Texto Ordenado de la Administración Financiera del Estado realizadas en la presente ley, se consideran realizadas a las normas legales que les dieron origen. Artículo 703.- Sustitúyese el literal H) del inciso tercero del artículo 96 del Decreto-Ley Nº 14.306 (Código Tributario), de 29 de noviembre de 1974, por el siguiente: “H) Omitir la versión de las retenciones efectuadas por los agentes de retención, responsables sustitutos y responsables por obligaciones tributarias de terceros”. Artículo 704.- Agréganse a la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, los siguientes artículos: “ARTÍCULO 17 Bis. (Prescripción de tributos).- En el caso de tributos que fueran objeto de la aplicación de los beneficios tributarios otorgados de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15 de la presente ley, el término de prescripción previsto por el artículo 38 del Código Tributario quedará suspendido hasta que se cumpla la finalización de los plazos otorgados para dar cumplimiento a las condiciones que ameritaron la exoneración, o hasta la finalización del plazo otorgado para la utilización de los beneficios fiscales, si éste fuese mayor. ARTÍCULO 17 Ter. (Interrupción de la prescripción).- En el caso de incumplimiento de las condiciones referidas en el artículo anterior, el término de prescripción del derecho al cobro de los tributos que hubieren resultado indebidamente exonerados, se interrumpirá por notificación de la resolución que revoque total o parcialmente los beneficios otorgados o de la resolución de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de la presente ley que declare configurado el incumplimiento de los compromisos asumidos por el beneficiario a efectos de la reliquidación de los tributos”. Artículo 705.- La Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social podrán proporcionar a la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) la información que esta les requiera cuando la misma sea necesaria para el cumplimiento de los cometidos asignados en el marco de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, y así lo solicitare por resolución fundada.

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A estos únicos efectos, quedará relevado el secreto de las actuaciones previsto por el artículo 47 del Código Tributario. Los integrantes de la COMAP y los funcionarios que intervengan en los procedimientos correspondientes, deberán guardar secreto respecto a la información a la que accedan en aplicación del presente artículo. En caso de transgresión a esta norma, se estará a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 47 del Código Tributario. Artículo 706.- Sustitúyese el numeral 2) del artículo 110 de la Ley Nº 18.387, de 23 de octubre de 2008, por el siguiente: “2) Los créditos por obligaciones tributarias nacionales y departamentales”. Artículo 707.- Sustitúyese el artículo 833 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre 2010, por el siguiente: “ARTÍCULO 833.- Los fideicomisos que sean constituidos o estructurados, exclusivamente por la cesión de créditos de organismos del Estado, las transferencias financieras originadas en la ejecución del Presupuesto Nacional, así como por los bienes muebles e inmuebles que por donación, herencia o cualquier otro título hubieran recibido dichos organismos, estarán exonerados de toda obligación tributaria que recaiga sobre su constitución, su actividad, sus operaciones, su patrimonio y sus rentas. Dichos créditos deberán provenir de actividades comprendidas en la inmunidad impositiva a que refiere el artículo 463 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991”. Artículo 708.- Todas las entidades, residentes o no, que intervengan directa o indirectamente en la oferta o en la demanda de la prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros, por parte de personas físicas o jurídicas que no estén debidamente habilitadas para el desarrollo de tal actividad, serán solidariamente responsables por los tributos y las sanciones pecuniarias aplicables a estas últimas. A los fines del presente artículo, se entiende por intervención en la oferta o en la demanda de la prestación de servicios, a todas aquellas actividades, realizadas a título gratuito u oneroso, a través de cualquier medio, incluida la utilización de aplicaciones informáticas, que cumplan con alguna de las siguientes condiciones: A) B) Tengan por objeto la mediación o intermediación en la prestación de los servicios a que refiere el presente artículo. Suministren a los prestadores o a los usuarios datos de los servicios aludidos, a efectos de que una o ambas partes dispongan de información necesaria para acordar la prestación.

Lo dispuesto en el presente artículo será de aplicación a las entidades no residentes, que intervengan directa o indirectamente en la oferta o en la demanda de la prestación de servicios de alojamiento turístico, por parte de personas físicas o jurídicas que no estén debidamente habilitadas para el desarrollo de tal actividad, así como en los servicios de arrendamiento de inmuebles. Se entenderá que una persona física o jurídica está debidamente habilitada para la prestación del servicio de transporte o de alojamiento turístico, a que refieren los incisos anteriores, cuando esté inscripta en los registros nacionales y/o municipales correspondientes, y desarrolle su actividad de acuerdo al objeto y dentro de los límites regulados por dichos registros. SECCIÓN VIII DISPOSICIONES VARIAS Artículo 709.- Declárase por vía interpretativa que la expresión “pretensiones desestimadas” contenida en el artículo 358.4 inciso segundo del Código General del Proceso, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 19.090, de 14 de junio de 2013, no comprende los casos de anulación total o parcial del acto administrativo. Artículo 710.- Agrégase al artículo 400 del Código General del Proceso (Ley Nº 15.982, de 18 de octubre de 1988, en la redacción dada por la Ley Nº 19.090, de 14 de junio de 2013), el siguiente apartado: “400.8.- Tratándose de sentencias de condena contra los Incisos 02 a 27, 29 y 31 a 34 del Presupuesto Nacional, así como de laudos arbitrales y transacciones homologadas judicialmente que les obliguen al

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pago de una cantidad líquida y exigible derivada de reclamaciones de salarios, diferencias retributivas o rubros de similar naturaleza, así como aquellos fallos -de igual naturaleza- dictados al amparo del artículo 11.3 de este Código (sentencia condicional o de futuro), una vez cumplido lo dispuesto por el apartado 400.2, el Tribunal lo comunicará al Ministerio de Economía y Finanzas en un término de diez días hábiles, a partir de ejecutoriado el fallo liquidatorio, a los efectos de que el Poder Ejecutivo efectúe las previsiones correspondientes en oportunidad de proyectar el Presupuesto Nacional o en las próximas instancias presupuestales que permitan atender el pago de la erogación resultante. Una vez aprobado el presupuesto o la rendición de cuentas con la previsión referida, la cancelación del crédito se realizará dentro del ejercicio siguiente. El procedimiento de liquidación consignado precedentemente, se aplicará a los asuntos que se hallaren en trámite, salvo que hubiere comenzado la vía incidental prevista en el artículo 378”. Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente ley. Artículo 711.- Sustitúyese a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el artículo 2º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º – Conforme a lo dispuesto por el artículo 85 numeral 6) de la Constitución de la República, autorízase al Poder Ejecutivo a emitir Deuda Pública Nacional siempre que el incremento de la deuda pública neta al cierre de cada ejercicio respecto al último día hábil del año anterior, no supere los siguientes montos: A) 16.000.000.000 UI (dieciséis mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2015. B) 15.500.000.000 UI (quince mil quinientos millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2016. C) 15.000.000.000 UI (quince mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2017. D) 14.000.000.000 UI (catorce mil millones de unidades indexadas) en el ejercicio 2018. E) UI 13.500.000.000 (trece mil quinientos millones de unidades indexadas) a partir del ejercicio 2019. Cuando medien situaciones climáticas adversas que determinen que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), deba asumir costos extraordinarios para la generación de energía, el tope referido en el inciso anterior podrá ser adicionalmente incrementado en hasta un máximo equivalente al 1,5 % (uno con cinco por ciento) del producto bruto interno. En ningún caso, a los efectos dispuestos en este artículo, los costos extraordinarios incurridos por UTE, sumados a la variación del Fondo de Estabilización Energética creado por el artículo 773 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, podrán superar el 1,5 % (uno con cinco por ciento) del producto bruto interno. El Poder Ejecutivo dará cuenta de lo actuado a la Asamblea General”. Artículo 712.- Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.519, de 15 de julio de 2009, y por el artículo 266 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º – El Poder Ejecutivo podrá superar hasta en un 50 % (cincuenta por ciento) el monto máximo fijado para un año determinado por el inciso primero del artículo 2º de la presente ley en aquellos casos en los que factores extraordinarios e imprevistos así lo justificaren, dando cuenta a la Asamblea General y sin que ello altere los montos máximos de incremento fijados para los ejercicios siguientes”. Artículo 713.- Sustitúyense los artículos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, por los siguientes: “ARTÍCULO 6º.- A los efectos del control de los montos máximos de incremento de la deuda pública neta al cierre de cada ejercicio, los activos disponibles y los pasivos contraídos en moneda distinta al dólar de los Estados Unidos de América, serán valuados al tipo de cambio interbancario vendedor vigente al cierre del último día hábil del ejercicio precedente para la deuda contratada con anterioridad a dicha fecha, y al tipo de cambio interbancario vendedor vigente al momento de su contratación si esta hubiera ocurrido en el mismo ejercicio. Igual criterio se utilizará para la deuda denominada en unidades indexadas, a partir de los arbitrajes definidos por el Banco Central del Uruguay.

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ARTÍCULO 7º.- En ocasión de la presentación de los proyectos de ley de rendición de cuentas, el Poder Ejecutivo informará a la Asamblea General acerca del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º de la presente ley. ARTÍCULO 8º. – La evaluación del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º de la presente ley al final de cada ejercicio, se realizará una vez que el Banco Central del Uruguay publique las cifras correspondientes”. Artículo 714.- Derógase, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el artículo 4º de la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006, en la redacción dada por el artículo único de la Ley Nº 19.316, de 18 de febrero de 2015. Artículo 715.- A los efectos de lo establecido por el artículo 267 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 337 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, se entienden comprendidas también las operaciones financieras que realicen las personas jurídicas o empresas subsidiarias, controladas, vinculadas o asociadas o que formen parte del grupo económico de los mencionados entes autónomos o servicios descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado. Sin perjuicio de lo estipulado en la referida ley, una vez que el total de las operaciones financieras de endeudamiento acumuladas en los últimos doce meses móviles supere los 85.000.000 UI (ochenta y cinco millones de unidades indexadas), o cuando los pasivos totales de la empresa superen más de la mitad de su patrimonio, toda operación adicional deberá requerir la autorización del Poder Ejecutivo con independencia de su monto. Se entiende por operación financiera de endeudamiento aquella mediante la cual un ente autónomo o servicio descentralizado del dominio industrial y comercial del Estado, o cualquiera de las empresas integrantes de su grupo económico, adquiera la calidad de sujeto pasivo, deudor, codeudor, garante, o responda con todo o parte de su patrimonio a una obligación directa o indirectamente asumidas. Se encuentran incluidas dentro de este concepto aquellas obligaciones financieras contraídas cuya efectiva exigibilidad esté sujeta a eventos futuros inciertos, ajenos al control propio del Estado. La solicitud de autorización al Poder Ejecutivo deberá incluir el detalle de los términos y condiciones de la respectiva operación y deberá ser acompañada de toda la información y documentación que permita conocer cabalmente la situación económico-financiera de la empresa. El Poder Ejecutivo reglamentará en un plazo de ciento ochenta días los procedimientos necesarios, a los efectos del otorgamiento de la autorización pertinente. Artículo 716.- Agréganse al artículo 35 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, los siguientes incisos: “Facúltase al Poder Ejecutivo a restringir el uso del efectivo, en las condiciones que establezca la reglamentación, en aquellas actividades comerciales en las que el riesgo derivado de la utilización del efectivo justifique la adopción de tal medida, con la finalidad de tutelar la integridad física de las personas que trabajan en dichas actividades, así como de sus usuarios. Facúltase al Poder Ejecutivo a habilitar, a solicitud de parte, a que los establecimientos que enajenen bienes o presten servicios puedan restringir la aceptación del efectivo para el cobro de tales operaciones, a efectos de proteger la integridad física de las personas que trabajan en dichos establecimientos, así como de sus usuarios. La reglamentación establecerá las condiciones generales para resolver la habilitación prevista. El Poder Ejecutivo dará cuenta al Poder Legislativo del ejercicio de las facultades previstas en los dos incisos precedentes”. Artículo 717.- Agrégase al artículo 35 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014, el siguiente inciso: “La restricción al uso del efectivo prevista en el inciso primero también será de aplicación, en las sociedades comerciales, a los ingresos o egresos dinerarios por aportes de capital, con o sin prima de emisión, aportes irrevocables, adelantos de fondos, reintegros de capital, pago de utilidades, pagos de participaciones sociales por concepto de exclusión, receso, reducción, rescate, amortización de acciones, u otras operaciones similares previstas en la ley de sociedades comerciales, por un importe igual o superior al equivalente a 40.000 UI (cuarenta mil unidades indexadas)”.

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Artículo 718.- Los actos administrativos firmes dictados por el Poder Ejecutivo que dispongan la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones previstas por los artículos 2º y 19 de la Ley Nº 17.835, de 23 de setiembre de 2004, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.494, de 5 de junio de 2009, constituirán título ejecutivo, sin necesidad de intimación de pago ni de otro requisito. Artículo 719.- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar a las instituciones de asistencia médica colectiva, un crédito fiscal por hasta veintidós puntos porcentuales de los ingresos correspondientes a las cuotas de afiliaciones individuales no vitalicias, a las cuotas de afiliaciones colectivas, a la sobrecuota de gestión y a la sobrecuota de inversión. Dicho crédito podrá ser destinado a compensar obligaciones tributarias como contribuyente o responsable ante la Dirección General Impositiva, o solicitar certificados de crédito para el pago de tributos ante dicho organismo o el Banco de Previsión Social. La facultad a que refiere este artículo podrá ser ejercida desde el primer día del mes de promulgación de la presente ley y hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo 720.- Prorrógase el plazo previsto en el artículo 3º de la Ley Nº 19.302, de 29 de diciembre de 2014, para el ejercicio de la facultad prevista en el artículo 1º de la mencionada ley, hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo 721.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2019, el plazo previsto en el artículo 4º de la Ley Nº 18.464, de 11 de febrero de 2009, para el ejercicio de las facultades previstas en los artículos 1º y 3º de la mencionada ley, con la modificación introducida en el artículo 853 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el artículo 339 de la Ley Nº 18.996, de 7 de noviembre de 2012, y por el artículo 375 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, y el plazo previsto en el artículo 3º de la Ley Nº 18.707, de 13 de diciembre de 2010, para el ejercicio de las facultades previstas en el artículo 1º de dicha ley, con las modificaciones introducidas por el artículo 375 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013. Artículo 722.- Facúltase al Poder Ejecutivo a habilitar la participación de instituciones públicas, incluidas las de derecho privado, en centros tecnológicos creados en el marco de instrumentos gestionados por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, debiendo contar con el asesoramiento previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 723.- La retribución del Presidente del Directorio del Instituto Nacional del Cooperativismo se regirá según el literal C) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Las retribuciones de los demás delegados del Poder Ejecutivo en el Directorio del Instituto Nacional del Cooperativismo se regirán según el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Artículo 724.- La retribución mensual de los Presidentes del Instituto Plan Agropecuario, Instituto Nacional de la Leche, Instituto Nacional de Vitivinicultura, Instituto Nacional de Semillas, Instituto Nacional de Carnes y del Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria, no podrá ser superior a la establecida en el literal B) del artículo 9° de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y sus modificativas. Artículo 725.- Agréganse al artículo 6º de la Ley Nº 18.242, de 27 de diciembre de 2007, los siguientes incisos: “El INALE estará exonerado de todo tipo de tributos nacionales, excepto las contribuciones de seguridad social. En lo no previsto especialmente por la presente ley, su régimen de funcionamiento será el de la actividad privada. Los bienes del Instituto serán inembargables y sus créditos, cualquiera fuera su origen, gozan del privilegio establecido en el numeral 2) del artículo 110 de la Ley Nº 18.387, de 23 de octubre de 2008”. Artículo 726.- Sustitúyese el literal C) del artículo 29 de la Ley Nº 19.172, de 20 de diciembre de 2013, por el siguiente: “C) Designar, trasladar y destituir al personal. La Junta Directiva acordará con el Poder Ejecutivo la nómina de hasta 30 funcionarios de los organismos representados en la misma que podrá pasar a prestar servicios en la nueva Institución, hasta la aprobación del próximo presupuesto nacional o hasta tanto la Junta Directiva considere que cuenta con el personal propio suficiente para el desarrollo de sus tareas.

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Los funcionarios se desempeñarán en régimen de comisión y mantendrán su condición, ya sea de contratados o presupuestados, debiendo considerarse como si prestaran servicios en su lugar de origen, a todos sus efectos y en especial en cuanto a su carrera administrativa, renovación, remuneración y beneficios jubilatorios”. Artículo 727.- Sustitúyese el artículo 5º de la Ley Nº 19.009, de 22 de noviembre de 2012, por el siguiente: “ARTÍCULO 5º. (Definiciones).- Los siguientes conceptos complementarán las definiciones dadas por la Unión Postal Universal: A) Servicio postal. El servicio postal es considerado servicio público nacional y por ello debe ser prestado por el Estado, sin perjuicio de la concesión de su explotación a los particulares, regulando su ejercicio. Se entiende por servicios postales: 1) Las actividades de admisión, procesamiento, transporte y distribución o entrega de envíos, encomiendas postales nacionales e internacionales o productos postales, en todas o cualesquiera de sus etapas. 2) Cualquier otro producto o servicio postal que se establezca al amparo de la normativa vigente. B) C) D) Servicio Postal Universal. Es aquel servicio postal que el Estado debe asegurar a sus habitantes en todo el territorio nacional en forma permanente, con la calidad adecuada y a precios asequibles. Actividad de admisión o recepción. Consiste en la aceptación de objetos postales a través de personal recolector, ventanillas, buzones postales o cualquier otro medio físico o tecnológico. Actividad de procesamiento. Consiste en la separación, agrupación o clasificación de los objetos postales, por cualquier medio físico o tecnológico, con el fin de preparar su envío a los lugares de destino y distribución o entrega, incluye las actividades necesarias para hacer que los objetos postales estén disponibles para su clasificación. Actividad de transporte. Consiste en movilizar y trasladar objetos postales, por cualquier medio físico o tecnológico. Actividad de distribución o entrega. Consiste en hacer llegar los objetos postales a sus destinatarios, en el lugar geográfico o dirección, señalado por el remitente. Se incluye aquí la actividad de distribución o entrega en apartados o casillas postales. Envío de correspondencia. Es toda comunicación escrita impuesta por un remitente, para ser entregada a un destinatario en la dirección indicada por aquél. Carta. Es un envío de correspondencia individualizado y de carácter privado entre el remitente y el destinatario, cerrado o protegido de forma tal que asegure la no visualización externa de su contenido y que si fuera violentado evidenciaría los perjuicios de la seguridad, inviolabilidad y respeto al secreto postal. Impreso. Es un envío de correspondencia que circula de forma tal que permite la visualización externa de su contenido. Encomienda postal internacional. Es todo envío que se efectúa con intervención de los operadores del país remitente y del país receptor cuyo peso, al ser entregado al destinatario, no fuera superior a 20 kilogramos; debiendo cumplir en cuanto a su contenido y condiciones con la reglamentación correspondiente prevista en las Convenciones Internacionales. Carga. Todo otro envío que no sea encomienda postal nacional o internacional será considerado, a todos sus efectos, como carga, tanto en el ámbito nacional como internacional. Mercado. Es el conjunto de envíos procesados por los operadores postales, más los realizados por las personas jurídicas habilitadas.

E) F)

G) H)

I) J)

K) L)

M) Sector. Es el conjunto regulado de operadores postales, personas jurídicas habilitadas, los usuarios y el regulador.

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N)

Actores. Son actores del sector postal: 1) Estado. El Poder Ejecutivo es el titular de la prestación del servicio postal y el único competente para dictar las políticas nacionales postales a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería. 2) Regulador. La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) es la que aplica las políticas públicas nacionales al mercado, regulando las relaciones que se produzcan al respecto. 3) Operador designado. La Administración Nacional de Correos es el operador designado y único órgano competente para cumplir el Servicio Postal Universal en régimen de concurrencia, así como para prestar los demás servicios postales, estos en régimen de competencia. 4) Operadores privados. Son aquellos titulares de empresas unipersonales o aquellas personas jurídicas que, previo permiso del regulador e inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal, pueden prestar el servicio postal en régimen de competencia, por cuenta de terceros y para terceros. Se incluye a los operadores postales que operan bajo la modalidad “courier” o toda otra modalidad asimilada o asimilable. 5) Personas jurídicas habilitadas. Son aquellas personas jurídicas que, previo permiso del regulador e inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal, procesan, transportan o distribuyen sus propios envíos postales con destino a un tercero ajeno a ellas y valiéndose de personal propio en cualquiera de esas etapas. 6) Prestadores del Servicio Postal. Son el operador designado, los operadores privados y las personas jurídicas habilitadas, los que deberán implementar sus actividades de acuerdo con los principios generales establecidos en el artículo 2º de la presente ley. 7) Autoprestadores. Son aquellas personas jurídicas que admiten, procesan, transportan o distribuyen envíos de correspondencia y demás envíos postales que circulen entre sus propias oficinas, cumpliendo todas o cualesquiera de las etapas del proceso postal. 8) Usuario. Es toda persona física o jurídica beneficiaria de la prestación de un servicio postal como remitente o como destinatario y titular de los derechos inherentes a esa condición.

Ñ) O)

Licencia. Permiso otorgado por la URSEC a los prestadores del servicio postal que habilita su actividad formal en el mercado. Registro General de Prestadores del Servicio Postal. Es el registro a cargo de la URSEC que contiene la información de los prestadores de servicio postal relativa a las condiciones de los servicios que prestan y acredita la condición formal de tales en el mercado”.

Artículo 728.- Incorpórase al artículo 114 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 18.869, de 23 de diciembre de 2011, el siguiente inciso: “La representación jurídica del Instituto, en sus relaciones externas, será ejercida por el Presidente de la Comisión Directiva. En ausencia o impedimento de éste, la representación será ejercida por dos miembros de la Comisión Directiva actuando conjuntamente, los cuales serán elegidos por la misma, por mayoría simple”. Artículo 729.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, y por el artículo 217 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Créase el Fondo de Solidaridad como persona jurídica de derecho público no estatal, que tendrá como cometidos: 1) Administrar un sistema de becas para estudiantes de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional (Administración Nacional de Educación Pública) y de la Universidad Tecnológica, el que se financiará con la contribución especial regulada

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en el artículo 3º de la presente ley, sin perjuicio de los legados, donaciones y de los recursos que el Fondo de Solidaridad obtenga por la prestación de servicios relacionados a su cometido. 2) Gestionar sistemas de becas de organismos públicos o entidades privadas, mediante la celebración de convenios en los que se instrumenten las obligaciones de cada parte, los que podrán comprender becas de educación terciaria o media y becas de excelencia. Serán recursos del Fondo de Solidaridad los ingresos que obtenga por la prestación de servicios de gestión de sistemas de becas, así como cualquier otro financiamiento que reciba por cumplir las actividades o programas de su competencia. Procurar la continuidad de los estudios de los beneficiarios de las becas a través de servicios de apoyo y seguimiento, pudiendo destinar a este cometido los excedentes que resulten luego de haber cubierto todas las solicitudes de becas formuladas por los estudiantes que reúnan los requisitos para acceder al beneficio. Asesorar en la elaboración de proyectos, planes o programas para la optimización y articulación de los sistemas de becas públicos y privados”.

3)

4)

Artículo 730.- Los sistemas de becas que, a la fecha de vigencia de la presente ley, estén siendo administrados o gestionados por el Fondo de Solidaridad, en función de lo dispuesto en normas especiales legales o reglamentarias, no requerirán de la celebración de los convenios referidos en el numeral 2) del artículo 1º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994 y modificativas, para su instrumentación. Artículo 731.- Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, y por el artículo 218 de la Ley Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente: “ARTÍCULO 2º.- El Fondo de Solidaridad será dirigido y organizado por un Consejo Directivo integrado por seis miembros: un representante del Ministerio de Educación y Cultura, que lo presidirá y cuyo voto decidirá en caso de empate, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante del Ministerio de Desarrollo Social, un representante de la Universidad de la República, un representante del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y un representante de la Universidad Tecnológica. La retribución mensual del Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Solidaridad será equivalente a la prevista en el literal C) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, y será financiada por la persona jurídica Fondo de Solidaridad. Los restantes cargos del Consejo serán de carácter honorario. Son atribuciones del Consejo Directivo: A) Establecer las directivas generales para otorgar las becas y los requisitos que deben cumplir los postulantes para ser beneficiarios de las mismas. En los casos de sistemas de becas cuya gestión sea confiada al Fondo por norma especial o convenio, las directivas generales estarán dadas por los órganos, comisiones o consejos que administren las respectivas becas o, en su caso, por el Fondo de Solidaridad, en función de lo previsto en los respectivos convenios. Establecer la forma de acreditar la generación de ingresos inferiores al mínimo no imponible y el cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder a la calidad de becarios, sin perjuicio de lo dispuesto en normas especiales o en los convenios suscritos para la gestión de sistemas de becas. Designar y destituir al personal del Fondo de Solidaridad. Aprobar el balance y la memoria anual del organismo. Aprobar el presupuesto de funcionamiento y el plan de inversiones del organismo. Dictar el reglamento interno del Consejo Directivo. Dictar el reglamento interno de sus empleados. Delegar sus atribuciones cuando lo entienda pertinente, con excepción de las establecidas en este artículo.

B)

C) D) E) F) G) H)

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Establécese un Consejo Consultivo Honorario integrado por un representante de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, un representante de la Caja Notarial de Seguridad Social, y un representante de la Agrupación Universitaria del Uruguay, quien deberá verter su opinión en forma preceptiva toda vez que el Consejo Directivo del Fondo de Solidaridad solicite su intervención en asuntos que involucren a afiliados de dichas Instituciones”. Artículo 732.- Sustitúyese el artículo 3º de la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002, por el siguiente: “ARTÍCULO 3º.- El Fondo se integrará mediante una contribución especial (artículo 13 del Código Tributario) efectuada por los egresados de la Universidad de la República, del nivel terciario del Consejo de Educación Técnico-Profesional y de la Universidad Tecnológica, cuyos ingresos mensuales sean superiores a 8 BPC (ocho Bases de Prestaciones y Contribuciones). Dicha contribución especial deberá ser pagada a partir de cumplido el quinto año del egreso, hasta que se verifique alguna de las siguientes condiciones: A) B) C) Que el contribuyente cese en toda actividad remunerada y acceda a una jubilación. Que el contribuyente cumpla 70 años de edad. Que el contribuyente presente una enfermedad física o psíquica irreversible que lo inhabilite a desempeñar cualquier tipo de actividad remunerada.

El monto de la contribución se determinará atendiendo a la duración de la carrera del egresado, apreciada a la fecha de promulgación de la presente ley y a la cantidad de años transcurridos desde el egreso, de tal forma que: A) Los egresados cuyas carreras tengan una duración inferior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 0,5 BPC (media Base de Prestaciones y Contribuciones) entre los cinco a nueve años desde el egreso y una contribución equivalente a 1 BPC (una Base de Prestaciones y Contribuciones) a partir de cumplidos los diez años desde el egreso. Los egresados cuyas carreras tengan una duración igual o superior a cuatro años, aportarán anualmente una contribución equivalente a 1 BPC (una Base de Prestaciones y Contribuciones) entre los cincos y nueve años desde el egreso y una contribución equivalente a 2 BPC (dos Bases de Prestaciones y Contribuciones) a partir de cumplidos los diez años desde el egreso.

B)

La reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo establecerá los requisitos necesarios que deberán cumplir quienes perciban ingresos inferiores a los establecidos en el inciso primero de este artículo, para justificar los mismos, así como la información que deberán suministrar los organismos públicos para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto. En caso de incumplimiento de los requisitos formales establecidos por la reglamentación, el egresado será sancionado con una multa de hasta 0,5 BPC (media Base de Prestaciones y Contribuciones) por ejercicio, con un máximo de 2 BPC (dos Bases de Prestaciones y Contribuciones) por ejercicios acumulados. Los contribuyentes pagarán la contribución directamente ante el Fondo de Solidaridad en las formas que éste indique, excepto los afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, quienes realizarán su aporte ante dicho organismo previsional. La contribución podrá ser pagada anualmente o en cuotas, en las condiciones que establezca la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo, el que queda facultado para establecer pagos anticipados en el ejercicio. El Fondo de Solidaridad expedirá a solicitud de los contribuyentes no afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y Caja Notarial de Seguridad Social, certificados que acrediten estar al día con la contribución especial, con vigencia hasta el 31 de marzo siguiente. En el caso de los contribuyentes afiliados a dichas Cajas, las constancias de situación regular de pagos emitidas por estos organismos previsionales acreditarán a la vez el cumplimiento de obligaciones para con el Fondo de Solidaridad, los que se expedirán salvo que estos organismos hayan sido informados por parte del Fondo de Solidaridad de que determinados contribuyentes no se encuentran al día.

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Las entidades públicas o privadas deberán exigir anualmente a los sujetos pasivos de esta contribución especial, la presentación de la constancia referida en el inciso anterior. De no mediar tal presentación, las entidades mencionadas quedan inhabilitadas para pagar facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones de especie alguna, a los sujetos pasivos titulares del derecho. La inobservancia de lo preceptuado será considerada falta grave en el caso del funcionario público que ordene y/o efectúe el pago. Asimismo, la entidad que incumpla con lo previsto será solidariamente responsable por lo adeudado. El Banco de Previsión Social y las demás entidades previsionales no podrán dar curso a ninguna solicitud de jubilación o retiro sin exigir la presentación de la constancia de estar al día con la contribución”. Artículo 733.- Declárase por vía interpretativa que, a efectos de la aplicación de la normativa relativa al Fondo de Solidaridad, (Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002), se entiende por egresado a la persona que aprueba la totalidad de los requisitos exigidos por cada plan de estudios, para la expedición de títulos de grado o títulos intermedios, tomándose como fecha de egreso la de la aprobación de la última exigencia académica, previa a la expedición del título, del plan de estudios correspondiente a la respectiva carrera. Artículo 734.- Exonérase de todo tipo de tributos al fideicomiso que sea constituido o estructurado exclusivamente por la cesión de créditos a favor del Fondo de Solidaridad. Esta exoneración alcanza la constitución de los mismos, así como la actividad, operaciones, patrimonio y rentas que pueda generar el fideicomiso. Artículo 735.- Los documentos suscritos por los contribuyentes del Fondo de Solidaridad en que consten declaraciones de obligaciones que no hubieran sido cumplidas y los documentos emanados de convenios de facilidades de pago, que hubieran caducado por su incumplimiento, constituyen títulos ejecutivos, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 91 del Código Tributario. La contribución adicional al Fondo de Solidaridad continuará rigiéndose en todos sus aspectos por el artículo 542 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo 7º de la Ley Nº 17.451, de 10 de enero de 2002. La duración de las carreras es la establecida en la disposición legal mencionada en el inciso anterior, apreciada a la fecha de promulgación de la Ley Nº 17.451. Artículo 736.- En oportunidad de cada Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal el Fondo de Solidaridad remitirá al Parlamento un informe conteniendo sus ingresos y fuentes en el ejercicio, así como sus gastos y becas otorgadas en el mismo período. Artículo 737.- Autorízase a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO) a la sustitución del formato papel del Diario Oficial por el formato electrónico, al que se le reconoce igual admisibilidad, validez y eficacia jurídica. A tales efectos el IMPO desarrollará los procesos productivos necesarios e implementará las medidas de seguridad, salvaguarda y accesibilidad pertinentes y realizará las coordinaciones con los órganos estatales que correspondan. Artículo 738.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y Cultura, a integrar el Consejo de Administración de la Fundación Instituto Regional de Investigación y Educación en Ciencias de la Sustentabilidad y la Resiliencia (SARAS). Artículo 739.- Agrégase al artículo 2º de la Ley Nº 18.406, de 24 de octubre de 2008, el siguiente literal: “P) Promover la capacitación para el trabajo, a través de instituciones de enseñanza formal tales como la Universidad del Trabajo del Uruguay, la Universidad Tecnológica, el Centro de Capacitación y Producción, el Consejo de Capacitación Profesional, entre otros, mediante la realización de convenios que promuevan el desarrollo tecnológico y la descentralización, destinándose a estos efectos el 30 % (treinta por ciento) de los recursos anuales, sin que ello afecte los fondos aportados por trabajadores y empresarios”. Artículo 740.- Deróganse los artículos 5º a 8º de la Ley Nº 15.853, de 24 de diciembre de 1986. Artículo 741.- Sustitúyese el artículo 20 de la Ley Nº 19.133, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente:

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“ARTÍCULO 20. (Condiciones).- La institución educativa y la empresa acordarán por escrito las condiciones de trabajo del o de la joven, las que deberán ser aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La práctica formativa no podrá exceder de un máximo de ciento veinte horas, ni representar más del 50 % (cincuenta por ciento) en la carga horaria total del curso, sin que sea menester contar con una remuneración asociada al trabajo realizado. Las instituciones educativas que desarrollen propuestas de práctica formativa en empresas que requieran más de ciento veinte horas o cuando las horas necesarias de pasantía representen más del 50 % (cincuenta por ciento) en la carga horaria total del curso deberán justificar por escrito las razones de dicha extensión, petición que será evaluada por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Educación y Cultura, a efectos de su eventual autorización. Los y las jóvenes que realicen estas prácticas formativas deberán estar cubiertos por el Banco de Seguros del Estado. La empresa deberá contribuir en la formación del joven durante el desarrollo de la práctica formativa en la empresa. Al finalizar la práctica, la empresa deberá brindar al o la joven una constancia de la realización de la misma, así como una evaluación de su desempeño, la que remitirá asimismo a la institución educativa que corresponda”. Artículo 742.- A los efectos de lograr al final del Período Presupuestal la asignación de un volumen de recursos equivalentes al 6 % (seis por ciento) del producto bruto interno con destino a la educación pública, el Poder Ejecutivo se compromete a realizar los máximos esfuerzos en la asignación de créditos presupuestales para alcanzar el mencionado porcentaje. Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de octubre de 2015. ALEJANDRO SÁNCHEZ Presidente VIRGINIA ORTIZ Secretaria”.

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Queremos agradecer a todos los funcionarios de la Cámara que han hecho posible que durante estas setenta y tres horas y ocho minutos hayamos podido estar aquí, así como agradecer a todos los funcionarios de las bancadas, y también a las bancadas, ya que hemos trabajado en un buen clima de respeto por las opiniones de cada uno. SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Pido la palabra. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).Tiene la palabra la señora diputada.

SEÑORA BIANCHI POLI (Graciela).- Señor presidente: quiero hacer un reconocimiento a la Mesa, a los secretarios, a todos los funcionarios. Al señor diputado Alejandro Sánchez, muchas felicitaciones porque llevó adelante el debate con mucha ecuanimidad. Muchas gracias. SEÑOR PRESIDENTE (Alejandro Sánchez).- Se levanta la sesión. (Es la hora 11 y 10)

SR. ALEJANDRO SÁNCHEZ PRESIDENTE

Sr. Juan Spinoglio Secretario Relator

Dra. Virginia Ortiz Secretaria Redactora

Arq. Julio Míguez Director del Cuerpo Técnico de Taquigrafía

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